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CONTRATO No. 179ÍT " " 0 5 7 DE 2015 - CONSULTORIA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y C.S.I. CONSTRUCCIONES, SERVICIOS EINGENIERÍA E.U.
Entre LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, representada por ANA MARÍA SILVAESCOBAR, mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada con la cédula de ciudadanía No.
22.585.624 expedida en Puerto Colombia, quien actúa en calidad de Secretaria General (e) de
la Procuraduría General de la Nación, según consta en el Decreto No. 3113 del 06 de agosto de
2015 y Acta de Posesión 01210 del 03 de septiembre de 2015, debidamente facultada para
celebrar contratos según delegación realizada mediante Resolución No. 006 de enero 8 de
2013 expedida por el Procurador General de la Nación, de una parte, quien en adelante se
denominará como LA PROCURADURÍA, y de la otra la sociedad C.S.I. CONSTRUCCIONES,SERVICIOS E INGENIERÍA E.U., identificada con el Nit. 900.157.098-0 representada
legalmente por LUIS CARLOS GALVIS VELASCO, identificado con la cédula de ciudadanía
No. 91.297.471 expedida en Bucaramanga, tal como consta en el documento en el Certificado
de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, quien para los
efectos de este contrato se ha denominado como EL CONTRATISTA, se ha convenido celebrar
el presente contrato de CONSULTORIA, previas las siguientes consideraciones: 1) Que en
cumplimiento de los preceptos misionales de la Procuraduría General de la Nación y dentro del
marco de sus planes estratégicos, la Entidad adelantó la Licitación Pública 7 de 2015, tendiente
a seleccionar al oferente que LLEVE A CABO POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
FIJOS, SIN FÓRMULA DE REAJUSTE, LAS OBRAS DE MANTENIMIENTO YREPARACIONES LOCATIVAS DEL INMUEBLE DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LANACIÓN UBICADO EN LA CARRERA 19B No 22B- 20 BARRIO SAMPER MENDOZA, DE LACIUDAD DE BOGOTÁ SEDE DEL ARCHIVO CENTRAL DE LA ENTIDAD. 2) Que la Ley 80de 1993 estipula en el artículo 32, numeral 1, inciso 2o, que "En los contratos de obra que hayan
sido celebrados como resultado de un proceso de licitación pública, la interventoría deberá ser
contratada con una persona independiente de la entidad contratante y del contratista quien
responderá por los hechos y omisiones que le fueren imputables en los términos previstos en el
artículo 53 del presente estatuto". De igual forma, la Ley 1474 de 2011, artículo 83 establece lo
siguiente: "Con el fin de protegerla moralidad administrativa, de prevenirla ocurrencia de actos
de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas
están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través
cíe un supervisor o un interventor, según corresponda. (...). La interventoría consistirá en el
seguimiento técnico que sobre el cumplimiento del contrato realice una persona natural o
jurídica contratada para tal fin por la Entidad Estatal, cuando el seguimiento del contrato
suponga conocimiento especializado en la materia, o cuando la complejidad o la extensión del
mismo lo justifiquen. No obstante lo anterior cuando la entidad lo encuentre justificado y acorde
a la naturaleza del contrato principal, podrá contratar el seguimiento administrativo, técnico,
financiero, contable, jurídico del objeto o contrato dentro de la interventoría (...)" (negrilla
fuera de texto). 3) Que con base en lo anterior, y teniendo en cuenta que para la vigilancia del
contrato que tendrá por objeto LLEVAR A CABO POR EL SISTEMA DE PRECIOS
UNITARIOS FIJOS, SIN FÓRMULA DE REAJUSTE, LAS OBRAS DE MANTENIMIENTO YREPARACIONES LOCATIVAS DEL INMUEBLE DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LANACIÓN UBICADO EN LA CARRERA 19B No 22B - 20 BARRIO SAMPER MENDOZA, DELA CIUDAD DE BOGOTÁ SEDE DEL ARCHIVO CENTRAL DE LA ENTIDAD, se requiereinterventoría externa, técnica, administrativa, financiera, contable y jurídica, toda vez que la obra
comprende, entre otras, las siguientes actividades: preliminares (desmontes y retiros), pisos y
guarda escobas, muros y pañetes, pintura, enchapes y aparatos sanitarios, instalaciones
hidrosanitarias, carpintería de madera, metálica y cerraduras, cielo rasos, cubiertas, vidrios,
espejos y limpieza general. Por su parte, el componente del sistema de archivos rodantes
contempla el suministro, fabricación y montaje de estantería rodante metálica de distintas
medidas y capacidades, la cual será instalada en el piso tercero de la bodega para aumentar la
capacidad de archivo y permitir así que la División de Documentación pueda seguir recibiendo
material documental de las distintas dependencias a nivel nacional de la Procuraduría Genera^
de la Nación. 4) Que con este proceso de selección se pretende contar con vigilancia^
permanente para lograr la eficaz y eficiente ejecución de la obra que se va a intervenir,x
GENERALDELANACKM
CONTRATO No. 179^ * " 0 DE 2015 - CONSULTORIA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y C.S.I. CONSTRUCCIONES, SERVICIOS EINGENIERÍA E.U.
cumpliendo con todos los estándares de seguridad industrial, medio ambiente y salud
ocupacional, controlando durante toda la vigencia del contrato de obra la administración de los
recursos económicos del mismo, cumpliendo con los tiempos de ejecución pactados,
verificando la calidad de los materiales y obras de acuerdo con las especificaciones técnicas
contratadas, y el cumplimiento de todas las obligaciones inherentes a su ejecución y a la
normativa aplicable a la materia, por parte de personal idóneo y experimentado en la
supervisión integral de este tipo de contratos. 5) Que con el fin de satisfacer la anterior
necesidad, la Ley 1150 de 2007, Artículo 2, Numeral 3, modificado por el Decreto 019 de 2012,
Artículo 219 en concordancia con el Decreto 1082 de 2015, Artículo 2.2.1.2.1.3.1, señalan que
las "(...) Entidades Estatales deben seleccionar sus contratistas a través del concurso de
méritos para la prestación de servicios de consuitoria de que trata el numeral 2 del artículo 32
de la Ley 80 de 1993 y para los proyectos de arquitectura". 6) Que por lo anterior, es
conveniente adelantar el proceso de selección, pues así la Entidad, además de solucionar la
necesidad descrita, obtendrá para las obras que serán contratadas dentro del proceso Natatorio
No. 07 de 2015, es decir, LAS OBRAS DE MANTENIMIENTO Y REPARACIONES
LOCATIVAS DEL INMUEBLE DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓNUBICADO EN LA CARRERA 19B No 22B- 20 BARRIO SAMPER MENDOZA, DE LA CIUDAD
DE BOGOTÁ SEDE DEL ARCHIVO CENTRAL DE LA ENTIDAD, sean objeto de vigilancia ycontrol por personal idóneo y experto en la materia. 7) Que el presupuesto estimado para la
presente contratación es hasta por la suma de CUARENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS
CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS CON SETENTA Y
TRES CENTAVOS ($48.553.895,73) amparados con el CDP No. 51815 del 30 de julio de 2015
expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal de la División Financiera de
la Procuraduría General de la Nación, por valor de CINCUENTA Y SEIS MILLONES
TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE PESOS
($56.357.817,00) M/CTE. 8) Que el objeto de la interventoría se encuentra incluido en el Plan
Anual de Adquisiciones de la entidad, según certificado No. 2015-074 del 30 de julio de 2015
expedido por el administrador del plan. 9) Que con el fin de satisfacer la necesidad antes
manifestada, el Grupo de Inmuebles de la División Administrativa de la Entidad, elaboró los
estudios previos de la contratación, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de
2015, Artículo 2.2.1.1.2.1.1. 10) Que de conformidad con lo estipulado por el Decreto 1082 de
2015, artículo 2.2.1.1.2.1.4, los estudios previos y el proyecto de pliego de condiciones del
Concurso de Méritos No. 04 de 2015, se publicaron desde el 1 de Septiembre de 2015 en el
Portal Único de Contratación y en la página WEB de la Entidad. 11) Que dentro del término depublicidad del proyecto de pliego de condiciones del Concurso de Méritos No. 04 de 2015, se
presentaron observaciones al mismo las que fueron atendidas mediante escrito del 10 de
septiembre de 2015 publicado en el Portal Único de Contratación y en la página Web de laEntidad. 12) Que de conformidad con lo consagrado en el artículo 2.2.1.2.4.2.2. del Decreto
1082 de 2015, la presente convocatoria no se limitó a Mipymes, en atención a que si bien el
presupuesto de este proceso se encuentra dentro del rango establecido en dicha norma, no se
recibieron solicitudes para limitar la convocatoria. 13) Que de acuerdo con lo establecido en el
artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad mediante acto administrativo
motivado ordenó la apertura del proceso de selección que se desarrolle a través de Concurso
de Méritos. 14) Que en el acto administrativo señalado con antelación se establecieron como
fechas de apertura y cierre, en su orden, el 10 y el 17 de septiembre de 2015 a las 9:00 a.m. 15)
Que se presentaron observaciones al pliego de condiciones, las cuales fueron absueltas por la
entidad por medio de escrito de fecha 16 de septiembre de 2015, publicado en la misma fecha
en el Portal Único de Contratación y en la página web de la Entidad y Adenda No. 1 de lamisma fecha, mediante la cual se estableció la hora de la apertura del sobre económico,
audiencia de adjudicación o decisión de declaratoria de desierta del proceso, para el día 25 de\
Septiembre de 2015 a las 10:00 a.m. en la Sala de Audiencias de la División Administrativa\\
2
PROCUFGBEMLDEUNACKMI
CONTRATO No. 1&> "0^7 DE 2015 - CONSULTORIA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y C.S.I. CONSTRUCCIONES, SERVICIOS EINGENIERÍA E.U.
ubicada en el piso 3 Torre A, de la Cra 5 No. 15-80 de la ciudad de Bogotá, D.C. 16) Que
efectuada la diligencia de cierre en la fecha y hora mencionadas, se recibieron seis ofertas:
•
c
NUMERO
1
2
3
4
5
6
OFERENTE
GORDILLO & ASOCIADOS S.A.S.
ORGANIZACIÓN GARZÓN Y ASOCIADOS LTDA
RODRIGO ANTONIO ARIAS CHAUSTRE
GRUPO G & B LTDA
DALY CONSTRUCTORES S.A.S.
DALY CONSTRUCTORES S.A.S.
17) Que en la diligencia de cierre, los miembros de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones de
la entidad designaron a los funcionarios que integraron el Comité interdisciplinario de
verificación y evaluación de las propuestas presentadas. 18) Que realizada la verificación y
evaluación de las ofertas allegadas dentro del proceso de Concurso de Méritos No. 04 de 2015,
por los diferentes miembros del Comité, se obtuvo el siguiente consolidado:
REQUISITOS HABILITANTESPROPONENTE
GORDILLO & ASOCIADOS
S.A.S.
ORGANIZACIÓN GARZÓN Y
ASOCIADOS LTDA
RODRIGO ANTONIO ARIAS
CHAUSTRE
GRUPO G & B LTDA
DALY CONSTRUCTORES
S.A.S.
CSI CONSTRUCCIONES
SERVICIOS E INGENIERÍA EU
VERIFICACIÓN
JURÍDICA
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
VERIFICACIÓN
FINANCIERA
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
VERIFICACIÓN
TÉCNICA
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
VERIFICACIÓN
EXPERIENCIA
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
FACTORES DE CALIFICACIÓNPROPONENTE
GORDILLO & ASOCIADOS
S.A.S.
ORGANIZACIÓN GARZÓN Y
ASOCIADOS LTDA
RODRIGO ANTONIO ARIAS
CHAUSTRE
GRUPO G & B LTDA
DALY CONSTRUCTORES
S.A.S.
CSI CONSTRUCCIONES
SERVICIOS E INGENIERÍA EU
Experiencia
adicional del
proponente (Hasta
30 puntos)
30
30
30
30
15
30
Experiencia
adicional del
residente
(Hasta 60 puntos)
60
60
60
60
60
60
Estimulo
Industria
Nacional
(máximo 10
puntos)
10
10
10
10
10
10
TOTAL
(100) PUNTOS)
100
100
100
100
85
100
19) Que de conformidad con lo estipulado en el cronograma del proceso de selección, los
informes de verificación y evaluación de las propuestas permanecieron a disposición en la
División Administrativa de la Procuraduría General de la Nación del 22 al 24 de septiembre de
2015, para que dentro de este término fueran presentadas las observaciones que estimaran
pertinentes. De igual forma, fueron publicados en las páginas del Portal Único de Contratación
www.contratos.gov.co y de la entidad www.procuraduria.gov.co por el mismo término. 20) Que
dentro el término señalado con antelación fue recibida una observación a la evaluación de la
ofertas por parte de la empresa ORGANIZACIÓN GARZÓN Y ASOCIADOS LTDA y una1
aclaración para subsanar la experiencia adicional del oferente DALY CONSTRUCCIONES
PROCUf6ENERU.DE1ANACI0II
CONTRATO No. 17«T DE 2015 - CONSULTORIA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y C.S.I. CONSTRUCCIONES, SERVICIOS EINGENIERÍA E.U.
S.A.S. 21) Que mediante escrito del 23 de septiembre de 2015, se dio respuesta a la
observación formulada, en la cual se señaló que no procede dicha observación y en
consecuencia, se ratifica lo contenido en el pliego de condiciones y mediante escrito del 24 de
septiembre de 2015 se dio respuesta a la aclaración de subsanación en el sentido de considerar
que no cumple, por lo tanto se ratificó la evaluación y el puntaje otorgado. 22) Que llevada a
cabo la audiencia de adjudicación en la fecha prevista en el cronograma, esto es 25 de
septiembre de 2015, y debido al empate de 5 ofertas, se procedió al desempate según lo
señalado en el pliego de condiciones, mediante sorteo de balotas, para lo cual quien obtuviera
la balota número 1, se procedería a la apertura del sobre económico. 23) Que el proponente
CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIOS E INGENIERÍA EU, fue quien sacó la balota número 1,
razón por la cual, el evaluador técnico y financiero revisaron la consistencia del precio ofrecido
en el sobre económico, y se le solicitó ajustar su oferta económica al presupuesto de la entidad
en dos ítems. 24) Que la sociedad CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIOS E INGENIERÍA EU
en su oferta económica determinó el valor de su oferta en la suma de $48.551.800,00, y a pesar
de encontrarse dentro del presupuesto oficial de la Entidad, aceptó efectuar un descuento en
los rubros transporte y computadores, resultando como nuevo valor de su propuesta la suma de
$45.321.774,00. 25) Que el anterior ofrecimiento fue acogido por lo miembros de la Junta de
Licitaciones y Adquisiciones de la Entidad, quienes en ese sentido recomendaron a la señora
Ordenadora del Gasto adjudicar el proceso de Concurso de Méritos No. 04 de 2015 al oferente
CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIOS E INGENIERÍA EU, por cumplir con todos los requisitos
del pliego de condiciones. 26) Que de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 006
del 8 de enero de 2013 que delega en la Secretaría General la realización de los procesos de
contratación en cualquiera de sus modalidades y todos los trámites y actos inherentes a los
mismos, la Secretaria General (e) de la entidad acogió la recomendación que por unanimidad le
formulan los miembros de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones basados en todos los
informes presentados por los integrantes de los comités, decidiendo adjudicar el Concurso de
Méritos No. 04 de 2015, al oferente CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIOS E INGENIERÍA EU,
por la suma de CUARENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTIÚN MIL
SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS ($45.321.774) M/CTE, conforme al ofrecimiento
económico al que se le dio apertura dentro de audiencia, tal como consta en el acta de la
audiencia en la que se efectuó la revisión y verificación de la coherencia y consistencia de la
oferta económica presentada para el Concurso de Méritos No. 04 de 2015. 27) El presente
contrato se regirá por la Ley 80 de 1993, sus Decretos Reglamentarios, la Ley 1150 de 2007, el
Decreto 1082 de 2015 y las demás disposiciones que regulan la materia y las estipulaciones
contenidas en las siguientes cláusulas: PRIMERA - OBJETO: EL CONTRATISTA se obliga a
REALIZAR LA INTERVENTORÍA INTEGRAL DEL CONTRATO QUE RESULTE DE LALICITACIÓN PÚBLICA No. 07 DE 2015, QUE TIENE POR OBJETO SELECCIONAR ALPROPONENTE QUE LLEVE A CABO POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS,
SIN FÓRMULA DE REAJUSTE, LAS OBRAS DE MANTENIMIENTO Y REPARACIONESLOCATIVAS DEL INMUEBLE DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓNUBICADO EN LA CARRERA 19B No 22B- 20 BARRIO SAMPER MENDOZA, DE LA CIUDAD
DE BOGOTÁ SEDE DEL ARCHIVO CENTRAL DE LA ENTIDAD, de conformidad con lasespecificaciones, características y condiciones señaladas por la Entidad en los estudios previos,
el pliego de condiciones del Concurso de Méritos No. 04 de 2015, sus anexos, aclaraciones, la
propuesta presentada por EL CONTRATISTA de fecha 17 de septiembre de 2015, documentos
que forman parte integral del presente contrato y serán leídos e interpretados en forma conjunta
con el mismo. SEGUNDA - VALOR: El valor de este contrato por la suma de CSI
CONSTRUCCIONES, SERVICIOS E INGENIERÍA EU, por la suma de CUARENTA Y CINCO
MILLONES TRESCIENTOS VEINTIÚN MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOi($45.321.774) M/CTE., discriminados así:
VmwIWh Vb In IWIVT1
CONTRATO No. 17^ - - 0 5 7 DE 2015 - CONSULTORIA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y C.S.I. CONSTRUCCIONES, SERVICIOS EINGENIERÍA E.U.
c
c
ANEXO No. 2
FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA INTERVENTORA
INTERVENTORA INTEGRAL DEL CONTRATO QUE RESULTE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA No. 07 DE 2015, QUE TIENE POR
OBJETO SELECCIONAR AL PROPONENTE QUE LLEVE A CABO POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, SIN
FORMULA DE REAJUSTE, LAS OBRAS DE MANTENIMIENTO Y REPARACIONES LOCATIVAS DE INMUEBLE DE LA
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN UBICADO EN LA CARRERA 19B No 22B- 20 BARRIO SAMPER MENDOZA, DE LA
CIUDAD DE BOGOTÁ SEDE DEL ARCHIVO CENTRAL DE LA ENTIDAD.
A
B
C
D
CONCEPTO
COSTOS DEL PERSONAL DE LA INTERVENTOR»
COSTOS DB. PERSONAL EN OBRA
ARQ 0 ING. CIVIL RESIDENTE DE INTERVENTORIA
COSTOS DB- PERSONAL EN OFICINA
ABOGADO ASESOR
CONTADOR ASESOR
SECRETARA
MENSAJERO
GASTOS DE ADMINISTRACIÓN
CONFUTADOR. CÁMARA FOTOGRÁFICA O FLMADORA Y EQUPO OFICNA
COMUNICACOMES (Internet, servick) de fax. ele)
PAPELERA. UFORMES. FOTOCOPIAS. FOTOGRAFÍAS, ETC
ARRENDAMBJTO OFONA
SERVICIOS PÚBLICOS (teléfono, agua, energía etc)
GASTOS FINANCIEROS Y BANCAROS
GASTOS TRANSPORTE
OTROS GASTOS
UTILIDAD(X% Total Costos del Personal)
TOTAL (SUMA A+ B*C)
WA0E16%
VALOR TOTAL ESTIMADO INTERVENTORIA
CANTIDA
D
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
OCUPACI
ONMES
100%
20%
20%
20%
20%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
DURACIO
N (MES)
2,5
2,5
2,5
2,5
2,5
2,5
2,5
2,5
2,5
2,5
2,5
2,5
2,5
$10.000.000
$ 1.500.000
$ 1.500.000
$ 900.000
$ 600.000
$2.361.123,33
$1.625.000
$2.375.000
$ 3.375.000
$ 2.000.000
$ 2.405.000
$3.354.371,67
$2.000.000
$ 14.500.000
$4.500.000
$ 19.495.495
$ 5.075.000
$ 39.070.495,00
$6.251.279
$45.321.774
TERCERA - APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El valor de este contrato se ampara con el con
el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 51815 del 30 de julio de 2015 expedido por la
Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal de la División Financiera de la Procuraduría
General de la Nación y previsto en el Plan de Adquisiciones según el Certificado No. 2015-074
del 30 de julio de 2015, expedido por el Administrador de dicho Plan. CUARTA - FORMA DE
PAGO: LA PROCURADURÍA cancelará el valor del presente contrato de la siguiente manera:a) Un primer pago del 35% del valor del contrato una vez apruebe al contratista de obra los
análisis de precios unitarios, cronograma de trabajo, horario de trabajo y normas de salud
ocupacional, certificado disposición de residuos y materiales sobrantes, planes de movilidad y
manejo ambiental, acreditación personal ofrecido, plan de inversión del anticipo y diseños y
planos para la ejecución del proyecto de obra, b) Un pago del 35% cuando se apruebe por la
interventoría el corte de la obra objeto de vigilancia y control con avance del 70%. c) Un último
pago del 30% una vez se suscriba el acta de recibo a satisfacción de la obra que se interviene.
PARÁGRAFO PRIMERO.- Los pagos serán efectuados, previa presentación de lacorrespondiente factura en la que se indique en forma clara, el valor que se genera. El proceso
de aceptación de la factura se surtirá en un término no mayor a tres (3) días hábiles siguientes a
la fecha de su entrega por parte del CONTRATISTA, periodo en el cual la supervisión realizará
las reclamaciones en contra de su contenido, bien sea mediante la devolución de la misma, o
por medio de reclamo escrito dirigido al emisor o tener de la factura. Este documento debe ir
acompañado de la certificación que expida la supervisión del contrato, de la certificación que
acredite el pago por parte del contratista de aportes parafiscales relativos al Sistema de
Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación
Familiar, (Articulo 50 Ley 789 de 2002) y/o el pago del Impuesto sobre la Renta para la Equidad
(CREE), cuando corresponda, conforme a lo previsto en las Leyes 1607 de 2012 y 1739 de
2014 y demás normas complementarias y modificatorias. PARÁGRAFO SEGUNDO.- Cuandola Entidad no cancele al contratista la suma pactada, dentro de los términos estipulados en el
presente contrato y teniendo en cuenta la fecha en que la Entidad cuente con la disponibilidad^del PAC, ésta reconocerá al contratista como intereses de mora el incremento mensual ^
PROCUFGENERAL DE U NACIÓN
CONTRATO No. 1?9> "O 5 ? DE 2015 - CONSULTORIA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y C.S.I. CONSTRUCCIONES, SERVICIOS EINGENIERÍA E.U.
promedio del índice de Precios al Consumidor certificado por el DAÑE entre el 1o de enero y el31 de diciembre del año anterior. PARÁGRAFO TERCERO.- Teniendo en cuenta que el plazode ejecución del contrato de interventoría estará sujeto al agotamiento del presupuesto del
contrato de obra intervenido o hasta el cumplimiento del plazo del mismo, el valor del contrato
de interventoría será por el tiempo inicial de ejecución del contrato de obra. PARÁGRAFO
CUARTO.- El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la radicación de la
factura en el Grupo Cuentas de la Entidad. En todo caso, los pagos estarán sujetos a la
disponibilidad del PAC. QUINTA - LUGAR Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El
objeto del contrato se ejecutará en la CARRERA 19B No 22B- 20 BARRIO SAMPER
MENDOZA, BOGOTÁ. En todo caso, el domicilio contractual es la ciudad de Bogotá D.C. Elplazo de ejecución del contrato de consultoría es de SETENTA Y CINCO (75) DÍAS calendario
igual al tiempo de ejecución de la obra objeto de intervención. En todo caso el plazo de
ejecución del contrato de interventoría no puede ser inferior al del contrato de obra.
PARÁGRAFO PRIMERO.- El acta de iniciación del contrato de obra, se suscribirá por parte del
contratista y el interventor externo, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha de
legalización del contrato, previa presentación por parte del contratista y aprobación del
interventor y supervisor del contrato de interventoría, de los análisis de precios unitarios,
cronograma, horarios y normas de salud ocupacional, acreditación del personal ofrecido, plan
de movilidad y manejo ambiental, disposiciones que deberán ser entregadas al contratista de
obra por el interventor externo del contrato en el momento de la suscripción del acta de inicio.
PARÁGRAFO SEGUNDO.- La entrega de los bienes objeto del contrato producto de la
Licitación Pública No. 7 de 2015 se efectuará en el lugar de las obras debidamente instalados,
configurados y en funcionamiento. Los bienes entregados e instalados deben ser de la mejor
calidad y cumplirán con todas las especificaciones exigidas por la entidad en el pliego de
condiciones y sus anexos. La entrega de los mismos, así como de las obras se hará constar en
las respectivas actas de entrega parcial y final suscrita por el contratista o su representante, el
interventor externo y el supervisor del contrato de interventoría. PARÁGRAFO TERCERO.- A
título de información, hasta la suscripción de la correspondiente acta de recibo a satisfacción, el
transporte, custodia y almacenamiento de los materiales y bienes requeridos en la ejecución del
contrato de obra, correrán por cuenta del contratista de obra. Todos los costos asociados,
dentro de los cuales se incluye el desplazamiento del personal del contratista, correrán por su
cuenta. No obstante el plazo de ejecución del contrato de interventoría, el consultor debe dar
cumplimiento a la obligación relacionada con la liquidación del contrato de obra, la cual se
llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en la Ley 80 de 1993, artículo 60 y ley 1150 de
2007, artículo 11, modificado por el Decreto 19 de 2012 artículo 217 y demás normas que los
complemente, modifique o adicione. La liquidación por mutuo acuerdo podrá efectuarse dentro
de los ocho (8) meses siguientes a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato.
PARÁGRAFO CUARTO.- El plazo del contrato se contará a partir de la suscripción del Acta deInicio del contrato de interventoría, previo el cumplimiento de los requisitos de ejecución del
contrato, la cual, se suscribirá por parte del contratista y el supervisor o supervisores que
nombre la Procuraduría dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al cumplimiento de tales
requisitos. PARÁGRAFO QUINTO.- Siempre que cualquiera de los plazos en días calendarioindicados tenga vencimiento en día inhábil, se entenderá que dicho plazo vence el día hábil
inmediatamente siguiente. Para los efectos del trámite del Concurso de Méritos, cuando se
indiquen plazos de días hábiles no se computarán como tales los días sábados, domingos, días
festivos y puentes considerados de esta forma por la ley colombiana. PARÁGRAFO SEXTO.-
No se concederán prórrogas salvo fuerza mayor o caso fortuito, o cualquier otra causa no
imputable al CONTRATISTA, debidamente comprobada, o cuando LA PROCURADURÍA lo
considere necesario. Las circunstancias que impidan la ejecución oportuna del objeto del
contrato deberán ser comunicadas por escrito y en forma inmediata tanto al supervisor del
contrato como a la Secretaría General, con el fin de analizarlas y adoptar la decisión que(corresponda sobre el particular. A falta de prórroga y ante el incumplimiento del objeto del
i
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PROCURADURÍAGENERAL DE UIUCIOII
CONTRATO No. 179-"- -0 5 7 DE 2015 - CONSULTORIA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y C.S.I. CONSTRUCCIONES, SERVICIOS EINGENIERÍA E.U.
contrato LA PROCURADURÍA procederá a hacer efectivas las sanciones establecidas en elcontrato. PARÁGRAFO SÉPTIMO: SUSPENSIÓN: El plazo de ejecución no podrásuspenderse, a menos que se presenten circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito u otros
eventos considerados como excepcionales. En cualquiera de tales eventos deberá elaborarse
un acta donde consten tales hechos suscrita por EL CONTRATISTA, el supervisor y el
Coordinador del Grupo de Inmuebles de LA PROCURADURÍA; el tiempo de suspensión no se
computará para los efectos del plazo pactado y éste se desplazará automáticamente durante el
tiempo de suspensión. Cuando se reanude el contrato se elaborará un acta por quienes
firmaron la de suspensión. El interventor del contrato deberá informar en forma inmediata tanto
a la Secretaría General como a la Oficina Jurídica de los hechos de suspensión y reanudación
del contrato. De igual forma, EL CONTRATISTA se obliga a informar tal evento al Garante para
efectos de la ampliación de la vigencia de la garantía única que ampara el cumplimiento de las
obligaciones a su cargo. SEXTA - VIGENCIA DEL CONTRATO: La vigencia del presente
contrato comprende el plazo de ejecución del mismo y ocho (8) meses más. SÉPTIMA -
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En desarrollo del presente contrato EL CONTRATISTA
se obliga para con LA PROCURADURÍA a: 1) Cumplir con el objeto del contrato en los
términos y condiciones establecidos en los estudios previos, en el pliego de condiciones y sus
anexos, especificaciones, la oferta presentada por EL CONTRATISTA. 2) Entregar al
supervisor del contrato para la firma del acta de inicio de ejecución del mismo los documentos
requeridos para tales efectos. 3) Adelantar todas las gestiones necesarias para la ejecución del
contrato en condiciones de eficiencia y calidad, de acuerdo a las ospecificaciones exigidas por
la Procuraduría en el Pliego de Condiciones. 4) Tener un registro detallado y actualizado sobre
el estado de la ejecución del contrato. 5) Avisar a la Procuraduría dentro de las veinticuatro (24)
horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias qjje puedan incidir en la nooportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos
de la Procuraduría. 6) Sufragar los gastos que legalmente haya lugar para la legalización y
ejecución del contrato. 7) Diligenciar al momento de la firma
beneficiario/cuenta, en el cual informará el número de la cuenta
del contrato el formulario
corriente o de ahorros y la
entidad bancaria en donde pueda consignarse el valor del contrato, cuenta que debe figurar a
nombre y con el NIT del CONTRATISTA. 8) Anexar una certificación vigente de la entidad
bancaria en la que conste el nombre del cuentahabiente, su número de identificación, número
de la cuenta, tipo de la cuenta y si a la fecha está activa. 9) Cumplir con sus obligaciones frente
al sistema de seguridad social integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e
ICBF), y/o el pago del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), conforme a lo previsto
en la Ley 1607 de 2012, artículos 21 y siguientes, y el impuesto a la riqueza al que se refiere la
Ley 1739 de 2014, si le son aplicables, y demás normas concordantes sobre la materia. Para el
efecto, EL CONTRATISTA debe presentarle al supervisor del contrato en forma mensual y para
el pago del contrato, la documentación que acredite el cumplimiento del pago de estas
obligaciones, cuando a ello hubiere lugar. 10) Las demás que se encuentren contempladas en
el Pliego de Condiciones del Concurso de Méritos No. 04 de 2015, y en la oferta presentada por
EL CONTRATISTA el 17 de septiembre de 2015, así como el acuerdo efectuado en la
audiencia en la que se efectuó la revisión y verificación de la coherencia y consistencia de la
oferta económica presentada para el Concurso de Méritos No. 04 de 2015, la oferta presentada
con ocasión al desarrollo de la misma, y las que se deriven de la suscripción del presente
contrato. OCTAVA - OBLIGACIONES DE LA PROCURADURÍA: LA PROCURADURÍA seobliga a: 1) Efectuar el pago que se genere del cumplimiento de la ejecución del contrato,
dentro del plazo establecido. 2) Ejercer los controles necesarios para la cabal ejecución del
contrato. 3) Prestarle toda la colaboración al CONTRATISTA para que el objeto del contrato se
desarrolle de conformidad con los términos del presente documento. 4) Tener en cuenta las
observaciones y recomendaciones pertinentes que EL CONTRATISTA le formule en desarrollo
de la ejecución del objeto del contrato. NOVENA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ced<
el presente contrato a persona alguna, natural o jurídica, sin autorización previa, expresa y
GENERAL DE LA NACKW
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escrita de LA PROCURADURÍA DÉCIMA - RELACIÓN LABORAL: EL CONTRATISTAmanifiesta que la ejecución del contrato la realizará por su propia cuenta, por lo que las
relaciones laborales que adquiera en la ejecución del contrato y las obligaciones surgidas de
éstas no comprometen de ningún modo a LA PROCURADURÍA. DÉCIMA PRIMERA -SUPERVISIÓN DEL CONTRATO: La Dirección, Control y Coordinación del contrato estará a
cargo del Coordinador del Grupo de Inmuebles de la Entidad, o quien haga sus veces, conforme
a lo dispuesto por el Manual de Funciones de la Entidad. De acuerdo con su especialidad, la
supervisión y control del presente contrato será ejercida por: el ingeniero JOSÉ ELECTO
GIRALDO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.286.836 funcionario adscrito al
Grupo de Inmuebles de la Entidad o quien haga sus veces, quien ejercerá las funciones
señaladas en este contrato según su especialidad, las que se mencionan en Ley 1474 de 2011,
y las disposiciones del Manual de contratación de la Entidad. DÉCIMA SEGUNDA - PENALPECUNIARIA: En caso de presentarse por parte del CONTRATISTA incumplimiento parcial,
total, éste pagará a título de cláusula penal pecuniaria, una suma equivalente al treinta (30%)
del valor total del contrato. PARÁGRAFO: La suma resultante de la cláusula penal se haráefectiva directamente por la PROCURADURÍA, pudiendo acudir para el efecto al respectivodescuento del valor o saldo del contrato, al cobro de la garantía, o a cualquier otro medio para
obtener el pago, incluido el proceso ante la jurisdicción coactiva. En todo caso se tendrá en
cuenta lo consagrado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 o la norma que los modifique,
sustituya o adicione. DÉCIMA TERCERA - MULTAS: En caso de retardo o mora por parte delCONTRATISTA en el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato, éste
pagará a la PROCURADURÍA, una suma equivalente al uno por mil (1X1000) del valor delcontrato por cada día de retardo en el cumplimiento de la respectiva obligación, sin que el total
de las mismas exceda el treinta por ciento (30%) del valor del contrato. PARÁGRAFO: La sumaresultante de las multas se hará efectiva directamente por la PROCURADURÍA, pudiendo
acudir para el efecto al respectivo descuento del valor o saldo del contrato, al cobro de la
garantía, o a cualquier otro medio para obtener el pago, incluido el proceso ante la jurisdicción
coactiva. En todo caso se tendrá en cuenta lo consagrado en el artículo 86 de la Ley 1474 de o
las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen. DÉCIMA CUARTA - MECANISMO DE
COBERTURA DEL RIESGO: Con el fin de amparar los perjuicios de naturaleza contractual,
derivados del incumplimiento del contrato que pueda surgir para la administración por las
actuaciones, hechos u omisiones del contratista, éste debe presentar éste debe presentar
cualquiera de las garantías que de conformidad con el Decreto 1082 de 2015, artículo
2.2.1.2.3.1.2, sean aplicables, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la firma
del contrato, teniendo en cuenta la importancia del cumplimiento satisfactorio del objeto del
contrato, con la siguiente cobertura:
AMPARO
Cumplimiento del contrato
Calidad del servicio
Pago de salarios, prestaciones
sociales legales e Indemnizaciones
laborales
PORCENTAJE (%) SOBRE
EL VALOR TOTAL DEL
CONTRATO
30%
30%
20%
VIGENCIA
Tiempo de ejecución del contrato y hasta la
liquidación del contrato. (Tiempo estimado
ocho (8) meses), contados a partir de la fecha
de firma del contrato)
Plazo de ejecución y cinco (5) años más, a
partir de la terminación del contrato objeto de
interventoría
Tiempo de ejecución del contrato y tres (3)
años más, contados a partir de la fecha de
iniciación del contrato
PARÁGRAFO PRIMERO.- Se estima la inclusión de estos amparos, en los porcentajes y vigenciasantes señalados, ya que teniendo en cuenta la naturaleza del contrato a celebrar las obligaciones a cargo
del contratista, la Entidad debe estar cubierta de los perjuicios derivados por el incumplimiento totaL o
parcial a cargo del contratista; el cumplimiento tardío o defectuoso del mismo; el pago del valor de l&
multas y de la cláusula penal pecuniaria; el cumplimiento de las obligaciones laborales de la contrataciórV
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CONTRATO No. 17$» - - Q 57 DE 2015 - CONSULTORIA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y C.S.I. CONSTRUCCIONES, SERVICIOS EINGENIERÍA E.U.
de personal para Ja ejecución del contrato y los perjuicios derivados por la deficiente ejecución de la
consultoría. PARÁGRAFO SEGUNDO.- En todo caso, el contratista se compromete a ajustar lavigencia de los amparos de la garantía a partir de la suscripción del acta de inicio, así como a
ampliar el valor de la misma o su vigencia en el evento en que se aumente o adicione el valor
del contrato o se prorrogue su término, en virtud de lo consagrado en el artículo 2.2.1.2.3.1.18
del Decreto 1082 de 2015. PARÁGRAFO TERCERO.- EL CONTRATISTA deberá restablecerel valor de la garantía cuando éste se haya visto reducido por razón de las reclamaciones
efectuadas por LA PROCURADURÍA. De igual manera, en cualquier evento en que se aumenteo adicione el valor del contrato o se prorrogue o modifique su término de ejecución, EL
CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el
caso. PARÁGRAFO CUARTO.- Cuando se presente alguno de los eventos de incumplimientocubiertos por la garantía, LA PROCURADURÍA procederá a hacerla efectiva de la forma comose consagra en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1.19, o las normas que lo modifiquen
o adicionen. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA - CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES ALSISTEMA INTEGRAL DE SALUD Y PARAFISCALES: De conformidad con lo consagrado por
la Ley 1607 de 2012, EL CONTRATISTA debe presentar certificación que acredite que se
encuentra al día con el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social
Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar (Ley 789 de
2002, Artículos 50, Ley 1150 de 2007, artículo 23 y demás normas complementarias o
modificatorias), y/o el pago del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), conforme a lo
previsto en la Ley 1607 de 2012 artículos 21 y siguientes, y el impuesto a la riqueza al que se
refiere la Ley 1739 de 2014, si le son aplicables, y demás normas concordantes sobre la
materia. Si dentro del término trascurrido entre la adjudicación del contrato y el inicio de la
ejecución del mismo se hubiese generado tal obligación. Dicha certificación deberá ser suscrita
por el Revisor Fiscal del contratista. DÉCIMA SEXTA - CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOSSEÑALADOS EN LA CLÁUSULA DECIMA CUARTA Y DECIMA QUINTA: Los requisitosseñalados en las cláusulas décima cuarta y décima quinta, deberán cumplirse por parte del
CONTRATISTA dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del
contrato y los documentos resultantes deberán entregarse en forma conjunta dentro de este
plazo en la Oficina Jurídica para el trámite correspondiente. DECIMA SÉPTIMA -LEGALIZACIÓN: Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, se entenderá que elpresente contrato se encuentra legalizado con la suscripción por las partes contratantes y una
vez la entidad contratante efectúe el correspondiente registro presupuestal. DÉCIMA OCTAVA -EJECUCIÓN: La ejecución del contrato sólo podrá efectuarse una vez se haya legalizado y seencuentre constituida y aprobada la póliza de cumplimiento. DÉCIMA NOVENA -INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El Representante Legal del CONTRATISTA
declara bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma del presente
contrato, que ni él, ni los socios que la conforman se hallan incursos en ninguna de las causales
de inhabilidad, incompatibilidad y prohibiciones para contratar al tenor de lo consagrado en la
Ley 80 de 1993 y demás disposiciones vigentes sobre la materia. VIGÉSIMA - INDEMNIDAD:Será obligación del CONTRATISTA mantener libre a LA PROCURADURÍA, de cualquier daño
o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que se deriven de sus actuaciones o de las
de sus subcontratistas o dependientes. VIGÉSIMA PRIMERA - LIQUIDACIÓN: La liquidacióndel contrato se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en los artículos 60 de la Ley 80
de 1993 y 11 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 217 del Decreto Ley 019 de
2012. La liquidación por mutuo acuerdo podrá efectuarse dentro de los ocho (8) meses
siguientes a la fecha de terminación del plazo de vigencia establecido en el contrato. En
aquellos casos en que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o
convocatoria que le haga la entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la
entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes,
de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de te.
Contencioso Administrativo. Los amparos de la garantía única que se constituyan, relacionados
1URIAGBBULDEUIUCION
CONTRATO No. 179 Q 5 ?DE 2015 - CONSULTORIA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y C.S.I. CONSTRUCCIONES, SERVICIOS EINGENIERÍA E.U.
con las obligaciones a cargo del contratista, que queden pendientes a la fecha de la suscripción
del acta de liquidación, deberán permanecer vigentes hasta la satisfacción total de las mismas.
VIGÉSIMA SEGUNDA - CIERRE DEL EXPEDIENTE: De conformidad con lo establecido en elartículo 37 del Decreto 1510 de 2013 y los lineamientos impartidos por la Agencia Nacional de
Contratación, "vencidos los términos de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o
las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes", se
procederá a suscribir el acta de cierre del expediente del proceso contractual. VIGÉSIMA
TERCERA - NOTIFICACIONES: Los avisos, solicitudes, comunicaciones y notificaciones que
las partes deban hacer en desarrollo del presente contrato, deben constar por escrito y se
entenderán debidamente efectuadas sólo si se entregan personalmente o por correo electrónico
a la persona y direcciones indicadas a continuación:
procuraduría general de la nación
Nombre: Ana María Silva Escobar
Cargo: Secretaria General (e)
Dirección: Carrera 5 No. 15-80 Piso 7 - Bogotá, D.C.
Teléfono: 5878750 extensión 10703
Correo electrónico: amsilva@procuraduria.gov.co
Nombre: José Electo Giraldo M
Cargo: Supervisor del contrato
Dirección. Carrera 5a No. 15-60 Bogotá, D.C.
Teléfono: 5878750 extensión 10205
iqiraldo@procuraduria.qov.co
Nombre: Samuel Arango Mantilla
Cargo: Supervisor del contrato
Dirección. Carrera 5a No. 15-60 Bogotá, D.C.
Teléfono: 5878750 extensión 10204
saranqo@procuraduria.gov.co
Nombre: Luis Fernando Hoyos
Cargo: Supervisor del contrato
Dirección. Carrera 5a No. 15-60 Bogotá, D.C.
Teléfono: 5878750 extensión 10202
saranqo@procuraduria.qov.co
C.S.I. CONSTRUCCIONES, SERVICIOS E
INGENIERÍA E.U.
Nombre: LUIS CARLOS GALVIS VELASCO
Cargo: Representante Legal
Dirección: Carrera 70 D No. 79 - 95
Teléfono: 3004734 - 4602559
Correos electrónicos: licitaciones@csieu.co;
csicolombia2007@qmail.com
Celular: 3174043295
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VIGÉSIMA CUARTA - DOMICILIO: Para los efectos legales del presente contrato, las partes
acuerdan como domicilio la ciudad de Bogotá, D.C. Para constancia se firma el presente
documento en la ciudad de Bogotá D.C. el
0 2 : - 2015LA ENTIDAD CONTRATANTE,
IOCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN
4A MARÍA SILVA ESCOBARSecretarla General (e
EL CONTRATISTA
C.S.I. CONSTRUCCIONES, SERVICIOS E INGENIERÍA E.U.
LUIS CARLOS GAÜVIS VELASCO
C.C. 91.297.471 expedida en Bucaramanga
Representante Legal
Proyectó: Camilo Andrés Rodríguez Gómez - Abogado Oficina Jurídica
Revisó: Martha Lucia Ramírez Sandoval - Asesora Oficina Jurídica
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