Post on 17-Aug-2020
El alumbrado público y la protección del cielo
Jornada “El alumbrado público y la protección del cielo”19 de Mayo de 2017. Palacio de Congresos de Mérida
Recomendaciones técnicas de luminarias y diseño de alumbrado exterior
Borrador Decreto de Zonificación. Modificación de la Ley de protección ambiental.
Pedro Muñoz Barco. Director General de Medio Ambiente. Junta de Extremadura.
Eulalia Moreno de Acevedo Yagüe. Directora General de Urbanismo y Ordenación del Territorio. Junta
de Extremadura.
El alumbrado público y la protección del cielo
Contaminación lumínica en Europa
El alumbrado público y la protección del cielo
Contaminación lumínica en Extremadura
El alumbrado público y la protección del cielo
Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera establece que las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, promoverán la prevención y reducción de la contaminación lumínica
El artículo 9.33 del Estatuto de Autonomía de Extremadura atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura competencia exclusiva para establecer políticas y dictar normas adicionales y complementarias de las del Estado en materia de protección medioambiental
Modificación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la que se incluye un capítulo de protección frente a la contaminación lumínica
El alumbrado público y la protección del cielo
Prevenir, minimizar y corregir los efectos de la luz artificial hacia el cielo nocturno
Preservar las condiciones naturales de oscuridad en beneficio de los ecosistemas nocturnos en general
Promover el uso eficiente del alumbrado, sin perjuicio de la seguridad de los usuarios
Reducir la intrusión lumínica en zonas distintas a las que se pretende iluminar, principalmente, en entornos naturales e interior de edificios residenciales
Salvaguardar la calidad del cielo y facilitar la visión del mismo, con carácter general, y, en especial, en el entorno de los observatorios astronómicos
Finalidad de la nueva ley de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de contaminación lumínica:
El alumbrado público y la protección del cielo
De forma general una reducción de la contaminación lumínica implica:
Reducción de emisiones
Reducción de gases de efecto
invernaderoMejora en la calidad del
aireLucha contra el cambio climático
Uso eficiente de la energía Reducción en la generación de residuos
Uso eficiente de los recursos
Mejor opción jerarquía en la
gestión de residuos
Prevención en la generación de residuos
Objetivos de eficiencia energética UE
Fomentar en desarrollo en base a una economía verde circular, en lugar de una economía lineal
El alumbrado público y la protección del cielo
E1. ÁREAS CON ENTORNOS O PAISAJES OSCUROSObservatorios astronómicos de categoría internacional, parques nacionales,
espacios de interés natural, áreas de protección especial (red natura, zonas
de protección de aves, etc.), donde las carreteras están sin iluminar.
REGLAMENTO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIORReal Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en
instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07
RESPLANDOR LUMINOSO NOCTURNO Y LUZ INTRUSA O MOLESTAClasificación de zonas de protección contra la contaminación lumínica
(Zonas E1, E2, E3, E4)INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA EA-03
Zonificación de protección contra la contaminación lumínica
El alumbrado público y la protección del cielo
E2. Áreas que admiten flujo luminoso reducido
E3. Áreas que admiten flujo luminoso medio
E4. Áreas que admiten flujo luminoso elevado.
E1. Áreas oscuras. Sólo porcentaje reducido del suelo. Áreas
protegidas y observación astronómico. Zonificación colindante a
una zona E1 deberá tener clasificación E2
Regulación autonómica(Previa consulta a entidades locales)
Regulación municipal
Zonificación de protección contra la contaminación lumínica
Limitación del flujo de hemisferio superior instalado
Los municipios, en general, establecerán las áreas lumínicas E2, E3, E4 dentro de su término municipal en atención al uso predominante del suelo.
El alumbrado público y la protección del cielo
Contaminación lumínica en las Áreas Protegidas (Zonas E1)
MonfragüeLa Serena
El alumbrado público y la protección del cielo
Los ayuntamientos y entidades locales:
-Establecerán las áreas lumínicas E2, E3, E4 dentro de su término municipal enatención al uso predominante del suelo.
-Podrán elevar el nivel de protección previsto mediante ordenanzas aprobadas alefecto o, en su caso, en las correspondientes normas del planeamiento urbanístico.
-Podrán autorizar en zonas distintas a las de tipo E1 instalaciones fuera de laslimitaciones establecidas para una determinada zona, por razones de interés social,cultural o deportivo y por el tiempo que dure éste.