Análisis de la Reforma Tributaria

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Proyecto de Ley No. 178/16C y 163/16S

REFORMA TRIBUTARIA ESTRUCTURAL

Noviembre 2016

JULIO ROBERTO PIZA julio.piza@uexternado.edu.coDirector Departamento de Derecho Fiscal Universidad Externado de Colombia

PROPUESTAS

1

2

i

ii

iii

iv

JUSTIFICACIÓN

CONTENIDO

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

CONSUMO

TRIBUTACIÓN TERRITORIAL

CONTROL

JUSTIFICACIÓN

1. TRIBUTACIÓN DE MEJOR CALIDAD

• SIMPLICIDAD

• EQUIDAD Y PROGRESIVIDAD

• COMPETITIVIDAD

• EFICIENCIA DE MERCADO E IMPUESTOS CORRECTIVOS

2. CONSOLIDAR LAS CUENTAS FISCALES

• SOSTENIBILIDAD DE LARGO PLAZO

• CALIFICACION CREDITICIA

• REGLA FISCAL

3. COMBATIR LA EVASIÓN Y LA ELUSIÓN

1

SIMPLICIDAD

Elimina IMAN E IMAS

Un solo impuesto para sociedades, bajo NIIF.

Elimina declaración anual de IVA

Unificar declaración ICA

Eliminar declaraciones de vehículos

Monotributo para formalizar empresas personales

EQUIDAD Y PROGRESIVIDAD

COMPETITIVIDAD

CORRECCIÓN EXTERNALIDADES NEGATIVAS

• Bebidas azucaradas

• Cigarrillos

• Contaminación ambiental

COMBATIR LA EVASIÓN Y LA ELUSIÓN

EVASION : 3% y 4% del PIB

IVA está cerca de 40%,

Renta sociedades 39%

Contrabando US$7 mil millones

Medidas:

ESAL

Inexactitud

Cobro IVA

Sanciones

Abuso del derecho

Penalización

IMPACTO DE LA REFORMA

i IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Personas naturales (renta cedular,

monotributo)

Sociedades

Tributación internacional

2 CONTENIDO REFORMA

Recaudo del

impuesto de

renta de 2014

Total

$39.3 billones

IMPUESTO SOBRE LA RENTA PERSONAS NATURALES

Modifica el régimen anterior:

Clasificación

Empleados

Trabajadores por cuenta propia;

Otras

Sistemas alternativos IMAN e IMAS

Problemas

1.Recauda poco

2.NO es progresivo

3.Complejo y difícil de administrar

4.Propicia arbitrajes difíciles de fiscalizar y

controlar.

5.Beneficios excesivos

6.Estructura inadecuada

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE RENTA

PERSONAS NATURALES

Modificaciones

1.Simplificación del tributo

2.Cedulación de las rentas

3.Racionalización de beneficios tributarios

4.Ampliación de la base

5. Progresividad en las tarifas

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE RENTA

PERSONAS NATURALES

Simplificación: se establece un solo sistema para

liquidar el impuesto

RENTA

ORDINARIA

IMAN

IMAS

RENTA

ORDINARIA

HOY 2017 CON REFORMA

SISTEMA CEDULAR DE RENTAS PARA RESIDENTES

RENTAS DE TRABAJO

PENSIONES

RENTAS DE CAPITAL

RENTAS NO LABORALES

DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES

Racionalización de beneficios tributarios

Mantiene los beneficios

• Ingresos no constitutivos (aportes obligatorios,

pensiones, salud y subsidios)

• Deducciones

dependientes 16 UVT (476 mil pesos)

salud 32 uvt (952 mil pesos)

deducción por intereses con límite legal

Rentas exenta 25%, art. 206 E.T.

Límite• 35% que en todo caso no podrá ser mayor a

3.500 UVT (105 millones)

Rentas no laborales

• Límite del 10% que en todo caso no podrá ser

mayor a 1.000 UVT (30 millones)

Racionalización de beneficios tributarios

Afecta a 11.000 personas con ingresos anuales entre

260 y 350 millones (3,8%)

Se reduce el umbral para declarar renta a partir de

2018

90% sigue sin la obligación de declarar

20163.4

2.2 declarantes

1400 UVT (42 m)

2018 2.4

2.6 declarantes

1000 UVT (30 m)

Habrá cerca de 440.000 declarantes adicionales

MONOTRIBUTO

En Colombia, la tasa de

informalidad laboral ha

venido descendiendo

desde 2007, sin embargo a

2013 se mantenía en niveles

cercanos al 59%, muy por

encima de la tasa

observada en Chile,

Argentina o Brasil.

En este contexto, varios

países de la región han

adoptado esquemas

tributarios que permiten un

tránsito escalonado hacia

la formalización plena.

Hecho Generador:

• Ingresos brutos anuales entre

$41.654.200 - $104.135.500.

• Obtención de Ingresos:

»Ordinarios.

»Extraordinarios.

Impuesto de renta personas jurídicas en América Latina y OCDE

Fuente: OECD. Cálculos DGPM – MHCP

RENTA PERSONAS JURÍDICAS

Tarifas de impuesto de renta personas juridicas se reducen y unifican en 32%

Problemas

•Afecta competitividad

•Inequidad, beneficios excesivos

•Evasión

•Complejidad

•Varias Contabilidades

Propuestas

Sujetos, permanece igual

Base gravable

Base NIIF con ajustes fiscales

Renta presuntiva 4%

Tarifa

2017, 34% mas sobretasa de 5% (utilidades 800 m)= 39%

2018, 33% mas sobretasa de 3% (utilidades 800 m)= 36%

2019, 32 %

Descuentos

Tarifa del impuesto de renta. Desmonte gradual a tarifa

general hasta 32% a partir de 2019; sobretasa renta del

5%; tarifa especial del 9% para rentas antes exentas.

Renta presuntiva se incrementa al 4%

Reunificar el impuesto sobre la renta ,

1.Exonera aporte parafiscales (empleados salario 10

SMMlV)

2.Destinación específica del 9%

3.Zonas francas tarifa 10 puntos menos que la tarifa

general.

4.Eliminación progresiva de beneficios.

5.Disminución progresiva de la tarifa.

PROPUESTAS

Sustituye por un solo impuesto de renta los cuatro

impuestos actuales

Impuesto de renta , 25%

CREE 9%

Riqueza

Sobretasa CREE 9%

PROPUESTAS

Ajustes base gravable

Rentas de fuente nacional – Contratos dereaseguro

Ajustes por diferencia en cambio.

Deducciones

Rentas exentas

Fiducia mercantil

Contratos de leasing

Pérdidas fiscales

Descuentos tributarios

Saldos a favor CREE

Contratos de colaboración empresarial

Fondos de pensiones y cesantías

PROPUESTAS

Aplicación de los marcos técnicos normativos contables (NIIF).

Desaparece los efectos tributarios de la contabilidad anterior.

Bases tributarias a partir de la nueva técnica contable.

Excepciones de la nueva técnica contable para efectos tributarios.

Obligación a llevar una conciliación entre lo contable y los fiscal.

“Causación” y “devengo”

PROPUESTAS

• Obligados a llevar Contabilidad:

» Realización del Ingreso:

• Regla General:

– Devengados en el año o período gravable.

(definición)

• Excepciones:

– Dividendos de Sociedades Nacionales.

– Venta de Inmuebles.

– Intereses.

PROPUESTAS

• Obligados a llevar Contabilidad:

– Realización del Costo:

» Regla General. Los devengadoscontablemente en el año o períodogravable.

» Excepciones.

PROPUESTA

• Obligados a llevar Contabilidad:

– Excepciones:

» Las pérdidas por deterioro de valor

parcial del inventario.

» Intereses Implícitos.

» Menor valor del costo contable de las

inversiones.

PROPUESTAS

• Obligados a llevar Contabilidad:

– IVA pagado en la compra de Bienes de Capital:

» Deducible para efectos de impuesto a la renta.

» Solamente si está gravado a la tarifa general.

PROPUESTAS

PROPUESTAS

• Personas Jurídicas:

• Tarifa:

» Sociedades Nacionales y Asimiladas.

» Tarifa 32%.

» Empresas Industriales y Comerciales del Estado 9%.

» Beneficiadas Ley 1429 de 2010, 9%.

» Empresas Editoriales, 9% y 32%.

Régimen de transición para los créditos fiscales del

CREE

-Saldos a favor

- solicitud de devolución o imputación

-Pérdidas fiscales y excesos de renta presuntiva.- compensación proporcional en el impuesto

de renta a partir del año 2017

Descuentos tributarios, limitados en su conjunto al

20% del impuesto

(i)Control y mejoramiento del medio ambiente

(ii)Inversiones para investigación, desarrollo

tecnológico o innovación

(iii)Reforestación

(iv)Donaciones a ESAL del RTE,

TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL

PRINCIPALES PROPUESTAS

PROPUESTAS

1.Intercambio de información (art. 131) Intercambio automático

de información con otras jurisdicciones sobre activos de

colombianos en el exterior.

2.Normas anti-diferimiento para evitar el desvío de utilidades

hacia jurisdicciones de baja tributación

3.Obligación de revelar el beneficiario efectivo (art. 131, 132, 133,

136) que reciba pagos en el exterior, identificando beneficiarios que sean personas naturales y que tengan control de manera

directa o indirecta en la entidad

4.Planeación tributaria agresiva (art. 139) Régimen especial de revelación obligatoria de esquemas de planeación tributaria

agresiva.

Impuesto sobre el Valor Agregado IVA

INC

Bebidas azucaradas

GMF

Combustibles

Contribución

Impuesto al carbono

ii CONSUMO

2 CONTENIDO REFORMA

IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS (IVA)

Propuestas:

Debido a que la tarifa general actual del 16% se encuentra pordebajo del promedio latinoamericano, se propone su aumento al

19%.

Gravar algunos productos que por razones de equidad yprogresividad (entre otras), deberían estarlo (5% edificaciones

residenciales, publicaciones periódicas, internet fijo), se mantienen

las exclusiones actuales sobre productos básicos (como alimentos,

animales vivos, medicinas, abonos, entre otros)

Con el fin de promover la competitividad y la inversión, se propone

que las empresas puedan deducir plenamente el IVA de bienes de

capital en la declaración de renta.

Modificar el techo para pertenecer al mismo, pasando de 4000 UVT

a 3500 UVT

El recaudo es bajo porque la tarifa es relativamente baja y existe una

elevada evasión.

El recaudo de IVA

aumentó de 4.1%

del PIB en 2000 a

6.1% en 2007 y

desde entonces

ha fluctuado

alrededor de este

nivel . En 2014, el

recaudo de IVA

incluyendo el

impuesto al

consumo fue de

5.7% del PIB.

En Colombia la tarifa genera del IVA (16%) es relativamente baja a pesar de estar porencima del promedio para América Latina. En Argentina y Brasil, la tarifa es de 21%, enChile 19% y en Perú 18%.

IMPUESTO AL CONSUMO

¿Qué se propone?

Simplificar el Control.

Igualar la Carga fiscal y las Condiciones de los Contribuyentes.

Se elimina elemento ajeno a la Estructura del Impuesto.

Se Gravan las Franquicias.

De esta forma, las modificaciones se centran en:

Gravar con el 4% no sólo el consumo de voz (vigente), sino

también los datos de telefonía celular.

Desgravar a las franquicias del IVA, y a cambio, gravarlas con

un impuesto al consumo del 8% a partir de 2017.

IMPUESTO AL CONSUMO DE BEBIDAS AZUCARADAS

Justificación

Colombia 51,2% entre 18 y 64 años presentan exceso de peso.

Según OMS, un adulto y niño promedio deben reducir a menos

del 10% la ingesta calórica de azúcares adicionados

Tarifa:

• $ 300 x LT.

Base Gravable:

Cantidad de Litros:

Producidos.

Importados.

GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS

(GMF)

Se fija de manera permanente tarifa del 4 x 1.000

Para contratos de corresponsalía se considera una sola

operación los movimientos créditos, débitos y/o contables

realizados por intermedio de los corresponsales, los cuales

serán gravados en cabeza del usuario o cliente de la

entidad financiera

Se consideran como exentas las operaciones de compra de

divisas que tengan como único propósito la repatriación de

inversiones de portafolio.

IMPUESTO NACIONAL A LA GASOLINA

• La venta de diésel marino y combustibles utilizadospara reaprovisionamiento de los buques en tráficointernacional es considerada como una exportación,en consecuencia el reaprovisionamiento decombustibles de estos buques no serán objeto decobro del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM.

• En los departamentos y municipios ubicados enzonas de frontera, el Ministerio de Minas y Energíatendrá la función de distribución de combustibleslíquidos, los cuales estarán excluidos d e IVA, yexentos de arancel e impuesto nacional a la gasolinay al ACPM.

CONTRIBUCIÓN PARAFISCAL AL COMBUSTIBLE

Créase la contribución parafiscal al combustible para financiar

el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles, FEPC

Hecho generador. Es la venta en Colombia de gasolina motor

corriente o ACPM por parte del refinador o importador al

distribuidor mayorista de combustibles, según el precio fijado

por el Mi nisterio de Minas y Energía

Sujeto pasivo y responsable. El sujeto pasivo y responsable de la

contribución es el refinador o importador de gasolina motor

corriente o ACPM que realice el hecho generador, sin

consideración del número de operaciones realizadas,

Base gravable. Es la diferencia positiva entre la sumatoria de los

diferenciales de participación y la sumatoria de los diferenciales

de compensación al término del periodo gravable.

IMPUESTOS VERDE: IMPUESTO AL CARBONO

Justificación

Acuerdo de París, Colombia se comprometió a reducir emisiones GEI

en un 20% respecto emisiones año 2030.

Propuesta – Creación de impuesto que recae sobre contenido de

carbono (combustible fósil, derivados petróleo, GAS fósil)

Hecho generador. Venta, retiro, importación para el consumo propio o

importación para la venta de combustibles fósiles y se causa en una

sola etapa respecto del hecho generador que ocurra primero.

Tarifa. Se define a partir del factor de emisión de CO2 para cada

combustible determinado, como gasolina, ACPM, fuel oil

Impuesto será deducible del impuesto sobre la renta por ser mayor

valor del costo del bien en términos del artículo 107 E.T.

DEPARTAMENTALES

Vehículos automotores

Cigarrillos

MUNICIPALES

ICA

Impuesto de Alumbrado Público

Contribución de obra y estampillas

Procedimiento tributario

i TRIBUTACIÓN TERRITORIAL

2 CONTENIDO REFORMA

DEPARTAMENTALES

Impuestos sobre vehículos automotores:

• Modificaciones:

– Eliminar la referencia a vehículos particulares, para

incluir a los demás vehículos en la definición de

rangos y tarifas.

– NO grava a los vehículos de transporte público.

– Administración del impuesto:

» Obligación de entregar toda la información

del RUNT a cada Departamento, Distrito yMunicipio

• Asegurar la debida liquidación, recaudo y

control del impuesto.

IMPUESTO AL CONSUMO DE CIGARRILLOS Y TABACO ELABORADO

Justificación

El precio de los cigarrillos en Colombia (1,82 USD) se

encuentra por debajo del precio promedio en el continente

americano (4,92 USD)

Contribución de Obra pública y Estampillas

territoriales:

• Modificaciones:

– Límite del 10% a la suma de las tarifas de

la Contribución de Obra pública y

Estampillas territoriales sobre un mismo

acto, contrato o negocio jurídico.

MUNICIPALES

Impuesto de Industria y Comercio

ICA

PROPUESTAS

Base gravable y tarifa (artículo 33 de la Ley 14 de 1983)

Reglas sobre territorialidad del impuesto

Declaración y pago nacional según formulario DAF.

Impuesto de Industria y Comercio

Reglas de territorialidad

Impuesto de Alumbrado Público:

• Modificaciones:

–Definir los elementos esenciales del

impuesto de acuerdo con los fallos del

Consejo de Estado.

– Se asegura una aplicación uniforme del

impuesto en todo el país.

– Simplifica el cumplimiento de esta carga

tributaria por parte de sus sujetos pasivos.

Procedimiento tributario territorial

Propuestas:

Determinación oficial de los tributos por el sistema

facturación (impuesto predial y vehiculos

automotores)

Cumplimiento de obligaciones tributarias territoriales

desde cualquier lugar del país, incluyendo la

utilización de medios electrónicos.

Saneamiento contable

Procedimiento

Régimen sancionatorio

Administración tributaria

Otras medidas

iv CONTROL

2 CONTENIDO REFORMA

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO

• Liquidación provisional

• Prelación legal de la obligación tributaria

• Avalúo bienes embargados

• Relación costo-beneficio en el proceso administrativo de

cobro coactivo

• Remate de bienes

• Apoderados generales y mandatarios especiales

• Correcciones que disminuyan el valor a pagar o aumenten el

saldo a favor

• Término general de firmeza de las declaraciones tributarias, 3 años

Actualización Régimen sancionatorio

Aplicación de los principios de lesividad, proporcionalidad,

gradualidad y favorabilidad en el régimen sancionatorio

Modificación art. 640 E.T., cláusula general que permitan graduación

totalidad sanciones previstas en la norma.

Sanción por extemporaneidad y por no declarar. Se adecuan tipos

sancionatorios a la declaración anual de activos en el exterior,

monotributo, impuesto nacional al consumo, impuesto nacional a la

gasolina y ACPM, GMF e impuesto a la riqueza

Sanción por corrección, sanciones solo correcciones que se realicen

con posterioridad al vencimiento plazo para declarar.

Sanción por inexactitud. Reducción del 160% de la diferencia entre el

saldo a pagar o saldo a favor, al 100% de la misma. EN todo caso la

sanción se duplica cuando medie abuso en materia tributaria,

ascendiendo a 200%. En monotributo se propone una sanción del 50%

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

PROPUESTAS

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN)

-Modernizar a la DIAN

-Adoptar medidas que eviten el archivo de expedientes enfiscalización internacional.

-Del mérito y el sistema específico de carrera de la DIAN.

-Plan modernización tecnológica,

OTRAS MEDIDAS

Penalización, delito de omisión de activos e

inclusión de pasivos inexistentes.

Limitación de pagos en efectivos

Abuso en materia tributaria

Factura electrónica

GRACIAS