ECB LABORAL - Feriados

Post on 09-Dec-2015

4 views 1 download

description

ECB LABORAL - Feriados

Transcript of ECB LABORAL - Feriados

ESTUDIOCABALLERO BUSTAMANTE

Fuente: www.caballerobustamante.com.peDerechos Reservados

ECB Laboral

Feriados: 28 y 29 de julio (sector privado); 28, 29 y 30 de julio (sector público)

1. Feriados comunes para todos los sectores

– Añonuevo(1ºdeenero)– JuevesyViernesSanto(movibles)– DíadelTrabajo(1ºdemayo)– SanPedroySanPablo(29dejunio)– FiestasPatrias(28y29dejulio)– SantaRosadeLima(30deagosto)– CombatedeAngamos(8deoctubre)– TodoslosSantos(1ºdenoviembre)– InmaculadaConcepción(8dediciembre)– NatividaddelSeñor(25dediciembre)

2. Feriados para el sector Público para el año 2007

– Martes2deenero– Lunes30deabril– Jueves28dejunio

– Lunes30dejulio– Viernes31deagosto– Martes9deoctubre– Viernes2denoviembre– Lunes24dediciembre– Lunes31dediciembre2.1. Compensacióndeldescanso Los feriados especiales para el 2007

seráncompensadosconhorasodíasdetrabajosimilarenlasemanaposterioraladeldíadeclaradonolaborable,oenlaoportunidadqueestablezcaeltitulardelaentidad.

2.2.Díashábileseinhábilesa. Feriadoscomunes

– Inhábilesparaefectostributarios.– Inhábilesparatodoefectoadmi-

nistrativo.

b. Feriadosespeciales2007– Hábilesparaefectostributarios– Inhábilesparatodoefectoadmi-

nistrativo.

2.3.Serviciosbásicos Paraelotorgamientodeestosferiados

lostitularesdelasentidadespúblicasdeberán adoptar las medidas nece-sariasparagarantizar laprovisióndeserviciosesenciales.

2.4.SectorPrivado Previo acuerdo entre trabajadores y

empleadores, los centros de trabajodelSectorPrivado,podránacogersealosferiadosespecialesdel2007.Sinohubieraacuerdorespectode la formade compensar las horas dejadas delaborar,decidiráelempleador.

3. Concidencia del feriado con el día de descanso

Cuando coinciden los feriados con losdíasdedescansosemanal,ambosdescan-sosremuneradosseconfundenenunosolo,realizándoseunpagosimple(elpagodoblesolo ocurre cuando coincide el descansosemanalconel1ºdemayo).n

BaSenormativa

norma Sumilla Fecha D.S.Nº178-91-PCM DíasferiadosdelostrabajadoresdelSectorPúblico 12.05.1991––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– D.Leg.N°713 Descansosdelrégimenlaboraprivado. 08.11.1991––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Res.deSuperintendencia Díasferiadosquesondíasinhábilesenmateriatributaria. Nº168-92-EF-SUNAT

20.06.1992––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– D.S.N°055-2006-PCM Feriadosparaelsectorpúblicoduranteelaño2007. 22.08.2006

ESTUDIOCABALLERO BUSTAMANTE

Fuente: www.caballerobustamante.com.peDerechos Reservados

TRATAMIENTO REMUNERATIVO DE LOS DÍAS FERIADOS Y DÍAS DE DESCANSO SEMANAL OBLIGATORIO

Monto de la remuneración Si coinciden el día Si labora en día feriado Remuneración del feriado o del día de feriado con el día de o en día de descanso descanso semanal descanso semanal semanal obligatorio, obligatorio obligatorio sin día sustitutorio

Incluida en la remuneración del Pago simple Remuneración del día feriado o del mes o quincena. Se abonará en día de descanso semanal obligatorio Mensual o forma directamente proporcional + remuneración por el trabajo con quincenal al número de días efectivamente una sobretasa del 100% laborados en el mes o la quin- cena––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Un jornal diario. Se abona en Pago simple Remuneración del día feriado o del día forma directamente proporcional de descanso semanal obligatorio + Semanal al número de días efectivamente remuneración por el trabajo con una laborados en la semana sobretasa del 100%––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Promedio de la semana (salario Pago simple Remuneración del día feriado o del día Destajero semanal ÷ número de días de de descanso semanal obligatorio + trabajo efectivo) remuneración por el trabajo con una sobretasa del 100%