Experiencia panameña en la protección del derecho

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Propiedad Intelectual y Seguridad InformPropiedad Intelectual y Seguridad InformPropiedad Intelectual y Seguridad InformPropiedad Intelectual y Seguridad Informááááticaticaticatica

Fiscalía de Propiedad Intelectual y Seguridad Informática

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Crisol de Razas….

Posición Geográfica de Panamá

PUERTOS

FRONTERA

Legislación Nacional En materia de Propiedad Intelectual

El artículo 53 de nuestra Constitución Política establece la protección de la Propiedad Intelectual en Panamá, al disponer lo siguiente :

“Todo autor, artista o inventor goza de la propiedad exclusiva de su obra o

invención durante el tiempo y en la

forma que establezca la Ley…

Leyes relacionadas a los delitos contra el Derecho

de Autor antes del Código Penal de 2008.

� Ley 15 del 8 de agosto de 1994 sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos (artículos 121 a 125).

� Ley 14 de 2007, con las modificaciones y adiciones introducidas por la Ley 26 de 2008, Ley 5 de 2009, Ley 68 de 2009 y la Ley 14 de 2010.

Convenios y Acuerdos suscritos a nivel internacional para la protección del Derecho de Autor por la República de Panamá:

Convenio de Berna para la Protección de Obras Literarias y

Artísticas

Consagración de los Derechos de Propiedad Intelectual en la

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Convención Interamericana Sobre el Derecho de Autor en Obras Literarias,

Científicas y Artística

Adhesión al acuerdo de Marrakech (OMC)

� La obra como objeto de protección.

� Requisitos para ser considerada obra: creación intelectual, original de naturaleza artística, científica o literaria y susceptible de reproducción o divulgación.

OBJETO DEL DERECHO DE AUTOR. ARTICULO 7 DE LA LEY 15 DE 1994

QUE PROTEGE EL DERECHO DE

AUTOR

� DIBUJOS

� FOTOGRAFÍAS

� MAPAS

� ESCULTURAS

� PELÍCULAS

� FONOGRAMAS

� LIBROS

� PINTURAS

� PROGRAMAS DE ORDENADOR

� COMPOSICIONES MUSICALES

� TODA OBRA QUE SE GENERE DEL INTELECTO HUMANO

Creación de la FISCALÍA ESPECIALIZADA EN DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD

INTELECTUAL

La Fiscalía Especializada en Delitos contra la Propiedad Intelectual :

Ley 15 de 1994(Derecho de Autor)

Ley 35 de 1996(Derecho de Propiedad

Industrial)

Creación de la Fiscalía Décima de Circuito

Creación de la Fiscalía Novena de Circuito

(Resolución 5 del 14 de Junio de 1999)

(Resolución 9 del 27 de Diciembre de 2002)

Edificio Avesa, 3er. Piso

Instituciones que intervienen en la Investigación de delitos contra derechos de autor en Panamá

Ministerio PúblicoFiscalía de Propiedad Intelectual

MINISTERIO DECOMERCIO E INDUSTRIA

DIR. NAL DE DER. DE AUTOR

POLICÍA NACIONALDirección de Investigación Judicial

DIJ/DIP

AUTORIDAD NAL DE ADUANASY ZONA LIBRE DE

COLÓN

Decreto Ejecutivo N°12326/nov/1996

Decreto Ejecutivo N°791/agost/1997

Decretos complementarios que regulan las medidas en fronteras:

Formas de Inicio de la Investigación por Derecho de Autor en Panamá

Diligencias Propias de la Investigación

TITULO VII, CAPITULO VI, SECCION 1ª

Art. 262, 263, 264, 265 y 266 del

Código Penal

DELITOS CONTRA EL DERECHO DE AUTOR EN DELITOS CONTRA EL DERECHO DE AUTOR EN DELITOS CONTRA EL DERECHO DE AUTOR EN DELITOS CONTRA EL DERECHO DE AUTOR EN EL ACTUAL CODIGO PENAL PANAMEEL ACTUAL CODIGO PENAL PANAMEEL ACTUAL CODIGO PENAL PANAMEEL ACTUAL CODIGO PENAL PANAMEÑÑÑÑO O O O VIGENTE A PARTIR DEL AVIGENTE A PARTIR DEL AVIGENTE A PARTIR DEL AVIGENTE A PARTIR DEL AÑÑÑÑO 2008O 2008O 2008O 2008

TIPO PENAL MÁS COMÚN INVESTIGADO EN MATERIA DE DERECHO DE AUTOR:ART. 264 C.P. DE 4 A 6 AART. 264 C.P. DE 4 A 6 AART. 264 C.P. DE 4 A 6 AART. 264 C.P. DE 4 A 6 AÑÑÑÑOS DE PRISIOS DE PRISIOS DE PRISIOS DE PRISIÓÓÓÓN N N N

� Se impondrá la pena de cuatro a seis años de prisión a quien, sin la correspondiente autorización del titular o fuera de los límites permitidos por las normas sobre los Derechos de Autor y Derechos Conexos, ejecute alguna de las siguientes conductas:

� l. Almacene, distribuya, exporte, ensamble, fabrique, venda, alquile o ponga en circulación de cualquier otra manera reproducción ilícita de una obra protegida por el Derecho de Autor y Derechos Conexos.

� 2. Introduzca en el país cantidades significativas, con fines comerciales, reproducciones ilícitas de obras protegidas por el Derecho de Autor y Derechos Conexos.

� 3. Reproduzca, copie o modifique, con carácter industrial o mediante laboratorios o mediante procesos automatizados, obras protegidas por el Derecho de Autor y

Derechos conexos.

� La misma sanción a quien sin autorización reproduzca o copie, por cualquier medio, la actuación de un intérprete o ejecutante, un fonograma, videograma, programa de ordenador o una emisión de radiodifusión en todo o en parte, o introduzca en el país, almacene, distribuya, exporte, venda, alquile o ponga en circulación , de cualquier otra manera, dichas reproducciones o copias.

TIPO PENAL MÁS COMÚN INVESTIGADO:ART. 265 C.P. DE 4 A 6 AART. 265 C.P. DE 4 A 6 AART. 265 C.P. DE 4 A 6 AART. 265 C.P. DE 4 A 6 AÑÑÑÑOS DE OS DE OS DE OS DE PRISIPRISIPRISIPRISIÓÓÓÓN N N N

AUSENCIA DE AUTORIZACION AUSENCIA DE AUTORIZACION AUSENCIA DE AUTORIZACION AUSENCIA DE AUTORIZACION ESCRITA DE LOS TITULARES DEL ESCRITA DE LOS TITULARES DEL ESCRITA DE LOS TITULARES DEL ESCRITA DE LOS TITULARES DEL DERECHO DE AUTOR.DERECHO DE AUTOR.DERECHO DE AUTOR.DERECHO DE AUTOR.

Ley 15 de 1994

Artículo 61.- El titular de derechos patrimoniales puede, igualmente, conceder a terceros una simple licencia de uso, no exclusiva e intransferible, la cual se regirá de acuerdo con las estipulaciones del contrato respectivo y las disposiciones atinentes a la cesión de derechos, en cuanto sean aplicables.Artículo 62.- Los contratos de cesión de derechos patrimoniales y los de licencia de uso deben constar en forma escrita.

MEDIDAS CAUTELARES APLICABLES

1. Ley 35 de 10 de mayo de 1996 sobre Propiedad Industrial; Título VII, Capítulo Único, artículo 173, párrafo segundo:

“El agente de instrucción adoptara de inmediato todas las medidas cautelares necesarias para asegurar el eficaz ejercicio de la acción penal, incluyendo, entre otras, la aprehensión provisional de los bienes objeto de la investigación, así como los medios utilizados en la comisión del hecho punible.”

� 2. Artículo 166 de la ley 35, reformado por la ley financiera del 4 de junio del 2003

Datos Importantes de la Gestión de la Fiscalía Superior De Propiedad Intelectual de Panamá

Expedientes y Diligencias

Aprehensiones Importante

Entradas y Salidas de Expedientes de Casos

de Derecho de Autor y Derechos Conexos

Allanamientos realizados por la Fiscalía Superior

Especializada en Delitos Contra la Propiedad

Intelectual

Material incautado por la Fiscalía Superior

Especializada en Delitos Contra la Propiedad

Intelectual

Material incautado por la Fiscalía Superior

Especializada en Delitos Contra la Propiedad

Intelectual

Material incautado por la Fiscalía Superior

Especializada en Delitos Contra la Propiedad Intelectual

Material incautado por la Fiscalía Superior

Especializada en Delitos Contra la Propiedad

Intelectual

Material incautado por la Fiscalía Superior

Especializada en Delitos Contra la Propiedad

Intelectual

Material incautado por la Fiscalía Superior

Especializada en Delitos Contra la Propiedad Intelectual

Material incautado por la Fiscalía Superior

Especializada en Delitos Contra la Propiedad

Intelectual

Operativos De Frontera

Frontera Panamá/Costa RicaPaso Canoas

Ubicación Geográfica

Área AllanadaPaso Canoas

INSPECCIONES A CONTENEDORES

Operativo “Avenida Peatonal”

INSPECCION A CONTENEDORES EN

PUERTO

APREHENSIONES

Destrucción de Evidencia