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MANUAL DE GESTIÓN ESTRATÉGICA POR PROCESOS2011 - 2018
ELABORADO:IPROYTEC CONSULTORES
REVISADO:FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
APROBADO:PREFECTO
FECHA: AÑO 2011 FECHA: AÑO 2012 FECHA: AÑO 2012FIRMA:
___________________ING. DIEGO GONZÁLEZ SEGOVIA
FIRMA:
_________________________ING. CÉSAR VÁSCONEZ RAMOS
FIRMA:
________________________ABG. MARIANO CURICAMA GUAMÁN
PRESENTACIÓN
El Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo, responsable de
organizar, y desarrollar su gestión de acuerdo a los principios democráticos y corresponsabilidad
de la gestión pública, determina directrices operacionales y estratégicas vinculadas por medio
del Direccionamiento Estratégico en cada uno de sus niveles de gestión; brindando una clara
proyección de futuro mediante acciones que guíen a la excelencia profesional.
En tal sentido se expide este Manual de Gestión Estratégica por Procesos, el mismo que, a más
de estar alineado con la Constitución de la República del Ecuador, Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; entre otras toma en consideración el
rol del Gobierno Provincial en el contexto Nacional, y Regional.
El contenido de este Manual busca dar cohesión a la realidad institucional; por tal motivo, el
ponerlo a disposición del personal de la Prefectura, se convierte en una herramienta de gestión
que permite consolidar la organización y el funcionamiento de sus Direcciones, Coordinaciones,
Unidades y Áreas en procura de obtener una administración ágil, eficiente y eficaz al quehacer
institucional en beneficio del Estado, la Comunidad y el Medio Ambiente.
MARIANO CURICAMA GUAMÁN
PREFECTO DE LA PROVINCIA DE CHIMBORAZO
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TITULO I
CAPITULO I
DE LA ESTRATEGIA INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESENTRALIZADO DE LA PROVINCIA DE CHIMBORAZO
Art.1 De la Misión institucional.- Liderar la minga para el desarrollo provincial de acuerdo a su ámbito de acción con capacidad institucional, planificación participativa, mediante actividades productivas competitivas con enfoque intercultural, solidario, promoviendo el manejo y conservación de los recursos naturales de manera equitativa, justa y sustentable para elevar la calidad de vida de la población a fin de lograr el Sumak kawsay (Buen Vivir).
Art. 2 De la Visión institucional.- En el 2018, la institución consolida un modelo de gestión alternativo de desarrollo provincial, que articula los niveles de Gobierno de manera participativa, social y eficiente, con talento humano competente y empoderado trabajando por el bienestar de la población, aplicando la complementariedad, equidad, descentralización y transparencia.
Art. 3 De los Factores Críticos del éxito.- Los F.C.E. son los distintos lineamientos que le permiten a la estrategia organizacional identificar donde es necesario asignar sus recursos y concentrar los esfuerzos de mejoramiento. Los F.C.E. proveen de enfoque estratégico para la determinación de los Objetivos Institucionales alineados a la Visión:
FCE 1. Fortalecer la Imagen Institucional en forma integral y vinculante con la Cadena de Valor y al Desarrollo Social.
FCE 2. Concebir e implementar Proyectos Productivos e integrales que fomenten la actividad agropecuaria y otras requeridas por el Territorio.
FCE 3. Garantizar el acceso a los Sistemas de Riego propendiendo el menor Impacto Ambiental y el buen uso del Recurso.
FCE 4. Desarrollar y Mantener la Obra Pública requerida para el Desarrollo del Territorio.
FCE 5. Gestionar la Salud Provincial, Educación y proveer de los servicios con enfoque a sectores reconocidos como grupos de atención prioritaria.
FCE 6. Disponer del personal competente, en un ambiente que brinde seguridad con capacidad de tomar decisiones, que garanticen el cumplimiento de la misión.
FCE 7. Fortalecer e Incorporar Tecnología de Información que facilite la ejecución de las operaciones y comunicación.
FCE 8. Disponer de los materiales, Infraestructura y medios que faciliten la ejecución de todas las operaciones de la Cadena de Valor y de la organización.
FCE 9. Administrar la documentación y los archivos general y técnico bajo parámetros de seguridad, fiabilidad y oportunidad de la información, en concordancia con el Marco Legal vigente.
FCE 10. Implementar el Marco Regulatorio de participación ciudadana, construcción de equidad, Planificación y Ordenamiento Territorial, asegurando el cumplimiento del Marco Legal Vigente.
FCE 11. Asegurar la disponibilidad de los Recursos Económicos que garanticen cumplimiento de sus competencias, racionalizando el gasto.
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Art. 4 De los Principios de Gestión.- EL Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo ejecuta sus actividades operativas y administrativas bajo un esquema de Gestión Integral, por lo que se establecen los siguientes Principios de Gestión:
1. Organización enfocada al Sistema Integrado de Gestión (Procesos, Seguridad & Salud Ocupacional, Ambiente)
2. Liderazgo3. Compromiso con la Institución y la gente4. Enfoque de Sistema5. Mejoramiento continuo6. Toma de decisiones basadas en datos7. Relaciones mutuamente beneficiosas con las partes interesadas.8. Simplicidad y descentralización administrativa.
Art. 5 De los Objetivos Estratégicos.- Para el cumplimiento de su misión institucional, la satisfacción de la demanda de servicios de la Comunidad, se establecen los siguientes Objetivos alineados a las perspectivas del Cuadro de Mando Integral
IMPACTO A LA COMUNIDAD Y MEDIO AMBIENTE:OBJ 1. INCREMENTAR GRADUALMENTE LA IMAGEN Y LA CREDIBILIDAD CON LA
COMUNIDAD Y AL INTERIOR DE LA INSTITUCIÓN.
DESARROLLO SOSTENIBLE:OBJ 2. MANTENER VIGENTE EL MODELO DE DESARROLLO INTEGRANDO ESTRATEGIAS DE
MITIGACIÓN DE RIESGO Y PROYECTOS INTEGRALES DE DESARROLLO. OBJ 3. INCREMENTAR LOS ÍNDICES DE PRODUCTIVIDAD DE LA PROVINCIA FORTALECIENDO
LAS ACTIVIDADES AGROPECUARIAS Y NO AGROPECUARIAS. OBJ 4. INCREMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EN EL MERCADO DE
PRODUCTOS, BIENES Y SERVICIOS FACILITANDO LA COMERCIALIZACIÓN. OBJ 5. DINAMIZAR LA ECONOMÍA DE LA PROVINCIA FOMENTANDO LA ORGANIZACIÓN,
PREVENCIÓN, PROMOCIÓN Y EL EMPRENDIMIENTO EN CONOCIMIENTO Y APLICACIÓN DE LOS DERECHOS Y POTENCIALIDADES
OBJ 6. RECUPERAR E INCREMENTAR LA POTENCIALIDAD DE LOS RECURSOS PRODUCTIVOS Y RECURSOS NO RENOVABLES.
OBJ 7. ADMINISTRAR Y EJECUTAR LA OBRA PÚBLICA DE LA PROVINCIA, ASÍ COMO LA GESTIÓN COMUNITARIA PARA SU OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO
OBJ 8. "ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE CONTRIBUCIÓN DEL PATRONATO (COMPETENCIAS CONCURRENTES)"
APRENDIZAJE Y CRECIMIENTO:OBJ 9. MEJORAR EL CLIMA LABORAL DE LA INSTITUCIÓN Y MANTENER UN AMBIENTE DE
TRABAJO QUE FAVOREZCA LA PRODUCTIVIDADOBJ 10. REDUCIR LA BRECHA DE COMPETENCIA EXISTENTE PARA MEJORAR EL DESEMPEÑO
DE LOS COLABORADORESOBJ 11. INTEGRAR LOS PROCESOS DE LA INSTITUCIÓN POR MEDIO DEL MEJORAMIENTO DE
TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓNOBJ 12. CONTAR CON LA INFRAESTRUCTURA REQUERIDA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA
MISIÓNOBJ 13. ORGANIZAR Y OPTIMIZAR EL PROCESO DE ADMINISTRACIÓN DOCUMENTAL Y DE
ARCHIVO INSTITUCIONAL.
POLÍTICA – FINANCIERA:OBJ 14. IMPLEMENTAR PROCESOS PARTICIPATIVOS QUE FAVOREZCAN EL DESARROLLO DE LA
PROVINCIA. OBJ 15. OPTIMIZAR LA ADMINISTRACIÓN Y EMPLEO DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS PARA
EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA.
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Art. 6 Del Modelamiento de la Estrategia y los Procesos.- El Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo implementa su Sistema Integrado de Gestión considerando como base doctrinaria el DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO que se sustenta conceptualmente en:
1. El Cuadro de Mando Integral / Balanced Score Card2. La Gestión por Procesos3. Marco Lógico
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CAPITULO II
DE LA ESTRUCTURA POR PROCESOS
Art. 7 De los Macro Procesos.- El Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Chimborazo para el cumplimiento de su misión y objetivos institucionales, desarrolla su gestión a través de sus procesos internos que se ordenan y clasifican en función de su grado de contribución o valor agregado; y están conformados por:
1. Procesos Gobernantes.- Son aquellos responsables de emitir políticas, directrices y planes estratégicos para el funcionamiento de la Organización; se definen los siguientes Macro Procesos:
A-0 DIRECCIONAMIENTO INSTITUCIONALB-0 PLANIFICACIÓN TÉCNICAC-0 PLANIFICACIÓN FINANCIERA
2. Procesos Agregadores de Valor.- Son aquellos responsables de ejecutar la razón de ser de la institución y generan productos o servicios que permiten cumplir la misión y objetivos de la Prefectura; se establecen los siguientes Macro Procesos:
D-0 GESTIÓN DE OBRAS PÚBLICASE-0 GESTIÓN DE FOMENTO PRODUCTIVOF-0 GESTIÓN SOCIALG-0 GESTIÓN AMBIENTALH-0 FISCALIZACIÓNI-0 GESTIÓN COMERCIALJ-0 PATRONATO PROVINCIALW-0 GESTIÓN DE RIEGO
3. Procesos Habilitantes.- Son aquellos responsables de brindar asesoría y apoyo requerido para generar los productos requeridos por la comunidad. Se establecen los siguientes Macro Procesos:
MACRO PROCESOS HABILITANTES MACRO PROCESOS HABILITANTES
(DE APOYO) (DE ASESORÍA)
K-0GESTIÓN DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN T-0 COMUNICACIÓN SOCIAL
L-0 GESTIÓN DE TALENTO HUMANO
M-0 SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONALU-0 AUDITORÍA INTERNA
P-0 GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y LOGÍSTICAQ-0 COMPRAS PÚBLICA
V-0 GESTIÓN LEGALR-0 EJECUCIÓN Y CONTROL FINANCIERO
4. Procesos (STAFF) de Asesoramiento.- Son aquellos responsables de brindar asesoría y apoyo requerido por la Alta Dirección de la Provincia. Influyen
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directamente en la Planificación, Presupuesto y Procesos Gobernantes. Se establecen los siguientes Macro Procesos:
ORGANISMOS DE CONTROL EXTERNO SISTEMA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA ORGANISMOS DE DESARROLLO
Art. 8 De los Procesos Desconcentrados en Instituciones.- Están encaminados a generar productos y prestar servicios de manera sobre la base de la planificación institucional.
DESCRIPCIÓN MACRO PROCESOGESTIÓN DEL PATRONATO PROVINCIAL J-0
Art. 9 De las Representaciones Gráficas. La estructura organizacional por procesos de la Organización, se define de acuerdo a las siguientes representaciones gráficas:
a. CADENA DE VALOR.- Es la representación gráfica de los procesos relacionados con la “Razón de Ser” de la Institución y que permiten el cumplimiento de su misión.
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MACRO PROCESOS AGREGADORES DE VALOR
MACRO PROCESOS AGREGADORES DE VALOR
GESTIÓN DE OBRAS PÚBLICAS
GESTIÓN DE FOMENTO PRODUCTIVO
GESTIÓN AMBIENTAL
GESTIÓN DE RIEGO
FISCALIZACIÓN
PROCESO DESCONCENTRADO: G E S T I Ó N D E L P A T R O N A T O P R O V I N C I A L
GESTIÓN COMERCIAL
GESTIÓN SOCIAL
b. MAPA INSTITUCIONAL DE MACRO PROCESOS.- Es la representación gráfica y general de los Macro procesos Gobernantes, Agregadores de valor y Habilitantes. La representación siguiente evidencia el Nivel de Gestión o Nivel (0).
c. MAPA INSTITUCIONAL DE PROCESOS.- Es la representación gráfica de los Niveles de Resultado o de Nivel (1) en la Organización:
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TITULO II
LA GESTIÓN POR PROCESOS DE LA ORGANIZACIÓN
CAPITULO I
MACRO PROCESOS GOBERNANTES
Art.10 (A-0) DIRECCIONAMIENTO INSTITUCIONAL
Unidad Responsable.- Coordinación de Planificación / Fortalecimiento InstitucionalResponsable.- Coordinador de Planificación / Jefe de Fortalecimiento Institucional
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Asesorar a la Alta Dirección en temas relacionados con la Planificación institucional y desarrollo de la provincia;
b) Construir, dirigir, supervisar y evaluar el planeamiento estratégico institucional;
c) Estandarizar la metodología de implementación del Direccionamiento Estratégico;
d) Establecer objetivos, políticas y estrategias de corto, mediano y largo plazo;
e) Vincular los procesos con la Gestión Estratégica y el Plan Anual de la Política Pública;
f) Asegurar la implementación del Sistema Integrado de Gestión;
g) Apoyar y recomendar sobre el uso adecuado de los recursos humanos, materiales y financieros Institucionales;
h) Verificar el cumplimiento de los Planes de Mejora resultado de las Inspecciones y Evaluaciones;
i) Administrar y tomar decisiones sobre las metas establecidas en el Balance Score Card;
j) Establecer los lineamientos para levantar los indicadores de la matriz estratégica institucional;
k) Analizar los indicadores de impacto, resultado de los programas y proyectos a cargo de este proceso;
l) Contribuir a la ejecución y seguimiento del POA de su área;
m) Desempeñar las demás funciones que le asignare la autoridad competente, las leyes y los reglamentos.
2. Procesos.
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A-0 DIRECCIONAMIENTO INSTITUCIONAL
3. Productos y Servicios.-
(A-1) PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA a) Direccionamiento Estratégico de la Organización
- Misión, Visión, Factores Críticos del éxito,
Modelo de Competencia
- Plan Estratégico Institucional
- Objetivos Estratégicos
- Indicadores de Gestión
b) Mapas Estratégicos Balanced Score Card
- Matriz de Resultados
- Matriz de Desempeño
(A-2) FORTALECIMIENTO INSTITUCIONALa) Estatuto Orgánico por Procesos y metodología de implantación
- Mapas de Macro Procesos
- Caracterización y Manuales de Procesos
- Manuales de Procedimientos
- Estructura Organizacional por Procesos
b) Observaciones / No conformidades
- Informes de control de gestión de calidad
c) Acciones de seguimiento al Balanced Score Card
4. Conformación.- El proceso está integrado por las siguientes responsables.
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A1. PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
A2. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
Coordinador de Planificación Institucional Jefe de Fortalecimiento Institucional
Participan en el Proceso: Prefecto Auditor Interno Coordinadores y Jefes de Unidad Actores Sociales
5. Foros de Coordinación.- Cumplimiento de la Planificación Institucional
Lidera: Coordinador de PlanificaciónParticipan: Prefecto, todos los Coordinadores y Jefes Departamentales; Participación ciudadanaPeriodicidad: Semestral
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Art.11 (B-0) PLANIFICACIÓN TÉCNICA
Unidad Responsable.- Coordinación de PlanificaciónResponsable.- Coordinador de Planificación
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Establecer programas de desarrollo provincial e institucional con participación ciudadana en las fases de: ordenamiento territorial, planificación, presupuestación, seguimiento, evaluación y control;
b) Realizar los estudios, diseños y factibilidad de proyectos para su ejecución posterior, de acuerdo a la priorización y alto impacto en la provincia.
c) Dotar de las directrices y lineamientos a las Coordinaciones ejecutorias para la correcta elaboración de pliegos y TDRs, de acuerdo al enfoque del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de la Provincia de Chimborazo y demás estrategias de planificación institucional;
d) Articular la programación con los diferentes niveles de Gobierno;
e) Articulas la Planificación Territorial, al Plan Nacional de Desarrollo;
f) Facilitar la coordinación entre Consejos parroquiales, cantonales y provincial de planificación;
g) Integrar activamente los comités de participación ciudadana locales;
h) Activación de la corresponsabilidad social y fortalecimiento socio organizativo;
i) Valorar las iniciativas ciudadanas para la generación de políticas públicas;
j) Asesorar a la Alta Dirección del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo y a la comunidad, en todos los campos de acción relacionados con la Planificación de los Planes, Programas y Proyectos que consolidan el Desarrollo y el Ordenamiento Territorial de la Provincia;
k) Asegurar la implementación de las instancias y fases de planificación y el cumplimiento de sus funciones; en función del marco legal vigente;
l) Controlar y evaluar el avance y la calidad de la ejecución de los Planes Programas y Proyectos;
m) Establecer y viabilizar las directrices técnicas políticas para atender el desarrollo y ordenamiento territorial de corto, mediano y largo plazo como miembro activo del Consejo de Planificación Provincial;
n) Mantener vigente y operativizar el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial en planes, programas y proyectos;
o) Diseño e implementación de políticas de promoción, difusión, e impulso de equidad; interculturalidad, género, generacional, e inclusión en su territorio;
p) Evaluar el Impacto Social que se genera por la ejecución de proyectos por parte del GADPCH;
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q) Vinculación del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo con las instituciones desconcentradas del Gobierno Nacional; Organismos de Desarrollo y otros Gobiernos Autónomos Descentralizados estableciendo convenios y alianzas interinstitucionales;
r) Propiciar alianzas estratégicas en beneficio del territorio;
s) Proveer de información técnico – económica final, que coadyuve al establecimiento de acciones preventivas y correctivas en la ejecución de futuros proyectos;
t) Contribuir a la ejecución y seguimiento del POA de su área;u) Desempeñar las demás funciones que le asignare la autoridad competente,
las leyes y los reglamentos.2. Procesos.-
3. Productos y Servicios.-
(B-1) PLANIFICACIÓN DE PLANES PROGRAMAS, PROYECTOS; TERRITORIO Y REGIONALIZACIÓNa) Modelo Territorial deseado y consensuado
b) Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial
- Programas de desarrollo de largo plazo (15 años)
- Banco de Proyectos de desarrollo integral provincial
- Atlas Provincial
c) Plan Estratégico de Desarrollo
- Misión y Visión de desarrollo provincial
- Estratégicas, Políticas y Alianzas
- Programas y Proyectos integrales por competencias
d) Plan Plurianual de Inversiones
e) Plan Anual de Inversiones
f) Estudios de Proyectos de acuerdo a competencias
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B1. PLANIFICACIÓN DE PROYECTOS, TERRITORIO Y REGIONALIZACIÓN
B2. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE PLANES, PROGRAMAS & PROYECTOS
B-0 PLANIFICACIÓN TÉCNICA
PLANIFICACIÓN DE PROYECTOS, TERRITORIO Y REGIONALIZACIÓN
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE PLANES, PROGRAMAS & PROYECTOS
- Estudios, diseños y factibilidad
Vialidad
Riego
Infraestructura Provincial
Fomento Productivo
Gestión Ambiental
g) Información Técnica del Sistema Técnico Provincial de Desarrollo
h) Propuesta de Regionalización
(B-2) SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE PLANES, PROGRAMAS & PROYECTOSa) Información de la ejecución y avance los Planes, Programas y Proyectos.
- Confrontación de resultados vs metas
- Social
- Técnico
- Económico
- Informe de cumplimiento de metas
b) Acciones correctivas y preventivas que mejoran la ejecución de los Planes, Programas y Proyectos.
c) Evaluación de Impacto Social de todos los proyectos ejecutados por el GADPCH
- Indicadores de Gestión de Impactos apoyado por la información de la Coordinación de Gestión Social (Social-Cultural-Económico, Productivo, Ambiental, Político-administrativo, Interculturalidad, Asentamientos Humanos, Movilidad, Emergencia y Conectividad)
d) Informe de Efectos e Impactos.
4. Conformación.- El proceso está integrado por los siguientes responsables. Consejo Provincial de Planificación Coordinación de Planificación Técnica
Forman parte del Proceso. Coordinador de Obras Públicas Coordinador de Gestión de Riego Coordinador de Gestión Ambiental Coordinador de Fomento Productivo Coordinador de Gestión Social Patronato Provincial Coordinador Financiero Actores Sociales
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5. Foros de Coordinación.- Gestión de Impactos
Lidera: Planificación TécnicaParticipan: Gestión Social y Directores Operativos; Participación ciudadanaPeriodicidad: Semestral
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Art.12 (C-0) PLANIFICACIÓN FINANCIERA
Unidad Responsable.- Coordinación de Planificación / Coordinación Financiera Responsable.- Coordinador de Planificación Institucional / Coordinador Financiero
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Conocer y coordinar la asignaciones presupuestarias provenientes de los diferentes programas del desarrollo de la Provincia;
b) Definir el presupuesto Institucional del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo en base a la Planificación Operativa de los Proyectos Priorizados;
c) Proveer la Planificación Operativa Anual Financiada;
d) Aplica procedimientos de control interno para verificar la documentación y demás requisitos para la gestión.
e) Establecer planes organizados para la gestión de obtención de recursos financieros;
f) Proporcionar el análisis financiero para la toma de decisión;
g) Proporcionar las directrices y políticas de planificación y control presupuestario;
h) Gestionar la documentación para la obtención de fuentes de financiamiento para la obtención de los recursos necesarios;
i) Realiza informes financieros para la suscripción de convenios y contratos de préstamo;
j) Contribuir a la ejecución y seguimiento del POA de su área;
k) Desempeñar las demás funciones que le asignare la autoridad competente, las leyes y los reglamentos.
2. Procesos.
3. Productos y Servicios.-
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C1. PLANIFICACIÓN PRESUPUESTARIA
C2. ANÁLISIS FINANCIERO
C-0 PLANIFICACIÓN FINANCIERA
PLANIFICACIÓN PRESUPUESTARIA
ANÁLISIS FINANCIERO
(C-1) PLANIFICACIÓN PRESUPUESTARIAa) Plan Anual de la Política Pública
- Proyección de Ingresos de la Provincia
- Proforma presupuestaria aprobada
- Portafolio de Proyectos por financiar
b) Disponibilidad y asignación de los Recursos por fuentes de financiamiento
c) Reformas presupuestarias
d) Programación financiera: PIA (Plan Indicativo Anual)
e) Decisiones de la planificación y asignación de los recursos
- Cedulas Presupuestarias de Ingresos y Gastos
f) Políticas de Planificación y Control presupuestario
g) Matriz de objetivos, productos y resultados por Proyectos
(C-2) ANÁLISIS FINANCIERO
a) Indicadores Financieros
b) Información de análisis de la gestión financiera
4. Conformación.- El Macro proceso está integrado por los siguientes responsables.
Coordinador Financiero Jefe de Presupuestos (Jefe de Planificación Financiera) (Responsable de Control Previo, Financiero)
Forman parte del Proceso. Prefecto Coordinadores Operativos Jefes Departamentales Actores Sociales
5. Foros de coordinación.- Sistema de Control Interno
Lidera: Fortalecimiento InstitucionalParticipan: Coordinador Administrativo, Auditor Interno, Responsable de Control Previo, Procurador Síndico y CoordinadoresPeriodicidad: Trimestral.
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Art. 13 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON LOS MACRO PROCESOS GOBERNANTES
Constitución de la República del Ecuador.
Art. 238.- Los Gobiernos Autónomos Descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio nacional.
Constituyen Gobiernos Autónomos Descentralizados las Juntas Parroquiales Rurales, los Concejos Municipales, los Concejos Metropolitanos, los Consejos Provinciales y los Consejos Regionales.
Art. 263.- Los Gobiernos Provinciales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de las otras que determine la ley:
1. Planificar el desarrollo provincial y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquial.
2. Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas.
3. Ejecutar, en coordinación con el Gobierno Regional, obras en cuencas y micro cuencas.
4. La gestión ambiental provincial.
5. Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego.
6. Fomentar la actividad agropecuaria.
7. Fomentar las actividades productivas provinciales.
8. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.
En el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, expedirán ordenanzas provinciales.
Art. 100.- En todos los niveles de Gobierno se conformarán instancias de participación integradas por autoridades electas, representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad del ámbito territorial de cada nivel de Gobierno, que funcionarán regidas por principios democráticos. La participación en estas instancias se ejerce para:
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1. Elaborar planes y políticas nacionales, locales y sectoriales entre los Gobiernos y la ciudadanía.
2. Mejorar la calidad de la inversión pública y definir agendas de desarrollo.
3. Elaborar presupuestos participativos de los Gobiernos.
4. Fortalecer la democracia con mecanismos permanentes de transparencia, rendición de cuentas y control social.
5. Promover la formación ciudadana e impulsar procesos de comunicación.
Para el ejercicio de esta participación se organizarán audiencias públicas, veedurías, asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios y las demás instancias que promueva la ciudadanía.
Art. 252.- Cada provincia tendrá un consejo provincial con sede en su capital, que estará integrado por una prefecta o prefecto y una viceprefecta o viceprefecto elegidos por votación popular; por alcaldesas o alcaldes, o concejalas o concejales en representación de los cantones; y por representantes elegidos de entre quienes presidan las juntas parroquiales rurales, de acuerdo con la ley.
La prefecta o prefecto será la máxima autoridad administrativa, que presidirá el Consejo con voto dirimente, y en su ausencia temporal o definitiva será reemplazado por la persona que ejerza la viceprefectura, elegida por votación popular en binomio con la prefecta o prefecto.
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
Art 29.- Funciones de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.- El ejercicio de cada Gobierno Autónomo Descentralizado se realizará a través de tres funciones integradas:
a) De legislación, normatividad y fiscalización; b) De ejecución y administración; y, c) De participación ciudadana y control social.
Art 41.- Funciones.- Son funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial las siguientes:
a) Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial provincial, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas provinciales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;
b) Diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;
c) Implementar un sistema de participación ciudadana para el ejercicio de los derechos y avanzar en la gestión democrática de la acción provincial;
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d) Elaborar y ejecutar el plan provincial de desarrollo, el de ordenamiento territorial y las políticas públicas en el ámbito de sus competencias y en su circunscripción
e) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y, en dicho marco prestar los servicios públicos, construir la obra pública provincial, fomentar las actividades provinciales productivas, así como las de vialidad, gestión ambiental, riego, desarrollo agropecuario y otras que le sean expresamente delegadas o descentralizadas, con criterios de calidad, eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, susbsidiariedad, participación y equidad;
f) Fomentar las actividades productivas y agropecuarias provinciales, en coordinación con los demás Gobiernos autónomos descentralizados;
g) Promover los sistemas de protección integral a los grupos de atención prioritaria para garantizar los derechos consagrados en la Constitución en el marco de sus competencias;
h) Desarrollar planes y programas de vivienda de interés social en el área rural de la provincia;
i) Promover y patrocinar las culturas, las artes, actividades deportivas y recreativas en beneficio de la colectividad en el área rural, en coordinación con los Gobiernos autónomos descentralizados de las parroquiales rurales;
j) Coordinar con la Policía Nacional, la sociedad y otros organismos lo relacionado con la seguridad ciudadana, en el ámbito de sus competencias; y,
k) Las demás establecidas en la ley.
Art 42.- Competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial.- Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de otras que se determinen:
a) Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo provincial y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, en el ámbito de sus competencias, de manera articulada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquial, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad;
b) Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas;
c) Ejecutar, en coordinación con el Gobierno Regional y los demás Gobiernos Autónomos Descentralizados, obras en cuencas y micro cuencas;
d) La gestión ambiental provincial;e) Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego de acuerdo con la
Constitución y la ley;f) Fomentar las actividades productivas provinciales, especialmente las
agropecuarias; y, g) Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus
competencias.
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CAPITULO II
MACRO PROCESOS HABILITANTES(DE ASESORÍA)
Son Macro Procesos que contribuyen a la toma efectiva de decisiones; su accionar se orienta mucho más a los Macro Procesos Gobernantes y si consideramos Estructura: a la Alta Dirección de la Organización.
Art.14 (T-0) MACRO PROCESO: COMUNICACIÓN SOCIALUnidades Responsable.- Unidad de Comunicación SocialResponsable.- Jefe de Comunicación Social
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Proveer la Planificación de la Comunicación Institucional de la Organización alineado al Plan Estratégico Institucional;
b) Asesorar y capacitar a la Alta Dirección y Comisiones del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia en asuntos relacionados con la comunicación;
c) Realizar el análisis de los medios de comunicación social provincial, regional, nacional y extranjera;
d) Analizar y monitorear la información que influye en el accionar de la institución;
e) Elaborar y difundir los diferentes productos comunicacionales entre los públicos internos y externos;
f) Realizar el análisis de la opinión pública y de los actores sociales de opinión respecto de la Organización;
g) Ejecutar la evaluación de impacto de la estrategia de comunicación para la imagen e identidad institucional;
h) Establecer y fortalecer las relaciones públicas con los diferentes grupos de interés;
i) Minimizar la afectación de la imagen institucional en situación de crisis;
j) Liderar la Red de Comunicación Provincial a nivel de Gobiernos Locales;
k) Fortalecer la imagen corporativa del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo;
l) Analizar los indicadores de impacto resultantes de los programas y proyectos a su cargo;
m) Desempeñar las demás funciones que le asigne la autoridad competente, las leyes y los reglamentos
2. Procesos.
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T-0 COMUNICACIÓN SOCIAL
3. Productos y Servicios.-
(T-1) RELACIONES PÚBLICAS
a) Convenios y/o Acuerdos de desarrollo provincial
- Asesoramiento de la pertinencia
- Seguimiento de los convenios y acuerdos firmados
Evaluación final de los resultados del convenio en cuanto a impacto a opinión pública e imagen institucional
Percepción de la satisfacción de la contra parte
b) Imagen Institucional
- Vinculación de la organización con el medio externo
- Socialización y difusión de la normativa de comunicación tanto interna como externa
- Encuestas de percepción de imagen y satisfacción del cliente
- Acciones de mejora o cambio de estrategias comunicacionales
- Manejo de Protocolo y Ceremonial
- Agenda de Entrevistas y presencia en medios
(T-2) PRODUCCIÓN
a) Productos comunicacionales
- Diseño de los productos comunicacionales
- Boletines informativos / Cartillas informativas
- Periódico Institucional / Carteleras, otros impresos
- Programas en medios audiovisuales
- Administración de la Información en la WEB y Redes Sociales
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T1. RELACIONES PÚBLICAS
T2. PRODUCCIÓN
T3. COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
RELACIONES PÚBLICAS
PRODUCCIÓN
COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
b) Transparencia y acceso a la información.
- Informe de Rendición de cuentas
c) Difusión de los productos comunicacionales
- Plan de difusión de los productos
- Evaluación de la difusión
- Planes de acción y mejora
(T-3) COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
a) Plan de Comunicación Institucional.
- Estrategias y tácticas comunicacionales
- Proyectos y campañas comunicacionales
Plan de Medios
b) Lineamientos Comunicacionales
- Directivas
- Manuales e Instructivos (Imagen Institucional)
Manejo de crisis /Identidad Visual, otros.
c) Impacto comunicacional
- Evaluación de las estrategias comunicacionales y relaciones públicas
Identidad
Imagen
- Planes de acción comunicacional
- Marketing
4. Conformación.- El proceso está integrado por los siguientes responsables.
Jefe de Comunicación Social Técnicos Audiovisuales. Técnicos en comunicación y periodismo
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Técnico en Marketing Técnico en Diseño de Productos comunicacionales
Participan en el Proceso: Alta Dirección Coordinadores, Jefes Departamentales y colaboradores Actores Sociales Medios de comunicación
Art. 15 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESOS DE COMUNICACIÓN
SOCIAL
Constitución de la República del Ecuador.
Art. 38. Sec.7ma. Asegura el ejercicio de los derechos de la comunicación, la información la libertad de expresión.
Art. 91.sec.4ta.- Garantizar el acceso a la información cuando ha sido denegada expresa o tácitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o fidedigna.
Ley Orgánica de transparencia y acceso a la información.
Art. 01. Garantizar el derecho al acceso a la información pública a todas las personas del estado.
Art.4 Principio de aplicación de la ley” lit. A
“La información pública pertenece a los ciudadanos y ciudadanas. El Estado y las instituciones privadas depositarias de archivos públicos son sus administradores y están obligados a garantizar el acceso a la información”.
Art. 16 (U-0) MACRO PROCESO: AUDITORÍA INTERNAUnidades Responsable.- Unidad de de AuditoriaResponsable.- Auditor Interno
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.- a) Efectuar evaluaciones y demás actividades operativas inherentes a su misión:
verificación y evaluación;
b) Ejecutar inspecciones que examinan, verifican y evalúan la gestión administrativa, financiera, operativa y medio ambiental cuando corresponda;
c) Emitir instructivos internos para el control continuo de la gestión Provincial;
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d) Vigilar el cumplimiento de leyes y reglamentos, directivas, manuales, normas y más disposiciones internas de carácter operativo, administrativo, técnico y financieros vigentes;
e) Verificar el cumplimiento de los Planes de Mejora resultado de las Inspecciones y Evaluaciones;
f) Supervisar y evaluar el cumplimiento de las tareas para lograr los objetivos establecidos en los diferentes Planes, Programas y Proyectos,
g) Realizar la evaluación posterior de las operaciones y actividades de la entidad u organismo del que formen parte, a través de auditorías de gestión y exámenes especiales, por disposición expresa del Contralor General del Estado o de la máxima autoridad de la entidad;
h) Evaluar la eficacia del sistema de control interno, la administración de riesgos institucionales, la efectividad de las operaciones y el cumplimiento de leyes, normas y regulaciones aplicables;
i) Identificar y evaluar los procedimientos y sistemas de control y de prevención internos para evitar actos ilícitos y de corrupción que afecten a la entidad;
j) Efectuar el seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones establecidas en los informes de auditoría, practicados por las Unidades de Auditoría Interna y externa, sobre la base del cronograma preparado por los funcionarios responsables de su aplicación y aprobado por la máxima autoridad;
k) Facilitar mediante sus informes que la Contraloría General del Estado, determine las responsabilidades administrativas y civiles culposas, así como también los indicios de responsabilidad penal, conforme lo previsto en los artículos 39 inciso segundo, 45, 52, 53, 66 y 67 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, la cual, en estos casos, necesariamente realizará el control de calidad que corresponda;
l) Asesorar a las autoridades, niveles directivos y servidores de la entidad, en el campo de su competencia, y en función del mejoramiento continuo del sistema de control interno de la entidad a la que sirven;
m) Enviar a la Contraloría General del Estado para su aprobación, los informes de auditoría y de exámenes especiales suscritos por el Jefe de la Unidad de Auditoría Interna, en el plazo máximo de 30 días laborables después de la conferencia final de comunicación de resultados; una vez aprobados dichos informes, el Jefe de la Unidad los remitirá a la máxima autoridad de la institución a la que pertenezca;
2. Procesos.
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U1. CONTROL DE LA GESTIÓN
U2. ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS
U-0 AUDITORÍA INTERNA
CONTROL DE LA GESTIÓN
3. Productos y Servicios.-
(U-1) CONTROL DE LA GESTIÓNa) Unidades Evaluadas
- Plan Anual de Control
b) Observaciones / No conformidades
- Verificaciones e Informes de control de gestión: administrativa, financiera, técnico- operativo y ambiental
(U-2) ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVASa) Asesoramiento
- Acciones Preventivas y correctivas verificadas
Informes de Post-Inspección, gestiones: financiera, técnico-operativa, administrativa, medio ambiente; y además en incidentes/accidentes.
Recomendaciones a las observaciones
b) Evaluación y seguimiento de los asuntos administrativos
- Informes de incumplimientos
- Informe de investigación y seguimiento de asuntos administrativos
- Verificaciones y observaciones sobre incumplimientos y/o legalidad de los asuntos administrativos, financieros, operativos y demás
Art. 17 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESOS DE AUDITORÍA INTERNA
Constitución de la República del Ecuador
Art 212.- Serán funciones de la Contraloría General del Estado, además de las que determine la ley:
1. Dirigir el sistema de control administrativo que se compone de auditoría interna, auditoría externa y del control interno de las entidades del sector público y de las entidades privadas que dispongan de recursos públicos.
2. Determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal, relacionadas con los aspectos y gestiones sujetas a su control, sin
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ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS
perjuicio de las funciones que en esta materia sean propias de la Fiscalía General del Estado.
Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado.Art 06.- Componentes del Sistema: La ejecución del sistema de control, fiscalización y auditoría del Estado se realizará por medio de: 1. El control interno, que es de responsabilidad administrativa de cada una de las instituciones del Estado a las que se refiere el artículo 2 de esta Ley; y, 2. El control externo que comprende: a) El que compete a la Contraloría General del Estado; y, b) El que ejerzan otras instituciones de control del Estado en el ámbito de sus competencias.Art 07.- Marco Normativo Legal: Para regular el funcionamiento del sistema, la Contraloría General del Estado adaptará, expedirá, aprobará y actualizará, según corresponda: 1. Normas de Control Interno que sirvan de marco básico para que las instituciones del Estado y sus servidores establezcan y pongan en funcionamiento su propio control interno.…En el marco de las normas, políticas, regulaciones, reglamentos, disposiciones y más instrumentos indicados, cada institución del estado, cuando considere necesario, dictará las normas, las políticas y los manuales específicos para el control de las operaciones a su cargo.
Art 09.- Conceptos y elementos del control interno: El control interno constituye un proceso aplicado por la máxima autoridad, la dirección y el personal de cada institución, que proporciona seguridad razonable de que se protege los recursos públicos y se alcancen los objetivos institucionales. Constituyen elementos de control interno: el entorno de control, la organización, la idoneidad del personal, el cumplimiento de los objetivos institucionales, los riesgos institucionales en el logro de tales objetivos y las medidas adoptadas para afrontarlos, el sistema de información, el cumplimiento de las normas jurídicas y técnicas; y, la corrección oportuna de la deficiencias de control.El control interno será responsabilidad de cada institución del estado y tendrá como finalidad primordial crear las condiciones para el ejercicio del control externo a cargo de la Contraloría General del Estado.”
Art 10.- Actividades Institucionales: Para un efectivo, eficiente y económico control interno, las actividades institucionales se organizarán en administrativas o de apoyo, financieras, operativas y ambientales.
Art 12.- Tiempos de control: El ejercicio del control interno se aplicará en forma previa, continua y posterior: a) Control previo.- Los servidores de la institución, analizarán las actividades institucionales propuestas, antes de su autorización o ejecución, respecto a su legalidad, veracidad, conveniencia, oportunidad, pertinencia y conformidad con los planes y presupuestos institucionales; b) Control Continuo.- Los servidores de la institución, en forma continua inspeccionarán constatarán la oportunidad, calidad y cantidad de obras, bienes y servicios que se recibieren o prestaren de conformidad con la ley, los términos contractuales y las autorizaciones respectivas; c) Control posterior.- La unidad de auditoría interna será responsable del control posterior interno ante las respectivas autoridades y se aplicará a las actividades institucionales, con posterioridad a su ejecución.
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Art 14.- Auditoría interna.- Las instituciones del Estado, contarán con una Unidad de Auditoría Interna, cuando se justifique, que dependerá “técnica y administrativamente” de la Contraloría General del Estado, que para su creación o supresión emitirá informe previo. El personal auditor, será nombrado, removido o trasladado por el Contralor General del Estado y las remuneraciones y gastos para el funcionamiento de las Unidades de Auditoría Interna serán cubiertos por las propias instituciones del Estado a las que ellas sirven y controlan
Art 77.- La máxima autoridad financiera y servidores, deberán emitir y cumplir disposiciones para organizar y estructurar el área financiera y mejorar el control interno.
Normas de Control Interno para las Entidades, Organismos del Sector Público y de las Personas Jurídicas de Derecho Privado que Dispongan de Recursos Públicos200-09 Unidad de Auditoría Interna: La auditoría interna es una actividad independiente y objetiva de aseguramiento y asesoría, concebida para agregar valor y mejorar las operaciones de una organización; evalúa el sistema de control interno, los procesos administrativos, técnicos, ambientales, financieros, legales, operativos, estratégicos y gestión de riesgos.
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Art. 18 (V-0) MACRO PROCESO: GESTIÓN LEGAL
Unidad Responsable.- Coordinación de SindicaturaResponsable.- Procurador Síndico
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Ejercer la representación Judicial del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo;
b) Elaborar los criterios, pronunciamientos e informes jurídicos, aplicando la motivación exigida en el ordenamiento jurídico vigente;
c) Asesorar en cuanto al contenido de los derechos y las garantías constitucionales;
d) Asesorar a fin de que la motivación de los actos que pongan fin a los procedimientos se realicen de conformidad con lo que dispone la Constitución, la ley y la normativa aplicable;
e) Asesorar para que las resoluciones que se adopten en la Organización, en relación con los servidores públicos contengan la debida motivación;
f) Asesorar a las autoridades del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo sobre la pertinencia de presentar Denuncias o Demandas;
g) Patrocinar y defender los intereses institucionales en causas constitucionales, judiciales y extrajudiciales;
h) Asesorar a los miembros de la Organización, en los casos que sean requeridos por los órganos de la administración de justicia por la comisión de delitos cometidos dentro de su misión específica, a fin de que sean juzgados por salas especializadas;
i) Asesorar a los miembros de la Organización para que en cumplimiento de su misión, protejan los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos, con apego irrestricto al ordenamiento jurídico de acuerdo al marco constitucional vigente;
j) Asesorar en los diferentes ámbitos institucionales concernientes a las áreas de contratación pública, derecho constitucional, derecho administrativo;
k) Manejo del portal www.compras publicas.gob.ec;
l) Elaboración de pliegos de conformidad a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y los Modelos del Instituto Nacional de Compras Públicas;
m) Realizar procedimientos precontractuales establecidos en la Ley de Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
n) Coordinar actividades con las Coordinaciones o Unidades requirentes del objeto a contratarse para el cumplimiento y elaboración de términos de referencias, especificaciones generales y técnicas que son parte de los pliegos de conformidad por el INCOP;
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o) Coordinar actividades con las comisiones técnicas designadas;
p) Declarar fallido al oferente y notificar al INCOP, si el adjudicatario no celebre el contrato por causas que le sean imputables;
q) Cumplir con el calendario de los procedimientos de contratación pública establecidos en los pliegos;
r) Mantener un expediente por cada contrato realizado; Dirigir la elaboración, ejecución y seguimiento del POA de su área;
s) Evaluar la gestión de su área; y,
t) Desempeñar las demás funciones que le asignare la autoridad competente, las leyes y los reglamentos
2. Procesos.
3. Productos y Servicios.-
(V-1) LEGALIZACIÓNa) Pliegos de contratación legalizados
b) Contratos, convenios y acuerdos firmados
- Obra pública
- Comodato y/o préstamo de uso
- Asesorías / transferencias gratuitas
- Contratos Administrativos
- Adquisición de bienes
- Consultorías
- Convenios de cooperación interinstitucional
- Ordenanzas, reglamentos, acuerdos y resoluciones
c) Estadísticas de contratación
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V1. LEGALIZACIÓN
V2. PATROCINIO INSTITUCIONAL
V3. ASESORÍA JURÍDICA
V-0 GESTIÓN LEGAL
LEGALIZACIÓN
PATROCINIO INSTITUCIONAL
ASESORÍA JURÍDICA
- Contratos ejecutados
- Contratos incumplidos
- Adjudicatarios fallidos
d) Situación de Garantías Contractuales
- Informe de garantías presentadas
- Informe de devolución, efectivización o renovación de garantías
e) Actos Administrativos
f) Hechos Administrativos
g) Sistema de archivo actualizado
(V-2) PATROCINIO INSTITUCIONALa) Demandas
- Ante la Justicia Constitucional
- Ante la Justicia Administrativa
b) Denuncias
- Ante la Justicia Penal
c) Contestación a las demandas y/o denuncias con los diferentes recursos
de acuerdo a la ley
- Ante la Justicia Constitucional
- Ante la Justicia Administrativa
- Ante la Justicia Penal
d) Entrega de laudos arbitrales y acuerdos de los mediadores conforme
a la ley
e) Escritos de impugnación
(V-3) ASESORÍA JURÍDICAa) Recomendaciones de Asesoría Jurídica
- Informe de Jurídico (Criterios y pronunciamientos legales)
Derecho Constitucional
Derecho Administrativo
Derecho Penal
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Derecho Tributario
Otras de Interés Institucional
- Factibilidad y procedencia
- Improcedencia
- Procedimientos y/o actividades a seguir en el aspecto jurídico
b) Proyectos de ordenanzas, reglamentos, acuerdos y resoluciones.
c) Aplicabilidad de los Instrumentos jurídicos
4. Conformación.- El proceso está integrado por los siguientes responsables.
Prefecto Vice prefecto (en delegación) Procurador Síndico Abogados de sindicatura
- Tributario- Contratación Pública- Laboral
Participan en el Proceso: Auditor Interno Jefe Consejo en pleno Coordinadores, Jefes de Unidades y colaboradores. Actores Sociales
Art. 19 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESOS DE GESTIÓN LEGAL
Constitución de la República del Ecuador.
Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:
1. Corresponde a toda autoridad administrativa o judicial, garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes.
7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías:
i) Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los
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antecedentes de hecho. Los actos administrativos, resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados se considerarán nulos. Las servidoras o servidores responsables serán sancionados.
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
Art 50.- Atribuciones del prefecto o prefecta provincial.- Le corresponde al prefecto o prefecta provincial:
a) Ejercer la representación legal del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial. La representación judicial la ejercerá conjuntamente con el procurador síndico;
Art. 359.- Servidores de libre nombramiento y remoción.- El procurador síndico, el tesorero, los asesores y los directores de los Gobiernos Regional, Provincial, Metropolitano y Municipal, son funcionarios de libre nombramiento y remoción designados por la máxima autoridad ejecutiva del respectivo nivel de Gobierno. Estos funcionarios serán designados previa comprobación o demostración de sus capacidades en las áreas en que vayan a asesorar o a dirigir.
La representación judicial del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado la ejercerá el procurador síndico conjuntamente con el ejecutivo del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado, a excepción de las juntas parroquiales rurales que podrán contratar a profesionales del derecho o a través de convenios de cooperación con los otros niveles de Gobierno autónomo descentralizado o su entidad asociativa.
Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado.
Art. 02.- Del Procurador General del Estado: El Procurador General del Estado es el representante judicial del Estado.
Le corresponde el patrocinio del Estado, el asesoramiento legal y las demás funciones que determine la Ley. Podrá delegar la mencionada representación de conformidad con lo establecido en esta Ley.
Art. 13.- De la absolución de consultas.- Sin perjuicio de las facultades de la Función Legislativa, del Tribunal Constitucional y de la Función Judicial, determinadas en la Constitución de la República del Ecuador y en la ley, el Procurador General del Estado asesorará y absolverá las consultas jurídicas con carácter de vinculantes, sobre la inteligencia o aplicación de las normas constitucionales, legales o de otro orden jurídico, a pedido de las máximas autoridades de los organismos y entidades del sector público y de los representantes legales o convencionales de las personas jurídicas de derecho privado con finalidad social o pública, excepto cuando se trate de asuntos que hayan
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sido resueltos por jueces o tribunales de la República o que estén en conocimiento de los mismos, hallándose trabada la litis, incluyéndose acciones y recursos que se sustancien o deban sustanciarse en el Tribunal Constitucional.
Toda consulta deberá estar respaldada por el informe del Asesor Jurídico de la institución, con relación al tema objeto de la consulta.
El consultante, podrá solicitar al Procurador General del Estado la reconsideración de su pronunciamiento, dentro del término de quince días, contados a partir de la fecha de notificación del instrumento que lo contiene, por una sola vez. La solicitud de reconsideración será debidamente fundamentada.
El Procurador General del Estado resolverá motivadamente la reconsideración, rectificando o ratificando el pronunciamiento, en el término de quince días, y éste será definitivo. En consecuencia, no podrá modificarse a petición de parte.
Si el pronunciamiento dictado por el Procurador General fuere adverso a los intereses de las instituciones del Estado, las máximas autoridades de las entidades y organismos del sector público o sus representantes legales están obligados a solicitar la reconsideración del pronunciamiento.
En todo caso, al emitir sus pronunciamientos, el Procurador General del Estado está obligado, bajo las responsabilidades previstas en la Constitución de la República del Ecuador y la ley, a precautelar el control de la legalidad de los actos del sector público y los intereses del Estado.
Ley de Modernización del Estado
Art. 31.- MOTIVACIÓN.- Todos los actos emanados de los órganos del Estado, deberán ser motivados. La motivación debe indicar los presupuestos de hecho y las razones jurídicas que han determinado la decisión del órgano, en relación con los resultados del procedimiento previo. La indicación de los presupuestos de hecho no será necesaria para la expedición de actos reglamentarios.
Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva
Art. 122.- Motivación.1. La motivación de los actos que pongan fin a los procedimientos se realizará de
conformidad con lo que dispone la Constitución y la ley y la normativa aplicable. La falta de motivación entendida ésta como la enunciación de las normas y de los hechos particulares, así como la relación coherente entre éstas y aquellos produce la nulidad absoluta del acto administrativo o resolución. El acto deberá ajustarse a lo dispuesto en el Reglamento para el Control de la Discrecionalidad de los Actos de la Administración Pública.
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
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Art. 49.- De las Fases Preparatoria y Precontractual.- La fase preparatoria de todo procedimiento licitatorio comprende la conformación de la Comisión Técnica requerida para la tramitación de la licitación así como la elaboración de los pliegos.
La fase precontractual comprende la publicación de la convocatoria, el procedimiento de aclaraciones, observaciones y respuestas, contenidos y análisis de las ofertas, informes de evaluación hasta la adjudicación y notificación de los resultados de dicho procedimiento.
Las fases preparatoria y precontractual se regularán en el Reglamento de esta Ley.
Art. 58.- Procedimiento.- Cuando la máxima autoridad de la institución pública haya resuelto adquirir un determinado bien inmueble, necesario para la satisfacción de las necesidades públicas, procederá a la declaratoria de utilidad pública o de interés social de acuerdo con la Ley.
Perfeccionada la declaratoria de utilidad pública o de interés social, se buscará un acuerdo directo entre las partes, por el lapso máximo de noventa (90) días.
Para este acuerdo, el precio se fijará, tanto para bienes ubicados en el sector urbano como en el sector rural, en función del avalúo realizado por la Dirección de Avalúos y Catastros de la Municipalidad en que se encuentren dichos bienes, que considerará los precios comerciales actualizados de la zona.
El precio que se convenga no podrá exceder del diez (10%) por ciento sobre dicho avalúo.
Se podrá impugnar el precio más no el acto administrativo, en vía administrativa.
El acuerdo y la correspondiente transferencia de dominio, se formalizarán en la respectiva escritura pública, que se inscribirá en el Registro de la Propiedad.
En el supuesto de que no sea posible un acuerdo directo se procederá al juicio de expropiación conforme al trámite previsto en el Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de recibir a cuenta del precio final que se disponga pagar el valor que preliminarmente ha propuesto la institución pública respectiva. El Juez en su resolución no está obligado a sujetarse al avalúo establecido por la Dirección de Avalúos y Catastros de la Municipalidad.
Para la transferencia de inmuebles adquiridos por declaratoria de utilidad pública, los dueños deberán tener cancelados todos los impuestos correspondientes a dicha propiedad, excepto el pago de la plusvalía y los que correspondan a la transferencia de dominio, que no se generarán en este tipo de adquisiciones. Si los tributos se mantuvieran impagos, del precio de venta, se los deducirá.
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La adquisición de bienes inmuebles en el extranjero por parte del Estado o entidades del sector público ecuatoriano se someterá al Reglamento Especial que para el efecto se dicte.
En el caso de las municipalidades el procedimiento expropiatorio se regulará por las disposiciones de su propia Ley.
Para la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre entidades del sector público, siempre y cuando llegaren a un acuerdo sobre aquella, no se requerirá de declaratoria de utilidad pública o interés social ni, en el caso de donación, de insinuación judicial. Se la podrá realizar por compraventa, permuta, donación, compensación de cuentas, traslado de partidas presupuestarias o de activos. En caso de que no haya acuerdo la entidad pública que expropia procederá conforme esta Ley. Para su trámite se estará a lo dispuesto en el Reglamento de esta Ley.
Art. 92.- Terminación de los Contratos.- Los contratos terminan:
• Por cumplimiento de las obligaciones contractuales;
• Por mutuo acuerdo de las partes;
• Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la
resolución del mismo a pedido del contratista;
• Por declaración unilateral del contratante, en caso de incumplimiento del
contratista; y,
• Por muerte del contratista o por disolución de la persona jurídica contratista que
no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica.
Los representantes legales de las personas jurídicas cuya disolución se tramita están obligados, bajo su responsabilidad personal y solidaria, a informar a la autoridad a la que compete aprobar la disolución, sobre la existencia de contratos que aquellas tengan pendientes con las Entidades Contratantes previstas en esta Ley, y a comunicar a las Entidades Contratantes respectivas sobre la situación y causales de disolución.
Para los indicados casos de disolución de personas jurídicas, antes de expedir la resolución que la declare, la autoridad correspondiente deberá comunicar sobre el particular al Instituto Nacional de Contratación Pública, para que éstos, en el término de diez (10) días, informen si la persona jurídica cuya disolución se tramita no tiene contratos pendientes con las entidades sujetas a esta Ley o precise cuáles son ellos…
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Art. 102.- Reclamaciones y Recursos Administrativos.- Los oferentes que se consideren afectados por actos administrativos emitidos por las entidades previstas en el artículo 1 de la presente Ley por asuntos relacionados con su oferta, respecto al trámite precontractual o de la adjudicación, tendrán el derecho de presentar las reclamaciones y los recursos administrativos de los que se crean asistidos, de conformidad con la Ley.
Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público
Art. 51.- Procedencia.- Para la celebración de contratos de permuta se estará a lo dispuesto en la Codificación de la Ley de Contratación Pública, en la Codificación del Código Civil, en las resoluciones de las entidades u organismos competentes de que se trate, y en el decreto ejecutivo que se expida, en los casos que corresponda.
Art. 62.- Contrato entre entidades públicas.- Cuando dos personas jurídicas distintas pertenecientes al sector público, quisieren que una de ellas entregue a la otra, especies, bienes muebles o inmuebles, podrán celebrar un contrato de comodato o préstamo de uso, sujetándose a las normas especiales propias de esta clase de contrato.
Art. 63.- Contrato con entidades privadas.- También se podrá celebrar contrato de comodato entre entidades y organismos del sector público y personas jurídicas del sector privado que por delegación o concesión realizada de acuerdo con la ley, presten servicios públicos, siempre que dicho contrato se relacione con una mejor prestación de un servicio público, favorezca el interés social, se establezcan las correspondientes garantías y esté debidamente autorizado por la máxima autoridad de la entidad u organismo, de acuerdo con la ley y este reglamento.Los contratos de comodato con entidades privadas podrán renovarse siempre y cuando se cumplan las condiciones señaladas en el inciso anterior y no se afecte de manera alguna el servicio público.
Al fin de cada año, la institución comodante evaluará el cumplimiento del contrato, y, de no encontrarlo satisfactorio, pedirá la restitución de la cosa prestada sin perjuicio de ejecutar las garantías otorgadas. La entidad comodante está obligada a incluir estipulaciones expresas que establezcan las condiciones determinadas en el inciso precedente.
Art. 86.- Denuncia.- Cuando alguno de los bienes, hubiere desaparecido por hurto, robo o abigeato o por cualquier causa semejante, el servidor encargado de la custodia de ellos comunicará inmediatamente por escrito este hecho al Guardalmacén de Bienes o a quien haga sus veces, al Jefe inmediato y a la máxima autoridad de la institución con todos los pormenores que fueren del caso, dentro de los dos días hábiles siguientes al del conocimiento del hecho.
La máxima autoridad de inmediato formulará la denuncia de la sustracción, acompañando los documentos que acrediten la propiedad de los bienes presuntamente sustraídos y dispondrá al abogado de la entidad para que asuma el trámite correspondiente ante el Agente Fiscal competente; el abogado será el responsable hasta la conclusión del proceso de acuerdo a las formalidades establecidas en el Código de Procedimiento Penal; el Guardalmacén de bienes y el servidor usuario del bien, a petición del abogado, facilitarán y entregarán la información necesaria para los trámites
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legales.
En caso de que la entidad no cuente con un abogado, acudirá a la entidad a la que está adscrita para que consiga la participación del abogado institucional en el trámite de la denuncia y en el proceso en general.
CAPITULO III
MACRO PROCESOS HABILITANTES (DE APOYO)
Son Macro Procesos que aportan con mecanismos efectivos (recursos) a la organización, principalmente a la Cadena de Valor, su accionar efectiviza el control y disposición apropiada de: conocimiento, recurso humano, tecnología de información y comunicación, infraestructura, manejo de recursos financieros, entre otros.
Art.20 (N-0) MACRO PROCESO: GESTIÓN DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓNUnidades Responsable.- Unidad de Tecnología de Información y Comunicación
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Responsable.- Jefe de TIC´s
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Apoyar al desarrollo de la Provincia por medio de la gestión integral de las TIC´S;b) Definir, justificar, implantar y actualizar la infraestructura relacionada con las TIC´s
en la organización;
c) Instalar, y mantener los sistemas de comunicaciones entre los centros de trabajo y proyectos;
d) Asegurar la implementación de las aplicaciones informáticas requeridas
e) Aplica procedimientos de control interno para verificar la documentación y demás requisitos para la gestión;
f) Elaborar las normas, procedimientos e instructivos para el uso y mantenimiento de los sistemas de comunicaciones, e informática;
g) Asegurar la confidencialidad, integridad, protección y disponibilidad de la información digital que se gestiona por medio de los sistemas de la organización;
h) Cumplir y hacer cumplir la normativa técnica relacionada con las TIC´s;
i) Asegurar la interoperabilidad y estandarización de los sistemas de toda la Organización;
j) Desarrollar los aplicativos requeridos para el mejoramiento del flujo de información entre los procesos;
k) Garantizar la operatividad de los equipos, sistemas, comunicaciones y plataforma de base de datos;
l) Proveer los servicios de ayuda y mantenimiento informático a toda la Organización;
m) Soporte Tecnológico a la Biblioteca Electrónica y Aula Virtual.
n) Establecer los lineamientos para levantar los indicadores de la Gestión de operaciones de la Unidad de Tecnología de Información y Comunicación;
o) Analizar los indicadores de impacto, resultado de los programas y proyectos a cargo de esta Unidad;
p) Dirigir la elaboración, ejecución y seguimiento del POA de su área;
q) Evaluar la gestión de su área; y,
r) Desempeñar las demás funciones que le asignare la autoridad competente, las leyes y los reglamentos.
2. Procesos.
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N1. DESARROLLO INFORMÁTICO
N2. ADMINISTRACIÓN DE LAS TIC´S
N3. SOPORTE A LAS OPERACIONES
N4. SEGURIDAD INFORMÁTICA
N-0 GESTIÓN DE TIC´S
DESARROLLO INFORMÁTICO
ADMINISTRACIÓN DE LAS TIC´S
SOPORTE A LAS OPERACIONES
SEGURIDAD INFORMÁTICA
3. Productos y Servicios.-
(N-1) DESARROLLO INFORMÁTICOa) Plan integral de desarrollo informático y de comunicaciones
- Directrices / Políticas
- Estándares / Normatividad
- Acciones de fortalecimiento de las TIC´s
b) Aplicativos administrativos desarrollados
- Sistemas de Información
- Procesamiento de Datos y estadística
- Capacitación y Asesoramiento de las aplicaciones desarrolladas
- Intranet Corporativa
- Sistema de Geo-referenciación GIS
(N-2) ADMINISTRACIÓN DE LAS TIC´Sa) Base de Datos Operativa
- Respaldos de información
- Back up de Bases de Datos
b) Servicios de Administración de usuarios
- Permisos y accesos
- Cuentas y Perfiles
- Correo Electrónico
- Acceso de los centros educativos a Tecnología Informática
c) Evaluaciones Informáticas y de conectividad
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- Procedimientos operativos y técnicos
- Aplicación de la normativa técnica y certificación
- Observaciones a la situación informática y de conectividad
(N-3) SOPORTE A LAS OPERACIONES DE LAS TIC´Sa) Servicios de telecomunicaciones
- Telefonía
- Radio Enlaces
- Transmisión inalámbrica
- Otros medios de transmisión
b) Medios de comunicación de datos operativos
- Instalación,
- Mantenimiento
- Actualización
c) Equipos, sistemas y redes de conectividad inter-operables
- Contingencias de infraestructura y sistemas
- Ejecución del Plan Integral de Mantenimiento
- Hardware y Software operativos
- Soporte técnico a usuarios internos y externos
- Soporte Tecnológico de la Biblioteca electrónica y aula virtual
- Capacitación
- Inventario de software licenciado y de uso libre; e inventario del hardware
(N-4) SEGURIDAD INFORMÁTICAa) Informes de monitoreo de la seguridad y vulnerabilidad de las TIC´s
- Antivirus, Antispam
- Firewall
- Seguridades en Hardware
4. Conformación.- El proceso es integrado por los siguientes responsables.
Jefe de Tecnologías de Información y Comunicaciones
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Técnicos de Sistemas Informáticos- Desarrollo- Soporte Técnico- Administración Informática
Participan en el Proceso: Prefecto Coordinación Administrativa Coordinadores, Jefes Departamentales y colaboradores Actores Sociales
Art. 21 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESOS DE GESTIÓN INTEGRAL
DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
Ley de Transparencia
Art. 07.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución de la República del Ecuador y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web…
Decreto Ejecutivo 1014
Art. 01.- Establecer como política pública para las Entidades de Administración pública Central la utilización de Software libre en sus sistemas y equipamiento informático.
Normas de Control Interno de la Contraloría 410 Tecnologías de la Información
1. 410.01 Organización Informática
2. 410-03. Plan Informático Estratégico de Tecnología
3. 410-04 Políticas y procedimientos
4. 410-05 Modelo de información organizacional
5. 410-07 Desarrollo y adquisición de software aplicativo
6. 410-08 Adquisiciones de infraestructura tecnológica
7. 410-09 Mantenimiento y control de infraestructura tecnológica
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8. 410-10 Seguridad de tecnología de información
9. 410-11 Plan de Contingencias
10. 410-12 Administración de soporte de tecnología de información
11. 410-13 Monitoreo y evaluación de los procesos y servicios
12. 410-14 Sitio web, servicios de internet e intranet
Normas INEN
1. NTE INEN-ISO/IEC 20000-1: 2009 Gestión del servicio: Especificaciones.
2. NTE INEN-ISO/IEC 20000-2: 2009 Gestión del servicio: Código de buenas prácticas.
3. NTE INEN-ISO/IEC 26300: 2009 Formato de documento abierto para aplicaciones de oficina ODF (Open Document Format) versión 1.0.
4. NTE INEN-ISO/IEC 27002: 2009 Técnicas de la seguridad: Código de práctica para gestión de la seguridad de la información.
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Art.22 (L-0) MACRO PROCESO: GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO
Unidades Responsable.- Unidad de Gestión de Talento HumanoResponsable.- Jefe de Talento Humano
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Ejercer las atribuciones que sean delegadas por el Prefecto del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo;
b) Aplica procedimientos de control interno para verificar la documentación y demás requisitos para la gestión;
c) Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos, instructivos y demás normas conexas dentro de su jurisdicción administrativa, acuerdos y resoluciones emitidas por la Institución;
d) Asesorar a los niveles directivos de la Institución en aspectos relacionados con el Sistema de Desarrollo Institucional, Administración del Talento Humano y Bienestar Laboral;
e) Dirigir, coordinar, controlar el diseño e implementación de las políticas, normas e instrumentos técnicos de administración de desarrollo institucional, gestión del talento humano, bienestar social y seguridad laboral;
f) Presentar a la Máxima Autoridad, el proyecto de Reglamento de Gestión Organizacional por Procesos, Planificación de Recursos Humanos y Manual de Clasificación y Valoración de Puestos, de la Entidad para su estudio y aprobación;
g) Mantener contacto permanente con todas y cada una de las dependencias del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo, a efectos de utilizar y dotar de manera armónica y efectiva el talento humano indispensable, en concordancia con el diagnóstico previamente elaborado;
h) Supervisar y controlar la contratación y administración del talento humano para el Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo;
i) Organizar y ejecutar el sistema de evaluación del desempeño de los servidores del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo, de acuerdo con las políticas y normas establecidas y metodología adoptada;
j) Elaborar y difundir el Reglamento Orgánico de Gestión Organizacional por procesos, manuales, procedimientos, reglamentos, instructivos y demás normas que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos institucionales;
k) Estudiar, preparar e implantar en los diferentes niveles, normas, sistemas y manuales de procedimientos administrativos;
l) Administrar el Sistema de Información relacionado con el Talento Humano del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo;
m) Realizar las gestiones pertinentes en la aplicación de la normativa vigente en relación a ingresos, rotaciones, traslados y jubilaciones;
n) Elaborar, proponer, ejecutar y evaluar los planes, programas y proyectos de su gestión, así como efectuar las reformas que permitan retroalimentar y mejorar los procesos críticos;
o) Coordinar los procesos de diseño e implementación del Plan Estratégico de la Coordinación, en el marco de los objetivos del Plan Estratégico Institucional;
p) Generar estrategias institucionales que contribuyan al desarrollo de una adecuada cultura organizacional y calidad de vida laboral.
q) Mantener actualizada la base de datos del sistema de gestión de la Coordinación con información histórica y de temas relevantes;
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r) Elaborar, proponer, ejecutar y evaluar los planes, programas y proyectos de su gestión, así como efectuar las reformas que permitan retroalimentar y mejorar los procesos críticos;
s) Dirigir la elaboración, ejecución y seguimiento del POA de su área;t) Evaluar la gestión de su área; y,u) Desempeñar las demás funciones que le asignare la autoridad competente, las
leyes y los reglamentos.
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2. Procesos.
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L1. ADMINISTRACIÓN DEL TALENTO HUMANO- PLANIFICACIÓN DEL TALENTO
HUMANO- RECLUTAMIENTO, SELECCIÓN
DESIGNACIÓN Y CONTRATACIÓN- ESTADÍSTICA
L2. ADMINISTRACIÓN DE LEY- NÓMINA- REGIMEN DISCIPLINARIO
L3. DESARROLLO DEL TALENTO HUMANO- EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO- CAPACITACIÓN Y DESARROLLO
L4. BIENESTAR DEL TALENTO HUMANO- DESARROLLO Y SEGUIMIENTO
BIENESTAR SOCIAL- CLIMA LABORAL
L-0 GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO
ADMINISTRACIÓN DEL TALENTO HUMANO
PLANIFICACIÓN
L1.1
RECLUTAMIENTO SELECCIÓN DESIGNACIÓN Y CONTRATACIÓN
L1.2
ESTADÍSTICA
L1.3
ADMINISTRACIÓN DE LEY
NOMINA
L2.1
REGIMENDISCIPLINARIO
L2.2
DESARROLLO DEL TALENTO HUMANO
EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO
L3.1
CAPACITACIÓN Y DESARROLLO
L3.2
BIENESTAR DEL TALENTO HUMANO
DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DEL BIENESTAR SOCIAL
L4.1
CLIMA LABORAL
L4.2
3. Productos y Servicios.-
(L-1) ADMINISTRACIÓN DEL TALENTO HUMANO
a) Plan Maestro del Talento Humano
- Programas y proyectos de Talento Humano
(mediano y largo plazo)
- Programas y proyectos de Bienestar Social
b) Manual de perfiles por competencias
- Informes de clasificación de puestos
c) Orgánico Estructural y Numérico de detalle
- Reporte de carga laboral
d) Normativas y Procedimientos del Talento Humano
- Reglamentos de Personal
- Reglamentos de Bienestar Social.
e) Estadística de Talento Humano
- Estadísticas de la administración del Talento Humano
- Base de datos del personal
- Reportes Administrativos
f) Personal contratado de acuerdo al Plan Maestro de Talento Humano
- Aplicación de pruebas psicológicas, técnicas, otras
- Registro de contratos de acuerdo a marco legal vigente
(L-2) ADMINISTRACIÓN DE LEY
a) Movimientos de personal
- Publicación y registro de: pases administrativos, permisos y licencias, cambios de despachos, reclasificación y reasignación.
b) Acciones de nómina
- Rol de Pagos, liquidación salarial, aplicación de tablas remunerativas, impuesto a la renta, vacaciones, viáticos
c) Distributivo de remuneraciones mensuales unificadas
- Distributivo presupuestario del personal, partidas, otros.
d) Personal desvinculado
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- Publicación y registro de: cesación, jubilación y licenciamiento
e) Acciones de personal
- Sanciones pecuniarias administrativas,
- Vacaciones
- Traslados, encargos
- Nombramientos provisionales y permanentes
- Cesación de funciones
(L-3) DESARROLLO DEL TALENTO HUMANOa) Servidores públicos capacitados
- Cumplimiento del proceso de inducción y reinducción
- Personal seleccionado para cursos
- Registros de capacitación y evaluación del aprendizaje
b) Acciones de evaluación de desempeño
- Indicador de desempeño
- Planes de acción
- Incentivos
(L-4) BIENESTAR DEL TALENTO HUMANO
a) Asistencia al Personal
- Asistencia Familiar (Trabajo Social)
- Intervención en crisis
- Asistencia al Personal Vulnerable
b) Recomendaciones de mejora en función del análisis del clima laboral.
- Elaboración y ejecución de las herramientas de medición
Liderazgo
Motivación
Satisfacción
Comunicación Interna
Poder
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- Análisis y resultados de las Encuestas de Clima Laboral
4. Conformación.- El proceso integrado por los siguientes responsables.
Jefe de Unidad Gestión de Talento Humano (Responsable de Estadística) Responsable de Nómina (Responsable de Bienestar Social)
Participan en el Proceso Prefecto Responsable de Fortalecimiento Institucional Comité de Seguridad y Salud Ocupacional Médico Ocupacional Responsable de la Unidad de Seguridad e Higiene Jefes y Coordinadores de Unidad Colaboradores
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Art. 23 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESOS DE GESTIÓN DEL
TALENTO HUMANO
Constitución de la República del Ecuador
Art. 11. El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios.
1. Los derechos se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades competentes; estas autoridades garantizarán su cumplimiento.
2. Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades.
Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación.
El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad.
3. Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte.
Para el ejercicio de los derechos y las garantías constitucionales no se exigirán condiciones o requisitos que no estén establecidos en la Constitución o la ley.
Los derechos serán plenamente justiciables. No podrá alegarse falta de norma jurídica para justificar su violación o desconocimiento, para desechar la acción por esos hechos ni para negar su reconocimiento.
4. Ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos ni de las garantías constitucionales.
5. En materia de derechos y garantías constitucionales, las servidoras y servidores públicos, administrativos o judiciales, deberán aplicar la norma y la interpretación que más favorezcan su efectiva vigencia.
6. Todos los principios y los derechos son inalienables, irrenunciables, indivisibles, interdependientes y de igual jerarquía.
7. El reconocimiento de los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, no excluirá los demás derechos derivados de la dignidad de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, que sean necesarios para su pleno desenvolvimiento.
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8. El contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las normas, la jurisprudencia y las políticas públicas. El Estado generará y garantizará las condiciones necesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio.
Será inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos.
9. El más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución.
El Estado, sus delegatarios, concesionarios y toda persona que actúe en ejercicio de una potestad pública, estarán obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la prestación de los servicios públicos, o por las acciones u omisiones de sus funcionarias y funcionarios, y empleadas y empleados públicos en el desempeño de sus cargos.
El Estado ejercerá de forma inmediata el derecho de repetición en contra de las personas responsables del daño producido, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y administrativas.
El Estado será responsable por detención arbitraria, error judicial, retardo injustificado o inadecuada administración de justicia, violación del derecho a la tutela judicial efectiva, y por las violaciones de los principios y reglas del debido proceso.
Art. 43.- El Estado garantizará a las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia los derechos a:10. No ser discriminadas por su embarazo en los ámbitos educativo, social y laboral.
Art. 47.- El Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social. Se reconoce a las personas con discapacidad, los derechos a…..” 5. El trabajo en condiciones de igualdad de oportunidades, que fomente sus capacidades y potencialidades, a través de políticas que permitan su incorporación en entidades públicas y privadas.
Ley Orgánica del Servicio Público
(TODA LA LEY)
Art. 2. ... El Servicio Público y la carrera administrativa tienen como objetivo propender al desarrollo profesional, técnico y personal de las y los servidores públicos, para lograr el permanente mejoramiento…
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Art. 12. Ninguna persona desempeñará, al mismo tiempo, más de un puesto o cargo público, ya sea que se encuentre ejerciendo una representación de elección popular o cualquier otra función pública…
Código del Trabajo
(TODO EL CÓDIGO)
Art. 35. Las empresas e instituciones, públicas o privadas, para facilitar la inclusión de las personas con discapacidad al empleo, harán las adaptaciones a los puestos de trabajo de conformidad con las disposiciones de la Ley de Discapacidades, normas INEN sobre accesibilidad al medio físico y los convenios, acuerdos, declaraciones internacionales legalmente suscritos por el país.
Ley de Discapacidades
Art. 4.-
Lit. a.) Sensibilización y concientización…”, de los derechos y deberes de las personas con discapacidad.
Lit. b.) Eliminación de barreras físicas, psicológicas, sociales y comunicacionales; Formación, capacitación e inserción en el sector laboral formal e informal….”
Lit. C.) Adaptación, readaptación, restitución y reubicación laboral de los trabajadores que adquieran la discapacidad como producto de enfermedades profesionales, accidentes de trabajo u otras causas, tanto en el sector público como privado.
Normativa Técnica
1. Normas Técnicas del Subsistema de Planificación de Recursos Humanos.
2. Normas Técnicas del Subsistema de Clasificación y Valoración de Puestos
3. Normas Técnicas del Subsistema de Selección de Personal
4. Normas Técnicas del Subsistema de Capacitación y Desarrollo Personal
5. Normas Técnicas del Subsistema de Evaluación del Desempeño
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Art.24 (M-0) MACRO PROCESO: SEGURIDAD & SALUD OCUPACIONAL
Unidades Responsable.- Unidad de Seguridad y Salud OcupacionalResponsable.- Jefe de Unidad de Seguridad y Salud Ocupacional
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Asesorar a la Alta Dirección en temas de Seguridad y Salud Ocupacional propiciando el apoyo a la implementación de los proyectos;
b) Desarrollar y ejecutar planes, programas y proyectos que mitiguen el riesgo;
c) Gestionar la evaluación y control de riesgos y salud ocupacional;
d) Cumplir y hacer cumplir con el marco legal vigente relacionado con la Seguridad, Higiene y Salud Ocupacional;
e) Ejecutar la investigación de accidentes y enfermedades ocupacionales (morbilidad), estableciendo acciones que eliminen la causa raíz de los problemas;
f) Realizar exámenes pre-ocupacionales, periódicos, especiales y de salida;
g) Desarrollar procesos de mejoramiento continuo para la gestión seguridad, higiene y salud ocupacional;
h) Desarrollar procesos de mejoramiento continuo para la investigación de accidentes y enfermedades ocupacionales;
i) Ejecutar inspecciones y auditorias técnicas de acuerdo a la normativa y políticas establecidas;
j) Documentar y comunicar el desarrollo de las investigaciones de accidentes e inspecciones a las autoridades competentes;
k) Asegurar el cumplimiento de las tareas asignadas a los Comités de Seguridad y Salud de los Trabajadores;
l) Inducción y Capacitación a los colaboradores en temas específicos de seguridad, salud e higiene industrial;
m) Gestionar la aprobación de la documentación establecida por la ley: reglamentos, permisos, planes contingencia y emergencia;
n) Establecer los lineamientos para levantar los indicadores de la Gestión que contribuyen a la Planificación Estratégica;
o) Analizar los indicadores de impacto, resultado de los programas y proyectos a cargo de esta Unidad;
p) Dirigir la elaboración, ejecución y seguimiento del POA de su área;
q) Desempeñar las demás funciones que le asignare la autoridad competente, las leyes y los reglamentos.
2. Procesos.
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3. Productos y Servicios.-
(M-1) PREVENCIÓN DE RIESGOS
a) Identificación de Peligros y Riesgos de Seguridad y Salud
- Diagnóstico de Riesgos por puesto de trabajo
Matrices de evaluación de Riesgos
- Diagnóstico de salud ocupacional
b) Acciones de Promoción de salud, reconocimiento médico, screening o cribado; profesiogramas; exámenes.
c) Acciones Preventivas del Sistema Integrado de Seguridad & Salud
d) Directrices de Seguridad y Salud Ocupacional
- Personal capacitado y entrenado en los diversos Programas, planes y procedimientos relacionados con el Sistema Integrado de Gestión.
(M-2) EVALUACIÓN TÉCNICA
a) Inspecciones y evaluaciones de seguridad.
- Índices de medición del Riesgo
Grados de Peligrosidad
- Informes de Auditoría del Sistema Integrado de Gestión
- Cuadros Estadísticos e índices de siniestrabilidad, y morbilidad.
b) Investigación de accidentes, incidentes
- Informes del análisis de las investigaciones.
(M-3) CONTROL OPERATIVO INTEGRAL
a) Normativas de Seguridad y Salud Ocupacional
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M1. PREVENCIÓN DE RIESGOS
M2. EVALUACIÓN TÉCNICA
M3. CONTROL OPERATIVO INTEGRAL
M-0 SEGURIDAD & SALUD OCUPACIONAL
PREVENCIÓN DE RIESGOS
EVALUACIÓN TÉCNICA
CONTROL OPERATIVO INTEGRAL
- Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores.
- Recomendaciones del Comité de Seguridad y Salud de los Trabajadores.
- Mapas de Riesgos y Recursos
- Procedimientos Específicos del Sistema Integrado de Gestión.
- Informes de cumplimiento Legal
b) Programas y Proyectos de Gestión de Riesgo, Planes de Emergencia y Capacitación.
c) Programas y planes de control biológico, y de promoción de la salud.
d) Acciones Preventivas y Correctivas al Sistema Integrado de Gestión.
4. Conformación.- El proceso está integrado por los siguientes responsables.
Responsable de la Unidad de Seguridad y Salud Ocupacional (Médico Ocupacional) Comités de Seguridad y Salud de los Trabajadores. Prefecto
Participan en el Proceso: Jefe de Unidad de Talento Humano Coordinadores, Jefes de Unidad Colaboradores
Art. 25 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESOS DE SEGURIDAD Y
SALUD OCUPACIONAL
El Marco legal relacionado con la Seguridad y Salud Ocupacional es muy extenso; por lo cual se coloca a continuación una generalidad de cumplimiento y los principales artículos para la implementación del Sistema de Seguridad y Salud Ocupacional:
1. Constitución de la República del Ecuador
2. Decisión 584 de la CAN, Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo
3. Resolución 957: Reglamento del Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo
4. Código del Trabajo
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5. Ley de Seguridad Social
6. Ley de defensa contra incendios
7. Reglamento para el Funcionamiento de los Servicios Médicos de la Empresa
8. Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores. Decreto Ejecutivo: 2393
9. Reglamento General del Seguro de Riesgos del Trabajo. Resolución 741
10. Normativa para el proceso de investigación de accidentes e incidentes. Resolución CI.118
11. Reglamento de Seguridad del Trabajo contra Riesgos en Instalaciones de Energía Eléctrica
12. Reglamento de Seguridad para la construcción de Obras Públicas
13. Reglamento para el uso de pesticidas en plantaciones dedicadas para el cultivo de flores
14. Sistema de Gestión de Riesgos del Trabajo
15. Sistema de Auditorías de Riesgos del Trabajo
16. Señales y símbolos de Seguridad. Norma INEN 439
17. Guía de elaboración de reglamentos internos de Seguridad y Salud Ocupacional
18. Registro de Profesionales en Seguridad y Salud,… entre otros.
Constitución de la República del Ecuador.
Artículo 326.- El derecho al trabajo se sustenta en los siguientes principios:
5. Toda persona tendrá derecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar.
6. Toda persona rehabilitada después de un accidente de trabajo o enfermedad, tendrá derecho a ser reintegrada al trabajo y a mantener la relación laboral, de acuerdo con la ley.
Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo
Artículo 11.- En todo lugar de trabajo se deberán tomar medidas tendientes a disminuir los riesgos laborales. Estas medidas deberán basarse, para el logro de este objetivo, en directrices sobre sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo y su entorno como responsabilidad social y empresarial.
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Para tal fin, las empresas elaborarán planes integrales de prevención de riesgos que comprenderán al menos las siguientes acciones:
a. Formular la política empresarial y hacerla conocer a todo el personal de la empresa. Prever los objetivos, recursos, responsables y programas en materia de seguridad y salud en el trabajo;
b. Identificar y evaluar los riesgos, en forma inicial y periódicamente, con la finalidad de planificar adecuadamente las acciones preventivas, mediante sistemas de vigilancia epidemiológica ocupacional específicos u otros sistemas similares, basados en mapa de riesgos;
c. Combatir y controlar los riesgos en su origen, en el medio de transmisión y en el trabajador, privilegiando el control colectivo al individual. En caso de que las medidas de prevención colectivas resulten insuficientes, el empleador deberá proporcionar, sin costo alguno para el trabajador, las ropas y los equipos de protección individual adecuados…
Reglamento al Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. Resolución 957
Artículo 01.- Según lo dispuesto por el artículo 9 de la Decisión 584, los Países Miembros desarrollarán los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, para lo cual se podrán tener en cuenta los siguientes aspectos:
a) Gestión Administrativa:
Política.
Organización.
Administración.
Implementación.
Verificación.
Mejoramiento continuo.
Realización de actividades de promoción en seguridad y salud en el trabajo.
Información estadística.
b) Gestión Técnica
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Identificación de factores de riesgo
Evaluación de factores de riesgo.
Control de factores de riesgo.
Seguimiento de medidas de control.
c) Gestión del B:
Selección.
Información.
Comunicación.
Formación.
Capacitación.
Adiestramiento.
Incentivo, estímulo y motivación de los trabajadores.
d) Procesos Operativos Básicos:
Investigación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Vigilancia de la salud de los trabajadores (vigilancia epidemiológica).
Inspecciones y auditorías.
Planes de emergencia.
Planes de prevención y control de accidentes mayores.
Control de incendios y explosiones.
Programas de mantenimiento.
Usos de equipos de protección individual.
Seguridad en la compra de insumos.
Otros específicos, en función de la complejidad y el nivel de riesgo de la empresa.
Código del Trabajo
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Artículo 430.- Asistencia médica y farmacéutica.- Para la efectividad de las obligaciones de proporcionar sin demora asistencia médica y farmacéutica establecidas en el artículo 365; y, además, para prevenir los riesgos laborales a los que se encuentran sujetos los trabajadores, los empleadores, sean éstos personas naturales o jurídicas, observarán las siguientes reglas:
1. Todo empleador conservará en el lugar de trabajo un botiquín con los medicamentos indispensables para la atención de sus trabajadores, en los casos de emergencia, por accidentes de trabajo o de enfermedad común repentina. Si el empleador tuviera veinticinco o más trabajadores, dispondrá, además de un local destinado a enfermería;
2. El empleador que tuviere más de cien trabajadores establecerá en el lugar de trabajo, en un local adecuado para el efecto, un servicio médico permanente, el mismo que, a más de cumplir con lo determinado en el numeral anterior, proporcionará a todos los trabajadores, medicina laboral preventiva. Este servicio contará con el personal médico y paramédico necesario y estará sujeto a la reglamentación dictada por el Ministerio de Trabajo y Empleo y supervigilado por el Ministerio de Salud; y,
3. Si en el concepto del médico o de la persona encargada del servicio, según el caso, no se pudiera proporcionar al trabajador la asistencia que precisa, en el lugar de trabajo, ordenará el traslado del trabajador, a costo del empleador, a la unidad médica del IESS o al centro médico más cercano del lugar del trabajo, para la pronta y oportuna atención.
Artículo 434.- Reglamento de higiene y seguridad.- En todo medio colectivo y permanente de trabajo que cuente con más de diez trabajadores, los empleadores están obligados a elaborar y someter a la aprobación del Ministerio de Trabajo y Empleo por medio de la Dirección Regional del Trabajo, un reglamento de higiene y seguridad, el mismo que será renovado cada dos años.
REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO / DECRETO EJECUTIVO 2393.
Art. 11. OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES.- Son obligaciones generales de los personeros de las entidades y empresas públicas y privadas, las siguientes:
1. Cumplir las disposiciones de este Reglamento y demás normas vigentes en materia de prevención de riesgos.
2. Adoptar las medidas necesarias para la prevención de los riesgos que puedan afectar a la salud y al bienestar de los trabajadores en los lugares de trabajo de su responsabilidad.
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3. Mantener en buen estado de servicio las instalaciones, máquinas, herramientas y materiales para un trabajo seguro.
4. Organizar y facilitar los Servicios Médicos, Comités y Departamentos de Seguridad, con sujeción a las normas legales vigentes.
5. Entregar gratuitamente a sus trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los medios de protección personal y colectiva necesarios.
6. Efectuar reconocimientos médicos periódicos de los trabajadores en actividades peligrosas; y, especialmente, cuando sufran dolencias o defectos físicos o se encuentren en estados o situaciones que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo.
7. Cuando un trabajador, como consecuencia del trabajo, sufre lesiones o puede contraer enfermedad profesional, dentro de la práctica de su actividad laboral ordinaria, según dictamen de la Comisión de Evaluaciones de Incapacidad del IESS o del facultativo del Ministerio de Trabajo, para no afiliados, el patrono deberá ubicarlo en otra sección de la empresa, previo consentimiento del trabajador y sin mengua a su remuneración. (Inciso añadido por el Art. 3 del Decreto 4217) La renuncia para la reubicación se considerará como omisión a acatar las medidas de prevención y seguridad de riesgos.
8. Especificar en el Reglamento Interno de Seguridad e Higiene, las facultades y deberes del personal directivo, técnicos y mandos medios, en orden a la prevención de los riesgos de trabajo.
9. Instruir sobre los riesgos de los diferentes puestos de trabajo y la forma y métodos para prevenirlos, al personal que ingresa a laborar en la empresa.
10. Dar formación en materia de prevención de riesgos, al personal de la empresa, con especial atención a los directivos técnicos y mandos medios, a través de cursos regulares y periódicos.
11. Adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Seguridad e Higiene, Servicios Médicos o Servicios de Seguridad.
12. Proveer a los representantes de los trabajadores de un ejemplar del presente Reglamento y de cuantas normas relativas a prevención de riesgos sean de aplicación en el ámbito de la empresa.
Así mismo, entregar a cada trabajador un ejemplar del Reglamento Interno de Seguridad e Higiene de la empresa, dejando constancia de dicha entrega.
13. Facilitar durante las horas de trabajo la realización de inspecciones, en esta materia, tanto a cargo de las autoridades administrativas como de los órganos internos de la empresa.
14. Dar aviso inmediato a las autoridades de trabajo y al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, de los accidentes y enfermedades profesionales ocurridos en sus centros de trabajo y entregar una copia al Comité de Seguridad e Higiene Industrial.
15. Comunicar al Comité de Seguridad e Higiene, todos los informes que reciban respecto a la prevención de riesgos.
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Además de las que se señalen en los respectivos Reglamentos Internos de Seguridad e Higiene
de cada empresa, son obligaciones generales del personal directivo de la empresa las siguientes:
1. Instruir al personal a su cargo sobre los riesgos específicos de los distintos puestos de trabajo y las medidas de prevención a adoptar.
2. Prohibir o paralizar los trabajos en los que se adviertan riesgos inminentes de accidentes, cuando no sea posible el empleo de los medios adecuados para evitarlos. Tomada tal iniciativa, la comunicarán de inmediato a su superior jerárquico, quien asumirá la responsabilidad de la decisión que en definitiva se adopte.
Art. 12. OBLIGACIONES DE LOS INTERMEDIARIOS.- Las obligaciones y prohibiciones que se señalan en el presente Reglamento para los empleadores, son también aplicables a los subcontratistas, enganchadores, intermediarios y en general a todas las personas que den o encarguen trabajos para otra persona natural o jurídica, con respecto a sus trabajadores.
Art. 13. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES.
1. Participar en el control de desastres, prevención de riesgos y mantenimiento de la higiene en los locales de trabajo cumpliendo las normas vigentes.
2. Asistir a los cursos sobre control de desastres, prevención de riesgos, salvamento y socorrismo programados por la empresa u organismos especializados del sector público.
3. Usar correctamente los medios de protección personal y colectiva proporcionados por la empresa y cuidar de su conservación.
4. Informar al empleador de las averías y riesgos que puedan ocasionar accidentes de trabajo. Si éste no adoptase las medidas pertinentes, comunicar a la Autoridad Laboral competente a fin de que adopte las medidas adecuadas y oportunas.
5. Cuidar de su higiene personal, para prevenir al contagio de enfermedades y someterse a los reconocimientos médicos periódicos programados por la empresa.
6. No introducir bebidas alcohólicas ni otras substancias tóxicas a los centros de trabajo, ni presentarse o permanecer en los mismos en estado de embriaguez o bajo los efectos de dichas substancias.
7. Colaborar en la investigación de los accidentes que hayan presenciado o de los que tengan conocimiento.
Art.14. DE LOS COMITÉS DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO.
1. En todo centro de trabajo en que laboren más de quince trabajadores deberá organizarse un Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo integrado en forma
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paritaria por tres representantes de los trabajadores y tres representantes de los empleadores, quienes de entre sus miembros designarán un Presidente y Secretario que durarán un año en sus funciones pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Si el Presidente representa al empleador, el Secretario representará a los trabajadores y viceversa. Cada representante tendrá un suplente elegido de la misma forma que el titular y que será principalizado en caso de falta o impedimento de éste. Concluido el periodo para el que fueron elegidos deberá designarse al Presidente y Secretario.
2. Las empresas que dispongan de más de un centro de trabajo, conformarán subcomités de Seguridad e Higiene a más del Comité, en cada uno de los centros que superen la cifra de diez trabajadores, sin perjuicio de nominar un comité central o coordinador.
Art. 15. DE LA UNIDAD DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO.
1. En las empresas permanentes que cuenten con cien o más trabajadores estables, se deberá contar con una Unidad de Seguridad e Higiene, dirigida por un técnico en la materia que reportará a la más alta autoridad de la empresa o entidad. En las empresas o Centros de Trabajo calificados de alto riesgo por el Comité Interinstitucional, que tengan un número inferior a cien trabajadores, pero mayor de cincuenta, se deberá contar con un técnico en seguridad e higiene del trabajo. De acuerdo al grado de peligrosidad de la empresa, el Comité podrá exigir la conformación de un Departamento de Seguridad e Higiene.
2. Son funciones de la Unidad de Seguridad e Higiene, entre otras las siguientes:
a) Reconocimiento y evaluación de riesgos;
b) Control de Riesgos profesionales;
c) Promoción y adiestramiento de los trabajadores;
d) Registro de la accidentalidad, ausentismo y evaluación estadística de los resultados.
e) Asesoramiento técnico, en materias de control de incendios, almacenamientos adecuados, protección de maquinaria, instalaciones eléctricas, primeros auxilios, control y educación sanitaria, ventilación, protección personal y demás materias contenidas en el presente Reglamento.
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Art. 26 (P-0) MACRO PROCESO: GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y LOGÍSTICA
Unidades Responsable.- Coordinación AdministrativaResponsable del Proceso.- Coordinador/a Administrativo/a
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Ejercer las atribuciones que sean delegadas por el Prefecto del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo mediante el acto administrativo correspondiente; y hacer cumplir las disposiciones de la Máxima Autoridad;
b) Aplica procedimientos de control interno para verificar la documentación y demás requisitos para la gestión.
c) Asesorar e informar a la máxima autoridad en los asuntos de su competencia;d) Autorizar el gasto y la inversión conforme al Plan Anual de Contrataciones;e) Mantener asegurados las instalaciones, y bienes de la institución;f) Garantizar la seguridad física de la Institución;g) Mantener operativas las instalaciones físicas de la Organización y de los Servicios de
Apoyo;h) Coordinar la ejecución del Proceso de Gestión de Talento Humano;i) Lidera la ejecución del Proceso de Gestión de Tecnología de Información y
Comunicaciones;j) Administrar el parque automotor (liviano) de la Institución;k) Participar activamente en la determinación de la Planificación Estratégica;l) Administrar la Biblioteca Electrónica, brindando el espacio físico adecuado para la
excelente atención al cliente;m)Programar, dirigir y supervisar las actividades de los procesos administrativos bajo su
dependencia, de conformidad con las políticas institucionales y con lo dispuesto en las leyes, normas y reglamentos pertinentes;
n) Administrar, orientar y capacitar el uso de Sistemas de Información automatizados (software) y hardware, proporcionando el apoyo técnico necesario a los funcionarios y usuarios; coordinando la provisión de recursos y servicios informáticos y de comunicaciones para el procesamiento de datos e información institucional del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo;
o) Formular un programa de trabajo del parque automotor liviano, su mantenimiento preventivo y correctivo, coordinando la adquisición de repuestos para todo el parque automotor y equipo caminero en base a la disponibilidad de recursos asignados;
p) Dirigir, coordinar, controlar el diseño e implementación de las políticas, normas e instrumentos técnicos de servicios institucionales, y gestión tecnológica e informática;
q) Supervisar la observancia y fiel cumplimiento de las normas legales, reglamentarias, ordenanzas, resoluciones y disposiciones emanadas por la Máxima Autoridad, en el ámbito de su competencia;
r) Instruir a las unidades y procesos de la Institución, sobre trámites que deben enmarcarse en cumplir parámetros de cumplimiento y normativas;
s) Dirigir, coordinar y controlar el mantenimiento de las infraestructuras que tiene el GADPCH a servicio de los funcionarios y de la comunidad;
t) Revisar, legalizar y autorizar tramites que estén bajo su competencia;u) Informar sobre los servicios que brinda la dependencia a su cargo;v) Administrar el Sistema de Gestión Documental y Archivo basado en el soporte del
CONSEDOC (Gestión Documental) y el SARGE (Gestión de Archivo);
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w) Estandarizar, racionalizar y optimizar la gestión de la documentación y archivo del GADPCH, mediante la elaboración de políticas, normativas, reglamentos y manuales administrativos específicos de control documental y archivo;
x) Asegurar la ejecución de los procesos de la gestión documental y archivo;
y) Gestión de Archivo Certificara la documentación que sea requerida por otras instancias;
z) Brindar y Coordinar la atención al clientes internos y externos con calidad y calidez;
aa) Administrar el servicio de mensajería interna y externa del GADPCH;
bb) Coordinar la elaboración del POA y PAC institucional;
cc) Dirigir la elaboración, ejecución y seguimiento del POA y PAC de su área;
dd) Evaluar la gestión de su área; y
ee) Desempeñar las demás funciones que le asignare la autoridad competente, las leyes y los reglamentos.
2. Procesos.
3. Productos y Servicios.-
(P-1) SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
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P1. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
P2. ADMINISTRACIÓN DE SEGUROS
P3. SEGURIDAD FÍSICA
P4. MOVILIZACIÓN
P5. MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA
P-0 GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y LOGÍSTICA
SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Y DE SEGURIDAD
ADMINISTRACIÓN GENERAL Y SEGUROS
MOVILIZACIÓN
MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA
GESTIÓN DOCUMENTAL E INFORMACIÓN
GESTIÓN DE ARCHIVO
a) Infraestructura administrativa adecuada
- Aseo y limpieza de oficinas
- Aseo y limpieza de espacios verdes
b) Administración de servicios externos
- Auditorio
- Biblioteca Virtual
- Amplificación
- Centros de capacitación y uso de espacios
c) Situación de la Seguridad Física Institucional
- Registro de ingreso y salida de visitantes en las instalaciones y parqueaderos.
d) Instalaciones y predios protegidos
- Informe de eventos no deseados
- Reporte de inspecciones de seguridad
- Procedimientos de respuesta inmediata
e) CCTV y Monitoreo de la seguridad interna
(P-2) ADMINISTRACIÓN GENERAL Y SEGUROS
a) Autorizaciones de gasto
b) Situación de los seguros de la Organización
- Planificación de seguros
- Proyectos de Seguros
- Legalización y administración de pólizas
- Informes relacionados con la administración de pólizas.
- Contratación de pólizas, inclusiones, exclusiones, liquidación de siniestros, liquidación de pólizas de fidelidad y valores.
- Control de liquidación de siniestros.
(P-3) MOVILIZACIÓN
a) Administración del parque automotor liviano
- Supervisión del cuadro de mantenimiento ejecutado
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- Cuadro de Movilización
- Planificadores
- Salvoconductos
- Hoja de Ruta
- Matriculación, legalización, SOAT, etc.
- Monitoreo satelital del parque automotor
Reporte de novedades de custodios de vehículos
(P4) MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA
a) Servicios de apoyo operativos: agua potable, aguas industriales, electricidad, generación de energía, ascensores, transporte, etc.
- Conservación, reparación, y recuperación (mantenimiento)
- Planes coordinados de manejo de desechos.
- Proyectos de modificación y adecuación de infraestructura.
- Sistemas puesta a tierra, Para rayos
- Soldadura
- Carpintería, gasfitería, plomería, otros.
- Grupo Electrógeno
b) Control de Inventario de stock de repuestos, materiales e insumos para mantener operable la infraestructura y los servicios generales de la institución.
(P5) GESTIÓN DOCUMENTAL E INFORMACIÓN
a) Servicio al cliente interno y externo
- Guía e Información al usuario
b) Documentación oficial física y digital recibida y distribuida
- Externa
- Interna
- Informes de la administración documental
c) Políticas, lineamientos e instructivos del control de documentos y registros
- Codificación de los documentos y registros
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d) Análisis estadísticos de la administración documental
- Registro de transferencia de archivos
- Inventario general de documentos de archivo
- Registro de índice de documentos
e) Servicios de Mensajería Institucional
(P6) GESTIÓN DE ARCHIVO
a) Documentación centralizada: almacenada, segura, legible, disponible de acuerdo al marco legal vigente.
b) Inventario del archivo documental
- Registros y reportes de manejo de archivo
- Registros de préstamos de la documentación
- Expedientes reservados
- Certificaciones de Actos Institucionales
c) Archivo digitalizado actualizado y bajo control
4. Conformación.- El proceso está integrado por los siguientes responsables.
Coordinador/a Administrativo/a Jefe de Movilización y Servicios Generales Técnico de mantenimiento de la infraestructura Técnico de Archivo y de Información Mensajero
Participan en el Proceso:
Prefecto
Jefe de Talento Humano
Jefe de Activos Fijos
Coordinadores, Jefes de Unidad
Colaboradores
Actores sociales y proveedores de servicios
Art. 27 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESOS DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y LOGÍSTICA
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Normas de control interno para las entidades, organismos del sector público y personas
Jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos.
200-01 Integridad y valores éticos. La máxima autoridad y los directivos establecerán los principios y valores éticos como parte de la cultura organizacional para que perduren frente a los cambios de las personas de libre remoción.
300-01 Identificación de riesgos. Los directivos de la entidad identificarán los riesgos que puedan afectar el logro de los objetivos institucionales debido a factores interno o externos, así como emprenderán las medidas pertinentes para afrontar exitosamente tales riesgos.
401-01 Separación de funciones y rotación de labores. La máxima autoridad y los directivos de cada entidad tendrán cuidado al definir las funciones de sus servidoras y servidores y de procurar la rotación de las tareas, de manera que exista independencia, separación de funciones incompatibles y reducción del riesgo de errores o acciones irregulares.
402-01 Responsabilidad del control. Las entidades del sector público delinearán procedimientos de control interno presupuestario para la programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación, clausura y liquidación del presupuesto institucional. Todos los ingresos y gastos estarán debidamente presupuestados; de existir valores no considerados en el presupuesto, se tramitará la reforma presupuestaria correspondiente
406-01 Unidad de Administración de Bienes. Toda entidad u organismo del sector público, cuando el caso lo amerite, estructurará una unidad encargada de la administración de bienes. La máxima autoridad a través de la Unidad de Administración de Bienes, instrumentará los procesos a seguir en la planificación, provisión, custodia, utilización, traspaso, préstamo, enajenación, baja, conservación y mantenimiento, medidas de protección y seguridad, así como el control de los diferentes bienes, muebles e inmuebles, propiedad de cada entidad u organismo del sector público y de implantar un adecuado sistema de control interno para su correcta administración.
410-01 Organización informática. Las entidades u organismos del sector público, establecerán una estructura organizacional de tecnología de información que refleje las necesidades institucionales, la cual debe ser revisada de forma periódica para ajustar las estrategias internas que permitan satisfacer los objetivos planteados y soporten los avances tecnológicos. Bajo este esquema se dispondrá como mínimo de áreas que cubran proyectos tecnológicos, infraestructura tecnológica y soporte interno y externo de ser el caso, considerando el tamaño de la entidad y de la Unidad de Tecnología.
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600-01 Seguimiento continuo o en operación. Se observará y evaluará el funcionamiento de los diversos controles, con el fin de determinar la vigencia y la calidad del control interno y emprender las modificaciones que sean pertinentes para mantener su efectividad
Norma Técnica de diseño de reglamentos de Gestión por procesos SENRES.
Art. 14 Diseño de procesos.- Los procesos al interior de cada institución se agrupan en función del grado de contribución y valor agregado al cumplimiento de la misión institucional, se clasifican por su responsabilidad en:
Procesos habilitantes.- Se clasifican en procesos habilitantes de asesoría y los procesos habilitantes de apoyo, estos últimos conocidos como de sustento, accesorios, de soporte, de staff o administrativos. Son responsables de brindar productos de asesoría y apoyo logístico para generar el portafolio de productos institucionales demandados por los procesos gobernantes, agregadores de valor y por ellos mismos.
Unidades Administrativas Procesos Organizacionales
De Apoyo
Administración de Recursos Humanos
Gestión Financiera
Gestión Tecnológica
Gestión Administrativa
Secretaría General
Productos. Para todos los procesos institucionales se definirá su misión. En los procesos gobernantes, se determinará las atribuciones y responsabilidades conforme a su base legal constitutiva. Para los procesos habilitantes y agregadores de valor se trasladarán los productos establecidos.
Estandarización productos secundarios VII. Servicios institucionales:
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Plan de transporte;
Plan de adquisiciones;
Informe de ejecución del plan de adquisiciones;
Plan de mantenimiento de bienes muebles e inmuebles;
Inventario de suministros y materiales;
Informe de ingreso y egreso de suministros y materiales;
Inventario de activos fijos;
Informe de pagos de suministros básicos;
Informe de administración de pólizas;
Informe de administración de bodegas;
Registro único de proveedores; y,
Actas entrega recepción
MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL PROCESOS DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y ARCHIVO
Gestión Documental y archivo cumple con la siguiente normativa:
- Constitución de la República del Ecuador,
- Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
- Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
- Reglamento de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
- Ley del Sistema Nacional de Archivos,
- Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Archivos;
- Instructivo de Organización Básica y Gestión de Archivos Administrativos,
- Ley de la Contraloría General del Estado,
- Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas,
- Reglamento General sustitutivo para el manejo y administración de Bienes del sector público.
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- Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2410:2010, documentación, elaboración de oficios, oficios circulares, memorandos, memorandos circulares y circulares.
- Resolución Administrativa Nº 300-2010-CPCH.
Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Art. 10.- Custodia de la Información.- Es responsabilidad de las instituciones públicas, personas jurídicas de derecho público y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, crear y mantener registros públicos de manera profesional, para que el derecho a la información se pueda ejercer a plenitud, por lo que, en ningún caso se justificará la ausencia de normas técnicas en el manejo y archivo de la información y documentación para impedir u obstaculizar el ejercicio de acceso a la información pública, peor aún su destrucción.
Quienes administren, manejen, archiven o conserven información pública, serán personalmente responsables, solidariamente con la autoridad de la dependencia a la que pertenece dicha información y/o documentación, por las consecuencias civiles, administrativas o penales a que pudiera haber lugar, por sus acciones u omisiones, en la ocultación, alteración, pérdida y/o desmembración de documentación e información pública. Los documentos originales deberán permanecer en las dependencias a las que pertenezcan, hasta que sean transferidas a los archivos generales o Archivo Nacional.
El tiempo de conservación de los documentos públicos, lo determinará la Ley del Sistema de Archivo Nacional y las disposiciones que regulen la conservación de la información pública confidencial.
Los documentos de una institución que desapareciere, pasarán bajo inventario al Archivo Nacional y en caso de fusión interinstitucional, será responsable de aquello la nueva entidad
Art. 11 literal c.- Vigilar que la documentación pública se archive bajo los lineamientos que en esta materia dispone la Ley del Sistema Nacional de Archivos.
Art. 18.- Protección de la Información Reservada.- La información clasificada previamente como reservada, permanecerá con tal carácter hasta un período de quince años desde su clasificación. La información reservada será desclasificada cuando se extingan las causas que dieron lugar a su clasificación. Se ampliará el período de reserva sobre cierta documentación siempre y cuando permanezcan y se justifiquen las causas que dieron origen a su clasificación.
El Consejo de Seguridad Nacional, en los casos de reserva por motivos de seguridad nacional y los titulares de las instituciones públicas, será responsable de clasificar y desclasificar la información de conformidad con esta Ley. La clasificación de reserva no podrá efectuarse posteriormente a la solicitud de información.
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La información reservada que se haga pública antes del vencimiento del plazo de la reserva o de manera distinta a la prevista en el inciso anterior, podrá ocasionar responsabilidad civil, administrativa y/o penal según los casos, de la persona que por su función haya violado la reserva.
Las instituciones públicas elaborarán semestralmente por temas, un índice de los expedientes clasificados como reservados. En ningún caso el Índice será considerado como información reservada. Este índice de información reservada, detallará: fecha de resolución y período de vigencia de esta clasificación.
La información reservada en temas de seguridad nacional, solo podrá ser desclasificada por el Consejo de Seguridad Nacional. La información clasificada como reservada por los titulares de las entidades e instituciones del sector público, podrá ser desclasificada en cualquier momento por el Congreso Nacional, con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus integrantes, en sesión reservada.
Art. 21.- Denegación de Información.- La denegación de acceso a la información o la falta de contestación, en el plazo señalado en la ley, dará lugar a los recursos administrativos, judiciales y a la imposición de sanciones a los funcionarios (remuneración de un mes de sueldo hasta la suspensión de sus funciones por 30 días o la destitución del cargo).
Ley del Sistema Nacional de Archivo.
Art. 1.- Los archivos de las instituciones del sector público constituyen patrimonio del estado.
Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Archivos.
Art. 1.-
a. La buena conservación, incremento y administración del Patrimonio Documental del Estado.
b. La organización y uso adecuado de los archivos que contengan documentos de importancia cultural.
Art 19.- Expresa que los archivos públicos y privados, en sus diversas categorías, deberán funcionar de acuerdo a la Ley respectiva, sus reglamentos especiales y bajo la supervisión del Inspector General de Archivos.
Instructivo de Organización Básica y Gestión de Archivos Administrativos.
Art. 1.- Aplicación obligatoria en todos los organismos del Estado.
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Art. 2.- Manifiesta que las máximas autoridades, jefes de Unidades Administrativas y personal encargado del manejo y administración de documentos y archivos, serán los responsables de acatar y dar cumplimiento a la formación de archivos, facilitar su organización y mantenimiento de tal manera que se inserten las Áreas de Archivo Central en los organismos estructurales y funcionales de cada entidad.
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Art. 28 (Q-0) COMPRAS PÚBLICAS
Unidades Responsable.- Compras PúblicasResponsable.- Jefe de Abastecimiento Interno
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Administración y manejo del portal www.compras publicas.gob.ec;
b) Utilizar las herramientas del portal www.compras publicas.gob.ec;
c) Coordinar y mantener los procedimientos de Contratación Pública con la Coordinación de Sindicatura;
d) Seleccionar el tipo de procedimiento de contratación a utilizarse para bienes, obras o prestación de servicios incluido los de consultoría;
e) Coordinar la elaboración del Plan Anual de Contratación que debe estar alineado al Plan Estratégico Institucional y a los Poas de cada Coordinación de la institución;
f) Publicar, Actualizar y Mantener vigente el Plan Anual de Contrataciones;
g) Cotización de Bienes y Servicios para elegir la mejor oferta;
h) Subir al portal las facturas por Bienes Y Servicios de Ínfima Cuantía y de Régimen Especial;
i) Notificaciones de Adjudicación a los proveedores;
j) Solicitud de informes técnicos a las Unidades requirentes para tomas mejores decisiones sobre las compras a efectuarse;
k) Gestionar las actividades y procedimientos de la Unidad;
l) Seguimiento de los procesos de contratación de bienes y servicios;
m) Revisión del catálogo electrónico que se encuentra en el portal;
n) Elaboración de órdenes de compra y cuadros comparativos;
o) Subir al Portal los procesos de contratación bienes, obras, prestación de servicios incluido los de consultoría;
p) Cumplir con el calendario de los procedimientos de contratación pública establecidos en los pliegos;
q) Mantener un expediente por cada contratación en el que constarán los documentos referentes a los hechos y aspectos más relevantes de sus etapas de preparación, selección, contratación, ejecución, así como en la fase pos contractual;
r) Proveer la logística necesaria para el abastecimiento de los bienes y servicios;
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s) Cumplir y hacer cumplir los procedimientos precontractuales;
t) Emitir informes relacionados con el proceso de contratación;
u) Asegurar que los bienes y servicios contratados cuenten con respaldo financiero;
v) Desempeñar las demás funciones que le asignare la autoridad competente, las leyes y los reglamentos.
2. Procesos.
3. Productos y Servicios.-
(O-1). CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
h) Plan Anual de Contrataciones
- Cotizaciones de acuerdo a los bienes y servicios
- Facturas aprobadas
- Adjudicaciones de proveedores
- Compras por catalogo
- Órdenes de compra o trabajo
- Cuadros comparativos
- Contratos (bienes, servicios, obras y consultorías) subidos al portal
i) Contratos de acuerdo al marco legal vigente
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O-1. CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
O-2. MANEJO DEL PORTAL
O-0 COMPRAS PÚBLICA
CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
MANEJO DEL PORTAL
- Acciones de revisión previa
- Actas de calificación
j) Estadísticas de contratación
- Compras realizadas
- Contratos ejecutados
- Contratos incumplidos
- Informe de Adjudicatarios fallidos
(O-2). MANEJO DEL PORTAL
a) Utilización de portal
- Revisión del catálogo
- Revisar y utilización de las herramientas del portal
- Publicar y actualizar el PAC
- Facturas subidas al portal
- Subir los procesos de contratación de Obras, Consultorías, bienes y servicios
- Revisión de calendarios
4. Conformación.- El proceso está integrado por los siguientes responsables.
Coordinador Administrativo Coordinador Financiero Jefe de Abastecimiento Interno (Asesor Jurídico de Contratación) Bodeguero
Participan en el Proceso:
Prefecto
Procurador Síndico
Coordinadores, Jefes de Unidad, Técnicos especialistas
Unidades Requirentes
Fiscalizadores de contrato
Actores Sociales y Proveedores
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Art. 29 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESOS DE CONTRATACIÓN
PÚBLICA
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
Esta Ley establece el Sistema Nacional de Contratación Pública y determina los principios y normas para regular los procedimientos de contratación para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría.
Art. 49.- De las Fases Preparatoria y Precontractual.- La fase preparatoria de todo procedimiento licitatorio comprende la conformación de la Comisión Técnica requerida para la tramitación de la licitación así como la elaboración de los pliegos.
La fase precontractual comprende la publicación de la convocatoria, el procedimiento de aclaraciones, observaciones y respuestas, contenidos y análisis de las ofertas, informes de evaluación hasta la adjudicación y notificación de los resultados de dicho procedimiento.
Las fases preparatoria y precontractual se regularán en el Reglamento de esta Ley.
Art. 58.- Procedimiento.- Cuando la máxima autoridad de la institución pública haya resuelto adquirir un determinado bien inmueble, necesario para la satisfacción de las necesidades públicas, procederá a la declaratoria de utilidad pública o de interés social de acuerdo con la Ley.
Perfeccionada la declaratoria de utilidad pública o de interés social, se buscará un acuerdo directo entre las partes, por el lapso máximo de noventa (90) días.
Para este acuerdo, el precio se fijará, tanto para bienes ubicados en el sector urbano como en el sector rural, en función del avalúo realizado por la Dirección de Avalúos y Catastros de la Municipalidad en que se encuentren dichos bienes, que considerará los precios comerciales actualizados de la zona.
El precio que se convenga no podrá exceder del diez (10%) por ciento sobre dicho avalúo.
Se podrá impugnar el precio más no el acto administrativo, en vía administrativa.
El acuerdo y la correspondiente transferencia de dominio, se formalizarán en la respectiva escritura pública, que se inscribirá en el Registro de la Propiedad…
Art. 92.- Terminación de los Contratos.- Los contratos terminan:
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• Por cumplimiento de las obligaciones contractuales;
• Por mutuo acuerdo de las partes;
• Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo a pedido del contratista;
• Por declaración unilateral del contratante, en caso de incumplimiento del contratista; y,
• Por muerte del contratista o por disolución de la persona jurídica contratista que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica.
Los representantes legales de las personas jurídicas cuya disolución se tramita están obligados, bajo su responsabilidad personal y solidaria, a informar a la autoridad a la que compete aprobar la disolución, sobre la existencia de contratos que aquellas tengan pendientes con las Entidades Contratantes previstas en esta Ley, y a comunicar a las Entidades Contratantes respectivas sobre la situación y causales de disolución.
Para los indicados casos de disolución de personas jurídicas, antes de expedir la resolución que la declare, la autoridad correspondiente deberá comunicar sobre el particular al Instituto Nacional de Contratación Pública, para que éstos, en el término de diez (10) días, informen si la persona jurídica cuya disolución se tramita no tiene contratos pendientes con las entidades sujetas a esta Ley o precise cuáles son ellos…
Reglamento a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Art. 13.- Información relevante.- En el Portal www.compraspublicas.gob.ec se entenderá como información relevante la siguiente:
Convocatoria;
Pliegos;
Proveedores invitados;
Preguntas y respuestas de los procedimientos de contratación;
Ofertas presentadas por los oferentes, con excepción de la información calificada como confidencial por la entidad contratante conforme a los pliegos;
Resolución de adjudicación;
Contrato suscrito, con excepción de la información calificada como confidencial por la entidad contratante conforme a los pliegos;
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Contratos complementarios, de haberse suscrito;
Ordenes de cambio, de haberse emitido;
Cronograma de ejecución de actividades contractuales;
Cronograma de pagos; y,
Actas de entrega recepción, o actos administrativos relacionados con la terminación del contrato.
Art. 25.- Del Plan Anual de Contratación.- Hasta el 15 de enero de cada año, la máxima autoridad de cada entidad contratante o su delegado, aprobará y publicará el Plan Anual de Contratación (PAC), el mismo que contendrá las obras, bienes o servicios incluidos los de consultoría que se contratarán durante ese año, en función de sus respectivas metas institucionales.
Art.30 (R-0) MACRO PROCESO: EJECUCIÓN Y CONTROL FINANCIEROUnidades Responsable.- Coordinación FinancieraResponsable.- Coordinador/a de Financiera
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Asesorar y orientar a las autoridades para la toma de decisiones en materia de administración financiera;
b) Aplicar procedimiento de control interno o pre intervención a toda la gestión financiera de acuerdo a la COOTAD art. 341;
c) Administrar el presupuesto institucional, conforme a la misión, planes, programas y proyectos del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo;
d) Asegurar que se cumple el ciclo presupuestario en la Organización;e) Cumplimiento de las recomendaciones emitidas por los organismos de control en
el ámbito financiero;f) Verificar la ejecución del Plan Anual de la Política Pública en el aspecto financiero
aprobado por el Prefecto de la Provincia;g) Cumplir y hacer cumplir la normativa financiera legal vigente;h) Capacitación a las Unidades en los temas de su competencia;i) Establecer acciones de mejora sobre el proceso de control presupuestario;j) Coordinar entre las Coordinaciones lo relacionado con la programación y
ejecución presupuestaria;k) Coordinar las asignaciones presupuestarias para cada Coordinación;l) Supervisar la calidad del gasto de las Coordinaciones, recomienda y emite
observaciones sobre acciones que mejoran la efectividad del gasto;
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m) Evaluar la ejecución presupuestaria de todas las Coordinaciones;n) Asegurar la razonabilidad de los saldos contables;o) Emitir periódicamente los estados financieros en cumplimiento con la normativa
vigente;p) Custodiar la documentación de los respaldos financieros de acuerdo a normativa
técnica;q) Asegurar el cumplimientos de las obligaciones tributarias;r) Ejecutar el pago y custodia de bienes y valores;s) Receptar las recaudaciones de acuerdo a la normativa vigente;t) Asegurar al recaudación de la Biblioteca Electrónica por la prestación de servicios;u) Administrar los ingresos de recursos provenientes de los diferentes convenios y
acuerdos interinstitucionales;v) Asegurar que las certificaciones presupuestarias requeridas se sujeten a la
planificación presupuestaria con calidad, oportunidad y cumplimiento de normativa vigente;
w) Dirigir la elaboración, ejecución y seguimiento del POA de su área;x) Desempeñar las demás funciones que le asignare la autoridad competente, las
leyes y los reglamentos.
2. Procesos.
3. Productos y Servicios.-
(R-1) ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIA
a) Presupuesto controlado de la Organización
- Calidad de la ejecución presupuestaria en función de la normativa financiera
- Control Previo
- Avance de ejecución presupuestaria
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R1. ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIA
R2. CONTABILIDAD
R3. TESORERÍA
R4. CONTROL FÍSICO DE BIENES
R-0 EJECUCIÓN Y CONTROL FINANCIERO
ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIA
CONTABILIDAD
TESORERÍA
CONTROL FÍSICO DEBIENES Y BODEGA
b) Presupuesto Ejecutado
- Cedulas Presupuestarias de Ingresos y Gastos Institucionales
- Análisis, y solución a los diferentes requerimientos de las Direcciones, relacionados con la etapa de la ejecución presupuestaria.
- Seguimiento y difusión permanente del nivel de ejecución presupuestaria relacionada con la programación financiera y con el presupuesto anual de la Organización
(R-2) CONTABILIDAD
a) Situación Financiera de la Organización
- Conciliación e integración de la contabilidad general
- Verificación y control del reporte de ingresos.
- Estados Financieros
Registros del hecho económico
- Análisis Contable
Recomendaciones.
- Control Previo
b) Respaldos físicos y magnéticos del archivo activo y pasivo de la gestión financiera y de los documentos de ingresos y gastos
c) Información tributaria
- Comprobantes de venta y retención
- Anexos Transaccionales
- Verificación y generación de información
(R-3)TESORERÍA
a) Recaudaciones de la Organización
- Informes diarios de recaudaciones.
- Control y/o verificación de ingresos
- Comprobante de Ingresos
- Informe de Control de Especies Valoradas
b) Cancelación de Obligaciones de la Organización
- Formulario de retenciones tributarias
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- Comprobante de pagos
- Control Previo
- Reporte de reclasificación, corrección y pago de rechazos generados por cuentas incorrectas
c) Control y custodia de títulos, especies valoradas, garantías y dinero
- Reportes de control y custodia de garantías
(R-4) CONTROL FÍSICO DE BIENES
a) Control de bienes (depreciables y no depreciables)
- Manual de codificación de bienes
- Manual de buen uso y manejo de bienes
- Verificación de la certificación de la partida presupuestaria para la recepción de bienes
- Convalidación de constatación física de bienes
- Conciliación de los valores de los bienes entre Contabilidad y Activos Fijos
- Control de ingreso de nuevas construcciones, mejoras y donaciones
- Cuadro de control de pago de adicionales al impuesto predial a nivel de Organización
b) Modificaciones, Bajas y/o Remates de bienes (depreciables y no depreciables) de la Organización
- Cuadro de control del proceso de bajas y/o remates
- Informe de solicitud de baja y/o remate de los bienes
- Informe del acta y anexo debidamente legalizados de las bajas y/o remates
- Certificaciones de remate de vehículos
- Actas de Entrega-Recepción.
c) Cuadro de catastro de bienes inmuebles
- Cuadro de control trimestral de constatación de linderos
- Informes de litigios de bienes inmuebles
d) Control de inventarios consumo interno
- Normativa de almacenamiento y manejo de almacén
Codificación
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Perchaje,
Responsabilidades y seguridades, etc.
• Verificación de stock´s y reposiciones
• Constatación de existencias en almacén
• Planes de acción y control de inventarios
• Actas entrega – recepción; y verificación
• Registro contable de existencias
• Bajas y/o Remates de bienes en desuso u obsoletos
e) Control de inventarios de bienes para inversión
4. Conformación.- El proceso integrado por los siguientes responsables. Coordinador/a Financiero/a Jefe de Presupuestos Contador General Jefe de Activos Fijos Jefe de Bodega Tesorero Provincial
Participan en el proceso: Comisiones multidisciplinarias Comisión Técnica de Apoyo de Contratación Pública Junta de Remates
5. Foros de coordinación.- Sistema de Control Interno
Lidera: Fortalecimiento InstitucionalParticipan: Coordinador Administrativo, Auditor Interno, Responsable de Control Previo, Procurador Síndico; y CoordinadoresPeriodicidad: Trimestral.
Art. 31 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESOS DE EJECUCIÓN Y
CONTROL FINANCIERO
Ley de Régimen Tributario Interno.
Art. 43.- Todos los pagos se sujetarán a retenciones en la Fuente.
Art. 45.- Toda persona jurídica actúa como agente de retención de Impuesto a la Renta
Art. 50.- La retención en la Fuente debe realizarse al momento del pago.
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Art. 67.- Obligación de declarar el impuesto de sus operaciones.
Art. 63.- Son sujetos pasivos del IVA:
a) En calidad de agentes de percepción:
2. Las personas naturales y las sociedades que habitualmente efectúen transferencias de bienes gravados con una tarifa;
3. Quienes realicen importaciones gravadas con una tarifa, ya sea por cuenta propia o ajena; y,
4. Las personas naturales y las sociedades que habitualmente presten servicios gravados con una tarifa; y,
b) En calidad de agentes de retención:
1. Las entidades y organismos del sector público; las empresas públicas y las privadas consideradas como contribuyentes especiales por el Servicio de Rentas Internas; por el IVA que deben pagar por sus adquisiciones a sus proveedores de bienes y servicios cuya transferencia o prestación se encuentra gravada, de conformidad con lo que establezca el reglamento;
Reglamento General de Bienes del Sector Público.
Art. 01.- Ámbito de aplicación: El presente Reglamento se refiere, tanto a los bienes de los organismos y entidades del sector público no destinados al uso general de las personas, así como a los de particulares que hubieren sido embargados durante la acción coactiva pertinente, en razón del gravamen hipotecario que pesa sobre ellos a favor de tales organismos y entidades, en garantía de los importes del crédito principal, sus intereses y más obligaciones que de la deuda se deriven.
Art. 03.- La máxima autoridad está obligada a orientar y dirigir la correcta conservación y cuidado de los bienes.
Reglamento de Facturación del SRI.
Disposiciones Generales
Tercera.- Los adquirentes que utilicen comprobantes de venta para sustentar crédito tributario en materia de impuesto al valor agregado o costos y gastos a efectos de la determinación y liquidación del impuesto a la renta, podrán consultar, en los medios que ponga a disposición el Servicio de Rentas Internas, la validez de los mencionados comprobantes. Sin embargo, si el contribuyente, a su cuenta y riesgo, no consulta al Servicio de Rentas Internas la validez de los comprobantes de venta, no podrá
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argumentar su desconocimiento del sistema de consulta para oponerse a la determinación u observación que realice la administración respecto del crédito tributario o de los costos y gastos sustentados con comprobantes de venta no autorizados.
Normas de Control Interno para las Entidades, Organismos Sector Público y Personas Jurídicas de Derecho Privado que dispongan de Recursos Públicos.
100-01.-Control Interno
El control interno será responsabilidad de cada institución del Estado y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos y tendrá como finalidad crear las condiciones para el ejercicio del control.
100-02.- Objetivos del Control Interno
Promover la eficiencia, eficacia y economía de las operaciones bajo principios éticos y de transparencia.
Garantizar la confiabilidad, integridad y oportunidad de la información.
Cumplir con las disposiciones legales y la normativa de la entidad para otorgar bienes y servicios públicos de calidad. Proteger y conservar el patrimonio público contra pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal.
402 Administración Financiera-Presupuesto
402-01 Responsabilidad del control
La máxima autoridad dispondrá a los responsables de las Unidades el diseño de controles en cada uno de sus campos para el cumplimiento de las fases del ciclo presupuestario, tomando en consideración la normativa vigente
402-03 Control previo al devengado
Previa a la aceptación de una obligación, o al reconocimiento de un derecho, como resultado de la recepción de bienes, servicios u obras, la venta de bienes o servicios u otros conceptos de ingresos, las servidoras y servidores encargados del control verificarán:
a. Que la obligación o deuda sea veraz y corresponda a una transacción financiera que haya reunido los requisitos exigidos en la fase del control previo, que se haya registrado contablemente y contenga la autorización respectiva, así como mantenga su razonabilidad y exactitud aritmética;
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b. Que los bienes o servicios recibidos guarden conformidad plena con la calidad y cantidad descritas o detalladas en la factura o en el contrato, en el ingreso a bodega o en el acta de recepción e informe técnico legalizados y que evidencien la obligación o deuda correspondiente;
c. Que la transacción no varíe con respecto a la propiedad, legalidad y conformidad con el presupuesto, establecidos al momento del control previo al compromiso efectuado;
d. Diagnóstico y evaluación preliminar de la planificación y programación de los presupuestos de ingresos;
e. La existencia de documentación debidamente clasificada y archivada que respalde los ingresos;
f. La corrección y legalidad aplicadas en los aspectos formales y metodológicos del ingreso;
g. La sujeción del hecho económico que genera el ingreso a las normas que rigen su proceso.
403 Administración Financiera-Tesorería
403-01 Determinación y recaudación de los ingresos
La máxima autoridad y el servidor encargado de la administración de los recursos establecidos en las disposiciones legales para el financiamiento del presupuesto de las entidades y organismos del sector público, serán los responsables de la determinación y recaudación de los ingresos, en concordancia con el ordenamiento jurídico vigente. Los ingresos obtenidos a través de las cajas recaudadoras, en efectivo, cheque certificado o cheque cruzado a nombre de la entidad serán revisados, depositados en forma completa e intacta y registrados en las cuentas rotativas de ingresos autorizados, durante el curso del día de recaudación o máximo el día hábil siguiente.
403-02 Constancia documental de la recaudación
toda entidad, organismo del sector público y persona jurídica de derecho privado que disponga de recursos públicos que recaude o reciba recursos financieros, en concepto de ingresos, consignaciones, depósitos y otros conceptos por los que el Estado sea responsable, otorgarán un comprobante de ingreso pre impreso y pre numerado. Por cada recaudación que realice una entidad u organismo del sector público, por cualquier concepto, se entregará al usuario el original del comprobante de ingreso pre impreso y pre numerado o una especie valorada; estos documentos cumplirán con los requisitos establecidos por el organismo rector en materia tributaria y respaldarán las transacciones realizadas, permitiendo el control sobre los recursos que ingresan al Tesoro Nacional.
403-03 Especies valoradas
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Las especies valoradas emitidas, controladas y custodiadas por la Unidad responsable del Tesoro Nacional, o aquellas que por excepción son emitidas y custodiadas por los organismos del régimen seccional autónomo, entidades de seguridad social y empresas públicas, se entregarán al beneficiario por la recepción de un servicio prestado por parte de un órgano del sector público. Los ingresos que se generen... serán controlados mediante cuentas de orden. El Instituto Geográfico Militar es el único organismo autorizado para elaborar las especies valoradas para todo el sector público del Ecuador.
403-07 Conciliaciones bancarias
La conciliación bancaria es un proceso que se ocupa de asegurar que tanto el saldo según los registros contables como el saldo según el banco sean los correctos. Se la realiza en forma regular y periódicamente por lo menos una vez al mes.
403-09 Pagos a beneficiarios
El Sistema de Tesorería, prevé el pago oportuno de las obligaciones de las entidades y organismos del sector público y utiliza los recursos de acuerdo con los planes institucionales y los respectivos presupuestos aprobados. El pago de las obligaciones a los beneficiarios, será ordenado por la Unidad responsable del Tesoro Nacional al depositario oficial de los fondos públicos; dichas obligaciones se registrarán apropiadamente por las instituciones y se solicitarán de acuerdo al programa mensual aprobado. .. .Bajo ninguna consideración se podrá realizar pagos en efectivo, a excepción de los gastos que se realizan a través de la caja chica.
403-11 Utilización del flujo de caja en la programación financiera
Las entidades y organismos del sector público, para la correcta utilización de los recursos financieros, elaborarán la Programación de Caja, en la que se establecerá la previsión calendarizada de las disponibilidades efectivas de fondos y su adecuada utilización, permitiendo compatibilizar la ejecución presupuestaria anual en función de las disponibilidades. .. .El flujo de caja de la entidad tendrá un período determinado similar al ejercicio presupuestario; su periodicidad puede ser anual, cuatrimestral, trimestral o diaria, de acuerdo con las necesidades.
403-12 Control y custodia de garantías
En los contratos que celebren las entidades del sector público, para asegurar el cumplimiento de los mismos, se exigirá a los oferentes o contratistas la presentación de las garantías en las condiciones y montos señalados en la ley. La tesorería informará oportunamente al nivel superior sobre los vencimientos de las garantías a fin de que se tomen las decisiones adecuadas, en cuanto a requerir su renovación o ejecución, según sea el caso.
403-13 Transferencia de fondos por medios electrónicos
Toda transferencia de fondos por medios electrónicos, estará sustentada en documentos que aseguren su validez y confiabilidad.
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La utilización de medios electrónicos para las transferencias de fondos entre entidades agilita la gestión financiera gubernamental.
403-14 Inversiones financieras, adquisición y venta
Las entidades y organismos del sector público, podrán invertir los excedentes temporales de caja en el mercado nacional o internacional, para lo cual se considerará la mejor opción para el Estado y las indicadas entidades.
404 Administración Financiera-Deuda Pública
404-01 Gestión de la deuda
Las máximas autoridades encargadas de la gestión de la deuda pública deberán establecer y mantener un ambiente de control que fomente: los valores éticos, las políticas de talento humano que apoyen los objetivos de gestión de la deuda pública, una estructura organizacional con claras líneas de responsabilidad y comunicación y sistemas de información computarizados que incluyan controles de seguridad adecuados.
404-02 Organización de la oficina de deuda pública
El organismo responsable de administrar la deuda pública, contará con Unidades operacionales encargadas de coordinar las operaciones de la deuda con la política fiscal del Gobierno y de gestionar las transacciones específicas de deuda. La estructura organizacional de la Unidad de administración de la deuda, estará conformada por tres dependencias identificadas como: front office, middle office y back office, con funciones y responsabilidades distintas.
404-03 Política y manual de procedimientos
El ente rector del sistema de crédito público, a través de un comité de deuda y financiamiento, definirá las políticas y directrices de endeudamiento y vigilará que exista consistencia en las estrategias y en el proceso de endeudamiento público de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República del Ecuador y las disposiciones legales relacionadas con esta materia.
404-04 Contratación de créditos y límites de endeudamiento
Las entidades y organismos del sector público para la contratación de créditos o la concesión de garantías de créditos externos por parte de la República del Ecuador, observarán las disposiciones, restricciones, requisitos y procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico vigente.
404-05 Evaluación del riesgo relacionado con operaciones de la deuda pública
La máxima autoridad del ente rector de la deuda pública establecerá un plan de riesgos para la identificación de las circunstancias y eventos susceptibles de impedir que se
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alcancen los objetivos de gestión de la deuda pública y la medición del grado de probabilidad de que ocurran.
404-06 Contabilidad de la deuda pública
Se dispondrá de un adecuado sistema de contabilidad gubernamental que proporcione información gerencial de la deuda pública y que permita el registro de las operaciones de endeudamiento, asegurando la preparación de información financiera detallada, confiable y oportuna.
404-07 Registro de la deuda pública en las entidades
Las entidades y organismos del sector público para el registro y control de las transacciones relacionadas con la deuda pública, observarán los principios y normas técnicas para el sistema de administración financiera, emitidas por el Ministerio de Finanzas.
404-08 Conciliación de Información de Desembolsos de Préstamos y de Operaciones por Servicio de la Deuda
Los desembolsos recibidos durante la fase de ejecución de los préstamos, al igual que las operaciones del servicio de la deuda pública serán conciliados entre los organismos y entidades involucradas en su procesamiento.
404-09 Pasivos Contingentes
Las entidades del sector público revelarán todos los préstamos y obligaciones contraídos con organismos internacionales de crédito u otras fuentes que constituyan deuda pública interna o externa, así como los pasivos contingentes que podrían transformarse en pasivos reales como consecuencia de eventos futuros.
404-11 Control y seguimiento
El organismo responsable de administrar la deuda pública, establecerá controles periódicos de las operaciones para evaluar la eficacia de las actividades regulares de supervisión y monitoreo realizadas por personal de la entidad, las auditorías internas o externas o consultores externos contratados.
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TITULO III
MACRO PROCESOS AGREGADORES DE VALOR (NIVEL OPERATIVO)
CAPÍTULO I
Los Macro Procesos centrales o Agregadores de valor, son procesos que existen para satisfacer las necesidades del cliente de acuerdo a la misión institucional “IMPACTO AL ESTADO Y A LA COMUNIDAD”.Los procesos agregadores de valor son la razón de ser de la organización, si faltara uno de ellos la organización no existiría o carecería de un sentido de trabajo.Como la Organización es una Macro Organización, sus procesos centrales son denominados también Unidades Estratégicas; que están encaminadas a generar productos y prestar servicios de manera desconcentrada y directamente en las jurisdicciones de acantonamiento sobre la base de la planificación institucional.
Art.32 MAPA CONCEPTUAL DE LA CADENA DE VALOR DE ORGANIZACIÓN
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Art.33 (D-0) GESTIÓN DE OBRAS PÚBLICAS
Unidad Responsable.- Coordinación de Obras PúblicasResponsable.- Coordinador Gestión de Obras Públicas
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Priorizar los Proyectos de ejecución en función del presupuesto y la planificación;
b) Realizar los diseños definitivos, términos de referencia y/o definir las especificaciones técnicas de los Proyectos Técnicos a ejecutarse en función de los Diseños provistos por Planificación Técnica a nivel de factibilidad
c) Actualizar y mantener vigente el presupuesto de los proyectos por ejecutarse
d) Apoyar en el proceso y procedimientos relacionados con Compras Públicas;
e) Formar parte de las Comisiones Técnicas de Contratación; y Subcomisiones de Apoyo;
f) Ejecutar y administrar las Obras de Vialidad, Riego, Infraestructura para la Provincia, Mantenimiento de la Obra Pública en general; y Obras de administración directa;
g) Ejecutar y administración Obras emergentes considerando las competencias concurrentes del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo;
h) Asegurar la ejecución de las Obras como Administradores de los Contratos de Obra Pública. Detectar oportunamente errores u omisiones de los diseñadores así como imprevisiones técnicas que requieran acciones correctivas y proponer a la fiscalización los cambios en el proceso constructivo;
i) Asesorar a las comunidades en la ejecución de los contratos y convenios para Obra Pública; definiendo la puesta en servicios de los proyectos ejecutados;
j) Asegurar la idoneidad técnica de los bienes adquiridos para Obra Pública;
k) Proveer de la información de ejecución y avance de los Proyectos de obra Pública para posterior control de los mismos por medio de indicadores;
l) Contar con Estudios especializados que apoyen en los procesos de fiscalización y ejecución de los proyectos;
m) Fortalecer los controles para Obra Pública por medio del uso de equipos específicos de laboratorio para determinar las características adecuadas de los materiales de conformidad con los requisitos y tolerancias. Se deben hacer pruebas especiales y ensayo no previstos;
n) Administrar los Proyectos de Obra Pública que son establecidos por los Organismos de Desarrollo nacionales e internacionales;
o) Establecer los convenios con las instituciones gubernamentales y ejecutarlos conforme las competencias del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo;
p) Elaborar memorias técnicas, cálculos de valores y cronogramas de trabajo;
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q) Establecer y mantener actualizada la base de datos de costos unitarios estandarizados para la ejecución de obras;
r) Coordinar todo lo referente a los procesos de mantenimiento preventivo y correctivo del equipo caminero, demás maquinaria pesada y vehículos livianos para optimizar los recursos de la Institución;
s) Elaborar informes de control de ubicación de maquinaria y del personal a cargo de la misma;
t) Dirigir la elaboración, ejecución y seguimientos del POA de su área;
u) Analizar los indicadores de impacto resultantes de los programas y proyectos a su cargo;
v) Evaluar la gestión de su área; y,
w) Desempeñar las demás funciones que le asigne la autoridad competente, las leyes y los reglamentos.
2. Procesos.-
3. Productos y Servicios.-
(D-1) VIALIDADa) Proyectos Viales ejecutados
- Apertura y/o mejoramiento de vías
- Afirmados de calzada
- Pavimentos
Lastrado
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D1. VIALIDAD
D2. INFRAESTRUCTURA PROVINCIAL
D3. MANTEMINIENTO Y TALLERES
D4. CONTROL TÉCNICO DE CALIDAD
D-0 GESTIÓN DE OBRAS PÚBLICAS
VIALIDAD
INFRAESTRUCTURA PROVINCIAL
CONTROL TÉCNICO DE CALIDAD
MANTENIMIENTO Y TALLERES
Empedrados
Adoquinado
Flexibles
Tratamientos superficiales bituminosos
Hormigón Asfaltico
Rígidos
Hormigón Hidráulico
- Sistemas de drenaje mayor y menor
- Puentes y estructuras especiales
b) Señalización Vial
c) Mantenimiento vial
- Mantenimiento Rutinario
- Mantenimiento Periódico
- Mantenimiento Emergente
(D-2) INFRAESTRUCTURA PROVINCIAL
a) Obras Públicas ejecutadas
- Edificaciones / Puentes peatonales
- Apoyo integral a los Sistemas de Agua Potable y Saneamiento Ambiental
b) Obras de Riego
c) Obras de Gestión Ambiental
d) Infraestructura para la Producción
e) Otras Obras de acuerdo a las competencias concurrentes
(D-3) MANTENIMIENTO Y TALLERES
b) Parque automotor operativo y funcional (LIVIANO Y PESADO)
- Plan de Mantenimiento Preventivo
Lavadora, lubricadora
Vulcanizadora
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Taller de mecánica diesel y gasolina
Taller eléctrico y de suelda
Mantenimiento de vehículos en talleres autorizados y bajo garantía
- Directrices y normativa de mantenimiento
c) Despacho de Combustible y lubricantes
d) Control de Inventario de stock de repuestos, materiales e insumos para el parque automotor.
(D-4) CONTROL TÉCNICO DE CALIDAD
a) Reportes de análisis y ensayos para ejecución de obra
- Ensayos destructivos y no destructivos
- Análisis de calidad de aguas
- Densidad de suelo
- Calidad de Materiales, equipos y maquinaria
b) Indicadores de cumplimiento de requisitos técnicos
c) Elaboración de términos de referencia de acuerdo a los proyectos de obras pública
d) Técnicas de construcción de Autopistas y Geotecnia
4. Conformación.- El proceso está integrado por las siguientes responsables.
Coordinador de Obras Públicas Responsables de cada Unidad de la Coordinación de Obras Públicas Fiscalizador
Forman parte del Proceso. Prefectura Procurador Síndico Responsable de Compras Públicas Coordinador de Planificación Coordinador Financiero Coordinador Administrativo Coordinador de Gestión de Riego Coordinador de Gestión Ambiental Coordinador de Fomento Productivo Administradores de Contrato Actores Sociales
5. Foros de coordinación.-
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Gestión de Impactos de ObraLidera: Coordinador de Obras PúblicasParticipan: Planificación Institucional y Coordinadores Operativos; Participación ciudadanaPeriodicidad: Semestral
Art. 34 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESO DE GESTIÓN DE
OBRAS PÚBLICAS
Constitución de la República del Ecuador
Art. 260.- El ejercicio de las competencias exclusivas no excluirá el ejercicio concurrente de la gestión en la prestación de servicios públicos y actividades de colaboración y complementariedad entre los distintos niveles de Gobierno.
Art. 263.- Los Gobiernos Provinciales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de las otras que determine la ley:
2. Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas.
5. Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego.
8. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.
Ley de Contratación Pública
Art. 70.-… Gestionar la Administración del contrato.- Los contratos contendrán estipulaciones específicas relacionadas con las funciones y deberes de los administradores del contrato, así como de quienes ejercerán la supervisión o fiscalización.
Normativa de Control Interno
408 Administración de Proyectos
…Implementar el plan y el programa de mantenimiento. Al finalizar el proyecto se efectuará, además, una evaluación que compare las previsiones de los estudios realizados frente a los obtenidos en la realidad, para contar con la información necesaria que permita mejorar los estudios de nuevos proyectos.
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408 – 13
…Para la ejecución de la obra con los que tiene disponibles la entidad, algunas posibilidades de ejecución son: por administración directa, por contrato y por concesión. Cualquiera que sea la modalidad de ejecución escogida, deberá actuarse conforme con las disposiciones legales y reglamentarias que las rigen.
408 – 16
… Dependiendo de la entidad dueña del proyecto y la importancia del mismo, se organizará la administración del contrato o administración de la obra según se trate de la ejecución mediante contrato o una ejecución directa de la Entidad. Estas labores las puede realizar la entidad directamente o contratarla con una empresa consultora que se encargará de administrar por delegación. A pesar de delegar estas labores, la entidad mantendrá una supervisión rigurosa y estricta sobre la obra con el propósito de vigilar las tareas de fiscalización. En proyectos que involucren la ejecución de obras civiles y equipamiento o la ejecución de varias obras de la misma naturaleza se designará un Administrador del Contrato cuyas funciones, en términos generales, consisten en velar por la calidad de la obra, el costo y el plazo.
Art. 35 (W-0) GESTIÓN DE RIEGO
Unidad Responsable.- Coordinación de Gestión de RiegoResponsable.- Coordinador de Gestión de Riego
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Consolidar una metodología de intervención con enfoque integral y participativo que busque la factibilidad social, técnica, ambiental y económica del riego provincial;
b) Planificar el Riego Provincial enmarcado en el PDOT de la provincia y en el Plan Nacional de Riego;
c) Emitir la Política Pública Provincial de Riego y Drenaje en articulación con la Política Pública Nacional;
d) Emitir la Normativa Provincial de Riego y Drenaje en el marco de la regulación nacional vigente;
e) Dar seguimiento y evaluación de los planes y programas provinciales de riego y drenaje;
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f) Coordinar con las diferentes instancias institucionales internas y externas para garantizar la gestión integral del Riego Provincial;
g) Priorizar y fortalecer la gestión de la demanda hídrica como política pública provincial en riego enmarcado en los lineamientos establecidos por la planificación.
h) Articulación de acciones para la AOM con las juntas de usuarios de los sistemas de riego públicos y comunitarios;
i) Establecer mecanismos orientados a lograr el empoderamiento de los usuarios en las intervenciones de riego mediante la aplicación de contrapartes como política de cofinanciamiento.
j) Mejorar los sistemas de riego ya existentes promoviendo el uso ahorrativo del agua en base a la tecnificación de la conducción, almacenamiento, distribución y aplicación del riego;
k) Emitir informes técnicos a la máxima autoridad para la participación en los Comités de Gestión Interinstitucionales de los macro proyectos de riego.
l) Coordinar con los programas y proyectos ejecutados por otras instancias en el marco de la concertación interinstitucional;
m) Suscripción de actas de recepción de estudios de macro proyectos con los comités de gestión;
n) Proveer de información inherente a la competencia de riego para alimentar el Sistema de Información Provincial (SIP);
o) Dirigir la elaboración, ejecución y seguimiento del POA de su área;
p) Analizar los indicadores de impacto resultantes de los programas y proyectos a su cargo;
q) Evaluar la gestión de su área; y,
r) Desempeñar las demás funciones que le asigne la autoridad competente, las leyes y los reglamentos.
2. Procesos.
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W-0 GESTIÓN DE RIEGO
3. Productos y Servicios.-
(W-1) GESTIÓN INTEGRAL DE RIEGO
a) Plan provincial de riego
b) Estudios de factibilidad y diseño definitivo de sistemas de riego.
- Consultoría
- Administración Directa
c) Sistemas de riego funcionando con diversos niveles de tecnificación
- Presurización a cabecera de parcela
- Presurización a cabecera de sector
- Revestimientos de canales con modulación
d) Superficies de suelo bajo riego para incorporar a las actividades productivas
e) Capacitar e incorporar a los usuarios para la tecnificación del riego.f) Generar información inherente a los sistemas de riego intervenidos por el
GADPCH.
g) Convenios Interinstitucionales
- Actas de recepción de los estudios, suscritas con los comités de gestión
h) Informes técnicos sobre la gestión de riego a nivel interno y externo
(W-2) GESTION DE LA ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTEMINIENTO DE RIEGO
a) Sistema de información catastral
- Padrón de usuarios
- Catastros de predios servidos
- Mapas catastrales
b) Informes sobre los ingresos por concepto de recaudación de tarifa básica.
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W1. GESTIÓN INTEGRAL DE RIEGO
W2. GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO
GESTIÓN INTEGRAL DE RIEGO
GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTEMINIENTO
c) Obras de mantenimiento ejecutadas en los sistemas de riegos estatales.
d) Reparto de los caudales de agua de riego en función de la superficie
e) Plan de AOM para los sistemas de riego estatales (comunitario)
f) Manuales para el manejo de las infraestructuras de riego.
4. Conformación.- El proceso está integrado por los siguientes responsables.
Coordinador de Riego Técnicos Agrícolas Técnicos Civiles Técnicos Ambientales Técnico de Administración Técnicos Sociales Promotores Sociales Personal de Apoyo
Participan en el Proceso:
Prefecto
Coordinación de Planificación
Coordinación Administrativa
Coordinación Financiero
Coordinación de Gestión Social
Coordinación de Gestión Ambiental
Coordinación de Obras Públicas
Coordinación de Fomento Productivo
Unidad de Compras Públicas
Coordinación de Sindicatura
Unidad Comunicación Social
Unidad de Fiscalización
Actores Sociales y comunidad
5. Foro de Coordinación.- Para la ejecución del proceso es importante contar con los siguientes foros de coordinación:
Foro de coordinación institucionalLidera: Coordinación de Gestión de Riego Participan: Fomento Productivo
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Gestión SocialGestión AmbientalPlanificación Obras Públicas
Periodicidad: Cuatrimestral
Art. 36 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESO DE GESTIÓN DE
RIEGO
CONSEJO NACIONAL DE COMPETENCIAS
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CONSEJO NACIONAL DE COMPETENCIAS
Sección II
Gobierno Provincial
Demás artículos de la sección del ámbito y modelos de gestión que consta en la Resolución del Consejo Nacional de Competencias (Art. 12 al Art. 17).
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Art. 37 (E-0) GESTIÓN DE FOMENTO PRODUCTIVO
Unidades Responsable.- Coordinación de Fomento ProductivoResponsable.- Coordinador de Fomento Productivo
6. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Coordinación interdepartamental para la determinación y ejecución de los programas de desarrollo agropecuario y no agropecuario;
b) Coordinación con instituciones afines a las actividades de los programas de desarrollo agropecuario y no agropecuario en la Provincia;
c) Asesorar e Informar al Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Chimborazo sobre la pertinencia técnica de la concepción de nuevos programas y proyectos de desarrollo agropecuario y no agropecuario;
d) Asegurar la implementación de los proyectos que constan en el mandato popular (presupuesto participativo de la provincia);
e) Asesorar y socializar a la comunidad sobre técnicas, requerimientos y acciones para implementar los proyectos de desarrollo agropecuario que garanticen la seguridad alimentaria;
f) Asesorar y socializar a la comunidad sobre técnicas, requerimientos y acciones para implementar los proyectos de desarrollo productivo no agropecuario que garanticen la seguridad económica;
g) Verificación y seguimiento de acciones ejecutadas en el campo; y evaluaciones de los proyectos;
h) Asegurar que se cuentan con los estudios de mercado pertinentes previos a la determinación de nuevos proyectos agropecuarios y no agropecuarios;
i) Contar con alianzas estratégicas que permiten la venta de bienes y servicios producidos por la implementación de los proyectos en las comunidades;
j) Contar con alianzas estratégicas que permiten la venta de bienes y servicios producidos por la implementación de los proyectos en las comunidades;
k) Incorporar áreas de la provincia a la actividad turística de acuerdo a sus potencialidades enmarcadas en el ordenamiento territorial y promocionarlas;
l) Ejecución de los proyectos de desarrollo en base del Plan Maestro de Turismo Provincial;
m) Fomentar el emprendimiento productivo y asociatividad de la provincia por medio de asesoría y capacitación;
n) Asegurar la ejecución de los proyectos agropecuarios y no agropecuarios por medio de la coordinación, supervisión y establecimiento de acciones de mejora;
s) Liderar la mesa de competitividad de Chimborazo con el espacio para establecer políticas públicas que garantizan la producción, comercialización y transformación de la producción provincial;
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t) Dirigir la elaboración, ejecución y seguimientos del POA de su área;
o) Analizar los indicadores de impacto resultantes de los programas y proyectos a su cargo;
p) Evaluar la gestión de su área; y,
q) Desempeñar las demás funciones que le asigne la autoridad competente, las leyes y los reglamentos.
7. Procesos.
8. Productos y Servicios.-
(E-1) IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS AGRICOLAS
a) Acuerdos y compromisos para ejecución del proyecto.
b) Proyectos agrícolas ejecutados y comercializados
c) Alianzas comerciales
d) Manejo de eventos y ferias para la Producción
e) Vinculación interinstitucional
(E-2) IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS PECUARIOS
a) Acuerdos y compromisos para ejecución del proyecto.
b) Proyectos pecuarios ejecutados y comercializados
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E1. IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS AGRICOLAS
E2. IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS PECUARIOS
E3. IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS NO AGROPECUARIOS
E4. ASESORÍA TÉCNICA PARA EL DESARROLLO
E-0 GESTIÓN DE FOMENTO PRODUCTIVO
IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS AGRICOLAS IMPLEMENTACIÓN DE
PROGRAMAS PECUARIOS IMPLEMENTACIÓN DE
PROGRAMAS NO AGROPECUARIOS
ASESORÍA TÉCNICA PARA EL DESARROLLO
f) Alianzas comerciales
g) Manejo de eventos y ferias para la Producción
h) Vinculación interinstitucional
(E-3) IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS NO AGROPECUARIOS
g) Generación de empresas
- Asociatividad
- Sostenibilidad
h) Proyectos no agropecuarios ejecutados y comercializados
i) Alianzas comerciales
j) Manejo de eventos y ferias para la Producción
k) Vinculación interinstitucional
(E-4) ASESORÍA TÉCNICA PARA EL DESARROLLO
a) Asesoría Técnica agrícola, pecuaria, turística y artesanal
b) Visitas a la comunidad y socialización
c) Diagnóstico participativo o línea base
- Documentación y soporte legal preliminar a la ejecución
d) Diseño formal del proyecto
e) Transferencia de tecnología
- Capacitación
- Entrega de insumos, materia prima
- Visitas de Observación e intercambio de experiencias
- Innovación tecnológica; aprovechamiento de los recursos y desechos
- Administración de maquinaria agrícola “KOICA”
f) Fortalecimiento de la interculturalidad en cuanto a prácticas productivas ancestrales
9. Conformación.- El proceso está integrado por los siguientes responsables.
Coordinador de Fomento Productivo Técnicos Agrícolas
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Técnicos Pecuarios Técnico de Comercialización
Participan en el Proceso:
Prefecto
Coordinador de Planificación Institucional
Coordinador Financiero
Coordinador de Gestión Social
Coordinador de Gestión Ambiental
Coordinador de Gestión de Riego
Jefe de Abastecimiento Interno
Procurador Síndico
Jefe de Comunicación Corporativa
Actores Sociales y Comunidad.
10. Foros de coordinación.- Para la ejecución del proceso es importante contar con los siguientes foros de coordinación:
Foro de emprendimiento para el desarrolloLidera: Fomento ProductivoParticipan: Fomento Productivo
Gestión SocialPeriodicidad: Semestral
Art. 38 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESO DE GESTIÓN DE
FOMENTO PRODUCTIVO
Constitución de la República del Ecuador
Art. 260.- El ejercicio de las competencias exclusivas no excluirá el ejercicio concurrente de la gestión en la prestación de servicios públicos y actividades de colaboración y complementariedad entre los distintos niveles de Gobierno.
Art. 263.- Los Gobiernos Provinciales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de las otras que determine la ley:
6. Fomentar la actividad agropecuaria.
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7. Fomentar las actividades productivas provinciales.
8. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.
Ley de Contratación Pública
Art. 70.-… Gestionar la Administración del contrato.- Los contratos contendrán estipulaciones específicas relacionadas con las funciones y deberes de los administradores del contrato, así como de quienes ejercerán la supervisión o fiscalización.
Normativa de Control Interno
408 Administración de Proyectos
…Implementar el plan y el programa de mantenimiento. Al finalizar el proyecto se efectuará, además, una evaluación que compare las previsiones de los estudios realizados frente a los obtenidos en la realidad, para contar con la información necesaria que permita mejorar los estudios de nuevos proyectos.
408 – 13
…Para la ejecución de la obra con los que tiene disponibles la entidad, algunas posibilidades de ejecución son: por administración directa, por contrato y por concesión. Cualquiera que sea la modalidad de ejecución escogida, deberá actuarse conforme con las disposiciones legales y reglamentarias que las rigen.
408 – 16
… Dependiendo de la entidad dueña del proyecto y la importancia del mismo, se organizará la administración del contrato o administración de la obra según se trate de la ejecución mediante contrato o una ejecución directa de la Entidad. Estas labores las puede realizar la entidad directamente o contratarla con una empresa consultora que se encargará de administrar por delegación. A pesar de delegar estas labores, la entidad mantendrá una supervisión rigurosa y estricta sobre la obra con el propósito de vigilar las tareas de fiscalización. En proyectos que involucren la ejecución de obras civiles y equipamiento o la ejecución de varias obras de la misma naturaleza se designará un Administrador del Contrato cuyas funciones, en términos generales, consisten en velar por la calidad de la obra, el costo y el plazo.
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Art. 39 (F-0) GESTIÓN SOCIAL
Unidad Responsable.- Coordinación de Gestión SocialResponsable.- Coordinador de Gestión Social
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Cumplir y hacer cumplir los aspectos de participación ciudadana de acuerdo al marco legal vigente;
b) Proveer la asesoría en los ejes de las competencias exclusivas, concurrentes, adicionales y residuales a la Alta Dirección, considerando los acuerdos de participación ciudadana;
c) Asegurar la conformación de grupos ciudadanos para la veeduría, el control social y la rendición de cuentas de los Planes, Programas y Proyectos Institucionales;
d) Apoyar a los procesos de Presupuestación Participativa, Planificación del Desarrollo y de Ordenamiento Territorial;
e) Propiciar la coordinación Interdepartamental, para facilitar las actividades de la Institución;
f) Socializar el alcance de los proyectos del Presupuesto Participativo a los diferentes actores sociales y comunitarios con énfasis en las responsabilidades y corresponsabilidades;
g) Propiciar actividades formativas, creativas y deportivas considerando las competencias concurrentes y no concurrentes establecidas en el marco legal vigente;
h) Asegurar la formación profesional por competencias laborales con enfoque a grupos de atención prioritaria;
i) Propiciar el emprendimiento de la comunidad por medio de la sistematización de la formación, asesoría técnica productiva y la asociatividad para la comercialización en el mercado local, nacional e internacional;
j) Asegurar el funcionamiento orgánico del Consejo Provincial de Salud por medio de la coordinación interinstitucional;
k) Ejecutar proyectos de nutrición con enfoque a los sectores más críticos y necesitados; en coordinación con las Direcciones de Salud, MIES, Educación, y Coordinación Económica y Social;
l) Asegurar el funcionamiento de los procesos del Consejo Provincial de Interculturalidad;
m) Aportar con información social y estadística sobre los impactos que generó la implementación de los Programas de Desarrollo de la Provincia:
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- Socio cultural
- Económico / Productivo
- Ambiental
n) Participación de los foros de coordinación interdisciplinarios para la evaluación de los impactos;
o) Asegurar que se cuenta con información estadística que coadyuve la evaluación de los Impactos;
p) Dirigir la elaboración, ejecución y seguimientos del POA de su área;
q) Analizar los indicadores de impacto resultantes de los programas y proyectos a su cargo;
r) Evaluar la gestión de su área; y,
s) Desempeñar las demás funciones que le asigne la autoridad competente, las leyes y los reglamentos.
2. Procesos.-
3. Productos y Servicios.-
(F-1) FOMENTO DEL EMPRENDIZAJEa) Formación Profesional por Competencias laborales.
- Agropecuaria Orgánica.
- Conservación y procesamiento de frutas, vegetales y lácteos.
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F1. FORTALECIMIENTO SOCIO ORGANIZATIVO
F2. FOMENTO DEL EMPRENDIZAJE
F3. MEDICACIÓN INTERCULTURAL
F4. MANEJO DE COVENIOS DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
F-0 GESTIÓN SOCIAL
FORTALECIMIENTO SOCIO ORGANIZATIVO
FOMENTO DEL EMPRENDIZAJE
MEDIACIÓN INTERCULTURAL
MANEJO DE COVENIOS DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
- Construcciones (Gasfitería, albañilería).
- Confecciones
- Turismo Rural
- Planificación y otros
b) Grupos asociados de producción y comercialización de bienes y servicios.
c) Asesoría Técnica Productiva
- Constitución formal de los emprendimientos
(F-2) FORTALECIMIENTO SOCIO ORGANIZATIVOa) Comunidad empoderada en sus derechos y potencialidades
- Capacitación para la participación (Intercambio de saberes)
- Socialización del alcance y sostenibilidad de los proyectos
- Reconocimiento de los Derechos y Corresponsabilidad
- Diagnóstico y valoración de las potencialidades
b) Asesoría en Gestión Social y Acuerdos entre las partes
c) Directrices de fortalecimiento Socio Organizativo
- Formación de grupos para la veeduría
- Función de participación ciudadana y control social
Funcionamiento de los consejos y Comités de Participación
Parroquiales
Cantonal
Provincial
d) Escuelas de Futbol
- Talentos Formados
- Campeonatos inter-parroquiales, inter-escuelas
(F-3) MEDIACIÓN INTERCULTURALa) Promoción, fomento de derechos y rescate de saberes & potencialidades
- Facilitación
- Talleres
- Foros en general
- Funcionamiento orgánico del COPICH
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b) Acuerdos entre las partes
c) Adecuación institucional para la interculturalidad
(F-4) MANEJO DE COVENIOS DE PROMOCIÓN DE LA SALUDa) Directrices de coordinación interinstitucional
- Consejo Provincial de Salud
- Consejo Provincial de Interculturalidad
- Comité Provincial de Participación
b) Planes de mejoramiento de la calidad de vida
- Nutrición (menores a 5 años y Madres gestantes)
- Socialización, sensibilización, motivación y orientación sobre nutrición
c) Convenios y Acuerdos firmados
- Salud sexual y reproductiva
- Proyectos de nutrición (“Creciendo con nuestros guaguas”)
4. Conformación.- El proceso integrado por las siguientes responsables. Coordinador de Gestión Social Técnico de Fortalecimiento Socio Organizativo y Participación
Ciudadana, Técnico de Fomento del Emprendimiento Técnico de Mediación Intercultural Técnico de Manejo de Convenios y Acuerdos de Promoción de la Salud, Técnico de Gestión de Impactos Técnicos y Promotores de: Fortalecimiento Socio Organizativo, Fomento
del Emprendimiento, Mediación Intercultural, Manejo de Convenios de Promoción de la Salud y Gestión de Impactos.
Forman parte del Proceso. Consejos de Participación ciudadana Consejos de Salud (Provincial, Cantonal) Consejo Provincial de Interculturalidad Actores Sociales
5. Foros de coordinación.- Gestión de Impactos
Lidera: Planificación InstitucionalParticipan: Gestión Social y Coordinadores Operativos; Participación ciudadanaPeriodicidad: Semestral
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Art. 40 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESO DE GESTIÓN SOCIAL
Constitución de la República del Ecuador
Art. 1.- El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico.
Art. 10.- Las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozarán de los derechos garantizados en la Constitución y en los instrumentos internacionales. La naturaleza será sujeto de aquellos derechos que le reconozca la Constitución…
Art. 13.- Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales.
Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay.
Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados...
Art. 16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:
1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos.
Art. 21.- Las personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a la libertad estética; a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural; a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas
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Art. 27.- La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa.
Art. 56.- Las comunidades, pueblos, y nacionalidades indígenas, el pueblo afro ecuatoriano, el pueblo montubio y las comunas forman parte del Estado ecuatoriano, único e indivisible.
Art. 85.- En la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.
Art. 272.-... Numeral 3.- Logros en el mejoramiento de los niveles de vida, esfuerzo fiscal y administrativo, y cumplimiento de metas del Plan Nacional de Desarrollo y del plan de desarrollo del Gobierno Autónomo Descentralizado.
Art. 95.- Los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual y colectiva, participaran de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos y en el control popular de las instituciones del estado y la sociedad y sus representantes, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano.la participación se orientara por los principios de igualdad, autonomía, deliberación publica, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad, e interculturalidad
Art. 100.- En todos los niveles de Gobierno se conformarán instancias de participación integradas por autoridades electas, representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad del ámbito territorial de cada nivel de Gobierno, que funcionarán regidas por principios democráticos. La participación en estas instancias se ejerce para:
1. Elaborar planes y políticas nacionales, locales y sectoriales entre los Gobiernos y la ciudadanía.
Art. 101.- Las sesiones de los Gobiernos Autónomos Descentralizados serán públicas, y en ellas existirá la silla vacía que ocupará una representante o un representante ciudadano en función de los temas a tratarse, con el propósito de participar en su debate y en la toma de decisiones.
Art. 278.- Para la consecución del buen vivir, a las personas y a las colectividades, y sus diversas formas organizativas, les corresponde:
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1. Participar en todas las fases y espacios de la gestión pública y de la planificación del desarrollo nacional y local, y en la ejecución y control del cumplimiento de los planes de desarrollo en todos sus niveles.
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
Art. 3.- El ejercicio de la autoridad y las potestades públicas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados se regirán por los siguientes principios: Literal e) Complementariedad.- Los Gobiernos Autónomos Descentralizados tienen la obligación compartida de articular sus planes de desarrollo territorial al Plan Nacional de Desarrollo y gestionar sus competencias de manera complementaria para hacer efectivos los derechos de la ciudadanía y el régimen del buen vivir y contribuir así al mejoramiento de los impactos de las políticas públicas promovidas por el Estado ecuatoriano.
Art 29.- Funciones de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.- El ejercicio de cada Gobierno Autónomo Descentralizado se realizará a través de tres funciones integradas:c) De participación ciudadana y control social.
Art 41/c.- Son funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial las siguientes: Implementar un sistema de participación ciudadana para el ejercicio de los derechos y avanzar en la gestión democrática de la acción provincial
Art. 47.- Atribuciones del consejo provincial.- Al consejo provincial le corresponde las siguientes atribuciones: literal d): Aprobar el plan provincial de desarrollo y el de ordenamiento territorial formulados participativamente con la acción del consejo provincial de planificación y las instancias de participación ciudadana, así como evaluar la ejecución de aquellos.
Art. 50.- Atribuciones del prefecto o prefecta provincial.- Le corresponde al prefecto o prefecta provincial: Literal u): Presentar al consejo y a la ciudadanía en general un informe anual escrito, para su evaluación a través del sistema de rendición de cuentas y control social, acerca de la gestión administrativa realizada, destacando el estado de los servicios y de las demás obras públicas realizadas en el año anterior, los procedimientos empleados en su ejecución
Art 304/c.- Elaborar presupuestos participativos de los Gobiernos
Art 304/d.- participar en la definición de políticas públicas
Art 311.- Silla vacía.- Las sesiones de los Gobiernos autónomos descentralizados son públicas y en ellas habrá una silla vacía que será ocupada por un representante de la ciudadanía en función de los temas a tratarse, con el propósito de participar en el debate y en la toma de decisiones en asuntos de interés general
Ley Orgánica de Participación Ciudadana
Art 77.- Las sesiones de los Gobiernos autónomos descentralizados son públicas y en ella habrá una silla vacía que será ocupada por una o un representante de la ciudadanía, en función de los temas que se van a tratar, con el propósito de participar en el debate y en la toma de decisiones.
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Art. 79.- Observatorios.- Los observatorios se constituyen por grupos de personas u organizaciones ciudadanas que no tengan conflicto de intereses con el objeto observado. Tendrán como objetivo elaborar diagnósticos, informes y reportes con independencia y criterios técnicos, con el objeto de impulsar, evaluar, monitorear y vigilar el cumplimiento de las políticas públicas.Art. 89.- Definición.- Se concibe la rendición de cuentas como un proceso sistemático, deliberado, interactivo y universal, que involucra a autoridades, funcionarias y funcionarios o sus representantes y representantes legales, según sea el caso, que estén obligadas u obligados a informar y someterse a evaluación de la ciudadanía por las acciones u omisiones en el ejercicio de su gestión y en la administración de recursos públicos.
CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS PÚBLICAS
Art. 17.-… Los Gobiernos autónomos descentralizados elaborarán los instructivos metodológicos necesarios para la formulación, monitoreo y evaluación de sus planes de desarrollo y de ordenamiento territorial, en concordancia con los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Planificación.Art. 20.- Objetivos del Sistema.- Son objetivos del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa: 3. Orientar la gestión pública hacia el logro de resultados, que contemple los impactos tangibles e intangibles.Art. 42.- Contenidos mínimos de los planes de desarrollo.-… c. Modelo de gestión.- Para la elaboración del modelo de gestión, los Gobiernos autónomos descentralizados deberán precisar, por lo menos, los datos específicos de los programas y proyectos, cronogramas estimados y presupuestos, instancias responsables de la ejecución, sistema de monitoreo, evaluación y retroalimentación que faciliten la rendición de cuentas y el control social.Art. 50.- Seguimiento y Evaluación de los Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial.- Los Gobiernos autónomos descentralizados deberán realizar un monitoreo periódico de las metas propuestas en sus planes y evaluarán su cumplimiento para establecer los correctivos o modificaciones que se requieran.La Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, conjuntamente con los Gobiernos autónomos descentralizados, formulará los lineamientos de carácter general para el cumplimiento de esta disposición, los mismos que serán aprobados por el Consejo Nacional de Planificación. Art. 51.- Información sobre el cumplimiento de metas.- Con el fin de optimizar las intervenciones públicas y de aplicar el numeral 3 del Art. 272 de la Constitución los Gobiernos autónomos descentralizados reportarán anualmente a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo el cumplimiento de las metas propuestas en sus respectivos planes.Art. 89.- Estudios fiscales.- El ente rector de las finanzas públicas elaborará los estudios correspondientes para la toma de decisiones, el seguimiento permanente de la situación fiscal, así como para evaluar el impacto de las propuestas de política y proyectos de reforma legal que puedan afectar el desempeño fiscal y de la economía, sin perjuicio de las atribuciones del resto de entidades públicas al respecto de la elaboración de estudios.
Art. 97.- Contenido y finalidad.- Fase del ciclo presupuestario en la que, en base de los objetivos determinados por la planificación y las disponibilidades presupuestarias coherentes con el escenario fiscal esperado, se definen los programas, proyectos y actividades a incorporar en el presupuesto, con la identificación de las metas, los recursos
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Art.41 (G-0) GESTIÓN AMBIENTAL
Unidad Responsable.- Coordinación de Gestión AmbientalResponsable.- Coordinador de Gestión Ambiental
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Asesorar a la Alta Dirección sobre temas Ambientales en general.
b) Ejercer como autoridad ambiental Provincial;
c) Proveer de la evaluación ambiental previa antes de la ejecución de los Proyectos, Obras y Actividades;
d) Establecer los mecanismos de control y calidad ambiental para los Proyectos, Obras y Actividades;
e) Asegura la implementación de los Planes de Manejo Ambiental, por medio de los ejecutores de obra;
f) Apoyar y articular elementos de la Planificación y Ordenamiento Territorial Provincial, con la Planificación comunitaria y eco-sistémica;
g) Implementar prácticas, obras y proyectos de mitigación y adaptación de impactos ambientales, con enfoque participativo, intercultural, inter generacional y técnico;
h) Implementar acciones de desarrollo forestal, gestión integrada de recursos hídricos, manejo y conservación de suelos; manejo de ecosistemas con prioridad a ecosistemas frágiles, y buenas prácticas ambientales;
i) Concientizar y sensibilizar a la ciudadanía sobre el manejo y conservación del eco-sistema;
j) Propiciar, generar y ejecutar los convenios de gestión ambiental entre los Organismos Gubernamentales y no Gubernamentales;
k) Liderar los proyectos de cooperación interinstitucional, nacionales e internacionales referentes a la Gestión Ambiental;
l) Dirigir la elaboración, ejecución y seguimientos del POA de su área;
m) Analizar los indicadores de impacto resultantes de los programas y proyectos a su cargo;
n) Evaluar la gestión de su área; y,
o) Desempeñar las demás funciones que le asigne la autoridad competente, las leyes y los reglamentos.
2. Procesos.-
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G-0 GESTIÓN AMBIENTAL
3. Productos y Servicios.-
(G-1) CONTROL Y CALIDAD AMBIENTALa) Estudio de Impacto Ambiental
- Diagnóstico y Línea Base
- Plan de manejo ambiental
b) Permiso y/o licencia Ambiental
- Ficha Ambiental
- Categorización
- Certificado de intersección
- Aprobación del Plan de Manejo Ambiental
c) Acciones de control y monitoreo ambiental
- Cumplimiento de normativa legal ambiental
- Monitoreo, análisis y evaluación de variables relacionadas con la Gestión Ambiental
- Cumplimiento del Plan de Manejo
d) Implementación de Mecanismos de control preventivo y correctivo
Salvaguardas
Control Social
e) Propuestas de normativa ambiental local.
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G1.CONTROL Y CALIDAD AMBIENTAL
G2.EDUCACIÓN E INTERPRETACIÓN AMBIENTAL
G3.MANEJO Y CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES
CONTROL Y CALIDAD AMBIENTAL
EDUCACIÓN E INTERPRETACIÓN AMBIENTAL
MANEJO Y CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS NNATURALESNAESNATURALES
(G-2) EDUCACIÓN E INTERPRETACIÓN AMBIENTALa) Diseño del Plan Provincial de Educación e Interpretación Ambiental.
b) Plan Provincial de Educación e Interpretación Ambiental ejecutado
c) Implementación
Socialización y Difusión:
Guía y cuadernos de trabajo de educación ambiental
Campañas de concientización
d) Sociedad concientizada en el uso sustentable de los recursos naturales
- Campañas de concientización
- Participación y vinculación con medios de comunicación
e) Acciones de mejora al Proceso de Educación e Interpretación Ambiental
(G-3) MANEJO Y CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALESa) Sistema de Gestión Ambiental Provincial en funcionamiento
- Estructuración del Sistema
- Implementación
- Monitoreo y Evaluación del Sistema
b) Plan de Gestión Ambiental Provincial ejecutado
- Implementación
- Monitoreo y Evaluación
c) Desarrollo Forestal
- Plantaciones Forestales
- Sistemas Agroforestales
- Manejo y aprovechamiento forestal y no forestal
d) Gestión Integral de los Recursos Hídricos
- Cosecha y siembra de agua
- Protección de fuentes y vertientes hídricas
- Inventario hídrico provincial
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e) Manejo y conservación de suelos
- Prácticas físicas de conservación y recuperación de suelos
- Prácticas biológicas de conservación y recuperación de suelos
f) Manejo y conservación de Ecosistemas Frágiles
- Planes de manejo eco-sistémico
- Apoyo en el manejo de áreas protegidas
- Apoyo a la ejecución de Programas Gubernamentales
g) Buenas Prácticas Ambientales
- Energías Alternativas
- Mecanismos de Producción más limpia
4. Conformación.- El proceso está integrado por las siguientes responsables. Coordinador de Gestión Ambiental Técnicos en Control y Calidad Ambiental Técnicos en Manejo y Conservación de Recursos Naturales Técnicos en Educación e Interpretación Ambiental
Forman parte del Proceso. Prefecto Procurador Síndico Coordinador de Planificación Coordinador Financiera Coordinador Operativos Técnicos Agropecuarios, Civiles, Arquitectos, otros requeridos. Comunidad Actores Sociales.
5. Foros de Coordinación.- Mesa Provincial de Ambiente
Lidera: Coordinador de Gestión AmbientalParticipan: Gobiernos Locales, parroquiales, municipales, centros educativos, ONG´s, Comunidad y otros Organismos Gubernamentales y Actores Sociales,Periodicidad: Trimestral
Comisión de Asesoría al PDOTLidera: Coordinador de PlanificaciónParticipan: Representante de Prefectura, Director de Gestión Social, Fomento Productivo, y Gestión AmbientalPeriodicidad: Mensual
Fundación PastazaLidera: Presidente de la FundaciónParticipan: Coordinador de Gestión Ambiental, Municipios y Prefecturas de la Región, Actores Sociales e Hidroagoyán.Periodicidad: Mensual
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Consorcio Interinstitucional para el Manejo de la Micro cuenca: Rio BlancoLidera: Presidente del ConsorcioParticipan: Coordinador de Gestión Ambiental, Entidades Gubernamentales, Empresa Eléctrica de Riobamba, Juntas Parroquiales, UNOCAQ y Actores SocialesPeriodicidad: Mensual
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Art. 42 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESO DE GESTIÓN AMBIENTAL
Constitución de la República del Ecuador
Art. 14.- Se reconoce el derecho ala población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del País, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.
Art. 244.- Se procurará el equilibrio interregional, la afinidad histórica y cultural, la complementariedad ecológica y el manejo integrado de cuencas. La ley creará incentivos económicos y de otra índole, para que las provincias se integren en regiones.
Art. 263.- Los Gobiernos Provinciales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de las otras que determine la ley:
3. Ejecutar, en coordinación con el Gobierno Regional, obras en cuencas y micro cuencas
4. Planificar la gestión ambiental provincial.
8. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.
Art. 276/4.- Recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua
Art. 395/2.- Establecer políticas de gestión ambiental que se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales o jurídicas en el territorio nacional.
Art. 439.- En áreas afectadas por procesos de degradación y desertificación, el Estado desarrollará y estimulará proyectos de forestación, reforestación y re-vegetación que eviten el monocultivo y utilicen, de manera preferente, especies nativas y adaptadas a la zona.
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
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Art 65/d.- Incentivar el desarrollo de actividades productivas comunitarias, la preservación de la biodiversidad y la protección del ambiente.
Art 132.- Ejercicio de la competencia de gestión de cuencas hidrográficas.- La gestión del ordenamiento de cuencas hidrográficas que de acuerdo a la Constitución corresponde a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Regionales, comprende la ejecución de políticas, normativa regional, la planificación hídrica con participación de la ciudadanía, especialmente de las juntas de agua potable y de regantes, así como la ejecución subsidiaria y recurrente con los otros Gobiernos Autónomos Descentralizados, de programas y proyectos, en coordinación con la autoridad única del agua en su circunscripción territorial, de conformidad con la planificación, regulaciones técnicas y control que esta autoridad establezca. En el ejercicio de esta competencia le corresponde al Gobierno Autónomo Descentralizado Regional, gestionar el ordenamiento de cuencas hidrográficas mediante la articulación efectiva de los planes de ordenamiento territorial de los Gobiernos Autónomos Descentralizados de la cuenca hidrográfica respectiva con las políticas emitidas en materia de manejo sustentable e integrado del recurso hídrico.El Gobierno Autónomo Descentralizado Regional propiciará la creación y liderará, una vez constituidos, los consejos de cuenca hidrográfica, en los cuales garantizará la participación de las autoridades de los diferentes niveles de gobierno y de las organizaciones comunitarias involucradas en la gestión y uso de los recursos hídricos.Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Regionales, en coordinación con todos los niveles de Gobierno, implementarán el plan de manejo de cuencas, subcuencas y microcuencas, en sus respectivas circunscripciones territoriales. Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales ejecutarán las obras de infraestructura fijadas en el marco de la planificación nacional y territorial correspondiente, y de las políticas y regulaciones emitidas por la autoridad única del agua. No obstante las competencias exclusivas señaladas, el Gobierno central podrá realizar proyectos hídricos multipropósitos que tengan una importancia estratégica, para lo cual deberán considerar los criterios de los Gobiernos Autónomos Descentralizados. Además, vía convenio, se garantizará un retorno económico fijado técnicamente, en beneficio de los Gobiernos Autónomos Descentralizados de las circunscripciones territoriales de donde provengan los recursos hídricos, con la finalidad de mantener, conservar y recuperar la cuenca hidrográfica.Se prohíbe la adopción de cualquier modelo de gestión que suponga algún tipo de privatización del agua; además, se fortalecerán las alianzas público comunitarias para la cogestión de las cuencas hidrográficas.
Art 136.- Estas actividades serán coordinadas con las políticas, programas y proyectos ambientales de todos los demás niveles de Gobierno, sobre conservación y uso sustentable de los recursos naturales
Art 296.- Proponiendo un nivel adecuado de bienestar a la población en donde prime la preservación del ambiente para las futuras generaciones
Ley Forestal y de Conservación de Aéreas Naturales y vida silvestre
Art 13.- Declárese obligatoria y de interés público la forestación y reforestación de las tierras de aptitud forestal, tanto públicas como privadas y prohíbase su utilización en otros fines.
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Art.43 (H-0) FISCALIZACIÓN
Unidad Responsable.- Unidad de FiscalizaciónResponsable.- Jefe de Fiscalización
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Recomendar acciones para la elaboración de los términos de referencia de contratos y obligaciones establecidas en convenios futuros;
b) Asegurar el cumplimiento de los Términos de Referencia para los contratos de Obras, Bienes y Servicios; y Consultorías;
c) Asegurar el cumplimiento de los Acuerdos establecidos en los convenios celebrados entre el Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo y otras entidades Gubernamentales, sociales, nacionales e internacionales;
d) Llevar la trazabilidad del proyecto, estableciendo correctivos cuando sean necesarios en función de ensayos y análisis técnicos; visitas técnicas de campo y otras de acuerdo al marco legal vigente;
e) Asegurar el ciclo de ejecución de proyecto, hasta la celebración de la culminación y cumplimiento de los Términos de Referencia, Obligaciones y Acuerdos;
f) Contar con información final del proyecto de acuerdo a las Obras construidas, Bienes y Servicios; Consultorías y Convenios: Planos As-Built, Actas de Entrega-Recepción, Ademdums, otros;
g) Validación de las especificaciones técnicas de los bienes, insumos, materiales, etc., contratados;
h) Informar la inversión total del proyecto ejecutado, confrontándola con el presupuesto aprobado;
i) Cumplir y hacer cumplir el marco legal vigente relacionado con la Fiscalización de Obras, Bienes y Servicios; Consultorías y Convenios;
j) Asegurar que exista información de los proyectos ejecutados, considerando la estadística e historial de los proyectos;
k) Asegurar el cumplimiento de la normativa legal relacionada con la Seguridad y Salud Ocupacional de los Proyectos;
l) Dirigir la elaboración, ejecución y seguimientos del POA de su área;
m) Analizar los indicadores de impacto resultantes de los programas y proyectos a su cargo;
n) Evaluar la gestión de su área; y,
o) Desempeñar las demás funciones que le asigne la autoridad competente, las leyes y los reglamentos.
2. Procesos.-
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3. Productos y Servicios.-
(H-1) FISCALIZACIÓN DE OBRASa) Actas Entrega – Recepción de Contratos de Obra Pública, Contratos de Obra
por Administración Directa y de los Proyectos de Obra de contratación pública y administración directa ta
- Provisional
- Definitiva
- Planos AS-BUILT
- Informes de Fiscalización
b) Situación estadística de Obra
- Validación de Especificaciones
- Avance de Obra
- Ejecución de Obra
- Incrementos de Obra
- Ampliaciones de plazo
- Suspensión de Obra
- Historial del Proyecto
(H-2) FISCALIZACIÓN DE BIENES Y SERVICIOSa) Actas Entrega – Recepción de Bienes y Servicios
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H1. FISCALIZACIÓN DE OBRAS
H2. FISCALIZACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
H3. FISCALIZACIÓN DE CONSULTORÍAS
H4. FISCALIZACIÓN DE CONVENIOS
H-0 FISCALIZACIÓN
FISCALIZACIÓN DE OBRAS
FISCALIZACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
FISCALIZACIÓN DE CONSULTORÍAS
FISCALIZACIÓN DE CONVENIOS
- Seguimiento y monitoreo de los Contratos de adquisición de bienes y servicios
- Asegurar el cumplimiento de las obligaciones contractuales
- Ampliaciones de plazo
- Actas Definitiva y de Cumplimiento de Bienes y Servicios
- Informes de Fiscalización
b) Situación estadística de los Bienes y servicios contratados
- Validación de especificaciones
- Suspensiones
- Validación de las Actas de Entrega Recepción de Bodega y Activos Fijos
- Informes de cumplimiento de Órdenes de Trabajo, Bienes y Servicios
(H-3) FISCALIZACIÓN DE CONSULTORÍASa) Actas Entrega – Recepción de Consultoría
- Definitiva
- Informes de Fiscalización
b) Situación estadística de la Consultoría
- Validación de Especificaciones
- Avance de Consultoría
- Ejecución de Consultoría
- Incrementos de estudios
- Ampliaciones de plazo
- Suspensión de Consultoría
(H-4) FISCALIZACIÓN DE CONVENIOSa) Actas Entrega – Recepción de Convenios
- Definitiva
- Informes de Fiscalización
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- Situación estadística de los Convenios
- Validación de Especificaciones
- Seguimiento a los convenios
- Ejecución de los convenios
- Ampliaciones de plazo
- Suspensión de Convenios
4. Conformación.- El proceso está integrado por las siguientes responsables.
Coordinador de Fiscalización Técnicos Fiscalizadores
Forman parte del Proceso. Prefecto Procurador Síndico Coordinador/a Financiera Coordinadores Operativos Técnicos Agropecuarios, Civiles, Arquitectos, otros requeridos. Comunidad Actores Sociales.
5. Foros de Coordinación.- Control Integral de Proyectos
Lidera: Jefe de FiscalizaciónParticipan: Planificación Institucional y Coordinadores Operativos; Participación ciudadanaPeriodicidad: Trimestral
Art. 44 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESO DE FISCALIZACIÓN
Constitución de la República del Ecuador
Art. 260.- El ejercicio de las competencias exclusivas no excluirá el ejercicio concurrente de la gestión en la prestación de servicios públicos y actividades de colaboración y complementariedad entre los distintos niveles de Gobierno.
Art. 297.- Todo programa financiado con recursos públicos tendrá objetivos, metas y un plazo predeterminado para ser evaluado, en el marco de lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo.
Ley de Contratación Pública
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Art. 70.-… Gestionar la Administración del contrato.- Los contratos contendrán estipulaciones específicas relacionadas con las funciones y deberes de los administradores del contrato, así como de quienes ejercerán la supervisión o fiscalización.
Art. 81.- Clases de Recepción.- En los contratos de adquisición de bienes y de prestación de servicios, incluidos los de consultoría, existirá una sola recepción, que se producirá de conformidad con lo establecido en el contrato y tendrá los efectos de recepción definitiva.
Normativa de Control Interno
402-3
… Previa a la aceptación de una obligación, o al reconocimiento de un derecho, como resultado de la recepción de bienes, servicios u obras, la venta de bienes o servicios u otros conceptos de ingresos, las servidoras y servidores encargados del control verificarán: Que los bienes o servicios recibidos guarden conformidad plena con la calidad y cantidad descritas o detalladas en la factura o en el contrato, en el ingreso a bodega o en el acta de recepción e informe técnico legalizados y que evidencien la obligación o deuda correspondiente;
408 Administración de Proyectos
…Implementar el plan y el programa de mantenimiento. Al finalizar el proyecto se efectuará, además, una evaluación que compare las previsiones de los estudios realizados frente a los obtenidos en la realidad, para contar con la información necesaria que permita mejorar los estudios de nuevos proyectos.
408 – 13
…Para la ejecución de la obra con los que tiene disponibles la entidad, algunas posibilidades de ejecución son: por administración directa, por contrato y por concesión. Cualquiera que sea la modalidad de ejecución escogida, deberá actuarse conforme con las disposiciones legales y reglamentarias que las rigen.
408 – 16
… Dependiendo de la entidad dueña del proyecto y la importancia del mismo, se organizará la administración del contrato o administración de la obra según se trate de la ejecución mediante contrato o una ejecución directa de la Entidad. Estas labores las puede realizar la entidad directamente o contratarla con una empresa consultora que se encargará de administrar por delegación. A pesar de delegar estas labores, la entidad mantendrá una supervisión rigurosa y estricta sobre la obra con el propósito de vigilar las tareas de fiscalización. En proyectos que involucren la ejecución de obras civiles y equipamiento o la ejecución de varias obras de la misma naturaleza se designará un Administrador del Contrato cuyas funciones, en términos generales, consisten en velar por la calidad de la obra, el costo y el plazo.
408-18 Jefe de Fiscalización.- El Jefe de Fiscalización establecerá un sistema para asegurar la correcta ejecución de la obra, mediante el control de la calidad, el avance físico y el avance financiero de la obra. Dichos controles conllevan una evaluación mensual, de los aspectos mencionados y la comunicación de resultados a los mandos superiores, incluyendo los
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problemas surgidos, especialmente cuando afectan las condiciones pactadas en relación al plazo, presupuesto y calidad de la obra.
408-19 Fiscalizadores.- En los casos en que la ubicación, la magnitud o la complejidad de la obra lo ameriten, el Jefe de Fiscalización podrá designar a uno o más fiscalizadores con la formación profesional necesaria, para que se encarguen de inspeccionar la obra o un área específica de ésta.
408-22 Control del avance físico.- El Jefe de Fiscalización velará por el cumplimiento del programa de ejecución establecido. De presentarse atrasos con respecto al programa, tomará las acciones necesarias para ajustar las actividades, de manera que, tan pronto como sea posible, vuelvan a desarrollarse de acuerdo con lo programado. Sin embargo, cuando los atrasos afecten la ruta crítica del proyecto, informará de inmediato al administrador del contrato, para que éste resuelva el problema oportunamente
408-23 Control de calidad.- El Jefe de Fiscalización, fiscalizadores y más personal comprometido en estas labores velarán por el estricto cumplimiento de las especificaciones técnicas respectivas. De presentarse desviaciones que sobrepasen los límites de variación establecidos, tomará las acciones necesarias para corregirlas de manera inmediata.
408-24 Control financiero de la obra.- El Jefe de Fiscalización evaluará en forma mensual, el avance financiero de la obra en relación con lo programado. De existir discrepancias, analizará su origen y tomará las acciones necesarias para corregir la situación. Asimismo, llevará el control del presupuesto asignado a la obra, de manera que en cualquier momento, pueda conocer con certeza el saldo de la asignación presupuestaria disponible.
408-26 Medición de la obra ejecutada- La administración cancelará las planillas por avance de obra u otorgará desembolsos, sólo si cuenta con los respectivos documentos de respaldo, aprobados por las servidoras y servidores autorizados. Para tal efecto, el último día del mes en revisión, se concluirán las mediciones y cálculos de la obra ejecutada durante ese período.
408-28 Planos de registro.- Todas las modificaciones que se realicen en la obra deben incorporarse en los planos finales de construcción, con el fin de reflejar fielmente cómo se construyó y su localización exacta.
408-29 Recepción de las obras.- Se llevarán a cabo dos tipos de recepción: una provisional que se efectuará 15 días después de que el contratista de la obra haya notificado por escrito la finalización de las obras de construcción y otra definitiva que no podrá realizarse en un plazo menor a seis meses después de la fecha de la recepción provisional
Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado
Art. 12.- Tiempos de control.- El ejercicio del control interno se aplicará en forma previa, continua y posterior: (…) b) Control continuo.- Los servidores de la institución, en forma continua inspeccionarán y constatarán la oportunidad, calidad y cantidad de obras, bienes y servicios que se recibieren o prestaren de conformidad con la ley, los términos contractuales y las autorizaciones respectivas; y,
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Art.45 (I-0) GESTIÓN COMERCIAL
Unidad Responsable.- Coordinación de Fomento ProductivoResponsable.- Técnico de Comercialización
1. Atribuciones y Responsabilidades del Macro Proceso.-
a) Participar en la implementación de los Proyectos del Presupuesto Participativo;
b) Contar con los estudios de mercado que propician la futura comercialización de productos, bienes y servicios;
c) Asesorar a la comunidad sobre el mercado existente para la venta de sus bienes y servicios;
d) Capacitar en temas relacionados con la comercialización de bienes y servicios; y contacto con el cliente;
e) Informar de la ejecución de los proyectos de desarrollo productivo y establecimiento de correctivos en caso de ser necesario;
f) Coordinar las acciones de negociación, establecimiento de alianzas entre la comunidad, el requirente (mercado) y dentro de la institución;
g) Asegurar la vinculación de la comunidad con el mercado manteniendo convenios y alianzas ganar – ganar entre las partes;
h) Participar en la ejecución de eventos que permiten la comercialización de productos, bienes y servicios;
i) Dirigir la elaboración, ejecución y seguimientos del POA de su área;
j) Analizar los indicadores de impacto resultantes de los programas y proyectos a su cargo;
k) Evaluar la gestión de su área; y,
l) Desempeñar las demás funciones que le asigne la autoridad competente, las leyes y los reglamentos.
2. Procesos.-
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I1. FOMENTO E INVESTIGACIÓN ECONÓMICA
I2. NEGOCIACIÓN Y ESTABLECIMIENTO DE ALIANZAS
I-0 GESTIÓN COMERCIAL
FOMENTO E INVESTIGACIÓN ECONÓMICA
NEGOCIACIÓN Y ESTABLECIMIENTO DE ALIANZAS
3. Productos y Servicios.-
(I-1) FOMENTO E INVESTIGACIÓN ECONÓMICA
a) Estudios de Mercado
- Productos
- Bienes
- Servicios
- Inventario de nichos de mercado
- Inventario de competidores de acuerdo al ordenamiento territoria.
(I-1) NEGOCIACIÓN Y ESTABLECIMIENTO DE ALIANZAS
a) Acuerdos, alianzas y convenios para la venta
b) Manejo de eventos y ferias para la Comercialización
c) Asesoramiento financiero para la producción
- Comunidad
d) Acciones Preventivas y Correctivas
4. Conformación.- El proceso integrado por las siguientes responsables. Coordinador de Fomento Productivo Técnico en Comercialización
Forman parte del Proceso. Técnicos Agropecuarios. Técnicos no agropecuarios. Comunidad Mercado o medio externo (comprador) Actores Sociales.
5. Foros de coordinación.- Coordinación de la gestión del fomento productivo
Lidera: Coordinador de Fomento ProductivoParticipan: Técnicos agropecuarios y no agropecuarios, Técnico de ComercializaciónPeriodicidad: Semanal
Art. 46 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL MACRO PROCESO DE FISCALIZACIÓN
Constitución de la República del Ecuador
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Art. 260.- El ejercicio de las competencias exclusivas no excluirá el ejercicio concurrente de la gestión en la prestación de servicios públicos y actividades de colaboración y complementariedad entre los distintos niveles de Gobierno.
Artículo 134.- Ejercicio de la competencia de fomento de la seguridad alimentaria.- El fomento de la seguridad alimentaria, cuyo ejercicio corresponde a los Gobiernos Autónomos Descentralizados regionales, se gestionará aplicando las disposiciones constitucionales y legales para garantizar la soberanía alimentaria, la política pública de esta materia bajo el principio de integralidad y comprende: Literales: c). Planificar y construir la infraestructura adecuada, en coordinación con los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales, Municipales y Parroquiales Rurales, para fomentar la producción, conservación, intercambio, acceso, comercialización, control y consumo de alimentos, preferentemente provenientes de la pequeña, la micro, y la mediana producción campesina, y de la pesca artesanal; respetando y protegiendo la agrobiodiversidad, los conocimientos y formas de producción tradicionales y ancestrales. Complementariamente, la planificación y construcción de las redes de mercados y centros de transferencia de las jurisdicciones cantonales serán realizadas por los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales;
d). Fomentar el acceso de los ciudadanos a alimentos suficientes y sanos mediante la capacidad de incidir en los mercados y en el impulso a estrategias de consumo de alimentos nutritivos, agroecológicos y provenientes de la producción local, además del impulso de sistemas solidarios de comercialización en coordinación con los otros niveles de Gobiernos Autónomos Descentralizados.
CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DEL ECUADORCapítulo terceroSoberanía alimentaria
Art. 281.- La soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico y una obligación del Estado para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiado de forma permanente.
Numeral10). Fortalecer el desarrollo de organizaciones y redes de productores y de consumidores, así como las de comercialización y distribución de alimentos que promueva la equidad entre espacios rurales y urbanos.
11). Generar sistemas justos y solidarios de distribución y comercialización de alimentos. Impedir prácticas monopólicas y cualquier tipo de especulación con productos alimenticios.
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CAPITULO II
DE LA GESTIÓN POR PROCESOS DEL PATRONATO PROVINCIAL
PATRONATO PROVINCIAL.-
El Patronato del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo, sin fines de lucro, adscrita al H. Consejo Provincial de Chimborazo, su fecha de creación fue el 8 de enero de 1997, con ordenanza de creación aprobada desde la gobernación el 15 de Enero del 1997, Oficio No 062 GCH-97.
El objetivo es contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los/as ciudadanos de la Provincia de Chimborazo, en coordinación con el Gobierno de la Provincia de Chimborazo, con la participación ciudadana, a través de la gestión solidaria, eficaz y eficiente en la ejecución de sus proyectos.
Mediante Of. Nro. 018 AJGCH2005 de 24 de Febrero del 2005 suscrito por el Gobernador de Chimborazo Arq. Marco Chávez que sanciona la ordenanza reformatoria, la misma que fue discutida y aprobada en sesiones ordinarias de 2 y 9 de Febrero del 2005 del Gobierno de la Provincia donde fue aprobado la reforma del Estatuto del Patronato Servicio a la Niñez, Apoyo a la Mujer y Tercera Edad del Gobierno de la Provincia de Chimborazo, bajo estas condiciones la Institución siendo de derecho Privado pasa a constituir una Institución Pública.
Art. 47 Responsable del Patronato.- Presidente/a Patronato
Art. 48 De la Misión del PATRONATO.- Liderar un proceso de participación y responsabilidad social con todos los sectores reconocidos como grupos de atención prioritaria; cambiando el sistema tradicional del clientelismo y la dependencia, hacia una institución dinámica, participativa e innovadora, garantizando el derecho del Buen vivir ( sumak kausay).
Art. 49 De la Visión del PATRONATO.- El Patronato del H. Consejo Provincial de Chimborazo, con su activa gestión hasta el año 2014, habrá logrado desarrollar en la sociedad provincial el sentido de corresponsabilidad social, fomentando los principios de participación, equidad, justicia social, identidad, para lograr que la minga por Chimborazo promueva el desarrollo solidario basada en las potencialidades de los talentos humanos capacitados.
Art. 50 De los Objetivos de Contribución.- Para el cumplimiento de su misión institucional, el Patronato determinada los siguientes Objetivos Institucionales:
a) Fomentar los derechos de Grupos de Atención Prioritaria de la construcción de un sistema de valores.
b) Coordinar acciones y propuestas con organismos e instituciones que permitan ampliar coberturas y optimizar recursos.
c) Campañas de atención médica preventiva y curativa para grupos vulnerables.
d) Generación y Promoción de Políticas Sociales
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Art.51 De la Cadena de Valor del PATRONATO PROVINCIAL.-
Los Macro Procesos Agregadores de Valor del Patronato representan la operacionalización de su misión institucional:
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GESTIÓN SOCIAL EN EDUCACIÓN
J-2
(Erradicación Trabajo Infantil)
(Centros Infantiles)
(Capacitación)
GESTIÓN DE SALUD PROVINCIAL
J-1
(Unidades Médicas)
(Caravanas Médicas)
(Nutrición)
(Ayuda Social)
(Capacitación)
SERVICIOS A GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA
J-3
(Operaciones de Infraestructura)
(Desarrollo Productivo Agropecuario)
(Desarrollo y Emprendimiento Productivo)
(Ayudas Técnicas)
(Capacitación)
1. Atribuciones y Responsabilidades del Patronato Provincial
a) Ejecutar la Política Social del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo;
b) Ejecutar las competencias concurrentes (educación, salud, vivienda, y grupos de atención prioritaria) de acuerdo al marco constitucional vigente;
c) Ejecución y control financiero del presupuesto de su institución;d) Ejecución y control administrativo de su institución;e) Aplica procedimientos de control interno para verificar la documentación y
demás requisitos para la gestión;f) Desarrollar la Planificación Estratégica de la institución; alineada al
Direccionamiento Estratégico del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo;
g) Participación en proyectos comunes con otras Instituciones de acuerdo a su competencia;
h) Garantizar la interculturalidad y equidad de género por medio de planes de capacitación;
i) Generar la normativa interna por medio del Comité de Gestión y Enlace;j) Apoyar a la generación de la normativa provincial por medio del Gobierno
Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo;k) Asegurar la provisión y disponibilidad de los recursos financieros para la
ejecución de su misión;l) Establecer los convenios y acuerdos interinstitucionales de acuerdo a su
competencia;m) Participar de los foros de coordinación interdisciplinarios para la evaluación de
los impactos sociales;n) Asegurar que se cuente con información estadística de los proyectos sociales
que brinda la Coordinación del Patronato Provincial, datos que contribuirán a evaluar los impactos;
o) Establecer los mecanismos de participación ciudadana que se requiera para la formulación de planes y políticas de conformidad con las leyes y el reglamento de este código;
p) Establecer los lineamientos para levantar los indicadores de Gestión del Patronato Provincial;
q) Analizar los indicadores de impacto, resultado de los programas y proyectos a cargo de esta Coordinación;
r) Dirigir la elaboración, ejecución y seguimiento del POA de su área;s) Evaluar la gestión de su área; y,t) Desempeñar las demás funciones que le asignare la autoridad competente, las
leyes y los reglamentos.
2. Productos y Servicios de la Cadena de Valor del Patronato
(J-1) GESTIÓN DE SALUD PROVINCIAL
a) Servicios de Atención médico – odontológico en varias especialidades.
- Atención en la Unidad Médica
- Atención en las Comunidades propias
- Atención curativa / Atención preventiva
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- Ambulancia
- Gimnasio
- Servicios Recreacionales
b) Proyectos de mejoramiento de la nutrición
- Capacitación / concientización
- Prevención de la desnutrición
c) Acuerdos interinstitucionales de ayuda social
- Medicinas, equipos e insumos
- Enfoque general y grupos de escasos recursos
(J-2) GESTIÓN SOCIAL EN EDUCACIÓN
a) Proyectos de erradicación del trabajo infantil
- Incentivos Escolares
- Actividades Alternativas
- Emprendimientos productivos
- Capacitación
b) Servicios de atención infantil
- Centros Infantiles
Educación Inicial
Alimentación
Cuidado
Salud
(J-3) SERVICIOS A GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA
a) Infraestructura construida y equipada
- Casa Hogar
- Vivienda
- Centros Infantiles
b) Proyectos de Desarrollo Productivos y emprendimiento
- Agropecuario
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- Artesanal
- Otros Micro-emprendimientos
c) Ayuda técnica a grupos con capacidades especiales
- Sillas de ruedas, muletas, andadores, bastones
- Insumos generales de acuerdo a necesidad
- Otros requeridos por los grupos de interés
3. Conformación.- Los Procesos están integrados por los siguientes responsables. Presidenta de Patronato Coordinador/a de Patronato (Responsable de la Unidad Médica) (Responsable de prevención y erradicación del trabajo infantil) (Responsable de Centros Infantiles) (Responsable de grupos de atención prioritaria) Trabajadora Social
Participantes del Proceso: Prefecto Comité de Gestión y Enlace Reina de la Provincia Actores Sociales y proveedores.
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Art. 52 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON EL PATRONATO
Constitución de la República del Ecuador
Art. 225.- El sector público comprende:
2. Las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado.
Art. 238.- Los Gobiernos Autónomos Descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio nacional.
Constituyen Gobiernos Autónomos Descentralizados las Juntas Parroquiales Rurales, los Concejos Municipales, los Concejos Metropolitanos, los Consejos Provinciales y los Consejos Regionales.
Art. 260.- El ejercicio de las competencias exclusivas no excluirá el ejercicio concurrente de la gestión en la prestación de servicios públicos y actividades de colaboración y complementariedad entre los distintos niveles de Gobierno.
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
DISPOSICIONES GENERALES.-
OCTAVA.- Patronatos.- Los Gobiernos Provinciales, Metropolitanos y Municipales conservarán los patronatos como instituciones de derecho público, regidas e integradas por las políticas sociales de cada Gobierno.
Resolución Administrativa No. 063-2009-HCPCH.
Art. 1.- Reformar el estatuto del Patronato Provincial, del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Chimborazo, por cuanto la Constitución y la normativa legal vigente amerita, reformar el mismo.
Estatuto del Patronato Provincial
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TITULO I.- De la Constitución y DomicilioTITULO II.- De los Objetivos y FinesTITULO III.- De los MiembrosTITULO IV.- De la Organización TITULO V.- Disposiciones Generales
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BIBLIOGRAFÍA- Norma Técnica de Diseño de Reglamentos o Estatutos de
Gestión Organizacional por Procesos.- Ministerio de Relaciones Laborales (Ex – SENRES) Año 2010.
- Marco Legal vigente y expuesto detalladamente en el Manual de Procesos
- Metodología para Administración de Procesos en las Instituciones Públicas.- Subsecretaría de Organización, Métodos y Control / 07-12-2010
- Codificación del CÓDIGO DE TRABAJO ECUATORIANO
- CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN
- Decreto Ejecutivo 2393. Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo
- Norma Internacional ISO 9001:2008. Quality management systems — Requirements
- Cómo Utilizar el Cuadro de Mando Integral. David Norton / Robert Kaplan.
- La excelencia en la ejecución de la Estrategia. David Norton / Robert Kaplan.
- Direccionamiento Estratégico.- Metodología e Implementación. Diego González / Ecuador / año 2011
- Administración Estratégica. Hitt. Ireland. Hoskisson South Western College / año 1999 /
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