Post on 30-Aug-2018
1
Lineamientos generales para el fortalecimiento
de la prevención, vigilancia y control de eventos
de interés en salud pública en comandos -
unidades militares y policiales
Ministerio de Defensa Nacional Ministerio de Salud y Protección Social
Instituto Nacional de Salud Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
Bogotá, DC. Junio 2017
2
LUIS CARLOS VILLEGAS ECHEVERRI
Ministro de Defensa Nacional
Vicealmirante CÉSAR AUGUSTO GÓMEZ PINILLOS Director General de Sanidad Militar
Coronel CARLOS ALFREDO GARCÍA NEIRA
Subdirector Salud - Dirección General de Sanidad Militar
Coronel HUGO CASAS VELÁSQUEZ Director de Sanidad Policía Nacional
Coronel HENRY ARMANDO SANABRIA CELY Subdirector de Sanidad Policía Nacional
3
ALEJANDRO GAVIRIA URIBE Ministro de Salud y Protección Social
LUIS FERNANDO CORREA SERNA Viceministro de Salud Pública y Prestación de
Servicios (E) CARMEN EUGENIA DÁVILA GUERRERO
Viceministra de Protección Social
GERARDO BURGOS BERNAL Secretario General
ELKIN DE JESÚS OSORIO SALDARRIAGA Director de Promoción y Prevención
SANDRA LORENA GIRÓN VARGAS Directora de Epidemiología y Demografía
DIEGO ALEJANDRO GARCÍA LONDOÑO
Subdirector Enfermedades Transmisibles (E)
4
MARTHA LUCÍA OSPINA MARTÍNEZ Directora General
FRANKLIN PRIETO ÁLVAREZ Director de Vigilancia y Análisis del Riesgo en
Salud Pública
OSCAR EDUARDO PACHECO GARCÍA Subdirector de Vigilancia y Análisis del Riesgo en Salud Pública
HERNÁN QUIJADA BONILLA
Subdirector de Análisis del Riesgo y Respuesta Inmediata
MAURICIO BELTRÁN DURÁN
Director Redes en Salud Pública
5
Mesa trabajo interinstitucional
JAVIER HUMBERTO GUZMÁN CRUZ
Director General ELIZABETH JIMÉNEZ DE LAVERDE
Oficina de Laboratorios y Control de Calidad CRISTIAN DE LA HOZ ESCORCIA
Dirección de Alimentos y Bebidas
6
DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD MILITAR - DGSM
Saida M. Durán
Dennis M. Rodríguez
Cesar Valencia Tania Mabel Valbuena
Alba Moreno M. Anaceneht Paladines G.
Yariela Acevedo Marlen Moreno
Sergio Castañeda
DIRECCIÓN DE SANIDAD POLICÍA NACIONAL – DISAN PONAL
José Vicente Silva S. Sonia J. Ortega
Oscar Vargas
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD - INS
Sara Esmeralda Gómez R.
Karen Reyes Martha C. Santos Blanco
Diana Lucía Nieto Maribel Ramírez
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL – MSPS
María Mercedes Muñoz Mauricio Javier Vera Soto
Fernando Mendigaña Julián Trujillo Trujillo Jacqueline Palacios Adriana Estrada Estrada
Elsy del Pilar González Jairo Hernández Márquez Dayana Deluque Suarez Ana Patricia Heredia Vargas
Consuelo Pinzón Gutiérrez Blanca Cristina Olarte Pinilla
Constanza Peralta Castaño Claudia Milena Cuellar Segura Alejandra Martinez Rocha
ASUNTO: “Lineamientos Generales para el Fortalecimiento de la
Prevención, Vigilancia y Control de Eventos de Interés en Salud Pública
en Comandos - Unidades Militares y Policiales”
7
PARA: Comandos de Ejército Nacional, Armada Nacional, Fuerza Aérea
Colombiana, Direcciones de Sanidad Ejército Nacional –
Armada Nacional – Fuerza Aérea Colombiana –
Establecimientos de Sanidad Militar, Escuelas de Formación
Policial, Dirección de Sanidad de la Policía Nacional y
Establecimientos de Sanidad Policial.
DISTRIBUCIÓN:
ORIGINAL: Grupo PAI – Ministerio de Salud y Protección Social
ORIGINAL: Grupo Inmunoprevenibles – Instituto Nacional de Salud
ORIGINAL: Salud Publica - Dirección General de Sanidad Militar
Copia N° 1: Comando Ejército Nacional
Copia N° 2: Comando Armada Nacional
Copia N° 3: Comando Fuerza Aérea
Copia N° 4: Dirección de Sanidad EJC
Copia N° 5: Dirección de Sanidad ARC
Copia N° 6: Dirección de Sanidad FAC
Copia No 7: Dirección de Sanidad POLICÍA NACIONAL
AUTENTICA:
Vicealmirante CÉSAR AUGUSTO GÓMEZ PINILLOS
Director General de Sanidad Militar
Coronel JOHN ASDRUBAL SANDOVAL MEJIA
Subdirector Salud DGSM
Brigadier General OSCAR ATEHORTUA DUQUE
Director de Sanidad Policía Nacional
Coronel HENRY ARMANDO SANABRIA CELY
Subdirector de Sanidad Policía Nacional
Tabla de Contenido
8
1. Introducción ........................................................................ 14
2. Alcance ................................................................................ 18
3. Vigencia ............................................................................... 18
4. Población objeto .................................................................. 19
5. Objetivos ............................................................................. 20
Objetivo general ..................................................................... 20
Objetivos específicos .............................................................. 20
6. Instrucciones Generales de Ejecución .................................. 22
Misión general ........................................................................ 22
7. Disposiciones Administrativas ............................................. 23
8. Vigilancia y control de eventos de interés en salud pública en
Instituciones de Fuerzas Militares y Policía Nacional ................. 24
8.1 Fundamento Normativo ................................................ 25
8.2 Fundamento General ..................................................... 27
8.3 Acciones intersectoriales de vigilancia en salud pública ... 31
10.6.5 8.3.1 Búsquedas activas .............................................. 31
10.6.6 8.3.2 Búsqueda Activa Institucional (BAI) ...................... 31
10.6.7 8.3.3 Búsqueda activa comunitaria (BAC)en Unidades Militares y Policiales. ............................................................... 32
10.6.8 8.3.4 Comités de Vigilancia Epidemiológica (COVES) ....... 32
8.3.5 Análisis de muertes por Eventos de Interés en Salud Pública 33
8.3.6 Estudio anatomopatológico y necropsia ......................... 34
8.4 Manejo y atención de brotes en Unidades Militares y Policiales ................................................................................ 35
10.6.9 8.4.1 Pasos para la realización del trabajo de campo de manera intersectorial .............................................................. 37
9. Enfermedades Prevenibles por vacunación a intervenir ....... 52
9.1 Fundamento Normativo .................................................... 53
9.2 Justificación ...................................................................... 55
9.3 Finalidad ........................................................................... 56
9.4 Objetivos Específicos ........................................................ 56
9.5 Instrucciones Generales Ejecución ............................... 57
9
9.5.1 Misiones particulares ................................................... 57
9.6 Generalidades enfermedades prevenibles por vacunación a intervenir ................................................................................ 61
9.6.1 Vigilancia de brotes y epidemias ................................ 61
9.6.2 Periodicidad de la notificación ............................................. 62
9.6.3 Enfermedades prevenibles por Vacunas ......................... 62
10.6.10 9.6.3.1 Parotiditis..................................................... 63
10.6.11 9.6.3.2 Varicela ....................................................... 65
10.6.12 9.6.3.3 Hepatitis A ................................................... 66
10.6.13 9.6.3.4 Meningitis .................................................... 67
10.6.14 9.6.3.5 Fiebre Amarilla ............................................. 70
9.6.4 Estudio anatomopatológico y necropsia ......................... 72
10. Enfermedades de Transmisión Vectorial - ETV .................... 86
10.1 Fundamento Normativo ................................................ 87
10.2 Justificación .................................................................... 88
10.3 Objetivos Específicos ...................................................... 89
10.4 Instrucciones Generales - Ejecución ............................... 89
10.4.1 Misiones particulares ................................................... 89
10.5 Instrucciones generales de coordinación ........................ 97
10.6 Generalidades, Eventos a intervenir - Enfermedades Transmitidas por Vectores ...................................................... 99
10.6.15 10.6.1 Dengue, Chikungunya, Zika ........................... 101
10.6.16 10.6.2 Malaria ....................................................... 104
10.6.17 10.6.3 Leishmaniasis .............................................. 106
10.6.18 10.6.4 Enfermedad de Chagas ................................. 107
10.6.19 Síndromes febriles ................................................. 108
10.7 Diagnósticos Diferenciales ............................................ 109
11. Enfermedades Transmitidas por Alimentos ...................... 114
11. 1 Fundamento normativo ................................................ 115
11.2 Justificación .................................................................. 116
11.3 Objetivos específicos .................................................... 118
11.4 Instrucciones Generales Ejecución ............................. 118
10.6.20 11.4.1 Misiones particulares .................................... 118
10
11.5. Instrucciones generales de coordinación ..................... 124
11.6. Orientación de la acción ante la presentación de una ETA ............................................................................................. 125
10.6.21 11.6.1. Detección del caso individual o brote: ............ 125
10.6.22 11.6.2. Notificación ................................................ 125
10.6.23 11.6.3. Atención del brote ....................................... 126
10.6.24 11.6.4 Acciones de Laboratorio ................................ 127
10.6.25 11.6.5. Elaboración de informes preliminares y finales
(24h, 72h y finales) ............................................................... 130
10.6.26 11.6.6 Plan de mejoramiento ................................... 132
12. Manejo integral de las condiciones sanitarias en
unidades Militares y Policía Nacional .................................... 152
10.6.27 12.1 Fundamento Normativo ................................... 153
10.6.28 12.2 Justificación .................................................. 158
10.6.29 12.3 Objetivos Específicos ....................................... 158
12.4 Instrucciones Generales Ejecución ................................. 159
10.6.30 12.5 Instrucciones generales de coordinación ............ 162
10.6.31 12.7 Acciones para el Manejo Integral de Condiciones Sanitarias en Unidades Militares .............................................. 163
11
Índice de tablas
Pág.
Tabla 1 Normatividad Vigente ........................................................ 25
Tabla 2Caracterización Unidades Primarias Generadoras de Datos -
UPGD .......................................................................................... 29
Tabla 3. Códigos Unidades Consolidadoras ....................................... 29
Tabla 4. Caracterización UPGD Policía Nacional ................................. 30
Tabla 5 Verificación de Variables epidemiológicas de tiempo, lugar y
persona para determinar si es un caso procedente de la unidad o un caso importado ............................................................................ 36
Tabla 6 Verificación de Variables epidemiológicas de tiempo, lugar y persona en personal militar que llego de permiso o actividad fuera de la
unidad o reside en un hogar fuera de la misma y no ha compartido con otro personal uniformado a riesgo o susceptible ............................... 37
Tabla 7 Descripción epidemiológica del brote ................................... 40
Tabla 8. Normatividad Vigente Enfermedades Prevenibles por
Vacunación .................................................................................. 53
Tabla 9 Parotiditis – Acciones Individuales y Acciones Colectivas ........ 74
Tabla 10 Varicela – Acciones Individuales y Acciones Colectivas ......... 76
Tabla 11 Hepatitis A – Acciones Individuales y Acciones Colectivas ..... 78
Tabla 12 Meningitis Bacteriana - Período de incubación ..................... 80
Tabla 13 Meningitis Bacteriana – Acciones Individuales y Acciones Colectivas .................................................................................... 80
Tabla 14 Listado Municipios Prioridad A ........................................... 83
Tabla 15 Listado de Municipios prioridad 1B ..................................... 85
Tabla 16. Normatividad Vigente para ETV ........................................ 87
Tabla 17 Eventos y Enfermedades Transmitidas por Vectores ........... 100
Tabla 18. Normatividad Vigente para ETA ...................................... 115
Tabla 19 Tipos de Muestras de Alimentos para el Manejo de ETA Tipo de
muestra .................................................................................... 128
Tabla 20 Etapas para el Despliegue de Acciones para el Manejo de
Brotes de ETA ............................................................................ 131
Tabla 21 Normatividad Vigente Sanitaria ....................................... 153
Tabla 22 Rabia – Temas y énfasis acciones .................................... 186
Tabla 23 Leptospirosis – Temas y énfasis acciones ......................... 188
Tabla 24 Leptospirosis – Temas y énfasis acciones .......................... 188
Tabla 25 Rickettsiosis – Temas y énfasis acciones .......................... 190
12
Índice de Ilustraciones
Pág.
Ilustración 1 Mapa de Municipios categorías 1 A, 1B, 2 y 3 ................ 84
Ilustración 2 Flujograma Operativo ETV ......................................... 110
Ilustración 3 Flujograma Organizacional -ETV ................................. 111
Ilustración 4 Particularidades en Establecimientos donde se alojan
personas-ETV ............................................................................. 112
Ilustración 5 Principales aspectos sanitarios a vigilar en Unidades
Militares y de Policía ................................................................... 163
Ilustración 6. Responsabilidades de las Direcciones Territoriales de Salud
................................................................................................ 165
Ilustración 7 Acciones dependiendo del sistema de abastecimiento ... 166
Ilustración 8. Ciclo de transmisión fecal – oral vector ...................... 171
Ilustración 9. Ciclo de transmisión fecal - oral hombre .................... 171
Ilustración 10 Contenido del Programa de Desratización y Desinsectación ................................................................................................ 176
Ilustración 11Acciones de Prevención, Control regular y contingencia del
Aedes aegypti ............................................................................ 177
Ilustración 12. Vías de exposición a sustancias químicas.................. 179
Ilustración 13Condiciones de Almacenamiento ............................... 180
Ilustración 14. Kit de Derrames .................................................... 181
Ilustración 15 Temas para la Promoción y Prevención de eventos en salud pública .............................................................................. 186
13
Índice de anexos
Pág.
Anexo 1 Flujograma del Proceso Vigilancia ....................................... 45
Anexo 2 Flujograma de proceso informe de brote ............................. 46
Anexo 3 Formato de recolección de la información brote o caso .......... 47
Anexo 4 Manejo eventos inmunoprevenibles .................................... 74
Anexo 5. Municipios de Riesgo para Fiebre Amarilla .......................... 82
Anexo 6 Flujogramas ETV ............................................................ 110
Anexo 7 Flujograma Operativo - Enfermedades Transmitidas por
Alimentos .................................................................................. 134
Anexo 8 Formato Informe Preliminar Investigación epidemiológica de
Campo - ETA.............................................................................. 135
Anexo 9 Informe Preliminar (24 Horas). Probable Brote de ETA ........ 137
Anexo 10. Informe- 72 Horas. Brote ETA ....................................... 140
Anexo 11 Formato Segundo Informe 72 Horas Investigación
Epidemiológica de Campo - ETA ................................................... 145
Anexo 12 Formato Informe Final Investigación Epidemiológica de Campo
- ETA ........................................................................................ 149
Anexo 13 Cadena de Contactos - ETA ............................................ 150
14
1. Introducción123
La historia del trabajo en el área de salud en las Fuerzas Militares se
remonta a finales del Siglo XV, a la época de la conquista y la colonia,
cuando los españoles llegan a América con su experiencia de lucha a
crear los hospitales militares y de campaña, teniendo en cuenta los
conceptos de logística y asistencia a los enfermos; época en la cual las
enfermedades tuvieron gran influencia en el desarrollo de la historia y
fueron elementos decisivos en la conducción de operaciones militares. A
través de los años se ha desarrollado la infraestructura física, médica,
paramédica y administrativa del sistema de sanidad de las fuerzas
militares. En la actualidad la Dirección General de Sanidad Militar tiene
por objeto la prestación de un servicio integral de salud, en “promoción,
prevención, protección, recuperación y rehabilitación de las personas
afiliadas y sus beneficiarios, así como la prestación de servicios de
sanidad inherentes a las operaciones militares”.
La historia de la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional se remonta
al año 1889 – Siglo XIX, época durante la cual “se organizaron los
servicios médicos de botica para la atención de los policías y sus
familias”. El área de Sanidad Policial tiene más de 58 años de
experiencia, está conformada por la capacidad instalada, el equipo
asistencial y administrativo dispuesto en todo el país. La actual Dirección
de Sanidad de la Policía Nacional tiene como Misión : “la de contribuir a
la calidad de vida de nuestros usuarios, satisfaciendo sus necesidades
de salud, a través de la administración y prestación de servicios de
salud integrales y efectivos, se encarga de administrar el subsistema de
salud e implementar el conjunto de servicios de salud integrales
dirigidos al afiliado del subsistema y sus beneficiarios”, acorde a las
políticas que emite el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares
y Policía Nacional – CSSMP, y los planes y programas que coordine el
Comité de Salud de la Policía Nacional - CSPM.
1 Dirección General de Sanidad Militar (2015). [En línea]. Disponible en: http://www.sanidadfuerzasmilitares.mil.co/index.php?idcategoria=62 [2015, 14 de noviembre]. 2 Dirección de Sanidad – Policía Nacional de Colombia. (2015). [En línea]. Disponible en:: http://disan.policia.gov.co/portal/flash/conozcanos/conozcanos.php [2015, 14 de noviembre]. 3 Dirección de Sanidad – Policía Nacional de Colombia. (2015). [En línea]. Disponible en: http://disan.policia.gov.co/portal/flash/multimedia/swf/portafolio.php [2015, 14 de noviembre].
15
“es Acorde a lo enunciado en el numeral 6 del artículo 248 de la Ley 100
de 1993 el Gobierno Nacional emiten los Decretos 1226 y 1301 de junio
de 1994 para dictar las normas y organizar el “Sistema de Salud de las
Fuerzas Militares, de la Policía Nacional y del personal civil del Ministerio
de Defensa y del personal no uniformado de la Policía Nacional, así como
del de sus entidades descentralizadas”.
En este marco normativo el área de salud de las Fuerzas Militares inicia
sus labores a partir de julio de 1995, las cuales estuvieron a cargo del
Instituto de Salud de las Fuerzas Militares, entidad que es liquidada en
1997 y con la expedición de la Ley 352 de 1997 se deroga el Decreto
1301 de 1994, se pone en funcionamiento la hoy llamada “Dirección
General de Sanidad Militar”, y se reestructura el Sistema de Seguridad
Social para las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional. Así mismo, en
1993 se creó el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional –
INSSPONAL, entidad que funciono hasta 1998, año en el cual se crearon
las Direcciones de Sanidad y de Bienestar Social de la Policía Nacional.
En agosto de 2012 el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Defensa, Instituto Nacional de Salud (INS) y el Instituto
Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA) emiten la
Circular Conjunta Externa No. 036, mediante la cual se precisan acciones para garantizar la notificación epidemiológica y el suministro de
medicamentos para el manejo de eventos de interés en salud pública al interior de Fuerzas Militares y Policía Nacional, entre las cuales se
encuentran:
Actualización permanente de la caracterización de las Unidades Primarias Generadoras de Datos – UPGD a nivel nacional,
conforme a las características descritas en el Título 8 del Decreto 780 de 2016 de 2006 y la Directiva 007 del 13 de enero del 2010
de la Dirección General de Sanidad Militar
Notificación de eventos de interés en salud pública
Garantizar las condiciones técnicas y el recurso humano para la notificación de eventos de interés en salud pública.
Participación en videoconferencias y reuniones programadas por las autoridades sanitarias para el mejoramiento continuo del
sistema nacional de vigilancia
16
Frente a la presentación de eventos de interés en salud pública se
debe realizar coordinación interinstitucional para el respectivo análisis y la ejecución de las acciones pertinentes, y de acuerdo a
la gravedad del caso, solicitar apoyo Departamental o Nacional.
Asignación de medicamentos e insumos para el manejo de
Leishmaniasis, Malaria, Tuberculosis, Chagas, Influenza, Lepra entre otros eventos, de acuerdo a la información epidemiológica
disponible y el estimativo de población susceptible que ingresa a zonas endémicas, en aras de disminuir el impacto y
morbimortalidad de esta población.
Contar con un Programa Institucional de Farmacovigilancia en todos los prestadores de servicios de salud con el fin de
establecer el perfil de seguridad de los medicamentos y promocionar el adecuado uso de los mismos, y realizar el reporte
de eventos adversos y problemas relacionados con medicamentos en el formato FORAM al Instituto Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y Alimentos -INVIMA
En este marco, el presente documento surge del interés colaborativo de
las entidades participantes para mejorar los procesos interinstitucionales
de vigilancia y control de las enfermedades de interés en salud pública
de la población afiliada al Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y la
Policía Nacional.
Para su desarrollo la mesa de trabajo interinstitucional conformada para
tal fin, definió el abordaje de cuatro áreas temáticas, las cuales han sido
abordadas a través de la conformación de cuatro grupos de trabajo,
cuyos participantes han concertado y definido los aspectos contenidos
en cada capítulo, cada uno de los cuales presenta la identificación de
los elementos considerados como relevantes para tener en cuenta ante
la presentación de un evento de interés en salud pública en la población
afiliada al Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
Los cuatro grupos corresponden a:
1. Enfermedades prevenibles por vacunación a intervenir
2. Enfermedades de Transmisión Vectorial – ETV
3. Enfermedades Transmitidas por Alimentos – ETA
17
4. Manejo integral de las condiciones sanitarias en unidades Militares
y Policía Nacional
Además, se incorporan en la primera parte del documento aspectos
relacionados con la “Vigilancia y control de eventos de interés en salud
pública en Instituciones de Fuerzas Militares – FFMM y Policía Nacional –
PONAL”.
18
2. Alcance
Disponer de un instrumento de apoyo para la vigilancia y control de las
eventos de interés en salud pública que se presenten en el interior de
las Instituciones Militares o Policiales, en lo relacionado con:
Enfermedades prevenibles por vacunación, Enfermedades de
Transmisión Vectorial – ETV, Enfermedades Transmitidas por Alimentos
– ETA, y Manejo integral de las condiciones sanitarias en unidades
Militares y Policía Nacional, con el fin de mejorar los procesos
interinstitucionales y de intervención frente a la presentación de los
mismos.
3. Vigencia
A partir de la fecha de su expedición rige en todas las Unidades Militares
y de Policía Nacional y es de obligatorio cumplimiento
19
4. Población objeto
La población objeto del presente documento corresponde a los
funcionarios – Comandantes o responsables de cada una de las
instituciones donde se reporte un caso de los eventos de interés en
salud pública (EISP) en la población del Sistema de Salud de las Fuerzas
Militares y Policía Nacional y a los funcionarios encargados de las
acciones de vigilancia y control de estos eventos que incluye el personal
de salud de los Establecimientos de Sanidad, los Epidemiólogos
Regionales de cada Fuerza y los del nivel Nacional y Direcciones
Territoriales de Salud, en lo relacionado con: Enfermedades prevenibles
por vacunación a intervenir, Enfermedades de Transmisión Vectorial –
ETV, Enfermedades Transmitidas por Alimentos – ETA, y Manejo integral
de las condiciones sanitarias en unidades Militares y Policía Nacional.
Se hace necesario aclarar que las acciones desarrolladas o
recomendaciones del presente documento se dirigen a la intervención de
casos o de brotes epidémicos que ocurren al interior de las Unidades
Militares o policiales.
20
5. Objetivos
Objetivo general
Fortalecer los procesos interinstitucionales de vigilancia y control frente
a la presentación de eventos de interés en salud pública del Sistema de
Salud de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, mediante la
orientación e identificación de acciones claves para tales fines.
Objetivos específicos
Disponer de un documento de apoyo a la gestión interinstitucional en
la vigilancia y control de los eventos de interés en salud
pública en la población definida del Sistema de Salud de las
Fuerzas Militares y Policía Nacional, en lo relacionado con:
Enfermedades prevenibles por vacunación a intervenir, Enfermedades
de Transmisión Vectorial – ETV, Enfermedades Transmitidas por
Alimentos – ETA, y Manejo integral de las condiciones sanitarias en
unidades Militares y Policía Nacional.
Identificar las acciones clave para la vigilancia y control de los
eventos de interés en salud pública en la población afiliada al
Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y Policía Nacional,
en lo relacionado con: Enfermedades prevenibles por vacunación a
intervenir, Enfermedades de Transmisión Vectorial – ETV,
Enfermedades Transmitidas por Alimentos – ETA, y Manejo integral
de las condiciones sanitarias en unidades Militares y Policía Nacional.
Dar orientación en la ejecución de acciones de vigilancia y
control frente a la presentación de eventos de interés en
salud pública en la población afiliada al Sistema de Salud de
las Fuerzas Militares y Policía Nacional, en lo relacionado con:
Enfermedades prevenibles por vacunación a intervenir, Enfermedades
de Transmisión Vectorial – ETV, Enfermedades Transmitidas por
Alimentos – ETA, y Manejo integral de las condiciones sanitarias en
unidades Militares y Policía Nacional.
21
Identificar factores de riesgo para establecer prioridades y acciones a
desarrollar según el evento.
Identificar, notificar, investigar, analizar, confirmar y controlar casos
relacionados con: Enfermedades prevenibles por vacunación a
intervenir, Enfermedades de Transmisión Vectorial – ETV,
Enfermedades Transmitidas por Alimentos – ETA, y Manejo integral
de las condiciones sanitarias en unidades Militares y Policía Nacional,
sujetos a vigilancia epidemiológica.
Desarrollar acciones de control, en las instancias correspondientes
Difundir información oportuna y veraz a todos los niveles, tanto
dentro de las áreas de las Fuerzas interesadas, como en las
entidades nacionales y territoriales encargadas de la vigilancia en
salud pública.
Fortalecer el análisis de la información de los eventos de interés en
salud pública que se presenten en la población de las Fuerzas
Facilitar la articulación entre las entidades de FFMM, PONAL, y las
entidades territoriales de salud.
Fortalecer el conocimiento en talento humano de FFMM y PONAL.
22
6. Instrucciones Generales de Ejecución
Misión general
La Dirección General de Sanidad Militar y la Dirección de Sanidad de la
Policía Nacional como entes aseguradores en salud de los usuarios del
Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y Policía Nacional, coordinarán
el acompañamiento, seguimiento, control y evaluación de eventos de
interés en salud pública que se presenten y reporten en los
Establecimientos Militares o policiales, con las Direcciones de Sanidad,
Ministerio de Salud y Protección Social, Instituto Nacional de Salud y con
las entidades territoriales correspondientes, las acciones enfocadas al
manejo de las enfermedades prevenibles por vacunas, Enfermedades
Transmitidas por Vectores (ETV), Enfermedades Transmitidas por
Alimentos (ETA) y manejo integral de las condiciones sanitarias.
23
7. Disposiciones Administrativas
Todos los gastos que demande el cumplimiento del presente
documentos de “Lineamientos Generales para el Fortalecimiento de la
Prevención, Vigilancia y Control de Eventos de Interés en Salud Pública
en Comandos - Unidades Militares y Policiales”, serán con cargo al
presupuesto del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares y Policía
Nacional, de acuerdo a la disponibilidad, distribución presupuestal y
disposiciones vigentes, y acciones pertinentes como Empresa
Administradora de Planes de Beneficio/ para lo cual las Direcciones de
Sanidad deberán proveer los recursos pertinentes, las vacunas para
manejo de brote serán centralizadas.
24
8. Vigilancia y control de eventos de interés en salud pública en Instituciones de Fuerzas Militares y
Policía Nacional
Grupo de trabajo:
Ministerio de la Defensa Nacional, Fuerzas Militares y Policía Nacional
Dennis Marcela Rodríguez Romero
TC. Nidya Patricia Pineda
Te. Johanna Ivanova Barrera
Tania Mabel Valbuena
José Vicente Silva S.
Sonia J. Ortega
Saida María Duran
Sandra Vásquez
Alba Cecilia Moreno
Ministerio de Salud y Protección Social
Elkin Osorio Saldarriaga Diego Alejandro García Londoño
José Fernando Valderrama Vergara
María Mercedes Muñoz
María Alexandra Durán
Instituto Nacional de Salud
Oscar Eduardo Pacheco
Hernán Quijada Bonilla
Mancel Martínez
25
8.1 Fundamento Normativo
Tabla 1 Normatividad Vigente
NORMA ENTIDAD OBJETO
Ley 352 del 17 de
enero de 1997.
Congreso de la
República de
Colombia
Por la cual se reestructura el Sistema de
Salud y se dictan otras disposiciones en
materia de seguridad social para las
Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
Decreto 1795 del
2000
Ministerio de
Defensa Nacional
Por el cual se estructura el Sistema de
Salud de las Fuerzas Militares.
Decreto 4782 del 19
de diciembre de
2008.
Ministerio de
Defensa Nacional
Por el cual se modifica la estructura del
Ministerio de Defensa Nacional - Dirección
General de Sanidad Militar y se dictan otras
disposiciones.
Decreto 3518 de
2006 – Compilado
en el Decreto Único
Reglamentario 780
de 2016. Título 8:
Sistema de Vigilancia
en Salud Pública-
Capítulo :1
Creación del Sivigila
Ministerio de la
Protección Social
El objetivo de este capitulo es crear y
reglamentar el Sistema de Vigilancia en
Salud Pública, Sivigila, para la provisión en
forma sistemática y oportuna, de
información sobre la dinámica de los
eventos que afecten o puedan afectar la
salud de la población, con el fin de orientar
las políticas y la planificación en salud
pública. Las entidades responsables de los
regímenes de excepción de que trata el
artículo 279 de la Ley 100 de 1993 y la Ley
647 de 2001, las UPGD y otras entidades
que participen en los procesos de
vigilancia, todas deben cumplir con las
funciones en relación con el Sistema
Nacional de Salud Pública descritos en el
Decreto.
Decreto 2323 de
2006 – Compilado
en el Decreto Único
Reglamentario 780
de 2016. Título 8:
Sistema de Vigilancia
Ministerio de
Protección Social
El objetico de este capítulo es organizar la
red nacional de laboratorios y reglamentar
su gestión, con el fin de garantizar su
adecuado funcionamiento y operación en
las líneas estratégicas del laboratorio para
la vigilancia en salud pública, la gestión de
26
NORMA ENTIDAD OBJETO
en Salud Pública-
Capítulo :2
Red Nacional de
Laboratorios
la calidad, la prestación de servicios y la
investigación.
Resolución 1841 del
28 de mayo 2013
Ministerio de la
Protección Social
Por el cual se adopta el Plan Decenal de
Salud Publica 2012-2021 en el marco de la
estrategia de atención primaria en salud.
Deroga Decreto Número 3039 de 2007 (Por
el cual se adoptó el Plan Nacional de Salud
Pública 2007-2010)
Acuerdo 062 de
2015
Consejo Superior
de Salud de las
Fuerzas Militares y
de la Policía
Nacional
Por el cual se definen las Políticas
Generales y se señalan los lineamientos
para la Promoción de la Salud, Prevención
de la Enfermedad, Vigilancia en Salud
Publica y Asesoría a las acciones de Salud
Ambiental en el SSMP.
Directiva
Permanente N° 007
del 13 de Enero de
2010
Dirección General
de Sanidad Militar
Se emiten los lineamientos vigilancia en
salud pública del Subsistema de Salud de
las Fuerzas Militares en eventos de interés
en salud pública.
Circular No. 143850
de 2010.
Dirección General
de Sanidad Militar
Lineamientos Vigilancia en Salud Pública
del Subsistema de Salud de las Fuerzas
Militares 2010-2011. Para el manejo de los
eventos de vigilancia en salud pública en el
Sistema de Salud de las Fuerzas Militares.
Circular No. 143990
de 2010.
Dirección General
de Sanidad Militar
Lineamientos Evaluación Sistema de
Vigilancia (SIVIGILA) adopción de
mecanismos que permita la evaluación
permanente del Sistema de Vigilancia
Epidemiológica “SIVIGILA”, el cual debe
operar en la totalidad de Establecimientos
de Sanidad Militar de acuerdo a lo
establecido en las normas en referencia.
Resolución 2257 de
2011.
Ministerio de Salud
y Protección Social
Mediante la cual se actualizan las guías de
atención clínica, los protocolos de vigilancia
epidemiológica y las guías de vigilancia
entomológica para las enfermedades
transmitidas por vectores.
27
NORMA ENTIDAD OBJETO
Circular Conjunta
Externa N° 0036 del
03 de Agosto de
2012
Ministerio de Salud
y Protección Social
Por la cual se emiten lineamientos para
garantizar la notificación epidemiológica
para el manejo de eventos de interés en
salud publica en Fuerzas Militares y Policía
Nacional.
Directiva
Permanente No.
64479 del 2013
¿Dirección de
sanidad ejercito
Lineamientos programas promoción de la
salud, prevención de la enfermedad y
seguimiento eventos de interés en salud
pública 2013.
8.2 Fundamento General
El sistema de vigilancia en salud pública en el subsistema de FFMM Y
PONAL; se desarrolló desde el año 2001 con el Acuerdo No. 014
realizado por el Consejo superior de salud de las Fuerzas Militares y de
la Policía Nacional, por el cual se definieron las políticas generales,
planes y programas y se señalan los lineamientos generales para la
promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en
salud pública en el Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y la Policía
Nacional - SSMP. Acuerdo que fue reemplazado por el acuerdo 062 de
2013 y que incluye acciones en salud pública y en Gestión Ambiental.
En el año 2007 con el Acuerdo No. 047 en el cual estableció que el
Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares debía realizar la vigilancia
permanente, detección temprana de factores de riesgo y de eventos de
notificación obligatoria, para su intervención y control de manera
oportuna, con actividades individuales y colectivas configurando la
Vigilancia en Salud Pública del Subsistema de Salud de las Fuerzas
Militares - SSFM. Igualmente la Dirección de Sanidad de la Policía
Nacional estableció lineamientos pata fortalecer la vigilancia de eventos
de interés en salud pública y para mejorar la información de natalidad y
mortalidad del subsistema y la conformación de Comités de Vigilancia en
cada Unidad de Sanidad Policial.
En el 2010 La Dirección General de Sanidad Militar emitió los
Lineamientos Vigilancia en Salud Pública del Subsistema de Salud de las
Fuerzas Militares en eventos de interés en salud pública Circular No.
28
143850 /CGFM-DGSM-SS-GSP-13.4. Así mismo en el año 2012 se
estableció la circular 036 con el Instituto Nacional de Salud y de común
acuerdo con la Dirección General de Sanidad Militar y con la Dirección de
Sanidad de la Policía Nacional, en donde se asignaron los códigos de las
Unidades Primarias Generadoras de Datos (UPGD) del Subsistema de
Salud de las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
De acuerdo a lo establecido, la Unidad Primaria Generadora de Datos -
UPGD captura la información de interés en Salud Pública, la consolida y
la reporta en medio físico o magnético a la Secretaría de Salud
correspondiente y en medio magnético, a la Dirección de Sanidad de la
Fuerza o en caso de la Policía a la Dirección de Sanidad; la información
reportada corresponde a eventos de interés en Salud Pública
considerados de Notificación Obligatoria.
En cada UPGD el primer captador de la información es el profesional de
la salud que atiende al usuario y hace un diagnóstico presuntivo y es
quien se encarga del diligenciamiento de la ficha de notificación
individual y/o colectiva según sea el caso, de ahí la ficha y la
información se direcciona al responsable que consolida y reporta la
misma a través de la herramienta establecida con este fin, con la
periodicidad determinada en el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud
Pública - SIVIGILA, para el Subsistema de Salud de las Fuerzas
Militares.
Cada - UPGD se identifica con un código de 12 dígitos, que de acuerdo
con las normas establecidas corresponden a las siguientes
características:
29
Tabla 2Caracterización Unidades Primarias Generadoras de Datos - UPGD
Caracterización Unidades Primarias Generadoras de Datos –
UPGD
2 Primeros dígitos corresponden al Departamento.
3 Siguientes al Municipio.
5 Siguientes al Establecimiento de Sanidad Militar (ESM) (Sí la
codificación de los ESM son de 4 dígitos, se antepondrá el número 8
para diferenciar los ESM de Fuerzas Militares y el 7 para Policía
Nacional).
2 Últimos dígitos corresponden a cada Fuerza así:
80 EJÉRCITO
81 ARMADA
82 FUERZA AÉREA.
83 HOSPITAL MILITAR CENTRAL.
07 POLICIA
Fuente: Elaboración propia
Las Direcciones de Sanidad de las Fuerzas son consideradas Unidades
Consolidadoras por lo cual se asignan los códigos de Unidades
Consolidadoras y la Dirección General de Sanidad Militar, por tratarse de
un Régimen de Excepción es una Unidad Notificadora Especial con el
Código correspondiente así:
Tabla 3. Códigos Unidades Consolidadoras
Códigos Unidades Consolidadoras
DIRECCION GENERAL DE SANIDAD MILITAR 1100184000
DIRECCION GENERAL DE SANIDAD POLICIA 110017000
DIRECCION DE SANIDAD EJÉRCITO 1100180000
DIRECCION DE SANIDAD ARMADA 1100181000
DIRECCION DE SANIDAD FUERZA AEREA 1100182000
Fuente: Elaboración propia
30
Para la Policía Nacional, cada UPGD se identifica con un código de 12
dígitos, que de acuerdo con las normas establecidas corresponden a las
siguientes características:
Tabla 4. Caracterización UPGD Policía Nacional
Caracterización Unidades Primarias Generadoras de Datos –
UPGD Policía Nacional
2 Primeros dígitos corresponden al Departamento.
3 Siguientes al Municipio.
2 dígitos 07 que identifican a la Sanidad Policía Nacional.
Y 3 dígitos, Siguientes que identifican al Establecimiento de Sanidad
Policial (ESP).
Fuente: Elaboración propia
Posterior a esta implementación, el Sistema ha venido fortaleciendo el
sistema de vigilancia en salud pública conforme a la normatividad del
Decreto 780 de 2016, adaptando sus lineamientos de forma que sean
estos ejecutables y se puedan realizar conforme a las excepcionalidades
que poseen, en el sistema de FFMM Y PONAL (Diferentes sistemas de
información, niveles de atención en salud, jurisdicción e infraestructura-
territorialización- entre otros por Normativa de excepcionalidad).
Al interior del Subsistema se están realizando los procesos para la
vigilancia y control de EISP dentro de las Unidades Militares y Policiales
por parte de los profesionales de salud que los establecimientos de
sanidad militar o policial poseen, los cuales tienen experiencia en la
atención de eventos que ocurren con personal militar y policial, dado
que se necesita tener un enfoque diferencial para esta población debido
a los riegos profesionales que poseen por el cumplimiento de la misión
institucional designada, por lo cual es diferente el manejo y abordaje de
los EISP que en la población civil en general debido a esto es parte de la
excepcionalidad del sistema de las FFMM y PONAL.
El Subsistema de salud de las FFMM y PONAL es un régimen de
excepción y su excepcionalidad lo convierte para los demás sectores en
un sistema con su propia normatividad, calidad y funcionamiento
financiero especial, aun así está incluido en la normatividad del sistema
31
nacional de vigilancia en salud pública y por esta razón surge la
necesidad de fortalecer los procesos que al interior del Sistema ya se
están desarrollando y el trabajo intersectorial e interinstitucional en el
manejo de eventos de interés en salud pública, aportando en el
mejoramiento del sistema de salud pública nacional; por tal motivo se
priorizó en este documento los temas y eventos que ocurren en el
sistema de salud de las FFMM y PONAL, los cuales necesitan acciones
intersectoriales y que demandan esfuerzos compartidos de los diferentes
actores del sistema nacional.
8.3 Acciones intersectoriales de vigilancia en salud pública
10.6.5 8.3.1 Búsquedas activas
En la búsqueda activa se pretende detectar aquellos casos que no
fueron notificados a través de la vigilancia rutinaria, lo que permite la
inclusión de la información de estos casos en el sistema para el
desarrollo de acciones pertinentes y actuando como control de la calidad
del proceso de notificación establecido. En los ESM y ESP se lleva a cabo
la búsqueda activa según el sistema de información que posee cada
institución, con las diferencias correspondientes entre cada una de estas
(Ejercito –EJC, Armada – ARC, Fuerza Aérea – FAC, PONAL), aun con
algunas diferencias se realiza este proceso en cumplimiento de la
normatividad nacional y en acompañamiento de los entes territoriales se
puede realizar de manera conjunta a pesar de la reserva y seguridad
que la información del personal requiere para su adecuado manejo.
10.6.6 8.3.2 Búsqueda Activa Institucional (BAI)
La búsqueda activa institucional se lleva a cabo a partir de la revisión de
registros de consulta externa, urgencias, hospitalización y laboratorios
clínicos con lo registrado en el SIVIGILA en forma periódica.
Internamente se manejan los registros de consulta con CIE10, con los
cuales el encargado de estadística de los ESM/ESP y el encargado de
SIVIGILA realizan el cruce de la información para la verificación de la
notificación de los EISP para cumplir con la normatividad de este
proceso, salvaguardando reserva y seguridad que la información del
personal militar.
32
10.6.7 8.3.3 Búsqueda activa comunitaria (BAC)en Unidades
Militares y Policiales.
El ESM/ESP debe realizar esta búsqueda activa cuando se detecten
casos de EISP que pongan en riesgo a la mayoría de la comunidad del
cantón militar o institución policial. La búsqueda activa comunitaria se
desarrolla a través de un rastreo en las casas fiscales por medio de
entrevistas a residentes, guarderías, colegios, batallones, casinos, entre
otros, que hacen parte de la unidad militar/policial, donde se encuentra
esa población, buscando casos probables, sospechosos o confirmados de
EISP que estén ocurriendo o hayan ocurrido en dicha población y que no
hayan asistido al ESM/ESP para notificarlo.
Cuando los eventos provienen de fuera del cantón militar o institución
policial, se debe reportar y solicitar las acciones correspondientes de
intervención al ente territorial.
Así mismo se solicitará apoyo para el manejo e intervención vectorial en
caso de detectarse brotes por ETV en las cuales se necesite
profesionales en el área de entomología entre otros profesionales
expertos en el área.
10.6.8 8.3.4 Comités de Vigilancia Epidemiológica (COVES)
Según los lineamientos Nacionales emitidos por el Instituto Nacional de
Salud, “los comités de vigilancia en salud tienen como objetivo
desarrollar los análisis pertinentes de la información generada por el
sistema, establecer criterios para la programación de actividades y
facilitar la toma adecuada de decisiones, que deben traducirse en
acciones concretas, las cuales posteriormente deben ser difundidas y
tener seguimiento a través de indicadores de gestión e impacto en el
control de los eventos, brotes o epidemias”.
Estos Comités para el Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares y
policiales se han organizado en los Establecimientos de Sanidad Militar –
(ESM) y de Sanidad Policial (ESP), así mismo a nivel de cada Dirección
de Sanidad, para la revisión de casos especiales, o un Comité de
Vigilancia Epidemiológica - COVE especial que reúne a las tres
Direcciones de Sanidad de las Fuerzas y al Hospital Militar Central y
33
permite un análisis conjunto de los diferentes eventos por Fuerza, los
que son comunes a las tres y los eventos repetitivos y de difícil control.
Estos Comités están integrados por el personal del área de la salud de
cada ESM- USP y de acuerdo al caso y a las características propias del
establecimiento, participan otros funcionarios. En estos Comités se
abordan los temas correspondientes ocurridos en el periodo
epidemiológico analizado y van encaminados a identificar las
características de la población, los factores de riesgo y protectores
incluyendo aquellos que son producto de las intervenciones, para
establecer acciones correctivas, preventivas o de mejora.
Por lo tanto es función de los ESM, USP y ESP además de realizar su
Comité de Vigilancia Epidemiológica - COVE, participar activamente en
los Comités de Vigilancia Epidemiológica - COVES Municipales o
territoriales. Además de participar en las reuniones de los Comités de
Vigilancia en Salud Pública que realicen las instituciones prestadoras de
servicios de la red externa contratada de los eventos presentados de
usuarios que pertenezcan al Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y
Policía Nacional.
En caso de presentarse un incremento inusual de casos (brotes) de
enfermedades trasmisibles o vectoriales y mortalidades se debe
convocar a una reunión extraordinaria intersectorial dependiendo el
evento e impacto del mismo, para la realización del Comité de Vigilancia
Epidemiológica - COVE.
8.3.5 Análisis de muertes por Eventos de Interés en
Salud Pública
Se debe realizar un trabajo inter institucional debido a que las
mortalidades ocurren en la red contratada por el sistema de
FFMM/PONAL y en las Empresas Sociales del Estado - ESE municipales y
Hospitales Departamentales. Es importante efectuar la unidad de
análisis a toda muerte relacionada con un EISP, así mismo, se debe
velar por la realización de los respectivos laboratorios y análisis
anatomopatológico o necropsia según caso.
34
Se debe reunir toda la información de los diferentes actores del sistema
o entidades involucradas y con supervisión del ente de control territorial
y/o nacional según caso, coordinando acciones tales como:
1. Copia de la investigación epidemiológica de campo o entrevista (si
aplica).
2. Copia del resumen de historia clínica red interna (Establecimiento
de Sanidad Militar – SSM- USP, ESP) y externa (Empresas Sociales
del Estado - ESE, hospitales y Clínicas).
3. Copia de atenciones previas al evento y seguimiento en los
programas de prevención y promoción.
4. Acta del análisis del caso en el - ESM red externa a nivel
Departamental o Distrital, copia del plan de mejoramiento red
interna y externa,
5. Copia certificada de defunción, para los eventos
inmunoprevenibles y eventos supuestamente atribuidos a la
vacunación o inmunización: adjuntar copia del carné de
vacunación.
6. seguimiento a planes de mejoramiento. Para muerte materna:
cumplimiento de acciones mínimas de atención prenatal, parto y
postparto, carné materno, partograma, cuadro consolidado de
laboratorios y otros exámenes.
7. Reporte de autopsia (si aplica).
8. Una vez se concluya el estudio de caso deben efectuarse los
ajustes respectivos al Sistema Nacional de Vigilancia en Salud
Pública - SIVIGILA y la enmienda al certificado de defunción que
sea requerida. Debe desarrollarse el análisis de las muertes.
La información debe llegar a cada Dirección de Sanidad y debe ser
enviada al coordinador del programa respectivo, apenas se concluya
el estudio de cada caso (máximo 30 días después de la notificación
de la muerte).
8.3.6 Estudio anatomopatológico y necropsia
En los casos de muertes por EISP cada entidad en la que ocurra el
evento debe realizar y/o gestionar la realización de la necropsia y la
toma de muestras para estudio anatomopatológico, realizando el flujo
de envió de muestras desde los laboratorios de salud de los entes
35
territoriales, hasta su envío al laboratorio de patología del Instituto
Nacional de Salud. La institución encargada debe anexar un informe que
incluya la causa de muerte, agentes causantes, epicrisis y el resumen de
la historia clínica. En caso de no tener la autorización de los familiares,
se buscará amparo para la toma de las muestras de acuerdo en lo
establecido en la Ley 9 de 19794, en el Decretos 786 de 1990, y en el
Decreto Único Reglamentario 780 de 2016 (Título 8).
Los ESM/ESP podrán realizar la solicitud por escrito a la entidad que se
encuentre atendiendo el caso y que objete la realización de la misma,
para tenerla como evidencia de la gestión institucional en cumplimiento
a la normatividad nacional.
8.4 Manejo y atención de brotes en Unidades Militares y Policiales
Para poder iniciar y entender el manejo para la atención de brotes, es
necesario tener claro las definiciones epidemiológicas, con base en los
conceptos del CDC de Atlanta de la siguiente manera:
Endemia hace referencia a la frecuencia conocida de un daño
particular en un área y en un tiempo dados, con base en el
registro de los eventos ocurridos, generalmente presentados por
periodos epidemiológicos en gráficas denominadas Índices
Endémicos.
Conglomerados (agrupamiento) hace referencia a una
agregación de casos de un evento en salud en particular, en un
área y en un tiempo dados, sin que el número de casos sea
mayor que el esperado podría ser la expresión inicial de un brote.
Brote hace referencia a la ocurrencia de un número de casos en
particular en un área y en un tiempo dados, mayor que el número
de casos esperados, generalmente relacionados y circunscritos en
tiempo y espacio.
Epidemia hace referencia a la ocurrencia de un número de casos
de un daño particular en un área y en un tiempo dados, mayor
4 Lineamientos para la prevención vigilancia y control en Salud Pública 2015, Pág 20 de 63
36
que el número de casos esperados, generalmente de amplia
difusión en el territorio.
Pandemia cuando una epidemia se disemina en varios países y
afecta a un gran número de personas.
El Comando de la unidad militar en vocería del ESM o el Jefe de la
Unidad de Sanidad Policial, donde ocurra el brote, deberá informar
inmediatamente a la Dirección de Sanidad de la presencia del
incremento inusual de los casos de enfermedades trasmisibles y
mortalidades con el fin de recibir el acompañamiento y asesoría
permanente, además de coordinar la comunicación y trabajo con las
Entidades Territoriales de Salud.
Es importante recordar que, si se presenta un caso para poder
considerar entre otros, brote epidémico de Parotiditis, Varicela,
Leptospirosis, Intoxicación por Alimentos, Infecciones Respiratorias
Agudas Graves, Fiebre Tifoidea y Paratifoidea, Meningitis, en personal
militar, se debe verificar si el caso cumple las variables epidemiológicas
de tiempo, lugar y persona, para determinar si es un caso procedente
de la unidad o un caso importado a esa Unidad, así:
Tabla 5 Verificación de Variables epidemiológicas de tiempo, lugar y persona para
determinar si es un caso procedente de la unidad o un caso importado
VARIABLES SITUACION ACCION ENTIDAD
PERSONA
Si este personal compartió
días antes al inicio de
síntomas con más personal
militar o policial
Si este personal hace parte
de una compañía militar o
policial se debe iniciar
búsqueda activa y manejo
de brote
DISAN
PONAL
LUGAR
Si este personal residió o
pernoctó días previos al
inicio de síntomas en la
unidad militar y policial
Adecuación de área de
aislamiento y
acondicionamiento
condiciones higiénico-
sanitarias y/o evacuación
del personal a un área
adecuada para su manejo
COMANDOS
ESM ESP
TIEMPO
Si el inicio de síntomas
ocurre dentro del tiempo
de incubación del evento.
Se debe verificar por
tiempos de incubación y
transmisibilidad posibles
tiempos de salidas de
permiso, incorporación a la
COMANDOS
ESM ESP
37
VARIABLES SITUACION ACCION ENTIDAD
vida militar, permisos
recibidos entre otras
situaciones asociadas al
inicio y posible contagio de
la enfermedad.
Fuente: Elaboración propia
Si el personal militar o policial que es detectado en el establecimiento no
cumple con lo anterior y se define que éste llego de un permiso o
actividad fuera de la unidad o reside en su hogar fuera de ésa, y no ha
compartido con otro personal uniformado a riesgo o susceptible, se debe
verificar la siguiente información y se debe dar a conocer al ente
territorial para el seguimiento extramural:
Tabla 6 Verificación de Variables epidemiológicas de tiempo, lugar y persona en
personal militar que llego de permiso o actividad fuera de la unidad o reside en un
hogar fuera de la misma y no ha compartido con otro personal uniformado a riesgo o susceptible
VARIABLES SITUACION ACCION COORDINACIO
N
PERSONA
Compartió con su
familia en su
hogar
Verificación población a
riesgo y casos notificados por
el sistema
ETS
LUGAR
Su casa o lugar
donde paso de
permiso
Visita o comunicación con la
vivienda o sitio de
procedencia
Manejo Brote según hallazgos
ETS
TIEMPO
El periodo de
contagio,
incubación e inicio
de síntomas
proviene de su
lugar de lugar de
residencia o
permiso
Verificación posibles casos
que pudieron generar el caso
identificado
ETS
Fuente: Elaboración propia
10.6.9 8.4.1 Pasos para la realización del trabajo de campo de
manera intersectorial
Para la realización e investigación de brotes se deben realizar los
siguientes pasos establecidos y definidos por el CDC para la
38
investigación de brotes y epidemias con el fin de facilitar la toma de
decisiones y lograr la efectiva mitigación y control de la situación, a
saber:
a) Establecer la existencia del brote: definida por el incremento en
el número de casos o por la relación de un caso, pero con personal a
riesgo en tiempo, espacio y lugar. La existencia de un brote se define
por el marcado exceso de casos en un tiempo y lugar determinado.
Esta actividad solamente la podemos realizar conociendo el sistema
de información donde se evidencia el aumento de casos en
determinado periodo de tiempo.
Para verificar la presencia de un brote se debe realizar análisis de
registros de atención y de historias clínicas, datos suministrados por
el paciente y por sus Comandantes, además de los resultados de
laboratorios preliminares de los casos probables según evento, si el
caso detectado es en personal militar-Policial, que viva acantonado,
debe considerarse alertar e iniciar las acciones de contención
evitando la diseminación del brote. Se debe investigar datos clínicos
de al menos tres o cuatro semanas anteriores para la identificación
del caso inicial o índice (primer caso captado en consulta), del caso
primario (primer caso usualmente no captado y que introdujo el
agente a la Unidad) o de casos similares que hayan venido
presentándose.
Todos los brotes que se presenten deben ser informados de manera
INMEDIATA, vía telefónica, al área o grupo de epidemiología de la
Dirección de Sanidad correspondiente. Una vez confirmada la
situación debe registrarse INMEDIATAMENTE la información de las
fichas epidemiológicas, al aplicativo SIVIGILA del Establecimiento,
generándose los archivos planos, los cuales deben ser enviados a la
Dirección de Sanidad y al Ente territorial correspondiente, para iniciar
el apoyo y acompañamiento respectivo para el manejo del brote.
b) Preparar el trabajo de campo: Se debe socializar el protocolo del
evento del INS a todo el personal de salud, así como el análisis del
evento y organización de roles y tareas. Realizar coordinaciones
necesarias para el desplazamiento del personal de salud a la zona
39
donde se presentó el evento en caso de ser necesario. Comunicar al
comandante de la unidad la situación de brote. Coordinar la logística
para la atención de la situación a atender (área, personal, insumos,
pruebas de laboratorio, entre otros,).
Si la ocurrencia del brote se da al interior de una Unidad Militar o
Policial, debe haber participación activa de las áreas de salud
ocupacional, salud ambiental, salud operacional, las cuales deben
realizar la revisión y verificación de condiciones generales en
alojamientos, ranchos, casinos y demás áreas comunes al interior de
la misma.
Considerando los lineamientos nacionales, las investigaciones de
campo están a cargo de los entes territoriales con el apoyo del
personal de salud de la institución afectada y en caso de que la
magnitud del evento sobre pase las capacidades locales, se solicitará
o gestionará apoyo de niveles regionales o centrales quienes en
conjunto, elaborarán los informes respectivos de 24, 72 horas y al
finalizar o cierre del evento, con el fin de desarrollar un único informe
de forma coordinada, conjunta e interinstitucional, para
retroalimentar a los entes nacionales de control INS y CNE.
c) Verificar el diagnóstico: mediante exámenes de laboratorio o por
nexo epidemiológico. Los eventos detectados transmisibles, deben
ser confirmados o descartados por asociación epidemiológica o por
laboratorio, para lo cual los ESM - ESP se deben apoyar en los
laboratorios de salud pública departamentales.
Para las muestras de vigilancia, recordar que se debe enviar un
porcentaje de muestras del brote al Laboratorio de Salud Pública del
ente territorial de salud, este porcentaje variará de acuerdo al
evento. Con estas muestras se hará confirmación de Diagnóstico y
vigilancia virológica.
d) Definir e identificar los casos:
Establecer la definición de caso: la definición de caso debe
tomarse del protocolo de vigilancia del INS, la cual debe ser
40
adaptada de acuerdo a los signos y síntomas más comunes de
la población enferma en ese momento, lo que ayudará a captar
el mayor número de enfermos reales afectados, así mismo
configura dicha definición acorde al lugar y tiempo de
ocurrencia.
Identificar y contar el número de casos: Para ello se debe
contar con la lista del total del personal de la población a riesgo,
se le realiza la revisión clínica verificando sintomatología para
eventos que generen brotes, mencionada en el protocolo para
cada evento. Se verifican variables de riesgo, verificación clínica
y laboratorio si es el caso.
e) Realizar la descripción epidemiológica del brote. Tiempo, Lugar
y espacio.
Elaborar la curva epidémica e identificar si es fuente común o
fuente propagada. Identificación del caso primario y del caso
índice. En cuanto a la fuente de infección, los brotes pueden
darse por fuente común o propagada:
Fuente común: es aquella que da origen a la presentación de
todos o la mayoría de los casos e indica la circunstancia en la cual
la mayoría de los casos estuvieron expuestos. Un ejemplo típico
son las intoxicaciones alimentarias.
Fuente propagada: denominada también transmisión de persona
a persona, es aquella en la cual cada caso es a su vez una fuente
de contagio para otros casos. Ejemplo de ella, son las epidemias
de influenza y otras virosis respiratorias.
Tabla 7 Descripción epidemiológica del brote
Características Fuente común Fuente propagada
Comienzo Rápido, súbito
ascenso del número
Insidioso, ascenso
lento
41
de casos
Duración
Los casos se
presentan dentro de
un lapso de uno o
pocos periodos de
incubación de la
enfermedad
Los casos se
presentan dentro de
un lapso de varios
periodos de incubación
de la enfermedad
Declinación Rápida
Lenta, se autolimita
por la disminución
paulatina en la
cantidad de
susceptibles
Momento de
exposición
Puede situarse
fácilmente en un
momento definido en
el tiempo
No localizable en
forma clara
Cantidad de
microorganismos
Se transmiten
abundantes
cantidades de agentes
patógenos
Se transmiten
pequeñas cantidades
de agentes patógenos
f) Plantear hipótesis. Se enuncian una vez que el brote se ha
descrito, aunque desde el momento de la notificación de un brote se
empiezan a generar algunas de ellas. Su planteamiento debe estar
dirigido a encontrar la asociación de la enfermedad con una fuente de
infección, un vehículo de transmisión y con los factores de riesgo
presentes en el lugar de exposición.
Para verificar el personal de salud encargado del manejo del brote,
puede apoyarse en las preguntas:
¿A qué estuvieron expuestos antes de enfermarse?
¿Qué piensan ellos que causó la enfermedad?
¿Tienen algo en común con otras personas (cantón, familiares o
comunidad en general) que tengan la enfermedad?
Antecedentes vacúnales
Antecedentes personales de haber presentado la patología.
g) Confirmar las hipótesis planteadas.
Después de realizar el manejo inicial, se debe identificar lo siguiente:
42
La fase en la que se encuentra el brote de acuerdo con el
periodo de incubación (tiempo transcurrido entre la exposición
y el desarrollo de síntomas).
Agente causal y periodo de transmisibilidad (Protocolo de
vigilancia del INS).
Modo de transmisión (Protocolo de vigilancia del INS).
Las condiciones para su propagación (Protocolo de vigilancia del
INS).
h) Implementación las medidas de prevención y control del caso:
Las medidas de control inicialmente tomadas deben ser revisadas
para retirarlas o complementarlas y aprovechar las circunstancias
para conseguir el apoyo de los niveles administrativos en las
actividades de control.
Los Comandos, Comandantes de la Unidad afectada y los ESM/USP-
ESP deben ser responsables de la implementación en forma
permanente a las acciones de contención ordenadas según el evento
presentado y siempre deben estar en comunicación con sus DISAN y
entes de control territorial para verificar el cumplimiento y manejo
adecuado del Brote que se presenta en esa Unidad.
i) Evaluar y ajuste de medidas preventivas
Con el conocimiento adquirido durante la intervención del brote el
grupo investigador, debe ajustar las medidas de control y prevención
ya implementadas, mientras las pruebas de las hipótesis concluyen.
Las medidas preventivas deben ser evaluadas con cuidado ya que del
acierto depende que se salven o no vidas humanas. Las medidas
pueden estar dirigidas a interrumpir la transmisión, disminuir la
exposición o controlar la probable fuente de infección y el agente
implicado o a disminuir los susceptibles, según el caso.
Es necesario desarrollar y difundir la información de prevención de
los eventos presentados a través de los programas operacionales,
con el fin de evitar la disminución del pie de fuerza de las unidades, a
43
través de las capacitaciones, emisoras radiales y formaciones
generales.
j) Comunicación de los hallazgos.
Los informes deben elaborarse lo más pronto posible y dirigirse a las
autoridades de salud y las personas encargadas del control y la
prevención por un medio rápido, incluyendo las recomendaciones.
Posteriormente deberá ser enviado un informe de publicación
científica en el formato respectivo a medios de divulgación, a los
cuales pueda tener acceso personal de salud que pueda encontrarse
en situaciones similares.
En caso de brotes, investigación epidemiológica de campo oportuna,
notificación inmediata según Reglamento Sanitario Internacional deben
presentar un informe epidemiológico final enfatizando estos
puntos:
1) Resumen de la situación: número de afectados, lugar, fuentes
implicadas (no mayor a 5 renglones) (No. de personas que presentan el
síntoma. %: No. de personas que presentan el síntoma/ Total de
personas enfermas X 100)
2) Antecedentes: incluye informe de Notificación a las 24 horas y el
contexto completo del escenario del brote (el último párrafo incluye los
objetivos específicos).
3) Descripción del brote: (según variables de tiempo, lugar y
persona, presentar gráficas, mapas, figuras, tablas)
TIEMPO: Determine el momento de exposición al agente,
periodo de incubación, modo de transmisión y la forma de
diseminación o patrón epidémico (por fuente común se
entiende aquella que da origen a todos o la mayoría de los
casos, y por fuente propagada, aquella en la cual cada caso es
identificado a su vez como fuente de contagio para otros
casos).
44
LUGAR: elabore un croquis con la ubicación de los casos o
pida al ESM-ESP, la localización del sector por medio de Google
Maps y que envié pantallazo de la ubicación; e identifíquelos
con su nombre y en el orden en que aparecieron, así como
también algún nexo familiar con diagramas de casos y
contactos de riesgo.
PERSONA: clasifique los casos según edad, sexo, ocupación y
otros. Además, defina posible antecedente vacunal que ayude
a correlacionar el estado clínico de los pacientes.
4) Resultados obtenidos en terreno que se sabe ahora.
5) Discusión breve de los hallazgos en su contexto.
6) Acciones de prevención y control realizadas en terreno y
recomendaciones hechas inicialmente y a las 72 horas.
7) Medidas de Control: tomadas por el ESM.
8) Planes futuros análisis adicionales, resultados pendientes de
laboratorio, que más está pendiente
9) Conclusiones (Ejemplo: cómo fue el manejo del brote, la
configuración del mismo, la justificación si no se recolectaron muestras,
si se tomaron las medidas de control).
10) Recomendaciones: (hechas al lugar donde se presentaron los
hechos, a la dirección de salud territorial, a la comunidad entre otros.
11) Nombre de los profesionales que elaboraron el informe y sus
funciones. Recolección de muestras para confirmación o descarte del
diagnóstico.
45
Anexo 1 Flujograma del Proceso Vigilancia
Fuente: Elaboración propia
Eventos de interés en salud publica
Verificación de Historia clínica y definición de caso por protocolo INS
Acciones Individuales
Manejo clínico, tratamiento, incapacidad y/o aislamiento
Solicitud y Toma de Muestras
Según evento y prueba confirmatoria protocolo INS
Gestión Procesamiento Pruebas
Según Red Contratada o Según Laboratorio de salud Publica ente territorial.
Acciones Colectivas
Según protocolo y según área de ocurrencia
Área de Operaciones
Si es el caso evacuar al personal a un área de manejo o enviar personal para manejo
Unidades militares y policiales
Adecuación área de aislamiento, jornada de limpieza y desafección, capacitación y uso de medidas preventivas, búsqueda activa de casos
Diligenciamiento Ficha epidemiológica e ingreso al Sivigila
Medico durante la consulta y persona encargada del aplicativo
Notificación Inmediata
Según flujograma de notificación
46
Anexo 2 Flujograma de proceso informe de brote
Fuente: Elaboración propia
DISANES/PONAL/ DGSM/INS/CNE
ENTES TERRITORIALES DISTRITAL
DEPARTAMENTAL/ MUNICIPAL DE SALUD
ESM/ ESP Notificación Brote-
Información preliminar
Informe 24 horas
Verificación informes y acciones
intersectoriales
Informe 72 horas e informe Final
Retroalimentación y Análisis evento según necesidad
47
Anexo 3 Formato de recolección de la información brote o caso
Formato de recolección de la información brote o caso
SECCIÓN/PROGRAMA QUIEN VIGILA
NOMBRE DEL COORDINADOR DEL PROGRAMA
GRUPO DE EVENTO
SUBGRUPO DE EVENTO
NOMBRE DEL EVENTO
ESM/ESP QUE NOTIFICA
NUMERO DE UPGD QUE NOTIFICA
DEPTO/MUNICIPIO
BATALLON
BR/UNIDAD
NUMERO DE CASOS al Inicio
POBLACIÓN A RIESGO
Número de contactos a riesgo Sintomáticos
Número de contactos a riesgo Asintomáticos
Describa condiciones ambientales del sitio donde se
encuentran los casos
INFORMACIÓN DE FICHA EPIDEMIOLÓGICA
Fecha de notificación telefónica o e-mail
Fecha de notificación al aplicativo SIVIGILA
Evento de notificación INMEDIATA -fecha de envió de
Archivos planos
DATOS PERSONALES
Ocupación o Grado Militar
Estado de aseguramiento: Activo o Beneficiario
Edad o rango de edades
Tipo de actividad realizada anterior al evento
Factores de riesgo asociados a malos hábitos
Se encuentra este paciente ya registrado en el sistema
por otro evento: diga evento y la fecha de ocurrencia
Tiempo de demora en consultar al ESM
DATOS CLÍNICOS RED INTERNA
fecha de inicio de síntomas
síntomas que cumplan con la definición del caso notificado
nexos epidemiológicos
antecedente vacunar
tratamiento recibido o profiláctico
laboratorios previos
laboratorio confirmatorio
fecha de resultado
Fecha de ajuste del resultado en aplicativo SIVIGILA.
48
Formato de recolección de la información brote o caso Necesito el o los pacientes remisión a un siguiente nivel
de atención
Nombre del ESM o Hospital Militar al que fue remitido
Días de hospitalización
DATOS DE RED EXTERNA
Necesitó el o los pacientes remisión a un siguiente nivel
de atención
Nombre del Hospital departamental, municipal o
particular
Días de hospitalización
tratamiento recibido o profiláctico
laboratorios previos
laboratorio confirmatorio
fecha de resultado
Fecha de ajuste del resultado en aplicativo SIVIGILA.
DATOS DEL BROTE o CASO
Agente etiolológico causal
Tipo de caso inicial
Tipo de caso final
Modo de transmisión
Posible fuente o lugar de contaminación
Números de casos a la fecha/población a riesgo
reporte de 24 horas
reporte de 48 horas
reporte de 72 horas
reporte final
ACCIONES A INDICAR SEGÚN EL EVENTO (SI/NO)
(CUALES)
Acciones Individuales
Aislamiento (según evento)
Recolección de muestras. CUALES
Aplicación de medidas terapéuticas no farmacológicas.
Aplicación de medidas terapéuticas farmacológicas.
Alerta varicela, aislamiento, búsqueda activa y
capacitación en medidas de prevención
Vacunación (SI/NO) Porque - Numero a vacunar
Acciones Colectivas (SI/NO) CUALES
Investigación epidemiológica de campo.
Identificación y recolección de muestras de contactos.
Búsqueda Activa Comunitaria e Institucional.
Acciones de control enfocadas a los factores de riesgo.
Acciones para disminuir la vulnerabilidad.
Acciones de cuarentena.
Desarrollar las medidas de prevención y control del caso
49
Formato de recolección de la información brote o caso Acciones Ambientales (SI/NO) CUALES
Monitoreo en la calidad y potabilización del agua
Instrucciones a la comunidad sobre las medidas para
cortar cadena de transmisión.
Técnicas en relación con el tratamiento de aguas
residuales.
Factores ambientales para Zoonosis y ETVs.
Fuente: Elaboración propia
50
Anexo 4: Caracterización Tiempo, Lugar y Persona Del Brote
Curva Epidémica
Distribución por síntomas presentados
Fecha de primera persona enferma: ______
Fecha de última persona enferma: _____
PERSONA
30
28
27
26
25
24
23
22
21
20
19
18
17
16
15
14
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30
FE
CH
AN
UM
ER
O D
E C
AS
O P
OR
DIA
DE
AP
AR
ICIO
N
DIA DE CONSULTA Y SEGUIMIENTO DEL BROTE O CASODIA DE INCIODE SINTOMAS HASTA EL DIA DE CONSULTA
Colocar fechas
GRUPO DE #
HOMBRES %
#
MUJERES %
Menor de 1 año
De 1 – 4 años
De 5 a 14 años
De 15 a 44 años
De 45 a 64 años
De 65 años y mas
TOTAL
No. de personas
que presentan el
síntoma
%: No. de personas que
presentan el síntoma/ Total
de personas enfermas X
100
SINTOMAS
PRESENTADOS
EN LOS CASOS
51
LUGAR
Descripción de la situación sanitaria del lugar: (lo debe realizar quien tenga la
competencia)
Tipo de lugar
Rancho
ESM/ESP
Casino
Unidad/Batallón
Proveniente del Área
Casas fiscales
Condiciones de saneamiento básico:
_________________________________________
Medidas de control:
______________________________________________________
TOMA DE MUESTRAS (Si hubo recolección de muestras biológicas, de alimentos
o de superficies, indicar que se recolectó, para qué tipo de análisis y quien hará
el análisis).
Tipo de examen Tipo de muestra Tipo de técnica RESULTADO Fecha
Microbiológico Suero Fresco/Microscopio
Virológico LCR IFI
Parasitaria Orina HA
Genético Materia fecal Cultivo
Molecular Otros Líquidos
corporales
PCR
Cito químico Agua IgM
Otros: Alimentos IgG
Nombre de profesional y teléfono que elaboró el informe: _______________
52
9. Enfermedades Prevenibles por vacunación a intervenir
Grupo de trabajo:
Ministerio de la Defensa Nacional, Fuerzas Militares y Policía
Nacional
Alba Cecilia Moreno Moreno
Ministerio de Salud y Protección Social
Jacqueline Palacios
Consuelo Pinzón Gutierrez
Instituto Nacional de Salud
Karen Reyes
53
9.1 Fundamento Normativo
Tabla 8. Normatividad Vigente Enfermedades Prevenibles por Vacunación
NORMA ENTIDAD OBJETO
Constitución
Política de
Colombia de 1991-
Asamblea Nacional
Constituyente
Artículos 16, 42, 43, 44 y 49 -
Ley 100 de 1993
Congreso de la
República de
Colombia
Por la cual se crea el sistema de seguridad
social integral y se dictan otras disposiciones
Ley 352 del 17 de
enero de 1997.
Congreso de la
República de
Colombia
Por la cual se reestructura el Sistema de
Salud y se dictan otras disposiciones en
materia de seguridad social para las Fuerzas
Militares y la Policía Nacional.
Decreto 1795 del
2000
Ministerio de
Defensa Nacional
Por el cual se estructura el Sistema de Salud
de las Fuerzas Militares.
Decreto 3518 de
2006 – Compilado
en el Decreto Único
Reglamentario 780
de 2016. Título 8:
Sistema de
Vigilancia en Salud
Pública- Capítulo :1
Creación del
Sivigila
Ministerio de la
Protección Social
El objetivo de esta capitulo es crear y
reglamentar el Sistema de Vigilancia en
Salud Pública, Sivigila, para la provisión en
forma sistemática y oportuna, de
información sobre la dinámica de los eventos
que afecten o puedan afectar la salud de la
población, con el fin de orientar las políticas
y la planificación en salud pública.
Acuerdo 005 de
2001
Consejo Superior
de Salud de las
Fuerzas Militares y
de la Policía
Nacional.
Por el cual se establece la política general
sobre la conformación de la red prestadora
de servicios de salud en el SSMP
Acuerdo 010 de
2001
Consejo Superior
de Salud de las
Fuerzas Militares y
de la Policía
Nacional
Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía
Nacional – CSSMP que establece el Plan de
Servicios de Sanidad Militar y Policial
54
NORMA ENTIDAD OBJETO
Acuerdo 062 de
2015
Consejo Superior
de Salud de las
Fuerzas Militares y
de la Policía
Nacional
Por el cual se definen las Políticas Generales
y se señalan los lineamientos para la
Promoción de la Salud, Prevención de la
Enfermedad, Vigilancia en Salud Publica y
Asesoría a las acciones de Salud Ambiental
en el SSMP, emitido por el Consejo Superior
de Salud de las Fuerzas Militares y de la
Policía Nacional
Directiva 007 de
2010
Dirección General
de Sanidad Militar
Lineamientos Vigilancia en salud pública para
el SSFM en eventos de interés en salud
pública nacional y eventos de salud pública
operacional
Circular 143850 de
2010
Dirección General
de Sanidad Militar
Lineamientos para el manejo de los eventos
de vigilancia en Salud Pública
Circular No.
143990 de 2010.
Dirección General
de Sanidad Militar
Lineamientos Evaluación Sistema de
Vigilancia (SIVIGILA) adopción de
mecanismos que permita la evaluación
permanente del Sistema de Vigilancia
Epidemiológica “SIVIGILA”, el cual debe
operar en la totalidad de Establecimientos de
Sanidad Militar de acuerdo a lo establecido
en las normas en referencia.
Instructivo 013 de
2001
Dirección General
de Sanidad Militar
Actividades de Vigilancia Epidemiológica a
nivel Nacional
Instructivo 060 de
diciembre 13 de
2001
Dirección General
de Sanidad Militar
Implementación de los Comités de Vigilancia
Epidemiológica Nacional.
Instructivo 042 de
2009
Dirección General
de Sanidad Militar
Modelo de atención en salud familiar con
enfoque e riesgo de la Policía Nacional.
Instructivo 037
DISAN-AGESA de
2011
Dirección General
de Sanidad Militar
Actualización del Instructivo 048 DISAN
AGESA de 2009, con el fin de dar alcance y
desarrollo a los programas de Promoción de
la Salud y Prevención de la Enfermedad, con
énfasis en la gestión del riesgo por etapa
vital”.
Instructivo 2011 Dirección General
de Sanidad Militar
Ajustes a los lineamientos para la
implementación del modelo de atención en
salud de la Dirección de Sanidad.
55
NORMA ENTIDAD OBJETO
El instructivo 014
de 2012
Dirección General
de Sanidad Militar
mediante el cual se establece el modelo de
salud para Policía Nacional y en el ese, la
sala situacional y COVES
9.2 Justificación
En las Fuerzas Militares y la Policía Nacional se presenta con alguna
frecuencia brotes, a causa de enfermedades prevenibles por vacunas,
sin que se haya unificado el manejo de estas. La interrupción de la
transmisión de las enfermedades prevenibles por vacunas constituye
una actividad primordial, por esta razón la vigilancia y la oportunidad de
detección de los eventos es fundamental para la investigación
epidemiológica y la rapidez de respuesta con la que se actué depende el
éxito o el fracaso de estos.
Por lo anterior se hace necesario crear y reglamentar las acciones a
realizar en cada uno de los eventos que se presenten por enfermedades
prevenibles por vacunas, de forma sistemática, oportuna y dinámica de
los eventos que afecten o puedan afectar la salud de la población, con el
fin de orientar y tomar las decisiones que permitan la prevención y
control de enfermedades y factores de riesgo en salud; realizar el
seguimiento y evaluación de las intervenciones; racionalizar y optimizar
los recursos disponibles y lograr la efectividad de las acciones en esta
materia, propendiendo por la protección de la salud individual y
colectiva.
La información obtenida de la implementación de los "Lineamientos
generales para el fortalecimiento de la prevención, vigilancia y control
de eventos de interés en salud pública en comandos - unidades militares
y policiales”, de que trata el presente documento, deberá ser utilizada
para cumplir con las siguientes finalidades: Estimar la magnitud de los
eventos de interés en salud pública, detectar cambios en los patrones de
ocurrencia, distribución y propagación de los eventos ocasionados por
56
las enfermedades prevenibles por vacuna, detectar brotes y epidemias
oportunamente, orientar las acciones específicas de control, identificar
los factores de riesgo o factores protectores relacionados con los
eventos de interés en salud, los grupos poblacionales expuestos a dichos
factores, identificar necesidades de investigación epidemiológica,
facilitar la planificación en salud y la definición de medidas de
prevención y control, facilitar el seguimiento y la evaluación de las
intervenciones en salud, orientar las acciones para mejorar la calidad de
los servicios de salud de los usuarios.
9.3 Finalidad
Emitir ordenes e instrucciones con el fin de coordinar, ejecutar las
acciones y determinar responsabilidades en el personal que interviene
en el manejo de enfermedades prevenibles por vacunas en el
cumplimiento de los lineamientos internos o Manual de Inmunización de
las Fuerzas (guía, directrices, lineamientos), para el Subsistema de
Salud de las Fuerzas Militares y Policía Nacional, que contribuya en la
vigilancia epidemiológica.
Estandarizar la forma de intervenir brotes epidémicos al interior de
FFMM y PONAL con el fin de ejecutar acciones coordinadas que permitan
disminuir la morbimortalidad, definir actividades y responsables,
establecer parámetros de seguimiento y control, contribuir al
conocimiento del proceso de salud enfermedad y establecer efectividad
de las medidas implementadas. Y establecer las coordinaciones
necesarias con entidades territoriales que faciliten la intervención
adecuada y oportuna de los eventos de interés en salud pública.
9.4 Objetivos Específicos
a. Proteger a la población afiliada al Subsistema de Salud de las
Fuerzas Militares y Policía Nacional de las enfermedades
prevenibles por vacunas, para evitar epidemias.
b. Disminuir las tasas de morbilidad y mortalidad, gastos de
hospitalización, tratamientos, incapacidades, indemnización,
rehabilitación y pensión.
57
c. Identificar, notificar, investigar, analizar y confirmar casos de
enfermedades prevenibles por vacunas, sujetos a vigilancia
epidemiológica.
d. Identificar, notificar, investigar, analizar, confirmar y controlar
oportunamente brotes y posibles epidemias de enfermedades
prevenibles por vacunas.
9.5 Instrucciones Generales Ejecución
9.5.1 Misiones particulares
9.5.1.1 Inspección General de las Fuerzas Militares, Dirección de Sanidad de la Policía Nacional
a. Supervisa el cumplimiento del presente documento.
9.5.1.2 Comandos de Fuerza Ejército Nacional, Armada Nacional y Fuerza Aérea Colombiana, Policía Nacional.
b. Brindar el apoyo logístico necesario que se requiera para atender
las acciones correspondientes a los eventos presentados por
enfermedades prevenibles por vacunas, a través de las unidades
militares.
c. Realizar seguimiento y control a través de las Direcciones de
Sanidad de las Fuerzas, a las acciones a realizar en los eventos
presentados por enfermedades prevenibles por vacunas.
d. Apoyar en la divulgación del presente documento en los Comandos
de Unidades Militares de Ejército Nacional, Armada Nacional y
Fuerza Aérea Colombiana y Seccionales y Unidades de Sanidad
Policial, Regiones, Comandos de Policía, Escuelas de Formación de
la Policía Nacional
9.5.1.3 Comandos de Unidades Militares de Ejército Nacional, Armada Nacional y Fuerza Aérea Colombiana Seccionales y Unidades de Sanidad Policial.
a. Brindar apoyo necesario a los Establecimientos de Sanidad Militar y
de Policía Nacional en las acciones a realizar en los eventos
presentados por enfermedades prevenibles por vacunas.
58
b. Atienden las recomendaciones impartidas por quien lidera el grupo
que atiende el evento presentado, por alguna de las enfermedades
prevenibles por vacunas.
c. Informa permanentemente a los Comandantes de Fuerza y
Director de Sanidad de la Policía Nacional las acciones que se
realizan en el manejo del evento.
d. Autoriza el ingreso al ente territorial para brindar apoyo en el
estudio de campo.
e. Convoca a reunión al Jefe del Establecimiento de Sanidad Militar y
de Sanidad de la Policía Nacional, epidemiólogo si lo hay, con los
representantes del ente territorial y personal de la Dirección de
Sanidad y Dirección General estos dos últimos si se requieren, con
el fin de coordinar acciones a realizar para el control del evento
presentado.
f. Convoca a reunión una vez finalizado el evento al Jefe del
Establecimiento de Sanidad Militar y de Sanidad de la Policía
Nacional, epidemiólogo si lo hay, con los representantes del ente
territorial y personal de la Dirección de Sanidad y Dirección
General estos dos últimos si se requieren, con el fin de cerrar el
evento presentado.
9.5.1.4 Dirección General de Sanidad Militar y Dirección de Sanidad de la Policía Nacional
a. Dirigir el Sistema de Vigilancia Epidemiológica del Subsistema de
Salud de las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
b. Definir las políticas requeridas para el adecuado funcionamiento y
operación del Sistema de Vigilancia para el Subsistema de Salud de
las Fuerzas Militares y de Policía Nacional.
c. Realiza el seguimiento evaluación y control del cumplimiento de
las directrices en el presente “Lineamientos generales para el
fortalecimiento de la prevención, vigilancia y control de
eventos de interés en salud pública en comandos -
unidades militares y policiales”
d. Coordinar la participación activa de las organizaciones del sector
salud y de otros sectores del ámbito nacional, en el desarrollo del
Sistema de Vigilancia del Sistema de Vigilancia para el Subsistema
de Salud de las Fuerzas Militares y de Policía Nacional.
59
e. Asesora a las Direcciones de Sanidad de las Fuerzas y a los
Establecimientos de Sanidad Militar y de Policía Nacional en cada
uno de los eventos presentados.
f. Brinda acompañamiento a las Direcciones de Sanidad de las
Fuerzas, Establecimientos de Sanidad Militar y de Policía Nacional
en cada uno de los eventos presentados.
g. Rendir informe de 24 horas, 72 horas o los que requiera el evento
más el informe final para las infectocontagiosas
h. Realizar el análisis de la situación de la salud del Subsistema de
Salud de las Fuerzas Militares y de Policía Nacional, cada uno de
los eventos presentados, con base en la información generada por
la vigilancia y otras informaciones que permitan definir áreas
prioritarias de intervención en salud pública y orientar las acciones
de control de los problemas bajo vigilancia.
i. El Ministerio de la Protección Social e Instituto Nacional de Salud
definirán las normas técnicas y estrategias para la vigilancia en
Salud Pública.
j. Implementar las recomendaciones impartidas por el Ministerio de
la Protección Social y el Instituto Nacional de Salud en lo referente
a las acciones a realizar para mitigar, eliminar o controlar un
evento de interés en salud pública.
k. Supervisar y evaluar las acciones de vigilancia en salud pública
realizadas por las Direcciones de Sanidad, Establecimientos de
Sanidad Militar, y de Policía Nacional y las entidades territoriales,
en las áreas de su competencia.
9.5.1.5 Dirección de Sanidad Militar Ejército Nacional –Armada Nacional – Fuerza Aérea Colombiana y Policía Nacional
a. Operativizar y divulgar el presente documento "Lineamientos
generales para el fortalecimiento de la prevención, vigilancia y
control de eventos de interés en salud pública en comandos -
unidades militares y policiales”, a quienes intervienen en el manejo
de eventos por enfermedades prevenibles por vacunas en los
Establecimientos de Sanidad Militar y de Policía Nacional
b. Informar de inmediato los casos presentados por enfermedades
prevenibles por vacunas a la Dirección General de Sanidad Militar y
Dirección de Sanidad de la Policía Nacional
60
c. Apoyar a los entes territoriales en la gestión del Sistema de Vigilancia
en Salud Pública y en el desarrollo de acciones de vigilancia y control
epidemiológico en las áreas de su competencia, cuando así se
requiera.
d. Analizar y divulgar la información generada por los eventos
presentados por enfermedades prevenibles por vacunas, y enviar los
informes en los tiempos establecidos a la Dirección General de
Sanidad Militar y de Policía
e. Asesora a los Establecimientos de Sanidad Militar y de Policía Nacional
en cada uno de los eventos presentados.
f. Brinda acompañamiento a los Establecimientos de Sanidad Militar en
cada uno de los eventos.
g. Implementar las recomendaciones impartidas por el Ministerio de la
Protección Social e Instituto Nacional de Salud en lo referente a las
acciones a realizar para mitigar, eliminar o controlar un evento de
interés en salud pública.
h. Supervisar y evaluar las acciones de vigilancia en salud pública
realizadas por los Establecimientos de Sanidad Militar- policial y las
entidades territoriales, en las áreas de su competencia.
i. Coordinar y gestionar capacitación para el personal profesional de
salud de los Establecimientos de Sanidad, cada año en temas
inherentes al manejo de enfermedades prevenibles por vacunas, en
razón a la alta rotación.
9.5.1.6 Establecimientos de Sanidad Militar de Ejército, Armada y Fuerza Aérea y Policía Nacional
a. Los Establecimientos de Sanidad Militar de cada Fuerza serán los
responsables de ejecutar y cumplir las directrices emitidas en el
presente documento.
b. Informar los eventos de enfermedades prevenibles por vacuna de
forma inmediata a la Dirección de Sanidad.
c. Realizar las acciones tendientes a detectar y confirmar los eventos
sujetos a vigilancia, incluyendo la realización de toma de exámenes
de laboratorio y demás procedimientos diagnósticos.
d. Asegurar las intervenciones individuales y colectivas, que sean de su
competencia.
e. Analizar y utilizar la información de vigilancia para la toma de
decisiones que afecten o puedan afectar la salud individual o colectiva
de su población atendida.
61
f. Notificar la ocurrencia de eventos sujetos a vigilancia, dentro de los
términos establecidos, y suministrar la información complementaria
que sea requerida por la autoridad sanitaria, para los fines propios del
Sistema de Vigilancia en Salud Pública.
g. Participar en las estrategias de vigilancia especiales planteadas por la
autoridad sanitaria territorial de acuerdo con las prioridades en salud
pública.
9.6 Generalidades enfermedades prevenibles por vacunación a intervenir
9.6.1 Vigilancia de brotes y epidemias
Epidemia es un problema de salud pública, relacionado con el aumento
no esperado de la incidencia de un evento de salud, para un área
geográfica y periodo determinados. Es sujeto de notificación,
investigación e intervención inmediata. Un solo caso de una
enfermedad que no ha aparecido en los últimos años se considerará
también epidemia.
Se considera brote al aumento inusual en el número de casos
relacionados epidemiológicamente, de aparición súbita y diseminación
localizada en una compañía, pelotón, unidad militar. El brote es un
indicador de transmisión activa de la enfermedad y deben ser tratados
como emergencias sanitarias. Todo brote o epidemia de cualquier
enfermedad transmisible, son sujetos a notificación obligatoria. Las
condiciones para realizar una investigación de brote son:
a. Cuando la enfermedad es prioritaria. - estas son definidas por cada
país en función de criterios epidemiológicos nacional o
internacionalmente establecidos y en función del alcance de las
medidas de control.
b. Cuando la enfermedad excede de su ocurrencia usual. - en una
población específica, en un determinado periodo de tiempo y área
geográfica de ocurrencia habitual.
c. La enfermedad parece tener una fuente común. - esto permite
corregir de forma temprana el brote y evitar mayor afectación.
62
d. La enfermedad parece tener una severidad mayor de la usual. - a
partir del análisis de la mortalidad y la tasa de hospitalización
permite determinar si la enfermedad tiene una gravedad mayor de
lo habitual.
e. La enfermedad es nueva, emergente o desconocida en el área.
f. La enfermedad es de interés público.
g. La enfermedad está relacionada con emergencias en situaciones de
desastres. - la aparición de emergencia o desastres conllevan a la
aparición de brotes de distintas enfermedades, debido a la
movilización de grupos de población
9.6.2 Periodicidad de la notificación
Inmediata: para todos los eventos de enfermedades prevenibles por
vacunas se realiza en las primeras 24 horas de captado el caso
sospechoso o probable al nivel administrativo, entidades territoriales
correspondientes por la vía de comunicación más rápida y al Centro
Nacional de Enlace del Ministerio de Salud y Protección Social.
Las enfermedades infecciosas son causadas por microorganismos
patógenos como las bacterias, virus, parásitos y hongos. Estas
enfermedades pueden transmitirse, directa o indirectamente, de una
persona a otra.
9.6.3 Enfermedades prevenibles por Vacunas
Un solo caso presentado será considerado brote (según cumpla relación
de las variables epidemiológicas, se detecte el caso en personal militar y
éste comparta con un grupo previo al inicio de los síntomas) por lo que
el informe debe ser de inmediato según lo indicado, hoy en día, según la
Organización Mundial de la Salud, existen vacunas disponibles que
permiten prevenir enfermedades bacterianas y virales como:
Bacterianas:
Cólera
Tos Ferina
Difteria
Fiebre Tifoidea
Heamophilus Influenzae tipo b
63
Infecciones por meningococos
Infecciones por neumococo
Tétanos
Tuberculosis
Virales:
Fiebre Amarilla
Gripe (Estacional, pandémica)
Hepatitis A
Hepatitis B
Parotiditis
Poliomielitis
Rabia
Sarampión
Rubeola
Varicela
Las enfermedades a tratar en el presente documento son las que se
presentan mayor ocurrencia en los usuarios del Subsistema de Salud de
las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
10.6.10 9.6.3.1 Parotiditis
Ante la identificación de uno (que haya compartido con un grupo) o más
casos de parotiditis que se relacionen tiempo, lugar y espacio, se debe
realizar el aislamiento preventivo e iniciar la investigación
epidemiológica de acuerdo a lo establecido en el protocolo de vigilancia
de forma inmediata con el fin de identificar los contactos cercanos, los
factores que podrían haber facilitado la circulación del virus, así como
ayuda a determinar los factores de riesgo de contraer la enfermedad y
la identificación temprana en los grupos objeto de intervención de las
Fuerzas y de Policía Nacional.
Acciones a realizar
64
UPGD: Informar de manera inmediata a la DISAN y entidad
territorial continuar la línea de comunicación hasta incluir todos los
actores del sistema de notificación y control de brotes.
UPGD: Asegurar que la información llegue a entidades de nivel
nacional (INS y MSPS).
ENTE TERRITORIAL: Enviar un consolidado mensual al referente
nacional de los brotes que se presenten en la entidad territorial,
indicando: la fecha de notificación, el nombre del lugar donde se
presentó, el número de casos expuestos y susceptibles, la semana
epidemiológica en la cual se presentó, la fecha de inicio de
síntomas del último caso, la fecha de cierre estado del brote.
UPGD: Enviar el informe de brote de 24 y 72 horas de identificado
el brote.
ENTE TERRITORIAL - ESM: Realizar en conjunto el informe de 72
horas de identificado el brote o los que se requiera, y el informe
final de cierre de brote el cual se realizaría pasado un periodo de
incubación sin registrar nuevos casos a partir del último caso
identificado (teniendo en cuenta los antecedentes y la distribución
de los casos identificados en el área).
UPGD: El médico o personal encargado de la atención en salud
diligenciará la ficha de notificación establecida por el Instituto
Nacional de Salud.
UPGD: Entrada al sistema SIVIGILA de la información de la ficha
de notificación, evaluando la calidad de la misma
ENTE TERRITORIAL - ESM: Notificar la ocurrencia de eventos
sujetos a vigilancia dentro de los términos establecidos, y
suministrar la información complementaria que sea requerida por
la autoridad sanitaria, para los fines propios del Sistema de
Vigilancia en Salud Pública.
65
ENTE TERRITORIAL - ESM: Realizar la verificación de antecedente
vacunal de la persona o grupo afectado.
ENTE TERRITORIAL - ESM: Realizar el estudio de brote, siguiendo
la línea de INS para ello.
La vacuna no podrá ser utilizada hasta tanto el grupo epidemiológico a
cargo del estudio de campo no lo autorice, se vacunará solo al personal
que se indique por ellos, teniendo en cuenta que la primera opción del
manejo del evento no es la vacuna, sino las medidas
complementarias (aislamiento, manejo clínico u otras medidas
de contención), se deberá seguir el protocolo establecido por el
Instituto Nacional de Salud INS y /o recomendaciones emitidas por la
Sanidad Militar y de Policía Nacional.
10.6.11 9.6.3.2 Varicela
Es una enfermedad infectocontagiosa, ante la ocurrencia de un brote de
varicela se debe realizar la investigación epidemiológica de acuerdo a lo
establecido en los protocolos de vigilancia.
Acciones a realizar
(Ver lo mencionado anteriormente en literal a - Parotiditis)
Informar de manera inmediata a la entidad territorial y continuar
la línea de comunicación hasta incluir todos los actores del sistema
de notificación y control de brotes.
Asegurar que la información llegue a entidades de nivel
nacional.(INS y MSPS)
Enviar el informe de avance de la investigación de campo de 24 y
72 horas o los que se requieran de identificado el brote y el
informe final de cierre de brote el cual se realizaría pasado un
periodo de incubación sin registrar nuevos casos a partir del
último caso identificado (teniendo en cuenta los antecedentes y la
distribución de los casos identificados en el área).
66
Entrada al sistema SIVIGILA de la información de la ficha de
notificación, evaluando la calidad de la misma
Notificar la ocurrencia de eventos sujetos a vigilancia dentro de los
términos establecidos, y suministrar la información
complementaria que sea requerida por la autoridad sanitaria, para
los fines propios del Sistema de Vigilancia en Salud Pública.
Realizar la verificación de antecedente vacunal de la persona o
grupo afectado.
Realizar el estudio de brote, siguiendo la línea de INS para ello.
Enviar un consolidado mensual al referente Nacional de los brotes
que se presenten en la entidad territorial, indicando: la fecha de
notificación, el nombre del lugar donde se presentó, el número de
casos expuestos y susceptibles, la semana epidemiológica en la
cual se presentó, la fecha de inicio de síntomas del último caso, la
fecha de cierre estado del brote.
La vacuna no podrá ser utilizada hasta tanto el grupo epidemiológico a
cargo del estudio de campo no lo autorice, se vacunará solo al personal
que se indique por ellos, teniendo en cuenta que la primera opción del
manejo del evento no es la vacuna, sino las medidas
complementarias (aislamiento, manejo clínico u otras medidas
de contención), se deberá seguir el protocolo establecido por el
Instituto Nacional de Salud y /o recomendaciones emitidas por la
Sanidad Militar y de Policía Nacional.
10.6.12 9.6.3.3 Hepatitis A (Ver lo mencionado anteriormente en literal a - Parotiditis)
La infección virus de la hepatitis A es una de las causas más frecuentes
de infección de transmisión alimentaria. Las epidemias asociadas a
alimentos o agua contaminados pueden aparecer de forma explosiva de
información inmediata.
Acciones a realizar
(Ver lo mencionado anteriormente en literal a - Parotiditis
67
Enviar el informe de avance de la investigación de campo de 24 y
72 horas de identificado el brote o los que se requiera y el informe
final (40) días o al terminar el brote o cuando se logre controlar.
El médico o personal encargado de la atención en salud
diligenciará la ficha de notificación establecida por el Instituto
Nacional de Salud.
Notificar la ocurrencia de eventos sujetos a vigilancia dentro de los
términos establecidos, y suministrar la información
complementaria que sea requerida por la autoridad sanitaria, para
los fines propios del Sistema de Vigilancia en Salud Pública.
Analizar y utilizar la información de la vigilancia para la toma de
decisiones que afecten o puedan afectar la salud individual o
colectiva de la población afiliada, hay que analizar detenidamente
la adquisición de agua potable, hacer seguimiento a alimentos
consumidos y manejo de excretas
Realizar la verificación de antecedente vacunal de la persona o
grupo afectado.
Suministrar la información de su población afiliada a la autoridad
sanitaria de su jurisdicción, dentro de los lineamientos y fines
propios del Sistema de Vigilancia en Salud Pública
La vacuna no podrá ser utilizada hasta tanto el grupo epidemiológico a
cargo del estudio de campo no lo autorice, se vacunará solo al personal
que se indique por ellos, teniendo en cuenta que la primera opción del
manejo del evento no es la vacuna, sino las medidas complementarias
(aislamiento, manejo clínico u otras medidas de contención), se deberá
seguir el protocolo establecido por el Instituto Nacional de Salud y /o
recomendaciones emitidas por la Sanidad Militar y de Policía Nacional.
10.6.13 9.6.3.4 Meningitis
(Ver lo mencionado anteriormente en literal a - Parotiditis)
Es de notificación e información inmediata y con el objeto de disminuir
la morbilidad y mortalidad por meningitis bacterianas agudas causada
68
por S. pneumoniae, N. meningitidis y H. Influenzae, debe realizar las
siguientes acciones:
Acciones a realizar
Informar de manera inmediata a la entidad territorial quien deberá
informar a nivel nacional.
Enviar el informe de brote de 24 y 72 horas de identificado el
brote y el informe final de cierre de brote, el cual se realizaría
pasado un periodo de incubación sin registrar nuevos casos a
partir del último caso identificado (teniendo en cuenta los
antecedentes y la distribución de los casos identificados en el
área).
El médico diligenciara la ficha de notificación establecida por el
Instituto Nacional de Salud.
Notificar la ocurrencia de eventos sujetos a vigilancia dentro de los
términos establecidos, y suministrar la información
complementaria que sea requerida por la autoridad sanitaria, para
los fines propios del Sistema de Vigilancia en Salud Pública.
Fortalecer la capacitación del recurso humano en la detección de
casos probables, toma de muestra y notificación de los casos de
Meningitis Agudas Bacterianas desde las unidades primarias
generadoras del dato (UPGD).
Todo caso notificado como probable de meningitis bacteriana,
deberá tener la muestra correspondiente (líquido cefalorraquídeo),
para la identificación del agente causal y así, establecer la
clasificación final de casos y realizar el ajuste pertinente.
Si el agente etiológico encontrado es diferente a Streptococcus
pneumonie, Haemophilus influenzae y Neisseria meningitidis, debe
informarse de qué microorganismo se trata al realizar el ajuste en
datos de laboratorio, con el fin de conocer los agentes etiológicos
69
bacterianos que pueden estar causando meningitis a nivel
nacional.
Todos los cultivos o aislamientos obtenidos de casos confirmados
de meningitis bacterianas por S. pneumoniae, H. influenzae y N.
meningitidis, deberán ser enviados al grupo de Microbiología de la
Subdirección Red Nacional de Laboratorios del INS, con el fin de
ser caracterizados fenotípicamente y genotípicamente.
Teniendo en cuenta que la meningitis bacteriana es una situación de
urgencia clínica, pero también de urgencia epidemiológica se deberá
proceder a la investigación de los casos, siguiendo las medidas
establecidas en el protocolo del INS; se debe tomar como mínimo las
siguientes acciones:
Iniciar periodo aislamiento al personal que corresponda.
Identificar contactos estrechos e instituir la quimioprofilaxis
(búsqueda diaria de casos).
Establecer el riesgo para contactos con pacientes portadores de
enfermedades inmunosupresoras o en edades extremas (menor de
dos años y mayor de 60 años), también puede analizarse para
indicar medidas de intervención como inmunización y/o
quimioprofilaxis.
Identificar los antecedentes de vacunación en el caso y sus
contactos para establecer la intervención adecuada en cuanto a
prevención de otros casos, si hay vacuna para el agente causal
disponible.
La vacuna no podrá ser utilizada hasta tanto el grupo epidemiológico a
cargo del estudio de campo no lo autorice, se vacunará solo al personal
que se indique por ellos, teniendo en cuenta que la primera opción del
manejo del evento no es la vacuna, sino las medidas complementarias
(aislamiento, manejo clínico u otras medidas de contención), se deberá
seguir el protocolo establecido por el Instituto Nacional de Salud INS y
/o recomendaciones emitidas por la Sanidad Militar y de Policía Nacional.
70
10.6.14 9.6.3.5 Fiebre Amarilla
Es una enfermedad viral, infecciosa, usualmente aguda y de gravedad
variable, ante la presencia de un brote de Fiebre Amarilla se debe enviar
el informe de avance de la investigación de campo de 24 y 72 horas de
identificado el brote o los que se requieran y el informe final al terminar
el brote o cuando se logre controlar.
Acciones a realizar
Notificar la ocurrencia de eventos sujetos a vigilancia dentro de los
términos establecidos, y suministrar la información
complementaria que sea requerida por la autoridad sanitaria, para
los fines propios del Sistema de Vigilancia en Salud Pública.
Evaluar si el contingente o grupo de militares han estado en zona
endémica continuación anexo 3.
Verificar si el personal ha sido objeto de vacunación en los últimos
5 días.
Garantizar la toma de muestras a todo caso probable y su
oportuna investigación de campo (durante las primeras 48 horas
de notificación).
Búsquedas activas comunitarias cuando se presenten casos
probables.
Implementar por dos periodos epidemiológicos seguimiento de
casos con enfermedades ictéricas.
La primera opción del manejo del evento son las medidas
complementarias (aislamiento, manejo clínico u otras medidas
de contención), se deberá seguir el protocolo establecido por el INS y
/o recomendaciones emitidas por la Sanidad Militar y de Policía Nacional.
Tos Ferina
71
Ante la presencia de un brote de tos ferina se debe enviar el informe de
avance de la investigación de campo de 24 y 72 horas de identificado el
brote y el informe final al terminar el brote o cuando se logre controlar.
Acciones a realizar
ENTE TERRITORIAL: Realizar investigación epidemiológica de
campo (IEC) al 100 % de los casos notificados. La IEC debe
contener como mínimo: lugar y fecha de visita, datos del caso
probable, datos de contactos (si aplica), características de la
vivienda, características de la familia, relación de habitantes del
hogar, antecedentes de vacunación, búsqueda activa comunitaria,
operación de barrido, relación y entrega de profilaxis, responsable
del informe.
ESM: Notificar la ocurrencia de eventos sujetos a vigilancia dentro
de los términos establecidos, y suministrar la información
complementaria que sea requerida por la autoridad sanitaria, para
los fines propios del Sistema de Vigilancia en Salud Pública.
Todo caso confirmado por laboratorio que se procese por fuera de
los laboratorios departamentales de salud pública o del Grupo de
Microbiología del INS, debe ser verificado por las entidades
territoriales y remitido al Grupo de Microbiología del INS y al
referente de tos ferina de la dirección de vigilancia (se debe enviar
el soporte de procesamiento de la muestra con nombre completo,
identificación, fecha, técnica ensayo, resultado y nombre del
laboratorio que procesó).
Revisar los pacientes con resultado negativo para Bordetella spp
que no se puedan confirmar por clínica para la búsqueda de
agentes etiológicos causantes de síndrome coqueluchoide, como:
virus sincitial respiratorio, virus influenza, virus parainfluenza,
metapneumovirus, adenovirus, Mycoplasma pneumoniae,
Chlamidiophyla pneumoniae (antes Chlamydia), entre otros.
72
La vacuna no podrá ser utilizada hasta tanto el grupo epidemiológico a
cargo del estudio de campo no lo autorice, se vacunará solo al personal
que se indique por ellos, teniendo en cuenta que la primera opción del
manejo del evento no es la vacuna, se deberá seguir el protocolo
establecido por el Instituto Nacional de Salud.
IMPORTANTE
9.6.4 Estudio anatomopatológico y necropsia
En los casos de muertes por enfermedades prevenibles por vacunas es
obligatoria la toma de muestras para estudio anatomopatológico y su
envío al laboratorio de patología del Instituto Nacional de Salud, al que
debe anexarse un informe que incluya la causa de muerte, agentes
causantes, epicrisis y el resumen de la historia clínica. En caso de no
tener la autorización de los padres o cuidadores, se aplicará lo
contemplado en la Ley 9 de 19795, en el Decretos 786 de 1990, y en el
Decreto Único Reglamentario 780 de 2016 (Título 8).
Los ESM/ESP podrán realizar la solicitud por escrito a la entidad que se
encuentre atendiendo el caso y que objete la realización de la misma,
para tenerla como evidencia de la gestión institucional en cumplimiento
a la normatividad nacional.
No dé información antes de que se comunique y reciba
instrucciones de la Dirección de Sanidad respectiva y de la Policía
Nacional.
Recuerde que por competencia y por norma, el ente territorial
debe hacer el acompañamiento y la asesoría de la atención de
brote.
No restrinja el ingreso a las instalaciones al ente territorial y exija
el acta de trabajo antes de que se retiren de las instalaciones
militares y de Policía Nacional.
Toda la información que sea solicitada por el ente territorial, debe
ser autorizada por la Dirección de Sanidad respectiva y de la
Policía Nacional.
5 Lineamientos para la prevención vigilancia y control en Salud Pública 2015, Pág 20 de 63
73
Toda visita de un ente externo debe cumplir con los protocolos de
seguridad vigentes de las Fuerzas Militares y de Policía Nacional.
No olvide el envío de informe de 24, 72 horas e informe de cierre
a las Direcciones de Sanidad, Dirección General de Sanidad Militar
y de Policía Nacional.
Recuerde que un solo caso para Fuerzas Militares y Policía
Nacional es brote, solo cambia para la notificación al SIVIGILA.
Para la toma de muestras favor remitirse a los protocolos del INS
según el evento.
En el informe debe quedar consignado el nombre y cargo de:
1. Quien ordena vacunación y
2. Quien ordene el envío del personal para la casa
74
Anexo 4 Manejo eventos inmunoprevenibles
Parotiditis
CASO PAROTIDITIS - DETECCION OPORTUNA- INFORMAR DE
INMEDIATO A LA DIRECCIÓN DE SANIDAD CORRESPONDIENTE ESTA A
LA DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD MILITAR- NOTIFICAR
SEMANALMENTE A SIVIGILA - TRABAJO DE CAMPO – DETECCION CASO
INDICE- BUSCAR CONTACTOS CERCANOS Y POR DONDE INGRESO LA
ENFERMEDAD (SUSCEPTIBLES) – ACCIONES INDIVIDUALES Y
COLECTIVAS.
Periodo de incubación: De 16 a 18 días, con un rango entre 14 a 25
días.
Periodo de transmisibilidad: El virus ha sido aislado de la saliva
desde 7 días antes, hasta 9 días después del inicio de la parotiditis.
Tabla 9 Parotiditis – Acciones Individuales y Acciones Colectivas
Acciones Individuales Acciones Colectivas
VACUNACION: se debe tener en cuenta:
1. Periodo de incubación de la enfermedad.
9.6.3 2. Los días desde que aparece fiebre, vomito,
edema e inflamación unilateral o bilateral de las
glándulas parotídeas o salivales, de duración mayor
o igual a dos días sin causa aparente.
9.6.4 3. Forma de Transmisión de la enfermedad.
9.6.5 4. No todos los brotes se deben manejar con
vacuna, asesórese con la Dirección de Sanidad
correspondiente y/o Dirección General de Sanidad
Militar.
9.6.6 5. Si utiliza la vacuna previa autorización debe
hacerse en las siguientes 48 horas, sino es posible
no vacune, se hace necesario implementar los
mecanismos de control establecidos en el Protocolo
del INS, vacune a al personal que llega por primera
vez a la unidad antes del ingreso no después.
6. Por ningún motivo los casos deben enviarse a
casa.7. Los casos presentados en las unidades
1. Aislamiento
2. Uso de tapaboca
3. Educación
4. Desinfección general,
de los baños, objetos
utilizados, como menaje y
elementos de uso común.
75
Acciones Individuales Acciones Colectivas
Militares no deben ser movilizados por ningún
motivo a otras zonas mientras que la Dirección de
Sanidad determina el tiempo establecido para el
evento.
9.6.7 8. No vacune el personal adulto con vacuna que no
corresponda a cepa Jeryl-Lynn.
A QUIEN NO VACUNAR:
1. No de orden de vacunar si no conoce el protocolo.
2. Quienes tengan antecedentes de vacunación previa.
3. A quienes han tenido la enfermedad.
4. A los contactos que se encuentran a 6 metros de
distancia.
5. Mayores de 60 años.
6. Mujeres embarazadas.
7. Mujeres lactantes.
8. Pacientes Inmunosuprimidos.
9. Si fueron vacunados antes de 4 semanas con
vacunas vivas.
10. Si recibieron Inmunoglobulinas 6 meses antes.
COMPLICACIONES:
1. Meningitis aséptica
2. Artritis.
3. Tiroiditis.
4. Mastitis.
5. Glomerulonefritis.
6. Miocarditis.
7. Fibroelastosis endocárdica.
8. Trombocitopenia.
9. Ataxia cerebelar.
10. Mielitis transversa.
11. Encefalitis.
12. Pancreatitis.
13. Ooforitis.
14. Trastornos auditivos irreversibles.
76
Varicela
CASO VARICELA - DETECCION OPORTUNA- INFORMAR DE INMEDIATO A
LA DIRECCIÓN DE SANIDAD CORRESPONDIENTE ESTA A LA DIRECCIÓN
GENERAL DE SANIDAD MILITAR- NOTIFICAR SEMANALMENTE A
SIVIGILA - TRABAJO DE CAMPO – DETECCION CASO INDICE- BUSCAR
CONTACTOS CERCANOS Y POR DONDE INGRESO LA ENFERMEDAD
(SUSCEPTIBLES) – ACCIONES INDIVIDUALES Y COLECTIVAS.
Periodo de incubación: El periodo de la incubación para la varicela es
10 - 21 días, generalmente entre 14-16 días.
Periodo de transmisibilidad: Dura hasta cinco días, pero
generalmente es de uno a dos días antes del comienzo del exantema de
varicela, y persiste hasta que todas las lesiones están encostradas; sin
embargo, el contagio puede durar hasta el quinto día después del inicio
de las lesiones. En los pacientes inmunocomprometidos con varicela
progresiva, probablemente el periodo de transmisibilidad sea durante
todo el tiempo de erupción de nuevas lesiones. Este virus es muy
infeccioso, y produce infección secundaria en contactos cercanos
susceptibles en proporción cercana al 90%.
Tabla 10 Varicela – Acciones Individuales y Acciones Colectivas
Acciones Individuales Acciones Colectivas
VACUNACION: se debe tener en cuenta:
1. Periodo de incubación de la enfermedad.
2. Tener en cuenta los días con fiebre moderada,
síntomas generales mínimos, y una erupción
cutánea de tipo maculopapular durante pocas
horas, y vesicular durante tres o cuatro días, que
deja costras granulosas.
3. Forma de Transmisión de la enfermedad.
4. No todos los brotes se deben manejar con vacuna,
asesórese con la Dirección de Sanidad
correspondiente y/o Dirección General de Sanidad
Militar.
5. Si utiliza la vacuna previa autorización debe
hacerse en las siguientes 48 horas, sino es posible
1. Educación.
2. Desinfección general, de
los baños, objetos
utilizados, como menaje
y elementos de uso
común.
77
Acciones Individuales Acciones Colectivas
no vacune, se hace necesario implementar los
mecanismos de control establecidos en el
Protocolo del INS, vacune a al personal que llega
por primera vez a la unidad antes del ingreso no
después.
6. Por ningún motivo los casos deben enviarse a
casa, recuerde las complicaciones en
embarazadas.
7. Los casos presentados en las unidades Militares
no deben ser movilizados por ningún motivo a
otras zonas mientras que la Dirección de Sanidad
determina el tiempo establecido para el evento.
A QUIEN NO VACUNAR:
1. No de orden de vacunar si no conoce el protocolo.
2. Quienes tengan antecedentes de vacunación
previa.
3. A quienes han tenido la enfermedad.
4. A los contactos que se encuentran a 6 metros de
distancia.
5. Mayores de 60 años.
6. Mujeres embarazadas.
7. Mujeres lactantes.
8. Pacientes Inmunosuprimidos.
9. Si fueron vacunados antes de 4 semanas con
vacunas vivas.
10. Si recibieron Inmunoglobulinas 6 meses antes.
COMPLICACIONES:
1. Sobre-infección bacteriana de lesiones cutáneas
(Streptococcus beta hemolítico)
2. Pulmón: neumonitis viral (fatal).
3. Neurológicas: encefalitis, cerebelitis, meningitis,
mielitis, síndrome de Guillain Barré, síndrome de
Reyé.
4. Varicela hemorrágica: vesículas con contenido
hemorrágico.
5. Otros: miocarditis, pericarditis, hepatitis, nefritis.
78
Hepatitis A
CASO HEPATITIS A - DETECCION OPORTUNA- INFORMAR DE
INMEDIATO A LA DIRECCIÓN DE SANIDAD CORRESPONDIENTE ESTA A
LA DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD MILITAR- NOTIFICAR
SEMANALMENTE A SIVIGILA - TRABAJO DE CAMPO – DETECCION CASO
INDICE- BUSCAR CONTACTOS CERCANOS Y POR DONDE INGRESO LA
ENFERMEDAD (SUSCEPTIBLES) – ACCIONES INDIVIDUALES Y
COLECTIVAS.
Periodo de incubación: De 15 a 50 días, con promedio de 30 días.
Periodo de transmisibilidad: La infectividad máxima ocurre durante
la segunda mitad del período de incubación y continúa algunos días
después del inicio de la ictericia; también coincide con el período de
altos niveles séricos de aminotranferasas en casos anictéricos.
Tabla 11 Hepatitis A – Acciones Individuales y Acciones Colectivas
Acciones Individuales Acciones Colectivas
VACUNACION: se debe tener en cuenta:
1. Esta medida de intervención no reemplaza el
control de factores de riesgo de tipo ambiental y
sanitario.
2. Periodo de incubación de la enfermedad.
3. Tener en cuenta días paciente con malestar
general, anorexia, náuseas y molestias
abdominales, con alteración en pruebas de función
hepática, no atribuible a otras causas, acompañado
o no de fiebre, ictericia, coluria, acolia o dolor en
hipocondrio derecho, en el cual el médico tratante
hace impresión diagnóstica de hepatitis A.
4. Forma de Transmisión de la enfermedad.
5. No todos los brotes se deben manejar con vacuna,
asesórese con la Dirección de Sanidad
correspondiente y/o Dirección General de Sanidad
Militar.
6. Si utiliza la vacuna previa autorización debe hacerse
en las siguientes 48 horas, sino es posible no
vacune, se hace necesario implementar los
1. Educación.
2. Desinfección general,
de los baños, objetos
utilizados, como
menaje y elementos
de uso común.
79
Acciones Individuales Acciones Colectivas
mecanismos de control establecidos en el Protocolo
del INS, vacune a al personal que llega por primera
vez a la unidad antes del ingreso no después.
7. Por ningún motivo los casos deben enviarse a casa,
recuerde las complicaciones en embarazadas.
8. Los casos presentados en las unidades Militares no
deben ser movilizados por ningún motivo a otras
zonas mientras que la Dirección de Sanidad
determina el tiempo establecido para el evento.
9. La vacunación es exitosa cuando hablamos de
comunidad cerrada o cautiva, y entre la fecha de
inicio de síntomas del caso índice y la intervención
el tiempo transcurrido es menor a 15 días
A QUIEN NO VACUNAR:
1. No de orden de vacunar si no conoce el protocolo.
2. Quienes tengan antecedentes de vacunación previa.
3. A quienes han tenido la enfermedad.
4. A los contactos que se encuentran a 6 metros de
distancia.
5. Mayores de 60 años.
6. Mujeres embarazadas.
7. Mujeres lactantes.
8. Pacientes Inmunosuprimidos.
9. Si fueron vacunados antes de 4 semanas con
vacunas vivas.
10. Si recibieron Inmunoglobulinas 6 meses antes.
COMPLICACIONES:
1. Falla hepática aguda.
2. edema cerebral.
3. Sepsis.
4. Sangrado gastrointestinal e hipoglucemia
80
Meningitis Bacteriana
CASO MENINGITIS - DETECCION OPORTUNA- INFORMAR DE
INMEDIATO A LA DIRECCIÓN DE SANIDAD CORRESPONDIENTE ESTA A
LA DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD MILITAR- NOTIFICAR
INMEDIATAMENTE A SIVIGILA - TRABAJO DE CAMPO – DETECCION
CASO INDICE- BUSCAR CONTACTOS CERCANOS Y POR DONDE
INGRESO LA ENFERMEDAD (SUSCEPTIBLES) – ACCIONES
INDIVIDUALES Y COLECTIVAS.
Periodo de incubación:
Tabla 12 Meningitis Bacteriana - Período de incubación
Haemophilus
influenzae
Streptococcus
pneumoniae Neisseria meningitidis
2 a 4 días 1 a 3 días Varía de 2 a 10 días, con
promedio de 4 días
Periodo de transmisibilidad: Desde 24 hasta 48 horas después de
iniciado el tratamiento adecuado.
Tabla 13 Meningitis Bacteriana – Acciones Individuales y Acciones Colectivas
Acciones Individuales Acciones Colectivas
VACUNACION: se debe tener en cuenta:
1. Puede vacunar previa autorización del epidemiólogo
que está al frente del brote los contactos de los
casos sospechosos y/o confirmados pueden ser
vacunados con el biológico específico para el agente
etiológico, si existe la disponibilidad de la vacuna
que no esté incluida en el esquema nacional de
inmunización. Sin embargo, no remplaza la
quimioprofilaxis cuando esté indicada.
2. Periodo de incubación de la enfermedad.
3. Tener en cuenta fiebre, signos de inflamación
meníngea, disminución del apetito y letargia,
convulsiones, además del abombamiento de la
fontanela, fotofobia, dolor de cabeza y rigidez de
1. Educación.
2. Desinfección general,
de los baños, objetos
utilizados, como
menaje y elementos
de uso común.
81
Acciones Individuales Acciones Colectivas
nuca, irritabilidad.
4. Forma de Transmisión de la enfermedad.
5. No todos los brotes se deben manejar con vacuna,
asesórese con la Dirección de Sanidad
correspondiente y/o Dirección General de Sanidad
Militar.
6. Si utiliza la vacuna previa autorización debe
hacerse en las siguientes 48 horas, sino es posible
no vacune, se hace necesario implementar los
mecanismos de control establecidos en el Protocolo
del INS, vacune a al personal que llega por primera
vez a la unidad antes del ingreso no después.
7. Por ningún motivo los casos deben enviarse a casa,
recuerde las complicaciones en embarazadas.
8. Los casos presentados en las unidades Militares no
deben ser movilizados por ningún motivo a otras
zonas mientras que la Dirección de Sanidad
determina el tiempo establecido para el evento.
9. La vacunación es exitosa cuando hablamos de
comunidad cerrada o cautiva, y entre la fecha de
inicio de síntomas del caso índice y la intervención
el tiempo transcurrido es menor a 15 días
A QUIEN NO VACUNAR:
1. No de orden de vacunar si no conoce el protocolo.
2. Los contactos estrechos.
3. Quienes tengan antecedentes de vacunación previa.
4. A quienes han tenido la enfermedad.
5. A los contactos que se encuentran a 6 metros de
distancia.
6. Mayores de 60 años.
7. Mujeres embarazadas.
8. Mujeres lactantes.
9. Pacientes Inmunosuprimidos.
10. Si fueron vacunados antes de 4 semanas con
vacunas vivas.
11. Si recibieron Inmunoglobulinas 6 meses antes.
82
Anexo 5. Municipios de Riesgo para Fiebre Amarilla
Municipios prioridad 1A: son 52 municipios con evidencia de circulación viral (con casos o muertes de personas o animales), sitios de
brote durante los últimos 12 años (tabla 11,).
Municipios prioridad 1B: 140 municipios vecinos de los municipios categorías 1A, por debajo de 2200 m.s.n.m., con condiciones
ecoepidemiológicas favorables para la presencia del Aedes aegypti y
condición de frontera internacional. (Tabla 12, anexo 1 y 2).
Municipios prioridad 2: 769 Municipios por debajo de 2200 metros sobre el nivel del mar, con presencia de dengue, y altos índices aédicos.
Municipios prioridad 3: 168 Municipios que por su clima y altura por
encima de los 2200 m.s.n.m, no cumplen con el factor de riesgo para la presencia del vector Aedes aegypti y del virus de la fiebre amarilla.
83
Tabla 14 Listado Municipios Prioridad A
Fuente. Ministerio de Salud y Protección, agosto 2016-
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2013 2016
Amazonas Leticia 1 1
Amazonas Puerto Santander 1 1
Caqueta San Vicente del Caguan 2 1 1
Caqueta Florencia 2 2
Caqueta Belén de Andaquies 6 5 1
Caqueta Puerto Rico 4 1 1 2
Caqueta Morelia 1 1
Caqueta Paujíl 1 1
Casanare Maní 1 1
Casanare San Luis de Palenque 1 1
Casanare Nunchia 1 1
Casanare Monterrey 2 2
Casanare Pore 1 1
Casanare Hato Corozal 1 1
Cesar La Jagua lbirico 2 2
Cesar Becenil 1 1
Cesar Codazzi 1 1
Cesar Valledupar 14 2 12
Chocó Rio Sucio 1 1
Guainia Puerto lnirida 1 1
Guajira Dibulla 5 3 2
Guajira Riohacha 1 1
Guaviare San Jose del Guaviare 7 1 5 1
Guaviare La Reforma 1 1
Guaviare Calamar 3 2 1
Guaviare El Retorno 3 1 1 1
Guaviare Miraflores 7 1 5 1
Guaviare Desconocido 1 1
Magdalena Santa Marta 15 4 11
Meta San Juan de Arama 2 1 1
Mela Mesetas 1 1
Meta Puerto Trujillo 1 1
Meta Puerto Rico 2 1 1
Mela La Uribe 1 1
Meta Granada 1 1
Meta El Castillo 1 1
Meta Puerto Gaitán 2 1 1
Meta Puerto Concordia 2 1 1
Meta La Macarena 4 3 1
Meta sin dato 1 1
Norte de Santander Convencion 31 31
Norte de Santander El Carmen 9 9
Norte de Santander El Tarra 2 2
Norte de Santander Teorama 6 6
Norte de Santander Cucutilla 1 1
Norte de Santander Sardinata 4 2 2
Norte de Santander Tibú 31 30 1
Norte de Santander El Zulia 1 1
Putumayo El Orito 5 5
Putumayo Valle del Guamez 1 1
Putumayo Villagarzon 2 2
Putumayo Puerto Asis 1 1
Santander El Encino 1 1
Santander Puerto Wilches 1 1
Vaupés Carurú 1 1
Vichada Cazuarito 1 1
Vichada Puerto Carreño 1 1
Vichada Cumaribo 6 3 1 1 1
Vichada El Placer 1 1
Total Nacional 212 5 8 20 102 31 20 5 7 3 5 1 5
Departamento Municipio Total Años
84
Ilustración 1 Mapa de Municipios categorías 1 A, 1B, 2 y 3
Fuente. Ministerio de Salud y Protección Social- Mayo 2017
85
Tabla 15 Listado de Municipios prioridad 1B
Fuente. Ministerio de Salud y Protección Social- agosto 2016
DPTO MUNICIPIO DPTO MUNICIPIO DPTO MUNICIPIO
ANTIOQUIA DABEIBA HUILA ACEVEDO ARAUCA CRAVO NORTE
ANTIOQUIA MUTATA HUILA ALGECIRAS ARAUCA FORTUL
ANTIOQUIA TURBO HUILA GARZON ARAUCA PUERTO RONDON
ANTIOQUIA YONDO HUILA GUADALUPE ARAUCA SARAVENA
BOLIVAR CANTAGALLO HUILA SUAZA ARAUCA TAME
BOLIVAR MORALES LA GUAJIRA ALBANIA CASANARE YOPAL
BOLIVAR SAN PABLO LA GUAJIRA BARRANCAS CASANARE AGUAZUL
BOLIVAR SIMITI LA GUAJIRA DISTRACCION CASANARE CHAMEZA
BOYACA PAEZ LA GUAJIRA EL MOLINO CASANARE LA SALINA
BOYACA PAYA LA GUAJIRA FONSECA CASANARE OROCUE
CAQUETA ALBANIA LA GUAJIRA HATONUEVO CASANARE PAZ DE ARIPORO
CAQUETA CARTAGENA DEL CHAIRA LA GUAJIRA LA JAGUA DEL PILAR CASANARE RECETOR
CAQUETA CURILLO LA GUAJIRA MAICAO CASANARE SABANALARGA
CAQUETA EL DONCELLO LA GUAJIRA MANAURE CASANARE SACAMA
CAQUETA EL PAUJIL LA GUAJIRA SAN JUAN DEL CESAR CASANARE TAMARA
CAQUETA LA MONTAÑITA LA GUAJIRA URIBIA CASANARE TAURAMENA
CAQUETA MILAN LA GUAJIRA URUMITA CASANARE TRINIDAD
CAQUETA SAN JOSE DE FRAGUA LA GUAJIRA VILLANUEVA CASANARE VILLANUEVA
CAQUETA SOLANO MAGDALENA ARACATACA PUTUMAYO MOCOA
CAQUETA SOLITA MAGDALENA CIENAGA PUTUMAYO PUERTO CAYCEDO
CAQUETA VALPARAISO META MAPIRIPAN PUTUMAYO PUERTO GUZMAN
CESAR AGUACHICA META PUERTO LOPEZ PUTUMAYO PUERTO LEGUIZAMO
CESAR ASTREA META VISTA HERMOSA PUTUMAYO SAN MIGUEL
CESAR BOSCONIA NORTE DE SANTANDER CUCUTA AMAZONAS CD. EL ENCANTO
CESAR CHIMICHAGUA NORTE DE SANTANDER ABREGO AMAZONAS CD. LA CHORRERA
CESAR CHIRIGUANA NORTE DE SANTANDER ARBOLEDAS AMAZONAS CD. LA PEDRERA
CESAR CURUMANI NORTE DE SANTANDER BOCHALEMA AMAZONAS CD. LA VICTORIA
CESAR EL COPEY NORTE DE SANTANDER HACARI AMAZONAS CD. MIRITI-PARANA
CESAR EL PASO NORTE DE SANTANDER OCAÑA AMAZONAS CD. PUERTO ALEGRIA
CESAR GAMARRA NORTE DE SANTANDER PAMPLONITA AMAZONAS CD. PUERTO ARICA
CESAR GONZALEZ NORTE DE SANTANDER SAN CALIXTO AMAZONAS PUERTO NARIÑO
CESAR LA GLORIA NORTE DE SANTANDER SAN CAYETANO AMAZONAS CD. TARAPACA
CESAR MANAURE BALCON DEL CESARNORTE DE SANTANDER SANTIAGO GUAINIA CD. BARRANCO MINAS
CESAR PAILITAS SANTANDER BUCARAMANGA GUAINIA CD. MAPIRIPAN
CESAR PELAYA SANTANDER BARRANCABERMEJA GUAINIA CD. SAN FELIPE
CESAR PUEBLO BELLO SANTANDER CHARALA GUAINIA CD. PUERTO COLOMBIA
CESAR RIO DE ORO SANTANDER COROMORO GUAINIA CD. LA GUADALUPE
CESAR ROBLES (LA PAZ) SANTANDER EL PLAYON GUAINIA CD. CACAHUAL
CESAR SAN ALBERTO SANTANDER FLORIDABLANCA GUAINIA CD. PANA PANA
CESAR SAN DIEGO SANTANDER GIRON GUAINIA CD. MORICHAL NUEVO
CESAR SAN MARTIN SANTANDER PIEDECUESTA VAUPES MITU
CESAR TAMALAMEQUE SANTANDER RIONEGRO VAUPES CD. PACOA
CHOCO CARMEN DEL DARIEN SANTANDER SABANA DE TORRES VAUPES TARAIRA
CHOCO JURADO SANTANDER SOCORRO VAUPES CD. PAPUNAUA
CHOCO NUQUI SANTANDER SURATA VAUPES CD. YAVARATE
CHOCO UNGUIA ARAUCA ARAUCA VICHADA LA PRIMAVERA
TOTAL 140 MUNICIPIOS ARAUCA ARAUQUITA VICHADA SANTA ROSALIA
MUNICIPIOS CATEGORIA 1 B
86
10. Enfermedades de Transmisión Vectorial - ETV
Grupo de trabajo:
Ministerio de la Defensa Nacional, Fuerzas Militares y Policía
Nacional
TC. Nidya Patricia Pineda
Te. Johanna Ivanova Barrera
Tania Mabel Valbuena
Saida María Duran
Sandra Vázquez
Laura Mejía
Ministerio de Salud y Protección Social
Julio Cesar Padilla Rodríguez
Fernando Antonio Mendigaña Páez
Instituto Nacional de Salud
Alfonso Rafael Campo Carey
Sara E. Gómez Romero
Martha C. Santos Blanco
87
10.1 Fundamento Normativo
Tabla 16. Normatividad Vigente para ETV
NORMA ENTIDAD OBJETO
Resolución 00412
de 25 de febrero
de 2000
Ministerio de Salud Guía para la vigilancia y control de los
eventos de interés en Salud Pública.
Acuerdo 014 de
2001
Consejo Superior de
Salud de las
Fuerzas Militares y
de la Policía
nacional CSSMP
Por el cual se reglamenta la Promoción de la
Salud, Prevención de la enfermedad y
Vigilancia en Salud Pública para el SSMP
Decreto 780 del
06 de mayo de
2016 - Título 8
Ministerio de la
Protección Social
Por el cual se crea y reglamenta el Sistema
de Vigilancia en Salud Pública y se dictan
otras disposiciones.
Directiva
Permanente
No.143581 /CGFM
- JEMC - DGSM-
GSP- 23.1 del 2
de junio de 2010
Dirección General
de Sanidad Militar
Lineamientos para el diagnóstico,
tratamiento, vigilancia epidemiológica y
farmacovigilancia de la Leishmaniasis en las
Fuerzas Militares.
Directiva
Permanente No.
509103 del 31 de
marzo de 2009
Dirección General
de Sanidad Militar
Implementación y manejo programa de
Leishmaniasis para el Ejército Nacional.
Directiva
Transitoria No.
0024/2012
Dirección General
de Sanidad Militar
Lineamientos para la entrega y manejo
administrativo del antimonio de Meglumina –
Glucantime medicamento para Leishmaniasis
en las unidades centralizadoras.
Directiva
Transitoria No.
009/ 2011
Dirección General
de Sanidad Militar
Manejo y control centro recuperación de
leishmaniosis de Bonza (Boyacá).
Circular No.
134999 de
diciembre 2011.
Dirección General
de Sanidad Militar
Manejo y control de la Leishmaniasis.
Circular No.
4713708 de
agosto de 2012
Dirección General
de Sanidad Militar
Lineamientos para la farmacovigilancia de
los pacientes en tratamiento para
Leishmaniasis.
88
NORMA ENTIDAD OBJETO
Circular No.
104688 de abril
de 2011
Dirección General
de Sanidad Militar
Lineamientos asignación de medicamentos
para el tratamiento etiológico de la
enfermedad de Chagas.
Circular No. 007
de marzo de 2011
Dirección General
de Sanidad Militar
Alerta para la intensificación de la vigilancia
epidemiológica del Dengue y Dengue Grave.
Resolución 1841
del 28 de mayo
2013
Ministerio de la
Protección Social
Por la cual se adopta el Plan Decenal de
Salud Publica 2012-2021 en el marco de la
estrategia de atención primaria en salud.
Deroga Decreto Número 3039 de 2007.
10.2 Justificación
La Organización Mundial de la Salud define las enfermedades tropicales
como todas aquellas que ocurren únicamente, o principalmente, en los
trópicos. En la práctica, la expresión se refiere a las enfermedades
infecciosas que predominan en climas calientes y húmedos, como la
malaria, la Leishmaniasis, la enfermedad de Chagas, el dengue,
Chikunguña y Zika.
En Colombia la incidencia y prevalencia de las Enfermedades
Transmitidas porvectores ha aumentado en la población en general
desde el 2003, en especial dentro de la Población Militar, ya que la
situación de orden público obliga a las tropas a desplazarse a zonas
selváticas, donde estas enfermedades se adquieren fácilmente; lo que a
su vez genera un grave problema de salud desde el punto de vista
laboral y operacional para las Fuerzas Militares.
La situación epidemiológica generada por las enfermedades transmitidas
por vectores en el personal de las FFMM durante los últimos años ha
implicado una elevación sorpresiva de costos en la logística de sanidad,
representado en el diagnóstico, tratamiento y seguimiento de casos.
En su preocupación por mantener el estado de salud del personal
requerido para desarrollar las operaciones militares y con el fin de
enfrentar de una forma eficaz las enfermedades transmitidas por
vectores en especial Leishmaniasis, Malaria, Dengue, Chikunguña, Zika
89
y Chagas entre otros síndromes febriles que afectan a las tropas, las
FFMM se acogen a la política implementando en sus Establecimientos de
Sanidad Militar y Policial el Programa de Enfermedades Tropicales con el
fin de establecer lineamientos y normas claras y precisas para el
diagnóstico, seguimiento y tratamiento oportuno del personal enfermo.
10.3 Objetivos Específicos
a. Estandarizar lineamientos para realizar una atención integral y
oportuna en los ESM de las FFMM que permita el inicio del
tratamiento oportuno y adecuado a fin de prevenir las
complicaciones asociadas a las enfermedades tropicales y al uso
de medicamentos.
b. Definir los mecanismos de evaluación, seguimiento, control de
calidad y retroalimentación continua a los Establecimientos de
Sanidad Militar a través de los formatos de reporte y seguimiento
a los programas de Enfermedades Transmitidas por Vectores.
c. Supervisar, vigilar y controlar la adecuada ejecución de los
programas de Enfermedades Tropicales en los Establecimientos de
Sanidad Militar de las FFMM.
10.4 Instrucciones Generales - Ejecución
10.4.1 Misiones particulares
10.4.1.1Unidad Primaria Generadora de Datos (UPGD)
Para efectos de este documento se define como UPGD, a los
Establecimientos de Sanidad del Sistema de salud de las Fuerzas
Militares y la Policía Nacional con una ubicación geográfica fija, por lo
cual excluye a estructuras móviles como brigadas o batallones que
desarrollan su tarea bajo esta modalidad; endonde se realiza la
atención en salud y que han sido caracterizados como tal, por
cumplir con los criterios establecidos por el Ministerio de Salud y
Protección Social.
90
Entre sus funciones se encuentran:
Realizar la notificación inmediata o semanal de los eventos de
interés a la entidad territorial y a las Direcciones de Sanidad
respectiva de acuerdo a las directrices institucionales (lunes o
martes si es festivo antes de las 17:00 horas)
Garantizar la actualización del Sivigila de acuerdo a las directrices
nacionales emitidas por el MSPS y el INS y en apoyo y coordinación
con la entidad territorial respectiva.
Recolección de información de los EISP presentados en el
Establecimiento de Sanidad de forma diaria.
Verificar semanalmente los Registros Individuales de Prestación de
Salud (RIPS), para detectar, casos que se hayan omitido durante la
notificación, por parte del personal de salud, evaluando los
protocolos de vigilancia, así como los criterios de inclusión de caso
en cada patología de importancia en salud pública.
Verificación y gestión para el cumplimiento en los procesos de
notificación y el uso de los instrumentos diseñados para tal fin
(fichas de notificación cara A y B según sea el evento).por parte de
los trabajadores de salud
Los directores de los Establecimientos de Sanidad deberán garantizar
capacitación y re inducción al personal asistencial y administradores
del Sivigila en normas, decretos, protocolos nacionales de los
eventos de notificación en salud pública y manejo de la herramienta
Sivigila para lo cual se puede apoyar en la entidad territorial
correspondiente.
Los directores de los Establecimientos de Sanidad Militar y Hospitales
Militares Regionales, deberán conformar el comité de vigilancia
epidemiológica garantizando su operatividad
Retroalimentar al equipo de salud que hace parte de cada
establecimiento de sanidad militar y de policía sobre la información
de los Comités de Vigilancia Epidemiológica (COVE), con envío de
las actas respectivas a la DISAN correspondiente incluyendo
seguimiento a los compromisos acordados.
El reporte inmediato de casos sospechosos o probables cuando esté
indicado de acuerdo a los protocolos de vigilancia, se debe realizar
desde la UPGD geográficamente más cercana a la zona de afectación
o en su defecto, en relación directa con el punto de evacuación y
91
concentración de personal asumiendo situaciones que pudiesen
comprometer las actividades de índole operacional, hacía la
Dirección de Sanidad Militar de cada fuerza, Dirección de Sanidad de
la Policía, y Secretaría de Salud Municipal (SSM) para adelantar la
investigación (En caso de presentarse eventos de gran magnitud e
impacto público y que necesiten intervención inmediata).
Realizar control de la calidad del dato antes del ingreso al Sivigila
(precrítica de las fichas).
Implementar acciones de control dentro del Establecimiento de
Sanidad dependiendo del tipo de evento en salud pública que se
presente, sean estas acciones de índole individual o colectiva.
Realizar debidamente el diligenciamiento de la historia clínica y su
documentación anexa: laboratorios clínicos, antecedentes, controles
y demás-. Según norma de historias clínicas del país: Resolución
1995 de julio 8 de 1999 y demás normas que lo modifiquen y/o
complementen.
Realizar el manejo clínico correspondiente a la patología que fue
diagnosticada o desde la presunción diagnóstica que se determine,
ya sea este de manejo intra institucional (red externa) o extra
institucional (red externa).
Si un paciente requiere hospitalización por un evento de notificación
en salud pública en red interna o externa, se debe asegurar los
requisitos de referencia y contrarreferencia si se requiere, así como
el envío de copia de la ficha de notificación a la DISAN y a la entidad
territorial para generar las acciones pertinentes y alertas requeridas
según el evento. Participar activamente del COVE local, y COVE
Nacional por parte del personal de las Direcciones de Sanidad y
Dirección General de Sanidad Militar, para conocer y analizar la
situación epidemiológica de la localidad o del municipio donde se
ubica el Establecimiento de Sanidad.
Comunicar inmediatamente al comandante de la unidad militar y de
policía cualquier comportamiento irregular o brote de los eventos en
salud pública, así como recomendar las acciones individuales y
colectivas para la prevención y/o contención. Garantizar la
recolección de muestras para la confirmación de eventos de interés
en salud pública de acuerdo a lo establecido en los protocolos y en
caso de no contar con los medios necesarios para la toma,
recolección, análisis y transporte, se deberá coordinar con las
92
Secretaría de Salud Municipal, Distrital o Departamental o en su
defecto, haciendo uso de los servicios de evacuación del personal
militar, teniendo en cuenta todos los parámetros de bioseguridad
pertinentes, con el fin de que sean procesadas en los niveles
mencionados.
10.4.1.2 Unidades Notificadoras
Las Unidades Notificadoras según el Decreto 780 del 06 de mayo de
2016 son los municipios y departamentos de acuerdo a sus
competencias y atribuciones conferidas por Ley 715 de 2001, les
compete:
Realizar la notificación al Sistema de Vigilancia en Salud Pública de
los eventos de notificación individual o colectiva, con base en la
información suministrada por las UPGD y cualquier otra información
obtenida a través de métodos epidemiológicos (lunes antes de las
15:00 horas)
Informar de manera inmediata al comandante del Batallón, unidad
centralizadora y posteriormente a la Dirección de Sanidad, ante la
presencia de cualquier EISP, que afecte o que potencialmente pueda
afectar de manera masiva la población del ESM y ESP o Batallón.
Realizar las intervenciones de campo que se requieran, cumpliendo
con los Protocolos Nacionales de Vigilancia en Salud Pública,
informar los avances de las acciones realizadas hasta el control final
del evento a la Dirección de Sanidad cumpliendo los tiempos
establecidos en los lineamientos nacionales que lo determinen, o la
complejidad del evento que lo requiera.
Cuando se presente un brote el Establecimiento de Sanidad Militar y
Hospital Militar Regional estará a cargo del estudio del mismo y la
intervención comunitaria, enviando sus respectivos informes:
preliminar 24 horas, avance de 48 - 72 horas e informe final
(dependiendo del evento y la capacidad de afrontarlo) en caso de ser
necesario solicitará ayuda de la entidad territorial Salud. La Dirección
de Sanidad de la Fuerza afectada ante la notificación o información
de un brote realizará el acompañamiento y asesoría permanente y
en caso de ser necesario desplazará al grupo interdisciplinario de
respuesta inmediata ante el evento de salud pública presentado.
93
Determinar según sea la complejidad de la patología en salud
pública, la clínica, el resultado de laboratorios y el estudio
epidemiológico, las acciones a realizar, instaurar medidas de
protección, aislamiento, cierre o cuarentena del personal afectado en
la Unidad Militar.
Analizar y monitorear los datos de la notificación individual o
colectiva (a cargo del profesional referente para la vigilancia
epidemiológica) de las UPGD (ESM ESP-Hospitales Militares
Regionales), en pro de comunicar al COVE interno, Oficial al mando
de la unidad militar,o al Jefe de Estado Mayor; debido a un posible
impacto en el desarrollo de actividades de orden táctico
considerando las bajas administrativas relacionadas con la situación
y a la Dirección de Sanidad, el comportamiento de los eventos
epidemiológicos o el avance de los estudios de brote.
Caracterizar los ESM y Hospitales Militares y policiales Regionales
como UPGD en coordinación con el Instituto Nacional de Salud y
Dirección de Sanidad Ejército, donde se realiza la atención en salud.
Brindar asistencia técnica de forma permanente a las UPGD de los
ESMESP y Hospitales Militares Regionales respecto al funcionamiento
del Sistema de Vigilancia en Salud Pública por parte de las
Secretarias de Salud Municipales.
Realizar el seguimiento de los pacientes que son remitidos de los
ESM ESP y Hospitales Militares Regionales a la red externa con
presunción o diagnóstico de evento de interés en salud pública y
mantener estrecha comunicación con el objeto de hacer seguimiento
a su evolución clínica y resultados de laboratorio, para realizar las
acciones de contención al interior de la Unidad Militar o en el área de
cuarentena si el personal afectado proviene del teatro de
operaciones.
Verificar y asegurar la continuidad del tratamiento de pacientes con
un evento de interés en salud pública.
Realizar y velar por el cierre de los casos en el Sivigila, cumpliendo
con: análisis epidemiológico, clínico, laboratorio, e intervención en
campo. (ajustar las fichas según evento)
Evaluar y constatar la búsqueda activa Institucional de manera
trimestral en el ESM ESP.
94
10.4.1.3 Entidades Administradoras de Planes de Beneficio
En el sistema de salud mediante la Reforma al SGSSS Ley 1438 de
2011 se involucra a las Entidades Administradoras de Planes de
Beneficio – EAPB, como un actor responsable de las acciones de
monitoreo, seguimiento y control de la gestión en salud de sus
prestadores. Las Direcciones de Sanidad a través de sus
Establecimientos de Sanidad conforme a sus competencias y
teniendo en cuenta los modelos y lineamientos nacionales deben
garantizar que los servicios en salud ofrecidos a su población cumpla
con los estándares de calidad, tanto en la red interna como con la
red externa contratada y velar por el óptimo funcionamiento del
sistema de vigilancia en salud pública ,así como participar en el
diseño e implementación de acciones de alerta y respuesta frente a
riesgos y emergencias en salud pública.
10.4.1.4 Instituto Nacional de Salud (INS)
Dirigir a nivel operativo y coordinar las labores técnicas, científicas y
administrativas de vigilancia en salud pública y con la Red Nacional
de Laboratorios, apoyar a los entes territoriales en el desarrollo de
sus capacidades de vigilancia epidemiológica, investigación y control
de las amenazas a la salud de su población.
Generar procesos sistemáticos de recolección y captura de datos
sobre eventos en Salud Pública.
Asesorar en el diagnóstico de laboratorio para los eventos de salud
pública que se requieran.
Analizar la información del comportamiento y la dinámica de los EISP
en y el país con la información recolectada a través del sistema de
vigilancia.
Brindar asistencia técnica y asesoría a las entidades territoriales para
el desarrollo de acciones con el fin de detectar, diagnosticar y tratar
oportunamente los casos de interés en salud pública, medidas de
aislamiento, cierre o cuarentena de las unidades militares.
10.4.1.5 Dirección de Sanidad
Actualizarse en lineamientos emitidos por las entidades reguladoras
de la atención en salud de su jurisdicción y entes de control.
95
Realizar control de la calidad del dato (de verificación en unidades
caracterizadas como UPGD con silencios epidemiológicos o
notificaciones negativas constantes).
Analizar de manera mensual el comportamiento epidemiológico de
los eventos e interés en salud pública.
Realizar un comité de verificación institucional, este de índole
mensual o extraordinario si así se requiriera, para analizar la
situación del comportamiento de los eventos de interés en salud
pública en el Establecimiento de Sanidad Militar y Hospitales Militares
Regionales, así como analizar el perfil epidemiológico de la población
y tomar medidas de contención según sea el evento.
Direccionamiento y control orientado a dirigir, adoptar y evaluar la
ejecución de planes, programas en materia de Salud Pública.
Dirigir y orientar el sistema de vigilancia en Salud Pública al interior
del subsistema de salud de las FFMM Y Policia Nacional.
Comunicar cualquier cambio del comportamiento epidemiológico de
eventos de interés en salud pública a los Establecimientos de
Sanidad Militar y Hospitales Militares Regionales.
Suministrar a las unidades tácticas los protocolos para el manejo y
notificación de las EISP a nivel nacional.
Mantener actualizados a los Establecimientos de Sanidad Militar y
Hospitales Militares Regionales sobre los lineamientos y manejo de
enfermedades de interés en Salud Pública.
Realizar investigación, seguimiento y control de eventos de salud
pública como brotes, mortalidades y otros de gran impacto para el
Subsistema de Salud del Ejército, notificados en el SIVIGILA por las
UPGD de las Fuerzas y el Hospital Militar Central.
Mantener comunicación permanente y continua con los diferentes
ESM ESP y Hospitales Militares Regionales, para asesoría y
acompañamiento en la prevención y aparición de eventos de interés
en Salud Pública.
Garantizar mediante su gestión la implementación de las acciones de
control en salud pública y facilitar la participación de las entidades
territoriales de acuerdo a sus competencias.
96
10.4.1.6 Ministerio de Salud y Protección Social
Formular la política, dirigir, orientar, adoptar y evaluar la ejecución,
planes, programas y proyectos del Gobierno Nacional en materia de
salud, salud pública, riesgos profesionales, y de control de riesgos
provenientes de enfermedades comunes, ambientales, sanitarias y
psicosociales, que afecten a las personas, grupos, familias o
comunidades.
Dirigir y orientar el sistema de vigilancia en salud pública.
Realizar monitoreo, evaluación y notificación de los eventos de salud
pública de importancia internacional que se registren en el país a la
Organización Mundial de Salud (OMS).
Coordinar y orientar la respuesta nacional ante riesgos o
emergencias de salud pública en conjunto con las entidades adscritas
y las entidades territoriales.
Orientar el actuar de los responsables en salud pública con el fin de
detectar, diagnosticar y tratar oportunamente los eventos de interés
en salud pública
10.4.1.7 Direcciones Departamentales y Distritales de Salud
Realizar la notificación al Sistema de Vigilancia en Salud Pública de
los eventos de (notificación individual o colectiva), con base en la
información suministrada por las UPGD y cualquier otra información
obtenida a través de métodos epidemiológicos (lunes o martes si es
festivo)
Informar de manera inmediata al Instituto Nacional de Salud (INS) y
al Centro Nacional Enlace (CNE) del Ministerio de Salud y Protección
Social, ante la presencia de cualquier evento en interés en salud
pública, que afecte o que potencialmente pueda afectar de manera
masiva la población carcelaria.
Realizar las intervenciones de campo que se requieran, cumpliendo
con los Protocolos Nacionales de Vigilancia en Salud Pública,
informar los avances de las acciones realizadas hasta el control final
del evento, al INS y al CNE cumpliendo los tiempos establecidos en
los lineamientos nacionales que lo determinen, o la complejidad del
evento que lo requiera.
97
En brote la entidad territorial estará a cargo del estudio del mismo y
la intervención comunitaria, enviando sus respectivos informes:
preliminar 24 horas, avance de 48 - 72 horas e informe final.
Determinar según sea la complejidad de la patología en salud
pública, la clínica, el resultado de laboratorios y el estudio
epidemiológico, las acciones a realizar: instaurar medidas de
protección, aislamiento, cierre o cuarentena en la institución
carcelaria.
Analizar y monitorear los datos de la notificación individual o
colectiva (a cargo del profesional referente para la vigilancia
epidemiológica) de las UPGD, en pro de comunicar al COVE
distrital/municipal o al INS, el comportamiento de los eventos
epidemiológicos o el avance de los estudios de brote.
Caracterizar las unidades de atención médica de los
Establecimientos Penitenciarios y Carcelarios (EPC) como UPGD.
Brindar asistencia técnica de forma permanente a las UPGD respecto
al funcionamiento del Sistema de Vigilancia en Salud Pública.
Realizar el seguimiento de los pacientes que son remitidos del
establecimiento a IPS con presunción o diagnóstico de evento de
interés en salud pública y mantener estrecha comunicación con el
objeto de hacer seguimiento a su evolución clínica y resultados de
laboratorio.
Verificar y asegurar la continuidad del tratamiento de pacientes con
un EISP.
Realizar y velar por el cierre de los casos en el Sivigila, cumpliendo
con: análisis epidemiológico, clínico, laboratorio, e intervención en
campo.
Evaluar y constatar la búsqueda activa Institucional de manera
trimestral en el establecimiento penitenciario y carcelario.
Acciones de IVC como respuesta al evento, cuando sea necesario
10.5 Instrucciones generales de coordinación
Enfermedades transmitidas por vectores, en Ejército han sido de las
primeras causas de morbilidad de la fuerza y por tal motivo son las que
más se vigilan y de las que más experiencia se tiene en su manejo,
debido que están seguidas del cumplimiento de la misión institucional
entre ellas encontramos Leishmaniosis cutánea y mucocutánea, siendo
98
este el mayor evento notificado en la fuerza, seguido de Dengue,
Chikunguña, Zika, Malaria, Chagas y Fiebre amarilla.
La notificación de estos eventos se realiza mediante los códigos
SIVIGILA establecidos en cada protocolo para estos eventos. El
seguimiento de los casos y la vigilancia epidemiológica de los mismos
deben realizarse diaria y semanalmente según el caso, para verificar las
condiciones clínicas de los pacientes. Cuando ocurren eventos de
Reacción Adversa Medicamentosa (RAM) en pacientes con tratamiento
para Leishmaniosis, Dengue grave, Malaria complicada, Fiebre amarilla,
Chagas agudo y las Mortalidades para las ETV se debe realizar la unidad
de análisis correspondiente.
En caso de muerte por alguna de las ETV, se debe garantizar la toma y
envío de muestras para estudio histopatológico al ente territorial,
obligatorio cumplimiento la realización de necropsias clínicas y la toma
de muestras de tejidos, en los términos del Capítulo V del Decreto 0786
de 1990. El ESM debe garantizar que la Red externa realice este
procedimiento con los entes de control.
Se debe realizar unidad de análisis en cada uno de los casos de
mortalidad por ETV, el ESM debe realizar la verificación de la obtención
de muestras de suero para pruebas de laboratorio y el seguimiento de
los resultados serológicos y de las necropsias. El análisis del caso debe
realizarlo mediante la revisión de la historia clínica para verificar la
aplicación de todos los criterios que constituyen la definición operativa
para esta enfermedad, investigar los antecedentes personales en los
cuales se establezca la demanda de atención médica previa, el tipo de
medicación y recomendaciones dadas al paciente sobre la identificación
de signos de alarma y en qué momento buscar nuevamente atención
médica, el tiempo transcurrido entre el inicio de la sintomatología y la
consulta médica y en general la aplicación de los criterios recomendados
para el manejo de ETV que indican los protocolos de INS y DISANES
para estos eventos
Se deben enviar estas unidades de análisis a las Direcciones de Sanidad
en un plazo no mayor a 15 días de ocurrido el evento. De igual manera
se deben enviar los sueros al Laboratorio de Referencia, para la
99
confirmación diagnóstica de Dengue y Chagas, a su vez de las láminas
para leishmaniosis, gota gruesa para malaria para la confirmación
diagnóstica, por tal motivo se recomienda tener un banco de sueros, y
él envió de láminas para el control de calidad de los diagnósticos
realizados por el laboratorio del ESM, para la retroalimentación y ajuste
de los mismos.
Una vez se concluya el estudio de caso deben efectuarse los ajustes
respectivos al SIVIGILA y la enmienda al certificado de defunción que
sea requerida. Debe desarrollarse el análisis de las muertes utilizando
idealmente la metodología “La ruta de la vida, camino a la
supervivencia” (cuatro demoras).
La información que debe llegar a DISANES, debe ser enviada a la
coordinadora del programa respectivo y a los correos de vigilancia
epidemiológica, apenas se concluya el estudio de cada caso (máximo 15
días después de la notificación de la muerte).
Estudio anatomopatológico y necropsia
En los casos de muertes por Enfermedades Transmitidas por Vectores se
deberá realizar la solicitud por escrito por parte del Establecimiento de
Sanidad Militar a la entidad que vaya a realizar la necropsia para que se
practique necropsia Clínica y la toma de muestras para estudio
anatomopatológico y su envío al laboratorio de patología del Instituto
Nacional de Salud, al que debe anexarse un informe que incluya la
causa de muerte, agentes causantes, epicrisis y el resumen de la
historia clínica. En caso de no tener la autorización de los padres o
cuidadores, se buscará amparo para la toma de las mismas en el
Decreto 786 de 1990 y en la Ley 9 de 1979.
10.6 Generalidades, Eventos a intervenir - Enfermedades
Transmitidas por Vectores
Cada Establecimiento de Sanidad Militar que realice remisión de un
paciente con diagnóstico de alguna enfermedad tropical (Leishmaniasis
– Paludismo – Dengue – Chagas – Accidente Ofídico) a la red externa
contratada, debe realizar seguimiento estricto al tratamiento y evolución
del paciente.
100
Los Establecimientos de Sanidad Militar deben realizar seguimiento a los
eventos de interés en Salud Pública - Enfermedades Tropicales - y
realizar la notificación de acuerdo como se establece a continuación:
a) Los Establecimientos de Sanidad Militar deben realizar notificación
inmediata, diligenciar la ficha de reporte, ingresar los datos al
aplicativo SIVIGILA y enviar el archivo plano inmediatamente a esta
Dirección de los siguientes eventos:
Leishmaniasis Visceral
Malaria Complicada
Mortalidad por Malaria
Mortalidad por Dengue
Mortalidad por otro síndrome febril a estudio
b) Los Establecimientos de Sanidad Militar deben realizar notificación
obligatoria semanal, diligenciar la ficha de reporte, ingresar los datos
al aplicativo SIVIGILA y enviar el archivo plano de los eventos
presentados durante la semana epidemiológica a sus respectiva DISAN y
ente territorial.
Las Enfermedades transmitidas por vectores deben notificarse de
acuerdo a las definiciones Operativas de Caso, en lo cual influyen los
criterios de diagnóstico clínico, de laboratorio, la definición de factor de
riesgo y mediciones del factor de riesgo; como se relaciona:
Tabla 17 Eventos y Enfermedades Transmitidas por Vectores
Evento Definición de caso
Leishmaniasis Visceral Probable
Malaria Complicada Probable
Mortalidad por Malaria Confirmado (laboratorio, clínica,
nexo epidemiológico).
Mortalidad por Dengue Probable
Leishmaniasis Cutánea Confirmados por Laboratorio
Leishmaniasis Mucosa Confirmados por Laboratorio
Malaria Vivax Confirmados por Laboratorio
Malaria Malarie Confirmados por Laboratorio
Malaria Falciparum Confirmados por Laboratorio
101
Malaria Mixta Confirmados por Laboratorio
Dengue – Dengue Grave Probable
Chagas Confirmado (laboratorio, clínica,
nexo epidemiológico).
Caso sospechoso: signos y síntomas compatibles con la enfermedad,
sin evidencia alguna de laboratorio (ausente, pendiente o negativa).
Caso probable: signos y síntomas compatibles de la enfermedad, sin
evidencia definitiva de laboratorio.
Caso confirmado:
o Por laboratorio: con o sin signos y/o síntomas compatibles de la
enfermedad con evidencia definitiva de laboratorio.
o Por nexo epidemiológico: caso con signos y síntomas
compatibles de la enfermedad en el que el paciente ha tenido
contacto con una o más personas quienes tienen o tuvieron la
enfermedad o han estado expuestos a una fuente única de
infección como un brote.
o Por clínica: Caso en el cual el estadio de la enfermedad clínica
permite identificar la causa sin necesidad de confirmación por
laboratorio
Se debe realizar el Comité de Vigilancia Epidemiológica (COVE), en donde se
evalúa la incidencia de los casos presentados, se socializan las actividades
realizadas para la contención del brote y frente al análisis de lo sucedido se
deben plantear los objetivos y proponer metas, con el fin disminuir los casos
nuevos y las posibles complicaciones de los ya presentados, seguido se debe
levantar el plan de mejoramiento y realizar seguimiento a los avances del
mismo enviando a esta Dirección los informes correspondientes.
10.6.15 10.6.1 Dengue, Chikungunya, Zika
El dengue es una enfermedad viral febril aguda. Se reconoce un
espectro de manifestaciones de la enfermedad que va desde procesos
asintomáticos hasta cuadros severos; es así como se definen diversas
formas clínicas: dengue sin signos de alarma, dengue con signos de
alarma, y el dengue grave; donde se encuentran incluidos el síndrome
de choque por dengue (SCD) y otras complicaciones del dengue como
miocarditis, encefalitis, hepatitis las cuales se asocian con mayor
mortalidad.
102
El agente etiológico es el Virus del dengue, familia Flaviviridae, género
Flavivirus perteneciente a los arbovirus (virus transmitidos por
artrópodos o insectos). El vector principal en la Región de las Américas
es el mosquito Aedes aegypti. El virus del dengue tiene 4 serotipos
(dengue 1, dengue 2, dengue 3, dengue 4) y la infección con alguno de
estos serotipos no produce protección cruzada o prolongada para los
otros.
Las características clínicas del dengue dependen a menudo de la edad
del paciente. Los niños mayores y los adultos pueden tener una
enfermedad febril leve o la clásica enfermedad incapacitante de inicio
abrupto, fiebre alta, cefalea intensa, dolor retrorbital, dolores
musculares y articulares y erupción cutánea. Es frecuente la leucopenia
(recuento de leucocitos 5000) y en ocasiones se observa
trombocitopenia. Los lactantes y preescolares pueden sufrir desde una
enfermedad febril indiferenciada con erupción maculopapular hasta
complicaciones mayores.
En el dengue grave, los casos están caracterizados por extravasación
severa de plasma que llevan al paciente a shock o también existen las
formas clínicas que por no ser tan frecuentes reciben el nombre de
“atípicas” u otras complicaciones por dengue que resultan del
compromiso intenso de un órgano o sistema: encefalopatía,
miocardiopatía o hepatopatía, así como el compromiso renal con
insuficiencia renal aguda y otras manifestaciones que también se
asocian a mortalidad como pancreatitis, coagulación intravascular
diseminada, etc. En niños en edad escolar las manifestaciones más
frecuentes son hepáticas y neurológicas; en menor proporción se
presentan las complicaciones renales, cardiacas, pulmonares, síndrome
hemofagocítico, pancreatitis y abdomen agudo.
Para algunos sujetos, el dengue es una enfermedad potencialmente
mortal. Actualmente no hay vacunas autorizadas o tratamientos
específicos para su control, y las prácticas de control vectorial son
insuficientes para detener su rápida aparición y propagación mundial. A
la fecha muchos países han reunido esfuerzos para conocer la
distribución mundial del riesgo de infección por el virus del dengue y su
103
carga en salud pública, sin embargo, no ha sido suficientes y aún se
desconocen cifras oficiales.
El dengue en Colombia representa un problema prioritario en salud
pública debido a la reemergencia e intensa transmisión con tendencia
creciente, el aumento en la frecuencia de brotes de dengue grave, la
circulación simultánea de diferentes serotipos, la reintroducción del
serotipo tres, la infestación por A. aegypti de más de 90% del territorio
nacional situado por debajo de los 2.200 msnm, la introducción de
Aedes albopictus, la urbanización de la población por problemas de
violencia y el comportamiento de ciclos epidémicos cada dos o tres años
entre los que se destaca la epidemia de 1977 y la de los años 2002,
2007 y 2010. Esta última considerada como la más grande registrada en
Colombia con más de 150.000 casos confirmados, 217 muertes y
circulación simultanea de los cuatro serotipos.
Hasta la semana epidemiológica 53 de 2014 se notificaron en el Sistema
de Vigilancia en Salud Pública (SIVIGILA) del Instituto Nacional de Salud
107 975 casos de dengue, 97,5% (105 356/107 975) de dengue y 2,5%
(2 619/107 975) de dengue grave
La Fiebre Chikungunya es una enfermedad ocasionada por infección
con el virus Chikungunya (CHIKV), el cual es un alfavirus de la familia
Togaviridae, transmitido por la picadura de mosquitos hembra Aedes
aegypti o Aedes albopictus (Stegomya aegypti y Stegomya albopicta,
nueva clasificación taxonómica). El período de incubación oscila entre 1
y 12 días, con un promedio de 3 a 7 días. La viremia dura entre 5 a 6
días (incluso hasta 10 días) luego del inicio de la fiebre. Otras formas de
transmisión de la enfermedad pueden ocurrir por transfusiones
sanguíneas o sus derivados y/o la transmisión madre a hijo,
particularmente durante la última semana de gestación (1). Los signos
clínicos típicos de la enfermedad son: fiebre, artralgia severa o artritis
de comienzo agudo, cuadro autolimitado con una duración aproximada
de 10 días, el cual evoluciona a la mejoría, aunque en algunos casos
puede persistir por semanas o meses. La presentación subaguda de la
enfermedad se puede observar 60 a 90 días después del cuadro clínico
inicial, con un cuadro reumático (dolor articular, tenosinovitis, en
algunos casos trastornos vasculares periféricos transitorios, fatiga,
104
debilidad y en casos extremos llegar a la depresión); la fase crónica se
configura cuando la sintomatología persiste por más de tres meses y
hasta por 12 meses o más, con síntomas de poliartralgia inflamatoria
persistente, fatiga y depresión en algunos casos (2). Las complicaciones
generales incluyen miocarditis, hepatitis, neumonía, falla renal y
alteraciones oculares o neurológicas. Algunos individuos infectados
pueden ser asintomáticos, o presentar sintomatología moderada. La
infección por CHIKV se constituye en el reto del diagnóstico diferencial
en zonas tropicales, donde son igualmente prevalentes otras condiciones
infecciosas como el dengue.
Durante el año 2014 se presentaron un total de 106.592 casos, en lo
corrido del año 2015 y hasta la semana epidemiológica 36 se han
notificado 334.429 casos, de los cuales 332.306 fueron confirmados por
clínica, 1.198 confirmados por laboratorio y 925 sospechosos.
La fiebre Zika es una enfermedad producida por la infección del virus
Zika, el cual pertenece a la familia flaviviridae. En el año 2014, se
identificó el primer caso en Suramérica, en la Isla de Pascua en Chile.
Este fue un caso importado y no se tuvo riesgo de transmisión a Chile
continental, en donde no existir reportes de la presencia de Aedes
aegypti.
Alrededor de una de cada cinco personas infectadas con virus Zika
desarrollan la enfermedad. Los síntomas más comunes son fiebre, rash,
cefalea, artralgias principalmente en muñecas y tobillos, y conjuntivitis
Otros síntomas que pueden llegar a presentarse son mialgias, dolor
retro orbital y emesis. La enfermedad usualmente genera signos y
síntomas moderados que pueden durar en promedio de 2 a 7 días. Las
manifestaciones clínicas graves incluyen alteraciones a nivel neurológico
(meningoencefalitis y síndrome de Guillain Barré) y a nivel autoinmune
(púrpura trombocitopénica); sin embargo, a la fecha manifestaciones de
este tipo son muy poco frecuentes y solo han sido reportadas en la
epidemia presentada en 2013 en la Polinesia Francesa.
10.6.16 10.6.2 Malaria
La malaria es una enfermedad infecciosa de origen parasitológico febril
aguda. Se reconoce un espectro de manifestaciones de la enfermedad
105
que va desde procesos asintomáticos, cuadros sintomáticos con
escalofrió, fiebre, sudoración y cefalea hasta cuadros severos que
pueden llevar a la muerte; es así como se definen dos formas clínicas:
malaria no complicada y malaria complicada, esta última se asocian a
una mayor mortalidad
Malaria no complicada: las características clínicas dependen a
menudo de la edad del paciente, el estado inmunitario, la especie, el
número de parásitos y el tiempo de padecimiento de la enfermedad. Se
caracteriza por un inicio súbito de escalofrió seguido por fiebre y
sudoración que puede estar acompañado por cefalea, dolores
musculares y articulares, que según la especie parasitaria presente
produce paroxismos febriles que varían de 24 a 72 horas, originados por
la ruptura de los esquizontes eritrocitarios. Hasta complicaciones
mayores (4). Malaria Complicada:
Los casos de malaria complicada principalmente producidos por la
infección por P. falciparum, se caracterizan por producir en su fase
eritrocitaria una obstrucción vascular derivada del secuestro de glóbulos
rojos parasitados y el proceso inflamatorio debido a la presencia del
Plasmodium spp, lo que produce el proceso de disfunción, daño y
muerte celular en los diferentes órganos. Lo cual induce extravasación
severa de plasma que llevan al paciente a Shock, hipoxia celular, la
inducción de metabolismo anaerobio que resultan del compromiso
intenso de los diferentes órganos o sistemas, llevando a un estado de
acidosis y falla multiorgánica produciendo principalmente lesiones
localizadas en cerebro y pulmón. Igual situación es descrita en los casos
de malaria severa por P. vivax en la literatura.
Los casos de malaria se concentran principalmente en los
departamentos de Chocó, Antioquía, Nariño, Córdoba y Bolívar; con
mayor afectación en pacientes del sexo masculino entre los 10 y 24
años. Se ha presentado una reducción en la notificación de los casos,
pasando de 117638 casos en el año 2010 a 51 722 en el año 2013.
El acumulado a semana epidemiológica 53 de 2014 es el siguiente: 40
768 casos de malaria no complicada, 334 casos de malaria complicada y
17 muertes por malaria. Respecto al comportamiento del evento durante
106
el mismo periodo del año 2013, se presenta una reducción del 21,2 %
en la notificación de casos de malaria no complicada, que corresponde a
10 954 casos menos; una reducción del 28,3 % en los casos de malaria
complicada, lo que representa 132 casos menos; y un aumento del 70
% en las muertes por dengue, lo que representa 9 muertes más,
respecto a 2013.
10.6.17 10.6.3 Leishmaniasis
La leishmaniasis son zoonosis que afectan la piel, las mucosas y las
vísceras, resultantes del parasitismo de los macrófagos por un
protozoario flagelado del género Leishmania, introducido al organismo
por la picadura de un insecto flebotomíneo hembra, que pertenece al
género Lutzomyia (1). Las presentaciones clínicas varían de acuerdo con
la especie parasitaria, la respuesta inmune del hospedero y el estado
evolutivo de la enfermedad. Las formas de presentación clínica de la
enfermedad son: La leishmaniasis cutánea, leishmaniasis mucosa y
leishmaniasis visceral (2) La infección en el hombre se puede dar a
partir de parásitos provenientes de un reservorio animal (ciclo
zoonótico) o a partir de parásitos que el vector ha tomado de otro
hospedero humano (ciclo antroponótico) (2,3). Los cuadros clínicos
producidos son diversos y dependen de la especie infectante y la
inmunidad del hospedero. La especie infectante está determinada por el
vector que la transmite y, a su vez, la presencia del vector está
determinada por las condiciones ecológicas de cada región (2). La
leishmaniasis se constituyen como un problema creciente en salud
pública en nuestro país, dado al número de casos que se presentan, al
cambio en el patrón epidemiológico por la aparición de nuevos focos y al
proceso de domiciliación y urbanización del ciclo de transmisión.
Hasta la semana epidemiológica 53 del año 2014 se notificaron al
sistema de información Sivigila, 11667 casos de leishmaniasis de los
cuales, 11 479 fueron de la forma cutánea y corresponden a un 98,4 %,
157 casos de leishmaniasis mucosa que corresponden al 1,3 % y 31
casos confirmados de leishmaniasis visceral, que corresponden al 0,3 %.
Durante el mismo periodo del año 2013 se notificaron al sistema 9422
casos, lo que representa un aumento de 2225 casos (23,8 %) respecto
al presente año. En promedio se notificaron 220 casos semanales.
107
10.6.18 10.6.4 Enfermedad de Chagas
La enfermedad de Chagas, también llamada tripanosomiasis americana,
descubierta por el Dr. Carlos Chagas hace un siglo, en 1909, es causada
por un parásito Flagelado, el Tripanosoma cruzi, de la familia
Tripanosomatidae. Se calcula que, en todo el mundo, principalmente en
América Latina, unos 10 millones de personas están infectadas por el
Tripanosoma cruzi (parásito que causa la enfermedad de Chagas).
Inicialmente, la enfermedad de Chagas estaba confinada a la Región de
las Américas, principalmente en América Latina, pero en la actualidad se
ha propagado a otros continentes. Esta enfermedad se puede curar si el
tratamiento se administra de forma oportuna, al poco tiempo de
producirse la infección.
Hasta un 30% de los enfermos crónicos presentan alteraciones
cardiacas y hasta un 10% padecen alteraciones digestivas, neurológicas
o combinadas. Todas estas manifestaciones pueden requerir un
tratamiento específico. El control vectorial es el método más útil para
prevenir la enfermedad de Chagas, pero no el único. El cribado de la
sangre es decisivo para prevenir la infección mediante las transfusiones
sanguíneas y el trasplante de órganos (7). A causa del proceso de
globalización la Enfermedad de Chagas, podría llegar a ser un nuevo
problema epidemiológico, económico, social y político de los países no
endémicos, ocasionado por la migración legal e ilegal de individuos
crónicamente infectados por Tripanosoma cruzi, principalmente a países
como Estados Unidos, Canadá, España, Francia, Suiza, Italia, Japón,
países emergentes de Asia y Australia, que podrían incrementar el
riesgo de transmisión por otras vías diferentes a la vía vectorial. En los
EUA, se estima que 300.000 individuos tienen infección por el
Tripanosoma cruzi, de los cuales 30.000 a 45.000 presentan
manifestaciones clínicas, lo cual ha ocasionado que sea obligatoria la
selección de los donantes de sangre y de órganos a partir de 2007.
Chagas en fase Crónica: La distribución de casos crónicos de
enfermedad de Chagas se describe por entidad territorial notificadora,
siendo Boyacá, Casanare, Bogotá, Cesar y Santander los departamentos
que representan el 79,8 % del total de los casos de Chagas crónicos
notificados.
108
La distribución de casos agudos de enfermedad de Chagas se describe
por las entidades territoriales de procedencia siendo Casanare,
Santander y Tolima los departamentos que representan el 60,9 % del
total de los casos de Chagas crónicos notificados. El 74,7% de los casos
confirmados se concentró en los departamentos de Casanare con un
39% seguido de Santander, Tolima, Bogotá y Boyacá, los
departamentos de Tolima, Santander, Arauca, Antioquia, Barranquilla,
Boyacá, Bogotá Casanare, atlántico Y Norte de Santander quedaron con
casos probables.
10.6.19 Síndromes febriles
10.6.5.1 Leptospirosis
La leptospirosis es una enfermedad bacteriana causada por bacterias
patógenas del género Leptospira que afecta humanos y animales, y se
constituye como una de las zoonosis, de distribución mundial, sin
embargo, afecta con mayor frecuencia países tropicales.
En el hombre la enfermedad puede ser asintomática o puede cursar con
un cuadro febril usualmente bifásica con sintomatología inespecífica, que
puede durar entre cinco a diez días. Los síntomas iníciales
característicos además de fiebre de tres a diez o más días de
presentación, incluyen cefalea, escalofríos, vómito, mialgias
generalizadas, inyección conjuntival, malestar y a veces postración. La
primera fase se denomina bacteremia, ya que la leptospira se distribuye
por todo el organismo y se puede encontrar en sangre. La segunda fase,
es la inmune, en la cual se pueden detectar anticuerpos en suero, la
bacteria ya no se encuentra en sangre, y se inicia la eliminación de ésta
por orina.
10.6.5.2 Rickettsias
Las infecciones por Rickettsias producen diferentes enfermedades, pero
los síntomas al inicio suelen ser similares e inespecíficos. Dan lugar a
síntomas como fiebre y malestar general y se acompañan de una
erupción cutánea que tarda algunos días en aparecer tras producirse la
109
picadura, esto a veces dificulta el diagnóstico temprano y retrasa el
comienzo del tratamiento.
Las rickettsias son microorganismos que podrían considerarse como
intermedios entre bacterias y virus ya que comparten características de
ambos. Tienen en común con las bacterias que tienen enzimas y pared
celular, utilizan oxígeno y responden a los antibióticos. Sin embargo
pueden vivir y multiplicarse dentro de las células al igual que los virus.
Estos organismos normalmente viven en insectos como ácaros,
garrapatas, pulgas y piojos. La transmisión a los humanos se realiza a
partir de las picaduras de estos insectos. Las rickettsias pueden
sobrevivir en el interior de las células que revisten los vasos sanguíneos
provocando en ocasiones la inflamación u obstrucción de pequeños
vasos. Diversas especies de rickettsias son causantes de enfermedades
en humanos.
10.7 Diagnósticos Diferenciales
Se debe realizar diagnóstico diferencial para síndromes febriles de
iguales características y tener en cuenta los factores de riesgo de
exposición del paciente. Se recuerda que un solo caso notificado en
personal militar se debe considerar alerta para un posible brote. Se debe
coordinar con el laboratorio de referencia de DISANES y/o Entes
Territoriales para él envió de sueros para la confirmación diagnóstica del
evento y según protocolo del evento, con los resultados de las pruebas
de laboratorio que se obtengan, se deben realizar los ajustes
pertinentes al tipo de caso y realizar el respectivo ajuste en SIVIGILA,
así mismo el manejo y acciones individuales y colectivas según sea el
caso.
110
Anexo 6 Flujogramas ETV
Ilustración 2 Flujograma Operativo ETV
111
Ilustración 3 Flujograma Organizacional -ETV
Fuente: Grupo de trabajo Enfermedades Transmitidas por Vectores
112
Ilustración 4 Particularidades en Establecimientos donde se alojan personas-ETV
Fuente: Grupo de trabajo Enfermedades Transmitidas por Vectores
113
Referencias bibliográficas
1. Ministerio de Protección Social. Guía de atención de la leishmaniasis. Guías
de promoción de la salud y prevención de enfermedades en la salud
pública. Bogotá; 2010. Disponible en: http://www.ins.gov.co/temas-de-
interes/Leishmaniasis%20viceral/02%20Clinica%20Leishmaniasis.pdf
2. Organización Panamericana de la Salud OPS/OMS. Guía para la atención
clínica integral del paciente con leishmaniasis. Bogotá, 2010. Disponible
en:
http://www.acin.org/acin/new/Portals/0/Templates/Guia%20Leishmania.p
df
3. Ministerio de Protección Social. Instituto Nacional de Salud. Situación de la
leishmaniasis en Colombia, semana epidemiológica 1-52 del 2013.
Bogotá: 2008.
4. Organización Panamericana de la Salud. Leishmaniasis en las Américas:
recomendaciones para el tratamiento. Washington, D.C.: OPS, 2013
Disponible en:
http://www.paho.org/hq/index.php?option=com_docman&task=doc_view
&gid=22226&Itemid
5. Instituto Nacional de Salud. Protocolo de vigilancia de la Leishmaniasis.
INS-subdirección de vigilancia y control. Bogotá: INS; 2014.
6. Instituto Nacional de Salud. Protocolo de vigilancia del Dengue. INS-
subdirección de vigilancia y control. Bogotá: INS; 2014.
7. Instituto Nacional de Salud. Protocolo de vigilancia de la enfermedad de
Chagas. INS-subdirección de vigilancia y control. Bogotá: INS; 2014.
8. Instituto Nacional de Salud. Protocolo de vigilancia de Malaria. INS-
subdirección de vigilancia y control. Bogotá: INS; 2014.
9. Instituto Nacional de Salud. Protocolo de vigilancia de Leptospirosis. INS-
subdirección de vigilancia y control. Bogotá: INS; 2014.
10. Instituto Nacional de Salud. Lineamientos Chikunguña. INS-subdirección
de vigilancia y control. Bogotá: INS; 2014.
114
11. Enfermedades Transmitidas por Alimentos
Grupo de trabajo:
Ministerio de la Defensa Nacional, Fuerzas Militares y Policía
Nacional
Anaceneth Paladines Gómez
Yariela Acevedo Durán
Sergio Andrés Castañeda Garzón
Ministerio de Salud y Protección Social
Luisa Fernanda Moyano Ariza
Claudia Maritza Bonilla Socadagui
Camilo Fernando Ávila
Instituto Nacional de Salud
Angela Elena Folleco Villarreal
Profesional Especializado, Subdirección de Análisis de Riesgo y
Respuesta Inmediata
Claudia Jimena Álvarez Álvarez
Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -
INVIMA
Sandra Patricia Rodríguez Cuenca
Edna Catering Rodríguez Cárdenas
115
11. 1 Fundamento normativo
Tabla 18. Normatividad Vigente para ETA
NORMA ENTIDAD OBJETO
1. LEY 9 de
1979 - Código Sanitario
Nacional
Ministerio de
Salud
Esta norma establece, medidas sobre las
condiciones sanitarias básicas para la protección en el medio ambiente, suministro
de agua, saneamiento de edificaciones, alimentos, droga, medicamentos, cosméticos,
vigilancia y control epidemiológico, prevención y control de desastres, derechos
de los habitantes respecto a la salud.
Link: http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_N
uevo/LEY%200009%20DE%201979.pdf
Decreto 3075
de 1997
Ministerio de
Salud
A través de esta norma se reglamenta
parcialmente la Ley 9 de 1979 y se dictan otras disposiciones. En ella se precisa que la
salud es un bien de interés público y por lo tanto las disposiciones contenidas en dicha
disposición son de orden público y regulan todas las actividades que puedan generar
factores de riesgo por el consumo de
alimentos.
Decreto 1575
de 2007
Ministerio de
Salud
Este Decreto tiene como finalidad establecer
el sistema para la protección y control de la calidad del agua, con el fin de monitorear,
prevenir y controlar los riesgos para la salud humana causados por su consumo,
exceptuando el agua envasada.
Resolución 1229 de 2013
Ministerio de Salud
En esta disposición se establece el modelo de inspección, vigilancia y control sanitario para
los productos de uso y consumo humano. Link:http://www.minsalud.gov.co/Normativid
ad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%201229%20de%202013.PDF
Decreto 780
de 2016 (Título VIII)
Ministerio de
Salud
A través de este Decreto se crea y
reglamenta el Sistema de Vigilancia en Salud Pública y se dictan otras disposiciones.
Dentro de estos eventos de interés en salud
pública se encuentra el evento denominado enfermedad transmitida por alimentos – ETA,
116
el cual se define como el síndrome originado
por la ingestión de alimentos, incluida el agua, que contienen agentes etiológicos en
cantidades tales que afectan la salud del consumidor a nivel individual o en grupos de
población; las alergias por hipersensibilidad individual no se consideran ETA.
11.2 Justificación
Las enfermedades transmitidas por alimentos – ETA-abarcan un amplio
campo de dolencias y constituyen un problema de salud pública
creciente en todo el mundo. Se deben a la ingestión de alimentos
contaminados por microorganismos o sustancias químicas. La
contaminación de los alimentos puede producirse en cualquier etapa del
proceso que va de la producción al consumo de alimentos («de la granja
a la mesa") y puede deberse a la contaminación ambiental, ya sea del
agua, la tierra o el aire.
La manifestación clínica más común de una enfermedad transmitida por
los alimentos consiste en la aparición de síntomas gastrointestinales,
pero estas enfermedades también pueden dar lugar a síntomas
neurológicos, ginecológicos, inmunológicos y de otro tipo. La ingestión
de alimentos contaminados puede provocar una insuficiencia
multiorgánica, incluso cáncer, por lo que representa una carga
considerable de discapacidad, así como de mortalidad. (WHO, 2017)
Para que ocurra una ETA, el patógeno o su(s) toxina(s) debe(n) estar
presente(s) en el alimento. Sin embargo, la sola presencia del patógeno
no significa que la enfermedad ocurrirá. En la mayoría de los casos de
ETA:
El patógeno debe estar presente en cantidad suficiente como para
causar una infección o para producir toxinas.
El alimento debe ser capaz de sustentar el crecimiento de los
patógenos, o sea, debe presentar características intrínsecas que
favorezcan el desarrollo del agente.
117
El alimento debe permanecer en la zona de peligro de temperatura
durante tiempo suficiente como para que el organismo patógeno
se multiplique y/o produzca toxina. Otras condiciones extrínsecas
deben prevalecer para que esta multiplicación y/o producción de
toxina sea favorecida.
Debe ingerirse una cantidad (porción) suficiente del alimento
conteniendo el agente, para que la barrera de susceptibilidad del
individuo sea sobrepasada (PAHO, Enfermedades transmitidas por
alimentos (ETA) Inocuidad de Alimentos - Control Sanitario -
HACCP, 2016)
Las ETA pueden clasificarse en infecciones o intoxicaciones:
Infecciones alimentarias: son las ETA producidas por la ingestión
de alimentos (incluida el agua), contaminada con agentes
infecciosos como bacterias, virus, hongos, parásitos, que en la luz
intestinal pueden multiplicarse o lisarse e invadir la pared
intestinal y desde allí alcanzar otros aparatos o sistemas.
Intoxicaciones alimentarias: son las ETA producidas por la
ingestión de toxinas formadas en tejidos de plantas o animales o
por sustancias químicas o radioactivas que se incorporan a ellos
de manera accidental en cualquier momento desde su producción
hasta su consumo (INS, 2014)
Las ETA representan un problema de salud pública de creciente
importancia en la Región, tanto en los países desarrollados y en vía de
desarrollo. En la Región de las Américas, el análisis de los datos
reportados al Sistema de Manejo de Eventos del Reglamento Sanitario
Internacional indica que entre el inicio del monitoreo por el RSI en 2002
al primer trimestre del 2012, de los 969 eventos reportados, 161 eran
relacionados a ETA o zoonosis, correspondiendo al 16,61% con una
tendencia a aumentar en los últimos años (PAHO, 6ª REUNIÓN DE LA
COMISION PANAMERICANA DE INOCUIDAD DE ALIMENTOS (COPAIA 6)
, 2012)
118
11.3 Objetivos específicos
a. Mejorar el flujo de información con relación a la notificación de
Enfermedades Transmitidas por Alimentos, involucrando las áreas
encargadas del ESM y las Autoridades Sanitarias del orden
nacional y Local.
b. Identificar y describir el despliegue de las etapas claves para la
vigilancia de las ETA, definiendo responsabilidades y
particularidades.
11.4 Instrucciones Generales Ejecución
10.6.20 11.4.1 Misiones particulares
11.4.1.1 Inspección general del comando general de las fuerzas militares
Supervisa el cumplimiento de la aplicación del presente manual.
11.4.1.2 Comandos de fuerza ejército nacional, armada nacional y fuerza aérea colombiana y policía nacional
a. Distribuyen a los Comandos de Unidades Operativas
Mayores, Menores y Tácticas de Ejército y sus equivalentes en la
Armada Nacional y la Fuerza Aérea, el presente lineamiento, para
llevar a cabo el cumplimiento de las acciones relacionadas con la
intervención y manejo de brotes presentados por Enfermedades
Transmitidas por Alimentos.
b. Promueven a través de las Direcciones de Sanidad de cada
Fuerza en coordinación con los Comandos de Unidades Operativas
Mayores, Menores y Tácticas de Ejército y sus equivalentes en la
Armada Nacional y la Fuerza Aérea, la implementación de este
lineamiento y autorizan la gestión del equipo de investigación
conformado por el personal de epidemiología o el encargado de
Salud Pública y el coordinador de Salud Ambiental.
119
11.4.1.3 comandos de unidades militares de ejército nacional, armada nacional y fuerza aérea colombiana y policía nacional
a. Suministrar a través de los Comandos de Unidades
Operativas Mayores, Menores y Tácticas de Ejército y sus
equivalentes en la Armada Nacional y la Fuerza Aérea, con la
asesoría de las Direcciones de Sanidad de cada Fuerza, al personal
manipulador de alimentos que esté bajo sus órdenes la realización
de las pruebas de Tamiz: coprológico, coprocultivo, parcial de
orina, frotis y cultivo de garganta, KOH de uñas y lesiones de piel;
así como los elementos de protección personal (uniforme de color
claro, gorro, guantes, calzado cerrado y tapabocas). Autorizan al
personal manipulador de alimentos que esté bajo sus órdenes
recibir las vacunas de tétano, difteria, fiebre tifoidea y Hepatitis A
en los Establecimientos de Sanidad Militar -ESM- y de igual
manera para los casos de personal civil externo, la toma de
exámenes se hará por parte de la agencia logística de las Fuerzas
Militares en los casos que aplique y para el personal de planta Ley
100 de 1993 será responsabilidad del área de salud ocupacional
de la fuerza.
b. Convocar a la comunidad militar y civil a las reuniones de
capacitación y de actividades de Prevención de Enfermedades
Transmitidas por Alimentos, organizadas por los ESM.
c. Solicitar a los Comandos de las Unidades Operativas
Mayores, Menores y Tácticas de Ejército y sus equivalentes en la
Armada Nacional y la Fuerza Aérea brindar el apoyo necesario a
los ESM, para que realicen la investigación y determinación de la
existencia de un brote, y la respectiva definición y confirmación de
caso de ETA.
d. Garantizar que el personal asignado a la preparación de
alimentos cuente con la capacitación en el manejo de alimentos.
e. Garantizar que los brotes por Enfermedades transmitidas por
alimentos presentadas a nivel de las operaciones militares sean
notificados, con el fin de configurar el brote de ETA y de dar
cumplimiento a las acciones individuales y colectivas del protocolo
120
vigente de vigilancia de enfermedades transmitidas por alimentos
del Instituto Nacional de Salud.
f. Verificar que los proveedores de alimentos, cuenten con
concepto sanitario favorable de acuerdo con la normatividad del
INVIMA y expedido por la autoridad sanitaria.
g. Garantizar que el control de plagas se realice de manera
integral en coordinación con la Agencia Logística de las Fuerzas
Militares (en los lugares donde esté presente), con el fin de lograr
un control en el manejo de plagas tanto en Unidades Militares
como en las cocinas, ranchos, casinos y sitios de almacenamiento,
procesamiento y expendio de alimentos.
h. La unidad debe garantizar que la calidad del agua sea potable
para el consumo humano y manejo de alimentos (limpieza de
áreas, lavado de alimentos, preparación, entre otros).
i. Para los casos en donde se encuentren expendios de alimentos
al interior de las unidades, se deberá exigir a los vendedores
ambulantes que estén carnetizados o que tengan la capacitación
de manipulación de alimentos, los respectivos exámenes y que
estos sean avalados por la autoridad sanitaria competente.
11.4.1.4 oficinas de control interno de la dirección general de saludad militar (DGSM) y de las DISAN.
a. Incluir en las revistas formales e informales de inspección, la
verificación de la aplicación de lo establecido en el
lineamiento en lo referente a implementación de planes de
saneamiento básico y condiciones higiénicas sanitarias,
realizadas en los casinos, cámaras, ranchos de tropas,
barracas y tiendas de soldados de las unidades militares y
sus respectivos ESM.
121
11.4.1.5 Dirección General de Sanidad Militar.
a. Identificar, adoptar y/o adaptar, emitir, direccionar y reformular las políticas, planes y lineamientos para el manejo de las enfermedades
transmitidas por alimentos.
b. Efectuar asesoría, acompañamiento y seguimiento a la
implementación de protocolos en las Direcciones de Sanidad de las Fuerzas.
c. Divulgar las políticas, normas y proyectos para la prevención y control
de Enfermedades Transmitidas por Alimentos al interior del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares.
d. Cargar y notificar en la página web del Instituto Nacional de Salud
(INS), el archivo plano de los reportes asociados al brote o casos individuales de manera inmediata una vez sea notificado por la Dirección
de Sanidad.
e. Realizar el seguimiento de la información enviada por las Direcciones
de Sanidad con los datos relacionados a los estudios del brote (informe
24 horas, 72 horas y final, resultados obtenidos de muestras) y el cumplimiento a los lineamientos, así mismo se verificará el
cumplimiento de los planes de mejoramiento enviados por las direcciones de Sanidad establecidos de acuerdo al protocolo vigente de
la Dirección de Vigilancia y Análisis del Riesgo en Salud Pública del Instituto Nacional de Salud:
11.4.1.6 Direcciones de Sanidad de Ejército Nacional, Armada Nacional y Fuerza Aérea.
a. Brindar asesoría y asistencia técnica a los casinos, cámaras, ranchos de tropa, tiendas de soldados, en la prevención y control de
Enfermedades Transmitidas por Alimentos.
b. Mantener actualizada y consolidada la información de las actividades desarrolladas en los ESM orientada a la prevención y control
de Enfermedades Transmitidas por Alimentos.
c. Emitir lineamientos para la realización de campañas de divulgación en prevención y control de Enfermedades Transmitidas por Alimentos.
122
d. Verificar en las visitas programadas a los ESM el cumplimiento de las directrices emitidas por el Comando General a través de la Dirección
General de Sanidad Militar, en materia de prevención y control de Enfermedades Transmitidas por Alimentos.
e. Realizar los estudios epidemiológicos de los brotes que se
presenten por intoxicación alimentaria y desarrollará los procesos de
seguimiento con el fin de verificar la implementación de medidas correctivas.
f. Verificar y realizar seguimiento con el fin de garantizar que los
ESM realicen la notificación inmediata y obligatoria de cada uno de los casos que se presenten de Enfermedades Transmitidas por Alimentos.
g. Coordinar las visitas de los entes territoriales como la secretaria de
salud, para la investigación epidemiológica de campo, recolección de las muestras biológicas, alimentos, agua y superficies/ambientales.
h. Notificar a la Dirección General de sanidad militar el archivo plano de
los reportes asociados al brote de manera inmediata una vez sea notificado por el ESM.
i. Analizar y realizar el seguimiento de los casos presentados en el ESM, con el fin de verificar si existe nexo epidemiológico o factores
correlacionados al brote.
- Trimestralmente se deberá enviar la matriz del consolidado de los planes de mejoramiento generados a partir de la investigación
epidemiológica de campo teniendo en cuenta compromisos (actividades a realizar), responsable de la ejecución, fecha de
verificación de cumplimiento (responsable de la verificación) a La Dirección General de Sanidad Militar.
- Las direcciones de sanidad los establecimientos de sanidad deberán realizar unidades de análisis de los casos con la
participación del grupo funcional (personal de epidemiologia o
quien haga sus veces, salud ambiental del ESM en articulación con las áreas involucradas de la unidad (agencia logística, salud
ocupacional, gestión ambiental), por cada trimestre, con el fin de verificar la similitud entre el número de brotes notificados al
Sivigila A de acuerdo con el protocolo vigente, los resultados de las investigaciones epidemiológicas de campo y los resultados de
laboratorio. Trimestralmente se deberá enviar un informe
123
consolidado de estas unidades a la Dirección General de Sanidad Militar.
- Cada caso captado por la UI y que cumpla los criterios de
confirmación establecidos en el protocolo de vigilancia de fiebre tifoidea y paratifoidea con resultado presuntivo para Salmonella
Thipy o Paratiphy, así mismo los microorganismos definidos en el
protocolo de ETA se le deberá garantizar el tratamiento, el cual debe ser supervisado, con el fin de establecer la no presencia del
microrganismo en la persona.
j. Verificar que se realice el estudio de campo correspondiente al brote, el cual deberá ser reportado en un tiempo de 24 horas, 72 horas e
informe final, el cual debe contener los aspectos mencionados en el anexo del protocolo vigente de Vigilancia en Salud Pública para la
Enfermedades asociadas al consumo de agua o alimentos.
k. Realizar el seguimiento a los hallazgos reportados por los ESM, en las auditorías a cocinas o hallazgos derivados de la investigación del brote.
11.4.1.7 Establecimientos de Sanidad Militar.
a. Notificar de manera inmediata y obligatoria el reporte de los
archivos planos de los casos de ETA presentados a la Dirección de Sanidad.
b. Coordinar y evaluar las acciones en prevención y control de
Enfermedades Transmitidas por Alimentos, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el presente manual.
c. Verificar y supervisar periódicamente a través del personal de
salud ambiental, que los casinos de oficiales y suboficiales, ranchos de
tropas, barracas y tiendas de soldados, cuenten con personal manipulador capacitado y entrenado para el desarrollo de sus labores de
acuerdo a los formatos de auditoria.
d. Realizar campañas de divulgación en prevención y control de Enfermedades Transmitidas por Alimentos.
e. Adelantar la gestión pertinente para lograr la aplicación y
cumplimiento de lo establecido en el presente lineamiento.
f. Presentar el informe de 24 horas según los formatos y lineamientos establecidos en el presente manual.
124
g. Garantizar la participación de la totalidad del personal del ESM y
de los manipuladores de alimentos en las capacitaciones organizadas por el ESM.
h. Emitir a los comandos de la respectiva fuerza, las medidas de
mejoramiento frente a las visitas de inspección realizadas a los casinos,
cámaras, ranchos de tropa, barracas, tiendas de soldado y centros operativos de alimentación.
i. Realizar la coordinación y gestión pertinente con las Secretarías
Local, departamental de Salud para el manejo de brotes por Enfermedades Transmitidas por Alimentos.
j. Notificar a la Dirección de Sanidad Militar correspondiente, las
actividades rutinarias de vigilancia y control de Enfermedades Transmitidas por Alimentos y de manera inmediata los casos probables
o confirmados de ETA.
K. Realizar la investigación epidemiológica de campo (equipo de investigación) correspondientes al brote, el cual deberá ser reportado en
un tiempo de 24 horas, 72 horas y el informe final el cual debe contener
los aspectos mencionados en el protocolo vigente de Vigilancia en Salud Pública para la Enfermedades asociadas al consumo de agua o
alimentos.
- Trimestralmente se deberá enviar a la Dirección de Sanidad de la Fuerza, el seguimiento al tratamiento y coprocultivos de control
realizados a los casos confirmados por laboratorio de fiebre tifoidea y paratifoidea.
11.5. Instrucciones generales de coordinación
a) Dirección General de Sanidad Militar.
Seguir, controlar y evaluar el cumplimiento del presente documento.
b) Dirección de Sanidad Militar (EJC – ARC –FAC).
Coordinar la difusión del documento y controlar la implementación de las actividades que a nivel de los ESM se deben cumplir.
c) Establecimientos de Sanidad Militar (EJC – ARC –FAC).
125
Desarrollar las actividades descritas en el presente documento.
11.6. Orientación de la acción ante la presentación de una ETA
10.6.21 11.6.1. Detección del caso individual o brote:
Requiere obtener de manera oportuna y eficaz, información médica
(datos básicos y complementarios de las fichas de notificación 350 y
355) y correlacionarlos con la ingesta de alimentos o agua.
El personal encargado de los servicios de salud (UPGD) debe estar
atento ante la aparición de sintomatología como vómito, diarrea, fiebre,
dolor abdominal, cefalea, algunas veces reacciones alérgicas,
deshidratación y otras que comprometen el sistema nervioso central,
después del consumo de alimentos o agua, de acuerdo con lo
establecido en la definición de caso descrito en el protocolo de ETA del
INS. Cuando esta sintomatología se presenta en dos o más personas
con fuente de consumo del mismo origen y donde la evidencia
epidemiológica o los resultados de laboratorio implican a los alimentos o
al agua como vehículo de la misma se considera un brote de ETA.
La unidad médica tratante del paciente la cual se determina como
Unidades primarias generadoras del dato (UPGD), HOMIC-ESM-UPGD,
Unidades informadoras –UI-.
10.6.22 11.6.2. Notificación
Todos los integrantes del Sistema de Vigilancia en Salud Pública -
SIVIGILA-, que generen información de interés en salud pública,
deberán realizar la notificación de aquellos eventos de reporte
obligatorio definidos en los modelos y protocolos de vigilancia, dentro de
los términos de estructura de datos, responsabilidad, clasificación,
periodicidad y destino señalados en los mismos y observando los
estándares de calidad, veracidad y oportunidad de la información
notificada ( Artículo 2.8.8.1.2.6, Decreto 780 de 2016).
11.7.2.1. Notificación inmediata
126
Reporte inmediato (vía telefónica, fax o correo electrónico) desde la
Unidades Primarias Generadoras de Datos -UPGD- a la Unidad
notificadora municipal -UNM- de cualquier caso definido como caso
individual o brote de ETA, fiebre tifoidea, Cólera o hepatitis A, en este
caso a Secretarias de Salud Municipal o Distrital y a DISANES – EJC-
ARC- FAC, y la Secretaria Municipal de Salud notifica a Secretaría
Departamental.
Teniendo en cuenta que la población objeto de este manual se considera
población cerrada, la notificación debe notificarlo de manera inmediata a
la Dirección de Sanidad y desde ésta la Dirección General de Sanidad
Militar, quien a su vez notificara al Instituto Nacional de Salud – INS, y
este a su vez al Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS (CNE –
Centro Nacional de Enlace).
11.7.2.2. Notificación semanal
Los casos aislados se notificarán de manera individual con periodicidad
semanal desde la UPGD a la Unidad Notificadora Municipal – UNM.
10.6.23 11.6.3. Atención del brote
Acción Individual: Corresponde a las acciones actividades que se
deben realizar con cada uno de los pacientes afectados por una
ETA, incluye las siguientes: (INS, 2014)
o Manejo hospitalario o ambulatorio del caso.
o Notificación del caso mediante el diligenciamiento de la ficha
única de notificación individual: datos básicos y datos
complementarios de acuerdo con el protocolo vigente del
INS
o Recolección de muestras biológicas (estudio por laboratorio).
“ejecutadas por las unidades médicas tratantes del paciente”
Acción Colectiva: Igual a la anterior pero relacionada a dos o más
pacientes que presentan sintomatología relacionada con alguna
enfermedad transmitida por alimentos.
127
“ejecutadas por las unidades médicas tratantes del paciente”
Acciones de IVC – Vigilancia
“Entidad territorial Secretaria de salud municipal o Distrital
y/o INVIMA”
o Las actividades de IVC deben estar liderada por la entidad
territorial de salud correspondiente a zona de influencia la cual
llevara a cabo el estudio del caso, el desarrollo de las
atenciones y las notificaciones respectivas a las entidades
involucradas del orden nacional y departamental. Las
actividades dependerán del informe preliminar levantado por la
entidad territorial de salud si se determina que un
establecimiento involucrado en la ETA corresponde a fábrica de
alimentos el INVIMA entra como actor complementario a la
intervención de la Secretaria Municipal de Salud.
INVIMA: desplazamiento a la fábrica realización de seguimiento y
acciones de IVC de alimentos, toma de muestras (MSS según
corresponda: LEY 9 1979).
10.6.24 11.6.4 Acciones de Laboratorio
“Unidades médicas tratantes, Entidad territorial Secretaria de Salud
Municipal o Distrital y/o INVIMA”
11.7.4.1. Recolección de muestras
Biológicas, alimentos, restos de alimentos, agua y superficies que están
o entraron en contacto con los alimentos implicados, de acuerdo con el
protocolo.
Muestras biológicas: se realizará al total de los casos probables de
acuerdo a las indicaciones del LDSP; según los signos, síntomas y
período de incubación. En el caso de brotes se tiene en cuenta la
misma directriz, sin embargo, la toma de la muestras se realizará a
un número representativo de los casos (mínimo el 10%).
128
Muestras de alimentos: se deben obtener dos tipos de muestras de
alimentos las cuales no son excluyentes entre sí:
Tabla 19 Tipos de Muestras de Alimentos para el Manejo de ETA Tipo de muestra
Responsable
de la toma de
muestra
Tiempo de la
toma de
muestra
Custodia de
la muestra
Muestra
testigo
Encargado del
servicio de
alimentación
bien sea el
operador
logístico o el
batallón. (ver
abajo
procedimiento
de toma de
muestra)
De cada tiempo
de comida
(desayuno
almuerzo y cena)
inmediatamente
después de
terminada su
elaboración.
Se debe
realizar la
entrega a la
autoridad
sanitaria que
realice el
apoyo del
brote de
ETA.
Restos de
alimentos
implicados
en el brote
Entidad
Territorial de
Salud excepto
para los lugares
de excepción.
En el momento
de realizar la
investigación
epidemiológica de
campo.
Entidad
Territorial de
Salud.
Procedimiento de toma de muestras:
Las muestras se deben recolectar en envases (frascos o bolsas)
estériles, que cierren herméticamente, los utensilios empleados
para el muestreo deben estar en condiciones estériles.
En el momento de la toma de muestra es necesario tener la
precaución de tener abierto el menor tiempo posible el recipiente
en el cual se conservará la muestra para su envío, para evitar
contaminación ambiental, es necesario evitar tocar su interior o
los bordes de la boca del recipiente con las manos o cualquier
objeto.
Cada muestra deberá ser rotulada, claramente y consignando los
datos relevantes como fecha de toma, hora de toma, lugar y
dirección de toma, tipo de alimentos etc. Se debe asegurar que el
rótulo no sea susceptible a daños o a pérdida de información.
129
NOTA: Como el alimento, agua o restos de alimentos pueden
constituirse como la principal evidencia de causa de la ETA, no importa
la cantidad de muestra recolectada, entre mayor sea la cantidad de
muestra recolectada, mejor; sin embargo, cuando la cantidad de
muestra sea de un tamaño pequeño esto no se debe constituir en una
limitante para llevar a cabo el muestreo de restos de alimentos.
Transporte
La responsabilidad del transporte de las muestras será del
personal de la ETS que realiza el apoyo al brote de ETA, de
acuerdo a los lineamientos nacionales establecidos, que entre
otros considera:
o Si las muestras son no perecederas, estas pueden ser
transportadas en condiciones ambientales manteniendo su
integridad. Si las muestras son perecederas deben ser
transportadas en refrigeración, garantizando que la
temperatura esté entre 2-8°C. Para este propósito se
verifican la temperatura del contenedor al inicio y al final del
transporte de la muestra.
o Si son muestras congeladas se deben conservar a
temperaturas de congelación hasta que sean recibidas por el
laboratorio y se planifique su análisis.
o El tiempo de transporte entre la toma de muestra y la
recepción en el laboratorio no debe exceder de 24 horas,
para ser analizadas en un tiempo total inferior a 48 horas,
excepto aquellas que tengan dificultad en el transporte o por
distancia, pero sin exponer a cambios de temperatura.
o Cuando se sospeche la contaminación de los alimentos sea
debida a una sustancia química, es necesario concertar con
el laboratorio que procesará la muestra, las especificaciones
técnicas para toma, transporte y envío de muestras, con el
propósito de asegurar la correcta toma de la muestra.
En caso de que la Entidad territorial de Salud por condiciones
excepcionales específicas del actuar militar no pueda realizar
desplazamiento y acompañamiento a la toma y transporte de muestras
130
será responsabilidad de la UPGD, quien deberá seguir el protocolo de
toma y transporte de muestras de acuerdo con los lineamientos
nacionales descritos por el MSPS y el INS.
Análisis de las muestras
Para la definición de los parámetros microbiológicos, fisicoquímicos y
toxicológicos a realizar a las muestras de alimentos, agua o restos de
alimentos, clínicas y superficies procedentes de brotes de ETA, se
deben tener en cuenta los signos y síntomas presentados por las
personas afectadas al igual que el periodo de incubación.
En el caso de alimentos, agua o restos de alimentos, no se debe
limitar a los parámetros establecidos en la vigilancia rutinaria de la
calidad de los alimentos o agua contemplados en la normatividad
vigente, se deben determinar parámetros de inocuidad.
10.6.25 11.6.5. Elaboración de informes preliminares y finales
(24h, 72h y finales)
Los informes son los estudios del caso particular en el lugar de la
ocurrencia el cual será elaborado por la autoridad sanitaria
correspondiente secretaria de salud municipal o distrital, durante
la investigación de la ETA, durante la misma según la
características del evento la entidad territorial podrá evaluar
condiciones locativas, rotulado, condiciones de procesamiento,
almacenamiento, limpieza y desinfección, control de plagas,
calidad de agua, manejo de residuos entre otros, y todos aquellos
aspectos adicionales que puedan generar la ETA. El personal del
ESM y/o unidad militar a cargo del lugar donde sucedió la ETA
acompañar el recorrido facilitando la información necesaria para
determinar las razones de la ocurrencia de la ETA y subsanar las
mismas.
En los casos que por orden público u otros factores externos la
autoridad sanitaria no pueda acceder al establecimiento para
construir el informe de las 24 horas, este lo realizará el ESM, el
informe de las 72 horas lo hará el ente territorial con la
131
retroalimentación del establecimiento y el informe final se
realizará en conjunto (Autoridad Sanitaria y Establecimiento).
Tabla 20 Etapas para el Despliegue de Acciones para el Manejo de Brotes de ETA
ETAPA AREA O CARGO
RESPONSABLE
FUERZAS
MILITARES
AREA O
CARGO
RESPONSABLE
AUTORIDAD
SANITARIA
OBSERVACIONES
FRENTE A
ARTICULACION
a)
Detecció
n del caso
individual o
brote
Establecimiento de
sanidad militar
b)
Notificaci
ón
Establecimiento de
sanidad militar
c) Atención
del brote
Establecimiento de
sanidad militar y
Dirección de sanidad
Acción
Individual
Establecimiento de
sanidad militar y
Dirección de sanidad
Acción
Colectiva
Acciones de
IVC –
Vigilancia
Sanitaria
Establecimiento de
sanidad militar y
Dirección de sanidad
d) Acciones
de Laboratorio
Ente territorial
Recolección
de muestras
(biológicas,
alimentos,
ambientales
)
Establecimiento de
sanidad militar
Técnico de
saneamiento.
Bacteriólogo,
microbiólogo u
otro profesional
designado al
estudio de
campo.
Transporte Técnico de
saneamiento.
Bacteriólogo,
132
10.6.26 11.6.6 Plan de mejoramiento
Formulación (tiempos para formulación y ejecución “infraestructura,
procedimientos inmediatos de limpieza y desinfección, fumigación,
etc, documentación de los procedimientos, controles y registros al
interior de las unidades que no los tengan).
Ejecución (actividades de responsables de la actividad y verificación).
microbiólogo u
otro profesional
designado al
estudio de
campo.
Envío Ente territorial.
Análisis de
las
muestras
LDSP o LNR.
Reporte de
Resultados
LDSP o LNR.
e)
Elaboraci
ón de informes
preliminares y
finales (24h,
72h y finales)
Establecimiento de
sanidad militar 24
horas
Dirección de sanidad
Ente territorial
72 horas
De acuerdo a las
últimas reuniones por
efectos de orden
público u otros
factores externos se
acordó que el informe
de 24 horas lo hará el
ESM, el de 72 con la
retroalimentación de
FM lo hará el ente
territorial y el final es
una construcción en
conjunto.
f) Plan de
mejoramiento
Formulación Establecimiento de
sanidad militar y
Dirección de sanidad
Ejecución Establecimiento de
sanidad militar y
Dirección de sanidad
Seguimiento Dirección General de
sanidad militar
133
Seguimiento (ESM, microbiológico, registros, o verificación insitu) se
realiza en articulación con la dirección general, no solamente con el
establecimiento.
134
Anexo 7 Flujograma Operativo - Enfermedades Transmitidas por Alimentos
Fuente: Dirección General de Sanidad Militar
135
Anexo 8 Formato Informe Preliminar Investigación epidemiológica de Campo - ETA
NOMBRE DE LA SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL/DISTRITAL
INFORME PRELIMINAR
PROBABLE BROTE ETA
Fecha de notificación inmediata: día: _________ mes _________ año
__________
Fecha de ocurrencia: día: _________ mes _________ año __________
Lugar de ocurrencia: _____________________________________
Fecha de aparición de signos y síntomas de caso índice: día _____ mes
_____año ______
Número de casos expuestos ________Vs Enfermos ________
Posibles alimentos implicados:
______________________________________________________________
_________________
Alimento(s) implicado(s) preparado(s) en:
______________________________________________________________
______________________________________________________________
______________________________________________________________
___________________________________________________
Si el(los) alimento(s) implicados(s) son(es) procesado(s) en una fábrica de
alimentos favor diligenciar la siguiente información para cada uno de los
alimentos involucrados:
Nombre del producto (s) involucrado
(s):______________________________________
Marca:___________________________________________________
________________
Registro
sanitario:_________________________________________________
________
Nombre del fabricante/Empacador/Reenvasador/importador (según
Corresponda):
_________________________________________________________
_______________
Ubicación del fabricante/Empacador/Reenvasador/importador (según
corresponda): _________________________________________________________
________________
Lote del
producto:_________________________________________________
________
136
Fecha de
vencimiento:______________________________________________
_______
Condiciones de almacenamiento del producto:
a) Establecidas por el
Fabricante:_____________________________________________
_______________
b) Presentadas al momento del
evento:________________________________________________
_______________
Signos y Síntomas:
______________________________________________________________
Estado de pacientes: vivos __________muertos ____________
No de hospitalizados: __________________
Hipótesis Inicial:
______________________________________________________________
___
______________________________________________________________
_________________
Medidas iniciales de control:
Medidas sanitarias de seguridad y preventivas
______________________________________________________________
______________________________________________________________
__________________________________
Requiere apoyo de otras instancias: Si__________No __________
Cuál_____________
Nombre de profesional que elaboró el
informe:_______________________________________
Teléfono o Celular: _______________________________
Email: _________________________________________
Decreto 3075 de 1997
Resolución
Fuente: Enfermedades Transmitidas por Alimentos y Vehiculizadas por Agua
Vigente
137
Anexo 9 Informe Preliminar (24 Horas). Probable Brote de ETA
Fuerza
Nombre y código
del ESM y/o
Unidad Militar
Departamento Municipio
Dirección
Lugar de ocurrencia: (En este espacio diligencie según corresponda el nombre del lugar en
donde se ejercen actividades de fabricación, procesamiento, preparación y almacenamiento de
alimentos; incluyendo si el evento ocurrió en teatro de operaciones) ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Fecha de notificación inmediata6 dd/mm/aaaa
Fecha de ocurrencia dd/mm/aaaa
Fecha del Estudio de brote dd/mm/aaaa
Fecha de aparición de signos y
síntomas de caso índice: dd/mm/aaaa
Dato numérico Descripción
Número de
Enfermos
Diligencie el número de personas que presentaron
síntomas y consultaron
Número de casos
expuestos
Personal que pudo consumir el mismo alimento. Y que
no necesariamente presentó síntomas
Aplica para casinos o actividades dentro de una unidad militar)
DESCRIPCIÓN DE LA POBLACIÓN: (Descripción de la población, donde se
encuentra ubicado el personal, qué características tiene el personal respecto
a Grados, Sexo)
6 Si el evento se presenta en Teatro de operaciones, se debe realizar el reporte del evento, aunque haya sucedido
tiempo atrás.
138
Posibles alimentos implicados: (En este espacio diligencie el o los alimentos
presuntamente implicados en la intoxicación)
_____________________________________________________________________
Alimento(s) implicado(s) preparado(s) en: (descripción exacta del sitio donde se
consumieron los alimentos por parte del personal enfermo, dentro de las instalaciones
del establecimiento militar o fuera de él.)
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
Si el(los) alimento(s) implicados(s) son(es) procesado(s) en una fábrica de alimentos
favor diligenciar la siguiente información para cada uno de los alimentos involucrados:
-Nombre del producto (s) involucrado (s): ___________________________
- Marca:_______________________________________________________
- Registro sanitario: ___________________________________________________
- Nombre del fabricante/Empacador/Reenvasador/importador (según
Corresponda): __________________________________________________
- Ubicación del fabricante/Empacador/Reenvasador/importador (según
corresponda):__________________________________________________
- Lote del producto: _____________________________________________
- Fecha de vencimiento: _______________________________________________
- Condiciones de almacenamiento del producto:
a) Establecidas por el Fabricante:
________________________________________________
b) Presentadas al momento del evento:
________________________________________________
Signos y Síntomas
Estado de
pacientes:
Vivos muertos
No de
hospitalizados
Hipótesis Inicial: (describa cuál es la razón probable por la cual se presentó el
evento)
- Medidas iniciales de control:
______________________________________________________________
______________________________________________________________
______________________________________________________________
139
- Medidas sanitarias de seguridad y preventivas (describa que acciones se
tomaron como: lavado de tanques, lavado de superficies, capacitación a manipuladores
entre otros).
______________________________________________________________
______________________________________________________________
______________________________________________________________
Requiere apoyo de otras instancias: Si __________No __________
Cuál_____________
Nombre de profesional que elaboró el informe: _______________________
Teléfono o Celular: _______________________________
Email: _________________________________________
140
Anexo 10. Informe- 72 Horas. Brote ETA
Fuerza
Nombre y código
del ESM y/o
Unidad Militar
Departamento Municipio
Dirección
Definición de caso: (Definición de caso provisional y elaborada con base en datos
preliminares que hacen sensible la búsqueda de casos propios de la situación a
investigar)
Manejo clínico de los pacientes (Describa el manejó medicamente que recibieron
los pacientes y las complicaciones que tuvieron los mismos)
Descripción del brote: (Descripción de las variables de tiempo, lugar y persona,
distribución de casos por edad, sexo y grado; y distribución de síntomas)
NOMBRE EDAD SEXO GRADO
141
Grupo de edad Número de
Hombres
% Número de
Mujeres
% Total %
Menor de 1 año
De 1 – 4 años
De 5 a 9 años
De 10 a 14 años
De 15 a 19 años
De 20 a 24 años
De 25 a 29 años
De 30 a 34 años
De 35 a 39 años
De 40 a 44 años
De 45 a 49 años
De 50 a 54 años
De 55 a 59 años
De 60 a 64 años
De 65 a 69 años
De 70 a 74 años
De 75 a 79 años
De 80 años y más
TOTAL
Persona: total expuestos: __ enfermos: ___
Distribución por síntomas presentados
CURVA EPIDEMICA
Primera persona enferma Fecha
aaaa mm dd Periodo de Incubación
Ultima persona enferma Fecha
aaaa mm dd Días Horas
Periodo de Incubación: Intervalo de tiempo transcurrido entre la ingestión de los alimentos y la aparición del primer caso. Si esto ocurre antes de 24 horas utilizar HORAS, si es mayor utilizar DIAS.
Síntomas No. % X: Tiempo
Y: Casos
NU
MERO
DE C
ASO
S
30 29 28 27 26 25 24 23 22 21 20 19 18
No. Número de
personas que presentan el síntoma % Número de personas que presentan el síntoma/ Total de personas enfermas x 100
Periodo de
incubación más corto
Periodo de Incubación más largo
Periodo de incubación mediano
142
17 16
15 14 13 12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
TIEMPO
*La tabla se diligencia indicando en el cuadro el número de casos de acuerdo al tiempo, en horas o días.
Calcular:
Calcular:
TASA DE ATAQUE Y RIESGO ATRIBUIBLE (RA) POR ALIMENTO
ALIME
NTOS
SERVIDOS
PERSONAS QUE
CONSUMIERON
PERSONAS QUE NO
CONSUMIERON
RIESGO
ATRIBUIBLE (TASA
DE ATAQUE(1)-
TASA DE
ATAQUE(2))
ENFER
MOS
SA
NO
S
TO
TAL
TASA DE
ATAQUE
EN LOS
QUE
CONSUM
IERON
(1)
ENFER
MOS
SA
NO
S
TO
TAL
TASA DE
ATAQUE
EN LOS
QUE
CONSUM
IERON
(1)
143
ANALISIS Y CONCLUSIONES
Muestras y resultados: (Si hubo recolección de muestras biológicas, de alimentos o
de superficies, indicar que se recolectó, para que tipo de análisis y quien hará el
análisis).
Seleccione la casilla según corresponda:
Tipo de muestra Cuál Análisis Quién lo
realiza
Resultados
Muestra
Biológica
Muestras de
alimentos
Muestras de
superficies
Descripción de la situación sanitaria del lugar: (lo debe realizar quien tenga la
competencia.)
Estado de salud, prácticas higiénicas y medidas de protección de los
manipuladores de alimentos:
El establecimiento ha sido objeto de acciones de Inspección, Vigilancia y
Control por parte de Dirección Territorial de Salud: SI___ NO____
Medidas sanitarias aplicadas a:
Establecimiento
144
Producto
Personas
Medidas de control:
Nombre de profesional que elaboró el informe:
_______________________________________
Teléfono o Celular: _______________________________
Email:____________________________________
145
Anexo 11 Formato Segundo Informe 72 Horas Investigación Epidemiológica de Campo - ETA
SECRETARIA DEPARTAMENTAL / DISTRITAL
2 INFORME - 72 HORAS
BROTE ETA
Definición de caso:
Manejo clínico de los pacientes: indicar complicación
Descripción del brote: (según variables de tiempo, lugar y persona, implica
presentar curva epidémica, distribución de casos por edad y sexo, distribución de
síntomas)
Tiempo:
Distribución por síntomas
presentados
Primera persona enferma
Fecha
D
M
A
Ultima persona enferma
Fecha
D
M
A
SINTOMAS No. %
No.: No. de personas que presentan el
síntoma
%: No. de personas que presentan el
síntoma/ Total de personas enfermas X
100
CURVA EPIDEMICA
Periodo de incubación: Días______
Horas _____
Periodo de incubación: Intervalo
Transcurrido entre la ingestión de los
alimentos y la aparición del primer síntoma.
Si esto ocurre antes de 24 horas utilizar
HORAS, si es mayor utilizar DIAS
X: tiempo
Periodo de incubación más corto
Período de incubación más largo
Periodo de incubación mediano
Y: casos
146
Persona: total expuestos: __ enfermos: ___
Grupo de edad Número de
Hombres
% Número de
Mujeres
% Total %
Menor de 1
año
De 1 – 4 años
De 5 a 9 años
De 10 a 14
años
De 15 a 19
años
De 20 a 24
años
De 25 a 29
años
De 30 a 34
años
De 35 a 39
años
De 40 a 44
años
De 45 a 49
años
De 50 a 54
años
De 55 a 59
años
De 60 a 64
años
De 65 a 69
años
De 70 a 74
años
De 75 a 79
años
De 80 años y
más
TOTAL
147
Lugar:
Hogar Restaurante comercial Ancianato
Establecimiento educativo Casino institucional Club social
Establecimiento militar Establecimiento penitenciario Seminario
Hogar de bienestar Otro Cuál:
Muestras y resultados: (Si hubo recolección de muestras biológicas, de alimentos o
de superficies, indicar que se recolectó, para que tipo de análisis y quien hará el
análisis).
Tipo de muestra Cuál Análisis Quién lo
realiza
Resultados
Muestra Biológica:
Muestras de alimentos
Muestras de superficies
Descripción de la situación sanitaria del lugar:(lo debe realizar quien tenga la
competencia)
Estado de salud, prácticas higiénicas y medidas de protección de los
manipuladores de alimentos:
El establecimiento ha sido objeto de acciones de Inspección, Vigilancia y
Control:
SI___ NO____
Medidas sanitarias aplicadas a:
Establecimiento
______________________________________________________________
_________________
______________________________________________________________
_________________
______________________________________________________________
_________________
Producto
______________________________________________________________
_________________
______________________________________________________________
_________________
______________________________________________________________
_________________
Personas
_____________________________________________________________________
__________
148
_____________________________________________________________________
__________
_____________________________________________________________________
__________
Medidas de control:
Nombre de profesional que elaboró el informe:
Teléfono o Celular:_______________________
Email: _______________________________
149
Anexo 12 Formato Informe Final Investigación Epidemiológica de Campo - ETA
Fuente: Enfermedades Transmitidas por Alimentos y Vehiculizadas por Agua
Vigente
SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL/DISTRITAL
INFORME FINAL
Resumen de la situación:
Descripción del brote: (según variables de tiempo, lugar y persona, implica
presentar curva epidémica, distribución de casos por edad y sexo, distribución
de síntomas)
Muestras y Resultados:
Factores Determinantes:
Medidas de Control Tomadas:
Medidas sanitarias aplicadas a:
Conclusiones:
Recomendaciones:
Elaboró
Nombre de profesional:
Cargo:
Teléfono o Celular:
Email:
Fuente: Enfermedades Transmitidas por Alimentos y Vehiculizadas por Agua
Vigente
150
Anexo 13 Cadena de Contactos - ETA
ENTIDAD DEPENDENCI
A
DIRECCIÓ
N
NOMBRE ENCARGAD
O SALUD PUBLICA
TELÉFO
NO FIJO CORREO ELECTRÓNICO
DISAN EJERCITO
Subdirección Salud
Carrera 7 No. 52-48/60
Salud Publica – Vigilancia epidemiológ
ica
3470200 - 3479825
Soraya.villamil@ejercito.mil.co
DISAN ARMADA
Subdireccion Salud
Carrera 13 N°26-50 Edificio Bachué
PISO 5
Salud Publica – Vigilancia epidemiológ
ica
3692000
Sandra.vasquez@armada.mil.co
DISAN FAC Subdireccion Salud
Av. Caracas No. 66 - 24
Salud Publica – Vigilancia epidemiológica
3487030
margarita.borrero@fac.mil.co
DGSM Subdireccion Salud
Cr 10 N° 27-51 oficina 206
Salud Publica – Vigilancia epidemiológica
3238555 ext 1063-1062
Saida.duran@sanidadfuerzasmilitares.mil.co
Sandra.aguirre@sanidadfuerzasmilitares.mil.co
INS Subdireción Vigilancia y Analisis del
riesgo en Salud Pública
2207700 Ext
1333
eta.ins.2015@gmail.com
INVIMA Dirección de Alimentos y Bebidas
2948700 Ext
3844
eta@invima.gov.co
MINISTERIO CNE
Grupo de Vigilancia En Salud Pública
Carrera 13 N° 32-76
Centro Nacional de Enlace
3305000 Ext: 3758
cne@minsalud.gov.co
151
Bibliografía
INS, I. N. (2014). Protocolo de Vigilancia en Salud Pública Enfermedades
Transmitidas por Alimentos. . Obtenido de Protocolo de Vigilancia en Salud Pública Enfermedades Transmitidas por Alimentos. :
http://www.ins.gov.co/lineas-de-accion/Subdireccion-Vigilancia/sivigila/Protocolos%20SIVIGILA/PRO%20Enfermedades
%20Trans.%20por%20alimentos.pdf PAHO, O. P. (24 de Julio de 2012). 6ª REUNIÓN DE LA COMISION
PANAMERICANA DE INOCUIDAD DE ALIMENTOS (COPAIA 6) . Obtenido de 6ª REUNIÓN DE LA COMISION PANAMERICANA DE
INOCUIDAD DE ALIMENTOS (COPAIA 6) : http://www.panaftosa.org/copaia6/dmdocuments/COPAIA6(5)%2
0esp.pdf PAHO, O. P. (08 de Agosto de 2016). Enfermedades transmitidas por
alimentos (ETA) Inocuidad de Alimentos - Control Sanitario - HACCP. Obtenido de Enfermedades transmitidas por alimentos
(ETA) Inocuidad de Alimentos - Control Sanitario - HACCP:
http://www.paho.org/hq/index.php?option=com_content&view=article&id=10836%3A2015-enfermedades-transmitidas-por-
alimentos-eta&catid=7886%3Ahaccp-peligros-conte WHO, O. M. (2017). Enfermedades de transmisión alimentaria. Obtenido
de Enfermedades de transmisión alimentaria: http://www.who.int/topics/foodborne_disiases/es/
152
12. Manejo integral de las condiciones sanitarias en unidades Militares y Policía Nacional
Grupo de trabajo
Ministerio de la Defensa Nacional, Fuerzas Militares y Policía
Nacional
Anaceneth Paladines Gómez
Cesar Valencia
Ministerio de Salud y Protección Social
Elsy Del Pilar González
Dayana Deluque Suárez
153
10.6.27 12.1 Fundamento Normativo
A continuación, se presenta el marco normativo sanitario vigente
aplicable a los establecimientos de Unidades Militares y de Policía
Tabla 21 Normatividad Vigente Sanitaria
NORMA ENTIDAD OBJETO
Constitución Política de
Colombia
Asamblea Nacional
Constituyente
Son fines esenciales del Estado: servir a
la comunidad, promover la prosperidad
general y garantizar la efectividad de los
principios, derechos y deberes
consagrados en la Constitución
Ley 9 de 1979 Congreso de la
República de
Colombia
Por el cual se dictan medidas sanitarias.
Ley 142 de 1994 Congreso de la
República de
Colombia
Por la cual se establece el régimen de los
servicios públicos domiciliarios y se
dictan otras disposiciones.
Ley 232 de 1995 Congreso de la
República de
Colombia
Por medio de la cual se dictan normas
para el funcionamiento de los
establecimientos comerciales.
Ley 715 de 2001 Congreso de la
República de
Colombia
Por la cual se dictan normas orgánicas en
materia de recursos y disposiciones para
organizar la prestación de los servicios
del sector salud, además de las
competencias de los departamentos,
municipios y distritos, artículo 43, 44, 45
Decreto 1601 de 1984 Ministerio de
Salud
Por el cual se reglamentan parcialmente
los Títulos 111, V Y VII de la Ley 09 de
1979, en cuanto a Sanidad Portuaria y
Vigilancia Epidemiológica en naves y
vehículos terrestres
Decreto 1843 de 1991 Ministerio de
Salud
Por el cual se reglamentan parcialmente
los Títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley
09 de 1979, sobre uso y manejo de
plaguicidas.
Decreto 3518 de 2006 –
Compilado en el Decreto
Único Reglamentario 780
de 2016. Título 8: Sistema
de Vigilancia en Salud
Ministerio de la
Protección Social
El objetivo de esta capitulo es crear y
reglamentar el Sistema de Vigilancia en
Salud Pública, Sivigila, para la provisión
en forma sistemática y oportuna, de
información sobre la dinámica de los
154
NORMA ENTIDAD OBJETO
Pública- Capítulo :1
Creación del Sivigila
eventos que afecten o puedan afectar la
salud de la población, con el fin de
orientar las políticas y la planificación en
salud pública.
Decreto 1575 de 2007 Ministerio de la
Protección Social
Por el cual se establece el Sistema para
la Protección y Control de la Calidad del
Agua para Consumo Humano.
Decreto 3930 de 2010 Ministerio de
Ambiente,
Vivienda y
desarrollo
territorial
Por el cual se reglamenta parcialmente el
Título I de la Ley 9ª de 1979, así como el
Capítulo II del Título VI -Parte III- Libro
II del Decreto-Ley 2811 de 1974 en
cuanto a usos del agua y residuos
líquidos y se dictan otras disposiciones.
Decreto 351 del 2014 Ministerio del
Medio Ambiente
Ministerio de
Salud y Protección
Social
Este decreto tiene por el cual se
reglamenta la gestión integral de los
residuos generados en la atención en
salud y otras actividades.
Decreto 1076 de 2015
Título 6. Residuos
Peligrosos
Ministerio de
Ambiente y
Desarrollo
Sostenible.
"Por medio del cual se expide el Decreto
Único Reglamentario del Sector Ambiente
y Desarrollo Sostenible."
Resolución 2400 de 1979 Ministerio de
trabajo y
seguridad social
Por la cual se establecen algunas
disposiciones sobre vivienda, higiene y
seguridad en los establecimientos de
trabajo.
Resolución 4445 de 1996 Ministerio de salud Por el cual se dictan normas para el
cumplimiento del contenido del Título IV
de la Ley 09 de 1979, en lo referente a
las condiciones sanitarias que deben
cumplir los establecimientos hospitalarios
y similares.
Resolución 1164 de 2002 Ministerio del
Medio Ambiente
Manual de Procedimientos Residuos
Hospitalarios y Similares (Plan Integral
de Residuos PIRHS).
Resolución 0811 de 2008 Ministerio de la
Protección Social
Ministerio de
Ambiente,
Vivienda y
desarrollo
Por medio de la cual se definen los
lineamientos a partir de los cuales la
autoridad sanitaria y las personas
prestadoras, concertadamente definirán
en su área de influencia los lugares y
puntos de muestreo para el control y la
vigilancia de la calidad del agua para
155
NORMA ENTIDAD OBJETO
territorial consumo humano en la red de
distribución
Resolución 2115 de 2007 Ministerio de la
protección social
Ministerio de
ambiente,
vivienda y
desarrollo
territorial
Por medio de la cual se señalan
características, instrumentos básicos y
frecuencias
del sistema de control y vigilancia para la
calidad del agua para consumo humano
Resolución 0082 de 2009 Ministerio de la
Protección Social
Por medio de la cual se adoptan unos
formularios para la práctica de visitas de
inspección sanitaria a los sistemas de
suministro de agua para consumo
humano
Resolución 1229 de 2013 Ministerio de la
Protección Social
Por la cual se establece el modelo de
inspección, vigilancia y control (IVC)
sanitario para los productos de uso y
consumo humano, bajo un enfoque
basado en riesgos.
Resolución 0631 de 2015 Ministerio de
Ambiente y
Desarrollo
Sostenible
Por la cual se establecen los parámetros
y los valores límites máximos permisibles
en los vertimientos puntuales a cuerpos
de agua superficiales y a alcantarillado
público y se dictan otras disposiciones
Resolución 518 de 2015 Ministerio de la
Protección Social
Por la cual se dictan disposiciones en
relación con la Gestión de la Salud
Pública y se establecen directrices para
la ejecución, seguimiento y evaluación
del Plan de Salud Pública de
Intervenciones Colectivas - PIC
Acuerdo 062 de 2015 Consejo Superior
de Salud de las
Fuerzas Militares y
de la Policía Nacional
Por el cual se definen las Políticas
Generales y se señalan los lineamientos
para la Promoción de la Salud,
Prevención de la Enfermedad, Vigilancia
en Salud Publica y Asesoría a las
acciones de Salud Ambiental en el SSMP.
Resolución 463 de 2006 Dirección General
de Sanidad Militar
Manual de Producción Más Limpia, para
el Subsistema de Salud de las Fuerzas
Militares
Resolución 463 de 2006
Dirección General de Sanidad Militar
Manual de Gestión Integral de Residuos
Hospitalarios para el Subsistema de
Salud de las Fuerzas Militares.
156
NORMA ENTIDAD OBJETO
Resolución1590 de 2006
Dirección General
de Sanidad Militar
Por el cual se establece el "Manual de
Reporte, Vigilancia y Control de
Enfermedades Transmitidas por Vectores
para el Subsistema de Salud de las
Fuerzas Militares".
Resolución1894 de 2007
Dirección General
de Sanidad Militar
Por el Cual se establece el "Manual de
Manipulación de Alimentos para el
Subsistema de Salud de las Fuerzas
Militares".
Resolución 2312 de 2007
Dirección General
de Sanidad Militar
Por el cual se establece el "Manual de
Producción Más Limpia, para el
Subsistema de Salud de las Fuerzas
Militares"
Directiva 04 de 2015
Dirección General
de Sanidad Militar
Unificación Lineamientos Salud Publica
año 2015 y deroga la Directiva N°
363698 del 03 de Abril de 2014.
Circular 166444 de 2003
Dirección General
de Sanidad Militar
Código de colores manejo de residuos
hospitalarios
Circular 107120 de 2007
Dirección General
de Sanidad Militar
Aspectos Higiénico - Sanitarios en la
Manipulación de Alimentos y Consumo de
Agua para la Prevención de
Enfermedades Transmitidas por
Alimentos - ETAS".
Circular 108719 de 2007
Dirección General
de Sanidad Militar
"Instrucciones de Toma, Transporte y
Remisión de Muestras de Agua,
Programadas para Análisis Fisicoquímico,
Microbiológico y Determinación de
Residuos de Plaguicidas
Organofosforados y Carbamatos.
Circular 109271 de 2007
Dirección General
de Sanidad Militar
Lista de verificación diseño y puesta en
marcha del Plan de Gestión Integral de
residuos Hospitalarios y Similares,
Actividades en saneamiento ambiental y
Zoonosis en el ESM
Circular 106152 de 2007
Dirección General
de Sanidad Militar
Criterios Ambientales para la
Contratación de Servicios Generales y
Empresas Especiales de Aseo para la
Recolección y Disposición Final de
Residuos Hospitalarios
Circular 135082 de 2007
Dirección General
de Sanidad Militar
Criterios Sanitarios para el Manejo de
Animales al Interior de las Unidades
Militares y Establecimientos de Sanidad
Militar".
157
NORMA ENTIDAD OBJETO
Circular 109042 de 2008
Dirección General
de Sanidad Militar
Asesoría y Asistencia Técnica en buenas
Prácticas de Manufactura “BPM” y en la
Aplicación de Condiciones Higiénico
Sanitarias para el Procesamiento,
Envase, Almacenamiento y Expendio de
Alimentos para las Unidades Militares y
Establecimientos de Sanidad Militar
Circular 141232 de 2009
Dirección General
de Sanidad Militar
Política de Uso Eficiente y Ahorro de
Agua para el Subsistema de Salud de las
Fuerzas Militares.
Circular 319444 de 2010
Dirección General
de Sanidad Militar
“Programa Salud Ambiental Planes de
Gestión Integral de Residuos
Hospitalarios”.
Circular 318710 de 2010
Dirección General
de Sanidad Militar
Programa Salud Ambiental Políticas
Campaña Vacunación Animales”.
Circular 143360 de 2010
Dirección General
de Sanidad Militar
"Asesorías y Asistencias Técnicas en
Vigilancia y Control de Vectores con
Especial Énfasis en Prácticas de
Entomología, para los Establecimientos
de Sanidad Militar Ubicados en Zonas
Endémicas".
Circular 304505 de 2011
Dirección General
de Sanidad Militar
Reglamentar Fechas Ambientales y Semana Ambiental en el SSFM
Circular 314536 de 2011
Dirección General
de Sanidad Militar
"Salud Ambiental Lineamientos en
Producción Más Limpia para el SSFM
Circular 310983 de 2011
Dirección General
de Sanidad Militar
“Programa Salud Ambiental Manejo del
KIT (Morral Entomológico) para el
Control de ETV’s”.
Circular 326590 de 2012
Dirección General
de Sanidad Militar
Salud Ambiental Intensificar las medidas
de control sanitario para evitar la
transmisión de Cólera - Enfermedad
Diarreica Aguda - EDA - y Enfermedad Transmitida por Alimentos – ETA
Circular 326591 de 2012
Dirección General
de Sanidad Militar
Salud Ambiental Intensificar acciones de
Vigilancia y Control de la Rabia al Interior de las Unidades Militares y ESM.
Circular 331479 de 2012
Dirección General
de Sanidad Militar
Salud Ambiental Lineamientos en
Zoonosis para el SSFM.
158
NORMA ENTIDAD OBJETO
Fuente: Elaboración propia. 2015
10.6.28 12.2 Justificación
En el contexto general, la salud ambiental explora las prácticas de uso,
manipulación, apropiación y explotación de los componentes ambientales
y su relación con los efectos en salud humana7. Es así como, la
Inspección, Vigilancia y Control - IVC desarrolla acciones sectoriales e
intersectoriales del orden nacional y territorial, que permitan incidir en
aquellas situaciones de interés en salud pública, mediante la intervención
positiva de los factores, riesgos y daños de orden social, sanitario y
ambiental, regidos por principios de prevención y normas y estándares
basados en evidencia científica8.
Dichas acciones son realizadas a los establecimientos que brindan bienes
y servicios de uso y consumo humano buscando prevenir los diferentes
factores de riesgo sanitarios, los cuales son vigiladas rutinariamente por
la autoridad sanitaria de la jurisdicción, con el objeto preservar,
restaurar y mejorar las condiciones sanitarias relacionadas con la salud
humana e incluye la aplicación de medidas sanitarias necesarias para su
control.
10.6.29 12.3 Objetivos Específicos
Presentar el marco normativo sanitario vigente. Generar herramientas de consulta para las Unidades Militares en
aspectos sanitarios sujetos a vigilancia por parte de la autoridad sanitaria y entes internos.
Promover estrategias de entornos saludables en los campamentos
militares.
Orientar acciones de promoción y prevención sanitarias en
unidades y en el teatro de operación.
7 Política Integral de Salud Ambiental 8 Resolución 1229 de 2013
159
12.4 Instrucciones Generales Ejecución
12.4.1 Misiones Particulares
12.4.1 Inspección General de las Fuerzas Militares
Supervisa el cumplimiento del presente documento.
12.4.1.1 Comandos de Fuerza Ejército Nacional, Armada Nacional y
Fuerza Aérea Colombiana y Policía Nacional
a. Emiten las instrucciones pertinentes y la asignación de recursos
humanos y logísticos para el cumplimiento de esta Directiva.
b. Realizar seguimiento y control a través de las Direcciones de
Medio Ambiente de las Fuerzas, las acciones a realizar para el
manejo integral de condiciones sanitarias en Unidades Militares.
c. Apoyar en la divulgación del presente documento.
12.4.1.2 Comandos de Unidades Militares de Ejército Nacional, Armada Nacional y Fuerza Aérea Colombiana y Policía Nacional
a. Brindar apoyo necesario a los Establecimientos de Sanidad Militar
en las acciones de vigilancia que se implementen para contribuir
en minimizar el riesgo por factores ambientales.
b. Atienden las recomendaciones y ejecuta las acciones, según sea el
caso, de acuerdo a la novedad presentada.
c. Autoriza el ingreso al ente territorial para brindar apoyo en el
estudio de campo, en los casos de brotes y para efectos de visitas
de inspección vigilancia y control.
d. Ordena al personal encargado de Gestión Ambiental de la Unidad
Militar, implementar las acciones pertinentes sobre saneamiento
ambiental (manejo de residuos sólidos, peligrosos, control y
160
calidad de agua potable, manejo de aguas residuales, control de
plagas (fumigación y desratización).
e. Designa personal para el manejo de la gestión ambiental en todas
las Unidades Militares del territorio nacional (incluyéndose
batallones de reentrenamiento, de selva y sitios aislados).
f. Designa dentro de su plan de compras, el presupuesto para lavado
de tanques, control de plagas (fumigación y desratización),
monitoreo y tratamiento de agua para consumo humano y aguas
residuales, dotación de aseo para el personal, incluyendo el
designado para las rutas sanitarias de residuos sólidos y
peligrosos, implementos e insumos para actividades relacionadas
con el saneamiento de los alojamientos, bunkers, ranchos de
tropa, casinos, caniles y demás áreas donde se presenten factores
de riesgo ambientales.
g. Verificar que las unidades enviadas a operaciones de campaña
cuenten con los elementos necesarios, para que puedan llevar a
cabo el cumplimiento de las condiciones higiénico sanitarias,
necesarias para minimizar el riesgo al cual están expuestos.
12.4.1.3 Dirección General de Sanidad Militar y Policía Nacional
a. Definir los lineamientos requeridos para el adecuado manejo integral de las condiciones sanitarias de las unidades militares.
b. Realiza el seguimiento evaluación y control del cumplimiento de las directrices de la presente Guía.
c. Asesora a las Direcciones de Sanidad de las Fuerzas sobre la implementación del presente documento.
d. Socializa las recomendaciones impartidas por las autoridades ambientales y sanitarias en lo referente a las acciones a realizar
para mitigar, eliminar o controlar un evento de interés en salud pública.
e. Supervisar y evaluar las acciones de vigilancia en salud pública
realizadas por las Direcciones de Sanidad, Establecimientos de Sanidad Militar, Policía Nacional, en las áreas de su
competencia.
12.4.1.4 Dirección de Sanidad Militar Ejército Nacional –Armada Nacional – Fuerza Aérea Colombiana y Policía Nacional
161
a. Divulga el presente documento "Lineamientos generales para el
fortalecimiento de la Vigilancia y Control de Eventos de Interés en
Salud Pública en instituciones Fuerzas Militares y Policía Nacional”,
a quienes intervienen en las acciones del manejo integral de
condiciones sanitarias en los Establecimientos de Sanidad Militar y
de Policía Nacional
b. Apoyar a los entes territoriales en el desarrollo de acciones de
vigilancia y controles epidemiológicos relacionados con Salud
Ambiental, en las áreas de su competencia, cuando así se
requiera.
c. Asesora a los Establecimientos de Sanidad Militar y Policía
Nacional en el manejo de las acciones pertinentes, con el fin de
establecer la vigilancia desde el área de salud ambiental hacia las
Unidades Militares.
12.4.1.5 Establecimientos de Sanidad Militar de Ejército, Armada y
Fuerza Aérea y Policía Nacional
a. Los Establecimientos de Sanidad Militar de cada Fuerza, con apoyo
del grupo de Medio Ambiente, grupo de Salud Ocupacional, grupo
de Salud Operacional, Grupo de Seguridad, Grupo de Apoyo
Logístico y demás áreas involucradas de las unidades militares
serán los responsables de ejecutar y cumplir las directrices
emitidas en el presente documento.
b. Asegurar las intervenciones individuales y colectivas, que sean de
su competencia dependiendo del origen del brote o situación
sanitaria.
c. Analizar y utilizar la información de vigilancia para la toma de
decisiones que afecten o puedan afectar la salud individual o
colectiva de su población atendida.
d. Participar en las estrategias de vigilancia especiales planteadas por
la autoridad sanitaria territorial de acuerdo con las prioridades en
salud pública.
e. Con apoyo del grupo de Medio Ambiente, grupo de Salud
Ocupacional, grupo de Salud Operacional, Grupo de Seguridad,
Grupo de Apoyo Logístico y demás áreas involucradas de las
162
unidades militares realizar inspecciones a ranchos de tropa,
casinos, alojamientos, bunkers, caniles, ruta sanitaria de residuos
sólidos. Coordinar y/o ejecutar acciones complementarias en Salud
Ambiental como censo de caninos y felinos, capacitaciones,
jornadas de vacunación contra la rabia, jornadas de recolección de
inservibles, eliminación de focos de contaminación y proliferación
de vectores, muestreos y análisis de agua entre otros.
f. Coordinar con el personal de gestión ambiental, salud ocupacional,
salud operacional, grupo de seguridad, grupo de apoyo logístico y
demás áreas involucradas de la Fuerza, las acciones que se deben
hacer en conjunto, con el fin de generar estrategias que permitan
tener un control integrado de las condiciones sanitarias de la
unidad.
g. Realizar campañas y jornadas de capacitación con temas de interés
sanitario, manipulación de alimentos, prevención de enfermedades
transmitidas por vectores, prevención de enfermedades zoonóticas,
lavado de manos, uso de elementos de protección personal entre
otros.
h. Coordinar y gestionar capacitación y campañas dirigidas a todo el
personal tanto de los Establecimientos de Sanidad Militar, como de
las Unidades Militares.
10.6.30 12.5 Instrucciones generales de coordinación
a) Dirección General de Sanidad Militar.
Seguir, controlar y evaluar el cumplimiento del presente documento.
b) Dirección de Sanidad Militar (EJC – ARC –FAC).
Coordinar la difusión del documento y verificar la ejecución de las
actividades que a nivel de los Establecimientos de Sanidad Militar se
deben cumplir.
c) Establecimientos de Sanidad Militar (EJC – ARC –FAC).
Desarrollar las actividades descritas en el presente documento.
163
Consigna las responsabilidades directas a cada una de las dependencias
comprometidas en el Establecimiento de Sanidad Militar, divulga y
coordina con las respectivas áreas de la unidad militar
10.6.31 12.7 Acciones para el Manejo Integral de Condiciones Sanitarias en Unidades Militares
El Título IV de la Ley 09 de 1979, clasifica a las unidades militares y de
policía, como establecimientos cuartelarios y deberán contar con
concepto sanitario expedido por la autoridad sanitaria de la jurisdicción
en visita técnica de inspección a las instalaciones militares y de policía,
en las cuales se levantarán actas donde quedarán consignadas todas las
recomendaciones y observaciones pertinentes. Copia del acta en
mención, deberá ser firmada por el representante legal o su delegado y
quedará en poder del mismo.9A continuación se presentan los
principales aspectos a controlar dentro de las unidades militares y de
policía:
Ilustración 5 Principales aspectos sanitarios a vigilar en Unidades Militares y de Policía
Fuente: Elaboración propia
9 Texto orientado por lo definido en la Ley 09 de 1979.
Ley 09 de 1979
Agua
(Decreto 1575 de 2007)
Decreto 3930 de 2010
Manejo y Disposicion de
Residuos
(Decreto 351 de 2014, Decreto 4741 de 2005,
Resolución 1164 de 2002)
Control de Vectores de Roedores
Manejo de Sustancias Quimicas
(Decreto 1843 de 1991)
Acciones Promoción y Prevención
(Resolucion 518 de 2015)
164
12.7.1 Manejo del Agua
12.7.1.1 Manejo del Agua en Unidades Militares y de Policía
En el Artículo 165 de la Ley 09 de 1979, se establece: “Las edificaciones
deberán construirse en lugares que cuenten con servicios públicos
domiciliarios y complementarios adecuados para suministro de agua. En
caso de que el servicio sea insuficiente, podrán utilizarse otros servicios
que se ajusten a lo ordenado por esta Ley y sus reglamentaciones.
Adicionalmente el Artículo 178 de la misma Ley, define que: “Toda
edificación ubicada dentro de un área servida por un sistema de
suministro público de agua, estará obligatoriamente conectada a éste,
en el plazo y las condiciones que señale la entidad encargada del
control”.
Por su parte el Decreto 1575 del 2007, el cual tiene por objeto:
“Establecer el sistema para la protección y control de la calidad del
agua, con el fin de monitorear, prevenir y controlar los riesgos para la
salud humana causados por su consumo, exceptuando el agua
envasada”, el cual aplica a todas las personas prestadoras que
suministren o distribuyan agua para consumo humano, ya sea cruda o
tratada, en todo el territorio nacional, independientemente del uso que
de ella se haga para otras actividades económicas, a las direcciones
territoriales de salud, autoridades ambientales y sanitarias y a los
usuarios.10
10Texto tomado del Art 1 del Decreto 1575 del 2007
165
Ilustración 6. Responsabilidades de las Direcciones Territoriales de Salud
Fuente: Articulo 8 Decreto 1575 de 2007
Teniendo en cuenta lo definido en el Decreto 1575 de 2007, la siguiente
ilustración presenta las responsabilidades de las personas prestadoras
que suministran o distribuyen agua para consumo humano en zonas
urbanas o rurales.
RES
PO
NSA
BIL
IDA
DES
DIR
ECC
ION
ES T
ERR
ITO
RIA
LES
DE
SALU
D
Diligenciar el formulario único de acta (MSPS)
Practicar visitas de inspección sanitaria a los sistemas de suministro de agua para
consumo humano
Realizar acciones de Vigilancia en la red de distribución y otros medios
Fisicas
Quimicas
microbiologicas
Adicionales Mapa de Riesgos
Certific
ació
n s
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calid
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del a
gu
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on
su
mo
hu
man
o
166
Ilustración 7 Acciones dependiendo del sistema de abastecimiento
Fuente: Decreto 1575 de 2007
DECRETO 1575-2007
Objeto: Establecer el sistema para la protección y control de la calidad del agua,
con el fin de monitorear, prevenir y controlar los riesgos para la salud humana causados por su consumo, exceptuando el agua envasada
RESPONSABILIDADES DEL
PRESTADOR
RESPONSABILIDADES
DE LOS USUARIOS
1. Realizar el control de las características físicas,
químicas y microbiológicas y adicionales
2. Lavar y desinfectar los tanques de almacenamiento
como mínimo dos (2) veces al año
3.Lavar y desinfectar, antes de ponerlos en operación y cada vez que se efectúen
reparaciones en ellos, los pozos profundos y excavados a mano para captación de agua
subterránea, las estructuras de potabilización y las tuberías de distribución de agua para
consumo humano.
4. Drenar periódicamente en aquellos puntos de la red de distribución que representen
zonas muertas o de baja presión.
5. Realizar el control de las características físicas, químicas
y microbiológicas del agua y adicionales a carrotanques,
pilas públicas y otros. Registrar en planillas
Lavar y desinfectar sus tanques de almacenamiento y redes, como mínimo cada seis (6) meses.
Mantener en adecuadas condiciones de operación la
acometida y las redes internas domiciliarias para preservar la calidad del aguasuministrada y
evitar problemas de salud pública.
OBJETO DE VIGILANCIA POR LA AUTORIDAD SANITARIA COMPETENTE
167
Es importante recordar que en los casos en donde el agua captada para
consumo humano provenga de una excavación subterránea, deberá
contar con el permiso por parte de la autoridad ambiental
correspondiente, así mismo si no se cuenta con sistema de alcantarillado
se debe tener sistema de tratamiento de aguas residuales
Para las Unidades Militares y de Policía Nacional ubicadas en el Distrito
Capital de Bogotá, deberán cumplir lo definido en la Resolución 2190 de
1991 “Por la cual se reglamentan las condiciones para transporte de
agua en carrotanques, lavado y desinfección de tanques de
almacenamiento domiciliario y empresas que realizan la actividad de
lavado y desinfección de tanques domiciliarios”. De conformidad en lo
definido en el Art 3 de dicha resolución, toda empresa contratada para
el lavado y desinfección de tanques de almacenamiento, deberá contar
con Concepto Sanitario expedido por la Secretaría Distrital de Salud de
Bogotá.
Las acciones previstas en el presente artículo serán exigibles para las
personas prestadoras del suministro de agua para consumo humano, en
zonas urbanas o rurales, hasta en los sitios en donde se hayan instalado
dispositivos para regular o medir el agua consumida por los usuarios11.
12.7.1.2 Manejo del Agua en Operaciones Militares
Por lo general, las aguas superficiales se encuentran contaminadas. Por
tal razón se recomienda realizar un tratamiento al agua, comenzando
por clarificarla si ésta se encuentra turbia; luego, filtrarla y/o
desinfectarla para mejorar sus condiciones físicas, químicas y biológicas,
obteniendo de esta forma agua apta para consumo.
Clarificación: Un agua destinada al consumo humano no puede
ser turbia, o lo que es lo mismo, presentar materiales en
suspensión. Se debe sedimentar, clarificar o decantar. Para ello se
debe:
- almacena durante un periodo de 3 a 24 horas, en un recipiente
que puede ser un balde grande o una caneca, hasta que la
11 Parágrafo 1 Artículo 9 Decreto 1575 de 2007.
168
arenilla y las partículas gruesas se asienten en el fondo del
recipiente, formando una especie de lodo.
- Una vez este haya tomado cuerpo, se trasvasa el agua
clarificada a un recipiente limpio para separarla del lodo,
teniendo cuidado de no removerlo del fondo.
- También se utiliza para clarificar el agua sustancias químicas
sulfato de aluminio o cloruro férrico, así como sustancias
orgánicas, tal como el almidón y la sábila.
- Cuando es entregada en carrotanques, debe ser clarificada y es
esencial en situaciones de emergencia por sequía para prevenir
la enfermedad diarreica.
- Al adicionar sustancias químicas o naturales el agua turbia se
logra que algunas partículas suspendidas se precipiten al fondo
del recipiente dejando una capa de agua más clara arriba y una
capa de sedimentos (lodo) en el fondo. Estos sedimentos
deberán desecharse.
Desinfección: Para desinfectar el agua, se recomienda hervirla
hasta punto de ebullición (presencia de burbujas)
aproximadamente de 5 a 10 minutos. Si el agua es un poco turbia,
filtrar en un paño o tela tupida y después hervirla.
Los recipientes deben encontrarse perfectamente limpios antes de
verter el agua a almacenar y deberán limpiarse de nuevo al
vaciarlos. Almacene el agua hervida en recipientes con tapa y en
lo posible con el sistema de llave balde. Evite sacar el agua con
otros utensilios como pocillos, vasos u otros.
Desinfección del Agua a Través de la Cloración
La cloración es el nombre que se le da al procedimiento para
desinfectar el agua utilizando el cloro o algunos de sus derivados,
como los hipocloritos de calcio o de sodio. Los compuestos que
tienen cloro poseen gran poder destructivo sobre los
169
microorganismos presentes en el agua, causantes de
enfermedades.
El cloro se encuentra en varias presentaciones:
- Hipoclorito de sodio: Es un líquido transparente de color
amarillo ámbar.
- Pastillas de cloro para purificación del agua: Son pastillas
conocidas como Puritab, se usan de acuerdo a las indicaciones
dadas en el producto.
- Las principales causas por las que se puede contaminar el agua
son: Depósitos de basura (residuos sólidos), presencia de
animales, descarga de aguas residuales.
12.7.2 Manejo de Excretas
Las personas corren el riesgo de contraer enfermedades cuando el agua
o los alimentos que consumen están contaminados con excrementos o
aguas residuales, o cuando después de ir al sanitario o sitio de
disposición, no se lavan las manos. También, cuando tocan algún
elemento contaminado con excrementos12.
Entre las enfermedades más importantes generadas por el manejo
inadecuado de excretas están las enfermedades:
- Parasitarias.
- Diarreicas agudas.
- El cólera.
- Las infecciones gastrointestinales.
- La amebiasis
- La disentería
12
Manual Educativo Nacional. Que viva mi Hogar. OPS- MSPS
170
12.7.2.1 Rutas de Contaminación
- Cuando se defeca al aire libre, la lluvia puede arrastrar las heces,
contaminando corrientes de agua, cultivos y sembrados.
- Se pueden contraer enfermedades si se consume esta agua o los
productos agrícolas contaminados por ella.
- El manejo inadecuado de las excretas propicia la multiplicación de
vectores generadores de enfermedades.
- Cuando los insectos pisan las excretas, transportan en sus patas y
cuerpos los microbios, parásitos y huevos que luego dejan sobre
los alimentos.
- Si andamos descalzos y el suelo que pisamos puede estar
contaminado con heces, nuestros pies serán fácil vehículo de
enfermedades.
171
Ilustración 8. Ciclo de transmisión fecal – oral vector
Ilustración 9. Ciclo de transmisión fecal - oral hombre
Fuente: Manual Educativo Nacional. Que viva mi Hogar. OPS- MSPS
172
12.7.2.2 Como eliminar las Excretas
Las Unidades Militares y de Policía ubicadas en áreas que carezcan de
alcantarillado público o privado, deberán dotarse de un sistema sanitario
de disposición excretas.
Se prohíbe ubicar letrinas directamente sobre fuentes de agua.
Fuente: Manual Educativo Nacional. Que viva mi Hogar. OPS- MSPS
Uno de los sistemas de evacuación de excretas más utilizados es: La
taza sanitaria.
Se trata de una taza sanitaria diseñada para que la persona en una
forma cómoda e higiénica, deposite sus excrementos y orine, los cuales
son arrastrados por medio de agua, que se descarga en forma manual
(descargando agua de un balde o de una cisterna).
Para la disposición final de las excretas, la taza sanitaria se puede
conectar al alcantarillado, al pozo séptico o se puede descargar en un
hueco o sumidero por medio de una tubería.
En Operaciones Militares
La distancia deseable de la tasa sanitaria con respecto a la del área de
descanso es de cinco metros y con respecto a una fuente de agua, sitio
de preparación de alimentos, 20 metros. A las heces depositadas se les
173
puede agregar ceniza, cal o tierra seca, para favorecer el proceso de
degradación biológica en seco.
12.7.3 Manejo de Residuos
Manejo de Residuos en Unidades Militares y de Policía
Los establecimientos militares deberán garantizar la gestión interna de
los residuos no peligrosos y peligrosos a través del cumplimiento del
marco normativo legal vigente y garantizando las actividades de
segregación, recolección interna y almacenamiento de residuos, entre
otros; para posteriormente contratar la recolección, transporte,
tratamiento y disposición final de los residuos a través de gestores
externos o él envió a relleno sanitarios.
Por lo anterior deberá garantizar las siguientes condiciones higiénicas
sanitarias:
Realizar la clasificación de los residuos de acuerdo al marco
normativo.
Contar con los contenedores y bolsas para la segregación de
residuos.
Contar con un área para el almacenamiento de residuos de
acuerdo a la naturaleza de los residuos garantizando las
condiciones higiénico sanitarias
Garantizar los elementos de protección personal para el manejo de
los residuos.
Contar con los Planes de Gestión Integral (PGIRS), para el manejo
de los residuos peligrosos con características corrosivas, reactivas,
explosivas, toxicas e inflamables y biológica infecciosas, así mismo
tener la documentación exigida por las autoridades competentes.
Manejo de Residuos en Operaciones Militares
La técnica del relleno sanitario manual, es una forma de eliminación
final de desechos sólidos en el suelo que utiliza principios de ingeniería
para confinar la basura en un área lo más pequeña posible, cubriéndola
174
con capas de tierra diariamente y compactándola para reducir su
volumen.
El cubrimiento diario de los desechos sólidos con tierra es de vital
importancia para el éxito del relleno, debido a que cumple las siguientes
funciones:
- Prevenir la presencia y proliferación de vectores
- Impedir la aparición de roedores
- Evitar incendios y presencia de humo
- Minimizar los malos olores
- Permitir el crecimiento de vegetación
Pasos para manejar los residuos sólidos
1. Depositar los residuos en un terreno que no se encuentra cercano
a fuentes hídricas.
Se debe cubrir el residuo con un volumen no inferior a 30 cms. Es decir
que si el hoyo tiene una profundidad de 60 cms, 30 cms serán de material de
cobertura. La cubierta debe ser presionada (pisada) para que el agua
lluvia no la levante13.
2. Los residuos biodegradables, como restos de alimentos, se deben
separar de los demás residuos.
3. Colocar en el fondo de un hueco hojas secas o tierra después una
segunda capa con los residuos alimenticios; nuevamente se coloca
una capa de tierra y así sucesivamente hasta que se llene, la
última capa deberá ser de tierra y cuidar que siempre este
húmedo.
Para el caso de operaciones que se desarrollan en embarcaciones, se
deberán regir por la doctrina que está determinada por la Fuerza y en
caso de estar en aguas internacionales se regirán por el Reglamento
13
Manual Saneamiento Básico Ambiental En Áreas DeOperaciones Militares 2014:
175
Sanitario Internacional 2005 y la normatividad de cada país de acuerdo
a la autoridad portuaria.
Manejo de Residuos en Unidades Militares sin empresa
prestadora del servicio de aseo. (Organización Panamericana de la Salud-
Ministerio de Salud y Protección Social, 2010).
Si no existe un servicio organizado de recolección debemos:
- Descargar los residuos sólidos que se generan en un hueco seco.
- Tapar muy bien los residuos sólidos depositados en el hueco con
una capa de ceniza, cal y/o tierra de por lo menos 20 cm de
espesor.
- El hueco debe tener una cubierta de tal forma que evite que el
agua de lluvia o animales puedan entrar en él.
- Se prohíbe ubicar el hueco cerca a fuentes de agua.
- Se pueden aprovechar los residuos orgánicos para compostaje
como abono para utilizarse en huertas.
- Mantener los recipientes que contienen los residuos sólidos
tapados y en un lugar alejado de los animales.
- No reutilizar los envases que hayan contenido sustancias
peligrosas.
- Capacitar a todo el personal en el manejo adecuado de los
residuos sólidos.
12.7.4 Control de Vectores y Roedores
Al planificar las actividades para el control de vectores y roedores, se
deben tener en cuenta los medios de reducción activos:
176
Físicos
Mecánicos
Químicos
Biológicos u orgánicos
Las instituciones de Fuerzas Militares y de Policía Nacional deberán
identificar la presencia de vectores, roedores y otras plagas que generen
efectos adversos en la salud de sus poblaciones y establecer estrategias
tendientes a mitigar y prevenir su presencia, mediante la elaboración y
puesta en marcha de un programa de Desratización y
Desinsectación.
Como última alternativa ante la presencia de roedores, las Unidades
Militares y de Policía podrán realizar control químico, a través de una
empresa certificada por parte de la Dirección Territorial de Salud
competente.
Ilustración 10 Contenido del Programa de Desratización y Desinsectación
Fuente: Elaboración propia
Desratización y Desinsectación
Reordenamiento del entorno
interno y externo
Manejo de residuos sólidos
Manipulación y conservción de
alimentos
Almacenamiento adecuado del agua potable
Disposición finla de aguas servidas
Implementación de barreras
físicas
177
Ilustración 11Acciones de Prevención, Control regular y contingencia del Aedes aegypti
Fuente: Guìa Manejo ETVS – ETAS y Zoonosis. SSFM. 2015.
Algunas de las acciones para la promoción y prevención a implementar
son:
178
a. Identificar cuáles son los vectores que proliferan en la región y la
razón de su proliferación.
b. Mantener aseado el interior y exterior de las instalaciones fijas y
de campaña
c. Almacenar adecuadamente los alimentos y los utensilios de
comida, evitando acumulación de grasa y desperdicios
d. Sensibilizar a la población cautiva en las instalaciones militares y
de policía sobre los peligros que las plagas representan para la
salud pública cuando no están sometidas a ningún control
sanitario
e. Disponer adecuadamente los residuos sólidos, en sitios herméticos
que no permitan el acceso a vectores y plagas
f. Eliminar recipientes inservibles que puedan convertirse en
criaderos de vectores
g. Mantener las albercas o tanques de almacenamiento de agua bien
tapados
h. Evitar las zonas donde se estanquen la aguas lluvias o servidas
mediante la instalación de drenajes efectivos
i. Mantener los exteriores delas instalaciones fijas y de campaña
libres de maleza y basuras
12.4.5 Manejo de Sustancias Químicas
La exposición a agentes químicos puede producir efectos agudos y/o
crónicos y la aparición de diferentes enfermedades asociadas.
La siguiente ilustración, presenta las vías de exposición a sustancias
químicas a través de las cuales se pueden generar eventos adversos a la
salud, se resalta que en algunos casos se pueden presentar
intoxicaciones que involucren todas las vías de exposición.
179
Ilustración 12. Vías de exposición a sustancias químicas
Fuente: Elaboración propia
Los principales riesgos químicos están representados por:
Manipulación de solventes en talleres de mecánica
Carpintería
Desinfectantes
Detergentes en actividades de limpieza y desinfección.
De igual manera son de interés y de notificación obligatoria las
intoxicaciones, brotes y alertas por exposición a:
Metanol
Sustancias psicoactivas
Plaguicidas
Medicamentos
Solventes
Gases
Metales Pesados
Otros sustancias químicas
Inhalatoria
Oral
Dérmica
Ocular
180
Almacenamiento
El almacenamiento de recipientes y bultos no puede ser superior a tres
metros a menos que se utilice un sistema de estantería que evite la
caída de las sustancias y se asegure su estabilidad. Se debe prestar
especial atención a las sustancias que tengan el mensaje de “Este lado
hacia arriba”.
Para contenedores en los que se almacenan sustancias combustibles,
tóxicas u oxidantes a una altura máxima de 1,50 m. Los envases
frágiles en que los que se transportan sustancias combustibles, tóxicas
u oxidantes a una altura máxima de 0,4 m. Los pasillos deben ser
suficientemente amplios para el tráfico peatonal y vehicular. El sistema
de estantería debe evitar la caída de sustancias y asegurar su
estabilidad.
Ilustración 13Condiciones de Almacenamiento
Fuente: Fortalecimiento en la gestión de evaluación de riesgos por el uso y manejo de
plaguicidas, sustancias químicas y aspectos relacionados con la inspección vigilancia y control.
Kit de Derrames
Las Unidades Militares y de Policía deberán contar con Kit de derrames
para la atención de eventos por derrames de sustancias químicas dentro
de sus instalaciones.
181
Ilustración 14. Kit de Derrames
Los derrames pueden ser generados
debido a:
Envases y embalajes en mal
estado.
Manejo inadecuado de los envases
y embalajes.
Almacenamiento inadecuado o
excesivo.
Estibas en mal estado.
Manejo inadecuado de
montacargas.
Normas de
seguridad por puesto de trabajo
inadecuados
Fuentes: Guías Ambientales de Almacenamiento y Transporte por Carretera De
Sustancias Químicas Peligrosas y Residuos Peligrosos. MSPS.
Requisitos específicos de almacenamiento según peligrosidad de la Sustancia Química14
14Guías Ambientales de Almacenamiento y Transporte por Carretera De Sustancias Químicas Peligrosas y Residuos Peligrosos, Consejo Colombiano de Seguridad, Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
182
Teniendo en cuenta la sustancia usada beberá consultarse la hoja de
seguridad correspondiente en http://ccs.org.co/cispro.php.
Por otra parte en la zona de almacenamiento se debe:
- Separar los productos químicos incompatibles, especialmente
sulfuros, ácidos y álcalis.
- Almacenar separadamente los productos químicos de los residuos
sólidos generados en el proceso (normalmente empacados en
sacos de polipropileno).
- Reservar áreas seguras de almacenamiento, cerradas y con una
adecuada ventilación e iluminación.
- Etiquetar correctamente las materias primas, productos químicos,
residuos y subproductos.
- Utilizar envases y recipientes adecuados para su fácil transporte y
manipulación de productos químicos líquidos.
- Solicitar a los proveedores las hojas de seguridad y fichas técnicas
de los productos con el fin de formar al personal sobre la correcta
manipulación de los productos.
- Disponer de un equipo básico de primeros auxilios y capacitar al
personal sobre su utilización.
- Conocer e informar sobre procedimientos de emergencia.
- Emplear envases y recipientes que puedan ser reutilizables
directamente, o después de una adecuada operación de limpieza.
- Tener siempre los envases y recipientes herméticamente cerrados,
salvo cuando sea necesario para el uso en el proceso productivo.
183
- Limpiar de la forma más rápida y eficaz posible cualquier fuga o
derrame detectado y disponer de material de limpieza adecuado
para ello. Tratar de reutilizar, en la medida de lo posible, el
material derramado.
- Agotar al máximo las materias primas de cada recipiente con el
objeto de minimizar la cantidad de agentes de limpieza necesarios
y de residuos generados.
- Utilizar siempre las materias primas más antiguas con el fin de
evitar la generación de materias primas obsoletas y, por tanto,
residuos.
- Ubicar las materias primas más utilizadas en el proceso actual
más cerca del área de salida.
- Iluminar bien el almacén para detectar posibles fugas, mantenerlo
siempre limpio y ordenado para evitar accidentes.
- No permitir que se supere la capacidad de carga de las
estanterías.
- Establecer la prohibición de situarse debajo de las cargas
suspendidas.
- Información del uso correcto de los medios de elevación y
transporte de cargas.
- Garantizar la estabilidad de los apilamientos, sujetar o anclar
firmemente las estanterías a elementos sólidos, colocando las
cargas más pesadas en los estantes bajos.
- Realizar mantenimiento periódico de los equipos (carretillas,
transpaletas, montacargas, etc.)
184
Otras medidas de seguridad
- Disponer sólo de la cantidad necesaria de materiales inflamables y
combustibles para el trabajo del día, el resto estará en almacén o
locales independientes aislados y ventilados.
- Muchas de estas las sustancias son altamente inflamables. Por ello
es necesario prestar especial atención a esta circunstancia y evitar
tanto manipularlas como almacenarlas en lugares próximos a
focos de ignición.
- Es importante restringir los dispositivos y productos que producen
chispas, tales como los cigarrillos, los equipos de soldadura, los
equipos de mecanización de piezas metálicas que producen
chispas. Además, es imprescindible planificar las tareas de tal
manera que no coincidan, bien en el tiempo, bien en el espacio,
con otras que generen focos de ignición. Otra opción es delimitar
las zonas de trabajo mediante pantallas corta chispas, que
impidan la ignición del producto. También es necesario eliminar
los restos con rapidez.
- Con respecto a las condiciones de almacenamiento, los recipientes
deben ser herméticos, pues estas substancias son muy volátiles y
pueden dar lugar a nubes de vapores inflamables, deben
almacenarse alejados del sol y focos de calor.
Documentación a verificar por la autoridad sanitaria
- Concepto Técnico por Vertimientos al sistema de alcantarillado de
acuerdo a la actividad económica.
- Concepto Técnico por Emisiones.
- Programa de Salud Ocupacional: subprograma de seguridad
industrial, higiene industrial y medicina laboral.
- Planes de Contingencia
185
- Planes de Emergencia
- Recolección de Residuos Peligrosos. Certificación o constancia
original, emitida por la Empresa autorizada para la recolección de
residuos peligrosos.
- Soportes de datos de afiliación a las Administradoras de Riesgos
Laborales ARL y empresas prestadoras de salud EPS o afiliación al
régimen subsidiado (para personal civil)
La documentación a verificar no está sujeta al Concepto Sanitario. En
caso de no presentar la documentación respectiva se deberá notificar a
la Autoridad competente.
Una vez realizada la inspección del establecimiento, el inspector dará a
conocer los aspectos positivos y negativos. En el caso de dejar
requerimientos o exigencias se solicitara se realicen las
correspondientes mejoras o correcciones, resaltando el riesgo a la Salud
Pública y el medio ambiente (si es el caso). En esta reunión se
determinara la situación sanitaria del establecimiento, dejando en claro
el concepto sanitario del mismo.
12.4.6 Acciones de Promoción y Prevención
Con el propósito de fortalecer las actividades que deberán realizar los
establecimientos de Fuerzas Militares y de Policía Nacional en cumplimiento a la normatividad vigente y con la importancia de prevenir
la aparición de eventos en salud pública y de mantener condiciones sanitarias adecuadas, deberán desarrollar acciones de promoción y
prevención enfocadas en el manejo del agua, residuos sólidos y líquidos, sustancias químicas, tenencia adecuada de animales, enfermedades
zoonoticas, entre otros, dirigidos a la población acuartelada en dichos establecimientos. Ver ilustración 11.
186
Ilustración 15 Temas para la Promoción y Prevención de eventos en salud pública
Fuente: Elaboración propia
12.4.7 Enfermedades Zoonóticas
Teniendo en cuenta los principales eventos zoonóticas presentados en el
personal de Fuerzas Militares y de Policía Nacional, a continuación se
hace énfasis en las acciones de promoción y prevención a realizar.
Rabia
Tabla 22 Rabia – Temas y énfasis acciones
TEMAS ENFASIS
Reducir el riesgo de
exposición a mordeduras por
animales, domésticos, de
producción y silvestres
- medidas básicas como: no
manipular murciélagos con las
manos.
- Lavar bien la herida con agua y
jabón después de una agresión.
- Acudir inmediatamente a un
puesto de salud.
- Informar a las autoridades de
AGUA
TENENCIA ADECUADA
DE ANIMALES
RESIDUOS SÓLIDOS Y LIQUIDOS
ENFERMEDADES ZOONOTICAS
SUSTANCIAS QUIMICAS ETV
Aire , Ruido,,
radiación Alimentos
187
salud para su valoración y no
omitir detalles sobre la agresión
Vacunación de perros y gatos - A los 3 meses
- Al año
Contacto con Animales
Callejeros y Silvestres
- Evitar contacto con animales
callejeros.
- No acercarse o molestar animales
desconocidos.
- No adoptar animales silvestres
- No llevarlos a las Unidades
Militares y de Policía o a los
campamentos como mascotas
Personal Médico - Capacitar al personal Médico
(internos y rurales), personal
médico Veterinario, comunidades
en riesgo y personal de apoyo en
materia de Zoonosis (rabia ciclos
urbano y silvestre), con el fin de
disminuir el riesgo de casos
humanos por esta causa. Vincular
para tal efecto a las Facultades de
Medicina y de Veterinaria.
Fuente: Grupo de Territorio y Salud. MSPS
188
Leptospirosis
Tabla 23 Leptospirosis – Temas y énfasis acciones
TEMAS ENFASIS
IEC (Información,
Educación y Comunicación)
- Dirigidas a mantener los interiores y
exteriores de las instalaciones libres
de: malezas, inservibles, depósitos
de agua.
- consumo de agua potable o hervida.
- Almacenamiento y manipulación
adecuada de alimentos.
- Barreras físicas de protección para
evitar ingreso de roedores a
viviendas, escuelas,
establecimientos.
Uso de Elementos de
Protección Personal (EPP)
- Uso de EPP, cuando se esté en
contacto permanente con animales
transmisores de leptospirosis.
Manejo de Excretas - Higiene, remoción y destino de las
excretas humanas y animales de
manera adecuada.
Agua - Evitar actividades de recreo en aguas
contaminadas. Fuente: Grupo de Territorio y Salud. MSPS.
Accidentes ofídicos
Tabla 24 Leptospirosis – Temas y énfasis acciones
TEMAS ENFASIS
IEC (Información,
Educación y
Comunicación)
- Acciones de promoción de la salud,
prevención y control del accidente
ofídico haciendo énfasis en medidas
como: ante una agresión alejarse
inmediatamente de la serpiente
agresora, sin manipularla pero tratando
de identificarla para informarle al
médico tratante y orientar sobre la
189
administración de suero indicado. Si
existe la posibilidad de lavar la zona de
la herida, realizarlo sin masajear la
zona y dirigirse al centro de salud más
cercano sin realizar torniquetes, ni
incisiones en las primeras 24 horas
posteriores a la agresión; no tomar
ningún tipo de medicamento).
Uso de Elementos de
Protección Personal
(EPP)
- Promover el uso de ropa gruesa y
larga, y el uso de botas en las personas
que realicen actividades a campo
abierto en zonas de riesgo.
- Promover el empleo de los Elementos
de Protección Personal cuando se
manipule leña, escombros, entre otros.
- No introducir las manos en sitios donde
puedan alojarse las serpientes para
evitar agresiones.
- Revisar muy bien las zonas donde se
pretenda acampar y al levantar la
carpa revisar maletas, botas, ropa,
empleando varas o bastones y guantes
de carnaza de ser necesario.
- Recomendar que se observe por donde
se camina, que se evite sentarse en
troncos de árboles caídos.
- Evitar las caminatas nocturnas a
campo abierto donde se tenga
conocimiento de la presencia de
serpientes.
Fuente: Grupo de Territorio y Salud. MSPS.
190
Rickettsiosis
Tabla 25 Rickettsiosis – Temas y énfasis acciones
TEMAS ENFASIS
IEC (Información,
Educación y
Comunicación)
- Mejoramiento de entornos y saneamiento
básico.
- Tenencia responsable de animales de
compañía (perros y gatos) y de
producción.
- Promover la higiene personal, el baño
diario, el uso de ropas claras y camisas
de manga larga, el cambio de ropa
frecuente especialmente en zonas con
presencia de garrapatas, el uso de
repelentes.
Uso de Elementos de
Protección Personal (EPP)
- Uso de elementos de protección personal
cuando se realicen actividades en campo
donde exista presencia de garrapatas y
tratar los animales infestados de
garrapatas con productos adecuados
empleando siempre guantes, tapabocas,
botas, entre otros. Fuente: Grupo de Territorio y Salud. MSPS.
12.4.8 Medidas de Seguridad
El artículo 576 de la Ley 09 de 1979, establece como medidas sanitarias
de seguridad encaminadas a proteger la salud pública, las siguientes:
a) Clausura temporal del establecimiento, que podrá ser total o parcial;
b) La suspensión total o parcial de trabajos o de servicios;
c) El decomiso de objetos y productos;
d) La destrucción o desnaturalización de artículos o productos, si es el
caso.
e) La congelación o suspensión temporal de la venta o empleo de
productos y objetos, mientras se toma una decisión definitiva al
respecto.
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Por su parte, el Parágrafo de dicho artículo aclara que las medidas a que
se refiere el artículo en mención, serán de inmediata ejecución, tendrán
carácter preventivo y transitorio y se aplicarán sin perjuicio de las
sanciones a que haya lugar.
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Referencias Bibliográficas
Organización Panamericana de la Salud- Ministerio de Salud y Protección
Social. (2010). Hacía una vivienda saludable.Que viva mi Hogar .
Bogota.