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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
DIARIO OFI CIAL
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 386 SAN SALVADOR, MIERCOLES 20 DE ENERO DE 2010 NUMERO 13
DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
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Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi cial@imprentanacional.gob.sv
ORGANO LEGISLATIVO
Decreto No. 246.- Elígese en el cargo de Procurador General de la República, a la Abogada Sonia Elizabeth Cortez de Madriz. ................................................................................
ORGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE GOBERNACIONRAMO DE GOBERNACIÓN
Estatutos de la “Asociación Promotora para el Desarrollo Local” y de la “Iglesia de Cristo Edifi cando la Casa de Dios de El Salvador” y Acuerdos Ejecutivos Nos. 248 y 304, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ........................
MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA
Acuerdo No. 1047.- Se prorrogan las operaciones de la sociedad Sensaciones Ropa Intima, Sociedad Anónima de Capital Variable. .....................................................................................
Acuerdo No. 50.- Se modifi ca el Acuerdo Ejecutivo No. 382, de fecha 21 de abril de 2009, correspondiente a la sociedad Oliva Enterprise, Sociedad Anónima de Capital Variable. ........
MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdo No. 15-0983.- Se confi rma el reconocimiento e incorporación de High School realizados por Stephanie Vanesa Fuentes García. ..........................................................................
Acuerdo No. 15-1441.- Se confi rma la resolución por medio de la cual se reconoce como Directora del Colegio Petra, a la Profesora Elsa Guadalupe Magaña de García. ...........................
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y
DESARROLLO URBANO
Decreto No. 6.- Reglamento de la Ley Transitoria para la Estabilización de las Tarifas del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros. ..............................................................
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 744-D, 1315-D, 1342-D, 1381-D, 1605-D y 1681-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .........................................................................
INSTITUCIONES AUTONOMAS
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Decreto No. 4.- Presupuesto para el ejercicio fi scal 2010, de la ciudad de Ahuachapán. .....................................................
Estatutos de las Asociaciones Comunales “Colonia Bella Vista”, “Lotifi cación Jardines de Izalco”, “Colonia Carrillo” y “Cali” y Acuerdos Nos. 1, 5, 6 y 14, emitidos por las Alcaldías Municipales de Armenia, Izalco, Ahuachapán y Caluco, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. .
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia
Cartel No. 57.- Miguel Angel Flores Urías (3 alt.) ...........
Cartel No. 58.- Mirna Noemi Leiva Rogel (3 alt.) ............
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Cartel No. 59.- Josefi na Sandoval de González (3 alt.) ....
Cartel No. 60.- Marta Lilian Benavides de Arriaga y otros (3 alt.) .........................................................................................
Cartel No. 61.- Mercedes del Carmen González Garay de Benavides y otro (3 alt.) .............................................................
Títulos de Propiedad
Cartel No. 62.- Marta Dolores Ramos de Parada (3 alt.) ..
Cartel No. 63.- Reina Isabel Sorto de Cruz (3 alt.) ...........
Edicto de Emplazamiento
Cartel No. 64.- Tomás Hugo Nelson Martínez (1 vez) .....
DE SEGUNDA PUBLICACION
Títulos de Propiedad
Cartel No. 54.- Estado de El Salvador en el Ramo de
Educación (3 alt.) .......................................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia
Cartel No. 42.- José Marcelo Grande Leonor y otros (3 alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 43.- Sofía Portillo y otra (3 alt.) ......................
Cartel No. 44.- María Guadalupe Orellana viuda de Alvarenga y otros (3 alt.) ...........................................................
Cartel No. 45.- Gladys Esperanza Martínez de Luna (3 alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 46.- Sofía Quintanilla de Ticas y otros (3 alt.).
Cartel No. 47.- Secundina Guzmán de Merlos (3 alt.) ......
Títulos Supletorios
Cartel No. 48.- Raquel Ayala de Aguilar (3 alt.) ..............
Herencia Yacente
Cartel No. 49.- Jorge Coreas, se nombra curador al Lic.
Rubén Darío Velásquez Arias (3 alt.) ........................................
Cartel No. 50.- José Alberto Morales, se nombra curador
a la Licda. Karen Elizabeth Romero Gómez (3 alt.) ..................
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia
Carteles Nos. C000335, C000336, C000342, C000346, F036651, F036687, F036705, F036708, F036839, F036854, F036855, F036859, F036860, F036869, F036888, F036891, F036904, F036920. ....................................................................
Aceptación de Herencia Carteles Nos. C000334, C000340, C000348, C000354, F036701, F036803, F036810, F036812, F036825, F036826, F036828, F036879, F036882, F036926, F038615, F036675, F036721, F036761, F036770, F036794, F036817, F036875, F036878, F036893, F036924. ....................................................
Título de Propiedad Carteles Nos. C000347, F036659, F036821. ....................
Título Supletorio Carteles Nos. C000349, C000350, F036870, F036927, F036928, F036686, F036856. ....................................................
Aviso de Inscripción Cartel No. F036830. ..........................................................
Juicio de Ausencia Carteles Nos. F036822, F036838, F036844, F036912, F036913, F036914. ....................................................................
Renovación de Marcas Carteles Nos. F036779, F036793, F036797, F036798, F036799. ....................................................................................
Marca de Fábrica Carteles Nos. C000341, C000352, C000353, F036711, F036713, F036714. ....................................................................
Nombre Comercial Carteles Nos. C000356, F036690, F036759, F036782, F036851. ....................................................................................
Señal de Publicidad Comercial Cartel No. F036785. ..........................................................
Convocatorias Carteles Nos. C000345, C000332, C000339, C000344, F036740. ....................................................................................
Subasta Pública Carteles Nos. F036698, F036699, F036700, F036703, F036704, F036820, F036833, F036840, F036916, F036918. ...
Reposición de Certifi cados Carteles Nos. C000333, F036649. ....................................
Disolución de Sociedades Cartel No. F036818. ..........................................................
Aviso de Cobro Carteles Nos. F036722, F036814. .....................................
Patente de Invención Cartel No. C000355. .........................................................
Marca Industrial Carteles Nos. F036716, F036719, F036723, F036724, F036726, F036727, F036731, F036732, F036735, F036736, F036737, F036738, F036741, F036743, F036744, F036745, F036746, F036747, F036752, F036753, F036755, F036757, F036760, F036764, F036765, F036767, F036768, F036772, F036776, F036777, F036788, F036791, F036792. ...................
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Marca de Servicios Carteles Nos. C000337, F036754, F036766, F036773, F036789. ....................................................................................
Marca de Producto Carteles Nos. F036733, F036763, F036781, F036784,
F036786. ....................................................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. F036156, F036183, F036185, F036233, F036238, F036255, F036264, F036272, F036274, F036281, F036300 .....................................................................................
Herencia Yacente
Cartel No. F036108. ..........................................................
Título de Propiedad
Carteles Nos. F036215, F036235, F036237. ....................
Título Supletorio
Carteles Nos. F036145, F036195. .....................................
Renovación de Marcas
Carteles Nos. C000289, C000290, F036125.....................
Marca de Fábrica
Cartel No. C000291. .........................................................
Convocatorias
Carteles Nos. C000272, C000273, C000274, C000275, C000285, C000317, C000419, F036112, F036121, F036163. ..
Subasta Pública
Carteles Nos. F036141, F036167, F036170. ....................
Reposición de Certifi cados
Cartel No. F036303. ..........................................................
Marca de Servicios
Cartel No. C000281. .........................................................
Marca de Producto
Carteles Nos. C000286, F036259. ....................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. C000225, C000236, C000237, F035532, F035539, F035549, F035551, F035593, F035614, F035703, F035717, F035751, F036124. ....................................................
Herencia Yacente
Cartel No. F035609. ..........................................................
Título de Propiedad
Carteles Nos. C000224, C000235, F035712, F035764, F035769. ....................................................................................
Título Supletorio
Carteles Nos. C000227, C000233, C000234, F035585, F035594 .....................................................................................
Título de Dominio
Cartel No. F035726. ..........................................................
Renovación de Marcas
Carteles Nos. F035601, F035602, F035605, F035606, F035761, F035763, F035765, F035767, F035768, F035771, F035772, F035773, F035774. ....................................................
Marca de Fábrica
Carteles Nos. C000231, F035756, F035757, F035758, F035759. ....................................................................................
Nombre Comercial
Cartel No. C000252. .........................................................
Señal de Publicidad Comercial
Carteles Nos. C000251, F035589, F035678. ....................
Convocatorias
Carteles Nos. C000246, F035528, F035663, F035673, F035687, F035734, F035735, F035749, F036110. ...................
Subasta Pública
Carteles Nos. C000245, F035540, F035612, F035660. ....
Emblemas
Cartel No. F035555. ..........................................................
Marca de Servicios
Carteles Nos. C000238, C000240, C000242, C000253. ..
Marca de Producto
Cartel No. C000239. .........................................................
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resoluciones Nos. 2129, 2130, 2131, 2132, 2133, 2134, 2135, 2136, 2137, 2139, 2141, 2144, 2145, 2147, 2150, 2151, 2152, 2154, 2155, 2156, 2157 y 2158.- Reposiciones de títulos. ........
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ORGANO LEGISLATIVODECRETO No. 246
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, de conformidad al Artículo 131, Ordinal 19° de la Constitución,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Elígese en el cargo de PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, a la Abogada Sonia Elizabeth Cortez de Madriz, para el período de tres años que establece el Art. 192, de la Constitución, que inicia a partir de esta fecha, y concluye el trece de enero del año dos mil trece.
La Procuradora electa, deberá rendir la protesta constitucional, ante esta Asamblea, antes de tomar posesión de su cargo.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los catorce días del mes de enero del año dos mil diez.
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA
PRESIDENTE
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CESAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA
MIGUEL ELÍAS AHUES KARRA
SÉPTIMO SECRETARIO
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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
NUMERO VEINTIOCHO. LIBRO TRES. ASOCIACION PROMO-
TORA PARA EL DESARROLLO LOCAL; En la ciudad de Santa Ana,
a las catorce horas del día TREINTA de ABRIL del AÑO dos mil
NUEVE, ante Mí: JOSE FRANCISCO JOYA GOMEZ, Notario del
domicilio de Santa Ana, Comparecen los señores: Julio Damián Morales
Ayala, de treinta y un años de edad, Ingeniero de Sistemas Informáticos,
del domicilio de Santa Ana, con Documento Unico de Identidad Núme-
ro cero uno seis cinco ocho dos nueve cinco guión cinco; Ana Guada-
lupe Martínez Alvarenga, de veintiocho años de edad, Estudiante, del
domicilio de Santa Ana, con Documento Único de Identidad Número
cero dos dos cero cinco cero nueve seis guión seis; Ruth Nohemy Sa-
gastume Galdámez, de veintiséis años de edad, Estudiante, del domici-
lio de Santa Ana, con Documento Único de Identidad Número cero cero
dos uno cinco nueve dos nueve guión cinco; Santiago Antonio Morales
Ayala, de treinta y seis años de edad; Licenciado en Administración de
Empresas, del domicilio de Santa Ana, con Documento Único de Iden-
tidad Número cero cero cero siete cero dos uno tres guión uno; María
Isabela Morales Ayala, de cuarenta y cinco años de edad, Estudiante,
del domicilio de Santa Ana, con Documento Único de Identidad Núme-
ro cero uno cinco cinco cero siete dos dos guión nueve; Nelson Iván
Callejas Alvarado, de cuarenta y cuatro años de edad, Zapatero, del
domicilio de San Ana, con Documento Único de Identidad Número cero
uno cinco cinco cero siete cero uno guión siete; Jorge Adalberto Mora-
les Ayala, de cuarenta años de edad, Empleado, del domicilio de Santa
Ana, con Documento Único de Identidad Número cero cero nueve cero
cuatro ocho siete cero guión cuatro; Blanca Luz Morales Ayala, de
treinta y tres años de edad, Estudiante, del domicilio de Santa Ana, con
Documento Único de Identidad Número cero cero dos cero cinco seis
cuatro nueve guión siete, y María Elena López de Morales, de treinta y
tres años de edad, Licenciada en Ciencias de la Educación, del domici-
lio de Santa Ana, con Documento Único de Identidad Número cero cero
nueve cero cuatro seis dos cuatro guión nueve, Me DICEN: I-) Que por
medio de este instrumento constituyen una Asociación que se denomi-
nará ASOCIACIÓN PROMOTORA PARA EL DESARROLLO LOCAL.
II-) Que por unanimidad han aprobado íntegramente los Estatutos que
regirán a la Asociación los cuales constan de treinta y cuatro artículos
que se transcriben a continuación: ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
PROMOTORA PARA EL DESARROLLO LOCAL. CAPITULO
I. NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.
Artículo 1.- Créase en la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa
Ana, la Asociación de Nacionalidad Salvadoreña, que se denominará:
Asociación Promotora Para el Desarrollo Local, y que podrá abreviarse
APRODEL, como una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que
en los presentes estatutos se denominará “La Asociación”. Artículo
2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de Santa Ana, Departa-
mento de Santa Ana, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de
la República y fuera de él. Artículo 3.- La Asociación se constituye por
tiempo indefi nido. CAPITULO II. FIN U OBJETIVO. Artículo 4. El
fi n u Objetivo de la Asociación será: Contribuir al desarrollo de la
persona humana, en lo social y económico. Para el cumplimiento del
fi n, la Asociación realizará las siguientes actividades: a) Promover un
desarrollo integral y sostenible a nivel comunitario, con equidad de
género y en armonía con el medio ambiente. b) Gestionar e intermediar
recursos para fi nanciar proyectos económicos y sociales. c) Facilitar
asesoría y consultoría en las áreas de desarrollo local, planifi cación
participativa, ordenamiento territorial, transparencia en la gestión mu-
nicipal. d) Brindar asesoría en la gestión y ejecución de proyectos de
desarrollo económicos comunitario. e) Fomentar y fortalecer entidades
económicas productivas.f) Brindar asesoría y consultoría en desarrollo
económico, empresarial y tecnológico. CAPITULO III. DEL PATRI-
MONIO. Artículo 5.- El patrimonio de la Asociación estará constitui-
do por: a) Las cuotas de los miembros. b) Donaciones, herencias, lega-
dos, contribuciones de personas naturales y jurídicas, nacionales o ex-
tranjeras, respectivamente; y c) Todos los bienes muebles e inmuebles
que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad
con la ley. Artículo 6.- La Asociación no persigue fi nes de lucro y las
actividades las realizará sin ningún benefi cio económico para sí o para
sus miembros, todos los bienes que constituyan el patrimonio se desti-
nará exclusivamente para el logro de su fi n. El Patrimonio será admi-
nistrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le mani-
fi este la Asamblea General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE
LA ASOCIACIÓN. Artículo 7.- El Gobierno de la Asociación será
ejercido por: a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva. CAPI-
TULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Artículo 8.- La Asamblea
General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asocia-
ción y estará integrada por la totalidad de los miembros fundadores y
ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN
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activos. Artículo 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente
una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la
Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la
asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros
en primera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con
los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se
requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la
Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos
especiales en que se requiera una mayoría diferente. Artículo 10.- Todo
miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea
General por motivos justifi cados podrá hacerse representar por escrito
por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro,
llevando la voz y el voto de su representado. Artículo 11.- Son atribu-
ciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir parcial-
mente a los miembros de la Junta Directiva.b) Aprobar, reformar o
derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. c)
Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la
Asociación. d) Aprobar o desaprobar la Memoria anual de Labores de
la Asociación, presentada por la Junta Directiva. e) Decidir sobre la
compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a
la Asociación; y f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la
Asociación y que no estén contemplados en los presentes estatutos.
CAPITULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo 12.- La
Dirección y administración de la Asociación estará confi ada a la Junta
Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: un presidente,
un vicepresidente, un secretario, un tesorero y cinco vocales. La Junta
Directiva administrará y dispondrá del patrimonio de la misma, en los
términos que establezcan las leyes y estos estatutos. Artículo 13.- Los
miembros de la Junta Directiva serán electos para un periodo de tres
años pudiendo ser reelectos. Artículo 14.- La Junta Directiva sesionará
ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea
necesario. Artículo 15.- El quórum necesario para que la Junta Direc-
tiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuer-
dos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. Artículo
16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar
las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Asociación. b)
Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Aso-
ciación. c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación. d)
Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupues-
tos de la asociación e informar a la Asamblea General. e) Velar por el
cumplimento de los estatutos, reglamento Interno, acuerdos y resolu-
ciones de la asamblea General y de la misma Junta Directiva. f) Convo-
car a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General. g)
Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la asamblea
general. Artículo 17.- Son Atribuciones del Presidente: a) Presidir las
sesiones ordinarias y extraordinarias de la asamblea general. b) Velar
por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva
y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento In-
terno de la Asociación. c) Representar judicial y extrajudicialmente a la
fundación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta
Directiva. d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la
asamblea general y de la Junta Directiva. e) Autorizar juntamente con
el tesorero las erogaciones que tenga que hacer la asociación; y f) Pre-
sentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier informe que
le sea solicitado por la misma. Artículo 18.- Son atribuciones del Vi-
cepresidente: a) Sustituir única y exclusivamente al presidente con las
mismas atribuciones, en casos de ausencia o impedimento por el tiempo
que fuese necesario. b) Colaborar directamente con todos los miembros
de la Junta Directiva así como realizar las actividades que le sean enco-
mendadas por la Asamblea General o por la Junta Directiva. Artículo
19.- Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las
sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. b) Llevar el archi-
vo de documentos y registros de los miembros de la asociación. c) Ex-
tender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones. e)
Ser el órgano de comunicación de la asociación. Artículo 20.- Son
atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la
asociación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b)
Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Asocia-
ción; y c) Autorizar juntamente con el presidente las erogaciones que la
asociación tenga que realizar. Artículo 21.- Son atribuciones de los
Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva; y b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva ex-
cepto al presidente en caso de ausencia o impedimento, de conformidad
al artículo once literal a) de estos estatutos. CAPITULO VII . DE LOS
MIEMBROS. Artículo 22.- Podrán ser miembros todas las personas
mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e
ideología política, que lo soliciten a la Junta Directiva. Artículo 23.- La
Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros
Fundadores, b) Miembros activos, y c) Miembros Honorarios. Serán
Miembros Fundadores: Todas las personas que suscriban la escritura
pública de constitución de la Asociación. Serán miembros activos:
Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Aso-
ciación, y Serán Miembros Honorarios: Todas las personas que por su
labor y mérito a favor de la Asociación sean así nombrados por la
Asamblea General. Artículo 24.- Son derechos de los miembros funda-
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dores y activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea
General.b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen
los Estatutos de la Asociación.c) Los demás que les señalen los Estatutos
y Reglamento Interno de la Asociación. Artículo 25.- Son deberes de
los miembros Fundadores y activos: a) Asistir a las sesiones ordinarias,
extraordinarias de asamblea general. b) Cooperar en el desarrollo de
aquellas actividades propias de la asociación. c) Cumplir y hacer cumplir
los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de
la asamblea general; y d) Los demás que les señalen los Estatutos y
Reglamento Interno de la asociación. Artículo 26.- La calidad de miem-
bro fundador se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a
estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la
asamblea general. b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de
la asamblea general merezcan tal sanción; y c) Por renuncia presentada
por escrito a la junta directiva.CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS
MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. Artículo 27.- Todo lo rela-
tivo a las sanciones a los miembros, medidas disciplinarias, causales y
procedimientos de aplicación serán desarrolladas en el Reglamento
Interno, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado
por la Asamblea General. CAPITULO IX. DE LA DISOLUCION.
Artículo 28.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición
de la ley o por resolución tomada en asamblea general extraordinaria,
convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo
menos tres cuartas partes de sus miembros fundadores. Artículo 29.- En
caso de acordarse la disolución de la Asociación se nombrará una Junta
de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea
General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren
después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier
entidad benéfi ca o cultural que la asamblea general señale. CAPITULO
X. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 30.- Para reformar o
derogar los presentes estatutos será necesario el voto favorable de no
menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General
convocada para tal efecto. Artículo 31.- La Junta Directiva tiene la
obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones
sin fi nes de lucro del Ministerio de Gobernación, dentro de los cinco
días después de electa la Junta Directiva, en todo caso proporcionar al
expresado registro cualquier dato que se le pidiera, de conformidad a la
Ley de Asociaciones y Fundaciones sin fi nes de lucro. Artículo 32.- Todo
lo relativo al orden interno de la asociación no comprendido en estos
estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual
deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea
General. Artículo 33.- LA ASOCIACIÓN PROMOTORA PARA EL
DESARROLLO LOCAL, se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES
Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes estatu-
tos y demás disposiciones legales aplicables. Artículo 34. Los presentes
estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Dia-
rio Ofi cial. III-) y de conformidad a los artículos once literal "A" y
trece de los estatutos de la presente asociación proceden a elegir a la
junta directiva la cual por decisión unánime de los concurrentes queda
integrada de la siguiente manera: Presidente: María Isbela Morales
Ayala, Vicepresidente: Julio Damián Morales Ayala, Secretario: Jorge
Adalberto Morales Ayala, Tesorero: Santiago Antonio Morales Ayala;
Primer Vocal: Ruth Nohemy Sagastume Galdámez, Segundo Vocal,
Blanca Luz Morales Ayala, Tercer Vocal: Nelson Iván Callejas Alva-
rado, Cuarto Vocal: Ana Guadalupe Martínez Alvarenga; Quinto Vocal:
Marta Elena López de Morales. Todos de generales antes expresadas,
El suscrito notario hace constar: a) Que expliqué claramente a los com-
parecientes los efectos legales del presente Instrumento. b) Que me
cerciore de la identidad de los mismos por medio de sus Documentos
Único de Identidad antes relacionados. c). Así mismo advertí a los
otorgantes de la obligación en que se encuentran en registrar los testi-
monios de esta escritura en el registro de asociaciones y fundaciones sin
fi nes de lucro del Ministerio de Gobernación de acuerdo a lo que esta-
blece el artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y fundaciones
sin Fines de Lucro. Así se expresaron los comparecientes a quienes
expliqué los efectos legales de este instrumento, leyéndoles en un solo
acto sin interrupción ratifi can su contenido y fi rmamos DOY FE.
Entrelíneas - y activos, excepto al Presidente, la Junta Directiva - Valen
- enmendados -b), c) - valen.- Más Enmendado -once, a)-Vale.
JOSE FRANCISCO JOYA GOMEZ,
NOTARIO.
PASO ANTE MI, del folio TREINTA Y SIETE vuelto a folio CUAREN-
TA Y UNO frente del Libro TRES de mi Protocolo, el cual caducará el
día DOCE de NOVIEMBRE del año dos mil NUEVE y para ser ENTRE-
GADO a la ASOCIACION PROMOTORA PARA EL DESARROLLO
LOCAL, extiendo, fi rmo y sello el presente Testimonio, en la ciudad de
Santa Ana, el día TREINTA DE ABRIL del año dos mil NUEVE.
JOSE FRANCISCO JOYA GOMEZ,
NOTARIO.
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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION PROMOTORA PARA EL
DESARROLLO LOCAL
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.
Art. 1.- Créase en la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa
Ana, la Asociación de Nacionalidad Salvadoreña, que se denominará:
Asociación Promotora Para el Desarrollo Local, y que podrá abreviarse
APRODEL, como una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que
en los presentes estatutos se denominará “La Asociación”.
Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de Santa
Ana, Departamento de Santa Ana, pudiendo establecer fi liales en todo
el territorio de la República y fuera de él.
Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido.
CAPITULO II
FIN U OBJETIVO
Art. 4. El fi n u Objetivo de la Asociación será: Contribuir al desarrollo
de la persona humana, en lo social y económico. Para el cumplimiento
del fi n, la Asociación realizará las siguientes actividades:
a) Promover un desarrollo integral y sostenible a nivel comu-
nitario, con equidad de género y en armonía con el medio
ambiente.
b) Gestionar e intermediar recursos para fi nanciar proyectos
económicos y sociales
c) Facilitar asesoría y consultoría en las áreas de desarrollo
local, planifi cación participativa, ordenamiento territorial,
transparencia en la gestión municipal.
d) Brindar asesoría en la gestión y ejecución de proyectos de
desarrollo económicos comunitario.
e) Fomentar y fortalecer entidades económicas productivas,
f) Brindar asesoría y consultoría en desarrollo económico,
empresarial y tecnológico.
CAPITULO III
DEL PATRIMONIO
Art. 5.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Las cuotas de los miembros.
b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas
naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-
mente; y
c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las
rentas provenientes de los mismos de conformidad con la
ley.
Art. 6.- La Asociación no persigue fi nes de lucro y las actividades
las realizará sin ningún benefi cio económico para sí o para sus miembros,
todos los bienes que constituyan el patrimonio se destinará exclusiva-
mente para el logro de su fi n. El Patrimonio será administrado por la
Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea
General.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN
Art. 7.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:
a) La Asamblea General; y
b) La Junta Directiva.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la
autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad
de los miembros fundadores y activos.
Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez
al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Di-
rectiva.
La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del
cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primera
convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros
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que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor
número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General
por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que
se requiera una mayoría diferente.
Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las
sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse
representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones
es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.
Art. 11.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, sustituir y destituir parcialmente a los miembros de
la Junta Directiva.
b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Asociación.
c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto
anual de la Asociación.
d) Aprobar o desaprobar la Memoria anual de Labores de la
Asociación, presentada por la Junta Directiva.
e) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes
inmuebles pertenecientes a la Asociación; y
f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación
y que no estén contemplados en los presentes estatutos.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 12.- La Dirección y administración de la Asociación estará
confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente
forma: un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y
cinco vocales.
La Junta Directiva administrará y dispondrá del patrimonio de la
misma, en los términos que establezcan las leyes y estos estatutos.
Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un
periodo de tres años pudiendo ser reelectos.
Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al
mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda
sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán
ser tomados por la mayoría de los asistentes.
Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fi nes de la Asociación.
b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio
de la Asociación.
c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación
d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos
y presupuestos de la asociación e informar a la Asamblea
General.
e) Velar por el cumplimento de los estatutos, reglamento Interno,
acuerdos y resoluciones de la asamblea General y de la misma
Junta Directiva.
f) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea
General.
g) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
asamblea general.
Art. 17.- Son Atribuciones del Presidente:
a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la asamblea
general.
b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los
Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.
c) Representar judicial y extrajudicialmente a la fundación,
pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta
Directiva.
d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la
asamblea general y de la Junta Directiva.
e) Autorizar juntamente con el tesorero las erogaciones que
tenga que hacer la asociación; y
f) Presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier
informe que le sea solicitado por la misma.
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Art. 18.- Son atribuciones del Vicepresidente:
a) Sustituir única y exclusivamente al presidente con las mismas
atribuciones, en casos de ausencia o impedimento por el
tiempo que fuese necesario.
b) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva así como realizar las actividades que le sean enco-
mendadas por la Asamblea General o por la Junta Directi-
va.
Art. 19.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General
y de Junta Directiva.
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros
de la asociación.
c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la
Asociación.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las
sesiones.
e) Ser el órgano de comunicación de la asociación.
Art. 20.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que la asociación obtenga, en
el Banco que la Junta Directiva seleccione.
b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad
de la Asociación; y
c) Autorizar juntamente con el presidente las erogaciones que
la asociación tenga que realizar.
Art. 21.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva; y
b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva excepto al
presidente en caso de ausencia o impedimento, de conformidad
al artículo once literal a) de estos estatutos.
CAPITULO VII
DE LOS MIEMBROS
Art. 22.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de die-
ciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política,
que lo soliciten a la Junta Directiva.
Art. 23.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miem-
bros:
a) Miembros Fundadores,
b) Miembros activos, y
c) Miembros Honorarios. Serán Miembros Fundadores: Todas
las personas que suscriban la escritura pública de constitución
de la Asociación. Serán miembros activos: Todas las personas
que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación, y
Serán Miembros Honorarios: Todas las personas que por su
labor y mérito a favor de la Asociación sean así nombrados
por la Asamblea General.
Art. 24.- Son derechos de los miembros fundadores y activos:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-
neral.
b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen
los Estatutos de la Asociación.
c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Asociación.
Art. 25.- Son deberes de los miembros Fundadores y activos:
a) Asistir a las sesiones ordinarias, extraordinarias de asamblea
general.
b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de
la asociación.
c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la asamblea general; y
d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la asociación.
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Art. 26.- La calidad de miembro fundador se perderá por las causas
siguientes:
a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos
y resoluciones de la asamblea general.
b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la asamblea
general merezcan tal sanción; y
c) Por renuncia presentada por escrito a la junta directiva.
CAPITULO VIII
SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS
DISCIPLINARIAS,
CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN.
Art. 27.- Todo lo relativo a las sanciones a los miembros, medidas
disciplinarias, causales y procedimientos de aplicación serán desarrolla-
das en el Reglamento Interno, el cual deberá ser elaborado por la Junta
Directiva y aprobado por la Asamblea General.
CAPITULO IX
DE LA DISOLUCION
Art. 28.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición
de la ley o por resolución tomada en asamblea general extraordinaria,
convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo
menos tres cuartas partes de sus miembros fundadores.
Art. 29.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación se
nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas
por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los
bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se
donarán a cualquier entidad benéfi ca o cultural que la asamblea general
señale.
CAPITULO X
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 30.- Para reformar o derogar los presentes estatutos será
necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los
miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.
Art. 31.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el
Registro de Asociaciones y Fundaciones sin fi nes de lucro del Ministe-
rio de Gobernación, dentro de los cinco días después de electa la Junta
Directiva, en todo caso proporcionar al expresado registro cualquier dato
que se le pidiera, de conformidad a la Ley de Asociaciones y Fundaciones
sin fi nes de lucro.
Art. 32.- Todo lo relativo al orden interno de la asociación no com-
prendido en estos estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de
la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado
por la Asamblea General.
Art. 33.- LA ASOCIACIÓN PROMOTORA PARA EL DE-
SARROLLO LOCAL, se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y
FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes estatutos
y demás disposiciones legales aplicables.
Art. 34. Los presentes estatutos entrarán en vigencia desde el día
de su publicación en el Diario Ofi cial.
ACUERDO No. 248
San Salvador, 11 de septiembre de 2009.
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION PRO-
MOTORA PARA EL DESARROLLO LOCAL, y que podrá abreviarse
“APRODEL”, compuestos de TREINTA Y CUATRO Artículos,
constituida en la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a
las catorce horas del día 30 de abril del 2009, celebrada por Escritura
Pública, otorgada ante los ofi cios del Notario JOSE FRANCISCO JOYA
GOMEZ, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las
Leyes del país, de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones
y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de
Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confi riendo
a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense
en el Diario Ofi cial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO
DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.
COMUNIQUESE. EL MINISTRO DE GOBERNACION, HUMBERTO
CENTENO NAJARRO.
(Registro No. F036717)
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
ESTATUTOS DE LA IGLESIA DE CRISTO
EDIFICANDO LA CASA DE DIOS
DE EL SALVADOR.
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO
Art. 1.- Créase en la ciudad de Apopa, Departamento de San
Salvador, la Iglesia de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará
LA IGLESIA DE CRISTO EDIFICANDO LA CASA DE DIOS DE
EL SALVADOR, que puede abreviarse ICECAD, como una Entidad
de naturaleza religiosa, apolítica, no lucrativa, la que en los presentes
estatutos se denominará la “Iglesia”.
Art. 2.- El domicilio de la Iglesia será la ciudad de Apopa, Departa-
mento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio
de la República.-
Art. 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.-
CAPITULO II
FINES
Art. 4.- Los fi nes de la Iglesia serán:
a) Promover en la población la enseñanza religiosa de Nuestro
Señor Jesucristo, a efecto de crear la elevación moral y
espiritual de sus miembros, empleando medios idóneos y
necesarios para ese fi n.
b) Guiar a la población por el camino de la salvación mediante
la predicación del evangelio, continuo de sus miembros,
c) Desarrollar la visión delegada a través de locales fi liales en
diferentes lugares de la República.-
CAPITULO III
DE LOS MIEMBROS
Art. 5.- Podrán ser miembros de la Iglesia toda persona mayor de
dieciocho años, que profese la doctrina de Cristo, y haber manifestado
su deseo por escrito de permanecer en ella.
Art. 6.- La Iglesia tendrá dos clases de miembros:
a) Fundadores, las personas que suscribieron el Acta de
Constitución de la Iglesia.
b) Activos, todas las personas que la Junta Directiva acepte
como tales en la Iglesia.-
Art. 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:
a) Participar en la divulgación del evangelio de nuestro Señor
Jesucristo, sin contrariar la Constitución de la República.
b) Tener voz y voto en las sesiones Ordinarias y Extraordinarias
de Asamblea General, y poder ser electos para ocupar un
cargo directivo.
c) Los demás que señalan los estatutos y reglamentos internos
de la Iglesia.-
Art. 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:
a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-
blea General.
b) Permanecer activos en el cumplimiento de sus deberes y
privilegios que le asignen, y guardar el debido respeto a
la autoridad de su pastor, lideres de la iglesia y a la Junta
Directiva de la Iglesia.
c) Cuando un miembro decida separarse de la iglesia deberá
presentar su renuncia por escrito, a la Junta Directiva, teniendo
el mismo derecho de respuesta,
d) Respetar las resoluciones de la Junta Directiva, y cuando
tenga cualquier proposición que hacer, deberán presentarla
con anticipación a la Junta Directiva, para ser analizada y
resuelta en Asamblea General.
e) Cooperar por el desarrollo de las actividades propias de la
iglesia.
f) Aportar voluntariamente las aportaciones establecidas para
el sostenimiento de la obra que se realiza.
g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno, Acuerdos y Resoluciones de Asamblea General.
h) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Iglesia.-
Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguien-
tes:
a) Por violación de los presentes Estatutos, Reglamento Interno,
acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
b) Por otras faltas graves y que a juicio de la Asamblea General
merezcan sanción.
c) Por renuncia voluntaria presentada por escrito a la Junta
Directiva.-
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA
Art. 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por la Asamblea
General, la Junta Directiva Central y las Directivas Filiales.
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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 11.- La Asamblea General debidamente convocada es la au-
toridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de sus
miembros Fundadores y Activos, y dos representantes de cada fi lial.-
Art. 12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez
al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Di-
rectiva, con la asistencia por lo menos del cincuenta y uno por ciento de
los miembros en la primera convocatoria; y en la segunda si se hiciere,
se hará con los miembros que asistan, las resoluciones se tomarán en
Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos
especiales en que se requiera una mayoría diferente.
Art. 13.- Todo miembro que no pudiese asistir a cualquiera de las
Sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse
representar por escrito por otro miembro quien llevará la voz y voto de
su representado.
Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, sustituir y destituir a los miembros de la Junta Direc-
tiva.
b) Acordar las contribuciones voluntarias que los miembros de
la iglesia deban aportar según las necesidades de la Iglesia;
así como la fi scalización de las mismas.
c) Conocer el informe de las actividades desarrolladas por la
Iglesia en sus diferentes fi liales.
d) Proporcionar el apoyo necesario a todos los planes y proyectos
que ayuden a alcanzar los fi nes de la iglesia.
e) Aprobar los planes y proyectos generales de la Iglesia.
f) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Iglesia.
g) Decidir asuntos de interés para la Iglesia que no estén con-
templados en los presentes Estatutos.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 15.- La dirección y administración de la Iglesia estarán con-
fi adas a la Junta Directiva, el cual estará integrado por: Un Presidente,
un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y dos vocales.- Los
miembros de la Junta Directiva serán electos para el periodo de DOS
AÑOS, pudiendo ser reelectos por el mismo período. La Junta Directiva
sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas
veces sea necesario. El quórum necesario para que la Junta Directiva
pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros; y sus acuerdos
deberán ser tomados por mayoría absoluta.
Art. 16.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Programar y Desarrollar actividades necesarias a fi n de lograr
los fi nes de la Iglesia;
b) Efectuar una administración fi nanciera efi ciente y efi caz del
Patrimonio de la Iglesia;
c) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento
Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General
y de la Junta Directiva;
d) Promover las relaciones con otras Iglesias que tengan similares
fi nes;
e) Celebrar cada año el aniversario de la Iglesia, mediante un
programa especial, para extender y defender el evangelio de
nuestro señor Jesucristo;
f) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General;
g) Nombrar de entre los miembros de la Iglesia los Comités o
Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento
de los fi nes de la Iglesia;
h) Elaborar la Memoria de Labores, planes, programas, proyectos
y presupuestos de la Iglesia;
i) Comunicación constantemente con los órganos de adminis-
tración de la Iglesia,
j) Resolver toda situación, que no sea competencia de la Asam-
blea General.
Art. 17.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la
Asamblea General y Junta Directiva,
b) Velar por el cumplimiento de los Estatutos y Reglamento
Interno de la Iglesia, acuerdos, y resoluciones de la Asamblea
General y de Junta Directiva,
c) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier
otro informe que le sea solicitado por la Asamblea General
y por la Junta Directiva,
d) Autorizar juntamente con el Tesorero y Secretario las
erogaciones que tenga que hacer la iglesia, previo acuerdo
de la Junta Directiva,
e) Representar a la Iglesia ya sea Judicial o Extrajudicialmente,
pudiendo otorgar Poderes previa autorización de la Junta
Directiva.-
Art. 18.- Son atribuciones del Vicepresidente: Las mismas del
Presidente; quien lo sustituirá en su ausencia eventual o permanente.-
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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
Art. 19.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar debidamente actualizados los Libros de Actas de
las Sesiones realizadas en Asamblea General y de la Junta
Directiva;
b) Llevar actualizado el archivo y el registro de los miembros
de la Iglesia;
c) Ser el vocero y medio de comunicación de la Iglesia, en
cuanto se le requiera;
d) Extender todas las certifi caciones que fueren solicitadas y
efectuar las convocatorias a los miembros de la Iglesia para
las reuniones.
Art. 20.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Depositar los ingresos económicos en un Banco que la Junta
Directiva acuerde, que la Iglesia reciba, proveniente de cual-
quier actividad;
b) Llevar un control minucioso y estricto en los Libros de
Contabilidad de la Iglesia y entregar un informe cuando sea
requerido por la Junta Directiva.
c) Autorizar juntamente con el Presidente y Secretario, las
erogaciones y gastos que la Iglesia tenga que hacer, previo
acuerdo de la Junta Directiva.-
Art. 21.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar y participar en todas las actividades que la iglesia
realice;
b) Sustituir en sus funciones, temporalmente a cualquier miembro
de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de
conformidad al Artículo catorce, literal a, de estos estatutos,
excepto al Presidente, quien será sustituido por el Vicepre-
sidente.-
CAPITULO VII
DE LAS DIRECTIVAS FILIALES
Art. 22.- Las Directivas Filiales serán electas para un período de
un año y estarán formadas por:
a) Un Presidente;
b) Un Vicepresidente;
c) Un Secretario, un Tesorero y dos Vocales.-
Art. 23.- Son atribuciones de las Directivas Filiales:
a) Planifi car y ejecutar la obra evangelística y pastoral de la
Iglesia en su comunidad;
b) Planifi car, presupuestar y administrar los recursos destinados
a su respectiva comunidad;
c) Presentar informes escritos de la obra pastoral y de los estados
fi nancieros de la fi lial a la Junta Directiva;
d) Resolver los asuntos que solamente competen a la fi lial, y
los demás que determine la Directiva.-
Art. 24.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la
fi lial,
b) Velar por el cumplimiento de los Estatutos y Reglamento
Interno de la Iglesia; acuerdos y resoluciones de la Junta
Directiva,
c) Presentar la Memoria de Labores de la Directiva Filial, y
cualquier otro informe que le sea solicitado por la Junta
Directiva,
d) Autorizar juntamente con el Tesorero y Secretario las
erogaciones que tenga que hacer la iglesia en su respectiva
fi lial, previo acuerdo de la Directiva,
e) Representar a la Filial en su comunidad.
Art. 25.- Son atribuciones del Vicepresidente: Las mismas del
Presidente; a quien sustituirá en su ausencia eventual o permanente.-
Art. 26.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar debidamente actualizados los Libros de Actas de las
Sesiones realizadas por la Directiva;
b) Llevar actualizado el archivo, y el registro de los miembros
de la Iglesia en su respectiva comunidad;
c) ser el vocero y medio de comunicación de la Iglesia;
d) Extender todas las certifi caciones que fueren solicitadas y
efectuar las convocatorias a los miembros de la Iglesia para
las reuniones.
Art. 27.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Depositar los ingresos económicos en un Banco que la Junta
Directa acuerde y que la Iglesia reciba, proveniente de cual-
quier actividad;
b) Llevar un control minucioso y estricto en los libros de Conta-
bilidad de la fi lial y entregar un informe cuando sea requerido
por la Junta Directiva;
c) Autorizar juntamente con el Presidente y Secretario, las
erogaciones y gastos que la Iglesia tenga que hacer en su
respectiva comunidad, previo acuerdo de la Directiva;
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Art. 28.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar y participar en todas las actividades que la iglesia
realice;
b) Sustituir en sus funciones, temporalmente a cualquier miembro
de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de
conformidad al Artículo catorce, literal b, de estos estatutos,
excepto al Presidente, quien será sustituido por el Vicepresi-
dente.
CAPITULO VIII
DEL PATRIMONIO
Art. 29.- El patrimonio de la Iglesia estará constituido por:
a) Las contribuciones voluntarias aportadas por los miembros
de la Iglesia,
b) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera la Iglesia de
conformidad a la ley,
c) Cualquier Donación, Herencia o Legado que aceptare la
Iglesia, ya sea en efectivo o en bienes.- El patrimonio de la
Iglesia estará destinado única y exclusivamente para el logro
de sus fi nes y no podrá repartirse ninguna utilidad entre sus
miembros.-
CAPITULO IX
DE LA DISOLUCION
Art. 30.- La Iglesia podrá disolverse por disposiciones de ley y o
por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria convocada
a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres
cuartas partes de sus miembros.
Art. 31.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se nombrará
una Junta de Liquidación de cinco personas, electas por la Asamblea
General Extraordinaria que acordó la disolución, acordando que los bienes
que excedieren después de cancelar todos sus compromisos se donarán
a instituciones religiosas que la Asamblea General señale y elija.
CAPITULO X
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 32.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al Mi-
nisterio de Gobernación en los primeros cinco días del primer mes de
cada año, la nómina de los miembros; y cinco días después de electa la
nueva Junta Directiva, la certifi cación correspondiente del Acta de dicha
elección, y en todo caso proporcionará al Ministerio de Gobernación
toda información que éste solicite y esté relacionada a la Iglesia.-
Art. 33.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no establecido
en los presentes estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la
misma, el cual será elaborado por la Junta Directiva, y aprobado por la
Asamblea General.
Art. 34.- Para realizar cambios, reformas o derogar los presentes
estatutos será necesario las tres cuartas partes de los votos de los miembros
de la Asamblea General convocada para tal efecto, de conformidad al
artículo catorce literal “b”.-
Art. 35.- La IGLESIA DE CRISTO EDIFICANDO LA CASA DE
DIOS, DE EL SALVADOR, que puede abreviarse “ICECAD”; se regirá
por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.-
Art. 36.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día
de su publicación en el Diario Ofi cial.
ACUERDO No. 304.-
San Salvador, 3 de noviembre de 2009.
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA DE CRISTO
EDIFICANDO LA CASA DE DIOS DE EL SALVADOR, y que podrá
abreviarse “ICECAD”, compuestos de TREINTA Y SEIS Artículos,
fundada en Ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador, a las diez
horas y treinta minutos del día 4 de Mayo de 2009, y no encontrando en
ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad
con los Artículos 26 de la Constitución de la República, Art. 34 numeral
6 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y Arts. 542 y 543 del
Código Civil, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUER-
DA: a) Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el
carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquese en el Diario Ofi cial.
COMUNIQUESE. HUMBERTO CENTENO NAJARRO, MINISTRO
DE GOBERNACION.
(Registro No. F036866)
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ACUERDO No. 1047.-
San Salvador, 23 de diciembre de 2009.
EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
Vista la solicitud e información presentadas el 23 de noviembre y 15 de diciembre de 2009, por el señor Antonius Mauritius Schriber, en carácter
de Representante Legal de la sociedad Sensaciones Ropa Intima, Sociedad Anónima de Capital Variable, que se abrevia Sensaciones, S.A. de C.V.,
registrada con el Número de Identifi cación Tributaria 0614-080391-103-5, relativa a solicitar prórroga de los benefi cios del Régimen de Admisión
Temporal de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, para aplicarlos a la maquila de brassieres, según Acuerdo No. 1175, de fecha 19 de di-
ciembre de 2002, publicado en el Diario Ofi cial No. 12, Tomo No. 358 del 21 de enero de 2003 y Acuerdo de Prórroga de Benefi cios No. 1146, de
fecha 15 de diciembre de 2008, publicado en el Diario Ofi cial No. 14, Tomo No. 382 del 22 de enero de 2009; el segundo escrito relativo a presentar
documentación complementaria a la petición inicial;
CONSIDERANDO:
I. Que las solicitudes fueron admitidas en este Ministerio el 23 de noviembre y 15 de diciembre de 2009;
II. Que la peticionaria goza de los benefi cios del Artículo 7 de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, para operar bajo el Régimen de
Admisión Temporal, según Acuerdo No. 1175, de fecha 19 de diciembre de 2002, publicado en el Diario Ofi cial No. 12, Tomo No. 358
del 21 de enero de 2003, para aplicarlos a la maquila de bloomer y brassier, y Acuerdo de Prórroga de los Benefi cios No. 1146, de fecha
15 de diciembre de 2008, publicado en el Diario Ofi cial No. 14, Tomo No. 382 del 22 de enero de 2009;
III. Que la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido opinión favorable, mediante la cual se considera procedente acceder a lo solicitado,
según consta en el expediente respectivo;
POR TANTO:
En base a las razones antes expuestas y a los Artículos 3 y 7 de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, 14 y 15 de su Reglamento, este
Ministerio,
ACUERDA:
1. Prorrogar por un año más, por el periodo comprendido del 3 de enero de 2010 al 3 de enero de 2011, a la Sociedad SENSACIONES ROPA
ÍNTIMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia SENSACIONES, S.A. DE C.V., las operaciones bajo el
Régimen de Admisión Temporal, autorizadas según Acuerdo No. 1175, de fecha 19 de diciembre de 2002, publicado en el Diario Ofi cial
No. 12, Tomo No. 358, de fecha 21 de enero de 2003, y obtener la devolución del 6% sobre el monto del valor agregado de origen nacional
que se incorpore en el proceso de maquila de brassieres, que serán exportados fuera del Área Centroamericana;
MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA
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2. Declárese Depósito para Perfeccionamiento Activo, parte de las instalaciones de la empresa, específi camente un área de 86.25 mts2, ubi-
cadas en 41 Calle Poniente, Pasaje 5, No. 2216, Barrio Belén, San Salvador, y ésta deberá sujetarse estrictamente a las disposiciones que
dicten los Ministerios de Economía y Hacienda sobre el control fi scal y administrativo;
3. El control, fi scalización y efectivo cumplimiento de las operaciones que se deriven de esta autorización estará a cargo de la Dirección
General de la Renta de Aduanas;
4. La Sociedad benefi ciaria deberá dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, su Reglamento y
demás Leyes de la República, así como las que se le imponen por medio de este Acuerdo y en Resoluciones o Instructivos que emitan las
Instituciones competentes;
5. Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Ha-
cienda;
6. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. MARIO CERNA, Viceministro
de Comercio e Industria.
(Registro No. F036900)
ACUERDO No. 50.-
San Salvador, 12 de enero de 2010.
EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
Vista la solicitud e información presentadas el 29 de septiembre, 8 de octubre, 4 de noviembre y 18 de diciembre de 2009, por el señor José
Dagoberto Oliva López, Representante Legal de la sociedad Oliva Enterprise, Sociedad Anónima de Capital Variable, que se abrevia Oliva Enterprise,
S.A. de C.V., registrada con el Número de Identifi cación Tributaria 0614-060109-102-8, la primera relativa a que se le autorice cambiar del Régimen
de Usuaria de Zona Franca a Depósito para Perfeccionamiento Activo y se les permita trasladar sus operaciones a las instalaciones ubicadas en Km
25.7, Polígono Cyber Dome No. 800, Nave No. 2-A, Carretera que de Santa Tecla conduce a Sonsonate, Cantón Lourdes, jurisdicción de Colón,
Departamento de La Libertad; asimismo se les modifi que la actividad para dedicarse únicamente a la maquila de ropa en general; el segundo escrito
relativo a presentar justifi cación técnica del por qué no pueden operar en una Zona Franca, el tercer y cuarto escrito con el fi n de presentar información
complementaria a la petición inicial;
CONSIDERANDO:
I. Que las solicitudes fueron admitidas en este Ministerio el 29 de septiembre, 8 de octubre, 4 de noviembre y 18 de diciembre de 2009;
II. Que la peticionaria goza de los benefi cios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, según Acuerdo No. 382, de
fecha 21 de abril de 2009, publicado en el Diario Ofi cial No. 87, Tomo No. 383 del 14 de mayo de 2009, para aplicarlos a la confección y
maquila de prendas de vestir en general y fabricación de etiquetas, para ser exportadas dentro y fuera del Área Centroamericana, inclusive
en el mercado nacional, en lo que respecta a la fabricación de etiquetas;
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III. Que actualmente la sociedad está autorizada para operar en el Edifi cio No. 9C, Zona Franca Export Salva, Km 24 Carretera a Santa Ana,
jurisdicción de Colón, Departamento de La Libertad, pero con el propósito de reducir los costos fi jos, se ven en la necesidad de trasladar
sus operaciones a las instalaciones ubicadas en el Km 25.7, Polígono Cyber Dome No. 800, Nave No. 2-A, Carretera que de Santa Tecla
conduce a Sonsonate, Cantón Lourdes, jurisdicción de Colón, Departamento de La Libertad, las cuales cumplen con los requisitos del
Artículo 18 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización;
IV. Que a la sociedad peticionaria se le autorizó realizar la actividad de confección y maquila de prendas de vestir y la fabricación de etique-
tas, pero debido a que el proyecto para la fabricación de etiquetas no se pudo concretar por la crisis económica, solicitan se modifi que la
actividad autorizada, en el sentido de que únicamente se dedicarán a la confección y maquila de prendas de vestir en general;
V. Que la sociedad solicita se le autorice el cambio del Régimen de Usuaria de Zona Franca al Régimen a Depósito para Perfeccionamiento
Activo, ya que trasladará sus operaciones de la Zona Franca Export Salva al Km 25.7, Polígono Cyber Dome No. 800, Nave No. 2-A,
Carretera que de Santa Tecla conduce a Sonsonate, Cantón Lourdes, jurisdicción de Colón, Departamento de La Libertad;
VI. Que la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido opinión favorable, mediante la cual considera procedente acceder a lo solicitado,
según consta en el expediente respectivo.
POR TANTO:
De conformidad a las tazones expuestas y a los Artículos 1, 18, 19, 45 y 52 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, este
Ministerio,
ACUERDA:
1. Modifi car el numeral 1 de la parte dispositiva del Acuerdo No. 382, de fecha 21 de abril de 2009, publicado en el Diario Ofi cial No. 87,
Tomo No. 383 del 14 de mayo de 2009, en el sentido de autorizar el cambio de régimen de Usuario de Zona Franca a Depósito para Per-
feccionamiento Activo, así como también el traslado de sus operaciones a las instalaciones ubicadas en el Km 25.7, Polígono Cyber Dome
No. 800, Nave No. 2-A, Carretera que de Santa Tecla conduce a Sonsonate, Cantón Lourdes, jurisdicción de Colón, Departamento de La
Libertad, donde la sociedad Oliva Enterprise, S.A. de C.V., realizará la actividad de confección y maquila de prendas de vestir en general,
que serán exportadas fuera del Área Centroamericana;
2. Modifi car el numeral 2 de la parte dispositiva del Acuerdo No. 382, de fecha 21 de abril de 2009, publicado en el Diario Ofi cial No. 87,
Tomo No. 383 del 14 de mayo de 2009, en el sentido de que la sociedad Oliva Enterprise, S.A. de C.V., gozará de los benefi cios que esta-
blece el Artículo 19, literales a), b), c), d), e) y f) de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización;
3. Declarar como Depósito para Perfeccionamiento Activo las instalaciones que cuentan con un área de 550 mt2, ubicadas en el Km 25.7,
Polígono Cyber Dome No. 800, Nave No. 2-A, Carretera que de Santa Tecla conduce a Sonsonate, Cantón Lourdes, jurisdicción de Colón,
Departamento de La Libertad, que serán utilizadas por Oliva Enterprise, S.A. de C.V.;
4. Queda obligada la sociedad benefi ciaria de conformidad al Artículo 28 literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m) y n) de la Ley, en
proporcionar información relacionada con su operación y cualquier otra que requieran los Ministerios de Economía y de Hacienda;
5. La sociedad Oliva Enterprise, S.A. de C.V., dado el cambio de régimen autorizado en el presente Acuerdo, deberá seguir los procedimientos de
las cancelaciones de las Declaraciones de Mercancías del Régimen de Zonas Francas, correspondientes a lo internado bajo tal régimen;
6. En lo demás queda sin ninguna modifi cación el Acuerdo No. 382 antes mencionado;
7. Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacien-
da;
8. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.- MARIO CERNA, Viceministro
de Comercio e Industria.
(Registro No. F036653)
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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION
ACUERDO No. 15-0983.-
San Salvador, 28 de Julio de 2009.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM en uso de las facul-tades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, se presentó STEPHANIE VANESSA FUENTES GARCIA, de nacionalidad Salvadoreña, solicitando INCORPORACION de su Diploma de High School, extendido por la Escuela Americana de la República de El Salvador en el año 2006; II) Que según Resolución de fecha 28 de julio de 2009, emitida por dicha Dirección, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación de Diploma de High School obtenido por STEPHANIE VANESSA FUENTES GARCIA en la República de El Salvador, POR TANTO de conformidad a lo establecido en el artículo 60 de la Ley General de Educación y artículo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media, ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento e Incorporación de High School realizados por STEPHANIE VANESSA FUENTES GARCIA en la República de El Salvador, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.-
SALVADOR SANCHEZ CEREN,
VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR
Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.
(Registro No. F036919)
ACUERDO No. 15-1441.-
San Salvador, 19 de noviembre de 2009.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM en uso de las facul-tades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Jefatura de Acreditación Institucional, se ha presentado la señora Alin Jalil Ibrahim Aranki, en su calidad de concesionaria de los derechos de funcionamiento del Centro Educativo Privado denominado COLEGIO “PETRA”, con código de infraestructura No. 21544, ubicado en 3a. Calle Poniente, No. 2-4, Cantón Lourdes, Municipio de Colón, Departamento de La Libertad, solicitando se le reconozca a la Profesora ELSA GUADALUPE MAGAÑA DE GARCIA, con NIP No. 1512796, PDN2-015, como Directora de dicha institución, en sustitución del Profesor Moisés Peñate Jaimes; II) Que según Resolución de fecha 22 de octubre de 2009, emitida por dicha Jefatura, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente y demás disposiciones legales vigentes, resolvió reconocer como Directora del Centro Educativo Privado denominado COLEGIO “PETRA” con código de infraestructura No. 21544, ubicado en 3a. Calle Poniente, No. 2-4, Cantón Lourdes, Municipio de Colón, Departamento de La Libertad, a la Profesora ELSA GUADALUPE MAGAÑA DE GARCIA, con NIP No. 1512796, PDN2-015; POR TANTO de conformidad con el Artículo 57 de la Constitución de la República; Artículo 38, numerales 8 y 27 del Reglamento In-terno del Órgano Ejecutivo; Artículos 1, 12, 80 y 85 de la Ley General de Educación, y Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente. ACUERDA: 1) Confi rmar en todas sus partes la Resolución emitida por la Jefatura de Acreditación Institucional, por medio de la cual se reconoce a partir del 17 de septiembre de 2009, como Directora del Centro Educativo Privado denominado COLEGIO “PETRA”, con código de infraestructura No. 21544, ubicado en 3a. Calle Poniente, No. 2-4, Cantón Lourdes, Municipio de Colón, Departamento de La Libertad, a la Profesora ELSA GUADALUPE MAGAÑA DE GARCIA, con NIP No. 1512796, PDN2-015, debiendo dar cumplimiento en lo pertinente a lo dispuesto en el Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente; 2) Solicitar al Centro Educativo Privado denominado COLEGIO “PETRA” a través de su Concesionaria, cumplir con las disposiciones de la legislación vigente y en especial la oportuna autorización, cuando haya que modifi carse lo establecido en el presente Acuerdo; 3) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.- PUBLIQUESE.-
SALVADOR SANCHEZ CEREN,
VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR
Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.
(Registro No. F036861)
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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE
VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO
DECRETO No. 6
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que mediante Decreto Legislativo No. 487, de fecha 23 de noviembre de 2007, publicado en el Diario Ofi cial No. 222, Tomo No. 377, del
28 de ese mismo mes y año, se emitió la Ley Transitoria para la Estabilización de las Tarifas del Servicio Público de Transporte Colectivo
de Pasajeros;
II. Que mediante Decreto Legislativo No. 92, de fecha 30 de julio de 2009, publicado en el Diario Ofi cial No. 144, Tomo No. 384, del 31
de ese mismo mes y año, se introdujeron reformas a la Ley a que alude el considerando anterior, prorrogando su vigencia hasta el 31 de
diciembre de 2010;
III. Que el Art. 7, inciso 4° de la Ley en cuestión establece que para que las personas naturales o jurídicas concesionarias para prestar el servicio
público de transporte colectivo de pasajeros gocen del benefi cio del pago de la compensación económica a que alude la Ley, es indispen-
sable que las unidades utilizadas en las rutas donde operen deben estar organizadas en cajas únicas autorizadas por el Viceministerio de
Transporte, el que establecerá el mecanismo de funcionamiento, mediante el Reglamento Especial respectivo;
IV. Que mediante Decreto Ejecutivo No. 127, de fecha 13 de diciembre de 2007, publicado en el Diario Ofi cial No. 233, Tomo No. 377 de la
misma fecha, se emitió el Reglamento de la Ley Transitoria para la Estabilización de las Tarifas del Servicio Público de Transporte Colectivo
de Pasajeros.
V. Que las reformas a la Ley aprobadas mediante el Decreto Legislativo No. 92, vuelven necesario emitir un nuevo Reglamento cuyas disposicio-
nes armonicen plenamente con las introducidas a la Ley en su oportunidad; debiéndose entonces proceder a la emisión correspondiente.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales,
DECRETA el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY TRANSITORIA PARA LA ESTABILIZACIÓN DE LAS TARIFAS DEL SERVICIO PÚBLICO
DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS.
CAPÍTULO I
DEL OBJETO
Art. 1.- El presente Reglamento tiene por objeto viabilizar la aplicación de la Ley Transitoria para la Estabilización de las Tarifas del Servicio
Público de Transporte Colectivo de Pasajeros, en adelante mencionada como "La Ley"; así como el procedimiento a seguir para la suspensión de los
benefi cios.
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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO
Art. 2.- Las personas naturales o jurídicas que soliciten los benefi cios de la Ley, deberán reunir cualquiera de las siguientes calidades:
a) Concesionario del servicio público de transporte colectivo de pasajeros bajo la modalidad de contrato o convenio vigente de concesión;
b) Los permisionarios que hayan sido benefi ciados por el Decreto Legislativo No. 1220, de fecha 11 de abril de 2003, publicado en el Diario
Ofi cial No. 94, Tomo N° 359, del 26 de mayo de ese mismo año.
Art. 3.- Toda persona que goce de concesión o permiso para la prestación del servicio público de transporte colectivo de pasajeros que solicite
la compensación establecida en la Ley, deberá presentar una solicitud para el pago, conteniendo lo siguiente:
a) Nombre, domicilio y datos generales del solicitante y del Representante Legal;
b) Compensación que solicita especifi cando el número de unidades con su respectiva placa, que será por unidad, de Quinientos Dólares de
los Estados Unidos de América mensuales por autobús y de Doscientos Cincuenta Dólares de los Estados Unidos de América mensuales
por microbús; y
c) Dirección, teléfonos y correo electrónico para recibir notifi caciones, los cuales deberán actualizarse en caso de modifi cación.
Art. 4.- Las personas naturales o jurídicas, según corresponda, deberán anexar a la solicitud de pago de la compensación, fotocopia legible de
los siguientes documentos:
Persona Natural:
a) Documento Único de Identidad (DUI);
b) Documento de Identifi cación Tributaria (NIT);
c) Copia legible de la cuenta bancaria o constancia de banco en la que conste el número de la cuenta, nombre del banco y nombre del titular
de la cuenta en la que se efectuará el depósito;
d) Listado de unidades por las que solicita la compensación, especifi cando el número de placa de cada una y año de fabricación. Además, se
deberá detallar por cada una el número de viajes que realiza por día y por mes y la cantidad de pasajeros movilizados en el mismo perío-
do;
e) Tarjetas de Circulación vigentes de cada unidad para las que solicita la compensación;
f) Permiso de línea vigente de cada unidad;
g) Acreditación que certifi que que se encuentra operando en el Sistema de Caja Única de su ruta; y
h) Declaración jurada del Presidente de la Caja Única de la ruta a la que pertenecen las unidades por la que se solicita la compensación, que ha
estado operando en el mes de que se trate y que las unidades hayan operado respetando los recorridos, horarios e itinerarios autorizados.
Personas Jurídicas:
a) Copia Certifi cada de la Escritura de Constitución de la Sociedad o el Acta de Constitución de la Asociación Cooperativa debidamente
inscrita en el Registro correspondiente, la que deberá ser presentada al inicio de cada año;
b) Documento de Identifi cación Tributaria (NIT) de la sociedad o cooperativa;
c) Documento Único de Identidad (DUI) del Representante Legal;
d) Documento de Identifi cación Tributaria (NIT) del Representante Legal;
e) Copia Certifi cada de la Credencial vigente de Elección de Junta Directiva o de Administrador Único de la Sociedad o del Consejo de
Administración de la Asociación Cooperativa debidamente inscrita, la que será presentada al inicio de cada año;
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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
f) Copia de la cuenta bancaria o constancia de banco en la que aparezca el número, nombre del banco y nombre de la cuenta bancaria a favor
del benefi ciario o benefi ciarios, en la que solicite se le efectúe el depósito;
g) Listado de unidades por las que solicita la compensación, especifi cando el número de cada una de las placas en orden de menor a mayor y
el año de fabricación; además, se deberá detallar por cada una el número de viajes por día y por mes y la cantidad de pasajeros movilizados
en el mismo período;
h) Tarjetas de Circulación vigentes de cada unidad para las que solicita la compensación;
i) Permiso de Línea vigente de cada unidad;
j) Acreditación que certifi que que la ruta opera en el Sistema de Caja Única o Sociedad o Cooperativa; y,
k) Declaración jurada del Presidente de la Sociedad o Presidente de la Asociación Cooperativa que las unidades por las que se solicita la
compensación han estado operando en el sistema de caja única y que las unidades hayan operado respetando los recorridos, horarios e
itinerarios autorizados.
Art. 5.- Las solicitudes para el pago de cada compensación deberán presentarse únicamente durante los primeros siete días hábiles de cada mes,
por el Representante Legal de la caja única o la persona legalmente autorizada por éste, de forma completa a la Unidad de Atención al Usuario del
Vice Ministerio de Transporte, la cual le hará entrega de la respectiva hoja de recepción con número de trámite; pasado el período estipulado para la
recepción de documentos no se recibirán más solicitudes.
Art. 6.- Las solicitudes para el pago de la compensación serán trasladadas de inmediato a la Dirección General de Transporte Terrestre, donde
se analizará la solicitud para verifi car:
a) La autenticidad de la información;
b) Que el solicitante tenga vigente el permiso para prestar el servicio;
c) Que las unidades de transporte tengan una edad menor o igual a 20 años;
d) Que las tarjetas de circulación estén vigentes en el período que solicita la compensación y el permiso de línea a nombre del mismo;
e) A través de la Inspectoría y por diferentes medios que las unidades de transporte hayan operado por lo menos 21 días al mes;
f) A través de la Inspectoría y por diferentes medios que las unidades hayan operado respetando los recorridos, horarios e itinerarios autori-
zados; y
g) Que las unidades de cada ruta estén registradas bajo el Sistema de Caja Única.
Art. 7.- En el caso que los solicitantes, las solicitudes o los documentos anexos no cumplan con los requisitos señalados en los artículos 3, 5,
6 y 9 del presente Reglamento, la Dirección General de Transporte Terrestre prevendrá al solicitante para que dentro del plazo de tres días hábiles,
contados a partir de la notifi cación respectiva, sean subsanadas las observaciones correspondientes.
Si en el plazo señalado en el inciso anterior, el interesado no subsana la prevención realizada por la Dirección General de Transporte Terrestre,
ésta emitirá resolución denegando la solicitud, por incumplimiento de requisitos.
Si en el transcurso de tres meses contados a partir de la fecha de la emisión de la prevención, ésta no hubiese podido ser notifi cada por causa del
interesado, ya sea porque éste no hubiese señalado lugar para recibir notifi caciones o hubiese cambiado su domicilio, sin comunicarlo a la Dirección
General de Transporte Terrestre, la solicitud será denegada por incumplimiento de requisitos.
Art. 8.- Después de analizar las solicitudes de pago de la compensación, la Dirección General de Transporte Terrestre emitirá una resolución en
la que autoriza el pago a los solicitantes que hayan cumplido con todos los requisitos, ya sea por caja única, por sociedad, por asociación cooperativa
o por prestatario o concesionario de acuerdo a la decisión que hayan tomado la Asamblea General de la ruta o la asociación cooperativa o sociedad.
La Resolución incluirá la planilla de los concesionarios o prestatarios con detalle de número de placas de las unidades, el monto de la compensación
correspondiente, por unidad y total a pagar.
La Dirección General de Transporte Terrestre enviará certifi cación de la Resolución y copia de la base de datos correspondientes a la Unidad
Financiera Institucional del Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, para que ésta haga el requerimiento al
Ministerio de Hacienda de los fondos, anexando la certifi cación antes mencionada.
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La Unidad Financiera Institucional, al recibir los fondos del Ministerio de Hacienda, procederá a depositar la compensación en la cuenta bancaria
designada por él o los solicitantes.
CAPÍTULO III
CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO
Art. 9.- Los benefi ciarios de la ley deben dar cumplimiento a lo siguiente:
1. Los vehículos que se dediquen al servicio de transporte colectivo de pasajeros deberán tener las placas de identifi cación correspondiente al
tipo de servicio que prestan, la tarjeta de circulación correspondiente al tipo de servicio, ser conducido por persona debidamente autorizada,
tener el número de asientos de acuerdo a la capacidad del diseño del vehículo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de
Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
2. Brindar el Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros en unidades de transporte que garanticen la seguridad de los usuarios, de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
3. Velar porque los operadores y sus dependientes traten a los usuarios del servicio con cortesía, corrección y diligencia, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 65 del Reglamento General de Transporte Terrestre.
4. Los conductores del transporte colectivo de pasajeros, deberán cursar y aprobar el pensum mínimo de materias para optar a su carnet que
lo acredita como tal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 y 147 del Reglamento General de Transporte Terrestre.
5. Informar por escrito a la Dirección General de Transporte Terrestre, las generales de los motoristas o conductores de sus unidades, así como
los asistentes de éstos, a efecto de actualizar el registro correspondiente, de conformidad a los artículos 21 y 24 del Reglamento General
de Transporte Terrestre.
6. Dar un Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros continuo, que por lo menos cada unidad haya operado como mínimo 21 días
al mes.
7. Suministrar los datos estadísticos y los informes sobre los resultados de la operación del servicio con los comprobantes necesarios que la
Dirección respectiva requiera, de conformidad al artículo 91, número 4 del Reglamento General de Transporte Terrestre; así como cuadros
de control de operatividad, con el fi n de conocer si cada unidad ha dado el servicio en el mes solicitado.
8. Permitir que el personal designado por el Viceministerio de Transporte supervise las operaciones y las unidades en puntos terminales o a
bordo de ellas, proporcionando la información y los documentos que éstos requieran.
9. Cumplir con los horarios de servicios e itinerarios autorizados por la Dirección General de Transporte Terrestre, de conformidad al artículo
91 del Reglamento General de Transporte Terrestre.
CAPÍTULO IV
CAJA ÚNICA
SECCIÓN PRIMERA DEFINICIONES
Art. 10.- Para los efectos del presente capítulo, se entiende por:
1- CAJA ÚNICA: Es un sistema de funcionamiento del transporte colectivo de pasajeros que busca organizar, controlar y ordenar la opera-
tividad de una o varias rutas, distribuyendo equitativamente entre los prestatarios o concesionarios la recolección del recaudo diario en un
período determinado de acuerdo al número de viajes.
2- PARTICIPANTES: Son los prestatarios o concesionarios del Transporte Público de Pasajeros que se organizan en una o varias rutas para
operar bajo el sistema de caja única.
3- FONDO COMÚN: Es una cantidad de dinero producto de la recolección de la operación de las unidades que conforman la ruta, depositado
en una cuenta bancaria administrada por un fi duciario o por una Junta Directiva de participantes, a distribuirse en el período establecido en
el acuerdo de caja única.
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4- ACUERDO DE CONSTITUCIÓN DE CAJA ÚNICA: Es la organización mediante la cual los prestatarios designan a sus representantes,
el sistema de administración, período y forma de distribución del recaudo, y la conformación de las comisiones de operación, administración
y vigilancia.
5- SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN: Es el mecanismo convenido por los prestatarios o concesionarios en el acuerdo de constitución de
caja única para organizar, controlar la operación de la ruta y distribuir equitativamente el fondo común. El sistema de administración puede
ser mediante fi deicomiso o Junta Directiva.
6- COMISIÓN DE VIGILANCIA: Es el organismo que realiza funciones de fi scalización sobre el manejo administrativo, así como de los
ingresos y egresos de la misma, fi scaliza la parte operativa, tiene la responsabilidad de presentar sus informes a la asamblea general, como
al Vice Ministerio de Transporte, cuando éste así se lo solicite. La Junta Directiva y las comisiones tendrán la obligación de entregarle toda
la información solicitada por la Junta de Vigilancia a efecto de realizar su función fi scalizadora.
7- COMISIÓN ADMINISTRATIVA: Es el organismo que controla el cumplimiento de las leyes, reglamentos, disposiciones del Vicemi-
nisterio de Transporte, convenios, autorizaciones y cláusulas del acuerdo de caja única en la prestación del servicio público de transporte
colectivo de pasajeros. De igual forma, controla los ingresos y egresos del Fondo Común y todos los aspectos administrativos de la caja
única.
8- COMISIÓN OPERATIVA: Es el organismo que establece, diseña y organiza los mecanismos de control de las unidades, capacidades
técnicas, frecuencias, el conteo de pasajeros y viajes diarios de la ruta, entre otros.
9- FIDEICOMISO: Es un contrato o convenio en virtud del cual una o varias personas, llamadas fi deicomitentes, transmiten cantidades de
dinero o derechos, presentes o futuros, de su propiedad a una institución bancaria, llamada fi duciaria, para que ésta administre y distribuya
el dinero en benefi cio de los fi deicomitentes.
10- JUNTA DIRECTIVA: Es el máximo organismo de dirección de la Caja Única y velará por su buen funcionamiento coordinando en lo
pertinente con el resto de comisiones. Dentro de su seno tendrá un Presidente que a su vez ejercerá la representante legal de la Caja Única
y los demás cargos que la asamblea decida.
SECCION SEGUNDA
ACUERDO DE CONSTITUCIÓN DE CAJA ÚNICA
Art. 11.- El acuerdo de constitución de Caja Única se otorgará mediante documento privado autenticado por Notario o Escritura Pública, in-
distintamente si su administración es por fi deicomiso o Junta Directiva. Dicho instrumento deberá inscribirse en la Dirección General de Transporte
Terrestre, en un plazo no mayor de quince días hábiles contados a partir de la fecha de su otorgamiento.
El acuerdo de Caja Única deberá contener:
a) Nombre, edad, ocupación, nacionalidad y domicilio de las personas naturales; y nombre, naturaleza, nacionalidad y domicilio de las personas
jurídicas, que integran la caja única.
b) Domicilio del centro de operaciones del régimen de la Caja Única, con expresión del municipio, departamento y ruta a la cual pertene-
cen.
c) El plazo al que los participantes se someterán a la Caja Única o su expresión de someterse a ella por tiempo indeterminado.
d) El representante legal de los prestatarios o concesionarios de la Caja Única, que actuará en nombre y representación de los prestatarios o
concesionarios de la Caja Única ante el Viceministerio de Transporte.
e) Defi nir el período del depósito del recaudo y su posterior distribución, que puede ser semanal, quincenal o mensualmente.
f) La compensación se podrá retirar en forma individual o como Caja Única, en caso que sea en forma individual el representante legal tra-
mitará la constancia de la ruta para la persona dando fe que está en Caja Única.
g) El número de unidades y permisos de línea de cada prestatario.
h) Sistema de administración de Caja Única, si es por fi deicomiso o Junta Directiva.
i) Expresión de los nombres, facultades y obligaciones de los integrantes de las comisiones administrativa, operativa y de vigilancia.
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j) Los plazos y forma de convocatoria para la celebración de las Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias, los que serán decididos por
la Asamblea General.
k) Defi nir el sistema de conteo de pasajeros, el cual puede ser por medio de molinete, implementación de ticket, sistema de barras, sensores
u otros sistemas que cumplan este propósito.
l) En el acta se debe consignar el listado de los presentes en la Asamblea General con su respectivo número de DUI y fi rma.
m) El aporte mensual por socio, para el mantenimiento del sistema de Caja Única o para los proyectos que la ruta planifi que.
n) Acreditación de la Caja Única que debe de contener:
» Listado de los participantes.
» Número de ruta.
» Listado de unidades vinculadas a la Caja Única, especifi cando para cada una la placa, marca, modelo y año.
» Copia del Documento de Identifi cación Tributaria (NIT) de los participantes.
» Copia del Documento Único de Identidad (DUI) de los participantes según corresponda.
» Copias Certifi cadas de las Tarjetas de Circulación vigentes de cada unidad.
» Copias Certifi cadas de los Permisos de Línea Vigentes; y
» Tarjeta del Número de Identifi cación Tributaria (NIT) del Representante Legal.
SECCIÓN TERCERA
FUNCIONES DE LOS ORGANISMOS DE CONDUCCIÓN DE LA CAJA ÚNICA
Art. 12.- Quienes se organicen mediante Junta Directiva deberán contener como mínimo la siguiente estructura, con las funciones que se esta-
blecen a continuación:
A. Junta Directiva de Ruta.
B. Comisiones de trabajo:
a) Administrativa.
b) Operativa.
c) Vigilancia.
FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA
Las atribuciones de dicha Junta serán las siguientes:
a) Implementar el trabajo que en Asamblea General de prestatarios se acuerde y vigilar que las comisiones de trabajo cumplan a cabalidad
sus funciones.
b) Deberá contar con los mecanismos administrativos y de operación necesarios para el resguardo de los documentos relativos a la Caja
Única.
c) Dos o tres miembros de la Junta Directiva manejarán una cuenta bancaria, en una institución fi nanciera autorizada por la Superintendencia
del Sistema Financiero para percibir fondos del público, en la cual deberá depositarse lo recaudado para el fondo común de la ruta.
d) La Junta Directiva podrá someter a consideración de la Asamblea General la asistencia de un auditor.
e) Convocar a la Asamblea General Ordinariamente y Extraordinariamente las veces que sea necesario.
f) Garantizar el manejo transparente de los recursos de la Caja Única.
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g) Elaborar la agenda de la Asamblea General, y
h) Todas aquellas funciones que se consideren necesarias para el buen funcionamiento de la Caja Única y que sean establecidas en el Regla-
mento Interno aprobado por la Asamblea General.
FUNCIONES DE LA COMISIÓN ADMINISTRATIVA
Las atribuciones de dicha Comisión serán las siguientes:
a) Establecer y asegurar un transparente sistema de control y recaudo de los ingresos reportados por cada una de las unidades.
b) Llevar un control contable de los ingresos y egresos.
c) Calcular periódicamente los pagos a efectuar a cada uno de los prestatarios, de conformidad al período establecido en el acuerdo de cons-
titución.
d) Realizar los pagos correspondientes a los prestatarios o concesionarios de acuerdo a lo establecido por la Asamblea General.
e) Asegurar un adecuado control interno respecto de las operaciones administrativas y fi nancieras de la Caja Única.
f) Llevar registro del conteo de pasajeros, unidades, viajes, entre otros.
g) Diseñar y establecer el formato de ingreso diario y de operación de las unidades en la ruta.
h) Responder a las solicitudes de información que realice el Viceministerio de Transporte.
i) Otras que se podrán establecer en el Reglamento Interno de la ruta y que sean aprobadas por la Asamblea General.
FUNCIONES DE LA COMISIÓN OPERATIVA
Las atribuciones de dicha Comisión serán las siguientes:
a) Vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, disposiciones del Viceministerio de Transporte, convenios, autorizaciones y del acuerdo
de constitución de Caja Única en la prestación del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros.
b) Garantizar el cumplimiento del Plan Operativo, establecido por la Dirección General de Transporte Terrestre.
c) Diseñar la rotación de las unidades dentro de la ruta para la prestación del servicio, conforme a la demanda real de pasajeros.
d) Elaborar la programación de las unidades tomando en cuenta el mantenimiento preventivo y correctivo de las mismas.
e) Mantener un control estricto sobre los trabajadores de la ruta.
f) Garantizar el orden en la ruta.
g) Y todas las que establezca el Reglamento Interno de la ruta y que sean aprobadas por la Asamblea General.
FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA
Las atribuciones de la Comisión son las siguientes:
a) Garantizar la transparencia tanto en la administración como en la distribución de los fondos a los prestatarios o concesionarios.
b) Garantizar la transparencia en todas las operaciones que la Caja Única de la ruta realice.
c) Fiscalizar el trabajo de las comisiones.
d) Realizar los informes de su trabajo y presentarlo a la Asamblea General y al Viceministerio de Transporte cuando sean solicitados.
e) La comisión de vigilancia podrá someter a consideración de la Asamblea General la contratación de un auditor cuando lo considere necesario
para realizar las auditorías correspondientes, y
f) Todas las demás que se establezcan en el Reglamento Interno de la ruta y que hayan sido aprobado por la Asamblea General.
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SECCION CUARTA
INSCRIPCIÓN DEL ACUERDO DE CAJA ÚNICA
Art. 13.- Las Cajas Únicas recibirán acreditación por parte del Viceministerio de Transporte, a través de la Dirección General de Transporte
Terrestre; para recibir esta acreditación se deberá presentar la siguiente documentación:
a) Acuerdo de Caja Única.
b) Listado de los participantes.
c) Listado de unidades vinculadas a la Caja Única, especifi cando para cada una la placa, marca, modelo y año, y en el caso a que corresponda
el ramal a que pertenecen.
d) Número de Identifi cación Tributaria (NIT) de los participantes.
e) Documento Único de Identidad (DUI) de los participantes según corresponda.
f) Fotocopias de las Tarjetas de Circulación vigentes de cada unidad.
g) Fotocopias de los permisos de línea vigentes.
h) Fotocopia de la Escritura de Constitución de la Sociedad o el Acta de Constitución de la Asociación Cooperativa debidamente inscrita en
el Registro correspondiente.
i) Documento Único de Identidad (DUI) del Representante Legal.
j) Tarjeta del Número de Identifi cación Tributaria (NIT) del Representante Legal.
k) Copia certifi cada de la Credencial vigente de Elección de Junta Directiva o de Administrador Único de la Sociedad o del Consejo de Ad-
ministración de la Asociación Cooperativa debidamente inscrita.
En el caso de las rutas que a la entrada en vigencia de la presente reforma, operen en el sistema de Caja Única, deberán registrar el documento
respectivo en la Dirección General de Transporte Terrestre. Al igual que las rutas en las que exista un solo prestatario, éste presentará la documentación
antes detallada en lo que corresponda.
Art. 14.- La omisión de los requisitos señalados en el artículo 11 de este Reglamento, son causal para la denegatoria de la correspondiente ins-
cripción por parte de la Dirección General de Transporte Terrestre.
Art. 15.- Cumplidos los requisitos, la Dirección General de Transporte Terrestre emitirá la certifi cación del registro de la Caja Única.
SECCION QUINTA
DERECHOS GENERALES DE LOS PRESTATARIOS O CONCESIONARIOS
Art. 16.- Los prestatarios de la Caja Única tendrán los siguientes derechos:
a) Percibir los ingresos que equitativamente les corresponde.
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b) Ejercer control sobre los ingresos y egresos del fondo común, según sea el caso.
c) Formar parte de la organización y administración de la Caja Única.
d) Tener voz y voto en la Asamblea General de prestatarios.
e) Y los que designen en la conformación de las Cajas Únicas.
CAPITULO V
SUPERVISIÓN Y PROCEDIMIENTO PARA DECLARAR SUSPENSIÓN DE LOS BENEFICIOS.
Art. 17.- La Inspectoría General del Viceministerio de Transporte supervisará que las rutas constituidas bajo el sistema de Caja Única cumplan
lo establecido en las leyes, reglamentos, convenios, autorizaciones, acuerdos de constitución y disposiciones del Viceministerio de Transporte.
Art. 18.- La Dirección General de Transporte Terrestre, previo el procedimiento administrativo que adelante se establece, suspenderá el goce de
los benefi cios concedidos, por las causas establecidas en la Ley.
Existiendo elementos que conduzcan a concluir la posible concurrencia de causales de suspensión de la compensación establecida por la Ley, la
Dirección General de Transporte Terrestre hará saber al benefi ciario de la misma, el inicio del procedimiento de la suspensión, confi riéndole audiencia
para que, en un plazo no mayor de tres días hábiles, se pronuncie respecto de las imputaciones que se le hacen.
Vencido el plazo anterior, haya comparecido o no el interesado, se abrirá a pruebas por el término de ocho días hábiles.
La resolución defi nitiva deberá ser pronunciada dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del término probatorio, en la cual se
resolverá si procede o no la suspensión del benefi cio.
Art. 19.- Derógase el Decreto Ejecutivo No. 127, del 13 de diciembre de 2007, publicado en el Diario Ofi cial No. 233, Tomo N° 377, de esa
misma fecha, a través del cual se emitió el Reglamento de la Ley Transitoria para la Estabilización de las Tarifas del Servicio Público de Transporte
Colectivo de Pasajeros.
Art. 20.- El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los quince días del mes de enero de dos mil diez.
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
GERSON MARTÍNEZ,
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE
VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO.
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ACUERDO No. 744-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, tres de junio del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha treinta y uno de marzo del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ORFA AVIGAIL GARAY DE CALDERON, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F036691)
ACUERDO No. 1315-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de octubre del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha veintidós de septiembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado SANTOS ULISES BENITEZ AYALA, para que ejerza la pro-fesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. REGALADO.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F036811)
ACUERDO No. 1342-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de octubre del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha diecisiete de septiembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARGARITA MARIA BARRIENTOS CERNA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F036750)
ACUERDO No. 1381-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de octubre del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha dieciséis de septiembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSE MAURICIO CHAVARRIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F036730)
ACUERDO No. 1605-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de octubre del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha once de septiembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada CRISTINA BEATRIZ VIERA DE PORTILLO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F036707)
ACUERDO No. 1681-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha veinticinco de septiembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARGARITA DEL ROSARIO PERDOMO MOLINA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- P. J.- M. REGALADO.- M. TREJO.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F036910)
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
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INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES
DECRETO No. 4
LA MUNICIPALIDAD DE AHUACHAPAN DEL DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN.
En uso de las facultades que le confi ere el numeral 7 de Art. 30 del Código Municipal relacionado con el Presupuesto del Municipio y los Arts.
3 numeral 2, 72, 73, 74, 75, 76 y 77 del mismo Código.
POR TANTO DECRETA:
EL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE AHUACHAPAN
Art. 1.- Apruébese el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Municipio de Ahuachapán con sus Disposiciones Generales contemplados en los
artículos 3, 4, 5, 6……51; para el ejercicio que inicie el uno de Enero y fi naliza el treinta y uno de Diciembre del año dos mil diez.-.
Art. 2.- El presente Presupuesto se aplicará bajo la modalidad de AREAS DE GESTION, siguiendo las reglas aplicables de la Contabilidad
Gubernamental, impulsado por el Ministerio de Hacienda en las municipalidades del país y de estructura de la siguiente forma.
PRESUPUESTO POR AREAS DE GESTION ALCALDIA MUNICIPAL DE AHUACHAPAN
EJERCICIO FISCAL 2010
CUADRO RESUMEN DE INGRESOS
(Expresado en Dólares $)
Cod. CONCEPTOS VALOR
11 IMPUESTOS $ 1,191,000.00
12 TASAS Y DERECHOS $ 1,599,400.00
14 VENTA DE BIENES Y SERVICIOS $ 94,000.00
15 INGRESOS FINANCIEROS Y OTROS $ 552,802.01
16 TRANSFERENCIAS CORRIENTES $ 476,111.64
21 VENTA DE ACTIVOS FIJOS $ 180,000.00
22 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL $ 1,697,475.80
32 SALDOS DE AÑOS ANTERIORES $ 575,060.10
TOTAL $ 6,365,849.55
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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
CUADRO RESUMEN DE EGRESOS
(Expresado en Dólares $)
Cod. CONCEPTOS VALOR
51 REMUNERACIONES $ 2,613,134.48
54 ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS $ 1,617,909.01
55 GASTOS FINANCIEROS Y OTROS $ 194,515.64
56 TRANSFERENCIAS CORRIENTES $ 120,000.00
61 INVERSIONES EN ACTIVOS FIJOS $ 1,605,586.06
71 AMORTIZACION DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO $ 214,704.36
TOTAL $ 6,365,849.55
Art. 3.- El presente decreto entrará en vigencia un día después de su publicación en cualquier diario de mayor circulación en el país.
DADO EN LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE AHUACHAPÁN, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil nueve.
LIC. RAFAEL ANTONIO MORÁN ORELLANA,
ALCALDE MUNICIPAL.
EDUARDO CANIZALEZ VALENCIA, LIC.GONZALO ALVAREZ CABEZA,
SÍNDICO MUNICIPAL. PRIMER REGIDOR.
MORIS ROMEO ESCALANTE, JOSÉ ROBERTO ROSALES GONZÁLEZ,
SEGUNDO REGIDOR. TERCER REGIDOR.
HUGO LEONARDO GARCÍA ESTRADA, JOSÉ ARÍSTIDES LÓPEZ ACUÑA,
CUARTO REGIDOR. QUINTO REGIDOR.
HUGO ARMANDO AGUILAR, MARÍA DEL TRÁNSITO MADRID SILVA,
SEXTO REGIDOR. SÉPTIMO REGIDOR.
HÉCTOR OBDULIO TOBAR, EMÉRITA GRANADOS DE RAMOS,
OCTAVO REGIDOR. NOVENO REGIDOR.
MATILDE HAYDEE GARCÍA DE AYALA, JUAN ALFREDO CORNEJO BUENO,
DÉCIMO REGIDOR. PRIMER REGIDOR SUPLENTE.
VILMA RUTH FLORES DE RAMOS, ROMMEL BOANERGES JIMÉNEZ,
SEGUNDA REGIDORA SUPLENTE. TERCER REGIDOR SUPLENTE.
VIRGILIO VALENCIA VÁSQUEZ, NORMA AMAYA DE ORTIZ,
CUARTO REGIDOR SUPLENTE. SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F036871)
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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
ESTATUTOS DE ASOCIACIÓN
DE DESARROLLO COMUNAL PRO MEJORAMIENTO
DE LA COLONIA “BELLA VISTA”, CANTON TRES CEIBAS
DE LA CIUDAD DE ARMENIA DEL
DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DURACIÓN
Y DOMICILIO.
Art. 1.- La asociación que se constituye estará regulada por el
Código Municipal, las Ordenanzas Reguladoras de las Asociaciones
Comunales del Municipio de la Ciudad de Armenia, por los Estatutos,
el Reglamento interno y demás disposiciones aplicables, la Asociación
se denominará “Asociación de Desarrollo Comunal Pro Mejoramiento
de la Colonia “BELLA VISTA” de esta Ciudad, que podrá abreviarse
“ADESCO BELLA VISTA”, como una entidad apolítica, no lucrativa,
ni religiosa, que en los presentes estatutos se denominará “LA ASO-
CIACIÓN”.
Art. 2.- La duración será por tiempo indefi nido; sin embargo,
podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en
las Ordenanzas Reguladoras, estos Estatutos y demás disposiciones
aplicables.
Art. 3.- El domicilio de la asociación será en la Colonia “BELLA
VISTA” de la jurisdicción del Cantón Tres Ceibas de esta ciudad, la cual
se encuentra ubicada al norte de la Ciudad de Armenia, Municipio del
Departamento de Sonsonate.
FINES
Art. 4.- La asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano y
la obra física que proyecta la asociación, para ello deberá:
- Promover el progreso de la respectiva localidad conjunta-
mente con organismos públicos y privados que participan en
los correspondientes programas.
- Fomentar el espíritu de la comunidad y cooperación entre
los vecinos, grupos y entidades representativas.
- Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados
en la localidad, en la mayor integración de sus miembros y
en la mejor organización de sus actividades.
- Impulsar y participar en programas de capacitación para
administración de proyectos sociales y económicos y la
elevación de los niveles educativos.
- Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la
comunidad con el equipamiento y la de medios indispensables
para solucionar los distintos problemas que existieren en la
comunidad.
- Promover las organizaciones juveniles haciéndolas partícipes
de la responsabilidad de los programas de desarrollo local.
- Incrementar actividades comunitarias a fi n de obtener recur-
sos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la
comunidad.
- Participar en los programas de desarrollo local, regional y
nacional y específi camente de los proyectos para el mejo-
ramiento de la comunidad y en cuanto a los recursos locales
que deben de utilizarse.
Art. 5.- Los asociados pueden ser: Activos y Honorarios.
Todos deben de ser personas mayores de dieciocho años; sin
embargo, cuando las personas provengan de asociaciones juveniles, el
requisito de edad antes mencionado será el de quince años.
Son Asociados Activos, todas las personas que reúnen los requi-
sitos señalados en el inciso anterior residentes dentro de los límites de
la unidad vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantes
inmediatas.
Son Asociados Honorarios, aquellas personas a quienes la Asamblea
General, a su iniciativa o propuesta de la Junta Directiva le conceda tal
calidad, en atención a sus méritos y relevantes servicios prestados a la
asociación.
Art. 6.- Los asociados Honorarios, gozarán de los derechos que la
asamblea general les otorgue.
Art. 7.- El gobierno de la asociación será ejercido por la Asamblea
General y la Junta Directiva.
Art. 8.- La Asamblea General la integrarán todos los asociados
y se instalará con la mayoría simple, es decir la mitad más uno de los
asociados activos, también puede haber representación de asociados;
pero cada asociado no podrá estar representado por más de una persona,
salvo que la Asamblea los autorice. Las resoluciones se acordarán por
mayoría de votos de los presentes o de los representados.
Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente cuatro
veces al año con intervalo de tres meses, debiendo celebrarse la primera
de éstas en el mes de Septiembre y extraordinariamente cuando sea
convocada por la junta iniciativa propia o a solicitud de diez miembros
de la asociación.
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Art. 10.- En las Asambleas Generales Ordinarias se tratarán los
asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados.
En las Asambleas Generales Extraordinarias solo se tratarán los asuntos
para los cuales fue convocada la misma.
DE LA JUNTA DIRECTIVA.
Art. 11.- La Junta Directiva estará integrada por trece miembros
propietarios electos en asamblea general por votación nominal o por
planilla. En todo caso, la nominación de los cargos será de la manera
siguiente: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Pro-Secretario, Tesore-
ro, Pro-Tesorero Síndico y seis Vocales. Los cargos de la junta directiva
serán Ad honoren; sin embargo, cuando el asociado trabaje en actividades
particulares y eventuales para la asociación podrá cobrar una retribución
convencional o cuando el volumen del trabajo y las circunstancias lo
ameriten, previo acuerdo de la asamblea general.
Art. 12.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo me-
nos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario
previa convocatoria que haga el presidente. Para que la sesión sea válida
deberán concurrir por lo menos cinco de sus miembros y las resoluciones
se tomarán por mayoría de votos de los asistentes. En caso de empate el
Presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.
Art. 13.- Son atribuciones de la JUNTA DIRECTIVA:
- Elaborar los proyectos de los estatutos de la asociación y
proponerlos a la asamblea general.
- Determinar juntamente con las instituciones que colaboran
con el desarrollo comunal, el plan y encauzar su mejor or-
ganización y desenvolvimiento.
- Convocar a la asamblea general a reuniones ordinarias o
extraordinarias.
- Coordinarse con los organismos del Estado, las municipa-
lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar
en la región en proyectos de desarrollo de la comunidad.
- Participar en su caso en las investigaciones, planeamientos,
ejecución y evaluación de los programas y proyectos.
- Informar periódicamente a la asamblea general y a los orga-
nismos que cooperen con sus programas de actividades que
desarrolla.
- Tomar medidas necesarias para cumplir y para aplicar las
disposiciones emanadas de la asamblea general.
- Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos
de la asociación.
- Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
miembros de la asociación.
- Resolver justa y legalmente las situaciones excepcionales
no previstas en estos estatutos y que demanden inmediata
solución.
- Presentar a la consideración y aprobación de la asamblea
general, en la sesión ordinaria del mes de Diciembre la
memoria anual de sus actividades.
- Llamar al miembro correspondiente de la junta directiva
cuando el titular esté ausente o no concurriere a tres sesiones
consecutivas por lo menos sin causa justifi cada.
- Presentar a la consideración de la asamblea general con
quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo,
el plan anual y el presupuesto de gastos de la asociación.
Art. 14.- El Presidente de la Junta Directiva, tendrá las siguientes
atribuciones:
- Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta
Directiva y de la asamblea general.
- Coordinar todas las actividades de los miembros de la Junta
Directiva.
- Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta
Directiva y de la asamblea general.
- Coordinar la planifi cación y la realización de proyectos y de
todas aquellas actividades para el cumplimiento de lo esta-
blecido en el artículo cuatro de los presentes estatutos.
- Firmar documentación como credenciales, correspondencia
y las actas y acuerdos de la junta directiva y de la asamblea
general, juntamente con el secretario de actas y acuerdos,
y los demás miembros que a criterio de la junta directiva
considere conveniente y necesario.
- Participar con el resto de los miembros de la junta directiva y
con los vecinos de la colonia en la realización de actividades
y en la ejecución de proyectos y obras.
Art. 15.- El Vicepresidente: tendrá las siguientes atribuciones:
- Colaborará con el Presidente y lo sustituirá en los casos de
ausencia o impedimento de éste.
- Coordinar con los demás miembros de la junta directiva la
organización de otras directivas o grupos de apoyo que se
necesiten para el cumplimiento de sus planes y programas.
- Participar con el resto de los miembros de la junta directiva
y con los vecinos de la comunidad en la realización de acti-
vidades y en la ejecución de proyectos y obras.
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Art. 16.- El Secretario: tendrá las siguientes atribuciones:
- Asistir regularmente a todas las sesiones ordinarias y extraor-
dinarias de la junta directiva y de la asamblea general, salvo
por causa justifi cada.
- Levantar las actas y consignar en ellas los acuerdos que la
junta directiva o la asamblea general tomen y los aspectos
de mayor relevancia de las propuestas y discusiones que se
susciten en el desarrollo de las sesiones ordinarias o extraor-
dinarias.
- Leer previo al desarrollo de toda reunión, para su discusión
y aprobación, el acta de la sesión anterior.
- Elaborar toda correspondencia o cualquier otro documento
que la junta directiva le encomiende.
- Llevar ordenadamente un registro de los miembros de la
asociación.
- Llevar un archivo actualizado de la junta directiva.
- Participar con el resto de los miembros de la junta directiva y
con los vecinos de la colonia en la realización de actividades
y en la ejecución de proyectos y obras.
Art. 17.- El Tesorero tendrá las siguientes atribuciones:
- Mantener en custodia y llevar el control sobre los bienes y
el patrimonio de la junta directiva y de la asociación.
- Depositar los fondos de la junta directiva en la institución
bancaria que la junta directiva determine.
- Llevar la contabilidad de ingresos y egresos de la junta
directiva y de la asociación y establecer el resultado por los
medios que estime conveniente al fi nal del ejercicio.
- Extender fi rmados y sellados los recibos de los contribuyentes
y colaboradores de la junta directiva y de la asociación, así
como cualquier otra transacción que ejecute con autorización
de la junta directiva.
- Se encargará de que se hagan efectivos los créditos a favor
de la asociación y dará cuenta a la junta directiva, en cada
sesión del estado económico cuando sea solicitado.
- Hará los pagos de las obligaciones de la asociación, con el visto
bueno del secretario y el presidente de la junta directiva.
- Al abrir cuenta en una institución bancaria a nombre de la
asociación, se registrará en la misma, las fi rmas del tesorero,
el presidente y el síndico de la junta directiva, y para el re-
gistro de los expresados fondos se requerirá de las fi rmas de
los directivos en mención, y una vez aprobados por la junta
directiva en pleno.
Art. 18.- El Síndico tendrá las siguientes atribuciones:
- Representar judicial y extrajudicialmente a la junta directiva
y la asociación.
- Vigilar porque el desempeño de la junta directiva, sea apegado
a lo establecido en los estatutos.
- Vigilar para que los acuerdos de la junta directiva y de la
asamblea general se cumplan.
- Vigilar que los fondos de la junta directiva y de la asociación
se inviertan de manera correcta en la realización de actividades
y ejecución de obras y proyectos en benefi cio de la colonia
o para fi nes que la junta directiva acuerde.
- A falta del síndico fungirán los vocales en su orden, res-
pectivamente autorizados en reunión ordinaria de la Junta
Directiva.
Art. 19.- Los vocales: colaborarán con la junta directiva en la
medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los
miembros de la junta directiva que faltaren.
Art. 20.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para
un período de dos años pudiendo ser reelectos para otro período, si la
asamblea general así lo decidiere.
Art. 21.- El Patrimonio de la asociación estará constituido de la
siguiente manera:
- Por la contribución que aporten los asociados activos, la cual
será como mínimo de un dólar mensual pudiendo ser mayor
sobre la base de las posibilidades y la voluntad de cada uno
de los asociados.
- Las subvenciones o aportes extraordinarios que provengan
de las diferentes fuentes.
- Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para captar los fondos a la asociación.
- Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier título
y las rentas que se obtengan de la administración de los
mismos.
- Los bienes que formen parte de la asociación no podrán ser
enajenados o dados en garantía sin autorización previa de
la asamblea general.
LOS REQUISITOS PARA SER MIEMBRO
DE LA DIRECTIVA
Art. 22.- Para ser miembro de la junta directiva se requiere:
- Ser mayor de dieciocho años.
- Ser de reconocida honradez y buena conducta pública y
privada.
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- Vivir en cualquier propiedad ubicada en la Colonia “BELLA
VISTA” bien sea de carácter de propietario, inquilino o de
arrendatario y cuando el domicilio sea de esta colonia.
- Estar en el pleno uso de las facultades mentales y de los
derechos de ciudadano.
- Tener comprobado y manifi esto deseo de colaboración y
espíritu de servicio.
- Ser electo en asamblea general por votación nominal y pú-
blica.
- Haber manifestado públicamente la aceptación del cargo para
el que ha sido propuesto previo a su elección.
DE LA NO DISCRIMINACION
Art. 23.- Ninguna persona, si cumple con los requisitos del artí-
culo anterior podrá ser discriminada para optar a un cargo en la Junta
Directiva, ni para participar en actividades o proyectos en la Colonia
“BELLA VISTA”, por razones de fi liación política, su raza, su sexo,
creencias religiosas, condición económica, posición social, nivel acadé-
mico, profesión u ofi cio o por impedimento o limitación física alguna.
DE LA SUSPENSIÓN, DESTITUCIÓN Y SUSTITUCIÓN.
Art. 24.- Cualquier miembro de la junta directiva puede ser sus-
tituido, suspendido o destituido de su cargo por acuerdo de la mayoría
de los miembros que la integran, según sean las causales o la naturaleza
de las faltas en que incurran.
Art. 25.- La Junta Directiva puede sustituir a uno o más miembros
propietarios o suplentes por las razones siguientes:
- Inasistencia injustifi cada a cinco reuniones ordinarias o
extraordinarias consecutivas o seis alternas.
- Inasistencia injustifi cada a tres actividades consecutivas
programadas por la junta directiva y que requiera la presencia
de todos sus miembros.
- Comprobada mala conducta, deseo de dejar de pertenecer a
la junta directiva manifestando su renuncia por escrito.
Art. 26.- La junta directiva puede suspender temporalmente a uno
o más miembros propietarios o suplentes por las razones siguientes:
- Por comprobada mala conducta pública o privada, que com-
prometa el buen nombre de la directiva y de la asociación.
- Por prestarse a propagar rumores que comprometan el prestigio
y buen nombre de la Directiva, de la asociación o de alguno
de sus miembros.
- Cuando realice actividades o recaudaciones sin acuerdo y
autorización de la Junta Directiva.
- Cuando introduzca por sí o por otros en la Junta Directiva
elementos disociadores que rompan su cohesión y armonía.
- Cuando por enfermedad no le sea posible asistir por un período
prolongado de tiempo, tanto a las reuniones ordinarias como
extraordinarias y a toda actividad de la Junta Directiva.
En casos de los literales anteriores, la suspensión no podrá ser de
menos de un mes ni mayor de tres.
Art. 27.- La Junta Directiva puede destituir defi nitivamente uno o
más de sus miembros propietarios o suplentes por las siguientes razo-
nes:
- Por habérsele suspendido según el artículo anterior, en más
de tres oportunidades.
- Solicitar y obtener fraudulentamente para sí o para otras ayudas
económicas en materiales o de cualquier otra naturaleza.
- Apropiarse de los fondos que se hayan entregado para realizar
actividades o para cualquier otra diligencia.
- Falsifi car o alterar documentos que pertenezcan a la Junta
Directiva o que deberían presentarse para justifi car gastos o
asignación de fondos.
- Usar para su benefi cio el sello, emblema, logotipo o cualquier
otra identifi cación de la Junta Directiva.
- Cuando por la comisión de un delito comprobado legalmente
pierda sus derechos de ciudadano.
DE LOS DERECHOS Y DEBERES
Art. 28.- Son deberes de los miembros de la Junta Directiva:
- Cumplir con los presentes estatutos.
- Cumplir con sus acuerdos y con los de la asamblea gene-
ral.
- Asistir con puntualidad en las sesiones ordinarias y extraor-
dinarias de la Junta Directiva y de la Asamblea General.
- Participar en la realización de toda actividad y en la ejecución
de obras y proyectos, salvo excusa valedera para los demás
miembros de la Junta Directiva.
- Mantener permanentemente informados a los habitantes en la
Colonia “BELLA VISTA”; someterse a auditorías internas y
externas cuando los miembros de la Asociación, la Alcaldía
Municipal o la Corte de Cuentas de la República lo soliciten,
durante el periodo de gestión tal como lo determina el literal
g) del art. 15 del Código Municipal.
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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
Art. 29.- Son derechos de los miembros de la Junta Directiva:
- Participar con voz y voto en las reuniones ordinarias y extraor-
dinarias de la Junta Directiva y de la Asamblea General.
- Participar con voz y voto en la planifi cación del trabajo de
la Junta Directiva, así como en las actividades y en las obras
y proyectos que realicen.
- Gozar de los privilegios que le otorga su calidad de miembro
de la Junta Directiva.
- Formar parte de las comisiones especiales que se organicen
para asistir a eventos de promoción de trabajo, captación de
fondos y recaudación de materiales.
- Proponer candidatos para su elección como miembros de la
Junta Directiva o de grupos o de comités de apoyo.
DE LA ASOCIACION
Art. 30.- Son miembros de la Asociación, todos los vecinos
mayores de dieciséis años que habiten en la Colonia “BELLA VISTA”,
bien sea como propietarios, inquilino o arrendante.
Los anteriores constituyen la Asamblea General de la Asociación,
la cual se constituye con mayoría simple.
Art. 31.- La calidad de miembro de la Asociación se pierde por
las siguientes razones:
- Por incurrir en cualquiera de las faltas señaladas en el Artículo
27 de los presentes estatutos.
- Por renunciar voluntariamente y por escrito ante la Junta
Directiva de la comunidad.
DE LOS DERECHOS
Art. 32.- Son derechos de los miembros de la asociación:
- Asistir con voz y voto a las sesiones ordinarias y extraordi-
narias de la Asamblea General que se convoque.
- Proponer para su elección a otros miembros y a ser electos
como miembros de la Junta Directiva.
- Solicitar de la Junta Directiva informe sobre los planes de
trabajo y de los objetivos alcanzados, así como sus estados
fi nancieros.
- Participar en la realización de actividades y en la ejecución
de obras y proyectos.
DE LOS DEBERES
Art. 33.- Son deberes de los miembros de la Asociación.
- Cumplir con efi ciencia, responsabilidad y honradez con los
cargos en la Junta Directiva para los cuales fueron electos.
- Cumplir con estos estatutos, lo mismo que con los acuerdos
de la Junta Directiva y de la Asamblea general.
- Asistir con voz y voto a las sesiones ordinarias y extraordi-
narias de Asamblea General a que se convoque.
- Dar su colaboración para la realización de actividades, obras
o proyectos que la Junta Directiva realice.
- Participar en la realización de actividades y en la ejecución
de obras y proyectos.
- En el caso de las cuotas económicas que la Junta Directiva
solicite, la colaboración del miembro de la asociación será
necesariamente voluntaria o dependerá el tipo de proyec-
to.
DE LA MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS
Art. 34.- Los presentes estatutos sólo podrán ser modifi cados por
el voto de las dos terceras partes de los miembros de la Junta Directiva
y a solicitud de tres o más de ellos.
El acuerdo de modifi cación deberá ser ratifi cado por el voto
de la mitad más uno de los miembros de la asociación presentes en la
asamblea general extraordinaria convocada para tal efecto.
DE LA DISOLUCION
Art. 35.- La asociación podrá ser disuelta por las siguientes cau-
sas:
- Cuando la Junta Directiva no pueda cumplir con los objetivos
para los cuales fue constituida.
- Cuando el procedimiento de sus miembros no se ajuste a lo
establecido por los estatutos o quebranten el marco legal.
- Cuando a la junta directiva no le sea posible conseguir para
cumplir con sus objetivos, la colaboración de ningún miembro
de la asociación.
Art. 36.- El acuerdo de disolución deberá ser tomado por lo menos
por el sesenta por ciento de los miembros de la junta directiva en sesión
extraordinaria convocada para tal efecto y a petición de por lo menos
cuatro de sus integrantes.
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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
Art. 37.- El acuerdo de la disolución de la Junta Directiva deberá
ser ratifi cado por la mitad más uno de los miembros de la Asamblea
General presentes en sesión extraordinaria convocada para tal efecto.
DE LA LIQUIDACIÓN.
Art. 38.- Disuelta la Asociación se remitirá certifi cación del acta
respectiva al registrador de las asociaciones comunales de la Alcaldía
Municipal de esta ciudad, dentro de los diez días siguientes a la fecha
en que fue ratifi cado el acuerdo de disolución.
Art. 39.- Luego de disuelta la asociación, se formará una comisión
liquidadora integrada por dos representantes delegados de la Alcaldía
Municipal de esta Ciudad y dos representantes de la Junta Directiva, el
Síndico y Tesorero, respectivamente.
Art. 40.- La Junta Directiva pondrá a disposición de la comisión
liquidadora los libros y documentos y debe facilitar los informes y
aclaraciones que se soliciten.
Art. 41.- El Patrimonio de la Asociación, una vez liquidada servirá
para: Cancelar deudas si las hubiere, Donarlos a instituciones benéfi cas
que la Alcaldía Municipal de esta Ciudad determine.
DISPOSICIONES GENERALES.
Art. 42.- La Junta Directiva remitirá a la Alcaldía Municipal de
esta Ciudad, en un plazo de quince días a partir de la fecha de elección,
la nómina de sus integrantes.
Art. 43.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho días
después de publicados en el Diario Ofi cial.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.-
CERTIFICA: Que en el LIBRO DE ACTAS Y ACUERDOS
MUNICIPALES, que esta Alcaldía llevó durante el año dos mil nueve,
se encuentra el ACTA NÚMERO CINCUENTA, la que literalmen-
te dice: “ACTA MUNICIPAL NÚMERO CINCUENTA”. Sesión
Ordinaria Celebrada por la Municipalidad de la Ciudad de Armenia,
Departamento de Sonsonate, a las DIECISÉIS horas con DIEZ minutos
del día MIÉRCOLES DIECISÉIS del mes de DICIEMBRE del año dos
mil nueve.- Reunidos los Miembros del Concejo Municipal, convocados
al efecto por el Señor Alcalde Municipal Propietario Ingeniero Carlos
Alberto Molina López, con la asistencia del Señor Síndico Municipal
Licenciado Jhuran Efraín Osorio Barahona, de los Regidores Propietarios
del Primero al Octavo por su orden: Señora Josefi na Barahona de Zepeda,
Ingeniero Gerardo Erdulfo Torres Melgar, Señor Julio César Romero
Olivares, Señor Héctor Manuel Aquino Guardado, Señor Jorge Alberto
Mazariego, Licenciado José Roberto Díaz Mayén, Profesor Guillermo
Efraín Tutila, Señor Carlos Roberto Polanco Orellana, de los Regido-
res Suplentes: Señor Isrrael Menjívar Cabeza, Señor Ernesto Godoy
González, y la del Secretario de actuaciones Señor Adalberto García
Ortiz.- Presidió el Señor Alcalde Municipal estableciendo el Quórum
correspondiente, Acto seguido declaró abierta la Sesión, se dio lectura
al Acta anterior, la cual después de discutirse fue aprobada en todas
sus partes y sin modifi caciones; así mismo fue leída la correspondencia
recibida la que pasó a su Archivo respectivo, tratándose a continuación
los Acuerdos que se describen:“ACUERDO NÚMERO UNO”. El
Concejo, En Uso de las facultades legales que le confi ere el Código
Municipal en vigencia, y Vistos los Estatutos de la ASOCIACIÓN DE
DESARROLLO COMUNAL de la Colonia BELLA VISTA, ubicada
en el Municipio de Armenia, Departamento de Sonsonate, Compuestos
de Cuarenta y Tres Artículos, y no encontrando en ellos ninguna dis-
posición que contraríen las Leyes de la República o que intervengan en
contra de la moral y de las buenas costumbres, y de conformidad con
lo que establece el Artículo Número 119, del Código Municipal rela-
cionado, en Consecuencia, por Unanimidad, ACUERDA: APROBAR
EN TODAS SUS PARTES los referidos Estatutos y CONCEDER EL
CARÁCTER DE PERSONERIA JURIDICA, a la ASOCIACIÓN DE
DESARROLLO COMUNAL de la Colonia BELLA VISTA, ubicada
en el Municipio de Armenia, Departamento de Sonsonate.- Certifíquese
y Publíquese para los efectos legales consiguientes. Y no habiendo
nada más que hacer constar se dá por terminada la presente Acta que
de conformidad fi rmamos.- CAMolinaL.// JEOsorioB.// JBdeZepeda//
GETorresM.// JCRomeroO.// HMAquinoG.///JAMazariego//J.R.D.///
GEfraínT.///CRPolancoO.///IMenjívarC.///ErnestoGodoyGonzález//
AGarcíaO.//Srio////////////////RUBRICADAS////////////
ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON LA CUAL SE
CONFRONTO: Alcaldía Municipal: Armenia, a catorce días del mes
de Enero del año dos mil diez.-
Ing. Carlos Alberto Molina López,
Alcalde Municipal.
Adalberto García Ortiz,
Secretario Municipal.
(Registro No. F036804)
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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO
COMUNAL JARDINES DE IZALCO,
QUE SE ABREVIA "ADESCOJI".
CAPITULO I.
NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DURACIÓN
Y DOMICILIO.
Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código
Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del
Municipio de Izalco, por estos Estatutos, el Reglamento Interno y demás
disposiciones aplicables. La Asociación será una entidad apolítica y no
lucrativa, podrá participar en el Campo Social, Económico, Cultural,
Religioso, Cívico, Laboral en lo relacionado y en cualquier otro que
fuere provechoso a la Comunidad. La Asociación se denominará, ASO-
CIACION DE DESARROLLO COMUNAL JARDINES DE IZALCO,
CANTON HUISCOYOLATE, que podrá abreviarse ADESCOJI, que
en los presentes Estatutos se denominará la ASOCIACION.
Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido,
sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos
previstos en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del
Municipio de Izalco, estos Estatutos y demás disposiciones aplicables.
Art. 3.- El domicilio de la Asociación será la Lotifi cación Jardines
de Izalco, Cantón Huiscoyolate, Jurisdicción de Izalco, Departamento
de Sonsonate.
CAPITULO II.
FINES
Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano y
la obra física que proyecte la Asociación, para ello deberá:
a) Promover el progreso de la respectiva localidad, juntamente
con instituciones públicas y organismos privados, nacionales
e internacionales que participen en los correspondientes
programas.
b) Fomentar el espíritu de la solidaridad y cooperación mutua
entre los vecinos, sus grupos y entidades representativas.
c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados
en a localidad, en la mayor integración de sus miembros y la
mejor realización de sus actividades.
d) Impulsar y practicar en los programas de capacitación
promocional de los dirigentes y grupos comunales, con el
fi n de contribuir al mejoramiento de la organización de la
comunidad, la administración de los proyectos sociales y
económicos y la elevación de los niveles educativos.
e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la Co-
munidad con el equipamiento y los medios indispensables
para solucionar los distintos problemas que existieren en la
Comunidad.
f) Promover las organizaciones juveniles haciéndolas partíci-
pes de las responsabilidades de los programas de desarrollo
local.
g) Incrementar las actividades comunales a fi n de obtener
recursos propios, que sirvan para impulsar el mejoramiento
de la Comunidad.
h) Participar en los planes de desarrollo locales, regionales y
nacionales y especialmente en la determinación de los pro-
yectos contemplados en su plan de actividades y establecer
los recursos que deben utilizarse.
CAPITULO III.
CALIDAD, DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASOCIADOS.
Art. 5.- Los Asociados deben ser:
a) ACTIVOS.
b) HONORARIOS.
Todos deben ser mayores de dieciocho años, sin embargo cuando
las personas provengan de Comités Juveniles, el requisito de edad antes
mencionado será el de quince años.
Son Asociados Activos, todas las personas que reúnen los requi-
sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de
la unidad vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantes
inmediatas.
Son Asociados Honorarios, aquellas personas a quienes la Asamblea
General, por su iniciativa a propuesta de la Junta Directiva les conceda
tal calidad, en atención a sus méritos y relevantes servicios prestados a
la Asociación.
Art. 6.- Son deberes y derechos de los Asociados Activos:
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo
solicite por escrito.
c) Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva.
d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al
incremento del número de miembros de la Asociación.
e) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asambleas Generales
previa convocatoria escrita.
f) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de la
Asamblea y Junta Directiva, siempre que estén relacionados
con los fi nes de la Asociación.
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Art. 7.- Los Asociados Honorarios, gozarán de los derechos que
la Asamblea General les otorgue.
CAPITULO IV.
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.
Art. 8.- El gobierno de la Asociación estará constituido por:
a) La Asamblea General que será la máxima autoridad de la
Asociación.
b) La Junta Directiva que será el órgano ejecutivo, estará integrado
por el número de miembros que determinen los Estatutos.
CAPITULO V.
DE LA ASAMBLEA GENERAL.
Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los Asociados
y se instalará con la mayoría simple de los Asociados, pudiendo haber
representación por escrito simple de los Asociados; pero cada Asociado
no podrá estar representado por más de una persona, ni una sola persona
podrá representar a más de un Asociado. Las resoluciones se acordarán
por mayoría de votos de los presentes o representantes.
Art. 10.- La Asamblea General, se reunirá Ordinariamente cuatro
veces al año con intervalo de tres meses, debiendo celebrarse la primera
de éstas en el mes de marzo y Extraordinariamente cuando sea convocada
por la Junta Directiva por iniciativa propia o a solicitud del cinco por
ciento de sus miembros afi liados.
Art. 11.- En Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos
comprendidos en la agenda y los que propongan los Asociados, en las
Asambleas Generales Extraordinarias, sólo se tratarán los asuntos com-
prendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos
será nula.
Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Ex-
traordinaria, se hará por cualquier medio, sea escrito, radial, televisivo,
internet y otros, con ocho días de anticipación, para la primera y con
cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicándose en
los mismos, el lugar, día y hora que se han de celebrar.
Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de
quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después de la seña-
lada con los Asociados que concurran, en este último caso, las decisiones
que se adopten serán obligatorias aun para aquellos que convocados en
la forma prescrita de estos Estatutos no concurrieren.
Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado
fi nanciero de la Asociación.
c) Destituir total o parcialmente por causa justifi cada a los miem-
bros de la Junta Directiva y elegir a sus nuevos miembros.
d) Retirar la calidad de miembros de la misma a los que hubieren
renunciado, fallecido o perdido su calidad de Asociado.
e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-
te.
f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que
sean necesarios.
g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos
que se dicten.
h) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo Presupues-
to.
i) Otorgar la calidad de Asociados Honorarios.
j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcio-
nalmente no previstas en estos Estatutos y que demanden
inmediata solución.
k) Nombrar al Comité de Vigilancia, para un período de tres
años, formado por tres miembros de la Asociación que no
sean directivos, quienes tendrán potestad y acceso a todas las
gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos
de la Asociación, con el objetivo de velar porque el patrimonio
de la Asociación sea manejado con transparencia y honradez
en la consecución de sus fi nes.
l) Pedir cuando lo consideren oportuno auditorías internas como
externas.
CAPITULO VI.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE
ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.
Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de
ella por acuerdo de la Asamblea General, tomado por mayoría de votos
previa audiencia de éstos, por infracción a la Ordenanza, Reglamento,
y Estatutos. Se consideran además como causales de retiro o expulsión
las siguientes:
a) Mala conducta del Asociado que se traduzca en perjuicio
grave para la Asociación.
b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vaya
en perjuicio de la Asociación.
c) Obtener por medios fraudulentos o sutiles, benefi cios de la
Asociación para sí o para terceros.
d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-
ción.
Cuando el volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten,
previo acuerdo de la Asamblea General.
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Art. 15.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente por lo me-
nos una vez al mes y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario,
previa convocatoria que haga el presidente. Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis miembros de sus propietarios, y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces, tendrá voto doble.
Art. 16.- Son atribuciones y deberes de la Junta Directiva:
a) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y pro-ponerlos a la Asamblea General.
b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto correspondiente.
c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar su mejor organización y desenvolvimiento.
d) Convocar a la Asamblea General a reuniones Ordinarias y Extraordinarias.
e) Coordinarse con los organismos del Estado, las Municipalida-des y con las entidades privadas con las que tenga que trabajar en la región, en proyectos de desarrollo de la Comunidad.
f) Participar en su caso en las investigaciones, planteamientos, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento de la localidad.
g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los Or-ganismos que cooperan en sus programas de las actividades que desarrolla.
h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las disposiciones emanadas de la Asamblea General.
i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación, hasta un máximo de cincuenta dólares.
j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los miembros de la Asociación.
k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión Ordinaria del mes de diciembre, la Memoria Anual de sus actividades.
l) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva, cuando el titular esté ausente o no concurriese a tres sesiones consecutivas por lo menos, sin causa justifi cada.
m) Presentar a la consideración de la Asamblea General con quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo, el Plan Anual y el Presupuesto de gastos de la Asociación.
n) Acceder a todo lo solicitado por la Asamblea General siempre y cuando sea por escrito, con decoro, respeto y por lo menos con las fi rmas del cinco por ciento de los Asociados.
Art. 17.- El Presidente de la Junta Directiva presidirá las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 18.- El Vicepresidente, colaborará con el Presidente y lo sus-tituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 19.- El o la Secretaria será el órgano de comunicación de la Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 20.- El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva; Libro de Membrecía y será el encargado de extender las certifi caciones que se soliciten a la Asociación, y todo lo demás que fuere encomendado por la Asociación.
Art. 21.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad y las cuentas de la misma. Se encargará además, de hacer efectivos los créditos a favor de la Asociación y está obligado a dar cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado económico, hará los pagos de las obligaciones de la Asociación. En todo caso serán autorizados los pagos por el Secretario y con el Visto Bueno del Presidente y el Síndico de la Asociación.
Todos los fondos serán depositados en una institución bancaria o crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación y se registrarán las fi rmas del Tesorero, Presidente y Síndico de la Aso-ciación.
Para todo retiro bancario será necesario la concurrencia de las fi rmas de los expresados directivos, una vez sea aprobado por la misma directiva y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 22.- El Pro-Tesorero, tendrá las mismas funciones del Tesorero, colaborará y lo sustituirá en casos de ausencia o impedimentos de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 23.- El Síndico junto o separado con el Presidente, tendrá la responsabilidad judicial y extrajudicial de la Asociación; del mismo modo puede otorgar y revocar poderes judiciales o administrativos o de cualquier otra índole y necesitará de la autorización previa de la Junta Directiva para ejercerla en cada caso. A falta del Síndico fungirán los Vocales por su orden respectivamente autorizados en sesión de Junta Directiva.
Art. 24.- El Síndico, velará por el estricto cumplimiento de los presentes Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General y por la Junta Directiva, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 25.- Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltaren y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 26.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un período de dos años, pudiendo ser reelectos únicamente para un período más, si la Asamblea General así lo decidiere. No obstante lo anterior, estos miembros pueden volver a ser propuestos a cargos de directivos pasados dos años de intervalo sin ejercer estas funciones.
Los miembros suplentes podrán ser propietarios, no obstante haber ejercido como tal, uno o dos períodos anteriores.
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CAPITULO VIII.
DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION.
Art. 27.- El patrimonio de la institución estará constituido por:
a) La contribución económica que la mayoría califi cada de la Asamblea General haya acordado, la cual puede ser desde veinticinco centavos de dólar o más y podrá modifi carse en Asamblea General.
b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes fuentes.
c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad lícita rea-lizada para recaudar fondos para la Asociación.
Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título y las rentas que se obtengan de la administración de los mismos.
Los bienes de la Asociación son inalienables e imprescriptibles, salvo que la Asociación con el voto de las tres cuartas partes de sus miembros, acordare afectarlos.
Art. 28.- Todas las utilidades obtenidas por la Asociación, pasarán a formar parte del Fondo General de la Asociación y depositado de inmediato en cualquier banco nacional a nombre de la misma. La Aso-ciación llevará un libro especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo aumento o disminución del mismo.
La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obra física siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de recur-sos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Junta Directiva siempre y cuando no exceda de cincuenta dólares. Todo gasto que exceda de los cincuenta dólares debe ser autorizado por la mayoría simple de la Asamblea General, y asentado en acta.
Art. 29.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo se obtuvieren ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los pro-yectos comunales en los cuales puedan ser aplicadas tales ganancias.
CAPITULO IX.
DISOLUCION DE LA ASOCIACION.
Art. 30.- En caso de disolución, si después de pagadas las obliga-ciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la Junta Directiva deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente que hubiere quedado, después de treinta días de haber pagado las obligaciones que tuviere la Asociación, con la condición de que sean destinados los fondos a programas de desarrollo comunal a realizarse preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación.
Art. 31.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión Extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos ter-ceras partes de las personas que forman la Asociación, por los motivos que la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales y demás disposiciones aplicables establezcan.
CAPITULO X.
DISPOSICIONES GENERALES.
Art. 32.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina
de la Junta Directiva electa, en todo caso está obligada de proporcionar
al expresado Concejo, cualquier dato o informe que se le pidiere relativo
a la Asociación. También informará en la forma expresada en el inciso
anterior, de las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva
cuando sea de manera defi nitiva. Dentro de los treinta días posteriores a
la elección de la Junta Directiva, deberá enviar al expresado Concejo su
plan de actividades. La Alcaldía Municipal deberá realizar una auditoría
por año o cuando por lo menos el cinco por ciento de los Asociados así
lo pida.
Art. 33.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días
después de su publicación en el Diario Ofi cial.
El Infrascrito Alcalde Municipal de esta Ciudad.
Certifi ca: el Acuerdo Municipal que literalmente dice: ACUERDO
NUMERO CINCO.- La Municipalidad, Vistos los ESTATUTOS DE
LA "ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL DE LA LOTI-
FICACION JARDINES DE IZALCO" del Cantón Huiscoyolate, de la
Jurisdicción de Izalco, Departamento de Sonsonate y de este mismo
domicilio, que podrá abreviarse "ADESCOJI", conteniendo TREINTA
Y TRES ARTÍCULOS, y no encontrándose en ellos ninguna disposición
contraria a las Leyes de la República, al orden público, ni a las buenas
costumbres, de conformidad al Artículo 119 del Código Municipal;
este Concejo ACUERDA: Aprobar los Estatutos en todas sus partes,
autorizar la inscripción de los mismos en el Registro de Inscripciones
de Asociaciones que lleva esta Alcaldía Municipal, y conceder a dicha
Asociación el carácter de Persona Jurídica.- Comuníquese y Mándese
a publicar en el Diario Ofi cial, para los demás efectos legales.
Y no habiendo más que hacer constar, damos por terminada la
presente que fi rmamos.- R. A. ALVARADO B.//.- ALC. MPAL.//.- A.
R. MONTOYA//.- M. P. CISNEROS DE SANABRIA//.- D. A. MASIN
C.//.- E. A. CASTRO. P//.- V. I. PERALTA//.- E. E. SEGURA D.//.- M.
DE J. BRIZUELA O.//.- D. A. CHINCO P.//.- GUST.//.- J. C. RAMOS.
M.//.- M. T. VEGA M.//.- H. S. ZANCO M.//.- K. L. ARAUZ A.//.- R.
MEJIA M.//.- J. I. SARMIENTO G.//.- R. D. A. Btos//.- Srio. Mpl.
RUBRICADAS.
ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE
CONFRONTO.- Alcaldía Municipal: Izalco, dieciocho de diciembre
de dos mil nueve.
LIC. ROBERTO ABRAHAM ALVARADO BARRIENTOS,
ALCALDE MUNICIPAL.
LIC. RICARDO DIONICIO AYALA BARRIENTOS,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F036898)
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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO
COMUNAL, CANTON LLANO DE LA LAGUNA,
COLONIA CARRILLO, MUNICIPIO Y
DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN.
CAPITULO I.
NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION,
DOMICILIO.
Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora, de las Asociaciones de Desarrollo Comunal de la Alcaldía Municipal de Ahuachapán, y por los Estatutos, Reglamento Interno y demás disposiciones aplicables. La Asociación será una entidad apolítica y no lucrativa, podrá participar en el campo social, económico, cultural, religioso, cívico, educativo y en cualquier otro que fuere legal y provechoso a la Comunidad, la Asociación de Desarrollo Comunal, del Cantón Llano de La Laguna, Colonia Carrillo que se podrá abreviar ADESCOCAR.
Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en la Ordenanza Reguladora, estos Estatutos y demás dispo-siciones aplicables.
Art. 3.- El domicilio de la Asociación será en Colonia Carri-llo, Cantón Llano de La Laguna, del Municipio y Departamento de Ahuachapán.
CAPITULO II.
FINES.
Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes, el desarrollo humano y la obra física que proyecte la Asociación, para ello deberá:
a) Promover el progreso de la respectiva localidad, conjuntamente con instituciones públicamente y organismos privados, nacio-nales e internacionales que participen en los correspondientes programas.
b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades representativas.
c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados en la localidad, en la mayor integración de sus miembros y la mejor realización de sus actividades.
d) Impulsar y participar en los Programas de Capacitación Promocional de los dirigentes, y grupos comunales con el fi n de contribuir al mejoramiento de la organización de la Comunidad, la administración de proyectos sociales y eco-nómicos y la elevación de los niveles educativos.
e) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la Comunidad, con el equipamiento y los medios disponibles para solucionar los distintos problemas que existieren en la Comunidad.
f) Promover las organizaciones juveniles, haciéndolas partícipes de la responsabilidad de los programas de desarrollo local.
g) Incrementar las actividades comunales, a fi n de obtener recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la Comunidad.
h) Participar en los planes de desarrollo locales, regionales y nacionales, especialmente en la determinación de los proyec-tos contemplados en su plan de actividades y establecer los recursos locales que deben utilizarse.
CAPITULO III.
CALIDAD, DERECHO Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS.
Art. 5.- Los Asociados podrán ser:
a) Activos.
b) Honorarios.
Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo cuando las personas provengan de Comités Juveniles, el requisito de edad antes mencionado será de quince años.
Son Asociados Activos, todas las personas que reúnen los requi-sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantes inmediatas.
Son Asociados Honorarios, aquellas personas a quienes se les otorgue dicha calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación.
Art. 6.- Son derechos y deberes de los Asociados Activos:
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo solicitaren por escrito.
c) Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directiva.
d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles, al incremento del número de miembros de la Asociación.
e) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General, previa convocatoria escrita.
f) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fi nes de la Asociación.
Art. 7.- Los Asociados Honorarios, gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.
CAPITULO IV.
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.
Art. 8.- El gobierno de la Asociación estará constituido por:
a) La Asamblea General que será la máxima autoridad en la Asociación.
b) La Junta Directiva que será el órgano ejecutivo, y estará integrado por el número de miembros que determinen los presentes Estatutos.
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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
CAPITULO V.
DE LA ASAMBLEA GENERAL.
Art. 9.- La Asamblea General la integran los Asociados, y se instalará con la mayoría simple de los Asociados Activos, pudiendo haber representación de Asociados. Pero cada Asociados no podrá estar representado por más de una persona. Las resoluciones se acordarán por la mayoría de los votos presentes o representados.
Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente cuatro veces al año, con intervalo de tres meses debiendo celebrase la primera de éstas en el mes de marzo, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario previa convocatoria por la Junta Directiva, por inactiva propia o a solicitud de quince miembros afi liados a la Asociación.
Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que proponen los Asociados, en las Asambleas Generales Extraordinarias sólo se tratarán los asun-tos comprendidos en la convocatoria, y cualquier decisión sobre otros aspectos serán nula.
Art. 12. La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de un aviso con ocho horas de anti-cipación para la segunda, indicándose en el mismo lugar, el día y hora, en que se han de celebrar, si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día, una hora después de la señalada con los Asociados que concurran, en este último caso las decisiones que se tomen serán obligatorias aun para aquellos socios que fueron convocados en la forma prescrita en estos Estatutos y que no concurrieron.
Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Recibir los informes de trabajo, y aprobar o denegar el estado fi nanciero de la Asociación.
c) Destituir total o parcialmente por causas justifi cadas a los miembros de la Junta Directiva, y elegir a sus sustitutos.
d) Retirar la calidad de miembros de la misma, a los que hubieran renunciado, fallecido o perdido su calidad de Socio.
e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-tes.
f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación, y de los que sean necesarios.
g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos que se dicten.
h) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo presupues-to.
i) Otorgar la calidad de Asociados Honorarios, resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales, no previstas en estos Estatutos y que demanden inmediata resolución.
CAPITULO VI.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION
DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.
Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de ella por acuerdos de la Asamblea General, tomado por mayoría de votos
previa audiencia del interesado, por infracciones a la Ordenanza, Regla-mento y los presentes Estatutos, se consideran además como causales de retiro o expulsión las siguientes:
a) Mala conducta del Asociado que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación.
b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza, que vayan en perjuicio de la Asociación.
c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación, para sí o para terceros.
d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-ción.
Art. 15.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva elec-tos por Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente si no ameritare su destitución según sea la gravedad del caso, para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos, y oyendo el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá tal destitución de que habla el literal, c) del Art. 13. La Junta Directiva seguirá el procedimiento anterior, pero en este caso será la Asamblea General quien resolverá tal restitución, nombrando a continuación los sustitutos.
Art. 16.- En caso de que la Junta Directiva dentro del plazo diez días de conocida la infracción, no procede de conformidad a los anteriores un número de diez Asociados por lo menos, podrá convocar Asamblea General para que ésta nombre la comisión investigadora, para que sobre la base de su informe, la Asamblea General proceda a la suspensión o destitución. El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones debe de conocer sobre la suspensión temporal o destitución de toda la Junta directiva, cuando por tratarse de la mayoría de los miem-bros de la Junta Directiva restante no inician el procedimiento dentro del plazo que establece el inciso anterior. En todos los casos de este artículo será la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión temporal o destitución de los miembros, y en la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos, por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los miembros directivos sustituidos, la Asamblea General o Junta Directiva, notifi cará al interesado la suspensión temporal o defi nitiva a más tardar dentro de cuarenta y ocho horas después de haber sido acordada.
Art. 17.- De la resolución que establezca la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación. De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún recurso.
CAPITULO VII.
DE LA JUNTA DIRECTIVA.
Art. 18.- La Junta Directiva estará integrada por once miembros propietarios, y suplentes electos en Asamblea General por votación no-minal y pública, ya sea para cargos separados o en planilla. En todo caso, la nominación de los cargos será: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Secretario de Actas, Tesorero. Pro Tesorero, Síndico y cuatro o más Vocales. Los cargos en la Junta Directiva serán adhonorem, sin embargo cuando el Asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para la Asociación, podrá cobrar una retribución convencional o cuando el volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General.
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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
Art. 19.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente por lo me-nos una vez al mes, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario previa convocatoria que haga el Presidente. Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios, y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate o
quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.
Art. 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Elaborar los anteproyectos de Estatutos y sus formas de la Asociación y proponerlos a la Asamblea General.
b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo, juntamente con las Asociaciones de Desa-rrollo Comunal, al Plan Anual de Trabajo y el Presupuesto correspondiente.
c) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, y encauzar su mejor organización y desenvolvimiento.
d) Convocar a la Asamblea General a reuniones Ordinarias y Extraordinarias.
e) Coordinarse con los organismo del estado, las municipalidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la región de proyectos de desarrollo de la Comunidad.
f) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento, ejecución y evaluación de los programas de las actividades que desarrolla.
g) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las disposiciones emanadas de la Asamblea General.
h) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación, hasta un máximo de mil colones.
i) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los miembros de la Asociación.
j) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General, en la sesión Ordinaria del mes de diciembre la Memoria Anual de sus actividades.
k) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva, cuando el titular esté ausente o no concurriere a tres sesiones consecutivas por lo menos sin causa justifi cada.
l) Presentar a consideración de la Asamblea General con quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo, el Plan Anual y el presupuesto de gastos de la Asociación.
Art. 21.- El Presidente de la Junta Directiva, presidirá las sesiones de Asamblea General y de la Junta Directiva y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 22.- El Vice-Presidente, colaborará con el Presidente y lo sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 23.- El Secretario, será el encargado de comunicaciones de la Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 24.- El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva
podrá extender las certifi caciones que se le soliciten a la Asociación, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 25.- El Tesorero, será el encargado de la recaudación, custodia y erogación de los fondos y bienes de la Asociación, y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de las misma, se encargará además, de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación, y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado económico, hará los pagos de las obligaciones de la Asociación. En todo caso serán autorizados los pagos por la Junta Directiva y certifi cados por el Secretario y con el Visto Bueno del Presidente de la Asociación. Todos los fondos serán depositados en una institución bancaria o crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación y se registrarán las fi rmas del Tesorero, el Presidente y un Vocal de la Junta Directiva de la Aso-ciación, se requerirá para todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 26.- El Pro-tesorero, en ausencia del Tesorero tendrá las mismas funciones del Tesorero, colaborará y lo sustituirá en caso de ausencia, o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación, previo acuerdo de la Junta Directiva.
Art. 27.- El Síndico, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Asociación, podrá otorgar y revocar poderes judiciales o adminis-trativos y necesitará de la autorización previa de la Junta Directiva para ejercerla en cada caso. A falta del Síndico, fungirán los Vocales por su orden respectivamente autorizados en sesión de Junta Directiva.
De los Vocales de la Asociación, el Síndico elegirá un Comité de Vigilancia formado por tres miembros que tendrá acceso a todas las gestiones, operaciones, trabajo, libros y demás documentos de la Aso-ciación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la consecución de sus fi nes.
Art. 28.- El Síndico, velará por el estricto cumplimiento de los presentes Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General y por la Junta Directiva, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 29.- Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario, en todo caso, sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltaren y todo lo demás que les fuere encomendado por la Asociación.
Art. 30.- Los miembros de la Junta Directiva, serán electos para un período de dos años, pudiendo ser reelectos para otro período, si la Asamblea General así lo decidiere.
CAPITULO VIII.
DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION.
Art. 31.- El patrimonio de la Asociación, estará constituido por:
a) Por la contribución que aporten los Asociados Activos que será de $1.00 un dólar mensual.
b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes fuentes.
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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para recaudar fondos, a favor de la Asociación.
d) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos legalmente a
cualquier título y de las rentas que se obtengan de la admi-
nistración de los mismos, los bienes de la Asociación, son
inalienables e imprescriptibles, salvo que la Asociación con
el voto de las tres cuartas partes de sus miembros acordare
desafectarlos.
Art. 32.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, se
aportará el cinco por ciento para formar un Fondo de Reserva para
incrementar el capital bancario a nombre de la misma, la Asociación
llevará un libro especial de registro de capital.
Art. 33.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo, se obtuvieren
ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los
proyectos a que pueden ser aplicadas tales ganancias, como también el
tiempo y forma de invertir el Fondo de Reserva.
CAPITULO IX.
DISOLUCION DE LA ASOCIACION.
Art. 34. En caso de disolución, si después de pagadas las obliga-
ciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la Junta Directiva
deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente que
hubiere quedado, después de treinta días de pagadas las obligaciones
que tuviere la Asociación con la condición de ser destinados los fondos
a programas de desarrollo comunal, a realizarse preferentemente en la
localidad del domicilio de la Asociación.
Art. 35.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión
Extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos terceras
partes de la Asociación, por los motivos de la Ordenanza Reguladora de
la Asociación Comunal y demás disposiciones aplicables que establez-
can.
CAPITULO X.
DISPOSICIONES GENERALES.
Art. 36.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo
Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina
de la nueva Junta Directiva en todo caso, proporcionar al expresado Con-
cejo, cualquier dato que se le pidiera relativo a la Asociación también,
informará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones
de los miembros de la Junta Directiva cuando sean en forma defi nitiva,
dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta
Directiva, deberá expresar al Concejo su plan de actividades.
Art. 37.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días
después de su publicación en el Diario Ofi cial.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
CERTIFICA: Que a páginas ciento treinta y siete y siguientes
del libro de Actas y Acuerdos Municipales de Sesiones Ordinarias y
Extraordinarias que la Municipalidad de Ahuachapán, lleva durante el
presente año, se encuentra el acta que en su encabezado parte principal
literalmente dice así:
ACTA NUMERO VEINTISIETE.- En la sala de sesiones de la
Alcaldía Municipal de Ahuachapán, a las catorce horas del día cuatro
de diciembre del año dos mil nueve, en sesión ordinaria convocada y
presidida por el Licenciado: Rafael Antonio Morán Orellana, Alcalde
Municipal; estando presentes los miembros propietarios y suplentes
del Concejo, a excepción del Ingeniero José Roberto Rosales, Tercer
Regidor Propietario, no obstante haber sido legalmente convocado con
la asistencia de la señora Norma Isabel Amaya de Ortiz, Secretaria
Municipal. Dicha sesión dio inicio con la lectura del acta anterior, la
cual fue aprobada por unanimidad en todas sus partes y posteriormente
se emitieron los siguientes acuerdos municipales.
ACUERDO No. 6
El Concejo Municipal de Ahuachapán, en uso de las facultades
legales que le confi ere el numeral 23 del Artículo 30, en relación con los
Artículos 119 y 120 del Código Municipal y vista la solicitud y los Estatutos
de la "ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL "COLONIA
CARRILLO", del Cantón Llano de La Laguna, de esta Jurisdicción; que
podrá abreviarse ADESCOCAR, constituida en el Cantón Llano de La
Laguna, de esta Jurisdicción; que constan de treinta y siete Artículos y
no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la
República, al orden público, ni a las buenas costumbres, ACUERDA:
conferirles la calidad de Personería Jurídica. Comuníquese el presente
acuerdo para efectos legales consiguientes.
Y no habiendo más que hacer constar se cierra la presente acta
que fi rmamos después de leída, a las dieciocho horas del día cuatro
de diciembre de dos mil nueve. R. Morán O.//.- E. Canizález V.//.- G.
A. Cabeza.//.- M. R. E. G.//.- J. R. Rosales.//.- H. L. García E.//.- J. A.
Acuña.//.- H. A. A.//.- María del T. M. S.//.- H. Obdulio T.//.- Emérita
G. de Ramos//.- M. H. G. A.//.- J. A. C. B.//.- Vilma Ruth Flores de
Ramos.//.- Ronmel Jiménez Pineda.//.- V. V. V.//.- N. I. A. de Ortiz//.-
Sria. Mpal.- Rubricadas.
ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRON-
TÓ y para efectos legales se extiende la presente en la Alcaldía Municipal
de Ahuachapán, ocho de diciembre del año dos mil nueve.
LICDO. RAFAEL ANTONIO MORÁN ORELLANA,
ALCALDE MUNICIPAL.
NORMA ISABEL AMAYA DE ORTIZ,
SECRETARIA MUNICIPAL INTA.
(Registro No.F036823)
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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE
DESARROLLO COMUNAL CALI
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION,
DURACION, DOMICILIO.
Art. 1.- La Asociación que se constituye, estará regulada por el
Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de
Desarrollo Comunal de Caluco, por estos Estatutos y demás disposiciones
aplicables. La Asociación será una entidad apolítica, no religiosa y no
lucrativa, podrá participar en el campo social, económico, cultural, reli-
gioso, cívico, educativo y en cualquier otro que fuere legal y provechoso
a la comunidad. La Asociación se denominará ASOCIACION DE DE-
SARROLLO COMUNAL CALI, que podrá abreviarse ADESCOCALI,
que en los presenta Estatutos se denominará la "ASOCIACION".
Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido,
sin embargo, podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos
previstos en la Ordenanza Reguladora, estos Estatutos y demás dispo-
siciones aplicables.
Art. 3.- El domicilio de la Asociación será el Barrio El Centro, del
Municipio de CALUCO, Departamento de Sonsonate.
CAPITULO II
FINES
Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano y
la obra física que proyecte la Asociación, para ello deberá:
a) Promover el progreso de la respectiva localidad, juntamente
con Instituciones Públicas y organismos privados, naciona-
les e internacionales que participen en los correspondientes
programas.
b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre
sus asociados.
c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados
en la localidad, en la mayor integración de sus miembros y
la mejor realización de sus actividades.
d) Impulsar y participar en los programas de capacitación
promocional de los dirigentes y grupos comunales con el fi n
de contribuir al mejoramiento de la organización de la comu-
nidad, la administración de proyectos sociales, ecológicos y
económicos y la elevación de niveles educativos.
e) Incrementar las actividades comunales a fi n de obtener re-
cursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de
la comunidad.
f) Participar en los planes de desarrollo locales, regionales y
nacionales, y especialmente en la determinación de los pro-
yectos contemplados en su plan de actividades y establecer
los recursos que deban utilizarse.
CAPITULO III
CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS.
Art. 5.- Los asociados podrán ser:
a) Activos, y
b) Honorarios.
Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo
cuando las personas provengan de comités juveniles el requisito de edad
antes mencionado será el de catorce años.
Son Asociados Activos, todas las personas que reúnen los requisitos
señalados en estos Estatutos, residentes dentro de los límites de la unidad
vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantes inmediatas.
Son Asociados Honorarios, aquellas personas a quienes la Asamblea
General, por su iniciativa o propuestas de la Junta Directiva les conceda
tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios
prestados a la Asociación.
Art. 6.- Son derechos de los asociados activos:
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo
soliciten por escrito.
c) Elegir y ser electo para cualquiera de los cargos de la Junta
Directiva.
d) Colaborar con todos los medios promocionales posibles al
incremento del número de miembros de la Asociación.
e) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asambleas Generales
previa convocatoria escrita.
f) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de
Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén
relacionadas con los fi nes de la Asociación.
Art. 7.- Los Asociados Honorarios, gozarán de los derechos que
la Asamblea General les otorgue.
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CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
Art. 8.- El Gobierno de la Asociación estará constituido por:
a) La Asamblea General: Que se será la máxima Autoridad de
la Asociación.
b) La Junta Directiva: Que será el Órgano Ejecutivo y estará
integrado por el número de miembros que determinen los
Estatutos.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los Asociados
y se instalará con la mayoría simple de los asociados pudiendo haber
representación por escrito de los asociados; pero cada asociado no podrá
estar representado por más de una persona. Las resoluciones se acordarán
por mayoría de votos por los presentes o representados.
Art. 10.- La Asamblea General, se reunirá ordinariamente una vez
al año y extraordinariamente cuando sea convocada por la junta Direc-
tiva por iniciativa propia o a solicitud de veinte miembros afi liados a la
Asociación.
Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los
asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los Asociados,
en las Asambleas Generales Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos
comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión será nula.
Art. 12.- La Convocatoria para Asamblea General Ordinaria o
Extraordinaria será por medio de un aviso escrito, con quince días de
anticipación para la primera y con setenta y dos horas de anticipación para
la segunda, indicándose en los mismos, el lugar, el día y hora en que se
ha de celebrar. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por
falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después
de la señalada con los asociados que concurran, en este último caso,
las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos que
convocados en la forma prescrita en estos Estatutos no concurrieren.
Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado
fi nanciero de la Asociación.
c) Destituir total o parcialmente por causa justifi cada a los
miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos.
d) Retirar la calidad de miembros de la misma a los que hubieren
renunciado, fallecido o perdido su calidad de Asociados.
e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-
tes.
f) Aprobar y reformar los Estatutos, el reglamento interno de
la Asociación y los que sean necesarios.
g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamentos
que se dicten.
h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-
to.
i) Otorgar la calidad de asociados Honorarios.
j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales
no previstas en estos Estatutos, y que demanden inmediata
solución.
CAPITULO VI
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE
ASOCIADOS Y DIRECTIVOS
Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de
ella por acuerdo de la Asamblea General, tomado por mayoría de votos
previa audiencia del interesado, por infracciones a la Ordenanza, regla-
mento y Estatutos. Se consideran además por causa de retiro o expulsión
las siguientes:
a) Mala conducta del asociado que se traduzca en perjuicio
grave a la Asociación.
b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan
en perjuicio de la Asociación.
c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación
para sí o para terceros.
d) Ser condenado por delito o falta grave en perjuicio de la
Asociación.
Art. 15.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva electos
por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente, si no
ameritare la destitución según la gravedad del caso. Para proceder a la
suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de seis
personas, tres de sus miembros que no hubieren participado en los motivos
y tres propuestos por la Asamblea General siempre y cuando no hayan
participado en los motivos, para que investiguen el hecho y oyendo el
informe de éstos y las razones que el o los supuestos infractores expongan
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en su defensa resolverá; en el caso de destitución que hable el literal c)
del Art. 13, la Junta Directiva seguirá el procedimiento anterior, pero
en este caso será la Asamblea General quien resolverá tal destitución
nombrando a continuación los sustitutos si fuere procedente.
Art. 16.- En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez
días de conocida la infracción, no proceda de conformidad a los artículos
anteriores, un número de cinco asociados por lo menos, podrá convocar a
Asamblea General, para que ésta nombre la comisión investigadora, para
que en base a su informe, la Asamblea General proceda a su suspensión o
destitución. El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las
infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o destitución
de la Junta Directiva, o cuando por tratarse de los miembros de la Junta
Directiva los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo que
establece el inciso anterior. En todos los casos de este artículo será la
Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión temporal o des-
titución de los miembros y de la misma sesión elegirán y darán posesión
a los sustitutos, por el tiempo de suspensión o el resto del periodo de
los directivos sustituidos. La Asamblea General o la Junta Directiva
notifi cará al interesado la suspensión temporal o defi nitiva a más tardar
dentro de cuarenta y ocho horas después de haber sido acordada.
Art. 17.- De la resolución que establezca la suspensión temporal
decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso
de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación.
De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún
recurso.
CAPITULO VII
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 18.- La junta Directiva estará integrada por once miembros
propietarios electos en Asamblea General por votación nominal y pública,
ya sea por cargos separados o en planilla. En todo caso, la nominación
de los cargos será la siguiente: PRESIDENTE, VICE-PRESIDENTE,
SECRETARIO, PROSECRETARIO, TESORERO, PROTESORERO,
SINDICO Y CUATRO VOCALES. Los cargos en la Junta Directiva
serán ad-honorem; sin embargo, cuando el asociado trabaje en actividades
particulares y eventuales para la Asociación, podrá recibir una retribución
convencional o cuando el volumen de trabajo y las circunstancias lo
ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General.
Art. 19.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo me-
nos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario,
previa convocatoria que hará el presidente. Para que la sesión sea válida
deberán concurrir por lo menos cuatro de sus miembros propietarios y
las resoluciones se tomarán por mayoría de votos, en casos de empate
el presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.
Art. 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y propo-
nerlo a la Asamblea General.
b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran
con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y presupuesto
correspondiente.
c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar
su mejor organización y desenvolvimiento.
d) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias y
extraordinarias.
e) Coordinarse con los organismos del Estado, las municipali-
dades y con las entidades privadas que tengan que trabajar
en la región, en proyectos de desarrollo de la comunidad.
f) Participar en su caso en las investigaciones, planteamientos,
ejecución, y evaluación de los programas y proyectos de
mejoramiento de la localidad.
g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los or-
ganismos que cooperen en sus programas de las actividades
que desarrolla.
h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las
disposiciones emanadas de la Asamblea General.
i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos
de la asociación, hasta un máximo de Quinientos Dólares de
los Estados Unidos de América.
j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
miembros de la Asociación.
k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea
General en la sesión del mes de diciembre la memoria anual
de sus actividades.
l) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva,
cuando el titular esté ausente o no concurriese a tres sesiones
consecutivas por lo menos, sin causa justifi cada.
m) Presentar a la consideración de la Asamblea General con
quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo,
el plan anual y el presupuesto de gastos de la Asociación.
Art. 21.- El Presidente de la junta directiva tendrá la representación
legal de la Asociación y presidirá las sesiones de Asamblea General y
de Junta Directiva, y todo lo demás que le fuere encomendado por la
Asociación.
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Art. 22.- El Secretario será el órgano de comunicación de la Aso-
ciación y llevará el inventario de los bienes de la misma y todo lo demás
que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 23.- El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de
actas de sesiones que celebre la Asamblea General; extender las certi-
fi caciones que se soliciten a la Asociación y todo lo demás que le fuere
encomendado por la Asociación.
Art. 24.- El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes
de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de la
misma. Se encargará además de que se hagan efectivos los créditos de
la asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado
económico, hará los pagos de las obligaciones de la Asociación. En todo
caso serán autorizados los pagos por el Secretario y con el VISTO BUENO
del Presidente de la Asociación. Todos los fondos serán depositados en
una institución Bancaria o Crediticia para la cual se abrirá una cuenta a
nombre de dos miembros de la Asociación; y se registrarán las fi rmas
del Tesorero, el Presidente y Síndico de la Asociación; se requerirán para
todo retiro de fondos de la concurrencia de las fi rmas de los expresados
directivos, una vez sea aprobado por la misma Directiva y todo lo demás
que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 25.- El Síndico será el representante Judicial y extrajudicial
de la Asociación, puede otorgar y revocar poderes judiciales o admi-
nistrativos y necesitará de la autorización previa de la Junta Directiva
para ejercerla en cada caso. A falta del Síndico, fi guran los vocales por
su orden respectivamente autorizados en sesión de la Junta Directiva.
De entre los vocales de la asociación, el Síndico elegirá un comité de
Vigilancia formado por tres miembros que tendrá acceso a todas las
gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la Aso-
ciación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación
sea aplicado en la consecución de sus fi nes.
Art. 26.- El Síndico velará por el estricto cumplimiento de los
Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General, por la
Junta Directiva y todo lo demás que se le fuere encomendado por la
Asociación.
Art. 27.- Los vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la
medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los
miembros de la junta directiva que faltaren y todo lo demás que le fuere
encomendado por la Asociación.
Art. 28.- Los miembros de la Junta Directiva, serán electos por un
período de dos años pudiendo ser reelectos para otro período, con un
máximo de dos períodos consecutivos.
CAPITULO VIII
DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION
Art. 29.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) La contribución que aporten los Asociados y que será de
Diecisiete Dólares de los Estados Unidos de América, men-
suales, la cual podrá cambiarse en Asamblea General.
b) Los ingresos extraordinarios que provengan de diferentes
fuentes.
c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para hacer llegar fondos a la Asociación.
d) Los bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier
título y las rentas que se obtengan de la administración de
los mismos. Los bienes de la Asociación son inalienables,
salvo que la Asociación con el voto de las tres cuartas partes
de sus miembros acordarse afectarlos.
Art. 30.- De las utilidades obtenidas por la Asociación se aportará
el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para incrementar el
capital bancario a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro
especial de registros de capital en el que deberá expresarse todo aumento
o disminución del mismo. La Asociación para poder desarrollar sus fi nes
sociales y de obra física, siempre que conduzca a operaciones canalizadas
a través de recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la
Junta Directiva siempre y cuando no exceda de Quinientos Dólares de
los Estados Unidos de América, caso contrario lo aprobará la Asamblea
General, convocada específi camente para tal efecto.
Art. 31.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo se obtuviere
ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los
proyectos a que puedan ser aplicadas tales ganancias, como también el
tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.
CAPITULO IX
DISOLUCION DE LA ASOCIACION
Art. 32.- En caso de disolución, si después de pagadas las obliga-
ciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la Junta Directiva
deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente que
hubiere quedado después de treinta días de pagadas las obligaciones
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que tuviere la Asociación, con la condición de ser destinados los fondos
a programas de desarrollo comunal a realizarse preferentemente en la
localidad del domicilio de la Asociación.
Art. 33.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión
extraordinaria de Asamblea General mediante acuerdo de las dos terceras
partes de la Asociación, por los motivos que la Ordenanza Reguladora
de las Asociaciones Comunales y demás disposiciones aplicables esta-
blezcan.
CAPITULO X
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 34.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar la nómina
de la Nueva Junta Directiva al Concejo Municipal en los primeros quince
días posteriores a la elección de dicha Junta, en todo caso proporcionar
al expresado Concejo, cualquier dato que se le pidiere relativo a la Aso-
ciación. También informará en la forma expresada en el inciso anterior,
las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sea en
forma defi nitiva. En toda sesión en la que se modifi que, reestructure, ya
sea total o parcial la Junta Directiva, sea por reelección o por sustitución,
será indispensable que concurra el Alcalde Municipal, quien haga sus
veces o un delegado del mismo. Dentro de los treinta días posteriores
a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al expresado
Concejo su plan de Actividades.
Art. 35.- Los presentes ESTATUTOS entrarán en vigencia ocho
días después de su publicación en el DIARIO OFICIAL y se reformarán
con los dos tercios de votos en Asamblea General, los cuales fueron
aprobados por unanimidad.
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,
CERTIFICA: Que del Libro de Actas y Acuerdos Municipales,
que esta Alcaldía lleva en el corriente año, se encuentra el punto de Acta
Número catorce en su parte conducente dice:
ACTA NUMERO VEINTICUATRO. VIGESIMA CUARTA SESION
ORDINARIA DE LA MUNICIPALIDAD DE CALUCO, DEPARTA-
MENTO DE SONSONATE, celebrada a las nueve horas del quince
de octubre del dos mil nueve.- Convoca y preside la señora Alcaldesa
Municipal Titular Licda. Blanca Lidia Orellana de Vásquez, con la
asistencia de los señores Concejales: Prof. Marcela Beatriz Alvarado
Flores, Síndica Municipal; regidores propietarios del primero al cuarto
en su orden: Ing. Carlos Antonio Pérez Alvarenga, Luis Felipe Juárez
Orellana, José Antonio Gil y Carlos Arnulfo López Anaya; regidores
suplentes del primero al cuarto en su orden: Nelson Gilberto Sandoval
Tobar, Nicolás Rafael Sibrián Martínez, Sofía Vicenta Shulo Escobar,
Iris Marisela Molina Cruz y el Secretario del Concejo Lic. Armando
Antonio Rugamas García.- La Alcaldesa que preside después de esta-
blecer quórum declaró abierta la sesión, comenzándola el secretario,
con la lectura del acta de la sesión anterior, la cual después de leída
fue aprobada en todas sus partes sin ninguna observación, el Secretario
informó al Concejo de la correspondencia recibida y despachada de
mayor importancia archivándose en forma ordenada.- La Alcaldesa que
preside informó al Concejo sobre la ejecución de los acuerdos tomados
en la sesión anterior y sobre la ejecución del presupuesto vigente.- A
continuación el Concejo emite los siguientes Acuerdos:
ACUERDO NUMERO CATORCE.- En uso de las facultades emanadas
por el Concejo Municipal, en lo relativo a que la directiva de la ASO-
CIACION DE DESARROLLO COMUNAL CALI, que podrá abreviarse
ADESCOCALI, Barrio El Centro, de esta jurisdicción, presentó ante este
Concejo Municipal, el Acta de Constitución, nómina de asociados, Junta
Directiva y Estatutos de la misma, los cuales constan de treinta y cinco
artículos; la Municipalidad no encontrando en ellos ninguna disposición
que contraríe la moral y las buenas costumbres, ni contradicción a las
leyes de la República, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
30 numeral 23 y Art. 119 del Código Municipal vigente ACUERDA:
Concederle la Personería Jurídica a la Asociación de Desarrollo Comunal
Cali, solicitada por la Junta Directiva de la ADESCO antes mencionada,
para que pueda realizar otros trámites como lo es la solicitud de la publi-
cación en el Diario Ofi cial de los Estatutos que regirán a esta Asociación
de Desarrollo Comunal.- Comuníquese.
Y no habiendo mas que hacer constar se da por terminada la presente
sesión y acta que fi rmamos.- Es conforme con su original con el cual se
confrontó y para efectos legales, se extiende la presente en la Alcaldía
Municipal de Caluco, quince de octubre del dos mil nueve.
Licda. BLANCA LIDIA ORELLANA DE VASQUEZ,
ALCALDESA MUNICIPAL.
Lic. ARMANDO ANTONIO RUGAMAS GARCIA,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F036842)
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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIA
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas cuarenta
y cinco minutos del día cuatro de enero del corriente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del
señor MIGUEL ÁNGEL FLORES URIAS, la herencia intestada que a
su defunción dejó el señor ÁNGEL HENRIQUEZ, quien fue de sesenta
y siete años de edad, agricultor en pequeño, soltero, del domicilio de
Tecoluca, de este Departamento, fallecido el día quince de Diciembre de
dos mil siete, en el Cantón Las Mesas, Caserío El Naranjo, jurisdicción
de Tecoluca, de este Departamento, lugar de su último domicilio, por
derecho de representación del derecho que en la sucesión le correspondía
al señor José Aparicio Flores, en concepto de hijo del causante y se ha
nombrado al aceptante administrador y representante Interino de la su-
cesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los cuatro días del
mes de enero del año dos mil diez. DRA. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 57-1
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a
las ocho horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a
su defunción dejó el causante señor OSCAR RONALDO PALACIOS
LEIVA, fallecido el día dieciocho de junio de dos mil siete, en el Hospital
Nacional de esta Ciudad, siendo su último domicilio el del Municipio de
El Carmen, Departamento de Cuscatlán; de parte de la señora MIRNA
NOEMI LEIVA ROGEL en su calidad de madre sobreviviente del
referido causante.-
Habiéndose conferido a la aceptante la administración y represen-
tación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.-
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el
término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas y
cincuenta minutos del día catorce de diciembre del año dos mil nueve.-
LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE
ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 58-1
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las
once horas con quince minutos del día once de enero del corriente año; se
tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada que a su defunción dejó el causante señor ANDRES ABELINO
GONZALEZ, fallecido a las seis horas del día veintisiete de junio de
dos mil cinco, en el Cantón El Palón, Jurisdicción de Lolotique de este
distrito, departamento de San Miguel, siendo la ciudad antes mencionada,
su último domicilio; de parte de la señora Josefi na Sandoval de González,
en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante. Nómbrase a la
aceptante en el carácter dicho administradora y representante interina
de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que
corresponden a los curadores de la herencia. Publíquense los edictos de
ley.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
ley.
LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las
once horas con treinta minutos del día once de enero de dos mil diez.
LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 59-1
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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las quince horas del día ocho de diciembre del corriente año; se tuvo
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada que a su defunción dejó la causante señora BLANCA LIDIA
CUADRA BENAVIDEZ, BLANCA LIDIA BENAVIDEZ CUADRA,
BLANCA LIDIA BENAVIDEZ, fallecida a las veintitrés horas y veinte
minutos del día cinco de junio del año dos mil ocho, en el Hospital Na-
cional Rosales de la ciudad de San Salvador, siendo la Ciudad de San
Rafael Oriente de este distrito, departamento de San Miguel su último
domicilio; de parte de los señores Marta Lilian Benavidez de Arriaga,
Moris Alberto Benavidez, José Medardo Benavidez, Noé Benavides
Gutiérrez, hijos de la causante y Gabriel Exaú Benavidez, éste por
derecho de representación que le correspondía a su padre señor Javier
Antonio Benavidez. Nómbrase a los aceptantes en el carácter dicho
administradores y representantes interinos de la sucesión de que se trata,
con las facultades y restricciones que corresponde a los curadores de
la herencia. Publíquense los edictos de ley.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las
quince horas con veinte minutos del día ocho de diciembre de dos mil
nueve. LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 60-1
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las
diez horas con quince minutos del día once de enero del corriente año; se
tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada que a su defunción dejó el causante señor JAVIER ANTONIO
BENAVIDEZ, fallecido a las veintidós horas del día veintiséis de junio
de mil novecientos noventa y siete, en el Barrio La Merced de San Rafael
Oriente, de este distrito, departamento de San Miguel, siendo la ciudad
antes mencionada su último domicilio; de parte de los señores Mercedes
del Carmen González Garay de Benavides, hoy Mercedes del Carmen
González Viuda de Benavides y Gabriel Exaú Benavidez González, la
primera cónyuge sobreviviente y el segundo hijo del causante.
Nómbrase a los aceptantes en el carácter dicho administradores
y representantes interinos de la sucesión de que se trata, con las facul-
tades y restricciones que corresponden a los curadores de la herencia.
Publíquense los edictos de ley.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las
diez horas con treinta minutos del día once de enero de dos mil diez.
Enmendado-novecientos- mencionada-señores-efectos-Vale.-LICDA.
DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETA-
RIA.
Of. 3 v. alt. No. 61-1
TITULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada
Frida Marleni González Campos, mayor de edad, Abogado, del domicilio
de San Miguel, con Carné de Identifi cación número Once mil novecientos
diecisiete, en calidad de Apoderada General Judicial de la señora MAR-
TA DOLORES RAMOS DE PARADA, de cincuenta y cuatro años de
edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento Único
de Identidad número: cero dos millones, cuatrocientos treinta y un mil
seiscientos dos guión cinco; solicitando se le extienda Título de Propiedad,
a favor de su Poderdante, de un inmueble de naturaleza urbana ubicado en
Barrio El Calvario de esta ciudad, distrito de Chinameca, departamento
de San Miguel, de la extensión superfi cial de CINCUENTA METROS
CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE;
Cinco metros con Irene Antonio Parada Ramos, paso libre, no tiene cerco;
AL NORTE: Diez metros colinda con Teresa Anabel Parada Ramos, paso
libre, no hay cerco; AL PONIENTE; Cinco metros, con Amílcar David
Parada Ramos, paso libre, no tiene cerco; y AL SUR; Diez metros, con
Juan Carlos Bonilla, pared de bloque, propiedad del colindante de por
medio; en el inmueble descrito no hay construcción alguna, lo adquirió
por compraventa que hiciera en forma verbal al señor Jorge Amílcar
Parada, desde el año mil novecientos sesenta y nueve y unidas ambas
posesiones, éstas datan por más de treinta años consecutivos. El terreno
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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
descrito no es ejido, baldío, ni comunal, no es dominante, ni sirviente,
no tiene ninguna carga, ni derecho real que pertenezcan a otra persona,
ni se encuentra en proindivisión con nadie. El inmueble lo Valora en
UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS 85/100 DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ( $ 1,142.85).
Y para ser publicado en el Diario Ofi cial, se extiende el presente
edicto, en la Alcaldía Municipal de la ciudad de Lolotique, a los cuatro
días del mes de enero de dos mil diez. JUAN ANGEL HERNANDEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.- BR. ANA CECILIA ALVARADO IGLE-
SIAS, SECRETARIA MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 62-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada
Frida Marleni González Campos, mayor de edad, Abogado, del domicilio
de San Miguel, con Carné de Identifi cación número Once mil novecientos
diecisiete, en calidad de Apoderada General Judicial de la señora REINA
ISABEL SORTO DE CRUZ, de treinta y siete años de edad, de ofi cios
domésticos, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número:
cero dos millones novecientos veintiocho mil quinientos setenta y cinco
guión ocho; solicitando se le extienda Título de Propiedad, a favor de
su Poderdante, de un inmueble de naturaleza urbana ubicado en Barrio
San Isidro, de esta ciudad, distrito de Chinameca, departamento de San
Miguel, de la extensión superfi cial de MIL OCHOCIENTOS TREINTA
Y TRES METROS CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUA-
DRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE;
Treinta y ocho metros con treinta y cuatro centímetros y colinda con
Manuel Antonio Sorto Paiz, antes, hoy con María del Carmen Chávez,
Carlos Vásquez y con Mariano Vásquez, quebrada de por medio cerco
de alambre propio de los colindantes; AL PONIENTE; Cuarenta y ocho
metros con cuarenta y cinco centímetros, con Paula Medrano, calle de
por medio, cerco de alambre propio del solicitante; y AL SUR; Cuarenta
y dos metros con veinticinco centímetros, con Tránsito Gómez, cerco de
alambre propio del colindante de por medio; en el inmueble descrito se
encuentra construida una casa de siete metros de frente por diez metros
de largo, construcción de sistema mixto, lo adquirió por compraventa
que hiciera en forma verbal que hiciera a la señora María Expectación
Sorto Paiz, desde febrero del año dos mil dos y unidas ambas posesio-
nes, éstas datan por más de once años consecutivos. El terreno descrito
no es ejido, baldío, ni comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene
ninguna carga, ni derecho real que pertenezcan a otra persona, ni se
encuentra en proindivisión con nadie. El inmueble lo Valora en UN
MIL CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA ( $ 1,400.00).
Y para ser publicado en el Diario Ofi cial, se extiende el presente
edicto, en la Alcaldía Municipal de la ciudad de Lolotique, a los cuatro
días del mes de enero de dos mil diez. JUAN ANGEL HERNANDEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.- BR. ANA CECILIA ALVARADO IGLE-
SIAS, SECRETARIO MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 63-1
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los infrascritos Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de
la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de
la Ley de la Corte de Cuentas de la República, EMPLAZAN al señor
TOMAS HUGO NELSON MARTINEZ, para que dentro del término
de cinco días hábiles siguientes a la publicación de este Edicto compa-
rezca personalmente o por medio de su representante a manifestar su
defensa en el Juicio de Cuentas que se sigue en su contra y otros en esta
Cámara, por su actuación como Ex Jefe del Departamento de Talleres,
en la POLICIA NACIONAL CIVIL, durante el período comprendido
del uno de agosto al treinta y uno de octubre de dos mil siete. Teniendo
como base legal el Pliego de Reparos No. II-JC-85-2009, con Respon-
sabilidad Patrimonial, por la cantidad de ciento treinta y cuatro mil
cuatrocientos cuatro dólares con trece centavos de dólar ($134,404.13)
y Responsabilidad Administrativa.
Librado en la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte
de Cuentas de la República. San Salvador, a las doce horas y quince
minutos del día doce de enero de dos mil diez.
LIC. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR MEJIA,
JUEZ.
LICDA. BIRMANESA NELSY MANCIA,
JUEZA.
LICDA. ALBA YASENI MEJIA,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 64
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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
ACEPTACION DE HERENCIA
AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las
ocho horas y cinco minutos del día uno de diciembre de dos mil nueve,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada dejada a su defunción por el señor MARCELO
GRANDE SOSA, quien fue de setenta y cuatro años de edad, Casado,
Agricultor, fallecido el día diecinueve de septiembre de dos mil siete,
en San Salvador, siendo Aguilares su último domicilio, de parte de los
señores JOSE MARCELO GRANDE LEONOR, IRMA GRANDE
DE OLMEDO, MARIA HORTENSIA GRANDE DE PALACIOS,
ALVARO DE JESUS GRANDE LEONOR, GLORIA FRANCISCA
GRANDE DE ESTRADA, ROSA MILAGRO GRANDE DE AMAYA
y la señora PAULA LEONOR o PAULA LEONOR GUZMAN, los
primeros seis en concepto de hijos del causante y la última en concepto
de Cónyuge sobreviviente del mismo, a quienes se les ha conferido la
administración y representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público en general para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las ocho horas
y quince minutos del día uno de diciembre de dos mil nueve.- Licda.
AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.-
Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 42-3
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a
las once horas treinta y seis minutos del día dieciocho de noviembre del
año dos mil nueve, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor
VICENTE SEFERINO PORTILLO, conocido por VICENTE CEFERINO
PORTILLO, y por VICENTE SEFERINO VASQUEZ PORTILLO, quien
fue de cincuenta y dos años de edad, Soltero, Mecánico, hijo de SOFIA
PORTILLO, conocida por SOFIA PORTILLO OSORIO, fallecido el día
cuatro de octubre del año dos mil ocho; siendo la Ciudad de Apopa su
último domicilio; de parte de la señora SOFIA PORTILLO, conocida por
SOFIA PORTILLO OSORIO, de setenta y nueve años de edad, Soltera,
Ama de Casa, de este domicilio; y de la menor MARCELA BEATRIZ
RAMOS CRUZ, de trece años de edad, Estudiante, del domicilio de
Usulután; en calidad de Herederas Testamentarias del Causante.-
Y se les confi rió las aceptantes en el carácter indicado la Admi-
nistración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con
las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente;
debiendo la menor MARCELA BEATRIZ RAMOS CRUZ, ejercer
sus derechos a través de sus Representantes Legales, señores: JOSE
LEANDRO RAMOS y MARIA CONCEPCION CRUZ.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
TÍTULO DE PROPIEDAD
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al
público para los efectos de ley;
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Lic. Herber
Ernesto Montoya Salazar, Agente Auxiliar de la Fiscalía General de la
República; a fi n de titular a favor del Estado de El Salvador en el ramo
de Educación, un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón
San Isidro, jurisdicción de Santa María Ostuma, Departamento de La
Paz, de una extensión superfi cial de UN MIL OCHOCIENTOS CINCO
PUNTO CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS; que mide
y linda: NORTE, treinta metros, con Delma Ayala Vásquez; ORIENTE,
sesenta y cuatro punto sesenta metros cuadrados, con Nicolás Cerón
Mejía; SUR, treinta metros, con los señores Urania Rivas Ruiz y María
Azucena Rivas Ruiz, camino vecinal de por medio; y PONIENTE, se-
senta y cuatro punto sesenta metros, con Delma Ayala Vásquez, camino
vecinal de por medio.
Dice el solicitante que su representado adquirió dicho terreno por
donación que le hizo la Asociación Comunal Para La Educación del
Cantón San Isidro del Municipio de Santa María Ostuma.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cinco de octubre de dos
mil nueve. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE
ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 54-2
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
DE TERCERA PUBLICACIÓN
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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas
cuarenta y un minutos del día dieciocho de noviembre del año dos mil
nueve.- Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,
JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 43-3
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a
las quince horas siete minutos del día siete de diciembre del año dos mil
nueve, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,
la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor CELESTINO
ALVARENGA ALVARENGA, quien fue de cuarenta y nueve años
de edad, Vendedor, Casado, hijo de CELESTINO ALVARENGA
ALVARENGA, y ORALIA HIRTA RAMIREZ, conocida por CORALIA
RAMIREZ, y por CORALIA ALVARENGA; fallecido el día veintitrés
de julio del año dos mil ocho; siendo la Ciudad de Apopa, su último
domicilio; de parte de la señora: MARIA GUADALUPE ORELLANA
viuda DE ALVARENGA, de cuarenta y seis años de edad, representante
de ventas; y de los menores: GUILLERMO ANTONIO, y FLOR DE
MARIA, ambos de apellidos ALVARENGA ORELLANA, de trece y
quince años de edad, respectivamente; todos de este domicilio; en calidad
de Cónyuge Sobreviviente e hijos del Causante, respectivamente.
Y se les confi rió a los aceptantes en el carácter indicado, la Admi-
nistración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con
las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente;
debiendo los menores GUILLERMO ANTONIO, y FLOR DE MARIA,
ambos de apellidos ALVARENGA ORELLANA, ejercer sus derechos
a través de su Representante Legal, señora MARIA GUADALUPE
ORELLANA viuda DE ALVARENGA.
Lo que se hace del conocimiento al Público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las quince horas
doce minutos del día siete de diciembre del año dos mil nueve.- Dra.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO
CIVIL.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 44-3
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que por resolución a las ocho horas y trece minutos
del día catorce de Diciembre del dos mil nueve, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a
su defunción dejó la señora VICENTA MARTINEZ, quien falleció a las
diecinueve horas del día once de febrero del dos mil siete, en la Colonia
San Francisco de la Ciudad de San Miguel, siendo ese lugar su último
domicilio, de parte de la señora GLADYS ESPERANZA MARTINEZ
DE LUNA, en calidad de hija de la causante, y se le ha conferido a la
aceptante en el carácter antes indicado, la administración y representa-
ción interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las
ocho horas y catorce minutos del día catorce de Diciembre del dos mil
nueve.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licenciada MARTA DOLORES
COREAS, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 45-3
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que por resolución a las ocho horas y trece minutos
del día uno de Diciembre del dos mil nueve, se han tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejó el señor DANIEL DE JESUS GIRON CASTRO, quien
falleció a las tres horas veinte minutos del día veinticuatro de Julio del dos
mil siete, en la Colonia Bustillo de la Ciudad de San Miguel, siendo este
lugar su último domicilio, de parte de los señores SOFIA QUINTANILLA
DE TICAS, DORA DEL CARMEN GIRON DE MEDRANO, DANIEL
GIRON MARTINEZ, REINA ISABEL GIRON DE MARINERO, en
calidad de hijos del causante ANA JULIA MARTINEZ DE GIRON,
conocida por ANA JULIA MARTINEZ viuda DE GIRON, en calidad
de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos heredita-
rios que le correspondían a JUAN ANTONIO GIRON MARTINEZ,
MANUEL DE JESUS GIRON MARTINEZ, JOSE REYNALDO
GIRON MARTINEZ y JORGE ALBERTO GIRON MARTINEZ, en
calidad de hijos del causante, y se les han conferido a los aceptantes en
el carácter antes indicado, la administración y representación interinas
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las
ocho horas y catorce minutos del día uno de Diciembre del dos mil
nueve.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licenciada MARTA DOLORES
COREAS, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 46-3
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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con veinte
minutos del día de hoy; se ha tenido por aceptada con benefi cio de
Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor FRAN-
CISCO MERLOS, conocido por FRANCISCO MERLOS MAJANO,
quien falleció a las dos horas, del día uno de noviembre del año dos mil
seis, en el cantón El Colorado, Jurisdicción de Comacarán, siendo ese
el lugar de su último domicilio; de parte de la señora: SECUNDINA
GUZMAN DE MERLOS, de sesenta años de edad, de ofi cios domésticos,
del domicilio del Cantón Comacarán, portadora de su Documento Único
de Identidad Número: Cero tres cero seis dos cinco cuatro siete-cuatro
y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número mil trescientos nueve-
ciento cincuenta mil ciento cuarenta-ciento uno -ocho; en concepto de
cónyuge del causante y como Cesionaria del derecho Hereditario que
en la sucesión le correspondía a la señora ADRIANA MERLOS DE
GUZMAN, en concepto de hija del causante.-
Confi érese a la aceptante en el carácter indicado la administración
y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y res-
tricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las diez
horas y veinticinco minutos del día once de diciembre de dos mil nueve.-
DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC.
ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 47-3
TITULO SUPLETORIO
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,
AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la Licenciada
MARTA DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, como Defensora
Pública de Derechos Reales y Personales, de la Señora Procuradora
General de la República en Funciones, en representación de la señora,
RAQUEL AYALA DE AGUILAR de setenta y seis años de edad, ama
de casa, del domicilio, y residencia en Cantón Santa Rosa, Caserío La
Maraña, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, solicitando se le
extienda TITULO SUPLETORIO a favor de la señora AYALA DE
AGUILAR, de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón
Santa Rosa, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de la extensión
superfi cial de: CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PUNTO
OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, equivalentes a seiscientos
cincuenta punto ochenta y un varas cuadradas, aunque su antecedente
expresa menor extensión, siendo su descripción técnica la siguiente: El
vértice Nor Poniente que es el punto de partida de esta descripción técnica
tiene las siguientes coordenadas: norte trescientos trece mil trescientos
dos punto ochenta, este quinientos veintitrés mil seiscientos cincuenta
y cinco punto cero dos LINDERO NORTE: partiendo del vértice nor
poniente está formado por cuatro tramos con los siguientes rumbos y
distancias: tramo uno, norte sesenta y siete grados veintiún minutos
cuarenta segundos este con una distancia de trece punto sesenta y cuatro
metros; tramo dos, norte sesenta y siete grados treinta y ocho minutos
cincuenta y ocho segundos este con una distancia de once punto treinta
y seis metros; tramo tres, norte treinta y un grados cincuenta y nueve
minutos veintiséis segundos este con una distancia de dos punto setenta
y seis metros; tramo cuatro, sur cincuenta y ocho grados treinta minutos
treinta y cinco segundos este con una distancia de dos punto setenta
metros; colindando con terreno propiedad del señor Arturo Ayala con
cerco de piña de por medio. LINDERO ORIENTE: partiendo del vértice
nor oriente está formado por cinco tramos con los siguientes rumbos y
distancias: tramo uno, sur diecinueve grados once minutos treinta y seis
segundos oeste con una distancia de tres punto veintiún metros; tramo
dos, sur cero cero grados cuarenta minutos cuarenta y cinco segundos
este con una distancia de ocho punto treinta y ocho metros; tramo tres,
sur cero siete grados cuarenta minutos veintisiete segundos oeste con
una distancia de cuatro punto veinte metros; tramo cuatro, sur dieciséis
grados treinta y cinco minutos treinta segundos este con una distancia
de tres punto trece metros; y tramo cinco, sur cero siete grados quince
minutos veintiocho segundos este con una distancia de seis punto noventa
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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
y cinco metros, colindando con inmueble propiedad del señor Arturo
Ayala, dividido parte por cerco de piña y parte por muro de piedra.
LINDERO SUR: partiendo del vértice Sur Oriente está formado por dos
tramos con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, sur ochenta y
siete grados quince minutos cero tres segundos oeste con una distancia de
cuatro punto cero cero metros; y tramo dos, norte ochenta y cinco grados
cincuenta y cuatro minutos cero tres segundos oeste con una distancia de
trece punto cuarenta y tres metros colindando con propiedad del señor
con OVIDIO ALEGRIA con calle que conduce a Santa Rosa La Maraña
y a Caserío Potrero de por medio. y LINDERO PONIENTE: partiendo
del vértice sur poniente está formado con un tramo con los siguientes
rumbos y distancias: tramo uno, norte treinta y cuatro grados veinticinco
minutos cuarenta y cinco segundos oeste con una distancia de diecisiete
punto veintiún metros; colindando con propiedad de la señora María
Juana Aguilar, con lindero sin materializar de por medio. Así se llega
al vértice nor poniente, que es el punto donde se inició esta descripción.
El inmueble antes descrito posee una casa de techo de tejas, paredes
de adobe, piso natural con corredor. Lo adquirió por compraventa que
le hizo al señor CONCEPCION AGUILAR PORTILLO en el año dos
mil cinco, y lo valora en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.
Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los catorce días
del mes de octubre de dos mil nueve. LIC. JOSE ANGEL POSADA CIS-
NEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO ERNESTO
MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 48-3
HERENCIA YACENTE
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-
HACE SABER: Que por resolución a las ocho horas y trece mi-
nutos del día diez de Diciembre del dos mil nueve, declárase yacente la
herencia intestada que a su defunción dejó el señor JORGE COREAS,
quien falleció a las dieciocho horas del día dieciocho de marzo de mil
novecientos ochenta y nueve, en el Cantón El Brazo, Jurisdicción,
Distrito y Departamento de San Miguel, siendo este lugar su último
domicilio. Nómbrase Curador de la Misma al Licenciado RUBEN
DARIO VELASQUEZ ARIAS.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.-
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho
horas y catorce minutos del día diez de Diciembre del dos mil nueve.-
DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,
SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 49-3
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-
HACE SABER: Que por resolución a las diez horas y quince
minutos del día diez de Diciembre del dos mil nueve, declárase yacente
la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ALBERTO
MORALES, quien falleció el día dieciséis de mayo del dos mil seis, en
el Hospital Nacional San Juan de Dios, de la Ciudad de San Miguel,
siendo este lugar su último domicilio. Nómbrase Curador de la Misma
a la Licenciada KAREN ELIZABETH ROMERO GOMEZ.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.-
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez
horas y dieciséis minutos del día diez de Diciembre del dos mil nueve.-
DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,
SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 50-3
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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
VERÓNICA FIDELICIA RODRÍGUEZ, Notario del domicilio de Santa Tecla, con Ofi cina situada en Cuarta Calle Oriente y Avenida Melvin Jones, Número Tres-Once, Segunda Planta, al público.
HACE SABER: Que por resolución dada por la suscrita Notario a las quince horas del día nueve de Noviembre del año dos mil nueve, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO ABINTESTATO con Be-nefi cio de Inventario de los bienes dejados a su defunción por la señora ANA VICTORIA MELENDEZ ORANTES, quien falleció en la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, su último domicilio, el día dieciséis de Marzo del año dos mil ocho, al señor JUAN CARLOS MELENDEZ, hijo de la causante y se le ha conferido al Heredero Decla-rado la REPRESENTACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEFINITIVAS DE LA SUCESIÓN.
Lo que avisa al público para los efectos de Ley.
Santa Tecla, once de Enero del dos mil diez.
Licda. VERÓNICA FIDELICIA RODRÍGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. C000335
VERÓNICA FIDELICIA RODRÍGUEZ, Notario del domicilio de Santa Tecla, con Ofi cina situada en Cuarta Calle Oriente y Avenida Melvin Jones, Número Tres-Once, Segunda Planta, al público.
HACE SABER: Que por resolución de las dieciséis horas del día veintiséis de Diciembre del año dos mil nueve se ha declarado HERE-DERA DEFINITIVA ABINTESTATO con Benefi cio de Inventario de los bienes dejados a su defunción por la Señora CARMEN PANIAGUA DE ALFARO, quien falleció a las trece horas y cincuenta y cinco minutos del día quince de Septiembre de dos mil nueve en el Hospital San Rafael, de la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, siendo su último domicilio Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad; a la Señora YDALIA YANETH PANIAGUA DE PONCE, en su concepto de Cesionaria de los derechos que correspondían a los Señores Santos Alfaro Paniagua y Pedro Alfaro Morales, hijo y cónyuge de la cau-sante, respectivamente; y se le ha conferido a la Heredera declarada la REPRESENTACION Y ADMINISTRACION DEFINITIVAS DE LA SUCESION.
Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en la ofi cina de la Notario. Santa Tecla, a los diez días del mes de Enero de dos mil diez.
Licda. VERÓNICA FIDELICIA RODRÍGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. C000336
ANDRES SORIANO NAVIDAD, NOTARIO, con Ofi cina Jurídica en
Treinta y Tres Calle Oriente, Número Trescientos Trece, Colonia La
Rábida, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día trece
de Enero del año dos mil diez, ha sido declarada Heredera Defi nitiva
con Benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada que a su defun-
ción dejó el causante JOSE SANTOS ALFARO, conocido por JOSE
SANTOS ALFARO ALVARADO, quien fue de setenta y cinco años
de edad, y quien falleció en San Salvador, su último domicilio, el día
cuatro de Noviembre del año dos mil nueve, a la señora ALEJANDRA
HERNANDEZ DE ALFARO, en su concepto de Cónyuge Sobreviviente
del mencionado causante, y se ha conferido a la heredera declarada la
administración y representación defi nitivas de la sucesión.
Librado en mi ofi cina jurídica: San Salvador, a los trece días del
mes de Enero del año dos mil diez.
Dr. ANDRES SORIANO NAVIDAD,
NOTARIO.
1 v. No. C000342
AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las
doce horas y cinco minutos del día veintiséis de noviembre de dos mil
nueve se han declarado herederos defi nitivos, abintestado, con benefi cio
de inventario, de los bienes dejados a su defunción por el señor JOSE
ERNESTO PEREZ MELENDEZ, conocido por JOSE ERNESTO
PEREZ, quien fue de ochenta y seis años de edad, Alfarero, fallecido el día
veinte de mayo de dos mil nueve, en esta ciudad, siendo Quezaltepeque
su último domicilio, de parte de los señores ANA MIRIAN PEREZ
DE MARTINEZ, JOSE ERNESTO PEREZ CARTAGENA, SILVIA
MORENA PEREZ DE PORTAL, FELICIANO JESUS PEREZ CAR-
TAGENA y RENE MAURICIO PEREZ CARTAGENA, en el concepto
de hijos del causante, a quienes se les ha conferido la administración y
representación Defi nitiva de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público en general para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce horas
y quince minutos del día veintiséis de noviembre de dos mil nueve. Licda.
AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.
Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.
1 v. No. C000346
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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas
y treinta minutos de esta fecha, se ha declarado a DANIEL ALFONSO
GRANADOS LUCHA, HEREDERO DEFINITIVO abintestato con
benefi cio de inventario del causante PATRICIO ALBERTO LUCHA,
quien fue de setenta y cuatro años de edad, sastre, fallecido a las cuatro
horas cuarenta minutos del día tres de abril de mil novecientos ochenta
y nueve en el Hospital de Antel, siendo la Ciudad de Atiquizaya, De-
partamento de Ahuachapán, su último domicilio, en concepto de hijo del
causante. Confi érasele al HEREDERO DECLARADO, en el carácter
dicho LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACION DEFINITIVA
de la sucesión con las facultades de ley.
Lo que se Avisa al público para los efectos consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las once
horas del día diecisiete de diciembre del año dos mil nueve. JOAQUIN
FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
Lic. HUGO ALCIDES MARTINEZ SANTILLANA, SECRETARIO.
1 v. No. F036651
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: que por resolución proveída a las quince horas y cinco
minutos de este día, la señora MARIA ERLINDA PEREZ PEREZ
conocida por MARIA ERLINDA PEREZ, ha sido declarada heredera
defi nitiva, con benefi cio de inventario en la herencia intestada que
dejó el señor DOLORES PEREZ SARILES, conocido por DOLORES
PEREZ, quien falleció el día veintidós de julio del corriente año, en el
Centro Médico del Municipio y Departamento de San Miguel, siendo su
último domicilio el Barrio El Calvario de la ciudad de Yucuaiquín, de
este Departamento, en calidad de hija del causante. Confi riéndole a la
heredera mencionada en tal calidad la administración y representación
defi nitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diez días del
mes de diciembre de dos mil nueve. Lic. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
1 v. No. F036687
LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE
PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-
TAMENTO DE MORAZAN.
AVISA, Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las
quince horas y cincuenta y ocho minutos de este día; se ha DECLA-
RADO HEREDERO DEFINITIVO, y con benefi cio de inventario al
señor MARTIN RAMIREZ VASQUEZ, de cincuenta y ocho años de
edad, empleado, del domicilio del Cantón El Peñón de la jurisdicción de
Sociedad, departamento de Morazán, con Documento Unico de Identidad
Número cero dos uno siete dos seis nueve cuatro - seis; de la herencia
que en forma intestada dejó el causante JUAN CLIMACO RAMIREZ,
conocido por JUAN RAMIREZ, quien fue de setenta y ocho años de edad,
jornalero, casado, originario y del domicilio de Sociedad, departamento
de Morazán, hijo de Domingo Ramírez y Catalina Molina, falleció a las
doce horas del día seis de abril del dos mil uno, en el Cantón Calpules
de la jurisdicción de Sociedad, departamento de Morazán, siendo ese
lugar su último domicilio; en concepto de hijo y como cesionario de los
derechos hereditarios que les correspondían a los señores María Daysi
Ramírez Vásquez, Víctor Vásquez Ramírez y Lucía Ramírez Vásquez,
hijos del referido causante. Se ha Conferido al mencionado heredero en
la calidad expresada, la administración y representación DEFINITIVA
de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a
las quince horas y cincuenta y nueve minutos del día tres de diciembre
de dos mil nueve. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA
PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. YESENIA ROSIBEL
VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA INTERINA.
1 v. No. F036705
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.
AVISA: Que por resolución de las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del día cinco de noviembre del presente año, se ha declarado
HEREDERA DEFINITIVA con benefi cio de inventario de la herencia
intestada que a su defunción dejó la señora SANTOS FLORES ROME-
RO conocida por SANTOS FLORES y por SANTOS SEGUNDINA
FLORES, quien fue de ochenta y tres años de edad, soltera, fallecida
el día veintinueve de abril de mil novecientos noventa y siete, siendo
Delgado el lugar de su último domicilio, de parte de la señora BLANCA
ALICIA FLORES VIUDA DE OLIVARES como hija de la causante
y representada por el Licenciado RIGOBERTO ROSA CHAVEZ.
Confi érasele a la aceptante la administración y representación Defi nitiva
de la sucesión.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las once horas y
cinco minutos del día cinco de noviembre del año dos mil nueve. Licda.
MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL
DE DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,
SECRETARIA.
1 v. No. F036708
ANAYANCY MAYOLA RODRIGUEZ ALVARADO, Notaria, de este
domicilio, con ofi cina ubicada en Condominios Tequendama, Edifi cio
Diez Local Tres, Sobre Veintiuna Avenida Norte, Colonia Layco, de
esta Ciudad.
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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notaria, proveída
a las quince horas del día seis de diciembre del dos mil ocho, se ha de-
clarado a la señora MORENA GUADALUPE MENA DE CASTILLO,
en su carácter de MADRE DEL CAUSANTE y cesionaria del derecho
que le correspondía al señor ABRAHAN CASTILLO DIAZ, de la su-
cesión intestada que dejara el joven JULIO ABRAHAM CASTILLO
MENA, ocurrida en el Hospital del Seguro Social a las tres horas del
día catorce de septiembre del dos mil nueve, siendo su último domicilio
Final Colonia Santa Adela, Frente a Iglesia de Dios del Puerto de La
Libertad Departamento de La Libertad.
En consecuencia confi érase a la Heredera Declarada, la ADMI-
NISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la sucesión.
Protocolícese la resolución correspondiente.
Librado en la ofi cina de la Notaria ANAYANCY MAYOLA
RODRIGUEZ ALVARADO, en la ciudad de San Salvador, a las dieciséis
horas del día once de enero del dos mil diez.-
ANAYANCY MAYOLA RODRIGUEZ ALVARADO,
NOTARIA.
1 v. No. F036839
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las diez horas y quince minutos del día veinte de noviembre del co-
rriente año, se han declarado herederos, con benefi cio de inventario, de
la herencia testada, dejada a su defunción por la causante MARIA DEL
CARMEN CAÑAS DE CHAVEZ, conocida por CARMEN CAÑAS, por
MARIA DEL CARMEN CAÑAS VIUDA DE CHAVEZ y por MARIA
DEL CARMEN CAÑAS, ocurrida el día veintisiete de julio de dos mil
ocho, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, a los señores LILIAN
CARMELINA CHAVEZ DE CUELLAR conocida por LILIAN CAR-
MELINA CHAVEZ CAÑAS; ANA VILMA CHAVEZ DE BARTON
conocida por ANA VILMA CHAVEZ CAÑAS; EDGARD EDMUNDO
CHAVEZ CAÑAS; CARLOS ALBERTO CHAVEZ CAÑAS; JAIME
GALILEO CHAVEZ CAÑAS; HECTOR ORLANDO CHAVEZ
CAÑAS; FRANCISCO ERNESTO CHAVEZ CAÑAS; y AMERICA
HAYDEE CHAVEZ DE ROMERO conocida por AMERICA HAYDEE
CHAVEZ CAÑAS y por AMERICA AIDEE CHAVEZ CAÑAS, en
calidad de herederos testamentarios de la causante; y se ha conferido a
los herederos declarados, la administración y la representación defi nitivas
de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas
treinta y cuatro minutos del día catorce de diciembre de dos mil nueve.
Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic.
CECILIA MARIA MARROQUIN CASTRO, SECRETARIO.
1 v. No. F036854
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las nueve horas del día veintisiete de noviembre del dos mil nueve, se
ha declarado heredera abintestato con benefi cio de inventario a la señora
OCTAVIA DEL SOCORRO MURILLOS DE BARRIENTOS conocida
por SOCORRO MURILLOS DE BARRIENTOS, en calidad de CÓN-
YUGE SOBREVIVIENTE del causante CÁNDIDO BARRIENTOS
PERAZA conocido por CÁNDIDO BARRIENTOS, quien fue de ochenta
y dos años de edad, agricultor, fallecido el día dieciséis de mayo del dos
mil nueve, siendo esta ciudad su último domicilio.
En consecuencia, se le ha conferido a la heredera declarada la
administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas del
día dos de diciembre del dos mil nueve. Lic. JOSE HERNAN PALACIOS
LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA
FIGUEROA, SECRETARIO.
1 v. No. F036855
RAFAEL ERNESTO ANDRADE PEÑATE, Notario, del domicilio
de Santa Ana, con Ofi cina situada en Segunda Avenida Norte y Cuarta
Calle Poniente número Tres. Santa Ana. AL PUBLICO.
HACE SABER: Que por resolución dictada por el suscrito Notario.
a las diez horas del día once de diciembre del año dos mil nueve, se han
declarado HEREDEROS DEFINITIVOS CON BENEFICIO DE INVEN-
TARIO, a los señores: JOSE OSCAR GONZALEZ MELENDEZ, JOSE
OSCAR y la señorita BINDA PRESEDY ambos de apellido GONZALEZ
OSORIO, de la Herencia Intestada que a su Defunción dejó la señora
BERTA ALICIA OSORIO DE GONZALEZ, el primero en concepto de
cónyuge y los dos últimos en concepto de hijos de la referida causante
quien falleció en el Barrio San Antonio, Colonia Brasilia de esta ciudad,
el día veintisiete de enero del presente año, originaria de Nuevo Edén de
San Juan, Departamento de San Miguel, siendo esta ciudad lugar de su
último domicilio; y en tal carácter se les ha conferido la administración
y representación DEFINITIVA de la sucesión. Publíquese el aviso de
Ley.
Librado en la Ofi cina del Suscrito Notario, en la ciudad de Santa
Ana, a los once días del mes de enero del dos mil nueve.
Lic. RAFAEL ERNESTO ANDRADE PEÑATE,
NOTARIO.
1 v. No. F036859
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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, Notario, del domicilio de Santa
Ana, con Ofi cina en Segunda Avenida Norte y Cuarta Calle Poniente
número TRES, Santa Ana, al PUBLICO,
HACE SABER: Que por resolución dictada por el Suscrito Notario,
a las quince horas del día ocho de enero del corriente año, se ha declarado
HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO a la
señora EMILIANA HERLINDA ESTRADA, de la Herencia Intestada
que a su defunción dejara la señora ENCARNACION POLANCO,
quien fue conocida por ENCARNACION ESTRADA, y por ENCAR-
NACION ESTRADA POLANCO, en concepto de hija y Cesionaria de
los derechos que por ley le correspondían al señor HELADIO MIGUEL
ESTRADA, en calidad de hijo de la citada causante, quien falleció el
día veintinueve de abril del año dos mil uno, en el Hospital San Juan de
Dios, de esta ciudad, siendo dicha ciudad lugar de su último domicilio;
y en tal concepto se le ha conferido la administración y representación
DEFINITIVA de la sucesión.- Publíquese los edictos de Ley.
Librado en la Ofi cina del Suscrito Notario, en la ciudad de Santa
Ana, a los trece días del mes de enero del año dos mil diez.-
LIC. JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ,
NOTARIO.
1 v. No. F036860
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las nueve horas con veinte minutos del día dos de diciembre del corriente
año, se declararon herederos defi nitivos con benefi cio de inventario,
la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JUAN
MEJIA, fallecido el día diecinueve de noviembre de mil novecientos
noventa y ocho, en el Barrio San Luis de la ciudad de Nueva Guada-
lupe, de este distrito, departamento de San Miguel, siendo la ciudad
antes mencionada su último domicilio; a los señores Dilia Teresa Mejía
Morán, María Antonia Mejía Morán y Saturnino Morán Mejía, éstos
en su concepto de hijos del causante. Confi éreseles a los herederos
declarados la administración y representación defi nitiva de la sucesión
de que se trata. Publíquese el edicto de Ley.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
legales.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las nueve
horas con treinta minutos del día dos de diciembre de dos mil nueve.
LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
SECRETARIA.
1 v. No. F036869
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de las doce horas y treinta minutos
del día veinte de noviembre del presente año, se DECLARÓ DEFINI-
TIVAMENTE HEREDEROS con benefi cio de inventario de la herencia
INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante señora
LAURA EMELI GRANADOS DE CHAVEZ, quien falleció en Colonia
San Mauricio, Pasaje Zúñiga número cinco, San Salvador, a las diez horas,
del día veintiséis de marzo de dos mil siete, siendo su último domicilio
el de esta ciudad, a los señores HECTOR DAVID CHAVEZ MORAGA,
en su concepto de cónyuge sobreviviente de la causante y NESTOR HA-
ROLD CHAVEZ GRANADOS y HECTOR ARQUIMIDES CHAVEZ
GRANADOS, en su concepto de hijos de la de cujus.
Confi rióse a los herederos en el carácter antes indicado la admi-
nistración y representación DEFINITIVA de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las quince horas
del día veinte de noviembre de dos mil nueve.LIC. JOSE HUGO
ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN ESTELA
AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F036888
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinte minutos
de este día, se han declarado a los señores: ANTONIA ISABEL PEREZ
DE AGUILAR, de veintiocho años de edad, Profesora, JUAN ELIAS
PEREZ RIVAS, de veintiséis años de edad, agricultor, y TOMAS TADEO
PEREZ RIVAS, de treinta y dos años de edad, soltero, contador, todos del
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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
domicilio de la ciudad de Apastepeque de este Departamento, herederos
abintestato con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción
dejó el señor JUAN FRANCISCO PEREZ ACEVEDO, quien fue de
ochenta y dos años de edad, agricultor, soltero, salvadoreño, originario
y del domicilio de Apastepeque de este Depatamento, habiendo fallecido
el día quince de diciembre del año dos mil ocho, en Barrio Los Angeles
de la ciudad de Apastepeque, lugar de su último domicilio, en concepto
de hijos del causante. Y se ha conferido a los herederos declarados la
administración y representación defi nitivas de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los doce días
del mes de noviembre del año dos mil nueve. DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F036891
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio
Judicial,
AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado a las diez
horas con veinte minutos del día dos de diciembre de dos mil nueve.- Se
ha declarado heredera defi nitiva con benefi cio de inventario en la herencia
intestada que a su defunción ocurrida el día veintiuno de febrero de dos
mil ocho, en la Ciudad de Olocuilta, Departamento de La Paz, siendo
también su último domicilio, dejó el causante JOSE SECUNDINO
ANDASOL JOVEL, a la señora MARIA MARTA GUARDADO, en su
calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que en abstracto en la
presente sucesión, le correspondían a la señora ANGELA ANDASOL
JOVEL, en su calidad de hermana del referido de cujus.- Se ha conferido
a la heredera declarada la administración y representación defi nitiva de
la sucesión.-
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-
partamento de San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día
cuatro de enero del año dos mil diez.- DR. GUILLERMO ALFARO
SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,
SECRETARIO.
1 v. No. F036904
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las nueve horas con cuarenta minutos del día dos de diciembre del dos
mil nueve, se ha declarado heredera abintestato con benefi cio de inven-
tario a la señora EVANGELINA ESTRADA DE SANDOVAL, quien
lo hace en calidad de HIJA de la causante MARIA ANGELA LARIOS
VIUDA DE ESTRADA conocida por MARIA ANGELA LARIOS y
por ANGELA LARIOS, quien fue de ochenta y dos años de edad, de
ofi cios domésticos, fallecida el día veintisiete de febrero de dos mil
nueve, siendo esta ciudad su último domicilio.-
Por lo anterior, se le confi ere a la heredera declarada la administración
y representación DEFINITIVA de la sucesión.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las quince horas con
veintiocho minutos del día ocho de enero del dos mil diez.- LIC. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
1 v. No. F036920
ACEPTACION DE HERENCIA
DIONISIO HERIBERTO GUERRERO, Notario, del domicilio de la
ciudad de Santa Tecla, al Público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por esta ofi cina
notarial a las once horas del día quince de noviembre del año dos
mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario la herencia intestada dejada por la señora GABINA PÉREZ
DE REYES, quien falleció en la ciudad de San Salvador, lugar de su
último domicilio, a las siete horas del día dieciséis de mayo del año dos
mil, por la señora MARIA AZUCENA HERNÁNDEZ DE PICHE, en
concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que le corresponden
a la señora ROSA MARIA LÓPEZ, hermana de la causante, por lo que
se le confi ere a la aceptante la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en la ofi cina notarial del doctor DIONISIO HERIBERTO
GUERRERO, a las catorce horas del día diecisiete de noviembre del año
dos mil cinco.
DR. DIONISIO HERIBERTO GUERRERO,
NOTARIO.
1 v. No. C000334
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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
ANA MILAGRO ESCOBAR, Notario, del domicilio de esta ciudad,
con ofi cina situada en Colonia Diez de Septiembre, Veintidós Calle
Poniente, Número Dos Mil Trescientos Treinta de esta ciudad, para los
efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las diez horas del día Dos de Diciembre del año Dos Mil Nueve, se ha
tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la He-
rencia Intestada que a su defunción dejó el señor ALFREDO SANCHEZ
CALLEJAS, conocido por ALFREDO SANCHEZ, quien falleció en
esta Ciudad su último Domicilio el día primero de febrero del año Dos
Mil Cuatro, de parte del señor FRANCISCO ALFREDO SANCHEZ
MENDEZ, como hijo del causante, y como Cesionario de los Derechos
Hereditarios que en la Sucesión correspondían a las señoras SANTOS
DE JESUS MENDEZ DE SANCHEZ, como cónyuge y CANDELARIA
SANCHEZ como madre del Causante, habiéndole conferido la Admi-
nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia
por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la Herencia
para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días
contados desde el siguiente a la última publicación del presente edic-
to.
Librado en la ofi cina de la Notario ANA MILAGRO ESCOBAR.
En la ciudad de San Salvador, a las once horas del día Cuatro de enero
del Año Dos Mil Diez.
DRA. ANA MILAGRO ESCOBAR,
NOTARIO.
1 v. No. C000340
En la Ofi cina del Notario CRUZ FRANCO GALDAMEZ, ubicada en
Sexta Calle Poniente, entre Primera y Tercera Avenida Sur, Barrio El
Chile, ciudad de Chalatenango, a las nueve horas del día veintiocho de
noviembre del año dos mil nueve. Por recibido el OFICIO NUMERO
SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO, procedente de
la Ofi cialía Mayor de la Honorable Corte Suprema de Justicia, en la
cual se informa que sobre los bienes del causante DOUGLAS ABEL
ALVARENGA ROMERO, no se han iniciado diligencias ante tribunal
o notario, y que no ha otorgado testamento alguno, agréguese a las pre-
sentes diligencias el informe relacionado; DECLARASE HEREDERA
ABINTESTATO EN FORMA INTERINA Y EXPRESAMENTE CON
BENEFICIO DE INVENTARIO A LA SEÑORITA: ANA PATRICIA
ALVARENGA ROMERO, de treinta y tres años de edad, empleada,
soltera, del domicilio de Soyapango, municipio del Departamento de San
Salvador, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento
Único de Identidad Número: cero cero doscientos once mil seiscientos
sesenta y uno guión uno; y Número de Identifi cación Tributaria: cero
cuatrocientos treinta y dos cero setenta mil ciento setenta y seis guión
ciento uno guión tres. En calidad de hermana, heredera sobreviviente y
cesionaria de los derechos que le correspondían a los padres biológicos
del causante señor DOUGLAS ABEL ALVARENGA ROMERO,
dicho fallecimiento fue ocurrido el día veintiuno de agosto del año dos
mil ocho, a la edad de veintinueve años,S soltero, originario de Santa
Rita, Departamento de Chalatenango, y del domicilio de Soyapango,
Departamento de San Salvador, siendo éste su último domicilio, de
nacionalidad Salvadoreña, quien fue hijo de Abel Alvarenga Orellana y
Edita Mélida Romero de Alvarenga, quienes ejercerán la administración
con las restricciones de la herencia yacente.- Ordénase las publicaciones
de los edictos correspondientes.-
CRUZ FRANCO GALDAMEZ,
NOTARIO.
1 v. No. C000348
HECTOR MANUEL UMAÑA SANDOVAL, Abogado y Notario del
domicilio de Masahuat, Departamento de Santa Ana.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas
del día quince de agosto del presente año; se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que
a su defunción dejó la señora: DAMIANA CARPIO, habiendo sido
la causante de Nacionalidad Salvadoreña, siendo su último domicilio
el de Caserío Casitas del Cantón Santo Tomás de la Jurisdicción de
Texistepeque, de este Departamento, quien falleció a las veintidós ho-
ras del día veintiocho de noviembre del año dos mil ocho, de parte del
señor PABLO LORENZO CARPIO en concepto de hijo y cesionario
de los derechos hereditarios en abstracto de la señoras ANSELMA
CARPIO, ENA DEL CARMEN CARPIO, ASUNCIÓN CARPIO DE
VALDEZ y MARÍA SALOMÉ CARPIO DE MANCÍA, hijas de la
causante, confi riéndosele la Administración y Representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente. Cito al que tenga derecho a dicha herencia para que
comparezca en el término de quince días contados desde el siguiente a
la última publicación de este edicto.
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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
Librado en la Ofi cina Notarial, ubicada en Barrio El Centro de la
jurisdicción de Santa Rosa Guachipilín, Departamento de Santa Ana, a
los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil nueve.
HECTOR MANUEL UMAÑA SANDOVAL,
NOTARIO.
1 v. No. C000354
ANA DELMY MENDOZA CAMPOS, Notario, del domicilio de San
Salvador, con ofi cina jurídica ubicada en Octava Avenida Sur Pasaje La
Favorita número dieciocho, de la Ciudad de Santa Tecla.
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída
a las ocho horas del día veintinueve del mes de diciembre del presente
año, se ha tenido a la señorita JENNIFER RENEE CHAVEZ GIHA, por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción dejó el señor RAFAEL CHAVEZ JOACHIN, quien
hasta su deceso fue de treinta y cinco años de edad, originario de Colón,
departamento de La Libertad, Empleado, Casado, fallecido a las diez
horas y cero minutos del día once de junio del año dos mil tres, en Ciudad
Colón, departamento de La Libertad, a consecuencia de alcoholismo
crónico, con asistencia medica, siendo su último domicilio la ciudad
de Colón, departamento de La Libertad; actuando la solicitante en su
calidad de hija y además como cesionaria de los derechos hereditarios
que le transfi rieron las señoras JOSEFINA JESUS JOACHIN conocida
por JOSEFINA DE JESUS JOACHIN y MARIA JANETH GIHA DE
CHAVEZ, la primera como madre y la segunda cónyuge sobreviviente
del causante antes mencionado; habiéndosele conferido la administración
y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio
se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para
que se presenten a la referida ofi cina arriba citada en el término de quince
días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente
edicto.
Librado en la Ciudad de Santa Tecla, a los treinta días del mes de
diciembre de dos mil nueve.-
ANA DELMY MENDOZA CAMPOS,
NOTARIO.
1 v. No. F036701
OSCAR ANTONIO RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina
situada en Doce Calle Poniente número dos mil seiscientos cincuenta y
siete, de esta ciudad, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia
promovidas en sus ofi cios notariales, se ha tenido por aceptada expresa-
mente y con benefi cio de inventario la HERENCIA INTESTADA que a
su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, el día diez de julio del
año dos mil nueve, dejó la señora GLORIA MARGOT QUINTANILLA
VIUDA DE FLORES, conocida por GLORIA MARGOTH FLORES
QUINTANILLA DE FLORES y por GLORIA MARGOTH FLORES
DE FLORES, siendo su último domicilio la ciudad de San Salvador,
de parte de los señores GLORIA CORINA FLORES QUINTANILLA
DE ANDRADE, SILVIA MARGARITA FLORES DE RIVERA, co-
nocida por Silvia Margarita Flores Quintanilla de Rivera, PATRICIA
ALEJANDRA FLORES DE LOPEZ, y CARLOS LUIS FLORES
QUINTANILLA, como hijos de la Causante.
Se ha conferido a los aceptantes la ADMINISTRACION Y RE-
PRESENTACION INTERINAS DE LA SUCESION con las facultades
y restricciones de Ley.
Librado en San Salvador, a los once días del mes de Diciembre de
dos mil nueve.
OSCAR ANTONIO RODRIGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F036803
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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
LUCIA CONCEPCION MONTOYA CRUZ, Notario, del domicilio
de la ciudad de San Miguel, con Ofi cina en Quinta Avenida Norte Bis,
Local número quinientos uno - C, Barrio San Francisco, de la ciudad
de San Miguel, AL PUBLICO,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas del
día trece del corriente mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción
ocurrida en la Clínica San Francisco de la ciudad de San Miguel, el
día quince de mayo del año dos mil dos, dejó el señor VICENTE
HERNANDEZ CONTRERAS, de cincuenta y ocho años de edad, Mo-
torista, su último domicilio la ciudad de San Miguel, Departamento de
San Miguel, de parte de la señora MARIA DE LA CRUZ VELASQUEZ
VIUDA DE HERNANDEZ, en calidad de cónyuge del causante, por
sí y como cesionaria de los derechos que corresponderían a los señores
RICHARD MAURICIO, RAUL ATILIO y JOSE ROBERTO, todos
de apellidos HERNANDEZ VELASQUEZ, como hijos del causante,
habiéndosele conferido la administración y representación interina de
la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se cita a los que
se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la
mencionada ofi cina, en el término de quince días desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en San Miguel, a los catorce días del mes de enero del dos
mil diez.- testado-y-ocho-vale.-
Lic. LUCIA CONCEPCION MONTOYA CRUZ,
NOTARIO.
1 v. No F036810
LUCIA CONCEPCION MONTOYA CRUZ, Notario, del domicilio
de la ciudad de San Miguel, con Ofi cina en Quinta Avenida Norte Bis,
Local número quinientos uno - C, Barrio San Francisco, de la ciudad
de San Miguel, AL PUBLICO,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas del
día doce del corriente mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción
ocurrida en Colonia Santa Inés, Avenida Zamorano, Polígono “J”, casa
número Veintiséis de la ciudad de San Miguel, el día veintidós de agosto
del dos mil nueve, dejó el señor JOSE ANTONIO CRUZ, de sesenta
y ocho años de edad, Comerciante en Pequeño, su último domicilio la
ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, de parte del señor
JOAQUIN EMILIO JOYA CRUZ, en calidad de hijo del causante,
habiéndosele conferido la administración y representación interina de
la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se cita a los que
se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la
mencionada ofi cina, en el término de quince días desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en San Miguel, a los trece días del mes de enero del dos
mil diez.
Lic. LUCIA CONCEPCION MONTOYA CRUZ,
NOTARIO.
1 v. No F036812
EL INFRASCRITO NOTARIO CON OFICINAS EN 17 CALLE PO-
NIENTE 419, SAN SALVADOR, AL PÚBLICO,
HACE SABER: Que ante sus ofi cios se siguen Diligencias de
Aceptación de Herencia Testamentaria en los bienes del causante SAN-
TOS CONCEPCIÓN FLORES o SANTOS CONCEPCIÓN FLORES
REYES, quien falleció en Cantón Las Isletas, Jurisdicción de San Pedro
Masahuat, Departamento de La Paz, el día seis de Septiembre del dos
mil tres; siendo su último domicilio la Ciudad de San Salvador, Depar-
tamento del mismo nombre. Han sido declarados Herederos Interinos
y Aceptado la Herencia Testamentaria, con benefi cio de inventario,
los señores MAURICIO ERNESTO FLORES VENTURA y ANA
CAMILA FLORES VENTURA, a quienes instituyó como herederos
el causante.
Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.
San Salvador, doce de Enero del dos mil diez.
Dr. GUILLERMO COLORADO BURGOS,
NOTARIO.
1 v. No. F036825
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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
EL INFRASCRITO NOTARIO, CON OFICINAS EN 17 CALLE
PONIENTE 419, SAN SALVADOR, AL PÚBLICO,
HACE SABER: Que ante sus ofi cios se siguen Diligencias de
Aceptación de Herencia Intestadas, en los bienes de la causante PETRO-
NA MAGDALENA QUEZADA RIVAS o PETRONA MAGDALENA
QUEZADA, quien falleció el día diecinueve de Diciembre del dos mil
ocho, en esta Ciudad de San Salvador, Departamento del mismo nombre,
su último domicilio. Ha sido declarada Heredera Interina y Aceptada
la Herencia Intestada, con Benefi cio de Inventario, la Señorita TANIA
LENINA HERNANDEZ QUEZADA conocida por TANIA LISSETTE
HERNANDEZ QUEZADA, hija de la causante.
Lo que se hace saber al público, para que los que consideren tener
derecho a la sucesión, se presenten dentro de los quince días posteriores,
a la última publicación, de este edicto, a la ofi cina del notario autorizante
a probar su derecho.
San Salvador, doce de Enero del dos mil diez.
Dr. GUILLERMO COLORADO BURGOS,
NOTARIO.
1 v. No. F036826
EL INFRASCRITO NOTARIO, CON OFICINAS EN 17 CALLE
PONIENTE 419, SAN SALVADOR, AL PÚBLICO,
HACE SABER: Que ante sus ofi cios se siguen Diligencias de
Aceptación de Herencia Intestadas, en los bienes de la causante CA-
MELIA HERNÁNDEZ CISNEROS DE ARBIZU, conocida por CA-
MELIA HERNÁNDEZ CISNEROS, CAMELIA CISNEROS ROGEL,
CAMELIA CISNEROS HERNÁNDEZ DE ARBIZU y por CAMELIA
DE ARBIZU, quien falleció en esta Ciudad, su último domicilio, el día
veintinueve de Noviembre del dos mil nueve. Ha sido declarado Heredero
Interino y Aceptado la Herencia Intestada, con benefi cio de inventario,
el Señor MANUEL ERNESTO ANTONIO FLORES ARBIZU, como
CESIONARIO de los derechos de los Señores NORMA VIOLETA
ARBIZU DE CALDERON, JOSE ERNESTO ARBIZU CISNEROS y
DOLORES HERNÁNDEZ.
Lo que se hace saber al público, para que los que consideren tener
derecho a la sucesión, se presenten dentro de los quince días posteriores,
a la última publicación, de este edicto, a la ofi cina del Notario autorizante
a probar su derecho.
San Salvador, doce de Enero del dos mil diez.
Dr. GUILLERMO COLORADO BURGOS,
NOTARIO.
1 v. No. F036828
REGINO ANTONIO AGUILAR LEMUS, Notario de este domicilio,
con ofi cina situada en la sexta calle oriente número dos-cuatro A, de la
ciudad de Santa Tecla,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída
a las diez horas del día catorce de agosto de dos mil nueve, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los
Señores JOSE MAURICIO PEREZ PEREZ y GUILLERMO PEREZ,
la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día nueve de abril
de mil novecientos noventa, en el cantón El Progreso de esta jurisdic-
ción, siendo éste el lugar de su último domicilio, defi rió el causante
ANACLETO PEREZ CONTRERAS en concepto de hijos del de cujus,
habiéndoseles conferido la Administración y Representación Interina
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente.
En consecuencia por este medio se citan a todos los que se crean
con derecho a la herencia para que se presenten a la referida ofi cina en
el término de quince días contados a partir del siguiente al de la última
publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario REGINO ANTONIO AGUILAR
LEMUS, a las nueve horas del día diecisiete de agosto de dos mil nue-
ve.
REGINO ANTONIO AGUILAR LEMUS,
NOTARIO.
1 v. No. F036879
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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
EVA DEL CARMEN MEJIA RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio,
con Ofi cina situada en los Locales Ex Malibú, número cinco, Entre Calle
a San Antonio Abad y Boulevard Los Héroes, San Salvador, al público
para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita
Notario, a las dieciséis horas del día doce de enero del presente año,
se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario,
la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor VICTOR
MANUEL PADILLA conocido por VICTOR MANUEL PADILLA
MARCIA y por VICTOR MANUEL MARCIA PADILLA, quien fue
de sesenta y siete años de edad, Motorista, siendo su último domicilio
esta Ciudad, y quien falleció a las nueve horas y treinta minutos del día
ocho de noviembre del dos mil nueve, en el Hospital General del Segu-
ro Social de esta Ciudad; de parte de los señores JUANA ANTONIA
JOYA MERLOS, antes DE PADILLA hoy VIUDA DE PADILLA,
LILIANA CAROLINA PADILLA JOYA, y MANUEL BALMORE
PADILLA JOYA, todos en su concepto de Herederos Testamentarios
en la Herencia del Causante mencionado, la primera en su calidad de
cónyuge sobreviviente, la segunda y el tercero en sus calidades de hijos
del causante mencionado, habiéndosele conferido a los aceptantes la
Administración y Representación Interina de la Sucesión con las facul-
tades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia para que se presenten en la Ofi cina
antes mencionada para deducirlo, en el término de Ley.
Librado, en la Ciudad de San Salvador, a los catorce días del mes
de enero del año dos mil diez.
Lic. EVA DEL CARMEN MEJIA RODRIGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F036882
OSCAR ARMANDO CRUZ JUÁREZ, Notario, de este domicilio,
con ofi cina ubicada en Calle J. Francisco López Número trece, de
la ciudad de Cojutepeque, que por resolución del Suscrito Notario,
proveída a las nueve horas del día ocho de enero del presente año, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que a su defunción dejó el señor SALOMÓN ROSA
QUINTANILLA, ocurrida en Colonia Fátima Calle Principal Número
tres, Cojutepeque, el día veinte de septiembre de dos mil siete, de parte
del señor VICTORINO ROSA URIAS, en concepto de hijo sobreviviente
del causante, habiéndose conferido la Administración y Representación
Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario OSCAR ARMANDO CRUZ JUÁREZ, En la ciudad de Cojutepeque, a los trece días del mes de enero de dos mil diez.
Lic. OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F036926
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, Notario de este domicilio, con Ofi cina Particular ubicada en Final Séptima Avenida Norte, Urbanización Santa Adela y Pasaje Tres, Edifi cio número Veinticinco, Local Veinticinco A, Centro de Gobierno, San Salvador, AL PÚBLICO,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas del día tres de diciembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, el día veintitrés de noviembre del año mil novecientos noventa y seis, siendo la ciudad de Ilopango, Departamento de San Salvador, su último domicilio, dejó la señora BERNARDA FUENTES BLANCO, quien falleció a la edad de sesenta y seis años, soltera, de ofi cio costurera, originaria de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, hija de Francisco Fuentes y de Juana Blanco, de parte de la señora DENNY RUTH ESCOLERO DE FLORES, en su concepto de HIJA DE LA REFERIDA CAUSANTE Y ADEMÁS COMO CESIO-NARIA DE LOS DERECHOS HEREDITARIOS QUE LE HUBIEREN CORRESPONDIDO TAMBIÉN AL HIJO DE LA CITADA CAUSAN-TE SEÑOR OSCAR ARNOLDO ESCOLERO FUENTES, habiéndosele conferido a la aceptante la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA DE LA SUCESIÓN con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente.-
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.-
Librado en la Ciudad de San Salvador, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil nueve.-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F038615
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas y veinticinco minutos del día veintisiete de noviembre del año dos mil nueve y ampliación proveída a las quince horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora ENMA TORRES conocida por EMMA TORRES y por ENNA TORRES, quien falleció el día veintitrés de Noviembre del año dos mil cuatro, a
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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
la edad de setenta y un años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de parte de las señoras LUCIA ISABEL TORRES DE SIGÜENZA y CATALINA ANTONIA TORRES TELULE, en calidad de hijas de la causante y a su vez a la SEÑORA CATALINA ANTONIA TORRES TELULE, como cesionaria de los derechos de las señoras ANA DAYSI TORRES y ANGELA CRISTINA TORRES DE CRUZ que tenían en su calidad de hijas en la sucesión de la causante señora ENMA TORRES conocida por EMMA TORRES y por ENNA TORRES.- Confi éresele a las aceptantes en el concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate, a seis días del mes de Enero del año dos mil diez.- Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA.- Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036675-1
DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día de hoy; se ha tenido por aceptada con benefi cio de Inventario la He-rencia INTESTADA, que a su defunción dejó el señor DOMINGO SALAVERRIA CAMPOS, conocido por DOMINGO SALAVERRIA, quien falleció a la una horas con treinta minutos, del día veinticinco de abril del año mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón La Canoa, departamento de San Miguel, siendo ése el lugar de su último domicilio; de parte de la Señora: MARIA SUSANA LIZAMA SALAVERRIA, de cuarenta y siete años de edad, Secretaria, de este domicilio; portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero tres millones dos-cientos trece mil novecientos veintisiete-cinco; en concepto de hija del Causante.
Confi érese a la aceptante en el carácter indicado la administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y res-tricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas y cinco minutos del día once de noviembre de dos mil nueve.- Dr. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036721-1
DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día de hoy; se ha tenido por aceptada con Benefi cio de Inventario la Herencia INTESTADA. Que a su defunción dejó la señora IRMA CONSUELO AMAYA DE GUEVARA, quien falleció a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día trece de diciembre de dos mil cinco, en el Parkland
Health & Hospital System, de la ciudad de Dallas, Estado de Texas, Estados Unidos de América, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio. De parte del señor CRISTOBAL GUEVARA GUEVARA, de sesenta y nueve años de edad; Agricultor, de los domicilio de Dallas, Estados Unidos de América, y del de esta ciudad, portador de su Pasaporte Número ciento treinta y dos millones siete mil doscientos cincuenta y cinco; en concepto de esposo de la causante y como Cesionario de los Derechos Hereditarios que en la Sucesión le correspondían a los señores JOSE ERNESTO GUEVARA AMAYA, BALMORE GUEVARA AMAYA, JOSE NAPOLEON GUEVARA AMAYA y MARIA LUISA GUEVARA AMAYA DE ARBAIZA, en concepto de hijos de la causante.-
Confi érase al aceptante en el carácter indicado la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restric-ciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las doce horas con veinte minutos del día dieciséis de Julio del año dos mil nueve.- Dr. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036761-1
JOSE LUIS FLORES SANTAMARIA, Notario, del domicilio de San Miguel, con Ofi cina Profesional, situada en la Quinta Calle Oriente número quinientos dos-A, San Miguel, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, pronun-ciada a las ocho horas del día siete de Enero de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor DAVID RODRIGUEZ conocido por DAVID ANDRADE, fallecido a las cinco horas del día dieciocho de agosto de dos mil nueve, en el Cantón La Bonba, de la jurisdicción de Concepción Batres, departamento de Usulután, siendo su último domicilio la ciudad de Concepción Batres, departamento de Usulután, de parte del señor JUAN ANDRADE RODRIGUEZ, en con-cepto de Cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían al señor DAVID MARQUEZ RODRIGUEZ, en su calidad de hijo del mencionado causante. Confi érase al Aceptante en el carácter indicado la Administración y Representación Interina de los bienes de la suce-sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley
Librado en esta Ofi cina; San Miguel, ocho de Enero de dos mil diez.
JOSE LUIS FLORES SANTAMARIA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F036770-1
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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta y dos minutos del día diecisiete de abril de dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las doce horas treinta minutos del día veinte de noviembre de dos mil ocho, en Carretera Litoral, Kilómetro noventa y ocho, Cantón San Antonio, Caserío El Ceibillo, de la Villa de Jujutla, siendo éste su último domicilio, dejó el señor AMBROCIO ALFREDO BARILLAS RECINOS o AMBROCIO ALFREDO BARILLAS; de parte de la señora MARIA SANTA ANA VALDIZON DE BARILLAS, conocida por MARIA SANTANA VALDIZON y SANTANA VALDI-ZON, en su calidad de cónyuge sobreviviente, y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora MARIA LUISA RECINOS o MARIA LUISA RECINOS DE BARILLAS, en concepto de madre del causante.
A quien se ha nombrado Interinamente Representante y Adminis-tradora de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de abril de dos mil nueve.- DR. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. EFRAIN MAURICIO AREVALO MOJICA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036794-1
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve horas del día dieciséis de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor REYES RIVERA o REYES RIVERA RODRIGUEZ, fallecido el día cinco de mayo del dos mil uno, en el Cantón El Presidio, de esta Jurisdicción, su último domicilio, de parte del señor AGUSTIN GONZALEZ RAMOS, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que en la referida herencia le correspondían a la señora Simona Rodríguez, ésta como cónyuge sobreviviente del causante.
Y se ha conferido al aceptante la Administración y Representación Interinas de la sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas treinta minutos del día veintitrés de octubre del dos mil nueve.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MERCEDES ALICIA CORTEZ RAMOS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036817-1
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial.
AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora MARIA MARTA AGUILAR viuda DE AMAYA, conocida por MARIA MAR-TA AGUILAR DE AMAYA, MARIA MARTA AGUILAR ANAYA, MARIA MARTA AGUILAR y por MARTA AGUILAR, que falleció el día doce de agosto del año en curso, en San Rafael Obrajuelo, Departa-mento de La Paz, su último domicilio, por parte de la señora BLANCA ARACELI AMAYA DE GUEVARA o BLANCA ARACELI AMA-YA, por sí, como hija de la causante, y además, como cesionaria de los derechos hereditarios que en la misma sucesión les correspondían a los señores JOSE ROLANDO AMAYA AGUILAR o JOSE ROLANDO AMAYA, CARLOS AFRODICIO AMAYA AGUILAR o CARLOS AFRODICIO AMAYA, VETI MAZARENA AMAYA AGUILAR o VETI MAZARENA AMAYA, y ALVA ROSALINA AMAYA viuda DE HERNANDEZ o ALVA ROSALINA AMAYA, hijos también de la fi nada.
Y se ha nombrado a la aceptante, Administradora y Representante Legal de la sucesión de que se trata.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil nueve.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETA-RIO.
3 v. alt. No. F036875-1
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las once horas treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor CARLOS ALBERTO BERDUGO LOPEZ, en calidad de hijo de la causante señora MARIA MARTA LÓPEZ DE VERDUGO, y cesionario de los derechos que les correspondían al señor ISIDRO BERDUGO ALVAREZ, en calidad de cónyuge sobreviviente de la causante, por medio del Licenciado OSCAR ALBERTO LARA REYES, Apoderado del señor CARLOS ALBERTO BERDUGO LOPEZ, de la herencia intestada, dejada a su defunción por dicha causante, quien falleció a las dieciséis horas y cuarenta minutos del día treinta de agosto del año dos mil seis, en la Clínica Climosal, ubicada en la ciudad de Santa Tecla, del Departamento de La Libertad, siendo San Juan Opico, su último domicilio, en concepto al inicio en mención.
Confi riéndosele al aceptante expresado en el concepto indicado la Administración y Representación Interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Cítese a las personas que se crean con derecho en la sucesión para que se presenten a este Juzgado a deducirla dentro de los quince días subsiguientes a la publicación de este edicto.
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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
las once horas cuarenta minutos del día nueve de diciembre del año dos
mil nueve.- LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA
FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036878-1
DOCTORA ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de ocho horas diez minutos
de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JESUS
REYES, conocido por JESUS REYES RIVAS, de setenta y tres años
de edad, jornalero, casado, e hijo de los señores Jesús Reyes y Erlinda
Rivas, fallecido a las diecinueve horas del día veintiuno de agosto del año
dos mil cuatro, en el Cantón San Felipe, del Municipio de Apastepeque,
Departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio de parte del
señor FRANCISCO RAUL REYES PONCE, conocido por FRANCISCO
RAUL REYES, de cincuenta y dos años de edad, Agricultor en Pequeño,
portador de su Documento Único de Identidad Número cero uno seis
nueve nueve cero ocho dos guión tres y Tarjeta de Identifi cación Tributaria
Número uno cero uno cero uno siete cero ocho cinco siete guión cero
cero uno guión dos, por sí como hijo del causante y como cesionario de
los derechos hereditarios que le corresponderían a los señores MARIA
ESPERANZA REYES, conocida por MARIA ESPERANZA REYES
DE PINEDA, de cuarenta y cuatro años de edad, de ofi cios domésticos,
portadora de su Documento Único de Identidad Número cero cero uno
dos uno nueve ocho seis cuatro y Tarjeta de Identifi cación Tributaria
Número uno cero uno guión cero ocho cero ocho cero uno seis cinco
uno cero cuatro guión cero y SANTOS ANTONIO ALCIDES REYES,
conocido por SANTOS ANTONIO ALCIDES REYES PONCE y
también por SANTOS ANTONIO REYES PONCE, de cuarenta años
de edad, jornalero, portador de su Documento Único de Identidad Nú-
mero cero dos uno nueve nueve dos dos cinco guión cuatro y Tarjeta de
Identifi cación Tributaria uno cero cero uno dos siete cero seis seis nueve
guión uno cero uno guión cero, ambos del domicilio de Apastepeque,
Departamento de San Vicente, e hijos del causante; y se ha nombrado al
señor FRANCISCO RAUL REYES, conocido por FRANCISCO RAUL
REYES, por sí en el concepto de hijo del causante y además como cesio-
nario de los derechos hereditarios que les corresponderían a los señores
MARIA ESPERANZA REYES, conocida por MARIA ESPERANZA
REYES PINEDA, y SANTOS ANTONIO ALCIDES REYES, conocido
por SANTOS ANTONIO ALCIDES REYES PONCE y también por
SANTOS ANTONIO REYES PONCE, éstos en su calidad de hijos del
causante, Administrador y Representante Interino de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas treinta y cinco
minutos del día diecisiete de diciembre del año dos mil nueve.- DRA.
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036893-1
HECTOR EDMUNDO CASTRO PINEDA, Notario, de este domicilio,
con ofi cina situada en Calle Alberto Masferrer Oriente, número cuatro
guión diez, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las once horas y treinta minutos del día once de enero del dos mil diez,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,
la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Santa
Ana, a las veinte horas y cincuenta minutos del día siete de enero del
año dos mil nueve, dejó la señora ANA MARIA ZAVALETA, quien
también fue conocida por MARIA ANA ZAVALETA, de parte del señor
WILFREDO ZAVALETA en concepto de hijo de la causante.
Habiéndose conferido la Administración y Representación de la
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia
Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario, Héctor Edmundo Castro Pineda.
En la ciudad de Sonsonate, a las doce horas y treinta minutos del día
once de enero del dos mil diez.
DR. HECTOR EDMUNDO CASTRO PINEDA,
NOTARIO.
3 v. c. No. F036924-1
TÍTULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SANTA RITA,
DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO, AL PUBLICO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado
Jorge Ángel Guevara Morales, quien actúa en nombre y representación en
su calidad de Apoderado General Judicial y Administrativo con Cláusula
Especial de la señora SARA DEL CARMEN GUEVARA viuda DE
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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
RAMIREZ, ambos de generales conocidas en las presentes diligencias,
solicitando TITULO DE PROPIEDAD a favor de su representada, de un
inmueble de naturaleza urbana situado en el Barrio El Centro, Avenida
Gaspar Lama y Calle Cerritos, Jurisdicción de Santa Rita, Departamento
de Chalatenango, de una extensión superfi cial de CIENTO CINCUENTA
Y TRES METROS CUADRADOS APROXIMADAMENTE, de las
medidas, y colindancias siguientes: AL NORTE: un tramo en línea recta
mide veinte punto veintiocho metros, colinda con inmueble del señor
José Sarbelio Guevara Guevara, dividido por pared de ladrillo y adobe,
propiedad del colindante; AL ORIENTE: un tramo en línea recta mide
ocho punto sesenta metros, colinda con inmueble propiedad de Yesenia
Luna Peraza, José Ernesto Arteaga y Efraín Antonio Peraza, Avenida
Gaspar Lama de por medio; AL SUR: un tramo en línea semicurva,
mide veintiuno punto cincuenta metros, colinda con inmueble de Julio
Antonio Fuentes Quijada, Calle Cerritos de por medio; y AL PONIEN-
TE: un tramo en línea recta mide cinco punto cincuenta metros, colinda
con inmueble de la señora María Victoria Fuentes Fuentes. Y lo valúa
juntamente con la casa construida en dicho terreno en la cantidad de
DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
no es dominante, ni sirviente y se encuentra libre de todo gravamen; no
tiene derechos reales o cargas que respetar a terceros; no se encuentra en
proindivisión con persona alguna, del cual ha sido poseedor de forma,
quieta, pacífi ca e ininterrumpido por más de cuarenta años.
Lo que se avisa al público para los efectos legales correspondien-
tes.
Alcaldía Municipal de Santa Rita, Departamento de Chalatenango,
a los nueve días del mes de diciembre de dos mil nueve.- ISMAEL
ROMERO GUTIERREZ, ALCALDE MUNICIPAL. GUADALUPE
ELIZANDRA DE ALVARENGA, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C000347-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ACAJUTLA, AL
PÚBLICO.
HACE SABER: Que en esta ofi cina se presentó el Licenciado JOSE
RAYMUNDO SANCHEZ OCHOA, de cuarenta y tres años de edad,
Abogado, del domicilio de Sonsonate, de este Departamento, portador
de mi Documento Único de Identidad Número cero un millón setecientos
diecisiete mil trescientos sesenta y dos -ocho en nombre y representación
y como Apoderado Judicial de la señora VICTORIA DE JESUS FLORES
viuda DE OLMEDO, quien es de cincuenta años de edad, viuda, ama
de casa, del domicilio de esta ciudad, Departamento de Sonsonate, con
Documento Único de Identidad Número cero cero novecientos cincuenta
y nueve mil novecientos cinco -seis y con Número de Identifi cación
Tributaria Número cero trescientos quince- cero cuarenta mil doscientos
cincuenta y nueve - ciento uno- seis. Quien solicita TITULO DE PRO-
PIEDAD, a favor de su representada señora VICTORIA DE JESUS
FLORES viuda DE OLMEDO. DE UN INMUEBLE, de naturaleza
urbana, situado en el Barrio La Playa, de esta ciudad, compuesto de
SESENTA Y TRES PUNTO CATORCE METROS CUADRADOS de
extensión superfi cial, de los linderos siguientes: AL NORTE: seis punto
veintiún metros, colinda con propiedad de ALCALDIA MUNICIPAL
DE ACAJUTLA, AL ORIENTE: nueve punto noventa y tres metros,
colinda con propiedad de ELVIRA GERTRUDIS PEÑA MARTINEZ,
AL SUR: seis punto cuarenta metros, colinda con propiedad de REYNA
ISABEL CALZADILLA y calle de por medio; y AL PONIENTE: diez
metros, colinda con propiedad de PILAR ORDOÑEZ VELASQUEZ. El
inmueble descrito no es sirviente, ni dominante, no tiene otras cargas o
derechos reales que respetar, no está en proindivisión con ninguna persona,
lo hubo el Titular por tener POSESIÓN MATERIAL DESDE HACE
MAS DE QUINCE AÑOS, la cual ha ejercido de manera consecutiva,
quieta, pacífi ca, de buena fe y sin interrupción, practicando actos de
verdadera dueña, que le dan derecho al dominio y posesión del inmueble
a ciencia y paciencia de vecinos, y colindantes sin impedimento alguno,
lo estima en la suma de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE NORTE AMERICA.
Lo que hace saber al público, para los efectos de ley consiguien-
tes.
Alcaldía Municipal de Acajutla, a los once días del mes de diciem-
bre del año dos mil nueve.- MARIA ISABEL ALEMAN DE TORRES,
ALCALDESA MUNICIPAL. JOSE DAVID CRUZ AGUIRRES,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F036659-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado
por medio de escrito la señora MARIA DINA AGUILAR AGUILAR, de
cuarenta y nueve años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio,
con Documento Único de Identidad Número cero tres millones cuatro-
cientos cuarenta y cinco mil setecientos cuarenta y siete guión cinco;
y con Número de Identifi cación Tributaria cero trescientos ocho guión
ciento once mil doscientos cincuenta y nueve guión ciento uno guión cero;
solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD MUNICIPAL, de
un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en Cantón Sabana Grande,
de esta Jurisdicción de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate, de una
extensión superfi cial de CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTITRÉS
PUNTO TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de las colindancias
siguientes: AL NORTE: compuesto de un tramo, mide treinta y ocho punto
cuarenta y dos metros, y linda con la señora Sonia Esperanza Cáceres;
AL ORIENTE: compuesto de tres tramos, el primero de Norte a Sur,
mide setenta y seis punto noventa y uno metros, el segundo de Poniente
a Oriente, mide dieciocho punto sesenta y cinco metros, y el tercero de
Norte a Sur, mide veintiuno punto setenta y cinco metros y linda con los
señores Cándido Pérez y Evaristo Pérez Flores; AL SUR: compuesto de
un tramo, mide sesenta punto cero cero metros y linda con los señores
Gilberta Aguilar Zacapa, Jesús Tesorero y Daniel Aguilar; y AL PO-
NIENTE: compuesto de un tramo, mide ciento veinticinco punto cero
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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
cero metros y linda con Feliciano Hernández, Máximo Cáceres Arévalo,
María Antonia Juárez viuda de Hernández y Cristina Guadalupe Borja
Morán, camino vecinal que conduce a San Antonio del Monte, de por
medio. El inmueble antes descrito no es predio sirviente, ni dominante,
no tiene cargas, ni derechos reales que respetar, ni está en proindivisión
con ninguna persona, en él existe una casa paredes de lámina y techo
de lámina, dicho inmueble lo adquirió por posesión material, la cual ha
ejercido por más de diez años continuos y siempre lo continúa poseyendo
de buena fe, en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida, sin haber sido
perturbada por persona alguna, ejecutando actos de toda clase que sólo
da el derecho de dominio. Dicho inmueble lo valúa en la suma de UN
MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de
Ley.
Alcaldía Municipal de Nahuizalco, a los dieciséis días del mes de
octubre del año dos mil nueve.- JORGE WILLER PATRIZ C., ALCALDE
MUNICIPAL. LUIS ALBERTO ESCOBAR ROLIN, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F036821-1
TÍTULO SUPLETORIO
JORGE ANGEL GUEVARA MORALES, Notario, del domicilio de
Chalatenango, con ofi cina ubicada sobre la Cuarta Calle Oriente, Barrio
El Centro, Edifi cio Alvarenga, Tercer Nivel, Local "F", de la Ciudad
de Chalatenango.
HACE SABER: Que ante mis ofi cios de Notario, se ha presentado
el señor JOSE RICARDO PAZ RIVERA, de cuarenta y tres años de edad,
motorista, del domicilio de Santa Rita, solicitando TITULO SUPLETO-
RIO de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Tobías,
Municipio de Santa Rita, Chalatenango, de una extensión superfi cial de
DOSCIENTOS DIECISIETE PUNTO CERO CINCO METROS CUA-
DRADOS. De las medidas y colindancias siguientes: LINDERO NORTE,
está formado por un tramo recto con una distancia de trece punto cero
cuatro metros, colindando con inmueble propiedad de Gregoria Guerra.
LINDERO ORIENTE, está formado por tres tramos rectos: Tramo uno,
con una distancia de tres punto ochenta metros; Tramo dos, con una
distancia de tres punto quince metros; Tramo tres, con una distancia de
cinco punto cero cinco metros, colindando con el inmueble propiedad
de Gregoria Guerra. LINDERO SUR, está formado un tramo recto, con
una distancia de diecinueve punto doce metros, colindando con inmueble
propiedad del Ministerio de Educación. LINDERO PONIENTE, está
formado por dos tramos rectos: Tramo uno, con una distancia de ocho
punto cincuenta metros; Tramo dos, con una distancia de diez punto
quince metros, colindando con inmueble propiedad de Adán Ponce,
Calle Pública de por medio; lo valúa en la cantidad de CUATRO MIL
DÓLARES. Ha sido poseedor de forma quieta, pacífi ca e ininterrumpido
por más de veinte años.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
En la ciudad de Chalatenango, a los catorce días del mes de di-
ciembre de dos mil nueve.
LIC. JORGE ANGEL GUEVARA MORALES,
NOTARIO.
1 v. No. C000349
JORGE ANGEL GUEVARA MORALES, Notario, del domicilio de
Santa Rita, Departamento de Chalatenango, con ofi cina ubicada sobre
la Cuarta Calle Oriente, Barrio El Centro, Edifi cio Alvarenga III, Nivel,
Local I, de la ciudad de Chalatenango.
HACE SABER: Que ante mis ofi cios de Notario, se ha presentado
la señora MARIA MARTA REGINA LEON DE NUÑEZ, de cincuenta y
cuatro años de edad, modista, del domicilio de Concepción Quezaltepeque,
solicitando TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica,
situado en el lugar llamado "Monte Redondo", Jurisdicción de Concepción
Quezaltepeque, Municipio del Departamento de Chalatenango, de una
extensión superfi cial de DOSCIENTOS SEIS PUNTO CINCUENTA
METROS CUADRADOS APROXIMADAMENTE, de las medidas
y colindancias que siguen: AL NORTE: un tramo en línea recta, mide
doce punto cero siete metros, colinda con resto del inmueble general;
AL ORIENTE: un tramo en línea recta, mide diecisiete punto cero cero
metros, colinda con inmueble en sucesión dejada por el señor Serapio de
Jesús Oliva; AL SUR: un tramo en línea recta, mide trece punto veinte
metros, colinda con Casa Comunal, Calle Pública de por medio; y AL
PONIENTE: un tramo en línea recta, mide quince punto setenta metros,
colinda con resto del inmueble general, callejón de por medio; lo valúa
en la cantidad de SEIS MIL DÓLARES. Lo adquirió por compra hecha
al señor FRANCISCO FUENTES POCASANGRE, de ochenta y seis
años de edad, albañil, del domicilio de Concepción Quezaltepeque,
Departamento de Chalatenango.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
En la ciudad de Chalatenango, a los catorce días del mes de enero
de dos mil diez.
LIC. JORGE ANGEL GUEVARA MORALES,
NOTARIO.
1 v. No. C000350
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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
El Infrascrito Notario, ROBERTO ANTONIO ANZORA QUIROZ, del
domicilio de San Salvador, con ofi cina situada en Trece Calle Oriente,
Centro Comercial Metro España, segunda planta, local doscientos seis
de la ciudad de San Salvador, para los efectos de Ley, al público,
HACE SABER: Que a mi ofi cina ubicada en la dirección antes
citada se ha presentado la Licenciada ZONIA ESTELA ESCOBAR DE
VASQUEZ, en su calidad de Apoderada General Judicial y Adminis-
trativa con Cláusula Especial del señor JULIAN ELIAS RODRIGUEZ
GOMEZ; solicitando DILIGENCIAS DE TITULACION SUPLETORIA,
de un terreno propiedad de su representado, situado en los suburbios
del Barrio El Centro de la ciudad de Tejutepeque, Departamento de
Cabañas, específi camente en el punto de intersección de la calle que
conduce al centro de la cruz y calle que da acceso a dichos suburbios, de
una extensión superfi cial de TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA
Y OCHO PUNTO VEINTIDÓS METROS CUADRADOS, y tiene los
linderos y medidas siguientes: Partiendo con rumbo este medimos una
distancia de cincuenta y cuatro punto setenta y tres metros y llegamos al
punto auxiliar que llamaremos "A" que posee las siguientes coordenadas
geodésicas siguientes: Longitud de quinientos diez mil trescientos sesenta
y seis punto trece y una latitud de trescientos tres mil sesenta y tres punto
noventa, del cual partimos con rumbo sur tres grados catorce minutos
veintitrés segundos este y una distancia de dos punto veintiocho metros y
llegamos a los esquineros NOR PONIENTE el cual constituye el primer
mojón número UNO de la parcela a describir que mide y linda de la
forma siguiente: AL NORTE; línea de siete tramos rectos: El primero,
partiendo del mojón número UNO con rumbo norte setenta y tres gra-
dos llegamos al mojón número DOS. El segundo, partiendo del mojón
número DOS con rumbo sur treinta y seis grados dieciocho minutos
quince segundos este y una distancia de cuatro punto cero nueve metros
llegamos al mojón número TRES. El tercero, partiendo del mojón número
TRES con rumbo sur treinta y cinco grados cuarenta y cinco minutos
veintinueve segundos este y una distancia de tres punto treinta y cuatro
llegamos al mojón número CUATRO. El cuarto, partiendo del mojón
número CUATRO. Con rumbo norte ochenta y cinco grados dieciséis
minutos cuatro segundos este y una distancia de dieciséis punto cero ocho
metros y llegamos al mojón número CINCO. El Quinto, partiendo del
mojón número CINCO con rumbo al norte ochenta y ocho grados treinta
y cuatro cuarenta y seis segundos y una distancia de nueve punto treinta
y dos metros llegamos al mojón número SEIS. El sexto, partiendo del
mojón número SEIS con rumbo norte setenta y cinco grados cincuenta
y tres minutos diez segundos este y una distancia de uno punto sesenta
metros y llegamos al mojón número SIETE. El séptimo, partiendo del
mojón número SIETE con rumbo norte ochenta grados ocho minutos
diecisiete segundos este para una distancia de diez punto once metros
llegamos al mojón número OCHO. Lindando por este lado con el terreno
que fue propiedad del señor Pablo Alberto Escobar hoy de la señora Rosa
Bautista en el primer tramo y la Iglesia Católica Diócesis de San Vicente
en los tramos restantes. AL ORIENTE; Línea de tres tramos rectos: El
primero, partiendo del mojón número OCHO con rumbo treinta grados
cincuenta y tres minutos cuarenta y cuatro segundos este y una distancia
de diecinueve punto treinta y cuatro metros llegamos al mojón número
NUEVE. El segundo, partiendo del mojón número NUEVE con rumbo
sur veintisiete grados cuarenta y ocho minutos veinticinco segundos
este y una distancia de catorce punto once metros llegamos al mojón
número DIEZ. El tercero, partiendo del mojón número DIEZ con rumbo
sur treinta y tres grados cinco minutos nueve segundos y una distancia
de veintiséis punto cuarenta y seis metros llegamos al mojón número
ONCE. Lindando por este lado con los terrenos que fueron propiedad
de los señores Jesús Gonzales Valle y Juan Diego Tejada hoy de los
señores Alejandro León Hernández en los dos primeros tramos y Rosa
Hernández en el tramo restante. AL SUR: Línea formada por seis tra-
mos rectos el primero, partiendo del mojón número ONCE con rumbo
a ochenta y tres grados seis minutos cincuenta y nueve segundos oeste
y una distancia de diecisiete punto noventa y cinco metros llegamos al
mojón número DOCE. El segundo, partiendo del mojón número DOCE
con rumbo sur ochenta y seis grados treinta y seis minutos cuarenta y
siete segundos oeste y una distancia de veintidós punto quince metros
llegamos al mojón número TRECE. El tercero, partiendo del mojón
número TRECE con rumbo norte setenta y uno grados treinta y ocho
minutos cincuenta y nueve segundos oeste y una distancia de tres punto
cero metros llegamos al mojón número CATORCE. El cuarto, partiendo
del mojón número CATORCE con rumbo sur setenta y cuatro grados
cincuenta y ocho minutos y dos segundos oeste y una distancia de once
punto cuarenta metros llegamos al mojón número QUINCE. El Quinto,
partiendo del mojón número QUINCE. Con rumbo sur setenta y seis
grados cincuenta y dos minutos y cuatro segundos oeste y una distancia
de catorce punto noventa y nueve metros llegamos al mojón número
DIECISÉIS. El sexto, partiendo del mojón número DIECISÉIS con
rumbo norte setenta y uno grados treinta y uno minutos quince segundos
oeste y una distancia de dieciocho punto ochenta y uno metros llegamos
al mojón número DIECISIETE. Lindando por este lado con terreno
propiedad de los señores Sofía Esperanza Peña en el primer tramo, José
Héctor Valle hoy con Efraín Hernández en el segundo tramo, Eulalia
Soledad Peña Huezo en los tres tramos siguientes y Daniel Antonio
Espinoza Estrada en el séptimo tramo, este último con Calle al Barrio
El Centro de por medio. AL PONIENTE; Línea de tres tramos rectos:
El primero, partiendo del mojón DIECISIETE con rumbo norte cero
grados treinta y cinco minutos veinticinco segundos este y una distancia
de veinticuatro punto ochenta y uno metros llegamos al mojón número
DIECIOCHO. El segundo, partiendo del mojón número dieciocho con
rumbo norte un grado treinta y dos minutos dieciocho segundos oeste y
una distancia de trece punto catorce metros llegamos al mojón número
DIECINUEVE. El tercero, partiendo del mojón número DIECINUEVE
con rumbo norte nueve grados cincuenta minutos cuarenta y un segun-
dos este y una distancia de quince punto treinta y tres metros llegamos
al mojón número UNO. Lugar en donde iniciamos esta descripción.
Lindando por este lado con terreno que fue propiedad de los señores
Claudio Rafael Espinoza González y Ángela Méndez de Espinoza hoy
de Santos Hernández en el primer tramo y Santos Mario Guerrero en
los tramos restantes. Los colindantes son del domicilio de Tejutepeque.
Que desde su adquisición por compraventa de posesión realizada al señor
Jesús Moreno el día veintiséis de marzo de mil novecientos cincuenta y
siete, ha poseído el referido terreno por cincuenta y dos años, de forma
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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
quieta, pacífi ca y no interrumpida, pero carece de Título de Dominio
inscrito, por lo cual comparece ante mis ofi cios notariales para que de
conformidad a lo establecido en Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio
Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, seguidos
que sean los trámites que la misma establece se extienda a favor de su
Poderdante señor JULIAN ELIAS RODRIGUEZ GOMEZ, EL TITULO
QUE SOLICITA. El inmueble no es dominante ni sirviente, ni está en
proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras
personas. Agrega la compareciente que el inmueble su representado
lo valúa en la suma de UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que avisa al público para los fi nes de Ley.
Se previene a las personas que deseen presentar oposición a las
pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi
ofi cina notarial, en la dirección arriba mencionada.
Librado en la Ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día
catorce de enero de dos mil diez.
ROBERTO ANTONIO ANZORA QUIROZ,
NOTARIO.
1 v. No. F036870
EL INFRASCRITO NOTARIO: OSCAR ARMANDO CRUZ JUÁ-
REZ,
HACE SABER: Que a esta ofi cina ha comparecido en su carácter
personal la señora MARIA REINA RODRIGUEZ, de cincuenta y un
años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento
Unico de Identidad Número CERO TRES CINCO CINCO NUEVE
NUEVE NUEVE UNO-UNO y Número de Identifi cación Tributaria
UN MIL CUATRO- CERO CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS
CINCUENTA Y SIETE-CIENTO DOS-NUEVE, MANIFESTANDO:
I) Ser dueña y actual poseedora de buena fe, en forma quieta, pacífi ca,
continua e interrumpida de un terreno de naturaleza rústica, situado en
el Cantón La Loma, sin número, jurisdicción de San Pedro Perulapán,
Departamento de Cuscatlán, de una extensión superfi cial de CUATRO-
CIENTOS NOVENTA Y TRES PUNTO SESENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS de las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con
Eduardo Antonio Carranza Campos, antes de Santos Aguillón García;
AL ORIENTE, colinda con Gerardo García, con calle a Comunidad
García de por medio; AL SUR, colinda con Cristóbal López Nieto; AL
PONIENTE, colinda con Eduardo Antonio Carranza Campos, antes
de Santos Aguillón García. Del cual solicita TITULO SUPLETORIO.
Siendo dicha posesión unida a la de los anteriores propietarios por más
de veinte años consecutivos, lo que se avisa al público para los fi nes de
Ley.
Se previene a las personas que deseen presentar oposición a las
pretensiones de la solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi
Despacho Jurídico, situado en Calle J. Francisco López, Número trece,
Cojutepeque.
Librado en la ciudad de Cojutepeque, a los trece días del mes de
enero del año dos mil diez.
Lic. OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F036927
EL INFRASCRITO NOTARIO: OSCAR ARMANDO CRUZ JUÁ-
REZ,
HACE SABER: Que a esta ofi cina ha comparecido en su carácter
personal el señor FRANCISCO ARTURO GONZALEZ VILLEDAS
o ARTURO GONZALEZ, de setenta y un años de edad, Agricultor en
pequeño, del domicilio de Tenancingo, Departamento de Cuscatlán,
portador de su Documento Unico de Identidad Número CERO DOS
UNO SEIS TRES UNO CINCO CUATRO- NUEVE, y Número de
Identifi cación Tributaria CERO SETECIENTOS DIECISÉIS-CERO
CUARENTA Y UN MIL TREINTA Y OCHO-CIENTO UNO-DOS:
MANIFESTÁNDOME: I) Ser dueño y actual poseedor de buena fe, en
forma quieta, pacífi ca, continua e interrumpida de un terreno de natura-
leza rústica, situado en el Cantón Ajuluco, Sin Número, Jurisdicción de
Tenancingo, Departamento de Cuscatlán, de una extensión superfi cial de
DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS VEINTE PUNTO SESENTA Y SEIS
METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE,
colinda con propiedad de Froilan González Escobar y Fidelina de Jesús
Miranda; AL ORIENTE, colinda con propiedad de Fidelina de Jesús
Miranda; AL SUR, colinda con propiedad de Froilan González Escobar
y Fidelina de Jesús Miranda; y AL PONIENTE, colinda con propiedad
de Froilan González Escobar. Del cual solicita TITULO SUPLETORIO.
Siendo dicha posesión unida a la de los anteriores por más de treinta
años consecutivos.
Lo que se avisa al público para los fi nes de Ley.
Se previene a las personas que deseen presentar oposición a las
pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi
Despacho Jurídico, situado en Calle J. Francisco López Número trece,
Cojutepeque.
Librado en la ciudad de Cojutepeque, a los trece días del mes de
enero del año dos mil diez.
Lic. OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F036928
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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para efectos de Ley,
HACE SABER: Que el Licenciado ALCIDES MENDOZA PEREZ,
en calidad de apoderado general judicial de la señora FLOR ELIZABETH
MENDOZA DE SALMERON, de treinta años de edad, Bachiller Comer-
cial, del domicilio de Yucuaiquín; ha solicitado TITULO SUPLETORIO,
de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el lugar denominado
Caserío Las Chácara, de los suburbios del Barrio La Cruz, Jurisdicción
de Yucuaiquín, Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial
de DIECISIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS PUNTO
CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y
linderos siguientes: AL ORIENTE, doscientos punto siete metros, con
terreno de Alejandro Miranda, calle de por medio que conduce al Cantón
Tepemechin, cerco de piña cabeza de negro, cerca de postes de madera y
alambre de púas propios; AL NORTE, ochenta y un metros, con terreno
del señor César Salmerón Amaya, cerca de postes de madera y alambre
de púas propios; AL PONIENTE, ciento sesenta y dos punto veintidós
metros, con terreno de Elva Marina Mendoza de Soriano, cerco de piña
cabeza de negro de por medio del colindante cerca de postes de madera y
alambre de púas propios; y AL SUR, ciento trece punto siete metros, con
terreno del señor Víctor Manuel Bonilla Miranda, cerco de piña cabeza
de negro de por medio del colindante y de cerca de postes de madera y
alambre de púas propios. Dicho inmueble lo adquirió por compraventa
de posesión material que le hizo al señor MIGUEL ANGEL MAJANO
MAJANO, Conocido por MIGUEL ANGEL MAJANO, representado
por la señora CECILIA ISABEL FUENTES DE MAJANO, el día
veinticinco de octubre del año dos mil ocho, y lo valúa en la suma de
SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los un días del
mes de diciembre del dos mil nueve.- Lic. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036686-1
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el señor
ROBERTO MAGAÑA FIGUEROA, de cuarenta y cuatro años de edad,
agricultor, de este domicilio, solicitando que se extienda a su favor TI-
TULO SUPLETORIO de UN inmueble de naturaleza rústica, situado en
el Cantón Santa Rita, Caserío Tierra Morada, de esta comprensión, de
una extensión superfi cial de TREINTA Y CUATRO MIL CINCUENTA
Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS,
que MIDE Y LINDA: AL NORTE, tres tramos, el primero de poniente
a oriente de cuarenta metros con Dominga Magaña viuda de Villeda.
Segundo tramo de poniente a oriente de veinte metros con Erlinda Mur-
cia, tercer tramo de poniente a oriente ciento seis metros con Samuel
Madrid, medianeras de alambre en los dos primeros tramos calle a San
Miguel, Ingenio de por medio, cerco propio; AL ORIENTE, dos tramos,
el primero de norte a sur de ciento veintiocho metros con Carmen Case-
ros de Sánchez, río San Miguel, Ingenio de por medio cerco propio. El
segundo tramo de cuarenta metros con Roberto Magaña Figueroa, cerco
propio; AL SUR, ciento veinte metros, Roberto Magaña Figueroa, cerco
propio; y AL PONIENTE, tres tramos el primero de sur a norte ciento
cincuenta y seis metros con Roberto Magaña Figueroa, cerco propio.
Segundo tramo de oriente a poniente cien metros con Eugenio Magaña
cerco medianero, tercer tramo de sur a norte ciento ochenta metros con
María Hernández Lemus, cerco medianero.- Tiene construidas dos casas
de paredes de Adobe y techo de teja, cada casa tiene su propio servicio
de agua potable y energía eléctrica.- Dicho predio no es dominante ni
sirviente, ni se encuentra en proindivisión con persona alguna, ni posee
carga reales que respetar y lo valúa en la suma de CIEN MIL COLO-
NES.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con
cincuenta y seis minutos del día ocho de enero del año dos mil diez.-
Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036856-1
AVISO DE INSCRIPCION
EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-
NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA
Y GANADERIA,
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-
blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-
cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION
AGROINDUSTRIAL LAS FRESAS DE RESPONSABILIDAD LI-
MITADA, QUE SE ABREVIA ACPA LAS FRESAS DE R.L., con
domicilio en San Ignacio, Departamento de Chalatenango, obtuvo su
Personalidad Jurídica el día veintiséis de octubre del año dos mil nueve,
inscrita en el libro ochenta y ocho de Registro que esta Ofi cina lleva
bajo la siguiente codifi cación: Dos mil ciento ochenta y dos del Sector
No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial
el extracto y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente.
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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
Santa Tecla, a los trece días del mes enero del año dos mil diez.
NOTIFIQUESE.
Lic. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,
JEFE DEL DEPARTAMENTO.
1 v. No. F036830
JUICIO DE AUSENCIA
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en este Tribunal existe el Juicio Ejecutivo
Mercantil que promueve la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA
CARPIO, en calidad de Apoderada de SCOTIABANK EL SALVADOR,
S.A., contra el señor JULIO CESAR FLORES MEDRANO.
Posteriormente a la fecha que se inició dicho Juicio, se presentó a
este Tribunal la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO,
en el concepto antes expresado, manifestando que se desconoce el do-
micilio actual del señor JULIO CESAR FLORES MEDRANO, quien
es mayor de edad, Empleado, antes de este domicilio, actualmente de
domicilio ignorado, a quien correspondía su Cédula de Identidad Per-
sonal número CERO UNO - CERO UNO - CIENTO CINCUENTA Y
UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE, reposición, y con
Número de Identifi cación Tributaria CERO SEISCIENTOS CATOR-
CE - CERO TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y
NUEVE - CERO DOCE - UNO; y si ha dejado Apoderado, Procurador u
otro Representante legal en el país, para que intervenga en el Juicio, por
lo que solicitó, que previos los trámites legales, se le nombre un Curador
Especial que lo represente en la continuación del Juicio de mérito.
Por tanto se previene que si el señor JULIO CESAR FLORES
MEDRANO, tuviere Procurador, Representante Legal o Apoderado en la
República, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia,
dentro de los QUINCE DIAS siguientes a la tercera publicación de este
aviso.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL;
San Salvador, a las quince horas del día trece de Agosto del año dos mil
nueve.- Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE
LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA ALMENDARES,
SECRETARIO INTO.
1 v. No. F036822
PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO
MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL
PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido
por SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA a través
de su Apoderado General Judicial Licenciado OSCAR ARMANDO
CALDERON ARTEAGA, contra FRANCISCA DE LOS ANGELES
GARCIA ROQUE, mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domici-
lio de Mejicanos, Departamento de San Salvador; pero es el caso que
actualmente es de domicilio ignorado, así como no se sabe si ha dejado
Procurador o si tiene Representante Legal en su caso; por lo que solicita
la expresada Profesional se le nombre Curador Especial a la señora
FRANCISCA DE LOS ANGELES GARCIA ROQUE, de conformidad
al Art. 141 Pr.C., en el proceso Mercantil Ejecutivo que se sigue en su
contra.
En consecuencia, se previene que si la señora FRANCISCA DE
LOS ANGELES GARCIA ROQUE, tuviere Procurador o Representante
Legal en su caso en el País, se presente a este Tribunal a comprobar
dicha circunstancia, dentro del término de quince días siguientes a la
publicación de este aviso.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a
las diez horas y cuarenta minutos del día treinta de octubre de dos mil
nueve.- Lic. PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZ CUARTO
DE LO MERCANTIL SUPLENTE.- Licda. SILVIA YANETH AVALOS
DE JIMENEZ, SECRETARIA INTA.
1 v. No. F036838
MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
AVISA: Que a este juzgado se ha presentado la Licenciada Rosario
Elizabeth Aguilar Valencia, de cincuenta y ocho años de edad, Abogado,
del domicilio de Ayutuxtepeque, departamento de San Salvador, portador
de su Tarjeta de Identifi cación de Abogado número dos mil quinientos
sesenta y siete, actuando en el concepto de Apoderada General Judicial
del señor Arnoldo Ulloa Flores, de treinta y cinco años de edad, pescador
artesanal, de este domicilio, portador de su Documento Único de Identidad
número cero tres uno nueve dos cuatro tres guión cuatro; manifestando
que demandará en juicio Civil Ordinario de Prescripción Adquisitiva de
Dominio Extraordinaria, a la señora Estrella Safi e, de sesenta y cuatro
años de edad, Secretaria comercial, y domicilio ignorado, al igual que su
paradero, debido a que la señora antes mencionada, se ha ausentado de la
República, sin conocerse si ha dejado procurador o representante legal,
para que la represente en el juicio que se promoverá en su contra.
Se previene que si la señora Estrella Safi e, tiene representante legal
o procurador en la República, se presente a este juzgado a demostrar tal
calidad, dentro de los quince días después de la tercera publicación de
este aviso.
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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las once
horas del día siete de diciembre del año dos mil nueve.- Licda. MELIDA
DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA.- Licda. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRE-
TARIO.
1 v. No. F036844
Licenciado ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licencia-
do MARTIN SALVADOR MORALES SOMOZA, como Apoderado
General Judicial del BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANONIMA, promoviendo como incidente, Diligencias de
Ausencia del señor JONY JHOVANI FIGUEROA MENDEZ, manifestan-
do que su pretensión es que se declare ausente, se le nombre un Curador
Ad-litem, para efectos de notifi carle en legal forma al referido señor, el
Decreto de Embargo y Demanda que lo motiva, acto procesal ordenado
en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido contra los señores JONY
JHOVANI FIGUEROA MENDEZ y EDGAR MAURICIO MENDEZ
MEZQUITA, habiendo sido el último domicilio del señor JONY JHO-
VANI FIGUEROA MENDEZ el de esta ciudad, y en la actualidad se le
ignora su paradero, desconociéndose además si ha dejado procurador o
representante legal; por lo que pide se le nombre un Curador Ad-litem
para que lo represente.
PREVIENESE: De acuerdo con el Art. 141 Pr C., que si el mencio-
nado señor JONY JHOVANI FIGUEROA MENDEZ, tiene Procurador
o Representante Legal, se presente dentro de los quince días siguientes
a la última publicación de este aviso y pruebe tal circunstancia.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
IZALCO, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, a los dieciocho días
del mes de noviembre del año dos mil nueve.- Lic. ROBERTO RICAR-
DO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. SARA
ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F036912
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: Que el Licenciado MARTIN SALVADOR
MORALES SOMOZA, como apoderado del BANCO AGRICOLA,
SOCIEDAD ANONIMA, ha iniciado diligencias de ausencia de la
señora MARIA ADELA RODRIGUEZ CASTILLO, de quien se ignora
su paradero, desconociéndose si ha dejado procurador o representante
legal; por lo que se previene si dicho ausente ha dejado representante
alguno, se presente ante este tribunal dentro de quince días después de
la tercera publicación de este edicto, a comprobar dicha circunstancia.
Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a los dos días del mes de
octubre del año dos mil nueve.- Lic. FRANCISCO ALBERTO ALE-
GRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. CARMEN
GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.
1 v. No. F036913
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que se ha presentado el Licenciado MARTIN SALVA-
DOR MORALES SOMOZA, actuando en su calidad de Apoderado
General Judicial del Banco Scotiabank El Salvador Sociedad Anónima,
a promover Diligencias de Ausencia contra los demandados señores
DAVID ARTURO MELENDEZ CAMPOS, conocido por DAVID
ARTURO CAMPOS MELENDEZ y ANA ARGENTINA HERNANDEZ
MELENDEZ, el primero de cincuenta y tres años de edad, empleado,
del domicilio de Mejicanos, y la segunda, de cincuenta y un años de
edad, estudiante, del domicilio de Mejicanos, a quienes en la actualidad
se desconoce su paradero, es decir se desconoce sus domicilios, dentro
o fuera del país, ignorándose si han dejado Procurador o Representante
Legal en el país.
Que de conformidad con el Art. 141, Pr.C., pide se declare ausente
a los señores DAVID ARTURO MELENDEZ CAMPOS, conocido
por DAVID ARTURO CAMPOS MELENDEZ y ANA ARGENTINA
HERNANDEZ MELENDEZ y se les nombre un curador Especial para
que los represente en el Juicio.
Se previene si alguna persona es Procurador o Representante Legal
de los señores DAVID ARTURO MELENDEZ CAMPOS, conocido
por DAVID ARTURO CAMPOS MELENDEZ y ANA ARGENTINA
HERNANDEZ MELENDEZ, se presente a este Tribunal a comprobar
dicha circunstancia dentro del término de QUINCE DIAS, contados a
partir de la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas del
día diez de agosto de dos mil nueve.- Lic. JOSE HUGO ESCALANTE
NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN ESTELA AGUIRRE
HERNANDEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F036914
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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1997001125
No. de Presentación: 20090119600
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTA-MENTO DE LA LIBERTAD Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de MEXALIT INDUSTRIAL S.A. DE C.V., del domicilio de Boulevard Manuel Ávila Camacho número 191-505, Colonia Los Morales Polan-co, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México, Distrito Federal, México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00166 del Libro 00095 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra POLYPLAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036779-1
No. de Expediente: 1994000495
No. de Presentación: 20080117642
CLASE: 04.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CITGO PETROLEUM CORPORATION, del domicilio de 6100 S. YALE, ONE WARREN PLACE, TULSA, OKLAHOMA 74136, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de na-cionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00218 del Libro 00086 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra "CITGO"; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 04 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036793-1
No. de Expediente: 1997001124
No. de Presentación: 20090119603
CLASE: 11.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de MEXALIT INDUSTRIAL S.A. DE C.V., del domicilio de Boulevard Manuel Avila Camacho número 191-505, Colonia Los Morales Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México Distrito Federal, México, de nacionalidad MEXICA-NA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00186 del Libro 00093 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "ROTOMEX"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 11 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de junio del año dos mil nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036797-1
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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
No. de Expediente: 1997001137
No. de Presentación: 20080113407
CLASE: 19.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD
Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO ESPECIAL de MEXALIT INDUSTRIAL S.A.
DE C.V., del domicilio de Boulevard Manuel Avila Camacho número
191-505, Colonia Los Morales Polanco, Delegación Miguel Hidalgo,
Ciudad de México Distrito Federal. México, de nacionalidad MEXICA-
NA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00007 del
Libro 00084 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra
"MAXISLATE"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 19 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los quince días del mes de octubre del año dos mil
nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036798-1
No. de Expediente: 1998001833
No. de Presentación: 20090119149
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZAN-
NE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN Y SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO ESPECIAL de MUNDIPHARMA AG, del domicilio
de St. Alban-Rheinweg 72-74, CH-4006 Basel, Suiza, de nacionalidad
SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00079
del Libro 00088 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la
palabra "RESTIVA" escrita en letras de molde mayúsculas de color
negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05
de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil
nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036799-1
MARCAS DE FABRICA
No. de Expediente: 2009097560
No. de Presentación: 20090130137
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN RAMON
SERRANO, en su calidad de APODERADO de KORET, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: KORET, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:
Consistente en: la frase KORETTUSOLEX, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA USO Y
CONSUMO HUMANO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del año
dos mil nueve.
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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR. SECRETARIO.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000341-1
No. de Expediente: 2005053371
No. de Presentación: 20050070811
CLASE: 29.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO
ROMERO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de VITASOY
INTERNATIONAL HOLDINGS LIMITED, de nacionalidad CHINA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE CO-
MERCIO:
CALCI-PLUS
Consistente en: la expresión CALCI-PLUS.
La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de septiembre del año dos mil nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000352-1
No. de Expediente: 2008078306
No. de Presentación: 20080112257
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Miche Bag, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA:
MICHE
Consistente en: la palabra MICHE, que servirá para: AMPARAR: CARTERAS, BOLSOS. CORREAS PARA CARTERAS Y BOLSOS, Y CUBIERTAS DECORATIVAS REMOVIBLES PARA CARTERAS Y BOLSOS. Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de enero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000353-1
No. de Expediente: 2009094334
No. de Presentación: 20090124703
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO de APLICA-CIONES METALICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:
Consistente en: Las palabras Terrabella Premium tile y diseño,
su traducción al idioma castellano es: tierra bella azulejos de primera,
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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
que servirá para: AMPARAR: METALES COMUNES Y SUS ALEA-
CIONES; MATERIALES DE CONSTRUCCION METALICOS;
CONSTRUCCIONES TRANSPORTABLES METALICAS; MATE-
RIALES METALICOS PARA VIA FÉRREAS; CABLES E HILOS
METALICOS NO ELÉCTRICOS; CERRAJERIA Y FERRETERIA
METALICA; TUBOS METALICOS; CAJAS DE CAUDALES; PRO-
DUCTOS METALICOS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES;
MINERALES. Clase: 06.
La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, tres de diciembre del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036711-1
No. de Expediente: 2009094335
No. de Presentación: 20090124704
CLASE: 19.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO
ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO de APLICA-
CIONES METALICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:
Consistente en: la expresión Terrabella Premium tile y diseño, en
donde la palabra Terrabella se traduce al castellano como Tierra Bella y las
palabras Premium tile se traduce al castellano como Azulejos de Primera,
que servirá para: AMPARAR: MATERIALES DE CONSTRUCCION
NO METALICOS; TUBOS RIGIDOS NO METALICOS PARA LA
CONSTRUCCION; ASFALTO, PEZ Y BETÚN; CONSTRUCCIO-
NES TRANSPORTABLES NO METALICAS; MONUMENTOS NO
METALICOS. Clase: 19.
La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiséis de noviembre del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036713-1
No. de Expediente: 2009097491
No. de Presentación: 20090130029
CLASE: 30.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO
ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de
CONCEPTOS Y SABORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:
Consistente en: la palabra Chocolette y diseño, que servirá para:
AMPARAR: HARINAS, PAN, PASTELERIA, CONFITERIA, HE-
LADOS COMESTIBLES, PRODUCTOS HECHOS A BASE DE
CHOCOLATE. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticinco de noviembre del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036714-1
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NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2009095281
No. de Presentación: 20090126358
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANIBAL AU-
GUSTO ELÍAS REYES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de SERVICIOS INTEGRALES DE CONSULTORÍA Y ASESORÍA
EMPRESARIAL CENTROAMERICANOS, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SINCAE, S. A. DE C. V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
SINCAE Consistente en: La palabra SINCAE, que servirá para: IDENTI-
FICAR UNA EMPRESA DEDICADA ASESORÍA, SERVICIOS DE
CONSULTORÍA EMPRESARIAL.
La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos
mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil nueve.-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000356-1
No. de Expediente : 2009096084
No. de Presentación: 20090127797
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE
ALEXANDER GUARDADO AMAYA, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del
NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: La expresión Garrobitoweb y diseño, que servirá
para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DE SERVICIOS, DEDICADA
A DESARROLLO DE SOFTWARE, DESARROLLO DE SITIOS WEB,
HOSTING O ALOJAMIENTO WEB Y DOMINIOS, UBICADO EN
RESIDENCIAL LAS ÁGUILAS, CALLE FÉNIX NÚMERO ONCE,
SAN MIGUEL.
La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año
dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de septiembre del año dos mil nueve.-
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036690-1
No. de Expediente: 2009096516
No. de Presentación: 20090128454
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAURO
ARTURO VÁSQUEZ, en su calidad de APODERADO de MARICELA
DEL CARMEN BONILLA DE MIRALDA, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: La palabra AKiRA y diseño, que servirá para:
IDENTIFICAR UNA EMPRESA COMERCIAL Y DE SERVICIOS
DEDICADA AL DISEÑO ARQUITECTÓNICO, SUPERVISIÓN
DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN, CONSTRUCCIÓN DE OBRAS
Y MOBILIARIO, DISEÑO ARQUITECTÓNICO DE: INTERIORES,
DE JARDINES, MOBILIARIO; DECORACIÓN Y AMBIENTACIÓN
DE ESPACIOS, PAISAJISMO, URBANIZACIONES, DISEÑO E INS-
TALACIÓN DE SEÑALIZACIÓN, DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE
ESCENOGRAFÍAS, DECORACIÓN DE CENTROS COMERCIALES,
DISEÑO GRÁFICO; UBICADA EN AVENIDA MASFERRER NORTE,
NÚMERO CIENTO TREINTA Y NUEVE, CENTRO COMERCIAL
EL AMATE, LOCAL UNO-TRES, SAN SALVADOR.
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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
La solicitud fue presentada el día doce de octubre del año dos mil
nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de noviembre del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036759-1
No. de Expediente: 2009095728
No. de Presentación: 20090127080
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de
ANA LORENA SACA DE SCHONENBERG, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
al di la Estudio
Consistente en: La expresión al di la Estudio, que servirá para:
IDENTIFICAR UN NEGOCIO O ESTABLECIMIENTO DEDICADO
A LA CONSULTORÍA DE IMAGEN Y DESARROLLO INTEGRAL,
Y OTRAS ASESORÍAS TALES COMO: ASESORÍAS PARA EVEN-
TOS ESPECIALES COMO ASESORÍA PARA ENTREVISTAS DE
TRABAJO, ASESORÍA PARA ADMINISTRAR EL PRESUPUESTO
Y ADMINISTRACIÓN DEL HOGAR.
La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos
mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintitrés de diciembre del año dos mil nueve.-
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FERNANDO JOSÉ VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036782-1
No. de Expediente: 2008077949
No. de Presentación: 20080111717
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado BENEDICTO ANATOLIO DÍAZ DÍAZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de COMERCIAL LA BENDICIÓN, EL LÍBANO, SOCIEDAD ANÓ-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: Las palabras COMERCIAL LA BENDICIÓN EL LÍBANO, S. A. DE C. V., y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA VENTA DE MUEBLES, ELEC-TRODOMÉSTICOS Y OTROS ENSERES ELÉCTRICOS.
La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil ocho.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil nueve.-
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,REGISTRADOR.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036851-1
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2009096159
No. de Presentación: 20090127901
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de
POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE
EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD
COMERCIAL,
“Un Sabor que deja Marca”
Consistente en: Las palabras "Un Sabor que deja Marca", que ser-
virá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR
SOBRE LOS SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN)
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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
Y HOSPEDAJE TEMPORAL Y SOBRE LOS PRODUCTOS SIENDO
ESTOS, POLLO FRITO, EMPANIZADO, A LA PARRILLA, ASADO
O COCIDO; CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE
CARNE; FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA. CONGELA-
DAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS;
HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS
COMESTIBLES.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre del
año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de septiembre del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036785-1
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la ASOCIACIÓN ESCUELA AMERICANA
de acuerdo con los artículos diez, doce y catorce de sus Estatutos, por este
medio CONVOCA a los señores miembros para celebrar Junta General
Ordinaria, la que se llevará a cabo a las diecisiete horas del día martes
dieciséis de febrero del año dos mil diez, en el Edifi cio de Parvularia de
la Escuela Americana, situado en la Colonia San Benito de esta ciudad.
En dicha junta se conocerá de los puntos de la siguiente
AGENDA:
l. Establecimiento del Quórum.
2. Lectura y aprobación de la agenda
3. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior, celebrada
el día miércoles veintiuno de octubre de dos mil nueve.
4. Lectura y aprobación de la Memoria de Labores.
5. Presentación de Estados Financieros para el período compren-
dido entre el primero de enero y el treinta y uno de diciembre
de dos mil nueve.
6. Aprobación de los Estados Financieros.
7. Nombramiento del auditor externo y fi scal
8. Presupuesto 2010-2011.
9. Varios.
10. Cierre de la sesión.
El quórum de asistencia requerido para que pueda instalarse la
Asamblea General en la hora y día indicados para tratar y resolver
los puntos de la agenda, será de por lo menos el diez por ciento de los
miembros y las resoluciones se adoptarán con la mitad más uno de los
votos de los miembros presentes.
En caso que no hubiere quórum en la hora indicada, se convoca por
segunda vez a las dieciocho horas del mismo día y en el local señalado,
la cual se considerará legalmente instalada con el número de miembros
que asista y las resoluciones se adoptarán con la mitad más uno de los
votos de los miembros presentes.
San Salvador, quince de enero del año dos mil diez.-
NICOLA ERNESTO ANGELUCCI SILVA,PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.
1 v. No. C000345
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Jucuapa "Salomón
R. Zelaya", Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de
Capital Variable, en cumplimiento a los Artículos 223 y 228 del Código
de Comercio Vigente y de acuerdo con la Escritura de Constitución,
convoca a los Representantes de Acciones y demás socios de la misma,
para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas a realizarse en el
Auditorium "José Antonio Portillo Benítez" de esta Caja de Crédito el
día veintiuno de febrero de dos mil diez a partir de las diez horas, en
PRIMERA CONVOCATORIA; en caso de no integrarse el quórum
legal correspondiente, se establece SEGUNDA CONVOCATORIA
para el día veintiocho de febrero de dos mil diez, a la hora y lugar antes
señalados.
La Junta General se constituirá con las formalidades que establece
el Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y
resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:
AGENDA
1) Elección de los Representantes de Acciones que hubiesen concluido su período y de los que faltaran por las causas que expresa el Art. 20, 21 y 22 de la Escritura de Constitución de la Caja.
2) Reposición de Representantes de Acciones de conformidad a la cláusula vigésima primera del Pacto Social
3) Integración del quórum.
4) Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores de la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2,009 del Estado de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de diciembre de 2,009 y el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2009; Informes del Auditor Externo a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzgue oportunas.
5) Aplicación de los Resultados del Ejercicio
6) Renuncia de Socios de acuerdo a las disposiciones legales.
7) Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos suplentes y fi jación de sus honorarios.
8) Fijación de dietas a los Miembros de la Junta Directiva.
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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará de
conformidad a los artículos 240 y 241 del Código de Comercio vigente.
Jucuapa, a los once días del mes de enero de dos mil diez.-
JOSÉ ORLANDO ARAUJO RAMÍREZ,
DIRECTOR PRESIDENTE.
CARLOS ALFREDO FLORES GRANDE,DIRECTOR SECRETARIO.
JOSÉ RICARDO VIGIL VIGIL,DIRECTOR PROPIETARIO.
3 v. alt. No. C000332-1
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS.
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Zacatecoluca, Sociedad
Cooperativa de Responsabilidad limitada, de Capital Variable, constituida
conforme lo establecen sus estatutos y en cumplimiento a la atribución
que le confi ere la cláusula Vigésima Segunda de su Escritura de Modifi -
cación a la Escritura de Constitución, que se constituye en su Pacto Social
vigente, convoca a los Representantes de Acciones y demás socios de la
misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas, a partir de
las nueve horas del día sábado Trece de Febrero del año dos mil diez, en
los SALONES ROBLE Nos. I, II y III, DEL HOTEL QUALITY REAL
AEROPUERTO EL SALVADOR, ubicado en Km. 40 ½ Carretera al
Aeropuerto El Salvador, Municipio de San Luis Talpa, Departamento
de La Paz, en primera convocatoria. En caso de no integrarse el quórum
legal correspondiente, se hace segunda convocatoria, para el día domingo
catorce de Febrero de dos mil diez, a la hora y local antes señalados.
Dicha Junta se constituirá con las formalidades que establecen
las cláusulas 19ª, 20ª, 21ª, 22ª, 24ª, 25ª, 26ª y 28ª, de la Escritura de
Modifi cación a la Escritura de Constitución ya citada y los Artículos
223, 228 y 229, Sección "C" Capítulo VII, título II del Libro Primero
del Código de Comercio vigente, para conocer y resolver los puntos que
contiene la agenda.
AGENDA
1. Integración del Quórum de presencia.
2. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluido su período y de los que faltaren por las causas que expresan las cláusulas Vigésima, Vigésima Primera y Trigésima Primera de la Escritura de Modifi cación a la Escritura de Constitución de la Caja.
3. Integración del quórum legal.
4. Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores de la Caja; del Balance General al 31 de diciembre de 2009; del Estado de Resultados del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009; el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2009; y el Informe del Auditor Externo, a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.
5. Aplicación de los resultados del ejercicio.
6. Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.
7. Exclusión de socios de acuerdo a la cláusula séptima de la Escritura de Modifi cación a la Escritura de Constitución.
8. Elección del Auditor Externo y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.
9. Elección del Auditor Fiscal y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.
10. Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.
El Quórum legal en primera convocatoria se establecerá con quin-
ce de los veintiocho Representantes de Acciones que forman la Junta
General Ordinaria y en segunda convocatoria con los Representantes
de Acciones que estuvieren presentes, de conformidad a los Artículos
240 y 241 del Código de Comercio y el Pacto Social vigente.
Zacatecoluca, Departamento La Paz, a los cinco días del mes de
enero de dos mil diez.-
JUAN ALBERTO FLORES GONZÁLEZ,PRESIDENTE.
LORENZO GILBERTO HELENA CANIZALEZ,SECRETARIO.
ANA CECILIA MENA AYALA,PRIMERA DIRECTORA.
3 v. alt. No. C000339-1
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Juayúa, Sociedad Coo-
perativa de Responsabilidad Limitada, de Capital Variable, constituida
conforme lo establecen sus estatutos y en cumplimiento a la atribución
que le confi ere la cláusula Vigésima Segunda de su Escritura de Modifi -
cación a la Escritura de Constitución, que se constituye en su Pacto Social
vigente, convoca a los Representantes de Acciones y demás Socios de
la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas, a partir
de las diez horas del día veintiuno de febrero del año dos mil diez, en el
Local de Caja de Crédito de Juayúa, ubicado en Segunda Calle Oriente y
Segunda Avenida Sur Número 1-5, Juayúa, Departamento de Sonsonate,
en Primera convocatoria; en caso de no integrarse el Quórum legal co-
rrespondiente, se establece Segunda Convocatoria para el día veintidós
de febrero de dos mil diez, a la hora y en el local antes señalado.
Dicha Junta se constituirá con las formalidades que establecen las
cláusulas 19ª, 20ª, 21ª, 22ª, 24ª, 25ª, 26ª y 28ª, de la Escritura de Mo-
difi cación a la Escritura de Constitución ya citada y los Artículos 223,
228, 242 y 243, Sección "C" Capítulo VII, título II del Libro Primero
del Código de Comercio vigente, para conocer y resolver los puntos que
contiene la agenda.
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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
AGENDA
1. Integración del Quórum de presencia.
2. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluido su período y de los que faltaren por las causas que expresan las cláusulas Vigésima, Vigésima Primera y Trigésima Primera de la Escritura de Modifi cación a la Escritura de Constitución de la Caja.
3. Integración del quórum legal.
4. Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores de la Caja; del Balance General al 31 de diciembre de 2009; del Estado de Resultados del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009; el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2009; y el Informe del Auditor Externo, a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.
5. Aplicación de los resultados del ejercicio.
6. Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.
7. Elección del Auditor Externo y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.
8. Elección del Auditor Fiscal y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios
9. Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.
El Quórum legal se integrará con quince de los veintiocho Repre-
sentantes de Acciones que forman la Junta General Ordinaria en primera
convocatoria y con los Representantes de Acciones presentes en segunda
convocatoria, de acuerdo al pacto social vigente. En la Ciudad de Juayúa,
Departamento de Sonsonate, a los doce días del mes de enero de dos mil
diez.
JOSÉ EDWIN MORALES PAZ,DIRECTOR PRESIDENTE.
SALVADOR ÁVILA PADILLA,DIRECTOR SECRETARIO.
SOLEDAD ANGÉLICA OLIVO DE MARTÍNEZ,DIRECTOR PROPIETARIO.
3 v. alt. No. C000344-1
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Santa Rosa de Lima,
Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Varia-
ble, en cumplimiento al artículo 223 y 228 siguiente del Código de
Comercio vigente y en cumplimiento a la atribución que le confi ere
la cláusula VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGÉSIMA CUARTA Y TRI-
GÉSIMA CUARTA de su Escritura de Modifi cación a su Escritura de
Constitución, convoca a los Representantes de Acciones y demás socios
de la misma, para celebrar Asamblea General Ordinaria de Accionistas
que se celebrará a partir de las nueve horas del día veintiuno de febrero
de dos mil diez, en el local de esta Caja de Crédito ubicado en Barrio La
Esperanza, Avenida General Larios, No. 13. En caso de no integrarse el
quórum legal correspondiente, se hace segunda convocatoria para el día
veintiocho de febrero de dos mil diez a la hora y local antes señalado.
Dicha convocatoria se constituirá con las formalidades que establece
la cláusula DÉCIMA NOVENA, VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGÉSIMA
QUINTA, VIGÉSIMA SEXTA Y VIGÉSIMA OCTAVA de la Escritura
de Modifi cación a la Escritura de Constitución ya citada y el artículo
223 sección "C" capítulo VII, título II del libro primero del Código de
Comercio vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene la
agenda.
AGENDA
1 . Integración del quórum de presencia.
2. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren
concluido su período y los que faltaren por las causas que
expresa la cláusula vigésima primera de la Escritura de
Constitución de la Caja de Crédito.
3. Integración del Quórum Legal.
4. Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores
de la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2009,
del Estado de Resultados del 1º de enero al 31 de Diciembre
de 2009; el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de
Diciembre 2009, el Informe del Auditor Externo y Fiscal,
a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las
medidas que juzguen oportunas.
5. Aplicación de los Resultados del Ejercicio.
6. Retiro de Socios de acuerdo a las disposiciones legales.
7. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos
Suplentes y fi jación de sus honorarios.
8. Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.
El quórum se integrará, en primera convocatoria con quince de
los veintiocho Representantes de Acciones que conforman la Asam-
blea General, de conformidad a los artículos 240 y 241 del Código de
Comercio Vigente, y en segunda convocatoria con los Representantes
que estuvieren presentes de acuerdo al pacto social vigente.
Santa Rosa de Lima, nueve de enero de 2010.-
JOSÉ OSCAR RIVERA SALAZAR,
DIRECTOR PRESIDENTE.
FRANCISCO ALEXIS PERLA,
DIRECTOR SECRETARIO.
PEDRO ANDRADE FLORES,
DIRECTOR PROPIETARIO.
3 v. alt. No. F036740-1
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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
SUBASTA PUBLICA
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución
seguida en este Tribunal por el Licenciado JULIO CESAR CUEVA
TREJO, como apoderado del INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONES
DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, Institución Ofi cial Autónoma, de
derecho Público, de este domicilio, que se abrevia INPEP contra el señor
JULIO CESAR GONZALEZ RIVERA, mayor de edad, Albañil, del
domicilio de Nueva San Salvador, actualmente de domicilio ignorado;
representado por su curador Especial Doctor CARLOS CABALLERO
BERMUDEZ, y reclamándole Cantidad de colones y demás accesorios
legales se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, el bien Inmueble
embargado siguiente: “Un inmueble de naturaleza rústica hoy urbani-
zado, situado en Cantón Primavera, Jurisdicción de Quezaltepeque,
Departamento de La Libertad, de una extensión superfi cial de treinta mil
novecientos cuarenta y dos punto ochenta y tres metros cuadrados. En
dicho Inmueble se ha desarrollado la Urbanización La Primavera; de la
cual se desmembra el lote marcado con el número CATORCE, BLOCK
“P”, de la Urbanización la primavera de un área de CINCUENTA Y
CUATRO METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y
SIETE PUNTO VEINTISEIS VARAS CUADRADAS. Dicho lote se
describe así: Partiendo del punto de Intersección de los ejes formados
por la calle principal y pasaje número dos sur; ambos ejes abiertos en
la urbanización, se mide sobre el eje de pasaje número dos sur, con
rumbo sur dieciséis grados treinta y cuatro punto cinco minutos oeste
una distancia de VEINTE PUNTO CINCUENTA METROS en donde
con una defl exión derecha de noventa grados y una distancia de DOS
PUNTO VEINTICINCO METROS, se llega al esquinero sureste o
mojón número uno, del lote que se describe y mide y linda así: AL:.
SUR: Partiendo del mojón número uno, con rumbo norte setenta y tres
grados veinticinco punto cinco minutos oeste y distancia de nueve punto
cero cero metros, se llega al mojón número dos, lindando por este tramo
con lote número quince del block “P”, de la misma Urbanización: AL
PONIENTE: Partiendo del mojón número dos, con rumbo norte die-
ciséis grados treinta y cuatro punto cinco minutos Este y distancia de
seis metros, se llega al mojón número tres, lindando por este tramo con
lote número diez del block “P” de la misma Urbanización AL NORTE:
Partiendo del mojón número tres, con rumbo sur setenta y tres grados
veinticinco minutos Este y distancia de nueve punto cero cero metros, se
llega al mojón número cuatro, lindando por este tramo con lote número
doce y con lote número trece del block p, de la misma Urbanización: AL
ORIENTE: Partiendo del mojón número cuatro, con rumbo sur dieciséis
grados treinta y cuatro punto cinco minutos oeste y distancia de seis
punto cero cero metros, se llega al mojón número uno, donde se inició
la presente descripción, lindando por este tramo con lote número diez
del block O, de la misma Urbanización: Pasaje número dos sur de cuatro
punto cincuenta metro, de ancho de por medio. El lote así descrito tiene
una extensión superfi cial de CINCUENTA Y CUATRO PUNTO CERO
CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y SIETE
PUNTO VEINTISEIS VARAS CUADRADAS. El inmueble antes
descrito está inscrito a nombre del señor JULIO CESAR GONZALEZ
RIVERA, bajo la matrícula número TRES CERO CERO OCHO DOS
UNO OCHO SIETE -CERO CERO CERO CERO CERO, de Registro
Raíz e Hipotecas del Departamento de La Libertad.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las
once horas con cincuenta y tres minutos del día veintiocho de agosto
del año dos mil nueve. DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ
TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036698-1
SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecu-
ción promovida en este Juzgado, por el Licenciado JUAN CARLOS
RODRIGUEZ VASQUEZ, Apoderado del INSTITUTO NACIONAL DE
PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, que se puede abreviar
“INPEP”, contra los señores MARIA ELIZABETH SILVA VILLALTA
GUERRA DE CASTRO, conocida por MARIA ELIZABETH SILVA
VILLALTA DE CASTRO y JOAQUIN ANTONIO CASTRO LOPEZ,
se venderá en pública subasta en este mismo Juzgado, en fecha y por
el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado
siguiente: “UN LOTE DE TERRENO URBANO y construcciones que
contiene marcado con el NUMERO DOSCIENTOS TRES, BLOCK
“J”, DEL REPARTO ALTOS DE GUADALUPE, SITUADO EN
JURISDICCION DE ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO
DE LA LIBERTAD, siendo dicho inmueble de la descripción siguiente:
Partiendo de la intersección de los ejes de la calle principal de Altos de
Guadalupe, y pasaje número cinco, ambos abiertos en esta urbanización
y con una distancia sobre el último eje, de veintitrés metros con rumbo
Norte, setenta y ocho grados cuarenta y ocho punto seis minutos Este,
se llega al punto de referencia donde hacemos una defl exión derecha de
noventa grados, con rumbo Sur once grados once punto cuatro minutos
Este y distancia de dos punto cincuenta metros, para alcanzar el mojón
Nor-Oeste del lote que mide y linda: NORTE: Cinco metros con rumbo
norte, setenta y ocho grados cuarenta y ocho punto seis minutos Este,
lindando con lote número ciento cuarenta y dos del polígono “H” del
mismo reparto con Pasaje número cinco de por medio: AL ESTE: Doce
punto cincuenta metros con rumbo Sur once grados once punto cuatro
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minutos Este, lindando con lote número doscientos dos del mismo polígono
y reparto: AL SUR: Cinco metros con rumbo Sur, setenta y ocho grados
cuarenta y ocho punto seis minutos Oeste, lindando con lote número
ciento ochenta y tres del mismo polígono y reparto; y AL OESTE: Doce
punto cincuenta metros con rumbo Norte once grados once punto cuatro
minutos oeste lindando con lote número doscientos cuatro del mismo
polígono y reparto. El inmueble así descrito tiene un área superfi cial de
SESENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS
equivalentes a OCHENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y DOS
VARAS CUADRADAS. Así también contiene una construcción de
sistema mixto de un área de Ochenta y uno punto ochenta y ocho metros
cuadrados. Inmueble inscrito a favor de la demandada señora MARIA
ELIZABETH SILVA VILLALTA GUERRA DE CASTRO, conocida
por MARIA ELIZABETH SILVA VILLALTA DE CASTRO bajo la Ma-
trícula Número 30183560-00000 del REGISTRO DE LA PROPIEDAD
RAIZ E HIPOTECAS DE LA CUARTA SECCION DEL CENTRO,
con sede en Santa Tecla, Departamento de La Libertad.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las doce horas y quince minutos del día veinte de octu-
bre del dos mil nueve. DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES
CACERES DE ALAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036699-1
EL INFRASCRITO JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE MENOR CUAN-
TIA, LICENCIADO CARLOS ALBERTO GALAN, de este Distrito
Judicial, al público en general,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por
el Licenciado ROSENDO MANZANO ZAMORA, quien es de sesenta
y seis años de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, en su ca-
rácter de Apoderado General Judicial del INSTITUTO NACIONAL
DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, Institución
Ofi cial Autónoma de Derecho Público, de este domicilio: contra los
demandados señores ANA GUADALUPE ORELLANA ROJAS hoy
DE MOLINA, conocida por ANA GUADALUPE ORELLANA DE
MOLINA, de cincuenta y un años de edad, Empleada, de los domicilios
de Mejicanos y Ayutuxtepeque, y AQUILINO ANTONIO MOLINA, de
cincuenta y dos años de edad, Empleado, del domicilio de Mejicanos, se
venderá en pública subasta en este Tribunal, y en fecha que será señalada
posteriormente, sobre un inmueble de naturaleza urbana situado sobre
la calle al volcán en el Cantón Zacamil, jurisdicción de Mejicanos, de
este Departamento en el tramo comprendido entre la Veintinueve Ave-
nida Norte y la Calle Zacamil, ubicado contiguo al Centro Magisterial
Desarrollo Urbano del Instituto de Vivienda Urbana, situado en LA
URBANIZACIÓN “RESIDENCIAL SACRAMENTO” e identifi cado
como LOTE NÚMERO SEIS, DEL POLIGONO “A”, que se describe
así: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Magisterial y
el Pasaje número uno se mide sobre el eje de este último una distancia
de treinta y cinco punto treinta metros con rumbo Norte ochenta y cinco
grados treinta y seis punto cuatro minutos Oeste, y luego haciendo una
defl exión derecha de noventa grados se mide una distancia de dos punto
cincuenta metros con rumbo Norte cero cuatro grados veintitrés punto
seis minutos Este y se determina el mojón Sur-Oeste del terreno que
mide y linda: AL PONIENTE, doce metros rumbo Norte cero cuatro
grados veintitrés punto seis minutos Este, lindando con el lote número
siete del Polígono A; AL NORTE, cinco punto cincuenta metros rumbo
Sur y cinco, grados treinta y seis punto cuatro minutos Este, lindando
con los lotes números dos y tres del Polígono A; AL ORIENTE, doce
metros rumbo Sur cero cuatro grados veintitrés punto seis minutos Oeste,
lindando con el lote número cinco del Polígono A; y AL SUR, cinco
punto cincuenta metros rumbo norte ochenta y cinco grados treinta y
seis punto cuatro minutos Oeste, lindando con los lotes números dos
y tres del Polígono B, y pasaje número uno de cinco metros de ancho
de por medio. El lote así descrito tiene un área de SESENTA Y SEIS
METROS CUADRADOS, equivalentes a NOVENTA Y CUATRO
VARAS CUADRADAS CUARENTA Y TRES CENTESIMAS DE
VARA CUADRADA. El inmueble anteriormente descrito así como
sus mejoras presentes y futuras Pertenecen a los demandados señores
ANA GUADALUPE ORELLANA ROJAS hoy DE MOLINA, conocida
por ANA GUADALUPE ORELLANA DE MOLINA, y AQUILINO
ANTONIO MOLINA, según antecedente bajo el número SESENTA Y
SEIS del Libro TRES MIL CIENTO CUATRO, de ese Registro, des-
pués pasado en el sistema de Folio Real con matrícula número CERO
UNO-CERO CINCO SIETE CINCO SEIS SEIS-CERO CERO CERO
(01-057566-000), Inscripción UNO (1). hoy está registrada en el Sis-
tema de Folio Real automatizado Matrícula número SEIS CERO UNO
CINCO DOS UNO CUATRO SEIS-CERO CERO CERO CERO CERO
(60152146-00000), Asiento UNO (1). del Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de este Departamento.
Se Admitirán posturas legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUAN-
TIA: San Salvador, a las nueve horas del diez de Septiembre del dos
mil nueve. LIC. CARLOS ALBERTO GALAN, JUEZ SUPLENTE
PRIMERO DE MENOR CUANTIA.- LIC. JULIO ALBERTO CAL-
DERON ALFARO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036700-1
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL,
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio
Civil Ejecutivo promovido por la Licenciada ANA MARIA CACERES
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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
SEOANE, Apoderada del INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONES
DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, contra el señor HECTOR RAFAEL
MARENCO FLORES, reclamándole cantidad de colones, se venderá
en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: “Lote nú-
mero DOSCIENTOS CINCUENTA del Pasaje San Jacinto, ubicado
en Residencial Terranova, San Salvador, de las medidas y colindancias
siguientes: Partiendo del punto de intersección de los ejes de prolongación
de la Primera Avenida y Pasaje San Jacinto de Residencial Terranova
y midiendo sobre el eje de este último una distancia de treinta y cuatro
punto cero nueve metros con rumbo norte treinta y cuatro grados die-
cinueve minutos dieciséis segundos Este, llegamos al punto donde con
una defl exión derecha de noventa grados con rumbo Sur cincuenta y
cinco grados cuarenta minutos cuarenta y cuatro segundos Este y una
distancia de cinco punto cincuenta metros, llegamos al punto o mojón
Sur-Este donde dio inicio la presente descripción del terreno que mide
y linda: AL SUR, un tramo recto de rumbo Sur setenta y tres grados
cincuenta y cuatro minutos treinta y seis segundos Este y una distancia
de veintisiete punto ochenta metros, lindando este tramo con lote nú-
mero doscientos cuarenta y nueve de pasaje San Jacinto; Residencial
Terranova. AL ESTE: Un tramo recto de rumbo Norte dieciséis grados
cero uno minutos cero seis segundos Este y una distancia de cuatro
punto cero siete metros lindando este tramo con terrenos de Sebastián
Manzano. AL NORTE: un tramo recto de rumbo Norte setenta y tres
grados cincuenta y cuatro minutos treinta y seis segundos Oeste y una
distancia de veintiséis punto cuarenta metros lindando este tramo con
lote número doscientos cincuenta y uno de pasaje San Jacinto; residencial
Terranova. AL OESTE: un tramo recto de rumbo Sur treinta y cuatro
grados diecinueve minutos dieciséis segundos Oeste y una distancia de
cuatro punto quince metros lindando este tramo con lotes números ciento
veintiséis y ciento veinticinco de pasaje San Jacinto. Pasaje San Jacinto
de por medio de Once metros, de derecho de vía; residencial Terranova,
llegando con este tramo al punto o mojón Sur-Este donde dio inicio la
presente descripción técnica. El terreno descrito posee una extensión
superfi cial de ciento once punto cincuenta y dos metros cuadrados
equivalentes a ciento cincuenta y nueve punto cincuenta y seis varas
cuadradas” Inscrito dicho inmueble a favor del señor HECTOR RAFAEL
MARENCO FLORES, con Matrícula Número SEIS CERO CUATRO
DOS UNO SIETE DOS CINCO- CERO CERO CERO CERO CERO,
del Centro Nacional de Registros, Primera Sección del Centro.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once
horas del día veintinueve de septiembre de dos mil nueve. DR. DARIO
VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC.
VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036703-1
SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución
promovida por este Juzgado, por el Licenciado LUIS SAMUEL SILVA
PARADA, Apoderado del INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONES
DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, que se puede abreviar “INPEP”,
contra la señora CARMEN DEL TRANSITO DELGADO AGUIRRE,
hoy de LIMA, se venderá en pública subasta, en este mismo Juzgado,
en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble
embargado siguiente: “UN LOTE DE TERRENO DE NATURALEZA
URBANO CON CONSTRUCCIONES, SITUADO EN LA URBA-
NIZACION “LLANO VERDE”, JURISDICCIÓN DE ILOPANGO,
MARCADO CON EL NUMERO TREINTA Y CUATRO, DEL GRUPO
NUEVE, pasaje número OCHO, el cual tiene una extensión superfi cial
de CIENTO CINCO METROS CUADRADOS, CERO CENTESIMOS
DE METROS CUADRADOS, el cual se describe así: Partiendo de la
intercepción de la Calle Los Tulipanes y pasaje número ocho hacia el
Este, ciento dieciocho punto setenta y dos metros, con defl exión derecha
de noventa grados y con distancia de tres metros se llega al esquinero
Nor-Este del lote que se describe, el cual tiene los siguientes linderos
y medidas: AL NORTE: Con distancia de siete metros y rumbo sur
ochenta grados treinta y ocho punto cuatro minutos Este, linda con lotes
números veintinueve y treinta y uno del grupo número ocho pasaje de
ocho de seis metros de ancho por medio; AL ORIENTE: Con distancia
de quince metros y rumbo sur nueve grados veintiuno punto seis minutos
oeste, linda con área verde de la colonia; AL SUR: Con distancia de
siete metros y rumbo norte ochenta grados treinta y ocho punto cuatro
minutos Oeste, linda con lote número treinta y tres del grupo número
Nueve y área verde; y AL PONIENTE: Distancia de quince metros y
rumbo Norte nueve grados veintiuno punto seis minutos Este, linda con
lote número treinta y dos del grupo número nueve. En dicho inmueble
hay una casa de sistema mixto de un área de SESENTA METROS
CUADRADOS. Inmueble inscrito a favor del demandado señora
CARMEN DEL TRANSITO DELGADO AGUIRRE, hoy de LIMA
bajo la matrícula Número 60209519-00000 DEL REGISTRO DE LA
PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA PRIMERA SECCION
DEL CENTRO, DE ESTE DEPARTAMENTO.”
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las doce horas y treinta minutos del día tres de septiem-
bre del dos mil nueve. DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES
CACERES DE ALAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036704-1
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Dra. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en virtud del Juicio Ejecutivo Civil promovido
por la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO, en su cali-
dad de Apoderado General con Cláusula Especial de SCOTIABANK EL
SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de San Salvador,
representada legalmente por el señor BRIAN WAYNE BRADY, contra
la demandada señora MIRNA ISABEL LARA VIUDA DE MENDOZA
conocida por MIRNA ISABEL LARA DE MENDOZA, de cincuenta años
de edad, Secretaria Comercial, del domicilio de San Vicente, reclamándole
el pago de la cantidad adeudada, intereses convencionales, moratorios
y costas procesales, se venderá en pública subasta por la cantidad y en
fecha a señalarse oportunamente, el siguiente inmueble de naturaleza
urbana, situado en el Barrio San Esteban, de la ciudad de San Salvador,
sobre la cuarta calle oriente, que se identifi ca como el apartamento
número Dos-Cuatro E del “Condominio Residencial San Esteban”, y
que se describe así: APARTAMENTO NÚMERO DOS-CUATRO E,
con un área de TREINTA Y OCHO PUNTO CINCUENTA METROS
CUADRADOS equivalentes a CINCUENTA Y CINCO PUNTO CERO
NUEVE VARAS CUADRADAS, con un área construida de TREINTA
Y OCHO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, y una
medida cúbica de CIENTO CINCO TREINTA METROS CUBICOS.
Partiendo de la intersección de los ejes de la dieciocho Avenida Sur y
la Cuarta Calle Oriente, se mide sobre el eje de esta última con rumbo
norte setenta y tres grados treinta y nueve punto cinco minutos Oeste,
una distancia de veintiocho punto cuarenta y cinco metros, partiendo
de este punto se mide una longitud de curva de cuarenta y ocho punto
setenta y un metros de defl exión izquierda y cuatrocientos veinte punto
cero cero metros de radio, de este punto se mide con defl exión derecha,
rumbo norte doce grados veintiún punto un minuto Este, una distancia
de cincuenta y nueve punto catorce metros. Partiendo de este punto
con defl exión derecha, de noventa grados de rumbo Sur setenta y siete
grados treinta y ocho punto nueve minutos este y distancia de quince
punto cero cero metros, se llega a un punto a partir del cual se mide una
distancia vertical de dos punto noventa metros, llegando al vértice Sur-
Oeste del departamento que se describe: LADO OESTE: tramo recto
de rumbo norte doce grados veintiún punto un minuto este y distancia
de siete punto setenta metros, lindando con el apartamento dos-tres del
Edifi cio “E” de Residencial San Esteban; LADO NORTE: tramo recto
de rumbo Sur setenta y siete grados treinta y ocho punto nueve minutos
este y distancia de cinco punto cero cero metros, lindando con el espacio
aéreo del jardín interior del apartamento uno-cuatro del Edifi cio “E”
de Residencial San Esteban; LADO ESTE: tramo recto de rumbo Sur
doce grados veintiún punto un minuto oeste y distancia de siete punto
setenta metros, lindando con el apartamento dos-cinco del Edifi cio
“E” de Residencial San Esteban; LADO SUR: tramo recto de rumbo
norte setenta y siete grados treinta y ocho punto nueve minutos oeste y
distancia de cinco punto cero cero metros, lindando con el apartamento
dos-cuatro de Edifi cio “D” de Residencial San Esteban, con el espacio
aéreo del pasillo de acceso de cuatro punto cero cero metros de ancho
de por medio. Todas las colindancias son propiedad o han sido de la So-
ciedad “CONSTRUCCIONES CENTROAMERICANAS”, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. Inscrito a favor de la señora
MIRNA ISABEL LARA VIUDA DE MENDOZA conocida por MIRNA
ISABEL LARA DE MENDOZA, bajo la matrícula del folio real número
CERO UNO - CERO OCHO TRES CUATRO UNO DOS-CERO CERO
CERO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda
Sección del Centro, con sede en esta ciudad.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los nueve días del
mes de julio del año dos mil nueve.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036820-1
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO,
HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por el
señor DOUGLAS DAGOBERTO VIOLANTE AGUIRRE, en su carác-
ter personal; contra la señora GLORIA ESPERANZA HERNANDEZ
NOLASCO, reclamándole cantidad de dinero y accesorios legales, se
venderá en pública subasta en este Juzgado, EL CINCUENTA POR
CIENTO que le corresponde a la señora GLORIA ESPERANZA
HERNANDEZ NOLASCO, sobre una porción de terreno de naturaleza
urbana, sin construcciones, situado en la Comunidad o Colonia “UN
RANCHO Y UN LUCERO II” del Municipio de Ahuachapán, de este
Departamento, identifi cado como lote número dos del Polígono o Block
VEINTISEIS, de una área de CIENTO CUARENTA PUNTO CERO
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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
CERO METROS CUADRADOS, el cual tiene las medidas siguientes: AL
NORTE, veinte punto cero cero metros; AL ORIENTE, siete punto cero
cero metros; AL SUR, veinte punto cero cero metros; y al PONIENTE,
siete punto cero cero metros. Inscrito bajo la MATRICULA NUMERO
UNO CINCO CERO NUEVE UNO DOS CINCO CUATRO GUION
CERO CERO CERO CERO CERO del Centro Nacional de Registros
de la Segunda Sección de Occidente. Lo que se pone en conocimiento
del público, para los fi nes de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPAN, a las ocho horas treinta
minutos del día veintidós de octubre del año dos mil ocho.- Dr. JULIO
CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- INOCENTE GRANILLO
CASTELLON, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036833-1
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio
Judicial,
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el jui-
cio ejecutivo mercantil promovido por la Licenciada LIDIA MARIA
VALDEZ DE LU, como apoderada general judicial del BANCO HSBC
SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, BANCO HSBC, SOCIE-
DAD ANONIMA; BANCO SALVADOREÑO SOCIEDAD ANONIMA,
que puede abreviarse BANCO HSBC SALVADOREÑO S.A., BANCO
HSBC, S.A., BANCO SALVADOREÑO S.A., o BANCOSAL S.A.,
contra la señora BLANCA MARITZA VILLEDA MEDINA, próxi-
mamente se venderá en Pública Subasta, en este juzgado el inmueble
siguiente: Un apartamento, ubicado en Condominio Apartamentos El
Modelo Nivel Uno, Apartamento B-Ocho, Edifi cio “B” entre Calle
Francisco Menéndez y Calle Quince de Septiembre, Barrio Candelaria,
Jurisdicción de San Salvador, de un área construida de VEINTISIETE
PUNTO CERO METROS CUADRADOS equivalentes a TREINTA Y
OCHO PUNTO SESENTA Y TRES VARAS CUADRADAS y Medida
Cúbica de SESENTA Y CUATRO PUNTO OCHENTA METROS CU-
BICOS, el cual se describe así: Partiendo del punto número seis rumbo
Sur cuarenta y cuatro grados cuarenta y dos punto cinco minutos Este y
distancia de uno punto cero metros, se llega al esquinero Sur-Poniente
del apartamento que se describe así: LADO PONIENTE: Tramo recto
con rumbo Norte, cuarenta y cinco grados, diecisiete punto cinco minutos
Este y distancia de cuatro punto sesenta metros, colindando por este
lado con apartamento C-SIETE del Módulo “C”, pasillo de circulación
y zona de jardín de por medio; LADO NORTE: Tramo recto con rumbo
Sur, cuarenta y cuatro grados cuarenta y dos punto cinco minutos Este
y distancia de cinco punto cero metros, colindando por este lado con
apartamento B-SEIS de este mismo módulo; LADO ORIENTE: Tramo
recto con rumbo Sur, cuarenta y cinco grados diecisiete punto cinco
minutos Oeste y distancia de cuatro punto sesenta metros, colindando
por este lado con apartamento B-SIETE de este mismo módulo; LADO
SUR: Cinco tramos: El primero: Con rumbo Norte, cuarenta y cuatro
grados, cuarenta y dos punto cinco minutos Oeste y distancia de uno punto
veinticinco metros; El segundo: con rumbo Sur, cuarenta y cinco grados
diecisiete punto cinco minutos Oeste y distancia de uno punto cuarenta
metros; El tercero: Con rumbo Norte, cuarenta y cuatro grados, cuarenta
y dos punto cinco minutos Oeste y distancia de dos punto quince metros;
El Cuarto: Con rumbo Norte, cuarenta y cinco grados, diecisiete punto
cinco minutos Este y distancia de uno punto cuarenta metros; Y el Quinto:
Con rumbo Norte, cuarenta y cuatro grados, cuarenta y dos punto cinco
minutos Oeste y distancia de uno punto sesenta metros, colindando por
este lado con propiedad de FRANCISCA Viuda DE MUGDAN, zona de
jardín de por medio; Parte inferior no tiene colindancia, parte superior:
linda con apartamento B-DIECISEIS de este mismo módulo. Todos los
apartamentos colindantes son o han sido propiedad de Construorien, S.A.
de C.V.
Dicho inmueble está inscrito a favor de la demandada señora
BLANCA MARITZA VILLEDA MEDINA, en el Sistema de Folio Real
Automatizado, bajo la Matrícula número SEIS CERO CERO TRES CERO
TRES SEIS SEIS OCHO - A CERO UNO DOS OCHO, Asiento UNO,
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, Ciudad de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-
mento de San Salvador, a las quince horas treinta minutos del día treinta
de Noviembre del año dos mil nueve.- Dr. GUILLERMO ALFARO
SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036840-1
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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado con
el número 103-E-97, promovido inicialmente por la Licenciada ANA
CONCEPCION IRIAS LOZANO, continuado por el Licenciado MAR-
TIN SALVADOR MORALES SOMOZA, en su calidad de Apoderados
Generales Judiciales de SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A., entidad
absorbente del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A.,
contra los señores GONZALO GUILLEN SANTOS, ANA GLADIS
OPORTO DE GUILLEN y HUGO RENE SANTOS, se venderá en
Pública Subasta en este Tribunal, un Bien Inmueble que a continuación
se describe y localiza así ““Jurisdicción de Colón, Departamento de La
Libertad. “”Inmueble urbano y construcciones que contiene ubicado en: el
Cantón Angosturas, jurisdicción de Colón, Departamento de La Libertad,
identifi cado como Residencial Los Chorros II etapa, Block G-I, Lote
número dos, Block G-seis, de un área de CIENTO SESENTA Y SIETE
PUNTO CERO UN METROS CUADRADOS, inscrito en el Registro
Social de Inmuebles bajo la matrícula número M CERO UNO TRES
CERO SEIS OCHO UNO TRES, asiento CERO CERO CERO UNO,
del Registro Social de Inmuebles de la Primera Sección del Centro””.
SE ADMITIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL;
San Salvador, a las quince horas veinte minutos, del día veinticinco de
junio de dos mil nueve.- Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ
TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA
ALMENDARES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036916-1
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN
GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
por el Licenciado MARTÍN SALVADOR MORALES SOMOZA,
Apoderado del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A.,
hoy SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A., contra los señores JOSE
OSCAR SANTIAGO MEDINA HERNÁNDEZ conocido por JOSE
OSCAR MEDINA y MARIA ELENA DE LOS ANGELES ARIAS DE
MEDINA, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha y
hora que será señalada posteriormente, el inmueble que a continuación
se describe: “”UN INMUEBLE de naturaleza urbano y construcciones
que contiene, situado en Colonia Roma, suburbios del Barrio El Calvario,
según su nomenclatura actual está situada en Calle Lorena, antes identi-
fi cado como Lote QUINCE-A, hoy como Lote Número DOSCIENTOS
CATORCE, Colonia Roma, en Jurisdicción de esta Ciudad y Depar-
tamento, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS SETENTA
METROS CUADRADOS OCHENTA Y CINCO DECÍMETROS
CUADRADOS equivalentes a TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE
VARAS CUADRADAS CINCUENTA Y CINCO CENTÉSIMOS DE
VARA CUADRADA, que se localiza y describe así: AL NORTE: en
veinticinco metros, en línea recta perpendicular al eje de la Calle Lore-
na, con Lote Número QUINCE-B del Polígono B de la Colonia Roma,
AL SUR: la misma medida del Norte, con resto del Lote QUINCE-A
del Polígono B de la misma Colonia Roma, de donde se segregó el que
se describe; AL ORIENTE: diez metros ochocientos treinta y cinco
milímetros, Calle Lorena de por medio, abierto en terrenos de la señora
Leonor Meléndez viuda de Quiñónez y la señorita Mercedes Quiñónez
Meléndez y Zoila Gil Parada, con el Lote Número DOS del Polígono
D, de la misma Colonia Roma; y AL PONIENTE: de la misma medida
del Oriente, con el Lote Número VEINTICUATRO del Polígono B de
la misma Colonia Roma. En los vértices de este Inmueble hay colocados
mojones de concreto. Todos los lotes colindantes son o han sido propiedad
de la señora Leonor Meléndez viuda de Quiñónez y la señorita Mercedes
Quiñónez Meléndez y Zoila Gil Parada. Dicho Inmueble se encuentra
Inscrito en forma proindivisa a favor de los demandados señores JOSE
OSCAR SANTIAGO MEDINA HERNÁNDEZ conocido por JOSE
OSCAR MEDINA y MARIA ELENA DE LOS ANGELES ARIAS
DE MEDINA, bajo el sistema de folio real computarizado al Número
M CERO CINCO UNO CINCO CINCO DOS UNO SEIS del Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro””.
Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al Público
para los efectos de ley.
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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las quince horas cinco minutos del día treinta de sep-
tiembre de dos mil nueve.- Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE
LO MERCANTIL.- Lic. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036918-1
REPOSICION DE CERTIFICADOS
AVISO DE EXTRAVIO DE CERTIFICADOS DE ACCIONES
MARÍA ELENA ÁLVAREZ DE PACAS, Representante Legal de El
Borbollón, S.A. de C.V.; al público,
HACE SABER: Que a las ofi cinas de su representada, situadas en
la ciudad de Santa Ana, se ha presentado el accionista Señor MARIO
EDWIN ÁLVAREZ GUTHRIE, manifestando que ha extraviado los
siguientes certifi cados de acciones de su propiedad de la Sociedad El
Borbollón, S.A. de C.V., certifi cado No. 16 que ampara 450 acciones
numeradas de la 4101 a la 4550; certifi cado de acciones No. 25 que
ampara 150 acciones numeradas de la 5701 a la 5850; certifi cado de
acciones No. 35 que ampara 90 acciones numeradas de la 6721 a la 6810;
certifi cado de acciones No. 45 que ampara 80 acciones numeradas de la
7541 a la 7620; certifi cado de acciones No. 55 que ampara 722 acciones
numeradas de la 13,477 a la 14,198; certifi cado de acciones No. 65 que
ampara 163 acciones numeradas de la 16,225 a la 16,387; certifi cado
de acciones No. 75 que ampara 1000 acciones numeradas de la 24,551
a la 25,550; certifi cado de acciones No. 85 que ampara 1845 acciones
numeradas de la 41,311 a la 43,155; certifi cado de acciones No. 95 que
ampara 500 acciones numeradas de la 49,001 a la 49,500. Por lo que
solicita la reposición de dichos certifi cados de acciones.
En consecuencia de lo anterior lo hace del conocimiento público
para efectos de reponer los anteriores certifi cados de acciones extra-
viados, lo cual se realizará transcurridos 30 días, después de la tercera
publicación de este aviso, si no hubiere ninguna oposición de acuerdo
a lo establecido en el artículo 932 del Código de Comercio.
Santa Ana, 29 de Diciembre de 2009.
MARIA ELENA ALVAREZ DE PACAS,
REPRESENTANTE LEGAL EL BORBOLLON, S.A. de C.V.
3 v. alt. No. C000333-1
AVISO
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,
COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en km. 10 carretera
a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE
DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 427507, solicitando la reposición de
dicho CERTIFICADO por CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA
Y DOS 86/100 (US$ 4,342.86).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
SAN MIGUEL, Lunes, 04 Enero de 2010.
ANTONIO SERRANO,
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,
AGENCIA RUTA MILITAR.
3 v. alt. No. F036649-1
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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES
MULTICONCEPT, S.A. DE C.V.
El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accio-
nistas de la Sociedad MULTICONCEPT, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse MULTICONCEPT, S.A.
DE C.V., por este medio CERTIFICA:
I) Que en el Libro de Actas de Junta General Extraordinaria de
Accionistas que lleva esta Sociedad, se encuentran los Puntos
Segundo y Quinto del Acta número Dos (2) de Sesión de
Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en
las ofi cinas de la Sociedad situadas en Calle La Mascota,
número quinientos treinta y tres, Colonia San Benito, San
Salvador, a las dieciséis horas del día veintiséis de agosto
del año dos mil ocho; y que literalmente DICEN:
“PUNTO SEGUNDO: Acuerdo de Disolución y Liqui-
dación de la Sociedad. La Presidenta de la Junta informa
a los presentes la conveniencia de disolver y liquidar la
Sociedad, por medio de la causal Cuarta del Artículo
Ciento Ochenta y Siete del Código de Comercio, por lo
que somete a votación de los presentes, la propuesta de
disolver y liquidar la Sociedad. Luego de escuchado el
informe los presentes procedieron a votar y acordaron
por unanimidad disolver y liquidar la Sociedad por
medio de la causal Cuarta del Artículo Ciento Ochenta
y Siete del Código de Comercio."
''PUNTO QUINTO: Fijación del Plazo para la Liqui-
dación de la Sociedad. Los presentes acuerdan por
unanimidad de votos fi jar como plazo para practicar la
liquidación de la Sociedad el período de DOS AÑOS,
contados a partir de la fecha de la Inscripción de la
Escritura Pública de Disolución de la Sociedad en el
Registro de Comercio."
II) Que en el Libro de Actas de Junta General Extraordinaria de
Accionistas que lleva esta Sociedad, se encuentra el Punto
Segundo del Acta número Tres (3) de Sesión de Junta General
Extraordinaria de Accionistas, celebrada en las ofi cinas de la
Sociedad situadas en Calle La Mascota, número quinientos
treinta y tres, Colonia San Benito, San Salvador, a las dieciséis
horas del día dieciocho de septiembre del año dos mil nueve;
y que literalmente DICE:
''PUNTO SEGUNDO: Que según el Acuerdo tomado
en el Punto Cuarto del Acta Número Dos de Sesión de
Junta General Extraordinaria de Accionistas de la So-
ciedad, celebrada a las quince horas del día veintiséis de
agosto del año dos mil ocho, los accionistas acordaron
por unanimidad de votos elegir como Liquidador de la
Sociedad al señor Edwin David Umaña Mendoza, con
un emolumento de QUINIENTOS DÓLARES de los
Estados Unidos de América.
Que en virtud de que el señor Edwin David Umaña Mendoza, se
encuentra imposibilitado para continuar con el desarrollo de sus fun-
ciones como Liquidador de la Sociedad, por este medio los accionistas
presentes acuerdan por unanimidad removerlo del cargo.
En vista de lo anterior, se hace necesario nombrar a los nuevos
liquidadores de la Sociedad, por lo que la Presidenta de la sesión propone
nombrar a los señores Rutilio Alfonso Nájera Sánchez, mayor de edad,
empleado, del domicilio de la ciudad de Ilopango, Departamento de
San Salvador, portador de su Documento Único de Identidad Número
cero un millón trescientos treinta y nueve mil novecientos cuarenta y
ocho - cuatro, con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos
dieciséis - ciento diez mil novecientos setenta y ocho- ciento uno- seis,
y Renato Adolfo Espinoza Granados, mayor de edad, empleado, del
domicilio de la ciudad de Ilopango, Departamento de San Salvador,
portador de su Documento Único de Identidad Número cero tres millones
cuatrocientos cuarenta y seis mil cuarenta y uno- cero, con Número de
Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- ciento cincuenta mil
seiscientos sesenta y tres- cero trece- cinco, como Liquidadores de la
Sociedad.
Luego de escuchada la propuesta de la Presidenta de la Sesión,
los accionistas votaron acordando por unanimidad de votos, elegir a
los señores Rutilio Alfonso Nájera Sánchez y Renato Adolfo Espinoza
Granados como Liquidadores de la Sociedad. Asimismo, el pleno de
accionistas acuerda que los Liquidadores nombrados desarrollarán su
cargo con unos emolumentos de TRESCIENTOS CINCUENTA DÓ-
LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$350.00)
cada uno.''
Es conforme con sus originales, con los cuales se confrontó. Y para los
efectos legales pertinentes extiendo la presente en la ciudad de San Salva-
dor, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil nueve(2009).
AGUSTIN CARLOS DELBOSCO BURGOS,
SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS.
MULTICONCEPT, S.A. DE C.V.
1 v. No. F036818
AVISO DE COBRO
La Infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de
Hacienda.
HACE SABER: Que a este departamento jurídico se ha presen-
tado la señora ANA DEL CARMEN SANCHEZ RODRIGUEZ, con
Tarjeta de Identifi cación Tributaria 0614-211290-115-0; quien actúa
en su calidad de hija sobreviviente del señor SANTOS SANCHEZ, de
sesenta y un años de edad, constructor, del domicilio del Cantón Joya
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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
Galana, de la ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador, con
Tarjeta de Identifi cación Tributaria 0602-200946-002-0, quien falleció
en San Salvador, a la once horas y quince minutos del día diecisiete de
julio del año dos mil ocho; promoviendo diligencias de devolución del
excedente del Impuesto Sobre la Renta correspondiente al ejercicio fi scal
2008, por la suma de DOSCIENTOS VEINTIUN 32/100 DOLARES
($221.32), que dejó pendiente de cobro el causante.
Lo que se avisa al público en general para que toda persona que
se crea con igual o mejor derecho, se presente a este Departamento a
hacer uso de él, en el plazo de tres días, contados a partir de la fecha en
que haya salido a circulación el Diario Ofi cial que contenga la tercera
y última publicación de este aviso.
Ministerio de Hacienda, Departamento Jurídico. San Salvador, a
los cuatro días del mes de enero de dos mil diez.
NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,
SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO
MINISTERIO DE HACIENDA.
3 v.1v/c.3/d. No. F036722-1
AVISO
La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de
Hacienda.
HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la señora
MAYRA GUADALUPE MALDONADO DE QUINTANILLA, conocida
también como Mayra Guadalupe Maldonado Inglés, quien comparece
en calidad de cónyuge sobreviviente del señor Wilian Alexi Quintanilla
Ortiz, conocido también como William Alexi Quintanilla Ortiz; promueve
diligencias solicitando se le autorice fi rmar los documentos respectivos
para que se le devuelva la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA
Y CUATRO 29/100 DOLARES ($354.29), en concepto de excedente
de Impuesto sobre la Renta del ejercicio fi scal 2008, que dejó pendiente
de cobro el causante debido a que falleció el día 1 de agosto de 2009.
Lo que se hace del conocimiento del público en general, para
que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, conforme a lo
establecido en el artículo 142 de las Disposiciones Generales de Presu-
puestos, se presente a este Departamento en el término de 3 días contados
a partir del día siguiente en que haya salido a la venta y circulación el
ejemplar del Diario Ofi cial que contenga la tercera y última publicación
del presente aviso, para ejercer su derecho.
Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los doce días del mes de
enero de dos mil diez.
LICDA. NORA LIZETH PEREZ MARTÍNEZ,
SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO JURIDICO
MINISTERIO DE HACIENDA.
3 v.1v/c.3/d. No. F036814-1
PATENTE DE INVENCIÓN
No. de Expediente: 2009003431
No. de Presentación: 20090008751
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MARIO
ALAVÉS BOLAÑOS, INGENIERO QUIMICO, del domicilio de
HAMBURGO N° 128, COL. VALLE DORADO, TLALNEPANTLA,
ESTADO DE MEXICO, MEXICO, de nacionalidad MEXICANA,
actuando como PROPIETARIO E INVENTOR, solicitando se conceda
Registro de la PATENTE DE INVENCION denominada METODO
PARA OBTENER AZUCAR BLANCA DE JUGOS DE CAÑA, por
el término de VEINTE AÑOS, con Clasifi cación Internacional C13D
3/00, C13F 1/00, y con prioridad de la solicitud MEXICANA No.
MX/E/2009/074204, de fecha dieciocho de noviembre del año dos mil
nueve.
Se refi ere a: METODO PARA OBTENER AZUCAR BLANCA
DE JUGOS DE CAÑA. La solicitud fue presentada a las quince horas
y cincuenta y seis minutos del día cuatro de diciembre del año dos mil
nueve.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los diecisiete días del mes
de diciembre del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
1 v. No. C000355
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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
MARCA INDUSTRIAL
No. de Expediente: 2009094944
No. de Presentación: 20090125800
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA KONSTANTINE.
Consistente en: la expresión ARABELA KONSTANTINE.,
traducido al castellano como Constantino de Arabela, que servirá para:
AMPARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIE-
TADOS, LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA
EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SE-
COS, CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA
CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE
PARA PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036716-1
No. de Expediente: 2009094942
No. de Presentación: 20090125796
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA CAROLANNE.
Consistente en: las palabras ARABELA CAROLANNE.,traducido
al castellano como CAROLINNE ARABELA, que servirá para: AM-
PARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIE-
TADOS, LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA
EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES
SECOS, CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA
CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE
PARA PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dos de diciembre del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036719-1
No. de Expediente: 2009094943
No. de Presentación: 20090125798
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA MAXIMOUS.
Consistente en: las palabras ARABELA MAXIMOUS., traducido
al castellano como MAXIMA ARABELA, que servirá para: AMPARAR:
TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIETADOS,
LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA EXFO-
LIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SECOS,
CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA CALLOS
Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE PARA
PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036723-1
No. de Expediente: 2009094940
No. de Presentación: 20090125792
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA SEX DESIRE
Consistente en: la palabra ARABELA SEX DESIRE, traducido al
castellano como DESEO SEXUAL DE ARABELA, que servirá para:
AMPARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIE-
TADOS, LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA
EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SE-
COS, CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA
CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE
PARA PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de noviembre del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036724-1
No. de Expediente: 2009094937
No. de Presentación: 20090125788
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA GLAM TOUCH.
Consistente en: las palabras ARABELA GLAM TOUCH., que
se traduce al castellano como toque glamuroso de Arabela, que servirá
para: AMPARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES
AGRIETADOS, LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CRE-
MA EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES
SECOS, CREMA PARA PIES FRÍOS, CREMA SUAVIZANTE PARA
CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE
PARA PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.
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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036726-1
No. de Expediente: 2009094938
No. de Presentación: 20090125789
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA GENEROSITY.
Consistente en: las palabras ARABELA GENEROSITY traducidas
al castellano como Generosa Arabela, que servirá para: AMPARAR:
TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIETADOS,
LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA EXFO-
LIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SECOS,
CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA CALLOS
Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE PARA
PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036727-1
No. de Expediente: 2009094939
No. de Presentación: 20090125791
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA BRYLLIANT
Consistente en: las palabras ARABELA BRYLLIANT traducidas
al castellano como BRILLANTE, ARABELA, que servirá para: AM-
PARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIE-
TADOS, LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA
EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES
SECOS, CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA
CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE
PARA PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dos de diciembre del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036731-1
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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
No. de Expediente: 2009094936
No. de Presentación: 20090125786
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA BEAUTY ANGEL
Consistente en: la frase ARABELA BEAUTY ANGEL que se traduce al castellano como a ANGEL BELLO DE ARABELA, que servirá para: AMPARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TA-LONES AGRIETADOS, LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SECOS, CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVI-ZANTE PARA CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE PARA PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil nueve.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036732-1
No. de Expediente: 2009092371
No. de Presentación: 20090121365
CLASE: 19.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de MEXALIT INDUSTRIAL S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXI-CANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
TABLACEM
Consistente en: la palabra TABLACEM, que servirá para: AMPA-RAR: ASBESTOS TIPO FIBROCEMENTO, CEMENTO, LAMINAS Y CUBIERTAS DE TEJADO NO METALICOS. Clase: 19.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de octubre del año dos mil nueve.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036735-1
No. de Expediente: 2009092370
No. de Presentación: 20090121364
CLASE: 19.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de MEXALIT INDUSTRIAL S.A. DE C.V., de nacionalidad
MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O
DE FABRICA,
PLASTINAK
Consistente en: la palabra PLASTINAK, que servirá para: AM-
PARAR: ASBESTOS, CEMENTO, LAMINAS Y CUBIERTAS DE
TEJADO NO METALICO. Clase: 19.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de octubre del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036736-1
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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
No. de Expediente: 2009095056
No. de Presentación: 20090126047
CLASE: 31.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de GRUPO F, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: GRUPO F, S.A., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
BRUNO
Consistente en: la palabra BRUNO, que servirá para: AMPARAR: ALIMENTO DE PERRO, ALIMENTO DE MASCOTA. Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de diciembre del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036737-1
No. de Expediente: 2009097083
No. de Presentación: 20090129340
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de PROCAPS, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ROVARIL
Consistente en: la expresión ROVARIL, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cinco de noviembre del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036738-1
No. de Expediente: 2009097082
No. de Presentación: 20090129339
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de PROCAPS, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
REUTRID MAX
Consistente en: las palabras REUTRID MAX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cinco de noviembre del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de noviembre del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036741-1
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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
No. de Expediente: 2009097084
No. de Presentación: 20090129342
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de PROCAPS, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el
registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
PROCAPS OSMOFLOX
Consistente en: las palabras PROCAPS OSMOFLOX, que servirá
para: AMPARAR: ANTIBIOTICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cinco de noviembre del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, once de noviembre del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036743-1
No. de Expediente: 2009097115
No. de Presentación: 20090129422
CLASE: 21.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA KID OCEAN
Consistente en: la frase ARABELA KID OCEAN que se traduce
al castellano como ARABELA NIÑO OCEANO, que servirá para:
AMPARAR: LONCHERA, ALCANCIAS NO METALICAS, POR-
TALIQUIDOS, VASOS. Clase: 21.
La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de noviembre del año dos mil nueve.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036744-1
No. de Expediente: 2009097114
No. de Presentación: 20090129420
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA KID OCEAN
Consistente en: la expresión ARABELA KID OCEAN, que se
traduce al castellano como Arabela Niño Oceano, que servirá para:
AMPARAR: LAPICERAS. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, once de noviembre del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036745-1
DIARIO
OFI
CIAL S
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NO TIE
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
No. de Expediente: 2009097112
No. de Presentación: 20090129418
CLASE: 21.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA PRINCESS PINK
Consistente en: las palabras ARABELA PRINCESS PINK que se traducen al castellano como ARABELA PRINCESA ROSADA, que servirá para: AMPARAR: LONCHERA, ALCANCIAS NO METALI-CAS, PORTALIQUIDOS, VASOS. Clase: 21.
La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de noviembre del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036746-1
No. de Expediente: 2009097111
No. de Presentación: 20090129416
CLASE: 16.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA PRINCESS PINK
Consistente en: la frase ARABELA PRINCESS PINK que se traduce al castellano como ARABELA PRINCESA ROSADA, que servirá para: AMPARAR: LAPICERAS. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de noviembre del año dos mil nueve.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036747-1
No. de Expediente: 2009094949
No. de Presentación: 20090125807
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA WISHES
Consistente en: la frase ARABELA WISHES, que se traduce al
castellano como DESEOS ARABELA, que servirá para: AMPARAR:
TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIETADOS,
LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA EXFO-
LIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SECOS,
CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA CALLOS
Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE PARA
PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil nueve.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036752-1
DIARIO
OFI
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NO TIE
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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
No. de Expediente: 2009091244
No. de Presentación: 20090119197
CLASE: 19.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JU-
LIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de MO-
NOLIT, SOCIEDAD ANÓNIMA. de nacionalidad GUATEMALTECA,
solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA.
Consistente en: La palabra MONOLIT y diseño, que servirá para:
AMPARAR: MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS;
TUBOS RÍGIDOS NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN;
ASFALTO, PEZ Y BETÚN; CONSTRUCCIONES TRANSPORTA-
BLES NO METÁLICAS; MONUMENTOS NO METÁLICOS. Clase:
19.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos
mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, tres de diciembre del año dos mil nueve.-
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036753-1
No. de Expediente: 2009093662
No. de Presentación: 20090123495
CLASE: 19.
El INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de FORMAS EUROPEAS, SOCIEDAD ANÓNIMA
que se abrevia: FORMAS EUROPEAS, S.A., de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FÁBRICA,
Consistente en: Las palabras FORMAS europeas Puertas y ven-
tanas de PVC y diseño, a las palabras de uso común no se le concede
exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PVC (TUBOS DE POLI
CLORURO DE VINILO). Clase: 19.
La solicitud fue presentada el día dos de junio del año dos mil
nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de diciembre del año dos mil nueve.-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036755-1
No. de Expediente: 2009097745
No. de Presentación: 20090130486
CLASE: 19.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de FORMAS EUROPEAS, SOCIEDAD ANÓNIMA que se abrevia:
DIARIO
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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
FORMAS EUROPEAS, S. A., de nacionalidad GUATEMALTECA,
solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA.
Consistente en: La palabra KROMBEPLAST, que servirá para:.
AMPARAR: PERFILES DE PVC (TUBOS DE POLI CLORURO DE
VINILO. Clase: 19.
La solicitud fue presentada el día tres de diciembre del año dos
mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de diciembre del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036757-1
No. de Expediente: 2009093478
No. de Presentación: 20090123282
CLASE: 33.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de INDUSTRIA LICORERA QUEZALTECA, SOCIEDAD ANÓNI-
MA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la
MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA,
Consistente en: Las palabras CARIBBEAN BAY y diseño, que
se traducen al castellano como BAHIA CARIBEÑA, que servirá para:
AMPARAR: BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Clase: 33.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil nueve.-
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036760-1
No. de Expediente: 2009094290
No. de Presentación: 20090124626
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de TERNIUM INTERNACIONAL EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TERNIUM
DIARIO
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CIAL S
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ARA CONSULT
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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
INTERNACIONAL EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FÁBRICA,
ARQUIPANEL
Consistente en: La palabra ARQUIPANEL, que servirá para:
AMPARAR: METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES; MATE-
RIALES DE CONSTRUCCIÓN METÁLICOS; CONSTRUCCIONES
TRANSPORTABLES METÁLICAS; MATERIALES METÁLICOS
PARA VÍAS FÉRREAS; CABLES E HILOS METÁLICOS NO
ELÉCTRICOS; CERRAJERÍA Y FERRETERÍA METÁLICA; TUBOS
METÁLICOS; CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METÁLICOS
NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES. Clase:
06.
La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil
nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de agosto del año dos mil nueve.
Licda. MARÍA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,
REGISTRADORA.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036764-1
No. de Expediente: 2009094273
No. de Presentación: 20090124608
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de TERNIUM INTERNACIONAL EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TERNIUM
INTERNACIONAL EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FÁBRICA,
AISLAKOR
Consistente en: La palabra AISLAKOR, que servirá para: AMPA-
RAR: METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES; MATERIALES
DE CONSTRUCCIÓN METÁLICOS; CONSTRUCCIONES TRANS-
PORTABLES METÁLICAS; MATERIALES METÁLICOS PARA
VÍAS FÉRREAS; CABLES E HILOS METÁLICOS NO ELÉCTRICOS;
CERRAJERÍA Y FERRETERÍA METÁLICA; TUBOS METÁLICOS;
CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METÁLICOS NO COM-
PRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES. Clase: 06.
La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil
nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de agosto del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036765-1
No. de Expediente: 2009094271
No. de Presentación: 20090124606
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de TERNIUM INTERNACIONAL EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TERNIUM
INTERNACIONAL EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FÁBRICA,
ECONOTECHO
Consistente en: La palabra ECONOTECHO, que servirá para:
AMPARAR: METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES; MATE-
RIALES DE CONSTRUCCIÓN METÁLICOS; CONSTRUCCIONES
TRANSPORTABLES METÁLICAS; MATERIALES METÁLICOS
PARA VÍAS FÉRREAS; CABLES E HILOS METÁLICOS NO
DIARIO
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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
ELÉCTRICOS; CERRAJERÍA Y FERRETERÍA METÁLICA; TUBOS
METÁLICOS; CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METÁLICOS
NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES. Clase:
06.
La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil
nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de agosto del año dos mil nueve.-
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036767-1
No. de Expediente: 2009093514
No. de Presentación: 20090123325
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de OTSUKA PHARMACEUTICAL CO., LTD., de nacionalidad JA-
PONESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE
FÁBRICA,
Consistente en: La palabra Samsca y diseño, sobre la palabra (tol-
vaptan) no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de octubre del año dos mil nueve.-
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036768-1
No. de Expediente: 2009094288
No. de Presentación: 20090124624
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de TERNIUM INTERNACIONAL EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TERNIUM
INTERNACIONAL EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, Solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FÁBRICA,
GALVALOK
Consistente en: La palabra GALVALOK, que servirá para:
AMPARAR: METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES; MATE-
RIALES DE CONSTRUCCIÓN METÁLICOS; CONSTRUCCIONES
TRANSPORTABLES METÁLICAS; MATERIALES METÁLICOS
PARA VÍAS FÉRREAS; CABLES E HILOS METÁLICOS NO
ELÉCTRICOS; CERRAJERÍA Y FERRETERÍA METÁLICA; TUBOS
METÁLICOS; CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METÁLICOS
NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES. Clase:
06.
La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil
nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de agosto del año dos mil nueve.-
Licda. MARÍA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,REGISTRADORA.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036772-1
No. de Expediente: 2007067138
No. de Presentación: 20070093797
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
HUMBERTO OVIEDO HERNÁNDEZ, en su calidad de APODERADO
de DUWEST GUATEMALA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad
DIARIO
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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FÁBRICA,
Consistente en: Las palabras CRUZ DEL SUR y diseño, que
servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN
DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos
mil siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de julio del año dos mil siete.-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036776-1
No. de Expediente: 2009094274
No. de Presentación: 20090124609
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de TERNIUM INTERNACIONAL EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TERNIUM
INTERNACIONAL EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FÁBRICA,
GALVATHERM OS
Consistente en: La expresión GALVATHERM OS, que servirá
para: AMPARAR: METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES;
MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN METÁLICOS; CONSTRUC-
CIONES TRANSPORTABLES METÁLICAS; MATERIALES METÁ-
LICOS PARA VÍAS FÉRREAS; CABLES E HILOS METÁLICOS NO
ELÉCTRICOS; CERRAJERÍA Y FERRETERÍA METÁLICA; TUBOS
METÁLICOS; CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METÁLICOS
NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES. Clase:
06.
La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil
nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de agosto del año dos mil nueve.-
Licda. MARÍA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,REGISTRADORA.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036777-1
No. de Expediente: 2009094941
No. de Presentación: 20090125795
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de ARABELA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FÁBRICA,
ARABELA SUN WISH
Consistente en: Las palabras ARABELA SUN WISH, traducido
al castellano como DESEO DE SOL ARABELA, que servirá para:
AMPARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIE-
TADOS, LOCIÓN CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA
EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SE-
COS, CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA
CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE
PARA PIES, CREMA BALSÁMICA PARA PIES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos
mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil nueve.-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036788-1
DIARIO
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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
No. de Expediente: 2009094947
No. de Presentación: 20090125804
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA MAXIMILIEN
Consistente en: la expresión ARABELA MAXIMILIEN, traducido
al castellano como Máximiliano de Arabela, que servirá para: AMPARAR:
TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIETADOS,
LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA EXFO-
LIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES SECOS,
CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA CALLOS
Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE PARA
PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036791-1
No. de Expediente: 2009094946
No. de Presentación: 20090125803
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ARABELA LANCELOT
Consistente en: la expresión: ARABELA LANCELOT que se
traduce al castellano: LANCELOT de Arabela, que servirá para: AM-
PARAR: TALCO PARA PIES, CREMA PARA TALONES AGRIE-
TADOS, LOCION CREMA REFRESCANTE PARA PIES, CREMA
EXFOLIANTE PARA PIES, CREMA NOCTURNA PARA PIES
SECOS, CREMA PARA PIES FRIOS, CREMA SUAVIZANTE PARA
CALLOS Y DUREZAS, CREMA LUBRICANTE Y DESODORANTE
PARA PIES, CREMA BALSAMICA PARA PIES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, primero de octubre del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036792-1
MARCA DE SERVICIO
No. de Expediente: 2009093856
No. de Presentación: 20090123766
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado NORA MARIA
AMAYA RIVAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LA
IONICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: LA IONICA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión RISTORANTE Pasquale PASTA E
PIZZA y diseño, que se traduce al castellano como Restaurante Pascual, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTE. Clase: 43.
DIARIO
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CIAL S
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ARA CONSULT
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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
La solicitud fue presentada el día diez de junio del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de noviembre del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000337-1
No. de Expediente: 2009096954
No. de Presentación: 20090129136
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO AUGUSTO CEVALLOS CORTEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de BLUE OIL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BLUE OIL EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras Blue Oil EL SALVADOR, S.A. DE C.V., su traducción al idioma castellano es petróleo azul, que servirá para: AMPARAR: IMPORTACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE PETRÓLEOS Y SUS PRODUCTOS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036754-1
No. de Expediente: 2008080327
No. de Presentación: 20080115735
CLASE: 37.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de SHANDONG LINGONG CONSTRUCTION MACHINERY CO., LTD., de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las letras SDLG y diseño, que servirá para: AM-PARAR: CONSTRUCCIÓN, ALQUILER DE EQUIPOS DE CONS-TRUCCIÓN, PAVIMENTACIÓN DE LA CARRETERA, ALQUILER DE GRÚAS [EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN], EL ALQUILER DE EXCAVADORAS, EXCAVADORAS DE ALQUILER, MANTENI-MIENTO Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS. Clase: 37.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de junio del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036766-1
No. de Expediente: 2007067139
No. de Presentación: 20070093800
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
HUMBERTO OVIEDO HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO
de DUWEST GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-
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lidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
Consistente en: las palabras CRUZ DEL SUR y diseño, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE AGRICULTURA.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de julio del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036773-1
No. de Expediente: 2008080328
No. de Presentación: 20080115737
CLASE: 35.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
de SHANDONG LINGONG CONSTRUCTION MACHINERY CO.,
LTD., de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: las letras SDLG y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: SERVICIOS DE COMERCIALIZACIÓN YA SEA COMO
MINORISTA O MAYORISTA, EN PARTICULAR RESPECTO DE
LOS VEHÍCULOS, MOTORES DE VEHÍCULOS Y MÁQUINAS, ASÍ
COMO DE PARTES, ACCESORIOS Y ACCESORIOS PARA LOS
PRODUCTOS MENCIONADOS, ASÍ COMO DE HERRAMIENTAS
Y EQUIPO DE TALLER, DE MERCANCÍAS Y PRODUCTOS, PU-
BLICIDAD, ORGANIZACIÓN DE PROGRAMAS DE PROMOCIÓN,
FUNCIONES DE OFICINA, ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
GESTIÓN EMPRESARIAL Y LA GESTIÓN EMPRESARIAL DE SER-
VICIOS DE ASESORAMIENTO, ESTADÍSTICAS, EN PARTICULAR
EN RELACIÓN CON EL DISEÑO, DESARROLLO, FABRICACIÓN,
VENTA, DISTRIBUCIÓN, REPARACIÓN O MANTENIMIENTO
DE VEHÍCULOS, MOTORES DE VEHÍCULOS Y MÁQUINAS, ASÍ
COMO DE PARTES, ACCESORIOS Y ACCESORIOS PARA LAS
ANTES MENCIONADAS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de junio del año dos mil nueve.
LICDA. MARÍA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,
REGISTRADORA.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036789-1
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2009095345
No. de Presentación: 20090126456
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de
ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, de nacionalidad PA-
NAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
DATIZIC
Consistente en: la palabra DATIZIC, que servirá para: AM-
PARAR PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;
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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS
DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS;
EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA
EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE
ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de agosto del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036733-1
No. de Expediente: 2008074332
No. de Presentación: 20080105866
CLASE: 07.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de
ZHEJIANG HERO TIME MACHINERY CO. LTD., de nacionalidad
CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra Racoon y diseño, que se traduce al
castellano como MAPACHE, que servirá para: AMPARAR: EXCAVA-
DORES, PALAS MECANICAS, MAQUINAS DE CONSTRUCCION
DE FERROCARRILES; MAQUINAS DE CONSTRUCCION DE CA-
RRETERAS; MAQUINAS PARA TRABAJOS EN MINAS; MAQUI-
NAS PARA LA AGRICULTURA; APARATOS PARA EL MANEJO
DE CARGA Y DESCARGA; MAQUINAS MULTIFUNCIONALES
PARA EL MANTENIMIENTO DE CARRETERAS; AGITADORES;
EXCAVADORES DE ZANJAS (MAQUINAS). Clase: 07.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintitrés de octubre del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036763-1
No. de Expediente: 2009095344
No. de Presentación: 20090126455
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, de
nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO,
ALBUXANE
Consistente en: La palabra ALBUXANE, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS
DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS;
EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA
EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE
ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de agosto del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036781-1
No. de Expediente: 2009095347
No. de Presentación: 20090126458
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, de
nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO,
IFERZIC
Consistente en: la palabra IFERZIC, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS
DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS;
EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA
EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE
ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de agosto del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036784-1
No. de Expediente: 2009095346
No. de Presentación: 20090126457
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
LITEDA.
Consistente en: la palabra LITEDA., que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de agosto del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036786-1
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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día
veintidós de diciembre del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores NA-
TIVIDAD DE MERCEDES ZAVALA JOVEL, conocido por NATIVI-
DAD MERCEDES ZAVALA JOVEL y PILAR DE JESUS ZAVALA
JOVEL, la herencia testamentaria que a su defunción dejó la causante
señora JUANA DE LOS ANGELES JOVEL viuda DE ZAVALA,
conocida por JUANA DE LOS ANGELES viuda DE ZAVALA, quien
fue de setenta y siete años de edad, de ofi cios domésticos, fallecida a las
diecinueve horas del día treinta de junio de dos mil ocho, en la Colonia
Santa Lucía, Calle Principal, del Municipio de San Vicente, Departamento
de San Vicente, lugar de su último domicilio, en su calidad de herederos
testamentarios de la causante.
Nómbrase a los aceptantes Administradores y Representantes Inte-
rinos de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas diez
minutos del día veintidós de diciembre del año dos mil nueve.- DRA.
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036156-2
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRI-
TO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADO ROBERTO RICARDO
RIVAS LIMA.
HACE SABER: Que por resolución proveída a doce horas y
quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario la herencia Intestada que a su defunción
dejó la causante señora LIDIA ESTER NEJAPA DE QUILIZAPA o
LIDIA ESTER NEJAPA o LIDIA NEJAPA, quien falleció el día vein-
te de noviembre del año mil novecientos noventa y siete, a la edad de
sesenta y siete años, siendo su último domicilio el de esta ciudad; por
parte de la señora MATILDE DE LAS MERCEDES QUILIZAPA DE
GUILLEN, en su calidad de hija sobreviviente de la referida causante y
como cesionaria de los Derechos Hereditarios que les correspondían a los
señores MANUEL DE JESUS QUILIZAPA NEJAPA, EVANGELINA
QUILIZAPA DE RODRIGUEZ, MARIA LIDIA NEJAPA QUILIZAPA,
ROSA DEL CARMEN QUILIZAPA DE AYALA y BLANCA MAR-
GARITA QUILIZAPA NEJAPA, éstos como hijos sobrevivientes de
la Causante.
Confi éresele a la aceptante en los conceptos antes expresados,
la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace saber al público para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-mento de Sonsonate, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil nueve.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SÁNCHEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036183-2
OTTO SALVADOR CARCAMO RODRIGUEZ, Juez de lo Laboral de este Departamento, con Jurisdicción en Materia Civil.
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las nueve horas y cinco minutos del día veintidós de octubre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente de parte de la señora MAYRA MORENA CEA DE AGUIRRE, con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ALBERTO ARMANDO CEA, fallecido el día diez de marzo del año dos mil tres, en la Avenida Lempira, casa número cuarenta y dos, Colonia Atonal, de esta ciudad, siendo esta ciudad su último domicilio, en su concepto de hija del citado causante.
Confi riéndosele a la aceptante la Administración y Representación Interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
JUZGADO DE LO LABORAL: Sonsonate, a las ocho horas y quince minutos del día veintitrés de noviembre del año dos mil nueve.-Enmendado-noviembre-Vale.- DR. OTTO SALVADOR CARCAMO RODRIGUEZ, JUEZ DE LO LABORAL.- LIC. JUAN ANTONIO PADILLA SALAZAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036185-2
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.
HACE SABER; Que por resolución de este Tribunal, a las ocho horas treinta minutos del presente día, mes y año, se ha tenido por acep-tada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada de la causante ANA DEL CARMEN SANCHEZ NAJERA, ANA DEL CARMEN SANCHEZ o ANA DEL CARMEN SANCHEZ DE VEGA, fallecida en el Cantón Primavera, de esta Jurisdicción, el día trece de mayo del año de mil novecientos ochenta, siendo dicho Cantón, el lugar de su último domicilio, de parte de los señores MARCELINO ERNESTO VEGA SANCHEZ y ENEIDA DEL CARMEN VEGA SANCHEZ, como hijos de la causante.
A quienes se les confi ere Interinamente la Administración y Re-presentación de la sucesión.
Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las ocho horas cincuenta minutos del día diez de febrero del año dos mil nueve.- LIC. FRAN-CISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036233-2
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI-
TOTO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este tri-
bunal, a las catorce horas diez minutos de este mismo día, del presente
mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara
el causante JORGE ALBERTO TORRES, quien falleció a las cero
horas cuarenta minutos del día diecinueve de enero del dos mil seis,
en el Hospital Nacional San Bartolo, siendo su último domicilio San
José Guayabal; de parte de la señora: MARIA DOLORES PORTILLO
PORTILLO actuando dicha señora en su calidad de cesionaria de los
derechos hereditarios que en dicha sucesión y en abstracto les pudo
corresponder a los señores: María Angela Torres de Cornejo, María
Lucía Torres de Mendoza y Rosa Isabel Torres Landaverde, y éstos en
su concepto de hijos del mencionado causante.
Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación
interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia Yacente.
Se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia
antes mencionada para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el
término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación
del presente edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las catorce
horas quince minutos del día seis de octubre de dos mil nueve.- Lic.
OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIME-
RA INSTANCIA.- Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036238-2
Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil del Distrito
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las diez
horas y quince minutos del día veinticinco de Noviembre del corriente
año, se declaró heredera expresamente y con benefi cio de inventario de
la herencia intestada que al fallecer a las veintiuna horas del día veintiuno
de Junio de dos mil nueve, en el Cantón Tulima, de la Jurisdicción de
Anamorós, de este Distrito, Departamento de La Unión, su último domi-
cilio dejó el causante PRESENTACION REYES HERRERA, conocido
por PRESENTACION REYES, de parte de la señora Santos Cristela
Reyes, en concepto de Cesionaria de los Derechos Hereditarios que en la
referida sucesión les correspondían a los señores Santos Eduardo Herrera
Reyes, conocido por Santos Eduardo Herrera; Juan Crisóstomo Reyes,
conocido por Juan Crisóstomo Reyes Herrera; y Matea Reyes Herrera,
conocida por Matea Reyes, en concepto de hermanos sobrevivientes del
referido causante, de conformidad con el Artículo 1699 C.C. Se le confi ere
a la aceptante en el carácter dicho la administración y representación
INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los
veintiséis días del mes de Noviembre de dos mil ocho.- Lic. ANGEL
ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA
CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036255-2
Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las once
horas y cincuenta minutos del día veintiuno de diciembre del año pasa-
do, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que al fallecer el causante Fausto Adán Torres Melgar,
el día diecinueve de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, en el
Cantón San Sebastián, de la jurisdicción de esta Ciudad, Departamento
de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejó el causante
antes mencionado, al heredero FAUSTO TORRES, en concepto de padre
del expresado causante, de conformidad al Art. 988 No. 1°. del Código
Civil; se le confi rió al aceptante en el carácter dicho la administración
y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los
cuatro días del mes de enero de dos mil diez.- Lic. ANGEL ALBINO
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARINA CONCEPCION
MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036264-2
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta
minutos de este día, se ha tenido por aceptada la herencia intestada que
dejó al fallecer el señor Gerardo de Jesús Hernández Barahona, el día
cuatro de agosto de dos mil ocho, en la ciudad de Jiquilisco, lugar de
su último domicilio, de parte de los señores María Leticia Acevedo de
Hernández, en su calidad de esposa del causante y los menores Edwin
Alexander y Gerardo de Jesús ambos de apellidos Hernández Acevedo,
en su calidad de hijos del causante.
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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
Confi érasele a los herederos declarados la Administración y
Representación interina de la sucesión Intestada con las facultades y
restricciones de Ley.
Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que se crean
con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término
de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los tres
días del mes de noviembre de dos mil nueve.- Lic. MANUEL DE JESUS
SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. SILVIA YANET
MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036272-2
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las ocho
horas quince minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamen-
te y con benefi cio de inventario de parte del señor JOSE PORFIRIO
GUZMAN MELENDEZ, en calidad de heredero testamentario e hijo
de la causante señora JULIANA MELENDEZ PEREZ, por medio de su
Apoderado Licenciado ROSALIO ALFREDO CAÑADA MARTINEZ,
de la herencia testamentaria, dejada a su defunción por dicha causante,
quien falleció en el Cantón Sitio del Niño, de esta Ciudad, a las catorce
horas del día diecinueve de abril del año dos mil ocho, sin asistencia
médica, siendo la causa del fallecimiento, cáncer, sin asistencia médica,
a la edad de noventa y un años, de ofi cios domésticos, soltera, origi-
naria de Tonacatepeque, de Nacionalidad Salvadoreña, siendo éste su
último domicilio, habiendo otorgado la referida causante testamento y
dejado como heredero testamentario a su hijo señor JOSE PORFIRIO
GUZMAN MELENDEZ. Confi riéndosele al aceptante expresado en
el concepto indicado la administración y representación interinas de la
indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de
la herencia yacente.
Cítese a las personas que se crean con derecho en la sucesión para
que se presenten a este Juzgado a deducirla dentro de los quince días
subsiguientes a la publicación de este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las
ocho horas veinte minutos del día veintinueve de octubre del año dos
mil nueve.- Licdo. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036274-2
NORMA LORENA LOPEZ GALEANO, Notario, de este domicilio y del
de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con ofi cina en Condominio
Héroes Norte, Boulevard de Los Héroes, y Veinticinco Calle Poniente,
Edifi cio "A", local 2-03, para los efectos legales,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las dieciséis
horas del día veintisiete de Enero del presente año, se ha tenido por
aceptada con benefi cio de inventario de parte del señor JOSE ANTONIO
MARTINEZ DIAZ, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora
ZOILA MARTINEZ, de Ofi cios Domésticos, Soltera, Salvadoreña, y
del domicilio de Colón, Departamento de La Libertad, quien falleció
en el Hospital Nacional Rosales de esta ciudad, el día trece de mayo del
año dos mil siete, a la edad de setenta y cuatro años. Al aceptante se le
confi rió la administración y representación interinas de la sucesión con
las facultades y restricciones de Ley.
Cítese a quienes se crean con derecho a dicha herencia para que
se presenten a deducirlo dentro de los quince días siguientes a la última
publicación de este edicto, en el Despacho de la suscrito Notario.
Librado en San Salvador, a los dos días del mes de febrero del año
dos mil nueve.
NORMA LORENA LOPEZ GALEANO,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F036281-2
DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las catorce
horas treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario de parte del señor SILVESTRE FABIÁN
VALENCIA PEÑA, la herencia intestada dejada a su defunción por el
señor SALVADOR VALENCIA ARIAS o SALVADOR VALENCIA,
quien falleció a las cuatro horas con treinta minutos del día treinta y uno
de marzo del año mil novecientos ochenta y seis, en el Cantón Santa
Teresa, de la jurisdicción de San Matías, departamento de La Libertad,
y fue de ochenta años de edad, Jornalero, casado, originario de Jutiapa,
departamento de Cabañas, siendo su último domicilio San Matías,
departamento de La Libertad, en calidad de hijo del referido causante.
Cítese a las personas que se crean con derecho en las presentes
diligencias.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
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Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, de-
partamento de La Libertad, a las catorce horas cuarenta minutos del día
diecinueve de noviembre de dos mil nueve.- Licdo. DAVID AMAEL
MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo.
CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036300-2
HERENCIA YACENTE
Licenciada DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHI-
NAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
once horas del día cuatro de enero del corriente año; se declaró yacente la
herencia del causante señor JOSE CALIXTO NAVARRETE, fallecido
a las diez horas treinta minutos del día veintitrés de septiembre de mil
novecientos noventa y seis, en el Centro de Salud de la ciudad de Nueva
Guadalupe, de este distrito, departamento de San Miguel, siendo esta
ciudad de Chinameca su último domicilio; y en vista de haber transcurrido
más de quince días de abierta la sucesión del causante antes expresado,
nómbrase curador de la herencia yacente a la Licenciada Sonia de la
Paz Córdova Osorio, a quien se le hará saber este nombramiento para
su aceptación, juramentación, protesta y demás efectos de ley.
Publíquense los edictos correspondientes.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Chinameca, a las once horas con quince minutos del día cuatro de enero
de dos mil diez. Enmendado-PRIMERA-año-Centro-quien-Vale.- Licda.
DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. F036108-2
TITULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora
MARIA ETELVINA AYALA, de sesenta y seis años de edad, de Ofi cios
Domésticos, de este domicilio, portadora de su Documento Único de
Identidad número cero uno cero cinco seis cero nueve siete guión uno,
y con Número de Identifi cación Tributaria cero seis uno tres guión dos
tres cero dos cuatro tres guión uno cero uno guión cuatro, solicitando a su
favor Título de Propiedad de un inmueble de naturaleza urbana ubicado
en el Cantón La Palma, Pasaje tres, San Martín, Departamento de San
Salvador, según certifi cación de la Denominación Catastral, el referido
inmueble es de una extensión superfi cial de OCHO MIL OCHOCIENTOS
OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CINCUENTA Y CINCO
DECIMETROS CUADRADOS SETENTA Y TRES CENTIMETROS
CUADRADOS, con las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: un
tramo de noventa y siete punto setenta metros, colindante con la des-
aparecida Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL),
ahora CTE Telecom, S.A. de C.V.; AL ORIENTE: en tres tramos, el
primero, de cuarenta y cuatro punto veinticinco metros, colindando con
propiedad de William Alexander Alvarado Palacios; el segundo, de
catorce punto catorce metros; colindando con José Venutolo Santimone;
y el tercero, de veintisiete punto treinta y cinco metros, colindando con
propiedad de Marco Antonio Bonilla; AL SUR: en dos tramos; siendo
el primero de noventa y uno punto ochenta y cinco metros, y el segundo
de trece punto ochenta metros, colindante con Iglesia Evangélica El Dios
de Israel; AL PONIENTE: un tramo de ochenta y dos punto setenta y
cinco metros, colindante con Joaquín Humberto Campos Jovel, María
Joaquina Santamaría viuda de Durán y Petrona González viuda de Áreas;
Avenida Morazán de por medio. Que dicho bien inmueble lo obtuvo
por compraventa que hizo al señor José María Ayala Pérez, conocido
por José Ayala, ya fallecido, agregando la interesada que tiene más de
treinta años de posesión. El mencionado inmueble lo valúa en la cantidad
de VEINTIOCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
NORTE AMERICA.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal de San Martín, a los veinte días del mes de
Noviembre de dos mil nueve.- Dr. MARIO ERNESTO GONZALES
LARIOS, ALCALDE MUNICIPAL.- Lic. JAIME GIOVANNY SU-
ZAÑA CAMPOS, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F036215-2
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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor
FRANCISCO MIRANDA ESCOBAR, mayor de edad, Obrero, de este
domicilio, solicitando para sí, Título de Propiedad de un inmueble rústico
situado en el Cantón Meléndez de esta jurisdicción, constante de TRES
MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PUNTO VEINTISIETE
METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL
NORTE: mide noventa y siete metros; lindando con terreno de María
Reyna López Alfaro; AL ORIENTE: mide cuarenta y cuatro punto treinta
metros, lindando con terreno de Julio Miranda Alas y Francisco Ruano
Miranda, calle de por medio; AL SUR: mide noventa y siete punto no-
venta metros; lindando con Francisco Miranda Ruano hoy Julio Ruano
Granados; y AL PONIENTE: mide treinta y dos punto veinte metros,
lindando con propiedad de Francisco Ruano Miranda hoy Gertrudis
Ruano Granados, calle de por medio. Este inmueble lo adquirió por
compra que le efectuó a los señores María Dolores Campos Hernández
y Oscar Ernesto Campos, el día veinticinco de agosto del año dos mil
nueve; y lo valora en CUATRO MIL DOLARES de los Estados Unidos
de América. Siendo todos los colindantes de este domicilio.
ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN JOSE GUAYABAL, a los
once días del mes de Diciembre del dos mil nueve.- Ing. MAURICIO
ARTURO VILANOVA VAQUERO, ALCALDE MUNICIPAL.-
MIRIAN ESTELA MELARA, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F036235-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora
ROSA AMELIA PREZA DE ARTEAGA, mayor de edad, Estudian-
te, de este domicilio, solicitando para sí, Título de Propiedad de dos
inmuebles rústicos: El Primero: situado en el Cantón El Salitre de
esta jurisdicción, constante de CIENTO SEIS MIL TRESCIENTOS
VEINTITRES PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS, de
las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: mide trescientos
ochenta y cinco metros; lindando con terreno de Isabel Cuéllar García
y Lorenzo Cuéllar Miranda; AL ORIENTE: mide doscientos sesenta y
un metros, lindando con terreno de José Estanislao Rivas, Félix de Jesús
Orellana y María Tránsito Escamilla López; AL SUR: mide doscientos
veintiocho metros; linda con terreno de los señores Regino Rivas, Rosa
Rivas, José Alberto Rivas, María Otilia Rivas de Rivas y José Daniel
Rivas, camino vecinal de por medio; y AL PONIENTE: mide setecientos
cinco punto cincuenta y cinco metros, con propiedad de Catalina Tobar,
Fedelia Miranda, Pedro Palacios Miranda, Antonia Palacios García,
María Inés Palacios Miranda y Julio Palacios Miranda. Este inmueble
lo adquirió por compra que le efectuó a los señores José Rutilio Rivas
Tobar y José Elías Rivas Tobar, el día siete de julio de dos mil seis.
El segundo: está situado en el Cantón La Cruz, constante de TRECE
MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS PUNTO CUARENTA Y SEIS
METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE: mide ochenta y siete punto sesenta metros; lindando con
terrenos de Rosa Rivas, José Alberto Rivas, María Otilia Rivas de Rivas
y José Daniel Rivas; AL ORIENTE: mide ciento sesenta y siete punto
trece metros, lindando con terreno de Regino Rivas, Tránsito Castillo
viuda de Rivas, Rosario Rivas, Juan Vicente Rivas y María Natividad
Rivas; AL SUR: mide ciento veintiuno punto cero cuatro metros; linda
con terreno de Manuel Angel Cuéllar García; y AL PONIENTE: mide
ciento dos metros, con propiedad de María Luisa Escamilla de Miranda,
camino vecinal de por medio. Este inmueble lo adquirió por compra que
le hizo al señor José Marcelino Escamilla, el día siete de julio de dos mil
seis; y los valora en conjunto en CINCO MIL DOLARES de los Estados
Unidos de América. Siendo todos los colindantes de este domicilio.
ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN JOSE GUAYABAL, a los
dieciocho días del mes de Agosto del dos mil nueve.- Ing. MAURICIO
ARTURO VILANOVA VAQUERO, ALCALDE MUNICIPAL.-
MIRIAN ESTELA MELARA, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F036237-2
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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
TITULO SUPLETORIO
MARIO RAFAEL SALAZAR GUERRA, Notario del domicilio de la
ciudad de Atiquizaya y de Santa Ana, con ofi cina profesional situada
en Calle Central Cornelio Azenón Sierra número uno - noventa y dos,
Barrio El Centro de la ciudad de Atiquizaya; AL PUBLICO.
HACE SABER: Para los efectos legales que ante mis ofi cios
Notariales se ha presentado el señor MARIO REMBERTO LUNA
CARCAMO, quien es de sesenta y seis años de edad, Profesor de Edu-
cación Básica primero y segundo ciclo, del domicilio de la población
de San Lorenzo, persona a quien conozco pero además lo identifi co por
medio de su Documento Unico de Identidad número cero dos cero cero
cinco dos nueve seis - dos, en su calidad de Síndico Municipal de la
ALCALDIA MUNICIPAL DE LA POBLACION DE SAN LOREN-
ZO, con Número de Identifi cación Tributaria cero ciento nueve - cero
once mil setenta y nueve - cero cero uno-nueve; solicitando TITULO
SUPLETORIO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD A LA QUE
REPRESENTA, de un predio de naturaleza rústica, el cual se encuen-
tra situado en el cantón Guascota, caserío Los Peñate, de la población
de San Lorenzo, lugar donde se encuentra situada la CANCHA DE
FUTBOL DEL CASERIO LOS PEÑATE, de una extensión superfi cial
de CINCO MIL CUATROCIENTOS SIETE PUNTO SETENTA Y
NUEVE METROS CUADRADOS, con las colindancias siguientes: AL
NORTE: linda con propiedad de Leonel Antonio Castro; AL ORIENTE:
linda con propiedades de Nellys del Carmen Tobar y de Rafael Alfonso
Magarín; AL SUR: linda con propiedad de David Alfonso Magarín; y AL
PONIENTE: linda con propiedad de María Angélica Martínez. Que el
predio así descrito no es sirviente, ni está en proindivisión con ninguna
persona, ni tienen cargas que deban respetarse. Todos los colindantes
son del mismo domicilio, que el inmueble propiedad de la municipali-
dad fue adquirido por compraventa realizada a la señora ROSA ENMA
MORAN DE MAGARIN, y de la cual la municipalidad no posee ningún
documento del inmueble, pero la posesión ha durado por un espacio de
más de cincuenta años consecutivos de buena fe, quieta y pacífi ca, en
forma continua sin interrupción alguna. Y que desde esa fecha hasta este
día se valúa el inmueble descrito y a titularse en la cantidad de TRES
MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Que
por carecer de Título inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz respec-
tiva a favor de la municipalidad, por este medio y en el carácter en que
actúa, el señor MARIO REMBERTO LUNA CARCAMO viene ante
mis ofi cios Notariales para que de conformidad con lo establecido en el
Artículo DIECISEIS DE LA LEY DEL EJERCICIO NOTARIAL DE
LA JURISDICCION VOLUNTARIA Y DE OTRAS DILIGENCIAS
y seguidos que sean los trámites que la misma señala, se le extienda a
favor de la municipalidad a la cual representa en su carácter de Síndico
Municipal el TITULO SUPLETORIO que solicita.
Librado en la ofi cina de Abogacía y Notariado de la ciudad de
Atiquizaya, a los dieciocho días del mes de Noviembre del año dos mil
nueve.
Lic. MARIO RAFAEL SALAZAR GUERRA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F036145-2
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA,
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, la Licenciada
RHINA ESTHER RIVAS RODRIGUEZ, como Apoderada General
Judicial del señor WALBERTO ALEXANDER ARGUETA SORTO,
a solicitar a su favor título Supletorio, sobre un terreno de naturaleza
rústica, situado en el Cantón Cerro El Coyol, Jurisdicción de Osicala,
Departamento de Morazán; de la capacidad superfi cial de DOSCIEN-
TOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y
colindancias siguientes: AL ORIENTE, veintitrés metros, linda con José
Horacio Sorto Barrera; AL NORTE, trece metros, con Carlos Mauricio
García Menjívar, AL PONIENTE, veinte metros con Jaime Leonardo
Portillo Romero y carretera de por medio; AL SUR, dieciséis metros,
con María Victoria Martínez. El inmueble antes descrito lo adquirió por
Compra que le hizo a la señora MARIA SANTOS SORTO RAMIREZ;
se estima en el precio de MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, Morazán, a las quince horas del día once de Diciembre del dos
mil nueve. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA
GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036195-2
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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1978000102
No. de Presentación: 20090131018
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO
INTERIANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT que se
abrevia: BAYER AG, del domicilio de LEVERKUSEN, REPÚBLICA
FEDERAL DE ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00060 del Libro 00081
de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra SPOT-ON;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los cinco días del mes de enero del año dos mil diez.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000289-2
No. de Expediente: 1978000093
No. de Presentación: 20090131017
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO
INTERIANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT que se
abrevia: BAYER AG, del domicilio de LEVERKUSEN, REPUBLlCA
FEDERAL DE ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00061 del Libro 00081
de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra CUPRAVIT;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los cinco días del mes de enero del año dos mil diez.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000290-2
No. de Expediente: 1997001048
No. de Presentación: 20090120577
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RENE
SALOMON PORTILLO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de TALLERES
CONQUISTADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-
BLE que se abrevia: TALLERES CONQUISTADOR S. A. DE C. V.,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00017 del Libro
00090 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión
“CONQUISTADOR”, y diseño. La expresión “CONQUISTADOR”,
se encuentra escrita en letras de molde mayúsculas, sombreadas, escrita
con diseño especial, la cual se encuentra al margen derecho (vista la
hoja de frente) de la fi gura que a continuación se describe; consiste en
un caballero vestido con una armadura, en su cabeza tiene un casco
con penacho, el caballero tiene su brazo derecho alzado empuñando
una espada; se encuentra montado sobre un caballo que ha detenido la
marcha en lo que pudiera ser la cima de una montaña, el caballo tiene
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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
una gualdrapa con un escudo que tiene la fi gura de una cruz; que ampara
productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 16 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de julio del año dos mil
nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036125-2
MARCA DE FABRICA
No. de Expediente: 2009098035
No. de Presentación: 20090130981
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO
INTERIANO, en su calidad de APODERADO de BAYER AKTIEN-
GESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG, de nacionalidad
ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO,
DRASTIC DEADLINE
Consistente en: las palabras DRASTIC DEADLINE traducidas al
castellano como Plazo Drástico, que servirá para: AMPARAR: PREPA-
RACIONES VETERINARIAS: INSECTICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de diciembre del año dos mil nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000291-2
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Concepción Batres, So-
ciedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable,
en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos doscientos veintitrés y
doscientos veintiocho, del Código de Comercio y a las cláusulas décima
novena y vigésima segunda de la Escritura de Constitución de la Caja,
CONVOCA, a los Representantes de Acciones y demás Socios de la
misma, a la celebración de la JUNTA GENERAL ORDINARIA DE
ACCIONISTAS, a realizarse en el Auditórium Ingeniero Ángel García
Flores del Edifi cio Social de la Caja de Crédito, ubicado en la segunda
calle oriente No. 6 del Barrio San Antonio de Concepción Batres, Depar-
tamento de Usulután, el día sábado trece de febrero del dos mil diez, a
partir de las nueve horas en primera convocatoria, en caso de no integrarse
el Quórum Legal correspondiente, se hace segunda convocatoria para
el día domingo catorce de febrero del dos mil diez, a la misma hora y
en el local antes señalado.
La Junta General se integrará con las formalidades que establecen
el Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y
resolver los puntos que contienen la siguiente agenda:
AGENDA.
1- Integración del Quórum de presencia.
2- Elección de los Representantes de Acciones que hubieren
concluido su periodo y de los que faltaren, por las causas
que expresa la cláusula vigésima primera de la Escritura de
Constitución de la Caja.
3- Integración del Quórum Legal.
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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
4- Presentación y discusión de la Memoria anual de labores
de la Caja, el Balance General al 31 de diciembre del 2009,
el Estado de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de
diciembre del 2009, el estado de cambios en el patrimonio
al 31 de diciembre de 2009, el Informe del Auditor Externo,
a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las
medidas que juzgue oportunas.
5- Aplicación de los Resultados del ejercicio.
6- Retiro de socios de acuerdo a disposiciones legales.
7- Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y su respectivo
suplente y fi jación de sus honorarios.
8- Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.
9- Ratifi cación de la continuación en funciones de la actual Junta
Directiva y adecuación del plazo, conforme a lo acordado en
Asamblea General Extraordinaria, celebrada el diecinueve
de septiembre del dos mil nueve, en la que se aprobó la
modifi cación al Pacto Social.
El Quórum para resolver los puntos de la agenda a tratar en la Junta
General Ordinaria, se integrará de conformidad a los Artículos doscientos
cuarenta y doscientos cuarenta y uno del Código de Comercio.
Concepción Batres, 12 de enero de 2010.
EDGAR ANTONIO DE LA O GARAY,
DIRECTOR PRESIDENTE.
ALFREDO IVAN ANGULO CASTRO,
DIRECTOR SECRETARIO.
Lic. EDGAR GUSTAVO RODRIGUEZ PARADA,
DIRECTOR PROPIETARIO.
3 v. alt. No. C000272-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de ASEGURADORA SUIZA SALVADOREÑA,
S.A., convoca a los señores accionistas a JUNTA GENERAL ORDI-
NARIA Y EXTRAORDINARIA, a celebrarse en Primera Convocatoria
el día miércoles diez de febrero de dos mil diez, a partir de las diecisiete
horas, en las ofi cinas de la Sociedad ubicadas en el Edifi cio ASESUISA,
Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo y Calle La Reforma, Colonia San
Benito, de esta ciudad, para conocer y resolver lo siguiente:
ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO
1. Lectura del Acta anterior;
2. Memoria de Labores de la Junta Directiva, Balance General,
Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio e
Informe del Auditor Externo, todos correspondientes al ejer-
cicio económico que fi nalizó el 31 de diciembre de 2009;
3. Aplicación de resultados;
4. Autorizaciones de acuerdo con el Art. 275 del Código de
Comercio;
5. Nombramiento de los Auditores Externo y Fiscal y fi jación
de sus emolumentos;
6. Varios.
ASUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO
1. Modifi cación del Pacto Social;
2. Nombramiento de ejecutores especiales.
De no existir el quórum necesario en la primera fecha de la convo-
catoria, conforme se detalla a continuación, por este medio se convoca
en segunda convocatoria, para las diecisiete horas del jueves once de
febrero de dos mil diez, en el mismo lugar, para celebrar la Junta y
conocer los puntos de agenda antes señalados.
Para conocer los puntos de carácter ordinario en la primera fecha
de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas por lo menos
más de la mitad de las acciones en que se divide el capital social y en
segunda convocatoria, la junta se considerará válidamente constituida
cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y se
tomará resolución con más de la mitad de los votos concurrentes, tanto
en primera como en segunda convocatoria.
Para conocer los puntos de carácter extraordinario en la primera
fecha de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas por lo
menos las tres cuartas partes de las acciones en que se divide el capital
social e igual proporción de éstas para resolver, y en segunda convocatoria,
será necesaria la concurrencia de la mitad más una de las acciones que
componen el capital social y se tomará resolución con las tres cuartas
partes de las acciones presentes.
San Salvador, 11 de enero de 2010.
RAFAEL BARRAZA,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000273-2
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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de ASESUISA VIDA, S.A., Seguros de Personas,
convoca a los señores accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA
Y EXTRAORDINARIA, a celebrarse en Primera Convocatoria el
día miércoles diez de febrero de dos mil diez, a partir de las dieciséis
horas con treinta minutos, en las ofi cinas de la Sociedad ubicadas en el
Edifi cio ASESUISA, Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo y Calle La
Reforma, Colonia San Benito, de esta ciudad, para conocer y resolver
lo siguiente:
ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO
1. Lectura del Acta anterior;
2. Memoria de Labores de la Junta Directiva, Balance General,
Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio
e Informe del Auditor, todos correspondientes al ejercicio
económico que fi nalizó el 31 de diciembre de 2009;
3. Aplicación de resultados;
4. Autorizaciones de acuerdo con el Art. 275 del Código de
Comercio;
5. Nombramiento de los Auditores Externo y Fiscal y fi jación
de sus emolumentos;
6. Varios.
ASUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO
1. Modifi cación del Pacto Social;
2. Nombramiento de ejecutores especiales.
De no existir el quórum necesario en la primera fecha de la convo-
catoria, conforme se detalla a continuación, por este medio se convoca
en segunda convocatoria, para las dieciséis horas con treinta minutos del
jueves once de febrero de dos mil diez, en el mismo lugar, para celebrar
la Junta y conocer los puntos de agenda antes señalados.
Para conocer los puntos de carácter ordinario en la primera fecha
de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas por lo menos
más de la mitad de las acciones en que se divide el capital social y en
segunda convocatoria, la junta se considerará válidamente constituida
cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y se
tomará resolución con más de la mitad de los votos concurrentes, tanto
en primera como en segunda convocatoria.
Para conocer los puntos de carácter extraordinario en la primera
fecha de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas por lo
menos las tres cuartas partes de las acciones en que se divide el capital
social e igual proporción de éstas para resolver, y en segunda convocatoria,
será necesaria la concurrencia de la mitad más una de las acciones que
componen el capital social y se tomará resolución con las tres cuartas
partes de las acciones presentes.
San Salvador, 11 de enero de 2010.
RAFAEL BARRAZA,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000274-2
CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL
ORDINARIA DE ACCIONISTAS.
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Armenia, Sociedad Cooperativa
de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento a los
Artículos 223 y 228 del Código de Comercio Vigente y de acuerdo con
la Escritura de Constitución, convoca a los Representantes de Acciones
y demás socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de
Accionistas que se celebrará a partir de las catorce horas del día sábado
veinte de febrero de dos mil diez, en las instalaciones del Centro Escolar
Alberto Guerra Trigueros, ubicadas en 3a. Avenida Sur, No. 10, Armenia,
en primera convocatoria. En caso de no integrarse el quórum legal corres-
pondiente, se hace segunda convocatoria para el día domingo veintiuno
de febrero de dos mil diez, a la hora y local antes señalados.
Dicha Junta General de Accionistas se constituirá con las formali-
dades que establece el Pacto Social de esta Caja de Crédito y el Código
de Comercio, para conocer y resolver los puntos que contiene la agenda
siguiente:
AGENDA.
1- Integración del quórum de asistencia.
2- Elección de los Representantes de Acciones que hubieren
concluido su período y los que faltaren por las causas que
expresan las cláusulas vigésima y vigésima primera de la
Escritura de Constitución de esta Caja de Crédito.
3- Integración del quórum legal.
4- Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores,
del Balance General al 31 de diciembre de 2009, del Estado
de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de diciembre
de 2009, el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de
diciembre de 2009, y el informe del Auditor Externo a fi n de
aprobar o desaprobar los cuatro primeros y tomar las medidas
que juzguen oportunas.
5- Aplicación de los Resultados del Ejercicio.
6- Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.
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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
7- Exclusión de Socios de acuerdo a la cláusula séptima de
Escritura de Constitución.
8- Presentación de Presupuestos y Plan Operativo para el
2010.
9- Elección del Auditor Externo y su respectivo suplente y
fi jación de sus honorarios.
10- Elección del Auditor Fiscal y su respectivo suplente y fi jación
de sus honorarios.
11- Fijación de Dietas a los miembros de la Junta Directiva.
El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará de
conformidad a los artículos 240 y 241 del Código de Comercio vigen-
te.
Armenia, 11 de enero de 2010.
Ing. GERMAN OSWALDO LOPEZ,
DIRECTOR PRESIDENTE.
MARIA LIDIA MALDONADO,
DIRECTORA SECRETARIA.
JORGE MARIO CASTELLANOS,
DIRECTOR PROPIETARIO.
3 v. alt. No. C000275-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva del Banco Izalqueño de Los Trabajadores, Sociedad
Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, de con-
formidad con lo dispuesto en las Cláusulas Décima Octava, Décima
Novena, Vigésima, Vigésima Primera de su Pacto Social, relacionadas
con los artículos doscientos veintitrés, doscientos veintiocho, doscientos
veintinueve y doscientos cuarenta y doscientos cuarenta y uno del Código
de Comercio, y Artículo ciento cuarenta y siete “A”: de la Ley de Bancos
Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito, CONVOCA a sus So-
cios a la celebración de JUNTA GENERAL ORDINARIA a celebrarse
a partir de las catorce horas del día Doce de Febrero del año 2010, en el
edifi cio social de la Agencia del Banco Izalqueño de Los Trabajadores,
ubicado en la 3a. Av. Norte y 1a. Calle Oriente, de la Ciudad de Santa
Tecla, Departamento de La Libertad, en primera convocatoria, y a las
dieciséis horas del mismo día, en segunda convocatoria.
La Junta General Ordinaria se integrará conforme lo establece la
Cláusula Décima Novena del Pacto Social del Banco, en relación con el
Artículo Doscientos Cuarenta y Doscientos Cuarenta y Uno del Código
de Comercio.
Si no se estableciera el quórum en la fecha y hora señalada para la
primera convocatoria, se constituirá válidamente en segunda convocatoria
cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas.
Los Puntos que se conocerán y resolverán son los contenidos en
la siguiente AGENDA:
PUNTOS A TRATAR:
1- Integración del Quórum.
2- Apertura de La Sesión.
3- Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores
del Banco; el Balance General al 31-12-2009; el Estado de
Resultados del 1 de Enero al 31 de Diciembre del año 2009,
El Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre
de 2009, y el Informe del Auditor Externo; a fi n de aprobar
o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que se
juzguen oportunas.
4- Aplicación de los Resultados del Ejercicio.
5- Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el
año 2010.
6- Renuncia de Socios.
7- Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal, y sus respec-
tivos suplentes y fi jación de sus emolumentos.
8- Fijación de Dietas a los miembros de La Junta Directiva.
La junta General Ordinaria, se integra con 1,280,151 acciones
presentes o representadas.
El quórum legal necesario para celebrar la sesión de Junta General
Ordinaria en primera convocatoria es de la mitad más uno de la totalidad
de las acciones presentes o representadas y las resoluciones se tomarán
válidamente con el voto de la mayoría de los presentes.
Si no se estableciera el quórum legal a la hora señalada para la
primera convocatoria, la junta se celebrará en segunda convocatoria
dos horas después, cualquiera que sea el número de acciones presentes
o representadas, y las resoluciones se tomarán válidamente con la mitad
más uno de los votos presentes.
Izalco, doce de enero de año dos mil diez.
Ing. FRANCISCO DAVID GONZALEZ RIVERA,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C000285-2
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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA
DE ACCIONISTAS
La Junta Directiva de Central de Depósito de Valores, S.A. de C. V., CONVOCA a sus accionistas a Junta General Ordinaria de Accionistas, para conocer asuntos de carácter ordinario, a celebrarse en el Salón Mesoamérica I del Hotel Radisson Plaza, ubicado en 11a. Calle Poniente y 89 Avenida Norte, Colonia Escalón, San Salvador, el día miércoles 17 de febrero de 2010, de las 15:00 horas en adelante, en primera convocatoria.
Junta General Ordinaria. El quórum para celebrar esta Junta Ge-neral Ordinaria, en primera convocatoria, será de veinticinco mil uno (25,001), presentes o legalmente representadas, o sea la mitad más una del total; y las resoluciones serán válidas al ser tomadas por la mayoría de las acciones presentes o representadas.
La agenda para esta Junta será la siguiente:
1. Lectura del acta anterior;
2. Presentación de la Memoria de Labores correspondiente al año 2009;
3. Presentación de los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2009;
4. Informe del Auditor Externo;
5. Nombramiento de Auditor Externo, fi jación de sus emolu-mentos y designación de Suplente;
6. Nombramiento de Auditor Fiscal, fi jación de sus emolumentos, y designación de Suplente;
7. Nombramiento de Director Suplente por plaza vacante;
8. Aplicación de Utilidades;
9. Varios.
Segunda Convocatoria. En caso de no existir el quórum indicado para celebrar la Junta General Ordinaria, se invita a los accionistas para celebrarlas en segunda convocatoria, el día jueves 18 de febrero de 2010, de las 17:00 horas en adelante, en las ofi cinas de Central de Depósito de Valores, S.A. de C. V., ubicadas en Boulevard Merliot y Avenida Las Carretas, Urbanización Jardines de la Hacienda, Antiguo Cuscatlán, La Libertad.
Quórum. La Junta General Ordinaria, reunida en segunda con-vocatoria, se llevará a cabo cualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas y las resoluciones serán válidas por mayoría de los votos presentes.
Antiguo Cuscatlán, 11 de enero de dos mil diez.
JOSÉ MARIANO NOVOA FLORES,
PRESIDENTE-REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. C000317-2
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA
DE ACCIONISTAS
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Tonacatepeque, So-ciedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, constituida conforme lo establecen sus Estatutos y en cumplimiento a la atribución que le confi ere la Cláusula Vigésima Segunda de su Escritura de Modifi cación a la Escritura de Constitución, que se constituye en su pacto social vigente convoca a los representantes de acciones y demás socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas a partir de las nueve horas del día domingo 7 de febrero del año dos mil diez, en el local de la Caja de Crédito de Tonacatepeque, en primera convocatoria; en caso de no integrarse el Quórum Legal correspondiente, se establece segunda convocatoria para el día domingo 14 de febrero del dos mil diez a la hora y en el local antes señalado.
Dicha Junta se constituirá con las formalidades que establecen las Cláusulas 19ª, 20ª, 21ª, 22ª, 24ª, 25ª, 26ª y 28ª, de la escritura de modifi cación a la Escritura de Constitución ya citada y los Artículos 223, 228 y 229 Sección "C", Capítulo VII, Título II, del libro primero del Código de Comercio vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene la Agenda.
AGENDA
1- Integración del quórum de presencia.
2- Elección de los representantes de acciones que hubieren concluido su período y de los que faltaren por las causas que expresan las Cláusulas Vigésima, Vigésima Primera y Trigésima Primera de la Escritura de Modifi cación a la Escritura de Constitución de la caja.
3- Integración del quórum legal.
4- Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores de la caja; del Balance General al 31 de diciembre de 2009; del Estado de resultados del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, el Estado de cambios en el patrimonio al 31 de di-ciembre del 2009 y el informe del Auditor Externo, a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.
5- Aplicación de los resultados del ejercicio.
6- Retiro de socios de acuerdo a las disposiciones legales.
7- Elección del Auditor Externo y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.
8- Elección del Auditor Fiscal y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.
9- Reposición de miembros de la Junta Directiva.
10- Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.
El Quórum Legal se integrará con quince de los veintiocho repre-sentantes de acciones que forman la Junta General Ordinaria en primera convocatoria de conformidad a los Artículos 240 y 241 del Código de Comercio y con los representantes de acciones presentes en segunda convocatoria, de acuerdo al pacto social vigente.
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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
En la ciudad de Tonacatepeque, del Departamento de San Salvador, a los trece días del mes de enero del dos mil diez.
GILBERTO GERMAN ABARCA,
PRESIDENTE.
JUAN JOSE GUZMAN QUIJANO,
SECRETARIO.
OSCAR EDGARDO ELIAS FUENTES,
DIRECTOR PROPIETARIO.
3 v. alt. No. C000419-2
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA
Y EXTRAORDINARIA
La Junta Directiva de la Cooperativa Ex Banco Cuscatlán, de R.L., convoca a los señores Accionistas para celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria, a las dieciséis horas y treinta minutos del día miércoles diez de febrero de dos mil diez, en las instalaciones del Edifi cio Pirámide del Banco Citibank de El Salvador, S.A., situadas en el Kilómetro 10 Carretera a Santa Tecla, para tratar los puntos siguientes:
PUNTOS ORDINARIOS:
AGENDA
I. Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y Presentación de Estados Financieros del Ejercicio Económico del año 2009.
II. Dictamen e Informe del Auditor Externo.
III. Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y de Estados Financieros del Ejercicio Económico del año 2009.
IV. Aplicación y Distribución de Utilidades.
V. Nombramiento del Auditor Externo con su respectivo suplente y fi jación de sus emolumentos.
VI. Nombramiento del Auditor Fiscal con su respectivo suplente y fi jación de sus emolumentos.
VII. Elección de Junta Directiva período 2010/2013.
VIII. Varios:
PUNTOS EXTRAORDINARIOS:
I. Modifi cación al Pacto Social.
II. Designación de Ejecutores Especiales.
El quórum legal necesario para conocer los asuntos de carácter Ordinario, será de la mitad más uno de los accionistas, y las resoluciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes.
El quórum legal necesario para conocer los asuntos de carácter Extraordinarios, en primera convocatoria según lo establecido en el artículo doscientos cuarenta y tres del Código de Comercio, será de las tres cuartas partes de los accionistas de la Sociedad, y para formar resoluciones se necesitará igual proporción.
En caso de no reunirse quórum a la hora del día señalado, se convoca para el día jueves once de febrero del mismo año, a la misma hora y lugar, en segunda convocatoria. En tal caso el quórum necesario para conocer de los asuntos de carácter Ordinario será con el número de accionistas presentes y representados, y las resoluciones se tomarán por la mayoría de los votos presentes. Para conocer de los asuntos de carácter Extraordinario, en esta segunda Convocatoria el quórum necesario será de la mitad más uno de los accionistas. El número de votos necesarios para tomar resolución en estos casos, serán las tres cuartas partes de los accionistas presentes.
Santa Tecla, veintiuno de diciembre de 2009.-
LIC. REINA NATIVIDAD MAYORA,
DIRECTORA SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036112-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de San Francisco Gotera, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Varia-ble, en cumplimiento a los Artículos Números Doscientos Veintitrés, y Doscientos Veintiocho del Código de Comercio vigente, y de acuerdo a la Cláusula Vigésima Cuarta del Pacto Social vigente de esta Caja de Crédito, convoca a los Representantes de Acciones y demás Socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas a partir de las Nueve Horas del día Siete de Febrero de Dos Mil Diez, en el Auditórium "Señor Pablo Martín Martínez Ortez", Edifi cio Social de la Caja de Crédito, en primera convocatoria y en caso de no integrarse el Quórum Legal correspondiente, se hace Segunda Convocatoria para el día Catorce de Febrero de los corrientes a la hora y local antes señalado.
La Junta General se constituirá con las formalidades que establecen las Cláusulas Décimo Noveno y Vigésima, del Pacto Social vigente de la Caja, y el Artículo Doscientos Cuarenta del Código de Comercio, para conocer y resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:
AGENDA
1.- Integración del Quórum de asistencia.
2.- Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluido su período y de los que faltaren por las causas que expresa la Cláusula Vigésima Primera del Pacto Social vigente de la Caja.
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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
3.- Integración del Quórum Legal.
4.- Presentación y Discusión de la Memoria Anual de Labores de la Caja, del Balance General al 31 de Diciembre de 2009; del Estado de Pérdidas y Ganancias del 01 de Enero al 31 de Diciembre de 2009; el Estado al cambio en el Patrimonio al 31-12-2009; el Informe del Auditor Externo a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar medidas que juzguen oportunas.
5.- Aplicación de los resultados del Ejercicio.
6.- Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.
7.- Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el 2010.
8.- Elección del Auditor Externo, con su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.
9.- Elección del Auditor Fiscal, con su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.
10.- Fijación de Dietas a los Miembros de la Junta Directiva.
El Quórum Legal se integrará con quince de los veintiocho repre-sentantes de Acciones y que forman la Asamblea General de Accionistas, según lo estable la Cláusula Vigésimo Sexto del Pacto Social vigente de esta Caja de Crédito.
San Francisco Gotera, 11 de Enero de 2010.
JUAN FRANCISCO VALENZUELA O.,
DIRECTOR PRESIDENTE.
ROSA ORALIA GONZALEZ,
DIRECTORA SECRETARIA.
JUAN JESUS PEREZ ZELAYA,
DIRECTOR PROPIETARIO.
3 v. alt. No. F036121-2
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA
Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DEL
PRIMER BANCO DE LOS TRABAJADORES.
La Junta Directiva del PRIMER BANCO DE LOS TRABAJA-DORES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en cumplimiento a lo dispuesto en la Cláusula Vigésima Cuarta, y Trigésima, de la modifi cación al Pacto Social del Banco; artículo ciento cuarenta y siete-A de la Ley de Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Créditos; y de los artículos doscientos veintitrés, doscientos veinticuatro, doscientos veinticinco, doscientos veintiocho, doscientos treinta, doscientos cuarenta y dos,
y doscientos cuarenta y tres del Código de Comercio, CONVOCA a sus accionistas a Junta General Ordinaria en Primera Convocatoria, a celebrarse el día 19 de febrero del 2010, a partir de las 17:00 horas en el Hotel Holiday Inn, San Salvador, Salón Santa Elena, ubicado en Ur-banización y Boulevard Santa Elena, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad. En caso de no integrarse el quórum legal correspondiente a la hora y fecha señalada, se establece Segunda Convocatoria a partir de las 19:00 en el mismo lugar indicado para la
primera convocatoria.
Inmediatamente que haya concluido la Junta General Ordinaria en
Segunda Convocatoria, CONVOCA a sus accionistas a Junta General
Extraordinaria en TERCERA convocatoria en el mismo lugar indicado
para la primera y segunda convocatoria de la Junta General Ordinaria,
ya celebradas.
AGENDA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA
I. Integración de Quórum;
II. Presentación de la Memoria Anual de Labores del Banco;
del Balance General al 31 de Diciembre del 2009; del Estado
de Resultados del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009;
del Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de Diciembre
del 2009; e informe del Auditor Externo; a fi n de aprobar
o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que se
juzguen oportunas;
III. Aplicación de resultados del Ejercicio;
IV. Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones del
2010;
V. Redención de Capital Social;
VI. Elección del Auditor Externo, del Auditor Fiscal, sus respec-
tivos suplentes y fi jación de sus honorarios;
VII. Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.
La Junta General Ordinaria se considerará legalmente constituida
en PRIMERA convocatoria al encontrarse presentes y representados la
mitad más uno de los accionistas del Banco, y las resoluciones serán
válidas con la mayoría de los votos presentes y representados. En SE-
GUNDA convocatoria por falta de quórum necesario para realizarla en
la primera, se considerará legalmente instalada, con cualesquiera que sea
el número de accionistas presentes y representados y sus resoluciones
serán válidas con la mayoría de votos.
AGENDA DE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA EN TERCERA
CONVOCATORIA
I. Integración de Quórum;
II. Modifi caciones al Pacto Social, así:
1. Modifi caciones al Pacto Social;
2. Recomposición del patrimonio por adecuación del valor
nominal de las acciones a lo dispuesto en la última
reforma del Código de Comercio;
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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
3. Aumento del Capital Social Mínimo, en cuanto al valor
y número de Acciones que representan el Capital Social
Mínimo, como consecuencia de la adecuación del valor
nominal de las acciones, según lo dispone la última
reforma del Código de Comercio.
III. Designación de Ejecutor(es) especial(es) del acuerdo de
modifi cación del Pacto Social del Primer Banco de los Tra-
bajadores.
La Junta General Extraordinaria se considerará legalmente cons-
tituida en TERCERA CONVOCATORIA y será válida con cualquiera
que sea el número de socios asistentes y representados y sus resoluciones
serán aprobadas con la mayoría de votos.
San Salvador, 11 de enero de 2010.
LICDO. MIGUEL ANGEL SERVELLON GUERRERO,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F036163-2
SUBASTA PÚBLICA
EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTA-
MENTO DE CABAÑAS, LICENCIADO JOSE ANGEL POSADA
CISNEROS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por auto proveído por este Juzgado, a las
catorce horas del día veinticinco de noviembre del corriente año, se ha
ordenado la VENTA EN PÚBLICA SUBASTA, de un inmueble rústico,
sin número, situado en el Sector Oriente, del Barrio Los Remedios, de esta
ciudad, en la parte denominada Cerro Grande, de una extensión superfi -
cial de DOSCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS,
que corresponden a una parte de la primer porción del inmueble, que
ha sido fraccionado en dos partes de su misma naturaleza y situación,
inscrito al número 116 del Tomo 403 y traslado al Sistema de Folio Real
Automatizado, bajo la Matrícula 45007942-00000, la primer parte y al
45007943-00000 la segunda parte o porción, del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro de San Vicente,
inscrito a favor del señor JOSE EFRAIN HENRIQUEZ CASTRO; la
cual tenía originalmente quinientos noventa y nueve metros cuadrados
sesenta decímetros cuadrados de superfi cie, y tiene una hipoteca a favor
del Banco Agrícola Sociedad Anónima, por lo que libre de gravamen
tiene cuatrocientos dieciséis punto veintinueve metros cuadrados, y al
Poniente de ese resto libre de gravamen separa la porción a hipotecar
de la misma naturaleza del todo, y situada en el mismo lugar, de dos-
cientos sesenta y dos metros cuadrados de superfi cie, que se describe:
"Inmueble de naturaleza rústica, que tiene construido un cuarto, techo de
lámina, paredes mixtas, piso encementado, con sus servicios de energía
eléctrica, y agua potable, con su respectivo tanque de almacenamiento
de agua, y dicha porción que hipoteca mide y linda: AL NORTE, veinte
metros, en parte del Norte del todo, en el tercer tramo de dicho rumbo,
línea recta imaginaria de división, con inmueble de Oscar Orellana;
AL PONIENTE, diez metros veinte centímetros, una calle de división,
con inmueble de José Efraín Henríquez Castro; AL SUR, en parte del
Sur del todo, en veinte metros, línea recta de división, con inmueble
de José Efraín Henríquez Castro, y Juan Francisco Henríquez Castro,
y AL ORIENTE, dieciséis metros, línea recta imaginaria con resto del
inmueble, que sigue quedando en el dominio del compareciente. La
porción de terreno embargada de la descrita como primera parte, le ha
sido embargado al señor JOSE EFRAIN HENRIQUEZ CASTRO, en
virtud de demanda de JUICIO CIVIL EJECUTIVO, número 10/08,
promovido por el Licenciado JOSE ARNULFO SALMERON CANI-
ZALEZ, como Apoderado General Judicial de la señora AMANDA
ISABEL VARGAS DE ACOSTA, en contra del señor JOSE EFRAIN
HENRIQUEZ CASTRO; reclamándole cantidad de dinero por capital,
más intereses y costas procesales; debiéndose realizar dicha venta en
este Juzgado.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a
los veinticinco días del mes de noviembre de dos mil nueve.- LIC. JOSE
ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-
BR. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No.F036141-2
LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO AGRICOLA, SOCIE-
DAD ANONIMA, que se abrevia BANCO AGRICOLA, S.A., y cuyos
nombres comerciales son BANCO AGRICOLA COMERCIAL DE EL
SALVADOR, BANCO AGRICOLA COMERCIAL o BANCO AGRI-
COLA o solamente EL AGRICOLA, contra los señores ROSA MARIA
GUADALUPE ESCALANTE NAVES y JOSE RAUL ARTEAGA,
conocido por JOSE RAUL ARTEAGA VILLALTA, reclamándoles
cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en pública subasta
en este Tribunal en fecha que oportunamente se determinará, el bien
inmueble embargado siguiente: "Un inmueble de naturaleza rústica ahora
en Urbanización situado en Jurisdicción de San Marcos, de este Depar-
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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
tamento que formó parte de la denominada Finca Santa María, y el cual
tiene la descripción Técnica siguiente: LOTE NUMERO CINCUENTA
Y UNO, BLOCK C, URBANIZACION SAN MARCOS. Partiendo de la
intersección de los ejes formados por la calle estacionamiento y Pasaje
número doce se mide sobre el eje de éste último con rumbo Norte, vein-
ticinco grados cuarenta y ocho punto cinco minutos Este, una distancia
de ochenta y ocho punto noventa y tres metros. Haciendo una estación de
este punto se hace una defl exión de noventa grados negativa y distancia
de dos puntos cincuenta metros se llega al vértice Sureste, de donde se
inicia la presente descripción: LADO SUR: tramo recto de doce punto
cincuenta metros con rumbo Norte, sesenta y cuatro grados once punto
cinco minutos Oeste lindando con lote número cincuenta y tres del Block
C; y se llega al vértice Suroeste. LADO PONIENTE: tramo recto de cinco
punto cero cero metros con rumbo Norte, veinticinco grados cuarenta
y ocho punto cinco minutos Este, lindando con lote número cincuenta
del Block C; y se llega al vértice Noreste. LADO NORTE: tramo recto
de doce punto cincuenta metros con rumbo Sur, sesenta y cuatro grados
once punto cinco minutos Este, lindando con lote número cincuenta y
nueve del Block C; y se llega al vértice Noroeste. LADO ORIENTE:
TRAMO RECTO DE CINCO PUNTO CERO CERO METROS con
rumbo Sur, veinticinco grados cuarenta y ocho punto cinco minutos
Oeste, lindando con lote número ocho del Block C, pasaje número doce
de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio y se llega al
vértice Sur Este, de donde se inició la presente descripción. El área del
lote descrito es de SESENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS
CUADRADOS, equivalentes a ochenta y nueve punto cuarenta y tres
varas cuadradas. El inmueble así descrito se encuentra inscrito a favor
de la señora ROSA MARIA GUADALUPE ESCALANTE NAVES,
bajo la Matrícula M SEIS CERO CERO OCHO CERO CINCO CERO
CINCO - CERO CERO CERO CERO CERO.
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la
subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad
Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de
libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u
otro documento similar.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San
Salvador, a las quince horas del día veinticinco de marzo de dos mil
nueve.- LIC. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. OSCAR EMILIO ZETINO
URBINA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036167-2
EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO
MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN
GENERAL.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido
por el Licenciado VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA,
como Apoderado General Judicial del BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD
ANONIMA; contra la señora MARTA JULIA TORRES DE MENJIVAR,
conocida por MARTA JULIA TORRES CORNEJO y por MARTA
JULIA TORRES CORNEJO DE MEJIVAR, se venderá en pública su-
basta en este Tribunal en hora y fecha que será señalada posteriormente
el inmueble que a continuación se describe: “UN INMUEBLE urbano,
identifi cado como Apartamento, marcado con el número veinticuatro de
la segunda planta o piso, del Edifi cio J del Condominio Centro Urbano
Lourdes, primera porción del Condominio C, situada en los suburbios
del Barrio San Esteban, de esta ciudad, con una superfi cie o área de
SESENTA Y UNO PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS,
y se describe así: sus paredes son de bloques prefabricados los cuales
tienen dos metros cincuenta centímetros de alto, cuenta con un balcón
de cuatro metros cinco centímetros de largo y un metro treinta y cinco
centímetros de ancho, haciendo una superfi cie o área del apartamento de
sesenta y uno punto cero siete metros cuadrados y un volumen de ciento
cincuenta y dos punto sesenta y ocho metros cúbicos, además consta de
sala, comedor, cocina, dos dormitorios, baño, balcón y un espacio para
tendederos, lavadero en la quinta planta. Dicho apartamento tiene las
medidas y linderos siguientes: AL NORTE, ocho metros setenta y ocho
centímetros, lindando con edifi cio L, espacio aéreo de la zona verde y
acera de circulación de por medio; AL ORIENTE, seis metros setenta
y cinco centímetros lindando con apartamento número treinta y cinco,
pared de por medio y con el espacio aéreo de zona verde y acera de
circulación; AL SUR, cinco tramos así: Tramo uno, dos metros setenta
centímetros, tramo dos, un metro treinta y cinco centímetros, tramo tres,
cuatro metros cinco centímetros, tramo cuatro, un metro treinta y cinco
centímetros, tramo cinco, un metro treinta y cinco centímetros, lindando
con los espacios aéreos de la gasolinera ESSO y Cuarta Calle Oriente de
por medio; y AL PONIENTE, tres tramos así: Tramo uno, cinco metros
cuarenta centímetros, tramo dos, sesenta y ocho centímetros, tramo tres,
un metros treinta y cinco centímetros lindando con apartamento número
veintitrés, escaleras y circulación de escaleras de por medio, las zonas
verdes bajo el espacio aéreo que limita el apartamento por los rumbos
Norte, y Oriente, son parte del mismo Condominio del que forma parte
del edifi cio J, en la parte inferior, linda con el apartamento número
catorce, obra gruesa medianera de por medio y en la parte superior con
el apartamento número treinta y cuatro, obra gruesa medianera de por
medio. Descripción del tendedero sus divisiones son de malla tipo ciclón,
y tubo galvanizado de un metro ochenta y dos centímetros de altura a
excepción del rumbo Norte, que en su primer metro veinte centímetros
es de pared de bloque arcitex repellada, y los restantes sesenta y dos
centímetros son de malla ciclón y tubo galvanizado, con una puerta de
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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
acceso del mismo material; el tendedero descrito tiene un acceso comu-
nitario de un metro de ancho por un largo variable, el área del tendedero
es de once punto sesenta metros cuadrados, el cual mide y linda: AL
NORTE: dos metros lindando con Edifi cio L, espacio aéreo de la zona
verde y acera de circulación de por medio; AL ORIENTE: cinco metros
setenta y cinco centímetros lindando con tendederos del apartamento
número catorce, división de malla ciclón de por medio; AL SUR, dos
metros lindando con espacio aéreo de la Cuarta Calle Oriente, pasillo de
circulación de por medio; AL PONIENTE, cinco metros setenta y cinco
centímetros, lindando con el tendedero del apartamento número treinta y
cuatro, división de malla ciclón de por medio, en la parte inferior linda
con el apartamento número cuarenta y cuatro, obra gruesa medianera
de por medio, y en la parte superior linda con el espacio aéreo sobre
el edifi cio letra J del que forma parte el apartamento que se describe
propiedad de Fonavipo, todos los apartamentos y áreas colindantes al
igual que el inmueble objeto del presente contrato, correspondiente al
mismo Edifi cio del Condominio C, del que forma parte el inmueble que
se describe del mismo Centro Urbano, los cuales son o han sido propiedad
del Fondo, inscrito a favor de la señora MARTA JULIA TORRES DE
MEJIVAR, conocida por MARTA JULIA TORRES CORNEJO y por
MARTA JULIA TORRES CORNEJO DE MENJIVAR, a la Matrícula
número SEIS CERO CERO DOS TRES OCHO CUATRO UNO - A
CERO CERO DOS SEIS del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de este Departamento.
Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las once horas y nueve minutos del día veintiocho de
octubre de dos mil nueve.- LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO
DE LO MERCANTIL.- LICDA. TERESA DE JESUS VASQUEZ
VASQUEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F036170-2
REPOSICION DE CERTIFICADOS
AVISO
EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S.A.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario
del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo # 20260062068 Ag. Aeropuerto
emitido el día 18/05/2009; a un plazo de 90 días el cual devenga el
2.00.% de interés anual, solicitando la reposición de dicho certifi cado,
por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del
Público para los efectos legales del caso.
Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de
este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer
el Certifi cado en referencia.
San Salvador, 11 de enero del dos mil diez.
ANA ELIZABETH RIVAS,
SUB JEFE DE DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F036303-2
MARCA DE SERVICIO
No. de Expediente: 2009096435
No. de Presentación: 20090128313
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAURICIO
ALEJANDRO JIMENEZ ORTIZ, en su calidad de REPRESENTAN-
TE LEGAL de GMG EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GMG EL SALVADOR, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Las palabras Arreglos Express y diseño, la palabra
Express se traduce al idioma castellano como Expresos, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE COBRANZA. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día siete de octubre del año dos mil
nueve.
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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de noviembre del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000281-2
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2009097331
No. de Presentación: 20090129736
CLASE: 16.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
EDUARDO BORGONOVO PINTO, en su calidad de REPRESENTAN-
TE LEGAL de SACOS SINTETICOS CENTROAMERICANOS, S. A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra SASICASA y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SACOS DE MATERIAS PLASTICAS. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de diciembre del año dos mil nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000286-2
No. de Expediente: 2010098203
No. de Presentación: 20100131359
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARVIN
WILLIAM ARGUETA RIVERA, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras Café "Conchi Rive" y diseño, que
servirá para: AMPARAR: CAFE GRANULADO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día cuatro de enero del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de enero del año dos mil diez.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F036259-2
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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
ACEPTACION DE HERENCIA
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor FRANCISCO CAMPOS PRIETO, quien falleció el día diecisiete de octubre del año dos mil ocho, en la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad su último domicilio, a los señores ROGELIO CAMPOS RODRIGUEZ y FRANCISCA DE JESUS RODRIGUEZ DE CAMPOS, el primero en su calidad de hijo, y la segunda como cónyuge sobreviviente, y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores ALFONSO CAMPOS RODRIGUEZ y JUANA CRUZ CAMPOS DE RODRIGUEZ, éstos en su calidad de hijos del referido causante.
Habiéndoseles conferido a los aceptantes la Administración y Representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las catorce horas y veinte minutos del día ocho de octubre del año dos mil nueve.- LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000225-3
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JU-DICIAL, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, a las quince horas y treinta minutos del día doce de noviembre del dos mil nueve, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la causante señora MARIA ISABEL GUEVARA DE ARGUETA, de parte del señor ROSA DIMAS ARGUETA QUEVEDO, de sesenta y ocho años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Osicala, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número cero un millón quinientos noventa y cinco mil quinientos treinta y cinco - nueve, y Número de Identifi cación Tributaria mil trescientos catorce - trescientos mil ochocientos cuarenta y nueve - cero cero uno - dos; por derecho propio que le corresponde en calidad de esposo de la causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de cincuenta y un años de edad, casada, doméstica, originaria, de Osicala, Departamento de Morazán, hija de Gregorio Argueta y de Mercedes Argueta; falleció el día veinticuatro de agosto del dos mil seis, en la ciudad de Osicala, Departamento de Morazán, siendo ese lugar su último domicilio.
Se le confi rió al aceptante antes mencionado y en la forma estable-cida, la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-
dico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-
cisco Gotera, a las diez horas del día dieciséis de noviembre del dos
mil nueve.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ROSA ERMELINDA
GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000236-3
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ,
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL
DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN,
AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, a las
quince horas y treinta minutos del día veinte de noviembre del dos mil
nueve. SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON
BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su
defunción dejó la causante ALBA GLADYS VENTURA DE AGUILAR,
de parte de la señora NORY ERIBERTA AGUILAR VENTURA, de
treinta y siete años de edad, Profesora, del domicilio de San Francisco
Gotera, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad
número cero dos millones ciento diecinueve mil setecientos ochenta -
cuatro y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un mil trescientos
once - doscientos cincuenta mil novecientos setenta y dos - ciento dos
- nueve; como cesionaria del derecho hereditario que le corresponde al
señor HECTOR GILBERTO AGUILAR ARGUETA, éste en calidad
de esposo de la causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de
sesenta y tres años de edad, casada, de ofi cios domésticos, originaria
de Jocoaitique, Departamento de Morazán, hija de Heriberta Ventura;
falleció el día diecinueve de julio del dos mil ocho, en la ciudad de San
Francisco Gotera, siendo ese lugar su último domicilio.
Se le confi rió a la aceptante antes mencionada y en la forma esta-
blecida, la Administración y Representación Interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la tercera publicación de este edicto, en el expresado perió-
dico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, a las diez horas del día veinticinco del dos mil nueve.- LIC.
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE
PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ
SANCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000237-3
DE TERCERA PUBLICACIÓN
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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
MIRIAN ALCIRA CASTRO VILLACORTA, Notario, del domicilio de
San Salvador y con Despacho Jurídico ubicado en Sesenta y Siete Avenida
Sur, Edifi cio trescientos, Local tres, Colonia Roma, San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario proveída,
a las diecisiete horas del día veinte de noviembre del año dos mil nueve,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,
la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las quince horas con
treinta minutos del día trece de marzo del año dos mil siete, en Calle El
Centro, Barrio San Sebastián, en Tepecoyo, departamento de La Libertad,
a consecuencia de Cáncer en la Matriz sin asistencia Médica, siendo su
último domicilio en Calle El Centro, Barrio San Sebastián, en Tepecoyo,
departamento de La Libertad, a esa fecha de sesenta y cinco años de
edad, Ama de Casa, viuda, Originaria de San Salvador, Departamento
de San Salvador, hija de Coronada Flores y Roberto Aguilar, ambos ya
fallecidos, dejó la señora JUANA AGUILAR FLORES, de parte de la
señora CECILIA HERNANDEZ AGUILAR, en calidad de hija de la
causante; habiéndose conferido a la Aceptante la Administración y Re-
presentación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de
los Curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se
cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que
se presenten a la referida ofi cina, en el término de quince días, contados
desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en mi ofi cina Particular, a las ocho horas del día seis de
enero del año dos mil diez.
MIRIAN ALCIRA CASTRO VILLACORTA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F035532-3
Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil del Distrito
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez
horas y quince minutos del día diecisiete de Diciembre del corriente año,
se declaró heredera expresamente y con benefi cio de inventario de la
herencia intestada que al fallecer a las nueve horas con cincuenta minutos
del día diez de Octubre de dos mil nueve, en el Barrio El Centro, de
Concepción de Oriente, de este Distrito, Departamento de La Unión, su
último domicilio dejó el causante JOSE ENRIQUE TURCIOS BONILLA,
de parte de la señora COSME VANEGAS ALVARADO, conocida por
COSME VANEGAS DE TURCIOS, en concepto de Heredera Tes-
tamentaria del referido causante, de conformidad con el Artículo 996
C.c. Se le confi ere a la aceptante en el carácter dicho la administración
y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los veintiún
días del mes de Diciembre de dos mil nueve.- Lic. ANGEL ALBINO
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCION
MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F035539-3
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta
minutos del día veintidós de Diciembre del corriente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la
señora CLARA ELIZABETH BONILLA DE ECHEVERRIA, la heren-
cia intestada que a su defunción dejó la señora TERESA DIONICIA
CHÁVEZ DE BONILLA conocida por TERESA DIONISIA CHÁVEZ
DE BONILLA, quien fue de setenta y un años de edad, doméstica, casada,
del domicilio de esta ciudad, fallecida el día veintidós de Octubre de
dos mil nueve, en el Boulevard Doctor Jacinto Castellanos, lugar de su
último domicilio, en concepto de hija de la causante y se ha nombrado
a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintidós días
del mes de Diciembre del año dos mil nueve.- Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035549-3
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas treinta
minutos del día veintitrés de Noviembre del corriente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de
los señores JOSÉ SAÚL MERINO CORNEJO y JOSÉ ALFREDO
MERINO CORNEJO, la herencia intestada que a su defunción dejó el
señor ALFREDO CORNEJO, quien fue de ochenta y cuatro años de
edad, fontanero, casado, salvadoreño, fallecido el día doce de Marzo del
año dos mil cinco, en la Lotifi cación La Entrevista, de la jurisdicción
de San Cayetano Istepeque, de este Departamento, siendo la ciudad de
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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
San Vicente el lugar de su último domicilio, en concepto de hijos del
causante y se han nombrado a los aceptantes administradores y repre-
sentantes interinos de la sucesión con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintitrés días
del mes de Noviembre del año dos mil nueve.- Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035551-3
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA
INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO
DE MORAZAN,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado,
a las quince horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por acep-
tada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores
MARIA SANTOS HERNANDEZ ARGUETA, de treinta y cinco años
de edad, Doméstica, del domicilio de San Francisco Gotera, Departa-
mento de Morazán; con Documento Único de Identidad número cero
cero doscientos un mil trescientos doce guión dos; y Tarjeta de Identi-
fi cación Tributaria número un mil trescientos catorce guión cero diez
mil ciento setenta y cuatro guión ciento dos guión tres; y JOSE ELMER
HERNANDEZ ARGUETA, de veintiocho años de edad, Jornalero, del
domicilio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; con
Documento Único de Identidad número cero cero novecientos cuarenta
y siete mil trescientos ochenta y seis guión cero; y Tarjeta de Identifi -
cación Tributaria número un mil trescientos catorce guión cero noventa
mil quinientos ochenta y uno guión ciento uno guión seis; la herencia
que en forma intestada dejaron los señores PABLO ARGUETA LUNA,
quien fue de setenta y ocho años de edad, soltero, Agricultor en pequeño,
originario de Meanguera, departamento de Morazán y del domicilio
de esta ciudad, de Nacionalidad Salvadoreña, hijo de Sebastián Luna
y Patricia Argueta, ambos ya fallecidos, quien falleció a las tres horas
del día quince de junio de mil novecientos noventa y seis, en el cantón
El Triunfo, de la jurisdicción de San Francisco Gotera, departamento
de Morazán; y BERNARDINA HERNANDEZ RAMOS, quien fue de
noventa años de edad, de ofi cios domésticos, originaria de la Villa de
Meanguera, departamento de Morazán; y del domicilio de esta ciudad,
de nacionalidad Salvadoreña, hija de Martín Hernández y Cruz Ramos;
quien falleció a las cinco horas del día veinticinco de diciembre del año
mil novecientos noventa y ocho, en la Colonia Las Flores de esta ciudad
de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, en concepto de
HIJOS de los referidos causantes y como CESIONARIOS de los derechos
hereditarios que les correspondían a sus hermanos MARÍA CÁNDIDA
HERNÁNDEZ ARGUETA; MARTO ARGUETA HERNANDEZ,
VICENTA HERNANDEZ ARGUETA, hijos también de los causan-
tes.- Se ha conferido a los referidos aceptantes en la calidad expresada
la administración y representación INTERINA de dicha sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que
se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a
las dieciséis horas y veinte minutos del día cuatro de enero de dos mil
diez.- Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1° DE 1ª
INSTANCIA.- Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F035593-3
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a
las diez horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que
a su defunción dejó el señor JOSE ROMEO CAMPOS RODRIGUEZ,
conocido por JOSE ROMEO CAMPOS, quien fue de sesenta y dos
años de edad, soltero, Motorista, originario y del domicilio de Nueva
Granada, Departamento de Usulután, de nacionalidad Salvadoreña,
hijo de Juan Santos Campos y María Olivia Rodríguez; ya fallecidos y
falleció aquél a las veintitrés horas y quince minutos del día cuatro de
Marzo del año dos mil cuatro; en el Barrio San Pedro de Nueva Granada,
Departamento de Usulután, siendo éste su último domicilio, de parte de
ERLINDA MARIBEL CRUZ ALVARADO, en concepto de Cesionaria
de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores MARIA
OLIVIA CAMPOS CRUZ, conocida por MARIA OLIVIA CAMPOS,
WILBERT ERNESTO CAMPOS CRUZ y SANDRA MARIBEL
CAMPOS DE RODRIGUEZ, en su calidad de hijos del causante.
Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida,
para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a
partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
JUCUAPA, A LAS CATORCE HORAS Y TREINTA MINUTOS DEL
DIA DIECINUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL NUEVE.- Lic.
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-
Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035614-3
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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: Que por resolución de este juzgado, de las doce
horas de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de Inventario de parte de las señoras MIRNA TRINIDAD AREVALO
TORRES y RUTH ELIZABETH AREVALO TORRES, la herencia
intestada que a su defunción dejó la señora TRINIDAD TORRES DE
AREVALO, quien fue de cincuenta y un años de edad, ofi cios domés-
ticos, fallecida a las diecisiete horas del día dos de noviembre del año
dos mil dos, en el Cantón Salitrero de esta Jurisdicción, siendo éste su
último domicilio, en concepto de hijas de la causante; se les ha conferido
a los aceptantes en el carácter dicho la administración y representación
Interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las doce
horas y veinte minutos del día ocho de enero del año dos mil nueve.- Lic.
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- Lic. HUGO ALCIDES MARTINEZ SANTILLANA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035703-3
Licenciada ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DEL
DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día
veintisiete de noviembre del año dos mil nueve, se ha tenido por acep-
tada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada
que a su defunción dejó la señora LETICIA MACHADO RIVERA o
LETICIA MACHADO, quien a la fecha de su defunción era de setenta y
nueve años de edad, de ofi cios domésticos, soltera, originaria de Sesori,
y del domicilio de San Luis de la Reina y de Nacionalidad Salvadoreña,
fallecida en el Barrio Los Henríquez, Municipio de San Luis de la Rei-
na, a las catorce horas y treinta minutos del día cuatro de Julio del año
dos mil nueve, siendo éste su último domicilio, de parte de la señora
ROSA CANDIDA MACHADO DE AMAYA, en calidad de hija de la
causante.- Confi érese a la aceptante declarada en el carácter indicado,
la Administración y Representación INTERINA de la Sucesión, con las
facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Y CITA: A los que se crean con Derecho a la Herencia referida
para que se presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE DIAS,
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,
Departamento de San Miguel, a las quince horas del día uno de di-
ciembre del año dos mil nueve.- Licda. ANA LETICIA ORELLANA
DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. EDWIN
BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035717-3
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta minutos
del dieciséis de octubre del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada
expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada
por la señora MARIA ESTER CHAMUL DE HERNANDEZ, conocida
tributariamente como MARIA ESTER CHAMUL o MARIA ESTER
CHAMUL CALZADIA, fallecida el día diecinueve de diciembre del año
dos mil seis, en San Salvador, siendo San Antonio del Monte su último
domicilio, al señor JOSE ERNESTO GARCIA, en concepto de cesionario
de los derechos hereditarios que en dicha sucesión correspondían a los
señores LUIS ALONSO HERNANDEZ CHAMUL, WALTER RIDER
CHAMUL PINEDA y JULIO CESAR HERNANDEZ AQUINO, los
primeros dos en concepto de hijos de la causante y el tercero como
cónyuge del de cujus.
Confi érese a los aceptantes la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas del día
nueve de noviembre del dos mil nueve.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ,
JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE
ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035751-3
FLOR DE MARIA DERAS MEDINA, Notario, del domicilio de esta
ciudad, con ofi cina establecida en Colonia Médica, Diagonal Doctor
Arturo Romero y Pasaje Doctor Roberto Orellana Valdez, Edifi cio
Clínica de Especialidades, Segunda Planta, Local Doscientos seis, San
Salvador,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario,
proveídas a las ocho horas del día cuatro de enero de dos mil diez, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia testamentaria que a su defunción ocurrida el día veintidós de
enero de dos mil ocho, dejó el señor GILBERTO RODRIGUEZ SOSA,
conocido por GILBERTO SOSA y por GILBERTO RODRIGUEZ, de
parte de los señores AMANDA CAROLINA SOSA DE CALLEJAS,
GILBERTO ALFREDO SOSA RIVERA y YOLANDA ELIZABETH
SOSA DE MONTERROSA, en su concepto de Herederos Testamenta-
rios; habiéndoseles conferido la administración y representación interina
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Lo cual se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ofi cina de la notario FLOR DE MARIA DERAS
MEDINA, a las diez horas del día cinco de enero de dos mil diez.
Lic. FLOR DE MARIA DERAS MEDINA,
NOTARIO.
3 v. c. No. F036124-3
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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
HERENCIA YACENTE
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas con dieci-
siete minutos de este mismo día, y en vista que han transcurrido más de
quince días después de la apertura de la sucesión del causante ADAN
FUENTES HERNANDEZ, fallecido el día cinco de septiembre del
corriente año, en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, habiendo
sido su último domicilio el Cantón Primavera de esta Jurisdicción, sin
que persona alguna se haya presentado a efecto de aceptar la herencia
que dejare a su fallecimiento o cuota de ella, SE HA DECLARADO
YACENTE la misma, y se ha nombrado curador para que la represente
a la Licenciada YESENIA BEATRIZ RAMIREZ SALGUERO a quien
se le hará saber este nombramiento para su aceptación y demás efectos
legales.
Lo que se hace del conocimiento del público para los fi nes de
ley.
Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas con vein-
tidós minutos del día nueve de diciembre del año dos mil nueve.- Lic.
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE
LO CIVIL.- Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F035609-3
TITULO DE PROPIEDAD
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado:
JOSE ANGEL GOMEZ GUILLEN, Abogado y Notario, del domicilio de
San Salvador, con Tarjeta de Identifi cación de Abogado Número: cinco
mil setecientos veintiséis, como Apoderado General Judicial de la señora:
HILDA CATALINA FLORES DE HERNANDEZ, de treinta y seis años
de edad, profesora, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de
Cuscatlán, con Documento Único de Identidad Número: cero uno cuatro
seis cinco cero cuatro uno-nueve; solicitando se le extienda TITULO DE
PROPIEDAD a su mandante, de un inmueble antes de Naturaleza Rústico,
ahora urbano, denominado lote Número: CINCO, del Polígono "A", de
la Lotifi cación Panamá Número dos, situado en los Suburbios del Barrio
Concepción y Santa Lucía, de la Ciudad de Cojutepeque, Departamento
de Cuscatlán, de una Extensión Superfi cial de: CIENTO VEINTIDOS
PUNTO OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, según su
antecedente, y según fi cha Catastral es de la Capacidad Superfi cial de:
SETENTA Y CUATRO PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE, línea recta de veintiún
metros, colinda con porción que ha sido vendida a Amparo Bernardina
González y José Antonio González Martínez; AL ORIENTE, línea recta
de cinco punto ochenta y tres metros, colinda con el lote número cuatro
del Polígono "B" propiedad de Sonia Díaz de Panamá, conocida por
Sonia de Panamá, y por María Josefa Díaz de Panamá, pasaje de cinco
metros de ancho de por medio; AL SUR, línea recta de veintiún metros,
colinda con lote número seis del mismo polígono, propiedad de María
Nemesia Mejía; AL PONIENTE, línea recta de cinco punto ochenta y
tres metros, colinda con los linderos generales, que fueron propiedad de
doña Mercedes viuda de Rodezno, calle de nueve metros de ancho de por
medio.- El terreno antes descrito lo adquirió su mandante por compra
que le hizo al señor: José David González Martínez, por lo que unida a la
posesión de los tradentes señores: José David González Martínez, María
Catalina Villalobos de Martínez y Luciano Adán Martínez Martell, la
posesión material es de más de diez años consecutivos en forma quieta,
pacífi ca e ininterrumpida, no está en proindivisión, no tiene nombre
especial alguno, no es dominante ni sirviente y lo valora en la cantidad
de ONCE MIL DOLARES EXACTOS DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA.- No tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a
ninguna persona.
Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Alcaldía Municipal de Cojutepeque, a los treinta y un días del mes
de agosto del año dos mil nueve.- ROSA GUADALUPE SERRANO
DE MARTINEZ, ALCALDESA MUNICIPAL.- MIGUEL ANGEL
BERNAL, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C000224-3
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-
MERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-
MENTO DE MORAZAN,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
LEONEL ENRIQUE MARTINEZ MEJIA, en calidad de Apoderado
General Judicial de la Alcaldía Municipal de Lolotiquillo; solicitando
TITULO DE PROPIEDAD, de un inmueble de naturaleza rústica, si-
tuado en Caserío Valle Nuevo, Cantón Gualindo Arriba, jurisdicción de
Lolotiquillo del departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial
de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS, de las medidas y
linderos siguientes: AL NORTE: veinte metros; AL ORIENTE: veinte
metros; AL SUR: veinte metros; y AL PONIENTE: veinte metros,
lindando todos los rumbos con terreno de Marcelina Flores y cerco
de alambre de por medio.- En dicho inmueble por el rumbo Norte se
constituye una servidumbre de tránsito de norte a poniente de cincuenta
metros de largo por dos metros de ancho; y el inmueble antes descrito se
adquirió por donación que le hiciera la señora MARCELINA FLORES
DE AREVALO y lo valúa en la cantidad de UN MIL DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco Gotera,
a las catorce horas y treinta minutos del día nueve de marzo de dos mil
nueve.- Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1° DE 1ª
INSTANCIA.- Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000235-3
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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la Lic.
Gladys María Cardona Alvarado, solicitando que se extienda a favor
de su poderdante Señora MARCELINA DINORA CASTELLANOS
ECHEVERRIA, título de propiedad de un predio de naturaleza urbana
con su construcción que en forma quieta y pacífi camente posee en el
Barrio San Sebastián de esta Ciudad, de la capacidad de DOSCIENTOS
OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS de superfi cie, com-
prendido dentro de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, linda
con propiedad de José Gertrudis Echeverría Murillo, AL ORIENTE,
linda con propiedad de Florencia Lidia Alfaro viuda de Echeverría,
Silvia del Carmen Alfaro Gómez, Francisca Alfaro Galdámez, María
Leonza Alfaro de Peña y Porfi rio Gómez, AL SUR, linda con propie-
dad de José Vidal Hernández Tobar, Ángela Hernández, Enma Gladys
Morales de Hernández, Carmen Hernández de Valle Cisneros, Bernabé
René Hernández Tobar, Carlos Hernández Tobar, José Vidal Hernández
Tobar, Ángel Hernández; Y AL PONIENTE, linda con propiedad de
Ana Vilma Laínez Echeverría.- No es dominante ni sirviente. No tiene
cargas o derechos reales ni está en proindivisión. Lo hubo por compra a
Timoteo de Jesús Echeverría y lo estima en SEIS MIL DÓLARES.- Los
colindantes son de este domicilio.
Alcaldía Municipal: Ilobasco, a los dos días del mes de noviembre
de dos mil nueve. JOSE MARIA DIMAS CASTELLANOS, ALCALDE
MUNICIPAL.- MANUEL DE J. ZETINO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035712-3
El Infrascrito Alcalde Municipal de Azacualpa, Departamento de
Chalatenango,
HACE SABER: Que en esta municipalidad se han iniciado dili-
gencias de Título de Propiedad, promovidas por JOSÉ NOE CASTRO
ALAS, de cuarenta y ocho años de edad, Maestro de obra, del domicilio
de Azacualpa, con Documento Único de Identidad Número: cero dos
ocho dos siete siete dos cuatro guión nueve y número de identifi cación
tributaria número cero cuatro cero tres guión cero seis uno uno cinco cero
guión uno cero uno guión cuatro; TITULO DE PROPIEDAD, situado
en el Barrio El centro, de esta población, de una capacidad superfi cial de
CUATROCIENTOS ONCE PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS
CUADRADOS; de las medidas, linderos y colindancias siguientes, AL
ORIENTE mide treinta y dos metros y colinda con Nicolás Romero
dividido por cerco de alambre propio del comprador. AL NORTE
mide treinta y nueve metros y colinda con Sergio Romero dividido por
cerco de alambre propio del comprador. AL PONIENTE mide treinta
y cuatro metros y colinda con Leonardo Recinos Martínez dividido por
tapial de adobe propio del comprador y sigue colindando con el señor
Recinos Martínez. AL SUR Mide treinta y nueve metros colinda con
Pablo Humberto Palencia calle pública de por medio y sigue colindando
con Victoria Alvarenga, cerco de piedra. En el inmueble antes descrito
existe construida una casa techo de teja y paredes de ladrillo. Asimis-
mo hago de su conocimiento que dicho inmueble fue adquirido por mi
persona mediante compra realizada a la señora Nicolasa de Jesús Alas
Castro, en el año mil novecientos ochenta y cinco, compra realizada a
las nueve horas del día ocho de Marzo, según consta en testimonio de
la Escritura Matriz número quince del Libro cincuenta y seis, ante los
ofi cios notariales del Licenciado CARLOS ARAUJO ALEMAN y lo
valora en mil dólares de los Estados Unidos de América.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
Alcaldía Municipal Azacualpa, dieciocho de diciembre de dos mil
nueve. ALCALDE MUNICIPAL.- SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F035764-3
El Infrascrito Alcalde Municipal de San Fernando, Departamento de
Chalatenango,
HACE SABER: Que en esta municipalidad se han iniciado diligen-
cias de Título de Propiedad, promovidas por la señora MARIA AMELIDA
GARCIA, de treinta y un años de edad, de Ofi cios Domésticos, del Muni-
cipio de San Fernando, Departamento de Chalatenango, con Documento
Único de Identidad número cero uno tres uno seis cuatro siete ocho-dos
un inmueble de Naturaleza Urbano, ubicado en el Barrio El Centro, Calle
Resbalón, de este Municipio, de una extensión superfi cial de CIENTO
OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CUARENTA Y NUE-
VE DECIMETROS CUADRADOS, CUATROCIENTOS OCHENTA
Y SIETE MILIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias
siguientes; AL ORIENTE: trece metros treinta y cinco centímetros en
línea recta, linda con casa y solar de Elvira Romero. Calle Pública de
por medio; AL NORTE. Quince metros treinta centímetros, linda con
solar de Gustavo Amilcar García: AL PONIENTE: nueve metros setenta
centímetros en línea recta, linda con solar de Gustavo Amilcar García,
y AL SUR: dieciséis metros ochenta y nueve centímetros en línea recta,
linda con Dimas Alonso García. Este predio contiene una casa paredes
de adobes, techo de tejas, de once metros de largo por cinco metros de
ancho, lo valora en mil dólares de los Estados Unidos de América.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
Alcaldía Municipal de San Fernando, cinco de enero de dos mil
diez. ALCALDE MUNICIPAL.- SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F035769-3
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137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
TITULO SUPLETORIO
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
JOSE ANGEL GOMEZ GUILLEN, en su carácter de Apoderado General
Judicial de la señora MARIA ISABEL FLORES DE URQUILLA, so-
licitando se le extienda Título Supletorio de un inmueble de Naturaleza
Rústica, situado en el Cantón Buena Vista, jurisdicción del Municipio
de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, de la extensión
Superfi cial de CUATRO AREAS o sean CUATRO MIL METROS
CUADRADOS, de los linderos siguientes: AL PONIENTE linda con
terreno Edelmira Flores de Flores antes de Isabel Sánchez, SUR: Mide
en línea curva ciento cuarenta y nueve punto veintidós metros y linda
con terreno, de por medio brotones de izote en línea recta, al SUR linda
con terreno de Nicolás Sánchez, hoy de Antonio Raymundo, y sucesión
de Lucas Rivera, de por medio brotones de izote y quebrada seca, AL
ORIENTE: linda con terrenos de Jesús Sánchez hoy de Arturo Santos,
calle vecinal de por medio en parte con terreno de María Isabel Flores
de Urquilla, antes de José Zavaleta, brotones de izote de por medio, y
al NORTE: con terrenos de Juliana López, antes de José Zavaleta y
Rosalía Sánchez, de por medio brotones de izote.- Dicho inmueble lo
adquirió por compraventa que le hizo el señor ISMAEL LOPEZ, el día
veinte de junio de mil novecientos noventa y seis, por lo que datan más
de diez años de poseerlo en forma quieta pacífi ca e interrumpida, no
está en proindivisión, no tiene nombre especial alguno, es dominante
por tener derecho de uso de una servidumbre perpetua de tránsito de dos
varas de latitud y por la orilla de los terrenos Isabel Sánchez al rumbo
oriente y al poniente sobre el terreno de la señora Rosalía Sánchez, pero
no sirviente y lo valúa por la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque a doce horas del
día veinticuatro de agosto del año dos mil nueve.- LIC. MANUEL PAZ
CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN
MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000227-3
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos
de ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
LEONEL ENRIQUE MARTINEZ MEJIA, como Apoderado General
Judicial del señor MAUDIEL NEHEMIAS ARGUETA MARTINEZ,
a solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno
de naturaleza rústica, situado en el Cantón La Montañita, Caserío Hoja
de Sal, jurisdicción y Distrito de Osicala, Departamento de Morazán, de
la capacidad superfi cial de DOSCIENTOS DIEZ PUNTO OCHENTA
Y UN METROS CUADRADOS, que mide y linda: al NORTE, nueve
punto sesenta y dos metros, linda con Silvina Villalta, al ORIENTE,
diez punto ochenta metros, linda con Ignacia Villalta Díaz; al SUR,
veintiuno punto ochenta y cinco metros, linda con Ignacia Villalta Díaz;
servidumbre de por medio; y al PONIENTE, veinte punto cero tres me-
tros, con Isidora Peraza, camino de por medio.- El inmueble descrito lo
valora en la cantidad de DOS MIL DOLARES y lo adquirió por venta
de la Posesión Material por Escritura Pública que le efectuó la señora
IGNACIA VILLALTA DE DIAZ o IGNACIA VILLALTA DIAZ.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, a las quince horas del día dos de Julio de dos mil nueve. LIC.
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INS-
TANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SRIA.
3 v. alt. No. C000233-3
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos
de Ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
LEONEL ENRIQUE MARTINEZ MEJIA, como Apoderado General
Judicial del señor JUAN ABID CABALLERO, a solicitar a favor de
éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un inmueble de naturaleza rústica,
situado en el Cerro Talquezal, del Cantón Soledad, de la Jurisdicción
de Meanguera, Departamento de Morazán, de la extensión superfi cial
de VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO
PUNTO TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de las medidas
y colindancias siguientes: EL NORTE, ciento veintiocho punto sesenta
y un metros, con Reynaldo Ponce y Wilson Caballero; Al ORIENTE,
ciento sesenta y ocho punto cuarenta y nueve metros, con Adelio Sorto
y Alcides Sorto; al SUR, doscientos sesenta y dos punto cuarenta y
ocho metros, con Lidia Pereira; y al PONIENTE, doscientos cuarenta
y cinco punto once metros, con Rosa Caballero y Rudy Caballero. El
inmueble descrito lo valora en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS
DOLARES; y lo adquirió por venta de la Posesión material por Escritura
Pública que le efectuó el señor FABIO HECTOR PEREIRA AYALA.
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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, a las catorce horas del día tres de junio de dos mil nueve. LIC.
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INS-
TANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SRIA.
3 v. alt. No. C000234-3
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE IZALCO.-
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la señora
CANDELARIA LOBATO AGUILAR promoviendo en su concepto per-
sonal, Título Supletorio; sobre un inmueble de naturaleza rústico, situado
en Cantón Cangrejera de esta jurisdicción, de una extensión superfi cial
de SEISCIENTOS DOS PUNTO DOS MIL CIENTO OCHO METROS
CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE: Linda con
la señora MARTA CRISTINA LOVATO; AL ORIENTE: Linda con
la señora ROSA LIDIA DE LEON NAJARRO; AL SUR: Linda con la
señora JUANA DE LOS ANGELES DELEON NOYOLA o JUANA
DE LOS ANGELES DELEON; y AL PONIENTE: con JOSÉ LUIS
CHAPETÓN UCEDA; dicho inmueble lo adquirió la señora CANDE-
LARIA LOBATO AGUILAR, por compraventa privada efectuada por
la señora JUANA DE LOS ANGELES DELEON NOYOLA o JUANA
DE LOS ANGELES DELEON y ha ejercido la posesión material desde
hace más de DIEZ AÑOS, dicha posesión data desde el mes de mayo
del año mil novecientos setenta y seis, de manera quieta, pacífi ca e
ininterrumpida; el mencionado inmueble no tiene título inscrito y no es
inscribible por carecer de antecedentes registrales; es predio dominante
ya que goza de una servidumbre de tránsito sobre el terreno de donde se
desmembró y no existen otros poseedores, no tiene cargas, ni derechos
reales que respetar, tampoco está en proindivisión con otras personas;
y lo valora en la cantidad de UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.-
Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento
de Sonsonate, con fecha uno del mes de octubre de dos mil nueve.-
LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035585-3
LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que a este Juzgado se han presentado los señores
ADAN REYES CABRERA, de sesenta y dos años de edad, Agricultor,
con documento único de identidad número cero uno cero dos seis siete
cero dos guión ocho, y CLORINDA REYES CABRERA, de cincuenta
y nueve años de edad, de ofi cios domésticos, con documento único de
identidad personal número cero dos uno dos uno ocho siete cinco guión
siete, ambos del domicilio de Corinto, Departamento de Morazán, Re-
presentados por su Apoderado General Judicial Licenciado José Pedro
Guzmán Vigil, solicitando Título Supletorio de un terreno de naturaleza
rústica, situado en el Caserío Los Molinas, del Cantón Terrero, de la
Jurisdicción de Lislique, de este Distrito, Departamento de La Unión,
de la capacidad superfi cial de CIENTO UN MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE PUNTO SETENTA Y OCHO METROS
CUADRADOS, que mide y linda AL ORIENTE, dos tramos, el primero
de doscientos metros y el segundo, de doscientos ochenta y tres metros,
cerco de alambre y río Nacascolo de por medio, con terrenos de Urgencia
Benítez y Elvira Benítez Salmerón, que antes fue de Tereso de Jesús
Benítez, José Méndez e Hilario Flores; AL NORTE, mide trescientos
sesenta y dos metros, con terrenos de Elida Molina, antes de Elvira
Benítez Salmerón y de Urgencia Benítez; AL PONIENTE, mide treinta
y cinco punto veintidós metros, con terrenos de Mercedes Cabrera e
Ignacio Mesa, y AL SUR, mide cuatrocientos veinticinco metros, linda
con terrenos de Erlinda Benítez, que en la actualidad dicho inmueble
lo valoran en VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, y lo adquirieron en el año de mil novecientos setenta,
por compra verbal que le hicieran a su tío Domingo Benítez, quien al
momento del otorgamiento de la referida venta, era mayor de edad,
Agricultor, del domicilio de Corinto, departamento de Morazán.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento
de La Unión, a los siete días del mes de Diciembre de dos mil nueve.
LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil.- LICDA.
MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F035594-3
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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
TITULO DE DOMINIO
Dr. JOSE RIGOBERTO MEJÍA MENJÍVAR, Alcalde Municipal del
Municipio y Departamento de Chalatenango,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se han presentado los señores
JORGE ALBERTO URQUILLA GAVIDIA, de cincuenta y dos años
de edad, Empleado, del domicilio de la Ciudad de Chalatenango, con
Pasaporte número cuatro cinco ocho nueve seis siete cinco siete tres y
Número de Identifi cación Tributaria uno uno dos uno - dos seis cero siete
cinco ocho - cero cero uno - cuatro y MARIA CECILIA CALLES DE
URQUILLA, de cincuenta y un años de edad, Empleada, del domicilio
de esta ciudad, portadora de su Documento Único de Identidad cero
cuatro cinco dos tres cero tres siete - tres, y Número de Identifi cación
Tributaria cero cuatro cero siete - uno cuatro cero tres cinco ocho - uno
cero uno - cero, solicitando Título de Dominio en proindivisión y en
partes iguales de un inmueble Urbano, situado en el Barrio El Calvario,
de esta Ciudad, de la extensión superfi cial de QUINIENTOS SESEN-
TA Y UN METROS CUADRADOS de las medidas y colindancias
siguientes: AL ORIENTE, comenzando de un cerco de piedra sigue
por un muro de piedra propio del inmueble que se describe a llegar a
una esquina, mide veintidós metros, colinda con inmueble propiedad de
Rubén Cruz; AL NORTE, quebradas agua abajo en línea curva, mide
veintiocho metros, colinda con inmueble propiedad de María Cayetana
Hernández, quebrada de invierno de por medio; AL PONIENTE, por un
muro de piedra propio del inmueble que se describe hasta salir al pasaje
número tres, mide veintidós metros, colinda con inmueble propiedad de
María Antonia Hernández; y AL SUR, mide veintitrés metros, colinda
con Antonio Calles y Graciela Calles, pasaje número tres de por medio
hasta llegar al punto donde se inició la presente descripción. El inmueble
descrito no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia ni está
en proindivisión con nadie. Lo valoran en la cantidad de MIL DOLA-
RES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo adquirieron por
compra que le hicieron a señor José Antonio Hernández, en escritura
pública número noventa y siete otorgada en la ciudad de Chalatenango a
las trece horas del día diecinueve de Agosto de mil novecientos noventa
y siete, ante los ofi cios del Notario Rosa Alicia Escobar Santos.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal: Chalatenango, a los once días del mes de Di-
ciembre de dos mil nueve. Dr. JOSE RIGOBERTO MEJÍA MENJÍVAR,
ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F035726-3
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1999004755
No. de Presentación: 20090130585
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO LEONEL CASTILLO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CEK DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CIUDAD DE SAN JOSE, REPUBLICA DE COSTA RICA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00041 del Libro 00102 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la fi gura de una cruz simétrica de color negro, con fondo claro, encerrada ésta, en un círculo negro, y en la parte inferior de ésta, la leyenda: cruz verde en letras convencionales de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los once días del mes de diciembre del año dos mil nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035601-3
No. de Expediente: 1999004756
No. de Presentación: 20090130583
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO LEONEL CASTILLO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CEK DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de San José, Repú-blica de Costa Rica, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00039 del Libro 00102 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la fi gura de una cruz simétrica de color negro, con fondo claro, encerrada ésta, en un círculo
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negro, y en la parte inferior de ésta, la leyenda: cruz verde en letras convencionales de color negro; que ampara productos/servicios com-prendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035602-3
No. de Expediente: 1999004758
No. de Presentación: 20090130586
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO LEONEL CASTILLO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CEK DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de San José, Repú-blica de Costa Rica, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00235 del Libro 00100 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una viñeta contentiva de los siguientes elementos: la fi gura de una cruz simétrica de color negro, con fondo claro, encerrada ésta, en un círculo negro, y en la parte inferior de ésta, la leyenda: cruz verde en letras convencionales de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los once días del mes de diciembre del año dos mil nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035605-3
No. de Expediente: 1999004757
No. de Presentación: 20090130584
CLASE: 04.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
LEONEL CASTILLO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORENA,
actuando como APODERADO de CEK DE CENTROAMERICA
SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CIUDAD DE SAN JOSE,
REPUBLICA DE COSTA RICA, de nacionalidad COSTARRICENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00234 del libro
00100 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una viñeta con-
tentiva de los siguientes elementos: la fi gura de una cruz simétrica de color
negro, con fondo claro, encerrada ésta, en un círculo negro, y en la parte
inferior de ésta, las leyendas: CRUZ VERDE en letras convencionales
de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 04 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil
nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035606-3
No. de Expediente: 1990000012
No. de Presentación: 20090130806
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THE CLOROX
COMPANY, del domicilio de 1221 Broadway Oakland, CALIFORNIA,
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNI-
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141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00010
del Libro 00120 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UN
CUADRILATERO DE FONDO AZUL, DENTRO DEL CUAL ESTA
LA FIGURA DE UN ROMBO, CON SUS EXTREMOS TRUNCADOS;
SIENDO DE COLOR ROJO EN LA PARTE SUPERIOR Y BLANCO
EN LA PARTE INFERIOR, LAS LINEAS QUE LO FORMAN; EL
FONDO DEL ROMBO ES DE COLOR NEGRO; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil
nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F035761-3
No. de Expediente: 1990000011
No. de Presentación: 20090130808
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por
JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad,
ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de
nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de
THE CLOROX COMPANY, del domicilio de 1221 BROADWAY
OAKLAND, CALIFORNIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00097 del Libro 00122 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en UN CUADRILATERO DE FONDO BLAN-
CO, DENTRO DEL CUAL ESTA LA FIGURA DE UN ROMBO, CON
SUS EXTREMOS TRUNCADOS; SIENDO DE COLOR GRIS EN LA
PARTE SUPERIOR Y BLANCO EN LA INFERIOR, LAS LINEAS
QUE LO FORMAN; EL FONDO DEL ROMBO ES DE COLOR NE-
GRO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05
de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil
nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035763-3
No. de Expediente: 1990000009
No. de Presentación: 20090130807
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por
JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad,
ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de
nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de
THE CLOROX COMPANY, del domicilio de 1221 BROADWAY
OAKLAND, CALIFORNIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RE NOVACION, para
la inscripción Número 00098 del Libro 00120 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en un cuadrilátero de fondo blanco, dentro del
cual está la fi gura de un rombo, con sus extremos truncados; siendo de
color gris en la parte superior y blanco en la parte inferior, las líneas que
lo forman; el fondo del rombo es de color negro; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035765-3
DIARIO
OFI
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NO TIE
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DEZ LE
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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
No. de Expediente: 1979000757
No. de Presentación: 20090130804
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SCHERING
CORPORATION, del domicilio de GALLOPING HILL ROAD,
KENILWORTH, NJ 07033, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00035 del Libro 00082 de REGISTRO
DE MARCAS, consistente en la expresión “TOPAGEN”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos,
San Salvador, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil
nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F035767-3
No. de Expediente: 1978001921
No. de Presentación: 20090130801
CLASE: 03, 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SCHERING-
PLOUGH HEALTHCARE PRODUCTS, INC., del domicilio de 3030
JACKSON AVENUE, MEMPHIS, TENNESSE, ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00042 del Libro 00081
de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra MEXANITA;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03, 05 de
la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil
nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035768-3
No. de Expediente: 1978001235
No. de Presentación: 20090130815
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE que se abrevia:,
mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SAL-
VADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODE-
RADO de SHERING-PLOUGH HEALTHCARE PRODUCTS, INC.,
del domicilio de 3030 JACKSON AVENUE, MEMPHIS, TENNESSE,
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-
DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00199
del Libro 00080 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra
“TROPICAL BLEND”; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIARIO
OFI
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NO TIE
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DEZ LE
GAL
143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil
nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F035771-3
No. de Expediente: 1979000691
No. de Presentación: 20090130477
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad,
ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THE JAE-
GER COMPANY LIMITED, del domicilio de JAEGER HOUSE 57,
BROADWICK STREET, LONDRES, INGLATERRA, de nacionalidad
INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00050 del Libro 00082 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en
la expresión “JAEGER”; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil
nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F035772-3
No. de Expediente: 1994004379
No. de Presentación: 20090130389
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL Y
ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de TALECRIS BIOTHE-
RAPEUTICS, INC., del domicilio de 4101 Research Commons, Suite
300, 79 T.W. Alexander Drive, Research Triangle Park, North Carolina,
Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00146 del
Libro 00122 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la pala-
bra “HYPRHO.D” en letras mayúsculas. El guión que une a la palabra
forma parte del nombre de la marca; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil
nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F035773-3
No. de Expediente: 1988000039
No. de Presentación: 20090129501
CLASE: 29, 32.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
DIARIO
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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO de CAMPBELL SOUP
COMPANY, del domicilio de NEW JERSEY, ESTADOS UNIDOS,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00150 del Libro 00125 de REGISTRO DE
MARCAS, consistente en la palabra “CAMPBELLS”, ubicada en una
etiqueta dividida en dos partes iguales por una línea horizontal. La parte
superior de la misma, es de color rojo y la inferior de color blanco; lle-
vando ambas partes y casi en sus extremos de arriba y abajo, dos líneas,
que es de color blanco la que está en la sección roja; y de color roja, la
que está en la sección blanca. En la sección roja y en letra minúsculas,
a excepción de la primera que es mayúscula, aparece escrita la palabra
“campbell's”, en color blanco y en letra caligráfi ca, que lleva sobre la letra
fi nal “S” un apóstrofo; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 29, 32 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil
nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F035774-3
MARCA DE FABRICA
No. de Expediente: 2009096894
No. de Presentación: 20090129060
CLASE: 03.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN ANTO-
NIO COLORADO HERNANDEZ, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de DIVERSIFICACIONES QUIMICAS DE EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
DIVQUISA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solici-
tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión DQ Aroma y diseño, sobre la palabra
Aroma individualmente considerada no se le concede exclusividad, que
servirá para: AMPARAR: DESINFECTANTE PARA PISOS CON
BACTERICIDA, CERA LIQUIDA PARA PISOS, JABON LIQUIDO
PARA MANOS, DETERGENTE LIQUIDO PARA LAVADORA.
Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de octubre del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000231-3
No. de Expediente: 2009098024
No. de Presentación: 20090130968
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-
CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERA-
DIARIO
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145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
DO de BEIERSDORF AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
BEAUTY PROTECTOR
Consistente en: las palabras BEAUTY PROTECTOR, el cual
se traducen al castellano como “belleza protector”, sobre las palabras
aisladamente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá
para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA
PIEL NO MEDICADAS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F035756-3
No. de Expediente: 2009098021
No. de Presentación: 20090130965
CLASE: 08.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-
CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERA-
DO de WMF Württembergische Metallwarenfabrik Aktiengesellschaft,
de nacionalidad ALEMANA. solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA Y DE COMERCIO,
WMF
Consistente en: las letras WMF, que servirá para: AMPARAR
HERRAMIENTAS MANUALES E IMPLEMENTOS (OPERADOS
MANUALMENTE); CUBERTERIA Y CUCHILLERIA; ARMAS
BLANCAS; MAQUINAS DE AFEITAR O RASTRILLOS. Clase:
08.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil nueve.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035757-3
No. de Expediente: 2009098022
No. de Presentacion: 20090130966
CLASE: 11.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-
CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERA-
DO de WMF Württembergische Metallwarenfabrik Aktiengesellschaft,
de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA Y DE COMERCIO,
WMF
Consistente en: las letras WMF, que servirá para: AMPARAR
APARATOS PARA ALUMBRAR, CALENTAR, PRODUCIR VAPOR,
DE COCCION (COCINA), REFRIGERAR, SECAR, VENTILAR,
SUMINISTRAR DE AGUA Y PARA PROPOSITOS SANITARIOS.
Clase: 11.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil nueve.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035758-3
DIARIO
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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
No. de Expediente: 2009098023
No. de Presentación: 20090130967
CLASE: 21.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-
CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERA-
DO de WMF Württembergische Metallwarenfabrik Aktiengesellschaft,
de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA Y DE COMERCIO,
WMF
Consistente en: las letras WMF, que servirá para: AMPARAR:
UTENSILIOS Y RECIPIENTES PARA LA CASA O LA COCINA;
PEINES Y ESPONJAS; CEPILLOS (EXCEPTO BROCHAS O PINCE-
LES PARA PINTAR); MATERIALES PARA LA FABRICACION DE
CEPILLOS; ARTICULOS DE LIMPIEZA; ESTROPAJOS DE ACERO;
VIDRIO EN BRUTO O SEMIELABORADO (CON EXCEPCION
DEL VIDRIO USADO EN LA CONSTRUCCION); CRISTALERIA,
PORCELANA Y LOZA NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES.
Clase: 21.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035759-3
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2009098169
No. de Presentación: 20090131294
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICTOR
ALEJANDRO GERARDO SAFIE SAMOUR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro
del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras Clean Service y diseño, que se tra-
ducen al castellano como Servicio Limpio. Sobre las palabras Clean
Service aisladamente consideradas no se le concede exclusividad, que
servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL
DEDICADO A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE LIMPIEZA
COMERCIALES, RESIDENCIALES E INSTITUCIONALES, EL
CUAL SE ENCUENTRA UBICADO EN PASAJE DOCE NUMERO
102, COLONIA CENTROAMERICA, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de diciembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000252-3
DIARIO
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147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2009098168
No. de Presentación: 20090131293
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICTOR ALEJANDRO GERARDO SAFIE SAMOUR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: la expresión Clean Service y diseño, que se traducen al castellano como Servicio Limpio. Sobre las palabras Clean Service, aisladamente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA COMERCIALES, RESIDENCIALES E INSTITUCIONALES QUE PRESTA EL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, EL CUAL SE ENCUENTRA UBICADO EN EL PA-SAJE DOCE NUMERO 102, COLONIA CENTROAMERICA, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de diciembre del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000251-3
No. de Expediente: 2006062518
No. de Presentación: 20060085105
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de DISTRIBUIDORA AGRICOLA GUATEMALTECA,
SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solici-
tando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA,
DISAGRO MAQUINARIA
Consistente en: la expresión DISAGRO MAQUINARIA, que
servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO DE UN ES-
TABLECIMIENTO DEDICADO A LA VENTA DE MAQUINARIA
EN GENERAL.
La solicitud fue presentada el día siete de noviembre del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil nueve.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
GABRIELA MARÍA CORNEJO CASTILLO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035589-3
No. de Expediente: 2009097766
No. de Presentación: 20090130528
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL
ANGEL SHAFIK LOBOS LEON, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la EXPRESION
O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
TELEORIENTE
Consistente en: La palabra TELEORIENTE, que servirá para:
LLAMAR LA ATENCIÓN AL PÚBLICO CONSUMIDOR EN TE-
LEVISIÓN, SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO, NOTICIAS,
DEPORTES, PELÍCULAS, MÚSICA, ENTREVISTAS, REPORTAJES,
NOVELAS, COBERTURA DE EVENTOS EN GENERAL, PATRO-
CINIOS.
DIARIO
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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
La solicitud fue presentada el día cuatro de diciembre del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F035678-3
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA
DE ACCIONISTAS
La Junta Directiva de Bolsa de Valores de El Salvador, S.A. de C.
V., CONVOCA a sus accionistas a Junta General Ordinaria de Accionis-
tas, para conocer asuntos de carácter ordinario, a celebrarse en el Salón
Mesoamérica 2 y 3, del Hotel Radisson Plaza, ubicado en 89 Avenida
Norte y 11 Calle Poniente, San Salvador, el día miércoles 17 de febrero
de 2010, de las 17:00 horas en adelante, en primera convocatoria.
Junta General Ordinaria. El quórum para celebrar esta Junta General
Ordinaria, en primera convocatoria, será de cincuenta mil una acciones
(50,001), presentes o legalmente representadas, o sea la mitad más una
del total; y las resoluciones serán válidas al ser tomadas por la mayoría
de las acciones presentes o representadas.
La agenda para esta Junta será la siguiente:
1. Lectura del acta anterior.
2. Presentación de la Memoria de Labores correspondiente al
año 2009.
3. Presentación de los Estados Financieros al 31 de diciembre
de 2009.
4. Informe del Auditor Externo.
5. Nombramiento de Auditor Externo, fi jación de sus emolu-
mentos y designación de Suplente.
6. Nombramiento de Auditor Fiscal, fi jación de sus emolumentos
y designación de Suplente.
7. Informe de la renuncia de Director Suplente y nombramiento
de Director Suplente, para concluir el período actual.
8. Aplicación de resultados.
9. Varios.
Segunda Convocatoria. En caso de no existir el quórum indicado
para celebrar las Juntas Generales Ordinaria, se invita a los accionistas
para celebrarla en segunda convocatoria, el día siguiente jueves 18 de
febrero de 2010, de las 17:00 horas en adelante, en las ofi cinas de Bolsa
de Valores de El Salvador, S.A. de C. V., ubicadas en Boulevard Merliot
y Avenida Las Carretas, Urbanización Jardines de la Hacienda, Antiguo
Cuscatlán, La Libertad.
Quórum. La Junta General Ordinaria, reunida en segunda con-
vocatoria, se llevará a cabo cualquiera que sea el número de acciones
presentes y representadas y las resoluciones serán válidas por mayoría
de los votos presentes.
San Salvador, 7 de enero de 2010.
ROLANDO DUARTE SCHLAGETER,
PRESIDENTE-REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. C000246-3
CONVOCATORIA
Para dar cumplimiento a los Artículos 12 y 13, Capítulos V y VI
de los nuevos Estatutos del Centro Cultural Salvadoreño Americano,
se convoca a Asamblea General de Socios, para el día 22 de febrero del
año dos mil diez, a las doce meridiano, en el local del Centro Cultural
Salvadoreño Americano. En caso de que no haya quórum, la sesión se
llevará a cabo a las doce horas y treinta minutos del mismo día, con los
socios asistentes, en el lugar indicado.
Agenda:
l. Establecimiento de quórum.
2. Lectura y aprobación de Acta de Asamblea de 2009.
3. Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias de
2009.
4. Memoria de Labores de 2009.
5. Informe de Planes de Trabajo 2010.
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149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
6. Elección de Auditores Externos y Fiscal.
7. Cualquier otro punto que, de acuerdo con la ley, pueda dis-
cutirse.
San Salvador, a los siete días del mes de enero del año dos mil
diez.
ERNESTO MILLA NUILA,
SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. F035528-3
CONVOCATORIA
La Junta Directiva del BANCO DE LOS TRABAJADORES DE
SAN MIGUEL, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILI-
DAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en cumplimiento a las
Cláusulas Décima Novena, Vigésima y Vigésima Segunda de la Escritura
de Modifi cación al Pacto Social del Banco y a los artículos 223, 228 y
229 del Código de Comercio vigente, convoca a los socios del mismo,
para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas a realizarse a las
nueve horas del día veinte de febrero del año dos mil diez, en el local
del BANCO DE LOS TRABAJADORES DE SAN MIGUEL, ubicado
sobre Carretera Panamericana salida a La Unión N° 1 bis Colonia Pa-
namericana, San Miguel.
En caso que no hubiera quórum en la hora y fecha antes mencionada
se convoca por segunda vez para celebrar la Junta General Ordinaria
de Accionistas del Banco de los Trabajadores de San Miguel, Socie-
dad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, a
la misma hora del día domingo veintiuno de febrero del año dos mil
diez, en HOTEL TROPICO INN, SALON UBICADO EN EL NIVEL
5, ubicado en Avenida Roosevelt Sur y Calle La Paz, San Miguel, en
la que se conocerán y resolverán los temas contenidos en la siguiente
Agenda:
AGENDA a tratar en Junta General Ordinaria:
1. Integración del Quórum de Presencia.
2. Integración del Quórum Legal.
3. Presentación y discusión de la Memoria de Labores del Banco,
el Balance General al 31 de diciembre de 2009, el Estado de
Pérdidas y Ganancias del 1° de Enero al 31 de Diciembre de
2009, el Estado de Cambio en el Patrimonio del 1° de Enero
al 31 de Diciembre de 2009 y el Informe del Auditor Externo
a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las
medidas que juzgue oportunas.
4. Aplicación de los RESULTADOS DEL EJERCICIO 2009.
5. Retiro y Exclusión de SOCIOS de acuerdo a Disposiciones
Legales.
6. Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el
año 2010.
7. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos
suplentes y fi jación de sus honorarios.
8. Fijación de Dietas a los miembros de la Junta Directiva.
El Quórum para resolver los puntos de la Junta General Ordinaria
en 1ª convocatoria se conformará con la mitad más una de la totalidad
de las acciones presentes, y en 2ª convocatoria con cualquiera que sea el
número de socios presentes o representados de conformidad a la Cláusula
Vigésima Cuarta de la Escritura de Modifi cación al Pacto Social del
Banco, y a los Artículos 240 y 241 del Código de Comercio vigente.
San Miguel, a los siete días del mes de enero de dos mil diez.
MAURICIO VELÁSQUEZ FERRUFINO,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F035663-3
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA
Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Izalco, Sociedad Coope-
rativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento
a los Artículos 223, 224, 228 y 230 del Código de Comercio vigente y
de conformidad a lo establecido en las Cláusulas Vigésima Segunda,
Vigésima Tercera, Vigésima Cuarta y Trigésima Cuarta del Pacto Social,
convoca a los Representantes de Acciones y demás Socios de la misma,
para celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, en
el local de la Institución ubicado en la Avenida Roberto Carías y Tercera
Calle Poniente de la Ciudad de lzalco, del Departamento de Sonsonate.
La Junta General Ordinaria de Accionistas se celebrará en Primera
Convocatoria, a partir de las catorce horas del día sábado seis de febrero
de 2010 y en caso de no integrarse el quórum legal correspondiente, se
hace segunda convocatoria, a las catorce horas del día domingo siete de
febrero del 2010. La Junta General Extraordinaria de Accionistas será
celebrada en primera y segunda convocatoria inmediatamente después de
la Junta General Ordinaria de Accionistas, siempre y cuando hubiere el
quórum que establece el Código de Comercio vigente y el Pacto Social
de la Caja de Crédito de Izalco.
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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
La Junta General de Accionistas se constituirá con las formalidades
que establecen el Pacto Social de la Caja de Crédito de Izalco y el Código
de Comercio, para conocer y resolver los puntos que contiene la agenda
siguiente:
JUNTA GENERAL ORDINARIA.
AGENDA JUNTA GENERAL ORDINARIA:
1- Integración del Quórum de presencia.
2- Elección de Representantes de Acciones que hubieren con-
cluido su período y de los que faltaren por las causas que
expresan las Cláusulas vigésima, vigésima primera y trigésima
primera, de la Escritura de Constitución de la Caja.
3- Integración del Quórum Legal.
4- Apertura de la sesión.
5- Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores
de la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2009,
del Estado de Resultados del 1 de enero al 31 de diciembre
de 2009, el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de
diciembre de 2009 y el Informe del Auditor Externo, a fi n de
aprobar o improbar los primeros cuatro y toma de medidas
que se juzguen oportunas.
6- Aplicación de los Resultados del Ejercicio del año 2009.
7- Retiro de Socios de acuerdo a las disposiciones legales.
8- Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus Respec-
tivos Suplentes y fi jación de sus honorarios.
9- Fijación de Dietas a los miembros de la Junta Directiva.
10- Reposición de Director Suplente de la Junta Directiva.
11- Adecuación del Plazo y Ratifi cación de la actual Junta Directiva
para el período de ejercicio de los Directores, de acuerdo a
modifi cación al Pacto Social.
El quórum Legal para resolver los puntos de la agenda se integrará
de conformidad a los artículos 240 y 241 del Código de Comercio vigente
y a lo estipulado en la Cláusula Vigésima Sexta del Pacto Social.
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA.
AGENDA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA:
1- Integración del Quórum de presencia.
2- Establecimiento del Quórum legal.
3- Apertura de la sesión.
4- Aumento de capital social.
5- Ratifi cación de ajuste por adecuación del valor nominal de
las acciones, según lo dispuesto en las últimas modifi caciones
al Código de Comercio.
6- Modifi cación al Pacto Social de la Caja de Crédito de
Izalco.
7- Designación de Ejecutor(es) Especial(es) de acuerdo a Mo-
difi cación del Pacto Social de la Caja de Crédito de Izalco.
El quórum Legal para resolver los puntos de la agenda se integrará
de conformidad al artículo 243 del Código de Comercio vigente y a lo
estipulado en la Cláusula Vigésima Séptima del Pacto Social.
ING. CARLOS WALTER VALDEZ AGUILAR,
DIRECTOR PRESIDENTE.
ING. LUIS ALONSO ESCOBAR,
DIRECTOR PROPIETARIO.
PROF. NAPOLEÓN ALFREDO GONZÁLEZ,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035673-3
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de La Unión, Sociedad
Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, constituida
conforme lo establecen sus Estatutos y en cumplimiento a la atribución
que le confi ere la Cláusula Vigésima Segunda de su Escritura de Mo-
difi cación a la Escritura de Constitución, que se constituye en su Pacto
Social vigente, convoca a los Representantes de Acciones y demás socios
de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas que
se celebrará a partir de las diez horas del día veinte de febrero del año
dos mil diez, en el local del Hotel Comfort Inn Real, de esta ciudad,
en primera convocatoria. En caso de no integrarse el quórum legal
correspondiente, se hace segunda convocatoria para el día veintisiete
de febrero de dos mil diez, a la hora y local antes señalados.
Dicha Junta se constituirá con las formalidades que establece la
Cláusula 19ª, 20ª, 21ª, 22ª, 24ª, 25ª, 26ª y 28ª, de la Escritura de Modifi -
cación a la Escritura de Constitución ya citada y los Artículos 223, 228,
229, Sección "C", Capítulo VII, título II, del Libro Primero del Código
de Comercio vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene
la agenda.
AGENDA:
1. Integración del Quórum de Presencia.
2. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren
concluido su período y los que faltaren por las causas que
expresa la Cláusula Vigésima, Vigésima Primera y Trigésima
Primera de la Escritura de Modifi cación a la Escritura de
Constitución de la Caja.
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151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
3. Integración del quórum Legal.
4. Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores de la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2009, del Estado de Pérdidas y Ganancias del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2009, el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2009; y el Informe del Auditor Externo a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.
5. Aplicación de los Resultados del ejercicio.
6. Retiro de socios de acuerdo a disposiciones legales.
7. Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el 2010.
8. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos suplentes y fi jación de sus honorarios.
9. Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.
El quórum legal se integrará en primera convocatoria con Quince de los Veintiocho Representantes de Acciones que forman la Asamblea General de Accionistas, de conformidad a los Artículos 240 y 241 del Código de Comercio y en segunda convocatoria con los Representantes de Acciones, que estuvieren presentes de acuerdo a su Pacto Social vigente.
La Unión, ocho de enero de 2010.
OSCAR RENÉ MARTÍNEZ DÍAZ,
PRESIDENTE.
JOSÉ ROGER CANALES GARAY,
SECRETARIO.
LUIS ALONSO BONILLA REYES,
PROPIETARIO.
3 v. alt. No. F035687-3
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA,
DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD
AVILÉS PACAS HERMANOS, S.A. DE C.V.
El Presidente de la Junta Directiva de la sociedad "AVILÉS PACAS HERMANOS, S.A. DE C.V.", que se abrevia "APACHE, S.A. DE C.V.", de este domicilio, y en nombre de la Junta Directiva, de conformidad con las Cláusulas quinta, décima sexta y décima octava literal c) de la Escritura de Constitución de Sociedad y artículos doscientos veinticuatro,
doscientos veintiocho y doscientos cuarenta y tres todos del Código de Comercio por este medio CONVOCA a sus accionistas a Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad, el día nueve de febrero de dos mil diez, a las catorce horas, y en segunda convocatoria para el día diez de febrero de dos mil diez a la misma hora, en las ofi cinas principales de la sociedad, ubicadas en Veinticinco Avenida Sur, número setecientos sesenta y tres, San Salvador.
La agenda a conocer es la siguiente:
1. Establecimiento de quórum y aprobación de agenda;
2. Conocimiento de antecedentes;
3. Disminución del capital social y como consecuencia pago de las acciones a la accionista María Alicia Avilés de López Andreu, al valor conforme al fallo pronunciado en el laudo dictado en esta ciudad a las diecisiete horas y treinta minutos del diez de septiembre de dos mil nueve; y,
4. Cambio en los certifi cados de acciones de la sociedad.
Para llevar a cabo la Junta General Extraordinaria de Accionistas en la primera convocatoria, se necesita la asistencia o representación de las tres cuartas partes de las acciones en que está dividido el capital social y en la segunda convocatoria, la mitad más una de las acciones en que está dividido el capital social.
San Salvador, ocho de enero de dos mil diez.
LUIS ERNESTO AVILÉS MIRANDA,
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. F035734-3
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD
ACERO CENTRO AVILÉS, S.A. DE C.V.
La Presidente de la Junta Directiva de la sociedad "ACERO CEN-TRO AVILÉS, S.A. DE C.V." que se abrevia "ACAVISA, DE C.V.", de este domicilio, y en nombre de la Junta Directiva, de conformidad con las Cláusulas sexta, décima cuarta y décima novena literal f) de la Escritura de Constitución de Sociedad y artículos doscientos veinticuatro, doscientos veintiocho y doscientos cuarenta y tres todos del Código de Comercio, por este medio CONVOCA a sus accionistas a Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad, el día nueve de febrero de dos mil diez, a las nueve horas, y en segunda convocatoria para el día diez
de febrero de dos mil diez a la misma hora, en las ofi cinas principales de
la sociedad, ubicadas en Veinticinco Avenida Sur, número setecientos
sesenta y tres, San Salvador.
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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
La agenda a conocer es la siguiente:
1. Establecimiento de quórum y aprobación de agenda;
2. Conocimiento de antecedentes;
3. Disminución del capital social y como consecuencia pago de las acciones a los accionistas María Alicia Avilés de López Andreu, Luz María López Avilés de Pis-Dudot, Conrado López Andreu y Juan Carlos López Avilés, al valor conforme al fallo pronunciado en el laudo dictado en esta ciudad a las diecisiete horas del diez de septiembre de dos mil nueve; y,
4. Cambio en los certifi cados de acciones de la sociedad.
Para llevar a cabo la Junta General Extraordinaria de Accionistas en la primera convocatoria, se necesita la asistencia o representación de las tres cuartas partes de las acciones en que está dividido el capital social y en la segunda convocatoria, la mitad más una de las acciones en que está dividido el capital social.
San Salvador, ocho de enero de dos mil diez.
MARÍA ELENA AVILÉS DE AISENBERG,
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. F035735-3
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
DE AFP CRECER, S.A.
La Junta Directiva de AFP CRECER, S.A., convoca a los señores accionistas, a Junta General para conocer asuntos de carácter ORDINA-RIO, a celebrarse en la Sala de Juntas del Edifi cio Crecer, Tercer Nivel, ubicado en la Alameda Doctor Manuel Enrique Araujo, número mil cien, San Salvador, el día miércoles diez de febrero del año dos mil diez, de las quince horas con treinta minutos en adelante. De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día jueves once de febrero del mismo año, a la misma hora y lugar, para conocer tales asuntos o los que quedaren pendientes.
AGENDA
PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO:
I. Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y presentación de los Estados Financieros del ejercicio económico del año dos mil nueve correspondientes a AFP CRECER, S.A. y el Fondo de Pensiones administrado por AFP CRECER, S.A.
II. Dictamen e informe del Auditor Externo.
III. Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y de los Estados Financieros del ejercicio económico del año dos mil nueve correspondiente a AFP CRECER, S.A. y al Fondo de Pensiones administrado por AFP CRECER, S.A.
IV. Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal con sus respec-tivos suplentes y fi jación de sus emolumentos.
V. Aplicación y distribución de utilidades.
QUÓRUM Y VOTACIÓN EN LAS JUNTAS GENERALES.
PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO: a) Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmente reunida en la primera fecha de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas, por lo menos, la mitad más una de las acciones que forman el capital social y las resoluciones se tomarán por mayoría de los votos de los presentes. b) Para que la sesión sea válida en la segunda fecha de la convocatoria, bastará el número de acciones que estén presentes, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de las acciones presentes. c) A las reglas anteriores se regirán las Juntas Extraordinarias que tengan por objeto la emisión de obligaciones negociables o bonos, o la amortización de acciones con recursos de la propia sociedad; así como la emisión de certifi cados de goce. d) La desintegración del quórum de presencia no será obstáculo para que la Junta General continúe y pueda adoptar acuerdos, si son votados por las mayorías requeridas por la Ley o por los Estatutos de la sociedad.
San Salvador, a los siete días del mes de enero de dos mil diez.
RUTH DEL CASTILLO DE SOLÓRZANO,
PRESIDENTA EJECUTIVA.
3 v. alt. No. F035749-3
CONVOCATORIA
TERCERA CONVOCATORIA
El Administrador Único de la Sociedad "COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", que puede abreviarse "COMPUSAL, S.A. DE C. V.", conforme lo que establece la Ley y el Pacto Social de la misma, por este medio convoca por tercera vez a Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo en sus ofi cinas situadas en: Avenida y Colonia Santa Victoria, Número nueve, San Salvador, el día seis de febrero de dos mil diez, a partir de las nueve horas, la que se desarrollará de acuerdo a la siguiente agenda:
1. Verifi cación del Quórum.
2. Lectura y aprobación del Acta anterior.
3. Adecuación del Pacto Social a las reformas del Código de Comercio.
4. Cualquier otro punto que se decida tratar.
Para celebrar sesión en la tercera fecha de la convocatoria, bastará con la concurrencia de cualquier número de las acciones que se presenten a la Junta y las resoluciones se formarán con mayoría de votos de los presentes.
San Salvador, a los nueve días del mes de enero de dos mil diez.
ING. JACINTO ÁNGEL BUSTILLO FUENTES,
ADMINISTRADOR ÚNICO.
3 v. alt. No. F036110-3
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153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
SUBASTA PUBLICA
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al Público para efectos de ley, que por ejecución
seguida en este Juzgado por la Licenciada XENIA DANNELIA VALLE
GUTIERREZ, apoderada de la ASOCIACION COOPERATIVA DE
AHORRO Y CREDITO DE LA UNION, DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA (ACACU, DE R L.), contra la señora NOEMY CRISTINA
REYES o NOEMY CRISTINA REYES DE HERNANDEZ por medio
de su curador especial nombrada Licenciada GUADALUPE ALEXIS
MENDEZ CRUZ, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble:
Un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio de Honduras,
sobre la Doce Avenida Norte, de esta ciudad, distrito y Departamento
de La Unión, de la capacidad superfi cial de CUARENTA Y CUATRO
AREAS OCHENTA Y OCHO CENTIAREAS CINCUENTA Y SEIS
DECIMETROS DE METROS CUADRADOS, de los linderos y di-
mensiones siguientes: AL ORIENTE: mide y linda siete metros ochenta
centímetros, con casa y solar de don Emilio Erroa, zanjo de por medio;
AL NORTE: mide y linda veintinueve metros cincuenta y tres centíme-
tros, con casa y solar de Dominga Flores de Reyes y Raúl Reyes, pared
de ladrillo propia; AL PONIENTE: mide y linda siete metros cuarenta
centímetros, calle de por medio con predio Municipal; AL SUR: mide y
linda veintinueve metros cincuenta y tres centímetros, con casa y solar
de Victoria Reyes, pared de ladrillo de por medio medianero. Inscrito
dicho inmueble a favor de la señora NOEMY CRISTINA REYES o
NOEMY CRISTINA REYES DE HERNANDEZ en el Registro de la
Propiedad Raíz de la Tercera Sección de Oriente bajo el número NUEVE
CINCO CERO CINCO TRES NUEVE SIETE CINCO, de propiedad
del Departamento de La Unión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, uno de diciembre de
dos mil nueve.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA,
JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETA-
RIO.
3 v. alt. No. C000245-3
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las doce horas del día cinco de noviembre del dos mil nueve, en el
Juicio Ejecutivo Civil, promovido por el señor ADELMO SANABRIA
GALDAMEZ conocido por ADELMO SANABRIA GALDAMEZ
MONTERROSA y por ADELMO SANABERIA GALDAMEZ; en
contra del señor CARLOS ROBERTO FLORES ACOSTA, se venderá
en PUBLICA SUBASTA Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE
SEÑALARA, el inmueble siguiente: un inmueble de naturaleza rústica,
situado en Cantón Capulín, de una extensión superfi cial de VEINTI-
DÓS MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE METROS, CUARENTA
Y OCHO DECÍMETROS CUADRADOS, con las medidas y linderos
siguientes: AL NORTE: con ADELMO SANABRIA GALDAMEZ
conocido por ADELMO SANABRIA GALDAMEZ MONTERROSA
y por ADELMO SANABERIA GALDAMEZ; AL SUR: con terreno
que fue o es de Virginia Leiva, hoy de Juan José Ortiz, Narcisa Ortiz y
Luis Castillo; AL ORIENTE: con ADELMO SANABRIA GALDAMEZ
conocido por ADELMO SANABRIA GALDAMEZ MONTERROSA
y por ADELMO SANABERIA GALDAMEZ; y AL PONIENTE: con
Rolando Flores Acosta.- Dicho inmueble se encuentra Inscrito a favor
del señor demandado CARLOS ROBERTO FLORES ACOSTA, bajo
la Matrícula número DOS CERO CERO CUATRO UNO CINCO UNO
SIETE - CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento UNO, del Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de Santa Ana.
Servirá de base para el remate las dos terceras partes de su valúo,
se admitirán posturas siendo legales.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas
quince minutos del día veintiuno de diciembre del dos mil nueve.- Lic.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE
CARLOS HERNANDEZ MADRID, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. F035540-3
Doctor DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DE LA CIUDAD DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE
CHALATENANGO,
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el
Juicio Ejecutivo Civil, número 36-2006-3, promovido por el Licenciado
Héctor Francisco Alvarado Lara, y seguido por el Licenciado Ricardo
Portillo Cáceres, en sus calidades de Apoderados Generales Judiciales
de la señora Zoila Maribel Flores Pineda, contra la señora María de la
Paz Alvarado de Zepeda, se venderá en pública subasta en este Juzgado
en fecha que posteriormente se señalará el bien inmueble embargado
consistente en un terreno de naturaleza urbana, ubicado en el Barrio San
Antonio del Municipio de Tejutla, de este Departamento, de la extensión
superfi cial de ciento sesenta y nueve metros cuadrados, de las medidas
y colindancias siguientes: AL ORIENTE, se mide un tiro de línea recta
de diecinueve metros treinta centímetros colindando con solar del se-
ñor Oscar Orlando Soriano Alvarado, partiendo de un mojón de jiote
tomando dirección Norte en línea recta; AL NORTE, se mide un tiro de
trece metros cincuenta centímetros colindando con terreno de la señora
Rosa Lidia Alvarado de Soriano, calle de por medio que de esta ciudad
conduce al cantón El Tremedal; AL PONIENTE, se mide un tiro de ca-
torce metros tomando dirección sur en línea recta de la orilla de la calle
anteriormente citada hacia un árbol de jiote esquinero linda con terreno
de la señora Adela Esperanza Salvador de Soriano; y AL SUR, mide
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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
un tiro de trece metros ochenta centímetros colindando con terreno del
señor Oscar Orlando Soriano Alvarado; en el mismo inmueble hay una
casa construida de sistema mixto en perfecto estado de funcionamiento.
Dicho inmueble antes relacionado se encuentra inscrito en el Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de Chalatenango,
bajo el número setenta y siete del libro setecientos noventa y nueve a
favor de la señora María de la Paz Alvarado de Zepeda.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla,
Departamento de Chalatenango, a los veintidós días del mes de octubre
del dos mil nueve.- Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA.- Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F035612-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIU-
DAD DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO, AL
PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
por el Licenciado Luis Edgardo Argueta Tovar y continuado por la Li-
cenciada Ana María Cortez Artiga, en su carácter de Apoderada General
Judicial del BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR SOCIEDAD
ANONIMA, que se puede abreviar BANCO HIPOTECARIO DE EL
SALVADOR, S.A., BANCO HIPOTECARIO, o BANCO HIPOTE-
CARIO DE EL SALVADOR, del domicilio de San Salvador, contra el
señor MARIO ANTONIO AGUILAR ORELLANA, de cuarenta y seis
años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Nueva Concepción,
Departamento de Chalatenango, se venderá en pública subasta en este
juzgado el inmueble de naturaleza urbana y construcciones actuales y
futuras, situado en Barrio El Rosario, Nueva Concepción, Departamento
de Chalatenango, de la extensión superfi cial de QUINIENTOS SETENTA
Y NUEVE METROS CUADRADOS CERO OCHO CENTIMETROS
CUADRADOS, que se describe así: comenzando en el esquinero noroeste,
partiendo del rumbo oriente se localiza el LINDERO NORTE, compuesto
de tres tramos rectos, así: primer tramo, distancia de diez metros, colinda
con Joba de Portillo; segundo tramo, distancia de ocho metros quince
centímetros, colinda con Gerónimo Portillo; tercer tramo, distancia
de dieciocho metros, cero seis centímetros, linda con compareciente;
LINDERO ORIENTE, compuesto de un tramo recto y una distancia
de dieciséis metros setenta y cinco centímetros, linda con Angel María
Castaneda y Benigno Pereira, Cuarta Avenida Norte de por medio de
ocho metros de ancho; LINDERO SUR, compuesto de un tramo recto
y distancia de veintitrés metros veinte centímetros, colinda con Pablo
Villeda y Elvira Tejada, Once Calle Oriente de por medio de ocho metros
de ancho; y LINDERO PONIENTE, compuesto de tres tramos rectos,
primer tramo, distancia de trece metros veinticinco centímetros, segundo
tramo, de cuatro metros cuarenta centímetros, tercer tramo, distancia
de tres metros cincuenta centímetros, colinda en todos los tramos con
Catalina Pleitez y en el último tramo se llega al esquinero noroeste y
es donde se comenzó y termina la presente descripción. El inmueble
anteriormente descrito se encuentra inscrito bajo el NUMERO VEIN-
TIUNO LIBRO CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS de Propiedad
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Quinta Sección del
Centro de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, y el que ha sido
valorado en la cantidad de VEINTE MIL OCHOCIENTOS TREINTA
Y SEIS DOLARES CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,
Departamento de Chalatenango, a los veintidós días de diciembre del
dos mil nueve.- Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA.- Lic. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F035660-3
EMBLEMAS
No. de Expediente: 2009096305
No. de Presentación: 20090128142
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ARISTIDES VELASQUEZ PERLA, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INVERSIONES MEDICAS DE ORIENTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del EMBLEMA,
Consistente en: un diseño identifi cado como Hospital de Especiali-dades Nuestra Señora de la Paz, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA Y UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A SERVICIOS DE PUBLICIDAD.
La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos mil nueve.
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155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de noviembre del año dos mil nueve.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F035555-3
MARCA DE SERVICIO
No. de Expediente: 2009096225
No. de Presentación: 20090128023
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YOLANDA IVETTE QUINTANILLA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de INVERSIONES DE AMERICA GLOBAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INAGLOB, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra coMaLLi y diseño, que se traduce al castellano en comal, que servirá para: AMPARAR SERVICIOS PARA PROVEER ALIMENTOS Y BEBIDAS; HOSPEDAJE TEMPORAL. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de octubre del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000238-3
No. de Expediente: 2009096229
No. de Presentación: 20090128028
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YOLANDA
IVETTE QUINTANILLA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de INVERSIONES DE AMERICA GLOBAL, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INAGLOB, S.A. DE C.V.,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras Sábado en familia y diseño, que ser-
virá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES,
PROGRAMAS DE TELEVISION Y RADIO. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dos de octubre del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000240-3
No. de Expediente: 2009095755
No. de Presentación: 20090127175
CLASE: 35, 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE LUIS
DUEÑAS MORAN, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
DUMO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
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abrevia: DUMO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión CINCO / CUARTOS y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCCION DE MATERIAL VISUAL PUBLICITARIO, ELABORACION DE BROCHURE. Clase: 35. Para: AMPARAR: SERVICIO PROFESIONAL DE FOTOGRAFÍA DIGITAL. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día cuatro de septiembre del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000242-3
No. de Expediente: 2009098170
No. de Presentación: 20090131296
CLASE: 37.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICTOR ALEJANDRO GERARDO SAFIE SAMOUR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras Clean Service y diseño, que se traducen al castellano como Servicio Limpio. Sobre las palabras Clean Service aisladamente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE LIMPIEZA. Clase: 37.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de diciembre del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000253-3
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2009096226
No. de Presentación: 20090128024
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YOLANDA IVETTE QUINTANILLA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de INVERSIONES DE AMERICA GLOBAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INAGLOB, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la expresión tAbu'S, que servirá para: AMPARAR: REVISTA MASCULINA, PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTOS MATERIALES, NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIALES DE ENCUADERNA-CION; FOTOGRAFIAS; PAPELERIA; ADHESIVOS (PEGAMEN-TOS) PARA LA PAPELERIA; MATERIALES DE INSTRUCCION Y DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS). Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de noviembre del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000239-3
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157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE EDUCACIÓN
RESOLUCION No. 2129/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Once días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CHAPELTIQUE, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CHAPELTIQUE, Departamento de San Miguel a MARÍA SANDRA MACHADO RIVERA, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F028735)
RESOLUCION No. 2130/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Diecisiete días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo LICEO AMERICANO, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de diciembre de 1992, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico Opción Humanidades obtenido en el Centro Educativo LICEO AMERICANO, Departamento de San Salvador a FRANCISCO ANTONIO HERNANDEZ ARCE, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F029681)
RESOLUCION No. 2131/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Doce días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Salud obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENENDEZ, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 30 de noviembre de 1989, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se
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ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Salud, Opción Enfermería obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Departamento de San Miguel a FRENEÉ MARISOL RODRÍGUEZ TURCIOS C/P FRINÉ MARISOL TURCIOS GONZÁLEZ, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F028747)
RESOLUCION No. 2132/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Once días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 20 de noviembre de 1989, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, Departamento de San Miguel a DAYSI MARISOL PORTILLO PORTILLO, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F028763)
RESOLUCION No. 2133/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Once días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo LICEO BRITANICO, Departamento de Usulután, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo LICEO BRITANICO, Departamento de Usulután a PEDRO FAUSTO ESCOBAR MEDRANO, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F028752)
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159DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
RESOLUCION No. 2134/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Doce días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL NOCTURNO GENERAL MANUEL JOSE ARCE, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 1978, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Humanidades obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL NOCTURNO GENERAL MANUEL JOSE ARCE, Departamento de San Salvador a RAMON ERNESTO PINEDA QUIJANO, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F028760)
RESOLUCION No. 2135/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Doce días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COLEGIO EUCARISTICO, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo COLEGIO EUCARISTICO, Departamento de San Salvador a DIGNA BEATRIZ ARGUETA CUBIAS, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F028759)
RESOLUCION No. 2136/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Once días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CENTRO AMERICA, Departamento de Sonsonate, extendido con fecha 20 de noviembre de 1986, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Matemática - Física obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CENTRO AMÉRICA, Departamento de Sonsonate a ANA MARIA GARCIA ALEMÁN, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F028771)
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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
RESOLUCION No. 2137/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Doce días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENENDEZ, De-partamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de enero de 1995, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de San Salvador a ROXANA MARTINEZ ARGOTE, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F028803)
RESOLUCION No. 2139/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Dieciséis días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Salud obtenido en el Centro Educativo LICEO ALBERTO MASFERRER, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 30 de noviembre de 1983, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Salud Opción Enfermería obtenido en el Centro Educativo LICEO ALBERTO MASFERRER, Departamento de San Miguel a SONIA EDITH PEREZ, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F028965)
RESOLUCION No. 2141/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los Doce días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Ba-chiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COLEGIO NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO DE FATIMA, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 29 de noviembre de 2002, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo COLEGIO NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO DE FATIMA, Departamento de La Libertad a KAREN ELIZABETH TURCIOS ALVARADO, Para los efectos de Ley. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F029054)
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161DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
RESOLUCION No. 2144/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los siete días del mes de diciembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN LUIS, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 29 de noviembre de 2002,
y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico
favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN LUIS, Departamento de Santa Ana a ANDREA CELESTE ORTIZ HERRERA, para
los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F032084)
RESOLUCION No. 2145/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los siete días del mes de diciembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN LUIS, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 29 de noviembre de 2002,
y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico
favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN LUIS, Departamento de Santa Ana a LIGIA MARINA ORTIZ HERRERA, para los
efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F032083)
RESOLUCION No. 2147/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los siete días del mes de diciembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo LICEO CAMILO CAMPOS, Departamento de San Salvador, extendido con
fecha 15 de noviembre de 1985, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se
ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo LICEO CAMILO CAMPOS,
Departamento de San Salvador a FLORENCIA ELVIRA MENJIVAR RAMIREZ, para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en
el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F031192)
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162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
RESOLUCION No. 2150/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO CANTÓN EL COCO, Departamento de Santa Ana, extendido con
fecha 09 de enero de 2009, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha
emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO CANTÓN EL COCO, Departamento de Santa
Ana a WENDI LIZETH BARRERA CASTILLO, para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F029537)
RESOLUCION No. 2151/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN JORGE, Departamento de San Miguel, extendido con fecha
20 de diciembre de 2002, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha
emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN JORGE, Departamento de San Miguel
a XIOMARA LISSETTE VASQUEZ PEREZ, para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F029370)
RESOLUCION No. 2152/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTA ANA, Departamento de Santa Ana, extendido con
fecha 22 de enero de 1997, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha
emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller Académico Opción Ciencias Naturales obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTA
ANA, Departamento de Santa Ana a WILLIAM ALEXANDER ALFARO AGUILAR, para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución
en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F029411)
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163DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Enero de 2010.
RESOLUCION No. 2154/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título
de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, Departamento de San
Miguel, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-
lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este
Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo
INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, Departamento de San Miguel a HILDA MARGARITA CHÁVEZ QUINTANILLA, para los efectos
de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F029433)
RESOLUCION No. 2155/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO CATÓLICO SAN JOSE, Departamento de
La Libertad, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo
COMPLEJO EDUCATIVO CATOLICO SAN JOSE, Departamento de La Libertad a GRISELDA ZULEIMA GANUZA GALAN, para los efectos
de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F029444)
RESOLUCION No. 2156/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSÉ DAMIÁN VILLACORTA, Departamento
de La Libertad, extendido con fecha 20 de diciembre de 1990, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a
la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales
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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo
INSTITUTO NACIONAL JOSÉ DAMIÁN VILLACORTA, Departamento de La Libertad a ELENILSON FRANCIS ALVARENGA HENRÍQUEZ,
para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F029465)
RESOLUCION No. 2157/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Ba-
chiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL MANUEL JOSE ARCE, Departamento
de San Salvador, extendido con fecha 22 de enero de 1997, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este
Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Computación obtenido en el Centro Educativo
INSTITUTO NACIONAL GENERAL MANUEL JOSE ARCE, Departamento de San Salvador a BLANCA LUISA MEDINA GUEVARA, para los
efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F029499)
RESOLUCION No. 2158/2009
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo LICEO EL SALVADOR, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha
15 de noviembre de 1985, y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha
emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo LICEO EL SALVADOR, De-
partamento de Santa Ana a CARLOTA ELIZABETH TICAS ROSALES, para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario
Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F029606)
Imprenta Nacional - Tiraje 430 Ejemplares.
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