2008 02 06 Nancytufinorivera Seguro Social Del Profesional Abogado Independiente en Bolivia

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SEGURO SOCIAL DEL PROFESIONAL ABOGADO INDEPENDIENTE EN BOLIVIA

SEGURO SOCIAL DEL PROFESIONAL ABOGADO INDEPENDIENTE EN BOLIVIACon la finalidad de difundir el derecho que los colegas abogados y abogadas tienen, en oportunidadme refiero alSeguro Social del Abogado Independiente (sin relacin laboral) que se encuentra en plena vigencia y a cargo de la actual Caja Nacional de Salud (CNS)asemejndose al Seguro Voluntario, el mismo fue creado mediante el D.S. 19882 de 15 de noviembre de 1983, con un financiamiento especial y con cobertura para otorgar prestaciones de corto y largo plazo, no habiendo cubierto a la totalidad de los profesionales Abogados Independientes, debido a queimportaba incorporacin voluntaria para la afiliacin.

En cumplimiento del D.S. 21637 de 25.06.87, la ex Caja Nacional de Seguridad Social, primera Institucin aseguradora del pas cambio de razn social y se hizo cargo de la administracin de las prestaciones de corto plazo (salud) nicamente, consiguientemente desde ese entonces cumple con la disposicin sealada en cuanto respecta a las prestaciones en especie de los seguros de Enfermedad y Maternidad, cubriendo al titular del derecho como a su grupo familiar con el aporte del 10% sobre 3 salarios mnimos nacionales vigentes.

Para la afiliacin de los Abogados Independientes que lo soliciten, el Ilustre Colegio Departamental de Abogados al que pertenezcan, autoriza el formulario AVC-04 que adquiere el interesado de la CNS y es llenado con los datos del Abogado y el nmero del empleador, que para la Regional de La Paz es el No: 01-926-0014.

En la actualidad se encuentran dentro este seguro muy pocosprofesionales Abogados Independientes junto a sus grupos familiares ( en el primer grado: cnyuge o conviviente ( previo trmite de declaratoria de convivencia) , hijos hasta los 19 aos y si continuan estudiando el seguro cubre el 50% de los costos amplindose el mismo hasta los 25 aos conforme dispone el D.S. 20989 de 1ro. de agosto de 1985, en el segundo grado y previo trmite especial: padres, hermanos menores de 19 aos, con el aporte nico arriba sealado.

El Seguro es indefinido y puede presentar su baja en cualquier momento, adems, cuando deja de ser Profesional Independiente e ingresa a una relacin laboral necesariamente deber presentar su parte de baja y enparalelo tramitarsu ingreso al Seguro Social Obligatorio (Prestaciones en especie y dinero en los Seguros de: enfermedad, maternidad y riesgos profesionales), es decir deja la calidad de voluntario e ingresa al Seguro de manera Obligatoria.