Post on 21-Dec-2015
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UNIVERSIDAD DE EL SALVADORFACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS
DERECHO MERCANTIL II
“Conocimiento de Embarque”
CATEDRATICA: LICDA. MARISOL MEJIA
INTEGRANTES: CARNÉ JENNY ELIZABETH CASTILLO ARANZAMENDI CA12034 OSCAR ALEXANDER FLORES VIERA FV12005
REBECA ESMERALDA MARTINEZ GUADRON MG12111 AGUSTIN ANTONIO GUZMAN GUZMAN GG07034JORGE JOVANNY PEÑA PORTILLO PP11012
GT: 07
ANTECEDENTES .
Inicio.
• Este documento no se utilizaba pues generalmente el naviero, armador, capitán era una sola persona.
Edad media.
• Las mercaderías al ser embarcadas eran acompañadas por el propio comerciante, por eso era ilógico pensar en este documento.
Siglo
XVIII
• Nace el conocimiento de embarque. Este documento paso a ser entregado por el transportador, capitán o agente maritimo.
CONOCIMIENTO DE EMBARQUE.
Es el documento por medio del cual se instrumenta el contrato de transporte de mercaderías por agua. Es el equivalente a la ‘carta de porte’ en el transporte terrestre o guía aérea en el transporte aéreo, es decir, es el recibo que prueba el embarque de la mercancía, sin el cual, no se puede retirar la mercancía en el lugar de destino.
CONCEPTOS BÁSICOS.
NAVIERO
Cargador.
Transportador.capitán
Agente.
REQUISITOS DEL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE.
a) Mención “conocimiento de embarque” inserta en el texto.
b) Nombre y Domicilio de la empresa Naviera, a cuyo cargo se emite.
c) Nombre, Matricula y Porte de la Nave
d) Nombre y Domicilio del Capitán
e) Puertos de Carga y Descarga
f) Nombre del Cargador
g) Nombre del Consignatario
h) Cantidad, Calidad, No. De Bultos y Marcas de las Mercaderías.
i) Fletes y Gastos
j) Firma Autógrafa del Capitán. .
Según el destino de la carga
Según la persona o titular
Según el modo de
transporte
Según el momento de pago
Según el tipo que
se emplea
Según su facilidad de negociació
n
Según la existencia
o inexistenci
a
Conocimiento embarcado u
ordinario
Conocimiento recibido para
embarque
Nominativo
A la orden
Al portador
Mixto
Directo
Conocimiento embargado
pagado
Conocimiento embarque por cobrar
Forma larga
Forma corta
Conocimiento de embarque negociable
Conocimiento de embarque
no negociable
Clases de conocimiento de embarque
Limpios
Sucios
CARACTERÍSTICAS DEL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE
Incorporación
legitimación
Literalidad
Autonomía
Representatividad
El titulo valor lleva consigo un derecho incorporado, es decir el derecho va unido al título y su ejercicio se condiciona a la exhibición y entrega del documento.
Permite al titular del mismo exigir del obligado el pago o el cumplimiento de la prestación consignada en el
documento.
El derecho en este tipo de documento se consigna en la extensión y demás circunstancias que se expresan en la letra del documento, ósea lo que está escrito en el.
No se refiere al documento ni el derecho en el incorporado sino a la autonomía que cada adquiriente
sucesivo tiene uno del otro sobre el titulo mismo
Significa que se incorpora un derecho real sobre las mercancías que representa el título, es decir, incorpora un derecho de propiedad.
UTILIDAD DEL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE. • puesto que es la
instrumentación del contrato de transporte por agua de mercaderías, y como tal, prueba la existencia del mismo, sus condiciones, el flete a pagar y, en general, las obligaciones a cargo de las partes.
Sirve como ‘recibo' de
las mercaderías
a bordo,
• En él se dan los tres elementos que caracterizan a los títulos de crédito: necesidad, literalidad y autonomía. Además, es un título representativo de la mercadería,
Es un título de crédito
• El tenedor del conocimiento tiene ‘noción ejecutiva’ para obtener la entrega de la mercadería en el puerto de destino.
Es título ejecutivo
CONVENIOS INTERNACIONALES Y LEGISLACIÓN
Es el convenio internacional para la unificación de reglas y normas relacionadas con los conocimientos de embarque.
Protocolo modificatorio de las reglas de la Haya relacionados a los límites de responsabilidad en cuanto al conocimiento de embarque.
Protocolo que viene a enmendar las reglas de Visby de 1936 en lo concerniente a los límites de responsabilidad.
Convenio internacional para el transporte de las mercancías por mar, abarcando tópicos relacionados con el conocimiento de embarque, responsabilidad, reclamos y acciones”.
Reglas de la haya (1924)
Reglas de visby
(1936)
Protocolo de visby (1979)
Reglas de hamburgo
(1978)
PERÍODO DE RESPONSABILIDAD.
• La responsabilidad del portador por las mercancías abarca el periodo durante el cual mercancías están bajo la custodia del portador en el puerto de carga, durante el transporte y en el puerto de descarga.
EJEMPLAR DEL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE.