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A partir de la vigencia 'de la presente resolución. toda la sal para consumo
Presentado por:
Brayan villazon
Brenda Leon
Lleny Pérez
Norida Rios
Milena Salazar
Lina Liscano
Presentado a
Harrison Moreno
RESOLUCIONESPRODUCTO QUE APLICA
NUMERO NOMBRE FECHA RESUMEN
LECHE EN POLVO Y LOS DERIVADOS LACTEOS EN POLVO
O1679 POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS SANITARIOS PARA LA APROVACION DE LAS LICENCIAS O REGISTROS DE IMPORTACION DE LA LECHE EN POLVO,
25 DE ENERO DE 2002
LA LECHE EN POLVO Y LOS DERIVADOS LACTEOS SE CONSIDERAN ALIMENTOS DE MAYOR RIESGO EN LA SALUD PUBLICA, QUE SE GENEREN CONDICIONES PARA QUE EL INVIMA PUEDA VERIFICAR LA AUTENTICIDAD Y PROCEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS, PARA OCTENER UN VISTO BUENOPARA LA IMPORTACION DE LECHE EN POLVO,
QUESO O1804 CLASES DE QUESO SEGÚN EL CONTENIDO DE GRASA LACTEA EN EL EXTRACTO SECO
03 DE FEBRERO DE 1989
LOS QUESOS SE CLASIFICAN EN RICO EN GRASA, SEMI GRASA, SEMIMAGRO MAGRO,LOS QUESOS DEBEN PRECENTAR UNAS CARACTERSTICAS FISICOQUIMICAS,MICROBIOLOGIAS
REGIMEN SANITARIO INCENTIVO
1893 ESTABLECER UN REGIMEN SANITARIO para la utilización de incentivos en contacto con 2001
LA PRECENTE RESOLUCON ESTABLECE EL REGIMEN SANITARIO PARA LA UTILIZACION DE INCENTIVOS EN CONTACTO
el alimento en los productos alimenticios
DIRECTO CON EL ALIMENTO EN LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS NACIONALES E IMPORTADOS QUE SE COMERCIALICEN EN EL TERRITORIO NACIONAL
DERIVADOS LACTEOS
02310 Reglamenta parcialmente en lo referente a procesamiento composición,
24 febrero de 1986
Se denomina derivados lácteos a los diferentes productos elaborados mediante procesos tecnológicos específicos para cada uno de ellas, de las características de la leche, ingredientes y aditivos utilizados en la elaboración de los derivados,
QUESOS FRESCOS Y FUNDIDOS EN GRASA
2826 Que as resoluciones 310 de 1986 y 1804 de 1989 no contemplanel usad en aditivos quesos frescos y fundidos con bajo contenido de grasa
16 agosto del 1996
Que lo quesos frescos y fundidos bajos en grasa requieren de la utilización de aditivos tales como espesantes
PASTAS ALIMENTICIAS
4393 Es el producto preparado mediante el secado apropiado de las figuras formadas con una masa sin fermentar,
10 de abril del 1991
El producto debe elaborarse en condiciones sanitarias apropiadas, evitando la contaminación por presencia o contactocon materias extrañas, insectos o roedores Debe estar exento de olores o sabores extraños y de cualquier sustancia tóxica o nociva
ALIMENTOS 005109 por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotuladoo etiquetado que deben cumplir los alimentos envasado
29 DE DICIEMBRE DE 2005
rótulo o etiquetaoriginal de los alimentos y materias primas de alimentos importados aparezca en idioma diferenteal español, deberá utilizarse un rótulo o etiqueta complementario que contenga en idioma españolla información exigida en la presente resolución.
Productos alimenticios elaborados o procesados en el exterior
5213 Por lo cual establece una delegación de los vistos buenos en l los registros de importación a los productos alimenticios
1 de julio de 1992
Que al formulario de importación se anexe copia auténtica del Registro Sanitario expedido por el Ministerio deSalud para cada uno de los productos alimenticios procesados o elaborados y terminados en el exterior.
SAL 9553 Identificación a los empaques y envases de sal para consumo humano
10 de julio de 1998
A partir de la vigencia 'de la presente resolución. toda la sal para consumo
AGUA POTABLE
12186 Por la cual se fijan las condiciones para los procesos de obtención, envasado y comercialización de aguapotable tratada con
20 de septiembre de 1991
Que el agua envasada para consumo humano es un alimento de alto riesgo epidemiológico, yQue es necesario establecer las condiciones sanitarias para la obtención y Comercialización de agua
destino al consumo humano.
potabletratada con destino al consumo humano, como medida de protección de la salud.
COLORANTES 13402 Por la cual se adicional a Resolución o. 10593d e 16 de julio de 1985,queregula l uso de Colorantes n los alimentos carácter consumo humano
10 de septiembre de 1985
Adicione l artículo7 0. de la Resolución o. 10593d e 16de julio e 1985, el sentido que la Tabla o. 1, sobre especificaciónlos colorante área de alimentos, s la que se anexa la resoluciónforma articulo integrante misma
CONTROL CALIDAD DE LOS ALIMENTOS
16078 Por la cual se reglamentan los requisitos de funcionamiento de los Laboratorios de Control
28 DE OCTUBRE DE 1985
De la visita de inspección Una comisión integrada por el Jefe de la División de Saneamiento Ambiental o su delegado,por el Jefe del laboratorio del Servicio Seccional respectivo o su delegado, por el Jefe de la Sección de Alimentos o su delegado
control ambiental 001082 por la cual se acepta la modificación del solicitante dentro del trámite de aprobación del plan de manejo ambiental para la explotación de caliza dentro del área del título minero 126-68
16 de juniodel2010 Consagra como deber del estado proteger la diversidad e integridad del ambiente en que dispone que al estado le corresponda planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible su conservación restauración o sustitución.
rotulado y etiquetado del alimento
00001506 por medio de la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los aditivos que se emplean para la elaboración de alimentos para consumo
6 de mayo del 2011 los productores de bienes y servicios sujetos al cumplimiento de norma técnica oficial obligatoria o reglamento técnico serán responsables por las condiciones de calidad e idoneidad de los bienes y servicios que ofrezcan
rotula yo etiquetado de alimentos
288 .por la cual el reglamento técnico sobre requisitos de rotulado o etiquetado nutricional que se deben cumplir los alimentos envasados para consumo humano
31 de enero del 2008
establece el reglamento técnico través del cual condiciones y requisitos que se deben cumplir el rotulado o etiquetado nutricional de los alimentos envasados o empacados nacionales e importados para consumo humano que se comercialicen en el territorio nacional
renovación registro sanitario para los alimentos
599 por la cual se adopta el formulario único para solicitud, modificación y renovación del registrosanitario para los productos alimenticios y se establece la nomenclatura para la expedición deRegistro sanitario de los alimentos de fabricación nacional y de los importados.
20 de enero 1998
adoptar el formulario único de solicitud, modificación yrenovación del registro sanitario para productos alimenticios, que haceParte integral de la presente resolución. establecer la siguiente nomenclatura para la expedición del registrosanitario de los alimentos de fabricación nacional:1. las iníciales rs que significan registro sanitario”.2. la letra mayúscula a que identifica que se trata de un alimento.3. uno o dos caracteres para identificación de los diferentes departamentos así:
para tanto la resolución 15789 de 1984 y la 7992 de 1991 para mermeladas y refrescos defrutas, jugos, pulpas y néctares respectivamente establecen los lineamientos tanto fisicoquímicoscomo microbiológicos que deben cumplir los productos
condiciones sanitarias de ventas en alimentos
604 “por la cual se reglamenta parcialmente el título v de la ley 9ª de 1979, en cuanto a las condiciones sanitarias de las ventas de alimentos en la vía Pública”.
febrero 12 del 1993 sanitarias de la presenteresolución se aplicarán a toda persona natural o jurídica dedicada a la preparación y expendio de alimentos para consumo humano en las vías públicas de todo el territorio nacional, quienes se sujetarán a lo dispuesto en la presenteresolución y a las disposiciones que la modifiquen o sustituyan, a las cualesDeben también sujetarse los locales donde se preparan, los expendios y los medios de transporte utilizados.las pautas higiénico sanitarias de la presente resolución serán aplicadas únicamente a las ventas de alimentos en la vía pública de tipo formal,reorganizadas o reubicadas por las autoridades competentes, y autorizadas por éstas conforme a lo dispuesto por la constitución nacional y las disposicionesque los gobiernos municipales expidan reglamentando el uso del espaciopúblico.
Exámenes de laboratorio en productos de interés para la salud publica.
4547 Por la cual se definen los exámenes de laboratorio en alimentos, bebidas, medicamentos,cosméticos, insumos para la salud y productos varios de interés en salud pública, que debenrealizar los laboratorios de salud pública departamentales y distritales, los laboratorios clínicos y losLaboratorios de citohistopatologia.
12 de febrero de 1999.
Esta resolución habla sobre las diferentes pruebas de laboratorio que se deben realizar a alimentos, bebidas, medicamentos, cosméticos, y productos de interés en salud publica, trata sobre los requisitos que deben tener en virología, bacteriología, patología, parasitología, salud ambiental, etimología, genética en los productos de inters en salud publica. Controles de calidad, composiciones de algunos productos,
Requisitos de rotulados.
005109 por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotuladoo etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primasde alimentos para consumo humano.
29 de diciembre del 2005.
Habla sobre el reglamento y requisitos técnicos que deben cumplir los rótulos o etiquetas de los productos para el consumo humano. Requisitos que deben tener en sus etiquetas.
Requisitos para la importación de productos en el exterior.
005213. Por la cual se establece una delegación de los vistos buenos en los requisitos de importación a los productos
1 de julio del 1995.
Habla sobre los requisitos que deben cumplir los productos para la importación al país.
alimenticios elaborados o procesados en el exterior.
Sal. 9553 Por la cual se establece la identificación a los empaques y envases de la sal para consumoHumano.
10 de julio de 1988.
Requisitos que debe cumplir la sal para el consumo humano.
Laboratorio de control de calidad.
16078 Por la cual se reglamentan los requisitos de funcionamiento de los Laboratorios de Control de Calidad de Alimentos.
28 de octubre de 1985.
Requisitos que deben cumplir los laboratorios de control de alimentos, equipos que deben tener para las diferentes determinaciones.
Consumo de calorías y nutrientes.
17855 Por la cual se establece la recomendaciones diaria de consumo de calorías y nutrientes.
27 de noviembre de 1984.
Consumo de vitaminas, delegadas por ICBF)
Etiquetas empaques, y rótulos.
24 3710. Mediante la cual se fijan pautas sobre las etiquetas, empaques y rótulos, el uso de sticker yautorizaciones de agotamiento de empaques
30 de septiembre de 1999.
Vigilancia y control de datos en los rótulos o stiker de los productos.
Medio ambiente.
000187 Por el cual se adopta el reglamento para la producción primaria, procesamiento, empacado, etiquetado, almacenamiento, certificación, importación comercialización y se establece el sistema de control de productos agropecuarios ecológicos
31 de julio del 2008.
Esta resolución habla sobre productos y formas para la conservación de el medio ambiente.
Requisitos sanitarios de los lacto sueros en polvo .
2997 Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que debencumplir los lacto sueros en polvo, como materia prima de alimentos para consumohumano y se dictan otras disposiciones
03 De noviembre del 2003.
En este requisito encuentran la leche y sus derivados lácteos y por lo tanto, éstos deben cumplir con losrequisitos que se establezcan para garantizar la protección de la salud de losconsumidores.
Lacto sueros. 00001185 Por el cual se modificara el literal del artículo 5ª de la resolución 2997 de 2007 modificado por el articulo 1| de la resolución 1707 de 2010.
13 de abril del 2011.
Requisitos que deben cumplir los lactosueros para garantizar la salud del consumidor.
Lacto suero. 0001031 Por la cual se modifica el artículo 6 de la resolución 2997 de 2007 modificada por el artículo 1 de la resolución 715 de 2009.
19 de marzo del 2010.
Esta resolución se encuentra los requisitos físico químicos, y microbiológicos de los lactosueros.
Rotulado o etiquetado.
00001506 Por medio de la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los aditivos que se emplean para la elaboración de alimentos para el consumo humano.
06 de mayo del 2011.
En esta resolución se encuentra el reglamento técnico de requisitos de rotulado que deben cumplir los aditivos para el consumo humano.
Lactosueros. 00001707 Por la cual se modifica el literal c del artículo 5 de la resolucion2997 de 2007.
14 de mayo del 2010.
En esta resolución trata de la duración de los lactosueros
CIRCULAR INTERNAproductos que aplica
numero nombre fecha de publicación
objeto de LA CIRCULAR INTERNA
alimentos en general
002 del 2010 adaptación del manual de procedimiento de
4 de agosto del 2010
entidades territoriales de salud y el instituto colombiano agropecuario Ica, como autoridades
ACUERDOS
productos que aplica
numero nombre fecha de publicación objeto del ACUERDO
ALIMENTOS 003 de 2006 “por el cual se modifica la composición y funciones de la comisión revisora delinstituto nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos invima
12 junio de 2006 hace necesario modificar la composición y funciones de las actualessalas especializadas de medicamentos y productos biológicos; alimentos ybebidas alcohólicas; insumos para la salud y productos varios de la comisiónRevisora, máximo órgano consultor del invima. asimismo, crear en estacomisión, las salas especializadas de productos naturales; medicamentosHomeopáticos; reactivos de diagnóstico invitro.
inspección simultanea régimen de exportación- puertos- carga contenerizada a través del modulo de inspección simultanea de la ventanilla única de comercio exterior
de control que por mandato legal deben realizar labores de supervisión y control en las operaciones de comercio exterior e intervenir en la inspección física de la mercancía que ingrese o salga del territorio nacional, garantizaran que esta diligencia se realice de manera simultánea y en un término no superior a un día calendario
DECRETOS
Producto que aplica
N° Nombre Fecha de publicación
resumen
LECHE EN POLVO
1673 POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 50 DEL DECRETO 616 DE 2006
13-05-2010 LOS REQUISITOS EN LA ROTULACION DE LA LECHE EN POLVO IMPORTADA EN PRESENTACION DE SACOS
SAL 547 POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL TÍTULO V DE LA LEY 09 DE 1979, EN CUANTO A LA EXPEDICIÓN DEL REGISTROSANITARIO Y A LAS CONDICIONES SANITARIAS DE PRODUCCIÓN, EMPAQUE Y COMERCIALIZACIÓN, AL CONTROL DELA SAL PARA CONSUMO HUMANO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES SOBRE LA MATERIA
20-03-1996 REQUISITOS PARA CONSUMO HUMANO DE SAL: FISICO QUIMICOS, CONDICIONES SANITARIAS, REEMPAQUE, COMERCIALIZACION, LIBROS DE REGISTRO, ROTULADO, EMPAQUE, NUMERO Y DILIGENCIA DE LAS TOMAS DE MUESTRA.
TODOS 612 POR EL CUAL SE REGLAMENTA PARCIALMENTE EL RÉGIMEN DE REGISTROS SANITARIOS AUTOMÁTICOS OINMEDIATOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
05-03-2000 LOS REGISTROS SANITARIOS INMEDIATOS APLICA PARA LOS ALIMENTOS QUE RIGE EL INVIMA EXCEPTO BEBIDAS ALCOHOLICAS Y MEDICAMENTOS NATURALES QUE SE RIGEN POR NORMAS ESPECIALES
LECHE 616 POR EL CUAL SE EXPIDE EL REGLAMENTO TÉCNICO SOBRE LOS REQUISITOS QUE DEBECUMPLIR LALECHE PARA EL CONSUMO HUMANO QUE SE OBTENGA, PROCESE, ENVASE, TRANSPORTE,COMERCIALIZA, EXPENDA, IMPORTE O EXPORTE EN EL PAÍS
28-02-2006 REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN, PROCESAMIENTO, ENVASE, ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE, DISTRIBUCIÓN, IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN, CONDICIONES FISICO QUIMICAS, MICROBIOLOGICAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS CLASES DE LECHE.
SAL 698 POR EL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 23 Y 24 DEL DECRETO 547 DE 1996.
13-04-1998 LA SAL PARA CONSUMO ANIMAL SERA COLOREADA EN EL SITIO DE MOLIENDA CON SUSTANCIAS AUTORIZADAS POR EL ICA SE DEBERA LLEVAR UN LIBRO DE REGISTRO; LA SAL PARA USOS INDUSTRIALES DEBE INDICAR EN EL ROTULO QUE NO ES APTA PARA CONSUMO HUMANO.
TODOS 977 POR EL CUAL SE CREA EL COMITÉ NACIONAL DEL CÓDEX ALIMENTARIUS Y SE FIJAN SUS FUNCIONES.
29-05-1998 CREAR, DEFINIR LOS MIEMBROS Y LAS FUNCIONES DEL COMITÉ CODEX ALIMENTARIUS
TODOS 1175 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE EL DECRETO 3075 DE 1997.
10-05-2003 EL EXPORTADOR DEBE EXPEDIR UN CERTIFICADO DE INSPECION SANITARIO DEL CARGAMENTO DE ALIMENTO CUANDO EL PAIS IMPORTADOR LO REQUIERA
TODOS 1601 POR EL CUAL SE REGLAMENTAN PARCIALMENTE LOS TÍTULOS 111, V Y VII DE LA LEY 09 DE 1979, EN CUANTOA SANIDAD PORTUARIA Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA EN NAVES Y VEHÍCULOS TERRESTRES.
27-06-1984 REQUISITOS DE LAS TERMINALES PORTUARIAS Y LOS TIPOS DE SANCIONES POR INCUMPLIMENTO DE LOS MISMOS, LAS INSPECIONES SANITARIAS A LOS DIFERENTES TIPOS DE CARGA Y TRANSPORTE UTILIZADOS.
CIRCULARES
productos que aplica
numero nombre fecha de publicación
Objeto de circular
alimentos y m.p en general
100-00388-07 competencias en relación con la vigilancia y control de alimentos y materias primas
septiembre 3 de 2007
factores de riesgo y expedición de medidas sanitarias relacionadas con alimentos y materias primas para la fabricación del mismo la inspección , vigilancia de la producción de alimentos es importante porque controlamos la inocuidad en la importación y exportación en puertos, aeropuertos pasos fronterizos