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GARANTIAS FINANCIERASGARANTIAS FINANCIERASEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD
MEDIOAMBIENTALMEDIOAMBIENTALMEDIOAMBIENTALMEDIOAMBIENTAL
J é L i d H H iJosé Luis de Heras HerraizPOOL ESPAÑOL DE RIESGOS MEDIOAMBIENTALES, AIE
Jornada sobre la Ley de Responsabilidad Ambiental y su reglamentoAsociación y Colegio de Ingenieros Industriales de MadridAsociación y Colegio de Ingenieros Industriales de Madrid
Madrid, 25 de Marzo de 2009
SUMARIOSUMARIO
• Requerimiento de garantías financieras Cap IVRequerimiento de garantías financieras Cap. IV
• Necesidad de nuevos seguros.
• Descripción de los nuevos seguros.
• Condiciones reglamentarias de la garantía financiera• Condiciones reglamentarias de la garantía financiera.
LA GARANTIA DE LAS RESPONSABILIDADES EN LA L.R.M.
Capítulo IV- Obligación del titular de disponer de una garantía financiera.g p g- Modalidades posibles:
* Seguro.- Complementado obligatoriamente con el Fondo gestionado por el C.C.S. Según reglamento.* Aval de entidad financiera.- A reglamentar por la Administración autorizante.* Constitución de una reserva de finalidad exclusiva, mediante la dotación de fondos con garantía pública.
Cuantías mínimas: de 300.000 a 20 Millones de Euros, según “d ñ t i l”“daño potencial”.
Este capítuloEste capítulo entrará en vigor a partir de 2010
EL SEGUROEL SEGURO
Es la única opción entre los instrumentos de garantía en que el riesgo garantizado
se transfieredel pasivo de la empresadel pasivo de la empresa.
CONTENIDO OBLIGATORIO DELCONTENIDO OBLIGATORIO DEL SEGURO EN LA L.R.M.
REQUISITOS:– Garantía específica y exclusiva de las responsabilidades de la ley.Garantía específica y exclusiva de las responsabilidades de la ley.– Gastos para evitar un riesgo inminente de daño por contaminación.
AC O S A O A ASLIMITACIONES AUTORIZADAS.-
– Daños por contaminación.
– Origen involuntario e inesperado.
– Reparación Primaria de las especies y hábitats.
POST-CLAUSURA– Daños descubiertos tras el cese de actividad, a cargo de un Fondo., g
RESPONSABILIDADESRESPONSABILIDADESINDEMNIZATORIAS
RESPONSABILIDAD RESPONSABILIDAD
CONTAMINACION
DAÑOS A PERSONAS
RESPONSABILIDADCIVIL
DAÑOS AL SUELO
RESPONSABILIDADMEDIOAMBIENTAL
DAÑOS A PROPIEDADESDE ENTIDADES PUBLICAS
DAÑOS A PERSONAS
DAÑOS AL AGUA
DAÑOS AL SUELO
DAÑOS A PROPIEDADESDE PERSONAS O ENTIDADES PRIVADAS
DE ENTIDADES PUBLICAS
DAÑOS A ESPECIES SILVESTRES YHABITATS PROTEGIDOS
PERJUICIOS ECONOMICOS OMENOSCABO DE DERECHOS INDIVIDUALES
DE PERSONAS O ENTIDADES PRIVADAS
DAÑOS A LA COSTA
HABITATS PROTEGIDOS
MENOSCABO DE DERECHOS INDIVIDUALES
CARENCIAS DE LOS SEGUROSCARENCIAS DE LOS SEGUROS ANTERIORES A LA LEY
(INCLUSO LOS SEGUROS ESPECIFICOS DE CONTAMINACIÓN)(INCLUSO LOS SEGUROS ESPECIFICOS DE CONTAMINACIÓN)
• No distinguen entre responsabilidad civil y medioambiental.• No contemplan expresamente coberturas exclusivas para• No contemplan expresamente coberturas exclusivas para
Responsabilidad Medioambiental.• No regulan prestaciones para reparación primaria• No regulan prestaciones para reparación primaria,
complementaria y compensatoria.
• No tienen una terminología adecuada al nuevo marco legal• No tienen una terminología adecuada al nuevo marco legal.
LOS NUEVOS SEGUROSLOS NUEVOS SEGUROSLOS NUEVOS SEGUROSLOS NUEVOS SEGUROS
La descripción de los seguros que se da a continuación no tieneLa descripción de los seguros que se da a continuación no tieneLa descripción de los seguros que se da a continuación no tiene La descripción de los seguros que se da a continuación no tiene carácter de oferta ni valor contractual alguno. carácter de oferta ni valor contractual alguno.
Los conceptos se resumen para su mejor comprensión.Los conceptos se resumen para su mejor comprensión.p p j pp p j p
NOVEDADES INTRODUCIDAS EN LOS NOVEDADES INTRODUCIDAS EN LOS NUEVOS SEGUROSNUEVOS SEGUROS
•Adaptación a la Ley de Responsabilidad Medioambiental española.
•Cumplir con los requisitos del capítulo IV.
•Sumas aseguradas independientes para:
-Responsabilidad civil por Contaminación.-Responsabilidad medioambiental.
DOS CAPITALES Y COBERTURAS INDEPENDIENTES
COBERTURA ELEMENTO DAÑADOCOBERTURA
RESPONSABILIDAD
ELEMENTO DAÑADO
- ESPECIES Y HÁBITATS PROTEGIDOS
MEDIOAMBIENTAL
POR CONTAMINACIÓN
- AGUA
- COSTA
- SUELO
RESPONSABILIDAD
- SUELO
PERSONAS:DAÑOS PERSONALESRESPONSABILIDAD
CIVIL
POR CONTAMINACIÓN
- DAÑOS PERSONALES
PROPIEDADES:- DE PERSONAS PÚBLICAS O PRIVADAS
ÓPOR CONTAMINACIÓN DERECHOS ECONÓMICOS- LUCRO CESANTE
GESTIÓN DE LOS SINIESTROSGESTIÓN DE LOS SINIESTROS
Regula:– La declaración obligatoria por el Asegurado y
su iniciativa en tomar las medidas urgentes de prevención y evitación.
– La intervención legal de la Administración Ambiental, no identificándola con el 3ºAmbiental, no identificándola con el 3 perjudicado.
EL REGLAMENTOEL REGLAMENTO
DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS SOBRE LA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS
El reglamento da pautas sobre:• Como y quien decide las acciones a llevar a cabo.y q
• Como se cuantifican las acciones de reparación.
Q l ti l ió• Que alcance tiene la reparación en recursos ya
degradados.
EL SEGURO REGULADO EN EL CAP. IV Y LOS SEGUROS OBLIGATORIOS
ANTERIORES:
• ¿Gestores de R.P. (Dto. Adaptar sus seguros¿Gestores de R.P. (Dto. 833/1988.)?
p g
Una sola póliza o varias.
• ¿Titular de varias plantas?
El siniestro en una planta no debe consumir la
• Contenido de la garantía
garantía para otras.
• Contenido de la garantía en casos de suelos ya contaminados. Distribución de
responsabilidades.responsabilidades.
IDEAS FINALESIDEAS FINALES
RECOMENDACIONES PARA AUMENTARRECOMENDACIONES PARA AUMENTARRECOMENDACIONES PARA AUMENTAR RECOMENDACIONES PARA AUMENTAR LA PROPORCIÓN DELA PROPORCIÓN DE
RIESGOS ASEGURABLESRIESGOS ASEGURABLES
1. Actividades o instalaciones inaceptables. (malas prácticas, etc.)p
• Coordinar criterios de fijación de requisitos mínimos.
2 E t d bá i i ti f t i ( t 29 R l t )2 Estado básico insatisfactorio. (art 29 Reglamento)
• Información sobre el estado básico• Coordinar criterios de evaluación y atribución de responsabilidades.C y p
3. Conceptos y obligaciones por valorar. (Significatividad: Arts. 16 y 17)(Concreción medidas Arts 22 y ss.)( y )
• Coordinar criterios de evaluación , valoración y fijación de objetivos de reparación.