Post on 08-Jul-2015
La noción de derechos La noción de derechos fundamentales en la fundamentales en la
jurisprudencia de la CCT (F. jurisprudencia de la CCT (F. Simon)Simon)
Especialización Derecho Especialización Derecho ConstitucionalConstitucional
Derechos fundamentalesDerechos fundamentalesSesión 3-4 Sesión 3-4
Contenido Contenido
1.1. Revisión del uso por parte de la CorteRevisión del uso por parte de la Corte
2.2. Aclaraciones conceptualesAclaraciones conceptuales
3.3. Tratamiento en la CRETratamiento en la CRE
4.4. Conclusiones Conclusiones
I. Uso término por CCTI. Uso término por CCT
AMPLIO – MAYORITARIOUso indistinto de denominaciones:
Fundamentales, humanos, constitucionalesEquiparación DF y DC
DIFERENTE PERO COMPLEMENTARIADF y DC DF o DC
LIMITADA Y DIFERENTE DF categoría más limitada que DC
DIFERENTE DF y D Patrimoniales
Propiedad: NO Fundamental SI Fundamental
II. Aclaraciones conceptuales II. Aclaraciones conceptuales
La caracterización de un derecho como La caracterización de un derecho como fundamental depende directamente del fundamental depende directamente del enfoque.enfoque.
Uso promiscuo de conceptos Uso promiscuo de conceptos incompatibles da como resultado fallos incompatibles da como resultado fallos que debilitan la protección.que debilitan la protección.
Distinción DF y DHDistinción DF y DH
DERECHOS HUMANOS Positivados en el ámbito internacional junto a los que
no han alcanzado estatuto jurídico
DERECHOS FUNDAMENTALES
Positivados en el ámbito interno
Enfoques Enfoques
Jusnaturalista – IndividualistaValor axiológico: Derechos naturales
Separación Estado y SociedadSon absolutos
Imponen obligaciones de no interferenciaNo necesitan ser constitucionalizados
HistoricistaValores: dignidad, igualdad y libertad
Valores que se materializan en derechosResponden a determinados contextos históricos
Universalidad y Supremacía.
Enfoques Enfoques
PositivismoEstán establecidos por norma
Fundamentales porque están en la ConstituciónNo necesariamente son sólo de las personas
Estructuralista o Formalista Luigi Ferrajoli
Definición teórica – formal Definición teórica – formal
Derecho subjetivoDerecho subjetivo: expectativa + (prestación): expectativa + (prestación)
expectativa – (no interferencia)expectativa – (no interferencia)
StatusStatus: condición de un sujeto, presupuesto : condición de un sujeto, presupuesto idoneidad para ser titular. idoneidad para ser titular.
““Derechos subjetivosDerechos subjetivos que corresponden universalmente a “todos” los seres humanos que corresponden universalmente a “todos” los seres humanos
en cuanto dotados de en cuanto dotados de statusstatus de de personaspersonas, de , de ciudadanosciudadanos o o personas con capacidad de obrarpersonas con capacidad de obrar, ” , ”
previstos en la norma jurídicaprevistos en la norma jurídica
CaracterísticasCaracterísticas
Imputaciones de carácter universalImputaciones de carácter universal Téticas (general y abstracto) no Téticas (general y abstracto) no
hipotéticas hipotéticas Indisponibles, inalienables, intransigibles, Indisponibles, inalienables, intransigibles,
personalísimos (opone a derechos personalísimos (opone a derechos patrimoniales, disponibles por su patrimoniales, disponibles por su naturaleza, negociables) naturaleza, negociables)
TIPOLOGIA TIPOLOGIA
1. Derechos Humanos1. Derechos Humanos (personas) (personas)
2. Derechos Civiles2. Derechos Civiles ( (personas con personas con capacidadcapacidad) )
3. Derechos Públicos3. Derechos Públicos (ciudadanos) (ciudadanos)
4. Derechos Políticos4. Derechos Políticos ( (ciudadanos ciudadanos con capacidadcon capacidad) )
TIPOLOGIA SUBJETIVA (sujetos)TIPOLOGIA SUBJETIVA (sujetos)
Derechos de las personasO de personalidad
Derechos del ciudadanoO de Ciudadanía
Derechos humanos p
Derechos civiles p+cap
Derechos públicos c
Derechos políticos c+cap
Primarios Pertenecen a todas las personas
Independientemente de Su capacidad de obrar
SecundariosSólo pertenecientes a los
Que tiene capacidad de obrar
Derechos humanos
Derechos públicos
Derechos civiles
Derechos políticos
TIPOLOGIA OBJETIVA TIPOLOGIA OBJETIVA (Comportamientos – Poderes) (Comportamientos – Poderes)
PrimariosPertenecientes a todos
SecundariosA los con capacidad de obrar
Libertades simples Libertades de y para
Libertades D -negativosSociales D + prestaciones
Civiles
Políticos
Autonomía privada – disposición der. Patrimoniales
Autonomía pública – voto
Tesis para una teoría de Tesis para una teoría de democracia constitucional democracia constitucional
- Diferencia entre derechos fundamentales y Diferencia entre derechos fundamentales y patrimoniales. Unos disponibles y otros patrimoniales. Unos disponibles y otros indisponibles. Derecho a ser propietario y indisponibles. Derecho a ser propietario y disponer de los bienes (derecho civil)disponer de los bienes (derecho civil)
- Derechos fundamentales fundados en la Derechos fundamentales fundados en la igualdad jurídica – sustancial. Frente a la formal igualdad jurídica – sustancial. Frente a la formal (poderes de la mayoría)(poderes de la mayoría)
- Naturaleza supranacional de los derechos Naturaleza supranacional de los derechos (límites externos) (límites externos)
- Relaciones entre derechos y garantíasRelaciones entre derechos y garantías
Derechos y garantías Derechos y garantías
Derechos y garantías son distintos Derechos y garantías son distintos DerechosDerechos: expectativas + o -: expectativas + o - Garantías primariasGarantías primarias: obligaciones de : obligaciones de
prestación y prohibiciones. prestación y prohibiciones. Garantías secundariasGarantías secundarias: obligaciones de : obligaciones de
reparar o sancionar las lesiones reparar o sancionar las lesiones La ausencia de garantías no niega la La ausencia de garantías no niega la
existencia del derecho (laguna)existencia del derecho (laguna)
III. Tratamiento en la Constitución III. Tratamiento en la Constitución
Varias denominaciones: derechos de las Varias denominaciones: derechos de las personas, seres humanos, personas, seres humanos, constitucionales, fundamental (en una constitucionales, fundamental (en una sola ocasión. La más general: derechos sola ocasión. La más general: derechos constitucionales. constitucionales.
Garantías: Acción de protección y Garantías: Acción de protección y Extraordinaria: Derechos reconocidos en Extraordinaria: Derechos reconocidos en la Constituciónla Constitución
Clasificación Clasificación
Siete categorías de derechos:Siete categorías de derechos:1.1. Buen vivirBuen vivir2.2. Personas y grupos de atención prioritariaPersonas y grupos de atención prioritaria3.3. Comunidades, pueblos y nacionalidadesComunidades, pueblos y nacionalidades4.4. Participación Participación 5.5. LibertadLibertad6.6. NaturalezaNaturaleza7.7. Protección Protección Otros?. Otros?.
Fundamento o valoresFundamento o valores
Referencia a diferentes principios.Referencia a diferentes principios. Manera provisional: dignidad, igualdad Manera provisional: dignidad, igualdad
formal y material, pluralismo de la justicia, formal y material, pluralismo de la justicia, la justicia, la solidaridad y la paz. Buen la justicia, la solidaridad y la paz. Buen vivir – norma, principio?vivir – norma, principio?
4. Conclusiones4. Conclusiones
Confusiones en la Corte sobre los derechos y Confusiones en la Corte sobre los derechos y sus formas de interpretación sus formas de interpretación
Se usa la definición estructural de Ferrajoli para Se usa la definición estructural de Ferrajoli para disminuir la cobertura material de las garantías.disminuir la cobertura material de las garantías.
Derecho de propiedad esta constitucionalmente Derecho de propiedad esta constitucionalmente establecidoestablecido
Acción extraordinaria de protección protege Acción extraordinaria de protección protege derechos constitucionales derechos constitucionales
Fallo arbitrario – responde a posturas Fallo arbitrario – responde a posturas ideológicas. ideológicas.