Contrato de Trabajo Sujeto a Modalidad Intermitente

Post on 05-Nov-2015

12 views 0 download

description

OK

Transcript of Contrato de Trabajo Sujeto a Modalidad Intermitente

CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL

Conste por el presente documento de Contrato de Trabajo en Rgimen de Tiempo Parcial a Plazo Fijo que celebran, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto nico Ordenado del D.L N728 y del Art. 4 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por D. S. N 003-97-TR y DS.001-96-TR art. 13, de una parte BASILIZA ANGELA ENRIQUEZ CORAL con RUC N 10000921438,Pormotora de la Institucin Educativa Particular Cristiana SHADDAI domiciliado en la Av. Snchez Carrin Mza. D lote. 19-F, a quien en adelante se le llamara LA EMPLEADORA, y de la otra parte el Sr (a). ANGELA PATRICIA SEIJAS ENRIQUEZ con DNI. N48133343 y domiciliada en el Jr. Lima N267 a quien en adelante se le llamar LA TRABAJADORA, en los trminos y condiciones siguientes:

PRIMERO: El EMPLEADOR, es una Institucin Educativa Particular y que conforme al DL. 1086 Ley de Promocin de la Competitividad Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa D.S N007-2008-TR, Ley MYPE est bajo el Rgimen Laboral Especial, es una persona Jurdica de derecho pblico con autonoma tcnica, pedaggica, administrativa y econmica y con patrimonio propio, cuya actividad principal es la enseanza de nivel primario.OBJETO DE CONTRATO

SEGUNDO: Por el presente contrato LA TRABAJADORA prestar sus servicios como Asistente de Gerencia de la Institucin Educativa, debiendo someterse a las normas propias de la empresa y las que se imputen por la necesidad del servicio en uso de las facultades de administracin de la Institucin Educativa. De otro lado, LA EMPLEADORA se obliga a pagar a LA TRABAJADORA la remuneracin pactada, as como cumplir con los pagos de beneficios que corresponde.

TERCERO: La relacin laboral se iniciar con la presentacin efectiva de labores, desde el 08 de Agosto hasta el 15 de Diciembre del 2014, pudiendo ser esta renovada de acuerdo a la necesidad de la empresa.HORARIO DE TREABAJO

CUARTO: LA TRABAJADORA, prestara sus servicios de lunes a viernes en un horario que no exceda a menos de cuatro horas diarias y/o menos de 20 horas a la semana, de acuerdo a la circunstancia y necesidad de la Empresa. REMUNERACION

QUINTO : En contraprestacin de los servicios de LA TRABAJADORA percibir una remuneracin de S/.600.00 (Seiscientos 00/100 nuevos soles) mensuales, monto que se incrementar de acuerdo a su poltica remunerativa de la empresa, as mismo estar sujeto a los descuentos de los impuesto de Ley.OBLIGACIN DE INCLUSIN EN PLANILLA

SEXTO : LA EMPLEADORA, incorporar a LA TRABAJADORA, en el libro de planilla de salarios, donde figura que su jornada es menor a cuatro horas diarias y menor a 20 horas a la semana.

SEPTIMO : En todo lo no previsto por el presente contrato, se sujetara a las disposiciones laborales que regulan los contratos de trabajos a tiempo parcial.

Firmado en la ciudad de Pucallpa, a los ocho das del mes de Agosto del dos mil catorce. ------------------------------------------

ngela P. Seijas Enrquez

DNI N48133343

LA TRABAJADORACONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL

Conste por el presente documento de Contrato de Trabajo en Rgimen de Tiempo Parcial a Plazo Fijo que celebran, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto nico Ordenado del D.L N728 y del Art. 4 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por D. S. N 003-97-TR y DS.001-96-TR art. 13, de una parte BASILIZA ANGELA ENRIQUEZ CORAL con RUC N 10000921438,Pormotora de la Institucin Educativa Particular Cristiano SHADDAI domiciliado en la Av. Snchez Carrin Mza. D lote. 19-F, a quien en adelante se le llamara LA EMPLEADORA, y de la otra parte el Sr (a). VERONICA DEL PILAR ACOSTA CHAVEZ con DNI. N44174045 y domiciliada en el Jr. Lima N263 a quien en adelante se le llamar LA TRABAJADORA, en los trminos y condiciones siguientes:

PRIMERO: El EMPLEADOR, es una Institucin Educativa Particular y que conforme al DL. 1086 Ley de Promocin de la Competitividad Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa D.S N007-2008-TR, Ley MYPE est bajo el Rgimen Laboral Especial, es una persona Jurdica de derecho pblico con autonoma tcnica, pedaggica, administrativa y econmica y con patrimonio propio, cuya actividad principal es la enseanza de nivel primario.OBJETO DE CONTRATO

SEGUNDO: Por el presente contrato LA TRABAJADORA prestar sus servicios como Asistente Administrativo, de la Institucin Educativa Privada, debiendo someterse a las normas propias de la empresa y las que se imputen por la necesidad del servicio en uso de las facultades de administracin de la Institucin Educativa. De otro lado, LA EMPLEADORA se obliga a pagar a LA TRABAJADORA la remuneracin pactada, as como cumplir con los pagos de beneficios que corresponde.

TERCERO: La relacin laboral se iniciar con la presentacin efectiva de labores, desde el 08 de Agosto hasta el 15 de Diciembre del 2014, pudiendo ser esta renovada de acuerdo a la necesidad de la empresa.HORARIO DE TREABAJO

CUARTO: LA TRABAJADORA, prestara sus servicios de lunes a viernes en un horario que no exceda a menos de cuatro horas diarias y/o menos de 20 horas a la semana, de acuerdo a la circunstancia y necesidad de la Empresa. REMUNERACION

QUINTO : En contraprestacin de los servicios de LA TRABAJADORA percibir una remuneracin de S/.600.00 (Seiscientos 00/100 nuevos soles) mensuales, monto que se incrementar de acuerdo a su poltica remunerativa de la empresa, as mismo estar sujeto a los descuentos de los impuesto de Ley.OBLIGACIN DE INCLUSIN EN PLANILLA

SEXTO : LA EMPLEADORA, incorporar a LA TRABAJADORA, en el libro de planilla de salarios, donde figura que su jornada es menor a cuatro horas diarias y menor a 20 horas a la semana.

SEPTIMO : En todo lo no previsto por el presente contrato, se sujetara a las disposiciones laborales que regulan los contratos de trabajos a tiempo parcial.

Firmado en la ciudad de Pucallpa, a los ocho das del mes de Agosto del dos mil catorce. -----------------------------------------------------

Vernica Del Pilar Acosta Chvez DNI N44174045 LA TRABAJADORACONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL

Conste por el presente documento de Contrato de Trabajo en Rgimen de Tiempo Parcial a Plazo Fijo que celebran, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto nico Ordenado del D.L N728 y del Art. 4 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por D. S. N 003-97-TR y DS.001-96-TR art. 13, de una parte BASILIZA ANGELA ENRIQUEZ CORAL con RUC N 10000921438,Pormotora de la Institucin Educativa Particular Cristiano SHADDAI domiciliado en la Av. Snchez Carrin Mza. D lote. 19-F, a quien en adelante se le llamara LA EMPLEADORA, y de la otra parte el Sr (a). SILVIA ESTHER RENGIFO CEIJAS con DNI. N00098498 y domiciliada en el Jr. Huancavelica N447 a quien en adelante se le llamar LA TRABAJADORA, en los trminos y condiciones siguientes:

PRIMERO: El EMPLEADOR, es una Institucin Educativa Particular y que conforme al DL. 1086 Ley de Promocin de la Competitividad Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa D.S N007-2008-TR, Ley MYPE est bajo el Rgimen Laboral Especial, es una persona Jurdica de derecho pblico con autonoma tcnica, pedaggica, administrativa y econmica y con patrimonio propio, cuya actividad principal es la enseanza de nivel primario.OBJETO DE CONTRATO

SEGUNDO: Por el presente contrato LA TRABAJADORA prestar sus servicios como Profesor de aula de la Institucin Educativa Privada, debiendo someterse a las normas propias de la empresa y las que se imputen por la necesidad del servicio en uso de las facultades de administracin de la Institucin Educativa. De otro lado, LA EMPLEADORA se obliga a pagar a LA TRABAJADORA la remuneracin pactada, as como cumplir con los pagos de beneficios que corresponde.

TERCERO: La relacin laboral se iniciar con la presentacin efectiva de labores, desde el 08 de Agosto hasta el 15 de Diciembre del 2014, fecha en que terminara el contrato.HORARIO DE TREABAJO

CUARTO: LA TRABAJADORA, prestara sus servicios de lunes a viernes en un horario que no exceda a menos de cuatro horas diarias y/o menos de 20 horas a la semana, de acuerdo a la circunstancia y necesidad de la Empresa. REMUNERACION

QUINTO : En contraprestacin de los servicios de LA TRABAJADORA percibir una remuneracin de S/.600.00 (Seiscientos 00/100 nuevos soles) mensuales, monto que se incrementar de acuerdo a su poltica remunerativa de la empresa, as mismo estar sujeto a los descuentos de los impuesto de Ley.OBLIGACIN DE INCLUSIN EN PLANILLA

SEXTO : LA EMPLEADORA, incorporar a LA TRABAJADORA, en el libro de planilla de salarios, donde figura que su jornada es menor a cuatro horas diarias y menor a 20 horas a la semana.

SEPTIMO : En todo lo no previsto por el presente contrato, se sujetara a las disposiciones laborales que regulan los contratos de trabajos a tiempo parcial.

Firmado en la ciudad de Pucallpa, a los ocho das del mes de Agosto del dos mil catorce. ----------------------------------------------

Silvia Esther Rengifo Ceijas DNI N00098498 LA TRABAJADORA

CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL

Conste por el presente documento de Contrato de Trabajo en Rgimen de Tiempo Parcial a Plazo Fijo que celebran, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto nico Ordenado del D.L N728 y del Art. 4 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por D. S. N 003-97-TR y DS.001-96-TR art. 13, de una parte BASILIZA ANGELA ENRIQUEZ CORAL con RUC N 10000921438,Pormotora de la Institucin Educativa Particular Cristiano SHADDAI domiciliado en la Av. Snchez Carrin Mza. D lote. 19-F, a quien en adelante se le llamara LA EMPLEADORA, y de la otra parte el Sr (a). PATRICIA LIZETH RENGIFO CEIJAS con DNI. N40898518 y domiciliada en el Jr. Huancavelica N 447 a quien en adelante se le llamar LA TRABAJADORA, en los trminos y condiciones siguientes:

PRIMERO: El EMPLEADOR, es una Institucin Educativa Particular y que conforme al DL. 1086 Ley de Promocin de la Competitividad Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa D.S N007-2008-TR, Ley MYPE est bajo el Rgimen Laboral Especial, es una persona Jurdica de derecho pblico con autonoma tcnica, pedaggica, administrativa y econmica y con patrimonio propio, cuya actividad principal es la enseanza de nivel primario.OBJETO DE CONTRATO

SEGUNDO: Por el presente contrato LA TRABAJADORA prestar sus servicios como Profesor de aula de la Institucin Educativa, debiendo someterse a las normas propias de la empresa y las que se imputen por la necesidad del servicio en uso de las facultades de administracin de la Institucin Educativa. De otro lado, LA EMPLEADORA se obliga a pagar a LA TRABAJADORA la remuneracin pactada, as como cumplir con los pagos de beneficios que corresponde.

TERCERO: La relacin laboral se iniciar con la presentacin efectiva de labores, desde el 08 de Agosto hasta el 15 de Diciembre del 2014, pudiendo ser esta renovada de acuerdo a la necesidad de la empresa.HORARIO DE TREABAJO

CUARTO: LA TRABAJADORA, prestara sus servicios de lunes a viernes en un horario que no exceda a menos de cuatro horas diarias y/o menos de 20 horas a la semana, de acuerdo a la circunstancia y necesidad de la Empresa. REMUNERACION

QUINTO : En contraprestacin de los servicios de LA TRABAJADORA percibir una remuneracin de S/.600.00 (Seiscientos 00/100 nuevos soles) mensuales, monto que se incrementar de acuerdo a su poltica remunerativa de la empresa, as mismo estar sujeto a los descuentos de los impuesto de Ley.OBLIGACIN DE INCLUSIN EN PLANILLA

SEXTO : LA EMPLEADORA, incorporar a LA TRABAJADORA, en el libro de planilla de salarios, donde figura que su jornada es menor a cuatro horas diarias y menor a 20 horas a la semana.

SEPTIMO : En todo lo no previsto por el presente contrato, se sujetara a las disposiciones laborales que regulan los contratos de trabajos a tiempo parcial.

Firmado en la ciudad de Pucallpa, a los ocho das del mes de Agosto del dos mil catorce. ------------------------------------------------

Patricia Lizeth Rengifo Ceijas DNI N40898518 LA TRABAJADORA

CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL

Conste por el presente documento de Contrato de Trabajo en Rgimen de Tiempo Parcial a Plazo Fijo que celebran, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto nico Ordenado del D.L N728 y del Art. 4 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por D. S. N 003-97-TR y DS.001-96-TR art. 13, de una parte BASILIZA ANGELA ENRIQUEZ CORAL con RUC N 10000921438,Pormotora de la Institucin Educativa Particular Cristiano SHADDAI domiciliado en la Av. Snchez Carrin Mza. D lote. 19-F, a quien en adelante se le llamara LA EMPLEADORA, y de la otra parte el Sr (a). VICTOR HUGO CARDENAS LOZANO con DNI. N 00032578 y domiciliada en el Jr. 27 de Mayo N190 AAHH Las Amricas a quien en adelante se le llamar EL TRABAJADOR, en los trminos y condiciones siguientes:

PRIMERO: El EMPLEADOR, es una Institucin Educativa Particular y que conforme al DL. 1086 Ley de Promocin de la Competitividad Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa D.S N007-2008-TR, Ley MYPE est bajo el Rgimen Laboral Especial, es una persona Jurdica de derecho pblico con autonoma tcnica, pedaggica, administrativa y econmica y con patrimonio propio, cuya actividad principal es la enseanza de nivel primario.OBJETO DE CONTRATO

SEGUNDO: Por el presente contrato EL TRABAJADOR prestar sus servicios como Director de la Institucin Educativa Privada, debiendo someterse a las normas propias de la empresa y las que se imputen por la necesidad del servicio en uso de las facultades de administracin de la Institucin Educativa. De otro lado, LA EMPLEADORA se obliga a pagar a EL TRABAJADOR la remuneracin pactada, as como cumplir con los pagos de beneficios que corresponde.

TERCERO: La relacin laboral se iniciar con la presentacin efectiva de labores, desde el 08 de Agosto hasta el 15 de Diciembre del 2014, pudiendo ser esta renovada de acuerdo a la necesidad de la empresa.HORARIO DE TREABAJO

CUARTO: EL TRABAJADOR, prestara sus servicios de lunes a viernes en un horario que no exceda a menos de cuatro horas diarias y/o menos de 20 horas a la semana, de acuerdo a la circunstancia y necesidad de la Empresa. REMUNERACION

QUINTO : En contraprestacin de los servicios de EL TRABAJADOR percibir una remuneracin de S/.600.00 (Seiscientos 00/100 nuevos soles) mensuales, monto que se incrementar de acuerdo a su poltica remunerativa de la empresa, as mismo estar sujeto a los descuentos de los impuesto de Ley.OBLIGACIN DE INCLUSIN EN PLANILLA

SEXTO : LA EMPLEADORA, incorporar a EL TRABAJADOR, en el libro de planilla de salarios, donde figura que su jornada es menor a cuatro horas diarias y menor a 20 horas a la semana.

SEPTIMO : En todo lo no previsto por el presente contrato, se sujetara a las disposiciones laborales que regulan los contratos de trabajos a tiempo parcial.

Firmado en la ciudad de Pucallpa, a los ocho das del mes de Agosto del dos mil catorce. -------------------------------------------------

Vctor Hugo Crdenas Lozano DNI N00032578 EL TRABAJADORSolicito Registro de Contrato

de Trabajo a Tiempo

Determinado

SEOR:

DIRECTOR DE LA SUB DIRECCION DE REGISTROS GENERALES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIN DEL EMPLEO S.D.

AGROINDUSTRIA AMAZONAS SAC identificado con RUC N 20352372910 con domicilio fiscal en Jr. INMACULADA N 215 Distrito, Provincia y Departamento de UCAYALI debidamente representado por su Gerente Sra. SANCHEZ BALLARDO, CIRO ABEL con DNI 22471161 a Ud. digo:

En cumplimiento a los Artculos 4, 72 y 73 del Texto nico Ordenado del Decreto Legislativo N 728 Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante el Decreto Supremo N 003-97-TR, SOLICITO se registre el contrato de trabajo a tiempo determinado celebrado con el seor:

* SAIRA, NUNTA FATIMA D.N.I. N 47762330* MILAGROS DEL CASTILLO LAULATE D.N.I. N 40633273Para tal efecto, adjunto a la presente solicitud, hoja informativa y contrato de trabajo a tiempo determinado suscrito con el trabajador por triplicado.

POR LO EXPUESTO:

Srvase Ud. Sr. Director proveer lo solicitado por estar arreglada a derecho.

Pucallpa, 08 de Agosto del 2014