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8/6/2019 Anlisis de la Ley SEP
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Anlisis de la Ley SEP: Subvencin escolar preferencial, N 20.248 de 25
enero ao 2008. ltima modificacin: 26 febrero del 2011 por la ley 20.501
(Calidad y equidad en la educacin).
Crea una subvencin preferencial que abarca la educacin parvularia hasta la enseanza media,
(sta ltima agregada por la ley 20.501) para alumnos denominados prioritarios, que son quienes
se encuentran en una situacin socioeconmica vulnerable, segn los criterios establecidos en la
ley.
Estasubvencin preferencial se otorga por cada alumno o alumna, es decir, tiene un parmetro
individual de consideracin:se entrega una cierta cantidad de dinero al sostenedor del respectivo
establecimiento educacional por cada alumno prioritario que reciba, y no se toma en cuenta la
situacin general que tiene el establecimiento.
Adems, esta cantidad de dinero vara, segn la calificacin que el establecimiento educacional
reciba del Ministerio de Educacin, la que podr ser de tipo a, b y c, que corresponde a Autnomo,Emergente y en Recuperacin respectivamente. La calificacin se dar en relacin a los logros que
hayan obtenido estos establecimientos en el sistema de parmetros de evaluacin de rendimiento
acadmico nacional por el cual se hayan evaluado(actualmente el SIMCE).
Tambin crea una subvencin especialpor concentracin de alumnos prioritarios, esto para
aquellos establecimientos que contengan un mayor porcentaje de nios y nias clasificados en
esta situacin precaria, cuyos sostenedores recibirn un dinero extra por cada alumno, segn los
tramos de porcentaje que establece la ley.
Para recibir esta subvencin, se exige como requisito a los sostenedores que sus establecimientos
educacionales estn regidos por la Ley de Subvenciones, y debern suscribir un Convenio
denominado de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa con el Ministerio de Educacin,
el cual contemplar un Plan de Mejoramiento Educativo con objetivos que deben cumplirse
dentro de un determinado plazo. El contenido de este Plan se determina segn la categora de
establecimiento que se trate, sea de tipo a, b o c.
Por ltimo, la ley, para el cumplimiento de sus fines de mejoramiento de la calidad de la
educacin, impone un sistema de competencia entre los establecimientos educacionales, por
medio de sanciones y premios segn se cumplan con las expectativas del mtodo de evaluacin
nacional (SIMCE) o no, esto se estimar por medio de los Planes de Mejoramiento educativo
quienes contendrn estos objetivos que deben cumplirse cada cierto plazo, si no se cumplen, se
baja la subvencin, el aporte de dinero, o incluso, si se reitera repetidas veces la mala calificacin,
pueden expulsarse de este sistema de subvencin preferencial.
Con este control, el Ministerio pretende responsabilizarse como el guardin de la educacin de los
establecimientos subvencionados, llevando como motivacin para mejorar la calidad de su
educacin, el mayor o menor aporte econmico pblico que recibir el sostenedor o dueo del
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colegio que postule a esta subvencin. Es decir, la lgica del Ministerio sigue siendo la del libre
mercado, la lgica capitalista del Estado subsidiario (subsidiario de los empresarios, no de los
ciudadanos), dejar en manos de privados la educacin, cuya nica motivacin para recibir a nios
y nias con una mala base socioeconmica es el percibir dinero extra por esta carga a la cual nadie
quiere educar, debido a los problemas propios que los envuelven por la mala economa familiar,
problemas que vienen de una raz social-poltica ms profunda y que no pueden resolverse con un
simple parche como es la subvencin.
La ley contempla el aporte para el sostenedor, en ningn momento seala que ese dinero debe
efectivamente invertirse en el alumno prioritario, sino que contempla algunas disposiciones vagas
que aluden a este alumno como preferente.
Tambin entrega atributos especiales al director para disponer de los docentes, con el fin de
superar las deficiencias detectadas, las cuales, segn lo que establece la ley, no pueden
considerarse como menoscabo para los docentes, algunas de estas medidas son: redestinacin de
tareas y/o funciones, la destinacin a otro establecimiento del mismo dueo.
Esto demuestra que para esta ley, el docente es mero capital humano del sostenedor, un
instrumento, no se considera como una persona que juega un rol fundamental en la
estructuracin y decisin de las polticas de educacin, la ley slo se concentra en el dueo del
establecimiento como un buen gerente de empresa que har cumplir con las expectativas del
Ministerio con tal de recibir ms dinero.
Siguiendo con la lgica subsidiaria, la ley contempla un Registro Pblico de Personas o Entidades
Pedaggicas y Tcnicas de Apoyo, para la elaboracin y ejecucin del Plan de Mejoramiento
Educativo, quienes podrn ser personas naturales o jurdicas (empresas) que sern calificadas por
el Ministerio y se pondrn a eleccin del sostenedor, ste ltimo deber pagar los respectivoshonorarios. Nuevamente se deposita y refuerza la planificacin y estructuracin del sistema
educativo en manos de privados.
En consecuencia, esta ley lo que hace es perfeccionar el sistema de subvenciones, el cual fue
creado como una supuesta solucin parche al problema de la abismante desigualdad que se da
en la educacin cuando sta opera dentro de las reglas del mercado, como una mercanca ms y
no como un bien y derecho bsico fundamental.
Sin embargo, probado est que el sistema de subvencin no ha hecho sino profundizar la
inequidad existente entre los colegios privados y los subvencionados/municipales, las pruebas de
evaluacin de rendimiento acadmico nacionales han demostrado que las diferencias entre ellos
no han disminuido.
Estos establecimientos categorizados en a, b y c, terminan tambin categorizando a los nios y
nias que asisten a ellos, generando una discriminacin creada por el mismo Estado, considerando
que las evaluaciones de rendimiento acadmico nacional, aparte de no ser de una calidad
profesional esperada, miden el rendimiento como si todos fueran iguales, sin considerar las
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diferencias de los nios de las elites que tienen todos los medios a su alcance para triunfar dentro
del sistema, de los nios que, partiendo de algo tan bsico como la mala alimentacin, tienen un
gran nmero de otros obstculos que no se miden ni se solucionarn por medio subvenciones,
sino que es necesaria una reforma radical de raz que no slo abarque la educacin, como
educacin gratuita y de calidad, sino que debe comprender simultneamente las otras reas
bsicas de la sociedad.