Decreto N° 189

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Relleno sanitarioDecreto : N° 189Fecha de publicación : 5 de enero del año 2008Organismo : Ministerio de salud ; subsecretaria de salud publica

Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos sanitarios

A

Definición Relleno sanitario : instalación de

eliminación de residuos solidos en la cual se disponen residuos solidos domiciliarios y asimilables , diseñad ,construida y operada para minimizar molestias y riesgos pata la salud y la seguridad de la población y daños para el medio ambiente ,en la cual las basuras son compactadas en capas al mínimo volumen practicable y son cubiertas diariamente ,cumplimiento con las disposiciones del presente reglamento

Disposiciones generales

Articulo 1: el presente reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad básica que deberá cumplir todo relleno sanitario.

Articulo 2: corresponde a las secretarias regionales de salud fiscalizar y controlar el cumplimiento de las disposiciones del presente reglamento y las del código sanitario en las mismas materias sin perjuicio de la legislación ambiental vigente .

Generalidades Articulo 3 : toda persona natural o

jurídica que desarrolle la actividad de disposición final de residuos solidos domiciliarios , por cuenta propia o de terceros , deberá cumplir con las disposiciones señaladas en este reglamento

Organigrama ; relleno sanitario leñadora . Fiscalizado por la seremi de salud Responsabilidad del Municipio de

Punta Arenas Administrado por Ingeniería Civil

Vicente Recolección domiciliaria SERVITRANS Mantención de áreas verdes Áreas

Verdes

Otros Empresas de retiros de residuos

domiciliarios a empresas Empresas de retiro de materiales

industriales Empresas de retiros de REAS ETC,

Terminología Residuo solidos domiciliarios :

residuos solidos , basura , desechos o desperdicios generados en viviendas y establecimientos tales como edificios habitacionales , locales comerciales , locales de expendio de alimentos , hoteles , establecimientos educacionales y careles

Terminología Lodo : cualquier residuo semisólido que

haya sido generado en platas de tratamientos de aguas servidas , de residuos industriales líquidos o de agua potable

Reas: residuos generados por establecimientos de atención de salud

Chatarra ; todo residuos solidos de gran volumen cuya compactación necesita tratamiento especial

Terminología Residuos industriales ; residuos generados

por mortandad de animales ( viseras y cueros), por separación de su concha de crustáceos

Biogás : mezcla de gases generada por la descomposición anaeróbica de la materia orgánica putrescible de los residuos que se depositan en un relleno sanitario y que consiste mayoritaria mente en metano ,dióxido de carbono ,vapor de agua y, en mucho menor medida de gases como sulfuro de hidrogeno e hidrogeno

Terminología para el tratamiento residuo Celda :unidad básica de un relleno sagitario que consiste en la basura descargada diaria mente en el frente de trabajo, debed ida mente compactada y cuta superficie , al final de la jornada de trabajo o de ser necesario con una mayor frecuencia , se coloca cobertura diaria

Terminología para el tratamiento residuo Cobertura diaria :capa de tierra

compactada de al menos 15cm de espesor con que se cubre la totalidad de residuos dispuestos durante un día de operación en un relleno sanitario y que tiene como objetivo evitar el contacto de los residuos con el medio ambiente

Compactación : reduccion del volumen de los residuos

Titulo III. EL SITIO Articulo 8:la : la descripción del sitio que

debe ser incluida en el proyecto, deberá aportar los siguientes planos y estudios

A)plano de ubicación de la instalación B)un plano topográfico del sitio C)Un estudio que de cuenta de las

características climáticas de la zona D) un estudio hidrológico e

hidrogeológico del sitio , adjuntándose un informe de estos del lugar

E) un plano geológico del sitio F)Un estudio de mecánica de suelo G)Estudio del área de

emplazamiento

Titulo III. EL SITIO Articulo 9 :Dentro del proyecto del relleno

sanitario este debe asegurar una zona de protección de 300 metros al interior del sitio

Articulo 10: el sitio donde pretenda establecerse el sitio debe estar a mas de 600 metros de capitación de agua existente y 60 metros de cualquier curso de agua superficial

Articulo 11 : no podrán establecerse en suelos saturados por afloramiento de aguas , humedales , riberas húmedas

TITULO IV , de la habilitación y operación Articulo 27: no se podrá iniciar la

operación de un relleno sanitario sin que la secretaria regional ministerial de salud competente haya extendido la respectiva autorización sanitaria de funcionamiento

TITULO IV , de la habilitación y operación Articulo 28: en el plan de operación

del proyecto deberán incluirse , al menos , los siguientes antecedentes

A) sistema de control y registro de ingreso de residuos , distinguiendo tipo cantidad y origen

B)programa de avance mensual C) método de compactación y

cubrimiento diario de la basura D) medidas de prevención y control

de olores

TITULO IV , de la habilitación y operación E) medidas de prevención y control

de aves F)medidas de prevención y

mitigación de emisión de material articulado

TITULO IV , de la habilitación y operación

Articulo 29: el a ceso del recinto deberá establearse un letrero con la siguiente información

A) nombre del relleno sanitario B) nombre de la empresa o municipio que

lo opera junto al numero telefónico de contacto de este

C)horario y días de la semana en que se acepta el ingreso de residuos

D) autoridad sanitaria competente y su numero de teléfono