Post on 04-Mar-2016
PONENTE:
Ing. Jony Villalobos CabreraIngeniero Mecnico Electricista
CIP 58024
Facultad de Ingeniera Mecnica y Elctrica
Qu es una Norma Elctrica?
Conjunto de dispositivos legales, que permiten regularizar la actividad elctrica
en una regin o lugar.
Norma Tcnica: Son aquellas que permiten uniformizar criterios en cuanto a
diseo o utilizacin de materiales y equipos, orientados a un adecuado
dimensionamiento de las instalaciones elctricas as como la normalizacin de
los materiales que en ellas se utilicen.
Normas de Procedimiento: Son aquellas que permiten uniformizar criterios en
la formulacin, presentacin, revisin de aprobacin de documentacin ante
entidades involucradas en el sector electricidad.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Estandarizar las caractersticas tcnicas de los materiales y equipos para facilitar laelaboracin de los estudios y la compra masiva de materiales y equipos
Establecer los criterios de diseo para los proyectos elctricos sobre la base delas prescripciones de normas oficiales del Per y normas extranjeras.
Definir las configuraciones tpicas de estructuras en los que se plasmen loscriterios de seguridad elctrica, coordinacin de aislamiento, criterios mecnicos, puesta a
tierra y materiales
Salvaguardar a las personas y las instalaciones durante la construccin, operacinmantenimiento de las lneas elctricas tanto de suministro elctrico como de
comunicaciones, y sus equipos asociados sin afectar a las propiedades pblicas y
privadas, ni al Medio Ambiente, ni al Patrimonio Cultural de la Nacin.
Objetivos de la normas elctricas
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Productos certificados y Diseos que satisfagan
Normas Tcnicas Internacionales
Instalacin elctrica segura
Normatividad Elctrica Nacional
Cdigo Nacional de Electricidad, Normas DGE, etc.
Mano de obra calificada
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Ing. Jony Villalobos Cabrera
CRONOLOGA DE LA
NORMATIVIDAD
ELCTRICA EN EL PER
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Ley de Concesiones
Elctricas
Ley N 25844
Nov. 1992
Reglamento Ley de
Concesiones Elctricas
D.S. N 033-93-EM
Feb. 1993
Oct.1997
NTCSE
D.S. N 020-97-EM
RSHOSERM N 263-01-EM
CNE: SuministrosRM N 366-01-EM
Junio 2001
Ago 2001
Marzo 2002
Mayo 2002
Norma DGE: T & SR.M. N 091-2002-VME
Ley Electr. RuralLey N 27744
Enero 2003
NTAPZCD.S. N 013.2003-EM
Enero 2004
NT PERR.D. N 016 031-EM/DGE
CNE: TOMO I - PG
RM N 285-1978-EM/DGE
CNE: TOMO IV - SD
RM N 303-1978-EM/DGE
Mayo 1978
CEN
R.S. N 02 MFOP
Enero 1955
CNE: TOMO V Utilizacin
RM N 139-1982-EM/DGE
Junio 1982
Ing. Jony Villalobos Cabrera
May 2005
R. Tc. Sistemas Fotovoltaicos
Domsticos hasta 500 Wp
R.D N 030-2005-EM/DGE
Abr 2004
Calificacin Elctrica para la Elaboracin de Proyectos de
Subsistemas de Distribucin
Secundaria
R.D. N 535-2004-EM/DGE
Junio 2006
Ley General de
Electrificacin Rural
Ley N 28749
CNE: Utilizacin
RM N 037-2006-MEM/DM
Enero 2006
Reglamento de Seguridad y Salud en el
Trabajo de las Actividades Elctricas
RM N 161-2007-MEM/DM
Abril 2007Abril 2007
LEY DE CONCESIONES
ELECTRICAS
Y SU REGLAMENTO
DL 25844 (1992-11-06)
D.S. N 009-93-EM (1993-02-25
Ing. Jony Villalobos Cabrera
LEY GENERAL DE
ELECTRIFICACIN
RURAL
Ley N 28749
(01-06-2006)
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Ley General de Electrificacin Rural
Ley N 28749
1. Cdigo Nacional de
Electricidad Suministro
2. Cdigo Nacional de
Electricidad Utilizacin
3. Norma DGE Smbolos
Grficos y
Terminologa en
Electricidad
PRINCIPALES NORMAS
Ing. Jony Villalobos Cabrera
4. Compendio de
Normas DGE para
Proyectos de
Electrificacin Rural
PRINCIPALES NORMAS
Ing. Jony Villalobos Cabrera
5.- Reglamento de Seguridad y
Salud en el Trabajo de las
Actividades Elctricas
(Resolucin Ministerial N 161-
2007-MEM/DM.)
Ing. Jony Villalobos Cabrera
R.D. N N 161-2007-MEM/DM
Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Elctricas
6. Norma DGE 011-CE-1/1978. Norma de
conexiones para suministro de energa
elctrica hasta 10 Kw.
7. Reglamento de Seguridad y Salud en el
Trabajo de las Actividades Elctricas
8. Procedimientos para la Elaboracin de
Proyectos y Ejecucin de Obras en Sistemas
de Distribucin y Sistemas de Utilizacin en
MT en Zonas de Concesin de Distribucin
PRINCIPALES NORMAS
Ing. Jony Villalobos Cabrera
9. Norma Tcnica de Calidad de los Servicios
Elctricos
10.Norma Tcnica DGE de Alumbrado de
Vas pblicas en Zonas de Concesin
11.Norma de Contraste del Sistema de
Medicin de Energa Elctrica
PRINCIPALES NORMAS
Ing. Jony Villalobos Cabrera
12. Uso de la
Electricidad en
Minas
PRINCIPALES NORMAS
Ing. Jony Villalobos Cabrera
PONENTE:
Ing. Jony Villalobos CabreraIngeniero Mecnico Electricista
CIP 58024
Facultad de Ingeniera Mecnica y Elctrica
LEY DE CONCESIONES ELECTRICAS Y SU REGLAMENTO
Vigencia: 1992-12-05
OBJETIVOOBJETIVO
Establecer las
disposiciones que
norman las actividades
de generacin,
transmisin, distribucin
y comercializacin de la
energa elctrica.
DL 25844 (1992-11-06) y D.S. N 009-93-EM (1993-02-25)
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Estructura del Sector Elctrico
CR
CL
Generacin
Transmisin
Distribucin
CR
U
S
U
A
R
I
O
S
Produccin de energa elctrica
Transporte y
transformacin de
energa elctrica
Suministro a usuarios
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Artculo 1.- Las disposiciones de la presente Ley norman loreferente a las actividades relacionadas con la generacin, transmisin,
distribucin y comercializacin de la energa elctrica.
El Ministerio de Energa y Minas y el OSINERG (Organismo
Supervisor de Inversin en Energa), en representacin del Estado, son
los encargados de velar por el cumplimiento de la presente Ley, quienes
podrn delegar en parte las funciones conferidas.
Las actividades de generacin, transmisin y distribucin podrn ser
desarrolladas por personas naturales o jurdicas, nacionales o
extranjeras. Las personas jurdicas debern estar constituidas con
arreglo a las leyes peruanas.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Artculo 2.- Constituye Servicio Pblico de Electricidad:
a) El suministro regular de energa elctrica para uso colectivo o
destinado al uso colectivo, hasta los lmites de potencia fijados por el
Reglamento; y,
b) La transmisin y distribucin de electricidad.
El Servicio Pblico de Electricidad es de utilidad pblica.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Derechos Elctricos
Principales
Concesin Definitiva y Autorizacin
Secundarios
Concesin Temporal
Accesorios
Servidumbre Permanente y Servidumbre Temporal
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Qu es una Concesin Elctrica?
Es el derecho elctrico otorgado a una personanatural o jurdica para desarrollar la actividad
elctrica de generacin, transmisin y/o distribucin.
(Art. 1 y 3 de la LCE)
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Concesin Definitiva
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Artculo 3 (LCE).- Se requiere concesin definitivapara el desarrollo de cada una de las siguientes actividades:
a) La generacin de energa elctrica que utilice recursos hidrulicos,
con potencia instalada mayor de 500 KW;
b) La transmisin de energa elctrica, cuando las instalaciones
afecten bienes del Estado y/o requieran la imposicin de
servidumbre por parte de ste;
c) La distribucin de energa elctrica con carcter de Servicio
Pblico de Electricidad, cuando la demanda supere los 500 KW; y,
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Artculo 24 (LCE).- La concesin definitiva permiteutilizar bienes de uso pblico y el derecho de obtener la
imposicin de servidumbre para la construccin y operacin de
centrales de generacin y obras conexas, subestaciones y lneas
de transmisin as como tambin de redes y subestaciones de
distribucin para Servicio Pblico de Electricidad.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Cmo obtener una concesin definitiva?
Artculo 25 (LCE).- La solicitud para la obtencin de
concesin definitiva , ser presentada al Ministerio deEnerga y Minas, con los siguientes datos y requisitos:
a) Identificacin y domicilio legal del solicitante. Si es persona jurdica
debe presentar la Escritura Pblica de Constitucin Social y el poder
de su representante legal, debidamente inscritos en los Registros
Pblicos;
b) Autorizacin del uso de recursos naturales de propiedad del Estado,
cuando corresponda;
c) Memoria descriptiva y planos completos del proyecto, con los
estudios del proyecto a un nivel de factibilidad, por lo menos;
d) Calendario de ejecucin de obras, con la indicacin del inicio y la
puesta en operacin comercial;
e) Presupuesto del proyecto;
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Cmo obtener una concesin definitiva?
f) Especificacin de las servidumbres requeridas;
g) Delimitacin de la zona de concesin en coordenadas UTM
(PSAD56) y contrato formal de suministro de energa, en el caso de
concesiones de distribucin;
h) Resolucin directoral aprobatoria del Estudio de Impacto Ambiental;
i) La garanta de fiel cumplimiento de ejecucin de obras que seale el
Reglamento;
j) Sustento verificable del compromiso de inversionistas para el aporte
de capital con fines de la ejecucin de las obras, tratndose de
concesin de generacin;
k) Informe favorable emitido por una entidad Clasificadora de Riesgo
calificada, respecto de la solvencia financiera del solicitante,
tratndose de concesin de generacin.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Trmites de solicitud
CONCESIN DEFINITIVA
1. Solicitud (Art. 25 Ley)
2. Revisin de los requisitos por la DGE (Art. 38 Reglamento) 5 das calendario. Ampliacin de Informacin (Art. 39 Reglamento) 7 das calendario. Si no se cumple con lo requerido o es insuficiente se declara denegado y se ejecuta la garanta (Art. 40
Reglamento). Si cumple se Admite, se notifica y publica (Arts. 25 Ley y 41 Reglamento)
3. Concurrencia y Oposiciones
Concurrencia dentro de los 15 das hbiles posteriores a la ltima publicacin (Art. 26 Ley). Se procede de acuerdo a lo sealado en los Arts. 42 y 43 Reglamento)
Oposicin dentro de los 15 das hbiles siguientes a la ltima publicacin. Se debern presentar los documentos sustentatorios y garanta (Art. 45 Reglamento).
Se procede de acuerdo a los Arts. del 46 al 50 Reglamento.
4. Evaluacin del expediente (Art. 52 Reglamento)
5. Expedicin de Resolucin Suprema, notificacin y publicacin (Arts. 25 Ley, 53 y 54
Reglamento)
6. Aceptacin de la Resolucin, Suscripcin del Contrato de Concesin y elevado a
Escritura Pblica (Art. 29 Ley, 55 y 56 Reglamento)
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Obligaciones de los concesionariosTransmisin
Los concesionarios de transmisin estn obligados a
permitir la
utilizacin de sus sistemas por parte de terceros, quienes
debern asumir los costos de ampliacin a realizarse en
caso necesario, y las compensaciones por el uso, de
acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Artculo 33 (LCE).-
Obligaciones de los concesionariosDistribucin
a) Suministrar electricidad a quien lo solicite dentro de su zona de concesin
o a aquellos que lleguen a dicha zona con sus propias lneas, en un plazo
no mayor de un (1) ao y que tengan carcter de Servicio Pblico de
Electricidad;
b) Tener contratos vigentes con empresas generadoras que le garanticen su
requerimiento total de potencia y energa, por los siguientes veinticuatro
(24) meses como mnimo;
c) Garantizar la calidad del servicio que fije su contrato de Concesin y las
normas aplicables; y,
d) Permitir la utilizacin de todos sus sistemas y redes por parte de terceros
para el transporte de electricidad, excepto cuando tenga por objeto el
suministro de electricidad a Usuarios Regulados dentro o fuera de su
zona de concesin, en las condiciones establecidas en la presente Ley y
en el Reglamento.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Artculo 34 (LCE).-
Contenido del Contrato de Concesin
Nombre del concesionario
Derechos y obligaciones
Inicio y conclusin de las obras
Condiciones tcnicas de suministro
Lmite de potencia con carcter de Servicio Pblico de Electricidad
Causales de caducidad
Garanta vigente
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Artculo 29 (LCE).-
Artculo 55 (RLCE).-
Cundo termina la concesin?
Por renuncia del concesionario o por declaracin de caducidad
Causales de caducidad
No elevar a Escritura Pblica el Contrato dentro del plazo sealado
No realizar los estudios o las obras en el plazo sealado, salvo caso fortuito o fuerza mayor
No operar sus instalaciones sin justificacin por 876 horas acumuladas durante 1 ao
Luego de habrsele aplicado las sanciones, el concesionario de generacin o de transmisin no opere sus instalaciones de acuerdo a lo dispuesto por el COES
Luego de habrsele aplicado las multas, el concesionario de distribucin no cumpla con sus obligaciones de brindar el servicio y en los estndares de calidad segn Contrato
No acreditar garanta de suministro
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Artculo 35 y 36 (LCE).-
Concesin Temporal
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Artculo 23 (LCE).- La concesin temporal permiteutilizar bienes de uso pblico y el derecho de obtener la imposicin de
servidumbre temporal.
El titular asume la obligacin de realizar estudios de factibilidad
relacionados con las actividades de generacin y transmisin;
especficamente, la de realizar estudios de centrales de generacin,
subestaciones o lneas de transmisin, cumpliendo un cronograma de
estudios.
El plazo de vigencia de la concesin temporal es de dos (2) aos,
pudiendo extenderse una (1) sola vez, a solicitud del titular, hasta por un
(1) ao adicional, slo cuando el cronograma de estudios no haya sido
cumplido por razones de fuerza mayor o caso fortuito.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Cmo obtener una concesin temporal?
Artculo 30 (LCE).- La solicitud para la obtencin de
concesin temporal, ser presentada al Ministerio de Energay Minas, con los siguientes datos y requisitos:
a) Identificacin y domicilio legal del peticionario. Si es persona jurdica,
deber estar constituida con arreglo a las leyes peruanas y presentar
la Escritura Pblica de Constitucin Social y el Poder de su
representante legal, vigentes y debidamente inscritos en los
Registros Pblicos;
b) Copia de la autorizacin para el uso de recursos naturales de
propiedad del Estado para realizar los estudios, cuando
corresponda;
c) Memoria Descriptiva y plano general del anteproyecto, que incluyan
las coordenadas UTM (PSAD56) de los vrtices del rea donde se
llevarn a cabo los estudios;
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Cmo obtener una concesin temporal?
d) Cronograma de Ejecucin de Estudios;
e) Presupuesto de los estudios;
f) Requerimiento especfico de servidumbres temporales sobre bienes
de terceros;
g) Garanta vigente durante el plazo de concesin solicitado, por un
monto equivalente al 10% del presupuesto de los estudios hasta un
tope de 250 UIT.
Tratndose de estudios de centrales de generacin hidrulica, el
monto de la garanta ser equivalente al 1% del presupuesto del
estudio, hasta un tope de 25 UIT.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Trmites de solicitud
CONCESIN TEMPORAL
1. Solicitud (Arts. 29 y 30 Reglamento)
2. Revisin de los requisitos por la DGE para la admisin de la solicitud. Si cumple
con lo requerido se notifica para su publicacin. (Art. 31 Reglamento) 5 dascalendario
3. Oposiciones
Oposicin dentro de los 5 das calendario siguientes a la ltima publicacin.Se debern presentar los documentos sustentatorios y garanta (Art. 34
Reglamento). Se resolver por Resolucin Directoral en plazo de 5 das
calendario de formulada. La Resolucin puede ser apelada dentro de los 5
das calendario de notificada y se resolver en 5 das calendario de
presentada. Si es declarada infundada se ejecutar la garanta.
4. Expedicin de Resolucin Ministerial, notificacin y publicacin (Art. 36
Reglamento)
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Autorizacin
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Artculo 4(LCE).- Se requiere autorizacin paradesarrollar las actividades de generacin termoelctrica,
cuando la potencia instalada sea superior a 500 KW.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Cmo obtener una autorizacin?
Artculo 30 (LCE).- Las autorizaciones que cumplan losrequisitos sern otorgadas mediante resolucin ministerial por un plazo
indefinido, dentro de los treinta (30) das hbiles de presentada la
solicitud. La solicitud deber estar acompaada de lo siguiente:
a) Identificacin y domicilio legal del solicitante. Si es persona jurdica
debe presentar la Escritura Pblica de Constitucin Social y el poder
de su representante legal, debidamente inscritos en los Registros
Pblicos;
b) Declaracin Jurada de cumplimiento de las normas tcnicas y de
conservacin del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la
Nacin. Tratndose de generacin termoelctrica cuya potencia
instalada sea superior a 20 MW, se presentar la resolucin directoral
aprobatoria del Estudio de Impacto Ambiental;
c) Memoria descriptiva y planos completos del proyecto, con los
estudios del proyecto a un nivel de factibilidad, por lo menos;
d) Calendario de Ejecucin de Obras con la indicacin del inicio y la
puesta en operacin comercial;
e) Presupuesto del Proyecto;Ing. Jony Villalobos Cabrera
Cmo obtener una autorizacin?
f) Informacin tcnica con fines estadsticos que consistir, cuando
menos en lo siguiente: potencia instalada de la central, nmero de
unidades de generacin, tipo de cada unidad de generacin, modelo
de cada unidad de generacin, caudal de diseo, consumo especfico
de combustible, tipo de combustible; tratndose de centrales de
generacin en uso o repotenciadas se presentarn tambin los
registros histricos de operacin e informacin relevante que sustente
un adecuado desempeo operativo;
g) La garanta de fiel cumplimiento de ejecucin de obras que seale el
Reglamento.
h) Sustento verificable del compromiso de inversionistas para el aporte
de capital con fines de la ejecucin de las obras;
i) Informe favorable emitido por una entidad Clasificadora de Riesgo
Calificada, respecto de la solvencia financiera del inversionista.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Cundo se cancela una autorizacin?
Si se comprueba la inexactitud de la informacinpresentada.
Por reiterada infraccin a la conservacin del medioambiente o del Patrimonio Cultural de la Nacin.
Luego de habrsele aplicado las sanciones, el titularno opera sus instalaciones de acuerdo al COES.
Si el titular renuncia a la autorizacin.
Si el titular no ejecuta las obras e instalaciones deacuerdo al Cronograma .
Artculo 69.- (RLCE)
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Obligaciones de los Titulares de Concesiones y Autorizaciones
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Efectuar los estudios y/o las obras de acuerdo al Contrato
Conservar y mantener una operacin eficiente de sus instalaciones
Aplicar precios regulados de acuerdo a la LCE
Presentar informacin tcnica y econmica
Cumplir las disposiciones del CNE y dems normas tcnicas
Facilitar las inspecciones tcnicas que se disponga
Contribuir al sostenimiento de los organismos normativos,
reguladores y fiscalizadores (1% ventas anuales)
Cumplir con normas de conservacin de Medio Ambiente y del
Patrimonio Cultural de la Nacin
Artculo 31 (LCE).-
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Informantes
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Artculo 7 (LCE).- Las actividades de generacin,transmisin y distribucin, que no requieran de concesin
ni autorizacin, podrn ser efectuadas libremente
cumpliendo las normas tcnicas y disposiciones deconservacin del Medio Ambiente y del Patrimonio
Cultural de la Nacin.
El titular deber informar obligatoriamente al Ministerio de
Energa y Minas el inicio de la operacin y las
caractersticas tcnicas de las obras e instalaciones.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Artculo 8 (RLCE).- Los titulares de las actividades a que secontrae el Artculo 7 de la Ley, debern informar a la Direccin lo
siguiente:
a) Si se trata de instalacin de grupos generadores de energa
elctrica: la potencia instalada, tensin de generacin,
localizacin del equipo. En caso de generacin hidroelctrica se
adjuntar adems, un plano general de ubicacin en una escala
1/5000;
b) Si se trata de sistemas de transmisin: la tensin nominal,
capacidad de transporte, longitud de las lneas, el diagrama
unifilar y los planos generales de ubicacin a escala 1/10000, y las
caractersticas de las subestaciones; y,
c) Si se trata de sistemas de distribucin: nmero de usuarios y
planos generales de redes y subestaciones a escala 1/2000,
indicando las principales caractersticas tcnicas.
Casos Prcticos
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Caso Prctico 1
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Indicar cual es el procedimiento administrativo que debo realizar
para la construccin de la Central Hidroelctrica de Olmos,
considerando una Potencia Instalada es de 200 MW.
Se requiere de una Concesin Definitiva o Concesin Temporal o
Autorizacin?
Dnde debo realizar el trmite?
Qu requisitos debo presentar?
Solucin Caso Prctico 1
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Indicar cual es el procedimiento administrativo que debo realizar
para la construccin de la Central Hidroelctrica de Olmos,
considerando una Potencia Instalada es de 200 MW.
Se requiere de una Concesin Definitiva o Concesin Temporal o
Autorizacin?
Se requiere Concesin Definitiva, de acuerdo al Artculo 3 de la
Ley de Concesiones Elctricas
Dnde debo realizar el trmite?
En el Ministerio de Energa y Minas Direccin General deElectricidad
Qu requisitos debo presentar?
Los que indica el Art. 25 de la Ley de Concesiones Elctricas y el
Art. 38 del Reglamento de la Ley de Concesiones Elctricas
Caso Prctico 2
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Indicar cual es el procedimiento administrativo que debo realizar
para la construccin de una Central Hidroelctrica en el Distrito de
Ptapo, considerando una Potencia Instalada es de 600 kW.
Se requiere de una Concesin Definitiva o Concesin Temporal o
Autorizacin?
Dnde debo realizar el trmite?
Qu requisitos debo presentar?
Solucin Caso Prctico 2
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Indicar cual es el procedimiento administrativo que debo realizar para
la construccin de una Central Hidroelctrica en el Distrito de Ptapo,
considerando una Potencia Instalada es de 600 kW.
Se requiere de una Concesin Definitiva o Concesin Temporal o
Autorizacin?
Se requiere Concesin Definitiva, de acuerdo al Artculo 3 de la Ley
de Concesiones Elctricas
Dnde debo realizar el trmite?
El trmite lo debo realizar en el Gobierno Regional de Lambayeque.
De acuerdo a la Resolucin Ministerial N R.M N 009-2008-MEM/DM,
el Gobierno Regional de Lambayeque, a acreditado las siguientes
funciones:
Otorgar autorizaciones y llevar el registro de generacin de energaelctrica con potencia instalada mayor a 500 Kw y menores a 10 MW
(minicentrales), siempre que estn en la regin.
Solucin Caso Prctico 2
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Qu requisitos debo presentar?
Los que indica el Art. 25 de la Ley de Concesiones Elctricas y
el Art. 38 del Reglamento de la Ley de Concesiones Elctricas .
Caso Prctico 3
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Indicar cual es el procedimiento administrativo que debo realizar
para obtener una Concesin de Distribucin con una Demanda de
10 MW.
Se requiere de una Concesin Definitiva o Concesin Temporal o
Autorizacin?
Dnde debo realizar el trmite?
Qu requisitos debo presentar?
Solucin Caso Prctico 3
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Indicar cual es el procedimiento administrativo que debo realizar para
obtener una Concesin de Distribucin con una Demanda de 10 MW.
Se requiere de una Concesin Definitiva o Concesin Temporal o
Autorizacin?
Se requiere Concesin Definitiva, de acuerdo al Artculo 3 de la Ley
de Concesiones Elctricas.
Dnde debo realizar el trmite?
El trmite lo debo realizar en el Gobierno Regional de Lambayeque.
De acuerdo a la Resolucin Ministerial N R.M N 009-2008-MEM/DM,
el Gobierno Regional de Lambayeque, a acreditado las siguientes
funciones:
Otorgar concesiones de distribucin con una demanda no mayor a 30 MWcon fines de servicio pblico de electricidad, siempre que se encuentre en el
mbito de la Regin.
Solucin Caso Prctico 3
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Qu requisitos debo presentar?
Los que indica el Art. 25 de la Ley de Concesiones Elctricas y
el Art. 38 del Reglamento de la Ley de Concesiones Elctricas .
Caso Prctico 4
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Indicar cual es el procedimiento administrativo que debo realizar
para instalar una micro central cuya Potencia Instalada es de 50KW
en el distrito de Caaris.
Se requiere de una Concesin Definitiva o Concesin Temporal o
Autorizacin?
Dnde debo realizar el trmite?
Qu requisitos debo presentar?
Solucin Caso Prctico 4
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Indicar cual es el procedimiento administrativo que debo realizar para
instalar una micro central cuya Potencia Instalada es de 50KW en el
distrito de Caaris.
Se requiere de una Concesin Definitiva o Concesin Temporal o
Autorizacin?
No se requiere ni Concesin Definitiva, ni Concesin Temporal ni
Autorizacin. Es un INFORMANTE
Dnde debo realizar el trmite?
Deber de poner de conocimiento al Gobierno Regional de
Lamabyeque indicado la potencia instalada, tensin de generacin,
localizacin del equipo. As como adjuntar adems, un plano general
de ubicacin en una escala 1/5000.
CDIGO NACIONAL DE
ELECTRICIDAD
TOMO I
Prescripciones Generales
Ing. Jony Villalobos Cabrera
CONTENIDO
CAPTULO I: Definiciones Generales
CAPTULO II: Smbolos Electrotcnicos
CAPTULO III: Requisitos Mnimos de Seguridad Contra
Accidentes Elctricos
Nota.- Los captulos I, II y la seccin 3.9 han sido dejados
sin efecto por la R.M. N 091-2002-EM/VME publicada el
2002-03-30
Ing. Jony Villalobos Cabrera
CAPTULO III
Requisitos Mnimos de Seguridad Contra Accidentes Elctricos
3.1 Peligros Derivados del Uso de la Corriente Elctrica
3.2 Requisitos a Cumplirse Contra los Contactos Directos
3.3 Requisitos a Cumplirse Contra Contactos Indirectos
3.4 Proteccin Clase A
3.5 Proteccin Clase B
3.6 Lmites y Relaciones Consideradas Letales al Cuerpo Humano
3.7 Primeros Auxilios
3.8 Materiales de Prevencin y Seguridad Contra Accidentes Elctricos
3.9 Ha sido dejados sin efecto por R.M N 091-2002-EM/VME (2002-03-30)
3.10 Incendios Elctricos
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Contactos indirectos Contactos directos
Peligros de electrocucin
30 mA
Ing. Jony Villalobos Cabrera
LIMITES Y RELACIONES CONSIDERADAS
LETALES AL CUERPO HUMANO.
Factores:
-Intensidad de la corriente elctrica.
- Resistencia elctrica del cuerpo humano.
- Tensin elctrica.
- Forma y frecuencia de la corriente elctrica.
- Tiempo de contacto.
- Trayecto de la corriente por el organismo.
- Capacidad de reaccin del individuo.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Efectos de la corriente elctrica en el cuerpo humano
IEC 60479
Ninguna
Reaccin
a bc1 c2
c3
Ningn efecto
fisiolgico peligroso
Ningn efecto orgnico
Probabilidad de contracciones
musculares y dificultades para
respirar (>2s)
Efectos reversibles
Efectos patofisiologicos Paro cardiaco
Paro respiratorio
Probabilidad
Fibrilacin5%
50%>50%
Ing. Jony Villalobos Cabrera
EFECTOS DE LA INTENSIDAD DE CORRIENTE ELCTRICA SOBRE EL CUERPO HUMANO
Corriente elctrica: Inferior a 25mA
Efecto: Contraccin muscular
Corriente elctrica: 25mA a 80mA
Efecto: Posible perturbacin ritmo cardiaco y respiratorio
Corriente elctrica: 80mA a 3A
Efecto: Perturbacin ritmo cardiaco posible parlisis cardiaca
Corriente elctrica: Mayor a 3 A
Efecto: Peligroso-fibrilacin ventricular mortal
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Ing. Jony Villalobos Cabrera
REQUISITOS A CUMPLIRSE CONTRA
LOS CONTADOS DIRECTOS
Distancias Mnimas
d1: 2.5 metros
d2: 1.0 metros
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Interposicin de Obstculos
Consiste en la interposicin de obstculos que impidan
todo contacto accidental con las partes activas de la
instalacin. Los obstculos de proteccin deben estar
fijados en forma segura y resistir a los esfuerzos
mecnicos usuales que pueden presentarse en su funcin.
Recubrimientos
Se debern cubrir las partes activas de la instalacin con
un aislamiento capaz de conservar sus propiedades con el
tiempo y que limite la corriente de contacto a un valor
menor de un miliampere.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
REQUISITOS A CUMPLIRSE
CONTRA CONTACTOS
INDIRECTOS
Sistemas de proteccin de clase A: Reducen el riesgopor s mismos impidiendo el contacto entre masas y
elementos conductores y haciendo que los contactos no
sean peligrosos.
Sistemas de proteccin de clase B: Se considerancomo sistemas activos y desconectan o cortan la
alimentacin cuando se detectan condiciones peligrosas,
asegurando la desconexin de la instalacin en un
tiempo lo ms rpido posible.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Ing. Jony Villalobos Cabrera
PRIMEROS AUXILIOS
Prescripciones Generales a Seguirse en caso de
Accidente Producido por Corriente Elctrica.
Desprendimiento de la vctima
Conducta a seguir despus del desprendimiento
de la vctima
Accidentes ocurridos en soportes
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Principios Fundamentales de
Reanimacin
Rapidez de la reanimacin
Continuidad de la reanimacin Duracin de la reanimacin
Mtodos de Reanimacin
Mtodos orales de respiracin artificial
Boca a boca.
Boca nariz.
Mtodos manuales de respiracin artificial
Mtodo Shaffer
Mtodos mecnicos de respiracin artificial
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Nunca acte con precipitacin (as evitar convertirse en unanueva vctima)
Observe al accidentado y su alrededor (por ejemplo un cordn deelectricidad cerca de la vctima (deber primero cortar el fluido
elctrico)
Compruebe si puede acercarse al accidentado sin peligro(vehculos en llamas, casas a punto de desplomarse)
No movilice al accidentado, a menos que sea absolutamentenecesario
No ofrezca bebidas ni de nada por la boca si est inconsciente osemiconsciente
Qu NO hacer frente a una emergencia?
Ing. Jony Villalobos Cabrera
MATERIALES DE PREVENCIN Y SEGURIDAD CONTRA ACCIDENTES
ELCTRICOS
Equipo de Proteccin Personal
Casco protector
Guantes aislantes
Cinturn de seguridad
Anteojos de proteccin
Trepadores o espuelas
Calzado de Seguridad
Taburete aislante y tapiz aislante.
Prtigas aislantes de maniobra
Herramientas aisladas
CDIGO
NACIONAL DE
ELECTRICIDAD
TOMO V
Utilizacin
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Sistema de Utilizacin: Es aquel constituido por el conjunto deinstalaciones destinado a llevar energa elctrica suministrada a cadausuario desde el punto de entrega hasta los diversos artefactos elctricosen los que se produzcan su transformacin en otras formas de energa.
Captulo 1 Definiciones
Captulo 2 Requisitos para instalaciones elctricas
Captulo 3 Diseo y proteccin de las instalaciones elctricas
Captulo 4 Mtodos y materiales de instalacin
Captulo 5 Instalacin de artefactos elctricos
Captulo 6 Instalacin en emplazamientos especiales
Captulo 7 Condiciones especiales
Captulo 8 Sistemas de comunicacin
Captulo 9 Verificaciones y pruebas de las instalaciones elctricas
Tomo V Sistema de Utilizacin
Ing. Jony Villalobos Cabrera
AMBITO DE APLICACIN
Es de cumplimiento obligatorio para las Empresas
de Servicio Pblico de Electricidad, Empresas
Privadas, Proyectistas, Montadores Electricistas,
as como toda persona natural o jurdica
relacionada con trabajos en Instalaciones
Elctricas.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS INSTALACIONES ELECTRICAS
Ser apropiadas para la instalacin, si cuenta concertificacin.
Resistencia mecnica y durabilidad.
El aislamiento elctrico
Absorber efectos de aumento de temperatura ycondiciones adversas.
Clasificacin de acuerdo con el tipo, tamao, capacidadde corriente y uso especifico.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Instalacin y uso : en base a fabricante
Conductores deben ser de Cu, de seccin enbase a la intensidad de corriente a transportar ycada de tensin.
Toda instalacin deber estar aislada de maneraque el sistema completo este libre decortocircuitos y fugas a tierra.
Dispositivos de proteccin debidamenteseleccionados e instalados.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Ejecucin mecnica del trabajo: Los equiposelctricos deben ser instalados en forma limpia y debuen acabado.
Conexiones elctricas: Deben ser seguras, debernasegurar completamente una buena conexin sindaar los conductores.
Espacios de trabajo: Espacios libres, acceso yentrada libres, buena altura libre y buenaIluminacin.
Ver CNE Tomo V- Cap.2, acpites del 2.1.3 al 2.1.20.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Qu se debe usar para evitar riesgo de electrocucin ?
Proteccin diferencial, complementado con un sistema de puesta a tierra .........
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Los equipos elctricos y los conductores
debern ser provistos con:
Dispositivos para abrir automticamente un
circuito elctrico en caso que:
-La corriente alcance un valor tal que de lugar a
temperaturtas peligrosas en los equipos o conductores;y
- Ante corrientes residuales a tierra que puedan ocacionar
electrocuciones a personas o animales, en instalaciones
accesibles a ellas.
Dispositivos que, cuando sea necesario,
desconecten un circuito cuando se produzca una
falla o perdida de tensin apreciable.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
ESQUEMA DE DISTRIBUCION PUESTA A TIERRA
R
S
T
Caja de Acometida
Caja de Medicin
Tablero General
Conductor Neutro
N
Conductor de
puesta a tierra
Conductor de Fase
Tierra del
suministrador
Sistema de
Distribucin
Enlace Equipotencial
Conductor de
Proteccin PEVerde-amarillo
Toma de
tierra
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Principio de Funcionamiento de los Dispositivos Diferenciales Residuales (DDR)
NS
I
entrante
I residual
I
saliente
2 Filtrado electrnico 1 Transformador toroidal
3 Rel de disparo
receptor
Inmunizacin bsica
contra transitorios:
- onda tipo 8/20 s
- onda 0,5 s, 100 kHz
Ing. Jony Villalobos Cabrera
PUESTA
A TIERRA
PUESTA A
TIERRA
Conductor de enlace
equipotencial a tierra
Todas las partes metlicas conectadas al
conductor de enlace, deben tener el potencial de tierra.Ing. Jony Villalobos Cabrera
PROTECCION DIFERENCIAL
Tener instalado la
proteccin diferencial
adecuada y suficiente en su
tablero general interno,
para la proteccin de
personas.
K32a
curva C
2p,16 A
Tomacorrientes Calentador Iluminacin
INTERRUPTORES
AUTOMATICOS
INTERRUPTOR
DIFERENCIAL
INTERRUPTOR
AUTOMATICO
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Violacin de las reglas de seguridad
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Lucha de
intereses
Mayor beneficio sacrificando la seguridad....
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Otra situacin que debe mejorarse
... funciona .. a qu riesgo
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Productos de mala calidad y/o inadecuados
Falta de Capacitacin, Normatividad y Fiscalizacin?
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Ing. Jony Villalobos Cabrera
MEDUSA DE EMPALMES DE CONDUCTORES?
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Ejemplo de violacin del CNE: Tarro con
tierra...no es Puesta a tierra
contraviniendo lo indicado en el CNE,
Tomo V, 3.6.9.3.
CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD UTILIZACION
Ing. Jony Villalobos Cabrera
NO EMPLEAR
TOMACORRIENTES SIN
PUESTA A TIERRA (PAT)
NO QUITAR EL ESPIGO
DE PAT DEL ENCHUFE
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Ing. Jony Villalobos Cabrera
El Tablero, no est ubicado adecuadamente, no
siendo concordante con lo estipulado en el
C.N.E. Tomo V, 4.10.2.1.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Cables expuestos en
el ambiente de
tragamonedas,
contraviniendo lo
estipulado en el CNE,
Tomo V 4.1.1.6.b.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Cables expuestos en
el ambiente de
tragamonedas,
contraviniendo lo
estipulado en el CNE,
Tomo V 4.1.1.6.b.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
El supresor de pico est mal
ubicado contraviniendo lo
estipulado en el CNE, Tomo V -
4.9.1.8
En el Campo Ferial
Amazonas se obtuvo la
siguiente muestra grfica.
Cuando se utiliza madera
para el tablero general, la
madera debe ser tratada,
tener un grado de
hermeticidad para evitar
el ingreso de polvo y de
lquidos, debe tenerse
una distribucin
ordenada e identificada.
La caja del tablero adems de ser de madera tratada, debe tener
una tapa y la cubierta de la llave palanca debe estar
permanentemente colocada en su posicin de cobertora de las
cuchillas de corte, los conductores deben pasar de la caja a los
tubos y tambin de la caja al tubo directamente. Las placas de los
accesorios deben estar bien fijadas para evitar ingreso de
polucin u otros.
No debe utilizarse el conductor mellizo en instalacionesde distribucin como la que se muestra ingresando a la
caja que se muestra desubicada e inclinada, material
combustible inmediato.
En el muro debe haber un ducto empotrado, los cambios
de direccin debe efectuarse con codos de 90 para este
caso, debiendo estos tubos ser fijados a una caja de paso.
Concentracin
desordenada de
conductores, conductos
(tubos) estn sueltos,
faltando el tablero de
distribucin que se
utiliza para ordenar y
sobre todo para
identificar los circuitos
en todo momento
Falta de ductos (tubos para empotrar o instalar a la vista)para el ordenamiento de esta Instalacin Elctrica
Interior.Si el usuario tuviera la necesidad de bajar la llave generalo llave del circuito derivado, antes tendra que subirconsiguiendo una escalera u otra alternativa que implicariesgo mayor si fuese de noche.
Lugares peligrosos ....
Ing. Jony Villalobos Cabrera
LUGARES PELIGROSOS
Estn, o pueden estar presentes, gases
inflamables en cantidades suficientes
para producir atmsferas explosivas.
Presencia de polvos combustibles o
elctricamente conductivos.
Presencia de fibras o pelusa fcilmente
inflamables, pero en los cuales no es
probable que dichas fibras o pelusa se
encuentren en suspensin en el aire, en
cantidades suficientes para producir
el encendido de la mezcla.
ClaseI
ClaseII
ClaseIII
Ing. Jony Villalobos Cabrera
LUGARES PELIGROSOS CLASE I
Zona 0:Las atmsferas explosivas estn presentespermanentemente o por largos periodos.
Zona 1:(i) Es probable que se formen; o(ii) Pueden formarse con frecuencia atmsferas explosivas,
por reparacin o mantenimiento, debido a fugas; o(iii) Zonas adyacentes a lugares Clase I, Zona 0.
Zona 2:(i) En condiciones normales es improbable la formacin de
atmsferas explosivas; o(ii) Se manipula, procesa o utiliza lquidos voltiles inflamables,
gases inflamables o vapores normalmente confinados encontenedores o sistemas cerrados..; o
(iii) Uso de ventilacin adecuada, pero que pueden formarseoperacin anormal del sistema de ventilacin; o
(iv) Adyacentes a lugares Clase I, Zona 1, a menos que cuenten conuna ventilacin adecuada. Ing. Jony Villalobos Cabrera
LUGARES PELIGROSOS CLASE II
Divisin 1:(i) Est o pueda estar presente polvo combustible en
suspensin, continua, intermitente o peridicamente, encondiciones normales de operacin pueden explotar oencenderse;
(ii) La operacin normal o anormal, o fallas de equipos yaparatos pueda causar la ignicin de mezclas que seproduzcan en, o cerca de, equipos y aparatos elctricos; o
(iii) Pueda estar presente polvo con caractersticas elctricasconductivas.
Divisin 2:Lugares en los cuales no existen normalmente polvoscombustibles en suspensin en el aire, o no es probable queentren en suspensin por funcionamiento normal o anormal, ofallas en los equipos o aparatos, en cantidades suficientes paraproducir mezclas explosivas o inflamables.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
LUGARES PELIGROSOS CLASE III
Divisin 1:Lugares en los cuales se manipula, produce o utilizafibras fcilmente inflamables o materiales queproducen pelusa combustible; y
Divisin 2:Lugares en los que se almacena o manipula, pero nose produce (o fabrica) fibras fcilmente inflamables.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Bomba interior tpica
1,5 m
1,5 m
Clase IZona 1
Clase IZona 2
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Lugar Peligroso
Clase I-Zona 1
Instalacin tpica de
circuitos de luz y de
motores,
Con equipo
aprobado par el lugar.
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Lugares de manipulacin de combustibles ....
Ing. Jony Villalobos Cabrera
SURTIDORES DE GASOLINA Y ESTACIONES DE SERVICIO
(1) Excepto la Regla (3), el espacio dentro de la cubierta del surtidor
hasta 1,2m medidos verticalmente encima de su base, e incluyendo el
espacio bajo el surtidor que pueda contener alambrado o equipo
elctrico, se debe considerar como un lugar Clase I, Zona 1.
(2) El espacio dentro del receptor de la pistola de la manguera de un
surtidor debe considerarse como un lugar Clase I, Zona 0.
(3) El espacio dentro de la cubierta de un surtidor encima del lugar
clasificado como Clase I, Zona 1 debe considerarse como lugar
Clase I, Zona 2.
(4) El espacio a no ms de 450 mm medidos horizontalmente desde el
lugar clasificado como Zona 1 dentro de la cubierta del surtidor, tal
como se establece en la Subregla (1), debe considerarse como un
lugar Clase I, Zona 1.
AREAS PELIGROSAS
Ing. Jony Villalobos Cabrera
LUGARES DE MANIPULACIN DE COMBUSTIBLES
(5) El espacio fuera del surtidor a no ms de 450 mm medidos
horizontalmente desde la abertura de una embocadura slida, ubicada
encima del tabique hermtico al vapor, debe considerarse que es un
lugar Clase I Zona 2, ...
(6) En lugares exteriores (y en edificaciones no cerradas adecuadamente),
cualquier rea ms all de cualquiera Clase I Zona 1, a no ms
de 6 m medidos horizontalmente desde la parte exterior de la cubierta
de un surtidor, debe considerarse como un lugar Clase 1, Zona 2, yse debe extenderse 450 mm sobre la calzada o el nivel del suelo.
AREAS PELIGROSAS
Ing. Jony Villalobos Cabrera
Piso
GarajeEdificio
Clase I
Zona 0
Clase I
Zona 1
Clase I
Zona 2
Cavidad
Se extiende hasta donde el cableado y
equipo elctrico emergen del suelo
Receptor de la pistola
Clase I, Zona 0
Vista en Seccin Transversal de
un Despachador Tpico de Gasolina Ing. Jony Villalobos Cabrera
DEFICIENCIAS EN INSTALACIONES ELECTRICAS QUE ORIGINAN RIESGO DE INCENDIO
DEFICIENCIAS EN INSTALACIONES
ELECTRICAS QUE ORIGINAN RIESGO
DE INCENDIO
DEFICIENCIAS EN INSTALACIONES ELECTRICAS QUE ORIGINAN RIESGO DE INCENDIO
DEFICIENCIAS EN INSTALACIONES
ELECTRICAS QUE ORIGINAN RIESGO
DE ELECTROCUCIN