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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012.
Diario oficial
S U M a r i o
1rEPUBlica DE El SalVaDor EN la aMErica cENTral
TOMO Nº 396 SAN SALVADOR, LUNeS 16 De JULIO De 2012 NUMeRO 131
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
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ORGANO LeGISLATIVO Decreto No. 4.- Se concede permiso al Ministro de Relaciones Exteriores, Ingeniero Hugo Roger Martínez Bonilla, para que acepte condecoración del SICA, que le ha conferido la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana. ..........
Decreto No. 62.- Reforma a la Ley de Derechos Fiscales por la Circulación de Vehículos. ................................................
Acuerdos Nos. 113 y 132.- Se llama a Diputados Suplentes para que concurran a formar asamblea. .....................................
ORGANO eJeCUTIVOMINISTeRIO De eCONOMÍA
Decreto No. 110.- Ordénase reposición de inscripción a favor de los señores Isidro Juárez Cueva y Ramón Juárez. ......
Ramo de economía
Acuerdo No. 582.- Se modifica el Acuerdo Ejecutivo No. 668, de fecha 15 de julio de 2011, correspondiente a la sociedad Inmobiliaria Apopa, Sociedad Anónima de Capital Variable. ..
ORGANO JUDICIALCORTe SUpReMA De JUSTICIA
Acuerdos Nos. 1422-D, 489-D, 502-D, 503-D, 563-D, 577-D y 591-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .....................................................................
Acuerdo No. 337-D.- Se modifica el Acuerdo No. 854-D, de fecha 20 de marzo de 2007, por medio del cual se autorizó al Licenciado Héctor Eduardo Rivas Abarca, para el ejercicio de la abogacía. ................................................................................
INSTITUCIONeS AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIpALeS
Decreto No. 1.- Ordenanza de Exención Tributaria de Intereses y Multas Provenientes de Deudas por Tasas, a favor del municipio de Polorós, departamento de La Unión. ..............
Estatutos de la “Asociación Comunal Administradora del Servicio de Agua Potable, Cantón Malalaja” y de “Asociación Comunal Colonia y Pasaje San Rafael” y Acuerdos Nos. 9 y 9.4, emitidos por las Alcaldías Municipales de Polorós y San Salvador, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ......................................................................................
SeCCION CARTeLeS OFICIALeSDe pRIMeRA pUbLICACION
Declaratoria de Herencia Cartel No. 764.- Gladys Elizabeth Ordóñez de Reynosa (1 vez) ........................................................................................
Cartel No. 765.- Marta Vilma Jeanneette Cea de Rodezno y Otros (1 vez) ...........................................................................
Cartel No. 766.- Consuelo del Carmen Lara de Henríquez y Otro (1 vez) .............................................................................
aceptación de Herencia Cartel No. 767.- Alba Jeannette Zepeda Castillo y Otra (3 v. alt.) .....................................................................................
Cartel No. 768.- María Lorena Funes Montenegro y Otra (3 v. alt.) .....................................................................................
aviso de inscripción Cartel No. 769.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria Metzti Shushucna de R.L. ACPAMETSHU DE R.L. (1 vez).
Cartel No. 770.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria y Artesanal Mahanaim de R.L. ACOPAYAMA DE R.L. (1 vez).
DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro
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Cartel No. 771.- Comercialización, Servicios Profesionales, Ahorro y Crédito de Artístas Escénicos de El Salvador de R.L. (1 vez) ........................................................................................
De TeRCeRA pUbLICACION
aceptación de Herencia Cartel No. 731.- René Castro Argueta (3 v. alt.) ..............
Cartel No. 732.- Daisy Marisol García Guevara (3 v. alt.). ...........................................................................................
Cartel No. 733.- Eva Mejía de Vásquez (3 v. alt.) ............
Cartel No. 734.- Jorge Alberto Rivera Moreno y Otros (3 v. alt.) .....................................................................................
Cartel No. 735.- María Eulalia Flores viuda de Quinteros y Otras (3 v. alt.) ........................................................................
Cartel No. 736.- María Trinidad Sandoval de Flores (3 v. alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 737.- Marina García Galicia y Otra (3 v. alt.) .
Títulos Supletorios Cartel No. 738.- Emilio Martínez Reyes (3 v. alt.) ...........
Cartel No. 739.- Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo del Ministerio de Educación (3 v. alt.) ............................
Cartel No. 740.- Rosa Elvira Burgos (3 v. alt.) .................
Cartel No. 741.- Amparo del Carmen Quinteros Villanueva (3 v. alt.) .....................................................................................
Títulos de Dominio Cartel No. 742.- Sonia Maribel Medina Zelaya y Otro (3 v. alt.) .....................................................................................
Herencia Yacente Cartel No. 748.- Clemente Romero curador Licenciada Hilda Margarita Guzmán Gómez (3 v. alt.) ...............................
Cartel No. 749.- José Efraín Ortiz Henríquez curador Licenciado Marvin Rojas Rodríguez (3 v. alt.) ..........................
SeCCION CARTeLeS pAGADOS
De pRIMeRA pUbLICACION
Declaratoria de Herencia Carteles Nos. C003077, C003100, C003102, C003103, C003105, C003107, C003108, C003110, F045615, F045634, F045639, F045680, F045681, F045714, F045721, F045723, F045727, F045730, F045739 .....................................................
aceptación de Herencia Carteles Nos. F045696, F045747, C003104, C003106, C003111, F045651, F045652, F045653, F045655, F045709, F045713, F045717, F045722, F045623, F045720 ....................
Título Supletorio Carteles Nos. F045695, F045744, C003101, F045635, F045641 .....................................................................................
Título de Dominio
Cartel No. F045702 ...........................................................
Sentencia de Nacionalidad
Cartel No. F045729 ...........................................................
Juicio de ausencia
Carteles Nos. C003112, F045625, F045626, F045628, F045701 .....................................................................................
cambio de Nombre
Carteles Nos. F045674, F045687 ......................................
renovación de Marcas
Carteles Nos. C003086, C003087, C003088, C003089, C003090, C003091, C003093, C003094, C003095, C003096, C003097 .....................................................................................
convocatorias
Cartel No. C003082 ..........................................................
Subasta Pública
Cartel No. C003092 ..........................................................
Solicitud de Nacionalidad
Carteles Nos. F045619, F045670 ......................................
aviso de cobro
Cartel No. F045733 ...........................................................
administrador de condominio
Cartel No. C003083 ..........................................................
Patente de invención
Cartel No. C003078 ..........................................................
Título Municipal
Cartel No. C003080 ..........................................................
Edicto de Emplazamiento
Carteles Nos. F045624, F045630, F045632, F045633 .....
Marca de Servicio
Carteles Nos. C003098, F045667, F045668 .....................
Venta Voluntaria o forzosa de un inmueble
Cartel No. F045725 ...........................................................
Marca de Producto
Carteles Nos. C003084, C003085, C003109 ....................
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De SeGUNDA pUbLICACION
aceptación de Herencia
Carteles Nos. C002983, C003009, C003010, C003011, F045259, F045286, F045293, F045297, F045307, F045319, F045321, F045326, F045366, F045531 .....................................
Título de Propiedad
Cartel No. C003024 ..........................................................
Título Supletorio
Carteles Nos. C003015, F045275, F045292, F045351, F045373 .....................................................................................
Marca de fábrica
Carteles Nos. C002992, C002993, C002994, C002996, C002997, C002998, C002999, C003000, C003001, C003002, C003004 .....................................................................................
Nombre comercial
Cartel No. C003012 ..........................................................
Subasta Pública
Carteles Nos. C003013, C003014, F045258, F045402, F045404 .....................................................................................
Reposición de Certificado
Carteles Nos. F045303, F045330, F045355 .....................
Título Municipal
Cartel No. F045276 ...........................................................
Marca de Servicio
Carteles Nos. C002995, C003003, C003005, C003006, C003007, C003008 ....................................................................
reposición de Póliza de Seguro
Carteles Nos. C003017, C003018, C003022, C003023 ...
concesión de frecuencias
Cartel No. F045392 ...........................................................
Declaratoria de Muerte Presunta
Cartel No. F045552 ...........................................................
De TeRCeRA pUbLICACION
aceptación de Herencia Carteles Nos. C002894, C002895, C002899, C002901, C002903, C002904, C002905, C002906, C002919, F044890, F044900, F044908, F044917, F044918, F044926, F044962, F044968, F044969, F044992, F045005, F045019, F045025 ....
Herencia Yacente
Cartel No. F044905 ...........................................................
Título de Propiedad
Carteles Nos. F045041, F045042, F045043 .....................
Título Supletorio
Carteles Nos. C002916, F045052 .....................................
renovación de Marcas
Carteles Nos. C002928, F044921, F044993, F044995,
F045038, F045039, F045040 .....................................................
Marca de fábrica
Carteles Nos. F044965, F045033, F045034, F045035,
F045037 .....................................................................................
Nombre comercial
Carteles Nos. C002896, C002902, F044953.....................
Señal de Publicidad comercial
Carteles Nos. F044952, F044954 ......................................
Subasta Pública
Carteles Nos. C002909, C002910, C002911, C002912,
C002915, C002933, F044922, F044923 ....................................
Disminución de capital
Cartel No. C002907 ..........................................................
Marca de Servicios
Carteles Nos. C002893, C002897, C002900, C002927,
F044955, F044994, F044996, F044997, F044998 ....................
Marca de Producto
Carteles Nos. C002920, C002921, C002922, C002923,
C002924, C002925, C002926....................................................
SeCCION DOCUMeNTOS OFICIALeSMINISTeRIO De eDUCACIóN
Resoluciones Nos. 539, 571, 577, 592, 603, 607, 610, 631, 635, 642, 646, 652, 661, 662, 665, 669, 671, 678, 683, 685, 686, 687, 689, 691, 695 y 696.- Reposiciones de títulos. ..................
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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396
DEcrETo No. 4
la aSaMBlEa lEGiSlaTiVa DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor,
coNSiDEraNDo:
I. Que el 19 de abril de 2011, el Pleno Legislativo conoció la moción del Diputado Presidente de esta Asamblea Legislativa, Othon Sigfrido
Reyes Morales, en nombre del Director General de Protocolo y Órdenes, en el sentido se conceda permiso al Ministro de Relaciones
Exteriores, Ingeniero Hugo Roger Martínez Bonilla, para que pueda aceptar la Condecoración del SICA, que le ha conferido la Secretaria
General del Sistema de la Integración Centroamericana.
II. Que de conformidad a lo establecido en el Ordinal 23° del Art. 131 de la Constitución, es procedente concederle el permiso solicitado.
Por TaNTo,
en uso de su facultad constitucional establecida en el Art. 131, Ordinal 23° y a iniciativa del Diputado Othon Sigfrido Reyes Morales.
DEcrETa:
Art. 1.- Concédase permiso al ciudadano salvadoreño y Ministro de Relaciones Exteriores, Ing. Hugo Roger Martínez Bonilla, para que pueda
aceptar la Condecoración del SICA, que le ha conferido la Secretaria General del Sistema de la Integración Centroamericana.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DaDo EN El SalÓN aZUl DEl Palacio lEGiSlaTiVo: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil
doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
ORGANO LeGISLATIVO
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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ MARGARITA ESCOBAR
QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA
RODRIGO SAMAYOA RIVAS REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA
SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO
caSa PrESiDENcial: San Salvador, a los catorce días del mes de junio del año dos mil doce.
PUBlÍQUESE,
carloS MaUricio fUNES carTaGENa,
Presidente de la república.
HUGo roGEr MarTÍNEZ BoNilla,
Ministro de relaciones Exteriores.
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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396DEcrETo No. 62
la aSaMBlEa lEGiSlaTiVa DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor,
coNSiDEraNDo:
I. Que por Decreto Legislativo No. 208, de fecha 30 de noviembre de 2000, publicado en el Diario Oficial No. 237, Tomo No. 349, del 18
de diciembre del mismo año, se emitió la Ley del Fondo de Conservación Vial, habiéndose creado en su Art. 4 el Fondo de Conservación
Vial (FOVIAL), el cual tiene como responsabilidad administrar eficientemente los recursos financieros que le corresponden para conservar
el conjunto de carreteras pavimentadas y caminos no pavimentados en buen y regular estado, mismos que comunican a los municipios del
país y a éste con el resto de países de la región centroamericana, cuya competencia es del Gobierno Central - Red Vial Nacional Prioritaria
Mantenible; así como también, conservar el conjunto de vías pavimentadas de la red vial urbana en buen y regular estado que los municipios
no logran cubrir - Red Vial Urbana Mantenible.
II. Que desde hace varios años, los recursos asignados al Fondo de Conservación Vial no permiten cubrir las necesidades de mantenimiento
que las vías requieren, situación que propicia el deterioro de las mismas y lejos de ello, se ha venido ensanchando anualmente la brecha de
mantenimiento, lo cual impacta negativamente, tanto en los usuarios, como en los sectores productivos y en el desarrollo del país.
III. Que mediante Decreto Legislativo No. 504, de fecha 16 de abril de 1993, publicado en el Diario Oficial No. 73, Tomo No. 319 del 22 del
mismo mes y año, se emitió la Ley de Derechos Fiscales por la Circulación de Vehículos, la cual tiene por objeto normar el establecimiento y
la aplicación de los derechos de propiedad, transferencia, conducción y modificación de características de los vehículos que son autorizados
para circular dentro del territorio nacional.
IV. Que para fortalecer económicamente al FOVIAL y siendo que el uso de los vehículos cuya circulación se autoriza está vinculado a la infra-
estructura vial nacional, es imprescindible reformar la Ley relacionada en el considerando anterior, a efecto que los ingresos que se perciben
en concepto de derechos y multas establecidos por dicha Ley y que ingresan al Fondo General del Estado, sean transferidos integralmente
al Presupuesto del Fondo de Conservación Vial.
Por TaNTo,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Obras Públicas, Transporte y
de Vivienda y Desarrollo Urbano.
DEcrETa la siguiente:
rEforMa a la lEY DE DErEcHoS fiScalES Por la
circUlaciÓN DE VEHÍcUloS
Art. 1. Sustitúyese el Art. 35, por el siguiente:
"Art. 35. Los pagos por derechos y multas establecidos por esta Ley que ingresan al Fondo General del Estado, deberán ser transferidos íntegramente
al Fondo de Conservación Vial (FOVIAL), para ser utilizados en el mantenimiento y conservación de la Red Vial Nacional Prioritaria Mantenible."
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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012.
Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los doce días del mes de julio del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CARMEN ELENA CALDERÓN SOL DE ESCALÓN
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ MARGARITA ESCOBAR
QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA
RODRIGO SAMAYOA RIVAS REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA
SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciséis días del mes de julio del año dos mil doce.
PUBLÍQUESE,
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
PRESIDENTE DE LA REPúBLICA.
GERSON MARTÍNEZ,
MINISTRO DE OBRAS PúBLICAS, TRANSPORTE Y DE
VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO.
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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396acUErDo No. 113.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPúBLICA DE EL SALVADOR, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 131, Numeral 4° de la Constitución, ACUERDA: Llamar a conformar Asamblea a Diputados Suplentes, al inicio de la Sesión Plenaria Ordinaria No. 6 de esta fecha, así:
DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario
Oscar Ernesto Novoa en sustitución de Norma Fidelia Guevara de Ramirios
Alba Elizabeth Márquez en sustitución de Blanca Noemí Coto Estrada
José Simón Paz en sustitución de Audelia Guadalupe López
Rubio Ronald Rivas en sustitución de Rodrigo Samayoa Rivas
José Wilfredo Guevara en sustitución de Guillermo Antonio Gallegos
Martir Arnoldo Marín en sustitución de Rodolfo Antonio Parker
Patricia Elena Valdivieso en sustitución de Vicente Hernández Gómez
Patricia María Salazar en sustitución de Mario Eduardo Valiente
Omar Arturo Escobar en sustitución de Luis Roberto Angulo
En el transcurso de la Sesión Plenaria, en diferente hora, se realizaron los llamamientos y sustituciones siguientes:
DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario Hora
Francisco Eduardo Ortiz en sustitución de Jorge Alberto Escobar 15:05
Wilfredo Iraheta Sanabria en sustitución de Carlos Walter Guzmán 15:05
Norma Cristina Cornejo en sustitución de Medardo González Trejo 15:37
Marcos Francisco Salazar en sustitución de José Escolán Batarse 15:37
Adán Cortez en sustitución de Lorenzo Rivas Echeverría 16:32
José Wilfredo Guevara en sustitución de Francisco Zablah Safie 16:32
Wilfredo Iraheta Sanabria en sustitución de César Humberto García 16:32
Damián Alegría en sustitución de Othon Sigfrido Reyes 17:17
Wilfredo Iraheta Sanabria en sustitución de Carlos Walter Guzmán 17:29
Walter de Jesús Montejo en sustitución de José Antonio Almendáriz 17:29
Adán Cortez en sustitución de Abilio Orestes Rodríguez 17:29
Edilberto Hernández Castillo en sustitución de Ana Vilma de Escobar 17:40
Ricardo Humberto Contreras en sustitución de Orlando Cabrera Candray 19:11
Omar Arturo Escobar en sustitución de Luis Roberto Angulo 20:19
Quedó registrada la incorporación de los Diputados: Félix Agreda Chachagua, Donato Eugenio Vaquerano, Luis Roberto Angulo, Guillermo Antonio Gallegos, Carlos Walter Guzmán, Francisco Zablah Safie, Lorenzo Rivas Echeverría, César Humberto García.
DADO EN EL SALÓN AZUL, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiún días del Mes de Junio del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES,PRESIDENTE.
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRIGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE, PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE.
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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE.
ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA,QUINTO VICEPRESIDENTE.
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, CARMEN ELENA CALDERON SOL DE ESCALON PRIMERA SECRETARIA. SEGUNDA SECRETARIA.
SANDRA MARLENE SALGADO GARCIA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA. CUARTO SECRETARIO.
IRMA LOURDES PALACIOS VASQUEZ MARGARITA ESCOBAR QUINTA SECRETARIA. SEXTA SECRETARIA. RODRIGO SAMAYOA RIVAS REYNALDO ANTONIO LOPEZ CARDOZA SEPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO
acUErDo No. 132.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPúBLICA DE EL SALVADOR, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 131, Numeral 4° de la Constitución, ACUERDA: Llamar a conformar Asamblea a Diputados Suplentes, al inicio de la Sesión Plenaria Ordinaria No. 7 de esta fecha, así:
DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario
José Wilfredo Guevara en sustitución de Rodrigo Samayoa Rivas
José Eduardo Josa en sustitución de Carmen Elena Figueroa
Norma Cristina Cornejo en sustitución de Medardo González Trejo
Damián Alegría en sustitución de Audelia Guadalupe López
Yeymi Elizabett Muñoz en sustitución de Hortensia Margarita López
Rolando Mata Fuentes en sustitución de Blanca Noemí Coto
Ana Lucía Baires en sustitución de David Rodríguez Rivera
Patricia María Salazar en sustitución de Carlos Armando Reyes Ramos
Nidia Díaz en sustitución de Francisco Roberto Lorenzana
Heidy Carolina Mira en sustitución de Donato Eugenio Vaquerano
José Rinaldo Garzona en sustitución de Juan Carlos Mendoza
En el transcurso de la Sesión Plenaria, en diferente hora, se realizaron los llamamientos y sustituciones siguientes:
DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario Hora
Gerardo Estanislao Menjívar en sustitución de Vicente Hernández Gómez 10:52
Sergio Benigno Portillo en sustitución de Mario Marroquín Mejía 11:11
José Máximo Madriz en sustitución de René Gustavo Escalante 11:33
Valentín Arístides Corpeño en sustitución de Félix Agreda Chachagua 11:33
Abel Cabezas Barrera en sustitución de José Serafín Orantes 11:50
Sergio Benigno Portillo en sustitución de Edwin Zamora David 12:13
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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396Richard Geston Claros en sustitución de Guillermo Antonio Gallegos 12:50
Marta Evelyn Batres en sustitución de René Gustavo Escalante 12:50
Rafael Antonio Jarquín en sustitución de José Antonio Almendáriz 12:50
Raúl Omar Cuéllar en sustitución de Yohalmo Cabrera Chacón 15:44
Sergio Benigno Portillo en sustitución de Manuel Portillo Domínguez 15:44
José Vidal Carrillo en sustitución de Mario Antonio Ponce 16:00
Marta Evelyn Batres en sustitución de Jorge Escobar Bernal 16:00
Omar Arturo Escobar en sustitución de Reynaldo López Cardoza 16:20
Heidy Carolina Mira en sustitución de Donato Eugenio Vaquerano 17:20
Ana Vilma de Cabrera en sustitución de Rodrigo Samayoa Rivas 18:10
Valentín Arístides Corpeño en sustitución de José Edgar Batarse 19:13
Misael Serrano Chávez en sustitución de David Ernesto Reyes 20:17
Francisco Eduardo Ortiz en sustitución de Margarita Escobar 20:17
José Wilfredo Guevara en sustitución de Mario Alberto Tenorio 21:40
Rafael Ricardo Morán en sustitución de Francisco Zablah Safie 21:40
Adán Cortez en sustitución de Sandra Marlene Salgado 23:30
Omar Arturo Escobar en sustitución de Luis Roberto Angulo 24:02
José Vidal Carrillo en sustitución de Mario Antonio Ponce 24:06
Heidy Carolina Mira en sustitución de Ana Vilma de Escobar 24:24
Quedó registrada la incorporación de los Diputados: Carmen Elena Calderón Sol de Escalón, René Gustavo Escalante, José Serafín Orantes, Mario Antonio Ponce, José Antonio Almendáriz, Abilio Orestes Rodríguez, Ana Vilma de Escobar, Mario Alberto Tenorio, Nery Arely Díaz, Crissia Suhan Chávez, Gloria Gómez de Salgado, Luis Roberto Angulo, José Rafael Machuca, Hortensia Margarita López, Mario Marroquín Mejía, Donato Eugenio Vaquerano, Félix Agreda Chachagua, Edwin Zamora David, Roberto Lorenzana Durán.
DADO EN EL SALÓN AZUL, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiocho días del Mes de Junio del año dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES,PRESIDENTE.
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRIGUEZ GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE, PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE.
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ, FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE.
ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA,QUINTO VICEPRESIDENTE.
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, CARMEN ELENA CALDERON SOL DE ESCALON PRIMERA SECRETARIA. SEGUNDA SECRETARIA.
SANDRA MARLENE SALGADO GARCIA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA. CUARTO SECRETARIO.
IRMA LOURDES PALACIOS VASQUEZ MARGARITA ESCOBAR QUINTA SECRETARIA. SEXTA SECRETARIA. RODRIGO SAMAYOA RIVAS REYNALDO ANTONIO LOPEZ CARDOZA SEPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO
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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012.
DEcrETo No. 110
El ÓrGaNo EJEcUTiVo DE la rEPÚBlica DE El SalVaDor,
coNSiDEraNDo:
I. Que se ha establecido legalmente, que en las oficinas del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Oriente, con
sede en la Ciudad y Departamento de La Unión, se han destruido algunos folios correspondientes a la inscripción Número CINCUENTA
Y UNO del Libro DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE de Propiedad del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de
La Unión, a nombre de los señores ISIDRO JUAREZ CUEVA, conocido por ISIDRO JUAREZ, y RAMON JUAREZ, lo que ocasiona
inseguridad jurídica, siendo necesaria su reposición.
II. Que el señor Juez de lo Civil de la Ciudad y Departamento de Usulután, ante quien se iniciaron, siguieron y finalizaron las respectivas
diligencias de reposición de folios, ha ordenado su remisión al Órgano Ejecutivo para que proceda de conformidad con la Ley.
Por TaNTo,
En base en los Artículos 51, 52 y siguientes de la Ley Relativa a las Tarifas y Otras Disposiciones Administrativas del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas, visto el atestado remitido por el Juez competente,
DEcrETa:
Art. 1.- Ordénase la Reposición de la inscripción número CINCUENTA Y UNO del Libro DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE de Propiedad
del Departamento de La Unión, que lleva el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Oriente, con sede en la Ciudad y
Departamento de La Unión, a nombre de los señores ISIDRO JUAREZ CUEVA, conocido por ISIDRO JUAREZ, y RAMON JUAREZ, debiendo
incorporarse el acto jurídico que contenía la matrícula en los folios respectivos, en la medida que los interesados presenten el instrumento correspondiente.
Previénese a las personas naturales y jurídicas interesadas, para que dentro de los tres, meses siguientes a la publicación de este Decreto, presenten
al Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Oriente el instrumento respectivo; y autorízase al Registrador competente para
reinscribir inmediatamente los documentos que se presenten, anotando a su vez las respectivas marginales. La reinscripción que por este Decreto se
autoriza no causará derechos si se hace dentro del plazo aquí establecido, o de su prórroga, si ésta se diese.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinte días del mes de junio de dos mil doce.
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
PRESIDENTE DE LA REPúBLICA.
JOSÉ ARMANDO FLORES ALEMÁN,
MINISTRO DE ECONOMÍA.
ORGANO eJeCUTIVOMinisterio de econoMía
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396
acUErDo No. 582
San Salvador, 2 de julio de 2012
El ÓrGaNo EJEcUTiVo EN El raMo DE EcoNoMÍa.
Vistas las solicitudes e información complementaria presentadas el 3 de octubre de 2011, 13 y 30 de marzo de 2012, 5 y 22 de junio de 2012, suscritas por el señor JAVIER ERNESTO SIMÁN DADA, en su carácter de Representante Legal de la sociedad INMOBILIARIA APOPA, SOCIE-DAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia INMOBILIARIA APOPA, S.A. DE C.V., registrada con el Número de Identificación Tributaria 0614-280885-001-5, la primera relativa a que se le autorice ampliar su Depósito para Perfeccionamiento Activo, los demás escritos remitiendo información complementaria;
coNSiDEraNDo:
I. Que la solicitud e información complementaria fueron presentadas en este Ministerio el 3 de octubre de 2011, 13 y 30 de marzo, 5 y 22 de junio de 2012 respectivamente;
II. Que la sociedad INMOBILIARIA APOPA, S.A. DE C.V., goza de los beneficios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, para dedicarse a la producción de hilazas, tejidos de punto, blanqueo, lavado y acabado de tejidos, todos esos productos en algodón, fibras sintéticas o mezclas de éstas, según Acuerdo No. 668, de fecha 15 de julio de 2011, publicado en el Diario Oficial N° 143, Tomo N° 392, del 29 de julio de 2011; asimismo se le autorizó ampliación de instalaciones, mediante Acuerdo No. 1112, de fecha 16 de diciembre de 2011, publicado en el Diario Oficial N° 240, Tomo N° 393, del 22 de diciembre de 2911;
III. Que la beneficiaria ha sido autorizada para realizar la actividad incentivada en las instalaciones ubicadas en Avenida Quirino Chávez N° 50, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, así como en el Km. 7.5, Boulevard del Ejército Nacional, Cantón El Matazano, Jurisdicción de Soyapango, Departamento de San Salvador, las cuales tienen un área de 42,500.37m² y 51,313.53m² respectivamente;
IV. Que debido a los altos volumen de inventarios que maneja la beneficiaria, le es necesario disponer de más espacio físico para el almace-namiento de la misma, razón por la cual solicita se le declare como DPA las instalaciones ubicadas en Carretera Apopa-Quezaltepeque, Km. 13.5, Barrio San Sebastián, Lotes A, B, C y D, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, las cuales tienen una extensión superficial de 12,179.46m², que al sumarlo con el área ya autorizada totaliza 105,993.36m².
V. Que la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido opinión favorable, mediante la cual considera procedente acceder a lo solicitado, según consta en el expediente respectivo:
Por TaNTo,
De conformidad a las razones expuestas y a los Artículos 18 y 52 inciso 2° de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, este Ministerio,
acUErDa:
1) MODIFICAR la parte dispositiva del numeral 3, del Acuerdo No. 668, de fecha 15 de julio de 2011, publicado en el Diario Oficial N° 143, Tomo 392, del 29 de julio de 2011, en el sentido de autorizar a la sociedad INMOBILIARIA APOPA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, para que además de operar en las instalaciones ubicadas en Avenida Quirino Chávez N° 50, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, con un área de 42,500.37m² y en el Km. 7.5, Boulevard del Ejército Nacional, Cantón El Matazano, Jurisdicción de Soyapango, Departamento de San Salvador, de 51,313.53m², también pueda hacerlo en el inmueble ubicado en Carretera Apopa-Quezaltepeque, Km. 13.5, Barrio San Sebastián, Lotes A, B, C y D, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, con una extensión superficial de 12,179.46m², sumando un área de operaciones de 105,993.36m²;
2) DECLARAR como Depósito para Perfeccionamiento Activo las instalaciones ubicadas en Carretera Apopa-Quezaltepeque, Km. 13.5, Barrio San Sebastián, Lotes A, B, C y D, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, las cuales tienen una extensión de 12,179.46m²;
3) En lo demás queda sin ninguna modificación el Acuerdo No. 668 antes mencionado;
4) Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacien-da;
5) El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.
COMUNIQUESE.- JOSÉ FRANCISCO LAZO MARÍN, VICEMINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIA.
(Registro No. F045662)
RAMO De eCONOMIA
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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012.
ACUERDO No. 1422-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiuno de diciembre de dos mil once.- El Tribunal con fecha
tres de noviembre de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada FATIMA DOMENICA ZELAYA POSADA, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- PERLA J.- R. M. FORTÍN H.- M.
A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F045673)
ACUERDO No. 489-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha diez de
abril de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado GERMAN MELANIO SANDOVAL, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y
PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTÍN H.- M.
TREJO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F045706)
ACUERDO No. 502-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha diecinueve
de marzo de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado CARLOS RENÉ MARTÍNEZ MUNGUÍA, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍ-
QUESE Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M.
POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F045678)
ACUERDO No. 503-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha dieciocho de
abril de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSÉ NELSON MARTÍNEZ ORTIZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE
Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTÍN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- E. R.
NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F045644)
ORGANO JUDICIALcorte supreMa de Justicia
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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 ACUERDO No. 563-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha veintidós
de marzo de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MERCEDES OFELIA DELGADO VILLALOBOS, para que ejerza la profesión de
ABOCADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- R. M. FORTÍN
H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F045703)
ACUERDO No. 577-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha trece de abril
de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada BLANCA CELIA SALAZAR RIVAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE
Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- PERLA J.- R. M. FORTÍN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- M. A.
CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F045697)
ACUERDO No. 591-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha diecisiete
de abril de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SANDRA DINORA MORALES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE
Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTÍN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- E. R.
NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F045645)
ACUERDO No. 337-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticinco de abril de dos mil doce.- EL TRIBUNAL, de conformi-
dad con lo resuelto en las respectivas diligencias, por resolución pronunciada a las doce horas y diez minutos del veintitrés de enero de dos mil doce,
ACUERDA: MODIFICAR el acuerdo número 854-D de fecha veinte de marzo de dos mil siete, mediante el cual se autorizó al Licenciado HECTOR
EDUARDO RIVAS ABARCA, para el ejercicio de la Abogacía, en el sentido que a partir del veinticinco de abril de dos mil doce, ejercerá la profesión
de Abogado con el nombre de HECTOR EDUARDO ABARCA ABARCA, por haber cambiado su filiación.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J.
B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- PERLA J.- R. M. FORTÍN H.- M. TREJO.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado
por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. C003081)
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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012.
DEcrETo No. 1
El coNcEJo MUNiciPal DE la Villa DE PoloroS, DEParTaMENTo DE la UNioN
coNSiDEraNDo:
I.- Que los acontecimientos de naturaleza económica a nivel internacional en los últimos años han debilitado la capacidad de pago de la mayoría
de los habitantes y particularmente los de aquellos que tienen obligaciones tributarias a favor del Municipio de Polorós situación que los
ha convertido en sujetos morosos de los tributos municipales.
II. Que es urgente que el Gobierno Municipal de la Villa de Polorós incremente los ingresos mediante cobros de las tasas e impuestos muni-
cipales, con el fin de mantener la prestación de los servicios en bienestar social y la seguridad económica de sus habitantes.
III. Que es necesario que el Gobierno Municipal promueva en los contribuyentes una cultura de pago de los tributos para disminuir el índice
de morosidad existente.
IV. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del Municipio de Polorós, es conveniente otorgar incentivos tributarios
de carácter transitorio que estimulen a los contribuyentes al pago de las deudas tributarias Municipales.
V. Que de conformidad a los Art. 203 y 204 Ordinal 5 de la constitución Art. 3, 30 y 32 del Código Municipal, los municipios son autónomos
en lo económico, en lo técnico y en la administración y regular las materias de sus competencias por medio de ordenanzas municipales.
Por TaNTo:
En usos de sus facultades legales este Concejo Municipal.
DEcrETa:
orDENaNZa DE EXENcioN TriBUTaria DE iNTErES Y MUlTaS ProVENiENTES DE DEUDaS Por TaSaS a faVor
DEl MUNiciPio DE PoloroS, DEParTaMENTo DE la UNioN.
Art. 1.- Se concede un plazo de noventa días contados a partir de la vigencia de la presente ordenanza, para que los sujetos pasivos de la obligación
tributaria municipal que adeudan tasas a favor del municipio de Polorós puedan efectuar el pago de las mismas gozando del beneficio de exención del
pago de interés y multas que hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas.
Art. 2.- Podrían acogerse a los beneficios establecidos en el artículo anterior de la presente ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se
encuentran en cualquiera de las siguientes situaciones:
INSTITUCIONeS AUTONOMASalcaldías Municipales
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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 A).- Aquellos que estando calificados en el Registro de Contribuyentes del Municipio de Polorós se encuentren en situaciones de mora de las
tasas municipales.
B).- Las personas naturales o jurídicas que no se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes y que lo hagan dentro del período
de vigencia de la presente ordenanza.
C).- Los contribuyentes por tasas que se encuentren en proceso de cobro extrajudicial iniciado antes de la vigencia de esta Ordenanza y se
sometan a la forma de pago establecido en el artículo 1.
D).- Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar las deudas tributarias por tasas haya suscrito convenio de pagos, en cuyo caso
únicamente gozarán de los beneficios establecidos en el art. 1 las cuotas pendientes de pago a la fecha de entrar en vigencia la presente
Ordenanza.
E).- Aquellos que han cumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya iniciado el proceso ejecutivo de cobro de parte de la municipalidad,
y se someta a la suma de pago establecido en el artículo 1 de esta Ordenanza.
F).- Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que tengan bienes inmuebles dentro del municipio de Polorós que reciba uno o
más servicios municipales y que por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en el Registro del Contribuyente.
Art. 3.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Polorós, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil doce.
AMERTO ROMERO RIOS, MARTIR MAURICIO ALVAREZ CONTRERAS,
ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.
HECTOR INES MALDONADO, SATURNINO ALFARO SANTAMARIA,
PRIMER REGIDOR. SEGUNDO REGIDOR.
FIDEL FERNANDEZ YANES, ROSA SILVIA YANES,
TERCER REGIDOR. CUARTO REGIDOR.
MAURICIO ARISTIDES REYES, JOSE DE LA PAZ LAZO ALFARO,
QUINTO REGIDOR. SEXTO REGIDOR.
NANCY JEANNETTE GUEVARA L.,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F045663)
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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. ESTaTUToS DE la aSociacioN coMUNal
aDMiNiSTraDora DEl SErVicio DE aGUa PoTaBlE
(acaSaGUa)
caPiTUlo i
NaTUralEZa, DENoMiNaciÓN Y DoMicilio
Art. 1.- Créase en el Municipio de Polorós, Departamento de La
Unión, La Asociación Comunal Administradora del Servicio de Agua
Potable ACASAGUA, como una Entidad de Utilidad Pública, apolíti-
ca, no religiosa, sin fines de lucro, la que en los presentes Estatutos se
denomina la Asociación.
Art. 2.- El domicilio de la Asociación, será en Cantón Malalaja del
Municipio de Polorós, Departamento de La Unión pudiendo establecer
su cobertura de servicio de agua en la zona rural del municipio.
Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido.
Art. 4.-La Asociación estará regida por la Constitución Política
de la República de El Salvador, el Código Municipal, estos Estatutos,
Reglamento Interno y otras leyes que se apliquen a los fines para lo que
fue creada.
caPiTUlo ii
oBJETiVo o fiNaliDaD
Art. 5.- Los fines u objetivos de la Asociación serán:
a) La operación y mantenimiento preventivo y correctivo del
sistema de agua potable a través de una administración efi-
ciente y autosostenible.
b) Suministrar el servicio de agua potable a sus asociados y
usuarios no asociados bajo las normas de calidad y cantidad,
establecidas y reconocidas por las instancias reguladoras en
el país.
c) Incrementar la cobertura del servicio de agua y saneamiento
tomando en cuenta un estudio de factibilidad técnica (diámetro,
caudal).
d) Promover la responsabilidad ciudadana en sus asociados
para que ejerzan contraloría social y administrativa en la
Asociación.
e) Hacer propuestas al Concejo Municipal para la emisión y
aprobación de ordenanzas que permitan proteger los recursos
naturales, entre ellos los recursos hídricos, con especial énfasis
en las áreas de influencia y recarga de los mantos acuíferos
desde donde se abastecen del agua.
f) Impulsar campañas de reforestación ambiental especialmente
en la zona de recarga que abastecen a las fuentes de agua.
g) Gestionar fondos destinados exclusivamente a acciones de
salud, medio ambiente, y de inversión social orientados a la
población que reside en el área de cobertura.
h) Gestionar proyectos que complementen y fortalezcan la ges-
tión social para la sostenibilidad de los servicios prestados.
i) Fomentar el espíritu de solidaridad a través de acciones en-
caminadas al apoyo de las familias identificadas con algún
nivel de vulnerabilidad.
j) Promover la participación de mujeres y hombres, en la toma
de decisiones y acciones, así como promover la participación
equitativa en los puestos directivos de la Asociación.
k) Elaborar y ejecutar un plan de trabajo integrado donde se detalle
las actividades en las áreas de operación y mantenimiento, y
de medio ambiente.
l) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamento Interno
de La Asociación.
caPiTUlo iii
DEl PaTriMoNio
Art. 6.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Donaciones, contribuciones de personas naturales y jurídicas,
nacionales o extranjeras, respectivamente;
b) Los excedentes de cada periodo contable generados por la
prestación del servicio de agua potable.
c) Todos los bienes muebles e inmuebles recibidos para ejercer
la administración y operación del servicio de agua potable de
la Asociación y los que se adquieran en concepto de mejoras
al sistema de agua potable y la prestación del servicio.
d) Todas aquellas obligaciones legalmente adquiridas, tales como
comodatos, concesiones, no constituirán el patrimonio por
considerarse bienes dados en administración, sin embargo los
bienes y derechos que generen dichas obligaciones podrán
considerarse patrimonio de la Asociación.
Art. 7.- El fondo patrimonial será administrado por la Junta Directiva
conforme a las directrices que le manifiesten la Asamblea General de
Asociados a través de reglamento, políticas y presupuestos aprobados.
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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396caPiTUlo iV
DEl GoBiErNo DE la aSociaciÓN
Art. 8.- El gobierno de la empresa será ejercido por:
a) La Asamblea General de Usuarios.
b) La Junta Directiva.
caPiTUlo V
DE la aSaMBlEa GENEral DE USUarioS
Art. 9.- La Asamblea General de Usuarios, debidamente convo-
cada, es la autoridad máxima de La Asociación y estará integrada por
la totalidad de los miembros legalmente inscrito en su respectivo libro
de usuarios.
Art. 10.- La Asamblea General de Usuarios, se reunirá ordinaria-
mente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada
por la Junta Directiva.
La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del
cincuenta por ciento más uno como mínimo de los usuarios inscritos en
primera convocatoria y en una segunda convocatoria ocho días después
con los usuarios que asistan, excepto en los casos especiales en que se
requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la
Asamblea General de Usuarios por mayoría absoluta de votos, excepto
en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.
Art. 11.- Todo usuario que no pudiera asistir a cualquier de las
sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse
representar por escrito por otro Usuario registrado. El límite de repre-
sentaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su represen-
tado.
Art. 12.- Son atribuciones de la Asamblea General de Usuarios:
a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros
de la Junta Directiva.
b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Asamblea General.
c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto
anual de la Asociación.
d) Decidir todos aquellos asuntos de interés para La Asociación
y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
e) Aprobar la creación o modificación de los Estatutos y Regla-
mento Interno.
f) Acordar la Disolución de la Asociación por el incumplimiento
de los fines para la que fue creada, según estos Estatutos.
g) Aprobar la constitución de La Asociación.
caPiTUlo Vi
DE la JUNTa DirEcTiVa
Art. 13.- La dirección y administración de La Asociación estará
confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente
forma:
a) Director Presidente.
b) Director de Operación y Mantenimiento.
c) Director Secretario.
d) Director Tesorero.
e) Director Síndico.
f) Director Suplente uno.
Art. 14.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un
período de dos años pudiendo ser reelectos.
Art. 15.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al
mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. 16.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda
sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán
ser tomados por la mayoría de los dirigentes.
Art. l7.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fines de La Asociación.
b) Velar por la administración eficiente y eficaz del servicio de
la Asociación.
c) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos
y presupuestos de La asociación e informar a la Asamblea
General de Usuarios.
d) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General de
Usuarios y de la misma Junta Directiva.
e) Convocar a sesión ordinaria y extraordinaria de Asamblea
General de Usuarios.
f) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
Asamblea General.
g) Elaborará la propuesta para la modificación de la tarifa por la
prestación del servicio de agua, cuando la situación económica
de la Asociación lo amerite; por aumentos en los costos de
operación u otras disposiciones de Ley que los lleven a tal
determinación.
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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Art. 18.- Son atribuciones del Director Presidente:
a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General de Usuarios.
b) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la
Asamblea General de Usuarios y Junta Directiva.
c) Autorizar juntamente con el Tesorero y director síndico
las salidas de dinero, cheques y todas aquellas operaciones
administrativas que tenga que hacer la Asociación.
d) Presentar la Memoria de Labores de la Empresa y cualquier
otro informe que le sea solicitado por la misma.
e) Liderar y fortalecer los nexos de coordinación con las insti-
tuciones como el Gobierno Municipal, con el nivel local del
Ministerio de Salud y Educación y todas aquellas instituciones
de gobierno central y ONG con presencia en el municipio;
con el propósito de complementar servicios que se traduzcan
en bienestar de la población beneficiaria del o los sistemas
administrados por la Asociación.
Art.19.- Son atribuciones del Director de Operación y Manteni-
miento:
a) Supervisar y retroalimentar el desempeño del
Administrador(a) y de los demás empleados.
b) Ser el responsable directo del mantenimiento preventivo y
correctivo del sistema de abastecimiento de agua potable en
coordinación del personal empleado.
c) Promover en la Junta Directiva, la aplicación de las normas
y procedimientos establecidos en el reglamento interno.
d) Monitorear el funcionamiento y operación del sistema de
agua potable.
e) Asegurar que el servicio de agua prestado por la Asociación,
cumpla con los estándares de calidad y la cantidad suministrada
esté de acuerdo a los volúmenes previstos en el diseño; así
como prestar el servicio con equidad para todas las familias
usuarias del o los sistemas bajo su administración.
f) Someter ante la Junta Directiva, las solicitudes de expansión
del o los sistemas bajo su administración, previo estudio de
factibilidad técnica.
g) Coordinar con prestadores de servicios externos todas aque-
llas actividades propias de la operación y mantenimiento del
sistema y con la Junta Directiva, todas aquellas que requieran
de inversión económica.
h) Elaborar un plan de trabajo operativo con su respectivo
presupuesto, en coordinación con el Administrador(a).
i) Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva
y Asamblea General.
Art. 20.- Son atribuciones del Director Secretario(a):
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General
de Usuarios y de Junta Directiva.
b) Llevar el registro de documentos y registros de los miembros
de la Asociación;
c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a La
Asociación.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las
sesiones;
e) Ser el órgano de comunicación de La Asociación.
Art. 21.- Son atribuciones del Director Tesorero(a):
a) Revisar y depositar los fondos que la asociación comunal
obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione.
b) Llevar o tener control directo de los libros de la contabilidad
de la Asociación.
c) Autorizar juntamente con el Director Presidente los desem-
bolsos que la Asociación tenga que realizar.
Art. 22.- Son Atribuciones del Director Síndico:
a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,
pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta
Directiva;
b) Autorizar juntamente con el Director Presidente y Director
Tesorero las salidas de dinero, cheques y todas aquellas opera-
ciones administrativas que tenga que hacer la Asociación.
c) Velar por el fiel cumplimiento de los estatutos, acuerdos,
convenios, contratos, resoluciones y leyes nacionales que
regulen el buen desempeño de La Asociación.
Art. 23.- Son atribuciones del Director Suplente:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva.
b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso
de ausencia o impedimento.
c) Su cargo será el de mayor responsabilidad dentro de la Junta
Directiva, puesto que le exige conocer todos los cargos.
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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396caPiTUlo Vii
DE laS PErSoNaS USUariaS, fUNDaDoraS
Y No fUNDaDoraS
Art. 24.- Son Fundadoras, todas aquellas personas usuarias naturales
y jurídicas que han contribuido al aporte inicial con el cual se constituye
La Asociación, dichas personas podrán obtener distinciones honorarias
por su labor, aportaciones económicas y mérito a favor de la Asociación,
sean así nombradas por la Asamblea General de Usuarios. Para efectos
de los presentes estatutos las personas usuarias fundadoras se clasifican
de la siguiente manera:
a) Usuarios Fundadores; son todas aquellas personas naturales
o jurídicas que conformaron la primera acta de constitución y
que además son propietarias de por lo menos una acometida.
Cada una de estas personas fundadoras decidieron registrarse
voluntariamente en el libro de Usuarios. Este podrá tener voz
y voto. En caso de muerte, venta o alquiler del inmueble,
las personas fundadoras deberán transferir sus derechos y
deberes a través de una carta poder a su heredero, comprador
o inquilino.
b) Usuarios Fundadores Honorarios; son todas aquellas personas
naturales o jurídicas que La Asamblea General les ha otorgado
esa calidad y su representación es de carácter honorario el
cual podrá tener voz pero no voto.
Art.25.- No son Usuarios Fundadores, todas aquellas personas
usuarias naturales y jurídicas que no aparecen en el acta de constitución
sin embargo se están abasteciendo del servicio de agua potable con
nuevos servicios, estas personas usuarias pueden ser:
a) Usuarios activos. Se considerarán como usuarios activos todas
aquellas personas naturales y jurídicas registradas en el libro
de usuarios y que aparecen como propietarios del inmueble
donde se encuentra instalada su acometida. Esta categoría de
usuario podrá tener voz y voto en asamblea general. En caso
de muerte, venta o alquiler del inmueble, el usuario activo
deberá transferir sus derechos y deberes a través de una carta
poder a su heredero, comprador o inquilino.
b) Usuarios Inactivos, Se consideran como usuarios inactivos
todas aquellas personas naturales y jurídicas no registradas en
el libro de usuarios y que se abastecen del servicio de agua,
más no son dueños del inmueble donde se encuentra instalada
la acometida. Esta categoría de usuarios, solamente podrán
tener voz pero no voto en asamblea general. Excepto en casos
especiales donde el usuario activo, se encuentre fuera del país
y éste le extienda una carta poder para que lo represente.
Art.26.- Son Derechos de las Personas Usuarias Activas y Funda-
doras:
a) Participar con voz y voto en Asambleas Generales de Usua-
rios.
b) Presentar iniciativas y sugerencias a la Asamblea General,
Junta Directiva; en lo referente a la gestión de La Asocia-
ción.
c) Retirarse voluntariamente como persona fundadora cuando
así lo solicitare por escrito, sin perder el derecho como
usuario.
d) Elegir y ser electo para cargos de La Junta Directiva.
e) Convocar a la Asamblea General para exponer sus inquietudes
o hechos que les estén afectando, siempre que su petición esté
respaldada al menos por un 25% de las personas usuarias
activas y fundadoras, canalizando dicha convocatoria por
escrito a través de la Junta Directiva.
f) Recurrir ante la Junta Directiva y Asamblea General, Gobierno
Local u otra instancia respectiva cuando sus derechos como
usuario les sean violentados por procedimientos previstos y no
previstos en los presentes Estatutos o Reglamento Interno.
g) Solicitar y recibir oportunamente la información a la Admi-
nistración de su situación como personas usuaria activa y
fundadora.
h) Emitir un solo voto, aun cuando posean más de una acome-
tida domiciliaria de agua, en todos los procesos de toma de
decisiones que la Asociación promueva.
Art. 27.- Son Deberes de las Personas Usuarias Activas y Funda-
doras:
a) Asistir puntualmente a las reuniones que sean convocadas
por la Junta Directiva.
b) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento
Interno.
c) Proteger y hacer uso racional del agua y de los recursos
naturales.
d) Cancelar las aportaciones tarifarias por el servicio de agua
potable dentro de los plazos establecidos en el Reglamento
Interno.
e) Cuidar las obras y denunciar ante la Junta Directiva, cualquier
daño a la infraestructura del sistema de abastecimiento de
agua potable.
f) Participar activamente en las actividades ambientales u otros
proyectos que impulse la Junta Directiva.
g) Abstenerse y denunciar cualquier situación que ponga en
riesgo la gestión de la Asociación.
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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. h) Aceptar y cumplir acuerdos tomados por Junta Directiva, y
Asamblea General de Usuarios cuando la mayoría sea quien
decida.
i) Cumplir el convenio como Usuario Activo y Fundador del
servicio de agua con la Asociación.
Art. 28.- Son Derechos de las personas usuarias inactivas:
a) Ser admitidas previa solicitud ante la Junta Directiva como
personas usuarias activas después de cumplir los requisitos
establecidos para ser considerado como usuario activo.
b) Recurrir ante la Junta Directiva, Asamblea General, Gobierno
Local u otra instancia respectiva cuando sus derechos como
usuario(a) les sean violentados por procedimientos previstos
o no en los presentes Estatutos o Reglamento Interno.
c) Recibir el servicio de agua en iguales condiciones que al
prestado a los usuarios activos.
d) Solicitar y recibir oportunamente, información de su situación
como usuario inactivo.
e) Participar activamente en las actividades ambientales u otros
proyectos que impulse la Junta Directiva.
f) Hacer reclamos por insatisfacción en el servicio de agua a la
administración de la Asociación.
Art.29.- Son Deberes de las Personas Usuarias Inactivas
a) Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno.
b) Proteger y hacer uso racional del Agua y recursos natura-
les.
c) Cancelar sus aportaciones tarifarias por el servicio de agua
potable dentro de los plazos establecidos en el Reglamento
Interno de la Asociación.
d) Cumplir el convenio como usuario del servicio de agua con
la Asociación.
Art. 30.- Las personas usuarias activas y fundadoras, podrán ser
suspendidas de su calidad de activas y fundadoras por acuerdo emitido
por mayoría simple de votos en Asamblea General de Usuarios y previa
audiencia ante la Junta Directiva.
Se consideran causales de retiro temporal o definitivo (según la
gravedad de las faltas) tales como:
a) Por incumplimiento de los presentes Estatutos y Reglamento
Interno:
b) Por mala conducta de las personas usuarias activas y funda-
doras que se traduzca en perjuicio grave de La Asociación y
ponga en riesgo la administración y operación del servicio
de agua potable.
c) Obtener por medios fraudulentos beneficio de La Asociación,
o utilizar recursos de la misma para sí o para terceros.
d) Por la pérdida de sus derechos civiles que lo inhabiliten en
el libre desempeño como ciudadano.
Las causales de retiro temporal o definitivo se clasificarán en leves,
graves y menos graves en el reglamento interno.
Art. 31.- Las personas usuarias activas y fundadoras, tienen derecho
al recurso de apelación cuando se les retira su calidad sea de Usuario
Activo o Usuario fundador temporal o definitivamente. Podrá apelar a
la Asamblea General; cuando la suspensión y su causal no esté prevista
en los presentes estatutos ni en el reglamento interno; sin perjuicio que
tiene de acudir a otras instancias competentes.
caPiTUlo iX
DE la DiSolUciÓN
Art. 32.- No podrá disolverse la Empresa sino cumple con las
disposiciones establecidas en estos estatutos; la Empresa podrá disol-
verse por las causales siguientes: por incumplimiento de los fines, por
el incumplimiento de los Estatutos, por la disminución de los usuarios y
fundadores registrados como activos a un número menor de veinticinco.
Esta podrá ser acordada en sesión extraordinaria de Asamblea General
de Usuarios, con la asistencia del noventa por ciento de los Usuarios
activos, y con una votación a favor del cuarenta por ciento de los Usuarios
activos, debidamente registrados en el libro de Usuarios.
Art. 33.- En caso de acordarse la disolución de La Asociación, la
Asamblea General de Usuarios nombrará una Comisión Liquidadora
compuesta por diez personas, las cuales deberán representar a su co-
munidad, barrio, colonia, municipio o sectores. Los bienes sobrantes
después de cancelar todos sus compromisos de cualquier naturaleza no
serán distribuidos directa o indirectamente entre sus usuarios, sino que
éstos pasarán transitoriamente a la Municipalidad de Polorós y será la
misma comisión liquidadora que deberá supervisar la transparencia del
proceso para que se haga efectiva la custodia temporal de los bienes
ante un Notario legalmente registrado por el Estado Salvadoreño. En un
periodo de 90 días, la Municipalidad, y la comisión liquidadora bajo la
supervisión de representantes externos, ONGs, y usuarios constituirán
un nuevo ente jurídico que tenga la misma naturaleza y fines del ente
ya desaparecido un para que retome la operación y administración del
servicio de agua potable nuevamente; de acuerdo a los intereses mayo-
ritarios de los usuarios del servicio de abastecimiento de agua y leyes
vigentes en el País.
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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Art. 34.- En todo este proceso de disolución, La comisión
Liquidadora deberá sustentar todas sus acciones con documentos que
garanticen la legalidad del proceso de liquidación y constitución del
nuevo ente.
caPiTUlo X
DiSPoSicioNES GENEralES
Art. 35.- Para modificar los presentes Estatutos, será necesario la
asistencia de al menos el cincuenta por ciento más uno de los Usuarios
y fundadores Activos registrados, y el voto favorable de al menos las
tres cuartas partes en Asamblea General Extraordinaria, además deberá
seguir todos los procedimientos legales efectuados en la constitución
de la Asociación, lo cual se describe en el reglamento Interno.
Art. 36.- Todo lo relativo al orden interno de La Asociación no
comprendido en estos Estatutos se establecerá en el Reglamento Interno
de la misma, el cual deberá ser elaborado y/o modificado por la Junta
Directiva, y aprobado por Asamblea General de Usuarios con la asistencia
de al menos el cincuenta por ciento más uno de los usuarios y fundadores
registrados con la aprobación de las tres cuartas partes de los asistentes
en Asamblea General de Usuarios en sesión extraordinaria.
Art. 37.- La Asociación llevará sus libros de Registros de Usuarios
y Fundadores, un expediente por el total de Usuarios, Actas de Asambleas
Generales de Usuarios, Actas de Junta Directiva, y sus respectivos libros
contables debidamente legalizados.
Art.38.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo
Municipal de Polorós, durante los primeros quince días posteriores a
la elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, y la Nómina de los
Usuarios Registrados, informe de las sustituciones o ratificaciones de
las mismas.
Art. 39.- La Asociación queda facultada para asumir la administra-
ción temporal o definitiva de otros sistemas de abastecimiento de agua y
saneamiento en el futuro, considerados como viables, sin que esto ponga
en riesgo su capacidad de prestación de servicio de la gestión actual. En
tal caso, la Asociación evaluará la actualización de la reglamentación
interna.
Art. 40.- Todos los activos que generen las donaciones, los comoda-
tos para la prestación del servicio de agua potable, pasarán a formar parte
del fondo patrimonial de La Asociación y se destinarán exclusivamente
para la operación y mantenimiento del servicio.
Art. 41.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia, ocho días
después de su publicación en el Diario Oficial.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
CERTIFICA: Que a páginas del libro de actas y acuerdos muni-
cipales que esta oficina llevó durante el año 2011, se encuentra el acta,
punto de acta y final de la misma que literalmente dice: ACTA NÚMERO
DIECINUEVE: En el Salón de sesiones de la Alcaldía Municipal de la
Villa de Polorós, Departamento de La Unión, a las ocho horas del día
Siete de Octubre de Dos Mil Once, Reunida la Municipalidad en sesión
ordinaria, convocada y presidida por el señor, Amerto Romero Ríos,
Alcalde municipal; con asistencia del señor Mártir Mauricio Álvarez
Contreras, Síndico Municipal, y de los regidores propietarios del 1° al
4° en su orden señores: Héctor Inés Maldonado Mejía, Saturnino Alfa-
ro Santamaría, Fidel Fernández Yanes, Rosa Silvia Yanes; Regidores
suplentes del 2° al 3° en su orden señores: José de la Paz Lazo Alfaro,
Mauricio Arístides Reyes Velásquez y asistidos por el Secretario Mu-
nicipal Licda. Nancy Jeannette Guevara. Quien preside señor Amerto
Romero Ríos, previa comprobación del Quórum declaró abierta la
sesión e indicó al Secretario diera lectura al acta de sesión anterior, la
cual fue aprobada sin observaciones.- A continuación se emitieron los
acuerdos siguientes: ACUERDO NUMERO NUEVE: Vistos los esta-
tutos de la Asociación Comunal Administradora del Servicio de Agua
Potable (ACASAGUA), del domicilio de Cantón Malalaja, Polorós,
Departamento de La Unión, la cual consta de cuarenta y un artículos, y
no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la
República, al orden público, ni a las buenas costumbres; de conformidad
a los numerales 13 y 23 del Art. 30 y Art 119 del Código Municipal
vigente, ACUERDA: Aprobar los referidos estatutos en todas sus partes
y concederles el carácter de Personalidad Jurídica.- Publíquese.- Y no
habiendo más que hacer constar damos por terminada la presente acta
y acto que firmamos. A. Romero. R. Alcalde Municipal, M. Mauricio.
A. Contreras, Síndico Municipal, H. I. Maldonado, Primer Regidor
Propietario, Saturnino A. Santamaría, Segundo Regidor Propietario, F.
Fernández Yanes, Tercer Regidor Propietario, R. Silvia Yanes, Cuarto
Regidor Propietario, J. de la Paz Lazo A., Segundo Regidor Suplente,
M. Arístides R.V., Tercer Regidor Suplente”””” J. Lemus G. """SRIO.
RUBRICADOS. Es conforme con su original con la cual se confrontó
debidamente y para efectos de Ley, se certifica la presente en la Alcaldía
Municipal de Polorós, a los Diecinueve días del mes de Febrero de Dos
Mil Doce.
AMERTO ROMERO RIOS,
ALCALDE MUNICIPAL.
NANCY JEANNETTE GUEVARA L.,
SECRETARIA MUNICIPAL
(Registro No. F045664)
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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. ESTaTUToS DE la aSociaciÓN coMUNal
“coloNia Y PaSaJE SaN rafaEl”
DEl MUNiciPio DE SaN SalVaDor
caPiTUlo i
coNSTiTUciÓN, DENoMiNaciÓN, NaTUralEZa Y
rÉGiMEN lEGal.
constitución, Denominación, Naturaleza y régimen legal.
Art. 1.- Se constituye la Asociación Comunal "Colonia y Pasaje San Rafael" que en lo sucesivo se llamará "la Asociación", como una organización social integrada por la voluntad unánime de un grupo de ciudadanos y ciudadanas del Pasaje San Rafael, la cual será de carácter democrático, apolítica, no lucrativa, ni religiosa; estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, por los presentes Estatutos, el Reglamento Interno y demás disposiciones aplicables.
Domicilio.
Art. 2.- La Asociación tendrá como domicilio la Ciudad de San Salvador y desarrollará sus actividades en la "Colonia y pasaje San Rafael", ubicada en Calle antigua a Huizúcar, del municipio de San Salvador.
caPiTUlo ii
oBJETiVoS, acTiViDaDES, DiSTiNTiVo Y PlaZo DE la
aSociaciÓN.
objetivos de la asociación.
Art. 3.- La Asociación tendrá los objetivos siguientes:
a) Promover el desarrollo humano en su dimensión social, económica, cultural, religioso, cívico, educativo y cualquier otro aspecto que fuera legal y provechoso para la Colonia y pasaje San Rafael;
b) Participar en forma organizada en el estudio y análisis de la realidad social y de los problemas y necesidades de la Colonia y pasaje San Rafael;
c) Elaborar e impulsar soluciones y proyectos de beneficio para la Colonia y pasaje San Rafael.
actividades para el cumplimiento de los objetivos.
Art. 4.- Para la realización de sus objetivos, la Asociación desa-rrollará las siguientes actividades:
a) Trabajar en coordinación con las autoridades municipales y nacionales en los planes de desarrollo local, distrital y zo-nal, así como en la ejecución de los mismos, especialmente cuando se traten de proyectos que lleven beneficio directo a
los habitantes de la Colonia y pasaje San Rafael;
b) Participar en la gestión municipal, a través de los diversos
mecanismos contenidos en la Ordenanza para la Transparencia
de la Gestión Municipal y la Participación Ciudadana en el
Municipio de San Salvador, así como a través de la formulación
de iniciativas o recomendaciones en la planificación, ejecu-
ción, evaluación y contraloría de los planes municipales para
el desarrollo integral de la Colonia y pasaje San Rafael;
c) Impulsar la búsqueda de soluciones, formulación y ejecución
de proyectos que procuren y contribuyan al desarrollo de la
Colonia y pasaje San Rafael;
d) Motivar a los miembros de la Asociación y hacerlos participar
en el estudio y análisis de los problemas y necesidades de la
Colonia y pasaje San Rafael;
e) Ejercer el derecho de gestión frente a organismos guberna-
mentales o no gubernamentales y en general, ante cualquier
institución, siempre que dicha gestión tenga como objetivo
beneficiar a los miembros de la Asociación y de la Colonia
y pasaje San Rafael;
f) Constituir comités y/o Comisiones de Apoyo a la Junta
Directiva de la Asociación en materia administrativa, cultu-
ral, cívica, de gestión de seguridad, riesgo y prevención de
desastres, medio ambiente, género, juventud y otras; y
g) Realizar cualquier otra actividad que se considere necesaria
para la realización de sus objetivos, siempre que ésta sea
lícita.
Distintivo de la asociación.
Art. 5.- La Asociación Comunal tendrá como distintivo un sello en
forma de óvalo, en cuyo interior se leerá, ASOCIACION COMUNAL
COL. Y PJE. SAN RAFAEL, SAN SALVADOR. Al centro del mismo
contendrá Una familia, que representa la Unidad de la Colonia y pasaje
San Rafael y su deseo de superar sus necesidades.
Plazo.
Art. 6.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefinido.
caPiTUlo iii
DE loS aSociaDoS
clases de asociados.
Art. 7.- Habrá dos clases de Asociados: Asociados Fundadores y
Asociados Activos.
Serán Asociados Fundadores, las personas que suscriban el Acta
de Constitución de la Asociación, quienes además ostentarán la calidad
de Asociados Activos.
Asociados Activos serán las personas que obtengan su ingreso a la
Asociación en la forma que lo establecen los presentes Estatutos y que
asistan periódicamente a las Asambleas que se celebren.
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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396requisitos para ser asociado activo.
Art. 8.- Para ser Asociado Activo, se requiere llenar los requisitos
siguientes:
a) Tener como mínimo, dieciocho años de edad;
b) Tener como mínimo doce meses de residir en la Colonia y
pasaje San Rafael;
c) Identificarse con los objetivos de la Asociación Comunal;
d) Responder al llamado de colaboración cuando se le pida, ya
sea para ejercer un cargo de elección comunal o una even-
tualidad; y
e) Poseer notorios principios morales y una conducta intacha-
ble.
De la solicitud de ingreso a la asociación comunal.
Art. 9.- Las personas interesadas en ingresar a la Asociación Comu-
nal, deberán llenar una hoja de afiliación que la Junta Directiva deberá
elaborar al efecto, en donde manifiesten su voluntad de pertenecer a la
Asociación, debiendo cumplir con los requisitos indicados en el artículo
anterior y contener los datos correctos.
Posteriormente se procederá a incorporar al interesado(a) quien será
juramentado(a) en la Asamblea General que al efecto se programe.
Del registro de asociados.
Art. 10.- La Asociación deberá contar con un Registro de Asocia-
dos en el cual en cada asiento se indicará el nombre y las generales del
Asociado como su edad, residencia, número de Documento único de
Identidad (DUI) u otro documento de identificación, fecha de ingreso y
otros datos que se consideren necesarios del inscrito.
Derechos de los asociados.
Art. 11.- Serán derechos de los Asociados:
a) Participar con voz y voto en las reuniones de Asamblea
General, sean éstas Ordinarias o Extraordinarias;
b) Presentar en las Asambleas Generales mociones encaminadas
a alcanzar el buen funcionamiento y desarrollo de la Asocia-
ción;
c) Presentar su renuncia como miembro de la Asociación ante
la Junta Directiva o Asamblea General;
d) Elegir y ser electo para cargos en la Junta Directiva y los
comités que se Integren;
e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva información sobre
el funcionamiento y los proyectos de la Asociación; y
f) Todos los demás que le confieran la Ordenanza Reguladora
de Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador,
los presentes Estatutos y el Reglamento Interno.
De las obligaciones de los asociados.
Art. 12.- Son obligaciones de los Asociados:
a) Fomentar el espíritu de servicio entre los Asociados;
b) Asistir con puntualidad a las sesiones de las Asambleas
Generales;
c) Desempeñar con responsabilidad y eficiencia los cargos para
los que fueron electos, lo mismo que las comisiones que se
le encomienden;
d) Abstenerse de las acciones u omisiones que puedan perjudicar
el cumplimiento de los objetivos de la Asociación, la armonía
y las actividades que se realicen; y
e) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en la Ordenanza
Reguladora de Asociaciones Comunales del Municipio de San
Salvador, los presentes Estatutos y el Reglamento Interno, así
como obedecer y velar porque se respeten las disposiciones
emanadas de Asamblea General, la Junta Directiva y el Comité
de Vigilancia.
Pérdida de la calidad de asociado(a)
Art. 13.- La calidad de Asociado(a) se perderá por retiro voluntario,
expulsión o muerte.
Del retiro voluntario.
Art. 14.- El retiro voluntario podrá ser expreso o tácito.
Será expreso, cuando el Asociado lo solicite por escrito a la Junta
Directiva o a la Asamblea General y tácito cuando el Asociado cambie
definitivamente a otro lugar su residencia o cuando se ausente de las
actividades de la Asociación por un período de tres meses sin expresión
de motivo o causa.
caPiTUlo iV
DEl GoBiErNo DE la aSociaciÓN
Del gobierno de la asociación.
Art. 15.- El Gobierno de la Asociación estará a cargo de la Asamblea
General de Asociados y la Junta Directiva.
caPiTUlo V
DE la aSaMBlEa GENEral
De la asamblea General.
Art. 16.- La Asamblea General debidamente convocada, es la
autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad
de los miembros Asociados Fundadores y Activos.
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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Quórum.
Art. 17.- La Asamblea General sesionará en forma ordinaria cada
tres meses con la asistencia del cincuenta por ciento más uno de los
Asociados a la hora indicada, en primera convocatoria y en segunda
convocatoria, una hora después, con los miembros que asistan y las
resoluciones se tomarán por mayoría simple de votos, excepto en los
casos especiales que se requiera la asistencia del setenta y cinco por
ciento de los Asociados.
De las Sesiones ordinarias y Extraordinarias.
Art. 18.- La Asamblea General podrá sesionar en forma Ordinaria
o Extraordinaria.
Serán Ordinarias cuando se realicen en las fechas establecidas
para ello, en dichas reuniones se tratarán los puntos comprendidos en
la agenda y los que propongan los Asociados.
Serán Extraordinarias cuando se celebren en fechas distintas para
tratar asuntos específicos y/o de urgencia para los cuales hubiere sido
convocada. Las discusiones y decisiones que tomaren en relación con los
puntos no incluidos en la convocatoria no tendrán validez. Las reuniones
de Asamblea General Extraordinaria podrán celebrarse en cualquier
tiempo, convocada por la Junta Directiva a Iniciativa propia o cuando
lo pida por escrito el cuarenta por ciento de los Asociados inscritos y el
Comité de Vigilancia.
De las convocatorias.
Art. 19.- Las convocatorias indicarán el día, lugar y hora en que
habrá de celebrarse la Asamblea General y deberán ser hechas al menos
con tres días de anticipación a la fecha indicada.
De los delegados para votar.
Art. 20.- Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las
sesiones de la Asamblea General por motivos justificados, podrá hacerse
representar por otro miembro o por el o la cónyuge o, su hijo mayor de
edad, siempre y cuando residan éstos en la misma unidad habitacional;
el límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y voto
de su representado. La representación deberá constar por escrito.
De las facultades de la asamblea General.
Art. 21.- Son facultades de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva y
Comité de Vigilancia;
b) Recibir los informes de trabajo, aprobar o reprobar el estado
financiero de la Asociación;
c) Destituir por causa justificada y legalmente comprobada a los
miembros de la Junta Directiva en pleno o individualmente,
y elegir a los sustitutos de conformidad a lo establecido en
la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales
del Municipio de San Salvador, los presentes Estatutos y el
Reglamento Interno;
d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-
niente con el objeto de llevar una sana administración de la
Asociación;
e) Aprobar, reformar y derogar los presentes Estatutos, el Re-
glamento Interno, el Plan de Trabajo y el Presupuesto de la
Asociación;
f) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, la Ordenanza
Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de
San Salvador vigente, el Reglamento Interno de la Asociación
y demás normas que se dicten para el buen desarrollo de la
Asociación;
g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación,
que no estén contemplados en los presentes estatutos; y
h) Las demás que establezcan la Ordenanza reguladora de las
Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador.
caPiTUlo Vi
DE la JUNTa DirEcTiVa
Art. 22.- La Junta Directiva tendrá a su cargo la dirección y
administración de la Asociación dentro de los lineamientos generales
establecidos por la Asamblea General de Asociados. La Junta Directiva,
estará integrada por un Presidente, un Secretario, un Síndico, un Tesorero
y dos Vocales, con dos suplentes; quienes serán electos para períodos
que no podrán exceder de dos años, contados a partir de la fecha en que
fueron electos, pudiendo ser reelectos de manera consecutiva, solo por
una vez, en un cargo diferente al ejercido en el período anterior.
Los suplentes tendrán las atribuciones establecidas en el Artículo
31 de los presentes Estatutos.
Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere estar residiendo
en la Colonia y pasaje San Rafael; desde al menos dos años y tener como
mínimo dieciocho años de edad, no así el Presidente y el Síndico quienes
deberán ser mayores de veintiún años.
La elección de los miembros de la Junta Directiva se realizará
quince días antes de que concluya el período de la última Junta Directiva
electa, en sesión de Asamblea General, por mayoría simple y ante la
presencia de un Delegado de la Alcaldía Municipal de San Salvador,
debiendo registrarse la nueva Junta Directiva en la Oficina de Registro
de Asociaciones Comunales del municipio de San Salvador.
régimen de sesiones y convocatorias de la Junta Directiva.
Art. 23.- La Junta Directiva sesionará en forma ordinaria el primer y
tercer miércoles de cada mes y extraordinariamente cuando el Presidente
o dos de sus integrantes lo consideren necesario.
La convocatoria para las sesiones de la Junta Directiva se hará per-
sonalmente. Sin embargo; la convocatoria podrá omitirse si encontrándose
reunidos la mayoría de sus miembros éstos decidieran sesionar.
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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396Quórum y número de votos para decidir.
Art. 24.- Para que la Junta Directiva sesione válidamente, será
necesaria en todo caso la presencia de al menos cuatro integrantes; en
todo caso las decisiones serán válidas con el voto favorable de tres de
ellos. El Presidente tendrá doble voto en caso de empate.
atribuciones de la Junta Directiva.
Art. 25.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, el Regla-
mento Interno, acuerdos de la Asamblea General, sus propios
acuerdos y demás disposiciones de la Asamblea General;
b) Administrar el patrimonio de la Asociación;
c) Presentar informe de su gestión y situación patrimonial al
cierre del ejercicio anual o cuando lo requieran más de la
mitad de los Asociados;
d) Aprobar y presentar para conocimiento y ratificación de la
Asamblea General, el Reglamento Interno, el Plan de Trabajo,
el Presupuesto de la Asociación y la Memoria de Labores;
e) Constituir comités de apoyo de la Asociación para impulsar
el desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de la
misma;
f) Hacer la calificación previa en los casos de retiro voluntario
y expulsión de los Asociados, como la destitución individual
de los miembros de la Junta Directiva;
g) Coordinar e impulsar las actividades en beneficio para la
Asociación Comunal;
h) Autorizar al representante legal de la Asociación para la
celebración de los actos o contratos necesarios para el cum-
plimiento de los fines y funciones de la Asociación;
i) Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias de las
Asambleas Generales de Asociados;
j) Recibir las renuncias de sus integrantes o de otros Asociados
de la Asociación e informarlo a la Asamblea General;
k) Conocer y resolver sobre todos los asuntos lícitos que interesan
a la sana y ordinaria administración de la Asociación, cuyo
conocimiento no corresponda a la Asamblea General; y
l) Constituir comités de apoyo de la Asociación para impulsar
el desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de la
misma.
atribuciones del Presidente.
Art. 26.- Son atribuciones del Presidente de la Junta Directiva:
a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la
Asamblea General y de la Junta Directiva, orientando sus
deliberaciones;
b) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación en
forma conjunta o separada con el Síndico, en asuntos de interés
para la Asociación; pudiendo delegar esta representación en
caso necesario;
c) Coordinar las actividades que realicen las diversas comisiones
y sus respectivos comités de apoyo;
d) Firmar junto con el Tesorero los documentos de pago de
tesorería y autorizar los gastos de la Asociación;
e) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones y presentar
los informes correspondientes que se requieran por la Junta
Directiva y/o la Asamblea General;
f) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados en
Asamblea General o en Junta Directiva; y
g) Todas las demás atribuciones que señalen la Ordenanza
Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de
San Salvador vigente, los presentes Estatutos, el Reglamento
Interno de la Asociación y demás normas relacionadas con
su cargo.
atribuciones del Secretario.
Art. 27.- Son atribuciones del Secretario de la Junta Directiva:
a) Llevar los libros de actas a las sesiones de la Asamblea
General, de Junta Directiva y de Registro de Asociados, así
como otros que fueren necesarios en la Asociación para hacer
los asientos respectivos;
b) Verificar el quórum en las sesiones de la Asamblea General
y Junta Directiva;
c) Expedir y/o tramitar en su caso, las certificaciones, constancias
o credenciales de todo tipo de los órganos administrativos de
la Asociación y remitir las nóminas de los miembros electos
de la Junta Directiva y Comité de Vigilancia, a la Oficina de
Registro de Asociaciones Comunales; y
d) Convocar a las sesiones de Junta Directiva y Asamblea General
en Coordinación con el Presidente de la Asociación.
atribución del Síndico.
Art. 28.- Son atribuciones del Síndico:
a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, en
forma conjunta o separada con el Presidente de la misma; y
b) Velar por el cumplimiento de la Ordenanza Reguladora de
Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, los
presentes Estatutos, el Reglamento Interno de la Asociación
y demás acuerdos tomados en Asamblea General o Junta
Directiva.
atribuciones del Tesorero.
Art. 29.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes
muebles e inmuebles de la Asociación;
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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. b) Llevar el control del registro de ingresos y egresos de la
Asociación;
c) Custodiar el patrimonio de la Asociación con el objeto que se utilicen en forma racional todos los recursos de la entidad;
d) Autorizar juntamente con el Presidente de la Asociación los documentos para el pago de las obligaciones que tenga que efectuar la Asociación;
e) Realizar las gestiones necesarias para la Asociación ante los organismos gubernamentales, del Estado o la Municipalidad u organismos no gubernamentales o privados con posterior información de ello a la Junta Directiva;
f) Rendir los informes financieros que se le requieran tanto por parte de la Junta Directiva como de la Municipalidad;
g) Elaborar y presentar a la Asamblea General el informe anual del estado financiero de la Asociación; y
h) Llevar en orden y al día el Libro de Finanzas.
atribuciones de los Vocales.
Art. 30.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar directamente con la Junta Directiva; y
b) Realizar cualquier comisión o apoyo que le requiera la Junta Directiva.
atribuciones de los Suplentes.
Art. 31.- Los suplentes tendrán como función sustituir a cualquiera de los directivos, en caso de ausencia temporal por enfermedad u otra causa y el orden de sustitución será de la siguiente manera: el primer suplente, tendrá la facultad de ocupar la primera vacante que surja y el segundo suplente sustituirá la segunda vacante que surja.
caPiTUlo Vii
DEl coMiTÉ DE ViGilaNcia
Del comité de Vigilancia.
Art. 32.- Se constituye el Comité de Vigilancia de la Asociación, que estará integrado por tres miembros propietarios y un suplente, quienes tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, libros y otros documen-tos; podrán investigar sobre el trabajo y el resultado de las gestiones de la Junta Directiva y los Comités de Apoyo. El Comité de Vigilancia tendrá la obligación de informar a la Asamblea General o a la Municipalidad según el caso, sobre el resultado de sus investigaciones.
Los integrantes de dicho Comité, serán electos en la misma Asam-blea General en que se elija la Junta Directiva, para el período de dos años y deberán reunir los mismos requisitos que establecen en el inciso 2 del Artículo 22 de los presentes Estatutos en cuanto a la edad.
El Comité de Vigilancia a través de sus miembros, será la entidad encargada de llevar el control y fiscalización de los actos realizados por la Junta Directiva, procurando en todo caso, que éstos sean apegados a la ley.
caPiTUlo Viii
DEl PaTriMoNio
constitución del Patrimonio de la asociación.
Art. 33.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Los aportes que provengan de los Asociados, organismos
del estado y/o de la Municipalidad, Organismos no Guber-
namentales y/o privados;
b) Los ingresos provenientes de las actividades realizadas por
la Asociación para recaudar fondos; y
c) Los bienes muebles y/o inmuebles de la Asociación, así como
las rentas que obtengan con la administración de los mismos,
así también las que provengan las herencias, donaciones y
legados.
responsabilidad del Presidente y del Tesorero.
Art. 34.- Tanto el Presidente como el Tesorero, responderán en
forma personal y solidaria por los movimientos de las cuentas bancarias
de la Asociación, cuando se excedan de los límites autorizados por el
Reglamento Interno o la Asamblea General.
caPiTUlo iX
DEl rEGiMEN DiSciPliNario
régimen Disciplinario.
Art. 35.- Los miembros de la Junta Directiva y de la Asamblea
General responderán y serán sancionados por las acciones u omisiones
en contravención a estos Estatutos, al Reglamento Interno, acuerdos o
resoluciones tomadas por la misma Asamblea General o la Junta Direc-
tiva.
De las faltas leves.
Art. 36.- Son faltas leves, aquellas que sin causar un grave perjuicio
a la Asociación entorpecen su normal funcionamiento; tales como:
a) La inasistencia injustificada a sesiones de cualquiera de los
órganos de gobierno de la Asociación Comunal;
b) Observar conductas inapropiadas en las sesiones de la Junta
Directiva o de la Asamblea General;
c) La negligencia inexcusable en el cumplimiento de las comi-
siones que les sean asignadas;
d) La falta de pago de las cuotas de cualquier clase que previa-
mente haya aprobado la Asamblea General; y
e) La inobservancia de las obligaciones y prohibiciones impues-
tas por estos Estatutos, el Reglamento Interno y la Asamblea
General.
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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396De las faltas graves.
Art. 37.- Son faltas graves aquellas que afectan seriamente la
marcha normal de la Asociación, tales como:
a) La malversación de fondos, o cualquier acción u omisión
voluntaria que afecte el patrimonio de la Asociación;
b) Las conductas que pongan en entredicho el buen nombre de
la Asociación;
c) Hacer uso del nombre de la Asociación en beneficio propio; y
d) El haberse hecho acreedor a tres o más amonestaciones.
Sanciones.
Art. 38.- Cuando los Asociados o miembros directivos incurran
en cualquiera de las faltas señaladas en los artículos precedentes, para
la imposición de la respectiva sanción, se estará sujeto a lo dispuesto en
el Reglamento Interno de la Asociación.
Procedimiento en caso de faltas.
Art. 39.- La Junta Directiva conocerá de las faltas cometidas por
los miembros de la Asociación de acuerdo con el procedimiento que para
tal efecto se establecerá en el Reglamento Interno de la Asociación.
caPiTUlo X
DEl coNTrol Y fiScaliZaciÓN iNTErNa Y EXTErNa
obligación del Secretario, Síndico y Tesorero.
Art. 40.- El Secretario de la Junta Directiva, el Síndico y el Tesorero
tendrán la obligación de rendir informes de sus actuaciones anualmente
a la Asamblea General.
facultad de la Municipalidad de auditar.
Art. 41.- La Municipalidad de San Salvador, tendrá la facultad
de auditar las operaciones de la Asociación, con base a la Ordenanza
Reguladora de Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador,
con el fin de ejercer el control por usos indebidos de cualquiera de los
privilegios y exenciones de que goce, tomando las medidas administra-
tivas que considere convenientes, para subsanar las observaciones que
surjan de la auditoría.
caPiTUlo Xi
DE la MoDificaciÓN DE loS ESTaTUToS
Modificación de los Estatutos.
Art. 42.- Los presentes Estatutos podrán ser reformados mediante
acuerdo tomado en sesión extraordinaria de la Asamblea General y de
conformidad al artículo 21, literal "e" de los presentes Estatutos. La mo-
dificación de los Estatutos podrá ser solicitada por tres de los Asociados
o por la Junta Directiva o Comité de Vigilancia.
En todo caso, la Junta Directiva encargará a una comisión inte-
grada por tres miembros, presidida por el Síndico de la Asociación, la
elaboración de un proyecto de reformas, a efecto de presentarlo para la
aprobación de la Asamblea General.
La reforma, modificación o derogación de los Estatutos, se consig-
nará en el acta respectiva para ser presentada al Concejo Municipal para
su aprobación, acompañando toda la documentación que corresponde y
posteriormente se presentará a la Oficina de Registro de Asociaciones
Comunales, donde deberá inscribirse, publicándose además en el Diario
Oficial para su respectiva vigencia.
caPiTUlo Xii
DiSolUciÓN Y liQUiDaciÓN DE la aSociaciÓN
Disolución de la asociación.
Art. 43.- La Asociación podrá disolverse mediante el acuerdo
tomado en Asamblea General extraordinaria y ante la presencia de un
Delegado de la Alcaldía Municipal de San Salvador, con la asistencia y
aprobación de dos terceras partes de sus asociados.
Serán causales para la disolución de la Asociación:
a) Cuando el número de miembros que la integren, sea menor
al requerido para su constitución;
b) Por imposibilidad de realizar los fines para los cuales fue
constituida; y
c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los objetivos es-
tablecidos en sus Estatutos y/o realicen actos ilícitos o que
contravengan las Leyes de la República.
Envío de la certificación del acuerdo de disolución.
Art. 44.- La certificación que haga el Secretario de la Junta Directiva
del acuerdo de disolución, deberá ser enviada por el mismo Secretario
de la Junta Directiva al Encargado de la Oficina de Registro de Asocia-
ciones Comunales del Municipio de San Salvador, dentro de los diez
días siguientes a la fecha en que fue tomado dicho acuerdo, para efectos
de cancelar la inscripción de la Asociación Comunal.
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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Procedimiento para la liquidación.
Art. 45.- Una vez inscrito el acuerdo de disolución en la oficina
de Registro de Asociaciones Comunales, se nombrará una comisión
liquidadora que estará integrada por tres miembros de la Asociación
electos en la última Asamblea General Extraordinaria, que fue convocada
para la disolución. Si no fueren elegidos, la liquidación se efectuará con
dos Delegados de la Municipalidad, en ambos casos tendrán un plazo
de noventa días para presentar un informe detallado de su gestión al
Concejo Municipal para su aprobación.
Para efectos de la liquidación de la Asociación, se deberá atender a
lo que al respecto dispone la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones
Comunales del Municipio de San Salvador.
Si una vez realizado el activo y cancelado el pasivo hubiere un
remanente, la Municipalidad, a través de la Delegación Distrital Muni-
cipal correspondiente lo destinará para financiar proyectos de desarrollo
comunal a realizarse en la Colonia y pasaje San Rafael. Mientras no
se realice la inversión del remanente, éste quedará bajo custodia de la
Municipalidad.
caPiTUlo Xiii
DiSPoSicioNES GENEralES
obligaciones de llevar libros para hacer constar actuaciones.
Art. 46.- La Asociación Comunal llevará los libros necesarios
foliados y sellados, para hacer constar sus actuaciones, con una razón
de apertura que contendrá el objeto del libro, número del libro y número
de folios; dicha razón deberá estar firmada y sellada por el miembro
de la Junta Directiva que de acuerdo a sus funciones le corresponda
llevarlos.
Terminado el libro o libros, se pondrá una razón de cierre que
firmará y sellará el mismo miembro directivo responsable del uso del
respectivo libro.
libertad de formar parte del consejo asesor.
Art. 47.- Todo miembro de una Junta Directiva saliente, podrá
formar parte de un Consejo Asesor de la nueva Junta Directiva que se
elija.
rendición de cuenta circunstanciada a la Junta Directiva entrante.
Art. 48.- La Junta Directiva saliente deberá rendir cuenta circuns-
tanciada y documentada a la Junta Directiva entrante sobre las actividades
realizadas y pendientes durante su gestión administrativa. El informe a
que se refiere este inciso, deberá ser rendido por escrito y firmado por
todos los miembros de la Junta Directiva saliente, a más tardar en el
primer mes de funciones de la nueva Junta Directiva.
Vigencia de los presentes Estatutos.
Art. 49.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días
después de su publicación en el Diario Oficial.
Dados en la Asociación Comunal "Colonia y Pasaje San Rafael".”
del Municipio de San Salvador, a los seis días del mes de octubre del
dos mil once.
FECHA: Junio 27, 2012.
Con instrucciones del Señor Alcalde Municipal Interino, atentamente
transcribo el acuerdo tomado en la sesión extraordinaria celebrada el
día veintiséis de junio del presente año, que dice:
9.4) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO:
I- Que en la Oficina de Registro de Asociaciones Comunales de
esta Municipalidad se ha abierto y diligenciado el expediente
de la Asociación Comunal "Colonia y Pasaje San Rafael", en
el que consta que los miembros de dicha Asociación desean
acogerse a los beneficios que otorgan los artículos 118 y 120
del Código Municipal y 8 de la Ordenanza Reguladora de las
Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador.
II- Que la Oficina de Registro de Asociaciones Comunales, ha
verificado que la expresada Asociación fue constituida en
Asamblea General Extraordinaria del 6 de octubre de 2011,
habiéndose aprobado en esa oportunidad los estatutos que
constan de 49 artículos y el respectivo Reglamento Interno.
Por lo tanto, ACUERDA:
1. Aprobar los estatutos en todas sus partes.
2. Conferir a la Asociación Comunal "Colonia y Pasaje San
Rafael", el carácter de persona jurídica.
3. Autorizar la inscripción de la misma en el Registro de Asocia-
ciones Comunales de esta Municipalidad. Comuníquese.
JOSE ARMANDO ZEPEDA VALLE,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F045710)
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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396
SeCCION CARTeLeS OFICIALeSde priMera publicación
DEclaraToria DE HErENcia
LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE
SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-
PEQUE, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
AVISA: Que por resolución dictada a las catorce horas con cua-
renta y cuatro minutos del día veintiuno de junio de dos mil doce, se
han declarado herederos definitivos y con beneficio de inventario de la
herencia intestada que a su defunción dejara el señor RENÉ OSWALDO
REYNOSA MÉNDEZ, habiendo fallecido el día diecinueve de noviem-
bre de dos mil once, siendo esta ciudad su último domicilio, a la señora
GLADYS ELIZABETH ORDOÑEZ DE REYNOSA, en calidad de
cónyuge sobreviviente del causante
Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y
representación definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a
las ocho horas y treinta minutos del día veintiséis de junio de dos mil
doce. LICDA. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE
SANABRIA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. ANA LETICIA
ARIAS ZETINO, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 764
SAúL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día
dos de julio de dos mil doce, se declaró como heredera definitiva con
beneficio de inventario de la sucesión testada que a su defunción dejara
la causante VILMA ESPERANZA MEDINA, conocida por VILMA
ESPERANZA MEDINA DE CEA, y por VILMA ESPERANZA DE
MEDINA ocurrida el día veintiuno de septiembre de dos mil once, siendo
esta ciudad su último domicilio, en calidad de hijos: 1) MARTA VILMA
JEANNETTE CEA DE RODEZNO, conocida por MARTA VILMA
JEANNETTE CEA MEDINA, y por MARTA VILMA CEA MEDINA,
de cuarenta y cuatro años de edad, Licenciada en Administración de
Empresas, casada, del domicilio de San Salvador, Departamento de
San Salvador, con Documento único de Identidad número cero uno seis
cuatro tres tres cuatro seis- cinco (01643346-5) y Número de Identifica-
ción Tributaria cero seis uno cuatro- tres cero cero ocho seis siete- cero
cero dos- nueve (0614-300867-002-9); 2) JOSE ROBERTO ANTONIO
CEA MEDINA, de cincuenta y tres años, Ingeniero Civil, casado, del
domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, con Docu-
mento único de Identidad Número cero tres cuatro ocho nueve cinco
nueve cero-ocho (03489590-8) y Número de Identificación Tributaria
cero seis uno cuatro- uno tres cero cinco cinco ocho- cero cero ocho-
seis (0614-130558-008-6); 3) MARTA ALICIA GUADALUPE CEA
DE SALINAS conocida por MARTA ALICIA CEA MEDINA y por
MARTA ALICIA GUADALUPE CEA MEDINA, de cuarenta y cuatro
años, profesora en educación especial, casada, del domicilio de Antiguo
Cuscatlán, departamento de La Libertad, con Documento único de Iden-
tidad Número cero uno seis seis ocho uno cuatro seis- seis (01668146-6)
y Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro-tres cero cero
ocho seis siete- cero cero tres- cero (0614-300867-003-0); de la herencia
testada que a su defunción ocurrida el día veintiuno de septiembre del
año dos mil once, dejara la causante VILMA ESPERANZA MEDINA,
conocida por VILMA ESPERANZA MEDINA DE CEA, y por VILMA
ESPERANZA DE MEDINA. Se ha conferido a 1) MARTA VILMA
JEANNEETTE CEA DE RODEZNO, conocida por MARTA VILMA
JEANNETTE CEA MEDINA, y por MARTA VILMA CEA MEDINA;
2) JOSE ROBERTO ANTONIO CEA MEDINA; 3) MARTA ALICIA
GUADALUPE CEA DE SALINAS conocida por MARTA ALICIA CEA
MEDINA y por MARTA ALICIA GUADALUPE CEA MEDINA; la
administración y representación definitiva de la SUCESIÓN TESTADA
dejada por la causante antes referida.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumplimiento,
se libra el presente aviso, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil
de San Salvador, a las nueve horas del día dos de julio de dos mil doce.
DR. SAúL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL, SAN SALVADOR. LICDA. GABRIELA CAROLINA
PALACIOS CRISTALES, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 765
AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a
las doce horas cincuenta minutos del día veintiuno de junio de dos mil
doce, se han declarado herederos definitivos, abintestato, con beneficio
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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. de inventario de los bienes dejados a su defunción por el señor FRAN-
CISCO HENRÍQUEZ ALFARO, quien fue de cincuenta y seis años de
edad, mecánico automotriz, fallecido el día veintiuno de diciembre de
dos mil once, en Barrio El Centro de la jurisdicción de Aguilares, sien-
do ése su último domicilio, de parte de los señores CONSUELO DEL
CARMEN LARA DE HENRÍQUEZ hoy VIUDA DE HENRÍQUEZ
y JOSE FRANCISCO INGLÉS HENRÍQUEZ o JOSE FRANCISCO
INGLÉS, en el concepto de Cónyuge sobreviviente e hijo del causante
respectivamente. A quienes se les ha conferido la administración y
representación DEFINITIVA, de la sucesión.
Lo que se hace saber al público en general para los demás efectos
de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce
horas cincuenta y cinco minutos del día veintiuno de junio de dos mil
doce. LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA
DE LO CIVIL. LIC. JOSÉ ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SE-
CRETARIO.
Of. 1 v. No. 766
acEPTaciÓN DE HErENcia
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,
JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DEL-
GADO. Al público
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cincuenta
minutos del día treinta de abril del presente año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de la herencia Intestada que a
su defunción dejó el señor SANTOS ZEPEDA TRUJILLO conocido por
SANTOS ZEPEDA, quien fue de sesenta años de edad, Comerciante en
pequeño, soltero, originario de Atiquizaya, Ahuachapán, fallecido el día
veintitrés de octubre de dos mil diez, siendo Delgado el último domicilio
del causante; de parte de ALBA JEANNETTE ZEPEDA CASTILLO
con NIT cero seiscientos catorce- ciento cincuenta mil ochocientos
ochenta y seis- ciento cuarenta y siete-dos, y JOSÉ RUANO ZEPEDA
CASTILLO con NIT cero seiscientos catorce- doscientos noventa mil
ciento noventa- ciento cincuenta y uno- dos, como hijos del causante
representados por la Defensora Pública Licenciada MÓNICA IVETTE
OLIVO. Confiérasele a los aceptantes la administración y representa-
ción INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de
ley.
JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las once horas y diez
minutos del día treinta abril del año dos mil doce. LICDA. MARIBEL DEL
ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO.
LIC. JORGE ROBERTO BURGOS GONZÁLEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 767-1
SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución
de este Juzgado de las once horas y treinta minutos del día trece de junio
de dos mil doce. SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y
con beneficio de inventario de parte de las señoras MARIA LORENA
FUNES MONTENEGRO o MARIA LORENA FUNES viuda DE
FLORES y VILMA GUADALUPE LOPEZ o VILMA GUADALUPE
LOPEZ DE TICAS, la herencia intestada que a su defunción dejó la
causante señora MARTA EUGENIA LOPEZ conocida por MARTA
EUGENIA CARDONA LOPEZ, quien era de veintitrés años de edad,
Secretaria, soltera, originaria de San Salvador, del domicilio de San
Salvador, fallecida en esta ciudad de San Salvador el día diecisiete de
octubre de mil novecientos ochenta y seis, siendo la misma el lugar de
su último domicilio; aceptación que hacen las señoras antes mencionadas
en sus calidades de hermanas sobrevivientes de la causante. Y SE LES
HA CONFERIDO a las aceptantes la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia Yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia
para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince
días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente
edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las doce horas del día trece de junio de dos mil doce. DR.
SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.
LIC. VICTOR MANUEL SALGADO MONTERROSA, SECRETARIO
INTO.
Of. 3 v. alt. No. 768-1
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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396aViSo DE iNScriPciÓN
EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-
NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA
Y GANADERÍA
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-
blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-
cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN
AGROPECUARIA "METZTI SHUSHUCNA" DE RESPONSABILI-
DAD LIMITADA QUE SE ABREVIA "ACPAMETSHU" DE R.L.,
con domicilio en Santa Tecla, departamento de La Libertad, obtuvo su
personalidad jurídica el día veintiséis de marzo del año dos mil doce,
e inscrita en el libro ciento cinco de Registro que esta Oficina lleva
bajo la siguiente codificación: Dos mil seiscientos cuatro del Sector No
Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial el
extracto y por una sola vez el asiento de inscripción correspondiente.
Santa Tecla, a los cinco días del mes de julio del año dos mil
doce.
NOTIFÍQUESE.
LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,
JEFE DEL DEPARTAMENTO.
Of. 1 v. No. 769
EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-
NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA
Y GANADERÍA
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-
blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-
cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN
AGROPECUARIA Y ARTESANAL "MAHANAIM" DE RESPONSA-
BILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA "ACOPAYAMA" DE R.L.,
con domicilio en el municipio de El Carmen, departamento de Cuscatlán,
obtuvo su personalidad jurídica el día veintiuno de junio del año dos mil
doce, y fue inscrita en el libro ciento seis de Registro que esta Oficina
lleva bajo la siguiente codificación: Dos mil seiscientos veintisiete del
Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario
Oficial por una sola vez el asiento de inscripción correspondiente.
Santa Tecla, a los diez días del mes de julio del año dos mil
doce.
NOTIFÍQUESE.
LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,
JEFE DEL DEPARTAMENTO.
Of. 1 v. No. 770
AVISO DE INSCRIPCIÓN
EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-
CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO
DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos
16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 5 Inciso Primero
de su Reglamento,
HACE SABER: Que la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE
COMERCIALIZACIÓN, SERVICIOS PROFESIONALES, AHORRO
Y CRÉDITO DE ARTISTAS ESCÉNICOS DE EL SALVADOR, DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia "COARES, de R.L.",
con domicilio legal en San Salvador, Departamento de San Salvador, ha
sido INSCRITA en el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas
bajo el número DOS, folios diecinueve frente a folios treinta y cuatro
vuelto del libro TERCERO de Registro e Inscripción de Asociaciones
Cooperativas de COMERCIALIZACIÓN, que lleva el Registro Nacional
de Asociaciones Cooperativas del INSTITUTO SALVADOREÑO DE
FOMENTO COOPERATIVO, a los dos días del mes de julio de dos
mil doce.
MISAEL EDGARDO DÍAZ,
JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE
ASOCIACIONES COOPERATIVAS.
Of. 1 v. No. 771
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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012.
de tercera publicación
acEPTaciÓN DE HErENcia
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE
USULUTAN, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y treinta
y cinco minutos del día quince de junio del corriente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia
Intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante JORGE
DOMINGO GOMEZ CASTRO, quien falleció a las ocho horas del día
treinta y uno de octubre del año dos mil ocho, en el Barrio San José,
Casa Número ciento cuarenta y ocho de esta Ciudad de Berlín, Depar-
tamento de Usulután; siendo su último domicilio de parte de RENE
CASTRO ARGUETA, en calidad de hijo del causante, confiriéndole al
aceptante antes mencionado la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que
dentro del término de ley, se presente a este Juzgado a hacer uso de sus
derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las catorce
horas cincuenta y cinco minutos del día quince de junio del año dos mil
doce.- LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA
BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SRIO.
Of. 3 v. alt. No. 731-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, LICENCIA-
DO JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y quince
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario la Herencia Intestada dejada a su defunción
por el causante señor CARLOS HUMBERTO GARCÍA ARÉVALO,
al fallecer el día dos de febrero del año dos mil doce, en el Hospital
Nacional San Juan de Dios de San Miguel, siendo la ciudad de Usulután
su último domicilio; de parte de la señora DAISY MARISOL GARCÍA
GUEVARA, en calidad de hija del causante.
Confiérasele a la aceptante antes dicha la administración y repre-
sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se
crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en
el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera
publicación del edicto respectivo en el Diario Oficial.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los quince días del
mes de mayo del año dos mil doce.- LIC. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ,
JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN H.,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 732-3
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución emitida por este Juzgado, a
las ocho horas y treinta minutos del día veinticinco de enero del año dos
mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor FELI-
PE MEJIA, quien fue de ochenta años de edad, Agricultor en Pequeño,
soltero, salvadoreño, originario de San Miguel, Departamento de San
Miguel, hijo de la señora DOROTEA MEJIA; fallecido a la una hora y
siete minutos del día doce de agosto del dos mil ocho, siendo su último
domicilio Cantón El Volcán, Departamento de San Miguel; de parte de la
señora EVA MEJIA DE VASQUEZ, en calidad de hija del causante.
Confiérasele a la aceptante en el carácter aludido la administración
y representación interina de la sucesión, con los facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Y se CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida,
para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, a
partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, a las ocho horas y
cincuenta minutos del veinticinco de enero del año dos mil doce.- LIC.
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE,
SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 733-3
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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las ocho horas con quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los
bienes que a su defunción acaecida, el día veintisiete de junio de dos
mil nueve, en el Cantón Agua Zarca, Caserío Las Cañas, Jurisdicción de
Ilobasco, Departamento de Cabañas, siendo San Isidro, Departamento
de Cabañas su último domicilio; dejó el señor GUSTAVO MARCELO
RIVERA MORENO, quien fue de treinta y siete años de edad, soltero,
Profesor, hijo de Félix Antonio Rivera y de María Salvadora Moreno
Viuda de Rivera, originario San Isidro, Departamento de Cabañas; de
parte de los señores JORGE ALBERTO RIVERA MORENO, MARIA
ELENA RIVERA DE RIVERA, GLORIA MARITZA RIVERA DE
RODRIGUEZ, FELIX ANTONIO RIVERA MORENO, RAUL AN-
DRES MORENO RIVERA y MIGUEL ANGEL RIVERA MORENO,
en calidad de hermanos del causante, representados por la Licenciada
MARTA DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, como Defensora
Pública de los Derechos Reales y Personales de la señora Procuradora
General de la República.
Habiéndosele conferido a los aceptantes la administración y repre-
sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-
sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia
dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la
última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
once días del mes de junio de dos mil doce.- LIC. JOSE ANGEL PO-
SADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO
ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 734-3
JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PúBLICO PARA
LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las once horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que
a su defunción acaecida, el día ocho de diciembre de dos mil diez, en
el Cantón Río Grande, jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento
de Cabañas, siendo el mismo su último domicilio; dejó el señor JOSÉ
ESTEBAN QUINTEROS ROMERO o JOSÉ ESTEBAN QUINTEROS,
quien fue de ochenta años de edad, casado, jornalero, hijo de Miguel
Quinteros y Sebastiana Mejía, conocida por Sebastiana Romero y por
Sebastiana Romero Mejía, originario Cantón Río Grande, jurisdicción
de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; de parte del señor JOSÉ
ARCIDES QUINTEROS FLORES, en calidad de hijo del causante,
representado por la Licenciada MARTA DELMY QUINTEROS
HERNÁNDEZ, como Defensora Pública de los Derechos Reales y Per-
sonales de la Señora Procuradora General de la República. Habiéndosele
conferido a las aceptantes la administración y representación INTERINA
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente, la cual ejercerá conjuntamente con las señoras MARÍA
EULALIA FLORES viuda DE QUINTEROS, MARÍA CELESTINA
QUINTEROS DE CALLEJAS y MARÍA ELENA QUINTEROS DE
FLORES, cónyuge e hijas del causante, respectivamente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-
sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia
dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la
última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
trece días del mes de junio de dos mil doce.- Lic. JOSÉ ÁNGEL PO-
SADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. HUGO
ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 735-3
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y quince
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó
la señora MARÍA JOSEFINA SÁNCHEZ GIRÓN, conocida por
JOSEFINA SÁNCHEZ GIRÓN, por JOSEFINA SÁNCHEZ, y por
MARÍA JOSEFINA SÁNCHEZ viuda DE SANDOVAL, quien falleció
el día diecisiete de febrero del año en curso, en la Segunda Calle Poniente
Barrio El Centro, de La Unión, siendo su último domicilio en la ciudad de
San Alejo, de parte de la señora MARÍA TRINIDAD SANDOVAL DE
FLORES, en su calidad cesionaria de los derechos que le correspondían a
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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. los señores: JOSÉ CÁNDIDO SANDOVAL SÁNCHEZ, SATURNINO
SANDOVAL SÁNCHEZ, MIGUEL ÁNGEL SANDOVAL SÁNCHEZ,
JOSÉ DEL CARMEN SANDOVAL SÁNCHEZ y MARÍA TERESA
SANDOVAL DE FLORES, en calidad de hijos de la causante.
Confiriéndole a la aceptante antes mencionada en el carácter
indicado la administración y representación interinas de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiún días
del mes de octubre de dos mil cinco. Lic. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA. JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO
PÉREZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 736-3
DOCTOR JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada con fecha de las
quince horas con treinta minutos del día veintiocho de marzo del año
dos mil doce. Se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio
de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las
catorce horas con veinte minutos del día veinticuatro de enero del año
dos mil seis, en el Barrio Chilapa, del Municipio de Tacuba, Departa-
mento de Ahuachapán, siendo ese su último domicilio; herencia que
dejó el señor NICOLÁS GARCÍA, de parte de las señoras MARINA
GARCÍA GALICIA y MARÍA IRENE GARCÍA DE MEDRANO, en
calidad de hijas del causante y cesionarias de los derechos hereditarios
que le corresponderían a los señores MARÍA LEONOR GALICIA hoy
viuda DE GARCÍA, NICOLÁS GARCÍA GALICIA, SONIA GARCÍA
GALICIA, ANA CECILIA GARCÍA GALICIA, MATILDE GARCÍA
DE GARCÍA y MARÍA SANTOS GARCÍA GALICIA, la primera
cónyuge y los restantes hijos sobreviviente del señalado causante. Y se
ha nombrado interinamente a las aceptantes representantes y administra-
doras de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de
Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las quince horas
con treinta y un minutos del día veintiocho de marzo del año dos mil
doce.- Dr. JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.
CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA DE
ACTUACIONES.
Of. 3 v. alt. No. 737-3
TÍTUlo SUPlETorio
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA,
DEPARTAMENTO DE MORAZÁN, AL PúBLICO PARA EFECTOS
DE LEY,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado
NAPOLEÓN ALBERTO RIOS-LAZO ROMERO, como Apoderado
General Judicial del señor EMILIO MARTÍNEZ REYES, a solicitar a
favor de éste TÍTULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza
rústica, situado en el Cantón Agua Zarca, Jurisdicción de Osicala,
Departamento de Morazán, de la extensión superficial de DOS MIL
SETECIENTOS VEINTICUATRO PUNTO NOVENTA Y SEIS
METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:
Comenzando en el vértice NOR PONIENTE, siguiendo el sentido de las
agujas del Reloj, AL NORTE, dos tramos rectos, el primero de Poniente
a Oriente, mide sesenta y cuatro metros, colinda con terreno propiedad
del señor Buenaventura Argueta, cerco de alambre de por medio; en el
segundo tramo siempre de Poniente a Oriente, cuarenta punto dieciséis
metros y colinda con terreno propiedad del señor José Del Rosario
Martínez Reyes, cerco de alambre de por medio; AL ORIENTE, tres
tramos rectos, el primero medido de Norte a Sur mide veintisiete punto
cincuenta metros y el segundo medido de Poniente a Oriente mide siete
metros, colinda en estos primeros dos tramos con terreno propiedad de
la señora María Hirenea Reyes, cerco de alambre de por medio; y el
tercer tramo medido de Norte a Sur, mide veintiséis metros y colinda
con terreno propiedad del señor Bernardo Reyes; AL SUR, en su tramos
recto medido de Oriente a Poniente cuarenta y ocho metros y colinda
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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396con terreno del señor Leonor Majano García, cerco de alambre de por
medio; y AL PONIENTE, tres tramos rectos, el primero medido de Sur
a Norte, mide cincuenta y uno punto cero siete metros; el segundo tramo
medido de Oriente a Poniente mide sesenta y cuatro metros y en ambos
tramos colinda con terreno propiedad del señor Miguel Ángel Martínez
Argueta, cerco de alambre de por medio; y el tercer tramo medido de
Sur a Norte, mide cuatro punto cincuenta y seis metros y colinda con
calle vecinal de por medio con terreno propiedad del señor Baldomero
Amaya Martínez.-
Dicho inmueble lo adquirió por Compraventa de Posesión verbal
que le hizo su padre JOSÉ DE LA CRUZ MARTÍNEZ DOMÍGUELZ,
se estima en el precio de UN MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, Morazán, las diez horas y treinta minutos del día cuatro de julio
del dos mil doce.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA,
JUEZ 2°. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. KARINA ELIZABETH
IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA INTERINA.
Of. 3 v. alt. No. 738-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI-
TOTO. AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la Licenciada
MIRNA MERCEDES FLORES QUIJADA, quien es mayor de edad,
Abogado, del domicilio de Mejicanos, portadora de su Tarjeta de Abo-
gado Número siete mil veintisiete y Tarjeta de Identificación Tributaria
Número cero cuatrocientos treinta y dos- doscientos cuarenta mil no-
vecientos setenta y dos- ciento uno- uno; quien actúa en su calidad de
Agente Auxiliar del Señor Fiscal General de la República en nombre y
representación del ESTADO Y GOBIERNO DE EL SALVADOR EN
EL RAMO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, con Tarjeta de Iden-
tificación Tributaria Número cero seiscientos catorce- cero uno cero uno
quince- cero cero tres- cero; solicitando TÍTULO SUPLETORIO sobre
un terreno de naturaleza rústico situado en Cantón Palacios, jurisdicción
de San José Guayabal, que se describe así: Se inicia en el lado Sur en el
mojón denominado M1 con coordinadas geodésicas X: 0492332.00 - Y:
0302253.00. LADO SUR, consta de dos tramos; el primer tramo con una
distancia de cuatro punto sesenta y cuatro metros partiendo de M1 a M2
con rumbo N 89°59'57"E; el segundo tramo, con una distancia de treinta
y cinco punto noventa y tres metros partiendo de M2 a M3 con rumbo
N89°49'28"E: colindando con camino vecinal de por medio y terreno
propiedad de Miguel Enríquez; LADO ESTE, consta de dos tramos,
el primer tramo con una distancia de veintisiete punto noventa y seis
metros partiendo de M3 a M4 con rumbo N7°l'49"E, el segundo tramo,
con una distancia de treinta y seis punto treinta y un metros partiendo de
M4 a M5 con rumbo N14°38'32"W colindando con terreno propiedad
de María Catalina Enríquez y otros. LADO NORTE, consta de cuatro
tramos, el primer tramo con una distancia de diez punto ochenta y cuatro
metros partiendo de M5 a M6 con rumbo S74°39'13"W, el segundo
tramo, con una distancia de cuatro punto noventa metros partiendo de
M6 a M7 con rumbo S64°40'30"W, el tercero tramo, con una distancia
de seis punto treinta y cuatro metros partiendo de M7 a M8 con rumbo
S35°36'52"W, el cuarto tramo con una distancia de ocho punto catorce
metros partiendo de M8 a M9 con rumbo S37°21'41"W, colindando con
terreno propiedad de María Esther Rivera. LADO OESTE, consta de tres
tramos, el primer tramo con una distancia de cinco punto once metros
partiendo de M9 a M10 con rumbo S5°29'56"W,el segundo tramo con
una distancia de quince punto sesenta y ocho metros partiendo de M10
a M11 con rumbo S13°26'18"W, e1 tercer tramo con una distancia de
veintisiete punto cero tres metros partiendo del M11 a M1 con rumbo
S15°22'00"W, colindando todos ellos con calle principal de por medio
y terreno propiedad de Osmín de Jesús Tomasino y Abelina Tomasino
López. El terreno así descrito tiene un área de MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE PUNTO TREINTA Y SIETE METROS
CUADRADOS, equivalentes a DOS MIL OCHOCIENTOS TRES
PUNTO CUARENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS. Que el terreno
antes descrito lo valúa en la cantidad de UN MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y UNO PUNTO CERO SEIS DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($1,981.06).
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las
diez horas cuarenta minutos del día cuatro de junio del dos mil
doce.- Enmendado: Junio-Vale.- Lic. OSWALDO DAGOBERTO
ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda.
JUANA DE JESúS FIGUEROA COCA, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 739-3
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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPÁN,
HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó la señora ROSA
ELVIRA BURGOS, de cincuenta y ocho años de edad, de oficios
domésticos, de este domicilio, solicitando TÍTULO SUPLETORIO a
su favor sobre un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón
San Jerónimo, de esta comprensión, de una extensión superficial de
CIENTO VEINTIDÓS METROS, TREINTA Y SIETE DECÍMETROS,
NOVENTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS, que linda;
al NORTE, con Víctor Manuel Martínez; al PONIENTE, con Víctor
Manuel Martínez; al SUR, con los señores Miguel Ángel Flores y Abel
Ernesto Flores Lemus, calle de por medio; y al ORIENTE, con José
Humberto Flores, calle de por medio. El mencionado inmueble no es
predio dominante, ni es sirviente, no existen cargas reales que respetar,
ni se encuentra en proindivisión con persona alguna, y lo valúa en UN
MIL DOSCIENTOS DÓLARES.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas cincuenta minutos
del día once de junio del dos mil doce. Lic. JOSÉ HERNÁN PALACIOS
LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARÍA LETICIA FIGUEROA
FIGUEROA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 740-3
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada
ELIZABETH DEL CARMEN JOYA INGLES, mayor de edad, Abogado,
de este domicilio, promoviendo Diligencias de Título Supletorio, en su
calidad de Defensor Público de la Unidad de Derechos Reales y Personales
de la Procuraduría General de la República, en nombre y representación
de la señora AMPARO DEL CARMEN QUINTEROS VILLANUEVA,
mayor de edad, doméstica, del domicilio de Jucuarán, Departamento de
Usulután; de un inmueble de naturaleza Rural, ubicado en Cantón El
Progreso, Departamento de Usulután, Municipio de Jucuarán, de una
extensión superficial de CINCUENTA Y SEIS MIL SETENTA Y SEIS
PUNTO CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las
medidas y colindancias actuales siguientes: AL NORTE, con Flor Mabel
Villanueva de Bonilla, a ORIENTE, con María de la Paz Villanueva de
Meléndez, AL SUR, con José Adolfo Romero, AL PONIENTE, con
Julián Guardado Romero, el terreno antes descrito no es dominante, ni
sirviente, ni está en proindivisión con nadie y no tiene cargas o derechos
que pertenezcan a terceras personas desde su adquisición, y lo obtuvo la
señora QUINTEROS VILLANUEVA, por posesión material por más de
diez años consecutivos, empezándolo a poseer desde el día diez de mayo
del año de mil novecientos ochenta y posee dicho inmueble de manera
quieta, pública, pacífica e ininterrumpida, realizando actos de legítima
dueña por más de diez años, de buena fe, ejerciendo su representada en
dicho inmueble actos de legítima dueña, tales como sembrar árboles
frutales, reparar sus cercas a quien todo el vecindario reconoce como
legítima dueña del inmueble antes descrito.
Dicho inmueble está valuado en la suma de un mil trescientos
dólares de los Estados Unidos de América, y el mismo inmueble no
tiene nombre conocido.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: USULUTAN, a los
quince días del mes de mayo del dos mil doce.- Lic. JOSÉ ANTONIO
GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARÁN
HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 741-3
TiTUlo DE DoMiNio
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada FRI-
DA MARLENI GONZALEZ CAMPOS, en su calidad de Procuradora
Auxiliar de la Procuradora General de la República, y en representación
de los señores SONIA MARIBEL MEDINA ZELAYA, de cuarenta
y ocho años de edad, de oficios domésticos, y JOSE ALFREDO
VASQUEZ MEDINA, de veinticuatro años de edad, Estudiante, ambos
de este domicilio, con Documentos únicos de Identidad Números por
su orden: Cero tres millones ochocientos setenta y tres mil quinientos
cuarenta y cuatro guión tres, y cero tres millones novecientos cuatro
mil doscientos noventa y siete guión cuatro, solicitando a favor de sus
representados Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbana
situado en la Colonia Milagro de La Paz, Avenida Cisneros, número
cuatro, jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la
extensión superficial de: CIENTO SIETE PUNTO SESENTA Y DOS
METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL
NORTE: once metros, colinda con inmueble propiedad de la señora Blanca
Reina Zelaya Trejo; AL ORIENTE: diez metros veinticinco centímetros,
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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396Calle de por medio, colinda con inmueble propiedad del señor Gabriel
Membreño Castro, pared de bloque propiedad de los solicitantes; AL
SUR: diez metros veinticinco centímetros, Calle de por medio, colinda
con inmueble propiedad de los señores María Luisa Sánchez Zelaya
y Gabriel Enrique Gutiérrez Rivas, muro de bloque propiedad de los
solicitantes; y AL PONIENTE: cuarenta metros, colinda con inmuebles
propiedad de la señora Rosa Aminta Cruz, pared de ladrillo propiedad
de la colindante.- En el inmueble antes descrito existe construida una
casa de sistema mixto y demás servicios necesarios.- Dicho inmueble
no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene
carga o derecho real que pertenezca a persona distinta a la poseedora
ni está en proindivisión con nadie, y lo valúan en la cantidad de UN
MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA.- Y lo adquirió mediante compra venta verbal en el año dos
mil siete, que le hizo a la señora BLANCA REINA ZELAYA, mayor de
edad, de oficios domésticos, de este domicilio.- Que la posesión material
que han ejercido y ejercen actualmente los poseedores sumada a la de
su antecesora data más de trece años y sigue siendo en forma quieta,
pacífica, e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes
son de este domicilio, lo que se avisa al público para los efectos de
Ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veintiséis días del
mes de junio del año dos mil doce.- JOSE WILFREDO SALGADO
GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN
ZETINO, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 742-3
HErENcia YacENTE
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta minutos
del día tres de julio de dos mil doce, se ha declarado YACENTE la heren-
cia intestada que a su defunción dejó el señor CLEMENTE ROMERO,
quien fue de noventa y tres años de edad, agricultor en pequeño, soltero,
originario de la Ciudad de Sesori, hijo de ELENA ROMERO; y falleció
el día veintiséis de noviembre de mil novecientos noventa y seis, siendo
Sesori el lugar de su último domicilio; y se nombró Curadora Especial
para que represente la sucesión del señor CLEMENTE ROMERO, a
la Licenciada HILDA MARGARITA GUZMAN GOMEZ, a quien se
le hizo saber este nombramiento para su aceptación, protesta y demás
efectos de Ley.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, San Miguel:
a las ocho horas treinta y un minutos del día tres de julio de dos mil doce.-
LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN MIGUEL.- LIC. IVONNE JULISSA
ZELAYA AYALA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 3 v. alt. No. 748-3
CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
HACE SABER: Que en este Tribunal, se ha presentado la Licencia-
da JULIA LISSETH PINEDA CASTRO, en su concepto de Defensora
Pública de Derechos Reales y Personales de la Procuraduría General de
la República; pidiendo se Declare Yacente, la herencia de los bienes que
a su defunción dejó el señor JOSE EFRAIN ORTIZ HENRIQUEZ, quien
fue de veintiocho años de edad, soltero, mecánico, del domicilio de San
Sebastián Salitrillo, fallecido a las veintitrés horas con treinta y cinco
minutos, del día veintiocho de junio de dos mil once, en Final Avenida
Honduras, Lotificación San Mauricio, Santa Rosa de la Jurisdicción de
San Sebastián Salitrillo, correspondiente a este Distrito Judicial; sin
haber formulado Testamento alguno y hasta la fecha, no se ha presentado
ninguna persona, aceptando o repudiando dicha herencia, por lo que se
ha Declarado Yacente la Herencia, habiéndose nombrado Curador de
la misma, al Licenciado MARVIN ERNESTO ROJAS RODRIGUEZ,
a quien se le juramentó y se le discernió el cargo.
Lo que se pone al conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las catorce horas
y quince minutos del día veintiséis de junio de dos mil doce.- LIC.
CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DE
CHALCHUAPA.- LIC. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 749-3
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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012.
DEclaraToria DE HErENcia
RAFAEL ALONSO MORALES, Notario, de este domicilio, con Oficina
en Condominio Metro España, Local F-3-A, ubicado en Avenida España,
San Salvador, al público.
HACE SABER: Que por resolución dictada por el suscrito, a las
10:00 horas del día once de julio 2012, se ha tenido por aceptada y con
beneficio de inventario, la herencia Testamentaria dejada por Hena
Mercedes Contreras, conocida por Ana Mercedes Contreras Hasfura, por
Ena Mercedes Contreras, y por Ena Mercedes Contreras Hasfura ahora
de Mejía, ocurrida a las 05:00 horas del día 1/1/2012, en Soyapango,
su último domicilio, de parte de ALFONSO MEJIA CONTRERAS, en
concepto de heredero testamentario de ésta.
En consecuencia, se ha concedido al heredero declarado, la repre-
sentación y administración definitivas de la sucesión, sin más restricciones
que las que regla la Ley.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, el 11 de julio de 2012.
LIC. RAFAEL ALONSO MORALES,
NOTARIO.
1 v. No. C003077
RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE ARMENIA, departamento
de Sonsonate.
HACE SABER: Que a las nueve horas de este día, se emitió reso-
lución en la cual se tuvo por declarada Heredera Definitiva abintestato y
con beneficio de inventario a la señora Francisca Teresa Escalón Acosta,
en calidad de hija sobreviviente del causante y cesionaria de los dere-
chos hereditarios que le correspondían al señor Fidel Federico Escalón
Acosta, hijo sobreviviente del causante Agustín Acosta Pineda, quien
fue de ochenta años de edad a su fallecimiento, casado, agricultor en
pequeño, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de Fidel Acosta y Francisca
SeCCION CARTeLeS pAGADOSde priMera publicación
Pineda, quien falleció el día 11 de noviembre del año 2005, en Segunda
Avenida Norte número 2-11 de Sacacoyo, departamento de La Libertad,
originario y del domicilio de Sacacoyo, departamento de La Libertad.
Y se tuvo por conferida a dicha aceptante en la calidad referida, la
administración y representación definitiva de la sucesión.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de
Armenia, departamento de Sonsonate, a los veinte días del mes de
abril del año dos mil doce..- LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ
CONTRERAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL
ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
1 v. No. C003100
LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución emitida por este Tribunal, a las ocho
horas cincuenta minutos de este día, se ha declarado heredera abintestato
con beneficio de inventario del causante señor CESILIO ALFONSO
GALAN, conocido por CECILIO ALFONSO GALAN POLANCO
y por ALFONSO GALAN POLANCO, quien falleció el día doce de
diciembre del año dos mil ocho, a la edad de ochenta y un años, siendo
su último domicilio el de esta ciudad, a la señora ENCARNACION
GARCIA viuda DE GALAN, en su concepto de cónyuge sobreviviente
del referido causante.
Confiérasele a la heredera declarada, en el concepto antes dicho, la
Administración y Representación Definitiva de la indicada sucesión.
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate,
a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil doce.- LIC. ROBERTO
RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.
SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SECRETARIO.
1 v. No. C003102
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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de
Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de
Ley.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Tribunal,
a las quince horas y cincuenta minutos del día veinte de febrero del dos
mil doce, SE HA DECLARADO HEREDERA EN FORMA DEFINI-
TIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA
INTESTADA, que a su defunción dejó el causante DOLORES GUZMAN
GOMEZ, a la señora MARIA DEL ROSARIO FLORES DE VASQUEZ,
de cincuenta años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de El
Divisadero, departamento de Morazán, portador de su Documento único
de Identidad Personal número cero un millón ochocientos dos mil cua-
trocientos diez guión siete; y con Número de Identificación Tributaria un
mil trescientos diecinueve guión cero veintiún mil sesenta guión ciento
uno guión ocho; como cesionaria de los derechos que le correspondían
a la señora María Ofelia Gómez de Guzmán, hoy viuda de Guzmán, ésta
en calidad de cónyuge sobreviviente del causante, quien a la fecha de
su fallecimiento era de sesenta y tres años de edad, casado, agricultor
en pequeño, originario y del domicilio de Gualococti, Departamento de
Morazán, de nacionalidad Salvadoreña; falleció el día dos de julio de
dos mil diez, en la Colonia Morazán, de la Jurisdicción de San Francisco
Gotera, Departamento de Morazán, siendo éste el lugar de su último
domicilio.
Se le confirió a la heredera declarada antes mencionada y en la
forma establecida la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION
DEFINITIVA DE LA SUCESION.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del día veinte
de febrero del dos mil doce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN
URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.
ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.
1 v. No. C003103
LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de
Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para efectos de
Ley.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Tribunal, a
las quince horas y veinte minutos del día cinco de junio del dos mil doce,
SE HA DECLARADO HEREDERO EN FORMA DEFINITIVA CON
BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA INTESTADA,
que a su defunción dejó el causante EDGAR RENE HERNANDEZ, al
señor MARVIN RAFAEL MACHUCA HERRERA, de cuarenta y dos
años de edad, comerciante, del domicilio de Meanguera, Departamento
de Morazán, con Documento único de Identidad número cero cuatro
millones trescientos sesenta mil cincuenta y dos guión dos, y Tarjeta
de Identificación Tributaria número un mil trescientos dos guión ciento
ochenta mil trescientos sesenta y ocho guión ciento uno guión uno; como
cesionario de los Derechos Hereditarios que le correspondían al señor
RENE ESAU HERNANDEZ HERNANDEZ, en calidad de hijo del
causante, quien a la fecha de su fallecimiento era de sesenta y cuatro años
de edad, divorciado, originario de Lolotiquillo, San Francisco Gotera,
Departamento de Morazán, de nacionalidad Salvadoreña; falleció el día
doce de noviembre del dos mil diez, en el Parqueo del Hospital Nacional
de esta ciudad, siendo Caserío Los Romeros, Cantón El Triunfo, de la
Jurisdicción de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, siendo
éste el lugar de su último domicilio.
Se le confirió al heredero declarado antes mencionado y en la
forma establecida la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION
DEFINITIVA DE LA SUCESION.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-
cisco Gotera, a las quince horas y cuarenta minutos del día seis de junio
del dos mil doce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA
ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA INTERI-
NA.
1 v. No. C003105
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a
las once horas y cinco minutos del día seis de junio del dos mil doce,
SE HA DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO Y CON BENEFI-
CIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA que a su
defunción dejó el causante CONCEPCION ARGUETA NOLASCO; al
señor DAVID CONCEPCION ARGUETA MOLINA, de diecinueve
años de edad, estudiante, del domicilio de San Fernando, Departamento
de Morazán, con Documento único de Identidad Número cero cuatro
millones quinientos ochenta y seis mil cuatrocientos veintisiete- nueve,
y Número de Identificación Tributaria un mil trescientos dieciocho-cero
setenta mil trescientos noventa y dos-ciento uno-seis: como cesionario
de los derechos hereditario que les correspondían a los señores MARIA
PAULA MOLINA DE ARGUETA, en calidad de cónyuge y LUIS
ALONSO ARGUETA MOLINA, como hijo del causante; quien a la
fecha de su fallecimiento fue de noventa y un años de edad, casado,
Agricultor, originario de San Fernando Morazán, hijo de José Marto
Argueta y de Ercilia Nolasco; falleció el día diecinueve de noviembre
del dos mil tres, en San Fernando, Departamento de Morazán; siendo
este lugar su último domicilio.
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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Se le confirió al heredero declarado antes mencionado y en la
forma establecida, la administración y representación definitiva de la
sucesión.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Morazán, a los seis días del mes de junio del dos mil doce.- LIC.
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE
PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA INTERINA.
1 v. No. C003107
LICDA. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO
DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN.
AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las
quince horas y cuarenta minutos de este día, se ha declarado HEREDERO
DEFINITIVO y con beneficio de inventario al señor JACOBO VIGIL
SANCHEZ, conocido por JACOBO VIGIL, de cuarenta y cinco años
de edad, agricultor, del domicilio del Barrio El Calvario, de Chilanga,
departamento de Morazán, con Documento único de Identidad número
cero tres millones quinientos siete mil cuatrocientos treinta y siete-siete,
y con Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil trescientos
cuatro- doce cero uno sesenta y seis-ciento uno - cero; de la herencia que
en forma intestada dejó la señora ANTONIA MARTINEZ DE VIGIL,
conocida por ANTONIA MARTINEZ, de cuarenta y dos años de edad,
casada, de oficios domésticos, originaria de Guatajiagua, departamento
de Morazán, hija de Juana Francisca Sánchez, y de Francisco Martínez,
quien falleció a las diecinueve horas del día nueve de enero de dos mil
diez, en el Hospital San Juan de Dios, de la ciudad de San Miguel, siendo
su último domicilio el Municipio de Chilanga, de este departamento; en
concepto de cónyuge de la mencionada causante.
Se le ha conferido al mencionado aceptante en la calidad expresada,
la administración y representación DEFINITIVA, de dicha sucesión,
con las facultades y restricciones de Ley.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a
las quince horas y cincuenta minutos del día quince de junio de dos
mil doce. LICDA. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA
PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL
VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
1 v. No. C003108
LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL, DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, Departamento
de La Unión, al público para los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución de las once horas y treinta minutos
del día veintiuno de junio del corriente año, se les declaró herederos
expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada
que al fallecer a las doce horas del día once de junio de mil novecientos
noventa y seis, en el Cantón Carbonal, de la Jurisdicción de Anamorós,
de este Distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio, dejó la
causante Sabina Cruz, de parte de los señores Gerardo Cruz Cruz y José
Rodolfo Cruz Cruz, en concepto de hijos sobrevivientes de la referida
causante, de conformidad con el Artículo 988 Numeral 1° C.C.
Se les confiere a los aceptantes en el carácter dicho la administración
y representación DEFINITIVA de los bienes de la indicada sucesión.
Dése el aviso de Ley y oportunamente extiéndase la Certificación
correspondiente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Departa-
mento de La Unión, a los veintiséis días del mes de junio de dos mil doce.
LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
1 v. No. C003110
LICDA. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SA-
NABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPE-
QUE, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución dictada a las catorce horas con cuarenta
y cuatro minutos del día quince de junio de dos mil doce, se han decla-
rado herederos definitivos y con beneficio de inventario de la herencia
intestada que a su defunción dejara el señor CELESTINO TORRES,
conocido por CELESTINO TORRES SANDOVAL, habiendo fallecido
el día veintiuno de octubre de dos mil cuatro, siendo esta ciudad su último
domicilio, a los señores JORGE ALBERTO ELÍAS TORRES, DANIEL
ELÍAS TORRES, MARIO ELÍAS TORRES, MARTA LILIAN TO-
RRES ELÍAS, FRANCISCO ELÍAS TORRES y ALFREDO TORRES
ELÍAS, en calidad de hijos del causante
Y se ha conferido a los herederos declarados la administración y
representación definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a las
ocho horas y treinta minutos del día veinte de junio de dos mil doce.- LI-
CDA. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA LETICIA ARIAS
ZETINO, SECRETARIO.
1 v. No. F045615
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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas con veinti-
cinco minutos del día de hoy, se ha declarado heredera abintestato con
beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor
FERNANDO CHOTO LOPEZ, quien fue de ochenta y cinco años de
edad, agricultor en pequeño, salvadoreño, casado, originario de Tecoluca,
departamento de San Vicente, con Número de Identificación Tributaria:
un mil once-cero cuarenta mil veinticinco-ciento uno-siete, falleció el
día diez de marzo del dos mil once, en Tecoluca, departamento de San
Vicente, en este Distrito Judicial, lugar de su último domicilio, a la
señora MARIELA DEL PILAR CHOTO DE GAMEZ, de treinta y tres
años de edad, Contador, del domicilio de Tecoluca, departamento de San
Vicente, con Documento único de Indentidad número: cero uno seis
siete cero tres siete siete-uno; y Número de Identificación Tributaria: mil
once-doscientos veinte mil ochocientos setenta y siete-ciento uno-cero,
en concepto de cesionaria del derecho hereditario que en dicha suce-
sión correspondía a la señora LYDIA DE LA PAZ CHOTO FLORES,
concoida por LYDIA DE LA PAZ FLORES y por LIDIA DE LA PAZ
FLORES, en concepto de cónyuge del causante.
Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y
representación definitivas de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinte días del
mes de diciembre del dos mil once.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIA.
1 v. No. F045634
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las catorce
horas y treinta y nueve minutos de este día, se ha declarado HEREDERA
DEFINITIVA y con Beneficio de Inventario, de la Herencia Intestada de
los bienes que a su defunción dejó el señor RAFAEL ZAPATA, conocido
por RAFAEL ZAPATA GRANADOS, quien fue de ochenta años de
edad, comerciante, casado, de nacionalidad salvadoreña, originario y del
domicilio del municipio y departamento de San Miguel, hijo de Baltazar
Granados y Ana Julia Zapata; fallecido a las dieciocho horas y cincuenta
minutos del día veinte de septiembre de mil novecientos noventa y cinco,
en el Barrio San Francisco, de la ciudad de San Miguel, departamento del
mismo nombre, siendo este municipio su último domicilio; a la señora
MARIA JOSEFA ZAPATA GONZÁLEZ, ésta en calidad de hija del
causante.
Se le ha conferido a la aceptante en el carácter aludido la adminis-
tración y representación definitiva de la sucesión.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL: SAN MIGUEL, a las catorce horas y cuarenta y cin-
co minutos del día veinticinco de junio del año dos mil doce.- LIC.
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE,
SECRETARIA.
1 v. No. F045639
ELBA ETELVINA AQUINO LOPEZ, Notario, con oficina en Cond.
Monte María, Número dos mil novecientos cuatro, Primera Calle Poniente,
entre la Cincuenta y Dos y Cincuenta y Siete Avenida Norte, Edificio
"C", Tercera Planta, Apartamento No. 1, San Salvador.
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia
Testamentaria, seguidas por la señora LAURA ELVIRA GUZMAN
PONCE, ante los oficios de la Infrascrita Notario, por resolución
dictada a las siete horas con quince minutos del día doce de julio de
dos mil doce, se ha declarado heredera con beneficio de inventario del
señor ERNESTO TEJADA GUZMAN, fue conocido por ERNESTO
GUZMAN TEJADA y por ERNESTO GUZMAN, falleció en Calle
El Progreso, Casa Número Ochenta y Uno, Mejicanos, Departamento
de San Salvador, el día veinticinco de julio de dos mil once, siendo su
último domicilio el de Mejicanos, Departamento de San Salvador, en
su carácter de hija sobreviviente del causante.
Confiriéndosele a la heredera declarada, la representación y admi-
nistración definitiva de la sucesión.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de
julio de dos mil doce.
ELBA ETELVINA AQUINO LOPEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F045680
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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. ELBA ETELVINA AQUINO LOPEZ, Notario, con oficina en Cond.
Monte María, Número Dos mil novecientos cuatro, Primera Calle Ponien-
te, entre la cincuenta y dos y cincuenta y siete Avenida Norte, Edificio
“C”, Tercera Planta, Apartamento No. 1, San Salvador.
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia
Intestada, seguidas por la señora MIRZA LISETH CORDOVA GARCIA,
ante los oficios de la Infrascrita Notario, por resolución dictada a las siete
horas con treinta minutos del día doce de julio de dos mil doce, se ha
declarado heredera, con beneficio de inventario, de la señora JUANA
VASQUEZ, fue conocida por JUANA VASQUEZ GARCIA y por JUA-
NA MARIA GARCIA, falleció en Calle El Progreso, Número Treinta
y cuatro, Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, el día cinco
de marzo de dos mil diez; siendo su último domicilio Cuscatancingo,
Departamento de San Salvador, en su carácter de hija sobreviviente de
la causante; confiriéndosele a la heredera declarada, la representación
y administración definitiva de la sucesión.
Librado en la Ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de
julio de dos mil doce.
ELBA ETELVINA AQUINO LOPEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F045681
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las
nueve horas y cuarenta minutos de este día, se han declarado herederos
definitivos con beneficio de inventario en la herencia intestada que a su
defunción dejó la causante señora VICTORIA GLADIS BARRERA
CAMPOS, conocida por VICTORIA GLADIS BARRERA y por VIC-
TORIA GLADIS BARRERA DE VASQUEZ, ocurrida el día veintidós
de octubre del año dos mil once, en el Hospital Guadalupano de esta
Ciudad, siendo esta ciudad su último domicilio, a los señores CARLOS
ROBERTO GARCIA BARRERA, de veinte años de edad, soltero,
Estudiante, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán,
portador de su Documento único de Identidad Número cero cuatro seis
dos dos cero tres dos-uno y Número de Identificación Tributaria cero
siete cero dos-uno uno uno dos nueve uno-uno cero tres-tres; HEYSOL
RUBIDIA HERNADEZ BARRERA, de veinticinco años de edad, soltera,
de oficios domésticos, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de
Cuscatlán, portadora de su Documento único de Identidad Número cero
cuatro uno dos siete cero seis cinco-seis, y Número de Identificación
Tributaria: cero siete cero dos-dos cinco uno cero ocho seis-uno cero
tres-cuatro; CRISTIAN FLORIDALMA BARRERA TORRES, de
treinta y dos años de edad, soltera, de oficios domésticos, del domicilio
de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, portadora de su Documento
único de Identidad Número cero dos cinco tres seis dos uno ocho-cuatro
y Número de Identificación Tributaria: cero siete cero dos-uno tres cero
seis siete nueve-uno cero cinco-cinco, y GUILLERMO BARRERA
MUÑOZ, de treinta y seis años de edad, soltero, Mecánico, del domicilio
de San Miguel, Departamento de San Miguel, con Documento único
de Identidad Número: cero dos cuatro siete uno dos cero cuatro-tres y
Número de Identificación Tributaria: cero siete cero dos-uno cero cero
tres siete seis-uno cero dos-uno, en sus carácter de hijos de la referida
causante.
Habiéndosele conferido a los herederos declarados la administración
y representación definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas
del día once de julio del año dos mil doce.- LIC. MANUEL PAZ CA-
NALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN
MEJIA, SECRETARIO.
1 v. No. F045714
DANIEL ELOY GOMEZ, Notario, de este domicilio, con Oficina situada
en Avenida San Lorenzo, Número Ciento Quince, Colonia El Refugio,
de esta ciudad, al público.
HACE SABER: Que por resolución emitida a las once horas del
día ocho de junio del año dos mil doce, han sido declarados herederos
testamentarios con beneficio de inventario, la señora MARIA CRISTINA
MORALES DE ALLEN y al Doctor JORGE ALBERTO MORALES
ZELAYA; de la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida el
día veintitrés de marzo del año dos mil diez en esta Ciudad, lugar de
su último domicilio, dejó la señora BERTA ANGELICA ZELAYA
LOBOS, conocida socialmente por BERTA ANGELICA ZELAYA,
BERTA ZELAYA, y por BERTA ANGELICA ZELAYA DE MORA-
LES, en concepto de herederos testamentarios, de la expresada causante;
y se les ha conferido a los aceptantes la administración y representación
definitiva de la sucesión con las facultades de Ley.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos
legales consiguientes.
Librado en la Ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de
julio del año dos mil doce.
DR. DANIEL ELOY GOMEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F045721
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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
AVISA : Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once
horas y seis minutos del día dos de julio del presente año; SE DECLARO
HEREDERAS DEFINITIVAS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE
INVENTARIO, a las señoras: MARIA DELFIDA RAMOS CRUZ, de
cincuenta y ocho años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Apopa,
con Número de Identificación Tributaria: Cero quinientos veinte - cero
cincuenta mil doscientos cincuenta y cuatro - ciento uno - cero; como
Cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la se-
ñora VANESSA LISSETH GONZALEZ RAMOS, en calidad de hija
del Causante; JACQUELINE MARIBEL GONZALEZ viuda DE
HERNANDEZ, de veinticinco años de edad, Empleada, del domicilio
de Apopa, con Número de Identificación Tributaria: Cero seiscientos
catorce - doscientos diez mil novecientos ochenta y seis - ciento cincuenta
y siete - cero; en calidad de Hija del Causante; y VANESSA LISSETH
GONZALEZ RAMOS, de veintisiete años de edad, Empleada, del
domicilio de Apopa, con Número de Identificación Tributaria: Cero
seiscientos catorce - ciento cincuenta y un mil ochenta y cuatro - ciento
cuarenta y dos - cero; como Cesionaria de los derechos hereditarios que
le correspondían a la señora MARIA LORENZA RAMIREZ RAMIREZ,
de ochenta y ocho años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de
Santa Ana; en calidad de Madre del Causante; de la Herencia Intestada
que a su defunción dejó el señor ROBERTO DAVID GONZALEZ, quien
fue de cincuenta y tres años de edad, Contador, Soltero, con Número de
Identificación Tributaria: Cero doscientos diez - cero diez mil novecien-
tos cuarenta y seis - cero cero seis - cero; fallecido en San Salvador, el
día dos de agosto del año dos mil; siendo la ciudad de Apopa su último
domicilio.
Y se les confirió a las herederas declaradas en el carácter indicado,
la administración y representación definitiva de los bienes de la suce-
sión.
Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas y
veinticinco minutos del día dos de julio del año dos mil doce.- DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
1 v. No. F045723
IRMA ARACELY FLORES ALVAREZ, Notario, del domicilio de la
Ciudad de San Salvador, con Oficina Notarial en Residencial Toscana,
Calle C, casa 5-D, Ciudad de San Salvador.
AVISA: Que por resolución de la suscrita Notario, proveído en esta
ciudad, a las diecisiete horas del día tres del presente mes y año, se ha
DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS CON BENEFICIO DE
INVENTARIO, en la herencia intestada que a su defunción ocurrida en
la Ciudad y Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio
Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, el día veintitrés de
junio del año dos mil once, dejará la señora IRMA ELENA PINEDA
DE GUTIERREZ, conocida por IRMA ELENA PINEDA, a los se-
ñores TERESA ELIZABETH GUTIERREZ PINEDA, JOSE LUIS
GUTIERREZ PINEDA, JULIO CESAR GUTIERREZ PINEDA, en
su calidad de hijos de la referida causante, habiéndoseles conferido la
administración y representación definitiva de la Sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la Ciudad de San Salvador, el día tres de julio de dos
mil doce.
LIC. IRMA ARACELY FLORES ALVAREZ,NOTARIO.
1 v. No. F045727
JUAN JOSE GUZMAN CASTILLO, Notario, de este domicilio, con
oficina ubicada en la treinta y ocho, Avenida Norte, Número ciento
dieciocho de esta Ciudad.
HACE SABER: Al público que por resolución definitiva del sus-
crito Notario, proveída a las dieciséis horas del día nueve de julio del
dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en el
Hospital Nacional de la Ciudad de Sonsonate, el día ocho de Agosto del
año dos mil nueve, siendo éste su último domicilio, dejó el señor JOSE
ANTONIO FLORES de parte de la señora HEIDI IVETH FLORES
LOPEZ, en concepto de hija sobreviviente del causante, habiéndosele
conferido la administración y representación definitiva de la referida
sucesión, por lo que se AVISA al público para los efectos de Ley.
Librado en la oficina del suscrito Notario. En la Ciudad de San
Salvador, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del día diez
de julio del año dos mil doce.
JUAN JOSE GUZMAN CASTILLO,
NOTARIO.
1 v. No. F045730
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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. WALTER ARMANDO CALDERON MARTINEZ, Notario, del domici-
lio de San Salvador, con oficina jurídica ubicada en Octava Avenida Sur,
Pasaje La Favorita, Número dieciocho, de la Ciudad de Santa Tecla.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las ocho horas del día diez de julio del presente año, se ha declarado
al señor JOSE ARISTIDES DURAN CHAVEZ, Heredero Definitivo
con Beneficio de Inventario de la herencia intestada de los bienes que
a su defunción dejó el señor PABLO DE PAZ, conocido por JUAN
PABLO DURAN PAZ, JUAN PABLO DURAN, JUAN PABLO DU-
RAN DE PAZ, PABLO DURAN DE PAZ y por PABLO PAZ, quien
fue de sesenta y dos años de edad, originario de Antiguo Cuscatlán,
Departamento de La Libertad, Mecánico, casado, quien falleció en el
Centro Médico Quirúrgico “Climosal”, de la Ciudad de Santa Tecla,
Departamento de La Libertad, el día dieciséis de febrero del año mil
novecientos noventa y nueve, a consecuencia de edema agudo de pul-
món, paro cardio-respiratorio, siendo su último domicilio la Ciudad de
Colón, Departamento de La Libertad; en su calidad de hijo del causante
antes mencionado y como cesionario de los derechos hereditarios que le
transfirieron los señores Anita Chávez viuda De De Paz, Dinora Gladis
De Paz De Osorio y Daniel De Paz Chávez, la primera en su calidad de
cónyuge y los siguientes en su calidad de hijos del causante, habiéndosele
conferido al heredero la representación y administración DEFINITIVA
de la referida Sucesión.
Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.
Librado en la Ciudad de Santa Tecla, a diez días del mes de julio
del año dos mil doce.
WALTER ARMANDO CALDERON MARTINEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F045739
acEPTacioN DE HErENcia
ERNESTO MORALES FLORES, Notario, de este domicilio, con ofi-
cina ubicada en Calle José Francisco López, No. C-12, de la Ciudad de
Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveí-
do, a las nueve horas y treinta minutos del día dieciocho de junio del
presente año, se ha tenido por aceptada de parte de la señora MARIA
LIDIA MARTINEZ viuda DE GONZALEZ conocida por MARIA
LIDIA MARTINEZ y por MARIA LIDIA GONZALEZ MARTINEZ
viuda DE GONZALEZ, en su concepto de madre sobreviviente; expre-
samente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su
defunción, dejara el causante señor GERMAN ANTONIO GONZALEZ
MARTINEZ conocido por GERMAN ANTONIO GONZALEZ, ocurrida
el día dieciséis de septiembre del año de mil novecientos noventa y uno,
en la Ciudad de San Bartolomé, Perulapía, Departamento de Cuscatlán;
y en concepto de madre sobreviviente del causante, se le ha conferido la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario ERNESTO MORALES FLORES,
en la Ciudad de Cojutepeque, a las once horas, del día veinticinco de
junio del año dos mil doce.
ERNESTO MORALES FLORES,
NOTARIO.
1 v. No. F045696
CARLOS NEFTALI MORAN CASTILLO, Notario.
HACE SABER: Que por resolución proveída, a las nueve horas
del día treinta de Abril de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expre-
samente y con Beneficio de Inventario, la Herencia Ab-Intestato, que a
su defunción el día trece de febrero de dos mil doce, siendo la Ciudad
de Coatepeque, Departamento de Santa Ana, su último domicilio en El
Salvador, dejara el señor GENOVEL CRUZ VILLALOVO o GENOVEL
CRUZ; de parte de los señores JUANA CRUZ DE CRUZ, MARTA
CRUZ CRUZ, BERTA ALICIA CRUZ CRUZ, JUANA CRUZ CRUZ
y ORLANDO ANTONIO CRUZ CRUZ, en concepto de Herederos,
habiéndoseles conferido la Administración y Representación Interina
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
En consecuencia, se CITA a los que se crean con derecho a la
referida herencia, para que se presenten a la oficina en el termino de
quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del
presente edicto.
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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Librado en la Oficina del Notario, ubicada en Barrio Las Ánimas,
Kilómetro ochenta y ocho, Carretera Panamericana, Candelaria de la
Frontera, Santa Ana, cuatro de Julio del año dos mil doce.
CARLOS NEFTALI MORAN CASTILLO,
NOTARIO.
1 v. No. F045747
RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, Juez de Primera
Instancia de Armenia, Sonsonate.
HACE SABER: Que a las 15:20 horas de este día se emitió reso-
lución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario la herencia intestada dejada por el señor Juan Gualberto Guzmán
Tobar c/p Juan Walberto Guzmán Tobar, Juan Guzmán y Juan Guzmán
Tobar, quien falleció el día 24 de agosto de 1999 y fue de 57 años de
edad, soltero, jornalero, salvadoreño, originario de Antiguo Cuscatlán,
La Libertad, hijo de Agustín Guzmán María Tovar y María Tobar y con
último domicilio en la Ciudad de Sacacoyo, La Libertad, de parte de
Delmi Jeaneth Guzmán Cañas, hija sobreviviente del causante.
Se nombró interinamente a la persona antes referida administra-
dora y representante de la sucesión del causante, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se
crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el termino
de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del
presente edicto en el Diario Oficial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de
Armenia, Sonsonate, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil
doce.- LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR
ANGEL, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003104-1
LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas trece
minutos del día veintiocho de marzo del año dos mil doce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción dejó la causante señora María Secundina
Guevara Murcia c/p María Guevara, quien fue de setenta y seis años
de edad, oficios domésticos, casada, siendo su último domicilio según
partida de defunción El Congo, Departamento de Santa Ana; fallecida
el día veinticinco de agosto de dos mil cuatro, en casa de habitación,
El Congo, Santa Ana de parte del señor Jorge Mejía Rivas, en calidad
de cesionario del derecho hereditario que le correspondía a la señora
REMIGIA GUEVARA MEJIA y al señor Tomás Guevara, por medio de
su Representante Procesal, Licenciado CARLOS ALBERTO RAMOS
AGUILLON; confiriéndosele INTERINAMENTE la administración y
representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia Yacente.
En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley
comparezcan a este Juzgado a deducirlo.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa
Ana, veintinueve de marzo del año dos mil doce.- LIC. THELMA
ESPERANZA IDALIA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003106-1
LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil del Distrito
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las diez
horas y quince minutos del día veinte de junio del dos mil doce. Se
declaró heredero expresamente y con beneficio de inventario de la he-
rencia intestada que al fallecer a las dos horas y cincuenta minutos del
día seis del mes de abril del año dos mil doce, en el Cantón Tizate, de la
jurisdicción de Anamorós de este Distrito, Departamento de La Unión,
su último domicilio dejó la causante María Priscila Hernández Lazo,
conocida por Pricila Hernández y por María Priscila Hernández, de parte
del señor Fredis Rafael Hernández, en concepto de hijo sobreviviente
de la referida causante, de conformidad con el artículo 988 numeral 1°
c.c. Se le confiere al aceptante en el carácter dicho la administración y
representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Depar-
tamento de La Unión, a los veintidós días del mes de junio de dos mil
doce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-
LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003111-1
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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce
horas cinco minutos del día quince de junio del presente año. Se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
Testamentaria dejada por la señora TERESA DE JESUS CUELLAR
DE GARCIA, fallecida el día cinco de enero del dos mil doce, siendo
esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores
OSCAR ANTONIO CUELLAR SEGURA, ANGELA ELIZABETH
CUELLAR DE MAZIN, ANA ELISA CUELLAR VIUDA DE TE-
SORERO y EDUARDO GARCIA, este último en representación del
menor EDUARDO MOISES GARCIA CUELLAR, todos en concepto
de herederos testamentarios de la causante.
Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas del día
veintiséis de junio del dos mil doce.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ,
JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE
ESCOBAR, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045651-1
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las catorce
horas treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada ex-
presamente y con beneficio de inventario de parte del señor MANUEL
DE JESUS CALDERON HERNANDEZ, de la herencia intestada dejada
a su defunción por la señora EUGENIA DEL CARMEN CALDERON
LOPEZ conocida tributariamente por EUENIA DEL CARMEN CAL-
DERON LOPEZ, quien falleció a las siete horas del día ocho de octubre
del año dos mil diez, en el HOSPITAL NACIONAL ROSALES, SAN
SALVADOR, siendo San Pablo Tacachico su último domicilio, en
calidad de hijo de la causante.
Confiéresele al aceptante expresado en el concepto indicado, la
Administración y Representación Interinas de la indicada sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a las personas que se crean con derecho.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
las catorce horas cincuenta minutos del día veintiocho de junio del año
dos mil doce.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045652-1
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las catorce
horas diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario de parte de la señora MARIA DEL SO-
CORRO FLORES VIUDA DE VELASQUEZ, de la Herencia Intestada
dejada a su defunción por el Señor JUAN JOSE VELASQUEZ SANTOS,
quien falleció a las nueve horas treinta minutos del día dieciséis de julio
del año dos mil diez, en el Hospital Nacional San Rafael, Nueva San
Salvador, La Libertad, siendo San Pablo Tacachico su último domicilio,
en concepto de esposa sobreviviente del causante.
Confiéresele a la aceptante expresada en el concepto indicado, la
Administración y Representación Interinas de la indicada sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a las personas que se crean con derecho.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las
catorce horas treinta minutos del día veinticinco de junio del año dos
mil doce.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045653-1
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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-
MERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-
MENTO DE MORAZAN.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado
a las catorce horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA
EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de parte
del señor ORLANDO BONILLA MATA, de treinta y dos años de edad,
Agricultor en pequeño, del domicilio de Sensembra, Departamento de
Morazán, con Documento único de Identidad Número cero tres millo-
nes doscientos dieciocho mil trescientos veinte guión ocho; y Tarjeta
de Identificación Tributaria número Un mil trescientos veintidós guión
doscientos cincuenta mil ochocientos setenta y nueve guión ciento uno
guión tres; de la herencia que en forma intestada dejó el señor ORLANDO
BONILLA ECHEVERRIA, quien fue de sesenta y seis años de edad,
Agricultor, Viudo, originario y del domicilio de Sensembra, departamento
de Morazán, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de los señores MARIA
DE LA PAZ ECHEVERRIA y LONGINO BONILLA ECHEVERRIA,
quien falleció a las cinco horas y treinta minutos del día TRECE DE
OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ; en el Cantón El Limón, del
Municipio de Sensembra, Departamento de Morazán; siendo ese el
lugar de su último domicilio; en concepto de HIJO del causante.- Se
ha conferido a los referidos aceptantes en la calidad expresada la Ad-
ministración y Representación INTERINA de dicha sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.- Y
cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las
catorce horas y cinco minutos del día veinticinco de junio de dos mil
doce.- LICDA. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE
1ª. INSTANCIA.- LICDA. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE
ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045655-1
LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción dejó la causante ANGELA ABARCA
DE CARCAMO conocida por ANGEL ABARCA, que falleció el día
veintisiete de octubre de dos mil once, en el Hospital Nacional Santa
Teresa de esta ciudad de Zacatecoluca, su último domicilio; por parte
de la señora MARIA ELVIRA CARCAMO conocida por MARIA
ELVIRA CARCAMO ABARCA, en concepto de hija de la causante.
Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y representante
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintiocho de junio de
dos mil doce. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-
JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045709-1
LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción dejó el causante CRISTOBAL MELENDEZ
SILIEZAR conocido por JOSE CRISTOBAL MELENDEZ y por JOSE
CRISTOBAL MELENDEZ SILIEZAR, que falleció el día veintiséis
de diciembre de dos mil once, en el Cantón San Francisco Los Reyes,
de la jurisdicción de Zacatecoluca, su último domicilio; por parte de la
señora NERY DEL TRANSITO DIAZ MELENDEZ, en concepto de
hija del causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora
y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.
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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintiséis de junio de
dos mil doce. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-
JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045713-1
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. Al público para efectos
de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta minu-
tos del día veintiocho de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada
expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejó el causante señor VIRGILIO VENTURA ALVAREZ o
VIRGILIO VENTURA; quien fue de sesenta y un años de edad, casado,
fallecido el día dieciséis de septiembre de mil novecientos noventa y dos,
siendo la ciudad de San Miguel el lugar de su último domicilio, de parte
de los señores ANTONIO GONZALES CANALES, JOSE ALONSO
GONZALES CANALES y FLORINDA CANALES, en la calidad de
cesionarios de los derechos que le correspondían a los señores JULIA
MEJIA ZELAYA DE VENTURA y JUAN JOSE VENTURA MEJIA,
cónyuge e hijo sobreviviente del causante, en su orden. Confiriéndose a
los aceptantes en el carácter indicado la administración y representación
INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente. Lo que se hace del conocimiento del
público para los efectos legales consiguientes.
Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL, San Miguel: A las ocho horas cincuenta minutos del día veintiocho
de mayo de dos mil doce.- LICDA. DIANA LEONOR ROMERO DE
REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN
MIGUEL.- LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRE-
TARIA.
3 v. alt. No. F045717-1
LICENCIADA IRMA GARCIA ORTEZ, NOTARIO, de este domicilio,
con oficina en Colonia Buenos Aires, Boulevard de Los Héroes, Con-
dominio dos mil, local "B" treinta y seis, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída
a las ocho horas del día nueve de Junio del año dos mil Doce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario la Herencia
Intestada que a su defunción ocurrida en Armenia, Departamento de
Sonsonate, siendo su último domicilio; el día nueve de Enero del año mil
novecientos noventa y tres, dejó la señora FILOMENA MELENDEZ
VIUDA DE PEREZ, de parte de la señora MARIA LAURA MELENDEZ,
en concepto de hija sobreviviente de la causante, habiéndosele conferi-
do la Administración y Representación Interina de la sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en las oficinas de la Notario IRMA CARCIA ORTEZ, a
las ocho horas del día nueve de Junio del año dos mil doce.
LICDA. IRMA GARCIA ORTEZ,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F045722-1
NORA MARIA AMAYA RIVAS, NOTARIO, de este domicilio, con
oficina ubicada en Setenta y Una Avenida Norte y Tercera Calle Poniente,
número Tres Mil Seiscientos Noventa y Ocho, Colonia Escalón, de la
Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las quince horas del día nueve de julio de dos mil doce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
testamentaria que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, a las diez
horas diez minutos del día nueve de mayo de dos mil doce, dejó la señora
ELFA ROXANA CASTRO DE DUKE conocida por ELFA ROXANA
CASTRO DE DUKE LOPEZ, y por ROXANA DE DUKE LOPEZ hoy
viuda DE DUQUE LOPEZ, de parte de la señora CLAUDIA PATRICIA
MARIA DEL CARMEN LOPEZ DE MCANARNEY según número de
identificación tributaria CLAUDIA PATRICIA LOPEZ CASTRO, en
calidad de Heredera Universal según testamento de fecha diecinueve de
agosto de mil novecientos ochenta y siete; y en consecuencia, confiérese
a la aceptante la administración y representación interina de la mencio-
nada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que
se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la
referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente
a la última publicación del presente edicto.
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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 Librado en la oficina de la Notario NORA MARIA AMAYA
RIVAS. En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día diez de
julio de dos mil doce.
NORA MARIA AMAYA RIVAS,
NOTARIO.
3 v. c. No. F045623-1
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas tres minutos
del día veinticinco de abril del año dos mil doce. Se ha tenido por aceptada
expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
defunción ocurrida a las diez horas del día cuatro de enero del año dos
mil ocho, en el Cantón El Tigre, Caserío Los Horcones de Ahuachapán,
su último domicilio, dejó el señor ANGEL CUELLAR conocido por
MIGUEL ANGEL CUELLAR; de parte de los señores JUSTO RUFINO
CUELLAR PÉREZ, DOUGLAS DE JESUS CUELLAR PÉREZ y
CARLOS ORLANDO CUELLAR PÉREZ, en su calidad de hijos del
causante; a quienes se les ha nombrado interinamente representantes y
administradores de la sucesión con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone del conocimiento del público para los fines de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL, AHUACHAPAN, a las quince horas
veinte minutos del día veinticinco de abril de dos mil doce.- DR. JULIO
CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN
GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.
3 v. c. No. F045720-1
TiTUlo SUPlETorio
LA SUSCRITO NOTARIO, con oficina en Urbanización Villas de
California, Polígono “C”, número diecisiete, San Miguel.
HACE SABER: Que se ha presentado Jaime Guandique Lara,
mayor de edad, agricultor, del domicilio de Usulután, en su calidad
de mandatario del señor MARIO ALFONZO DINARTE URQUIZA,
de treinta y cinco años de edad, estudiante, del domicilio de Bolívar,
solicitando Título Supletorio de tres porciones de terreno rústicos, que
forman un solo cuerpo, situados en cantón Guadalupe, jurisdicción de
Bolívar, distrito y departamento de La Unión, que se describen así:
PORCION UNO: de la capacidad superficial de SETENTA Y SEIS
MIL CINCUENTA Y SIETE PUNTO NOVENTA METROS CUA-
DRADOS, que mide y linda: LINDERO NORTE, tres tramos: ciento
cincuenta y dos punto diez metros, ciento ocho punto sesenta y dos
metros, y cuarenta y ocho punto cincuenta y ocho metros, linda con
Enrique Dinarte Lazo; LINDERO ORIENTE, tres tramos: veinticuatro
punto veintinueve metros, ciento veintiuno punto veinticinco metros, y
ciento ocho punto veintiséis metros, linda con Porfirio Lazo Sánchez;
LINDERO SUR, tres tramos: doscientos nueve punto noventa y tres
metros, cincuenta y tres punto setenta metros, y veinticinco punto treinta
y cinco metros, linda con Mario Alfonzo Dinarte Urquiza, callejón de por
medio; LINDERO PONIENTE, tres tramos: ciento nueve punto setenta
metros, cincuenta y siete punto cuarenta y un metros, y ciento uno punto
sesenta y nueve metros, linda con Mario Alfonzo Dinarte Urquiza, calle
de por medio; PORCION DOS: de la capacidad superficial de SIETE
MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO PUNTO OCHENTA Y UN
METROS CUADRADOS, que mide y linda: LINDERO NORTE, tres
tramos: veintitrés punto ochenta y un metros, cincuenta y tres punto cero
cuatro metros, y cuarenta y ocho punto diez metros, linda con Rosalía
Dinarte de Lazo; de cuarenta y nueve punto sesenta y ocho metros, linda
con Mario Alfonzo Dinarte Urquiza, callejón de por medio. LINDERO
ORIENTE, cuatro tramos: catorce punto veinticuatro metros, de veintidós
punto treinta ocho metros, treinta punto cincuenta y dos metros, y cuarenta
y dos punto ochenta y nueve metros, linda con Mario Alfonzo Dinarte
Urquiza, calle de por medio; LINDERO SUR, cuatro tramos: setenta y
dos punto trece metros, veintisiete punto treinta metros, de cuarenta y
cuatro punto cincuenta y un metros, y noventa y cuatro punto cincuenta
y dos metros, linda con José Antonio Dinarte; PORCION TRES: de la
capacidad superficial de CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y
TRES PUNTO OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que
mide y linda: LINDERO NORTE, un tramo de ciento veinticuatro punto
cuarenta metros, linda con Mario Alfonzo Dinarte Urquiza, callejón de
por medio; LINDERO ORIENTE, un tramo de treinta y cuatro punto
diecisiete metros, linda con Porfirio Lazo Sánchez; LINDERO SUR,
dos tramos: dieciséis punto cincuenta y dos metros, y cincuenta y seis
punto cero tres metros, linda con José Antonio Dinarte, cerco de alambre
de por medio; LINDERO PONIENTE, cuatro tramos: cuarenta y nueve
punto sesenta y seis metros, quince punto cuarenta y seis metros; veinte
punto veinte metros, y veinte punto veintinueve metros, linda con Mario
Alfonzo Dinarte Urquiza, calle de por medio.- Dichos inmuebles carecen
de antecente inscrito y los adquirió por venta que le hizo Gerónimo
Dinarte, mayor de edad, agricultor, del domicilio de Bolívar, lo que se
pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
San Miguel, veinte de junio de dos mil doce.
MIRIAM YOLANDA OLIVA MACHUCA,
NOTARIO.
1 v. No. F045695
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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. LICENCIADO ERNESTO ALEXANDER LINARES HIDALGO, No-
tario, del domicilio de Santa Ana, con Despacho Profesional ubicado en
setenta y nueve Avenida Sur, número ciento treinta y ocho, Apartamento
uno, Colonia Escalón, Departamento de San Salvador,
HACE SABER: Que el día uno de octubre del año dos mil once,
a mi oficina se ha presentado el señor MOISÉS CORNEJO PÉREZ, de
cuarenta y cinco años de edad, Licenciado en Ciencias de la Educación,
del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, ha
comparecido ante mis Oficios solicitando se le extienda Título Suple-
torio de un inmueble de naturaleza rural, sin cultivo, de su propiedad,
situado en Cantón San Juan Nahuistepe, sin número, Caserío El Pozo,
de la jurisdicción de San Pedro Nonualco, departamento de La Paz,
cuya denominación Catastral es la siguiente: Parcela ciento diecinueve;
compuesto de NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS PUNTO OCHO
MIL CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS de extensión
superficial, el cual mide y linda: AL NORTE: comprende tres tramos,
el primero de M uno a M dos, con rumbo al Noreste cuarenta y nueve
grados cincuenta nueve minutos cuarenta y siete segundos y una distancia
de seis punto ochenta y cuatro metros; el segundo, de M dos a M tres
con rumbo Sureste cinco grados cincuenta y siete minutos cuarenta y un
segundos; una distancia de diez punto noventa y ocho metros, el tercero
de M tres a M cuatro, con rumbo Noreste setenta y un grados cincuenta
y siete minutos cuarenta y un segundos; una distancia de treinta y cuatro
punto sesenta y cuatro metros; teniendo como colindantes a Berta Alicia
Cornejo de Ortiz, y Noemis Amaya Alemán; AL ORIENTE: compren-
de tres tramos, el primero identificado como M cuatro a M cinco, con
rumbo Sureste catorce grados cincuenta minutos un segundo y una
distancia de doce punto ochenta y tres metros, el segundo de M cinco
a M seis, con rumbo Sureste seis grados diecinueve minutos cuarenta
y cuatro segundos y una distancia de dieciocho punto treinta y cuatro
metros, el tercero de M seis a M siete, con rumbo Sureste treinta y ocho
grados veintiocho minutos dieciséis segundos y una distancia de siete
punto setenta metros; teniendo como colindantes a Reynaldo Eliberto
Henríquez Bernal y otro. AL SUR: comprende dos tramos, el primero
de M siete a M ocho, con rumbo Noreste cincuenta y nueve grados vein-
tiséis minutos ocho segundos y una distancia de dieciséis punto ochenta
y uno metros, el segundo, identificado como M ocho a M nueve, con
rumbo Noreste ochenta y nueve grados veintiséis minutos veinticuatro
segundos y una distancia de treinta y uno punto ochenta y tres metros;
teniendo como colindante a Roberto Cornejo Pérez; AL PONIENTE:
comprende de M nueve a M uno, con rumbo Noreste nueve grados un
minuto dieciséis segundos y una distancia de veintitrés punto setenta y
cinco metros; teniendo como colindante a Pedro Antonio Cornejo Pérez.
Los colindantes son del domicilio del Cantón San Juan Nahuistepeque,
Caserío El Pozo, jurisdicción de San Pedro Nonualco, Departamento
de La Paz. Esta porción tiene una casa con paredes de adobes, techo
de tejas de cuarenta y ocho metros cuadrados, con servicio de energía
eléctrica y de agua por cañería. El terreno descrito no posee antecedente
inscrito, ni es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie
y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas, y
lo valúa dicho terreno en la suma de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Que desde su adquisición en el
mes de Julio de dos mil siete, sumados a los veinticinco años anteriores
de posesión y por compra efectuada a la señora ANGELA PEREZ DE
CORNEJO, quien es de sesenta y seis años de edad, de Oficios Domés-
ticos, del domicilio de San Pedro Nonualco, Departamento de La Paz;
el compareciente ha poseído el referido terreno y construcciones que
contiene en forma quieta, pacífica, continua y no ininterrumpida por más
de VEINTISIETE AÑOS, pero carece de título de dominio inscrito, por
lo cual comparece ante mis oficios Notariales, para que de conformidad
en lo establecido en al Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial
de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, seguidos que sean
los trámites que la misma ley señale se extiende a su favor el Título que
se solicita.
Lo que se avisa al público para los fines de Ley.
Librado en la oficina del suscrito Notario, a los once días del mes
de mayo de dos mil doce.
ERNESTO ALEXANDER LINARES HIDALGO,
NOTARIO.
1 v. No. F045744
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZÁN, AL PúBLICO PARA EFECTOS
DE LEY,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
FAUSTO NOEL PONCE AMAYA, como Apoderado General Judicial
del señor JOSE ALEXI GARCIA ROMERO, a solicitar a favor de éste
TÍTULO SUPLETORIO sobre un inmueble de Naturaleza Rústica,
situado en el Cantón La Laguna, Jurisdicción de Villa El Rosario,
Departamento de Morazán, de la EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE
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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396SETECIENTOS VEINTE PUNTO SETENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, once
metros con el señor José Celso Díaz Argueta; AL ORIENTE, cuarenta
y ocho metros con el señor José Celso Díaz Argueta; AL SUR, veinte
metros calle que conduce hacia Villa El Rosario de por medio; y AL
PONIENTE, cuarenta y cinco metros con la señora Angela Díaz Orellana.
Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de posesión material que le
hizo al señor Rocendo Romero Argueta; se estima en el precio de DIEZ
MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-
cisco Gotera, a los dieciséis días del mes de Mayo del Dos Mil Doce.
LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. de 1a.
INSTANCIA. LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003101-1
LIC. CARLOS SANCHEZ LOPEZ, Juez Suplente de Primera Instancia
del Distrito Judicial de San Sebastián, AL PúBLICO: Para los efectos
de ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado en el carácter
de Apoderada General Judicial de la señora Sandra del Carmen Mejía,
la Licenciada Santos Isabel Osorio Barahona; solicitando se le extienda
TÍTULO SUPLETORIO, de un INMUEBLE RúSTICO, situado en
Cantón Santa Lucía, Jurisdicción de San Lorenzo, Departamento de San
Vicente, con una extensión superficial de MIL QUINIENTOS DOS ME-
TROS CUADRADOS, según Denominación Catastral, pero de VEINTE
AREAS, según Testimonio de Escritura Pública de Compraventa, de las
dimensiones y linderos siguientes: AL ORIENTE: Mide veinte metros
y colinda con terreno de Concepción Flores, antes de Silvestre Ángel
Flores, divide cerco de brotones de izote propios, AL NORTE: Mide
veintidós metros, y linda con terreno de la señora Regina Rodríguez,
antes de Arcángel Montoya y Elba Guadalupe Flores Bonilla, divide
cerco de árboles de varias clases, izotes esquineros; AL PONIENTE:
Mide cuarenta y nueve metros, y linda con terreno de Medardo Rivera,
antes de Mariano López Paredes y Santos Toribio López Paredes, divide
cerco de piedra del colindante; y AL SUR: Mide treinta metros y linda
con inmueble de Isabel Córdova, después de Miguel González, hoy
de este último y de Silvestre Ángel, camino vecinal de por medio. El
inmueble antes descrito la señora Sandra del Carmen Mejía, lo obtuvo
por compraventa que le hizo el señor José Rito Mejía Flores, y unido
el tiempo de posesión de la señora Sandra del Carmen Mejía, con la de
su antecesor señor José Rito Mejía Flores, dicha posesión data por más
de veinte años, y actualmente lo valora en el precio de mil doscientos
dólares de los Estados Unidos de América.
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,
Departamento de San Vicente, a las nueve horas del día quince de no-
viembre de dos mil once. LIC. CARLOS SÁNCHEZ LÓPEZ, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. BR. BESSY CECILIA FABIAN
FUENTES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045635-1
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor
MANUEL VASQUEZ BARAHONA, de treinta y cinco años de edad,
empleado, del domicilio del Cantón La Orilla, de la jurisdicción de Ca-
rolina, actualmente con residencia en la Ciudad de Washington, Distrito
de Columbia, de los Estados Unidos de Norte América; por medio de
su Apoderado General Judicial y Especial Lic. JOSÉ VIRGILIO JOYA
MOLINA, solicitando a su favor TÍTULO SUPLETORIO, sobre dos
porciones de terreno de naturaleza rústica, situado en el lugar conocido
como el Cantón “LA ORILLA”, de la Jurisdicción de Carolina, distrito
de Sesori, Departamento de San Miguel, la PRIMERA PORCIÓN, es
de la capacidad superficial de CUATRO MIL SETECIENTOS CIN-
CUENTA Y CUATRO PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS
CUADRADOS, de los rumbos, medidas y colindancias siguientes:
LINDERO NORTE: Partiendo del vértice Nor-Poniente está formado
por dos tramos, con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno con
rumbo sur ochenta y un grados catorce minutos cincuenta y siete segun-
dos Este, con una distancia de veinticuatro punto cero cero metros; y
Tramo dos, con rumbo Norte cincuenta y cuatro grados cuarenta y siete
minutos cincuenta y un segundos Este, con una distancia de cincuenta
y seis puntos sesenta y cuatro metros, colindando por este rumbo con
terrenos de don CUPERTINO BARAHONA. LINDERO ORIENTE:
Partiendo del vértice Nor-Oriente está formado por cinco tramos, con los
siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, con rumbo sur veinticinco
grados veinticuatro minutos diecinueve segundos Este, con una distancia
de veintiséis punto noventa y cinco metros; Tramo dos, con rumbo Sur
once grados cincuenta y cuatro minutos veintiocho segundos Este, con
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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. una distancia de diez punto doce metros; Tramo tres, con rumbo Sur
veintidós grados trece minutos cuarenta y tres segundos Oeste, con una
distancia de diez punto cincuenta metros; Tramo cuatro, con rumbo Sur
treinta y siete grados cuarenta y cinco minutos cero siete segundos Oeste,
con una distancia de cuarenta y seis punto treinta y siete metros; y Tramo
cinco, con rumbo Sur veintiún grados cero ocho minutos cincuenta y
seis segundos Este, con una distancia de treinta y tres punto cuarenta y
dos metros, colindando por este rumbo con el resto del terreno y calle
de por medio. LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur-oriente está
formado por dos tramos, con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
uno, con rumbo Norte cuarenta y seis grados treinta y cinco minutos
cincuenta y siete segundos Oeste, con una distancia de treinta y un punto
cincuenta metros; y Tramo dos, con rumbo Norte setenta y un grados
cincuenta y un minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, con una dis-
tancia de treinta y cinco punto ochenta y nueve metros, colindando por
este rumbo con terrenos de don SERAPIO BARAHONA. LINDERO
PONIENTE: Partiendo del vértice Sur-Poniente está formado por dos
tramos, con los siguientes rumbos y distancias, Tramo uno, con rumbo
Norte catorce grados cero nueve minutos cero nueve segundos Oeste, con
una distancia de cuarenta y seis punto treinta y nueve metros; y Tramo
dos, con rumbo Norte cuarenta y cinco grados cero cero minutos cero
cero segundos Este, con una distancia de siete punto cero siete metros,
colindando por este rumbo con terrenos de la sucesión de don GUMER-
CINDO BARAHONA. La SEGUNDA PORCIÓN: Es de la capacidad
superficial de UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO
NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS, de los rumbos, medidas
y colindancias siguientes: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice
Nor-Poniente está formado por un Tramo, con los siguientes rumbos y
distancias: Tramo uno, con rumbo Sur cuarenta y un grados veintidós
minutos cincuenta y dos segundos Este, con una distancia de cuarenta
punto doce metros, colindando por este rumbo con terrenos de don
VICTOR BARAHONA. LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice
Nor-Oriente está formado por dos tramos, con los siguientes rumbos y
distancias: Tramo uno, con rumbo Sur veinticinco grados veinticinco
minutos treinta y cinco segundos Oeste, con una distancia de cincuenta y
un punto treinta y tres metros; y Tramo dos, con rumbo Sur veintinueve
grados cero ocho minutos cincuenta segundos Oeste, con una distancia
de veintiséis punto setenta y ocho metros, colindando por este rumbo
con terrenos de don CLOVIS BARAHONA. LINDERO SUR: Partiendo
del vértice Sur Oriente está formado por un tramo, con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, con rumbo Norte treinta y dos grados
cuarenta y un minutos dieciséis segundos Oeste, con una distancia de
veintiún punto cincuenta y un metros, colindando por este rumbo con el
resto de terreno y calle vecinal de por medio. LINDERO PONIENTE:
Partiendo del vértice Sur- Poniente está formado por cinco tramos, con
los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, con rumbo Norte once
grados veinticuatro minutos trece segundos Este, con una distancia de
quince punto sesenta y tres metros; Tramo dos, con rumbo Norte treinta
y un grados cero tres minutos catorce segundos Este, con una distancia
de ocho punto cincuenta y ocho metros; Tramo tres, con rumbo Norte
cuarenta grados veintiún minutos cincuenta y tres segundos Este, con
una distancia de quince punto cincuenta y dos metros; Tramo cuatro, con
rumbo Norte treinta grados cincuenta y un minutos veintiséis segundos
Este, con una distancia de dieciocho punto cero cuatro metros; Tramo
cinco, con rumbo Norte once grados cuarenta y ocho minutos treinta y
tres segundos Oeste, con una distancia de treinta y dos punto cuarenta
y seis metros, colindando por este rumbo con el resto del terreno y
calle vecinal de por medio. Dicho inmueble lo adquirió el titulante por
compra venta de posesión que le hizo la señora MARIA ROSA EMILIA
BARAHONA DE VÁSQUEZ, por medio de escritura pública hace un
año cinco meses; y los valúa en la cantidad de UN MIL DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA.
Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las
diez horas y tres minutos del día treinta y uno de mayo del año dos mil
doce. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. EDWIN BLADIMIR PORTILLO
ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045641-1
TÍTUlo DE DoMiNio
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. AL PúBLICO
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor
MARLON ADALBERTO ARGUETA ORELLANA, de cuarenta y
siete años de edad, Empleado, del domicilio de Nuevo Edén de San
Juan, Departamento de San Miguel, portador de mi Documento único
de Identidad Número: cero uno tres seis seis dos dos ocho- cinco, y con
Número de Identificación Tributaria: mil doscientos once - doscientos
cuarenta mil setecientos sesenta y cuatro- ciento uno - siete. Solicitando
TÍTULO DE DOMINIO; de un solar de naturaleza urbana situado sobre
la Primera Calle Poniente, identificado como casa Número cuatro, Barrio
El Centro, de Nuevo Edén de San Juan, Departamento de San Miguel,
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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396con las medidas y linderos siguientes: LINDERO ORIENTE, mide ocho
punto setenta metros, linda con inmueble que fue propiedad de Gilberto
Argueta, hoy de Ana Argelia Orellana viuda Argueta; LINDERO NOR-
TE, mide veintidós punto noventa y dos metros, linda con inmueble que
fue propiedad de José Aníbal Cruz, hoy en parte con terreno propiedad
de José Paz Castro, y en otra parte con terreno propiedad de Gilberto
Bonilla Andrade; LINDERO PONIENTE, mide quince metros, linda
en parte con inmueble propiedad de Marcelino Cedillos y en otra parte
con propiedad de María Julia Ramos, Primera Calle Poniente de por
medio; y LINDERO SUR, mide diecisiete punto noventa metros, linda
con inmueble que fue propiedad de Gilberto Argueta hoy de Ana Argelia
Orellana viuda de Argueta. Que el inmueble antes relacionado es de una
extensión superficial de DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO PUNTO
OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, el cual está valorado en
MIL CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA. Que dicho inmueble descrito, lo adquirió por medio de
compraventa que hizo en el año dos mil al señor Gilberto Argueta el día
siete de Abril del año dos mil, quien lo adquirió por compraventa. La
posesión que ha ejercido sobre el inmueble siempre ha sido de manera
quieta, pacífica y sin ninguna interrupción, y unida a la posesión del an-
tecesor sin proindivisión con nadie, la cual consiste en que ha construido
una casa de paredes de adobe, techo de teja, de cuarenta y tres metros
cuadrados y corredor de dos punto cincuenta y cuatro metros cuadra-
dos; en el inmueble sin que nadie haya perturbado la posesión hasta la
fecha, siendo de esa manera como lo he tenido hasta la actualidad. El
terreno que se ha relacionado, no se encuentra inscrito en el Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas, por carecer de antecedente escrito e
inscrito, por lo que se fundamenta en el Artículo tercer de la Ley sobre
Título de Predios Urbanos, y en la calidad en que comparece vienen a
iniciar Diligencias de Título Municipal, a fin de que una vez probados
los extremos de que solicita, se aprueben las diligencias, se protocolicen
en esta Alcaldía Municipal y se entregue la Certificación de Ley para
inscribir el inmueble en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de la Primera Sección de Oriente, Departamento de San Miguel.
SE AVISA AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS CONSIGUIEN-
TES.
Alcaldía Municipal de Nuevo Edén de San Juan, departamento de
San Miguel, veintiocho de junio del año dos mil doce. MARQUIOVIC
VILLEGAS CEDILLOS, ALCALDE MUNICIPAL. ANTE MÍ: EDWIN
ARQUÍMIDES AMAYA AYALA, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F045702-1
SENTENcia DE NacioNaliDaD
EL INFRASCRITO MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
PúBLICA.
CERTIFICA: Que a folio ciento nueve frente y vuelto DEL LIBRO
DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD SALVA-
DOREÑA POR NACIMIENTO, se encuentra el asiento que literalmente
dice:
"NúMERO CIENTO NUEVE. En cumplimiento al artículo cua-
renta y cuatro de la Ley de Extranjería vigente y habiéndose declarado
ejecutoriada la sentencia pronunciada en las diligencias de Nacionalidad
Salvadoreña por NACIMIENTO promovidas por la señora WANQUI-
RIAM ASUCENA CASTAÑEDA ÁVILA, de origen y nacionalidad
guatemalteca, se hace el siguiente asiento: "MINISTERIO DE JUSTICIA
Y SEGURIDAD PúBLICA, San Salvador, a las ocho horas con quince
minutos del día dieciséis de enero de dos mil doce. Admítese la solicitud
presentada por la señora WANQUIRIAM ASUCENA CASTAÑEDA
ÁVILA, relativa a que se le conceda la calidad de salvadoreña por NACI-
MIENTO, por ser de origen y nacionalidad GUATEMALTECA y tener
domicilio fijo en El Salvador, de conformidad con lo que establece el
artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República. La
señora Wanquiriam Asucena Castañeda Avila, es de treinta y un años
de edad, de sexo femenino, casada, Ingeniera Agrónoma, del domicilio
de Colón, Departamento de La Libertad, de nacionalidad guatemal-
teca, originaria del Municipio de Santa Cruz Barillas, Departamento
de Huehuetenango, República de Guatemala, lugar donde nació el día
veintiséis de julio de mil novecientos ochenta, portadora de su Carné
de Identificación de Residente Centroamericana número cuatro ocho
cero siete ocho, inscrito en el Registro de Residentes Centroamericanos
que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería. Su cónyuge
responde al nombre de Carlos Francisco Roque Valdez, de treinta años
de edad, Ingeniero Agrónomo, de nacionalidad salvadoreña. Sus padres
responden a los nombres de: Roderico Alfonso Castañeda González y
Blandina Agapita Avila Mérida, ambos de nacionalidad guatemalteca,
sobrevivientes. CONSIDERANDO: I. Que la peticionaria en su soli-
citud a folio veinte en lo pertinente manifiesta que por ser de origen y
nacionalidad guatemalteca y tener domicilio fijo en El Salvador, desde
el día ocho de mayo del dos mil cinco, es su deseo y voluntad optar a la
Nacionalidad Salvadoreña por Nacimiento, por lo que de conformidad
con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República,
y artículo treinta y ocho de la Ley de Extranjería, pide se le reconozca
dicha calidad, para lo cual presenta para que se agregue la documentación
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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. siguiente: a) Certificación de partida de nacimiento de su cónyuge señor
Carlos Francisco Roque Valdez, a folio diez; b) Fotocopia de Documento
Único de Identidad de su cónyuge, a folio once; c) Certificación de
partida de matrimonio, a folio doce; d) Fotocopia de pasaporte, vigente
a la fecha de presentación de la solicitud de nacionalización, a folios
catorce al quince; e) Certificación de partida de nacimiento, debidamente
autenticada, a folios dieciséis al diecinueve; f) Fotocopia de Carné de
Identificación de Residente Centroamericana, a folio cuarenta. II. Que
la documentación presentada demuestra: a) Que la solicitante es origi-
naria de Guatemala, uno de los países que constituyeron la República
Federal de Centroamérica, b) Que la solicitante ha reunido los requisitos
exigidos para iniciar las diligencias de nacionalización, c) Que tiene en
el país arraigo familiar, por estar casada con salvadoreño, laboral y por
residencia. III. De conformidad al artículo noventa ordinal tercero de
la Constitución, tiene derecho a que se reconozca a su favor la calidad
de salvadoreña por nacimiento; en tal sentido la atribución de esta
autoridad se orienta a determinar si se reúnen los requisitos específicos
para la nacionalización, en los términos que establece la Constitución
y la Ley de Extranjería en los artículos treinta y ocho y cuarenta y tres.
Cumplido lo anterior se procede a emitir acto administrativo de declarar
a favor de la solicitante la calidad que invoca y que la Constitución le
reconoce. POR TANTO: De acuerdo con los considerandos anteriores y
de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución
de la República, doscientos dieciséis, doscientos diecisiete, doscientos
dieciocho y doscientos veintinueve del Código Procesal Civil y Mercantil,
treinta y ocho y cuarenta y tres de la Ley de Extranjería, a nombre de
la República de El Salvador, este Ministerio FALLA: Concédesele a
la señora WANQUIRIAM ASUCENA CASTAÑEDA ÁVILA, de las
generales expresadas la calidad de SALVADOREÑA por NACIMIEN-
TO, por ser de origen y nacionalidad guatemalteca y tener domicilio
fijo en El Salvador. La favorecida conserva su nacionalidad de origen,
de acuerdo a lo establecido en el artículo noventa y uno inciso primero
de la Constitución de la República. NOTIFÍQUESE; y transcurrido el
plazo para recurrir inscríbase esta resolución en el libro de asientos de
sentencias de nacionalidad salvadoreña por nacimiento. Certifíquese,
confróntese y dése cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro inciso
tercero de la Ley de Extranjería. DAVID VICTORIANO MUNGUÍA
PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO". RUBRICADA.
Es conforme con su original con el cual se confrontó. MINISTERIO
DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PúBLICA. San Salvador, a las ocho
horas con veinte minutos del día ocho de febrero de dos mil doce. DA-
VID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN,
MINISTRO. RUBRICADA.
ES CONFORME con el original de la sentencia pronunciada a
favor de la señora WANQUIRIAM ASUCENA CASTAÑEDA ÁVILA
y con el Asiento en Libro de Personas, que adquieren la nacionalidad
salvadoreña por nacimiento, con los cuales se confrontó, en el Ministerio
de Justicia y Seguridad Pública, San Salvador a las ocho horas con cinco
minutos del día nueve de febrero de dos mil doce.
DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS,
GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO.
1 v. No. F045729
JUicio DE aUSENcia
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PúBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en este Tribunal existe Juicio Ejecutivo
Mercantil promovido por la Doctora ANA CAMILA DE LEON DE
CASTRO GARAY como Apoderada General Judicial de SCOTIABANK
EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor JAIME
MAURICIO MURGA SUTTER.
Posteriormente a la fecha en que se inició dicho Juicio, se presentó
la Doctora ANA CAMILA DE LEON DE CASTRO GARAY en el con-
cepto antes expresado, manifestando que el señor JAIME MAURICIO
MURGA SUTTER, mayor de edad, Ingeniero Agrónomo, antes del
domicilio de Antiguo Cuscatlán, ahora de domicilio ignorado, quien se
identificaba con Documento Único de Identidad número CERO TRES
MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS
SESENTA - NUEVE y con Número de Identificación Tributaria CERO
SEISCIENTOS CATORCE - DOSCIENTOS ONCE MIL CINCUENTA
Y OCHO - CERO ONCE - CUATRO; se ha ausentado de su domicilio,
sin que se sepa de su paradero actual, ignorándose además si ha dejado
Procurador u otro Representante Legal en el país, para que intervenga
en el Juicio de Mérito; por lo que pidió, previo los trámites legales, se
le nombre CURADOR ESPECIAL que lo represente en el referido
juicio.
En consecuencia, se previene que si el señor JAIME MAURICIO
MURGA SUTTER tuviere Procurador u otro Representante Legal, se
presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia, dentro de los
quince días siguientes a la última publicación de este aviso.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las once horas y cincuenta minutos del día siete de julio
del dos mil once. LICDA. ANA MARÍA CORDÓN ESCOBAR, JUEZ
TERCERO DE LO MERCANTIL. LICDA. ANA CECILIA FIGUEROA
ALMENDARES, SECRETARIA.
1 v. No. C003112
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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que en el juicio ejecutivo mercantil promovido por
el Licenciado Gilberto Enrique Alas Menéndez, en calidad de apoderado
del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA
contra el señor JOSÉ ABRAHAM BOSCO ORELLANA ORELLANA,
en razón de no haber sido encontrado dicho señor, en su domicilio
conocido, para efectos de emplazamiento, el expresado Licenciado Alas
Menéndez, en la calidad en que actúa, ha dado inicio al trámite señalado
en el Art. 141 Pr. C., a fin de que se provea de un curador especial
para que represente en el juicio al señor JOSÉ ABRAHAM BOSCO
ORELLANA ORELLANA, quien es mayor de edad, estudiante, con
último domicilio conocido el de esta ciudad, actualmente de paradero
ignorado y de quien no se sabe si ha dejado procurador, apoderado o
representante legal, para que lo represente en el juicio. En consecuencia,
se previene a procurador, apoderado o representante legal alguno del
referido señor, caso de que lo tuviere, se presente a este juzgado en el
término de quince días después de la tercera publicación de este edicto
a comprobar dicha circunstancia.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas
y treinta y cinco minutos del día veintitrés de abril de dos mil doce.-
Enmendado-último-Vale.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA,
JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA,
SECRETARIA.
1 v. No. F045625
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que en el juicio ejecutivo mercantil promovido
por el Licenciado Gilberto Enrique Alas Menéndez, en calidad de
apoderado del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANÓNIMA, contra los señores SANDRA YANIRA MENA DE
PALACIOS y PABLO ANTONIO RIVAS MARROQUIN, en razón de
no haber sido encontrada dicha señora, en su domicilio conocido, para
efectos de emplazamiento, el expresado Licenciado Alas Menéndez, en
la calidad en que actúa, ha dado inicio al trámite señalado en el Art. 141
Pr. C., a fin de que se provea de un curador especial, para que represente
en el juicio, a la señora SANDRA YANIRA MENA DE PALACIOS,
quien es mayor de edad, empresaria, con último domicilio conocido la
ciudad de San Miguel, actualmente de paradero ignorado y de quien no
se sabe si ha dejado procurador, apoderado o representante legal, para
que la represente en el juicio. En consecuencia, se previene a procurador,
apoderado o representante legal alguno de la referida señora, caso de
que lo tuviere, se presente a este juzgado en el término de quince días
después de la tercera publicación de este edicto, a comprobar dicha
circunstancia.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince
horas y treinta y cinco minutos del día veintitrés de abril de dos mil
doce.- Enmendado-representante-Vale.- Lic. YOALMO ANTONIO
HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA VANESSA SILVA
DE SOMOZA, SECRETARIA.
1 v. No. F045626
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL, DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL, DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENÉNDEZ, actuando como Apoderado General Judicial del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S. A., promoviendo Diligencias de Ausencia, Manifestando que ha demandado en Juicio Ejecutivo Mercantil, reclamándole cantidad de dinero y accesorios de Ley, al señor DIONISIO ALCIDES SALINAS NATAREN., mayor de edad, estudiante, del domicilio de San Salvador, con Número de Identificación Tributaria cero cuatrocientos dieciséis- doscientos cuarenta mil novecientos setenta y tres- ciento cuatro- cuatro, con fecha nueve de marzo del año dos mil dos. Pide se le nombre un Curador Especial para que el Representante en el Juicio aludido.
PREVIENESE de acuerdo con el Art. 141 Pr. C., que si al mencionado señor DIONISIO ALCIDES SALINAS NATAREN, tuviere Procurador o Representante Legal, se presente dentro de los quince días siguientes, a la última publicación de este aviso y prueben tal circunstancia.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las quince horas cinco minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil once. Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL. Licda. FLOR DE MARÍA FIGUEROA, SECRETARIA INTERINA.
1 v. No. F045628
RODOLFO ERNESTO CHACÓN, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA; AL PúBLICO,
AVISA: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado RAFAEL ERNESTO ANDRADE PEÑATE, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, actuando en calidad de Apoderado General Judicial de SCOTIABANK EL SALVADOR SOCIEDAD ANÓNIMA, Insti-tución Bancaria del domicilio de San Salvador, MANIFESTANDO: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil de Ref. No. 212-EM-10, que promueve su poderdante contra el señor CARLOS ALBERTO GALERO GRANADOS, mayor de edad, Empleado, de este domicilio; quien a la fecha no ha podido ser emplazado por desconocer el paradero del mismo, y si ha dejado representante legal o procurador que pueda representarla en el País.
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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. El suscrito Juez, a solicitud del profesional antes nombrado y de
conformidad con el Art. 141 Pr. C., ha ordenado se abra dentro del referido
juicio el incidente de ausencia, a fin de nombrarle un Curador Especial
al demandado señor CARLOS ALBERTO GALERO GRANADOS, que
pueda representarlo en el juicio de Referencia No. 212-EM-10, que se
promueve en su contra.
Lo anterior se hace del conocimiento del público para que si el au-
sente no declarado señor CARLOS ALBERTO GALERO GRANADOS,
tuviere representante legal o procurador, se apersone a este Tribunal a
comprobar dicha circunstancia con la documentación legal correspon-
diente, dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación
de este aviso.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las diez horas y cincuenta minutos del día tres de febrero de dos
mil doce. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACÓN, JUEZ SEGUNDO DE
LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHÁVEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F045701
caMBio DE NoMBrE
DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN JUAN OPICO,
DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que a este
Juzgado se ha presentado la señora TEODOSA DE LA LUZ SERRANO
DE ALVARADO, mayor de edad, empleada y del domicilio de Santa
Ana, en su carácter personal, hija de ALICIA SERRANO y de JUAN
MATEO MÉNDEZ COTO, solicitando Cambio de Nombre Propio
de conformidad con el artículo veintitrés de la Ley del Nombre de la
Persona Natural, en vista que el mismo ha causado y continúa causando
perjuicios a dicha señora al ser objeto de burlas, bromas y de designación
de sobre-nombres peyorativos, lo que ha provocado problemas de tipo
emocional, tanto a su persona como a su grupo familiar.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico,
departamento de La Libertad, a las nueve horas treinta minutos del día
veintinueve de mayo de dos mil doce.- Lic. DAVID AMAEL MORÁN
ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. CARLOS
ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
1 v. No. F045674
ANA GLORIA ALVARADO DE GÓMEZ, JUEZA DE FAMILIA
SUPLENTE DE COJUTEPEQUE,
HACE SABER: Que en este Tribunal el señor CANDELARIO
SALOMÓN URBINA CARTAGENA, de treinta y cinco años de edad,
empleado, originario del municipio de Tenancingo, departamento de
Cuscatlán y domiciliado en la ciudad de Murieta, Estado de California,
Estados Unidos de América, portador de su Pasaporte número RE0471700,
por medio del Licenciado Maximiliano Edgardo Martínez, ha promo-
vido DILIGENCIAS DE CAMBIO DE NOMBRE con la finalidad
de modificar su nombre al de CARLOS SALOMÓN CARTAGENA
URBINA. Por lo que en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 23 de la
Ley del Nombre de la Persona Natural, a través del presente edicto SE
EMPLAZA a todas aquellas personas que pudieren resultar afectadas
con el cambio de nombre pretendido.
Lo anterior con la finalidad que en el plazo de DIEZ DÍAS
SIGUIENTES a su publicación, presenten la oposición que estimaren
pertinente.
Librado en el Juzgado de Familia de Cojutepeque; departamento
de Cuscatlán, a las catorce horas treinta minutos del dieciséis de mayo
del dos mil doce.- Licda. ANA GLORIA ALVARADO DE GÓMEZ,
JUEZA DE FAMILIA SUPLENTE. Licda. REINA ISABEL BRIOSO
RODRÍGUEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F045687
rENoVaciÓN DE MarcaS
No. de Expediente: 2001015245
No. de Presentación: 20120162572
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ
DANIEL JULIO MARTINEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABO-
GADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTA-
MENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO ESPECIAL de POLLO CAMPERO DE
EL SALVADOR. SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S. A. DE
C. V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00035
del Libro 00153 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la
frase “Torito Campero". La palabra Torito se encuentra escrita en letras
minúsculas (con excepción de la letra “T" que es mayúscula), de molde,
en color blanco, con diseño especial y delineadas de color café oscuro.
Debajo de dicha palabra, se encuentra la palabra "Campero", escrita
en letras minúsculas (con excepción de la letra "C" que es mayúscula),
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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396de molde, en color amarillo, con diseño especial y delineada de color
anaranjado. Ambas palabras se encuentran escritas en forma elíptica;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003086-1
No. de Expediente: 1971020688
No. de Presentación: 20120162408
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DA-
NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO de POLLO CAMPERO
DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V., del domicilio de San Salvador,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para
la inscripción Número 20688 del Libro 00046 de REGISTRO DE
MARCAS, consistente en la palabra "CAMPERO", sobre el dibujo
de un trozo de madera y a un lado la figura de un pollo con sombrero
portando en el ala izquierda un plato conteniendo una pierna de pollo y
un huevo; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
29 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003087-1
No. de Expediente: 1989000413
No. de Presentación: 20120162412
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
JOSÉ DANIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad,
ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR,
DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO de POLLO CAMPERO
DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción
Número 00102 del Libro 00009 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS,
consistente en la palabra "MEDALLONES CAMPERO", escrito en
letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003088-1
No. de Expediente: 1997003121
No. de Presentación: 20120162577
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DA-
NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO ESPECIAL de POLLO CAMPERO DE EL SAL-
VADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V., del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00041 del Libro
00153 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión
"EXTRA CRISPY", acompañadas de un diseño, pudiendo describirse
más detalladamente de la siguiente manera: consiste en la expresión
"EXTRA”, escrita en letras mayúsculas, de molde, en color azul y con
diseño especial, abajo de dicha expresión se puede ver la expresión
"CRISPY", escrita en letras minúsculas, con excepción de la primera
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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. letra "C" que es mayúscula, en color anaranjado y con diseño especial;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003089-1
No. de Expediente: 2001018666
No. de Presentación: 20120162410
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
JOSÉ DANIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad,
ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR.
DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de
POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE
EL SALVADOR, S. A. DE C. V., del domicilio de San Salvador, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para
la inscripción Número 00056 del Libro 00163 de INSCRIPCIÓN
DE MARCAS, consistente en la frase “Camperonix”, escrita en
letras mayúsculas, de molde, en color amarillo, delineadas de color
verde y con diseño especial. Debajo de dicha frase se lee la leyenda
“Defensores del Planeta”, escrita en letras minúsculas (a excepción de
las letras "D" y "P", que son mayúsculas), de molde, de color blanco
y sin diseño especial. Dicha leyenda se encuentra escrita dentro de
una figura rectangular de color verde. Sobre la palabra “Camperonix"
se encuentra una figura circular de color amarillo y delineado de
color verde, dentro de la cual hay una letra “C” mayúscula, de
color blanco delineada de color verde con en cuyo lado izquierdo se
observa un triángulo sobrepuesto a la misma. En ambos extremos
de la figura circular se observan unas alas de color verde; que
ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003090-1
No. de Expediente: 2001018669
No. de Presentación: 20120162409
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ
DANIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGA-
DO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTA-
MENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO ESPECIAL de POLLO CAMPERO
DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR,
S. A. DE C. V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción
Número 00049 del Libro 00163 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS,
consistente en la frase "Camperonix”, escrita en letras mayúsculas,
de molde, en color amarillo, delineadas de color verde y con diseño
especial. Debajo de dicha frase se lee la leyenda "Defensores del
Planeta”, escrita en letras minúsculas (a excepción de las letras “D"
y “P”, que son mayúsculas), de molde, de color blanco y sin diseño
especial. Dicha leyenda se encuentra escrita dentro de una figura
rectangular de color verde. Sobre la palabra “Camperonix" se encuentra
una figura circular de color amarillo y delineado de color verde, dentro
de la cual hay una letra "C" mayúscula, de color blanco delineada
de color verde con en cuyo lado izquierdo se observa un triángulo
sobrepuesto a la misma, En ambos extremos de la figura circular se
observan unas alas de color verde; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003091-1
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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396No. de Expediente: 1998000228
No. de Presentación: 20120162575
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DA-
NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO ESPECIAL de POLLO CAMPERO DE EL SAL-
VADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00107 del
Libro 00151 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en una figura
rectangular, con sus esquinas, curvas, con fondo de color café y delineada
de color negro. Adentro de la figura rectangular, en su esquina superior
izquierda, se puede ver una figura circular, con fondo de color blanco,
delineada de color negro y que en el centro tienen la figura de un pollo
de color amarillo, con pico y sombrero de color café, sosteniendo en su
ala izquierda un plato con comida. Abajo de la figura circular y del pollo
descritos se ve la palabra "CAMPERO", escrita en letras mayúsculas, de
molde, en color amarillo, delineada de color café y con diseño especial.
Las últimas letras de dicha palabra se encuentran inclinadas ligeramente
hacia arriba. La palabra mencionada está escrita sobre un área sombreada
de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los quince días del mes de marzo del año dos mil doce.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003093-1
No. de Expediente: 2001018665
No. de Presentación: 20120162411
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DA-
NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO ESPECIAL de POLLO CAMPERO DE EL SAL-
VADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE CV., del
domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitan-
do RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00076 del Libro 00163
de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en una figura animada de
un extraterrestre de cuerpo humano, con piel y traje espacial de color
verde, con la mano izquierda oculta detrás de la pierna izquierda y la
mano derecha alzada a la altura de la cintura con el puño cerrado. Tiene
puesta sobre sí una capa larga negra de fondo morado. Sobre la cabeza
tiene un sombrero negro y dos antenas de color gris en forma de "M". En
los antebrazos, manos, hombros y debajo de las rodillas usa armaduras
de color gris. Los zapatos son de color negro. Debajo de dicha figura se
puede leer la palabra: "Desper", escrita en letras minúsculas (a excepción
de la letra "D" que es mayúscula), de molde, de color negro y sin diseño
especial: que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
16 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los catorce días del mes de mayo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003094-1
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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. No. de Expediente: 2001018671
No. de Presentación: 20120162209
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DA-
NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio
de San Salvador, departamento de San Salvador, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número
00113 del Libro 00162 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente
en una figura animada de un pollo amarillo sonriente, con las alas
cruzadas sobre el pecho. Dicho pollo está vestido con traje espacial de
color verde y amarillo entre la cintura y las rodillas. Usa botas de color
verde con gris y la parte baja de color amarillo. Al lado izquierdo de un
cincho de color gris oscuro sobre la cintura puede apreciarse la cola del
pollo. En la parte lateral de los muslos y de los antebrazos tiene aparatos
electrónicos de color gris. Debajo de dicha figura se puede leer la frase
"Super Camp", escrita en letras minúsculas (a excepción de las letras
"S" y "C", que son mayúsculas), de molde, de color negro y sin diseño
especial; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
29 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003095-1
No. de Expediente: 2001018668
No. de Presentación: 20120162413
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DA-
NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO ESPECIAL de POLLO CAMPERO DE EL SAL-
VADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., del
domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitan-
do RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00051 del Libro 00163
de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en una figura animada de
un pollo amarillo sonriente, con las alas cruzadas sobre el pecho. Dicho
pollo está vestido con traje espacial de color verde y amarillo entre la
cintura y las rodillas. Usa botas de color verde con gris y la parte baja
de color amarillo. Al lado izquierdo de un cincho de color gris oscuro
sobre la cintura puede apreciarse la cola del pollo. En la parte lateral
de los muslos y de los antebrazos tiene aparatos electrónicos de color
gris. Debajo de dicha figura se puede leer la frase "Super Camp", escrita
en letras minúsculas (a excepción de las letras "S" y "C", que son ma-
yúsculas), de molde, de color negro y sin diseño especial; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003096-1
No. de Expediente: 1986000010
No. de Presentación: 20120162210
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ DA-
NIEL JULIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio
de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para
la inscripción Número 00224 del Libro 00005 de INSCRIPCIÓN DE
DIARIO
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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396MARCAS, consistente en LA PALABRA "CAMPERO", ESCRITAS
EN LETRAS MAYúSCULAS EN COLOR NEGRO Y SIN DISEÑO
ESPECIAL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los seis días del mes de febrero del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003097-1
coNVocaToria
CONVOCATORIA
El Infrascrito Administrador único de la Sociedad ANDALUCIA, S.A.
DE C.V., del domicilio de San Salvador, por este medio convoca a los
accionistas de dicha sociedad, a fin de celebrar JUNTA GENERAL
ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, a las nueve
horas a.m. del día jueves 9 de agosto del año en curso, en las instalaciones
de la oficina ubicadas en Boulevard del Hipódromo No. 729, Colonia
San Benito, San Salvador.
El quórum necesario para celebrar la sesión en primera convocatoria
será de la mitad más una de todas las acciones.
De no haber quórum a la hora señalada, se convoca para el día
viernes 10 de agosto del año en curso, a las once horas a.m. en el mismo
lugar, la segunda convocatoria se celebrará con cualquiera que sea el
número de accionistas presentes y representados.
AGENDA:
Puntos Ordinarios:
I. Establecimiento del quórum y firma del acta respectiva.
II. Sustitución del Administrador Suplente
Puntos Extraordinarios:
I. Adecuación y modificación del pacto Social, a las nuevas
disposiciones del Código de Comercio.
II. Nombramiento del Ejecutor Especial.
III. Otros
San Salvador, 13 de julio de 2012.
JAVIER CLOSA SALAZAR,
ADMINISTRADOR UNICO.
3 v. alt. No. C003082-1
SUBaSTa PÚBlica
LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-
CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PúBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL
promovido por la ASOCIACIÓN SALVADOREÑA, PRO-SALUD
RURAL, en contra de MILDA CRUZ PEREZ, reclamándole cantidad
de dinero y accesorios, Exp. No. 353/06, se venderá por este Juzgado en
Pública Subasta, en fecha y precio que oportunamente se determinará, dos
derechos proindivisos de usufructo equivalentes al treinta y tres punto
treinta y tres por ciento que recaen sobre los inmuebles siguientes: Dos
lotes de naturaleza rústica hoy urbanas situados en el Cantón Cantarrana
de esta Jurisdicción denominado "Finca Cantarrana" marcados en el plano
respectivo de la Lotificación "Ana Linda" como LOTES NÚMERO DOS
Y TRES, ambos lotes son del polígono uno que se describen así: LOTE
NÚMERO DOS POLIGONO UNO: de una extensión superficial de
Doscientos metros cuadrados equivalentes a doscientos ochenta y seis
varas cuadradas dieciséis centésimas de vara cuadrada, con las medidas y
linderos siguientes: AL NORTE: Veinticinco metros con lote número uno
del polígono uno, AL SUR: veinticinco metros con lote número tres del
polígono uno, AL ORIENTE: ocho metros con lote número dieciséis del
polígono uno y AL PONIENTE: ocho metros calle marginal y carretera
que conduce a Santa Ana- Sonsonate, de por medio, con propiedad de
los señores Alex Montenegro y Agustina Mena Ariz de Escalante. LOTE
NúMERO TRES POLIGONO UNO: el cual ha quedado reducido a una
extensión superficial de treinta y siete punto cinco metros cuadrados con
las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: veinticinco metros con
lote número dos del polígono uno, AL SUR: veinticinco metros con
porción que se desmembró del lote número tres del polígono uno, AL
SUR: veinticinco metros con porción que se desmembró del lote número
tres del polígono número uno propiedad del señor Tito Daniel Ramos
Navas, AL ORIENTE: uno punto cincuenta metros con lote número
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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. dieciséis del polígono uno y AL PONIENTE: uno punto cinco metros
calle marginal y carretera que conduce a Santa Ana- Sonsonate de por
medio, con propiedad de los señores Alex Montenegro y Agustina Mena
Ariz de Escalante, todos los lotes colindantes son o han sido propiedad
de la Lotificación "Ana Linda". Derechos Proindivisos que se encuentran
inscritos a favor de la señora MILDA CRUZ PEREZ. EL LOTE Nú-
MERO DOS POLIGONO UNO al sistema de folios real computarizado
número de matrícula DOS CERO CERO CUATRO SEIS SEIS OCHO
CERO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad
de este departamento. EL LOTE NúMERO TRES POLIGONO UNO, al
sistema de folios real computarizado número de matrícula DOS CERO
CERO CUATRO SEIS SEIS OCHO NUEVE- CERO CERO CERO
CERO CERO del Registro de la Propiedad de este departamento.
LIBRADO en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las
catorce horas con treinta minutos del día veinticinco de junio del año
dos mil doce. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ
TERCERO DE LO CIVIL. LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS
POLANCO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003092-1
SoliciTUD DE NacioNaliDaD
DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVI-
SIÓN, MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PúBLICA,
HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado la señora
ELIZABETH TORRES ORDOÑEZ, solicitando que se le reconozca
la calidad de salvadoreña por NATURALIZACIÓN por ser de origen
y de nacionalidad colombiana y tener domicilio fijo en El Salvador. La
peticionaria en su solicitud manifiesta ser de cincuenta años de edad, de
sexo femenino, enfermera, del domicilio, de San Salvador, originaria
de Villahermosa, Departamento de Tolima, República de Colombia,
lugar donde nació el día dieciséis de agosto de mil novecientos sesenta
y uno, sus padres responden a los nombres de: ARTURO TORRES, de
ochenta y tres años de edad, comerciante y ARAMINTA ORDOÑEZ,
de ochenta años de edad, ama de casa, ambos sobrevivientes y de nacio-
nalidad colombiana. Que ingresó al país por la Delegación Migratoria
del Aeropuerto de El Salvador de Comalapa, el día veinte de marzo de
mil novecientos noventa y uno. En virtud de lo anterior, la solicitante
expresa su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y
Autoridades de la República de El Salvador.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza
a toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que en
el término de quince días contados desde la fecha de la última publicación
de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un periódico de circulación
nacional, se presente a este Ministerio justificando la oposición con la
prueba pertinente.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PúBLICA, San
Salvador, a las nueve horas del día diez de enero del dos mil doce.
DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS,
GENERAL DE DIVISIÓN,
MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PúBLICA.
3 v. c. No. F045619-1
DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVI-
SIÓN, MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PúBLICA.
HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado el señor
THOMAS DIETRICH BOEKLE, solicitando que se le reconozca la
calidad de salvadoreño por NATURALIZACIÓN por ser de origen y
nacionalidad alemana y tener domicilio fijo en El Salvador. El peticio-
nario es de cincuenta y tres años de edad, de sexo masculino, divorciado,
empleado, del domicilio de San Salvador, originario de Wiesbaden,
Sonnenberg, República Federal de Alemania, lugar donde nació el día
trece de octubre de mil novecientos cincuenta y ocho. Sus padres res-
ponden a los nombres de: Hein Manfred Bökle y Hannelore Margarete
Elisabeth Friese Bökle, ambos de nacionalidad alemana, el primero
fallecido y la segunda sobreviviente. Ingresó al país por la Delegación
Migratoria del Aeropuerto Internacional de El Salvador en Comalapa,
el día doce de septiembre de mil novecientos noventa y dos. Expresa su
voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y autoridades
de la República de El Salvador.
Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a
toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que en el
término de quince días contados desde la fecha de la última publicación
de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un periódico de circulación
nacional, se presente a este Ministerio justificando la oposición con la
prueba pertinente.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PúBLICA, San
Salvador a las ocho horas con treinta minutos del día dieciocho de mayo
de dos mil doce.
DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS,
GENERAL DE DIVISIÓN,
MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PúBLICA.
3 v. c. No. F045670-1
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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396aViSo DE coBro
AVISO
LA INFRASCRITA JEFE DE DESARROLLO HUMANO DE LA
DEPARTAMENTAL DE EDUCACION DE SAN SALVADOR. De
conformidad con el Artículo 142 de las disposiciones Generales del
Presupuesto vigente.
SE HACE SABER: Que a la Unidad de Recursos Humanos de
esta Departamental se ha presentado el Señor CARLOS EDUARDO
MURILLO ESCOBAR, mayor de edad con domicilio en Colonia Luz, 49
Avenida Norte No. 1313, Departamento de San Salvador, SOLICITAN-
DO se le permita firmar los documentos respectivos y cobrar la cantidad
de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS 08/100 DOLARES ($786.08),
que al fallecimiento de su ESPOSA: ENEYDA GRISELDA MORAN
DE MURILLO, ocurrido el día 2 DE JULIO DE 2012, dejó pendiente
de cobro el salario del 01 al 31 DE JULIO/2012, quien desempeñaba el
Cargo de DOCENTE PN2, CAT. 4ª, registrada con el N.I.P. 1509001
según los siguientes datos: Partidas 23 y Subnúmero 12640. Acuerdo
de Refrenda No. 06-0001 de fecha 3 de enero de 2012, correspondiente
al período del 1° de enero al 31 de diciembre de 2012.
Lo anterior se hace del conocimiento del público, para que toda
persona que se crea con mejor o igual derecho se presente a hacer uso
de él, a más tardar dentro de los quince días subsiguientes de la última
publicación del presente aviso.
Ministerio de Educación, San Salvador, a los once días del mes de
julio de dos mil doce.
LIC. AMERICA MARISOL PEÑATE GUARDADO,
COORDINADORA DE DESARROLLO HUMANO,
DEPARTAMENTAL DE EDUCACION DE SAN SALVADOR.-
3 v. 1v. c/3 d. No. F045733-1
aDMiNiSTraDor DE coNDoMiNio
La Infrascrita Representante Legal de TEC, S. A. DE C. V., del domicilio
de San Miguel, Sociedad Administradora Saliente del CONDOMINIO
PLAZA MEDICA SAN FRANCISCO, situado en la Sexta Calle Poniente
y Quinta Avenida Sur de San Miguel, por este medio,
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas del Condominio, aparece
asentada el Acta número ONCE correspondiente a la Asamblea de
Condómines que se realizó a las ocho horas del día veintitrés de junio
de dos mil doce, cuyo punto cinco dice literalmente así: "5) NOMBRA-
MIENTO DEL NUEVO ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIO
Y PLAZO DE SUS FUNCIONES. Como consecuencia de la renuncia
como administrador del Condominio de la Sociedad TEC, S. A. de C.
V., representada por la señora Alexandra Rodríguez Bellucci, se propuso
como nuevo Administrador del Condominio, a la sociedad "BELLUC-
CI, S. A DE C. V.", de este domicilio, representada por el Ingeniero
Paolo Enrico Bellucci, de conformidad a la cláusula Vigésima Octavo
del Reglamento de Administración del Condominio Plaza Médica San
Francisco. La Asamblea General de Propietarios aprobó la propuesta y
además aprobó que la sociedad "BELLUCCI, S. A. DE C. V., ejerza el
cargo de Administrador del Condominio cargo por el período de cinco
años, vigente a partir del primero de Junio de dos mil doce, sin necesi-
dad de rendir fianza por ser propietaria de locales del Condominio. Se
dio a conocer que este nombramiento se publicará en el Diario Oficial
para los efectos legales correspondientes, habiéndose autorizado a la
representante de TEC, S. A. DE C. V., para emitir la certificación del
punto de acta respectivo".
Y para ser publicado en el Diario Oficial conforme al Reglamento
de Administración del Condominio, extiendo y firmo la presente certi-
ficación en la ciudad de San Miguel, el mismo día veintitrés de junio de
dos mil doce.
ADMINISTRADOR SALIENTE
TEC. S. A. DE C. V.
ALEXANDRA RODRIGUEZ BELLUCCI DE QUINTANILLA
REPRESENTANTE LEGAL.-
3 v. alt. No. C003083-1
PaTENTE DE iNVENcioN
No. de Expediente: 2011004059
No. de Presentación: 20110012123
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ROMARK
LABORATORIES, L. C., del domicilio de 3000 BAYPORT DRIVE,
SUITE 200, TAMPA, FL, 33607, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro
de la PATENTE DE INVENCION en fase nacional de una solicitud in-
ternacional PCT No PCT/US2010/034319 denominada COMPUESTOS
DE HALOALQUILO HETEROARILO BENZAMIDA, por el término
de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional C07C 233/00, y con
prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 61/177,626, de fecha
once de mayo del año dos mil nueve.
Se refiere a: SE DESCRIBE UNA NUEVA CLASE DE HALO-
ALQUIL HETEROARIL BENZAMIDAS, ESTOS COMPUESTOS
MUESTRAN UNA FUERTE ACTIVIDAD CONTRA LOS VIRUS
DE LA HEPATITIS. La solicitud fue presentada internacionalmente el
día once de mayo del año dos mil diez.
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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los seis días del mes de
marzo del año dos mil doce.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.-
1 v. No. C003078
TiTUlo MUNiciPal
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor JOSE
MIGUEL RIVERA CRUZ, mayor de edad, soltero, estudiante, de este
domicilio, quien actúa en calidad personal, solicitando Título Municipal
a su favor de un inmueble de Naturaleza Urbana, situado en el Barrio El
Centro, Calle Gerardo Barrios, y Final Avenida Lucas López, de esta
ciudad, dicho inmueble lo obtuve por compraventa que me efectuó al
señor Lucas Rivera Cruz, en el año del año dos seis, inmueble que posee
una Extensión Superficial de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS
PUNTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS, el cual posee las
medidas y colindancias siguientes; AL NORTE, mide diecisiete punto
cincuenta metros, linda con inmuebles de los señores Morena Guada-
lupe López de Cañas y José Balmore Martínez Ricinos; AL ORIENTE,
compuesto de tres tramos que se describen así: El Primero, partiendo de
norte a sur, mide veintidós metros, linda con Marta Mendoza Serrano de
Rodas, servidumbre de por medio; El Segundo, partiendo de oriente a
poniente, mide nueve metros; El Tercero, partiendo de norte a sur, mide
doce metros, en ambos tramos linda con inmueble propiedad de la señora
Angelina Ricinos de Martínez; AL SUR, mide seis metros, linda con
inmueble propiedad del señor Romeo García Rojas, calle de por medio;
AL PONIENTE, compuesto de cinco tramos que se describen así: El
Primero, partiendo de sur a norte, mide quince metros; El Segundo,
partiendo de oriente a poniente, mide cuatro punto cincuenta metros; El
Tercero, partiendo de sur a norte, mide tres metros, El Cuarto, partiendo
de oriente a poniente mide cinco metros, en todos los tramos linda con
inmueble propiedad de la Corte Suprema de Justicia; El Quinto, partiendo
de sur a norte, mide quince metros, linda con inmueble propiedad de la
señora María Guadalupe Cárcamo de Laínez. Todos los colindantes son
de este domicilio excepto la Corte Suprema de Justicia, El inmueble no
es dominante ni sirviente, y no le afecta carga o derechos reales a favor
de otras personas, y no lo posee en proindivisión con nadie, lo valora
en la cantidad de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA. Todo lo anterior en cumplimiento a lo ordenado en los
Art. 1°, 2°, 3°, 4°, de la Ley de Títulos de Predios Urbanos, se avisa al
público para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL DE TAPALHUACA, Departamento,
La Paz, a los trece días del mes de Junio del año dos mil doce. LIC. JOSE
NELSON QUEZADA, ALCALDE MUNICIPAL.- VICTOR MANUEL
APARICIO, SECRETARIO MUNICIPAL.-
3 v. alt. No. C003080-1
EDicTo DE EMPlaZaMiENTo
MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO: Al señor Jesús Rafael Rivas Mejía, mayor de edad, empleado,
de este domicilio, ahora de domicilio ignorado, se le
HACE SABER: Que en este Tribunal se ha iniciado Proceso
Ejecutivo Mercantil promovido por el Banco CITIBANK DE EL
SALVADOR, Sociedad Anónima o Banco Citibank de El Salvador,
S. A., o Banco CITI de El Salvador, S. A.; o Banco CITI, S. A.; antes
denominado Banco Cuscatlán de El Salvador, Sociedad Anónima, del
domicilio de Santa Tecla, expediente clasificado bajo el Número de Re-
ferencia 58-PROC.EJM-11 (4); representado por el Licenciado Gilberto
Enrique Alas Menéndez, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San
Salvador; como su Apoderado General Judicial; con Telefax Número
2221-3697.
Indicándole al señor Jesús Rafael Rivas Mejía, que tiene el plazo
de diez días hábiles para contestar la demanda, apercibiéndole que de no
presentarse a este Tribunal, se continuará el Proceso sin su presencia.-
La parte Demandante ha presentado Poder con que acredita su
Personería, expedido ante los oficios notariales de Any Cristy Argumedo
Campos, el día treinta de Agosto de dos mil diez; Testimonio de escritura
pública de Mutuo celebrado el día catorce de Junio de dos mil uno; y
Testimonio de Escritura Pública de Primera Hipoteca abierta celebrada
el día antes mencionado e inscrita legalmente en el Centro Nacional de
Registros de la Primera Sección del Centro de San Salvador, Matrícula
No. 60273644-00000 Asiento 2, del documento de CONSTITUCION
DE HIPOTECA, sobre un inmueble propiedad del Demandado, el cual es
base de la pretensión, inmueble que se encuentra ubicado en jurisdicción
de Ilopango, Departamento de San Salvador.-
El presente emplazamiento se ordena por edicto de conformidad
con el Art. 186 relacionado con el Art. 182 CPCM; y deberá publicarse
en el Tablero de este Tribunal, por una sola vez en el Diario Oficial y
por tres veces en un periódico de mayor circulación diaria Nacional.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cuarenta y cinco
minutos del día uno de Junio del año dos mil doce.- DR. MARIO MOISA
MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN
CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.-
1 v. No. F045624
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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396SAUL ERNESTO MORALES, JUEZ DEL JUZGADO QUINTO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, AL SEÑOR
RIGOBERTO REVELO.
HACE SABER: Que en este juzgado se ha iniciado Proceso Eje-
cutivo Mercantil, promovido por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE
ALAS MENENDEZ, quien actúa en este proceso como Apoderado
General Judicial con clausula especial del BANCO CUSCATLAN DE
EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, ahora BANCO CITIBANK
DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, que se puede abreviar,
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S. A., BANCO CITI DE EL
SALVADOR, S. A. o BANCO CITI S. A, en contra de RIGOBERTO
REVELO, mayor de edad, empleado, del domicilio de San Salvador,
con Documento único de Identidad número cero dos uno nueve cero
cuatro dos nueve - tres y con Número de Identificación Tributaria once
mil ciento cinco - uno tres uno cero seis seis - ciento uno - cinco, actual-
mente de residencia desconocida; razón por la cual, de conformidad a
los arts. 181 inc. 2° y 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, se le
previene al señor RIGOBERTO REVELO que se presente a este Juzgado
a contestar la demanda incoada en su contra dentro de los DIEZ DIAS
HABILES, contados a partir del día siguiente a la fecha de la tercera
publicación del edicto respectivo, previniéndole que debe comparecer
al proceso debidamente procurado conforme a los arts. 67, 68, 69, 181,
186 y 462 del Código Procesal Civil y Mercantil, y además al momento
de contestar la demanda, deberá manifestar si formula oposición, la cual
deberá fundamentarse en los motivos establecidos en el art. 464 del
CPCM, y en caso de no comparecer a este juzgado dentro del plazo de
los diez días, se procederá a nombrarle un curador Ad Litem, para que la
represente en el proceso y que de no haber oposición se dictará sentencia
sin más trámite de conformidad al art. 186 inc. 4,465 CPCM.
Libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil
de San Salvador. Y para que lo proveído por el Juzgado tenga su legal
cumplimiento, en San Salvador a las once horas con veinte minutos del
día diecisiete de abril de dos mil doce. DR. SAUL ERNESTO MORA-
LES, JUEZ DEL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL,
SAN SALVADOR.- LICDA. GABRIELA CAROLINA PALACIOS
CRISTALES, SECRETARIA.-
1 v. No. F045630
YESENIA IVETTE GONZALEZ OTERO, JUEZA (1) PRIMERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado,
a las ocho horas con diez minutos del día veintiuno de marzo de dos
mil doce, EMPLAZA en legal forma a la señora JESSICA MARCELA
ESTEBEZ DE CUBIAS conocida por JESSICA MARCELA ESTEBEZ,
quien es mayor de edad, Estudiante, de este domicilio, con Documento
único de Identidad número cero uno ocho uno nueve uno siete siete
- seis y Número de Identificación Tributaria cero ocho dos uno - cero
cinco cero cinco ocho dos - uno cero tres - siete, de la demanda incoada
en su contra, por el BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SO-
CIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse BANCO CITIBANK DE
EL SALVADOR, S. A., BANCO CITI DE EL SALVADOR, S. A.,
o simplemente BANCO CITI, S. A., que antes se denominó BANCO
CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, del
domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, con Número de
Identificación Tributaria cero seiscientos catorce - cero ocho cero seis
siete dos - cero cero uno - cinco, por medio de su Apoderado General
Judicial con Cláusula Especial, Licenciado GILBERTO ENRIQUE
ALAS MENENDEZ, con dirección en: Apartamento 33 del Condominio
Centro de Gobierno, situado en Séptima Avenida Norte y Trece Calle
Poniente, de esta ciudad, con Telefax número 2221-3697, quien presentó
los siguientes documentos en original: Testimonio de Escritura Matriz
de Contrato de Mutuo con Primera Hipoteca Abierta, otorgada ante los
oficios notariales de la Licenciada GLORIA VALENTINA ROMERO
GUERRERO el día treinta de julio de dos mil cuatro, por el señor JULIO
ERNESTO CUBIAS AGUILLON y la señora JESSICA MARCELA
ESTEBEZ DE CUBIAS conocida por JESSICA MARCELA ESTEBEZ
a favor del BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANONIMA, que se abrevia BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR,
S. A., BANCO CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA y BANCO
CUSCATLAN, S. A., por la cantidad de QUINCE MIL TRESCIEN-
TOS CINCUENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA ($15,350.00). Testimonio de Escritura Matriz de Primera
Hipoteca Abierta, otorgada ante los oficios notariales del Licenciado LUIS
ALBERTO MARCIANO el día veintitrés de julio de dos mil dos, por el
señor JULIO ERNESTO CUBIAS AGUILLON y la señora JESSICA
MARCELA ESTEBEZ conocida por JESSICA MARCELA ESTEBEZ
DE CUBIAS a favor del BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse BANCO CUSCATLAN,
S. A., debidamente inscrito en el Registro Social de Inmuebles, bajo el
número de matrícula TRES CERO CERO CERO CINCO UNO CUA-
TRO CERO - CERO CERO CERO CERO CERO en el asiento NUEVE.
Testimonio de Escritura Matriz de Modificación de Primera Hipoteca
Abierta, otorgada ante los oficios notariales de la Licenciada GLORIA
VALENTINA ROMERO GUERRERO, el día treinta de julio de dos
mil cuatro, por el señor JULIO ERNESTO CUBIAS AGUILLON y la
señora JESSICA MARCELA ESTEBEZ DE CUBIAS conocida por
JESSICA MARCELA ESTEBEZ a favor del BANCO CUSCATLAN
DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, que se abrevia BANCO
CUSCATLAN DE EL SALVADOR, S. A., BANCO CUSCATLAN,
SOCIEDAD ANONIMA y BANCO CUSCATLAN, S. A., debidamente
inscrito en el Registro Social de Inmuebles, bajo el número de matrícula
TRES CERO CERO CERO CINCO UNO CUATRO CERO - CERO
CERO CERO CERO CERO en el asiento DIEZ. Para que en el plazo
de DIEZ DIAS hábiles contados a partir del día siguiente de efectuadas
las publicaciones contesten la demanda incoada en su contra y puedan
preparar la defensa de sus derechos o intereses legítimos, caso contrario
el proceso continuará sin su presencia, conforme lo señalan los Arts. 181
y 182, ambos del CPCM. Haciéndole a su vez la advertencia sobre la
procuración obligatoria conforme lo establecen los Arts. 67, 68, 69 y 75
todos del CPCM. Lo anterior ha sido ordenado en el Proceso Ejecutivo
Mercantil, clasificado bajo el NUE: 01131-10-PE-1CM1 y Ref. 85-EM-
11-10.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador,
a las ocho horas con veinte minutos del día veintiuno de marzo de dos mil
doce. LIC. YESENIA IVETTE GONZALEZ OTERO, JUEZA (1) PRI-
MERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. FLORINDA GARCIA
RIVERA, SECRETARIA INTERINA DE ACTUACIONES.-
1 v. No. F045632
DIARIO
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DEZ LE
GAL
67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. YESENIA IVETTE GONZÁLEZ OTERO, JUEZA (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas con diez minutos del día veintiuno de marzo de dos mil doce, EMPLAZA en legal forma al señor JULIO ERNESTO CUBÍAS AGUILLÓN, mayor de edad, empleado, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, con Documento único de Identidad número cero dos tres cuatro tres tres cero cinco- dos, y con Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro-uno cuatro uno cero ocho cero-uno uno cero-seis; de la demanda incoada en su contra, por el BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse BANCO CITIBANK DE EL SAL-VADOR, S.A., BANCO CITI DE EL SALVADOR, S.A. o simplemente BANCO CITI, S.A., que antes se denominó BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-cero ocho cero seis siete dos-cero cero uno-cinco, por medio de su Apoderado General Judicial con Cláusula Especial, Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENÉNDEZ, con dirección en: Apartamento 33 del Condominio Centro de Gobier-no, situado en Séptima Avenida Norte y Trece Calle Poniente, de esta ciudad, con Telefax número 2221-3697, quien presentó los siguientes documentos en original: Testimonio de Escritura Matriz de Contrato de Mutuo con Primera Hipoteca Abierta, otorgada ante los oficios notariales de la Licenciada GLORIA VALENTINA ROMERO GUERRERO, el día treinta de julio de dos mil cuatro, por el señor JULIO ERNESTO CUBÍAS AGUILLÓN y la señora JESSICA MARCELA ESTEBEZ DE CUBÍAS, conocida por JESSICA MARCELA ESTEBEZ a favor del BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓ-NIMA, que se abrevia BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, S.A., BANCO CUSCATLÁN, SOCIEDAD ANÓNIMA y BANCO CUSCATLÁN, S.A. por la cantidad de QUINCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERI-CA ($15,350.00). Testimonio de Escritura Matriz de Primera Hipoteca Abierta, otorgada ante los oficios notariales del Licenciado LUIS AL-BERTO MARCIANO, el día veintitrés de julio de dos mil dos, por el señor JULIO ERNESTO CUBÍAS AGUILLÓN y la señora JESSICA MARCELA ESTEBEZ, conocida por JESSICA MARCELA ESTEBEZ DE CUBÍAS a favor del BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse BANCO CUSCATLÁN, S.A. debidamente inscrito en el Registro Social de Inmuebles, bajo el número de matrícula TRES CERO CERO CERO CINCO UNO CUA-TRO CERO-CERO CERO CERO CERO CERO, en el Asiento NUEVE. Testimonio de Escritura Matriz de Modificación de Primera Hipoteca Abierta, otorgada ante los oficios notariales de la Licenciada GLORIA VALENTINA ROMERO GUERRERO, el día treinta de julio de dos mil cuatro, por el señor JULIO ERNESTO CUBÍAS AGUILLÓN y la señora JESSICA MARCELA ESTEBEZ DE CUBÍAS, conocida por JESSICA MARCELA ESTEBEZ a favor del BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, que se abrevia BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, S.A., BANCO CUSCATLÁN, SOCIEDAD ANÓNIMA y BANCO CUSCATLÁN, S.A., debidamente inscrito en el Registro Social de Inmuebles, bajo el número de matrícula TRES CERO CERO CERO CINCO UNO CUATRO CERO-CERO CERO CERO CERO CERO en el asiento DIEZ. Para que en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles contados a partir del día siguiente de efectuadas las publicaciones contesten la demanda incoada en su contra y puedan preparar la defensa de sus derechos o intereses legítimos, caso contrario el proceso continuará sin su presencia, conforme lo señalan los Arts.
181 y 182, ambos del CPCM. Haciéndole a su vez la advertencia sobre la procuración obligatoria conforme lo establecen los Arts. 67, 68, 69 y 75 todos del CPCM. Lo anterior ha sido ordenado en el Proceso Eje-cutivo Mercantil, clasificado bajo el NUE: 01131-10-PE-1CM1 y Ref. 85-EM-11-10.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las ocho horas con veinte minutos del día veintiuno de marzo de dos mil doce.- LICDA. YESENIA IVETTE GONZÁLEZ OTERO, JUEZA (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. FLORINDA GARCIA RIVERA, SECRETARIA INTERINA DE ACTUACIONES.
1 v. No. F045633
Marca DE SErVicio
No. de Expediente: 2012115842
No. de Presentación: 20120163496
CLASE: 37.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado WILLIAMS HUMBERTO LIMA PONCE, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra Handyman y diseño, que se traduce como MILUSOS, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS EN PINTURA, TABLAROCA, ALBAÑILERÍA, CARPINTERÍA, ESTRUCTURAS METÁLICAS, ELECTRICIDAD, FONTANERÍA, JARDINERÍA Y CONSTRUCCIÓN. Clase: 37.
La solicitud fue presentada el día primero de febrero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de junio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003098-1
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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396No. de Expediente: 2012119673
No. de Presentación: 20120170312
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE FRAN-CISCO MERINO REYES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra UNIDAD, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD, GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES, ADMI-NISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045667-1
No. de Expediente: 2012119674
No. de Presentación: 20120170313
CLASE: 45.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE FRAN-CISCO MERINO REYES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra UNIDAD, que servir para: AMPARAR; SERVICIOS JURÍDICOS; SERVICIOS DE SEGURIDAD PARA LA PROTECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS; SERVICIOS PER-SONALES Y SOCIALES PRESTADOS POR TERCEROS PARA SATISFACER NECESIDADES INDIVIDUALES. Clase: 45.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador. veintiséis de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045668-1
VENTa VolUNTaria o forZoSa DE UN iNMUEBlE
LA ALCALDIA MUNICIPAL DE EL DIVISADERO, DEPARTA-MENTO DE MORAZÁN.
HACE SABER: Que la Municipalidad de El Divisadero, pretende comprar un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Pedro Río Seco, Jurisdicción de El Divisadero, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de MIL TRESCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, equivalentes a TRES AREAS, de los linderos especiales siguientes: AL ORIENTE, linda con terreno propiedad del grupo Escolar dividido por muro de ladrillos del mismo grupo; AL NORTE, linda con terreno de Luisa Hernández, dividido por cerco de alambre propio del terreno que se describe y calle de servidumbre que le da acceso a este mismo inmueble; AL PONIENTE linda con terreno de Lorenzo Orellana, dividido por barranca natural y cerco de alambre propio del terreno así como por otra calle de servidumbre; y AL SUR, linda con terreno de José David Vásquez Pérez, dividido por cerco de alambre propio del terreno hasta llegar donde se comenzó esta descripción. El inmueble antes descrito contiene dos casas techo de tejas, paredes de adobe, piso de tierra, un corredor al rumbo Poniente, midiendo la primera casa, seis metros de largo por cinco de ancho; y la segunda, techo de tejas, paredes de adobe, piso de tierra, un pozo real; que mide de largo seis metros por cinco de ancho y lo hubo de la señora Domitila Cárcamo Joya. Dicho inmueble es propiedad de los señores José Nicolás Fuentes Alfaro y Elvia Antonia Reyes Reyes; según Escritura Pública de venta de inmueble, otorgada en la ciudad de San Salvador, el día dos de junio del año dos mil nueve, por la señora Nora Evelyn García de Reyes. El cual carece de Inscripción en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, Centro Nacional de Registros.
Lo que se pone de conocimiento al público en general.
El Divisadero, a los cinco días del mes de julio de dos mil doce.- ANGEL RUBEN BENITEZ ANDRADE, ALCALDE MUNICIPAL.- ELSA JUDITH LAZO PINEDA, SECRETARIA MUNICIPAL.
1 v. No. F045725
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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Marca DE ProDUcTo
No. de Expediente: 2012119252
No. de Presentación: 20120169639
CLASE: 09, 11, 37.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ANA MARIA DE LOURDES LIEVANO DE SOL, en su calidad de APODERADO de DEL SOL ENERGY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DEL SOL ENERGY, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,
Consistente en: las palabras DEL SOL ENERGY y diseño, que se traduce al castellano como Energía del Sol, que servirá para: AMPARAR: BATERIAS, CONTROLADORES DE CARGA E INVERSORES. Clase: 09. Para: AMPARAR: PANELES SOLARES, FOCOS AHORRADO-RES. Clase: 11. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE INSTALACION Y MANTENIMIENTO DE PANELES SOLARES. Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día seis de junio del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de junio del año dos mil doce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003084-1
No. de Expediente: 2010103706
No. de Presentación: 20100141598
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER CALLEJA MALAINA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
SUPEr SElEcToS BaKErY Consistente en: las palabras SUPER SELECTOS BAKERY que se traducen al castellano como SUPER SELECTOS PANADERIA, que
servirá para: AMPARAR: HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES, PAN, PAN DULCE, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS, LEVADURA, POLVOS PARA HORNEAR. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos mil diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de diciembre del año dos mil once.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003085-1
No. de Expediente: 2012119128
No. de Presentación: 20120169453
CLASE: 24.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado WALTER ALEXANDER LOPEZ NAVAS, en su calidad de APODERADO de HASGAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HASGAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la expresión TEXTILES EXCLUSIVOS y dise-ño, que servirá para: AMPARAR: TEJIDOS, COLCHAS TAPETES, CORTINAS, ARTICULOS TEXTILES NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES. Clase: 24.
La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de junio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003109-1
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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396
de segunda publicación
acEPTacioN DE HErENcia
JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas
con diez minutos del día veintiocho de junio del año dos mil doce, en las
diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasificadas con el NUE:
00336-12-DV-1CM1/99-03; se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario, de parte de los señores KARLA PATRICIA
URRUTIA RODRIGUEZ, de veintiséis años de edad, estudiante, del
domicilio de Quelepa, departamento de San Miguel, con Documento
único de Identidad número: cero tres seis tres cuatro cuatro cinco tres
- nueve, y con Número de Identificación Tributaria: un mil doscien-
tos doce- cero once mil doscientos ochenta y cinco-ciento uno- dos;
ALFREDO MANRIQUE RODRIGUEZ URRUTIA, de veinte años de
edad, estudiante, del domicilio de Quelepa, departamento de San Miguel,
con Documento único de Identidad número: cero cuatro cuatro siete cuatro
nueve uno cero- nueve, y con Número de Identificación Tributaria: un mil
doscientos doce- ciento cincuenta mil setecientos noventa y uno- ciento
uno- cero; y JOSE ABILIO RODRIGUEZ CHAVEZ, de treinta y dos
años de edad, Albañil, del domicilio de Quelepa, departamento de San
Miguel, con Documento único de Identidad número: Cero dos millones
doscientos treinta y cinco mil setecientos siete cero- ocho, y con Número
de Identificación Tributaria: un mil doscientos doce- ciento cincuenta
y un mil setenta y nueve- ciento dos- seis; la herencia intestada dejada
por el causante, señor JOSE ABILIO RODRIGUEZ, quien falleció en el
Hospital Nacional San Juan de Dios de San Miguel, a las veintiún horas
con cuarenta minutos del día veinticuatro de enero de dos mil doce, a
consecuencia de paro cardíaco, trauma craneoencefálico severo, según
constancia medica extendida por el Doctor Ernesto Napoleón Zepeda
Villacorta; que al momento de la defunción era de sesenta y cuatro años
de edad, acompañado con María Berta Urrutia, Albañil, originario de
San Miguel, del domicilio de Quelepa, de nacionalidad salvadoreña; y
se le ha conferido a los aceptantes en la calidad antes indicada, a admi-
nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia Yacente que regula el
Artículo 480 Código Civil. Cítese a los que se crean con derecho a la
herencia para que se presenten a este Juzgado dentro de los quince días
subsiguientes después de la última publicación de este edicto.
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San
Miguel, a las doce horas con veinte minutos del día veintiocho de
junio del año dos mil doce. LIC. JOSE SALOMON ALVARENGA
VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE
SAN MIGUEL.- LIC. ROLANDO ARTURO LAZO ANDRADE,
SECRETARIO INTERINO.-
3 v. alt. No. C002983-2
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-
MERA INSTANCIA; DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-
MENTO DE MORAZAN.-
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado
a las catorce horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA
EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de parte
de la señora MARIA MERCEDES PORTILLO DE CASTRO, de se-
senta y cinco años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de San
Francisco Gotera, Departamento de Morazán, con Documento único de
Identidad Número cero dos cinco cinco cuatro nueve seis guión cuatro; y
Tarjeta de Identificación Tributaria número Un mil trescientos veinticinco
guión doscientos diez mil novecientos treinta y seis guión ciento uno
guión cero; de la herencia que en forma intestada dejó el señor JOSE
ISAAC CASTRO, quien fue de setenta y seis años de edad, Agricultor
en Pequeño, casado, originario de Torola y con último del domicilio
en esta ciudad de San Francisco Gotera, departamento de Morazán;
nacionalidad Salvadoreña, hijo de CASTULA CASTRO, quien falleció
a las cero horas y treinta minutos del día DIECISEIS DE FEBRERO DE
DOS MIL ONCE; en el Hospital San Juan de Dios de la ciudad de San
Miguel; siendo la ciudad de San Francisco Gotera, su último domicilio;
en concepto de ESPOSA del causante.- Se ha conferido a la referida
aceptante en la calidad expresada la administración y representación
INTERINA de dicha sucesión con las facultades y restricciones de los
curadores de la Herencia Yacente.- Y cita a las personas que se crean con
derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo
dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera
publicación de este edicto.-
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a
las catorce horas y treinta minutos del día veinticinco de junio de dos
mil doce.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1° DE 1ª
INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,
SECRETARIA.-
3 v. alt. No. C003009-2
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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. -
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las nueve horas
con diez minutos del día veinticinco de junio del año dos mil doce, en
las diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasificadas con el
NUE: 00490-12-DV-1CM1-145-1; se ha tenido por aceptada expresa-
mente y con beneficio de inventario, la herencia intestada dejada por
la causante, señora ANA MARIBEL MOREIRA CASTRO, conocida
por ANA MARIBEL MOREIRA, quien fuera de cincuenta y cinco años
de edad, de Oficios Domésticos, Salvadoreña, del último domicilio de
Quelepa, departamento de San Miguel; dicha causante falleció a las
dieciséis horas del día veinticuatro de marzo del año dos mil doce, en
el Cantón El Obrajuelo, de la Jurisdicción de Quelepa, departamento de
San Miguel; de parte del señor WILSON ATILIO MOREIRA, de treinta
y dos años de edad, contador, del domicilio de Quelepa, departamento de
San Miguel, con Documento único de Identidad número: cero un millón
trescientos setenta y dos mil seiscientos setenta y dos- cero, y con Número
de Identificación Tributaria: un mil doscientos doce- cero ochenta mil
setecientos setenta y nueve- ciento uno- cero, como solicitante en concepto
de hijo de la causante y en concepto de Único Heredero en virtud de
la Renuncia del Derecho Hereditario que hicieran los señores OSCAR
ARMANDO MOREIRA TICAS, CLAUDIA IDETH MOREIRA DE
ACOSTA y GERTRUDIS CASTRO DE MOREIRA hoy VIUDA DE
MOREIRA, que les correspondía a los primeros en concepto de hijos
sobrevivientes y a la última en concepto de madre sobreviviente de la
causante; y se le ha conferido al aceptante en el concepto antes men-
cionado, la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente
que regula el Artículo 480 Código Civil. Cítese a los que se crean con
derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado dentro de
los quince días subsiguientes después de la última publicación de este
edicto.
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San
Miguel, a las ocho horas con veintitrés minutos del día veinticinco
de junio de dos mil doce.- LIC. JOSE SALOMON ALVARENGA
VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE
SAN MIGUEL.- LIC. ROLANDO ARTURO LAZO ANDRADE,
SECRETARIO INTERINO.-
3 v. alt. No. C003010-2
JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN: AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Be-
neficio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó la
señora MARTA GLORIA ZELAYA, conocida por MARTA ZELAYA,
al fallecer el día veinticuatro de junio de mil novecientos ochenta,
Barrio La Parroquia, de la Ciudad de Santa Elena, siendo la Ciudad de
Santa Elena, su último domicilio, de parte de la señora NORA DIGNA
ZELAYA, en calidad de hija de la causante.
Confiérasele a la aceptante dicha, la Administración y Represen-
tación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los
Curadores de la Herencia Yacente.
Fíjense y Publíquense los Edictos respectivos, citándose a los que
se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en
el término que la ley indica. Art. 1163 C. C..
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
veintiún días del mes de mayo de dos mil doce. LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.-
3 v. alt. No. C003011-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las diez
horas y veinticinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con
beneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora MARGA-
RITA SORTO DE FLORES, o MARGARITA SORTO, quien falleció el
día seis de diciembre del dos mil diez, en el Hospital Nacional Rosales,
de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio Conchagua,
Departamento de La Unión; de parte de RODRIGO FLORES SORTO,
en calidad de hijo de la causante. Confiriéndole a dicho aceptante, en
el carácter indicado, la administración y representación interina de la
sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la He-
rencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que
en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo
demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cinco minutos
del día cinco de junio del dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045259-2
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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396LICENCIADA GUADALUPE MAYORAL GARCIA, JUEZA INTE-
RINA DE LO CIVIL, JUZGADO DE LO CIVIL, SANTA TECLA.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución
de este Juzgado, de las ocho horas con tres minutos del día quince de
junio de dos mil doce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente
y con beneficio de inventario de parte de la señora ANA YVETTE SOL,
DE MONICO, en su calidad de cónyuge sobreviviente, y de las seño-
ritas GABRIELA RENEE MONICO SOL, IVETTE ALEJANDRA
MONICO SOL y la menor ANDREA MERCEDES MONICO SOL
representada legalmente por su madre la señora SOL DE MONICO,
en sus calidades de hijas de sobrevivientes del causante, la herencia
intestada dejada por el causante señor JOSE ATILIO MONICO CORTEZ,
quien falleció en la rivera del Río Lempa, conocido como La Canastía,
municipio de Citalá, departamento de Chalatenango, siendo su último
domicilio el municipio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, el
día veintiocho de diciembre del año dos mil diez, a la edad de cincuenta
años, quien fue Ingeniero Agrónomo, Casado, originario del municipio
de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, aceptación que hace la
señora ANA YVETTE SOL DE MONICO, en su calidad de cónyuge
sobreviviente y de las antes citadas señoritas GABRIELA RENEE MÓNI-
CO SOL, IVETTE ALEJANDRA MONICO SOL y la menor ANDREA
MERCEDES MONICO SOL, representada legalmente por su madre la
señora SOL DE MONICO, en sus calidades de hijas sobrevivientes del
causante. Y SE LES HA CONFERIDO A LAS ACEPTANTES la Ad-
ministración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Por lo anterior
se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten
a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde
el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: SANTA TECLA,
a las nueve horas con siete minutos del día quince de junio de dos mil
doce. LICDA. GUADALUPE MAYORAL GARCIA, JUEZA INTERI-
NA DE LO CIVIL DE SANTA TECLA.- LICDA. ROSA ANGELICA
HERNANDEZ EUCEDA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045286-2
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN; AL
PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las catorce
horas y diez minutos del día once de mayo del corriente año; se tuvo
por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que al fallecer a las diez horas con cuarenta y cinco minutos
del día uno de julio del año dos mil diez, en el Hospital Nacional
Rosales de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio el
Caserío Pedernal, Cantón El Molino, Jurisdicción de Concepción de
Oriente, departamento de La Unión, dejara la causante CLORINDA
MALDONADO conocida por FLORINDA MALDONADO MORENO
y por CLORINDA MALDONADO VIUDA DE VELÁSQUEZ, a favor
de los señores PAULITA VELÁSQUEZ DE GRANADOS en concepto
de hija sobreviviente y EMIDIO VELÁSQUEZ MALDONADO, en
concepto de hijo sobreviviente y además como Cesionario de los derechos
hereditarios que en la referida sucesión le correspondían a los señores
BERTA LORENA MALDONADO, JOSÉ ANTONIO MALDONADO
VELÁSQUEZ, EDWIN RENÉ VELÁSQUEZ MALDONADO, RUFI-
NA VELÁSQUEZ VIUDA DE CAMPOS, SANTOS NÉSTOR VELÁS-
QUEZ MALDONADO y ALBA LUZ MALDONADO VELÁSQUEZ
conocida por ALBA LUZ MALDONADO, como hijos de la causante
antes mencionada, de conformidad con lo establecido en los Arts. 988
N° 1°. y el 1699 del Código Civil, En consecuencia, se les confirió a
los aceptantes, en el carácter dicho, la administración y representación
interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y res-
tricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos
mil doce.- LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI-
VIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045293-2
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE
USULUTAN, AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta
minutos del día nueve de mayo del año dos mil doce, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia Intestada
de los bienes que a su defunción dejó la causante ROSA HERNANDEZ,
quien falleció a las veintiuna horas con veintidós minutos del día veintisiete
de agosto del año dos mil diez, en Cantón El Jocotillo del Municipio
de Mercedes Umaña, departamento de Usulután, a consecuencia de
Paro Cardiaco, sin asistencia médica, siendo el Cantón El Jocotillo del
Municipio de Mercedes Umaña, en el departamento de Usulután, su
último domicilio; de parte del señor JOSE NICOLAS HERNANDEZ
FLORES, en su calidad de Cesionario de los Derechos Hereditarios que
en abstracto le correspondían a la señora MILAGRO HERNÁNDEZ
AYALA, ésta última en su calidad de hija de la causante; confiriéndole
al señor JOSE NICOLAS HERNANDEZ FLORES, la Administración y
Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.-
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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que
dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus
derechos, lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos
legales consiguientes.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las once
horas del día nueve de mayo del año dos mil doce. LIC. MERCEDES
CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE
HENRIQUEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045297-2
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.
HACE SABER: Que por resolución de este juzgado de las once
horas y veinte minutos, de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA
expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor JAIME
ERNESTO AGUIRRE ESCALANTE, con Documento único de Iden-
tidad número cero un millón setecientos diecinueve mil novecientos
noventa y siete guión cinco y con Número de identificación Tributaria:
cero ciento tres guión doscientos ochenta mil ochocientos ochenta y
tres guión ciento dos guión seis; LA HERENCIA INTESTADA, que
a su defunción dejó el señor JUAN VICENTE LUCERO AGUIRRE
conocido por JUAN VICENTE LUCERO, quien fue de treinta años
de edad, agricultor en pequeño, fallecido a las dieciocho horas del día
veintiuno de julio de mil novecientos noventa y ocho, en el Cantón San
Antonio, jurisdicción de la Población de El Refugio de este Distrito, su
último domicilio, en concepto de cesionario del Derecho Hereditario que
correspondía a los señores JUAN ANTONIO LUCERO BARRERA
y MARIA ANGELICA LUCERO, el primero como hijo del causante
y la segunda como madre del mismo de cujus; se les ha conferido a los
aceptantes en el carácter dicho la administración y representación Inte-
rinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las
once horas y treinta minutos del día veintidós de marzo del año dos
mil doce.- LIC. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ALCIDES MARTINEZ
SANTILLANA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045307-2
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. Al público para efectos
de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y cincuenta
minutos del día diecisiete de mayo de dos mil doce, se ha tenido por
aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada
que a su defunción dejó la causante señora MARIA OLIMPIA GARCIA
DE BONILLA; quien fue de setenta y un años de edad, fallecida el día
dieciséis de diciembre del año dos mil diez, siendo la ciudad de Chapeltique
el lugar de su último domicilio; de parte del señor ASISCLO BONILLA
CASTILLO, en calidad de cónyuge sobreviviente. Confiriéndosele al
aceptante en el carácter indicado la Administración y Representación
INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL, San Miguel, a las catorce horas cincuenta y ocho minutos del día
diecisiete de mayo de dos mil doce.- LIC. DIANA LEONOR ROMERO
DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC.
IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA DE ACTUA-
CIONES.
3 v. alt. No. F045319-2
JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PúBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción dejó el causante LISANDRO BARAHONA ALDA-
NA o LISANDRO BARAHONA, quien falleció el día diecinueve de
octubre de dos mil once, en su casa de habitación del Caserío El Llano,
Cantón Santa Teresa de Santiago Nonualco, su último domicilio, por
parte de JUAN EVELIO BARAHONA REYES en concepto de hijo del
referido causante. Nómbrase al aceptante Interinamente, Administrador
y Representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciocho de junio de
dos mil doce.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-
JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045321-2
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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las
catorce horas treinta minutos del día veintiséis de junio de dos mil doce,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia intestada dejada a su defunción por la señora ANGELA
ISABEL RAMOS MATA conocida por ANGELA ISABEL RAMOS,
quien fue de cuarenta y cinco años de edad, Profesora, soltera, originaria
y del domicilio de Aguilares, departamento de San Salvador, siendo ese
su último domicilio, fallecida el día veintitrés de diciembre de dos mil
once; de parte del menor EDWIN CRISTOBAL SIBRIAN RAMOS, en
concepto de hijo de la causante, representado legalmente por su padre,
señor CARLOS ALBERTO SIBRIAN RIVERA, a quien se le ha confe-
rido la administración y representación INTERINA, de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público en general para que todo el que
tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer
valer el mismo durante el término de quince días después de la presente
publicación y demás efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las catorce
horas treinta y cinco minutos del día veintiséis de junio de dos mil
doce.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA
DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SE-
CRETARIO.
3 v. alt. No. F045326-2
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO.
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las ocho
horas quince minutos del día veintiséis de junio del presente año.- Se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada dejada por el señor SANTOS GARCIA COLOCHO,
fallecido el día dieciséis de octubre del dos mil seis, siendo esta ciudad el
lugar de su último domicilio, de parte de la señora SONIA JEANNETE
CRUZ Viuda DE GARCIA o SONIA JEANNETTE CRUZ viuda DE
GARCIA en concepto de cónyuge y como cesionaria de los derechos
que les correspondían a los señores MATILDE COLOCHO conocida
por Matilde Teresa Colocho y por Teresa Matilde Colocho, MIRNA
YAMILETH GARCIA CRUZ y MARVIN ALEJANDRO GARCIA
CRUZ, la primera como madre y los dos últimos, en concepto de hijos,
todos del causante.
Se ha conferido a la aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las catorce horas del día
tres de julio del dos mil doce. DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ
DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045366-2
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE TEJUTLA, CHALATENANGO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a
las doce horas y cuarenta y cinco minutos del día veintidós de junio del
presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
Inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor Jorge
Wilfredo Vega, de cuarenta y cinco años de edad, soltero, panificador,
originario de Santa Ana, del domicilio de Barrio El Calvario, Nueva
Concepción, Departamento de Chalatenango, hijo de María Isabel Vega,
falleció a las veintidós horas diez minutos del día uno de noviembre del
dos mil once, en el Barrio El Calvario, Nueva Concepción, por parte de
los menores José Orlando Vega Sandoval y Carlos Iván Vega Sandoval,
quienes son representados legalmente por su madre señora Domitila
Sandoval Gutiérrez, en su calidad de hijos. Confiérese a la representante
de los menores la administración y representación interina de la sucesión
con las facultades y restricciones legales que les corresponden a los
curadores de la herencia yacente. Fíjense y publíquense los edictos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla,
a los veintidós días del mes de Junio del dos mil doce.- Dr. DANILO
ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda.
ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.
3 v. c. No. F045531-2
TiTUlo DE ProPiEDaD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta alcaldía se ha presentado el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, actuando en su concepto
de apoderado del señor DOMINGO TURCIOS, solicitando TITULO
DE PROPIEDAD, sobre: Una porción de terreno de naturaleza urbana,
situado sobre la Segunda Calle Poniente, Barrio Buenos Aires, municipio
de Joateca, departamento de Morazán, de la extensión superficial de
DOSCIENTOS NUEVE PUNTO VEINTISEIS METROS CUADRA-
DOS, que tiene la siguiente descripción técnica: Se inicia en el vértice
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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. sur-poniente y siguiendo las agujas del reloj dice: AL PONIENTE,
consta de un tramo así: Tramo uno, del mojón uno al mojón dos, con
una distancia de diecisiete punto cuarenta y dos metros, con rumbo Norte
veintiséis grados quince minutos dieciocho segundos Este, linda con
terreno de Rosali Chicas; AL NORTE, consta de un tramo así: Tramo
uno, del mojón dos al mojón tres, con una distancia de doce punto setenta
y ocho metros, con rumbo Sur sesenta grados cincuenta y dos minutos
cincuenta y siete segundos Este, linda con terreno de Antonio Benítez; AL
ORIENTE, consta de un tramo así: Tramo uno, del mojón tres al mojón
cuatro, con una distancia de quince punto cincuenta y cuatro metros, con
rumbo Sur veintiséis grados cuarenta y cuatro minutos cincuenta y cuatro
segundos Oeste, linda con terreno de Santana Argueta; y AL SUR, consta
de un tramo así: Tramo uno, del mojón cuatro al mojón uno, con una
distancia de doce punto setenta metros, con rumbo Norte sesenta y nueve
grados veinte minutos cuarenta y dos segundos Oeste, linda con terreno
de Eladio Pereira, Segunda Calle Poniente de por medio. El inmueble
anteriormente descrito lo adquirió por medio de compraventa verbal,
que le hiciera al señor HECTOR ORLANDO BONILLA ARGUETA,
valuando dicho inmueble en la cantidad de VEINTE MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; no es predio sirviente
ni dominante, no tiene carga ni derechos reales constituidos en él, no
está en proindivisión con nadie.
Joateca, departamento de Morazán, a los veintiséis días del mes
de junio del dos mil doce.
JOSE OSMIN RAMOS BONILLA,
ALCALDE MUNICIPAL.
DEYSI CONCEPCION MARQUEZ ARGUETA,
SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C003024-2
TiTUlo SUPlETorio
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
LEONEL ENRIQUE MARTINEZ MEJIA, como apoderado General
Judicial del señor ISRAEL VASQUEZ RAMOS, a solicitar a favor de
éste TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica,
situado en el Cantón Agua Zarca, Jurisdicción de Osicala, Distrito del
mismo nombre, Departamento de Morazán, de la capacidad Superfi-
cial de DIEZ MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE,
ciento cincuenta metros, con la señora Ana Gloria Vásquez, cerco de
alambre de por medio; AL ORIENTE treinta y cinco metros, linda con
Enriqueta Vásquez cerco de alambre de por medio; AL SUR, ciento
ochenta y seis metros, linda con Isaías Vásquez cerco de alambre de por
medio; y AL PONIENTE, ochenta y siete metros, con Lucidio Portillo y
Maximina Membreño, calle de por medio.- Dicho inmueble lo adquirió
por compraventa verbal que le hizo al señor Bartolo Vásquez; se estima
en el precio de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, a los veintisiete días del mes de Junio del dos mil doce.- LIC.
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INS-
TANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003015-2
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZÁN, AL PúBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la Licenciada
ANA YANCIE MELGAR DE MARTINEZ, como Apoderada General
Judicial del señor CIRIACO CHICA CLAROS, a solicitar a favor de
éste TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica,
situado en el Caserío El Limón, Cantón El Zapotal, Municipio de Joateca,
Departamento de Morazán, de las medidas y colindancias siguientes: AL
NORTE, partiendo del vértice Nor Oeste, y en el sentido de las agujas
del reloj, línea compuesta por diez tramos, el primero con una distancia
de treinta y siete metros con un centímetros; el segundo, treinta y cuatro
metros con trece centímetros, el tercero diecinueve metros con ochenta
y cinco centímetros, el cuarto, once metros con setenta centímetros, el
quinto doce metros con sesenta y cinco centímetros, el sexto, veintiséis
metros con sesenta y tres centímetros, el séptimo, veintiún metros con
veintiún centímetros, el octavo, catorce metros, el noveno treinta y un
metros con veintiséis centímetros y décimo veintiún metros cincuenta
y cuatro centímetros; llegando de esta forma al vértice Nor-Este, linda
con sucesión de Ismael Pereira, cerco de alambre de púas de por medio;
AL ESTE, partiendo del vértice Nor este, y en sentido de las agujas
del reloj, línea compuesta por VEINTIUN TRAMOS, el primero con
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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396una distancia de cinco metros, el segundo dieciséis metros con sesenta
y cuatro centímetros, el tercero, dieciséis metros doce centímetros, el
cuarto dieciocho metros con cuarenta y cuatro centímetros, el quinto,
quince metros, el sexto, dos metros con veinticuatro centímetros, el
séptimo dos metros ochenta y tres centímetros, el octavo siete metros
veintiún centímetros, el noveno quince metros sesenta y dos centímetros,
el décimo diecisiete metros veinte centímetros, décimo primero, doce
metros con setenta y tres centímetros, décimo segundo veintidós metros
con treinta y seis centímetros, décimo tercero, dieciocho metros sesenta
y ocho centímetros, décimo cuarto, once metros treinta y centímetros,
décimo quinto, cuatro metros veinticuatro centímetros, décimo sexto, siete
metros ochenta y un centímetros, décimo séptimo, treinta y cinco metros
treinta y cuatro centímetros, décimo octavo dieciséis metros noventa y
cuatro centímetros, décimo noveno, cuarenta y tres metros veintiocho
centímetros; vigésimo, treinta y un metros ocho centímetros; vigésimo
primero tres metros, llegando de esta forma al vértice Sur Este; linda
con sucesión de Ismael Pereira y con inmueble propiedad de Gerardo
Benítez, cerco de labre de púas de por medio; AL SUR, partiendo del
vértice Sureste y en sentido de las agujas del reloj, línea compuesta por
CARTOCE TRAMOS, el primero veintiún metros veintiún centímetros,
el segundo cinco metros treinta y nueve centímetros, el tercero, cuarenta
y tres metros con setenta y cuatro centímetros, el cuarto veintiún metros
noventa y tres centímetros, el quinto dieciocho metros tres centímetros,
el sexto cuarenta y dos metros con seis centímetros, el séptimo, cuarenta
y un metros once centímetros, el octavo treinta y tres metros catorce
centímetros, el noveno trece metros cuarenta y cinco centímetros, el
décimo, treinta y cinco metros once centímetros, décimo primero diez
metros treinta centímetros, décimo segundo veinticinco metros setenta
y un centímetros, décimo tercero veinte metros veinticinco centímetros
décimo cuarto veinte metros diez centímetros, llegando de esta forma al
vértice sur-Oeste, linda con inmueble del señor Gerardo Benítez, cerco
de alambre de púas de por medio. AL OESTE, partiendo del vértice sur-
Oeste, y en sentido de las agujas del reloj, línea compuesta por NUEVE
TRAMOS, el primero siete metros con siete centímetros, el segundo
veinte metros con sesenta y dos centímetros, el tercero cuarenta metros
con setenta y dos céntimetros, el cuarto treinta y seis metros setenta y
dos centímetros, el quinto, quince metros ochenta y un centímetros, el
sexto treinta y seis metros seis centímetros, el séptimo treinta y ocho
metros ochenta y tres centímetros, el octavo veintiocho metros sesenta
y cinco centímetros, el noveno diez metros con cinco centímetros,
llegando de esta forma al vértice Nor-Oeste, que es de donde inicia la
presente descripción; linda con sucesión de Ismael Pereira, cerco de
alambre de por medio.- Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de
posesión material que le hizo a la señora MARIA SEFERINA CLAROS
ARGUETA; se estima en el precio de CUATRO MIL DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera instancia: San Francisco
Gotera, a los diecinueve días del mes de Abril del Dos mil doce.- LIC.
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INS-
TANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045275-2
AMERICO GIOVANNI MEJÍA GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA INTERINO DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USU-
LUTÁN, al Público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
JAVIER DE JESUS JUAREZ GONZÁLEZ, en su carácter de Apoderado
General Judicial, con Cláusula Especial de la señora JUANA VASQUEZ,
de sesenta y un años de edad, oficios domésticos, del domicilio de
Mercedes Umaña, departamento de Usulután; con Documento único de
Identidad número cero un millón seiscientos diez mil setecientos treinta
y tres guión uno y Número de Identificación Tributaria un mil ciento
dos guión doscientos noventa y un mil ciento cuarenta y nueve guión
ciento uno guión cinco, solicitando Título Supletorio de un Inmueble de
naturaleza rústica, situado en Cantón Santa Anita, sobre la Calle Anti-
gua al Cementerio, del municipio de Mercedes Umaña, departamento
de Usulután, de la capacidad superficial de Mil Cuatrocientos Catorce
metros cuadrados, el cual tiene los linderos siguientes: Al Norte; colinda
con César de Jesús Martínez antes, hoy con Moisés Zavala, calle de por
medio. Al Oriente; Colinda con Sebastián Ardona, antes, hoy con Marta
Montes y René Montes. Al Sur; Colinda con Celia Martínez, antes,
hoy con Benjamín Adorna Majano. Y al Poniente; Colinda con Pedro
Antonio Ardona. Dicho inmueble no tiene cargas ni Derechos Reales,
no está en proindivisión con nadie, no es dominante ni sirviente, todos
los colindantes son del domicilio de Mercedes Umaña y dicho inmueble
se valora en la cantidad de Mil Cuatrocientos Dólares de los Estados
Unidos de América. La solicitante adquirió el inmueble por medio de
Compra Venta de Posesión que le hizo a su madre la señora JOSEFA
DE JESUS VASQUEZ, en fecha veintitrés de septiembre del año dos
mil once, quien a su vez había adquirido dicho inmueble por medio de
Donación Verbal de parte de su Compañero de Vida, MANUEL SOSA
BATRES, por lo que carece de antecedente inscrito en el Registro de la
Propiedad; que al sumar la posesión de la señora JOSEFA DE JESUS
VÁSQUEZ, con la de la señora JUANA VÁSQUEZ, hasta la fecha,
suman aproximadamente más de treinta años, tiempo durante el cual
manifiesta el Poderdante de la Solicitante se ha mantenido la posesión
en forma material, quieta, pacífica, pública y no interrumpida, posesión
que consiste en efectuar actos de verdadera dueña, tales como: cuidarlo,
cercarlo, reparar sus cercas, construir y vivir en él, siendo ésta reconocida
por todos sus vecinos, amigos y colindantes en general como única dueña
de ese terreno y que no hay otros poseedores en proindivisión.
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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Berlín,
a las doce horas del día quince de diciembre del año dos mil once.- LIC.
AMERICO GIOVANNI MEJÍA GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA INTERINO.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ
DE HENRIQUEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045292-2
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI-
TOTO. Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
DANIEL JOSE DIAZ BELTRAN; quien actúa en su calidad de Apo-
derado General Judicial con Cláusula Especial del Señor GREGORIO
CALDERON: quien es de cincuenta y ocho años de edad, Abogado,
originario de Suchitoto, departamento de Cuscatlán; y de domicilio de
San Salvador, con Documento único de Identidad Personal Número: cero
cero nueve cero cinco ocho ocho nueve-ocho; y Número de Identificación
Tributaria: cero siete uno cinco- dos ocho cero cinco cinco tres-cero
cero tres-seis; con citación del Síndico Municipal de esta ciudad, soli-
citando TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica,
ubicado en el Cantón Palo Grande, Caserío El Gramal, Calle al Cerro
de Guazapa, jurisdicción de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán, el
inmueble tiene un Área Superficial de cuatro mil trescientos ochenta y
uno punto treinta y dos metros cuadrados (4,371.32m'), equivalentes
a seis mil doscientos cincuenta y cuatro punto cuarenta y ocho varas
cuadradas (6,254.48v'), según Certificación de Denominación Catastral,
su extensión real es de CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA
Y UNO PUNTO TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS. Que
tiene las medidas según remedición que se le hiciera a dicho inmueble,
y son las Siguientes: Partiendo del mojón uno del plano de medición
y que a su vez es el vértice Nor-Oriente del inmueble que se describe
a continuación, AL ORIENTE; formado por tres tramos rectos, el pri-
mero con rumbo Sur, veinte y cuatro grados diez y seis minutos veinte
y cuatro segundos Este con distancia de cincuenta y tres metros veinte
cinco centímetros, el Segundo con rumbo Sur treinta y nueve grados un
minutos cincuenta y siete segundos Este con distancia de treinta y un
metros cincuenta centímetros, y el Tercero con rumbo Sur un grado cero
minutos cuarenta y siete segundos este con distancia de nueve metros
setenta y siete centímetros; colindando el primero y segundo tramo
con propiedad de Nicolás Arévalo y el Tercer tramo con la propiedad
de José Agustín Acosta con vertiente Ojo de agua y Calle al gramal de
por medio. AL SUR; formado por cuatro tramos rectos el primero con
rumbo Sur setenta y cuatro grados veinte y seis minutos doce segundos
Oeste con distancia de diez y siete metros setenta y ocho centímetros,
el Segundo con rumbo Sur cincuenta y un grados veinte y tres minutos
cincuenta y un segundos Oeste con distancia de diez y ocho metros sesenta
y siete centímetros, el Tercero con rumbo Sur cincuenta y dos grados
siete minutos treinta y seis segundos Oeste con distancia de diez y seis
metros noventa y ocho centímetros, y el Cuarto con rumbo sur setenta
y seis grados diez y siete minutos veinte y nueve segundos Oeste con
distancia de diez metros setenta y dos centímetros; colindando con las
propiedades de Vicenta Arévalo y Francisco Manuel Arévalo Serrano
con quebrada Agua Zarca de por medio, AL PONIENTE: Formado por
un tramo recto con rumbo Norte diez y ocho grados cuarenta y nueve
minutos treinta y cuatro segundos Oeste con distancia de sesenta y tres
metros trece centímetros; colindando con la propiedad de Nicolás Arévalo,
AL NORTE: Formado por cuatro tramos rectos el primero con rumbo
Norte cuarenta y cuatro grados treinta y dos minutos diez y siete segundos
Este con distancia trece metros sesenta y cinco centímetros, el Segundo
con rumbo Norte treinta y un grado cincuenta y cuatro minutos veinte y
dos segundos Este con distancia seis metros cuarenta y tres centímetros,
el Tercero con rumbo Norte veinte y cuatro grados catorce minutos ocho
segundos Este con distancia treinta y un metros treinta y un centímetros,
y el Cuarto con rumbo Norte cuarenta y tres grados cuatro minutos
cuarenta y dos segundos Este con distancia de once metros ochenta y
cinco centímetros; colindando con la propiedad de Concepción Acosta
e Isabel de Jesús Durán Pineda con calle al cerro de Guazapa de por
medio llegando así al punto donde se inició está descripción. El inmueble
tiene un Área Superficial de Cuatro mil trescientos setenta y uno punto
treinta y dos metros cuadrados ( 4,371.32m'), equivalente a Seis mil
doscientos cincuenta y cuatro punto cuarenta y ocho varas cuadradas
(6,254.48v'), y se encuentran construidas dos casas. El inmueble descrito
no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con persona alguna,
y no tiene cargas ni derecho reales que pertenezcan a otra persona, y el
terreno antes descrito el Señor GREGORIO CALDERON, lo adquirió
por habérselo comprado al Señor JOSE JESUS AREVALO, y que dicho
inmueble lo valora en la cantidad de DIEZ MIL DOLARES.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las
quince horas del día tres de julio del dos mil doce. LIC. OSWALDO
DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. F045351-2
SONIA NOEMY REYES, Juez de Primera Instancia Interina de este
Distrito Judicial; AL PúBLICO: Para los efectos de Ley;
HACE SABER: Que a este Tribunal se han presentado los Li-
cenciados NURIA MARICELA ECHEVERRIA ABARCA, mayor
de edad, Abogado, del domicilio de San Esteban Catarina, Portadora
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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396de su Documento de Identidad Personal Número cero cero quinientos
noventa y un mil quinientos cuatro- ocho, con Número de Identificación
Tributaria mil seis - tres cero tres setenta y nueve- ciento tres - seis y
con tarjeta de Abogado número doce mil ochocientos noventa y cinco,
y REYNALDO ANTONIO ROSALES VILLALTA, mayor de edad,
Abogado, del domicilio de San Esteban Catarina, Portador de su Docu-
mento de Identidad Personal Número cero un millón trescientos sesenta y
ocho mil ochocientos diez-cero; con Número de Identificación Tributaria
mil seis- cero nueve cero siete siete tres- ciento uno- cinco y con tarjeta
de Abogado número dieciocho mil ciento veinticinco, en su calidad de
Apoderados Generales Judiciales, del señor FRANCISCO EUSTAQUIO
ACEVEDO ALFARO, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO
de un inmueble de naturaleza Rústica, situado en los suburbios de San
Esteban Catarina, del Departamento de San Vicente, de la Extensión
Superficial de TRES MIL CUATROCIENTOS PUNTO SETENTA Y
TRES METROS CUADRADOS, y se describe así: AL NORTE: mide
sesenta y seis metros, treinta y dos centímetros, colinda con ANGELA
NAVARRETE BOLAÑOS, AL ORIENTE: está formado por tres
tramos, tramo uno mide nueve metros, con setenta y seis centímetros, y
colinda con CARLOS ANTONIO CUELLAR MARTÍNEZ, tramo dos
mide veintitrés metros con cero dos centímetros y colinda con LIDIA
ANTONIA NAVARRETE NAVARRETE, tramo tres mide cincuenta y
tres metros y colinda con JOSE EVARISTO DE JESUS CORNEJO, AL
SUR: mide treinta y cinco metros con treinta y seis centímetros, colinda
con terreno propiedad de MATEO RAMIRO CUELLAR NAVARRE-
TE, FELIPA ALICIA CUELLAR DE CARRILLO, LUZ ANGELICA
CUELLAR NAVARRETE, TEODULA ISABEL CUELLAR NAVA-
RRETE, CORNELIO SIGFREDO CUELLAR NAVARRETE, MARIA
OLIMPIA CUELLAR NAVARRETE Y MIGUEL ANGEL CUELLAR
NAVARRETE, AL PONIENTE: mide cincuenta y ocho metros con
sesenta y seis centímetros y colinda con terreno de MATEO RAMIRO
CUELLAR NAVARRETE, FELIPA ALICIA CUELLAR DE CARRI-
LLO, LUZ ANGELICA CUELLAR NAVARRETE, TEODULA ISA-
BEL CUELLAR NAVARRETE, CORNELIO SIGFREDO CUELLAR
NAVARRETE, MARIA OLIMPIA CUELLAR NAVARRETE Y
MIGUEL ANGEL CUELLAR NAVARRETE, que el terreno descrito
lo valora en DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA, que dicho terreno lo obtuvo por compraventa que le hiciere
al señor ALEJANDRO NAVARRETE. -
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,
Departamento de San Vicente, a las quince horas y cincuenta minutos
del día dos de marzo del año dos mil doce. LICDA. SONIA NOEMY
REYES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, INTERINA.- BR. BESSY
CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045373-2
Marca DE faBrica
No. de Expediente: 2012116359
No. de Presentación: 20120164769
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado INES TAU-RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
JoHNSoN´S BaBY forEVEr frESH
Consistente en: las palabras JOHNSON'S BABY FOREVER FRESH, que se traducen al castellano como JOHNSON'S BEBE POR SIEMPRE FRESCO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS PARA EL CUIDADO Y LIMPIEZA DE LA PIEL Y EL CABELLO. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002992-2
No. de Expediente: 2011112061
No. de Presentación: 20110156097
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de FAST DRINKS S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
2Go
Consistente en: la expresión 2GO, en donde GO se traduce al castellano como Ir, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCA-
DIARIO
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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. DO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002993-2
No. de Expediente: 2006063680
No. de Presentación: 20060087315
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de adidas AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: la palabra adidas, que servirá para: AMPARAR: BOLSOS, BAULES (EQUIPAJE) Y MALETAS DE VIAJE. Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año dos mil seis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002994-2
No. de Expediente: 2012118016
No. de Presentación: 20120167717
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de F&R IP, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
cElENTaNo
Consistente en: la palabra CELENTANO, que servirá para: AM-PARAR: ALBÓNDIGAS. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de mayo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002996-2
No. de Expediente:2011112057
No. de Presentacion:20110156091
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Mary Kay Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
clEar Proof
Consistente en: las palabras CLEAR PROOF, que se traducen al castellano como CLARO PRUEBA, que servirá para: AMPARAR:
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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396COSMETICOS, PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA
PIEL NO MEDICADAS; TONICOS PARA LA PIEL NO MEDICA-
DOS; LIMPIADORES PARA LA PIEL; LOCIONES PARA LA PIEL;
HIDRATANTES PARA LA PIEL. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de mayo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002997-2
No. de Expediente: 2011113964
No. de Presentación: 20110159581
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Bio-
gen Idec MA Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA,
BioGEN iDEc
Consistente en: las palabras BIOGEN IDEC, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA EL
TRATAMIENTO DE LA HEMOFILIA; REACTIVOS Y ENSAYOS
(PREPARACIONES) DE DIAGNÓSTICO MÉDICO PARA LA
PRUEBA DE FLUIDOS CORPORALES. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de abril del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002998-2
No. de Expediente: 2012117228
No. de Presentación: 20120166392
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Chiesi Farmaceutici S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
BraMiToB
Consistente en: la palabra BRAMITOB, que servirá para: AM-PARAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS, PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES RESPIRATORIAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de marzo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002999-2
DIARIO
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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. No. de Expediente: 2011112068
No. de Presentacion: 20110156105
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EVELYN
MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de PHAR-
MATON, S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA,
MaTrUEllE
Consistente en: la palabra MATRUELLE, que servirá para AMPA-
RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS, PREPARACIONES
SANITARIAS PARA PROPÓSITOS MÉDICOS; SUSTANCIAS DIE-
TÉTICAS ADAPTADAS PARA USO MÉDICO, ESPECÍFICAMENTE
ALIMENTOS DIETÉTICOS PARA EL CUIDADO SANITARIO
A BASE DE VITAMINAS Y MINERALES, TANTO EN FORMA
INDIVIDUAL COMO COMBINADOS; ALIMENTOS DIETÉTICOS
PARA USO MÉDICO; ADITIVOS PARA ALIMENTOS A BASE DE
MINERALES Y MICRONUTRIENTES ASÍ COMO AQUELLOS
PARA PROPÓSITOS MÉDICOS; ALIMENTOS PARA BEBES;
DESINFECTANTES (TODOS LOS ARTÍCULOS ANTES MENCIO-
NADOS SIEMPRE Y CUANDO SEAN INCLUIDOS EN LA CLASE
5). Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de abril del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003000-2
No. de Expediente: 2012117230
No. de Presentación: 20120166396
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Chiesi
Farmaceutici S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA,
PEYoNa
Consistente en: la palabra PEYONA, que servirá para: AMPA-
RAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS,
PRODUCTOS FARMACÉUTICAS PARA EL TRATAMIENTO DE
ENFERMEDADES RESPIRATORIAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de marzo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003001-2
No. de Expediente: 2011113971
No. de Presentación: 20110159588
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Bio-
gen Idec MA Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA,
STraTifY JcV
Consistente en: las palabras STRATIFY JCV, donde la palabra
STRATIFY se traduce al castellano como estratificar, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA EL
DIARIO
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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396TRATAMIENTO DE LA HEMOFILIA; REACTIVOS Y ENSAYOS
(PREPARACIONES) DE DIAGNOSTICO MÉDICO PARA LA
PRUEBA DE FLUIDOS CORPORALES. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de abril del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003002-2
No. de Expediente:2011113972
No. de Presentación: 20110159589
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Mary
Kay Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA,
TrUlY oriGiNal
Consistente en: la palabra TRULY ORIGINAL, donde la palabra
TRULY se traduce al castellano como verdaderamente, que servirá para:
AMPARAR: JABONES DE BAÑO EN FORMA LÍQUIDA, SOLIDA
O DE GEL; LOCIONES PARA BAÑARSE; COLONIAS; PREPARA-
CIONES COSMÉTICAS PARA EL BAÑO Y LA DUCHA; COSMÉ-
TICOS; AGUAS DE TOCADOR; ACEITES ESENCIALES PARA
USO PERSONAL; FRAGANCIAS PARA USO PERSONAL; PREPA-
RACIONES PARA EL CUIDADO DEL CABELLO; LIMPIADORES
NO MEDICADOS PARA USO PERSONAL, ESPECÍFICAMENTE,
LIMPIADORES DE CUERPO, LIMPIADORES DE LA PIEL, LIM-
PIADORES FACIALES; PREPARACIONES PARA EL CUIDADO
DE LA PIEL NO MEDICADAS; PREPARACIONES PARA EL CUI-
DADO DEL SOL NO MEDICADAS; ARTÍCULOS DE TOCADOR
NO MEDICADOS; PERFUME; ESPUMA PARA LA DUCHA Y EL
BAÑO; GEL PARA LA DUCHA Y EL BAÑO; CREMAS PARA LA
DUCHA. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de abril del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003004-2
NoMBrE coMErcial
No. de Expediente: 2012117162
No. de Presentación: 20120166265
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAYMUNDO
ERNESTO YASSIN, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
CERRAJERIA Y LUBRICENTRO AMERICAN SERVICE, SOCIE-
DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CERRA-
JERIA Y LUBRICENTRO AMERICAN SERVICE, S.A. DE CV., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Consistente en: las palabras AMERICAN SERVICE y diseño. Se
traduce al castellano como: Servicio Americano, que servirá para: IDEN-
TIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA VENTA DE OTROS
PRODUCTOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE Y RECONS-
TRUCCION Y REPARACION DE PIEZAS AUTOMOTRICES.
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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de junio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. no. C003012-2
SUBaSTa PUBlica
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL SUPLENTE
DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y
SOCIAL DE SAN SALVADOR, AL PúBLICO EN GENERAL:
HACE SABER: Que en los Juicios Ejecutivos Mercantiles
acumulados REF. 171-EM-06/111-EM-06, han sido promovidos por
el Licenciado FEDERICO GUILLERMO GUERRERO MUNGUIA,
mayor de edad, Abogado y de este domicilio, como Apoderado General
Judicial de LA CENTRAL DE FIANZAS Y DE SEGUROS, SOCIE-
DAD ANONIMA, que se puede abreviar LA CENTRAL DE FIANZAS
Y DE SEGUROS, S.A., LA CENTRAL DE SEGUROS, S.A., LA
CENTRAL DE FIANZAS, S.A., LA CENTRAL DE SEGUROS Y
FIANZAS, SOCIEDAD ANONIMA, y/o LA CENTRAL DE SEGU-
ROS Y FIANZAS, S.A., de este domicilio, contra la Sociedad LINEA
EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que
puede abreviarse LINEA EXPRESS, S.A. DE C.V., del domicilio de
Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, los señores JOSE
ROBERTO MARTINEZ ALFARO, Empresario, MANUEL DE JESUS
MARTINEZ ALFARO, Licenciado en Administración de Empresas,
MIGUEL TOMAS MARTINEZ ALFARO, Estudiante, todos mayores
de edad, y del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La
Libertad, y la Sociedad DESARROLLOS DE TRANSPORTES, SOCIE-
DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se puede abreviar
DESARROLLOS DE TRANSPORTES, S.A. DE C.V., y DESTRA,
S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de
La Libertad, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta, en fecha
que más adelante se especificará: UN DERECHO PROINDIVISO
EQUIVALENTE AL CINCUENTA POR CIENTO DE DERECHO DE
PROPIEDAD, de un inmueble ubicado en el MUNICIPIO DE ZARA-
GOZA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, propiedad del señor
MIGUEL TOMAS MARTINEZ ALFARO, ubicado en: CONDOMINIO
LOS MANANTIALES, PORCION LOS MANANTIALES, EDIFICIO
UNO, PISO UNO, APARTAMENTO CUARENTA Y CINCO, EL
BARRILLO, MUNICIPIO DE ZARAGOZA, DEPARTAMENTO
DE LA LIBERTAD, con una área de QUINIENTOS DIEZ METROS
CUADRADOS, inscrito en el Sistema de Matrícula SIRYC, Número
TRES CERO CERO UNO OCHO CUATRO CUATRO DOS - A CERO
CERO TRES UNO, del Registro de la Propiedad Ráiz e Hipotecas de
la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La Libertad.
Se admitirán posturas siendo éstas legales.
Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a
las ocho horas del día veintisiete de junio de dos mil doce. LIC. JOSE
MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-
TIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO
JUDICIAL.-
3 v. alt. No. C003013-2
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL SUPLENTE
DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y
SOCIAL DE SAN SALVADOR, AL PúBLICO EN GENERAL:
HACE SABER: Que en los Juicios Ejecutivos Mercantiles acumula-
dos REF. 171-EM-06/111-EM-06, han sido promovidos por el Licenciado
FEDERICO GUILLERMO GUERRERO MUNGUIA, mayor de edad,
Abogado y de este domicilio, como Apoderado General Judicial de LA
CENTRAL DE FIANZAS Y DE SEGUROS, SOCIEDAD ANONIMA,
que se puede abreviar LA CENTRAL DE FIANZAS Y DE SEGUROS,
S.A., LA CENTRAL DE SEGUROS, S.A., LA CENTRAL DE FIAN-
ZAS, S.A., LA CENTRAL DE SEGUROS Y FIANZAS, SOCIEDAD
ANONIMA, y/o LA CENTRAL DE SEGUROS Y FIANZAS, S.A.,
de este domicilio, contra la Sociedad LINEA EXPRESS, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse LINEA
EXPRESS, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Depar-
tamento de La Libertad, los señores JOSE ROBERTO MARTINEZ
ALFARO, Empresario, MANUEL DE JESUS MARTINEZ ALFARO,
Licenciado en Administración de Empresas, MIGUEL TOMAS
MARTINEZ ALFARO, Estudiante, todos mayores de edad, y del domi-
cilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, y la Sociedad
DESARROLLOS DE TRANSPORTES, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, que se puede abreviar DESARROLLOS DE
TRANSPORTES, S.A. DE C.V., y DESTRA, S.A. DE C.V., del domicilio
de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, se venderá en este
Tribunal en Pública Subasta, en fecha que más adelante se especifica-
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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396rá: CUATRO VEHICULOS, de la SOCIEDAD DESARROLLO DE
TRANSPORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
de las siguientes descripciones, 1) Vehículo Placa PARTICULAR
QUINCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA P-15460; a nombre de
DESARROLLOS DE TRANSPORTES, S.A. DE C.V., de las siguientes
características: Clase: AUTOBUS (PARTICULAR); Marca: YUTONG;
Modelo: TURISMO 4X2; Año: DOS MIL CINCO; Chasis Grabado;
LZYTAT06150003548; Chasis VIN: LZYTAT06150003548; Número
de Motor: (69102571); Color MORADO; Capacidad 51 Asientos: 2)
Vehículo Placa PARTICULAR QUINCE MIL QUINIENTOS SESENTA
Y SEIS P-15566; a nombre de DESARROLLOS DE TRANSPORTES,
S.A. DE C.V., de las siguientes características: Clase: AUTOBUS (PAR-
TICULAR); Marca: YUTONG; Modelo: TURISMO 4X2; Año: DOS
MIL CINCO; Chasis Grabado; LZYTAT06650003545; Chasis VIN:
LZYTAT06150003545; pero según BOLETA DE PRESENTACION
DEL REGISTRO PUBLICO DE VEHICULOS AUTOMOTORES,
Número DOS MIL SEIS/NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS
OCHENTA Y UNO, de fecha trece de junio de dos mil seis el NUMERO
DE CHASIS VIN es: LZYTAT06650003545); Número de Motor: SEIS
NUEVE UNO CERO CERO CUATRO CERO OCHO (69100408);
Color VERDE; Capacidad 51 Asientos. 3) Vehículo Placa PARTICU-
LAR SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTE P-65820; a
nombre de DESARROLLOS DE TRANSPORTES, S.A. DE C.V., de las
siguientes características: Clase: AUTOBUS (PARTICULAR); Marca:
YUTONG; Modelo: TURISMO 4X2; Año: DOS MIL CINCO; Chasis
Grabado: LZYTAT06150003551; Chasis VIN: LZYTAT06150003551;
Número de Motor: SEIS NUEVE UNO CERO DOS CINCO SEIS DOS
(69102562); Color VERDE: pero según BOLETA DE PRESENTACION
DEL REGISTRO PUBLICO DE VEHICULOS AUTOMOTORES,
Número DOS MIL SEIS/NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS
OCHENTA Y CINCO, de fecha trece de junio de dos mil seis el color es
MORADO: Capacidad 51 Asientos; 4) Vehículo Placa PARTICULAR
QUINCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO P- 15581; a nom-
bre de DESARROLLOS DE TRANSPORTES, S.A. DE C.V., de las
siguientes características: Clase: AUTOBUS (PARTICULAR); Marca:
YUTONG; Modelo: TURISMO 4X2; Año: DOS MIL CINCO; Color:
AMARILLO: Capacidad: TREINTA Y SIETE ASIENTOS; Chasis:
LZYTDT06X50003684; Chasis VIN: LZYTDT06X50003684; Número
de Motor: SEIS NUEVE TRES TRES CUATRO OCHO OCHO UNO
(69334881). Dichos Autobuses se encuentran depositados en la BODEGA
UBICADA EN CALLE FRANCISCO MENENDEZ N° 337, BARRIO
CANDELARIA, SAN SALVADOR.
Se admitirán posturas siendo éstas legales
Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a
las once horas del día veintisiete de junio de dos mil doce. LIC. JOSE
MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-
TIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO
JUDICIAL.
3 v. alt. No. C003014-2
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PúBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado
con el número 3538-EM-10, promovido en este Tribunal por la Licen-
ciada ANA MARIA CORTEZ ARTIGA, actuando como Apoderada
del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A., antes BANCO
CUSCATLAN DE EL SALVADOR, S.A.; contra los señores SANTOS
ENRIQUE OCHOA LEMUS y ENRIQUE ANTONIO OCHOA GIRON;
se venderá en Pública subasta en este Tribunal en fecha que más adelante
se señalará el bien inmueble que a continuación se localiza y describe
así: "Tonacatepeque, Departamento de San Salvador." Un inmueble de
naturaleza urbana marcado como lote número treinta y dos del Polígono
treinta y cinco de la Urbanización Cima de San Bartolo Dos, Quinta
etapa, ubicada en Jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de
San Salvador, de una extensión superficial de cincuenta y dos punto
cincuenta metros cuadrados. Dicho inmueble se encuentra inscrito en
el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, departamento de San Salvador, a favor de los señores SANTOS
ENRIQUE OCHOA LEMUS y ENRIQUE ANTONIO OCHOA GIRON,
en proporción al CINCUENTA POR CIENTO para cada uno del derecho
de propiedad, bajo la matrícula SEIS CERO CERO TRES CUATRO
SEIS DOS NUEVE guión CERO CERO CERO CERO CERO, en el
asiento SIETE.
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las once horas y treinta minutos del día veinticinco de
enero de dos mil doce. LIC. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ
TERCERO DE LO MERCANTIL.- LIC. ANA CECILIA FIGUEROA
ALMENDARES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045258-2
MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA,JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido
por la Licenciada PATRICIA ELENA SANCHEZ DE MORAN en su
calidad de Apoderada General Judicial del BANCO HSBC SALVADO-
REÑO, SOCIEDAD ANONIMA, contra la señora MIRNA ELIZABETH
AYALA FUENTES conocida por MIRNA ELIZABETH FUENTES
representada por medio de su Curadora Especial la Licenciada Isabel
Cristina Cruz Quintanilla, reclamándole cantidad de dólares, intereses
y costas procesales, se venderá en pública subasta en este Juzgado el
siguiente inmueble: " Un inmueble de naturaleza Urbana y construcciones
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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. que contiene, marcado como LOTE NUMERO TRES, POLIGONO "S"
RESIDENCIAL LAS AGUILAS TERCERA ETAPA, jurisdicción de
San Miguel, Departamento de San Miguel, situada según escritura al
costado Oriente del Estadio Juan Francisco Barraza, de esta Ciudad y
Departamento, el cual tiene un área de SETENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS, el cual tiene las medidas siguientes: AL NORTE: con
una distancia de cinco metros; AL ORIENTE, con una distancia de quince
metros; AL SUR con una distancia de cinco metros; y AL PONIENTE
con una distancia de quince metros, bajo la Matrícula OCHO CERO
CERO TRES DOS CERO CERO SEIS - CERO CERO CERO CERO
CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera
Sección de Oriente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ca-
torce horas treinta y dos minutos del día once de junio del dos mil doce.
DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045402-2
MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido
por la Licenciada PATRICIA ELENA SANCHEZ DE MORAN en su
calidad de Apoderado de Banco HSBC SALVADOREÑO SOCIEDAD
ANONIMA o BANCO HSBC, SOCIEDAD ANONIMA, o BANCO
SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA o BANCOSAL, SOCIE-
DAD ANONIMA indistintamente que puede abreviarse BANCO HSBC
SALVADOREÑO, S.A. o BANCO HSBC, S.A., BANCO SALVADO-
REÑO, S.A. o BANCOSAL, S.A. institución Bancaria, contra de los
señores LUCIA OTILIA RIVERA DE IGLESIAS conocida por LUCIA
OTILIA RIVERA CRUZ, RAFAEL ANTONIO IGLESIAS AVALOS
y CRISTOBAL RIVERA ALFARO, reclamándole cantidad de dólares,
intereses y costas procesales se venderá en pública subasta en este Juz-
gado el siguiente inmueble: ""Un terreno de Naturaleza urbana, el cual
se encuentra situado al Sur de la Lotificación San Pablo y al Poniente
de la Urbanización Ciudad Real Poniente, Jurisdicción de esta Ciudad,
identificado como LOTE NUMERO CINCO, DEL POLIGONO "L"
RESIDENCIAL JARDINES DEL VOLCAN, I ETAPA, cuyas medidas
son: AL NORTE siete punto cero cero, metros, AL ORIENTE dieciocho
punto cero cero metros, AL SUR, siete punto cero cero metros, AL
PONIENTE, dieciocho punto cero cero metros; de un área de CIENTO
VEINTISEIS PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS . Que
sobre dicho inmueble existen construcciones de sistema mixto, consistente
en una casa de habitación, con una extensión superficial de SETENTA
Y CINCO PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, inscrito
bajo la matrícula OCHO CERO CERO SIETE CERO CUATRO UNO
CERO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve
horas treinta y cinco minutos del día once de junio del dos mil doce.
DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045404-2
rEPoSicioN DE cErTificaDoS
BIENES Y SERVICIOS, S.A. EN LIQUIDACIÓN,
AVISA: Que en las oficinas de la sociedad se ha presentado parte
interesada manifestando que ha extraviado los certificados de acciones
Nos. 10659 y 10709 que amparan 4326 y 301 acciones, respectivamen-
te, de la misma sociedad, de plazo indeterminado, lo que se hace del
conocimiento del público para efectos de reposición de los certificados
relacionados, de conformidad con los artículos 486 y 932 del Código
de Comercio.
En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación
del presente aviso, la sociedad Bienes y Servicios, S.A. en liquidación
no reciba oposición alguna a este respecto, se hará la reposición de los
Certificados arriba mencionados.
San Salvador, 09 de julio de 2012.
MORALES Y MORALES ASOCIADOS
LIQUIDADORES,
RICARDO A. MORALES CARDOZA.
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. F045303-2
DIARIO
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ARA CONSULT
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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396LA CAJA DE CREDITO DE USULUTAN.
AVISA: Que a sus oficinas se ha presentado el señor Jacobo Osorio Mejía, propietario del Certificado de Acciones, serie "A", No.11066, que ampara DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS ACCIONES, solicitando reposición por extravío.
Si transcurrido 30 días, después de la tercera y última publicación del presente aviso en el Diario Oficial no se recibe ninguna oposición a este respecto, LA CAJA DE CREDITO DE USULUTAN, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, procederá a reponer dicho Certificado.
23 de Junio de 2012
LUIS ALONSO ARCE MARTINEZ,
DIRECTOR PRESIDENTE.-
3 v. alt. No. F045330-2
BIENES Y SERVICIOS, S. A. EN LIQUIDACION,
AVISA: Que en las oficinas de la sociedad se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el certificado de acciones No. 9878 que ampara 5,165 acciones de la misma sociedad, de plazo indeterminado, lo que se hace del conocimiento del público para efectos de reposición del certificado relacionado, de conformidad con los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación del presente aviso, la sociedad Bienes y Servicios, S. A., en liquidación no reciba oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 13 de junio de 2012.
MORALES Y MORALES ASOCIADOS,
LIQUIDADORES.
RICARDO A. MORALES CARDOZA,
REPRESENTANTE LEGAL.-
3 v. alt. No. F045355-2
TiTUlo MUNiciPal
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor,
AMADEO MENDEZ RODRIGUEZ, de sesenta y un años de edad,
jornalero, del domicilio de Soyapango en este Departamento, con
Documento único de Identidad número cero cero doscientos ochenta y
nueve mil novecientos ochenta y nueve guión cinco y Número de Iden-
tificación Tributaria cero seiscientos diez guión cero ochenta mil
ciento cincuenta guión ciento uno guión seis. Solicitando TITULO
MUNICIPAL, de un inmueble de naturaleza URBANA, situado en
Barrio El Calvario de esta Jurisdicción, según ficha catastral extendida
a los ocho días del mes de noviembre del corriente año, marcado con
el número doscientos setenta y siete, que tiene las medidas y linderos
siguientes: LADO PONIENTE; compuesto de un tramo recto con rumbo
nor-Oeste; veintiocho grados, veinte punto cero minutos y distancia de
diez punto ochenta y siete metros llegando así al esquinero nor-Oeste de
la misma parcela que se describe; lindando por este lado con propiedades
de José Luis Aguilar Galán y Gloria María Aguilar Galán, calle que de
Panchimalco conduce al Cantón San Isidro, de siete punto setenta y cinco
metros de ancho de por medio, LADO NORTE: compuesto de un tramo
recto con rumbo nor-este cincuenta y seis grados cincuenta y siete punto
cero minutos y distancia de doce punto setenta y ocho metros, llegando así
al esquinero nor-este de la misma parcela que se describe, lindando por
este lado con propiedad de Norberto Benítez Pascual. LADO ORIENTE,
compuesto de dos tramos rectos: el primero con rumbo sur-este cuarenta
y dos grados, cuatro punto siete minutos y distancia de once punto cin-
cuenta y ocho metros; el segundo con rumbo, sur-este cincuenta y tres
grados, treinta y cinco punto un minutos y distancia de cero punto setenta
y un metros llegando así al esquinero sur-este de la misma parcela que
se describe, lindando por este lado con Propiedad de Agustín Eleuterio
González de la O. LADO SUR, compuesto de un tramo recto con rumbo
sur-este sesenta y un grados, treinta y tres punto tres minutos y distancia
de quince punto setenta y nueve metros llegando así al esquinero donde
se inició la presente descripción, lindando por este lado con propiedad de
Juan Pablo Ortiz. La referida propiedad tiene una extensión superficial
de CIENTO SESENTA Y DOS PUNTO TREINTA Y DOS METROS
CUADRADOS, dicho inmueble no es sirviente ni dominante, no tiene
carga, ni derechos reales, no está en proindivisión con ninguna persona,
el inmueble lo adquirió como producto de una venta de cesión de Dere-
chos Hereditarios, según testimonio de Escritura Pública, otorgada ante
los oficios del licenciado Jesús Ulises Melara Rivera, con fecha ocho
de Noviembre del año dos mil. Teniéndolo en forma quieta, pacífica y
no interrumpida por más de diez años consecutivos. Y lo valúa en la
cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA. ($ 3,000.00). Se le Comunica al Público para los efectos
de Ley.
Alcaldía Municipal: Panchimalco, 07 de noviembre de dos mil
once.
MARIO MELENDEZ PORTILLO,
ALCALDE MUNICIPAL.-
LICDA. KEYLA BECSABET FLORES ESCOBAR,
SECRETARIO MUNICIPAL.-
3 v. alt. No. F045276-2
MarcaS DE SErVicioS
No. de Expediente: 2012118027
No. de Presentación: 20120167728
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE
DE JESUS PALENCIA, en su calidad do GESTOR OFICIOSO de
DIARIO
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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. DIARIO AS, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
aS TV
Consistente en: la expresión AS TV, que servirá para: AMPARAR:
TELECOMUNICACIONES, AGENCIAS DE INFORMACION (NO-
TICIAS); SERVICIOS DE ACCESO A UNA RED INFORMATICA
MUNDIAL; DIFUSION DE PROGRAMAS DE TELEVISION Y
RADIOFONICOS. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de mayo del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.-
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.-
3 v. alt. No. C002995-2
No. de Expediente: 2012117500
No. de Presentación: 20120166866
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO
AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO
de Falck Danmark A/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Un diseño denominado como Halcón, que servirá
para: AMPARAR: EDUCACION; FORMACION; ESPARCIMIENTO;
ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES; FORMACION
TECNICA; FORMACION PROFESIONAL; CURSOS, INCLUYENDO
CURSOS DE PRIMEROS AUXILIOS, Y CURSOS DE MEDIDAS DE
EMERGENCIA Y EN LA INDUSTRIA DE ALTA MAR; CURSOS DE
EVACUACION; CURSOS EN MATERIA DE SEGURIDAD Y CON-
TROL DE ACCESO; CURSOS RELACIONADOS CON LA SUPER-
VISION DE EDIFICIOS Y ESPACIOS; CURSOS DE EXTINCION DE
INCENDIO, PREVENCION DE ACCIDENTES, SUPERVIVENCIA
EN AGUA EN ALTA MAR, RESCATE EN ESPACIOS CONFINADOS,
SEGURIDAD ELECTRICA Y OPERACION DE GRUA; CURSOS
RELATIVOS AL MEDIO AMBIENTE DEL LUGAR DE TRABAJO;
ORGANIZACION Y DIRECCION DE CONFERENCIAS; ORGA-
NIZACION Y SUPERVISION DE CONGRESOS, SEMINARIOS
Y TALLERES (EDUCACION); ORGANIZACION Y SERVICIOS
DE CLUB DE FANS (ENTRETENIMIENTO Y EDUCACION); PU-
BLICACION DE LIBROS Y TEXTOS; SERVICIOS DE MUSEOS
(PRESENTACION, EXPOSICION), SERVICIOS RELACIONADOS
CON LA ORGANIZACION DE LA EDUCACION; SERVICIOS DE
INFORMACION, ASESORAMIENTO Y CONSULTORIA EN RE-
LACION CON LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS; TODOS
LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS TAMBIEN PROPOR-
CIONADOS (DONDE CORRESPONDE) EN LINEA A TRAVES DE
REDES INFORMATICAS. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecisiete de abril del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.-
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003003-2
No. de Expediente: 2012117494
No. de Presentación: 20120166859
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO
AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO
de Falck Danmark A/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
falcK
Consistente en: La palabra FALCK, que servirá para: AMPARAR:
EDUCACION; FORMACION; ESPARCIMIENTO; ACTIVIDADES
DEPORTIVAS Y CULTURALES; FORMACION TECNICA; FOR-
MACION PROFESIONAL; CURSOS, INCLUYENDO CURSOS DE
PRIMEROS AUXILIOS, Y CURSOS DE MEDIDAS DE EMERGEN-
CIA Y EN LA INDUSTRIA DE ALTA MAR; CURSOS DE EVACUA-
CION; CURSOS EN MATERIA DE SEGURIDAD Y CONTROL DE
ACCESO; CURSOS RELACIONADOS CON LA SUPERVISION DE
DIARIO
OFI
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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396EDIFICIOS Y ESPACIOS; CURSOS DE EXTINCION DE INCENDIO,
PREVENCION DE ACCIDENTES, SUPERVIVENCIA EN AGUA EN
ALTA MAR, RESCATE EN ESPACIOS CONFINADOS, SEGURIDAD
ELECTRICA Y OPERACION DE GRUA; CURSOS RELATIVOS
AL MEDIO AMBIENTE DEL LUGAR DE TRABAJO; ORGANI-
ZACION Y DIRECCION DE CONFERENCIAS; ORGANIZACION
Y SUPERVISION DE CONGRESOS, SEMINARIOS Y TALLERES
(EDUCACION); ORGANIZACION Y SERVICIOS DE CLUB DE
FANS (ENTRETENIMIENTO Y EDUCACION); PUBLICACION DE
LIBROS Y TEXTOS; SERVICIOS DE MUSEOS (PRESENTACION,
EXPOSICION), SERVICIOS RELACIONADOS CON LA ORGANI-
ZACION DE LA EDUCACION; SERVICIOS DE INFORMACION,
ASESORAMIENTO Y CONSULTORIA EN RELACION CON LOS
SERVICIOS ANTES MENCIONADOS; TODOS LOS SERVICIOS
ANTES MENCIONADOS TAMBIEN PROPORCIONADOS (DONDE
CORRESPONDE) EN LINEA A TRAVES DE REDES INFORMATI-
CAS. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecisiete de abril del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.-
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003005-2
No. de Expediente: 2012117495
No. de Presentación: 20120166860
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO
AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO
de Falck Danmark A/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
falcK
Consistente en: la palabra FALCK, que servir para: AMPARAR:
SERVICIOS MEDICOS; SERVICIOS VETERINARIOS; CUIDADOS
DE LA SALUD Y LA BELLEZA DE LOS SERES HUMANOS Y
ANIMALES; SERVICIOS DE AGRICULTURA, DE HORTICUL-
TURA Y SILVICULTURA; CUIDADOS MEDICOS, ASISTENCIA
MEDICA; CLINICAS MEDICAS; PRACTICA MEDICA; SERVICIOS
MEDICOS Y DE HIGIENE Y DE BELLEZA EN RELACION CON
LA REHABILITACION Y EL TRATAMIENTO PREVENTIVO;
CUIDADOS PSICOLOGICOS; SERVICIOS DE SALUD OCUPACIO-
NAL; TERAPIA PSIQUICA PARA PERSONAS EN SITUACIONES
DE CRISIS; FISIOTERAPIA; TERAPIA DE ZONA; ATENCION
QUIROPRACTICA; SERVICIOS EN EL CAMPO DE SANEA-
MIENTO (SERVICIOS MEDICOS Y CUIDADOS DE LA SALUD Y
CUIDADOS DE BELLEZA); ASESORIA SOBRE ALIMENTACION,
EJERCICIO FISICO Y DIETAS (SERVICIOS MEDICOS Y DE SA-
LUD Y CUIDADO DE LA BELLEZA); ALQUILER DE EQUIPOS
PARA CUIDADOS DE LA SALUD Y PARA EL CUIDADO EN EL
HOGAR; CHEQUEOS MEDICOS; COLECCIONES DE DROGAS Y
ALCOHOL (SERVICIOS MEDICOS Y CUIDADOS DE LA SALUD
Y CUIDADOS DE BELLEZA); ALQUILER DE EXTRACTORES
DE LECHE (EQUIPO MEDICO); INTERVENCIONES EN FORMA
DE SERVICIOS MEDICOS EN SITUACIONES DE EMERGENCIA,
INCLUSO EN RELACION CON ACCIDENTES, INCENDIOS, HUMO,
GAS, FUGAS DE PRODUCTOS QUIMICOS; HOSPITALES; SANA-
TORIOS; ODONTOLOGIA; ATENCION MEDICA DOMICILIARIA
Y ASISTENCIA MEDICA AL SER DADO DE ALTA; SERVICIOS
DE INFORMACION, CONSULTORIA Y ASESORAMIENTO EN
RELACION CON LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS;
TODOS LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS TAMBIEN
PRESTADOS (EN SU CASO) EN LINEA A TRAVES DE REDES
INFORMATICAS. Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecisiete de abril del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.-
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003006-2
DIARIO
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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. No. de Expediente: 2012117496
No. de Presentación: 20120166861
CLASE: 45.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO
AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO
de Falck Danmark A/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
falcK
Consistente en: La palabra FALCK, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS JURIDICOS; SERVICIOS DE SEGURIDAD PARA
LA PROTECCION DE LOS BIENES Y PERSONAS; SERVICIOS
PERSONALES Y SOCIALES PRESTADOS POR TERCEROS DESTI-
NADOS A SATISFACER LAS NECESIDADES DE LA PERSONAS;
EXTINCION DE INCENDIOS, Y FUEGO Y/ BUCEO EN HUMO;
EVACUACION DE PERSONAS Y ANIMALES EN CASOS DE
PELIGRO O ACCIDENTE; CONSULTORIA Y EVALUACION CON
RESPECTO A REDUCIR AL MINIMO LOS DAÑOS Y PERDIDAS DE
VALOR (CUESTIONES DE SEGURIDAD); ASISTENCIA DOMES-
TICA; SERVICIOS DE GUARDERIAS DE SEGURIDAD, INCLUIDA
VIGILANCIA, SUPERVISION Y BUSQUEDA EN EDIFICIOS, ASI
COMO LOS SERVICIOS DE CONTROL DE ACCESO; SERVICIOS
DE ESCOLTA; MONITOREO DE ALARMAS DE SEGURIDAD Y
ANTIRROBO; ASESORIA TECNICA RELATIVA A LA SEGURIDAD
DE LOS EDIFICIOS, EMPRESAS COMERCIALES Y ESPACIOS
AL AIRE LIBRE; ALQUILER DE EQUIPO PARA EXTINCION DE
INCENDIOS Y EVACUACION DE PERSONAS Y ANIMALES;
ALQUILER DE ALARMAS CONTRA INCENDIOS; ALQUILER DE
SISTEMAS DE SEGURIDAD; ALQUILER DE CHALECOS ANTIBA-
LAS Y ROPA DE SEGURIDAD DE OTRO TIPO PARA PERSONAS
PARA PROTECCION EN ASALTOS; SERVICIOS DE ASESORIA
EN RELACION CON EL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO, LE-
SIONES INDUSTRIALES, POSTURAS DE TRABAJO Y DISPOSI-
CION DE LUGARES DE TRABAJO; SERVICIOS DE ASESORIA
EN RELACION CON LA PREVENCION DE ACCIDENTES Y DE
INCENDIOS; ASESORIA CON RESPECTO A LAS MEDIDAS DE
PROTECCION Y LUGARES DE TRABAJO SEGUROS; INTERVEN-
CIONES EN FORMA DE SERVICIOS DE SEGURIDAD DE SALIDA
EN CASOS DE SITUACIONES DE EMERGENCIA, INCLUSO EN
RELACION CON ACCIDENTES, ROBOS; INTERVENCIONES EN
LA FORMA DE EXTINCION DE INCENDIOS EN SITUACIONES
DE EMERGENCIA, EN PARTICULAR EN RELACION CON AC-
CIDENTES, ROBOS, ALLANAMIENTO, HUMO, GAS, FUGAS DE
PRODUCTOS QUIMICOS; INTERVENCIONES EN LA FORMA DE
BUCEO (SERVICIOS DE SEGURIDAD) EN SITUACIONES DE
EMERGENCIA, INCLUSO EN RELACION CON ACCIDENTES,
ROBO, ALLANAMIENTO, HUMO, GAS, FUGAS DE PRODUCTOS
QUIMICOS; INTERVENCIONES EN LA FORMA DE EVACUACION
(SERVICIOS DE SEGURIDAD) DE PERSONAS O ANIMALES EN
SITUACIONES DE EMERGENCIA, EN PARTICULAR EN RELA-
CION CON ACCIDENTES, ROBOS, ALLANAMIENTO, FUEGO,
HUMO, GASES, FUGAS DE PRODUCTOS QUIMICOS, ASALTO
Y ALARMAS DE SEGURIDAD; SERVICIOS DE INFORMACION,
CONSULTORIA Y ASESORIA EN RELACION CON LOS SERVI-
CIOS ANTES MENCIONADOS; TODOS LOS SERVICIOS ANTES
MENCIONADOS TAMBIEN PRESTADOS (SI PROCEDE) EN LINEA
A TRAVES DE REDES INFORMATICAS. Clase: 45.
La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecisiete de abril del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.-
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003007-2
No. de Expediente: 2012117493
No. de Presentación: 20120166858
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO
AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO
de Falck Danmark A/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
falcK
Consistente en: La palabra FALCK, que servirá para: AMPARAR:
TRANSPORTE, EMBALAJE Y ALMACENAJE DE MERCANCIAS;
ORGANIZACION DE VIAJES, OPERACIONES DE RESCATE Y
SALVAMENTO (TRANSPORTE); TRANSPORTE EN AMBULAN-
CIA DE PERSONAS Y ANIMALES POR TIERRA, MAR Y AIRE;
TRANSPORTE DE PERSONAS Y ANIMALES POR TIERRA, MAR
DIARIO
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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396Y AIRE, INCLUYENDO EL TRANSPORTE DE PERSONAS ENFER-
MAS Y PACIENTES; TRANSPORTE DE MEDICOS Y PERSONAL
PARAMEDICO; SERVICIOS DE SALVAMENTOS EN RELACION
CON LOS RESTOS DE NAUFRAGIO (TRANSPORTE); RESCATES
DE EMERGENCIA DE BUCEO Y BAJO EL AGUA (SERVICIOS
DE RESCATE); ARRASTRE POR TIERRA Y MAR, INCLUYEN-
DO GRUA Y VEHICULOS DE TRANSPORTE (TRANSPORTE);
ARRENDAMIENTO DE VEHICULOS DE REEMPLAZO; ARREN-
DAMIENTO DE VEHICULOS Y EQUIPOS PARA EL TRANSPORTE
DE PERSONAS Y ANIMALES; SERVICIOS DE TRANSPORTE DE
ALARMA DE EMERGENCIA, INCLUYENDO LOS RELATIVOS
CON LOS ACCIDENTES, ROBOS, ALLANAMIENTOS, FUEGO,
HUMO, GAS, FUGAS DE PRODUCTOS QUIMICOS, DE ASALTO, Y
LAS ALARMAS DE SEGURIDAD; SERVICIOS DE NAVEGACION
GPS (INFORMACION SOBRE EL TRAFICO Y LAS DIRECCIONES
DE CONDUCCION); TRANSPORTE DE OBJETOS DE VALOR,
DINERO EN EFECTIVO, VALORES Y DOCUMENTOS; ENTREGA
DE COMIDA Y BEBIDAS; ALMACENAMIENTO DE LAS CLAVES
O LLAVES; SERVICIOS DE INFORMACION DE TRAFICO; VIAJES
DE TAXI; INTERVENCIONES EN EL MEDIO DE TRANSPORTE DE
PERSONAS O ANIMALES EN SITUACIONES DE EMERGENCIA,
INCLUYENDO LOS RELACIONADOS CON ACCIDENTES, ROBOS,
HUMO, GAS, FUGAS DE PRODUCTOS QUIMICOS; INTERVEN-
CIONES EN FORMA DE REMOLQUE DE VEHICULOS EN SITUA-
CIONES DE EMERGENCIA, INCLUYENDO LOS RELATIVOS
CON ACCIDENTES, ROBOS, ALLANAMIENTOS, INCENDIOS;
INTERVENCIONES EN LA FORMA DE BUCEO (TRANSPORTE) EN
SITUACIONES DE EMERGENCIA, INCLUYENDO LOS ACCIDEN-
TES, ROBO, HUMO, GAS, FUGAS DE PRODUCTOS QUIMICOS;
INTERVENCIONES EN LA FORMA DE EVACUACION (TRANS-
PORTE) DE LAS PERSONAS O ANIMALES EN SITUACIONES DE
EMERGENCIA, INCLUYENDO LOS RELACIONADOS CON LOS
ACCIDENTES, ROBOS, ALLANAMIENTO, FUEGO, HUMO, GAS,
FUGAS DE PRODUCTOS QUIMICOS, ASALTO, Y ALARMAS DE
SEGURIDAD; INFORMACION, CONSULTORIA Y SERVICIOS DE
ASESORAMIENTO EN RELACION CON LOS SERVICIOS ANTES
MENCIONADOS; LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS
TAMBIEN PRESTADOS (SI PROCEDE) EN LINEA A TRAVES DE
REDES INFORMATICAS. Clase: 39.
La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de abril del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.-
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003008-2
rEPoSicioN DE PoliZa DE SEGUro.
AVISO
ASEGURADORA POPULAR, S. A.,
HACE DEL CONOCIMIENTO AL PUBLICO EN GENERAL
QUE A NUESTRAS OFICINAS SE HA PRESENTADO LA SEÑO-
RA MARIA EUGENIA CORADO REYES, DEL DOMICILIO DE
AHUACHAPAN, SOLICITANDO LA REPOSICION DE SU POLIZA
DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL No. VO-10.022, EMITIDA
POR ESTA COMPAÑIA A SU FAVOR A NOMBRE DE MARIA
EUGENIA CORADO REYES, CON FECHA 06 DE JUNIO DE 1996.
SI DENTRO DE 30 DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE
ESTE AVISO NO SE PRESENTARE OPOSICION, LA COMPAÑIA
PROCEDERA A REPONER LA MENCIONADA POLIZA.
SAN SALVADOR, 06 DE JULIO DE 2012.
JACQUELINE LIZETH HERNANDEZ,
SEGURO DE PERSONAS,
ASEGURADORA POPULAR, S. A.
3 v. alt. No. C003017-2
AVISO
ASEGURADORA POPULAR, S. A.
HACE DEL CONOCIMIENTO AL PUBLICO EN GENERAL
QUE A NUESTRAS OFICINAS SE HA PRESENTADO LA SE-
ÑORA SARA ISABEL RUIZ CARCAMO, DEL DOMICILIO DE
SONSONATE, SOLICITANDO LA REPOSICION DE POLIZA DE
SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL N° VO-02.965, EMITIDA POR
ESTA COMPAÑIA A FAVOR DE SU PADRE EL SEÑOR GERMAN
RUIZ, CON FECHA 10 DE JUNIO DE 1981. SI DENTRO DE 30
DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ESTE AVISO NO
SE PRESENTARE OPOSICION, LA COMPAÑIA PROCEDERA A
REPONER LA MENCIONADA POLIZA.
SAN SALVADOR, 06 DE JULIO DE 2012.
JACQUELINE LIZETH HERNANDEZ,
SEGURO DE PERSONAS,
ASEGURADORA POPULAR, S. A.
3 v. alt. No. C003018-2
DIARIO
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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. AVISO
LA CENTRO AMERICANA, S. A.,
Hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado
ROSA E. MARTINEZ CASTANEDA del domicilio de LA LIBERTAD,
solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 89070958 emitida
el 21/07/1989. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publi-
cación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer
la mencionada póliza.
San Salvador, 4 de julio de 2012.-
ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,
RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.
3 v. alt. No. C003022-2
AVISO
LA CENTRO AMERICANA, S. A.,
Hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado
ROSA MARGARITA VASQUEZ DE AYALA del domicilio de SAN
MIGUEL, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 13299
emitida el 30/05/2008. Si dentro de 30 días contados a partir de la últi-
ma publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a
reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 5 de julio de 2012.-
ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,
RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.
3 v. alt. No. C003023-2
coNcESioN DE frEcUENciaS
SUPEriNTENDENcia GENEral DE
ElEcTriciDaD Y TElEcoMUNicacioNES
2 v. alt. No. F045392-2
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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396DEclaraToria DE MUErTE PrESUNTa
JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PúBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día
veintiséis de agosto de dos mil once, se dicto sentencia en la presentes
diligencias de la siguiente manera: JUZGADO DE LO CIVIL: MEJI-
CANOS, a las once horas y cuarenta minutos del día veintiséis de
agosto de dos mil once .Las presentes diligencias de muerte presunta por
desaparecimiento, han sido promovidas por el señor MANUEL DE JESúS
PINTO MORÁN, mayor de edad, comerciante, del domicilio de Santa
Tecla, departamento de La Libertad, a través de su Apoderada Licencia-
da SARA ELIZABETH MARTÍNEZ MARTÍNEZ, mayor de edad,
Abogado, del domicilio de San Salvador, a efecto de que se declare la
muerte presunta del señor GENARO DE JESúS MORÁN, conocido por
GENARO DE JESúS MORÁN BRACAMONTE, quien es mayor de
edad, su último domicilio, conocido el de esta ciudad, a quien se le
nombró como Defensor Especial para que lo representara, a la Licenciada
MARÍA ELENA LÓPEZ ÁGREDA, mayor de edad, Abogado y Notario
de este domicilio. Han intervenido en las presentes diligencias el señor
MANUEL DE JESúS PINTO MORÁN, a través de su Apoderada
Licenciada SARA ELIZABETH MARTÍNEZ MARTÍNEZ, ambos de
las generales ya relacionadas, como peticionaria, la Licenciada MARÍA
ELENA LÓPEZ ÁGREDA, de las generales antes relacionadas, en su
calidad de Defensor Especial del señor GENARO DE JESúS MORÁN,
conocido por GENARO DE JESúS MORÁN BRACAMONTE.
CONSIDERANDO I HECHOS Y CUESTIONES PLANTEADAS:
1) La solicitud es para que en sentencia definitiva, se declare la muerte
presunta por desaparecimiento del señor GENARO DE JESúS MORÁN,
conocido por GENARO DE JESúS MORÁN BRACAMONTE; 2) La
peticionaria plantea esencialmente en su solicitud de fs.1: "Que desde el
día veintiséis de septiembre de 1993, mi poderdante, demás familia y
amigos del señor GENARO DE JESúS MORÁN, conocido por GENARO
DE JESúS MORÁN BRACAMONTE, ignoran su paradero, que se han
realizado infructuosas diligencias para averiguar cuál ha sido y cual podría
ser su paradero actual y que desde el día veintiséis de septiembre de 1993,
la cual fue la última vez que lo vieron y supieron de él, no han tenido
ningún medio, noticia de su existencia habiendo transcurrido desde la
fecha mencionada, aproximadamente diez años, es decir más de los
cuatro años que establece el Art. 80 ord. Primero del Código Civil. A fs.
12, se tuvo como solicitante a la Licenciada SARA ELIZABETH
MARTÍNEZ MARTÍNEZ, en su calidad de Apoderada del señor MANUEL
DE JESúS PINTO MORÁN y se admitió la solicitud, y se nombró como
Defensora Especial del señor GENARO DE JESúS MORÁN, conocido
por GENARO DE JESúS MORÁN BRACAMONTE, a la Licenciada
MARÍA ELENA LÓPEZ AGUEDA; Mediante fs. 35, la Licenciada
MARTÍNEZ MARTÍNEZ, aclaró en cuanto al nombre de la defensora
específicamente en su segundo apellido por lo que mediante auto de fs.
36, se tuvo por aclarado el apellido, quedando el nombre correcto como
MARÍA ELENA LÓPEZ ÁGREDA. Por acta de folio 39, la defensora
nombrada acepta el cargo conferido, jurando cumplirlo fiel y legalmente,
haciéndosele el discernimiento de su cargo por auto de fs. 41, asimismo
se tuvo por contestada la solicitud de fs. 1 y 2, en el sentido que no se
opone a las pretensiones de la parte actora. A fs. 62, se abrió a pruebas
las presentes diligencias, termino durante el cual la solicitante aportó
prueba testimonial. A FS. 26-27, 45 y 46, se encuentran agregadas las
publicaciones en el Diario Oficial en el cual se citó por primera, segunda
y tercera vez al señor GENARO DE JESúS MORÁN, conocido por
GENARO DE JESúS MORÁN BRACAMONTE, quien no se hizo
presente a ninguna de las citas; corriendo más de cuatro meses entre cada
dos citaciones, Art. 80 No. 2° C. Por auto de fs. 74, se ordenó traer las
presentes diligencias para sentencia CONSIDERANDO II. ANÁLISIS
DE LA PRUEBA DOCUMENTAL. Con el testimonio del poder general
judicial y acta de sustitución que corre agregado de fs. 3-6 otorgado por
el señor MANUEL DE JESúS PINTO MORÁN y otro, a favor de la
Licenciada SARA ELIZABETH MARTÍNEZ MARTÍNEZ, se legitima
la personería de esta última para actuar en las presentes diligencias. Con
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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. la certificación de la partida de nacimiento que corre agregada a fs. 6 se
comprueba que el señor MANUEL DE JESÚS PINTO MORÁN es hijo
del señor GENARO DE JESúS MORÁN conocido por GENARO DE
JESúS MORÁN BRACAMONTE, y por consiguiente con vocación
hereditaria en la sucesión del desaparecido y presunto causante GENARO
DE JESúS MORÁN, conocido por GENARO DE JESúS MORÁN
BRACAMONTE y GENARO JESúS MORÁN BRACAMONTE.
PRUEBA TESTIMONIAL: A folios 68 y a solicitud de la parte soli-
citante se ordenó señalamiento para el examen de testigos que propuso
la Licenciada SARA ELIZABETH MARTÍNEZ MARTÍNEZ; a folios
71 y 72, se encuentra el acta en donde se examinó a los testigos señores
RAMÓN DE JESúS ALEGRÍA y CONSUELO SAGASTUME DE
MEJÍA, y unánimemente manifestaron: Que conocen al señor GENARO
DE JESúS MORÁN, conocido por GENARO DE JESúS MORÁN
BRACAMONTE, el primero desde el año 1986, y la segunda desde hace
43 años, que la última vez que lo vieron fue desde el año de mil nove-
cientos noventa y tres, que su lugar de residencia es en Calle al Volcán,
pasaje Francisco Javier, casa número uno, Mejicanos, y que les consta de
vistas y oídas que los familiares del señor MORÁN BRACAMONTE,
han hecho esfuerzo por ubicarlo y que lo han buscado desde el momento
en que se perdió, con objeto de darle sepultura. Asimismo con las publi-
caciones de los Diarios Oficiales, de fechas cinco de marzo de dos mil
ocho, donde se publicó el primer edicto de citación del referido desapa-
recido; la segunda de fecha diecinueve de febrero de dos mil nueve y la
tercera de fecha cuatro de noviembre de dos mil nueve, se ha citado por
tres veces al mismo, sin obtener resultado, mediando más de cuatro meses
entre cada dos citaciones, habiéndosele dado cumplimiento a lo que or-
dena el Art. 80 No. 2° C. CONSIDERANDO III. MOTIVACIÓN.
Analizadas que han sido las presentes diligencias, este Tribunal concluye
lo siguiente: Que la muerte presunta es una ficción legal por la que un
juez declara muerta a una persona que ha desaparecido y se ignora si vive
o no, cuando concurren los requisitos establecidos en la ley y
específicamente en el Art. 80 C. La parte solicitante ha demostrado el
interés que tiene para que se declare la muerte presunta solicitada,
comprobando con prueba testimonial antes relacionada, la desaparición
del señor GENARO DE JESúS MORÁN, conocido por GENARO DE
JESúS MORÁN BRACAMONTE, desde el año mil novecientos noven-
ta y tres es decir desde hace más de dieciocho años. Asimismo con la
certificación de partida de nacimiento del desaparecido GENARO DE
JESúS MORÁN o GENARO DE JESúS MORÁN BRACAMONTE o
GENARO JESúS MORÁN BRACAMONTE, de fs. 7, se comprueba que
éste nació el día veinte de septiembre de mil novecientos trece, es decir
hace noventa y ocho años y que desde el tiempo que se tuvo las últimas
noticias del desaparecido veintiséis de septiembre de mil novecientos
noventa y tres, han transcurrido dieciocho años, con mucho más de la
exigencia del Art. 80 No. 1° C, dándose los presupuestos jurídicos nece-
sarios contemplados en el art. 81 C, para conceder la posesión definitiva
en vez de la provisoria al presunto heredero. POR TANTO: De confor-
midad a los considerandos anteriores y arts. 79 y sig. C. C., 418, 421, 422,
427 439, 800 y sig. Pr. C., A NOMBRE DE LA REPúBLICA DE EL
SALVADOR, FALLO: Ha lugar a declarar la Muerte Presunta por
desaparecimiento, del señor GENARO DE JESúS MORÁN, conocido
por GENARO DE JESúS MORÁN BRACAMONTE y por GENARO
JESúS MORÁN BRACAMONTE, señálense como día presuntivo de su
muerte el día veintiséis de septiembre de mil novecientos noventa y
cinco. DECLÁRASE Heredero presuntivo del presunto causante, al señor
MANUEL DE JESÚS PINTO MORÁN, en su calidad de hijo del pre-
sunto causante y CONCÉDESE la posesión Definitiva de los Bienes de
la sucesión, del presunto causante al heredero antes mencionado por
darse los presupuestos que establece el Art. 80 C. Publíquese por tres
veces, consecutivos esta sentencia en el Diario Oficial.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las quince horas
y cuarenta y cinco minutos del día trece de enero de dos mil doce.- Lic.
JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.
LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
3 v. c. No. F045552-2
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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396
de tercera publicación
acEPTacioN DE HErENcia
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado
a las catorce horas con diez minutos del día diecinueve de junio del
corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario la herencia intestada que al fallecer dejó el causante señor
JORGE QUINTANILLA, fallecido a las cinco horas del día nueve de
noviembre de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón Primavera,
Jurisdicción de El Tránsito, de este Distrito, Departamento de San Miguel,
siendo la ciudad antes mencionada su último domicilio, de parte de la
señora Teresa Quintanilla Torres, de cincuenta y siete años de edad, de
oficios domésticos, del domicilio de El Tránsito, con Documento Único
de Identidad número: cero un millón sesenta y siete mil trescientos
diecinueve - ocho, en su concepto de hija del causante.- Nómbrasele a
la aceptante en el carácter dicho administradora y representante interina
de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que
corresponden a los curadores de la herencia.- Publíquense los edictos
de ley.-
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
ley.
LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia, Chinameca, a las
catorce horas con veinte minutos del día diecinueve de junio de dos mil
doce.- LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002894-3
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las diez horas con diez minutos del día dieciocho de junio del corriente
año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia intestada que al fallecer dejó la causante señora MARIA
ANTONIA TORRES DE QUINTANILLA, fallecida a las seis horas
treinta minutos del día veinticuatro de abril de mil novecientos setenta
y siete, en el Cantón Primavera de la Jurisdicción de El Tránsito, de este
Distrito, Departamento de San Miguel, siendo la ciudad antes mencionada
su último domicilio; de parte de la señora Teresa Quintanilla Torres,
de cincuenta y siete años de edad, de oficios domésticos, del domicilio
de El Tránsito, con Documento único de Identidad Número: cero un
millón sesenta y siete mil trescientos - diecinueve - ocho, en su concepto
de hija de la causante.- Nómbrasele a la aceptante en el carácter dicho
administradora y representante interina de la sucesión de que se trata,
con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de
la herencia.- Publíquense los edictos de Ley.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las
diez horas con veinte minutos del día dieciocho de junio de dos mil
doce.- Enmendado-corriente- carácter- edictos-Vale.- LIC. DINORA
DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002895-3
JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y veinticinco minutos
de este día se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON
BENEFICIO DE INVENTARIO la herencia intestada que a su defunción
dejó el señor JOSE HERIBERTO RECINOS LARA, conocido por JOSE
HERIBERTO RECINOS, al fallecer el día catorce de febrero del año dos
mil ocho, en el Hospital del Seguro Social de la Ciudad de San Miguel,
siendo la ciudad de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio
de parte de las señoras PAULA ELVIRA MEDRANO viuda DE RECI-
NOS, conocida por PAULA ELVIRA MEDRANO DE RECINOS, por
PAULA ELVIRA MEDRANO y por PAULA ELVIRA MEDRANO
ZELAYA y VICTORIA PATRICIA RECINOS MEDRANO, en calidad
de cónyuge sobreviviente la primera y la última en calidad de hija del
causante del mismo causante.
Confiriéndosele a las aceptantes dichas la administración y repre-
sentación interinas de la sucesión, con las restricciones y facultades de
los curadores de la herencia yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veinte días del mes
de marzo del año dos mil doce.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ
DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002899-3
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
en la herencia intestada dejada al fallecer por el señor JOSE TOMAS
BAIREZ conocido por JOSE TOMAS BAIRES y por TOMAS BAIRES,
el día veintiuno de octubre de mil novecientos ochenta y ocho, en el
Cantón Los Hornos de la jurisdicción de San Francisco Javier, siendo
éste su último domicilio, de parte de la señora MARIA DEL ROSARIO
BAIREZ viuda DE GOMEZ, conocida por MARIA DEL ROSARIO
BAIREZ DE GOMEZ, MARIA DEL ROSARIO BAIREZ ORTEZ,
MARIA DEL ROSARIO BAIRES ORTES, MARIA DEL ROSARIO
BAIRES DE GOMEZ y por MARIA DEL ROSARIO BAIRES, en su
calidad de hija del causante.
Confiérasele a la aceptante la administración y representación
interina de la sucesión intestada con la facultades y restricciones de
Ley.
Fíjense y publíquense los edictos correspondientes, citando a los
que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo
en el término de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los
veintiséis días del mes de abril de dos mil doce.- LIC. MANUEL DE
JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. LOURDES
ESTELLA CASTAÑEDA, SECRETARIA INTA.
3 v. alt. No. C002901-3
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con diez mi-
nutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario en la Herencia Intestada dejada al fallecer por el señor
ESTEBAN ARGUETA HERNANDEZ, el día veintiocho de febrero
de dos mil doce en Jiquilisco, Departamento de Usulután, siendo éste
su último domicilio, al señor JOSE EVER GUEVARA MEMBREÑO,
en su calidad de Cesionario del Derecho que le correspondía a la señora
Ángela Membreño Argueta conocida por Felícita Argueta, en su calidad
de madre del causante.
Confiérasele al aceptante declarado la Administración y Represen-
tación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones
de Ley.
Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que
se crean con derecho a la Herencia para que se presenten a deducirlo en
el término de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los ocho
días del mes de junio de dos mil doce.- LIC. MANUEL DE JESUS SAN-
TOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SILVIA YANET
MEJIA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002903-3
JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y diez minutos
de este día se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON
BENEFICIO DE INVENTARIO la herencia testada que a su defunción
dejó el señor DAVID MENA ESPINOZA conocido por DAVID MENA,
al fallecer el día veintiocho de agosto del año dos mil seis, en el Cantón
Ojo de Agua de la jurisdicción de Usulután, el lugar que tuvo como
último domicilio de parte de la señora PATRICIA MENA ESCOBAR,
en calidad de heredera testamentaria del causante.
Confiriéndosele a la aceptante dicha la Administración y Repre-
sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
treinta días del mes de mayo del año dos mil doce.- LIC. JOSE AN-
TONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL
SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002904-3
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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y treinta y cinco
minutos de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Be-
neficio de Inventario le Herencia Intestada, que a su defunción dejó el
señor ROBERTO DE JESUS BERMUDEZ QUINTANILLA conocido
por ROBERTO DE JESUS BERMUDEZ, en la sucesión intestada que
éste dejó al fallecer el día veintisiete de diciembre de mil novecientos
noventa y dos, en el Barrio El Calvario de esta ciudad, siendo esta
misma su último domicilio, de parte del señor ROBERTO DE JESUS
RODRIGUEZ BERMUDEZ, en calidad de hijo del causante.
Confiriéndosele al aceptante dicho la Administración y Represen-
tación Interina de la sucesión con las restricciones y facultades de los
Curadores de la Herencia Yacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
trece días del mes de abril del dos mil doce.- LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002905-3
JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y quince minutos
de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de
Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor JOSE
SALVADOR VIGIL MONJARAS, al fallecer el día treinta y uno de julio
del año dos mil siete, en el Cantón San Francisco de la Jurisdicción de
Santa María, habiendo sido Santa María su último domicilio, de parte
de la señora CONSUELO GUADALUPE VIGIL MARAVILLA, en
calidad de hija del causante.
Confiriéndosele a la aceptante dicha la Administración y Repre-
sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
catorce días del mes de marzo de dos mil doce.- LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002906-3
LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con cua-
renta minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido por
aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejó ANIBAL ANTONIO ALEMAN GALDAMEZ, quien
falleció a las seis horas treinta minutos del día catorce de septiembre de
dos mil nueve, frente a la Empresa Simán Guazapa, siendo esta ciudad
su último domicilio, de parte de los señores SANDRA YANIRA HER-
CULES DE ALEMAN, JOSE ANIBAL ALEMAN HERCULES, y el
menor JONATHAN RIGOBERTO ALEMAN HERCULES, quien es
representado por su madre SANDRA YANIRA HERCULES DE ALE-
MAN, la primera en la calidad de cónyuge sobreviviente y los demás
como hijos sobrevivientes del causante.
Se confiere a los herederos declarados la administración y repre-
sentación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las
nueve horas con cuarenta y cinco minutos del día uno de febrero del dos
mil diez.- LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA
CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002919-3
LIC. CARLOS SANCHEZ LOPEZ, JUEZ SUPLENTE DE PRIMERA
INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SEBASTIAN, AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que según resolución de las ocho horas y cuarenta
minutos del día trece de abril de dos mil once, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que
a su defunción dejara el causante señor Pedro Flores, o Pedro Nolasco
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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Flores, quien fue de ochenta y dos años de edad, Jornalero, originario y
del Domicilio de San Sebastián, Casado, quien falleció a las diecisiete
horas, del día veintinueve de octubre de mil novecientos noventa y dos
de parte del señor José Dolores Flores Rivas, quien es de sesenta años de
edad, Agricultor, del Domicilio de San Vicente, portador del Documento
único de Identidad Número cero cero nueve nueve cuatro nueve siete
dos - dos, así como de la Tarjeta de Identificación Tributaria Número:
un mil nueve - doscientos cincuenta y un mil ciento cuarenta y nueve -
ciento uno - cero, en calidad de hijo del referido causante.
Confiérase al heredero declarado la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-
CIAL DE SAN SEBASTIAN, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE,
a las quince horas y treinta minutos del día veinticinco de mayo del año
dos mil doce.- LIC. CARLOS SANCHEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA SUPLENTE.- BR. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F044890-3
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y cuarenta
y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada, expresamente y
con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor JOSE
ANTONIO LOPEZ, al fallecer el día veintiséis de Enero del corriente
año, en el Cantón Joya Ancha Abajo de la ciudad de Santa Elena, Depar-
tamento de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio, de parte de
los señores: ANA DIGNA GOMEZ DE MEJIA y REYES ANTONIO
GOMEZ, en concepto de Cesionarios del derecho hereditario que le
correspondía al señor CARLOS HUMBERTO LOPEZ, en calidad de
sobrino del causante; confiriéndosele la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera
publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los dieciocho días del
mes de mayo del dos mil doce.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ
DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F044900-3
LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ,
Juez de lo Civil Interino, de este Distrito Judicial, al público para los
efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de este día se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
testamentaria que a su defunción dejó la causante TOMASA DE LOS
ANGELES SORIANO DE SANCHEZ conocida por ANGELA SO-
RIANO DE SANCHEZ, quien falleció el día veintiuno de agosto de
dos mil cinco, en el Barrio El Carmen de esta ciudad de Zacatecoluca,
su último domicilio, por parte de los señores MARYLAND DAYA-
NARA SANCHEZ RODRIGUEZ y GILBERTO DANIEL SANCHEZ
SORIANO o GILBERTO DANIEL SANCHEZ o DANIEL GILBERTO
SANCHEZ, en concepto de herederos testamentarios de la causante.
Nómbrase a los aceptantes, interinamente, administradores y represen-
tantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cinco de octubre de
dos mil once.-Entrelíneas:taria-Vale. Enmendado:testamen-Vale.- LIC.
ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ
DE LO CIVIL INTERINO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SE-
CRETARIO.
3 v. alt. No. F044908-3
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO.
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las catorce
horas del día doce de junio del presente año.- Se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada
por la señora Macaria Antonia Arucha Castillo conocida por Macaria
Antonia Arucha, Macaria Antonia Arucha de Trejo, Macaria Antonia
Arucha hoy de Ramos y por Macaria Antonia Arucha Castillo de Ramos,
de parte del señor OSCAR RENE TREJO, en concepto de cónyuge
sobreviviente de la causante.
Se ha conferido al aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas del día
quince de junio del dos mil doce.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ,
JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE
ESCOBAR, SECRETARIO.
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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI-
TOTO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este
Tribunal, a las Doce horas y treinta minutos de este mismo día, del pre-
sente mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción
dejara el causante señor EMILIO ANGEL LANDAVERDE, conocido
por ANGEL LANDAVERDE; quien falleció a las ocho horas treinta
minutos, del día catorce de febrero de dos mil once, en el Hospital
Nacional Rosales de la Ciudad de San Salvador; siendo su último
domicilio la ciudad de Suchitoto; de parte de los señores: VICTOR
MANUEL LANDAVERDE LANDAVERDE; y RENE ORLANDO
LANDAVERDE LANDAVERDE; actuando éstos en su calidad de
hijos Sobrevivientes de dicho causante.
Se les ha conferido a los aceptantes la administración y representa-
ción interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se
crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten
a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde
el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las
doce horas y cuarenta minutos del día veinticinco de junio del dos mil
doce.- LIC. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA
COCA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F044918-3
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las diez
horas y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente con
beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor JOSE
CIPRIANO ZALAZAR, quien falleció el día veinticinco de Octubre de
dos mil diez en Washington, Distrito de Columbia, Estados Unidos de
América, siendo el Cantón El Tamarindo, Jurisdicción de Conchagua
de este Departamento de La Unión lugar su último domicilio, de parte
de la señora REINA MARIA MORENO DE SALAZAR conocida por
REINA MARIA MORENO OJEDA, en concepto de cónyuge sobrevi-
viente del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que
les correspondían a la señora MARIS LEIDI SALAZAR MORENO
en concepto de hija sobreviviente del causante. Confiriéndole a dicha
aceptante, en el carácter indicado la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para
que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los dos días del mes
de Julio de dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F044926-3
LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD.
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a
las once horas y treinta minutos del día diecisiete de mayo del presente
año, fue aceptada expresamente y con BENEFICIO DE INVENTA-
RIO la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora
ANTONIA GALEANO viuda DE AGUILAR, conocida por ANTONIA
GALEANO y por ANTONIA GALEANO DE AGUILAR, quien falleció
el día diecinueve de mayo del año dos mil uno, a la edad de setenta y
un años, casada, originaria y del domicilio de esta ciudad, siendo esta
misma ciudad su último domicilio, de parte del señor PEDRO EFRAIN
HERNANDEZ, con Número de Identificación Tributaria cero setecientos
cinco - veintinueve cero cuatro cincuenta - cero cero uno - cero, éste en su
carácter de cesionario de los derechos hereditarios que como hijos de la
causante en mención les correspondían a los señores José Antonio, Luis
Alonso, ambos de apellidos Aguilar Galeano y a la señora Ana Araceli
Aguilar Galeano conocida por Ana Araceli Aguilar. Lo anterior según
Testimonio de Escritura Pública de Cesión de Derechos Hereditarios
otorgada en la Ciudad de Quezaltepeque de este Departamento, a las
once horas del día treinta de mayo del año dos mil nueve, ante los oficios
de la Notario Gloria Cecilia Ramos Medina de Sosa. Confiriéndose al
heredero declarado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION
INTERINA de la sucesión referida con las facultades y restricciones de
los Curadores de la Herencia Yacente, de conformidad a lo establecido
en el Art. 1163 Inc. 1° del Código Civil; citándose a las personas que se
crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el
término de quince días posteriores a la tercera publicación del presente
edicto.
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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los
diecisiete días del mes de mayo de dos mil doce.- LICDA. DIGNA
GLADIS MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTAN-
CIA.- LIC. JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F044962-3
RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, Notario, del domicilio de
Armenia y de Sonsonate, con Oficina en Lotes Cinco, Seis y Siete del
Polígono “B” de la Colonia LOS ANGELES de la Ciudad de Armenia
en el Departamento de Sonsonate.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las diecisiete horas
del día tres de julio del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada ex-
presamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó
la causante señora DOMINGA VASQUEZ BELTRAN, conocida por
DOMINGA VASQUEZ BELTRAND y DOMINGA VASQUEZ, a su
defunción ocurrida a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del día
diecinueve de junio del año dos mil diez, en la Colonia El Coquito del
Cantón Zacamil de la jurisdicción de Tepecoyo, a causa de Bronquitis, de
parte del señor RICARDO DE LEON MATA, quien posee Documento
único de Identidad Número cero dos millones cuatrocientos veinticinco
mil quinientos veintitrés - siete, y Número de Identificación Tributaria
cero ciento diez - ciento veinte mil trescientos veinticuatro - cero cero
uno - nueve, en su calidad de Cesionario de los Derechos Hereditarios
que le correspondían a la señora CRUZ ARBUES conocida por CRUZ
VASQUEZ, MARIA CRUZ VASQUEZ y por MARIA CRUZ ARBUEZ,
en su calidad de madre sobreviviente de la expresada causante; y en
consecuencia se le ha conferido a dicho aceptante la Administración y
Representación Interinas de la Sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la Oficina del Notario RAFAEL ANTONIO CUELLAR
ANGEL. En la Ciudad de Armenia, Departamento de Sonsonate, a los
tres días del mes de Julio del año dos mil doce.
LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F044968-3
JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de
este Municipio Judicial.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las once horas con cincuenta minutos del día cuatro de julio del presente
año.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-
tario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de
Mejicanos, Departamento de San Salvador, siendo esta ciudad de San
Marcos la de su último domicilio, el día doce de octubre del año dos
mil dos, dejó el causante ROBERTO ARTURO SARAVIA LINARES,
de parte del señor MARLON ARTURO SARAVIA RECINOS, en su
calidad de hijo del referido de cujus. Se ha conferido al aceptante la ad-
ministración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención,
para que transcurridos el término de quince días después de la tercera
publicación de este edicto, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus
derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las doce horas con quince minutos del día
cuatro de julio de dos mil doce.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA
CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA. NELY PORTILLO,
SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F044969-3
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las once horas con diez minutos del día veintiséis de marzo del corriente
año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia testamentaria que al fallecer dejó el causante señor BAU-
DILIO SOTO APARICIO, fallecido a las diecinueve horas del día diez
de Diciembre del año dos mil once, en el Barrio San Juan de la Ciudad
de San Rafael Oriente, de este Distrito, Departamento de San Miguel,
siendo la ciudad antes mencionada su último domicilio, de parte de la
señora Zahida Larissa Parada conocida por Saida Lariza Parada Soto y
también por Zahida Larissa Parada de Paíz; de treinta y seis años de edad,
profesora del domicilio de San Miguel, con Documento único de Identidad
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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396Número: Cero dos cuatro cinco uno ocho cinco cero guión cuatro y con
Tarjeta de Identificación Tributaria Número: Mil doscientos dieciocho
guión setenta mil ciento setenta y cinco guión ciento uno guión dos, en
su concepto de Heredera Testamentaria.- Nómbrasele a la aceptante en
el carácter dicho administradora y representante interina de la sucesión
de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a
los curadores de la herencia.
Publíquense los edictos de Ley.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las
once horas con veinte minutos del día veintiséis de marzo de dos mil
doce.- LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F044992-3
LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil del Distrito
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las doce
horas y quince minutos del día catorce de junio del corriente año. Se
declaró heredera expresamente y con beneficio de inventario de la herencia
intestada que al fallecer el día cinco de mayo del año dos mil once, en el
Caserío El Baratillo, Cantón San Sebastián de esta jurisdicción y distrito,
Departamento de La Unión, su último domicilio dejó el causante Roberto
Isabel Torres Reyes, de parte de la señora Clara Nimia Reyes de Torres,
conocida por Clara Nimia Menjívar, y por Clara Ygdomilia Reyes, en
concepto de madre sobreviviente del referido causante, de conformidad
con el Artículo 988 numeral 1° C.c. Se le confiere a la heredera declarada
en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de
los bienes de la indicada sucesión, con las restricciones de los curadores
de la herencia yacente. Extiéndase para sus publicaciones los edictos
correspondientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los die-
ciocho días del mes de junio de dos mil doce.- LIC. ANGEL ALBINO
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEP-
CION MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045005-3
JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de
este Municipio Judicial.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las
ocho horas con cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de junio de
dos mil doce.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la
Villa de San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, siendo
también su último domicilio, el día doce de enero de mil novecientos
cuarenta y nueve, dejó el causante SATURNINO VASQUEZ, de parte
de los señores JOSE ABRAHAM VASQUEZ MARMOL, ELICEO
VASQUEZ MARMOL, FERNANDO VASQUEZ MARMOL y ANA
GLORIA VASQUEZ DE MARTINEZ, en su calidad de nietos del
referido causante.- Se ha conferido a los aceptantes la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención,
para que transcurridos el término de quince días después de la tercera
publicación de este edicto, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus
derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil, Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las nueve horas del día cuatro de julio de
dos mil doce.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON,
JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA. NELY PORTILLO, SECRETARIA
INTERINA.
3 v. alt. No. F045019-3
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las doce horas quince minutos del día diecisiete de mayo del corriente
año, se tuvo por aceptada expresa y con beneficio de inventario la
herencia testamentaria que a su defunción dejó la causante señora MA-
RIA ERNESTINA TURCIOS, conocida por ERNESTINA TURCIOS,
ERNESTINA TURCIO y por MARIA ERNESTINA TURCIOS RIVAS,
quien fue de sesenta y tres años de edad, de oficios domésticos, de nacio-
nalidad salvadoreña, originaria de la Ciudad de San Jorge, Departamento
de San Miguel, fallecida a las diez horas del día veinte de enero del
año dos mil siete, siendo su último domicilio en Barrio Santa Rosa, de
la Ciudad de San Jorge, Departamento de San Miguel; de parte de los
señores: MARTIN DE JESUS TURCIOS ROMERO, en un porcentaje
equivalente a una sexta parte; con Documento único de Identidad Número
cero cuatro millones setecientos treinta y nueve mil doscientos sesenta y
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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. cinco - cero, en su calidad de heredero testamentario y además cesionario
del derecho hereditario que les correspondía a los señores Eliza Turcios
Romero, María Adelina Turcios de Mariona, conocida por María Ade-
lina Turcios Romero, Glenda Ernestina Turcios Menjívar conocida por
Glenda Ernestina Turcios Romero y Jorge Doroteo Turcios Romero, en
un porcentaje de cuatro sextas partes, éstos como herederos testamenta-
rios; y GLADYS MERCEDES TURCIOS DE CAMPOS, conocida por
GLADIS MERCEDES TURCIOS ROMERO, en un porcentaje de una
sexta parte, con Documento único de Identidad Número cero uno dos
ocho dos cinco cuatro siete - cuatro; ésta como heredera testamentaria
de la causante.- Nómbrase a los herederos declarados en el carácter antes
dicho administradores y representantes interinos de la sucesión de que se
trata con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores
de la herencia yacente.- Notifíquese.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las
once horas treinta y cinco minutos del día dieciocho de mayo de dos mil
doce.- LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045025-3
HErENcia YacENTE
DOCTOR JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas seis minutos
del día dieciocho de junio de dos mil doce, se ha declarado yacente la
herencia que dejó el causante señor ERIBERTO MANCÍA, fallecido a
las veintitrés horas del día doce de octubre de dos mil once, en Ceclisa,
de Ahuachapán, su último domicilio el de Ahuachapán, habiéndole
nombrado curadora de la herencia yacente para que represente a la
sucesión del señor ERIBERTO MANCÍA, a la Licenciada LAURA
BRISEIDA PADILLA DE AYALA, a quien se le hizo saber su nom-
bramiento y previa aceptación y juramentación, se le discernió el cargo
por resolución de las quince horas cuatro minutos del día dieciocho de
junio de dos mil doce, lo que se pone en conocimiento del público, para
los fines de Ley.
Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las quince horas cincuenta
minutos del día dieciocho de junio de dos mil doce.- Dr. JULIO CÉSAR
FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CLAUDIA LELIN GUEVARA
DE PEÑATE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F044905-3
TÍTUlo DE ProPiEDaD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se presentó JOSÉ ATILIO
TEJADA AYALA, de sesenta y nueve años de edad, comerciante, del
domicilio de Soyapango, departamento de San Salvador, con Documento
único de Identidad número cero uno cuatro cero cuatro seis seis cua-
tro- cuatro, y con Número de Identificación Tributaria cero cuatro tres
uno- dos dos cero siete cuatro dos- cero cero uno- dos, solicitando se le
extienda a su favor, Título de Propiedad de un inmueble urbano de su
propiedad ubicado en el barrio El Centro, Avenida Colón, sin número, de
esta población, de una extensión superficial de CIENTO OCHENTA Y
OCHO PUNTO DIECISÉIS METROS CUADRADOS, de las medidas
y colindancias siguientes: AL NORTE, mide treinta y dos punto cero
nueve metros, colinda con propiedad de Jorge Alberto Ardón Valle,
cerco de alambre de púas de por medio; al ORIENTE, mide ocho punto
trece metros, colindando con propiedad de Hugo Amílcar Gutiérrez, calle
principal de por medio, y con Vilma Jovita Gutiérrez, calle principal
de por medio, al SUR, en cuatro tramos, el primero mide cinco punto
cero un metros, el segundo mide cero punto quince metros, el tercero
mide cinco punto cero cinco metros, y el cuarto mide diecinueve punto
veintinueve metros, colindando con propiedad de Héctor Alexander
Tejada Arteaga, con pared de ladrillo y parte de alambre de púas de por
medio, y al PONIENTE, mide seis punto cincuenta y cuatro metros,
colinda con propiedad de DIARFU, S. A. DE C. V., pared de bloque
de por medio. No es dominante, ni sirviente, no tiene cargas o derechos
reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie.
Lo adquirió por medio de escritura de compraventa otorgada por
José Alberto Tejada Ayala, ante los oficios notariales de Ana Ángela
Arias, en la ciudad de Chalatenango, el día catorce de septiembre del
año dos mil once, lo valora en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA ($ 5,000.00).
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: San Rafael, departamento de Chalatenango,
tres de julio de dos mil doce.-
ROBERTO ALIRIO GUARDADO OLIVA,
Alcalde Municipal.
MANUEL DE JESúS CHACÓN,
Secretario Municipal.
3 v. alt. No. F045041-3
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se presentó MERCEDES
DEL MILAGRO TEJADA AYALA, de cincuenta y ocho años de edad,
empleada, de este domicilio, con Documento único de Identidad número
cero cero siete cuatro nueve seis cinco nueve- cinco, y con Número de
Identificación Tributaria cero cuatro tres uno- uno cinco cero cuatro
cinco cuatro- cero cero uno- tres, solicitando se le extienda a su favor,
Título de Propiedad de un inmueble urbano de su propiedad ubicado
en el barrio El Centro, Avenida Colón, y calle antigua a San Francisco
Morazán, sin número, de esta población, de una extensión superficial
de CIENTO VEINTE PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUA-
DRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, en
dos tramos; el primero mide cinco metros treinta y siete centímetros, el
segundo mide ocho metros con veinte centímetros, divididos por pared
de ladrillo de por medio colinda con propiedad de José Alberto Tejada
Ayala, al ORIENTE, mide ocho punto sesenta y cuatro metros, colinda
con propiedad de Hugo Amílcar Gutiérrez, calle de por medio, y con
Vilma Jovita Gutiérrez de López, calle de por medio, al SUR, en tres
tramos, el primero mide cero punto sesenta y nueve metros, el segundo
mide tres metros con treinta y tres centímetros, y el tercero mide seis
punto treinta y cinco metros, colindando con propiedad de Luis Anto-
nio Alvarenga, calle de por medio, y al PONIENTE: mide once punto
veintiún metros, colinda con propiedad de José Roberto Tejada, pared
de bloque de por medio. No es dominante, ni sirviente, no tiene cargas o
derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie.
Lo adquirió por medio de escritura de compraventa otorgada por José
Alberto Tejada Ayala, ante los oficios notariales de Ana Ángela Arias,
en la ciudad de Chalatenango, el día catorce de septiembre del año dos
mil once, lo valora en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA ($ 5,000.00).
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: San Rafael, departamento de Chalatenango,
tres de julio de dos mil doce.-
ROBERTO ALIRIO GUARDADO OLIVA,
Alcalde Municipal.
MANUEL DE JESúS CHACÓN,
Secretario Municipal.
3 v. alt. No. F045042-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se presentó JOSÉ ALBERTO
TEJADA AYALA, de setenta y siete años de edad, Agricultor, de este
domicilio, con Documento único de Identidad número cero uno seis cero
siete seis dos nueve- siete, y con Número de Identificación Tributaria
cero cuatro tres uno- dos siete cero ocho tres cuatro -uno cero uno- siete,
solicitando se le extienda a su favor, Título de Propiedad de un inmueble
urbano de su propiedad ubicado en el barrio El Centro, Avenida Colón,
sin número, de esta población, de una extensión superficial de OCHENTA
Y SEIS PUNTO SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de las
medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, en dos tramos; el primero
mide siete metros noventa y ocho centímetros, el segundo mide ocho
metros con trece centímetros, divididos por pared de por medio colinda
con propiedad de Héctor Alexander Tejada Arteaga, al ORIENTE, mide
cinco punto cuarenta y cuatro metros, colinda con propiedad de Hugo
Amílcar Gutiérrez, calle de por medio, y con Vilma Jovita Gutiérrez
de López, calle de por medio, al SUR, en dos tramos, el primero mide
ocho metros con veinte centímetros, el segundo mide cinco metros con
treinta y siete centímetros, colindando con propiedad de Mercedes del
Milagro Tejada Ayala, y al PONIENTE: en tres tramos, el primero mide
tres metros con setenta y seis centímetros, el segundo mide dos metros
con cincuenta y ocho centímetros, y el tercero mide un metro con doce
centímetros, colinda con propiedad de José Roberto Tejada, pared de
bloque de por medio. No es dominante, ni sirviente, no tiene cargas o
derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie.
Lo adquirió por medio de escritura de posesión material otorgada ante
los oficios notariales de José Javier Clavel Flamenco, en la ciudad de
Dulce Nombre de María, el veinticinco de mayo del año dos mil cuatro,
lo valora en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE NORTEAMÉRICA ($ 5,000.00).
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal; San Rafael, departamento de Chalatenango,
tres de julio de dos mil doce.-
ROBERTO ALIRIO GUARDADO OLIVA,
Alcalde Municipal.
MANUEL DE JESúS CHACÓN,
Secretario Municipal.
3 v. alt. No. F045043-3
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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. TÍTUlo SUPlETorio
LICENCIADO JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
RONALD GIOVANNI CARDONA ALVARADO, de cuarenta años de
edad, Abogado, de este domicilio, con carné de Abogado número cuatro
mil ochocientos treinta y siete, en su calidad de Apoderado Especial
Judicial de la señora GERTRUDIS GÁMEZ GODINEZ, de sesenta y
seis años de edad, ama de casa, del domicilio de Jutiapa, departamento
de Cabañas, con Documento único de Identidad número cero cero
quinientos setenta y un mil cuatrocientos- dos; solicitando TÍTULO
SUPLETORIO a favor de la señora GERTRUDIS GÁMEZ GODINEZ,
de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Barrio El Calvario,
Jutiapa, departamento de Cabañas, de la extensión superficial de UN
MIL OCHOCIENTOS TREINTA PUNTO OCHENTA Y UN METROS
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, en
veintidós metros, con terreno que fue de Isaac Valiente y de Salvador
Pérez León, hoy de la señora Jesús Bran, divididos por pared propia del
colindante; AL NORTE, cincuenta y dos metros con treinta centímetros,
con terreno de la sucesión de Demetrio Peña y de Candelaria Escobar y
José María Miranda, hoy de Raúl Escobar y Jesús Lara Melgar, camino
que conduce al Platanar de por medio; AL PONIENTE, treinta y tres
metros, con terreno de Miguel Estrada y de Mercedes Escobar, hoy de
Ángela Milagro López de Cáceres, comenzando de una vuelta que está
a la orilla del camino por cerco de zanjo y piña hasta llegar a otro árbol
de jiote, antes de Isaac Valencia, divididos por una zanjuela natural de
por medio; y AL SUR, sesenta y seis metros, colinda antes con Salvador
Pérez León, hoy de Priscila Tobar, cerco de por medio. El inmueble
descrito no es sirviente, ni dominante, no está en proindivisión con
persona alguna, no tiene cargas, ni gravámenes de ninguna naturaleza;
asimismo la titulante valúa el inmueble en mención en DOCE MIL
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, Inmueble
que lo obtuvo por compra que hizo al señor ELÍAS TOBAR, dicho
inmueble la titulante tiene más de diez años de poseerlo, unida dicha
posesión a la de su tradente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,
a las quince horas treinta y cinco minutos del día dos de julio de dos mil
doce. Lic. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. Licda. ÁNGELA VERÓNICA GUERRA HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002916-3
JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,
AL PúBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada
MARÍA ELENA ORELLANA, como Apoderada General Judicial con
Cláusula Especial del señor VICTORIANO RODRÍGUEZ AMAYA,
conocido por VICTORIANO RODRÍGUEZ, de setenta y nueve años
de edad, pensionado de este domicilio, pero actualmente del domicilio
de Los Ángeles, Estado de California, de los Estados Unidos de Norte
América, solicitando se le extienda TÍTULO SUPLETORIO a favor del
referido señor, de un inmueble de naturaleza rústica situado en Cantón
El Tempisque, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, el cual se
describe así: Con una extensión superficial de ONCE MIL NOVENTA
Y OCHO PUNTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS,
que mide y linda: AL ORIENTE, desde la esquina de un cerco de piedra
en línea recta hasta llegar a otra esquina de cerco de piedra mide sesenta
y seis metros, linda con Antonio Membreño, separados por cerco de
piedra; AL SUR, desde la esquina antes dicha línea recta, hasta llegar a
otra esquina de cerco de la misma naturaleza mide ciento setenta y ocho
metros, linda con Antonio Membreño, separados por cerco de piedra; AL
PONIENTE, desde la esquina últimamente citada en línea recta hasta
llegar a otra esquina formado por el cerco mencionado mide sesenta y
ocho punto doce metros, linda con Pedro Rodríguez, separados por cerco
de piedra; y AL NORTE, desde la esquina del cerco antes dicho línea
recta hasta llegar a la esquina del cerco de piedra de donde se comenzó
la presente descripción mide ciento cincuenta y tres metros, linda con
Victoriano Rodríguez Amaya, divididos por cerco de piedra propio. Lo
adquirió por compraventa que le hizo a la señora ISABEL PINEDA DE
ORELLANA, en el mes de mayo de mil novecientos noventa y dos, y
lo valora en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA.
Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los ocho días
del mes de junio de dos mil doce.- Lic. JOSÉ ÁNGEL POSADA
CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. HUGO ERNESTO
MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045052-3
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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396rENoVaciÓN DE MarcaS
No. de Expediente: 1971019605
No. de Presentación: 20110156732
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ASESORÍA Y MERCADEO, SOCIEDAD ANÓNI-MA, del domicilio de Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 19605 del Libro 00045 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras MARLEN LAMUR; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil once.-
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002928-3
No. de Expediente: 2001012574
No. de Presentación: 20120167853
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MAURICIO AYALA ROBLES, mayor de edad, COMERCIANTE, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de DISTRIBUCIONES DIVERSAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00199 del Libro 00150 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra "Easy Buy", en letras de molde grandes, estilizadas siendo las primeras letras "E" y "B" más grandes que las demás; la palabra "Easy Buy" está inscrita dentro de una figura rectangular negra con los extremos ovoides; abajo de la palabra Easy Buy, iniciando en la "y" de Easy se encuentra la frase “shoes store" no inscribible; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil doce.-
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F044921-3
No. de Expediente: 1999006989
No. de Presentación: 20110158145
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado
FRANCISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, mayor de edad,
ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR,
DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de TILIBRA
PRODUCTOS DE PAPELARIA LTDA., del domicilio de Rua
Aimorés, 6-9, Vila Cardia, Bauru/SP-Brasil, de nacionalidad
BRASILEÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción
Número 00146 del Libro 00141 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS,
consistente en LA PALABRA TILIBRA ESCRITA EN LETRAS
DE MOLDE MAYúSCULAS DE COLOR NEGRO; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi-
cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de mayo del año dos mil doce.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F044993-3
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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. No. de Expediente: 1999000661
No. de Presentación: 20110161576
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de Telefónica, S.A., del domicilio de Gran Vía
28, 28013 Madrid, España, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00198 del Libro 00149 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en un rectángulo horizontal
de color azul oscuro, dentro del cual aparece la palabra "Telefónica" en
letras minúsculas, estilizadas tipo carta, excepto la "T" que es mayúscula,
estilizada, y abajo una línea muy fina que subraya toda la palabra. Todo
lo anterior en color verde claro; que ampara productos/servicios com-
prendidos en la(s) Clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los catorce días del mes de mayo del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F044995-3
No. de Expediente: 2002022494
No. de Presentación: 20120169638
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por
JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad,
ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de VIRBAC S.A., del domicilio de 1ére Avenue
2065 m - L.I.D. 06516 Carros Cédex, Francia, de nacionalidad FRAN-
CESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00137
del Libro 00163 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la
palabra VIRBAC, escrita en letras de molde mayúsculas; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los doce días del mes de junio del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045038-3
No. de Expediente: 1995000068
No. de Presentación: 20120168215
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SPENCO ME-
DICAL CORPORATION, del domicilio de 6301 Imperial Drive, Waco,
Texas 76712, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00122 del Libro 00159 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en
la palabra POLYSORB; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045039-3
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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396No. de Expediente: 1962008831
No. de Presentación: 20120165777
CLASE: 23.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de J. & P. COATS, LIMITED, del domicilio
de 1 George Square, Glasgow, G2 1AL, Scotland, de nacionalidad
ESCOCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
08831 del Libro 00029 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA
PALABRA "APTAN"; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 23 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045040-3
MarcaS DE faBrica
No. de Expediente: 2012117529
No. de Presentación: 20120166911
CLASE: 11.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FAUSTO
ARTURO VERGARA SUAREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Sol DiNaMic
Consistente en: las palabras SOL DINAMIC, donde la palabra
Dinamic se traduce al castellano como Dinámico, que servirá para:
AMPARAR: PANELES SOLARES. Clase: 11.
La solicitud fue presentada el día once de abril del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de junio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F044965-3
No. de Expediente: 2012116827
No. de Presentación: 20120165775
CLASE: 26.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERADO de CARLO DOLLERO FIGUEROA, de nacionalidad MEXICANA y ARMANDO ERNESTO DOLLERO FIGUEROA, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra shasa y diseño, que servirá para: AM-PARAR: ENCAJES Y BORDADOS, CINTAS Y CORDONES; BOTO-NES, GANCHOS Y OJETES, PERNOS DE COCER, HORQUILLAS PARA EL CABELLO, AGUJAS; FLORES ARTIFICIALES; PINZAS PARA EL CABELLO, PEINETAS, ADORNOS PARA EL CABELLO, CINTAS PARA EL CABELLO, LISTONES PARA EL CABELLO, SUJETADORES DE COLA DE CABELLO. Clase: 26.
La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045033-3
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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. No. de Expediente: 2012116829
No. de Presentación: 20120165780
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por
JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de
APODERADO de TERANA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO,
TEraNa
Consistente en: la palabra TERANA, que servirá para: AMPARAR:
CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCE-
DANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE
CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA,
HELADOS; MIEL; JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS
DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDI-
MENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de junio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F045034-3
No. de Expediente: 2012116823
No. de Presentación: 20120165771
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por
JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de
APODERADO de ARMANDO ERNESTO DOLLERO FIGUEROA,
de nacionalidad MEXICANA y CARLO DOLLERO FIGUEROA, de
nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra shasa y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: LENTES DE SOL, ESTUCHES PARA LENTES DE PIEL
E IMITACIÓN DE PIEL, ACCESORIOS PARA TELÉFONOS CE-
LULARES A SABER, FUNDAS, CLIPS, BOLSAS, MICRÓFONOS,
AUDÍFONOS, CARGADORES PARA BATERÍAS. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045035-3
No. de Expediente: 2012116824
No. de Presentación: 20120165772
CLASE: 14.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por
JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de
APODERADO de ARMANDO ERNESTO DOLLERO FIGUEROA,
de nacionalidad MEXICANA y CARLO DOLLERO FIGUEROA, de
nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra shasa y diseño, que servirá para: AMPA-
RAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, ARTÍCULOS
DE METALES PRECIOSOS O CHAPADOS, A SABER, ALFILERES
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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396DE ADORNO, ARETES, BRAZALETES, COLLARES, ANILLOS;
JOYERÍA, JOYERÍA DE FANTASÍA, PIEDRAS PRECIOSAS, RE-
LOJES E INSTRUMENTOS CRONOMETRICOS. Clase: 14.
La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F045037-3
NoMBrE coMErcial
No. de Expediente: 2011114900
No. de Presentación: 20110161659
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NORA
MARIA AMAYA RIVAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de BOHEMIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: BOHEMIA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras VIDA BOHEMIA y diseño, que
servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO CUYO GIRO
O ACTIVIDAD MERCANTIL ES PUBLICIDAD Y GESTION DE
NEGOCIOS COMERCIALES Y SERVICIOS DE RESTAURACION
EN MEDIOS DE COMUNICACION, IMPRESOS DIGITALES Y
AUDIOVISUALES, BARES, RESTAURANTES Y REALIZACION
DE ESPECTACULOS DE ENTRETENIMIENTO, CULTURALES Y
ARTISTICOS.
La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de junio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002896-3
No. de Expediente: 2012116097
No. de Presentación: 20120164359
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado AMALIA PATRICIA MENDEZ DE GONZALEZ, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la palabra SPLASH KIDS y diseño, que se traduce como NIÑOS CHAPOTEANDO, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A BRINDAR SERVICIOS PRESTADOS A LA EDUCACIÓN FÍSICA DE CLASES DE NATACIÓN PARA PER-SONAS DE TODAS LAS EDADES, TAMBIÉN LA INVERSIÓN EN SOCIEDADES SALVADOREÑAS O EXTRANJERAS, YA SEA AD-QUIRIENDO LAS ACCIONES EN LAS SOCIEDADES DE CAPITAL YA CONSTITUIDAS O SUSCRIBIENDO CAPITAL EN NUEVAS SOCIEDADES POR CONSTITUIRSE. CELEBRAR TODA CLASE DE CONTRATOS Y OBLIGARSE EN CUALQUIER FORMA.
La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de mayo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002902-3
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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. No. de Expediente: 2012117037
No. de Presentación: 20120166090
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIGUEL ANGEL HANDAL MEJIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
GarDENS
Consistente en: la palabra GARDENS. Se traduce al castellano como: Jardines, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO QUE SE DEDICARA A LA VENTA DE PRODUCTOS AGRICOLAS, ESPECIALMENTE PARA JARDINES Y VIVEROS.
La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F044953-3
SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial
No. de Expediente: 2012116155
No. de Presentación: 20120164465
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ALEX FERNANDO BOLAÑOS PANAMA, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de VENDING DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: VENDES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: las palabras vendes El futuro es automatico y diseño,
que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSU-
MIDOR SOBRE MÁQUINAS DISTRIBUIDORAS AUTOMÁTICAS
DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F044952-3
No. de Expediente: 2012117036
No. de Presentación: 20120166089
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIGUEL
ANGEL HANDAL MEJIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la EXPRESION
O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: las palabras GARDENS Jardinería . Vivero y diseño.
Se traduce la palabra Gardens al castellano como: Jardines, que servirá
para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR EN
LA ELABORACION DE JARDINES Y VIVEROS, EL CUIDO Y
MANTENIMIENTO DE LOS MISMOS.
La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F044954-3
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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396SUBaSTa PÚBlica
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO.
HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por
la Licenciada Haldys Cristina Asunción Godínez Vides, como Apode-
rada del Banco Procredit S.A., contra los señores René Ramírez, Enma
Alvarado Rivas de Serrano, conocida por Enma Alvarado de Serrano y
por Enma Alvarado Rivas y José María Serrano Lemus, se venderá en
este Juzgado en Pública Subasta y en fecha oportuna los siguientes
inmuebles: PRIMERO: "Una porción de terreno rústico, situado en
Parcelación Altamira, Jurisdicción de Guaymango, del Departamento
de Ahuachapán, de una Extensión Superficial de DOS HECTAREAS
CINCUENTA Y UNA AREAS DIECISIETE CENTIAREAS, el cual
se localiza partiendo de la intersección formada por la orilla Norte de la
Carretera del Litoral, a la orilla Poniente de la Calle de servidumbre
de diez metros de ancho, propiedad de la Parcelación llamada Central,
se continúa sobre esta última con los siguientes rumbos y distancias:
Norte, doce grados veinte minutos Oeste, ciento cincuenta y nueve
metros, Norte, veinticinco grados cincuenta y un minutos Este, quinien-
tos treinta y dos metros; Norte, veinticinco grados treinta y tres minutos
Este, doscientos treinta y dos metros; Norte, diez grados treinta y siete
minutos Este, doscientos tres metros; Norte, cuarenta y seis grados
treinta y un minutos Este; trescientos setenta y cuatro metros; Norte,
veintiocho grados cuarenta y cuatro minutos Este, ciento treinta y tres
metros; Norte, trece grados treinta y cinco minutos Este, trescientos
cincuenta y dos metros; Norte, cuarenta grados veinte minutos Este,
ochenta y siete metros cincuenta centímetros Norte, veinticuatro grados
cuarenta y nueve minutos treinta segundos Este, cincuenta y cinco
metros, noventa y siete centímetros; Norte, veintiséis grados ochenta
minutos veinticuatro segundos cincuenta y cuatro metros veinticinco
centímetros; Norte, veinticuatro grados cuarenta y tres minutos cincuen-
ta y dos segundos Este, cincuenta y cuatro metros cincuenta centímetros
y se llega al esquinero Sureste del terreno cuyas medidas y linderos a
partir del mencionado esquinero son: AL SUR; línea recta de doscientos
ochenta y cinco metros treinta y seis centímetros con rumbo Norte,
sesenta grados dos minutos veintisiete segundos Oeste, y linda con te-
rreno de MARIA ROSARIO ORELLANA; AL PONIENTE, línea
recta de ochenta y nueve metros catorce centímetros, con rumbo Norte,
veintisiete grados cuarenta y cuatro minutos treinta y seis segundos Este,
y linda con la Hacienda Costa Azul, conocida como lote número tres,
antes, de doña LIDIA AREVALO DE MOLINA, hoy de Parcelación
Rurales de Desarrollo Sociedad Anónima, AL NORTE, línea recta de
doscientos ochenta y nueve metros setenta y ocho centímetros, con
rumbo Sur, cincuenta y ocho grados cuarenta y cuatro minutos cuatro
segundos Este, linda con terreno propiedad de Parcelación Rurales de
Desarrollo, Sociedad Anónima; AL ORIENTE; línea recta ochenta y
dos metros noventa y siete centímetros con rumbo Sur, veintitrés punto
cero cinco grados treinta y nueve minutos y nueve segundos Oeste, y se
llega al esquinero Sur Este, punto de partida de la descripción linda con
Calle de servidumbre de diez metros de ancho con resto del inmueble
propiedad de Parcelaciones Rurales de Desarrollo Sociedad Anónima,
contiene una casa paredes de ladrillos, techo de tejas. El inmueble se
encuentra debidamente registrado a nombre del ejecutado señor RENE
RAMIREZ LOPEZ, conocido por RENE RAMIREZ, inscrito en el
Sistema de Folio Real Automatizado bajo la matrícula número: UNO
CERO UNO TRES UNO OCHO CUATRO CERO-CERO CERO CERO
CERO CERO, en el ASIENTO TRES DEL CENTRO NACIONAL DE
REGISTROS, TERCERA SECCION DE OCCIDENTE, DEPARTA-
MENTO DE SONSONATE. SEGUNDO: "Una porción de inmueble
de naturaleza rústica, situado en el Cantón Talcomunca, Jurisdicción de
Izalco, del Departamento de Sonsonate, marcado en la escritura respec-
tiva como Porción "A", ubicado en el rumbo Norte del todo de donde
se desmembró, de la capacidad superficial de QUINIENTOS SETENTA
Y CINCO METROS CUADRADOS y linda AL NORTE: linda con
NICOLAS CALDERON, cerco de por medio; AL ORIENTE, con
parte de lo que fue de ROSARIO CALDERON, hoy Sucesión, cerco
propio de por medio; AL SUR, con la propiedad de OVIDIO VASQUEZ
AGUILAR. AL PONIENTE: con parte del terreno de NICOLAS CAL-
DERON, camino de por medio que conduce al Cantón TUNALMILES,
hoy manifiesta la compareciente que dicho terreno contiene una casa de
pared de ladrillos, techo de lámina, goza de los servicios de agua pota-
ble y luz eléctrica. El inmueble antes descrito se encuentra a nombre del
señor RENE RAMIREZ LOPEZ, conocido por RENE RAMIREZ,
inscrito en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la matrícula
número: UNO CERO CERO OCHO DOS NUEVE SIETE DOS-CERO
CERO CERO CERO CERO en el ASIENTO TRES DEL CENTRO
NACIONAL DE REGISTROS, TERCERA SECCION DE OCCIDEN-
TE. DEPARTAMENTO DE SONSONATE. TERCERO: "Un inmueble
de naturaleza urbana, situado en los suburbios del Barrio El Ángel, de
la ciudad y Departamento de Sonsonate, LOTE SIN NUMERO, de la
capacidad superficial de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS METROS
CINCUENTA Y TRES DECIMETROS CERO CUATRO CENTIME-
TROS CUADRADOS, mide y linda, AL SUR: veinticinco punto cero
ocho metros, con lote número doscientos cincuenta y cuatro, propiedad
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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. de Elías Morán y María Ursula Aguilar de Morán; AL ORIENTE: siete
punto ciento cinco metros, con lote número doscientos cincuenta y seis
propiedad de Fabio Palacios y lote Fabio Antonio Palacios; AL NORTE:
veintisiete metros, con propiedad de Joaquín Arnulfo Ramírez; y AL
PONIENTE: dieciocho punto novecientos sesenta y cuatro metros, con
la Veintiséis Avenida Sur de por medio, con el lote número doscientos
sesenta y dos, arrendado a José Antonio Pénate y lote de Paula de Jesús
Valle, inmueble totalmente construido, cuya construcción es de sistema
mixto y goza de todos sus servicios. El inmueble se encuentra a nombre
de la ejecutada señora ENMA ALVARADO RIVAS DE SERRANO,
conocida como ENMA ALVARADO DE SERRANO; bajo en el Sis-
tema de Folio Real Automatizado en la Matrícula número: UNO CERO
CERO TRES UNO CINCO CERO TRES-CERO CERO CERO CERO
CERO, en el ASIENTO SIETE, CENTRO NACIONAL DE REGIS-
TROS, TERCERA SECCION DE OCCIDENTE, DEPARTAMENTO
DE SONSONATE.- CUARTO: El resto que le ha quedado de una
Porción un inmueble de naturaleza urbana, desmembrado de otro de
mayor extensión, marcado con el Número Veintisiete del Primer Tablón
Primero de la Colonia Santa Marta, Barrio El Ángel, de la Ciudad y
Departamento de Sonsonate, la casa de sistema mixto con servicio de
agua y energía eléctrica que contiene, el cual originalmente medía: AL
NORTE y AL SUR, trece metros trescientos setenta y seis milímetros;
AL ORIENTE y PONIENTE: cien metros trescientos veinte milímetros,
de una capacidad superficial original de un mil novecientas veinte varas
cuadradas o sea un mil trescientos cuarenta y un metros ochenta y ocho
decímetros tres centímetros cuadrados; inmueble que por haberse ven-
dido una porción se encuentra reducido a las medidas y linderos siguien-
tes: AL NORTE, trece metros trescientos setenta y seis milímetros,
según medida tiene veintidós metros ochenta centímetros, Primera
Calle de por medio con lote de Leandro Mata; AL SUR: la misma me-
dida del NORTE, linda con porción vendida al señor Miguel Orellana
Mejía; AL ORIENTE: cuarenta y tres metros veintidós centímetros, con
don Adán Osorio Alvarenga; y AL PONIENTE: cuarenta y dos metros
ochenta y dos centímetros, linda con Carmen M. López, hoy sucesión;
tiene una capacidad superficial de quinientos setenta y cinco metros
cuarenta y tres decímetros cincuenta y cinco centímetros veinte milíme-
tros cuadrados; el resto de inmueble antes descrito está gravado con
servidumbre de tránsito a favor de la porción vendida a Miguel Orella-
na Mejía, servidumbre que está situada al rumbo Poniente del resto
antes descrito y va de Sur a Norte para empalmar con la Primera Calle
que existe al rumbo Norte de dicho resto, para que la porción vendida
pueda salir a dicha calle, la servidumbre tiene tres metros diez centíme-
tros de ancho por todo el largo necesario. El inmueble se encuentra a
nombre del ejecutado señor RENE RAMIREZ LOPEZ, conocido por
RENE RAMIREZ, bajo el número: CINCUENTA Y TRES DEL LIBRO
SEISCIENTOS VEINTE DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ
E HIPOTECAS DE LA TERCERA SECCION DE OCCIDENTE,
DEPARTAMENTO DE SONSONATE.- QUINTO: "Un inmueble de
naturaleza urbana, situado en Colonia Bernal, Calle Principal, Porción
"A", Lote número Setecientos Cincuenta, Proyecto Colonia Bernal,
Calle Principal, correspondiente a la ubicación geográfica de San Sal-
vador, Departamento de San Salvador, dicho lote tiene un Área de
OCHENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, sus
medidas Perimétricas son las siguientes: Lado Cero Cero Uno: AL
NORTE: DIEZ PUNTO CERO CERO METROS; AL SUR: DIEZ
PUNTO CERO CERO METROS; AL ORIENTE: OCHO PUNTO
CERO CERO METROS; y AL PONIENTE: OCHO PUNTO CERO
CERO METROS; inscrito a favor del señor JOSE MARIA SERRANO
LEMUS. Antecedente bajo el número: MO CINCO UNO DOS CUATRO
SEIS CERO OCHO, en el ASIENTO NUMERO TRES, EN EL SIS-
TEMA DENOMINADO REGISAL UNO Y DOS, hoy trasladado bajo
el Sistema de Folio en la Matrícula Número SEIS CERO CUATRO
DOS CUATRO SIETE SIETE DOS - CERO CERO CERO CERO
CERO ambas inscripciones en EL CENTRO NACIONAL DE REGIS-
TROS, PRIMERA SECCION DEL CENTRO, SAN SALVADOR,
DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR. SEXTO: "Un inmueble de
naturaleza urbana, situado en URBANIZACION BOSQUES DEL RIO
III, POLIGONO OCHO-A-, LOTE NUMERO OCHO, correspondien-
te a la ubicación geográfica de Soyapango, Departamento de San Sal-
vador, en el cual hay construida una casa de sistema mixto con todos
sus servicios necesarios y tiene la localización, medidas y linderos si-
guientes lote número Ocho del grupo Ocho -A-. A partir de la intersec-
ción de la Calle Bosques del Río y el Pasaje número Veintinueve,
CIENTO TREINTA Y CUATRO PUNTO SESENTA Y SEIS METROS,
con deflexión derecha de noventa grados y una distancia de tres metros
se llega al esquinero SUR-ESTE del lote que se describe, el cual mide
y linda: AL SUR: cinco metros rumbo Sur, sesenta y nueve grados
cincuenta y nueve punto seis metros Oeste, linda con lote número cinco
del grupo número cuarenta de la Colonia Bosques del Río número Tres,
Pasaje número veintinueve de por medio de seis metros de ancho; AL
OESTE: quince metros rumbo Norte, veinte grados cero cero punto
cuatro minutos Oeste, linda con lote número seis del grupo número Ocho
-A-, de la Colonia Bosques del Río número Tres; AL NORTE: cinco
metros rumbo Norte, sesenta y nueve grados cincuenta y nueve punto
seis minutos Este, linda con lote número Tres del grupo número Ocho
de la Colonia Bosques del Río número Uno, AL ESTE: quince metros
rumbo Sur, veinte grados cero cero punto cuatro minutos Este, linda con
lote número diez del grupo número Ocho -A-, de la Colonia Bosques
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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396del Río número Tres, el lote así descrito tiene un Área de SETENTA Y
CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO SIETE
PUNTO TREINTA Y UNO VARAS CUADRADAS, y linda por todos
sus rumbos con terrenos que son o han sido propiedad de Sociedad
Orfilio Valiente y Compañía, Sociedad en Comandita, dicho inmueble
se encuentra inscrito a favor de la señora: ENMA ALVARADO DE
SERRANO, conocida por ENMA ALVARADO RIVAS DE SERRANO,
Antecedente bajo el número bajo el Sistema de Folio en la Matrícula
Número: SEIS CERO CUATRO DOS CUATRO SIETE NUEVE SIE-
TE - CERO CERO CERO CERO CERO; en el CENTRO NACIONAL
DE REGISTROS, PRIMERA SECCION DEL CENTRO, SAN SAL-
VADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.- SEPTIMO:
“DOS LOTES: PRIMER LOTE: Un terreno rústico sin cultivo perma-
nente, ni obra muerta, que se desmembró de otro mayor, situado en el
lugar llamado EL PAPATURRO, de Jurisdicción de San Juan Tepezontes
de CIENTO SETENTA Y CINCO AREAS DE SUPERFICIE, de los
linderos y mojones especiales siguientes: AL NORTE: Actualmente
calle de por medio con terreno que hoy es de Dominga González, de un
mojón esquinero de jiote a un mojón de pito, con cerco de alambre
propio; AL PONIENTE: linda con el resto del terreno donde se des-
membró de propiedad de don Gonzalo Alvarado, que hoy pertenece a
Manuel de Jesús Alvarado Rivas y de María Carmen Alvarado Rivas,
en línea quebrada compuesta de dos rectas: la primera recta, del pito
mencionada a un jiote y la segunda recta, del jiote antes dicho a otro
mojón de jiote, brotones de varios árboles de por medo: AL SUR: terre-
no que fue de Perfecto Cornejo, después de Gonzalo Alvarado, hoy de
Manuel de Jesús Alvarado Rivas, del jiote últimamente mencionado a
un poste muerto como mojón esquinero, cerco de alambre y piña de por
medo; y AL ORIENTE: con terrenos que fueron de la Sucesión de
Doroteo Reales, representada por Carlos Alfonso Reales, hoy de Manuel
de Jesús Méndez del poste muerto mencionado al mojón de jiote de
donde se comenzó la descripción cerco de alambre y piña de por medio,
es dueña de un segundo inmueble siendo descrito como SEGUNDO:
Un terreno rústico sin cultivo permanente, sin obra muerta, situado en
el lugar denominado EL VOLADOR, de la Jurisdicción de San Juan
Tepezontes; compuesto por dos hectáreas diez áreas, lindante: AL
NORTE: terreno que es de Gonzalo Alvarado y que éste señor vendió
al señor Manuel de Jesús Alvarado Rivas, y a María Carmen Alvarado
Rivas, donde existe actualmente cerco de alambre propio de esta porción,
AL ORIENTE y SUR: linda con el resto del terreno donde se desmem-
bró de Eduviges Cornejo, hoy, AL ORIENTE: con terreno que hoy es
de Manuel de Jesús Alvarado Rivas; y AL SUR: terreno que hoy perte-
nece a Rosa Elvira Alvarado Rivas, existiendo cerco de alambre propio
de esta porción, AL SUR: y del lindero AL ORIENTE; en línea media
curva favorable a la porción que se describe, y AL PONIENTE; terreno
que antes fue de Gonzalo Alvarado, hoy de Rosa Elvira Alvarado Rivas,
Río Chicomulingo de por medio, esta porción tiene mojones esquineros,
pitos sembrados a propósito; y goza de una servidumbre de tránsito que
el señor Eduviges Cornejo dejó establecida en el resto de su terreno, y
todo el rumbo Poniente a la par del Río Chicomulingo, con tres metros
de ancho de Norte a Sur, para darle salida a esta porción al camino ve-
cinal del rumbo Sur, del inmueble general y actualmente también es a
favor de Gilberto Najarro. Los lotes antes descritos se encuentran ins-
critos a nombre de la ejecutada señora ENMA ALVARADO RIVAS,
conocida por Enma Alvarado Rivas De Serrano, conocida por Enma
Alvarado De Serrano, BAJO EL NUMERO NOVENTA Y OCHO, DEL
LIBRO QUINIENTOS TREINTA Y OCHO, DE PROPIEDAD DEL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA TER-
CERA SECCION DEL CENTRO, ZACATECOLUCA DEPARTA-
MENTO DE LA PAZ.- OCTAVO: "TRES LOTES identificados con
los números uno-dos-tres, del polígono CIENTO TREINTA Y CINCO
y que forman parte de la Lotificación Miraflores Cuatro, Primera Etapa;
cada uno de los lotes que se describen tienen una superficie de DOS-
CIENTOS CINCUENTA Y TRES PUNTO CERO CERO METROS
CUADRADOS equivalentes a TRESCIENTAS SESENTA Y UNO
PUNTO NOVENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS: LOTE NU-
MERO UNO: Partiendo de la intersección formada por los ejes de la
Autopista San Salvador-Zacatecoluca, y el eje de la Avenida número
diecinueve, se mide sobre este último con rumbo Norte, cero cero grados
quince punto cero minutos Este, y una distancia de doscientos setenta y
nueve punto cincuenta metros desde este punto, con una deflexión iz-
quierda de noventa grados y una distancia de tres punto cincuenta metros,
se define el esquinero NOR-ORIENTE, del lote que se describe y que
a partir de éste mide y linda: AL ORIENTE: línea recta de veintidós
punto cero cero metros y rumbo Sur, cero cero grados quince punto cero
minutos Oeste, linda con el lote número cuatro del polígono ciento
treinta y seis, Diecinueve Avenida de por medio; AL SUR: línea recta
de once punto cincuenta metros y rumbo Norte, ochenta y nueve grados
cuarenta y cinco punto cero cero minutos Oeste, linda con el lote núme-
ro uno del polígono ciento cuarenta y cinco, Catorce Calle de por medio;
AL PONIENTE: línea recta de veintidós punto cero cero metros y
rumbo Norte, cero cero grados quince punto cero minutos Este, linda
con el lote número dos del polígono ciento treinta y cinco; AL ORIEN-
TE: línea recta de once punto cincuenta metros y rumbo Sur, ochenta y
nueve grados cuarenta y cinco punto cero minutos Este, linda con el lote
número doce del polígono ciento treinta y cinco. Llegando de esta forma
al esquinero NOR-ORIENTE donde se inició y finaliza la presente
descripción. LOTE NUMERO DOS: Se localiza de la manera siguien-
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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. te: Partiendo de la intersección formada por los ejes de la Autopista San
Salvador, Zacatecoluca y el eje de la Avenida número Diecinueve, se
mide sobre este último con rumbo Norte, cero cero grados quince pun-
to cero minutos Este, y una distancia de doscientos setenta y nueve
punto cincuenta metros desde Este con deflexión izquierda de noventa
grados y una distancia de quince punto cero cero metros, se define el
esquinero Nor-Oriente del lote que se describe y que a partir de éste
mide y linda: AL ORIENTE: línea recta de veintidós punto cero cero
metros y rumbo Sur cero cero grados quince punto cero minutos Oeste,
linda con el lote número uno del polígono ciento treinta y cinco, AL
SUR: línea recta de once punto cincuenta metros y rumbo Norte, ochen-
ta y nueve grados cuarenta y cinco punto cero minutos Oeste, linda con
el lote número dos del polígono ciento cuarenta y cinco, Catorce Calle
de por medio, AL PONIENTE: línea recta de veintidós punto cero cero
metros y rumbo Norte, cero cero grados quince punto cero minutos Este,
linda con el lote número tres del polígono ciento treinta y cinco, AL
NORTE: línea recta de once punto cincuenta metros y rumbo Sur,
ochenta y nueve grados, cuarenta y cinco punto cero minutos Este,
linda con lote número doce del polígono ciento treinta y cinco llegando
de esta forma al esquinero NOR-ORIENTE, donde se inició y finaliza
la presente descripción. LOTE NUMERO TRES: Se localiza de la
manera siguiente partiendo de la intersección formada por los ejes de la
Autopista San Salvador-Zacatecoluca y el eje de la Avenida número
dieciocho se mide sobre este último con rumbo Norte, cero cero grados
quince punto cero minutos Este, y una distancia de doscientos sesenta
y ocho punto cincuenta metros, desde este punto con deflexión derecha
de noventa grados y una distancia de quince punto cero cero metros se
define el esquinero Nor-Poniente, del lote que se describe y que a partir
de éste mide y linda: AL NORTE: línea recta de once punto cincuenta
y rumbo Sur, ochenta y nueve grados cincuenta y cinco punto cero
minutos Este, linda con el lote número cinco del polígono ciento trein-
ta y cinco, AL ORIENTE: línea recta de veintidós punto cero cero
metros y rumbo Sur, cero cero grados quince punto cero minutos Oeste,
linda con el lote número dos del polígono ciento treinta y cinco, AL
SUR: línea recta de once punto cincuenta metros y rumbo Norte, ochen-
ta y nueve grados cuarenta y cinco punto cero minutos Oeste, linda con
el lote número tres del polígono ciento cuarenta y cinco Calle Catorce
de por medo; AL PONIENTE: línea recta de veintidós punto cero cero
metros rumbo Norte, cero cero grados quince punto cero minutos Este,
linda con lote número cuatro del polígono ciento treinta y cinco llegan-
do en esta forma al esquinero Nor-poniente donde se inició y finaliza la
presente descripción. Los lotes se encuentran a nombre del ejecutado
señor JOSE MARIA SERRANO LEMUS, inscrito bajo el número
SIETE del Libro UN MIL CIENTO SESENTA Y OCHO DE PROPIE-
DAD DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS
DE LA TERCERA SECCION DEL CENTRO, ZACATECOLUCA
DEPARTAMENTO DE LA PAZ.- NOVENO: "Un terreno rústico, sin
cultivos permanentes, ni obra muerta, de una extensión superficial de
DOS HECTAREAS DIEZ AREAS, equivalentes a VEINTIUN MIL
METROS CUADRADOS, situado en el lugar llamado EL PAPATURRO,
de la Jurisdicción de San Juan Tepezontes, de los linderos y mojones
especiales siguientes: AL NORTE: Actualmente calle de por medio con
terreno que hoy es de Dominga González, de un jiote esquinero a otro
jiote, con cerco de alambre, AL ORIENTE: linda con línea curva des-
favorable al terreno y en parte recta con el resto del terreno de donde se
desmembró la propiedad de Gonzalo Alvarado, que en esta fecha vendiere
a MANUEL DE JESUS RIVAS, del jiote mencionado a otro jiote con
cerco de brotones de por medio; AL SUR: terreno que hoy es de Per-
fecto Cornejo y Gonzalo Alvarado, del jiote últimamente mencionado
a otro jiote esquinero, con cerco de alambre y piña de por medio, y AL
PONIENTE: linda con terreno que fue de don Carlos López, hoy de don
Luis Escobar, en línea curva, del jiote antes dicho al jiote a donde se
comenzó la descripción; quedando establecido que este terreno goza de
servidumbre de agua en el vertiente que existe en el resto del terreno de
donde materialmente se desmembró. Inscrito a nombre de los ejecuta-
dos señores JOSE MARIA SERRANO LEMUS y ENMA ALVARADO
RIVAS DE SERRANO, conocida por ENMA ALVARADO DE SE-
RRANO, SIENDO DUEÑOS EN PROINDIVISION CON EL CIN-
CUENTA POR CIENTO PARA CADA UNO INSCRITO BAJO EL
NUMERO TREINTA Y OCHO, DEL LIBRO UN MIL CIENTO
CUARENTA Y OCHO DE PROPIEDAD DEL REGISTRO DE LA
PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA TERCERA SECCION
DEL CENTRO, ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA
PAZ.
LO QUE SE HACE SABER AL PUBLICO PARA LOS EFEC-
TOS DE LEY.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las doce horas cincuenta minutos
del día veintiuno de mayo del año dos mil doce. DR. MARIO MOISA
MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. CECILIA DEL CARMEN
CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396LICENCIADO ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA,
DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN, AL PúBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que en el JUICIO MERCANTIL EJECUTIVO,
promovido por el Licenciado GILBERTO MARINERO CHACÓN, como
Apoderado General Judicial de BANCO PROCREDIT, SOCIEDAD
ANÓNIMA, que puede abreviarse BANCO PROCREDIT, S. A., contra
las señoras ANA MARGARITA PACHECO y SANTOS BEATRIZ
BONILLA PALACIOS, se ha ordenado por resolución de este juzgado
de las catorce horas y diez minutos del día treinta de marzo del corriente
año, que se venderán en pública subasta los bienes muebles embargados,
que a continuación se describen así: Un televisor marca LG de veintiún
pulgadas, Modelo 2F J4A- LD; un ventilador marca SANYO color
Blanco de pedestal, una mesita de madera color café de dos niveles, Un
aparato de sonido marca SHARP, modelo CD- C-401, Serie 71261649,
con dos bafles ovalados color negro, con todas sus conexiones; Una
Radio grabadora marca SONIX modelo RDX 251, sin conectores, Un
ventilador de pedestal sin marca y sin su tapadera principal, una mesita
rústica de madera color café claro, siete sillas plásticas de diferentes
colores, una plancha color blanca marca OSTER.
Librado en el Juzgado de lo Civil, Santa Rosa de Lima, a los doce días
del mes de abril de dos mil doce.- Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA,
JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002910-3
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado a
las catorce horas del día dos de junio de dos mil once, en el Juicio Civil
Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado Gilberto Marinero
Chacón, como Apoderado General Judicial del Banco PROCREDIT
S. A., éste representado legalmente por el señor Emmanuel Henri René
Decamps, contra los señores Fernando Dinael Rodríguez Villegas y Ana
Fidelia Galdame, conocida por Ana Fidelia Galdámez, se venderá en
este Juzgado, en pública subasta y al mejor postor, un Televisor marca
Sony color negro en mal estado sin serie, ni modelo, un DVD marca LG
color negro modelo DV457, un Juego de Sala con mantel encima roto
y en muy mal estado, un Ventilador marca Man, color gris, cinco Sillas
plásticas rojas y ocres, dos Sillas de madera con junco tipo mecedoras,
un juego de ocho sillas de madera con mesa de madera, un aparato de
sonido color gris marca Panasonic, modelo SAAV31 con un bafle, un
DVD color gris DV2284, con control remoto quebrado y presumiblemente
inservible al no tener tapadera para baterías y presentar rajaduras, una
Impresora marca Cano Modelo 1800, un CPU sin marca, un Monitor
modelo 1769 AM, un Mouse, un Teclado con dos Bafles todo color
gris claro sin serie, ni modelo, un Módulo tipo Chinero de tres niveles,
con seis puertas, una Cortina corrediza para Televisión y un Ventilador
marca Súper K; se admitirán posturas siendo legales.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
LIBRADO, en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a
las catorce horas con treinta minutos del día tres de enero de dos mil
doce. Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALÍA DE JESúS PACHECO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002911-3
MÉLIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por ejecución seguida ante este tribunal, por la
Licenciada Haldys Cristina Asunción Godínez Vides, en su carácter de
Apoderada General Judicial del Banco PROCREDIT, Sociedad Anóni-
ma, en contra de los señores Pedro Armando de Jesús Linares Martínez
y Sandra Marlene Portillo de Linares; se venderá en este tribunal en
pública subasta y en fecha que oportunamente se señalará, el cincuenta
por ciento referente al derecho que le corresponde a la ejecutada, señora
Sandra Marlene Portillo de Linares, del siguiente inmueble: "Lote urbano,
número Veinticinco, Sección "A", Colonia Obrera, correspondiente a
la ubicación geográfica de Acajutla, departamento de Sonsonate, con
un área de Treinta y siete punto ocho cero cero cero metros cuadrados,
con las medidas perimetrales siguientes: AL NORTE, cuatro punto
veinte metros; AL SUR, cuatro punto veinte metros; AL ORIENTE,
nueve punto cero cero metros; y AL PONIENTE, con nueve punto cero
cero metros. Inscrito a favor de las señoras Sandra Marlene Portillo de
Linares y Edith Jeannette Portillo Turcios, en el Sistema de Folio Real
Automatizado en la Matrícula UNO CERO UNO TRES CINCO CERO
UNO NUEVE GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO, en el Asiento
número UNO, del Centro Nacional de Registros de la Tercera Sección
de Occidente, del departamento de Sonsonate.
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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las doce
horas treinta minutos del día seis de abril del año dos mil diez. Licda.
MÉLIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA. Licda. ELSA CORALIA RAMÍREZ LEIVA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002912-3
LIC. MARTA LIDIA ELÍAS MENJÍVAR, JUEZ DE PAZ EL CONGO,
AL PúBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL, promovido
por el Licenciado JOSÉ MAURICIO CORTEZ AVELAR, en su calidad
de Apoderado General Judicial de los señores VÍCTOR MANUEL
FLORES SÁNCHEZ y MARÍA INABEL GUARDADO DE FLO-
RES, conocida por MARÍA ANABEL GUARDADO, contra el señor
FERNANDO LÓPEZ SÁNCHEZ, reclamándole cantidad de dinero y
accesorios, en el Expediente No. 02-2010.02, se venderá por este Juzgado
en Pública Subasta en fecha y precio que oportunamente se determinará
el inmueble siguiente: De naturaleza rústica, el cual fue desmembrado de
otro de mayor extensión por el rumbo Norte, situado en el Cantón Santa
Rosa, jurisdicción de Ciudad Arce, antes El Chilamatal, Departamento
de La Libertad, de una extensión superficial de CIENTO TREINTA Y
DOS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos especiales
siguientes: AL NORTE, catorce metros, AL ORIENTE y PONIENTE,
once metros, y AL SUR, diez metros, lindando por sus cuatro rumbos
con resto del inmueble general del cual se desmembró la porción que
se describe, propiedad del señor Rosalío Rodríguez, existiendo por los
rumbos Oriente y Sur, pasaje de por medio abierto recientemente en el
inmueble general, razón por la cual no consta en antecedente.-
Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del ejecutado a la
Matricula número TRES CERO DOS CERO CERO SEIS CINCO
OCHO- CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, Departamento de
La Libertad.
Librado en el Juzgado de Paz de El Congo, a las once horas del día
veinte de junio del año dos mil doce.- Licda. MARTA LIDIA ELÍAS
MENJÍVAR, JUEZ DE PAZ EL CONGO. Lic. SALVADOR ERNESTO
ARRUE, SECRETARIO DE PAZ EL CONGO.
3 v. alt. No. C002915-3
LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-
CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PúBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que en virtud de ejecución seguida por la CAJA
DE CRÉDITO DE AHUACHAPÁN, SOCIEDAD COOPERATIVA
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE,
en contra del señor PASCAL EMILE JEAN PIERRE ANDRE DEPREZ
y la SOCIEDAD JUMBO INGENIERIA SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE; Exp. No. 545/09. reclamándole suma de dine-
ro, intereses y costas procesales, se venderá en PúBLICA SUBASTA
en este Juzgado situado en la catorce Avenida Sur, entre veintisiete y
veintinueve calle poniente de esta ciudad, el día y por el precio que
oportunamente se determinará los inmuebles siguientes: I) Inmueble de
naturaleza rústica, ubicado en lote número seis, Polígono "A", de la
Lotificación Prados de Atiquizaya, correspondiente a la ubicación geo-
gráfica de Izcaquilio, Jurisdicción de Atiquizaya, Departamento de
Ahuachapán de un área de CUATROCIENTOS DIECIOCHO PUNTO
DOCE METROS CUADRADOS, que mide y linda: LINDERO NOR-
TE, con una distancia de once punto noventa y un metros, colindando
con propiedad de Juan Andrés Grijalva, y calle marginal de por medio,
LINDERO ORIENTE, con una distancia de veintisiete punto noventa
y nueve metros; colindando con lote número cinco del mismo polígono;
LINDERO SUR, con una distancia de diecisiete punto sesenta y nueve
metros, colindando con zona de protección; LINDERO PONIENTE,
está compuesto de dos tramos, tramo uno, con una distancia de dieci-
siete punto veintisiete metros; Tramo dos, con un radio de cinco punto
cero metros, con una longitud de curva de siete punto noventa metros:
colindando con un área verde ecológica número seis, y lote número seis
del polígono “B”, calle principal de por medio. Posteriormente a las
nueve horas y cinco minutos del día quince de octubre del año dos mil
nueve. II) Un predio de naturaleza rústica, situado en El Jobo, identifi-
cado como porción Dos, conocido por el nombre de “OLMOS”, de la
Jurisdicción de Turín, departamento de Ahuachapán de un área de
VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO PUNTO
CUARENTA METROS CUADRADOS, el cual es de la descripción
técnica siguiente: Partiendo de la intersección del eje de entrada a la
Granja Avícola Salvadoreña y eje de la Calle Abierta en terreno original
consolidado y midiendo paralelamente al rumbo Poniente sobre la calle
los siguientes tramos cuyas medidas y rumbos son los siguientes: el
primero de distancia de dieciocho punto cincuenta metros y rumbo Sur
diez grados cuarenta y uno punto uno minutos Este, el segundo distancia
de veintinueve punto setenta y cinco metros y rumbo Sur catorce grados
cero cinco punto cero minutos Este, el tercero distancia de veintinueve
punto ochenta metros, y rumbo Sur, cero cinco grados cero ocho punto
cuatro minutos Oeste, el cuarto distancia ocho punto cero tres metros y
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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396rumbo sur, cero un grados cuarenta y dos punto siete minutos Oeste, el
quinto distancia de veintidós metros y rumbo sur, cero tres grados
veintiocho punto cero minutos Este, el sexto distancia de sesenta y uno
punto sesenta y cuatro metros y rumbo Sur, trece grados cincuenta y
ocho punto cuatro minutos Este, con el tramo número seis medido sobre
el eje de la calle, se llega a un punto con el cual con deflexión izquierda
de ochenta y tres grados treinta y dos punto dos minutos y distancia
cuatro punto sesenta y cinco metros, se llega al mojón Noroeste identi-
ficado con el número treinta y dos en donde llega a la deflexión de este
inmueble desmembrado del original cuyas medidas y linderos son los
siguientes: RUMBO NORTE, un tramo recto descrito como sigue:
Distancia de ciento noventa y cuatro punto setenta y dos metros, y
rumbo Norte setenta y cinco grados veintiuno punto cero minutos Este,
con este tramo se llega al mojón ocho “A”, colindando con todo ese
rumbo con inmueble de propiedad del señor René Menéndez Henríquez,
desmembrado del inmueble original mojones divisorios de por medio:
RUMBO ORIENTE, tres tramos rectos que se describen de la siguiente
forma: El primero distancia de ciento veinticinco punto sesenta y nueve
metros y rumbo Sur, diecisiete grados cero cero punto cero minutos Este,
el segundo distancia de treinta y tres metros, y rumbo Sur, diecinueve
grados veintiséis punto cero minutos Este, y el último distancia de
veintiséis cuarenta y uno metros y rumbo Sur, dieciocho grados cero
seis punto siete minutos Este, con este último tramo se llega al mojón
número once, colindando por todo este rumbo con inmueble de propie-
dad Alfredo Calderón Morales, cerco de alambre de por medio; RUM-
BO SUR, doce tramos rectos descritos de la siguiente forma: El prime-
ro distancia de cero punto setenta metros y rumbo Norte, sesenta y tres
grados cuarenta y ocho punto cero minutos Oeste, el segundo de trece
punto cincuenta y cuatro metros y rumbo Norte cuarenta y nueve grados
treinta y seis punto nueve minutos Oeste, el tercero distancia de treinta
y cinco punto treinta metros y rumbo Norte, cincuenta y siete grados
cuarenta y tres punto dos minutos Oeste, el cuarto distancia de nueve
punto ochenta y ocho metros y rumbo Norte, sesenta y un grados cero
siete punto cinco minutos Oeste, el quinto distancia de diez punto
ochenta y tres metros, y rumbo Norte, sesenta y dos grados treinta
punto siete minutos Oeste, el sexto distancia de siete punto cincuenta y
un metros y rumbo Norte, sesenta y seis grados cincuenta y cuatro
grados punto cinco minutos Oeste, el séptimo distancia de siete punto
sesenta y cinco metros y rumbo Norte, ochenta y ocho grados treinta y
nueve punto uno minutos Oeste, el octavo distancia de veinticuatro
punto treinta y siete metros y rumbo Sur, ochenta y un grados cincuen-
ta y tres punto dos minutos Oeste, el noveno distancia de treinta punto
trece metros y rumbo Sur, setenta y un grados treinta y ocho punto seis
minutos Oeste, el décimo distancia de treinta punto cero dos metros y
rumbo Sur, setenta y tres grados veintinueve punto cinco minutos Oeste,
el décimo primero distancia de treinta punto cero un metros y rumbo
Sur, setenta y cuatro grados cuarenta y cuatro grados punto dos minutos
Oeste y décimo segundo distancia de treinta metros y rumbo Sur, setenta
y cuatro grados cincuenta y cuatro punto siete metros Oeste, llegándose
con este tramo al mojón número veintitrés, colindando por todo este
rumbo con inmueble que según escritura fue de Juana Aguirre viuda de
Ruiz; actualmente propiedad de la Sociedad Avícola Salvadoreña S.A. de
C.V., calle de por medio, y RUMBO PONIENTE, nueve tramos rectos
que se describen tal como sigue el primero distancia de cinco punto
cuarenta y ocho metros y rumbo Norte ochenta grados cero siete punto
cinco minutos Oeste, el segundo distancia de cuatro punto noventa y
seis metros y rumbo Norte cincuenta grados cuarenta y tres punto seis
minutos Oeste, el tercero distancia de cuatro punto noventa y seis metros
y rumbo Norte treinta y nueve grados cero uno punto tres minutos
Oeste, el cuarto distancia de ocho punto setenta y cinco metros y rumbo
Norte treinta y un grados cincuenta y dos punto cuatro minutos Oeste,
el quinto distancia de ocho punto setenta y cinco metros y rumbo Norte
diecisiete grados veintinueve punto cero minutos Oeste, el sexto distancia
de treinta punto cero uno metros y rumbo Norte dieciséis grados
catorce punto dos minutos Oeste, el séptimo distancia de veintinueve
punto noventa y seis metros y rumbo Norte dieciséis grados veinticuatro
punto cero minutos Oeste, el octavo distancia de treinta punto cero
cuatro metros y rumbo Norte dieciséis grados trece punto dos minutos
Oeste y el último distancia de treinta punto cero cero tres metros y
rumbo Norte diecinueve grados veintinueve punto cinco minutos Oeste,
llegándose con Este tramo con el mojón número treinta y dos, que es
donde se inició la presente descripción colindando con este rumbo con
inmueble que según escrituras fueron propiedad de Mardoqueo Chicas,
Emérita Ruiz de Rodríguez y Gervasio Quezada, actualmente de Salvador
Valiente Bernal y Rubén Valiente, calle propia abierta en ese inmueble
de por medio inmuebles inscritos a favor de dicha sociedad bajo las
matrículas del sistema de folio real automatizado número en su orden
UNO CINCO UNO UNO TRES CUATRO UNO SEIS – CERO CERO
CERO CERO CERO y matrícula UNO CINCO UNO CERO NUEVE
SIETE SEIS DOS - CERO CERO CERO CERO CERO, AMBAS EN
EL ASIENTO TRES del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Segunda Sección de Occidente del Departamento de Ahuachapán.-
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las catorce horas y diez minutos del día dos de mayo del año
dos mil doce.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ
TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS
POLANCO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002933-3
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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al pública para efectos de Ley, que por ejecu-
ción seguida en este Juzgado por el Licenciado JAVIER ANTONIO
HERNANDEZ GOMEZ, en calidad de apoderado general judicial de la
CAJA DE CREDITO DE LA UNION, SOCIEDAD COOPERATIVA DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra
los señores ELSA DINORA PACHECO, MARIA YARLENY REYES
TORRES y REMBERTO ANTONIO MARQUINA, se venderán en
pública subasta dos inmuebles, El PRIMERO: un inmueble de naturaleza
urbano, situado en el Barrio de Honduras, ciudad, Distrito y Departamento
de La Unión, de la capacidad superficial de NOVECIENTOS OCHENTA
Y CUATRO METROS VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS,
que mide y linda: al NORTE: Veinticuatro metros veinte centímetros
con propiedad de Alejandro Romero; al SUR: Veintinueve metros con
Toribio Oviedo Beltrand Calle delineada de por medio; al ORIENTE:
Treinta y siete metros, con terreno de Cervanda Flores y Juana Posada,
cerco de cordón y alambre de por medio; y al PONIENTE, Treinta y
siete metros con Isabel Sierra hoy de Tránsito Lazo y Dominga López,
cerco de alambre de por medio, en dicho inmueble existe construida
servidumbre de tránsito consistente en un camino de tres metros de
ancho por treinta metros ochenta centímetros de largo, y que va a dar a
la esquina del inmueble restante, formado por los rumbos Norte y Po-
niente; inmueble que se encuentra inscrito en proindivisión equivalente
al CINCUENTA POR CIENTO, a favor de la señora ELSA DINORA
PACHECO, en el Centro Nacional de Registros Tercera Sección de
Oriente de esta ciudad, bajo la Matrícula número NUEVE CINCO CERO
DOS UNO SIETE CERO UNO GUION CERO CERO CERO CERO.
CERO, de propiedad de este Departamento. El SEGUNDO: un inmueble
de naturaleza urbano, situado en el Barrio de Honduras, ciudad, Distrito
y Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de CINCUEN-
TA Y UN METROS NOVENTA DECIMETROS CUADRADOS, que
mide y linda: al ORIENTE: Diecisiete metros treinta centímetros con
inmueble de Alejandro Romero; al NORTE: Tres metros con Línea
Férrea; al PONIENTE: Diecisiete metros treinta centímetros con Isa-
bel Sierra hoy de Tránsito Lazo y Dominga López, cerco de alambre
de por medio ahora con Santiago Pereira; y al SUR: Tres metros con
Toribio Oviedo Beltrand calle delineada de por medio. Inmueble que se
encuentra inscrito en proindivisión equivalente al CINCUENTA POR
CIENTO, a favor de la señora ELSA DINORA PACHECO, en el Centro
Nacional de Registros Tercera Sección de Oriente de esta ciudad, bajo
la Matrícula número NUEVE CINCO CERO DOS UNO SIETE CERO
DOS GUION CERO CERO CERO CERO CERO, de propiedad de este
Departamento.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado de Lo Civil: La Unión, a los seis días del mes
de enero de dos mil once.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F044922-3
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PúBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por ejecución promovida por la CAJA DE
CREDITO DE LA UNION, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RES-
PONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, Repre-
sentada legalmente por el señor JOSE ROGER CANALES GARAY,
por medio de su Apoderado General Judicial, Licenciado FERNANDO
ARISTIDES GARAY ANDRADE, mayor de edad, Abogado, de este
domicilio; en contra de los señores JOSE LUIS MARTINEZ y ORIS
OMAR MARTINEZ, se venderá en pública subasta en este Juzgado, en
día y hora que oportunamente se indicará el bien inmueble siguiente: Un
terreno de naturaleza rústica, situado en el lugar La Mesas, antes hoy El
Sope, Cantón Rebalse, jurisdicción de Pasaquina, distrito de Santa Rosa
de Lima, departamento de La Unión, de la capacidad superficial de DOS
MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que
tiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE ochenta y cuatro
metros, con Juana Francisca Martínez de Moreno, cerco de alambre
de por medio medianero; AL NORTE: treinta metros, con terreno de
Lorenzo Hernández, calle de por medio que conduce a la Panamericana
a las Peñitas; AL PONIENTE: ochenta y cuatro metros, con Estebana
Ferrufino, cerco de alambre propio de por medio; y AL SUR treinta y
un metros, con Aminta Guzmán de Bonilla, cerco de alambre propio de
por medio, en el inmueble descrito, se encuentra construida una casa
de techo de tejas paredes de ladrillo de NUEVE POR DOCE VARAS,
y un pozo con su correspondiente broquel. Que en dicho inmueble la
nuda propiedad se encuentra inscrita a favor del señor JOSE LUIS
MARTINEZ, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera
Sección de Oriente bajo el Número TRES, del Libro OCHOCIENTOS
CUARENTA, de propiedad del departamento de La Unión.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,
a las nueve horas del día veintidós de Junio de dos mil doce.- DR.
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC.
ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.
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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396DiSMiNUcioN DE caPiTal
El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas
de la Sociedad Industrias St. Jack's, S.A. de C.V.
CERTIFICA: Que en el libro de actas que la empresa lleva, se
asentó el acta número 131 de Junta General Extraordinaria de Accionistas,
celebrada a las dieciséis horas del día treinta y uno de mayo del año dos
mil doce, que en los puntos tratados están los que dicen:
2. Modificación del pacto social y disminución de Capital
Mínimo y Variable.
3. Nombramiento de ejecutor especial del acuerdo tomado en
la sesión.
Desarrollo de la Agenda:
Punto No. 2: Modificación del pacto social y disminución de Capital
Mínimo y Variable.
El Administrador único expuso al pleno que el capital social mínimo
de la sociedad actualmente es de SEIS MILLONES SEISCIENTOS CA-
TORCE MIL TRESCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA representados por sesenta y seis mil ciento cuarenta y tres
acciones comunes con un valor nominal de CIEN DOLARES cada una, y
el capital social variable es de UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA
Y SEIS MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA representados por dieciséis mil setecientos sesenta y cinco
acciones comunes con un valor nominal de CIEN DOLARES cada una;
los cuales se encuentra totalmente pagado.
Al 17 de mayo de dos mil doce Industrias St. Jack's S.A. de C.V.,
contrató un préstamo con el Banco Agrícola por el monto de CUATRO
MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, para trasladar
la deuda de INVICTA HOLDINGS S.A., a favor de Industrias St. Jack's
S.A. de C.V.; dicha transacción traerá consigo una disminución de las
inversiones que INVICTA HOLDINGS S.A., posee en Industrias St.
Jack's S.A. de C.V.; para registrar en los estados financieros la transacción
anteriormente expuesta se requiere la disminución del Capital social
mínimo y variable por el monto de CUATRO MILLONES SEISCIEN-
TOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; por lo que como consecuencia
deberá modificarse el pacto social en su cláusula QUINTA: CAPITAL
SOCIAL y DECIMO CUARTA: CAPITAL MINIMO y se solicita la
autorización para realizar las gestiones pertinentes y el registro en los
estados financieros y libros sociales de la compañía.
Luego de deliberar ampliamente el punto, por unanimidad, los ac-
cionistas y representantes del cien por ciento de las acciones presentes y
que conforman el cien por ciento del capital social y habiendo cumplido
íntegramente con lo establecido la cláusula DECIMA SEXTA: DISMINU-
CIÓN DE CAPITAL SOCIAL, acordaron modificar la cláusula QUIN-
TA: CAPITAL SOCIAL Y DECIMO CUARTA: CAPITAL MINIMO,
estableciendo un capital mínimo de UN MILLON DE DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y un capital variable de DOS
MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL SEISCIENTOS DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, representado en treinta
y seis mil setenta y seis acciones comunes con un valor de cien dólares
cada una, estableciendo que el accionista Sr. Freddie Frech poseerá una
acción de la sociedad e INVICTA HOLDINGS S.A. poseerá treinta y
seis mil setenta y cinco acciones.
Punto No. 3: Nombramiento de ejecutor especial del acuerdo
tomado en la sesión.
El Administrador único expuso a los accionistas la conveniencia
de nombrar un ejecutor especial para implementar el acuerdo tomado
en esta sesión, por lo que la Junta General Extraordinaria de Accionistas
acordó designar al Licenciado Rolando Jorge Simán Jacir, como ejecutor
especial de los acuerdos tomados en la presente sesión, para que pueda
comparecer ante notario público a otorgar la respectiva Escritura Pública
de Modificación al Pacto Social de la sociedad, así como para realizar
todos los actos que sean necesarios para implementar los acuerdos
tomados en la presente sesión.
Y no habiendo más tratar, se dio por finalizada la junta a las die-
cisiete horas del día treinta y uno de mayo de dos mil doce.
Se extiende la presente en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, a los
veinticinco días del mes de junio del año dos mil doce.
LIC. ROLANDO JORGE SIMAN JACIR,
SECRETARIO.
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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. MarcaS DE SErVicioS
No. de Expediente: 2012119277
No. de Presentación: 20120169684
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE
ROGELIO ORELLANA HENRIQUEZ, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de HLB EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HLB EL SALVADOR, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra HLB y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: ACTIVIDADES DE CONTABILIDAD, TENEDURÍA DE
LIBROS Y AUDITORIA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002893-3
No. de Expediente: 2011114899
No. de Presentación: 20110161658
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NORA
MARIA AMAYA RIVAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de BOHEMIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: BOHEMIA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras VIDA BOHEMIA y diseño, que
servirá para: AMPARAR: MERCADEO, RELACIONES PUBLICAS
Y PUBLICIDAD, RELACIONADOS CON ENTRETENIMIENTO, A
TRAVES DE MEDIOS IMPRESOS, AUDIOVISUALES Y DIGITA-
LES. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de junio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002897-3
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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396No. de Expediente: 2012116098
No. de Presentación: 20120164360
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado AMALIA
PATRICIA MENDEZ DE GONZALEZ, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra SPLASH KIDS y diseño, que se tra-
duce como NIÑOS CHAPOTEANDO, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE EDUCACIÓN FISICA ORIENTADO PARTICU-
LARMENTE A CLASES DE NATACIÓN PARA TODO PúBLICO
Y CLUB DE TAREAS. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de mayo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002900-3
No. de Expediente: 2011111431
No. de Presentación: 20110154959
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSE
FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO
de FERTILIZANTES DEL PACIFICO, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión formu-maiz DISAGRO y diseño,
que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS VETERINARIOS; TRA-
TAMIENTOS DE HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS O
ANIMALES; SERVICIOS DE AGRICULTURA, HORTICULTURA
Y SILVICULTURA. Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciséis de febrero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002927-3
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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. No. de Expediente: 2012117035
No. de Presentación: 20120166088
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIGUEL
ANGEL HANDAL MEJIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
GarDENS
Consistente en: la palabra GARDENS. Se traduce al castellano
como: Jardines, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE AGRI-
CULTURA, HORTICULTURA, SILVICULTURA Y JARDINERIA.
Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F044955-3
No. de Expediente: 2012115891
No. de Presentación: 20120163607
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA
LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra DAVIVIENDA y diseño, que servirá
para: AMPARAR: TELECOMUNICACIONES. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día tres de febrero del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F044994-3
DIARIO
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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396No. de Expediente: 2012117346
No. de Presentación: 20120166578
CLASE: 40.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO
de SONY CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
SoNY Consistente en: la palabra SONY, que servirá para: AMPARAR:
TRATAMIENTO DE MATERIALES; DESARROLLO, ELABORA-
CIÓN, IMPRESIÓN, REPRODUCCIÓN, DUPLICACIÓN, CAMBIO
DE TAMAÑO, GRABADO, RETOQUE, RESTAURACIÓN, FOTO-
COMPOSICIÓN Y FOTO ACABADO DE FOTOS DIGITALES Y AR-
CHIVOS DE VÍDEO; REGISTRO ELECTRÓNICO DE LAS IMÁGE-
NES FOTOGRÁFICAS Y DIGITALES; AMPLIACIÓN DE COPIAS
FOTOGRÁFICAS; REVELADO DE PELÍCULAS FOTOGRÁFICAS;
IMPRESIÓN DE PELICULAS FOTOGRÁFICAS; PROCESAMIEN-
TO FOTOGRÁFICO Y DIGITAL DE IMÁGENES, IMPRESIÓN
Y REPRODUCCIÓN; TRANSFERENCIA DE FOTOGRAFÍAS E
IMÁGENES DIGITALES EN DISCOS U OTROS MEDIOS ELEC-
TRÓNICOS; TRANSFERENCIA DE IMÁGENES FOTOGRÁFICAS
Y DIGITALES A PARTIR DE NEGATIVOS FOTOGRÁFICOS Y
CARGA DE IMÁGENES DIGITALES A SUPERFICIES IMPRI-
MIBLES, MODIFICACIÓN Y RETOQUE DE IMÁGENES FOTO-
GRÁFICAS, AGRANDAMIENTO DE FOTOS, LA REIMPRESIÓN,
ELABORACIÓN Y MODIFICACIÓN DE IMÁGENES; PROCESA-
MIENTO EN LÍNEA Y DESARROLLO DE IMÁGENES DIGITALES;
IMPRESIÓN EN LINEA DE IMÁGENES DIGITALES EN PAPEL
FOTOGRÁFICO, LIBROS FOTOGRÁFICOS O DE MERCANCÍAS;
SERVICIOS DE ASESORÍA, CONSULTORÍA Y SERVICIOS DE IN-
FORMACIÓN RELATIVOS A LA TRAMITACIÓN Y REVELACIÓN
DE PELÍCULA FOTOGRÁFICA Y LA IMPRESIÓN DE FOTOS;
ELIMINACIÓN DE SUPERFICIES; DESODORIZACIÓN DE AM-
BIENTES; REFRESCAMIENTO DE AMBIENTES; PURIFICACIÓN
DE AIRE; APLICACIÓN DE ACABADOS TEXTILES; HERRERÍA;
SERVICIOS DE CALDERAS; ENCUADERNACIÓN; PULIDO POR
DESGASTE: ENCHAPADO DE CADMIO; CROMADO; CORTE DE
PAÑOS; TEÑIDO DE TEJIDOS; BORDADOS DE TELAS; CORTE
DE TELA CONTRA INCENDIOS; TEJIDO EN LOS BORDES PARA
EVITAR ARRUGAS; TRATAMIENTO DE TEXTILES; IMPER-
MEABILIZACIÓN DE TELAS; ALTERACIÓN DE ROPA; SEPA-
RACIÓN DE COLORES; TRABAJOS EN COBRE; TRATAMIENTO
PARA EVITAR LA CORRUGACIÓN DE LA ROPA: SERVICIOS DE
CRIO PRESERVACIÓN; ENSAMBLAJE DE MATERIALES PARA
TERCEROS; CONFECCIÓN EN PIELES; DESCONTAMINACIÓN
DE MATERIALES PELIGROSOS; COSTURA; GALVANOPLAS-
TIA; BORDADO; GRABADO; BLANQUEO DE TELAS; TELA
CONTRAFUEGO; IMPERMEABILIZACIÓN DE TELA; COCCIÓN
DE CERÁMICA; MOLINERÍA; PRESERVACIÓN DE COMIDAS Y
BEBIDAS; AHUMAR ALIMENTOS; ENMARCADO DE OBRAS
DE ARTE; CONGELADO DE ALIMENTOS; TRITURACIÓN DE
FRUTAS; SUAVIZAR TELAS; ACONDICIONAMIENTO DE PIE-
LES; TEÑIDO DE PIELES; BLANQUEADO DE PIELES; TRATA-
MIENTO ANTIPOLILLA PARA PIELES; SANIDAD PARA PIELES;
GALVANIZACIÓN; DORADO; SOPLADO DE VIDRIO; ENCHA-
PAR EN ORO; MOLIENDA; LÁSER VECTORIAL; TEÑIDO DEL
CUERO; TRABAJOS EN CUERO; IMPRESIÓN LITOGRÁFICA;
MAGNETIZACIÓN; INFORMACIÓN SOBRE EL TRATAMIENTO
DE MATERIALES; FUNDICIÓN DE METALES; ENCHAPADO
DE METALES; TEMPLADO DE METALES; TRATAMIENTO DE
METALES; TRABAJOS EN TALLERES; NIQUILADO; IMPRESIÓN
TIPO OFFSET; PULIDO DE CRISTALES ÓPTICOS; ACABADO
DE PAPELES; TRATAMIENTO DEL PAPEL; PATRONES DE
IMPRESIÓN; TRATAMIENTO PERMANENTE DE TEJIDOS A
TRAVÉS DE PRENSAS; SERVICIOS DE FOTOCOMPOSICIÓN;
REVELADO DE PELÍCULAS FOTOGRÁFICAS; IMPRESIÓN FO-
TOGRÁFICA; FOTOGRABADO; CORTE DE MADERA; COCCIÓN
DE CERÁMICA; IMPRESIÓN: PROCESAMIENTO DE ACEITE;
PRODUCCIÓN DE ENERGÍA; ELABORACIÓN DE COLCHAS;
RECICLAJE DE RESIDUOS Y BASURA; PERFECCIONAMIEN-
TO DE LOS SERVICIOS; ALQUILER DE APARATOS DE AIRE
ACONDICIONADO; ALQUILER DE GENERADORES; ALQUILER
DE APARATOS DE CALEFACCIÓN; TRABAJOS DE GUARNICIO-
NERÍA; SERVICIOS DE LIMPIEZA A TRAVÉS DE ASPERSIÓN
DE ARENA; ASERRADO; TEÑIDO DE ZAPATOS; SERIGRAFÍA;
REVESTIMIENTOS EN PLATA; ELABORACIÓN DE APÓSITOS
PARA LA PIEL; SACRIFICIO DE ANIMALES; SOLDADURA;
SELECCIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE DESECHOS Y MATE-
RIALES RECICLABLES; REVISIÓN DE ACABADOS; SASTRERÍA;
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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. CURTIDO DE PIELES; TAXIDERMIA; IGNIFUGACIÓN TEXTIL;
TRATAMIENTO ANTIPOLILLA DE TELAS; TRATAMIENTO DE
TEXTILES; LA TALA Y EL PROCESAMIENTO DE ÁRBOLES: ES-
TAÑADO; VULCANIZACIÓN; CONFIGURACIÓN DE TELARES;
TRATAMIENTO DE AGUA; REVESTIMIENTO DE VENTANAS A
TRAVÉS DE TINTES; TRABAJOS EN MADERA; Y TRATAMIENTO
DE LANA. Clase: 40.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de abril del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F044996-3
No. de Expediente: 2012117328
No. de Presentación: 20120166559
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO
de SONY CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
SoNY Consistente en: la palabra SONY, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE PROVISIÓN DE BEBIDA Y ALIMENTOS; HOS-
PEDAJE TEMPORAL; PROVISIÓN DE HOSPEDAJE TEMPORAL;
AGENCIAS DE HOSPEDAJE [INTERMEDIACIÓN DE RESERVAS
PARA HOTELES, PENSIONES O SIMILARES]; PROVISIÓN DE
UDON Y/O SOBA. FIDEOS JAPONESES; PROVISIÓN DE AN-
GUILAS COCIDAS; PROVISIÓN DE SUSHI; PROVISIÓN DE
TEMPURA; PROVISIÓN DE CHULETAS DE CERDO; PROVISIÓN
DE COMIDA ITALIANA; PROVISIÓN DE COMIDA ESPAÑOLA;
PROVISIÓN DE COMIDA FRANCESA; PROVISIÓN DE COMIDA
RUSA; PROVISIÓN DE COMIDA INDIA; PROVISIÓN DE COMIDA
CHINA ESTILO KWANGTUNG; PROVISIÓN DE COMIDA CHINA
ESTILO SICHUAN; PROVISIÓN DE COMIDA CHINA ESTILO
SHANGHAI; PROVISIÓN DE COMIDA CHINA ESTILO BEIJING;
PROVISIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS; PROVISIÓN DE TÉ,
CAFÉ, CACAO, BEBIDAS CARBONATADAS Y/O BEBIDAS DE
JUGOS DE FRUTAS; RESIDENCIAS PARA ANIMALES; CENTROS
DE CUIDADO DIARIO PARA INFANTES Y PRE-ESCOLARES;
ARRIENDO DE SALAS DE REUNIONES; PROVISIÓN DE INSTA-
LACIONES PARA EXHIBICIONES; ARRIENDO DE EDREDONES
Y COLCHAS; ARRIENDO DE EQUIPOS DE COCINA PARA USO
INDUSTRIAL; ARRIENDO DE CALENTADORES DE COCINA QUE
NO SEAN ELÉCTRICOS; ARRIENDO DE ENCIMERAS DE COCI-
NA; ARRIENDO DE SUMIDEROS; ARRIENDO DE CORTINAS;
ARRIENDO DE MUEBLES; ARRIENDO DE TAPICES; ARRIENDO
DE CUBREPISOS; SERVICIOS DE BAR; RESERVA DE CASA DE
PENSIONES; CASAS DE PENSIONES; CAFÉS; CAFETERÍAS;
CANTINAS; GUARDERÍAS [ORFANATOS]; SERVICIOS DE
CAMPAMENTO (HOSPEDAJE); RESERVAS DE HOTELES; HOTE-
LES; MOTELES; PROVISIÓN DE INSTALACIONES DE CAMPO;
ARRIENDO DE SILLAS, MESAS, MANTELERÍA, CRISTALERÍA;
ARRIENDO DE APARATOS DE COCINA; ARRIENDO DE DIS-
PENSADORES DE AGUA POTABLE; ARRIENDO DE HOSPEDAJE
TEMPORAL; ARRIENDO DE TIENDAS DE CAMPAÑA; ARRIEN-
DO DE EDIFICIOS TRANSPORTABLES; RESTAURANTES;
HOGARES DE RETIRO; RESTAURANTES DE AUTO-SERVICIO;
SNACK-BARS; VIVIENDAS TURISTICAS. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de abril del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F044997-3
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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396No. de Expediente: 2012117333
No. de Presentación: 20120166564
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO
de SONY CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
SoNY Consistente en: la palabra SONY, que servirá para: AMPARAR: TE-
LECOMUNICACIONES; TELECOMUNICACIONES (DIFERENTE
A LA TRANSMISIÓN); TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE ARCHI-
VOS DE AUDIO Y VIDEO ESCUCHADOS Y DESCARGADOS VÍA
COMPUTADORA Y OTRAS REDES DE COMUNICACIÓN; SERVI-
CIOS DE DIFUSIÓN POR INTERNET; PROVISIÓN DE SERVICIOS
DE CONECTIVIDAD Y ACCESO A REDES DE COMUNICACIÓN
ELECTRÓNICA, PARA LA TRANSMISIÓN O RECEPCIÓN DE
CONTENIDO DE AUDIO, VIDEO O MULTIMEDIA; PROVISIÓN
DE SERVICIOS DE CONECTIVIDAD Y ACCESO A REDES DE
COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA PARA LA TRANSMISIÓN O
RECEPCIÓN DE FOTOS DIGITALES Y ARCHIVOS DE VIDEOS Y
OTROS CONTENIDOS MULTIMEDIA; SERVICIOS DE TRANSMI-
SIÓN Y PROVISIÓN DE ACCESO A PELÍCULAS Y PROGRAMAS
DE VIDEO PROPORCIONADAS VÍA EL SERVICIO DE "VIDEO
-EN-DEMANDA"; SERVICIOS DE COMUNICACIONES EN ESTA
CLASE INCLUYENDO LA PROVISIÓN DE COMUNIDADES EN
LÍNEA. EN LAS CUALES LOS USUARIOS CREAN, VEN, EDITAN,
COMPARTEN, ALMACENAN, SUBEN Y DESCARGAN ARCHI-
VOS DE FOTOS DIGITALES Y VIDEOS U OTRO CONTENIDO
MULTIMEDIA; TRANSMISIÓN DE TELEVISIÓN POR CABLE;
COMUNICACIONES POR TELÉFONO CELULAR; COMUNI-
CACIONES POR TERMINALES DE COMPUTADORAS; COMU-
NICACIONES POR TELEGRAMAS: COMUNICACIONES POR
TELÉFONO; TRANSMISIÓN ASISTIDA POR COMPUTADORA
DE MENSAJES E IMÁGENES; CORREO ELECTRÓNICO; SER-
VICIOS DE ANUNCIOS ELECTRÓNICOS; TRANSMISIÓN POR
FACSIMIL; INFORMACIÓN SOBRE TELECOMUNICACIONES;
ENVÍO DE MENSAJES; AGENCIAS DE NOTICIAS; PROVEER
CONEXIONES DE TELECOMUNICACIONES A UNA RED GLO-
BAL DE COMPUTADORAS; PROVEER ACCESO DE USUARIO A
UNA RED GLOBAL DE COMPUTADORAS; TRANSMISIÓN POR
RADIO; SERVICIOS DE COMPARTIR FOTOS , ESPECIALMENTE,
LA TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE ARCHIVOS DE FOTOS
DIGITALES ENTRE LOS USUARIOS DE INTERNET: ALQUILER
DE UN APARATO DE FACSÍMIL; ALQUILER DE UN APARATO
DE ENVIO DE MENSAJES; ALQUILER DE MÓDEMS; ALQUI-
LER DEL EQUIPO DE TELECOMUNICACIONES; ALQUILER
DE TELÉFONOS; TRANSMISIÓN POR SATÉLITE; ENVIO DE
TELEGRAMAS; SERVICIOS DE UNIÓN Y RUTA DE ACCESO EN
LAS TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS DE TELECONFEREN-
CIA; SERVICIOS DE TELÉGRAFO; SERVICIOS DE TELÉFONO;
TRANSMISIÓN DE TELEVISIÓN; SERVICIOS DE TRANSMI-
SIÓN DE TELEVISIÓN PROVISTOS EN LINEA DE UNA RED DE
COMPUTADORA; SERVICIOS DE TELEX; TRANSMISIÓN DE
TELEGRAMAS; SERVICIOS DE TRANSMISIÓN DE PELÍCULAS-
EN-DEMANDA; SERVICIO DE ALAMBRE; PROVEER PUNTOS
DE ACCESO A TABLEROS DE ANUNCIOS ELECTRÓNICOS;
MANTENER CORREOS ELECTRÓNICOS EN SERVIDORES DE
CORREO PARA RECEPTORES DE CORREO ELECTRÓNICO;
COMUNICACIONES POR REDES DE FIBRA ÓPTICA; SERVI-
CIOS DE BúSQUEDA [RADIO, TELÉFONO O OTRA MANERA
DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA]; PROVEER ACCESO A
BASES DE DATOS; PROVEER SALAS DE CHAT POR INTERNET;
PROVEER CANALES DE TELECOMUNICACIONES PARA LOS
SERVICIOS DE TELE COMPRAS; PROVEER CONEXIONES DE
TELECOMUNICACIONES PARA REDES GLOBALES; ALQUI-
LER DE TIEMPO DE ACCESO A REDES DE COMPUTADORAS ;
TRANSMISIÓN DE ARCHIVOS DIGITALES; TRANSMISIÓN DE
TARJETAS DE SALUDOS EN LINEA; SERVICIOS DE BUZÓN DE
VOZ; TRANSMISIÓN INALÁMBRICA. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de abril del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F044998-3
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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. MarcaS DE ProDUcToS
No. de Expediente: 2012119871
No. de Presentación: 20120170711
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DAVID
ERNESTO MENDOZA LOPEZ, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de SONRIE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-
BLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra SONRIE y diseño, que servirá para:
AMPARAR: REVISTAS DENTALES (PUBLICACIONES PERIO-
DICAS). Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de julio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002920-3
No. de Expediente: 2011114843
No. de Presentación: 20110161525
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODE-
RADO de QUIMICOS Y LUBRICANTES, SOCIEDAD ANONIMA
que se abrevia: QUILUBRISA, de nacionalidad GUATEMALTECA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra Ultrafert, que servirá para: AMPARA:
ABONOS PARA LAS TIERRAS, FERTILIZANTES DE TODO TIPO
(MINERALES, ORGÁNICOS, QUÍMICOS Y MEZCLAS FÍSICAS).
Clase: 01.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecisiete de enero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002921-3
No. de Expediente: 2011112681
No. de Presentación: 20110157176
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSE
FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO
de JUAN MANUEL RAYAS ARVIZU, de nacionalidad MEXICANA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra demograss y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS, REMEDIOS HER-
BOLARIOS, MEDICAMENTOS NATURALES, SUPLEMENTOS
NUTRIMENTALES, COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS, MULTI-
VITAMÍNICOS, CAPSULAS, JARABES, TABLETAS, FIBRAS EN
POLVO, PRODUCTOS DIETÉTICOS CON FINES TERAPÉUTICOS.
Clase: 05.
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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396 La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de junio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002922-3
No. de Expediente: 2011112686
No. de Presentación: 20110157181
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSE
FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO
de JUAN MANUEL RAYAS ARVIZU, de nacionalidad MEXICANA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra demograss y diseño, que servirá para:
AMPARAR: COSMÉTICOS, PRODUCTOS DE BELLEZA, GEL
MODELADOR, CREMAS, LOCIONES CORPORALES, JABONES
CORPORALES, SHAMPOOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de febrero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002923-3
No. de Expediente: 2012115223
No. de Presentación: 20120162288
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSE
FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO
de FERTILIZANTES DEL PACIFICO, SOCIEDAD ANONIMA que
se abrevia: FERTILIZANTES DEL PACIFICO, S.A., de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-
DUCTO,
Consistente en: la palabra PELICANO y diseño, que servirá
para: AMPARAR: PRODUCTOS QUÍMICOS DESTINADOS A LA
AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONOS
PARA TIERRA, NATURALES Y ARTIFICIALES, EN FORMA DE
POLVO, LIQUIDO O PASTA. Clase: 01.
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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de enero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002924-3
No. de Expediente: 2012115222
No. de Presentación: 20120162286
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSE
FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO
de IMPORTADORA DE BATERIAS, S.A., de nacionalidad PANA-
MEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra RANGER y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS PARA BATERÍAS DE ENCENDIDO,
BATERÍAS, BATERÍAS DE ÁNODOS, BATERÍAS ELECTRÍCAS,
BATERIAS PARA CARRO. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de enero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002925-3
No. de Expediente: 2011112685
No. de Presentación: 20110157180
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APO-
DERADO de DIEGO VADILLO ASTURIAS, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-
DUCTO,
cHiPliP
Consistente en: la palabra CHIPLIP, que servirá para: AMPARAR:
SNACKS Y BOCADILLOS, ELABORADOS A BASE DE TORTILLA
DE MAIZ. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de enero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002926-3
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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396
RESOLUCIÓN No. 539/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento
de San Salvador, extendido con fecha 22 de enero de 1997 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo
INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a PEDRO JOSÉ RAMÍREZ MAGAÑA. Para los efectos
de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F032975)
RESOLUCIÓN No. 571/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO PROFESOR CARLOS ÁLVAREZ PINEDA, Municipio de San Salvador, Departamento
de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto
a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades
legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO PROFESOR CARLOS
ÁLVAREZ PINEDA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a HUMBERTO JOSUÉ RENÉ GARCÍA MARTÍNEZ. Para los
efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F036078)
RESOLUCIÓN No. 577/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CHAPELTIQUE, Municipio de Chapeltique,
Departamento de San Miguel, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido
en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CHAPELTIQUE, Municipio de Chapeltique, Departamento de San Miguel, a CARLOS
VILLACORTA RIVAS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F036590)
SeCCION DOCUMeNTOS OFICIALeSMinisterio de educación
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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. RESOLUCIÓN No. 592/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo LICEO FRANCISCO GAVIDIA, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 18 de diciembre de 2009 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo LICEO FRANCISCO GAVIDIA, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a GLENDA YAMILETH ORTIZ GONZÁLEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F033873)
RESOLUCIÓN No. 603/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR INSA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR INSA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a ADRIANA MARIELA FIGUEROA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.-
Lic. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F037208)
RESOLUCIÓN No. 607/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de abril de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 1978 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a DANIEL GONZÁLEZ CHOTO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F034210)
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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396RESOLUCIÓN No. 610/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los trece días del mes de abril de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SAO PAULO, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SAO PAULO, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a ELBA MARICELA PÉREZ FLORES. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F034495)
RESOLUCIÓN No. 631/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticinco días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Orientación Docente obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CUSCATANCINGO, Municipio de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de enero de 1996 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Orientación Docente, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CUSCATANCINGO, Municipio de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, a SONIA ELIZABETH HERRERA CRUZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.-
Lic. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F034961)
RESOLUCIÓN No. 635/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciocho días del mes de abril de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo COLEGIO DE LA ASUNCIÓN, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 20 de diciembre de 1978 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Matemática Física obtenido en el Centro Educativo COLEGIO DE LA ASUNCIÓN, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a GLORIA IVETH CHON HIM QUANT. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNÁNDEZ,Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F035039)
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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. RESOLUCION No. 642/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SALVADOREÑO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido
con fecha 20 de diciembre de 2002 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título,
se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo LICEO SALVADOREÑO, Municipio de San Salvador, Departamento de
San Salvador, a WALKER JAVIER RAMIREZ AMAYA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-
(Registro No. F037511)
RESOLUCION No. 646/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LUZ DE ISRAEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, exten-
dido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado
Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento
RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LUZ DE ISRAEL, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, a MISAEL ALEJANDRO FLORES CASTRO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el
Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-
(Registro No. F035499)
RESOLUCION No. 652/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SUPERIOR PROFESOR EDMUNDO ALIRIO VILLACORTA,
Municipio de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997 y considerando que después de verificar la
documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR
TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción
Computación obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SUPERIOR PROFESOR EDMUNDO ALIRIO VILLACORTA, Municipio de Quezaltepeque,
Departamento de La Libertad, a ESTELA ELIZABETH PINEDA RIVAS. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario
Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-
(Registro No. F037082)
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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396RESOLUCION No. 661/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional en Salud obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL MANUEL JOSE ARCE, Municipio de
San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verificar la documentación
presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en
uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el Centro
Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL MANUEL JOSE ARCE, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a SANDRA
JEANNETTE UMAÑA ALVAREZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ HERNANDEZ
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-
(Registro No. F035750)
RESOLUCION No. 662/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Ba-
chiller Técnico Vocacional en Salud obtenido en el Centro Educativo ESCUELA TECNICA PARA LA SALUD MARIA TERESA LANG, Municipio
de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 14 de enero de 2009 y considerando que después de verificar la documentación
presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en
uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el Centro
Educativo ESCUELA TECNICA PARA LA SALUD MARIA TERESA LANG, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a NANCY
VERENICE RAFAELA RAMIREZ GRANADOS. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-
(Registro No. F036807)
RESOLUCION No. 665/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DR. SARBELIO NAVARRETE, Municipio de
San Vicente, Departamento de San Vicente, extendido con fecha 20 de noviembre de 1985 y considerando que después de verificar la documentación
presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en
uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado
obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DR. SARBELIO NAVARRETE, Municipio de San Vicente, Departamento de San Vicente,
a ROSALVA DEL CARMEN AREVALO PEREIRA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-
(Registro No. F037923)
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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. RESOLUCION No. 669/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional en Salud obtenido en el Centro Educativo CENTRO ACADEMICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el Centro Educativo
CENTRO ACADEMICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ALBINA ELIZABETH MIRANDA
MORALES. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-
(Registro No. F036506)
RESOLUCION No. 671/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TECNICO METROPOLITANO, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado obtenido en
el Centro Educativo INSTITUTO TECNICO METROPOLITANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JUANA IDALIA
GRANADOS GOMEZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-
(Registro No. F036106)
RESOLUCION No. 678/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título
de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSE SIMEON CAÑAS, Municipio de
Zacatecoluca, Departamento de La Paz, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verificar la documentación
presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en
uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría
obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSE SIMEON CAÑAS, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a MAR-
LON JONATAN ALFARO AGUILAR. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.-
(Registro No. F036165)
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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396RESOLUCIÓN No. 683/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de noviembre de 1985 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Contaduría, obtenido en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a CELSO ALBERTO ROMERO SORIANO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F036354)
RESOLUCIÓN No. 685/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Industrial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 1990 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Industrial, opción Electricidad, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a LUIS GILBERTO VALLE MEJÍA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F036365)
RESOLUCIÓN No. 686/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO ADVENTISTA DE SAN SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 21 de enero de 2010 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO ADVENTISTA DE SAN SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a WILLIAM CRISTOBAL COLORADO BARAHONA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F036366)
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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Julio de 2012. RESOLUCIÓN No, 687/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE JUCUAPA, Municipio de Jucuapa, De-
partamento de Usulután, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con
respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facul-
tades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Secretariado, obtenido en el
Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE JUCUAPA, Municipio de Jucuapa, Departamento de Usulután, a SANDRA ELIZABETH GODOY
GONZÁLEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F036385)
RESOLUCIÓN No. 689/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Académico, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SALVADOREÑO ALEMÁN, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de
La Libertad, extendido con fecha 12 de diciembre de 1988 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Ciencias Naturales, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO
SALVADOREÑO ALEMÁN, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a MÓNICA LIZETH ROGEL RIVERA. Para los
efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F036666)
RESOLUCIÓN No. 691/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO MARÍA AUXILIADORA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador,
extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del
DIARIO
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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 396citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departa-
mento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO MARÍA AUXILIADORA, Municipio
de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MARCELA ALEJANDRA ARGUETA CALDERÓN. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la
presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F036580)
RESOLUCIÓN No. 695/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Ba-
chiller Académico, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DR. FRANCISCO MARTÍNEZ SUÁREZ, Municipio de Chalatenango,
Departamento de Chalatenango, extendido con fecha 15 de noviembre de 1988 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Humanidades, obtenido en el Centro Educativo
INSTITUTO NACIONAL DR. FRANCISCO MARTÍNEZ SUÁREZ, Municipio de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, a ALFREDO
ANTONIO COREAS FUNES. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F036768)
RESOLUCIÓN No. 696/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ALEJANDRO DE HUMBOLDT, Municipio de
Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000 y considerando que después de verificar la documentación
presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En
uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el Centro
Educativo INSTITUTO NACIONAL ALEJANDRO DE HUMBOLDT, Municipio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, a JACQUELINE
ROXANA ZEPEDA MARTÍNEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F038129)
Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.
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