Post on 01-Jan-2015
OMC Página 1
Normas yArmonización
Sesión 3Stefania Bernabè
OMC Página 2
El preambulo del Acuerdo
• Reconociendo la importancia de la contribución que las normas internacionales y los sistemas internacionales de evaluación de la conformidad pueden hacer a ese respecto al aumentar la eficacia de la producción y facilitar el comercio internacional;
• Deseando, por consiguiente, alentar la elaboración de normas internacionales y de sistemas internacionales de evaluación de la conformidad;
• ...Reconociendo la contribución que la normalización internacional puede hacer a la transferencia de tecnología de los países desarrollados hacia los países en desarrollo;
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o O
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“Documento aprobado por una institución reconocida, que prevé, para un uso común y repetido, reglas, directrices o características para los productos o los procesos y métodos de producción conexos, y cuya observancia no es obligatoria. También puede incluir prescripciones en materia de terminología, símbolos, embalaje, marcado o etiquetado aplicables a un producto, proceso o método de producción, o tratar exclusivamente de ellas.”
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Acuerdo OTC, Annexo I
- Norma-
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institución reconocida,
uso común y repetido, reglas, directrices o características para los productos o los procesos y
métodos de producción conexos
observancia no es obligatoria
- Norma-
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- y un reglamento técnico?-
• Documento en el que se establecen las características de un producto o los procesos y métodos de producción con ellas relacionados, con inclusión de las disposiciones administrativa aplicables, y cuya observancia es obligatoria. También puede incluir prescripciones en materia de terminología, símbolos, embalaje, marcado o etiquetado aplicables a un producto, proceso o método de producción o tratar exclusivamente de ellas
Acu
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…establecen las características de un producto o los procesos y métodos de producción con ellas
relacionados
observancia es obligatoria
- Reglamento técnico-
2
1
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Normas: 2 tipos de disposiciones
Disposiciones sobre la utilización y elaboración de normas
internacionales en la elaboración de reglamentos técnicos y
procedimientos de evaluación de la conformidad
Disposiciones sobre la preparación, adopción y
aplicación de normas nacionales, locales, non-
gubernamentales y regionales
Articúlo 2
Articúlo 5
Articúl 4 y Annexo 3 (Código
de conducta)
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Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y
Aplicación de Normas
Establece disciplinas para las instituciones de normalización que
elaboran normas voluntarias ( gobierno central, instituciones públicas locales, istituciones no gubernamentales, organismos
regionales) AC
UER
DO
OTC
AC
UER
DO
OTC
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Código de Buena ConductaA
cu
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TC
1. Trato nacional y no discriminación
2. No crear obstáculos innecesarios
3. Armonización
4. Participación en las actividades de los organismos internacionales de normalización
5. Evitar duplicación
6. Normas en función de las propiedades de uso y empleo de los productos más que en función de su diseño o de sus características descriptivas
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Normas internacionales
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Articúlos 2.4 – 2.6 del Acuerdo OTC
= ≈
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utilicen !(2.4)
Expliquen! / presunción
(2.5)
Participen!(2.6)
= ≈Tres puntos
fondamentales
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“2.4 Cuando sean necesarios reglamentos técnicos y existan normas internacionales pertinentes o sea inminente su formulación definitiva, los Miembros utilizarán esas normas internacionales, ....
Artículo 2.4
= ≈
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o O
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o O
TC
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“2.4 Cuando sean necesarios reglamentos técnicos y existan normas internacionales pertinentes o sea inminente su formulación definitiva, los Miembros utilizarán esas normas internacionales, .... como base de sus reglamentos técnicos..
Artículo 2.4
= ≈
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o O
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TC
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“2.4 ... Salvo en el caso de que esas normas internacionales [...] sean un medio ineficaz o inapropriado para el logro de los objetivos legítimos perseguidos, por ejemplo a causa de factores climáticos o geogáficos fundamentales, o problemas tecnólogicos fundamentales
Artículo 2.4
= ≈
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OTC Articúlo 2.4
Los Miembros utilizarán esas normas internacionales
Los Miembros utilizarán esas normas internacionalesentonce
s
factores climáticos o geográficos fundamentales, o problemas tecnológicos fundamentales
factores climáticos o geográficos fundamentales, o problemas tecnológicos fundamentales
A causa de
Reglamentos técnicos son necesariosReglamentos técnicos son necesarios
Existan normas internacionales pertinentesExistan normas internacionales pertinentes
Si +
En el caso esas NI sean un medio
ineficaz o inapropiado
En el caso esas NI sean un medio
ineficaz o inapropiado
SalvoRealización de
objetivo legitimo
Realización de objetivo legitimo
para
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Articúlo 2.5
2.5 Todo Miembro que elabore, adopte o aplique un reglamento técnico que pueda tener un efecto significativo en el comercio de otros Miembros explicará la justificación del mismo a tenor de las disposiciones de los párrafos 2 a 4 del presente artículo.
= ≈
Text of 2.5
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Text of 2.5 (...rebuttable presumption)
2.5 .... Siempre que un reglamento técnico se elabore [...] para alcanzar uno de los objetivos legítimos mencionados en el párrafo 2, y esté en conformidad con las normas internacionales pertinentes, se presumirá, a reserva de impugnación, que no crea un obstáculo innecesario al comercio internacional.
Articúlo 2.5
= ≈
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Text of 2.6 (... play full part)
Artículo 2.6
“2.6 Con el fin de armonizar sus reglamentos técnicos en el mayor grado posible, los Miembros participarán plenamente, dentro de los límites de sus recursos, en la elaboración, por las instituciones internacionales competentes con actividades de normalización, de normas internacionales referentes a los productos para los que hayan adoptado, o prevean adoptar, reglamentos técnicos
Effectos sobre la normalización internacional Esfuerzos de los organismos Como hacerlo?
= ≈
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Articúlos 2.4 – 2.6 del Acuerdo OTCArticúlo 3 del Acuerdo MSF
= ≈
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Cuales son las diferencias entre los Acuerdos OTC y MSF con respecto al
armonización?
= ≈
OMC Página 23
“Para armonizar en el mayor grado posible las
medidas sanitarias y fitosanitarias, los
Miembros basarán sus medidas sanitarias o
fitosanitarias en normas, directrices o
recomendaciones internacionales, cuando
existan, salvo disposición en contrario en el
presente Acuerdo y en particular en el párrafo3
.
Articúlo 3.1 (MSF)
= ≈
OMC Página 24
“Se considerará que las medidas sanitarias o
fitosanitarias que estén en conformidad con normas,
directrices o recomendaciones internacionales son
necesarias para proteger la salud y la vida de las
personas y de los animales o para preservar los
vegetales y se presumirá que son compatibles con las
disposiciones pertinentes del presente Acuerdo y del
GATT de 1994.
Articúlo 3.2 (MSF)
= ≈
OMC Página 25
“Los Miembros podrán establecer o mantener medidas
sanitarias o fitosanitarias que representen un nivel de
protección sanitaria o fitosanitaria más elevado que el que se
lograría mediante medidas basadas en las normas,
directrices o recomendaciones internacionales pertinentes, si
existe una justificación científica o si ello es consecuencia del
nivel de protección sanitaria o fitosanitaria que el Miembro
de que se trate determine adecuado de conformidad con las
disposiciones pertinentes de los párrafos 1 a 8 del artículo 5
Article 3.2 (MSF)
= ≈
Evaluación del riesgo
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= ≈
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Armonización
(c) OTC “open” / MSF “closed” (lista de organismos de normalización)
(b) Las disposiciones de los Acuerdos son similares, pero ...
(d) Excepciones: MSF (justificación científica o ALOP), OTC (medio ineficaz o inapropiado)
(… Resumen …)
(a) Alientan la elabaración y utilización de normas internacionales
= ≈
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Principios por los que se debe guiar la elaboración de normas, Orientaciones y
recomendaciones internacionales
• Transparencia• Apertura• Imparcialidad y consenso• Eficacia y pertinencia• Coherencia• Dimensión del Desarollo
OMC Página 29
Transparencia
Transparencia
Principio General
Fácil acceso a la información básica
Fácil acceso a la información básica
Sobre los programas de trabajo en curso, las propuestas y los
resultados finales
Sobre los programas de trabajo en curso, las propuestas y los
resultados finales
A fin de que los plazos para presentar observaciones por
escrito sean adecuados
A fin de que los plazos para presentar observaciones por
escrito sean adecuados
Establecimiento de procedimiento
Establecimiento de procedimiento
Por lo menos todas las partes interesadas de por lo menos
todos los Miembros de la OMC
Por lo menos todas las partes interesadas de por lo menos
todos los Miembros de la OMC
Para
Transparencia
Procedimiento en materia de transparencia
Aviso, en una etapa temprana, de la propuesta de una institución internacional de normalización
de elaborar una norma
Aviso, en una etapa temprana, de la propuesta de una institución internacional de normalización
de elaborar una norma
Previa solicitud, pronto envío del proyecto de norma
Previa solicitud, pronto envío del proyecto de norma
Plazo prudencial para formular observacionesPlazo prudencial para formular observaciones
Pronta publicación de las normas una vez adoptadas
Pronta publicación de las normas una vez adoptadas
Publicación periódica de un programa de trabajoPublicación periódica de un programa de trabajo
Pronta comunicación por parte de la institución internacional de normalización a los Miembros
del proyecto de norma
Pronta comunicación por parte de la institución internacional de normalización a los Miembros
del proyecto de norma
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Apertura
Posibilidad de adherirse de forma abierta a una
institución internacional de normalización
Posibilidad de adherirse de forma abierta a una
institución internacional de normalización
Sobre una base no discriminatoriaSobre una base no discriminatoria
Para las instituciones competentes de al menos todos los Miembros
de la OMC
Para las instituciones competentes de al menos todos los Miembros
de la OMC
Apertura con respecto a
Apertura con respecto a
La elaboración de políticasLa elaboración de políticas
Las diferentes fases del procedimiento de elaboración de normas
Las diferentes fases del procedimiento de elaboración de normas
Cualquier miembro interesado de la institución internacional de normalización, especialmente los países en desarrollo Miembros, que se interese
en una actividad de normalización específica deberá tener oportunidades adecuadas para participar en todas las etapas de la elaboración de normas
Cualquier miembro interesado de la institución internacional de normalización, especialmente los países en desarrollo Miembros, que se interese
en una actividad de normalización específica deberá tener oportunidades adecuadas para participar en todas las etapas de la elaboración de normas
Imparcialidad y consenso
Deberán establecerse procedimientos para el consenso que traten de
Deberán establecerse procedimientos para el consenso que traten de
Tener en cuenta las opiniones de todas las partes interesadas
Tener en cuenta las opiniones de todas las partes interesadas
Conciliar los argumentos en conflicto
Conciliar los argumentos en conflicto
Todas las instituciones competentes de los
Miembros de la OMC deberán tener
Todas las instituciones competentes de los
Miembros de la OMC deberán tener
Oportunidades adecuadas de contribuir a la elaboración de
una norma internacional
Oportunidades adecuadas de contribuir a la elaboración de
una norma internacional
AperturaImparcialidad y consenso
OMC Página 31
Eficacia y pertinencia
Dar preferencia a las características de determinados países o regiones cuando en
otros países existan diferentes intereses
Dar preferencia a las características de determinados países o regiones cuando en
otros países existan diferentes intereses
Las normas internacionales
deberán
Las normas internacionales
deberán
Basarse en las propiedades de uso y empleo más que en el diseño o las características
descriptivas
Basarse en las propiedades de uso y empleo más que en el diseño o las características
descriptivas
Las normas internacionales
no deberán
Las normas internacionales
no deberán
Crear distorsiones en el comercio mundialCrear distorsiones en el comercio mundial
Tener efectos negativos en la competencia lealTener efectos negativos en la competencia leal
Frenar las innovaciones y la evolución tecnológica
Frenar las innovaciones y la evolución tecnológica
Coherencia= no duplicación
Dimensión desarrollo= buscar métodos tangibles de facilitar la participación de los países en desarrollo en la elaboración de normas internacionales
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El Acuerdo OTC alienta sólidamente a los miembros a utilizar normas
internacionales
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Comunidades Europeas – Denominación Comercial de Sardinas
(primer caso OTC)
CE – Sardinas (2002)
OMC Página 34
Calendario
Fecha de recepción de la solicitud de celebración de consultas: 20 de marzo de 2001
Grupo Especial - establecido: 24 de julio de 2001- composición: 11 de septiembre de 2001
Distribución del informe del Grupo Especial: 29 de mayo de 2002
Distribución del informe del Órgano de Apelación: 26 de septiembre de 2002
Notificación de la solución mutuamente convenida: 29 de julio de 2003
OMC Página 35
Calendario
Fecha de recepción de la solicitud de celebración de consultas: 20 de marzo de 2001
Grupo Especial - establecido: 24 de julio de 2001- composición: 11 de septiembre de 2001
Distribución del informe del Grupo Especial: 29 de mayo de 2002
Distribución del informe del Órgano de Apelación: 26 de septiembre de 2002
Notificación de la solución mutuamente convenida: 29 de julio de 2003
OMC Página 36
La medida en cuestión
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Esta diferencia se refiere al nombre con el que determinadas especies de peces pueden comercializarse en las Comunidades Europeas.
La medida en cuestión es el Reglamento (CEE) 2136/89 del Consejo (el "Reglamento de las CE").
Adoptado por el Consejo de las Comunidades Europeas el 21 de junio de 1989 y es aplicable desde el 1º de enero de 1990.
La medida en cuestión
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Articúlo 2 del Reglamento CE
“El artículo 2 del Reglamento de las CE dispone lo siguiente:
“Únicamente podrán comercializarse como conservas de sardinas y recibir la denominación de venta contemplada en el artículo 7 los productos que cumplan las condiciones siguientes:
- estar incluidos en los códigos NC 1604 13 10 y ex 1604 20 50;
- estar preparados exclusivamente a partir de peces de la especie "Sardina pilchardus Walbaum";
- haber sido envasados previamente, con cualquier medio de cobertura apropiado, en recipientes cerrados
herméticamente;
- haber sido esterilizados mediante un tratamiento adecuado. (sin cursivas en el original)”
OMC Página 39
Únicamente podrán comercializarse productos que están preparados exclusivamente a partir
de peces de la especie "Sardina pilchardus Walbaum”.
OMC Página 40
se encuentra principalmente …- en las costas del Océano Atlántico Noreste, - en el Mar Mediterráneo y - en el Mar Negro.
Sardina pilchardus Walbaum ("Sardina pilchardus")
“Sardina Europea”
Comunidades Europeas
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Perú
Peru exporta productos en conserva preparados con Sardinops sagax sagax ("Sardinops sagax").
Esta especie se encuentra normalmente en el Océano Pacífico Este, en las costas de Perú y Chile.
“Sardina Peruana”
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¿ Es la medida un "reglamento técnico“ ?
Reglamento (CEE) 2136/89
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1. Reglamento técnico
Documento en el que se establecen las características de un producto o los procesos y métodos de producción con ellas relacionados, con inclusión de las disposiciones administrativas aplicables, y cuya observancia es obligatoria. También puede incluir prescripciones en materia de terminología, símbolos, embalaje, marcado o etiquetado aplicables a un producto, proceso o método de producción, o tratar exclusivamente de ellas.
Acuerdo OTC, Anexo 1, párrafo 1
Definición
OMC Página 44
documento en el que se establecen
las características de un productoo
los procesos y métodos de producción con ellas relacionados
... y cuya observancia es obligatoria.
Acuerdo OTC, Anexo 1, párrafo 1
Reglamento Técnico
Jump to PPM
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¿ Es que la medida establece una o
más características del producto ?
¿ Es que la observancia de las características del producto debe ser
obligatoria ?
¿ Es que la medida se aplica a un producto o
grupo de productos identificable ?
Sí
Reglamento (CEE) 2136/89
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¿ Qué fue lo que alegó Perú ?
OMC Página 47
Alegaciones del Perú
Perú solicitó que la medida era incompatible con:
- Artículos 2.4, 2.2 y 2.1 del Acuerdo OTC
- Artículo III:4 del GATT de 1994
El Grupo Especial consideró únicamente el párrafo 2.4 del Acuerdo OTC
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¿ Porqué ?
- Las Comunidades Europeas no utilizaron la norma de denominación establecida en Codex Stan 94 como base para su Reglamento, …
… aún cuando esa norma era un medio eficáz y apropiado para el logro de los objetivos legítimos perseguidos por el Reglamento
Artículo 2.4 del OTC
Alegaciones del Perú
Reglamento (CEE) 2136/89
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Párrafo 2.4 del Acuerdo OTC
OMC Página 50
“2.4 Cuando sean necesarios reglamentos técnicos y existan normas internacionales pertinentes o sea inminente su formulación definitiva, los Miembros utilizarán esas normas internacionales, o sus elementos pertinentes, como base de sus reglamentos técnicos, …”
Artículo 2.4
OMC Página 51
“2.4 Cuando sean necesarios reglamentos técnicos y existan normas internacionales pertinentes o sea inminente su formulación definitiva, los Miembros utilizarán esas normas internacionales, o sus elementos pertinentes, como base de sus reglamentos técnicos, …”
Artículo 2.4
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“2.4 … salvo en el caso de que esas normas internacionales o esos elementos pertinentes sean un medio ineficáz o inapropiado para el logro de los objetivos legítimos perseguidos, por ejemplo a causa de factores climáticos o geográficos fundamentales o problemas tecnológicos fundamentales.”
Artículo 2.4
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¿ Es que existe una norma internacional pertinente ?
Cuatro cuestiones claves …
¿Si es el caso, se ha utilizado esta norma como base para la medida en cuestión ?
¿ Es una situación donde la norma pertinente sería ineficáz o inapropiada para el logro de los objetivos legítimos perseguidos?
¿ Cuál es la naturaleza / característica del objetivo legítimo perseguido ?
OMC Página 54
¿ Es que existe una norma internacional pertinente ?
1.
OMC Página 55
¿ Existe una norma internacional ?
¿ es pertinente ?
OMC Página 56
ftp://ftp.fao.org/codex/standard/en/CXS_094e.pdf
OMC Página 57
Norma adoptada en 1978
Para las conservas de sardinas o productos análogos
… regula cuestiones tales como la presentación, la composición esencial y factores de calidad, los aditivos alimentarios, la higiene y manipulación, el etiquetado, el muestreo, el examen y análisis, los defectos y la aceptación del lote …
21 especies de peces cubiertas
OMC Página 58
¿ Existe una norma internacional ?
¿ es pertinente ?
OMC Página 59
El argumento de las CE de que el Codex Stan 94 no es una norma internacional
pertinente …
porque no fue adoptada por consenso
(CE alegan: sólo pueden ser pertinentes las normas adoptadas por una institución internacional por
consenso)
OMC Página 60
Definición de una “norma”(nota explicativa, Anexo 1 del Acuerdo )
… A los efectos del presente Acuerdo, las normas se definen como documentos de aplicación voluntaria, y los reglamentos técnicos, como documentos obligatorios. Las normas elaboradas por la comunidad internacional de normalización se basan en el consenso. El presente Acuerdo abarca asimismo documentos que no están basados en un consenso.
OMC Página 61
El argumento de las CE de que el Codex Stan 94 no es una norma internacional
pertinente …
porque…
“los productos que comprende son distintos de los comprendidos en el
Reglamento del las CE”
OMC Página 62
La norma CODEX abarca las siguientes
21 especies de peces
Sardina pilchardusSardinops melanostictus, S. neopilchardus, S. ocellatus,
S. sagax[,] S. caeruleusSardinella aurita, S. brasiliensis, S. maderensis, S. longiceps, S. gibbosa
Clupea harengusSprattus sprattus
Hyperlophus vittatusNematalosa vlaminghi
Etrumeus teresEthmidium maculatum
Engraulis anchoita, E. mordax, E. ringensOpisthonema oglinum.
OMC Página 63
Órgano de Apelación:
“… aunque el Reglamento de las CE sólo menciona expresamente la Sardina pilchardus, tiene consecuencias jurídicas respecto de otras especies de peces que podrían venderse como conservas de sardinas, incluidas las conservas de Sardinops sagax.”
OMC Página 64
Si
¿ Existe una norma internacional ?
¿ es pertinente ?
OMC Página 65
¿Se a utilizado la norma CODEX “como base” por la medida en
cuestión?
2.
OMC Página 66
Párrafo 4 del artículo 2 del Acuerdo OTC
“… la médula del párrafo 4 del artículo 2 del Acuerdo OTC es una prescripción de que los Miembros utilicen normas
internacionales como base de sus reglamentos técnicos. …”
Órgano de Apelación, párrafo 274
OMC Página 67
6. ETIQUETADO
Además de las disposiciones de la Norma General del Codex para el Etiquetado de los Alimentos Preenvasados (CODEX STAN 1-1985, Rev.3-1999) se aplicarán las siguientes disposiciones específicas:6.1 NOMBRE DEL ALIMENTO
El nombre del producto será:
6.1.1 i) "Sardinas" (reservado exclusivamente para Sardina pilchardus (Walbaum)); o
ii) "Sardinas x" de un país o una zona geográfica, con indicación de la especie o el nombre común de la misma, en conformidad con la legislación y la costumbre del país en que se venda el producto,
expresado de una manera que no induzca a engaño al consumidor".
(El artículo 6 del Codex Stan 94 )
OMC Página 68
Alegación de las CE Órgano de Apelación, párrafo 41, 43
las Comunidades Europeas alegan que la parte pertinente de Codex Stan 94, a los efectos del párrafo 4 del artículo 2 del Acuerdo OTC, es el párrafo 1.1 i) del artículo 6, que dispone que el nombre "Sardinas" debe usarse exclusivamente para Sardina pilchardus.
“una relación sustancial”
El Reglamento del las CE
OMC Página 69
… el elemento pertinente de Codex Stan 94 es el párrafo 1.1 ii) del artículo 6
… El Perú afirma que no existe ninguna relación entre el párrafo 1.1 ii) del artículo 6 y esa prohibición que pueda describirse como ‘sustantiva’ o ‘racional’
… Perú afirma que no hay ni un solo elemento del estándar previsto en el párrafo 1.1 ii) del artículo 6 de Codex Stan 94 que esté reflejado en el Reglamento de las CE.
… la prohibición de comercializar en las Comunidades Europeas la Sardinops sagax importada del Perú como, por ejemplo, "sardinas peruanas" sería contraria a la primera de las cuatro posibilidades que da el párrafo 1.1 ii) del artículo 6.
Argumentos del PerúÓrgano de Apelación, párrafo 79, 80, 237
OMC Página 70
6. ETIQUETADO
Además de las disposiciones de la Norma General del Codex para el Etiquetado de los Alimentos Preenvasados (CODEX STAN 1-1985, Rev.3-1999) se aplicarán las siguientes disposiciones específicas:6.1 NOMBRE DEL ALIMENTO
El nombre del producto será:
6.1.1 i) "Sardinas" (reservado exclusivamente para Sardina pilchardus (Walbaum)); o
ii) "Sardinas x" de un país o una zona geográfica, con indicación de la especie o el nombre común de la misma, en conformidad con la legislación y la costumbre del país en que se venda el producto,
expresado de una manera que no induzca a engaño al consumidor".
(El artículo 6 del Codex Stan 94 )
Perú
OMC Página 71
Versión Francés
(ii) "Sardines X", "X" désignant un pays, une zone géographique, l'espèce ou le nom commun de l'espèce en conformité des lois et usages du pays où le produit est vendu, de manière à ne pas induire le consommateur en erreur..
OMC Página 72
el significado de la expresión “basada en” o “como base””
Organo de Apelación, párrafo 245, 248
debe existir una vinculación muy firme y muy estrecha entre dos cosas para que pueda decirse que una constituye "la base de" la otra
… cuestión similar en CE - Hormonas …
… como mínimo: no pueden ser contradictorias!
OMC Página 73
“contradictorias” Organo de Apelación, párrafo 248
“… Por lo tanto, con arreglo al párrafo 4 del artículo 2, si el reglamento técnico y la norma internacional se contradicen, no puede llegarse correctamente a la conclusión de que la norma internacional ha sido utilizada "como base del" reglamento técnico.”
OMC Página 74
El “Reglamento de las CE tiene por efecto prohibir que se identifiquen y comercialicen con la denominación de ‘sardinas’ las conservas de pescado elaboradas a partir de las 20 especies de peces distintas de la Sardina pilchardus a las que se refiere Codex Stan 94 - incluida la Sardinops sagax - incluso con uno de los cuatro calificativos indicados en la norma.”
Conclusión Organo de Apelación, párrafo 257
OMC Página 75
“Codex Stan 94, en cambio, permite la utilización del término ‘sardinas’ con cualquiera de los cuatro calificativos para la identificación y comercialización de las conservas de pescado elaboradas a partir de 20 especies de peces distintas de la Sardina pilchardus.”
Conclusión Organo de Apelación, párrafo 257
OMC Página 76
“De este modo, el Reglamento de las CE y Codex Stan 94 son manifiestamente contradictorios.”
Conclusión Organo de Apelación, párrafo 257
OMC Página 77
“Entendemos que la existencia de esta contradicción confirma que Codex Stan 94 no se utilizó ‘como base del’ Reglamento de las CE.”
Conclusión Organo de Apelación, párrafo 257
OMC Página 78
¿ Es una situación donde la norma pertinente sería ineficaz o inapropiada para el logro de los objetivos legítimos
perseguidos ?
3.
OMC Página 79
La prescripción de que los Miembros utilicen normas internacionales como
base de sus reglamentos técnicos no es absoluta.
Organo de Apelación, párrafo 274
OMC Página 80
In Sardines, this was for Peru to proving the claim
“… corresponde al Perú la carga de demostrar que Codex Stan 94 es un medio eficaz y apropiado para lograr los ‘objetivos legítimos’ perseguidos por las Comunidades Europeas mediante el Reglamento de las CE.”
En el caso CE – Sardina, Perú tenía la carga de probar su alegación
Organo de Apelación, párrafo 275, 282
Sí
¿ Lo hizo ?
OMC Página 81
¿ Cuál es la naturaleza / característica del objetivo legítimo
perseguido ?
4.
OMC Página 82
“Objetivo legítimo ”
“Las Comunidades Europeas aducen que los objetivos perseguidos por el artículo 2 de su Reglamento son la
protección del consumidor, la transparencia del mercado y la competencia leal, y que son objetivos distintos pero
interdependientes.”
(Grupo Especial, párrafo 4.60)
La legitimidad de los objetivos no fueron rechazados por el Perú
(Grupo Especial, párrafo 7.122)
OMC Página 83
… los imperativos de la seguridad nacional;
la prevención de prácticas que puedan inducir a error;
la protección de la salud o seguridad humanas,
de la vida o la salud animal o vegetal,
o del medio ambiente …
“entre otros”
“Objetivo legítimos ”(Acuerdo OTC, párrafo 2.2)
OMC Página 84
¿ Es que existe una norma internacional pertinente ?
Cuatro cuestiones claves …
¿Si es el caso, se ha utilizado esta norma como base para la medida en cuestión ?
¿ Es una situación donde la norma pertinente sería ineficaz o inapropiada para el logro de los objetivos legítimos perseguidos?
¿ Cuál es la naturaleza / característica del objetivo legítimo perseguido ?
sí
no
no
(no fue relevante)
OMC Página 85
… el Reglamento de las CE es incompatible con el párrafo 4
del artículo 2 del Acuerdo OTC.
Organo de Apelación, párrafo 315
OMC Página 86
solución mutuamente convenida
OMC Página 87
WT/DS231/1829 de julio de 2003
REGLAMENTO (CE) Nº 1181/2003 DE LA COMISIÓNde 2 de julio de 2003 que modifica el Reglamento (CEE) Nº 2136/89 del Consejo, porel que se establecen normascomunes de comercialización para las conservas de sardinas
OMC Página 88
Solución mutuamente convenida
Notificado al OMC el 25 de julio de 2003
por "conservas de sardinas" se entenderán los productos preparados a base de peces de la especie Sardina pilchardus;
por "conservas de productos tipo sardina" se entenderán los productos comercializados y presentados del mismo modo que las sardinas en conserva, preparados a partir de peces de las siguientes especies (… sardinops sagax sagax …)
OMC Página 89
Solución mutuamente convenida
“Sardinas – Sardinops sagax”
OMC Página 90
La armonización es un principio importante en el Acuerdo OTC,
y el artículo 2.4 está en el centro.
OMC Página 91
Normas yArmonización
Sesión 3Stefania Bernabè