Post on 03-Jan-2016
CONTRATO DE REALIZACIÓN DE OBRA Y PLANOS
ARQUITECTÓNICOS
Conste por el presente documento el contrato de realización de obra y
planos arquitectónicos, que celebran de una parte AAA, identificada con
R.U.C. N° ..........., inscrita en la partida electrónica N° ......... del Registro de
Personas Jurídicas de ........, con domicilio en ............................,
debidamente representada por su gerente general, don ...........................,
identificado con D.N.I. N° ..............., con poderes inscritos en el
asiento ............. de la referida partida electrónica, a quien en lo sucesivo se
denominará LA EMPRESA; y, de otra parte, BBB, identificado con D.N.I.
N° ......... y con C.A.P. N° ......., de estado civil soltero y con domicilio
en ..................., a quien en lo sucesivo se denominará EL ARQUITECTO;
en los términos contenidos en las cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES
CLÁUSULA PRIMERA.- LA EMPRESA es una persona jurídica de derecho
privado, constituida bajo el régimen societario de la sociedad anónima, cuyo
objeto social es dedicarse a la fabricación de polos y camisas de vestir.
CLÁUSULA SEGUNDA.- Por otro lado, LA EMPRESA declara ser
propietaria del terreno ubicado en ......................, cuyo dominio se encuentra
inscrito en el asiento ........ de la partida electrónica Nº .............. del Registro
de la Propiedad Inmueble de .........., y cuya área, linderos y medidas
perimétricas obran registrados en el asiento ......... de la referida partida
electrónica, sobre el cual LA EMPRESA ha construido un semisótano, un
primer y segundo piso, a fin de destinarlo para su nueva sede institucional.
CLÁUSULA TERCERA.- EL ARQUITECTO es una persona natural,
profesional de dicha especialidad, que se dedica habitualmente a la
elaboración, dirección y supervisión de proyectos de construcción civil.
OBJETO DEL CONTRATO
CLÁUSULA CUARTA.- Por el presente contrato, EL ARQUITECTO se
obliga a realizar, en favor de LA EMPRESA, el desarrollo del proyecto
integral de obra (planos de arquitectura, estructuras sanitarias y eléctricas)
de los pisos 3ro. y 4to. del inmueble referido en la cláusula segunda,
conforme a lo señalado en el presente documento. Asimismo, EL
ARQUITECTO se obliga a elaborar los planos de conformidad de obra
correspondiente al semisótano, al 1er. y 2do. piso de dicho inmueble, así
como de los avances que a la fecha se hayan realizado en el 3er. piso del
mismo.
En relación a estos trabajos, EL ARQUITECTO se obliga a conseguir la
aprobación por parte de la municipalidad respectiva de los trámites
correspondientes a la conformidad de lo construido hasta la fecha, así como
la aprobación del proyecto de los pisos 3ro. y 4to.
En contraprestación, LA EMPRESA se obliga a pagar a EL ARQUITECTO
el monto de la retribución pactada en la cláusula quinta, en la forma y
oportunidad convenidas.
RETRIBUCIÓN: FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO
CLÁUSULA QUINTA.- Las partes acuerdan que el monto de la retribución
que pagará LA EMPRESA en calidad de contraprestación de los servicios
prestados por EL ARQUITECTO, asciende a la suma total de US $ .............
(................. Dólares Americanos).
La referida cantidad será cancelada íntegramente en dinero, en el domicilio
de LA EMPRESA y en dos armadas:
- US $ ........... (................... Dólares Americanos), a pagarse contra la
aprobación del anteproyecto por la Municipalidad de ..............
- US $ ............ (................. Dólares Americanos), a pagarse contra la
aprobación del proyecto y liquidación para la obtención de la licencia
respectiva.
NATURALEZA DEL CONTRATO
CLÁUSULA SEXTA.- El presente contrato es de naturaleza civil, por lo tanto
queda establecido que EL ARQUITECTO no está sujeto a relación de
dependencia frente a LA EMPRESA, y en tal sentido aquél tendrá libertad
para elegir la forma cómo realizar sus servicios, siempre y cuando no se
aparte de lo estipulado en el presente contrato.
PLAZO DEL CONTRATO
CLÁUSULA SÉTIMA.- Siendo el presente contrato de locación de obra, las
partes convienen fijar un plazo de duración determinada, dentro del cual EL
ARQUITECTO se obliga a cumplir íntegramente con la prestación a su
cargo señalada en la cláusula cuarta. Dicho plazo será de ........ (....) días,
que se computarán a partir de la fecha de suscripción de este documento.
OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LAS PARTES
CLÁUSULA OCTAVA.- EL ARQUITECTO se obliga a entregar, en el plazo
previsto en la cláusula anterior, el proyecto integral del inmueble referido en
la cláusula segunda, el mismo que incluye los planos de arquitectura, el
proyecto de estructuras y el proyecto de instalaciones eléctricas y sanitarias,
debidamente suscritos por profesionales de cada área.
CLÁUSULA NOVENA.- Una vez aprobados los planos arquitectónicos por
LA EMPRESA, EL ARQUITECTO se obliga a realizar las gestiones que
sean necesarias a fin de obtener la correspondiente aprobación por la
Municipalidad Distrital de ..........., hasta obtener la licencia de construcción
respectiva.
CLÁUSULA DÉCIMA.- Igualmente, EL ARQUITECTO se obliga a absolver
inmediatamente todas las consultas, dudas, recomendaciones y demás
interrogantes que, sobre los planos arquitectónicos elaborados por EL
ARQUITECTO, puedan formular LA EMPRESA, el ingeniero de
construcción o las demás personas encargadas de la construcción del local
referido en la cláusula segunda.
Esta obligación se entenderá vigente inclusive hasta después de terminado
el plazo de duración del presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA.- EL ARQUITECTO no podrá ceder a
terceros algún derecho que emerge del presente contrato, ni ceder su
posición contractual, salvo que cuente con el asentimiento previo, expreso y
por escrito de LA EMPRESA, en cuyo caso se suscribirán los documentos
respectivos.
GASTOS Y TRIBUTOS
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA.- Todos los gastos y tributos que se
generen como consecuencia de la celebración del presente contrato serán
de cuenta de EL ARQUITECTO, salvo los que por ley correspondan a LA
EMPRESA.
CLÁUSULA RESOLUTORIA EXPRESA
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA.- El incumplimiento de cualquiera de las
obligaciones asumidas por EL ARQUITECTO en las cláusulas cuarta,
octava y novena del presente documento, constituirá causal de resolución
del presente contrato, al amparo del artículo 1430° del Código Civil. En
consecuencia, la resolución se producirá de pleno derecho cuando LA
EMPRESA comunique, por carta notarial, a EL ARQUITECTO que quiere
valerse de esta cláusula.
APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA.- En todo lo no previsto por las partes en el
presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del
Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.
En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad
de ........, a los ...... días del mes de ........... de 20.......
LA EMPRESA EL ARQUITECTO