Transcript of Estado de Derecho
ANDREA MUELA MELENDEZ
Introducción
En este ensayo se hablara sobre estado de derecho y la forma en que
cada uno de ellos complementa al otro. Los orígenes y la estructura
de su formación.
En la actualidad, sabemos muy poco del porqué de las cosas y el
para que se utilizan, atreves de esta investigación nos podremos
dar cuenta del principio y fundamento de Estado de derecho y la
manera en que estamos involucrados como sociedad.
ESTADO
Estado tiene muchas definiciones, como:
Situación o modo de estar de una persona o cosa, en especial la
situación temporal de las personas o cosas cuya condición está
sujeta a cambios.
Pero en esta ocasión no es la definición que buscamos. El estado es
comunidad social con una organización política común y un
territorio y órganos de gobierno propios que es soberana e
independiente políticamente de otras comunidades.
También así, Francisco Porrúa Pérez lo define de la siguiente
manera: “El Estado
es una sociedad humana establecida en el territorio que le
corresponde, estructurada y regida por un orden jurídico, que es
creado, definido y aplicado por un poder soberano, para obtener el
bien público temporal, formando una institución con personalidad
moral y jurídica.1
¿CÓMO LLEGAMOS ALCONCEPTO DE ESTADO? Aún no conocemos con
exactitud el origen de la palabra Estado, desde el punto de vista
jurídico – político, pero si podemos afirmar que equivale
a la Polis o ciudad – Estado de los griegos. No es sino
hasta la Edad Media, cuando por primera vez surge el
nombre statí, estado, término tomado y sostenido por Maquiavelo,
anteriormente citado. Los elementos del Estado son:
Pueblo Territorio Poder
Ahora podemos decir que el Estado es una sociedad
humana, asentada de manera permanente en el territorio que le
corresponde, sujeta a un poder soberano que crea, define y aplica
un orden jurídico que estructura la sociedad estatal para obtener
el bien público temporal de sus componentes.
1 Porrúa Pérez, Francisco. “Teoría del Estado”. México. Ed.
Porrúa, 2003. p.p.26-27
Muchos autores aseguran que el poder y el gobierno son sinónimos,
sin embargo nos damos cuenta que no es así, para muchos, el poder
significa ser ley, ser total, y el gobierno no lo
es así, el gobierno es regido por el pueblo y para el pueblo, pero
tomaremos al poder como un elemento del Estado. ELEMENTOS DEL
ESTADO. Como Pueblo entendemos al compuesto social de
los procesos de asociación en el emplazamiento cultural y
superficial, o el factor básico de la sociedad, o una constante
universal en el mundo que se caracteriza por las variables
históricas. El principal valor del pueblo está en su universalidad.
No habrá Estado si no existe el pueblo y viceversa.
Al Poder lo entendemos como la capacidad o autoridad
de dominio, freno y control a los seres humanos, con
objeto de limitar su libertad y reglamentar su actividad. Este
poder puede ser por uso de la fuerza, la coerción,
voluntaria, o por diversas causas, pero en toda relación social, el
poder presupone la existencia de una subordinación de orden
jerárquico de competencias o cooperación reglamentadas. Toda
sociedad, no puede existir sin un poder, absolutamente necesario
para alcanzar todos sus fines propuestos. El Territorio es el
último elemento constitutivo del Estado. Francisco Pérez Porrúa lo
considera como el elemento físico de primer orden para que surja y
se conserve el Estado, pero agrega "La formación estatal misma
supone un territorio. Sin la existencia de éste no podrá haber
Estado". Por otro lado, Ignacio Burgoa afirma "Como elemento del
Estado, el territorio es el espacio dentro del cual se ejerce el
poder estatal o ‘imperium’. Como esfera
de competencia el Estado delimita espacialmente
la independencia de éste frente a otros Estados, es
el suelo dentro del que los gobernantes ejercen sus
funciones."
CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO MODERNO. Las características del Estado
Moderno son las siguientes:
Una cierta entidad territorial. Ésta se refiere al medio
físico que es necesaria para la sustentación del Estado y debe ser
una magnitud tal que no convierta en demasiado pesadas las tareas
que el Estado debe afrontar.
Establecimiento de un poder central suficientemente fuerte.
Se logra suprimir o reducir drásticamente a los antiguos poderes
feudales, entre ellos el propio poder de la iglesia, que
se vincula a lo que actualmente llamaríamos al proyecto de
Estado Nacional.
Creación de una infraestructura administrativa, financiera,
militar y diplomática. Se desarrolla una burocracia
administrativa que trabaja impersonalmente para el Estado.
Burocracia y capacidad financiera se retroalimentan. La obtención
y administración de recursos exige personal dedicado
por completo a estas tareas.
La diplomacia se convierte en un instrumento indispensable para las
relaciones con las demás entidades estatales que constituyen
un sistema en su conjunto.
Consolidación de la unidad económica. El Estado debe ser
capaz de regular y dirigir la economía en su propio seno, y
con respecto al exterior, implantar un sistema aduanal
y normas precisas que controlen la entrada y salida
de bienes.
El Estado mexicano está compuesto por su territorio,
población y gobierno, con sus leyes.
La población está formada por todos los habitantes que
ocupan el territorio mexicano. El gobierno lo forman los
funcionarios que han sido elegidos por la población para hacer las
leyes, hacerlas cumplir y sancionar a quienes las violen.
Además, tiene otros fines, como establecer y mantener el
orden y defender al país de todo ataque que provenga del
exterior.
Constitución Política
La Constitución de los Estado Unidos Mexicanos es el documento que
contiene a las leyes que rigen actualmente a nuestro país. También
se le llama Carta Magna y fue elaborada en 1917. En ella se
señalaba como debe organizarse nuestra nación, acorde con las
demandas por las que el pueblo lucho durante la Revolución
Mexicana. Es muy importante saber que nuestra constitución de la
primera en el mundo en incluir los derechos sociales. Los derechos
sociales son obligaciones que el Estado con la sociedad, como
impartir y garantizar educación y salud entre otros.
No todos los gobiernos son iguales. El estado puede adoptar
distintas formas de gobierno, dependiendo de los intereses propios
de cada nación. Hay dos formas principales de gobierno: la
monarquía y la republica
En la monarquía, el poder del Estado lo tiene una sola persona, que
puede ser el rey, el emperador o el príncipe. Esta forma de
autoridad se hereda de padres a hijos.
Existen diferentes tipos de gobiernos monárquicos: el absolutista,
el constitucional y el parlamentario
La república es el tipo de gobierno adoptado en la mayoría
de los países actuales. México tiene un Poder Supremo que, como en
todos los gobiernos republicanos, está dividido en tres poderes,
según el artículo 49 constitucional:
Uno para hacer las leyes: Poder Legislativo.
Otro para aplicarlas: Poder Ejecutivo.
Un tercero para impartir la justicia: Poder Judicial.
DERECHO La palabra proviene del vocablo latino directum, que
significa no apartarse del buen camino, seguir el sendero señalado
por la ley, lo que se dirige o es bien dirigido. En general se
entiendo por Derecho, conjunto de normas jurídicas, creadas por el
estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de
incumplimiento está prevista de una sanción judicial.2
“El Derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y
normas que confieren facultades, que establecen las bases de
convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la
sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad
y justicia”3 .
DERECHO COMO ORDENAMIENTO.- Es aquel conjunto de normas que
tratan de regular la conducta humana mediante ordenamientos,
permisiones y prohibiciones.
DERECHO COMO FENÓMENO SOCIAL.- Aquel ordenamiento Jurídico
que nace para el efecto de regular la conducta entre los
individuos, como grupo. Y tiene cabida, mientras que se encuentre
en una sociedad.
DERECHO COMO VALOR.- Es el conjunto de disposiciones que
adquieren rango obligatorio y que se encuentran al servicio de
valores sociales, además de tener una finalidad axiológicamente
respetable.
2 Flores Gomes González, Fernando y Carvajal Moreno, Gustavo,
Nociones de Derecho Positivo
Mexicano, Editorial Porrúa, Vigésima quinta Edición, México 1986,
p. 50
3 Pereznieto y Castro Leonel, Ledesma Mondragón Abel,
Introducción al estudio de Derecho,
segunda edición, editorial Harla, p.9.
DERECHO COMO ARGUMENTACIÓN.- Es aquel conjunto de normas que
se materializan a través del lenguaje, pues éste es el instrumento
fundamental del legislador, las palabras diseñan las normas
jurídicas.4
FINES DEL DERECHO a).- SEGURIDAD.- El ordenamiento responde
a la ineludible necesidad de un régimen estable, a la eliminación
de cuanto signifique arbitrariedad. Normas bien determinadas y
cumplimiento cabalmente garantizado. La certeza debe basarse en la
seguridad: “garantía dada al individuo, de que su persona, sus
bienes y sus derechos no serán objetos de ataques violentos o que,
si estos llegan a producirse, le serán asegurados por la sociedad,
protección y reparación”.
Constitución Política de México La constitución es la ley
fundamental de un Estado en la cual se establecen los derechos y
obligaciones de los ciudadanos y gobernantes. Es la norma jurídica
suprema y ninguna ley o precepto puede estar sobre ella. La
Constitución, o Carta Magna, es la expresión de la soberanía del
pueblo y es obra de la Asamblea o Congreso Constituyente.
México ha tenido diversas constituciones a lo largo de su historia.
Algunas han sido centralistas, es decir, que establecen el poder en
un solo órgano que controla todas las decisiones políticas del país
y otras federalistas, como la actual, que reconocen la soberanía de
los estados pero cuentan con mecanismos de coordinación para
asuntos de la República como un todo. Las principales y más
importantes son: - Constitución de Apatzingán de 1814 (estuvo
precedida por el documento llamado "Sentimientos de la Nación de
1813 y por al Acta de la independencia (1813) ) “ - Tratados
de Córdoba de 1821 - Reglamento provisional político del Imperio
Mexicano de 1822 - Acta Constitutiva de la Federación de 1824 -
Constitución de 1824 - Bases constitucionales expedidas por el
Congreso Constituyente de 1835 - Leyes Constitucionales de 1836 -
Bases Orgánicas de la República Mexicana - Acta Constitutiva y de
reformas de 1847 - Bases para la Administración de la República
hasta la promulgación de la Constitución - Constitución de 1857 -
Leyes de Reforma de 1859 - Constitución Federal de 1917
4 Explanación de la Licenciada Elisa Jaime Rangel.
y luego la de 1919, ha tenido cambios significativos en los
siguientes años: - Constitución de 1917 con reformas de 1994 -
Constitución de 1917 con reformas de 1998 - Constitución de 1917
con reformas hasta 2000 - Constitución de 1917 con reformas de 2001
- Constitución de 1917 con reformas hasta el 2002
LAS NORMAS NORMAS.- “Regla que se debe seguir o a que se deben
ajustar las conductas, tareas, actividades”.5
NORMAS JURÍDICAS Y SUS CARACTERISTICAS.- Conjunto de
mandatos que se aplican exclusivamente a las relaciones del hombre
que vive en sociedad.
Las características de la norma son: bilaterales o
imperativo-atributivas, exteriores, coercibles y heterónomas.
Bilaterales, significa que una obligación
jurídica a cargo de determinada persona trae aparejado un
derecho a favor de otra persona para exigir el cumplimiento de la
misma; Exteriores, significa que exigen una conducta
fundamentalmente externa. Sin embargo, también es cierto que en
muchos casos atribuyen consecuencias jurídicas a los aspectos
íntimos del comportamiento individual; Coercibles, porque si no son
cumplidas voluntariamente por los obligados, puede el Estado exigir
su cumplimiento, incluso por la fuerza; Heterónoma, porque el
creador de la norma es un ente distinto del destinatario de la
misma, y ésta le obliga aun cuando no sea reconocida por dicho
destinatario.
NORMAS SOCIALES.- Nos permiten desarrollar una vida social
más amena y cordial (cortesía) o bien, conducirnos conforme a
ciertas reglas establecidas para circunstancias y momentos
determinados, las sanción por no respetar estas reglas es que la
sociedad nos margina, pero esta sanción no tiene las
características señaladas en el caso de las normas
jurídicas, por eso los convencionalismos sociales son reglas
de conducta exterior, incoercibles, heterónomas y
unilaterales.
NORMAS MORALES.- Disposiciones que tienen como
características la unilateralidad porque frente al sujeto a quien
obligan no hay otro autorizado para exigirle el cumplimiento de sus
deberes; o sea que las normas morales imponen deberes, pero no
conceden derechos; son internas, significa que
5 Biblioteca de Consulta Microsoft® Encarta® 2005. © 1993-2004
Microsoft Corporation. Reservados todos los derechos
las mismas han de cumplirse por el individuo únicamente con el
propósito de acatar dichas normas. En este sentido, la interioridad
en estos preceptos constituye una modalidad o atributo de la
voluntad; son incoercibles porque su cumplimiento es espontáneo, es
decir, estos preceptos no admiten el empleo de la fuerza para el
logro de su cumplimiento; son autónomas porque tanto el obligado
como el creador de dichas normas es la misma persona, esto
significa que cada quien se auto legisla.
NORMAS JURIDICO GENERALES.- Cuando una norma jurídica alude
a una conducta atribuible a un número indeterminado de individuos.
Vgr.art. 40 constitucional, segundo párr.
NORMAS JURIDICO INDIVIDUALES.- Es cuando una norma jurídica
está dirigida a uno o varios individuos de forma personal, es decir
se refiere a un grupo perfectamente determinado. Vgr. Artículo 33
constitucional, último párr.
LEY Y SUS CARACTERISTICAS.- Norma de derecho dictada,
promulgada, y sancionada por la autoridad pública, aun sin el
consentimiento, de los individuos y que tiene como finalidad el
encauzamiento de la actividad social hacia el bien común.
Para Bonecase la ley tiene dos significados uno estricto y uno
amplio; en sentido estricto, “La ley es una regla de derecho
directamente emanada del Poder Legislativo, con aprobación y
sanción del Poder Ejecutivo, mediante la promulgación respectiva”;
pero en su sentido amplio, “La ley es una regla
abstracta y obligatoria de la conducta, de naturaleza general y
permanente, que se refiere a un número indefinido de personas, de
actos o hechos, con aplicación durante un tiempo indefinido y
dotada del carácter coercitivo del derecho.”
Sus características son: Generales; deben ser disposiciones
aplicables no a determinadas
personas o actos en particular, ya que de esta manera sería una
disposición de carácter administrativo, sino a un número
indeterminado e indefinido de actos y personas.
Obligatorias; Se refiere a que debe necesariamente ser
cumplida, para tal caso, existen órganos judiciales que obligan a
la observancia de la misma imponiendo sanciones a los
infractores.
Impersonal.
Abstracta.
CLASIFICACION DEL DERECHO DERECHO NATURAL: El derecho
natural forma parte de la moral, rige la
del derecho natural. Es un verdadero derecho en la medida en que en
la sociedad es obligatorio para todos. Al ser parte de la moral el
derecho natural es inmutable y universal en sus principios, pero
mutable en sus aplicaciones pues éstas dependen de la variabilidad
de las circunstancias.
Dicho de otra manera, el Derecho Natural es el conjunto de máximas
fundamentadas en la equidad, justicia y sentido común, que se
imponen al legislador mismo y nacen de las exigencias de la
naturaleza biológica, racional y social del hombre.
DERECHO POSITIVO: Reglas o normas jurídicas en vigor, en un
lugar y en una época determinada.
DERECHO OBJETIVO: Conjunto de normas que integran los
códigos y que, necesariamente se dirige a los valores u objetos
tutelados por la ley, en cuya salvaguardia se interesa le hombre.
Tal conjunto de normas imperativo-atributivas otorgan facultades al
mismo tiempo que imponen deberes correlativos, pero siempre dentro
de una esfera determinada.
Los preceptos que forman este derecho son imperativo-atributivos
pues imponen deberes y conceden facultades. Frente al obligado por
una norma, siempre hay otra persona para exigirle el cumplimiento
de la misma.
DERECHO SUBJETIVO: Conjunto de facultades reconocidas a los
individuos por la ley, para realzar determinados actos en
satisfacción de sus propios intereses.
Para Edgardo Peniche López el Derecho Subjetivo, es la facultad que
tiene el sujeto activo de exigir el cumplimiento de la norma
jurídica; es decir, el precepto atribuye su contenido a un titular
denominado “derecho –habiente” quien tiene el
reconocimiento suficiente para obtener del obligado la satisfacción
que corre a cargo del último.
DERECHO PÚBLICO: Conjunto de normas jurídicas que regulan
las relaciones del Estado, como ente soberano con los ciudadanos y
con otros
Estados.
DERECHO PRIVADO: Conjunto de disposiciones jurídicas
que rigen la relaciones de los particulares entre sí.
a) Ley.- Norma de Derecho dictada, promulgada y sancionada por
la autoridad pública, aún sin el consentimiento de los individuos;
tiene como finalidad el encauzamiento de la actividad social hacia
el bien común. b) Costumbre.-. Se define a la costumbre como
“el resultado de aquel
procedimiento jurídico de creación en el que un conjunto de actos,
considerados como repetidos por un órgano aplicador, se encuentran
formando una disposición o pauta de conducta, en virtud de la
decisión, más o menos consciente, de dicho órgano, de incorporar un
caso específico dentro de esa repetición de actos, convirtiéndolos,
así en derecho aplicable.”
Bibliografía:
C. Zulema Villena Salgado. El origen del estado. Recuperado el 9 de
Febrero a las
21:05 hrs.http://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtml
Víctor Manuel Martínez Bullé Goyre. Derechos humanos y estado
liberal. Recuperado el 9 de Febrero a las 22:30 horas.
De:http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhumex/cont/1/art/art4.pdf