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CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO
NOVENA SESIÓN ORDINARIA DEL HONORABLE PLENO DEL
CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO, CELEBRADA EL DÍA 27 VEINTISIETE DE FEBRERO DEL AÑO 2013 DOS MIL TRECE, EN EL SALÓN DE PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO, A LAS 12:00 HORAS.
ORDEN DEL DÍA
1° Discusión y en su caso aprobación del acta de
la Sexta Sesión Ordinaria, celebrada el día 6 de
febrero del 2013.
2º Informe de la Presidencia, Señor
CONSEJERO PRESIDENTE MAESTRO LUIS CARLOS VEGA PÁMANES.
3º I.- Cuentas de la Sección de Amparos.
4° Informe de la Secretaría General.
I.- Dar cuenta con los movimientos correspondientes
al área de Recursos Humanos.
II.- Dar cuenta con diversas comunicaciones.
5º Asuntos Varios.
SECCIÓN DE AMPAROS.
1.- Cuenta con los oficios 747 al 749 recibido el veinte de Febrero de dos
mil trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y
de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo 348/2013,
promovido por CECILIA MENDOZA HERNÁNDEZ, mediante los cuales en lo que
atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa
informa el contenido del proveído de diecinueve de Febrero del dos mil trece, en
los términos siguientes:
1. Se admite demanda de amparo.
2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado.
3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
2.- Cuenta con el oficio 1132-III recibido el veintidós de Febrero de dos mil
trece, procedentes del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Estado
de Jalisco, dentro del juicio de amparo 156/2013, promovido por SOCIEDAD LIMITADA DE LOS ACTIVOS DE GRAMERCY, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, mediante el cual en lo
que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa
informa el contenido del proveído de veintiuno de Febrero del dos mil trece, en los
términos siguientes:
1. Se admite demanda de amparo.
2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado.
3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
3.- Cuenta con el oficio 4031 recibido el veinticinco de Febrero de dos mil
trece, procedentes del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de
Jalisco, dentro del juicio de amparo 171/2013, promovido por JORGE FERNÁNDEZ LIRA, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas
como responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de
veintiuno de Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
1. Se admite demanda de amparo.
2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado.
3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
4.- Cuenta con el oficio 606/2013-IV recibido el veinticinco de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el
Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo 204/2013, promovido por MARIA ANTONIA ORTEGA GARCÍA, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades
señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el contenido del
proveído de veintidós de Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
1. Se admite demanda de amparo.
2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado.
3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
5.- Cuenta con los oficios 830-H al 835-H, 889-H al 894-H, 711-H al 716-H y
728-H al 791-H recibidos el diecinueve y veintiuno de Febrero de dos mil trece,
procedentes del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo
en el Estado de Jalisco, dentro del incidente de suspensión y juicio principal
193/2013 y su acumulado 280/2013 promovido por IGNACIO PEÑA ZAMORA,
mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido de los proveídos de
doce, quince y veinte de Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
Oficios 711-H al 716-H
PRINCIPAL 1. Se admite demanda de amparo. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional. Oficios 728 a 791 INCIDENTE 1. Se niega la suspensión provisional por tratarse de actos consumados. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe previo. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia incidental. Oficios 830-H al 835-H y 889-H al 894-H. Se difiere la fecha de audiencia incidental. 6.- Cuenta con el oficio 422-IIII recibido el veinticinco de Febrero de dos mil
trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de
Jalisco, dentro del juicio de amparo 1248/2011 promovido FRANCISCA RIZO ZÁRATE mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de fecha
veinte de Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se tiene por recibido el oficio A-48/2012 de la Secretario de Cuarto Tribunal
Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, por medio del cual remite
copia certificada de la resolución pronunciada en la queja 114/2012, en la
que dicho Tribunal declaro improcedente dicho medio de impugnación,
interpuesto por el tercero perjudicado Eduardo Sánchez Castellanos, en
contra del proveído de cuatro de diciembre de dos mil doce, dictado por
este juzgado, por lo que se ordena reanudar el procedimiento y fecha de
audiencia constitucional.
7.- Cuenta con los oficios 617-P al 624-P recibidos el veinte de Enero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Segundo de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo
596/2012 promovido por FRANCISCO JAVIER VÁZQUEZ HERNÁNDEZ, mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de
dieciocho de Febrero de dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se difiere la fecha de audiencia constitucional, para dar oportunidad a
emplazar y notificar a los terceros perjudicados RAMÓN ALVARADO
BECERRA Y MELCHOR AUGUSTO GOMEZ CÓRDOVA.
8.- Cuenta con el oficio 813-VI recibido el veintiuno de Febrero de dos mil
trece, procedente del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Estado de
Jalisco, dentro del juicio de amparo 1155/2012-VI, promovido por MARCELA PATRICIA GALLO GONZÁLEZ, mediante el cual en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de fecha diecinueve de Febrero del dos mil trece, en los
términos siguientes:
• Se difiere la fecha de audiencia constitucional, para dar oportunidad a que
las partes se impongan del contenido del informe justificado.
9.- Cuenta con el oficio 912-V recibido el veinticinco de Febrero de dos mil
trece, procedente del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil del Estado de
Jalisco, dentro del juicio de amparo 1094/2012 promovido por ERNESTO SÁNCHEZ GONZÁLEZ, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades
señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el contenido del
proveído de veintidós de Febrero de dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se requiere al Juez Quinto de lo Familiar, para que en término de tres días
remita copias certificadas de las actuaciones del juicio de origen por lo que
se difiere la fecha de audiencia constitucional.
10.- Cuenta con los oficios 354/2013 al 357/2013 recibidos el veintidós de
Febrero de dos mil trece, procedentes del Juzgado Segundo de Distrito Materia
Civil en el Estado de Jalisco dentro del juicio de amparo 1156/89-V promovido por
MANUEL DE JESÚS CHÁVEZ RODRÍGUEZ, mediante los cuales en lo que atañe
a las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de veintiuno de Febrero de dos mil trece en los términos
siguientes:
• Vista la constancia secretaria de cuenta, en la cual consta la ratificación del
perito tercero en discordia José Arturo Saldaña Madrigal del dictamen
pericial que rindió mediante escritos de cinco y seis de septiembre del año
en curso, con lo cual dese vista a las partes para el uso de su derecho, en
razón a lo anterior, teniendo en cuenta el estado procesal de autos lo
permite, se señala fecha de audiencia incidental.
11.- Cuenta con los oficios 873-G al 876-G recibidos el veinte de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Cuarto de Distrito Materia Administrativa y
de Trabajo en el Estado de Jalisco dentro del juicio de amparo 2466/2012
promovido por PATRICIA ELIZABETH BARRERA PERALTA, mediante los
cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma
substanciosa informa el contenido de la sentencia de veinte de Febrero de dos mil
trece en los términos siguientes:
PRIMERO.- Se sobresee en el presente juicio de garantías promovido por Patricia Elizabeth Becerra Peralta, respecto de las autoridades señaladas como responsables, que precisadas quedaron en el considerando tercero de esta resolución, por las razones expuestas en el propio considerando.
SEGUNDO.- La Justicia de la Unión ampara y protege a Patricia Elizabeth
Becerra Peralta, respecto de las autoridades precisadas en el considerando cuarto de este fallo, en los términos y para los efectos precisados en el ultimo considerando de la presente resolución.
EFECTOS: “…lo procedente es, sin necesidad de analizar el resto de los
conceptos de violación, conceder a la aquí quejosa la protección de la justicia federal solicitada, para el efecto de que la autoridad responsable deje insubsistente la resolución reclamada, y solo en casos de que insista en emitir un nuevo acto en relación a lo aquí analizado, lo dicte con plenitud de jurisdicción y resuelva como en derecho corresponda, pero claro está, fundado y motivado debidamente su determinación.”.
12.- Cuenta con el oficio 473/2013 recibido el veintidós de Febrero de dos
mil trece, procedente del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el
Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo 155/2013, promovido por SCRAP II SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables,
de forma substanciosa informa el contenido del proveído de veintiuno de Febrero
del dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se decreta el sobreseimiento fuera de audiencia en el presente juicio de
garantías, con fundamento en el artículo 73, fracción XVI en relación con el
diverso 74, fracción IV ambos de la Ley de Amparo.
13.- Cuenta con los oficios 955-7 y 956-7 recibidos el veinticinco de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Tercero de Distrito Materia Administrativa
y de Trabajo en el Estado de Jalisco dentro del juicio de amparo 2687/2012-7
promovido por GUSTAVO ADOLFO RUEDA KOYAMA, mediante los cuales en lo
que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa
informa el contenido de la sentencia de veinte de Febrero de dos mil trece, en los
términos siguientes:
ÚNICO. La Justicia de la Unión AMPARA Y PROTEGE a GUSTAVO ADOLFO RUEDA KOYAMA, en contra de los actos reclamados a las autoridades
señaladas como responsables, por las razones y para los efectos contenidos en el
último considerando de este fallo.
Efectos: “…para el efecto de que el Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, requiera a la Comisión de Administración y Actualización de Órganos, a efecto de que ésta última se pronuncie al escrito que presentó el quejoso ante la primera de las citadas, el veintisiete de noviembre de dos mil doce y hecho lo anterior, ordenen la notificación al quejoso de la misma en breve término de conformidad con lo dispuesto por el artículo 8 Constitucional, por los conductos legales correspondientes.”.
14.- Cuenta con los oficios 22 al 30 recibidos el veinte de febrero de dos mil
trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y de
Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del incidente de suspensión 169/2013
promovido por JOSÉ LUIS MORA GOMEZ, mediante los cuales en lo que atañe a
las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de fecha dieciocho de Febrero de dos mil trece, en los
términos siguientes:
• Se tiene por recibido el oficio que remite la delegada de las autoridades
dependientes del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, mediante
el cual interpone recurso de revisión en contra de la interlocutoria dictada
treinta de Enero de dos mil trece.
15.- Cuenta con los oficios 2051 al 2053 recibidos el veintidós de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del incidente de
suspensión 176/2013 promovido por MARCELA ÁVILA HIPÓLITO, mediante los
cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma
substanciosa informa el contenido de los proveídos de veinte de Febrero del dos
mil trece, en los términos siguientes:
• Visto lo de cuenta se provee; por recibido el oficio que firma Ana Patricia
Rosa Vivar, delegada de las autoridades señaladas como responsables,
mediante el cual interpone recurso de revisión en contra de la interlocutoria
dictada el treinta y uno de enero de dos mil trece.
16.- Cuenta con los oficios 2031 al 2034 recibidos el veintidós de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del incidente de
suspensión 174/2013 promovido por ROLANDO ORTEGA CASTILLO, mediante
los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de
forma substanciosa informa el contenido del proveído de veintiuno de Febrero del
dos mil trece, en los términos siguientes:
• Visto lo de cuenta se provee; por recibido el oficio que firma Ana Patricia
Rosa Vivar, delegada de las autoridades señaladas como responsables,
mediante el cual interpone recurso de revisión en contra de la interlocutoria
dictada el seis de Febrero de dos mil trece.
17.- Cuenta con los oficios 1429 al 1431 recibidos el veintidós de Febrero
de dos mil trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del incidente de
suspensión 175/2013 promovido por MANUEL ESPARZA CONTRERAS, mediante
los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables de
forma substanciosa informa el contenido del proveído de veinte de Febrero del dos
mil trece, en los términos siguientes:
• Visto lo de cuenta se provee; por recibido el oficio que firma Ana Patricia
Rosa Vivar, delegada de las autoridades señaladas como responsables,
mediante el cual interpone recurso de revisión en contra de la interlocutoria
dictada el treinta y uno de Enero de dos mil trece.
18.- Cuenta con los oficios 772/2013-A al 774/2013-A recibidos el veintidós
de Febrero de dos mil trece, procedente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia
Administrativa del Tercer Circuito en el toca de revisión 85/2013 relativo al juicio
de amparo 1723/2012 promovido por HÉCTOR MIGUEL GODINEZ MORALES
mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de fecha
veintiuno de Febrero de dos mil trece en los términos siguientes:
• Se admite el recurso de revisión interpuesto por, Jorge Alfredo Hidalgo
González, delegado de las autoridades responsables, contra la resolución
de veintiséis de septiembre de dos mil doce.
19.- Cuenta con los oficios 962-3 al 972-3 recibidos el veinticinco de
Febrero de dos mil trece, procedentes del Juzgado Tercero de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo dentro del juicio de amparo 2033/2011 promovido por
JOSÉ RICARDO BAEZA MADRIGAL, mediante los cuales en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de fecha veintidós de Febrero de dos mil trece, en los
términos siguientes:
• Se tiene por recibido el escrito de cuenta suscrito por Yadira Leticia García
Saracco, mediante el cual da cumplimiento al requerimiento ordenado en
auto de trece de febrero pasado; en consecuencia, se le tiene interponiendo
recurso de revisión en contra de la resolución de quince de enero del
presente año.
20.- Cuenta con los oficios 3404-E al 3413-E recibidos el veintidós de
febrero de dos mil trece, procedentes del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia
Administrativa del Tercer Circuito dentro del toca de queja 80/2013, derivado del
juicio de amparo 2034/2011 promovido por FRANCISCO JAVIER VÁZQUEZ HERNÁNDEZ, mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas
como responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de
fecha veinte de Febrero de dos mil trece, en los términos siguientes:
Se admiten los recursos de revisión interpuestos respectivamente por Francisco Vázquez Hernández parte quejosa en el juicio de amparo del cual emana la resolución recurrida, asi como los diversos escritos signados por Yadira Leticia García Saracco, Mario Sergio Zúñiga Lujan, Melchor Augusto Gomez Córdova y José Luis Partida Morales, los tres primeros con el carácter de terceros perjudicados y el ultimo de los mencionados como autorizado de los terceros perjudicados Carlos Ramírez Rodríguez y Celso Aguamarina Ledesma y por ultimo el oficio suscrito por el Delegado del Congreso del Estado de Jalisco, autoridad responsable, todos en contra de la revolución de trece de julio de dos mil doce, emitida dentro del juicio de amparo 2034/2011 del índice del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco.
21.- Cuenta con los oficios 1068-G al 1070-G recibidos el veintidós de
Febrero de dos mil trece, procedentes del Juzgado Tercero de Distrito Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco dentro del juicio de amparo
241/2009 promovido por JOSÉ GUADALUPE LOMELI GONZÁLEZ, mediante los
cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma
substanciosa informa el contenido del proveído de veintiuno de Febrero de dos mil
trece en los términos siguientes:
• Se admite el recurso de queja por defecto en el cumplimiento de la ejecutoria de autos; se requiere a la autoridad responsable por su informe con justificación sobre la materia de la queja.
22.- Cuenta con el oficio 668 recibido el veinte de Febrero del dos mil trece,
procedente del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo
en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo número 743/2011, promovido
por FÉLIX ENRIQUE AGUIAR SÁNCHEZ, mediante el cual en lo que atañe a la
autoridad señalada como responsable, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de diecinueve de Febrero del dos mil trece, en los términos
siguientes:
• Requiérase de nueva cuenta a la responsable Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, para que dentro del término de veinticuatro horas, a partir de la notificación del presente proveído, dé cumplimiento a la ejecutoria de amparo, esto es, realice de manera inmediata las gestiones correspondientes, a fin de obtener el convenio a que hace alusión el autorizado del quejoso en su escrito de once de febrero de dos mil trece, es decir, girar oficios a las autoridades correspondientes para que le remitan el mismo, a fin de proveer lo conducente en el cumplimiento de la ejecución de amparo.
23.- Cuenta con los oficios 618-J al 620-J recibidos el veintiuno de Febrero
de dos mil trece, procedentes del Juzgado Segundo de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo dentro del juicio de amparo 846/2011, promovido por
MARTHA TOSCANO MARTÍNEZ, mediante los cuales en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de fecha diecinueve de Febrero de dos mil trece, en los
términos siguientes:
• Requiérase a las autoridades responsables, para que dentro del término de veinticuatro horas, contadas a partir del veinte de febrero del año en curso, den cumplimiento al fallo protector, para tal efecto, deberá de anexar constancia fehaciente del cumplimiento.
24.- Cuenta con el oficio 790-A recibidos el diecinueve de Febrero del dos
mil trece, procedente del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa y
de Trabajo en el Estado de Jalisco, relativo al juicio de amparo número 422/2010,
promovido por JUAN CARLOS RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, mediante el cual en lo
que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa
informa el contenido del proveído de diecinueve de Febrero de dos mil trece, en
los términos siguientes:
• Se declara cumplida la ejecutoria de amparo; por consiguiente, se ordena
dar vista a la parte quejosa, para que de conformidad el artículo 105, tercer
párrafo de la Ley de Amparo, dentro del término de cinco días manifieste lo
que a su derecho convenga.
25.- Cuenta con los oficios 1303 y 1304 recibidos el veinte de febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo
1631/2011, promovido por ARTURO GLORIA RUVALCABA, mediante los cuales
en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma
substanciosa informa el contenido del proveído de fecha catorce de Febrero de
dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se declara que ha causado ejecutoria el acuerdo que decretó el
sobreseimiento en el juicio, archívese el expediente como asunto concluido.
26.- Cuenta con los oficios 447 y 448 recibidos el veinte de Febrero de dos
mil trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y
de Trabajo dentro del juicio de amparo 1980/2012 promovido por JOSÉ DE JESÚS MUÑOZ DUEÑAS Y OTROS, mediante los cuales en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de fecha doce de Febrero de dos mil trece, en los términos
siguientes:
• Se declara que ha causado ejecutoria el acuerdo que decretó el
sobreseimiento en el juicio, archívese el expediente como asunto concluido.
27.- Cuenta con el oficio 521-II recibido el diecinueve de febrero de dos mil
trece, procedente del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de
Jalisco, dentro del juicio de amparo 1406/2012, promovido por MARTHA EUGENIA RODRÍGUEZ TOSCANO, mediante el cual en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del acuerdo de dieciocho de febrero del dos mil trece, en los términos
siguientes:
• Se declara que ha causado estado el acuerdo que decretó el
sobreseimiento en el juicio, archívese el expediente como asunto concluido.
RELACIÓN DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL
Diversas propuestas de nombramiento, licencias con goce de sueldo por
incapacidad médica, licencias sin goce de sueldo, renuncias y bajas de Servidores
Públicos de Órganos Jurisdiccionales y Administrativos, dependientes de este
Consejo.
COMUNICACIONES RECIBIDAS
1.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado DAMIÁN CAMPOS GARCÍA, Juez Primero de lo Criminal de Primera
Instancia de Zapotlán el Grande, Jalisco, mediante oficio número 0443/2013,
propone al término de nombramiento anterior a la C. MARÍA DE JESUS CALVARIO GUTIÉRREZ, como Juez Menor de Tuxpan, Jalisco, a partir del 1º
primero de marzo de 2013 dos mil trece y por el término de 6 seis meses.
ANTECEDENTES: Ingresó como Juez Menor Propietario de Tuxpán,
Jalisco, a partir del 1º primero de marzo de 2005 dos mil cinco, cargo que
actualmente desempeña ininterrumpidamente, cuenta con resultado de examen
psicométrico como “Recomendable”. No se registran sanciones administrativas en
su contra.
2.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado DAMIÁN CAMPOS GARCÍA, Juez Primero de lo Criminal de Primera
Instancia de Zapotlán el Grande, Jalisco, mediante oficio número 0442/2013,
propone al término de nombramiento anterior a la C. ROSÁNGELA LÓPEZ ESTEVA, como Juez Menor de Zapotiltic, Jalisco, a partir del 3 tres de marzo de
2013 dos mil trece y por el término de 6 seis meses.
ANTECEDENTES: Ingresó como Juez Menor Propietario de Zapotiltic,
Jalisco, a partir del 03 tres de marzo de 2011 dos mil once, cargo que actualmente
desempeña ininterrumpidamente, cuenta con resultado de examen psicométrico
como “Recomendable”. No se registran sanciones administrativas en su contra.
3.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado FÉLIX ENRIQUE AGUIAR SÁNCHEZ, Juez Mixto de Colotlán, Jalisco,
mediante oficio número 389/2013, propone al término del nombramiento anterior al
C. SALVADOR IBARRA MARTÍNEZ, como Juez Menor de Mezquitic, Jalisco, a
partir del 1º primero de marzo de 2013 dos mil trece y por el término de 1 un año.
ANTECEDENTES: Ingresó como Juez Menor Propietario de Mezquitic,
Jalisco, a partir del 1º primero de marzo de 2007 dos mil siete, cargo que
actualmente desempeña ininterrumpidamente, cuenta con resultado de examen
psicométrico como “Recomendable”. No se registran sanciones administrativas en
su contra.
4.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el Maestro
JOSÉ ALBERTO ANDRADE HERRERA, Juez Mixto de Primera Instancia de
Sayula, Jalisco, mediante oficio número 361/2013, propone al término del
nombramiento anterior al C. AGUSTÍN ENRIQUEZ MONROY, como Juez de Paz
de Chiquilistlán, Jalisco, a partir del 15 quince de marzo de 2013 dos mil trece y
por el término de 6 seis meses.
ANTECEDENTES: Ingresó como Juez de Paz de Chiquilistlán, Jalisco, a
partir del 04 cuatro de junio de 1998 mil novecientos noventa y ocho, cargo que
actualmente desempeña ininterrumpidamente, cuenta con resultado de examen
psicométrico como “Recomendable”. No se registran sanciones administrativas en
su contra.
5.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado EFRAÍN LÓPEZ RAMÍREZ, Juez de lo Criminal de Primera Instancia
de Chapala, Jalisco, mediante oficio número T58/2013, propone al término del
nombramiento anterior a la C. VIRGINIA GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, como Juez
Menor de Jocotepec, Jalisco, a partir del 17 diecisiete de marzo de 2013 dos mil
trece y por el término de 3 tres meses.
ANTECEDENTES: Ingresó como Juez Menor Propietario de Jocotepec,
Jalisco, a partir del 17 diecisiete de marzo de 2011 dos mil once, cargo que
actualmente desempeña ininterrumpidamente, cuenta con resultado de examen
psicométrico como “Recomendable”. No se registran sanciones administrativas en
su contra.
6.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. MA. CESARIA AGUILAR FRAUSTO, Auxiliar de Intendencia, adscrita a Servicios
Generales “Edificio Archivo de Concentración”, de la Unidad Departamental de
Servicios Generales dependiente de la Dirección de Planeación Administración y
Finanzas, remite constancia médica expedida por el Hospital Ramón Garibay, del
Servicio de Traumatología y Ortopedia, donde se diagnostica probable
meniscopatia de rodilla derecha, por lo cual se le incapacita del 16 dieciséis al 28
veintiocho de febrero de 2013 dos mil trece.
7.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el C. FRANCISCO JAVIER BAEZ CASTAÑÓN, Auxiliar de Intendencia, adscrito a
Servicios Generales “Juzgados Penales” de la Unidad Departamental de Servicios
Generales dependiente de la Dirección de Planeación Administración y Finanzas,
remite constancia médica expedida por el Hospital Ramón Garibay, del Servicio de
Traumatología, donde se diagnostica Raquis estrecho lumbar, por lo cual se le
incapacita del 16 dieciséis al 28 veintiocho de febrero de 2013 dos mil trece.
8.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. IRENE GARCÍA PÉREZ, Auxiliar de Intendencia de la Unidad Departamental de
Servicios Generales, dependiente de la Dirección de Planeación, Administración y
Finanzas, remite constancia médica expedida por el Hospital Ramón Garibay, del
Servicio de Traumatología, donde se diagnostica Raquis Estrecho Lumbar, por lo
que se extiende incapacidad laboral del 16 dieciséis al 28 veintiocho de febrero de
2013 dos mil trece.
9.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C.
CAROLINA TAVARES GONZÁLEZ, Auxiliar de Cómputo, de la Unidad
Departamental de Tesorería, dependiente de la Dirección de Planeación
Administración y Finanzas, remite incapacidad expedida por el Hospital “RAMON
GARIBAY” del servicio de Ortopedia, donde se le diagnostica Esguince cervical de
segundo grado en columna, por lo que se incapacita del 15 quince al 22 veintidós
de febrero de 2013 dos mil trece.
10.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el C. GREGORIO RAFAEL OLVERA BONALES, Auxiliar Judicial, del Juzgado Quinto
de lo Criminal, mediante oficio sin número, hace del conocimiento de su
reincorporación a labores a partir del día 1º primero de febrero de 2013 dos mil
trece, en virtud de haber concluido su licencia sin goce de sueldo que le fue
otorgada.
11.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada MARÍA MARINA BUGARÍN LÓPEZ, Juez Primero de lo Civil del
Primer Partido Judicial, remite constancia médica expedida por el Hospital Ramón
Garibay, del Servicio de Traumatología, con fecha del día 15 quince de febrero de
2013 dos mil trece, a favor de la C. MARTHA DEL SOCORRO CHAN AVIÑA, que
se desempeña como Auxiliar Judicial, y se le diagnostica “Dorsalgia
postraumática”, por lo que se extiende incapacidad laboral del 16 dieciséis al 22
veintidós de febrero de 2013 dos mil trece.
12.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado JOSÉ SALINAS MURILLO, Juez Segundo de lo Civil de Primera
Instancia de Autlán de Navarro, Jalisco, mediante oficio número 287, hace del
conocimiento la reincorporación de labores de la C. MARGARITA ARREZOLA JIMÉNEZ, como Secretario, a partir del día 19 diecinueve de febrero de 2013 dos
mil trece, en virtud de haber concluido una licencia con goce de sueldo que le fue
otorgada.
13.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado DANIEL HERRERA OROZCO, Juez Noveno de lo Mercantil, mediante
oficio número 0764/2013, hace del conocimiento la reincorporación de labores del
la C. MERCEDES SILVA GARCÍA, como Notificador, a partir del día 19
diecinueve de febrero de 2013 dos mil trece, en virtud de haber concluido una
incapacidad por enfermedad que le fue otorgada.
14.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la maestra
ALMA LUZ ARCE SÁNCHEZ, Juez Primero de lo Civil de Chapala, Jalisco,
mediante oficio sin número, hace del conocimiento la reincorporación de labores
de la C. MARÍA DEL CONSUELO JIMÉNEZ RENDÓN, como Auxiliar Judicial, a
partir del día 16 dieciséis de febrero de 2013 dos mil trece, en virtud de haber
concluido una licencia sin goce de sueldo que le fue otorgada.
15.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. ALMA DELIA LÓPEZ VENEGAS, con cargo de Actuario adscrita al Juzgado
Décimo Cuarto de lo Criminal, remite justificante médico del día 06 seis y 07 siete
de febrero, expedido por el Hospital Civil de Guadalajara, del servicio de urgencias
por presentar Gastroenteritis Aguda Infecciosa, lo cual le impidió presentarse a
laborar al Juzgado al que se encuentra adscrita, lo que informa con la finalidad de
justificar sus faltas y no le sean descontados dichos días.
16.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada PATRICIA GONZÁLEZ TOLEDO, Secretario de Acuerdos, del
Juzgado Segundo de lo Mercantil, remite oficio número 566/2013 en el cual solicita
le sea cubierto el resto de su salario por estar fungiendo como Juez por Ministerio
de Ley, cargo que viene desempeñando desde el día 21 veintiuno de agosto del
año en curso, lo anterior por la incapacidad médica presentada por el Titular del
Juzgado vigente hasta el día 1° primero de marzo de 2013 dos mil trece.
17.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la Maestra
MARTHA PATRICIA PÉREZ PÉREZ, Jefe de Sección con carácter de inamovible,
de la Dirección de Contraloría, adscrita a Control Patrimonial, mediante oficio sin
número informa que le solicitó al Consejero Mario Pizano Hernández, Presidente
de la Comisión de Contraloría de manera verbal su apoyo para que la comisionara
al área de Oficialía de Partes en Materia Mercantil, autorizando su petición a partir
del día 1° de febrero de 2013 al 1° de febrero de 2015 dos mil quince, por así
convenir a sus intereses.
18.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado LUIS ENRIQUE RAZO JIMÉNEZ, Juez Mixto de Primera Instancia de
Teocaltiche, Jalisco, mediante oficio número 455, remite terna de aspirantes a los
cargos de Juez Menor Propietario y Suplente de Belén del Refugio, Jalisco, siendo
las siguientes personas:
a) MARCO ANTONIO LOMELÍ DE LA TORRE, Curriculum vitae, certificado
médico, carta de no antecedentes penales, copia certificada de título de abogado,
copia de cedula profesional certificada, 39 años, con domicilio en Belén del
Refugio, Jalisco.
b) CAROLINA REYES CHÁVEZ, Curriculum vitae, 2 dos cartas de
recomendación, carta de no antecedentes penales, certificado de policía, copia de
CURP, constancia de residencia, comprobante de domicilio, acta de nacimiento en
original, kardex de estudiante de la carrera de abogado, 31 años de edad, con
domicilio en Belén del Refugio, Jalisco.
b) JOSÉ GUADALUPE CRUZ GÓMEZ, curriculum vitae, carta de pasante
de la carrera de Ingeniería en sistemas computacionales, carta de no
antecedentes penales, 2 dos cartas de recomendación, copia de comprobante de
domicilio, copia de CURP, copia de IFE, original y copia de acta de nacimiento,
certificado médico, 30 años de edad, con domicilio en Belén del Refugio, Jalisco.
19.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado FAUSTINO HUMBERTO HUIZAR RAMOS, Juez de Paz Propietario
de Villa Guerrero, Jalisco, mediante oficio sin número, remite copia simple del
oficio en el cual se informa que a partir del día 1° primero de febrero de 2013 dos
mil trece, surtió efectos su jubilación al cargo.
TARJETA INFORMATIVA:
1.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento
que en el Pleno del día 30 treinta de enero de 2013 dos mil trece, en los
movimientos directos a Pleno se enlistó la propuesta de nombramiento a nombre
de CASTRO NEGRETE GUADALUPE con cargo de Auxiliar Judicial, adscrita al
Juzgado Tercero de lo Familiar a partir del día 1° primero de febrero de 2013 dos
mil trece, debiendo ser lo correcto a partir del 2 dos de febrero de 2013 dos mil
trece.
2.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en el
Pleno del día 23 veintitrés de enero de 2013 dos mil trece, en los movimientos
directos a Pleno se enlistó la propuesta de nombramiento a nombre de DELGADO BUGARIN ARACELI con cargo de Secretario, adscrita al Juzgado Cuarto de lo
Criminal, en sustitución de ANA ROSA CARRILLO DUEÑAS, debiendo ser lo
correcto quien cambia de categoría.
3.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en el
Pleno del día 23 veintitrés de enero de 2013 dos mil trece, en los movimientos
directos a Pleno se enlistó la propuesta de nombramiento a nombre de VEGA GONZÁLEZ LUIS CARLOS, Secretario Relator de Consejero, en sustitución de
JORGE ALFREDO HIDALGO GONZÁLEZ, quien causa baja, debiendo ser lo
correcto, en sustitución de JORGE ALFREDO HIDALGO GONZÁLEZ, quien
cambia de categoría.
4.-Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en el
Pleno del día 23 veintitrés de enero de 2013 dos mil trece, en los movimientos
directos a Pleno se enlistó la propuesta de nombramiento a nombre de JORGE ALFREDO HIDALGO GONZÁLEZ, Secretario Relator de Consejero, en
sustitución de JOSÉ ANASTACIO QUINTERO SEGURA, debiendo ser lo
correcto, en sustitución de JOSÉ ANASTACIO QUINTERO SEGURA, quien
renuncia al cargo.
ÍNDICE DE CUENTAS DE LA SECRETARÍA GENERAL
1.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Décima Segunda
Sesión Plenaria Extraordinaria, celebrada el día 29 veintinueve de agosto del año 2012 dos mi dice, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, se recibió la siguiente cuenta: “…LA CONSEJERA MARIA CRISTINA CASTILLO GUTIÉRREZ, Refiere: “En mi carácter de Presidenta de la Comisión de Administración y Actualización de Órganos, doy cuenta con el oficio número D.P.A.F./467/2012-A, recibido el 29 veintinueve de agosto del presente año, suscrito por el MAESTRO ENRIQUE GARCÍA HERNÁNDEZ en el cual remite la relación de nóminas faltantes de los ejercicios 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y de los meses de Enero a Julio del 2012, mismas que no fueron remitidas con oportunidad a la Sección de Nóminas de este H. Consejo, aún cuando se les ha estado insistiendo en diversas ocasiones a través del personal responsable de esa actividad.
Se hace mención que con fecha 14 de noviembre del año 2007, dentro de
la circular número 5/2007 el Pleno del H. Consejo emitió un Acuerdo General al respecto, el cual en su parte medular dice:
“ÚNICO.- Se hace del conocimiento a los Titulares de los Juzgados de
Primera Instancia, Especializados y Mixtos, Menores y de Paz, así como a los Titulares de los Órganos Administrativos, dependientes del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, que deberán entregar a la Unidad Departamental de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas, la nómina debidamente firmada por todos y cada uno de los servidores públicos que se encuentran inmersas en la misma, dentro de los cinco días hábiles posteriores a cada quincena, con el apercibimiento de que en caso de que no las remitan en forma oportuna, así como omitan remitir dos nóminas en forma consecutiva o remitirlas sin
las firmas correspondientes, se procederá a instaurar los procedimientos administrativos correspondientes.”
En consecuencia, toda vez que se incumple con lo establecido en el artículo
61 fracción I, XVII y XVIII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, se ordena solicitar al Honorable Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, instruya a la Secretaría General de éste Consejo, en los términos del numeral 158 fracción IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, para que requiera a los titulares de los órganos jurisdiccionales y administrativos que se relacionan de manera anexa al oficio de referencia, para que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sea notificado, remita la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas la nómina requerida debidamente firmada o en caso de haber entregado las nóminas únicamente acreditar la recepción de las mismas, bajo el apercibimiento de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no presentada la misma, lo que se hará del conocimiento de la Comisión de Vigilancia en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción III, XII, XV, XXVII y XXXIV 154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado…”. Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: “…se instruye a la Secretaría General de éste Consejo, en términos del numeral 158 fracción IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, para que requiera a los Titulares de los Juzgados de Primera Instancia, Especializados y Mixtos, Menores y de paz, así como a los Titulares de los Órganos Administrativos, dependientes de este Consejo, que se relacionan de manera anexa al oficio de referencia, para que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sean notificados, remitan a la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas la nómina requerida debidamente firmada o en caso de haber entregado las nóminas, únicamente acreditar la recepción de las mismas; lo anterior bajo el apercibimiento que de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no presentada la misma, lo que se hará del conocimiento de la Comisión de Vigilancia en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción III, XII, XV XXVII y XXXIV 154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado…”.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 27/2013
signado por el LICENCIADO JOSE ANGEL ROMO RUVALCABA, en su carácter
de Juez Menor de de Ojuelos, Jalisco, del Tercer Partido Judicial, recibido en la
Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 18
de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual informa que en el Juzgado
a su cargo no se encuentran las nóminas correspondientes a la Segunda del mes
de febrero del 2007; Primera del mes de marzo del 2007; Primera y Segunda del
mes de julio del 2007; así como, Segunda Complementaria del mes de julio del
2007; y Primera Parte estímulo 2007, señalando que dichas nóminas fueron
recibidas por su antecesor PEDRO RAUL IBARRA GALLO, desconociendo que
destino les haya dado.
Por otra parte, remite copias simples de la segunda nómina del mes de
marzo de 2011, Segunda nómina del mes de junio de 2012, Primera y Segunda
nómina del mes de julio y Primera nómina de estímulo 2012.
2.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuarta Sesión
Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 30 treinta de marzo del año 2010, se determinó instruir a la Secretaría General de este Consejo de la Judicatura, para que todos los escritos de quejas administrativas que sean
presentados ante dicha Secretaría, se dé cuenta ante este Honorable Pleno para que éste determine lo conducente, y en caso de que se estime procedente iniciar procedimiento disciplinario, sea remitido a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad al Titulo Séptimo, Capitulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el escrito signado por la
CIUDADANA PATRICIA GUTIÉRREZ BRAMBILA, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 18 dieciocho de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual interpone queja administrativa
en contra de los LICENCIADOS JOSÉ DE JESÚS ANGULO AGUIRRE y JOSÉ LUIS ÁLVAREZ PULIDO, en su carácter de Juez y Secretario
respectivamente, así como en contra del Actuario de la Mesa C, todos del Juzgado Segundo de lo Penal del Primer Partido Judicial, por los hechos que
narra en su escrito de cuenta, que guardan relación con el juicio penal número
495/2009-C, del índice de dicho Juzgado.
3.- Cuenta con el oficio número 317/2013 signado por el MAGISTRADO
JOAQUÍN MORENO CONTRERAS y LICENCIADO JOSÉ SALVADOR LÓPEZ JIMÉNEZ, en su carácter de Presidente y Secretario respectivamente, de la
Décima Primera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo
Colegiado, el día 18 dieciocho de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el
cual se dictó un acuerdo que entre otras cosas señala lo siguiente:
“…En cumplimento a lo ordenado en la resolución dictada por éste
Tribunal con fecha ocho de febrero de dos mil trece dentro del toca
penal 1320/2012, que se instruye en contra de Alfredo Galileo García
Álvarez o Rogelio del Toro Zavala, por el delito de robo calificado,
cometido en agravio de Almacenes Vaca Sociedad Anónima de Capital
Variable y Wilie Vielma Delgadillo, remito a usted copias certificadas de
todo lo actuado en el toca aludido, toda vez que se ordenó dar vista a
ese Consejo, efecto de que se determine en su caso sancionar el
proceder del Licenciado en funciones de Juez Séptimo de lo Penal del
Primer Partido Judicial, en el momento de dictar el fallo analizado en
ésta Alzada ya que con su actuar posiblemente hubiere cometido una
falta de las previstas por el artículo 198 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado de Jalisco…”.
4.- Cuenta con el oficio 504/2013 signado por los LICENCIADOS ELIAS EPIFANIO NUÑEZ CUARENTA y LICENCIADA BEATRIZ ANGUIANO ROBLES, en su carácter de Juez y Secretario respectivamente del Juzgado Primero de lo
Civil de Ciudad Guzmán, Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco, recibido en la
Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 18
dieciocho de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual informa el auto
pronunciado:
“…Se tienen por recibidos los oficios números DC.1008/2012 y DC. 1048/2012., que envía la Directora de Contraloría Licenciada ROSA MARGARITA NEVÁREZ VELASCO, en fecha dos de enero del año dos mil trece;
mediante el primero de ellos, adjunta el informe final de la auditoría 2012 dos mil
doce, e informa que el resultado de la misma fue remitida para su elevación al
Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco.
Analizada que ha sido el acta que se remite, resalta esa Soberanía que no
fue atendida la recomendación señalada en los puntos 1.4 y 2.1 y se puntualiza:
Es de destacar que no se recibió contestación alguna por parte del Titular del órgano auditado, ya en el sentido de aclarar, atender o solventar observaciones, circunstancia que impone a declarar como no atendida la observación que se describe solo para enunciarla en este apartado, cuyo contenido integro se aprecia del desarrollo del informe que nos ocupa.” Opinión que no se comparte por este Juzgador, en virtud que por lo que respecta
al punto 1.4, “dentro de los treinta días naturales siguientes al en que se llevo a cabo tal auditoría,” se realizaron las gestiones pertinentes para dar
cumplimiento a la misma, y se remitió oficio numero 2382/2012, de fecha diez de
agosto del año dos mil doce, dirigido al Director de Servicios Generales de esa
Soberanía, el cual fue recibido el quince de agosto del año dos mil doce, mediante el cual. Se hizo del conocimiento a tal dirección que con motivo de la
visita realizada, se hizo notar que el inventario correspondiente, se incluyeron los
bienes con los siguientes códigos:
• R020038
• 6857
• 7151
• 1427
• 33642
• 39095
• 14242
• 30663
• 00036762
No obstante que los mismos, ya fueron enviados mediante oficio
521/2011, recibido a esa dirección en fecha veinticinco de febrero del año
dos mil once, así como con el oficio 579/2011 de fecha veinticuatro de
febrero del año dos mil once, recibido en esa oficina en la misma fecha. Ello
para que tuviera a bien informar a este Juzgado la baja de tales bienes, y
hacerlo del conocimiento de Contraloría del Consejo de la Judicatura del
Estado de Jalisco.
Siendo que a la fecha no se ha recibido contestación alguna al respecto. Por ello, se estima esa Dirección de Contraloría, puede obtener
en forma directa, al dato correspondiente a la baja de tal inmobiliario, a
efecto de dilatar más el mismo. No obstante lo anterior, se ordena enviar
nuevo oficio al Director de Servicios Generales del Consejo de la Judicatura
del Estado, para efecto de que no tener inconveniente alguno, informe a este Juzgado sobre el particular.
Comuníquese lo anterior a la Dirección de Contraloría del Consejo de
la Judicatura del Estado de Jalisco, acompañando copia certificada del
oficio número 2382/2012, así como de los diversos 521/2011 y 579/2011, para los efectos legales correspondientes, solicitando a esa soberanía sea
tomada en consideración la información proporcionada.
Igualmente, y respecto del punto 2.1 tocante a la póliza 3720-01533-
0, deducida del expediente 422/2011 y por el monto de $92,454.90 NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS MONEDA NACIONAL 90/100, por concepto de fianza por posibles
daños y perjuicios, se ordena comunicar a esa Superioridad que una vez
que fue recibido en este Juzgado el expediente citado, el veintiséis de
noviembre del año dos mil doce, el cual había sido enviado para la
sustanciación del recurso de apelación a la Segunda Instancia,
efectivamente se envió dicha póliza, junto con los documentos allegados
por las partes, razón por la que se ordena remitir a esa Soberanía, copia certificada de la misma, para los efectos legales correspondientes.- Por otra parte, se tiene a esta Soberanía mediante su diverso oficio
de cuenta, enviando inventarios actualizados en dos tantos y una carta,
resguardo número 105 del año 2012 dos mil doce, en tres tantos originales,
las cuales una vez firmadas por el Titular de este Juzgado, se ordena enviar
de regreso para la integración de la documentación referida al expediente
de auditoría de que emanaron.-
Finalmente, se tiene por recibido el oficio numero
SE.15/2012A89DCyO…7197 que envía EL SECRETARIO GENERAL DEL
CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO, en fecha
once de febrero del año dos mil trece, mediante el cual informa que en este
Juzgado, que en la Décima Quinta sesión extraordinaria del pleno del
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, celebrada el día dos de
octubre del año dos mil doce, se dio cuenta con un oficio signado por la
Licenciada ROSA MARGARITA NAVAREZ VELASCO, Directora de
Contraloría de esa Judicatura y que en razón de ello, se requiere a este
Juzgado para que dentro del término de 10 diez días naturales, solvente
ante esa Dirección la observación que se efectuó en la auditoria
correspondiente; infórmese a esa soberanía mediante oficio y vía postal, lo
que se ha ordenado en esta resolución, mediante la cual, se está dando
cumplimiento a la orden que se da al Titular de este Juzgado en su oficio de
cuenta.
Se considera de importancia resaltar, que en el año dos mil once, el suscrito Juzgador, me encontraba adscrito al Juzgado Mixto de Primera Instancia con residencia en Tamazula de Gordiano, Jalisco; que en la fecha que se me reinstaló en este Juzgado en el mes de enero del año 2012 dos mil doce, no se me hizo entrega de resguardo alguno, ni se me enteró del mobiliario se encontró en el mismo, ello para su conocimiento y efectos legales correspondientes.- CUMPLASE. JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LIC. ELIAS EPIFANIO NUÑEZ CUARENTA.- LA C. SECRETARIO DE ACUERDOS.- LIC. BEATRIZ ANGUIANO ROBLES.- Rúbricas. …” 5.- Cuenta con el escrito signado por el LICENCIADO HÉCTOR MIGUEL
GODÍNEZ MORALES, en su carácter de Juez de Primera Instancia del Juzgado
Especializado en Justicia Integral Para Adolescentes del Tercer Partido Judicial
con sede en el Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 19 diecinueve de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual allega constancias
certificadas que solicita sean tomadas en consideración para su ratificación como
Juez.
6.- Cuenta con el oficio número 452/2013 signado por el LICENCIADO
ARTURO ESPINOZA BAENA, con el carácter de Juez Primero de lo Criminal del
Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General
de este Cuerpo Colegiado, el día 19 diecinueve de febrero del año 2013 dos mil
trece, mediante el cual remite ACTA ADMINISTRATIVA que fue levantada al CIUDADANO OMAR ULISES LOMELÍ GAMEZ, adscrito a ese Juzgado con el
cargo de Auxiliar Judicial Penal, en virtud de haberse presentado a laborar hasta
las diez de la mañana del día 12 doce de febrero del año 2013 dos mil trece. 7.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Décima Segunda
Sesión Plenaria Extraordinaria, celebrada el día 29 veintinueve de agosto del año 2012 dos mi dice, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, se recibió la siguiente cuenta: “…LA CONSEJERA MARIA CRISTINA CASTILLO GUTIÉRREZ, Refiere: “En mi carácter de Presidenta de la Comisión de Administración y Actualización de Órganos, doy cuenta con el oficio número D.P.A.F./467/2012-A, recibido el 29 veintinueve de agosto del presente año, suscrito por el MAESTRO ENRIQUE GARCÍA HERNÁNDEZ en el cual remite la relación de nóminas faltantes de los ejercicios 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y de los meses de Enero a Julio del 2012, mismas que no fueron remitidas con oportunidad a la Sección de Nóminas de este H. Consejo, aún cuando se les ha estado insistiendo en diversas ocasiones a través del personal responsable de esa actividad.
Se hace mención que con fecha 14 de noviembre del año 2007, dentro de
la circular número 5/2007 el Pleno del H. Consejo emitió un Acuerdo General al respecto, el cual en su parte medular dice:
“ÚNICO.- Se hace del conocimiento a los Titulares de los Juzgados de
Primera Instancia, Especializados y Mixtos, Menores y de Paz, así como a los Titulares de los Órganos Administrativos, dependientes del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, que deberán entregar a la Unidad Departamental de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas, la nómina debidamente firmada por todos y cada uno de los servidores públicos que se encuentran inmersas en la misma, dentro de los cinco días hábiles posteriores a cada quincena, con el apercibimiento de que en caso de que no las remitan en forma oportuna, así como omitan remitir dos nóminas en forma consecutiva o remitirlas sin las firmas correspondientes, se procederá a instaurar los procedimientos administrativos correspondientes.”
En consecuencia, toda vez que se incumple con lo establecido en el artículo
61 fracción I, XVII y XVIII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, se ordena solicitar al Honorable Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, instruya a la Secretaría General de éste Consejo, en los términos del numeral 158 fracción IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, para que requiera a los titulares de los órganos jurisdiccionales y administrativos que se relacionan de manera anexa al oficio de referencia, para que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sea notificado, remita la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas la nómina requerida debidamente firmada o en caso de haber entregado las nóminas únicamente acreditar la recepción de las mismas, bajo el apercibimiento de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no presentada la misma, lo que se hará del conocimiento de la Comisión de Vigilancia en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción III, XII, XV, XXVII y XXXIV 154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado…”. Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: “…se instruye a la Secretaría General de éste Consejo, en términos del numeral 158 fracción IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, para que requiera a los Titulares de los Juzgados de Primera Instancia, Especializados y Mixtos, Menores y de paz, así como a los Titulares de los Órganos Administrativos, dependientes de este Consejo, que se relacionan de manera anexa al oficio de referencia, para que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sean notificados, remitan a la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas la nómina requerida debidamente firmada o en caso de haber entregado las nóminas, únicamente acreditar la recepción de las mismas; lo anterior bajo el apercibimiento que de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no presentada la misma, lo
que se hará del conocimiento de la Comisión de Vigilancia en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción III, XII, XV XXVII y XXXIV 154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado…”.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 35/2012
signado por la LICENCIADA ELIZABETH ALBA ESTRADA, en su carácter de
Juez Menor de Unión de San Antonio, Jalisco, del Tercer Partido Judicial, recibido
en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día
19 diecinueve de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual da
contestación al oficio número SE.12/2012A51CADMONyGRAL…6592, y remite
copias certificadas de los oficios correspondientes a lo envíos de las nóminas
solicitadas, como también la nómina correspondiente a la primera quincena de
julio del año 2011 y del estímulo primera parte del año 2011.
8.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Sexta Sesión
Plenaria Ordinaria, celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, el día 06 seis de febrero del año 2013 dos mil trece, se recibió la siguiente cuenta: “…Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 195/2013 signado por el MAESTRO JOSÉ ÁVALOS PELAYO, en su carácter de Juez de lo Penal de Lagos de Moreno, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 30 treinta de enero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual da contestación al oficio número SE.12/2012A51CADMONyGRAL…6544, y hace del conocimiento que se encuentra humana y materialmente imposibilitado para remitir a este Consejo, las nóminas que le fueron solicitadas, señalando que la persona encargada de recibir y devolver dichas nóminas y quien responde al nombre ANA TERESA DÁVALOS GONZÁLEZ, ya no labora en aquel Tribunal, quien inclusive no dejó antecedente administrativo alguno, no obstante que era su obligación…”; habiéndose determinado por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, lo siguiente: “…se ordena turnar el oficio número 195/2013, signado por el Maestro JOSÉ ÁVALOS PELAYO, en su carácter de Juez de lo Penal de Lagos de Moreno, Jalisco, a la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.
Independientemente de lo anterior, túrnese copia certificada del comunicado de cuenta, a la Comisión de Vigilancia para que realice un estudio y análisis en relación a los hechos narrados por el MAESTRO JOSÉ ÁVALOS PELAYO, y en su oportunidad emita el dictamen correspondiente, mismo que deberá someter a consideración de los integrantes de este Cuerpo Colegiado. …”
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 195/2013
signado por el MAESTRO JOSÉ ÁVALOS PELAYO, en su carácter de Juez de lo
Penal de Lagos de Moreno, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 19 diecinueve de febrero del
año 2013 dos mil trece, mediante el cual da contestación al oficio número
SE.12/2012A51CADMONyGRAL…6544, en el que se le requirió para que
remitiera las nóminas faltantes correspondientes a la Primera Quincena de Abril
del año 2007 dos mil siete, así como la Primera y Segunda quincenas de Julio del
mismo año; haciendo del conocimiento de este Consejo, que se encuentra
humana y materialmente imposibilitado para hacer dicha reemisión, en razón de
que la persona directa encargada de recibir y devolver dichas nóminas de la fecha
a que se refiere, de nombre Teresa Dávalos González, ya no labora en ese
tribunal, quien inclusive no dejó antecedente administrativo alguno, no obstante
que era su obligación.
9.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: “…En la Sexta Sesión
Plenaria Ordinaria, celebrada el día 06 seis de febrero del año 2013 dos mil trece, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, dan cuenta con el oficio número DV-23/2013 signado por el LICENCIADO CARLOS ARIAS MADRID, en su carácter de Director de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 29 veintinueve de enero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual hace del conocimiento que para el día viernes 22 de febrero del año 2013, se tiene programada la Visita de Inspección Ordinaria en el JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIHUATLÁN, JALISCO, misma que será realizada por los Visitadores Judiciales Licenciados Alonso David Estrada Manzano, Víctor Hugo García Martínez, Manuel Ángel Peruyero Camino, Juan Manuel Valle Flores, Antonio López Zaragoza y José Jaime Enríquez Lamas.
En virtud de lo anterior, se tiene al citado Director solicitando que de no
haber inconveniente alguno, se autorice el pago de los viáticos correspondientes a cena y hospedaje del día jueves 21 de febrero del año actual, así como los viáticos completos del día viernes 22 (bajo tabulador de vida especial); ya que por razones de seguridad, los comisionados partirán de las instalaciones de este Consejo un día antes de la visita, con la finalidad de circular con la luz del día.
De igual forma se les autorice que los 6 seis comisionados se hospeden por
una noche en “HOTEL LA ALONDRA, S.A. DE C.V., ubicado en la calle Sinaloa número 16 en Barra de Navidad, Municipio de Cihuatlán, Jalisco…” Habiéndose determinado lo siguiente: ”… se autoriza el pago correspondiente a hospedaje para 6 seis personas en el “HOTEL LA ALONDRA, S.A. DE C.V.” el día 21 de febrero del año actual, así como los viáticos completos del día viernes 22 (bajo tabulador de vida especial, para los Licenciados Alonso David Estrada Manzano, Víctor Hugo García Martínez, Manuel Ángel Peruyero Camino, Juan Manuel Valle Flores, Antonio López Zaragoza y José Jaime Enríquez Lamas, a fin de que lleven a cabo la visita de inspección ordinaria, programada para el día 22 veintidós de Febrero del año 2013 dos mil trece, en el JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIHUATLÁN, JALISCO…”
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número DV-34/2013
signado por el LICENCIADO CARLOS ARIAS MADRID, en su carácter de
Director de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, recibido en la Oficialía
de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 20 veinte de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual Informa lo siguiente:
“…En relación al oficio número DV-23/1023, presentado el día 29 de enero
del año en curso, ante el Honorable Pleno de este Consejo de la Judicatura, en
donde se solicitó la autorización de los gastos correspondientes a la Visita
ordinaria al JUZGADO MIXTO DE CIHUATLÁN, JALISCO, fechada para el día 22
de febrero próximo.
Por otra parte tomando en cuenta que nuestra solicitud ya fue aprobada en
casi todos sus rubros mediante su oficio
SO.06/2013A55DVDR,DPAFyUDT…1689, habiendo omitido el rubro
correspondiente a la CENA DEL DÍA JUEVES 21 DE FEBRERO DEL AÑO ACTUAL, ya que los comisionados partirán ese día de éste Consejo a las 15:00 HORAS.
En consecuencia se solicita de nueva cuenta de no haber inconveniente
alguno, se incluya la cena antes mencionada, bajo el tabulador de vida especial.
…” (sic).
10.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: “…En la Sexta Sesión
Plenaria Ordinaria, celebrada el día 06 seis de febrero del año 2013 dos mil trece, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, dan cuenta con el oficio número 882/2013 signado por el ABOGADO ALEJANDRO GUEVARA PEDROZA, en su carácter de Juez Séptimo de lo Penal del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 01 primero de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual solicita se informe a la brevedad posible si el Licenciado Guillermo Olivares Cervantes, ex Secretario de dicho Juzgado, se encuentra promoviendo algún juicio laboral o de otra índole en el que el Titular sea parte, lo anterior en razón de que dicho servidor público fue designado defensor particular por el procesado JOSÉ RICARDO DE LA TORRE ALCALÁ, quien peticiona al suscrito se excuse de seguir conociendo del expediente 264/2012-C, ya que se actualiza las causales previstas en las fracciones II y V del artículo 386 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco…” debiéndose determinado lo siguiente: “…se ordena tunar el oficio número 882/2013 signado por el ABOGADO ALEJANDRO GUEVARA PEDROZA, en su carácter de Juez Séptimo de lo Criminal del Primer Partido Judicial, a la Dirección de Oficialía de Partes Archivo y Estadística, así como a la Comisión Substanciadora de Conflictos Laborales con el Personal de Confianza, a fin de que rindan el informe solicitado por el Juez Séptimo de lo Criminal del Primer Partido Judicial…”.
Por lo que el día de hoy se da cuenta con el oficio número
D.O.P.A.E.0255/2013 signado por el LICENCIADO JORGE ARMANDO CARRILLO MUÑOZ, en su carácter de Director de Oficialía de Partes, Archivo y
Estadísticas, recibido en la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día
01 primero de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual en contestación
al oficio SO.06/2013A70DOPAE,CSCLCyP…1719, derivado de la Sexta Sesión
Ordinaria del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, celebrada el día 6 de
febrero del 2013, informa, señala lo siguiente:
“…Que en el Departamento de Oficialía de Partes Común carece de una
base de datos que permita visualizar la existencia de algún procedimiento laboral
que se ventile en las Comisiones Substanciadora del Consejo de la Judicatura, a
nombre de GUILLERMO OLIVARES CERVANTES, así mismo en el registro de
demandas presentadas en la Oficialía de Partes, consultada la base de datos no se encontró demanda a nombre del referido o en contra de ALEJANDRO
GUEVARA PEDROZA. Así mismo la Unidad Departamental de Archivo no cuenta
con información alguna respecto de lo solicitado.
Tal como se advierte de los oficios números UD.O.P.C. 0197/2013, suscrito
por el Licenciado JUAN CARLOS REYES ANAYA, Jefe del Departamento de
Oficialía de Partes Común, y oficio DIR-215/2013 suscrito por el Licenciado NERI
EDUARDO MACIEL HERNÁNDEZ, Jefe de la Unidad Departamental de Archivo.
…” (sic).
11.- Cuenta con el escrito signado por el CIUDADANO OSCAR MORENO
COLAZO, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este
Cuerpo Colegiado, el día 20 veinte de febrero del año 2013 dos mil trece,
mediante el cual interpone queja administrativa en contra del PERITO AUXILIAR DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE CHAPALA, JALISCO, INGENIERO JOSÉ ANTONIO ROCHA, en el Juicio Civil con número de expediente 948/2008,
del índice de ese juzgado; así como, en contra de los integrantes de la Séptima
Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.
12.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuarta Sesión
Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 30 treinta de marzo del año 2010, se determinó instruir a la Secretaría General de este Consejo de la Judicatura, para que todos los escritos de quejas administrativas que sean presentados ante dicha Secretaría, se dé cuenta ante este Honorable Pleno para que éste determine lo conducente, y en caso de que se estime procedente iniciar procedimiento disciplinario, sea remitido a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad al Titulo Séptimo, Capitulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el escrito signado por la
CIUDADANA MARIBEL CIFUENTES VELAZCO, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 20 veinte de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual interpone queja administrativa
en contra del Juez Segundo de lo Criminal de este Consejo, LICENCIADO FRANCISCO JAVIER CASTELLANOS DE LA CRUZ, señalando que la sentencia
definitiva dictada por dicho Titular el día 13 trece de noviembre del año 2012 dos
mil doce, dentro del procedimiento sumario número 42/2012-B, le causa agravios
al no estar apegada a estricto derecho, ya que se le violentaron sus derechos
humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en su artículo 20 en su apartado B.
13.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Tercera Sesión
Ordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 21 veintiuno de enero del año 2009 dos mil nueve, se dio cuenta con diversos escritos de Notarios, mediante
los cuales hacen del conocimiento, el sello y la firma de autorizar, así como la rúbrica o media firma que usa en el ejercicio notarial; de igual forma, proporcionan domicilio en la cual tiene establecida la oficina notarial, como el particular, teléfonos, fax, correo electrónico, horario de servicio al público y fecha de inicio de ejercicio Notarial, determinándose instruir al Departamento de Difusión Social, a efecto de que lleve a cabo un Directorio de Notarios, en base a los datos contenidos en los diversos escritos que le serán remitidos.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con 02 dos escritos signados por
igual número de Notarios Públicos del Estado, recibidos en la Oficialía de Partes
de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, los días 20 veinte y 21
veintiuno de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante los cuales en
cumplimiento a lo dispuesto por el artículo la Ley del Notario del Estado de Jalisco,
hacen del conocimiento domicilio de su oficina notarial, particular, números
telefónicos y de fax, correo electrónico y horario de servicio al público.
14.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuarta Sesión
Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 30 treinta de marzo del año 2010, se determinó instruir a la Secretaría General de este Consejo de la Judicatura, para que todos los escritos de quejas administrativas que sean presentados ante dicha Secretaría, se dé cuenta ante este Honorable Pleno para que éste determine lo conducente, y en caso de que se estime procedente iniciar procedimiento disciplinario, sea remitido a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad al Titulo Séptimo, Capitulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el escrito signado por el
CIUDADANO ALEJANDRO TREJO SANTILLÁN, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 20 veinte de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual interpone queja administrativa
en contra del JUEZ Y SECRETARIO DE ACUERDOS RESPECTIVAMENTE, DEL JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL, en
virtud de haber cometido diversas irregularidades dentro de los autos del
expediente 1549/2009, tramitado en dicho juzgado.
15.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuarta Sesión
Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 30 treinta de marzo del año 2010, se determinó instruir a la Secretaría General de este Consejo de la Judicatura, para que todos los escritos de quejas administrativas que sean presentados ante dicha Secretaría, se dé cuenta ante este Honorable Pleno para que éste determine lo conducente, y en caso de que se estime procedente iniciar procedimiento disciplinario, sea remitido a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco,
instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad al Titulo Séptimo, Capitulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el escrito signado por la
CIUDADANA GLORIA IRMA ROSAS AGUILERA, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 20 veinte de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual interpone queja administrativa
en contra del personal adscrito al Juzgado Mixto de Colotlán, Jalisco, que resulte
responsable, en virtud del retardo en la impartición de justicia en que se ha
incurrido dentro de los autos de la causa penal 74/2011 del índice de aquel
Juzgado.
16.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Tercera Sesión
Ordinaria celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, el día 18 dieciocho de enero del año 2012 dos mil doce, se recibió la siguiente cuenta: “da cuenta con el oficio número D.P.A.F./044/2012, signado por la MAESTRA MARGARITA GÓMEZ JUÁREZ, en su carácter de Directora de Planeación, Administración y Finanzas, recibido en la Secretaría General de este Consejo; comunicado al cual adjunta una relación de los Juzgados que tienen pendiente de informar si el detalle telefónico corresponden a llamadas oficiales o de lo contrario se efectúe el pago si son personales.
Lo anterior, a efecto de que se notifique a los Titulares dicha circunstancia y
procedan a informar al Departamento de Servicios Generales, si el detalle telefónico corresponden a llamadas oficiales o de lo contrario efectúen el pago si es que las llamadas enlistadas son personales…”. Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: “…se tiene por recibido el oficio número D.P.A.F./044/2012, signado por la MAESTRA MARGARITA GÓMEZ JUÁREZ, en su carácter de Directora de Planeación, Administración y Finanzas, y por enterados de su contenido a todos y cada uno de los integrantes de esta Soberanía.
Por otra parte, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 136, 139,
148 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, se instruye a la Secretaría General, para que proceda notificar a cada uno de los Titulares de los Juzgados que aparecen en la lista allegada por la MAESTRA MARGARITA GÓMEZ JUÁREZ, que tienen pendiente de informar si el detalle telefónico corresponden a llamadas oficiales o de lo contrario efectúen el pago si es que dichas llamadas son personales.
Lo anterior, a efecto de que una vez notificados, procedan a informar al
Departamento de Servicios Generales, si el detalle telefónico corresponden a llamadas oficiales o de lo contrario efectúen el pago de las mismas…”
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el oficio número 428/2013
signado por el MAESTRO RAMÓN RAMÍREZ HERNÁNDEZ, en su carácter de
Juez Octavo de lo Mercantil del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 20 veinte de
febrero del año 2013 dos mil trece; mediante el cual se le tiene dando
cumplimiento al requerimiento, en relación a las llamadas a celular y larga
distancia correspondiente a los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre,
noviembre, diciembre del año 2012 dos mil doce, que remitiera a ese juzgado a
su cargo en el mes de enero del año en curso el Jefe de la Unidad de Servicios
Generales de este Consejo, así mismo hace del conocimiento que no ha cumplido
con el mismo en virtud de que no se ha completado la cantidad requerida toda vez
que la Auxiliar Judicial BRENDA ADALHY ORTIZ VAZQUEZ quien reconoce
haber realizado algunas llamadas telefónicas a celular así como que la misma
cubriría el monto de adeudo a la brevedad posible; toda vez que dicha auxiliar
judicial se encuentra incapacitada desde el 15 de enero del año en curso, y no
está asistiendo a laborar a este tribunal, haciéndole saber que la C. BRENDA
ADLHY ORTIZ VAZQUEZ, ya tiene conocimiento de su adeudo correspondiente.
17.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Quinta Sesión
Ordinaria celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, el día 30 treinta de enero del año 2013 dos mil trece, se recibió la siguiente cuenta: “Se da cuenta con el acuerdo identificado con el inciso III).- derivado de la Primera Sesión Extraordinaria de la Comisión de Carrera Judicial, Adscripción y Evaluación, celebrada el día 29 veintinueve de enero de 2013 dos mil trece, que allega la Consejera DOCTORA MARÍA CARMELA CHÁVEZ GALINDO, en su carácter de Presidente de dicha Comisión, en los siguientes términos:
“III.- Se da cuenta a Ustedes Señores Consejeros de la Propuesta del
Formato de Unificación y Actualización de Curriculums, para los Jueces pertenecientes a este Órgano Judicial, remitiendo proyecto para su estudio y valoración.
Lo que se pone a su consideración para lo que tengan a bien determinar.
ESTA COMISIÓN ACORDÓ LO SIGUIENTE:
ACUERDO (III).- Una vez analizada y discutida la cuenta de mérito y de
conformidad a lo dispuesto por los artículos 152, 154 y 155 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, esta Comisión acuerda: Se propone el Formato de Unificación y Actualización de Curriculums, para los Jueces pertenecientes a este Órgano Judicial, en el que se da cumplimiento al acuerdo Plenario SO.02/2013A191GRAL, derivado de la Segunda Sesión Ordinaria, celebrada el día 09 nueve de enero de la presente anualidad.
Comuníquese al Honorable Pleno, para su aprobación. …”. Habiéndose
determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: “…se instruye a la Secretaría General para que gire oficio a cada uno de los juzgadores que conforman este Órgano Judicial, a fin de hacerles llegar copia del formato de Unificación y Actualización de Curriculums, con el que se da cumplimiento al acuerdo Plenario SO.02/2013A191GRAL, derivado de la Segunda Sesión Ordinaria, celebrada el día 09 nueve de enero de la presente anualidad…”
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el oficio número 368/13
signado por el MAESTRO JESÚS URTIZ AGREDANO, en su carácter de Juez
Séptimo de lo Civil del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de
la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 20 veinte de febrero del
año 2013 dos mil trece; mediante el cual remite el formato debidamente llenado de
la actualización de su Currículum.
18.- Cuenta con el oficio número 320/2013 signado por el MAGISTRADO
JOAQUÍN MORENO CONTRERAS y el LICENCIADO JOSÉ SALVADOR LÓPEZ JIMÉNEZ, con el carácter de Presidente y Secretario de Acuerdos
respectivamente, de la Décima Primera Sala en Materia Penal del Supremo
Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 20 veinte de febrero del año
2013 dos mil trece, mediante el cual informan que en los autos del toca 216/13,
relativo al expediente 99/11, seguido en contra de FRANCISCA MARÍN MARTÍNEZ por el delito de EXTORSIÓN, cometido en agravio de MA. ELENA MARTÍNEZ GÓMEZ, se dictó un acuerdo que entre otras cosas señala lo
siguiente:
“…Por recibido el oficio número 409, suscrito por el Juez de Primera Instancia de Teocaltiche, Jalisco, en el cual anexa el duplicado de la causa penal 99/11, seguida en contra de FRANCISCA MARÍN MARTÍNEZ, por el delito de EXTORSIÓN, cometido en agravio de MA. ELENA MARTÍNEZ GÓMEZ, para los efectos de la substanciación del recurso de apelación interpuesto por el AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, contra la resolución de fecha veintiséis de octubre de dos mil doce.
Con fundamento en los artículos 321 fracción II y 325 del Código de
Procedimientos Penales del Estado y 47 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, esta Sala, se avoca al conocimiento del asunto y califica de legal la admisión del recurso hecha por el a quo, en el efecto devolutivo, en virtud de que se trata de una orden de aprehensión en consecuencia, se admite el recurso de apelación hecho valer.
Hágase saber a las partes la radicación de este asunto y pónganse los
autos a la vista de éstas en la Secretaria de la Sala por un término común de cinco días, para que en su caso ofrezcan pruebas, mismas que serán admitidas sólo si reúnen los requisitos exigidos en el artículo 326, de ka normatividad procesal en aplicación.
Para la celebración de la audiencia de vista que se prevé en el artículo 325,
del Enjuiciamiento Penal del Estado, se señalan las DIEZ HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL DÍA VEINTIUNO DE MARZO DEL DOS MIL TRECE.
En acatamiento a lo que dispone el artículo 318, del Código de
Procedimientos Penales del Estado. Apercíbase al Agente del Ministerio Público, que de no expresar agravios
en el término de ley, se declarada desierto el recurso y firme la resolución apelada. Por lo anterior, a juicio de la Sala, procede dar vista al Consejo de la
Judicatura del Poder Judicial del Estado de Jalisco, a quien se le deberá remitir copia fotostáticas, certificadas de todo lo actuado en el expediente 99/11, y de este acuerdo a efecto de que determine si el titular y personal del Juzgado de Primera Instancia de Teocaltiche, Jalisco, tienen responsabilidad en su carácter de servidores públicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 198, fracciones III, VIII, XI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco; toda vez que el Juez se avocó el conocimiento de la causa que nos ocupa con fecha treinta y uno de octubre de dos mil once, resolviendo hasta el veintiséis de octubre de dos mil doce, presentando en la Secretaría de Acuerdos de este
Tribunal las constancias necesarias para la substanciación del recurso de apelación hasta el día ocho de febrero de dos mil trece, retardando así la impartición de justicia…”.
19.- Cuenta con el oficio 316/2013 Signado por el MAESTRO FERNANDO
RODRÍGUEZ CASTAÑEDA en su carácter de Juez Penal de Primera instancia de
Autlán de Navarro Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 20 veinte de febrero del año 2013 dos
mil trece, mediante el cual solicita se le aprueben las siguientes plazas:
1.- Un Secretario
1.- Auxiliar Judicial.
Lo anterior debido a las excesivas cargas laborales con que cuenta este
Órgano Jurisdiccional.
20.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTE: En la Octava Sesión
Ordinaria de fecha 20 veinte de febrero del año en curso, celebrada por los integrantes de este Pleno se les tuvo dando cuenta. “…Con la tarjeta informativa que allega el Consejero Juez y Presidente de la Comisión de Vigilancia de este Órgano de Gobierno, MAESTRO JAIME GÓMEZ, respecto a que no sea aprobada la renuncia presentada por ESPINOZA PAREDES GRACIELA, al cargo de Auxiliar Judicial, con clasificación de Base, al Juzgado Décimo Cuarto Penal del Primer Partido Judicial, misma que fue presentada con efectos a partir del día 14 catorce de febrero del año que transcurre, lo anterior, partiendo del hecho de que dicha Auxiliar Judicial, compareció ante este H. Órgano Judicial, presentando un escrito en el cual hace de nuestro conocimiento una serie de irregularidades con relación a la renuncia que aquí se somete a aprobación, escrito el cual fue turnado a la comisión a la que dignamente presido, a fin de llevar a cabo un estudio en cuanto a los hechos ahí narrados, de ahí entonces que ante la incertidumbre de que dicha renuncia haya sido presentada de forma voluntaria o que en su defecto, dicha persona se haya retractado de su deseo de renunciar, es que pone a consideración QUE NO SEA APROBADA dicha renuncia y como consecuencia de ello, tampoco surta efectos, la propuesta de nombramiento que la Titular del Juzgado en comento, hace respecto de LOPEZ LOMELI TANIA JOSEFINA, al cargo de Auxiliar Judicial, a partir del día 15 quince de febrero del año 2013 dos mil trece, en substitución de la mencionada ESPINOZA PAREDES GRACIELA, lo anterior, con base en la tesis sostenida por la Segunda Sala del Supremo Tribunal de Justicia Federal, en su Novena Época, consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su gaceta, tomo XIII, página 495, el cual aparece bajo la voz de RENUNCIA AL TRABAJO A PARTIR DE UNA FECHA FUTURA, SI EL TRABAJADOR SE RETRACTA DE ELLA ANTES DE ESA FECHA, LA RENUNCIA NO SURTE EFECTOS, criterio respecto del cual les fue circulada una impresión...”. habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: “…Ahora bien atendiendo a la cuenta que rinde el señor CONSEJERO JAIME GÓMEZ y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 136, 139, 148 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, no se aprueba la renuncia presentada por la ciudadana GRACIELA ESPINOZA PAREDES, como Auxiliar Judicial con clasificación de Base, adscrita al Juzgado Décimo Cuarto de lo Penal del Primer Partido Judicial, lo anterior, con base en la tesis sostenida por la Segunda Sala del Supremo Tribunal de Justicia Federal, en su Novena Época, consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su gaceta, tomo XIII, página 495, el cual aparece bajo la voz de RENUNCIA AL TRABAJO A PARTIR DE UNA FECHA FUTURA, SI EL TRABAJADOR SE RETRACTA DE ELLA ANTES DE ESA FECHA, LA RENUNCIA NO SURTE EFECTOS.
Si bien es cierto que la Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis publicada en la Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 217-228, Quinta Parte, página 48 de rubro: “RENUNCIA AL TRABAJO. RETRACTACIÓN DE LA.”, estableció que si un trabajador decide retractarse de ella, es necesario que concurra el consentimiento del patrón para que se reanude la relación de trabajo, también lo es, que en tal hipótesis, el consentimiento del patrón era explicable porque ya había surtido efectos la renuncia; por lo que para reanudar el vínculo era indispensable la anuencia patronal; sin embargo, lo anterior no resulta necesario cuando para que surta efectos la dimisión del trabajador tiene que transcurrir un plazo, lo que lleva a considerar que antes de la fecha señalada es válida la retractación sin consentimiento del patrón, pues el arrepentimiento del trabajador pone de manifiesto que ha desistido de su anterior propósito y que desea continuar trabajando, ya que si de acuerdo con las reglas de la lógica no pueden coexistir dos propósito contrarios entre sí, debe entonces interpretarse tal hecho, atento a la real conducta plasmada por el trabajador, en el sentido de que su verdadera intención es seguir prestando sus servicios al patrón y dejar sin efecto la renuncia anunciada, máxime que ello no acarrea perjuicio alguno en virtud de que no se ha materializado el acto concreto de la renuncia. Además, debe decirse que concurren dos elementos que justifican esta conclusión de que el plazo corre en beneficio del trabajador: 1) el derecho que tiene a la estabilidad en el empleo; y 2) la libertad de renuncia que deriva del artículo 5º. Constitucional, está en su derecho dispositivo.
SEGUNDA SALA Contradicción de tesis 57/2000-SS. Entre las sustentadas por el Primer y
Tercer Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 10 de noviembre de 2000. Mayoría de tres votos. Disidentes: Sergio Salvador Aguirre Anguiano y José Vicente Aguinaco Alemán. Ponente: Mariano Azuela Guitrón. Secretario: José Francisco Cilia López.
Por otra parte, no se aprueba la propuesta de nombramiento a favor de
TANIA JOSEFINA LÓPEZ LOMELÍ, al cargo de Auxiliar Judicial adscrita al Juzgado Décimo Cuarto lo Criminal del Primer Partido Judicial, a partir del día 15 quince de febrero del año 2013 dos mil trece y por el término de dos meses, en substitución de GRACIELA ESPINOZA PAREDES, a quien no se le aprueba su renuncia al cargo…”
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el oficio 1479/2013 y signado
por la LICENCIADA MARÍA DE LOURDES HUIZAR ESTRADA, en su carácter de
Juez Décimo Cuarto de lo Criminal del Primer Partido Judicial del Estado de
Jalisco; así como el oficio número 013/2013 signado por el LICENCIADO MARIO PIZANO RAMOS, en su carácter de Consejero Ciudadano del Consejo de la
Judicatura del Estado, recibidos en la Oficialía de Partes de la Secretaría General
de este Cuerpo Colegiado, los días 20 veinte y 21 veintiuno de febrero del año
2013 dos mil trece, mediante los cuales se adjuntó la RENUNCIA presentada por
la Auxiliar Judicial GRACIELA ESPINOZA PAREDES a la Secretario de Acuerdos
LICENCIADA NORMA ADRIANA RODRÍGUEZ ZAPATA, misma que fuera
presentada en la oficialía de partes de aquel Juzgado y remitida a este Consejo,
así como COPIAS CERTIFICADAS el acta de entrega y recepción realizada por la
Auxiliar GRACIELA ESPINOZA PAREDES en la que realiza la entrega a
MARTHA PATRICIA MENDIOLA PARRA con fecha 12 doce de febrero del año
2013 dos mil trece; así como, el acta levantada por la Secretario de Acuerdos
LICENCIADA NORMA ADRIANA RODRÍGUEZ ZAPATA, en la que hace constar
la entrega de la renuncia por parte de GRACIELA ESPINOZA PAREDES posterior al acto de entrega y recepción, así como el resto de las constancias con
las que se justifica el trato dado a dichas actas: lo anterior a efecto de que se
tomen en cuenta en alcance al oficio de referencia y tramite de renuncia
presentada con fecha 14 catorce de febrero del año 2013 dos mil trece.
Así mismo, se da cuenta con el oficio número 1619/2013, signado por la
LICENCIADA MARÍA DE LOURDES HUIZAR ESTRADA, en su carácter de Juez
Décimo Cuarto de lo Criminal del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco; así
como el oficio número 014/2013 signado por el LICENCIADO MARIO PIZANO RAMOS, en su carácter de Consejero Ciudadano del Consejo de la Judicatura del
Estado, recibidos en la Oficialía de Partes de este Secretaría General el día 25
veinticinco de febrero del año 2013, mediante los cuales se adjunta un legajo de
copias certificadas en cumplimiento a lo ordenado en el oficio número
SO.08/2013A90DVDR,CVyP…2141 suscrito por la Secretario General del Consejo
de la Judicatura del Estado de Jalisco, legajo del que se desprende que la
Juzgadora tuvo por recibido el citado oficio y ordenó levantar acta de la presencia
de GRACIELA ESPINOZA PAREDES en el local del Juzgado, y bajo esos
términos hacerle de su conocimiento la recepción del oficio
SO.08/2013A90DVDR,CVyP…2141, el contenido del mismo y se le indicó cual
será el espacio en el que llevara a cabo sus funciones, así como las actividades
que como Auxiliar Judicial de aquel Tribunal deberá desempeñar. Anexando copia
certificada del acta levantada por el Secretario de Acuerdos, en la que hizo constar
lo anterior.
De igual forma se adjunta la certificación levantada por la Secretario de
Acuerdos en las que constan las insistencias que tuvo a LABORAR la mencionada
auxiliar, contados a partir de la presentación de su renuncia, siendo un total de 07
siete días en los cuales no realizo labores afines a su cargo de auxiliar, no
obstante de ser sabedora de su retractación.
21.- Cuenta con el escrito signado por la MAESTRA EN DERECHO MARÍA
ELENA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 21 veintiuno de febrero del
año que transcurre, mediante el cual solicita dos juegos de copias certificadas de
las visitas de inspección practicadas por personal de Visitaduría de este Consejo
al Juzgado de Primera Instancia de Cihuatlán Jalisco en los últimos 10 años por
duplicado para ofrecerlas como prueba en el procedimiento administrativo
262/2012-B y otro.
22.- Cuenta con el oficio 1515/2013, signado por el LICENCIADA MARIA DE LOURDES HUIZAR ESTRADA en su carácter de Juez Décimo Cuarto de lo Criminal del Primer Partido Judicial, recibido en la oficialía de partes de la
Secretaria General de este Cuerpo Colegiado, el día 21 de Febrero del año 2013
dos mil trece, mediante el cual informa lo siguiente:
“…Por este conducto y atendiendo a la insuficiencia de espacio con las que
cuenta este Juzgado, para mantener el sigilo y el archivo de las causas, se ha
tenido a bien en acondicionar el espacio de los baños localizados a las afueras del
juzgado, sin embargo el mismo también es insuficiente para su acomodo, por lo
cual los expedientes se encuentran en el suelo, de ahí pues que, se insista
respecto a que se proporcione el menos 02 DOS de 05 cinco ARCHIVEROS DE 04 CUATRO GAVETAS que fueran solicitados mediante el diverso 1225/2013.
…“(sic).
23.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Séptima Sesión Ordinaria de fecha 13 trece de febrero del año en curso, celebrada por los integrantes de este Pleno se tuvo dando cuenta a “…LA COORDINADORA DE LA SECCIÓN DE AMPAROS LICENCIADA ANA PATRICIA ROSA VIVAR, da cuenta con el oficio 520-T recibido el once de febrero de dos mil trece, procedente del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco dentro del juicio de amparo número 1482/2010, promovido por ÁGUEDA MARÍA TARULA MORENO, mediante los cuales en lo que atañe a la autoridad señalada como responsable, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de primero de febrero de dos mil trece, en los términos siguientes:
“Visto el escrito signado por el autorizado de la parte quejosa, mediante el
cual en atención a la vista de veintidós de enero del año en curso, manifiesta su inconformidad respecto al cumplimiento dado a la ejecutoria de amparo por la autoridad responsable Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, al respecto se provee; agréguense a los autos para los efectos legales a que haya lugar, con fundamento en los artículos 220 y 221 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Ahora bien, del estado de autos se desprende que por diverso oficio SO.22/2011ª119CADMON,DPAF,CAyP…7276 mediante el cual adjuntan la Vigésima Segunda Sesión Ordinaria del Pleno, de ocho de junio de dos mil once, se acordó el monto de liquidación mediante una cédula que fue aprobada por la cantidad de $417,141.11 (cuatrocientos diecisiete mil ciento cuarenta y un peso 11/100 moneda nacional), misma cantidad que fue depositada por la Secretaria de Finanzas, al Consejo de la Judicatura del Estado, el veintiséis de diciembre del año dos mil doce (foja 1499), sin que la fecha dicha cantidad sea otorgada íntegramente a la quejosa; por lo que, con fundamento en los artículos 104 y 105 de la Ley de Amparo, se requiere NUEVAMENTE al pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, para que dentro del término de veinticuatro horas constadas a partir de su legal notificación, de inmediato acrediten haber entregado a la imperante de garantías, la totalidad de los salarios y prestaciones generados desde el uno de febrero de dos mil diez, (fecha del cese laboral), al veintisiete de mayo de dos mil once (fecha en que fue reinstalada la quejosa), los cuales ya fueron depositados en cuenta según se advierte en constancia que obra en autos a foja 1499, por la Secretaria de Finanzas del Estado de Jalisco, bajo apercibimiento que de no hacerlo dentro del lapso indicado, se remitirá de inmediato el juicio en el que se actúa al Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito en turno, para
los efectos de artículo 107, fracción XVI, de la Constitución Federal, toda vez que dichas autoridades no tienen superior jerárquico inmediato a quien requerirle que los conmine a cumplir con una ejecutoria de amparo, al ser estas organismos jurisdiccionales planamente autónomos en el ámbito jurídico, adquiriendo una absoluta autonomía en el ejercicio de su función… “. Habiéndose determinado por los nintegrantes de esta Soberanía lo siguiente: “…En consecuencia, agréguese el oficio de cuenta 520-T procedente del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, relativo al juicio de amparo número 1482/2010 asimismo, regístrese en el cuaderno auxiliar que se lleva para control interno de la Sección de Amparos de este Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco.
Ahora bien, a efecto de cumplir a cabalidad con la ejecutoria de amparo se
puntualiza lo siguiente: Por acuerdo emanado de la Vigésima Segunda Sesión Plenaria
Ordinaria, celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, el día 08 ocho de junio del año 2011 dos mil once, se determinó lo siguiente:
“…Previa discusión y análisis de la cuenta de referencia el CONSEJERO
PRESIDENTE DOCTOR CELSO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, somete a consideración el siguiente ACUERDO: De conformidad a lo dispuesto por los artículos 1º, 2º, 136, 139, 140, 151, 154 y relativos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se tiene al CONSEJERO LUIS ENRIQUE VILLANUEVA GÓMEZ, en su carácter de Presidente de la Comisión de Administración y Actualización de Órganos, rindiendo la cuenta de mérito y por enterados de su contenido a todos y cada uno de los integrantes de esta Soberanía.
Por otro lado, con fundamento en los artículos 136, 139, 148, 152, 154 y
demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, visto el contenido del oficio D.P.A.F./1464/2011, signado por la Directora de Planeación, Administración y Finanzas, mediante el cual se le tiene en estricto cumplimiento a la ejecutoria de amparo dictada por el Juzgado Primero de Distrito Auxiliar con residencia en esta Ciudad, dentro del expediente auxiliar 90/2011, derivado del Juicio de Amparo 1482/2010, que se ventila en el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa del Estado, presentando la cuantificación del pago por concepto de salarios caídos y demás emolumentos que le corresponden a la quejosa TARULA MORENO AGUEDA MARÍA, mismos que hacen un total global de $417,141.11 (CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO CUARENTA Y UN PESOS 11/100 MONEDA NACIONAL); en consecuencia, tomando en consideración que no se cuenta con los recursos económicos para dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo, se determina girar atento oficio a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, para que del presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal del año 2011 dos mil once, referente a la partida para este Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, por concepto de responsabilidad patrimonial del estado, ponga a disposición de esta Soberanía, el numerario señalado para cumplimentar la ejecutoria de amparo y ejercerlo en el rubro para el cual fue destinado.
Asimismo se instruye a la Secretaría General de este Consejo para que gire
atento oficio a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado, en los términos antes acordados, asimismo notifique a la Sección de Amparos a efecto de que remita a la Autoridad Federal las constancias relativas al cumplimiento de la Ejecutoria de Amparo.
Comuníquese el contenido del presente proveído a la Comisión de
Administración y Actualización de Órganos, a la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas, a la Coordinación de Amparos, así como a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. EN VOTACIÓN ECONÓMICA SE PREGUNTA SI SE APRUEBA. APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS. SO.22/2011A119CADMON,DPAF,CAyP. …”
Luego, por acuerdo de fecha cuatro de diciembre del año dos mil doce
emitido por el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado, mismo que fuera notificado mediante oficio número 5194-A, se requirió a esta Soberanía en los siguientes términos:
“…requiérase al Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado y Director
de Planeación, Administración y Finanzas del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, toda vez que están obligadas a cumplir con la sentencia dictada en autos, ara que al margen de las acciones que se realicen para concretar la transferencia entre partidas, ordenada en párrafos que anteceden, realicen a su vez, las gestiones necesarias a efecto de que en su partida presupuestal de dos mil trece, se contemple sin excusa ni pretexto, la cantidad de $417,141.11 (cuatrocientos diecisiete mil ciento cuarenta y un pesos 11/100 moneda nacional), para que le sea entregado a la impetrante de garantías, lo inherente a los emolumentos correspondientes a los salarios y prestaciones generados desde el uno de febrero del dos mil diez (fecha del cese), al veintiséis de mayo de dos mil once (fecha en que fe reinstalada la promovente de garantías), mismo que fueron calculados en la cantidad de $417,141.11 (cuatrocientos diecisiete mil ciento cuarenta y un pesos 11/100 moneda nacional)…”
En razón de lo anterior, atendiendo a lo ordenado en el oficio número 520-
T, dictado por el Juez de Amparo, y con la finalidad de cumplir cabalmente con lo ordenado por la autoridad federal, se instruye a la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, para que en forma inmediata acredite haber entregado a la impetrante de garantías, la totalidad de los salarios y prestaciones generados desde el uno de febrero de dos mil diez, (fecha del cese laboral), el veintisiete de mayo del dos mil once (fecha en que fue reinstalada la quejosa), los cuales ya fueron depositados en cuenta según se advierte en constancia que obra en autos a foja 1499, por la Secretaría de Finanzas del Estado de Jalisco; montos que han sido precisados en el párrafo precedente.
Del presente acuerdo, y constancia de pago que allegue el Director de
Planeación, Administración y Finanzas de este Consejo, remítase copia certificada al Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado, a fin de que se tenga a esta Soberanía dando cabal cumplimiento a lo ordenado.
ANTECEDENTES DEL JUICIO DE AMPARO QUEJOSO: ÁGUEDA MARÍA TARULA MORENO. AUTORIDADES RESPONSABLES: 1.- EL H. PLENO DEL CONSEJO DE
LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO. ACTO RECLAMADO: LA VIGÉSIMA QUINTA SESIÓN ORDINARIA
CELEBRADA EL DÍA 30 DE JUNIO DE 2010 RELATIVA AL EXPEDIENTE 10/2010 DEL ÍNDICE DE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DE PERSONAL DE CONFIANZA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO.
TERCERO PREJUDICADO: JUAN CARLOS GÓMEZ VELAZQUEZ. EN VOTACIÓN ECONÓMICA SE PREGUNTA SI SE APRUEBA, APROBADO POR UNANIMIDAD. SO.07/2013A23.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número
D.P.A.F./35/2013 signado por el LICENCIADO MARTÍN JAIME PEÑA GUERRERO, en su carácter de Director de Planeación, Administración y Fianzas,
recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo
Colegiado, el día 21 veintiuno de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el
cual se le tiene dando cumplimiento a lo ordenado en el oficio
SO.07/2013A23DPAFyP…2067, de fecha 13 trece de febrero de 2013 dos mil
trece, en relación al juicio de garantías 1482/2010, del índice del Juzgado
Segundo de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo, promovido por
AGUEDA MARIA TARULA MORENO, expone diversas manifestaciones que
deben tomarse a efecto de estimar cumplimentada la ejecutoria de amparo, misma
que detalla en su oficio de cuenta.
Nota: Se informa que se remitió copia certificada de dicho comunicado a la
Autoridad Federal, encontrándonos en espera del proveído que al efecto recaiga.
24.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Sexta Sesión
Ordinaria Celebrada el día 06 seis de Febrero del 2013 dos mil trece, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, se dio cuenta con el oficio número 779/2013 signado por la LICENCIADA MARIA DE LOURDES HUIZAR ESTRADA en su carácter de Juez Décimo Cuarto de lo Criminal del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 30 treinta de enero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual señala lo siguiente:
“…1.- En el comunicado que se pretendió entregar a la Unidad Departamental de Informática del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, una persona que se ostento como encargado y dijo llamarse DAVID CONTRERAS, se negó rotundamente a recibir el comunicado de referencia, en el que se daba contestación a lo ordenado en su comunicado de fecha 12 doce de diciembre del año 2012 dos mil doce, con número de oficio SO.46/2012A128GRALyP…9364, puesto que sin advertir el contenido del oficio y a través de un manuscrito informal pretendió realzar indicaciones e instruir al Oficial Notificador adscrito al Juzgado que presido, respecto a nuevos requerimientos de los que no fueron indicados en su comunicado, exigiendo cosas que ni el pleno solicita.
2.- hago mención que el referido DAVID CONTRERAS, se negó sin razón fundada y motivada de conformidad a alguna normatividad, a recibir el comunicado que le enviaba, pues de acuerdo al artículo 8 Constitucional, toda Autoridad está obligada a recibir los comunicados y dar respuesta por escrito respecto a dicha circunstancia de petición que en esos momentos se pretendía realizar.
Lo anterior, se le informa con el objeto de justificar los motivos por los cuales no fue posible dar cumplimiento a lo ordenado mediante oficio SO.46/2012A128GRALyP…9364, de fecha 12 doce de diciembre del año 2012 dos mil doce, para que en su caso tengan conocimiento de que el referido DAVID CONTRERAS, está obstruyendo el cumplimiento de esta Juzgadora a lo ordenado por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco…” Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: ”… dados los antecedentes de la presente cuenta, se instruye a la Secretaría General para que haga del conocimiento de los Titulares de los distintos Órganos Jurisdiccionales y Administrativos que conforman este Consejo, que la información que les fue solicitada por acuerdo plenario SO.46/2012A128GRALyP, deberán allegarla en su momento en forma electrónica y bajo los lineamientos puntualizados en aquel acuerdo, dado que, como se indicó dicha información será publicada en el sitio web correspondiente de acuerdo a los rubros que a cada Órgano Jurisdiccional compete, y en los términos aplicables de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Así también se les informa que mediante oficio signado por la Secretaría de la Sección de Trámite de Controversias Constitucionales y de Acciones de inconstitucionalidad de la Subsecretaría General de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se hizo del conocimiento de este Cuerpo Colegiado
el contenido de la resolución de fecha 29 veintinueve de enero de dos mil trece, de la que se desprende que dentro de la Controversia Constitucional número 1/2013 se concedió la suspensión solicitada por el Poder Judicial del Estado de Jalisco, en los siguientes términos:
“…se concede la suspensión respecto de los efectos de la resolución de veintiuno de noviembre de dos mil doce, dictada por el Consejo del Instituto de Transparencia e información Pública del Estado de Jalisco, en el recurso de transparencia 017/2012, para que las cosas se mantengan en el estado en que actualmente se encuentran y, por ende, dicho instituto se abstenga de emitir, ejecutar o exigir cualquier acto relacionado con el cumplimiento de la resolución impugnada, hasta en tanto esta Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva la controversia constitucional de la que deriva este incidente. …”
Razón por la cual, no resulta necesario que en este momento alleguen la información aludida, sin embargo deberán tomar las providencias necesarias en la inteligencia de que, una vez levantada la medida suspensional en cuestión, deberán actualizar y allegar inmediatamente la información aludida y en los términos indicados.
Visto el contenido del oficio EJ 3564/2012, suscrito por el Abogado José Miguel Ángel de la Torre Laguna, Secretario Ejecutivo del Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco, mediante el cual remite copia de la resolución del recurso de transparencia promovido por ALFONSO PARTIDA CABALLERO, contra este Consejo de la Judicatura, de fecha 21 veintiuno de noviembre de 2012 dos mil doce, se requiere a los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales, dependientes de este Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, a efecto de que actualicen la información fundamental que debe ser publicada en el sitio web de este Consejo, de acuerdo a los rubros que a cada Órgano le compete, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en los numerales 30, 31 fracción III, 32 y 35 de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, información que deberá ser remitida a la Unidad Departamental de Informática, con copia a la Unidad de Transparencia de este Consejo de la Judicatura, en la inteligencia de que dicha información deberá ser remitida el día 15 quince de enero de 2013 dos mil trece, como fecha límite.
Para el debido cumplimiento de dicho requerimiento, adjúntese 01 un legajo
de copias simples de la relación que especifica los períodos en que se tiene que actualizar la información en el sitio web, de acuerdo a los rubros que a cada Órgano Administrativo o Jurisdiccional compete, así como 01 un legajo que contenga los artículos relativos y aplicables de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, que fundamentan el presente acuerdo…”
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio 1516/2013 signado por
la LICENCIADA MARÍA DE LOURDES HUIZAR ESTRADA en su carácter de
Juez Décimo Cuarto de lo Criminal del Primer Partido Judicial del Estado de
Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo
Colegiado, el día 21 veintiuno de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el
cual manifiesta lo siguiente:
“…que atendiendo al contenido del oficio SO.06/2013A77GRAL…1814, tengo a bien solicitar se me acuse de recibido el envió electrónico de la relación
relativa a la Estadística Mensual de Enero de 2013 dos mil trece, enviada al correo
electrónico secretaria.general.consejo@gmail.com, ello al no contar con correo
oficial para el envió de tal información, pues revisado que ha sido el correo oficial
de este Juzgado, a la fecha no se ha acusado de recibo el envió de la misma, de
tal manera solicito se acuse de recibo el envío electrónico de la Estadística
Mensual correspondientes a Enero de 2013 dos mil trece, ya sea por esta vía o
por el mismo medio electrónico. …”
25.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Trigésima sexta
Sesión Ordinaria Celebrada el día 10 de octubre del 2012 dos mil doce, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, da cuenta con el oficio número los oficios números DC.1037/2012, DC.1038/2012, DC.1039/2012, MARGARITA NEVÁREZ VELASCO, en su carácter Directora de Contraloría de esta Judicatura, recibidos en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado el día 02 dos de octubre del año que transcurre, mediante los cuales informa que en cumplimiento al calendario 2012 de Auditorias aprobado por el Pleno de este Consejo, en la SO.2/2012A261, informa que se ha realizado la Auditoria Anual a los siguientes Juzgados: Mixto de Cihuatlán, Jalisco; Especializado en Justicia Integral para Adolescentes de Ocotlán, Jalisco; Segundo Civil de Ocotlán, Jalisco; Octavo Penal del Primer Partido Judicial y Juzgado Penal de Ocotlán, Jalisco.
De igual forma se anexan en los diversos oficios, informes finales de las
auditorías realizadas a cada uno de los citados órganos jurisdiccionales…”. Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía lo siguiente: “…visto el contenido de los oficios DC.1037/2012, DC.1038/2012, DC.1039/2012, DC.1040/2012 y DC.1041/2012, signados por la LICENCIADA ROSA MARGARITA NEVÁREZ VELASCO, en su carácter Directora de Contraloría de esta Judicatura, de los que se desprende que en la Auditoria Anual realizada a los Juzgados: Mixto de Cihuatlán, Jalisco; Especializado en Justicia Integral para Adolescentes de Ocotlán, Jalisco; Segundo Civil de Ocotlán, Jalisco; Octavo Penal del Primer Partido Judicial y Juzgado Penal de Ocotlán, Jalisco, se formularon observaciones a los Titulares de dichos órganos jurisdiccionales, es por lo que, se instruye a la Secretaría General de este Consejo, para que a su vez requiera a los Juzgadores en mención, a fin de que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sean notificados, solventen ante la Dirección de Contraloría la o las observaciones que se les efectuaron en la auditoria correspondiente. Lo anterior bajo el apercibimiento que de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no solventada la misma, lo que se hará del conocimiento de la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades de este Consejo, en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción XXX,154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado…”.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 226/2013
signado por el LICENCIADO DANIEL ESPINOSA LICON, en su carácter de Juez Segundo de lo Civil de Ocotlán, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 21 veintiuno de febrero del
año 2013 dos mil trece, mediante el cual da contestación al oficio
SO.37/201290DCyP…7431, de fecha 10 diez de octubre del año 2012, y en
relación al informe final de la auditoria 2012, realizada en el Juzgado a su cargo, el
pasado 05 cinco de septiembre del año 2012 dos mil doce, por lo que ve a las
observaciones realizadas bajo punto 1.2, hace del conocimiento que mediante
oficios números 033/2013, 034/2013, 035/2013, de fecha 14 catorce de enero del
año en curso, se dio cumplimiento a las mismas; oficios de los cuales se
acompañan copias certificadas correspondientes. Así mismo hace la
manifestación de que a la fecha no se ha realizado la valoración y en su caso
reparación del equipo de cómputo y mobiliario respectivos, por el personal
correspondiente de este Consejo.
26.- Cuenta con el escrito signado por el CIUDADANO RAÚL EMILIO
LOMELÍ ASCENCIO, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General
de este Cuerpo Colegiado, el día 21 veintiuno de febrero del año 2013 dos mil
trece, mediante el cual refiere que presenta ampliación de la queja administrativa
en contra del Juez Quinto de lo Civil LICENCIADO MARCO ANTONIO MADRIGAL
SÁNCHEZ, por hechos verificados en su agravio y que guardan relación con el
expediente 443/2000.
27.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Quinta Sesión
Plenaria Ordinaria, celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado el día 30 treinta de enero del año 2013 se tuvo por recibida la siguiente cuenta: “…con el oficio número 553/2013 signado por el ABOGADO ALEJANDRO GUEVARA PEDROZA, en su carácter de Juez Séptimo de lo Criminal del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 22 veintidós de enero del año que transcurre, mediante el cual solicita se le informe sí el Licenciado GUILLERMO OLIVARES CERVANTES, ex Secretario en el Juzgado a su cargo, promovió con conocimiento de esta Soberanía, algún juicio laboral o de otra índole en el que el suscrito sea parte.
Señalando que dicha información le resulta necesaria para saber si existe materializada una causa de improcedencia que fuera planteada por el ex servidor público ante aquel Juzgado. …”. Habiéndose determinado por los integrantes de este Pleno, lo siguiente: “…se ordena tunar el oficio número 553/2013 signado por el ABOGADO ALEJANDRO GUEVARA PEDROZA, en su carácter de Juez Séptimo de lo Criminal del Primer Partido Judicial, a la Dirección de Oficialía de Partes Archivo y Estadística, así como a la Comisión Substanciadora de Conflictos Laborales con el Personal de Confianza, a fin de que rinda el informe solicitado por el Juez Séptimo de lo Criminal del Primer Partido Judicial. …”
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 0219/2013
signado por el LICENCIADO JORGE ARMANDO CARRILLO MUÑOZ, en su
carácter de Director de Oficialía de Partes Archivo y Estadística, recibido en la
Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 22
veintidós de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual en contestación
al oficio SO.05/2013A78DOPAE,CSCLCyP…1079, derivado de la Quinta Sesión
Ordinaria del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, celebrada el día 30
de enero del 2013, informando que la unidad Departamental de Archivo no cuenta
con información alguna respecto de lo solicitado. Así mismo informa que el
Departamento de Oficialía de Partes Común carece de una base de datos que
permita visualizar la existencia de algún procedimiento laboral que ventile en las
Comisiones Substanciadoras del Consejo de la Judicatura a nombre de
GUILLERMO OLIVARES CERVANTES, así mismo, en el registro de demandas
presentadas en la Oficialía de Partes consultada la base de datos NO SE
ENCONTRÓ DEMANDA A NOMBRE DEL REFERIDO O EN CONTRA DE
ALEJANDRO GUEVARA PEDROZA.
28.- Cuenta con la copia del escrito signado por RUBÉN SALDAÑA
MORAN en su carácter de Gerente General de Plaza Santa María, recibido en la
Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 22
veintidós de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual informa lo
siguiente:
“…Por este medio me dirijo a Ud. Con un cordial saludo y hacer de su
conocimiento que el próximo Jueves 28 de Febrero del 2013 a la 1:p.m., se le
estará entregando la llave del Local 114- 1 Y 2 para el cambio del Juzgado
Segundo de lo Civil de Puerto Vallarta, con las adecuaciones necesarias y
sugerencias que Ud. En su momento solicito…”. (sic).
29.- Cuenta con el oficio número C.J. 32/2013 signado por el Secretario
Relator de la Comisión de Carrera Judicial Adscripción y Evaluación, recibido en la
Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 22
veintidós de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual remite los
siguientes proyectos:
• Acuerdo que establece las bases para que las adquisiciones,
arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes,
prestación de servicios de cualquier naturaleza y contratación de
obra se ajusten a los criterios contemplados en el artículo 134 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
• Acuerdo que aprueba el Código de Ética de Consejo de la
Judicatura del Estado.
• El reglamento para Regular la Conservación, Mantenimiento y el
Uso de los Bienes Muebles e Inmuebles Públicos del Consejo de
la Judicatura del Estado.
30.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuarta Sesión Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 30 treinta de marzo del año 2010, se determinó instruir a la Secretaría General de este Consejo de la Judicatura, para que todos los escritos de quejas administrativas que sean presentados ante dicha Secretaría, se dé cuenta ante este Honorable Pleno para que éste determine lo conducente, y en caso de que se estime procedente iniciar procedimiento disciplinario, sea remitido a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad al Titulo Séptimo, Capitulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia
para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el escrito signado por el
CIUDADANO CESAR BERNARDINO MORALES MENDOZA, recibido en la
Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 22
veintidós de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual interpone queja
administrativa en contra del JUEZ Y SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE CHAPALA, por los hechos que narra en
su escrito de cuenta y que guardan relación con el expediente número 170/2013
del índice de ese Juzgado.
31.- Cuenta con el oficio número 35/2013 signado por la LICENCIADA
LUCIA JOSUNE DE JESÚS DÍAZ ROBLES, en su carácter de Directora del
Instituto Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de
este Cuerpo Colegiado, el día 22 veintidós de febrero del año 2013 dos mil trece,
mediante el cual remite su plan operativo anual, mismo que pone a consideración
para su correspondiente aprobación, de las actividades académicas que abarcan
del mes de enero al mes de diciembre de la presente anualidad, mismas que
detalla en su escrito de cuenta.
32.- Cuenta con el oficio sin número signado por la Ciudadana LUZ MARIA
LÓPEZ SANTO, en su carácter de Actuario Judicial, adscrita al Juzgado Autlán de
Navarro, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de
este Cuerpo Colegiado, el día 25 veinticinco de febrero del año 2013 dos mil trece,
mediante el cual informa lo siguiente:
“…Por medio del presente, me es grato saludarlos y a la vez manifestarles
que en razón de que ha sido mi interés de superarme tanto en mi persona como
profesionalmente, ya que acabo de terminar la Escuela Preparatoria promedio
general de 99.22, y toda vez que en Autlán no hay Escuelas semiescolarizada en
la carrera de Derecho, por lo tanto, me vi en la necesidad de inscribirme en la
Universidad de Guadalajara pero no obtuve la admisión, es por lo que me inscribí
en la Universidad Enríquez Días de León, en donde las clases serán de 6:00 a
10:00 horas de la noche los días viernes, los sábados de 8:00 a 14:00 hrs. Y dada
la distancia y mi precaria economía porque el semestre me va a costar $7,200.00
pesos más el gasto del transporte y alimentación, es por lo que solicito de no
existir inconveniente alguno, se me otorgue permiso para salir los días viernes de
cada semana a partir del día 8 de Marzo del año en curso a las 13:00 horas para
poder trasladarme a la Ciudad de Guadalajara para asistir a clases y de ser
posible se me ayude con el pago de mi colegiatura. Al cual le adjunto copia
fotostática de la inscripción realizada a la citada Universidad…” (sic).
33.- Cuenta con un oficio de canalización folio CASE: 00703-13 signado por
la LICENCIADA LAURA PATRICIA CORTÉS SAHAGÚN, en su carácter de
Directora de Atención Ciudadana del Despacho del Gobernador del Estado de
Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo
Colegiado, el día 25 veinticinco de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el
cual informa lo siguiente:
“…En el marco del Plan Estatal de Desarrollo Jalisco 2030, hablar de buen gobierno es referirse a la capacidad de las dependencias gubernamentales para dirigir en forma adecuada a la sociedad y procesar las demandas de la ciudadanía. En este orden de ideas me permito saludarlo y dirigir a Usted, asunto
que amablemente ha sido planteado al C. Emilio González Márquez, Gobernador
Constitucional del Estado.
Remitente: Raúl Emilio Lomelí Ascencio Gaspar Bolaños
876 880 Col. Jardines Alcalde Guadalajara,
Jalisco, México CP.
Asunto: Denuncia actos irregulares cometidos por la
Juez del Juzgado sexto de lo Civil. (Ver anexo)
Lo anterior, con la finalidad de que sea tan amable de atender el asunto en
referencia, agradeciéndole la gentileza de informar tanto al interesado como a este
Centro, la resolución adoptada, pues es un compromiso de esta Dirección a mi
cargo, el brindar un servicio ágil y eficiente a la ciudadanía….”.
34.- Cuenta con el oficio número 600-372013-01572 signado por el
LICENCIADO ELEUTERIO DÍAZ MARÍA, en su carácter de Administrados Local
Jurídico de Guadalajara de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, recibido
en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día
25 veinticinco de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual solicita se le
informe, si se RADICÓ ante los Juzgados de Primera Instancia del Ramo Civil,
Familiar y/o Mixtos del Estado de Jalisco, Juicio Sucesorio en relación a los
bienes de la C. SOCORRO SANTIAGO CARO, en caso afirmativo, se le informe
sobre el estado procesal en el que se encuentra, así como, la fecha en que se
interpuso el mismo y el nombre del Albacea o Representante Legal de la sucesión.
Igualmente solicita se le tengan por autorizados los Servidores Públicos
adscritos a ese local Jurídica de Guadalajara, los Licenciados en Derecho Fanny
Carina Gómez Plancarte, Jorge Eduardo López González, y David Villegas
Palomares, para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos.
CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO
OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DEL HONORABLE PLENO DEL
CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO, CELEBRADA EL DÍA 20 VEINTE DE FEBRERO DEL AÑO 2013 DOS MIL TRECE, EN EL SALÓN DE PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO, A LAS 12:00 HORAS.
ORDEN DEL DÍA
1° Informe de la Presidencia, Señor CONSEJERO
PRESIDENTE MAESTRO LUIS CARLOS VEGA PÁMANES.
2º I.- Cuentas de la Sección de Amparos.
3° Informe de la Secretaría General.
I.- Dar cuenta con los movimientos correspondientes
al área de Recursos Humanos.
II.- Dar cuenta con diversas comunicaciones.
4º Asuntos Varios.
SECCIÓN DE AMPAROS.
1.- Cuenta con el oficio 2802 recibido el doce de Febrero de dos mil trece,
procedente del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco,
dentro del juicio de amparo 144/2013, promovido por NORA MELISA RESÈNDIZ VELAZQUEZ, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de once
de Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
1. Se admite demanda de amparo.
2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado.
3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
2.- Cuenta con el oficio 247-II recibido el trece de Febrero de dos mil trece,
procedente del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco,
dentro del juicio de amparo 108/2013, promovido por DOMINGO ZEPEDA GOMEZ, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de seis de
Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
1. Se admite demanda de amparo.
2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado.
3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
3.- Cuenta con el oficio 271/2013-IV recibido el quince de Febrero de dos
mil trece, procedente del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el
Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo 156/2013, promovido por
SOCIEDAD LIMITADA DE LOS ACTIVOS DE GRAMERCI, S. DE R.L. DE C.V., mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables,
de forma substanciosa informa el contenido del proveído de trece de Febrero del
dos mil trece, en los términos siguientes:
1. Se admite demanda de amparo.
2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado.
3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
4.- Cuenta con el oficio 391/2013 recibido el quince de Febrero de dos mil
trece, procedente del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en el Estado
de Jalisco, dentro del juicio de amparo 155/2013, promovido por SCRAP II SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables,
de forma substanciosa informa el contenido del proveído de trece de Febrero del
dos mil trece, en los términos siguientes:
1. Se admite demanda de amparo.
2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado.
3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
5.- Cuenta con el oficio 535-C recibido el trece de Febrero de dos mil trece,
procedente del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco,
dentro del juicio de amparo 104/2013, promovido por CELIA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de uno de
Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes: 1. Se admite demanda de amparo.
2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado.
3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
6.- Cuenta con los oficios 711-H al 789-H juicio principal y 728-H al 791-H
incidente suspensión, recibidos el quince de Febrero de dos mil trece, procedentes
del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado
de Jalisco, dentro del juicio principal e incidente de suspensión 193/2013 y su
acumulado 280/2013 promovido por IGNACIO PEÑA ZAMORA, mediante los
cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma
substanciosa informa el contenido del proveído de doce de Febrero del dos mil
trece, en los términos siguientes:
PRINCIPAL 1. Se admite demanda de amparo. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
INCIDENTE 1. Se niega la suspensión provisional por tratarse de actos consumados. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe previo. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia incidental.
7.- Cuenta con los oficios 546-H al 549-H juicio principal y 550-H al 553-H,
627-H al 630-H incidente de suspensión, recibidos el quince y dieciocho de
Febrero de dos mil trece, procedentes del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo
27/2013, promovido por GUILLERMO MORALES CAMPOS, mediante los cuales
en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma
substanciosa informa el contenido del proveído de doce de Febrero del dos mil
trece, en los términos siguientes:
PRINCIPAL 1. Se admite demanda de amparo. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
INCIDENTE 1. Se niega la suspensión provisional por tratarse de actos negativos. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe previo. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia incidental.
Oficios 627-H al 630-H Se difiere la fecha de audiencia incidental.
8.- Cuenta con los oficios 543-C al 545-C y 625-C al 630-C recibidos el
doce y quince de Febrero de dos mil trece, procedentes del Juzgado Sexto de
Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del
juicio de amparo e incidente de suspensión 193/2013 promovido por CYNTHIA ELIZABETH RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, mediante los cuales en lo que atañe a
las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido de los proveídos de ocho y catorce de Febrero del dos mil trece, en los
términos siguientes:
Oficios 543-C al 545-C ÚNICO.- Se niega a CYNTHIA ELIZABETH RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ la
suspensión definitiva. Oficios 625-C al 630-C Requiérase al Director de Planeación, Administración y Finanzas, asi como
al Representante del Pleno y Secretario General, todos del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, para que en el término de tres días, proporcionen el domicilio del tercero perjudicado Manuel Corona Pérez, a efecto de ser emplazado al juicio de amparo que nos ocupa.
9.- Cuenta con los oficios 1025 al 1029 recibidos el quince de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Primero de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo
1400/2012, promovido por OMAR RAÚL UREÑA CASILLAS, mediante los cuales
en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma
substanciosa informan el contenido de la interlocutoria de fecha catorce de
Febrero de dos mil trece, en los términos siguientes:
ÚNICO. Se declara infundado el incidente de desacato a la suspensión
provisional concedida al quejoso OMAR RAÚL UREÑA CASILLAS, el cuatro de
julio de dos mil doce, en contra de las autoridades responsables precisadas en el
resultando primero de esta sentencia y por las razones expuestas en el último
considerando de este fallo.
10.- Cuenta con los oficios 1179 al 1182 y 1015 al 1017, recibidos el trece
de Febrero de dos mil trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en
Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del incidente
de suspensión 174/2013 promovido por ROLANDO ORTEGA CASTILLO,
mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido de los proveídos de
seis y ocho de Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
Oficios 1179 al 1182
Se tiene por recibido el oficio signado por la Secretaria de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, mediante el cual, envía testimonio de la ejecutoria pronunciada del seis de febrero de dos mil trece, en el toca de queja 27/2013 de su índice:
ÚNICO.- Es infundado el recurso de queja.
Oficios 1015 al 1017
ÚNICO.- Se concede a la parte quejosa, la suspensión definitiva solicitada
contra los actos reclamados a las autoridades señaladas en el resultando primero de la presente resolución, por los motivos, razonamientos y para los efectos que se exponen en el último considerando.
EFECTOS: “…SE CONCEDE a la parte quejosa la suspensión definitiva del acto reclamado para el efecto de que no surta efectos la suspensión decretada dentro del expediente 491/2012 el índice de la Segunda Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco y, se le reconozca el nombramiento que le fue otorgado hasta el treinta y uno de Agosto de dos mil trece, como Jefe de Sección adscrito a la Dirección de Oficialía de Partes, Archivo y Estadística, del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, se le permita llevar a cabo el ejercicio de sus actividades y funciones inherentes al cargo que le fue otorgado y se le paguen los salarios correspondientes al nombramiento que le fue contenido; lo anterior, hasta en tanto se resuelva en definitiva el juicio de amparo el cual deriva la presente incidencia… ”
11.- Cuenta con los oficios 1223 al 1225 recibidos el trece de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del incidente de
suspensión 175/2013 promovido por MANUEL ESPARZA CONTRERAS, mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de ocho
de Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
ÚNICO.- Se declara sin materia el presente recurso de queja.
12.- Cuenta con los oficios 685-9 al 691-9 y 764-9 al 770-9 recibidos el trece
y dieciocho de Febrero de dos mil trece, procedentes del Juzgado Tercero de
Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del
juicio de amparo e incidente de suspensión 119/2013-9 promovido por JOSÉ CRUZ MERCADO HERRERA, mediante los cuales en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido de los proveídos de once y trece de Febrero del dos mil trece, en los
términos siguientes:
Oficios 685-9 al 691-9 Se difiere la fecha de audiencia incidental, a fin de que se remitan las
documentales solicitadas.
Oficios 764-9 al 770-9 Se difiere la fecha de audiencia constitucional, a fin de que las partes se
impongan del contenido de los informes justificados.
13.- Cuenta con los oficios 491-2 al 495-2 recibidos el trece de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Tercero de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo
42/2012, promovido por JORGE LUIS SOLÍS ARANDA, mediante los cuales en lo
que atañe a la autoridad señalada como responsable, de forma substanciosa
informa el contenido del proveído de once de Febrero de dos mil trece, en los
términos siguientes:
Se requirió al Secretarios de Acuerdo del Juzgado Mixto de Primera
Instancia del Vigésimo Sexto Partido Judicial del Estado de Jalisco para que
informara la fecha en que se reincorporó el quejoso Jorge Luis Solís Aranda a sus
labores como Titular del Juzgado Mixto de Primera Instancia, y a efecto de contar
con el acuse re recibo correspondiente de ese oficio, se ordena diferir la
celebración de la audiencia constitucional.
14.- Cuenta con los oficios 628, 629 y 631 recibidos el trece de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Primero de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo
2295/2012, promovido por JUANA SÁNCHEZ PRECIADO Y OTRO, mediante los
cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma
substanciosa informa el contenido del proveído de doce de Febrero del dos mil
trece, en los términos siguientes:
• Se difiere la fecha de audiencia constitucional pare dar oportunidad a que
transcurra el termino de ocho días, para que las partes se impongan del
contenido del informe justificado.
15.- Cuenta con los oficios 703-J al 705-J recibidos el quince de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo
2349/2012, promovido por DAVID AXEL RUVALCABA HERNÁNDEZ, mediante
los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de
forma substanciosa informa el contenido del proveído de fecha trece de Febrero
del dos mil trece, en los términos siguientes:
• Visto el estado que guardan los presentes autos, de los que se advierte que
aun no obra en autos, el despacho numero 223/2012-166-D, dirigido al Juez
de Primera Instancia Mixto en Teocaltiche, Jalisco, mediante el cual se le
envió a efecto de emplazar al tercero perjudicado Luis Enrique Razo
Jiménez; por tanto se difiere la fecha de audiencia constitucional.
16.- Cuenta con los oficios 996 al 1000 recibidos el catorce de Febrero del
dos mil trece, procedentes del Juzgado Primero de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo
1399/2012 y su acumulado 1400/2012, promovido por KARINA YOLANDA RÍOS
SEGURA, mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de fecha
trece de Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se difiere la fecha de audiencia constitucional, ya que se otorgó un término de tres días, a fin de que precisara el cargo que tiene Mónica Patricia Iñiguez Soto, en el Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, pues se ostenta como autoridad responsable y pretendió dar cumplimiento al requerimiento realizado.
• Toda vez que el quejoso ofreció el testimonio a cargo de Miguel Gutiérrez Barba, con domicilio en calle Emilio Cautelar numero 70, interiores 5 y 6, colonia Arcos Vallarta en Guadalajara, Jalisco, asimismo, solicito fuera citado por conducto de este órgano jurisdiccional, en el domicilio anterior, en consecuencia, procede requerir a dicho ateste, para que el día y hora señalado en párrafo que antecede para la celebración de la audiencia constitucional, se constituya en el local que ocupa este Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, al desahogo de la prueba testimonial ofrecida a su cargo.
17.- Cuenta con los oficios 616-E al 620-E recibidos el quince de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa
y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo 85/2013,
promovido por JOSÉ MAGAÑA VELAZQUEZ, mediante los cuales en lo que
atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa
informa el contenido del proveído de doce de Febrero del dos mil trece, en los
términos siguientes:
• Se difiere la fecha de audiencia constitucional para dar oportunidad a que
transcurra el término de ocho días y las partes se impongan del contenido
del informe justificado.
18.- Cuenta con los oficios 433-H al 438-H recibidos el quince de Febrero
del dos mil trece, procedentes del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo
número 1787/2012, promovido por MIGUEL VALENZUELA GONZÁLEZ,
mediante los cuales en lo que atañe a la autoridad señalada como responsable, de
forma substanciosa informa el contenido de la sentencia de fecha treinta y uno de
Enero del dos mil trece, en los términos siguientes:
ÚNICO. Se sobresee en el juicio de amparo promovido por MIGUEL VALENZUELA GONZÁLEZ.
19.- Cuenta con el oficio 300 recibido el trece de Febrero del dos mil trece,
procedente del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de
Jalisco, dentro del juicio de amparo número 53/2013, promovido por ANTONIO GONZÁLEZ NAVARRO, mediante el cual en lo que atañe a la autoridad señalada
como responsable, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de
fecha doce de Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se actualiza la causa de improcedencia prevista en el artículo 73, fracción XVI,
por lo que se decreta el Sobreseimiento fuera de audiencia en el presente
juicio de garantías, archivase el expediente como asunto concluido.
20.- Cuenta con los oficios 820 al 830 recibidos el catorce de Enero de dos
mil trece, procedentes del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y
de Trabajo dentro del juicio de amparo 1440/2012 promovido por CARLOS RAMÍREZ RODRÍGUEZ, mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades
señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el contenido de la
sentencia de trece de Febrero de dos mil trece, en los términos siguientes:
ÚNICO.- Se sobresee en el presente juicio de amparo 1440/2012, promovido por CARLOS RAMÍREZ RODRÍGUEZ, respecto de los actos precisados en los incisos a) al k) del considerando segundo, atribuidos al Congreso, el Gobernador y al Secretario General de Gobierno, todos del Estado de Jalisco; al Director del Diario Oficial “El Estado de Jalisco”; al Pleno, al Presidente, al Secretario General, a la Consejera Ciudadana, al Consejero Juez, a la Dirección de Planeacion, Administración y Finanzas; al Presidente de la Comisión Substanciadora de Conflictos Laborales con Personal de Base, al Presidente de la Comisión de Vigilancia, a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades; y al Notificador adscrito a la Secretaria General, todos del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, por los motivos expresados en el considerando último de la misma.
21.- Cuenta con los oficios 771-3 al 781-3 recibidos el dieciocho de Febrero
de dos mil trece, procedentes del Juzgado Tercero de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo dentro del juicio de amparo 2033/2011 promovido por
JOSÉ RICARDO BAEZA MADRIGAL mediante los cuales en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de fecha trece de Febrero de dos mil trece, en los términos
siguientes:
• Se tiene por interpuesto el recurso de revisión que hicieron valer los
terceros perjudicados en contra de la sentencia dictada en autos.
22.- Cuenta con los oficios 613, 2206 al 2215 recibidos el trece dieciocho de
Febrero de dos mil trece, procedentes del Primero y Segundo Tribunal Colegiado
en Materia Administrativa del Tercer Circuito en el toca de queja 106/2012 y
25/2013 respectivamente dentro del juicio de amparo 1441/2011, promovido por
MARTHA DELIA SOSSA RUELAS, mediante los cuales en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de fecha quince de Febrero de dos mil trece, en los
términos siguientes:
Oficios 613 Se remite la queja de que se trata al Segundo Tribunal Colegiado en
Materia Administrativa del Tercer Circuito.
Oficios 2206 al 2215 Se admite el recurso de queja.
23.- Cuenta con los oficios 703-3 al 708-3 recibidos el trece de Febrero de
dos mil trece, procedente del Juzgado Tercero de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo
1263/2011, promovido por JORGE GARCÍA GONZÁLEZ, mediante los cuales en
lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma
substanciosa informa el contenido del proveído de once de Febrero del dos mil
trece, en los términos siguientes:
• Se tiene al autorizado al tercero perjudicado FRANCISCO BUSTOS
VALDIVIA, interponiendo recurso de revisión en contra de la resolución de
once de Enero de dos mil trece.
24.- Cuenta con el oficio 513-IV recibido el quince de Febrero de dos mil
trece, procedente del Juzgado Tercero de Distrito Materia Civil en el Estado de
Jalisco, dentro del juicio de amparo 1321/2012, promovido por ING HIPOTECARIA, S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de catorce
de Febrero de dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se declara que ha causado estado el acuerdo que decretó el
sobreseimiento en el juicio, archívese el expediente como asunto concluido.
25.- Cuenta con el oficio 642-B recibido el quince de Febrero de dos mil
trece, procedente del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa y de
Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo 2411/2012, promovido
por LEONOR GARCÍA MARTÍNEZ, mediante el cual en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de fecha doce de Febrero del dos mil trece, en los términos
siguientes:
• Se declara que la sentencia que sobreseyó en el juicio ha causado
ejecutoria para todos los efectos de Ley.
26.- Cuenta con el oficio 502-V al 504-V recibido el quince de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Segundo de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo dentro del juicio de amparo 846/2011, promovido por
MARTHA TOSCANO MARTÍNEZ, mediante los cuales en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de fecha trece de Febrero de dos mil trece, en los términos
siguientes:
• Requiérase a las autoridades responsables, para que dentro del término de veinticuatro horas, contadas a partir de que le surta efectos la notificación del presente proveído, remita copia certificada de la resolución del nuevo dictamen respecto de la prescripción planteada por la parte quejosa, dentro del procedimiento de responsabilidad administrativa número 166/2010- B; para tal efecto, deberá de anexar constancia fehaciente del cumplimiento.
27.- Cuenta con el oficio 587 recibido el catorce de Febrero del dos mil
trece, procedente del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y de
Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo número 743/2011,
promovido por FÉLIX ENRIQUE AGUIAR SÁNCHEZ, mediante el cual en lo que
atañe a la autoridad señalada como responsable, de forma substanciosa informa
el contenido del proveído de trece de Enero del dos mil trece, en los términos
siguientes:
• Requiérase de nueva cuenta a la responsable Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, para que dentro del término de veinticuatro horas, a partir de la notificación del presente proveído, dé cumplimiento a la ejecutoria de amparo, esto es, remita copia certificada del convenio a que hace alusión el autorizado del quejoso en su libelo de cuenta, a fin de proveer lo conducente en el cumplimiento de la ejecutoria de amparo.
28.- Cuenta con los oficios 997-G al 1001-G recibidos el quince de Febrero
del dos mil trece, procedentes del Juzgado Segundo de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo
1585/2009 y su acumulado 1598/2009, promovido por LUIS ENRIQUE RAZO JIMÉNEZ Y OTRO mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades
señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el contenido del
proveído de trece de Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se declara por cumplida la ejecutoria de amparo; se ordena dar vista a la
parte quejosa para que de conformidad en el artículo 105, tercer párrafo, de
la Ley de Amparo, dentro del término de cinco días, este en posibilidades
de inconformarse con este proveído.
RELACIÓN DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL
Diversas propuestas de nombramiento, licencias con goce de sueldo por
incapacidad médica, licencias sin goce de sueldo, renuncias y bajas de Servidores
Públicos de Órganos Jurisdiccionales y Administrativos, dependientes de este
Consejo.
COMUNICACIONES RECIBIDAS
1.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado JOSÉ SALINAS MURILLO, Juez Segundo de lo Civil de Primera
Instancia de Autlán de Navarro, Jalisco, mediante oficio número 194/2013, hace
del conocimiento que el día 05 cinco de febrero de 2013 dos mil trece, se
reincorpora a sus labores, en virtud haber concluido la licencia con goce de sueldo
que le fue otorgada.
2.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado CARLOS RAMÍREZ RODRÍGUEZ, Juez Segundo de lo Civil de
Primera Instancia de Chapala, Jalisco, mediante oficio número 374/2013, hace del
conocimiento la reincorporación de labores de la C. LAURA ELENA VIDRIO BARAJAS, como Auxiliar Judicial, a partir del día 07 siete de febrero de 2013 dos
mil trece, en virtud de haber concluido una licencia sin goce de sueldo que le fue
otorgada.
3.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. ANA TERESA DÁVALOS GONZÁLEZ, Actuario, adscrita al Juzgado Octavo de lo
Criminal, mediante oficio sin número, hace del conocimiento su reincorporación de
labores a partir del día 06 seis de febrero de 2013 dos mil trece, en virtud de haber
concluido su licencia sin goce de sueldo que le fue otorgada.
4.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. CECILIA GUTIÉRREZ MOJARRO, Secretario del Juzgado Octavo de lo Criminal,
mediante oficio sin número, hace del conocimiento su reincorporación de labores a
partir del día 06 seis de febrero de 2013 dos mil trece, en virtud de haber concluido
su licencia con goce de sueldo por incapacidad médica que le fue otorgada.
5.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada MARGARITA ARREZOLA JIMÉNEZ, Juez Segundo de lo Civil por
Ministerio de Ley de Primera Instancia de Autlán de Navarro, Jalisco, mediante
oficio número 169/2013, hace del conocimiento que el día 31 treinta y uno de
enero de 2013 dos mil trece, se reincorpora a sus labores, la C. MARÍA DE LOURDES VARGAS VARGAS, en virtud de haber concluido la licencia con goce
de sueldo que le fue otorgada.
6.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado FERNANDO LLAMAS MACÍAS, Juez Tercero de lo Civil, mediante
oficio número 294/2013, hace del conocimiento la reincorporación de labores del
C. EDUARDO GONZÁLEZ ARREOLA, como Notificador, a partir del día 01
primero de marzo de 2013 dos mil trece, en virtud de haber concluido una licencia
sin goce de sueldo que le fue otorgada.
7.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada MARÍA MARINA BUGARÍN LÓPEZ, Juez Primero de lo Civil del
Primer Partido Judicial, remite constancia médica expedida por el Hospital Ramón
Garibay, del Servicio de Traumatología, con fecha 11 once de febrero de 2013 dos
mil trece, a favor de la C. MARTHA DEL SOCORRO CHAN AVIÑA, quien se
desempeña como Auxiliar Judicial, y se le diagnostica “Lumbalgia postraumática”,
por lo que se extiende incapacidad laboral del 11 once al 17 diecisiete de febrero
de 2013 dos mil trece.
8.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. MARÍA AZUCENA AYALA AGUIRRE, Auxiliar Judicial adscrita al Juzgado
Décimo Tercero de lo Criminal, con oficio sin número remite RENUNCIA, por
motivos personales, a partir del día 16 dieciséis de enero de 2013 dos mil trece.
Cabe mencionar que la antes citada contó con una incapacidad por maternidad
hasta el día 30 treinta de noviembre de 2012 dos mil doce, y no realizó
reanudación de labores ni se presentó a laborar, a partir del día 03 tres de
diciembre de 2012 dos mil doce, se le estuvieron realizando los descuentos
correspondientes y se turnó a la Comisión Substanciadora para su investigación,
determinándose en la Sesión Plenaria del día 16 dieciséis de enero de 2013 dos
mil trece, su suspensión temporal y se nombra a Hernández Moncada en su lugar,
turnándose nuevamente a la Comisión Substanciadora para seguir con su
investigación.
9.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada ADRIANA YAÑEZ GOMEZ, Juez Mixto de Primera Instancia de
Ameca, Jalisco, mediante oficio sin número solicita DEJAR SIN EFECTOS el
contenido del oficio 215/2013, en el cual se remitió licencia sin goce de sueldo a
nombre del LIC. FRANCISCO JAVIER LOZANO MONTES DE OCA, con cargo
de Notificador y la propuesta a nombre del LIC. MARTÍN OCTAVIO JAUREGUI GARCÍA, con cargo de Notificador, los documentos antes mencionados se
presentaron el día 07 siete de febrero de 2013 dos mil trece.
10.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada MARÍA DE LOURDES HUIZAR ESTRADA, Juez Décimo Cuarto de lo
Criminal, mediante oficios números 1197/2013 y 1198/2013, hace del
conocimiento que la C. ALMA DELIA LÓPEZ VENEGAS, con cargo de Actuario,
faltó a sus labores los días 06 seis y 7 siete de febrero del año en curso, sin
justificación alguna por lo cual solicita se le realice el descuento de los días antes
referidos, anexa actas circunstanciadas.
11.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. CLAUDIA GRIMALDO BARRERA, Auxiliar Judicial adscrita al Juzgado Octavo de
lo Criminal, mediante oficio sin número, informa su reincorporación a labores a
partir del día 18 dieciocho de febrero de 2013 dos mil trece, en virtud de haber
concluido su licencia con goce de sueldo que le fue otorgada.
12.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada PATRICIA GONZALEZ TOLEDO, Juez Segundo de lo Mercantil por
Ministerio de Ley, mediante oficio número 546/2013, hace del conocimiento que el
día 15 quince de febrero de 2013 dos mil trece, se reincorpora a sus labores, la C. CECILIA MENDOZA HERNÁNDEZ, al cargo de Auxiliar Judicial, en virtud haber
concluido la sanción impuesta por el H. Consejo en relación a la queja 34/2011-B
dictada con fecha 23 veintitrés de mayo de 2012.
VACACIONES:
1.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la Maestra
ALMA LUZ ARCE SÁNCHEZ, Juez Primero de lo Civil de Primera Instancia en
Chapala, Jalisco, mediante oficio número 377/2013, informa del personal que
laboró la primera fase del periodo vacacional comprendida del 16 dieciséis al 31
treinta y uno de diciembre de 2012 dos mil doce: JUAN MANUEL PIZANO CADENA, Secretario, (quien fungirá como Juez por ministerio de Ley),
ELIZABETH CARRANZA VALENCIA Auxiliar Judicial, y ARMANDO RODRÍGUEZ DESALES Auxiliar Judicial (quien fungirá como Secretario por
ministerio de Ley).
La segunda fase comprendida del 06 al 21 de enero de 2013, estuvo
integrada por: Maestra ALMA LUZ ARCE SÁNCHEZ, Titular, JOHA ADBEEL CASTELLANOS GÓMEZ, Secretario por Ministerio de Ley, ZAMUDIO CERDA MARIO ANTONIO, Notificador, PATRICIA CONTRERAS RAMÍREZ, ALMA ROSA MONTAÑO TORRES y HUGO CESAR MORANDO SÁNCHEZ, Auxiliares
Judiciales.
Cabe señalar que este Tribunal únicamente cuenta con un Secretario, razón
por la cual este Juzgado se integra como quedo asentado anteriormente.
TARJETA INFORMATIVA:
1.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual dicha Dirección informa del personal
que le corresponde el nombramiento de carácter inamovible, de conformidad con
el Acuerdo Plenario No. A-12-P correspondiente a la Trigésima Sexta Sesión
Ordinaria, celebrada el día 16 dieciséis de Octubre del 2002 dos mil dos, siendo
las siguientes personas:
NOMBRE CARGO ADSCRIPCION LOZANO PAEZ LUCÍA ELIZABETH
AUXILIAR JUDICIAL A PARTIR DEL 01 DE
MARZO DE 2013.
JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL.
OCEGUEDA ÁVALOS EMMA ESMERALDA
AUXILIAR JUDICIAL A PARTIR DEL 27 DE FEBRERO DE 2013.
JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CRIMINAL.
Nota: Al haber consultado con la Comisión Substanciadora de Conflictos
Laborales y Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, se informa
que las personas antes mencionadas, no cuentan con actas o procedimientos
administrativos instaurados en su contra.
2.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 06 seis de febrero de 2013 dos mil trece, se enlistó la baja
de la C. YOLANDA RAMÍREZ MUÑOZ, del cargo de Notificador del Juzgado
Primero Especializado en Justicia Integral para Adolescentes, a partir del 1°
primero de noviembre de 2012 dos mil doce, debiendo ser lo correcto baja como
Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero de lo Criminal de Zapotlán el Grande,
Jalisco, a partir del día 1° primero de septiembre de 2012 dos mil doce.
3.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 16 dieciséis de enero de 2013 dos mil trece, se enlistó la
propuesta de nombramiento a nombre del C. CARRILLO MUÑOZ JOSÉ ARMANDO, adscrito a la Dirección de Oficialía de Partes, Archivo y Estadística,
debiendo ser lo correcto CARRILLO MUÑOZ JORGE ARMANDO.
4.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 16 dieciséis de enero de 2013 dos mil trece, se enlistó la
propuesta de nombramiento a nombre del C. BORJA ARIAS ALFONSO, adscrito
a la Unidad departamental de Adquisiciones de Bienes y Servicios, debiendo ser lo
correcto BORJA ARIAS ALFONSO JOSÉ.
5.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 16 dieciséis de enero de 2013 dos mil trece, en los
movimientos directos a Pleno, se enlistó la propuesta de nombramiento a nombre
del C. CEJA ARIAS IGNACIO, debiendo ser lo correcto CEJA ARIAS LUIS IGNACIO.
6.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 21 veintiuno de noviembre de 2012 dos mil doce, se
enlistó la propuesta de nombramiento a nombre de VEGA FLORES SANDRA PATRICIA, adscrita al Juzgado Segundo de lo Civil de Primera Instancia de Lagos
de Moreno, Jalisco, del 1° primero de diciembre de 2012 dos mil doce al 28
veintiocho de febrero de 2013 dos mil trece, debiendo ser lo correcto al 15 quince
de febrero de 2013 dos mil trece.
7.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 21 veintiuno de noviembre de 2012 dos mil doce, se
enlistó la licencia sin goce de sueldo a nombre de VEGA FLORES SANDRA PATRICIA, adscrita al Juzgado Segundo de lo Civil de Primera Instancia de Lagos
de Moreno, Jalisco, del 1° primero de diciembre de 2012 dos mil doce al 28
veintiocho de febrero de 2013 dos mil trece, debiendo ser lo correcto al 15 quince
de febrero de 2013 dos mil trece.
8.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 21 veintiuno de noviembre de 2012 dos mil doce, se
enlistó la propuesta de nombramiento a nombre de ALVARADO ÁVALOS YAISHA AIDEE, adscrita al Juzgado Segundo de lo Civil de Primera Instancia de
Lagos de Moreno, Jalisco, del 1° primero de diciembre de 2012 dos mil doce al 28
veintiocho de febrero de 2013 dos mil trece, debiendo ser lo correcto al 15 quince
de febrero de 2013 dos mil trece.
ÍNDICE DE CUENTAS DE LA SECRETARÍA GENERAL
1.- Cuenta con el oficio número 214/2013 signado por el MAGISTRADO JOAQUÍN MORENO CONTRERAS y LICENCIADO JOSÉ SALVADOR LÓPEZ JIMÉNEZ, en su carácter de Presidente y Secretario respectivamente, de la
Décima Primera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo
Colegiado, el día 11 once de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual
hace saber que en los autos del toca 484/07, relativo al expediente 95/05,
seguido en contra de MIGUEL HERNÁNDEZ DE LA CRUZ, por el delito de
Homicidio Calificado, cometido en agravio de GAMALIEL VILLA VILLA, se
dictó un acuerdo que a lo que Usted interesa dice:
“…Toda vez que en efecto a la fecha el Juez de Primera Instancia de Colotlán,
Jalisco, no ha dado cumplimiento a lo ordenado por éste Tribunal mediante
autos de fechas ocho de noviembre de dos mil doce, y once de enero de dos
mil trece; Por lo anterior, a juicio de la Sala, procede dar vista al Consejo de la
Judicatura del Poder Judicial del Estado de Jalisco, a quien se le deberá remitir
copias fotostáticas certificadas de todo lo actuado en el presente toca 487/07,
a efecto de que determine si el Titular y Personal del Juzgado de Primera
Instancia de Colotlán, Jalisco, tienen responsabilidad en su carácter de
servidores públicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 198,
fracciones III, VIII, XI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de
Jalisco…”.
2.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuadragésima Primera
Sesión Ordinaria celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado el día 07 siete de noviembre del año 2012 dos mil doce, se da cuenta con el oficio DV-145/2012 signado por el LICENCIADO CARLOS ARIAS MADRID, en su carácter de Director de Visitaduría, Disciplina, y Responsabilidades de esta Judicatura, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado el día 01 de noviembre del año que transcurre, mediante el cual envía anexo al presente proyecto de CALENDARIO DE
VISITAS ORDINARIAS, a practicarse en el Primer Periodo del año 2013, comprendido del día 02 de enero al 15 de julio del año 2013.
En la elaboración de la programación de las visitas se consideraron las opiniones de cada uno de los Visitadores que conforman está Dirección, para hacer de manera eficiente su desarrollo, en los Juzgados del Poder Judicial en el Estado, objeto de revisión por parte de está Dirección, tomándose en consideración lo siguiente:
• Los dos periodos vacacionales, previstos dentro de este primer semestre del año 2013.
Que serian, el segundo periodo para los Juzgados que laboran con la mitad de su personal, como consecuencia de la guardia del periodo vacacional del mes de diciembre de 2012, que tentativamente sería del 6 al 21 de enero del 2013.
Primer periodo vacacional del 1° al 10 de mayo de 2013 y el segundo período para personal que se queda de guardia, que tentativamente sería del 6 al 22 de mayo de 2013.
• El turno correspondiente a los Juzgados penales que se encuentran en el Centro Penitenciario de Puente grande, con el fin de que no se cruce con el mismo.
Por lo que pone a consideración de Este Órgano Colegiado para su aprobación, en caso de considerar viable el proyecto del CALENDARIO DE VISITAS ORDINARIAS, a practicarse durante el Primer Semestre del año 2013, comprendido el 02 de enero al 15 de julio del 2013; y así estar en condiciones de cumplir en términos de Ley, con el objeto y naturaleza de esta Dirección…”. Habiéndose determinado lo siguiente: se aprueba el calendario de Visitas Ordinarias a practicarse en el primer periodo de año 2013, comprendido del día 02 de enero del año 2013 al 15 de julio del 2013…”.
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el oficio número DV-30/2013
signado por el LICENCIADO CARLOS ARIAS MADRID, en su carácter de
Director de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 11 de febrero del
año 2013 dos mil trece, mediante el cual manifiesta que en la Cuadragésima
Primera Sesión Ordinaria, celebrada el 01 siete de noviembre del año 2012, fue
aprobado el calendario de Visitas Ordinarias a realizarse dentro del Primer periodo
del año 2013, siendo calendarizadas las Visitas Odiarías en los Juzgados Décimo
Primero y Décimo Segundo de lo Criminal para el día 18 de marzo del presente
año.
En virtud de que, dentro del calendario oficial se tiene señalado el día 18 de
marzo como día inhábil, y en el marco de los acuerdos tomados por esta
Soberanía; solicita se apruebe el cambio de la fecha antes ya autorizada, para
realizar la Visita Ordinaria en esos Juzgados para el 22 de marzo del año 2013 y
estar así en posibilidad de poder girar los avisos correspondientes, de conformidad
con lo previsto por el artículo 172 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3.- Cuenta con el oficio 1225/2013 signado por la LICENCIADA MARÍA
DE LOURDES HUIZAR ESTRADA, en su carácter de Juez Décimo Cuarto de lo
Criminal del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 12 doce de febrero del año
2013 dos mil trece, mediante el cual hace del conocimiento que mediante oficio
656/2013 de fecha 25 veinticinco de Enero del presente año se solicitó MATERIAL
DE PAPELERÍA al JEFE DE DEPARTAMENTO ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO, sin que se viera atendida dicha solicitud, por lo cual, con fecha 07 siete de febrero
del año 2013 dos mil trece se reiteró tal solicitud mediante el diverso 1074/2013,
sin que a la fecha se haya obtenido respuesta, ante lo cual el Juzgado a su cargo
no cuenta con los insumos de papel y tóner, entre otros, a efecto de cubrir las
cargas laborales.
De igual manera hace del conocimiento de este Cuerpo Colegiado que
mediante oficio 5537/2012 se solicitó a la LICENCIADA ROSA MARGARITA NEVAREZ VELASCO, de la DIRECCIÓN DE CONTRALORÍA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO, 02 ARCHIVEROS DE 04
CUATRO GAVETAS, COLOR BEIGE, DE METAL, pues dadas las situaciones de
espacio e incremento en la consignación de averiguaciones registradas en el
índice de este Juzgado, son necesarios a efecto de resguardar los expedientes de
SIGILO, pues a la fecha ya no cuenta con espacio suficiente en los archiveros
destinados para tal efecto, siendo necesario contar con 05 CINCO ARCHIVEROS
más a efecto mantener el orden y sobre todo el sigilo de las causas, señalando
que a la fecha no ha recibido respuestas alguna.
4.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Trigésima Cuarta
Sesión Ordinaria celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado el día 19 diecinueve de septiembre del año 2012 dos mil doce, da cuenta con el oficio número 10637/2012 signado por los LICENCIADOS FRANCISCO JAVIER CASTELLANOS DE LA CRUZ Y JOSÉ LUIS ÁLVAREZ PULIDO con el carácter de JUEZ Y SECRETARIO DE ACUERDOS RESPECTIVAMENTE DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO PENAL DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado el día 11 de septiembre del año 2012 dos mil doce, mediante el cual hace del conocimiento los siguientes hechos que estima constitutivos de delito:
“…PRIMERO- Con fecha 01 de agosto del año 2012, en virtud de la solicitud de usuario que es parte en el procedimiento penal ventilado ante este Juzgado de lo Penal citado enseguida se realizó la búsqueda en el archivo de billetes y pólizas con que cuenta este Tribunal del siguiente billete de deposito: A16458573 por la cantidad de $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100 m.n.) relativo a la causa penal 272/2007-C; documento que después de una exhaustiva búsqueda no fue localizado físicamente en el archivo de valores del Juzgado.
SEGUNDO.- En virtud de ello mediante oficio 9748/2012 este juzgado solicito a la Secretaría de Finanzas del Estado de Jalisco la reposición del billete de depósito antes referido, recibiendo la respuesta a dicha petición copias certificadas de documentación concerniente a el expediente administrativo del billete de depósito antes mencionado, advirtiéndose de la documentación en mención que dicho billete de depósito ha sido endosado y se ha realizado el trámite administrativo para su cobro ante la autoridad fiscal, siendo cobrado el día 18 de noviembre de 2011 por KRISTIAN AZAEL SILVA SUÁREZ.
TERCERO.- Es así que al tener a la vista el supuesto endoso que obra el calce del referido billete de depósito, se advierte que las rubricas son notoriamente distintas a las del personal que actúa en este Juzgado, evidenciándose además de las citadas copias certificadas que no obra el sello del Tribunal entre el documento y el endoso correspondiente.
CUARTO.- En virtud de lo anterior se procedió a efectuar la revisión fiscal del expediente en mención (292/2007-C), advirtiéndose que este Juzgado no ha ordenado la devolución y endoso del billete en mención a la persona que se advierte realizó en lo personal el trámite para el pago del valor contenido en el billete de depósito a que se ha hecho referencia.
Para justificar los hechos narrados con antelación, adjunta los siguientes elementos de pruebas:
Actas Circunstanciadas levantadas en el Juzgado a su cargo, con fechas 01 primero de agosto del 2012 dos mil doce en la que se hizo constar la ausencia del billete de deposito A16458573; y la de fecha 22 veintidós del mismo mes y año en cita, en la que se hizo constar la recepción de diversa documentación de la Secretaria de Finanzas del Estado de Jalisco, de la que se desprende que el billete de depósito antes mencionado fue cobrado ante dicha autoridad. Así como las siguientes copias certificadas:
-De la totalidad de las actuaciones relativas e el expediente 292/2007-C, del índice de este Juzgado, de cuyas constancias se desprende que este juzgado no ha ordenado la devolución y endoso del billete en mención a la persona que se advierte realizó en lo personal el trámite para el pago del valor contenido en el billete.
-De la foja de la libreta de Pólizas y Billetes que se lleva en este Juzgado de lo Criminal, correspondiente a el billete de depósito A13458573, de la que se advierte que dicho documento no ha sido entregado a quien legalmente justifique ser beneficiario del mismo.
-De documentación concerniente a el expediente administrativo de la Secretaria de Finanzas del Estado de Jalisco, relativo a el billete de depósito A16458573 de cuya documentación se desprende que dicho billete de depósito fue endosado y se ha realizado el trámite administrativo para su cobro ante la autoridad fiscal, siendo cobrado el día 18 de noviembre del 2011 por KRISTIAN AZAEL SILVA SUÁREZ.
De cuyas documentales, se advierte que, no obstante este Juzgado no ha ordenado el endoso y entrega del multicitado billete de deposito, la persona que aparece como beneficiario realizo indebidamente el cobro respectivo; por otra parte una vez que la autoridad ministerial realice los dictámenes correspondientes quedará evidenciado que las rubricas en el endoso respectivo no fueron estampadas de puño y letra por el personal del juzgado en cita.
Todo lo anterior lo pone a conocimiento de este Pleno del Consejo de la Judicatura, para que de estimarlo procedente, a luz de lo dispuesto por los numérales 88 y 89 del Enjuiciamiento Penal del Estado de Jalisco, así como de acuerdo con las atribuciones conferidas a esta honorable Soberanía en el artículo 148, fracciones IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se formule la correspondiente DENUNCIA DE HECHOS EN CONTRA DE QUIEN RESULTE RESPONSABLE, por los hechos expuestos en este escrito de referencia. …”. “...Habiéndose determinado lo siguiente: túrnese a la Comisión de Vigilancia, el oficio número 10637/2012, signado por los LICENCIADOS FRANCISCO JAVIER CASTELLANOS DE LA CRUZ Y JOSÉ LUÍS ÁLVAREZ PULIDO con el carácter de JUEZ Y SECRETARIO DE ACUERDOS RESPECTIVAMENTE DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO PENAL DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO.
De igual forma, se instruye al Juez y Secretario de Acuerdos adscritos al Juzgado Segundo de lo Penal del Primer Partido Judicial para que presenten la denuncia de hechos correspondiente, ante la Procuraduría General de Justicia del Estado…”.
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el oficio número 1142/2013
signado por el MAESTRO EN DERECHO JOSÉ DE JESÚS ANGULO AGUIRRE y LICENCIADO JOSÉ LUÍS ÁLVAREZ PULIDO con el carácter de Juez y
Secretario de Acuerdos respectivamente, del Juzgado Segundo de lo Penal del
Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de
la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 12 doce de febrero del año
2013 dos mil trece, mediante el cual hacen del conocimiento que presentaron
AMPLIACIÓN DE DENUNCIA de hechos, dentro de la averiguación previa
5114/2012, del índice del AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO ADSCRITO A LA
AGENCIA 03/B DE LA SUBPROCURADURÍA B DE ATENCIÓN PARA DELITOS PATRIMONIALES NO VIOLENTOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE
JUSTICIA DEL ESTADO DE JALISCO, lo anterior por tratarse de hechos de
idéntica naturaleza a los narrados en la denuncia presentada por personal de
aquel juzgado en tal indagatoria, denuncia que además se formuló en acatamiento a lo ordenado por esa alta Soberanía en la Trigésima Cuarta Sesión
ordinaria celebrada el día 19 de septiembre de 2012, en relación a la instrucción
que fuera girada a personal de este Juzgado presente mediante sendos oficio
numero SO.34/2012A85CV,CCP…7030, SO.34/2012A85CV,CCP…7033, SO.34/2012A85CV,CCP…7062, procedentes de la Secretaría General del
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco.
Para justificar lo anterior, adjunta copia certificada del acuse de recibido de la respectiva denuncia de hechos.
5.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuarta Sesión
Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 30 treinta de marzo del año 2010, se determinó instruir a la Secretaría General de este Consejo de la Judicatura, para que todos los escritos de quejas administrativas que sean presentados ante dicha Secretaría, se dé cuenta ante este Honorable Pleno para que éste determine lo conducente, y en caso de que se estime procedente iniciar procedimiento disciplinario, sea remitido a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad al Titulo Séptimo, Capitulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con dos escritos signados por el
CIUDADANO TRINIDAD NAVARRO SOTO, recibidos en la Oficialía de Partes de
la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 12 doce de febrero del año
2013 dos mil trece, mediante los cuales interpone queja administrativa en contra
del JUEZ QUINTO DE LO CIVIL DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL, LICENCIADO MARCO ANTONIO MADRIGAL SÁNCHEZ, por violación a los
artículos 17, 128 y 133, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 110 fracciones I, V, XI, 181, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado de Jalisco, y 184 fracción III del Código de Procedimientos
Civiles del Estado, en virtud de que estima el promovente que la conducta del
juzgador encuadra perfectamente en lo establecido en los diversos 6 y 7
fracciones I, III, IV, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del
Estado de Jalisco.
6.- Cuenta con el escrito que suscribe el LICENCIADO ARTURO TEJEDA GAMBOA, en su carácter de Jefe de Sección del Almacén de Objetos
Consignados, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este
Cuerpo Colegiado, el día 12 doce de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante
el cual informa lo siguiente:
“…Que el área de Almacén de Objetos Consignados del Consejo de la
judicatura del Estado de Jalisco, cuenta con animales roedores, así como
alacranes y diversos tipos de insectos, para efecto de velar por la salud del
personal que labora en dicho almacén y conservar en buen estado dicha área le
solicito que sirva a tomar en consideración esto, a efecto de que se tomen las
medidas necesarias para erradicación del problema...”
7.- Cuenta con el escrito que suscribe el LICENCIADO ARTURO TEJEDA GAMBOA, en su carácter de Jefe de Sección del Almacén de Objetos
Consignados, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este
Cuerpo Colegiado, el día 12 doce de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante
el cual solicita se proceda a realizar el inventario pormenorizado de la totalidad de
los objetos consignados que se encuentran en el almacén a su cargo, debido a
que varios objetos por el transcurso del tiempo ya no contienen las debidas
etiquetas mismas que se utilizan para su localización y para efecto de tener
conocimiento de lo que se encuentra en dicho almacén.
8.- Cuenta con el oficio número 217 signado por el MAGISTRADO
JOAQUÍN MORENO CONTRERAS Y LICENCIADO JOSÉ SALVADOR LÓPEZ JIMÉNEZ, en su carácter de Presidente y Secretario respectivamente, de la
Décima Primera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco,
recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo
Colegiado, el día 12 doce de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual
hace saber que en los autos del toca 160/13, relativo al expediente 25/09-A,
seguido en contra de SAÚL VAQUERA ECHEVERRIA, por el delito de
VIOLACIÓN, cometido en agravio de GUADALUPE ALEJANDRA LÓPEZ PÉREZ, se dictó un acuerdo que a lo que Usted interesa dice:
“…Por lo anterior, a juicio de la Sala, procede dar vista al Consejo de la
Judicatura del Poder Judicial del Estado de Jalisco, a quien se le deberá remitir
copia fotostáticas certificadas de todo lo actuado en el expediente 25/09-A, y
de este acuerdo, a efecto de que determinen si el Titular y Personal del
Juzgado Séptimo de lo Penal del Primer Partido Judicial, tienen
responsabilidad en su carácter de servidores públicos, de conformidad con lo
establecido en el artículo 198, fracciones III, VIII, XI de la Ley Orgánica del
Poder Judicial del Estado de Jalisco, toda vez que el recurso de apelación se
interpuso en contra de la resolución de fecha 24 veinticuatro de agosto de dos
mil doce, y se admitió hasta el doce de diciembre de dos mil doce, sin
embargo; el Juez presentó en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal, las
constancias, necesarias para la substanciación del recurso de apelación hasta
el día veintinueve de enero de dos mil trece, retardando así la impartición de
justicia…”.
9.- Cuenta con el oficio número 103/2013 signado por el LICENCIADO
BOGAR SALAZAR LOZA, en su carácter de Juez Mixto de Cihuatlán, Jalisco del Vigésimo Noveno Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 12 doce de febrero del año
2013 dos mil trece, mediante el cual hace saber que en los autos del cuadernillo
de constancias del Juicio de Amparo número 858/2010-V, promovido por
RUPERTO REYES y ADÁN ERNESTO GARCÍA PÉREZ, se dictó un acuerdo
que en lo conducente dice:
“…Agréguese a sus autos el escrito de JOSÉ ANTONIO ROCHA LÓPEZ, de
fecha de presentación 22 veintidós de enero del año en curso, para que surta
sus efectos legales correspondientes, visto el contenido de cuenta del ocurso
que antecede, como lo solicita se le tiene aceptando y protestando en términos
de Ley, el cargo que le fue conferido por éste Juzgado, mediante resolución de
fecha 06 seis de diciembre del año en curso, para efecto de auxiliar al
Secretario de este H. Juzgado para la identificación de los predios materia del
amparo que nos ocupa, y que mediante ejecutoria de fecha 30 treinta de Marzo
del año próximo pasado, ordeno restituir al quejoso RUPERTO REYES y
ADAN ERNESTO GARCÍA PÉREZ, siendo estos el Terreno que ampara el
Titulo de Propiedad 000000140735, de fecha 25 veinticinco de septiembre del
2006 dos mil seis, expedido por el Registro Agrario Nacional, respecto del Lote
del Terreno número 07, de la manzana 17, de la Zona 1, que colinda al
Noroeste en 45.82 metros en línea quebrada con océano Pacifico, al Sureste
en 23.25 metros en línea quebrada con Océano Pacifico, al Sureste en 23.25
metros con calle sin nombre y al Noroeste en 35.44 metros con solar 6, con
una superficie de 530.88 metros, así como también la restitución del Terreno
que ampara el Titulo de Propiedad 000000149613, de fecha 26 veintiséis de
enero del 2009 dos mil nueve, expedido por el Registro Agrario Nacional,
respecto del Lote del Terreno número 07, de la manzana 13, de la Zona 01,
que colinda al Noroeste en 25.64 metros con solar 6, al Sureste en 38.86
metros con solar 8, al Suroeste en 28.60 metros con Océano Pacifico, y al
Noroeste en 32.40 metros con solar 5, con una superficie de 737.20 metros
cuadrados, ambos del poblado del Rebalse de Apazulco, Municipio de la
Huerta, Jalisco; así mismo se le tiene al ocursante fijando el monto de los
honorarios que habrá de devengar por el desempeño del cargo que le fue
conferido, siendo estos por la cantidad de $25,000.00 (VEINTICINCO MIL
PESOS 00/100 M.N.), honorarios de los cuales se ordena dar vista mediante
atento oficio que para tal efecto se gire tanto al Departamento de Auxiliares de
la Justicia del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, así como a la
Secretaría General del Consejo de la Judicatura del Estado, para los efectos
de solicitarle que cubran los mismos o bien manifiesten la imposibilidad para
hacerlo, de igual manera se ordena girar atento oficio al C. Juez Tercero de
Distrito en Materia Civil del Estado, autoridad Federal que concedió la
restitución del predio materia en comento y que requiere a esta autoridad para
su cumplimiento, lo anterior para los efectos legales a que haya lugar…”.
10.- Cuenta con el oficio número 105/2013 signado por el LICENCIADO
BOGAR SALAZAR LOZA, en su carácter de Juez Mixto de Cihuatlán, Jalisco
del Vigésimo Noveno Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 12 doce de febrero del año
2013 dos mil trece, mediante el cual hace saber que en los autos del cuadernillo
de constancias del Juicio de Amparo número 890/2010-I, promovido por
RUPERTO REYES y ADAN ERNESTO GARCÍA PÉREZ, se dictó un acuerdo
que en lo conducente dice:
“…Agréguese a sus autos el escrito de JOSÉ ANTONIO ROCHA LÓPEZ, de
fecha de presentación 22 veintidós de enero del año en curso, para que surta
sus efectos legales correspondientes, visto el contenido de cuenta del ocurso
que antecede, como lo solicita se le tiene aceptando y protestando en términos
de Ley, el cargo que le fue conferido por éste Juzgado, mediante resolución de
fecha 28 veintiocho de noviembre del año en curso, para efecto de auxiliar al
Secretario de este H. Juzgado para la identificación de los predios materia del
amparo que nos ocupa, y que mediante ejecutoria de fecha 19 diecinueve de
octubre del año próximo pasado, ordeno restituir al quejoso PEDRO
MARTINEZ RIOS, siendo este el Lote del Terreno que ampara el Titulo de
Propiedad 000000140717, de fecha 25 veinticinco de septiembre del dos mil
seis, expedido por el Registro Agrario Nacional, que ampara 842.74
ochocientos cuarenta y dos punto setenta y cuatro metros cuadrados, respecto
del solar urbano identificado como lote 03 tres de la manzana 16 dieciséis de la
Zona uno del poblado del Rebalse de Apazulco, Municipio de la Huerta, Jalisco
, con las medidas y colindancias siguientes: AL NARTE 20.68 veinte punto
sesenta y ocho metros colinda con calle sin nombre; AL SURESTE 42.43
cuarenta y dos punto cuarenta y tres metros colinda con solar 4; AL
SUROESTE 17.95 diecisiete punto noventa y cinco metros colinda con calle
sin nombre; AL NOROESTE 45.82 cuarenta y cinco punto ochenta y dos
metros colinda con solar 02 dos, mismo que se encuentra inscrito en el
Registro Publico de la Propiedad y del Comercio con sede en Autlán de
Navarro, Jalisco; así mismo se le tiene al ocursante fijando el monto de los
honorarios que habrá de devengar por el desempeño del cargo que le fue
conferido, siendo estos por la cantidad de $25,000.00 (VEINTICINCO MIL
PESOS 00/100 M.N.), honorarios de los cuales se ordena dar vista mediante
atento oficio que para tal efecto se gire, tanto al Departamento de Auxiliares
de la Justicia del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, así como a la
Secretaría General del Consejo de la Judicatura del Estado, para los efectos
de solicitarle que cubran los mismos o bien manifiesten la imposibilidad para
hacerlo, de igual manera se ordena girar atento oficio al C. Juez Tercero de
Distrito en Materia Civil del Estado, autoridad Federal que concedió la
restitución del predio materia en comento y que requiere a esta autoridad para
su cumplimiento, lo anterior para los efectos legales a que haya lugar…”.
11.- Cuenta con el oficio número 108/2013 signado por el LICENCIADO
BOGAR SALAZAR LOZA, en su carácter de Juez Mixto de Cihuatlán, Jalisco
del Vigésimo Noveno Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 12 doce de febrero del año
2013 dos mil trece, mediante el cual hace saber que en los autos del cuadernillo
de constancias del Juicio de Amparo número 891/2010-II, promovido por
CARLOS GARCÍA MARIA, se dictó un acuerdo que en lo conducente dice:
“…Agréguese a sus autos el escrito de JOSÉ ANTONIO ROCHA LÓPEZ, de
fecha de presentación 22 veintidós de enero del año en curso, para que surta
sus efectos legales correspondientes, visto el contenido de cuenta del ocurso
que antecede, como lo solicita se le tiene aceptando y protestando en términos
de Ley, el cargo que le fue conferido por éste Juzgado, mediante resolución de
fecha 06 seis de diciembre del año en curso, para efecto de auxiliar al
Secretario de este H. Juzgado para la identificación de los predios materia del
amparo que nos ocupa, y que mediante ejecutoria de fecha 06 seis de julio del
año próximo pasado, ordeno restituir al quejoso CARLOS GARCAI MARIA,
siendo estos el Terreno que ampara el Titulo de Propiedad 000000146338, de
fecha 07 siete de septiembre del 2007 dos mil siete, expedido por el Registro
Agrario Nacional, respecto del Lote del Terreno número 04 cuatro, de la
manzana 16 dieciséis, de la Zona 01 uno, del poblado del Rebalse de
Apazulco, Municipio de la Huerta, Jalisco, colindando al Noroeste en 16.39
metros con la calle sin nombre, al Sureste en 7.47 metros con solar 8 y 39.00
metro con solar 05, al Suroeste en 20.58 metros con calle sin nombre y al
Noroeste en 42.43 metros con solar 3, con una superficie de 850.19 metros
cuadrados, así como también la el Terreno que ampara el Titulo de Propiedad
000000146339, de fecha 07 siete de septiembre del año 2007 dos mil siete,
expedido por el Registro Agrario Nacional, respecto del Lote del Terreno
número 14, de la manzana 13, de la Zona 01, del poblado del l Rebalse de
Apazulco, Municipio de la Huerta, Jalisco, colindando al Noroeste en 21.34
metros con solar 10 y 17.53 con solar 11, al Sureste en 30.60 metros con solar
15, al Suroeste en 12.43 metros con calle sin nombre y al Noreste en 36.49
metros con Océano Pacifico, con una superficie de 717.81 metros; así mismo
se le tiene al ocursante fijando el monto de los honorarios que habrá de
devengar por el desempeño del cargo que le fue conferido, siendo estos por la
cantidad de $25,000.00 (VEINTICINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), honorarios
de los cuales se ordena dar vista mediante atento oficio que para tal efecto se
gire tanto al Departamento de Auxiliares de la Justicia del Consejo de la
Judicatura del Estado de Jalisco, así como a la Secretaría General del Consejo
de la Judicatura del Estado, para los efectos de solicitarle que cubran los
mismos o bien manifiesten la imposibilidad para hacerlo, de igual manera se
ordena girar atento oficio al C. Juez Tercero de Distrito en Materia Civil del
Estado, autoridad Federal que concedió la restitución del predio materia en
comento y que requiere a esta autoridad para su cumplimiento, lo anterior para
los efectos legales a que haya lugar…”.
12.- Cuenta con el oficio número 111/2013 signado por el LICENCIADO BOGAR SALAZAR LOZA, en su carácter de Juez Mixto de Primera Instancia de Cihuatlán, Jalisco del Vigésimo Noveno Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo
Colegiado, el día 12 doce de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el
cual propone al LICENCIADO ARMANDO GUADALAJARA GONZÁLEZ, con
RFC GUGA-870605-BB5, para los efecto que ocupe la plaza de Secretario por
Honorarios de ese Juzgado a su cargo, por el termino de 03 TRES MESES a
partir del día 01 primero de febrero del 2013 dos mil trece, mismo que ya
cuenta con los exámenes correspondientes debidamente aprobados.
13.- Cuenta con el oficio 411/2013 signado por la MAESTRA ALMA LUZ
ARCE SÁNCHEZ en su carácter de Juez Primero de lo Civil de Chapala, Jalisco,
recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo
Colegiado, el día 13 trece de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual
solicita que se autorice un nombramiento a favor del C. LIC. JOHA ADBEEL CASTELLANOS GÓMEZ como secretario por honorarios.
Lo anterior debido a las cargas de trabajo con que cuenta el tribunal a su
cargo.
14.- Cuenta con el escrito que suscribe el LICENCIADO LUIS ENRIQUE
HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, en su carácter de Notificador adscrito al Juzgado
Segundo de lo Familiar, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General
de este Cuerpo Colegiado, el día 13 trece de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual solicita se le expida copia debidamente certificada del acuerdo
01/2008 emitido por el pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco,
para efectos de presentarlas como prueba dentro del procedimiento administrativo
294/2012-C instaurado en su contra y de oficio por la Dirección de Visitaduría,
Disciplina y responsabilidades del Consejo de la Judicatura.
15.- Cuenta con el oficio 135/2013 Signado por el LICENCIADO ERNESTO
MARTÍNEZ SAINZ, en su carácter de Juez de Primera Instancia de Arandas,
Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo
Colegiado, el día 13 trece de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual
propone al LICENCIADO MIGUEL ANTONIO MENDOZA MEJÍA, para que cubra
la plaza de Secretario por Honorarios en ese Juzgado a su cargo, por el mes de
marzo del 2013 dos mil trece, o por el tiempo que bien tenga autorizar; lo anterior
de virtud de que el abogado propuesto se encuentra laborando en ese Juzgado
desde el 01 primero de enero del año 2012 dos mil doce, más dicha propuesta se
le vence el 28 veintiocho de febrero del año en curso, habiéndose desempeñado
en forma bastante aceptable, es por lo cual se le propone nuevamente para que
cubra la plaza.
16.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Séptima Sesión
Plenaria Ordinaria, celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, el día 13 trece de febrero del año 2013 dos mil trece, se dio cuenta con: “…el oficio número 1479/2013 mediante el cual se hace saber a los integrantes de esta Soberanía, que por acuerdo del Presidente del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, se dictó un acuerdo que a la letra dice:
“…Vistas las constancias que conforman el presente sumario, de las que se advierte que mediante oficio 8193, recibido por la autoridad responsable, Juez Primero de lo Mercantil del Primer Partido Judicial, con residencia en Guadalajara, Jalisco, el diecisiete de enero del año en curso, se notificó a dicha autoridad la ejecutoria dictada en este asunto y se le requirió para que dentro del término de veinticuatro horas diera cabal cumplimiento a la ejecutoria de mérito, siendo el caso que, mediante comunicado 246/2013, receptado por éste órgano de control constitucional el veintidós del mes y año citados, la Titular del Juzgado de mérito informó que dejo insubsistente la resolución materia del acto reclamado en el amparo que nos ocupa y ordenó dictar otra en su lugar por lo cual citó a las partes para el dictado de la sentencia correspondiente, fundando tal determinación en el en el artículo 1390 del Código de Comercio y señalando que la determinación de referencia la dictaría dentro de los quince días siguientes a la citación de que se trata; por lo cual, este Tribunal Colegiado, en acuerdo de veintitrés siguiente, mismo que fue notificado a la Jueza mencionada el veinticuatro del mismo mes y año, mediante oficio 274, se le volvió a requerir para que dentro del término de veinticuatro horas diera cabal cumplimiento al fallo constitucional, con ele apercibimiento de no hacerlo dentro de dicho término se procedería conforme lo previene e párrafo inicial del artículo 105 de la Ley de la materia, lo anterior en virtud de que la cabal ejecución del fallo constitucional queda satisfecho en tanto se dicte la nueva sentencia.
Al requerimiento aludido, mediante oficio 3848, recibido por este órgano de control constitucional el veintiocho de enero del año que transcurre, la autoridad responsable informo que se encontraba en vía de cumplimiento y que tal como lo informo mediante comunicado 246/2013 de su índice, había citado de nueva cuenta las actuaciones para el dictado de la sentencia definitiva, la cual pronunciaría dentro del término a que alude el artículo 1390 del Código de Comercio, aduciendo que si bien se trata del cumplimiento de un amparo, también lo es que dado el exceso de labores del juzgado del cual es Titular, se encontraba en vías de cumplimiento estudiando la misma para pronunciarla en los términos requeridos.
Como consecuencia al comunicado reseñado en el párrafo que precede, este Tribunal
dictó el auto de veintinueve del mes y año pluricitados, en el cual, en lo que importa destacar, se le indico que entratándose de amparo, debe atender a la Ley que lo reglamenta; pues el artículo 105 de la Ley de Amparo, establece claramente que la ejecutoria debe cumplirse en el termino de veinticuatro horas; razón por la cual, se le volvió a requerir para que acatara lo previsto en el numeral invocado, y no en el precepto 1393 (del Código de Comercio) que invoco, con el apercibimiento que de no hacerlo se le requeriría por el cumplimiento por conducto de su superior jerárquico; dicho acuerdo fue notificado a la Juez de instancia al día siguiente de su emisión, mediante oficio 397.
Ahora bien, en contestación al reiterado requerimiento por el cumplimiento de la ejecutoria de amparo, reseñado en el párrafo que precede, mediante oficio 401, del cual da cuenta la secretaría, la Jueza Primero de lo Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado, señala a este órgano federal, que efectivamente, conforme al artículo 105 de la Ley de Amparo, la ejecutoria debe quedar cumplida dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación de la misma, pero que, también es cierto, que el numeral invocado (105 de la Ley de Amparo), contempla una salvedad “cuando la naturaleza del acto lo permita o no se encontrase en vías de ejecución en la hipótesis contraria”, refiriendo que se encuentra en el segundo supuesto del numeral aludido, porque declaro insubsistente la sentencia que constituyo el acto reclamado y de acuerdo a los lineamientos señalados en la ejecutoria, es necesario que realice el estudio minucioso de la acción principal, tomar en cuenta las prestaciones reclamadas y realizar el estudio de las excepciones, así como valorar las pruebas ofertadas por las partes, lo que constituye un acto jurisdiccional más complejo, que amerita la realización de diversos trámites procesales, de ahí que expresa que no le es factible el cumplimiento de la ejecutoria de amparo en el lapso de veinticuatro horas a que hace alusión el dispositivo 105 de la Ley de la materia, informando, por tanto, que se encuentra en vías de cumplimiento y que, una vez pronunciada la definitiva, dentro de las veinticuatro horas siguientes enviará copia certificada del debido cumplimiento. En las apuntadas condiciones, ante la conducta reincidente de la Jueza Primero Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado, en dar cabal cumplimiento a la ejecutoria de amparo pronunciada en este asunto, y tomando en consideración que las sentencias de amparo dictadas de un procedimiento constitucional no pueden quedar al arbitrio de las partes, en el caso, de la autoridad responsable, se le hace afectivo el apercibimiento decretado en auto de veintinueve de enero de dos mil trece, en consecuencia, se ordena notificar al PLENO DEL CONSEJO DE LA
JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO, superior jerárquico de dicha autoridad, para que dentro del término de veinticuatro horas, contadas a partir de que se le sea notificado este acuerdo, procure el cabal cumplimiento de la ejecutoria de que se trata y lo informe a este Tribunal, con el apercibimiento de no hacerlo dentro del término indicado, tal y como lo prevé el artículo 107 de la Ley de Amparo, será responsable solidario e la autoridad responsable y, en ese tenor, se procederá en los términos indicados por el multicitado arábigo 105 de la Ley invocada.…”(sic)
Ahora bien, se ordena requerir inmediatamente al Juez Primero de lo Mercantil del
Primer Partido Judicial del Estado, para que de cumplimiento a la ejecutoria de amparo, derivada del juicio de amparo número 745/2012, en los términos precisados por la Autoridad Federal y hecho lo anterior lo haga del conocimiento de esta Soberanía.
Independientemente a lo anterior dado el incumplimiento referido por la autoridad federal se ordena dar vista al Pleno de este Consejo, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.
Por otra parte, infórmese al Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, el trato dado al comunicado de cuenta y en su oportunidad agréguese el comunicado de cuenta a la carpeta correspondiente para efectos de control administrativo.
CÚMPLASE.-
Habiéndose determinado por los integrantes de este Cuerpo Colegiado lo siguiente: turnar el oficio número 1887/2013, a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno. ..”
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 1887/2013,
del que se desprende el acuerdo emitido por la Presidencia de este Consejo,
mediante el cual se informa lo siguiente:
“…Téngase por recibido el oficio número 481, signado por la Licenciada
IRMA RAMÍREZ MENDOZA, en su carácter de Juez Primero de lo Mercantil del
primer Partido Judicial; relativo del Juicio de Amparo 745/2012, mediante el cual
informa el cumplimiento del fallo protector en los términos referidos anteriormente
por la autoridad federal, anexando copias certificadas de dicho cumplimiento.
Razón por la cual se ordena reenviar las copias certificadas adjuntas del
oficio al Tercer Tribunal Colegiado en materia Civil del Tercer Circuito.
Por otra parte se ordena dar vista al Pleno de este Consejo del
cumplimiento a dicho fallo protector, para su conocimiento y efectos legales a que
haya lugar; y a su vez agréguese el comunicado de cuenta a la carpeta
correspondiente para efectos de control administrativo. …”
17.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuarta Sesión
Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 30 treinta de marzo del año 2010, se determinó instruir a la Secretaría General de este Consejo de la Judicatura, para que todos los escritos de quejas administrativas que sean presentados ante dicha Secretaría, se dé cuenta ante este Honorable Pleno para que éste determine lo conducente, y en caso de que se estime procedente iniciar procedimiento disciplinario, sea remitido a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad al Titulo Séptimo, Capitulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de
Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con los escritos signados por la
CIUDADANA NINA IRENE MACIEL IÑIGUEZ, recibido en la Oficialía de Partes
de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 14 catorce de febrero
del año 2013 dos mil trece, mediante los cuales interpone queja administrativa en
contra del JUEZ PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL, LICENCIADO EDGAR TELLO ARCOS, por los hechos que se indican
en el ocurso de cuenta y que guardan relación con el expediente 882/2009 del
índice de aquel Juzgado.
18.- Cuenta con el oficio 1281/2013 signado por la LICENCIADA MARÍA DE LOURDES HUIZAR ESTRADA, en su carácter de Juez Décimo Cuarto de lo
Criminal del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 12 doce de febrero del año
2013 dos mil trece, mediante el cual informa que dadas las condiciones de
insuficiencia de espacio con las que cuenta ese Juzgado a su cargo, para
mantener el sigilo y el archivo de las causas, se ha tenido a bien en acondicionar
el espacio de los baños localizados a las afueras del Juzgado, siendo el de uso de
personal para el archivo definitivo, como se ha venido haciendo de años atrás, y
ahora el uso de los Jueces para la colocación de 07 siete archiveros metálicos,
manteniendo las causas de sigilo, todo ello sin deshabilitar de manera alguna los
espacios destinados para tal efecto dentro del local del Juzgado.
19.- Cuenta con el oficio número 818 signado por el MAGISTRADO
DOCTOR CELSO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ y LICENCIADA LAURA MERCADO CHÁVEZ, en su carácter de Presidente y Secretario respectivamente, de la Sexta
Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, recibido en la
Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 14
catorce de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual remite en dos
tantos copias certificadas de la sentencia que pronunció dicha Sala en el toca
número 1666/2012, así como las constancias certificadas de la averiguación
judicial 50/2012-A instruida en contra de MANUEL REYNOSO PONCE por el
delito de ROBO CALIFICADO, en perjuicio de JORGE ARMENTA AYARDI o
QUIEN ACREDITE LA PROPIEDAD DE LO ROBADO, a fin de que se alleguen al
Procurador de Justicia en el Estado de Jalisco y se proceda a la aplicación de la
corrección correspondiente, dada la deficiente integración de la averiguación previa génesis de la causa penal en comento.
20.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Tercera Sesión
Ordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 21 veintiuno de enero del año 2009 dos mil nueve, se dio cuenta con diversos escritos de Notarios, mediante los cuales hacen
del conocimiento, el sello y la firma de autorizar, así como la rúbrica o media firma que usa en el ejercicio notarial; de igual forma, proporcionan domicilio en la cual tiene establecida la oficina notarial, como el particular, teléfonos, fax, correo electrónico, horario de servicio al público y fecha de inicio de ejercicio Notarial, determinándose instruir al Departamento de Difusión Social, a efecto de que lleve a cabo un Directorio de Notarios, en base a los datos contenidos en los diversos escritos que le serán remitidos.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el escrito signado por el
LICENCIADO FERNANDO GUILLERMO PONCE GONZÁLEZ, en su carácter de
Notario Público Titular Número 110 de Guadalajara, Jalisco, recibido en la
Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 14
catorce de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante los cuales en
cumplimiento a lo dispuesto por el artículo la Ley del Notario del Estado de Jalisco,
hace del conocimiento domicilio de su oficina notarial, particular, números
telefónicos y de fax, correo electrónico y horario de servicio al público.
21.- Cuenta con el escrito signado por el MAESTRO DAVID CORTÉS
RODRÍGUEZ, en su carácter de Juez Mixto de Primera Instancia, recibido en la
Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 15
quince de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual solicita tengan a
bien autorizar la inasistencia a sus labores el día 25 veinticinco de febrero del año
2013 dos mil trece, lo anterior a fin de poder trasladarse a las instalaciones de esta
soberanía, para realizar diversos trámites administrativos, relacionados con las
funciones que desempeña en ese tribunal.
22.- Cuenta con el escrito signado por la ABOGADA ADRIANA YAÑEZ
GÓMEZ, en su carácter de Juez Mixto de Ameca, Jalisco, recibido en la Oficialía
de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 15 quince de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual solicita tengan a bien
autorizar la inasistencia a sus labores el día 28 veintiocho de febrero del año 2013
dos mil trece, lo anterior a efecto de realizar diversos trámites administrativos
relacionados con sus labores en las instalaciones de esta Soberanía.
23.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Séptima Sesión
Plenaria Ordinaria, celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado el día
13 trece de febrero del año 2013 dos mil trece, se recibió la siguiente cuenta:
“…la información que allega el Consejero ALFONSO PARTIDO CABALLERO, relativa al escrito signado por la Auxiliar Judicial GRACIELA ESPINOZA PAREDES, adscrita al Juzgado Décimo Cuarto de lo Penal del Primer Partido Judicial, y que fuera recibido también en la Oficialía de Partes de la Secretaría General, el día 13 trece de febrero del año 2013 dos mil trece, del que se desprende lo siguiente:
“…Por medio de la presente me dirijo ante Ustedes con la intención de hacerles de su conocimiento, que con fecha 12 doce de febrero de este año, la Juez Decimo Cuarto de lo Penal, Licenciada María de Lourdes Huizar Estrada, me
llamo a su privado manifestándome que ya no quería que me presentara a laborar a partir del siguiente día, ya que iba a presentar una renuncia a mi nombre ante el Consejo de la Judicatura, expresando que fuera buscando trabajo y que ya me acomodara y fuera a buscando porque ella ya no me quería ahí, renuncia que temo sea la que se advierte en un oficio que me obligo a firmar desde Octubre del año 2011 dos mil once, y que en lugar de la fecha decía “ a la fecha de su presentación”, ya que en ese entonces ella me culpo de haber escondido unos incidentes en una caja que se encontraba en el baño que se utiliza como Archivo, y que, a pesar de que con el tiempo se percato de mi inocencia al respecto, nunca me la regresó, y como jamás toco el tema supuse que la había destruido, hasta que continuo amenazando con presentarla en varias ocasiones. Tengo a bien a manifestar que tengo laborando en el Juzgado desde marzo del año 2010 dos mil diez, ya que ella me mando buscar para darme nombramiento por que ya se acercaba la visita al Consejo, y como tenía un buen desempeño laboral durante el tiempo que fui meritoria en ese mismo recinto judicial, sabía que le sacaría el trabajo y así fue, todo ese tiempo he sido maltratada psicológicamente por ella ya que desde el primer momento me manifestó que me daba el nombramiento pero a cambio de eso yo le entregaría la cantidad de $500.00 QUINIENTOS PESOS 00/100 a la quincena para entregárselos a su sobrina ya que trabaja de meritoria con ella y no le podía dar nombramiento cantidad que le entregue por un año más aparte la mitad del ingreso que recibíamos en Diciembre para poder darle aguinaldo a su sobrina. En todo ese tiempo he acatado las ordenes y reglas que ella me ha impuesto en el Juzgado, acomodos en los cuales me ha ordenado estar y sacando el trabajo que me corresponde, no he tenido problemas con mis compañeros de trabajo, y las visitas que ha tenido el Juzgado en el tiempo en que he estado han resultado bien, mi entrada al Juzgado es de las 9:00 nueve a las 17:30 horas cuando bien va, porque como ella quiere que saquemos el trabajo, hay días que nos vamos del Juzgado a las 21:00 horas o aun más tarde. He tenido dos incapacidades una de 03 tres días por un choque y una de 35 treinta y cinco días, por una operación (histerectomía) siendo la ultima de fecha del 06 seis de noviembre al 12 doce de Diciembre, ambas del año 2012 dos mil doce, situación que le molestó, manifestando a mis compañeros que ya debía de presentarme a laborar ya que ya estaba bien de salud y expresando que no me daría vacaciones ya que ya había descansado lo suficiente, enviando el oficio de vacaciones al pleno sin incluirme en él, aun cuando me correspondían ya que todo el año laboré de manera ininterrumpida, por lo cual al concluir mi incapacidad me presenté a laborar y nunca me comentó si iba yo a tener un periodo vacacional por lo que seguí presentándome de manera habitual, hasta que el día 06 de Enero del año 2013 dos mil trece, me llamo la Juez a su privado y aventándome en el escritorio un oficio del cual se advertía que no me había dado vacaciones porque no sabía si iba a tener más tiempo de incapacidad (aun cuando yo tenía presentándome a laborar desde el doce de Diciembre del año 2012 dos mil doce), acto seguido me amenazó con que iba a presentar mi renuncia a partir del 15 de Febrero del presente año, a lo cual no preste mucha atención porque en varias ocasiones y otros compañeros de trabajo los amenaza igual pero nunca lo cumple, siendo hasta hoy que vi que era enserio ya que me prohibió que me presentara a laborar porque ya no me quería laborando en el Juzgado y me pidió que entregara todos mis pendientes. Hasta esta fecha me encargaba de ser Auxiliar de Secretaria de Acuerdos, entrando desde las 9:00 nueve de la maña firmando en la libreta de asistencia que ella abrió, haciéndole una lista de pendientes diaria en la que se describía las diligencias que habría, sentencias, términos y órdenes de aprehensión, asimismo al personal del Juzgado se dirigía a mí para dar de baja dichas ordenes, además de Audiencias de vista y principales, hacia lo que llegaba de amparo los que solo agregaba ya que ella acuerda todo en cuadernillos de lo que llega de Autoridad Federal, así como informes previos y justificados, y los que llegaran dirigidos de expediente, hacia cada lunes devoluciones de billetes y estadística mensual.
Es por lo que solicito de su amable consideración para que se ponga mi nombramiento a disposición del Consejo de la Judicatura del Estado, para ser reubicada, ya que mis problemas con la titular se han vuelto personales y no quiero perder mi base laboral. …”
Habiéndose determinado por los integrantes de este cuerpo colegiado, lo siguiente:
“…túrnese el escrito signado por la Auxiliar Judicial GRACIELA ESPINOZA PAREDES, adscrita al Juzgado Décimo Cuarto de lo Criminal del Primer Partido Judicial, a la Comisión de Vigilancia para que realice una investigación en relación a los hechos que de su escrito se desprenden y hecho lo anterior emita el dictamen correspondiente, mismo que deberá someter a consideración de los integrantes de este Cuerpo Colegiado. …”
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio 010 Signado por el
LICENCIADO MARIO PIZANO RAMOS, en su carácter de Consejero Ciudadano
de esta Judicatura, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de
este Cuerpo Colegiado, el día 15 quince de febrero del año 2013 dos mil trece,
mediante el cual remite escrito presentado por la C. GRACIELA ESPINOZA PAREDES, mediante el cual hace del conocimiento de este Consejo, una serie de
supuestas anomalías y problemas de orden laboral con respecto de su
nombramiento como Auxiliar Judicial adscrita al Juzgado Décimo Cuarto de lo
Criminal; lo anterior al no ser competencia del Consejero el atender la petición
correspondiente, por lo que solicita se someta a consideración del Pleno de este
Consejo para lo que tengan a bien determinar.
Por otro lado remite copia del oficio UDI/10/2013 signado por el Jefe de la
Unidad Departamental de Informática, lo anterior considerando que las
observaciones que contiene no resultan competencia del Consejero, por lo que
solicita se someta a consideración del Pleno de este Consejo para lo que tengan a
bien determinar.
24.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuarta Sesión
Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 30 treinta de marzo del año 2010, se determinó instruir a la Secretaría General de este Consejo de la Judicatura, para que todos los escritos de quejas administrativas que sean presentados ante dicha Secretaría, se dé cuenta ante este Honorable Pleno para que éste determine lo conducente, y en caso de que se estime procedente iniciar procedimiento disciplinario, sea remitido a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad al Titulo Séptimo, Capitulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el escrito signado por el
CIUDADANO JULIO CESAR HERNÁNDEZ REYES, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 15 quince de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual interpone queja administrativa
en contra del JUEZ DÉCIMO PRIMERO DE LO PENAL DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL, por la falta de seguimiento del Titular, así como de la encargada de
acordar la respectiva documentación que da origen a la presente. Sobre el
incidente marcado con el número 174/2011, del índice de ese Juzgado.
25.- Cuenta con la copia simple del escrito signado por el LICENCIADO
JOSÉ LUÍS GUIZAR GARCÍA, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 15 quince de febrero del año 2013 dos
mil trece, del que se desprende que solicita al Juez Cuarto de lo Mercantil copias
fotostáticas certificadas del auto en donde citó a sentencia definitiva el expediente
1636/2011, sin que cause impuesto alguno en razón de ser necesarias para
presentar una queja en contra de ese Juzgado en mención, por su ineptitud en el desempeño de sus funciones.
26.- Cuenta con el oficio DQ/52/2012, signado por el MAESTRO LUIS
ARTURO JIMÉNEZ JIMÉNEZ, en su carácter de Director de Quejas, Orientación
y Seguimiento de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, recibido en
la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 15
quince de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual informa que se
entabló comunicación vía telefónica al Juzgado Especializado en Menores
Infractores número 1 para solicitar información respecto al Expediente 215/2012-B,
misma que le fue negada de manera rotunda por René Apolinar Zaragoza,
Secretario de dicho Juzgado.
27.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Quinta Sesión
Ordinaria, celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, el día 30 treinta de enero del año 2013 dos mil trece, se generó el siguiente acuerdo: “…Previa discusión y análisis de la cuenta de referencia el CONSEJERO PRESIDENTE MAESTRO LUÍS CARLOS VEGA PÁMANES, somete a consideración el siguiente ACUERDO: De conformidad a lo dispuesto por los artículos 1º, 2º, 136, 139, 140, 151, 154 y relativos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se tiene a la CONSEJERA DOCTORA MARÍA CARMELA CHÁVEZ GALINDO, en su carácter de Presidente de la Comisión de Carrera Judicial, Adscripción y Evaluación, rindiendo la cuenta de mérito y por enterados de su contenido a todos y cada uno de los integrantes de esta Soberanía.
Por otro lado con fundamento en lo dispuesto por los artículos 136, 148, 152 y
demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, se instruye a la Secretaría General para que gire oficio a cada uno de los juzgadores que conforman este Órgano Judicial, a fin de hacerles llegar copia del formato de Unificación y Actualización de Curriculums, con el que se da cumplimiento al acuerdo Plenario SO.02/2013A191GRAL, derivado de la Segunda Sesión Ordinaria, celebrada el día 09 nueve de enero de la presente anualidad.
Comuníquese a la Comisión de Carrera Judicial, Adscripción y Evaluación; así
como, a cada uno de los Jueces que conforman este Consejo, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. EN VOTACIÓN ECONÓMICA SE PREGUNTA SI SE APRUEBA. APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS. SO.05/2013A104CCJyGRAL…”
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 522/2013
signado por el ABOGADO JOSÉ CÓRDOVA GARCÍA Y LICENCIADO JOSÉ DE JESÚS GONZÁLEZ MALDONADO, en su carácter de Juez y Secretario de
Acuerdos del Juzgado Décimo de lo Mercantil del Primer Partido Judicial, recibido
en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día
18 dieciocho de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual remite
formato de Actualización de Curriculums, y datos generales. Así mismo anexa
copias simples 28.- Cuenta con el escrito signado por el LICENCIADO ALEJANDRO
ALFARO GUEVARA, en su carácter de Auxiliar Judicial adscrito al Juzgado Penal
de Chapala, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de
este Cuerpo Colegiado, el día 15 quince de febrero del año 2013 dos mil trece,
mediante el cual solicita tengan a bien autorizar su inasistencia a sus labores por
tres días a partir del 13 trece de febrero de los corrientes al 15 quince del mes de
febrero del año 2013 dos mil trece, lo anterior a efecto del referido fallecimiento de
su señor padre que en vida llevaba el nombre de LUIS FEDERICO ALFARO
REYES.
CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO
SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DEL HONORABLE PLENO DEL
CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO, CELEBRADA EL DÍA 13 TRECE DE FEBRERO DEL AÑO 2013 DOS MIL TRECE, EN EL SALÓN DE PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO, A LAS 12:00 HORAS.
ORDEN DEL DÍA
1° Informe de la Presidencia, Señor CONSEJERO
PRESIDENTE MAESTRO LUIS CARLOS VEGA PÁMANES.
2º I.- Cuentas de la Sección de Amparos.
3° Informe de la Secretaría General.
I.- Dar cuenta con los movimientos correspondientes
al área de Recursos Humanos.
II.- Dar cuenta con diversas comunicaciones.
4º Asuntos Varios.
SECCIÓN DE AMPAROS.
1.- Cuenta con los oficios 418 al 420 juicio principal y 1051 al 1053, 1013 al
1015 y 569/2013 incidente suspensión, recibidos el cinco de Febrero de dos mil
trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y de
Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio principal e incidente de
suspensión 175/2013 promovido por MANUEL ESPARZA CONTRERAS, mediante
los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables de
forma substanciosa informa el contenido de los proveídos de veintiocho, treinta y
treinta y uno de Enero del dos mil trece, en los términos siguientes:
PRINCIPAL 1. Se admite demanda de amparo. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
INCIDENTE Oficios 1051 al 1053 ÚNICO. Se concede a la parte quejosa la suspensión definitiva solicitada
contra las autoridades responsables precisadas en el resultando primero de a presente resolución, por los motivos y razones ya expuestos en el ultimo considerando.
Efectos: SE CONCEDE a la parte quejosa la suspensión definitiva del acto
reclamado para el efecto de que no surta efectos la suspensión decretada dentro del expediente 491/2012 del índice de la Segunda Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco y, se le reconozca el nombramiento que le fue otorgado hasta el 31 treinta y uno de agosto de 2013 dos mil trece, como Jefe Especializado (Penal) adscrito a la Jefatura de Servicios Generales Edificio “Juzgados Penales” del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, se le permita llevar a cabo el ejercicio de sus actividades y funciones inherentes al cargo que le fue otorgado y se le paguen los salarios correspondientes al mismo; lo anterior hasta en tanto, se resuelva en definitiva el juicio de amparo del que deriva el presente cuaderno incidental”
De igual manera, es preciso enfatizar que la presente medida cautelar que
se otorga, no tiene efectos restitutorios motivo por el cual, en caso de que los actos reclamados se hubiesen consumado ya, si los mismos obedecen a antecedentes diversos a los narrados en la demanda de garantías, si dichos actos provienen de autoridades distintas a las señaladas como responsables, si la orden de cesarlo proviene de un procedimiento administrativo instaurado en su contra, o bien a la fecha no se encuentra vigente su nombramiento, la suspensión otorgada no surtirá sus efectos legales .
INCIDENTE Oficios 1013 al 1015 Se tiene por recibido el oficio que firma el Secretario General del Consejo
de la Judicatura de la Judicatura del Estado de Jalisco, y en atención a su contenido, se tiene interponiendo recurso de queja en contra del auto de veintiocho de Enero de dos mil trece, se ordena de inmediato remitir al Tribunal Colegiado.
INCIDENTE Oficio 569/13-B La Secretaria de Acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia
Administrativa del Tercer Circuito, remite copia del testimonio de la ejecutoria de uno de febrero de dos mil trece, dictada en el toca de queja 18/2013, en la que se resolvió:
“UNICO. Se declara sin materia el presente recurso de queja” 2.- Cuenta con los oficios 1015 al 1017 incidente suspensión y 426 al 428,
juicio principal y 530/2013 toca de queja recibidos el cinco, seis y siete de Febrero
de dos mil trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco y Tercer Tribunal Colegiado en
Materia Administrativa del Tercer Circuito dentro del juicio principal e incidente de
suspensión 174/2013 y toca de queja 27/2013, promovido por ROLANDO ORTEGA CASTILLO, mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades
señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el contenido de los
proveídos de veintiocho y treinta y uno de Enero y ejecutoria de seis de febrero del
dos mil trece, en los términos siguientes:
PRINCIPAL Oficios 426 al 428
1. Se admite demanda de amparo. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
INCIDENTE Oficios 1015 al 1017 Se tiene por recibido el oficio que firma el Secretario General del Consejo
de la Judicatura de la Judicatura del Estado de Jalisco, y en atención a su contenido, se tiene interponiendo recurso de queja en contra del auto de veintiocho de Enero de dos mil trece.
TOCA DE QUEJA OFICIO 530 La Secretaria de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia
Administrativa del Tercer Circuito, remite copia del testimonio de la ejecutoria de
seis de febrero de dos mil trece, dictada en el toca de queja 27/2013, la que se
resolvió en los términos siguientes:
ÚNICO. Es infundado el recurso de queja.
3.- Cuenta con los oficios 1320, 287-A a 289-A, del juicio principal y 292-A
294-A del incidente de suspensión, recibidos el cinco, seis de Febrero de dos mil
trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y de
Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio principal e incidente de
suspensión 176/2013 promovido por MARCELA ÁVILA HIPÓLITO, mediante los
cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma
substanciosa informa el contenido de los proveídos de veintiocho y treinta y uno
de Enero y uno de Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
Oficios 287-A al 289-A 1. Se admite demanda de amparo. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
Oficio 1320 Téngase por recibido el oficio que signa el Presidente de la Segunda Sala
Unitaria del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco, mediante el cual rinde su informe justificado, realícese el emplazamiento al tercero perjudicado para que se imponga de su contenido.
OFICIOS 292-A a 294-A del incidente de suspensión
ÚNICO. Se concede a la parte quejosa la suspensión definitiva solicitada contra las autoridades responsables precisadas en el considerando primero de la presente resolución, por los motivos y razones precisadas en el último.
Efectos: SE CONCEDE a la parte quejosa la suspensión definitiva del acto reclamado para el efecto de que no surta efectos la suspensión decretada dentro del expediente 491/2012 del índice de la Segunda Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco y, se le reconozca el nombramiento que le fue otorgado hasta el treinta de junio de dos mil trece, como Jefe de la Unidad Departamental con adscripción a la Unidad Departamental de Tesorería del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, se le permita llevar a cabo el
ejercicio de sus actividades y funciones inherentes al cargo que le fue otorgado y se le paguen los salarios correspondientes al nombramiento que le fue conferido; lo anterior, hasta en tanto se resuelva el juicio principal 176/2013 del cual deriva el presente incidente de suspensión.
De igual manera, es preciso enfatizar que la presente medida cautelar que se otorga, no tiene efectos restitutorios, motivo por el cual, en caso de que los actos reclamados se hubiesen consumado ya, si los mismos obedecen a antecedentes diversos a los narrados en la demanda de garantías, o si dichos actos provienen de autoridades distintas a las señaladas por los responsables, o en su caso, de que la orden de cesarlo provenga de un procedimiento administrativo ya instaurado en su contra, que a la fecha no se encuentre vigente su nombramiento o que no exista el mismo en cuyo supuesto la suspensión otorgada no surtirá sus efectos legales .
4.- Cuenta con el oficio 402-B recibido el siete de Febrero de dos mil trece,
procedentes del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo
en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo 142/2013, promovido por
RAÚL EMILIO LOMELÌ ASCENCIO, mediante los cuales en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de uno de Febrero del dos mil trece, en los términos
siguientes:
1. Se admite demanda de amparo. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado.
3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional. 5.- Cuenta con el oficio 288-II recibido el seis de Febrero de dos mil trece,
procedente del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco,
dentro del juicio de amparo 90/2013, promovido por LUIS GERARDO ROMERO NUÑEZ Y JOSÉ NARCISO DE JESÚS ROMERO NUÑEZ, mediante el cual en lo
que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa
informa el contenido del proveído de treinta y uno de enero de dos mil trece, en los
términos siguientes: 1. Se admite demanda de amparo. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
6.- Cuenta con el oficio 370-II recibido el ocho de Febrero de dos mil trece,
procedente del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Estado de
Jalisco, dentro del juicio de amparo 95/2013, promovido por FINANCIERA RURAL, ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO, mediante el cual en lo
que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa
informa el contenido del proveído de siete de Febrero del dos mil trece, en los
términos siguientes: 1. Se admite demanda de amparo. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado.
3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
7.- Cuenta con los oficios 560-9 al 568-9 recibidos el seis de Febrero de dos
mil trece, procedentes del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa y
de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del incidente de suspensión 119/2013-9
promovido por JOSÉ CRUZ MERCADO HERRERA, mediante los cuales en lo
que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa
informa el contenido del proveído de cinco de Febrero del dos mil trece, en los
términos siguientes:
Se tiene por recibido el oficio de cuenta 516 suscrito por la Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, mediante el cual remite copia certificada del testimonio de la resolución pronunciada el treinta y uno de enero de dos mil trece, en el toca de queja número 18/2013 de su índice, misma que en su parte resolutiva establece lo siguiente:
PRIMERO. Es infundado el recurso de queja a que este toca se contrae.
SEGUNDO. Se confirma el proveído recurrido, de veinticuatro de enero de dos mil trece, dictado por el Juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en ele Estado de Jalisco, en el incidente de suspensión derivado de la demanda de amparo numero 119/2013-9, promovido por JOSÉ CRUZ MERCADO HERRERA, por su propio derecho.
8.- Cuenta con los oficios 04, 918 al 926 y 934 a 942 del incidente de
suspensión, recibidos el cinco, ocho y once de febrero de dos mil trece,
procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo
en el Estado de Jalisco, dentro del incidente de suspensión 169/2013 promovido
por JOSÉ LUIS MORA GOMEZ, mediante los cuales en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido de la resolución de treinta de enero de dos mil trece y proveídos de
cinco y siete de febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
OFICIO 04 Se requiere al Presidente del Consejo de la Judicatura para que informe el
domicilio actual y correcto donde puede ser notificado el tercero perjudicado Ramón Sánchez Varela.
OFICIOS 918 al 926
PRIMERO. Se niega a la parte quejosa, la suspensión definitiva en contra del acto reclamado a la autoridad responsable cuya precisión se consideró en el considerando primero en atención a los motivos expuestos en éste.
SEGUNDO. Se concede a la parte quejosa la suspensión definitiva solicitada en contra de los actos reclamados a las autoridades responsables precisadas en el considerando segundo, en atención a los motivos expuestos en el último de la presente resolución.
Efectos: SE CONCEDE a la parte quejosa la suspensión definitiva del acto reclamado en el inciso c) para que no surta efectos la suspensión decretada dentro del expediente 491/2012 del índice de la Segunda Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco y, se le reconozca el nombramiento que le fue otorgado hasta el treinta y uno de agosto de dos mil
trece, como Jefe de Sección adscrito a la Unidad Departamental de Archivo, docencia y evaluación del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, esto es, se le permita al quejoso llevar a cabo el ejercicio de sus actividades y funciones inherentes al cargo que le fue otorgado; lo anterior, hasta en tanto se resuelva en definitiva el juicio principal del que deriva el presente cuaderno incidental.
De igual manera, es preciso enfatizar que la presente medida cautelar que se otorga, no tiene efectos restitutorios, motivo por el cual, en caso de que los actos reclamados se hubiesen consumado ya, si los mismos obedecen a antecedentes diversos a los narrados en la demanda de garantías, o si dichos actos provienen de autoridades distintas a las señaladas como responsables, o en su caso, de que la orden de cesarlo provenga de un procedimiento administrativo ya instaurado en su contra, que a la fecha no se encuentre vigente su nombramiento o que no exista el mismo en cuyo supuesto la suspensión otorgada no surtirá sus efectos legales.
OFICIOS 934 a 942 Se tiene por recibido el oficio del Secretario de Acuerdos del Segundo
Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito mediante el cual remite testimonio de la resolución pronunciada el uno de febrero de dos mil trece, en el expediente de queja 16/2013, formado con motivo del recurso interpuesto en autos, en la que se declaró sin materia dicho recurso.
9.- Cuenta con los oficios 472-C al 474-C recibidos el cinco de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa
y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del incidente de suspensión 193/2013
promovido por CYNTHIA ELIZABETH RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, mediante los
cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma
substanciosa informa el contenido del proveído de uno de Febrero del dos mil
trece, en los términos siguientes:
• Para dar lugar a que transcurra el término de veinticuatro horas que le fue
concedido a la autoridad responsable Segunda Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo en el Estado de Jalisco, para que rinda su informe previo, se difiere la fecha de audiencia incidental. 10.- Cuenta con el oficio 824-X recibido el once de febrero de dos mil trece,
procedente del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa y de
Trabajo en el Estado de Jalisco dentro del juicio de amparo 2040/2011 promovido
por JAIME CEDEÑO CORAL, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades
señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el contenido del
proveído de treinta de enero de dos mil trece en los términos siguientes:
Requiérase al Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Mascota Jalisco por
su informe justificado.
Se difiere la fecha de audiencia constitucional para dar oportunidad a lo
anterior.
11.- Cuenta con los oficios 903 y 03 recibidos el cinco y ocho de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo
169/2013 promovido por JOSÉ LUIS MORA GÓMEZ, mediante los cuales en lo
que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa
informa el contenido de los proveídos de treinta y uno de Enero y siete de Febrero
del dos mil trece, en los términos siguientes:
Oficio 903 Visto lo de cuenta, se reconoce el carácter de tercero perjudicada a la
Unidad Departamental del Recursos Humanos del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco; en consecuencia se ordena notificar al citado tercero perjudicado vía oficio.
Oficio 03 Se requiere a la autoridad responsable para que dentro del término de
veinticuatro horas informe a este Tribunal Federal el domicilio actual y correcto del tercero perjudicado Ramón Sánchez Varela.
12.- Cuenta con el oficio 395/2013-II recibido el ocho de Febrero de dos mil
trece, procedente del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de
Jalisco, dentro del juicio de amparo 1399/2012, promovido por MIRIAM DOLORES ALATORRE VELASCO, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades
señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el contenido del
proveído de siete de Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se tienen por recibidas las constancias del Juez Primero de lo Familiar del
Primer Partido Judicial, con lo que se ordena dar vista a las partes para su
conocimiento, por lo anterior, se difiere la fecha de audiencia constitucional.
13.- Cuenta con el oficio 609-6 recibido el seis de Febrero de dos mil trece,
procedentes del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa y de
Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo 2686/2012, promovido
por MARIA ELENA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, mediante el cual en lo que atañe a
las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de treinta de Enero del dos mil trece, en los términos
siguientes:
• A fin de que Las partes se impongan del contenido del informe justificado, se difiere la fecha de audiencia constitucional.
14.- Cuenta con el oficio 872 recibido el cinco de Febrero de dos mil trece,
procedente del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo
dentro del juicio de amparo 1072/2011, promovido por GREGORIO RAMÍREZ
PUENTE, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de
veintiocho de Enero del dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se difiere la audiencia constitucional para dar oportunidad a que las partes
se impongan del contenido de su informe justificado.
15.- Cuenta con los oficios 649 al 656 recibidos el cinco de Febrero de dos
mil trece, procedentes del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y
de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo 2346/2012,
promovido por JOSÉ LUIS MORA GOMEZ Y ELISA GALLO GUTIÉRREZ
mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de uno de
Enero del dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se ordena notificar de nueva cuenta a los testigos Fausto Veliz Urbina y
José Cruz Mercado Herrera, para que comparezcan al desahogo de la
audiencia testimonial.
16.- Cuenta con el oficio 896 recibido el once de Febrero del dos mil trece,
procedentes del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y de
Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo 1399/2012 y su
acumulado 1400/2012, promovido por KARINA YOLANDA RÍOS SEGURA,
mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables,
de forma substanciosa informa el contenido del proveído de ocho de febrero de
dos mil trece, en los términos siguientes:
Se requiere a Mónica Patricia Iñiguez Soto, a efecto que acredite el cargo
que ostenta en el Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco.
17.- Cuenta con los oficios 301/13-D al 316/13-D recibidos el seis de
Febrero de dos mil trece, procedentes de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia
Administrativa del Tercer Circuito en los autos del recurso de revisión 496/2011,
dentro del juicio de amparo 445/2011-5, promovido por DANIEL HERRERA OROZCO, mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del acuerdo de uno de
Febrero de dos mil trece en los términos siguientes:
De los puntos resolutivos de la resolución dictada por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, de fecha siete de noviembre de dos mil
doce, se desprende lo siguiente:
ÚNICO.- El Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito es competente para conocer del recurso de revisión a que se refiere este conflicto competencial.
Luego, conforme a lo ordenado en la resolución en cita, se tiene por recibido lo de cuenta y toda vez que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró que este Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito es legalmente competente para conocer y resolver el recurso de revisión en que se actúa, regrésense los autos a la ponencia del Magistrado Juan Bonilla Pizano, de conformidad con el artículo 184 fracción I, de la Ley de Amparo.
18.- Cuenta con los oficios 361/13-D al 366/13-D recibidos el siete de
Febrero de dos mil trece, procedentes del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia
Administrativa del Tercer Circuito en los autos del recurso de revisión 59/2013,
dentro del juicio de amparo 1263/2011, promovido por JORGE GARCÍA GONZÁLEZ, mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas
como responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de
seis de Febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se admite el recurso de revisión interpuesto por Jorge Alfredo Hidalgo
González, delegado de las autoridades responsables, en contra de la
resolución de once de enero de dos mil trece, dictada dentro del juicio de
garantías 1263/2011-3, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en
Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco.
19.- Cuenta con los oficios 595/13 al 599/13 recibidos el ocho de Febrero de
dos mil trece, procedentes de la Secretaria de Acuerdos del Tercer Tribunal
Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito en el toca de revisión
principal 26/2013 dentro del juicio de amparo 2087/2011, promovido por CARLOS ALBERTO FREGOSO REYES, mediante los cuales en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de siete de Enero del dos mil trece, en los términos
siguientes:
Remítase el expediente con sus anexos a la oficina de correspondencia
común de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa en esta ciudad para
que por su conducto y en oportunidad remita a la Oficina de Correspondencia
Común del Centro Auxiliar de la Primera Región con residencia en Cuernavaca,
Morelos para que a su vez, lo remita al Noveno Tribunal Colegiado de Circuito del
Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en ese Estado, para que en
apoyo de este tribunal colegiado dicte la sentencia correspondiente.
20.- Cuenta con el oficio 494-3 recibido el seis de Febrero de dos mil trece
procedente del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo
dentro del juicio de amparo 2033/2011 promovido por JOSÉ RICARDO BAEZA
MADRIGAL mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de fecha
treinta de Enero de dos mil trece en los términos siguientes:
• Téngase por recibido el oficio de cuenta signado por el Secretario General del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, mediante el cual interpone recurso de revisión contra la sentencia dictada en autos el quince de enero de dos mil trece.
• Requiérase a la parte quejosa para que en el término de tres días, exhiba al Juzgado de Distrito cincuenta y dos copias de su escrito de expresión de agravios. 21.- Cuenta con el oficio 312-Y recibido el cinco de Febrero de dos mil
trece, procedente del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa y de
Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo 2590/2010 promovido
por JUAN CARLOS RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, mediante el cual en lo que atañe a
las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de treinta y uno de Enero de dos mil trece, en los términos
siguientes:
• Requiérase nuevamente a la autoridad responsable para que dentro del termino de veinticuatro horas, dé total cumplimiento a la resolución de merito.
22.- Cuenta con el oficio 520-T recibido el once de febrero de dos mil trece,
procedentes del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa y de
Trabajo en el Estado de Jalisco dentro del juicio de amparo número 1482/2010,
promovido por ÁGUEDA MARÍA TARULA MORENO, mediante los cuales en lo
que atañe a la autoridad señalada como responsable, de forma substanciosa
informa el contenido del proveído de primero de febrero de dos mil trece, en los
términos siguientes:
“Visto el escrito signado por el autorizado de la parte quejosa, mediante el
cual en atención a la vista de veintidós de enero del año en curso, manifiesta su inconformidad respecto al cumplimiento dado a la ejecutoria de amparo por la autoridad responsable Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, al respecto se provee; agréguense a los autos para los efectos legales a que haya lugar, con fundamento en los artículos 220 y 221 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Ahora bien, del estado de autos se desprende que por diverso oficio SO.22/2011ª119CADMON,DPAF,CAyP…7276 mediante el cual adjuntan la Vigésima Segunda Sesión Ordinaria del Pleno, de ocho de junio de dos mil once, se acordó el monto de liquidación mediante una cédula que fue aprobada por la cantidad de $417,141.11 (cuatrocientos diecisiete mil ciento cuarenta y un peso 11/100 moneda nacional), misma cantidad que fue depositada por la Secretaria de Finanzas, al Consejo de la Judicatura del Estado, el veintiséis de diciembre del año dos mil doce (foja 1499), sin que la fecha dicha cantidad sea otorgada íntegramente a la quejosa; por lo que, con fundamento en los artículos 104 y 105 de la Ley de Amparo, se requiere NUEVAMENTE al pleno del Consejo
de la Judicatura del Estado de Jalisco, para que dentro del termino de veinticuatro horas constadas a partir de su legal notificación, de inmediato acrediten haber entregado a la imperante de garantías, la totalidad de los salarios y prestaciones generados desde el uno de febrero de dos mil diez, (fecha del cese laboral), al veintisiete de mayo de dos mil once (fecha en que fue reinstalada la quejosa), los cuales ya fueron depositados en cuenta según se advierte en constancia que obra en autos a foja 1499, por la Secretaria de Finanzas del Estado de Jalisco, bajo apercibimiento que de no hacerlo dentro del lapso indicado, se remitirá de inmediato el juicio en el que se actúa al Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito en turno, para los efectos de articulo 107, fracción XVI, de la Constitución Federal, toda vez que dichas autoridades no tienen superior jerarquico inmediato a quien requerirle que los conmine a cumplir con una ejecutoria de amparo, al ser estas organismos jurisdiccionales planamente autónomos en el ámbito jurídico, adquiriendo una absoluta autonomía en el ejercicio de su función.
23.- Cuenta con el oficio 371-II recibido el ocho de febrero de dos mil trece,
procedente del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco,
dentro del juicio de amparo 1406/2012, promovido por MARTHA EUGENIA
RODRÍGUEZ TOSCANO, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades
señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el contenido del
acuerdo de seis de febrero del dos mil trece, en los términos siguientes:
Ha transcurrido el plazo de tres días que se concedió a la parte quejosa
para que desahogara la vista que se ordenó respecto del cumplimiento otorgado
por las responsables; y toda vez que se aprecia que las autoridades responsables
Juez y Notificadora0 adscritas al Juzgado Cuarto de lo Familiar del Primer Partido
Judicial del Estado de Jalisco, atendieron a los efectos de la sentencia de amparo;
de ahí que lo procedente es tener por cumplido el referido fallo protector.
Dése vista a la parte quejosa por el término de cinco días para los efectos
que prevé el párrafo tercero del ordinal 105 de la Ley Reglamentaria de los
numerales 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
24.- Cuenta con los oficios 400-2 al 404-2 recibidos el seis de Febrero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Tercero de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo
1392/2012 promovido por SILVIANO DÍAZ REYES, mediante los cuales en lo que
atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa
informa el contenido del proveído de cinco de Febrero de dos mil trece en los
términos siguientes:
En virtud de que ha transcurrido el plazo para interponer el recurso de
revisión contra la sentencia que sobreseyó en el juicio de amparo; en
consecuencia, se declara que ha causado ejecutoria, se ordena archivar el asunto
como concluido.
RELACIÓN DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL
Diversas propuestas de nombramiento, licencias con goce de sueldo por
incapacidad médica, licencias sin goce de sueldo, renuncias y bajas de Servidores
Públicos de Órganos Jurisdiccionales y Administrativos, dependientes de este
Consejo.
COMUNICACIONES RECIBIDAS
1.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el Maestro
JORGE LUIS SOLIS ARANDA, Juez Mixto de Primera Instancia de Yahualica de
González Gallo, Jalisco, mediante oficio número 2856/2012, propone al término
del nombramiento anterior al C. NORBERTO DURÁN MUÑOZ, como Juez Menor
Suplente, del Juzgado Menor de Ixtlahuacán del Río, Jalisco, a partir del 17 de
diciembre de 2012 y por el término de seis meses.
ANTECEDENTES: Ingresó como Juez Menor Suplente de Ixtlahuacán de
Rio, Jalisco, el día 22 de febrero de 1999, cargo que actualmente desempeña
ininterrumpidamente, cuenta con resultado de examen psicométrico como
“Recomendable” y con resultados de examen antidoping como no detectable. No
se registran sanciones administrativas en su contra.
2.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada ELSA NAVARRO HERNÁNDEZ, Juez Cuarto de lo Familiar, mediante
oficio número 451/2013, hace del conocimiento la reincorporación de labores de la
LICENCIADA CLAUDIA IVETT SANTANA CASILLAS, al cargo Secretario, así
como de la C. BLANCA ARACELI GUERRERO VILLALOBOS al cargo de
Auxiliar Judicial, a partir del día 1° primero de febrero de 2013 dos mil trece, en
virtud de haber concluido una licencia sin goce de sueldo que les fue otorgada.
3.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada ADRIANA YÁÑEZ GÓMEZ, Juez Mixto de Primera Instancia de
Ameca, Jalisco, mediante oficio número 210/2013, hace del conocimiento la
reincorporación de labores del LIC. FRANCISCO JAVIER LOZANO MONTES DE OCA, al cargo Notificador, a partir del día 1° primero de febrero de 2013 dos mil
trece, en virtud de haber concluido una licencia sin goce de sueldo que le fue
otorgada.
4.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada ROSA MARÍA DEL CARMEN LÓPEZ ORTÍZ, Juez Octavo de lo Civil,
mediante oficio número 354, hace del conocimiento la reincorporación de labores
del la Lic. MARÍA LUISA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, al cargo Secretario, así como
del Lic. JOSÉ LUIS PERALTA GARCÍA al cargo de Secretario Conciliador, así
como de la Lic. PATRICIA MEDELES CHÁVEZ al cargo de Auxiliar Judicial, a
partir del día 1° primero de febrero de 2013 dos mil trece, en virtud de haber
concluido una licencia sin goce de sueldo que les fue otorgada.
5.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la Doctora
MARÍA CARMELA CHÁVEZ GALINDO, Consejero Ciudadano del H. Consejo de
la Judicatura, mediante el oficio número 15/2013, hace del conocimiento de su
reincorporación al cargo, a partir del día 29 veintinueve de enero de 2013 dos mil
trece, al término de la licencia sin goce de sueldo que le fue concedida.
6.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado JOSÉ SALINAS MURILLO, Juez Segundo de lo Civil de Primera
Instancia de Autlán de Navarro, Jalisco, mediante el oficio número 194/2013, hace
del conocimiento de su reincorporación al cargo, a partir del día 5 cinco de febrero
de 2013 dos mil trece, al término de la licencia con goce de sueldo que le fue
concedida.
7.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. IRENE GARCÍA PÉREZ, Auxiliar de Intendencia de la Unidad Departamental de
Servicios Generales, dependiente de la Dirección de Planeación, Administración y
Finanzas, remite constancia médica expedida por el Hospital Ramón Garibay, del
Servicio de Traumatología, con fecha del día 31 treinta y uno de enero de 2013
dos ml trece, donde se diagnostica Raquis Estrecho Lumbar, por lo que se
extiende incapacidad laboral del 1° primero al 15 quince de febrero de 2013 dos
mil trece.
8.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el Maestro
DAVID CORTÉS RODRÍGUEZ, Juez Mixto de Primera Instancia de la Barca,
Jalisco, remite oficio sin número en el cual informa que por el término de 3 tres
días a partir del día 23 veintitrés de enero de 2013 dos mil trece, le fue expedida
una incapacidad expedida por la Dra. María Guadalupe Parra Machuca,
“Cardiología Clínica”, por haber presentado problemas cardiacos, por lo que fungió
como Juez por Ministerio de Ley el LICENCIADO RAÚL GONZÁLEZ ANAYA.
NOTA.- La Dirección de Planeación, Administración y Finanzas, informa que quien
expide la incapacidad médica, no corresponde a la Red de Seguros de GNP.
9.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. SUJEY GUADALUPE RETEGUÍN RIVERA, Auxiliar Judicial de Consejero,
adscrita a la Ponencia del Consejero Mario Pizano Ramos, remite incapacidad
expedida por el Hospital “RAMON GARIBAY” del servicio de Traumatología,
donde se le diagnostica Fisura Escafoides Torsal Derecho, por lo que se
incapacita del 1° primero al 8 ocho de febrero de 2013 dos mil trece.
10.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. MA. CESARIA AGUILAR FRAUSTO, Auxiliar de Intendencia, adscrita a Servicios
Generales “Edificio Archivo de Concentración”, de la Unidad Departamental de
Servicios Generales dependiente de la Dirección de Planeación, Administración y
Finanzas, remite constancia médica expedida por el Hospital Ramón Garibay, del
Servicio de Traumatología y Ortopedia, donde se diagnostica probable
meniscopatia de rodilla derecha, por lo cual se le incapacita del 1° primero al 15
quince de febrero de 2013 dos mil trece.
11.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el C. FRANCISCO JAVIER BAEZ CASTAÑON, Auxiliar de Intendencia, adscrito a
Servicios Generales “Juzgados Penales” de la Unidad Departamental de Servicios
Generales dependiente de la Dirección de Planeación Administración y Finanzas,
remite constancia médica expedida por el Hospital Ramón Garibay, del Servicio de
Traumatología, donde se diagnostica Raquis estrecho lumbar, por lo cual se le
incapacita del 1° primero al 15 quince de febrero de 2013 dos mil trece.
12.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. CAROLINA TAVARES GONZÁLEZ, Auxiliar de Cómputo, de la Unidad
Departamental de Tesorería, dependiente de la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, remite incapacidad expedida por el Hospital “RAMON
GARIBAY” del servicio de Ortopedia, donde se le diagnostica Esguince cervical de
segundo grado en columna, por lo que se incapacita del 5 cinco al 14 catorce de
febrero de 2013.
13.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado OSCAR MARTÍN MORALES VÁZQUEZ, Juez de lo Criminal de
Primera Instancia de Ocotlán, Jalisco, mediante oficio número 198/2013, remite
terna de aspirantes al cargo de Juez de Paz Suplente de Zapotlán del Rey,
Jalisco, siendo las siguientes personas:
a) LOURDES LIZET ASCENCIO PEREZ, copia de título de abogado, copia
de carta de terminación de servicio social, copia del acta de examen profesional
de abogado, 25 años de edad, con residencia en Zapotlán del Rey, Jalisco.
b) EVELIA SAUCEDO FLORES, copia del certificado de primaria, copia de
certificado de secundaria, copia de certificado de preparatoria, certificado de la
licenciatura en derecho, carta de pasante de la licenciatura en derecho, 32 años
de edad, con domicilio en Poncitlán, Jalisco.
c) LILIANA IÑIGUEZ GODINEZ, Curriculum vitae, 26 años de edad.
14.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el Maestro
DAVID CORTÉS RODRÍGUEZ, Juez Mixto de Primera Instancia de la Barca,
Jalisco, remite oficio número 165/2013, en el cual pide se deje sin efecto la no
aprobación del periodo vacacional que comprende del 16 dieciséis al 31 treinta y
uno de diciembre de 2012 dos mil doce, argumentando el H. Pleno que no se
encuentra integrado debidamente el Juzgado, y solicitadas mediante oficio número
548/2013, remitida en la Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil
trece, por lo que se informa que dicho comunicado llegó en el mes de enero, fecha
posterior a que el personal del Juzgado gozó del periodo vacacional e inclusive
firmó las actuaciones correspondientes.
Asimismo el suscrito David Cortes Rodríguez, actuó con el Licenciado
Jaime Antonio Rodríguez Villarruel, (Notificador) en funciones de Secretario por
Ministerio de Ley.
En la Segunda fase del 6 seis al 21 veintiuno de enero de 2013 dos mil
trece, laboró el Licenciado Raúl González Anaya, (Secretario) quien fungió como
Juez por Ministerio de Ley. Además se hace del conocimiento que en periodos
anteriores de vacaciones, el Notificador ha fungido como Secretario por Ministerio
de Ley, han sido aprobadas por el H. Consejo.
15.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada MARÍA MARINA BUGARÍN LÓPEZ, Juez Primero de lo Civil del
Primer Partido Judicial, mediante oficio sin número, hace del conocimiento la
reincorporación de labores de la C. BERTHA MARGARITA AVILÉS LÓPEZ, al
cargo Auxiliar Judicial, a partir del día 1° de febrero de 2013 dos mil trece, en
virtud de haber concluido una licencia sin goce de sueldo que le fue otorgada.
16.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. ELBA MARCELA BECERRA RAMÍREZ, Auxiliar Judicial, del Juzgado Tercero de
lo Criminal, mediante oficio número 1934/2013, solicita le sea concedida
incapacidad por maternidad en los términos de 30 días antes de la fecha de parto
y 60 días después, lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 123
apartado B, fracción XI inciso C) de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, artículo 28 de la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado, artículo
43 de la Ley de Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios y el
artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, solicitando, le sea concedida dicha
licencia, a partir del 16 de abril al 14 de julio de 2013, teniendo como fecha
probable de parto el día 15 quince de mayo del año en curso.
17.- Cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el Maestro
MARIO MURGO MAGAÑA, Juez Mixto de San Gabriel, Jalisco, mediante oficio
sin número hace del conocimiento que la C. YOLANDA BECERRA RAMÍREZ,
Secretario, y el C. PEDRO MENDOZA VÁZQUEZ, Notificador, el día 22 veintidós
de enero del 2013 dos mil trece, no se presentaron a laborar, y el día 23 veintitrés
de enero de presente, remitieron ambos constancia médica de doctor particular
que no se encuentran autorizados en la red de médicos, por lo que remito la acta
circunstanciada que se levantó a ambos y los justificantes médicos que hicieron
llegar para su conocimiento y para los efectos de ley a que haya lugar.
TARJETA INFORMATIVA:
1.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, se enlistó a la C. CASILLAS CASILLAS GUADALUPE MOSERRAT, como Secretario Ejecutor, del
Juzgado Décimo Tercero de lo Civil, en sustitución de Trujillo Robles Luis
Fernando, quien cambia de categoría, debiendo ser lo correcto como Secretario
en sustitución de Ochoa Velázquez Alberto, quien cambia de adscripción y a su
vez lo cubrió Trujillo Robles Luis Fernando, quien cambia de categoría.
2.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, se enlistó a la C. PEÑA OCHOA CAROLINA, como Secretario, del Juzgado Cuarto de lo Familiar,
en sustitución de Sandoval Martínez María Guadalupe, quien solicitó licencia sin
goce de sueldo, debiendo ser lo correcto en sustitución de Sandoval Martínez
María Guadalupe, quien renunció.
3.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, se enlistó a la C. AVIÑA NAVARRO RUTH TATIANA, como Secretario del Juzgado Décimo
Tercero de lo Civil, del 1° primero de enero al 30 treinta de marzo de 2013 dos mil
trece, debiendo ser lo correcto del 1° primero de enero al 31 treinta y uno de
marzo de 2013 dos mil trece.
4.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, se enlistó al C. RAMÍREZ GARCÍA DIEGO ALEJANDRO TOKINPAH, como Auxiliar Judicial del
Juzgado Décimo Tercero de lo Civil, en sustitución de Aviña Navarro Ruth Tatiana,
al término de nombramiento anterior, debiendo ser lo correcto en sustitución de
Aviña Navarro Ruth Tatiana, quien tiene licencia sin goce de sueldo.
5.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, se enlistó a la C. LUGO AVELAR CARMEN EDITH, como Auxiliar Judicial, del Juzgado Tercero de
lo Criminal, con clasificación de Interino, debiendo ser lo correcto con clasificación
de Base.
6.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, en las
comunicaciones, se enlistó la reincorporación de labores del LIC. OCTAVIO HERIBERTO LOPEZ ORTEGA, Auditor de la Dirección de Contraloría, en virtud
de haber concluido una licencia con goce de sueldo, debiendo ser lo correcto en
virtud de haber concluido una licencia sin goce de sueldo.
7.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, se enlistó la baja
de la C. JIMÉNEZ RUÍZ MIRIAM, como Auxiliar Judicial del Juzgado Octavo de lo
Mercantil, a partir del 19 diecinueve de septiembre de 2012 dos mil doce,
debiendo ser lo correcto del a partir del 5 cinco de septiembre de 2012 dos mil
doce.
8.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, se enlistó la baja
del C. LEDEZMA ÁVILA SALVADOR, como Secretario Relator de Presidencia, de
la H. Presidencia, debiendo ser lo correcto como Secretario Relator.
9.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, se enlistó la
licencia con goce de sueldo de la C. CÁRDENAS REYES KARLA, como Analista
Especializado, de la Dirección de Formación y Actualización Judicial, por 42 días a
partir del 2 dos al 29 veintinueve de enero de 2013 dos mil trece, con la
incapacidad médica por enfermedad número KZ028420, debiendo ser lo correcto
del 18 dieciocho de diciembre de 2012 dos mil doce al 28 veintiocho de enero de
2013 dos mil trece, mediante la incapacidad medica por maternidad numero
KX809022.
10.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento
que en la Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, se
enlistó la licencia con goce de sueldo de la C. HERNÁNDEZ DÍAZ ALMA VIVIANA, como Auxiliar Judicial, adscrita al Juzgado Décimo Segundo de lo
Criminal, por 42 días a partir del 2 dos de diciembre al 28 veintiocho de enero de
2013 dos mil trece, con la incapacidad médica por enfermedad número KX809022,
debiendo ser lo correcto del 3 tres de enero al 13 trece de febrero de 2013 dos mil
trece, mediante la incapacidad medica por maternidad número KX809022. 11.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento
que en la Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, se
enlistó la renuncia de la C. SANDOVAL MARTÍNEZ MARÍA GUADALUPE, como
Secretario del Juzgado Cuarto de lo Familiar, a partir del 2 dos de enero de 2013
dos mil trece, debiendo ser lo correcto del a partir del 31 treinta y uno de diciembre
de 2012 dos mil doce.
12.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento
que en el Pleno del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, se enlistó la
propuesta de Auxiliar Judicial, adscrito al Juzgado Cuarto de lo Familiar, a nombre
del C. VILLAGOMEZ AGUAYO ERNESTO, debiendo ser lo correcto
VILLANUEVA AGUAYO ERNESTO.
13.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento
que en la Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, se
enlistó la propuesta del C. BELMONTE VALENCIA JUAN PABLO, como Auxiliar
Judicial, del Juzgado Décimo Segundo de lo Criminal, en sustitución de
HERNÁNDEZ DÍAZ ALMA VIRIDIANA, quien tiene incapacidad por maternidad,
debiendo ser lo correcto en sustitución de HERNÁNDEZ DÍAZ ALMA VIVIANA.
14.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento
que en la Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, en las
comunicaciones, se enlistó la reanudación de labores de la C. SOLEDAD ARIAS ORTA, Auxiliar Judicial del Juzgado Especializado en Materia Civil de Tlajomulco
de Zuñiga, Jalisco, a partir del día 1° primero de diciembre de 2013 dos mil trece,
debiendo ser lo correcto a partir del día 1° primero de enero de 2013 dos mil trece.
15.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento
que en la Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos trece, en lo
movimientos directos a Pleno, se enlistó la propuesta del LIC. SANTOS ARTURO CASTRO QUIROGA, como Jefe de Sección Programador, adscrito a la Dirección
de Planeación, Administración y Finanzas, debiendo ser lo correcto Jefe de
Sección Programador adscrito a la Unidad Departamental de Informática
dependiente de la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas.
16.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento
que en la Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, en lo
movimientos directos a Pleno, se enlistó la propuesta de la C. ALIDA DÍAZ RIVERA, como Auditor, adscrita a la Dirección de Contraloría, debiendo ser lo
correcto Auditor adscrita a la Unidad Departamental de Auditoría Interna.
17.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento
que en la Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, en lo
movimientos directos a Pleno, se enlistó la propuesta del C. RUBÉN ARIAS CÓRDOVA, como Auditor, adscrito a la Dirección de Contraloría, debiendo ser lo
correcto adscrito a la Unidad Departamental de Control Patrimonial.
18.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento
que en la Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, en lo
movimientos directos a Pleno, se enlistó la propuesta del C. DIEGO MÉNDEZ MÉNDEZ, como Auditor, adscrito a la Dirección de Contraloría, debiendo ser lo
correcto adscrito a la Unidad Departamental de Control Patrimonial.
19.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento
que en la Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, en lo
movimientos directos a Pleno, se enlistó licencia con goce de sueldo de la C. MARÍA GUADALUPE VILLALOBOS MARTÍNEZ, como Actuario, adscrita al
Juzgado Décimo Quinto de lo Penal, debiendo ser lo correcto como Auxiliar
Judicial adscrita al Juzgado Décimo Quinto de lo Criminal.
20.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento
que en la Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, en lo
movimientos directos a Pleno, se aprobó la propuesta de la C. ADRIANA PATRICIA ARCE OROSO, como Actuario, adscrita al Juzgado Décimo Quinto de
lo Criminal, debiendo ser lo correcto como Auxiliar Judicial
21.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento
que en la Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, en los
movimientos directos a Pleno, se aprobó la propuesta de la C. YANET MARGARITA JIMÉNEZ MENESES, como Actuario, adscrita al Juzgado Cuarto en
Materia Penal del Primer Partido Judicial, a partir del 17 diecisiete de enero al 16
dieciséis de abril de 2013 dos mil trece, debiendo ser lo correcto Juzgado Cuarto
de lo Criminal a partir del 17 diecisiete de enero al 15 quince de abril de 2013 dos
mil trece.
22.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
Sesión Plenaria del día 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece, en lo movimientos
directos a Pleno, se aprobó la propuesta del C. ALVARADO BECERRA RAMÓN,
como Secretario, del Juzgado Séptimo de lo Penal, en sustitución de GUSTAVO ADOLFO RUEDA KOYAMA, debiendo ser lo correcto en sustitución de
GUSTAVO ADOLFO RUEDA KOYAMA, quien causa baja.
23.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
sesión plenaria del día 12 doce de diciembre de 2012 dos mil doce, se enlistó el
periodo vacacional de invierno 2012 remitido por el MTRO. JOSÉ ÁVALOS PELAYO Juez de lo Penal en Lagos de Moreno, Jalisco, informando que harían
uso de vacaciones; debiendo ser lo correcto que se quedaría de guardia, siendo
el siguiente personal
Primer periodo laborarán del 16 al 31 de diciembre del 2012; LIC. GUSTAVO
FLORES PULIDO Secretario, LIC. CESAR EDUARDO GONZALEZ RAMIREZ
Secretario, MARIA DE LOURDES RENTERIA GONZALEZ Actuario, y las
Auxiliares Judiciales EVANGELINA LOPEZ OCHOA, LAURA LIZETH
JIMENEZ SANDOVAL, ROSAURA MENDOZA AGUIÑAGA.
En el segundo periodo que comprende del 6 al 21 de enero de 2013; MTRO.
JOSE AVALOS PELAYO Juez, LIC. CESAR EDUARDO GONZALEZ
RAMIREZ, XOCHILT AGUILERA HERNANDEZ Notificadora, LIC. GERARDO
CANO AVALOS Actuario, y las Auxiliares Judiciales LIC. ROXELIA
RODRIGUEZ ALBA, ROSAURA MENDOZA AGUIÑAGA.
24.- Cuenta con la tarjeta informativa remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que en la
sesión plenaria del día 12 doce de diciembre de 2012 dos mil doce, se enlistó el
periodo vacacional de invierno 2012 remitido por la LIC. LORENA IRAZÚ CORONA SALDÍVAR Juez Décimo Quinto de lo Penal, informando que harían
uso de vacaciones; debiendo ser lo correcto que se quedaría de guardia, siendo
el siguiente personal
Primer periodo laboraran del 16 al 31 de diciembre del 2012, LIC. SERGIO
ENRIQUE MEDRANO COVARRUBIAS, LIC. NORMA ANGÉLICA LOMELÍ
BARAJAS, MARCELA ROSARIO GARCÍA VELASCO, MARÍA TERESA
RAMÍREZ HERNÁNDEZ, DENISSE CAROLINA URIBE NUÑEZ, RUBEN
MORA SOLTERO, GABRIELA BALANDRÁN SEPULVEDA.
En el segundo periodo que comprende del 6 al 21 de enero de 2013; LIC.
LORENA IRAZÚ CORONA SALDÍVAR, SALVADOR ZÁRATE RAMÍREZ,
RUBÉN MORA SOLTERO, LORENA MADERA MONTES, JOSÉ MARTÍN
FLORES NAVARRO, JOSÉ HUMBERTO ORTÍZ CERPA, JOSÉ LUIS
HERNÁNDEZ BUENO.
ÍNDICE DE CUENTAS DE LA SECRETARÍA GENERAL
1.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuarta Sesión
Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 30 treinta de marzo del año 2010, se determinó instruir a la Secretaría General de este Consejo de la Judicatura, para que todos los escritos de quejas administrativas que sean presentados ante dicha Secretaría, se dé cuenta ante este Honorable Pleno para que éste determine lo conducente, y en caso de que se estime procedente iniciar procedimiento disciplinario. Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el escrito signado por la CIUDADANA GUADALUPE ALICIA VALDEZ DÍAZ, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 01 primero de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual interpone queja administrativa en contra del JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE PUERTO VALLARTA, JALISCO, por los actos y omisiones que narra en su ocurso y que guardan relación con el Juicio Civil Ordinario con número expediente 83/2011. ACUERDO: se ordena turnar el escrito signado por la CIUDADANA GUADALUPE ALICIA VALDEZ DÍAZ, a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades. ACUERDO: SO.07/2013A68DVDRyP.
2.- Cuenta con el escrito signado por el MAESTRO SERGIO NAVARRO
GÓMEZ, en su carácter de Presidente del Ilustre Colegio de Juristas del Estado de
Jalisco, A.C., recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este
Cuerpo Colegiado, el día 01 primero de febrero del año 2013 dos mil trece, del que
se desprende lo siguiente
“…SERGIO NAVARRO GÓMEZ, en mi carácter de PRESIDENTE DEL ILUSTRE COLEGIO DE JURISTAS DEL ESTADO DE JALISCO, A.C., por este
conducto tengo el Honor de dirigirme a este Honorable Cuerpo Colegiado, para
informar que por consenso unánime de los miembros activos del mencionado
Colegio, tomamos el acuerdo de solicitar a Ustedes de la manera más atenta,
respetuosa y con fundamento en el artículo 31 y 35 Fracción V de la Ley de
Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios y 143 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de ésta Entidad Federativa, lo siguiente:
a).- Que para la mayor transparencia de los acuerdos que se toman en las
sesiones plenarias del H. Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, estas sean publicadas y además, se publiquen las actas de dichas sesiones de los
plenos celebrados en dicho Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco por los
medios electrónicos de comunicación, incluso deben publicarse las actas de las
sesiones celebradas a partir del día 1° primero de abril del 2012, fecha en que
entró en vigor la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus
Municipios, en concordancia con el numeral 143 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado de Jalisco, puesto que no existe fundamento legal para que las
sesiones del H. Consejo de la Judicatura del Estado sean reservadas.
b).- Por otra parte, los agremiados del Ilustre Colegio de Juristas,
consideramos que es indispensable que todos los Colegios y Barras de Abogados,
a través de sus Presidentes, seamos convocados para emitir ante el H. Consejo
de la Judicatura del Estado, nuestras opiniones y las que recogemos de los
litigantes en general sobre el buen o mal funcionamiento de cada uno de los
Juzgados de las diversas materias (civil, penal, familiar y mixtos), todos ellos de
los diversos partidos judiciales de nuestra entidad federativa, para que con ello se contribuya por parte de Ustedes a una mayor transparencia y política incluyente de nuestras opiniones que pueden contribuir a una más justa
distribución y cambios de adscripción de los jueces que laboran en nuestro Estado; pues no se deben dejar al margen esas valiosas opiniones de los
justiciables y de los litigantes que son los que conocen de primera mano las
virtudes y los errores de cada uno de los titulares de las juzgados.
c).- Para mejorar el desempeño de las labores de Ustedes, Señores
Consejeros, consideramos que es necesario obtener y tomar en cuenta toda la
información y aportaciones en el ámbito jurídico que los Colegios y Barras de
Abogados podemos brindarles, tanto las que recogemos de los gobernados como
también de los litigantes en las diversas materias del Derecho; y para ello,
respetuosamente sugerimos y solicitamos nos brinden la oportunidad de
conformar un Consejo Consultivo (gratuito por nuestra parte), que sea integrado
por los Presidentes de los Colegios y Barras de Abogados en nuestro Estado, y
que de aceptarlo Ustedes, estaremos siempre atentos a los requerimientos de
información y de apoyo con proyectos jurídicos en todo lo concerniente a los
puntos específicos que Ustedes nos soliciten, además de que nosotros
aportaríamos lo que creamos indispensable para someterlo a su respetable
consideración, para que este esfuerzo conjunto redunde en una mejor
transparencia y administración de la justicia, que desgraciadamente está muy
deteriorada en la actualidad.
Lo anterior es indispensable para ingresar ya en la cultura de la
transparencia, con fundamento en la Ley de información Publica del Estado de
Jalisco y sus Municipios, y 143 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de ésta
Entidad Federativa, y para transformar de una vez por todas la imagen y la
impartición de la justicia en nuestro Estado de Jalisco, en un impactante y visible
beneficio para todos los gobernados. En espera de su respuesta favorable me
despido de este Honorable Consejo, quedando como su seguro servidor y
amigo…”.
3.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuarta Sesión
Ordinaria celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, el día 23 veintitrés de enero del año 2013 dos mil trece, se recibió la siguiente cuenta: “…Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el escrito signado por el CIUDADANO RAFAEL DE JESÚS RAMOS GUTIÉRREZ, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 14 catorce de enero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual interpone queja administrativa en contra del JUEZ OCTAVO DE LO CIVIL DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL, por los hechos que narra en su escrito de cuenta, dentro del Juicio Civil Ordinario número 1022/2011.…”
Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo
siguiente: “…turnar el escrito signado por el CIUDADANO RAFAEL DE JESÚS RAMOS GUTIÉRREZ, a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, en contra del JUEZ OCTAVO DE LO CIVIL DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL, por los hechos que narra en su escrito de cuenta, dentro del Juicio Civil Ordinario número 1022/2011 del índice de ese Juzgado; lo anterior de conformidad al Título Séptimo, Capítulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas
en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Por otro lado, se tiene al quejoso, señalando domicilio para recibir todo tipo de
notificaciones la finca marcada con el número 2963 de la calle Doctor Alberto Román, en la Colonia La Constitución en Zapopan, Jalisco. …”
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el escrito signado por el
CIUDADANO RAFAEL DE JESÚS RAMOS GUTIÉRREZ, recibido en la Oficialía
de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 05 cinco de
febrero del año 2013 dos mil trece; así también se da cuenta con los comunicados
números 02-153/2013 y 02-166/2013, signados por el LICENCIADO JUAN CARLOS RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, a los cuales adjunta el escrito signado por el
CIUDADANO RAFAEL DE JESÚS RAMOS GUTIÉRREZ, ocursos en los que se
tiene al promovente realizando una serie de manifestaciones en las que señalan
que se han verificado diversas violaciones procesales dentro de la queja
administrativa número 33/1013-A llevada ante la Dirección de Visitaduría,
Disciplina y Responsabilidades de este Consejo.
4.- Cuenta con el escrito signado por el CIUDADANO FRANCISCO
JAVIER MEDINA VELÁZQUEZ, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 05 cinco de febrero del año 2013 dos mil
trece, mediante el cual expone lo siguiente:
“…Que bajo protesta de decir verdad, me encuentro imposibilitado para el
pago de las copias certificadas que solicite al Juzgado Primero de lo Civil en el
Estado, para presentarlas como prueba, en la queja que interpuse en contra, de la
Maestra María Medina Bugarín López, Jueza Primeo de lo Civil del Primer Partido
judicial, por la sentencia que dicto en fecha 21 de octubre de 2011, en relación con
el expediente 749/2012. La razón por la que no puedo cubrir el pago de las copias certificadas, es
que me encuentro en situación de insubsistencia, ya que a partir del 15 de enero
de 2012, el H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, me dejo de cubrir mis
salarios, argumentando que como el Instituto de Pensiones del Estado ya me
determinó la Invalidez Permanente Total y Definitiva desde el 2010, al propio
Instituto le correspondía cubrir mis pagos mediante cuotas mensuales (Pensión),
así mismo el Instituto de pensiones del Estado, se ha negado a otorgarme la
Pensión, argumentándome que al contar con un “adeudo” no se me puede otorgar
la “Pensión”, por lo que desde el mes de enero de 2012 no tengo ingresos propios.
Lo que reitero tiene en situación de Insubsistencia al Suscrito y a mi familia, por lo que no puedo cubrir el costo de las copias certificadas por lo anteriormente expuesto…”.
5.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuarta Sesión Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 30 treinta de marzo del año 2010, se determinó instruir a la Secretaría General de este Consejo de la Judicatura, para que todos los escritos de quejas administrativas que sean presentados ante dicha Secretaría, se dé cuenta ante este Honorable Pleno para que éste determine lo conducente, y en caso de que se estime procedente iniciar procedimiento disciplinario, sea remitido a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad al Titulo Séptimo, Capitulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el escrito signado por el
CIUDADANO FRANCISCO JAVIER MEDINA VELAZQUEZ, recibido en la
Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 05
cinco de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual interpone queja
administrativa en contra del JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL, MAESTRA MARÍA MARINA BUGARIN LÓPEZ, señalando
que la sentencia definitiva dictada por dicho Titular el día 21 de octubre del 2011,
le ocasiona daños y perjuicios al ser inconsistente, parcial, contradictoria,
infundada, ilegal e improcedente.
6.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuarta Sesión
Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 30 treinta de marzo del año 2010, se determinó instruir a la Secretaría General de este Consejo de la Judicatura, para que todos los escritos de quejas administrativas que sean presentados ante dicha Secretaría, se dé cuenta ante este Honorable Pleno para que éste determine lo conducente, y en caso de que se estime procedente iniciar procedimiento disciplinario, sea remitido a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad al Titulo Séptimo, Capitulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el escrito signado por la
CIUDADANA PATRICIA GUTIÉRREZ BRAMBILA, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 05 cinco de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual interpone queja administrativa
en contra de los Licenciados JAVIER CASTELLANOS DE LA CRUZ, JOSÉ LUIS ÁLVAREZ PULIDO, SERGIO SALVADOR PEÑA SÁNCHEZ, NOE DE LA LUNA, OFELIA ELIZABETH ZAMORA OROZCO Y PALOMA MAGALLANES DE LA ROSA, en su carácter de Juez, Secretario y Actuarios respectivamente, del
juzgado Segundo de lo Penal del Primer Partido Judicial, por los hechos que
narra en su escrito de cuenta, referente al juicio penal con número de expediente
495/2009-C del índice de aquel Juzgado.
7.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Décima Segunda Sesión Plenaria Extraordinaria, celebrada el día 29 veintinueve de agosto del año 2012 dos mi dice, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, se recibió la siguiente cuenta: “…LA CONSEJERA MARIA CRISTINA CASTILLO GUTIÉRREZ, Refiere: “En mi carácter de Presidenta de la Comisión de Administración y Actualización de Órganos, doy cuenta con el oficio número D.P.A.F./467/2012-A, recibido el 29 veintinueve de agosto del presente año, suscrito por el MAESTRO ENRIQUE GARCÍA HERNÁNDEZ en el cual remite la relación de nóminas faltantes de los ejercicios 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y de los meses de Enero a Julio del 2012, mismas que no fueron remitidas con oportunidad a la Sección de Nóminas de este H. Consejo, aún cuando se les ha estado insistiendo en diversas ocasiones a través del personal responsable de esa actividad.
Se hace mención que con fecha 14 de noviembre del año 2007, dentro de la circular
número 5/2007 el Pleno del H. Consejo emitió un Acuerdo General al respecto, el cual en su parte medular dice:
“ÚNICO.- Se hace del conocimiento a los Titulares de los Juzgados de Primera
Instancia, Especializados y Mixtos, Menores y de Paz, así como a los Titulares de los Órganos Administrativos, dependientes del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, que deberán entregar a la Unidad Departamental de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas, la nómina debidamente firmada por todos y cada uno de los servidores públicos que se encuentran inmersas en la misma, dentro de los cinco días hábiles posteriores a cada quincena, con el apercibimiento de que en caso de que no las remitan en forma oportuna, así como omitan remitir dos nóminas en forma consecutiva o remitirlas sin las firmas correspondientes, se procederá a instaurar los procedimientos administrativos correspondientes.”
En consecuencia, toda vez que se incumple con lo establecido en el artículo 61 fracción I,
XVII y XVIII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, se ordena solicitar al Honorable Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, instruya a la Secretaría General de éste Consejo, en los términos del numeral 158 fracción IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, para que requiera a los titulares de los órganos jurisdiccionales y administrativos que se relacionan de manera anexa al oficio de referencia, para que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sea notificado, remita la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas la nómina requerida debidamente firmada o en caso de haber entregado las nóminas únicamente acreditar la recepción de las mismas, bajo el apercibimiento de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no presentada la misma, lo que se hará del conocimiento de la Comisión de Vigilancia en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción III, XII, XV, XXVII y XXXIV 154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado…”. Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: “…se instruye a la Secretaría General de éste Consejo, en términos del numeral 158 fracción IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, para que requiera a los Titulares de los Juzgados de Primera Instancia, Especializados y Mixtos, Menores y de paz, así como a los Titulares de los Órganos Administrativos, dependientes de este Consejo, que se relacionan de manera anexa al oficio de referencia, para que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sean notificados, remitan a la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas la nómina requerida debidamente firmada o en caso de haber entregado las nóminas, únicamente acreditar la recepción de las mismas; lo anterior bajo el apercibimiento que de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no presentada la misma, lo que se hará del conocimiento de la Comisión de Vigilancia en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción III, XII, XV XXVII y XXXIV 154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado…”.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio vía fax número
303/2013 signado por la ABOGADA LOURDES ANGÉLICA DELGADO ÁLVAREZ, en su carácter de Juez Primero de lo Civil de Puerto Vallarta, Jalisco,
recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo
Colegiado, el día 05 cinco de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual
da contestación al oficio número SE.12/2012A51CADMONyGRAL…6503, y hace
del conocimiento que las nóminas faltantes de la segunda de mayo del año 2012,
se remitieron mediante oficio número 1557/2012 de fecha 01 primero de junio del
año próximo pasado, en tanto que las nóminas de la primera y segunda quincena
por lo que respecta a los meses de junio y julio del año 2012, así como la del
estímulo primera parte del 2012, se devolvieron mediante oficios números
1980/2012 y 2123/2012 de fechas 13 de junio y 16 de agosto del 2012
respectivamente.
Por otra parte, señala que respecto de las nóminas faltantes que refiere en
primer término y que son correspondientes a la COMPLEMENTARIA, SEGUNDA
DE ENERO 2007 (No. 0701013 y 0701014 y PRIMERA DE OCTUBRE DEL 2007,
no le es posible informar al respecto, ello en virtud de que en esa fecha no se
encontraba adscrita a ese Juzgado Primero de lo Civil y en el archivo que se tiene,
no se localizaron los oficios correspondientes.
8.- Cuenta con el oficio 35/2013 signado por los Jueces Primero y Segundo
Civil de Zapotlán el Grande, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 06 seis de febrero del año
2013 dos mil trece, mediante el cual solicitan que se aprueben las siguientes
plazas:
1.- Un Secretario
1.- Un Notificador
1.- Auxiliar Judicial.
Señalando que solicitan lo anterior, debido a las cargas de trabajo con que
cuenta el tribunal a su cargo.
9.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: “…En la Quinta Sesión Ordinaria, celebrada el día 30 treinta de enero del año 2013 dos mil trece, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, dan cuenta con el oficio número 515/2013, signado por el MAESTRO EN DERECHO ARMANDO RAMÍREZ RIZO, con el carácter de Juez Octavo en Materia Penal, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado el día 28 veintiocho de enero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual remite ACTA ADMINISTRATIVA levantada el día 24 veinticuatro de enero del año en curso, al LICENCIADO ALEJANDRO TELLO CASTRO, quien se desempeña como Secretario de Acuerdos en ese Juzgado a su adscripción; lo anterior en virtud de haber remitido en dos ocasiones los autos del expediente número 329/2011-B del índice de dicho juzgado, para la substanciación del recurso de Alzada…”. Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: Se ordena tunar el oficio número 515/2013, signado por el MAESTRO EN DERECHO ARMANDO RAMÍREZ RIZO, con el carácter de Juez Octavo en Materia Penal, a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, en contra del Licenciado ALEJANDRO TELLO CASTRO, quien se desempeña como Secretario de Acuerdos de aquel Juzgado, en virtud de haber remitido en dos ocasiones los autos del expediente número 329/2011-B del índice de dicho juzgado, para la substanciación del recurso de Alzada; lo anterior de conformidad al Título Séptimo, Capítulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno…”.
Por lo que el día de hoy, da cuenta con el escrito signado por el
ABOGADO ALEJANDRO TELLO CASTRO, con el carácter de Secretario del
Juzgado Octavo de lo Penal, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 06 seis de febrero del año 2013 dos mil
trece, mediante el cual solicita que se le expida lo siguiente:
“…a) Información por escrito del período de tiempo que no estuve
laborando por la incapacidad medica otorgada por el Instituto Mexicano del Seguro
Social, durante el año 2012.
b) Copias certificadas de dichas incapacidades que me fueron otorgadas
por el Instituto Mexicano del Seguro Social, durante el año 2012 dos mil doce.
c) Copia certificada del nombramiento del suscrito durante el año 2012.
e) Informe por escrito, quien o quienes fueron las personas que cubrieron
las mencionadas incapacidades. …” (sic).
10.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Décima Segunda
Sesión Plenaria Extraordinaria, celebrada el día 29 veintinueve de agosto del año 2012 dos mi dice, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, se recibió la siguiente cuenta: “…LA CONSEJERA MARIA CRISTINA CASTILLO GUTIÉRREZ, Refiere: “En mi carácter de Presidenta de la Comisión de Administración y Actualización de Órganos, doy cuenta con el oficio número D.P.A.F./467/2012-A, recibido el 29 veintinueve de agosto del presente año, suscrito por el MAESTRO ENRIQUE GARCÍA HERNÁNDEZ en el cual remite la relación de nóminas faltantes de los ejercicios 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y de los meses de Enero a Julio del 2012, mismas que no fueron remitidas con oportunidad a la Sección de Nóminas de este H. Consejo, aún cuando se les ha estado insistiendo en diversas ocasiones a través del personal responsable de esa actividad.
Se hace mención que con fecha 14 de noviembre del año 2007, dentro de la circular
número 5/2007 el Pleno del H. Consejo emitió un Acuerdo General al respecto, el cual en su parte medular dice:
“ÚNICO.- Se hace del conocimiento a los Titulares de los Juzgados de Primera
Instancia, Especializados y Mixtos, Menores y de Paz, así como a los Titulares de los Órganos Administrativos, dependientes del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, que deberán entregar a la Unidad Departamental de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas, la nómina debidamente firmada por todos y cada uno de los servidores públicos que se encuentran inmersas en la misma, dentro de los cinco días hábiles posteriores a cada quincena, con el apercibimiento de que en caso de que no las remitan en forma oportuna, así como omitan remitir dos nóminas en forma consecutiva o remitirlas sin las firmas correspondientes, se procederá a instaurar los procedimientos administrativos correspondientes.”
En consecuencia, toda vez que se incumple con lo establecido en el artículo 61 fracción I,
XVII y XVIII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, se ordena solicitar al Honorable Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, instruya a la Secretaría General de éste Consejo, en los términos del numeral 158 fracción IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, para que requiera a los titulares de los órganos jurisdiccionales y administrativos que se relacionan de manera anexa al oficio de referencia, para que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sea notificado, remita la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas la nómina requerida debidamente firmada o en caso de haber entregado las nóminas únicamente acreditar la recepción de las mismas, bajo el apercibimiento de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no presentada la misma, lo que se hará del conocimiento de la Comisión de Vigilancia en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción III, XII, XV, XXVII y XXXIV 154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado…”. Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: “…se instruye a la Secretaría General de éste Consejo, en términos del numeral 158 fracción IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, para que requiera a los Titulares de los Juzgados de Primera Instancia, Especializados y Mixtos, Menores y de paz, así como a los Titulares de los Órganos Administrativos, dependientes de este Consejo, que se relacionan de manera anexa al oficio de referencia, para que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sean notificados, remitan a la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas la nómina requerida debidamente firmada o en caso de haber entregado las nóminas, únicamente acreditar la recepción de las mismas; lo anterior bajo el apercibimiento que de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no presentada la misma, lo que se hará del conocimiento de la Comisión de Vigilancia en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción III, XII, XV XXVII y XXXIV 154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado…”.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 326/2013
signado por el LICENCIADO ELIAS EPIFANO NUÑEZ CUARENTA, en su
carácter de Juez Primero de lo Civil de Ciudad Guzmán, Municipio de Zapotlán el
Grande, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo
Colegiado, el día 06 seis de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual
en contestación al oficio número SE.12/2012A51CADMONyGRAL…6501, informa que se ha dado cumplimiento a lo ordenado, con la remisión de las
nóminas de sueldos, y homologación correspondientes al personal del Juzgado
Primero de lo Civil del Décimo Cuarto Partido Judicial del Estado de Jalisco, al que
se encuentra adscrito, tal y como se demuestra con los acuses de recibo que se
acompañan al mismo, por lo que el referido Titular, solicita que se le tenga dando
cumplimiento a la encomienda formulada.
11.- Cuenta con el oficio 85/2013 signado por el Juez de Primera Instancia
de Cihuatlán, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de
este Cuerpo Colegiado, el día 06 seis de febrero del año 2013 dos mil trece,
mediante el cual solicita que se aprueben dos plazas de Secretario por Honorarios
con su respectivo Auxiliar, para estar en posibilidad de liberar las cargas de trabajo
con que cuenta el tribunal a su cargo.
12.- Cuenta con el oficio C.J. 16/2013 signado por el Secretario Relator de
la Comisión de Carrera Judicial, Adscripción y Evaluación, recibido en la Oficialía
de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 06 seis de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual solicita que se lleve a cabo la
publicación de fe de erratas relativa a la convocatoria de la Lista de Auxiliares de
la Administración de Justicia para el periodo comprendido del 01 de mayo de 2013
al 30 de abril del 2014.
13.- Cuenta con el oficio número 208/13 signado por el MAGISTRADO
JOAQUÍN MORENO CONTRERAS y el LICENCIADO JOSÉ SALVADOR LÓPEZ JIMÉNEZ, con el carácter de Presidente y Secretario de Acuerdos
respectivamente, de la Décima Primera Sala en Materia Penal del Supremo
Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 06 seis de febrero del año
2013 dos mil trece, mediante el cual informa que en los autos del toca 1306/12,
relativo al expediente 32/11, seguido en contra de ALEXANDER SALVADOR
RODRÍGUEZ FARIAS por los delitos de ROBO CALIFICADO Y ROBO
CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, cometido en agravio de JORGE
AMADO SÁNCHEZ, se dictó un acuerdo del que se desprende lo siguiente:
“…Por lo anterior, a juicio de la Sala, procede dar vista al Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Jalisco, a quien se le deberá remitir copia fotostáticas, certificadas de todo lo actuado en el expediente 32/11, y de este acuerdo a efecto de que determine si el titular y personal del Juzgado de
Primera Instancia de Tala, Jalisco, tienen responsabilidad en su carácter de servidores públicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 198, fracciones III, VIII, XI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco…” ( S.I.C.)
14.- Cuenta con el oficio número DVDR-0143/2013, signado por el
LICENCIADO CARLOS ARIAS MADRID, en su carácter de Director de
Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 06 seis de febrero del año
2013 dos mil trece, mediante el cual remite el escrito presentado por la C. CECILIA MENDOZA HERNÁNDEZ, en el cual solicita que se le otorguen copias
simples del procedimiento administrativo 34/2011-B, por ser necesarias para
diversos trámites legales, ocurso que fue recibido en el área a su cargo.
15.- Cuenta con el oficio 1814/2012 signado por el Secretario General del
Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo
Colegiado, el día 06 seis de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual
informa que en la sesión ordinaria convocada el día 14 de diciembre del año 2012,
se aprobó y se autorizó otorgar en comodato por tiempo indeterminado, a este
Consejo General del Poder Judicial del Estado de Jalisco, los bienes muebles
enlistados en el resolutivo PRIMERO del acuerdo 244/2012 tomado por aquella
Soberanía; lo anterior a fin de que, sean destinados única y exclusivamente al
equipamiento del Juzgado Civil de Primera Instancia de Tlajomulco de Zúñiga,
Jalisco, del Poder Judicial del Estado de Jalisco.
16.- Cuenta con el escrito que suscribe LA CIUDADANA NINFA GÓMEZ
CRUZ, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo
Colegiado, el día 06 seis de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual
realiza una serie de manifestaciones señalando que ha recibido diversas ofensas
de personas que habitan en la población de Unión de Tula, Jalisco.
17.- Cuenta con el siguiente ANTECEDENTE: En la Sexta Sesión Ordinaria
celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, el día 06 seis de febrero del año 2013 dos mil trece, se recibió la siguiente cuenta: “…LA SECRETARIO GENERAL MÓNICA PATRICIA IÑIGUEZ SOTO, da cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuadragésima Sexta Sesión Plenaria Ordinaria, celebrada el día 12 doce de diciembre del año 2012 dos mi dice, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, se dio cuenta con el oficio EJ 3564/2012, suscrito por el Abogado José Miguel Ángel de la Torre Laguna, Secretario Ejecutivo del Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco, mediante el cual remite copia de la resolución del recurso de transparencia número 017/2012, promovido por ALFONSO PARTIDA CABALLERO, contra este Consejo de la Judicatura, de fecha 21 veintiuno de noviembre de 2012 dos mil doce, en la que se desprende que se declara parcialmente fundado el recurso de transparencia de referencia, y se requiere para que en el plazo de 30 treinta días hábiles posteriores, al que surta efectos la notificación, se publique y actualice de manera completa la información señalada, con el apercibimiento de que de no cumplir, se impondrán las medidas de apremio correspondientes. De la misma forma se da vista a la Secretaría Ejecutiva para que inicie el procedimiento de Responsabilidad Administrativa por el incumplimiento de la obligación.
NOTA. Se acompaña a la cuenta oficios de requerimiento por parte de la Unidad de Trasparencia, a las diversas áreas de este Consejo de la Judicatura obligadas a
presentar la información fundamental ante la Unidad Departamental de Informática, así como de los oficios recordatorios. El término fenece el día 11 once de febrero de 2013.
En atención a lo anterior, se propone que este Honorable Pleno, instruya a las
Direcciones administrativas dependientes de este Consejo, así como a los Titulares de los Órganos Jurisdiccionales, remitan a la Unidad Departamental de Informática, la información fundamental faltante que debe ser publicada en el portal de internet de este Consejo de la Judicatura…”. Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: “…
visto el contenido del oficio EJ 3564/2012, suscrito por el Abogado José Miguel
Ángel de la Torre Laguna, Secretario Ejecutivo del Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco, mediante el cual remite copia de la resolución del recurso de transparencia promovido por ALFONSO PARTIDA CABALLERO, contra este Consejo de la Judicatura, de fecha 21 veintiuno de noviembre de 2012 dos mil doce, se requiere a los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales, dependientes de este Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, a efecto de que actualicen la información fundamental que debe ser publicada en el sitio web de este Consejo, de acuerdo a los rubros que a cada Órgano le compete, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en los numerales 30, 31 fracción III, 32 y 35 de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, información que deberá ser remitida a la Unidad Departamental de Informática, con copia a la Unidad de Transparencia de este Consejo de la Judicatura, en la inteligencia de que dicha información deberá ser remitida el día 15 quince de enero de 2013 dos mil trece, como fecha límite.
Para el debido cumplimiento de dicho requerimiento, adjúntese 01 un legajo de
copias simples de la relación que especifica los períodos en que se tiene que actualizar la información en el sitio web, de acuerdo a los rubros que a cada Órgano Administrativo o Jurisdiccional compete, así como 01 un legajo que contenga los artículos relativos y aplicables de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, que fundamentan el presente acuerdo…”.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 779/2013 signado por
la LICENCIADA MARIA DE LOURDES HUIZAR ESTRADA en su carácter de Juez Décimo Cuarto de lo Criminal del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 30 treinta de enero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual señala lo siguiente:
“…1.- En el comunicado que se pretendió entregar a la Unidad Departamental de
Informática del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, una persona que se ostento como encargado y dijo llamarse DAVID CONTRERAS, se negó rotundamente a recibir el comunicado de referencia, en el que se daba contestación a lo ordenado en su comunicado de fecha 12 doce de diciembre del año 2012 dos mil doce, con número de oficio SO.46/2012A128GRALyP…9364, puesto que sin advertir el contenido del oficio y a través de un manuscrito informal pretendió realzar indicaciones e instruir al Oficial Notificador adscrito al Juzgado que presido, respecto a nuevos requerimientos de los que no fueron indicados en su comunicado, exigiendo cosas que ni el pleno solicita.
2.- hago mención que el referido DAVID CONTRERAS, se negó sin razón fundada y motivada de conformidad a alguna normatividad, a recibir el comunicado que le enviaba, pues de acuerdo al artículo 8 Constitucional, toda Autoridad está obligada a recibir los comunicados y dar respuesta por escrito respecto a dicha circunstancia de petición que en esos momentos se pretendía realizar.
Lo anterior, se le informa con el objeto de justificar los motivos por los cuales no fue posible dar cumplimiento a lo ordenado mediante oficio SO.46/2012A128GRALyP…9364, de fecha 12 doce de diciembre del año 2012 dos mil doce, para que en su caso tengan conocimiento de que el referido DAVID CONTRERAS, está obstruyendo el cumplimiento de esta Juzgadora a lo ordenado por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco.”(sic). …”
Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: “… se instruye a la Secretaría General para que haga del conocimiento de los Titulares de los distintos Órganos Jurisdiccionales y Administrativos que conforman este Consejo, que la información que les fue solicitada por acuerdo plenario SO.46/2012A128GRALyP, deberán allegarla en su momento en forma electrónica y bajo los lineamientos puntualizados en aquel acuerdo, dado que, como se indicó dicha información será publicada en el sitio web correspondiente de acuerdo a los rubros
que a cada Órgano Jurisdiccional compete, y en los términos aplicables de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Así también se les informa que mediante oficio signado por la Secretaría de la
Sección de Trámite de Controversias Constitucionales y de Acciones de inconstitucionalidad de la Subsecretaría General de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se hizo del conocimiento de este Cuerpo Colegiado el contenido de la resolución de fecha 29 veintinueve de enero de dos mil trece, de la que se desprende que dentro de la Controversia Constitucional número 1/2013 se concedió la suspensión solicitada por el Poder Judicial del Estado de Jalisco, en los siguientes términos:
“…se concede la suspensión respecto de los efectos de la resolución de veintiuno
de noviembre de dos mil doce, dictada por el Consejo del Instituto de Transparencia e información Pública del Estado de Jalisco, en el recurso de transparencia 017/2012, para que las cosas se mantengan en el estado en que actualmente se encuentran y, por ende, dicho instituto se abstenga de emitir, ejecutar o exigir cualquier acto relacionado con el cumplimiento de la resolución impugnada, hasta en tanto esta Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva la controversia constitucional de la que deriva este incidente. …”
Razón por la cual, no resulta necesario que en este momento alleguen la
información aludida, sin embargo deberán tomar las providencias necesarias en la inteligencia de que, una vez levantada la medida suspensional en cuestión, deberán actualizar y allegar inmediatamente la información aludida y en los términos indicados. …”
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio 954/2013 signado por la LICENCIADA MARÍA DE LOURDES HUIZAR ESTRADA, en su carácter de Juez
Décimo Cuarto de lo Criminal del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 06 seis de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual informa que remite copia
debidamente certificada del cuadernillo relativo al comunicado
SO.46/2012A128GRALyP…9354. 18.- Cuenta con el oficio número 118/2013 signado por la LICENCIADA
ALEJANDRA PIMIENTA ENCINAS, en su carácter de Juez Mixto de Primera
Instancia de Zapotlanejo, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 07 siete de febrero del año 2013 dos mil
trece, mediante el cual solicita la autorización de una plaza de Secretario por
Honorarios, ya que le resulta necesaria para efecto de evitar el rezago en el
Tribunal a su cargo, proponiendo para ocupar dicha plaza, al LICENCIADO JOSÉ LUIS NAVARRO LOZA.
19.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Segunda Sesión
Plenaria Ordinaria, celebrada el día 09 nueve de enero del año 2013 dos mil trece, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, se dio cuenta con “…el oficio DC. 020/2013, y anexo, proporcionado a Secretaría General por el CONSEJERO LICENCIADO MARIO PIZANO RAMOS, en su carácter de Presidente de la Comisión de Contraloría, suscrito por la Licenciada Gabriela de Anda Enrigue, en su carácter de Directora de Contraloría, recibido el día 09 de enero del año 2013, mediante el cual se le tiene acompañando copia del oficio número D.P.A.F./005/2013, suscrito por el L.C.P. Martín Jaime Peña Guerrero, en su carácter de Director de Planeación, Administración y Finanzas, de este Consejo, recibido por esa Dirección de Contraloría el día 07 de enero del presente año, mediante el cual solicita con carácter de urgente, se practique una auditoría a la Sección de Nóminas de la Unidad Departamental de Recursos Humanos, en virtud del término del nombramiento de quien fuera su Titular Licenciada Albertina Ramírez Lepe. En ese sentido, se solicita al Honorable Pleno se instruya a la Dirección de Contraloría, para que de manera inmediata y atendiendo a su urgencia, inicie la aludida auditoría…”. Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: “…se instruye a la Dirección de Contraloría para que con carácter de urgente, practique una auditoría a la Sección de Nóminas de la Unidad Departamental de Recursos Humanos,
dependiente de la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas, en virtud del término del nombramiento de quien fuera su Titular, Licenciada Albertina Ramírez Lepe…”.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número DC. 105/2013
signado por la GABRIELA DE ANDA AGUIRRE, en su carácter de Directora de Contraloría de esta Judicatura, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 07 siete de febrero del año 2013 dos mil
trece, mediante informa lo siguiente:
“…Que en la SEGUNDA SESIÓN PLENARIA ORDINARIA DEL HONORABLE PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO, CELEBRADA EL DÍA 09 NUEVE DE ENERO DEL AÑO 2013 DOS MIL TRECE, mediante acuerdo número SO.02/2013A192DPAFyDC…29, se
instruye a esta Dirección de Contraloría a mi cargo, practique una auditoría a la
Sección de Nóminas de la Unidad Departamental de Recursos Humanos,
dependiente de la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas de este
Órgano de Gobierno, lo anterior en virtud del término de nombramiento de quien
fuera su Titular, Licenciada Albertina Ramírez Lepe, razón por la cual, se solicita
de la manera más atenta si obrara en su poder el Manual de Procedimientos de
dicha área, nos lo hiciera llegar para poder estar en posibilidades de dar
cumplimiento con la encomienda Plenaria en cita.
Haciendo hincapié que la Dirección de Planeación, Administración y
Finanzas, nos informó vía oficio que no cuentan con dicho manual de
Procedimientos, ni tienen conocimiento de su existencia, ya que la persona que
ocupaba el cargo de Jefe de Sección de Nóminas, no hizo entrega del mismo.
Se anexa copia simple de la siguiente documentación:
• Acuerdo SO.02/2013A192DPAFyDC…29, derivado de la
SEGUNDA SESIÓN PLENARIA ORDINARIA DEL HONORABLE PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO, CELEBRADA EL DÍA 09 NUEVE DE ENERO DEL AÑO 2013 DOS MIL TRECE.
• Oficio DC-144/2013, de fecha 17 diecisiete de enero del 2013 dos
mil trece, dirigido al Mtro. Martín Jaime Peña Guerrero, en su
carácter de Director de Planeación, Administración y Finanzas.
• Oficio D.P.A.F./033/2013, con fecha de recepción 22 veintidós de
enero de 2013 dos mil trece, suscrito por el Mtro. Martín Jaime
Peña Guerrero, en su carácter de Director de Planeación,
Administración y Finanzas, dirigido a la suscrita…” (sic).
20.- Cuenta con copia del oficio número 484/2013 signado por el
LICENCIADO ALFONSO BALDERAS CALZADA, en su carácter de Juez Sexto
de lo Mercantil, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este
Cuerpo Colegiado, el día 07 siete de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante
el cual solicita al Jefe de la unidad Departamental de Adquisiciones de Bienes y
Servicios de este Consejo, que se le autorice la compra de un TÓNER PARA IMPRESORA HP. LASER JET 2420DN.
21.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: “…En la Cuarta Sesión
Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 30 treinta de marzo del año 2010, se determinó instruir a la Secretaría General de este Consejo de la Judicatura, para que todos los escritos de quejas administrativas que sean presentados ante dicha Secretaría, se dé cuenta ante este Honorable Pleno para que éste determine lo conducente, y en caso de que se estime procedente iniciar procedimiento disciplinario, sea remitido a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad al Titulo Séptimo, Capitulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Así mismo “…En la Novena Sesión Extraordinaria, celebrada el día 29 veintinueve de
noviembre del año 2013 dos mil trece, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, se da cuenta con el escrito signado por el CIUDADANO JOSÉ FRANCISCO PÉREZ ACUÑA, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado el día 09 nueve de Septiembre del presente año, mediante el cual presenta queja en contra de la C. Juez Primero de lo Civil, del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, Licenciada ALMA ALEJANDRA MURILLO GALLARDO, así como en contra del Secretario Ejecutor del mismo Juzgado Licenciado IFRAÍN ROSALES RAMÍREZ, con relación a los hechos que narra en su ocurso…”. Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: “…se ordena turnar el escrito signado por el CIUDADANO JOSÉ FRANCISCO PÉREZ ACUÑA, a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, en contra del Juez Primero de lo Civil, del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, Licenciada ALMA ALEJANDRA MURILLO GALLARDO, así como en contra del Secretario Ejecutor del mismo Juzgado Licenciado IFRAÍN ROSALES RAMÍREZ, con relación a los hechos que narra en su ocurso; de conformidad al Título Séptimo, Capítulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
El quejoso, señala como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en la finca marcada
con el número 3072-03 de la Calle Paraná, Colonia providencia, en esta Ciudad…”. Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el escrito signado por el
CIUDADANO JOSÉ FRANCISCO PÉREZ ACUÑA, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 07 siete de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual solicita copia certificada de la
factura 0051 que acompaño en la queja presentada el día 09 nueve de septiembre
del 2011.
22.- Cuenta con el oficio número 264 signado por el LICENCIADO JOSÉ
DE JESÚS SÁNCHEZ SÁNCHEZ en su carácter Juez de Primera Instancia de
Ahualulco de Mercado, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Consejo, el día 08 ocho de febrero del año que transcurre,
mediante el cual remite ACTA CIRCUNSTANCIADA original levantada con motivo
de la Visita Carcelaria llevada a cabo al Reclusorio Preventivo de aquel Municipio,
durante el mes de enero del 2013.
23.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuarta Sesión Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 30 treinta de marzo del año 2010, se determinó instruir a la Secretaría General de este Consejo de la Judicatura, para que todos los escritos de quejas administrativas que sean presentados ante dicha Secretaría, se dé cuenta ante este Honorable Pleno para que éste determine lo conducente, y en caso de que se estime procedente iniciar procedimiento disciplinario, sea remitido a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad al Titulo Séptimo, Capitulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el escrito signado por el
CIUDADANO CLAUDIO AQUILES BERMÚDEZ DONATH, recibido en la Oficialía
de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 08 ocho de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual interpone queja administrativa
en contra del JUEZ SÉPTIMO DE LO CIVIL, LICENCIADO JESÚS URTIZ AGREDANO, por lo hechos que narra en su escrito de cuenta y que guardan
relación con el expediente número 483/2007 del índice de aquel juzgado.
24.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Quinta Sesión
Ordinaria, celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, el día 30 treinta de enero del año 2013 dos mil trece, se generó el siguiente acuerdo: “…Previa discusión y análisis de la cuenta de referencia el CONSEJERO PRESIDENTE MAESTRO LUÍS CARLOS VEGA PÁMANES, somete a consideración el siguiente ACUERDO: De conformidad a lo dispuesto por los artículos 1º, 2º, 136, 139, 140, 151, 154 y relativos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se tiene a la CONSEJERA DOCTORA MARÍA CARMELA CHÁVEZ GALINDO, en su carácter de Presidente de la Comisión de Carrera Judicial, Adscripción y Evaluación, rindiendo la cuenta de mérito y por enterados de su contenido a todos y cada uno de los integrantes de esta Soberanía.
Por otro lado con fundamento en lo dispuesto por los artículos 136, 148, 152 y
demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, se instruye a la Secretaría General para que gire oficio a cada uno de los juzgadores que conforman este Órgano Judicial, a fin de hacerles llegar copia del formato de Unificación y Actualización de Curriculums, con el que se da cumplimiento al acuerdo Plenario SO.02/2013A191GRAL, derivado de la Segunda Sesión Ordinaria, celebrada el día 09 nueve de enero de la presente anualidad.
Comuníquese a la Comisión de Carrera Judicial, Adscripción y Evaluación; así
como, a cada uno de los Jueces que conforman este Consejo, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. EN VOTACIÓN ECONÓMICA SE PREGUNTA SI SE APRUEBA. APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS. SO.05/2013A104CCJyGRAL…”
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 358/2013
signado por el LICENCIADO MELCHOR AUGUSTO GÓMEZ CÓRDOVA, en su
carácter de Juez Décimo Primero de lo Civil del Primer Partido Judicial, recibido en
la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 08
ocho de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual adjunta al presente
formato de Unificación y Actualización de Curriculums, mismo que se le hizo llegar
mediante oficio número SO.05/2013ª104CCLyGRAL…1250, recibido en este
Juzgado a su cargo el día 1° del mes y año en curso, documento que se
encuentra debidamente integrado con sus datos personales . 25.- Cuenta con el oficio número 758/2013 signado por el LICENCIADO
MARTÍN CHAN AVIÑA, en su carácter de Juez de Primera Instancia de
Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 08 ocho de febrero del año 2013 dos mil
trece, mediante el cual propone a la LICENCIADA MARIA ROSA ORTEGA CARVAJAL, para cubrir el puesto de AUXILIAR POR HONORARIOS, por el
periodo de del día 01 primero al 28 veintiocho de febrero del 2013 dos mil trece.
26.- Cuenta con el oficio número 759/2013 signado por el LICENCIADO
MARTÍN CHAN AVIÑA, en su carácter de Juez de Primera Instancia de
Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 08 ocho de febrero del año 2013 dos mil
trece, mediante el cual propone a la LICENCIADA PATRICIA NATHALIE SANDOVAL NAVARRO, para cubrir el puesto de AUXILIAR POR HONORARIOS, por el periodo de del día 01 primero al 28 veintiocho de febrero
del 2013 dos mil trece; quien hasta el mes de diciembre del año 2012 dos mil doce
tenia nombramiento y fungiendo como su secretaria particular.
27.- Cuenta con el oficio número 760/2013 signado por el LICENCIADO
MARTÍN CHAN AVIÑA, en su carácter de Juez de Primera Instancia de
Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 08 ocho de febrero del año 2013 dos mil
trece, mediante el cual propone a la LICENCIADA ALMA ZÚÑIGA NÚÑEZ, para
cubrir el puesto de AUXILIAR POR HONORARIOS, por el periodo de del día 01
primero al 28 veintiocho de febrero del 2013 dos mil trece.
28.- Cuenta con el escrito signado por el CIUDADANO LUIS MAURICIO
MANUEL MAGAÑA GALINDO, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 08 ocho de febrero del año 2013 dos mil
trece, mediante el cual realiza una serie de manifestaciones en torno a hechos
derivados del expediente número 17/2013 del índice del Juzgado Cuarto de lo
Mercantil del Primer Partido Judicial, señalando al efecto que no se le permitió ver
un expediente bajo el argumento de que aún no se había levantado la constancia
de notificación correspondiente.
29.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Tercera Sesión
Ordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 21 veintiuno de enero del año 2009 dos mil nueve, se dio cuenta con diversos escritos de Notarios, mediante los cuales hacen del conocimiento, el sello y la firma de autorizar, así como la rúbrica o media firma que usa en el ejercicio notarial; de igual forma, proporcionan domicilio en la cual tiene establecida la oficina notarial, como el particular, teléfonos, fax, correo electrónico, horario de servicio al público y fecha de inicio de ejercicio Notarial, determinándose instruir al Departamento de
Difusión Social, a efecto de que lleve a cabo un Directorio de Notarios, en base a los datos contenidos en los diversos escritos que le serán remitidos.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con 03 tres escritos signados por
igual número de Notarios Públicos del Estado, recibidos en la Oficialía de Partes
de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, los días 06 seis y 08 ocho de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante los cuales en cumplimiento a lo
dispuesto por el artículo la Ley del Notario del Estado de Jalisco, hacen del
conocimiento domicilio de su oficina notarial, particular, números telefónicos y de
fax, correo electrónico y horario de servicio al público.
30.- Cuenta con el oficio número 1479/2013 mediante el cual se hace saber
a los integrantes de esta Soberanía, que por acuerdo del Presidente del
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, se dictó un acuerdo que a la
letra dice:
“…Vistas las constancias que conforman el presente sumario, de las que se advierte que mediante oficio 8193, recibido por la autoridad responsable, Juez Primero de lo Mercantil del Primer Partido Judicial, con residencia en Guadalajara, Jalisco, el diecisiete de enero del año en curso, se notificó a dicha autoridad la ejecutoria dictada en este asunto y se le requirió para que dentro del término de veinticuatro horas diera cabal cumplimiento a la ejecutoria de mérito, siendo el caso que, mediante comunicado 246/2013, receptado por éste órgano de control constitucional el veintidós del mes y año citados, la Titular del Juzgado de mérito informó que dejo insubsistente la resolución materia del acto reclamado en el amparo que nos ocupa y ordenó dictar otra en su lugar por lo cual citó a las partes para el dictado de la sentencia correspondiente, fundando tal determinación en el en el artículo 1390 del Código de Comercio y señalando que la determinación de referencia la dictaría dentro de los quince días siguientes a la citación de que se trata; por lo cual, este Tribunal Colegiado, en acuerdo de veintitrés siguiente, mismo que fue notificado a la Jueza mencionada el veinticuatro del mismo mes y año, mediante oficio 274, se le volvió a requerir para que dentro del término de veinticuatro horas diera cabal cumplimiento al fallo constitucional, con ele apercibimiento de no hacerlo dentro de dicho término se procedería conforme lo previene e párrafo inicial del artículo 105 de la Ley de la materia, lo anterior en virtud de que la cabal ejecución del fallo constitucional queda satisfecho en tanto se dicte la nueva sentencia.
Al requerimiento aludido, mediante oficio 3848, recibido por este órgano de control constitucional el veintiocho de enero del año que transcurre, la autoridad responsable informo que se encontraba en vía de cumplimiento y que tal como lo informo mediante comunicado 246/2013 de su índice, había citado de nueva cuenta las actuaciones para el dictado de la sentencia definitiva, la cual pronunciaría dentro del término a que alude el artículo 1390 del Código de Comercio, aduciendo que si bien se trata del cumplimiento de un amparo, también lo es que dado el exceso de labores del juzgado del cual es Titular, se encontraba en vías de cumplimiento estudiando la misma para pronunciarla en los términos requeridos.
Como consecuencia al comunicado reseñado en el párrafo que precede, este Tribunal
dictó el auto de veintinueve del mes y año pluricitados, en el cual, en lo que importa destacar, se le indico que entratándose de amparo, debe atender a la Ley que lo reglamenta; pues el artículo 105 de la Ley de Amparo, establece claramente que la ejecutoria debe cumplirse en el termino de veinticuatro horas; razón por la cual, se le volvió a requerir para que acatara lo previsto en el numeral invocado, y no en el precepto 1393 (del Código de Comercio) que invoco, con el apercibimiento que de no hacerlo se le requeriría por el cumplimiento por conducto de su superior jerárquico; dicho acuerdo fue notificado a la Juez de instancia al día siguiente de su emisión, mediante oficio 397.
Ahora bien, en contestación al reiterado requerimiento por el cumplimiento de la ejecutoria de amparo, reseñado en el párrafo que precede, mediante oficio 401, del cual da cuenta la secretaría, la Jueza Primero de lo Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado, señala a este órgano federal, que efectivamente, conforme al artículo 105 de la Ley de Amparo, la ejecutoria debe quedar cumplida dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación de la misma, pero que, también es cierto, que el numeral invocado (105 de la Ley de Amparo), contempla una salvedad “cuando la naturaleza del acto lo permita o no se encontrase en vías de ejecución en la hipótesis contraria”, refiriendo que se encuentra en el segundo supuesto del numeral aludido, porque declaro insubsistente la sentencia que constituyo el acto reclamado y de acuerdo a los lineamientos señalados en la ejecutoria, es necesario que realice el estudio minucioso de la acción
principal, tomar en cuenta las prestaciones reclamadas y realizar el estudio de las excepciones, así como valorar las pruebas ofertadas por las partes, lo que constituye un acto jurisdiccional más complejo, que amerita la realización de diversos trámites procesales, de ahí que expresa que no le es factible el cumplimiento de la ejecutoria de amparo en el lapso de veinticuatro horas a que hace alusión el dispositivo 105 de la Ley de la materia, informando, por tanto, que se encuentra en vías de cumplimiento y que, una vez pronunciada la definitiva, dentro de las veinticuatro horas siguientes enviará copia certificada del debido cumplimiento. En las apuntadas condiciones, ante la conducta reincidente de la Jueza Primero Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado, en dar cabal cumplimiento a la ejecutoria de amparo pronunciada en este asunto, y tomando en consideración que las sentencias de amparo dictadas de un procedimiento constitucional no pueden quedar al arbitrio de las partes, en el caso, de la autoridad responsable, se le hace afectivo el apercibimiento decretado en auto de veintinueve de enero de dos mil trece, en consecuencia, se ordena notificar al PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO, superior jerárquico de dicha autoridad, para que dentro del término de veinticuatro horas, contadas a partir de que se le sea notificado este acuerdo, procure el cabal cumplimiento de la ejecutoria de que se trata y lo informe a este Tribunal, con el apercibimiento de no hacerlo dentro del término indicado, tal y como lo prevé el artículo 107 de la Ley de Amparo, será responsable solidario e la autoridad responsable y, en ese tenor, se procederá en los términos indicados por el multicitado arábigo 105 de la Ley invocada.…”(sic)
Ahora bien, se ordena requerir inmediatamente al Juez Primero de lo Mercantil del
Primer Partido Judicial del Estado, para que de cumplimiento a la ejecutoria de amparo, derivada del juicio de amparo número 745/2012, en los términos precisados por la Autoridad Federal y hecho lo anterior lo haga del conocimiento de esta Soberanía.
Independientemente a lo anterior dado el incumplimiento referido por la autoridad federal se ordena dar vista al Pleno de este Consejo, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.
Por otra parte, infórmese al Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, el trato dado al comunicado de cuenta y en su oportunidad agréguese el comunicado de cuenta a la carpeta correspondiente para efectos de control administrativo.
CÚMPLASE.- …”
31.- Cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Tercera Sesión Plenaria Ordinaria, celebrada el día 16 dieciséis de enero del año 2013 dos mi trece, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, se dio cuenta con: “…los oficios números 33/2013 y 34/2013 signados por la DOCTORA BERTHA NAVARRETE RUIZ, en su carácter de Juez Mixto de Primera Instancia de Mazamitla, Jalisco, recibidos en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 07 siete de enero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual en el primero de ellos remite las certificaciones levantadas por la Secretario por Ministerio de Ley Licenciada GUILLERMINA SAYULA CÁRDENAS de fecha 31 de diciembre del año 2012; así como las levantadas por la Secretario Licenciada HILDA SOCORRO PINEDA GUTIÉRREZ, los días 2, 3 y 4 de enero del 2013, mismas que le fueron levantadas a la CIUDADANA PATRICIA ARTEGA GARCÍA, Auxiliar Judicial adscrita a ese Juzgado a su cargo, por su inasistencia a laborar en los días antes mencionados, si haber presentado justificante alguno
Por otro lado en el segundo de ellos, hace del conocimiento el estado de salud físico y
mental de la CIUDADANA PATRICIA ARTEGA GARCÍA, Auxiliar Judicial adscrita a ese Juzgado a su cargo, remitiendo copias al carbón del parte médico número 0914, expedido por EL Medico Municipal de Mazamitla, Jalisco, Doctor Humberto Bustamante S., copia simple del resumen clínico expedido por la galeno Raquel Esmeralda Portillo Mendoza, adscrito a la clínica del Seguro Social, Unidad UMF no. 61, copia simple del certificado de incapacidad para trabajar de la referida Patricia Arteaga García, por el término de 13 días a partir del 20 de noviembre del 2012, copia simple del resumen clínico fechado el 29 de noviembre del año 2012, suscrito por la Doctora Samantha Segovino Camargo, Psiquiatra del Instituto Jalisciense de Salud Mental, copias simple del certificado de incapacidad temporal para el trabajo expedido el día 3 de diciembre del año 2012, por la doctora Raquel Esmeralda Portillo Mendoza, de la Clínica del Seguro Social, Unidad UMF no. 61, en donde se le autorizan 28 días de incapacitada a partir del 03 de diciembre del 2012, copias simples de las certificaciones levantadas por la Secretario y Secretario por Ministerio de Ley, de ese Juzgado.
Señalando al efecto, que pone a disposición a la AUXILIAR PATRICIA ARTEAGA
GARCÍA, para lo que tengan a bien determinar sobre su relación laboral con este Consejo…”. Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo
siguiente: “…se ordena turnar copias certificadas de los oficios números 33/2013 y 34/2013 signados por la DOCTORA BERTHA NAVARRETE RUIZ, en su carácter de Juez Mixto de Primera Instancia de Mazamitla, Jalisco, a la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas, a efecto de que se descuente a la CIUDADANA PATRICIA ARTEGA GARCÍA, Auxiliar Judicial adscrita a aquel Juzgado, cuatro días de salario por lo que ve a los días 31 de diciembre del año 2012, y 2, 3 y 4 de enero del año 2013 dos mil trece.
Independientemente de lo anterior, remítanse las actas levantadas por la DOCTORA
BERTHA NAVARRETE RUIZ, en su carácter de Juez Mixto de Primera Instancia de Mazamitla, Jalisco, debido a las inasistencias de la CIUDADANA PATRICIA ARTEGA GARCÍA, auxiliar judicial adscrita a aquel Juzgado, a la Comisión Substanciadora de Conflictos Laborales con el Personal de Base, a fin de que lleve a cabo una investigación respecto de los hechos narrados por la Titular del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Mazamitla, Jalisco, y emita el dictamen correspondiente y hecho lo anterior, lo someta a consideración de los integrantes de esta Soberanía…”.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 234/2013 y
signado por la DOCTORA BERTHA NAVARRETE RUÍZ, en su carácter de Juez
Mixto de Primera Instancia de Mazamitla, Jalisco, recibidos en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 11 once de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual remite en 20 veinte fojas, las
constancias relativas a las certificaciones por la Secretario de ese Juzgado,
relativas a las inasistencias de la Auxiliar Judicial adscrita al mismo, CIUDADANA PATRICIA ARTEAGA GARCÍA, de los días 07 siete al 18 dieciocho de enero del
2013 dos mil trece.
32.- Cuenta con el escrito signado por el CIUDADANO ARTURO ANAYA
PEÑA, en su carácter de Secretario General del Nuevo Sindicato Independiente
del Poder Judicial del Estado de Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 11 once de enero del año
2013 dos mil trece, mediante el cual solicita le sea revocada la licencia sindical
con goce de sueldo que le fue otorgada a su Secretario C. JAVIER PERALTA
RAMÍREZ, esto por así convenir a sus intereses de la organización que
representa, la cual deberá de surtir efecto al día siguiente de su presentación. Y
una vez revocada cambiará de Secretario suplente a la C. ROSAURA PICHARDO
REVELES, la cual está adscrita al Juzgado Primero de lo Mercantil del Primer
Partido Judicial.
33.- Cuenta con el escrito signado por el MAESTRO ALAN RAFAEL ACOSTA NAVARRO, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General
de este Cuerpo Colegiado, el día 08 ocho de febrero del año que transcurre,
mediante el cual solicita le sean expedidas sin el pago de derechos copias
certificadas de las siguientes constancias:
“…1.- Copia certificadas de la VIGÉSIMA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA
DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO,
DE FECHA 3 DE AGOSTO DEL 2011, en donde se aprobó CONVOCAR a los
Abogados y Licenciados en Derecho a participar en el concurso abierto de
oposición libre, para integrar una lista de CINCO ASPIRANTES APROBADOS A
JUECES DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADOS EN MATERIA CIVIL;
CINCO ASPIRANTES APROBADOS A JUECES DE PRIMERA INSTANCIA
ESPECIALIZADOS EN MATERIA PENAL; CINCO ASPIRANTES APROBADOS A
JUECES DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADOS EN MATERIA FAMILIAR;
CINCO ASPIRANTES APROBADOS A JUECES DE PRIMERA INSTANCIA
ESPECIALIZADOS EN MATERIA MERCANTIL; SIETE ASPIRANTES
APROBADOS A JUECES DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADOS EN
DELITOS CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE NARCOMENUDEO Y
SIETE ASPIRANTES APROBADOS A JUECES DE PRIMERA INSTANCIA
ESPECIALIZADOS EN EXTINCIÓN DE DOMINIO, TODOS PARA EL ESTADO
DE JALISCO.
2.- Copia certificada de la TRIGÉSIMA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA
DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE
JALISCO, CELEBRADA EL 24 VEINTICUATRO DE AGOSTO DEL 2011,
en la que se aprobó entre otros puntos de acuerdo, el publicar la lista
definitiva de Aspirantes a Jueces Especializados en Materia Civil, Penal,
Familiar, Mercantil, en Delitos a la salud en su modalidad de Narcomenudeo
y en Extinción de Dominio, relativa al Concurso de Oposición Libre, cuyas
bases de determinaron en la Convocatoria emitida en la Vigésima Octava
Sesión Ordinaria de fecha 03 tres de agosto de 2011 dos mil once, lista
definitiva de aspirantes que fue aprobada por el Pleno del Consejo de
Judicatura del Estado de Jalisco en el siguiente orden.
ASPIRANTES APROBADOS A JUECES DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADOS EN MATERIA CIVIL: PRIMERO.- RAMÍREZ RODRÍGUEZ CARLOS
SEGUNDO.- GÓMEZ CÓRDOVA MELCHOR OCAMPO
TERCERO.- GONZÁLEZ SANTANA ARTURO
CUARTO.- ZÚÑIGA LUJAN MARIO SERGIO
QUINTO.- GARCÍA SARACCO YADIRA LETICIA
ASPIRANTES APROBADOS A JUECES DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADOS EN MATERIA FAMILIAR: PRIMERO.- RIZO GARNICA EDGAR
SEGUNDO.- CERVANTES GUTIÉRREZ MAYRA NAYELY TERCERO.- ESTRADA RUÍZ CÉSAR JOEL
CUARTO.- MAGDALENO CERVANTES IRMA MARGARITA
QUINTO.- RAMÍREZ VERA CARMEN DEL SOCORRO
ASPIRANTES APROBADOS A JUECES DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADOS EN MATERIA MERCANTIL: PRIMERO.- MARTÍNEZ MARTÍNEZ ROBERTO
SEGUNDO.- HIDALGO GONZÁLEZ JORGE ALFREDO TERCERO.- GONZÁLEZ MAGAÑA JUAN PABLO
CUARTO.- DE LA TORRE GONZÁLEZ ROBERTO
QUINTO.- HERRERA OROZCO CARLOS GERARDO
ASPIRANTES APROBADOS A JUECES DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADOS EN MATERIA PENAL: PRIMERO.- VALDEZ ARREDONDO RAÚL SEGUNDO.- ACOSTA NAVARRO ALAN RAFAEL TERCERO.- MEZA FREGOSO FRANCISCO DE JESÚS GABRIEL
CUARTO.- ALVARADO BECERRA RAMÓN QUINTO.- PALACIOS RUBIO RAFAEL
ASPIRANTES APROBADOS A JUECES DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADOS EN EXTINCIÓN DE DOMINIO: PRIMERO.- AHEDO IBARRA OSCAR EDUARDO
SEGUNDO.- HUERTA GONZÁLEZ VÍCTOR HUGO
TERCERO.- LEDEZMA VERDÍN CIELO AGUAMARINA
CUARTO.- VILLAREAL POU JULIN GUSTAVO
QUINTO.- ACOSTA NAVARRO GERARDO FABIÁN
SEXTO .- JIMÉNEZ AGUIRRE FANY LORENA
SÉPTIMO.- FORJIN GÓMEZ CÉSAR ANTONIO
ASPIRANTES APROBADOS A JUECES DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADOS EN DELITOS CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE NARCOMENUDEO: PRIMERO.- PONCE BARBA FRANCISCO JAVIER
SEGUNDO.- (NO APROBADO POR EL PLENO DEL CONSEJO) TERCERO.- SALAZAR RODRÍGUEZ BERNARDO
CUARTO.- MEJÍA GARCÍA RAMÓN ALONSO
QUINTO.- LANDEROS PARRA GILDARDO JOEL
SEXTO.- RAMÍREZ LARIOS HÉCTOR HUGO
SÉPTIMO.-LOMELÍ GARCÍA MIGUEL ANGEL.
3.- Copia certificada de la TRIGÉSIMA CUARTA SESIÓN ORDINARIA DEL
PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO,
CELEBRADA EL 19 DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 DOS
MIL DOCE, en la que se designo al Licenciado RAÚL VALDEZ
ARREDONDO como Juez de Primera Instancia Especializado ocupando en
la primera adscripción la Titularidad del Juzgado Segundo de lo Penal de
Primera Instancia de Zapotlán el Grande, Jalisco, perteneciente al Décimo
Cuarto Partido Judicial.
4.- Copia certificada del expediente personal del C. ALAN RAFAEL
ACOSTA NAVARRO, que se encuentra bajo el resguardo de la Unidad
Departamental de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas.
5.- Copia certificada del Reporte de Empleado del C. ALAN RAFAEL
ACOSTA NAVARRO, que se encuentra bajo el resguardo de la Unidad
Departamental de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas.
6.- COPIA CERTIFICADA DEL Kardex del C. ALAN RAFAEL ACOSTA
NAVARRO, que se encuentra bajo el resguardo de la Unidad
Departamental de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas.
7.- Copias certificadas de las siguientes Sesiones de la Comisión de
Carrera Judicial, Adscripción y Evaluación.
• Vigésima Cuarta Sesión Ordinaria de fecha primero de agosto de
dos mil once.
• Vigésima Quinta Sesión Ordinaria de fecha tres de agosto de dos
mil once.
• Vigésima Quinta Bis Sesión Ordinaria de fecha nueve de agosto
de dos mil once.
• Segunda Sesión Extraordinaria de fecha doce de agosto de dos
mil once.
• Tercera Sesión Extraordinaria de fecha dieciséis de agosto de dos
mil once.
• Cuarta Sesión Extraordinaria de fecha diecinueve de agosto de
dos mil once.
Quinta Sesión Extraordinaria de fecha veintitrés de agosto de dos
mil once.
Los documentos antes indicados son necesarios para exhibirlos dentro del
trámite del juicio de amparo indirecto que promoveré, facultando a cualquier de
mis autorizados para absorber indicaciones al recibir dichos documentos.
CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO
SEXTA SESIÓN ORDINARIA DEL HONORABLE PLENO DEL CONSEJO
DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO, CELEBRADA EL DÍA 6 SEIS DE FEBRERO DEL AÑO 2013 DOS MIL TRECE, EN EL SALÓN DE PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO, A LAS 12:00 HORAS.
ORDEN DEL DÍA
1° Informe de la Presidencia, Señor CONSEJERO
PRESIDENTE MAESTRO LUIS CARLOS VEGA PÁMANES.
2º I.- Cuentas de la Sección de Amparos.
3° Informe de la Secretaría General.
I.- Dar cuenta con los movimientos correspondientes
al área de Recursos Humanos.
II.- Dar cuenta con diversas comunicaciones.
4º Asuntos Varios.
SECCIÓN DE AMPAROS.
1.- Cuenta con los oficios 387 al 395 juicio principal y 397 al 405 incidente
de suspensión, recibidos el veintinueve de Enero de dos mil trece, procedentes del
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de
Jalisco, dentro del juicio de amparo e incidente de suspensión 169/2013
promovido por JOSÉ LUIS MORA GOMEZ, mediante los cuales en lo que atañe a
las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de veinticinco de Enero del dos mil trece, en los términos
siguientes:
PRINCIPAL 1. Se admite demanda de amparo. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
INCIDENTE 1. SE CONCEDE a la parte quejosa la suspensión provisional del acto
reclamado en el inciso c) para que no surta efectos la suspensión decretada dentro del expediente 491/2012 del índice de la Segunda Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco y, se le reconozca el nombramiento que le fue otorgado hasta el 31 treinta y uno de agosto de 2013 dos mil trece, como Jefe de Sección Adscrito a la Unidad Departamental del Archivo, Docencia y Evaluación del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, esto es, se le permita al quejoso llevar a cabo el ejercicio de sus actividades y funciones inherentes al cargo que le fue otorgado; lo anterior hasta en tanto, se resuelva en definitiva la presente incidencia”.
2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe previo. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia incidental.
2.- Cuenta con los oficios 410-C al 412-C juicio principal y 414-C al 416-C
incidente de suspensión, recibidos el treinta y treinta y uno de Enero de dos mil
trece, procedentes del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa y de
Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo e incidente de
suspensión 193/2013 promovido por CYNTHIA ELIZABETH RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas
como responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de
veintinueve de Enero del dos mil trece, en los términos siguientes:
PRINCIPAL 1. Se admite demanda de amparo. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
INCIDENTE 1. Se niega la suspensión provisional por tratarse de actos consumados. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe previo. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia incidental.
3.- Cuenta con los oficios 292-A al 294-A recibidos el treinta de Enero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del incidente de
suspensión 176/2013 promovido por MARCELA ÁVILA HIPÓLITO, mediante los
cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma
substanciosa informa el contenido del proveído de veintiocho de Enero del dos mil
trece, en los términos siguientes:
INCIDENTE 1. Se concede a la parte quejosa la suspensión provisional del acto
reclamado para el efecto de que no surta efectos la suspensión decretada dentro del expediente 491/2012 del índice de la Segunda Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco y, se le reconozca el nombramiento que le fue otorgado hasta el treinta de junio de dos mil trece, como Jefe de la Unidad Departamental con adscripción a la Unidad Departamental de Tesorería del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, se le permita llevar a cabo el
ejercicio de sus actividades y funciones inherentes al cargo que le fue otorgado y se le paguen los salarios correspondientes al nombramiento que le fue conferido; lo anterior, hasta en tanto se resuelva en definitiva la presente incidencia. 2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe previo. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia incidental. 4.- Cuenta con los oficios 422 al 424 recibidos el veintinueve de Enero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del incidente de
suspensión 175/2013 promovido por MANUEL ESPARZA CONTRERAS,
mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de
veintiocho de Enero del dos mil trece, en los términos siguientes:
INCIDENTE 1. Se concede a la parte quejosa la suspensión provisional del acto
reclamado para el efecto de que no surta efectos la suspensión decretada dentro del expediente 491/2012 del índice de la Segunda Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco y, se le reconozca el nombramiento que le fue otorgado hasta el treinta y uno de agosto de dos mil trece, como Jefe Especializado (penal), adscrito a la Jefatura de Servicios Generales Edificio “Juzgados Penales” del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, se le permita llevar a cabo el ejercicio de sus actividades y funciones inherentes al cargo que le fue otorgado y se le paguen los salarios correspondientes al nombramiento que le fue conferido; lo anterior, hasta en tanto se resuelva en definitiva la presente incidencia.
2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe previo. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia incidental.
5.- Cuenta con los oficios 430 al 432 recibidos el treinta de Enero de dos
mil trece, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y
de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del incidente de suspensión 174/2013
promovido por ROLANDO ORTEGA CASTILLO, mediante los cuales en lo que
atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa
informa el contenido del proveído de veintiocho de Enero del dos mil trece, en los
términos siguientes:
INCIDENTE 1. Se concede a la parte quejosa la suspensión provisional del acto
reclamado para el efecto de que no surta efectos la suspensión decretada dentro del expediente 491/2012 del índice de la Segunda Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco y, se le reconozca el nombramiento que le fue otorgado hasta el treinta y uno de agosto de dos mil trece, como Jefe de Sección adscrito a la Dirección de Oficialia de Partes, Archivo y Estadística, del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, se le permita llevar a cabo el ejercicio de sus actividades y funciones inherentes al cargo que le fue otorgado y se le paguen los salarios correspondientes al nombramiento que le fue conferido; lo anterior, hasta en tanto se resuelva en definitiva la presente incidencia.
2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe previo. 3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia incidental.
6.- Cuenta con el oficio 477-V recibido el primero de Febrero de dos mil
trece, procedentes del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Estado
de Jalisco, dentro del juicio de amparo 92/2013, promovido por MARIA ANTONIETA ELEAZAR JIMÉNEZ, mediante el cual en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido del proveído de treinta y uno de Enero del dos mil trece, en los términos
siguientes:
1. Se admite demanda de amparo.
2. Se requiere a las responsables por la rendición del informe justificado.
3. Se señala fecha para la celebración de la audiencia constitucional.
7.- Cuenta con los oficios 491-9 al 497-9 recibidos el treinta de Enero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Tercero de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del incidente de
suspensión 119/2013-9 promovido por JOSÉ CRUZ MERCADO HERRERA,
mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido de los proveídos de
veintinueve de Enero del dos mil trece, en los términos siguientes:
Téngase por recibido, los oficios de cuenta, signados por el Presidente de la Segunda Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo, asi como por el Consejero Juez del H. Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, mediante el cual rinden informe previo respectivamente en el presente incidente de suspensión.
Por otra parte, el quejoso JOSÉ CRUZ MERCADO HERRERA, interpone recurso de queja en contra del auto de fecha veinticuatro de Enero de dos mil trece, en el que se le negó la suspensión provisional; por lo que se rinde informe con materia de la queja en sentido afirmativo, se ordena substanciar el recurso de queja.
Se difiere la fecha de audiencia incidental. 8.- Cuenta con los oficios 687 al 692 recibidos el treinta y uno de Enero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Primero de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del incidente de
suspensión 131/2013, promovido por CARLOS ALBERTO FREGOSO REYES,
mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido de la resolución de
treinta de Enero del dos mil trece, en los términos siguientes:
ÚNICO.- Se niega a CARLOS ALBERTO FREGOSO REYES la suspensión
definitiva solicitada, contra los actos y autoridades señalados en el resultando
primero de esta resolución, por los motivos expuestos en el considerando último
de este fallo incidental. 9.- Cuenta con el oficio 706/2013 recibido el treinta y uno de Enero de dos
mil trece, procedente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del
Tercer Circuito en los autos del recurso de revisión 22/2013 dentro del incidente
de suspensión 1807/2012 promovido por MARTHA DELIA SOSSA RUELAS Y OTRAS mediante los cuales en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de fecha
veintinueve de Enero de dos mil trece en los términos siguientes:
Se admite el recurso de revisión interpuesto por Víctor Hugo Moreno
Chacón, como Delegado de las autoridades responsables Pleno del Consejo de la
Judicatura del Estado de Jalisco y otras, con excepción del Presidente de la
Comisión de Vigilancia de dicho organismo, carácter reconocido en proveído de
once de julio de dos mil doce, por el Juez Segundo de Distrito en Materia
Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, en contra de la resolución
incidental de veintiocho de septiembre de 2012, dictada en el incidente de
suspensión derivado del juicio de amparo indirecto 1807/2012 y sus acumulados.
10.- Cuenta con el oficio 170-III recibido el treinta de Enero de dos mil trece,
procedente del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco,
dentro del juicio de amparo 1018/2012, promovido por FERRETERÍA Y MATERIALES JALISCO, S.A. DE C.V., mediante el cual en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el
contenido de proveído de veintinueve de Enero de dos mil trece, en los términos
siguientes:
• Para dar oportunidad a emplazar al tercero perjudicado Guillermo Gutiérrez
Moreno, se difiere la fecha de audiencia constitucional.
11.- Cuenta con el oficio 822 recibido el veintinueve de Enero de dos mil trece,
procedente del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo
en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo 1400/2012 promovido por
ALAN RAFAEL ACOSTA NAVARRO mediante el cual en lo que atañe a las
autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa informan el
contenido del proveído de fecha veinticinco de Enero de dos mil trece, en los
términos siguientes:
• Se requiere al Presidente del Consejo de la Judicatura del Estado de
Jalisco, para que dentro del termino de tres días contados a partir del
siguiente al en que surta efectos la notificación, informe a este órgano de
control constitucional el nombre de la persona que actualmente ocupa el
cargo que ostentaba el quejoso de Secretario Relator del Consejo adscrito
a la Comisión de Carrera Judicial, Adscripción y Evaluación del Consejo de
la Judicatura del Estado de Jalisco.
12.- Cuenta con los oficios 477-7 y 478-7 recibidos el treinta de Enero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Tercero de Distrito Materia Administrativa
y de Trabajo en el Estado de Jalisco dentro del juicio de amparo 2687/2012-7
promovido por GUSTAVO ADOLFO RUEDA KOYAMA, mediante los cuales en lo
que atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa
informa el contenido del proveído de veintinueve de Enero de dos mil trece, en los
términos siguientes:
• Se difiere la fecha de audiencia constitucional a fin de que las partes se
impongan del contenido del informe justificado.
13.- Cuenta con el oficio 737 recibido el uno de Febrero del dos mil trece,
procedentes del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y de
Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo 1399/2012 y su
acumulado 1400/2012, promovido por KARINA YOLANDA RÍOS SEGURA,
mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas como responsables,
de forma substanciosa informa el contenido del proveído de fecha treinta y uno de
Enero del dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se requiere al Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, para que
dentro del termino de tres días, remita a este Juzgado de Distrito copias
certificadas de la totalidad de la Vigésima Octava Sesión Ordinaria del
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, de fecha tres de agosto de
dos mil once, así como la Décima Primera Sesión Ordinaria, celebrad el día
catorce de marzo de dos mil doce.
14.- Cuenta con el oficio 370-VI recibido el veintinueve de Enero de dos mil
trece, procedente del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Estado de
Jalisco, dentro del juicio de amparo 1227/2012, promovido por LORENA GUTIÉRREZ COMPARAN, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades
señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el contenido del
proveído de veintiocho de Enero del dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se declara que ha causado estado el acuerdo que decretó el
sobreseimiento en el juicio, archívese el expediente como asunto concluido.
15.- Cuenta con el oficio 230-II recibido el veintinueve de Enero de dos mil
trece, procedente del Juzgado Tercero de Distrito Materia Civil en el Estado de
Jalisco, dentro del juicio de amparo 1223/2012 promovido por MARIA ELENA GONZÁLEZ ESPINOZA, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades
señaladas como responsables, de forma substanciosa informa el contenido del
proveído de veintiocho de Enero de dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se declara que ha causado estado el acuerdo que decretó el
sobreseimiento en el juicio, archívese el expediente como asunto concluido.
16.- Cuenta con los oficios 554-8 al 563-8 recibidos el treinta de Enero de
dos mil trece, procedentes del Juzgado Tercero de Distrito Materia Administrativa
y de Trabajo en el Estado de Jalisco dentro del juicio de amparo 2208/2012
promovido por RAÚL VALDEZ ARREDONDO, mediante los cuales en lo que
atañe a las autoridades señaladas como responsables, de forma substanciosa
informa el contenido del proveído de veintinueve de Enero de dos mil trece, en los
términos siguientes:
• Se declara que ha causado ejecutoria ya que no se interpuso recurso
alguno en contra de la sentencia de treinta y uno de diciembre de dos
mil doce por lo que se determinó sobreseer el presente juicio de
amparo, archívese como asunto concluido.
17.- Cuenta con el oficio 332-I recibido el treinta y uno de Enero de dos mil
trece, procedente del Juzgado Tercero de Distrito Materia Civil en el Estado de
Jalisco, dentro del juicio de amparo 1222/2012 promovido por EDWIN GONZALO FLORES CANO, mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas
como responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de
treinta de Enero de dos mil trece, en los términos siguientes:
• Se declara que ha causado estado la sentencia en la que se determinó
sobreseer el presente juicio de amparo, archívese como asunto concluido.
18.- Cuenta con el oficio 2018 recibido el treinta y uno de Enero de dos mil
trece, procedente del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de
Jalisco, dentro del juicio de amparo 1093/2012, promovido por BENITO CHÁVEZ CRUZ mediante el cual en lo que atañe a las autoridades señaladas como
responsables, de forma substanciosa informa el contenido del proveído de treinta
de Enero del dos mil trece, en los términos siguientes:
• Ha causado ejecutoria el acuerdo el auto que sobreseyó fuera de audiencia
en el presente juicio de garantías, archivase el expediente como asunto
concluido.
19.- Cuenta con los oficios 322 y 323 recibidos el treinta de Enero del dos
mil trece, procedentes del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y
de Trabajo en el Estado de Jalisco, dentro del juicio de amparo número 743/2011,
promovido por FÉLIX ENRIQUE AGUIAR SÁNCHEZ, mediante los cuales en lo
que atañe a la autoridad señalada como responsable, de forma substanciosa
informa el contenido del proveído de veintinueve de Enero del dos mil trece, en los
términos siguientes:
• Requiérase al Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco,
para que dentro del termino de veinticuatro horas a partir del siguiente al
en que surta efectos la notificación correspondiente, acredite
fehacientemente a este órgano jurisdiccional que obligó a dicha
autoridad a dar cumplimiento a la sentencia de amparo, esto es, calcule
el monto de los emolumentos que dejó de percibir el quejoso, a fin de
que le sean cubiertos los mismos.
RELACIÓN DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL
Diversas propuestas de nombramiento, licencias con goce de sueldo por
incapacidad médica, licencias sin goce de sueldo, renuncias y bajas de Servidores
Públicos de Órganos Jurisdiccionales y Administrativos, dependientes de este
Consejo.
COMUNICACIONES RECIBIDAS
1.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el Maestro
FERNANDO RODRIGUEZ CASTAÑEDA, Juez de lo Criminal de Primera
Instancia de Autlán de Navarro, Jalisco, mediante oficio número 102/2013,
propone al término del nombramiento anterior a la C. MARIA GUADALUPE GÓMEZ HERNÁNDEZ, como Juez de Paz Propietario de El Limón, Jalisco, a
partir del 1° primero de febrero de 2013 dos mil trece y por el término de 6 seis
meses.
ANTECEDENTES: Ingresó como Juez de Paz Propietario el día 16
dieciséis de diciembre de 2010 dos mil diez, cargo que actualmente desempeña
ininterrumpidamente, cuenta con resultado de examen psicométrico como
“Recomendable” y con resultados de examen antidoping como no detectable. No
se registran sanciones administrativas en su contra.
2.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada ALEJANDRA PIMIENTA ENCINAS, Juez Mixto de Primera Instancia
de Zapotlanejo, Jalisco, mediante oficio número 159/2013, propone al término del
nombramiento anterior a la C. ANGÉLICA MARTÍNEZ FLORES, como Juez
Menor Suplente de Acatic, Jalisco, a partir del 12 doce de febrero de 2013 dos mil
trece y por el término de 6 seis meses.
ANTECEDENTES: Ingresó como Juez Menor Suplente de Acatic, Jalisco, a
partir del 12 doce de agosto de 2010 dos mil diez, cargo que actualmente
desempeña ininterrumpidamente, cuenta con resultado de examen psicométrico
como “Recomendable”. No se registran sanciones administrativas en su contra.
3.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. ANA LUCÍA GALVÁN ALDANA, Analista Especializado, de la Unidad de
Departamental de Adquisiciones de Bienes y Servicios dependiente de la
Dirección de Planeación, Administración y Finanzas, mediante oficio sin número,
hace del conocimiento de su reincorporación de labores a partir del día 2 dos de
febrero de 2013 dos mil trece, en virtud de haber concluido su licencia sin goce de
sueldo que le fue otorgada.
4.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado ERNESTO MARTÍNEZ SAINZ, Juez Mixto de Primera Instancia de
Arandas, Jalisco, mediante oficio número 61/2013, hace del conocimiento su
reincorporación de labores, a partir del día 22 veintidós de enero de 2013 dos mil
trece, en virtud de haber hecho uso del periodo vacacional de invierno en su
segunda fase que le fue concedida.
5.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado JOSÉ GARCÍA HERNÁNDEZ, Juez Segundo Especializado en
Justicia Integral para Adolescentes, mediante oficio número 25/2013, hace del
conocimiento la reincorporación de labores de la LIC. LUZ MERCEDES VILLANUEVA MONTES, como Secretario de Acuerdos, a partir del día 27
veintisiete de enero de 2013 dos mil trece, en virtud de haber concluido una
licencia con goce de sueldo que le fue otorgada.
6.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C.
MARICELA SÁNCHEZ ESTRADA, Auxiliar Judicial, del Juzgado Especializado en
Materia Civil de Tlajomulco de Zuñiga, Jalisco, mediante oficio sin número, hace
del conocimiento su reincorporación de labores a partir del día 30 treinta de enero
de 2013 dos mil trece, en virtud de haber concluido una licencia sin goce de
sueldo que le fue otorgada.
7.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. SANDRA VERONICA SILVA GARCÍA, Auxiliar de Intendencia, adscrita a la
Jefatura de Servicios Generales “Edificio Juzgados Penales”, de la Unidad
Departamental de Servicios Generales, dependiente de la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, mediante oficio sin número, hace del
conocimiento su reincorporación de labores a partir del día 1° primero de febrero
de 2013 dos mil trece, en virtud de haber concluido una licencia sin goce de
sueldo que le fue otorgada.
8.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado JOAQUIN TORRES ANGEL, Juez Décimo Segundo de lo Criminal,
mediante oficio número 589/2013, hace del conocimiento la reincorporación de
labores del Lic. EDUARDO RODRIGUEZ CARDENAS, como Actuario, a partir del
día 27 veintisiete de enero de 2013 dos mil trece, en virtud de haber concluido una
licencia sin goce de sueldo que le fue otorgada.
9.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada MARIA ELENA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, Juez de Primera Instancia
adscrita al Juzgado Especializado en Materia Civil de Tlajomulco de Zúñiga,
Jalisco, remite constancia médica expedida por el Hospital San Javier, del
Servicio de Otorrinolaringología, con fecha del día 29 veintinueve de enero de
2013 dos mil trece, en la que se hace constar, que desde el día 26 veintiséis de
enero del año en curso se encuentra hospitalizada recibiendo atención médica sin
fecha probable de alta, donde se diagnostica Neumonía Bilateral.
10.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada LOURDES ANGÉLICA DELGADO ÁLVAREZ, Juez Primero de lo Civil
de Primera Instancia de Puerto Vallarta, Jalisco, remite oficio sin número en el
cual informa que el pasado 24 veinticuatro de enero de 2013 dos mil trece, remitió
la incapacidad otorgada por 28 veintiocho días por la operación a la cual sería
sometida el día 26 veintiséis del mismo mes, sin embargo la compañía seguradora
no cubría el tratamiento a realizar por el cirujano, razón por la cual decide no
operarse hasta que se aclare la situación, por lo cual hace del conocimiento de su
reanudación a sus labores a partir del día 28 veintiocho de enero de 2013 dos mil
trece, renunciando al resto de la incapacidad que le fuera otorgada.
11.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada MARTHA PATRICIA RUVALCABA PONCE, Juez Menor de Acatic,
Jalisco, mediante oficio número 20/2013, solicita tenga a bien autorizar el pago
del periodo vacacional del mes de diciembre de 2012, a la Licenciada ANGÉLICA MARTÍNEZ FLORES, Juez Menor Suplente de Acatic, Jalisco, con cuyo cargo
laboró del 15 quince de diciembre de 2012 dos mil doce al 1° de enero de 2013
dos mil trece.
12.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado JORGE ARMANDO CARRILLO MUÑOZ, Director de Oficialía de
Partes, Archivo y Estadística, mediante oficio número 123/2013, hace del
conocimiento que la C. BERTHA LAURA RAMÍREZ SÁNCHEZ, con cargo de
Auxiliar Judicial, adscrita a la Unidad Departamental de Archivo de Concentración,
Ediciones, Fichero y Boletín Judicial, faltó a sus labores el 17 diecisiete de enero
de 2013 dos mil trece, por lo que solicita se realice el descuento del día antes
referido, remite acta circunstanciada, y copia de bitácora de firmas.
13.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado JOAQUÍN TORRES ANGEL, Juez Décimo Segundo de lo Criminal,
mediante oficio número 586/2013, informa que con fecha 4 cuatro de diciembre de
2012 dos mil doce, el Licenciado JUAN MANUEL IGLESIAS MORENO, Auxiliar
Judicial, adscrito a su Juzgado, solicitó le fuera recorrido el periodo vacacional que
le fue concedido, que de no existir inconveniente, le fuera cambiado del 18
dieciocho de febrero al 4 cuatro de marzo del año en curso, mismo que le fue
autorizado en la Sesión Plenaria del día 12 doce de diciembre de 2012 dos mil
doce, por lo cual informa hará uso de las mismas.
14.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la C. CLAUDIA GRIMALDO BARRERA, Auxiliar Judicial, del Juzgado Octavo de lo
Criminal, mediante oficio sin número, solicita tenga a bien autorizarle un día de
descanso en sustitución del día 04 de febrero del año en curso, en razón que
estará cubriendo el turno de consignaciones de averiguaciones previas con
detenidos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco, en caso
de una negativa a la petición solicita se le retribuya el día económicamente.
15.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que los C. ALEJANDRO TELLO CASTRO, Secretario, JOEL GRANADO FONSECA,
Notificador, CLAUDIA DEL ROCÍO SALCEDO AGUILAR, Actuario, MARÍA DEL ROCÍO ROSALES SANDOVAL, Auxiliar Judicial, LAURA CASTILLO VELÁZQUEZ, Auxiliar Judicial, ELIZABETH NAVARRO MORENO, Auxiliar
Judicial, todos adscritos al Juzgado Octavo de lo Criminal, mediante oficio sin
número, solicitan tenga a bien autorizarles un día de descanso en sustitución del
día 4 cuatro de febrero del año en curso, en razón que estarán cubriendo el turno
de consignaciones de averiguaciones previas con detenidos de la Procuraduría
General de Justicia del Estado de Jalisco, en caso de una negativa a la petición
solicitan se le retribuya el día económicamente.
16.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado ALEJANDRO TELLO CASTRO, Secretario del Juzgado Octavo de lo
Criminal, remite escrito en cual informa que laboró durante doce días consecutivos
sin tener un día de descanso, ya que ha estado cubriendo el turno de
consignaciones de averiguaciones previas con detenidos de la Procuraduría
General de Justicia del Estado de Jalisco, lo cual ha repercutido en su salud, al
tener agotamiento físico y mental, motivo por el cual solicita le sea concedido un
día de descanso, sin que se entienda que es uno de los cinco días por percepción
económica a los que tiene derecho por anualidad, a lo que solicita que de ser
autorizado el día solicitado lo fije el H. Pleno.
17.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada PATRICIA GONZÁLEZ TOLEDO, Secretario de Acuerdos, del Juzgado
Segundo de lo Mercantil, remite oficio número 301/2013 en cual solicita le sea
cubierto el resto de su salario por estar fungiendo como Juez por Ministerio de
Ley, cargo que viene desempeñando desde el día 21 de agosto del año en curso,
lo anterior por la incapacidad médica presentada por el Titular del Juzgado vigente
hasta el día 15 de febrero de 2013.
18.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado JOSÉ LUIS SOTO RODRÍGUEZ, Juez Menor Suplente de Tapalpa,
Jalisco, mediante oficio número 18/2013, solicita tenga a bien autorizar el pago
como Juez Menor suplente de Tapalpa, Jalisco, ya que a la fecha no ha percibido
sueldo alguno y su nombramiento fue autorizado en la sesión plenaria del día 05
de diciembre de 2013.
19.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que el
Licenciado JOAQUIN TORRES ÁNGEL, Juez Décimo Segundo de lo Criminal,
mediante oficio número 587/2013, hace del conocimiento la reincorporación de
labores del LICENCIADO ALEJANDRO CIBRIÁN ROMO, como Secretario, a
partir del día 27 veintisiete de enero de 2013 dos mil trece, en virtud de haber
concluido una licencia sin goce de sueldo que le fue otorgada.
20.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada LAILA ADRIANA CHOLULA VILLA, Juez Primero Especializado en
Justicia Integral para Adolescentes, mediante oficio número 217/2013, hace del
conocimiento que el C. EDGAR JOSÉ AGUAYO AGUAYO, con cargo de Auxiliar
Judicial, adscrito al Juzgado a su cargo, faltó a sus labores el día 1° primero de
febrero de 2013 dos mil trece, por lo que solicita se realice el descuento del día
antes referido.
21.- cuenta con la comunicación remitida por la Dirección de Planeación,
Administración y Finanzas, mediante la cual hace del conocimiento que la
Licenciada LAILA ADRIANA CHOLULA VILLA, Juez Primero Especializado en
Justicia Integral para Adolescentes, mediante oficio número 203/2013, hace del
conocimiento que el C. MARCO ANTONIO CALVILLO GUTIÉRREZ, con cargo de
Actuario, adscrito al Juzgado a su cargo, faltó a sus labores el día 31 treinta y uno
de enero de 2013 dos mil trece, por lo que solicita se realice el descuento del día
antes referido.
ÍNDICE DE CUENTAS DE LA SECRETARÍA GENERAL
1.- cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuadragésima Sexta Sesión Plenaria Ordinaria, celebrada el día 05 cinco de diciembre del año 2012 dos mi dice, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, se dio cuenta con el oficio número 9270/2012 signado por el suscrito, mediante el cual hace saber a los integrantes de esta Soberanía, que por acuerdo del Presidente del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, en unión con el Secretario General de este H. Consejo, de fecha 06 seis de diciembre del año 2012 dos mil doce, se dictó un acuerdo que a la letra dice:
“…Visto el estado de autos del que se advierte que ha transcurrido en exceso el plazo dado al Juez Primero de lo Penal en Puerto Vallarta, Jalisco, para que de cumplimiento a la sentencia dictada el veintisiete de junio del presente año, en el presente juicio de amparo, aunado a que en proveído de dieciocho de octubre se autorizo prorroga de cinco días más, a efecto de que remitiera las constancias relativas a la causa penal 204/2010-C.
En consecuencia, se hace efectivo el apercibimiento contenido en proveído
de diecinueve de julio del presente año y con fundamento en el artículo 25, párrafo 2, inciso C, de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 105 de la Ley de Amparo, requiérase de inmediato al Consejo de la Judicatura del Estado, para que de inmediato obligue al Juez responsable a dar cumplimiento a la sentencia mencionada, debiendo informar lo anterior…”(sic)
Ahora bien, se ordena a requerir inmediatamente al Juez Primero Penal
de Puerto Vallarta, Jalisco, para que de cumplimiento a la sentencia dictada el 27 veintisiete de junio del 2012 dos mil doce, dentro de los autos que integran el juicio de amparo número 1040/2011-IV, promovido por RAFAEL RODRÍGUEZ ANAYA, o en su caso manifieste el impedimento legal en que se encuentre para dar cumplimiento al fallo protector en cuestión. Independientemente de lo anterior, dese vista al Pleno de este Consejo, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.
Por otra parte, infórmese al Juez Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado, el trato dado al comunicado de cuenta y en su oportunidad agréguese el comunicado de cuenta a la carpeta correspondiente para efectos de control administrativo.
CÚMPLASE.-...” Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo
siguiente: “…se ordena turnar el oficio número 9270/2012 signado por el Secretario General de este Consejo, a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad que resulte, en contra del Juez Primero de lo Penal de Puerto Vallarta, Jalisco, al no haber dado cabal cumplimiento a lo requerido por el Juez Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado, relativo al Juicio de Amparo número 1040/2011-IV, promovido por RAFAEL RODRÍGUEZ ANAYA; lo anterior de conformidad al Título Séptimo, Capítulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Independientemente de lo anterior, se requiere al Juez Primero Penal de
Puerto Vallarta, Jalisco, para que inmediatamente proceda a dar cumplimiento a la sentencia dictada el 27 veintisiete de junio del 2012 dos mil doce, dentro de los autos que integran el juicio de amparo número 1040/2011-IV, promovido por RAFAEL RODRÍGUEZ ANAYA, del índice del Juzgado Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado, y además remita las constancias relativas a la causa penal 204/2010-C, que justifiquen dicho cumplimiento o en su caso manifieste el impedimento legal en que se encuentre para proceder en los términos ordenados por la autoridad federal; hecho lo anterior deberá hacerlo del conocimiento de esta Soberanía…”
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 55/2013
signado por los LICENCIADOS MIGUEL VALENZUELA GONZÁLEZ y JORGE LÓPEZ LARA en su carácter de Juez y Secretario respectivamente, del Juzgado Primero de lo Penal de Puerto Vallarta, Jalisco, recibido en la
Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 28
veintiocho de enero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual da contestación
al oficio número 46/2012A114DVDRyP…9487, y hace del conocimiento que
dentro de los autos de la causa penal número 204/2010-C, seguida en contra de
DIONISIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, por el delito de FRAUDE ESPECÍFICO, dio
cumplimiento a la sentencia dictada el día 27 veintisiete de junio del año 2012 dos
mil doce, dentro de los autos que integran el juicio de amparo número 1040/2011-
IV, promovido por RAFAEL RODRÍGUEZ ANAYA, del índice del Juzgado Sexto de
Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado; señalando además que
allegó también copias certificadas de dicho cumplimiento a la autoridad federal,
justificando así que cumplió cabalmente con lo que le fuera ordenado.
2.- cuenta con el oficio número 238/2013 signado por la LICENCIADA MARISSA VARGAS CASTOLO en su carácter de Juez Sexto de lo Civil del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 28 veintiocho de enero del año 2013 dos
mil trece, mediante el cual informa lo siguiente:
“En cumplimiento a lo ordenado en el auto dictado por esta autoridad el 07
siete de enero del año en curso, por éste conducto me permito hacer de su
conocimiento la situación que impera en las actuaciones que integran el
expediente 1231/2012, del índice de este juzgado, seguido por EMILIO LOMELÍ ASCENCIO en contra de ALICIA MORALES PEÑA, trascribiendo al efecto el
referido auto aunado a que se acompaña copia certificada de las constancias
judiciales con las que se justifica lo aseverado en el referido acuerdo, lo anterior
para los efectos legales a que haya lugar.
“…AUTO: SE RECIBEN ACTUACIONES.-REMÍTANSE.- DÉSE VSITA.- Guadalajara, Jalisco, a 07 siete de año 2013 dos mil trece.
Por recibido el número de folio 000070, presentado en Oficialía de Partes
de éste Juzgado el 11 once de diciembre del año próximo pasado, que remite el
Jefe del Departamento de Oficialía de Partes Común del Consejo de la Judicatura
del Estado, juntamente con los autos originales y documentos fundatorios del
juicio civil sumerio, promovido por EMILIO LOMELÍ ASCENCIO, en contra ALICIA MORALES PEÑA, número de expediente 106/1990; los que remite en
cumplimiento a lo ordenado en el proveído de fecha 03 tres de octubre del año
2012 dos mi doce, de donde se advierte que el Juez Quinto de lo Civil de éste
Partido Judicial se excusa de conocer el juicio que nos ocupa en razón de
manifiesta que se encuentra en el supuesto que prevé la fracción VI del Articulo
184 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco.-
Consecuentemente, éste Juzgado ordena registrar el mismo en el Libro de
Gobierno de éste Tribunal, asignándole número de expediente 1231/2012, para
efecto de control interno; artículo 77, fracciones I, III, IV y demás relativos del
Enjuiciamiento Civil del Estado.-
Así las cosas, previo avocarse a su conocimiento la Secretaria de éste
Juzgado se impone de las actuaciones y una vez analizada que fue la pieza de
autos, se advierte que el juzgador remitente de las actuaciones se sigue negando
a conocer de la Ejecución de la sentencia que pronuncio en el juicio de marras, el
17 diecisiete de septiembre de 1991 mil novecientos noventa y uno, no obstante
de que la H. Séptima Sala del Supremo tribunal de Justicia del Estado de Jalisco,
mediante resolución de fecha veintisiete de junio del año 2011 dos mil once,
resolvió el conflicto de competencia que surgió entre éste Juzgado con el Juzgado
Quinto de lo Civil para conocer del juicio que nos ocupa y determinó al declarar
infundada la recusación sin causa planteada, por lo que debía seguir conociendo
del juicio materia de la excusa que nos ocupa el Juzgado Quinto de lo Civil a
efecto de que se ejecute a la brevedad posible la sentencia dictada en autos.-
Bajo el anterior contexto, ésta Juzgadora sostiene que en el juicio que nos
ocupa no se ejercerán funciones de jurisdicción, al haber causado estado la
sentencia definitiva dictada en autos; incluso del análisis literal y expreso del
artículo 184 del Código de Procedimientos Civiles del Estado fracción IV donde
funda el Juez Quinto de lo Civil, se advierte infundada la excusa y lo anterior es
así ya que un Juez está impedido de conocer del negocio conforme lo dispone la
fracción en cita si él ha hecho promesas o amenazas y no por el contrario, pues en
su caso tiene los medios legales a su alcance para que proceda conforme a
derecho corresponda ante la autoridad competente.-
Se arriba a la anterior determinación atendiendo a la negativa de dar
cumplimiento a la sentencia dictada en autos, y a efecto de no incurrir ésta
Juzgadora en alguna de las responsabilidades que establece el artículo 479 del
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, se procede a calificar la
excusa planteada como inadmisible, por lo que se ordena devolver las actuaciones
y los anexos remitidos de nueva cuenta al Juez Quinto de lo Civil del Primer
Partido Judicial del Estado de Jalisco, para que continúe con el conocimiento de la
ejecución de la sentencia dictada en el juicio civil sumario número 106/1990 de
índice del Juzgado citado, artículo 477 del Código de Procedimientos Civiles del
Estado.-
Una vez que sean notificadas las partes, mediante oficio que derive del
presente hágase del conocimiento del Pleno del Consejo de la Judicatura del
Estado de Jalisco, el contenido del presente proveído a efecto de que proceda
conforme a sus atribuciones y remítase a la brevedad posible al Juez Quinto de lo
Civil del Primer Parido Judicial en el Estado de Jalisco, las actuaciones para que
continúe con el conocimiento del juicio…”.(sic).
3.- cuenta con el escrito signado por el LICENCIADO JOSÉ CRUZ
MERCADO HERRERA, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General
de este Cuerpo Colegiado, el día 28 veintiocho de enero del año 2013 dos mil
trece, mediante el cual solicita lo siguiente:
“Que con el objeto de ofrecerlas como prueba en el incidente de suspensión
derivado del juicio de amparo indirecto 119/20139, le solicito de la manera mas
atenta me expida un informe en el sentido de que si ya se levantó el acta
circunstanciada a que se refiere la fracción XXI, del artículo 61 de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y ser así se
remita copia certificada de la misma, lo anterior con el objeto de justificar que los
efectos y consecuencia de los actos reclamados aún no se encuentran
consumados y son susceptibles de suspenderse en forma definitiva.” (sic).
4.- cuenta con el escrito signado por la LICENCIADA EN PSICOLOGÍA
TEOFILA CHÁVEZ GALINDO, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 29 veintinueve de enero del año 2013
dos mil trece, mediante el cual solicita le sean devueltos los documentos que
presentó en la Convocatoria de Auxiliares de la Administración de Justicia llevada
a cabo en febrero del 2012; lo anterior de conformidad con lo dispuesto a los
artículos 8° Constitucional, 35 Fracción V de la Constitución del Estado de Jalisco
y los demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica de ese H. Consejo de la
Judicatura del Estado de Jalisco.
5.- cuenta con el oficio número DVDR-062/2013 signado por el
LICENCIADO CARLOS ARIAS MADRID, en su carácter de Director de
Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 29 veintinueve de enero del
año 2013 dos mil trece, mediante el cual remite el oficio DGAC/2492/2012,
recibido en la Dirección a su cargo el 14 catorce de enero del año en curso, por
paquetería con número de folio EE761698602MX, signado por el Director General
Adjunto de lo Contencioso de la Secretaría de Gobernación, LICENCIADO JULIO CÉSAR ULISES CHÁVEZ RAMOS, mediante el cual anexa escrito en copias
simples en 07 siete fojas, suscrito por el LICENCIADO JOSÉ FRANCISCO GUZMÁN TAMEZ, mediante el cual realiza una serie de manifestaciones en torno
a hechos verificados dentro de una causa penal.
6.- cuenta con el oficio número DV-23/2013 signado por el LICENCIADO
CARLOS ARIAS MADRID, en su carácter de Director de Visitaduría, Disciplina y
Responsabilidades, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de
este Cuerpo Colegiado, el día 29 veintinueve de enero del año 2013 dos mil trece,
mediante el cual hace del conocimiento que para el día viernes 22 de febrero del
año 2013, se tiene programada la Visita de Inspección Ordinaria en el JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIHUATLÁN, JALISCO, misma que será
realizada por los Visitadores Judiciales Licenciados Alonso David Estrada
Manzano, Víctor Hugo García Martínez, Manuel Ángel Peruyero Camino, Juan
Manuel Valle Flores, Antonio López Zaragoza y José Jaime Enríquez Lamas.
En virtud de lo anterior, se tiene al citado Director solicitando que de no
haber inconveniente alguno, se autorice el pago de los viáticos correspondientes a cena y hospedaje del día jueves 21 de febrero del año actual, así como los viáticos completos del día viernes 22 (bajo tabulador de vida especial); ya que por razones de seguridad, los comisionados partirán de las
instalaciones de este Consejo un día antes de la visita, con la finalidad de circular
con la luz del día.
De igual forma se les autorice que los 6 seis comisionados se hospeden por
una noche en “HOTEL LA ALONDRA, S.A. DE C.V., ubicado en la calle Sinaloa
número 16 en Barra de Navidad, Municipio de Cihuatlán, Jalisco.
7.- cuenta con el oficio número 426/2013 signado por el LICENCIADO
ARTURO ESPINOZA BAENA, con el carácter de Juez Primero de lo Criminal de
del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 30 treinta de enero del año 2013 dos mil
trece, mediante el cual remite ACTA ADMINISTRATIVA levantada por el personal
del juzgado a su cargo a las 15:05 quince horas con cinco minutos del día 29
veintinueve de enero del año en curso, al C. ROBERTO CARLOS RAMOS CORONADO, quien cuenta con el nombramiento de Secretario Penal adscrito al
juzgado que preside y por las omisiones en que incurrió abandonando sus
funciones al no presentarse a laborar los días 25, 28, y 29 de enero del año en
curso.
8.- cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: “…En la Décima Segunda Sesión Plenaria Extraordinaria, celebrada el día 29 veintinueve de agosto del año 2012 dos mi dice, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, LA CONSEJERA MARIA CRISTINA CASTILLO GUTIÉRREZ, Refiere: “En mi carácter de Presidenta de la Comisión de Administración y Actualización de Órganos, doy cuenta con el oficio número D.P.A.F./467/2012-A, recibido el 29 veintinueve de agosto del presente año, suscrito por el MAESTRO ENRIQUE GARCÍA HERNÁNDEZ en el cual remite la relación de nóminas faltantes de los ejercicios 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y de los meses de Enero a Julio del 2012, mismas que no fueron remitidas con oportunidad a la Sección de Nóminas de este H. Consejo, aún cuando se les ha estado insistiendo en diversas ocasiones a través del personal responsable de esa actividad.
Se hace mención que con fecha 14 de noviembre del año 2007, dentro de
la circular número 5/2007 el Pleno del H. Consejo emitió un Acuerdo General al respecto, el cual en su parte medular dice:
“ÚNICO.- Se hace del conocimiento a los Titulares de los Juzgados de
Primera Instancia, Especializados y Mixtos, Menores y de Paz, así como a los Titulares de los Órganos Administrativos, dependientes del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, que deberán entregar a la Unidad Departamental de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección de
Planeación, Administración y Finanzas, la nómina debidamente firmada por todos y cada uno de los servidores públicos que se encuentran inmersas en la misma, dentro de los cinco días hábiles posteriores a cada quincena, con el apercibimiento de que en caso de que no las remitan en forma oportuna, así como omitan remitir dos nóminas en forma consecutiva o remitirlas sin las firmas correspondientes, se procederá a instaurar los procedimientos administrativos correspondientes.”
En consecuencia, toda vez que se incumple con lo establecido en el artículo
61 fracción I, XVII y XVIII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, se ordena solicitar al Honorable Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, instruya a la Secretaría General de éste Consejo, en los términos del numeral 158 fracción IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, para que requiera a los titulares de los órganos jurisdiccionales y administrativos que se relacionan de manera anexa al oficio de referencia, para que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sea notificado, remita la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas la nómina requerida debidamente firmada o en caso de haber entregado las nóminas únicamente acreditar la recepción de las mismas, bajo el apercibimiento de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no presentada la misma, lo que se hará del conocimiento de la Comisión de Vigilancia en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción III, XII, XV, XXVII y XXXIV 154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado…”. Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: “…se instruye a la Secretaría General de éste Consejo, en términos del numeral 158 fracción IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, para que requiera a los Titulares de los Juzgados de Primera Instancia, Especializados y Mixtos, Menores y de paz, así como a los Titulares de los Órganos Administrativos, dependientes de este Consejo, que se relacionan de manera anexa al oficio de referencia, para que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sean notificados, remitan a la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas la nómina requerida debidamente firmada o en caso de haber entregado las nóminas, únicamente acreditar la recepción de las mismas; lo anterior bajo el apercibimiento que de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no presentada la misma, lo que se hará del conocimiento de la Comisión de Vigilancia en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción III, XII, XV XXVII y XXXIV 154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado…”.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 195/2013
signado por el MAESTRO JOSÉ ÁVALOS PELAYO, en su carácter de Juez de lo Penal de Lagos de Moreno, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 30 treinta de enero del año
2013 dos mil trece, mediante el cual da contestación al oficio número
SE.12/2012A51CADMONyGRAL…6544, y hace del conocimiento que se
encuentra humana y materialmente imposibilitado para remitir a este Consejo, las
nóminas que le fueron solicitadas, señalando que la persona encargada de recibir
y devolver dichas nóminas y quien responde al nombre ANA TERESA DÁVALOS
GONZÁLEZ, ya no labora en aquel Tribunal, quien inclusive no dejó antecedente
administrativo alguno, no obstante que era su obligación.
9.- cuenta con el escrito signado por el CIUDADANO JOSÉ LUÍS MORA
GÓMEZ, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este
Cuerpo Colegiado, el día 30 treinta de enero del año 2013 dos mil trece, mediante
el cual solicita lo siguiente:
“Que con el objeto de ofrecerlas como prueba en el incidente de suspensión
derivado del juicio de amparo indirecto 169/2013, le solicito de la manera más
atenta me expida un informe en el sentido de que si ya se levantó el acta
circunstanciada a que se refiere la fracción XXI, del artículo 61 de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y ser sí se
proporcione copia certificada de la misma, lo anterior con el objeto de justificar que
los efectos y consecuencias de los actos reclamados aún no se encuentran
consumados y son susceptibles de suspenderse en forma definitiva. …” (sic).
10.- cuenta con el oficio número 22/2013, signado por la LICENCIADA
MARTHA PATRICIA RUVALCABA PONCE, en su carácter de Juez Menor de
Acatic, Jalisco, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este
Cuerpo Colegiado, el día 30 treinta de enero del año 2013 dos mil trece, mediante
el cual solicita se autorice el cobro de la renta bimestral de las instalaciones que
ocupa el Juzgado a su cargo; lo anterior a efecto de que sea pagado directamente
por parte de este Consejo.
11.- cuenta con el oficio número 16/2013-V, signado por la LICENCIADA
ALMA DELIA DÍAZ VEGA, en su carácter de Agente del Ministerio Público
Visitador, de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco, recibido en
la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 30
treinta de enero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual señala lo siguiente:
“…En cumplimiento al acuerdo dictado el día de hoy dentro de la
indagatoria anotada al rubro del presente, solicito a Usted de la manera más
atenta, instruya a quien corresponda del personal a su digno cargo, a fin de que
remita a la brevedad posible a esta representación social, lo siguiente:
a) Copia debidamente certificada del nombramiento del Licenciado
MIGUEL VALENZUELA GONZÁLEZ, Juez Primero de lo Penal del
Vigésimo Séptimo Partido Judicial del Estado de Jalisco, con sede
en Puerto Vallarta, Jalisco. …”(sic)
12.- cuenta con el oficio número C.S./01/2013 procedente de la Comisión
Substanciadora de Conflictos Laborales de Personal de Confianza, recibido en la
Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 30
treinta de enero del año que transcurre, mediante el cual se remite escrito de
demanda laboral interpuesta por el LICENCIADO SALVADOR LEDEZMA ÁVILA,
en contra del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, así como los anexos
que se indican en acuse de recibido del escrito inicial.
Nota: El LICENCIADO SALVADOR LEDEZMA ÁVILA, se desempeñaba
como Secretario Relator de Presidencia de este Consejo.
13.- cuenta con el oficio número 393/2013 signado por el LICENCIADO JOSÉ CÓRDOVA GARCÍA, en su carácter de Juez Especializado del Juzgado
Décimo de lo Mercantil del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 31 treinta y uno
de enero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual solicita tengan a bien
autorizar su inasistencia a sus labores el próximo 08 ocho de Febrero del año en
curso, con goce de sueldo, para asistir al Foro sobre Justicia Constitucional y
Tribunales Constitucionales Locales, que se llevará acabo en el Paraninfo Enrique
Díaz de León, de la Universidad de Guadalajara, a partir de las 8:30 a las 16:30
horas.
Anexa copia simple del Programa. 14.- cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuarta Sesión
Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 30 treinta de marzo del año 2010, se determinó instruir a la Secretaría General de este Consejo de la Judicatura, para que todos los escritos de quejas administrativas que sean presentados ante dicha Secretaría, se dé cuenta ante este Honorable Pleno para que éste determine lo conducente, y en caso de que se estime procedente iniciar procedimiento disciplinario, sea remitido a la Dirección de Visitaduría, Disciplina y Responsabilidades, instruyéndola para que en los términos del artículo 148 fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, instaure el procedimiento administrativo de responsabilidad, de conformidad al Titulo Séptimo, Capitulo lll de la citada Ley Orgánica, ajustándose a las exigencias fijadas en el Acuerdo General respectivo, hasta la reserva de los autos para resolución, y hecho lo anterior, turne el expediente a la Comisión de Vigilancia para que realice el proyecto de resolución y lo someta a consideración de los integrantes de este Honorable Pleno.
Ahora bien, el día de hoy se da cuenta con el escrito signado por la
CIUDADANA ISABEL CRISTINA IÑIGUEZ RODRÍGUEZ, recibido en la Oficialía
de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 31 treinta y
uno de enero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual interpone queja
administrativa en contra de los LICENCIADOS FRANCISCO TORRES PÉREZ y RICARDO ESTRADA RAZO, en su carácter de Juez y Secretario
respectivamente, del Juzgado Mixto de Primera Instancia de Encarnación de Díaz,
Jalisco, por los hechos que narra en su escrito de cuenta, verificados dentro de los
Juicios Sucesorios Intestamentarios con número de expediente 368/2009 y 410/92
del índice de este Juzgado.
15.- cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: “…En la Décima Segunda Sesión Plenaria Extraordinaria, celebrada el día 29 veintinueve de agosto del año 2012 dos mi dice, por los integrantes de este Cuerpo Colegiado,
LA CONSEJERA MARIA CRISTINA CASTILLO GUTIÉRREZ, Refiere: “En mi carácter de Presidenta de la Comisión de Administración y Actualización de Órganos, doy cuenta con el oficio número D.P.A.F./467/2012-A, recibido el 29 veintinueve de agosto del presente año, suscrito por el MAESTRO ENRIQUE GARCÍA HERNÁNDEZ en el cual remite la relación de nóminas faltantes de los ejercicios 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y de los meses de Enero a Julio del 2012, mismas que no fueron remitidas con oportunidad a la Sección de Nóminas de este H. Consejo, aún cuando se les ha estado insistiendo en diversas ocasiones a través del personal responsable de esa actividad.
Se hace mención que con fecha 14 de noviembre del año 2007, dentro de
la circular número 5/2007 el Pleno del H. Consejo emitió un Acuerdo General al respecto, el cual en su parte medular dice:
“ÚNICO.- Se hace del conocimiento a los Titulares de los Juzgados de
Primera Instancia, Especializados y Mixtos, Menores y de Paz, así como a los Titulares de los Órganos Administrativos, dependientes del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, que deberán entregar a la Unidad Departamental de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas, la nómina debidamente firmada por todos y cada uno de los servidores públicos que se encuentran inmersas en la misma, dentro de los cinco días hábiles posteriores a cada quincena, con el apercibimiento de que en caso de que no las remitan en forma oportuna, así como omitan remitir dos nóminas en forma consecutiva o remitirlas sin las firmas correspondientes, se procederá a instaurar los procedimientos administrativos correspondientes.”
En consecuencia, toda vez que se incumple con lo establecido en el artículo
61 fracción I, XVII y XVIII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, se ordena solicitar al Honorable Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, instruya a la Secretaría General de éste Consejo, en los términos del numeral 158 fracción IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, para que requiera a los titulares de los órganos jurisdiccionales y administrativos que se relacionan de manera anexa al oficio de referencia, para que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sea notificado, remita la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas la nómina requerida debidamente firmada o en caso de haber entregado las nóminas únicamente acreditar la recepción de las mismas, bajo el apercibimiento de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no presentada la misma, lo que se hará del conocimiento de la Comisión de Vigilancia en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción III, XII, XV, XXVII y XXXIV 154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado…”. Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente: “…se instruye a la Secretaría General de éste Consejo, en términos del numeral 158 fracción IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, para que requiera a los Titulares de los Juzgados de Primera Instancia, Especializados y Mixtos, Menores y de paz, así como a los Titulares de los Órganos Administrativos, dependientes de este Consejo, que se relacionan de manera anexa al oficio de referencia, para que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sean notificados, remitan a la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas la nómina requerida debidamente firmada o en caso de haber entregado las nóminas, únicamente acreditar la recepción de las mismas; lo anterior bajo el apercibimiento que de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no presentada la misma, lo que se hará del conocimiento de la Comisión de Vigilancia en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción III, XII, XV XXVII y XXXIV 154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado…”.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio número 178/2013
signado por la LICENCIADA VITALINA ALCARAZ TORRES, en su carácter de
Juez Segundo de lo Civil de Ciudad Guzmán, Municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco del Décimo Cuarto Partido Judicial, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 31 treinta y uno
de enero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual da contestación al oficio
número SE.12/2012A51CADMONyGRAL…6502, e informa que mediante oficios
número 1280/2012 y 1725/2012, remitió las nóminas correspondiente a la primera
quincena de junio, así como las de la primera y segunda del mes de julio y la
primera de estímulo del año 2012 dos mil doce, las cuales fueron recibidas por la
Unidad Departamental de Recursos Humanos sección nóminas, el día 12 doce de
julio y 24 veinticuatro de septiembre del año próximo pasado, de cuyos acuses
adjunta copia simple para la debida constancia.
16.- cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: “En la Séptima Sesión Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 11 once de julio del año 2012 dos mil doce, se dio cuenta con el escrito que signa el CIUDADANO JOSÉ PÉREZ SUÁREZ, en su carácter de Juez de Paz de Chiquilistlán, Jalisco, presentado en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado el día 10 diez de julio del año 2012 dos mil doce, mediante el cual solicita se le otorgue el beneficio del Haber por Retiro, de los Funcionarios del Poder Judicial del Estado de Jalisco, a que hace referencia en su Titulo Décimo, la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado. Así mismo adjunta copias fotostáticas de los documentos que respaldan su petición; habiéndose determinado por los integrantes de este Pleno, lo siguiente: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 136, 148, 152 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, dígasele al LICENCIADO JOSÉ PÉREZ SUÁREZ en su carácter de Juez de Paz de Chiquilistlán, Jalisco, que por el momento no es posible darle curso a la solicitud de pago por haber de retiro en razón de la Controversia Constitucional número 26/2011, que se tramita ante la Suprema Corte de la Nación, interpuesta por el Poder Judicial del Estado de Jalisco, en contra del Poder Legislativo y Ejecutivo de la misma entidad, en la cual se impugna el Decreto Número 23470/59LIX/10, expedido y promulgado respectivamente, por los referidos demandados, mismo que se publicó en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” con fecha 8 ocho de enero del 2011 dos mil once, y mediante el cual se adiciona un Título Décimo, denominado “Del Haber por retiro de los Funcionarios del Poder Judicial”, a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, conformado por los artículos 241, 242, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 249 y 250, por lo cual el mismo se encuentra subjudice. Lo anterior en tanto se resuelve el referido medio de impugnación
Por lo que el día de hoy se da cuenta con el escrito vía fax que signa el
CIUDADANO JOSÉ PÉREZ SUÁREZ, en su carácter de Juez de Paz de
Chiquilistlán, Jalisco, presentado en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado el día 31 treinta y uno de enero del año 2013
dos mil trece, mediante el cual reitera su petición de que se le otorgue el beneficio
del haber por retiro, de los funcionarios del Poder Judicial del Estado de Jalisco, a
que hace referencia en su Titulo Décimo, la Ley Orgánica del Poder Judicial del
Estado. Así mismo adjunta copias fotostáticas de los documentos que respaldan
su petición.
17.- cuenta con el escrito signado por el CIUDADANO JOSÉ LUIS MORA
GÓMEZ, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este
Cuerpo Colegiado, el día 31 treinta y uno de enero del año 2013 dos mil trece,
mediante el cual solicita, le sean pagados los emolumentos que tiene derecho con
motivo de su nombramiento, así como copia certificada de la nómina en donde
conste los datos de sus percepciones, e igualmente una constancia de la alta de
los servicios médicos a que tiene derecho, lo anterior dado que le fue concedida
tanto la suspensión provisional como la definitiva. Constancias que solicita para exhibir como medio de convicción dentro del
juicio de amparo número 169/2013.
18.- cuenta con el siguiente ANTECEDENTE: En la Cuarta Sesión Ordinaria,
celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, se recibió la siguiente cuenta: “…Previa discusión y análisis de la cuenta de referencia EL CONSEJERO PRESIDENTE DOCTOR LUIS CARLOS VEGA PAMANES, somete a consideración el siguiente ACUERDO: De conformidad a lo dispuesto por los artículos 1º, 2º, 136, 139, 140, 151, 154 y relativos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se tiene al CONSEJERO LICENCIADO MARIO PIZANO RAMOS, en su carácter de Presidente de la Comisión de Contraloría, rindiendo la cuenta de mérito y por enterados de su contenido a todos y cada uno de los integrantes de esta Soberanía.
Habiéndose determinado por los integrantes de este Pleno, lo siguiente: “…Por otra parte, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 136, 137, 148, 152, 154 y 155 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, analizado que es el contenido del oficio DC 032/2012 y anexo, que suscribe la Directora de Contraloría de este Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, Licenciada Rosa Margarita Nevárez Velasco, a través del cual en cumplimiento al acuerdo emitido por el H. Pleno del consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, derivado de la SO.43/2012A132CC,DCyP…8941, informa que se envió el oficio DC.1292/2012 al Secretario de Finanzas del Estado de Jalisco solicitándole informe a esa Dirección de Contraloría, si ya fue cobrado el billete de depósito número 7169435, deducido del expediente penal 198/2007-C, del Juzgado Séptimo de lo Penal del Primer Partido Judicial, valioso por la cantidad de $2,500.00 (DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), debido a lo anterior fue recibido el oficio DGOI/1345/2012, de la Dirección de Gasto de Operación e Inversión signado por el Licenciado Miguel Ángel Ruvalcaba Torres, Jefe de la Unidad Departamental de Pagos Corporativos informándonos que el billete antes referido, no obra registro de cobro en la contabilidad gubernamental a través del Sistema de Información Financiera.
Por lo tanto se instruye a la Secretaria General de este Órgano de Gobierno para que requiera al Titular del Juzgado Séptimo de lo Penal del Primer Partido Judicial del Estado, Licenciado Alejandro Guevara Pedroza, a fin de que interponga la denuncia correspondiente, así como realice la respectiva ratificación ante la autoridad ministerial; y aunado a lo anterior, realice las gestiones ante la Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado, para su reposición. Y una vez hecho lo anterior, remita copias certificadas de las constancias que integran la citada Averiguación a la Comisión de Contraloría para la consecución de la Denuncia, e informe sobre las gestiones realizadas con motivo de la reposición del billete de referencia. …”
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el el oficio número 607/2013,
signado por el ABOGADO ALEJANDRO GUEVARA PEDROZA, en su carácter
de Juez Séptimo de lo Penal del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 31 treinta y uno
de enero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual en cumplimiento a lo que le
fuera ordenado en el oficio número SO.04/2013A75PyCC…965, realiza una serie
de manifestaciones de las que se desprende que en efecto no existen motivos
para formular denuncia respecto de los hechos que guardan relación con el
extravío del recibo oficial número 7169435 deducido del expediente penal
198/2007-C, del índice del Juzgado a su cargo.
19.- cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Tercera Sesión
Ordinaria celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado, con fecha 16
de Enero del año 2013 dos mil trece, se recibió la siguiente cuenta:
“…se da cuenta con los acuerdos tomados por la Comisión de Contraloría, en la Primera Sesión Ordinaria celebrada el día 14 catorce de enero del presente año, proporcionados por el CONSEJERO LICENCIADO MARIO PIZANO RAMOS, en su carácter de Presidente de la citada Comisión, particularmente el acuerdo identificado como Sexto, en los términos siguientes:
c) Doy cuenta a Ustedes que con fecha trece de diciembre del año dos mil doce, se recibió oficio número DC.1423/2012 y anexo, que suscribe la Directora de Contraloría de este Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, Licenciada Rosa Margarita Nevárez Velasco, a través del cual comunica y remite informe final del resultado de la auditoria anual, practicada al Juzgado Quinto de lo Penal, Primer Partido Judicial, misma que se llevó a cabo con fecha del veintiséis de septiembre del dos mil doce. Desprendiéndose de la auditoria de cuenta, como BAJA EN TRAMITE mobiliario y equipo de oficina propiedad de este Consejo tal como: REGULADOR con código C0000137; CPU con código 27908; IMPRESORA MATRIZ con Código 27912; se le recomendó a la Licenciada ELIZABETH ÁLVAREZ LAGOS, solicite a la Unidad Departamental de Servicios Generales la conclusión del trámite de baja y notifique a la Dirección de Contraloría para la baja definitiva en un plazo de 30 días. Es de destacar que se recibió el oficio 8083/2012 por parte del titular del Juzgado Quinto Penal de puente Grande Licenciada ELIZABETH ÁLVAREZ LAGOS con fecha de recepción por la Dirección de Contraloría el día 08 de noviembre del 2012, en el que informa que el equipo como baja en tramite faltante en su auditoria realizada con fecha 26 de septiembre del 2012, se encuentra en la dirección de Servicios Generales, sin que a la fecha demuestre (ya sea mediante fotografías, el equipo de oficina con el código adherido ó cualquier otra prueba fidedigna de su existencia), motivo por el que esa Dirección de Contraloría declara como no solventada, todo vez que de la documentación que exhibió la Titular auditada, no se desprende fidedignamente la recepción física de los bienes faltantes por las áreas administrativas de este H. Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, sino solo la petición. ESTA COMISIÓN ACORDÓ LO SIGUIENTE: ACUERDO SEXTO.- Una vez analizada y discutida la cuenta de mérito de conformidad a lo dispuesto por los artículos 152, 154 y 155 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, con fecha trece de diciembre del año dos mil doce, se recibió oficio número DC.1423/2012 y anexo, que suscribe la Directora de Contraloría de este Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, Licenciada Rosa Margarita Nevárez Velasco, a través del cual comunica y remite informe final del resultado de la auditoria anual, practicada al Juzgado Quinto de lo Penal, Primer Partido Judicial, misma que se llevó a cabo con fecha del veintiséis de septiembre del dos mil doce. Desprendiéndose de la auditoria de cuenta, como BAJA ENTRAMITE mobiliario y equipo de oficina propiedad de este Consejo tal como: REGULADOR con código C0000137; CPU con código 27908; IMPRESORA MATRIZ con Código 27912. En consecuencia, toda vez que se incumple con lo establecido en el artículo 61 fracción V, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, se ordena solicitar al
Honorable Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, instruya a la Secretaría General de éste Consejo, en los términos del numeral 158 fracción IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, para que requiera al titular del órgano auditado, que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sea notificado, solvente ante la Dirección de Contraloría la observación que se le efectúo en la auditoria correspondiente, bajo el apercibimiento de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no solventada la misma, lo que se hará del conocimiento de la Comisión de Vigilancia en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción XXX, 154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado. “.
Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente:
“…visto el contenido del oficio DC.1423/2012 y anexo que suscribe la Directora de Contraloría de este Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, Licenciada Rosa Margarita Nevárez Velasco, a través del cual comunica y remite informe final del resultado de la auditoría anual, practicada al Juzgado Quinto de lo Penal del Primer Partido Judicial, misma que se llevó a cabo con fecha 26 veintiséis de septiembre del 2012 dos mil doce, desprendiéndose de la auditoría de cuenta, como BAJA EN TRÁMITE mobiliario y equipo de oficina propiedad de este Consejo tal como: REGULADOR con código C0000137; CPU con código 27908; IMPRESORA MATRIZ con Código 27912; en consecuencia, toda vez que se incumple con lo establecido en el artículo 61 fracción V, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, se instruye a la Secretaría General de éste Consejo, en los términos del numeral 158 fracción IV y XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, para que requiera al titular del órgano auditado, que dentro del término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que sea notificado, solvente ante la Dirección de Contraloría la observación que se le efectuó en la auditoría correspondiente, bajo el apercibimiento de no hacerlo en el plazo concedido, se tendrá por no solventada la misma, lo que se hará del conocimiento de la Comisión de Vigilancia en términos de lo dispuesto por los artículos 148 fracción XXX, 154 y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado. …”
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio 603/2013 signado por la
Licenciada ELIZABETH ÁLVAREZ LAGOS, en su carácter de Juez Quinto de lo
Penal del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 01 primero de febrero del año 2013 dos
mil trece, mediante el cual en contestación al oficio
SO.03/2013A109CC,DCyP…644 informa que el equipo de oficina consistente en
un regulador con numero de código C0000137, un CPU con numero de código
27908 y una impresora de matriz con número de código 27912, que se anotaron
como baja en trámite, en la auditoria practicada a dicho órgano judicial el día 26
veintiséis de septiembre del año 2012 dos mil doce, los mismos fueron enviados a
la Dirección de Contraloría para que proceda al tramite administrativo de la baja
definitiva, informando que los citados bienes muebles se encontraban físicamente
en el Almacén de Objetos consignados adscrito a los Juzgados Penales, lugar al
que se había remitido mediante oficio 6337/2011 de fecha 27 veintisiete de
septiembre del 2011, dirigido al Jefe de Departamento de Servicios Generales
para que procediera a la baja respectiva.
20.- cuenta con el escrito suscrito por la Licenciada ADRIANA YAÑEZ
GÓMEZ, en su carácter de Juez Mixto de Primera Instancia de Ameca, Jalisco,
recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría General de este Cuerpo
Colegiado, el día 01 primero de febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el
cual solicita autorización para ausentarse de sus labores el próximo 8 ocho de
febrero del año 2013 dos mil trece, a efecto de realizar diversos trámites
administrativos relacionados con sus labores en las instalaciones de este Consejo,
y en caso afirmativo, se autorice al Licenciado Jorge Armando García Urdiano,
Secretario de dicho Juzgado, a fungir como Juez por Ministerio de Ley.
21.- cuenta con el oficio número 882/2013 signado por el ABOGADO
ALEJANDRO GUEVARA PEDROZA, en su carácter de Juez Séptimo de lo Penal
del Primer Partido Judicial, recibido en la Oficialía de Partes de la Secretaría
General de este Cuerpo Colegiado, el día 01 primero de febrero del año 2013 dos
mil trece, mediante el cual solicita se informe a la brevedad posible si el Licenciado
Guillermo Olivares Cervantes, ex Secretario de dicho Juzgado, se encuentra
promoviendo algún juicio laboral o de otra índole en el que el Titular sea parte, lo
anterior en razón de que dicho servidor público fue designado defensor particular
por el procesado JOSÉ RICARDO DE LA TORRE ALCALÁ, quien peticiona al
suscrito se excuse de seguir conociendo del expediente 264/2012-C, ya que se
actualiza las causales previstas en las fracciones II y V del articulo 386 del Código
de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco.
22.- cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Cuadragésima
Quinta Sesión Ordinaria, celebrada por los integrantes de este Cuerpo Colegiado
el día 05 cinco de Diciembre del año 2012 dos mil doce, se recibió la siguiente
cuenta:
“…da cuenta con el dictamen en relación al estudio número 133/2012, emitido en la Décima Segunda Sesión Ordinaria de la Comisión de Vigilancia, celebrada el día 12 doce de noviembre del año 2012 dos mil doce, proporcionado por el Consejero Maestro JAIME GÓMEZ, en su carácter de Presidente de la citada comisión.
“…ESTUDIO 133/2012.
GUADALAJARA, JALISCO; A 12 DOCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 DOS MIL DOCE.-
En cumplimento al Acuerdo General pronunciado en la Trigésima Primera Sesión Ordinaria del Honorable Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, celebrada el día 02 dos de septiembre del año 2009 dos mil nueve, el Secretario de la Comisión de Vigilancia, está facultado para desarrollar funciones de instrucción y suscribir los acuerdos de trámite, admisión y desahogo
de pruebas, practicar en lo general todas aquellas diligencias que conforme a derecho, a la moral y a las buenas costumbres deban desahogarse para la investigación y el cumplimiento de las encomiendas plenarias giradas a esta Comisión de Vigilancia, dependiente del Consejo de la Judicatura del Estado, hasta la reserva del dictamen final, con fundamento por lo dispuesto en los numerales 136, 139, 140, 148 y demás relativos aplicables de la Ley Orgánica del Poder Judicial; así como en lo dispuesto en el Acuerdo Plenario derivado de la Primera Sesión Ordinaria, celebrada el día 07 siete de enero de año 2009 dos mil nueve.-
Se tiene por recibido el oficio identificado con el número SO.35/2012A66CVyP…7098, que remite el Secretario General de este Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, Licenciado FELIPE SÁNCHEZ MONTES DE OCA, en fecha 01 primero de octubre de la presente anualidad, del que visto su contenido y en atención al acuerdo plenario, se forma el presente cuadernillo de actuaciones con numero 133/2012, el cual se ordena registrar en el respectivo libro de gobierno.-
Por otra parte, téngase por recibido el oficio D.O.P.A.E.
1194/2012, que remite el Director de Oficialía de Partes, Archivo y Estadísticas del consejo, Licenciado JOSÉ CRUZ MERCADO HERRERA, con acuse de recibido en fecha 17 diecisiete de septiembre del 2012 dos mil doce, en la Secretaría General del consejo, oficio que se ordena agregar a las actuaciones para que surta sus efectos legales correspondientes, del cual se desprende el acompañamiento del acta circunstanciada de fecha 13 trece de septiembre del 2012 dos mil doce.-
Así también, se acompaña el acta circunstanciada de fecha
13 trece de septiembre del año en curso, levantada por el Licenciado NERI EDUARDO MACIEL HERNÁNDEZ, en su calidad de Jefe de la Unidad Departamental de Archivo, documentos que se ordenan agregar al presente para que surtan sus efectos legales correspondientes, de conformidad a lo que establece el numeral 9 fracción V, del Enjuiciamiento Penal del Estado, de aplicación supletoria.-
Ahora bien, de las constancias que se acompañan, se
desprende el dicho del Jefe de la Unidad Departamental de Archivo, Licenciado NERI EDUARDO MACIEL HERNÁNDEZ, en el acta circunstancia anteriormente descrita de fecha 13 trece de septiembre del 2012 dos mil doce, en la que señala, que al momento en que el Juzgado Primero de lo Familiar del Primer Partido Judicial, le solicitó la devolución del expediente 348/1998, se ordenó una diligencia exhaustiva de búsqueda los días 06 seis y 07 siete de septiembre de este año, encomendando para su practica a las auxiliares judiciales de nombres GUADALUPE DÍAZ GONZÁLEZ y RAQUEL DÍAZ GONZALEZ, diligencia con la que no se logró localizar el expediente en cita.-
Por lo indicado anteriormente, es evidente que con los dichos
tanto del Director de Oficialía de Partes, Estadísticas y Archivo, así como del acta circunstanciada levantada por el Jefe de la Unidad Departamental del Archivo, se acredita indiscutiblemente el extravió del expediente 348/1998, substanciado en el Juzgado Primero de lo Familiar del Primer Partido Judicial y archivado el día 02 dos de noviembre d 1999 mil novecientos noventa y nueve, en el archivo general, sin embargo, a criterio de esta Comisión de Vigilancia, no es posibles determinar responsabilidad administrativa en contra de servidor publico alguno, en razón de que si bien existe un registro de
recepción de esta área del archivo, que data de fecha 02 dos de noviembre de 1999 mil novecientos noventa y nueve; también, se advierte que transcurre un poco mas de 12 doce años, hasta que el juzgado Primero de lo Familiar, solicita la devolución de las constancias, tomando como referencia el acta circunstanciada elaborada en fecha 13 trece de septiembre del presente año.-
Por ende, debido al tiempo que transcurre desde el momento
de la petición del expediente 348/1998, hasta el levantamiento del acta circunstanciada, se puede establecer que, el incoar el estudio e iniciar alguna indagatoria al respecto de los hechos que se comparten por el Director de Oficialía de Partes, Estadísticas y Archivo, así como del Jefe de la Unidad Departamental del Archivo, no llevaría a nada practico, primeramente, por que fue en la Primera Sesión ordinaria del Pleno del Consejo, celebrada el día 05 cinco de enero del año 2005 dos mil cinco, cuando fue autorizado el traslado de la totalidad del Archivo General, de la calle San Felipe número 218 y Mariano Barcenas 478, Zona Centro, a la calle Gallo # 1346, locales 6, 7 y 8, Colonia Aurora, entendiendo que con esta actividad de manejo de documentos y expedientes para la mudanza y cambio de instalaciones, se pudo haber extraviado el expediente 348/1998, por otra parte, si bien, con las constancias que se adjuntan, se logra acreditar la fecha en que fue archivado el asunto, pero durante este tiempo, nunca existió alguna actualización de las listas de los expedientes archivados o alguna petición previa del Juzgado Primero de lo Familiar para su estudio, existe una carencia de datos para que esta autoridad pueda presumir que funcionario pudo tener bajo su resguardo el expediente, por lo que no se tiene prueba que determine exactamente en que tiempo hayan sido extraviadas las constancias para fincar responsabilidad, reiterando como ineficaz el solicitar informes del área de archivo o elementos de prueba hacia algún servidor publico, ya que el hacerlo nos llevaría al mismo resultado, tomando en cuenta que los movimientos de personal que se han venido dando en el Consejo de la Judicatura, en especifico de la Unidad Departamental del Archivo General, desde el año 1999 mil novecientos noventa y nueve, fecha en que fue archivado el asunto, han sido suficientes para que el actual encargado carezca de esta información, ya que si la haya tenido, también obrarían adjuntas al oficio o acta circunstanciada que se remiten, mediante oficio SO.35/2012A66CVyP…7098, sumando a este argumento el hecho de que si bien con alguna indagatoria se pudiera demostrar quien recibió en su momento el expediente 348/1998, no se alcanzaría a demostrar con alguna otra, quien tuvo su resguardo en la actualidad, cobrando aplicación el criterio del Consejo de la Judicatura Federal en materia de Disciplina que a continuación se transcribe:- Criterios en Materia Disciplinaria del CJF Criterio Número: 91 EXTRAVÍO DE CONSTANCIAS EN LOS EXPEDIENTES. EL SOLO HECHO DE TENERLOS A CARGO EN ALGÚN MOMENTO PROCESAL, NO ACREDITA LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS SECRETARIOS DE JUZGADO DE DISTRITO O DE TRIBUNAL DE CIRCUITO. Si bien es cierto que de conformidad con el artículo 65 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, según lo dispuesto en su artículo 2°, los secretarios de los órganos jurisdiccionales son responsables de los expedientes, libros y documentos que existan en el tribunal y archivo correspondiente, no es dable sancionarlos por el extravío de constancias en alguno de ellos por el solo hecho de que los
hubiesen tenido a su cargo en algún momento procesal, ya que es necesario que se encuentre acreditada la existencia anterior y falta posterior de las actuaciones y la plena responsabilidad administrativa del servidor público. Denuncia 7/99 y su acumulada 20/99. Pleno del Consejo de la Judicatura Federal. 20 de Septiembre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Marcelino Ángel Ramírez. Véase: Tesis de rubro “EXTRAVÍO DE DOCUMENTOS O VALORES. ANTE LA INEXISTENCIA DE RECIBO PARA SU RESGUARDO, RESULTA RESPONSABLE QUIEN HAYA PARTICIPADO EN UNA ACTUACIÓN JUDICIAL DE LA QUE SE DESPRENDA QUE LOS TUVO BAJO SU PODER”, derivada de la queja administrativa 499/2004.
Lo que lleva a concluir, que el iniciar algún tipo de tramite
extra, al investigar responsabilidad administrativa en contra de algún servidor publico dependiente de este consejo, por los hechos que se presentan y denuncian por el Director de Oficialía de Partes, Estadísticas y Archivo, así como del Jefe de la Unidad Departamental del Archivo, resultaría infructuoso y sin resultado alguno, motivo por el cual, esta Comisión de Vigilancia tiene a bien desechar de plano el estudio 133/2012, ordenándose archivar como asunto concluido.-
Sin que pase desapercibido el hecho de que aun y cuando no
se logre determinar una posible responsabilidad en contra de algún servidor publico, se debe de ejercer alguna acción legal por parte de esta autoridad, por lo que se instruye a la Secretaría General del Consejo de la Judicatura, para que a la brevedad posible se pronuncie al respecto de acuerdo a sus atribuciones, de conformidad a lo establecido por el articulo 158 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.-
Por otra parte, se ordena requerir a la Dirección de Oficialía
de Partes, Archivo y Estadísticas, para que realice de inmediato la actualización de sus listas y organización interna de los expedientes y documentos que se encuentran en su custodia, tomando en cuenta el correcto funcionamiento de esta área, con fundamento en el articulo 52 del Reglamento Interno del Consejo General del Poder Judicial del Estado de Jalisco, hoy Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco.-
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, se resuelve el asunto, conforme a las siguientes:-
P R O P O S I C I O N E S: PRIMERO.- Se DESECHE el estudio con número 133/2012,
por los motivos expuestos en los considerandos de la resolución.- SEGUNDO.- Se ordena poner a consideración del Pleno del
Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, para su aprobación.- TERCERO.- Gírese los sendos correspondientes a la
Secretaría General y Dirección de Oficialía de Partes, Archivo y Estadísticas, para el cumplimiento de la presente resolución.-
CUARTO.- Una vez cumplimentado lo anterior, archívese el
estudio 133/2012, como asunto concluido.-
C Ú M P L A S E.- Así, por unanimidad de votos de los
presentes, lo acordó la Comisión de Vigilancia, integrada por el Consejero Magistrado, Doctor CELSO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, los Consejeros Ciudadanos, Licenciado MARIO PIZANO RAMOS y Maestro ALFONSO PARTIDA CABALLERO, así como de quien la preside, el Consejero Juez, Maestro JAIME GOMEZ, firmando ante la Secretario de esta Comisión, Licenciada CELINA DEL CARMEN CASTELLANOS VAZQUEZ, quien legalmente actúa y da fe.- JCRG*..”
Habiéndose determinado por los integrantes de esta Soberanía, lo siguiente:
“…se aprueba el dictamen materia de la presente cuenta, mismo que se tiene por reproducido en obvio de repeticiones; en consecuencia se determina DESECHAR el estudio 133/2012. Lo anterior, en razón de que existe una carencia de datos para que esta autoridad pueda presumir que funcionario pudo tener bajo su resguardo el expediente, por lo que no se tiene prueba que determine exactamente en que tiempo hayan sido extraviadas las constancias para fincar responsabilidad, reiterando como ineficaz el solicitar informes del área de archivo o elementos de prueba hacia algún servidor publico, ya que el hacerlo nos llevaría al mismo resultado.
Por otra parte, se ordena requerir a la Dirección de Oficialía de Partes,
Archivo y Estadísticas, para que realice de inmediato la actualización de sus listas y organización interna de los expedientes y documentos que se encuentran en su custodia, tomando en cuenta el correcto funcionamiento de esta área, con fundamento en el articulo 52 del Reglamento Interno del Consejo General del Poder Judicial del Estado de Jalisco, hoy Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco.
Archívese como asunto concluido. …”
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con el oficio D.O.P.A.E. 0154/2013
suscrito por el Licenciado JORGE ARMANDO CARRILLO MUÑOZ, Director de
Oficialía de Partes, Archivo y Estadística, recibido en la Oficialía de Partes de la
Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 01 primero de febrero del año
2013 dos mil trece, mediante el cual da contestación al oficio
SO.45/2012A96CVyDOPAE…9693/2012, derivado de la Cuadragésima Quinta
Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco,
celebrada el día 5 de diciembre de 2012, en el cual se le requirió lo siguiente:
“se determina DESECHAR el estudio 133/2012. Lo anterior en
razón de que existe una carencia de datos para que esta autoridad
pueda presumir que funcionario pudo tener bajo su resguardo el
expediente, por lo que no ser tiene prueba que determine
exactamente en que tiempo hayan sido extraviadas las constancias
para fincar responsabilidad, reiterando como ineficaz el solicitar
informes del área de archivo o elementos de prueba hacia algún
servidor público….
Por otra parte, se ordena requerir a la Dirección de Oficialía de
Partes, Archivo y Estadística, para que realice de inmediato la
actualización de sus listas y organización interna de los expedientes
y documentos que se encuentran en custodia, tomando en cuenta el
correcto funcionamiento de esta área…”
Por lo que informa que la Unidad Departamental de Archivo se encuentra
realizando la actualización de las listas constantemente, respecto a la
organización interna de expedientes y documentos, manteniendo un gran
esfuerzo por mantener en orden los instrumentos públicos esto a pesar del sobre-
cupo y ante la falta de espacios y racks, que se tiene en los mismos.
23.- cuenta con el oficio 02-116/2013 suscrito por el Licenciado JOSÉ
REFUGIO MARTÍNEZ ARAGÓN, en su carácter de Secretario General de
Acuerdos del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, recibido en la Oficialía de
Partes de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, el día 01 primero de
febrero del año 2013 dos mil trece, mediante el cual remite a esta Soberanía el
oficio de canalización CASE 00434-13, signado por la Licenciada LAURA PATRICIA CORTÉS SAHAGÚN, Directora de Atención Ciudadana del Centro de
Atención y Seguimiento de Asuntos dirigidos al Gobernador, mediante el cual
dirige la petición del Licenciado GUILLERMO DÍAZ CALVILLO, en su carácter de
Presidente Fundador de la Unión Nacional Autónoma de Taxistas y Trabajadores
del Volante, A.C., solicitando se tome en consideración para mejores comisiones
o cargos al Secretario del Juzgado Décimo Tercero de lo Criminal, Licenciado
ALEJANDRO CEDANO CASTAÑEDA. Señalando como domicilio para recibir notificaciones la finca marcada con
el número 138, de la calle Lázaro Cárdenas, Colonia la Venta del Astillero, en el
Municipio de Zapopan, Jalisco. Los autos que integran el juicio de amparo número
788/2012-II, promovido por GABRIEL EDUARDO SÁNCHEZ ZAVALA, o en su
caso manifieste el impedimento legal en que se encuentre para dar cumplimiento
al fallo protector en cuestión.
Independientemente a lo anterior dado el incumplimiento referido por la autoridad federal se ordena dar vista al Pleno de este Consejo, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.
Por otra parte, infórmese al Juez Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado, el trato dado al comunicado de cuenta y en su oportunidad agréguese el comunicado de cuenta a la carpeta correspondiente para efectos de control administrativo.
CÚMPLASE.-…”
26.- cuenta con los siguientes ANTECEDENTES: En la Tercera Sesión Ordinaria celebrada por el Pleno de este Consejo el día 21 veintiuno de enero del año 2009 dos mil nueve, se dio cuenta con diversos escritos de Notarios, mediante los cuales hacen
del conocimiento, el sello y la firma de autorizar, así como la rúbrica o media firma que usa en el ejercicio notarial; de igual forma, proporcionan domicilio en la cual tiene establecida la oficina notarial, como el particular, teléfonos, fax, correo electrónico, horario de servicio al público y fecha de inicio de ejercicio Notarial, determinándose instruir al Departamento de Difusión Social, a efecto de que lleve a cabo un Directorio de Notarios, en base a los datos contenidos en los diversos escritos que le serán remitidos.
Por lo que el día de hoy, se da cuenta con 09 nueve escritos signados por
igual número de Notarios Públicos del Estado, recibidos en la Oficialía de Partes
de la Secretaría General de este Cuerpo Colegiado, los días 29 veintinueve, 31
treinta y uno de enero y 01 primero de febrero del año 2013 dos mil trece,
mediante los cuales en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo la Ley del
Notario del Estado de Jalisco, hacen del conocimiento domicilio de su oficina
notarial, particular, números telefónicos y de fax, correo electrónico y horario de
servicio al público.