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LEY 100 DE 1993
La organización al Sistema de Seguridad Social Integral cuya organización, coordinación y control está a cargo del estado fue desarrollado en concordancia con lo dispuesto en el artículo 48 de la Constitución Política de Colombia de 1991.
LEY 100 DE 1993 Se orientó hacia:
1. Demonopolización de la seguridad social en salud para los trabajadores del sector privado al brindarle a todos los asalariados la opción de elegir la entidad que les preste el servicio de salud.
2. La presencia del sector privado como opción adicional al Instituto de Seguros Sociales (ISS ).
3. Aparición de un sector subsidiado que se sustenta en la creación de un Fondo de Solidaridad y Garantía, y que brinda aseguramiento a la población pobre del país.
4. Ampliación de la cobertura en servicios de seguridad social.
LEY 100 DE 1993
Sistema de pago por facturación
Empresa Patrono
EmpleadorAportante
Banco
ISS
Informa Novedades:• Ingreso• Salarios• Licencias• Vacaciones
Liquida valor aporte y remite
facturaRemite colilla de Factura y dinero
Identificación por:• Número patronal• Número de afiliación• Cargaba factura• Descargaba el pago• Llevaba registros de
deuda
Cancela Factura
Hasta diciembre del 94
Sistema de pago por autoliquidación
ISS
INFORMA NOVEDAD DE INGRESO (AFILIACION)
REMITE AUTOLIQUIDACION
Y DINERO
• Presenta y paga autoliquidación.
• informa salarios, novedades y valor del aporte
Si el empleador es grande aportante, debe entregar al ISS las novedades en medio magnético
A partir de enero de 1995
Empresa Patrono
EmpleadorAportante
ISS
Banco
• IDENTIFICACION POR NIT.
• IDENTIFICACION POR C.C.
• NO LLEVA REGISTRO DE DEUDAS
• LIQUIDA DEUDA PRESUNTIVA
LEY 100 DE 1993
PRINCIPIOS GENERALES DE LA LEY 100 DE 1993
EFICIENCIA. Es la mejor utilización social y económica de los recursos administrativos, técnicos y financieros disponibles para que los beneficios a que da derecho la seguridad social sean prestados en forma adecuada, oportuna y suficiente.
UNIVERSALIDAD. Es la garantía de la protección para todas las personas, si ninguna discriminación, en todas las etapas de la vida;
SOLIDARIDAD. Es la práctica de la mutua ayuda entre las personas, las generaciones, los sectores económicos. las regiones y las comunidades bajo el principio del más fuerte hacia el más débil.
INTEGRALIDAD. Es la cobertura de todas las contingencias que afectan la salud, la capacidad económica y en general las condiciones de vida de toda la población. Para este efecto cada quien contribuirá según su capacidad y recibirá lo necesario para atender sus contingencias amparadas por esta Ley;
UNIDAD. Es la articulación de políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y prestaciones para alcanzar los fines de la seguridad social, y
PARTICIPACION. Es la intervención de la comunidad a través de los beneficiarios de la seguridad social en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en su conjunto.
PRINCIPIOS GENERALES de la ley 100 de 1993