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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
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A C U E R D O S ADOPTADOS POR LA COMISION PERMANENTE DEL
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL EN LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 21 DE DICIEMBRE DE 2017
1.1-1- Acordar el reingreso al servicio activo en la Carrera Judicial de la magistrada María Mercedes Delgado López, con destino en la Sala de lo
Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga, con efectos económicos y administrativos del día 1 de enero de 2018, disponiendo del plazo de 20
días hábiles para tomar posesión a partir de dicho momento.
1.1-2- En ejecución de la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala
de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, tener por rehabilitado a XXX XXX como miembro de la Carrera Judicial en la categoría
de magistrado, con efectos desde el día 8 de noviembre de 2017, y, en consecuencia, acordar el reingreso del mismo al servicio activo, con el deber de participar en cuantos concursos se anuncien para la provisión de
plazas de su categoría, solicitando todas las vacantes que se relacionen hasta obtener destino en propiedad y con los efectos económicos y
administrativos de la fecha de la toma de posesión en aquél que se le adjudique.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso contencioso-
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la
notificación de la misma. Potestativamente, podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución. En este
último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
1.1-3- Declarar en la situación administrativa de servicios especiales en la Carrera Judicial prevista en el artículo 351.a) de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, al magistrado del Tribunal Supremo Julián Artemio Sánchez Melgar, con destino en la Sala Segunda de ese Alto Tribunal, a partir de la fecha de
su nombramiento y mientras desempeñe el cargo de fiscal general del Estado.
1.1-4- Declarar a XXX XXX, magistrada con destino en el Juzgado de XXX
número XX de XXX, en la situación de excedencia voluntaria para el cuidado de hijo/a, en primera anualidad, con carácter retroactivo, a partir del día 27
de noviembre de 2017 hasta el día 26 de noviembre de 2018, con derecho durante dicho período a la reserva de la plaza de que es titular y al cómputo de tiempo a efectos de antigüedad, trienios y derechos pasivos y el deber
de no desempeñar otra actividad que pueda impedir o menoscabar el
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cuidado del menor; haciéndose saber a la interesada que deberá comunicar
a este Consejo tanto el cese en su destino como la finalización de dicha excedencia, participando su reincorporación, a la que se acompañará
declaración de no haber incurrido en causa de incapacidad o incompatibilidad.
El presente acuerdo se participará a la habilitación o gerencia correspondiente, a la Mutualidad General Judicial, al presidente del tribunal superior de justicia, al Ministerio de Justicia, al Decano o, en su caso, al
presidente de sala o audiencia correspondiente a sus efectos.
1.1-5- Declarar a XXX XXX, jueza con destino en el Juzgado de XXX
número XX de XXX, en la situación de excedencia voluntaria para el cuidado de hijo/a, en primera anualidad, con carácter retroactivo, a partir del día 16 de noviembre de 2017, hasta el día 15 de noviembre de 2018, con derecho
durante dicho período a la reserva de la plaza de que es titular y al cómputo de tiempo a efectos de antigüedad, trienios y derechos pasivos y el deber
de no desempeñar otra actividad que pueda impedir o menoscabar el cuidado del menor, haciéndose saber a la interesada que deberá comunicar a este Consejo tanto el cese en su destino como la finalización de dicha
excedencia, participando su reincorporación, a la que se acompañará declaración de no haber incurrido en causa de incapacidad o
incompatibilidad.
El presente acuerdo se participará a la habilitación o gerencia correspondiente, a la Mutualidad General Judicial, al presidente del tribunal
superior de justicia, al Ministerio de Justicia, al Decano o, en su caso, al presidente de sala o audiencia correspondiente a sus efectos.
1.1-6- Declarar a XXX XXX, magistrada del Juzgado de XXX número XX de XXX, en situación administrativa de excedencia para cuidado familiar, en tercera anualidad, a partir del día 11 de enero del 2018, con derecho
durante dicho período a la reserva de un puesto en la misma provincia y de igual categoría y al cómputo de tiempo a efectos de antigüedad, trienios y
derechos pasivos y el deber de no realizar actividad alguna distinta del cuidado de familiar, haciéndose saber a la interesada que deberá solicitar, en el mes anterior a la finalización del período máximo de permanencia en
la misma, el reingreso al servicio activo; de no hacerlo, será declarada de oficio en la situación de excedencia voluntaria por interés particular, de
conformidad con el artículo 358.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Este acuerdo se participará a la habilitación o gerencia correspondiente, a la Mutualidad General Judicial, al presidente del tribunal superior de justicia, al
Ministerio de Justicia, al Decano o, en su caso, al presidente de sala o audiencia correspondiente a sus efectos.
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1.1-7- Estimar la solicitud de María Luisa Bayarri Martí y reconocerle el
mérito del conocimiento oral y escrito del idioma catalán en el ámbito de las comunidades autónomas de Cataluña y de las Islas Baleares.
Desestimar la solicitud sobre el reconocimiento del conocimiento oral y escrito del idioma valenciano en el ámbito de la Comunidad Autónoma
Valenciana.
Estimar la solicitud de María Luisa Bayarri Martí, reconociéndole el mérito de conocimiento del derecho civil propio de la Comunidad Autónoma de
Valencia.
Todo ello a los efectos determinados en el apartado 2 del artículo 77 del
Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de conformidad con los textos que se incorporan al presente acuerdo.
1.1-8- Estimar la solicitud de Cristina Maestre Fuentes, reconociéndole el
mérito del conocimiento oral y escrito del valenciano en el ámbito de las comunidades autónomas de Valencia, Cataluña y de las Islas Baleares.
Estimar la solicitud de Cristina Maestre Fuentes, reconociéndole el mérito de conocimiento del derecho civil propio de la comunidad autónoma de Cataluña.
Todo ello a los efectos determinados en el apartado 2 del artículo 77 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de conformidad
con los textos que se incorporan al presente acuerdo.
1.1-9- Estimar la solicitud de Susana Solans Ballarini, reconociéndole el mérito del conocimiento oral y escrito del idioma catalán en el ámbito de las
comunidades autónomas de Cataluña y de las Islas Baleares.
Estimar la solicitud de Susana Solans Ballarini, reconociéndole el mérito de
conocimiento del derecho civil propio de la comunidad autónoma de Cataluña.
Todo ello a los efectos determinados en el apartado 2 del artículo 77 del
Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de conformidad con los textos que se incorporan al presente acuerdo.
1.1-10- Desestimar la solicitud de José Jesús Maraver Lora, no reconociéndole el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua valenciana en el ámbito de las comunidades autónomas de Valencia,
Cataluña y de las Islas Baleares.
Todo ello a los efectos determinados en el apartado 2 del artículo 77 del
Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de conformidad con los textos que se incorporan al presente acuerdo.
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1.1-11- Estimar la solicitud de Ana Beatriz Flores Jiménez y reconocerle el
mérito del conocimiento oral y escrito del idioma catalán en el ámbito de las comunidades autónomas de Cataluña y de las Islas Baleares.
Desestimar la solicitud sobre el reconocimiento del conocimiento del derecho civil propio de la comunidad autónoma de Cataluña.
1.1-12- Estimar la solicitud de Felipe Pérez Castillo, reconociéndole el mérito del conocimiento del derecho civil propio de la comunidad autónoma de Cataluña.
Todo ello a los efectos determinados en el apartado 2 del artículo 77 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de conformidad
con los textos que se incorporan al presente acuerdo.
1.1-13- Estimar la solicitud de Elena Rillo Peralta, reconociéndole el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua catalana en el ámbito de las
comunidades autónomas de Cataluña y de las Islas Baleares y del conocimiento del derecho civil propio de la comunidad autónoma de
Cataluña.
Todo ello a los efectos determinados en el apartado 2 del artículo 77 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de conformidad
con los textos que se incorporan al presente acuerdo.
1.1-14- Estimar la solicitud de Ignacio Fernández de Senespleda,
reconociéndole el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua catalana en el ámbito de las comunidades autónomas de Cataluña y de las Islas Baleares.
Todo ello a los efectos determinados en el apartado 2 del artículo 77 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de conformidad
con los textos que se incorporan al presente acuerdo.
1.1-15- Estimar las solicitudes de Francisco Calls Ginesta y Dolores Ferres Morales, reconociéndoles el mérito del conocimiento oral y escrito de la
lengua catalana en el ámbito de las comunidades autónomas de Cataluña y de las Islas Baleares y el conocimiento del derecho civil propio de la
comunidad autónoma de Cataluña.
Todo ello a los efectos determinados en el apartado 2 del artículo 77 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de conformidad
con los textos que se incorporan al presente acuerdo.
1.1-16- Estimar la solicitud de Ana María Lourido Rico, reconociéndole el
mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua gallega en el ámbito de la comunidad autónoma de Galicia y del conocimiento del derecho civil propio de la comunidad autónoma de Galicia.
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Todo ello a los efectos determinados en el apartado 2 del artículo 77 del
Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de conformidad con los textos que se incorporan al presente acuerdo.
1.1-17- Estimar la solicitud de Joaquín Brage Camazano, reconociéndole el mérito del conocimiento de la lengua gallega en el ámbito de la comunidad
autónoma de Galicia.
Todo ello a los efectos determinados en el apartado 2 del artículo 77 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de conformidad
con los textos que se incorporan al presente acuerdo.
1.1-18- Estimar la solicitud de Alejandrina Aránzazu Peris Martínez,
reconociéndole el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua valenciana en el ámbito de las comunidades autónomas de Valencia, Cataluña y de las Islas Baleares y el conocimiento del derecho civil propio
de la comunidad autónoma de Valencia.
Todo ello a los efectos determinados en el apartado 2 del artículo 77 del
Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de conformidad con los textos que se incorporan al presente acuerdo.
1.1-19- Estimar las solicitudes de María Auxiliadora Gómez Martín, Carmen
Murio González y Bibiana Segura Cros, reconociéndoles el mérito del conocimiento de la lengua catalana en el ámbito de las comunidades
autónomas de Islas Baleares y Cataluña.
Todo ello a los efectos determinados en el apartado 2 del artículo 77 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de conformidad
con los textos que se incorporan al presente acuerdo.
1.1-20- Estimar la solicitud de Vicente José Martínez Pardo y reconocerle el
mérito del conocimiento oral y escrito del idioma valenciano en el ámbito de las comunidades autónomas de Valencia, Cataluña y de las Islas Baleares.
Estimar la solicitud sobre el reconocimiento del conocimiento del derecho
civil propio de la comunidad autónoma de Valencia.
Todo ello a los efectos determinados en el apartado 2 del artículo 77 del
Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de conformidad con los textos que se incorporan al presente acuerdo.
1.1-21- Estimar la solicitud de Daniel Ferrandis Ciprián, reconociéndole el
mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua valenciana en el ámbito de las comunidades autónomas de Valencia, Cataluña y de las Islas
Baleares.
Todo ello a los efectos determinados en el apartado 2 del artículo 77 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, de conformidad
con los textos que se incorporan al presente acuerdo.
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1.1-22- 1.- Aprobar la relación de aspirantes admitidos/as y excluidos/as,
con carácter provisional, al concurso para provisión de una plaza de letrado/a del Gabinete Técnico al servicio del Tribunal Supremo, (1 para el
área penal y 2 para el área contencioso-administrativa), convocada por acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial
de 28 de septiembre de 2017 (BOE del día 5 de octubre), que se relacionan en listado anexo, con exclusión de Raquel Arcís Sánchez por no acreditar la condición de funcionaria de carrera, requisito exigido en la base primera de
la convocatoria y de Leonor Aranda Lozano, Jose María Alonso Castilla, Joaquín Alonso Varo, Francisco Javier Belda Segura, Vanesa Espinosa
Molina, Ana María Company Vázquez, Juan Carlos González Molina, Mercedes Rodríguez Tarrida, Luis Rufilanchas Solares, por no aportar el certificado actualizado exigido en la base tercera de la convocatoria.
2.- Disponer la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y que la relación a que hace referencia el apartado anterior se haga
pública en el tablón de anuncios del Consejo General del Poder Judicial y en la página web, de conformidad con la base cuarta de la convocatoria.
3.- Remitir al Tribunal Supremo las instancias y documentación adjunta a
las mismas de los/as aspirantes admitidos/as provisionalmente, a los efectos determinados en la base quinta de la convocatoria.
1.1-23- Publicar en el Boletín Oficial del Estado la designación efectuada por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, de los/las magistrados del alto Tribunal que han de integrar en el año 2018 la Sala Especial de
conflictos de competencia entre juzgados y tribunales de distinto orden jurisdiccional, prevista en el art. 42 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
1.1-24- Aprobar el cronograma de elección de destinos y entrega de despachos de la 20.ª Promoción de magistrados/as correspondientes al turno de juristas de reconocida competencia con más de diez años de
ejercicio profesional que se especifica, al objeto de que por los órganos competentes del Consejo General del Poder Judicial pueda prestarse la
debida diligencia que permita dar cobertura a las vacantes en el menor plazo posible, sin menoscabo de ningún derecho subjetivo: 15 al 19 de diciembre de 2017 (elección de destinos en la Escuela Judicial - Remisión al
servicio de Personal Judicial de la relación nominativa de alumnos junto con los destinos elegidos, a expensas de aprobación por la Comisión
Permanente de la propuesta de evaluación); 21 de diciembre de 2017 (aprobación por la Comisión Permanente de la propuesta de la Evaluación); 28 de diciembre de 2017 (aprobación por la Comisión Permanente de la
propuesta de nombramiento y adjudicación de destinos de la nueva promoción); 16/17 de enero de 2018 (fecha solicitada para publicación Real
Decreto de nombramiento en el BOE); 17 de enero de 2018 (entrega de despachos en la sede del Consejo General del Poder Judicial);18, 19 y 22 de
enero de 2018 (jura o promesa de los/las nombrados ante los respectivos
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tribunales superiores de justicia de destino, a elección de la Sala de
Gobierno respectiva); 22/25 de enero de 2018 (toma de posesión de los/las magistrados en sus respectivos destinos.
1.1-25- Denegar la solicitud de Eva María López Bravo, jueza de paz de Aldea del Rey (Ciudad Real), de ser declarada en situación de excedencia
voluntaria, como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 101 en relación con los artículos 356 c) y 358 todos ellos de la de la Ley Orgánica del Poder Judicial en relación con el artículo 181.1.c) del Reglamento 2/2011, de 28
de abril de la Carrera Judicial.
Comuníquese este acuerdo, junto con la propuesta que lo justifica y que
queda incorporada como anexo al mismo a la interesada y al Tribunal Superior de Justicia de Castilla - La Mancha.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso contencioso-
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la
notificación de la misma. Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución. En este
último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
1.2-1- Aprobar las resoluciones regladas en materia de personal, contenidas en el anexo I de la presente acta, correspondiente a la Carrera
Judicial.
1.2-2- Tomar conocimiento de los acuerdos adoptados por las salas de
gobierno del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional y de los tribunales superiores de justicia que se aportan con la documentación de este acuerdo, debiendo de acusarse recibo de las mismas a los mencionados
órganos.
1.3-1- Conceder a José Luis Ramírez Ortiz, magistrado con destino en la
Sección 6.ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, licencia por razón de estudios relacionados con la función judicial, durante los días 22 al 27 de noviembre de 2017, con efectos retroactivos, al objeto de desplazarse a
Quetzaltenango (Guatemala), para asistir como ponente a un Seminario sobre Independencia Judicial, dirigido a jueces del país, invitado por la
Comisión Internacional de Juristas para Centroamérica; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 231. 3.d) y f), y 232 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, y en el artículo 373.3 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial; haciendo saber al interesado que una vez concluida la misma deberá elevar al Consejo, la memoria que establece el
art. 373.3 de la expresada ley orgánica y art. 233.1 del citado reglamento,
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y que si su contenido no fuera bastante para justificarla, se compensará la
licencia con el tiempo que se determine de las vacaciones del interesado.
El presente acuerdo se participará al interesado, al presidente del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña, y al presidente de la Audiencia Provincial de Barcelona, a sus efectos.
1.3-2- Aceptar la renuncia solicitada por XXX XXX, magistrado con destino en el Juzgado de XXX n.º XX de XXX, a la licencia por razón de estudios relacionados con la función judicial para los días XX de XXX y XX de XXX de
XXX, que le fue concedida por Acuerdo XXX de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en su reunión de XX de XXX de 2017,
debido a razones familiares y de conciliación familiar; a efectos de lo preceptuado en los artículos 373.3 y 375.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y el artículo 233.1 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la
Carrera Judicial.
El presente acuerdo se participará al interesado y al presidente del Tribunal
Superior de Justicia de XXX, a sus efectos.
1.3-3- Conceder, con efecto retroactivo, a María Calvo López, magistrada con destino en la Audiencia Provincial de Barcelona – Sección 21.ª, licencia
por razón de estudios relacionados con la función judicial, durante los días 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2017, al objeto de asistir a las VIII
Jornadas de la Comisión de lo Penal, organizadas por la Asociación Juezas y Jueces para la Democracia, que tendrán lugar en Soria; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 231.3.d) y 232 del Reglamento 2/2011, de 28
de abril, de la Carrera Judicial y en el artículo 373.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El presente acuerdo se participará a la interesada y al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, a sus efectos.
1.3-4- Conceder, con efecto retroactivo, a Alberto Coloma Chicot,
magistrado con destino en el Juzgado de lo Penal n.º 20 de Barcelona, licencia por razón de estudios relacionados con la función judicial, durante
los días 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2017, al objeto de asistir a las VIII Jornadas de la Comisión de lo Penal, organizadas por la Asociación Juezas y Jueces para la Democracia, que tendrán lugar en Soria; de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 231.3.d) y 232 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial y en el artículo
373.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El presente acuerdo se participará al interesado y al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, a sus efectos.
1.3-5- Conceder, con efecto retroactivo, a Helena Gil Esteve, magistrada con destino en el Juzgado de Instrucción n.º 3 de Granollers, licencia por
razón de estudios relacionados con la función judicial, durante los días 30
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de noviembre y 1 de diciembre de 2017, al objeto de asistir a las VIII
Jornadas de la Comisión de lo Penal, organizadas por la Asociación Juezas y Jueces para la Democracia, que tendrán lugar en Soria; de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 231.3.d) y 232 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial y en el artículo 373.3 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial.
El presente acuerdo se participará a la interesada y al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, a sus efectos.
1.3-6- Conceder, con efecto retroactivo, a Carmen Guil Román, magistrada con destino en la Audiencia Provincial de Barcelona – Sección 21.ª-, licencia
por razón de estudios relacionados con la función judicial, durante los días 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2017, al objeto de asistir a las VIII Jornadas de la Comisión de lo Penal, organizadas por la Asociación Juezas y
Jueces para la Democracia, que tendrán lugar en Soria; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 231.3.d) y 232 del Reglamento 2/2011, de 28
de abril, de la Carrera Judicial y en el artículo 373.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El presente acuerdo se participará a la interesada y al presidente del
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, a sus efectos.
1.3-7- Conceder, con efecto retroactivo, a Luis Ramírez Ortiz, magistrado
con destino en la Audiencia Provincial de Barcelona – Sección 6.ª-, licencia por razón de estudios relacionados con la función judicial, durante los días 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2017, al objeto de asistir a las VIII
Jornadas de la Comisión de lo Penal, organizadas por la Asociación Juezas y Jueces para la Democracia, que tendrán lugar en Soria; de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 231.3.d) y 232 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial y en el artículo 373.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El presente acuerdo se participará al interesado y al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, a sus efectos.
1.3-8- Conceder, con efecto retroactivo, a Antonio Rodríguez Sáez, magistrado con destino en la Audiencia Provincial de Barcelona – Sección 6.ª-, licencia por razón de estudios relacionados con la función judicial,
durante los días 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2017, al objeto de asistir a las VIII Jornadas de la Comisión de lo Penal, organizadas por la
Asociación Juezas y Jueces para la Democracia, que tendrán lugar en Soria; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 231.3.d) y 232 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial y en el artículo
373.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El presente acuerdo se participará al interesado y al presidente del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña, a sus efectos.
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1.3-9- Conceder, con efecto retroactivo, a Yolanda Rueda Soriano,
magistrada con destino en la Audiencia Provincial de Barcelona – Sección 21.ª-, licencia por razón de estudios relacionados con la función judicial,
durante los días 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2017, al objeto de asistir a las VIII Jornadas de la Comisión de lo Penal, organizadas por la
Asociación Juezas y Jueces para la Democracia, que tendrán lugar en Soria; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 231.3.d) y 232 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial y en el artículo
373.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El presente acuerdo se participará a la interesada y al presidente del
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, a sus efectos.
1.3-10- Conceder, con efecto retroactivo, a Montserrat Comas de Argemir Cendra, magistrada con destino en la Audiencia Provincial de Barcelona –
Sección 10.ª-, licencia por razón de estudios relacionados con la función judicial, durante los días 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2017, al
objeto de asistir a las VIII Jornadas de la Comisión de lo Penal, organizadas por la Asociación Juezas y Jueces para la Democracia, que tendrán lugar en Soria; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 231.3.d) y 232 del
Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial y en el artículo 373.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El presente acuerdo se participará a la interesada y al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, a sus efectos.
1.3-11- Conceder a Gloria Poyatos Matas, magistrada con destino en la
Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, licencia por razón de estudios relacionados con la función
judicial, durante los días 11 y 12 de enero de 2018, al objeto de desplazarse a Lisboa (Portugal) para participar en el programa de Formación Continua 2017/18 promovido por el Centro de Estudos
Judiciários, destinado a jueces/zas, Ministerio Público, abogados/das y otros profesionales del área forense, donde presentará una ponencia que versará
sobre juzgar con perspectiva de género; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 231.3.d) y f), y 232 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, y en el artículo 373.3 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial.
El presente acuerdo se participará a la interesada, al presidente del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias, y al presidente/a de la Sala de lo Social del citado tribunal superior, a sus efectos.
1.3-12- 1.- Conceder a Nuria Auxiliadora Orellana Cano, magistrada con
destino en la Sección 6.ª de la Audiencia Provincial de Málaga, licencia por razón de estudios relacionados con la función judicial, durante el día 21 de
diciembre de 2017, al objeto de impartir una ponencia en la Jornada de estudio denominada Aspectos Controvertidos del Proceso Concursal,
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organizada por la Escuela de Derecho Concursal y Societario de Granada;
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 231.3.d) y 232 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, y en el artículo
373.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El presente acuerdo se participará a la interesada, al presidente del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla y al presidente/a de la Audiencia Provincial de Málaga, a sus efectos.
2.- Requerir a los siguientes magistrados a fin de que manifiesten a este
Consejo qué tipo de licencia o permiso han solicitado para asistir como ponentes a la Jornada organizada por la Escuela de Derecho Concursal y
Societario de Granada el día 21 de diciembre de 2017:
Enrique Sanjuán Muñoz, magistrado con destino en la Audiencia Provincial de Almería
Fernando Caballero García, magistrado con destino en la Audiencia Provincial de Córdoba
1.3-13- Conceder a XXX XXX, XXX de la Sección XXX de la Audiencia Provincial de XXX, prórroga de licencia por razón de enfermedad, por recaída de la misma, durante 2 meses y efectos del día 30 de octubre de
2017 (décimo octavo y décimo noveno mes de licencia), con derecho al percibo de retribuciones básicas y por razón de familia, sin perjuicio de las
prestaciones complementarias que procedan con arreglo al régimen de seguridad social aplicable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 375 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 229 y siguientes del
Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, comunicando el presente acuerdo a la gerencia correspondiente y a la Mutualidad General
Judicial.
1.3-14- Conceder a XXX XXX, magistrada titular del Juzgado de XXX número XX de XXX, prórroga de licencia por razón de enfermedad, durante
1 mes y efectos del día 1 de noviembre de 2017 (décimo mes de licencia), con derecho al percibo de retribuciones básicas y por razón de familia, sin
perjuicio de las prestaciones complementarias que procedan con arreglo al régimen de seguridad social aplicable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 375 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 229 y
siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, comunicando el presente acuerdo a la gerencia correspondiente y a la
Mutualidad General Judicial.
1.3-15- Conceder a XXX XXX, XXX de la Sección número XX de la Audiencia Provincial de XXX, prórroga de licencia por razón de enfermedad,
durante 1 mes y efectos del día 15 de noviembre de 2017 (décimo quinto mes de licencia), con derecho al percibo de retribuciones básicas y por
razón de familia, sin perjuicio de las prestaciones complementarias que procedan con arreglo al régimen de seguridad social aplicable, de
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conformidad con lo dispuesto en el artículo 375 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial y artículo 229 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, comunicando el presente acuerdo a la gerencia
correspondiente y a la Mutualidad General Judicial.
1.3-16- Conceder a XXX XXX, magistrada del Juzgado de XXX número XX
de XXX, prórroga de licencia por razón de enfermedad, durante 1 mes y efectos del día 22 de noviembre de 2017 (décimo cuarto mes de licencia), con derecho al percibo de retribuciones básicas y por razón de familia, sin
perjuicio de las prestaciones complementarias que procedan con arreglo al régimen de seguridad social aplicable, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 375 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 229 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, comunicando el presente acuerdo a la gerencia correspondiente y a la
Mutualidad General Judicial.
1.3-17- Conceder a XXX XXX, magistrado del Juzgado de XXX número XX
de XXX, prórroga de licencia por razón de enfermedad, durante 1 mes y con efectos del día 26 de noviembre de 2017 (vigésimo tercer mes de licencia), con derecho al percibo de retribuciones básicas y por razón de familia, sin
perjuicio de las prestaciones complementarias que procedan con arreglo al régimen de seguridad social aplicable, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 375 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 229 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, comunicando el presente acuerdo a la gerencia correspondiente y a la
Mutualidad General Judicial.
1.3-18- Conceder a XXX XXX, XXX de la Sala de XXX del Tribunal Superior
de Justicia de XXX, prórroga de licencia por razón de enfermedad, durante 1 mes y efectos del día 29 de noviembre de 2017 (séptimo mes de licencia), con derecho al percibo de retribuciones básicas y por razón de familia, sin
perjuicio de las prestaciones complementarias que procedan con arreglo al régimen de seguridad social aplicable, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 375 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 229 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, comunicando el presente acuerdo a la gerencia correspondiente y a la
Mutualidad General Judicial.
1.3-19- Conceder a XXX XXX, XXX de la Sala de XXX del Tribunal Superior
de Justicia de XXX, prórroga de licencia por razón de enfermedad, durante 1 mes y con efectos del día 29 de noviembre de 2017 (décimo quinto mes de licencia), con derecho al percibo de retribuciones básicas y por razón de
familia, sin perjuicio de las prestaciones complementarias que procedan con arreglo al régimen de seguridad social aplicable, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 375 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 229 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera
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Judicial, comunicando el presente acuerdo a la gerencia correspondiente y a
la Mutualidad General Judicial.
1.3-20- Conceder a XXX XXX, titular del Juzgado de XXX número XX de
XXX, prórroga de licencia por razón de enfermedad, durante 1 mes y efectos del día 6 de diciembre de 2017 (décimo quinto mes de licencia), con
derecho al percibo de retribuciones básicas y por razón de familia, sin perjuicio de las prestaciones complementarias que procedan con arreglo al régimen de seguridad social aplicable, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 375 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 229 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial,
comunicando el presente acuerdo a la gerencia correspondiente y a la Mutualidad General Judicial.
1.3-21- Conceder a XXX XXX, XXX de la Sala de XXX del Tribunal Supremo,
prórroga de licencia por razón de enfermedad, durante 1 mes y efectos del día 6 de diciembre de 2017 (décimo tercer mes de licencia), con derecho al
percibo de retribuciones básicas y por razón de familia, sin perjuicio de las prestaciones complementarias que procedan con arreglo al régimen de seguridad social aplicable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
375 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 229 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, comunicando el
presente acuerdo a la gerencia correspondiente y a la Mutualidad General Judicial.
1.3-22- Conceder a XXX XXX, XXX de la Sección XXX de la Audiencia
Provincial de XXX, prórroga de licencia por razón de enfermedad, durante 1 mes y efectos del día 9 de diciembre de 2017 (octavo mes de licencia), con
derecho al percibo de retribuciones básicas y por razón de familia, sin perjuicio de las prestaciones complementarias que procedan con arreglo al régimen de seguridad social aplicable, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 375 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 229 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial,
comunicando el presente acuerdo a la gerencia correspondiente y a la Mutualidad General Judicial.
1.3-23- Conceder a XXX XXX, titular del Juzgado de XXX de XXX, prórroga
de licencia por razón de enfermedad, durante 1 mes y efectos del día 9 de diciembre de 2017 (séptimo mes de licencia), con derecho al percibo de
retribuciones básicas y por razón de familia, sin perjuicio de las prestaciones complementarias que procedan con arreglo al régimen de seguridad social aplicable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
375 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 229 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, comunicando el
presente acuerdo a la gerencia correspondiente y a la Mutualidad General Judicial.
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1.3-24- Conceder a XXX XXX, titular del Juzgado de XXX número XX de
XXX, prórroga de licencia por razón de enfermedad, durante 1 mes y efectos del día 15 de diciembre de 2017 (décimo mes de licencia), con
derecho al percibo de retribuciones básicas y por razón de familia, sin perjuicio de las prestaciones complementarias que procedan con arreglo al
régimen de seguridad social aplicable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 375 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 229 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial,
comunicando el presente acuerdo a la gerencia correspondiente y a la Mutualidad General Judicial.
1.3-25- Conceder a XXX XXX, titular del Juzgado de XXX número XX de XXX, prórroga de licencia por razón de enfermedad, durante 1 mes y con efectos del día 11 de diciembre de 2017 (décimo mes de licencia), con
derecho al percibo de retribuciones básicas y por razón de familia, sin perjuicio de las prestaciones complementarias que procedan con arreglo al
régimen de seguridad social aplicable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 375 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 229 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial,
comunicando el presente acuerdo a la gerencia correspondiente y a la Mutualidad General Judicial.
1.3-26- 1.- Conceder a Enrique Sanjuán Muñoz, magistrado con destino en la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Almería, licencia por estudios relacionados con la función judicial, durante el día 15 de diciembre de 2017,
con efectos retroactivos, al objeto de participar como ponente en un Curso en materia mercantil, organizado por el Colegio de Titulares Mercantiles de
Málaga; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 231.3.d) y 232 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, y en el artículo 373.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El presente acuerdo se participará al interesado, al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla y al presidente/a de la
Audiencia Provincial de Almería, a sus efectos.
2.- Remitir comunicación a los siguientes magistrados/as a fin de que manifiesten a este Consejo qué tipo de licencia o permiso han solicitado
para asistir como ponente a las Jornadas de Derecho Concursal organizadas por el Colegio de Titulares Mercantiles de Málaga, durante los días 14 y 15
de diciembre de 2017:
Ana María Orellana Cano, magistrada con destino en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en
Sevilla.
Amanda Cohen Benchetrit, magistrada con destino en el Juzgado de
lo Mercantil n.º 2 de Málaga.
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Enrique Pinazo Tobes, magistrado con destino en la Audiencia
Provincial de Granada.
Antonio Fuentes Bujalance, magistrado con destino en el Juzgado de
lo Mercantil n.º 1 de Córdoba.
1.3-27- Conceder a Juan del Olmo Gálvez, magistrado con destino en la
Sección 3.ª de la Audiencia Provincial de la Región de Murcia, licencia por asuntos propios sin derecho a retribución, prevista en el artículo 236.1 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, durante los días
15 de enero al 16 de febrero de 2017.
El presente acuerdo se comunicará al interesado, al presidente del Tribunal
Superior de Justicia de la Región de Murcia, a la gerencia correspondiente, a la Mutualidad General Judicial y al presidente/a de la Audiencia Provincial de Murcia, a sus efectos.
1.3-28- Ratificar el acuerdo de 30 de noviembre 2017 adoptado por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de XXX, por el que se concede a
XXX XXX, XXX de la Sección XX de la Audiencia Provincial de XXX, al amparo del artículo 236.5 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, licencia extraordinaria retribuida, durante el periodo
comprendido del 1 al 22 de diciembre de 2017, ambos inclusive.
Este acuerdo se participará a la interesada, al presidente/a de la Audiencia
Provincial de XXX, y al presidente del Tribunal Superior de Justicia de XXX, a sus efectos.
1.3-29- Aceptar la renuncia solicitada por XXX XXX, magistrada con destino
en el Juzgado de XXX n.º XX de XXX, a la licencia extraordinaria retribuida concedida, por Acuerdo de 30 de noviembre de 2017 de la presidenta del
Tribunal Superior de Justicia de XXX, y ratificada, por Acuerdo 1-3-10 de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en su reunión de 12 de diciembre de 2017; al amparo del artículo 236.5 del Reglamento
2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, por carecer de objeto la citada licencia.
El presente acuerdo se participará a la interesada, a la presidenta del Tribunal Superior de Justicia de XXX, y al decano/a de los juzgados de XXX, a sus efectos.
1.4-1- Autorizar a Ángel Gil Hernández, magistrado con destino en el la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Bizkaia, a renovar la
compatibilidad de su cargo judicial con el ejercicio de la docencia, como preparador de opositores a la Carrera Judicial, para el ejercicio 2018, siempre que la docencia se imparta en horario de tarde, a partir de las 15
horas, que esta no impida el cumplimiento de sus deberes judiciales y de los objetivos de rendimiento establecidos por el Consejo, ni comprometa su
imparcialidad e independencia.
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1.4-2- Autorizar a Purificación Martorell Zulueta, magistrada de la Sección
Novena de la Audiencia Provincial de Valencia, a compatibilizar cargo judicial con el ejercicio de la docencia, como:
v Docente en la 3.ª edición del Curso de Especialización del Turno de oficio que organiza el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, con carácter
retroactivo, a impartir los viernes, 10, 17 y 24 de noviembre de 2017.
v Profesora en el Máster de Acceso a la Abogacía de la Universidad de Valencia, a impartir los días 16 de febrero y 18 de mayo de 2018.
Siempre que la docencia se imparta en horario de tarde, a partir de las 15 horas, que esta no impida el cumplimiento de sus deberes judiciales y de
los objetivos de rendimiento establecidos por el Consejo, ni comprometa su imparcialidad e independencia.
1.4-3- Autorizar al magistrado Cesáreo Francisco Duro Ventura, presidente
de la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid, a renovar la compatibilidad de su cargo judicial con el ejercicio de la docencia, como
profesor en la Universidad San Pablo CEU de Madrid, durante el curso académico 2017/2018, siempre que la docencia se imparta en horario de tarde, a partir de las 15 horas, que esta no impida el cumplimiento de sus
deberes judiciales y de los objetivos de rendimiento establecidos por el Consejo, ni comprometa su imparcialidad e independencia.
1.4-4- Autorizar a Francisco de Borja Iriarte Ángel, magistrado con destino en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, a renovar la compatibilidad de su cargo judicial con la actividad consistente
en ser vocal de la Comisión de Derecho Civil Vasco; siempre que dicha actividad no entrañe asesoramiento jurídico, vedado por el artículo 389.7 de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, se desarrolle a partir de las 15 horas y no impida o menoscabe los deberes inherentes a la condición de magistrado, ni comprometa su imparcialidad e independencia.
Esta compatibilidad se concede por el plazo de 1 año desde la fecha del presente acuerdo, debiendo el interesado, en su caso, solicitar su
renovación.
1.4-5- Autorizar a Lucía Avilés Palacios, magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Arenys de Mar, a compatibilizar su
cargo judicial con el ejercicio de la docencia, como profesora colaboradora en la Universidad Obertà de Catalunya, durante el curso académico
2017/2018, siempre que la docencia se imparta en horario de tarde, a partir de las 15 horas, que esta no impida el cumplimiento de sus deberes judiciales y de los objetivos de rendimiento establecidos por el Consejo, ni
comprometa su imparcialidad e independencia.
Se participará a la interesada que de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 332 y 342 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera
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Judicial, la autorización de compatibilidad deberá renovarse en cada año
académico, con carácter previo al inicio de la actividad.
1.4-6- Autorizar al magistrado Santiago Serena Puig, presidente de la
Audiencia Provincial de Huesca, para compatibilizar su cargo judicial con la docencia como tutor de practicum en la Universidad de Zaragoza, durante el
curso académico 2017/2018, para la evaluación, orientación y resolución de dudas de los alumnos tras la asistencia a actos celebrados en audiencia pública; siempre y cuando no perjudique el funcionamiento del órgano
judicial, no comprometa ni perturbe en modo alguno el ejercicio jurisdiccional del magistrado y que el desarrollo de dicha actividad se realice
fuera del horario de audiencia pública, entendiendo como tal el que se realiza a partir de las 15 horas.
Las retribuciones a percibir por parte del magistrado, si las hubiere, serán
las referidas al ejercicio de la tutoría llevada a cabo a partir de las 15 horas.
Asimismo los alumnos deberán comprometerse de modo fehaciente, a
guardar secreto sobre los datos de carácter personal que puedan conocer en el transcurso de las prácticas que se autorizan o sobre la restante información que obtengan, de conformidad con las previsiones de la Ley
Orgánica 15/1999, de 23 de diciembre.
1.4-7- Autorizar a Enrique de la Hoz García, magistrado con destino en el
Juzgado de Instrucción número 40 de Madrid, para compatibilizar su cargo judicial con la docencia como tutor de practicum en la Universidad San Pablo CEU de Madrid, durante el curso académico 2017/2018, para la
evaluación, orientación y resolución de dudas de los alumnos tras la asistencia a actos celebrados en audiencia pública; siempre y cuando no
perjudique el funcionamiento del órgano judicial, no comprometa ni perturbe en modo alguno el ejercicio jurisdiccional del magistrado y que el desarrollo de dicha actividad se realice fuera del horario de audiencia
pública, entendiendo como tal el que se realiza a partir de las 15 horas.
Las retribuciones a percibir por parte del magistrado, si las hubiere, serán
las referidas al ejercicio de la tutoría llevada a cabo a partir de las 15 horas.
Asimismo los alumnos deberán comprometerse de modo fehaciente, a guardar secreto sobre los datos de carácter personal que puedan conocer
en el transcurso de las prácticas que se autorizan o sobre la restante información que obtengan, de conformidad con las previsiones de la Ley
Orgánica 15/1999, de 23 de diciembre.
1.4-8- Autorizar a Susana González de la Varga, magistrada con destino en el Juzgado de Instrucción número 5 de Móstoles, para compatibilizar su
cargo judicial con la docencia como tutora de practicum en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, durante el curso académico 2017/2018, para la
evaluación, orientación y resolución de dudas de los alumnos tras la
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asistencia a actos celebrados en audiencia pública; siempre y cuando no
perjudique el funcionamiento del órgano judicial, no comprometa ni perturbe en modo alguno el ejercicio jurisdiccional del magistrado y que el
desarrollo de dicha actividad se realice fuera del horario de audiencia pública, entendiendo como tal el que se realiza a partir de las 15 horas.
Las retribuciones a percibir por parte de la magistrada, si las hubiere, serán las referidas al ejercicio de la tutoría llevada a cabo a partir de las 15 horas.
Asimismo los alumnos deberán comprometerse de modo fehaciente, a
guardar secreto sobre los datos de carácter personal que puedan conocer en el transcurso de las prácticas que se autorizan o sobre la restante
información que obtengan, de conformidad con las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de 23 de diciembre.
1.4-9- Autorizar a José Luis López Cao, juez titular del Juzgado de Paz de
Villanueva de la Cañada (Madrid), a compatibilizar su cargo judicial con el ejercicio de la docencia para impartir charlas a los alumnos del CEIPSO
María Moliner de Villanueva de la Cañada, de los cursos de 1.º, 2.º, 3.º y 4.º de la ESO, sobre delitos de los menores y mediación, dentro del curso académico 2017/2018, siempre que la docencia no impida el cumplimiento
de sus deberes judiciales ni comprometa su imparcialidad e independencia.
Se participará al interesado que de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 332 y 342 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril de la Carrera Judicial, la autorización de compatibilidad deberá renovarse en cada año académico, con carácter previo al inicio de la actividad.
1.5-1- Aprobar la propuesta de reconocimiento de servicios previos al amparo de la Ley 70/78, de 26 de diciembre y Real Decreto 1461/82, de
25 de junio, a favor de los miembros de la Carrera Judicial que a continuación se relacionan, así como los anexos IV debidamente fiscalizados por la Interventora del Consejo General del Poder Judicial,
debiendo remitirse al interesado/a un ejemplar del referido anexo IV para su conocimiento y dos ejemplares del mismo a la Unidad que le hace
efectivos sus haberes para que surta los efectos económicos que corresponda:
Laura Alegre Borge, titular del Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción de Santa Coloma de Farnes.
María de los Ángeles Lucena Cepedello, titular del Juzgado de Primera
Instancia e instrucción número 2 de Barbate.
1.5-2- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, y con el acuerdo de la
Comisión Permanente de 19 de diciembre de 2012 y 7 de enero de 2014 y ulteriores sobre esta materia, vista la comunicación de la directora del
Servicio de Formación Continua de la Escuela Judicial, de fecha 24 de noviembre de 2017 y documentación adjunta a la misma a efectos del
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reconocimiento del mérito del conocimiento del derecho civil propio de las
Islas Baleares, consistente en: certificación expedida por la indicada directora en la misma fecha, acreditativa de que: a) durante el periodo 23
de marzo de 2017 a 10 de diciembre de 2017 se ha realizado el curso: derecho civil balear, actividad de Formación Continua de la carrera judicial;
b) la citada actividad se ha desarrollado según los requisitos establecidos por el artículo 72.3 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial; c) en la actividad han participado Asencio Gallego, Jose
María, como miembro de la Carrera Judicial e Iñigo Ares González y Marina Gallego i Perez, como alumno/a de la Escuela Judicial de Barcelona, que han
realizado el curso con aprovechamiento, la Comisión Permanente acuerda tener por reconocido con efectos de 10 de diciembre de 2017 (fecha de finalización de la actividad formativa) el mérito preferente del conocimiento
del derecho civil propio de las Islas Baleares a los miembros de la Carrera Judicial que han superado la actividad formativa antes referenciada
relacionados en el certificado remitido por el Servicio de Formación Continua que se anexionan a este acuerdo, a los efectos determinados en los artículos 71 y siguientes y a los efectos prevenidos en el art. 77.2 y
concordantes del Reglamento 2/2011, de la Carrera Judicial al alumno/a de la Escuela Judicial, debiendo efectuarse la publicación del acuerdo vía
telemática, así como la comunicación del mismo al Servicio de Personal Judicial para la debida constancia en el expediente de los interesados y al Servicio de Formación Continua para la correspondiente notificación a los
mismos.
1.5-3- Comunicar a la magistrada María José Magaldi Paternostro, con
destino en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona, su permanencia en el servicio activo hasta la edad de 72 años.
1.5-4- Trasladar a Ignacio Bigeriego González-Camino, magistrado con
destino en el Juzgado de lo Penal número 12 de Madrid, la propuesta de su jubilación voluntaria anticipada, quedando demorada la eficacia de la misma
hasta el día 2 de abril de 2018, ya que convergen en su solicitud, en su persona y en su situación administrativa todos los elementos, condiciones y requisitos establecidos en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, en el Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial y en la normativa reguladora de Clases Pasivas del Estado y en sus
disposiciones de desarrollo plasmadas en la Resolución de 29 de diciembre de 1995, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública que modifica los procedimientos de jubilación. De conformidad con lo
establecido en el artículo 290 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, dar vista de la misma al interesado para que en un plazo
de quince días pueda efectuar alegaciones.
1.6-1- Nombrar a M.ª Jesús Román Ruiz para el cargo de jueza sustituta
en el ámbito de la Audiencia Provincial de Zaragoza en el año judicial
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2017/2018, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 105.3 y 109
del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, propuesta que se formula a la vista de la remitida por el presidente del Tribunal
Superior de Justicia de Zaragoza.
1.7-1- Tomar conocimiento de los acuerdos adoptados por la Junta
Sectorial de Jueces de Primera Instancia de Alicante en su reunión de 29 de septiembre de 2017 y en especial a lo contenido en el punto segundo del 15.º acuerdo.
Dar traslado del acuerdo a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y representantes judiciales de
prevención de riesgos en la Comunidad.
1.7-2- Tomar conocimiento de la situación del Juzgado Mixto n.º 5 de Martorell (Barcelona).
Solicitar del Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña información actualizada sobre la implementación de las medidas
preventivas propuestas para los riesgos detectados y las medidas de emergencia y/o evacuación a aplicar en caso de producirse situaciones de peligro, contemplándose las medidas especiales en aquellos casos con
problemas de movilidad, disfunciones sensoriales u otros, que pudieran presentar dificultades a la hora de llevar a cabo una respuesta rápida y
adecuada ante la necesidad de evacuación urgente del citado centro de trabajo.
Dar traslado del presente acuerdo a:
Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Presidencia de la Audiencia Provincial de Barcelona.
Representantes judiciales de prevención de riesgos de Cataluña.
2-1- Informar favorablemente la propuesta de la Dirección General de
Justicia de la Comunidad de Madrid de modificar la relación de puestos de trabajo de la plantilla orgánica de los cuerpos de gestión procesal y
administrativa; tramitación procesal y administrativa, auxilio judicial y médicos forenses.
2-2- Informar favorablemente la propuesta de la directora general
de Justicia de la Consellería de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas de la Generalitat Valenciana, sobre la
propuesta de plantillas de los cuatro nuevos órganos judiciales correspondientes a:
Juzgado de Primera Instancia n.°10 de Castellón de la Plana.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.° 4 de Novelda.
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Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.° 7 de Lliria.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.°4 de Masamagrell.
Con las observaciones reflejadas en el presente informe.
2-3- Informar favorablemente la propuesta efectuada por la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Justicia e Interior de
la Junta de Andalucía relativa a la modificación de las plantillas de funcionarios en órganos judiciales radicados en el territorio de esa comunidad autónoma, pertenecientes a la provincia de Córdoba (Juzgado
de Menores n.º 2 de Córdoba y Juzgado de lo Penal n.º 6 de Córdoba).
2-4- 1.- Medida que se adopta: acordar dos comisiones de servicio con
relevación de funciones, a favor de M.ª Mercedes Delgado López, titular de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, actualmente jefa de la Sección de Recursos del
Consejo General del Poder Judicial; y Naira Candelaria Pérez Jacinto, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de La Orotava, para
ejercer funciones de coordinadora del área contencioso-administrativa y letrada del área penal, respectivamente, en el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo.
2.- Duración de la medida: se establece hasta el 31 de diciembre de 2017.
En el caso de M.ª Mercedes Delgado López, se prorrogará durante el
ejercicio 2018, condicionada a la aprobación de la propuesta de renovación, que actualmente se encuentra en trámite, vinculada al Plan de Actualización del Alto Tribunal para el 2018.
A su finalización deberán producirse sus ceses, participándose tanto al Ministerio de Justicia como a este Consejo, órganos a los que deberá darse
cuenta igualmente de la fecha de comienzo efectivo de la medida.
La presente medida no da derecho al percibo de dietas y gastos de desplazamiento.
3.- Supervisión y control de la medida: el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial supervisará la aplicación y el desarrollo
de la medida adoptada. A tal fin, la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo deberá informar a la Comisión Permanente, a través del mencionado Servicio de Inspección y con periodicidad trimestral, sobre la efectividad de
la medida de refuerzo adoptada en el presente acuerdo y sobre la evolución del órgano afectado por la misma. Al finalizar la medida se remitirá por el
Gabinete Técnico de dicho Alto Tribunal un alarde en el que se expresarán el número y clase de resoluciones dictadas y las material a las que se refieran.
4.- Notificaciones, traslados y autorización a efectos económicos: particípese el presente acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, Ceuta y Melilla; al Tribunal Superior de Justicia de Canarias y a
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los servicios de Inspección, de Personal y Oficina judicial y a la Sección de
Régimen Jurídico de jueces y magistrados, de este Consejo.
Trasládese asimismo, el presente acuerdo al Ministerio de Justicia, a fin de
que, en el ámbito de sus competencias, se lleven a cabo las actuaciones pertinentes para llevar a cabo la aprobación a efectos económicos de las
medidas acordadas, interesándole también que el pago de las retribuciones a los comisionados y/o del juez sustituto que haya de hacerse cargo del juzgado en que el que una de las comisionadas tiene su destino, lo sea con
cargo a las partidas habilitadas para el abono de los refuerzos por la vía de los planes de urgencia y no con cargo a las partidas destinadas al Tribunal
Superior de Justicia de Canarias para el abono de las sustituciones efectuadas por los magistrados suplentes y jueces sustitutos.
Igualmente, dese traslado del mismo al director del Gabinete Técnico del
Tribunal Supremo y al secretario de la Sala de Gobierno de dicho Alto Tribunal, para su conocimiento, traslado de su contenido a las interesadas,
y para que dicho Tribunal pueda llevar a cabo, en el ámbito de sus competencias, las actuaciones precisas para dar pleno cumplimiento a lo acordado, quedando supeditada la efectividad de la medida adoptada a su
aprobación económica por el Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 560.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por
comprometer el gasto de este Departamento Ministerial.
A su vez, el órgano judicial objeto de la presente medida deberá remitir copias de las actas de toma de posesión y de cese en la presente comisión
de servicio, a la Sección de Oficina Judicial de este Consejo, en los cinco días siguientes a la fecha de su realización.
Asimismo, hágase saber a la Presidencia del Tribunal Supremo que, en el supuesto de que se considere precisa la renovación de la presente medida a su conclusión, deberá remitirse a este Consejo la correspondiente propuesta
con una antelación de, al menos, cuarenta días previos a la fecha de vencimiento, al objeto de que la tramitación de la misma pueda
desarrollarse y finalizarse con normalidad antes de dicho término.
2-5- 1.- Medida que se adopta: acordar la renovación de la comisión de servicio con relevación de funciones, a favor de XXX XXX, titular del
Juzgado de XXX n.º XX de XXX, para cubrir vacante en el Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Guadalajara.
2.- Fundamento de la medida: el estado de situación y evolución del órgano objeto de la medida es el siguiente.
El órgano superó ampliamente el indicador de entrada durante el período
analizado: 165% en 2015, 143% en 2016 y 132% en los primeros nueves meses de 2017.
El órgano alcanzó el indicador de resolución en 2015 (132%), 2016 (127%) y en los primeros nueves meses de 2017 (162,6%).
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La pendencia de asuntos en trámite del órgano, a 30 de septiembre de
2017, era de 749 asuntos declarativos y de jurisdicción voluntaria (270 monitorios), superior a la media de órganos de igual clase del partido
judicial (648/223). En ejecución, la pendencia es superior a la media del partido judicial (1.643/1.489).
El juzgado tenía 275 escritos pendientes de tramitar a 30 de septiembre de 2017: 42 con un plazo superior a 30 días.
A 30 de septiembre de 2017, había 27 asuntos civiles pendientes de
incoación.
El tiempo de respuesta del órgano era de 7,7 meses frente a los 6,8 meses
de la media del partido judicial, a 30 de septiembre de 2017.
La magistrada XXX XXX permaneció en excedencia voluntaria para el cuidado de hijo, por acuerdos de la Comisión Permanente de 9 de octubre
de 2012 y 23 de septiembre de 2014, obteniendo en el año 2015 el 107% de rendimiento, fundamentalmente, en su anterior juzgado y desde el 1 de
diciembre en el actual, y calculando la parte proporcional del indicador, dado que se le concedieron varias licencias por asuntos propios, basadas en circunstancias personales o familiares en el período de 17-9 a 30-11-2015.
En 2016 obtuvo un rendimiento del 74% y en 2017 (30-9) un 163%.
El juzgado dictó 178 sentencias hasta el 30 de setiembre de 2017,
equivalente a la media del partido judicial. A 30 de septiembre de 2017, tenía 15 sentencias pendientes de dictar, todas correspondían a la magistrada XXX XXX (11 de menos de tres meses de antigüedad y 4 de
más de tres meses pero menos de seis).
3.- Duración de la medida y remuneración: se establece por un periodo de
seis meses. Plazo que comenzará a computar desde la finalización de la medida anterior. A su finalización deberá producirse su cese, notificándolo al Ministerio de Justicia y la Sección de Oficina Judicial.
La presente medida no da derecho al percibo de dietas y gastos de desplazamiento.
La concesión a la comisionada de una nueva plaza a consecuencia de un concurso de traslados o ascenso, no supondrá el cese automático en esta medida, debiéndose solicitar para su aprobación por la Comisión
Permanente la renuncia o continuación en la misma.
4.- Supervisión y control de la medida: el Servicio de Inspección del
Consejo General del Poder Judicial supervisará la aplicación y el desarrollo de la medida de refuerzo adoptada. A tal fin, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-la Mancha deberá informar a la
Comisión Permanente, a través del mencionado Servicio de Inspección, a la fecha de finalización de la medida, sobre su efectividad y la evolución del
órgano judicial reforzado.
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5.- Notificaciones, traslados y autorización a efectos económicos:
particípese el presente acuerdo al Ministerio de Justicia, a la Fiscalía General del Estado y a los servicios de Inspección y de Personal Judicial de este
Consejo.
Igualmente, dese traslado del mismo al presidente del Tribunal Superior de
Justicia de Castilla-La Mancha, para su conocimiento, traslado de su contenido a la interesada y al órgano judicial afectado y para que pueda llevar a cabo, en el ámbito de sus competencias, las actuaciones precisas
para dar pleno cumplimiento a lo acordado.
Igualmente, dese traslado del mismo al presidente del Tribunal Superior de
Justicia de XXX, para su conocimiento.
Asimismo, hágase saber a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia que, en el supuesto de que se considere precisa la renovación de la
presente medida a su conclusión, deberá remitirse a este Consejo la correspondiente propuesta con una antelación de, al menos, cuarenta días
previos a la fecha de vencimiento, al objeto de que la tramitación de la misma pueda desarrollarse y finalizarse con normalidad antes de dicho término.
Por otro lado, para la mejor gestión de la posible renovación de la medida en 2018, en la solicitud de renovación se hará constar, si fuera posible, el
plan de trabajo de la comisionada en la medida de refuerzo, así como la situación o cobertura que se va a dar a la plaza del juzgado de origen de la misma.
A su vez, el órgano judicial objeto de la presente medida deberá comunicar las fechas de inicio y finalización de la misma, a la Sección de Oficina
Judicial de este Consejo, en los cinco días siguientes a la fecha de su realización.
2-6- Tomar conocimiento sobre el acuerdo del Tribunal Militar Central, en
relación con la finalización de la comisión de servicio con relevación de funciones, a favor del coronel auditor Miguel Rodríguez de Paterna Giménez
de Córdoba, auditor presidente del Tribunal Militar Primero de Madrid, como juez togado Militar Central.
Notifíquese al Tribunal Militar Central para su conocimiento y efectos.
2-7- 1.- Medida que se adopta: acordar la renovación de la comisión de servicio con relevación de funciones, a favor de Gabriel M.ª Polanco Solano,
titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Ciudad Rodrigo (Salamanca), para cubrir vacante en el Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Salamanca.
2.- Fundamento de la medida: el estado de situación y evolución del órgano objeto de la medida, son los siguientes.
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La entrada de asuntos ha superado el indicador fijado para este tipo de
órganos en las anualidades analizadas, alcanzando el 163% en 2015, el 135% en 2016 y el 123,2% en los tres trimestres de 2017.
La dedicación del órgano ha sido elevada, con un 142% en 2015, un 171% en 2016 y un 148,5% en los tres trimestres de 2017.
La dedicación del magistrado-juez, Gabriel M.ª Polanco Solano, en 2016 alcanzó el 146%, proporcional desde su toma de posesión en el órgano (el 19/07/2016) y del 143,2% a 31/09/2017.
La pendencia de asuntos declarativos civiles a fecha 30 de septiembre de 2017 es de 343, inferior a la media de la provincia (449), de la comunidad
autónoma (553) y nacional (713).
En ejecución los asuntos pendientes ascienden a 790, situándose por debajo de las medias de la provincia, comunidad autónoma y nacional (801, 1.009
y 1.428, respectivamente).
El tiempo medio de respuesta del órgano en los tres trimestres de 2017, es
de 4,11 meses, inferior a la media de los órganos de igual clase del partido (5,5 meses).
El número de escritos pendientes de proveer es de 42, todos de menos de
treinta días.
A fecha 30/09/2017, constaban 8 asuntos pendientes de dictar sentencia,
todos de una antigüedad de menos de tres meses, de los cuales uno es de Gabriel M.ª Polanco Solano.
3.- Duración de la medida: se establece por un periodo de seis meses o, si
se produjera con anterioridad, hasta la reincorporación del titular de la plaza vacante. El mencionado plazo comenzará a computarse desde la
incorporación del comisionado al órgano objeto de cobertura o, en su caso, desde la finalización de la medida anterior. A su finalización deberá producirse su cese.
La presente medida no da derecho al percibo de dietas y gastos de desplazamiento.
La concesión al comisionado de una nueva plaza a consecuencia de un concurso de traslados o ascenso, no supondrá el cese automático en esta medida, debiéndose solicitar para su aprobación por la Comisión
Permanente la renuncia o continuación en la misma.
4.- Supervisión y control de la medida: el Servicio de Inspección del
Consejo General del Poder Judicial supervisará la aplicación y el desarrollo de la medida de refuerzo adoptada. A tal fin, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León deberá informar a la
Comisión Permanente, a través del mencionado Servicio de Inspección, a la fecha de finalización de la medida, sobre su efectividad y la evolución del
órgano judicial reforzado.
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5.- Notificaciones, traslados y autorización a efectos económicos:
particípese el presente acuerdo al Ministerio de Justicia, a la Fiscalía General del Estado y a los servicios de Inspección y de Personal Judicial de este
Consejo.
Igualmente, dese traslado del mismo al presidente del Tribunal Superior de
Justicia de Castilla y León, para su conocimiento, traslado de su contenido al interesado y a los órganos judiciales afectados y para que pueda llevar a cabo, en el ámbito de sus competencias, las actuaciones precisas para dar
pleno cumplimiento a lo acordado.
Asimismo, hágase saber a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia
que, en el supuesto de que se considere precisa la renovación de la presente medida a su conclusión, deberá remitirse a este Consejo la correspondiente propuesta con una antelación de, al menos, cuarenta días
previos a la fecha de vencimiento, al objeto de que la tramitación de la misma pueda desarrollarse y finalizarse con normalidad antes de dicho
término.
A su vez, el órgano judicial objeto de la presente medida deberá comunicar las fechas de inicio y finalización de la presente medida, a la Sección de
Oficina Judicial de este Consejo, en los cinco días siguientes a la fecha de su realización.
2-8- Informar favorablemente la propuesta de la Dirección General de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid, sobre la creación de plantilla en
órganos judiciales de la Comunidad de Madrid, creados mediante Real Decreto 902/2017, de 13 de octubre, para su entrada en funcionamiento,
con las observaciones reflejadas en el presente informe, de los nuevos órganos judiciales siguientes:
Juzgado de Primera Instancia n.° 6 de Alcobendas.
Juzgado de Primera Instancia n.° 7 de Fuenlabrada.
Juzgado de Primera Instancia n°. 8 de Móstoles.
Juzgado de Primera Instancia n.° 7 de Alcalá de Henares.
Juzgado de lo Social n.° 42 de Madrid
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.° 8 de Arganda del Rey.
Juzgado de Primera Instancia de Madrid n.° 102.
Juzgado de Primera Instancia de Madrid n.° 103.
Juzgado de lo Mercantil n.° 13 de Madrid.
Juzgado de lo Mercantil n.° 14 de Madrid.
2-9- 1.- Medida que se adopta: acordar la aceptación de la renuncia a la
renovación de la comisión de servicio sin relevación de funciones, de Eva M.ª Inmaculada Martínez Pérez, titular del Juzgado de Vigilancia
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Penitenciaria n.º 2 de la Comunidad Valenciana, para reforzar los Juzgados
de Primera Instancia n.os
8 y 10 de Alicante, con efectos desde el 1 de
enero de 2018.
2.- Comuníquese al Ministerio de Justicia, al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, a la comisionada, y a los servicios de Inspección
y de Personal Judicial del Consejo General del Poder Judicial.
2-10- Tomar conocimiento sobre el acuerdo adoptado por la presidenta del
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en relación con la solicitud de autorización al Ministerio de Justicia, para el nombramiento de juez sustituto, desde el día 8 de enero de 2018 hasta la toma de posesión
del magistrado, en relación con el juicio oral correspondiente al PAB n.º 56/16, en la Sección 3.ª de la Audiencia Provincial de Valencia.
Notifíquese al Ministerio de Justicia, al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial, para su conocimiento y efectos.
2-11- Informar favorablemente el proyecto de Orden de la Consellería de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades
Públicas de la Generalitat Valenciana por la que se modifica la relación de puestos de trabajo del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forense de la
Comunidad Valenciana.
2-12- Informar favorablemente la propuesta de la Dirección General de Justicia de la Vicepresidencia e Consellería de Presidencia, Administracions
Públicas e Xusticia de la Xunta de Galicia, sobre la aprobación de la plantilla de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia para la
próxima entrada en funcionamiento de las nuevas unidades judiciales en el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 15 (familia) de Vigo, el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 7 de Ourense, el Juzgado de lo Social n.º 7 de A Coruña y el
Juzgado de 1.ª Instancia nº. 6 de El Ferrol.
3-1- Designar a la vocal Ángeles Carmona Vergara y a la letrada Isabel de
Rada Gallego, como representantes del Consejo General del Poder Judicial en la reunión de la Comisión de Seguimiento del Convenio de Colaboración para la actuación coordinada y la plena operatividad del Punto de
Coordinación de las órdenes de protección doméstica y de género en la comunidad autónoma de Andalucía, que se celebrará el próximo 22 de
diciembre, a las 12 horas en Sevilla.
3-2- Aprobar el Convenio de colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia, la comunidad autónoma de
Andalucía y la Universidad Loyola Andalucía, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales.
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El presente convenio será firmado, en representación del Consejo General
del Poder Judicial, por el Presidente, o, en su caso, por la persona en quien expresamente delegue.
3-3- Aprobar la firma de Adenda de prórroga, por cinco meses a computar desde el 1 de enero de 2018, del Convenio de Colaboración suscrito el 28
de julio de 2016, entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y la Fundación Iberdrola España para la iluminación exterior del Palacio de Justicia sede del Tribunal Supremo.
3-4- Designar a los/las vocales Álvaro Cuesta Martínez y Pilar Sepúlveda García de la Torre como representantes del Consejo General del Poder
Judicial en el convenio de colaboración para la promoción de la mediación, firmado el 22 de enero de 2016, entre el Consejo General del Poder Judicial y la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de
España.
3-5- Aprobar por un año más, a partir del 8 de enero de 2018, la vigencia
del Convenio de Colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial y la Asociación Amedi, para continuar con el programa de mediación intrajudicial en el ámbito penal en la provincia de Sevilla.
3-6- Aprobar la prórroga para el año 2018 del Convenio en materia de formación entre el Consejo General del Poder Judicial y el Instituto Vasco de
Administración Pública.
3-7- Aprobar la prórroga del Convenio de colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial y la Agencia Estatal de Administración Tributaria
en materia de formación, investigación y publicaciones para el año 2018.
3-8- Primero- Convocar un concurso oposición para ingreso en el Cuerpo de
Letrados del Consejo General del Poder Judicial, que se regirá por las normas adjuntas en el documento anexo a la documentación de este acuerdo y abonar a los miembros del Tribunal Calificador las asistencias de
la categoría primera del artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, incrementadas en un
cincuenta por ciento, delegando en el Secretario General la posterior concreción del número de las mismas en atención a la cantidad de solicitudes presentadas.
Segundo.- Nombrar a los miembros del Tribunal calificador del concurso-oposición, que quedará integrado como sigue:
a) Presidente: Wenceslao Olea Godoy, magistrado del Tribunal Supremo y vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), por delegación del presidente del referido Consejo
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b) Vocales:
Fernando Grande-Marlaska Gómez, vocal del CGPJ.
José Luis de Benito y Benítez de Lugo, vicesecretario general del
CGPJ
M.ª Luz García Paredes, magistrada.
Javier Huete Nogueras, fiscal de Sala del Tribunal Supremo.
Eva Desdentado Daroca, catedrática de derecho administrativo, Universidad de Alcalá de Henares.
c) Secretario: Álvaro Domínguez Calvo, letrado del CGPJ.
3-9- Aprobar la renovación, por un año, del nombramiento de María Isabel
Sanz García, con efectos de 14 de enero de 2018, por lo que continuará prestando sus servicios en el Consejo General del Poder Judicial en el puesto de trabajo que actualmente ocupa como administrativa N-20, en el
Centro de Documentación Judicial, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria decimocuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de
diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, manteniendo la situación de servicios especiales que ya tiene declarada.
3-10- Aceptar la renuncia de María Mercedes Delgado López al puesto de jefa de la Sección de Recursos del Gabinete Técnico con efectos del día 31
de diciembre de 2017.
Agradecer expresamente la profesionalidad, eficacia y lealtad con la que ha prestado sus servicios en el Consejo General del Poder Judicial.
4-1- Retirar del orden del día de la presente reunión de la Comisión Permanente la propuesta del Servicio de Relaciones Internacionales relativa
a la designación de un letrado al servicio del Consejo como punto de contacto de la Red Judicial Europea civil y mercantil y de la Red Iberoamericana de Cooperación Jurídica Internacional (IberRed) en su
ámbito civil.
4-2- Conceder comisión de servicio, sin derecho a gastos, a la letrada del
Consejo, Carmen Delgado Echevarría, durante los días 8 a 12 de enero de 2018, más los días anterior y posterior si fuera necesario a efectos de desplazamiento, a fin de participar en la actividad 2.5., en Estambul. Todo
ello, en el marco del Twinning de Turquía TR 14 IB JH 02 sobre Fortalecimiento de los derechos de las víctimas en el sistema judicial penal
de ese país.
Delegar la ejecución del presente acuerdo en el Servicio de Relaciones Internacionales.
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4-3- Conceder comisión de servicio, sin derecho a gastos, el día 17 de
enero de 2018, más los días anterior y posterior si fuera necesario a efectos de desplazamiento, al Project Leader del proyecto, magistrado de la
Audiencia Provincial de Segovia, José Miguel García Moreno, a fin de participar en Ankara, en la tercera reunión del Comité de Dirección -
Steering Committee-del Proyecto de Hermanamiento (Twinning Project): IPA 2014 TR 14 IB JH 02 sobre Fortalecimiento de los derechos de las víctimas en el sistema judicial penal de Turquía.
Delegar la ejecución del presente acuerdo en el Servicio de Relaciones Internacionales.
4-4- Conceder comisión de servicio, sin derecho a gastos, durante los días 8 al 19 de enero de 2018 y 29 de enero al 2 de febrero de 2018, respectivamente, más los días anterior y posterior si fuera necesario a
efectos de desplazamiento, a Edurne Uranga Mutuberría, magistrada del Juzgado de Menores número 1 de San Sebastián, a fin de participar, en
calidad de experta a corto plazo, en Ankara, en las Actividades A1 a y b) y A2 del Proyecto Twinning sobre Asistencia Jurídica Gratuita en Turquía. financiado por Unión Europea.
Delegar la ejecución del presente acuerdo en el Servicio de Relaciones Internacionales.
5-1- Retirar del orden del día de la presente reunión de la Comisión Permanente la propuesta de informe del Gabinete Técnico sobre la propuesta del Servicio de Personal Judicial relativa al órgano del Consejo
General del Poder Judicial que ostenta la competencia para resolver lo solicitado por Antonio Alcalá Navarro en el marco del expediente seguido
para la provisión de la presidencia de la Audiencia Provincial de Málaga.
5-2- Designar a José María Macías Castaño como vocal ponente para la elaboración del informe al proyecto de real decreto por el que se aprueba el
reglamento de adopción internacional.
5-3- Tomar conocimiento de la celebración en la sede central del Consejo
General del Poder Judicial, el día 19 de enero de 2018, del día Europeo de la Mediación.
Autorizar el desplazamiento de la vocal de este Consejo Concepción Sáez
Rodríguez, designada en el Área Ejecutiva de Mediación, según acuerdo de la Comisión Permanente 11 de marzo de 2014, para asistir a los actos.
Conceder comisión de servicio a un total de 60 magistrados/as, incluidos los/las 17 presidentes de los tribunales superiores de justicia. La lista de participantes definitiva se pondrá en conocimiento posteriormente de la
Comisión Permanente.
Aprobar la memoria de gasto que se refleja en el anexo I adjunto a la
documentación de este acuerdo con cargo al presupuesto del Gabinete
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Técnico Mediación. El citado gasto ha sido fiscalizado de conformidad por la
Intervención de este Consejo.
Delegar expresamente en el secretario general del Consejo General del
Poder Judicial para que proceda a la adopción de las medidas necesarias que impliquen la redistribución interna de las cantidades expresadas en la
memoria presupuestaria y de los expedientes de gasto a que éstas den lugar, siempre que no supere el importe total de lo presupuestado.
Delegar la ejecución del acuerdo adoptado en el Gabinete Técnico -
Mediación.
6-1- Tomar conocimiento del acuerdo adoptado por el Promotor de la
Acción Disciplinaria en la diligencia informativa 436/2017 y dar traslado del mismo, así como de la documentación que acompaña, a la Sección de Prevención de Riesgos laborales a los efectos oportunos.
6-2- Tomar conocimiento del acuerdo de archivo adoptado por el Promotor de la Acción Disciplinaria en la diligencia informativa 908/2017.
6-3- 1.- Conceder comisión de servicio, con derecho, en su caso, al percibo de las dietas y gastos de locomoción correspondientes, a la magistrada reseñada en la documentación de este acuerdo, al objeto de que pueda
comparecer ante el Promotor de la Acción Disciplinaria de este Consejo el día 20 de diciembre de 2017, a las 11:00 horas.
2.- Aprobar el presupuesto de gastos que se detalla en anexo 1, delegando expresamente en el Secretario General la adopción de las medidas necesarias para mejor ejecución presupuestaria y del correspondiente
expediente de gastos. El citado presupuesto de gastos ha sido fiscalizado de conformidad por la Intervención de este Consejo.
6-4- 1.- Conceder comisión de servicios, con derecho, en su caso, al percibo de las dietas y gastos de locomoción correspondientes, al magistrado reseñado en la documentación de este acuerdo, al objeto de
que pueda comparecer ante el Promotor de la Acción Disciplinaria de este Consejo el día 10 de enero de 2018, a las 13:00 horas.
2.- Aprobar el presupuesto de gastos que se detalla en anexo 1, delegando expresamente en el Secretario General la adopción de las medidas necesarias para mejor ejecución presupuestaria y del correspondiente
expediente de gastos. El citado presupuesto de gastos ha sido fiscalizado de conformidad por la Intervención de este Consejo.
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6-5- Certificar que, de acuerdo con su rendimiento, le corresponden a la
jueza sustituta XXX XXX, como anexo a los listados aprobados en su día, las posiciones que se muestran en la tabla siguiente:
Año Semestre Listado Días computables Tramo
XXX XXX XXX XXX XXX
Remitir certificación del presente acuerdo al Ministerio de Justicia para su
conocimiento y, en su caso, efectos retributivos que correspondan.
6-6- Certificar que, de acuerdo con su rendimiento, le corresponden a la jueza sustituta XXX XXX, como anexo a los Listados aprobados en su día,
las posiciones que se muestran en la tabla siguiente:
Año Semestre Listado Días
computables Tramo XXX XXX XXX XXX XXX
Remitir certificación del presente Acuerdo al Ministerio de Justicia para su conocimiento y, en su caso, efectos retributivos que correspondan.
6-7- Tomar conocimiento de la necesidad de incrementar la planta de la Sección 2.ª de la Audiencia Provincial de Araba/Álava en un/a magistrado.
6-8- Felicitar a la magistrada-juez Silvia García-Cuerva García, a la letrada de la Administración de Justicia Ana Jiménez Delgado y al resto del personal de la oficina judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de
Majadahonda (Madrid), integrada por los gestores Pilar Núñez García, M.ª Isabel González Alvarado, M.ª José Flecha López y José Miguel Trujillo Val
(este último del servicio de apoyo del tribunal superior de justicia, adscrito como refuerzo desde el 22 de noviembre de 2016), las tramitadoras M.ª Soledad Hernández Llorens, Fátima García Munde, Bárbara Jarque Sainz y
Raquel González Tarragato, y la funcionaria del Cuerpo de Auxilio Judicial M.ª Jesús Méndez Maganto, por la dedicación, eficaz dirección de la oficina
judicial y esfuerzo llevado a cabo en aras de la normalización del órgano, con traslado al Ministerio de Justicia y a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía de Gobierno de la Comunidad de Madrid, para que
conste en el expediente personal de todos/as los/as interesados.
7-1- 1.- Aprobar la relación de magistrados/as en prácticas que han
superado el Curso de Formación de la Promoción 20.ª del Cuarto Turno ordenada conforme a la calificación obtenida en las pruebas de acceso y en el curso teórico-práctico, y que se disponga el nombramiento de los
incluidos en la expresada relación (anexo n.° 1) como magistrados por el orden de la misma.
2.- Aprobar un incremento de 6,130 puntos (en el orden civil), 7,003 puntos (en el orden penal) y 4,373 puntos (en el orden mixto), (un tercio de la diferencia entre la máxima y mínima puntuación de la relación de los/las
magistrados en prácticas, atendiendo a la calificación obtenida en las
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pruebas de acceso y del curso de formación inicial en cada orden
jurisdiccional), que deberá complementar, a los solos efectos de asignación de destinos, la nota obtenida por quienes tuvieran reconocido, bien el
mérito preferente de conocimiento de un idioma propio de comunidad autónoma, bien el mérito preferente de conocimiento de un derecho civil,
especial o foral.
3.- Aprobar un incremento de 9,195 puntos(en el orden civil) y 6,560 puntos (en el orden mixto), (un tercio de la diferencia entre la máxima y
mínima puntuación de la relación de los/las magistrados en prácticas atendiendo a la calificación obtenida en las pruebas de acceso y del curso
de formación inicial en cada orden jurisdiccional, más la mitad de ese tercio), que deberá complementar, a los solos efectos de asignación de destinos, la nota obtenida por quienes tienen reconocidos conjuntamente
ambos méritos preferentes, el de conocimiento de idioma propio de comunidades autónomas y del derecho civil, especial o foral.
4.- Particípese el presente acuerdo con la indicación de que contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses (artículo 638.2 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio) y el potestativo de reposición ante la Comisión
Permanente del Consejo en el plazo de un mes, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su notificación.
7-2- Conceder comisión de servicio al jefe de Unidad de Relaciones
Externas e Institucionales de la Escuela Judicial Andreu Estela Barnet, para llevar a cabo una misión, del 18 al 22 de diciembre de 2017 en Marruecos,
así como el día anterior y posterior si fueran necesarios para el desplazamiento, en el marco del Proyecto de Hermanamiento Justicia entre España y Marruecos para la reforma del ISM (Instituto Superior de la
Magistratura). La citada actividad no conlleva gastos para el Consejo.
7-3- Conceder comisión de servicio a la jefa de Área de Relaciones Externas
e Institucionales de la Escuela Judicial Miriam de Rosa Palacio, el día 1 de febrero de 2018, así como el día anterior y posterior si fueran necesarios para el desplazamiento, para participar en la reunión del Comité de
Dirección del Proyecto de Hermanamiento Justicia entre España y Marruecos para la reforma del ISM (Instituto Superior de la Magistratura) que tiene
previsto llevarse a cabo en Rabat (Marruecos). La citada actividad no conlleva gastos para el Consejo.
7-4- 1.- Aprobar la actividad de formación (CAMSO1801) que se contiene
en la documentación de este acuerdo, a realizar por María Teresa Vidaurreta Porrero, magistrada que ha sido destinada a un juzgado de lo social, y el
presupuesto de ejecución de las mismas cuyo detalle se expresa en el anexo III, con cargo al programa presupuestario 111.O de selección y
formación de jueces que para el ejercicio 2018 se apruebe, delegando en el
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Secretario General la adopción de medidas que, para la mejor ejecución de
las actividades impliquen redistribución interna de las cantidades expresadas en la memoria presupuestaria y de los expedientes de gasto a
que ésta da lugar, siempre que no se supere el importe total de lo presupuestado. El referido gasto ha sido fiscalizado de conformidad por la
Intervención de este Consejo.
2.- Conceder comisión de servicio y licencia por estudios relacionados con la función judicial a dicha magistrada para asistir, entre los días 8 al 19 de
enero de 2018, en horario de mañana, a las fases teórica y práctica de las actividades previstas por cambio de destino a un juzgado de lo social,
designando como tutora y profesora de dicha actividad al/ a la magistrado/a relacionado en el anexo II adjunto a la documentación de este acuerdo.
7-5- 1.- Aprobar las actividades de formación (CAMMT1801) que se
contiene en la documentación de este acuerdo, a realizar por Cecilia Fernández Prieto, magistrada que ha sido destinado a un juzgado de 1.ª
instancia e instrucción de Segovia con competencia de mercantil, y el presupuesto de ejecución de las mismas cuyo detalle se expresa en el anexo III, con cargo al programa presupuestario 111.O de selección y
formación de jueces que para el ejercicio 2018 se apruebe, delegando en el Secretario General la adopción de medidas que, para la mejor ejecución de
las actividades impliquen redistribución interna de las cantidades expresadas en la memoria presupuestaria y de los expedientes de gasto a que ésta da lugar, siempre que no se supere el importe total de lo
presupuestado. El referido gasto ha sido fiscalizado de conformidad por la Intervención de este Consejo.
2.- Conceder comisión de servicio y licencia por estudios relacionados con la función judicial a dicha magistrada para asistir, entre los días 8 al 19 de enero de 2018, a las fases teórica y práctica de las actividades previstas por
cambio de destino a un juzgado de 1.ª instancia e instrucción con competencias de mercantil, designando como tutor/a y profesor de dicha
actividad a los magistrados relacionados en el anexo II adjunto a la documentación de este acuerdo.
7-6- 1.- Aprobar las actividades de formación (CAMSO1802) que se
contiene en la documentación de este acuerdo, a realizar por Ana Gómez Hernángómez, jueza que ha sido destinada a un juzgado de lo social, y el
presupuesto de ejecución de las mismas cuyo detalle se expresa en el anexo III, con cargo al programa presupuestario 111.O de selección y formación, delegando en el Secretario General la adopción de medidas que,
para la mejor ejecución de las actividades impliquen redistribución interna de las cantidades expresadas en la memoria presupuestaria y de los
expedientes de gasto a que ésta da lugar, siempre que no se supere el importe total de lo presupuestado. El referido gasto ha sido fiscalizado de
conformidad por la Intervención de este Consejo.
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2.- Conceder comisión de servicio y licencia por estudios relacionados con la
función judicial a dicha jueza para asistir, entre los días 10 al 23 de enero de 2018, a las fases teórica y práctica de las actividades previstas por
cambio de destino a un juzgado de lo social, designando como tutor y profesora de dicha actividad a los magistrados relacionados en el anexo II
adjunto a la documentación de este acuerdo.
7-7- 1.- Aprobar las actividades de formación (CAMME1801) que se contiene en la documentación de este acuerdo, a realizar por la magistrada
María del Mar Lorenzo Calvo, que ha sido destinada a un juzgado de menores, y el presupuesto de ejecución de las mismas cuyo detalle se
expresa en el anexo III, con cargo al programa presupuestario 111.O de selección y formación de jueces que para el ejercicio 2018 se apruebe, delegando en el Secretario General la adopción de medidas que, para la
mejor ejecución de las actividades, impliquen redistribución interna de las cantidades expresadas en la memoria presupuestaria y de los expedientes
de gasto a que ésta da lugar, siempre que no se supere el importe total de lo presupuestado. El referido gasto ha sido fiscalizado de conformidad por la Intervención de este Consejo.
2.- Conceder comisión de servicio y licencia por estudios relacionados con la función judicial a dicha magistrada para asistir, entre los días 15 al 26 de
enero de 2018, a las fases teórica y práctica de las actividades previstas por cambio de destino a un juzgado de menores, designando como tutora y profesor de dicha actividad a los magistrados relacionados en el anexo II
adjunto a la documentación de este acuerdo.
7-8- Tener por evacuado el traslado que para alegaciones le fue conferido a
la magistrada del Juzgado de lo Penal de Don Benito, Beatriz Miranda Verdú, y por hechas las manifestaciones que en el mismo se contienen; y, conceder carácter definitivo a la licencia por estudios en caso de pasar de
su condición actual de suplente a la de titular en el seminario "Inteligencia emocional en el ámbito judicial", que tendrá lugar en Madrid los días 31 de
enero, 1 y 2 de febrero de 2018, debiéndose si se produjera esta circunstancia, proveer la sustitución en la forma que legalmente corresponda.
7-9- 1.- Aprobar las actividades de formación (CAMVM1801) a celebrar entre los días 8 al 19 de enero de 2018, que realizarán los/las participantes
incluidos en el anexo III adjunto a la documentación de este acuerdo, que han sido destinados/as a órganos judiciales con competencia en materia de violencia sobre la mujer, y el presupuesto de ejecución de las mismas cuyo
detalle se contiene en el anexo IV, con cargo al programa presupuestario 111.O de selección y formación de jueces que para el ejercicio 2018 se
apruebe, delegando en el Secretario General la adopción de medidas que, para la mejor ejecución de las actividades impliquen redistribución interna
de las cantidades expresadas en la memoria presupuestaria y de los
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expedientes de gasto a que ésta da lugar, siempre que no se supere el
importe total de lo presupuestado. El referido gasto ha sido fiscalizado de conformidad por la Intervención de este Consejo.
2. Conceder comisión de servicio y/o licencia por estudios relacionados con la función judicial a Esther Fernández Arjonilla los días 8 al 19 de enero de
2018 para realizar la fase de estancia y visitas a los centros gestores de recursos asistenciales de la comunidad autónoma de destino previstas en la actividad.
3. Conceder comisión de servicio y/o licencia por estudios relacionados con la función judicial a María Vila Casas dos mañanas de entre los días 8 al 19
de enero de 2018, para la realización de las preceptivas visitas a los centros gestores de recursos asistenciales de la comunidad autónoma de destino previstas en la actividad.
4. Conceder comisión de servicio y/o licencia por estudios relacionados con la función judicial a Cristina Poch Jiménez dos mañanas de entre los días 22
al 26 de enero de 2018, para la realización de las preceptivas visitas a los centros gestores de recursos asistenciales de la comunidad autónoma de destino previstas en la actividad.
7-10- 1.- Autorizar la asistencia de los/as magistrados José Luis Ruiz Martínez, Alfonso Ballestín Miguel, José Antonio Soto-Jove Fernández,
Fernando Socias Fuster, Cesareo Miguel Monsalve Argandoña, María del Carmen Romero Cervero, Manuel Luna Carbonell, María Aurora Ruiz Ferreiro y Antonio Ferrer Gutiérrez, coordinadores/as de los planes territoriales de
Formación Descentralizada, a la reunión que tendrá lugar en Madrid el próximo día 10 de enero de 2018, concediéndoles licencia por estudios
relacionados con la función judicial y comisión de servicio, con derecho al percibo de las indemnizaciones que por razón del servicio pudieran corresponderles.
2.- Autorizar un presupuesto por un importe máximo de tres mil ochocientos sesenta y seis euros con ochenta céntimos (3.866,80 €) con
cargo al presupuesto de Formación de Jueces y Magistrados (Formación Descentralizada – planes territoriales) Programa 111.O del ejercicio 2018 que se apruebe, que ha sido intervenido de conformidad por la
Intervención, delegando expresamente en el Secretario General la adopción de medidas que, para la mejor ejecución de la actividad, impliquen
redistribución interna de las cantidades expresadas en la memoria presupuestaria y de los expedientes de gasto a que éstas dan lugar, siempre que no se supere el importe total de lo presupuestado.
7-11- Tomar conocimiento de la relación completa de asistentes a la reunión celebrada el día 28 de noviembre de 2017, para la programación
del Convenio de Formación Continua entre la Junta de Castilla y León y el Consejo General del Poder Judicial en 2018.
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7-12- Tomar conocimiento de la relación completa de asistentes a la
reunión celebrada el día 29 de noviembre de 2017, para la programación del Plan de Formación Continua de la comunidad de Madrid en 2018.
7-13- Tomar conocimiento de la dación de cuenta efectuada por el Servicio de Formación Continua de la Escuela Judicial relativa al Protocolo de
actuación para la planificación de los programas de formación descentralizada para el ejercicio del año 2019, que se contiene en el anexo adjunto a la documentación de este acuerdo.
7-14- 1.- Aprobar la realización de las jornadas de Unificación de Criterios de la Audiencia Provincial de Madrid en el orden Penal (EX1802) y Civil
(EX1803), el 9 y 16 de enero de 2018 respectivamente, incluyendo un almuerzo con cargo al presupuesto, incluido en el anexo II adjunto a la documentación de este acuerdo, del Servicio de Formación Continua del
Consejo, programa 111.O.
2.- Conceder licencia por estudios relacionados con la función judicial y
comisión de servicio a los/las magistrados que resulten designados por el presidente de la Audiencia Provincial para su participación en estas actividades. Los interesados deberán comunicar tal extremo al presidente
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al objeto de ponderar la incidencia que la concesión de dicha licencia pueda comportar respecto a la
prioritaria atención de las necesidades del servicio.
Esta concesión tendrá carácter provisional, quedando expresamente condicionada la licencia a la incidencia que la misma pueda comportar
respecto de la prioritaria atención de las necesidades del servicio y a la emisión, en su día, del informe del presidente del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid y del Servicio de Inspección.
7-15- Aprobar la designación como director/a del curso teórico-práctico a desarrollar en la Escuela Judicial en las pruebas de especialización en el
orden jurisdiccional contencioso-administrativo a:
Inés Huerta Garicano, magistrada de la Sala de lo Contencioso-
administrativo del Tribunal Supremo, a la vista de que, entre los/las peticionarios para dirigir el curso, es la magistrada con más antigüedad en dicha sala, una vez excluido el magistrado Nicolás
Antonio Maurandi Guillén que fue director del citado curso anteriormente.
7-16- Aprobar la designación como director/a del curso teórico-práctico a desarrollar en la Escuela Judicial en las pruebas de especialización en asuntos propios de los órganos de lo mercantil a:
Ignacio Sancho Gargallo, magistrado de la Sala de lo Civil, Sala Primera, del Tribunal Supremo.
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7-17- Aprobar la designación como director/a del curso teórico-práctico a
desarrollar en la Escuela Judicial en las pruebas de especialización en el orden jurisdiccional social a:
Antonio Vicente Sempere Navarro, magistrado de la Sala de lo Social, Sala Cuarta, del Tribunal Supremo, atendiendo a su demostrada
capacidad docente y organizativa.
7-18- 1.- Resolver y declarar que la alumna XXX XXX no ha realizado el curso teórico multidisciplinar previsto en el art. 307 Ley Orgánica del Poder
Judicial por haber estado en situación de baja médica –proceso de incapacidad temporal- por enfermedad cuya duración ha impedido
completar dicho curso, lo que conlleva la suspensión de la condición de funcionario en prácticas hasta el momento en aquella situación de baja médica se extinga.
2.- Resolver y declarar que la alumna XXX XXX se incorporará a la relación de aspirantes que superen el proceso selectivo de oposición a las carreras
judicial y fiscal inmediato que se concluya a partir del dictado de la presente resolución, conservando la puntuación obtenida en el proceso selectivo en el que participó en su momento y todos sus derechos en la forma expuesta en
el apartado (b) de la propuesta que sustenta este acuerdo.
3.- Comunicar la resolución al Instituto Nacional de la Seguridad Social, y,
en su caso, a la Mutualidad Judicial a los efectos oportunos.
Particípese el presente acuerdo con la indicación de que contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del
Tribunal Supremo en el plazo de dos meses (artículo 638.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la redacción dada por la Ley Orgánica
4/2013, de 28 de junio) y el potestativo de reposición ante la Comisión Permanente del Consejo en el plazo de un mes, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su notificación.
9-1- Declarar la pérdida sobrevenida de objeto del recurso de alzada núm. 286/17, interpuesto por Julio Doncel Morales, letrado del ICAM, designado
por la ejecutante Absa Abogados S.L., contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Granada, de 27 de junio de 2017, recaída en el expediente de solicitud de publicidad de actuaciones judiciales, por el que,
en definitiva, se le deniega la expedición del testimonio de una serie de particulares obrantes en los autos del procedimiento de menor cuantía
487/1997, del expresado órgano judicial.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del
Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda
estimarse procedente.
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Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente y comuníquese a la
magistrada-juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Granada.
9-2- Desestimar el recurso de alzada núm. 313/17, interpuesto por María
Amaya Martínez Álvarez, juez sustituta, contra el cese producido en los juzgados centrales de lo contencioso-administrativo, núm. 11, ocurrido el
25 de abril de 2017, y núm. 2, acaecido el 11 de julio del mismo año.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del
Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera
estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente, y comuníquese al presidente de la Audiencia Nacional y al magistrado juez delegado del
decano en los juzgados centrales de lo contencioso-administrativo.
El presente acuerdo se adopta con el voto en contra del vocal Álvaro Cuesta
Martínez que participa la formulación de voto particular. También vota en contra la vocal Nuria Díaz Abad.
9-3- Desestimar el recurso de alzada núm. 358/17, interpuesto por Mónica
Martín Closas, Abogada en ejercicio, y Eugenio Martín Closas, contra el acuerdo del Promotor de la Acción Disciplinaria, de fecha 23 de agosto de
2017, por el que se decreta el archivo de la diligencia informativa 277/2017, instruida en virtud de denuncia contra el Juzgado de XXX núm. XX de XXX.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del
Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente y a la interesada, y comuníquese al Promotor de la Acción Disciplinaria (Sección de Actuaciones
Previas).
9-4- Estimar parcialmente el recurso de reposición núm. 370/17, interpuesto por XXX XXX, contra el acuerdo de la Comisión Permanente de
este órgano constitucional, adoptado en reunión de fecha 20 de julio de 2017, por el que se prorroga para el año 2017/2018 el nombramiento de
los/as magistrados/as suplentes y jueces/zas sustitutos/as del ámbito del Tribunal Superior de Justicia de XXX, en el año judicial 2016/2017, con la exclusión de XXX XXX por falta de idoneidad, en el sentido de anular el
acuerdo impugnado, con retroacción de actuaciones al objeto de que se le comunique el referido informe de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior
de Justicia de XXX en los que se basa su declaración de inidoneidad, y se le
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haga saber el régimen de recursos que procede contra la resolución dictada,
pudiendo, en su caso, promover el recurso correspondiente.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente
al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente y comuníquese al
Servicio de Personal Judicial –Sección de calificación- del Consejo General del Poder Judicial y al presidente del Tribunal Superior de Justicia de XXX.
9-5- Desestimar el recurso de alzada núm. 371/17, interpuesto por Andrés de la Calzada Carrilero, contra el acuerdo del Promotor de la Acción Disciplinaria, de fecha 22 de marzo de 2017, por el que se decreta el
archivo de la diligencia informativa 1020/2016, instruida en virtud de denuncia contra el Juzgado de XXX núm. XX de XXX.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente
al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente y a la interesada, y comuníquese al Promotor de la Acción Disciplinaria (Sección de Actuaciones Previas).
9-6- Desestimar el recurso de reposición núm. 373/17, interpuesto por XXX XXX, contra el acuerdo de la Comisión Permanente de este órgano
constitucional, adoptado en reunión de fecha 20 de julio de 2017, por el que se prorroga para el año 2017/2018 el nombramiento de los/as magistrados suplentes y jueces/zas sustitutos del ámbito del Tribunal Superior de
Justicia de XXX, en el año judicial 2016/2017, con la exclusión de XXX por falta de idoneidad.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente
al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente y comuníquese al Servicio de Personal Judicial –Sección de calificación- del Consejo General del Poder Judicial y al presidente del Tribunal Superior de Justicia de XXX.
9-7- Desestimar el recurso de alzada núm. 377/17, interpuesto por Esteban Fontecha Iges, contra el acuerdo del Promotor de la Acción Disciplinaria, de
fecha 10 de julio de 2017, por el que se decreta el archivo de la diligencia
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informativa 428/17, instruida en virtud de denuncia contra el Juzgado de
XXX núm. XX de XXX.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente
al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente y a la interesada, y
comuníquese al Promotor de la Acción Disciplinaria (Sección de Actuaciones Previas).
9-8- Desestimar el recurso de alzada núm. 378/17, interpuesto por María Yolanda de Miguel de Lucas, contra el acuerdo del Promotor de la Acción Disciplinaria, de fecha 18 de septiembre de 2017, por el que se decreta el
archivo de la diligencia informativa 582/17, instruida en virtud de denuncia contra el Juzgado de XXX núm. XX de XXX.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente
al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente y a la interesada, y comuníquese al Promotor de la Acción Disciplinaria (Sección de Actuaciones Previas).
9-9- Desestimar el recurso de alzada núm. 380/17, interpuesto por José Vicente Mediavilla Cabo contra el acuerdo del Promotor de la Acción
Disciplinaria, de fecha 25 de septiembre de 2017, por el que se decreta el archivo de la diligencia informativa 365/2017, instruida en virtud de denuncia contra el Juzgado de XXX núm. XX de XXX.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del
Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente y a la interesada, y comuníquese al Promotor de la Acción Disciplinaria (Sección de Actuaciones
Previas).
9-10- Desestimar el recurso de alzada núm. 383/17, interpuesto por María del Mar Fernández Romo, contra el acuerdo del presidente del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, de 12 de septiembre de 2017, por el que se excluye provisionalmente a dicha magistrada suplente recurrente de la lista
de llamamientos de la Sala de lo Contencioso-administrativo y se le
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requiere para que en el plazo de 8 días opte por el cargo de magistrado
suplente o por el de abogado fiscal sustituta; y contra el acuerdo de la Sala de Gobierno de dicho tribunal superior, adoptado en reunión del día 25 de
septiembre siguiente, que ratifica el anterior
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera
estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente, y comuníquese al
presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y a la Sección de Selección del Servicio de Personal Judicial.
9-11- Desestimar el recurso de alzada núm. 390/17, interpuesto por Simón
Magariño Berrocal, contra el acuerdo del Promotor de la Acción Disciplinaria, de fecha 3 de octubre de 2017, por el que se decreta el archivo de la
diligencia informativa 767/2017, instruida en virtud de denuncia contra el Juzgado de XXX núm. XX de XXX.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente
al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente y a la interesada, y
comuníquese al Promotor de la Acción Disciplinaria (Sección de Actuaciones Previas).
9-12- Desestimar el recurso de alzada núm. 392/17, interpuesto por Bruno Javier Gago Torrado, contra el acuerdo del Promotor de la Acción Disciplinaria, de fecha 29 de septiembre de 2017, por el que se decreta el
archivo de la diligencia informativa 388/2017, instruida en virtud de denuncia contra el Juzgado de XXX núm. XX de XXX.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente
al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente y a la interesada, y comuníquese al Promotor de la Acción Disciplinaria (Sección de Actuaciones Previas).
9-13- Desestimar el recurso de alzada núm. 396/17, interpuesto por Ángeles Moreno García, contra el acuerdo del Promotor de la Acción
Disciplinaria, de fecha 28 de septiembre de 2017, por el que se decreta el
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archivo de la diligencia informativa 402/2017, instruida en virtud de
denuncia contra el Juzgado de XXX núm. XX de XXX.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente
al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente y a la interesada, y
comuníquese al Promotor de la Acción Disciplinaria (Sección de Actuaciones Previas).
9-14- Desestimar el recurso de alzada núm. 397/17, interpuesto por Santiago Pérez Rubio y Guillermo Gallego Arias, contra el acuerdo del Promotor de la Acción Disciplinaria, de fecha 26 de septiembre de 2017, por
el que se decreta el archivo de la diligencia informativa 372/2017, instruida en virtud de denuncia contra el Juzgado de XXX núm. XX de XXX.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente
al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente y a la interesada, y comuníquese al Promotor de la Acción Disciplinaria (Sección de Actuaciones Previas).
9-15- Desestimar el recurso de alzada núm. 404/17, interpuesto por María Victoria Lliso Roig, contra el acuerdo del Promotor de la Acción Disciplinaria,
de fecha 22 de septiembre de 2017, por el que se decreta el archivo de la diligencia informativa 728/2017, instruida en virtud de denuncia contra el Juzgado de XXX núm. XX de XXX.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del
Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente y a la parte interesada, y comuníquese al Promotor de la Acción Disciplinaria (Sección
de Actuaciones Previas).
9-16- Estimar en parte el recurso de alzada núm. 423/17, interpuesto por Julio Doncel Morales, letrado del ICAM, designado por la ejecutante Absa
Abogados S.L., contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Soria, de 24 de octubre de 2017, por la que se
desestima el recurso de revisión respecto de la diligencia de ordenación
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dictada por la letrada de la administración de Justicia del referido juzgado,
recaído en el expediente de solicitud de publicidad de actuaciones judiciales, por el que, en definitiva, se le deniega la remisión de la expedición del
testimonio de una serie de particulares obrantes en los autos del procedimiento de cognición 352/1994, del expresado órgano judicial, en el
único sentido de entender que la solicitud del testimonio de particulares debió haber sido tramitado y resuelto al amparo de lo previsto en el art. 4 del Reglamento 1/2005 de Aspectos Accesorios de las Actuaciones
Judiciales, debiendo desestimarse en las demás pretensiones atendido lo dispuesto en la fundamentación jurídica de la presente resolución.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente
al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la parte recurrente y comuníquese a la magistrada-juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Soria.
9-17- Revocar el acuerdo de esta Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, adoptado en su reunión del día 27 de junio de 2017 por el que se inadmitió el recurso de alzada núm. 175/17 interpuesto
por Patricia Moncada Lázaro, comandante auditor, jueza togada titular del Juzgado Togado Militar Territorial n.º 12, sito en Madrid, contra la Instrucción n.º 4/2017, de la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central,
sobre horarios de trabajo y jornada del personal destinado en los órganos de la jurisdicción militar, en los términos expuestos en el fundamento de
derecho único del presente acuerdo y, en consecuencia, admitir a trámite el citado recurso de alzada número 175/17.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente
al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.
Notifíquese el presente acuerdo a la recurrente y comuníquese al auditor
presidente del Tribunal Militar Central y a la Sala Tercera del Tribunal Supremo.
9-18- Aprobar el informe de la Sección de Recursos relativo a la solicitud de extensión de efectos de la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de 5 de octubre de 2017, en el recurso contencioso-
administrativo núm. 130/2017, sobre los listados de retribuciones variables de jueces y magistrados correspondientes al primer y segundo semestre de
2015, en periodo de baja de riesgo por embarazo, baja por maternidad y
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lactancia, interesada por la magistrada XXX XXX, actualmente destinada en
el Juzgado de XXX núm. XX de XXX.
9-19- Aprobar el informe de la Sección de Recursos relativo a la solicitud
de extensión de efectos de la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de 5 de octubre de 2017, en el recurso contencioso-
administrativo núm. 130/2017, sobre los listados de retribuciones variables de jueces y magistrados correspondientes al primer y segundo semestre de 2015, y al primer semestre de 2016, en periodo de baja de riesgo por
embarazo, baja por maternidad y lactancia, interesada por la jueza XXX XXX, actualmente destinada en el Juzgado de XXX núm. XX de XXX.
9-20- Aprobar el informe de la Sección de Recursos relativo a la solicitud de extensión de efectos de la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de 5 de octubre de 2017, en el recurso contencioso-
administrativo núm. 130/2017, sobre los listados de retribuciones variables de jueces y magistrados correspondientes al primer y segundo semestre de
2013, segundo semestre de 2014, y primer semestre de 2015, en periodo de baja de riesgo por embarazo, baja por maternidad y lactancia, interesada por la magistrada XXX XXX, actualmente destinada en el
Juzgado de XXX núm. XX de XXX.
9-21- Aprobar el informe de la Sección de Recursos relativo a la solicitud
de extensión de efectos de la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de 5 de octubre de 2017, en el recurso contencioso-administrativo núm. 130/2017, sobre los listados de retribuciones variables
de jueces y magistrados correspondientes al segundo semestre de 2012, primer semestre de 2013, y primer y segundo semestre de 2016, en
periodo de baja de riesgo por embarazo, baja por maternidad y lactancia, interesada por la magistrada XXX XXX, actualmente destinada en el Juzgado de XXX núm. XX de XXX.
10-1- Aprobar el informe núm. 33/17 emitido en el expediente de responsabilidad patrimonial del Estado por funcionamiento anormal de la
Administración de Justicia, instado frente al Ministerio de Justicia por Francisco Tejada Vaca.
10-2- Aprobar el informe núm. 45/17 emitido en el expediente de
responsabilidad patrimonial del Estado por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, instado frente al Ministerio de Justicia por
Keramex, S.A.
10-3- Aprobar el informe núm. 137/17 emitido en el expediente de responsabilidad patrimonial del Estado por funcionamiento anormal de la
Administración de Justicia, instado frente al Ministerio de Justicia por Agro Maketing Cool Fresh España S.L.
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10-4- Aprobar el informe núm. 204/17 emitido en el expediente de
responsabilidad patrimonial del Estado por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, instado frente al Ministerio de Justicia por
Moreen Sondra Silver.
11-1- Tomar conocimiento del escrito presentado el director del Centro de
Formación de Abogados de Madrid (CEFAMA) sobre la valoración de los programas formativos de dicha entidad para el acceso a la judicatura por la vía del cuarto turno y participar al mismo que el acuerdo adoptado por el
Tribunal calificador de 2 de noviembre de 2016, en cuyo anexo III se establece que "los cursos de especialización jurídica, en materias propias de
la especialidad de duración no inferior a 300 horas, impartidos en centros no oficiales, se valorarán en 0,10 puntos cada uno", es dictado en aplicación de la base primera, apartado G.1.7, de la convocatoria, pudiendo ser
impugnado el resultado final del proceso selectivo únicamente por aquellos que ostentan un interés legítimo para interponer dicho recurso.
11-2- Admitir a trámite la petición de amparo judicial formulada por Manuel Penalva Oliver, magistrado-juez titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Palma de Mallorca, y acordar lo siguiente:
Dar traslado a la Delegación del Gobierno en las Islas Baleares a los efectos de que se ponga en conocimiento de este Consejo quién comunicó la
manifestación del pasado día 27 de noviembre de 2017 ante las sedes del Juzgado de Instrucción número 12 de Palma de Mallorca y del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, y para que, a la vista de lo
relatado por el magistrado y del análisis del riesgo que pueda existir, adopte, en su caso, y de estimarlo oportuno, las medidas de seguridad que
se consideren pertinentes.
Conferir traslado de la petición de amparo a los letrados José Ignacio Herrero Cereceda, Vicente Campaner Muñoz y Rosario Molina Cayuela, para
que efectúen cuantas alegaciones estimen convenientes en el plazo de cinco días.
Trasladar este acuerdo al Colegio de Abogados de las Islas Baleares para toma de conocimiento de los hechos por los cuales se admite a trámite el presente amparo judicial.
11-3- Inscribir en el Registro de Asociaciones Judiciales Profesionales del Consejo General del Poder Judicial, abierto con esta finalidad en este
Consejo, a la asociación denominada "AGORA JUDICIAL", que solicita F. Xavier González de Rivera Serra, como promotor designado por la citada entidad y magistrado en activo en la Carrera Judicial, acompañando a su
solicitud el texto de sus Estatutos y relación de miembros, poniéndolo en conocimiento del expresado solicitante.
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11-4- 1.- Medida que se adopta: acordar la prórroga de la jueza sustituta,
María Jesús Pou López, para reforzar el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Palma de Mallorca.
2.- Duración de la medida: se autorizara por un período de seis meses a partir del 1 de enero de 2018. Dicha medida comenzará a computarse
desde la incorporación de la jueza sustituta al órgano objeto de refuerzo o, en su caso, desde la finalización de la medida anterior. Al término de este plazo deberá producirse su cese, participándose tanto al Ministerio de
Justicia como a este Consejo, órganos a los que deberá darse cuenta, igualmente, de la fecha de comienzo efectivo de la medida de refuerzo.
La presente medida no da derecho al percibo de dietas y gastos de desplazamiento.
3.- Supervisión y control de la medida: el Servicio de Inspección del
Consejo General del Poder Judicial supervisará la aplicación y el desarrollo de la medida de refuerzo adoptada. A tal fin, la Sala de Gobierno del
Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, deberá informar a la Comisión Permanente, a través del mencionado Servicio de Inspección y con periodicidad trimestral, sobre la efectividad de la medida de refuerzo
adoptada en el presente acuerdo y sobre la evolución del órgano afectado por la misma.
4.- Notificaciones, traslados y autorización a efectos económicos: particípese el presente acuerdo a la Fiscalía General del Estado y a los servicios de Inspección y Personal Judicial del Consejo.
Asimismo, dese traslado del presente acuerdo al Ministerio de Justicia, a fin de que, en el ámbito de sus competencias, autorice a efectos económicos la
medida acordada, si sus disponibilidades presupuestarias lo permitieran.
Igualmente, dese traslado del mismo al presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Islas Baleares, para su conocimiento, traslado de su contenido
a la interesada y al órgano judicial afectado y para que pueda llevar a cabo, en el ámbito de sus competencias, las actuaciones precisas para dar pleno
cumplimiento a lo acordado, quedando supeditada la efectividad de la medida adoptada a su autorización económica por el Ministerio de Justicia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 560.4 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, al suponer esta medida un incremento del gasto para la Administración prestacional.
A su vez, el órgano judicial objeto de la presente medida deberán remitir copia de las actas de toma de posesión y de cese en la presente comisión de servicio, a la Sección de Oficina Judicial de este Consejo, en los cinco
días siguientes a la fecha de su realización.
Asimismo, hágase saber a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia
que, en el supuesto de que se considere precisa la renovación de la presente medida a su conclusión, deberá remitirse a este Consejo la
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correspondiente propuesta con una antelación de, al menos, cuarenta días
previos a la fecha de vencimiento, al objeto de que la tramitación de la misma pueda desarrollarse y finalizarse con normalidad antes de dicho
término.
11-5- 1.- Medida que se adopta: acordar la prórroga de la jueza sustituta,
Raquel Crespo Ruiz, para reforzar el Juzgado de Instrucción n.º 12 de Palma de Mallorca.
2.- Duración de la medida: se autorizara por un período de seis meses a
partir del 1 de enero de 2018. Dicha medida comenzará a computarse desde la incorporación de la jueza sustituta al órgano objeto de refuerzo o,
en su caso, desde la finalización de la medida anterior. Al término de este plazo deberá producirse su cese, participándose tanto al Ministerio de Justicia como a este Consejo, órganos a los que deberá darse cuenta,
igualmente, de la fecha de comienzo efectivo de la medida de refuerzo.
La presente medida no da derecho al percibo de dietas y gastos de
desplazamiento.
3.- Supervisión y control de la medida: el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial supervisará la aplicación y el desarrollo
de la medida de refuerzo adoptada. A tal fin, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, deberá informar a la
Comisión Permanente, a través del mencionado Servicio de Inspección y con periodicidad trimestral, sobre la efectividad de la medida de refuerzo adoptada en el presente acuerdo y sobre la evolución del órgano afectado
por la misma.
4.- Notificaciones, traslados y autorización a efectos económicos:
particípese el presente acuerdo a la Fiscalía General del Estado y a los servicios de Inspección y Personal Judicial del Consejo.
Asimismo, dese traslado del presente acuerdo al Ministerio de Justicia, a fin
de que, en el ámbito de sus competencias, autorice a efectos económicos la medida acordada, si sus disponibilidades presupuestarias lo permitieran.
Igualmente, dese traslado del mismo al presidente del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, para su conocimiento, traslado de su contenido a la interesada y al órgano judicial afectado y para que pueda
llevar a cabo, en el ámbito de sus competencias, las actuaciones precisas para dar pleno cumplimiento a lo acordado, quedando supeditada la
efectividad de la medida adoptada a su autorización económica por el Ministerio de Justicia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 560.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al suponer esta medida un incremento del
gasto para la Administración prestacional.
A su vez, el órgano judicial objeto de la presente medida deberán remitir
copia de las actas de toma de posesión y de cese en la presente comisión
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de servicio, a la Sección de Oficina Judicial de este Consejo, en los cinco
días siguientes a la fecha de su realización.
Asimismo, hágase saber a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia
que, en el supuesto de que se considere precisa la renovación de la presente medida a su conclusión, deberá remitirse a este Consejo la
correspondiente propuesta con una antelación de, al menos, cuarenta días previos a la fecha de vencimiento, al objeto de que la tramitación de la misma pueda desarrollarse y finalizarse con normalidad antes de dicho
término.
11-6- 1.- Medidas que se proponen: acordar la prórroga de la medida de
refuerzo que desempeña la jueza sustituta Sacramento Ruiz Bosch en el Juzgado de Instrucción n.º. 9 de Murcia.
2.- Fundamento de la medida: prestar el apoyo necesario al Juzgado de
Instrucción n.º 9 de Murcia para que la juez titular se pueda dedicar en exclusiva a la instrucción de la causa de gran complejidad y volumen,
mientras que la jueza nombrada asumiría el resto de la actividad ordinaria del juzgado, de acuerdo con la distribución de la carga de trabajo aprobada por Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Región
de Murcia.
3.- Duración de la medida: la precedente medida se establece por el tiempo
de seis meses a contar desde el 1 de enero de 2018, plazo que comenzará a computarse desde el momento de incorporación de la jueza sustituta al órgano objeto de refuerzo. Al término de este plazo, deberá producirse el
cese del equipo de refuerzo, participándose el mismo al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial, órganos a los que deberá
darse cuenta, igualmente, de la fecha de comienzo efectivo de la medida.
4.- Supervisión y control de la medida: el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial supervisará trimestralmente la aplicación
y el desarrollo de la medida de refuerzo adoptada. A tal fin, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Murcia deberá informar a la
Comisión Permanente, a través del mencionado Servicio de Inspección, sobre la efectividad de la medida de refuerzo adoptada en el presente acuerdo y sobre la evolución del órgano afectado por la misma, a los tres
meses de su puesta en funcionamiento y a su finalización.
5.-Notificaciones, traslados y autorización a efectos económicos: particípese
el presente acuerdo a los servicios de Inspección y de Personal Judicial del Consejo, así como a la Fiscalía General del Estado.
Dese traslado del presente acuerdo al Ministerio de Justicia a fin de que, en
el ámbito de sus competencias, autorice a efectos económicos la medida acordada, si sus disponibilidades presupuestarias lo permitieren.
Igualmente, dese traslado del mismo al presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia para su conocimiento y para que se dé
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traslado de sus contenido a los/as interesados/as y órganos judiciales
afectados, y pueda llevar a cabo, en el ámbito de sus competencias, las actuaciones precisas para dar pleno cumplimiento a lo acordado, quedando
supeditada la efectividad de la medida adoptada a su autorización económica por el Ministerio de Justicia, a los efectos de lo dispuesto en el
artículo 560.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al suponer la medida que se interesa un incremento del gasto para el mencionado Ministerio.