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LEY 25.563LEY 25.563EMERGENCIA, QUIEBRAEMERGENCIA, QUIEBRA
y PESIFICACIÓN y PESIFICACIÓN
Daniel Roque VítoloDaniel Roque Vítolo
Ley 25.561 y sus Ley 25.561 y sus consecuenciasconsecuencias
Declaración de emergencia pública, social, Declaración de emergencia pública, social, económica, administrativa, financiera y económica, administrativa, financiera y cambiariacambiaria
Salida de la ConvertibilidadSalida de la Convertibilidad Delegación en el PEN para la fijación del tipo y Delegación en el PEN para la fijación del tipo y
sistema de relaciones cambiariassistema de relaciones cambiarias Autorización al Banco Central para emitir Autorización al Banco Central para emitir
monedamoneda Prohibición de todo tipo de ajuste, indexación o Prohibición de todo tipo de ajuste, indexación o
repotenciación de obligacionesrepotenciación de obligaciones Pesificación de deudas en moneda extranjeraPesificación de deudas en moneda extranjera Ratificación de las obligaciones en moneda Ratificación de las obligaciones en moneda
extranjera para el futuro (arts. 617 y 618 C. Civ.)extranjera para el futuro (arts. 617 y 618 C. Civ.) Per saltum (195 bis C. Proc.)Per saltum (195 bis C. Proc.)
LAS NORMAS LAS NORMAS COMPLEMENTARIASCOMPLEMENTARIAS
Decs. 71/2002; 141/2002; 214/2002; 318/2002; Decs. 71/2002; 141/2002; 214/2002; 318/2002; 320/2002; 410/2002 y 494/2002320/2002; 410/2002 y 494/2002
Ley 25.557 (excepciones p/ retiro de dinero)Ley 25.557 (excepciones p/ retiro de dinero) Ley 25.563 modificación Ley de Quiebras y Ley 25.563 modificación Ley de Quiebras y
Suspensión de EjecucionesSuspensión de Ejecuciones Resol M.E. 6/2002; 9/2002; 18/2002; 23/2002; Resol M.E. 6/2002; 9/2002; 18/2002; 23/2002;
46/2002; 47/2002.46/2002; 47/2002. Comunicaciones BCRA “A” 3426; 3429; 3433; Comunicaciones BCRA “A” 3426; 3429; 3433;
3435; 3437; 3442; 3443; 3444, 3446,3462, 3435; 3437; 3442; 3443; 3444, 3446,3462, 3467, 3471, 3473, 3481, 3485, 3467, 3471, 3473, 3481, 3485, 3507 [CER]3507 [CER], ,
3509, y BCRA “B” 7125; 7135; entre otras3509, y BCRA “B” 7125; 7135; entre otras..
¿Qué más puedo inventar?
La paralizaciónLa paralizaciónde la economíade la economía
Congeló la disponibilidad de fondos del Congeló la disponibilidad de fondos del “corralito” impidiendo su circulación“corralito” impidiendo su circulación
Provocó la pulverización del valor adquisitivo Provocó la pulverización del valor adquisitivo del salariodel salario
Generó un aumento significativo de preciosGeneró un aumento significativo de precios Provocó un creciente desabastecimientoProvocó un creciente desabastecimiento Promovió una baja sustancial de la recaudación Promovió una baja sustancial de la recaudación
fiscalfiscal Comprometió los fondos públicos (creación de Comprometió los fondos públicos (creación de
bonos, emisión, acuerdos con provincias)bonos, emisión, acuerdos con provincias) Destruyó el principio de seguridad jurídicaDestruyó el principio de seguridad jurídica
¿Qué más?¿Qué más? Desalentó todo proyecto de Desalentó todo proyecto de
inversióninversión Estableció una redistribución de Estableció una redistribución de
ganancias y pérdidas contrariando ganancias y pérdidas contrariando las normas económicas y jurídicaslas normas económicas y jurídicas
Cerró la economíaCerró la economía Agudizó la crisis del sistema Agudizó la crisis del sistema
financiero como generador de financiero como generador de crédito y motor de la pequeña y crédito y motor de la pequeña y mediana empresamediana empresa
Desapareció el créditoDesapareció el crédito Efecto negativo en la generación Efecto negativo en la generación
de puestos de trabajode puestos de trabajo
La ruptura La ruptura de la de la cadena cadena de pagosde pagos Desconfianza en el circuito financiero y Desconfianza en el circuito financiero y
restricciones de su usorestricciones de su uso Respuesta de las entidades con cancelación de Respuesta de las entidades con cancelación de
líneas de créditolíneas de crédito Los deudores no pagan ni consumenLos deudores no pagan ni consumen Los acreedores ven licuadas sus acreencias y no Los acreedores ven licuadas sus acreencias y no
generan nuevos créditosgeneran nuevos créditos Los deudores al no poder acceder al crédito no Los deudores al no poder acceder al crédito no
generan nuevas deudas que obedezcan a nuevo generan nuevas deudas que obedezcan a nuevo tráfico mercantiltráfico mercantil
DestrucciónDestrucción de la liquidez de la economía informalde la liquidez de la economía informal Imposibilidad fáctica de dar recibos cancelatoriosImposibilidad fáctica de dar recibos cancelatorios
NORMAS NORMAS ERRANTESERRANTES
Decreto de necesidad Decreto de necesidad y urgencia 214/2002 y urgencia 214/2002 (pesificación)(pesificación)
Decreto de necesidad Decreto de necesidad y urgencia 320/2002, y urgencia 320/2002, complementario del complementario del anterioranterior
Decreto 410/ 2002 Decreto 410/ 2002 (Exclusiones de (Exclusiones de pesificación) pesificación)
Se han anunciado nuevas medidas de
“pesificación”
La pesificiaciónLa pesificiaciónPrincipio GeneralPrincipio General(Dec. 214/2002, arts. 1, 2, 4 y 8)(Dec. 214/2002, arts. 1, 2, 4 y 8)
Pesificación de todas las Pesificación de todas las obligaciones en moneda obligaciones en moneda extranjera anteriores al extranjera anteriores al 6.01.026.01.02
El tipo de cambio es El tipo de cambio es – U$S 1 = $ 1U$S 1 = $ 1
Al tipo de cambio se le Al tipo de cambio se le anexará el CERanexará el CER
La deuda mantendrá una tasa La deuda mantendrá una tasa máxima, si está contraída con máxima, si está contraída con entidad financieraentidad financiera
Un modeloUn modelopara armarpara armar
Deudas comercialesDeudas comerciales Créditos hipotecariosCréditos hipotecarios Saldos en cuenta corrienteSaldos en cuenta corriente Créditos prendariosCréditos prendarios Mutuos, compraventas Mutuos, compraventas
[bienes muebles e inmuebles][bienes muebles e inmuebles] Alquileres. Prestación de Alquileres. Prestación de
serviciosservicios
La emergencia productiva La emergencia productiva y crediticia – Ley 25.563y crediticia – Ley 25.563
Un invento insostenible Un invento insostenible Modificación de la Ley de Modificación de la Ley de
QuiebrasQuiebras Conminación para que las Conminación para que las
entidades financieras entidades financieras reestructuren deudasreestructuren deudas
Suspensiones de ejecuciones, Suspensiones de ejecuciones, cautelares, y ciertas garantías.cautelares, y ciertas garantías.
Veto parcial por Dec. 318/2002Veto parcial por Dec. 318/2002 ¿Jubileo?¿Jubileo?
OBJETIVOS OBJETIVOS POLÍTICOSPOLÍTICOS
Ganar tiempo y pasar el año 2002Ganar tiempo y pasar el año 2002 Frenar la responsabilidad de los fiadoresFrenar la responsabilidad de los fiadores Paralizar el crecimiento del número de Paralizar el crecimiento del número de
quiebrasquiebras Paralizar el curso de las ejecucionesParalizar el curso de las ejecuciones Mantener el control de las empresas en Mantener el control de las empresas en
manos de los mismos empresariosmanos de los mismos empresarios Evitar el cierre de empresasEvitar el cierre de empresas Esperar ayuda internacional para la Esperar ayuda internacional para la
asignación de recursos que puedan paliar asignación de recursos que puedan paliar la crisisla crisis
OBJETIVOSOBJETIVOSECONÓMICOSECONÓMICOS
Licuar pasivos empresariosLicuar pasivos empresarios Ganar capacidad de negociaciónGanar capacidad de negociación Purgar defectos procesalesPurgar defectos procesales Mantener la titularidad de los Mantener la titularidad de los
activos en manos de los mismos activos en manos de los mismos empresariosempresarios
Impedir la toma hostil de Impedir la toma hostil de empresas por parte de empresas por parte de acreedores o terceros inversoresacreedores o terceros inversores
Impedir cualquier intento de Impedir cualquier intento de ejecución de bienes o de créditosejecución de bienes o de créditos
¿QUE DEBO SI DEBÍA ¿QUE DEBO SI DEBÍA DÓLARES?DÓLARES? El valor en Pesos El valor en Pesos
convertido 1 a 1convertido 1 a 1 El Coeficiente de El Coeficiente de
Estabilización de ReferenciaEstabilización de Referencia El interés máximo [Sist. El interés máximo [Sist.
Financiero]Financiero] Eventual reajuste al que Eventual reajuste al que
pueda ser condenado (art. pueda ser condenado (art. 8, segunda parte del Dec. 8, segunda parte del Dec. 214/2002, y art. 2 del 214/2002, y art. 2 del 320/2002) si el acreedor lo 320/2002) si el acreedor lo pide. [¿y el deudor?]pide. [¿y el deudor?]
¿Qué no se pesifica 1 a ¿Qué no se pesifica 1 a 1?1?
Contratos de canje de insumos agrícolas Contratos de canje de insumos agrícolas con componente importado por producto con componente importado por producto final. Va al valor de paridad de liquidación final. Va al valor de paridad de liquidación de exportación del producto (art. 1, Resol de exportación del producto (art. 1, Resol 10 ME e I/2002)10 ME e I/2002)
Préstamos financieros operaciones de Préstamos financieros operaciones de comercio exterior(Dec. 410/2002)comercio exterior(Dec. 410/2002)
Saldos de tarjetas de créditos por Saldos de tarjetas de créditos por consumos en el exterior (Dec 410/2002)consumos en el exterior (Dec 410/2002)
Contratos de futuros de opciones, Contratos de futuros de opciones, incluidos en los mercados autoregulados, incluidos en los mercados autoregulados, y las cuentas destinadas a las operatorias y las cuentas destinadas a las operatorias de tales mercados. (Dec 410/2002)de tales mercados. (Dec 410/2002)
¿QUE MÁS NO SE PESIFICA 1 a 1?¿QUE MÁS NO SE PESIFICA 1 a 1? Obligaciones de dar sumas de Obligaciones de dar sumas de
dinero del sector público y dinero del sector público y privado cuando resulte aplicable privado cuando resulte aplicable la ley extranjerala ley extranjera
Rescate de cuotapartes de Rescate de cuotapartes de Fondos de Inversión en la Fondos de Inversión en la proporción de las partes de proporción de las partes de activos situados en el exterior y activos situados en el exterior y que puedan liquidarse en el que puedan liquidarse en el mismo.mismo.
Préstamos interfinancieros Préstamos interfinancieros vigentes al 3.02.2002vigentes al 3.02.2002
Certificados de créditos fiscales Certificados de créditos fiscales en dólares emitidos por los en dólares emitidos por los Decretos 979/01, 1005/01 y Decretos 979/01, 1005/01 y 1226/011226/01
PANORAMA DE VALORESPANORAMA DE VALORES
0
5
10
15
20
25
30
ValorInmuebles
Valoresmuebles
SistemaBancario
Privados
Pesificado
Valor bien
Valor dólar
DERECHOS y GARANTÍAS DERECHOS y GARANTÍAS CONSTITUCIONALESCONSTITUCIONALES
VIOLADOS. NORMAS COMPROMETIDASVIOLADOS. NORMAS COMPROMETIDAS
Disposición de la propiedad (art. 14)Disposición de la propiedad (art. 14) Inviolabilidad de la propiedad (art. Inviolabilidad de la propiedad (art.
17)17) Defensa en juicio (art. 18)Defensa en juicio (art. 18) Supremacía constitucional (art. 31)Supremacía constitucional (art. 31) Buena fe contractual (1197, 1198 C. Buena fe contractual (1197, 1198 C.
Civil)Civil) Abuso del derecho (1071 C. Civ.)Abuso del derecho (1071 C. Civ.) ¿Enriquecimiento indebido?¿Enriquecimiento indebido? Identidad en el pago (arts. 740 y ss. Identidad en el pago (arts. 740 y ss.
C. Civ.)C. Civ.) Daño y responsabilidad (art. 1112 C. Daño y responsabilidad (art. 1112 C.
Civ.)Civ.)
Otro modeloOtro modelopara armarpara armar
Empresas con concesiones Empresas con concesiones públicas y privadas, nombres públicas y privadas, nombres comerciales o intangibles que comerciales o intangibles que constituyen activos valiososconstituyen activos valiosos
Empresas en concurso preventivo Empresas en concurso preventivo que no tienen propuestas viablesque no tienen propuestas viables
Empresarios que han otorgado Empresarios que han otorgado avales y garantías personalesavales y garantías personales
Accionistas que han prendado sus Accionistas que han prendado sus acciones a favor de acreedoresacciones a favor de acreedores
HERRAMIENTASHERRAMIENTAS Plazos procesalesPlazos procesales Responsabilidad de fiadoresResponsabilidad de fiadores Procesos de ejecuciónProcesos de ejecución Medidas cautelaresMedidas cautelares Construcción de la propuesta Construcción de la propuesta
(pago mínimo)(pago mínimo) Bloqueo de tomas de control Bloqueo de tomas de control
o procesoso procesos de compra de compra forzada (Cramdown)forzada (Cramdown)
Acuerdos compulsivosAcuerdos compulsivos
¿Cómo lo armo?
PARTICULARIDADES PARTICULARIDADES DE LA REFORMADE LA REFORMA
Transitoriedad (art. 1)Transitoriedad (art. 1) Ultraactividad de efectos (art. 1)Ultraactividad de efectos (art. 1) Modificación de derechos Modificación de derechos
adquiridos (arts. 8, 9, 10)adquiridos (arts. 8, 9, 10) Instrucción voluntarista de Instrucción voluntarista de
reivindicación crediticia (art. 12)reivindicación crediticia (art. 12) Interrupción de salvatajes en Interrupción de salvatajes en
curso (art. 21)curso (art. 21)
PLAZOS PLAZOS PROCESALESPROCESALES
180 días hábiles plazo de 180 días hábiles plazo de exclusividad exclusividad (arts. 43, 273, inc. 2 ley 24.522 (arts. 43, 273, inc. 2 ley 24.522 y 2 de la ley 25.563)y 2 de la ley 25.563)
180 días hábiles adicionales a 180 días hábiles adicionales a criterio judicial criterio judicial (arts. 43, 273, inc. 2 ley (arts. 43, 273, inc. 2 ley 24.522 y 2 de la ley 25.563)24.522 y 2 de la ley 25.563)
Prórroga de no menos de 180 días Prórroga de no menos de 180 días hábiles del período de exclusividad hábiles del período de exclusividad para los concursos abiertos a para los concursos abiertos a contar desde último plazo contar desde último plazo concedidoconcedido (art. 8 ley 25.563) (art. 8 ley 25.563)
PLAZOS PLAZOS PROCESALES PROCESALES
(II)(II) Suspensión por 180 días hábiles las Suspensión por 180 días hábiles las
ejecuciones judiciales y ejecuciones judiciales y extrajudiciales (art. 9, ley 25.563)extrajudiciales (art. 9, ley 25.563)
Suspensión por 180 días hábiles del Suspensión por 180 días hábiles del trámite de pedidos de quiebra (art. trámite de pedidos de quiebra (art. 11 ley 25.563)11 ley 25.563)
Prórroga por 1 año del Prórroga por 1 año del cumplimiento de acuerdos cumplimiento de acuerdos homologados o que se homologuenhomologados o que se homologuen
SUSPENSIÓN DE SUSPENSIÓN DE EJECUCIONES EJECUCIONES
(arts. 9 y 16 Ley (arts. 9 y 16 Ley 25.563)25.563)
Judiciales y extrajudicialesJudiciales y extrajudiciales Hipotecarias y prendarias de cualquier Hipotecarias y prendarias de cualquier
origenorigen Letras hipotecarias y Ejec. Especiales Letras hipotecarias y Ejec. Especiales
(Ley 24.441)(Ley 24.441) Prenda con registro (D. 15.348)Prenda con registro (D. 15.348) Remates no judiciales (art. 23 LQ)Remates no judiciales (art. 23 LQ) Warrants (L 9643/24.586)Warrants (L 9643/24.586)
DIFERENCIAS CON EL RÉGIMEN DIFERENCIAS CON EL RÉGIMEN GENERAL entre los arts. 9 y 16, GENERAL entre los arts. 9 y 16,
Ley 25.563Ley 25.563 El concurso también suspende ejecuciones:El concurso también suspende ejecuciones:
– De carácter alimentario (laborales, pronto De carácter alimentario (laborales, pronto pago)pago)
– ¿Comisión de delitos penales ?¿Comisión de delitos penales ?– Bienes no afectados a la producciónBienes no afectados a la producción– Derivadas de la responsabilidad civilDerivadas de la responsabilidad civil– ¿Obligaciones posconcursales y futuras?¿Obligaciones posconcursales y futuras?– ¿Liquidación de bienes en la quiebra?¿Liquidación de bienes en la quiebra?
LOS FIADORES y LOS FIADORES y CODEUDORES CODEUDORES
SOLIDARIOSSOLIDARIOS Siguen debiendoSiguen debiendo Se pueden acoger al beneficio del Se pueden acoger al beneficio del
garante p/ concurso de gruposgarante p/ concurso de grupos Se los puede ejecutar (aunque Se los puede ejecutar (aunque
suspendiéndose el proceso)suspendiéndose el proceso) Se les puede pedir la quiebra (aunque Se les puede pedir la quiebra (aunque
suspendiéndose el proceso)suspendiéndose el proceso) Su obligación queda sujeta a la condición Su obligación queda sujeta a la condición
resolutoria de homologación del acuerdo resolutoria de homologación del acuerdo del deudor principal o codeudor solidariodel deudor principal o codeudor solidario
El proceso concursal del deudor principal El proceso concursal del deudor principal o codeudor no lo libera de su morao codeudor no lo libera de su mora
MEDIDAS MEDIDAS CAUTELARESCAUTELARES Cautelares trabadasCautelares trabadas Cautelares a trabarseCautelares a trabarse Sobre bienes que resulten Sobre bienes que resulten
indispensables para la continuidad indispensables para la continuidad de las actividaees relacionadas con de las actividaees relacionadas con el giro habitual del deudorel giro habitual del deudor
Sanción de nulidad y alcance de la Sanción de nulidad y alcance de la mismamisma
La conformidad de los acreedores La conformidad de los acreedores impediría el acaecimiento del vicioimpediría el acaecimiento del vicio
INQUIETUDESINQUIETUDES ¿Qué debe considerarse acto de ¿Qué debe considerarse acto de
disposición extraordinaria?disposición extraordinaria? ¿Qué titulares de dominio están ¿Qué titulares de dominio están
comprendidos en la norma?comprendidos en la norma? ¿Quiénes son los “acreedores”?¿Quiénes son los “acreedores”? ¿Qué responsabilidad tienen los ¿Qué responsabilidad tienen los
profesionales intervinientes?profesionales intervinientes? ¿Nulidad u oponibilidad?¿Nulidad u oponibilidad? ¿Inscripciones?¿Inscripciones?
EL NOTARIO...EL NOTARIO...
Las precauciones típicas para el actoLas precauciones típicas para el acto La precaución adicional de solicitar La precaución adicional de solicitar
informes comercialesinformes comerciales La exigencia de declaración jurada a las La exigencia de declaración jurada a las
partespartes La calificación del acto por las partesLa calificación del acto por las partes La manifestación del conocimiento de los La manifestación del conocimiento de los
alcances de la normativa por las partesalcances de la normativa por las partes La liberación de responsabilidad al La liberación de responsabilidad al
NotarioNotario Y aún así... Y aún así...
FIN DE LA EXPOSICIÓNFIN DE LA EXPOSICIÓN
GRACIAS POR SU GRACIAS POR SU ATENCIÓNATENCIÓN