Post on 24-Jun-2015
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
DEFINICIÓN
Es la salida de mercancías del territorio aduanero
nacional con destino a otro país.
También se considera exportación, la salida de
mercancías a una zona Franca Industrial de Bienes y
de Servicios.
Art. 1. Decreto 2685/99
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
MODALIDADES
EXPORTACIÓN DEFINITIVA
EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO
EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO
REEXPORTACIÓN
REEMBARQUE
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
MODALIDADES
EXPORTACIÓN POR TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES
EXPORTACIÓN DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL
EXPORTACIÓNES TEMPORALES REALIZADAS POR VIAJEROS
EXPORTACIÓN DE MENAJES
PROGRAMAS ESPECIALES DE EXPORTACVIÓN Art. 263. Decreto 2685/99
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
EXPORTACIÓN DEFINITIVA
“Es la modalidad de exportación que regula la salida de mercancías nacionales o
nacionalizadas, del territorio aduanero nacional para su uso o consumo definitivo en otro país; así como a una Zona Franca
Industrial de Bienes y Servicios”.
Art. 263. Decreto 2685/99
DEFINICIÓN
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
EXPORTACIÓN DEFINITIVA
ELEMENTOS ESENCIALES
AUTORIZACIÓN DE EMBARQUE
CERTIFICACIÓN DE EMBARQUE
DECLARACIÓN DEEXPORTACIÓN DEFINITIVA
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
EXPORTACIÓN DEFINITIVA
PROCEDIMIENTO
Registro Nacional de exportadores
Vistos buenosPresentación de solicitud de Autorización de Embarque (SAE).
Validación (SAE).Ingreso a zona primaria
aduanera (ZPA)
Certificación
Selectividad
Asignación Fecha y Número
definitivo
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
a. Registro Nacional de Exportadores:
Ante la Dirección General de Comercio Exterior.
Sirve tanto para exportación de bienes como de servicios.
Diligenciar Forma 001, sin costo.En: www.mincomex.gov.coLink: Trámites y operaciones.
Es anual (Inscripción-Renovación).
PROCEDIMIENTO
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
a. Registro Nacional de Exportadores:
Es obligatoria de manera previa a la exportación, si se quieren los siguientes beneficios:
Devolución de IVA y retención en la fuente.
Financiación Bancoldex.
Plan Vallejo
PROCEDIMIENTO
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
Cuando sean requeridos:
ICA INVIMA MINSALUD MINAMBIENTE
Previos a la exportación, tanto para el país vendedor como para el país comprador.
b. Vistos Buenos
PROCEDIMIENTO
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
Es el trámite con el cuál se inicia una exportación.Se presenta ante la Administración de Aduanas donde se encuentre la mercancía.Documentos soporte.Se autoriza cuando se asigna el número y fecha al declarante.Vigencia de 1 Mes.
c. Presentación y validación de solicitud de autorización de embarque (SAE)
PROCEDIMIENTO
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
Documento a través del cual se acredita la operación que dio lugar a la exportación, los cuales deben conservarse mínimo 5 años.Vistos Buenos o permisos.
Mandato (SIA o apoderado).
Documentos Soporte de la solicitud de autorización de embarque
PROCEDIMIENTO
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
EMBARQUE
Es la operación de cargue en el medio de transporte de la mercancía que va
a ser exportada.
PROCEDIMIENTO
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
CLASES DE EMBARQUE:
EMBARQUE ÚNICO: Con Datos Definitivos Con Datos Provisionales
EMBARQUES FRACCIONADOS: Con Datos Definitivos Con Datos Provisionales
EMBARQUE GLOBAL CON CARGUES PARCIALES.
PROCEDIMIENTO
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
d. Ingreso a Zona Primaria Aduanera
Aceptada la Solicitud Aduanera de Embarque, la mercancía debe ingresar a la ZPA.
“Se entiende por ZPA aquel lugar del territorio aduanero nacional habilitado por la Aduana para la realización de las operaciones materiales de recepción, almacenamiento y movilización de mercancías que entran o salen del país, donde la autoridad aduanera ejerce sin restricciones su potestad de control y vigilancia”.
PROCEDIMIENTO
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
e. Selectividad
Por el sistema informático se determina el tipo de inspección:
Documental
Física
PROCEDIMIENTO
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
f. Certificación de Embarque
Transmisión información del manifiesto de carga: Dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al embarque de la mercancía.
Entregar los Manifiestos de Carga dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al embarque de la mercancía.
PROCEDIMIENTO
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
g. Declaración de exportación (DEX)
Realizados los trámites anteriores la Autorización de Embarque, se convierte en DEX.
Este trámite deberá surtirse dentro de los 15 días siguientes a la recepción del Manifiesto de Carga.
PROCEDIMIENTO
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
Costos Aduaneros en Origen
PROCEDIMIENTO
ESTRUCTURA COSTOS ADUANEROS
1,80% 8,78%
1,54%
49,71%
38,02% 0,15%
AGENCIAMIENTO ADUANERO OTROS GASTOS
INSPECCION OPERACIÓN PORTUARIA
DOCUMENTOS EXPORTACION BODEGAJES
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
“Es la modalidad de exportación que regula la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional, para transformación, elaboración o reparación en el exterior o en una Zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios”.
EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO
Definición
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
La Aduana señalará el término de permanencia de la mercancía en el
exterior, de conformidad con la solicitud presentada por el
exportador.
Documento en que conste que la mercancía va a ser objeto de un
proceso de elaboración, transformación o reparación en el
exterior.
EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO
Elementos esenciales:
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
“Es la modalidad de exportación que regula la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional, para atender una finalidad específica en el exterior, en un plazo determinado, durante el cual deberán ser reimportadas sin haber experimentado modificación alguna”.
Art. 297.Decreto 2685/99
EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL MISMO
ESTADODefinición
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
Se tramitará como exportación definitiva con datos definitivos y como envío único.
Se exceptúa el deterioro normal
Documento en el que conste el contrato que dio lugar a la exportación.
Elementos esenciales:
EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL MISMO
ESTADO
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
“Es la modalidad que regula la salida definitiva del territorio aduanero nacional, de mercancías que estuvieron sometidas a una modalidad de importación temporal o a la modalidad de transformación o ensamble”.
REEXPORTACIÓNDefinición
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
Bienes que han sido sometidos a importaciones temporales.
Embarque único con datos definitivos al embarque.
Documentos soporte: Declaración de Importación y mandato.
Arts. 303, 304 y 305. Decreto 2685/99
Elementos esenciales:
REEXPORTACIÓN
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
“Es la modalidad que regula la salida del territorio aduanero
nacional de mercancías procedentes del exterior
que se encuentren en almacenamiento y
respecto de las cuales no haya operado el
abandono legal ni hayan sido sometidas a ninguna
modalidad de importación”. Art. 306. Decreto 2685/99
REEMBARQUEDefinición
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
No haya operado abandono legal ni ninguna modalidad de importación.
No se autoriza sustancias químicas controladas por el Consejo Nacional de Estupefacientes.
Garantía por el valor de los tributos aduaneros.
REEMBARQUE
Elementos esenciales:
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
“Podrán ser objeto de exportación por esta modalidad, los envíos de correspondencia, los paquetes postales y los envíos urgentes siempre que su valor no exceda de mil dólares americanos y requieran ágil entrega a su destinatario”.
EXPORTACIÓN POR TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTESDefinició
n
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
Valor no superior a US$ 1.000.
La realizan empresas expresamente autorizadas por la DIAN.
Envíos de correspondencia: Cartas, tarjetas postales, impresos, inclusive las impresiones en relieve para uso de ciegos y los envíos fono postales.
Paquetes postales: Son paquetes enviados por la red de correos con un peso no superior a 2 kilos.
Envíos urgentes: Toda mercancía que requiere un despacho expreso a través de empresas de mensajería especializada.
EXPORTACIÓN POR TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES
Elementos esenciales:
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
Deberá presentarse en el formulario Declaración Simplificada de Exportación.
Se consideran muestras sin valor comercial aquellas mercancías declaradas como tales, cuyo valor FOB total no sobrepase el monto que señale la DIAN mediante resolución.
EXPORTACIÓN DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
El monto no puede ser superior a US $10.000 anuales.
Los productos sujetos a vistos buenos deberán cumplir con ese requisito al momento de presentar la Declaración Simplificada.
Se puede optar por un programa de exportación de muestras sin valor comercial.
EXPORTACIÓN DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL
Elementos esenciales:
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
“Las exportaciones de muestras sin valor comercial realizadas directamente por la Federación Nacional de Cafeteros o por Proexport, no estarán sujetas al monto establecido por la legislación aduanera”.
Art. 319 Decreto 2685/99
EXPORTACIÓN DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
“Serán objeto de esta modalidad de exportación las mercancías nacionales o nacionalizadas que lleven consigo los viajeros que salgan del país y que deseen reimportarlas a su regreso en el mismo estado, sin pago de tributos”.
Art. 322. Decreto2685/99
EXPORTACIONES TEMPORALES REALIZADAS POR VIAJEROS
Definición
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
Constituyen documentos soporte: la Declaración Simplificada de Exportación, el pasaporte y el tiquete de viaje.
No estarán comprendidos los objetos personales que lleven consigo los viajeros que salgan del territorio aduanero nacional.
Elementos esenciales:
EXPORTACIONES TEMPORALES REALIZADAS POR VIAJEROS
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
“Serán objeto de esta modalidad de exportación los menajes de los residentes en el país que salen del territorio aduanero nacional para fijar su residencia en el exterior”.
Art. 326. Decreto 2685/99
EXPORTACIÓN DE MENAJES
Definición
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
La Declaración Simplificada de Exportación deberá presentarse y suscribirse por el propietario del menaje o la persona autorizada.
Presentar ante la Aduana las mercancías con una relación en que se señale su cantidad y descripción.
EXPORTACIÓN DE MENAJESElementos esenciales:
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
“Es la operación mediante la cual un residente en el exterior compra materias primas a un productor residente en Colombia, disponiendo su entrega a otro productor también residente en el territorio aduanero nacional, quien se obliga a elaborar y exportar el bien manufacturado a partir de dichas materia primas, según las instrucciones que reciba del comprador externo”.Art.329. Modificado. Art. 29, Decreto 1232 de 2001.
PROGRAMAS ESPECIALES DE EXPORTACIÓN
Definición
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
PROGRAMAS ESPECIALES DE EXPORTACIÓN
La entrega por parte del productor de materias primas o insumos al productor del bien final se considera una exportación.
El productor del bien final las recibe a título de importación temporal.
El plazo máximo para exportar el bien final es de seis (6) meses. Este plazo podrá ser prorrogado por la Aduana , por una sola vez y hasta 3 meses más, previa justificación del interesado.
Elementos esenciales:
SESIÓN III – RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN