Post on 03-Oct-2020
AUTORIDADES DEL MERCADO DE VALORES
(Regulación, supervisión y autorregulación)
CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACION PARA ASESORES COMERCIALES
Mauricio Rosillo RojasNoviembre 7 de 2008
Contenido
I. Autoridades del Mercado de Capitales colombiano
II. Regulación
III. Supervisión
IV. Autorregulación
Autoridades del Mercado de Capitales colombiano
Fija ley marco para gobierno
Establece ley a la que debe sujetarse el Banco Rep. Autoridad monetaria, crediticia y cambiaria
CONGRESO BANCO DE LA REPÚBLICA
GOBIERNORegulador en materia GOBIERNO NACIONALfinanciera, aseguradora y
bursátil
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA
Supervisor Estatal
ORGANISMOS DE AUTORRGULACIÓNSupervisor de primera línea
Contenido
I. Autoridades del Mercado de Capitales colombiano
II. Regulación
III. Supervisión
IV. Autorregulación
Regulador en el Mercado de Valores
• En la expedición de normas en materia del mercado de valores intervienendiversas autoridades.diversas autoridades.
Congreso
Gobierno NacionalGob e o ac o a
Superintendencia Financiera
• En materia de regulación financiera interviene adicionalmente el Banco de lagRepública.
Establece que el Congreso debe dictar las normas generalesEstablece que el Congreso debe dictar las normas generalesy señalar en ellas los objetivos y criterios a los cuales debesujetarse el Gobierno para regular las actividades financiera,bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con elmanejo aprovechamiento e inversión de los recursos captados
Constitución Política de Colombia manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados
del público.
Regulador en el Mercado de Valores
REGULADOR
REGULADOR GOBIERNO NACIONAL
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Dirección de Regulación financiera(Apoya al Gobierno Nacional en la expedición de normas)
REGULACIÓN
El gobierno regula a través de decretos expedidos en cumplimiento de la ley marco del mercado de valores (Ley 964 de 2005).
La regulación debe observar los objetivos y criterios fijador por la leyLa regulación debe observar los objetivos y criterios fijador por la ley.
Ley 964 de 2005Reglamentación
Decreto 3767 de 2005Integración de losConsejos Directivos de lasBolsas de Valores
Decreto 4327 de 2005Integración de laSuperintendencia Bancariay de Valores y creación dela Superintendencia
LEY 964 DE
2005 20052005
la SuperintendenciaFinanciera de Colombia
2005(8 de julio)
20052005
Decreto 4708 de 2005Operaciones de reporto orepo y operacionessimultaneas
Decreto 4759 de 2005Defensor del Cliente delMercado de Valores
simultaneas
Ley 964 de 2005Reglamentación
Decreto 700 de 2006Inversiones en sociedadesadministradoras dei t d ió
Decreto 1564 de 2006Oferta pública de Valorespor emisores extranjeros y
Decreto 3140 de 2006Oferta pública de Valoresemitidos por gobiernos
sistemas de compensacióny liquidación de divisas
Decreto 1511 de 2006Bolsas de BPAA y OC sus
p j ysucursales de entidadesextranjeras.
Decreto 1941 de 2006Ofertas Públicas de
p gextranjeros, entidadespúblicas ext. y organismosmultilaterales.
Decreto 3923 de 2006
20062006
Bolsas de BPAA y OC, susmiembros y organismos decompensación y liquidación
Ofertas Públicas deAdquisición
Decreto 3923 de 2006Miembros ind. Juntasdirectivas de emisores
20062006Decreto 1565 de 2006Actividad deAutorregulación del
Decreto 3139 de 2006Organización yfuncionamiento del
Decreto 4432 de 2006
Decreto 850 de 2006Deroga art Res 1200
Autorregulación delMercado de Valores
funcionamiento delSIMEV
Operaciones dereporto o repo,simultaneas y TTVs.
Deroga art. Res. 1200relacionado conoperaciones deremate y martillo.
Decreto 1939 de 2006Operaciones decumplimiento efectivo
Decreto 3516 de 2006Mod. Decreto 1565 de2006.
Ley 964 de 2005Reglamentación
Decreto 666 de 2007Cuentas de Margen
Decreto 1802 de 2007Operaciones preacordadas
Decreto 2893 de 2007Cámaras de RiesgoCentral de Contraparte
Decreto 1076 de 2007Actividad de calificación
Decreto 2177 de 2007Oferta de valores en el
Central de Contraparte
Decreto 3780 de 2007Ofertas públicas de
20072007
Actividad de calificaciónde riesgos
Oferta de valores en elexterior
valores mediante laconstrucción del librode ofertas
20072007Decreto 1456 de 2007Sistemas deCompensación y
Decreto 2558 de 2007Oficinas derepresentación del
Decreto 4668 de 2007Compensación yLiquidación deOperaciones
representación delexterior
Proceso decertificación deprofesionales delmercado de valores
Decreto 692 de 2007Adic. Decreto 3767de 2005
Decreto 2175 de 2007Administración y gestiónde Carteras Colectivas
Decreto 3032 de 2007Servicios financierosprestados por SCB a travésde corresponsales
Ley 964 de 2005Reglamentación
Decreto 089 de 2008Estados Financieros
Decreto 1340 de 2008Inscripción en el SIMEV yalores objeto de
Decreto 1120 de 2008Sistemas denegociación de valores
valores objeto denegociación en las Bolsasde BPAA y OC
Decreto 1797 de 2008Efectos tributarios sobre elrégimen de las Cámarasde Riesgo Central de
20082008
gy registro deoperaciones sobrevalores
gContraparte
20082008Decreto 1796 de 2008Operaciones coninstrumentos
Decreto 1121 de 2008Actividad deIntermediación en elmercado de valores
instrumentosfinancieros derivados yproductosestructurados Decreto 2555 de 2008
Procesos de toma deposesión y liquidación
Decreto 1350 de 2008Calificación de riesgos
posesión y liquidaciónforzosa administrativa
Banco de la República
Autoridad en materia monetaria,
Banco de la República
,crediticia y cambiaria
Desarrolla sus funciones deconformidad con la ley expedida por elp
Constitucionalmente está concebidocomo un organismo independiente
ycongreso (Ley 31 de 1992)
g p
A pesar de ser independiente, el Banco de la Repúblicadebe actuar en coordinación con la política general de lanación
Congreso Expide las leyes relacionadas con elBanco de la República y con lasfunciones que compete desempeñar asu junta directivasu junta directiva
Contenido
I. Autoridades del Mercado de Capitales colombiano
II. Regulación
III. Supervisión
IV. Autorregulación
Supervisión en el Mercado de Valores
Gobierno Nacional
Mandato constitucional para
Ejercer, de acuerdo con la ley, lainspección, vigilancia y controlsobre las personas que realicen
Ejercer la intervención en lasactividades financiera, bursátil,aseguradora y cualquier otrap q
actividades financiera, bursátil,aseguradora y cualquier otrarelacionada con el manejo,aprovechamiento o inversión de
relacionada con el manejo,aprovechamiento e inversión derecursos provenientes del ahorrode terceros de acuerdo con la ley
recursos captados del público
S i d iA través de Superintendencia Financiera de Colombia
A través de
Supervisión en el Mercado de Valores
Funciones en materia del mercado de valores previstas en la Ley 964 de 2005 a cargo de la Superintendencia Financiera
– Instruir a las entidades sujetas a su inspección y vigilancia permanente o controlacerca de la manera como deben cumplirse las disposiciones que regulan suactividad en el mercado de valores, fijar los criterios técnicos y jurídicos que facilitenel cumplimiento de tales normas y señalar los procedimientos para su cabalel cumplimiento de tales normas y señalar los procedimientos para su cabalaplicación
– Vigilar el cumplimiento de las disposiciones del BanRep en relación con las personassujetas a su inspección y vigilancia permanente;sujetas a su inspección y vigilancia permanente;
– Suspender preventivamente cuando hubiere temor fundado de que se pueda causardaño a los inversionistas o al mercado de valores, una oferta pública, la negociaciónde determinado valor, entre otros.de determinado valor, entre otros.
– Imponer las medidas cautelares establecidas en el Código de Procedimiento Civil ylas demás medidas preventivas establecidas en la ley dirigidas a salvaguardar losvalores, instrumentos financieros, recursos administrados y, en general, los activosque estén en poder de personas investigadas cuando existan motivos queque estén en poder de personas investigadas, cuando existan motivos querazonablemente permitan inferir que dichos activos se encuentran en riesgo y que sepuede afectar el interés de los inversionistas.
Inspección y Vigilancia
Niveles de Supervisión
Inspección y vigilancia permanente
• Instituciones financieras
• Agentes del mercado de valores
Control ExclusivoEmisores de valores no sometidos ainspección y vigilancia de otraautoridad
Control Concurrente Emisores de valores no sometidos ainspección y vigilancia de otraautoridad
Inspección y Vigilancia
• No existe una definición legal respecto de las funciones de inspección,vigilancia y control para la SFC, pero sí existen diferencias entre ellas.
• Sobre las entidades sometidas a inspección y vigilancia, la SFCsupervisa aspectos relativos al SER y al HACER de las respectivasinstituciones, esto es, lo relacionado con su constitución, funcionamiento yel desarrollo de las actividades que les han sido autorizadasel desarrollo de las actividades que les han sido autorizadas.
• Sobre las entidades sometidas a control, la labor de supervisión de la SFCrecae sobre el ejercicio de la actividad de emisión y sobre aquellosrecae sobre el ejercicio de la actividad de emisión y sobre aquellosaspectos o circunstancias que pueden repercutir o afectar el desarrollo dedicha actividad.
Estructura de la SFC
Contenido
I. Autoridades del Mercado de Capitales colombiano
II. Regulación
III. Supervisión
IV. Autorregulación
¿Qué es autorregulación?
• Es la posibilidad que tiene un conjunto de personas oentidades con intereses comunes, de emitir reglas deconducta en su actividad en el mercado de valores.Velar por su cumplimiento mediante la supervisión delas mismas y sancionar a quienes las incumplanlas mismas y sancionar a quienes las incumplan.
• La autorregulación en el mercado de valores tiene unorigen privado y se fundamenta en el desarrollo de laautonomía de la voluntad privada.p
• Al mismo tiempo, la autorregulación se ejerce dentrode un marco legal y es una actividad supervisada porel Estado.
• Es un elemento esencial para el desarrollo y latransparencia del mercado de valores.
Objetivos principales de la autorregulación
1 . Protección al inversionista
2. Transparencia – Integridad de mercados
CONFIANZA PUBLICA EN EL MERCADO
MAS NEGOCIOS …
Objetivos específicos de la autorregulación
• Generar una mayor transparencia en el mercado.
• Brindarle un tratamiento equitativo a los clientes.
• Contribuir con la construcción del capital reputacional de la industria.
• Elevar los estándares del mercado y sus operadores.
• Eliminar arbitrajes entre los intermediarios.
• Generar confianza en el mercado.
RESULTADO
Contribuir al desarrollo de los mercados de valores
Razones que justifican la Autorregulación
Se necesita un ente muy cercano a lacurva de aprendizaje del mercado quep j qcuente con:
• Participación directa de los intermediarios yactores del mercado.
• Cercanía e interlocución con los mercados ysistemas de negociación y registro.
• Conocimiento técnico y especializado del• Conocimiento técnico y especializado delmercado.
• Flexibilidad y velocidad para ajustarse a loscambios.
• Fortalezas en tecnología.
• Oportunidad en supervisión y gestiónp p y gdisciplinaria.
• Estándares más exigentes a la regulación ysupervisión estatal.
Razones que justifican la Autorregulación
Para que se formule un marco regulatoriomás coherente y eficiente que salvaguardemás coherente y eficiente, que salvaguardelos más altos estándares del mercado,teniendo en cuenta que:
• Las reglas son más precisas y técnicas,fundamentadas en el conocimiento del mercado.
S i l tá d éti d d t• Se incluyen estándares éticos y de conducta.
• Exista una permanente y oportuna actualizaciónnormativa.
• Es el mismo mercado quien se auto impone lasreglas de juego y no un ente estatal lo cual facilitasu cumplimiento.
Autorregulación
ÓÓ
• Autorregulación controlada e instrumentalizada
AUTORREGULACIÓN REGULADAAUTORREGULACIÓN PURA
• Aceptación y adecuación voluntaria Autorregulación controlada e instrumentalizadapor el legislador.
• Puede ser obligatoria en algunas actividades
• Política y estrategia pública.- Cubrimiento deespacios que requieren de una intervención de
• Aceptación y adecuación voluntaria
• No intervención estatal
• Delimitación y alcance de los espacios que requieren de una intervención dealguien para proteger el interés público.
• Complementación de instrumentos estatales.
• Elevación del grado de concreción de las normasaplicables a un sector y aumento del número de
derechos y valores.
aplicables a un sector y aumento del número decontroles y su intensidad.
• El estado puede monitorear la actividad dequienes cumplen funciones de autorregulación.
Autorregulación Evolución en Colombia
Creación del mercadobursátilNormas estatutarias( i t t l)
Área de supervisiónindependiente del áreaadministrativa de laPrimer fundamento legal
(origen contractual)Primeros órganos desupervisión Decreto 2969 de 1960
Obligación de las bolsas:Mercado que ofrezca seguridad
Bolsa de Valores deColombia
gde la Autorregulación
Decreto 1565 de 2006
Decreto 3516 de 2006
19291929 19601960
Mercado que ofrezca seguridad,honorabilidad y correcciónReglamentar actuacionesVelar cumplimiento de disposiciones
19901990 2004200420002000 20052005 2006 20072006 2007
Decreto 3516 de 2006
Decreto 4668 de 2007
1929 1929 -- 19601960
Cámara Disciplinaria de
19901990 2004200420002000Integración de lastres Bolsas deValores existentes
20052005
Ley 964 de 2005A ti id d d
2006 20072006 2007
Cámara Disciplinaria dela Bolsa de BogotáSupervisar y sancionar elcumplimiento de lasnormas del mercado
Ley 27 de 1990Obligación de las bolsas:Contar con órganos de vigilanciaPresencia de miembros externos
en Colombia Actividad deAutorregulaciónen el mercado devalores(Todos los
Autorregulación Pura
Autorregulación Regulada
Presencia de miembros externosen la Cámara Disciplinaria
(intermediarios)
Máxima dimensión legal de la Autorregulación
Autorregulación Marco Legal
• Considera la autorregulación como una actividad del mercado de Valores.
• Se obliga a toda persona que realice actividades de intermediación de valores aautorregularseautorregularse.
• Estas obligaciones deben atenderse a través de cuerpos especializados para tal fin(organismos autorreguladores).
• Señala que no tiene el carácter de función pública.
LEY 964 DE
2005• Actividad supervisada por el estado.
• Responsabilidad civil limitada (Dolo o CG)
• Aspectos generales de la autorregulación del mercado de valores• Aspectos generales de la autorregulación del mercado de valores.
• Constitución y funcionamiento de los organismos de autorregulación.
• Funciones de los organismos de autorregulación.
• Aspectos particulares del proceso disciplinario de los organismos
DECRETO 1565 DE 2006 • Aspectos particulares del proceso disciplinario de los organismos
autorreguladores.
• Supervisión de los organismos de autorregulación.
• Miembros de los organismos de autorregulación.
Disposiciones para elejercicio de la actividadde autorregulación delmercado de valores.
• Otras disposiciones relacionadas con los organismos deautorregulación.
mercado de valores.
Reglamento AMV
Alcance en el mercado colombiano
CN
LEYESMHCP/
BANREP/SFC
Regulación
(Intervención Estatal)Autorregulación (Mercado y Miembros) BANREP/SFC
AMV Bolsas y SN
(Mercado y Miembros)
Reglamentos
REGLAMENTOS Y POLITICAS INTERNAS
CONTROL INTERNO
Intermediarios del Mercado de Valores
Emisores
Mercados
Organismos Autorreguladores
¿Quiénes pueden actuar como organismos autorreguladores?
a) Organizaciones constituidas para tal fin
b) Organizaciones gremiales o profesionalesb) Organizaciones gremiales o profesionales
c) Las bolsas de valores
d) Las bolsas de productos agropecuarios, agroindustriales o de otros commodities
e) Las Sociedades Administradoras de Sistemas de Negociación
Constitución y Certificación de autorización de funcionamiento
Regulación Superintendencia Financiera de C l bi Intervención
EstatalColombia
Constitución AMV (12 de Junio de 2006)Constitución AMV (12 de Junio de 2006)
Entrega de Requisitos a la SFC (16 de Junio de 2006)
Resolución 1171 del 7 de Julio de 2006
Autorregulador del Mercado de Valores AMV
Actividades Autorreguladas
OSMERCADOS
R t Fij
BancosComisionistas de
B l INTERMEDIARIOS DE VALORES
Renta FijaAccionario
Derivados EstandarizadosCarteras Colectivas
BolsaFiduciarias
AseguradorasSociedades
Ad i i t d d SISTEMASTransaccionales (MEC – BVC, SEN –
Banco Central)Registro (OTC)
Administradoras de Inversión
Fondos de PensionesCompañías de FinanciamientoFinanciamiento
Otros
REGULACIÓN DE MERCADO
(Actividad)
REGULACIÓN DE AGENTES O MIEMBROS
(Sujetos
En Colombia la autorregulación no incluye: Emisores de Valores, Divisas.
Sujetos susceptibles a ser autorregulados
DE CARÁCTER OBLIGATORIO
Ley 964/2005. Artículo 25.Obligación de autorregulación.
Quienes realicen actividades de intermediación de valores estánobligados a autorregularse en los términos del presente capítulo.
Sujetos susceptibles a ser autorregulados
PERSONAS NATURALES VINCULADAS
Reglamento AMV. Artículo 41 y siguientes.
Los miembros serán responsables por los actos de las personas naturales vinculadasa estos y deberán verificar que toda persona que comprometa al intermediario en unnegocio tenga las facultades necesarias para hacerlo.
Los miembros no permitirán la actuación
•No se encuentren inscritas en elRNPMV y en AMV
• Expulsadas suspendidas o sean
Órgano disciplinario deotra entidad deautorregulación
permitirán la actuación de personas naturales
vinculadas:
• Expulsadas, suspendidas o seanobjeto de medida de suspensiónpreventiva por parte del TribunalDisciplinario
Administrador demercado
Bolsa de bienes yproductos agropecuariosproductos agropecuarios
SuperintendenciaFinanciera de Colombia
Implicaciones y Funciones
La autorregulación el mercado de valores implica:
La imposición de unas normas de conducta y de cómo operan en el mercado, por parte de los propios miembros participantes (intermediarios),
La supervisión de su cumplimiento pero también el cumplimiento de la ley y la regulación estatal
La consecuente sanción en caso de violación
REGULACIÓNREGULACIÓN
SUPERVISIÓN
DISCIPLINA
FUNCIONES
DISCIPLINA
CERTIFICACIÓN
Criterios de la Autorregulación
En el desarrollo de sus funciones, los organismos de autorregulacióndeberán tener en cuenta los siguientes criterios:deberán tener en cuenta los siguientes criterios:
a) Propenderán por el establecimiento de normas uniformes, así como por suconsistente interpretación y aplicación;
b) Las labores de autorregulación deberán estar encaminadas a la protección delb) Las labores de autorregulación deberán estar encaminadas a la protección delinversionista y al mantenimiento de la transparencia e integridad del mercado;
c) Propenderán por no realizar una gestión que conlleve duplicidad de funciones con lade la Superintendencia Financiera de Colombia;
d) Promoverán el profesionalismo de los miembros y personas naturales vinculados aéstos, sujetos a su competencia;
e) Velarán por la sana competencia entre los diversos miembros sujetos a sucompetencia;competencia;
f) Publicarán las normas, actos y decisiones que adopten por medios que garanticen suadecuada difusión;
g) Evitarán la imposición de cargas innecesarias para el desarrollo competitivo delg) p g p pmercado de valores.
Decreto 1565 de 2006. Artículo 18Decreto 1565 de 2006. Artículo 18
REGULACIÓN
La función normativa de los organismos autorreguladores consisteen la adopción de reglamentos que deben ser observados por losmiembros sometidos a su competencia así como las personasmiembros sometidos a su competencia, así como las personasnaturales vinculadas a éstos, para asegurar el correctofuncionamiento de la actividad de intermediación de valores.
(Artículo 6. Reglamento AMV)
Proceso Regulatorio…Verdadera autorregulación
FUENTES ESTUDIO REDACCIÓN TRÁMITE
INDUSTRIA Comité Interno AMV
Comités de Miembros
Publicación para Comentarios
Pub
INDUSTRIA
AUTORIDADES
AMVp
SFC Inclusive
Comité de Regulación C.D.
Aprobación Consejo Directivo
blicación
Aprobación SFC
Aprobación Consejo Directivo
Manipulación de pilas en el mercado de renta variable.Libro de órdenesConflictos de interésPolíticas y procedimientos – actividad de intermediación de valores
Estudios y propuestas futurasUso indebido de información privilegiadaManipulación de mercado
SUPERVISIÓNSUPERVISIÓN
La función de supervisión de los organismos autorreguladoresconsiste en la verificación del cumplimiento de las normas delmercado de valores relativa a la actividad de intermediación, losreglamentos expedidos por los organismos autorreguladoresrespectivos y los reglamentos de las bolsas de valores.
(Artículo 10. Reglamento AMV)
Función de SupervisiónActividades
• Seguimiento al comportamiento del mercado de valores y a las actividades deintermediación de los sujetos de autorregulación.
• Monitoreo y vigilancia de las transacciones realizadas en los diferentes sistemas denegociación, así como las operaciones celebradas en el mercado mostrador.
• Diseño y ejecución de visitas generales o selectivas a los sujetos de autorregulación al• Diseño y ejecución de visitas generales o selectivas a los sujetos de autorregulación, aligual que visitas especiales.
• Requerimiento de información a los sujetos de autorregulación y terceros en relacióncon la celebración de operaciones en el mercado.con la celebración de operaciones en el mercado.
• Evaluación de las quejas presentadas por los sujetos de autorregulación, clientes deestos y terceros.
Di ñ i l ió d i d l id ifi i i l• Diseño e implementación de sistemas de alertas para identificar operaciones irregulares.
• Celebración de planes de ajuste y desempeño con el fin de elevar los estándares deconducta y operación en le mercado.
• Llevar a cabo una gestión de supervisión preventiva con el fin de evitar la ocurrencia deinfracciones.
Proceso de Supervisión
MERCADOS INTERMEDIARIOS DE VALORES
VIGILANCIA Y SUPERVISIÓNSUPERVISIÓN
MATRIZ DE RIESGOS
MONITOREO DEL MERCADO
SUPERVISIÓN PREVENTIVAPOR
CONDUCTASALERTASALERTAS
Monitoreo en tiempo
real
Análisis de
operaciones
Supervisión Extra-Situ
Supervisión Extra-Situ
Supervisión In-Situ
Supervisión In-Situ
Visitas Visitas
Mercados de renta fija
((MEC, SEN)
Mercado OTC Especiales GeneralesMercado OTC
Mercado accionario
Derivados
REPORTESREPORTES
DISCIPLINADISCIPLINA
La función disciplinaria consiste en la investigación de hechos yconductas con el fin de determinar la responsabilidad por elp pincumplimiento de la normatividad aplicable, así como eljuzgamiento de las mismas.
(Artículo 11. Reglamento AMV)
Función DisciplinariaActividades
• Instrucción de procesos disciplinarios (incluye solicitud formal de explicaciones, eldecreto practica y recaudo de pruebas evaluación de explicaciones y formulación dedecreto, practica y recaudo de pruebas, evaluación de explicaciones y formulación decargos).
• Adelantar las investigaciones que se requieran.
• Requerimiento de información a los sujetos de autorregulación y a terceros que seanecesaria en desarrollo de investigaciones y procesos disciplinarios.
• Negociación y suscripción de acuerdos de terminación anticipada.
• Funciones de juzgamiento a cargo del Tribunal Disciplinario, mediante la imposición desanciones a las que haya lugar.
• Todas las demás gestiones relacionadas con la iniciación, tramite y finalización deprocesos disciplinariosprocesos disciplinarios.
Sujetos Pasivos de la Facultad sancionatoria de AMV
Serán sujetos pasivos de los procesos disciplinarios los sujetos deSerán sujetos pasivos de los procesos disciplinarios los sujetos de autorregulación
La calidad de sujeto pasivo del proceso disciplinario deriva de las condiciones quetenga el investigado en el momento en que haya realizado las conductastenga el investigado en el momento en que haya realizado las conductas.
Las personas naturales que sean sujetos pasivos del proceso disciplinario seránresponsables disciplinariamente cuando participen de cualquier manera en loshechos que constituyan un desconocimiento a las normas para cuya supervisiónhechos que constituyan un desconocimiento a las normas para cuya supervisióntiene competencia AMV, sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponda a lasociedad a la cual están vinculados.
Persona Natural Vinculada
Intermediario del Mercado de Valores Miembro de AMV
Proceso Disciplinario
ETAPA DE INVESTIGACIÓN
Solicitud de Terminación Anticipada
(Presidente AMV)
*Solicitudformal de
Presentaciónde
Evaluación de
Indagacionespreliminares Pliego
de
Pruebas
20 explicaciones explicaciones explicaciones Cargos*días
Archivo del caso o
10 días hábiles prorrogables por 10 días más
30 días hábiles
Archivo del caso o
recomendacioneso
recomendaciones
* TERMINOS
Proceso Disciplinario
ETAPA DE DECISIÓNETAPA DE DECISIÓN (Tribunal Disciplinario)
Recurso de
Recibo escrito
remisorio Audiencia
(de oficio o Fallo
Absolutorio ATAPronunciamiento
Pliego de Traslado de Apelación*
40 días
del expediente
(a solicitud) o
Sancionatorio*
8 díashábil
Pliego de Cargos
Traslado
10 días hábilesProrrogables por
5 días más
60 días hábiles
40 días hábiles
hábiles
*TERMINOS
Acuerdos de Terminación Anticipada (ATA)
Los ATAS se constituyen como mecanismos de terminación alternativade los procesos disciplinarios a través de los cuales AMV* y elde los procesos disciplinarios a través de los cuales AMV y elinvestigado acuerdan una sanción para éste último, en atención a lasinfracciones, que, en principio, se le atribuyen en la solicitud formal deexplicaciones.
PRINCIPAL Hechos materia de investigación, estableciendo cuales ocurrieron
OBJETIVO
Proporcionar unaoportunidad
efectivamente y cuales no
La procedencia de los cargos imputados al investigadooportunidad
específica para queAMV y el investigadodiscutan directamente
La gravedad que reviste la conducta del investigado
Los pormenores que rodearon la i ió d l i f ióacerca de: comisión de la infracción
La sanción procedente
Ventajas de la suscripción de los ATAs
Economía La solicitud de ATA no
Oportunidad
necesariamente implica reconocimiento de responsabilidad
Elimina cargas legalesEficacia
Pone fin al proceso y hace transito a cosa juzgadaInmediatez
CertezaOtorga beneficios*para ambas partes
Logra el objetivo disciplinario
Impide decisiones contradictorias
Principios que orientan la facultad sancionatoria de AMV
OPORTUNIDAD
ECONOMIALEY DEL
MERCADOECONOMIA MERCADO DE
VALORES
CELERIDAD
Principios que orientan la facultad sancionatoria de AMV
PRINCIPIO DE La sanción deberá ser proporcional a laPROPORCIONALIDAD infracción;
La sanción buscará evitar que los participantesPRINCIPIO DISUASORIO
DE LA SANCIÓN
q p pdel mercado vulneren la norma que dio origen ala misma;
Se podrá determinar el momento en que se
PRINCIPIO DE LA REVELACIÓN DIRIGIDA
Se podrá determinar el momento en que sedivulgará al público determinada sanción, en loscasos en los cuales la revelación de la mismapueda poner en riesgo la estabilidad delmercado;
PRINCIPIO DE
mercado;
Se tendrán en cuenta los descargos que hagan laspersonas a quienes se les formuló una solicitudformal de explicaciones y la contradicción de lasPRINCIPIO DE
CONTRADICCIÓNformal de explicaciones y la contradicción de laspruebas allegadas regular y oportunamente alproceso disciplinario;
Sanciones
Habrá lugar a la imposición de sanciones a los sujetos pasivos de losg p j pprocesos disciplinarios cuando estos incurran en violación de lanormatividad aplicable.
PERSONAS NATURALES PERSONAS JURÍDICAS
1. Amonestación 2. Multa
1. Amonestación2. Multa3 E l ió3. Suspensión
4. Expulsión
3. Expulsión
Artículo 81 y siguientes. Reglamento AMV
Sanciones
Cuantía MáximaPERSONAS NATURALES: 200 SMMLV(15 días hábiles siguientes al día en que quede en firme la sanción)PERSONAS JURÍDICAS: 1000 SMMLV
Multas
PERSONAS JURÍDICAS: 1000 SMMLV(5 días hábiles siguientes al día en que quede en firme la sanción)
Suspensión La sanción de suspensión no podrá ser < a 1 díahábil ni > a 3 años.
La persona suspendida no
• Realizar directa o indirectamenteintermediación en el mercado de valores, niactividades relacionadassuspendida no
podrá:actividades relacionadas.
• Actuar como persona vinculada de unmiembro.
Sanciones
E l ió Perdida de la calidad de miembro o Expulsión asociado autorregulado voluntariamente
Cancelación de la inscripciónCancelación de la inscripción
No podrá realizar actividades de intermediación en el mercado de valoresintermediación en el mercado de valores
• No podrá actuar como persona naturalvinculada a un miembro.
Persona Natural vinculada a un miembro.
• No podrá realizar directa o indirectamente,intermediación en el mercado de valores, niactividades relacionadas
La sanción se redimirá después de transcurridos 20 años contados desde la fecha en que haya quedado en firme la sanción.
Proceso de CertificaciónModalidades
MODALIDADES BÁSICO CONTENIDO
Examen Básico Incluye: Reg, Autorreg, Econ,riesgos matem fin Rta Fija y Rta
Examen Directivo
Directivo riesgos , matem. fin, Rta Fija y RtaVar.
Examen Directivo Carteras Colectivas
Incluye: Reg, Autorreg, Econ.,riesgos , matem. fin, Rta Fija y RtaVar y Carteras Colectivas
Examen Directivo Fondos de Pensiones
Incluye: Reg, Autorreg, Econ,riesgos , matem. fin, Rta Fija, RtaVar y Fondos de Pensiones
Examen O d
Examen Básico O d
Reg, Autorreg, Econ, riesgos ,matem Fin
• Negociación de
ESPECIALIDADES
Operador Operador matem. Fin
Examen Asesor Comercial General
Incluye: Negociación de renta fija,renta variable, instrumentosderivados
Examen Asesor Incluye: Negociación de renta fija
renta fija• Negociación de
renta variable• Negociación de
instrumentosExamen Asesor
comercial
Examen Asesor Comercial Carteras
Colectivas
Incluye: Negociación de renta fija, renta variable, instrumentos derivados y Carteras Colectivas
Examen Asesor Comercial Fondos de
Incluye: Negociación de renta fija, renta variable, instrumentos
instrumentosderivados consubyacentefinanciero
• Negociación enPensiones derivados y Fondos de Pensiones
Apéndice en Fondos de Pensiones y Carteras ColectivasExamen Digitador Examen Básico Digitador
carteras colectivas• Negociación en
fondos depensiones
Proceso de CertificaciónExámenes Aplicados
Resultados exámenes al 29 de Octubre de 2008
Examen Presentados Aprobó No aprobó
Total exámenes 7677 6393 83% 1284 17%
Operador Básico 2985 2283 76% 702 24%
Operador Renta Fija 2022 1715 85% 307 15%
Operador Renta Variable 1317 1171 89% 146 11%Operador Renta Variable 1317 1171 89% 146 11%
Operador Derivados 803 754 94% 49 6%
Operador Carteras Colectivas 144 136 94% 8 6%
Operador Fondos de Pensiones 65 63 97% 2 3%
Directivo Básico 38 38 100% 0 0%
Directivo Carteras Colectivas 5 5 100% 0 0%
Directivo Fondos de Pensiones 1 1 100% 0 0%
Operador Básico BNA 128 86 67% 42 33%
Operador Productos Físicos BNA 87 68 78% 19 22%
Operador Productos Financieros BNA 79 70 89% 9 11%
Asesor Comercial Básico 2 2 100% 0 0%
Asesor Comercial Carteras Colectivas 1 1 100% 0 0
Proceso de CertificaciónCertificaciones – 30 de octubre de 2008
Etapa del proceso Totalp pInscritos SIAMV 3475
Profesionales Certificados 2132
Número de Certificaciones 3655
- Certificaciones Renta Fija 1616
- Certificaciones Renta Variable 1070
- Certificaciones Derivados 622
- Certificaciones Carteras Colectivas 130
- Certificaciones Fondos de Pensiones 60
- Productos Financieros 68
- Productos Físicos 66
- Directivos General 20
- Directivos Carteras Colectivas 1
- Directivos Fondos de Pensiones 1
- Revocadas 1
Gobierno CorporativoÓrganos Colegiados
SISTEMA DE PESOS Y CONTRAPESOSElevada participación de la industria y los miembros independientes
ASAMBLEA DE MIEMBROS 130 Intermediarios
10 miembros
CONSEJO DIRECTIVO
5 industria 5 independientes
TRIBUNAL DISCIPLINARIO
COMITÉS DE MIEMBROS
Comité Comité
ADMINISTRACIÓNRenta Fija
Renta Variable
COMITÉ CONTROL INTERNO
Sala de Revisión2 independientes
1 industria
Sala de Decisión
COMITÉ ACADEMICO(Certificación)
INTERNOSala de Decisión6 independientes
3 industria
Consejo Directivo
F
BMIWMBROS DE LA MIWMBROS DE LA
INDUSTRIAINDUSTRIA
C
FINDUSTRIAINDUSTRIA
(1) ASOBANCARIA
(1) ASOFONDOS
MIEMBROS MIEMBROS INDEPENDIENTESINDEPENDIENTES
O
(1) ASOFONDOS
(1) ASOBURSATIL
(1) ASOFIDUCIARIA
(1) FASECOLDA AFIC
x(1) FASECOLDA – AFIC –FEDELEASING
Comité Financiero y de Auditoria
Comité de Gobierno Corporativo y Nominaciones
Comité de Regulación
Comité de Admisiones
Tribunal Disciplinario
Salas de DecisiónSala de
DecisiónPrimera
Instancia
Sala de RevisiónSala de Revisión
Segunda Instancia
Miembros Independientes
Miembros Industria
Comités de Miembros
COMITÉ DE RENTA VARIABLE
COMITÉ DE RENTA FIJA
Cada uno integrado por 8 miembros de la industria y unCada uno integrado por 8 miembros de la industria y un representante de AMV
Escogidos por el Consejo Directivo
Representación de las diferentes clases de miembros
Amplia experiencia en la actividad de intermediación
Comité Académico
Industria
nsej
o A
MV
Academia
cció
n C
onec
tivo
de
Proveedores de Infraestructura
Elec
Dire
AMV
7
CONSIDERACIONES FINALES
Relación Supervisor estatal –Autorreguladores
• Adecuada estructura deGobierno Corporativo
stat
al
dor
• Administración Conflictosde interés
• Cumplimiento dereglamentos y estatutos
isor
Es
regu
lad
SUPERVISARg y
(Mandato deautorregulación)
• Gestión disciplinaria
Supe
rv
Aut
orr
COORDINAR • Colaboración mutua• Prontitud y oportunidad• Funciones prioritarias –S • Funciones prioritarias –
Front line Regulator• Solicitud de información,
visitas, investigaciones,pruebas, etc.
Preservación de la integridad del mercadoProtección a los inversionistas p ,
Estabilidad sistémicaCumplimiento de la Ley
Memorando de Entendimiento con la SFC
Reconocimiento institucional de la autorregulaciónReconocimiento institucional de la autorregulación.
Fundamentos de la no duplicidad de forma explicita.
Reconocimiento de la necesidad de coordinación yReconocimiento de la necesidad de coordinación ycolaboración mutua hacía la gestión de determinadasactividades.
Asignación de funciones prioritarias- Front lineg pRegulator!
Principio de actuación pronta y oportuna.
Esquemas de trabajo conjunto.
Solicitud de información, traslado de pruebas,colaboración y entrega de documentos.
Colaboración y Vanguardia Internacional
CONVENIOS
MEMORANDOS DE
ENTENDIEMIENTOENTENDIEMIENTO
ORGANISMOSINTERNACIONALES
Sello de calidad ISO 9001:2000en los procesos misionales y de soporte de AMV (Diciembre de 2007)
www.amvcolombia.org.coWebsite
GRACIAS