Abandono de atropellados

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ELEMENTOS DEL DELITO SOBRE ABANDONO DE ATROPELLADOS UI CAMPI ZARAGOZA

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Articulo 341 Código Penal Federal prevé:Al que habiendo atropellado a una persona,

culposa o fortuitamente, no le preste auxilio o no solicite la asistencia que requiere, pudiendo hacerlo se le impondrá de quince a sesenta jornadas de trabajo a favor de la comunidad, independientemente de la pena que proceda por el delito que con el atropellamiento se cometa.

ACTIVOEs la persona física

que, al haber atropellado a alguien lo deje en abandono y sin ofrecerle ayuda.

PASIVOEs la persona que

resultó afectada o dañada de dicho delito (el atropellado).

MATERIALPuede ser el sujeto

pasivo o sea la persona atropellada

JURÍDICOEl bien jurídico

tutelado como lo es: LA VIDA LA INTEGRIDAD

FÍSICA

FORMULACION

Amplio

ESTRUCTURA

Simple

Nº SUJETOS

Unisubjetivo

Nº ACTOS

UnisubsistenteCOMPOSICION

Normal

AUTONOMIA

Independiente

Autonomo

ORD. METODOLOGICA

Básico o fundamental

RESULTADO

Formal

DURACION

Instantáneo

CONDUCTA

Omisión

CLASIFICACION

Cáncer en etapa terminal Sale de quimioterapia choca

Nexo causal

(defensas bajas)

mata

Consiste en dejar en estado de abandono al atropellado sin prestarle ayuda después de atropellarlo.

No se exige que haya un resultado, puesto que se trata de un delito formal.

Por 2 grandes causas:

Vis absoluta--- Fuerza humana exterior

Vis maior--- Fuerza de la naturaleza

Se dará la tipicidad cuando encuadren todos los tipos a la norma penal.

Con los siguientes elementos:1.- Atropellamiento (culposa o

fortuitamente)2.- No prestar auxilio a la víctima.3.- No solicitar asistencia que requiera.4.- Cuando haya posibilidad de que el

agente lo haga.

Solo podrá configurarse la atipicidad cuando uno de los elementos anteriores falte (sin importar el que sea).

Se da cuando la conducta típica sea lo contrario a la ley.

CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN Sucede cuando el sujeto activo se vea

en la necesidad de no poder prestar ayuda a la víctima

CIRCUNSTANCIA MODIFICADORA No existen atenuantes ni agravantes.

Se comete en forma dolosa o intencional, pues ya que no es admisible la culpa.

INCULPABILIDADPuede presentarse la no exigibilidad de

otra conducta, es decir, que el sujeto no tenía más opción que retirarse por alguna causa de fuerza mayor.

Este delito al ser sólo de peligro, tiene sanción, ya que es considerado antijurídico, es decir, al dejar en estado de abandono al atropellado.

La sanción que marca la ley en este delito es de 15 a 60 jornadas de trabajo a favor de la comunidad.

La consumación de dicho delito se da en el momento que el sujeto activo no ofrece auxilio a la víctima. EL DEJAR AL SUJETO PASIVO SIN AYUDA es el ERROR FRECUENTE dentro de el delito de abandono de atropellados.

PARTICIPACIÓN

Distintos grados de participación: Si un automovilista va acompañado de

otras personas, éstas pueden incurrir en omisión de socorro; porque para ser activo de este delito se requiere de que sea la persona que haya atropellado la que abandone a la víctima.

También se puede configurar el encubrimiento de dicho delito.

PERSEGUBILIDAD O PROCEDENCIA

*Éste delito es perseguible de oficio.