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La
C nfederaciónLima 02 de junio del 2014 / Edición Nº 2886
Revista Empresarial de CONACOwww.conaco.pe
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Turismo hacia el Perú se verá afectado por el Mundial de Brasil
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CONACO: Capacitaremos y formalizaremos a los ambulantes para mejorar el rostro de Lima
¿Qué pasos seguir para salir de Infocorp si ya pagaste tus deudas?
¿Cómo no perderse en el mundo de las redes sociales?
Escuchalo y Participa “Emprendedores por Lima”Escuchalo y Participa “Emprendedores por Lima”
Lunes a Viernes 05:00pm.POR RADIO SAN BORJA - 91.1 FM
CONACO: Capacitaremos y formalizaremos a los ambulantes para mejorar el rostro de Lima
INPE autoriza a CONACO capacitaren los penales de Lima
- Defensa y apoyo gremial.- Asesorías empresariales personalizadas.
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- Auditorio para eventos empresariales y sociales- Convenios a favor de nuestros asociados.
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Huancayo y Jauja
Pucallpa
Huanuco, Tingo María
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Chincha, Callete, Huaral, Chancay, Huaraz, Chimbote y Huacho
San Miguel, Magdalena, Pueblo Libre, Lurigancho, Breña
San Martin de Porres, Los Olivos, Independencia, Carabayllo, Comas
Miraflores, San Isidro, La Molina, Santiago de Surco, Surquillo, San Borja, Jesús María, Lince, EL Agustino
Callao, Bellavista, La Perla, Carmen de la Legua Reynoso, Rimac, La Victoria
Chorrillos, San Juan de Miraflores, Villa María del Triunfo, LurinPachacamac, Villa El Salvador, San Luis
San Juan de Lurigancho
Lima Industrial - Cercado de Lima
Ancon, Puente Piedra
Gregorio Hoces Granados
Hugo Luyo Meneses
Elizer Rodriguez Rojas
Luis Diaz Chaupin
Aldo Salazar
Hugo Carbajal Dongo
Moisés Miesesdirector@conaco.pe
Representantes de Lima
Representantes de Provincias
-EDITORIAL
La Confederación / Edición N° 2886 03
PORTADA ANTERIOR
on el transcurrir del �empo, en la Confederación Nacional de CComerciantes, CONACO, hemos llegado a la conclusión que el tema de la formalización y capacitación de los miles de empresarios ambulantes
que recorren las calles de Lima, es algo que muy pocas autoridades toman en cuenta a la hora de ges�onar la ciudad.
El que existan ambulantes en nuestras calles se debe, más que nada, a la necesidad que �ene la gente de conseguir un medio legal de llevar el pan a la mesa de su casa y a la existencia de un Estado incapaz de generar puestos de trabajos dignos.
Frente a esta lamentable situación, las autoridades de turno, simplemente optan por solucionar el problema del comercio ambulatorio a través de polí�cas laxas que permiten el uso y abuso de un estado de cosas. Es decir, el dejar hacer, dejar pasar se vuelve a la larga o a la corta en un boomerang que luego se estrella en la cabeza de quienes creen que actuando así son justos.
Nada más errado. Los comerciantes ambulantes, hombres y mujeres que no ven otra salida para sobrevivir que invadir la vía pública, también �enen amor propio, anhelos, sueños que desean hacer realidad con el objeto de superar una situación que ellos consideran primaria, pasajera pero que les permite acumular un capital mínimo para dar el siguiente salto. Es allí donde ellos requieren de la mano amiga de ins�tuciones como la CONACO que les orienten en cómo ges�onar de la mejor manera ese pequeño capital acumulado con tanto esfuerzo.Nuestra experiencia nos enseña que la formalización es un estado al cual llegan los informales de manera natural. Es como un riachuelo que nace en algún puquial y que discurre zigzagueante hasta que se va engrosando y adquiriendo más fuerza hasta encausarse adecuadamente en su propio lecho. Así es un microempresario que se ve en la necesidad de formalizarse porque el desarrollo de su negocio lo obliga. Ya sea porque trabaja con los bancos, o porque sus clientes, que cada vez son mayores, le exigen comprobantes de pago, o porque requiere de tener su propia marca, o porque sus hijos, que han tenido la suerte de estudiar en la universidad, ya han tomado la posta del negocio y �enen otra visión de lo que es ges�onarlo. Lo cierto es que, más temprano que tarde, el informal se da cuenta que seguir siéndolo no es un buen negocio y da el salto cualita�vo hacia la formalidad.
En la CONACO, conocemos bien esta experiencia y por eso trabajamos denodadamente porque los empresarios ambulantes se sientan protegidos por una ins�tución que solo existe para eso: defenderlos y apoyarlos en su crecimiento.
CONACO: Capacitaremos y formalizaremos a los ambulantes para mejorar el rostro de Lima
Turismo hacia el Perú se verá afectado por el Mundial de Brasil
El encarecimiento de los boletos aéreos y la falta de conectividad provocarán una caída de 5% en el rubro receptivo
04 La Confederación / Edición N° 2886
- INVERSIÓN
unio, julio y agosto son los meses más Ji m p o r t a n t e s d e l a l l a m a d a temporada alta del turismo recep�vo
en el Perú. Eso quiere decir que durante estas fechas hay mucha visita de viajeros extranjeros hacia nuestro país. Es la temporada en que son más costosos los pasajes de avión, los hoteles y los tours: meses de buena renta para los negocios locales. Este año, sin embargo, el panorama no es tan alentador. El Mundial de Fútbol de Brasil es la causa. Al realizarse entre junio y julio próximos, afectará a la llegada de extranjeros a nuestro país. Según Carlos Canales, presidente del Buró de Convenciones de Lima, esto sucederá por tres razones, básicamente.Primero, por el encarecimiento aún mayor de los boletos aéreos, debido al incremento de la demanda de los turistas de Norteamérica, Europa y Asia nuestros mercados prioritarios– por las 12 ciudades que serán sedes del Mundial.
Segundo, porque el Perú no cuenta con un gran número de conexiones aéreas de larga distancia con estos tres mercados prioritarios, lo que empequeñecerá la oferta ante una demanda alta que, tras encarecer los pasajes, la agotará. “Nuestros 'hubs' de largo radio solo son Madrid, Ámsterdam y París”, añade Canales. El úl�mo argumento del ejecu�vo se enfoca en la conec�vidad con Brasil, no explotada del todo por nuestras líneas aéreas ni promovida por el Estado Peruano.¿Por qué no cubrimos ni la mitad de las ciudades sedes con vuelos desde Lima?, pregunta El Comercio. ¿Si no seremos atrac�vos en los mercados de larga d istanc ia por estas fechas , quizás podríamos convencer a los turistas que vayan al Mundial que vengan al Perú luego de la fiesta futbolera? “No es tan fácil. Se requiere de un trabajo conjunto entre privados y Gobierno que se debió hacer con un año de an�cipación y, además, �ene que ser más rentable que lo que es ahora la ocupación de los vuelos
a Brasil que LAN, TAM y Avianca operan.EL MODELO BOLIVIANOPara Magin Pérez, consultor en temas de turismo de la Universidad de San Mar�n de Porres ( U S M P), frente a esta circunstancia el turismo recep�vo peruano no se podrá recuperar de la caída de 5%sufrida en el primer trimestre de este año, a causa de la temporada baja y el terremoto de Chile (que redujo la visita de chilenos entre enero y marzo). “Mantendremos esa caída de 5% hasta el tercer trimestre. Nos hemos dormido frente a lo que han hecho países como Chile o Bolivia, que han incrementado sus conexiones aéreas con Brasil”, apunta.Efec�vamente, Mijaíl Moscoso, gerente regional de la aerolínea boliviana Amazonas, destaca que incrementaron nueve rutas a las sedes brasileñas para aprovechar el 'boom' futbolero. “Habrá turistas que van a querer viajar y vamos a ofrecerles las rutas”, señala. ¿Quién se perdería esa oportunidad?
Francamente digno de Ripley. En la edición del diario oficial “El Peruano” del 12 de mayo, aparecen dos dispositivos diferentes del Sector Producción, o PRODUCE, y
con direccionalidades absolutamente contradictorias.
Escopeta de Dos Cañones
Francamente digno de Ripley. En la edición del diario oficial “El Peruano” del 12 de mayo, aparecen dos dispositivos diferentes del Sector Producción, o PRODUCE, y
con direccionalidades absolutamente contradictorias.
La Confederación / Edición N° 2886 05
-OPINIÓN
i e n t r a s l a R e s o l u c i ó n MMinisterial Nº 135‐2014‐PRODUCE somete a consulta
pública los lineamientos de un “Plan Nacional de Diversificación Produc�va”, con la final idad –entre otras‐ de “e l i m i n a c i ó n d e s o b r e c o s t o s y regulaciones inadecuadas”; por otro lado la Resolución Directoral Nº 011‐2014‐PRODUCE/DGSF aprueba nada menos que trece nuevas direc�vas, para hacerle la vida a cuadritos a los empresarios pesqueros, cualquiera sea su tamaño en 168 páginas.Las direc�vas van desde el procedimiento g e n e r a l p a r a l a r e a l i z a c i ó n d e i n s p e c c i o n e s e n l a s a c � v i d a d e s pesqueras y acuícolas hasta para la inspección a bordo de embarcaciones pesqueras de mayor, menor escala y artesanales, pasando por la verificación de los rendimientos de las diversas plantas de procesamiento pesquero.Se trata de la escopeta de dos cañones, o
que al Ministro del Sector, por ser nuevo, lo quieran hacer pisar el palito y responsable del papelón. Ello debería servirle para inves�gar, por ejemplo, que la maricultura, la han conver�do en coto cerrado para algunos “preferidos”.Nadie duda de las buenas intenciones del Ministro de la Producción, pero �ene que acreditar por lo menos coherencia en el Sector que conduce. No puede por un lado ofrecer apoyo a unos industriales y por otro afectar a los industriales pesqueros con más trámites, más r e g u l a c i o n e s y m u l � p l i c a d a s fiscalizaciones. ¿No sabe el Ministro que en cada fábrica pesquera, hasta las más p e q u e ñ a s c o n s e r v e r a s , � e n e n permanentemente no menos de dos inspectores de empresas supervisoras que se meten en todo? ¿No sabe que además les llegan visitas inopinadas de los inspectores del Produce en cualquier momento, con cara de pocos amigos, la que cambia a gran
f e l i c i d a d s i e n c u e n t r a n a l g u n a observación, por más nimia que sea? ¿No sabe el Ministro que todos sus a d m i n i st ra d o s � e n e n q u e te n e r funcionarios especializados solo para atender los co�dianos requerimientos de PRODUCE?No creemos Ministro que para su “Plan Nacional de Diversificación Produc�va” se necesite crear un “Consejo Nacional”. Por favor, ya no más organismos ni repar�ciones públicas, pero, si las crea, incorpore a este Consejo al Ministerio del Ambiente y a la SUNAT que son de los sectores que más exigencias imponen a los contribuyentes, y más aún si son industriales sobreregulados.
Recuerde que de buenos propósitos está e m p e d r a d o e l i n fi e r n o ; q u e l a Cons�tución garan�za la libertad de empresa, comercio e industria; y que está vedada la planificación compulsiva.Por Antero Flores‐Araoz
Abogado y Polí�coEx‐Ministro de Defensa y Ex‐Congresista de la República Presidente del Estudio Flores‐Aráoz & Asociados.
¿Se debe cobrar el estacionamiento en los centros comerciales?
Dos proyectos de ley ponen en debate la necesidad o no de regular cómo se cobra el servicio de estacionamiento vehicular
- DESARROLLO
06 La Confederación / Edición N° 2886
ace cinco años, el Congreso Haprobó una norma legal sobre los estacionamientos vehiculares y
la obligación de los dueños de dar el servicio de seguridad. Hoy se plantean dos propuestas legisla�vas que van más allá y que �enen como obje�vo el regular los cobros por este servicio.Los legisladores Octavio Salazar y Julio Gagó, ambos de la bancada Fuerza Popular, presentaron sus proyectos de ley, respec�vos. Estos buscan establecer la gratuidad cuando el servicio de estacionamiento sea complementario al giro del negocio (centros comerciales, hoteles, restaurantes, etc.), bajo ciertas condiciones. Uno de ellos también propone que el cobro debe ser efec�vo y no, como hoy, por fracción de hora.¿Por qué es necesario regular este cobro? ¿Es un tema que afecta al consumidor? ¿El Congreso es la instancia más adecuada para hacer este �po de planteamiento? Para ambos legisladores
existe un perjuicio contra el consumidor, sobre todo, cuando se trata de centros comerciales, donde no existe el servicio gratuito. Consideran que existe una posición de dominio, pues el cliente no podrá acceder a estacionamientos cercanos. Según Gagó, quien presenta el proyecto de ley 2894, el Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) obliga al dueño del c e n t r o c o m e r c i a l a c o n s t r u i r u n determinado número de estacionamientos. Por ello, considera contraproducente que el consumidor deba asumir un doble pago, tanto por el servicio o bien adquirido como por el arrendamiento del estacionamiento.Su propuesta establece que este servicio debe ser gratuito si existe una compra mínima de 0,4% de la UIT, es decir, de S/.15, 2. Además establece una tolerancia de 45 minutos si finalmente el cliente fue a cotejar precios o no se decidió por nada.El legislador Salazar, con su proyecto 3281, plantea exceptuar de pago la primera hora, si se efectuó una compra. Adicionalmente,
refiere que de exis�r el pago –sobre todo, donde el servicio es la ac�vidad principal– este debe ser un cobro efec�vo (por minuto). “El cobro por fracción de hora es un pago indebido, ya que nadie paga por un servicio no recibido”, sos�ene.POSICIONESAl respecto, el presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), Crisólogo Cáceres, resalta que d u r a n t e d é c a d a s e l u s o d e l o s e s t a c i o n a m i e n t o s e n l o s c e n t r o s comerciales ha sido gratuito.“Si bien, en principio, la prestación principal que ofrecen los centros comerciales y otros negocios es vender sus productos y ganar d i n e ro p o r e l l o , ex i s t e n t a m b i é n prestaciones accesorias o conexas que no deberían ser cobradas como los servicios higiénicos y el estacionamiento que corren por cuenta de las empresas”, sos�ene.Cáceres no está de acuerdo con estos dos proyectos. Por el contrario, considera que le dará rango de ley al cobro que se hace en los centros comerciales.
La Confederación / Edición N° 2886 07
-NEGOCIOS
La minorista, con casa matriz en San�ago, �ene una fuerte presencia en el negocio d e s u p e r m e r c a d o s , � e n d a s p o r departamento, de mejoramiento del hogar, créditos y centros comerciales, entre otros.FACTURACIÓNEn tanto, los ingresos de la compañía crecieron un 2,8% en el primer trimestre, a unos U S$4.610 mil lones. "Este crecimiento se debe a los mayores ingresos en todas las unidades de negocios, destacando supermercados, mejoramiento del hogar y �endas por departamento", dijo Cencosud en su reporte.El incremento de los ingresos fue impactado por la depreciación del peso argen�no en un 25% (comparado con el primer trimestre del 2013) frente al peso chileno, y por el efecto el feriado de Semana Santa, el cual ocurrió en el segundo trimestre de este año, agregó la empresa.
Ganancias de Cencosud crecieron un 78,4% en
el primer trimestre
Utilidades avanzaron a US$65 millones gracias a las mayores ventas y apertura de nuevas
tiendas
l grupo chileno Cencosud, la Eminorista chilena dueña de los supermercados Wong y Metro,
reportó el martes un aumento interanual del 78,4% en su u�lidad del primer trimestre, impulsado por un incremento en las ventas y la apertura de nuevas �endas.Cencosud, que �ene operaciones Argen�na, Brasil, Chile, Colombia y Perú, obtuvo ganancias por 35.792,8 millones de pesos (US$65 millones) entre enero y marzo, cifra que se ubicó por encima de los US$59.6 millones es�mados en un sondeo de Reuters.
Por su parte, el abogado Alfredo Bullard afirma que construir estacionamientos, más allá de que su construcción se origine o no en obligaciones legales, es una inversión. “¿Si una norma obliga a colocar yodo en la sal para la salud de los ciudadanos sería legí�mo decir que el productor no cobre por ese insumo? Sería absurdo”, sos�ene.Los costos de dichas regulaciones deben ser recuperados según la estrategia comercial que se elija, agrega. Sobre los efectos nega�vos de la propuesta, el abogado Mario Zúñiga, director de Contribuyentes por Respeto, opina que se afectará al consumidor, porque los costos por la inversión en los estacionamientos se trasladarán a los precios finales de los bienes y servicios. Indica que si algún negocio ofrece este servicio gratuito será en función a su par�cular estructura de costos.Bullard agrega que otro potencial impacto no deseado de la norma es que empresas que hoy están invir�endo en ampliar sus zonas de estacionamiento dejen de inver�r en ellas, por falta de rentabilidad. Zúñiga también se mostró en contra del cobro efec�vo. “Siempre pueden haber formas de facturación que nos parezcan más justas, pero no tenemos que decirle a un negocio cómo cobrar”, sos�ene. La Sociedad de Comercio Exterior (Cómex) agrega que esta medida eliminaría los cobros por tarifa plana, como sucede en diversas playas de estacionamiento, como por ejemplo, la del aeropuerto.LO LEGAL Sobre si el regular este cobro es función del Legisla�vo, Cáceres dice que es m u y m a n i d o e l a r g u m e n t o d e l a sobrerregulación legisla�va. “El Estado �ene la obl igación de defender a l consumidor y la regulación adecuada es una forma de hacerlo”, dice. Sin embargo, Zúñiga puntualiza que la regulación en temas de tarifas solo es viable cuando se trata de un servicio público. A todas luces, un estacionamiento vehicular no lo es, apunta. Además de considerar que estas propuestas cons�tuyen una interferencia ilegí�ma e incons�tucional, Bullard dice que es económicamente irracional, pues pretenden que la ley decida la estructura del negocio, lo cual no es función del Congreso sino de los par�culares. Queda claro, entonces, que entrar a regular tarifas es un tema que está fuera del ámbito legisla�vo y que sus efectos pueden ser nega�vos para el consumidor final.
“
”
¿Cómo no perderse en el mundo de las redes sociales?
in embargo, ante la ráp ida Sevolución de estos medios y el
surgimiento de más redes sociales,
para las marcas puede resultar sencillo
perderse en el mundo de información
que estos canales implican.
Durante su ponencia “Redes sociales:
más allá de los likes” en el 5º Congreso
Nacional de Mercadotecnia, Manuel
Bau�sta, director de marke�ng para
Nokia, aseguró que dichas comunidades
de deben de ser vistas como una parte del
mix comerciales, por lo que para no
perderse en la complejidad que dichos
canales pueden tener.
Es por eso que, a través de un caso de
éxito de la marca, reveló seis claves
básicas para no perder el camino cuando
se realiza marke�ng a través de redes
sociales:
Claridad en el target: es necesario definir
a quién se quiere hacer llegar el mensaje.
Esto significa no sólo tener claros datos
08 La Confederación / Edición N° 2886
- MARKETING
como la edad, género e intereses
generales, sino también determinar cuál
es proceso de compra que siguen y el
papel que el ámbito digital así como las
redes sociales �enen en este camino.
Definir una estrategia: con base en los
hallazgos de las ac�vidades del punto
anterior, es importante determinar una
estrategia a seguir que dé respuesta a las
necesidades encontradas para el target.
En este punto es vital pensar en planes de
medios integrados, en donde si bien las
redes sociales pueden jugar un papel
protagónico es cierto que la campaña
debe estar integrada en todos los medios
en donde la marca �ene presencia.
Determinar métricas: lo que hay que
medir en una estrategia en redes sociales,
no puede ser única para todas las
estrategias ni para todas las marcas. Es
por eso que las métricas deben definirse
en función con aquello que se quiera
conseguir (incrementar ventas, mejorar
niveles de recordación y ampliar al target,
por ejemplo).
Perder el miedo: no todos son concursos
o promociones. Las redes sociales �enen
un potencial similar o incluso mayor al
que �enen los medios masivos que debe
aprovecharse más allá de métricas
básicas como número de seguidores o
comentarios recibidos.
“Like” como consecuencia no como
obje�vo: los ‘likes‘ son importantes pero
nunca deben de ser el fin de una
estrategia sino como un resultado del
cumplimiento de obje�vos. La vida de las
novedades en redes sociales es corta: lo
que en una ocasión funcionó no
necesariamente podría tener una
segunda parte exitosa. Recordemos que
en general los usuarios en redes sociales
buscan cosas originales, novedosas.
F: Fernanda Gonzalez ‐ Revista Merca2.0.
Frente a este panorama, las marcas encuentran en estas plataformas canales ideales para conectar con un consumidor cada vez más conectados y digitales.
La Confederación / Edición N° 2886 09
-INSTITUCIONAL
Programa Radial Emprendedores por Lima visita a los comerciantes
Centro Comercial Unicachi
Mercado de Flores
Mercado Risso
Ubicado en el distrito del Rímac, acabando de cumplir 18 años de fundación el día 24 de mayo, nos contó la representante Luz Vizurriaga que cuenta en la actualidad con 500 socios y están ubicados en la Av. 9 de octubre frente a Piedra Liza, desde aquí las felicitaciones por su aniversario
Visitamos dicho centro comercial ubicado en el jirón Montevideo del Cercado de Lima donde su administrador, señor Moises Coarita nos concedió la entrevista, manifestando que cuentan con 700 �endas, y 10 años de fundado, para seguridad de los clientes cuentan con cámaras de seguridad.
Donde fuimos atendidos gen�lmente por su presidente, señor Alcides Espinoza quien nos conto sus proyectos para mejorar y modernizar su mercado, contando en la actualidad con 14 años de fundado, podemos ubicarlos en la cuadra 9 de Julio C. Tello‐ Lince
Ubicado en el Distrito de Jesús María donde entrevistamos a la administradora Señora Lili Cabrera quien nos manifestó que la galería cuenta con 35 stands y acaban de cumplir 5 años de fundado y ofrece ropa femenina juvenil diseñados por ellos mismos, para la seguridad de sus visitantes cuenta con cámaras y personal de seguridad se le ubica en la Av. Horacio Ur�aga N° 1369
Galería Punto Moda
POR LIMA
EMPRENDEDORES
CASOS PRÁCTICOS
10 La Confederación / Edición N° 2886
Por: CPC. Mónica Sánchez Villamares
ASESORA DE EMPRESAS
Liberación de la Cuenta de Detracciones
-
I. INTRODUCCIÓN
l numeral 2.1 del ar�culo 2º del ETUO del Decreto Legisla�vo N° 940, establece que el Sistema de
Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central �ene como finalidad generar fondos para el pago de las deudas tributarias por concepto de tributos o multas, así como los an�cipos y pagos a cuenta por dichos tributos, incluidos sus respec�vos intereses, que cons�tuyan ingreso del Tesoro Público, administradas y/o recaudadas por la S U N AT, y las or ig inadas por las aportaciones a ESSALUD y a la ONP; así como las costas y los gastos en que la SUNAT hubiera incurrido a que se refiere el inciso e) del ar�culo 115º del Código Tributario.Por su parte, la generación de los mencionados fondos se realizará a través de depósitos que deberán efectuar los sujetos obligados, respecto de las operaciones sujetas al Sistema, en las cuentas bancarias que para tal efecto se abrirán en el Banco de la Nación o en las en�dades a que se refiere el numeral 8.4 del ar�culo 8º de la referida norma.De otro lado, de no agotarse los montos depositados en las cuentas, luego que hubieran sido des�nados al pago de las obligaciones indicadas, el �tular podrá solicitar la libre disposición de los montos depositados.II. TIPOS DE PROCEDIMIENTOSSí es posible solicitar la liberación de fondos de la cuenta de detracción. En e s t e s e n � d o , s e e s t a b l e c e d o s procedimientos: Procedimiento general, en el cual el contribuyente podrá solicitar la liberación de fondos ante la SUNAT como máximo tres veces al año dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, mayo y se�embre. Siempre y cuando los montos depositados en las cuentas no se agoten durante cuatro
Tratándose de sujetos que tengan la calidad de Buenos Contribuyentes y Agentes de Retención del IGV, Los montos depositados en las cuentas que no se agoten durante dos meses consecu�vos como mínimo, luego que hubiera sido des�nados al pago de sus deudas tributarias.I. E TA PA D E L P R O C E S O D E L I B E R A C I Ó N D E L A C U E N TA D E DETRACCIONESAl respecto se refleja que la “Solicitud de L ibre d ispos ic ión de los montos depositados en las cuentas del Banco de la Nación” pasa por las siguientes etapas:1) Inicio del Procedimiento2) Verificación de requisitos de la Solicitud.3) Ingreso de la Solicitud.4) Evaluación de la Solicitud.5) Resultado de la evaluación de la Solicitud.6) Emis ión y No�ficación de Resoluciones.7) Entrega de Fondos.8) Procedimiento.El �tular de la cuenta deberá presentar ante la SUNAT una “Solicitud de Libre disposición de los montos depositados en las cuentas del Banco de la Nación”, en�dad que evaluará que el solicitante no haya incurrido en alguno de los supuestos señalados en el acápite anterior.Una vez que la SUNAT haya verificado que el �tular de la cuenta ha cumplido con los requisitos emi�rá una resolución aprobando la “Sol ic i tud de l ibre disposición de los montos depositados en las cuentas del Banco de la Nación” presentada. Dicha s ituación será comunicada al Banco de la Nación con la finalidad de que haga efec�va la libre disposición de fondos solicitada.Al respecto los pasos a seguir son los siguientes:Paso N° 1. La “Sol ic itud de l ibre disposición de los montos depositados en las cuentas del Banco de la Nación”
meses consecu�vos como mínimo, luego que hubieran sido des�nados al pago de los conceptos. P r o c e d i m i e n t o e s p e c i a l , Tratándose de sujetos que tengan la calidad de buenos contribuyentes o la calidad de agentes de retención del Régimen de Retenciones del IGV, la “Solicitud de libre disposición de los montos depositados en las cuentas del Banco de la Nación” podrá presentarse como máximo seis veces al año dentro los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, se�embre y noviembre. Siempre y cuando los montos depositados en las cuentas no se agoten durante dos meses consecu�vos como mínimo, luego que hubieran sido des�nados al pago de los conceptos.I. REQUISITOSA efectos de que la Resolución de Intendencia que evalúa la Solicitud de Libre Disposición de Fondos de la cuenta d e d e t r a c c i o n e s s e a d e c l a r a d a PROCEDENTE, el solicitante no deberá haber incurrido en alguno de los siguientes supuestos: Tener deuda pendiente de pago. Cabe señalar a l respecto que la Administración Tributaria no considerará en su evaluación las cuotas de un aplazamiento y/o fraccionamiento de carácter par�cular o general que no hubieran vencido. Tener la condición de domicilio No Habido. Haber incurrido en la infracción contemplada en el numeral 1 del ar�culo 176° del Código Tributario (No presentar la declaración que contenga la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos). Los montos depositados en las cuentas que no se agoten durante cuatro meses consecu�vos como mínimo, luego que hubieran sido des�nados al pago de sus deudas tributarias.
-CASOS PRÁCTICOS
La Confederación / Edición N° 2886 11
deberá ser presentada a través de SUNAT Operaciones en Línea. En este sen�do la solicitud deberá contener la siguiente información mínima:
a) Número de RUC. Al ingreso del número de RUC, el sistema validará que se encuentre en estado ACTIVO, que esté en condición de HABIDO, que no tenga DEUDA PENDIENTE, que no sea OMISO, tenga cuenta de detracciones.
b) N o m b r e s y a p e l l i d o s , denominación o razón social del �tular de la cuenta.c) Domicilio fiscal.d) Número de cuenta.e) Tipo de procedimiento.Paso N° 2. Ingreso de la solicitudSe considerará ingresada la solicitud de L iberac ión de Fondos cuando e l contribuyente elija la opción “Enviar Solicitud”.
Por su parte, cuando el sistema verifique el incumplimiento de alguno de los requisitos y el contribuyente consigne el sustento de que no corresponde lo observado y elija la opción “Enviar Solicitud”, la solicitud ingresará como PENDIENTE.
Paso N° 3. Registrado su número de RUC. Se abrirá la siguiente ventana, en la cual deberá registrar el �po de procedimiento (Procedimiento General o Especial) por el cual está solicitando la Solicitud de Liberación de Fondos de detracciones.
Paso N° 4. En este caso aún no se ha completado con la presentación de su Solicitud de Liberación de Fondos de detracciones; encontrándose recién en u n p r o c e s o d e p r e c a l i fi c a c i ó n automá�co.
Paso N° 5. Para culminar la Solicitud de Liberación de Fondos de detracciones, deberá verificar si la solicitud presentada h a c u m p l i d o c o n e l p ro c e s o d e precalificación automá�ca.Paso N° 6. Una vez ingresada la solicitud, se emi�rá su constancia de presentación de la Solicitud de Liberación de Fondos de detracciones en estado Pendiente.
En caso se cumpla con todos los requisitos, se graba la solicitud de Liberación de Fondos y se debe emi�r una resolución de PROCEDENTE para ser no�ficada al contribuyente.Excepción. En caso se incumpla con algún requisito, se �ene lo siguiente:Se emite un aviso señalando que no cumple con los requisitos, con una vista de los requisitos incumplidos (pueden ser impresos), debiendo el contribuyente ingresar los documentos que sustenten el levantamiento de las observaciones, para lo cual Control de la Deuda evaluará y registrará el resultado.
I. R E S U L T A D O D E L A EVALUACIÓN DE LA SOLICITUDEl contribuyente podrá consultar mediante Clave SOL el resultado de su solicitud. Cuando el resultado sea procedente también incluirá el monto máximo a liberar y podrá imprimirla para la presentación en el Banco de la Nación. Es en este sen�do que como resultado de la evaluación se emi�rá cualquiera de las siguientes calificaciones:
Procedente, correspondiente a la calificación favorable que se realiza respecto de la Solicitud de Liberación de Fondos; la cual es plasmada con una RI/ROZ., esto es siempre y cuando se cumpla con todos los requisitos para ser considerada ingresada la solicitud, lo cual originará que se pase a la etapa de entrega de fondos. Improcedente, si luego de la evaluación realizada no cumple con los r e q u i s i t o s , c o r r e s p o n d e r á u n a calificación nega�va; la cual es plasmada co n u n a R I / R O Z . A l re s p e c to e l contribuyente, podrá interponer el r e c u r s o a d m i n i s t r a � v o d e Reconsideración en el plazo máximo de quince días hábiles.
Es en este sen�do, que la Solicitud de Libre Disposición de Fondos de la cuenta de detracciones no es un procedimiento de aprobación automá�ca debido a que el Procedimiento 60 del TUPA establece como plazo de evaluación el de 30 días hábiles, plazo que en la prác�ca suele ser mayor.
Por su parte como se ha establecido, dará fin al procedimiento las resoluciones que se pronuncian sobre el fondo del asunto, por lo que al emi�rse la Resolución de Intendencia se deja a salvo el derecho del contribuyente de interponer el recurso administra�vo correspondiente en el plazo máximo de quince días hábiles contados a par�r del día siguiente de la fecha de no�ficación de la referida resolución.
Al respecto, el contribuyente podrá, según sea su caso, interponer el recurso de reconsideración ante el mismo órgano que dictó el primer acto que es materia de la impugnación y deberá sustentarse en nueva prueba. Cabe señalar que este recurso es opcional y su no interposición no impide el ejercicio del recurso de apelación.
Por su parte, el recurso de apelación se interpondrá cuando la impugnación se sustente en diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se trate de cues�ones de puro derecho, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidió el acto que se impugna para que eleve lo actuado al superior jerárquico.
I. COMUNICACIÓN
El contribuyente podrá imprimir la Constancia del resultado PROCEDENTE de la solicitud, vía Internet o Intranet y presentarla, luego de transcurridas 24 horas de la aprobación, directamente al Banco de la Nación, a fin de que se liberen los fondos.
El Banco de la Nación verificará que la cuenta tenga fondos y los pondrá a d i s p o s i c i ó n d e l c o n t r i b u y e n t e , considerando el monto máximo a liberar.Una vez que el Banco de la Nación haya liberado los fondos; enviará por vía electrónica un reporte a la SUNAT señalando el RUC, Número de Cuenta y monto liberado efec�vamente.La SUNAT comunicará al Banco de la Nación, a más tardar al día siguiente de resueltas, las solicitudes que hayan sido aprobadas con la finalidad de que éste proceda a la liberación de los fondos.
Conozca las principales diferencias entre un contrato de trabajo y
un servicio independienteas demandas judic ia les más Lfrecuentes por temas laborales son
entabladas por personal de las
e m p r e s a s q u e f u e c o n t r a t a d o
irregularmente. Ello sucede cuando el
demandante se desempeña como
trabajador pero es contratado por
recibos por honorarios o como un
servicio independiente sin serlo.
Incluso algunas empresas pueden
entender incorrectamente que existe un
periodo de prueba, en donde se permite
contratar por recibos por honorarios, con
lo cual el trabajador tendrá mayor
liquidez en el ingreso sí, pero no percibirá
l o s b e n e fi c i o s l a b o r a l e s ( C T S ,
gra�ficaciones, u�lidades, asignación
familiar, entre otros). El Poder Judicial ha
señalado que la prestación de servicios
de profesiones independientes se
encuentra excluida del ámbito del
Derecho del Trabajo (Cas. N° 6621‐2012‐
Lima), informó el área laboral del estudio
Benites, Forno & Ugaz (BFU).
Sin embargo, para casos específicos y
especiales, la jurisprudencia nacional, a
nivel de Corte Suprema, ha reconocido la
posibilidad de que pueda exis�r una
relación laboral. Así, ante los indicadores
de la existencia de una relación laboral, el
juez u�liza el principio de primacía de la
realidad (prevalencia de lo que sucede en
los hechos a lo que se puede demostrar a
través de documentos), principio
protector (el derecho laboral protege a la
parte débil de la relación, el trabajador),
entre otros.El Estudio BFU elaboró un
compilado de elementos que definen
cada �po de relación y sus caracterís�cas:
Caracterís�cas del empleador/empresa –
Tiene la facultad de impar�r órdenes, así
como la de sus�tuir, a su conveniencia, su
voluntad a la del trabajador. – Goza del
poder disciplinario y sancionador, así
como puede exigir el carácter personal y
no sus�tuible de la obligación de prestar
12 La Confederación / Edición N° 2886
- LABORAL
personalmente el servicio. – Puede dirigir
y contro lar la prestac ión de los
trabajadores. – Suministra de materiales
y fijación de precios, rutas, provisión de
carteras de clientes. Caracterís�cas de la
prestación de servicios como trabajador
– Tiene carácter permanente o con�nuo.
– Supone que toda o la principal ac�vidad
personal del trabajador o se preste en
condiciones de exclusividad. – U�lización
e n e l t r a b a j o d e p a p e l e r í a o
documentación de la empresa. –
Obligación de presentarse diariamente a
la prestación del servicio.
Caracterís�cas del trabajador
‐ Obligación de cumplir un horario y
obligación de disponibilidad, como
también la duración del vínculo laboral. –
Obligación de ajustar la prestación a los
criterios organiza�vos de quién lo
proporciona y repe�ción de trabajos por
defectos. – Posibilidad de rechazo de
tareas y la relación con terceros (ajenidad
de mercado). – U�lización de uniformes y
ropa de trabajo proporcionada por la
empresa. – Marcar tarjeta u otros
controles. – Recibe felicitaciones y
amonestaciones. Por su parte, un servicio
independiente de un profesional �ene
como algunos elementos: Caracterís�cas
de l profes ional independiente –
Autonomía en la prestación. – Niveles de
co o rd i n a c i ó n co n l a e m p re s a . –
Prestación personal pero no es exclusivo.
– Independencia económica o técnica en
la ejecución de la prestación.
Infracciones y multas
Se considera como una infracción muy
grave no cumplir con las normas
relacionadas con la contratación a plazo
d e t e r m i n a d o e n t r e o t r o s . A s í
d e p e n d i e n d o d e l a c a n � d a d d e
t r a b a j a d o r e s y l a c a l i d a d d e
microempresa o gran empresa puede ser
multado desde 0.5 UIT (S/. 1,900) hasta
100 UIT (S/. 380 mil).
¿Qué pasos seguir para salir de Infocorp si ya pagaste tus deudas?
n el caso de un individuo que Ehaya sido reportado en la
Infocorp como moroso y cancela
s u d e u d a c o n l a e n � d a d
correspondiente, su registro de
impuntualidad se mantendrá en la
central de riesgo durante dos años.
Sin embargo existen dos formas de
eliminar este registro, explicó un
vocero de Equifax a Ges�on.pe.
La primera es ir donde el propio
acreedor y que éste mande una
comunicación a Infocorp para que esta
información sea levantada.
Lo más recomendable es solicitar una
“constancia de no adeudo” que la
e m p r e s a a c r e e d o r a p u e d e
proporcionar sin costo alguno.
La segunda opción es ir directamente a
las oficinas de Equifax, que es la firma
propietaria de Infocorp, y realizar una
solicitud simple de cancelación, con
fotocopia de DNI y los documentos
probatorios de la cancelación de la
deuda.
“Con esta documentación lo que hace
Infocorp es simplemente contactar a la
fuente –al acreedor‐ para confirmar
que la deuda efec�vamente se pagó.
Con esa confirmación la deuda es
levantada en menos de 48 horas”,
manifiesta el vocero de Equifax.
Al igual que en el primer caso, este
procedimiento no �ene costo alguno y
según la ley no debe exceder los 12 días
calendario.
Cabe resaltar que en el caso de
Aparecer con un historial negativo en Infocorp, el portal de riesgo crediticio más importante del país, es un problema serio, para empresas y personas. Aquí algunas pautas para salir de la lista
La Confederación / Edición N° 2886 13
-TRIBUTARIO
centrales privadas de riesgo como lo es
Infocorp, y a diferencia del registro de la
Superintendencia de Banca, Seguros y
AFP (SBS), sí existe un plazo máximo de
permanencia.
“Si una persona �ene una deuda y no la
paga, la deuda se mantendrá registrada
en un plazo máximo de 5 años contados
desde el vencimiento de la deuda”,
explicó.
Añadió que esto no quiere decir que la
deuda ya no exista ni que ya no hayan
formas de verla.
“La SBS no �ene esta restricción de
plazo entonces es posible de que si se
trata de una deuda bancaria aún puede
ser vista por el sistema financiero”.
Consultas del Asociado
CONSULTA: Tengo un personal, el
cual, durante lo que va del año ha
incrementado, lo que me ubica como
Pequeña Empresa, pero mis ingresos
me califican como miroempresa ¿
perdería los beneficios de la Micro
empresa, si me inscribo como tal?
Respuesta: A par�r de la dación de la
Ley 30056 se con�núa brindando
facilidades a los emprendedores,
exonerando de la can�dad de
t r a b a j a d o r e s , y e x i g i é n d o s e
únicamente, contar con unas ventas
anuales superiores a la 150 UIt, para
las Microempresas, y superiores a esa
cifra, hasta 1,700 U I t , para las
Pequeñas Empresas.
Actualmente, con el Texto Único
Ordenado de la Ley de Impulso al
Desarrollo Produc�vo y al Crecimiento
Empresarial, D.S. 013‐2013‐
- CONSULTAS
PRODUCE, se ha creado nuevas
modificaciones a la norma�va original
en pro de los micro y pequeños
empresarios, siendo lo más resaltable
LA PRORROGA, POR 3 AÑOS MÁS,
DEL REGIMEN ESPECIAL DE LA LEY
28015, cuyos microempresarios,
peligraban de pasar al régimen general.
A s í m i s m o , s e h a o t o r g a d o
oportunidades de cumplimiento de las
obligaciones laborales pendiente, a
cargo de SUNAFIL, mediante procesos
inspec�vos flexibles, quedando
pendiente la habilitación del REMYPE,
que pasará a cargo de la SUNAT.
En esta nueva etapa, todos los
emprendedores debemos exigir a las
autoridades competentes, un mayor
apoyo, par�cularmente en la parte
tributaria y aduanas.
14 La Confederación / Edición N° 2886
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