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¿Cómo puede garantizar

la UE la aplicación de la

legislación sanitaria?

Controles, auditorías e inspecciones

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D. Jérôme Lepeintre

Experto superior en Relaciones

Internacionales

Comisión Europea

DG Salud y Seguridad Alimentaria

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Reglamento 2017/625 sobre

controles oficiales

4Principios clave

SimplificaciónArmonización

EficienciaTransparencia

El enfoque basado en los riesgos se mantiene

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Publicado el 7 de abril

Pasos interinstitucionales del Reglamento (UE) n.º 2017/625 relativo a los controles oficiales

Propuesta de la COM:

2013Acuerdo político:

15 de junio de 2016 Voto del

Parlamentoen plenario

Adopción

15 de marzo de 2017

Entrada en vigor

29 de abril de 2017

Fecha de aplicación:

14 de diciembre de 2019

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14 de diciembre de 2019

Definición de las normas específicas para los próximos dos años, antes de las fechas de aplicación de las legislaciones en materia de

sanidad animal y vegetal del RCO

Legislación en

materia de salud

animal2016/429

Reg. sobre controles oficiales

2017/625

Legislación fitosanitari

a2016/2031

borrador de legislación terciaria

(actos delegados y de aplicación) para aplicar

las tres legislaciones

Abril de 202114 de diciembre

de 2019 para la mayoría

de las disposiciones

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Normas generales

8Ampliación del ámbito

Alimentos y seguridad

alimentaria

Piensos y seguridad de los piensos

OMGSalud de los

animalesBienestar de los animales

Subproductos de animales

Fitosanidad

Productos para la

protección de las

plantas

Producción orgánica

9Enfoque basado en los riesgos

Registro anterior del operador

Controles propios, incluidos los

programas de calidad privados

Los controles deben efectuarse «periódicamente,basados en los riesgos y con la frecuencia correcta»

Riesgos asociados a los animales y los

productos, actividades, ubicación, etc. y la probabilidad de inducción a error de los consumidores

10Obligaciones de los operadores

11Interrupción mínima del negocio

Los controles oficiales deben efectuarse de forma que la carga administrativa y la interrupción de las

operaciones de los operadores se mantengan al mínimo necesario

12Controles oficiales y exportación

Reg. 882/2004: «Los controles oficiales se aplicarán, con el mismo cuidado, a

las exportaciones fuera de la Comunidad...»

Reg. 625/2017 (14/12/2019-): «… se aplicará asimismo a los controles oficiales realizados para (…) los

animales y las mercancías (…) que se vayan a exportar desde la Unión»

Controles oficiales efectuados periódicamente, basados en los riesgos y con la frecuencia correcta

En caso de falta de cumplimiento: Restricción o prohibición de la exportación de animales y alimentos/productos

13Marco de control

«Los alimentos y piensos exportados o reexportados de la Comunidad para ser comercializados en países terceros deberán cumplir los requisitos pertinentes

de la legislación alimentaria, salvo que las autoridades o las disposiciones legales o reglamentarias, normas, códigos de conducta y otros instrumentos legales y administrativos vigentes del país importador exijan o establezcan,

respectivamente, otra cosa. (Artículo 12 del «Reg. de principios y los requisitos generales de la legislación

alimentaria 178/2002»)

Basado en los riesgos, incluido el fraude

Planes de control de varios años

14Características adicionales del Reg. 2017/625

«En el caso de exportaciones fuera de la Unión, también debe poder requerirse a las autoridades competentes, de conformidad con la legislación de la Unión, que

comprueben la conformidad de los animales y las mercancías con los requisitos establecidos por el tercer país de destino de dichos animales o mercancías».

«En lo que respecta a los animales y mercancías exportados a los que se apliquen las normas de la Unión en relación con la expedición del certificado de exportación, el

SGICO* permitirá que las autoridades competentes (...) puedan intercambiar, en tiempo real, datos, información y documentos relativos a esos animales y mercancías y a los

resultados de los controles realizados...». *sistema de gestión informatizado para los controles oficiales

15Reglamento sobre Controles Oficiales

Principal mensaje

• El RCO no es una revolución;

• Podría considerarse una adaptación/alineación de lasmejores prácticas de la UE en el ámbito veterinario;

• Establece una mejor coordinación de las actividadesbasadas en los riesgos para todos.

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Entrada en la

Unión

17Controles de las importaciones

Principal mensaje

• El RCO no modificará las condiciones sanitariasestablecidas para países no pertenecientes a la UE.

• El nuevo RCO no tendrá un impacto importante en lasimportaciones a la UE.

• Se afinarán las normas y los procedimientos para lasimportaciones a la UE.

18Los controles de las importaciones en el Reg. 2017/625

Un marco común, basado en los riesgos, para los controles transfronterizos en todos los animales y mercancías que entran en la UE

Los puestos de control fronterizos (PCF) sustituirán a los diferentes puestos de

inspección fronterizos (PIF) y los puntos de entrada designados (PED).

Un único documento estándar (DSCE*) para la notificación previa de las partidas

*documento sanitario común de entrada

Se aplicarán unos requisitos mínimos para instalaciones, equipos y personal en todos los

PCF

Se comunicarán a los PCF a través del SGICO (incluido Europhyt)

19Entrada en la Unión: principales normas

Animales y mercancías cuyos riesgos inherentes no requieren controles

fronterizos sistemáticos =

Un lugar adecuado dentro del territorio aduanero de la Unión

Siempre controles documentales; controles físicos y de identidad basados en los riesgos

Nuevo sistema de TI. El mismo conjunto de medidas en los casos de incumplimiento, incluidas las medidas coercitivas

* Debe establecerse una lista con los códigos NC

Los animales, productos de origen animal, embriones y esperma, subproductos de animales, plantas, productos fitosanitarios y determinados alimentos y piensos de origen no animal* =

PCF designado de llegada

Controles periódicos basados en los riesgos con la frecuencia adecuada (establecida por los EM)

20«Canalización»

Animales y mercancías cuyos riesgos inherentes no requieren controles

fronterizos sistemáticos =

Un lugar adecuado dentro del territorio aduanero de la Unión

Siempre controles documentales; controles físicos y de identidad basados en los riesgos

Nuevo sistema de TI. El mismo conjunto de medidas en los casos de incumplimiento, incluidas las medidas coercitivas

Animales, productos de origen animal, embriones y esperma, subproductos de animales, plantas, productos fitosanitarios y determinados alimentos y piensos de origen no animal =

PCF designado de llegada

Controles periódicos basados en los riesgos con la frecuencia adecuada (establecida por los EM)

Alto riesgo Bajo riesgo

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Proceso de control de fronteras

Notificación previa e

intercambio de información

Presentación y controles en el

PCF

Decisión y seguimiento en

la partida

DSCE, SGICO

Control obligatorio, pero

con controles físicos y de

identidad basados en los riesgos

DSCE, SGICO, ventanilla única

aduanera

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Normas de certificación oficial

Cuando la legislación de la UE sobre la cadena agroalimentaria exija un certificado oficial, o cuando se necesiten certificados oficiales a efectos de la exportación de

partidas de animales y mercancías:

Los funcionarios que extienden los certificados

deben ser imparciales y no tener ningún conflicto de interés, así como haber recibido la formación

adecuada

Firmado por el funcionario encargado de extender los

certificados y expedido sobre la base de un conocimiento directo y de hechos y datos

pertinentes para la certificación

Las autoridades competentes adoptarán

todas las medidas apropiadas para evitar

la expedición de certificados oficiales

falsos o engañosos o el uso indebido de

certificados oficiales

La Comisión está facultada a establecer,

por ejemplo, disposiciones técnicas

para garantizar la expedición de

certificados oficiales exactos y fiables, y

prevenir el riesgo de fraude

Deberán tomarse las medidas adecuadas en

caso de certificados falsos o engañosos o ante un uso indebido

de los certificados oficiales como, por

ejemplo, la suspensión temporal de las funciones del

funcionario que extendió los certificados

23Entrada en la Unión

Lista de países terceros Lista de establecimientos

Certificados oficiales, certificaciones u otras pruebas

Cualquier otro requisito necesario (p. ej. plan de

monitorización de residuos)

24Controles más frecuentes en el futuro

Reglamento 669/2009 sustituido por el Reglamento sobre Controles Oficiales a partir del 14 de diciembre de 2019

Reglamento 669/2009

= basados en el Reglamento

882/2004

Mercancías sujetas a un «aumento temporal» de los controles oficiales efectuados en el PCF de llegada

La COM establecerá las normas sobre la frecuencia de los controles físicos y de identidad

La COM establecerá una lista de estas mercancías, incluyendo sus códigos NC

25Auditorías e inspecciones

26Dirección de Salud y Seguridad Alimentaria, Análisis y Auditoría

- Actividades:

• Auditorías en los Estados miembros y en países no pertenecientes a la UE

• Elaboración de recomendaciones y seguimiento.

• Funcionamiento de EUROPHYT: sistema de notificación de la UE para las intercepciones fitosanitarias

27Ciclo de auditoría de laComisión Europea

• Pre auditoría:• Programa anual publicado a principios de

año: https://ec.europa.eu/food/audits_analysis/audit_programmes_en

• 2-4 meses antes de cada auditoría, notificación oficial: plan de auditoría + cuestionario previo a la auditoría

• 2-4 semanas antes: devolución de cuestionario y propuesta de itinerario.

28Ciclo de auditoría

• Auditoría:• 1-2 semanas de duración• La autoridad competente acompaña• Reunión inicial• Reunión de clausura: principales

conclusiones y recomendaciones preliminares presentadas.

29Ciclo de auditoría

• Post Auditoría:• Proyecto de informe con recomendaciones.

• Comentarios de la autoridad competente y plan de acción en respuesta a las recomendaciones.

• Informe final + Comentarios de CA + Plan de acción publicado: http://ec.europa.eu/food/audits-analysis/audit_reports/index.cfm

• Seguimiento por parte de la Comisión de la implementación del plan de acción: acción adicional de la UE si es necesario

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• RASFF: Notificaciones de residuos de plaguicidas en el sistema de alerta rápida de la UE para alimentos y piensos

• Datos de control de importaciones: Reglamento (CE) 669/2009.

• Datos de control del Estado miembro: recopilados en el informe de la EFSA (Agencia Europea de Seguridad Alimentaria)

• Comercio: volumen de importaciones en la UE

Prioridades para las auditorías

en países fuera de la UE

31Auditorías en países no pertenecientes a la UE

en 2018

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Ejemplo: Auditorias de control de plaguicidas

• Evaluar los sistemas de control para la comercialización y el uso de productos fitosanitarios (APP)

• Evaluar los sistemas de control de residuos de plaguicidas en alimentos de origen vegetal destinados a la exportación a la UE

• Auditoría en Colombia en noviembre de 2019.

33Resultados - Autorizaciones de plaguicidas

• Las autorizaciones de PPP en países no pertenecientes a la UE no están alineadas con los LMR de la UE;

• Los productores que exportan a la UE deben ser informados sobre las Buenas Prácticas Agrícolas de acuerdo con los LMR de la UE;

• Dicha información es a menudo proporcionada por los exportadores, pero también las autoridades

34Resultados - Exportadores

• Trazabilidad generalmente presente;

• Los sistemas privados de autocontrol (por ejemplo, Globalgap) pueden garantizar el cumplimiento de los LMR de la UE;

• Problemas en zonas sin fuerte sector privado;

• La certificación oficial GAP puede proporcionar el control de los productores (por ejemplo, Tailandia)

35Resultados - Laboratorios

• Laboratorios a menudo acreditados según la norma ISO 17025, pero con alcance acreditado pequeño

• El campo de aplicación analítico generalmente pequeño (a menudo <80 sustancias)

• El análisis de laboratorio no incluye todos los pesticidas utilizados por los productores y notificados en el sistema RASFF, definición de residuo de la UE / Codex

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• Mayores niveles de controles de importación (Reglamento 669/2009): por ejemplo, uvas de Perú

• Posibles medidas de salvaguardia adicionales: certificación de exportación o incluso prohibición (India, Nigeria)

Otras medidas de la UE en caso de incumplimiento

37Vídeo

38Puntos fuertes del sistema europeo

➢El sistema europeo es muy abierto y transparente

➢Está basado en una evaluación científica efectuada por la EFSA

➢La UE incorpora sistemáticamente las normas internacionales a la legislación europea, salvo que existan exigencias sanitarias.

➢La UE participa de forma activa en debates internacionales.

➢Un sistema de gestión de la seguridad alimentaria sólido y armonizado aplicado en todos los Estados miembros de la UE

➢Recoge las lecciones de las crisis sanitarias para adaptar su legislación

➢Muchas herramientas útiles como RASFF y TRACES para identificar la trazabilidad de todos los productos alimenticios y poder recuperarlos

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