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TRIBUTACIÓN SOBRE RENTAS DE ACTIVOS
EN EL EXTERIOR
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1. Renta gravada y determinación de la misma
A. Qué grava
B. Determinación de la renta
C. Momento del pago
2. Personas jurídicas y fondos
3. Agentes de retención
4. Crédito por impuestos pagados en el exterior
CONTENIDO
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IRPF: QUÉ AFECTA
Rendimientos
de capital
Incrementos
patrimoniales
Inmob. Mobiliario
CATEGORIA I
(Capital)
Ley Nº 18.718
Rentas gravadas
Rentas:
Intereses;
dividendos;
rendimientos;
mobiliarios
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•Se amplía el principio de la fuente para las rentas pasivas en el
IRPF: pasan a estar gravadas las rentas mobiliarias obtenidas en el
exterior por personas físicas residentes.
NO QUEDAN GRAVADOS LOS INCREMENTOS PATRIMONIALES
¿QUÉ CAMBIÓ EN MATERIA DE IRPF?
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a) Criterio real
Se debe computar la renta( intereses , dividendos, etc.) por rendimientos
percibidos en el exterior.
b) Determinación ficta de la renta
Cuando el contribuyente no pueda determinar la renta sobre inversiones
en el exterior correspondiente a rendimientos de capital( gravados) sobre
los incrementos patrimoniales (no gravados), la renta se podrá
determinar asignado un 50% a cada concepto
Determinación de la renta
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Determinación de la renta-Ejemplo
Ganancia del fondo
Dividendos
Ventas de activos
Intereses
Persona física residenteFondo de inversión –
tasa de impuesto <12%
En el caso que no se pueda determinar la renta correspondiente a
rendimientos de capital( gravados), se podrá determinarla como un 50% de
la ganancia del fondo.
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Criterio de lo percibido
El impuesto se debe pagar cuando ocurra el :
a) Pago o;
b) Puesta a disposición de los fondos (cuándo hay libre disponibilidad)
Criterio para el pago
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IRPF – utilización de sociedades
Cambios en la Tributación
Situación 1: Situación 2: Situación 3:
Rentas por préstamos otorgados a no
residentes, depósitos, colocaciones en el
exterior
P.F
Rentas por préstamos, depósitos, colocaciones
en exterior
S.A URUGUAYA
P.F
Tributa <12%
P.F
Fondo de Inversión
IRPF
12%
Sobre pagos
P.F
Participación en PJ del exterior
Tributa >12%
IRPF: 12%
Sobre dividen
dos
P.F
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FONDOS
Cambios en la Tributación
•Cuando el fondo(de pensión o de inversión colectiva) tiene su balance
auditado por alguna firma de prestigio, el titular paga el impuesto cuando
recibe la renta (criterio de lo percibido). No opera “pass through”
• El titular paga el impuesto cuando recibe el rendimiento por parte del fondo;
• Cuándo el fondo es de capitalización: No se pagaría en tanto no hay
recepción de fondos. Al momento de la venta (salida del fondo) la renta
constituiría un incremento patrimonial?
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PAGO
• Las PF deberán realizar su pago en forma directa.Por el
momento, el pago sería anual
• Las PJ del exterior pueden designar un representante en UY
para que actúe como agente de retención;
• Las PJ locales son designados agentes de retención (en este
caso el pago opera cuando la sociedad distribuye las utilidades)
Cuándo apliquen retenciones las mismas podrán tener carácter definitivo
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Agentes de Retención
•Se designo agentes de retención a las instituciones de intermediación
financiera a la Bolsa de Valores de Montevideo , Bevsa , los corredores
de bolsa que las integren, los fideicomisos , los fondos de inversión ,
•También son agentes de retención todos aquellos que actúen por cuenta
y orden de terceros.
•No corresponderá retener cuando el titular de la rentas sea una persona
jurídica
Retención
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Agentes de Retención - Transición
El contribuyente puede acordar con el agente de retención el pago del
impuesto devengado entre el 1 de enero de 2011 y la vigencia del
Decreto
Una vez vigente el Decreto las retenciones se verterán a la DGI en forma
mensual
Retención – rentas anteriores a la vigencia del decreto
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Crédito fiscal por impuestos en el exterior
• Los contribuyentes que hayan sido objeto de imposición en el exterior ,
podrán tomar como crédito fiscal dicho impuesto.
•En los casos que opere el “pass through”, la persona podrá imputar los
impuestos pagados por la sociedad como propios en la proporción que
le corresponda.
Cómputo de créditos por impuestos en el exterior
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CONCLUSIONES
Se estableció un ficto del 50% para los casos en que la renta por
rendimiento no se puede identificar;
Se estableció el criterio de lo percibido para realizar el pago del
Impuesto;
Se permite computar créditos por impuestos en el exterior
Sin embargo;
Los contribuyentes tendrán que tomar posición respecto a:
• Diferencias entre rentas de incrementos y rendimientos;
• Retenciones y cómputos de créditos fiscales;