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Presentación El pasado 8 de mayo del presente año se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los nuevos Anexos que deberán utilizar los Contadores Públicos Autorizados, para dictaminar las obligaciones que los patrones tienen ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. En el presente boletín ofreceremos un panorama amplio de las modificaciones que surgieron dentro de los nuevos formatos, así como de sus posibles implicaciones, tanto para el Contador Público dictaminador, como para el patrón sujeto a la revisión.
Nuevos Anexos del Dictamen IMSS
Agosto 2013 Boletín de Investigación de la Comisión de Desarrollo Seguridad Social - Sur Núm. 5
Boletín de Investigación Comisión de Desarrollo Seguridad Social - Sur - Agosto de 2013
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2012 – 2014 C.P.C. José Besil Bardawil Presidente C.P.C. María Isabel Pliego Rosique Vicepresidente de Desarrollo y Capacitación Profesional L. C.P. Luis Bernardo Madrigal Hinojosa Director Ejecutivo
Comisión de Desarrollo Seguridad Social - Sur Presidente C.P.C. Leobardo Muñoz Tapia Vicepresidente C.P.C. Rolando Silva Briceño Secretario C.P. Gabriela Pérez Jiménez Tesorero C.P. Rodrigo Prieto Sánchez Integrantes C.P. Sandro Alberto Alvarado Hernández C.P. D.F. Mariano Fernández de Córdova y de la Barrera C.P.C. Fernando Galicia Ramírez L.C.P. José Antonio Jiménez Ramos L.C.C. Jorge Luis López Ayala C.P.C. Gerardo de Jesús Molina Perera L.C. Jaime Pacheco Garrido C.P. Jorge Javier Ramos Negrete C.P.C. y P.C.FI. Juan Manuel Villanueva Pérez Sandi C.P.C. Enrique Fuentes Galindo Gerencia de Comunicación y Promoción
Comisión de Desarrollo Seguridad Social – Sur del Colegio, Año I, Núm. 5, agosto de 2013, Boletín Informativo edición e impresión por el Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. Responsables de la Edición: Lic. Asiria Olivera Calvo, Lic. Jonathan García Butrón. Diseño: Lic. D.G. Ismael Trinidad García. Bosque de Tabachines Núm. 44, Fracc. Bosques de las Lomas, Deleg. Miguel Hidalgo 11700. El contenido de los artículos firmados es responsabilidad del autor; prohibida la reproducción total o parcial, sin previa autorización.
ÍNDICE PÁGINA
I. El Dictamen ante el IMSS 3
II. Cómo está integrado un Dictamen IMSS 3
III. Anexo I 5
IV. Anexo II 7
V. Anexo III 11
VI. Anexo IV 19
VII. Anexo V 24
VIII. Conclusiones 28
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I. El Dictamen ante el IMSS
El dictamen ante el IMSS tiene ya varios años vigentes, existen tres supuestos para la
realización de este trabajo:
Dictamen obligatorio: Quienes tuvieron durante el ejercicio fiscal inmediato anterior
un promedio igual o mayor a 300 trabajadores.
Dictamen voluntario: Este dictamen se realiza a solicitud del patrón y es casi
siempre una medida de control interno o un ejercicio de regularización espontáneo.
Dictamen voluntario inducido: Éste se solicita vía “invitación” a los patrones con la
consideración de los funcionarios del IMSS. A pesar de ser voluntario, la no
aceptación de esa propuesta es casi en todos los casos un detonante de una
revisión directa.
Como nos damos cuenta, un dictamen del IMSS es algo que concierne a cualquier patrón,
independientemente del número de trabajadores que se tengan contratados.
II. Cómo está integrado un dictamen IMSS
Aunque existe controversia respecto al nombre técnico del examen que se realiza al
patrón para evaluar la razonabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones, para estos
efectos nos referiremos a éste como “dictamen”, con la intención de homologar los
términos con la legislación en la materia.
El dictamen podemos separarlo en dos grupos, los cuales utilizarán diferentes anexos
para acompañar su dictamen:
Patrones con un registro patronal
Patrones con varios registros patronales
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Vale la pena mencionar que la inclusión de formatos para más de un registro patronal es
un avance importante en la simplificación de este proceso, ya que hace algunos años se
tenía que generar un dictamen independiente, con todos sus anexos por cada registro
patronal, además de imprimirlo por triplicado para su presentación. ¡Imagínense la
cantidad de papel y de trabajo que esto representaba!
El dictamen en papel (ahora contamos ya con la opción de presentación vía electrónica),
se integra con los siguientes elementos:
Carta de presentación.
Opinión.
Anexo I: Informe de la situación del patrón dictaminado.
Anexo II: Cuadro analítico de las cuotas obrero patronales omitidas y determinadas
en el dictamen.
Anexo III: Análisis de los conceptos por grupos o categorías de trabajadores,
indicando si estos se acumularon o no al salario base de cotización, revisión de
los pagos efectuados a personas físicas.
Anexo IV: Conciliación del total de percepciones de trabajadores en registros
contables contra la base de salarios manifestados para el instituto, así como contra
lo declarado para efectos del ISR.
Anexo V. Reporte de las actividades y clasificación de la empresa dictaminada.
Los anteriores anexos en caso de utilizarse para dictaminar a un patrón con varios
registros patronales, se constituyen de manera casi idéntica, con la salvedad de tener la
letra “A” al final del número de anexo, (Anexo I A, Anexo II A, etcétera). En relación con
este boletín basaremos nuestros comentarios sobre los anexos destinados para un solo
registro patronal, ya que la modificación en caso de utilizar la otra versión de los formatos
radica únicamente en la manera de presentarlos dentro de los formatos que agrupan la
información de los diversos registros patronales.1
1 Adicional a estos anexos se encuentran un par de anexos para patrones de la construcción, que por lo particular del caso será ampliamente abordado en un próximo documento.
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III. ANEXO I
INFORME RESPECTO DE LA SITUACIÓN DEL PATRÓN DICTAMINADO
I. Descripción de las características generales del patrón
1. Nombre, denominación o razón social:
2. Registro Patronal: 3. Ejercicio o periodo dictaminado:
Del Al
II. Clasificación de la Empresa
4. Periodo 5. Clase 6. Fracción 7. Prima
III. Cuotas Pagadas en el Ejercicio
8. Enfermedades y Maternidad 9.
Riesgo
de
Trabajo
10.
Invalidez
y Vida
11.
Guarderías
y Prest.
Soc.
12. Total Fija
Excedente
3 SMGDF
Prestaciones
en Dinero
Gastos
Médicos
Mes 1 al 12
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
13. RCV
Retiro Cesantía y Vejez 14. Total
BIMESTRE
1 AL 6
$0.00 $0.00 $0.00
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Informe de la situación del patrón dictaminado
Este anexo se elaborará con los datos del acta constitutiva, aviso de inscripción patronal
y algunos otros de carácter oficial, donde el dictaminador se debe cerciorar de los datos
generales del patrón.
Como en todos los anexos es importante verificar que los datos generales sean siempre
correctos, ya que en ocasiones, durante la revisión por parte de las autoridades, el
cuadernillo se desarma para involucrar a otras aéreas autorizadas.
En este anexo se deberán reflejar los siguientes aspectos:
Clasificación de la empresa en el seguro de riesgos de trabajo.
Cuotas pagadas en el periodo.
En su caso calidad de patrón substituto.
En su caso bases de cotización especiales.
Notas relevantes.
Un aspecto importante de este anexo radica en las cantidades pagadas al IMSS que
debemos de incluir, que de acuerdo con el instructivo deberán ser las cubiertas durante
el ejercicio sujeto de dictamen y hasta antes de la presentación del aviso del mismo,
incluyendo los pagos complementarios espontáneos e incluso los requeridos por el IMSS,
a través de su sistema de verificación de pagos. Cabe mencionar que un aspecto que se
eliminó de este Anexo, se refiere a la parte relativa a las características de los Contratos
de Trabajo, tanto Colectivos como los Individuales, así como el tipo de trabajadores
(planta, eventual, etc.).
Conclusión del Anexo I
En general este anexo no presenta modificaciones relevantes en cuanto a la información
solicitada, resalta el énfasis que en las primas de riesgo de trabajo se muestra.
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IV. ANEXO II
CUADRO ANALÍTICO DE LAS CUOTAS
OBRERO PATRONALES OMITIDAS Y DETERMINADAS EN EL DICTAMEN
MES
5 Enfermedades y Maternidad
6. Riesgo de
Trabajo
7. Invalidez
y Vida
8. Guarderías
y Prest. Soc.
9. Sub Total
C.O.P.
10 Act. 11 Rec. 12. Total
Fija
Excedente 3
SMGDF
Prest. en
Dinero
Gastos Médicos
Pensionados
ENERO $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
FEBRERO
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
TOTAL $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
BIMESTRE
13. RCV Subtotal Act. Rec. 14. Total
Retiro Cesantía y Vejez
ENE-FEB
MAR-ABR
MAY-JUN
JUL-AGO
SEP-OCT
NOV-DIC
TOTAL $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
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ANEXO II
I. Descripción de las características generales del patrón
1. Nombre, denominación o razón social:
2. Registro Patronal:
3. Ejercicio o periodo dictaminado:
Del Al
III. Conceptos u omisiones determinados en el dictamen
IV. Notas relevantes al Anexo II del dictamen
V. Nombre y Firma del Patrón o Representante
Legal
V. Nombre y Firma del C.P.A. Registro:
Hoja 2
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I. Descripción de las características generales del patrón
5. Nombre, denominación o razón social:
6. Registro Patronal:
7. Ejercicio o periodo dictaminado
Del Al
VII. Constancia de presentación de movimientos afiliatorios elaborados con motivo del dictamen
Concepto No. de Avisos
18. ALTAS O REINGRESOS DE TRABAJADORES
19. BAJAS DE TRABAJADORES
20. MODIFICACIONES DE SALARIO
21. TOTAL
VIII. Trabajadores
22. Promedio de trabajadores del ejercicio dictaminado 23. Trabajadores revisados 24. Trabajadores regularizados
Nota: Los movimientos ascendentes y descendentes deberán elaborarse de conformidad con lo establecido en el
Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y
Fiscalización.
Para uso exclusivo del IMSS
Sello de recibido por el Área de Auditoría Sello de recibido por el Área de Afiliación
V. Nombre y Firma del Patrón o
Representante Legal
V. Nombre y Firma del C.P.A.
Registro:
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Cuadro analítico de las cuotas obrero patronales omitidas y determinadas en el dictamen
Para efectos del Anexo II, los aspectos a considerar serán los siguientes:
Cuotas determinadas producto del dictamen.
Conceptos u omisiones determinadas en el dictamen.
o Refiriéndose a esta información el nuevo instructivo señala la obligación de
precisar el motivo de las diferencia; es decir, la afiliación de trabajadores no
inscritos, integración de conceptos fijos y/o variables, todo esto de la
manera más específica posible.
Aviso de dictamen y prórroga.
Constancia de presentación de avisos afiliatorios:
o Altas o reingresos.
o Bajas.
o Modificaciones de salario.
o Dentro del instructivo se señala que los movimientos deberán de ser
presentados y aplicados de acuerdo con la legislación en la materia. Cabe
mencionar que no se señala beneficio alguno en la presentación de
movimientos extemporáneos, es decir, no queda claro si la autoridad busca
eliminar este beneficio tácito de la presentación del dictamen.
Trabajadores:
o Promedio de trabajadores del ejercicio dictaminado (de cada centro de
trabajo).
o Trabajadores revisados (número de trabajadores considerados en la
muestra).
o Trabajadores regularizados (trabajadores por los cuales se presentaron
movimientos afiliatorios).
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Conclusión del Anexo II
Este anexo sigue representado una de las tareas más conflictivas dentro del proceso de
dictamen, ya que debemos tener en cuenta que se generará una “constancia” de
presentación de avisos afiliatorios por cada registro patronal y presentar este documento
en la Subdelegación que corresponda, no al domicilio fiscal, si no al centro de trabajo.
Por cuestiones obvias, esta situación requiere de anticipación y una logística precisa en
caso de múltiples centros de trabajo. Se ha comentado ya en varias ocasiones con los
funcionarios del IMSS y es una realidad que se está trabajando para poder efectuar la
presentación de estos avisos de manera electrónica; sin embargo, hasta la fecha, la
situación sigue como la comentamos.
V. ANEXO III
ANÁLISIS DE LOS CONCEPTOS DE PERCEPCIÓN POR GRUPO O CATEGORÍAS DE TRABAJADORES
INDICANDO SI ÉSTOS SE ACUMULARON O NO AL SALARIO BASE DE COTIZACIÓN Y REVISIÓN A LOS
PAGOS EFECTUADOS A PERSONAS FÍSICAS
I. Descripción de las características generales del patrón
1. Nombre, denominación o razón social:
2. Registro Patronal: 3. Ejercicio o periodo dictaminado:
Del Al
II. Grupo o categoría de trabajadores
III. Conceptos de Percepción IV. Tipo de Percepción (*)
V. Se integra al Salario Base
de Cotización (*) VI. Importe
Pagado Fija Variable SÍ NO
$0.00
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TOTAL $0.00
(*) La información contenida en las columnas está en términos de la Ley del Seguro Social.
I. Descripción de las características generales del patrón
1. Nombre, denominación o razón social:
2. Registro Patronal: 3. Ejercicio o periodo dictaminado:
Del Al
II. Grupo o categoría de trabajadores
VII. Factores de integración
Años de Servicio Días Vac. Prima Vac. Aguinaldo Otra Factor
I. Descripción de las características generales del patrón
1. Nombre, denominación o razón social:
2. Registro Patronal: 3. Ejercicio o periodo dictaminado:
Del Al
DETERMINACIÓN DEL SALARIO BASE DE COTIZACIÓN CORRESPONDIENTE
A LAS PERCEPCIONES VARIABLES
(PRUEBA MUESTRA)
VIII. Mes IX. Número de
Seguridad Social
XVII. Percepciones variables del mes o bimestre anterior (Concepto e Importes de las Percepciones) XVIII. Importe
total de
Percepciones
Variables
XIX. Días de Salario
Devengado
XX. Promedio Diario
de Variables Concepto Concepto Concepto Concepto Concepto Concepto
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
I. Descripción de las características generales del patrón
1. Nombre, denominación o razón social:
2. Registro Patronal: 3. Ejercicio o periodo dictaminado:
Del Al
COMPARACIÓN ENTRE EL SALARIO DIARIO BASE DE COTIZACIÓN DETERMINADO POR DICTAMEN Y LO
COTIZADO POR EL PATRÓN (PRUEBA MUESTRA)
VIII. Mes
IX. Número de
Seguridad
Social
XXI. Tipo de Salario Diario Base de
Cotización
XXII. E y M, R.T., Guarderías y
Prestaciones Sociales, Invalidez y Vida y
Cesantía y Vejez
Importe Debió
Cotizar Cotizó Diferencia
Fijo Variable Mixto
$ 0. $ 0. $ 0. $ 0. $ 0. $ 0.
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I. Descripción de las características generales del patrón
1. Nombre, denominación o razón social:
2. Registro Patronal: 3. Ejercicio o periodo dictaminado:
Del Al
ANÁLISIS DE LA REVISIÓN A PAGOS EFECTUADOS A PERSONAS FÍSICAS
Concepto Importes
XXIII. Total de remuneraciones directas pagadas en el ejercicio $0.00
XXIV. Total de pagos efectuados en el ejercicio a personas físicas
Honorarios asimilados a salarios $0.00
Honorarios $0.00
Comisionistas $0.00
Otros $0.00
TOTAL $0.00
XXV. Porcentaje de pagos a personas físicas sobre sueldos: 0.00%
XXVI. Importe de la prueba efectuada por el C.P.A. a personas físicas
Importe personas no sujetas de aseguramiento $0.00
Importe personas sujetas de aseguramiento $0.00
TOTAL
$0.00
XXVII. Porcentaje de la prueba realizada por el C.P.A. : 0.00%
XXVIII. Anotar el nombre de la actividad de la(s) persona(s) que no fue(ron)
considerada(s) sujeta(s) de aseguramiento: Importe
$0.00
TOTAL $0.00
Resultado de la Revisión
Personas consideradas como sujetos de aseguramiento
XXIX. Nombre de la Actividad XXX. Importe
Regularizado
XXXI. Número de Personas
Físicas Regularizadas
$0.00
TOTAL $0.00
XXXII. Notas relevantes del Anexo III del Dictamen
XXXIII. Nombre y Firma del C.P.A. Hoja 6
Registro:
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Análisis de los conceptos por grupos o categorías de trabajadores, indicando si estos se
acumularon o no al salario base de cotización y revisión de los pagos efectuados a
personas físicas
Este sin duda es uno de los anexos más laboriosos del dictamen, está compuesto de
varios elementos entre los cuales donde destacan:
En la primera parte encontramos:
Conceptos de percepción.
Tipos de percepción.
Integración al salario base de cotización.
Registro patronal.
Montos de las percepciones.
En esta primera parte se muestra una modificación que, aunque no genera en términos
normales un trabajo adicional, sí se debe de solicitar un dato preciso sobre el importe de
las percepciones, desglosado por los conceptos señalados; es decir, además de la
prestación, su naturaleza y la integración o exención al SBC, debemos reflejar el monto
de cada una de ella; en el caso de patrones con varios registros patronales, se debe
reflejar el importe por percepción, separado por cada uno de los registros patronales, lo
que sin duda desemboca en algo que el IMSS solicita hace tiempo: una conciliación
contable por registro patronal.
Segunda parte:
Factores de integración.
Tercera parte:
Determinación del salario base de cotización correspondiente a las percepciones
fijas.
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Cuarta parte:
Determinación del salario base de cotización correspondiente a las percepciones
variables.
Quinta parte
Comparación entre el Salario Base de Cotización determinado por dictamen y lo
cotizado por el patrón.
Le definición de las muestras para este anexo será de la manera siguiente:
o De 1 a 50 trabajadores mostrar el 20% con un tope de 20 trabajadores.
o De 151 a 299 trabajadores mostrar el 15% con un tope de 30
trabajadores.
o De 300 o más trabajadores mostrar el 10% con un tope de 60
trabajadores.
Sexta parte:
Análisis de la revisión de pagos efectuados a personas físicas.
Con respecto a esta parte de la revisión, el formato sólo modifica su aspecto, es decir,
los datos requeridos continúan siendo, en términos generales, los mismos con los que
veníamos trabajando.
Conclusión del Anexo III
Las modificaciones más trascendentes se refieren a la primera parte del Anexo. Además
de anotar si la percepción es fija o variable, y especificar si se integra o no al SBC,
debemos de anotar el importe de nómina de ese concepto, lo cual se complica en la
medida que tengamos diversos tipos de trabajadores (sindicalizados, administrativos,
confidenciales, etc.). Por lo tanto, debemos ser muy cuidadosos cuando requisitemos
Boletín de Investigación Comisión de Desarrollo Seguridad Social - Sur - Agosto de 2013
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esta parte, misma que servirá para que la Autoridad lleve a cabo la prueba de
razonabilidad o prueba global.
Otra modificación se relaciona con el cambio en la mecánica para determinar el número
de trabajadores que se reflejan en el Anexo. En este caso, es necesario tener presente
que esto no limita la muestra de la revisión del auditor, pero si establece un mínimo para
mostrar dentro del cuerpo del dictamen.
VI. ANEXO IV
ANEXO IV
CONCILIACION DEL TOTAL DE PERCEPCIONES DE TRABAJADORES EN REGISTROS CONTABLES
CONTRA LA BASE DE SALARIOS MANIFESTADOS PARA EL INSTITUTO; ASI COMO
CONTRA LO DECLARADO PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
I. Descripción de las características generales del patrón
1. Nombre, denominación o razón social:
2. Registro Patronal Dictaminado: 3. Ejercicio o periodo dictaminado:
Del Al
II. De los Registros Contables
4. Gastos de: $ 0.
5. Cuenta.
6. Sub. Ctas.
7. Sub.
Sub.
Cta.
8. Concepto 9. Importe 10. Sub total
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$ $ 0
4. Gastos de: $ 0.
5. Cuenta.
6. Sub. Ctas.
7. Sub.
Sub.
Cta.
8. Concepto 9. Importe 10. Sub total
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20
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$ $ 0
ANEXO IV
I. Descripción de las características generales del patrón
1. Nombre, denominación o razón social:
2. Registro Patronal Dictaminado: 3. Ejercicio o periodo dictaminado:
Del Al
II. De los Registros Contables
4. Gastos de: $ 0.
5.
Cuenta.
6. Sub.
Ctas.
7. Sub.
Sub.
Cta.
8. Concepto 9. Importe 10. Sub total
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$ $ 0
4. Ctas. de Balance: $ 0.
5.
Cuenta.
6. Sub.
Ctas.
7. Sub.
Sub.
Cta.
8. Concepto 9. Importe 10. Sub total
$
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21
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
III. TOTAL $ 0
Hoja 2
ANEXO IV
I. Descripción de las características generales del patrón
1. Nombre, denominación o razón social:
2. Registro Patronal Dictaminado: 3. Ejercicio o periodo dictaminado:
Del Al
IV. Percepciones variables del sexto bimestre anterior al ejercicio dictaminado V. Importe
$ 0.00
$ 0.00
$ 0.00
$ 0.00
$ 0.00
$ 0.00
VI. Percepciones variables del sexto bimestre anterior al ejercicio dictaminado VII. Importe
$ 0.00
$ 0.00
$ 0.00
$ 0.00
$ 0.00
$ 0.00
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22
Hoja 3
ANEXO IV
I. Descripción de las características generales del patrón
1. Nombre, denominación o razón social:
2. Registro Patronal: 3. Ejercicio o periodo dictaminado:
Del Al
VIII. Excedentes de Salarios Tope de acuerdo a los máximos legales por rama de seguro
8. Total de percepciones del personal topado
9. Total de Salarios Tope
$0.00
$0.00
10. Total de excedentes de salarios tope
$0.00
IX. Notas relevantes al Anexo IV del dictamen
X. Nombre y Firma del C.P.A.
Registro:
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Conciliación del total de percepciones de trabajadores en registros contables contra la
base de salarios manifestados para el instituto, así como contra lo declarado para efectos
del impuesto sobre la renta
Con este anexo estaremos en posibilidad de evaluar la integridad de la información con
que contamos, la cual se considera parte fundamental de la prueba de razonabilidad que
realiza el IMSS.
Se divide en partes; el contenido es el siguiente:
Hojas 1 y 2: registros contables.
Hoja 3: importe de las percepciones variables del sexto bimestre.
Hoja 4: importe de excedentes de salarios tope.
o En esta hoja, ahora sólo se muestra una casilla para este dato, como
consecuencia de la homologación de los “topes" en diferentes ramas del
seguro.
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VII. ANEXO V
REPORTE DE LAS ACTIVIDADES Y CLASIFICACIÓN DE LA EMPRESA DICTAMINADA
1. Ejercicio o periodo dictaminado:
I. Datos generales del patrón o sujeto obligado
2. Nombre, denominación o razón social:
3.-Registro Patronal dictaminado : 4. RFC ▬ ▬
I.1. Domicilio del registro patronal
5. Calle:
6. Número y/o letra exterior: 7. Número y/o letra interior:
8. Colonia: 9. Localidad: 10.Código postal:
11. Municipio o delegación:
12. Entidad federativa:
13. Especificar giro de la empresa:
14. Presta servicios No ¡Error! Marcador no
definido. Sí ¡Error! Marcador no definido.
¡Error! Marcador no definido.
Si la respuesta es afirmativa, deberá llenar los puntos
15 y 16, en caso contrario, pase al Apartado II.
15. Indique el número de
beneficiarios a los que les presta
servicios: ______
Deberá identificar a los beneficiarios del
servicio. (Utilizar el apartado V de este
anexo “Relación de Beneficiarios y
Servicios que Otorgan”).
¡Error! Marcador no definido.16. Cuenta con
Registro Patronal por Clase:
No ¡Error! Marcador no definido. Sí
¡Error! Marcador no definido.
II. Datos de la actividad de la empresa
II.1.Productos elaborados o servicios prestados
II.2. Materias primas y materiales utilizados
II.3.Maquinaria y equipo utilizado [excepto equipo de transporte]
Número de Unidades Nombre Uso No motorizados/Motorizados no
automatizados/Automatizados/Otros Capacidad o Potencia
II.4.Equipo de transporte utilizado
Número de Unidades Nombre Uso Combustible o energía Capacidad o Potencia
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II.5. Procesos de trabajo de la actividad del patrón o sujeto obligado.
Procesos Iniciales (Descripción)
Procesos Intermedios (Descripción)
Procesos Finales (Descripción)
II.6. Personal.
No. de trabajadores Oficio u ocupación No. de
trabajadores
Oficio u ocupación
II.7.Actividades complementarias a la principal
17. Distribución o entrega de mercancías
¡Error! Marcador no definido.Con transporte propio
¡Error! Marcador no definido.Con transporte ajeno
¡Error! Marcador no definido.No distribuye, ni entrega
¡Error! Marcador
no definido.
¡Error! Marcador
no definido.
18. Servicios de instalación,
reparación o mantenimiento
19. Servicios de almacenaje
* El patrón está obligado en términos de la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos, a dar aviso de cualquier modificación en sus
actividades, instalaciones, equipos, procesos, etc.
III. Clasificación del Registro Patronal en el Seguro de Riesgos de Trabajo
Clasificación conforme al Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas,
Recaudación y Fiscalización
De conformidad con la información declarada y con fundamento en los artículos 71, 73 y 75 de la Ley del Seguro Social y los artículos 1,
fracción IV, 3, 16, 18, 19, 20, 24, 26, 28,166, fracción V y 196 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación,
Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, la clasificación del registro patronal revisado es la siguiente:
Clasificación
20. División
21. Grupo
22. Fracción 23. Clase de riesgo
24. Prima del SRT 24.I Enero-Febrero
25. Nueva clasificación
División:
Grupo:
Fracción:
Clase de riesgo:
Prima media:
Fecha del cambio de actividad:
24.II Marzo-Diciembre
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IV. Firmas del patrón y contador público autorizado
IV.1. Lugar y fecha en donde se elabora este
reporte
(Debe corresponder a la fecha de la opinión)
IV.2. Nombre, firma y No. de Registro del C.P.A. ante el IMSS
IV.3. Nombre y firma del patrón o de su
representante legal
Acuse de recibo (Para uso exclusivo del Instituto Mexicano del Seguro Social)
No. DE AVISO FECHA DE RECEPCIÓN DEL DICTAMEN
CLAVE DE
IDENTIFICACIÓN
En caso de que los espacios marcados no sean suficientes, anexar la información faltante en hojas por separado, indicando el rubro
correspondiente.
Reporte de las actividades y clasificación de la empresa dictaminada
Sin duda, este anexo es el que más modificaciones sufrió, incluso consideramos que
establece una situación distinta en el proceso y finalidad del dictamen, pues se crean
obligaciones adicionales para los patrones durante el proceso y para los Contadores
Públicos Autorizados.
Un cambio importante en la revisión del dictaminador, radica en que ahora la información
relacionada con este anexo se deberá tomar del ejercicio dictaminado y no de la situación
que este guardaba en el momento de la presentación del dictamen, por lo que
indirectamente la responsabilidad del auditor se incrementará.
El anexo lo podríamos dividir de la siguiente manera:
Datos generales del patrón o sujeto obligado:
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o Además de los datos generales se deberán señalar las direcciones de cada
uno de los centros de trabajo
Definición de las actividades o giro preponderante:
o El instructivo señala que debemos mencionar el objeto para el cual fue
creada la compañía, en este sentido, conocemos lo amplio que puede ser
el objeto social redactado al momento de constituir la compañía y lo
diferente que este puede ser de las actividades reales desempeñadas.
Señalar si el patrón dictaminado es un Outsourcing:
o Este cambio es trascendente, ya que ahora el CPA deberá señalar si el
patrón es un Outsourcing para considerar un procedimiento diferente en la
revisión.
Datos de la actividad de la empresa:
o En esta parte se solicita información específica sobre las actividades que
realiza el patrón, misma que se deberá complementar con datos sobre:
Productos elaborados o servicios prestados.
Materias primas, materiales utilizados.
Maquinaria y equipo.
Equipo de transporte utilizado.
Procesos de trabajo de la actividad del patrón.
Personal.
Además de la principal, actividades complementarias (dato nuevo).
Clasificación del registro patronal en el seguro de riesgos de trabajo:
o Nueva clasificación: en este caso, el instructivo señala: “Este rubro se
requisitará sólo en caso de que se presente un cambio en la clasificación,
debiéndose aplicar la prima media que le corresponda de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 73 de la LSS, señalando la fecha en la que se
configuró el cambio de actividad, se debe incluir la división, grupo, fracción,
clase y prima media”.
Se muestra una nota en el instructivo donde se señala que en caso de que las
actividades realizadas por el patrón se complementen con actividades realizadas
por terceros, será necesario precisar algunos datos, tales como:
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o Recepción de materias primas.
o Almacenamiento.
o En qué calidad se recibe la mercancía: administración, consignación,
compra directa.
o Nombres de las empresas propietarias del equipo de transporte.
o Forma de promover o publicitar los productos o servicios.
o Conceptos de facturación.
o Cobros a nombre de terceros.
o Cláusulas del contrato de arrendamiento del local o equipo.
Relación de beneficiarios y servicios que otorgan:
o Si el patrón dictaminado es un Outsourcing, entonces se deberá
complementar el anexo con la relación de los beneficiarios de los servicios
prestados, con una muestra determinada por el IMSS, conforme la siguiente
información:
De 1 a 10 beneficiarios, presentar el 100% de la información.
De 11 a 30 beneficiarios, presentar el 50% de la información.
De 31 beneficiarios en adelante, presentar el 35% de la información.
VIII. Conclusiones
Consideramos que los cambios en los anexos son, en general, adecuaciones de forma;
sin embargo, existen cambios importantes, como en el caso del Anexo III donde se
amplia, a través de porcentajes de la muestra a reflejar, la integración salarial de
trabajadores.
Por ejemplo, en el Anexo V, los cambios trascendentales radican en la manera cómo el
auditor deberá efectuar su trabajo, es decir, podría estarse obligando al patrón a
reclasificarse sin la opción de un juicio de por medio o de un análisis de la propia
autoridad, dejando de lado un beneficio que hasta el año pasado se aplicaba al patrón
dictaminado: la rectificación de la clasificación a la fecha de la entrega de los resultados
del dictamen. Otro cambio se refiere a la información sobre los prestadores de servicio
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de personal, donde la Autoridad solicitará los contratos vigentes, de conformidad con el
artículo 15-A de la Ley del Seguro Social vigente.
Es un hecho que el equipo de trabajo de los auditores debe ser más cuidadoso y
detallista en algunos Anexos del dictamen, sobre todo en el caso del Anexo V. Incluso, si
se requiere, se debe incluir a un tercero con un perfil técnico diferente para que en su
caso defina lo “peligroso” que puede resultar una u otra actividad; sin embargo, debe de
prevalecer el criterio de la actividad preponderante del patrón para, con base en ello,
determinar la adecuada clasificación del patrón revisado.