Post on 24-Jul-2015
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR INATITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL
GEOGRAFÍA E HISTORIA COHORTE 2010MATERIA: FASE DE INTEGRACIÓN DOCENCIA – ADMINISTRACIÓN
Tutora: Prof. Claudia Navas
LEYES ORGÁNICAS
Autores:Ana Esteves Jesús Guanipa María Arcaya Yenny Vásquez
Los Taques 8 de Junio de 2013
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN ¿QUE ES LA LOE?
Esta ley, publicada y aprobada en Gaceta Oficial Extraordinaria. Nº 5.929, el 15 de agosto de 2009, tiene por objeto desarrollar los principios y valores rectores, derechos, garantías y deberes en educación, que asume el Estado como función indeclinable y de máximo interés, de acuerdo con los principios constitucionales y orientados con valores éticos, humanistas para la transformación social.
¿PARA QUE ES LA LOE?
Toda ley está hecha para orientar y para definir con claridad los fines de la educación, el rol de las escuelas, las responsabilidades del Estado y de las demás instancias oficiales, de los docentes, del sector privado y de otros actores. También para adaptar la legislación a la Constitución del 99. ¿Logra este cometido la Ley Orgánica de Educación (LOE) recientemente aprobada y publicada en la Gaceta Oficial Nº 5.929 del 15 de agosto de 2009? Una lectura de la nueva LOE pareciera indicar que más bien se pretende recalcar el poder y la autoridad del Estado. Y por supuesto que el Estado debe garantizar todos los derechos de los ciudadanos relacionados con la educación. Las leyes son para aclarar las responsabilidades y los límites de la acción del Estado. En la nueva LOE pareciera que se deseara exponer más bien los derechos que tiene el Estado a regular y ejercer la autoridad por encima de toda instancia. Sorprende lo reiterativo que es, en todo el articulado, el énfasis en el Estado como el que todo lo planifica, coordina, crea, construye, ejecuta, evalúa y sanciona. Y este énfasis en el poder y la autoridad del Estado hizo desviar el articulado hacia aspectos abstractos y no siempre fáciles de entender y menos de interpretar.
Una ley de educación debe, sobre todo, centrarse en orientar bien a todos los agentes y actores educativos acerca de los fines, las metas, los resultados esperados, las responsabilidades y las competencias de cada quien.
Ley Orgánica De Educación
Entre los artículos relevantes que establece esta ley podemos encontrar:
Artículo 7: “El Estado mantendrá en cualquier circunstancia su carácter laico en materia educativa, preservando su independencia respecto a todas las corrientes y organismo religiosos. Las familias tienen el derecho y la responsabilidad de la educación religiosa de sus hijos e hijas de acuerdo a sus convicciones y de conformidad con la libertad religiosa y de culto, prevista en la Constitución de la República”.
No es una obligación que en las escuelas se enseñe religión. La enseñanza religiosa es un problema de familia, y la misma tiene el derecho de decidir entre las religiones existentes, cual es la que desea profesar; tomando en cuenta, si es su deseo, las costumbres religiosas que se practican en el ámbito familiar y educar a sus hijos en base a los principios por los que se rige la religión escogida.
Artículo 14: ”La educación regulada por esta Ley se fundamenta en la doctrina de nuestro Libertador Simón Bolívar, en la doctrina de Simón Rodríguez, en el humanismo social y está abierta a todas las corrientes del pensamiento”
Está Ley busca impulsar la construcción de sujetos sociales, con pensamiento reflexivo
LEY ORGANICA DE LOS CONSEJOS COMUNALES
**CONTIENE: **
REGLAMENTO ORGANICO DEL SERVICIO AUTONOMO”FONDO NACIONAL DE LOS CONSEJOS
COMUNALES”
RESOLUCION MEDIANTE LA CUAL SE INCORPORA A LOS CONSEJOS COMUNALES EN LAS LABORES DE
FORMACION, ACTUSLIZACION Y CONTROL DEL REGISTRO AGRARIO
NORMAS PARA LA ADECUACION DE LOS CONSEJOS COMUNALES
RESOLUCIÓN PARA OTORGAR FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS SOCIOPRODUCTIVOS ELABORADOS
POR LOS CONSEJOS COMUNALES Y ORGANIZACIONES DEL PODER POPULAR QUE
HACEN VIDA EN LAS COMUNAS
NN
GACETA OFICIALDE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
N° 38.633 DEL 27 DE FEBRERO DE 2007
N° 38.863 DEL 1 DE FEBRERO DE 2008
N°38.878 DEL 26 DE FEBRERO DE 2008
N° 38.983 DEL 30 DE JULIO DE 2008
N° 39.335 DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2009
N° 39.377 DEL 2 DE MARZO DE 2010
N° 39.435 DEL 31 DE MAYO DE 2010
¿Cuál es la finalidad de esta ley?
Su principal función es “regular la constitución, conformación, organización y funcionamiento de los consejos comunales como una instancia de participación para el ejercicio de la soberanía popular y su relación con los órganos y entes del poder público” esto para todo lo que implica la realización de políticas públicas para las comunidades. Art1
¿Qué son los consejos comunales?
Como lo dice su Art2 son “movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas” es decir los consejos comunales, en teoría los consejos comunales permiten a la comunidad, desarrollar políticas para atender las necesidades que existen dentro de ella.
Pero ¿a quién va dirigida esta ley?
Esta ley va dirigida, a todas aquellas comunidades, que quieran conformarse o estén conformadas en consejos comunales, a todo lo largo y ancho del territorio nacional.
Ambiente
Ley Orgánica Del
Ambiente
GACETA OFICIAL EXTRAORDINARIA N°4.358 VIERNES 3 DE ENERO DE 1992.
GACETA OFICIAL EXTRAORDINARIA N° 5.833 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2006.
GACETA OFICIAL 38.692 DEL 28 DE MAYO DE 2007.
GACETA OFICIAL 39.014 DEL 11 DE SEPTIEMBRE DE 2008.
GACETA OFICIAL 39.168 DEL 29 DE ABRIL DE 2009.
GACETA OFICIAL N° 31,004 del 16 de Junio de 1976
Ambiente
Ley Orgánica Del
Ambiente Esta Ley tiene por objeto establecer las disposiciones y los principios rectores para la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y de la sociedad, para contribuir a la seguridad y al logro del máximo bienestar de la población y al sostenimiento del planeta, en interés de la humanidad.
De igual forma, establece las normas que desarrollan las garantías y derechos constitucionales a un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.
Ambiente
Ley Orgánica Del
AmbienteA los efectos de la presente Ley, se entenderá por: Educación ambiental: Proceso continuo, interactivo e integrador, mediante el cual el ser humano adquiere conocimientos y experiencias, los comprende y analiza, los internaliza y los traduce en comportamientos, valores y actitudes que lo preparen para participar protagónicamente en la gestión del ambiente y el desarrollo sustentable.
Las leyes nacen por las necesidades de la sociedad, viven para cumplirse e infringirse, y mueren por la ignorancia y el olvido de las personas.
Reflexión
Gracias por su valiosa atención