Post on 18-Dec-2014
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Joaquín Muñoz RodríguezPablo Fernández Burgueño
María Teresa Nevado
Qué se entiende por juegos o sorteos promocionales.◦ La combinación aleatoria con fines publicitarios es una modalidad
de juego por la que una persona o entidad sortea un premio en metálico o en especie, con fines publicitarios, entre quienes adquieran sus productos o servicios u ostenten la condición actual o potencial de clientes suyos, sin que pueda exigirse una contraprestación específica a cambio. (Art. 5 Orden CAM). (Queda excluido el ánimo de lucro directo ).
aleatorio, ria.(Del lat. aleatorĭus, propio del juego de dados). 1. adj. Perteneciente o relativo al juego de azar. 2. adj. Dependiente de algún suceso fortuito.
¿Formas de evitar la aleatoriedad?
MAD | 25Jan11
Normativa aplicable en materia de juegos, concursos y sorteos promocionales.◦ Estatal:
• Constitución 1978 transfiere competencias a las CCAA (LO 9/1992)• ONLAE: RD 904/1985, RD 1651/1995, RD 1029/2007, RD 41/2010 (de trasposición de la
Directiva 2006/123/CE; para llevar a cabo sorteos promocionales, de carácter gratuito, bastará con una simple comunicación).
◦ Madrid: • Ley 6/2001, de 3 de julio, del Juego en la Comunidad de Madrid.• Orden 3785/1999, de 15 de noviembre, del Consejero de Hacienda, por la que se regula la
autorización de rifas, tómbolas y de combinaciones aleatorias con fines publicitarios.• Decreto 32/2004, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Catálogo Parcial de Juegos y
Apuestas de la Comunidad de Madrid
¿Es posible realizar una promoción online cuyo ámbito territorial sea únicamente la Comunidad de Madrid?
MAD | 25Jan11
◦ Características: aleatoriedad, gratuidad.◦ RD 41/2010: bastará con una simple comunicación a ONLAE
(modelo anexo al RD).• Notificación: previa a la promoción.• Pago de cuota a la AEAT en los 30 días siguientes a la
fecha de inicio del sorteo, juego o concurso.
¿Es posible notificar a ONLAE el día previo al sorteo o concurso?
MAD | 25Jan11
Organización de sorteos-concursos.◦ ONLAE, Privados, ONCE.
Tasas: Las tasas se calculan en función del tipo de sorteo, siendo con carácter general:• Rifa de interés particular: 15% del valor de las
papeletas• Rifa con fines publicitarios. 10% del valor del premio• Rifa de interés particular a través de medios de
tarificación adicional: 15% de la recaudación. Liquidaciones complementarias.
¿Gastos complementarios a las tasas?
MAD | 25Jan11
Contenido mínimo1. Ámbito territorial de la promoción; 2. Carácter gratuito de la participación; 3. Fechas de comienzo y terminación; 4. Fecha del sorteo y la modalidad del mismo -las combinaciones aleatorias con fines
publicitarios deberán realizarse ante Notario, o en combinación con alguno de los que comercializa ONLAE o la O.N.C.E. (previa autorización de la correspondiente entidad)-;
5. Cómo se adquiere el derecho a participar; 6. Producto promocionado;7. Valor y naturalezas de los premios ofrecidos;8. Obligado tributario.
En el caso de que los premios sean VIAJES, los servicios que los mismos comprenden. Si fueran AUTOMÓVILES, se indicará a cargo de quién corre la matriculación del mismo.
Temática atractiva para una promoción
MAD | 25Jan11
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