Lectura 4: El Estado y sus Servidores Públicos

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Derecho Adminsitrativo

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DRECHO ADMINISTRATIVO

Unidad 4: EL ESTADO Y SUS SERVIDORES PUBLICOS

Presenta:M.E. ISIS ETHEL DE LA CRUZ MORENO.

27 de Marzo al 29 de Abril de 2014.

UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO

4.1 El Servicio Civil de Carrera Constituye un sistema de administración de los recursos humanos  del sector público a través de establecimiento de procesos de Ingreso, Capacitación y Evaluación al Desempeño.Este programa busca desarrollar las capacidades de las servidoras y servidores públicos a través de esquemas de capacitación institucional continua, de la evaluación periódica de su desempeño laboral, así como integrar a nuevos funcionarios y funcionarias a través de concursos públicos y abiertos.El Servicio Civil de Carrera fomenta  los principios de igualdad de oportunidades, mérito, capacidad, competencia y transparencia dentro de los procesos que administra y que se encuentran dirigidos a los puestos ubicados en los niveles del 5 al 11 del tabulador general de sueldos.

4.2. Rama del derecho que regula relación entre el Estado y sus servidores.

• Derecho Público:Es el ordenamiento jurídico que permite regular las relaciones de subordinación y supraordenación entre el Estado y los particulares (sus servidores). En el caso de los vínculos entre los órganos estatales, las relaciones pueden ser de subordinación, supraordenación o coordinación.

4.3. La responsabilidad de los servidores públicos.

Implica el incumplimiento de las obligaciones del cargo y el resarcimiento de los daños que pudieran causarse. Pueden ser de dos clases:1. Política. Se relaciona con la transgresión de deberes políticos propios

de su cargo. Solo recae en el caso de empleados públicos de carácter político como el Presidente de la Republica o los Ministros.

2. Jurídica. Admite tres modalidades:a) Administrativa: es consecuencia de la infracción respecto que guía la

gestión del funcionario o servidor público. La sanción puede ser amonestación, suspensión, cese temporal o destitución.

b) Civil: es la afectación a los bienes y/o derechos del Estado o de terceros como consecuencia de la acción u omisión del empleado público. La consecuencia es la obligación de indemnizar daños.

c) Penal: es la que se como consecuencia de la comisión de delitos. Y corresponde al Poder Judicial la aplicación de la sanción de estos delitos.

4.4. Las contralorías públicas, su papel.

• La Contraloría General está encargada del control y la evaluación de la gestión pública de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales del Gobierno de la Ciudad.

• Se encarga de planear, organizar y coordinar el Sistema de Control y Evaluación del Gobierno

A la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

• Organizar y coordinar el sistema de control y evaluación gubernamental. Inspeccionar el ejercicio del gasto público y su congruencia con los presupuestos de egresos.

• Expedir las normas que regulen los instrumentos y procedimientos de control de la Administración Pública, para lo cual podrá requerir de las dependencias competentes, la expedición de normas complementarias para el ejercicio del control administrativo.

• Vigilar el cumplimiento de las normas de control y fiscalización así como asesorar y apoyar a los órganos de control interno de las dependencias y entidades de la Administración Pública.

Bibliografía:

Delgadillo G. L. (2009). Compendios de Derecho Administrativo. México: Porrúa.

Dágdug C. C. (2012). Derecho Administrativo y

Poder Público. México: UJAT.