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PROYECTO EDUCATIVO CEIP DON BENITO
ÍNDICE
0. INTRODUCCIÓN Y CONTEXTUALIZACIÓN DEL CENTRO
1.ÓRGANOS DE GOBIERNO, DOCENCIA Y PARTICIPACIÓN:
1.1. ÓRGANOS DE GOBIERNO:
1.1.1. El Equipo Directivo.
1.1.2 EL Claustro.
1.1.3 El Consejo Escolar.
1.2. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN DOCENTE
1.2.1. La Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP).
1.2.2. Los Equipos Docentes de Ciclo.
1.2.3. Los Equipos Educativos.
1.2.4. Los Tutores.
1.2.5. La Comisión de Actividades Complementarias y Extraescolares.
1.2.6. El Equipo de Gestión de la Convivencia.
1.2.7. Otras Coordinaciones.
1.3. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN Y COLABORACIÓN SOCIAL.
1.3.1. La Asociación de Madres y Padres del Alumnado (AMPA)
1.3.2. Los Delegados/as de los Alumnos.
1.4. CANALES DE COORIDACIÓN ENTRE LOS DIFERENTES ÓRGANOS.
2. CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES.
3. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTICEN EL RIGOR Y
TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES DE LOS DISTINTIOS
ÓRGANOS, EN MATERIA DE ESCOLARIZACIÓN Y EVALUACIÓN.
4. DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
4.1. DEL ALUMNADO.
4.2. DEL PROFESORADO.
4.3. DE LAS FAMILIAS.
4.4. DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.
5. NORMAS DE CONVIVENCIA A IMPULSAR DESARROLLADAS EN EL
PLAN DE CONVIVENCIA. PROTOCOLOS. TUTORÍAS AFECTIVAS.
- PROTOCOLO ACOSO ALUMNADO
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- PROTOCOLO ACOSO PROFESORADO
-TUTORÍAS AFECTIVAS
6. NORMAS Y ORGANIZACIÓN GENERAL DEL CENTRO.
6.1. ORGANIZACIÓN GENERAL (entradas, salidas, recreos,...).
6.2. ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS, INSTALACIONES Y RECURSOS
MATERIALES.
6.3. NORMAS DE USO DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO Y EL AULA
MEDUSA.
6.4. SERVICIOS ESCOLARES:
6.4.1. Comedor Escolar.
6.4.2. Transporte Escolar.
6.5. CONTROL PARA EL ACCESO DE LAS FAMILIAS O PERSONAS AJENAS.
6.6. USO GRATUITO FR LIBROS DE TEXTO.
7. ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA ATENCIÓN A LAS FAMILIAS EN
RELACIÓN CON EL SEGUIMIENTO EDUCATIVO DEL ALUMNADO.
8. NORMAS PARA EL CONTROL Y LA PREVENCIÓN DEL ABSENTISMO
ESCOLAR.
9. AUSENCIAS DEL PROFESORADO. ATENCIÓN AL ALUMNADO EN
CASO DE AUSENCIA.
10. ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y
EXTRAESCOLARES.
11. ASISTENCIA AL ALUMNADO ACCIDENTADO.
12. ORGANIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES PREVISTAS PARA LA
RELACIÓN DEL CENTRO CON LAS INSTITUCIONES DEL ENTORNO.
13. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.
14. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN Y REVISIÓN DE LAS NOF.
15. MEDIOS Y FORMAS DE DIFUSIÓN DE LAS NOF ENTRE LOS
MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
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INTRODUCCIÓN Y CONTEXTUALIZACIÓN DEL CENTRO
El Colegio de Educación Infantil y Primaria CEIP Don Benito
constituye una comunidad educativa cuya estructura de gestión debe
permitir y facilitar la buena organización del Centro y canalizar una
convivencia armónica de los distintos estamentos que la componen.
La finalidad de la educación impartida en este Centro será el pleno
desarrollo de la personalidad del alumno y de la alumna, mediante
una formación integral y el respeto a los principios democráticos de
convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, así como la
adquisición de competencias básicas y de hábitos de trabajo que
permitan la preparación para participar activamente en la vida social
y cultural.
Este Proyecto Educativo para que resulte provechoso y
repercuta en la vida del Centro y en una mejor organización del CEIP
Don Benito deberá ser considerado, únicamente, como un proyecto
de partida susceptible de ser desarrollado y mejorado curso tras
curso. Su objetivo último es implicar a todas las personas que forman
parte de la comunidad antes citada, para formar ciudadanos más
solidarios, responsables, tolerantes, críticos y en definitiva libres, en
una escuela pública abierta a todos e inmersa en la realidad social en
la que se encuentra.
La elaboración de un Proyecto Educativo de Centro debe significar
para la Comunidad Educativa, una nueva manera de actuación de
todos sus miembros, ya que debe encarnar la filosofía que marcará la
trayectoria y actuaciones del centro y sus componentes.
Para que el Proyecto Educativo de Centro sea efectivo se han de
considerar como fundamentales los siguientes puntos:
1. El profesorado debe implicarse, dentro de un clima participativo,
en la elaboración del mismo.
2. Para que un centro funcione adecuadamente hay que sistematizar
una serie de actuaciones, a fin de que en cada curso no se
vuelvan a repetir las mismas dificultades.
3. El profesorado deberá, una vez aprobado en Consejo Escolar,
atenerse a cuanto hay escrito en el mismo, no pudiendo
individualizar su contenido, desconectándose del resto de
compañeros.
4. Define la filosofía y los principios, así como la organización,
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objetivos y coordinación entre las instituciones educativas a las
que nos dirigimos, con la intención de marcar una impronta
educativa en nuestro alumnado.
CONTEXTUALIZACIÓN DEL CENTRO
A) PRINCIPIOS, VALORES, Y PRIORIDADES
¿Qué queremos para nuestro Centro?
Que el Centro forme íntegramente al alumno/a.
Que el Centro capacite al alumno para la vida.
Que el Centro sea una experiencia satisfactoria para el alumno y para
el profesorado.
Que el Centro cuente con las familias.
B) FINES Y OBJETIVOS
1.- Considerar a la persona como una totalidad en sus dimensiones
socio-afectiva, moral, cognitiva, y motriz.
a) Favorecer un clima para el desarrollo de la AUTOESTIMA y las
relaciones afectivas.
b) Desarrollar estrategias de aprendizaje y técnicas de trabajo
intelectual que favorezcan la competencia cognitiva.
c) Estimular el desarrollo corporal a través del juego y la actividad
física.
2.- Dotar a los alumnos de instrumentos que les serán necesarios
para desenvolverse en la sociedad futura.
a) Utilizar los medios informáticos y audiovisuales como recurso
didáctico y conseguir que el alumno los maneje a nivel instrumental.
b) Capacitar al alumno para que se desenvuelva mejor en este
mundo sin fronteras, facilitando el conocimiento de otra cultura y
dominio de otro idioma.
3.- Potenciar estilos de vida saludables a través del empleo del ocio y
tiempo libre.
a) Favorecer la práctica del deporte por parte de todo el alumnado.
b) Desarrollar la afición a la lectura y espíritu crítico.
c) Colaborar con las instituciones para favorecer actividades al aire
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libre y el contacto con la naturaleza.
d) Desarrollar la estética y una mayor sensibilidad hacia actividades
artísticas.
4.- Favorecer una convivencia basada en el respeto y la tolerancia y
la cooperación.
a) Practicar la cortesía y los buenos modales.
b) Implicar al alumno/a en la elaboración y cumplimiento de normas,
entendidas como algo necesario.
c) Estimular el diálogo y la razón potenciando las asambleas, debates
y tutorías.
d) Enseñar a escuchar, esperar, pedir el turno de palabra, respetar la
opinión de los demás y las decisiones de grupo.
e) Fomentar la cooperación a través del deporte y el trabajo
cooperativo.
5.- Que la escuela facilite experiencias de éxito y sea fuente
de satisfacción, en su vertiente educativa.
a) Adaptar el nivel de exigencia a las capacidades del niño.
b) Valorar sobre todo el esfuerzo personal.
c) Evaluación formativa.
d) Facilitar que el niño construya sus propios aprendizajes y sea
creativo.
e) Que el alumno pueda desarrollar habilidades propias y mostrarse
competente en diversas actividades de la vida real.
f) Fomentar el respeto a las diferencias individuales, culturales,
físicas, psíquicas y sensoriales.
6.- Potenciar la participación de las familias en la tarea educativa.
a) Dar información a las familias para que conozcan la realidad
escolar.
b) Establecer cauces de diálogo.
c) Considerar sus aportaciones.
d) Pedir su colaboración para llevar a cabo distintas actividades.
7.- Implicación total del profesorado en el P.E.
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a) Asumir plenamente los principios y objetivos de Centro.
b) Ajustar la práctica educativa las pautas y modelos de intervención
que se determinen.
c) Estar abierto a una evaluación de la práctica docente, participando
activamente en las reuniones que a tal fin se establezcan.
C. DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO
El CEIP Don Benito está situado en el barrio de Schamann de Las
Palmas de Gran Canaria.
Es un Centro de Educación Infantil y Primaria, de atención preferente
de discapacitados auditivos.
Su entorno se caracteriza por:
- El Centro está rodeado de casas sociales la mayoría de cuatro
plantas, de una antigüedad de 60 años. Un edificio de mucha más
altura que domina todo el barrio “Edificio España”, viviendas de
2 o 3 plantas de construcción particular y recientemente
construcción de algunas urbanizaciones
de dúplex.
- Las familias son de un nivel social medio-bajo.
- La edad de los padres oscila entre los 20 y 40 años.
- El número de hijos por familias es de uno, dos y excepcionalmente
tres.
- Hay muchas familias monoparentales.
- Los padres-madres en su mayoría trabajan en el sector servicios.
- Actualmente hay un grupo destacado de familias en paro.
También hay un grupo de familias inmigrantes, que llegan al barrio,
comprando viviendas sociales
o alquilan.
- Algunas familias presentan problemas de tipo social.
- Alumnos-as que se trasladan a mitad de curso de otros barrios e
incluso otros municipios.
- Sólo un pequeño grupo de alumnos-as presentan problemas de
absentismo.
- El centro permanece abierto por las tardes con actividades,
suponiendo esto un gran beneficio para
nuestros alumnos-as y para las familias.
- El centro cuenta con atención temprana y acogida de tarde que
gestiona el AMPA lo que facilita la vida laboral de las familias.
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Como Centro preferente de alumnos-as discapacitados auditivos,
estos pueden venir de otras zonas y son transportados en micros a
cargo de la Consejería de Educación.
D. ANÁLISIS DEL CONTEXTO
D.1.- SITUACIÓN DEL CENTRO
El Centro se construyó en el año 1961 y se inauguró 1962. En un
principio contaba sólo con 12 aulas (6 de niños y 6 de niñas).
En la actualidad cuenta con 30 aulas y tiene 12 unidades en
funcionamiento.
D.2.- ENSEÑANZAS QUE ABARCA:
En el curso 2019-2020 el número total de alumnos es de 247 que se
distribuyen de la siguiente manera.
3 unidades de Educación Infantil
3 unidades del Primer Ciclo de Primaria
3 unidades del Segundo Ciclo de Primaria
3 unidades del Tercer Ciclo de Primaria
1 unidades de audición y Lenguaje
1 unidad de Pedagogía Terapéutica
La ratio de alumno profesor es de unos 22 alumnos-as
aproximadamente.
E. HORARIO DEL CENTRO:
El horario lectivo es de jornada de mañana de 8:30 a 13:30 horas.
El horario de dedicación especial docente son los lunes de 14.00 a
17.00 horas.
Las visitas de padres-madres son los primeros y terceros lunes de
mes de 15.00 a 17.00 horas. La primera hora con cita previa y la
segunda sin cita.
El Centro tiene servicio de apertura temprana de 7.00 a 8.30 horas,
actividad organizada por las AMPA.
Horario de comedor de 13.30 a 15.00 horas.
Horario de desayuno escolar se realizará a las 8.30 horas.
Horario continuo de tarde de 15.00 a 17.45 horas a cargo de
monitores del Ayuntamiento.
De 15.00 a 18.00 hay actividades extraescolares, organizadas por las
AMPA.
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F. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS DEL CENTRO:
El Centro cuenta con 30 aulas, de ellas 12 son tutorías, las restantes
se distribuyen de la siguiente manera:
- Aula de música
- Administración
- Medios audiovisuales
- Radio Escolar
- Aguaviva (ordenadores)
- Aulas de Inglés
- Aula de Francés
- Aula Psicomotricidad
- Tres aulas dedicadas a actividades del comedor y de apoyos.
- Un aula para logopedia.
- Tres antiguas aulas se unificaron para hacer el comedor.
Otras dependencias.
- Laboratorio
- Aula de NEAE
- Dos aulas pequeñas de A.L.
- Sala de Profesores
- Salón de Actos
- Aula polivalente (tercer ciclo)
- Despacho: Dirección, Jefatura de Estudios y Secretaría
- Despacho de Orientadora.
- Sala de juntas.
- Dos espacios añadidos: material de Ed. Física y AMPA.
- Actualmente la antigua casa del portero, se ha habilitado para la
acogida temprana de una de las AMPA, actividades de infantil en
horas del comedor y acogida de tarde por parte del mismo AMPA.
Otra aula de la primera planta se ha habilitado para la recogida
temprana del otro AMPA.
Espacios abiertos:
- Las canchas de deporte son a su vez patios de recreo.
- El patio grande está dividido en tres partes: cancha de fútbol,
cancha de baloncesto y zona central libre de canchas y con una
zona cubierta.
- El patio trasero está cubierto y es utilizado por los alumnos-as
de Infantil.
- Hay otro patio más pequeño que es utilizado por los alumnos-
as de infantil de 3 años y ocasionalmente por los de 4 y 5 años.
El Salón de Actos, se utiliza para reuniones, actuaciones, para Ed.
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Física y como sala de video para los alumnos-as de comedor. Por las
tardes se utiliza para actividades extraescolares.
G. PROFESORADO
En el Centro hay un total de 23 profesores que se distribuyen de la
siguiente manera:
- 3 Educación Infantil
- 7 Educación Primaria
- 2 Lengua Inglesa
- 1 Lengua Francesa
- 1 Música
- 1 Audición y Lenguaje
- 2 NEAE
- 2 Educación Física
- 2 profesores de religión. Este profesorado pertenece al
Ministerio de Educación y Ciencia.
- 1 Orientadora
- 1 Programa Impulsa.
Otros servicios:
El Centro cuenta con una orientadora, a tiempo compartido con otro
Centro.
Una logopeda que acude al Centro dos días por semana.
Una trabajadora social integrada en el Equipo Psicopedagógico y de
Orientación escolar de la zona. (EOEP)
Una orientadora de discapacitados auditivos que acude al Centro, una
vez en semana.
Al Centro acude la trabajadora social, logopeda del equipo de
discapacitados auditivos en momentos puntuales.
H. ALUMNADO
Los alumnos de 3 años presentan las siguientes características.
- Sobreprotección y permisividad.
- Apego
- Carencia total de hábitos que origina la falta de autonomía y
de independencia.
- Falta de normas
El curso para estos alumnos nuevos se presenta en una reunión
informativa en el mes de junio.
Estos alumnos hacen un periodo de adaptación, en las primeras
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semanas de septiembre. En este curso escolar contamos, por
tercer año consecutivo, con el Programa Impulsa, que permitirá
una adaptación más progresiva del alumnado al Centro.
En general hay que trabajar cambios de actitudes y normas. Este
trabajo se realiza no sólo con los alumnos, sino también a nivel de
charlas informativas-formativas con padres-madres.
Hay que seguir con esta labor, intensificándola a medida que los
niños/as se van haciendo mayores.
Las situaciones de des-estructuración de algunas familias hacen que
los niños presenten problemas de tipo afectivo. También hay que
tener en cuenta los casos en que ambos progenitores trabajan fuera
de casa, pasando los menores, muchas horas solos o en actividades
de tarde haciendo poca vida familiar.
Alumnado discapacitado auditivo.
El Centro es preferente de discapacitados auditivos, este alumnado
tiene implante coclear. Acudiendo el mismo al aula de audición y
lenguaje en un horario específico.
EL ACTUAL DOCUMENTO INSTITUCIONAL DEL CENTRO TIENE
EN CUENTA LA SIGUIENTE CONCRECIÓN CURRICULAR PARA
SU ELABORACIÓN:
LA CONCRECIÓN CURRICULAR DE INFANTIL Y PRIMARIA CEIP DON
BENITO
REFERENTES NORMATIVOS PARA LA CONCRECIÓN CURRICULAR
LOMCE (Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de
la calidad educativa).
BOC Nº 152. Jueves 7 de Agosto de 2014. LEY 6/2014, de 25
de julio, Canaria de Educación no Universitaria.
DECRETO 89/2014, de 1 de agosto, por el que se establece la
ordenación y el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad
Autónoma de Canarias.
BOE N.º.25, de 29 de enero de 2015. Orden ECD/65/2015, de 21 de
enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias,
los contenidos y los criterios de evaluación de la Educación Primaria,
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la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato.
Resolución de 13 de mayo de 2015, por la que se establece las
rúbricas de los criterios de evaluación del segundo ciclo de la
Educación Infantil y de la Educación Primaria para orientar y facilitar
la evaluación objetiva del alumnado de la Comunidad Autónoma de
canarias.
Educación Infantil.
LEY 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no
Universitaria.
Resolución de 13 de mayo de 2015, por la que se establece las
rúbricas de los criterios de evaluación del segundo ciclo de la
Educación Infantil y de la Educación Primaria para orientar y
facilitar la evaluación objetiva del alumnado de la Comunidad
Autónoma de canarias.
Resolución de 13 de mayo de 2015, por la que se establece las
rúbricas de los criterios de evaluación del segundo ciclo de la
Educación Infantil y de la Educación Primaria para orientar y
facilitar la evaluación objetiva del alumnado de la Comunidad
Autónoma de canarias.
Orden de 18 de junio de 2010, por la que se regula la impartición de
determinadas áreas o materias en Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la
Comunidad Autónoma de Canarias. BOC nº 125 de28 de junio de
2010.
Resolución conjunta de las Direcciones Generales de Centros e
Infraestructura Educativa y de Ordenación, Innovación y Promoción
Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre la
cumplimentación de determinados apartados de los documentos
oficiales de evaluación del segundo ciclo de la educación infantil y de
la enseñanza básica.
Educación Primaria
Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece
el currículo básico de la Educación Primaria.
Decreto 89/2014, de 1 de agosto por el que se establece la
ordenación y el currículo de Primaria en la Comunidad autónoma
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de Canarias
Resolución de 13 de mayo de 2015, por la que se establece las
rúbricas de los criterios de evaluación del segundo ciclo de la
Educación Infantil y de la Educación Primaria para orientar y facilitar
la evaluación objetiva del alumnado de la Comunidad Autónoma de
canarias.
Atención a la Diversidad.
ORDEN 13 de diciembre de 2010 por la que se regula por la que se
regula la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo
educativo en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Resolución de 9 de febrero de 2011, por la que se dictan
instrucciones sobre los procedimientos y los plazos para la atención
educativa del alumnado con necesidades específicas de apoyo
educativo en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de
Canarias
Decreto 25 /2018, de 26 de febrero, por la que se regula la atención
a la diversidad
Artículo 5: medidas para atender a la diversidad:
1. La flexibilidad y combinación de diferentes tipos de
agrupamientos
2. La atención individualizada
3. Los sistemas de refuerzos que permitan la recuperación
curricular
Resolución número 1198/2017 por la que se aprueba el protocola
para el acompañamiento al alumnado trans y atención a la diversidad
de género.
1. ÓRGANOS DE GOBIERNO, DOCENCIA Y PARTICIPACIÓN.
1.1. ÓRGANOS DE GOBIERNO:
1.1.1. El Equipo Directivo:
El equipo directivo, en el ámbito de sus funciones y competencias, actuará de acuerdo
con los siguientes principios generales:
a) Velará para que las actividades de los centros docentes públicos se desarrollen de
acuerdo con los principios y valores de la Constitución, por la efectiva realización de los
fines de la educación establecidos en las leyes y disposiciones vigentes, por el logro de
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los objetivos establecidos en el proyecto educativo del centro docente público, por la
calidad de la educación y por el fomento y promoción de la investigación e innovación
educativa.
b) Garantizará el ejercicio de los derechos reconocidos al alumnado, al personal
docente, a los representantes legales del alumnado y al personal de administración y de
servicios y velaran por el cumplimiento de los deberes correspondientes.
c) Impulsará medidas y actuaciones para lograr la plena igualdad entre hombres y
mujeres y fomentaran la educación para la prevención de conflictos y para la resolución
pacífica de los mismos, como medio para mejorar la convivencia y los hábitos
ciudadanos.
d) Colaborará en la implementación de medidas para favorecer la equidad educativa,
que garanticen la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no
discriminación del alumnado, para compensar las desigualdades personales, culturales,
económicas y sociales.
e) Fomentará y favorecerá la participación de todos los miembros de la comunidad
educativa en la vida del centro docente público, en su organización y funcionamiento.
f) Colaborará en los planes de evaluación que se les encomienden en los términos que
establezca la Conserjería competente en materia de educación, sin perjuicio de los
procesos de evaluación interna que los centros docentes definan en sus proyectos
educativos.
g) Coordinará la colaboración con otros centros docentes públicos de la zona, tanto para
la escolarización del alumnado, como para realizar una oferta educativa adecuada a las
necesidades del entorno. El equipo directivo trabajara de forma coordinada en el
desempeño de sus funciones, de acuerdo con los principios generales establecidos en el
artículo 2 del Decreto 106/ 2009 y conforme a las funciones que se establecen para cada
uno de sus miembros en el presente Decreto. La Conserjería competente en materia
educativa establecerá el horario de dedicación de los miembros del equipo directivo a
las tareas propias de sus funciones directivas, teniendo en cuenta el número de unidades,
la complejidad y los proyectos del centro docente.
El equipo directivo tendrá las siguientes funciones:
a) Velar por el buen funcionamiento del centro docente público, por la coordinación de
los programas de enseñanza y aprendizaje y el desarrollo de la práctica docente del aula,
sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro, al Consejo Escolar y demás
órganos de coordinación didáctica del centro.
b) Estudiar y presentar al Claustro y al Consejo Escolar propuestas para facilitar y
fomentar la participación coordinada de toda la comunidad educativa en la vida del
centro docente público.
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c) Elaborar y actualizar el proyecto educativo del centro docente público, el proyecto de
gestión, las normas de organización y funcionamiento y la programación general anual,
teniendo en cuenta las directrices y propuestas formuladas por el Consejo Escolar y por
el Claustro, en el marco de lo establecido por la Conserjería competente en materia de
educación.
d) Realizar propuestas sobre las necesidades de recursos humanos del centro docente
público, atendiendo a los criterios de especialidad del profesorado y a los principios de
eficacia y eficiencia del sistema educativo público, así como de las necesidades
materiales y de infraestructura del centro docente.
e) Gestionar los recursos humanos y materiales del centro docente público a través de
una adecuada organización y funcionamiento del mismo.
f) Proponer a la comunidad educativa actuaciones que favorezcan las relaciones entre
los distintos colectivos que la integran, mejoren la convivencia en el centro docente
público y fomenten un clima escolar que favorezca el estudio y la formación integral del
alumnado.
g) Impulsar la coordinación, por medio de los órganos de coordinación docente, del
seguimiento de las prácticas del alumnado que curse estudios conducentes a títulos de
grado y postgrado.
h) Fomentar la participación del centro docente público en proyectos europeos, de
innovación y desarrollo de la calidad y equidad educativa, en proyectos de formación y
de perfeccionamiento de la acción docente del profesorado, y de uso integrado de las
tecnologías de la información y la comunicación en la enseñanza.
i) Colaborar con los responsables de la coordinación de los programas y servicios
estratégicos que disponga la Conserjería competente en materia educativa, para su
implantación y desarrollo en el centro docente, y proporcionar los medios y recursos
necesarios para alcanzar los objetivos propuestos.
j) Desarrollar, velar y realizar el seguimiento del Proyecto de Dirección.
k) Impulsar de oficio cuantas acciones se entiendan necesarias para la pronta puesta en
marcha del curso y el funcionamiento diario del centro, asegurando el cumplimiento del
calendario escolar. El Equipo Directivo se reunirá al menos una vez a la semana,
pudiendo invitar a sus sesiones, con carácter consultivo, a cualquier miembro de la
comunidad educativa.
El/la Director/a
El/la directora/a, en tanto que responsable cualificado en el centro, tiene atribuidas las
siguientes competencias:
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a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el
mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la
comunidad educativa.
b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias
atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.
c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes
para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.
d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los
conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y
alumnas, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias
atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley orgánica.
A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los
conflictos en los centros.
g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que
faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca
el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en
conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.
h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas
y en la evaluación del profesorado.
i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del
Claustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito de
sus competencias.
j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los
gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las
certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que
establezcan las Administraciones educativas.
k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del
equipo directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar
del centro.
l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la
presente Ley Orgánica.
m) Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias
del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
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n) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en
esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.
ñ) Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en
el artículo 122.3.
o) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las
Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
p) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa
A comienzos de cada curso académico se harán públicos, a través del tablón de
anuncios del centro, los días y horas en que la Dirección y el resto de miembros de
equipo directivo del centro esté a disposición de cualquier miembro de la comunidad
educativa para mantener las entrevistas que sean necesarias, a fin de favorecer el
contacto cotidiano entre los distintos colectivos que participan en la vida del centro y el
equipo directivo. Esta información debe hacerse llegar a las familias a través de,
además de los canales de información inmediato y habitual en el centro (tablones de
anuncios), en la primera comunicación por escrito que mantengan las tutorías de los
diferentes grupos de alumnos y alumnas con las respectivas familias.
La Jefatura de Estudios
Son competencias del Jefe/a de Estudios las siguientes:
a) Participar coordinadamente junto con el resto del equipo directivo en el desarrollo de
las funciones propias del equipo directivo.
b) Coordinar, de conformidad con las instrucciones de la persona titular de la dirección,
las actividades de carácter académico, de orientación y tutoría, las programaciones
didácticas y la programación general anual y velar por su ejecución.
c) Coordinar las actuaciones de los órganos de coordinación docente y de los
competentes en materia de orientación académica y profesional y de los de acción
tutorial, que se establezcan reglamentariamente.
d) Colaborar en la coordinación de las actividades de perfeccionamiento del
profesorado, así como planificar y coordinar las actividades de formación y los
proyectos que se realicen en el centro.
e) Ejercer, de conformidad con las instrucciones de la dirección, la jefatura del personal
docente en todo lo relativo al régimen académico.
f) Elaborar, en colaboración con el resto de miembros del equipo directivo, los horarios
académicos del alumnado y del profesorado, de acuerdo con los criterios pedagógicos y
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organizativos incluidos en la programación general anual y con la normativa que regule
la organización y funcionamiento de los centros, así como velar por su estricto
cumplimiento.
g) Controlar el cumplimiento de la jornada de trabajo del profesorado dejando siempre
constancia documental de la asistencia diaria, mediante el procedimiento que establezca
la dirección del centro y según las instrucciones que dicte el órgano responsable de la
gestión de personal docente de la Consejería competente en materia educativa.
h) Coordinar la utilización de espacios, medios y materiales didácticos de uso común
para el desarrollo de las actividades de carácter académico, de acuerdo con lo
establecido en el proyecto educativo, en el proyecto de gestión y en la programación
general anual.
i) Organizar los actos académicos y sustituir al director o directora en los supuestos
previstos.
j) Coordinar los procesos de evaluación.
k) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la persona titular de la
dirección o por la Consejería competente en materia educativa, dentro de su ámbito de
competencias, o por los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones
vigentes. Las normas de designación, nombramiento o cese del jefe/a de estudios serán
las previstas en la regulación que establece el Decreto 128/1998, de 6 de agosto, por el
que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los
Colegios de Educación Primaria.
La secretaria son competencias de la secretaria las siguientes:
a) Participar en coordinación con el resto del equipo directivo en el desarrollo de las
funciones propias del equipo directivo.
b) Ordenar el régimen administrativo y económico del centro docente, de conformidad
con las instrucciones de la dirección y lo establecido en el proyecto de gestión del
centro, elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro docente, llevar la contabilidad
y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
c) Ejercer, de conformidad con las instrucciones del director o directora y bajo su
autoridad, la supervisión y control del personal de administración y servicios adscrito al
centro docente público y velar por el cumplimiento de la jornada y las tareas
establecidas.
d) Actuar como secretario o secretaria de los órganos colegiados de gobierno, levantar
acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos adoptados con el visto bueno de la persona
titular de la dirección.
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e) Custodiar las actas, libros, archivos del centro docente y los documentos oficiales de
evaluación, así como expedir, con el visto bueno de la persona titular de la dirección, las
certificaciones que soliciten las autoridades y las personas interesadas. Asimismo,
cotejar y compulsar documentos administrativos, conforme a la normativa vigente.
f) Tener acceso al registro de centralización electrónica de los expedientes académicos
del alumnado y custodiar, conservar y actualizar los expedientes, garantizando la
coincidencia entre los datos contenidos en el expediente del alumno o alumna en el
centro, en soporte documental o informático, y los datos que conforman el expediente
centralizado, conforme con el nivel de protección y seguridad establecido en la
normativa vigente.
g) Dar a conocer y difundir a toda la comunidad educativa cuanta información sobre
normativa, disposiciones legales o asuntos de interés general o profesional se reciba en
el centro docente público.
h) Tomar parte en el proceso de elaboración del proyecto educativo de centro docente
público, de la programación general anual y de las normas de organización y
funcionamiento.
i) Realizar el inventario general del centro docente y mantenerlo actualizado y velar por
el buen uso y conservación de las instalaciones y equipamiento escolar, en colaboración
con los jefes o jefas de departamento, y de acuerdo con las indicaciones de la persona
titular de la dirección.
j) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la persona titular de la
dirección o por la Consejería competente en materia educativa, dentro de su ámbito de
competencias, o por los correspondientes Reglamentos orgánicos y disposiciones
vigentes.
Las normas de designación, nombramiento o cese del Secretario/a serán las previstas
en la regulación que establece el Decreto 128/1998, de 6 de agosto, por el que se
aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los
Colegios de Educación Primaria
Suplencia de los miembros del equipo directivo.
1. En caso de ausencia, enfermedad o vacante de la persona titular de la dirección del
centro docente, se hará cargo provisionalmente de sus funciones quien sea titular de la
jefatura de estudios, salvo que el centro disponga de vicedirección, en cuyo caso, su
titular sustituirá al director o directora. En caso de enfermedad o ausencia de la persona
que ostente la dirección del centro, si no hubiera vicedirección, ni jefatura de estudios,
sustituirá al director o directora, el profesor o profesora designado por la persona titular
de la dirección para estas situaciones. En los casos de vacante del puesto de director o
directora, lo sustituirá el profesor o profesora más antiguo en el centro y si hubiere
varios de igual antigüedad, el de mayor antigüedad en el Cuerpo.
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2. En caso de ausencia, enfermedad o vacante del o de la titular de la jefatura de
estudios, se hará cargo provisionalmente de sus funciones la persona titular de la
jefatura de estudios adjunta. En el supuesto de haber varias jefaturas de estudios
adjuntas la designación la realizará el director o directora de entre sus titulares. En los
centros donde no exista jefatura de estudios adjunta, sustituirá a la persona titular de la
jefatura de estudios, el profesor o profesora que designe la dirección.
3. Igualmente, en caso de ausencia, enfermedad o vacante de la persona titular de la
secretaría, se hará cargo el profesor o la profesora que designe el o la titular de la
dirección.
4. De las designaciones efectuadas por la persona titular de la dirección para sustituir
provisionalmente a los titulares de la jefatura de estudios o de la secretaría se informará
a los órganos colegiados de gobierno y al órgano competente de la Administración
educativa.
1.1.2. El Claustro:
Las competencias del Claustro del profesorado son:
a. Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de
los proyectos del centro, de la programación general anual y de las normas de
organización y funcionamiento del centro docente.
b. Establecer los criterios para la elaboración de la concreción de los currículos, así
como de los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual
del centro docente.
c. Aprobar y evaluar la concreción del currículo y los aspectos educativos de los
proyectos y de la programación general anual; decidir sus posibles modificaciones,
teniendo en cuenta lo establecido en el proyecto educativo y en las evaluaciones
realizadas; informar dicha programación general anual y la memoria final de curso antes
de su presentación al Consejo Escolar.
d. Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación dentro
del marco normativo, así como el calendario de exámenes o pruebas extraordinarias,
analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través de los
resultados de las evaluaciones y elevar informes al Consejo Escolar, con las propuestas
de mejora.
e. Aprobar los criterios referentes a la atención a la diversidad, orientación, tutoría,
evaluación y recuperación del alumnado dentro el marco normativo, así como los
criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios del alumnado y del
profesorado.
f. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia, la igualdad entre
hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en el centro docente.
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g. Conocer, en los términos que establezca el centro, la resolución de conflictos
disciplinarios y la imposición de sanciones y velar para que éstas se atengan a la
normativa vigente.
h. Proponer medidas e iniciativas que fomenten la colaboración de las familias para la
mejora del rendimiento académico del alumnado, el control del abandono escolar
temprano y la mejora de la convivencia.
i. Informar las normas de organización y funcionamiento del centro docente antes de su
presentación al Consejo Escolar. j. Analizar y valorar los resultados de las evaluaciones
internas y externas en las que participe el centro.
k. Promover y aprobar iniciativas en el ámbito de la innovación y de la formación del
profesorado del centro.
l. Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados. m.
Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar del centro docente y participar en la
selección del director o de la directora en los términos establecidos en la normativa
específica de esta materia.
n. Conocer las relaciones del centro docente con otras instituciones de su entorno y, en
su caso, con los centros de trabajo.
o. Conocer la situación económica del centro docente y el desarrollo del proyecto de
gestión.
p. Establecer propuestas que favorezcan la participación de los servicios concurrentes,
así como analizar y valorar la incidencia en el centro.
q. Promover iniciativas y actuaciones que propicien la participación y relación con los
demás sectores de la comunidad educativa y sus organizaciones.
r. Conocer los proyectos anuales de formación del profesorado del centro de acuerdo
con la propuesta de la comisión de coordinación pedagógica y la participación del
centro en las convocatorias de formación del profesorado e innovación educativa.
s. Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración
educativa, sobre el funcionamiento del centro docente y la mejora de la calidad de la
gestión, así como sobre otros aspectos relacionados con la calidad del mismo.
t. Cualesquiera otras que le sean atribuidas legal o reglamentariamente.
El Claustro del profesorado se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre
que lo convoque la dirección del centro, por propia iniciativa o a solicitud de, al menos,
un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a
principio de curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del Claustro del
profesorado es obligatoria para todos sus miembros. Cada convocatoria del Claustro se
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hará con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas respecto al momento de su
celebración, debiendo incorporar la misma el correspondiente orden del día y la
posibilidad de inclusión de algún punto distinto por parte del profesorado. El
Secretario/a del centro levantará acta de cada sesión del Claustro, la cual, una vez
aprobada en la sesión siguiente, pasará a formar parte de la documentación general del
centro. En todo caso, para lo no contemplado en el presente NOF, el régimen supletorio
de funcionamiento del Claustro será el establecido en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, para los órganos colegiados, y en el Decreto 128/1998, de 6 de
agosto o, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación
Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.
1.1.3. El Consejo Escolar:
El Consejo Escolar estará compuesto por los siguientes miembros:
La persona que ejerza la dirección del centro docente, que lo presidirá.
La persona que ejerza la jefatura de estudios.
Un/a concejal/a o representante del Ayuntamiento de Candelaria.
Seis representantes de los/as maestros/as elegidos por el Claustro.
Seis representantes de los padres de alumnos/as elegidos por los mismos, uno de los
cuales será designado, en su caso, por la asociación de padres más representativa,
legalmente constituida.
Dos representantes de los/a alumnos/as uno de los cuales será designado por la junta
de delegados y delegadas. Los alumnos y alumnas podrán ser elegidos miembros del
Consejo Escolar a partir del tercer ciclo de educación primaria.
Un representante del personal de administración y servicios del centro.
La persona titular de la secretaría del centro que actuará a su vez como secretario/a
del Consejo Escolar, con voz y sin voto. Una vez constituido el Consejo Escolar del
centro, éste designará una persona entre sus miembros que, coordinado con el equipo
directivo, impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre
hombres y mujeres.
El Consejo Escolar tendrá, específicamente, las siguientes competencias:
«Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar.
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a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la
presente Ley orgánica.
b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias
del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por
los candidatos.
d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley
Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del
equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de
dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en
esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la
normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director
correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del
centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar
la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la
igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las
causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución
pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.
h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e
informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 122.3.
i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las
Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento
escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el
centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración
competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión,
así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.»
Los representantes de cada sector están obligados a informar a sus representados de sus
actuaciones en este órgano de gobierno y participación. Asimismo, tendrán el deber de
confidencialidad en los asuntos relacionados con personas concretas y que puedan
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afectar a su imagen e integridad. Para el adecuado cumplimiento de la previsión anterior
los representantes de cada sector tendrán acceso a los tablones de anuncios del centro,
pudiendo, asimismo, convocar reuniones de información en aquellos espacios que sean
cedidos a tales efectos por la Dirección siempre que así se solicite con una antelación
mínima de cuarenta y ocho horas.
Comisiones del Consejo Escolar:
El Consejo Escolar del centro constituirá cuantas comisiones de trabajo decida y en la
forma que se determine en las normas de organización y funcionamiento. Estas
comisiones no tendrán carácter decisorio ni vinculante. Podrán incorporarse a dichas
comisiones, a criterio del Consejo Escolar, otros miembros de la comunidad educativa.
El CEIP Don Benito cuenta con las siguientes:
- Comisión de Convivencia. Velará por el correcto ejercicio de los derechos y deberes
del alumnado. Estará compuesta como mínimo por:
a. El/la Director/a, como presidente.
b. El/la jefe de estudios.
c. Un padre/madre del Consejo Escolar.
d. Un maestro/a del Consejo Escolar.
e. Un representante del Ayuntamiento.
Algunas de sus funciones son:
a. Resolver y mediar en los conflictos planteados.
b. Potenciar la comunicación constante y directa con los padres o representantes legales
de los alumnos.
c. Adoptar medidas preventivas para garantizar los derechos de los alumnos, impidiendo
la comisión de hechos contrarios a las normas de convivencia del centro.
d. Impulsar entre los miembros de la comunidad educativa el conocimiento y la
observancia de las normas de conducta.
e. Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar
la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en los centros docentes.
Otras comisiones son:
- Comisión Económica. Para el control de la economía del centro, formulará propuestas
al equipo directivo para la elaboración del proyecto de gestión y del presupuesto del
centro docente. Asimismo, analizará el desarrollo del proyecto de gestión, el
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cumplimiento del presupuesto aprobado, y emitirá un informe que se elevará para su
conocimiento al Consejo Escolar. También emitirá un informe previo no vinculante, a la
aprobación por parte del Consejo Escolar del presupuesto del centro y de su ejecución. –
Además podría contar con las siguientes comisiones:
- Comisión de Igualdad. Para trabajar desde pequeños en una cultura de la igualdad y de
la no violencia como meta para lograr una vida más feliz para todos.
- Comisión del Comedor. Para tratar temas relativos al comedor escolar.
-Comisión de préstamo de libros. Esta comisión estará presidida por la Dirección del
Centro o persona en quien delegue y estará integrada, al menos, por los siguientes
miembros, como vocales uno de los cuáles actuará como Secretario/a con voz y voto,
dos profesores/as y dos padres/madres de alumnado.
1.2. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN DOCENTE:
1.2.1. La Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP): Está integrada por las personas
que ejerzan:
a. La dirección del centro, que la presidirá.
b. La jefatura de estudios.
c. La coordinación de la comisión de actividades complementarias y extraescolares.
d. La coordinación de ciclo.
e. La orientación del centro, y la representación del profesorado especialista en la
atención a las necesidades específicas de apoyo educativo y un maestro/a de audición y
lenguaje, en el supuesto de que el centro cuente con tales especialistas.
La comisión de coordinación pedagógica será convocada y presidida por la dirección o,
en su caso, por la jefatura de estudios, siendo función de la secretaria de la comisión
levantar acta de cada una de las sesiones que celebre este órgano. Todos sus
componentes, con destino o sede en el centro tienen la obligación de participar en las
reuniones que se realicen. Las sesiones de la comisión de coordinación pedagógica
requerirán, al menos, la presencia de dos tercios de sus miembros. Las decisiones
deberán ser aprobadas por mayoría simple de los miembros presentes. En las reuniones
que celebre la comisión de coordinación pedagógica ejercerá de secretario el miembro
de menor edad. Las competencias de la Comisión de Coordinación Pedagógica son las
siguientes:
a. Garantizar el desarrollo del proyecto educativo del centro, y coordinar su seguimiento
y evaluación.
b. Trasladar al equipo directivo propuestas para la elaboración de la programación
general anual.
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c. Ejercer la coordinación entre las distintas etapas educativas y, en su caso, ciclos
educativos.
d. Promover la innovación pedagógica, el trabajo interdisciplinar, el uso de las nuevas
tecnologías y el trabajo colaborativo del profesorado.
e. Diseñar el proyecto de formación del profesorado del centro de acuerdo con los
objetivos del proyecto educativo.
f. Concretar los criterios de promoción y titulación del alumnado de conformidad con la
normativa vigente.
g. Promover acciones que favorezcan la mejora de los resultados escolares, la
integración curricular, el desarrollo de valores y de los temas transversales.
h. Proponer las medidas de atención a la diversidad que se consideren oportunas y
establecer los criterios para su desarrollo y evaluación, así como valorar las propuestas
de actuación con el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo,
estableciendo las prioridades de intervención.
i. Constituir las subcomisiones de trabajo que se consideren necesarias para coordinar la
elaboración, seguimiento y evaluación de los planes y proyectos del centro que les
correspondan.
j. Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.
Además al ser un centro de educación infantil y educación primaria la comisión de
coordinación pedagógica tendrá las competencias establecidas para el departamento de
orientación:
a. Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por la comisión de coordinación
pedagógica, la concreción de la acción tutorial y de la orientación académica y
profesional, así como del plan de atención a la diversidad.
b. Establecer procesos de identificación, actualización, seguimiento e intervención
psicopedagógica para la respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo
educativo.
c. Proponer a la comisión de coordinación pedagógica los criterios y procedimientos
para la realización de adaptaciones curriculares. Asesorar a los departamentos de
coordinación didáctica y a los equipos docentes en el desarrollo de medidas de atención
a la diversidad.
d. Realizar los informes que corresponden al departamento.
e. Cumplimentar los documentos que orienten la respuesta educativa y las propuestas de
atención a la diversidad. f. Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.
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En la medida de lo posible, los miembros de esta Comisión se reunirán al menos una
vez al mes.
1.2.2. Los Equipos Docentes de Ciclo:
El equipo docente de ciclo es un órgano básico de coordinación docente. Está
constituido por el personal docente que presta atención educativa en un mismo ciclo y
su principal objetivo es organizar y desarrollar sus enseñanzas, siguiendo las directrices
de la comisión de coordinación pedagógica. Cada equipo de ciclo estará dirigido por
una persona que ejerza la coordinación que deberá ser uno de los maestros o una de las
maestras que imparte docencia en el ciclo, preferentemente con destino definitivo en el
centro. La persona que ejerza la coordinación será elegida por la dirección, oído el
equipo docente del ciclo. Ejercerá sus funciones como tal durante un curso académico,
pudiendo prorrogarse por un curso más, siempre que siga formando parte del equipo de
ciclo. La persona que ejerza la coordinación del equipo puede renunciar por causa
justificada que deberá ser aceptada por la dirección del centro. Asimismo, podrá ser
destituida por la dirección del centro a propuesta razonada de la mayoría absoluta de los
componentes del equipo y previa audiencia a la persona interesada. Las funciones de las
personas que ejercen la coordinación de los equipos de ciclo son:
a. Coordinar las actividades académicas del equipo, atendiendo a la especificidad de los
diferentes ámbitos de experiencia o áreas que se imparten.
b. Representar al equipo en la comisión de coordinación pedagógica a la que trasladará
las propuestas del profesorado que lo integra. Asimismo, trasladará a los miembros del
equipo la información y directrices de actuación que emanen de la comisión.
c. Coordinar la elaboración de las programaciones didácticas, así como la elaboración
de la memoria de final de curso.
d. Coordinar la evaluación de la práctica docente del equipo y de los proyectos y
actividades que desarrollan.
Son competencias de los equipos docentes de ciclo, las siguientes:
a. Formular propuestas al equipo directivo, a la comisión de coordinación pedagógica y
al Claustro del profesorado, relativas a la elaboración y modificación del proyecto
educativo.
b. Elaborar la propuesta pedagógica de educación infantil y las programaciones
didácticas de cada ciclo y nivel de la educación primaria, de acuerdo con las directrices
de la comisión de coordinación pedagógica y bajo la supervisión de la jefatura de
estudios.
c. Elegir los materiales curriculares de acuerdo con los criterios establecidos con
carácter general, para su posterior aprobación por el Claustro del profesorado.
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d. Llevar a cabo las estrategias de detección e intervención con el alumnado que
presenta necesidades específicas de apoyo educativo, según las directrices emanadas de
la comisión de coordinación pedagógica.
e. Proponer actividades de formación que promuevan la actualización didáctica del
profesorado y el trabajo colaborativo entre el profesorado del ciclo y el resto del
Claustro, de acuerdo con el proyecto educativo del centro.
f. Colaborar en la organización y desarrollo de cualquier actividad de centro aprobada
en la programación general anual.
g. Elaborar al final de curso una memoria en la que se evalúe el desarrollo de la
programación, la práctica docente y los resultados obtenidos.
1.2.3. Los Equipos Educativos:
Está constituido por todo el profesorado que imparte clase en un mismo nivel educativo.
Su finalidad es promover el trabajo colaborativo e interdisciplinar del profesorado para
el logro del desarrollo de las competencias básicas, unificar criterios pedagógicos y de
actuación para la mejora del rendimiento académico y de la convivencia escolar, y
favorecer el intercambio de experiencias y la formación del profesorado. Son
competencias del equipo:
a. Analizar las características del nivel, unificar los criterios de acción pedagógica y
adoptar medidas que favorezcan la adecuada convivencia y la mejora del rendimiento
escolar.
b. Diseñar y programar conjuntamente tareas para el desarrollo de las competencias
básicas desde la integración curricular y acorde con las programaciones de ciclo.
c. Realizar el seguimiento y evaluación de los acuerdos adoptados en el seno del equipo
docente de nivel.
d. Impulsar el desarrollo de experiencias interdisciplinares y proyectos de innovación y
buenas prácticas.
1.2.4. Los tutores:
El tutor o tutora de grupo tendrá las siguientes funciones:
a. Programar su actividad docente de acuerdo con el currículo de su ciclo y en
consonancia con el respectivo Proyecto Curricular de etapa.
b. Llevar a cabo el Plan de Acción Tutorial y de orientación con su grupo de alumnos y
alumnas, establecido en el Proyecto Curricular del nivel correspondiente y aprobado por
el Claustro.
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c. Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo, cumplimentar los
documentos que se deriven de la misma y, al final de cada ciclo adoptar la decisión que
proceda acerca de la promoción del alumnado de un ciclo a otro, teniendo en cuenta los
criterios aprobados por el Claustro a propuesta del equipo de ciclo, así como los
informes del resto del profesorado del grupo. Esta decisión requerirá la audiencia previa
de sus padres, madres o tutores, cuando comporte que el alumnado no promociona al
ciclo o etapa siguiente. En el supuesto de la incomparecencia de las familias, se hará
constar tal eventualidad en el apartado de observación de los documentos de evaluación.
d. Atender a las dificultades de aprendizaje del alumnado, para proceder a la adecuación
personal del currículo y establecer, con el asesoramiento de los servicios de apoyo y/o
de orientación, los refuerzos educativos y las adaptaciones curriculares para los alumnos
y alumnas que lo precisen, así como velar por su puesta en práctica.
e. Facilitar la integración del alumnado en el grupo y fomentar en ellos/as actitudes
participativas en las actividades del centro.
f. Coordinarse con el profesorado que imparta docencia o intervenga en su grupo, con
respecto a la programación y a la evaluación continua del rendimiento académico del
alumno/a y del desarrollo de su proceso educativo.
g. Llevar el seguimiento de cada alumno/a, cumplimentar correctamente y custodiar la
documentación académica individual y del grupo de su tutoría.
h. Conocer la personalidad de su alumnado, sus intereses, el grado de integración en el
grupo y encauzar sus problemas e inquietudes.
i. Colaborar con el equipo de orientación educativa y psicopedagógica.
j. Informar a las familias, profesorado y alumnado del grupo de todo aquello que les
concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico, así
como recabar de aquéllos la información que se precise.
k. Facilitar y fomentar la cooperación educativa entre el profesorado y las familias del
alumnado.
l. Favorecer en el alumno el conocimiento y aceptación de sí mismo, así como la
autoestima, cuando ésta se vea disminuida por fracasos escolares o de otro género. m.
Atender y cuidar al alumnado en los períodos de recreo y en otras actividades no
lectivas, conforme la planificación realizada por la Jefatura de Estudios.
n. Controlar las faltas de asistencia y puntualidad del alumnado de su tutoría y
comunicar éstas y otras incidencias a sus familias, así como a la Jefatura de Estudios.
o. Informar al alumnado y a sus familias, al principio de curso, de los objetivos,
programas escolares y criterios de evaluación.
p. Orientar al alumnado en sus procesos de aprendizaje.
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q. Contribuir a desarrollar líneas comunes de acción con los demás tutores en el marco
del Proyecto educativo del centro.
1.2.5. La Comisión de Actividades Complementarias y
Extraescolares:
La comisión estará integrada por:
- La persona que ejerza la coordinación. La coordinación de la comisión será
desempeñada por un miembro del equipo directivo del centro, designado por la
Dirección.
- Al menos un profesorado de cada ciclo de Infantil y Primaria
El coordinador/a de actividades complementarias y extraescolares, tiene las siguientes
funciones: a. Representar a la comisión de actividades complementarias y extraescolares
en la comisión de coordinación pedagógica.
b. Dinamizar la elaboración del plan anual de actividades extraescolares y
complementarias en el que se recogerán las propuestas de los equipos docentes de ciclo,
los departamentos de coordinación didáctica, del profesorado, del alumnado y de las
familias.
c. Gestionar, en su caso, los recursos económicos destinados por el Consejo Escolar a
las actividades complementarias y extraescolares.
d. Proporcionar a la comunidad educativa la información relativa a estas actividades. e.
Coordinar la organización de las actividades complementarias y extraescolares que se
desarrollen incluyendo los viajes de estudio, y las actividades de movilidad e
intercambio con otros centros.
f. Coordinar la organización de la biblioteca del centro y colaborar en el desarrollo del
plan de lectura.
g. Elaborar la memoria de final de curso de la comisión, que contendrá la evaluación de
las actividades desarrolladas y que deberá ser incluida en la memoria de la
programación general anual.
h. Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.
1.2.6. El Equipo de Gestión de la Convivencia:
Supervisado por el Consejo Escolar, los centros docentes constituirán un Equipo de
gestión de la convivencia, presidida por la dirección o la jefatura de estudios e integrada
por aquellos miembros de la comunidad educativa que, a propuesta del director o
directora, se determine. Corresponde al Equipo de gestión de la convivencia del centro:
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a. La responsabilidad de asistir a la dirección del centro y al resto de la comunidad
educativa en el cumplimiento de lo establecido en este Decreto, canalizar las iniciativas
de todos los sectores de la comunidad educativa para prevenir la violencia, evitar el
conflicto, mejorar la convivencia y el respeto mutuo y la tolerancia en los centros
docentes.
b. El tratamiento de los conflictos de convivencia mediante los procedimientos
establecidos en el presente Decreto, garantizando los principios de oportunidad,
intervención mínima, proporcionalidad y superior interés del menor en sus actuaciones.
c. Elaborar un informe anual analizando los problemas detectados en la gestión de la
convivencia y, en su caso, en la aplicación efectiva de los derechos y deberes del
alumnado, que será trasladado a la dirección del Centro y al Consejo Escolar.
Igualmente informar al Consejo Escolar, al menos dos veces durante el curso, sobre las
actuaciones realizadas y hacer las propuestas que considere oportunas para la mejora de
la convivencia en el centro.
1.2.7. Otras coordinaciones:
Coordinación entre las distintas etapas educativas: Con el objetivo de dar coherencia
a los procesos de enseñanza y aprendizaje entre las etapas educativas, es necesario
establecer la coordinación de la planificación pedagógica entre el profesorado que
imparte distintas etapas educativas, incluido el profesorado con atribuciones de atención
al alumnado de NEAE. La coordinación se establecerá para el profesorado de Infantil y
Primaria que realiza sus funciones en nuestro Centro, y, por otro lado, el profesorado de
6º de Primaria con el centro de Educación Secundaria de nuestro distrito, el I.E.S.
Schamann. Los centros cabecera de distrito podrán planificar las sesiones de
coordinación para tratar temas de interés tales como la mejora del rendimiento escolar,
la atención a la diversidad, el trabajo por competencias, las evaluaciones externas, la
prevención del absentismo escolar, las relaciones con las familias,... No obstante, los
directores o directoras de los centros del distrito, convocados por la Inspección
Educativa, celebrarán reuniones de coordinación, al menos, durante el primer trimestre
del curso y en los momentos que fije la resolución anual por la que se convoca el
procedimiento de admisión del alumnado para el siguiente curso.
1.3. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN Y COLABORACIÓN SOCIAL:
1.3.1. Las Asociaciones de madres y padres del alumnado (AMPA):
Las asociaciones de padres y madres del alumnado favorecerán la participación y
colaboración de las familias con el centro educativo, conforme a lo estipulado en la
normativa reguladora de dichas asociaciones y de sus federaciones y confederaciones.
1. Esta asociación podrán participar con sus propuestas al Consejo Escolar y a la
dirección del centro, en el proyecto educativo, en la programación general anual y en
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cuantos planes presente el centro para la mejora de la calidad de la educación.
Asimismo, conocerán, a través del Consejo Escolar del centro, el proyecto educativo, el
proyecto de gestión, las normas de organización y funcionamiento, el plan de
convivencia, la programación general anual, la memoria final de curso y la relación de
materiales curriculares y libros de texto adoptados por el centro, así como aquellas
modificaciones o renovaciones de cualquiera de estos documentos, de los cuales una
copia estará a su disposición en la secretaría del centro.
2. Las asociaciones de padres y madres del alumnado podrán utilizar para las
actividades que les son propias, los locales, dependencias y medios del centro, siempre
que el Consejo Escolar del centro considere que no interfieren el normal desarrollo de
las actividades previstas en la Programación General Anual, siendo responsables del
buen uso de los mismos.
3. La asociación podrá designar a un miembro como representante del sector de padres
y madres del alumnado, respectivamente, en el Consejo Escolar, de conformidad con lo
establecido en este Reglamento. Dicho representante podrá ser sustituido cuando así lo
estimen las asociaciones implicadas.
4. Estas asociaciones deberán presentar, en su caso, durante el primer mes de cada curso
escolar su plan de actividades complementarias dirigidas al alumnado que contarán con
la aprobación del Consejo Escolar en relación a su concordancia con el proyecto
educativo del centro. Dicho plan fomentará la colaboración entre los distintos sectores
de la comunidad educativa para su buen funcionamiento, proponiendo actividades,
programas o servicio que mejoren la convivencia y que respondan a las necesidades del
centro. Asimismo, podrán formar parte de los órganos de participación y colaboración
que se establezcan en las normas de organización y funcionamiento del centro.
5. Desarrollarán las actividades, programas o servicios que hayan diseñado en el marco
del proyecto educativo, respetarán la organización y funcionamiento del centro y
presentarán una memoria *de las acciones realizadas, que se incorporará a la memoria
final del centro.
*Presentarán la memoria en el primer trimestre del curso siguiente.
1.3.2. Los delegados/as del alumnado:
Los delegados y delegadas y los subdelegados y subdelegadas serán elegidos por su
grupo de forma democrática, directa y secreta, siendo la persona que ejerza la tutoría del
grupo la responsable de garantizar un proceso de elección en estos términos. Las
elecciones se organizarán dentro de la acción tutorial, debiéndose realizar antes de
finalizar el segundo mes del curso escolar. El nombramiento tiene validez para el curso
escolar. No obstante, el alumnado que los eligió podrá revocarlos, previo informe
razonado dirigido al profesorado tutor. También podrán ser revocados en caso de
sanción por conductas que afecten gravemente la convivencia del centro. En estos casos,
se procederá a realizar nuevas elecciones. Es función básica de este alumnado
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representar a su grupo, siendo su portavoz en la junta de delegados y delegadas, ante la
persona que ejerza la tutoría, así como ante cualquier otro órgano constituido en el
centro, en todos los asuntos en que el grupo desee ser escuchado. Además, cada centro
en sus normas de organización y funcionamiento, concretará estas funciones según la
etapa educativa de que se trate. Asumen el deber de actuar de forma pacífica y
democrática, siendo un modelo de respeto con sus iguales y con el resto de la
comunidad educativa. El subdelegado o la subdelegada sustituirán al delegado o
delegada en caso de ausencia o enfermedad y le apoyará en sus funciones. En nuestro
Centro, estas figuras, se conformarán en los cursos superiores ( 5º y 6º de Primaria)
1.4. CANALES DE COORDINACIÓN ENTRE LOS DIFERENTES ÓRGANOS:
Ya que las leyes vigentes garantizan que todos los sectores de la Comunidad Educativa
estén representados en el máximo órgano de gobierno que es el Consejo Escolar;
pretendemos garantizar que la participación del profesorado sea lo más representativa,
fluida y operativa posible. Para ello establecemos las siguientes pautas de actuación:
a. Para el Consejo Escolar: Se procurará que haya un representante por Ciclo en dicho
órgano.
b. Para la Comisión de Coordinación Pedagógica: Los/as coordinadores/as del ciclo
formarán parte de la misma.
c. Como canal de coordinación del Equipo Directivo con el Claustro del profesorado, el
Jefe/a de Estudios mantendrá informados a los coordinadores de ciclo para que éstos/as,
a la vez, informen a los componentes de sus ciclos de todas aquellas cuestiones que
precisen de su conocimiento y atención.
d. El Director será el canal de coordinación con el Ayuntamiento y con la Consejería de
educación.
e. Para canalizar la coordinación del Centro con los servicios Sociales se establece que
el tutor/a informará al jefe de estudios y con el asesoramiento de la orientadora se
dirigirán a estos servicios.
f. El AMPA está vinculada al Centro a través de reuniones con el Equipo Directivo y
también a través de su representante en el Consejo Escolar.
g. El maestro/a coordinador/a de las Actividades Extraescolares y Complementarias
estará en contacto con los diferentes miembros de la Comunidad Educativa (equipo
directivo, claustro, AMPA,...) para la coordinación de las mismas.
h. El encargado/a de comedor y el/la Director/a serán los responsables de gestionar y
supervisar este servicio; a fin de servir de canal entre las familias y el servicio de
comedor.
2. CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES.
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Los medios previstos para facilitar e impulsar la colaboración entre los distintos
sectores de la Comunidad Educativa son:
1. Los delegados de grupo y la asamblea de delegados. El alumnado participará en la
vida y funcionamiento del centro, en la actividad escolar y en la gestión del mismo a
través de sus representantes en el Consejo Escolar y de los delegados de grupo elegidos
en el primer trimestre de cada curso. Los delegados de grupo supondrán un vehículo de
colaboración con el profesorado en lo supone la aplicación de estas Normas de
Organización y Funcionamiento en el cumplimiento de las medidas organizativas como
en el fomento de la convivencia entre el alumnado de su grupo, colaborando con el tutor
o la tutora y con el profesorado del grupo en todo aquello que afecte al funcionamiento
de éste. Se nombrará un delegado y un subdelegado por grupo. La asamblea de
delegados es un elemento de colaboración con los Órganos de Gobierno del centro,
especialmente el Consejo Escolar y el equipo directivo en relación con la elaboración de
propuestas y aportaciones para la elaboración de los documentos de organización del
centro y en la intermediación entre el alumnado y el Consejo Escolar canalizando la
información. Estará formada por los delegados/as de los cursos de 5º y 6º de Educación
Primaria. El directora del centro en representación del equipo directivo mantendrá una
comunicación fluida con el alumnado. Los alumnos y alumnas colaborarán con el resto
de miembros de la Comunidad Educativa a través de sus representantes en el Consejo
Escolar que formarán parte como miembros de pleno derecho de la Asamblea de
Delegados en la que se informará de los asuntos tratados en el orden del día, así como
llevarán a las reuniones del Consejo Escolar las propuestas que dimanen de la asamblea
de Delegados.
2. Colaboración de las familias con el resto de la Comunidad Educativa. Las familias
participarán directamente en el funcionamiento del centro, actividades y gestión del
mismo a través de sus representantes en el Consejo Escolar o de sus Asociaciones. El
cauce para dicha colaboración se establecerá no solamente a través de la AMPA como
órgano representativo de las familias y sus reuniones con el equipo directivo, sino
también a través de otros modos.
- A través del Consejo Escolar en el que sus representantes canalizarán la colaboración
con los representantes del resto de la Comunidad Educativa.
- A través de las reuniones tanto colectivas, como individuales con los tutores y tutoras
- A través de las reuniones con los propios maestros/as de las respectivas áreas.
- Con el Director, Jefa de Estudios y Secretaria del centro que establecerán en sus
horarios, períodos lectivos para la entrevista con las familias que así lo soliciten.
Por su parte, la AMPA mantendrá la colaboración con los órganos de gobierno del
Centro. Por un lado, a través de su representante en el Consejo Escolar. Por otro lado,
con el Equipo Directivo se mantendrá la colaboración estableciendo al comienzo de
cada curso un período de tiempo en el que el Director se reunirá con los representantes
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de las AMPA. Las reuniones serán siempre que sea necesario. Las AMPA tendrán un
lugar propio para llevar a cabo sus funciones.
3. Colaboración del personal docente con el resto de miembros de la Comunidad
Educativa.
El profesorado hará efectiva su participación en la gestión del centro. La podrán llevar a
cabo directamente, como miembros del Claustro, como miembros de un Ciclo o a través
de sus representantes en el Consejo Escolar. Se impulsará la colaboración del personal
docente con los otros miembros de la Comunidad Educativa a través de los siguientes
cauces:
- El Consejo Escolar en el que sus representantes mantendrán el contacto con el resto de
representantes de la Comunidad Educativa.
- Con las familias a través del tutor y la tutora que tendrá unas horas de atención
agrupadas en los primeros y terceros lunes de cada mes. Mediante las reuniones que
cada maestro y maestra pueda mantener con las familias de sus respectivos grupos
dentro del cauce señalado por la normativa.
- Con el alumnado directamente mediante las horas dedicadas a la docencia específica
de su materia y de la manera que estipule el reglamento.
- Con el personal de administración y servicio a través del Director/a y el Secretario/a
del Centro.
4. Colaboración del personal no docente con el resto de la Comunidad Educativa.
El personal de administración y servicio comprende a todas aquellas personas que
trabajan en el centro en tareas no docentes, tal como el personal administrativo.
Participará en el funcionamiento del centro directamente o a través de sus representantes
en el Consejo Escolar. Además pueden comunicar sus sugerencias al profesorado y
equipo directivo de manera individualizada siempre que se persiga la mejora de las
normas de convivencia y la organización de su trabajo. Se facilitará e impulsará la
colaboración del personal de administración y servicio con el resto de la Comunidad
Educativa a través de los siguientes medios:
- El Consejo Escolar en el que su representante estará en contacto con el resto de
representantes de la Comunidad Educativa
- La Secretaria del centro como representante del Equipo Directivo.
- El director del centro como representante del Centro.
5. Colaboración del equipo directivo con el resto de la Comunidad Educativa.
Se establecen los siguientes medios para impulsar la colaboración del Director y el resto
de la Comunidad Educativa:
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- Con el equipo directivo mediante las reuniones que se establecerán siempre que se
requieran.
- Con el alumnado podrá tener reuniones a petición del mismo y con el alumnado en
general a petición del alumno interesado previa petición a través de sus maestros/as,
tutores o Jefatura de Estudios.
- Con las familias a solicitud de los interesados.
- Con la AMPA cuando lo requieran.
- Con los coordinadores de ciclo en el seno de la Comisión de Coordinación Pedagógica
para lo que se establecerá un período lectivo de carácter semanal. El calendario de
actuaciones vendrá recogido en la Programación General Anual.
- Con el profesorado en el seno del Claustro.
- Con el personal de administración y servicios al menos dos veces durante el curso y a
petición del interesado.
- Con la Administración Municipal cuando la situación lo requiera.
- Con todos los miembros de la Comunidad Educativa en el seno de las actuaciones del
Consejo Escolar.
- Con otras entidades u organismos cuando la situación lo requiera. Se establecen los
siguientes medios para impulsar la colaboración del Jefe de Estudios y el resto de la
Comunidad Educativa:
- Con el equipo directivo mediante las reuniones que se establecerán al efecto con
carácter semanal.
- Con los coordinadores de ciclo en el seno de la Comisión de Coordinación Pedagógica
para lo que se establecerá un período lectivo de carácter mensual. Asimismo, podrán
reunirse siempre que la situación lo requiera.
- Con el resto de profesorado en el seno de las actuaciones programadas por el Claustro
de profesores y cuando la situación lo exija.
- Con el alumnado a través de la Asamblea de Delegados.
- Con las familias a petición de los interesados.
- Con todos los miembros de la Comunidad Educativa desde las actuaciones previstas
en el seno del Consejo Escolar. Se establecen los siguientes medios para impulsar la
colaboración del Secretario y el resto de la Comunidad Educativa:
- Con el profesorado en las actuaciones previstas en el seno del Claustro.
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- Con el personal de administración y servicios de manera mensual, para lo que se
reservará un período lectivo semanal en su horario.
- Con las familias y alumnado siempre que la situación los requiera a petición de los
interesados. Para ello, se reservará un período lectivo semanal.
- Con todos los miembros de la Comunidad Educativa en el seno de las actuaciones
previstas por el Consejo Escolar.
Colaboración con el Ayuntamiento
- Mediante el representante del Ayuntamiento de la localidad en el Consejo Escolar se
garantiza la participación y la fluidez de la información y el planteamiento de
inquietudes y demandas entre el centro y la corporación local.
El Equipo de Orientación y la Jefatura de Estudios serán los encargados de facilitar la
colaboración de los Servicios Sociales en la puesta en acción y el seguimiento de los
planes de actuación con alumnado y familias que requieran la intervención de dichos
servicios.
3. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTICEN EL RIGOR Y
TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES DE LOS DISTINTOS
ÓRGANOS, EN MATERIA DE ESCOLARIZACIÓN Y EVALUACIÓN.
De forma general, la adopción de los acuerdos se hará inexcusablemente con los
informes y trámites preceptivos de modo que éstos se reiterarán, en su caso, de no
contar con ellos en los plazos fijados, al menos por una vez. Al inicio de cada curso
escolar, quien presida cualquier órgano o reunión, deberá incluir y tratar un punto del
orden del día referido a la tramitación de asuntos de su competencia y al procedimiento
para la adopción de acuerdos. Esta obligación no afectará a las reuniones de aula o de
centro de los miembros de la comunidad educativa que se celebren al amparo del
derecho de reunión.
El apartado sobre la escolarización por la que se desarrolla el procedimiento de
admisión del alumnado en las enseñanzas no universitarias en los centros docentes
públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Canarias. La secretaria
del centro extenderá certificación en la que conste que antes del inicio del
procedimiento de admisión de cada curso escolar figurarán publicados en el tablón de
anuncios específico del centro los siguientes aspectos:
- Oferta educativa del centro.
- Áreas de influencia.
- Servicios escolares.
- Puestos vacantes.
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- Criterios para la baremación (incluidos los criterios complementarios del Consejo
Escolar)
Como procedimientos en la escolarización la Secretaría del centro habilitará cada curso
escolar un tablón de anuncios específico sobre admisión de alumnos/as en el que se
publicarán cuantos datos correspondan con dicho procedimiento de escolarización.
Respecto a la evaluación del alumnado tomamos como referencia la ORDEN de 7 de
noviembre de 2007 (BOC 235 23/11/07), por la que se regula la evaluación y
promoción del alumnado que cursa la enseñanza básica, capítulo IV, información al
alumnado y a sus familias. Garantías en el proceso de evaluación, Artículos 32, 33 y 34.
Al comienzo de cada curso escolar en la primera reunión general, el profesorado dará a
conocer los objetivos, contenidos y criterios de evaluación exigibles para obtener una
valoración positiva en las distintas áreas, materias, ámbitos o módulos que formen el
currículo, así como los criterios de calificación, los instrumentos de evaluación del
aprendizaje que se van a utilizar y, en su caso, la información sobre medidas educativas
de apoyo y las adaptaciones curriculares derivadas de las necesidades que presente el
alumnado. Asimismo, el tutor/a de cada grupo informará al alumnado de su tutoría y a
las familias acerca de los requisitos que determinan la promoción al siguiente ciclo o
curso. Al menos tres veces a lo largo del curso, el tutor/a informará por escrito a las
familias y al alumnado sobre el aprovechamiento académico de éste y la marcha de su
proceso educativo incluyendo, en su caso, la información sobre las medidas educativas
de apoyo y las adaptaciones curriculares. Asimismo, para favorecer el seguimiento del
proceso educativo, los padres y madres podrán entrevistarse con el profesorado de las
distintas áreas ya sea en la entrega de notas o en el horario de vista de padres, madres o
tutor/a. Al finalizar el curso se informará por escrito al alumnado y a sus familias acerca
de los resultados de la evaluación final ordinaria. Dicha información incluirá, al menos,
las calificaciones obtenidas en las distintas materias cursadas por los alumnos/as, la
decisión acerca de su promoción al ciclo o curso siguiente, y las medidas adoptadas, en
su caso, para que alcancen los objetivos programados.
Garantías en el proceso de evaluación. Cuando el padre o madre, tutores o
representantes legales, esté en desacuerdo con las calificaciones obtenidas en la
evaluación final del ciclo o curso, o con las decisiones adoptadas, podrá reclamar por
escrito, alegando alguno de los siguientes motivos:
a) La notable discordancia entre el desarrollo de las programaciones didácticas en el
aula y su incidencia en la evaluación.
b) La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación recogidos en las
programaciones didácticas de las distintas áreas y materias.
c) La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y
los obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.
d) La incorrecta aplicación de otros aspectos.
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La reclamación deberá presentarse en la Secretaría del centro en el plazo de los dos días
hábiles siguientes a la publicación o notificación de las calificaciones, dirigida al
Director del centro.
Procedimiento para la resolución de las reclamaciones. En la Educación Primaria el
procedimiento de resolución se desarrollará como sigue:
Si la reclamación se refiere a la calificación final otorgada en algún área en el proceso
de evaluación continua, el Director del centro requerirá un informe al profesorado que
imparte el área y otro al tutor/a del grupo, quien lo preparará previa reunión con el resto
del equipo docente. La Dirección resolverá y notificará por escrito a la persona
interesada en el plazo de dos días hábiles.
Si la reclamación se refiere a decisiones de promoción de ciclo o a la etapa siguiente, la
Dirección del centro resolverá teniendo en cuenta el informe de la sesión de evaluación
final del grupo correspondiente al alumno/a, aportado por el tutor/a. La resolución
adoptada se notificará por escrito a la persona interesada en el plazo de dos días hábiles.
El responsable del alumno/a afectado/a, no conforme con la resolución adoptada, podrá
reiterar la reclamación ante el Director Territorial de Educación que corresponda, a
través de la Secretaría del centro, en el plazo de los dos días hábiles siguientes a su
notificación, y en su defecto, transcurridos diez días desde que inicialmente formulará
dicha reclamación. La Dirección del centro remitirá todo el expediente (reclamación,
informes, copia del acta de evaluación, resolución de la Dirección del centro, etc.) a la
Dirección Territorial de Educación, en el plazo de dos días siguientes a recibir la
reclamación. La Dirección Territorial, previo informe de la Inspección de Educación,
resolverá en el plazo de veinte días. Contra dicha resolución cabe interponer recurso de
alzada en el plazo de un mes ante la Dirección General de Centros e Infraestructura
Educativa. La resolución que se dicte agotará la vía administrativa, salvo que la persona
interesada quiera ejercer su derecho a interponer el recurso potestativo de reposición, en
cuyo caso dispondrá de un mes para presentarlo. Cuando se estime la reclamación o
recurso, se procederá a rectificar las calificaciones o decisiones correspondientes
mediante diligencia extendida por la Dirección del centro en los documentos de
evaluación con referencia a la decisión adoptada; todo lo cual se pondrá en
conocimiento del profesorado del equipo docente.
4. DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
En base al Decreto 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el
ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias. BOC 108 02/06/11.
4.1. DEL ALUMNADO:
Derechos del alumnado (Art. del 6 al 13).
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1. Derecho a una formación integral.
El alumnado tiene el derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno
desarrollo de su personalidad y que se concreta en:
a) La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los
principios democráticos de convivencia.
b) La adquisición de habilidades, capacidades, competencias y conocimientos que le
permitan integrarse personal, laboral y socialmente.
c) El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico y académico.
d) La orientación escolar, personal y profesional que le permita tomar decisiones de
acuerdo con sus aptitudes y capacidades, de manera especial del alumnado con
dificultades físicas, psíquicas o con carencias sociales o culturales.
e) El aprendizaje de métodos no violentos en la resolución de conflictos y de modelos
de convivencia basados en la diversidad y en el respeto a la igualdad entre mujeres y
hombres.
2. Derecho al respeto. El alumnado tiene derecho a que se respete su identidad,
integridad y dignidad personales por todos los miembros de la comunidad educativa.
Este derecho implica:
a) La protección contra cualquier tipo de agresión y discriminación.
b) La existencia de unas condiciones adecuadas de seguridad, higiene y salud en el
centro.
c) La confidencialidad en sus datos personales.
3. Derecho a la evaluación objetiva del aprendizaje. Su dedicación, esfuerzo y
rendimiento deben ser valorados y reconocidos objetivamente. Con sus familias, tienen
derecho a conocer, al inicio de curso, los criterios de evaluación, calificación,
promoción establecidos por el centro. Sus representantes legales tienen derecho a recibir
información por el profesorado en lo relativo a su proceso de aprendizaje y las
decisiones que se adopten. Sus familias pueden reclamar contra las decisiones y
calificaciones académicas que se adopten.
4. Derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del centro. Este derecho
implica:
a) El aprendizaje activo en el ejercicio de la participación democrática, como
contribución al desarrollo de las competencias básicas sociales.
b) La participación de carácter individual y colectivo mediante el ejercicio de los
derechos de reunión, de asociación, a través de las asociaciones de alumnos y alumnas,
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y de representación en el centro, a través de sus delegados o delegadas, y de sus
representantes en el Consejo Escolar.
c) La elección de sus representantes en el Consejo Escolar y de los delegados o
delegadas de grupo.
d) La manifestación de sus opiniones, individual y colectivamente, con libertad de
acuerdo con los principios y derechos constitucionales.
e) La información sobre las cuestiones propias de su centro y de la actividad educativa
en general.
5. Derecho a la manifestación de la discrepancia. Serán puestas en conocimiento de la
dirección del centro, a través de los delegados o delegadas de cada grupo. El plan de
convivencia del centro regulará el procedimiento que permita el ejercicio de este
derecho. La dirección del centro pondrá en conocimiento del Consejo Escolar los casos
que deriven en una propuesta de inasistencia a clase por parte del alumnado para que
actúe como garante del cumplimiento del procedimiento regulado.
6. Derecho del alumnado menor a la atención inmediata. Protección en el ámbito escolar
mediante un conjunto de medidas y actuaciones destinadas a prevenir e intervenir en
situaciones de riesgo y de desamparo.
7. Derecho a la igualdad de oportunidades. El alumnado tiene derecho a recibir las
ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo
personal, familiar, de género, económico,...
8. Derecho a la protección social. En el ámbito educativo protección social, en los casos
de infortunio familiar o accidente. La consejería competente en materia de educación
establecerá las condiciones académicas y económicas adecuadas en estos casos. Si tiene
impedida su asistencia al centro educativo, tiene derecho a recibir atención educativa
domiciliaria u hospitalaria, en las condiciones que establezca la consejería competente
en materia de educación.
Deberes del alumnado (Art. del 14 al 18)
1. Deber de estudio y de asistencia a clase. Se concreta en las siguientes obligaciones:
a) Mantener una actitud participativa, activa y atenta en clase sin interrumpir ni alterar
el normal funcionamiento de las clases.
b) Asistir al centro educativo con el material y equipamiento necesarios para poder
participar activamente en el desarrollo de las clases. c) Respetar el ejercicio del derecho
y el deber al estudio del resto del alumnado. d) Realizar las actividades encomendadas
por el profesorado en el ejercicio de sus funciones docentes. El alumnado tiene,
asimismo, el deber de asistir a clase con puntualidad, sin ausencias injustificadas, y
respetando el procedimiento y horario de entrada y salida, aprobado por el centro.
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2. Deber de respeto al profesorado. El alumnado tiene el deber de respetar al
profesorado y de reconocer su autoridad, tanto en el ejercicio de su labor docente y
educativa como en el control del cumplimiento de las normas de convivencia y de la de
organización y funcionamiento del centro.
3. Deber de respeto a la comunidad educativa. Se concreta en las obligaciones
siguientes:
a) Respetar la identidad, la integridad, la orientación sexual, la dignidad y la intimidad
de los miembros de la comunidad educativa.
b) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales de la
comunidad educativa.
c) No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de
nacimiento, raza, sexo, lengua o por cualquier otra circunstancia personal o social.
4. Deber de respetar las normas de convivencia. Este deber se concreta en el respeto de
las normas de organización y funcionamiento y de las normas de convivencia que
apruebe el Consejo Escolar del centro. Conlleva, entre otras, las obligaciones siguientes:
a) Participar y colaborar en la promoción de un adecuado ambiente de convivencia
escolar, así como conocer y respetar las normas de convivencia y el plan de convivencia
del centro.
b) Utilizar adecuadamente y conservar las instalaciones, materiales y recursos
educativos del centro.
c) Utilizar adecuadamente y conservar las instalaciones, materiales y recursos
educativos durante la realización de las actividades extraescolares o complementarias.
d) Respetar los bienes y pertenencias de los miembros de la comunidad educativa.
e) Respetar y cumplir las decisiones de los órganos unipersonales y colegiados del
centro, sin perjuicio de hacer valer sus derechos cuando considere que alguna de las
decisiones vulnere alguno de ellos, de acuerdo con el procedimiento que se establezca.
f) Responsabilizarse de las comunicaciones que se establezcan entre la familia y el
centro educativo.
g) Respetar lo establecido en las normas de convivencia respecto a los usos adecuados
de las tecnologías de la información y comunicación.
5. Deber de colaborar en la obtención de información por parte del centro. Necesarios
para el ejercicio de la función educativa.
4.2. DEL PROFESORADO:
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Derechos del profesorado (Art. del 25 al 29)
1. Derecho al respeto personal. Derecho a ser respetado y a recibir un trato adecuado en
el ejercicio de sus funciones (integridad y dignidad personal)
2. Derecho a la autonomía. Derecho a tomar las decisiones necesarias para mantener un
adecuado clima de convivencia según el procedimiento que se establezca en las normas
de convivencia, con el fin de asegurar la actividad educativa.
3.Derecho a la formación permanente. Derecho a recibir, por parte de la Administración
educativa, la formación en materia de convivencia que se establezca en la normativa
específica, y en los términos establecidos en el artículo 102 de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación.
4. Derecho a la consideración de autoridad pública. Derecho a la consideración de
autoridad pública en el desempeño de la función docente con las potestades y protección
jurídica reconocidas en el Ordenamiento Jurídico.
5. Derecho a la protección legal y defensa jurídica. El profesorado tiene derecho al
asesoramiento jurídico, a la defensa legal y a la protección por parte de la
Administración pública en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden
jurisdiccional, así como, la cobertura de la responsabilidad civil, en relación con los
hechos que se sigan como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargos
docentes, salvo en los casos de conflicto con la propia Administración de acuerdo con lo
previsto en la normativa autonómica.
Deberes del profesorado (Art. del 30 al 34)
1. Deber de cumplimiento de las normas de convivencia y demás normativa del centro.
2. Deber de contribuir a la mejora de la convivencia escolar. Contribuir a que las
actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de
participación, de libertad e igualdad para fomentar en el alumnado los valores de la
ciudadanía democrática. Mantener la disciplina y velar por el correcto comportamiento
del alumnado, impidiendo, corrigiendo y poniendo en conocimiento de los órganos
competentes todas aquellas conductas contrarias a la convivencia. El profesorado tiene
el deber de promover, organizar y participar en las actividades complementarias, dentro
o fuera del recinto educativo, programadas por los centros, especialmente de aquellas
orientadas a mejorar el clima de convivencia escolar.
3. Deber de colaborar e informar a las familias. Sobre las normas de convivencia
establecidas en el centro, de los incumplimientos de estas por parte de sus hijos/as, así
como de las medidas educativas correctoras impuestas. Colaborar con las familias para
proporcionar una formación integral al alumnado. Asimismo, tiene el deber de atender
en el ámbito escolar a las familias y al alumnado y, en su caso, el deber del ejercicio de
la tutoría docente.
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4. Deber de formarse. En aspectos relacionados con la convivencia en los centros
docentes y en la resolución pacífica de conflictos, así como en el uso adecuado de las
tecnologías de información y comunicación.
5. Deber de sigilo profesional. Guardar reserva y sigilo profesional sobre toda aquella
información de que se disponga acerca de las circunstancias personales y familiares del
alumnado sin perjuicio de la obligación de comunicar a la autoridad competente,
administración educativa y sus servicios, las circunstancias que puedan implicar el
incumplimiento de los deberes y responsabilidades establecidos por la normativa de
protección de menores.
4.3. DE LAS FAMILIAS:
Derechos de las familias (Art. del 19 al 21)
1. Derecho a participar en los procesos educativos de sus hijos e hijas o pupilos.
Participar en los procesos educativos de sus hijos/as, así como a estar informados sobre
su progreso e integración socio-educativa (por medio de información y aclaraciones
solicitadas, de reclamaciones, y del conocimiento o intervención en los procesos de
resolución de conflictos)
2. Derecho a ser oídos en las decisiones que afecten a sus hijos e hijas o pupilos. En lo
referente a la orientación personal, académica y profesional y a solicitar, ante el Consejo
Escolar, la revisión de las resoluciones adoptadas por la dirección.
3. Derecho a participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del
centro. A través del Consejo Escolar y mediante los cauces asociativos legalmente
reconocidos.
Deberes de las familias (Art. del 22 al 24)
1. Deber de compromiso. Solicitar las ayudas correspondientes y colaborar con el
centro para que el proceso educativo se lleve a cabo de forma adecuada. En los casos en
los que sus familias rechacen la solicitud del centro para su implicación y compromiso
en la adopción de medidas necesarias en situaciones graves para su proceso educativo,
ante conflictos de convivencia provocados por sus hijos o hijas, la dirección del centro
pondrá en conocimiento de las autoridades educativas tal circunstancia para que se
adopten las medidas adecuadas por quien corresponda, que permitan garantizar los
derechos y deberes del alumnado. Cuando la conducta revista especial gravedad, la
Administración educativa lo pondrá en conocimiento de las instituciones o autoridades
públicas competentes. Las familias tienen el deber de asistir a las reuniones convocadas
por el centro o buscar otros procedimientos que faciliten la comunicación, la
información y los compromisos que adoptarán las familias ante las dificultades
planteadas por el centro educativo.
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2. Deber de conocer y participar en la evolución académica de sus hijos e hijas. Las
familias tienen el deber de conocer la evolución del proceso educativo de sus hijos/as.
Obligación de estimular a sus hijos/as hacia el estudio e implicarse de manera activa en
la mejora de su rendimiento y, en su caso, de su conducta. Así como garantizar la
asistencia a clase y a las actividades programadas.
3. Deber de respeto de las normas del centro. Obligación de respetar y hacer respetar a
sus hijos/as, las normas que rigen el centro escolar, las orientaciones educativas del
profesorado y colaborar especialmente en el fomento del respeto y el pleno ejercicio de
los derechos de los miembros de la comunidad educativa. Colaborar en la obtención por
parte del centro docente de los datos personales necesarios para el ejercicio de la
función educativa.
4.4. DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS:
Derechos del personal de administración y servicios (Art. 35 y 36)
1. Derecho al respeto. Recibir un trato adecuado, y ser valorado por la comunidad
educativa y por la sociedad en general, en el ejercicio de sus funciones y a que sean
respetados sus derechos, especialmente el referido a su integridad y dignidad personal.
2. Derecho a la defensa jurídica. Recibir defensa jurídica y protección de la
Administración pública en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden
jurisdiccional como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones, salvo en los
casos de conflicto con la Administración.
Deberes del personal de administración y servicios (Art. del 37 al 39)
1. Deber de colaboración y comunicación. Deber de implicarse en el proyecto del centro
colaborando para establecer un buen clima de convivencia, comunicando a la dirección
del centro cuantas incidencias perjudiquen la convivencia en los centros docentes.
2. Deber de cumplimiento de la legislación de protección de datos de carácter personal,
seguridad laboral y propiedad intelectual. Deber de cumplir lo previsto en la normativa
vigente en materia de protección de datos de carácter personal, seguridad laboral y de
propiedad intelectual.
3. Deber de custodia y sigilo profesional. Custodiar la documentación administrativa,
así como guardar reserva y sigilo respecto a la actividad cotidiana del centro escolar.
5. NORMAS DE CONVIVENCIA A IMPULSAR DESARROLLADAS EN EL
PLAN DE CONVIVENCIA. PROTOCOLOS. TUTORIAS AFECTIVAS.
Entendemos la convivencia como un factor clave para facilitar el aprendizaje y es uno
de los objetivos estratégicos incluidos en el Proyecto Educativo. En el centro se
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trabajará la misma entre toda la Comunidad Educativa. Entendemos que en el Plan de
Convivencia deben considerarse las relaciones entre todos los grupos de personas que
conviven en el centro y facilitar también la participación de las familias, fomentando la
comunicación para impulsar y transmitir los cambios. Por ello es fundamental:
La información de las Normas de Organización y Funcionamiento y del Plan de
Convivencia en las sesiones del Plan de Acción Tutorial.
La correcta aplicación de las normas.
La revisión y actualización de las normas a cumplir por toda la comunidad educativa.
Las normas de convivencia a impulsar en el centro son las siguientes:
1. Las entradas y salidas al Centro, así como en los desplazamientos por el mismo y en
los periodos entre clase y clase, se mantendrá el orden, sin gritos ni carreras.
2. Se mantendrán en orden y en silencio en las clases.
3. Los alumnos/as no abandonarán el aula en presencia de un profesor sin su
autorización.
4. En los cambios de hora, los alumnos/as no abandonarán su aula, excepto en caso de
necesidad inevitable, ni entrarán en otra aula distinta de la suya.
5. Los alumnos/as, en los recreos, saldrán al patio acompañados por el maestro/a con el
que se encuentren, salvo que estén con un maestro/a o en una reunión debidamente
autorizada.
6. Traerán a clase el material escolar suficiente para seguir las actividades lectivas.
7. Realizarán las tareas educativas que les indique el profesorado.
8. Ante la ausencia o retraso de algún maestro/a se mantendrán en clase en orden y
esperarán la llegada del maestro/a sustituto que les dará las indicaciones pertinentes.
9. La colocación en las aulas se hará siguiendo las instrucciones del profesorado.
10. Tratarán con cuidado y respeto el material y las instalaciones del Centro,
mantendrán limpio todo el mobiliario del aula, así como los pasillos y servicios.
11. Respetarán las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.
12. Si un alumno/a o grupo de alumnos/as ensucian un aula o cualquier otra
dependencia del centro, el o los mismos realizarán una limpieza del aula, para dejarla en
las mismas condiciones en las que estaba.
13. No comerán ni beberán durante el desarrollo de las clases.
14. Es obligatorio traer al Centro la agenda escolar (o similar), y hacer un uso adecuado
de la misma.
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15. Está totalmente prohibido realizar cualquier tipo de acción (amenazas,
intimidaciones, agresiones, robos, etc.) que atenten o puedan atentar contra la dignidad,
integridad o intimidad de los miembros de la comunidad educativa. Igualmente
respetarán en sus expresiones orales o escritas, las convicciones morales y religiosas de
los demás.
16. Durante el desarrollo de las clases, para aquellos alumnos/as que hayan sido
apercibidos por mostrar una conducta contraria a las normas de convivencia, se seguirá
el protocolo establecido en el Plan de Convivencia.
17. No se pueden traer teléfonos móviles, videojuegos, consolas, mp3,… En el supuesto
que los alumnos incumplan esta norma, los aparatos serán retenidos temporalmente por
el tutor/a hasta que los padres o tutores legales los recojan. El centro no se hace
responsable del extravío, deterioro o rotura de los mismos.
18. Respecto al uso de los aseos (Primaria):
a. Los alumnos/as podrán ir al baño a partir entre cada hora solicitándoselo al profesor y
antes del tiempo de recreo.
b. Los que vayan en horas de clase con permiso del maestro/a, lo harán en silencio, sin
demorarse y siempre al principio de la sesión de clase.
c. Se hará buen uso de los servicios (no se tirará agua al suelo, dejar correctamente
cerrados los grifos, tirar los papeles en la papelera,...).
d. Si mientras un alumno/a está en el baño observa el mal estado del mismo, se lo
notificará al maestro/a con el que tiene clase en ese momento.
Ante el incumplimiento de las normas se aplicará el protocolo recogido en el Plan de
Convivencia atendiendo a lo recogido en el DECRETO 114/2011, de 11 de mayo, por el
que se regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de
Canarias en el TÍTULO IV CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA Y
MEDIDAS APLICABLES.
Las estrategias y actuaciones previstas para garantizar el éxito del plan de convivencia:
Actuaciones previstas para prevenir, detectar y resolver pacíficamente los conflictos,
mediante las tutorías y reuniones de delegados.
Estrategias de intervención directa ante diferentes situaciones conflictivas que se
puedan presentar en el centro: disrupción, conductas o trato inadecuado, rechazo al
aprendizaje, actuaciones racistas, sexistas, bullying, trastornos de conducta, etc. Con las
actividades del plan de acción tutorial.
Actuaciones dirigidas a facilitar la integración y la participación del alumnado, tales
como las actividades contempladas en el plan de acogida para el alumnado que se
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matricula en el centro por primera vez, así como actividades que faciliten el
conocimiento por parte de todo el alumnado de las normas de convivencia.
Actividades dirigidas a favorecer la relación del centro educativo con las familias,
con especial atención a las orientadas a garantizar su participación, el conocimiento de
las normas de convivencia del centro y su implicación en la convivencia escolar. Para
ello, se cuenta además con una página del facebook de centro.
Medidas de carácter organizativo que posibiliten la adecuada vigilancia de los
espacios y tiempos considerados de riesgo, como los recreos, las entradas y salidas del
centro y los cambios de clase. Para ello, hay un turno diario de recreo, y un plan de
sustitución de estos puestos para los casos en los que falte profesorado.
Medidas organizativas y curriculares para la mejora de la convivencia en el centro
como la metodología del trabajo por tareas, y las actividades inter-clases que se
realizan.
Los procedimientos de gestión del aula: normas de la clase, agrupamientos, horarios
más adecuados, reparto de tareas entre el alumnado, etc.
Procedimientos para la recogida de las incidencias en materia de convivencia y de
respuesta ante las situaciones más comunes. Se pueden utilizar diferentes modelos de
recogida de datos de comportamiento por parte de los tutores y de los especialistas.
Régimen de participación de los diferentes colectivos, fomentando la participación de
los diferentes miembros de la Comunidad Educativa a través de los AMPA, Consejo
Escolar, con las sugerencias en la encuesta de final de curso, etc.
En cuanto a la difusión, evaluación y modificación del plan de convivencia.
El equipo directivo llevará a cabo cuantas acciones sean necesarias para que el Plan
de Convivencia sea conocido y evaluado por todos los sectores de la comunidad
educativa.
En la memoria anual que elaboren los centros educativos se hará una evaluación
específica de las acciones previstas en el Plan de Convivencia. Dicha evaluación sobre
el Plan de Convivencia recogerá los hechos más significativos acaecidos, las
dificultades presentadas y la forma de solución, los logros obtenidos y su repercusión
sobre el clima del centro, así como recomendaciones para la modificación del mismo
durante el siguiente curso escolar.
Durante el primer mes de cada curso escolar, la comisión de convivencia analizará y
valorará las propuestas de modificación de su Plan de Convivencia reflejadas en la
memoria anual del curso anterior, a partir de las cuales se establecerán las
modificaciones que se consideren convenientes.
Dichas modificaciones se incorporarán a la programación General Anual
correspondiente.
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- POTOCOLO ACOSO ALUMNADO (VER ANEXO PROTOCOLO
ACOSO ESCOLAR)
Paso 1. Identificación y comunicación de la situación
Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas de
una situación de acoso sobre algún alumno o alumna, tiene la obligación de
comunicarlo a un profesor o profesora, al tutor o tutora, a la persona responsable de la
orientación en el centro o al equipo directivo, según el caso y miembro de la comunidad
educativa que tenga conocimiento de la situación. En cualquier caso, el receptor o
receptora de la información siempre informará al director o directora o, en su ausencia,
a un miembro del equipo directivo.
Paso 2. Actuaciones inmediatas
Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo con el tutor o tutora de los
alumnos o alumnas afectados y la persona o personas responsables de la orientación en
el centro para recopilar información, analizarla y valorar la intervención que proceda.
La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la
información recogida y las actuaciones acordadas.
En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de acoso escolar se
informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de Inspección de
Educación.
Paso 3. Medidas de urgencia
En caso de estimarse necesario, se adoptarán las medidas de urgencia que se requieran
para proteger a la persona agredida y evitar las agresiones:
• Medidas que garanticen la inmediata seguridad del alumno o alumna acosada,
así como medidas específicas de apoyo y ayuda.
• Medidas cautelares dirigidas al alumno o alumna acosador.
Paso 4. Traslado a las familias o responsables legales del alumnado
El tutor o tutora, director o la persona o personas responsables de la orientación en el
centro, previo conocimiento del equipo directivo, con la debida cautela y mediante
entrevista, pondrán el caso en conocimiento de las familias o responsables legales del
alumnado implicado, aportando información sobre la situación y sobre las medidas
adoptadas.
Paso 5. Traslado al resto de profesionales que atienden al alumno o alumna
acosado e información a la Comisión de convivencia.
El director o directora, con las debidas reservas de confidencialidad y protección de la
intimidad de los menores afectados y la de sus familias o responsables legales, podrá
informar de la situación al equipo docente del alumnado implicado. Si lo estima
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oportuno informará también al resto del personal del centro y a otras instancias externas
(sociales, sanitarias o judiciales, en función de la valoración inicial).
Paso 6. Recogida de información de distintas fuentes
Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el equipo directivo recabará la
información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a
continuación:
• Recopilación de la documentación existente sobre el alumnado afectado.
• Observación sistemática de los indicadores señalados: en espacios comunes del
centro, en clase, o en actividades complementarias y extraescolares.
• Asimismo, la dirección del centro solicitará al departamento de orientación o al
equipo de orientación educativa que, con la colaboración de la persona que
ejerce la tutoría, complete la información. Esto se hará, según el caso,
observando al alumnado afectado, contrastando opiniones con otros compañeros
y compañeras, hablando con el alumnado afectado o entrevistando a las familias
o responsables legales del alumnado. Si se estima conveniente, se completará la
información con otras fuentes complementarias, tales como el personal de
administración y servicios, o personal de los servicios sociales correspondientes.
• Una vez recogida toda la información, el director o directora del centro realizará
un informe con los datos obtenidos, para lo que contrastará la información
aportada por las diferentes fuentes.
En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos:
• Garantizar la protección de los menores o las menores.
• Preservar su intimidad y la de sus familias o responsables legales.
• Actuar de manera inmediata.
• Generar un clima de confianza básica en los menores o las menores.
• Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.
• No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.
Paso 7. Aplicación de correcciones y medidas disciplinarias
Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del director
o directora del centro a la adopción de correcciones a las conductas contrarias a la
convivencia o de medidas disciplinarias al alumnado agresor implicado, en función de
lo establecido en el plan de convivencia del centro, y, en cualquier caso, de acuerdo con
lo establecido en el Decreto 114/2011. Ver tipificación faltas del centro.
Paso 8. Comunicación a la comisión de convivencia
El director o directora del centro trasladará el informe realizado tras la recogida de
información así como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la comisión de
convivencia del centro.
Paso 9. Comunicación a la inspección educativa
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El equipo directivo remitirá el informe al Servicio Provincial de Inspección de
Educación, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso, tal como se establece
en el Paso 2 de este protocolo.
Paso 10. Medidas y actuaciones a definir
El equipo directivo, con el asesoramiento de la persona o personas responsables de la
orientación educativa en el centro, definirá un conjunto de medidas y actuaciones para
cada caso concreto de acoso escolar.
Estas medidas y actuaciones se referirán, tanto a las que sean de aplicación en el centro
y en el aula, como a las que sean de aplicación al alumnado en conflicto, que garanticen
el tratamiento individualizado tanto de la víctima como de la persona o personas
agresoras, incluyendo actuaciones específicas de sensibilización para el resto del
alumnado así como para el alumnado observador. Todo ello, sin perjuicio de que se
apliquen al alumnado acosador las medidas correctivas recogidas en el plan de
convivencia.
Con carácter orientativo, se proponen las siguientes medidas y actuaciones para cada
caso de acoso escolar:
• Actuaciones con la persona acosada: actuaciones de apoyo y protección expresa
e indirecta, actividades de educación emocional y estrategias de atención y
apoyo social, intervención individualizada por la persona orientadora para el
aprendizaje y desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, autoestima y
asertividad y derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente en
materia de protección de menores.
• Actuaciones con el alumnado agresor: aplicación de las correcciones
correspondientes estipuladas en el plan de convivencia, actuaciones educativas
en el aula de convivencia del centro, en su caso, o programas y estrategias
específicos de modificación de conducta y ayuda personal, y derivación, si
procede, a servicios de la Consejería competente en materia de protección de
menores.
• Actuaciones con los compañeros y compañeras observadores pasivos:
actuaciones de desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, emocionales
y de empatía, campañas de sensibilización así como actividades de mediación y
de ayuda entre iguales.
• Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o
hijas, sean víctimas o agresores, actuaciones para una mejor coordinación y
comunicación sobre el proceso socioeducativo de sus hijos o hijas, información
sobre posibles apoyos externos y seguimiento de los mismos, así como
establecimiento de compromisos de convivencia.
• Actuaciones con el profesorado y el personal de administración y servicios:
orientaciones sobre cómo intervenir positivamente en la situación y cómo hacer
el seguimiento, orientaciones sobre indicadores de detección, así como
actividades de formación específica.
La dirección del centro se responsabilizará de que se lleven a cabo las medidas y
actuaciones previstas, informando periódicamente a la comisión de convivencia, a las
familias o responsables legales del alumnado y al inspector o inspectora de referencia
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del grado del cumplimiento de las mismas y de la situación escolar del alumnado
implicado.
Paso 11. Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado
Se informará a las familias del alumnado implicado de las medidas y actuaciones de
carácter individual, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo
propuestas para el grupo, nivel y centro educativo, observando en todo momento
confidencialidad absoluta en el tratamiento del caso.
Paso 12. Seguimiento del caso por parte de la inspección educativa
El inspector o inspectora de referencia realizará un seguimiento de las medidas y
actuaciones definidas y aplicadas, así como de la situación escolar del alumnado
implicado.
- PROTOCOLO AGRESIÓN AL PROFESORADO (VER
PROTOCOLO CONSEJERIA EDUCACIÓN)
Este protocolo se aplicará cuando un profesor o profesora, o algún miembro del
personal no docente sea objeto de alguna de las siguientes conductas en el interior del
centro docente, o bien esta conducta se produzca fuera del centro como consecuencia
del desarrollo de su actividad profesional:
- Conductas intimidatorias.
- Violencia física.
- Vandalismo: se deteriora y/o destruye el mobiliario de su uso dentro del aula, o algún
elemento u objeto de su propiedad es deteriorado o roto.
Protocolo:
PASO 1. Primera actuación ante una situación de agresión.
Ante cualquier posible agresión al personal del centro procede mantener la calma, tratar
de contener la situación y, en último extremo, responder exclusivamente mediante el
empleo de medios de legítima defensa y solicitar ayuda. El auxilio y presencia de los
compañeros o compañeras u otras personas cercanas servirá en un primer momento para
contener y/o acabar con la situación de violencia, además de que puedan actuar como
testigos de los hechos si ello fuera preciso.
PASO 2. Solicitud de ayuda externa
En el caso de que, a pesar de los intentos de disuadir al agresor o agresores, la situación
de violencia persista, se pasará a reclamar ayuda inmediata a los cuerpos y fuerzas de
seguridad, bien sea a la Policía Local, Policía Nacional o Guardia Civil para que se
personen en el centro o lugar donde se desarrollen los hechos que motivaron la
actuación.
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PASO 3. Comunicación al Equipo Directivo y a la Inspección Educativa
Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación
de agresión tiene la obligación de ponerlo en conocimiento del director o directora del
centro o, en caso de ausencia, de otro miembro del Equipo Directivo.
El director o el Equipo Directivo notificará inmediatamente el hecho al inspector de
referencia del centro quien, en función de la gravedad de los hechos, se personará en el
centro o, al menos, atenderá al profesional agredido vía telefónica.
PASO 4. Servicios médicos
En caso de agresión a un profesional, si fuera necesario, éste se dirigirá, acompañado de
algún miembro del Equipo Directivo del centro, al correspondiente Servicio de
Medicina Preventiva o al Servicio de Urgencias, donde se procederá al reconocimiento
y a las actuaciones pertinentes, por parte de los facultativos de los servicios médicos. En
cualquier caso, se solicitará un informe o parte de lesiones.
PASO 5. Denuncia ante el órgano competente
El profesional agredido realizará las denuncias oportunas de los hechos, si lo considera
oportuno, ante el órgano competente, juzgado, Policía Local, Nacional, Guardia Civil,
etc,.
En el último apartado de este Protocolo se recoge una “Guía de Orientación Jurídica”,
cuya finalidad es orientar a los profesionales en las acciones legales que puedan
emprenderse en cada caso.
Actuaciones de la Dirección del centro
PASO 1. Recogida de la información y análisis de la misma
El Equipo Directivo recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas
fuentes que se relacionan a continuación, realizando un informe con los datos obtenidos:
- Profesional agredido.
- Identificación del agresor o agresora.
- Testigos.
- Tutor o tutora, en el caso de que la agresión haya sido cometida por un alumno o
alumna.
- Otros profesionales que tengan relación con la situación de agresión.
- Otro personal del centro o de la comunidad educativa que tenga contacto o relación
con el agresor o agresora.
En esta recogida de la información, se tratará de contrastar la información aportada por
las diferentes fuentes.
PASO 2. Información a las familias del alumnado implicado
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Si el agresor o agresora fuera un alumno o alumna del centro, el director del centro
procederá a comunicar los hechos a sus familias.
PASO 3. Aplicación de medidas disciplinarias
Si el agresor o agresora es un alumno o alumna del centro, se procederá a la adopción de
medidas disciplinarias en función de lo establecido en el Plan de Convivencia del
centro, y, en cualquier caso, de acuerdo con lo establecido en los artículos 24 y 25 del
Decreto 19/2007 de 23 de enero, por el que se adoptan medidas para la promoción de la
Cultura de Paz y la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con
fondos públicos.
PASO 4. Comunicación a la Comisión de Convivencia
El Equipo Directivo trasladará el informe realizado tras la recogida de información así
como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la Comisión de Convivencia
del centro, para su conocimiento.
PASO 5. Comunicación a la Inspección Educativa y otros servicios de la Delegación
Provincial
El Equipo Directivo remitirá asimismo el informe al Servicio de Inspección de la
Delegación Provincial correspondiente, todo ello sin perjuicio de la comunicación
inmediata del suceso.
Si existiese parte de lesiones y/o baja temporal del profesional agredido, la dirección del
centro comunicará también estos hechos a la Asesoría Médica de la Delegación
Provincial de Educación.
PASO 6. Registro
En caso de agresión a un profesional, los datos específicos de cada incidente se
recogerán en el Registro de Incidencias de Convivencia Escolar
Guía de orientación jurídica
La finalidad principal de esta Guía es la de orientar a los profesionales en las acciones
legales que puedan emprenderse en cada situación y caso.
1. Jurisdicción
De la ejecución de las infracciones que se contemplan en este Protocolo de Actuación
pueden nacer dos tipos de acciones, lo que obliga a precisar ante qué jurisdicción
pueden ejercitarse las mismas:
- Acción Penal: en tanto que se encuentran tipificadas en el Código Penal, como delito o
falta para el castigo del culpable o la culpable, y únicamente puede ejercitarse ante la
jurisdicción penal.
- Acción Civil: en los supuestos en que se hayan producido daños y perjuicios, y con el
fin de conseguir la restitución de la cosa, la reparación del daño y la indemnización de
perjuicios causados por el hecho punible. La acción civil derivada de un ilícito criminal
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puede ejercitarse conjuntamente con la penal, o bien separadamente ante la jurisdicción
civil.
Por tanto, cuando un profesional sufra algún tipo de infracción penal de la que se
deriven daños y perjuicios, podrá ejercerse no sólo la acción penal para el castigo del
culpable o la culpable, sino también la acción civil para reclamar la indemnización que
corresponda, bien dentro del propio proceso penal, o bien separadamente ante la
jurisdicción civil, teniendo en cuenta en este último supuesto que si el proceso penal se
encuentra ya iniciado, no se podrá promover pleito alguno hasta que aquel no haya
concluido mediante sentencia firme.
2. Inicio del procedimiento
Puede iniciarse mediante denuncia o mediante querella:
- Denuncia: resulta mucho más ágil y cómodo, ya que no requiere especiales requisitos
formales para su admisión, pudiéndose formular por escrito u oralmente, ante cualquier
órgano jurisdiccional, ante el ministerio fiscal, o ante cualquier dependencia policial,
por el propio profesional agredido o por cualquier persona que presencie los hechos.
- Querella: debe formularse siempre por escrito ante el órgano jurisdiccional
competente.
Además, los atestados que redactan los funcionarios de la policía, a consecuencia de las
averiguaciones que hubiesen practicado cuando son requeridos desde el propio centro
docente, tendrán la consideración de denuncia.
Pese a que la denuncia puede ser presentada ante cualquier órgano jurisdiccional, resulta
conveniente que la misma se formule ante el juzgado de guardia correspondiente al
partido judicial donde se produzcan los hechos.
3. Plazo
La responsabilidad penal se extingue por prescripción del delito o falta, por lo que la
acción penal debe promoverse con anterioridad al transcurso de los plazos de
prescripción, que se establecen, fundamentalmente, en función de la duración de la pena
que la ley señale para el delito o falta cometidos.
Concretamente, en el caso de las faltas, el plazo de prescripción establecido por el
Código Penal es de seis meses.
4. Pruebas
Por último, hay que recordar que en materia penal rige el principio de presunción de
inocencia, por lo que el denunciante debe procurar acudir al juicio con pruebas
suficientes para poder enervar dicha presunción.
En este sentido resulta de gran utilidad:
- La declaración de testigos
- Los partes de asistencia sanitaria, en el caso de agresiones físicas.
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Es recomendable que en todos los supuestos en que se produzcan agresiones físicas, el
profesional sea asistido, de forma inmediata, por un facultativo.
Normativa Orden 18 de diciembre de 2009. BOC 31 de diciembre de 2009.
- TUTORÍAS AFECTIVAS
¿Por qué utilizamos las tutorías afectivas en nuestro Centro?
Entre nuestro alumnado suelen destacar algunos niños-as por su comportamiento
problemático, no atienden, se pelean, no hacen caso al profesor, se muestran violentos.
También existen los que pasan desapercibidos pero que también sufren, son los niños
tímidos, siempre escondidos, con dificultades para relacionarse con los demás.
Introducir las tutorías afectivas en nuestro centro surge por la necesidad de mejorar la
convivencia, reducir el comportamiento problemático de los alumnos/as y aumentar el
rendimiento escolar.
El maestro/a.
El profesor utiliza su propia persona, su personalidad y sus emociones para entrar en
contacto con el alumno y ayudarle en las dificultades presentadas.
Mantiene una relación estable, única y especial con el tutorando.
Necesita saber, tener una óptica diferente para saber porqué se comporta como lo hace.
El profesor debe comprender que tiene que cambiar su forma de percibir y escuchar al
alumno.
Debería tener una hora a la semana para estar con el alumno y escucharle, sentarse o
pasear con el alumno, plantear qué podemos hacer, ¿qué le pasa?
El profesor tiene que llegar a sensibilizar al resto del profesorado, si lo que hacemos no
llega a los demás no sirve para nada .Todos debemos facilitar medidas de cambios
adaptadas al niño.
El alumno/a
La intervención del tutor afectivo permite los siguientes objetivos.
- Mejorar la seguridad sentida por el niño
- Lograr que el niño sienta mayor autoestima, autoeficacia y autocomprensión
- Mejorar la confianza con otras personas
- Aumentar su competencia interpersonal
Durante la tutoría hay que lograr sintonizar emocionalmente con el niño (empatía),
reducir las conductas problemáticas y normalizar su currículo escolar.
El objetivo fundamental es establecer una empatía. Si no se consigue no hay tutoría
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afectiva.
Otro objetivo de las tutorías afectivas es la disminución de conductas disruptivas.
Un tutor afectivo no es un tutor normal.
La normalización curricular es también un objetivo.
Nos preocupamos de que se logre este objetivo pero la prioridad es afectivizar la
relación con el alumno.
No se trata de una tutoría academicista, sino llegar al alumno para saber lo que le está
pasando.
¿Cómo lo hacemos?
Es importante plantear la dificultad que se encuentra el profesor que quiere ser tutor
afectivo.
No es fácil cambiar el rol de profesor por el tutor afectivo. El tutor afectivo no pone
normas, no transmite conocimientos académicos, no juzga. Sin embargo, se plantea
escuchar activamente a su tutorando.
La principal herramienta que tiene el tutor afectivo es su propia persona y a través de la
entrevista va progresivamente conociendo y comprendiendo los problemas que presenta
el menor. En esta situación de aceptación, el niño se encuentra relajado y libre para
hablar de si mismo, de sus experiencias y emociones.
El procedimiento normal para la selección del tutor afectivo es el siguiente.
1) Se propone en la CCP y extensible al Claustro invitar a los profesores a
experimentar e investigar el rol del tutor afectivo de un chico o chica
problemático/a.
2) El tutor accede voluntariamente a sus nuevas funciones.
3) El tutor debe disponer de una hora semanal para su tutorando.
4) El alumno/a acepta al tutor afectivo.
Es conveniente antes de realizar los horarios saber los alumnos que necesitan de estas
tutorías y los profesores dispuestos para tal fin.
Hay que tener en cuenta que el profesor debe tener cierta sintonía con el muchacho y el
alumno elegido debe participar en el proyecto. Su participación es voluntaria.
Desarrollo de las tutorías afectivas
Elegido el niño/a y su tutor afectivo.
El tutor dedicará un tiempo exclusivo para el tutorando, en un ambiente tranquilo,
donde será escuchado y aceptado sin ser interrumpido.
La principal herramienta que tiene el tutor afectivo es su propia persona y a través de la
entrevista va conociendo al niño/a. El/ella se encuentra relajado y libre para poder
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hablar de si mismo de sus experiencias y de las emociones que lo suscitan.
La actitud que el tutor debe mantener es la siguiente.
- Crear un ambiente de cordialidad
- Mostrar una actitud flexible, tranquila sin forzar la situación
- Evitar hacer juicios de valor sobre su conducta
- Expresarse teniendo en cuenta la edad y el nivel de comprensión del menor
- Ayudarse de medios indirectos para recoger información y crear un
ambiente confiado
- Usar un lenguaje sencillo y claro
- Adoptar una actitud abierta y de curiosidad
El tutor ayuda al niño y promueve el sentido de que es digno de ser atendido y cuidado,
que merece ser protegido y querido, que es una persona agradable, con valor personal,
interesante, socialmente competente y eficaz.
En general, el tutor también se sirve de otros instrumentos además de la entrevista. Así,
puede llegar a acuerdos verbales o escritos con el menor, se apoya en las hojas de
seguimiento para ver los avances y dificultades, etc.
En ocasiones el tutor se entrevista con los padres.
Es muy diferente tomar decisiones en una comisión de convivencia o en un claustro
sobre las medidas a tomar viendo al niño solo desde el ángulo de las normas del centro
o el impacto de la conducta del menor en cualquiera de los miembros de la comunidad
educativa. Comprender la historia del muchacho, su estilo de personalidad, los retos que
debe afrontar en su vida diaria (además de los académicos) puede cambiar
significativamente las decisiones a tomar. El tutor afectivo conoce íntimamente al
menor y puede conocer elementos muy relevantes que permiten a otros profesores saber
quién es ese muchacho al que estamos pensando en someter a alguna medida
disciplinaria.
Dentro de todo ese proceso de intervención se debe formalizar reuniones de
coordinación de los tutores afectivos en el que se plantee temas que se consideren
importantes, facilitar la supervisión del trabajo y estudiar las hojas de seguimientos de
cada alumno tutorizado.
Dificultades y logros
Dificultades
Como en toda ayuda estar en contacto con las emociones del que sufre supone un
ejercicio continuo de sintonizar nuestro propio estado emotivo de la persona con quien
hablamos. Esto despierta fácilmente nuestras emociones, nuestros conflictos y
contradicciones. De alguna manera, nos empuja a plantearnos aspectos de nosotros
mismos que quedarían fácilmente controlados en nuestras funciones docentes normales.
Logros
Cuando un centro se efectiviza, cuando reconoce que cada niño tiene una personalidad
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única e irrepetible, cuando destaca las emociones como los elementos que organizan la
personalidad todo cambia. Progresivamente los niños conflictivos mejoran; estos se
relacionan mejor con los compañeros y profesores. Los profesores también entran en
una dinámica nueva y estimulante.
Mirar las emociones sabiéndolas los motores principales de nuestra salud y nuestro
sufrimiento nos hace mirar de forma diferente al alumno. Y al mismo tiempo, miramos
de forma diferente nuestro rol de profesor.
6. NORMAS Y ORGANIZACIÓN GENERAL DEL CENTRO.
6.1. ORGANIZACIÓN GENERAL:
Cada maestro/a es responsable del cuidado y seguridad de los alumnos/as a su cargo
durante el horario lectivo del colegio. Los alumnos/as no comensales permanecerán en
el colegio de 8:30 a 13:30 horas. Los alumnos comensales de 8:30 a 15:00 horas. Las
puertas del colegio se abrirán a las 8:30 horas e irán entrando los alumnos
permaneciendo en los patios de formación de las filas al cuidado de los maestros
encargados de cada grupo. Los maestros formarán y organizarán los alumnos/as para
entrar, salir, bajar, subir del recreo y siempre que se desplacen en grupo por las
dependencias del centro cuidando del orden con objeto de evitar accidentes y alborotos.
El alumnado de infantil harán las filas dentro del centro.
A la hora de la salida el maestro/a con el que sale el grupo, dejará el aula cerrada y será
el responsable de repartir a las familias su grupo.
Entrada al Centro: A las 8:30 horas se pondrá música en la megafonía del colegio y,
en este momento, los alumnos están a cargo de cada tutor/a o del profesor
correspondiente, acompañándoles a sus respectivas aulas entrando de la siguiente
manera: El alumnado de primaria tiene asignada una fila. Los de infantil entrarán al
centro y harán la fila en el pasillo. Para evitar la entrada de padres después de las 8:35,
estos deberán firmar la hoja de retraso y la entrada se realizará por la puerta de la calle
Sor Simona. Si son de Primaria irán solos al aula. Si el alumno/a es de Infantil algún
miembro del Equipo Directivo se encargará de acompañarlo al aula.
Cuando este tipo de retraso sea reiterado (3 días) se pondrá en conocimiento del Jefe de
Estudios para informar por escrito a los padres y si es necesario concertar una entrevista
con los mismos. A partir del sexto retraso se dará parte a los Servicios Sociales del
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Igualmente se comunicará por escrito a
los padres.
Los retrasos o la salida anticipada deberá ser debidamente justificada en la
Administración del centro para que sea comunicado a sus tutores/as En caso de que falte
un maestro/a, será sustituido en base al plan de sustituciones del centro. El alumnado
debe permanecer en todo momento en su propia aula hasta la llegada de éste.
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Recreos: Los recreos tienen una duración de 30 minutos (entre la 4ª y 5ª sesión). Para
facilitar la organización y vigilancia de los mismos, se establecen las siguientes normas:
- Para el alumnado:
1. Entrar y salir en orden del aula. El profesor que esté en clase antes del recreo
acompañará a los alumnos/as hasta la cancha.
2. El alumno/a debe bajar convenientemente preparado para el recreo (con el desayuno,
abrigo si es necesario,..) con el fin de evitar subir a las clases.
3. En Infantil, la zona de recreo es el patio cubierto de la calle Sor Simona.
4. En Primaria, las zonas de recreo son: Primer Ciclo en la cancha central, Segundo
Ciclo en la cancha de baloncesto y el Tercer Ciclo en la cancha de fútbol
5. Durante el recreo los alumnos/as permanecerán en los lugares que les haya sido
asignado.
Se evitará estar saliendo del patio en la hora de recreo. Se irá a los aseos antes del bajar
al recreo.
6. Durante el horario de recreo los alumnos/as permanecerán en el patio todo el tiempo
que dure, no usando las clases durante este horario. Para ello las clases permanecerán
cerradas bajo llave.
7. Queda terminantemente prohibido jugar en las zonas que no sean de recreo (aulas,
pasillos, etc.).
8. No practicar juegos peligrosos ni violentos que puedan causar daños a los
compañeros/as. Igualmente los alumnos/as de ciclos superiores deberán prestar especial
atención en sus juegos y actividades a fin de evitar algún daño a los alumnos/as más
pequeños.
9. Utilizar el diálogo entre compañeros y nunca la violencia física o verbal. Se
fomentará el respeto mutuo entre compañeros.
10. Cuidar el material y las instalaciones del Centro. Mantener limpios los espacios del
Centro. Depositar la basura en los cubos colocados en la cancha para tal fin procurando
la separación de residuos (envases).
11. Ante cualquier problema que se presente, el alumno se dirigirá al profesor de
vigilancia para solucionarlo.
12. No se puede jugar con botes de jugo, batidos,… Quien esté jugando con el mismo
será el encargado/a de recogerlo. Igualmente solo se podrá jugar con balones de
gomaespuma durante el recreo.
13. El tiempo de permanencia en el aseo será el necesario sin prolongarlo
innecesariamente.
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14. El lugar donde está ubicado el aseo se utilizará individualmente, no pudiendo entrar
más de un alumno en dicho lugar. Durante el recreo sólo se usarán los de la planta baja.
15. El alumnado no podrá abandonar ni el aula ni el centro sin la autorización expresa
del tutor/a.
16. No se pueden comer golosinas, pipas, refrescos,… En caso de traerlo se le retirará y
quedará bajo la custodia del tutor/a quien se lo comunicará por escrito a los padres del
alumno/a afectado concertando una cita en la siguiente visita de padres
17. No se permitirá estar en los pasillos, escaleras, espacios comunes, aulas...Si algún
alumno o grupo de alumnos permanece en el aula, el profesor responsable permanecerá
con ellos.
18. Una vez finalizado el recreo y cuando toque la sirena, los alumnos/as deben formar
la fila en el lugar indicado.
- Para el profesorado:
1. Se establecen varios turnos de vigilancia de profesores. En cada grupo hay una
persona encargada de comprobar que están todos los miembros del grupo. Si no fuera
así, deberá avisar a quien le corresponda cubrir el turno o comunicárselo a la jefa de
estudios. Si la ausencia se sabe con antelación, el/la maestro/a que vaya a faltar deberá
cambiar el turno con otro/a compañero/a.
2. En Educación Infantil se ha elaborado una lista de 10 maestros/as, realizándose
turnos de tres personas. En Educación Primaria, existe una lista de 10 maestros/as
realizándose turnos de tres personas, de forma sucesiva. Para los supuestos que falte
algún maestro/a que le corresponda cuidado de patio ese día, existe una lista de
sustituciones controlada por el responsable de cada turno y supervisada por la Jefatura
de Estudios, para que de esa forma el patio esté siempre atendido.
3. La distribución del profesorado para los turnos ha sido realizada de forma que el
número de profesores de cada turno se ajuste a la normativa vigente, que fija en 30
alumnos por profesor en E. Infantil y 60 alumnos/as en E. Primaria.
4. Los recreos de Educación Infantil están organizados de forma que los/as maestros/as
hacen turnos rotatorios. Los maestros/as de cada turno deben repartirse de tal forma que
dichas zonas queden cubiertas por dos maestros/as.
5. Las normas establecidas deben ser respetadas de forma igual por todo el profesorado,
haciéndose hincapié en que el alumnado debe estar en todo momento en zonas donde
esté controlado por el profesorado.
6. No se saldrá al recreo hasta que sea la hora del mismo. Hay que ser puntuales tanto en
la entrada como en la salida.
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7. Si algún alumno/a o grupo de alumnos/as permanece en el aula, el profesor
responsable permanecerá con ellos.
8. Las aulas permanecerán cerradas, bajo llave, en horario de recreo.
9. El profesor que esté en clase antes del recreo acompañará a los alumnos/as hasta la
cancha permaneciendo con ellos hasta que lleguen los maestros/as que realizarán el
turno
10. El profesor que tenga clase después del recreo tendrá que agrupar y acompañar a sus
alumnos/as para entrarlos a clase.
11. Si un alumno/a trae videojuegos, consolas, mp3,… se le retirará y quedará bajo la
custodia del tutor/a quien se lo comunicará por escrito a los padres del alumno/a
afectado concertando una cita en la siguiente visita de padres.
12. En caso de que por causas climatológicas no se pueda hacer el recreo, se
mantendrán los turnos tal como están, siguiendo el protocolo de lluvias.
Salida del Centro: Las salidas al finalizar la jornada lectiva se realizarán bajo la
responsabilidad del maestro/a que les imparta clase en ese momento respetando la
puntualidad y el orden. Las 13:25 se establece para iniciar la recogida de materiales y
organizar la salida de los alumnos, siendo a las 13:30 horas cuando los alumnos salen a
la cancha, no antes, acompañados de los respectivos maestros/as que están en ese
momento a cargo de cada uno de los grupos.
Los alumnos/as de Primaria saldrán por la puerta de la cancha a las 13:30 h.
Al finalizar la jornada lectiva, los alumnos/as de Primaria que utilizan el Servicio de
Comedor Escolar pasarán a ser responsabilidad de los/as auxiliares del servicio de
Comedor, quienes organizarán la entrada al comedor. Los comensales de Infantil serán
recogidos en sus aulas por las vigilantes de comedor. Los de Primaria serán recogidos
en una zona preestablecida. Para evitar salidas del comedor los maestros/as de Infantil y
Primaria (sobre todo el Primer Ciclo) procurarán que sus alumnos/as comensales vayan
al baño antes del comienzo del comedor. El alumnado de Ed. Infantil usuario del
Servicio de Comedor, serán recogidos en las aulas del Ed. Infantil por los/as auxiliares
del servicio de Comedor, antes de la finalización de la jornada lectiva; para evitar
coincidir con el alumnado de Primaria. Los alumnos/as que hacen uso del comedor
escolar saldrán, de forma general a las 15:00 h., por la puerta de la calle Mariucha.
Los alumnos del primer turno saldrán a las 14:15 h. El transporte escolar saldrá a las
14:30 h. Cuando algún padre/madre/tutor quiera recoger a su hijo durante el horario
escolar deberá avisarlo al tutor. El padre/madre/tutor dejará constancia de la misma
según el modelo que hay en Administración. Los casos en que los padres o madres no
acudan a recoger a los alumnos a la hora señalada y, los casos de reiteración de retrasos
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podrán implicar medidas con exigencia de responsabilidades. El centro pondrá en
conocimiento de los servicios sociales del Ayuntamiento el abandono del menor y, en
su defecto, requerirá la actuación de la policía nacional para que se haga cargo de dichos
niños/as, sin que, en modo alguno, se les pueda dejar solos en las puertas del centro.
6.2. ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS, INSTALACIONES Y RECURSOS
MATERIALES:
La utilización de las instalaciones de los centros por parte de las personas que integran
la comunidad educativa se hará de conformidad con lo que establezcan las normas de
organización y funcionamiento del centro. En el caso de que los solicitantes sean
personas jurídicas o entidades públicas o privadas, ajenas a la comunidad educativa, o
cuando los destinatarios de las actividades no sean exclusivamente parte de esta, se
requerirá la autorización de la Dirección Territorial de Educación correspondiente,
previo informe del Consejo Escolar, salvo que su uso se haya prefijado en un convenio.
La solicitud se realizará por escrito con una antelación mínima de cuarenta y ocho
horas, responsabilizándose los usuarios de los daños intencionados u ocasionados por el
mal uso que se pudiera ocasionar.
El uso de las instalaciones conlleva la responsabilidad y el cumplimiento de la
normativa general del centro, así como el cuidado y la conservación de los materiales
y/o instalaciones que sean requeridas para su utilización. La Dirección General de
Centros e Infraestructura Educativa, y las Direcciones Territoriales de Educación, en sus
respectivos ámbitos, fijarán las instrucciones necesarias para la aplicación de lo
establecido en el presente artículo. A continuación, se describen las diferentes
dependencias del Centro:
El Centro cuenta con 30 aulas, de ellas 12 son tutorías, las restantes se distribuyen de la
siguiente manera:
- Aula de música
- Administración
- Medios audiovisuales
- Radio Escolar
- Aguaviva (ordenadores)
- Aulas de Inglés
- Aula de Francés
- Aula Psicomotricidad
- Tres aulas dedicadas a actividades del comedor y de apoyos.
- Un aula para logopedia.
- Tres antiguas aulas se unificaron para hacer el comedor.
Otras dependencias.
- Laboratorio
- Aula de NEAE
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- Dos aulas pequeñas de A.L.
- Sala de Profesores
- Salón de Actos
- Aula polivalente (tercer ciclo)
- Despacho: Dirección, Jefatura de Estudios y Secretaría
- Despacho de Orientadora.
- Sala de juntas.
- Dos espacios añadidos: material de Ed. Física y AMPA.
- Actualmente la antigua casa del portero, se ha habilitado para la acogida temprana de
una de las AMPA, actividades de infantil en horas del comedor y acogida de tarde por
parte del mismo AMPA.
Otra aula de la primera planta se ha habilitado para la recogida temprana del otro
AMPA.
Espacios abiertos:
- Las canchas de deporte son a su vez patios de recreo.
- El patio grande está dividido en tres partes: cancha de fútbol, cancha de
baloncesto y zona central libre de canchas y con una zona cubierta.
- El patio trasero está cubierto y es utilizado por los alumnos-as de Infantil.
- Hay otro patio más pequeño que es utilizado por los alumnos-as de infantil de
3 años y ocasionalmente por los de 4 y 5 años.
El Salón de Actos, se utiliza para reuniones, actuaciones, para Ed. Física y como sala de
video para los alumnos-as de comedor. Por las tardes se utiliza para actividades
extraescolares.
6.3. HORARIO DE ADMINISTRACIÓN, SECRETARÍA, JEFATURA Y
DIRECCIÓN
El Centro cuenta con una administrativa que colabora con la Secretaría en todo lo
relacionado documentación.
El horario de la Secretaría es: todos los días de 8:40 a 9:30 horas
El horario de la Administración: lunes y viernes de 8.40 a 10:30 horas
El horario de Dirección: miércoles y viernes de 8:40 a 9:30 horas
El horario de la Jefatura de Estudios: miércoles y viernes de 8:40 a 9:30 horas
En caso de necesidad urgente, los padres-madres pueden pedir hora fuera de este
horario.
6.4. NORMAS DE USO DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO Y EL AULA
MEDUSA:
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La Biblioteca y el Aula Medusa son dos dependencias del Centro que, dadas sus
características, poseen ciertas normas para su uso y organización que son relevantes
resaltar:
La Biblioteca del Centro:
El horario de apertura de la biblioteca será de 8:30 a 13:30 horas. Tendrá prioridad
para el acceso a la sala de lectura y solicitud de préstamos de libros el alumnado del
centro, sin perjuicio de que también pueda hacer uso de la biblioteca cualquier otro
miembro de la comunidad educativa, previa autorización por la dirección del centro.
El Equipo de Biblioteca establecerá las normas concretas de régimen de préstamo,
establecimiento de fichas, etc.
Las normas de la biblioteca son las siguientes:
Acudiremos en silencio y orden desde clase.
En la biblioteca se estará en silencio y se prestará atención a las instrucciones que dé
el profesor encargado del grupo de alumnos/as.
El horario de préstamos y devoluciones será en las sesiones que en cada curso escolar
se designen para ello.
El maestro/a encargado/a deberá registrar en el libro correspondiente los préstamos
realizados.
Los libros se prestarán por espacio de 15 días. Si no se hace entrega en el tiempo
establecido, el niño/a no podrá hacer uso del servicio hasta que no entregue el libro.
Debes cuidar los libros, evitando manchas, rasgaduras o cualquier otro desperfecto.
Si algún libro se entregara con algún desperfecto o deterioro, éste se repondrá de
nuevo con cargo al alumno/a.
Pasa las páginas del libro con cuidado, despacio y sin mojar los dedos. Así los libros
durarán más. Pide ayuda para elegir libro.
Cuando tengas un libro en las manos procura leerlo entero, aunque te parezca
aburrido. Lo interesante siempre está al final.
Si un libro te ha gustado mucho, recomiéndaselo a un amigo/a o compañero/a.
Cuando se haga la entrega del libro procura depositarlo en el lugar donde estaba, una
vez que el maestro/a encargado/a lo haya registrado.
Durante los meses de septiembre y junio y en períodos vacacionales no se efectuarán
préstamos.
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Las colecciones solamente se podrán usar dentro de la biblioteca o clase, no son
objeto de préstamo.
Al abandonar la biblioteca dejar todo (mesas, sillas, libros) bien colocado.
El Aula Medusa:
Habrá un horario preestablecido para que las tutorías acudan al aula Medusa.
El alumnado no podrá estar en el aula si no hay un maestro/a que le acompañe.
El maestro/a debe asignarle al alumnado el ordenador de trabajo y tenerlo reflejado
en una lista por si hiciera falta saber, en algún momento, quién o quienes hicieron uso
del mismo. Esta lista sería valedera para todo el curso y será entregada una copia al
Coordinador del Proyecto, si se tuviera que realizar algún cambio durante el curso,
también se le comunicará al Coordinador.
Se seguirán estrictamente las instrucciones del maestro/a. No encender el ordenador
hasta que se le indique, ni se entrará a ningún programa sin que se autorice.
No se le permitirá el cambio de hardware (ratones, teclados, impresoras, cañón, etc.)
Cualquier incidencia por mal funcionamiento de los equipos debe quedar reflejada en
un parte de incidencias para dárselo al director.
No se colocará protectores de pantalla, ni se modificará la configuración del
escritorio. En caso de que aparezca alguna modificación, los responsables serán los
usuarios de dicho ordenador.
No se utilizará Internet sin permiso del profesor. Asimismo, no se permitirá entrar en
páginas de sexo, xenófobas, ni a cualquier tipo de páginas prohibidas por el maestro/a.
No se puede instalar ningún tipo de programa en el ordenador asignado (Messenger,
juegos, etc.). Tampoco debe guardar trabajos en el disco duro del ordenador pues
pueden ser borrados por otros usuarios o bien porque hubo que formatear el disco duro.
Se recomienda grabarlos en pendrives o discos regrabables. También se podría guardar
"provisionalmente" en la Zona Genérica del Servidor y luego el profesor guardarlos en
los soportes de almacenamiento antes citados.
Sólo el coordinador del proyecto puede instalar programas y a veces hay que solicitar
instrucciones para la instalación a Cibercentro.
Al finalizar la actividad se deben apagar los ordenadores correctamente a no ser que
vaya a entrar otro grupo. También se ruega cerrar las ventanas pues en tiempos de lluvia
si no hay nadie dentro del aula para cerrarlas se podrían mojar los equipos. De cualquier
modo al quien use el aula en la última sesión debe cerciorarse de que los equipos y la
pizarra digital quedan apagados correctamente.
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6.4. SERVICIOS ESCOLARES:
6.4.1. Comedor Escolar:
Derechos y deberes de los alumnos comensales.
Al margen de los derechos que asisten a los alumnos comensales en su calidad de
alumnos del Centro, éstos poseen en calidad de usuarios del Servicio del Comedor los
siguientes derechos específicos:
Derecho a beneficiarse de todas las prestaciones que comprende el Servicio de
Comedor Escolar en las mejores condiciones posibles de seguridad, higiene y bienestar.
Derecho a recibir un trato correcto, con respeto y sin discriminación de ningún tipo,
tanto por parte de los compañeros de comedor, como de todo el personal adscrito al
Servicio.
Los usuarios del Servicio de Comedor tienen los siguientes deberes:
Deber de participar activa y correctamente en el desarrollo de las actividades del
Servicio de Comedor, con espíritu de colaboración y solidaridad.
Deber de tratar con la corrección debida, respeto y cordialidad a sus compañeros de
comedor, así como a todo el personal adscrito, obedeciendo sus indicaciones.
Deber de usar correctamente y cuidar las instalaciones que el Centro pone a
disposición del Servicio de Comedor para el desarrollo de las actividades que le son
propias.
Deber de respetar las Normas Generales de Convivencia del Centro, así como las
específicas del uso del comedor recogidas en este Documento.
Corresponde a los alumnos/as comensales:
Cuando sea la hora de entrar al comedor, agruparse ordenadamente y lavarse las
manos antes de acceder al comedor o hacer uso del gel antiséptico que se encuentra en
la entrada.
Los alumnos/as entrarán al comedor acompañados por los vigilantes y ocuparán la
mesa asignada.
Respetar las normas básicas de convivencia y buena conducta, no levantarse de la
mesa sin permiso, no hablar a gritos y comer con corrección.
Mantener una actitud respetuosa hacia el personal que atiende el comedor
(auxiliares, personal de cocina y profesorado) y seguir sus orientaciones, obedeciendo
en todo momento.
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Probar la comida de cada uno de los platos de cada día, no pudiendo abandonar la
mesa sin haber comido lo suficiente de cada uno de ellos. Ningún niño/a se irá a casa
sin comer nada. En tal caso, se le informará a los padres, madres, tutor/a legal.
La comida transcurrirá en un clima de orden y tranquilidad. Los alumnos/as
procurarán evitar ruidos molestos como son: golpes en la mesa, arrastrar sillas, golpear
con los cubiertos, silbidos, llamar a gritos a los compañeros, etc.
Los alumnos deberán hablar en un tono moderado, sin levantar la voz ni gritar.
Todos los alumnos/as comerán bien sentados.
La comida se consumirá dentro del comedor. Queda terminantemente prohibido sacar
comida al patio.
Los alumnos de Educación Primaria se encargarán de recoger su bandeja y llevarla al
lugar indicado separando los desperdicios en los cubos correspondientes y colocando el
vaso, la cuchara, el cuchillo, el tenedor y la bandeja usados en los lugares
correspondientes para que el personal de cocina proceda a su limpieza.
Cuidar el menaje, mobiliario y todo lo que forma parte del comedor. Se podrá exigir
la reposición de lo roto o deteriorado, cuando se compruebe que se ha hecho de forma
intencionada.
El tiempo que media entre la finalización de la comida y la vuelta a casa o a las
actividades extraescolares, deberá transcurrir de forma pacífica y tranquila, bajo la
supervisión de los Auxiliares de Servicios Complementarios.
Hacer uso de los espacios del centro que sean asignados para los alumnos/as de
comedor, pero en ningún caso entrar en el resto de las dependencias y aulas.
No salir del recinto escolar durante el período de comedor, salvo autorización expresa
y escrita de sus padres.
Los alumnos/as que no asistan a las clases no podrán hacer uso del comedor.
Corresponde a las familias:
Cooperar en el adecuado cumplimiento de las normas establecidas. El alumnado del
Colegio que haga uso del servicio de comedor debe conocer y aceptar tanto ellos como
sus familias las Normas de Funcionamiento establecidas en este Documento y
aprobadas por el Consejo Escolar del Centro. Para ello deberán entregar en Secretaría
debidamente cumplimentado y firmado por la familia, el documento que, a tal efecto, se
entregará al empezar a hacer uso del Comedor. Junto a este documento se entregarán las
Normas de Funcionamiento y las Normas de Conducta que deberán conocer y respetar
todos los usuarios del Comedor.
Comunicar al Centro, por escrito, las posibles alergias, régimen y medicación de sus
hijos/a.
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Comunicar al Director las incidencias más destacables que se produzcan en el
servicio.
Intercambiar información con los/as monitores/as cuando las necesidades lo
requieran.
Aquellos padres que por causas justificadas no puedan presentarse a recoger a sus
hijos en el horario habitual, 15:00 h., llamarán al centro para avisar su retraso
Estar al corriente de los pagos de cuotas.
Del impago de los recibos del Comedor:
- la falta de pago por los comensales del importe del servicio, será causa de pérdida de
la plaza de comedor por acuerdo del Consejo Escolar.
- El importe de los recibos impagados debe hacerse efectivo a la mayor brevedad
posible
- Si un recibo es devuelto por el banco, se deberá ingresar lo antes posible.
- El impago de dos cuotas conlleva la restricción total del Servicio de comedor durante
ese curso con la pérdida de plaza en el mismo.
- Se deberá estar al corriente de pago a día 1 de junio.
- Las cantidades adeudadas por comensales que disfruten de Ayudas de Comedor,
podrán ser detraídas del dinero procedente de éstas.
*Más información y más detallada en el Plan de funcionamiento del Comedor.
6.4.2. Transporte Escolar:
El transporte del colegio tiene autorizada una ruta que podrá utilizar los alumnos con
discapacidad auditiva y sus hermanos.
Los alumnos/as transportados llegan al Centro a partir de las 8:30h. El conserje es el
responsable de abrir la puerta de acceso para estos alumnos.
NORMAS ALUMNADO TRANSPORTADO
1.- Esperar en la parada que le corresponda y subir al vehículo cuando se lo indiquen y
con cuidado. Esperar a que se pare del todo el vehículo y no estar cerca del bordillo de
la acera, pues pueden ser atropellados si se arrima mucho a la calzada.
2. Seguir las instrucciones que le indique la cuidadora o chófer del mismo.
3. Sentarse y ponerse el cinturón de seguridad. Poner su material en el lugar habilitado
para tal fin.
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4. Hay que tomar asiento de forma correcta, y sin poner los pies en el asiento de delante
o sacarlos al pasillo (alguien se puede tropezar y caer). Lo pies siempre en el suelo.
5. Queda prohibido levantarse, comer o sacar objetos de la mochila o maleta.
6. No se habla ni molesta al conductor cuando está conduciendo, es muy peligroso
despistar al mismo.
7. Hay que cuidar todos los elementos de la guagua. No se puede estropear o romper
nada del vehículo (lo tendrán que pagar tus padres).
8. No se debe pelear, dar empujones o cualquier otro tipo de juego que entrañe un
peligro para el niño o para el resto de sus compañeros. La guagua no es un sitio para
jugar.
9. Está prohibido decir tacos, groserías, palabras malsonantes o cualquier otra que no
sea un vocabulario correcto.
10. No se puede sacar ninguna parte del cuerpo por la ventanilla (cabeza, brazos,
piernas, etc.).
11. No se debe tirar ningún tipo de objeto, tanto dentro como fuera de la guagua.
12. Cualquier incidente hay que comunicarlo a la dirección del Centro. En caso de
continuos partes de incidencias darán lugar a la pérdida del servicio.
ESTAS NORMAS DEBEN CONOCERLAS LOS ALUMNOS Y FAMILIAS QUE
UTILIZAN EL TRANSPORTE
6.5. CONTROL PARA EL ACCESO DE LAS FAMILIAS O PERSONAS
AJENAS:
Los familiares o personas ajenas al centro no podrán entrar al mismo, sin permiso
expreso del Director o en su defecto otro miembro del Equipo Directivo. Nunca podrá
transitar por el centro personas ajenas a él si no están acompañadas por personal
adscrito al mismo.
Cuando se solicita una entrevista, por parte de los padres, madres o tutores legales, con
el profesorado o equipo directivo, el personal de administración será quien busque a la
persona requerida y le hará saber tal circunstancia, acudiendo éste a recibir a la persona
interesada y en los espacios establecidos para tal fin. Se podrá solicitar que se
identifiquen, en caso de duda o desconocimiento de su identidad. Cuando se solicite
algún tipo de información sobre el alumnado desde una entidad ajena a la Comunidad
Educativa (psicólogos, logopedas, personal externo,...) serán los padres, madres o
tutores legales quienes deban rellenar la solicitud en la Secretaría del Centro. Están
autorizados/as a entrar en el centro los padres, madres o tutores legales en los días y
horas que se les convoque a reuniones de tutorías o de entrega de notas. La visita de
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padres se realizará los primeros y terceros lunes de cada mes de 15:00 a 17:00 horas.
Para un mejor aprovechamiento del tiempo se utilizará el sistema de cita previa.
6.6. USO GRATUITO DE LIBROS DE TEXTO:
El “Uso Gratuito de Libros de Texto” se implantará, en su caso, en nuestro centro cada
curso según la normativa vigente en cada momento. Las directrices generales, siempre
supeditadas a las posibles instrucciones legales reseñadas, aplicables en todos los cursos
serán las siguientes:
a) Se entiende por libro de texto el material impreso, de carácter duradero, destinado a
ser utilizado por el alumnado y que desarrolle los contenidos establecidos por la
normativa académica vigente para el área o materia del ciclo o curso que en cada caso
se trate.
b) En nuestro centro el Programa afectará a la Enseñanza Primaria e Infantil.
c) Se podrá constituir una Comisión de Seguimiento en el seno del Consejo Escolar
(según artículo 9 del anexo I de la Orden de 5 de noviembre de 2012) para la gestión y
supervisión del préstamo de libros. Esta comisión estará presidida por la Dirección del
Centro o persona en quien delegue y estará integrada, al menos, por los siguientes
miembros, como vocales uno de los cuáles actuará como Secretario/a con voz y voto:
- Dos profesores/as.
- Dos padres/madres de alumnado.
d) Los Ciclos, en los cursos en que se deba hacer, decidirán y comunicarán los libros de
texto a utilizar en sus materias durante el mes de junio anterior al curso académico al
que refiera el Programa.
e) No se incluirán en el uso gratuito de libros de texto aquellos materiales asociados a
los libros que por su propia naturaleza no puedan ser reutilizados por el alumnado en
cursos posteriores, salvo los utilizados por el alumnado matriculado en el primer ciclo
de la Educación Primaria e Infantil y en los porcentajes que se definan
reglamentariamente.
f) La vigencia de esta elección se mantendrá durante cinco cursos escolares.
(Comenzando este periodo en el curso 2019/2020) Además, si el centro realiza una
selección de libros de texto cuyo importe global por alumnado es inferior a la valoración
económica fijada, para los niveles de implantación y/o reposición total, la diferencia
podrá destinarse a adquirir materiales de uso común para el alumnado al objeto de ir
completando la biblioteca de aula, de centro, material didáctico donde se podrán incluir
libros de lectura o consulta para el alumnado, adecuado al nivel educativo en el que este
se encuentre escolarizado.
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g) La adquisición de este material debe responder a un proyecto del centro, incluido en
la PGA, aprobado por el Consejo Escolar y con informe positivo de la Inspección
Educativa. Además este material tendrá que mantener la misma vigencia que el libro de
texto en formato papel ( cinco cursos escolares)
h) De igual forma se procederá en los casos en los que los importes asignados para la
reposición de los libros, en los niveles educativos en los que se haya implantado con
anterioridad, excedan de las cuantías necesarias para reponer los libros deteriorados o
extraviados de forma no intencionada, por lo que se podrán incluir otros materiales de
uso común relacionados con la incorporación de materiales curriculares en formato
electrónico, vinculados a la utilización de las tecnologías de la información y
comunicación en los centros educativos, siempre y cuando estos centros dispongan de
los recursos de hardware suficientes para que este material pueda ser utilizado por el
alumnado y tengan contemplado su uso en las programaciones de área.
i) Los libros y materiales curriculares adquiridos serán propiedad de la Administración
Educativa, quedando depositados en los centros educativos al objeto de poder cederlos
en calidad de préstamo a su alumnado.
j) De forma general, salvo resolución expresa, tras el uso continuado durante cinco
cursos escolares, la Administración Educativa cederá la titularidad de los libros de texto
a los centros escolares.
k) En una reunión de Claustro, a realizar en los meses de mayo o junio, se incluirá como
un punto en el Orden del Día el tema aquí tratado.
l) Durante el mes de junio se publicarán en los tablones de anuncios del centro el listado
de libros de texto para el siguiente curso.
m) El profesorado de la materia acogida a este programa entregarán, dentro de las
fechas y horas marcadas (a principios de curso), los libros a las familias de los alumnos,
debiendo firmar las mismas, en ese momento, un compromiso escrito sobre su
responsabilidad en la conservación del material entregado.
n) A lo largo del curso el Equipo Directivo, oída la Comisión de Seguimiento, podrá
programar diversas comprobaciones sobre el estado de los textos, que realizarán el
profesorado que impartan cada materia en ese momento.
ñ) Al final de cada curso el profesorado (tutores o especialistas de cada materia)
recogerán los libros del alumnado, comprobando el estado de los mismos;
almacenándose hasta el mes de septiembre siguiente.
o) El Equipo Directivo, con o sin ayuda voluntaria de otros agentes de la comunidad
educativa, revisarán los lotes disponibles a efectos del curso siguiente y teniendo en
cuenta la normativa vigente para ese curso escolar.
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p) Los representantes legales del alumnado que no deseen disfrutar del uso gratuito de
los libros de texto lo comunicaran al centro por escrito.
Los/las alumnos/as deberán respetar las siguientes normas aprobadas por el Consejo
Escolar, a petición de la Comisión de Seguimiento, en lo referido a la utilización de los
libros de texto entregados en préstamo:
a) El alumnado, así como sus representantes legales, estarán obligados a conservar
correctamente los libros entregados y a devolverlos en el mejor estado posible de
acuerdo con lo establecido por en las normas de cada centro.
b) Los libros de texto no deben ser subrayados ni escritos por el usuario, ni tan siquiera
utilizando lápiz que posteriormente puede ser borrado; si desean hacerse marcas
deberán utilizarse materiales del tipo “post-it” que pueden ser retirados sin deterioro del
libro.
c) Los libros deberán ser cuidados con esmero y utilizados con la debida corrección
pensando siempre que han sido recibidos en préstamo y que el objetivo del programa es
la posibilidad de poder ser usados por otros alumnos del colegio en el futuro.
d) Antes de comenzar las actividades lectivas, después de ser recibidos los libros,
deberán ser forrados con plástico. Si se desea colocar el nombre se incluirá en un papel
aparte, sin pegarlo al libro (anexo I)
e) A lo largo del curso se recomienda utilizar los libros de texto solo cuando sea
necesario; no se deben llevar todos los libros al colegio todos los días de la semana,
solamente cuando se vayan a utilizar.
f) En el caso de cambio de centro durante el curso escolar el alumnado deberá devolver
el lote de libros antes de incorporarse al nuevo centro de destino, el cual tiene la
obligación de comprobarlo.
g) El receptor de este lote de libros tiene obligación de atender los requerimientos que
se hagan por cualquier maestro o miembro del Equipo Directivo del centro en cualquier
fecha para comprobar su estado de conservación.
h) Antes de recoger las calificaciones finales del curso el alumnado deberá devolver
todo el lote respetando el procedimiento que se establezca del que será debidamente
informado con anterioridad a la misma.
i) Las familias y/o tutores legales, estarán obligados a reponer el material estropeado u
extraviado cuando se haga de forma malintencionada.
7. ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA ATENCIÓN A LAS FAMILIAS EN
RELACIÓN CON EL SEGUIMIENTO EDUCATIVO DEL ALUMNADO.
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La normativa vigente establece que se tendrá que dar “información periódica a las
familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación
para su cooperación en el mismo”
La atención a las familias tendrá como funciones:
- Informar de forma sistemática e individual sobre desarrollo personal del alumno/a,
marcha académica y conductas (resultados, avances, dificultades,...)
- Orientar sobre los aspectos relacionados con la educación de sus hijos/as.
- Establecer fórmulas de colaboración para conseguir el desarrollo favorable de sus
hijos/as. - Reuniones de padres/madres del aula para tratar aspectos generales.
- Recibir información de la familia sobre los alumnos/as.
Además, para potenciar esta comunicación:
- Se hará un uso activo de la Agenda Escolar como canal de comunicación con las
familias.
- A través del KONVOKO del centro se comunicará toda información relevante de
carácter general.
- Se enviarán a las familias boletines informativos y circulares, que serán elaborados
para informar sobre diferentes eventos.
Especificamos a continuación algunas de las acciones que se realizan a lo largo del
curso:
- A principio de curso se realiza una reunión general de padres para presentar el nuevo
curso escolar.
- Se convocará a padres/madres al menos 3 veces a lo largo del curso para la entrega de
las notas en cada una de las evaluaciones.
- El horario de visita de padres es el PRIMER y TERCER lunes de cada mes desde las
15:00 hasta las 17:00 horas.
Por último algunos puntos a tener en cuenta son los siguientes:
- No se atenderán visitas dentro del horario lectivo a excepción de que haya sido citado
por el tutor/a
- De no ser por causa de fuerza mayor no interrumpirán su docencia para atender otros
asuntos.
- Los cargos directivos disponen de un horario de atención a familias especificado en el
boletín de principio de curso y en el KONVOKO del centro.
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- El padre o la madre separado o divorciado que no ostente la guarda y custodia legal de
sus hijos tiene derecho a ser informado de la situación escolar de los mismos siempre
que no exista una limitación por resolución judicial.
- La visita de padres podrá ser modificada en función de la programación de las
evaluaciones u otras actividades. En este caso siempre se avisará con antelación.
8. NORMAS PARA EL CONTROL Y LA PREVENCIÓN DEL ABSENTISMO
ESCOLAR.
Se entiende por absentismo escolar la falta de asistencia continuada a la escuela de un/a
alumno/a en edad de escolarización obligatoria, ya sea por su propia voluntad, por causa
de la despreocupación o excesiva protección de sus padres, o bien por reiteradas
expulsiones de clase. No se considerará absentismo escolar las faltas de asistencia a
clase que mantengan un carácter aislado y excepcional, y que no interfieran de forma
sustancial en el ritmo formativo del/la alumno/a. Cuando estas faltas de asistencia
tengan lugar reiteradamente o se extiendan por periodos de tiempo prolongados, es
cuando el ritmo de aprendizaje del/la alumno/a se resentirá inevitablemente y
comenzarán a aparecer problemas de retraso escolar que, posteriormente, pueden
derivar en situaciones de abandono y fracaso escolar. Se puede hablar de absentismo
“justificado” cuando el/la alumno/a falta por razones reales de salud, cambios
significativos en la vida familiar, etc. En cambio se hablará de un absentismo
“injustificado”, cuando no existan razones suficientes que fundamenten la ausencia a
juicio del tutor/a.
Se establece la gravedad del absentismo, según el porcentaje de tiempo de inasistencia a
las clases y de acuerdo con los siguientes porcentajes:
a) Absentismo moderado o leve: inasistencia hasta un 15% de las sesiones de clase.
b) Absentismo grave: inasistencia entre el 15% y el 50% de las sesiones de clase.
c) Absentismo muy grave: inasistencia de más de un 50% de las sesiones de clase.
Teniendo en cuenta lo anterior, se debe entender como sesión de clase el tiempo
durante el cual se desarrolla una actividad lectiva en los centros educativos. Los tantos
por cientos indicados arriba se refieren al momento en el que se realice la comunicación
a la Inspección Educativa o al servicio municipal responsable del absentismo, y se
tomarán en su totalidad, con independencia de que sean áreas, materias, asignaturas,
módulos o ámbitos, y del tiempo de duración de la sesión. Un alumno o alumna tendrá
la consideración de absentista moderado cuando la inasistencia alcance el 5% de las
sesiones de clase.
El centro se plantea como objetivos:
- Controlar la asistencia del alumnado del centro.
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- Garantizar el derecho a la educación de los/as menores en edad de escolarización
obligatoria, previniendo el absentismo escolar.
- Reducir el absentismo escolar y garantizar la asistencia regular de los/las alumnos/as a
clase. - Prevenir posibles situaciones de abandono escolar.
- Sensibilizar y concienciar a los padres y madres de la importancia del derecho de
los/as menores a la educación.
- Lograr una pronta detección del absentismo escolar en el período de escolaridad
obligatoria con objeto de prevenir posibles situaciones de abandono y fracaso escolar.
- Comunicarse con las familias del alumnado que presenta más de un 15% de faltas
injustificadas durante el mes.
- Detectar problemáticas familiares, personales, sociales y educativas asociadas a la
conducta absentista que presenta el/ la alumno/a.
- Trabajar coordinadamente con los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Candelaria
en la prevención e intervención contra el absentismo escolar. Desde el ámbito
educativo, el protocolo a seguir será el siguiente:
- Los/as tutores/as harán el seguimiento del absentismo y los retrasos a través de la ficha
de seguimiento que se entrega el primer día de cada mes, detallando las ausencias a
clase de los/as alumnos/as y especificando si las faltas han sido justificadas o no. Los
casos en los que las faltas no sean debidamente justificadas, será el tutor/a quien valore
si el motivo de la justificación es válido o no, basándose en las explicaciones que las
familias puedan ofrecer.
- Durante este proceso, el director, la jefa de estudios y/o tutor/a, se pondrá en contacto
con la familia, comunicándole la situación de absentismo, conociendo cuáles son los
motivos de la ausencia y estableciendo un compromiso con la familia para que
erradique el absentismo. Si la familia no se pone en contacto con el centro educativo
tras haber sido requerida por el mismo, no justifica las ausencias del/la alumno/a, y por
tanto, no existe un compromiso para solventar la situación, se informará a las técnicas
del Programa de Prevención del Absentismo Escolar del Ayuntamiento de dicha
situación.
- Los/as tutores/as comunicarán a la Jefatura de Estudios cuando existan menores tanto
de Educación Infantil como Primaria, que presenten un elevado número de faltas
injustificadas (máximo 10 faltas) antes de terminar el mes. La Jefa de Estudios se
pondrá en contacto con las técnicas del Programa de Prevención del Absentismo Escolar
y estará siempre informada la trabajadora social del centro.
De forma sistemática:
1. La hora de entrada será a las 8:30, a partir de los primeros 5 minutos (8:35h.) deberán
justificar el retraso. La puerta de entrada al centro se cerrará a las 8:35
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2. A partir de esa hora los padres que lleguen tarde dejarán, si son de Primaria a sus
hijos/as en Secretaría para que vayan solos al aula. Si el alumno/a es de Infantil un
miembro del Equipo Directivo acompañará al mismo a su aula.
3. Estos padres deberán firmar y justificar el motivo del retraso en una planilla diseñada
al efecto en Secretaría. El tutor se encargará de registrar el retraso en el informe
mensual de retrasos.
4. Cuando este tipo de retraso sea reiterado (3 días) se pondrá en conocimiento de la
Jefatura de Estudios para informar por escrito a los padres y si es necesario concertar
una entrevista con los mismos. A partir del sexto retraso se dará parte a los Servicios
Sociales del Ayuntamiento. Igualmente se comunicará por escrito a los padres.
5. En el caso de los padres que hayan entrado antes de cerrar la puerta, pero se demoren
en la entrega de su hijo en el aula, será el tutor el encargado de registrar el retraso,
procediendo igual que en el punto anterior (3 retrasos: comunicación al Jefe/a de
Estudios. 6 retrasos: parte a los Servicios Sociales).
6. Cada tutor/a llevará diariamente el registro de asistencia y puntualidad del alumnado.
A través de Pincel Ekade y de la hoja de faltas que se reparte a comienzos de cada mes.
Exigirá la justificación de las faltas de asistencia. Se justificarán, por escrito y de forma
razonada al día siguiente de la falta, una vez que se incorpore el alumno/a. El
responsable del alumno/a es el encargado de justificar la falta del menor.
7. Cuando un tutor/a detecta que un alumno/a falta injustificadamente de forma
reiterada, llamará por teléfono a la familia para averiguar el motivo, sin esperar a que
finalice el mes.
8. El tutor/a deberá pasar las faltas de los alumnos/as antes del día 5 de cada mes en la
aplicación informática. Una vez pasadas entregará la lista de cada tutoría junto con el
informe mensual de retrasos a las coordinadoras de ciclo para que lo entreguen en
Jefatura de Estudios. Para poder informar a los padres de las faltas de puntualidad es
necesario que se entreguen dentro del plazo señalado. Se entiende que si no se entrega el
informe mensual de retrasos es porque no los hay.
9. El tutor/a de acuerdo con la Jefatura de Estudios, solicitará la presencia en el Centro
de los padres o tutores del alumno/a cuyas faltas injustificadas sean excesivas.
10. Desde la Jefatura de Estudios se enviará a la Concejalía de Servicios Sociales del
Ilustre Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria durante la primera quincena del
mes siguiente, una copia de la relación de alumnos/as que supere cuatro o más días de
faltas injustificadas y/o aquellos/as con faltas de puntualidad reiterada, acompañado de
un informe.
11. Cuando un tutor/a detecta una posible situación de riesgo del alumnado lo
comunicará al Equipo Directivo, para que éste a su vez informe a la Trabajadora Social
del EOEP de zona, quien asiste al centro una vez por semana.
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PROTOCOLO DE ABSENTISMO
De acuerdo al DECRETO 174/2018, de 3 de diciembre, de aprobación del Reglamento por el que se regula la
prevención, la intervención, y el seguimiento del absentismo escolar y del abandono escolar temprano en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Canarias. El Centro Don Benito establece el siguiente protocolo de absentismo:
FALTAS INJUSTIFICADAS
JEFATURA DE ESTUDIOS TRABAJADORA
SOCIAL
PROFESORADO
TUTOR
A través de Pincel Ekade, envío de
correo electrónico diario a las familias
para informar de la falta diaria del
alumno/a.
Analizar el parte de faltas
mensual.
Con 4 o más faltas
injustificadas contacta
con las familias
telefónicamente.
Pasar lista a
diario.
Analizar el parte de faltas mensual.
Remisión del parte a la trabajadora
Citación a la familia para
entrevistarla en el centro
Entregar a mes
vencido, el parte
de faltas en
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social Jefatura
Contactar con las familias y comunicar
las faltas injustificadas (4 faltas
injustificadas) La familia deberá
rellenar documento en el centro
(anexo I)
Comunicación a jefatura.
Levanta acta de la
entrevista con la familia
Entrevista con el
alumno y familia
Envío del parte mensual de faltas a la
Dirección de Familia e Infancia
Informe de seguimiento
del caso y coordinación
con otros servicios
Informe socioeducativo
si hubiese indicadores de
riesgo
RETRASOS Y SALIDAS ANTICIPADAS
Las familias rellenarán el impreso en la administración. Los retrasos y salidas
anticipadas deberán estar justificados. En el caso de 3 retrasos o salidas anticipadas sin
justificar se precederá al protocolo establecido.
TIPIFICACIÓN FALTAS, RETRASOS Y SALIDAS ANTICIPADAS
FALTAS INJUSTIFICADAS 4 MENSUALES
RETRASOS INJUSTIFICADOS 3 MENSUALES
SALIDAS ANTICIPADAS INJUSTIFICADAS 3 MENSUALES
JUSTIFICACIÓN RETRASOS
Nombre del alumno/a:________________________________________curso:_______
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Motivo del retraso: (marcar con una X la que corresponda)
Nombre del padre/madre/tutor/a legal:______________________________________
D.N.I. __________________
Firmado
Las Palmas de Gran Canaria a ____ de__________ de 20__
JUSTIFICACIÓN DE SALIDAS ANTICIPADAS
Nombre del alumno/a:________________________________________curso:_______
Motivo del retraso: (marcar con una X la que corresponda)
Indisposición, enfermedad, accidente u hospitalización del alumnado.
Imposibilidad de desplazamiento al centro de progenitores o tutores
legales, por enfermedad, accidente u hospitalización.
Imposibilidad de desplazamiento al centro por causas ajenas a los
progenitores o tutores legales (fenómenos meteorológicos adversos,
huelgas…)
Fallecimiento de un familiar
Asistencia a reuniones autorizadas (psicólogos, médicos…)
Asistencia a pruebas o entrevistas laborales
OTROS (especificar para poder justificar)
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Nombre del padre/madre/tutor/a legal o responsable__________________________
_______________________________________________D.N.I. __________________
Firmado
Las Palmas de Gran Canaria a ____ de__________ de 20__
ANEXO I
JUSTIFICACIÓN FALTAS DE ASISTENCIA DEL ALUMNADO
INFORMACIÓN A LA FAMILIA DEL ALUMNO/A:_________________________________
Indisposición, enfermedad, accidente u hospitalización del alumnado.
Imposibilidad de desplazamiento al centro de progenitores o tutores
legales, por enfermedad, accidente u hospitalización.
Imposibilidad de desplazamiento al centro por causas ajenas a los
progenitores o tutores legales (fenómenos meteorológicos adversos,
huelgas…)
Fallecimiento de un familiar
Asistencia a reuniones autorizadas, consultas (psicólogos, médicos…)
Asistencia a pruebas o entrevistas laborales
OTROS(especificar para poder justificar)
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_______________________________________________________________________
Las faltas de asistencia del alumnado inciden fundamentalmente en dos aspectos:
1) En su rendimiento escolar que depende en buena medida de su asistencia.
2) En su proceso de evaluación continua que requiere su asistencia regular a las
clases y a las actividades programadas.
Por todo ello le recordamos que su hijo/a el /los día/s__________________________
______________________________________________________.Lo cual deberá
justificar debidamente a su tutor/a y, en caso contrario, nos veremos en la obligación
de cumplir con lo que dispone la normativa en vigor relacionada con estas
circunstancias como es la Orden de 9 de octubre de 2013 que regula la prevención, la
intervención y el seguimiento del absentismo escolar y el Art.19 de la Ley del Menor,
pasando notificación a los Servicios Sociales correspondientes.
En Las Palmas de Gran Canaria a ________de________________de 20___
VºBº El/ La tutor/a
La jefa de estudios
D/Dña._________________________________________________________________
Padre/madre/tutor legal del alumno/a:_______________________________________
Comunica que no asistió a clase por el siguiente motivo__________________________
_______________________________________________________________________
_______________________________________________________________________
Justificante que adjunta:___________________________________________________
Fecha:_____________________
Firma del padre/madre/tutor legal
9. AUSENCIAS DEL PROFESORADO. ATENCIÓN AL ALUMNADO EN
CASO DE AUSENCIA.
Cuando, por circunstancias diversas, un maestro/a no pueda acudir a su puesto de
trabajo o vaya a llegar con retraso o deba anticipar su salida; se pondrá en marcha el
Plan de Cobertura de Bajas. Este plan de sustituciones tiene como objetivo principal
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optimizar la labor docente en caso de ausencias del profesorado, de modo que el
alumnado se vea afectado lo mínimo posible y se garantice que no se interrumpa su
formación. De esta manera se pretende que los maestro/as que estén en el centro
desarrollando tareas fuera del aula ordinaria, puedan atender esta demanda. Como
medida previa, cada uno de los maestro/as/as que conforman el claustro del Centro tiene
en su tutoría o en la Jefatura de Estudios (en el caso de especialistas) una batería de
actividades planteadas para una semana con las que el alumnado pueda trabajar de
forma autónoma, ya fotocopiadas y preparadas para su distribución al alumnado, así
como la Programación, las listas de transporte, comedor y otros aspectos que hay que
conocer para el normal desarrollo y la organización del grupo de alumnos.
Todo ello servirá al maestro/a que sustituya para conocer las características
organizativas del grupo. Por acuerdo de la CCP para ausencias de corta duración, el
profesorado especialista dejará un trabajo de fichas (para 5 días) con las que el
alumnado pueda trabajar de forma autónoma. En el caso de bajas de larga duración y
que no sean cubiertas por la Consejería el trabajo de fichas irá orientado a las áreas
instrumentales. Cada ciclo se encargará de hacer una selección de fichas. Los profesores
que sustituyan en alguna de las tutorías de la etapa de Primaria, irán dejando constancia
del trabajo realizado en cada una de las sesiones del día con la intención de informar al
tutor/a, y/o consecutivos compañeros/as, de las actividades desarrolladas por el
alumnado durante su ausencia.
El Protocolo de actuación en caso de ausencia de un maestro/a es el siguiente:
En caso de ausencia imprevista:
El maestro/a que falte de manera imprevista (se entiende que el motivo de su ausencia
se origina en horario no laboral), lo comunicará al Jefe de Estudios lo antes posible para
organizar la sustitución. Este lo hará llegar al coordinador del ciclo al que esté adscrito
el maestro/a que falta. La jefatura de Estudios también comunicará a primera hora de la
mañana las horas y los grupos a los que tendrá que sustituir cada maestro/a/a, siguiendo
las pautas del horario al efecto. En caso de que el maestro/a que falte, tenga recreo, la
jefa de estudios habrá establecido un plan de sustituciones en caso de ausencia en este
periodo del día.
En el caso de las horas lectivas, los maestro/as que acudan a la sustitución deberán
proseguir con la programación que el maestro/a lleva (y que deberá estar en la carpeta al
efecto en la mesa) o, si es un especialista, repartir el trabajo programado para ausencias
del profesorado.
La jefatura de Estudios supervisará durante toda la jornada escolar que las sesiones se
están desarrollando con la mayor normalidad posible, así como que los maestro/as que
tengan que sustituir lo hagan correctamente. También se encargará de contemplar
debidamente la ausencia del maestro/a en el registro de absentismo del profesorado.
Una vez que se incorpore el maestro/a (el mismo día de la incorporación) deberá
solicitar en la jefatura de estudios el impreso para la notificación y justificación de su
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ausencia, la cual será cumplimentada por el interesado, firmada por el director y
entregada a la jefatura de estudios en el mismo día para su archivo.
En caso de ausencia prevista:
Las características en este caso son las mismas que en el caso anterior, si bien es cierto
que la notificación previa de la ausencia hace posible la organización de todo el proceso
desde el día antes al que se produzca. El maestro/a solicitará el permiso debidamente
según impreso al efecto, el cual será concedido o no por la dirección del centro. Una vez
concedido se activa el protocolo para la organización del grupo o grupos sobre los que
incide ese maestro/a. Solo en el caso en el que no haya suficientes maestro/as para
cubrir una sustitución (p.e. porque hay varios maestro/as del mismo ciclo que no hayan
asistido ese día), se repartirá al alumnado por el resto de aulas de su mismo ciclo. Es la
jefa de estudios la encargada de tal reparto, siguiendo las listas al efecto planteadas por
el tutor y expuestas en clase. Igualmente se les repartirá el trabajo preparado para los
casos de ausencia del maestro/a, incorporándose los alumnos al grupo-clase que le
corresponda y desarrollando la jornada escolar con la mayor normalidad posible.
En caso de ausencia de profesorado se pondrá en práctica el Plan de Coberturas de
Bajas atendiendo al siguiente orden:
- Profesor en horario de apoyo.
- Coordinaciones.
- Profesor de valores.
- Profesor en acción tutorial.
- Equipo directivo.
- Reparto de alumnado
Observaciones:
- Cuando haya más de una persona realizando la misma función (p.e. apoyo) se irá
rotando para que no sea el mismo maestro/a el que vaya a sustituir.
- En casos puntuales, cuando debido a las bajas sean necesarias utilizar más de una
acción tutorial del maestro/a, será el equipo directivo el que se encargue de cubrir esa
baja.
- El maestro/a que sustituye deberá firmar en la planilla de la hoja de sustituciones.
- La disponibilidad horaria del centro será expuesta en la Jefatura de Estudios. El orden
para sustituir las bajas se revisará y/o modificará al inicio de cada curso escolar.
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10. ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y
EXTRAESCOLARES.
Se considerarán complementarias, aquellas actividades lectivas desarrolladas por los
centros, coherentes con el Proyecto Educativo de Centro y que forman parte de la
programación docente. Las actividades complementarias serán evaluables y obligatorias
para el alumnado. Tienen un carácter diferenciado, bien por el momento o el lugar en
que se realizan, bien por los recursos o la implicación del Centro. En caso de que la
actividad complementaria exija la salida del alumnado del centro se requerirá con
carácter previo autorización de los padres o tutores. Se considerarán actividades
extraescolares aquellas actividades desarrolladas por los centros, coherentes con el
Proyecto Educativo de Centro, encaminadas a procurar la formación integral del
alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultural, la preparación
para su inserción en la sociedad y el uso del tiempo libre. Las actividades extraescolares
tendrán carácter voluntario para el alumnado del centro y, en ningún caso, formarán
parte de su proceso de evaluación. Las actividades complementarias y extraescolares
pueden ser propuestas al Consejo Escolar para su aprobación por cualquier miembro de
la comunidad educativa: profesorado; asociaciones de padres y madres; padres, madres
y tutores; alumnado; asociaciones del alumnado; personal de administración y servicios;
corporaciones locales; administraciones; instituciones; empresas; organizaciones; etc.
Generalmente, se planifican por trimestres y se aprueban dentro de la Programación
General Anual en las primeras sesiones de Consejo Escolar.
Se tendrán en cuenta las siguientes indicaciones:
- Que la actividad no implique peligro para el alumnado o genere incertidumbre o
alarma para el alumnado, padres o profesorado, pudiendo ser ésta sustituida que cumpla
los objetivos pedagógicos que se pretendían.
- Que la actividad no contradiga los objetivos o finalidades expuestas en nuestro
Proyecto Educativo de Centro y/o pueda propiciar, entre otros, comportamientos
sexistas, xenófobos, violentos, consumistas, poco saludables, que no respete el entorno,
etc. etc.
- Que el coste económico de la actividad sea muy elevado, pudiendo ser ésta sustituida
por otra más barata y que cumpla los objetivos pedagógicos que se pretendían.
- Que la realización de la actividad pueda afectar, de forma considerable, el normal
desarrollo del Centro.
- Debe haber una coherencia en el programa de actividades complementarias del Centro.
Los criterios de selección serían los siguientes:
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- Realizar actividades dirigidas a desarrollar la capacidad de comunicación, para
comprender y expresar sus experiencias.
- Comunicarse a través de los diversos medios de expresión y desarrollar la sensibilidad
estética, la creatividad y la capacidad para disfrutar de las obras y manifestaciones
artísticas.
- Autonomía en las actividades tanto dentro como fuera del aula, propiciando la
posibilidad de tomar iniciativas y de establecer relaciones afectivas.
- Apreciar los valores básicos que rigen la vida y la convivencia humana.
- Comprender y establecer relaciones entre hechos y fenómenos del entorno natural y
social, y contribuir activamente, en lo posible, a la defensa, conservación y mejora del
Medio Ambiente.
- Conocer el patrimonio cultural de nuestra región, participar en su conservación y
mejora y respetar la diversidad lingüística y cultural.
- Aprender a desenvolverse fuera de su ambiente familiar.
PROTOCOLO PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES
COMPLEMENTARIAS
1.- Normas generales.
- El profesorado responsable, tendrá que informar de la realización de la misma a
aquellos profesores que vayan a tener clase con ése o esos grupos. Asimismo, se
informará al Jefe de Estudios para establecer el plan de sustituciones de esa jornada con
una antelación de 5 días.
- Como norma general, en toda actividad deberá participar un mínimo de dos
profesores. La Dirección del Centro podrá autorizar salidas con un solo profesor
cuando, siendo el grupo reducido, la actividad no se considere de riesgo y/o actúen
monitores o personal externos.
- La ratio que se establece para las salidas es de 15 alumnos por cada profesor/a en
Primaria y de 10 alumnos en Educación Infantil.
- Los profesores responsables de la salida tendrán conocimiento de los datos médicos de
los alumnos/as implicados en la misma. Para ello, deberán consultar las fichas
personales que estarán a su disposición en Secretaría.
- Para aquellos alumnos/as que requieran atención médica especial, el profesorado
deberá llevar un duplicado del informe o certificado médico actualizado.
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- Cuando la actividad no ocupe toda la jornada escolar, el alumnado estará obligado a
asistir tanto a las clases previas, como a las posteriores.
- Cuando la actividad no afecte a todo el grupo (o algún alumno tenga una sanción), los
que no participen en ella tendrán la obligación de asistir a clase.
- El profesor/a debe asegurarse, antes de la realización de una actividad fuera del
Centro, sobre las posibilidades de poder comunicarse con el Centro o con la empresa de
transportes en caso de necesidad.
- Si el profesorado lo considera oportuno se llevará un botiquín de emergencias.
- Un alumno/a se puede quedar sin salidas complementarias por la reiteración de faltas
leves o por tener un parte de incidencia. Esta decisión debe ser tomada con acuerdo del
equipo educativo de la tutoría a la que pertenezca el alumno/a e informar previamente a
los padres de la medida adoptada.
- La Dirección Territorial de Educación debe ser informada mediante fax de la
realización de cualquier actividad que implique pernoctar, con una antelación mínima
de quince días.
- Para cualquier salida fuera de la isla habrá de adjuntarse fotocopia de la tarjeta de la
Seguridad Social del alumno o alumna, así como del permiso para viajar del menor de
edad, expedido por la Policía Nacional o Guardia Civil.
2.- Procedimiento de preparación, información y desarrollo de la actividad El
profesor/a responsable de organizar una salida extraescolar/complementaria deberá
seguir el siguiente protocolo:
- Elegir la fecha considerando que sería conveniente no realizarlas en las 2 semanas
previas a las evaluaciones y el resto de las salvedades recogidas en este protocolo.
- Repartir la circular informativa entre el alumnado. El profesorado responsable, tendrá
que informar a la familia mediante el modelo de circular que deberá ser devuelta con la
firma del padre/madre o tutor (FICHA I).
- Recoger la autorización familiar cumplimentada en el modelo establecido y archivar
en la carpeta de la Tutoría antes de la realización de la misma.
- Cumplimentar y entregar en jefatura la ficha de la actividad y la relación nominal del
alumnado participante y acompañantes con 48 h. de antelación a la fecha prevista para
la realización de la misma.
- Entregar en Secretaria el importe de la actividad (si lo hubiese) junto con una lista de
los alumnos que han pagado 48 horas antes de la realización de la misma. La
recaudación del dinero para las actividades la realizará el organizador de las mismas.
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- El profesorado dejará siempre alguna actividad programada para aquellos grupos de
alumnos que no van a recibir clase el día de la actividad por ausencia del profesorado y
para el alumnado que no ha sido autorizado para asistir a la actividad.
- La contratación del transporte se hará en función del número de alumnos que hayan
abonado el importe de la actividad. Por ello, en el caso de incumplimiento en tiempo y
forma de los apartados anteriores, se puede anular la actividad prevista.
3.-Actuación en caso de incidentes o accidentes. Todo accidente o incidente importante
(retrasos en la hora de llegada, cambio de itinerario,...) será comunicado
telefónicamente a un cargo directivo. En caso de accidente que plantee dudas sobre la
necesidad de asistencia médica inmediata, se llamará al 112 y a los padres. Bajo ningún
concepto se suministrarán medicamentos al alumnado sin antes haber contactado con el
Centro y los padres.
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FICHA I CIRCULAR INFORMATIVA A LOS PADRES O REPRESENTANTES
LEGALES DEL ALUMNADO Por medio de la presente Circular le informo de la
actividad referenciada.
Nombre de la actividad:
………………………………………...……………………………….………....…
Lugar:
…………………………………………………..………………………………………
…….....……..…..… Fecha y horario:
…………………………………………………..………………………………………
……… Programa de la actividad:
………………………………………...……....………………………………… Lugar
de encuentro y llegada: …………… Hora aproximada: …………… Teléfono de
urgencia o contacto con el profesor: 928252251. Recomendaciones de comida, ropa y
útiles: ………………………………………...……………….. Precio del transporte:
………………………………………...
Esta circular debe ser devuelta antes del día
………………………………………...... después de esa fecha no se recogerán más
autorizaciones. Gracias y un cordial saludo.
-------------------------------------------(cortar y devolver)----------------------------------------
---
AUTORIZACIÓN PATERNA O MATERNA O DEL REPRESENTANTE LEGAL
DEL ALUMNO/A
Alumno/a...........................................................................curso
escolar................................................
Padre/madre o representante
legal...................................................................................................
Dirección.......................................................teléfono de contacto
familiar......................................
Autorizo a que mi hijo/a realice la actividad:….........................................……
……………………………………………………………………………………………
…........................................ Circunstancias de interés especial (enfermedades, dieta,
contraindicaciones medicinales, etc.) .........................................................acompañado
de informe o certificado médico del alumno en caso de que necesite una atención
especial). Firmado
D.N.I. Nº .......................
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FICHA II FICHA A CUMPLIMENTAR POR EL PROFESORADO O
ACOMPAÑENTES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES
EXTRAESCOLARES Y/O COMPLEMENTARIAS
El equipo coordinador de la actividad (profesor tutor, coordinador de ciclo, etc.) deberá
entregar la ficha de la actividad en la Jefatura de Estudios del centro dos días antes de la
realización de la misma.
Denominación de la actividad:
………………………………………........………………………….
Objetivo de la actividad:
……………………………………………………..…
Lugar de celebración:…………………………..…………….....…………...
Conocimiento del lugar, características o itinerarios:....................................................
Alumnos implicados : Nº ….. ( se adjunta relación de alumnos)
Profesores y acompañantes con asignación de grupos y ratios:………......................
( se adjunta asignación de grupos al profesorado y acompañantes)
Horario: ……………………………………………………
Relación de alumnos con circunstancias especiales (según datos médicos facilitados
por la familia y debidamente actualizados)
….........................................................................................................................................
......................................................................................................................................
Transportes: …………………………………
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FICHA III FICHA DE EVALUACIÓN DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS
Y EXTRAESCOLARES DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD
Salida/Visita:
Fecha: Horario: Profesorado Responsable: Cursos Implicados: Número De Alumnos/as:
Transporte: RESUMEN Y VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD
Consecución del objetivo: 1 2 3 4
Adecuación al nivel: 1 2 3 4
Adecuación de las explicaciones, si las hubo: 1 2 3 4
Adecuación de los materiales, si los aportaron: 1 2 3 4
¿Es una actividad aconsejable para este Ciclo?______ ¿Y para otro?______
¿Cuál?___________
Comentarios:____________________________________________________________
______________________________________________________________________
Incidentes:______________________________________________________________
___________________
______________________________________________________________________
___________________
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11. ASISTENCIA AL ALUMNADO ACCIDENTADO. Se solicitará a cada uno de
los padres o madres titulares de la Seguridad Social o de otra entidad aseguradora en la
que esté inscrito el alumno/a, fotocopia de la misma y que estará a disposición del
profesorado en la Secretaría del Centro (Expedientes). No está permitido suministrar
medicamentos a los alumnos/as por parte del personal del centro. En el caso de que un
alumno necesite tomarse algún medicamento (aerosoles, insulina, jarabe,...) lo hará
siempre y cuando la familia haya entregado al centro el informe médico. En caso de
accidente o percance leve, indisposición, etc. de un alumno/a; éste será atendido en
primera instancia en el Centro,
En este caso, cuando se trate de una indisposición leve, se puede mandar al alumno/a
acompañado de un compañero/a. Secretaría para que la Administrativa se encargue de
llamar a los padres para que vengan a buscarlo.
En caso de accidente más importante en el Centro de un alumno/a, se pondrá en
conocimiento de la familia para que sea ésta la que se ocupe del accidentado. El docente
que se encuentre en ese momento en clase con el alumno/a deberá ponerlo en
conocimiento del tutor/a. Si el accidentado requiere traslado a un centro sanitario se
dará cuenta de forma inmediata a la familia, a fin de que se personen en el colegio o se
dirija directamente al centro sanitario. El traslado se hará por el medio que se considere
más adecuado, ambulancia o transporte público, en ningún caso en coches privados. En
el supuesto de que un familiar no pudiera hacerse cargo del accidentado o indispuesto,
le acompañará el maestro/a que en ese momento esté en clase con él salvo que el
profesor/tutor esté libre de clase con alumnos en ese momento, comunicándolo la Jefa
de Estudios y/o Director, quien establecerá siguiendo el plan de sustituciones del centro
la forma en la que serán atendidos el resto del alumnado. Si el accidente se produce en
el recreo, será el tutor/a quien lo acompañe. Si por causa del accidente el maestro/a
considera que el alumno/a no puede moverse, avisará para llamar a los servicios de
urgencia. El docente deberá llevar la fotocopia de la cartilla del seguro y se identificará
como maestro/a. En caso de accidente de un alumno/a no beneficiario de la Seguridad
Social, o de otras entidades aseguradoras, se acudirá para su asistencia a cualquier
institución sanitaria, abonando la factura los padres, madres o tutores del accidentado, o
el Centro. La factura se remitirá con un oficio a la Secretaría General Técnica de la
Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, para que proceda a la
tramitación de su abono a quien haya sufragado tales gastos. ¿Qué se hace con los
alumnos que no tienen fotocopia de la cartilla? A principio de curso cada tutor deberá
revisar los expedientes de sus alumnos. En el caso de que le falte la fotocopia de la
cartilla de la Seguridad Social o de la entidad aseguradora de la que es beneficiario,
deberá comunicárselo a la familia para que lo entregue en la Secretaría del centro en la
mayor brevedad posible.
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NORMATIVA SOBRE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL:
1. El procedimiento de responsabilidad patrimonial de la Administración Educativa
podrá iniciarse de oficio o a solicitud de la persona interesada, en los casos en que haya
acaecido un accidente del alumno/a en el transcurso de actividades escolares,
extraescolares o complementarias, y del cual se deriven daños.
2. Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por la Administración Educativa
de toda lesión que sufra el/la alumno/a en el transcurso de actividades escolares,
extraescolares o complementarias, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que sean
consecuencia del funcionamiento normal o anormal del servicio público educativo. En
todo caso el daño producido habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e
individualizado con relación a una persona o grupo de personas.
3. Después de ocurrir un accidente escolar y siempre que se haya producido un
resultado lesivo para el alumno o alumna, el tutor/a, el maestro/a de guardia o la
dirección del centro educativo informará al padre, madre o representante legal del
alumno o alumna del derecho que le asiste a poder presentar una reclamación de los
daños y perjuicios causados, junto a las instrucciones donde se relaciona la
documentación a aportar por el interesado al objeto del que el mismo pueda presentar la
oportuna reclamación, según el modelo que se aporta como ficha I.
4. En el plazo máximo de 10 días hábiles el centro educativo tendrá que comunicar a la
Dirección General de Centros el accidente acaecido según el modelo que se acompaña
como fichas II y III. Dicha comunicación se efectuará por fax y posteriormente se
remitirá el original.
5. Cumplimentada por el padre, madre, representante legal del alumno/a la solicitud de
reclamación de daños y perjuicios y entregada en el centro educativo, la Dirección del
centro remitirá en el plazo de tres días hábiles a la Dirección General de Centros la
misma junto al resto de los documentos aportados, con registro de entrada y sello del
centro docente. La Dirección General de Centros acordará si procede la iniciación del
procedimiento. En el caso de que dicha reclamación sea remitida a la Dirección
Territorial de Educación la misma deberá remitirla a la Dirección General de Centros en
el plazo de 5 días hábiles.
6. En la Dirección General de Centros se comprobará que la solicitud está debidamente
cumplimentada y que se aporta por la persona interesada la documentación necesaria
para la tramitación de dicho procedimiento. Si la solicitud de reclamación no reuniera
los requisitos necesarios, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días
hábiles subsane la falta o acompañe la documentación preceptiva, con indicación de que
si así no lo hiciera se le entenderá por desistido en su reclamación, previa Resolución
del expediente, que deberá ser dictada en los términos previstos en el artº. 42 de la Ley
30/1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
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7. Una vez cumplimentada la documentación e iniciado el procedimiento se recabará
informe a la Inspección Educativa de los hechos alegados por los interesados.
Posteriormente se dará un plazo de 15 días hábiles al efecto de solicitar la audiencia de
todos los interesados y será oída a petición del interesado la representación sindical de
la Junta de Personal, si la misma procede en el procedimiento.
8. Con todos los antecedentes del expediente, la Dirección General de Centros enviará
propuesta sobre el accidente en el transcurso de las actividades escolares, extraescolares
y/o complementarias. Posteriormente se remitirá el expediente al órgano competente, al
Consejero de Educación, Cultura y Deportes, que continuará todos los trámites del
mismo, atendiendo a lo estipulado en el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, hasta
su resolución.
9. Iniciado el procedimiento general cuando sean inequívocos la relación de causalidad
entre el funcionamiento del Servicio Público y la lesión producida, así como la
valoración del daño y el cálculo de la cuantía de la indemnización, la Dirección General
de Centros podrá acordar la sustanciación de un procedimiento abreviado.
10. El derecho a reclamar prescribe al año de haberse producido el hecho que motive la
indemnización o el hecho lesivo. En caso de producirse daños de carácter físico o
psíquico el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del
alcance de las secuelas.
11. La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial
pone fin a la vía administrativa. Si no recae resolución expresa la reclamación se
entenderá desestimada.
12. La Dirección General Centros designará a un funcionario que se ocupará de resolver
todas las dudas y preguntas que se susciten sobre el procedimiento de responsabilidad
patrimonial de la Administración en coordinación con el Servicio de Régimen Jurídico
de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Dicho funcionario informará en todo
momento sobre el procedimiento a seguir por los interesados sobre la responsabilidad
patrimonial, según ficha I y II. Cuando se derive responsabilidad del profesorado se
estará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero, informando de este hecho a la Junta de Personal.
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FICHA I
RECLAMACIÓN POR RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA
D./Dña. ............................................................., mayor de edad, con D.N.I. nº
............................ y domicilio a efectos de notificaciones en la calle
............................................................., con teléfono ……………………,
municipio......................., provincia ........................................................
EXPONE: que siendo padre, madre, representante legal del
alumno/a..............................................................................................................................
........................................, matriculado en el centro docente C.E.I.P. DON BENITO de
la provincia de Las Palmas y en cumplimiento de la Orden de 6 de Febrero de 2001
publicada en el Boletín Oficial de Canarias Nº: 023 (19/02/01)
En base a los hechos ocurridos.
.....................................................................................................................................
.............................................................................................................................................
...................................................................................que quedan acreditados con los
documentos
SOLICITO: Que se dicte Orden concediendo el abono de los correspondientes a la
indemnización derivada de los hechos relacionados.
Fecha y firma:
EXCMO. SR. CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.
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FICHA II
PROCEDIMIENTO POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS PASOS A SEGUIR,
POR LOS PADRES, MADRES O TERCERAS PERSONAS, EN CASOS DE
ACCIDENTES DEL ALUMNADO, O LESIONES DE SUS BIENES Y DERECHOS
1.- Comunicación a las familias sobre el procedimiento a seguir.
En cumplimiento con la normativa vigente, y específicamente con la Orden
.............................................................., en caso de ACCIDENTE/S DE LOS
ALUMNO/S O LESIONES DE SUS BIENES Y DERECHOS (bien sea en su
integridad física o en los bienes materiales de su propiedad), relacionados con el
normal desarrollo de actividades educativas, tanto los padres o tutores legales del
alumno/a accidentado/a, como las terceras personas perjudicadas, puedan ejercer, si
quieren, reclamación por la vía administrativa, para obtener legalmente y
constitucionalmente la posible indemnización prevista.
El procedimiento a seguir consiste en PRESENTAR, ante el Sr./a Director/a General de
Centros de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes un escrito de reclamación
por parte del interesado/a, de los padres o tutores legales del alumno/a afectado/a,
dirigido al Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de
Canarias.
Se podrá adjuntar a este escrito cualquier documentación acreditativa de su derecho y
estimación detallada del perjuicio ocasionado.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR.
- Fotocopia del Libro de Familia o documento acreditativo de representación del menor.
- Certificado médico, donde especifica las lesiones sufridas.
- Justificación y evaluación de los gastos originados en el accidente.
- Cualquier otra documentación que se considere pertinente.
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FICHA III-A
INFORME DE LOS HECHOS DERIVADOS DEL ACCIDENTE ESCOLAR DEL
DIRECTOR DEL CENTRO EDUCATIVO A LA DIRECCIÓN TERRITORIAL
D............................................................, director/a del centro educativo C.E.I.P. DON
BENIRO sito en...................................................................., municipio de Las Palmas de
Gran Canaria , provincia Las Palmas y teléfono 928252251 en relación con el accidente
con resultado
de............................................……………………………………………………………
………………………….....................................................................................................
.......... (se debe especificar el daño producido) en el que resultaron afectadas las
siguientes personas
…………………………………………………………………………………………….
...........................................................el día......................................, a la hora
........................, en el lugar del centro
escolar.................................................................................. Informa: (se debe hacer una
descripción del hecho, circunstancias y pruebas, se deberán especificar hechos,
circunstancias y documentación acreditativa). Sello del Centro
Fdo. Director/a
FICHA III-B
INFORME DEL DIRECTOR SOBRE DAÑOS PRODUCIDOS EN BIENES O
DERECHOS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS
D./Dña......................................................., Director/a del centro educativo CEIP DON
BENITO sito en la calle Sor Simona 1, municipio de Las Palmas de Gran Canaria,
provincia Las Palmas y con teléfono 928252251.
Informa: Relación puntual de los bienes y/o derechos afectados. Primero.-
................................................................................................................
Situación generada: Primero.-
.............................................................................................................................................
.......................................................................................................................................
En Las Palmas de Gran Canaria, a........ de ..................... de ...............
Director del centro Sello del centro
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12. ORGANIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES PREVISTAS PARA LA
RELACIÓN DEL CENTRO CON LAS INSTITUCIONES DEL ENTORNO.
El CEIP Don Benito colabora estrechamente con el Ayuntamiento, participando de toda
la oferta que desde esta entidad nos llega. Especialmente con la Concejería de
Educación, pero también con otros departamentos que se relacionan con desarrollo
social, juventud, medioambiente,… La oferta cultural y de ocio en el municipio es
amplia y variada. Desde el Centro propiciamos el conocimiento de esta oferta entre
nuestros alumnos y alumnas, para que se integren en algunas de las actividades
propuestas. Pasamos a relacionar algunas de las actividades a desarrollar, todas ellas
incluidas en el plan de actividades complementarias.
- Colaboración y participación activa en el Proyecto Conciliando.
- Colaboración con la Concejalía de Deportes y distintos clubes deportivos difundiendo
todas las actividades que se proponen. También se realizan distintas exhibiciones en el
Centro de las escuelas deportivas municipales, con la participación de alumnos del
centro, que sirven de campaña para animar a los alumnos/as a que se apunten a las
mismas.
El centro como recinto, alberga por las tardes, además de las actividades programadas
por las AMPA del colegio.
A nivel formativo la colaboración con el C.E.P. se desarrollará a partir de la
participación en alguna formación de ponentes sobre un tema de interés para los
docentes.
-Participación con el Plan Director de la Policía Nacional: ofrecen charlas para el
alumnado sobre temas de actualidad e interés para los mismos.
- Participación con el Proyecto del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de
Hábitos Saludables.
13. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.
Mantenimiento: el personal de mantenimiento en horario lectivo tiene las siguientes
funciones:
- Cuidar de que la limpieza de los recintos se realice diariamente.
- Custodiar los útiles necesarios para el cuidado de jardines y demás dependencias.
- Colaborar en la conservación, mantenimiento del centro
El horario será de 8:30 a 16:00.
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Personal de limpieza: La limpieza del colegio la realiza una empresa contratada por el
Ayuntamiento. Son cinco limpiadoras con el siguiente horario: - De 14:00 a 16:00.
Administrativa:
El centro cuenta con una auxiliar administrativa. Acude al centro de lunes a viernes en
horario de 8:00 a 15:30 horas. Sus funciones generales, con dependencia de la
Secretaria y de los miembros del Equipo Directivo son:
- Dar entrada y salida de la correspondencia.
- Atender al público, entregando y recogiendo documentación.
- Cursar certificaciones, altas, bajas, oficios, solicitudes de libros de escolaridad,...
- Ayuntamiento, A.M.P.A.
- Atender al teléfono... y cuantas funciones se establezcan con la secretaria del cetro.
14. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN Y REVISIÓN DE LAS NOF.
En el Decreto 81/2010 de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de
los centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC
143 22/07/10) se regulan las Competencias del Consejo Escolar y en el artículo 15,
apartado b), Aprobar y evaluar el proyecto educativo, el proyecto de gestión y las
normas de organización y funcionamiento del centro, sin perjuicio de las competencias
que el Claustro del profesorado tiene atribuidas respecto a la concreción del currículo y
a todos los aspectos educativos. Las presentes Normas serán sometidas a revisión y
actualización, si procede, durante las reuniones ordinarias o extraordinarias del Consejo
Escolar del centro.
El Claustro, el equipo directivo, equipo de convivencia, así como las Asociaciones de
Padres y Madres de Alumnos y las Asociaciones de Alumnos, pueden elaborar
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO (NOF) propuestas de
modificación o ampliación de las mismas. También, el personal de administración y
servicios pueden elaborar propuestas dentro de su ámbito de competencias. Las
propuestas de modificación o ampliación, elaboradas por los distintos estamentos, serán
presentadas en la Secretaría del centro. El Consejo Escolar será el competente para
aprobar o no las propuestas realizadas. En todo caso, deberá modificarse las normas de
organización y funcionamiento cada vez que, como consecuencia de los cambios
normativos, deba adecuarse su texto a la legislación en vigor. En nuestro caso, la
necesidad parte de la actualización de este documento y adecuación a los siguientes
Decretos: a) Decreto 106/2009, de 28 de julio, por el que se regula la función directiva
en los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Comunidad
Autónoma de Canarias (BOC 55 11/08/09) b) 81/2010 de 8 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento Orgánico de los centros públicos no universitarios de la
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Comunidad Autónoma de Canarias (BOC 143 22/07/10) c) Decreto 114/2011, de 11 de
mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad
Autónoma de Canarias. BOC 108 02/06/11 d) Orden de 9 de octubre de 2013, por el
que se desarrolla el Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma
de Canarias, en lo referente a su organización y funcionamiento.
Los pasos a seguir para la aplicación, conocimiento y revisión de las Normas de
Organización y Funcionamiento son los siguientes:
- La Jefatura de Estudios facilitará a cada coordinador/a de ciclo un ejemplar del mismo
y este será trabajado en las reuniones de ciclo para que hagan sus aportaciones y
colaboraciones necesarias. Posteriormente serán llevadas a Claustro.
- Una vez aprobada la misma, un ejemplar del mismo quedará en la Jefatura de Estudios
del Centro y en Dirección a disposición de los miembros de la Comunidad Educativa y
de los organismos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
- Se colgará una copia del mismo en el blog del centro.
- Para la difusión del NOF, el Equipo Directivo arbitrará los siguientes procedimientos:
entrega de una copia que quedará impresa en la Administración del centro por si algún
miembro de la Comunidad Educativa lo solicitara por escrito para consulta y
publicación en la Web del centro.
- El grado de cumplimiento del NOF se revisará al menos una vez en el curso escolar
por los miembros del claustro y por el Consejo Escolar, para introducir, si fuera preciso,
las modificaciones necesarias.
- Los aspectos acordados sujetos a modificación, serán incorporados al documento y
dados a conocer a toda la Comunidad Educativa.
- Al final de curso se realizará una memoria que valorará el grado de cumplimiento y los
resultados de su adecuación.
15. MEDIOS Y FORMAS DE DIFUSIÓN DE LAS NOF ENTRE LOS
MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
En el Decreto 81/2010 de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de
los centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC
143 22/07/10) se regulan las Competencias del Consejo Escolar en su artículo 41
“Normas de organización y funcionamiento” y su apartado 3 dice, “una vez aprobadas
las normas de organización y funcionamiento, un ejemplar de las mismas quedará en la
Secretaría del centro a disposición de los miembros de la Comunidad Educativa. Así
mismo, se expondrá una copia de dicho documento en el sitio Web del centro, si
dispusiera del mismo”.
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En nuestro caso se subirá una copia de los documentos institucionales del centro en el
Blog educativo del CEIP Don Benito, además de estar disponibles en la administración
del centro.
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EDUCANDO CON EL CORAZÓN 2018-2022