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MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
REPUBLICA ARGENTINA
BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL
AÑO XXVII - Nº 88/17 – 14 DE AGOSTO DE 2017
Intendente Municipal: Sr. Walter VUOTO
Secretario de Coordinación de Gestión: Sr. Oscar Horacio SOUTO
Secretario de Gobierno: Sr. Omar Enrique BECERRA
Secretario de Economía y Finanzas: Sr. Lucas GALLO
Secretario de Planificación e Inversión Pública: Dra. Gabriela MUÑIZ SICCARDI
Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial: Sra. María Teresa FERNÁNDEZ
Secretaria de la Mujer: Sra. Laura Beatriz AVILA
Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos: Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ
Secretario de Turismo: Sr. Juan Valerio CHERAÑUK
Secretaria Legal y Técnica: Dra. María Victoria VUOTO
Secretario de Cultura y Educación: Sr. David Alejandro FERREYRA
Escribana General Municipal: Dra. Patricia Ivon BORLA
Secretario de Medio Ambiente: Sr. Damián Alejandro DE MARCO
CONCEJO DELIBERANTE
Presidente: Sr. Juan Carlos PINO
Vicepresidente Primero: Sr. Tomás BERTOTTO
Vicepresidente Segundo: Sr. Silvio BOCCHICCHIO
Concejal: Sr. Gastón AYALA
Concejal: Prof. Juan Manuel ROMANO
Concejal: Sr. Hugo ROMERO
Concejal: Sr. Ricardo GARRAMUÑO
Secretario: Dr. Eduardo Alejandro BEROLA
JUZGADO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE FALTAS
Juez interino: Dr. Hugo Daniel MORATO
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL USHUAIA
Presidente: Ing. Martín Ariel MOREYRA
Vocal: Abog. Silvina Lorena OYARZÚN SANTANA
Provincia de Tierra del Fuego “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
17 JUL 217USHUAIA,
VISTO el expediente N° GU— 10755/2013 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el
día treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario
de Economía y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el Sr. Norberto Fabian PERALTA,
D.N.I. N° 27.097.819, a fin de cumplir tareas de inspección de obra clandestinas, verificación de
ocupantes, intimaciones de desarme, paralizaciones de obras, verificaciones de espacios verdes; en
el ámbito del Programa Espacios Públicos y Tierras Fiscales dependiente de la Secretaría de Habitat y
Ordenamiento Territorial.
Que dicho Contrato se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, inciso d) apartado
10 de la Ordenanza Municipal N° 3693, modificada por Ordenanza Municipal N° 5115 y Anexo 1 del
Decreto Municipal N° 1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes del Codigo Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato
de Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 11599correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D ECRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N 1599 celebrado
el día treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr.
Secretario de Economía y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.I. N0 26.667.944, y el Sr. Norberto Fabian
PERALTA, D.N.I. N° 27.097.819, Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular
Presupuestario: Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial. Partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalid su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° 1 15 1 /2017.-
“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 1
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CONTRATO DE LOCACIÓN
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este ac Secretrio de Economía
y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.I, N° 26.667.944, con domicilen la calle Arturo 9oronado N° 486 1°
piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte;’y por la otra, el Sr.
Norberto Fabian PERALTA, D.N.I. N° 27.097.819, con domicilio en 640 viv. Tira 5, 2° piso, Dpto “C’,
de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO convienen en celebrar el presente contrato
de locación de Servicios, ad. referéndum del Sr. Intendente de acuerdo a las siguientes cláusulas:-----
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO, a efectos de que el
mismo realice tareas de inspección de obras clandestinas, verificación de ocupantes, intimaciones de
desarme paralizaciones de obras verificaciones de espacios verdes en el ambito del Programa
Preservación de Espacios Públicos y Tierras Fiscales dependiente de la Secretaria de Habitat y
Ordenamiento Territorial, con un total de 35 horas semanales, teniendo amplia disponibilidad horaria,
de acuerdo a las necesidades del servicio.-------- — — — —
SEGUNDA: El servicio contratado será prestado durante el periodo de seis (6). meses, comprendidos
entre el día primero (1) de julio del año dos mil diecisiete (2017) y el treinta y uno (31) de julio del
mismoaño. — — — — —---—
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma de PESOS
CIENTO TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 132.600,00), pagaderos en seis (6)
cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS VENTIDOS MIL CIEN CON 00/100 (S
22.100,00), correspondiente a los meses de julio a diciembre deI 2017, pagaderas entre los días cinco
(5) y quince (15) de cada mes, contra entrega de factura correspondiente a favor de la
MUNICIPALIDAD. — —-—
CUARTA: EL CONTRATADO; con la presentación de la correspondiente factura y/o recibo. deberá
adjuntar Certificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina,
Certificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Dirección General de Rentas Municipal de la
totalidad de los bienes que posea y de las actividades en las que se encuentre inscripto, comprobante
de pago AFIP, correspondiente al período facturado, último recibo de pago del Seguro de accidentes
personales y copia de la póliza, debiendo el mismo cubrir el periodo que dure el contrato.--——----
QUINTA: La celebración del presente contrato no implica relación de dependencia entre EL
CONTRATADO respecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693 y
sus modificatorias y Anexo 1 deI Decreto Municipal N° 1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes del
Codigo Civil y Comercial. — — —-------------- —
SEXTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes, sin invocación de causa, en
cualquier momento de su vigencia y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un
mínimo de QUINCE (15) días corridos de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar
indemnización, daño, ni perjuicio alguno a favor de la otra. — —
SÉPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a la interpretación o
cumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en los mencionados en el encabezamiento
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“Las Islas Malvinas. Georgias, Sándwich del Sur, SOfl y serán Argentinas”
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 2
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CONTRATO REGISTRADO
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del presente contrato, donde serán válidas todas las notificas nüTááisé,
someten a la jurisdicción de los Tribunales Judiciales Ordinarios con asiento enciudad de Ushuaia,
con expresa renuncia a cualquier fuero yio jurisdicción que pudiera corresponder. —
En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, a los treinta (30) días del mes de junio de 2017. —-—
“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 3
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia 17 JUL 217
USHUAIA,
VISTO el expediente N° CG — 3849/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el día
veintiocho (28) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario
de Economía y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y el Sr. Ramón Antonio NIEVA,
D.N.I. N° 12.598.714, a efectos de que este último preste servicios de mantenimiento general, armado y
desarmado de escenarios, carga y descarga de distintos elementos para la organización de espectáculos
organizados por la Dirección de Producción Artística de la Secretaría de Cultura y Educación.
Que dicho Contrato se encuadra en lo dispuesto en el articulo 110, inciso d) apartado 1 de la
Ordenanza Municipal N° 3693, y sus modificatorias y Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y
Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato de
Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 1 1 5 8 offespondiendo
su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme
a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAL&
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° celebrado
el día veintiocho (28) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr.
Secretario de Economía y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.L N° 26.667.944 y el Sr. Ramón Antonio
NIEVA, D.N.I. N° 12.598.714. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°... Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular
Presupuestario: Secretaría de Cultura y Educación. Partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°11
/2017.-
“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 4
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República AigtntinaMunicipalidad de Ushuaia
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario deEconomía y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, ad-referéndum del Sr. IntendenteMunicipal, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486 1° piso de la ciudad de Ushuaia, enadelante “LA MUNICIPALiDAD”, por una parte; y por la otra, el Sr. Ramón Antonio NIEVA,D.N.I. N° 12.598.714, con domicilio en el Barrio 640 viviendas Tira 4 A S/N 3 C, ambos de laciudad de Ushuaia, en adelante EL LOCADOR, convienen en celebrar el presente contrato delocación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALiDAD contrata los servicios de EL LOCADOR, a efectos de que elmismo preste servicios de mantenimiento general, armado y desarmado de escenarios, carga ydescarga de distintos elementos para la organización de espectáculos organizados por la Direcciónde Producción Artística de la Secretaría de Cultura y Educación. —
SEGUNDA: La duración del presente contrato será de seis (06) meses contados a partir del uno (01)de julio de 2017, por lo que su vencimiento operará de pleno derecho el día treinta y uno (31) dediciembre de 2017.TERCERA: En concepto de retribución por los servicios prestados, LA MUNICIPALIDADabonará a EL LOCADOR la suma total de PESOS CIENTO DOS MIL CON 001100 ($102.000,00),pagaderos en seis (06) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS DIECISIETE MIL CON001100 ($17.000,00), pagaderas entre los días cinco (5) y quince (15) de cada mes, contra entrega dela factura correspondiente a favor de la MUNICIPALIDAD por parte de EL LOCADOR;adjuntando Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Agencia de RecaudaciónFueguina (A.R.E.F.), Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Dirección General deRentas Municipal, Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al periodo facturado yla póliza de seguro de accidentes personales por el período que dure la contratación debiendo cubrirel periodo que dure el contrato y su correspondiente comprobante de pago total o mensual.CUARTA: EL LOCADOR dependerá de la Dirección de Producción Artística de la Secretaria deCultura y Educación, cumpliendo el horario de lunes a viernes y fines de semana y feriados segúnlas actividades dispuestas por la Dirección.QUiNTA: Las partes podrán rescindir sin invocación de causa el presente contrato en cualquiermomento de su vigencia y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un mínimode QUINCE (15) días de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar indemnización, daño,ni perjuicio alguno a favor de la otra.SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia de EL LOCADOR respecto deLA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 y susmodificatoria y Articulo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial, correspondiendo porello asumir a cargo de EL LOCADOR las obligaciones fiscales y previsionales del caso.SEPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a la interpretación ocumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en los mencionados en elencabezamiento del presente contrato, donde serán válidas todas las notificaciones que debancursarse, y se someten a la jurisdicción de los Tribunales Judiciales Ordinarios con asiento en laciudad de Ushuaia, con expresa renuncia a cualquier fuero y/o jurisdicción que pudieracorresponder.
En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto, en iudad de Ushuaia, a los veintiocho (28) días del mes de junio de 2017.
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
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CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 5
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina ‘2017, año del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA,
VISTO el expediente OP N° 1116/2016, deI registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado en fecha tres
(3) de julio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Secretario de Economía y
Finanzas, Lic. Lucas Alejandro GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el Arq. Martín Cruz PETRINA, D.N.l.
N° 32.769524, a efectos de que este último preste servicios en la Dirección de Estudios y Proyectos,
dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas de la Secretaría de Planificación e Inversión Pública
de la Municipalidad, para realizar tareas como Proyectista del Departamento de Arquitectura, para la
elaboración de proyectos de arquitectura y pliegos de licitación (especificaciones técnicas, documentación
gráfica y de cláusulas especiales) para la ejecución de obras públicas, elaboración de informes técnicos,
cómputos y presupuestos de obra.
Que dicha contratación se encuadra en el Artículo 110°, inciso d) punto 10) de la OrdenanzaMunicipal 3693, de Administración Financiera y contrataciones y sus modificatorias, Anexo 1 deI DecretoMunicipal N° 1255/2013, y en el Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexado y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato aludido, el
cual se encuadra registrado bajo el N° 1 $ ‘j 3 , correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, deacuerdo a lo establecido en el Artículo 152° incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad deUshuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNiCIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todo sus términos el Contrato de Locación de Servicios, registrado bajo el
Efl N° 11 3, celebrado en fecha tres (3) de julio de 2017, entre la de Ushuaia, representada por el
Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas Alejandro GALLO, D.N.I. N° 26.66T944, y el Arq. Martín
Cruz PETRINA, D.N.I. N° 32.769.524, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente. Ello,
por lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá imputarse con cargo al Titular
Presupuestario — Secretaría de Planificación e Inversión Pública — Partida 13.
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado, con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 4°c- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPALN° 1 153 -/2017.eh,
Lic. jieiandro Lus(GalIO ji‘o de Econom y nanzas
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Arqentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 6
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina ‘2017, año deI 350 Aniversario de la Gasta de Malvinas:
Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoyysiernpre”
- - -- En la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, al día tres (3) deI mes de julio de 2017, entre
la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Secretario de Economía y Finanzas, Lic.
Lucas Alejandro GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486, de la
ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y el Arq. Martín Cruz
PETRINA, D.N.I. N° 32.769.524, con domicilio en lntevu 15 casa N° 203, de la ciudad de Ushuaia,
Provincia de Tierra del Fuego, en adelante EL LOCADOR, convienen en celebrar el presente Contrato de
Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata al LOCADOR sus servicios técnicos, a efectos de que este
último preste servicios en la Dirección de Estudios y Proyectos, dependiente de la Subsecretaría de Obras
Públicas de la Secretaría de Planificación e Inversión Pública de la Municipalidad, para realizar tareas
como Proyectista del Departamento de Arquitectura, para la elaboración de proyectos de arquitectura y
pliegos de licitación (especificaciones técnicas, documentación gráfica y de cláusulas especiales) para la
ejecución de obras públicas, elaboración de informes técnicos, cómputos y presupuestos de obra.
SEGUNDA: Los servicios contratados serán prestados en el período comprendido entre el día tres (3) de
julio y hasta el treinta y uno (31)de diciembre de 2017.---- — ——--------— —
TERCERA: La distribución de la carga horaria a cumplir dentro de la Municipalidad será por un total de 35
horas semanales, efectivizándose de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, de acuerdo a lo que
establezca la Dirección de Estudios y Proyectos dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas y que
surja del desarrollo de las tareas asignadas. — — —----— — —
CUARTA: Se acuerda en concepto de retribución por los servicios prestados, para el período indicado en
la cláusula segunda, la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CON 00/1 00 ($ 192.000,00),
pagaderos en seis (06) cuotas, iguales y consecutivas de PESOS TREINTA Y DOS MIL CON 00/100
($ 32.000,00), cuyo pago se efectivizará del día uno (01) al diez (10) de cada mes vencido, debiendo EL
LOCADOR otorgar la pertinente factura y/o recibo (Tipo B o C), a favor de LA MUNICIPALIDAD, conforme
a normas vigentes, adjuntando el Certificado de Cumplimiento Fiscal Regular emitido por la Agencia de
Recaudación Fueguina (AREF) y el Certificado de Situación Fiscal regular Municipal (DGR Municipal) de
la totalidad de los bienes que posea el LOCADOR y de las actividades en que se encuentre inscripto,
vigente a la fecha prevista de pago. Ademas deberá acompañar comprobante de aportes de AFIP del mes
de prestación y la Póliza de Seguro de Accidentes Personales por el periodo que dure la contratación y su
correspondiente constancia de pago total o mensual. — —-—--— — —------
QUINTA: Las partes podrán rescindir el presente Contrato en cualquier momento de su vigencia, sin
invocación de causa y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un mínimo de quince
(15) días corridos de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar indemnización, daño ni perjuicio
alguno a favor de la otra.------ — — —--- —-------—-—
SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia del LOCADOR respecto de LA
MUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693, prop3ulgada por Decreto Municipal
N°239/2010, y el Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y Coerciaorrespondiendo asumir a
cárgc del LOCADOR las obligaciones fiscales y previsionales del caso.- --------------- — —
/ /
/ SE IMA: Las divergencias que se produzcan como consecuenci del/presente Contrato, serán
¡ /1 ES /1.2.
2-
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serár Argentinas
UDI-IUAIA, 12 JUL
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 7
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
11.2.
sometidas a la jurisdicción de los Tributales Ordinarios de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e
Islas del Atlántico Sur, con asiento en4a ciudad de Ushuaia, renunciando expresamente a cualquier otro
fuero o jurisdicción. — — — —
A los efectos del presente Contrato, las partes constituyen domicilio en los ut — supra indicados, donde
serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse. — —----—----
- - -- En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto en
el l9r y fecha ut — supra indicados.--- — — —
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‘2017. año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
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Las Islas Malvinas, Georqias y Sándwich del Sur, Son y Serán Argentinas
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 8
2017,
año del355Anirersarjo de la Gesto de Malvinas: Honor u Gloria a nuestros Héroes. crer. ños u siempre
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USHUAIA,
VISTO el expediente N° SC — 4922/2015 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el día
veintiocho (28) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario
de Economía y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y el Sr. Pablo Daniel VITALIANO,
D.N.I. N° 25.530.227, a efectos de prestar servicio de asistencia general en eventos y tareas de apoyo a
requerimiento del Secretario de Cultura y Educación.
Que dicho Contrato se encuadra en lo dispuesto en el artículo 110, inciso d) apartado 1 de la
Ordenanza Municipal N° 3693 y sus modificatorias y Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y
Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato de
Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N°1 8correspondiendo
su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme
a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el Nt’! 588 celebrado
el día veintiocho (28) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr.
Secretario de Economía y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.L N° 26.667.944 y el Sr. Pablo Daniel
VITALIANO, D.N.I. N° 25.530.227. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°. - Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular
Presupuestario: Secretaría de Cultura y Educación. Partida 13.
ARTÍCULO 4°. - Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia su
publicación. Cumplido, archivar.1 5 —
DECRETO MUNICIPAL N° /2017.-
“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 9
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República ArgentinaMunicipalidad (le Ushuaia
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de Economía yFinanzas, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, ad-referéndum del Sr. Intendente Municipal, condomicilio en la calle Arturo Coronado N° 480, 1° piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante “LAMUNICIPALIDAD”, por una parte; y por la otra, el Sr. Pablo Daniel VITALIANO, D.N.I. N°25.530.227, con domicilio en calle Juan Domingo Perón N° 108, ambos de la ciudad de Ushuaia, enadelante EL LOCADOR, convienen en celebrar el presente contrato de locación de Servicios, deacuerdo a las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICiPALIDAD contrata los servicios de EL LOCADOR, a fin de prestar serviciode asistencia general en eventos y tareas de apoyo a requerimiento del Secretario de Cultura yEducación.--SEGUNDA: La duración del presente contrato será de seis (06) meses contados a partir del uno (01) dejulio de 2017, por lo que su vencimiento operará de pleno derecho el día treinta y uno (31) de diciembrede 2017.TERCERA: En concepto de retribución por los servicios prestados, LA MUNICIPALIDAD abonará aEL LOCADOR la suma total de PESOS CIENTO DOS MIL CON 00/100 ($ 102.000,00), pagaderos enseis (06) cuotas iguales y consecutivas de PESOS DIECISIETE MIL CON 00/lOo ($17.000,00), cuyopago se efectivizará del 1° al 15° día de cada mes vencido, debiendo EL LOCADOR otorgar elpertinente recibo o factura a favor de la MUNCIPALIDAD, adjuntando Certificado de Situación FiscalRegular emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina (A.R.E.F.), Certificado de Situación FiscalRegular emitido por la Dirección General de Rentas Municipal, Comprobante de pago de aportes deAFIP, correspondiente al periodo facturado y la póliza de seguro de accidentes personales por elperíodo que dure la contratación debiendo cubrir el periodo que dure el contrato y su correspondientecomprobante de pago total o mensual.CUARTA: EL LOCADOR prestará servicios según las indicaciones y cronograma de actividades quese desarrollen a través de la Dirección de Producción Artística, cumpliendo horario de 9:00 hs. A 16:(X)hs., fines de semanas y en horarios que se requiera del servicio, los mismo pueden ser de mañana, tarde,noche y/o pasada la medianoche.QUINTA: Las partes podrán rescindir el presente contrato en cualquier momento (le SU Vigenciaprevia comunicación fehaciente cursada a la contraparte sin invocación de causa con un mínimo deQUINCE (15) días de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar indemnización, daño, niperjuicio alguno a favor de la otra.SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia de EL LOCADOR respecto de LAMUNICIPALIDAD, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 y susmodificatorias y Articulo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial, correspondiendo por elloasumir a cargo de EL LOCADOR las obligaciones fiscales y previsionales del caso.SEPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a la interpretación ocumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en los mencionados en el encabezamientodel presente contrato, donde serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse, y se someten a lajurisdicción de los Tribunales Judiciales Ordinarios con asiento en la ciudad de Ushuaia, con expresarenuncia a cualquier fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponder.
En prueba de conformidad, las partes firman TRES (03) ejemplares de un mismo tenor y a un soloefecto, en la ciudad de Ushuaia, a los veintiocho (28) días del mes de junio de 2017.
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 10
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina ‘2017, año deI 35° Aniversario de la Geste de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuesfros Héroes, ayer, hoy ysíempre”
USHUAIA, 1 7 JUL 217
VISTO el expediente 5.P. N° 3707/2014, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado en fechatres (3) de julio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Secretario de Economía yFinanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.l. N° 26.667.944, y la M.M.O. lliana Mariel CARRACEDO, D.N.I.N° 36.992.477, a efectos de que la misma preste servicios relacionados a la inspección de obras regulares
y clandestinas, labrado de actas de infracción a particulares y profesionales en caso de incumplimiento,paralizaciones de obras que no cumplen con la reglamentación vigente, todo ello en el ámbito de la
Dirección de Obra Privadas, dependiente de la Subsecretaría de Fiscalización de la Secretaría de
Planificación e Inversión Pública.
Que dicha contratación se encuadra en el Artículo 110°, inciso d) punto 10) de la OrdenanzaMunicipal 3693, y sus modificatorias, anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y en el Artículo 1251° yconcordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexado y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato aludido, el
cual se encuentra registrado bajo el N° 1 1 6 2, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, deacuerdo a lo establecido en el Artículo 152° incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad deUshuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D E CRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todo sus términos el Contrato de Locación de Servicios, registrado bajo elN° 11620 , celebrado en fecha tres (3) de julio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia,representada por el Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y laM.M.O. Iliana Mariel CARRACEDO, D.N.I. N° 36.992.477, cuya copia autenticada se adjunta y forma partedel presente. Ello, por lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá imputarse con cargo alTitular Presupuestario — Secretaría de Planificación e Inversión Pública — Partida 13.
ARTÍCULO 3°.- Notificar al interesado, con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPAL N° 1 1 5 i2017.e h
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‘Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 11
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Provincia do Tierra del FueoAntártida e Islas del Atiantico Sur ._— -
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CONTRA O DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
- - -- En la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, a los tres (3) días del mes de juiio ae 2017.
entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Secretario de Economía y Finanzas,
Lic. Lucas GALLO, D.NJ. N° 26.667.944. con domicilio en la calle Anuro Coronado N°486. Ge la cudaa de
Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y la M.M.O. liana Marie
CARRACEDO, D.N.l. N° 36.992.477, con domicilio en la calle Los Arrieros N 338, de la ciudad oc
Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante EL LOCADOR, convienen en celebrar el presente
Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:----—
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata al LOCADOR sus servicios técnicos, a efectos oc qu esta
ultimo realice tareas relacionadas a la inspección de obras reguares y clandestinas, parauzaclon oc las
obras que no cumplen con la reglamentación vigente, labrado de actas ce infracción a paniculares y
profesionales en caso de incumplimiento, chofer, diligenciarniento y notificaciones, toco ello en el ámbito
de la Dirección de Fiscalización y Contralor Urbano — Subsecretaria de Fiscaiizción, depenciente de la
Secretaría de Planificación e Inversión Pública de la Munícipalidad.----—---—----—- —
SEGUNDA: Los servicios contratados serán prestados por un total de 35 horas semanales en el periodo
comprendido entre el día tres (3) de julio de 2017 y hasta el treinta y uno (31) de ciciembre ce 2017, ce
acuerdo a lo que establezca la Dirección de Fiscalización y Contralor Urbano — Suosecretaría Ge
Fiscalización y que surja del desarrollo de la tarea asignada.-— — —----— —
TERCERA: Se acuerda en concepto de retribución por los servicios prestados, la suma total de PESOS
CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CON 00/1 00 (S 153.000,00), pagaderos en seis (Ü6) cuotas. igua;es ,
consecutivas, de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS CON 00100 (S 25.500.00). cuyo pago se
efectivizará del día uno (1)aI diez 10) de cada mes vencido, debiendo EL LOCADOR otorgar la pertinente
factura y/o recibo (Tipo B o C), a favor de LA MUNICIPALIDAD, conforme a normas vigentes, adjuntando
el Certificado de Situación Fiscal Regular Municipal (DGR Municipal) y la Agenca de Recaudación
Fueguina (AREF), de la totalidad de los bienes que posea el LOCADOR y ce las acrividaces en que e
encuentre inscripto, vigente a la fecha prevista de pago. Además deberá acompañar comprobante de
aportes en AFIP del mes de prestación y la Póliza de Seguro de Accidentes Personales por el periooo qLe
dure la contratación y su correspondiente constancia de pago total o rnensual.-——--—--—-—-----------—-------CUARTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas panes, sin invocación ce causa. en
cualquier momento de su vigencia, y previa comunicación fehacente cursada a a contraparte con un
mínimo de quince (15) días corridos de antelacion, sin que ello genere derecrio o reclamo aiguno.---—----
QUINTA: La celebración del presente contrato no implica relación de cependencia entre EL LOCADOR
respecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693. promugada por
Decreto Municipal N° 239/2010, y el Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y Comercial. aeoenao
asumir EL LOCADOR las obligaciones fiscales y previsionales del caso, por el desarrollo de su actividad.--
SEXTA: Los servicios se prestarán a ciencia y conciencia del LOCADOR. quien deberá actuar oentro oc
las prescripciones éticas y legales que hacen a su disciplina u oficio, pero siempre teniendo como mira yfinalidad el objeto del presente contrato. Si en el curso de s6 labor surgieran imposioilicaaes O
incompatibilidades legales respecto del ejercicio profesional, las hrá saber a LA MUNICIPALIDAD, a fin
de buscar los medios idóneos para solucionar las mismas o para rocder a la rescisión del contrato, en¿ - -. -
.- 11.2.
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
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2017, año del 35 Aniversario de la Gasta oc 1aiv,nas:Honor y Gloria a :7uesrros Héroes, ayer. ho,y sempre
cuyo caso el monto a abonar será proporcional a los servicios cumplidos. —
SÉPTIMA: EL LOCADOR será responsable de la discrecionalidad con que manejará la información
confidencial a la que tenga acceso para desarrollar la tarea encomendada y cede al Municipio la
propiedad intelectual de su labor. —------------—--------—--— —--—---—- —-——
OCTAVA: COMPROMISO DE INHIBICIÓN DE TÍTULO: Durante la vigencia de este contrato, EL
LOCADOR se compromete a no contratar sus servicios con personas físicas o jurídicas encontrándose el
bloqueo de título debidamente satisfecho con los honorarios pactados en la cláusula tercera.--—-—--—-----
NOVENA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución del presente
contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la
ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio las panes en
los ut — supra indicados, donde serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse.—-—-—----------—-- - -
- En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto en el
lugar y fecha ut — supra indicados.//
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina “2017, año del 350 Asriversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer: hoy y slempre.MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
USHUAIA,
VISTO el expediente CG N° 1801/ 2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSI DERANDO:
Que mediante el mismo, se tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado el
día veintiocho (28) de Junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por e!
Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.1. N° 26.667.944 y el Sr. Julio Eduardo
SANACATO, D.N.l. N° 20.584.747, a efectos de que éste último, preste servicios de mantenimiento
general de edificios en el ámbito de la Dirección de Mantenimiento de Edificios Municipales,
encontrándose también a disposición fuera del horario convenido: feriados y fines de semana, ante
situaciones de emergencia, a requerimiento del área.
Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110°, inciso d), punto 1) de la
Ordenanza Municipal N° 3693, (de Administración Financiera y Contrataciones), y sus modificatorias,
Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/ 2013 y Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y
Comercial.
Que corre adjunta y forma parte del presente Decreto copia autenticada del Contrato
de Locación de Servicios, el cual se encuentra registrado bajo el N 1 6 1 correspondiendo su
aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, en
virtud de lo establecido en el artículo 152 inciso 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad
de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el
N° 116 ,iIebrado el día veintiocho (28) de Junio de 2017, entre esta Municipalidad, representada
por el Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y el Sr. Julio
Eduardo SANACATO, D.N.I. N° 20.584.747, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del
presente. Ello, por las razones expuestas en el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la suma objeto del contrato, al Titular Presupuestario: Secretaría de
Coordinación de Gestión- Partida 13.
ARTICULO 30 Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de U archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° 1 1 6 /2017.-
ss
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich de Sur, Sony Serán
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 14
Honor y Gloria a nuestros Héro s, a r, hoy y siempre
En la ciudad de Ushuaia a los veintiocho (28) días del mes de Junio de 2017, entre la
Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Secretario de Economía y Finanzas,
Lic. Lucas GALLO D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en Arturo Coronado N° 486, 1° Piso, de la
ciudad de Ushuaia, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y el Sr. Jülio Eduardo SANACATO, D.N.I, N°
20.584.747, con domicilio en Macizo “O”- Casa N° 47- Barrio Obrero de la ciudad de Ushuaia,
Provincia de Tierra del Fuego, en adelante llaniado “EL LOCADOR”, convienen en celebrar el
presente Contrato de Locación de Servicios, conforme a las siguiente cláusulas. —
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios del LOCADOR, a efectos de que éste último
preste servicios de mantenimiento general de edificios en el ámbito de la Dirección de
Mantenimiento de Edificios Municipales, sita en la calle Arturo Coronado N° 486, de lunes a
viernes, de 08:00 hs. a 16:00 hs., encontrándose también a disposición fuera del horario
convenido: feriados y fines de semana, ante situación de emergencia, a requerimiento de la
superioridad.
SEGUNDA: La duración del presente contrato será por el período comprendido entre el uno (01)
de Julio hasta el día treinta y uno (31) de Djciembre del año 2017, inclusive.
TERCERA: El LOCADOR pondrá a disposición del Ente Municipal un rodado Marca FORD
RANGER, dominio NBC-547 de su propiedad, a fin de cumplir con las tareas que se le
encomendaren, dentro de lo dispuesto en la cláusula PRIMERA, cuyos gastos de manutención y
seguro automotor correrán a su cuenta.
CUARTA: Se acuerda en concepto de retribución por los servicios prestados la suma total de
PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($ 276.000,00), distribuidos en seis (6)
cuotas mensuales, iguales y consecutivas, de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL CON 00/100
($46.000,00), cuyo pago se colectivizará contra la prestación del servicio entre el 1° y el 10 de
cada mes vencido, debiendo EL LOCADOR presentar la correspondiente factura o recibo (Tipo B o
C) a favor de LA MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el Certificado de
Situación Fiscal Regular emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina (A.R.E.F.), Certificado
de Situación Fiscal Regular emitido por la Dirección General de Rentas Municipal, Comprobante
de pago de aportes de AFIP del mes de prestación, la póliza de Seguro por accidentes
personales y del automotor por el período que dure la contratación y su correspondiente
comprobante de pago total o mensual.
QUINTA: El presente Contrato no implica relación de dependencia del LOCADOR respecto de
LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693,
promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, el Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y
Comercial, correspondiendo por ello asumir a cargo del LOCADOR las obligaciones fiscales y
previsionales del caso para el desarrollo de su actividad.
Las partes podrán rescindir el presente Contrato en cualquier momerto d su vigencia
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich de Sur, Son y Serán Argentinas”
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CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 15
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
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sin invocación de causa, previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un lapso
mínimo de QUINCE (15) días de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar
indemnización, daño y perjuicio alguno a favor de la otra.
SÉPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y! o ejecución
del presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción y competencia de
los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tierra del Fuego, con asiento en la ciudad de
Ushuaia, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción. A los efectos del
presente Contrato, las partes constituyen domicilio en los ut-supra indicados, donde serán válidas
todas las notificaciones que deban cursarse.
- - -- En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo
efecto, en el lugar y fecha ut-supra indicados.
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/Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich de Sur, Son y Serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 16
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina “2017, alío del 350 AnIversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”.MUNICIPALIDAD DE USHUAiA
USHUAIA, 17 JUL 2017VISTO el expediente CG N° 1802/ 2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo, se tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado el
día veintiocho (28) de Junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el
Secretario de Economía y Finanzas, Sr. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y el Sr, Adrián Esteban
DEL FRADE, D.N.I. N° 30.566.213, a efectos de que éste último, preste servicios de mantenimiento
general de edificios en el ámbito de la Dirección de Mantenimiento de Edificios Municipales, sita en la
calle Arturo Coronado N° 486, de la ciudad de Ushuaia, encontrándose también a disposición fuera
del horario convenido: feriados y fines de semana, ante situaciones de emergencia, a requerimiento
de la Secretaría de Coordinación de Gestión.
Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110°, inciso d), punto 1) de la
Ordenanza Municipal N° 3693, de Administración Financiera y Contrataciones, y sus modificatorias,
Decreto Municipal reglamentario N° 1255/2013 y Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y
Comercial.
Que corre adjunta y forma parte del presente Decreto copia autenticada del Contrato
de Locación de Servicios, el cual se encuentra registrado bajo el N°1 1 6 1 correspondiendo su
aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, en
virtud de lo establecido en el artículo 152 inciso 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad
de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el
N° 1161,6lebrado el día veintiocho (28) de Junio de 2017, entre esta Municipalidad, representada
por el Secretario de Economía y Finanzas, Sr. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y el Sr. Adrián
Esteban DEL FRADE, D.N.I. N° 30.566.213, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del
presente. Ello, por las razones expuestas en el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la suma objeto del contrato, al Titular Presupuestario: Secretaría de
Coordinación de Gestión- Partida 13.
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de U
11 7 /2017-
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich de Sur, Sony Serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 17
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Republica ArHntlna aiodI ,5 rsri&dé i 4fa Iíinas Honor y Gloria a nuestros Heroes as er hoy y siempreMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
En la ciudad de Ushuaia a los veintiocho (28) días del mes de Junio de 2017, entre la
Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Secretario de Economía y Finanzas,
Sr. Lucas GALLO D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en Arturo Coronado N° 486, 1° Piso, de la
ciudad de Ushuaia, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y el Sr. Adrián Esteban DEL FRADE, D.NI.
N° 30.566.213, con domicilio en la calle Ignacio Rucci N° 2701 de la ciudad de Ushuaia, Provincia
de Tierra del Fuego, en adelante llamado “EL LOCADOR”, convienen en celebrar el presente
Contrato de Locación de Servicios, conforme a las siguiente cláusulas.
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios del LOCADOR, a efectos de que éste último
preste servicios de mantenimiento general de edificios en el ámbito de la Dirección de
Mantenimiento de Edificios Municipales, sita en la calle Arturo Coronado N° 486, de lunes a
viernes, de 08:00 hs. a 16:00 hs., encontrándose también a disposición fuera del horario
convenido: feriados y fines de semana, ante situación de emergencia, ante requerimiento de la
Secretaria de Coordinación de Gestión.
SEGUNDA: La duración del presente contrato será por el período comprendido entre el uno (01)
de Julio hasta el día treinta y uno (31) de Diciembre del año 2017, inclusive. —
TERCERA: Se acuerda en concepto de retribución por los servicios prestados la suma total de
PESOS CIENTO TREINTA Y UN MIL CIEN CON 00/ 100 ($ 131.100,00), distribuidos en seis (06)
cuotas mensuales, iguales y consecutivas, de PESOS VEINTIÚN MIL OCHOCIENTOS
CINCUENTA CON 00/1 00 ($21.850,00), cuyo pago se efectivizará contra la prestación del servicio
entre el 1° y el 10 de cada mes vencido, debiendo EL LOCADOR presentar la correspondiente
factura o recibo (Tipo B o C) a favor de LA MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes,
adjuntando el Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Agencia de Recaudación
Fueguina (A.R.E.F.), Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Dirección General de
Rentas Municipal, Comprobante de pago de aportes de AFIP del mes de prestación y la póliza
de Seguro por accidentes personales por el período que dure la contratación y su correspondiente
comprobante de pago total o mensual.
CUARTA: El presente Contrato no implica relación de dependencia del LOCADOR respecto de
LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 y
sus modificatorias, Decreto Municipal reglamentario N° 1255/2013 y Artículo 1251 y concordantes
del Código Civil y Comercial, correspondiendo por ello asumir a cargo del LOCADOR las
obligacibnes fiscales y previsionales del caso para el desarrollo de su actividad.
QUINTA: Las partes podrán rescindir el presente Contrato en cualquier momento de su vigencia
sin invocación de causa, previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un lapso
mínimo de QUINCE (15) días de anticipación, sin que ello genere. derçho a reclamar
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“Las Islas Malvmas, Georgias y Sandwich de Sur, Son y Serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 18
TRATO REGISTRADO
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Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre’.
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presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción y competencia de los
Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tierra del Fuego, con asiento en la ciudad de Ushuaia,
renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción, A los efectos dei presente
Contrato, las partes constituyen domicilio en los ut-supra indicados, donde serán válidas todas las
notificaciones que deban cursarse.
- - -- En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo
efecto, en el lugar y fecha ut-supra indicados.
Provincia de Tierra del FuegoAntartida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich de Sur, Son y Serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 19
Provincia de Tierra del Fuego -
Antártida e islas del Atlántico Sur 2017, ano del 35 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a
República Argentina nuestros Heroes, ayer, hoy y siempre
Municipalidad de Ushuaia
USHUAIA, 1 j[ 17
VISTO el expediente N° SD 2988/2017 del registro de esta Municipalidad y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Convenio de Colaboración celebrado entre la
Municipalidad de Ushuaia, representada por la Sra. Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias
y de Derechos Humanos, Prof. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ, D.N.I. N° 23.326.526 y la
Asociación Civil “Enlace de Jóvenes Fueguinos”, representada por la Sra. Natalia MAFFUCCI,
D.N.l. N° 33.796.569 en su carácter de Presidente, con el objeto de desarrollar de manera
conjunta actividades en materia de economía social para la comunidad.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto copia autenticada del Convenio
mencionado precedentemente, el cual se encuentra registrado bajo el N° 11.547,
correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumento legal,
conforme a lo establecido por el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de
la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D EC R ETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Convenio de Colaboración registrado bajo el N° 11.547, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado en fecha nueve (9) de junio de
2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la Sra. Secretaria de Políticas
Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, Prof. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ, D.N.I. N°
23.326.526 y la Asociación Civil “Enlace de Jóvenes Fueguinos”, representada por la Sra.
Natalia MAFFUCCI, D.N.l. N° 33.796.569 en su carácter de Presidente. Ello, en virtud de lo
expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar a los interesados con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° 11 5B /2017
4a
Las Islas Malvinas Georgias y Sandwich del Sur son y seran Argentinas
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 20
Provincia de Tierra del Fuego 2017 año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria aAntártica e Islas del Atlántico Sur nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
S.P.S.S. y DD,HH
CONVENIO DE COLABORACIÓN
En la ciudad de Ushuaia, capital de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, a los O’ días del mes de jç,p del año 2017, entre la Secretaría de
Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, representada en este acto por la
Prof. Malena Yuqueri Teszkiewicz, DNI N°23.326.526, ad referéndum del Sr. Intendente
Municipal, con domicilio en la calle Marco Zar N° 120 de la ciudad de Ushuaia en adelante
LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra la ASOCIACIÓN ENLACE DE JÓVENES
FUEGUINOS, CUIT N° 30-70982687-1, representada en este acto por su Presidente,
Natalia MAFFUCCI, DNI N° 33.796.569, con domicilio en la calle Facundo Quiroga N° 2187
de la ciudad de Ushuaia, en adelante LA ASOCIACIÓN, convienen en celebrar el presente
CONVENIO DE COLABORACIÓN, en adelante el CONVENIO,
de conformidad a las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: El presente CONVENIO tiene como objetivo establecer un
mecanismo de colaboración entre LA MUNICIPALIDAD y LA ASOCIACIÓN, para la
concreción de diferentes proyectos en materia de economía social para la comunidad de
Ushuaia, en el marco de lo dispuesto por el Capítulo Quinto — Desarrollo Social y la
competencia conferida por el artículo 38 inc. 9) de la Carta Orgánica Municipal.
CLÁUSULA SEGUNDA: A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en la cláusula
PRIMERA, LA MUNICIPALIDAD y LA ASOCIACIÓN se comprometen a implementar
acciones conjuntas y a brindar prestaciones a favor de la comunidad, aportando la
colaboración consistente en asignar personal capacitado y proveer recursos materiales,
técnicos e informativos en materia de Economía Social, para efectivizar el objeto del
presente CONVENIO.
CLÁUSULA TERCERA: En el marco de este CONVENIO, LA ASOCIACIÓN otorga en
comodato a LA MUNICIPALIDAD, siete (7) máquinas de coser industriales y ocho (8)
computadoras “al! in one”, pudiendo hacer uso LA MUNICIPALIDAD de las mismas durante
la vigencia del presente acuerdo.
CLÁUSULA CUARTA: Los gastos de mantenimiento de los bienes dados en comodato de
la cláusula TERCERA serán afrontados por LA MUNICIPALIDAD.
CLÁUSULA QUINTA: El presente CONVENIO tendrá vigencia desde su ratificación por el
término de dos (2) años, renovable automáticamente por períodos iguales. Las partes
podrán en cualquier momento suspender la ejecución o rescindir el presente convenio, sin
invocación de causa alguna, debiendo notificar a la otra parte con una antelación no inferior
a sesenta (60) días.
CLÁUSULA SEXTA: Todas las diferencias o divergencias que pudieren surgir como
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich delSu,s.7inas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 21
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Provincia de Tierra dei Fuego ‘2017, año deI 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a
Antártica e Islas del Atlántico Sur nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre’República Argentina
Municipalidad de UshuaiaSPS.S. y DD.HH
1112.-
consecuencia de la ejecución del presente CONVENIO, serán sometidas al conocimiento
de los Tribunales Ordinarios Competentes de Primera Instancia del Distrito Judicial Sur,
con renuncia a cualquier otro fuero que pudiere corresponder. Las partes dejan asimismo
expresa constancia que las notificaciones e intimaciones deberán efectuarse en los
domicilios constituidos en el encabezado de este convenio.
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto,
en la fecha y lugar indicados en el encabezado de la presente.
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 22
PROVINCIA DL l’IERRA DEL FUEGO “2017 — año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR Honor y Gloria a nuestros Héroes,Ayer, hoy y siempre”
REPUBLICAARGENTINAMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
i•7JUL 2017USHUAIA,
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el Señor Subsecretario de Economía y Finanzas, Dario Alejandro GARRIBIA,
D.NJ N° 30.969.315, deberá ausentarse por tareas inherentes a sus funciones, a partir del día
catorce (14) del mes de Julio de 2017.
Que mientras dure la ausencia del funcionario aludido, se encontrará a cargo de dicha
jurisdicción el Señor Subsecretario de Administración del Recurso Turístico, dependiente de
la Secretaría de Turismo, Señor Alejandro David FERREYRA, D.N.I. N° 22.221.134, sin
perjuicio de sus funciones habituales.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, en
virtud de lo establecido en el artículo 152° inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:EL iNTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Autorizar el traslado a la Ciudad de Buenos Aires, por tareas inherentes a sus
funciones, del Señor Subsecretario de Economía y Finanzas, Dario Alejandro GARRIBIA
D.N.I N° 30.969.315, a partir del día catorce (14) del mes de Julio de 2017. Ello, por los
motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Designar a cargo de la Subsecretaria de Economía y Finanzas, a partir del día
catorce (14) del mes de Julio de 2017 y mientras dure la ausencia de su titular, al Señor
Alejandro David FERREYRA, D.N.I. N° 22.221.134, sin perjuicio de sus funciones
habituales.
ARTICULO 3°.- Notificar a quienes corresponda, con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.-Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.11 59
DECRETO MTJNICIPALN° /2.017.ghl
1•
Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 23
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argentina= “2017, aflo del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA, 18 JUL 2D17
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la Señora Secretaria Legal y Técnica, Dra. María Victoria VUOTO, DNI N°
30.620.178, se ausentará de la ciudad de Ushuaia por razones particulares, a partir del
diecinueve (19) hasta el veinticuatro (24) de julio del año en curso inclusive.
Que mientras dure la ausencia de la funcionaria referenciada, quedará a cargo de
la Secretaría Legal y Técnica, el Coordinador de Asuntos Legales Dr. Cesar Gabriel MOLINA
HOLGUIN, DNI N° 33.482.438, sin perjuicio de sus obligaciones habituales.
Que la Señora Secretaria Legal y Técnica se encuentra a cargo de la Secretaría
de Coordinación de Gestión por Decreto Municipal N° 1111/2017, correspondiente modificar el
artículo 2° a partir del diecinueve (19) de julio del corriente año y dejar al Sr. Secretario de
Gobierno Dn Omar Enrique BECERRA DNI N° 13.972.557 a cargo de la Secretaría de
Coordinación de Gestión hasta el regreso de su titular sin perjuicio de sus funciones habituales.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento
legal, conforme lo establecido en el artículo 152, inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia y 117 de la Ley de Procedimientos Administrativos.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Autorizar la ausencia de la ciudad de Ushuaia, de la señora Secretaria Legal y
Técnica, Dra. María Victoria VUOTO, DNI N° 30.620.178, por razones particulares, a partir del
diecinueve (19) hasta el veinticuatro (24) de julio del año en curso inclusive. Ello, por los
motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Designar a cargo de la Secretaría Legal y Técnica al Coordinador de Asuntos
Legales Dr. Cesar Gabriel MOLINA HOLGUIN, DNI N° 33.482.438, mientras dure la ausencia de
la titular, sin perjuicio de sus obligaciones habituales.
ARTICULO 3°.- Modificar a partir del diecinueve (19) de julio del corriente año, el Artículo 2° .del
Decreto Municipal N° 1111/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“...ARTÍCULO 2°.- Designar a cargo de la Secretaría Coordinación de Gestión al Sr. Secretario
de Gobierno , Dn Omar Enrique BECERRA DNI N° 13.972.557, mientras dure la ausencia del
titular, sin perjuicio de sus obligaciones habituales...”.
ARTICULO 4°.- Notificar a los interesados, a la Dirección de Bienestar de Personal y a las
Direcciones de Administración de las correspondientes Secretarías.
ARTICULO 5°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad
archivar.
í60
“Las
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 24
Provincia de Tierra del Fuego 2017 — Año deI 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”Antártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
18JUL2Ü17USHUAIA,
VISTO el expediente C.G. N°4615/2017, del registro de esta Municipalidad; yCONS ID ERAN DO:
Que mediante el mismo tramita la licencia sin goce de salario por ejerciciotransitorio de otro cargo de la empleada municipal de la Planta de Personal PermanenteAlejandra Beatríz ANDRADE PEREZ, D.N.I. N° 25774.924, Legajo N° 2474, por haber sido
designada Subsecretaria de Presupuesto dependiente de la Secretaría de Control yDesarrollo del Ministerio de Economía de la Provincia de Tierra del Fuego A. e 1. A. 5., apartir del día dieciséis (16) de junio de 2017, conforme el Decreto Provincial N° 1639/17.
Que en consecuencia corresponde otorgar licencia sin goce de salario porejercicio transitorio de otro cargo, a partir de la fecha antes indicada y mientras la empleadaaludida se desempeñe en el cargo enunciado.
Que dicha licencia se encuentra establecida en el artículo 35.2 inciso a) delCovenio Municipal de Empleo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente actoadministrativo en virtud de lo dispuesto en el artículo 152 incisos 1) y 5) de la CartaOrganica Municipal de la Ciudad de Ushuaia
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D EC R ETA
ARTICULO 1°.- Conceder licencia sin goce de salario por ejercicio transitorio de otro cargo ala empleada municipal de la Planta de Personal Permanente, Alejandra Beatríz ANDRADEPEREZ, D.N.I. N° 25.774.924, Legajo N° 2474, a partir del día dieciséis (16) de junio de2017 y mientras se desempeñe como Subsecretaria de Presupuesto dependiente de laSecretaría de Control y Desarrollo del Ministerio de Economía de la Provincia de Tierra delFuego A. e 1. A. S.. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°.- Notificar a la interesada y a la Dirección de Bienestar de Personal con copia
autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.-11 61
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 25
Provincia de Tierra del Fuego “2017- año del 350 aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USHUAIA, 18 JUL 217
VISTO el expediente administrativo S.G. N° 922/2008 del registro de esta
Municipalidad, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la modificación del agrupamiento otorgado al
empleado municipal Federico Pablo CICHERO, Legajo N° 2538, atento que actualmente se
encuentra desarrollando la función de entrenador de esquí de fondo y entrenador personal en el
ámbito de la Dirección de Planeamiento y Gestión Deportiva de Instituto Municipal de Deportes,
conforme Resolución LM.D. N° 58/201 6, obrante a fs. 79.
Que como consecuencia de dicha valoración, la Comisión Permanente de
Aplicación de las Relaciones Laborales (Co.RA.R.L.), emitió el Acta N° 1656 de fecha 27/03/2017
(fs. 83/84/), a través de la cual entendió que correspondía asignarle al empleado de mención el
Agrupamiento Formación, por resultar ello razonable y ajustado a derecho.
Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado intervención, mediante Dictamen S.L.
yT. N°129/2017.
Que el suscripto comparte y hace suyo el criterio sustentado por la Comisión
Permanente de Aplicación de las Relaciones Laborales (Co.P.A.R.L.) y por el Seniicio Jurídico
Permanente, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en
virtud de lo establecido en el artículo 152, incisos 1), 2) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D EC RETA
ARTICULO 1°.- Modificar el encuadre correspondiente al empleado municipal Federico Pablo
CICHERO, Legajo N° 2538, quien en base al Acta Co.P.A.R.L. N° 1656, quedará encuadrado a
partir del presente acto administrativo, en el Agrupamiento Formación. Ello por las razones
expuestas en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar al empleado de mención con copia autenticada del presente, del Acta
N° 1656 labrada por la Co.P.A.R.L. y del Dictamen S.L. y T. N° 129/2017, haciéndole saber que
contra el presente podrá interponer -solo respecto del Agrupamiento asignado- Recurso de
Reconsideración previsto en el artículo 127 de la Ley Provincial N° 141, dentro de los diez (10)
días hábiles desde su notificación.
ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar. 1 1 6 2
y Sandwich del Sur son y
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 26
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina “2017, año del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloría a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”Municipalidad de Ushuaia
USHUAIA, 18 JUL 217
VISTO el Expediente Letra M.A. N° 939/2017 deI registro de esta Municipalidad yCONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el reclamo formulado por la Señora María Inés LARA,D.N.I. N° 31.914.531 respecto de los daños que habría sufrido el vehículo Dominio MHC-845, a partirde un siniestro que acaecido -según invoca- el día diecisiete (17) de Julio de 2016 en la calle Onas,casi San Martín, de esta ciudad.
Que en dicho marco, la presentante solicita el pago de los daños.
Que de acuerdo a lo informado por distintas áreas de esta administración municipal, no obraregistro del presunto siniestro denunciado y consecuencias apuntadas por la reclamante.
Que, pese a las diligencias practicadas en el expediente, no se han acreditado los extremosque hacen a la viabilidad del reclamo formulado.
Que la Secretaría Legal y Técnica, ha tomado intervención mediante Dictamen S.L. y T. N°156/2017, entendiendo que corresponde no hacer lugar al reclamo formulado.
Que el suscripto comparte y hace suyo el criterio sustentado por el Servicio JurídicoPermanente y se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lodispuesto en el Artículo 152 de la Carta Orgánica Municipal.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- No hacer lugar al reclamo formulado por la Señora María Inés LARA, D.N.I. N°31.914.531. Ello, por los motivos expuestos en el exordio yen el Dictamen S.L. y T. N°156/2017.-ARTÍCULO 2°.- Notificar al reclamante con copia del presente y del Dictamen S.L. y T. N° 156/2017,haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa, quedando expedita la judicial, pudiendo
interponer demanda contencioso administrativa, dentro del plazo de noventa (90) días, contados apartir del día siguiente de notificación del presente.
ARTÍCULO 3°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPAL N° 11 6 /2017.-
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Oma E. BecerraSecret o de Gobierno
Municip ¡dad de Ushuaia
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Sony serán Argentinos”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 27
Provincia de Tierra del Fuego “2017. año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
Repáblica ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
t i[ 3M7USHUAIA ‘
VISTO el expediente N° OT— 8697/2016 del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado eldía 30 de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario deEconomía y Finanzas, Licenciado Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el Sr. Gonzalo FernandoPANIAGUA, D.N.l. N° 33.235.839, a fin de cumplir tareas de inspección de obra clandestinas,verificación de ocupantes, intimaciones de desarme, paralizaciones de obras, verificaciones deespacios verdes, chofer; en el ámbito del Programa Espacios Públicos y Tierras Fiscales dependientede la Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial.
Que la presente contratación se encuadra en lo establecido el el Articulo 110, Inciso d),apartado 1) de la Ordenanza Municipal N° 3693, y sus modificatorias y Anexo 1 deI Decreto MunicipalN° 1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contratode Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 11608correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de laciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11608 celebrado eldía 30 de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario deEconomía y Finanzas, Licenciado Lucas GALLO, D.N.l. N° 26.667.944, y el Sr. Gonzalo FernandoPANIAGUA, D.N.I. N° 33.235.839. Ello por los motivos expuestos en el exordio.ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al TitularPresupuestario: Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial. Partida 13.ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para supublicación. Cumplido, i1 64DECRETO MUNICIPAL N° /2017.-
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 28
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Provincia de TielTa del Fueo “O17, año de Maiviiias:Antaiiida Islas &l Atlantiq S — honor y (1ona a nus1ros 1 {Lroes ty er ho) y simpiLRepublica Argentina
Municipalidad de Ushuaia--- -
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de Economíay Finanzas, Lucas GALLO, D.NJ. N° 26.667.944, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486 1°piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte; y por la otra, el Sr.Gonzalo Fernando PANIAGUA, D.N.I. N° 33.235.839, con domicilio en la calle Hol Hol N° 2140, de laciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO, convienen en celebrar el presente contrato delocación de Servicios, ad. referéndum del Sr. Intendente de acuerdo a las siguientescláusulas:
— — — —----—----—- —----------—---—- —----—
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO, a efectos de que elmismo realice tareas de inspección de obras clandestinas, verificación de ocupantes, intimaciones dedesarme, paralizaciones de obras, verificaciones de espacios verdes, en el ámbito del ProgramaPreservación de Espacios Públicos y Tierras Fiscales dependiente de la Secretaria de Habitat yOrdenamientoTerritoriaL--- —--- —-------
SEGUNDA: El servicio contratado será prestado durante el periodo del primero (01) julio al treinta yuno (31) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017) por un total de 35 horas semanales, y tendráamplia disponibilidad horaria de acuerdo a las necesidades del servicio.-—--—--TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma de PESOSCIENTO TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 132.600,00), pagaderos en seis (6)cuotas iguales y consecutivas, de PESOS VEINTIDOS MIL CIEN CON 00/100 (S 22.100,00),pagaderas entre los días cinco (5) y quince (15) de cada mes vencido, contra entrega de facturacorrespondiente a favor de la MUNICIPALIDAD.CUARTA: EL CONTRATADO; con la presentación de la correspondiente factura yio recibo, deberáadjuntar Certificacion de Situacion Fiscal Regular, emitido por la Agencia de Recaudacion FueguinaCertificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Dirección General de Rentas Municipal de latotalidad de los bienes que posea y de las actividades en las que se encuentre inscripto, comprobantede pago AFIP, correspondiente al período facturado, último recibo de pago del Seguro de accidentespersonales y copia de la póliza, debiendo el mismo cubrir el periodo que dure el contrato.----------—-—QUINTA: La celebración del presente contrato no implica relación de dependencia entre ELCONTRATADO respecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693, ysus modificatorias y Anexo 1 deI Decreto Municipal N° 1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes delCodigo Civil y Comercial. —-—---—-—----—------—----—------
SEXTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes, sin invocación de causa, encualquier momento de su vigencia y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con unmínimo de QUINCE (15) días corridos de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamarindemnización, daño, ni perjuicio alguno a favor de la otra. — —-— —
SÉPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a la interpretación ocumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en los mencionados en el encabezamiento
V del presente contrato, donde serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse, y se someten
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 29
117, año dci 35° ni crsdr.o de Li (,caa LIC 1n ia.s:
Honor y (iuri a ilesIrus 1 1cw. i\ C, Lu\ \
a la jurisdicción de los Tribunales Judiciales Ordinarios con asiento en la ciudad de Ushuaia, conexpresa renuncia a cualquier fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponder.
—-- En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a unen la ciudad de Ushuaia, a los treinta (30) dias del mes de junio de 2017--——---—----------
Provincia de Tierra del FuAntártida e islas dci Atlánti
República t\rgentinaMunicipalidad de -
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Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur. son y serán Aroentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 30
ePROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO 2Ü1 7, año del 350 Aniversado de la Gesta de Malvinas:
ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempr&.REPUBLICA ARGENTINA
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
USHUAIA, 18 JUL 2011
VISTO el expediente S.H. N° 5401/2014 deI registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el contrato de locación de servicios celebradoel día cinco (05) deI mes de Junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada porel señor Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y elseñor Jonatan Salvador QUINTERO, D.N.I. N° 36.303.191, a los efectos de que este últimopreste servicios de análisis, diseño y programación de aplicaciones web utilizando laarquitectura y herramientas ya establecidas en la infraestructura web definida; administración ymantenimiento de servicios asociados al entorno web; soporte a usuarios de servicios yaplicaciones web; y de atención primaria de usuarios en capacitación, soporte y asistenciarelacionados con problemas en el uso de las TI (Tecnologías de Información) en todas lasdependencias Municipales a nivel de sistemas operativos, ofimática, tecnología Sunray, redes,impresión y hardware.
Que dicha contratación se encuadra en lo establecido por el artículo 110,inciso d), apartado 10) de la Ordenanza Municipal N° 3693 (Administración Financiera), y susmodificatorias y Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto copia autenticada delcontrato de locación de servicios mencionado precedentemente, el cual se encuentra registradobajo el N° 11549, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumentolegal, conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta OrgánicaMunicipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato de locación de servicios registrado bajo el N° 11549, cuya
copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día cinco (05) deI mes de
Junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de
Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y el señor Jonatan SalvadorQUINTERO, D.N.I. N° 36.303.191. ElIo, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- Imputar el presente con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Turismo,
Partida 13.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,archivar. i 1 65DECRETO MUNICIPAL N° /2017.Ic.
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 31
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PROVIN CIA DE TIERRA DEL FUEGANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO UR 2Q1/To del 350 Ánjversario de la Gesta de Malvinas:
REPUBLICA ARGENTINA • i3 ‘ = .). ÑeorIoria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre.MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
En la ciudad de Ushuaia a los cinco (05) días del mes de Junio de 2017, entre laMunicipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de Economía yFinanzas, Lic, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en Arturo Coronado N° 486,Primer Piso, Ushuaia, en adelante La MUNICIPALIDAD, y el señor Jonatan SalvadorQUINTERO, D.N.I. N° 36.303.191, con domicilio en Beauvoir N° 2485, de la ciudad deUshuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante llamado El LOCADOR, convienen encelebrar, el presente Contrato de Locación de Servicios, conforme a las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata al LOCADOR a efectos de que realice servicios deanálisis, diseño y programación de aplicaciones web utilizando la arquitectura y herramientasya establecidas en la infraestructura web definida; administración y mantenimiento deservicios asociados al entorno web; soporte a usuarios de servicios y aplicaciones web; y b)
atención primaria de usuarios en capacitación, soporte y asistencia relacionados conproblemas en el uso de las TI (Tecnologías de Información) en todas las dependendasMunicipales a nivel de sistemas operativos, ofimática, tecnología Sunray, redes, impresión yhardware.
SEGUNDA: Los servicios contratados serán prestados por un total de 35 horas semanales,
contemplando la posibilidad de cubrir eventuales incidentes con los servicios TICÉ queocurran fuera de un horario habitual y por el término de seis (06) meses, desde el día 01 de
Julio de 2017 al 31 de Diciembre de 2017, en la ciudad de Ushuaia y de acuerdo a los
lineamientos impartidos por el superior de las dependencias de la Municipalidad de Ushuaia. -
TERCERA: Se acuerda en concepto de retribución por los servicios prestados la suma totalde PESOS CIENTO DOS MIL CON 00/100 ($ 102.000,00), distribuidos de la siguientemanera: SEIS (06) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS DIECISIETE MIL CON00/100 ($ 17.000,00), cuyos pagos se efectivizarán contra la prestación del servicio entre el 1°
y el 10° de cada mes vencido, debiendo el LOCADOR presentar la correspondiente factura o
recibo a favor de La MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el Certificadode Situación Fiscal Regular emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina (A.R.E.F.),Certificado de Situación Fiscal Regular (DGR Municipal) de la totalidad de los bienes que
posea el LOCADOR y de las actividades en que se encuentre inscripto vigente a la fecha
prevista al pago. Además, deberá acompañar comprobante de pago de aportes en AFIP del
mes de prestación del servicio y la póliza de Seguro por accidentes personales por el período
dure la contratación y su correspondiente comprobante de pago total o mensual.- /11.2.
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Dirección de lhforrnátce
“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 32
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PROVINCIA DE TIERRA DEL €q’ANTARTIDA E ISLAS DEL Al ‘“ ° L aqçiel35 Aniversario de la Gesta de Malvinas:REPUBLICA ARGE
1 a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre.MUNICIPALIDAD DE U
1/1.2.
CUARTA: La MUNICIPALIDAD, y el LOCADOR, podrá rescindir el presente contrato encualquier momento de su vigencia, previa comunicación fehaciente cursada a la contrapartecon un mínimo de quince (15) días de anticipación, sin necesidad de expresión de causa.QUINTA: El presente Contrato no implica ninguna relación de dependencia de el LOCADORrespecto de La MUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693 ymodificatorias, Decreto reglamentario N° 1255/2013 y Artículo 1251 y concordantes delCódigo Civil y Comercial; correspondiendo asumir a cargo de el LOCADOR las obligacionesfiscalesyprevisionalesdelcaso.
SEXTA: Los servicios se prestarán a ciencia y conciencia de el LOCADOR, el que deberáactuar dentro de las prescripciones éticas y legales que hacen a su disciplina u oficio, perosiempre teniendo como mira y finalidad el objeto del presente Contrato y de la contratación desus servicios efectuada por La MUNICIPALIDAD. Si en el curso de su labor surgieranimposibilidades o incompatibilidades legales respecto del ejercicio profesional las hará sabera La MUNICIPALIDAD, a fin de buscar los medios idóneos para solucionar las mismas o paraproceder a la resolución del Contrato, en cuyo caso el precio convenido pasará a ser elproporcional a los servicios cumplidos.
—
SEPTIMA: El LOCADOR será responsable de la discrecionalidad con que manejará lainformación confidencial a la que tenga acceso para desarrollar la tarea encomendada y cedeal Municipio la propiedad intelectual de su labor.
OCTAVA: Las divergencias que se produzcan como consecuencia del presente Contratoserán sometidas a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provinciade Tierra del Fuego, con asiento en la ciudad de Ushuaia, renunciando expresamente acualquier otro fuero o jurisdicción. A los efectos del presente Contrato, las partes constituyendomicilio en los ut-supra indicados, donde serán válidas todas las notificaciones que debancursarse.
En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismoefecto en el lugar y fecha ut-supra indicados.
—
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Lic. Alcjandro tic s GailSecr ‘ mia zasM wcpaUcj cje Ushuaia
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Dirección ón infomótic
“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur son y serán Argentinas”
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“2017, año del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas;Provincia de Tierra del Fuego Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”.
Antártida, e Islas del Atlántico Sur= República Argentina=
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
USHUAIA, 18 JUL 2017
VISTO el expediente N° 3131-ID/2016 del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que a través del mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado el díaveintinueve (29) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Sr.Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas Alejandro GALLO N° 26.667.944 y el Sr. JhonnyGARCIA VALLEJOS, D.N.l. N° 94.184.549, a fin de que preste servicios en el área de mantenimientodel natatorio, calderas del Polo Deportivo Héroes de Malvinas y espacios dependiente del InstitutoMunicipal de Deportes.
Que dicha contratación se encuadra en el Articulo 110, inciso d), apartado 1), de la Ordenanza3693, de Administración Financiera y Contrataciones, y sus modificatorias, Anexo 1 del Decreto
Municipal N° 1255/2013 y Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del contrato aludido,
el cual se encuentra registrado bajo el N° 11586, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el dictado del presente acto administrativo,de acuerdo a lo establecido en el articulo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D ECR ETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de locación de servicios registrado bajo el N° 11586, cuya copiaautenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintinueve (29) de junio de 2017,entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic.Lucas Alejandro GALLO N° 26.667.944 y el Sr. Jhonny GARCIA VALLEJOS, D.N.I. N° 94.184.549.Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- Imputar la suma mencionada precedentemente con cargo al titular presupuestario:Instituto Municipal de Deportes - Presidencia, partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
116$archivar
DECRETO MUNICIPAL N° /2017.-
Lev.
“Las Islas Malvinas, Georg las y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas.”
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ES COPIA FIEL1NAL
Provincia de Tierra del PuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur “2017, ano . Malvinas
REPUBLICA ARGENTINA = Honor y Gloria a nuestros Heroes, ayer, hoy y siempre.MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOSEntre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Señor Secretario deEconomía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO N° 26.667.944, con domicilio en calle ArturoCoronado N° 486, 10 piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr. IntendenteMunicipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra el Sr. JhonnyGARCIA VALLEJOS, D.N.I. N° 94.184.549, con domicilio en la calle Islas de los Estados N°110 de la ciudad de Ushuaia, en adelante llamado EL CONTRATADO, convienen encelebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes
cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO a efectos deque el mismo desempeñe tareas en el área mantenimiento del natatorio, calderas del Polo
Deportivo Héroes de Malvinas y Espacios dependientes del Instituto Municipal de Deportes,
de acuerdo a las necesidades que surjan y conforme a las órdenes impartidas por el superiora cargo, con una carga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales.
SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el periodo comprendido entre el primero(01) de julio de 2017 y el treinta y uno (31) de diciembre de 2017.
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la sumatotal de PESOS CIENTO VEINTISEIS MIL ($ 126.000,00) pagadero de la siguiente manera:
seis (06) cuotas iguales y consecutivas cada una de PESOS VEINTIUN MIL ($ 21.000,00),cuyo paçjo se efectivizará del 1° al 15 día de cada mes vencido, debiendo EL
CONTRATADO otorgar el pertinente recibo o factura a favor de LA MUNICIPALIDAD,
conforme normas vigentes, adjuntando el Certificado de Situación Fiscal Regular Provincial
(AREE Provincial) de la totalidad de los bienes que posea EL LOCADOR y de las
actividades en que se encuentre inscripta vigente a la fecha prevista de pago. Ademas
deberá acompañar comprobante de pago de AFIP del mes inmediato anterior al mes de laprestación y la póliza de seguro de accidentes personales por el periodo que dure la
contratación y su correspondiente comprobante de pago total o mensual.
CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de
dependencia y/o empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza
Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones) y sus modificatorias, Po!el art. 1251 y concordantes del Código Civil y comercial, debiendo asumir EL LOCADOR las
obligaciones fiscales í previsionales del caso por el desarrollo de su actividad.
QUlNTA: ,frt presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes sin invocación de
k /11.2.
“Las Islas Malvinas. Georgias y Síiuclwicli dci Sur, son y scri, Argcntinas”
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11
Provincia de Tierra del Fuego /Antártida e Islas del Atlántico Sur 2017, año del 3sjAniversano de la Gesta do Malvinas:
= REPUBLICA ARGENTINA= Honor y Gloria nuestros Heroes, ayer, hoy y siempre.
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
111.2.
causa notificando a la otra parte en forma fehaciente con quince (15) días corridos deantelación, sin que genere derecho o reclamo alguno.
SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación yio ejecución
del presente contrato ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de ¡os
Tribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero
o jurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRATADO en los
indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones extrajudiciales
y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otra parte por un medio
fehaciente.
En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto, en la ciudad de Ushuaia provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, ajos dias del mes de junio del año dos mil diecisiete.
FIELNAL
“Las Islas Malvinas. (;corgias y SindwkIi del Sur, son y erá,I Argentinas’
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 36
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”.
REPUBLICA ARGENTINAMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
USHUAIA,
VISTO el expediente SR N° 92/2014 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el contrato de locación de servicios celebrado el
día cinco (05) deI mes de Junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por elSr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, DNI N° 26.667.944, y el señor MartínDaniel ACOSTA, D.N.I. N° 34.249.048, a los efectos de que este último preste servicios deatención primaria de usuarios en capacitación, soporte y asistencia relacionados con problemas enel uso de las TlCs (Tecnologías de Información y Comunicaciones) en todas las dependenciasMunicipales a nivel de sistemas operativos, ofimática, tecnología Sunray, redes, impresión, V0IP yhardware.
Que dicha contratación se encuadra en lo establecido por el artículo 110, incisod), apartado 10) de la Ordenanza Municipal N° 3693 (Administración Financiera), y susmodificatorias y Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto copia autenticada delcontrato de locación de servicios mencionado precedentemente, el cual se encuentra registradobajo el N° 11557, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumento
legal, conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipalde la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato de locación de servicios registrado bajo el N° 11557, cuya
copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día cinco (05) del mes de
Junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Sr. Secretario de Economía
y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, DNI N° 26.667.944 y el señor Martín Daniel ACOSTA, D.N.I. N°
34.249.048. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- Imputar el presente con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Turismo,
Partida 13.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar. 1 1DECRETO MUNICIPAL N° /2017.
y
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 37
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CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
En la ciudad de Ushuaia a los cinco (05) días del mes de Junio de 2017, entre laMunicipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de Economía yFinanzas, Lic. Lucas GALLO, DNI N° 26.667.944, con domicilio en Arturo Coronado N° 486,Primer Piso, Ushuaia, en adelante La MUNICIPALIDAD, y el señor Martín Daniel ACOSTA,D.N.l. N° 34.249.048, con domicilio en Puerto Español N° 1259, de la ciudad de Ushuaia,Provincia de Tierra del Fuego, en adelante llamado El LOCADOR, convienen en celebrar, elpresente Contrato de Locación de Servicios, conforme a las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata al LOCADOR a efectos de que preste servicios deatención primaria de usuarios en capacitación, soporte y asistencia relacionados conproblemas en el uso de las TICs (Tecnologías de Información y Comunicaciones) en todas lasdependencias Municipales a nivel de sistemas operativos, ofimática, tecnología Sunray,redes, impresión, VoIP y hardware.
SEGUNDA: Los servicios contratados serán prestados por un total de 35 horas semanales ypor el periodo comprendido desde el día 01 de Julio de 2017 al 31 de Diciembre de 2017, enla ciudad de Ushuaia y de acuerdo a los lineamientos impartidos por el superior de lasdependencias de la Municipalidad de Ushuaia.
TERCERA: Se acuerda en concepto de retribución por los servicios prestados la suma totalde PESOS CIENTO DOS MIL CON 00/100 ($ 102.000,00), distribuidos de la siguientemanera: SEIS (06) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS DIECISIETE MIL CON00/1 00 ($ 17.000,00), cuyos pagos se efectivizarán contra la prestación del servicio entre el 1°y el 10° de cada mes vencido, debiendo el LOCADOR presentar la correspondiente factura orecibo a favor de La MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el Certificadode Situación Fiscal Regular emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina (A.R.E.F.),Certificado de Situación Fiscal Regular (DGR Municipal) de la totalidad de los bienes queposea el LOCADOR y de las actividades en que se encuentre inscripto vigente a la fechaprevista al pago. Además, deberá acompañar comprobante de pago de aportes en AFIP delmes de prestación del servicio y la póliza de Seguro por accidentes personales por el períodoque dure la contratación y su correspondiente comprobante de pago total o mensual.-—CUARTA: La MUNICIPALIDAD, y el LOCADOR, podrá rescindir el presente contrato encualquier momento de su vigencia, previa comunicación fehaciente cursada a la
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 38
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III 2
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
contraparte con un mínimo de quince (15) días fe anticipación, sin necesidad de expresióndecausa. —
QUINTA: El presente Contrato no implica ninguna relación de dependencia de el LOCADORrespecto de La MUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693, ymodificatorias, Decreto reglamentario N° 1255/2013 y Artículo 1251 y concordantes delCódigo Civil y Comercial, correspondiendo asumir a cargo de el LOCADOR las obligacionesfiscales y previsionales del caso.
SEXTA: Los servicios se prestarán a ciencia y conciencia de el LOCADOR, el que deberáactuar dentro de las prescripciones éticas y legales que hacen a su disciplina u oficio, perosiempre teniendo como mira y finalidad el objeto del presente Contrato y de la contratación desus servicios efectuada por La MUNICIPALIDAD. Si en el curso de su labor surgieranimposibilidades o incompatibilidades legales respecto del ejercicio profesional las hará sabera La MUNICIPALIDAD, a fin de buscar los medios idóneos para solucionar las mismas o para
proceder a la resolución del Contrato, en cuyo caso el precio convenido pasará a ser el
proporcional a los servicios cumplidos.—
SEPTIMA: El LOCADOR será responsable de la discrecionalidad con que manejará la
información confidencial a la que tenga acceso para desarrollar la tarea encomendada y cede
al Municipio la propiedad intelectual de su labor.
OCTAVA: Las divergencias que se produzcan como consecuencia del presente Contrato
serán sometidas a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia
de Tierra del Fuego, con asiento en la ciudad de Ushuaia, renunciando expresamente a
cualquier otro fuero o jurisdicción. A los efectos del presente Contrato, las partes constituyen
domicilio en los ut-supra indicados, donde serán válidas todas las notificaciones que deban
cursarse.
En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo
efecto en el lugar y fecha ut-supra indicados.
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 39
Provincia de Tierra del Fuego 2017, Año del 35 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y GloriaAntártica e Islas del Atlántico Sur a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”.
República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
USHUAIA, 1 B JUL 21
VISTO el expediente N° SD/3896!2014, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado el día treinta (30) de junio
de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de Economía y
Finanzas, Lic. Alejandro Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y la señorita Anabela ROZAS, D.N.I. N°
32.904.748, a efectos de que la misma realice tareas de apoyo y asesoramiento en cuestiones
relacionadas con lo social en el ámbito de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos
Humanos, con un total de 35 horas semanales.
Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110, inciso d), apartado 10), de la Ordenanza
Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones), Anexo 1 del Decreto Municipal
N° 1255/2013 y artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte integrante del presente Decreto Municipal, copia autenticada
del Contrato registrado bajo el N° 11593, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D ECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11593, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día treinta (30) de junio de 2017, entre
la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de Economía y Finanzas, Lic.
Alejandro Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y la señorita Anabela ROZAS, D,N.I. N° 32.904.748.
Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- Imputar el presente con cargo al titular presupuestario: Secretaría de Políticas
Sociales, Sanitarias y de Derechos humanos, Partida 13.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.1 68
DECRETO MUNICIPAL N° /2017.-
“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 40
CON RAO REGTRADO
BAJOELN 11 593
USHUAIA, L5 JijIlProvincIa de Tierra del Fuego, 1 - 2O1 7, Año del 35 Aniversario de la Cesta de Malvinas: Honor y GloriaAntártida e Islas del Atlántico Su Dr ri - YAIIA a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempr&República Argenbna- L)e’n 2t1 GenraI
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CONT TO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el señor Secretariode Economía y Finanzas, Lic. Alejandro Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilioen la calle Arturo Coronado N° 486, 1 Piso, ad-referéndum del Sr. Intendente Municipal., enadelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra la señorita Anabela ROZAS, D.N.l.N° 32.904.748 con domicilio en Kuanip N° 2151 de la ciudad de Ushuaia, en adelantellamado LA CONTRATADA, convienen en celebrar el presente Contrato de Locación deServicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios profesionales de LA CONTRATADAde Profesión Trabajadora Social a efectos de que la misma realice tareas de apoyo yasesoramiento en cuestiones relacionadas con lo social en el ámbito de la Secretaría dePolíticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, con un total de 35 horas semanales.--SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el período comprendido entre el PRIMERO(01)de julio de 2017 al TREINTA Y UNO (31)de diciembre de 2017, inclusive.TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma totalde PESOS CIENTO SSENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON00/1 00 ($ 164.562,00), pagaderos en SEIS (06) cuotas iguales, mensuales y consecutivas dePESOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CON 00/100 ($ 27.427,00),cuyo pago se efectivizará deI 1° al 15° día de cada mes vencido, debiendo LACONTRATADA otorgar el pertinente recibo o factura a favor de LA MUNICIPALIDAD,adjuntando Certificado de Situación Regular emitido por la Agencia de RecaudaciónFueguina, Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Dirección General de RentasMunicipal, Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al período facturado yúltimo recibo de pago del seguro de accidentes personales, el cúal deberá cubrir el períodoque dure el contrato, debiendo adjuntar copia de la póliza.
CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependenciay/o empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693(de Administración Financiera y Contrataciones), por el art. 1251 y concordantes del CódigoCivil y Comercial, debiendo asumir LA CONTRATADA las obligaciones fiscales yprevisionales del caso por el desarrollo de su actividad.
QUINTA: E presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes en cualquier momento
ESMministrativ - Leg. 3005Departamento Despacho
D.ASRS/S. y DDHH.MUNICIPALI AD DE USHUAIA
y
“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SÁNDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 41
ADO
115 93.;.3:1.1
Provincia de Tierra del Fuego, ), ‘2017, Año del 35° AnIversario de la Cesta de Malvinas. Honor y GloriaAntártida e Islas del Atlántico Sur. :3
1a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre’
República Argentina Qr. 8aI.Ç0mMUNICIPALIDAD DE USHUAIA ..‘1 L I)1 .•33
SecretarIa de Economla y FInanzs
de su vigencia, reviacornunic ción fehaciente cursada a la contraparte con quince (15)
días corridos de antelación, & necesidad de expresión de causa, sin que ello genere
derecho a reclamar indemnización, daño, ni perjuicio.
SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución del
presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los
Tribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o
jurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y LA CONTRATADA en
los indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones
extrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la
otra parte por un medio fehaciente.
En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, a los TREINTA (30) días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
EIA FIELAdministraiya Leg. 3005Departarrhnto Despacho
DA. SP/SS. y DD.HH.MUNICIPAL/DAD DE USHUAIA
“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SÁNDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS’
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 42
Provincia de Tierra del Fuego ‘2017, Año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y GloriaAntártica e Islas del Atlántico Sur a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”.
República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
USHUAIA,
VISTO el expediente N° SD/323512014, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado el día treinta (30) de junio
de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de Economía y
Finanzas, Lic. Alejandro Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y la Lic. en Psicología María Constanza
RIJA MASAGUER, D.N.l. N° 32.413.157, a efectos de que la misma realice tareas de apoyo y
asesoramiento en cuestiones relacionadas con lo social, psicológico y resolución de conflictos, en el
ámbito de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, con un total de 35
horas semanales.
Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110, inciso d), apartado 10), de la Ordenanza
Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones), Anexo 1 del Decreto Municipal
N° 1255/2013 y artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte integrante del presente Decreto Municipal, copia autenticada
del Contrato registrado bajo el N° 11597, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme
a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11597, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día treinta (30) de junio de 2017, entre
la Municipalidad de Ushuaia, representada por por el señor Secretario de Economía y Finanzas, Lic.
Alejandro Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y la Lic. en Psicología María Constanza RIJA
MASAGUER, D.N.I. N° 32.413.157. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- Imputar el presente con cargo al titular presupuestario: Secretaría de Políticas Sociales,
Sanitarias y de Derechos humanos, Partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETOMUNICIPALN° 1 1 69 /2017.-
“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SAND\VICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 43
ESC A JEL
Provincia de Tierra dei Fuego, Adniinistrati a- Leg. 3005 ‘2017, Año del 35 Aniversario de la Gesta de Malvinas: HonoryGloria
Antártida e Islas dei Atlántico Sur. Departame1ntoDespacho a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre
República A enfinaD.A.S.P.S1S.y DD.HH.
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA MUNCIPALIDD DE USHUAIA
Secretaria de Economia y Finanzas
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el señor Secretario
de Economía y Finanzas, Lic. Alejandro Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio
en la calle Arturo Coronado N° 486, 1° Piso, ad-referéndum del Sr. Intendente Municipal, en
adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra la señorita Maria Constanza RIJA
MASAGUER, D.N.I. N° 32.413.157 con domicilio en Kuanip N° 1848 de la ciudad de Ushuaia,
en adelante llamado LA CONTRATADA, convienen en celebrar el presente Contrato de
Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios profesionales de LA CONTRATADA
de Profesión Psicóloga a efectos de que la misma realice tareas de apoyo y asesoramiento
en cuestiones relacionadas con lo social, psicológico y resolución de conflictos, en el ámbito
de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, con un total de 35
horas semanales.
SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el período comprendido entre el PRIMERO
(01) de julio de 2017 al TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2017, inclusive.
TERCERA: Se acuerda n concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total
de PESOS CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON
00/100 ($ 164.562,00), pagaderos en SEIS (06) cuotas iguales, mensuales y consecutivas
de PESOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CON 00/100 ($ 27.427,00),
cuyo pago se efectivizará del l al 15° día de cada mes vencido, debiendo LA
CONTRATADA otorgar el pertinente recibo o factura a favor de LA MUNICIPALIDAD,
adjuntando Certificado de Situación Regular emitido por la Agencia de Recaudación
Fueguina, Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Dirección General de Rentas
Municipal, Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al período facturado y
último recibo de pago del seguro de accidentes personales y de mala praxis, los cuales
deberán cubrir el período que dure el contrato, debiendo adjuntar copias de las pólizas.
CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependencia
y/o empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693
(de Administración Financiera y Contrataciones), por el art. 1251 y concordantes del Código
Civil y Comercial, debiendo asumir LA CONTRATADA las obligaciones fiscales y
previsionales del caso por el desarrollo de su actividad.
QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes en cualquier momento
de su vigencia, previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con quince (15)
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Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur.
República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
Secretaría de Economla y Finanzas
III.. .2
días corridos de antelación, sin necesidad de expresión de causa, sin que ello genere
derecho a reclamar indemnización, daño, ni perjuicio.
SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución del
presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los
Tribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o
jurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y LA CONTRATADA en
los indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones
extrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la
otra parte por un medio fehaciente.
En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, a los TREINTA (30) días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
‘2017, Año del 35 Aniversario de la Cestada Malvinas; HonoryGloriaa nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre’
U Al A A.
“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SÁNDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 45
PRO VINCIA DE TIERRA DEL FUEGOANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:REPUBLICA ARGENTINA Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre.MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
USHUAIA, 18 JUL 2D17VISTO el expediente S.H. N° 4439/2014 del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el contrato de locación de servicios celebrado eldía cinco (05) del mes de Junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Sr.Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y la Sra. NadiaPatricia RAMOS, D.N.I. N°32.111.154, a los efectos de que esta última preste servicios de análisis,diseño y programación de aplicaciones y miniaplicaciones web utilizando la arquitectura yherramientas ya establecidas en la infraestructura web definida; administración y mantenimiento deservicios asociados al entorno web; soporte a usuarios de servicios y aplicaciones web; migracióntecnológica de capa de presentación de aplicaciones web y documentación de las mismas.
Que dicha contratación se encuadra en lo establecido por el artículo 110, incisod), apartado 10) de la Ordenanza Municipal N° 3693 (Administración Financiera) y susmodificatorias y el Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto copia autenticada delcontrato de locación de servicios mencionado precedentemente, el cual se encuentra registradobajo el N° 11551, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumentolegal, conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipalde la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIADE CRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato de locación de servicios registrado bajo el N° 11551, cuyacopia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día cinco (05) del mes deJunio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Sr. Secretario de Economíay Finanzas, Lic, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y la Srta. Nadia Patricia RAMOS, D.N.l. N°32.111.154. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.ARTICULO 2°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.ARTICULO 3°.- Imputar el presente con cargo al Titular Presupuestario Secretaria de Turismo,Partida 13.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,archivar.
1 17DECRETO MUNICIPAL N° /2017.Ic.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 46
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PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO LANAANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTIdO SUR 2O7 ái’8’ del 35 Aniversario de la Gesta de Malvinas:
REPUBLICA ARGENTINA 1 1 Hdñói’GIoria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre.MUNICIPALIDAD DE USHUAIA ‘°‘
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
En la ciudad de Ushuaia a los cinco (05) días del mes de Junio de 2017, entre laMunicipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de Economía yFinanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en Arturo Coronado N° 486,Primer Piso, Ushuaia, en adelante La MUNICIPALIDAD, y la Sra. Nadia Patricia RAMOS,D.N.I. N° 32.111.154, con domicilio en Antártida Argentina N°753, de la ciudad de Ushuaia,Provincia de Tierra del Fuego, en adelante llamada LA LOCADORA, convienen en celebrar, elpresente Contrato de Locación de Servicios, conforme a las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata a la LOCADORA a efectos de que realice serviciosde análisis, diseño y programación de aplicaciones y miniaplicaciones web utilizando laarquitectura y herramientas ya establecidas en la infraestructura web definida; administracióny mantenimiento de servicios asociados al entdrno web; soporte a usuarios de servicios yaplicaciones web; migración tecnológica de capa de presentación de aplicaciones web ydocumentación de las mismas.
SEGUNDA Los servicios contratados seran prestados por un total de 35 horas semanalescontemplando la posibilidad de cubrir eventuales incidentes con los servicios TICÉ queocurran fuera de un horario habitual y por el término de seis (06) meses, desde el día 01 deJulio de 2017 al 31 de Diciembre de 2017, en la ciudad de Ushuaia y de acuerdo a loslineamientos impartidos por el superior de las dependencias de la Municipalidad de Ushuaia. -
TERCERA: Se acuerda en concepto de retribución por los servicios prestados la suma totalde CIENTO VEINTITRES MIL CON 00/100 ($ 123.000,00), distribuidos de ¡a siguientemanera: SEIS (06) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS VEINTE MIL QUINIENTOSCON 00/100 ($ 20.500,00), cuyos pagos se efectivizarán contra la prestación del servicioentre el 1° y el 10° de cada mes vencido, debiendo la LOCADORA presentar lacorrespondiente factura o recibo a favor de La MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes,adjuntando el Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Agencia de RecaudaciónFueguina (A.R.E.F.), Certificado de Situación Fiscal Regular (DGR Municipal) de la totalidadde los bienes que posea la LOCADORA y de las actividades en que se encuentre inscriptovigente a la fecha prevista al pago. Además, deberá acompañar comprobante de pago deaportes en AFIP del mes de prestacion del servicio y la poliza de Seguro por accidentespersonales por el período que dure la contratación y su correspondiente comprobante depagototalomensual.
CUARTA: La MUNICIPALIDAD, y la LOCADORA, podrá rescindir el presente contrato encualquier momento de su vigencia, previa comunicación fehaciente cursada a la
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur son y serán Argentinas”
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PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEG0 1’ O. LAYANAANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANIrICO SUR PaChO0 del 350 Aniversario de la Gesla de Malvinas:REPUBLICA ARGENTI A Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre.
111.2.
MUNICIPALIDAD DE USH AlA
contraparte con un mínimo de quince (15) días de anticipación, sin necesidad de expresióndecausa.
—
QUINTA: El presente Contrato no implica ninguna relación de dependencia de la LOCADORArespecto de La MUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693, ymodificatorias, Decreto reglamentario N° 1255/2013 y Artículo 1251 y concordantes delCódigo Civil y Comercial, correspondiendo asumir a cargo de [a LOCADORA las obligacionesfiscales y previsionales del caso.SEXTA: Los servicios se prestarán a ciencia y conciencia de la LOCADORA, el que deberáactuar dentro de las prescripciones éticas y legales que hacen a su disciplina u oficio, perosiempre teniendo como mira y finalidad el objeto del presente Contrato y de la contratación desus servicios efectuada por La MUNICIPALIDAD. Si en el curso de su labor surgieranimposibilidades o incompatibilidades legales respecto del ejercicio profesional las hará sabera La MUNICIPALIDAD, a fin de buscar los medios idóneos para solucionar las mismas o paraproceder a la resolución del Contrato, en cuyo caso el precio convenido pasará a ser elproporcional a los servicios cumplidos.SEPTIMA: La LOCADORA será responsable de la discrecionalidad con que manejará lainformación confidencial a la que tenga acceso para desarrollar la tarea encomendada y cedeal Municipio la propiedad intelectual de su labor.OCTAVA: Las divergencias que se produzcan como consecuencia del presente Contratoserán sometidas a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provinciade Tierra del Fuego, con asiento en la ciudad de Ushuaia, renunciando expresamente acualquier otro fuero o jurisdicción. A los efectos del presente Contrato, las partes constituyendomicilio en los ut-supra indicados, donde serán válidas todas las notificaciones que debancursarse.
-- En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismoefecto en el lugar y fecha ut-supra indicados.3r
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur sony serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 48
“2017, año del 35 Aniversano de la Gesta de Malvinas: Honory Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre
PRO VINCIA DE TIERRA DEL FUEGOANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
REPÚBLICA ARGENTINAMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
USHUAIA,
VISTO el expediente JF-8090/2016, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el contrato de locación de servicios suscripto el díaveintiuno (21) de junio del año en curso, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por elSr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, DNI N° 26.667.944, y la Dra.
Geannina Belen CASTILLO COLIVORO, D.N.I. N° 19.038.772, a efectos de que la mismadesempeñe servicios profesionales inherentes a su profesión de abogada bajo el ámbito delJuzgado Administrativo Municipal de Faltas., con un total de cuarenta (40) horas semanales.
Que la presente contratación se encuadra en el Artículo 110, Inciso d), apartado 10) dela Ordenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera el Régimen de Contrataciones,
Administración de Bienes, y los Sistemas de Control Interno y Externo y sus modificatorias,Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y artículos 1251 y concordantes del Código Civil
y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del contratoregistrado bajo el N° 11541 ,correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumento legal,conforme a lo establecido en los artículos 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal
de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato de locación de servicios registrado bajo el N° 11541, cuya
copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintiuno (21) de junio
del año en curso, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Sr. Secretario de
Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, DNI N° 26.667.944, y la Dra. Geannina Belen
CASTILLO COLIVORO, D.N.I. N° 19.038.772, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- Imputar la suma objeto del contrato con cargo al titular presupuestario Juzgado
Administrativo Municipal de Faltas, partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplidoarchivar.
/
1171DECRETO MUNICIPAL N° /2017.-
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 49
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Provincia deTielTa del Fuego 1 Dr. BaOomTC C L’-.Ant utida e Islas del AtUntico Sui 1 DoectOr dn ura
Rcpubliea AlbentIn= 1d35Anserro de 1 C,est de MaIs misMuneipalidad de Ushuaia 1 Ion( y Gloria a nuestros 1 léroes, ayer, hoy y siempre”
CONTRATO DE LOCACIÓN DE ERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Señor Secretario deEconomía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, DNI N° 26.667.944, con domicilio en la calle ArturoCoronado 486 1° Piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por unaparte; y por la otra la Dra. Geannina Belén CASTILLO COLIVORO, D.N.I. N° 19.038.772, Con
domicilio en Beauvoir 2547 de la ciudad de Ushuaia, en adelante llamado LA LOCADORA,convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios a fin de instrumentar laprestación de servicios, ad referéndum del Sr. Intendente de la Ciudad de Ushuaia, de acuerdoa las siguientes cláusulas.
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata, los servicios de LA LOCADORA a efectos de que lamisma preste servicios relacionado a su profesión de abogada, en el ámbito del JuzgadoAdministrativo Municipal de Faltas.
SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el período comprendido entre el PRIMERO(01) de Julio de 2017 al TREINTA y UNO (31) de Diciembre de 2017, inclusive, debiendorealizarse la prestación del servicio en la franja horaria comprendida entre las 08:00 horas y las16:O0horas,delunesaviernes.
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total dePESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CIEN CON 00/100 ($ 143.100,00), pagaderos enseis (6) cuotas iguales y consecutivas de PESOS VEINTITRES MIL OCHOCIENTOSCINCUENTA CON 00/100 ($ 23.850,00), cuyo pago se efectivizará del 1° al 15° de cada mesvencido, debiendo LA LOCADORA otorgar el pertinente recibo o factura a favor de laMUNICIPALIDAD, adjuntando Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Agencia dela Recaudación Fueguina, Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la DireccióhGeneral de Rentas Municipal, de la totalidad de los bienes que posea y de las actividades enque se encuentre inscripto, comprobante de pago de aportes en A.F.I.P. y último recibo de pagodel seguro por accidentes personales, debiendo adjuntar copia de la Póliza que deberá cubrir latotalidad del periodo del contrato.
CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependencia yioempleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 ( deAdministración Financiera y Contrataciones), por el Art. 1251 y concordantes del Código Civil yComercial, debiendo asumir LA LOCADORA las obligaciones fiscales y previsionales del casopor el desarrollo de la actividad.
QUINTA:El presente contrato podrá ser rescindido por cualquiera de las partes, sin invocaciónde causa, en cualquier momento de su vigencia, y previa comunicación fehaciente cursada a la
r12..
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 50
Provincia de Tiena del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina=Municipalidad de Ushuaia
1/1.2..
contraparte con quince (15) días corridos de antelación, sin necesidad de expresión de causa,sin que ello genere derecho a reclamar indemnización, daño, ni perjuicio.
SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución delpresente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los Tribunalesde la Provincia de Tierra del Fuego del Distrito Judicial Sur, renunciando expresamente acualquier otro fuero o jurisdicción. A los efectos del presente contrato las partes constituyendomicilio: LA MUNICIPALIDAD y LA LOCADORA en los indicados en el encabezamiento,donde serán válidas todas las notificaciones extrajudiciales y judiciales que se cursen, salvocambio de domicilio notificado a la otra parte por un medio fehaciente.
En prueba de conformidad, las partes suscriben TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto, en la Ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas delAtlántico Sur, a los I’O( 1 ) días del mes de Junio de 2017.
Lic, Aleja dro Lt. as altoSec(eIsrjo Econamj y irIanzasMun, al,lad de tJshua
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del 350 Aniversario de la Gesia de Malvinas:y Gloria a nuestros 1 léroes, ayer, hoy y siempre”
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 51
2017, año del 35 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Provincia de Tierra del Fuego Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
Antártida, e Islas del Atlántico Sur= República Argentina=
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA 18 JUL 217USH UAIA,
VISTO el expediente N° ID-3128/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado el díaveintinueve (29) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Sr.
Secretario de Economia y Finanzas, Lic. Lucas GALLO D.N.I. N° 26.667.944 y la Sra. Luisa Fátima
ROBLEDO D.N.I. N° 28.790.664, a fin de que preste servicios de control y vigilancia de pileta y en
distintas áreas dependiente del Instituto Municipal de Deportes.
Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110, inciso d), apartado 1), de la Ordenanza
Municipal N° 3693, de Administración Financiera y Contrataciones y sus modificatorias, Anexo 1 del
Decreto Municipal N° 1255/2013 y en el artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del contrato aludido,
el cual se encuentra registrado bajo el N° 11598, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumento legal, conforme a lo
establecido en el articulo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D ECR ETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11598, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintinueve (29) de junio de 2017,
entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Sr. Secretario de Economia y Finanzas, Lic.
Lucas GALLO D.N.I. N° 26.667.944 y la Sra. Luisa Fatima ROBLEDO D.N.l. N° 28.790.664. Ello en
virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- Imputar la suma objeto del contrato con cargo al titular presupuestario: Instituto
Municipal de Deportes - Presidencia, partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.- 1 1 72DECRETO MUNICIPAL N° /2017.-
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 52
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CONTRATO DE LOCACION DE SE?VICIOSEntre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Señor Secretario deEconomía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO N° 26.667.944, con domicilio en calle ArturoCoronado N° 486, 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-refeiénduni del Sr. IntendenteMunicipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte: y por la otra la Sra. Luisa FátimaROBLEDO, D.N.I. N° 28.790.664, con domicilio en la calle Gobernador Paz N° 2024 de laciudad de Ushuaia, en adelante llamada LA CONTRATADA, convienen en celebrar elpresente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:PRIIVIERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA CONTRATADA a efectos deque la misma preste servicios de control y vigilancia de pileta, y en distintas areasdependientes del Instituto Municipal de Deportes, de acuerdo a las necesidades que surjan
y conforme a las órdenes impartidas por el superior a cargo, con una carga horaria de treintay cinco (35) horas semanales.
SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el periodo comprendido entre el primero(01) de julio de 2017 y treinta y uno (31) de diciembre de 2017, incIusive.--
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la sumatotal de PESOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 98.400,00) pagadero de lasiguiente manera: seis (06) cuotas iguales y consecutivas cada una de PESOS DIECISEISMIL CUATROCIENTOS ($ 16.40000), cuyo pago se efectivizará del 1° al 15 día de cada
mes vencido, debiendo LA CONTRATADA otorgar el pertinente recibo o factura a favor de laMUNICIPALIDAD,conforme normas vigentes, adjuntando el Certificado de Situación FiscalRegular Provincial (AREF Provincial), Certificado de Situación Fiscal Regular Municipal(DGR Municipal) de la totalidad de los bienes que posea EL LOCADOR y de las actividades
en que se encuentre inscripta vigente a la fecha prevista de pago. Ademas deberáacompañar comprobante de pago de AFIP del mes inmediato anterior al mes de laprestación y la póliza de seguro de accidentes personales por el periodo que dure lacontratación y su correspondiente comprobante de pago total o mensual.
CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de
dependencia y/o empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza
Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones)y sus modificatorias, por
el art. 1251 y concordantes del Código Civil y comercial, debiendo asumir EL LOCADOR lis
obligaciones fiscales y previsionales del caso por el desarrollo de su actividad.
QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes sin invocación de
causa notificando a la- otra parte en forma fehaciente con quince (15) días corridos de
antelación, sin que genere derecho o reclamo alguno. —----
SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en umnterpretación y/o ejecución
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Las Islas Malvinas Georgias y Sár lwich del Sur son ..-UJiYt’--
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 53
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del presente contrato ambas partes se someten exclusivaménte a la jurisdicción de losTribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero ojurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y LA CONTRATADA en losindicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificacionesextrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notilicando a la Otraparte por un medio fehaciente.
En rueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y aun solo electo, en la ciudad de Ushuaia provincia de Tierra del Fuego, Antártida e¡sÍa del Atlántico Sur, a los días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
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Provincia de Tierra del FuegoAnIátIlda e Islas del Allánlico Sur
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MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 54
Provincia de Tierra del Fuego •‘20l7. año del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a nuestros 1-léroes. ayer. hoy y siempre”
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USHUAIA, I 8 JIJL 2017
VISTO el expediente N° SH— 331 0/2015 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado eldía treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretariode Economía y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el Sr. Emiliano PINILLA TORO,
D.N.I. N° 37.533.108, a fin de cumplir tareas de inspección de obra clandestinas, verificación de
ocupantes, intimaciones de desarme, paralizaciones de obras, verificaciones de espacios verdes; en
el ámbito del Programa Espacios Públicos y Tierras Fiscales dependiente de la Secretaría de Hábitat yOrdenamiento Territorial.
Que la presente contratación se encuadra en lo establecido el el Articulo 110, Inciso d),
apartado 1) de la Ordenanza Municipal N° 3693, y sus modificatorias y Anexo 1 del Decreto Municipal
N° 1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato
de Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 11607
correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11607 celebrado el
día treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario
de Economía y Finanzas, Lucas GALLO, D.NJ. N° 26.667.944, y Sr. Emiliano PINILLA TORO, D.N.I.N° 37,533.108. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al TitularPresupuestario: Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial. Partida 13.
ARTÍCULO 40• Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Muni para su
publicación. Cumplido, archivar. 1173DECRETOMUNICIPALN° /2017.-
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 55
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Provincia de Tierra del Fuego “2Ol, año del 350 Aniversario de la Gcsia de Mahinas:Antártida e Islas del Atlántico ior y Gloria a nuestros Héroes, ayer. hoy y siempre”
República ArgentinaMunicipalidad de U
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de Economía
y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486 1°piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte; y por la otra, el Sr.Emiliano PINILLA TORO, D.N.I. N° 37.533.108, con domicilio en la calle Tehuelche N° 1414, de laciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO, convienen en celebrar el presente contrato delocación de Servicios, ad. referéndum del Sr. Intendente de acuerdo a las siguientes cláusulas:--—-----PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO, a efectos de que el
mismo realice tareas de inspección de obras clandestinas, verificación de ocupantes, intimaciones dedesarme, paralizaciones de obras, verificaciones de espacios verdes; en el ámbito del ProgramaPreservación de Espacios Públicos y Tierras Fiscales dependiente de a Secretaria de Habitat yOrdenamiento Territorial, con un total de 35 horas semanales, teniendo amplia disponibilidad horaria,de acuerdo a las necesidades del servicio.-----
SEGUNDA: El servicio contratado será prestado durante el periodo de seis (6) meses, comprendidosentre el día primero (1)de julio del año dos mil diecisiete (2017)y el treinta y uno (31) de diciembre delmismo año.
—----— —-—------------— —-------------------—-—---—---—-
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma de PESOSCIENTO TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 132.600,00), pagaderos en seis (6)cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS VENTIDOS MIL CIEN CON 00/100 (S22.100,00), correspondiente a los meses de julio a diciembre deI 2017, pagaderas entre los días cinco
(5) y quince (15) de cada mes contra entrega de factura correspondiente a favor de laMUNICIPALIDAD.---— —
CUARTA: EL CONTRATADO; con la presentación de la correspondiente factura y/o recibo, deberáadjuntar Cértificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina,Certificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Dirección General de Rentas Municipal de latotalidad de los bienes que posea y de las actividades en las que se encuentre inscripto, comprobantede pago AFIP, correspondiente al período facturado, último recibo de pago del Seguro de accidentespersonales y copia de la póliza, debiendo el mismo cubrir el periodo que dure el contrato.-——QUINTA: La celebración del presente contrato no implica relación de dependencia entre ELCONTRATADO respecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose la Ordenanza Municipal N° 3693, y susmodificatorias y Anexo I del Decreto Municipal N° 1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes deCodigo Civil y Comercial—
—-------—-—---— —--—--—-—-—---— — ——--------
SEXTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes, sin invocación de causa, encualquier momento de su vigencia y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con unmínimo de QUINCE (15) días corridos de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar
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indemnización, daño, ni perjuicio alguno a favor de la
SÉPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a la interpretación ocumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en los mencionados en el encabezamientodel presente contrato, donde serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse, y se sometena la jurisdicción de los Tribunales Judiciales Ordinarios con asiento en la ciudad de Ushuaia, conexpresa renuncia a cualquier fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponder.-------------——--------—-----En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo
efecto, en la ciudad de Ushuaia, a los treinta (30) días del mes de junio de 201 7.-----------—-—-------——
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Provincia de Tierra del Fuego “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USHUAIA, 1 JUL 717
VISTO el expediente N° GU— 4189/2015 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el
día treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario
de Economía y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y la Sra. Adriana Marina DUARTE
PINCOL, D.N.I. N° 35.283.372, a fin de que realice el relevamiento de adjudicaciones otorgadas y el
seguimiento de aquellos casos con trámites inconclusos en la Dirección de Suelo Urbano,
dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Territorial de la Secretaría de Hábitat y OrdenamientoTerritorial de la Municipalidad de Ushuaia.
Que la presente contratación se encuadra en lo establecido el el Articulo 110, Inciso d),
punto 10) de la Ordenanza Municipal N° 3693, y sus modificatorias y Anexo 1 del Decreto Municipal N°
1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato
de Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 11623
correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11623 celebrado el
día treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario
de Economía y Finanzas, Licenciado Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y la Sra. Adriana Marina
DUARTE PINCOL, D.N.I. N° 35.283.372. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular
Presupuestario: Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial. Partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de para su
publicación. Cumplido, archivar.1 17 4
“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 58
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Municipalidad de
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
En la ciudad de Ushuaia, a los treinta (30) días del mes de junio de 2017, entre la Municipalidadde Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, LicenciadoLucas GALLO, D.N.l. N° 26.667.944, con domicilio en calle Arturo Coronado N° 486, de la ciudad de
Ushuaia, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y la Sra. Adriana Marina DUARTE PINCOL, D.NJ. N°
35.283.372, con domicilio en calle Marcos Zar N° 854 de la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del
Fuego, en adelante llamada LA CONTRATADA, convienen en celebrar Ad-Referéndum del Señor
Intendente el presente Contrato de Locación de Servicios, conforme a las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata a LA CONTRATADA a efectos de que ésta realice el
relevamiento de adjudicaciones otorgadas y el seguimiento de aquellos casos con trámites
inconclusos en la Dirección de Suelo Urbano, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo
Territorial de la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial de la Municipalidad de Ushuaia.------
SEGUNDA: Los servicios contratados serán prestados por un total de 35 horas semanales, desde el
día primero (01) de julio de 2017 hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2017, en la ciudad de
Ushuaia y de acuerdo a los lineamientos impartidos por el superior de las dependencias de la
Municipalidad de Ushuaia, en el horario de 09:00 hs. a 16:00 hs.---- —
TERCERA: Se acuerdan en concepto de retribución por los servicios prestados la suma total de
PESOS CIENTO OCHO MIL CON 00/1 00 ($108.000,00), distribuidos en seis (06) cuotas mensuales
iguales y consecutivas de PESOS DIECIOCHO MIL CON 00/ 100 ($ 18.000,00), cuyo pago se
efectivizará contra la prestación del servicio entre el 1 y el 10 de cada mes vencido, debiendo LA
CONTRATADA con la presentación de la correspondiente factura y/o recibo, deberá adjuntar
Certificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina,
Certificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Dirección General de Rentas Municipal de la
totalidad de los bienes que posea y de las actividades en las que se encuentre inscripta, comprobante
de pago AFIP, correspondiente al período facturado, último recibo de pago del Seguro de accidentes
personales y copia de la póliza, debiendo el mismo cubrir el periodo que dure el contrato. —
CUARTA: Las partes podrán rescindir el presente Contrato en cualquier momento de su
vigencia sin invocación de causa, previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un
lapso mírimo de QUINCE (15) días de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar
indemnización, daño ni perjuicio alguno a favor de la otra. —
—
QUINTA: El presente Contrato no implica relación de dependencia de LA CONTRATADA respecto de
LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por Artículo la Ordenanza Municipal N° 3693, ‘ sus mdificatorias y
Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes on e)/Codigo Civil y
Comercial, correspondiendo asumir a cargo de LA CONTRATADA las oblqojies fiscales y
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 59
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COJTRAJQ REGISTRADO
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Provincia de Tierra del Fego CuraIÍs’Antaitida e Isi is del AtlanticcrSiu FIrMAY-[LLC)
República ArgentinaMunicipalidad dc Ushuaia
previsionales de caso. — —----- — — — —
SEXTA: Las divergencias que se produzcan como consecuencia del presente Contrato seránsometidas a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tierra delFuego, con asiento en la ciudad de Ushuaia, renunciando expresamente a cualquier otro fuero ojurisdicción. A los efectos del presente Contrato, las partes constituyen domicilio en los ut-supraindicados, donde serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse. — —-—-—
En prueba de conformidad de las partes se firman Tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto en el lugar y fecha ut-supra indicados.--------- — —----— — —
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwieh del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 60
Provincia de Tierra del Fuego “2017, Año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y GloriaAntártica e Islas del Atlántico Sur a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre.
República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
18JU 21117USH UAIA,
VISTO el expediente N° SD13562/2015, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado el día treinta (30) de junio
de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de Economía y
Finanzas, Lic. Alejandro Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y el Señor Julio Cesar OLIVERA, D.N.I.
N° 30.150.815, a efectos de que el mismo preste taras de asistencia y apoyo en el ámbito del
Departamento Liquidaciones dependiente de la Dirección de Administración de la Secretaría de
Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, con un total de 35 horas semanales.
Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110, incisos d), apartado 1), de la Ordenanza
Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones), Anexo 1 del Decreto Municipal
N° 1255/2013 y artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte integrante del presente Decreto Municipal, copia autenticada
del contrato registrado bajo el N° 11596, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme
a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11596, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día treinta (30) de junio de 2017, entre
la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de Economía y Finanzas, Lic.
Alejandro Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y el Señor Julio Cesar OLIVERA, D.N.I. N°
30.150.815. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTTCULO 3°.- Imputar el presente con cargo al titular presupuestario: Secretaría de Políticas
Sociales, Sanitarias y de Derechos humanos, Partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.q y
DECRETO MUNICIPAL N° ¡ /2017.-
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 61
Provincia de Tierra del Fuego,1 J\1 O2O17, Ao del 35 Aniversao de la Gesta de Malvinas: HonoryGloria
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MuLb-Entre la Municipalidad de U uaia, representada en este acto por Secretario de
Economía y Finanzas, Lic. Alejandro Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en la
calle Arturo Coronado N° 486, 1° Piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr.
Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra el señor
Julio Cesar OLIVERA, D.NJ. N° 30.150.815 con domicilio en Calle Salta N°2571 de la ciudad
de Ushuaia, en adelante llamado EL CONTRATADO, convienen en celebrar el presente
Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios del CONTRATADO a efectos de que
el mismo preste tareas de asistencia y apoyo en el ámbito del Departamento Liquidaciones
dependiente de la Dirección de Administración de la Secretaría de Políticas Sociales,
Sanitarias y de Derechos Humanos, con un total de 35 horas semanales.
SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el período comprendido entre el
PRIMERO (01) de julio de 2017 hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2017.-----------
TERCERA:Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total
de PESOS CIENTO OCÍ-lo MIL CON 00/100 ($108.000,00), pagaderos en seis (06) cuotas
iguales, mensuales y consecutivas de PESOS DIECIOCHO MIL CON 00/100 ($18.000,00)
cada una, cuyo pago se efectivizará del 1° al 15° día de cada mes vencido, debiendo EL
CONTRATADO otorgar el pertinente recibo o factura a favor de LA MUNICIPALIDAD,
adjuntando Certificado de Situación Regular emitido por la Agencia de Recaudación
Fueguina, Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Dirección General de Rentas
Municipal, Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al período facturado y
último recibo de pago del seguro de accidentes personales, el cúal deberá cubrir el período
que dure el contrato, debiendo adjuntar copia de la póliza.
CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependencia
y/o empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693
(de Administración Financiera y Contrataciones), por el art. 1251 y concordantes del Código
Civil y Comercial, debiendo asumir EL CONTRATADO las obligaciones fiscales y
previsionales del caso por el desarrollo de su actividad.
QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes en cualquier momento
de su v c previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con quince (15)
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“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SANDWICh DEL SUR, SONY SERÁN ARGENTINAS”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 62
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2O1 , Año del 35 Aniversario de la Gesta de MaMnas: Honor y GloriaO t J Ii L 7t1 u a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempr&
días corridos de antJ si resión de causa, sin que ello generederecho a reclamar indemnización, da, ni perjuicio alguno.
SEXTA: Ante cualquier divergencia íue pudiera surgir en la interpretación yio ejecución delpresente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de losTribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero ojurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRATADO enlos indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones
extrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a laotra parte por un medio fehaciente
En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto, en la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas delAtlántico Sur, a los TREINTA (30) días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
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Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur.
República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
Secretaría de Economía y Finanzas
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ES FIELAdminístraIiv Leg. 3005Deparlarne,Mo DespachoDASP1&S. y DD.HH.
MUN{GPALIDAD DE USHUAiA
“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SÁNDWICI-I DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 63
1 175
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGOANTARTIDAE ISLAS DELATLANTICO SUR
°REPUBLICAARGENTINA=MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
2O1 7. año deI 350 Aniversario dela Gestada Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA, 18 JUL 7017
VISTO el Expediente O.P. N° 1640/2017 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Municipal N° 806/2017 se adjudicó la Licitación Pública N° 05/2016
destinada a la contratación de QUINCE (15) equipos viales tipo retroexcavadoras, con operario, hasta
un total de CINCO MIL DOSCIENTAS CINCUENTA (5.250) horas, a razón de TRESCIENTAS
CINCUENTA (350) horas cada equipo, con opción de prórroga de hasta CIEN (100) horas más,
destinados a diferentes tareas durante la temporada invernal 2017.
Que a tal fin, la Dirección de Compras Mayores y Menores ha emitido oportunamente las
Órdenes de Compra Nros.: 351/2017, 352/2017, 353/2017, 354/2017, 355/2017, 356/2017, 357/2017,
358/2017 y 359/2017.
Que a fojas 590, la señora Secretaria de Planificación e Inversión Pública ha solicitado la
prórroga de las Órdenes de Compra antes mencionadas, prevista en la Cláusula 1° deI Pliego de
Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública N° 05/2017.
Que el gasto total ascenderá a la suma total de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS
TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS ($1.333.200,00).
Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto.
Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110°, inciso c) de la Ordenanza
Municipal N° 3693 y Articulo 106°, inciso a), apartados 1 y 4 deI Anexo 1 deI Decreto Municipal N°
1255/2013.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el Artículo 152° incisos 1), 18) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de
la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D E C R E T A:
ARTICULO 1°.- Hacer uso de la opción de prórroga de las Órdenes de Compra Nros: 351/2017, a
favor de la firma CARMEN PIMENTEL, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y
CINCO MIL CON 00/1 00 ($ 345.000,00), por la contratación de los servicios de TRES (3) equipos
viales tipo retroexcavadora, con operario, por un total de CIEN (100) horas cada equipo, a razón de
UN MIL CIENTO CINCUENTA ($ 1.150,00) la hora; 352/2017 a favor de la firma MARAGAÑO
MODESTO, por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA MIL ($ 130.000,00), por la contratación
los servicios de UN (1) equipo vial tipo retroexcavadora, con operario, por un total de CIEN (100)
/11.2.
Las Islas Malvinas. Georgias y Sándwich del Sur son y serán Argentinas
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 64
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGOANTARTIDAE ISLAS DELATLANTICO SUR
°REPUBLICAARGENTINA°MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
-2017. año del 35° Aniversario deia Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer. hoy y siempre’
1/1.2.
horas, a razón de PESOS UN MIL TRESCIENTOS ($1.300,00) la hora; 35312017 a favor de la firma
GOMEZ MANSILLA JUAN CLEMENTINO, por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES
MIL DOSCIENTOS ($133.200,00) por la contratación de los servicios de UN (1) equipo vial tipo
retroexcavadora, con operario, por un total de CIEN (100) horas, a razón de PESOS UN MIL
TRESCIENTOS TREINTA Y DOS ($ 1.332,00) la hora; 354/2017 a favor de la firma MARANATA
S.R.L., por la suma total de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL ($125.000,00) por la contratación de
los servicios de UN (1) equipo vial tipo retroexcavadora, con operario, por un total de CIEN (100)
horas, a razón de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 1.250,00) la hora; 355/2017 a favor
de la firma ROMANO MIGUEL ANGEL, por la suma total de PESOS CIENTO DIEZ MIL
($110.000,00) por la contratación de los servicios de UN (1) equipo vial tipo retroexcavadora, con
operario, por un total de CIEN (100) horas, a razón de PESOS UN MIL CIEN ($ 1.100,00) la hora;
356/2017 a favor de la firma JARA VEGA ISAIAS SEGUNDO, por la suma total de PESOS CIENTO
DIEZ ($ 110.000,00) por la contratación de los servicios de UN (1) equipo vial tipo retroexcavadora,
con operario, por un total de CIEN (100) horas, a razón de PESOS UN MIL CIEN ($ 1.100,00) la hora;
357/2017 a favor de la firma BETANCOURT RODOLFO, por la suma total de PESOS CIENTO
VEINTE MIL ($ 120.000,00) por la contratación de los servicios de UN (1) equipo vial tipo
retroexcavadora, con operario, por un total de CIEN (100) horas, a razón de PESOS UN MIL
DOSCIENTOS ($1.200,00) la hora; 358/2017 a favor de la firma CAT-MAG S.A., por la suma total de
PESOS CIENTO TREINTA MIL ($130.000,00) por la contratación de los servicios de UN (1) equipo
vial tipo retroexcavadora, con operario, por un total de CIEN (100) horas, a razón de PESOS UN MIL
TRESCIENTOS ($1.300,00) la hora; y 359/2017 a favor de la firma ALVAREZ HÉCTOR ANTONIO,
por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA MIL ($ 130.000,00) por la contratación de los
servicios de UN (1) equipo vial tipo retroexcavadora, con operario, por un total de CIEN (100) horas,
a razón de PESOS UN MIL TRESCIENTOS ($ 1 .300,00) la hora, en un todo de acuerdo al Pliego de
Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 05/2017. Ello por los motivos expuestos en el
exordio.
ARTÍCULO 2°.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir las respectivas
Órdenes de Compra.
ARTÍCULO 3°.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1° con cargo al Titular Presupuestario
Subprograma 2: Mantenimiento Vial, Partida 013.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° 1 7017
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina ‘2017. año del 35° Aniversario de la Gesfa de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer. hoy y siempre”
USHUAIA,
VISTO el expediente OP N° 1114/2016, deI registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que a través del mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado en fechaveintinueve (29) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Secretario deEconomía y Finanzas, Lic. Lucas Alejandro GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el Sr. Jonatan CristianEduardo VALLEJOS, D.N.I. N° 30.384.232, a efectos de que el mismo realice tareas como instaladorgasista matriculado e instalador sanitario en la Subsecretaría de Servicios Públicos, dependiente de laSecretaría de Planificación e Inversión Pública de la Municipalidad de Ushuaia.
Que dicha contratación se encuadra en el Artículo 110°, inciso d) punto 10) de la OrdenanzaMunicipal 3693, de Administración Financiera y contrataciones y sus modificatorias, Anexo 1 deI DecretoMunicipal N° 1255/2013, y en el Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexado y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato aludido, elcual se encuadra registrado bajo el N° 11 63 1
, correspondiendo su aprobación.Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de
acuerdo a lo establecido en el Artículo 152° incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad deUshuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D E CRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todo sus términos el Contrato de Locación de Servicios, registrado bajo elN° 11631
, celebrado en fecha veintinueve (29) de junio de 2017, entre la Municipalidad deUshuaia, representada por el Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas Alejandro GALLO, D.N.I.N° 26.667.944, y el Sr. Jonatan Cristian Eduardo VALLEJOS, D.N.I. N° 30.384.232, cuya copiaautenticada se adjunta y forma parte del presente. Ello, por lo expuesto en el exordio.ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá imputarse con cargo al TitularPresupuestario — Secretaría de Planificación e Inversión Pública, Subsecretaría de Servicios Públicos —
Partida 13.
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado, con copia autenticada del presente.ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPALN° 1 1 17 /2017.e
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 66
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BAJO EL N° 1 1h31
“2017. año del 350 Aniversario de la Gasta de Malvinas:Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
- - -- En la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, al día veintinueve (29) del mes de junio de
2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Secretario de Economía yFinanzas, Lic. Lucas Alejandro GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en la calle Arturo CoronadoN° 486, de la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y el Sr.
Jonatan Cristian Eduardo VALLEJOS, D.N.I. N° 30.384.232, con domicilio en la calle Onas N° 610, de ¡aciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante EL LOCADOR, convienen en celebrar elpresente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas: — —
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata al LOCADOR sus servicios técnicos, a efectos de que esteúltimo preste servicios como instalador gasista matriculado e instalador sanitario en la Subsecretaría deServicios Públicos, dependiente de la Secretaría de Planificación e Inversión Pública de la Municipalidad.--
SEGUNDA: Los servicios contratados serán prestados en el período comprendido entre el día uno (01) de
julio y hasta el treinta (31) de diciembre de 2017.—
TERCERA: La distribución de la carga horaria a cumplir dentro de la Municipalidad será por un total de 35
horas semanales, efectivizándose de lunes a viernes de 09:00 a 16:00 horas, de acuerdo a lo que
establezca la Subsecretaria de Servicios Públicos. ——-- — —
CUARTA: Se acuerda en concepto de retribución por los servicios prestados, para el período indicado en
la cláusula segunda, la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MIL CON 00/1 00 ($ 132.000,00),pagaderos en seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS VEINTIDÓS MIL CON 00/1 00
($ 22.000,00), cuyo pago se efectivizará del día uno (01) al diez (10) de cada mes vencido, debiendo EL
LOCADOR otorgar la pertinente factura y/o recibo (Tipo B o C), a favor de LA MUNICIPALIDAD, conformea normas vigentes. EL LOCADOR con la presentación de la correspondiente factura y/o recibo, deberáadjuntar el Certificado de Cumplimiento Fiscal Regular emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina(AREF) y el Certificado de Situación Fiscal regular Municipal (DGR Municipal) de la totalidad de los bienesque posea el LOCADOR y de las actividades en que se encuentre inscripto, vigente a la fecha prevista depago. Ademas deberá acompañar comprobante de aportes de AFIP del mes de prestación y la Póliza deSeguro de Accidentes Personales por el periodo que dure la contratación y su correspondiente constanciade pago total o mensual. —
— —
QUINTA: Las partes podrán rescindir el presente Contrato en cualquier momento de su vigencia, sininvocación de causa y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un mínimo de quince(15) días corridos de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar indemnización, daño ni perjuicioalguno a favor de la otra.— — —
SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia del LOCADOR respecto de LAMUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693, promulgada por Decreto MunicipalN° 239/2010, y el Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial, correspondiendo asumir acargo del LOCADOR las obligaciones fiscales y previsionales del caso. Por el mismo motivo, NO podráexigirse al LOCADOR exclusividad en sus trabajos profesionales a favor de la MunicipQlidad.SEPTIMA: Las divergencias que se produzcan como consecuencia del pr sent Contrato, serán
somp’ti,ias a la jurisdicción de los Tribunales Ordinaríos de la Provincia de Tierra del F ego , con asiento
)fl/’ciudad de Ushuaia, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o ju is cción. A los efectos
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 67
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del presente Contrato, las partes consjtuyen domicilio en los ut — supra indicados, donde serán válidas
todas las notificaciones que deban cur rse. —
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- En prçieba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto en el
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
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2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Honor y Gloria a nuestros Héroes ayer, hoy y siempre”
Las Islas Malvinas Geornas y ánHwir.h HI Iir Snn y Srn Arc,pntin”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 68
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina 2017, año dei 350 Aniversano de la Gasta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA,
VISTO el expediente O.R N°413/2013, del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que a través del mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado en fechatreinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Secretario deEconomía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y la Sra. Daniela Beatriz LORENZONI,D.N.I. N° 34.483.562, a efectos de que el mismo preste servicios relacionados a la inspección de obrasregulares y clandestinas, labrado de actas de infracción a particulares y profesionales en caso deincumplimiento, paralizaciones de obras que no cumplen con la reglamentación vigente, todo ello en elámbito de la Dirección de Obra Privadas, dependiente de la Subsecretaría de Fiscalización de laSecretaría de Planificación e Inversión Pública.
Que dicha contratación se encuadra en el Artículo 110°, inciso d) punto 10) de la OrdenanzaMunicipal 3693, y sus modificatorias, anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y en el Artículo 1251° y
) concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexado y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato aludido, el
cual se encuentra registrado bajo el N° 1 6 2 7 , correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, deacuerdo a lo establecido en el Articulo 152° incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad deUshuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D E CRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todo sus términos el Contrato de Locación de Servicios, registrado bajo el4 ç 7 7
N° 1, celebrado en fecha treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia,
representada por el Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y laSra. Daniela Beatriz LORENZONI, D.N.I. N° 34.483.562, cuya copia autenticada se adjunta y forma partedel presente. Ello, por lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá imputarse con cargo alTitular Presupuestario — Secretaría de Planificación e Inversión Pública — Partida 13.ARTÍCULO 3°.- Notificar al interesado, con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.1 1 78
1,1-.-. ,—‘ .,-,,, ,-, —
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 69
CON FRAIC) REGiS CACO
BAJO EL N 1 1 2 7
- - -- En la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, a los treinta (30) días del mes de junio de
2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Secretario de Economía y
Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486, de la
ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y la Sra. Daniela
Beatriz LORENZONI, D.N.l. N° 34.483.562, con domicilio en la calle Gobernador Campos N° 1258, de la
ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante EL LOCADOR, convienen en celebrar el
presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas: — —
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata al LOCADOR sus servicios técnicos, a efectos de que este
último realice tareas relacionadas a la inspección de obras regulares y clandestinas, paralización de las
obras que no cumplen con la reglamentación vigente, labrado de actas de infracción a particulares y
profesionales en caso de incumplimiento, chofer, diligenciamiento y notificaciones, todo ello en el ámbito
de la Direccion de Fiscalizacion y Contralor Urbano — Subsecretaria de Fiscalizacion dependiente de la
Secretaría de Planificación e Inversión Pública de la Municipalidad. — —
SEGUNDA: Los servicios contratados serán prestados por un total de 35 horas semanales en el período
comprendido entre el día uno (1) de julio de 2017 y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2017, de
acuerdo a lo que establezca la Dirección de Fiscalización y Contralor Urbano — Subsecretaria de
Fiscalización y que surja del desarrollo de la tarea asignada. — — — —
TERCERA: Se acuerda en concepto de retribución por los servicios prestados, la suma total de PESOS
CIENTO DOS MIL CON 00/100 ($ 102.000,00), pagaderos en seis (06) cuotas mensuales, iguales y
consecutivas, de PESOS DIECISIETE MIL CON 00/100 ($ 17.000,00), cuyo pago se efectivizará del día
uno (1) al diez (10) de cada mes vencido, debiendo EL LOCADOR otorgar la pertinente factura y/o recibo
(Tipo B o C), a favor de LA MUNICIPALIDAD, conforme a normas vigentes, adjuntando el Certificado de
Situación Fiscal Regular Municipal (DGR Municipal) y la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF), de la
totalidad de los bienes que posea el LOCADOR y de las actividades en que se encuentre inscripto, vigente
a la fecha prevista de pago. Además deberá acompañar comprobante de aportes en AFIP del mes de
prestación y la Póliza de Seguro de Accidentes Personales por el periodo que dure la contratación y su
corrspondiente constancia de pago total o mensual. — —
CUARTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes, sin invocación de causa, en
cualquier momento de su vigencia, y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un
mínimo de quince (15) días corridos de antelación, sin que ello genere derecho o reclamo alguno.
QUINTA: La celebración del presente contrato no implica relación de dependencia entre EL LOCADOR
respecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693, promulgada por
Decreto Municipal N°239/2010, y el Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y Comercial, debiendo
asumir EL LOCADOR las obligaciones fiscales y previsionales del caso, por el desarrollo de su actividad.--
SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución del presente
contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la
ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo(domilio las partes en
los ut — supra indicados, donde serán válidas todas las notificaciones que deban cusarse.J- - -
- En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a\un jÁsmo efecto en el
,lugar y fecha ut — supra indicados.—-—--——-- — —----—--
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
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“2017. año del 35Aniversario de/a Gesta de Malvinas:Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoyy siempre
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 70
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina ‘2017, año del 350 Aniversario de la Gasta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes» ayer, hoy y siempre”
USHUAIA,
VISTO el expediente O.P. N° 5850/2014, deI registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado en fecha
treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Secretario de
Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el M.M.O. Israel Natanael MARTÍNEZ,
D.N.l. N° 38.406.836, a efectos de que el mismo preste servicios relacionados a la inspección de obras
regulares y clandestinas, labrado de actas de infracción a particulares y profesionales en caso de
incumplimiento, paralizaciones de obras que no cumplen con la reglamentación vigente, todo ello en el
ámbito de la Dirección de Obra Privadas, dependiente de la Subsecretaría de Fiscalización de la
Secretaría de Planificación e Inversión Pública.
Que dicha contratación se encuadra en el Artículo 110°, inciso d) punto 10) de la Ordenanza
Municipal 3693, y sus modificatorias, anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y en el Artículo 1251° yconcordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexado y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato aludido, el
cual se encuentra registrado bajo el N° 1 ‘ 6 3 3 , correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de
acuerdo a lo establecido en el Articulo 152° incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar en todo sus términos el Contrato de Locación de Servicios, registrado bajo el
N° 11633 , celebrado en fecha treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia,k representada por el Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el
M.M.O. Israel Natanael MARTINEZ, D.N.I. N° 38.406.836, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte
del presente. Ello, por lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°c- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá imputarse con cargo al
Titular Presupuestario — Secretaría de Planificación e Inversión Pública — Partida 13.
ARTÍCULO 3°.- Notificar al interesado, con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° /2017.ah.
“Las Islas Malvinas, Georqias y Sándwich del Sur, Son y Serán Arcientinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 71
CONTRATO REGISTRADO
Di’JO O
14 JLfl ¿017USHUAIA,
Provincia de Tierra del Fuego ri- - ‘
Antartida e Islas del Allantico SurRepublica Argentina 2017 ano del 35 Aniversario no la Gesta de Malvinas
Municipalidad de Ushuaia. Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoyy siempre’
CONTRATO D LOCACIÓN DE SERVICIOS
- - -
- En la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, a los treinta (30) días del mes de junio de2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Secretario de Economía yFinanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486, de laciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y el M.M.O. IsraelNatanael MARTÍNEZ, D.N.I. N° 38.406.836, con domicilio en la calle Las Aljabas N° 193, de la ciudad deUshuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante EL LOCADOR, convienen en celebrar el presenteContrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas: —
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata al LOCADOR sus servicios técnicos, a efectos de que esteúltimo realice tareas relacionadas a la inspección de obras regulares y clandestinas, paralización de las
obras que no cumplen con la reglamentación vigente, labrado de actas de infracción a particulares yprofesionales en caso de incumplimiento, chofer, diligenciamiento y notificaciones, todo ello en el ámbito
de la Dirección de Fiscalización y Contralor Urbano — Subsecretaría de Fiscalización, dependiente de laSecretaria de Planificación e Inversión Pública de la Municipalidad. —-—
SEGUNDA: Los servicios contratados serán prestados por un total de 35 horas semanales en el período
comprendido entre el día uno (1) de julio de 2017 y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2017, de
acuerdo a lo que establezca la Dirección de Fiscalización y Contralor Urbano — Subsecretaria de
Fiscalización y que surja del desarrollo de la tarea asignada.—
TERCERA: Se acuerda en concepto de retribución por los servicios prestados, la suma total de PESOS
CIENTO CINCUENTAY TRES MIL CON 001100 ($153.000,00), pagaderos en seis (6) cuotas mensuales,
iguales y consecutivas, de PESOS VEINTICIÑCO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 25.500,00), cuyo
pago se efectívizará del día uno (1) al diez (10) de cada mes vencido, debiendo EL LOCADOR otorgar la
pertinente factura y/o recibo (Tipo B o C), a favor de LA MUNICIPALIDAD, conforme a normas vigentes,
adjuntando el Certificado de Situación Fiscal Regular Municipal (DGR Municipal) y la Agencia de
Recaudación Fueguina (AREF), de la totalidad de los bienes que posea el LOCADOR y de las actividadesen que se encuentre inscripto, vigente a la fecha prevista de pago. Además deberá acompañar
cornprobante de aportes en AFIP del mes de prestación y la Póliza de Seguro de Accidentes Personales
por el periodo que dure la contratación y su correspondiente constancia de pago total o mensual. —
CUARTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes, sin invocación de causa, en
cualquier momento de su vigencia, y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un
mínimo de quince (15) días corridos de antelación, sin que ello genere derecho o reclamo alguno.
QUINTA: La celebración del presente contrato no implica relación de dependencia entre EL LOCADORrespecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693, promulgada por
Decreto Municipal N° 239/2010, y el Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y Comercial, debiendo
asumir EL LOCADOR las obligaciones fiscales y previsionales del caso, por el desarrollo de su actividad.--SEXTA: Los servicios se prestarán a ciencia y conciencia del LOCADOR, quien deberá actuar dentro delas prescripciones éticas y legales que hacen a su disciplina u oficio, pero siempre teniendo como mira yfinalidad el objeto del presente contrato. Si en el curso de su labor su ran imposibilidades o
incompatibilidades legales respecto del ejercicio profesional, las hará saber a LA M NICIPALIDAD, a fin
d bjiscar los medios idóneos para solucionar las mismas o para proceder a 1 re isión del contrato, en
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‘Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Arqentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 72
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cuyo caso el monto a abonar será prop ional a los servicios cumplidos. —---- —-—-—
SÉPTIMA: EL LOCADOR será responsable de la discrecionalidad con que manejará la información
confidencial a la que tenga acceso para desarrollar la tarea encomendada y cede al Municipio la
propiedad intelectual de su Iabor.---—---------—----- ——— —
OCTAVA: COMPROMISO DE INHIBICIÓN DE TÍTULO: Durante la vigencia de este contrato, EL
LOCADOR se compromete a no contratar sus servicios con personas físicas o jurídicas encontrándose el
bloqueo de título debidamente satisfecho con los honorarios pactados en la cláusula tercera——-—
NOVENA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución del presente
contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la
ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio las partes en
los ut — supra indicados, donde serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse. —
- - -
- En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto en el
lugar y fecha ut — supra indicados.——----—--——-——----—--------—----——-—-—--—————---—--——----—--—----——--——
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Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur
REPUBLICA ARGENTINAMunicipalidad de Ushuaia “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas
Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre
USHUAIA, 19 jU 217
VISTO el expediente OP N° 7151/2016, deI registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo, se gestiona la obra: “Repavimentación Completa Calle Juan D.
Perón”.
Que por Decreto Municipal N° 341/2017, en el marco de lo estipulado en el artículo 9° de la
Ley Nacional N° 13.064, se adjudicó la ejecución de la obra a la empresa CONSTRUCTORA DOS
ARROYOS S.A.
Que en fecha trece (13) de Marzo de 2017, se celebró el contrato correspondiente, entre la
empresa antes mencionada representada por el Ing. Juan Francisco PACELLA, D.N.I. N°
32.437.166, en su carácter de Apoderado y esta Municipalidad representada por el Secretario de
Gobierno Sr. Omar BECERRA, D.N.I. N° 13.972.557, a/c de la Secretaría de Planificación e
Inversión Pública, para la ejecución de la misma, por la suma de PESOS NUEVE MILLONES
DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO CON 60/100 ($9.264.565,60), el que fuera registrado bajo el N° 11271 y aprobado mediante Decreto Municipal N°
444/2017.
Que a través de Nota N° 071/2017 Letra: D. O. Púb. el Director de Obras Públicas eleva el
Informe D.I.O.P. 63/2017 obrante a fojas 636/638, donde el Inspector de la obra indica que
habiéndose confeccionado la correspondiente Acta de Recepción Provisoria, se observa que hubo
diferencias respecto del proyecto original en el cómputo previsto en el contrato, donde se produjeron
economías en algunos ítems y demasías en otros, surgiendo además trabajos adicionales no
contemplados en el proyecto original.
Que la modificación aludida importa un aumento en el monto contractual de PESOS
DOSCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 50/100 ($ 260.534,50), el
cual implica un aumento del 2,81 % sobre el monto adjudicado de acuerdo al cuadro comparativo de
obras e importes autorizados y por autorizar que se adjunta y forma parte del presente como Anexo
Que a fojas 635, el Subsecretario de Obras Públicas, ha tomado conocimiento del Informe
D.I.O.P. N° 63/17, compartiendo el criterio del Director de Obra Públicas, solicitando autorización
para la continuidad del trámite y la Secretaria de Planificación e Inversión Pública ha indicado
continuar con el trámite administrativo.
Que en consecuencia corresponde autorizar una modificación de contrato encuadrando la
misma dentro de los alcances del artículo 30° de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de
acuerdo a lo establecido en el artículo 152° incisos 1) y 17) de la Carta Orgánica Municipal de la
Ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Modificación de Contrato para la obra: “Repavimentación
Complta Calle Juan D. Perón”, a cargo de la empresa CONSTRUCTORA DOS ARROYOS S.A., la
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REPUBLICA ARGENTINAMunicipalidad de Ushuaia ‘2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas
Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre
/1.2.
cual implica una demasía de obra por la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL
QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 50/1 00 ($ 260.534,50), de acuerdo al cuadro comparativo
de obras e importes autorizados y por autorizar que se adjunta, como anexo 1 y forma parte del
presente. Ello, por las razones expuestas en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Imputar la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS TREINTA
Y CUATRO CON 50/100 ($ 260.534.50), con cargo al Titular Presupuestario — Secretaría de
Planificación e Inversión Pública — Partida 052 Trabajo Público.
ARTÍCULO 3°.- Notificar a la empresa mencionada en el artículo primero y a la inspección de la obra,
con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar. 1 0DECRETO MUNICIPAL N° /2017..aec
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 76
USHUAIA, 1 9 JuL 27
VISTO el expediente O.P. N° 3312/2014 del registro de esta Municipalidad; yCONS 1 DERAN DO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios registrado bajoel N° , celebrado el día treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia,representada por el señor Secretario de Economía y Finanzas, Sr. Lucas GALLO, D.N.l.N°26.667.944, y el señor Germán Elías NAVARRO, D.N.I.N° 37.195.134, quien realizará tareasde cronista, redactor y colaborador en el sitio Web y en las Aplicaciones Institucionales, ycuando el área lo requiere funciones de actualización de Redes Sociales en el Programa deComunicación y Publicidad.
Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110, inciso d), apartado 10), de laOrdenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera y Contrataciones, y modificatoriaDecreto Reglamentario N°1255/2013 y el artículo 1251 y concordantes del Código Civil yComercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto copia autenticada deJ Contratode Locación de Servicios mencionado precedentemente, el cual se encuentra registrado bajo elN° 1 1 63 2 , correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumento legal,conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal dela ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1° Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11632cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día treinta (30) dejunio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario deEconomía y Finanzas, Sr. Lucas GALLO, D.N.l.N° 26.667.944, y el señor Germán ElíasNAVARRO, D.N.I.N° 37.195.134. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.ARTICULO 2°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente.ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse concargo al titular presupuestario Secretaria de Coordinación de Gestión, Partida 13.ARTICULO 4°- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,archivar. 81DECRETO MUNICIPAL N° /2017-
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGOANTARTIDA E ISlAS DEL ATLANTICO SUR
REPUBLICA ARGENTINAMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 77
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CONTRATO E LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el señor Secretario de
Economía y Finanzas, Sr. Lucas GALLO, D.N.I.N° 26.667.944, con domicilio legal en la calle
Arturo Coronado N° 486 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr. Intendente
Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte, y por la otra el Sr. Germán Elías
NAVARRO, D.NJ. N° 37.195.134, con domicilio en la calle Intendente Pablo Vera N° 853, 10
Piso, Departamento C, de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO, convienen
en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, conforme a las siguientes
cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO a efectos de
realizar tareas de cronista, redactor y colaborador en el sitio Web y en las Aplicaciones
Institucionales, y cuando el área lo requiere funciones de actualización de Redes Sociales
en el Programa de Comunicación y Publicidad, con una carga horaria de treinta y cinco (35)
horas semanales.
SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el término de seis (06) meses, contados a
partir del dia 01 de Julio de 2017, operando su vencimiento el día 31 de diciembre de
2017.
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata, la suma
total de PESOS CIENTO VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($122.820,00), pagadera en seis (06) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS
VEINTE MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON 00/1 00 ($ 20.470,00) cada una. Los pagos
se efectivizarán del día 1° al 15° de cada mes vencido, debiendo EL CONTRATADO otorgar
el pertinente recibo o factura (Tipo B o O) a favor de la MUNICIPALIDAD, conforme normas
vigentes, adjuntando el Certificado de Situación Fiscal Municipal (D.G.R. Municipal) y
Certificado de Situación Fiscal emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina (A.R.E.F), de
la totalidad de los bienes que posea EL CONTRATADO y de las actividades en que se
encuentre inscripto vigente a la fecha prevista de pago. Además deberá acompañar
comprobante de pago de AFIP del mes de prestación y la póliza de Seguro por Accidentes
Personales por el periodo que dure la contratación y su correspondiente pago comprobante
de pago total o mensual.
CUARTA: El presente contrato no implica ninguna relación de dependencia y/o de empleo
público, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 y modificatoria
Decreto Reglamentario N°1255/2013 y por el art. 1251 y concordantes del Código Civil y
Comercial, debiendo asumir EL CONTRATADO las obligaciones fiscales y previsionales del
caso por el desarrollo de su actividad.
QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas pa es, s n invocación de
usa, en cualquier momento de su vigencia y previa comunicación f hac nte cursada a laF11
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 78
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Antártida e Islas del Atlánti4o SurRepública Argentina 1 Lr tCkIo - LAYANA “2017-Año deI 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:
Municipalidad de Ushuai y Gloria para nuestros Héroes. Ayer. 1 ioy y Siempre”
contraparte con un mínimo de quince (15) días de anticipación, sin que ello genere derecho
a reclamar indemnización, daño ni perjuicio alguno.
SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación yio ejecución del
presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los
Tribunales Ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o
jurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRATADO en los
indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones
extrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otra
por un medio fehaciente.
En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y
a un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, a los treinta (30) días del mes de Junio de
2017
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 79
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina “2017, año del 35°Aniversario dela Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA,
VISTO el expediente OP N° 6772/2016, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado en fecha treinta
(30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Secretario de Economía y
Finanzas, Lic. Lucas Alejandro GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y la Arq. Nilda Vanesa CRUZ, D.N.I.
N° 30.398.722 , a efectos de que esta última preste servicios en la Dirección de Estudios y Proyectos,
dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas de la Secretaría de Planificación e Inversión Pública de
la Municipalidad, para realizar tareas de Proyectista del Departamento de Arquitectura, elaboración de
proyectos de arquitectura y pliegos de licitación (especificaciones técnicas, documentación gráfica y
cláusulas especiales) para la ejecución de obras públicas, elaboración de informes técnicos, cómputos y
presupuestos de obra.
Que dicha contratación se encuadra en el Artículo 110°, inciso d) punto 10) de la Ordenanza
Municipal 3693, de Administración Financiera y contrataciones y sus modificatorias, Anexo 1 del Decreto
Municipal N° 1255/2013, y en el Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexado y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato aludido, el
cual se encuadra registrado bajo el N° 1 6 2 , correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de acuerdo
a lo establecido en el Artículo 152° incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D E CRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todo sus términos el Contrato de Locación de Servicios, registrado bajo el
N° 1162 i, celebrado en fecha treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia,
representada por el Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas Alejandro GALLO, D.N.I.
N° 26.667.944, y la Arq. Nilda Vanesa CRUZ, D.N.I. N° 30.398.722, cuya copia autenticada se adjunta yforma parte del presente. Ello, por lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá imputarse con cargo al Titular
Presupuestario — Secretaría de Planificación e Inversión Pública — Partida 13.
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado, con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPALN° 1 1 82 /2017.eh,
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 80
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1 JUI 2O1Provincia de Tierra del Fuego UAIA
Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina 1 Fn hYANA “2017. año del 35°Aniversario dela Gasta de Malvinas:
Municipalidad de Ushuaia o C—_______
Honor y Glona a nuestros Heroes ayer hoy ysieinpre
1 y 1nr-Íi;IRMAY ScLLC)
ÓÑT” OACTWDE SERVICIOS
- - -- En la ciudad de Ushuaia, Provinci de Tierra del Fuego, al día treinta (30) deI mes de junio de 2017,
entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Secretario de Economía y Finanzas,
Lic. Lucas Alejandro GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486, de
la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y la Arq. Nilda
Vanesa CRUZ, D.N.I. N° 30.398.722, con domicilio en calle Mendoza N° 2488, de la ciudad de Ushuaia,
Provincia de Tierra del Fuego, en adelante EL LOCADOR, convienen en celebrar el presente Contrato de
Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas: —
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata al LOCADOR sus servicios técnicos, a efectos de que este último
preste servicios en la Dirección de Estudios y Proyectos, dependiente de la Subsecretaría de Obras
Públicas de la Secretaría de Planificación e Inversión Pública de la Municipalidad, para realizar tareas
como Proyectista del Departamento de Arquitectura, elaboración de proyectos de arquitectura y pliegos de
licitacion (especificaciones tecnicas documentacion grafica y clausulas especiales) para la ejecucion de
obras públicas, elaboración de informes técnicos, cómputos y presupuestos de obra. —-----
SEGUNDA: Los servicios contratados serán prestados en el período comprendido entre el día uno (1) de
julio de 2017 y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2017.--— — — —
TERCERA: La distribución de la carga horario a cumplir dentro de la Municipalidad será por un total de 35
horas semanales, efectivizándose de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, de acuerdo a lo que
establezca la Dirección de Estudios y Proyectos dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas y que
surja del desarrollo de las tareas asignadas.— — — —
CUARTA: Se acuerda en concepto de retribución por los servicios prestados, para el período indicado en
la cláusula segunda, la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CON 00/1 00 ($ 192.000,00),
pagaderos en seis (06) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS TREINTA Y DOS MIL CON
00/100 ($ 32.000,00), cuyo pago se efectivizará del día uno (01) al diez (10) de cada mes vencido,
• debiendo EL LOCADOR otorgar la pertinente factura y/o recibo (Tipo B o C), a favor de LA
MUNICIPALIDAD, conforme a normas vigentes, adjuntando el Certificado de Cumplimiento Fiscal Regular
emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) y el Certificado de Situación Fiscal regular
Municipal (DGR Municipal) de la totalidad de los bienes que posea el LOCADOR y de las actividades en
que se encuentre inscripto, vigente a la fecha prevista de pago. Ademas deberá acompañar comprobante
de aportes de AFIP del mes de prestación y la Póliza de Seguro de Accidentes Personales por el periodo
que dure la contratación y su correspondiente constancia de pago total o mensual. — —
QUINTA: Las partes podrán rescindir el presente Contrato en cualquier momento de su vigencia, sin
invocación de causa y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un mínimo de quince
(15) días corridos de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar indemnización, daño ni perjuicio
alguno a favor de la otra.--— —
SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia del LOCADORresoecto de LA
/1.2.
DAJj 122 “Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 81
‘N FRAJO REGISfRADO
J\ Vi LI N
US IUAIA, 1 JUProvincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur -
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República Argentina -o•
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11.2.
de Ushuaia
Lic. d jandro cas CaSeeI- de Econ rn anzas
Mu cipalidad e Ushuaia
“2017, año del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas:Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
MUNICIPALIDAD, rigiéndose por. la Ordenanza Municipal N° 3693, promulgada por Decreto MunicipalN° 239/2010, y el Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y Comercial, correspondiendo asumir acargo del LOCADOR las obligaciones fiscales y previsionales del caso. — — —--—
SÉPTIMA: Las divergencias que se produzcan como consecuencia del presente Contrato, seránsometidas a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida eIslas del Atlántico Sur, con asiento en la ciudad de Ushuaia, renunciando expresamente a cualquier otrofuero o jurisdicción. — —------ — — — —--—
A los efectos del presente Contrato, las partes constituyen domicilio en los ut — supra indicados, dondeserán válidas todas las notificaciones que deban cursarse. — —-----
- - - - En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto enel lugar y fecha ut — supra ¡ndicados.— —
—------
CILvL N.
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 82
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina ‘2017, año deI 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer. hoyysiempre”
USHUAIA, 19 JUL 27
VISTO el expediente OP N°5189/2014, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado en fechaveintinueve (29) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Secretario deEconomía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el M.M.O. Diego Marcelo ROJAS, D.N.I.N°31.001.344, a efectos de que el mismo realice tareas relacionadas a la verificación interna y/o externade los expedientes de obras fiscalizando el cumplimiento de las normas vigentes en el trámite, así mismobrindar el asesoramiento técnico correspondiente, todo ello en el ámbito de la Dirección de ObrasPrivadas, dependiente de la Subsecretaría de Fiscalización de la Secretaría de Planificación e InversiónPública de la Municipalidad.
Que dicha contratación se encuadra en el Artículo 110°, inciso d) punto 10) de la OrdenanzaMunicipal 3693, y sus modificatorias, anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y en el Artículo 1251° yconcordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexado y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato aludido, elcual se encuentra registrado bajo el N° 1 1 b 2 ¿
, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, deacuerdo a lo establecido en el Artículo 152° incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad deUshuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D E O R ETA
ARTICULO 1°.- Aprobar en todo sus términos el Contrato de Locación de Servicios, registrado bajo el
N° 1152£, celebrado en fecha veintinueve (29) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia,
representada por el Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y elM.M.O. Diego Marcelo ROJAS, D.N.I. N° 31 .001.344, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte delpresente. Ello, por lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá imputarse con cargo alTitular Presupuestario — Secretaría de Planificación e Inversión Pública — Partida 13.ARTÍCULO 3°.- Notificar al interesado, con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPAL N° 1 83 /2017.eh.
L’Ç. AieandroL as GalioSerrideEccamj Pirr
“Las Islas Malvinas, Georoias vSándwich del Sur. Son vSerán Arnpntinn’”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 83
CONTRATO REGlE 1 NADO
BAJO EL N16I
USHuAIA.
Provincia de Tierra del Fuego HAAntartida e Islas del Atlantico Sur 1 L al
Republica Argentina U 2017 ano del 35°An,versar,o de la Ges/a de Ma/vii asMunicipalidad de Ushuaia i.MAystLw Honor y Gloria a nueslros Héroes, ayer, hoyysiernpre
CONTRATO E LOCACIÓN DE SERVICIOS
- - -- En la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, a los veintinueve (29) días del mes de junio
de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Secretario de Economía y
Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.l. N° 26.667.944, con domicilio en la calle Arturo Coronado N°486, de la
ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y el M.M.O. Diego
Marcelo ROJAS, D.N.I. N° 31.001.344, con domicilio en Barrio 640 viviendas Tira 8B 20 piso,
departamento “C”, de la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante EL LOCADOR,
convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes
cláusulas: — —
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata al LOCADOR sus servicios técnicos, a efectos de que este
último realice tareas relacionadas a la verificación interna y/o externa de los expedientes de obras
fiscalizando el cumplimiento de las normas vigentes en el trámite, así mismo brindar el asesoramiento
técnico correspondiente, todo ello en el ámbito de la Dirección de Obras Privadas, dependiente de la
Subsecretaría de Fiscalización de la Secretaría de Planificación e Inversión Pública de la Municipalidad.---
SEGUNDA: Los servicios contratados serán prestados por un total de 35 horas semanales en el periodo
comprendido entre el día uno (1) de julio y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2017, de acuerdo a
lo que establezca la Dirección de Obras Privadas - Subsecretaría de Fiscalización y que surja del
desarrollo de la tarea asignada.
TERCERA: Se acuerda en concepto de retribución por los servicios prestados, la suma total de PESOS
CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CON 00/100 ($ 153.000,00), pagaderos en seis (06) cuotas
mensuales, iguales y consecutivas, de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS CON 00/100
($ 25.500,00), cuyo pago se efectivizará del día uno (01) al diez (10) de cada mes vencido, debiendo EL
LOCADOR otorgar la pertinente factura y/o recibo (Tipo B o C), a favor de LA MUNICIPALIDAD, conforme
a normas vigentes, adjuntando el Certificado de Cumplimiento Fiscal Regular emitido por la Agencia de
Recaudación Fueguina (AREF) y el Certificado de Situación Fiscal regular Municipal (DGR Municipal) de
la totalidad de los bienes que posea el LOCADOR y de las actividades en que se encuentre inscripto,
vigente a la fecha prevista de pago. Ademas deberá acompañar comprobante de aportes de AFIP del mes
de prestación y la Póliza de Seguro de Accidentes Personales por el periodo que dure la contratación y su
correspondiente constancia de pago total o mensual. — — —--—
CUARTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes, sin invocación de causa, en
cualquier momento de su vigencia, y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un
mínimo de quince (15) días corridos de antelación, sin que ello genere derecho o reclamo alguno.—
QUINTA: La celebración del presente contrato no implica relación de dependencia entre EL LOCADOR
respecto d LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693, promulgada por
Decreto Municipal N°239/2010, y el Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y Comercial, debiendo
asumir EL LOCADOR las obligaciones fiscales y previsionales del caso, por el desarrollo de su actividad.--
SEXTA: Los servicios se prestarán a ciencia y conciencia del LOCADOR, quien dbrá actuar dentro de
la\presoPipcines éticas y legales que hacen a su disciplina u oficio, pero siempr tenndo como mira y
final dad el .óbjeto del presente contrato. Si en el curso de su labor surgier\an )Inposibilidades o
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 84
“2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
11.2.
incompatibilidades legales respecto del ejfcicio profesional, las hará saber a LA MUNICIPALIDAD, a fin
de buscar los medios idóneos para soIucinar las mismas o para proceder a la rescisión del contrato, en
cuyo caso el monto a abonar será proporcional a los servicios cumplidos. — —
SÉPTIMA: EL LOCADOR será responsable de la discrecionalidad con que manejará la información
confidencial a la que tenga acceso para desarrollar la tarea encomendada y cede al Municipio la
propiedad intelectual de su labor. — — — — —
OCTAVA: COMPROMISO DE INHIBICIÓN DE TÍTULO: Durante la vigencia de este contrato, EL
LOCADOR se compromete a no contratar sus servicios con personas físicas o jurídicas encontrándose el
bloqueo de título debidamente satisfecho con los honorarios pactados en la cláusula tercera.
NOVENA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución del presente
contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la
ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio las partes en
los ut — supra indicados, donde serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse. —
--Eitpjueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto en
el lugar y f4ha ut Espra indicados.-— — — —
ONTRAI O Rl DIS NADO
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 85
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina “2017. año del 35°Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer. hoyy siempre”
USHUAIA,s)UL
VISTO el expediente OP N°2685/2016, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado en fechaveintinueve (29) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Secretario deEconomía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y la M.M.O. Valeria Alejandra FLORESD.N.l. N° 35.048.029, a efectos de que la misma realice tareas relacionadas a la verificación interna y/oexterna de los expedientes de obras fiscalizando el cumplimiento de las normas vigentes en el trámite, así
mismo brindar el asesoramiento técnico correspondiente, todo ello en el ámbito de la Dirección de Obras
Privadas, dependiente de la Subsecretaría de Fiscalización de la Secretaría de Planificación e Inversión
Pública de la Municipalidad.
Que dicha contratación se encuadra en el Artículo 110°, inciso d) punto 10) de la Ordenanza
Municipal 3693 y sus modificatorias anexo 1 deI Decreto Municipal N° 1255/2013 y en el Articulo 1251° yconcordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexado y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato aludido, el
cual se encuentra registrado bajo el N° 1 E 2 5 , correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, deacuerdo a lo establecido en el Artículo 152 incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D E CRETA
ARTICULO 1°,- Aprobar en todo sus términos el Contrato de Locación de Servicios, registrado bajo elN° 1 1 2 5 celebrado en fecha veintinueve (29) de junio de 2017 entre la Municipalidad de Ushuaiarepresentada por el Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y laM.M.O. Valeria Alejandra FLORES D.N.l. N° 35.048.029, cuya copia autenticada se adjunta y forma partedel presente. Ello, por lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá imputarse con cargo alTitular Presupuestario — Secretaría de Planificación e Inversión Pública — Partida 13.
ARTrCULO 3°.- Notificar al interesado, con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPAL N° 1 ‘ 8 ‘ /2017.e.h.
“1 Mli,n u ,iI Ou,
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 86
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Provincia de rra del Fuego USHUAIA 1 J171Antártida e Islas del Atlántico Sur U
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República Argentinair Sal LAYANA “2017, año deI 35° Aniversario de/a Gasta de Malvinas:
Municipalidad de Ushuaiao no af Honor y Gloria a nuestros Heroes ayer hoy ys,ernpre
-GGNT-RAT- E:LQCLbE SERVICIOS
- - -- En la ciudad de Ushuaia, ProvincFa de Tierra del Fuego, a los veintinueve (29) dias del mes de junio
de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Secretario de Economía yFinanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.l. N° 26.667.944, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486, de laciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y la M.M.O. ValeriaAlejandra FLORES D.N.I. N° 35.048.029, con domicilio en la calle Luis Vernet N° 1973, de la ciudad deUshuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante EL LOCADOR, convienen en celebrar el presenteContrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas: — —----
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata al LOCADOR sus servicios técnicos, a efectos de que esteúltimo realice tareas relacionadas a la verificación interna y/o externa de los expedientes de obrasfiscalizando el cumplimiento de las normas vigentes en el trámite, así mismo brindar el asesoramientotécnico correspondiente, todo ello en el ámbito de la Dirección de Obras Privadas, dependiente de la
Subsecretaría de Fiscalización de la Secretaría de Planificación e Inversión Pública de la Municipalidad.—SEGUNDA: Los servicios contratados erán prestados por un total de 35 horas semanales en el periodocomprendido entre el día uno (1) de julio y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2017, de acuerdo alo que establezca la Dirección de Obras Privadas - Subsecretaría de Fiscalización y que surja deldesarrollo de la tarea asignada. — — —
TERCERA: Se acuerda en concepto de retribución por los servicios prestados, la suma total de PESOSCIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CON 00/100 ($ 153.000,00), pagaderos en seis (06) cuotasmensuales, iguales y consecutivas, de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS CON 00/100
($ 25.500,00), cuyo pago se efectivizará del día uno (1) al diez (10) de cada mes vencido, debiendo ELLOCADOR otorgar la pertinente factura y/o recibo (Tipo B o C), a favor de LA MUNICIPALIDAD, conformea normas vigentes, adjuntando el Certificado de Situación Fiscal Regular Municipal (DGR Municipal) y laAgencia de Recaudación Fueguina (AREF), de la totalidad de los bienes que posea el LOCADOR y de lasactividades en que se encuentre inscripto, vigente a la fecha prevista de pago. Además, deberáacompañar comprobante de aportes en AFIP del mes de prestación y la Póliza de Seguro de AccidentesPersonales por el periodo que dure la contratación y su correspondiente constancia de pago total omensual.
—--- —-
CUARTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes, sin invocación de causa, encualquier momento de su vigencia, y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un
mínimo de quince (15) días corridos de antelación, sin que ello genere derecho o reclamo alguno.
QUINTA: La celebración del presente contrato no implica relación de dependencia entre EL LOCADORrespecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693, promulgada por
Decreto Muricipal N°239/2010, y el Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y Comercial, debiendo
asumir EL LOCADOR las obligaciones fiscales y previsionales del caso, por el desarrollo de su actividad.—SEXTA: Los servicios se prestarán a ciencia y conciencia del LOCADOR, quien deberá actuar dentro delas prescripciones éticas y legales que hacen a su disciplina u oficio, pero siempre teniendo como mira y
finalidad el objeto del presente contrato. Si en el curso de su labor surgie’s\ imposibilidades oincompatibilidades legales respecto del ejercicio profesional, las hará saber a IJA MUJÑICIPALIDAD, a fin
de buscar los medios ¡dóneos para solucionar las mismas o para proceder a Ia1resQ(sión del contrato, en
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 87
Provincia de Tiorra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
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FIIMY [LLO
11.2.
cuyo caso el monto a abonar será p porcional a los servicios cumplidos. —
SÉPTIMA: EL LOCADOR será responsable de la discrecionalidad con que manejará la información
confidencial a la que tenga acceso para desarrollar la tarea encomendada y cede al Municipio la
propiedad intelectual de su labor. — — — — — —
OCTAVA: COMPROMISO DE INHIBICIÓN DE TITULO: Durante la vigencia de este contrato, EL
LOCADOR se compromete a no contratar sus servicios con personas físicas o jurídicas encontrándose el
bloqueo de título debidamente satisfecho con los honorarios pactados en la cláusula tercera. —-—
NOVENA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución del presente
contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la
ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio las partes en
los ut — supra indicados, donde serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse. —
- - -- En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto en el
lugar y fecha ut — supra indicados.—----——--—----——--——--——-- —-——--—--——-- -
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“2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
—
“1 as Islas Malvinas Spnri-mias vSnHwirh rIt Si mr Snn u Serñn Arnnlinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 88
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGOANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR
REPUBLICA ARGENTINAMTJNTCIPALIDAD DE USHUAIA
USHUAIA,
VISTO el expediente O.P. N° 3313/2014 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios
registrado bajo el N° celebrado el día treinta (30) de Junio de 2017, entre la
Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de Economía y Finanzas, Lucas
GALLO, D.N.I.N° 26.667.944, y el señor Guido Jaime HARARI, D.N.I.N° 31.859.988, quien
realizará tareas de camarógrafo, editor, fotógrafo, y demás actividades que fije el Programa de
Comunicación Audiovisual.
Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110, inciso d), apartado 10),
de la Ordenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera y Contrataciones y
modificatorias, Decreto Reglamentario N°1255/2013 y el artículo 1251 y concordantes del Código
Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto copia autenticada del
Contrato de Locación de Servicios mencionado precedentemente, el cual se encuentra
registrado bajo el N° 1 1 630, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumento
legal, conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica
Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11630
cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día treinta (30) de
junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de
Economía y Finanzas, Lucas GALLO, D.N l.N° 26.667.944, y e! señor Guido Jaime HARARI,
D.N.I.N° 31.859.988. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse con cargo
al titular presupuestario Secretaria de Coordinación de Gestión, Partida 13.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar. 1185
Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 89
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Provincia de Tierra del Fuego, USiit 1Antártida e Islas del Atlántico St
República Argentina “2Ol7-Ao del 35° Aniversario de la Gesla de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia ——-—Hoaury—Gloi ia pata nuestios Hcroes /\yei Hoy y Siempie¡ flrM
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el señor Secretario de
Economía y Finanzas, Lucas GALLO D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio legal en la calle
Arturo Coronado N° 486 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr. Intendente
Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte, y por la otra el Sr. Guido Jaime
HARARI, D.N.l. N°31.859.988, con domicilio en Goleta Florencia N° 1686, de la ciudad de
Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO, convienen en celebrar el presente Contrato de
Locación de Servicios, conforme a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO a efectos de
realizar tareas de camarógrafo, editor, fotógrafo, y demás actividades que fije el Programa
de Comunicación Audiovisual, con una carga horaria de treinta y cinco (35) horas
semanales.
SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el término de seis (6) meses, contados a
partir del día 01 de Julio de 2017, operando su vencimiento el día 31 de diciembre de
2017.
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata, la suma
total de PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ 138.000,00), pagadero en
seis (06) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS VEINTITRES MIL CON
00/100 ($ 23.000,00) cada una. Los pagos se efectivizarán del día 1° al 15° de cada mes,
debiendo EL CONTRATADO otorgar el pertinente recibo o factura (Tipo B o O) a favor de la
MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el Certificado de Situación Fiscal
Municipal (D.G.R. Municipal) y Certificado de Situación Fiscal emitido por la Agencia de
Recaudación Fueguina (A.R.E.F), de la totalidad de los bienes que posea EL CONTRATADO
y de las actividades en que se encuentre inscripto vigente a la fecha prevista de pago.
Además deberá acompañar comprobante de pago de AFIP del mes de prestación y la
póliza de Seguro por Accidentes Personales por el período que dure la contratación y su
correspondiente pago comprobante de pago total o mensual.
CUARTA: El presente contrato no implica ninguna relación de dependencia y/o de empleo
público, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 y modificatorias
Decreto Reglamentario N°1255/2013 y por el art. 1251 y concordantes del Código Civil y
Comeícial, debiendo asumir EL CONTRATADO las obligaciones fiscales y previsionales del
caso por el desarrollo de su actividad.
QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes, sin invocación de
causa, en cualquier momento de su vigencia, y previa comunicación fehaciente cursada a la
contraparte con un mínimo de quince (15) días de anticipación, sin que ello genere derecho
a reclamar indemnización, daño ni perjuicio alguno.
Ante cu,r divergencia que pudiera surgir en la mterpretay/ejecucion del
“Las Islas Malvinas, Geo,gias y Sandwich del Su,; son y serái
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 90
Provincia de 1 i erra dci 1 nCgO. 1Antártida e klis dci Atlántico Sjir
Rcpuhlie Argentina 1“201 7-Año deI 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:
Mumcip un’ id d. Uhu na — i —— Ilonot y Gloria pai nucsttos ¡ 1roes Aveu Ho Siempre
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111.2.
presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los
TribunaTes Ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o
jurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRATADO en los
indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones
extrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otra
por un medio fehaciente.
En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y
a un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, a los treinta (30) días del mes de junio de
6(J1 íb
017.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del 8w; son y seivn aigen/litas
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 91
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argentina=Municipalidad de Ushuaia
“2017, año del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas:Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA, 19 JUL 20i7VISTO el expediente N° CD-4938-2017 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada
por el Concejo Deliberante de esta ciudad en segunda jornada del día 27/06/2017
correspondiente a la quinta sesión ordinaria del día 14/06/2017, por medio de la cual se
modifica el artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 5198.
Que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 128 de la Carta Orgánica
Municipal, encontrándose la citada norma promulgada de hecho.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152° inciso 3) de la Carta Orgánica
Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 2 9 ,sancionada por el Concejo
Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en segunda jornada del día 27/06/2017 correspondiente ala quinta sesión ordinaria del día 14/06/201 7, por medio de la cual se modifica el artículo 1° dela Ordenanza Municipal N°5198. ElIo, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°‘1 1 86
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
/2017.
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 92
Concejo De(iberanteife (a Ciutítuf ife “Us/uaia
“2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas,I-Jonory Gloria a nuestros héroes, ayer, hoy y siempre”.
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53/2016
ARTICULO 1°.- MODIFICAR el artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 5198, el
cual quedará redactado de la siguiente forma: “EXCEPTUAR al señor Héctor Felipe
Mecina, DNI N° 16.669.558, de lo normado en el Anexo IV de la Ordenanza
Municipal N° 3500, en lo relacionado a la Tasa General por Servicios Municipales eImpuesto Inmobiliario correspondientes a el inmueble identificado catastralmentecomo Sección E, Macizo 1, Parcela 32.”
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para supromulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5 2 9 6SANCIONADA EN LA SEGUNDA JORNADA DEL DÍA 27/06/2017,
CORRESPONDIENTE A LA QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 14/0612017.-
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14S Islas Malvinas, Geoigiasy Sandwich de/,S’ur, sony serán Aien1inas
..ÁL1!JANDRO EIEROLA
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 93
Provincia de Tierra del Fuego “2017— Año de 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a Nuestros Héroes. Ayer. Hoy y Siempre.”
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USHUAIA, 19 JUL Ü17
VISTO el expediente S.G. N° 7962/2016, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la contratación de la señorita Ayelen del
Carmen MUÑOZ, D.N.I. N° 35.283.348.
Que se ha suscripto entre la mencionada y el señor Secretario de Gobierno,
Dn. Omar Enrique BECERRA, D.N.I. N° 13.972.557, el contrato registrado bajo el N°
11511, celebrado el día trece (13) de junio de 2017.
Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente
por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho contrato.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 11511, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día trece (13) de junio de
2017, entre esta Municipalidad, representada por el señor Secretario de Gobierno, Dn.
Omar Enrique BECERRA, D.N.I. N° 13.972.557 y la señorita Ayelen del Carmen MUÑOZ,
D.N.I. N° 35.283.348, mediante el cual se contratan sus servicios para realizar tareas de
ayudante de cirugía en la Dirección de Zoonosis. Ello de acuerdo a lo expresado en el
exordio.
ARTICULO 2°.-lmputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario —
Secretaría de Gobierno — Partida 011.
ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.- 87DECRETO MUNICIPAL N° /2017.-
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 94
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‘2017— Año del 350 kniversarió’dé Pi Gc
Hocor y Gloria a N{lestros Héroe r’-1
Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada en este acto por elseñor Secretario de Gobierno, Dn. Omar Enrique BECERRA, D.N.I. N° 13.972.557. enadelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una parte y la señorita Ayelen dci CarmenMUNOZ, D.N.I. N° 35.283.348, en adelante llamada LA CONTRATADA por la otra, seconviene en celebrar el presente CONTRATO ADMiNISTRATiVO de prestación deservicios, ad referéndum del Señor Intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo lassiguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA CONTRATADA, quien sedesempeñará en la Dirección de Zoonosis, realizando tareas de ayudante de cirugía, de lunesa viernes de 12:00 a 19:00 hs. La duración del presente contrato será a partir del día dieciséis(16) de mayo de 2017 y hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2017.SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y LA CONTRATADA acepta por los serviciosprestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoriamcnte en elgrado “5”, que se abonará a fin do cada mes y la que será modificada cada vez que lo seapara el persónal de la Administración Pública Municipal.TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios deacuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y LA CONTRATADA queda comprendida dentrodel régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendoacreedor de los beneficios do rigor.CUARTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a las disposiciones,órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que sevinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para ci PersonalPermanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior.QUINTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad deinterpelación judicial el presente contrato, silos servicios de LA CONTRATADA no fuerannecesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamar indemnizaciónalguna. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la presente obligación en elmomento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido aLA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación.SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente porla Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.SEPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en ci cumplimiento dci presente ydeba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de losJuzgados Provinciales• de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad deUshuaia, LA MUNICIPALIDAD en calle San Martín N° 660 y LA CONTRATADA en SanVicente de Paul N° 198.
En prueba de conformidad se finnan tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto el díal 3 JJ 21T .
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BecerraSecretarV obiernO
MuniCiP’ Ushuaia
Provincia de Tierra del FuegoAntértida e Islas del Atléntico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
CON iRA O FCi Ri
CONTRATO ADMINISTRATIVO
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Direcora de Benestar Peroono‘ UNICIPALDAD OL ‘L A
as Islas Malvinas, Georgias y Ssndwich del Sur, son y serdi Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 95
Provincia de Tierra del Fuego 2O1 7 — Año de 35° Aniversario de la Geste de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a Nuestros Héroes. Ayer. Hoy y Siempre.
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USHUAIA,
VISTO el expediente C.G. N° 3837/2016, deI registro de esta Municipalidad; yCONSIDERAN DO:
Que mediante el mismo tramita la contratación de la señorita MarinaConstanza GHIGLIONE, D.NJ. N° 37.174.076.
Que se ha suscripto entre la mencionada y eiseñor Secretario de Gobierno,Dn. Omar Enrique BECERRA, D.N.I. N° 13.972.557, el contrato registrado bajo el N°11513, celebrado el día trece (13) de junio de 2017.
Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanentepor la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho contrato.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente actoadministrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la CartaOrgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 11513, cuya copiaautenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día trece (13) de junio de2017, entre esta Municipalidad, representada por el señor Secretario de Gobierno, Dn.Omar Enrique BECERRA, D.N.I. N° 13.972.557 y la señorita Marina ConstanzaGHIGLIONE, D.N.I. N° 37.174.076, mediante el cual se contratan sus servicios pararealizar tareas de atención al público y administrativas en la Delegación Municipal de laCiudad Autónoma de Buenos Aires. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2°.-Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario —
Secreta ría de Gobierno — Partida 011.
ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al oletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.Cumplido, archivar.- 1
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 96
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Provincia de Tierri del Fueo 017 Ano del ymeiqatio de la Oc ta de MalsinasRepublica Ai gentrna a Uoi nr y Gloria i Nuestros l-lerocs \yer 1-10v y Siernpr.
Municipalidad de Ushuaia
CONTRATO ADMINiSTRATiVO
Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada en este acto por el señorSecretario de Gobierno, Dn. Ornar Enrique BECERRA D.N.I. N° 13.972.557, en adelantellamado LA MUNICiPALIDAD, por una parte y la señora Marina Constanza GH1GLIONE,D.N.i. N° 37.174.076, en adelante llamada LA CONTRATADA por la otra, se conviene encelebrar ci presente CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación de servicios. adreferéndum del Señor Intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo las siguientescláusulasPRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA CONTRATADA, quien sedesempeñará en la Delegación Municipal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. realizandotareas de atención al público y administrativas, en horario a convenir con el superior del área,cumplimentando una carga horaria de treinta y cinco horas semanales. La duración delpresente contrato será a partir del día uno (1) de marzo de 2017 y hasta el día treinta y uno(31) de diciembre de 2017.SEGUNDA: LA MUNiCiPALIDAD asigna y LA CONTRATADA acepta por los serviciosprestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoriamente en el grado“5”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea para elpersonal de la Administración Pública Municipal.TERC ERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de acuerdoa la Ley 561 y sus modificatorias y LA CONTRATADA queda comprendido dentro delrégimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo acreedorde los beneficios de rigor.CUARTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a las disposiciones, órdenesy demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se vinculen con lastareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal Permanente, lasque serán transmitidas por intermedio del Superior.QUINTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad deinterpelación judicial el presente contrato, si los servicios de LA CONTRATADA no fuerannecesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamar indemnizaciónalguna. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la presente obligación en el momentoque l estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a LAMUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación.SEXTA: El presente çontrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por laLey 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.SEPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del presente y debaser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de los JuzgadosProvinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal, LA MUNICIPALIDAD en calleSan Martín N° 660 de la ciudad de Ushuaia y LA CONTRATADA en la calle La Pampa N°4324.
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un soloefecto ci día 13 J j7 .
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‘Las Islas alvinas. Gcorgias y Sandwich del Sur, Sony serán Argentinas’
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 97
Provincia de Tierra del Fuego 2O17 — Año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a Nuestros Héroes, Ayer, Hoy y Siempre.”
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USHUAIA,
VISTO el expediente UI N° 8094/2016, deI registro de esta Municipalidad; y
CO NS IDE RAN DO:
Que mediante el mismo tramita la contratación del señor Ricardo Enrique
NICOLIELLO, D.N.I. N° 26.185.350.
Que se ha suscripto entre el mencionado y señor Secretario de Gobierno, Dn,
Omar Enrique BECERRA, D.N.I. N° 13.972.557, el contrato registrado bajo el N° 11561,
celebrado el día veintiséis (26) de junio de 2017.
Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente
por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho contrato.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 11561, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintiséis (26) de junio
de 2017, entre esta Municipalidad, representada por el señor Secretario de Gobierno, Dn.
Omar Enrique BECERRA, D.N.I. N° 13.972.557, y el señor Ricardo Enrique NICOLIELLO,
D.N.I. N° 26.185.350, mediante el cual se contratan sus servicios para realizar tareas de
mozo en el Departamento de Mayordomía dependiente de la Dirección de Administración,
Archivo y Despacho Protocolar. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario —
Secretaría de Gobierno - Partida 011.
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.- 1 1 8 9
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, Sony serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 98
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Provincia de Tierra del Fuego - A’(A11A “2017 --Año del 350 Aniversario dela Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Su D acho Genrat Hono y Gloria a Nuestros Héroes Ayer Hoy y Siernpre
República Argentina O,O eqU vFe0,8
Municipalidad de Ushuaia ¶ A iaa oc U0IY SELLO
CONT TO ADMINISTRATIVO
Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada en este acto por elSeñor Secretario de Gobierno, Dn. Omar Enrique BECERRA, D.N.I. N° 13.972.557, enadelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una parte y el señor Ricardo EnriqueNICOLIELLO, D.N.I. N° 26.185.350, en adelante llamado EL CONTRATADO por la otra,se conviene en celebrar el presente CONTRATO ADMiNISTRATIVO de prestación deservicios, ad referéndum del Señor Intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo lassiguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios del CONTRATADO, quien sedesempeñará en el Departamento Mayordomía dependiente de la Dirección deAdministración, Archivo y Despacho Protocolar, realizando tareas de mozo, de lunes aviernes de 15:00 a 22:00 hs. La duración del presente contrato será a partir del día uno (1) dejulio de 2017 y hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2017.SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta por los serviciosprestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoriamente en elgrado “5”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo seapara el personal de la Administración Pública Municipal.TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios deacuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y EL CONTRATADO queda comprendido dentrodel régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendoacreedor de los beneficios de rigor.CUARTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a las disposiciones,órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que sevinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el PersonalPermanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior.QUINTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad deinterpelación judicial el presente contrato, silos servicios de EL CONTRATADO no fuerannecesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar indemnizaciónalguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presente obligación en elmomento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido aLA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación.SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente porla Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.SEPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del presente ydeba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de losJuzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fmes fijan domicilio legal en la ciudad deUshuaia, LA MUNICIPALIDAD en San Martín N° 660 y EL CONTRATADO en calleLirio de los Valles N° 1555 — 1 D — Tira 1.
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto el día 26 JUN 2017 . --
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Maria a O. COGUIN POSASDracto a Ja. Benas cr5
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de
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 99
Provincia de Tierra del Fuego 2O17 — Año del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a Nuestros Héroes, Ayer, Hoy y Siempre”República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USH UAIA,
VISTO el expediente S.D. N° 5651/2013, deI registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la contratación de la señora Gloria FavianaZEVALLOS, D.N.I. N° 14.910.972.
Que se ha suscripto entre la mencionada y la Señora Secretaria de PolíticasSociales, Sanitarias y Derechos Humanos, Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ, D.N.I. N°23.326.526, el contrato registrado bajo el N° 11572, celebrado el día veintiocho (28) dejunio de 2017.
Que dicho contrato se ajusta al régimen aprobado por el Decreto Municipal N°234/97 y sus modificatorios N° 028/2001 y N° 028/2006.
Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a laAdministración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo.Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la CartaOrgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D ECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 11572, cuya copiaautenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintiocho (28) dejunio de 2017, entre esta Municipalidad, representada por la Señora Secretaria dePolíticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos, Sra. Malena Yuqueri TESZKIEW1CZ,D.N.I. N° 23.326.526 y la señora Gloria Faviana ZEVALLOS, D.N.I. N° 14.910.972,mediante el cual se contratan sus servicios para dictar el taller de pintura decorativa enlos diferentes Centros Comunitarios dependientes de la Dirección de Barrios y CentrosComunitarios. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario —
Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos - Partida 011.ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.Cumplido, archivar.- 1
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 100
GÍRADO
BAJO BL N°J_L51±_.
1 tiSHUAI
CONTTO A TECNICO, DEFORMACIONNTRENAM[ENTO DEPORTIVO, GUARDAV1DAS Y
ACT1VfbADES CULTURALES
En la ciudad de Ushuaia, el día 2 8 JUN 2011, se reúnen en representación de laMunicipalidad de Ushuaia, la señora Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y DerechosHumanos, Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ, D.N.I. N° 23.326.526, con domicilio en lacalle Marcos Zar N° 120 de esta ciudad, en adelante LA MUNICIPALIDAD y la señoraGloria Faviana ZEVALLOS, D.N.I. 14.910.972, con domicilio en Los Guindos N° 614 deesta ciudad, en adelante LA CONTRATADA, quienes acuerdan en celebrar ad-referéndumdel Señor Intendente Municipal el CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación deservicios, que se regirá por las siguientes cláusulas:CLAUSULA PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de laCONTRATADA, quien dictará el taller de pintura decorativa en los diferentes CentrosCornunitarios, dependientes de la Dirección de Barrios y Centros Comunitarios, con unacarga horaria de OCHENTA (80) horas reloj mensuales.CLAUSULA SEGUNDA: LA CONTRATADA responderá a las directivas sobre modalidad,horarios y días de prestación impartidas por la Dirección de Barrios Centros Comunitarios.CLAUSULA TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del día dos (2) dejulio de 2017 y hasta el treintA y uno (31) de diciembre de 2017.CLAUSULA CUARTA: LA MUNICIPALIDAD asigna y LA CONTRATADA acepta Porlos servicios prestados, una retribución de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA CON00/1 00 ($280,00) por cada hora reloj efectivamente prestada, la que será abonada durante losdiez primeros días hábiles del mes siguiente a la prestación efectiva de losservicios.CLAUSULA QU1NTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a lasdisposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA IVIUNICIPALIDAD yque se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para elPersonal de la Administración Pública Municipal, las que serán transmitidas por intermediodel Superior a cargo.CLAUSULA SEXTA: El presente contrato se regirá conforme el Anexo 1 del DecretoMunicipal N° 234/97 y toda reglamentación complementaria. Supletoriamente se utilizaránlas normas del Convenio Municipal de Empleo, el Régimen Jurídico Básico de la FunciónPública Ley 22.140 y su Decreto Reglamentario 1797/80.CLAUSULA SEPTIMA: El incumplimiento en tiempo, forma y modalidad de las funcionesencomendadas a la CONTRATADA será causal automática de rescisión del presente sinderecho a reclamar indemnización alguna y sin perjuicio de las responsabilidadesdisciplinarias y legales que el mismo pudiere originar.CLAUSULA OCTAVA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento ysin necesidad de interpelación judicial el presente contrato, silos servicios de la contratadano fueran necesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamarindemnización alguna. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la presenteobligación, debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a la MUNICIPALIDADcon una antelación de 30 días.CLAUSULA NOVENA: Ante cualquier divergencia suscitada e:n1a ejecución del presente,las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia. A todoefecto legal se fijan los domicilios “ut suprat’ citados, donde se reputan válidas todas lasnotificaciones cursadas entre las partes.
En prueba de conformidad se firman tres ejempiares de un mismo tenor y a un solo
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Provincia de Tierra del FuegoAntáidida e Islas del Atlántico Sur
Repú bI ea ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:a Nuestros héroes, Ayer, Hoy y Siempre.”
efecto.
‘Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas’
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 101
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
“2017 — Año del 35Q Aniversario de la Gesta de MalvinasHonor y Gloria a Nuestros Héroes, Ayer, Hoy y Siempre”
USHUAIA,
VISTO el expediente S.D. N° 1049/201 6, del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que por el mismo tramita la contratación del señor José Omar JUAREZSOTO, D.N.l. N° 34.295.614.
Que se ha suscripto entre el mencionado y la señora Secretaria de PolíticasSociales, Sanitarias y Derechos Humanos, Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ, D.N.I. N°23.326.526, el contrato registrado bajo el N° 11577, celebrado el día treinta (30) de juniode 201 7.
Que dicho contrato se ajusta al régimen aprobado por el Decreto Municipal N°234/97 y sus modificatorios N° 028/2001 y N° 028/2006.
Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a laAdministración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo.Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la CartaOrgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 11577, cuya copiaautenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día treinta (30) de juniode 2017, entre esta Municipalidad, representada por la señora Secretaria de PolíticasSociales, Sanitarias y Derechos Humanos, Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ, D.N.I. N°23.326.526 y el señor José Omar SUAREZ SOTO, D.N.I. N° 34.295.614, mediante el cual
se contratan sus servicios para dictar talleres de actividades plásticas en la Coordinaciónde Inclusión Social dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y
Derechos Humanos. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario —
Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos - Partida 011.
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y
archivar.- 1 1 9 1
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 102
d.nespoch0 C2O:Pt—Aiío-del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:
‘ a Nuestros héroes, Ayer, l-loy y Sienipre.’
CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA EL PERSONAL TECNICO, DEFORMACION Y ENTRENAMIENTO DEPORTIVO, GUARDAVI DAS YACTIVIDADES CULTURALES
En la ciudad de Ushuaia, el dí JUN 2U17 , se reúnen en representación de laMunicipalidad de Ushuaia, la Señora Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y DerechosHumanos, Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ, D.N.I. N° 23.326.526, con domicilio en lacalle Marcos Zar N° 120 de esta ciudad, en adelante LA MUNICiPALIDAD y ci Señor JoséOmar JUÁREZ SOTO, D.N.I. N°34.295.614, con domicilio en calle BelakamainN° 323 deesta ciudad, en adelante EL CONTRATADO, quienes acuerdan en celebrar ad-refcréndumdel Señor Intendente Municipal el CONTRATO ADMLNISTRATIVO de prestación deservicios, que se regirá por las siguientes cláusulas:CLAUSULA PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios delCONTRATADO, para dictar talleres de actividades plásticas en la Coordinación deInclusión Social dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y DerechosHumanos, con una carga horaria de OCHENTA (80) horas reloj mensuales.CLAUSULA SEGUNDA: EL CONTRATADO responderá a las directivas sobremodalidad, horarios y días de prestación impartidas por la Coordinación de InclusiónSocial.CLAUSULA TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir dci día uno (1) dejulio de 2017 y hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2017.CLAUSULA CUARTA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO aecpta porlos servicios prestados, una retribución de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA CON 00/100($280,00) por cada hora reloj efectivamente prestada, la que será abonada durante los diezprimeros días hábiles del mes siguiente a la prestación efectiva de los servicios.CLAUSULA QUINTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a lasdisposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICiPALIDADy que se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para elPersonal de la Administración Pública Municipal, las que serán transmitidas por intermediodel Superior a cargo.
CLAUSULA SEXTA: El presente contrato se regirá conforme el Anexo 1 del DecretoMunicipal N° 234/97 y toda reglamentación complementaria. Supletoriamente se utilizaránlas normas del Convenio Municipal de Empleo, el Régimen Jurídico Básico de la FunciónPública Ley 22.140 y su Decreto Reglamentario 1797/80.CLAUSULA SEPTIMA: El incumplimiento en tiempo, forma y modalidad de las funcionesencomendadas al CONTRATADO será causal automática de rescisión del presente sinderecho a reclamar indemnización alguna y sin peijuicio de las responsabilidadesdisciplinarias y legales que el mismo pudiere originar.CLÁUSULA OCTAVA: LA MUNICiPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento ysin necesidad de interpelación judicial el presente contrato, silos servicios de la contratadano fueran necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamarindemnización alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presenteobligación, debiendo cursar comunicación por escrito - en tal sentido a laMUNiCIPALIDAD con una antelación de 30 días.CLAUSULA NOVENA: Ante cualquier divergencia suscitada en la ejecución del presente,las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia. A todoefecto legal se fijan los domicilios “ut supra” citados, donde se reputan válidas todas lasnotificaciones cursadas entre las partes.En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo
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MunicipaUdad de Ushuaia
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Provincia de Tierra del FuegoAntálads e Islas dci Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
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efecto.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 103
Provincia de Tierra del Fuego 2017— Año deI 350 Aniversario dala Gasta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a Nuestros Héroes. Ayer, Hoy y Siempre.”República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
USH UAIA,
VISTO el expediente S.D. N° 376/2014, del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que por el mismo tramita la contratación del señor Walter Hernan PAEZ,D.N.I. N° 22.619.316.
Que se ha suscripto entre el mencionado y el señor Presidente del InstitutoMunicipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13264.124, el contrato registradobajo el N° 11565, celebrado el día treinta (30) de junio de 2017.
Que dicho contrato se ajusta al régimen aprobado por el Decreto Municipal N°234/97 y sus modificatorios N° 028/2001 y N° 028/2006.
Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a laAdministración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia corresponde la aprobación de dicho acuerdo.Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la CartaOrgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 11565, cuya copiaautenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día treinta (30) de juniode 2017, entre esta Municipalidad, representada por el señor Presidente del InstitutoMunicipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124, y el señor WalterHeman PAEZ, D.N.I. N° 22.619.316, mediante el cual se contratan sus servicios paradesempeña rse como guardavidas en el complejo Polideportivo Augusto Lasserre y/o PoloDeportivo Héroes de Malvinas dependientes del Instituto Municipal de Deportes. Ello deacuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario —
Instituto Municipal de Deportes — Presidencia — Partida 011,
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia yarchivar.-
1 192
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 104
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del 35°Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a Nuestros Héroes, Ayer, Hoy y Siempre.”RepúbhcaArgentma e O )CLO
Municipilidad de Ushu na VS LLO
CONTRATO ADMI STRATIVO PARA EL PERSONAL TECNICO, DEFORMACION Y EN RENAMIENTO DEPORTIVO, GUARDAVIDAS Y
ACTIViDADES CULTURALES
En la ciudad de Ushuaia, el día , se rei’inen en representación de laMunicipalidad de Ushuaia, el señor Presidenie del Instituto Municipal de Deportes, Lic.Franco GERGO, D.N.l. N° 13.264.124, con domicilio en Avda. Malvinas Argentinas y calle12 de Octubre de esta ciudad, en adelante LA MUNICIPALIDAD y el Señor Walter HernanPAEZ, D.N.I. N° 22.619.316, con domicilio en Magallanes N° 1182 — Planta Alta, de estaciudad, en adelante EL CONTRATADO, quienes acuerdan en celebrar ad-referéndum delSeñor Intendente Municipal el CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación deservicios, que se regirá por las siguientes cláusulas:CLAUSULA PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios delCONTRATADO, quien se desempeñará en el Complejo Polideportivo Augusto Lasserrrey/o Polodeportivo Héroes de Malvinas, dependientes del Instituto Municipal de Deportes,realizando tareas de guardavidas, con una carga horaria de OCHENTA (80) horas relojmensuales.CLAUSULA SEGUNDA: EL CONTRATADO responderá a las directivas sobremodalidad, horarios y días de prestación impartidas por el Instituto Municipal de Deportes.CLAUSULA TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del día dos (2) dejulio de 2017 y hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2017.CLAUSULA CUARTA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta porlos servicios prestados, una retribución de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA CON00/1 00 ($280,00) por cada hora reloj efectivamente prestada, la que será abonada durantelos diez primeros días hábiles del mes siguiente a la prestación efectiva de losservicios.CLAUSULA QUINTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a lasdisposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDADy que se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para elPersonal de la Administración Pública Municipal, las que serán transmitidas por intermediodel Superior a cargo.CLAUSULA SEXTA: El presente contrato se regirá conforme el Anexo 1 del DecretoMunicipal N° 234/97 y toda reglamentación complementaria. Supletoriamente se utilizaránlas normas del Convenio Municipal de Empleo, el Régimen Jurídico Básico de la FunciónPública Ley 22.140 y su Decreto Reglamentario 1797/80.CLAUSULA SEPTIMA: El incumplimiento en tiempo, forma y modalidad de las funcionesencomendadas al CONTRATADO será causal automática de rescisión del presente sinderecho a reclamar indemnización alguna y sin perjuicio de las responsabilidadesdisciplinarias y legales que el mismo pudiere originatCLAUSULA OCTAVA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento ysin necesidad de interpelación judicial el presente contrato, silos servicios de la contratadano fueran necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamarindemnización alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presenteobligación, debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a laMUNICIPALIDAD con una antelación de 30 días.CLAUSULA NOVENA: Ante cualquier divergencia suscitada en la ejecución del presente,las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia. A todoefecto legal se fijan los domicilios “ut supra’ citados, donde se reputan válidas todas lasnotificaciones cursadas entre las partes.
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un soloefecto.
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 105
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y
=República Argentina= Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”— Municipalidad de Ushuaia
USH UAIA,
VISTO el expediente administrativo S.G. N° 9306/2015, del registro de estaMunicipalidad; y
CONSI DERANDO:
Que mediante el mismo tramita el recurso de reconsideración interpuesto afs. 39/43, por la empleada municipal Silvina Rosa Inés GONZALEZ, Legajo N° 3438contra el contenido del Decreto Municipal N° 282/2017.
Que el recurso ha sido interpuesto en legal tiempo y forma.
Que la recurrente solicita se rectifique el grado que le fuera asignado,alegando que si bien al momento de su ingreso en la planta de personal permanente
de este Municipio y de ser encuadrada en forma provisoria, no contaba con el títulosecundario que le permitiera ser encuadrada en el grado 4 (cuatro), posteriormentehabría terminado sus estudios mediante el Plan FINES cursado en esta Pcia. deTierra del Fuego.
Que manifiesta asimismo que, a fin de obtener el certificado analíticosecundario donde conste la culminación de sus estudios, deberá viajar a la ciudadde Mendoza a fin de realizar el trámite correspondiente.
Que la impugnante acompaña documentación en copia simple: constanciasexpedidas por el Coordinador Provincial de FinEs - Tierra del Fuego (fs. 42/43) con
fecha 30/03/201 7, certificando los espacios curriculares aprobados por la empleadade marras y certificado analítico expedido por la Directora de la Escuela N° 4-074“Florencio MOLINA CAMPOS” de Las Heras, Mendoza, donde constan las materiasallí aprobadas.
Que mediante Decreto Municipal N° 282/2017 se encuadró en formadefinitiva a la recurrente, otorgándole el grado 5 (cinco) del AgrupamientoAdministrativo, de acuerdo a la intervención efectuada por la Comisión Permanentede Aplicación de las Relaciones Laborales (Co.P.A.R.L) mediante Acta N° 1636 (fs.27128vta.)
Que el Convenio Municipal de Empleo, dispone que la reubicación inicial de
cada empleado, en el grado y agrupamiento que le corresponda, debe sersupervisado por la Co.P.A.R.L., siendo su decisión, de carácter vinculante (Título IV,
Capítulo 1, artículo 81.5.k., del C.M.E.).
Que dicha fórmula ha sido reiterada en la cláusula quinta de las
Disposiciones Complementarias y Transitorias, del mencionado cuerpo legal.
Que la potestad decisoria y vinculante atribuida a la Co.RA.R.L., conlleva la
iltad reglada del Ejecutivo, a la hora de emitir el acto administrativo de rigor.
Que bajo este contexto, se advierte que la facultad que se le ha confiado a la
1/1.2.
Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinos”
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y
República Argentina Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempreMunicipalidad de Ushuaia
111.2.
Co.P.A.R.L., a través del Convenio Municipal de Empleo, inhibiría -en principio-,
cualquier pretensión y/o intento de revisión de aquellas variables mentadas por
dicho organismo, al momento de resolver sobre la reubicación inicial de los agentes;
salvo manifiesta arbitrariedad, circunstancia que, dado el alcance atribuido a la
opinión de la Comisión bajo examen, debe ser interpretada en forma absolutamente
restrictiva.
Que no se verifican en este caso, circunstancias de arbitrariedad manifiesta,
que implique modificar la decisión adoptada, teniendo en cuenta además que al
momento de ser designada en la planta de personal permanente de este Municipio,
la recurrente no reunía los requisitos previstos por el artículo 63.1 .b) C.M.E, es
decir, poseer polimodal aprobado o su equivalente.
Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado intervención Jurídica mediante
Dictamen S.L. y T. N° / 2017, cuyo criterio se comparte.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto
administrativo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 152 inciso 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal y artículo 127 y siguientes de la Ley Provincial N° 141.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D ECRETA
ARTICULO 1°.- No hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por la
empleada municipal Silvina Rosa Inés GONZALEZ, Legajo N° 3438 contra el
contenido del Decreto Municipal N° 282/2017. ElIo, por los motivos expuestos en el
exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar a la recurrente, con copia autenticada del presente y del
Dictamen S.L. y T. N° 1 9 /2017, haciéndole saber que ha quedado agotada
la vía administrativa y expedita la judicial, pudiendo interponer demanda contencioso
administrativa, en el plazo de noventa (90) días, contados a partir de la notificación
del presente, conforme lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley Provincial N° 133.
ARTICULO 3°.- Dar al Boletin Oficial Municipal para su publicación. Cumplido,
archivar. 4 1 3DECRETO MUNICIPAL
pali
E. eecerra
ad de Ushuaia
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinos”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 107
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y
=República Argentina= Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre’Municipalidad de Ushuaia
USHUAIA,
VISTO el expediente administrativo S.G. N° 816/2008 del registro de estaMunicipalidad; y
CONSI DERANDO:
Que mediante el mismo tramita la presentación de la empleada municipalAlicia MIRANDA, Legajo N° 2342, obrante a fs. 58, solicitando adecuar su
agrupamiento a las tareas que desempeña.
Que al momento de encuadrar en forma definitiva a la empleada de marras,mediante Decreto Municipal N° 548/2008 (fs. 27), no se asignó agrupamientoalguno.
Que cabe recordar asimismo que mediante Decreto Municipal N° 094/201 5,se aprobó el Acta Acuerdo registrada bajo el N° 8845, mediante la cual se reconocióa un grupo de empleados, entre los que se encontraba la presentante, la asignacióndel grado inmediato anterior.
Que de acuerdo a lo informado a fs. 62 por la Sra. Directora de Bienestar de
Personal, la empleada de marras se desempeña como Jefa de División Mesa deEntrada del Instituto Municipal de Deportes, habiendo sido designada medianteResolución LM.D. N° 52/2016 (fs. 59/61).
Que a fs. 63, tomó nueva intervención la Comisión Permanente de Aplicaciónde las Relaciones Laborales (Co.P.A.R.L.) mediante Acta N° 1663 de fecha05/04/201 7, entendiendo por unanimidad de votos de los miembros presentes que,en virtud de las tareas desempeñadas por la empleada, debía asignarse el grado 3(tres) del Agrupamiento Administrativo.
Que el Convenio Municipal de Empleo, en su artículo 81.5.k), establece
expresamente que la Co.P.A.R.L., es el órgano encargado de supervisar concarácter vinculante, el grado y agrupamiento inicial de cada uno de los agentesmunicipales.
Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado intervención Jurídica mediante
Dictamen S.L. y T. N° —91 / 2017.
Que el suscripto comparte y hace suyo el criterio sustentado por laCo.P.A.R.L. y por el Servicio Jurídico Permanente, encontrándose facultado paradictar el presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 152inciso 1) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Reconocer el grado 3 (tres) en el que revista la empleada municipal
a MIRANDA, Legajo N° 2342, asignándole el Agrupamiento Administrativo, en
/11.2.
as Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 108
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y
República Argentina Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”Municipalidad de Ushuaia
1/1.2.
función de las tareas que actualmente desempeña. Ello en virtud de los argumentosexpuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar a la empleada de marras, con copia fiel del presente, delDictamen S. L. y T. N° 91 /2017 y del Acta Co.P.A.R.L. N° 1663,haciéndole saber que -sólo respecto del agrupamiento asignado- puede interponerrecurso de reconsideración dentro de los diez (10) días, contados desde lanotificación del presente, conforme lo establecido por el artículo 127 de la LeyProvincial N°141.
ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido,archivar. 1 1DECRETO MUNICIPAL N° /2017
Y
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 109
Provincia de Tierra del Fuego 2O1 7 — Año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a Nuestros Héroes, Ayer Hoy y Siempre.”República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USHUAIA,
VISTO el expediente S.D. N°4617/2013, del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la contratación de la señora Daniela MariaCISNEROS, D.N.I. N° 29.194.598.
Que se ha suscripto entre la mencionada y el señor Presidente del InstitutoMunicipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124, el contrato registradobajo el N°11564, celebrado el día veintiocho (28) de junio de 2017.
Que dicho contrato se ajusta al régimen aprobado por el Decreto Municipal N°234/97 y sus modificatorios N° 028/2001 y N° 028/2006.
Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a laAdministración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo.Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152, incisos 1) y 5) de la CartaOrgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETAARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 11564, cuya copiaautenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintiocho (28) dejunio de 2017, entre esta Municipalidad, representada por el señor Presidente delInstituto Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124 y la señoraDaniela Maria CISNEROS, D.N.I. N° 29.194.598, mediante el cual se contratan susservicios para realizar tareas inherentes a su profesión de Profesora de Educación Físicay de guardavidas en el Instituto Municipal de Deportes. Ello de acuerdo a lo expresado enel exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario —
Instituto Municipal de Deportes — Presidencia - Partida 011.
ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.Cumplido, archivar.- “1 1 9
Omar E. Be4Secretario de (4
Municipalidad de
“Las Islas Malvinas, GeorAias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 110
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Muntcipal idad de Ushuaia
CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA EL PERSONAL TECNICO, DEFORMACION Y ENTRENAMIENTO DEPORTIVO, GUARDAVIDAS Y
ACTIVIDADES CULTURALES
En la ciudad de Ushuaia, el día 2-8 JUN 2017 , se reúnen en representación de laMunicipalidad de Ushuaia, el señor Presidente del Instituto Municipal de Deportes, Lic.Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124, con domicilio en Avda. Malvinas Argentinas ycalle 12 de Octubre de esta ciudad, en adelante LA MUNICIPALiDAD y la Señora DanielaMaria CISNEROS, D.N.I. N°29.194.598, de profesión Profesora de Educación Física, condomicilio en calle Gobernador Gomez N° 1261, de esta ciudad, en adelante LACONTRATADA, quienes acuerdan en celebrar ad-referéndurn del Señor IntendenteMunicipal el CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación de servicios, que se regirápor las siguientes cláusulas:-CLAUSULA PRIMERA: LA MUNICIPALiDAD contrata los servicios de laCONTRATADA, quien se desempeñará en el Instituto Municipal de Deportes, realizandotareas inherentes a su profesión y de guardavidas, con una carga horaria de OCH ENTA(80) horas reloj mensuales.CLAUSULA SEGUNDA: LA CONTRATADA responderá a las directivas sobremodalidad, horarios y días de prestación impartidas por el instituto Municipal de Deportes.CLAUSULA TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del día dos (2) dejulio de 2017 y hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2017.CLAUSULA CUARTA: LA MUNICIPALIDAD asigna y LA CONTRATADA accpta porlos servicios prestados, una retribución de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA CON00/100 ($280,00) por cada hora reloj efectivamente prestada, la que será abonada durantelos diez primeros días hábiles del mes siguiente a la prestación efectiva de los servicios.---CLAUSULA QUiNTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a lasdisposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDADy que se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para ciPersonal de la Administración Pública Municipal, las que serán transmitidas por intermediodel Superior a cargo.CLAUSULA SEXTA: El presente contrato se regirá conforme el Anexo 1 del DecretoMunicipal N° 234/97 y toda reglamentación complementaria. Supletoriamente se utilizaránlas normas del Convenio Municipal de Empleo, el Régimen Jurídico Básico de la FunciónPública Ley 22.140 y su Decreto Reglamentario 1797/80.CLALISULA SEPTIMA: El incumplimiento en tiempo, forma y modalidad de lasfunciones encomendadas a LA CONTRATADA será causal automática de rescisión delpresente sin derecho a reclamar indemnización alguna y sin perjuicio de lasresponsabilidades disciplinarias y legales que el mismo pudiere originar.CLAUSULA OCTAVA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento Ysin necesidad de interpelación judicial el presente contrato, silos servicios de la contratadano fueran necesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamarindemnización alguna. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la presenteobligación, debiendo cursar comunicación por escrito - - en tal sentido a laMUNICIPALiDAD con una antelación de 30 días.CLAUSULA NOVENA: Ante cualquier divergencia suscitada en la ejecución del presente,las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia. A todoefecto legal se fijan los domicilios “ut suprai? citados, donde se reputan válidas todas lasnotificaciones cursadas entre las partes.
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un soloefecto.
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“Las Islas Malvinas, Gcorgias y Sandwich del Sur, son y serán Argcntinss’
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 111
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur “2017, alio del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas:
República Argentina Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”Municipalidad de Ushuaia
USHUAIA, 1 jUVISTO el Expediente S.G. N° 10066/2015 del registro de esta Municipalidad;
y
CONSI DERANDO:
Que mediante el mismo tramita la presentación realizada por el empleadomunicipal Walter RUANO, Legajo N° 3010, obrante fs. 27/28, solicitando serencuadrado en el grado 2 (dos> del Agrupamiento Servicio, Mantenimiento yProducción.
Que por versar sobre materia resuelta por el Decreto Municipal N°1823/2016, debe adecuarse dicha presentación y ser tratada como un Recurso deReconsideración contra el mismo.
Que el recurso ha sido interpuesto en legal tiempo y forma.
Que el recurrente solicita se le otorgue el grado 2 (dos) del AgrupamientoServicio, Mantenimiento y Producción, detallando las tareas que realiza en laDirección de Defensa Civil y expresando que reuniría los requisitos previstos por elConvenio Municipal de Empleo (C.M.E.).
Que la Comisión Permanente de Aplicación de las Relaciones Laborales(Co.P.A.R.L.) labró el 01/08/2016, el Acta N° 1599 (fs. 15), entendiendo pormayoría de dos tercios (2/3) de los votos de sus miembros, que correspondíaasignarle el grado 5 (cinco) del Agrupamiento Servicio, Mantenimiento y Producción,en función de las tareas que venía desempeñando.
Que en fecha 05/12/2016, se dictó el Decreto Municipal N° 1823/2016,mediante el cual se encuadró al impugnante en el grado 5 (cinco) del mencionadoagrupamiento.
Que el Convenio Municipal de Empleo, en su artículo 81.5.k), estableceexpresamente que la mencionada Comisión, es el órgano encargado de supervisarcon carácter vinculante, el grado y agrupamiento inicial de cada uno de los agentesmunicipales.
Que dicha fórmula ha sido reiterada en la cláusula quinta de las
Disposiciones Complementarias y Transitorias, del mencionado cuerpo legal.
Que la potestad decisoria y vinculante atribuida a la Co.P.A.R.L., conileva la
facultad reglada del ejecutivo, a la hora de emitir el acto administrativo de rigor.
Que bajo este contexto, se advierte que la facultad que se le ha confiado a la
Co.P.A.R.L, a través del Convenio Municipal de Empleo, inhibiría -en principio-,
cualquier pretensión y/o intento de revisión de aquellas variables merituadas por
dicho organismo, al momento de resolver sobre la reubicación inicial de los agentes;
salvo manifiesta arbitrariedad, circunstancia que, dado el alcance atribuido a la
opinión de la Comisión bajo examen, debe ser interpretada en forma absolutamente
restrictiva.
Que la Secretaría Legal y Técnica, ha emitido opinión jurídica, mediante
Di t en S.L. y T. N° 6 9 /2017, entendiendo que el impugnante no ha
/1/2.
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur “2017, año deI 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:
República Argentina Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”Municipalidad de Ushuaia
1/1.2.
agregado nuevos elementos susceptibles de ser analizados jurídicamente, criterioque se comparte.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente actoadministrativo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 152, incisos 1) y 5) de laCarta Orgánica Municipal.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Dar a la presentación efectuada por el empleado municipal WalterRUANO, Legajo N° 3010, el carácter de Recurso de Reconsideración contra elcontenido del Decreto Municipal N° 1823/2016. ElIo por las motivos expuestos en elexordio.
ARTICULO 2°.- No hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por elempleado municipal Walter RUANO, Legajo N° 3010. Ello por los motivos expuestosen el exordio.
ARTICULO 3°.- Notificar al empleado de marras, con copia fiel del presente, delActa Co.P.A.R.L. N° 1599 y del Dictamen S.L. y T. N° 1 9 /2017,haciéndole saber que ha quedado agotada la vía administrativa y que se encuentraexpedita la instancia judicial, pudiendo interponer demanda contenciosoadministrativa dentro de los noventa (90) días, contados a partir de la notificacióndel presente, conforme lo autoriza el artículo 24 de la Ley Provincial N° 133.ARTICULO 4°.-Comunicar Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia,para su publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° ‘ 1 9 /2017
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán argentinas”
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
“2017. aüo del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer. hoy y siempre
1197
USH UAIA,
VISTO el expediente administrativo S.G. 5177/2015 del registro de estaMunicipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la presentación realizada por el empleadomunicipal David Leonel CARMUEDA, Legajo N° 3195 (fs. 36) y pronto despachopresentado el 14/06/2017 (fs. 50) atento haber finalizado la carrera de “TécnicoUniversitario Contable”, adjuntando copia certificada del título a fs. 37, legalizado por elMinisterio del Interior y Transporte.
Que el nombrado se desempeña en el Departamento Control Posterior de laContaduría General, dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas de esteMunicipio.
Que el artículo 63.3.c) del Convenio Municipal de Empleo establece: “GRADO 2:TERCIARIO: Comprende al empleado con título terciario, que cumple funciones propiasde su especialidad, contempladas especialmente en las actividades de la Dirección dondepresta servicios. Requisitos Mínimos: -Título terciario. -Conocimientos de computación deacuerdo al requerimiento del área. -Conocimientos de los procedimientos administrativos.-Conocimientos de las normas aplicables al área”.
Que a fs. 52/54 constan las incumbencias profesionales del título de “TécnicoUniversitario Contable”, de acuerdo a la Resolución N° 79/1988.
Que a fs. 48 el Sr. Contador General -en tanto superior jerárquico del reclamante-informó las tareas desarrolladas por el mismo: “...Tareas de servicio Técnico deorganización contable de organización (sic), control contable y Documental de lo pagado eingresado diariamente de lo rendido por la Dirección de Tesorería Municipal. Recepcionary controlar mensualmente los recibos de haberes con la liquidación correspondiente.Cumplimentar y responder en tiempo y forma a los requerimientos provenientes delórgano contralor (Sindicatura General Municipal). Verificar el cumplimiento de lasrendiciones a organismos nacionales y/o provinciales en concepto de aportes noregistrables. Funciones administrativas y contables, con acabado conocimiento de lanorma inherente al área, posee redacción propia. Atención al público, recepción yremisión de expedientes...”.
Que a fs. 49 ha tomado intervención el Sr. Secretario de Economía y Finanzas.Que el título obtenido por el empleado constituye un título de pregrado,Que el empleado de marras desarrolla en este Municipio, funciones propias de su
especialidad de acuerdo a lo informado por su superior jerárquico a fs. 48.
Que el empleado CARMUEDA reúne los requisitos previstos para ser encuadradoen el grado 2 (dos) del Agrupamiento Profesional y Técnico, de acuerdo a lo informado
III..
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
111.2.
“2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
por la Directora de Bienestar de Personal a fs. 45.
Que a fs. 44, la Dirección de Haberes informó que se ha realizado reservapresupuestaria en relación a la recategorización del empleado de marras.
Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado intervención medianteDictamen S.L. y T. N° R 12017, entendiendo que correspondería otorgar el
grado solicitado por el presentante.
Que el suscripto comparte y hace suyo el criterio vertido por el Servicio Jurídico
Permanente, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en
virtud de lo establecido en el artículo 152, incisos 1), 2) y 5) de la Carta Orgánica
Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Hacer lugar a la presentación realizada por el empleado municipal DavidLeonel CARMUEDA, Legajo N° 3195 y en consecuencia modificar su encuadre otorgandoel Grado 2 (dos) del Agrupamiento Profesional y Técnico, a partir del presente acto
administrativo. Ello por las razones expuestas en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al empleado de mención con copia autenticada del presente ydel Dictamen S.L. y T. N° 1 C /2017.
ARTÍCULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIAL N°11
/201777
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”
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Provincia de Tierra del Fuego “2017— Año de 350 Aniversario de la Geste de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a Nuestros Héroes, Ayer, Hoy y Siempre.
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USH UAIA,
VISTO el expediente S.D. N° 3123/2016, del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que por el mismo tramita la contratación del señor Cristian JORGE, D.N.l. N°25.251.839.
Que se ha suscripto entre el mencionado y la Señora Secretaria de PolíticasSociales, Sanitarias y Derechos Humanos, Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ, D.N.I. N°23.326.526, el contrato registrado bajo el N° 11559, celebrado el día veintiséis (26) dejunio de 2017.
Que dicho contrato se ajusta al régimen aprobado por el Decreto Municipal N°234/97 y sus modificatorios N° 028/2001 y N° 028/2006.
Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a laAdministración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo.Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la CartaOrgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 11559, cuya copiaautenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintiséis (26) de juniode 2017, entre esta Municipalidad, representada por la Señora Secretaria de PolíticasSociales, Sanitarias y Derechos Humanos, Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ, D.N.I. N°23.326.526 y el señor Cristian JORGE, D.N.I. N° 25.251.839, mediante el cual secontratan sus servicios para dictar talleres de ajedrez en el Programa Casa de laJuventud y en los Distintos Centros Comunitarios, dependientes de la Secretaría dePolíticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos. Ello de acuerdo a lo expresado en elexordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario —
Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos - Partida 011.ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia yarchivar.- “1 1 98Di
“Las Islas Malvinas, Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 116
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CONTRATO ADMINISTRATIVOjhRA EL PERSONAL TECNICO, DEFORMACION Y ENTRENAM1ETO DEPORTIVO, GUARDAVIDAS Y
ACTIVIDADES CULTURALES
En la ciudad de Ushuaia, el día2 6 JLIN 2017 , se reúnen en representación de laMunicipalidad de Ushuaia, la Señora Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y DerechosHumanos, Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ, D.N. 1. N° 23.326.526, con domicilio en lacalle Marcos Zar N° 120 de esta ciudad, en adelante LA MUNICIPALIDAD y el SeñorCristian JORGE, D.N.I. N° 25.251.839, con domicilio en Concejal Rubinos N° 77— Dpto. 3de esta ciudad, en adelante EL CONTRATADO, quienes acuerdan en celebrar adreferéndum dci Señor Intendente Municipal el CONTRATO ADMINISTRATIVO deprestación de servicios, que se regirá por las siguientes cláusulas:CLAUSULA PRIMERA: LA MUN1CIPALIDAD contrata los servicios delCONTRATADO, para dictar talleres de ajedrez en el Programa Casa de la Juventud y en losdistintos Centros Comunitarios dependientes de la Secretaría de Políticas Sociales,Sanitarias y Derechos Humanos, con una carga horaria de CUARENTA (40) horas relojmensuales.CLAUSULA SEGUNDA: EL CONTRATADO responderá a las directivas sobremodalidad, horarios y días de prestación impartidas por la Secretaría de Políticas Sociales,Sanitarias y Derechos Humanos.CLAUSULA TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del día uno (1) dejulio de 2017 y hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2017.CLAUSULA CUARTA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta porlos servicios prestados, una retribución de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA CON00/100 ($280,00) por cada hora reloj efectivamente prestada, la que será abonada durantelos diez primeros días hábiles del mes siguiente a la prestación efectiva de losservicios.CLAUSULA QUINTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a lasdisposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDADy que se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para elPersonal de la Administración Pública Municipal, las que serán transmitidas por intermediodel Superior a cargo.CLAUSULA SEXTA: El presente contrato se regirá conforme el Anexo 1 del DecretoMunicipal N° 234/97 y toda reglamentación complementaria. Supletoriamente se utilizaránlas normas del Convenio Municipal de Empleo, el Régimen Jurídico Básico de la FunciónPública Ley 22.140 y su Decreto Reglamentario 1797/80.CLAUSULA SEPTIMA: El incumplimiento en tiempo, forma y modalidad de lasfunciones encomendadas al CONTRATADO será causal automática de rescisión delpresente sin derecho a reclamar indemnización alguna y sin perjuicio de lasresponsabilidades disciplinarias y legales que el mismo pudiere originar.CLAUSULA OCTAVA: LA MUNiCiPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento ysin necesidad de interpelación judicial el presente contrato, si los servicios de la contratadano fueran necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamarindemnización alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presenteobligación, debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a laMUNICIPALIDAD con una antelación de 30 días.CLAUSULA NOVENA: Ante cualquier divergencia suscitada en la ejecución del presente,las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia. A todoefecto legal se fijan los domicilios “ut supra” citados, donde se reputan válidas todas lasnotificaciones cursadas entre las partes.
Er3,rueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un soloefecto.---t-
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 117
Provincia de Tierra del Fuego “2017 — Año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a Nuestros Héroes, Ayer, Hoy y Siempre.”
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USHUAIA,
VISTO el expediente O.P. N° 5301/2016, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la contratación del señor Guillermo Hernan
VARAS AGUILA, D.N.I. N° 18.821.098.
Que se ha suscripto entre el mencionado y la señora Secretaria de
Planificación e Inversión Pública, Dra. Gabriela Carolina MUÑIZ SICCARDI, D.NJ.
20.675.576 el contrato registrado bajo el N° 11562, celebrado el día treinta (30) de junio
de 2017.
Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente
por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho contrato.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 11562, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día treinta (30) de junio
2017, entre esta Municipalidad, representada por la señora Secretaria de Planificación e
Inversión Pública, Dra. Gabriela Carolina MUÑIZ SICCARDI, D.N.I. 20.675.576, y el señor
Guillermo Hernan VARAS AGUILA, D.N.I. N° 18.821.098, mediante el cual se contratan
sus servicios para realizar tareas inherentes a la División Herrería dependiente de la
Dirección de Control Operativo.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario —
Subsecretaría de Servicios Públicos - Partida 011.
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.- 1 1 9 9
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 118
TO ADMINISTRATIVO
Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada en este acto por elseñora Secretaria de Planificación e Inversión Pública, Dra. Gabriela Carolina IVIUNIZSICCARDI, D.N.I. N° 20.675.576, en adelante llamada LA MUNICIPALIDAD, por unaparte y el señor Guillermo Hernan VARAS AGUILA, D.N.I. N° 18.821.098, en adelantellamado EL CONTRATADO por la otra, se conviene en celebrar el presente CONTRATOADMINISTRATIVO de prestación de servicios, ad referéndum del Señor IntendenteMunicipal de Ushuaia, que se regirá bajo las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios del CONTRATADO, quien sedesempeñará en la División Herrería dependiente de la Dirección de Control Operativo,realizando tareas inherentes al área, de lunes a viernes de 07:00 a 14:00 hs. La duración delcontrato será a partir del día uno (1) de julio de 2017 y hasta el día treinta y uno (31) dediciembre de 2017.SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta por los serviciosprestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoriamente en elgrado “5”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo seapara el personal de la Administración Pública Municipal.TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios deacuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y EL CONTRATADO queda comprendido dentrodel régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendoacreedor de los beneficios de rigor.CUARTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a las disposiciones,órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que sevinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el PersonalPermanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior.QUINTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad deinterpelación judicial el presente contrato, si los servicios de EL CONTRATADO no fuerannecesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar indemnizaciónalguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presente obligación en elmomento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido aLA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación.SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente porla Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.SEPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del presente ydeba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de losJuzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fmes fijan domicilio legal en la ciudad deUshuaia, LA MUNICIPALIDAD en Arturo Coronado N° 486 y EL CONTRATADO enPrimero Argentino N° 235.
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto el día 30 JUN 2017 .
SCOPIAFEL
Ma laDa O. COR3UN ROSAS
Dre tora de ERenestar Per5ona!1UNICIPAUDAD DE USHUAIA
C2tiNTRAFO HIRGIERIRADO
RAJO 1 N” 11 5 63OJUN 2017
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlánt co Sur
República ArgentinaMunicipalidad del
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 119
Provincia de Tierra del Fuego “2017 — Año de 35° Aniversario de la Cesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a Nuestros Héroes, Ayer, Hoy y Siempre.”
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USH UAIA,
VISTO el expediente S.D. N° 4050/2016, del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la contratación de la señorita CarolinaBEXIGA DE JESUS, D.N.I. N° 29.292.598.
Que se ha suscripto entre la mencionada y la Señora Secretaria de PolíticasSociales, Sanitarias y Derechos Humanos, Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ, D.N.I. N°23.326.526, el contrato registrado bajo el N° 11521, celebrado el día quince (15) de juniode 2017.
Que dicho contrato se ajusta al régimen aprobado por el Decreto Municipal N°234/97 y sus modificatorios N° 028/2001 y N° 028/2006.
Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 11521, cuya copiaautenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día quince (15) de juniode 2017, entre esta Municipalidad, representada por la Señora Secretaria de PolíticasSociales, Sanitarias y Derechos Humanos, Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ, D.N.I. N°23.326.526 y la señorita Carolina BEXIGA DE JESUS, D.N.I. N° 29.292.598, mediante elcual se contratan sus servicios para realizar tareas de instructora de tango en la Dirección
de Inclusión Social. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario —
Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos - Partida 011.
ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.Cumplido, archivar.-
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 120
JA.71 JUN 211
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CONTRATO ADMINISTRATIVO !ARÁL PERSONAL TECNICO, DEFORMACION Y ENTRENAMIENTO DEPORTIVO, GUARDAVIDAS Y
ACTIVIDADS CIJLTURALES
En la ciudad de Ushuaia, el día 1 5 JUN oii , se reúnen en representación de laMunicipalidad de Ushuaia, la señora Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y DerechosHumanos, Sra. Malena Yuqueri TESZKTEWICZ, D.N.I. N° 23.326.526, con domicilio en lacalle Marcos Zar N° 120, edificio IVlunicipal “Enriqueta Gastelumendi” en adelante LAMUNICIPALIDAD y la señorita Carolina BEXIGA DE JESUS, D.N.1. N° 29.292.598, condomicilio en calle Bahía San Felipe N° 3155 de esta ciudad, en adelante LACONTRATADA, quienes acuerdan en celebrar ad-referéndurn del Señor IntendenteMunicipal el CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación de servicios, que se regirápor las siguientes cláusulas:CLAUSULA PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LACONTRATADA, quien se desempeñara en la Dirección de lnclusión Social, realizandotareas de instructora de tango, con una carga horaria de OCHENTA (80) horas relojmensuales.-CLAUSULA SEGUNDA: LA CONTRATADA responderá a las directivas sobre modalidad.horarios y días de prestación impartidas por la Dirección Inclusión Social.CLÁUSULA TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del día uno (1) dejulio de 2017 y hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2017.CLAUSULA CUARTA: LA MUNICIPALIDAD asigna y LA CONTRATADA acepta porlos servicios prestados, una retribución de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA CON 00/100($280.00) por cada hora reloj efectivamente prestada, la que será abonada durante los diezprimeros días hábiles del mes siguiente a la prestación efectiva de los servicios.CLAUSULA QUINTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a lasdisposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD yque se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para elPersonal de la Administración Pública Municipal, las que serán transmitidas por intermediodel Superior a cargo.CLÁUSULA SEXTA: El presente contrato se regirá conforme el Anexo 1 del DecretoMunicipal N° 234/97 y toda reglamentación complementaria. Supletoriamente se utilizaránlas normas del Convenio Municipal de Empleo, el Régimen Jurídico Básico de la FunciónPública Ley 22.140 y su Decreto Reglamentario 1797/80.CLAUSULA SEPTIMA: El incumplimiento en tiempo, forma y modalidad de las funcionesencomendadas a LA CONTRATADA será causal automática de rescisión del presente sinderecho a reclamar indemnización alguna y sin perjuicio de las responsabilidadosdisciplinarias y legales que el mismo pudiere originar.CLAUSULA OCTAVA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento ysin necesidad de interpelación judicial el presente contrato, silos servicios del contratado nofueran necesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamarindemnización alguña. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la presenteobligación, debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a la MUNiCIPALIDADcon una antelación de 30 días.CLAUSULA NOVENA: Ante cualquier divergencia suscitada en la ejecución del presente,las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia. A todoefecto legal se fijan los domicilios T’ut supran citados, donde se reputan válidas todas lasnotificaciones cursadas entre las partes.
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo
lI 21
Provincis de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
Repiblica ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
Mriafla D.uirctoru de HeneStar Personal
MUNICIPALIDAD DE JSIIUAIA
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argcntinas’
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 121
2017 áo deI 350 Néversario de la Gesta de Malvinas: Honory Gloria a Nuestros Héroes. Ayer Hoy y Siempref
USHUAIA,
VISTO el expediente CG 4989/2016 deI registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Municipal N° 553/2017, se aprobó el Acta Acuerdo
registrado bajo el N° 11307/2017, celebrado entre la Municipalidad de Ushuaia,
representada por el Sr. Secretario de Coordinación de Gestión, Prof. Oscar Horacio
Souto, DNI 11.320.201, por el cual se incorporo al Programa de Formación Laboral los
cursantes detallados en los anexos de la misma.
Que mediante las Actas de Rescisión de fecha primero (01) y siete (07) de
mayo del 2017 respectivamente, se dan por finalizadas las capacitaciónes de los
cursantes Mayra Belen PADIN, DNI N ° 37.174.166 y Nicolas Plutarco SCHALLER,
DNI N°34.335.186.
Que corren adjuntas y forman parte integrante del presente Decreto, copias
autenticadas de las Actas aludidas, las cuales se encuentran registradas bajo los
Nros. 11455/2017 y 11457/2017, correspondiendo su aprobación.
Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo, de
conforme con la competencia que le atribuye el art. 152 Inc. 1) y 32) de la Carta
Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D ECR ETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las actas de rescisión registradas bajo los N.° 11455/2017 y
11457/2017, cuyas copias autenticadas se adjuntan y forman parte del presente,
celebradas en fecha primero (01) y siete (07) de mayo del 2017 respectivamente,
entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Sr. Secretario de Coordinación
de Gestión, Prof. Oscar Horacio Souto, DNI 11.320.201 y los señores Mayra Belen
PADIN, DNI N ° 37.174.166 y Nicolás Plutarco SCHALLER, DNI N ° 34.335.186. Ello
por las razones expuestas en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar a los interesados, a las distintas Secretarías y a la Dirección
de Bienestar del Personal, con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- Comnicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia,
Cumplido, archivar. 1261
Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur-
República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
ro
dci Sur son y serán Argentinas
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 122
Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur- 2017, Año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:
República Argentina tlonory Gloria a Nuestros héroes, Aye, i-ioyy Siempre.”Municipalidad de Ushuaia
SECRETARIA DE COORDINACIÓN DE eBSTIÓN
ACTA DE RESCISIÓN
En la ciudad de Ushuaia al día primero (1°) del mes de mayo de 2017, entre la
Municipalidad de Ushuaia representada en este acto por el Sr. Secretario de
Coordinación de Gestión, Sr. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. 11.320.201, ad
referéndum del Sr. Intendente Municipal con domicilio en calle Arturo Coronado
N° 486 piso 2, de la ciudad de Ushuaia, en adelante LA MUNICIPALIDAD y el Sr.
Nicolás Plutarco SCHALLER DNI ° 34.335.186, con domicilio real en la calle
Magallanes N° 1860 de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL CURSANTE, convienen
celebrar la presente Acta de Rescisión de la pasantía suscripta en el Acta Acuerdo
registrada bajo el N° 11307 entre el cursante y el municipio en el marco del Convenio
de Formación Laboral, conforme las siguientes clausulas:
PRIMERA: Ambas partes acuerdan dejar sin efecto la pasantía suscripta entre EL
CURSANTE y LA MUNICIPALIDAD celebrada en el Acta Acuerdo registrado bajo el N°
11307, en el marco del Convenio de Formación Laboral a partir del día dos (2) de
mayo de 2017.
En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a
un mismo efecto en el lugar y fecha ut-supra indicados.
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IPL4 EDDA,efa Dpt\ drn. y Contable
Drea ón de ME.M,!e Ushoaa
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 123
Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
SECRETARIA DE COORDINACION DE GESTION
“2017, Año del 35 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Honor y Gloria a Nuestros Héroes, Aye,; Hoy y Siempre.
ACTA DE RESCISIÓN
En la ciudad de Ushuaia a los siete (7) días del mes de mayo de 2017, entre laMunicipalidad de Ushuaia representada en este acto por el Sr. Secretario deCoordinación de Gestión, Sr. Oscar Horacio SOUTO, D.N.l. 11.320.201, adreferéndum del Sr. Intendente Municipal con domicilio en calle Arturo CoronadoN° 486 piso 2, de la ciudad de Ushuaia, en adelante LA MUNICIPALIDAD y la Sra.Mayra Belén PADIN, D.N.I. N° 37.174.166, con domicilio en la calle Tucumán N°4320 B° Los Alakalufes de la ciudad de Ushuaia, en adelante LA CURSANTE,convienen celebrar la presente Acta de Rescisión de la pasantía suscripta en el ActaAcuerdo registrada bajo el N° 11307 entre la cursante y el municipio en el marco delConvenio de Formación Laboral, conforme las siguientes clausulas:
PRIMERA: Ambas partes acuerdan dejar sin efecto la pasantía suscripta entre LACURSANTE y LA MUNICIPALIDAD celebrada en el Acta Acuerdo registrado bajo el N°11307, en el marco del Convenio de Formación Laboral a partir del día ocho (8) demayo de 2017.
En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y aun mismo efecto en el lugar y fecha ut-supra indicados.
24 MAY 2(117
COPIA
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“Las Islas Malvinas, Gcorgias y Sandwich del Sur son y serán Argcntinas
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 124
2i mis dc leus del Fuego,
r\nláitida islas dLd Atlántico SurRepública Argentina
Municipalidad de Ushuaia“2017, año del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas:Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y Siempre”
USHUAIA,
VISTO el expediente administrativo Letra OP/7LI/201 6, del registro de esta
Municipalidad; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el reclamo formulado por el Sr. Fernando Martín
TEMPORETTI, D.N.I. N° 29.302.155, relativo a ciertos daños que habría sufrido el
vehículo Dominio OLD-823, a partir de un presunto siniestro que habría acaecido según
invoca el día treinta (30) de octubre de 2016 en inmediaciones de calle Maipú y
Sarmiento, de esta ciudad.
Que en dicho marco, el presentante solicita el pago de los daños.
Que pese a las diligencias practicadas en el expediente, no se han acreditado los
extremos que hacen a la viabilidad del reclamo formulado.
Que la Secretaría Legal y Técnica Municipal, ha tomado intervención jurídica,
mediante Dictamen S.L. y T. N° 163/201 7, entendiendo que corresponde no hacer lugar
al reclamo formulado.
Que el suscripto comparte y hace suyo el criterio sustentado por el Servicio
Jurídico Permanente y se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo
en virtud de lo dispuesto en el artículo 152 de la Carta Orgánica Municipal.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- No hacer lugar al reclamo formulado por el Sr. Fernando Martín
TEMPORETTI, D.N.I. N°29.302.155. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar al reclamante, con copia del presente y del Dictamen S.L. y T.
N° 163/2017, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa, quedando expedita
la judicial, pudiendo interponer demanda contencioso administrativa, dentro del plazo de
noventa (90) días, contados a partir del día siguiente de notificación del presente.
ARTÍCULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia
Cumplido, archivar 1 2 D 2
/7
“Las Islas Malvinas, y Sándwich del Sur, Son y Serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 125
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argentina= “2017, año del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA, 19 JUL 2B17
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el señor Secretario de Medio Ambiente, Dn. Damian DE MARCO, D.N.l. N°26.959.332, se ausentará de la ciudad de Ushuaia por motivos particulares, desde el día veinte(20) al treinta (30) de julio de 2017 inclusive.
Que mientras dure la ausencia del titular de la Secretaría de Medio Ambiente se harácargo de dicha cartera el señor Subsecretario de Gestión Operativa, Dn. Pablo ManuelRODRIGUEZ D.N.l. N° 25.888.324, sin perjuicio de sus obligaciones habituales.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, enuso de las facultades atribuidas por el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta OrgánicaMunicipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DEC RETA
ARTICULO 1°.- Autorizar al señor Secretario de Medio Ambiente, Dn. Damian DE MARCO,
D.N.I. N° 26.959.332, a ausentarse de la ciudad de Ushuaia por motivos particulares, desde el
día veinte (20) al treinta (30) de julio de 2017 inclusive. Ello, por los motivos expuestos en el
exordio.
ARTICULO 2°.- Designar a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente mientra dure la ausenciade su titular al señor Subsecretario de Gestión Operativa, Dn. Pablo Manuel RODRIGUEZ
D.N.I. N° 25.888.324, sin perjuicio de sus obligaciones habituales.
ARTICULO 3°.- Notificar a los interesados con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Registrar. Cçmunicar. Dar al Boletín oficial Municipal. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° 1 /2017.-
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 126
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=República Argentina= “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA, 19 JUL 7017
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el señor Subsecretario de Evaluación de Gestión, Dn. Camilo GOMEZ, D.N.I. N°
24.210.043, se ausentará de la ciudad de Ushuaia por motivos particulares, desde el día
diecisiete (17) al treinta (30) de julio de 2017 inclusive.
Que mientras dure la ausencia del titular de la Subsecretaría de Evaluación de Gestión
se hará cargo de dicha cartera el señor Coordinador Operativo, Dn. Diego Fernando SALAZAR
D.N.I. N° 27.866.974, sin perjuicio de sus obligaciones habituales.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, en
uso de las facultades atribuidas por el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica
Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DEC RETA
ARTICULO 1°.- Autorizar al señor Subsecretario de Evaluación de Gestión, Dn. Camilo
GOMEZ, D.N.I. N° 24.210.043, a ausentarse de la ciudad de Ushuaia por motivos particulares,
desde el día diecisiete (17) al treinta (30) de julio de 2017 inclusive. Ello, por los motivos
expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Designar a cargo de la Subsecretaría de Evaluación de Gestión mientra dure la
ausencia de su titular al señor Coordinador Operativo, Dn. Diego Fernando SALAZAR D.N.I. N°
27.866.974, sin perjuicio de sus obligaciones habituales.
ARTICULO 3°.- Notificar a los interesados con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Registrar. Comunicar. Dar al Boletín oficial Municipal. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° 2 0
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/2017.-
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 127
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=República Argentina= “2017, año del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA, 19 JUL 217VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la Señora Secretaria de Planificación e Inversión Pública, Dra. Gabriela
Carolina MUÑIZ SICCARDI, D.N.I. N° 20.675.576, solicita usufructuar su descanso invernal, a
partir del día veinticinco (25) de julio hasta el día primero (01) de agosto del año en curso
inclusive.
Que mientras dure la ausencia de la funcionaria referenciada, quedará a cargo de
la Secretaría de Planificación e Inversión Pública, el Subsecretario de Obras Públicas lng. Pablo
Gabriel CASTRO, DNI N° 28.464.510, sin perjuicio de sus obligaciones habituales.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento
legal, conforme lo establecido en el artículo 152, inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Autorizar a usufructuar el descanso invernal, a la señora Secretaria de
Planificación e Inversión Pública, Dra. Gabriela Carolina MUÑIZ SICCARDI, D.N.I. N°
20.675.576, a partir del día veinticinco (25) de julio hasta el día primero (01) de agosto del año
en curso inclusive. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Designar a cargo de la Secretaría de Planificación e Inversión Pública mientras
dure la ausencia de su titular al Subsecretario de Obras Públicas lng. Pablo Gabriel CASTRO,
DNI N° 28.464.510, sin perjuicio de sus obligaciones habituales.
ARTICULO 3°.- Notificar a los interesados y a la Dirección de Bienestar de Personal.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,archivar. 1205DECRETO MUNICIPAL N° /2017.
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 128
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República Argentina= “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA, 20 JUL 2017VISTO el expediente N° CD-5365/2017 del registro de esta Municipalidad; y
CONSI DERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada
por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en segunda jornada de fecha 19/07/2017
correspondiente a la 2° sesión especial, por medio de la cual se autoriza al Departamento
Ejecutivo Municipal a hacer uso, por última vez, de la prorroga prevista en la Cláusula Segunda
del contrato registrado bajo el N° 10.501, suscripto entre la Municipalidad de Ushuaia y el señor
Eugenio Ames Coca, en el marco de la Ordenanza Municipal N° 4096; con las condiciones
establecidas en el artículo 2° y un incremento del veintiocho (28%).
Que ha tomado la intervención pertiReçite, el Servicio Jurídico Permanente de estaL 1
Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° /2017, recomendado su promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las
prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D EC R ETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 2 9 7 ,sancionada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia en segunda jornada de fecha 19/07/2017
correspondiente a la 2° sesión especial, por medio de la cual se autoriza al Departamento
Ejecutivo Municipal a hacer uso, por última vez, de la prorroga prevista en la Cláusula Segunda
del contrato registrado bajo el N° 10.501, suscripto entre la Municipalidad de Ushuaia y el señor
Eugenio Ames Coca, en el marco de la Ordenanza Municipal N° 4096; con las condiciones
establecidas en el artículo 2° y un incremento del veintiocho (28%). Ello, en virtud de lo
expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar.
archivar.
ir al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 129
“2017, año dei 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre’
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a hacer uso, porúltima vez, de la prórroga prevista en la Cláusula Segunda del contrato registradobajo el N° 10.501, suscripto entre la Municipalidad de Ushuaia y el señor EugenioAmes Coca, en el marco de la Ordenanza Municipal N° 4096; con las condicionesestablecidas en el artículo 2° y un incremento del veintiocho por ciento (28 %).ARTÍCULO 2°.- Dentro de los noventa (90) días de promulgada la presente y durantela vigencia de la prórroga establecida en el artículo 1°, el Departamento EjecutivoMunicipal debe garantizar:
a) que el servicio se ajuste a los mismos horarios y frecuencias establecidospara la línea urbana de transporte colectivo de pasajeros que presta UshuaiaIntegral Sociedad del Estado; y
b) un servicio complementario en el sector que conecte, por lo menos dos (2)veces por día, el Valle de Andorra y el Hospital Regional Ushuaia.
ARTÍCULO 3°.- Vencido el plazo de la prórroga, el Departamento Ejecutivo Municipalincorporará el circuito del Valle de Andorra como línea urbana de transporte públicocolectivo de pasajeros, a través de cualquiera de las siguientes opciones:
a) incorporar el circuito, como línea urbana, al servicio de transporte público depasajeros que presta Ushuaia Integral Sociedad del Estado;
b) antes del 15 de marzo de 2018, presentar en el Concejo Deliberante, unapropuesta para efectuar el llamado a licitación para la prestación del servicio.
Concejo De(iberan teée (a Ciuiftu( de ‘Ushuaia OPA FLfl L ORGINJ
Concela Dflbtrant237/1990
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Las Is/a.ç Malvinas, Geo;iasy Sandwich del Sur, sonj serán Aigenlinas
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 130
ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5 2 9 7
SANCIONADA LA SEGUNDA JORNADA DE FECHA 19 DE JULIO DE 2017
CORRESPONDIENTE A LA 2° SESIÓN ESPECIAL
PjódeaIaConcjg Dhbnl8 da Uahuaa
ALEJPNDRO 3EROLJs
Secretario Legislativo
Concejo Dehberante Ushuai
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 131
1207Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur.República Argentina.
Municipalidad de Ushuaia
“2017. año del 350 Aniversario dala Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer. hoy y siempre
USHUAIA, tl7
VISTO el Expediente C.G. N°232/2017, deI registro de esta Municipalidad y;
CONSIDERANDO
Que mediante el mismo se gestiona la adquisición de elementos de protección personal
destinados al personal que presta servicios en las diferentes dependencias municipales, de acuerdo a
lo solicitado por el Departamento Administración Seguridad e Higiene dependiente de la Dirección de
Medicina Ocupacional, Seguridad e Higiene Laboral mediante Nota N° 44/20 17 Letra: Dir. MOSeHL —
Dpto. P.R.L. obrante a fojas 40 y a través de las Notas de Pedido Nros. 630/2017, 663/2017,
658/2017, 647/2017, 656/2017, 639/2017, 629/2017, 666/2017, 674/2017 y 920/2017 obrante a fojas
45 y 46; 49 a 68 y 74 a 76, respectivamente.
Que a través de la Resolución Conjunta S. C. G. y S. E. y E. N° 07/2017 se autorizó el
llamado a Licitación Pública N° 14/201 7.
Que la Comisión de Pre-adjudicación nombrada por Decreto Municipal N° 801/99, Resolución
5. 5. E. y F. N° 018/03 y Resoluciones 5. 5. H. y F. Nros. 01 3/2006, 320/2007, 41/2010, 95/2013,
580/2015 y Resolución 5. S. D. E. N° 675/2016, se expidió mediante Acta de Pre-adjudicación N°
47/201 7, que corre agregada a fojas 377 y 378.
Que analizada la única oferta recibida y de acuerdo a lo expresado por el señor Jefe de
Departamento Prevención Riesgo Laboral, dependiente de la Dirección de Medicina Ocupacional,
Seguridad e Higiene Laboral, mediante Notas Nros. 76/2017 y 77/2017, Letra: Dir. M. 0. 5. e H. L. -
Dpto. P. R. L., obrantes de fojas 365 a 373 inclusive, dicha Comisión aconseja declarar desiertos los
renglones Nros. 21, 22, 23, 24, 25, 56, 57, 63, 76, 94, 105, 106, 108, 125, 132, 135, 136, 138, 142,
145, 152 y 158 de la Licitación Pública N° 14/2017, correspondientes a la adquisición de elementos
de protección personal, destinados al personal de diferentes dependencias municipales, de acuerdo a
lo requerido por el Departamento Administración Seguridad e Higiene dependiente de la Dirección de
Medicina Ocupacional, Seguridad e Higiene Laboral, al no haberse recepcionado ofertas para los
mismos; desestimar la oferta presentada por la firma GRUPO FARO S.R.L., para los renglones Nros.:
45, 65, 70, 71, 72, 80, 102 y 118 del citado proceso licitatorio, por no ajustarse a los ajustarse a los
requerimientos técnicos del sector solicitante; y adjudicar los renglones Nros,: 1 a 20, 26 a 44, 46 a
55,58 a 62,64,66 a 69,73 a 75,77 a 79,81 a 93, 95a 101,103 a 104, 107, 109 a 117, 119 a 124,
126 a 131,133 a 134, 137, 139 a 141,143 a 144,146 a 151,153 a 157 y 159 de la Licitación Pública
N° 14/201 7, por la adquisición de los elementos consignados precedentemente, a la firma GRUPO
FARO S.R.L., por la suma total de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL
NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 3.525.975,00), por ser conveniente económicamente a los
intereses municipales y ajustarse técnicamente a las especificaciones técnicas del área requirente.
Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto.
Que a fojas 382 y 383 ha tomado intervención el servicio jurídico permanente mediante
ictamen C.A.L. -S.L. yT. N°21/2017.
QuIa presente contratación se encuadra en el Artículo 110°, inciso a) de la Ordenanza
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 132
“2017, año del 350 Aruversario dela Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
/11.2.
Municipal N° 3693 modificada por la Ordenanza Municipal N° 5115 y Anexo 1 del Decreto MunicipalN°1 255/2013 reglamentario de la Ordenanza Municipal N° 3693.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el Artículo 152 incisos 1), y 32) de la Carta Orgánica Municipal de
la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Declarar desiertos los renglones Nros. 21, 22, 23, 24, 25, 56, 57, 63, 76, 94, 105,
106, 108, 125, 132, 135, 136, 138, 142, 145, 152 y 158 de la Licitación Pública N° 14/2017,
correspondiente a la adquisición de elementos de protección personal, destinados al personal de
diferentes dependencias municipales, de acuerdo a lo requerido por el Departamento Administración
Seguridad e Higiene dependiente de la Dirección de Medicina Ocupacional, Seguridad e Higiene
Laboral, al no haberse recepcionado ofertas para los mismos. Ello por los motivos expuestos en el
exordio.
ARTÍCULO 2°.- Desestimar la oferta presentada por la firma GRUPO FARO S.R.L., para los
renglones Nros.: 45, 65, 70, 71, 72, 80, 102 y 118 del proceso licitatorio antes mencionado, por no
ajustarse a los ajustarse a los requerimientos técnicos del sector solicitante, Ello por los motivos
expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3°.- Adjudicar los renglones Nros.: 1 a 20, 26 a 44, 46 a 55, 58 a 62, 64, 66 a 69, 73 a 75,
77 a 79,81 a 93,95 a 101, 103 a 104, 107, 109 a 117, 119 a 124,126 a 131, 133 a 134, 137, 139 a
141, 143 a 144, 146 a 151, 153 a 157 y 159 de la Licitación Pública N°14/2017, por la adquisición de
los elementos consignados precedentemente, a la firma GRUPO FARO S.R.L., por la suma total de
PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO ($3.525.975,00), por ser conveniente económicamente a los intereses municipales y ajustarse
técnicamente a las especificaciones técnicas del área requirente, conforme al Acta de Pre
adjudicación N° 47/2017, que corre agregada a fojas 377 y 378. Ello por los motivos expuestos en el
exordio.
ARTÍCULO 4°.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores a emitir las
correspondientes Órdenes de Compra.
ARTÍCULO 5°.- Imputar la presente contratación a las partidas presupuestarias detalladas en el
Anexo 1.
ARTÍCULO 6°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, cumplido,1207
Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur.
República Argentina.Municipalidad de Ushuaia
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 133
Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur,
República Argentina.Municipalidad de Ushuaia
“2017, año del 350 Aniversario dala Gasta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
ANEXO 1 DEL DECRETO MUNICIPAL N° 120 7/2017.
U.G.C. IMPORTE PARTIDA59 $833.577,0072 $134.960,0086 $22.484,0088 $1.769.840,00
159 $184.734,00173 $39.186,00 012215 $91.949,00378 $241.968,00387 $143.392,00407 $63.885,00
TOTAL $3.525.975,00
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinos”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 134
Provincia de Tierra del Fuego “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a nuestros Héroes. ayer, hoy y siempre
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
USHUAIA,
VISTO el expediente N° OT— 256/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el
día 30 de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario de
Economía y Finanzas, Licenciado Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el Técnico Superior en
Administración Públida, Señor Enrique Manuel GARCIA, D.N.I. N° 12.653.601, a fin de formar parte
del equipo interdisciplinario de la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial, en todos los
procesos administrativos, colaborando, organizando e instruyendo a todo el personal de las distintas
áreas de la misma, como así tambien lo relativo al Registro Único de la Demanda Habitacional y
actualizaciones respecto a las 500 soluciones habitacionales enmarcadas en el Programa Urbano
Ambiental de la Cuenca Media de la Ciudad de Ushuaia.
Que la presente contratación se encuadra en lo establecido el el Articulo 110, Inciso d),
apartado 10) de la Ordenanza Municipal N° 3693, y sus modificatorias y Anexo 1 del Decreto Municipal
N° 1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes del Codigo Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato
de Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 11605
correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTEÑDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11605 celebrado el
día 30 de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario de
Economía y Finanzas, Licenciado Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el Técnico Superior en
Administración Pública, Señor Enrique Manuel GARCIA, D.N.I. N° 12.653.601. Ello por los motivos
expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular
Presupuestario: Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial. Partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
mp
12 0 8/2017
“Las Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 135
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Provincia de TiciTa del Fuco - - /“2U1 7. to dci 350 Ajii erari de la (jcta ce \Li
Antártida e Islas del Atlantico Sur 1 —-1 loner y (ijerla nueros 1 lérnes. a\ er. ni’;
República Argentina-- /
Municipalidad dc Ushuaia
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario Ge Economía
y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.l. N° 26.667.944, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486 1
piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte; y por la otra, el
Técnico Superior en Administración Pública Enrique Manuel GARCIA, D.N.I. N° 12.653.601. con
domicilio en Barrio Bahía Golondrina Tira 13 “A”- Depto 5 de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL
CONTRATADO, convienen en celebrar el presente contrato de locación de Servicios, ad. referéndum
del Sr. Intendente de acuerdo a las siguientes cláusulas:------—-—-------------------——---------—---—-
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO, a efectos de que este
preste sus servicios en la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial, formando parte del equipo
interdisciplinario que la conforman, en todos los procesos administrativos, colaborando, organizando e
instruyendo a todo el personal de las distintas áreas de la Secretaría, como asi tambien lo relativo al
Registro Único de la Demanda Habitacional y actualizaciones respecto a las 500 soluciones
habitacionales enmarcadas en el Programa Urbano Ambiental de la Cuenca Media de la Ciudad de
Ushuaia. — — —---- —
SEGUNDA: El servicio contratado será prestado durante el periodo del primero (01) de julio al treinta
y uno (31) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017).--------—----------------—-— —------—
TERCERA: La distribución de la carga horaria a cumplir dentro y/o fuera de la Municipalidad será full
time y de acuerdo a lo que establezca la Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial y que surja
del desarrollo de las tareas asignadas.--------- — —---- —--------—------
CUARTA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma de PESOS
DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/1 00 ($ 243.600,00), pagaderos en
seis (6) cuotas, iguales y consecutivas de PESOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS CON 00100
($40.600,00), pagaderas entre los días cinco (5) y quince (15) de cada mes, contra entrega de factura
correspondiente a favor de la MUNICIPALIDAD.
QUINTA: EL CONTRATADO; con la presentación de la correspondiente factura y/o recioo, deberá
adjuntar Certificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina,
Certificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Dirección General de Rentas Municipal de la
totalidad de los bienes que posea y de las actividades en las que se encuentre inscripto, comprobante
de pago AFIP, correspondiente al período facturado, último recibo de pago del Seguro de accidentes
personales y copia de la póliza, debiendo el mismo cubrir el periodo que dure el contrato.-—-——--
SEXTA: La celebración del presente contrato no implica relación de dependencia entre EL LOCADOR
respecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693, y sus
modificatorias y Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes del
Codigo Civily Comercial.-— — ——-- —-------—---——----
SÉPTIMA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes, sin invocación de causa, en
cualquier momento de su vigencia y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un
Á ...2/II
a 1laQ Mn1vina fleoreias Sndvinh del Snr son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 136
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Rias dci Atlántico Siiir
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuab.
NTRATO REGISTRADO /
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1/12...
mínimo de QUINCE (15) días corridos de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamarindemnización, daño, ni perjuicio alguno a favor de la otra. ——-----—------OCTAVA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a la interpretación ocumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en los mencionados en el encabezamientodel presente contrato, donde serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse, y se sometena la jurisdicción de los Tribunales Judiciales Ordinarios con asiento en la ciudad de Ushuaia, conexpresa renuncia a cualquier fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponder.----——-—-------——-----
En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un soloefecto, en la ciudad de Ushuaia, a los 12çi (-) días del mes de de 2017.-------------—-
“Tas Islas kfalvina’ flnroia. Çn,1Orh ,1,l Ç,r, , A ,.tc’
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 137
Provincia de Tierra del Fuego 2017, Año del 35 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y GloriaAntártica e Islas del Atlántico Sur a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”.
República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
USH UAIA,
VISTO el expediente N° SD13636/2015, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado el día treinta (30) de junio
de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de Economía y
Finanzas, Lic. Alejandro Lucas GALLO, D.N.l. N° 26.667.944 y la señorita Laura Romina OLIVERA,
D.N.I. N° 36.452.512, a efectos de que la misma preste servicios de coordinación y difusión de
actividades yio encuentros relacionados con las adicciones en el ámbito de Prevención de Consumo
problemático de Sustancias, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de
Derechos Humanos, con un total de 35 horas semanales.
Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110, incisos d), apartado 1), de la Ordenanza
Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones), Anexo 1 del Decreto Municipal
N° 1255/2013 y el artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte integrante del presente Decreto Municipal, copia autenticada
del contrato registrado bajo el N° 11594, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D EC RETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11594, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día treinta (30) de junio de 2017, entre
la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de Economía y Finanzas, Lic.
Alejandro Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y la señorita Laura Romina OLIVERA, D.N.l. N°
36.452.51 2. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- Imputar el presente con cargo al titular presupuestario: Secretaría de Políticas
Sociales, Sanitarias y de Derechos humanos, Partida 13.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar. 12DECRETO MUNICIPAL N° /2017.-
mcb
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 138
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15 9
P de MaMnas Honor y Glona
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el señor Secretario
de Economía y Finanzas, Lic. Alejandro Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio
en la calle Arturo Coronado N° 486, 10 Piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr.
Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por ¡a otra la
señorita Laura Romina OLIVERA, D.N.l. N° 36.452.512, con domicilio en calle Salta N° 2571,
de la ciudad de Ushuaia, en adelante llamada LA CONTRATADA, convienen en celebrar el
presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA CONTRATADA a efectos de
que la misma preste servicios de coordinación y difusión de actividades yio encuentros
relacionados con las adicciones en el ámbito de la Coordinación de Prevención de Consumo
Problemático de Sustancias, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y
de Derechos Humanos, con un total de 35 horas semanales.
SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el período comprendido entre el PRIMERO
(01) de julio de 2017 al TREINTA Y UNO (31)de diciembre de 2017, inclusive.
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total
de PESOS CIENTO OCHO MIL CON 00/100 ($108.000,00), pagaderos en seis (06) cuotas
iguales, mensuales y consecutivas de PESOS DIECIOCHO MIL CON 00/100 ($18.000,00)
cada una, cuyo pago se efectivizará del l al 15° día de cada mes vencido, debiendo LA
CONTRATADA otorgar el pertinente recibo o factura a favor de LA MUNICIPALIDAD,
adjuntando Certificado de Situación Regular emitido por la Agencia de Recaudación
Fueguina, Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Dirección General de Rentas
Municipal, Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al período facturado y
último recibo de pago del seguro por accidentes personales, el cúal deberá cubrir el período
que dure el contrato, debiendo adjuntar copia de la póliza.
CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependencia
y/o empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693
(de Administración Financiera y Contrataciones), por el art. 1251 y concordantes del Código
Civil y Comercial, debiendo asumir LA CONTRATADA las obligaciones fiscales y
previsionales del caso por el desarrollo de su actividad.
QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes en cualquier momento
de su vigencia, previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con quince (15)
¡II... 2
FI ELWZa
AdrnsjsatÉva- Leg’
Departamento DespachokA
ASP.SSYDDHHDE USHUAIA
“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SANDWICH DEL SUR. SONY SERAN ARGENTiNAS
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 139
Provincia de Tierra del Fuego, 2O17, Año del 35 Aniversario de la Gesta de Malvinas; Honor y GloriaAntártida e Islas del Atlántico Sur 1 a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempr&
República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
SecretarIa de Economla y Finanzas
/I/.2
días corridos de-rftelación, sjn necesidad de expresión de causa, sin que ello genere
derecho a reclamar indemnizac/ón daño, ni perjuicio alguno.
SEXTA: Ante cualquier divergbncia que pudiera surgir en la interpretación yio ejecución del
presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los
Tribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o
jurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y LA CONTRATADA en
los indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones
extrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la
otra parte por un medio fehaciente.
En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, a los TREINTA (30) días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
L
FIEL
imln(st(ativa - Leg. 3005Uepartamento Despacho
D.AS.PS5. y DD.HH,J:;rllD DE USHUAIA
“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS’
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 140
Provincia de Tierra del FuegoAntártida, e Islas del Atlántico Sur “2017, alIo deI 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:
= Republica Argentina=Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”.MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
USHUAIA, 24 JUL ZL4VISTO el expediente N° 3126-1D12016 del registro de esta Municipalidad; y
CON SI DERAN DO:
Que a traves del mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado el día
veintinueve (29) de junio de 2017 entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Sr. Secretario
de Economia y Finanzas, Lic. Lucas GALLO D.N.I. N° 26.667.944 y el Sr. David Ezequiel JAIME D.N.I.
N° 38.087.802, a fin de que preste servicios de control y vigilancia en natatorio, cancha 4y Salones A, B
y gestión administrativas en Informes, Arancelamiento y areas dependientes del Instituto Municipal de
Deportes.
Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110, inciso d), apartado 1), de la Orcenanza
Municipal N° 3693, de Administración Financiera y Contrataciones, y sus modificatorias, Anexo 1 deI
Decreto Municipal N° 1255/2013 y artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto Municipal, copia autenticada del contrato
aludido, el cual se encuentra registrado bajo el N° 11587 , correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumento legal, conforme a lo
establecido en el articulo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECR ETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11587, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintinueve (29) de junio de 2017,
entre ésta Municipalidad, representada por el Sr. Secretario de Economia y Finanzas, Lic. Lucas
GALLO D.N.I. N° 26.667.944 y el Sr. David Ezequiel JAIME D.N.I. N° 38.087.802. Ello por los motivos
expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 30• Imputar la suma mencionada precedentemente con cargo al titular presupuestario:
Instituto Municipal de Deportes - Presidencia, partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
12 luDECRETO MUNICIPAL N°
Lev.
/2017-
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas.”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 141
CONTRATO DÉ LOCACIONDE SERVICIOSEntre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Señor Secretario deEconomía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO N° 26.667.944, con domicilio en calle ArturoCoronado N° 486, 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndurn del Sr. IntendenteMunicipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra el Sr. DavidEzequiel JAIME, D.N.I. N° 38.087.802, con domicilio en la calle Luis Vernet N° 2508 piso 3Dpto. C de la ciudad de Ushuaia, en adelante llamado EL CONTRATADO, convienen encelebrar el presente Contrato .de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientescláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO a efectos deque el mismo preste servibios de control y vigilancia de natorio, cancha 4 y sálones A y By gestión administrativas en el sector de Informes, Arancelamiento, y en areasdependientes del Instituto Municipal de Deportes, de acuerdo a las necesidades que surjany conforme a las órdenes impartidas por el superior a cargo, con una carga horaria detreinta y cinco (35) horas semanales.
SEGUNDA: El presente contrató se formaliza por el periodo comprendido entre el primero(01) de julio de 2017 y el treinta y uno (31) de diciembre de 2017, inclusive.TERC ERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la sumatotal de PESOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 98.400,00) pagadero de lasiguiente manera: seis (06) cuotas mensuales y consecutivas cada una de PESOS
Íi DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS ($ 16.4Ó0,00), cuyo pago se efectivizará del 1° al15 díade cada mes vencido, debiendo EL CONTRATADO otorgar el pertinente recibo o factura afavor de LA MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el Certificado deSituación Fiscal Regular Provincial (AREF Provincial), Certificado de Situación FiscalRegular Municipal (DGR Municipal) de la totalidad de los bienes que posea EL LOCADORy de las actividades en que se encuentre inscripta vigente a la fecha prevista de pago.Ademas deberá acompañar comprobante de pago de AFIP del mes inmediato anterior almes de la prestación y la póliza de seguro de accidentes, personales por el periodo quedure la contratación y su correspondiente comprobante de pago total o mensual.CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación dedependencia y/o empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la OrdenanzaMunicipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones) y sus modificatorias,por el art. 1251 y concordantes del Código Civil y comercial, debiendo asumir ELLOCADOR las obligaciones fiscales y previsionales del caso por el desarrollo de suactividad.
QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes sin invocación de¡
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur son y serán Argentmas
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
= REPUBLICA ARGENTINAMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
“2017, año del 35° AnÍversario de la Gesta de Malvinas1 Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 142
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
= REPUBLICA ARGENTINA =
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
1,
2017. año del 35° Anv4ario de la Gesta de MalvinasHonor y Gloria a nuestrbs Hérces. ayer. hoy y semore
/11.2
causa notificando a la otra parte en forma fehaciente con quince (15) días corridos deantelación, sin que genere derecho o reclamo alguno.
SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecucióndel presente contrato ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de losTribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro
fuero o jurisdicción,constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRAT/\DQ enlos indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificacionesextrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otraparte por un medio fehaciente.
En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto, en la ciudad de Ushuaia prov’ncia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas delAtlántico Sur, a los días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
/
“Las lsas Ma’vinas, Georgias y Sandwich de Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 143
e “2017, af;o del 35”Anñ’ersario de la Gesra de Malvinas: IJonorv Gloria a mies/ros Héroes. aier, hoi y siempre
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USHUAIA, 24 JIJL LüI/
VISTO el expediente N° CG — 3848/20 16 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el día
veintinueve (29) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario
de Economía y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y el Sr. Alan Ezequiel MANESI, D.NJ.
N° 35.283.600, a efectos de que este último preste servicios de mantenimiento general, armado y
desarmado de escenarios, carga y descarga de distintos elementos para la organización de espectáculos
organizados por la Dirección de Producción Artística de la Secretaría de Cultura y Educación.
Que dicho Contrato se encuadra en lo dispuesto en el articulo 110, inciso d) apartado 1 de la
Ordenanza Municipal N° 3693, y sus modificatorias y Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y
Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato de
Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° «? q rrespondiendo
su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme
a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO l0. Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° qclebrado
el día veintinueve (29) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr.
Secretario de Economía y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y el Sr. Alan Ezequiel
MANESI, D.N.I. N° 35.283.600. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular
Presupuestario: Secretaría de Cultura y Educación. Partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° 1211 /2017.-
dv
“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 144
“2017, a/Yo del 35’Aniversarjo de/a Gesta de Molimos: Honorv Gloria a nuestros ¡Jlroes. arer, hoy es/empre.”
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERViCiOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario deEconomía y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, ad-referéndurn del Sr. IntendenteMunicipal, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486 1° piso de la ciudad de Ushuaia, enadelante “LA MUNICIPALiDAD”, por una parte; y por la otra, el Sr. Alan Ezequiel MANESI,D.N.F. N° 35.283.600, con domicilio en Gobernador Gómez y Juana Fadúl, ambos de la ciudad deUshuaia, en adelante EL LOCADOR, convienen en celebrar el presente contrato de locación deServicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL LOCADOR, a efectos de que elmismo realice tareas de mantenimiento general, armado y desarmado de escenarios, carga ydescarga de distintos elementos para la organización de espectáculos organizados por la Direcciónde Producción Artística de la Secretaria de Cultura y Educación. —
SEGUNDA: La duración del presente contrato será de seis (06) meses contados a partir del uno (01)de julio de 2017, por lo que su vencimiento operará de pleno derecho el día treinta y uno (31) dediciembre de 2017.TERCERA: En concepto de retribución por los servicios prestados, LA MUNICIPALIDADabotiará a EL LOCADOR la suma total de PESOS CIENTO DOS MIL CON 00/1 00 ($102.000.00),pagaderos en seis (06) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS DIECISIETE MIL CON00/1 00 ($17.000,00), pagaderas entre los días cinco (5) y quince (15) de cada mes, contra entrega dela factura correspondiente a favor de la MUNICIPALIDAD por parte de EL LOCADOR;adjuntando Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Agencia de RecaudaciónFueguina (A.R.E.F.), Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Dirección General deRentas Municipal, Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al periodo facturado yla póliza de seguro de accidentes personales por el período que dure la contratación debiendo cubrirel periodo que dure el contrato y su correspondiente comprobante de pago total o mensual.CUARTA EL LOCADOR dependera de la Direccion de Produccion Aitistica de la Secietaiia deCultura y Educación, cumpliendo el horario de lunes a viernes y fines de semana y feriados segúnlas actividades dispuestas por la Dirección.QUINTA: Las partes podrán rescindir sin invocación de causa el presente contrato en cualquiermomento de su vigencia y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un mínimo
de QUINCE (15) días de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar indemnización, daño,ni perjuicio alguno a favor de la otra.SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia de EL LOCADOR respecto deLA MUNICIPALIDAD, rigiendose por las noimas de la Ordenanza Municipal N° 3693 y susmodificatoria y Articulo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial, correspondiendo porollo asumir a cargo de EL LOCADOR las obligaciones fiscales y previsionales del caso.SEPTIMA Ante cualquier diveigencia que pudiera suscitaise en relacion a la interpietacion ocumplimiento del presente, las paites constituyen domicilio en los mencionados en elencabezamiento del presente contrato, donde serán válidas todas las notificaciones que debancursarsc, y se someten a la jurisdicción de los Tribunales Judiciales Ordinarios con asiento en laciudad de Ushuaia, con expresa renuncia a cualquier fuero y/o jurisdicción que pudieracorresponder.
En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto, en la ciudad de Ushuaia, a los veintinueve (29) días del mes de junio de2017.
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“Las Islas Malvinas, Geor ‘ias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 145
Provincia de Tierra del Fuego “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
7JL L7USHUAIA,
VISTO el expediente N° GU— 2489/2013 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el
día treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario
de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el Técnico en Administración de
Empresas, Sr. Ramiro Emanuel ZAPATA D.N.I. N° 30.095.995, a efectos de que éste realice el
relevamiento de adjudicaciones otorgadas y el seguimiento de aquellos casos con trámites
inconclusos en la Dirección de Suelo Urbano, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo
Territorial de la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial de a Municipalidad de Ushuaia.
Que la presente contratación se encuadra en lo establecido el el Articulo 110, Inciso d),
punto 10) de la Ordenanza Municipal N° 3693, y sus modificatorias y Anexo 1 del Decreto Municipal N°
1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes del Codigo Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato
de Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 11600
correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11600 celebrado el
día treinta (30) de júnio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario
de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el Técnico en Administración de
Empresas, Sr. Ramiro Emanuel ZAPATA D.N.I. N° 30.095.995. ElIo, por los motivos expuestos en el
exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular
Presupuestario: Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial. Partida 13.
ARTÍCULO 4°,- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.1 z 1
“Las Islas Malvinas, Georgias,
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 146
Provincia de Tierra del Fuego “2017, año ud 35” Aniversario de la Gcsta de v1alvai,e,:Antártida e Islas del Atlántico Sur Flonor y Gloria a nuestros héroes, ayer, hoy y siempre”
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
---En la ciudad de Ushuaia, a los treinta (30) días del mes de junio de 2017, enté la Municipalidad
de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de Economía y Finar(zas, Lucas GALLO,
D.NJ. N° 26.667.944, con domicilio en calle Arturo Coronado N° 486, de la cudad de Ushuaia, en
adelante LA MUNICIPALIDAD, y el Técnico en Administración de empresas, Sr, Ramiro Emanuel,
ZAPATA D.N.I. N° 30.095.995, con domicilio en calle Calafate N° 1877- Departamento N° 1 de la
ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante llamado EL CONTRATADO. convienen
en celebrar Ad-Referéndum del Señor Intendente el presente Contrato de Locación de Servicios.
conforme a las siguientes cláusulas: —--—
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata a EL CONTRATADO a efectos de que éste realice el
relevamiento de adjudicaciones otorgadas y el seguimiento de aquellos casos con trámites
inconclusos en la Dirección de Suelo Urbano, dependiente de la Subsecretaria de Desarrobo
Territorial de la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial de la Municipalidad de Ushuaia.------—SEGUNDA: Los servicios contratados serán prestados por un total de 35 horas semanales, desde el
día primero (01) de julio de 2017 hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2017, en la ciudad de
Ushuaia y de acuerdo a los lineamientos impartidos por el superior de las dependencias de la
Municipalidad de Ushuaia, en el horario de 08:00 hs. a 15: 00 hs.----------—---—--------------—-—--TERCERA: Se acuerdan en concepto de retribución por los servicios prestados la suma total de
PESOS CIENTO VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS CON 00/1 00 (S 127.800,00), distribuidos en seis
0 (06) cuotas mensuales iguales y consecutivas de PESOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS CON 00/
100 ($21.300,00) cuyo pago se efectivizará contra la prestación del servicio entre el 1 y el 10 de cada
mes vencido, debiendo EL CONTRATADO con la presentación de la correspondiente factura y/o
recibo, deberá adjuntar Certificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Agencia de
Recaudación Fueguina, Certificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Dirección General de
Rentas Municipal de la totalidad de los bienes que posea y de las actividades en las que se encuentre
inscripto, comprobante de pago AFIP, correspondiente al periodo facturado, último recibo de pago del
Seguro de accidentes personales y copia de la póliza, debiendo el mismo cubrir el periodo que dure el
contrato. — — — —---—--- —------ — — —
CUARTA: Las partes podrán rescindir el presente Contrato en cualquier momento de su
vigencia sin invocación de causa, previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un
lapso mínimo de QUINCE (15) días de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar
indemnización, daño ni perjuicio alguno a favor de la otra. — — — —
QUINTA: El presente Contrato no implica relación de dependencia de EL CONTRATADO respecto
de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693, y sus modificatorias y
--
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándw ieh del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 147
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Prov nea de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
‘2017, año dci 350 Aniversario de la Gesi de Malvinas:honor y Gloria a nuestros héroes, ayer, hoy y siempre’
b:.i:D EL 1iUiL.
Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes d/odigo Civil y
Comercial, correspondiendo asumir a cargo de EL CONTRATADO las obiigiones fiscales y
previsionales de caso. — —---—---
SEXTA: Las divergencias que se produzcan como consecuencia del presente Contrato serán
sometidas a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tierra del
Fuego, con asiento en la ciudad de Ushuaia, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o
jurisdicción. A los efectos del presente Contrato, las partes constituyen domicilio en los ut-supra
indicados, donde serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse.--------------—-—-—-——------
En prueba de conformidad de las partes se firman Tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto en el lugar y fecha ut-supra indicados.—-——-—----—------—---—----———--—---—------—-—-——
-
“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwieh del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 148
Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
‘2017- Año del 35’ Aniversario de la Gasta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, lsoy y siempre
USHUAIA, 24 JUL 2017
VISTO el Expte. SG N° 3925/20 16, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramitó la contratación de la empresa Transporte Bolivar
representada por su titular el señor Eugenio ARNES COCA, D.N.I. N° 93.494i91, mediante
Contrato registrado bajo el N° 10501, aprobado por Decreto Municipal N° 980/2016, para la
concesión de la explotación de la Línea Complementaria de Transporte Público de Pasajeros en el
sector del Valle de Andorra.
Que con fecha veintiún (21) de julio de 2017, se suscribió una prórroga de Contrato a fin
de adecuar el monto estipulado en la cláusula cuarta del mismo, autorizado por Ordenanza
Municipal N°5 2 9 7Que corre adjunta y forma parte integrante del presente Decreto, copia autenticada de la
prórroga de contrato mencionado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 1 i , esu1tando
procedente su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 152° Incisos 1) y 32 de la Carta Orgánica Municipal de
la Ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL TNTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar en todos sus términos la prórroga de contrato registrado bajo el
N° 1 ? b 5,uya copia autenticada se adjunta al presente, suscripto con fecha veintiuno (21) de
julio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Señor Secretario de
Economía y Finanzas, Licenciado Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y la empresa Transporte
Bolivar, representada por su titular el señor Eugenio ARNES COCA, D.N.I. N° 93.494.591. Ello
por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2°. - Imputar el gasto que demande la presente con cargo al titular presupuestarioSecretaria de Gobierno, Partida 13.
ARTÍCULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente acto.
ARTICULO 4° - Comunicar Dar al Boletm Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para supublicación. Cumplido, archivar.-
1213
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 149
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Provincia de Tieria del Fuego,Antiírtida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipal dad de Ushuaia
Secretaría de Economía y Finanzas “20!7- Año 35 Aniversario de la Gesta de Matvinas. Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
PRÓRROGA DE CONTRATO REGISTRADO BAJO N° 10501
En la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico
Sur, a los veintiún (21) días del mes de julio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia,
representada en este acto por el Señor Secretario de Economía y Finanzas, Licenciado Lucas
GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en Arturo Coronado N° 486, primer piso de la
ciudad de Ushuaia, ad- referéndum del señor Intendente Municipal, por una parte y por la otra la
empresa Transporte Bolivar, representada por su titular Dn. Eugenio ARNES COCA, D.N.I. N°
93.494.591, con domicilio en la calle Francisco Torres N° 200, de la ciudadde Ushuaia,
convienen celebrar la presente que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Prorrogar el Contrato registrado bajo el N° 10501, el cual comenzará el día 22 de
julio de 2017 y finalizará el día 21 de julio de 2018, en función alo dispuesto en la Ordenanza
Municipal N° 5297, promulgada por Decreto Municipal N° 1206/2017 donde se autoriza hacer
uso de la prórroga y se dispone un incremento del veintiocho por ciento (28%) sobre el monto
establecido en la cláusula cuarta del contrato citado, para la presente prórroga.
SEGUNDA: El costo del servicio mensual se establece en PESOS DOSCIENTOS CUARENTA
Y CINCO MiL CIENTO VEINTE CON 00/100 ($ 245.120,00) del que se descontará el
producido de la recaudación en dicho periodo. De existir saldo a favor de EL
CONCESIONARIO, se gestionará su pago. Si el saldo es a favor de LA CONCEDENTE, se
depositará en la cuenta N.° 1.710005/8 del Banco Tierra del Fuego a nombre de la Municipalidad
deUshuaia.
TERCERO: Se establece que el resto de las cláusulas del contrato registrado bajo el N° 10501 se
mantienenenplenavigencia.
n prueba de conformidad, las partes suscriben tres ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.
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“Las Islas Malvinas, Ceorgias y Sandwich del Sur, son y serán argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 150
USHUAIA,
VISTO el Decreto Municipal N° 1111/2017; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se autorizó al Secretario de Coordinación de Gestión, Prof.
Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201, a ausentarse por motivos particulares, a partir del
día catorce (14) y hasta el dia diecinueve (19) de julio del año en curso, inclusive.
Que resulta necesario comunicar la reasunción del Secretario de Coordinación de
Gestión a sus funciones.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 152 inciso 1), de la Carta Orgánica
Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Comunicar que a partir del día veinte (20) de julio de 2017 el Sr. Secretario de
Coordinación de Gestión, Prof. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201, reasume sus
funciones. Ello, por los motivos expuestos en exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar. 21DECRETO MUNICIPAL N.° /2017.!
Lic. Aieian o ucs Gf1oconoy naoza’
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA
“2017, aSo del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honory Gloria a nuesos Héroes, ayer, hoy y siempre.”
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 151
Provincia de Tierra del Fuego “2017, año dci 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
24JUL O17USHUAIA,
VISTO el Decreto Municipal N° 1086/2017; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se autorizó a la Sra. Secretaria de Hábitat y Ordenamiento
Territorial, Arq. María Teresa FERNANDEZ, D.N.I N° 6.134.241, a ausentarse de la ciudad de Ushuaia
desde el día seis (06) de julio y hasta el día dieciocho (18) de julio del año en curso, ambos inclusive.
Que por razones de reprogramación de vuelos, el arribo a la Ciudad de la Señora
Secretaria se retrasó hasta el día dicienueve (19) de julio.
Que es necesario comunicar que a partir del día veinte (20) de julio de 2017 la Sra.
Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial reasume sus funciones.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo,
conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTÍCULO 1°.- Comunicar que a partir del día veinte (20) de julio de 2017 la Sra. Secretaria de
Hábitat y Ordenamiento Territorial, Arq. María Teresa FERNANDEZ, D.N.I N° 6.134.241, reasume sus
funciones. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° 1 L 1 2017.-
•mp
Ushuaia
“Las Islas M&vhas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 152
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argentina= “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA,
VISTO el Decreto Municipal N° 1592/201 6; yCONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se designó como Subsecretaría de Gobierno a la
Sra. Mirtha Felisa ORIZ D.N.I N° 17.323.303
Que la Sra. Mirtha Felisa ORIZ D.N.I N° 17.323.303 ha presentado la renuncia
al cargo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo de acuerdo a lo establecido en los Artículos 152 inciso 5) y 153) de la Carta
Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D EC RETA
ARTICULO 10. Aceptar a partir de la emisión del presente la renuncia presentada por la Sra.
Mirtha Felisa ORIZ D.N.I N° 17.323.303 al cargo de Subsecretaria de Gobierno. Ello, por los
motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar a la interesada y a la Dirección de Bienestar del Personal, con copia
autenticada del presente.
ARTICULO3°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.- i 2 1DECRETO MUNICIPAL N° /2017.-
Oscar H. so:Sec. Coordinación c!.
Municipalidad de Us
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 153
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argentina= “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
24JUL 2017USHUAIA,
VISTO la Ordenanza Municipal N° 4976, promulgada por Decreto Municipal
N° 1948/2015 y los Decretos Municipales Nros. 1949/2015 y 2007/2015, yCONSIDERANDO:
Que mediante la Ordenanza Municipal N° 4976, se aprueba la Estructura de
Gabinete Municipal de las Secretarías y en su Anexo VIII se aprueban las Misiones y Funcionesde la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos.
Que por Decreto Municipal N° 2007/2015, se crean los Programas, estableciendo
en el Anexo XXIX, las misiones y funciones del Programa de Mediación Comunitaria, que
dependerá jerarquicamente de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos
Humanos.
Que en el Decreto Municipal N° 1949/2015, se crean las normas de organizacióninterna del Gabinete Municipal y su estructura jerárquica.
Que es necesario designar al titular de dicha cartera.
Que la Sra. Mirtha Felisa ORIZ D.N.I N° 17.323.303, reúne las condiciones para
dicho cargo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo de acuerdo a lo establecido en los Artículos 152 Inciso 5) y 153 de la Carta
Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Designar Jefa de Programa de Mediación Comunitaria a la Sra. Mirtha Felisa
ORIZ D.N.I N° 17.323.303, a partir de la emisión del presente. Ello, en virtud de lo expresado
en el exordio.
ARTICULO 2°.- Determinar que la Categoría de Jefa del Programa designado en el presente
Decreto es Nivel 1.
ARTICULO 3°.- Imputar la presente erogación a las Partidas Presupuestarias
correspondientes.
ARTICULO 4°.- Notificar a la interesada con copia certificada del presente.
ARTICULO 5°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.- 1 2 1 7DECRETO MUNICIPAL N° /2017.-
/
/ Oscar H. SOUTO/ Sec. Coordinación de GesN
/ Municipalidad de Ushuaia
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 154
121. B.*.
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina ‘2017, año del 35 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes. ayer, hoy y siempre”.Municipalidad de Ushuaia
USHUAIA, JL 217
VISTO los expedientes Letra GU, N° 7887/15, N° 8493/15. N° 9823/15, N°
9435/15 y N° 9428/15, del registro de esta Municipalidad de Ushuaia; y
CONSIDERANDO:
Que mediante los mismos tramita el pago de las Facturas B-0005-00000005, por la
suma de $154.800,00 (Expte. GU-9435/2015), B 0005-00000004, por la suma de $154.800,00 (Expte. GU-849312015), B 0005-00000006, por la suma de $154.800,00(Expte. GU-9823/2015), B-0005-00000003, por la suma de $54.800,00 (Expte. GU
7887/2015), por servicios que habría prestado el Señor Matías Roberto MECHULAN,
D.N.I. N° 28.761.307, en el denominado “Polo Deportivo Pioneros Fueguinos” y Factura B
005-00000011, por la suma de $ 109.500,00 (Expte. Letra OP, N° 9428/2015), referente a la
prestación del servicio de una cuadrilla para tareas de bacheo, con movilidad, máquinas yherramientas durante el período comprendido entre el 4/12/2015 y el 3/1/2016.
Que la Sindicatura General Municipal, mediante Resoluciones Plenarias N° 33/2016
y 37/2016, ordenó el inicio de una Auditoría de la obra pública mencionada, ello de acuerdo
a lo ordenado judicialmente en el marco de la denuncia penal que diera origen a la causa
Judicial Nro 33.187/2016, caratulada “Sciurano Federico y Otros s/ Denuncia”, en trámite
por ante el Juzgado de Instrucción Nro 1, del Distrito Judicial Sur.
Que la denuncia penal mencionada se radicó como consecuencia de lo informado
oportunamente por la Comisión Revisora creada por Decreto Municipal N° 2041/15,
respecto de las irregularidades detectadas en las tramitaciones administrativas vinculadas a
esa obra que implican, entre otras cosas, la dificultad en establecer los trabajos
efectivamente realizados en la obra pública denominada “Polo Deportivo Pioneros
Fueguinos” y sus responsables, encontrándose comprometida la legitimidad de la deuda que
se reclama al municipio por tales conceptos.
Que el Juez de Instrucción ordenó mediante resolución de fecha 28/6/2017 que se
practique pericia contable y pericia de ingeniería con relación a las irregularidades
denunciadas y en cuyo marco se encuentra el caso del Sr. MECHULAN, la cual fuera
notificada al Municipio en fecha 4/7/20 17.-
Que en tal sentido la resolución del reclamo formulado por el Señor MECHULAN,
1 no resulta factible en esta instancia y hasta tanto se determine fehacientemente los trabajos
//realizados. sus responsables y sumas que corresponda efectivamente abonar.
JI A. /1/2
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 155
/1/2
Que se considera pertinente suspender los efectos del Decreto Municipal N°1829/2015, sujetando la continuidad de los trámites en curso bajo expedientes Letra GU,N° 7887/15, N° 8493115, N° 9823/15 y N° 9435/15, a las resultas de la causa penal citada,ello en orden a lo dispuesto en el artículo 107 incisos a) y d) de la Ley Provincial N° 141.
Que la Factura Factura B 005-00000011 que tramita bajo Expediente Letra OP. N°9428/2015, se encuentra en situación de pago; no obstante, procede también en este caso lasuspensión de los efectos del acto que autorizó el pago -Resolución S.E. Y F N°1753/20 16-, ello toda vez que de verificarse la ilegitimidad de las acreencias reclamadas enlos restantes expedientes, la suma parcial de pesos CIEN MIL CON 00/00 ($100.000,00)abonada en el marco del Expte. GU-7887/2015, deberá imputarse al pago de la Factura B0005-00000011 tramitada en aquél.-
Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado intervención jurídica, medianteDictamen S.L. Y T. N° O /20 17.
Que el suscripto comparte y hace suyo el criterio sustentado por el Servicio JurídicoPermanente, encontrándose facultado para emitir el presente acto administrativo, en virtudde lo dispuesto en el artículo 152 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Suspender los efectos del Decreto Municipal N° 1829/2015 y de laResolución S.E. Y F. N° 1753/2016, sujetando la continuidad de los trámites en curso bajoexpedientes Letra GU, N° 7887/15, N° 8493/15, N° 9823/15, N° 9435/15 y Letra OP, N°9428/2015, a las resultas de la causa Judicial Nro 33.187/2016, caratulada “SciuranoFederico y Otros si Denuncia”, en trámite por ante el Juzgado de Instrucción Nro 1, del
N Distiito Judicial Sur ello en orden a lo dispuesto en el articulo 107 incisos a) y d) de la LeyProvincial N° 141 y de acuerdo a lo expuesto en el exordio y en el Dictamen S.L. Y T.N° O /2017.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia del presente y del Dictamen S.L. Y T.N° U b /20 17, haciéndole saber que podrá interponer recurso dereconsideración dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del díasiguiente de notificación del presente, conforme lo dispuesto en el artículo 127 y siguientesde la Ley Provincial N° 141.
ARTÍCULO 3°.- Comunicar a quienes corresponda. Dar al Boletín Oficial para supublicación. Cumplido, archivar.
12 18DECRETO MUNICIPAL N° /20 17
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Uc. Meia dre uces Ca 2Seccetro d Econo y F flZ8S
Mui,i aidad de Us uia
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 156
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argcntina= “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA, 25 JUL 2017
VISTO el Decreto Municipal N° 1160/201 7; yCONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se autorizó a la Sra. Secretaria Legal y Técnica, Dra. MariaVictoria VUOTO, D.N.I. N° 30.620.178, a ausentarse de la ciudad de Ushuaia por razonesparticulares, a partir del día diecinueve (19) al día veinticuatro (24) de julio del año 2017 inclusive.
Que es necesario comunicar que a partir del día veinticinco (25) de julio del año
2017, la Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. Maria Victoria VUOTO, D.N.l. N°30.620.178, reasumesus funciones.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152 inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad deUshuaia
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Comunicar que a partir del día veinticinco (25) de julio de 2017, la SeñoraSecretaria Legal y Técnica, Dra, María Victoria VUOTO, D.N.I. N° 30.620.178, reasume susfunciones. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.-. Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL .N° 1 /2017.
Oscar H. SOUTO’ /Sec. Coordinación de Ges(on
Municipalidad de ushuaia
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 157
Provincia de Tierra dci FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina= “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
1,’ ‘ 7USHUAIA, ¿
VISTO el Decreto Municipal N° 1159/2017; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se autorizó al Sr. Subsecretario de Economía y Finanzas,Dn. Dario Alejandro GARRIBIA, D.N.I. N° 30.969.315, a ausentarse de la ciudad de Ushuaia portareas inherentes a sus funciones, a partir del día catorce (14) de julio del corriente año.
Que es necesario comunicar que a partir del día veintucuatro (24) de julio del año2017, el Sr. Subsecretario de Economía y Finanzas, Dn. Dario Alejandro GARRIBIA, D.N.I. N°30.969.315 reasume sus funciones.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumento legal,conforme a lo establecido en el artículo 152 inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad deUshuaia
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Comunicar que a partir del día veinticuatro (24) de julio de 2017, el SeñorSubsecretario de Economía y Finanzas, Dn. Darlo Alejandro GARRIBIA, D.N.I. N° 30.969.315reasume sus funciones. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL .N° 1 2 2 0 /2017.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 158
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur “2017, año del 35 Aniversario de la Gesta de Malvinas Honor Gloria a
Repshlica Argentina. Nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre.MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
USHUAIA, JUL 2817
VISTO y CONSIDERANDO:
Que el señor Secretario de Turismo, Dn. Juan Valerio CHERAÑUK, D.N.l. N°
29.657.812, solicita usufructuar su descanso invernal, a partir del veinticuatro (24> de julio
hasta el treinta (30) de julio del corriente año inclusive.
Que mientras dure la ausencia del funcionario referenciada, quedará a cargo de la
Secretaría de Turismo, el Subsecretario de Administración del Recurso Turístico, Dn.
Alejandro David FERREYRA, D.N.I. N° 22.221.134, sin perjuicio de sus obligaciones
habituales.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 152, ¡ncisos 1) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Autorizar a usufructuar el descanso invernal, al señor Secretario de
Turismo, Dn. Juan Valerio CHERAÑUK, D.N.I. N° 29.657.812, a partir del día veinticuatro
(24) de julio hasta el treinta (30 ) de julio del corriente año inclusive. Ello por los motivos
expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Designar a cargo de la Secretaría de Turismo mientras dure la ausencia
de su titular, al Subsecretario de Administración del Recurso Turístico, Dn. Alejandro
David FERREYRA, D.N.I. N°22.221.134, sin perjuicio de sus obligaciones habituales.
ARTICULO 3°.- Notificar a los interesados y a la Dirección de Bienestar de Personal con
copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.-
DECRETO MUNICIPAL N° /201 7.-
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 159
1222
Provincia de Tierra del Fuego “2017— Año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes: ayer, hoy y siempre”Antártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
25 JUL 17USHUAIA,
VISTO el expediente C.G. N° 4979/201 7, deI registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la Comisión de Servicios al Concejo Deliberante
de nuestra ciudad del empleado municipal de la Planta de Personal Permanente, Cristian
Humberto SANCHEZ ALMERICO, D.N.I. N°21.352.825, Legajo N° 1762, dependiente de la
Dirección General de Rentas.
Que el señor Presidente del Concejo Deliberante, Dn. Juan Carlos PINO,
mediante Nota N° 46/2017, Letra: P.C.D., de fecha veintiséis (26) de junio de 2017, obrante
a fs. 2, solicita dicha Comisión de Servicios, para desempeñar tareas en el Bloque de la
Unión Cívica Radical.
Que a fs. 2 vta., el suscripto ha tomado intervención autorizando la Comisión de
Servicios.
Que a fs. 2 vta, la señora Coordinadora de Bienestar de Personal indica que
autoriza la Comisión de Servicios desde el día uno (1) de julio de 2017 y por el lapso de
seis (6) meses.
Que la Institución requirente deberá certificar mensualmente ante el Municipio,
Dirección de Bienestar de Personal, los reales y efectivos servicios prestados por el
empleado comisionado.
Que ésta Comisión de Servicios no generará gasto alguno para este Municipio,
encuadrándose en el artículo 45 del Capítulo 8° de la Ley 22.140.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, de conformidad con las atribuciones establecidas en el artículo 152 incisos
1) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Autorizar la Comisión de Servicios al Concejo Deliberante de la ciudad de
Ushuaia, a partir del día uno (1) de julio de 2017 y por el término de seis (6) meses, del
empleado municipal de la Planta de Personal Permanente, Cristian Humberto SANCHEZ
ALMERICO, D.N.I. N°21.352.825, Legajo N° 1762, dependiente de la Dirección General de
Rentas, para desempeñar tareas en el Bloque de la Unión Cívica Radical. Ello, de acuerdo
a lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- La Institución requirente deberá certificar mensualmente ante el Municipio,
Dirección de Bienestar de Personal, los reales y efectivos servicios prestados por el
empleado comisionado.
ARTICULO 3°.- Dejar establecido que dicha Comisión no generará gasto alguno para este
Municipio.
ARTICULO 4°.- Notificar al Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia y al empleado
mencionado, con copia autenticada del presente, dejando constancia que las licencias
I//.2.
_________
n 4 fl
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 160
Provincia de Tierra del Fuego 2017— Año del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes: ayer, hoy y siempre’Antártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
1/1.2.
ordinarias, pendientes y futuras deberán usufructuarse dentro del período de Comisión,
dado que no serán abonadas por este Municipio.
ARTICULO 5° Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° ‘ 1 1 ¿ /2017.-
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 161
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina ‘2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre
USH UAIA,
VISTO el Convenio Marco de Cooperación registrado bajo el N° 11604; y
CONSIDERANDO
Que el mismo se ha celebrado entre la Municipalidad de Ushuaia. representada por el
suscripto y el Consejo Nacional de las Mujeres, del Consejo Nacional de Coordinación de
Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación, representada por su Presidenta María Fabiana
TUÑEZ, D.N.I. N° 16137.751.
Que el convenio mencionado precedentemente se ha suscnpto con el objeto de reglar la
cooperación entre las partes para la implementación del proyecto “Hacia el Fin de la Violencia en
el Principio del Mundo”.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del convenio
mencionado, el cual se encuentra registrado bajo N° 11604, resultando procedente su
aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo.
en uso de las facultades atribuidas por el artículo 152, incisos 1), 25) y 32) de la Carta Orgánica
Municipal de la cuidad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D EC R ETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Convenio Marco de Cooperación registrado bajo el N° 11604.
celebrado entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el suscripto y el Consejo Nacional
de las Mujeres, del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia e la
Nación, representado por su Presidenta María Fabiana TUÑEZ, D.N.I. N° 16.137.751, cuya
copia autenticada se adjunta y forma parte integrante del presente. Ello, por los motivos
expuestos en el exordio,
ARTICULO 2°.- Notificar a quienes corresponda, con copia autenticada del presente acto.
ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar Copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°223
/2017.-
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich de Sur, son y serán argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 162
Directora’ e lr\d oifliS acnSecretai r4 ia Mu’r
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PJ’JEXO
CONVENIO DE COOPERACiÓN ENTRE EL CONSE.JO NACIONAL DE LAS MUJERESDEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLíTICAS SOCIALES DE LAPRESIDENCIA DE LA NACIÓN Y LA MUNICIPALIDAD DE USHU.AJA DE LA PROVINCIADE TIERRA DEL FUEGO.
CONSIDERANDO:Que el CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES es el Organismo Gubernamental a nivelnacional responsable de las políticas públicas de gualdad de oportunidades y trato entrevarones y mujeres.-Que la MUNICIPALIDAD DE USHUAiA a través de la SECRETARIA DE LA MUJER, tiene asu cargo entre otras misiones, la de ejecutar programas, proyectos y coordinar acciones conlas demás Secretarías para promover en el ámbito público y privado la igualdad real deoportunidades y de trato entre hombres y mujeres en el acceso y goce de todos losderechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales tendiendo a incorporar aperspectiva de género en la planificación de las políticas públicas a implementarse desde elMunicipio y estimular la modificación de los patrones socioculturales con el objeto deeliminar las relaciones de poder que originan la violencia y discriminación hacia las mujeres.-Que las partes desean establecer una cooperación en virtud de los objetivos asignadostanto por sus normativas de creación (Decreto N° 1426 del 7 de agosto de 1992), como envirtud del cumplimiento de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas deDiscriminación contra la Mujer (C.E.D.A.W.- Naciones Unidas); la ConvenciónInteramericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer(Convención de Belem Do Pará- Organización de los Estados Americanos); y la Ley N°26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra lasmujeres en los ámbil:os en que desarrollen sus relaciones interpersonales.Que, a tal efecto, las partes desean implementar acciones de cooperación en el marco delPROGRAMA DE FORTALECIMIENTO A LAS AREAS MUJER PROVINCIALES YMUNICIPALES Y ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, creado por la ResoluciónCNM N° 6 del 14 de julio de 2009, y su respectiva Acta Complementaria, y modificado porResolución CNM N° 76 deI 01 de agosto de 2016, con el objetivo de contribuir a lapromoción de políticas públicas de género que fortalezcan la autonomía. la participación y elpoder de gestión de las mujeres, tanto en la esfera pública como en la privada.Que, asimismo, se proponen llevar adelante acciones que tiendan a fortalecer OS espaciosinstitucionales, especialmente dejando capacidad instalada y sustentable en el tiempo, conla prioridad de dar capacitación continúa a los recursos humanos, principalmente enfocadosen la difusión y la defensa de los derechos de las mujeres.-
CONVIENEN:Entre el CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES del CONSEJO NACIONAL DECOORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, enadelante EL CONSEJO, con domicilio en Avenida Paseo Colón N° 275, Piso 50 de laCIUDAD AUTONOIVIA DE BUENOS AIRES, representado en este acto por su Presidenta,Maria Fabiana TUNEZ (DNI N°16.137.751), conforme Decreto N° 113 del 12 de enero de2016, por una parte; la MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, en adelante LA MUNICIPALIDAD,con domicilio en la calle San Martín N° 660, de la localidad de USHUAIA, Provincia de
y TIERRA DEL FUEGO, representado en este acto por su Intendente Municipal, Walterji Claudio Raúl VUOTO (DNI N° 29.883.767), conforme Acta N° 4 de fecha 22 de septiembre
IF-201 7-06351 745-APN-DNPIYAADCNCpS
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de 2015, por la otra; convienen en elebrar el presente CONVENIO, a tenor de lassiguientes cláusulas:PRIMERA: Objeto. El objeto del presente CONVENIO es reglar la cooperación entre laspartes para la implernenlación dei proyecto “HACIA EL FIN DE LA VIOLENCIA EN ELPRINCIPIO DEL MUNDO”. A través de la ejecución del proyecto se proponen los siguientesobjetivos: a) concientizar a la población de la ciudad de Ushuaia sobre la violencia degénero, considerando su especificidad, relevancia y la necesidad de involucramientociudadano para la transformación de las prácticas patriarcales que habilitan la violenciacontra las mujeres mediante materiales de difusión; b) desarrollar materiales de difusiónsobre las herramientas y recursos disponibles para la lucha contra la violencia hacia lasmujeres; c) elaborar material informativo para identificar la violencia de género en lasrelaciones entre las y los adolescentes con las herramientas y recursos para su prevención,detección y tratamiento; sin perjuicio de otros objetivos que las partes deseen alcanzar conidéntico propósito al que anima el presente CONVENIO.-
SEGUNDA: Implementación. LA MUNICIPALIDAD se obliga a implementar el proyectomencionado en la cláusula que antecede, el que consistirá en difundir información, recursosy herramientas para avanzar en la erradicación de a violencia de género.El subsidio otorgado a LA MUNICIPALIDAD será ejecutado por la SECRETARIA DE LAMUJER.TERCERA: Financiamiento. A los fines indicados en la CLÁUSULA PRIMERA, ELCONSEJO se compromete a transferir LA MUNICIPALIDAD un monto total de PESOSCIEN MIL ($100.000,00.-) para atender a la implementación del proyecto. Dichodepósito/transferencia se efectuará a partir de la fecha de la firma del presente CONVENIO;quedando sujeto a los tiempos y procesos administrativos que demande dicha erogación.CUARTA: Inversión de los Fondos. La suma mencionada en la CLAUSULA TERCERAserá abonada en un solo pago y deberá ser aplicada de la siguiente forma:a) La suma de PESOS CUARENTA MIL ($40.000,00.-), destinado a financiar elComponente 1, a saber: mobiliario y equipamiento.b) La suma de PESOS SESENTA MIL ($60.000,00.-), destinado a financiar el ComponenteII, a saber: capacitación, difusión y asistencia técnica.-QUINTA: Obligaciones de las Partes.1. EL CONSEJO.
1.1. Prestar asesoramiento técnico a LA MUNICIPALIDAD en las distintas etapas del trabajo,facilitando para ello, y cuando fuere necesario, la comunicación yio concurrencia depersonal de su equipo técnico.-1.2. Establecer las normas metodológicas que preserven la homogeneidad y compatibilidadde las acciones en las tareas de asistencia técnica, capacitación y otras que surjan durantela implementación del presente CONVENIO.1.3. Monitorear, evaluar y auditar el funcionamiento de las actividades programadas yacordadas previamente en el CONVENIO.-1.4. Capacitar a los/as técnicos/as de LA MUNICIPALIDAD que se desempeñan comoresponsables de las diferentes temáticas, áreas, servicios y programas que impulsa LAMUNICIPALIDAD, en concordancia con los objetivos fijados en el presente CONVENIO.1.5. Suministrar los manuales operativos, material didáctico y folletería de apoyo a lastemáticas abordadas, metodología, cuestionarios y planillas que se utilizarán para edesenvolvimiento de las acciones establecidas en el presente CONVENIO.1 .6. Contribuir con el financiamiento a que refiere la CLÁUSULA TERCERA a fines de suinversión por parte de LA MUNICIPALIDAD en los términos y condiciones establecidos en el
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presente CONVENlO2. LA MUNICIPALIDAD.2.1. Asignar el número de agentes con la dedicación necesaria para el eficaz cumplimientode las acciones de cooperación previstas en el presente CONVENIO.-2.2. Comunicar a EL CONSEJO, el nombre y apellido del personal que participará de lastareas de cooperación correspondientes a este CONVENIO, mediante comunicaciónfehaciente cursada al momento de la firma del presente.-2.3. Realizar las adquisiciones yio todos los actos administrativos necesarios para darcumplimiento a las prestaciones asumidas en el presente CONVENIO.24. Abonar, con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes, las erogacionesbajo su responsabilidad, conforme los alcances definidos en el presente CONVENIO.-2.5. Ejecutar las actividades de capacitación que se acuerden.-2.6. Solicitar previamente la conformidad de EL CONSEJO para la aplicación del desarrollode tareas adicionales o complementarias conforme los alcances de presente CONVENIO.—2.7. Utilizar los fondos depositados por EL CONSEJO conforme lo previsto en el presente,con destino exclusivo para los fines establecidos en el mismo.-2.8. Realizar las rendiciones de cuentas documentadas de los gastos incurridos, conforme lautilización de los fondos en la ejecución de las actividades de la Propuesta de Trabajo.2.9. Elaborar y presentar ante EL CONSEJO los informes técnicos de las actividadesejecutadas, conforme el Plan de Actividades de la Propuesta de Trabajo.-2.10. Presentar copia autenticada de la incorporación de los bienes muebles registrables asu patrimonio.
SEXTk Modificaciones. Cualquier cambio o modificación que se produzca en lasobligaciones asumidas por cada una de las partes, en orden al cumplimiento del presenteCONVENIO, deberá ser expresamente aprobada por ias partes signatarias. Si LAMUNICIPALIDAD realizara algún cambio referido a la ejecucióii del proyecto y/o al destinode los fondos, el mismo se considerará válido, una vez efectuada la evaluación y posterioraprobación por parté del área técnica correspondiente de EL CONSEJO, mediante informetécnico debidamente fundado.SEPTIMA Plazo de Ejecución. El plazo de ejecución del proyecto es de TRES (3) mesescontados a partir de la efectiva acreditación de los fondos en la cuenta que LAMUNICIPALIDAD ha abierto a tales fines.OCTAVA Rendición de Cuentas. LA MUNICIPALIDAD deberá presentar la rendición decuentas documentada del subsidio otorgado y los respectivos informes técnicos finales detareas cumplidas, en un plazo máximo de SESENTA (60) días corridos de finalizado elproyecto, mediante la metodología prevista en el presente CONVENIO, bajo apercibimientode lo establecido en la CLAUSULA DECIMO CUARTA.NOVENA Informe Financiero. LA MUNICIPALIDAD deberá presentar la rendición decuentas documentada de los gastos incurridos, con arreglo al instructivo y los modelos deplanillas de Informe Financiero, que LA MUNICIPALIDAD declara conocer y aceptar. Larendición de cuentas deberá contener un detalle de los fondos recibidos con motivo delpresente CONVENIO y de la aplicación de los mismos hasta la fecha de finalización delproyecto. Dicho Informe deberá ser acompañado con copia autenticada de ladocumentación respaldatoria de los gastos incurridos, y deberá asegurar la plenaobservancia del régimen de emisión de comprobantes vigente, según Resolución N° 1415del 7 de enero de 2003 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, ysus normas complementarias y modificatorias.-¡ Asimismo, conjuntamente con la documentación respaldatoria de gastos incurridos deberáacompañarse:
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a) Si la factura o documento fiscal equivalente es emitido por un sujeto ResponsableInscripto ante el Impuesto al Valor Agregado (comprobantes B): impresión de consulta devalidez de comprobantes efectuada a través de la página web de la ADMINISTRACIÓNFEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS;b) Si la factura o documento fiscal equivalente es emitido por un sujeto Exento de IVA o bienpor un Responsable Monotributo (comprobantes C): impresión de consulta de constancia denscripción e impresión de consulta de validez de comprobantes, efectuadas a través de lacitada página web, la que correspondiera.-En ningún caso, las partes asumirán obligación financiera alguna que exceda el presupuestoprevisto para cada actividad o jurisdicción.-La referida rendición de cuentas documentada de inversión de fondos deberá ser rubricadapor el respectivo titular de LA MUNICIPALIDAD, y contar con un sello y/o leyenda en loscomprobantes originales que los invalide para ser reutilizados, sin que ello impida el correctoanálisis y lectura ce los datos fiscales de cada documento. La misma deberá ser enviada aEL CONSEJO, para su aprobación, conforme la Ley N° 24.156 de Administración Financieray de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, sus modificatorias ycomplementarias. Asimismo deberá adjuntar copia autenticada de la incorporación, alrespectivo patrimonio, de los bienes muebles registrables que se adquieran con los fondosdel subsidio desembolsado por EL CONSEJO.DECIMA Archivo de Documentación. LA MUNICIPALIDAD se compromete a conservardebidamente archivada, por el termino de DIEZ (10) años, la documentación original de lainversión realizada de los tondos otorgados, para su análisis y verificación por parte de ELCONSEJO en el momento que se considere oportuno y sometida a las competencias decontrol previstas en la Ley N 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas deCqntrol del Sector Público Nacional, sus modificatorias y complementariasDECIMO PRIMERA: Auditoría. LA MUNICIPALIDAD, previa comunicación de ELCONSEJO, permitirá que agentes de éste último, debidamente autorizados, o el personal dela UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, puedan auditar los registros y documentaciónadministrativa y contable que se generaren durante la ejecución de las acciones previstas enel presente CONVENIO, a fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y procedimientosestablecidos en el mismo.
DECIMO SEGUNDA: Revisiones Periódicas. LA MUNICiPALIDAD, deberá elaborar ypresentar informes periódicos de avance técnico conforme al plan de actividades y tareasoportunamente presentado, y un Informe Técnico Final de las tareas cumplidas. ELCONSEJO, durante la ejecución del CONVENIO, realizará el monitoreo de las actividadesen terreno y la evaluación de resultados.DEC1MO TERCERA: Responsabilidad. LA MUNICIPALIDAD se compromete a garantizary facilitar la sustentabilidad del Proyecto en el tiempo, como asimismo, a afrontar los gastosderivados de todas las cargas fiscales, impositivas, laborales y obligaciones civilesderivadas de las actividades desarrolladas en el marco de ejecución del proyecto. Seconviene que EL CONSEJO no asume ningún tipo de responsabilidad frente a LAMUNICIPALIDAD, sus dependientes, sus asociados o tercaros por cualquier daño operjuicio que pueda generarse por la actividad que ésta desarrolle con motivo de laimplementación, puÉ sta en marcha y desarrollo del proyecto o emprendimiento que sfinancia. A todo evento, LA MUNICIPALIDAD se obliga a mantener indemne a ELCONSEJO frente a cualquier reclamo que al respecto se pudiera dirigir contra éste.DECIMO CUARTA: Sanciones por Incumplimiento. En caso de incumplimiento por partede LA MUNICIPALIDAD de algunas de las obligaciones emergentes del presenteCONVENIO, y/o la comprobación de falsedad u ocultamiento en la información
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proporcionada o que proporcione en Iucesivo, y/o la falta de cumplimiento de los objetivosprogramados, se faculta a EL CONSE’JO a adoptar cualquiera de las siguientes accionesa) Suspender el desembolso de los fondos comprometidos y/o rescindir el presenteCONVENIO.b) Declarar unilateralmente la caducidad del subsidio otorgado, de conformidad con lodispuesto en el articulo 21 de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos y solicitarla devolución total o parcial de los fondos transferidos, sin necesidad de previorequerimiento y sin perjuicio del inicio de las acciones legales pertinentes.o) Fijar plazos para córregir alteraciones.d) Designar otra institución para la concreción del objeto del presente.Ante cualquiera de estas acciones LA MUNICIPALIDAD queda obligada a entregar, arequerimiento de EL CONSEJO, la totalidad de la documentación correspondiente a lagestión del Proyecto.DECIMO QUINTA: Supletoriedad. Todos aquellos aspectos que pudieren no estarespecíficamente contemplados en el presente CONVENIO, se regirán supletoriamente conarreglo a los términos consignados en las actuaciones obrantes en el Expediente N° E-4868-2016 del Registro del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLITICASSOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y en el/los lnforme/s Técnico/s allíadjunto/s que LA MUNICIPALIDAD declara conocer y aceptar; sin perjuicio de indicacionesy sugerencias eventuales que EL CONSEJO formule a dicho efecto.DECIMO SEXTA: Competencia. Las partes declaran tener plena competencia legal y lapertinente facultad para celebrar e presente CONVENIO, en virtud de las respectivasdisposiciones legales y administrativas que reglan su actividad y funcionamiento.DECIMO SEPTIMA: Solución de Controversias. Para todos los efectos derivados delpresente CONVENIO, las partes fijan sus respectivos domicilios en los consignados en elencabezamiento. En éstos domicilios serán válidas todas las notificaciones ycomunicaciones que las partes deban dirigirse entre sí en virtud del presente CONVENIO,sometiéndose para todos los efectos legales a la Jurisdicción de los Tribunales Federalesen lo Contencioso Administrativo de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.-
En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto,en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los
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días del mes de
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de 2017.-
María$iana Túñez1 Ptejdenta
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Nú mero: 1 F-20 17-06351 745-APN-DNPIYAADCNCPS
CIUDAD DE I3UENOS AIRESMiércoles 12 de Abril de 2017
Referencia: CONVENIO E-4868-2016 CNM
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Repñblica Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2017 - Año de las Energías Renovables
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 168
Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA ‘2017, año del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honori’ Gloria a ,n,cstros Héroes: mcv, hoy i’ siempre”
USHUAIA, 25 JUL 2017
VISTO el expediente S.G. N° 796/2014, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado el díatreinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Secretario deEconomía y Finanzas Lic. Lucas GALLO D.N.I N° 26.667.944, y el Sr. Omar Ramón LAWRENCED.N.1. N° 18.622.542, a fin de que este último preste servicios de apoyo y asistencia, chófer ynotificador en el ámbito de la Dirección de Medicina Ocupacional, Seguridad e Higiene Laboral, ycolaboración con la Dirección de Administración a requerimiento de la Secretaría de Coordinación deGestión.
Que dicho contrato se encuadra en lo establecido en el artículo 110. inciso d). punto 1) de
la Ordenanza Municipal N° 3693, de Administración Financiera y Contrataciones, y sus
modificatorias y el Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato
aludido, el cual se encuentra registrado bajo N° 11617, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de
conformidad a lo establecido en el artículo 152° incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de laciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato de locación de servicios registrado bajo el N° 11617, cuya copia
autenticada se adj unta y forma parte del presente, celebrado el día treinta (30) de junio de 2017, entre
la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas
GALLO, DNI N° 26.667.944, y el Sr. Omar Ramón LAWRENCE D.N.l. N° 18.622.542. Ello, por los
motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- .El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse con cargo
titular presupuestario: Subsecretaria de Evaluación de Gestión - Partida 013.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido.archivar.
22DECRETO MUNICIPAL N° /20 17.
r4“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, soi y seráiz argentinas”
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NTRATO REGISTRADO
DJQELN° 11 6 1 7
Provincia de Tierra del Fuego Dr. BaIdQAYANA)es hn GeroralAntartida e Islas del Atiantico Sur
. . ,
República Argentina =
Municipalidad de Ushuaia 2017, año del 35 Aniversario de 1 esta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestroa 1-léroes, ayer, hoy y siempre’
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Señor Secretario deEconomia y Finanzas, C P N GALLO Lucas D N ¡ N°26 667 944, con domicilio legal en lacalle Arturo Coronado N°486 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr:Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte, y por la otra el Sr.Omar LAWRENCE D.NJ N°18.622.542, con domicilio en la calle Gobernador Paz N°1071Pasaje Interno casa N°16 de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO,convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, conforme a lassiguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO a efectos derealizar tareas de chofer notificador y de asistencia y apoyo en el ámbito de la Dirección deMedicina Ocupacional, Seguridad e Higiene Laboral, con colaboración también a la Direcciónde. Administración a requerimiento del Sr. Secretario de Coordinación y Gestión, con unacarga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales, de lunes a viernes.SEGUNDA: El presente contrato se formaliza a partir del día uno (1) de julio de 2017, y hastael dia treinta y uno (31) de diciembre de 2017TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata, la suma total.de PESOS CIENTO CATORCE MIL ($114.000,00) pagadera en seis (6) cuotas iguales,mensuales y consecutivas de PESOS DIECINUEVE MIL ($19.000,00) cada una.Los pagos se efectivizarán del día 1° al 15° de cada mes vencido, debiendo ELCONTRATADO otorgar el pertinente recibo o factura a favor de la MUNICIPALIDAD,conforme normas vigentes, adjuntando el Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por.la Agencia de Recaudación Fueguina (A.R.E.F) Certificado de Situación Fiscal Régúlaremitido por la Dirección General de Rentas Municipal, Comprobante de pago de aportes deAFIP, correspondiente al periodo facturado y último recibo de pago del seguro por accidentespersonales por el período que dure la contratación y su correspondiente comprobante depagototalo mensual.CUARTA: El presente contrato no implica ninguna relación de dependencia y/o de empleopúblico, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N°3696 (de AdministraciónFinanciera y Contrataciones), por el art.1251 del Código Civil y Comercial, correspondiendopor ello asumir a cargo de EL LOCADOR las obligaciones fiscales y previsionales del casoparaeldesarrollodesuactividad.QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido a solicitud de cualquiera de las partes, sininvocación de causa, previa notificación a la otra parte en forma fehaciente, con quince (15)días de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar indemnización, daño ni perjuicioalguno.-SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución delpresente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de losTribunales Ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro. fuero ojurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRATADO en losindicados el encabezamiento, donde seran validas todas las notificaciones extrajudiciales yjudiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otra por un mediofehaciente.
En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, a los treinta (30) días del mes de junio de2017. ---
COPA REL DEL OGNAL“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 170
“2017, año del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes ayer, hoy y siempre”Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur=República Argentina=Municipalidad de Ushuaia
, çUSHUAIA, ¿ JL Lu.
VISTO: el expediente CG N° 1266/16 del Registro de esta Municipaildad; y
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado en
fecha veintiocho (28) del mes de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representadapor el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y la Sra.
Yolanda VERGARA, DNI N° F5.699.088, a fin de que preste servicios
relacionados a la vinculación entre Entes Públicos Nacionales, Provinciales y Municipales para
desarrollar tareas en conjunto para mejorar la calidad de vida del pueblo de la Provincia, en el
ámbito de la Secretaria de Coordinación de Gestión.
Que dicha contratación se encuadra en el Artículo 110°, inciso d), punto 10) de la
Ordenanza Municipal 3693, (de Administración Financiera y Contrataciones) y sus modificatorias,
Anexo del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y
Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del
Contrato aludido, el cual se encuentra registrado bajo el N.° 11645, correspondiendo su
aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 152 incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica
Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N°11645, cuya
copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado en fecha veintiocho (28) del
mes de junio de 2017, entre esta Municipalidad representada por el Sr. Secretario de Economía y
Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y Sra. Yolanda VERGARA, DNI N° F5.699.088.
Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- Imputar la suma objeto del contrato con cargo al titular presupuestario:
Secretaría de Coordinación de Gestión, Partida 13.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar Copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar. 1 2 2 5DECRETO MUNICIPAL N° /2.017.-
cfr
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 171
7, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:y Gloria a nuestros Héroes ayer. hoy y siempre
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGOANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO
. .
REPUBLICA ARGENTINAMUNICIPALIDAD DE USHUAIA H
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de Economíay Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en la calle Arturo CoronadoN° 486 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte; y por laotra, la Sra. Yolanda VERGARA, D.N.I. N° F5.699.088, con domicilio en la calle Goleta Florencia N°1899, de la ciudad de Ushuaia, en adelante llamada “LA LOCADORA”, convienen en celebrar elpresente contrato de locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de la LOCADORA, a efectos de realizar tareasde vinculación entre los Entes Públicos Nacionales, Provinciales y Municipales para desarrollar tareasen conjunto para mejorar la calidad de vida del pueblo de la Provincia, bajo instrucciones de laSecretaría de Coordinación de Gestión, en la calle Arturo Coronado N° 486, con una carga de treintay cinco (35) horas semanales, de lunes a viernes de 08 Hs. a 15 Hs.SEGUNDA: La duración del presente contrato será por el periodo comprendido entre el día primero(01) de julio del año 2017 hasta el dia treinta (31) de diciembre del 2017 inclusiveTERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma de PESOSCIENTO CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($ 142.800,00), pagaderos de la siguiente manera:Seis (06) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS($23.800,00), cuyo pago se efectivizará del 1° al 10° día de cada mes vencido, debiendo laLOCADORA presentar el pertinente recibo o factura a favor de la MUNICIPALIDAD, conforme a lasnormas vigentes, adjuntando Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Agencia deRecaudación Fueguina (A.R.E.F.), Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la DirecciónGeneral de Rentas Municipal, Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al periodofacturado y último recibo de pago del seguro por accidentes personales debiendo cubrir el periodo delcontrato, adjuntar póliza del seguro y último recibo de pago.CUARTA: La celebración del presente contrato no implica relación de dependencia y/o empleopúblico, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 (de AdministraciónFinanciera) y sus modificatorias, Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Artículo 1251 yconcordantes del Código Civil y Comercial, correspondiendo por ello asumir a cargo de LALOCADORA las obligaciones fiscales y previsionales del caso para el desarrollo de su actividad.QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes en cualquier momento de suvigencia, previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un mínimo de quince (15)dias de antelacion sin necesidad de expresion de causa y sin que genere derecho o reclamoalguno.SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación yio ejecución del presentecontrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los Tribunales ordinarios de laciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio LAMUNICIPALIDAD Y LA LOCADORA en los indicados en el encabezamiento, donde serán válidastodas las notificaciones a la otra parte por un medio fehaciente.
En prueba de conformidad, las partes suscriben TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, a los veintiocho (28) días del mes de junio de2017.
“Las islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 172
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGOANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR
REPUBLICA ARGENTINAMUN ICI PALI DAD DE USHUAIA 2017-Año del 35 Aniversario de la Gasta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes: Ayer. Hoy y Sierrpr&
USHUAIA,S)
VISTO el Expediente S.G. N° 3761/2016 deI registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado con fecha
catorce (14) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario
de Economía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el Sr. Denise Alejandro
SALDIVIA CHACON D.N.I. N° 32.769.769, quien prestará tareas de asistencia en la Secretaría de
Gobierno.
Que dicha contratación se encuadra en lo dispuesto en el artículo 110°, inciso d), apartado 1)
de la Ordenanza Municipal N° 3693, y sus modificatorias, Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013
y Artículo 1251 y cctes. del Código Civil y Comercial.
Que corre agregada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del contrato
registrado bajo el N°11619, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152° incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11619, cuya
copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado en fecha catorce (14) de junio
de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario de Economía y
Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944 y el Sr. Denise Alejandro SALDIVIA CHACON
D.N.I. N° 32.769.769. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar al Sr. Denise Alejandro SALDIVIA CHACON, con copia autenticada del
presente.
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente contrato deberá imputarse con
cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Gobierno, Partida 013.
ARTICULO 4°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° .22 6 /2017,-
I.br.
[c. Aeiandro u as GaUo
“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 173
Provincia de Tierra del FUEAntártida e Islas del Atlántico
República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHI
[En la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el señor Secretario deEconomía y Finanzas, Lic. Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio legal en la calleArturo Coronado N° 486 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr. IntendenteMunicipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte, y por la otra el Sr. Denise AlejandroSALDIVIA CHACON, D.N.I. N° 32.769.769, con domicilio en la calle Soberanía Nacional N°2748, en adelante EL CONTRATADO, convienen en celebrar el presente Contrato de Locaciónde Servicios, conforme a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO a efectos derealizar tareas de asisl:encia en la Secretaría de Gobierno, con una carga horaria de treinta ycinco (35) horas semanales.
SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el término de cinco (05) meses, a partir deluno (01) de agosto de 2017, operando su vencimiento el día treinta y uno (31) de diciembre de2017.
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata, la suma total deFESOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS ($64.500,00) pagadera en cinco (05) cuotasiguales, mensuales y consecutivas de PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS ($12.900,00). Lospagos se efectivizarán del día 1° al 15° de cada mes vencido, debiendo EL CONTRATADOotorgar el pertinente recibo o factura a favor de la MUNICIPALIDAD.CUARTA: El presente contrato no implica ninguna relación de dependencia y/o de empleopúblico, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 (de AdministraciónFinanciera y Contrataciones) y por el art. 1251 deI Código Civil y Comercial, debiendo asumirEL CONTRATADO las obligaciones fiscales y previsionales del caso por el desarrollo de suactividad, así como la contratación de un seguro por accidentes personales con vigenciadurante el período contractual.
QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido a solicitud de cualquiera de las partes, sininvocación de causa, previa notificación a la otra parte en forma fehaciente, con quince (15)días de anticipación, sin que genere derecho o reclamo alguno.
SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución delpresente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los Tribunalesordinarios en la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier fuero o jurisdicción, constituyendodomicilio LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRATADO en los indicados precedentemente, dondeserán válidas todas las notificaciones extrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio dedomicilio notificado a la otrparte por un medio fehaciente.
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de confomidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor ya y a/n1soIo efecto, en ciudad de Ushuaia, a los catorce (14) días del mes de junio de2017/ ¿
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 174
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA,
VISTO el expediente OP N° 7202/2016, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado en fecha
veintinueve (29) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Secretario de
Economía y Finanzas, Lic. Lucas Alejandro GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el lng. Tomás Roberto
ESCOBAR, D.N.I. N°32.275.451, a efectos de que este último preste servicios en la Dirección de Estudios
y Proyectos, dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas de la Secretaría de Planificación eInversión Pública de la Municipalidad, para realizar tareas de Proyectista del Departamento de Ingeniería,
elaboración de proyectos de ingeniería y pliegos de licitación (especificaciones técnicas, documentación
gráfica y cláusulas especiales) para la ejecución de obras públicas, elaboración de informes técnicos,
cómputos y presupuestos de obra.
() Que dicha contratacion se encuadra en el Articulo 110° inciso d) punto 10) de la OrdenanzaMunicipal 3693, de Administración Financiera y contrataciones y sus modificatorias, Anexo 1 del DecretoMunicipal N° 1255/2013, y en el Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexado y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato aludido, el
cual se encuadra registrado bajo el N° 6, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, deacuerdo a lo establecido en el Artículo 152° incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad deUshuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D E CRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todo sus términos el Contrato de Locación de Servicios, registrado bajo el
N° 1 6 celebrado en fecha veintinueve (29) de junio de 2017 entre la Municipalidad de Ushuaia,
representada por el Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Lucas Alejandro GALLO, D.N.I.
N° 26.667.944, y el lng. Tomás Roberto ESCOBAR, D.N.I. N° 32.275.451, cuya copia autenticada se
adjunta y forma parte del presente. Ello, por lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá imputarse con cargo al Titular
Presupuestario — Secretaría de Planificación e Inversión Pública — Partida 13.
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado, con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPAL N° 1227 /2017.
‘Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Arqentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 175
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina ‘2O17, año del 350 Aniversario de la Gasta de Malvinas:
Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
- -- En la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, al día veintinueve (29) del mes de junio de
2017, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Secretario de Economía y
Finanzas, Lic. Lucas Alejandro GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en la calle Arturo Coronado
N° 486, de la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y el Ing.
Tomás Roberto ESCOBAR, D.N.I. N° 32.275.451, con domicilio en calle Pasaje Los Cauquenes N° 970,
de la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante EL LOCADOR, convienen en celebrar
el presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata al LOCADOR sus servicios técnicos, a efectos de que este
último preste servicios en la Dirección de Estudios y Proyectos, dependiente de la Subsecretaría de Obras
Públicas de la Secretaría de Planificación e Inversión Pública de la Municipalidad, para realizar tareas
como Proyectista del Departamento de lngeniería,para la elaboración de proyectos de ingeniería y pliegos
de licitación (especificaciones técnicas, documentación gráfica y de cláusulas especiales), para la
ejecución de obras públicas, elaboración de informes técnicos, cómputos y presupuestos de obra.----
SEGUNDA: Los servicios contratados serán prestados en el período comprendido entre el día uno (1) de
julio de 2017 y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2017.------- —------ —-—
TERCERA: La distribución de la carga horaria a cumplir dentro de la Municipalidad será por un total de 35
horas semanales, efectivizándose de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, de acuerdo a lo que
establezca la Dirección de Estudios y Proyectos dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas y que
surja del desarrollo de las tareas asignadas. — — — —
CUARTA: Se acuerda en concepto de retribución por los servicios prestados, para el período indicado en
la cláusula segunda, la suma total de PESOS CIENTO NOVENTAY DOS MIL CON 00/100 ($ 192.000,00),
pagaderos en seis (06) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS TREINTA Y DOS MIL CON
00/100 ($ 32.000,00), cuyo pago se efectivizará del día uno (01) al diez (10) de cada mes vencido,
debiendo EL LOCADOR otorgar la pertinente factura y/o recibo (Tipo B o C), a favor de LA
MUNICIPALIDAD conforme a normas vigentes, adjuntando el Certificado de Cumplimiento Fiscal Regular
emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) y el Certificado de Situación Fiscal regular
Municipal (DGR Municipal) de la totalidad de los bienes que posea el LOCADOR y de las actividades en
que se encuentre inscripto, vigente a la fecha prevista de pago. Ademas deberá acompañar comprobante
de aportes de AFIP del mes de prestación y la Póliza de Seguro de Accidentes Personales por el periodo
que dure la contratación y su correspondiente constancia de pago total o mensual. — —---
QUIN1A Las partes podran rescindir el presente Contrato en cualquier momento de su vigencia, sin
invocación de causa y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un mínimo de quince
(15) días corridos de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar indemnización, daño ni perjuicio
alguno a favor de la otra. — — — — —
SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia del LOCADOR respecto de LA
MUNICIPALIDAD, rigiéndose por la Ordenanza Municipal N° 3693, promulgada por Decreto Municipal
N° 239/2010, y el Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y Comercial, correspondiendo asumir a
cario del)LOCADOR las obligaciones fiscales y previsionales del caso.-— — —---——-- —--—
Las divergencias que se produzcan como consecuencia del presente Contrato, serán
¡1.2.
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1)LIUAIA 1 H JU
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Arqentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 176
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina “2017, año del 350 Aniversario de ¡a Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
//.2.
sometidas a la jurisdicción de los TrØunales Ordinarios de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e
Islas del Atlántico Sur, con asiento la ciudad de Ushuaia, renunciando expresamente a cualquier otro
fuero o jurisdicción. — —---- — —----—
A los efectos del presente Contrato, las partes constituyen domicilio en los ut — supra indicados, donde
serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse.---- — — —------
- - -
- En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto en
el iugaj y fecha ut — supra indicados. — — —------
Lic.de UshlJa
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 177
Provincia de Tierra del Fuego “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a nuestros Héroes. ayer. hoy y siempre”
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
25ji 2017USHUAIA,
VISTO el expediente N° OT— 8696/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el
día treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario
de Economía y Finanzas, Licenciado Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el Sr. Eloy Alejandro
VALDES, D.N.I. N°35.885.109, a fin de cumplir tareas de inspección de obra clandestinas, verificación
de ocupantes, intimaciones de desarme, paralizaciones de obras, verificaciones de espacios verdes,
chofer; en el ámbito del Programa Espacios Públicos y Tierras Fiscales dependiente de la Secretaria
de Habitat y Ordenamiento Territorial.
Que la presente contratación se encuadra en lo establecido el el Articulo 110, Inciso d),
apartado 1) de la Ordenanza Municipal N° 3693, y sus modificatorias y Anexo 1 del Decreto Municipal
N° 1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes del Codigo Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato
de Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 11606
correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D E CRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11606 celebrado el
día treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr.
Secretario de Economía y Finanzas, Licenciado Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el Sr. Eloy
Alejandro VALDES, D.N.I. N° 35.885.109. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular
Presupuestario: Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial. Partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar. 1 2 2 8DECRETO MUNICIPAL N° /2017.-
mp
“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 178
Provincia de Tiena del FuegAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushu
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de Economíay Finanzas, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486 10
piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante ‘LA MUNICIPALIDAD”, por una parte; y por la otra, el Sr.Eloy Alejandro VALDES, D.N.I. N° 35.885.109, con domicilio en la calle Bahía Ushuaia N 31 14, de laciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO, convienen en celebrar el presente contrato delocación de Servicios, ad. referéndum del Sr. Intendente de acuerdo a las siguientes cláusulas:--—----PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO, a efectos de que elmismo realice tareas de inspección de obras clandestinas, verificación de ocupantes, intimaciones dedesarme, paralizaciones de obras, verificaciones de espacios verdes, en el ámbito del ProgramaPreservación de Espacios Públicos y Tierras Fiscales dependiente de la Secretaria de Habitat yOrdenamiento Territorial. —
SEGUNDA: El servicio contratado será prestado durante el periodo del primero (01) de julio al treinta yun (31) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017) por un total de 35 horas semanales, y tendráamplia disponibilidad horaria de acuerdo a las necesidades del servicio.—-—-----------——----——-—--TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma de PESOSCIENTO TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 132.600,00), pagaderos en seis (6)cuotas iguales y consecutivas, de PESOS VEINTIDOS MIL CIEN CON 00/100 ($ 22.100,00),pagaderas entre los días cinco (5) y quince (15) de cada mes vencido, contra entrega de facturacorrespondiente a favor de la MUNICIPALIDAD. —-------—---——--------.----—
CUARTA: EL CONTRATADO; con la presentación de la correspondiente factura y/o recibo, deberáadjuntar Certificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina,Certificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Dirección General de Rentas Municipal de latotalidad de los bienes que posea y de las actividades en las que se encuentre inscripto, comprobantede pago AFIP, correspondiente al periodo facturado, último recibo de pago del Seguro de accidentespersonales y copia de la póliza, debiendo el mismo cubrir el periodo que dure elcontrato.
——------------—-— —----- —----
QUINTA: La celebración del presente contrato no implica relación de dependencia entre ELCONTRATADO respecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por lo dispuesto en la OrdenanzaMunicipal N° 3693, y sus modificatorias y Anexo 1 deI Decreto Municipal N° 125512013 y el Articulo1251 y concordantes con el Codigo Civil y Comercial. — — —-----
SEXTA: el presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes, sin invocación de causa, encualquier momento de su vigencia y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con unmínimo de QUINCE (15) días corridos de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamarindemnización, daño, ni perjuicio alguno a favor de la otra. — —--—-----
SÉPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a la interpretación o cumpli
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“Las islas Malvinas, Georgias. Sándwich del Sur, son y serán Aruentinas”
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Provincia de Tierra delAntártida e Islas del Atlántico
República ArgentinaMunicipalidad de Ushw
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miento del presente, las partes constituyen domicilio en los mencionados en el encabezamiento del
presente contrato, donde serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse, y se someten a la
jurisdicción de los Tribunales Judiciales Ordinarios con asiento en la ciudad de Ushuaia, con expresarenuncia a cualquier fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponder.---------—------—---—------—-
—------- En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, a los treinta (30) dias del mes de junio de 2017-------—--—-------
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y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur. SOfl y serán Aroentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 180
Provincia de Tierra del Fuego “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USHUAIA,
VISTO el expediente N° GU— 11062/2013 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el
día treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr. Secretario
de Economía y Finanzas, Lilcenciado Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el Sr. Fernando Martín
LEIS, D.N.I. N° 36.452.540, a fin de cumplir tareas de inspección de obras clandestinas, verificación
de ocupantes, intimaciones de desarme, paralizaciones de obras, verificaciones de espacios verdes;
en el ámbito del Programa Espacios Públicos y Tierras Fiscales dependiente de la Secretaría de
Habitat y Ordenamiento Territorial.
Que dicho Contrato se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110, Inciso d), apartado
10 la Ordenanza Municipal N° 3693, y sus modificatorias y Anexo 1 deI Decreto Municipal N°
1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes del Codigo Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato
de Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 11624
correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 11624
celebrado el día treinta (30) de junio de 2017, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el
Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Licenciado Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, y el Sr.
Fernando Martín LEIS, D.N.I. N° 36.452.540. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular
Presupuestario: Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial. Partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar1 2 zDECRETO MUNICIPAL N° /2017.-
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 181
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República ArgentinaMunicipalidad (le Ushuaia
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de Economía
y Finanzas, Lucas GALLO, D.N.I. N° 26.667.944, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486 1°
piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte; y por la otra, el Sr.
Fernando Martín LEIS, D.N.I. N° 36.452.540, con domicilio en la calle Pontón Rio Negro N° 590, de la
ciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO, convienen en celebrar el presente contrato de
locación de Servicios, ad. referéndum del Sr. Intendente de acuerdo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO, a efectos de que el
mismo realice tareas de inspección de obras clandestinas, verificación de ocupantes, intimaciones de
desarme, paralizaciones de obras, verificaciones de espacios verdes; en el ámbito del Programa
Preservación de Espacios Públicos y Tierras Fiscales dependiente de la Secretaria de Hábitat y
Ordenamiento Territorial, con un total de 35 horas semanales, teniendo amplia disponibilidad horaria,
de acuerdo a las necesidades del servicio.---- —--- — — —
SEGUNDA: El servicio contratado será prestado durante el periodo de seis (6) meses, comprendidos
entre el día primero (1)de julio del año dos mil diecisiete (2017)y el treinta y uno (31) de diciembre del
mismo año. — — — — —
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma de PESOS
CIENTO TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 132.600,00), pagaderos en SEIS (06)
cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS VENTIDOS MIL CIEN CON 00/100 ($22.100,00), correspondiente a los meses de julio a diciembre del 2017, pagaderas entre los días cinco
(5) y quince (15) de cada mes, contra entrega de factura correspondiente a favor de la
MUNICIPALIDAD. — — —--— — — — —
CUARTA: EL CONTRATADO; con la presentación de la correspondiente factura y/o recibo, deberá
adjuntar Certificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina,
Certificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Dirección General de Rentas Municipal de la
totalidad de los bienes que posea y de las actividades en las que se encuentre inscripto, comprobante
de pago AFIP, correspondiente al período facturado, último recibo de pago del Seguro de accidentes
personales y copia de la póliza, debiendo el mismo cubrir el periodo que dure el contrato.--—----—------
QUINTA: La celebración del presente contrato no implica relación de dependencia entre EL
CONTRATADO respecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose la Ordenanza Municipal N° 3693, y sus
modificarorias y Anexo 1 deI Decreto Municipal N° 1255/2013 y el Articulo 1251 y concordantes con el
Codigo Civil y Comercial.------- — —---- — —---- —
SEXTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes, sin invocación de causa, en
cualquier momehto de su vigencia y previa comunicación fehaciente cursada a la contr ‘parte con
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 182
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un mínimo de QUINCE (15) días corridos de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar
indemnización, daño, ni perjuicio alguno a favor de la otra.----— — — —
SÉPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a la interpretación o
cumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en los mencionados en el encabezamiento
del presente contrato, donde serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse, y se someten
a la jurisdicción de los Tribunales Judiciales Ordinarios con asiento en la ciudad de Ushuaia, con
expresa renuncia a cualquier fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponder. —
En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, a los treinta (30) días del mes de junio de 2017.
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 183
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
VISTO el Decreto Municipal N° 1010/2017; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se sustituyó el 5° considerando y el Artículo 2° delDecreto Municipal N° 1204/2016, por el cual se dió de baja de la Planta de Personal Permanentede esta Municipalidad por Fallecimiento, a partir del día veinticuatro (24) de julio de 2016, alempleado municipal que en vida fuera José Miguel BETANZO, D.N.I. N° M. 8.516.013.
Que se incurrió en un error en el artículo 2° del Decreto citado en el visto, almencionar el número de Decreto Municipal, dado que se indicó el: “... N° 552/2016...”, cuandocorrespondía el: “... N° 1204/201 6...”.
Que a efectos de subsanar tal situación corresponde sustituir el artículo 2° delDecreto Municipal N° 1010/2017.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente actoadministrativo en virtud de lo establecido en el artículo 152 inciso 1) y 5) de la Carta OrgánicaMunicipal de la ciudad de Ushuaia y en los artículos 117 y 146 de la Ley Provincial N° 141.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Sustituir el artículo 2° del Decreto Municipal N° 1010/2017, el que quedaráredactado de la siguiente manera: “... ARTICULO 2°.- Sustituir el Artículo 2° del DecretoMunicipal N° 1204/2016, el que quedará redactado de la siguiente forma: ARTICULO 2°.- Abonara los herederos del empleado mencionado en el Artículo 1°, en concepto de Subsidio porFallecimiento, la suma de PESOS TRESCIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS CATORCECON 42/100 ($ 302.414,42). ElIo, por los motivos expuestos en los considerandos...”. Ello, deacuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar a los interesados, a la Dirección de Bienestar de Personal y a laDirección de Haberes, con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
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1232
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
“2017— Año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 184
“2017, año de 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA, 25. JUL .2017
VISTO el expediente N° M-28935832/2010 del registro de la Dirección de SueloUrbano; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo el Sr. Gaston Adrian MENDEZ, D.N.I. N° 28.935.832. condomicilio en 245 Viviendas - Tira 8 - P.B - Dpto. N° 1, tramita la adjudicación en venta de un
predio ubicado en el ejido municipal de esta ciudad.
Que por Decreto Municipal N° 1653/2010, de fecha diecisiete (17) de diciembre de
2010, se preadjudicó en venta a los beneficiarios de soluciones habitacionales nucleados en el
Sindicato Argentino de Televisión -SAT-, fracciones de predios municipales identificadas
catastralmente en forma provisoria en virtud de encontrarse el plano de mensura en trámite de
registro ante la Dirección de Catastro Provincial.
Que, se desprende del Punto 5, deI Anexo 1 deI instrumento mencionado en el
considerando anterior, que al Sr. Gaston Adrian MENDEZ, D.N.I. N° 28.935832, lecorrespondería el predio identificado en forma provisoria, como Sección Q, Macizo 9, Parcela 26,ascendiendo su valor de venta provisorio en la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL VEINTECON 67/100 ($ 37.020,67), con destino a vivienda unifamiliar.
Que a fs. 37/38 mediante Nota N° 202/1 0, Letra: Of. S.I.C., se informó que el valorde venta del predio Q - 9 - 26 es de PESOS TREINTA Y SIETE MIL VEINTE CON 671100
($ 37.020,67) para una superficie de CUATROCIENTOS DOS METROS CUADRADOS CONDIECIOCHO DECÍMETROS CUADRADOS (402,18 m2), correspondiéndole aplicar el precio dePESOS NOVENTA Y DOS CON 05/100 ($ 92,05) por metro cuadrado, para la superficieindicada, de acuerdo a la Ordenanza Municipal N° 3420, modificatoria del art. 6° inciso a) de laOrdenanza Municipal N° 2025, actualizado por Decreto Municipal N° 720/10, para el precio deventa de los predios destinados a vivienda unifamiliar.
Que a fs. 39/40 obra Nota N° 18/2012, Letra: D.I.O.P., a través de la cual laDirección de Obras Públicas informa que el Macizo 9, de la Sección Q, entre otros,correspondiente a la Urbanización Alakalufes II — Sector II, cuenta con red cloacal ejecutada yfuncionando.
Que a fs. 47 mediante Nota N° 65/13 Letra: Of. S.l.C. se informa que la mensurade división parcelaria del Macizo 9 de la Sección Q, se registró mediante Plano de MensuraTF:1-106-10, desde la parcela 2 a 41, ambas inclusive.
Que a fs. 48 obra subdivisión parcelaria Escritura N° 001/1 3, de la cual surge quea través de Matrícula II - A -13652, se inscribió el predio Q - 9 - 26, ante el Registro de la
Propiedad del Inmueble.
Que a fs. 49/51 obra resumen de situación parcelaria y plancheta catastralrespectivamente, de las cuales surge que el predio identificado como Sección Q, Macizo 9,
Parçfela 26, posee una superficie de CUATROCIENTOS DOS METROS CUADRADOS CON
IOCHO DECÍMETROS CUADRADOS (402,18 m2), no existiendo diferencia con la
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
1231
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 185
Provincia de Tierra del Fuego “2017, año de 35°Aníversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
.2//
establecida en Nota N° 202/10, Letra: Of. S.l.C.
Que a fs. 63/65 obra Nota N° 043/2013, Letra: P.C.F. y C., de fecha diecisiete (17)de junio de 2013, a través de la cual el Programa de Coordinación Fiscal y Catastro, dependientede la Secretaría de Hacienda, informó que se corrigió un error detectado en cuanto al valor delmetro cuadrado informado por la Oficina de Sistema de Información Catastral mediante Nota N°202/10, Letra: Of. S.I.C., donde decía PESOS NOVENTA Y DOS CON 05/100 ($ 92,05),correspondía el valor de PESOS NOVENTA Y DOS CON 15/100 ($92,15) por metro cuadrado,desprendiéndose del Punto veinticinco (25) que al predio Q - 9 — 26, el valor de venta definitivoasciende a la suma de PESOS TREINTAY SIETE MIL SESENTA CON 89/1 00 ($37.060,89).
Que a fs. 94 el Instituto Provincial de Vivienda, mediante Nota N° 1245, Letra:I.P.V. (SGN S/Z), de fecha veintidos (22) de julio de 2016, solicita se informe si el Sr. MENDEZGaston Adrian, D.N.I. N° 28.935.832, ha cancelado íntegramente el precio de venta del predioQ — 9 — 26, y si se encuentra alcanzado por los artículos 2° y/o 29° de las OrdenanzasMunicipales N° 3843 y N° 5055.
Que a fs. 96 la Dirección de Obras Privadas mediante Nota N° 132/2016 Letra:Dpto. Adm. - D.O.P., informó que según sus registros, el predio Q — 9 — 26 posee Expediente deObra Nueva N°345/2016 por Vivienda Unifamiliar en trámite a la fecha.
Que a fs. 100/1 01 obra Verificación de Ocupantes de fecha siete (7) de septiembrede 2016, de la cual se desprende que el predio Q — 9 — 26, se encuentra baldío con cercoperimetral precario en su totalidad.
Que a fs. 105 el Sr. MENDEZ, solicitó se emitan las Obligaciones Cumplidasencuadradas en la normativa vigente.
Que a fs. 107 obra Certificado de Situación Fiscal Regular N° 0005275/2016, delcual surge que la venta de tierras fiscales se encuentra cancelada según valor establecido enDecreto Municipal N° 1653/2010, sin bonificación prevista en Ordenanza Municipal N° 3799 ycancela la diferencia según Nota N° 356/13, Letra: D.S.U.
Que a fs. 108/109 obra Informe Div. Ev. Doc. N° 088/2016, mediante el cual seinforma que el Sr. MENDEZ cumple con toda la documentación solicitada acorde a la normativavigente y su trámite se encuadra con lo estipulado en el artículo 29 de la Ordenanza Municipal N°5055.
Que a fs. 111 y 112, mediante Notas N° 056/2017 y N° 073/2017, ambas de Letra:D.S.U., de fechas treinta y uno (31) de marzo y diecinueve (19) de abril de 2017, se informó alInstituto Provincial de Vivienda, que el Sr. MENDEZ, se encuentra alcanzado por el beneficioestablecido en el artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055, con destino a viviendaunifamiliar, y se dió conformidad a la firma de la Escritura, en forma simultánea con laconstitución de la Hipoteca a favor del Instituto Provincial de Vivienda sobre el predio Q - 9 - 26,el cual se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble y Preadjudicado a favor
MENDEZ Gaston Adrian, D.N.I. N° 28.935.832.
Que a fs. 111 vta, la Dirección de Actuación Dominial y Banco de tierras, indica
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 186
Provincia de Tierra del Fuego 2O17, año de 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempr&
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
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elaborar Proyecto de Decreto.
Que a fs. 117 obra certificado de situación fiscal regular N° 0075407/2017, delcual surge que el predio Q — 9 — 26, se mantiene en situación fiscal regular por Tasa General porServicios Municipales e Impuesto Inmobiliario.
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 5° de la Ordenanza Municipal N°5055, la Municipalidad de Ushuaia se reserva el derecho de recuperar el predio objeto delpresente, a través de la celebración de un pacto de retroventa a favor del Municipio por un plazode CINCO (5) años, conforme a lo prescripto por el artículo 1167 del Código Civil y Comercial,debiendo dicha cláusula ser incorporada en las escrituras de dominio correspondientes.
Que se ha dado estricto cumplimiento a los recaudos formales impuestos por lalegislación vigente, expidiéndose la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial a través desus áreas pertinentes.
Que a fs. 121 vta, la Sra. Subsecretaria de Desarrollo Terrritorial y el Sr.Coordinador de Producción Social del Hábitat, han intervenido indicando la continuidad deltrámite.
Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo, deconformidad con la competencia que le atribuye el art. 173° Incisos 5) y 15) de la ConstituciónProvincial, arts. 37 Incisos 4) y 11) y 152 Incisos 1) y 15) de la Carta Orgánica Municipal de laciudad de Ushuaia, art. 117 de la Ley Provincial N° 141, arts. 50
y 29 de la Ordenanza MunicipalN° 5055 y Ordenanza Municipal N° 5099.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D E C R ETA
ARTÍCULO 1°.- Adjudicar en venta al Sr. Gaston Adrian MENDEZ, D.N.I. N° 28.935.832, condomicilio en 245 Viviendas - Tira 8 - P.B - Dpto. N° 1, el predio municipal catastralmenteidentificado como Sección Q, Macizo 9, Parcela 26, de la ciudad de Ushuaia, con una superficiede CUATROCIENTOS DOS METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO DECIMETROSCUADRADOS (402,18 m2), con destino a vivienda unifamiliar.
ARTÍCULO 2°.- Establecer como valor de venta definitivo del predio descripto en el artículoprimero del presente, la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL SESENTA CON 89/100
($ 37.060,89), el cual se encuentra totalmente abonado. Ello, por los motivos expuestos en elexordio.
ARTICULO 3°.- La Municipalidad de Ushuaia se reserva el derecho de recuperar el predio, objetodel presente, mediante la celebración de un pacto de retroventa a favor del Municipio por unplazo de CINCO (5) años, conforme a lo prescripto por el artículo 1167 deI Código Civil yComercial, debiendo dicha cláusula ser incorporada en las escrituras de dominiocorrespondientes.
ARTCULO 4°.-. Declarar cumplidas las obligaciones contraídas por el Sr. Gastón AdriánME[DEZ, D.N.I. N° 28.935.832, sobre el predio identificado catastralmente como Sección Q,
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Las Islas Ma1vins Georgias y Sandwich del Sur son y ser-in Argentinas
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Provincia de Tierra del FuegoAntarticla e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
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Macizo 9, Parcela 26 de esta ciudad, conforme lo establecido en el artículo 29 de la OrdenanzaMunicipal N° 5055.
ARTÍCULO 5°.- Proceder a la escrituración del predio identificado catastralmente como SecciónQ, Macizo 9, Parcela 26, a nombre del Sr. Gastón Adrián MENDEZ, D.N.I. N° 28.935.832, enforma simultánea con la constitución de la hipoteca a favor del Instituto Provincial de Vivienda,ante el Escribano que designen las partes.
ARTÍCULO 6°.- Notificar al adjudicatario con copia autenticada del presente, haciéndole saberque podrá interponer recurso de reconsideración ante el mismo órgano que lo dictó, dentro delos diez (10) días hábiles desde su notificación conforme lo establecido por el artículo 127 de laLey Provincial N° 141.
ARTÍCULO 7°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archivar.7
NIO
u LArq. Mirs TeresaSecea de tieb5et y Oid,
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 188
Provincia de Tierra del Fuego “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia
USHUAIA,
VISTO el expediente N° P-20624320/1994 del registro de la ex Subsecretaría deTierras Fiscales Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Municipal N° 500/98, de fecha veinticuatro (24) de abril de1998, se adjudicó en venta al Sr. Juan Carlos PIMENTEL, D.NJ. N° 20.624.320, el predioidentificado catastralmente como Sección C, Macizo 64B, Parcela 6, de la ciudad de Ushuaia, conuna superficie de DOSCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS (205,00 m2), con destino avivienda unifamiliar, al precio de venta de PESOS DOS MIL CON 00/100 ($ 2.000,00),condicionado a la aprobación de la mensura.
Que a fs. 43 obra certificado de situación fiscal regular N° 0007557/2012 del cualsurge que se encuentra cancelado el valor de venta del predio C-64B-6 establecido por DecretoMunicipal N° 500/98.
Que a fs. 61 obra Acta de Matrimonio con anotación marginal del divorcio vincularentre el Sr. Juan Carlos PIMENTEL, D.N.I. N° 20.624.320 y la Sra. Maria Genoveva VIDES, D.N.IN° 24.189.448.
Que a fs. 62/63 y 69, obran Testimonios librados, en los autos caratulados: “VIDESMaria Genoveva y PIMENTEL Juan Carlos S/ Divorcio Vincular por presentación conjunta”,(expediente N° 2518) de trámite por ante el Juzgado de Familia y Minoridad N° 2 deI DistritoJudicial Sur de la Provincia, por los cuales se acredita que se decretó el divorcio vincular entre elSr. Juan Carlos PIMENTEL y la Sra. Maria Genoveva VIDES y se homologó lo acordado entre laspartes respecto de la liquidación de la sociedad conyugal, lo que consiste en que el Sr. PIMENTELcede el CINCUENTA POR CIENTO (50%) ganancial que le corresponde respecto del predioidentificado como Sección C, Macizo 64B, Parcela 6 de la ciudad de Ushuaia, el que deberá seradjudicado a la Sra. Maria Genoveva VIDES, D.N.I N° 24.189.448 en la proporción de UN CIENPOR CIENTO (100%).
Que a fs. 75 obra certificado de situación fiscal regular N° 0000251/2017 del cualsurge que se encuentra regularizada la situación tributaria por Impuesto Inmobiliario y TasaGeneral por Servicios Municipales sobre el predio C-64B-6.
Que a fs. 76 /77 obra Verificación de Ocupantes de fecha tres (03) de febrero de2017, mediante la cual se constató que la Sra. VIDES, habita en el predio C-64B-6, junto a sugrupo familiar
Que a fs. 78 y 79, obran plancheta catastral y resumen de situación parcelaria,respectivamente, de los cuales surge que el predio C-64B-6, posee una superficie deDOSCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS (205,00 m2), no existiendo diferencia con laestablecida en el Decreto Municipal N° 500/98.
Que a fs. 83 la Sra. VIDES solicitó se emitan las Obligaciones Cumplidasdradas en la Ordenanza vigente.
Que a fs. 85/86 obra Informe Div. R.P.M. N° 01/2017, mediante el cual se informó
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“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 189
Provincia de ‘FielTa del Fuego “2017, aiio del 35 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Antártida e Islas del Atlántico Sur Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer. hoy y siempre”= República Argcntina
Municipalidad de Ushuaia
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que la Sra. VIDES cumple con toda la documentación solicitada acorde a la normativa vigente.Que debe tomarse como precio de venta definitivo del predio, el mencionado en el
artículo 2° del Decreto Municipal N° 500)98, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° de laOrdenanza Municipal N° 1989.
Que corresponde, en consecuencia, fijar la nomenclatura, superficie definitiva yvalor de venta del predio en cuestión y transferir los derechos emergentes del Decreto MunicipalN° 500/98, sobre el predio identificado catastralmente como Sección C, Macizo 64B, Parcela 6 dela ciudad de Ushuaia, en favor de la Sra. VIDES.
Que a fs. 86 vta, la Dirección de Actuación Dominial y Banco de Tierras, indicóelaborar proyecto de Decreto.
Que a fs. 89 vta, la Sra. Subsecretaria de Desarrollo Territorial y el Sr. Coordinadorde Producción Social del Hábitat, han tomado debida intervención indicando la continuidad deltrámite.
Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo deconformidad con la competencia que le atribuye el art. 173 incisos 5) y 15) de la ConstituciónProvincial, arts. 37 incisos 4) y 11) y 152 incisos 1) y 15) de la Carta Orgánica Municipal de laciudad de Ushuaia, art. 1° de la Ordenanza Municipal N° 1989, arts. 50
y 28 de la OrdenanzaMunicipal N° 5055 y art. 117 y sstes. de la Ley Provincial N° 141.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETAARRTÍCULO 1°.- Fijar la nomenclatura definitiva del predio adjudicado mediante Decreto MunicipalN° 500/98 de fecha veinticuatro (24) de abril de 1998, a favor del Sr. Juan Carlos PIMENTEL,D.N.I. N° 20.624.320, en Sección C, Macizo 64B, Parcela 6, de la ciudad de Ushuaia. Ello, envirtud de lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Fijar la superficie definitiva del predio identificado catastralmente como Sección C,Macizo 64B, Parcela 6 en DOCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS (205,00 m2). Ello, por losmotivos expresados en los considerandos.
ARTÍCULO 3°.- Fijar como precio de venta definitivo del predio identificado catastralmente comoSección C, Macizo 64B, Parcela 6, el establecido en el articulo 2° deI Decreto Municipal N° 500/98,en virtud de lo dispuesto en el art. 1° de la Ordenanza Municipal N° 1989, el cual se encuentracancelado, ello por los motivos expuestos en el exordio.ARTÍCULO 1°.- Transferir los derechos emergentes del Decreto Municipal N° 500/98, de fechaveinticuatro (24) de abril de 1998, sobre el predio identificado catastralmente como Sección C,Macizo 64B, Parcela 6, de la ciudad de Ushuaia, en favor de la Sra. Maria Genoveva VIDES, D.N,IN° 24.189.448. ElIo, por los motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 2°.- Declarar cumplidas las obligaciones contraídas por la Sra. Maria GenovevaVIDES, D.N.I N° 24.189.448, por el predio identificado catastralmente como Sección C, Macizo64B, Parcela 6, conforme lo establecido en el articulo 28 de la Ordenanza Municipal N° 5055.ARTÍ4ULO 3°.- Continuar el trámite a los fines de la extensión del correspondiente Título dePropidad en favor de la Sra. Maria Genoveva VIDES, D.N.I N° 24.189.448, sobre la Sección C,
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LAS ISLAS MAl VINAS GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SFRAN ARGENTINAS
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 190
“2017. año del 35 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer. hoy y siempre”
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Macizo 64B, Parcela 6.
ARTICULO 4°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente, haciéndole saber quepodrá interponer recurso de reconsideración ante el mismo órgano que lo dictó, dentro de los diez(10) días hábiles desde su notificación conforme lo establecido por el artículo 127 de la LeyProvincial N°141.
ARTICULO 5°.- Comunicar. Dar al Botín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archivar.DECRETO MUNICIPAL N° ‘ L /201 7.-
Provincia de Tierra del FuegoAntáijida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina =
Municipalidad de Ushuaia
“LAS ISLAS MALVINAS, GI3ORGIAS Y SANI)WICH DLL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 191
Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia “2017, alio del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA, 26 JLIL 2011
VISTO la Ordenanza Municipal N° 5131,
CONSIDERANDO:Que mediante la misma se autoriza el otorgamiento de espacios
reservados de estacionamiento o detención de vehículos entre discos,
disponiendo la necesidad de reglamentar en su Artículo N° 17.
Que resulta necesario reglamentar la citada norma leaI, a fin de dar
cumplimiento a la misma.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto
administrativo de Conformidad a lo establecido en el artículo 152°, Incisos 1), y
3) de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar la reglamentación de la Ordenanza Municipal N° 5131,
que como Anexo 1, II, III, IV, y y VI, forma parte integrante del presente. Ello,
por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de
Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° 12 ‘
/2017-
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 192
Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia “201 7. año del 35° Aniversario de la Gesa de Malvinas: Honor y Gloria a nuesaos Héroes, ayer, hoy y siempre
ANEXO 1 DEL DECRETO MUNICIPAL N° /2017.-
ARTÍCULO 1
a) Los espacios reservados para entes públicos serán afectados
exclusivamente para ascenso y descenso de pasajeros, pacientes, carga
y descarga y se solicitaran a través de una nota.
b) Se incluyen a las personas físicas titulares de actividades comerciales
que requieran de un espacio reservado; o para carga y/o descarga de
mercadería o caudales; ascenso y/o descenso de pasajeros o pacientes.
Los mismos deberán presentar una nota solicitando el espacio y
adjuntar, Contrato de alquiler (de corresponder), Poder para solicitar el
disco y fotocopia del Documento Nacional de Identidad (solicitante).
c) Sin reglamentar.
d) Los particulares con movilidad reducida lo deberán acreditar mediante
certificado médico emitido por hospital público, con detalle del período
en que dure la reducción de movilidad; presentar una nota con el pedido
y adjuntar, fotocopia del Documento Nacional de Identidad, contrato de
alquiler (si correspondiera), y no deben contar con garaje/cochera.
ARTICULO 2°.- Podrán solicitar espacio reservado entre discos, para la
detención o estacionamiento de vehículos, todos los entes públicoscentralizados o descentralizados de los poderes del Estado Nacional, Provincialo Municipal.
ARTICULO 3°.- Todos los espacios reservados previstos en los incisos a) y b)del artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 5131, serán otorgados conrestricción de tiempo, la cual se fijará por la autoridad de aplicación en funcióndel horario de atención al público y circunstancias fundadas que ameriten ladeterminación, a excepción de los hospitales, sanatorios y centros de atenciónmédica donde se reservará tales espacios las 24 horas diarias.
Los espacios reservados previstos en los Incisos c) y d) del artículo 1° de laOrdenanza Municipal N° 5131, serán otorgados sin restricción horaria.ARTICULO 4°.- Sin reglamentar.
ARTICULO 5°.-
a).-Sin reglamentar.
b).- Que cuenten con certificado de discapacidad (previo al cud) o CUD
/11.2.r
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 193
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Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia “2017, año del 350 AniveTsario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuesos Héroes. ayer. hoy y siempre
111.2.
c).- Acredite con Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
d).-El dominio que se informe a los efectos de ser utilizado en el espacio
reservado será el único autorizado, el cual deberá indefectiblemente
portar a la vista la credencial identificatoria prevista en artículo 6° de
la Ordenanza N° 5131 .La ausencia de la credencial en el vehíçulo será
considerada infracción.
ARTICULO 6°.- Créase un libro especial de registro de espacios. reservados de
estacionamiento en el ámbito de la autoridad de aplicación a los efectos de
llevar un control numerado de los mismos, en el que deberá constar datos
personales del requirente, objeto de utilización del espacio, período de
vigencia, lugar de implantación.
ARTICULO 7°.-En los espacios de estacionamiento donde sea habitual el
ascenso y descenso de personas en medios de transporte de dimensiones
superiores a CINCO (5) pasajeros se fijará de manera restrictiva, un espacio
máximo de estacionamiento de doce (12) metros.
El otorgamiento de más de un espacio de estacionamiento será evaluado bajo
criterio restrictivo, debiendo el beneficiario abonar el canon por cada unidad de
estacionamiento.
Los espacios hasta siete (7) metros serán considerados a los fines de la
liquidación como una (1) unidad y los espacios entre siete (7) y doce (12)
metros serán considerados como dos (2) unidades a los fines de la liquidación
del canon mensual.
ARTICULO 8°.- En el caso de la colocación de cartelería a cargo del
interesado, éste deberá presentar proyecto para revisión y aprobación de la
autoridad de aplicación con detalle, dimensiones, información y espacío donde
se coloca, todo conforme al presente Decreto Reglamentario.
Una vez autorizada y efectuada la colocación por parte del interesado, ésta
será supervisada por un inspector, a los efectos de constatar el fielcumplimiento de la presente, previo a su colocación y pago del arancelestipulado en la Ordenanza tarifaria vigente. Las especificaciones técnicas einformativas dispuestas en la presente reglamentación son las detalladas en losAnexos II, III, IV, y y VI, VII del presente.
ARTICULO 9°.- Los sujetos contemplados en el artículo 1° de la Ordenanza N°1, deberán informar dentro de los quince (15) días cualquier novedad que
111.3.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, sony serán argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 194
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República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia “2017, silo del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes. ayer. hoy y siempre”
/11.3.
diera lugar al cambio de las condiciones por las que se otorgue el espacio
reservado entre carteles.
ARTICULO 1O°.-Podrá designarse al titular del beneficiario del espacio
reservado, como agente de información, a los efectos de la constatación de las
infracciones previstas en el inciso c).
El beneficiario declarado como agente de información, deberá comunicar al
Juzgado Municipal de faltas, que un vehículo no autorizado se ha estacionado
o detenido en el espacio otorgado, y podrá sacar una fotografía en la que
conste la chapa patente del vehículo y ambos carteles.
ARTICULO 11°.- El período de otorgamiento dispuesto en la Ordenanza
Municipal N° 5131 en ningún caso puede exceder el plazo de vigencia del
contrato de alquiler en el caso que corresponda; del CUD o certificado médico
según corresponda.
Solicitada la renovación, si no se expide la autoridad de aplicación, se
continuará gozando del beneficio del espacio reservado hasta que la misma lo
haga.
Si no se ha solicitado la renovación del espacio, el canon correspondiente,
quedará sujeto a la decisión de la autoridad de aplicación.
ARTICULO 12°. Sin reglamentar.
ARTICULO 13°- Inciso a) Del retiro
1. En caso de que el retiro sea realizado por el solicitante, no
corresponderá el costo de retiro, siempre y cuando, el municipio no deba
intervenir en la remediación del lugar donde se encontraban instalados
los carteles.
Este cargo reemplaza el cargo mensual del mes en que se solicite la baja del
espacio reservado.
2. Si el beneficiario solicita el retiro deberá abonar el cargo dentro de los
cinco (5) días hábiles posteriores a que la Dirección de Tránsito tome
conocimiento del pedido. Podrá ser financiado de acuerdo a la normativavigente para regularización de deudas hasta un máximo de doce (12)cuotas.
Este cargo reemplaza el cargo mensual del mes en que se solicite la baja delespacio reservado.
Inciso b) Del inicio y cese del cobro del cargo mensual
1. El cargo mensual se comenzará a percibir a partir del mes inmediatosiguiente al de colocación del cartel.
111.4.
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Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlííntico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia “2017, aflo del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuesaos Héroes, ayer, hoy y siempre”
111.4.
2. En caso de retiro del cartel, no se cobrará canon en el mes de retiro. La
Dirección de Tránsito o área que la reemplace, será quien informe a la
Dirección General de Rentas dicha situación.
3. En caso que los carteles deban ser retirados por razones ajenas al
beneficiario del espacio, se suspenderá la liquidación del cargo mensual,
reiniciándose en el mes posterior al de colocación de los mismos.
4. La Dirección de Tránsito podrá determinar la suspensión del cargo
cuando por razones de ordenamiento de tránsito deba ser suspendido el
beneficio del espacio reservado.
5. Para aquellos casos en que se encuentre vencido el plazo establecido
en el artículo 11°, la liquidación del canon mensual se realizará hasta la
fecha efectiva del retiro de los carteles.
Inciso c) De los carteles existentes que corresponde continúen en vigencia y de
los carteles siniestrados
1. En el caso que corresponda realizar una modificación en uno o ambos
carteles, si el beneficiario es quien realiza la modificación, se bonificará el
cargo correspondiente a un (1) mes de canon, aplicándose al canon
correspondiente al mes inmediato posterior al de realización de la modificación.
2. Si el cambio en el cartel requiere ¡a remoción y colocación de uno
nuevo, y el beneficiario es quien realiza la tarea, se bonificará el cargo
correspondiente a tres (3) meses de canon, aplicándose al canon
correspondiente al mes inmediato posterior de colocación.
Inciso e) De las obras municipales
1. En el caso de obras realizadas por el municipio, que requieran el
reemplazo, remoción e implantación del cartel, la facturación del cargo
mensual, se suspenderá mientras dure la obra, y el cargo mensual
reiniciará su liquidación en el mes posterior al de colocación del cartel.
2. Si luego de finalizada la obra mencionada en el punto anterior, la
colocación del cartel es realizada por el beneficiario, se bonificarán tres
meses contados a partir del reinicio del cobro establecido en el punto 1
del presente inciso.
ARTICULO 14°.- A los efectos de la autorización de colocación de cartelería a
cargo del interesado, éste deberá presentar proyecto para revisión y
aprobación de la autoridad de aplicación con detalle, dimensiones, información
y espacio donde se coloca, todo conforme al presente Decreto Reglamentarió.
na vez autorizada y efectuada la colocación por parte del interesado, ésta
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‘Las Islas Malvinas, Ceorgzas y Sandwich del Sur, son y seran argentinas
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 196
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República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia “2017, aSo del 35 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
111.5.
será supervisada por un inspector, a los efectos de constatar el fiel
cumplimiento de la presente, previo a su colocación y pago del arancel
estipulado en la Ordenanza tarifaria vigente.
Inciso a) De la colocación por parte del interesado
1. En caso de que la colocación sea realizada por el solicitante: no
corresponderá el costo de colocación, siempre y cuando, el municipio no
deba intervenir en la remediación del lugar donde se instalarán los
carteles.
2. Este cargo se abonará con anticipación a la colocación del cartel, una
vez autorizado el mismo. Podrá ser financiado de acuerdo a la normativa
vigente para regularización de deudas hasta un máximo de doce (12)
cuotas.
ARTÍCULO 150.
a) Las exceptuadas:
Las entidades públicas que quedarán exceptuadas del costo de la
demarcación y señalización, y tasa mensual, para ascenso y descenso de
pasajeros son:
1. Instituciones educativas.
2. Hospitales, centros de atención médica (periféricos)
3. Fuerzas públicas- policía provincial- policía federal- gendarmeria
prefectura- bomberos- penitenciaria provincial.
4. Entes públicos- del orden municipal, provincial y nacional.
b) Obtención del beneficio de exención
1. El sujeto deberá solicitar el beneficio de la exención junto con el pedido
de colocación de los carteles.
2. Si el beneficio es solicitado con posterioridad, comenzará a regir a partir
del cargo mensual posterior al de solicitud
c) Carteles existentes
En el caso de los carteles existentes colocados con anterioridad a la
reglamentación de la presente ordenanza, el beneficio de la exención será
retroactivo a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto
reglamentario, siempre y cuando el pedido exención sea solicitado dentro del
los reiRta (30) días corridos posteriores a la entrada en vigencia del presente.
111.6.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 197
Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur
República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia “2017, año del 350 Aniversario de la Grata de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
/11.6.
ARTICULO 16°.- Facultar a la Dirección de Tránsito para la aplicación de la
presente, asimismo quedaran a cargo de la misma, el otorgamiento, la
colocación y retiro de la carteleria.
ARTICULO 17°.- Sin reglamentar.
ARTICULO 18°.- Sin reglamentar.
ARTICULO 19°.- Sin reglamentar.
ARTICULO 20°.- Sin reglamentar.
ARTICULO 21°.- Sin rqlamentar.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sui son y serán argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 198
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Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 204
Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argentina= “2017, alio del 35° Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA, 27 JUL 217VISTO el expediente N° CD-536412017 del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionadapor el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión especial del día 13/07/2017, por medio dela cual se exceptúa del cumplimiento del Artículo V.4.2 “ Construcciones permitidas por sobrelos planos límites de altura máxima o altura máxima de edificación”, inciso b), del Código dePlaneamiento Urbano, a la parcela denominada catastralmente como Sección C, Macizo 14,Parcela 07, de la ciudad de Ushuaia, de acuerdo a las ocupaciones observadas en el croquis,que como Anexo l corre agregado a la misma.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de estaMunicipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° 229 /2017, recomendado su promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a lasprescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad deUshuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N°5 2 9 b, sancionada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión especial del día 13/07/2017, por medio de lacual se exceptúa del cumplimiento del Artículo V.4.2 “ Construcciones permitidas por sobre losplanos límites de altura máxima o altura máxima de edificación”, inciso b), del Código dePlaneamiento Urbano, a la parcela denominada catastralmente como Sección C, Macizo 14,Parcela 07, de la ciudad de Ushuaia, de acuerdo a las ocupaciones observadas en el croquis,que como Anexo 1 corre agregado a la misma. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio.ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,archivar.
1 ¿34DECRETO MUNICIPAL N° /2017.
At’q. MÑi FERNANC€ZSçttftt d Hitbit&t y Ot.
chi
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 205
“2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de MatvJ.Ilonory Gloria a nue.tros Heroes ayer ho))
Concejo Ddzberante ES COPIA FIEL DEL OGNA’ J,1
de (a Ciudadde ‘UshuaiaLegjó 3420
Concejo Deliberante 46/2017
EL COWOEIO ECIE3VTE
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ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR, del cumplimiento del Artículo V.4.2 “Construcciones
permitidas por sobre los planos límites de altura máxima o altura máxima de
edificación”, inciso b), del Código de Planeamiento Urbano, a la parcela denominada
catastralmente como Sección C, Macizo 14, Parcela 07, de la ciudad de Ushuaia, de
acuerdo a las ocupaciones observadas en el croquis, que como Anexo 1 corre
agregada a la presente.
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5 29 8SANCIONADA EN SESIÓN ESPECIAL DE FECHA 13/07/2017.-
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E. ALEJANDRO BERcSecretario LegisLatiVO
Concelo Deliberante Ush’
Cancelo ,de UshuaiaJ
Las Islas A’Ialuinas, Geoigia.sj Sandwich del Sur, sonj serán Argentinas
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 206
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“2017, año del 350 Aniversario de la Gesra de Mal. mas:
Honor) Gloria a nuestros Héroes, ayer. hoy -. -
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ANEXO 1.ORDENANZA MUNICIPAL N
Las .íshis Malvinas, Geoi,gias,y Sandwich del Sur, Sony serán
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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argentina “2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de Malvinas:Municipalidad de Ushuaia Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre”
USHUAIA, 27 JUL 2{T7VISTO el expediente N° CD-5366/2017 del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionadapor el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión especial del díal3/07/2017, por medio dela cual se incorpora el Título V, “ Exenciones “al Anexo III y se sustituye el Inciso 6° del artículo16 del Anexo IV de la Ordenanza Municipal N° 3500.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de estaMunicipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° 210 /2017, recomendado su promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a lasprescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad deUshuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETAARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 2 9 9’ sancionada por el ConcejoDeliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión especial del díal3/07/2017, por medio de lacual se incorpora el Título V, “ Exenciones “al Anexo III y se sustituye el Inciso 6° del artículo16 del Anexo IV de la Ordenanza Municipal N° 3500. Ello, en virtud de lo expresado en elexordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,archivar.
235DECRETO MUNICIPAL N° /2017
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
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“2017, año del 350 Aniversario de la Gesta de.
Flonor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, ho3
S COPIA FIEL DEL ORIGINA[Concejo fDe[tberante cyijthOrtega
gte (a Ciuifadde ‘(isliuaia gajo 3420Cancelo DeIIberant
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COW EZJ4 DE
ARTÍCULO 1°.- INCORPORAR el Título V, “Exenciones” al Anexo III de la
Ordenanza Municipal N° 3500 el cual quedará redacto de la siguiente manera:
“TITULO V
EXENCIONES
DERECHOS ESPECTACULOS PUE3LICOS.
ARTICULO 30’.- Quedan exentos de este derecho los espectáculos
culturales y sociales, sin fines de lucro, organizados por cooperadoras, entidades
deportivas o culturales, siempre que en su organización no intervengan terceros
ajenos a las comisiones directivas pertinentes.
TASA A LA ACTIVIDA[) COMERCIAL E INDUSTRIAL
ARTÍCULO 31c. Se encuentran exentos el Estado municipal, sus
dependencias, sus entes autárquicos y las empresas o sociedades y/u otras
personas jurídicas con participación del Estado municipal, entes autárquicos,
jurídicamente descentralizados del Municipio, creados o por crearse.
DERECHOS DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA.
ARTÍCULC) 32.- Se encuentran exentos el Estado municipal, sus
dependencias, sus entes autárquicos y las empresas o sociedades y/u otras
personas jurídicas con participación del Estado municipal, entes autárquicos,
jurídicamente descentralizados del Municipio, creados o por crearse.”
ARTÍCULO 2°.- SUSTITUIR el Inciso 6) del artículo 16° deI Anexo IV de la
Ordenanza Municipal N° 3500 el cual quedará redactado de la siguiente forma:
“6) Los excombatientes que hayan participado en las acciones bélicas
desarrolladas en el Atlántico Sur, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 sobre
s Isla Malvinas, Geoiasj andvich deiS nr, sony seran Area1mas
2 1/1995
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 209
uno de los inmuebles siempre y cuando en él se encuentre su casa habitación, apartir de la solicitud expresa y aceptación de la misma.”ARTÍCULO 3°.- SUSTITUIR el inciso e) artículo 13, del Anexo VI Tasa General porServicios Municipales de la Ordenanza Municipal N° 3500, el cual quedaráredactado de la siguiente forma:
“e) Los excombatientes que hayan participado en las acciones bélicasdesarrolladas en el Atlántico Sur, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, sobreuno de los inmuebles siempre y cuando en él se encuentre su casa habitación, apartir de su solicitud expresa y aceptación de la misma.”ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para supromulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHiVAR.ORDENANZA MUNICIPAL N° 5 2 9 9SANCIONADA EN SESIÓN ESPECIAL DE FECHA 13/07/2017.-
--
BROLP.
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 210
ÍNDICE
Ítem Página
DECRETO MUNICIPAL Nº 1151/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11599. 1
DECRETO MUNICIPAL Nº 1152/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11589. 4
DECRETO MUNICIPAL Nº 1153/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11613. 6
DECRETO MUNICIPAL Nº 1154/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11588. 9
DECRETO MUNICIPAL Nº 1155/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11620. 11
DECRETO MUNICIPAL Nº 1156/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11615. 14
DECRETO MUNICIPAL Nº 1157/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11616. 17
DECRETO MUNICIPAL Nº 1158/2017.- Aprueba convenio de colaboración Nº 11457. 20
DECRETO MUNICIPAL Nº 1159/2017.- Autoriza traslado, Sr. Subsecretario de Economía y Finanzas. 23
DECRETO MUNICIPAL Nº 1160/2017.- Autoriza ausencia por razones particulares, Dra. María Victoria VUOTO. 24
DECRETO MUNICIPAL Nº 1161/2017.- Concede licencia sin goce de salario por ejercicio transitorio, Alejandra Beatriz
ANDRADE PEREZ. 25
DECRETO MUNICIPAL Nº 1162/2017.- Modifica encuadre a empleado municipal Federico Pablo CICHERO. 26
DECRETO MUNICIPAL Nº 1163/2017.- No hace lugar a reclamo, Sra. María Inés LARA. 27
DECRETO MUNICIPAL Nº 1164/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11608. 28
DECRETO MUNICIPAL Nº 1165/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11549. 31
DECRETO MUNICIPAL Nº 1166/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11586. 34
DECRETO MUNICIPAL Nº 1167/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11557. 37
DECRETO MUNICIPAL Nº 1168/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11593. 40
DECRETO MUNICIPAL Nº 1169/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11597. 43
DECRETO MUNICIPAL Nº 1170/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11551. 46
DECRETO MUNICIPAL Nº 1171/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11541. 49
DECRETO MUNICIPAL Nº 1172/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11598. 52
DECRETO MUNICIPAL Nº 1173/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11607. 55
DECRETO MUNICIPAL Nº 1174/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11623. 58
DECRETO MUNICIPAL Nº 1175/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11596. 61
DECRETO MUNICIPAL Nº 1176/2017.- Hace uso de opción de prórroga de Órdenes de Compra Nros. 351, 352, 353, 354, 355, 356,
357, 358, 359/2017. 64
DECRETO MUNICIPAL Nº 1177/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11631. 66
DECRETO MUNICIPAL Nº 1178/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11627. 69
DECRETO MUNICIPAL Nº 1179/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11633. 71
DECRETO MUNICIPAL Nº 1180/2017.- Autoriza modificación de contrato “Pavimentación completa calle Juan D. Perón”. 74
DECRETO MUNICIPAL Nº 1181/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11632. 77
DECRETO MUNICIPAL Nº 1182/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11621. 80
DECRETO MUNICIPAL Nº 1183/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11622. 83
DECRETO MUNICIPAL Nº 1184/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11625. 86
DECRETO MUNICIPAL Nº 1185/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11630. 89
DECRETO MUNICIPAL Nº 1186/2017.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5296. 92
DECRETO MUNICIPAL Nº 1187/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11511. 94
DECRETO MUNICIPAL Nº 1188/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11513. 96
DECRETO MUNICIPAL Nº 1189/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11561. 98
DECRETO MUNICIPAL Nº 1190/2017.- Aprueba contrato administrativo Nº 11572. 100
DECRETO MUNICIPAL Nº 1191/2017.- Aprueba contrato administrativo Nº 11577. 102
DECRETO MUNICIPAL Nº 1192/2017.- Aprueba contrato administrativo Nº 11565. 104
DECRETO MUNICIPAL Nº 1193/2017.- No hace lugar a recurso de reconsideración, Sra. Silvina Rosa Inés GONZALEZ. 106
DECRETO MUNICIPAL Nº 1194/2017.- Reconoce grado, Sra. Alicia MIRANDA. 108
DECRETO MUNICIPAL Nº 1195/2017.- Aprueba contrato administrativo Nº 11564. 110
DECRETO MUNICIPAL Nº 1196/2017.- No hace lugar a recurso de reconsideración, Sr. Walter RUANO. 112
DECRETO MUNICIPAL Nº 1197/2017.- Hace lugar a presentación realizada por, Sr. David Leonel CARMUEDA. 114
DECRETO MUNICIPAL Nº 1198/2017.- Aprueba contrato administrativo Nº 11559. 116
DECRETO MUNICIPAL Nº 1199/2017.- Aprueba contrato administrativo Nº 11562. 118
DECRETO MUNICIPAL Nº 1200/2017.- Aprueba contrato administrativo Nº 11521. 120
DECRETO MUNICIPAL Nº 1201/2017.- Aprueba actas de rescisión Nros. 11455/2017 y 11457/2017. 122
DECRETO MUNICIPAL Nº 1202/2017.- No hace lugar a reclamo, Sr. Fernando Martín TEMPORETTI. 125
DECRETO MUNICIPAL Nº 1203/2017.- Autoriza al Señor Secretario de Medio Ambiente, Dn, Damián DE MARCO,
ausencia por motivos particulares. 126
DECRETO MUNICIPAL Nº 1204/2017.- Autoriza al Señor Subsecretario de Evaluación de Gestión, Dn, Camilo GOMEZ
ausencia por razones particulares. 127
DECRETO MUNICIPAL Nº 1205/2017.- Autoriza a usufructuar descanso invernal, Dra, Gabriela Carolina MUÑIZ. 128
DECRETO MUNICIPAL Nº 1206/2017.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5297. 129
DECRETO MUNICIPAL Nº 1207/2017.- Declara desiertos renglones Nros. 21, 22, 23, 24, 25, 56, 57, 63, 76, 94, 105, 106, 108,
125, 132, 135, 136, 138, 142, 145, 152 y 158 de licitación pública Nº 14/2017. 132
DECRETO MUNICIPAL Nº 1208/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11605. 135
DECRETO MUNICIPAL Nº 1209/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11594. 138
DECRETO MUNICIPAL Nº 1210/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11587. 141
DECRETO MUNICIPAL Nº 1211/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11590. 144
DECRETO MUNICIPAL Nº 1212/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11600. 146
DECRETO MUNICIPAL Nº 1213/2017.- Aprueba prórroga de contrato Nº 11658. 149
DECRETO MUNICIPAL Nº 1214/2017.- Comunica reasunción de funciones, Sr. Secretario de Coordinación de Gestión. 151
DECRETO MUNICIPAL Nº 1215/2017.- Comunica reasunción de funciones, Sra. Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial. 152
DECRETO MUNICIPAL Nº 1216/2017.- Acepta renuncia, Sra. Mirtha Felisa ORIZ. 153
DECRETO MUNICIPAL Nº 1217/2017.- Designa función, Sra. Mirtha Felisa ORIZ. 154
DECRETO MUNICIPAL Nº 1218/2017.- Suspende efectos de Decreto Municipal Nº 1829/2015 y
Resolución S.E. y F. Nº 1753/2016. 156
DECRETO MUNICIPAL Nº 1219/2017.- Comunica reasunción de funciones, Sra. Secretaria Legal y Técnica. 157
DECRETO MUNICIPAL Nº 1220/2017.- Comunica reasunción de funciones, Sr. Subsecretario de Economía y Finanzas. 158
DECRETO MUNICIPAL Nº 1221/2017.- Autoriza a usufructuar descanso invernal, Sr. Secretario de Turismo. 159
DECRETO MUNICIPAL Nº 1222/2017.- Autoriza Comisión de Servicios, Sr. Cristian Humberto SANCHEZ ALMERICO. 160
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 211
DECRETO MUNICIPAL Nº 1223/2017.- Aprueba convenio marco de cooperación Nº 11604. 162
DECRETO MUNICIPAL Nº 1224/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11617. 169
DECRETO MUNICIPAL Nº 1225/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11645. 171
DECRETO MUNICIPAL Nº 1226/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11619. 173
DECRETO MUNICIPAL Nº 1227/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11648. 175
DECRETO MUNICIPAL Nº 1228/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11606. 178
DECRETO MUNICIPAL Nº 1229/2017.- Aprueba contrato de Locación de Servicios Nº 11624. 181
DECRETO MUNICIPAL Nº 1230/2017.- Sustituye artículo de Decreto Municipal Nº 1010/2017. 184
DECRETO MUNICIPAL Nº 1231/2017.- Adjudica en venta predio municipal, Sr. Gastón Adrián MENDEZ. 185
DECRETO MUNICIPAL Nº 1232/2017.- Fija nomenclatura definitiva de predio adjudicado mediante Decreto
Municipal Nº 500/98. 189
DECRETO MUNICIPAL Nº 1233/2017.- Aprueba reglamentación de Ordenanza Municipal Nº 5131. 192
DECRETO MUNICIPAL Nº 1234/2017.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5296. 205
DECRETO MUNICIPAL Nº 1235/2017.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5299. 208
Ushuaia, 14 de agosto de 2017 Año XXVII - N° 88/2017 página 212