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LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y EL
FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS TÉCNICOS ESCOLARES
Agosto 2013
EDUCACIÓN BÁSICACICLO ESCOLAR 2013-2014
APARTADO I: Disposiciones generales
Artículo 1. Del objeto de los lineamientos.
¿Para qué es importante definir los lineamientos?
Para establecer las características, la organización y atribuciones generales que regirán el trabajo de los CTE, de acuerdo con el Artículo 37 de la Ley General de Educación, está compuesta por el nivel preescolar, primaria y secundaria, el Artículo 39 de la misma Ley incluye a la educación inicial y especial, al Artículo 38 establece que la Educación Básica en sus tres niveles, tendrá las adaptaciones requeridas para responder a las características lingüísticas y culturales de los diversos grupos indígenas, a la población rural dispersa y grupos migratorios.
¿Qué es el Consejo Técnico
Escolar?
ORGANISMO
DIRECTOR PERSONAL DOCENTE
TOMA DE DECISIONES
CENTRO ESCOLAR
MISIÓN
ESCUELAS UNITARIAS Y
MULTIGRADO
PROFESORES DE DIVERSAS ESCUELAS
SUPERVISOR ESCOLAR
Es un
Integrado por
Encargado de la
Para que el
Cumpla su
En el caso de
se integra por Lo preside el
Artículo 2. De la definición del Consejo Técnico escolar. Es el órgano colegiado encargado de tomar y ejecutar decisiones comunes enfocadas a que el centro escolar cumpla de manera uniforme y satisfactoria su misión.
Quiénes participan
Directores
Subdirectores
Docentes frente a grupo
Maestros de educación especial
Maestros de educación física
Maestros de otras especialidades
Escuelas Indígenas, unitarias y multigrado
Los CTE estarán formados por profesores de diversas escuelas y
presididos por el supervisor
Su integración a partir de mecanismos que respondan a los
contextos específicos del estado y región.
Artículo 3. De los participantes
Apartado II: De la organización de los Consejos Técnicos Escolares
Con las disposiciones que emita el CTE
Artículo 4. De la presidencia.
DIRECTOR
SUPERVISOR
• Semana previa al inicio del ciclo
escolar:
• Del 12 al 16 de agosto 2013
• 27 de septiembre de 2013
• 25 de octubre de 2013
• 29 de noviembre de 2013
• 31 de enero de 2014
• 28 de febrero de 2014
• 28 de marzo de 2014
• 30 de mayo de 2014
• 27 de junio de 2014
Por ningún motivo los días programados para las sesiones del CTE se usarán para llevar a cabo actividades sociales, cívicas, festivales o cualquier otra acción que no esté indicada en los lineamientos y no se autorice por el titular de los servicios educativos en el estado.
Artículo 5. De la periodicidad de las reuniones.
Recomendaciones
Establecer redes de trabajo con otros CTE´s
Intercambiar experiencias para
analizar y valorar los procesos y logros
Ventajas
Facilita el trabajo entre maestros de un mismo
grado o asignatura
Favorece el desarrollo profesional de los
maestros
Artículo 5. De la periodicidad de las reuniones.
¿Cuántas sesiones tendrá el Consejo a lo largo del ciclo escolar?
Fase intensiva
Cinco días previos al inicio del ciclo escolar
Fase ordinaria
8 a lo largo del ciclo, de acuerdo con las disposiciones de la autoridad
educativa. (Fechas establecidas en el calendario
oficial vigente)
Artículo 6. Del número de sesiones en el ciclo escolar
La participación en las sesiones de Consejo es obligatoria para todos los actores referidos en el Artículo 3 de los lineamientos y abarca la
totalidad de horario escolar oficial. Es una actividad institucional que será evaluada.
Artículo 7. De la obligatoriedad de la participación
Artículo 8. De los ámbitos de acción
AULA
COMUNIDAD
ESCUELA
GESTIÓN DE LOS PROCESOS DE ENSEÑANZA Y
APRENDIZAJE EN EL AULA
GESTIÓN ESCOLAR
PARTICIPACIÓN SOCIAL EN
FAVOR DE LOS APRENDIZAJES
Artículo 9. De los procesos que atiende
Artículo 10. De la organización de las sesiones de trabajo
SESIONES DEL CTE
Al inicio y a lo largo del ciclo
escolar
Actividades en función de las
prioridades
El CTE definirá la temática en base a autoevaluación
Tener en cuenta principios de
equidad pertinencia, relevancia, eficiencia y
eficacia
Enfocarse a una línea temática
Podrán organizarse por estado, región, zona o escuela
Artículo 11. De la misión
APARTADO III. Del funcionamiento de los Consejos Técnicos Escolares
Asegurar la eficacia del servicio educativo que se presta en la escuela. Esto significa que sus
actividades están enfocadas en el logro de los aprendizajes de todos
los estudiantes.El CTE debe centrar su esfuerzo en garantizar que los niños y jóvenes que asistan a la escuela ejerzan sus derechos a la educación de calidad.
Artículo 12. De los propósitos generales del CTE
Revisar de forma permanente el logro de aprendizajes de los alumnos e identificar los retos que debe superar la escuela para promover su mejora.
Planear, dar seguimiento y evaluar las acciones de la escuela dirigidas a mejorar el logro de aprendizajes de los alumnos
Optimizar el empleo del tiempo y de los materiales educativos (libros de texto, TIC) disponibles dentro y fuera del centro escolar.
Fomentar el desarrollo profesional de los maestros y directivos de la escuela, en función de sus prioridades educativas.
Fortalecer la autonomía de la gestión de la escuela a partir de la identificación, análisis, toma de decisiones y atención a las prioridades educativas del centro escolar y del involucramiento de los padres de familia en el desarrollo educativo de sus hijos.
Socializar normas e indicaciones de las autoridades
Autoevaluar permanentemente al centro escolar e identificar áreas de mejora para su atención.
Establecer metas, planes y acciones y verificar su cumplimiento.
Revisar avances de los acuerdos para determinar cambios o ajustes para cumplir de manera eficaz.
Artículo 13. De sus atribuciones
Asegurar un ambiente organizado para la inclusión y el logro de aprendizajes
Establecer modalidades de trabajo que favorezcan el desarrollo profesional dentro de las escuelas.
Artículo 13. De sus atribuciones
Desarrollar soluciones colaborativas para los retos de la escuela, zona o región.
Gestionar apoyos técnicos profesionales externos para atender las necesidades de la escuela.
Vigilar el uso adecuado y eficiente del tiempo escolar y del aula.
Artículo 13. De sus atribuciones
Promover la relación con otras instancias para que presten asesoría y asistencia específica.
Promover el uso sistemático y pertinente de los materiales disponibles.
Asegurar que se establezcan relaciones de colaboración y corresponsabilidad con los padres de familia.
Artículo 13. De sus atribuciones
Asumir, desarrollar, dar seguimiento y evaluar.
Artículo 14. De los estilos de trabajo.
ESTILOS DE TRABAJO
Trabajo colaborativo
La formación integral de los alumnos es responsabilidad del conjunto de
profesores de una escuela.
La observación y el aprendizaje entre pares
El CTE es un espacio para promover el aprendizaje entre pares, brinda la
posibilidad de observar y conversar sobre su quehacer para tomar
decisiones conjuntas.
Artículo 15. De las herramientas de trabajo
Herramientas de trabajo
Planeación
Seguimiento
Evaluación
Diálogo
Retroalimentación
Transitorio
Único. Cualquier situación no prevista en los presentes lineamientos será
resuelta por las Autoridades Educativas Estatales, en acuerdo con las
Autoridades Educativas Federales.
Gracias