L...creta1 i81es p~ra f'i Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fert.ilizantes y Su~tar cias...

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DEL GOBltRNO DEL ESTADO

L1BRE Y SOBERANO DESAN LUIS POTOSI~PERIODICO

OFICI1\LRESPON5ABLE

SECRETARIA GENERALDE GOBIERNO

La' leye' y di,posicione' de la Auto·ridad son obliga-lorias 5610 por el he-cho de ser public. des en aste Periodic',).

"PORTE PAGADO"CORRESPONDENCIAR.g'sfro CSLP004-93

Aulorizndo por SEPOMEX

Nllmero 6'7SEGUNDA SECCION

SUMA RIO: --I 1) Conv;~nio de Colaboracion en ma teria de administraci6n e1e justicia que con moti-va del inicio riel "PLAN_.PONCIAND.,ARRJf\J~f\" celebran los Poderes Ejecutivo y Judicial del Es-tcllJO de S~n Luis Potosi.-(2) Acta de Instalacion del CO!1sejo Est~tal )ara ei COltrol de Ellfennc-rJades Diarreicls.-(3) AClIerdo pOl' el que se cre 9n en Ins Entidac1es Feclerativas Comites Interse-creta1 i81es p~ra f'i Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fert.ilizantes y Su~tar cias T6xicas.-( 4)COlivenlo de Coordimh:i6n que para contribllir con los Programas de Edllcaci6n para AcllIltOS, ce-I('bran el Itobierno del Estaclo de San Luis Potosi y el Instituto Nacion3.1 para la Educacion de losAdult')S.-fS) Convenio de Cooperaci6n Educacioilal que celebran el Colegio Nacional de EducacionPrnfesio:13 I Tecnica (CONALEP) Y la Asociacion de Fabricantes de Muebles del Estado de San LuisPotosi, A C.-(6) Convenio de Colaboracion que celebran Televisi6n rVletropolitana, S. A. de C. V.(Can::d 2/') y ]a Unid3:1 !e Television de San Luis Potosi, XHSLS (Canal 9).-(7) Convenio ,de Coope-racie)n que celebran "'1 Gobierno Federal, POI' con ducto de la Secretaria de Comunicaciones y Trans-porte:S y ei Gobierno del Estado de San Luis Potosi.

CONVENIO de Colaboraci6n en Materia de Admi-nistracion de Justit~ia que con motivo del iniciodel "Plan Ponciano Arriaga" celebran ]os Po-de res Ejecutivo y Judicial del Estado de SanLuis Potosi, represent:dos pOl' sus respectivosTitulares, el GobeCllador Constitucional, Licen-ciado Horacio Sanchez Unzueta y el Presiden-t2 del Supremo Tribunal de Justicia, LicenciadoRogaciano Mora]es Lopez, al tenor de las de-cJ;:lraciones y c!;'tCisu]as siguientes:

Los Poderes Ejecl.ltivo .y Judicial, a traves deSliS respecti vos Ti tulares declaran que:

A) En los Distritas Jm~iciales, don~le se en-cuentran inst<.Jlados 10s Juzgados Mixto de PrimeraInstDncia, al igual qUe en los Juzgaclos Pen ales de]a capital, es de vital importancia que en arasde una administraci6n de justicia rapida y expe-dita, como 10 establece el Articulo J7 Constitucio-nal, se implernenten !as medidas correspondientespara abatir el rezago judicial, en los procesos pe-no-Iles, cuyas sentencias deben dictarse a mas tar-ciaI' clentro del terminQ Ie cuatro mes,"s, 3.sf comoen aquel!os que deb,lll pronunciarse en 1m termi-no maximo de un a110, 10 anterior, de conformi-dad cnn 10 dispueslo en la fraecion VIII del Ar-ticulo 20 Constituciomll.

B) D8 igual manera .que, atendiendo las ne-cesiu;ldes de las elases lllaS necesitac1as, que nocuentan COil Ins sufir:Jentes recl1l'SOS para deposi-tar la Sllllld de dinero que sc Ics fija clentro de

Ins procesos que se les instruyen, para gozar delbeneficia de Libertad Bajo Cauci6n, cuando se tra-te de delitos de men or grave:rlad sean primo delin-cuentes, que na impliquen un peligro para la socie~dad, previo el estudio de SIJ personalidad, a jui-cio del juzgador en ]os casos donde no existe unprofesionista en el area de Psicologia, el Ejecu-tivo del Estado podra POl' conciucto de la Secre-taria de Finanzas, sus Oficinas Subalternas cle Ren-tas, POl' media de bs personas que estas Depen-dencias designen, los Abogados Defensores de Ofi-eio, actual' como fi3.dores de estas personas. conla finalidad de que puedan recuperar su Iibertac1;POI' 10 anteriormente expuesto, los Poderes queintervienen en este Convenio acuerdan las siguien-tes:

PR.IMERA.-EI Pader Judicial del Estaclo est;)de acuerdo que el Pocler Ejecutivo a traves delSecretario de Finanzas, las Oficin3s Subalt.ernasde Rentas en el interior del Est3do pOI' medio e1elas personas que est'!s designen, actllen como fia-dores de los procesados, a quienes sedirigen ],15

beneficios de este Convenic, sin necesidad de apot'-tacion aJguna en numerario 0 en billete de depo-sito, toda vez que, las Dependencias en menci6ncuenten con la suficiente solvencia economiea quegarantice la suma fijada pOl' el juzgador, para queel proeesado obtenga el bendicin de liberl.3d bajocaucion.

.SEGUNDA.-Tambien el Poder Judicial POl' COIl-ducto de Sll Titular csti de aC"lerdo en que los

unClI"lire" de olicio dei .t;~tado, en los casos ya es-tableeidos en las Declaraciones del presente Con-venio, tengan el carftctel' de [iallores de los pro-,\ "ltl" ell lu.i pmpio:i 1£~r!iJillOSn que se rcfiere1<1 U:llr.:uI8 que 2tl1cc:ede.

TERCERA.-El l>.:jecutivu, pOl' conducto desuTitular, c1 Lieenciado Baraeio Sanchez Unzueta,

,.,.t COi!SLitlicioncd, CSUI de acuerdo condel Pader Judicial en beneficia de

". c'':'ilILlJ qL!r~ se enC:llcntran en las circuns-tancias ya seiialadas Y [Jor tanto autoriza a laSeeretarfa de Finanz3s y a sus filiales en los r8S-pecti vos Distrito Judiciales del Estado, asi comoa. los defensores de oEcio, para que' cumplan contal encomienda y figmcn dentro los procesos comofiadores.

CUARTA.--El Poder Judicial pOl' conducto desu Presidente, esta de acuerdo en abatir el rezagojudicial en materia penal pOl' 10 que, procedera a

establecer una mecc'tn.ica de revision procedimen-tat y emprcnder accirmes [J3ra Cjue cn los proce-SOS cHya Dena no excella de dos ,ll10S de prision,toLlo,'i Ios J uicios .Pen;l!es que conozcan de estos[{suntns, dicten sus sentencias en er termino ma-ximo de cuatro l1lCS(;;;y cuanclot,sLa penalidaclexcedacle la pella ya sei'wlacla IDS prolluncien amilS tardar en un aiio, para que a 10s procesa.dosS·3 les respeten las garantlas indivjc1uales que se-nalan 10s Articulos 17 y 20 £raccio11 VIII de laConstitucion General de la Republica, esto comoaportacion al "Plan Ponciano Arriaga" en ma-teria de administracion de justicia, acciones quese implementaran a partir del dia siguiente de lafinna del presente Convenio.

1<:stoConvenio rue firmado en el Palacio de Go-bierno, Sede del Poder Ejecutivo del Estaclo, alos treco dfas del mes de Julio de mil novecientosnovcnta y tres.