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Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta
Documentos iniciales
Ciclo de planificación hidrológica 2015–2021
Demarcación Hidrográfica de Tenerife
PROGRAMA, CALENDARIO, ESTUDIO GENERAL SOBRE
LA DEMARCACIÓN (EGD) Y FÓRMULAS DE CONSULTA
Mayo 2015
Consejo Insular de Aguas de Tenerife
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
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Índice
PROGRAMA, CALENDARIO, ESTUDIO GENERAL SOBRE LA
DEMARCACIÓN (EGD) Y FÓRMULAS DE CONSULTA
1 Introducción ............................................................................................................. 13
2 Principales tareas y actividades a realizar durante el ciclo de planificación
hidrológica ............................................................................................................... 16
2.1 Documentos iniciales de la planificación hidrológica ............................................ 18
2.1.1 Programa, calendario .................................................................................... 18
2.1.2 Estudio general sobre la demarcación hidrográfica ....................................... 19
2.1.3 Fórmulas de consulta y proyecto de participación pública ............................ 20
2.2 Esquema de temas importantes en materia de gestión de aguas ........................ 22
2.3 Proyecto de plan hidrológico ................................................................................. 25
2.3.1 Naturaleza del plan hidrológico ..................................................................... 25
2.3.2 Contenido del plan hidrológico ...................................................................... 27
2.3.3 Estructura formal del plan hidrológico ........................................................... 39
2.3.4 Procedimiento de aprobación del plan hidrológico ........................................ 40
2.3.5 Procedimiento de revisión del plan hidrológico ............................................. 42
2.4 Programa de medidas y objetivos medioambientales .......................................... 43
2.4.1 Contenido y alcance del programa de medidas ............................................ 43
2.4.2 Objetivos medioambientales. ......................................................................... 45
2.4.3 Ejecución y seguimiento del programa de medidas ...................................... 46
2.5 Evaluación ambiental estratégica ......................................................................... 46
2.5.1 Planteamiento del proceso de evaluación ..................................................... 46
2.5.2 Fases principales de la evaluación ambiental estratégica y documentos
resultantes ..................................................................................................... 50
2.6 Seguimiento del plan hidrológico .......................................................................... 56
2.7 Revisión y actualización del plan hidrológico ........................................................ 57
2.8 Notificaciones a la Unión Europea ........................................................................ 59
3 Calendario previsto .................................................................................................. 60
4 Estudio general sobre la demarcación (EGD) ......................................................... 62
4.1 Introducción .......................................................................................................... 62
4.2 Competencias ....................................................................................................... 62
4.3 Descripción general de las características de la Demarcación ............................ 66
4.3.1 Marco administrativo ...................................................................................... 66
4.3.2 Marco físico ................................................................................................... 68
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4.3.2.1 Hidrografía ........................................................................................ 69
4.3.2.2 Modelo geohidrológico ...................................................................... 73
4.3.2.3 Geología ........................................................................................... 75
4.3.2.4 Variables climáticas e hidrológicas ................................................... 76
4.3.3 Marco biótico .................................................................................................. 78
4.3.4 Modelo territorial ............................................................................................ 84
4.3.5 Paisaje ........................................................................................................... 86
4.3.6 Patrimonio hidráulico ..................................................................................... 87
4.3.7 Localización y límites de las masas de agua ................................................. 87
4.3.7.1 Localización, límites y caracterización de las masas de agua
superficiales ...................................................................................... 88
4.3.7.2 Localización, límites y caracterización de las masas de agua
subterráneas ..................................................................................... 92
4.3.7.3 Ecosistemas hídricos dependientes ................................................. 94
4.3.8 Estadística climatológica e hidrológica .......................................................... 95
4.3.8.1 Climatología ...................................................................................... 95
4.3.8.2 Recursos hídricos de la demarcación ............................................... 97
4.3.8.3 Recursos hídricos superficiales: cauces y embalses ....................... 97
4.3.8.4 Recursos hídricos subterráneos. ...................................................... 98
4.3.9 Fenómenos meteorológicos extremos: inundaciones y sequías ................... 99
4.4 Repercusiones de la actividad humana en el estado de las aguas .................... 103
4.4.1 Inventario, caracterización y cuantificación de presiones significativas
sobre las masas de agua y masas en riesgo de no cumplir de los objetivos
medioambientales ........................................................................................ 103
4.4.1.1 Presiones significativas sobre las masas de agua superficial ........ 103
4.4.1.2 Presiones significativas sobre las masas de agua subterránea ..... 109
4.4.2 Estadísticas del estado de las masas de agua ............................................ 112
4.4.2.1 Estado de las aguas superficiales costeras naturales .................... 112
4.4.2.2 Potencial ecológico de las aguas superficiales costeras naturales 113
4.4.2.3 Estado de las aguas subterráneas ................................................. 113
4.4.3 Estadísticas disponibles de suministros y consumos. Cuantificación por
sistemas y subsistemas e identificación de origen del recurso ................... 116
4.4.4 Inventario de grandes infraestructuras hidráulicas ...................................... 117
4.4.4.1 Infraestructuras de regulación, captación y transporte ................... 117
4.4.4.2 Infraestructuras de saneamiento y depuración ............................... 119
4.4.4.3 Infraestructura de producción desalación de aguas salobres y de
mar .................................................................................................. 120
4.4.4.4 Infraestructura de Riego ................................................................. 121
4.5 Análisis económico del uso del agua .................................................................. 122
4.5.1 Introducción ................................................................................................. 122
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4.5.2 Mapa institucional de los servicios relacionados con la gestión de las
aguas ........................................................................................................... 123
4.5.3 Información para el cálculo del nivel de recuperación de costes ................ 125
4.5.3.1 Abastecimiento urbano ................................................................... 128
4.5.3.2 Saneamiento .................................................................................. 129
4.5.3.3 Regadío .......................................................................................... 129
4.5.4 Metodología ................................................................................................. 129
4.5.4.1 Esquema conceptual ...................................................................... 129
4.5.4.2 Factores de actualización ............................................................... 130
4.5.4.3 Anualización de los costes de inversión ......................................... 131
4.5.5 Descripción económica de los servicios ...................................................... 132
4.5.5.1 Abastecimiento ............................................................................... 132
4.5.5.2 Saneamiento .................................................................................. 147
4.5.5.3 Regadío .......................................................................................... 152
4.5.5.4 Otros instrumentos para la recuperación de costes ....................... 152
4.5.6 Resumen del análisis de recuperación de costes ....................................... 153
4.5.6.1 Abastecimiento ............................................................................... 153
4.5.6.2 Saneamiento .................................................................................. 153
4.5.6.3 Regadío .......................................................................................... 153
4.5.7 Costes ambientales y del recurso ................................................................ 153
4.5.7.1 Costes ambientales ........................................................................ 153
4.5.7.2 Costes de recurso .......................................................................... 160
5 Fórmulas de consulta y proyecto de participación pública .................................... 161
5.1 Principios de la participación pública .................................................................. 162
5.2 Organización y cronograma de los procedimientos de participación pública ..... 164
5.3 Coordinación del proceso de EAE y los propios del plan hidrológico ................. 168
5.4 Métodos y técnicas de participación ................................................................... 168
5.4.1 Información pública ...................................................................................... 168
5.4.2 Consulta pública .......................................................................................... 169
5.4.3 Participación activa ...................................................................................... 171
5.4.3.1 Instrumentos para facilitar y hacer efectiva la participación activa . 171
5.4.3.2 Partes Interesadas y sectores clave ............................................... 172
5.4.3.3 Comunicación con las Partes Interesadas ..................................... 173
5.4.4 Puntos de contacto, documentación base e información requerida ............ 173
5.4.4.1 Relación de documentación base .................................................. 173
5.4.4.2 Puntos de contacto ......................................................................... 173
5.4.4.3 Página web de acceso a la información ......................................... 174
5.4.4.4 Publicaciones divulgativas .............................................................. 175
5.4.4.5 Jornadas de información pública .................................................... 175
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6 Marco normativo .................................................................................................... 177
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Índice de figuras
Figura 1: Etapas en el ciclo de planificación 2015-2021 de acuerdo con la DMA y la
legislación española ........................................................................................ 16
Figura 2: Líneas de la planificación ................................................................................ 16
Figura 3: Calendario del proceso de planificación .......................................................... 17
Figura 4: Documentos iniciales de la planificación hidrológica ....................................... 18
Figura 5: Contenido del estudio general de la demarcación hidrográfica ....................... 20
Figura 6: Contenidos del proyecto de participación pública ............................................ 21
Figura 7: Nota de prensa sobre la participación pública en el Plan Hidrológico de
Tenerife ............................................................................................................ 21
Figura 8: Contenido del Esquema de temas importantes ............................................... 23
Figura 9: Información técnica y económica para la elaboración del EPTI ...................... 23
Figura 10: Diagrama de elaboración del Esquema de temas importantes (ETI) .............. 24
Figura 11: El PHT del Primer Ciclo como Plan integral de síntesis. ................................. 25
Figura 12: Contenido sectorial del Plan Hidrológico de Tenerife ...................................... 31
Figura 13: Contenido sectorial de la revisión del Plan Hidrológico de Tenerife ................ 32
Figura 14: Ficha del PTE Hidrológico de Tenerife contenida en el PIOT. ........................ 36
Figura 15: Ámbitos territoriales de implantación de infraestructuras hidráulicas (PHT-
1º Ciclo) ........................................................................................................... 37
Figura 16: Detalles de la ordenación del CH de San Miguel (Ficha nº 13 del Anejo nº 1
de la Normativa del PHT del Primer Ciclo) ...................................................... 38
Figura 17: Ejemplo de Sistema Territorial de Infraestructuras Hidráulicas (Ficha nº
Ficha ST Noroeste. Anejo nº 6 de la Normativa del PHT del Primer ciclo). ... 38
Figura 18: Procedimiento para la tramitación del Plan Hidrológico de Tenerife ............... 41
Figura 19: Objetivos y criterios del programa de medidas ................................................ 43
Figura 20: Medidas básicas y complementarias ............................................................... 44
Figura 21: Objetivos medioambientales ............................................................................ 45
Figura 22: Exenciones para los objetivos medioambientales ........................................... 46
Figura 23: Obligaciones del órgano promotor ................................................................... 49
Figura 24: Procedimiento de la evaluación ambiental estratégica .................................... 51
Figura 25: Contenido del documento de inicio de la EAE ................................................. 52
Figura 26: Proceso de consulta y documento de Alcance del Estudio Ambiental
Estratégico ....................................................................................................... 53
Figura 27: Contenido mínimo del Estudio Ambiental Estratégico ..................................... 54
Figura 28: Consulta pública del Estudio Ambiental Estratégico ........................................ 55
Figura 29: Declaración Ambiental Estratégica .................................................................. 56
Figura 30: Actividades para el seguimiento del plan hidrológico ...................................... 57
Figura 31: Revisión del plan hidrológico ........................................................................... 58
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Figura 32: Procedimiento de revisión de la aplicación del programa de medidas ............ 59
Figura 33: Notificaciones a la Comisión Europea ............................................................. 59
Figura 34: Calendario previsto para el segundo ciclo de planificación ............................. 61
Figura 35: Administraciones competentes en la Demarcación Hidrográfica de Tenerife .. 66
Figura 36: Provincias de la Comunidad Autónoma de Canarias. ...................................... 67
Figura 37: Vista aérea de la isla de Tenerife. .................................................................... 68
Figura 38: Municipios presentes en la Demarcación Hidrográfica de Tenerife. ................ 68
Figura 39: Red de cauces y cuencas hidrográficas .......................................................... 72
Figura 40: Masas de agua subterráneas y sectores hidrogeológicos ............................... 73
Figura 41: Permeabilidad de los suelos insulares ............................................................. 74
Figura 42: Edificios volcánicos en la isla de Tenerife. ....................................................... 76
Figura 43: Asociaciones de vegetación vinculada al agua. ............................................... 79
Figura 44: Espacios Naturales Protegidos. ....................................................................... 82
Figura 45: Zonas Especiales de Conservación (ZEC) de la Isla de Tenerife .................... 83
Figura 46: Zonas de Especial Protección para las Aves en la isla de Tenerife ................ 84
Figura 47: Corredores visuales del Plan Territorial Especial de Ordenación del Paisaje
de Tenerife. ...................................................................................................... 87
Figura 48: Representación general de las masas de agua superficiales costeras
delimitadas (sin escala). ................................................................................... 89
Figura 49: Masas de agua superficiales costeras muy modificadas y candidatas a muy
modificadas. ..................................................................................................... 91
Figura 50: Masas de agua subterráneas y sectores hidrogeológicos ............................... 94
Figura 51: Isolíneas de precipitación convencional media del periodo 1944/45-2009/10 . 95
Figura 52: Isolíneas de precipitación horizontal captada en el periodo 1980/81-2009/10 96
Figura 53: Resumen de las presiones significativas asociadas a fuentes puntuales ...... 105
Figura 54: Resumen de las presiones significativas asociadas a fuentes difusas .......... 107
Figura 55: Resumen de alteraciones hidromorfológicas significativas sobre las masas
de agua costeras............................................................................................ 108
Figura 56: Concentración del ión cloruro en las aguas subterráneas (período 2008 –
2010) .............................................................................................................. 112
Figura 57: Evolución del contenido en nitratos en los puntos que integran la red de
control operativa de la Masa Costera del Valle de La Orotava. Periodo
2000-2014 ...................................................................................................... 115
Figura 58: Infraestructuras de captación, regulación y transporte .................................. 118
Figura 59: Distribución de la infraestructura de abastecimiento urbano - turística ......... 119
Figura 60: Infraestructura de saneamiento de aguas residuales .................................... 120
Figura 61: Infraestructura de desalación de aguas salobres y de mar ........................... 121
Figura 62: Distribución porcentual del número de agentes del mercado del agua por
tipologías. Elaboración propia. ....................................................................... 133
Figura 63: Distribución porcentual del volumen ofertado en función de las tipologías de
los agentes. Elaboración propia. .................................................................... 133
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Figura 64: Precio medio del agua subterránea en alta en los 31 Municipios de
Tenerife. Elaboración propia. ......................................................................... 136
Figura 65: Esquema del sistema de transporte insular de aguas. Fuente: PHT ............. 136
Figura 66: Balance Hidráulico de Tenerife 2010. ............................................................ 138
Figura 67: Mapa del Sistema de Desalación de Agua de Mar de Adeje-Arona. Fuente:
PHT ................................................................................................................ 138
Figura 68: Excepciones al principio de recuperación de costes. Pág. 194 de la
Memoria de Ordenación del PHT correspondiente al Primer Ciclo de
planificación. .................................................................................................. 141
Figura 69: Mapas de concentración de Flúor y Sodio en mg/L en el Sistema Acuífero.
Fuente: PHT .................................................................................................. 142
Figura 70: Distribución del número de Municipios por tipología de gestión. Elaboración
Propia. ........................................................................................................... 143
Figura 71: Simulación de la tarifa de abastecimiento ponderada con la población de
cada Municipio. Elaboración propia. .............................................................. 147
Figura 72: Inversiones reales por Administración en materia de aguas ......................... 148
Figura 73: Mapa de concentración de cloruro en las aguas subterráneas. Fuente: PHT
vigente. .......................................................................................................... 155
Figura 74: Mapa de estado cuantitativo de las masas de agua subterráneas de
Tenerife. Fuente: PHT ................................................................................... 156
Figura 75: Simulaciones realizadas por el MFS para las hipótesis de extracción nula y
recarga media mínima y máxima. Fuente: CIATF. ........................................ 157
Figura 76: Mapa de estado químico de las masas de agua subterráneas de Tenerife, y
Mapa de concentración de nitrato en las aguas subterráneas. Fuente: PHT 158
Figura 77: Restricciones de uso del agua de consumo humano por superación del
valor paramétrico establecido para el Nitrato en la C.A. de Canarias.
Fuente: Dirección General de Salud Pública. ................................................ 159
Figura 78: Extracto del Programa de Actuaciones del PHT ............................................ 159
Figura 79: Sistema Territorial de La Vera. Fuente: Planos de la Memoria de
Ordenación del PHT. ..................................................................................... 160
Figura 80: Principios de la participación pública ............................................................. 162
Figura 81: Niveles de participación pública..................................................................... 163
Figura 82: Esquema general de participación pública del proceso de planificación ....... 164
Figura 83: Cronograma de los procedimientos de planificación ..................................... 167
Figura 84: Información pública ........................................................................................ 169
Figura 85: Medidas para asegurar la información pública .............................................. 169
Figura 86: Documentos a consulta pública ..................................................................... 170
Figura 87: Instrumentos para informar sobre la Consulta Pública .................................. 170
Figura 88: Objetivos de la participación activa ................................................................ 171
Figura 89: Instrumentos para hacer efectiva la participación activa ............................... 172
Figura 90: Página web de la Demarcación Hidrográfica de Tenerife .............................. 174
Figura 91: Página web del Plan Hidrológico de Tenerife ................................................ 175
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Figura 92: Nota de prensa sobre la participación pública en Tenerife ............................ 176
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Índice de tablas
Tabla 1: Relación de especies marinas incluidas en el Catálogo Canario de Especies
Protegidas. ....................................................................................................... 81
Tabla 2: Clasificación de ecotipos de las aguas costeras de Canarias. ........................ 89
Tabla 3: Información geográfica de las masas de agua costeras definidas en
Tenerife ............................................................................................................ 90
Tabla 4: Definición geográfica de las masas de agua superficiales costeras muy
modificadas. ..................................................................................................... 90
Tabla 5: Definición geográfica de las masas de agua superficiales costeras
candidatas a muy modificadas......................................................................... 91
Tabla 6: Masas de agua subterráneas de la DHT ......................................................... 92
Tabla 7: Magnitudes geohidrológicas de referencia (Deducidas de los datos del MFS
2011) ................................................................................................................ 93
Tabla 8: Aguas de escorrentía medias derivadas y almacenadas. Período 1944/45-
2009/10 ............................................................................................................ 97
Tabla 9: Infiltración efectiva media. Período 1944/45-2009/10 ...................................... 98
Tabla 10: Balance hídrico subterráneo periodo 1925-2010 ............................................. 99
Tabla 11: Inventario de obras de captación 2010 ............................................................ 99
Tabla 12: Número de vertidos urbanos significativos y volumen evacuado en cada
masa de agua costera. .................................................................................. 104
Tabla 13: Alteraciones morfológicas significativas en las masas de agua costeras. ..... 108
Tabla 14: Relación de especies introducidas de carácter invasor ................................. 109
Tabla 15: Nitrógeno total infiltrado en cada masa de agua subterránea (t/año) ............ 111
Tabla 16: Estado de las masas de agua superficiales costeras .................................... 113
Tabla 17: Estado y objetivos de las masas de agua subterráneas ................................ 116
Tabla 18: Resumen de las demandas brutas en el 2010 en Tenerife ........................... 117
Tabla 19: Mapa de agentes responsables de los servicios urbanos ............................. 124
Tabla 20: Mapa institucional del servicio de regadío - Tenerife ..................................... 125
Tabla 21: Costes e ingresos del servicio de abastecimiento urbano ............................. 128
Tabla 22: Costes e ingresos del servicio de saneamiento urbano ................................ 129
Tabla 23: Costes e ingresos del riego ........................................................................... 129
Tabla 24: Tabla de factores de conversión a precios base de 2012 ............................. 131
Tabla 25: Auxilios a obras de captación otorgados por el CIATF. Fuente: CIATF. ....... 134
Tabla 26: Capacidad, Factor de utilización, producción y consumo específico en las
EDAMs de Adeje-Arona, Santa Cruz y La Caleta. Fuente: CIATF ................ 138
Tabla 27: Distribución de la producción de agua de mar desalada en función del
ámbito de su gestión (municipal o supramunicipal). Fuente: CIATF ............. 139
Tabla 28: Evolución de las subvenciones a la producción de agua de mar desalada
para el Sistema Adeje-Arona. Fuente: CIATF. .............................................. 140
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Tabla 29: Principales magnitudes para la estimación del porcentaje de recuperación
de costes en el Sistema de Adeje-Arona. ...................................................... 140
Tabla 30: Extrapolación del estudio de recuperación de costes a las desaladoras
municipales. ................................................................................................... 140
Tabla 31: Producción e ingresos de los sistemas de desalinización gestionados por el
CIATF en 2012. Fuente: CIATF. .................................................................... 143
Tabla 32: Empresas concesionarias del servicio, CIF, y Municipios en los que operan.
Elaboración propia. ........................................................................................ 144
Tabla 33: Empresas públicas, CIF, y Municipios en los que operan. Elaboración
propia. ............................................................................................................ 144
Tabla 34: Empresas mixtas, CIF, y Municipios en los que operan. Elaboración propia.144
Tabla 35: Costes de las EAS para el servicio de abastecimiento. Datos de la
Encuesta de la Audiencia de Cuentas. .......................................................... 145
Tabla 36: Ingresos de las EAS por agua facturada. Datos de la Encuesta de la
Audiencia de Cuentas. ................................................................................... 146
Tabla 37: Nº y porcentaje de municipios en función del nº de bloques tarifarios para el
uso doméstico. Elaboración propia. ............................................................... 146
Tabla 38: Instrumentos de recuperación de costes del servicio de saneamiento
urbano ............................................................................................................ 150
Tabla 39: Otros ingresos del CIATF procedentes de los usuarios. Fuente: CIATF ....... 153
Tabla 40: Resumen del análisis de recuperación de costes: Abastecimiento ............... 153
Tabla 41: Resumen del análisis de recuperación de costes: Saneamiento ................... 153
Tabla 42: Resumen del análisis de recuperación de costes: Regadío .......................... 153
Tabla 43: Vínculo entre servicios y presiones. Fuente: Directrices técnicas para el
tratamiento de los costes ambientales en los planes hidrológicos del
segundo ciclo (2015-2021). MAGRAMA. ....................................................... 154
Tabla 44: Resumen de recuperación de costes en el servicio de saneamiento
considerando costes ambientales .................................................................. 155
Tabla 45: Balance hídrico subterráneo. período 1928 – 2010 (Fuente PHT) ................ 157
Tabla 46: Plazos y Etapas del proceso de revisión del Plan Hidrológico ...................... 165
Tabla 47: Plazos y Etapas del planteamiento y desarrollo del Programa de medidas .. 165
Tabla 48: Plazos y Etapas de la Evaluación Ambiental Estratégica .............................. 165
Tabla 49: Plazos y Etapas de la Participación Pública .................................................. 166
Tabla 50: Relación de información básica para consulta ............................................... 173
Tabla 51: Relación de oficinas para solicitar la documentación .................................... 174
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Acrónimos
Sigla Descripción
AA.PP. Administraciones Públicas
BOC Boletín Oficial de Canarias
BOE Boletín Oficial del Estado
CAE Coste Anual Equivalente
CE Comisión Europea
CIATF Consejo Insular de Aguas de Tenerife
COTMAC Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias
CTP Comisión Territorial de Precios
DAE Declaración ambiental estratégica
DIE Documento inicial estratégico
DH Demarcación Hidrográfica
DD.HH. Demarcaciones Hidrográficas
DMA Directiva Marco del Agua
EAE Evaluación ambiental estratégica
EAS Entidades de Abastecimiento y Saneamiento
EGD Estudio General sobre la Demarcación
EPTI Esquema Provisional de Temas Importantes
ETI Esquema de Temas Importantes en materia de gestión de aguas
EsAE Estudio Ambiental Estratégico
IPH Instrucción de Planificación Hidrológica
LAC Ley de Aguas de Canarias
MAGRAMA Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
PdM Programa de Medidas
PH Plan Hidrológico
PHI Plan Hidrológico Insular de Tenerife (Decreto 319/1996, 23 de diciembre)
PHT Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Tenerife (Decreto 49/2015, de 9 de abril o su actualización)
PIOT Plan Insular de Ordenación de Tenerife
RDPH Reglamento del dominio público hidráulico
RPH Reglamento de Planificación Hidrológica
SNCZI Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables
TRLA Texto Refundido de la Ley de Aguas
TRLOTCAN Texto Refundido de la Ley de Ordenación Territorial de Canarias
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1 Introducción
La Directiva 2000/60/CE, de 27 de octubre, del Parlamento Europeo y del Consejo por la
que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de Aguas,
también conocida como Directiva Marco del Agua (DMA), tiene como objeto el establecer
un marco para la protección de las aguas superficiales continentales, costeras, de
transición así como las agua subterráneas de la Unión, con el objetivo conseguir un buen
estado de todas las masas de agua, prevenir su deterioro y limitar la entrada de
contaminantes a las mismas.
La DMA ha sido traspuesta al ordenamiento jurídico español a través de tres hitos
normativos fundamentales:
La Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del
orden social, que modifica el Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRALE),
aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
El Real Decreto 907/2007, de 6 de Julio, que aprueba el Reglamento de la
Planificación Hidrológica (RPH).
La Orden ARM/2656/2008, de 10 de septiembre, por la que se aprueba la
Instrucción de Planificación Hidrológica (modificada por la Orden
ARM/1195/2011, de 10 de septiembre) (IPH).
En la Comunidad Autónoma de Canarias (la cual ostenta competencias exclusivas en la
materia, en virtud del art. 30.6 de su Estatuto de Autonomía), existe, además, un derecho
especial de aguas conformado por la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias
(LAC) y sus reglamentos de desarrollo. Esta Ley se ha adaptado - en parte – al marco
normativo derivado de la trasposición de la DMA mediante dos modificaciones
sustanciales de su articulado, introducidas por la Ley 10/2010, de 27 de diciembre, que
procedió al establecimiento de las Demarcaciones Hidrográficas en las que se estructura
la Comunidad Autónomas; y por la Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y
Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales, que
modificó el art. 38 de la Ley de Aguas relativo al contenido de los planes hidrológicos
insulares. Así mismo, a fecha de redacción del presente documento se encuentra en
tramitación el Proyecto de Decreto que aprueba la Instrucción de Planificación Hidrológica
para las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de la Comunidad Autónoma de
Canarias (IPH – C) que, según manifiesta su Exposición de Motivos, tiene como finalidad
concluir el proceso de trasposición de la Directiva Marco de Aguas en nuestra comunidad
autónoma.
Una de las obligaciones clave derivadas de la Directiva Marco del Agua y de su normativa
de trasposición (art. 13 DMA y art. 40 TRLAE) es la de elaborar un plan hidrológico de
cuenca para cada una de las demarcaciones hidrográficas en que se estructure el
territorio europeo, el cual tenderá a la consecución de los siguientes objetivos generales
(art. 40.1 TRLAE):
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Conseguir el buen estado y la adecuada protección del dominio público hidráulico y
de las aguas superficiales y subterráneas de la Demarcación;
Atender a la satisfacción de las demandas de agua;
Articular el equilibrio y armonización del desarrollo regional y sectorial,
incrementando las disponibilidades del recurso, protegiendo su calidad,
economizando su empleo y racionalizando los usos en armonía con el medio
ambiente y los demás recursos naturales.
La obligación de disponer de planes hidrológicos insulares existe en Canarias desde la
promulgación en 1990 de la Ley de Aguas y, en su cumplimiento, se elaboró el Plan
Hidrológico Insular de Tenerife (aprobado mediante Decreto 319/1996, de 26 de
diciembre), el cual ha sido objeto de revisión para su adaptación a los nuevos
requerimientos normativos derivados de la DMA y de su trasposición, dando lugar al Plan
Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Tenerife del Primer Ciclo de
Planificación, aprobado mediante Decreto 49/2015, de 9 de abril, publicado en el BOC nº
86, de 6 de mayo de 2015 (en adelante, también, PHT – 1º Ciclo).
El PHT – 1º Ciclo, además, participó de la novedosa caracterización en Canarias de los
Planes Hidrológicos como Planes Territoriales Especiales de Ordenación, la cual se
derivaba de la Directriz 26.1 de las de Ordenación General, aprobadas por Ley 19/2003,
de 14 de abril y del Plan Insular de Ordenación de Tenerife (PIOT) que prevé la
formulación del Plan Territorial Especial Hidrológico de Tenerife como un instrumento de
desarrollo de su propia ordenación. Esta Directriz ha sido recientemente modificada por la
Disposición Final 14º de la Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias,
administrativas y sociales de Canarias, abordándose el análisis de los efectos sobre el
Plan Hidrológico del Segundo Ciclo de este cambio normativo en el apartado 2.3.1 de este
Documento.
Los planes hidrológicos redactados y aprobados conforme a la DMA son instrumentos
de ordenación sometidos a continúa revisión, actualización y seguimiento con el fin
de asegurar la consecución de los objetivos medioambientales previstos en la Directiva
para las masas de agua y las zonas protegidas de cada Demarcación.
Estos planes debían de estar vigentes a más tardar nueve años después de la entrada en
vigor de la DMA, esto es, antes del 22 de diciembre de 2009, y su vigencia inicial es de
seis años. En el caso de la Demarcación Hidrográfica de Tenerife, la efectiva aprobación
del Plan Hidrológico de Tenerife (Primer Ciclo de Planificación) ha tenido lugar en abril
de 2015 (Decreto 49/2015, de 9 de abril) lo cual ha supuesto una desviación evidente del
plazo establecido por la Directiva Marco del Agua.
Además, los planes aprobados conforme a la DMA deben ser objeto de actualización “a
más tardar quince años después de la entrada en vigor de la presente Directiva”, es decir,
antes del 22 de diciembre de 2015; y someterse a sucesivas revisiones cada seis años.
Esto implica que la planificación hidrológica se establece como un proceso cíclico
estructurado en planes sexenales, cada uno de los cuales conforma lo que se ha venido a
llamar “ciclo de planificación”.
De otra parte, debe decirse que para la Directiva Marco del Agua es fundamental la
articulación de una participación adecuada, real y efectiva tanto del público en general
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 15 de 179
como de los usuarios del recurso en particular durante el proceso de planificación, motivo
por el cual la DMA prevé (art. 14) la publicación previa de los siguientes documentos, tanto
con motivo de la redacción del Plan Hidrológico como de sus sucesivas revisiones y
actualizaciones:
Un Calendario y programa sobre la elaboración del Plan;
Un Esquema provisional de los temas importantes que se plantean en la
cuenca hidrográfica en materia de gestión de aguas.
La Propuesta de Proyecto de Plan / Avance
La legislación nacional ha concretado el contenido y alcance de los documentos anteriores
(arts. 76 a 80 RPH), incluyendo en el calendario y programa de trabajos un Estudio
General sobre la Demarcación Hidrográfica.
Es objeto, por tanto, del presente documento, denominado PROGRAMA, CALENDARIO,
ESTUDIO GENERAL SOBRE LA DEMARCACIÓN (EGD) Y FÓRMULAS DE
CONSULTA, el servir de base para fomentar la participación durante este proceso
de revisión del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Tenerife,
correspondiente al Segundo Ciclo de planificación.
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2 Principales tareas y actividades a realizar durante el ciclo
de planificación hidrológica
Las principales etapas del nuevo ciclo de planificación hidrológica para el período 2015 –
2021 son las descritas en el siguiente esquema:
* Requisitos de la DMA no recogidos explícitamente en el TRLA
Figura 1: Etapas en el ciclo de planificación 2015-2021 de acuerdo con la DMA y la legislación española
El desarrollo del proceso de planificación en el período 2015-2021, requiere las siguientes
cuatro líneas de actuación:
Evaluación Ambiental
Estratégica Plan Hidrológico Participación
Pública Programa de
Medidas
Figura 2: Líneas de la planificación
El esquema antes expuesto es el reglado por la DMA y la legislación española. Se trata de
una ordenación temporal teórica que no coincide con la aplicación real de la DMA que se
tiende a reconducir aprovechando el segundo ciclo de planificación hidrológica.
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El siguiente esquema representa las distintas etapas del proceso de planificación en cada
línea de actuación con un ajuste más acorde al calendario propuesto para la revisión del
Plan Hidrológico de esta Demarcación.
Figura 3: Calendario del proceso de planificación
En los siguientes epígrafes se analiza detalladamente el proceso de planificación
hidrológica, describiendo los elementos que intervienen en el desarrollo de las distintas
líneas de actuación del plan.
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2.1 Documentos iniciales de la planificación hidrológica
El art. 14 de la Directiva Marco del Agua establece la obligación de los Estados miembros
de poner a disposición del público, incluidos los usuarios, de una serie de documentos con
el fin de recabar sus observaciones y fomentar la información y consulta públicas, entre los
cuales se incluyen los denominados documentos iniciales.
El Reglamento de la Planificación Hidrológica concreta cuál ha de ser el contenido de los
documentos iniciales de la planificación, tal y como se muestra en el siguiente esquema:
Figura 4: Documentos iniciales de la planificación hidrológica
A continuación se describen los contenidos y plazos de los mismos según la DMA y la
legislación estatal.
2.1.1 Programa, calendario
El programa y el calendario forman parte de los documentos iniciales, definiendo el
programa de trabajo del nuevo ciclo de planificación y el cronograma de desarrollo de
las actividades a lo largo del proceso.
Debido al retraso acumulado en la aprobación del Plan Hidrológico del Primer Ciclo, no
será posible poner este documento a disposición del público con una antelación
Legislación europea
La Directiva Marco del Agua (artículo 14) indica que debe publicarse un
calendario y programa de trabajo sobre la elaboración (o revisión) del plan,
incluyendo las fórmulas de consulta, al menos tres años antes del inicio del
período a que se refiere el plan.
Legislación nacional
El Reglamento de Planificación Hidrológica (artículo 77) establece que la
propuesta de programa de trabajo será desarrollada por los organismos de
cuenca e incluirá las principales tareas y actividades a realizar y el calendario
previsto. Este documento será puesto a disposición del público con una
antelación mínima de tres años con respecto al inicio del procedimiento de
aprobación del plan, para la formulación de observaciones y sugerencias,
durante un plazo no inferior a seis meses.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 19 de 179
mínima de tres años al inicio del procedimiento de aprobación del plan, por cuanto
que ello implicaría que la entrada en vigor del Plan Hidrológico del Segundo Ciclo se
produjera, como mínimo, en el año 2018, dando lugar así a una nueva vulneración de la
normativa comunitaria.
Por este motivo, tan pronto como finalice el plazo de seis meses de participación pública,
se continuará con la tramitación de la revisión del Plan Hidrológico de Tenerife, tal y como
se explicita en el Cronograma de trabajo que figura en el apartado 3 de este documento.
2.1.2 Estudio general sobre la demarcación hidrográfica
El estudio general sobre la demarcación hidrográfica responde a las exigencias del artículo
5 de la Directiva Marco del Agua, incorporado al ordenamiento jurídico español mediante
el artículo 41.5 del Texto Refundido de la Ley de Aguas; y los artículos 76.1, 77.2,
especialmente, el 78 del Reglamento de la Planificación Hidrológica.
El citado estudio contendrá una descripción de la demarcación, un análisis de las
repercusiones de la actividad humana en el estado de las aguas y un análisis
económico del uso del agua.
Tal y como se ha explicitado en el apartado precedente, debido al retraso acumulado en la
aprobación del Plan Hidrológico del Primer Ciclo, no será posible poner este documento
a disposición del público con una antelación mínima de tres años al inicio del
procedimiento de aprobación del plan. Así pues, tan pronto como finalice el plazo de
seis meses de participación pública, se continuará con la tramitación de la revisión del
Plan Hidrológico de Tenerife, tal y como se explicita en el Cronograma de trabajo que
figura en el apartado 3 de este documento.
El contenido detallado del Estudio general sobre la demarcación hidrográfica viene
especificado en el artículo 78 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, y es el que
se indica en el siguiente esquema.
Requisito clave de la legislación nacional
El Texto Refundido de la Ley de Aguas (artículo 41.5 y disposición adicional
duodécima 1.a) y el Reglamento de la Planificación Hidrológica (artículos 76 y
77), exigen que el programa de trabajo se acompañe del estudio general de la
demarcación. Ambos documentos serán puestos a disposición del público con una
antelación mínima de tres años con respecto al inicio del procedimiento de
aprobación del plan, para la formulación de observaciones y sugerencias, durante un
plazo no inferior a seis meses.
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Figura 5: Contenido del estudio general de la demarcación hidrográfica
El Reglamento de la Planificación Hidrológica requiere también que en este estudio
general sobre la demarcación se integren las aportaciones procedentes de las Autoridades
Competentes.
2.1.3 Fórmulas de consulta y proyecto de participación pública
El proyecto de participación pública se somete a consulta dentro del presente documento e
incluye la información que se indica en la siguiente figura, de acuerdo con el artículo 72.2
del Reglamento de la Planificación Hidrológica.
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
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Figura 6: Contenidos del proyecto de participación pública
Es necesario dar continuidad a los procesos de participación pública iniciados en el primer
ciclo de planificación y, a la luz de las experiencias acumuladas, realizar un proyecto de
participación pública adaptado a los plazos con que se programa esta revisión.
Figura 7: Nota de prensa sobre la participación pública en el Plan Hidrológico de Tenerife
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2.2 Esquema de temas importantes en materia de gestión de
aguas
Dos años antes del inicio del procedimiento de aprobación del plan hidrológico, es
preceptivo publicar un Esquema Provisional de los Temas Importantes (EPTI) de la
demarcación hidrográfica.
Una vez elaborado el Esquema Provisional de Temas Importantes (EPTI) se someterá a
consulta pública durante un plazo no inferior a 6 meses para la formulación de
observaciones y sugerencias, por las partes interesadas y el público en general.
Por las mismas razones que se han explicitado en los apartados anteriores, no será
posible poner el Esquema Provisional sobre temas importantes de la Demarcación
Hidrográfica de Tenerife a disposición del público con una antelación mínima de dos
años al inicio del procedimiento de aprobación del plan, puesto que se considera
totalmente indeseable acumular retrasos en la aprobación del Plan Hidrológico del
Segundo Ciclo.
Por este motivo, además, se ha considerado someter los documentos PROGRAMA,
CALENDARIO, ESTUDIO GENERAL SOBRE LA DEMARCACIÓN (EGD) Y FÓRMULAS
DE CONSULTA y ESQUEMA PROVISIONAL DE TEMAS IMPORTANTES a participación
pública de manera simultánea, respetando – en todo caso – el plazo de seis meses
previsto en la DMA para ello.
El contenido de este documento, de acuerdo con el citado artículo 79 del Reglamento de
Planificación Hidrológica se resume en el siguiente esquema:
Legislación
El Reglamento de Planificación Hidrológica (artículo 79) establece los requisitos
para la elaboración y consulta del Esquema provisional de temas importantes.
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Figura 8: Contenido del Esquema de temas importantes
La información que se utilizará para la elaboración del Esquema provisional de temas
importantes se resume en la siguiente figura:
Figura 9: Información técnica y económica para la elaboración del EPTI
Una vez finalizado el periodo de consulta pública se redactará un informe sobre las
propuestas, observaciones y sugerencias que se hubieran presentado y se incorporarán al
Esquema definitivo de Temas Importantes (ETI) las que se consideren adecuadas.
Finalmente será aprobado por el Consejo Insular de Aguas de la Demarcación.
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Figura 10: Diagrama de elaboración del Esquema de temas importantes (ETI)
Debido a la compleja tramitación del Plan Hidrológico del primer ciclo se acumulan una
serie de retrasos para el desarrollo de las tareas del siguiente ciclo de planificación. Para
compensarlo e intentar que esta Demarcación cumpla con el hito final de reportar el Plan
Hidrológico del segundo ciclo de planificación junto con el resto de demarcaciones
españolas, se propone presentar de forma conjunta los documentos iniciales y el esquema
provisional de temas importantes a consulta pública en abril/mayo de 2015.
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2.3 Proyecto de plan hidrológico
2.3.1 Naturaleza del plan hidrológico
El Plan Hidrológico de Tenerife del Primer Ciclo surge como resultado de una exigencia
jurídico-planificadora doble o “mandato” múltiple:
Una exigencia o “mandato” sectorial, a su vez con dos raíces:
La Ley de Aguas de Canarias, que prevé la elaboración de un Plan Hidrológico
Insular para cada Isla (arts. 29.2 y 35 LAC).
La Directiva Marco del Agua, y su trasposición, que establece la necesidad de
elaborar Planes Hidrológicos en cada Demarcación Hidrográfica (art. 13 DMA y
art. 40 TRLAE).
Una exigencia o “mandato” territorial, derivado del vigente Plan Insular de
Ordenación de Tenerife (PIOT) que prevé el desarrollo de su Modelo de
Ordenación a través de un Plan Territorial Especial Hidrológico de Tenerife (Art.
3.3.3.2 – Ficha P4 del Anexo II PIOT).
El PHT del Primer Ciclo se constituye, así pues, como un plan de “síntesis” en el que se
integran los enfoques sectorial y territorial de la planificación del agua, tal y como se
muestra en la figura siguiente:
Plan Hidrológico de Tenerife (PHT)
Plan Integral de Síntesis
Plan Territorial Especial Hidrológico de Tenerife
Plan Territorial Especial de Ordenación del Agua (Ordenación del Recurso)
Plan Territorial Especial Hidrológico de Tenerife (Ordenación de Infraestructuras y Equipamientos)
Directiva Marco del Agua 2000/60 CE – DMA
Ley de Aguas: Revisión del Plan Hidrológico Insular de Tenerife (Decreto 319/1996)
Mandato Sectorial
Mandato Territorial (PIOT)
Figura 11: El PHT del Primer Ciclo como Plan integral de síntesis.
Como consecuencia de este doble mandato, el PHT – 1º Ciclo aglutinó una doble
naturaleza jurídica: sectorial y territorial, esta última refrendada expresamente por la
Directriz 26.1 de las de Ordenación General, aprobadas mediante Ley 19/2003, de 14 de
abril, en su redacción vigente durante la tramitación del 1º Ciclo de Planificación.
En los últimos meses, el marco jurídico normativo considerado durante el Primer Ciclo de
Planificación Hidrológica ha sido sustancialmente modificado, lo que obliga a examinar
si estos cambios han producido alguna alteración en la naturaleza jurídica del PHT que
pudiera afectar al Segundo Ciclo.
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La primera modificación que debe reseñarse es la efectuada en la DOG 26.1 por la
Disposición Final 14º de la Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias,
administrativas y sociales de Canarias, que le otorga la siguiente nueva redacción:
«Directriz 26. Criterios de planificación.
1. (ND) Los Planes Hidrológicos Insulares, que desarrollaran la planificación
hidrológica y la aplicación de lo establecido en la normativa sectorial, estarán
debidamente coordinados con las planificaciones territoriales especiales y
sectoriales y se adecuarán a las determinaciones de la Directiva por la que se
establece el marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas y
a las normas que la transpongan».
Como consecuencia de esta modificación, los planes hidrológicos han perdido su
naturaleza territorial “originaria”, esto es, aquélla directamente atribuida por la Ley.
En el caso de Tenerife, no obstante, la territorialidad del PHT se encuentra anudada no
sólo a la DOG 26.1 sino también al Plan Insular de Ordenación del Tenerife, por lo que
debe examinarse si, a pesar de la modificación de la DOG 26.1, aún subsiste la misma.
A los efectos anteriores, deben examinarse las modificaciones introducidas en el
Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de
Canarias, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por la Ley
14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección
del Territorio y de los Recursos Naturales, la cual – entre otros - ha modificado los arts.
18, 19 y 23 del TRLOTCAN, relativos al plan insular de ordenación y a los planes
territoriales especiales de ordenación, así como al contenido y a las relaciones entre
ambos.
A tenor de la nueva redacción dada a estos artículos, los planes insulares contendrán una
ordenación estructural del territorio insular, recogiendo la delimitación y ejecución de
infraestructuras (sistemas generales, dotaciones y equipamientos) de transporte, energía,
de comunicaciones, hidráulicas, etc., de carácter supramunicipal, así como criterios para
la categorización y la clasificación del suelo que éstas ocupan.
A raíz de las nuevas modificaciones introducidas, el plan insular de ordenación puede ser
desarrollado mediante planes territoriales especiales pero de manera limitada, de modo
que no todas las infraestructuras que configuran la ordenación estructural de un PIO
pueden ser remitidas a un posterior plan territorial especial. Para el caso de las
infraestructuras hidráulicas (letra g.) del subartado A del apartado 1 del art. 19
TRLOTCAN), éstas sí pueden ser objeto de ordenación por planes territoriales
especiales.
Además, es necesario señalar que continúa formando parte del contenido propio de los
planes territoriales especiales la ordenación del aprovechamiento de los recursos
naturales de carácter hidrológico (art 23.3 letra a.) TRLOTCAN).
En conclusión, la remisión actualmente contenida en el Plan Insular de Ordenación de
Tenerife a un Plan Territorial Especial de Ordenación Hidrológico para la ordenación del
recurso agua y de las infraestructuras hidráulicas es totalmente compatible con las
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disposiciones del TRLOTCAN vigentes en el momento de iniciar este Segundo Ciclo de
Planificación Hidrológica.
Además, no existe obligación legal de proceder a modificación inmediata del PIOT para
adaptarlo a las modificaciones introducidas en el TRLOTCAN por la Ley 14/2014, por
cuanto que la Disposición Transitoria Novena de esta última prevé que los planes insulares
adaptados a las Directrices y al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio
de Canarias y Espacios Naturales de Canarias, como es el caso de Tenerife, continúen
vigentes hasta su modificación, salvo lo establecido para los límites y efectos de los planes
territoriales parciales y especiales en el art. 7 de la Ley 14/2014 que modifica el art. 23 del
TRLOTCAN.
2.3.2 Contenido del plan hidrológico
Tal y como se ha justificado en el apartado precedente, el Plan Hidrológico de Tenerife
que se apruebe para este Segundo Ciclo continua manteniendo la doble naturaleza
jurídica sectorial – al constituir la revisión del PHT del Primer Ciclo – y territorial – al
desarrollar una parte específica del Modelo de Ordenación del Plan Insular de Ordenación
de Tenerife, por expreso mandato de éste –. El contenido del Plan Hidrológico, en
consecuencia, debe continuar dando respuesta a la normativa sectorial y territorial que le
resulta de aplicación.
Además de lo anterior, debe especificarse que el presente documento aborda la revisión
del Plan Hidrológico del primer ciclo lo que requiere distinguir entre el contenido del
PHT propiamente dicho del contenido de su revisión, en los términos que se explicitan
a continuación. Por ello, se incluirán extractos del índice de la Memoria de Información del
PHT del Primer Ciclo y artículos de las Normas donde se ha abordado el cumplimiento de
los distintos contenidos exigidos al PHT.
Contenido sectorial
Ley de Aguas de Canarias, art. 38, en la nueva redacción introducida mediante la
modificación de la Ley 12/1990 por la Disposición Final Tercera de la Ley 14/2014,
según el cual:
1º. Los planes hidrológicos comprenderán los siguientes aspectos:
a) La descripción general de la demarcación hidrográfica, incluyendo:
a’) Para las aguas superficiales tanto continentales como costeras, mapas con sus
límites y localización, tipos y condiciones de referencia. En el caso de aguas
artificiales y muy modificadas, se incluirá asimismo la motivación conducente a tal
calificación.
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b’) Para las aguas subterráneas, mapas de localización y límites de las masas de agua.
c’) El inventario de los recursos superficiales y subterráneos, incluyendo sus regímenes
hidrológicos y las características básicas de calidad de las aguas.
b) La descripción general de los usos, presiones e incidencias antrópicas significativas
sobre las aguas, incluyendo:
a’) Los usos y demandas existentes con una estimación de las presiones sobre el estado
cuantitativo de las aguas, la contaminación de fuente puntual y difusa, incluyendo un
resumen del uso del suelo, y otras afecciones significativas de la actividad humana.
b’) Los criterios de prioridad y de compatibilidad de usos, así como el orden de
preferencia entre los distintos usos y aprovechamientos.
c’) La asignación y reserva de recursos para usos y demandas actuales y futuros, así
como para la conservación o recuperación del medio natural.
d’) La definición de un sistema de explotación único para cada plan, en el que, de forma
simplificada, queden incluidos todos los sistemas parciales, y con el que se posibilite
el análisis global de comportamiento.
c) La identificación y mapas de las zonas protegidas
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d) Las redes de control establecidas para el seguimiento del estado de las aguas
superficiales, de las aguas subterráneas y de las zonas protegidas y los resultados de este
control.
e) La lista de objetivos medioambientales para las aguas superficiales, las aguas
subterráneas y las zonas protegidas, incluyendo los plazos previstos para su consecución,
la identificación de condiciones para excepciones y prórrogas, y sus informaciones
complementarias.
f) Un resumen del análisis económico del uso del agua, incluyendo una descripción de
las situaciones y motivos que puedan permitir excepciones en la aplicación del principio de
recuperación de costes.
g) Un resumen de los programas de medidas adoptados para alcanzar los objetivos
previstos, incluyendo:
a’) Un resumen de las medidas necesarias para aplicar la legislación sobre protección
del agua, incluyendo separadamente las relativas al agua potable.
b’) Un informe sobre las acciones prácticas y las medidas tomadas para la aplicación del
principio de recuperación de los costes del uso del agua.
c’) Un resumen de controles sobre extracción y almacenamiento del agua, incluidos los
registros e identificación de excepciones de control.
d’) Un resumen de controles previstos sobre vertidos puntuales y otras actividades con
incidencia en el estado del agua, incluyendo la ordenación de vertidos directos e
indirectos al dominio público hidráulico y a las aguas objeto de protección por esta
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ley, sin perjuicio de la competencia estatal exclusiva en materia de vertidos con
origen y destino en el medio marino.
e’) Una identificación de casos en que se hayan autorizado vertidos directos a las aguas
subterráneas.
f’) Un resumen de medidas tomadas respecto a las sustancias prioritarias.
g’) Un resumen de las medidas tomadas para prevenir o reducir las repercusiones de los
incidentes de contaminación accidental.
h’) Un resumen de las medidas adoptadas para masas de agua con pocas
probabilidades de alcanzar los objetivos ambientales fijados.
i’) Detalles de las medidas complementarias consideradas necesarias para cumplir los
objetivos medioambientales establecidos, incluyendo los perímetros de protección y
las medidas para la conservación y recuperación del recurso y entorno afectados.
j’) Detalles de las medidas tomadas para evitar un aumento de la contaminación de las
aguas marinas.
k’) Las directrices para recarga y protección de acuíferos.
l’) Las normas básicas sobre mejoras y transformaciones en regadío que aseguren el
mejor aprovechamiento del conjunto de recursos hidráulicos y terrenos disponibles.
m’) Los criterios de evaluación de los aprovechamientos energéticos y la fijación de los
condicionantes requeridos para su ejecución.
n’) Los criterios sobre estudios, actuaciones y obras para prevenir y evitar los daños
debidos a inundaciones, avenidas y otros fenómenos hidráulicos.
o’) Las infraestructuras básicas requeridas por el plan.
h) Un registro de los programas y planes hidrológicos más detallados relativos a
cuestiones específicas o categorías de agua, acompañado de un resumen de sus
contenidos.
i) Un resumen de las medidas de información pública y de consulta tomadas, sus
resultados y los cambios consiguientes efectuados en el plan.
j) Una lista de las autoridades competentes designadas.
k) Los puntos de contacto y procedimientos para obtener la documentación de base y
la información requerida por las consultas públicas.
(...)
3º Inventario general de los heredamientos. Comunidades y entidades de
gestión del agua.
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4º. Cualesquiera otros, de carácter técnico o legal, encaminados a lograr la
aplicación de los principios inspiradores de esta ley y que,
reglamentariamente, se determinen.
Descripción general de la Demarcación Hidrográfica Descripción general de la Demarcación Hidrográfica
Descripción general de usos, presiones e incidencias antrópicas significativas para las aguas
Descripción general de usos, presiones e incidencias antrópicas significativas para las aguas
Identificación y mapas de las zonas protegidasIdentificación y mapas de las zonas protegidas
Redes de control para el seguimiento de del estado de las aguas superficiales, las aguas subterráneas, las zonas protegidas
Redes de control para el seguimiento de del estado de las aguas superficiales, las aguas subterráneas, las zonas protegidas
Lista de objetivos medioambientales para las aguas superficiales, las aguas subterráneas y las zonas protegidas
Lista de objetivos medioambientales para las aguas superficiales, las aguas subterráneas y las zonas protegidas
Resumen del análisis económico del uso del aguaResumen del análisis económico del uso del agua
Resumen del programa de medidasResumen del programa de medidas
Registro de programas y planes más detalladosRegistro de programas y planes más detallados
Resumen de las medidas de información pública y de consultaResumen de las medidas de información pública y de consulta
Lista de autoridades competentesLista de autoridades competentes
Puntos de contacto y procedimientos para obtener información Puntos de contacto y procedimientos para obtener información
Inventario general de Heredamientos, Comunidades y entidades de gestión del agua
Inventario general de Heredamientos, Comunidades y entidades de gestión del agua
Cualesquiera otros, de carácter legal o técnico, encaminados a lograr la aplicación de los principios inspiradores de la ley y que reglamentariamente se determinen
Cualesquiera otros, de carácter legal o técnico, encaminados a lograr la aplicación de los principios inspiradores de la ley y que reglamentariamente se determinen
Descripción general de la Demarcación Hidrográfica Descripción general de la Demarcación Hidrográfica
Descripción general de usos, presiones e incidencias antrópicas significativas para las aguas
Descripción general de usos, presiones e incidencias antrópicas significativas para las aguas
Identificación y mapas de las zonas protegidasIdentificación y mapas de las zonas protegidas
Redes de control para el seguimiento de del estado de las aguas superficiales, las aguas subterráneas, las zonas protegidas
Redes de control para el seguimiento de del estado de las aguas superficiales, las aguas subterráneas, las zonas protegidas
Lista de objetivos medioambientales para las aguas superficiales, las aguas subterráneas y las zonas protegidas
Lista de objetivos medioambientales para las aguas superficiales, las aguas subterráneas y las zonas protegidas
Resumen del análisis económico del uso del aguaResumen del análisis económico del uso del agua
Resumen del programa de medidasResumen del programa de medidas
Registro de programas y planes más detalladosRegistro de programas y planes más detallados
Resumen de las medidas de información pública y de consultaResumen de las medidas de información pública y de consulta
Lista de autoridades competentesLista de autoridades competentes
Puntos de contacto y procedimientos para obtener información Puntos de contacto y procedimientos para obtener información
Inventario general de Heredamientos, Comunidades y entidades de gestión del agua
Inventario general de Heredamientos, Comunidades y entidades de gestión del agua
Cualesquiera otros, de carácter legal o técnico, encaminados a lograr la aplicación de los principios inspiradores de la ley y que reglamentariamente se determinen
Cualesquiera otros, de carácter legal o técnico, encaminados a lograr la aplicación de los principios inspiradores de la ley y que reglamentariamente se determinen
Figura 12: Contenido sectorial del Plan Hidrológico de Tenerife
A pesar de que durante el primer ciclo de planificación hidrológica no se encontraba
vigente esta redacción del art. 38 LAC, lo cierto es que el PHT – 1º Ciclo - -tal y
como se ha justificado anteriormente – ha dado respuesta a los aspectos referidos
en sus apartados 1, 3 y 4 con la finalidad de homologarse a la planificación de otras
Demarcaciones Hidrográficas españolas (siguiendo lo establecido en el art. 42 del
TRLAE y en el Reglamento de la Planificación Hidrológica y tomando como guía
para el relleno de contenidos la Instrucción de Planificación Hidrológica estatal).
Además, el PHT – 1º Ciclo incorporó el contenido previsto en el art. 38 LAC según
redacción anterior a la Ley 14/2014, el cual resulta coherente con la nueva redacción
del mismo por cuanto que ésta habilita al PHT a contener cualesquiera otros
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contenidos, de carácter técnico o legal, encaminados a lograr la aplicación de los
principios de la ley.
Por lo que se refiere al contenido de la revisión del Plan Hidrológico, el art. 38
LAC, en su apartado segundo, prevé que:
2º. La primera actualización del plan hidrológico, y todas las actualizaciones
posteriores, comprenderán obligatoriamente:
a) Un resumen de todos los cambios o actualizaciones efectuados desde la
publicación de la versión precedente del plan.
b) Una evaluación de los progresos realizados en la consecución de los objetivos
medioambientales, incluida la presentación en forma de mapa de los resultados de
los controles durante el periodo del plan anterior y una explicación de los objetivos
medioambientales no alcanzados.
c) Un resumen y una aplicación de las medidas previstas en la versión anterior del
plan hidrológico de cuenca que no se hayan puesto en marcha.
d) Un resumen de todas las medidas adicionales transitorias adoptadas, desde la
publicación de la versión precedente del plan hidrológico de cuenca, paras las
masas de agua que probablemente no alcancen los objetivos ambientales
previstos.
Resumen de los cambios o actualizaciones efectuados desde la publicación del plan precedente
Resumen de los cambios o actualizaciones efectuados desde la publicación del plan precedente
Evaluación de los progresos realizados en la consecución de los objetivos medioambientales
Evaluación de los progresos realizados en la consecución de los objetivos medioambientales
Resumen y explicación de las medidas previstas en la versión del plan anterior que no se han puesto en marcha
Resumen y explicación de las medidas previstas en la versión del plan anterior que no se han puesto en marcha
Resumen de medidas adicionales transitorias adoptadas para las masas que probablemente no alcancen los objetivos medioambientales previstos
Resumen de medidas adicionales transitorias adoptadas para las masas que probablemente no alcancen los objetivos medioambientales previstos
Resumen de los cambios o actualizaciones efectuados desde la publicación del plan precedente
Resumen de los cambios o actualizaciones efectuados desde la publicación del plan precedente
Evaluación de los progresos realizados en la consecución de los objetivos medioambientales
Evaluación de los progresos realizados en la consecución de los objetivos medioambientales
Resumen y explicación de las medidas previstas en la versión del plan anterior que no se han puesto en marcha
Resumen y explicación de las medidas previstas en la versión del plan anterior que no se han puesto en marcha
Resumen de medidas adicionales transitorias adoptadas para las masas que probablemente no alcancen los objetivos medioambientales previstos
Resumen de medidas adicionales transitorias adoptadas para las masas que probablemente no alcancen los objetivos medioambientales previstos
Figura 13: Contenido sectorial de la revisión del Plan Hidrológico de Tenerife
Finalmente, debe señalarse que el PHT del Primer Ciclo ha sido recientemente
reportado o comunicado a las autoridades europeas (proceso de reporting) por lo
que es posible que éstas consideren que algunos aspectos regulados en el mismo
deben ser objeto de corrección o mayor desarrollo con motivo del Segundo Ciclo de
planificación.
En conclusión, el contenido sectorial ya incluido en el Plan Hidrológico deberá
actualizarse en los términos del art. 38.2 LAC así como cuando resulte necesario, y
completarse en los casos y términos que se pudieran derivar de su análisis por las
autoridades europeas.
Real Decreto 60/2011, de 21 de enero, que establece Normas de calidad
ambiental en el ámbito de la política de aguas, cuyo articulado exige la
incorporación en la planificación hidrológica de determinados aspectos como:
Art. 6 2. RD 60/2011 Aplicación de las normas de calidad ambiental para los
contaminantes del anexo III:
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Las NCA establecidas con arreglo a este artículo se aprobarán en el
correspondiente plan hidrológico de cuenca incluyéndose en la parte
normativa del mismo conforme a lo previsto en el artículo 81 del
Reglamento de Planificación Hidrológica.
Art. 6.3 RD 60/2011 Aplicación de las normas de calidad ambiental para los
contaminantes del anexo III:
Los planes hidrológicos de cuenca, así como sus posteriores revisiones,
contendrán la relación de los contaminantes del anexo III para los que se
han establecido las NCA con arreglo a este artículo así como las
correspondientes NCA adoptadas en sus respectivos ámbitos territoriales,
incluyendo, en su caso, los datos y la metodología a partir de los cuales se
ha obtenido dichas NCA.
Art. 7.5 RD 60/2011 Aplicación de las normas de calidad ambiental en
sedimentos o biota:
Los planes hidrológicos de cuenca, así como sus posteriores revisiones,
contendrán la relación de las sustancias para las que se han establecido las
NCA con arreglo al apartado 3.
Además del nombre de las sustancias afectadas, se deberán especificar las
razones y el fundamento que ha motivado la adopción de este
planteamiento, así como la NCA alternativa establecida, incluidos los datos
y la metodología a partir de las cuales se ha obtenido la nueva NCA, las
categorías de aguas superficiales a las que se aplica y la periodicidad de
los controles prevista, junto con la justificación de esta frecuencia.
Art. 7.9 RD 60/2011 Aplicación de las normas de calidad ambiental en
sedimentos o biota:
Las NCA establecidas con arreglo a este artículo se aprobarán en el
correspondiente plan hidrológico de cuenca incluyéndose en la parte
normativa del mismo conforme a lo previsto en el del Reglamento de
Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, del 6 de
julio. Cuando sea conveniente para la adecuada protección de las aguas las
NCA se aprobarán conforme a lo previsto en la disposición final cuarta
Artículo 10.3 RD 60/2011 Superación de las Normas de Calidad Ambiental en
las zonas de mezcla:
El plan hidrológico de cuenca, así como sus posteriores revisiones,
recogerá una descripción de los enfoques y métodos que se han tenido en
cuenta para definir las zonas de mezcla contenidas en su ámbito de
aplicación; asimismo recogerá una relación de las medidas adoptadas con
la finalidad de que en el futuro se reduzca la extensión de las zonas de
mezcla. Se entienden adecuadas a tales efectos, las medidas previstas en
el artículo 42, apartado 1.g).f') del Texto Refundido de la Ley de Aguas, así
como la revisión de las autorizaciones otorgadas de acuerdo con el artículo
22 de la Ley 16/2002, de 1 de julio (RCL 2002, 1664) , de prevención y
control integrados de la contaminación o la revisión de las autorizaciones
otorgadas conforme a la legislación anterior; dichas revisiones tendrán en
cuenta lo establecido en el artículo 42, apartado 1.g).d') del Texto Refundido
de la Ley de Aguas.
Artículo 11.5 RD 60/2011 Elaboración del inventario
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(1. Los órganos competentes elaborarán un inventario, en el que se
incluirán, como mínimo, mapas, de las emisiones, vertidos y pérdidas de las
sustancias prioritarias y otros contaminantes enumerados en el anexo I,
apartado A, del presente real decreto).
5. El plan hidrológico de cuenca, así como sus posteriores revisiones,
recogerá el inventario más actualizado de que disponga el órgano
competente de cada Demarcación Hidrográfica, elaborado con arreglo a los
apartados anteriores y las especificaciones previstas en el artículo 15 del
Reglamento de Planificación Hidrológica, aprobado por Real Decreto
907/2007, de 6 de julio.
El PHT – 1º Ciclo incorporó contenido relativo a la aplicación del RD 60/2011
estableciendo – por ejemplo – en su normativa las Zonas de Mezcla (art. 109
Normas PHT), debiendo en este segundo ciclo abordarse aquellas cuestiones
puntuales que no se hubieran resuelto adecuadamente en el primer ciclo así como
aquellas otras que deben tenerse en cuenta en la revisión, según los distintos
artículos del RD 60/2011. Además, debe tenerse en cuenta que la Directiva
2013/39/UE, por la que se modifican las Directiva Marco del Agua y la Directiva
2008/105/CE, relativa a las sustancias prioritarias en el ámbito de la política de
aguas, actualiza el listado de sustancias prioritarias tóxicas y obliga a los Estados
miembros, durante este Segundo Ciclo de Planificación, a adaptarse a los
condicionantes de la nueva Directiva, cuya trasposición deberá efectuarse antes del
14 de septiembre de 2015.
Entre los nuevos condicionantes de la Directiva 2013/39/CE se encuentran la
identificación de nuevas sustancias, el establecimiento de normas de calidad
ambiental (NCA) para las sustancias identificadas recientemente o la revisión de las
NCA para algunas sustancias existentes, en función del progreso científico, y el
establecimiento de NCA de la biota para algunas sustancias prioritarias existentes y
las sustancias identificadas recientemente.
Finalmente, debe indicarse que se encuentran en avanzado estado de tramitación la
Propuesta de Real Decreto por el que se establecen los criterios de seguimiento y
evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental,
para la trasposición de la citada Directiva 2013/39/CE, cuyo objetivo es la evaluación
del estado de las masas de agua o zonas protegidas con nuevos indicadores de
fisico-quimicos Generales (FQG), sustancias prioritarias y otros contaminantes, que
modificarán a futuro los requerimientos de calidad de las masas.
Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, de Gestión de la calidad de las
aguas de baño:
Art. 3 letra l.): El Plan Hidrológico declarará, en el Registro de zonas
protegidas, las aguas de baño.
Proyecto de Decreto que aprueba la Instrucción de Planificación Hidrológica
para las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de la Comunidad
Autónoma de Canarias
Finalmente, debe tenerse en cuenta que se encuentran en tramitación la
Instrucción canaria de Planificación Hidrológica (que concretaría, para las
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Demarcaciones Hidrográficas canarias, lo dispuesto en la ORDEN
ARM/2656/2008, que aprueba la Instrucción de planificación hidrológica), cuya
entrada en vigor se prevé que tenga lugar próximamente.
Contenido territorial
Como desarrollo del Modelo de Ordenación previsto en el Plan Insular de Ordenación de
Tenerife, el Plan Hidrológico de Tenerife del Primer Ciclo incorporó contenido que le es
propio como Plan Territorial Especial de Ordenación (regulado en el art. 23 del
TRLOTCAN en la redacción vigente en el momento de su formulación y ahora modificada
por la Ley 14/2014), desarrollando lo previsto expresamente en el Plan Insular de
Ordenación de Tenerife conforme a la siguiente Ficha:
Contenido sectorial de la revisión del Plan Hidrológico de Tenerife
El Plan Hidrológico de Tenerife del Primer Ciclo de planificación ha incorporado el
contenido mandatado por la legislación en materia de aguas (legislación estatal
básica y legislación autonómica propia), estando en proceso de verificación por
parte de las autoridades europeas.
El Plan del Segundo Ciclo deberá actualizar el contenido sectorial ya incorporado
en el primer ciclo y a completarlo en los casos y términos que se pudieran derivar
de su análisis por las autoridades europeas.
Además, deberá abordar aquellos aspectos que sean propios de la revisión listado
en el art. 38.2 LAC: resumen de los cambios efectuados, evaluación de los
progresos realizados en la consecución de objetivos medioambientales, resumen y
aplicación del PdM y resumen de todas las medidas adicionales transitorias
adoptadas.
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Figura 14: Ficha del PTE Hidrológico de Tenerife contenida en el PIOT.
En virtud de lo anterior, el PHT del Primer Ciclo contiene un conjunto de criterios y normas
dirigidos a posibilitar la implantación territorial de su Modelo de Ordenación así como un
conjunto de Complejos Hidráulicos para la implantación de infraestructuras hidráulicas
(para mayor información, consultar el Capítulo V del Título II de las Normas del PHT así
como el Anejo nº 1 del documento Normativo del PHT – 1º Ciclo) y de Sistemas
Territoriales de infraestructuras hidráulicas (al respecto, puede consultarse el Capítulo
IV del Título II de las Normas del PHT y los Anejos nº 6, 7, 8, 9, 11, 12 y 13 del documento
Normativo del PHT – 1º Ciclo).
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Figura 15: Ámbitos territoriales de implantación de infraestructuras hidráulicas (PHT- 1º Ciclo)
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Figura 16: Detalles de la ordenación del CH de San Miguel (Ficha nº 13 del Anejo nº 1 de la Normativa del
PHT del Primer Ciclo)
Figura 17: Ejemplo de Sistema Territorial de Infraestructuras Hidráulicas (Ficha nº Ficha ST Noroeste. Anejo
nº 6 de la Normativa del PHT del Primer ciclo).
La modificación introducida en el TRLOTCAN por la ya mencionada Ley 14/2014 ha
modificado la redacción de los arts. 20 y 23 del Texto Refundido que se refieren,
respectivamente, al contenido de los planes insulares de ordenación y de los planes
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territoriales de ordenación. A tenor de estos artículos, los Planes Territoriales Especiales
de Ordenación tendrán por objeto la ordenación de las infraestructuras, los equipamientos
y cualesquiera otras actuaciones o actividades de carácter económico y social, pudiendo
desarrollar, entre otras, las siguientes determinaciones:
Definir los equipamientos, dotaciones e infraestructuras de uso público y recreativo
vinculados a los recursos naturales y espacios protegidos.
Ordenar los aprovechamientos de los recursos naturales de carácter hidrológico,
minero, extractivo u otros.
La ejecución de las obras correspondientes a los equipamientos, dotaciones,
infraestructuras y aprovechamientos previstos en los planes territoriales especiales,
quedarán legitimadas con la aprobación de los respectivos proyectos técnicos.
Con motivo del Segundo Ciclo de planificación hidrológica, no se ha considerado alterar
el contenido territorial del PHT – 1º Ciclo. No obstante, es posible que surjan cuestiones
puntuales, necesarias para la correcta implantación del Modelo de Ordenación del PHT o
que se hubieran detectado durante el primer ciclo de planificación (especialmente, por la
vía de la participación pública).
2.3.3 Estructura formal del plan hidrológico
El artículo 81 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, bajo el título Estructura
formal del plan hidrológico de cuenca, establece que el Plan deberá tener la siguiente
estructura formal:
Memoria, que incluirá al menos, los contenidos obligatorios descritos en el art. 38
de la Ley de Aguas de Canarias (en su nueva redacción, introducida por la Ley
14/2014) y podrá acompañarse de los Anejos que se consideren necesarios.
Normativa, que incluirá los contenidos del Plan con carácter normativo y que – al
menos – serán los siguientes:
o Identificación y delimitación de masas de agua superficial
o Condiciones de referencia
o Designación de aguas superficiales y aguas muy modificadas
o Identificación y delimitaciones de masas de agua subterráneas
o Prioridad y compatibilidad de usos
o Regímenes de caudales ecológicos
Contenido territorial de la revisión del Plan Hidrológico de Tenerife
Con motivo del Segundo Ciclo de Planificación Hidrológica no será necesario
modificar el contenido territorial contenido en el Plan Hidrológico del Primer Ciclo,
excepto cuestiones puntuales que pudieran detectarse y que serán ambiental, social
y funcionalmente evaluadas e incluidas en el Modelo de Ordenación.
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o Asignación y reserva de recursos
o Definición de reservas naturales fluviales
o Régimen de protección especial, objetivos medioambientales deterioro
temporal del estado de las masas de agua
o Condiciones para las nuevas modificaciones o alteraciones
o Organización y procedimiento para hacer efectiva la participación pública
2.3.4 Procedimiento de aprobación del plan hidrológico
La doble naturaleza jurídica del Plan Hidrológico de Tenerife como Plan sectorial derivado
de la aplicación de la normativa de Aguas y como Plan Territorial Especial de Ordenación
derivado de la normativa en materia de ordenación del territorio, obliga a efectuar una
labor de interpretación jurídica para determinar el procedimiento que habrá de seguirse
para su aprobación definitiva.
Para realizar esta labor, es necesario considerar un conjunto de fuentes normativas entre
las que destaca:
En materia de aguas,
o Reglamento de la Planificación Hidrológica, cuyo Título II detalla el
procedimiento de aprobación de los planes hidrológicos intercomunitarios.
De entre los artículos que componen este Título, algunos tienen carácter de
legislación básica del estado (como el art. 76.1 o el art. 78.1) en materia de
medio ambiente pero la mayoría de ellos resultan normas procedimentales
que no tienen esta condición de legislación básica.
o Ley de Aguas de Canarias, en la que se establecen cuatro hitos del
procedimiento de aprobación del Plan (Formulación, Aprobación Inicial,
Aprobación Provisional y Aprobación Definitiva) y a quién compete adoptar
cada hito, pero sin establecer un hilo conductor (plazos, informes,
trámites...) entre ellos.
En materia de ordenación del territorio y urbanismo:
o Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de Ordenación del
Sistema de Planeamiento de Canarias, en el que se detalla
pormenorizadamente el procedimiento de aprobación de los planes
territoriales especiales de ordenación, conteniendo una serie de reglas
propias así como un conjunto de normas generales de tramitación.
o Ley de Armonización y Simplificación en materia de Protección del
Territorio y de los Recursos Naturales, aplicable en cuestiones puntuales
de tramitación del plan y al procedimiento de evaluación ambiental
estratégica de éste.
El juego normativo entre ley estatal – ley autonómica requiere el desarrollo de una labor
interpretativa en lo que se refiere al procedimiento que debe seguirse para la revisión del
Plan Hidrológico de Tenerife, el cual se muestra en la siguiente imagen:
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Figura 18: Procedimiento para la tramitación del Plan Hidrológico de Tenerife
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2.3.5 Procedimiento de revisión del plan hidrológico
El art. 89 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, en su apartado sexto, prevé que
El procedimiento de revisión de los planes será similar al previsto para su elaboración. En
consecuencia, la aprobación del PHT de este Segundo Ciclo requiere la tramitación de los
hitos procedimentales detallados en el apartado precedente.
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2.4 Programa de medidas y objetivos medioambientales
2.4.1 Contenido y alcance del programa de medidas
Uno de los contenidos esenciales del plan hidrológico es el programa de medidas el cual
se orienta, tal y como se recoge en el artículo 43 del Reglamento de Planificación
Hidrológica, a lograr los objetivos de la planificación establecidos para la
Demarcación Hidrográfica de acuerdo a los criterios de racionalidad económica y
sostenibilidad en la consecución de los objetivos medioambientales.
El programa de medidas, teniendo en cuenta las características de la demarcación, las
repercusiones de la actividad humana sobre el estado de las aguas y el estudio económico
del uso del agua, deberá concretar las actuaciones y previsiones necesarias para alcanzar
los objetivos medioambientales consiguiendo una adecuada protección de las aguas.
Programa de medidas
Criterios de racionalidad económica
Criterios de sostenibilidad
Logro de objetivos de la planificación
Figura 19: Objetivos y criterios del programa de medidas
Las medidas podrán ser básicas y complementarias.
Las medidas básicas son el instrumento para alcanzar los requisitos mínimos que
deben cumplirse en la demarcación.
Las medidas complementarias se aplican con carácter adicional para la
consecución de los objetivos medioambientales o para alcanzar una protección
Definición de medida:
Mecanismo que permita contribuir a alcanzar los objetivos de la planificación
hidrológica, incluyendo, por ejemplo, obras, requisitos establecidos en la
legislación, instrumentos económicos, códigos de buenas prácticas, acuerdos y
convenios, promociones de la eficacia del uso del agua, proyectos educativos,
proyectos de investigación, desarrollo y demostración.
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adicional de las aguas. Entre las medidas complementarias pueden incluirse
instrumentos legislativos, administrativos, económicos o fiscales, acuerdos
negociados en materia de medio ambiente, códigos de buenas prácticas, etc.
Figura 20: Medidas básicas y complementarias
Aunque el responsable de la consolidación del programa de medidas es el Consejo Insular
de Aguas, el programa contendrá medidas que podrán aplicarse en cualquier ámbito (por
ejemplo, pueden requerir cambios en la agricultura o en el uso del suelo). Por ello, en el
proceso de planificación, se trabajará conjuntamente con otras Administraciones para
decidir qué combinaciones de medidas se incorporan en el programa de medidas con la
finalidad de alcanzar los objetivos de la planificación y qué tipo de mecanismos se
necesitan para su implantación y control. La selección de la combinación de medidas más
adecuada, entre las diversas alternativas posibles, se apoyará en un análisis coste-
eficacia, en los resultados del procedimiento de evaluación ambiental estratégica y en el
análisis sectorial y territorial intrínseco al Plan Hidrológico.
Alcance del programa de medidas:
El programa incluirá todas las medidas necesarias para el cumplimiento de los
objetivos de la planificación, independientemente de su duración. Cuando la
consecución de algún objetivo requiera un plazo ampliado, que va más allá del
siguiente ciclo de planificación, el programa de medidas contendrá todas las
medidas, incluso éstas de duración superior a los 6 años.
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2.4.2 Objetivos medioambientales.
La revisión del plan hidrológico incluirá un análisis del programa de medidas propuesto,
estableciendo las actuaciones pertinentes para alcanzar los objetivos medioambientales
en el nuevo ciclo de planificación, así como la evaluación de los aspectos específicos de la
revisión del plan hidrológico, previamente descritos (ver apartado 2.3.1)
Los objetivos medioambientales (artículo 92 bis texto refundido de la Ley de Aguas)
pueden agruparse en las categorías que se relacionan en la siguiente figura:
Figura 21: Objetivos medioambientales
Estos objetivos deben cumplirse antes del 22
de diciembre de 2015 como resultado de la
acción del plan hidrológico de primer ciclo,
siempre que no se justifiquen las exenciones
recogidas en los artículos 36 a 39 del
Reglamento de la Planificación Hidrológica.
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Figura 22: Exenciones para los objetivos medioambientales
Las razones que permiten y justifican el planteamiento de prórroga (exenciones
temporales) y objetivos menos rigurosos (exenciones definitivas) se exponen en el Plan
Hidrológico de acuerdo a los requerimientos de la legislación vigente (Artículos 36 a 39 del
RPH).
2.4.3 Ejecución y seguimiento del programa de medidas
El programa de medidas es sometido a un seguimiento específico, de acuerdo con el
artículo 88 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, que supone la recopilación
y análisis de información diversa sobre cada medida.
Las medidas en las que la responsabilidad de su ejecución depende de otros organismos
distintos del consejo Insular de Aguas, se deben coordinar para asegurar su entrada en
operación.
Antes del 22 de diciembre de 2018 se deberá
enviar un informe, correspondiente al segundo
ciclo de planificación (ver artículo 15.3 de la
DMA).
2.5 Evaluación ambiental estratégica
2.5.1 Planteamiento del proceso de evaluación
La evaluación ambiental estratégica tiene como principal objetivo el integrar los aspectos
ambientales en los planes y programas públicos. Trata de evitar, o al menos corregir, los
impactos ambientales negativos asociados a ciertas actuaciones en una fase previa a su
ejecución. Es decir, se trata fundamentalmente de obligar a que, en la elaboración de la
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planificación sectorial pública (excepto la financiera o presupuestaria o la de la defensa
nacional o de protección civil), se consideren los aspectos ambientales.
Esta exigencia de evaluación de los efectos de determinados planes y programas sobre el
medio ambiente fue establecida por la Directiva 2001/42/CE, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de junio de 2001, que se traspuso en España mediante la Ley 9/2006, de
28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el
medio ambiente, derogada y sustituida por la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental que transpone al ordenamiento interno la Directiva 2011/92/UE, de
13 de diciembre, de evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y
privados sobre el medio ambiente.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, la reciente Ley 14/2014, de 26 de
diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de
los Recursos Naturales, constituye el marco jurídico vigente aplicable a la Evaluación
Ambiental de Planes y Programas, procediendo – según señala su Exposición de Motivos
– a la adaptación del ordenamiento ambiental canario tanto al Derecho básico estatal (Ley
21/2013) como al Derecho comunitario europeo y a la jurisprudencia del Tribunal
Constitucional y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
La finalidad de la Ley es conseguir un nivel elevado de protección del medio ambiente,
contribuir – de acuerdo con el principio de desarrollo sostenible – a integrar los aspectos
medioambientales en planes y programas que pudieran tener efectos significativos sobre
el medio ambiente y a establecer los mecanismos adecuados que permitan la efectividad
de las medidas protectoras, correctoras y compensatorias (art. 20.2 Ley 14/2014).
De conformidad con el art. 22.1 de la Ley 14/2014, deberán someterse a una Evaluación
Ambiental Estratégica los instrumentos de ordenación que conforman el sistema de
planeamiento territorial y urbanístico de Canarias en su procedimiento de elaboración y
aprobación, así como en el procedimiento de revisión y modificación; procedimiento de
evaluación que podrá ser de carácter ordinario o simplificado en función de los parámetros
estipulados en la norma. Para el caso del Plan hidrológico, además, esta obligación de
someter el instrumento a una evaluación ambiental estratégica figura el artículo 71.6 del
Reglamento de la Planificación Hidrológica.
Partiendo de la obligación del PHT de someterse a EAE, lo siguiente que debe plantearse
es cuál resulta la categoría de Evaluación Ambiental Estratégica aplicable al Plan
correspondiente al Segundo Ciclo– que, no debe olvidarse, supone una revisión del Plan
del Primer Ciclo –, si el procedimiento ordinario o el simplificado.
El art. 22.2 de la Ley 14/2014 prevé que serán objeto de evaluación ambiental
estratégica ordinaria en los términos reglamentariamente previstos los planes y sus
revisiones y modificaciones, salvo cuando deban someterse a una evaluación
ambiental estratégica simplificada. Además, estarán sujetos a una evaluación
ordinaria los instrumentos sometidos a evaluación simplificada cuando así lo decida
el órgano ambiental o cuando así lo solicite el promotor.
El art. 22.3 de la Ley 14/2014, por su parte, incluye un catálogo de supuestos en
los que el plan o programa debe someterse a Evaluación Ambiental estratégica
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simplificada, entre los cuales no puede englobarse el PHT por no cumplir los
requisitos previstos en el mismo.
Examinados los supuestos de hecho, cabe concluir que el PHT no cumple los requisitos
previstos para someterse EAE simplificada, pero tampoco puede afirmarse que lo esté a
EAE ordinaria hasta tanto se desarrolle reglamentariamente la norma. En consecuencia, y
hasta tanto se produzca la referida regulación reglamentaria, habrá de estarse a lo
dispuesto en la Ley estatal 21/2013, que constituye legislación básica en materia de medio
ambiente, cuyo art. 6.1 prevé que estarán sujetos a Evaluación Ambiental estratégica
ordinaria aquellos planes y programas, así como sus modificaciones, cuando:
a Se adopten o aprueben por una Administración Pública
b Su elaboración y aprobación venga exigida por una disposición legal o
reglamentaria o por acuerdo del Consejo de Ministros o del Consejo de Gobierno
de una comunidad autónoma.
c Concurran alguna de las circunstancias previstas en el art. 6.1 como, por ejemplo,
que establezcan el marco para la futura autorización de proyectos legalmente
sometidos a evaluación de impacto ambiental y se refieran, entre otras materias, a
la gestión de recursos hídricos.
Visto lo anterior, cabe concluir que el Plan Hidrológico de Tenerife correspondiente
al Segundo Ciclo de Planificación está sometido al procedimiento de Evaluación
Ambiental Estratégica Ordinaria por cuanto que presenta los rasgos que prevé la Ley
21/2013: carácter público, elaboración y aprobación exigida por una disposición legal,
constituir un conjunto de estrategias que se traducirán en actuaciones concretas, tener
potenciales efectos sobre el medio ambiente, etc.
En este procedimiento ordinario de EAE, las principales partes intervinientes serán.
Órgano promotor: Consejo Insular de Aguas de Tenerife, en su condición de
administración pública que inicia el procedimiento para la elaboración y adopción
del Plan y que, en consecuencia, tras el proceso de evaluación ambiental
estratégica, deberá integrar los aspectos ambientales en su contenido.
Órgano sustantivo: Consejo Insular de Aguas de Tenerife, en su condición de
órgano que ostenta las competencias para adoptar el Plan Hidrológico de
Tenerife, en sus fases de Avance y Aprobación Inicial. En las sucesivas fases del
procedimiento, será órgano sustantivo el Cabildo Insular de Tenerife en lo que se
refiere a la Aprobación Provisional y el Gobierno de Canarias en cuanto a la
Aprobación Definitiva.
Órgano ambiental: administración pública que, junto al promotor, vela por la
integración de los aspectos ambientales en la elaboración de los planes y
programas y a quien procede la aprobación de la Declaración Ambiental
Estratégica. En el caso del Plan Hidrológico, el órgano ambiental es la Comisión
de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC). (Artículo
22.B.4. de la Ley 14/2014).
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Público: cualquier persona física o jurídica, así como sus asociaciones,
organizaciones o grupos y que, en distintas fases del procedimiento, es
consultado.
Figura 23: Obligaciones del órgano promotor
Paralelamente a la tramitación de la revisión del Plan Hidrológico de Tenerife, la
Demarcación debe proceder a la tramitación del denominado Plan de Gestión del Riesgo
de Inundaciones en cumplimiento de las previsiones de la Directiva 2007/60/CE, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de Evaluación y Gestión del Riesgo de Inundación,
traspuesta al ordenamiento jurídico mediante el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de
Evaluación y Gestión del Riesgo de Inundación.
Ambos planes, el hidrológico y el de gestión de riegos, están abocados a articular entre sí
una relación de interconexión tal y como prevé el art. 14 del RD 903/2010:
Artículo 14. Coordinación con los planes hidrológicos de cuenca.
1. Los planes hidrológicos de cuenca, en el marco del artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, incorporarán los criterios sobre estudios, actuaciones y obras para prevenir y evitar los daños debidos a inundaciones, avenidas y otros fenómenos hidráulicos a partir de lo establecido en los planes de gestión de riesgo de inundación.
2. Los planes de gestión del riesgo de inundación incorporarán un resumen del estado y los objetivos ambientales de cada masa de agua con riesgo potencial significativo por inundación.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 50 de 179
3. La elaboración de los primeros planes de gestión del riesgo de inundación y sus revisiones posteriores se realizarán en coordinación con las revisiones de los planes hidrológicos de cuenca y podrán integrarse en dichas revisiones.
Como puede observarse, el art. 14.3 del RD 903/2010 ofrece a las Administraciones
actuantes la posibilidad de integrar el Plan de Gestión de Riesgo en la revisión del Plan
Hidrológico lo que implicaría efectuar una evaluación ambiental estratégica que englobará
los efectos ambientales derivados de las propuestas contenidas en uno y otro documento.
La Demarcación Hidrográfica de Tenerife, sin embargo, ha considerado pertinente tramitar
de manera autónoma el Plan de Gestión de Riegos, coordinándolo adecuadamente con el
PHT y otros instrumentos, por lo que éste será objeto de una evaluación ambiental
estratégica autónoma en la categoría y con el procedimiento que le resulte de aplicación.
2.5.2 Fases principales de la evaluación ambiental estratégica y documentos resultantes
La Ley 14/2014, marco jurídico aplicable en la Comunidad Autónoma de Canarias a la
EAE como ya hemos señalado anteriormente, remite el procedimiento de evaluación
ordinario a una regulación reglamentaria que no se ha producido hasta la fecha. Hasta
tanto tenga lugar dicha regulación, el art. 25.b) de la Ley 14/2014 remite al procedimiento
establecido en la legislación básica estatal. Así pues, en la siguiente figura se muestra un
esquema general del procedimiento ordinario de Evaluación Ambiental Estratégica
conforme a la Ley 21/2013 (arts. 17 a 25).
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 51 de 179
Figura 24: Procedimiento de la evaluación ambiental estratégica
El proceso de EAE se inicia con la solicitud de inicio de evaluación ambiental estratégica
acompañada de un Borrador del Plan o Programa y el Documento Inicial Estratégico,
cursada por el promotor ante el órgano sustantivo, equiparando este borrador de Plan con
los documentos iniciales de la planificación hidrológica, tal y como ha sido entendido en las
Demarcaciones Hidrográficas españolas.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 52 de 179
Figura 25: Contenido del documento de inicio de la EAE
Recibida la documentación, el órgano ambiental procede a un primer examen que tiene
por objeto verificar que no concurre ninguna causa de inadmisibilidad en la solicitud de
evaluación (art. 18.4 Ley 21/2013), lo que daría lugar a la finalización del procedimiento.
En caso de que no se aprecie tal causa, el órgano ambiental procede al envío del
Documento Inicial Estratégico acompañado del Borrador del Plan o Programa a consulta
de las Administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas por un plazo de
45 días. Finalizada esta fase, y si el órgano ambiental está en posesión de elementos de
juicio suficientes – en caso de que no los tuviera, el art. 19.1 arbitra un breve
procedimiento tendente a recabar el parecer de las administraciones que no se hubieran
pronunciado –, formula y da publicidad al Documento de Alcance del Estudio Ambiental
Estratégico, en el cual se establecen las líneas marco del proceso de evaluación.
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Figura 26: Proceso de consulta y documento de Alcance del Estudio Ambiental Estratégico
El plazo máximo para el traslado del Documento de Alcance es tres meses desde la
recepción del Documento Inicial Estratégico.
Con las especificaciones definidas por el órgano ambiental en el Documento de Alcance,
el CIATF procederá a la elaboración del Estudio Ambiental Estratégico (EsAE) que
identifica, describe y evalúa los probables efectos significativos sobre el medio ambiente
que puedan derivarse de la aplicación del Plan.
Esta evaluación debe hacerse para distintas alternativas y sus correspondientes efectos
ambientales, tanto favorables como adversos. Una de las alternativas a estudiar debe ser
la denominada “cero”, donde se contempla si sería posible el cumplimiento de los objetivos
ambientales si no se aplicase el Plan (Artículo 24 de la Ley 14/2014).
Estudio Ambiental Estratégico:
Estudio elaborado por el promotor que, siendo parte integrante del plan o programa,
identifica, describe y evalúa los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente que
pueden derivarse de la aplicación del plan o programa, así como unas alternativas
razonables, técnica y ambientalmente viables, que tengan en cuenta los objetivos y el
ámbito territorial de aplicación del plan o programa con el fin de prevenir o minimizar los
efectos adversos sobre el medio ambiente de la aplicación del Plan o Programa.
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Figura 27: Contenido mínimo del Estudio Ambiental Estratégico
El Estudio Ambiental Estratégico, acompañado de la Versión Inicial del Plan o Programa
o, según la terminología específica, la Propuesta de Proyecto de Plan / Avance del Plan
Hidrológico de Tenerife, una vez tomados en por los órganos competentes de la
Administración y posterior remisión al órgano ambiental debe someterse por el CIATF a un
proceso de información pública durante un plazo mínimo de 45 días y, simultáneamente,
a consulta de las administraciones públicas y público interesado consultado con motivo de
la elaboración del Documento de Alcance durante este mismo plazo.
Este plazo de consultas y de información pública podría verse ampliado – lo cual será
valorado en su momento por los órganos competentes –, por cuanto que la normativa
propia exige que la Propuesta de Proyecto de Plan Hidrológico / Avance sea sometido a
un trámite específico de participación pública durante seis meses.
El Estudio Ambiental Estratégico será parte integrante del proceso de planificación, y
resultará accesible e inteligible para el público y las administraciones públicas a través de
un procedimiento de consulta pública, con una duración de 3 meses (lo reglado es un
mínimo de 45 días), que se realizará simultáneamente a la consulta de la Propuesta de
Proyecto de Plan/Avance del Plan hidrológico que dura 6 meses.
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Figura 28: Consulta pública del Estudio Ambiental Estratégico
Con el resultado de la información pública y las consultas, el Consejo Insular de Aguas de
Tenerife elaborará la Propuesta Final del Plan o Programa o Documento para
Aprobación Provisional e introducirá las cuestiones necesarias en el Estudio Ambiental
Estratégico. Ambos documentos, junto con el expediente administrativo, deben ser
remitidos al Cabildo Insular de Tenerife – a quien compete la aprobación provisional del
Plan – y una vez tomados en consideración por éste, remitidos al órgano ambiental.
Recibida la documentación anterior, tal y como señalan el artículo 25 de la Ley 21/2013 y
el artículo 25 de la Ley 14/2014, y en un plazo de cuatro meses prorrogables dos meses
adicionales, el órgano ambiental elaborará la Declaración Ambiental Estratégica para
valorar la integración de los aspectos ambientales en el Plan, la calidad del estudio
ambiental estratégico y el resultado de las consultas realizadas y cómo se ha tenido en
cuenta. Además, incluye una serie de determinaciones ambientales que deberán incluirse
en el Plan.
Declaración Ambiental Estratégica:
Informe preceptivo y determinante del órgano ambiental con el que concluye la evaluación
ambiental estratégica ordinaria que evalúa la integración de los aspectos ambientales en la
propuesta final del plan o programa.
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Figura 29: Declaración Ambiental Estratégica
Una vez aprobado el Plan Hidrológico de Tenerife correspondiente al Segundo Ciclo, el
Consejo Insular de Aguas de Tenerife lo pondrá a disposición de la Comisión de
Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, de las administraciones públicas
afectadas consultadas y del público. También deberá realizarse un seguimiento de los
efectos en el medio ambiente de la aplicación del plan hidrológico.
2.6 Seguimiento del plan hidrológico
Las labores de seguimiento del plan hidrológico durante su vigencia pueden englobarse en
dos grupos distintos según el siguiente esquema.
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Figura 30: Actividades para el seguimiento del plan hidrológico
2.7 Revisión y actualización del plan hidrológico
El presente documento corresponde al inicio de la revisión del Plan Hidrológico de la
Demarcación Hidrográfica de Tenerife del primer ciclo de planificación.
Las revisiones del plan se realizarán teniendo en cuenta los posibles cambios normativos y
nueva información disponible en ese momento.
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Figura 31: Revisión del plan hidrológico
Una vez aprobada la revisión del plan, será
necesario realizar un seguimiento de su
aplicación, especialmente del desarrollo de su
programa de medidas y la evolución del
cumplimiento de los objetivos
medioambientales de las masas de agua,
según se ha indicado anteriormente en el
presente documento.
En alguna ocasión podría darse el caso de que el
programa de medidas propuesto resultase
insuficiente para alcanzar los objetivos medioambientales del plan hidrológico en alguna
masa de agua. En tal caso, el Consejo Insular de Aguas de Tenerife procederá de acuerdo
a lo señalado en el artículo 11.5 de la Directiva Marco del Agua conforme al siguiente
esquema:
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Figura 32: Procedimiento de revisión de la aplicación del programa de medidas
2.8 Notificaciones a la Unión Europea
De acuerdo con el artículo 15 de la Directiva Marco del Agua, el Reino de España está
obligado a remitir información sobre el desarrollo de la planificación a la Comisión
Europea, de acuerdo a los siguientes hitos.
Figura 33: Notificaciones a la Comisión Europea
Para su desarrollo, el Consejo Insular de Aguas de Tenerife, como órgano promotor del
plan hidrológico, deberá facilitar la información correspondiente al Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente, que realizará las tareas pertinentes para su traslado a los
órganos correspondientes de la Unión Europea.
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3 Calendario previsto
Los plazos obligatorios establecidos por la Directiva Marco del Agua, en el Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Aguas, y en el Reglamento de la Planificación Hidrológica para el desarrollo del proceso
de planificación y, en concreto, para la elaboración o revisión del plan hidrológico, incluyen
su posterior seguimiento y su actualización. De modo que, en estos documentos iniciales,
deben recogerse todas las actividades a realizar y plazos a cumplir, no sólo hasta la
aprobación de la revisión del plan en 2015, sino más allá.
Por tanto, en este documento se fija el calendario de la primera de las revisiones
requeridas por la Directiva Marco del Agua, la cual deberá incluir, además de los
contenidos mínimos exigidos para el plan anterior, un resumen de los cambios producidos
desde esa versión precedente.
En consecuencia, asumiendo el objetivo de tener iniciado el procedimiento de aprobación
para adoptar la revisión del plan antes del reporte oficial del Plan Hidrológico del segundo
ciclo (marzo 2016), se propone el calendario que se incluye a continuación.
HITO PRINCIPAL: Revisión del plan hidrológico 2015-2021
De conformidad con el apartado seis de la disposición adicional undécima del
texto refundido de la Ley de Aguas la revisión de los planes hidrológicos de
cuenca deberá entrar en vigor el 31 de diciembre de 2015, debiendo desde esa
fecha revisarse cada seis años.
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Figura 34: Calendario previsto para el segundo ciclo de planificación
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4 Estudio general sobre la demarcación (EGD)
4.1 Introducción
El “Estudio General sobre la Demarcación” se integra en este documento inicial de la
revisión del Plan Hidrológico de Tenerife (PHT) en el segundo ciclo de planificación (2015-
2021), el cual viene a dar respuesta a la petición de documentos que deben prepararse y
actualizarse conforme al artículo 5 de la DMA. Dada la reciente redacción del Plan
Hidrológico de la Demarcación de Tenerife, aprobado definitivamente en abril de este
mismo año 2015, estos apartados se redactan en correspondencia con el Plan Hidrológico
del primer ciclo.
El retraso en la aprobación de los planes hidrológicos del ciclo de planificación 2009-2015,
ha provocado que la información recogida en los planes, sobre los apartados abarcados
en el presente epígrafe, esté actualizada en los mismos. Por ello, en los siguientes
apartados, de manera general se recoge un resumen de los datos presentes en el PHT
4.2 Competencias
Desde el año 1985, la Ley de Aguas del Estado ha venido reconociendo el criterio de
unidad de gestión de las cuencas hidrográficas. a tenor del cual todas las aguas que
pertenecen a una misma cuenca constituyen un conjunto integrado que requiere una
gestión homogénea.
Este criterio funcional se transformó en la Ley de Aguas de 1985, además, en un criterio
de distribución competencial de modo que se atribuyó al Estado la gestión de las cuencas
que discurren por más de una Comunidad Autónoma, denominadas cuencas
intercomunitarias; mientras que se atribuyó a las Comunidades Autónomas la gestión de
aquellas otras cuencas cuyo trazado se circunscribe a una única Comunidad, llamadas
cuencas intracomunitarias. En virtud de este criterio funcional y competencial, la Isla de
Tenerife constituye una cuenca hidrográfica intracomunitaria.
La Directiva Marco del Agua introduce como concepto novedoso el de Demarcación
Hidrográfica, el cual supera el concepto tradicional de cuenca al referirse a una extensión
territorial mucho mayor. El concepto de Demarcación aparece regulado normativamente
en el art. 16 bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas, según el cual:
«Se entiende por demarcación hidrográfica la zona terrestre y marina compuesta por una o varias cuencas hidrográficas vecinas y las aguas de transición, subterráneas y costeras asociadas a dichas cuencas.
Son aguas de transición, las masas de agua superficial próximas a la desembocadura de los ríos que son parcialmente salinas como consecuencia de su proximidad a las aguas costeras, pero que reciben una notable influencia de flujos de agua dulce
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Son aguas costeras, las aguas superficiales situadas hacia tierra desde una línea cuya totalidad de puntos se encuentra a una distancia de una milla náutica mar adentro desde el punto más próximo de la línea de base que sirve para medir la anchura de las aguas territoriales y que se extiende, en su caso, hasta el límite exterior de las aguas de transición».
Al quedar establecida la Demarcación como unidad de planificación, se presenta un
complejo escenario de distribución de competencias relacionadas con el objeto de la
planificación hidrológica, que requiere un esfuerzo de coordinación entre las distintas
Administraciones públicas con competencias (territoriales o sustantivas) afectadas por su
aplicación.
En primer lugar, y es necesario señalar que el Estado tiene competencia exclusiva para
dictar legislación básica en materia de medio ambiente, sin perjuicio de las facultades
de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección (art.
149.1.23º CE). En ejercicio de esta competencia, se han dictado varias normas de carácter
básico que afectan a los recursos hídricos, a su calidad y cantidad, como pueden ser el
Real Decreto 140/2003, relativo a las aguas de consumo humano, el Real Decreto
1620/2007, que se refiere a la reutilización de aguas depuradas o el Real Decreto 60/2011,
relativo a las normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de aguas.
Además, el Estado tiene competencia exclusiva sobre el dominio público marítimo –
terrestre, el dominio público portuario y las aguas sometidas a la jurisdicción del
Estado español (art. 132.2 CE), las cuales son especialmente relevantes para la
planificación hidrológica a resultas de la incorporación de las aguas costeras (naturales y
muy modificadas) y de transición a la Demarcación.
Por su parte, la Comunidad Autónoma de Canarias ha asumido a través de su Estatuto
de Autonomía (EAC), aprobado mediante Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto,
competencias exclusivas en pesca en aguas interiores, marisqueo y acuicultura (art.
30.5), aguas (art. 30.6), ordenación del territorio y del litoral (art. 30.15), espacios
naturales protegidos (art. 30.16) y obras públicas de interés de la Comunidad (art.
30.17), las cuales tienen especial relevancia en relación con la planificación hidrológica y
han sido objeto de regulación autónoma a través de distintas leyes y reglamentos.
Por lo que respecta a las competencias específicas en materia de aguas, el art. 30.6 del
EAC otorga a la Comunidad competencias exclusivas en “Aguas, en todas su
manifestaciones, y su captación, alumbramiento, explotación, transformación y fabricación,
distribución y consumo para fines agrícolas, urbanos e industriales; aprovechamientos
hidráulicos, canales y regadíos; regulación de recursos hidráulicos de acuerdo con las
peculiaridades tradicionales canarias”.
Estas competencias se han desarrollado a través de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de
Aguas de Canarias, modificada mediante la Ley 10/2010 y 14/2014 para adaptarla, en
parte, a la Directiva Marco del Agua, la cual distribuye las competencias y funciones
relativas a las aguas entre el Gobierno de Canarias, los Cabildos Insulares y los Consejos
Insulares de Aguas, conforme al siguiente esquema:
Gobierno de Canarias (art. 7 LAC)
Corresponde al Gobierno de Canarias:
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a) El ejercicio de la potestad reglamentaria de desarrollo de la legislación territorial o estatal de aguas.
b) La elaboración del Plan Hidrológico de Canarias. c) La aprobación definitiva de los Planes Hidrológicos Insulares, Parciales y Especiales. d) La elaboración de los programas de obras de interés regional y la elevación al
Gobierno de la Nación de propuestas de obras de interés general. e) La coordinación de las Administraciones hidráulicas entre sí y con la Administración
estatal. f) La coordinación de la planificación hidrológica con la de ordenación territorial, económica
y demás que puedan repercutir sobre los recursos hidráulicos. g) La asistencia técnica y la alta inspección de la actividad de los Consejos Insulares. h) El impulso y fomento de las mejoras hidrológicas así como la investigación y desarrollo
tecnológico en esta materia. h-bis)Garantizar la unidad de gestión de las aguas, la cooperación en el ejercicio de las
competencias que en relación con su protección ostenten las distintas administraciones públicas en Canarias, así como proporcionar a la Unión Europea, a través del ministerio competente en materia de medio ambiente, la información relativa a la demarcación hidrográfica que se requiera.
i) Cualesquiera otras competencias que le confíen las leyes así como las que no sean atribuidas a otras entidades u órganos de la Administración hidráulica, sin perjuicio de lo que, en cuanto a la Administración insular de aguas, dispone el artículo 10, apartado h) de la presente Ley.
Cabildos Insulares (art. 8 LAC):
1. Los Cabildos Insulares, en los términos de la legislación autonómica, asumen las siguientes competencias y funciones:
a) Conservación y policía de obras hidráulicas. b) Administración insular de las aguas terrestres. c) Obras hidráulicas, salvo las que se declaren de interés regional o general. Dichas competencias y funciones se ejercerán a través de los Consejos Insulares de Aguas.
2. Corresponde a cada Cabildo, en relación con su Consejo Insular, las siguientes competencias:
a) La elaboración y las aprobaciones inicial y provisional de sus Estatutos. b) La aprobación del presupuesto. c) La aprobación provisional del Plan Hidrológico Insular. d) Nombrar a sus representantes en los órganos de gobierno del Consejo
Consejos Insulares de Aguas (arts. 9 y 10 LAC):
Artículo 9. 1. Se crea en cada isla un Consejo Insular de Aguas, como entidad de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena autonomía funcional, que asume, en régimen de descentralización y participación, la dirección, ordenación, planificación y gestión unitaria de las aguas en los términos de la presente Ley. 2. Los Consejos Insulares de Aguas tienen naturaleza de organismos autónomos adscritos a efectos administrativos a los Cabildos Insulares. Esta adscripción orgánica en ningún caso afectará a las competencias y funciones que se establecen en la presente Ley. 3. Los Consejos Insulares tienen capacidad para adquirir, poseer, regir y administrar los bienes y derechos que constituyen su patrimonio, así como para contratar, obligarse y ejercer ante los Tribunales todo tipo de acciones, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes. 4. Contra los actos administrativos y disposiciones generales de los Consejos Insulares de Aguas podrán los interesados interponer los recursos de reposición, alzada y revisión, así
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como el recurso contencioso-administrativo, en los mismos casos, plazos y formas que determinan las Leyes de Procedimiento Administrativo y de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los recursos de alzada y extraordinario de revisión se interpondrán siempre ante el Presidente del Consejo Insular. Contra los actos de la Junta General del Consejo Insular sólo cabe el recurso de reposición previo al contencioso administrativo. Artículo 10.- Son funciones de los Consejos Insulares de Aguas: a) La elaboración de su presupuesto y la administración de su patrimonio. b) La elaboración y aprobación de las ordenanzas que el desarrollo de su actividad pueda precisar. c) La elaboración y aprobación inicial de los Planes y Actuaciones Hidrológicas. d) El control de la ejecución del planeamiento hidrológico y, en su caso, la revisión del mismo. e) El otorgamiento de las concesiones, autorizaciones, certificaciones y demás actos relativos a las aguas. f) La custodia del Registro y Catálogo de Aguas insulares y la realización de las inscripciones, cancelaciones o rectificaciones oportunas. g) La gestión y control del dominio público hidráulico, así como de los servicios públicos regulados en esta Ley. h) La policía de aguas y sus cauces. i) La instrucción de todos los expedientes sancionadores y la resolución de los sustanciados por faltas leves y menos graves. j) La ejecución de los programas de calidad de las aguas, así como su control. k) La realización de las obras hidráulicas de responsabilidad de la Comunidad Autónoma en la isla. l) La fijación de los precios del agua y su transporte, en aplicación de lo que reglamentariamente establezca el Gobierno de Canarias. m) La participación en la preparación de los planes de ordenación territorial, económicos y demás que puedan estar relacionados con las aguas de la isla. n) La explotación, en su caso, de aprovechamientos de aguas. o) La prestación de toda clase de servicios técnicos relacionados con el cumplimiento de sus fines y, cuando proceda, el asesoramiento a las Administraciones Públicas, así como a los particulares. p) En general, todas las labores relativas a la administración de las aguas insulares no reservadas a otros organismos por la presente Ley o por las normas generales atributivas de competencias.
El Estatuto orgánico del Consejo Insular de Aguas de Tenerife fue aprobado por Decreto
115/1992, de 9 de julio, publicado en el BOC nº 103, de 27 de julio de 1992.
Finalmente, debe tenerse en cuenta la existencia de otras áreas, departamentos y
administraciones en las que si bien las competencias no son de la administración
hidráulica, sí deben tener en cuenta la planificación hidrológica y ser tenidas en cuenta por
ella, al estar relacionadas con el recurso hídrico bien por hacer uso de él, bien por tener
influencia directa o indirecta en el mismo (por ejemplo la planificación y gestión de
sectores como el agropecuario, el recreativo, el industrial, la gestión de residuos, etc.).
A tenor de todas las competencias – de administración hidráulica, sectoriales, de aguas
costeras... – resulta el siguiente conjunto de administraciones competentes en la
Demarcación Hidrográfica de Tenerife:
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Figura 35: Administraciones competentes en la Demarcación Hidrográfica de Tenerife
4.3 Descripción general de las características de la Demarcación
4.3.1 Marco administrativo
El Archipiélago Canario se encuentra situado entre los paralelos 27º 60´ y 29º 42´ latitud
Norte, y los meridianos 13º 40´ y 18º 2´, longitud Oeste. Está compuesto por siete islas
principales (Gran Canaria, Fuerteventura, Lanzarote, La Palma, El Hierro, La Gomera y
Tenerife) y varios islotes, constituyendo administrativamente la Comunidad Autónoma de
Canarias. El conjunto de la Comunidad Autónoma de Canarias ocupa una superficie de
7.446,95 km2, repartidos en dos provincias (Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de
Tenerife).
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Figura 36: Provincias de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La distancia desde el punto más septentrional del archipiélago hasta la Península Ibérica
es de 1.050 km y la distancia mínima al continente africano es de 115 km.
Por su ubicación geográfica, Canarias está catalogada por la Unión Europea (UE) como
zona ultraperiférica.
La isla de Tenerife, perteneciente a la provincia de Santa Cruz de Tenerife, es la más
extensa y poblada del archipiélago canario y se encuentra entre las islas de Gran Canaria
y La Gomera. Presenta una superficie aproximada de 2.033 km2 y una población a 2010
de 906.854 habitantes.
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Figura 37: Vista aérea de la isla de Tenerife.
Gran parte de la superficie de su territorio, el 48%, está declarada como Espacio Natural
Protegido, y el 52% restante está considerado como muy transformado por la actividad
antrópica, con una densidad de hecho (sobre superficie con pendiente menor del 30%) de
más de 1.000 hab/km2.
Administrativamente, la isla se divide en 31 municipios. De estos 13 tienen menos de
10.000 habitantes, y únicamente uno (Vilaflor) posee menos de 2.000.
Figura 38: Municipios presentes en la Demarcación Hidrográfica de Tenerife.
4.3.2 Marco físico
Tenerife es una isla oceánica de gran variabilidad morfológica y ambiental,
mayoritariamente árida y de elevadísima pendiente, lo cual ejerce un control muy
importante de los usos y la ordenación del territorio insular. La altura máxima se sitúa, en
la parte central de la isla, en el Teide, que alcanza 3.718 metros sobre el nivel del mar.
La mitad de la Isla posee una pendiente superior al 25% y casi un tercio, por encima del
40%. Sólo en un 17% de la superficie se encuentran pendientes inferiores al 10%. Sobre
esta superficie se sitúan aquellos usos que necesitan de grandes superficies de suelo
llano, como la agricultura, el uso urbano y la industria.
La elevada altura de la Isla establece una zonificación climática altitudinal bien
diferenciada. Asimismo, la orientación de cada vertiente respecto a su exposición a los
vientos Alisios introduce importantes variaciones climáticas en la zonificación entre la
vertiente Norte, relativamente húmeda, y las orientadas al Sur, de carácter mucho más
árido.
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La naturaleza volcánica junto al resto de características físicas de la Isla da como
resultado una gran variedad de morfologías, suelos y condiciones bioclimáticas que se
traducen en claras diferencias en cuanto a capacidad productiva y de soporte de
actividades; además de una riqueza ecológica muy notable.
4.3.2.1 Hidrografía
Tenerife es una cuenca hidrográfica intracomunitaria, con demarcación propia, totalmente
autárquica en recursos hídricos, sin masas de agua superficiales equiparables a los ríos o
lagos permanentes, y con el recurso del agua subterránea como dominante
(aproximadamente el 84% del total del balance hidráulico), y en proceso de reducción por
la intensa explotación del sistema acuífero. La limitación cuantitativa de los recursos
subterráneos y la demanda creciente han llevado a la necesidad de disponer de nuevos
recursos no convencionales (reutilización de aguas regeneradas y desalación de agua de
mar).
En lo que respecta a la red hidrológica, la morfología de la isla, típica de muchas
estructuras volcánicas, hace que la red de drenaje se disponga radialmente, con las
cuencas hidrográficas principales divergiendo a partir de una divisoria central. Estas
cuencas presentan como rasgo característico: su reducida extensión, unas elevadas
pendientes medias y normalmente una importante profundidad de los barrancos formados.
La aguas superficiales en la isla de Tenerife son todas aquellas que discurren por la
superficie del terreno generadas con la lluvia, pudiendo establecer tres grupos según sea
su origen:
1. Las aportaciones de escorrentía "superficial" distinguiendo entre:
La directa, que se corresponde con la que se sucede de inmediato al suceso de los
aguaceros y que se prolonga durante el tiempo de duración de éste.
La indirecta que, retenida por la vegetación y los suelos más superficiales, sigue a
continuación de la directa, prolongando durante algunas horas la presencia del
agua de escorrentía en la red de drenaje natural.
2. Las aportaciones de escorrentía "subterránea" procedentes de acuíferos conectados
con los cauces a los que vierten sus caudales de manera continua; se trata del
fenómeno denominado regulación de ribera. Según el tipo de acuífero de procedencia
pueden establecerse a su vez dos subgrupos:
Las aguas procedentes de acuíferos "colgados" que afloran al exterior a través de
múltiples surgencias y acaban uniéndose para conformar un caudal conjunto capaz
de superar la capacidad de infiltración del cauce y circular varios centenares de
metros. Caudal que aumenta considerablemente después de las lluvias y que
puede perdurar durante algunas semanas, como sucede en los cursos altos de los
barrancos de Las Mercedes (afluente en cabecera del barranco de Santos), de
Agua de Dios (La Laguna), Los Camellos (Buenavista); o incluso llega a
mantenerse durante todo el año, como es el caso de algunos de los barrancos de
los macizos de Anaga y de Teno.
Las corrientes que generan los avenamientos que se producen desde la superficie
freática del “sistema acuífero insular” en aquellos puntos donde aquélla contacta
con la superficie del terreno. Las surgencias se concentraban en el fondo de los
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barrancos más profundos, proporcionando caudales continuos. La explotación
generalizada de las aguas subterráneas en el entorno de estos nacientes hizo
descender los niveles saturados y en consecuencia su desaparición. En la
actualidad sólo los nacientes de Abinque en el Barraco del Infierno y los del Río, en
el Barranco del Río, y las corrientes de agua que se generan en sus cauces
podrían tener esta consideración.
3. Las aguas superficiales de origen subterráneo procedentes del sistema acuífero insular
que, alumbradas en galerías, son arrojadas, de manera testimonial en su cuantía, a los
barrancos por dos razones fundamentales:
Los denominados excedentes de riego, que son aquellas aguas que por ser inútiles
en épocas de lluvia tienen que ser vertidas a los barrancos cuando la capacidad de
almacenamiento ha sido superada. Su mención en la actualidad, como se ha
señalado, es meramente “testimonial” dado que se han ejecutado infraestructuras
específicas para su almacenamiento y regulación.
Las aguas que por su baja calidad son inutilizables y su destino es el cauce de los
barrancos. En estos momentos cabe hacer el mismo comentario que con las
anteriores dado que se han ejecutado plantas desalinizadoras para mejorar sus
calidades y ponerlas en uso.
Las aguas de escorrentía generadas en las cuencas insulares disponen de una red de
drenaje natural que, salvo en las zonas cuyos suelos de cobertera se corresponden con
los más jóvenes de la isla, puede adjetivarse de densa, bien desarrollada y estructurada.
La columna vertebral de la red insular de drenaje natural la conforman un total de 498
cauces principales, con una longitud total conjunta de 1.831 kilómetros. Sobre ellos
descargan cerca de 5000 cauces correspondientes a otros tantos ramales, subramales,
etc., cuya estructura jerárquica alcanza hasta 10 niveles, que suponen una longitud
conjunta de 5.881 kilómetros.
Atendiendo a la entidad de los barrancos y, en consecuencia, a la de sus respectivas
cuencas vertientes, pueden establecerse varios niveles diferentes de red hidrográfica:
Red principal o de cumbre: Está conformada por todos aquellos barrancos cuya
cuenca vertiente se extiende desde las cumbres más altas hasta la costa. Estas
cuencas reciben las mayores precipitaciones que, unido a sus considerables
superficies, debería significarles el ser las mayores generadoras de volúmenes de
escorrentía, si no fuera porque la permeabilidad de los suelos de cobertura es aún
más decisiva que la propia pluviometría o la superficie receptora. A igualdad de
condiciones de permeabilidad, las cuencas de esta red principal son las que
producen, tanto en caudal como en volumen, las escorrentías más importantes.
Red secundaria o de medianías altas: Está formada por un conjunto de barrancos
cuyas cabeceras de cuenca se asientan muy cerca del casquete de cumbres,
llegando, por tanto, a participar también de las precipitaciones más intensas. Sus
aportaciones, de menor consideración que las de la red superior, están en
consonancia con la superficie de recepción de lluvia y la geomorfología de los
suelos.
Red terciaria o medianías bajas: Se incluyen en este apartado una serie de
barrancos con superficies de cuencas receptoras susceptibles de generar aportes
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aprovechables de escorrentía; y ello aún a pesar de tener sus cabeceras muy lejos
de los núcleos donde se producen las máximas precipitaciones pues su principal
característica hidrológica reside en la baja permeabilidad de sus suelos de
cobertura.
Red costera: Está constituida por un buen número de pequeños barrancos y
barranqueras cuyo nacimiento se localiza a poca distancia de la costa. Por esta
razón, además de disponer de superficies de cuencas vertientes muy pequeñas,
reciben las menores precipitaciones.
Red no desarrollada: En la vertiente suroccidental de la isla los materiales que
conforman su cobertera todavía no han tenido tiempo de conformar una red de
drenaje definida. En estas zonas la generación de aguas de escorrentía sólo es
posible a partir del suceso de temporales más que extraordinarios.
Cuencas endorreicas: Se trata de superficies del territorio en las que el agua no
tiene salida superficial por gravedad. Es el caso de cada una de Las Cañadas del
Teide, las cuales, después de un temporal, se convierten en auténticas lagunas en
las que el líquido elemento se mantiene durante varias semanas hasta ser
consumido por la evapotranspiración y la infiltración. Especialmente significativa
por su amplitud es la que se forma en el Valle de Ucanca.
Para que se genere escorrentía superficial es necesaria la ocurrencia de aguaceros de
intensidad; por esta razón su presencia en el tiempo se caracteriza por la irregularidad,
limitando su aparición a dos o tres ocasiones al año. En el régimen de aportaciones de las
cuencas tinerfeñas se combinan unas precipitaciones irregulares en el tiempo y en el
espacio con unas dispares condiciones geomorfológicas y edafológicas del territorio así
como con una variada cubierta vegetal.
La gran irregularidad de las precipitaciones, y la escasa cuenca tributaria de cada uno de
los cauces, combinados con una geología que favorece extraordinariamente la infiltración,
determinan un régimen habitual en donde, excepto con ocasión de grandes lluvias
torrenciales, los cauces llevan más agua en las cabeceras que en los tramos cercanos a la
desembocadura, de tal manera que éstos están secos prácticamente durante casi todo el
año.
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Figura 39: Red de cauces y cuencas hidrográficas
Por otro lado, para poder aprovechar los recursos hídricos superficiales, que de forma
general se puede señalar que se producen de manera irregular, se ha utilizado
tradicionalmente como solución el almacenamiento de los mismos en embalses y otras
formas de depósito temporal, como son:
Los azudes o tomaderos: Los caudales se captan con un pequeño tomadero transversal
al cauce que interrumpe la corriente de agua para su uso inmediato o su almacenamiento
en un estanque.
Las presas: esta solución se encuentra con los siguientes problemas que limitan su
funcionalidad:
Las grandes pendientes de los cauces, especialmente en sus tramos altos e
intermedios y la relativa estrechez entre las márgenes de los barrancos, dan lugar
a “cerradas” con reducidas capacidades de almacenamiento.
La torrencialidad de las precipitaciones unida a la fragilidad de los suelos de
cobertera generan gran cantidad de arrastres sólidos que acaban colmatando el
vaso de los embalses, exigiendo un continuo y costoso mantenimiento.
A veces, no basta con que la roca de caja de la cerrada disponga de una
permeabilidad “primaria” baja; factores inherentes a la denominada permeabilidad
“secundaria” generan pérdidas por infiltración que no son compensadas por
corrientes continuas de agua, haciendo inviable la obra.
Las Balsas: Las más recientes obras de explotación de aguas superficiales se han llevado
a cabo mediante balsas que se ubican fuera de los límites de los barrancos; en éstos la
escorrentía se capta mediante “tomaderos” desde los que parte un conducto de derivación
hasta la balsa. Con el Plan de Balsas de Tenerife se construyeron varias obras de este
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tipo y aunque su objetivo fundamental es la regulación de las aguas de escorrentía
subterránea excedentarias en los meses invernales, en cinco de ellas existe la posibilidad
de albergar aguas superficiales.
4.3.2.2 Modelo geohidrológico
Figura 40: Masas de agua subterráneas y sectores hidrogeológicos
En lo que respecta al sistema hidrogeológico insular, con el recurso del agua
subterránea como dominante, aproximadamente el 84% del total del balance hidráulico de
la isla, se considera un sistema de extraordinaria heterogeneidad, lo cual es responsable
directa de la irregularidad con que se verifica la circulación de las aguas subterráneas,
dentro de una cierta estructura a gran escala, que refleja las vicisitudes del lento proceso
de construcción de la Isla.
El proceso constructivo de la Isla se asocia a tres situaciones estructurales diferentes:
Modelo en capas. Acumulación progresiva de materiales que difieren en
composición, edad y grado de compactación y alteración, de modo que se
comportan heterogéneamente ante el flujo del agua subterránea. La disposición de
estas unidades, superpuestas y suavemente inclinadas hacia el mar, permite como
primera aproximación considerar un modelo en capas de permeabilidad
decreciente hacia abajo; si bien no todas ellas son internamente homogéneas ni se
extienden a la totalidad del bloque insular.
Ejes estructurales. El ascenso y emisión de magmas se ha verificado
preferentemente a través de tres franjas que atraviesan verticalmente el bloque
insular (Dorsal NO, NE y S) y que convergen en el centro de la Isla. Estos ejes se
manifiestan en superficie por ser zonas de concentración de aparatos volcánicos,
mientras que en el subsuelo están conformados por una densa malla de diques a la
que se asocia una fracturación intensa. En dichas franjas la presencia de diques y
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fracturas modifican el comportamiento hidrogeológico del subsuelo, rompiéndose
de este modo la continuidad del modelo en capas.
Deslizamientos en masa. La inestabilidad de algunos edificios volcánicos ha
originado grandes deslizamientos en masa que han dado lugar a la formación de
enormes depresiones (Valles de La Orotava, Güímar y Las Cañadas-Icod). Los
deslizamientos han suprimido una porción considerable de los subsuelos
preexistentes, truncando, así, tanto la disposición en capas de permeabilidad
decreciente como la configuración de los ejes estructurales.
A estos deslizamientos visibles en la morfología insular hay que añadirles otros no visibles
en superficie pero detectados en el subsuelo.
La actividad volcánica posterior al deslizamiento da lugar a un potente relleno de lavas
jóvenes con conductividad hidráulica elevada que se apoyan sobre la brecha resultante del
deslizamiento (mortalón), de naturaleza impermeable
Figura 41: Permeabilidad de los suelos insulares
La morfología del sistema acuífero está condicionada por la configuración de las
superficies que lo limitan, estas son: superficie freática (límite superior) y zócalo
impermeable (límite inferior).
Respecto a la superficie freática, de manera general, su forma tiende a adaptarse
suavemente a la topografía existente. Su altura máxima está situada en Las Cañadas a
unos 2.200 m de cota y desde ahí desciende hasta los 0 m en la línea de costa. En la
franja correspondiente a las Dorsales, por efecto de los diques, su perfil es escalonado, en
el Valle de Icod experimenta una depresión mayor a la observada en la topografía, y su
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pendiente media es anormalmente fuerte (10-15 º). La posición de la superficie freática ha
ido variando en el tiempo y es de gran importancia comprobar cómo ha ido variando esta
con las extracciones.
El zócalo impermeable, por debajo del cual ya no hay reservas hídricas significativas, al
contrario que la superficie freática, está fuertemente condicionado por la geología. Su
presencia depende no sólo de la naturaleza intrínseca de las rocas sino también de su
estado de alteración y compactación.
La zonificación hidrogeológica de la isla, debida a las marcadas diferencias acusadas en
volúmenes de infiltración, parámetros y comportamientos hidrogeológicos, posición o
existencia del zócalo impermeable, volúmenes de reserva disponibles y grado de
conocimiento, ha llevado a considerar esta como un mosaico de zonas, que unido a las
razones de gestión y estrategias de explotación han establecido 8 zonas, 7 subzonas, 38
sectores y 15 subsectores.
4.3.2.3 Geología
La isla de Tenerife es una estructura volcánica aislada, formada por lavas y otros
productos magmáticos. El conjunto de estos elementos configuran la geología y la
geomorfología terrestre de la isla y estos a su vez la disponibilidad de recursos hídricos
Los edificios antiguos de Anaga, Teno y Roque del Conde, con una edad de entre 3,5 a 12
millones de años (Mioceno Medio-Plioceno Inferior), constituyen grandes edificios
volcánicos en escudo, con barrancos profundos y en el caso de los dos primeros, con
costas acantiladas. Están conformados por distintas secuencias volcanoestratigráficas
superpuestas, de composición mayoritariamente basáltica.
Los materiales que los constituyen se encuentran muy alterados en aquellas zonas en que
se han superpuesto edificios posteriores; en estas áreas puede existir una intensa
fracturación/deformación tectónica inducida por la actividad volcánica más reciente (bajo la
Dorsal Noroeste).
El edificio Cañadas, con una edad superior a los 4 millones de años (Plioceno Inferior),
constituye un edificio volcánico poligénico de gran complejidad estructural. Ha sufrido tres
grandes periodos de actividad o construcción del relieve volcánico, previos a la formación
de la actual caldera (Cañadas I, II y III), que muestran una migración general del foco
eruptivo principal hacia el Este. Cada uno de los periodos comprende varias formaciones
de carácter esencialmente básico o sálico, expuestas en la pared de la caldera de Las
Cañadas o en los flancos.
Por último, el edificio Dorsal Noreste, con una edad mayor a los 1,1 millones de años
(Pleistoceno Inferior), representa un edificio lineal con forma de tejado a dos aguas,
formado por el apilamiento de coladas de lava y piroclastos originados en erupciones
fisurales, cuyos centros de emisión se concentran a lo largo de su franja central o línea de
cumbres, denominada eje estructural. El grado de alteración es variable, siendo mayor en
el eje estructural y escaso en los flancos, afectando más a los piroclastos que a las lavas.
Asimismo, existe una importante fisuración y fracturación abierta en el eje estructural,
asociada a la intrusión filoniana.
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Figura 42: Edificios volcánicos en la isla de Tenerife.
En la Isla se distinguen tres ejes estructurales principales, la dorsal Noreste, la dorsal
Noroeste y la dorsal Sur, ésta última de menor desarrollo y potencia.
Los deslizamientos en masa han afectado a todos los edificios, de forma recurrente en los
mismos flancos.
La plataforma insular es la zona más productiva del mar canario, extendiéndose hasta los
100-200 metros de profundidad y caracterizándose por ser accidentada y estrecha. Por
otra parte, la costa es muy abrupta, con un 67% de acantilados, y un 17% de playas de
arena y cantos de escasas dimensiones.
Tenerife dispone de 269 km de costa, la más extensa del Archipiélago, con 315 km² de
plataforma insular, lo que constituye el 14% de la superficie de plataforma de las Islas.
4.3.2.4 Variables climáticas e hidrológicas
El clima de la isla de Tenerife es seco y cálido con escasas precipitaciones. Se caracteriza
por la presencia de los vientos Alisios, los cuales soplan con una dirección dominante
Noreste cargándose de humedad en su discurrir por la superficie oceánica, manteniéndose
frescos gracias a la corriente fría de Canarias. La acción conjunta de los vientos Alisios y
el efecto barrera de la cordillera central, produce una importante diferenciación climática
Norte-Sur.
La acusada orografía y el efecto barrera de la cordillera central de la Isla determina que,
en la vertiente Norte, se generen procesos de enfriamiento y condensación, que producen
una diferenciación climática importante respecto de la Sur en un territorio de
aproximadamente 2.034 km².
Asimismo, atendiendo a la altitud, se pueden definir tres zonas climáticas: costas,
medianías y cumbres.
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La temperatura media anual es de 21 ºC en las costas, mientras que en las medianías y
las cumbres desciende hasta los 17 ºC y 10 ºC, respectivamente.
Esta diferencia entre el clima de estas tres zonas es igualmente relevante en la
precipitación media anual, presentando 223, 559 y 487 mm en cada una, según se
asciende en altitud.
Las precipitaciones que caen en la Isla lo hacen fundamentalmente en forma de lluvia,
siendo menos frecuente la nieve y el rocío. Se aprecia un aumento gradual de la
pluviometría desde la costa hasta la cumbre, invirtiéndose esta tendencia por encima de
los 2.000 metros de altitud. La máxima pluviometría, con medias superiores a los 1.000
mm/año, se alcanza en las cumbres de la dorsal Noreste, concretamente, sobre los
municipios de La Matanza y La Victoria de Acentejo. Por el contrario, la costa del Sur es la
zona más seca de la Isla, con una media de precipitación que apenas alcanza los 150
mm/año.
La lluvia indirecta o lluvia horizontal adquiere igualmente cierta importancia, especialmente
en la franja de medianías de la vertiente a barlovento.
La evapotranspiración real (ETR) es la cantidad de agua que retorna a la atmósfera,
tanto por transpiración de la vegetación, como por evaporación del suelo. Su magnitud
depende del agua que el suelo ha logrado retener para el consumo de la vegetación. En la
isla de Tenerife el valor estimado, debido a la escasa presencia de estaciones
evaporimétricas y lisímetros, en un año medio, es de 264 mm/año, lo que supone un 62%
de la precipitación.
La escorrentía superficial es la parte de la precipitación que discurre por los cauces. Su
formación está condicionada por la cantidad de lluvia recibida y por el umbral de
escorrentía a partir del cual se inicia. El valor de este parámetro está ligado a las
características intrínsecas del suelo, además de a la influencia de otros factores como son:
la pendiente, el tipo de uso asociado a éste, la densidad y tipo de cobertura vegetal.
Se estima que, a nivel insular, el agua de escorrentía que llega al mar en un año medio es
de 3,6 mm/año (equivalente a 7,3 hm³), lo que representa el 2% de la precipitación.
Los mayores porcentajes de escorrentía se producen en los macizos de Teno y Anaga, así
como en los altos de Vilaflor, en coincidencia con los espacios ocupados por materiales
que poseen una permeabilidad de moderada a baja. Sin embargo, en las áreas cubiertas
por emisiones volcánicas recientes y con elevada permeabilidad, la generación de flujo de
agua en superficie tiene poca relevancia, incluso en aquellas donde la pluviometría media
anual alcanza los valores más altos.
El agua de infiltración que se deduce de la resolución del balance hídrico es aquella que
supera la retención superficial y alcanza subsuelos más profundos, conectando, bien con
acuíferos colgados, bien con el sistema acuífero general; es decir, el agua de recarga. Se
estima que la infiltración insular en un año medio es de 160 mm/año (equivalente 326
hm3), lo que porcentualmente supone algo menos de la mitad de la precipitación (44%).
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4.3.3 Marco biótico
Bióticamente, el archipiélago canario en general está condicionado por los procesos de
especiación geográfica y adaptativa, con una clara influencia de las condiciones climáticas
y la geomorfología asociada a la actividad volcánica. Estos procesos, similares en otros
lugares del planeta, han generado, en Canarias, una riqueza y variedad de ecosistemas y
formaciones geológicas que determinan la importancia, singularidad y especial fragilidad
de las islas.
Así, las islas Canarias mantienen especificidades únicas en su conjunto y en su forma
individual. Estas especificidades se manifiestan incluso dentro del entorno en el que se
desarrolla, que es la región biogeográfica macaronésica (Cabo Verde, Azores, Madeira e
Islas Salvajes). Por todo ello, constituye un área especialmente particular dentro del
panorama biogeográfico mundial, con singular importancia desde el punto de vista
zoológico y botánico tanto por su diversidad, como por el elevado número de endemismos
y la pervivencia de especímenes de flora Terciaria, virtualmente desaparecidos en el resto
del planeta.
Tenerife es la Isla con mayor número de especies terrestres de Canarias (9.324) de la
cuales 2.093 son endémicas (865 endemismos de Tenerife). De ellas el 57,4% son
especies de fauna (de las que el 93,2% son artrópodos), y el resto de flora (de las que el
37,0% son plantas vasculares y el 28,6% hongos). El 32,1% de las especies de fauna y el
9,5% de las de fauna son endémicas. Además, al igual que sucede con el resto de islas
del archipiélago, su aislamiento ha favorecido el desarrollo de una rica flora endémica de
singular valor ambiental.
La reducida superficie de los hábitats y su singularidad les hace especialmente vulnerables
frente a cualquier acción capaz de alterar sus condiciones, por lo que muchas de estas
especies se encuentran amenazadas.
Los puntos de mayor concentración de especies por km2 se localizan en los macizos de
Anaga y Teno, así como la vertiente septentrional de la dorsal Noreste y los barrancos de
Orchilla y de Erques.
Los ecosistemas terrestres asociados al agua presentes en la DHT con más valor se
localizan en cuatro tipos de áreas preferentes: en los relieves abruptos que no han sido
explotados por el hombre o que lo han sido escasamente, los malpaíses y áreas
climáticamente muy desfavorecidas.
De entre las doscientas asociaciones de vegetación canaria, sólo ocho de ellas pueden
considerarse dependientes del agua, tanto de carácter superficial, paredes rezumantes,
como de capas de mayor profundidad freática: el herbazal húmedo, Cañaveral, Juncal,
Tarajal, Palmeral, el Monteverde higrófilo, Sauzal y la Balera.
La palmera canaria (Phoenix canariensis), especie que caracteriza la comunidad, es un
freatofito capaz de explotar acuíferos a cierta profundidad y de soportar una prolongada
hidromorfia en el suelo. En algunas ocasiones crece igualmente de forma natural el drago
(Dracaena draco), catalogada como de Interés para los ecosistemas canarios.
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Figura 43: Asociaciones de vegetación vinculada al agua.
Respecto a la fauna terrestre vinculada al agua se han considerado como hábitats
acuáticos los charcos naturales, las charcas de riego, los canales y los barrancos con
presencia de agua, además de aquellas especies cuyo ciclo biológico, total o parcial, está
relacionado con la presencia del agua.
Invertebrados
Se conocen en Tenerife unas doscientas especies de invertebrados dulceacuícolas
entendiendo por tales aquellas que desarrollan todo o parte de su ciclo biológico en
ambientes riparios de agua dulce. A éstas debe añadirse otro contingente de invertebrados
higrófilos, que sin ser estrictamente acuáticos, viven estrechamente ligados a este tipo de
hábitat.
Aproximadamente una cuarta parte de las especies acuáticas inventariadas en Tenerife
son endemismos canarios, y casi un tercio de ellos son exclusivos de esta Isla, lo que
realza más si cabe la importancia de estas comunidades.
De los ambientes riparios, son los cauces de barrancos los que mayor número de especies
y de endemismos albergan, si bien representan los biotopos que mayor regresión han
experimentado en las últimas décadas. La sobreexplotación de los acuíferos y la
consiguiente desecación de los nacientes, así como la canalización de aguas de
manantiales y de escorrentías han provocado la desaparición de una gran parte de los
sistemas riparios de la demarcación.
Los arroyos son el principal biotopo desde el punto de vista de la conservación, tanto por
la importante biodiversidad asociada a aguas fluyentes, como porque en torno a ellas se
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generan otros biotopos riparios que pueden contener fauna madícola o hidrófila
especializada. Sólo cinco de los barrancos de Tenerife (El Río, Afur, Ijuana, El Infierno y
Taborno), albergarían el 80% de la fauna acuática conocida de la Isla; esto es así porque
dichos cauces reúnen una buena representación del gradiente altitudinal de la Isla, así
como de los diferentes pisos de vegetación.
Vertebrados
La avifauna es el grupo de vertebrados más importante, acogiendo la isla de Tenerife a
más de 70 especies, principalmente ligadas a los ambientes forestales, de medianías con
cultivos o a zonas xéricas de cotas bajas, pero con pocas especies ligadas a ecosistemas
acuáticos como son la gallineta de agua (Gallinula chloropus), la focha común (Fulica
atra), la Motacilla cinerea y el chorlitejo chico (Charadrius dubius)
Hay otros grupos de aves no ligadas directamente a puntos de agua durante su faceta
reproductora, pero que hacen uso de ellos entre los que destacan el pico picapinos
(Dendrocopos major) y el pinzón azul (Fringilla teydea), y el águila pescadora (Pandion
haliaetus) en Tenerife, una especie catalogada como vulnerable, apunta a la importancia
de unas pocas charcas de riego situadas en el extremo Suroeste de la Isla.
Respecto a las especies de aves migratorias, se cifra en aproximadamente unas 250 las
especies que visitan el archipiélago Canario, pero solo unas pocas pueden considerarse
dependientes del agua y sólo permanecen un periodo muy limitado de tiempo en parajes
como las charcas de Erjos, El Fraile, Ciguaña y Guargacho y las rasas intermareales
Otra especie de fauna vertebrada relacionada con los ecosistemas dulce-acuícolas es la
anguila (Anguilla anguilla) en clara recesión a enclaves muy concretos del macizo de
Anaga.
La flora y fauna marina canaria es muy diversificada y rica en especies. Su origen reside
en la notable diversidad ambiental, con significativos procesos oceanográficos y su propia
posición geográfica, en una latitud subtropical y próxima a las costas meridionales
europeas y Noroeste africanas, y en el paso de una corriente con aportes de la costa
americana.
Como resultado de las características oceanográficas anteriormente descritas es posible
encontrar numerosas especies de carácter tropical, procedentes del Caribe, la costa
africana, o comunes en las aguas tropicales de los océanos.
Las condiciones oceanográficas del litoral canario se encuentran fuertemente influenciadas
por los vientos Alisios, que junto con la configuración topográfica de las islas y la
geomorfología de sus costas, da lugar a amplias zonas de resguardo al Sur de éstas,
donde se disponen amplias plataformas arenosas. Éstas son las condiciones idóneas para
el establecimiento y desarrollo de sebadales.
Existen numerosos ecosistemas o comunidades de interés, tanto por su valor pesquero o
marisquero, como zonas de explotación de recursos, como por su valor científico o
ecológico, por ser zonas donde se desarrollan determinados procesos ecológicos. Es
preciso destacar los sebadales o praderas de fanerógamas marinas, los cuales se suelen
encontrar en áreas de aguas someras y constituyen los ecosistemas marinos más
importantes de los substratos blandos, teniendo un alto papel ecológico en las cadenas
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tróficas del medio marino, además de tener una gran influencia en los recursos pesqueros,
muy importantes en la zona Sur.
Los principales sebadales de Tenerife se encuentran en un buen estado de conservación
considerando la cobertura media encontrada y la altura media de las sebas.
Además de los sebadales, también han sido consideradas todas aquellas de tipo vegetal
(comunidades de dictiotales, comunidades de fotófilas y otras). Éstas son la base de las
cadenas tróficas y, en general, suelen tener una función estructurante de ecosistemas.
Otros ecosistemas o comunidades de interés, asociadas a determinados elementos
geomorfológicos, son los roques y bajas, las rasas intermareales y de los veriles o
acantilados submarinos.
Respecto a la diversidad ambiental, y aún teniendo la misma composición básica en
especies, la fauna marina presenta unas características más tropicales en las islas
occidentales, y en los sectores Sur-Suroeste de cada una, mientras que tiende a ser más
templada en las islas orientales y en las costas Norte y Noreste. Reflejo de esta
biodiversidad es la base de datos del Gobierno de Canarias, el Biota Marino, que recoge
más de 5.200 especies marinas para Canarias.
Se detallan a continuación aquellas especies que, presentes en la isla de Tenerife, son
incluidas en el Catálogo de Especies Protegidas de Canarias.
Anexos Especies
Anexo I. En peligro de extinción Panulirus echinatus
Anexo II. Vulnerables Anguilla anguilla, Cystoseira tamaricifolia, Gelidium arbuscula, Gelidium canariense, Physeter macrocephalus
Anexo III. Interés para los ecosistemas canarios
Avrainvillea canariensis, Asterina gibbosa, Charonia variegata, Cymodocea nodosa, Cystoseira abies-marina, Echinaster sepositus, Gaidropsarus guttatus, Gymnothorax bacalladoi, Hacelia attenuate, Haliotis tuberculata coccinea, Halophyla decipiens, Hippocampus hippocampus, Laurencia viridis, Labrsu bergylta, Marthasterias glacialis, Narcissia canariensis, Ophidiaster ophidianus, Palythoa canariensis, Palythoa caribbea, Phalium granulatum, Rissoella verruculosa, Sargassum filipéndula, Sargassum vulgare, Scyllarides latus, Tonna galea, Tonna maculosa
Anexo IV. Categoría supletoria en el Catálogo Canario en caso de disminución de la protección en el Catálogo Nacional de las especies con presencia significativa en Canarias. V: Vulnerable y E: En peligro de extinción
Balaenoptera boreales (V), Balaenoptera musculus (V), Balaenoptera physalus (V), Charonia lampas lampas (V), Chilomycterus atringa (V), Eubalaena glacialis (E), Globicephala macrorhynchus (V), Tursiops truncatus (V)
Anexo VI. Especies incluidas en la categoría de interés especial en el Catálogo Nacional afectadas por la disposición transitoria única
Caretta caretta, Chelonia mydas, Delphinus delphis, Dermochelys coriácea, Eretmochelys imbricata, Globicephala melas, Kogia breviceps, Megaptera novaeangliae, Orcinus orca, Stenella coeruleoalba
Tabla 1: Relación de especies marinas incluidas en el Catálogo Canario de Especies Protegidas.
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La enorme riqueza geológica, ecológica y paisajística que atesora la isla de Tenerife y la
necesidad de preservar aquellos espacios de mayor valor como creadores de recursos y
atractivos turísticos ha llevado a la protección legal de un 48% de su territorio bajo la
consideración de las siguientes figuras: Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos
(ENP), Red Natura 2000, con las ZEC, terrestres y marinas y las ZEPA.
Los territorios protegidos abarcan fundamentalmente áreas poco intervenidas del interior
insular o excesivamente abruptas para ser explotadas, donde han pervivido las
morfoestructuras y los ecosistemas primigenios y existe un escaso nivel de presión
antrópica. En estos ámbitos, y en general en amplias zonas de la medianía, el abandono
de las actividades agropecuarias y de los aprovechamientos forestales ha favorecido una
notable recuperación de los ecosistemas originarios, sometidos hasta los años sesenta del
siglo pasado a una intensa presión.
Figura 44: Espacios Naturales Protegidos.
La Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos se estructura en ámbitos de diferentes
tipos y niveles de protección que dan respuesta a las necesidades de conservación de los
recursos naturales de un área determinada y facilitan la gestión de los mismos. Esta Red –
en la que actualmente se integran 43 espacios en Tenerife - se creó en el año 1994 y ha
sido trasladada al marco normativo autonómico vigente aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes
de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias
(TRLOTCAN).
Los espacios que forman parte de la Red Natura 2000 son de dos tipos. Por un lado, las
Zonas Especiales de Conservación (ZEC), previamente consideradas como Lugares de
Importancia Comunitaria (LICs), y por otro, las Zonas de Especial Protección para las Aves
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(ZEPA), ya designadas por los estados miembros con arreglo a las disposiciones de la
Directiva 79/409/CEE relativa a la conservación de las aves silvestres y sus hábitats , pero
a las que la Directiva 92/43/CEE integra en la red europea.
A tales efectos, mediante el Decreto 174/2009, de 29 de diciembre , fueron declaradas las
Zonas Especiales de Conservación integrantes de la Red Natura 2000 en Canarias, así
como las medidas para el mantenimiento en un estado de conservación favorable de estos
espacios naturales. En Tenerife, han sido declaradas 48 ZEC, de las cuales 6 son marinas
y el resto terrestre.
Figura 45: Zonas Especiales de Conservación (ZEC) de la Isla de Tenerife
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Figura 46: Zonas de Especial Protección para las Aves en la isla de Tenerife
4.3.4 Modelo territorial
Se detalla a continuación un resumen, presente en el PHT sobre el modelo territorial de la
isla.
El Modelo de Ordenación Territorial propuesto por el PIOT recoge las líneas básicas de la
ordenación territorial para posibilitar un desarrollo sostenible de la economía y de los
recursos de Tenerife.
La Isla queda ordenada a nivel insular en ámbitos territoriales en los que se proponen
Modelos de Ordenación Comarcal mediante una distribución básica de los usos dando
lugar a las Áreas de Regulación Homogénea: áreas urbanas y de expansión urbana, áreas
de interés estratégico y áreas de protección (ambiental, económica o territorial).
Asimismo, el PIOT establece los núcleos urbanos principales, infraestructuras básicas,
equipamientos insulares y operaciones singulares estructurantes de la Isla.
El PIOT establece una división de la totalidad de la Isla en ámbitos territoriales, cada uno
con un destino básico principal y un régimen complementario de usos e intervenciones.
Estos ámbitos territoriales son tratados como submodelos a nivel de ordenación insular,
obteniendo:
Distribución básica de los usos; destinos globales que desde la ordenación
se asignan a cada porción de territorio. Dicha división responde en términos
muy sintéticos a la estructura consolidada, fomentando su reforzamiento y
limitando los procesos recientes que tienden a desvirtuarla. La distribución
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 85 de 179
básica de los usos en el territorio está regulada por los Modelos de
Ordenación Comarcal y la agrupación en Áreas de Regulación Homogénea,
(en adelante ARH), ámbitos con categorías de igual régimen normativo
básico. Dentro de estas ARH se establece un uso o destino principal, y un
régimen complementario de usos e intervenciones. El PIOT protege el
paisaje y los recursos naturales de la mayor parte del área central de la Isla
y de sus dos comarcas extremas, y preserva al máximo los mejores (y cada
vez más amenazados) suelos de vocación agrícola; se establecen así unos
límites definidos a los procesos de transformación territorial de carácter
urbano.
Núcleos urbanos principales, donde se concentran las actividades de
naturaleza urbana de la población. El PIOT distingue entre los núcleos
eminentemente residenciales (entre los que se incluyen también los
asentamientos rurales), turísticos e industriales y terciarios así como
aquellos ámbitos destinados a absorber los futuros crecimientos urbanos, y
que se identifican como áreas de expansión urbana.
Infraestructuras básicas, que condicionan la estructuración del territorio. Se
pretende que la red viaria ejerza un papel aglutinador de las restantes
infraestructuras lineales. Se concibe así un anillo perimetral a modo de
corredor de infraestructuras lineales por el que deben discurrir junto a los
ejes viarios y de transporte, canalizaciones destinadas al transporte de
energía eléctrica, comunicaciones por cable, transporte de agua potable y
regenerada, transporte de gas, etc.
Equipamientos insulares, nodos rotacionales que polarizan el territorio
mediante su capacidad de prestación de servicios, guardando una estrecha
relación con el de núcleos urbanos. El PIOT no define explícitamente dichos
equipamientos en todas las categorías, tan sólo establece los
equipamientos a nivel insular: (complejo universitario de La Laguna,
Hospital Universitario y el de La Candelaria, etc.). Entre los equipamientos
el PIOT destaca las Operaciones Singular Estructurantes, con una función
de complementariedad y refuerzo de la red dotacional (Complejo de
equipamientos de Rasca, Complejo Insular de Deportes del Motor, entre
otras).
Áreas de interés estratégico: El Plan Insular determina asimismo las
actividades económicas y sociales sobre las que se estructura el modelo de
desarrollo territorial de Tenerife. Estas tienen en este sentido unas grandes
implicaciones en el equilibrio territorial de las diferentes comarcas y en
materia hidrológica.
La distribución de los usos del suelo más demandantes de agua se corresponde
fundamentalmente con los de protección económica (mayoritariamente de tipo agrícola),
áreas urbanas y áreas estratégicas.
La ocupación del territorio prevista para los próximos años tiene una clara influencia en la
Planificación Hidrológica, en la medida que determina la distribución insular del agua y la
necesidad de nuevas infraestructuras hidráulicas.
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4.3.5 Paisaje
Existe para la isla de Tenerife una política específica en materia de paisajes, en la cual se
recogen los principios generales, estrategias y directrices que permiten la adopción de
medidas específicas con vistas a la protección, gestión y ordenación del mismo: el Plan
Territorial Especial de Ordenación del Paisaje de Tenerife (PTEOPT), que desarrolla el
PIOT.
Uno de los elementos paisajísticos más importantes son los barrancos. El PIOT define los
barrancos como “hendiduras lineales del relieve originadas por la escorrentía de las
aguas”, reconociendo su papel trascendental en el paisaje de la Isla al afirmar que
“cumplen importantes funciones en el modelo de ordenación territorial: divisores y
estructurantes del territorio, hitos relevantes del paisaje insular, soporte de singulares
ecosistemas asociados y elementos fundamentales del sistema hidrológico”.
Como elementos paisajísticos, los barrancos son elementos en los que predomina la línea
sobre la forma. Desde un enfoque longitudinal, en la silueta de todo barranco se
superponen varias líneas paralelas, que marcan las diferentes rupturas de pendiente
propias de la cuenca. Transversalmente, los barrancos son escotaduras en forma de V,
que en aquellos de mayores dimensiones evolucionan hacia una forma de artesa muy
cerrada.
Las propias Directrices de Ordenación General de Canarias consideran a los barrancos en
diferentes disposiciones. Así, en la Memoria ya se establece explícitamente la fragilidad
paisajística de los barrancos, en referencia específica a las actividades extractivas.
Asimismo, se señala el papel negativo jugado tradicionalmente por los barrancos como
lugares de vertido de todo tipo de residuos.
Uno de los criterios de las Directrices está encaminado a establecer la capacidad de carga
del territorio, y para ello uno de los parámetros que se señalan es la consideración como
elementos sensibles de “las formaciones orográficas y escenográficas naturales
características, como los acantilados, barrancos, lomos, conos volcánicos y calderas, entre
otras”.
El PIOT incluye la preservación de su estructura física, geomorfológica y paisajística, así
como de los ecosistemas asociados de los barrancos, incluyendo la eliminación de
infraestructuras, construcciones y cualesquiera otros elementos artificiales fuera de uso o
que resulten incompatibles con los objetivos de ordenación.
Asimismo el PTEOPT incluye los barrancos como parte de los corredores visuales de la
Isla.
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Figura 47: Corredores visuales del Plan Territorial Especial de Ordenación del Paisaje de Tenerife.
4.3.6 Patrimonio hidráulico
Para poder aprovechar el agua la isla de Tenerife dispone de un amplio marco de
infraestructuras hidráulicas.
Las principales infraestructuras de almacenamiento incluyen 17 presas, 21 balsas y 404
depósitos.
Para el aprovechamiento de los caudales subterráneos se ha recurrido a las galerías y a la
perforación de pozos y sondeos. En cuanto a las galerías, hay 1.124 con una longitud
media de 1.500 metros, mientras que pozos hay 397 con una profundidad media de 259
metros.
4.3.7 Localización y límites de las masas de agua
La Isla de Tenerife constituye una Demarcación Hidrográfica formada por la zona terrestre
de la Isla y sus aguas costeras asociadas, con una superficie de 2.833 km2, siendo
además una cuenca intracomunitaria por cuanto que la totalidad de las aguas asociadas
discurren por el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Se considera como “masa da agua” a aquella unidad discreta y significativa de agua que
presenta características homogéneas, de tal manera que en cada una de ellas se pueda
efectuar un análisis de las presiones e impactos que la afectan, definir los programas de
seguimiento y aplicar las medidas derivadas del análisis anterior, así como comprobar el
grado de cumplimiento de los objetivos ambientales que le sean de aplicación. Las masas
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de agua se clasifican en dos grandes grupos, las masas de agua superficiales y las masas
de agua subterráneas.
4.3.7.1 Localización, límites y caracterización de las masas de agua
superficiales
Del estudio y análisis de la Directiva Marco, de las características hidrológicas de las Islas
Canarias y de la legislación vigente, se concluye que los criterios de clasificación
establecidos en la Directiva para las aguas superficiales epicontinentales no son aplicables
en la Comunidad Autónoma de Canarias, dado que no existen cursos de agua
equiparables a los ríos peninsulares ni masas de agua tipo lagos o embalses con
extensión suficientemente significativa.
Así, las únicas aguas superficiales que podrían definirse como masas en Tenerife, y en
Canarias en general son las costeras.
Para la delimitación de las masas de agua costeras se estableció el límite externo de las
mismas a 1 milla náutica aguas adentro a partir de la línea base que delimita las aguas
interiores de Canarias y el límite terrestre se ha considerado como línea base el límite de
las pleamares.
Las masas de agua costeras de la demarcación ocupan una superficie total de 800 km2,
con profundidades superiores a los 100 metros. Se han identificado cinco ecotipos de
masas de agua costeras naturales; I, II y III, en correspondencia con los tipos CW-NEA5,
CW-NEA6 y CW-NEA7, según la clasificación establecida por la DMA, siendo los ecotipos
IV y V definidos en atención a la confluencia de diferentes presiones/amenazas existentes
en la franja litoral.
Posteriormente, la tipificación de dichas masas costeras se llevó a cabo según el sistema
B, teniendo en cuenta como parámetros la profundidad, la exposición al oleaje y la
velocidad de la corriente.
La tipificación preliminar de las masas de agua costeras dio como resultado la definición
de tres tipos de masas de agua para el Archipiélago Canario.
Tras esta primera tipificación fue necesario incluir una variable adicional, debido a la
conjunción de distintas presiones existentes en determinadas áreas de la franja litoral del
archipiélago. De esta forma esta nueva variable va a permitir separar masas de agua
contiguas de la misma tipología en función de las presiones e impactos resultantes.
VARIABLES TIPO I TIPO II TIPO III TIPO IV TIPO V
Definición
Expuesta Protegida Protegida Expuesta Expuesta
Protegida
Velocidad baja
Somera Somera Profunda Somera Somera
Presionada Presionada
Salinidad > 30
Mareas 1-3 m
Profundidad < 50 < 50 > 50 < 50 < 50
Velocidad corriente < 1 nudo
Exposición oleaje Expuesta Protegida Protegida Expuesta Expuesta
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VARIABLES TIPO I TIPO II TIPO III TIPO IV TIPO V
Protegida
Condiciones de mezcla
Mezcla
Residencia Días
Sustrato Blando-duro
Área intermareal < 50%
Presiones/Amenazas NO NO NO SI SI
Tabla 2: Clasificación de ecotipos de las aguas costeras de Canarias.
Fuente: Elaboración propia a partir del “Informe de los artículos 5 y 6. Directiva Marco de Aguas” y del
“Programa de seguimiento de las aguas costeras. Directiva Marco de Aguas”.
En total se delimitaron 6 masas de agua superficiales costeras naturales en la
Demarcación Insular de Tenerife
Una masa de agua en la costa Norte de la Isla (ES70TFTI1);
Tres masas de agua en la vertiente Sureste (ES70TFTI2, ES70TFTIV y
ES70TFTV);
Dos masas de agua en la vertiente Suroeste (ES70TFTII y ES70TFTV)
Una masa de agua profunda (ES70TFTIII), siendo ésta última la dominante sobre el
conjunto de la demarcación en términos superficiales, con un 68%
Figura 48: Representación general de las masas de agua superficiales costeras delimitadas (sin escala).
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Se detalla a continuación la definición geográfica de las masas de agua superficiales
costeras naturales definidas.
Código masa de
agua Ecotipo
Superficie máxima ocupada
(km2)
Longitud de costa
(km)
Coordenadas del centroide (UTM)
X Y
ES70TFTI1 I
151,53 192 362008 3153527
ES70TFTI2 19,55 46 357464 3113423
ES70TFTII II 8,12 16 314311 3133533
ES70TFTIII III 541,50 - 351853 3140007
ES70TFTIV IV 15,03 42 371382 3140251
ES70TFTV V 57,80 100 331410 3108822
Tabla 3: Información geográfica de las masas de agua costeras definidas en Tenerife
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.2.1.1 de la IPH, se entiende por masas de
agua muy modificadas aquellas masas de agua superficiales que, como consecuencia de
alteraciones físicas producidas por la actividad humana, han experimentado un cambio
sustancial en su naturaleza el cual se ha interpretado en la aprobación provisional del Plan
Hidrológico de Tenerife, como una modificación de sus características hidromorfológicas
que impide que la masa de agua alcance el buen estado ecológico.
Siguiendo lo dispuesto en la IPH, junto con la mejora en el conocimiento del medio litoral
de la demarcación como resultado del desarrollo de las tareas de información y
diagnóstico llevadas a cabo en el marco de la tramitación Plan Hidrológico de Tenerife, se
definieron tres masas de agua superficiales costeras muy modificadas que se muestran en
la siguiente tabla junto a su definición geográfica.
Código masa de agua
Denominación
Superficie máxima
ocupada (ha)
Coordenadas del centroide (UTM)
X Y
ES70TF_AMM1 Puerto de
Santa Cruz de Tenerife
4,51 377.598 3.148.865
ES70TF_AMM2 Puerto de Granadilla
0,70 353.442 3.106.038
ES70TF_AMM3 Puerto de Los
Cristianos 0,30 331.421 3.103.649
Tabla 4: Definición geográfica de las masas de agua superficiales costeras muy modificadas.
Como recoge el nuevo Plan Hidrológico de Tenerife, dentro de las tareas de identificación
y delimitación de las masas de agua superficiales costeras presentes en la DHT se ha
estimado oportuna la consideración e incorporación como candidatas a muy modificadas
los espacios marinos, actualmente en estado natural, llamados a acoger las
infraestructuras portuarias proyectadas por el Gobierno de Canarias, tanto en Fonsalía
(T.M. Guía de Isora), como en el Puerto de la Cruz (T.M. Puerto de la Cruz).
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Código masa de agua Puerto
Superficie máxima ocupada
(ha)
Coordenadas del centroide (UTM)
X Y
ES70TF_CMM4 Fonsalía 22,22 320.514 3.119.881
ES70TF_CMM5 Puerto de
la Cruz 18,52 347.855 3.144.744
Tabla 5: Definición geográfica de las masas de agua superficiales costeras candidatas a muy modificadas.
Dicha decisión responde a la manifiesta voluntad por parte del planificador de conciliar los
principios fundamentales que animan la DMA, éstos son, el mantenimiento y mejora del
medio acuático, con aquellas previsiones de las administraciones públicas competentes en
materia portuaria.
A tales efectos, la delimitación de ambas masas de agua candidatas a muy modificadas se
ha hecho corresponder exactamente con las láminas de agua confinadas definidas en los
respectivos proyectos.
Figura 49: Masas de agua superficiales costeras muy modificadas y candidatas a muy modificadas.
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4.3.7.2 Localización, límites y caracterización de las masas de agua
subterráneas
Las aguas subterráneas en Tenerife conforman un sistema hidráulico extraordinariamente
complejo, donde el gran volumen de aguas subterráneas se encuentra en la zona saturada
general, comprendida entre dos superficies irregulares: la superficie freática y el zócalo
impermeable.
Para facilitar el análisis y la gestión de este sistema hidráulico subterráneo,
extremadamente heterogéneo y anisótropo, tanto a pequeña escala como a gran escala-
se dividió la Isla en unidades territoriales más pequeñas mediante la zonificación
hidrogeológica. En el Plan Hidrológico se definen cuatro masas de agua subterráneas
según el concepto de la DMA, como agregación de las distintas zonificaciones ya
contempladas en el Plan vigente (PHI 1996). Dicha zonificación divide el sistema acuífero
insular en 8 zonas, 7 subzonas, 38 sectores y 7 subsectores. Los criterios seguidos para
establecer esta división fueron múltiples: acusadas diferencias en los volúmenes de
infiltración, parámetros y comportamiento hidrogeológico, posición y existencia del zócalo
impermeable, volumen de reservas y grado de conocimiento, entre otros criterios; sirvieron
para establecer un primer nivel de división por zonas. Otras diferencias más vinculadas
con la gestión y con estrategias de explotación justificaban las subdivisiones
subsiguientes.
Para la agrupación de los sectores, además de los criterios ya considerados en la
zonificación, se tomaron en cuenta otras cuestiones como:
• Zonas afectadas por la contaminación de nitratos de origen agrario.
• Áreas afectadas por la actividad volcánica remanente.
• Áreas con mayor riesgo de verse afectadas por procesos de intrusión de
agua de mar.
Código masa de
agua Nombre Área (km
2)
Coordenadas del centroide (UTM)
X Y
ES70TF001 Masa compleja de
medianías y costa norte 1.295 350.675 3.135.561
ES70TF002 Masa de Las Cañadas-Valle
de Icod 274 335.95 3.131.002
ES70TF003 Masa costera de la vertiente
sur 439 344.489 3.113.901
ES70TF004 Mas costera del Valle de La
Orotava 25 347.756 3.142.589
Tabla 6: Masas de agua subterráneas de la DHT
A continuación se detallan las principales características de estas masas de agua:
La Masa compleja de medianías y costa norte contiene total o parcialmente
todos los edificios volcánicos delimitados, a excepción del Edificio Teide-Pico Viejo
y en ella se dan todas las situaciones estructurales contempladas (modelo en
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capas - ejes estructurales - valles de deslizamiento), de ahí su denominación de
“compleja”.
La Masa de Las Cañadas-Valle de Icod se corresponde sensiblemente con el
ámbito territorial del Edificio Teide-Pico Viejo y con la porción de cumbres del
Edificio Dorsal NO. En relación con su geohidrología, coexisten en esta masa dos
de los elementos del modelo estructural de la isla, valles de deslizamiento y ejes
estructurales. Además de su clara delimitación geológica otro de los nexos de
cohesión de esta masa es el hecho de que en su ámbito se localiza gran parte de
la actividad volcánica remanente de la isla, lo que condiciona sensiblemente el
quimismo de las aguas almacenadas.
En la Masa costera de la vertiente sur están presentes diversidad de edificios
volcánicos, siendo la estructura dominante el modelo en capas. Al igual que en la
masa anterior, la hidroquímica actúa como nexo de unión, por ser la porción del
sistema acuífero general más vulnerable a afecciones por intrusión de agua de
mar.
La Masa costera del Valle de La Orotava está mayoritariamente en el ámbito del
Edificio Dorsal NE y en menor medida, en su extremo occidental, en materiales del
Edifico pre-caldera. La estructura geohidrológica que la caracteriza es el valle de
deslizamiento, es su configuración de tramo distal.
En la siguiente tabla se muestran algunas magnitudes geohidrológicas de referencia para
cada una de las masas consideradas obtenido mediante un Modelo de Simulación de Flujo
Subterráneo (MSFS)
Código masa de
agua
Posición de la superf. freática
en 1997
Potencia media
zona de transito
Permeabilidad (cm/día)
Coefic. de almacenamiento
(%) (m s.n.m.m.)
Max. Min. Med. (m) Max. Min. Med. Max. Min. Med.
ES70TF001 1.91 0 441 447 710 1 67 25 4 10
ES70TF002 2.22 0 1.14 545 850 4 172 25 4 21
ES70TF003 178 0 15 203 781 3 198 25 4 11
ES70TF004 128 0 33 97 255 14 196 20 6 17
Tabla 7: Magnitudes geohidrológicas de referencia (Deducidas de los datos del MFS 2011)
Dada la naturaleza volcánica de la isla y, en concreto, la existencia de actividad volcánica
remanente, el quimismo de las aguas subterráneas está muy condicionado por esta
circunstancia
A continuación se muestra un resumen de las principales características hidroquímicas de
las masas de agua subterráneas a partir de la información de la campaña de muestreo en
2006 de la red de control de aguas subterráneas.
La Masa compleja de medianías y costa norte . Aguas de tipo bicarbonatado.
Los cloruros y sulfatos se presentan en poca cantidad. En el caso de los cationes,
la composición varía entre los términos sódico-magnésico-cálcico.
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La Masa de Las Cañadas-Valle de Icod Las aguas son de tipo bicarbonatado. Los
cloruros y sulfatos se presentan en poca cantidad. En el caso de los cationes, la
composición varía entre los términos sódico-magnésico-cálcico.
La Masa costera de la vertiente sur. Aguas de tipo bicarbonatado, salvo en
captaciones afectadas por procesos de intrusión marina, donde los cloruros, e
incluso los sulfatos, muestran concentraciones muy por encima de la media. En el
caso de los cationes, la composición varía entre los términos sódico-magnésico-
cálcico.
La Masa costera del Valle de La Orotava Aguas de tipo bicarbonatado, salvo en
captaciones alteradas por procesos de intrusión marina, donde los cloruros
presentan concentraciones por encima de la media. En el caso de los cationes, la
composición varía entre los términos sódico-magnésico-cálcico.
Figura 50: Masas de agua subterráneas y sectores hidrogeológicos
4.3.7.3 Ecosistemas hídricos dependientes
Como ecosistemas dependientes asociados a las aguas subterráneas se han considerado
do posibles sistemas de este tipo: los nacientes del Bco. del Infierno y los nacientes del
Bco. del Río. En ambos casos existen dudas de si dichos manantiales representan puntos
de descarga del sistema acuífero profundo o bien están asociados a acuíferos colgados.
En el caso del Bco. de Infierno se ha realizado un estudio geohidrológico del entono que
concluye que, aún no existiendo certeza plena, se considera muy probable que así sea,
recomendándose el establecimiento de un zona de protección especial en la masa de
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agua subterránea ES70TF001. El segundo de los casos, dada su menor relevancia, aún
no se ha caracterizado.
4.3.8 Estadística climatológica e hidrológica
4.3.8.1 Climatología
La orografía y diversidad climática de la Isla permite en ocasiones la aparición de agentes
como el rocío, la cencellada e incluso el granizo, aunque la forma más habitual de
manifestarse la precipitación es por medio de la lluvia convencional. También están
presentes, aunque en menor medida, la denominada lluvia horizontal y la nieve.
La precipitación media anual convencional anual media sobre la isla de Tenerife para el
período 1980/81-2009/2010 se estima en 370 mm equivalente a 753 hm3/año.
Las precipitaciones tienen un carácter estacional alcanzándose las máximas en Diciembre,
el mes que registra mayor valor de precipitación con una media de (83 mm/mes), mientras
que julio con poco más de 1 mm/mes es el más seco del año.
Geográficamente, la pluviometría media anual oscila entre los 100 mm de la costa del sur
y los 1000 mm del casquete de cumbres de la “Dorsal Este” que se extiende entre las
cotas de 1600 y 1800 metros. La cumbre de Anaga es, a continuación, el sector que recibe
mayores precipitaciones.
Figura 51: Isolíneas de precipitación convencional media del periodo 1944/45-2009/10
La lluvia horizontal, también llamada lluvia indirecta, precipitación oculta o de niebla, es
bien significativa en entornos de la isla muy localizados, tales como los collados y las
crestas de la vertiente septentrional de la isla.
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Ante la dificultad de medir este recurso se ha implementado en el MHS una metodología
para la evaluación empírica tanto de la cantidad de precipitación de niebla captada como
de su distribución territorial. Como resultado de ese modelo el agua de niebla que
depositan las nubes en los objetos que la interceptan (lluvia horizontal). Se ha estimado en
unos 42mm es decir unos 86hm3/año.
La captación más alta (>1.000 mm) se localiza en la cumbre de la cordillera central (dorsal
este); le siguen las crestas de las cumbres de Anaga (>750 mm); en tercer lugar, las zonas
de cresta de los macizos de Teno y de Tigaiga con valores de alrededor de 600 mm.
Figura 52: Isolíneas de precipitación horizontal captada en el periodo 1980/81-2009/10
Otra modalidad de recurso atmosférico es la precipitación en forma de nieve que, aunque
limitada su estancia, tanto en el tiempo como en el espacio, por encima de la cota de 1800
metros. Esta debe de tener cierta importancia aunque actualmente no está bien registrada
ya que se registra con pluviómetros que miden en conjunto.
La evapotranspiración de referencia (ETo), calculada según la fórmula de Thornthwhite, se
ha ajustado para todo el territorio insular en función de los valores que se deducen de
aplicar la fórmula de Penmam-Monteith en las estaciones meteorológicas de Isamar en el
Norte, Güímar-Planta en el Sur e Izaña en la cumbre. La evapotranspiración de referencia
media insular es de unos 1030 mm/año
En lo relativo al cálculo de la evaporación real, una vez calculada la ETo, el balance en el
suelo permite deducir la ETR así como la variación de las reservas en el suelo (VR).
En las islas las lluvias suelen ser intensas y, por lo general, de pocos días de duración,
limitándose la permanencia del agua en el suelo a muy cortos períodos de tiempo lo que
limita la actuación de la ETR a unos pocos días, salvo la acción transpiradora de la
vegetación la cual estará activada donde el suelo disponga de agua dicha vegetación. Por
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lo que se ha analizado en la DHT por separado la “evaporación” y la “transpiración”;
teniendo en cuenta la reserva de agua en el suelo superficial.
La cantidad de agua de lluvia evapotranspirada (ETR) correspondiente al año medio del
período histórico, es de unos 273 mm/año; lo que supone un 59% de la precipitación total
(convencional+horizontal). El correspondiente a la situación “actual” es de 260 mm/año;
equivalente al 63% de la precipitación total.
4.3.8.2 Recursos hídricos de la demarcación
El balance hídrico de la isla, entendido como la diferencia entre precipitación y
evapotranspiración, elaborado por el CIATF para el periodo 1980/81-2009/10 alcanza un
volumen de 12 hm3/año de escorrentía superficial y de 295 hm3/año de infiltración.
4.3.8.3 Recursos hídricos superficiales: cauces y embalses
Las aguas de escorrentía generadas disponen de una red de drenaje natural bien
desarrollada y estructurada pero que debido a la gran irregularidad de las precipitaciones y
el pequeño tamaño de las cuencas tributarias de cada uno de los cauces, unido a una
geología que favorece extraordinariamente la infiltración, determinan un régimen muy
temporal. Estos factores, sumados al desigual reparto de la escorrentía por la geografía
insular, hacen que los volúmenes aprovechados mediante distintas infraestructuras
(tomaderos, balsas y presas) sean muy reducidos
A continuación se muestran las escorrentías medias almacenadas según periodos
modelizados.
Período ud ene feb mar abr may jun jul ago sep oct nov dic AÑO
1944/45-2009/10
mm 0,12 0,06 0,05 0,01 0,01 0,00 0,00 0,00 0,00 0,06 0,17 0,15 0,64
hm3/año 0,24 0,12 0,10 0,02 0,02 0,01 0,00 0,00 0,00 0,12 0,35 0,31 1,29
1980/81-2009/10
mm 0,11 0,08 0,04 0,01 0,00 0,00 0,0 0,00 0,00 0,04 0,12 0,12 0,53
hm3/año 0,22 0,16 0,08 0,02 0,00 0,01 0,00 0,00 0,00 0,08 0,24 0,24 1,07
Tabla 8: Aguas de escorrentía medias derivadas y almacenadas. Período 1944/45-2009/10
Parte de la escorrentía circulante es interceptada para su almacenamiento, represándola
en el mismo barranco mediante diques, o bien derivándola hacia balsas ubicadas fuera de
sus cauces de procedencia. Estas infraestructuras de aprovechamiento se ubican en las
zonas más favorables a la escorrentía y, dentro de éstas, en los lugares donde el efecto
del fenómeno de infiltración sobre cauces es mínimo.
Durante las dos últimas décadas el aprovechamiento ha disminuido habiéndose derivado a
embalses, directa (presas) o indirectamente (balsas), una media de 500.000 m3/año. El
llenado se inicia con las lluvias de otoño; acusa los valores máximos en los meses de
noviembre a enero; y cesa a mitad de primavera. Más del 90% del agua embalsada se
concentra en el norte de la isla.
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4.3.8.4 Recursos hídricos subterráneos.
Parte del agua que se infiltra es retenida en suelo para consumo de la vegetación. Esta
fracción, cuyo acceso al subsuelo se limita en el tiempo a unos pocos días al año,
contabiliza en el balance como agua transpirada a lo largo del ciclo hidrológico.
El agua de infiltración que se considera en la resolución del balance hídrico es aquella que
supera la retención superficial y alcanza subsuelos más profundos, conectando bien con
acuíferos colgados o con el sistema acuífero general; es decir, el agua de recarga.
La infiltración insular media se estima en 180 mm/año equivalente a 366 hm³/año. Definida
porcentualmente, es el 40% de la precipitación total. Para el periodo de 1980/81-2009/10
se reduce a 145 mm/año equivalente a 295 hm³/año y viene a ser el 35% de la
precipitación.
Para satisfacer las demandas de agua por parte de los distintos usos con los recursos
subterráneos se cuenta con diferentes fuentes (nacientes, pozos, galerías y sondeos).
Período ud ene feb mar abr may jun jul ago sep oct nov dic AÑO
1944/45-2009/10
mm 42 33 21 7 1 0 0 0 0 5 25 44 180
hm3/año 86 68 43 14 2 0 0 0 0 11 50 90 366
1980/81-2009/10
mm 29 35 18 5 1 0 0 0 0 4 16 38 145
hm3/año 58 70 36 11 2 0 0 0 0 8 32 77 295
Tabla 9: Infiltración efectiva media. Período 1944/45-2009/10
El modelo conceptual del flujo en Tenerife es sencillo en su concepción, pero la
complejidad del modelo geoestructural y la elevada heterogeneidad y anisotropía del
subsuelo, determinan la necesidad de recurrir a modelos de simulación para cuantificar los
términos del balance, especialmente el flujo al mar, y establecer el orden de magnitud de
los parámetros hidrogeológicos representativos.
De la simulación realizada con el Modelo de Simulación de Flujo Subterráneo (MFS),
disponible desde 1991, se deduce que en el periodo 1925-2010 los recursos renovables
(recarga de lluvia y retornos de riego) son superiores a las extracciones. Sin embargo,
parte de los recursos salen inevitablemente al mar, con un valor medio anual de 374 hm3.
Este factor provoca un balance medio negativo, en el que la diferencia se compensa con la
aportación de reservas, lo que provoca un descenso del nivel freático y la consecuente
merma en el caudal aportado por las galerías.
hm³/año % s. T. Entre
ENTRADAS
Infiltración 337 86
Retorno de riegos
55 14
TOTAL 392 100
SALIDAS Extracciones 143 37
Flujo al mar 374 95
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TOTAL 517 132
VARIACIÓN DE LA RESERVA
-124 -125
Tabla 10: Balance hídrico subterráneo periodo 1925-2010
La explotación generalizada de los recursos subterráneos ha estado centrada
tradicionalmente en la perforación de galerías y pozos, con gran predominio de las
primeras sobre los segundos.
En referencia a las galerías se definen los siguientes tipos: galerías nacientes, galerías
convencionales, alumbramientos de agua, socavones y galerías-pozo.
Respecto a los pozos los tipos son los siguientes: pozos ordinarios, pozos convencionales,
y pozos-sondeo. El régimen de bombeo de los pozos es muy desigual, variando según las
zonas y las estaciones para adaptarse a oscilaciones de demanda de agua y a las
restricciones energético-económicas.
Tipo de Obra Número
Longitud (km) Caudal(hm³/año) Secas Con agua Total
Galerías
Convencional 158 336 494 1.567 101,1
Naciente 274 137 411 75 4,4
Pozo 6 5 11 6 0,6
Socavón 208 0 208 44 0,0
TOTAL 646 478 1.124 1.692 106,1
Manantiales 5,0
Pozo
Convencional 188 103 291 66 30,9
Sondeo 51 55 106 37 20,7
TOTAL 239 158 397 103 51,6
TOTAL 885 636 1521 1.795 162,7
Tabla 11: Inventario de obras de captación 2010
En 2010 el caudal conjunto aportado por galerías y pozos era de 157,7 hm³/año, lo que
supuso una reducción en las aportaciones de origen subterráneo, respecto de 1985 (212
hm3), del 26 %. El caudal de las galerías ha sufrido una reducción de un 35 %, y el de los
pozos se ha incrementado un 5 %. El ligero incremento en los caudales aprovechados por
los pozos obedece a la ejecución de nuevas obras, todas de tipo sondeo.
4.3.9 Fenómenos meteorológicos extremos: inundaciones y sequías
La DMA promueve la consideración de estos fenómenos para poder justificar exenciones
temporales al cumplimiento de los objetivos medioambientales de las masas de agua o
zonas protegidas.
En el apartado de “Objetivos” de la Memoria de Ordenación, se incluye un resumen de los
hitos de planificación finalizados o pendientes de desarrollo en relación con los planes y
programas más detallados sobre las aguas (inundaciones, sequías y contaminación
accidental). En concreto se analiza la coherencia de los objetivos del presente Plan
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 100 de 179
Hidrológico y los de los Planes dependientes que se relacionan con los fenómenos
meteorológicos extremos para fomentar su coordinación en las distintas fases previstas del
planeamiento. Este mandato viene definido en la Instrucción y en el Reglamento de
Planificación Hidrológica (artículo 4 y 62).
Inundaciones.
La orografía, climatología y la geología de la isla de Tenerife propician situaciones de
riadas o avenidas, que pueden generar graves daños y que tienen importantes
repercusiones económicas, especialmente en las zonas bajas de los barrancos. Siendo
Tenerife uno de los territorios españoles en el que la incidencia de los daños provocados
por las avenidas tiene mayor importancia. Estas riadas y avenidas generan la invasión de
los cauces, produciendo su degradación y afectando potencialmente a los hábitats y
especies dependientes del agua.
Uno de los objetivos que se pretenden alcanzar con la Directiva Marco de Aguas, por
medio de la planificación hidrológica es contribuir a paliar los efectos de las inundaciones
mediante actuaciones de gestión o, en los casos en los que sea conveniente, mediante
obras de drenaje.
Asimismo, el Reglamento de Planificación Hidrológica establece que el Plan Hidrológico
recopilará las medidas más relevantes de prevención y mitigación de inundaciones y
avenidas previstas por las Autoridades Competentes
Para luchar contra los efectos de las avenidas en la isla el CIATF planifico un proceso que
debía comprender las fases siguientes: �
Implantación de la base de datos hidrometeorológicos de Tenerife.
Establecimiento de un sistema de información geográfica de la red hidrográfica
insular.
Estudio de caracterización del régimen pluviométrico extremo de Tenerife.
Desarrollo de un Sistema de Modelización Hidrológica, capaz de:
- Simular crecidas en los cauces naturales
- Calcular hidrogramas y caudales de avenidas en cualquier punto de la red
insular
- Regionalizar variables y parámetros hidrológicos,
Elaboración de la metodología para el cálculo de caudales de avenida, que
permitiese:
- Formular hipótesis y criterios metodológicos homologados
- Poner a disposición de la sociedad los datos disponibles
- Conocer, prevenir y minimizar el riesgo de daños por avenidas e
inundaciones.
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Una vez implantada la base de datos hidrometeorológicos, el CIATF abordó la elaboración
de la Guía Metodológica para el cálculo de Caudales Máximos de Avenida que tratara de
superar la metodología de trabajo tradicional, con el objetivo de conseguir una uniformidad
en los cálculos hidrológicos, así como un mayor conocimiento, prevención y minimización
del riesgo de daños por avenidas e inundaciones.
Con el mismo objetivo de paliar el efecto de las avenidas se remitió a la Dirección General
de Aguas del Gobierno de Canarias El Plan Especial de Defensa frente a Avenidas de
Tenerife (PDA) para su aprobación definitiva la cual se hizo efectiva el 6 de agosto de
2012.
El PDA tiene por objeto la regulación de las actuaciones que deben realizarse en la isla
para evitar, corregir, atenuar, proteger, prevenir y alertar de los efectos adversos derivados
de las escorrentías extraordinarias de agua, en sus múltiples manifestaciones y formas.
Dicho Plan incorpora una parte significativa de la información exigida para la Evaluación y
gestión de riesgos de inundación en la Directiva 2007/60/CE aunque mantiene cierta
autonomía cumpliendo los objetivos definidos en el Plan Hidrológico de Tenerife y en la
Ley de Aguas de Canarias.
Los objetivos básicos del PDA son los siguientes:
Eliminar los riesgos generados por las avenidas que se consideren inaceptables
socialmente, o reducirlos hasta niveles aceptables.
Establecer pautas de comportamiento y actuación, antes y durante la avenid a, que
permitan minimizar el daño.
Elaborar normas y recomendaciones que eviten el aumento de riesgos en el futuro.
Generar / recopilar y organizar la información necesaria para dar a conocer el
riesgo al conjunto de la sociedad y orientar adecuadamente su actuación.
La Directiva 2007/60/CE de 23 de octubre de 2007 relativa a la evaluación y gestión de los
riesgos de inundación, establece en el territorio de la Comunidad Europea un marco
común para el análisis de este tipo de problemática con el objetivo de reducir
progresivamente los riesgos asociados a las inundaciones.
El Real Decreto 903/2010 de evaluación y gestión de riesgos de inundación, traspone a la
legislación española la Directiva europea 2007/60/CE.
Esta norma requiere el desarrollo en todo el ámbito territorial de cada demarcación de:
la Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRI), en la cual se deben
identificar las áreas en las que exista un riesgo potencial significativo de inundación
(ARPSIs),
los Mapas de Peligrosidad y Riesgo por Inundaciones, y
los Planes de Gestión para cada una de las zonas identificadas.
En la Demarcación Hidrográfica de Tenerife, la Junta de Gobierno del Consejo Insular de
Aguas, con fecha de 26 de septiembre de 2013, acordó la toma consideración de la
“Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación en la Demarcación Hidrográfica de
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Tenerife” para someter dicho documento a los trámites de consulta pública e institucional
por plazo de tres meses (BOC nº 192 de 4 de octubre de 2013).
Completado el trámite de consulta pública e institucional, en sesión de 20 de febrero de
2014, la Junta de Gobierno acordó la aprobación del documento de “Evaluación Preliminar
del Riesgo de Inundación en la Demarcación Hidrográfica de Tenerife” una vez efectuado
expreso pronunciamiento en relación con el contenido de las alegaciones e informes
presentados.
Finalmente, con fecha 11 de marzo de 2014, dando cumplimiento al último de los hitos de
este procedimiento (art. 7.6 del RD 903/2010), se efectuó la remisión del documento de
EPRI, que integra la evaluación elaborada por la Administración competente en materia de
Costas, a la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente.
En la EPRI se identificaron las llamadas Áreas de Riesgo Potencial Significativo por
Inundación (ARPSIs), en total 8 áreas todas ellas fluviales, y se evaluaron 25 zonas
costeras en riesgo de inundación.
Finalizada la Evaluación Preliminar del Riesgo, el siguiente hito es la aprobación de los
Mapas de Peligrosidad por inundación y Mapas de Riesgo de inundación para las zonas
que han sido identificadas como ARPSIs (Áreas de Riesgo Potencial Significativo de
Inundación) en la Evaluación Preliminar del Riesgo, y que constituyen la información
fundamental en que se basarán los Planes de gestión del riesgo de inundación.
La Junta General del Consejo Insular de Aguas en sesión de 15 de mayo de 2014 acordó
tomar en consideración los “Mapas de Peligrosidad y Riesgo de Inundación de las ARPSIs
Fluviales de la Demarcación Hidrográfica”, que reúnen el contenido mínimo referido en los
arts. 8 y 9 del RD 903/2010, para someter dicho documento a consulta pública por plazo
de tres meses (BOC nº 98, de 22 de mayo de 2014).
Una vez transcurrida la consulta pública, la Junta de Gobierno del CIATF reunida en
sesión de 23 de octubre de 2014 acordó aprobar definitivamente los “Mapas Peligrosidad y
Riesgo de Inundación de las ARPSIs Fluviales en la Demarcación Hidrográfica de
Tenerife”.
Asimismo, en su condición de Administración competente, la Junta de Gobierno del CIATF
acordó tomar en consideración los “Mapas Peligrosidad y Riesgo de Inundación de las
ARPSIs Costeras en la Demarcación Hidrográfica de Tenerife”, elaborado por la Dirección
General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente, para someter dicho documento a consulta pública por plazo de tres
meses (BOC nº 216, de 06 de noviembre de 2014).
Estos mapas, darán paso a la tercera fase de la Directiva 2007/60/CE en la que se
redactarán los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación, los cuales se considera
conveniente que puedan imbricarse en el Plan Hidrológico de la Demarcación.
Sequías.
La configuración del sistema de recursos de Tenerife, hace que los eventuales sucesos de
sequía meteorológica se traduzcan en escasez, generalmente, en la parte de las
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 103 de 179
disponibilidades de agua que se utilizan para el riego agrícola procedentes de los
almacenamientos. Sin embargo los recursos proveniente de la desalación y los
aprovechamientos subterráneos que captan el agua mediante elevación no están
sometidos a las irregularidades climatológicas ni a corto ni a medio plazo, por lo que las
disponibilidades ofrecidas por ellos no se ven afectados, al menos de forma directa, por los
episodios de seguía.
En todo caso, el control continuo de los recursos hídricos subterráneos y de los no
convencionales, permite una evaluación técnica de la evolución a medio y largo plazo de
los eventos de sequía.
4.4 Repercusiones de la actividad humana en el estado de las
aguas
4.4.1 Inventario, caracterización y cuantificación de presiones significativas sobre las masas de agua y masas en riesgo de no cumplir de los objetivos medioambientales
Se considera “presión” sobre las masas de agua cualquier actividad humana que incida
sobre el estado natural de las aguas. Su inventario, caracterización y cuantificación para
cada masa de agua debe contribuir a determinar su estado y a identificar las causas de los
eventuales incumplimientos de objetivos ambientales.
Así, se han inventariado las presiones significativas, esto es, aquellas que impiden
alcanzar los objetivos medioambientales, que se agrupan para las masas de agua
superficiales en:
Contaminación originada por fuentes puntuales
Contaminación originada por fuentes difusas
Alteraciones morfológicas
Otras incidencias
Asimismo, para las aguas subterráneas, las presiones subterráneas se subdividen en:
Contaminación originada por fuentes puntuales
Contaminación originada por fuentes difusas
Extracciones de agua
4.4.1.1 Presiones significativas sobre las masas de agua superficial
4.4.1.1.1 Fuentes de contaminación puntual en aguas superficiales
Para identificar estas presiones se acudió a las siguientes fuentes de información:
Vertidos de aguas residuales urbanas: Censo de Vertidos desde tierra al
mar en Canarias.
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Vertidos IPPC: Registro estatal de emisiones y fuentes contaminantes
(Ministerio de Medio Ambiente).
En atención a la información incluida en el Censo de Vertidos desde tierra al mar en
Canarias, ha de señalarse que en la DHT se registran un total de cuarenta y un (41)
vertidos urbanos de magnitud superior a 250 habitantes equivalentes, de los que más de
un 45% supera la cifra de los 10.000 h.e.
Únicamente en tres puntos se produce la evacuación conjunta de vertidos urbanos y
aguas de rechazo procedentes de instalaciones de desalación de agua de mar.
Según se muestra en el Plan Hidrológico de Tenerife, para cada masa de agua costera, el
número de vertidos urbanos significativos que inciden, así como una aproximación a los
volúmenes que son evacuados, es la siguiente:
Masa de agua
No vertidos urbanos
significativos
Volumen vertido
(m3/hora)
ES70TFTI1 10 495,7
ES70TFTI2 4 136,0
ES70TFTII 0 0,0
ES70TFTIII 3 1.732,0
ES70TFTIV 8 513,4
ES70TFTV 14 2.193,02
ES70TF_AMM1 2 625,0
ES70TF_AMM2 0 0,0
ES70TF_AMM3 0 0,0
ES70TF_CMM4 0 0,0
ES70TF_CMM5 0 0,0
Tabla 12: Número de vertidos urbanos significativos y volumen evacuado en cada masa de agua
costera.
En referencia a los vertidos industriales, se reconocen el PHT como vertidos industriales
significativos aquellos que son evacuados directamente y de manera continua desde los
sistemas autónomos de recogida y tratamiento vinculados a los espacios y actividades
industriales, o aquellos en los que es previsible que esta situación se produzca, caso del
Polígono Industrial de Granadilla. Así, en la DHT se registran un total de tres (3)
vertidos industriales que corresponden a los polígonos industriales de Valle de Güímar y
Granadilla además de la refinería de Santa Cruz de Tenerife, situada en el nodo industrial
del área metropolitana.
En cuanto a los vertidos térmicos de aguas de refrigeración se han contabilizado tres (3)
asociados a las dos centrales de generación de electricidad actualmente operativas, la
central térmica de Las Caletillas (T.M. Candelaria) y la central térmica de ciclo combinado
de Granadilla (T.M. Granadilla de Abona).
Respecto a los vertidos de instalaciones de desalación, según la información incluida en el
Censo de Vertidos desde tierra al mar en Canarias, en la DHT existen registrados un total
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 105 de 179
de cuatro (4) vertidos asociados a instalaciones de desalación de agua de mar cuyo
volumen bruto de procesado anual supera los 100.000 m3, a los que se suman los
procedentes de las EDAM del Oeste y Granadilla, en ejecución.
.
Figura 53: Resumen de las presiones significativas asociadas a fuentes puntuales
4.4.1.1.2 Fuentes de contaminación difusa en aguas superficiales
Las distintas fuentes difusas consideradas que inciden de forma significativa en las masas
de agua costeras de la DHT en base al artículo 3.2.2.2 de la IPH, han sido las siguientes:
Áreas dedicadas a cultivos marinos (CRP 7005)
Espacios sometidos a un intenso tráfico marítimo, incluidas las rutas de
navegación cercanas a la costa y de acercamiento a los dos grandes
puertos comerciales (CRP 7006)
Actividades agrícolas (CRP 7007)
Según el umbral establecido en el artículo 3.2.2.2 de la IPH, se reconocen como presiones
significativas aquellas zonas dedicadas a acuicultura y cultivos marinos con una superficie
mayor de 5.000 m2. Se adscriben a este grupo el conjunto de concesiones registradas en
la demarcación.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 106 de 179
Las operaciones marítimas que mayor impacto ejercen sobre las masas de agua costeras
son: el transporte de mercancías peligrosas; las labores de avituallamiento y la limpieza de
sentinas. La contaminación generada por estas actividades es difícilmente cuantificable.
La IPH, para el caso concreto del tráfico marítimo no ha establecido umbrales de
significancia. En la DHT se ha estimado que en los puertos de Santa Cruz de Tenerife y
Los Cristianos -ambos de titularidad estatal- es donde se concentran las presiones
significativas de origen portuario.
La evaluación de la presión sobre las masas de agua costeras debida a la contaminación
difusa asociada a las actividades agrícolas se centra en la zona de masa de agua costera
más próxima al frente litoral del Valle de La Orotava, dadas las elevadas concentraciones
de nitratos que se registran en las aguas subterráneas del acuífero costero (ES70TF004)
del citado valle.
En resumen, el numero de presiones difusas registrados por el PHT en las masas de agua
costeras de la demarcación alcanzan un total de veintitrés (23), de las cuales un 75%
están asociadas a las zonas acuícolas autorizadas.
Respecto a su distribución, se percibe una clara polarización en torno a la vertiente
Suroeste, en correspondencia con la masa de agua costera ES70TFTV (Montaña Pelada-
Barranco Seco) y Sureste (masa costera ES70TFTIV Punta del Roquete-Bajas del
Puertito). Las razones que determinan este desigual reparto respecto a las restantes
masas costeras identificadas en la demarcación radican, en el primer caso, en las
excepcionales condiciones hidrodinámicas del medio, lo que ha favorecido la implantación
en su seno del grueso de explotaciones acuícolas, mientras que en el segundo lo es
debido a la presencia de los dos grandes puertos comerciales de la demarcación, a los
que se vinculan los principales tránsitos marítimos.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 107 de 179
Jc
Jc
Jc
ES70TFTI1
ES70TFTI2
ES70TFTII
ES70TFTIII
ES70TFTIV
ES70TFTV
ES70TF_AMM1
ES70TF_AMM2
ES70TF_AMM3
ES70TF_CMM4
ES70TF_CMM5
64
737475
6867
70
5957
55
66
56
6560
6961
76
53
52
54
PRESIONES SOBRE LAS MASAS DE AGUA
SUPERFICIAL II
0 1 2 3 4 50,5
Km
±
PRESIONES DE FUENTES DIFUSAS
Acuicultura y cultivos marinos
Transportes e infraestructuras asociadas
Actividades agrícolas
PRESIONES DE FUENTES DIFUSAS
Jc
Escala:
Orientación:
Fecha:
Figura 54: Resumen de las presiones significativas asociadas a fuentes difusas
4.4.1.1.3 Alteraciones morfológicas
La construcción de infraestructuras en la línea de costa, como puertos, diques exentos,
espigones, etc., supone, a priori, una pérdida de naturalidad de la fachada litoral con
efectos directos sobre las condiciones de las masas de agua costeras debido
principalmente a la alteración de la dinámica natural de transporte de sedimentos y a la
afección de las comunidades biológicas más próximas.
En el PHT, han sido consideradas aquellas alteraciones morfológicas, tanto transversales,
como longitudinales, con efectos significativos sobre las masas de agua costeras de la
demarcación, según los umbrales de reconocimiento establecidos en el artículo 3.2.2.4 de
la IPH.
A continuación se relacionan las alteraciones morfológicas significativas con cada una de
las masas de agua costeras de la demarcación.
Masa de agua Diques exentos
Dársenas portuarias
Muelles portuarios
Diques de abrigo
Espigones Playas
ES70TFTI1 0 0 1 1 2 2
ES70TFTI2 0 0 0 2 0 0
ES70TFTII 0 0 0 0 1 0
ES70TFTIII 0 0 0 0 0 0
ES70TFTIV 6 0 3 2 5 5
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ES70TFTV 7 0 4 3 15 8
ES70TF_AMM1 0 3 0 0 0 0
ES70TF_AMM2 0 0 0 0 0 0
ES70TF_AMM3 0 0 1 0 0 0
ES70TF_CMM4 0 0 0 0 0 0
ES70TF_CMM5 0 0 1 0 0 0
Total 13 3 10 8 23 15
Tabla 13: Alteraciones morfológicas significativas en las masas de agua costeras.
El PHT recoge un total de 72 alteraciones morfológicas significativas en sus masas de
agua superficiales, con dominancia (32%) de las asociadas a los espigones, seguidas de
las playas regeneradas y artificiales (21%).
Figura 55: Resumen de alteraciones hidromorfológicas significativas sobre las masas de agua costeras
4.4.1.1.4 Otras alteraciones
Se han incluido en el inventario de presiones de la DHT otras incidencias antropogénicas
significativas en el estado de las masas de agua costeras de difícil tipificación y que no ha
sido posible englobar en ninguno de los grupos anteriormente definidos.
En concreto, han sido identificadas aquellas especies introducidas de carácter invasor que
se encuentran naturalizadas en los hábitats marinos de la demarcación. .
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Nombre científico Área de distribución principal Masas de agua
Antithamnion diminuatum
Pto. de la Cruz, Punta del Hidalgo ES70TFTI1 y
ES70TF_CMM5
Las Teresitas ES70TFTIV
Argyrosomus regius Hasta los 300 m Todas
Asparagopsis armata
Sublitoral superior Todas menos ES70TFTIII
Bonnemaisonia hamifera
Eulitoral y sublitoral hasta los 70 m Todas
Caulerpa racemosa
San Andrés ES70TFTIV
Caleta de Adeje-Playa del Veril, Los Cristianos-El Palm-Mar, La Tejita-Los Abrigos
ES70TFTV
Ceramium atrorubescens
Punta del Hidalgo ES70TFTI1
El Médano ES70TFTV
Ceramium cingulatum
Punta del Hidalgo ES70TFTV
Colpomenia sinuosa
Eulitoral y sublitoral hasta los 5 m Todas
menos ES70TFTIII
Corynophlaea cystophorae
El Médano ES70TFTV
Dicentrarchus labrax
Entre 0 y 5 m Todas
menos ES70TFTIII
Grateloupia turuturu Las Teresitas ES70TFTIV
Gymnophycus hapsiphorus
Las Teresitas, Radazul ES70TFTIV
Los Gigantes ES70TFTV
Laurencia caduciramulosa
Punta del Hidalgo ES70TFTI1
Neosiphonia harveyi
Espacios portuarios
Todas
menos ES70TFTII y ES70TFTIII
Papenfussiella kuromo
Playa de San Marcos ES70TFTI1
Predaea hiusmanii Las Teresitas ES70TFTIV
Scinaia australis El Médano ES70TFTV
Scytosiphon dotyi El Médano ES70TFTV
Sparus aurata A lo largo de toda la costa, siendo frecuentes en zonas aplaceradas naturales y artificiales (muelles, escolleras, playas).
Todas menos ES70TFTIII
Womersleyella setacea
Los Silos, Pto. de la Cruz, Mesa del Mar, Punta del Hidalgo
ES70TFTI1 y ES70TF_CMM5
Las Teresitas ES70TFTIV
Abades ES70TFTI2
Penicillus capitatus Sebadales de San Andrés
Tabla 14: Relación de especies introducidas de carácter invasor
4.4.1.2 Presiones significativas sobre las masas de agua subterránea
4.4.1.2.1 Fuentes de contaminación puntual en aguas subterráneas
Según el PHT las distintas fuentes de contaminación puntual consideradas fueron las:
Explotaciones ganaderas. Considerada puntual, al ser una actividad en su mayor
parte estabulada.
Vertederos
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Almacenamiento de derivados del petróleo
4.4.1.2.2 Fuentes de contaminación difusa en aguas subterráneas
Las fuentes de información consultadas para la identificación de fuentes de contaminación
difusa fueron los vertidos de núcleos urbanos y la actividad agrícola.
Respecto a la contaminación difusa por nitratos, proveniente de la actividad agrícola se ha
utilizado la información del Mapa de Cultivos de la Isla de Tenerife del año 2004,
elaborado por el Cabildo de Tenerife en colaboración con la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias.
Para poder determinar la carga contaminante de fertilizantes nitrogenados en las
explotaciones agrícolas, el PHT tomo como referencia las dosis medias de fertilizantes (en
kg/ha/año) por tipo de cultivo y sistema de explotación (regadío o secano), elaboradas a
partir de los datos de la Encuesta Piloto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
y Servicios Técnicos de Agricultura de la Comunidad Autónoma de Canarias y el
porcentaje de nitrógeno que pasa al acuífero por lixiviación. Para este ultimo porcentaje,
cuantificado en un 48%, se utilizaron estudios realizados sobre el funcionamiento
hidrológico de una finca de platanera tradicional regada por aspersión y situada en Valle
Guerra. A partir de las fuentes anteriores y utilizando herramientas propias de los Sistemas
de Información Geográficos (SIG), el PHT determinó para el territorio de la isla de Tenerife,
la cantidad de nitrógeno infiltrado con la recarga de riego y aportes de la lluvia.
Se tiene previsto realizar una actualización del Mapa de Cultivos en Tenerife para la
próxima campaña 2015-2016, dado que la última revisión corresponde a la campaña 2007-
2008. Los resultados del próximo mapa de cultivos se utilizarán como información básica
para realizar un nuevo análisis del problema objeto de estudio.
En referencia a la contaminación por vertidos urbanos el PHT estimó la aportación de
nitrógeno procedente de los núcleos urbanos a partir de un modelo de datos del sistema
insular de abastecimiento y saneamiento. El modelo recoge información cuantitativa de
volúmenes servidos y vertidos, cualitativa sobre diversos parámetros indicadores de la
calidad, así como la correspondiente distribución geográfica de la información a partir de
los Planes Generales de Ordenación Urbana de cada municipio.
El modelo para el año 2004 determinó los volúmenes de agua residual infiltrado hacia la
zona saturada y la concentración de nitrógeno de los efluentes, calculando el nitrógeno
total lixiviado como producto del volumen infiltrado por su concentración.
A continuación se muestran los resultados de nitrógeno infiltrado para los fuentes de
contaminación difusas consideradas.
NITRÓGENO INFILTRADO
Ámbito territorial Ref. (FERTILIZACIÓN DE
CULTIVOS AGRÍCOLAS)
t /año kg / ha /año
Masa Compleja de Medianías y Costa N-NE
ES70TF001 687,0 5,3
Masa Cañadas Valle de Icod La Guancha Dorsal Noroeste
ES70TF002 66,6 2,4
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NITRÓGENO INFILTRADO
Ámbito territorial Ref. (FERTILIZACIÓN DE
CULTIVOS AGRÍCOLAS)
t /año kg / ha /año
Masa Costera Vertiente Sur ES70TF003 600,6 13,7
Masa Costera Valle de La Orotava ES70TF004 79,6 31,9
TENERIFE TF 1.433,9 7,1
Tabla 15: Nitrógeno total infiltrado en cada masa de agua subterránea (t/año)
4.4.1.2.3 Extracción de agua en masas de aguas subterránea
La captación de agua subterránea destinada a satisfacer todas las demandas, ante la
inexistencia de otros recursos, es una práctica habitual en Tenerife desde las primeras
décadas del siglo pasado.
Según el DTOC del Consejo Insular de Aguas del año 2010 que se recoge en el PHT, se
contabilizan un notable número de puntos de captación en la isla entre pozos y galerías,
con un total de 1.521 instalaciones.
El volumen anual extraído mediante galerías y pozos en 2010 fue de unos 158 hm3, al que
hay que añadir las extracciones de manantiales que alcanzan los 5 hm3/año.
Según el modelo MSFS la recarga esta en torno a 337 hm3/año, un índice de explotación
par la cuatro masas por encima del 80%.
La extracción de las aguas subterráneas solo repercute sobre el estado de las propias
masas subterráneas, con la salvedad de la zona de protección delimitada en el entorno de
los nacientes del Bco. del Infierno.
En lo referente a la recarga artificial en la DHT no existen obras de recargas artificiales de
aguas subterráneas, si bien se consideran, los retornos de riego, los vertidos autorizados
de aguas residuales domésticas al subsuelo, así como las fugas en redes de distribución
que, en menor medida, pueden contribuir a dicha recarga.
4.4.1.2.4 Intrusión salina
La DHT presenta en las zonas costeras del Sureste y Suroeste problemas de intrusión
marina, entendida como el flujo subterráneo o penetración más o menos profunda de
aguas marinas hacia el acuífero costero, empeorando la calidad del agua extraída,
pudiendo llegar a inutilizarlos por salinización.
Los pozos situados en las zonas de medianías y bajas, captan la descarga del acuífero,
los (flujos de agua que de forma natural se dirigen hacia el mar), explotando un recurso
renovable que de otra forma se hubiese desaprovechado. En los últimos años, debido a
una creciente demanda, se han intensificado los regímenes de bombeo, siendo localmente
superiores las extracciones a la descarga natural del acuífero, lo que ha favorecido el
fenómeno de intrusión marina.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 112 de 179
La intrusión marina se presenta de manera localizada, con problemas locales de intrusión
de agua que persisten en el tiempo aunque con tendencias evolutivas diferentes según los
casos, pero en ningún caso generalizable.
A continuación se muestran las concentraciones del ión cloruro para el conjunto de la
demarcación, apreciándose dos grandes espacios litorales afectados, coincidentes ambos
con las principales zonas agrícolas de la vertiente Sur.
Figura 56: Concentración del ión cloruro en las aguas subterráneas (período 2008 – 2010)
4.4.2 Estadísticas del estado de las masas de agua
4.4.2.1 Estado de las aguas superficiales costeras naturales
Se resumen los resultados del PHT, obtenidos durante las campañas de muestreo
desarrolladas entre los meses de julio y agosto de 2007.
La selección de los elementos de calidad biológicos y fisicoquímicos, necesarios para la
determinación del estado ecológico de las masas de agua costeras naturales ha tenido en
cuenta las particularidades diferenciales del medio acuático de la DHT, respecto a las
tipologías definidas para las restantes regiones atlánticas, a través de una relación de
elementos más precisa y adaptada que la señalada en la IPH, garantizándose unos
adecuados niveles de calidad y comparabilidad. El PHT no ha considerado elementos de
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calidad hidromorfológicos en la determinación del estado de las masas de agua costeras
naturales.
Masa de agua Estado
biológico Estado
fisicoquímico ESTADO
ECOLÓGICO
ES70TFTI1 Muy
Bueno Bueno BUENO
ES70TFTI2 Muy
Bueno Bueno BUENO
ES70TFTII Muy
Bueno Bueno BUENO
ES70TFTIII Muy
Bueno Bueno BUENO
ES70TFTIV Muy
Bueno Bueno BUENO
ES70TFTV Bueno Bueno BUENO
ES70TF_CMM4 Bueno Bueno BUENO
ES70TF_CMM5 Muy
Bueno Bueno BUENO
Tabla 16: Estado de las masas de agua superficiales costeras
En la tabla anterior se muestra el estado ecológico de las 6 masas de agua superficiales
costeras naturales y por extensión, las 2 masas de agua candidatas a muy modificadas
identificadas en de la DHT, en la que se confirma que todas ellas presentan un buen
estado ecológico.
En relación con la determinación del estado químico de las masas de agua superficiales
costeras naturales, se ha efectuado una valoración con apoyo en los datos procedentes de
los muestreos llevados a cabo entre los meses de julio y agosto de 2007, en aplicación del
Programa de Seguimiento. En todos los casos el estado de las masas costeras es bueno.
4.4.2.2 Potencial ecológico de las aguas superficiales costeras naturales
En la masas superficiales costeras muy modificas ES70TF_AMM1 y ES70TF_AMM3, el
PHT ha llevado a cabo la valoración del estado ecológico según la ROM 5.1-05 tanto en la
columna de agua como en el sedimento, dado el resultado para ambas masas de Muy
buen potencial ecológico.
La valoración del estado químico de cada una de las masas de agua muy modificadas se
ha realizado, por un lado, en la columna de agua y, por el otro, en el sedimento, para las
masas superficiales costeras muy modificadas ES70TF_AMM1 y ES70TF_AMM2,
presentando ambas masas de agua un buen estado químico.
4.4.2.3 Estado de las aguas subterráneas
El estado cuantitativo de una masa de agua se clasifica en bueno o malo. El objetivo de
todas las masas de aguas subterránea es adecuar las disponibilidades con las
extracciones, a fin de propiciar la estabilización del nivel freático.
En el caso de Tenerife, según el PHT, el instrumento utilizado para determinar el estado
cuantitativo es múltiple, y ha tenido en cuenta los siguientes indicadores:
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Evolución del caudal aprovechado en los puntos de la red de control (periodo 2000-
2010),
Evolución del nivel piezométrico en las zonas en las que es posible realizar un
seguimiento más o menos continuado (periodo 2000-2010)
Balance hídrico subterráneo deducido a partir del Modelo de Simulación de Flujo
Subterráneo (periodo 1925-2010).
A partir de todas estas fuentes de información, y teniendo en cuenta el peso específico de
cada una de ellas, el PHT determino que todas la masas de agua subterráneas de la
Demarcación están en estado cuantitativo malo.
Respecto al estado químico el PHT define los valores umbrales de las masas de agua
subterráneas a partir de los datos del periodo 1987-1991, salvo para la Masa Costera del
Valle de La Orotava, para la cual no fue posible establecer valores de referencia, dados los
problemas de contaminación que presentaba dicha masa en el periodo referido.
El PHT enfrento los valores umbrales de las distintas masas a los datos de la exhaustiva
campaña de caracterización realizada en 2006 que incluía entre otros parámetros
plaguicidas, sustancias sintéticas artificiales y determinados metales y siguiente campaña
que se realizó en el 2009.
En la Masa Costera del Valle de la Orotava, se definió una red de control operativo que se
muestrea con una frecuencia anual. Los puntos que integran este red ya formaban parte
de la red de control de nitratos disponiéndose desde el año 2000 de un seguimiento de
parámetros básicos. En el caso del Valle de Güímar se sigue un programa de control
similar al del Valle de La Orotava, pero la caracterización y sobre todo el peso de los
distintos procesos contaminantes es difícil de cuantificar. Desde el 2010 se ha incluido en
el apartado determinaciones básicas, para todos los puntos de la red de control operativo,
los metales.
A continuación se muestran las conclusiones respecto al estado químico por masa de
agua subterránea.
Masa compleja de medianías y coste norte (ES70TF001). El estado químico de
esta masa es bueno aunque se recomienda mejorar la caracterización de su
porción noreste, en el entorno de la zona agrícola de Valle de Guerra – Tejina, por
si pudiera existir un problema de contaminación antrópica.
Masa cañadas Valle de Icod La Guancha Dorsal Noroeste (ES70TF002). El estado
químico de esta masa se califica como bueno. En donde los datos de la campaña
de 2009 presentan concentraciones similares a las de 2006.
Masa costera de la vertiente sur (ES70TF003). En conjunto el estado químico de
esta masa es bueno. Aunque en el PHT se menciona que a la vista de los
incumplimientos observados y de su evolución en el tiempo, es necesario mejorar
la caracterización química de determinadas áreas de la Masa costera de la
vertiente sur, por si pudiera resultar necesaria la delimitación de una nueva masa
en la franja costera del Valle de Güímar y para mejorar el conocimiento en el
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vértice sur (Sector 423). Los estudios realizados indican un posible doble origen de
los nitratos, procedentes tanto de la actividad agrícola como urbana.
Masa costera del Valle de La Orotava (ES70TF004). Esta masa está delimitada
como tal, tras su declaración como zona vulnerable a la contaminación de nitratos
de origen agrario. Dado que esta masa se caracterizó como en mal estado químico,
se definió una red de control operativo que se muestrea con una frecuencia anual.
Del análisis del histórico y el seguimiento de la evolución esta masa, se deduce que
de momento, no se aprecia una clara variación en la tendencia observada desde el
año 2000, cuando se declaró como zona vulnerable a la contaminación de nitratos
de origen agrario. Los datos más recientes, periodo 2011-2014, no muestran una
variación significativa respecto del periodo precedente, en todo caso una ligera
tendencia al aumento que habrá que confirmar y analizar. Un aspecto a tener en
cuenta en los trabajos futuros es que la presión agrícola en esta Masa está
disminuyendo, en consecuencia el mantenimiento o ligero incremento en la
contaminación de nitratos podría deberse a otras causas.
0
20
40
60
80
100
120
140
1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014
Años
mg
/L
CALDERONA(LA) DEHESA ALTA (LA) HORCA (LA) PERALES (LOS) VERA GUANCHE II
Figura 57: Evolución del contenido en nitratos en los puntos que integran la red de control operativa de la
Masa Costera del Valle de La Orotava. Periodo 2000-2014
Con respecto al estado total, de una masa de agua subterránea quedará determinado por
el peor valor de su estado cuantitativo y de su estado químico, pudiendo clasificarse éstos
como bueno o malo.
En la siguiente tabla se muestra un resumen del estado de las masas de agua
subterráneas y los objetivos para el siguiente ciclo de planificación
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 116 de 179
Masa de agua Estado
cuantitativo Estado
cualitativo ESTADO
ALCANZA EL BUEN ESTADO
ANTES DE 31/12/2012
ES70TF001
Masa Compleja de Medianías y Costa N-NE
Malo Bueno Malo No cumple
ES70TF002
Masa Cañadas
Valle de Icod La Guancha
Dorsal Noroeste
Malo Bueno Malo No cumple
ES70TF003 Masa
Costera Vertiente Sur
Malo Bueno Malo No cumple
ES70TF004
Masa Costera
Valle de La Orotava
Malo Malo Malo No cumple
Tabla 17: Estado y objetivos de las masas de agua subterráneas
Los incumplimientos identificados en las masas de agua subterráneas de la DHT en el
primer ciclo de planificación han derivado en la definición de exenciones al cumplimiento
de objetivos medioambientales.
En concreto ligado al incumplimiento de Nitratos, se ha establecido una prórroga de plazo
por condiciones naturales a 2027 a revisar en el 2021 según los datos disponibles en el
segundo ciclo de planificación en la masa Costera Valle de La Orotava ligada a la lenta
recuperación de las mismas.
Adicionalmente se ha establecido una exención de objetivos menos rigurosos en todas las
masas de agua subterráneas ligada al mal estado cuantitativo por inviabilidad técnica.
4.4.3 Estadísticas disponibles de suministros y consumos. Cuantificación por sistemas y subsistemas e identificación de origen del recurso
Se consideran usos del agua las distintas clases de utilización del recurso así como
cualquier otra actividad que tenga repercusiones sobre el estado del agua:
Consumo Urbano
Consumo Turístico
Consumo Industrial
Consumo Servicios (puertos, aeropuertos, campos de golf, hospitales, etc.)
Consumo Agrícola
En las siguiente tabla se resumen los resultados de los consumos para los distintos usos
para la situación al año 2010.
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De esta manera, se estima un consumo total de 186,52 hm3 anuales en el 2010. Los dos
usos principales corresponden a 92,98 hm3/año, casi el 50%, para abastecimiento urbano-
turístico, y el 83,66 hm3/año para el uso agropecuario, principalmente riego, que supone el
45%.
USOS Consumo
2010 (hm
3/año)
%
Urbano 92,98 49,8%
Agropecuario 83,66 44,9%
Industrial 4,29 2,3%
Recreativo 3,03 1,6%
Otros 2,56 1,4%
Total 186,52 100,0%
Tabla 18: Resumen de las demandas brutas en el 2010 en Tenerife
4.4.4 Inventario de grandes infraestructuras hidráulicas
4.4.4.1 Infraestructuras de regulación, captación y transporte
A continuación se resumen las infraestructuras asociadas a los servicios del agua:
captación, regulación, transporte, distribución y saneamiento que recoge el PHT. Así como
las infraestructuras de riego y las de producción industrial de agua y de reutilización de
aguas depuradas.
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Figura 58: Infraestructuras de captación, regulación y transporte
La isla tiene un total de 630 km de longitud de canales generales, los cuales se encargan
de transportar las aguas subterráneas alumbradas, junto con las de origen superficial. La
red de aducción alcanza más de 900 kilómetros de longitud de conducciones.
Asimismo, en la isla de Tenerife hay más de 400 depósitos en servicio, con una capacidad
total superior a los 1,5 hm3. En los municipios de San Miguel, Arona, y Adeje se dispone
de 9 unidades sin cubierta rígida, que por sí solos suponen casi un volumen de 0,60 hm3.
La capacidad de estos depósitos varía entre los 15 y 77.000 m3 del de cabecera de Los
Campitos en Santa Cruz, o los 200.000 m3 de Charca Jiménez en San Miguel. Dos tercios
de los depósitos tienen una capacidad comprendida entre los 100 y 2.500 m3.
Las redes de distribución de abastecimiento urbano-turístico, de gestión generalmente
municipal, que son los que permiten el suministro a la población desde los depósitos,
alcanzan más de 5.000 kilómetros de longitud de conducciones.
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Figura 59: Distribución de la infraestructura de abastecimiento urbano - turística
En referencia a la industria autoabastecida como son las grandes zonas industriales de los
polígonos del valle de Güímar y Granadilla, la refinería, así como las centrales térmicas de
Caletillas y Granadilla, se abastecen a través del sistema en alta, disponiendo de
depósitos que sirven de regulación al abastecimiento de los polígonos industriales del valle
de Güímar y Granadilla, así como de la refinería. Todos ellos en buen estado y dotados de
los correspondientes elementos de control, tienen una capacidad conjunta de 71.500 m3,
destacando el correspondiente a la refinería con 60.000 m3.
4.4.4.2 Infraestructuras de saneamiento y depuración
Las redes de saneamiento interior municipal alcanzan los 1.630 km de longitud, si bien no
todas se encuentran operativas o en funcionamiento.
Existen 780 estaciones autorizadas de tratamiento de aguas residuales domésticas de las
813 existentes, con una capacidad conjunta de 74.306 m3/día (52,0% del agua residual
generada).
Se tiene constancia de la existencia de 116 conducciones de vertido, 82 de los cuales
(70,7%) conducciones de desagüe, y 25 (21,6%) emisarios submarinos. De las 116
conducciones 40 de ellas (34,5%) se encuentran sin tratamiento previo, y 65 (56,0%) sin
autorización.
Es importante señalar cómo los elevados valores de carga contaminante de las aguas
reducen a casi la mitad la capacidad de tratamiento nominal de las estaciones de
tratamiento.
Así, de los 63,48 hm3/año de aguas residuales generadas, el desarrollo de la red interior y
colectores generales permiten recoger 38,4 hm3/año (60,5%).
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Figura 60: Infraestructura de saneamiento de aguas residuales
4.4.4.3 Infraestructura de producción desalación de aguas salobres y de
mar
El tratamiento conjunto de aguas salobres en 2010 ascendió a 10,28 hm³, un 4,8% del
consumo total. Siendo la producción de agua desalinizada de origen subterráneo de 5,52
hm³ y de desalinización de aguas regeneradas de 4,76 hm³ en el año 2005.
El volumen de desalación de agua subterránea se encuentra estabilizado debido
principalmente al elevado coste del agua tratada, y a la imposibilidad, por su calidad, de
llevar a cabo posteriores mezclas cumpliendo los parámetros que determina la normativa
vigente.
Respecto las infraestructuras de desalación de agua de mar existen un total un total de 22
instalaciones de desalación de agua de mar (EDAM); dos de ellas de carácter comarcal en
el Sur de la Isla (Adeje – Arona y Santa Cruz), con una capacidad conjunta de 74.500
m³/día (26,1 hm³/año). La producción de agua de mar desalada ascendió a un total de 19
hm3, en 2005.
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Figura 61: Infraestructura de desalación de aguas salobres y de mar
4.4.4.4 Infraestructura de Riego
Ante la escasez de recursos de calidad para riego, en aquellos cultivos en donde esta
operación es rentable, se han incorporado aguas desaladas y desalinizadas.
Para el riego agrícola y de campos de golf se cuenta con 7 instalaciones de
desalación de agua de mar, con una capacidad conjunta de 21.700 m³/día.
Igualmente, la desalinización de aguas salobres, compartida con el
abastecimiento en algún caso, se lleva a cabo en 15 estaciones con una
capacidad de tratamiento de 58.750 m³/día (23.200 de agua regenerada).
En lo que se refiere a la regulación para el riego, la Isla cuenta con 21 balsas y 17 presas
(> 50.000 m³), que aportan una capacidad conjunta de 10,5 hm³, a la que se debe añadir
los 13,4 hm³ de más de 8.000 estanques repartidos por el territorio.
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4.5 Análisis económico del uso del agua
4.5.1 Introducción
La Directiva Marco del Agua establece en su artículo 5.1 la obligación de realizar un
análisis económico del uso del agua.
Para cumplimentar este requerimiento, el Gobierno de Canarias encargó un estudio
denominado “Análisis Económico y Recuperación de Costes según Directiva Marco del
Agua, fechado en diciembre 2006, y anejo al PHT del primer ciclo (2009-2015), que
advertía de la dificultad existente a la hora de obtener información económica, y se
autodefinía como un primer acercamiento en la materia, tal y como se reproduce a
continuación:
“La información que se logrado obtener en los servicios de explotación además de
presentar numerosas lagunas, en la mayor parte de los casos, no está disponible
por medios electrónicos, lo que ha conllevado un incremento en las labores de
procesamiento y preparación de la documentación bastante costoso, así como la
necesidad de proceder a simplificaciones y suposiciones.”
De acuerdo con artículo 5.2 de la DMA, dicho estudio debía revisarse y, si procedía,
actualizarse, dentro del plazo de trece años contados a partir de la entrada en vigor de la
Directiva.
En cumplimiento de este mandato, en el marco de los trabajos iniciales del segundo ciclo
se ha revisado y actualizado dicho estudio. Esta actualización se ha centrado
principalmente en los servicios urbanos, donde, con motivo de los trabajos del PHT, se ha
obtenido nueva información que permite afinar los niveles de recuperación de costes
estimados en los trabajos del primer ciclo.
Particularmente, se han realizado encuestas a las Entidades de Abastecimiento y
Saneamiento (EAS) que gestionan los servicios urbanos en los 31 Municipios de la Isla,
mejorando el conocimiento sobre sus proveedores, ingresos y costes.
Sin embargo, no se han producido avances sustanciales en materia de información
económica asociada al uso agrícola, más atomizado que los usos urbanos, y en
consecuencia no ha sido posible -hasta el momento- mejorar las estimaciones realizadas
en el primer ciclo de planificación, salvo en lo relativo a las inversiones realizadas por las
distintas Administraciones Públicas.
Por todo ello, el ámbito de actualización se circunscribe principalmente a los servicios
urbanos; y sus resultados deben considerarse una segunda aproximación a un problema
complejo, en el que persisten la mayor parte de las dificultades, para recopilar
documentación económico-financiera, advertidas en fase anterior.
En el ámbito de los servicios necesarios para el regadío, únicamente se modifican las
aportaciones realizadas por el sector público, actualizándose el nivel de recuperación de
costes calculado en el estudio del primer ciclo.
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 123 de 179
4.5.2 Mapa institucional de los servicios relacionados con la gestión de las
aguas
En el mapa de agentes responsables de los servicios del agua de Tenerife, existen
además de instituciones – en su acepción de organismo público – agentes privados que
asignan en régimen de mercado los derechos de agua o de transporte de la misma. Por
ello, se configura un mapa institucional sensiblemente diferente al vigente en otras
demarcaciones.
En este segundo ciclo, se considera que para el caso particular de Tenerife, el mapa de
agentes responsables de los servicios urbanos se asemeja al siguiente:
SERVICIO RESPONSABLE TIPO GESTIÓN CONTRA-
PRESTACIONES
AB
AS
TE
CIM
IEN
TO
Ca
pta
ció
n d
e a
gu
as
su
bte
rrá
nea
s
Personas físicas (82%); comunidades de bienes y herencias yacentes (5%); sociedades de responsabilidad limitada (5%); sociedades anónimas (2%); asociaciones (1%); sociedades cooperativas (0%); sociedades civiles, con o sin personalidad jurídica (0%).
Privada Precio
Municipios
Por la propia Entidad Local
Precio o Tarifa
Por Sociedad Mercantil Local de capital social
público
Por Empresa Privada
Por Empresa Mixta
Tra
ns
po
rte
en
alt
a
Comunidades de aguas, Sociedades
Anónimas, Sociedades Limitadas, etc.
Privada Canon de pase (precio privado)
BALTEN Entidad Pública
Empresarial Local Precio público
Consejo Insular de Aguas de Tenerife
Por Empresa Privada Precio público
Por Empresa Mixta
Pro
du
cc
ión
In
du
str
ial
Consejo Insular de Aguas de Tenerife
Por la propia Entidad Local (la gestión)
Por Empresa Privada (la explotación)
Notas de cargo emitidas por el
CIATF a los distintos
Ayuntamientos usuarios
Municipios Por Empresa Privada Precio
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 124 de 179
SERVICIO RESPONSABLE TIPO GESTIÓN CONTRA-
PRESTACIONES
Por Empresa Mixta Precio A
ba
ste
cim
ien
to d
e
ag
ua
po
tab
le a
do
mic
ilio
Municipios
Por la propia Entidad Local (12)
Tasa , tarifa o precio público por la
prestación del servicio de
suministro de agua; y, en su caso, por mantenimiento de
contadores, acoples a la red, etc.
Por Sociedad Mercantil Local de capital social
público (2)
Por Empresa Privada (14)
Por Empresa Mixta (3)
SA
NE
AM
IEN
TO
Re
co
gid
a (
Alc
an
tari
lla
do
)
Municipios
Por la propia Entidad Local (12)
Tasas de saneamiento o alcantarillado
Por Sociedad Mercantil Local de capital social
público (2)
Por Empresa Privada (14)
Por Empresa Mixta (3)
Por Sociedad Mercantil Local de capital social
público (2)
Por Empresa Privada (14)
Por Empresa Mixta (3)
Re
co
gid
a (
Co
lec
tore
s)
y
De
pu
rac
ión
Consejo Insular de Aguas de Tenerife
Por la propia Entidad Local (la gestión)
Por Empresa Privada (la explotación)
Notas de cargo emitidas por el
CIATF a los distintos
Ayuntamientos usuarios
Municipios
Por la propia Entidad Local
Tasa de depuración y vertido
Por Sociedad Mercantil Local de capital social
público
Por Empresa Privada
Por Empresa Mixta
Vertido Consejo Insular de Aguas de Tenerife
Por la propia Entidad Local Canon de control de
vertidos
Tabla 19: Mapa de agentes responsables de los servicios urbanos
En el caso del regadío, se mantiene el mapa identificado en el análisis del primer ciclo.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 125 de 179
Tabla 20: Mapa institucional del servicio de regadío - Tenerife
4.5.3 Información para el cálculo del nivel de recuperación de costes
La primera fase para el cálculo del nivel de recuperación de costes consistió en la
identificación, recogida y análisis de la diversa información disponible. En general, se pudo
constatar un notable incremento del número de fuentes disponibles respecto a la fase
anterior, consecuencia del incremento de la transparencia en Administraciones Públicas y
de los esfuerzos realizados en el marco del primer ciclo de planificación. No obstante, la
información obtenida, aunque en muchos casos consultables por medios telemáticos,
exige un tratamiento individualizado de minería de datos, al presentarse en formatos
difícilmente explotables.
En el ciclo anterior, la principal fuente de información fueron los Informes de la Comisión
Territorial de Precios de Canarias. Esta información es relativamente poco homogénea
desde el punto de vista temporal, al depender su existencia del proceso de revisión de las
tarifas. Particularmente, en los últimos años, la consideración de la tarifa de
abastecimiento como tasa ha implicado que algunos municipios consideren innecesaria la
intervención de la Comisión, con lo que el número de estudios actualizados se ha visto
reducido. Ha sido necesario, por ello, revisar este aspecto.
En este ciclo, se ha utilizado como principales fuentes de información: una encuesta para
la fiscalización de la captación y distribución del agua por las Entidades Locales realizada
por la Audiencia de Cuentas de Canarias para el ejercicio 2012; y los presupuestos
liquidados de las distintas Administraciones que intervienen, gestionando y/o financiando,
en la prestación de los servicios urbanos del agua. La información obtenida de la encuesta
cubre todos los municipios, salvo Candelaria, municipio para el que, sin embargo, se
disponía de estudio de revisión de tarifas de 2013 (datos de 2012), por lo que la cobertura
de los datos es total. Por su parte, los presupuestos cubren la totalidad de
Administraciones implicadas.
A continuación se indica el conjunto de fuentes de información utilizadas:
Encuesta para la fiscalización de la captación y distribución del agua por las
Entidades Locales. Ejercicio 2012. Audiencia de Cuentas de Canarias.
Encuesta de proveedores de abastecimiento municipal. Consejo Insular de Aguas
de Tenerife. Ejercicios 2011 y 2012.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 126 de 179
Informes sobre las solicitudes de modificación de tarifas de abastecimiento de agua
de distintos Ayuntamientos. Varios ejercicios. Comisión Territorial de Precios de
Canarias.
Presupuestos liquidados de todos los Ayuntamientos salvo Vilaflor de Chasna.
Ejercicios desde 2010 a 2013, y parcialmente 2014.
Presupuestos liquidados del Cabildo Insular de Tenerife. Ejercicios desde 2001
hasta 2013.
Presupuestos liquidados del Consejo Insular de Aguas de Tenerife. Ejercicios
desde 1996 hasta 2014.
Previsiones presupuestarias del Consejo Insular de Aguas de Tenerife. Ejercicio
2015.
Presupuestos liquidados del Gobierno de Canarias. Ejercicios desde 1999 a 2013.
Notas de cargo e informes para las Comisiones de Seguimiento de los distintos
sistemas gestionados por el Consejo Insular de Aguas de Tenerife. Ejercicio 2012.
Auxilios a obras de captación. Ejercicios desde 2010 hasta 2013. Consejo Insular
de Aguas.
Subvenciones a la producción de agua desalada. Ejercicios desde 2010 a 2014.
Consejo Insular de Aguas de Tenerife.
Ordenanzas fiscales de abastecimiento y saneamiento de los 31 Ayuntamientos de
la Isla.
Obras del Plan Insular de Cooperación 2007 - 2010 y Programación de las obras
del Plan Insular de Cooperación 2014 - 2017.
Convenio Gobierno de Canarias – Estado (Ministerio de Medio Ambiente, Rural y
Marino) de 2007 para obras hidráulicas.
Cuentas Anuales e Informe de Gestión de Teidagua, S.A. Ejercicio 2013. Teidagua,
S.A.
Cuentas Anuales de la EPEL BALTEN. Ejercicio 2012.
Encuesta de Infraestructura y Equipamientos Locales (EIEL).
Balance Hidráulico de Tenerife 2010.
El nuevo Plan Hidrológico de Tenerife (PHT), pendiente de aprobación definitiva-; y
el Plan Hidrológico Insular (PHI) de 1996.
Encuesta sobre suministro y saneamiento del agua por CC.AA. del Instituto
Nacional de Estadística (INE).
Simulación de la evolución del sistema acuífero, periodo 2004 - 2040, usando el
modelo de flujo subterráneo (MFS). Consejo Insular de Aguas de Tenerife.
En lo relativo al saneamiento, se pretende proceder del mismo modo que con el
abastecimiento; no obstante, en el momento de redacción del presente estudio no se ha
recibido la información de la encuesta específica realizada por la Audiencia de Cuentas
para el ejercicio 2013. A falta de este input, se ha seguido la metodología propuesta para
la homogenización de los planes hidrológicos, basada en los datos de facturación
obtenidos de las encuestas de saneamiento y suministro del INE.
La diversidad de agentes, las interrelaciones entre ellos, el hecho de que operen
indistintamente uno u otro servicio, implica que resulte sumamente complejo discriminar
entre servicios. Ya que, naturalmente, la contabilidad se realiza por agentes y no suele ser
habitual que exista un desglose funcional de los mismos, con contadas excepciones como
el Ayuntamiento de Adeje, que sí discrimina por servicios. Lo habitual es que las partidas
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 127 de 179
se clasifiquen en un único grupo funcional, por ejemplo: “161 Saneamiento, abastecimiento
y distribución de agua”, en que los gastos se distribuyen conforme a criterios económicos,
no en función del servicio pormenorizado al que pertenecen.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 128 de 179
4.5.3.1 Abastecimiento urbano
Año 2012 Gastos corrientes CAE inversiones Ingresos
MAGRAMA - 6.151.295 -
DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS 1 1.136.210 7.619.110 -
CABILDO2 10.312 1.594.518 -
CIATF3 1.512.191 5.384.734 -
MERCADO DEL AGUA - - ENTIDADES DE ABASTECIMIENTO Y ABASTECIMIENTO
(EAS) 112.499.944 4.994.336 98.739.859
Gastos de Explotación 108.066.234
Compra de agua y/o pago de cánones 50.633.507
Productos químicos y reactivos 433.717
Energía 4.855.264
Personal 18.502.796
Gastos en vehículos (combustibles, reparaciones,...) 914.775
Gastos en conservación de obras e instalaciones 1.197.846
Gastos en conservación de la red de distribución 4.445.749
Gastos diversos (material oficina, comunicaciones,…) 1.089.483
Tributos e impuestos 3.389.017
Dotación amortización inmovilizado material 8.027.958
Otros gastos de explotación 6.059.785
Arrendamientos 2.075.328
Suministros (oficinas y almacenes) 217.372
Remuneraciones a agentes mediadores 8.248
Primas de Seguros 238.420
Control sanitario 997.368
Contratación Servicios Técnicos 2.172.995
Confección exterior de recibos 258.549
Otros 2.548.057
Gastos Financieros 3.338.042
Gastos Extraordinarios 561.887
Amortización Financiera 533.781
Tabla 21: Costes e ingresos del servicio de abastecimiento urbano
1 Gastos corrientes: 452A Incremento de Recursos Hidráulicos, 452C Convenio Mº Medio Ambiente Actuaciones en materia de aguas, 452D Estudios, Investigación y Gestión en materia de Aguas (Capítulos 1 y 2). CAE inversiones: 161A, 161B, 161C, 452B, 452C (Capítulo 6) 2 Gastos corrientes: Gastos de personal (Capítulo 1) CAE inversiones: 161A (ó 441A) Inversiones destinadas al uso general (otras inversiones destinadas al uso general) (Capítulo 6) 3 Gastos corrientes: Funcionamiento del CIATF (Capítulo 1) CAE inversiones: Inversiones Reales (Capítulo 6), descontadas las aportaciones a los Fondos de inversión de los sistemas gestionados por el CIATF.
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4.5.3.2 Saneamiento
Año 2012 Gastos corrientes CAE inversiones Ingresos
MAGRAMA1 - 3.914.461 -
DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS2 451.507 2.166.685 -
CABILDO3 39.749 6.146.297
CIATF 1.744.232 6.230.386 397.566 ENTIDADES DE ABASTECIMIENTO Y ABASTECIMIENTO
(EAS) 28.165.796 19.251.381 24.720.784
Tabla 22: Costes e ingresos del servicio de saneamiento urbano
4.5.3.3 Regadío
Año 2012 Gastos corrientes CAE inversiones Ingresos
MAGRAMA1 - 4.100.863 -
DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS2 - - -
CABILDO3 -
CIATF 233.041
841.219,88 -
E.P.E.L. BALTEN 8.249.266 142.537 7.269.816
MERCADO DEL AGUA - -
COLECTIVOS DE RIEGO 34.346.850 24.939.907 63.175.522
Tabla 23: Costes e ingresos del riego
4.5.4 Metodología
4.5.4.1 Esquema conceptual
La metodología empleada es conceptualmente sencilla. La encuesta directa realizada a los
servicios de abastecimiento permite obtener con precisión los ingresos por agua facturada
y los costes del servicio, desglosados como sigue:
Gastos de Explotación
Compra de agua y/o pago de cánones
Productos químicos y reactivos Energía
Personal
Gastos en vehículos (combustibles, reparaciones,...)
Gastos en conservación de obras e instalaciones
Gastos en conservación de la red de distribución
Gastos diversos (material oficina, comunicaciones,…)
Tributos e impuestos
Dotación amortización inmovilizado material
Otros gastos de explotación
Servicios Exteriores
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 130 de 179
Arrendamientos
Suministros (oficinas y almacenes)
Remuneraciones a agentes mediadores
Primas de Seguros
Control sanitario
Contratación Servicios Técnicos
Confección exterior de recibos
Otros
Gastos Financieros
Gastos extraordinarios
Amortización Financiera
Conocidos los ingresos y los costes, el cociente entre ellos, expresado en tanto por ciento,
representaría el nivel de recuperación de costes. No obstante, a lo largo de la cadena de
servicios que abarca desde la captación o producción industrial del agua hasta su entrega
al usuario, se acumulan costes que no son repercutidos al siguiente eslabón, y que por
tanto no acaban formando parte de la tasa soportada por los usuarios. Estos costes deben
tenerse en cuenta para conocer el verdadero nivel de recuperación de costes. Por ello, el
estudio de recuperación de costes identificó las aportaciones de las distintas
Administraciones Públicas, y contabilizó las realizadas a fondo perdido, para, una vez
añadidas a los costes de las
Entidades de Abastecimiento y Saneamiento (EAS), obtener una mejor aproximación al
nivel de recuperación de costes financieros.
Los costes no repercutidos presentan diversa naturaleza, pero pueden evaluarse
analizando:
Los gastos corrientes de las distintas Administraciones Públicas (AA.PP.) con
competencias en materia de aguas;
Las transferencias corrientes de estas AA.PP. a los gestores de los servicios; y
Las inversiones reales ejecutadas por las distintas AA.PP., cuando no son
repercutidas en la tarifa que soporta el usuario.
Esta metodología evita que las numerosas relaciones entre los múltiples agentes, con
contabilidades distintas, conduzcan a la doble contabilización de costes, o a la omisión de
estas partidas.
Sin embargo, esto proceso no siempre es inmediato, ya que existen instrumentos como los
Fondos de Inversión, donde los Ayuntamientos beneficiarios y BALTEN aportan capital
para la realización de ampliaciones o reposiciones, que luego se repercuten a los usuarios
vía tarifa, y que sin embargo forman parte del capítulo de Inversiones del CIATF. Estas
aportaciones deben deducirse del CAE del CIATF si no quiere incurrirse en doble
contabilización.
4.5.4.2 Factores de actualización
El año base escogido para el presente estudio es el ejercicio 2012. En consecuencia, y tal
como se ha detallado en el apartado correspondiente a las fuentes de información, se ha
recopilado la información sobre los gastos corrientes en dicho ejercicio. No obstante, para
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 131 de 179
estimar los costes de inversión ha sido necesario recopilar series plurianuales en euros
corrientes, que deben convertirse a euros constantes del año base para su análisis. Para
llevar a cabo esta transformación se multiplican las obligaciones reconocidas netas de
cada ejercicio por un factor de conversión, común para el conjunto de los análisis de
recuperación de costes de las distintas DD.HH.
Año Deflactor Factor de
conversión
1989 0,458 2,184
1990 0,489 2,047
1991 0,518 1,932
1992 0,548 1,824
1993 0,576 1,737
1994 0,603 1,659
1995 0,631 1,585
1996 0,654 1,530
1997 0,666 1,501
1998 0,679 1,474
1999 0,694 1,440
2000 0,718 1,392
2001 0,744 1,344
2002 0,767 1,304
2003 0,790 1,266
2004 0,814 1,228
2005 0,842 1,188
2006 0,871 1,148
2007 0,895 1,117
2008 0,932 1,073
2009 0,929 1,076
2010 0,946 1,057
2011 0,976 1,024
2012 1,000 1,000
2013 1,014 0,986
Tabla 24: Tabla de factores de conversión a precios base de 2012
4.5.4.3 Anualización de los costes de inversión
Por su carácter plurianual, los costes de capital, una vez corregidos conforme al apartado
anterior, deben ser anualizados mediante el cálculo del Coste Anual Equivalente (CAE).
Sólo así pueden añadirse a los gastos corrientes para obtener el total de costes
financieros del servicio.
Donde “r” es la tasa de descuento en tanto por uno; “n”, la vida útil en años; y “I”, la
Inversión inicial a precios constantes de 2012.
En aras de homogenizar la metodología del presente estudio con los correspondientes a
las distintas DD.HH., se han adoptado los valores de vida útil (n) y tasa de descuento (r)
propuestos en las distintas guías facilitas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 132 de 179
r = 2%
n = 25 años
4.5.5 Descripción económica de los servicios
4.5.5.1 Abastecimiento
4.5.5.1.1 Extracción y suministro en alta con aguas subterráneas
La Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas, para respetar los derechos nacidos al amparo
de la legislación anterior, configuró un régimen transitorio que permitía a los titulares de
aprovechamientos de aguas privadas, en efectiva explotación mediante pozos, galerías o
procedentes de manantiales, así como los titulares de autorizaciones de alumbramientos
válidas a la entrada en vigor de esta Ley, inscribirse en el Registro de Aguas como
aprovechamiento temporal de aguas privadas. Dicha inscripción daba derecho, entre otras
cosas, a continuar el mismo por un plazo de hasta 50 años; y, transcurridos estos,
otorgaba derecho a obtener la correspondiente concesión administrativa. Los
aprovechamientos que optaron por no inscribirse, mantendrían su titularidad por un plazo
de hasta 75 años, pero no gozarían de la protección administrativa derivada de la
inscripción en el Registro de Aguas.
Actualmente, este régimen transitorio continúa vigente, y su aportación constituye la mayor
parte del agua suministrada a los servicios municipales.
Del análisis de la “Encuesta de proveedores de abastecimiento municipal” se desprende
que en 2012, para el servicio de abastecimiento urbano, existían entre 1.000 y 1.100
proveedores distintos. Esta cifra se obtuvo del análisis de los datos facilitados por los
Municipios que habían contestado a la Encuesta en el momento de redacción de este
estudio; equivalentes, en términos monetarios, al 88% de las compras de agua para uso
urbano.
De dicho análisis puede inferirse asimismo la composición del sector. La mayor parte de
los proveedores, un 82%, son personas físicas. En segundo lugar, con un 5%, destacan
las Comunidades de bienes y herencias yacentes, entre las que encontramos las
conocidas como “Comunidades de Aguas”. En tercer lugar se encuentran las Sociedades
Limitadas, con otro 5%, y las Sociedades Anónimas, con 2%. Por último, encontramos
asociaciones, cooperativas, etc. Un 5% de los proveedores no se encontraba
adecuadamente descrito.
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 133 de 179
Figura 62: Distribución porcentual del número de agentes del mercado del agua por tipologías. Elaboración
propia.
Estos porcentajes, aunque necesarios para describir el sector, no permiten, sin embargo,
mostrar el grado de concentración del mismo, que debe analizar en términos
volumétricos. Cuando el mismo análisis se realiza en términos volumétricos el resultado es
muy diferente.
Figura 63: Distribución porcentual del volumen ofertado en función de las tipologías de los agentes.
Elaboración propia.
En términos volumétricos, se observa que las personas físicas, a pesar de significar el
82% del número de proveedores, únicamente aportan un 6% del volumen; mientras
que las sociedades anónimas, las limitadas, y las Comunidades de bienes y herencias
yacentes aportan el 78% del caudal. Un análisis más pormenorizado sugiere que 4 de
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 134 de 179
estos proveedores aportan el 41% del caudal de aguas subterráneas privadas para uso
urbano.
La asignación de las aguas subterráneas se realiza en lo que se conoce como el
“mercado del agua”, donde el precio del agua se establece libremente, en sus tres
modalidades4:
contrato anual,
contrato ocasional o de temporada, y
mercado de participaciones de comunidades de agua.
Es habitual que entre ofertantes y demandantes de agua exista uno o varios
intermediarios que aglutinan los derechos de agua de varios titulares y establecen los
contactos con los potenciales compradores.
De acuerdo con el artículo 113 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas, el Consejo
Insular de Aguas, previa autorización del Gobierno de Canarias, podrá determinar precios
máximos o de vigilancia especial para las transacciones de agua que se celebren en la
isla o en cualquiera de sus zonas y para el transporte de agua entre los diversos puntos de
su territorio. Sin embargo, la imposición de precios máximos debe tratarse con cautela. Un
precio máximo inferior al precio de equilibrio puede impedir que el mercado alcance el
equilibrio, surgiendo exceso de demanda. Paradójicamente, una medida diseñada para
favorecer a los usuarios podría tener como efecto el surgimiento de dificultades para
acceder al bien, la escasez. A modo de ejemplo, los pozos cesan el bombeo cuando el
precio del mercado se sitúa por debajo de su coste marginal.
El mercado del agua, en sus transacciones privadas, traslada íntegramente los costes al
servicio de abastecimiento de agua potable a domicilio, donde forman parte de la partida
de compras de agua en la contabilidad del servicio. El único matiz identificado respecto a
esta afirmación lo constituyen los auxilios a obras de captación previstos en la Ley de
Aguas para aquéllas inscritas en el Registro de Aguas. No obstante, no se han concedido
ayudas de este tipo en los últimos dos años de la serie analizada, entre ellos el año base
del presente estudio. Esta subvención no supera el 25% de la inversión total
subvencionable presentada al CIATF, y constituye un estimulo para la inversión del sector
privado en materia de aguas.
año Total inversión subvencionable
(€ corrientes)
Subvención (€ corrientes)
% subvención/total
inversión subvencionable
2010 3.602.961,36 570.168,40 16%
2011 1.993.591,12 485.113,04 24%
2012 -
2013 -
Tabla 25: Auxilios a obras de captación otorgados por el CIATF. Fuente: CIATF.
4 El papel económico de las aguas subterráneas en Canarias. José D. Fernández Bethencourt
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 135 de 179
Entre las inversiones subvencionadas, además de reperforaciones de galerías para el
mantenimiento de caudales, encontramos instalaciones y reposiciones de tuberías y
canalizaciones, instalación de equipos de medida, limpieza y cubrimiento de canales,
automatización de pozos, etc.
Con la información disponible, es posible estimar, que el mercado del agua factura del
orden de 40 millones de euros al año al servicio urbano. Sin embargo, este mercado
abastece a otros usos fuera del objeto de este estudio como el regadío, el uso turístico y el
industrial, por lo que cantidad total podría duplicar la anterior.
En nivel de recuperación de costes en este tramo del servicio es del 100% en la
actualidad, y del 99,7% si tomamos en cuenta el promedio de aportaciones realizadas en
concepto de auxilios a obras de captación en el periodo 2010-2013.
Las tarifas de este servicio son de tipo volumétrico, en €/m3, o habitualmente en €/pipa5. El
precio medio insular es 0,56 €/m3, y se considera que transmite incentivos para el uso
eficiente del recurso. No se considera que la excepción a la recuperación de costes
incluida en la Ley de Aguas en forma de auxilios, consecuencia del régimen transitorio de
dicha Ley, contravenga los objetivos de la Directiva Marco del Agua, ya que su impacto en
el precio final es reducido. La eliminación de estos estímulos, sin embargo, podría tener
efectos socio-económicos significativos.
El hecho de que el agua tenga precio induce al ahorro, y a que ésta se aplique al uso más
rentable. Únicamente en los caso de que el abastecimiento urbano no alcance las
dotaciones brutas mínimas la Ley de Aguas prevé la intervención del Consejo Insular para,
a petición de los Municipios, llevar a cabo requisas de agua. En estos casos, el
Ayuntamiento beneficiario debe abonar el justiprecio debido si perjuicio de las
indemnizaciones que corresponda, por lo que esta figura tampoco contraviene el principio
de recuperación de costes.
Los Municipios de la Isla son generalmente titulares de aguas propias, una porción de las
que se alumbran bajo los montes incluidos en los mismos. Esta agua por lo general se
tarifican y forman parte de la partida de compras de agua del servicio de abastecimiento.
No obstante, el precio asignado a las mismas en algunos casos es inferior al medio de las
compras realizadas por el gestor del servicio en el mercado del agua, y en otros es
inexistente, por lo que se considera que podría existir una subvención al servicio de unos
1,7 millones de euros por aguas tarificadas a precio reducido o aportadas sin
contraprestación. El porcentaje de aguas propias sobre el total de aguas subterráneas
aplicadas al abastecimiento urbano es de un 5%.
Desde la entrada en vigor de la Ley 12/1990, se han otorgado concesiones a algunos
Ayuntamientos de la Isla con el fin de garantizar el abastecimiento de sus ciudadanos. Los
costes de este servicio se internalizan en el servicio de abastecimiento municipal,
corriendo las inversiones a cargo de dichas corporaciones o, el algunos casos, de otras
Administraciones como el CIATF. No existe una contabilidad diferenciada para este
servicio, por lo que sus costes y nivel de recuperación constituyen parte del análisis
realizado de forma conjunta para el servicio de abastecimiento.
5 Una pipa equivale a 480L
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4.5.5.1.2 Transporte de aguas subterráneas
El transporte en alta, íntimamente asociado a la captación de aguas subterráneas,
funciona también en régimen privado salvo contadas excepciones como el Canal del
Norte, el del Estado, y la conducción Los Dornajos – Los Baldíos.
Propiedad de los partícipes o Comunidades de aguas que lo construyeron, o que
adquirieron con posterioridad sus participaciones, sus derechos de pase, cuota de la
capacidad que le corresponde a cada en partícipe en función de su participación en el
capital del canal, puede ser objeto de arrendamiento de acuerdo con la Ley de Aguas. La
contraprestación, el canon de pase, es una tarifa volumétrica que se factura a los
gestores municipales de forma independiente o incluida en el precio del agua.
Para verificar la transmisión de sus costes en el precio del agua, en el marco de este
estudio se han analizado las encuestas de proveedores que solicita el CIATF a los 31
Municipios, y completando esta información con la recibida de la Audiencia de Cuentas y
la Comisión Territorial de Precios, se ha obtenido el precio medio en alta en los 31
Municipios.
Figura 64: Precio medio del agua subterránea en alta en los 31 Municipios de Tenerife. Elaboración propia.
Analizando los resultados, se ha podido comprobar cómo se incrementa el precio del agua
a medida que se avanza en el sentido de los principales ejes de transporte (ver figura
siguiente), como consecuencia del incremento ocasionado por los cánones de pase y las
mermas; y cómo la desalación de aguas de mar contribuye a contrarrestar este fenómeno.
Figura 65: Esquema del sistema de transporte insular de aguas. Fuente: PHT
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El agua no registrada en alta, obtenidas analizando las compras de agua de Municipios
que usan el 94% del agua para consumo urbano, se han estimado en un 8%, valor inferior
12% que arroja el Canal del Norte, uno de los canales de titularidad pública más
importantes. Por tanto, puede afirmarse que existen incentivos adecuados para la
conservación cuantitativa de las aguas en el mercado del agua; y, que en
consecuencia y en general éste funciona con eficiencia.
El nivel de recuperación de costes es cercano al 100%, y en el Programa de Medidas
(PdM) del vigente PHT se ha previsto su incremento mediante la concesión del Canal del
Norte, infraestructura que actualmente concentra gran parte de la subvención en este
tramo del servicio, como consecuencia de reparaciones efectuadas por el CIATF.
Los canales son infraestructuras necesarias para corregir desequilibrios territoriales
impuestos por las condiciones geográficas y climáticas de la Demarcación que impiden
que la diferencia de precios entre comarcas se acentúe aún más. Las subvenciones a
estas infraestructuras (obras de mantenimiento, reposiciones, y sistemas de control
cualitativo y cuantitativo) tienen en cuenta dichas condiciones y sus efectos sociales, y no
comprometen los objetivos de la DMA al consistir en actuaciones para reducir las
pérdidas en los canales de titularidad pública.
4.5.5.1.3 Desalación de agua de mar
En la década de los 90, para hacer frente al desfase entre oferta y demanda, y ante la
reducción de la rentabilidad y calidad de las fuentes convencionales, se inició el desarrollo
de la desalación de agua de mar mediante ósmosis inversa, siguiendo los pasos de las
Islas Orientales, pioneras en este campo.
En el último Balance Hidráulico de Tenerife, realizado para el año 2010, el agua desalada
aportada 21,16 hm3/año, un 11% de la oferta insular. Sin embargo, para el uso urbano, el
agua desalada tiene un peso mucho mayor, en torno al 24%.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 138 de 179
Figura 66: Balance Hidráulico de Tenerife 2010.
Las Estaciones Desaladoras de Agua de Mar que prestan servicio a los usos urbanos son:
Tabla 26: Capacidad, Factor de utilización, producción y consumo específico en las EDAMs de Adeje-
Arona, Santa Cruz y La Caleta. Fuente: CIATF
Asimismo, el CIATF posee 4 EDAMs portátiles de las cuales sólo una de ellas operó en
2012, aportando 61.182 m3. En la actualidad, una vez reubicadas, estas desaladoras
funcionan a pleno rendimiento.
El resto de EDAMs autorizadas, 26, se emplean para autoconsumo y se hallan fuera del
alcance de este estudio. No obstante, la gestión de estas instalaciones es privada y en
consecuencia el nivel de recuperación de costes se sitúa en el entorno del 100%, no
comprometiendo ni los fines ni el logro de los objetivos de la DMA.
Figura 67: Mapa del Sistema de Desalación de Agua de Mar de Adeje-Arona. Fuente: PHT
La gestión las 3 EDAMs urbanas puede ser municipal, como en el caso de la EDAM de
Santa Cruz de Tenerife, o en el de la EDAM de La Caleta, donde los gestores coinciden
Capacid
ad (m3/día)
Factor de Utilizació
n (%)
Total de agua
producto (m3)
Consumo específico (kWh/m3)
EDAM de Adeje-Arona
30.000 81,63% 8.962.602 4,51
EDAM de Santa Cruz
21.000 80,65% 6.198.577 4,60
EDAM de La Caleta de Adeje
10.000 75,24% 2.753.878 4,29
17.915.057
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 139 de 179
con los gestores del servicio de abastecimiento de agua potable a domicilio,
respectivamente: EMMASA y Entemanser S.A. (Aqualia); o, supramunicipal o comarcal,
como en el caso de la EDAM de Adeje-Arona, o las EDAM de Fonsalía (Oeste) y EDAM de
Granadilla, actualmente en ejecución. En estos últimos casos, para alcanzar economías de
escala, el CIATF suscribe convenios con los Municipios usuarios, en los que éstos se
comprometen a adquirir un caudal mínimo que garantice la viabilidad de la planta, y en
virtud de los cuales el CIATF traslada mediante nota de cargo los costes del proceso a los
Ayuntamientos. En caso de impago, estos convenios prevén la detracción del montante
adeudado de la Carta Municipal.
Tabla 27: Distribución de la producción de agua de mar desalada en función del ámbito de su gestión
(municipal o supramunicipal). Fuente: CIATF
Para la estimación del nivel de recuperación de costes se ha analizado en detalle la EDAM
de Adeje-Arona, por ser la que mayor caudal aporta (el 50% del total) y por ser de la que
mejor conocimiento se dispone, al ser gestionada por el CIATF desde sus comienzos.
En la EDAM de Adeje-Arona se recuperan la totalidad de los costes, salvo la inversión de
primer establecimiento, financiada a fondo perdido en el marco del anterior PHI; y una
parte de los costes de ampliación y reposición del sistema, financiados con la
subvención a la producción de agua desalada. Esto es posible gracias a la figura del
“Fondo de Inversión”, dotado mensualmente por los Ayuntamientos y por el CIATF con la
subvención a la producción de agua desalada, para acometer reposiciones y ampliaciones
del sistema. La ampliación acometida en la planta se realizó mediante concesión de obra
pública, por lo que el concesionario repercute mensualmente la cuota de amortización de
dicha inversión.
Los ingresos en 2012, coincidentes con los costes -con los matices anteriormente citados-,
ascendieron a 6.704.488 €. Si mayoramos dicha cantidad para tener en cuenta la parte
financiada con la subvención a la producción de agua desalada, y le añadimos el coste
anual equivalente correspondiente a la inversión de primer establecimiento, calculada
conforme a la siguiente fórmula para un periodo de amortización de 25 años6 y una tasa de
descuento del 2%7, obtenemos un porcentaje de recuperación del 85%.
6 Valor propuesto por la “Guía de contenidos homogéneos para que los Planes cumplan con los requerimientos del Reporting y la
Instrucción” elaborada por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
7 Valor propuesto por la “Guía de contenidos homogéneos para que los Planes cumplan con los requerimientos del Reporting y la
Instrucción” elaborada por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Desalada m3 %
EDAM Municipales 15.161.179 50%
EDAM Supramunicipales
8.962.602 50%
Total 17.915.057
100%
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El porcentaje de recuperación de costes ha evolucionado al alza con la progresiva
reducción de las partidas de subvención a la producción de agua de desalada.
Concretamente, utilizando el procedimiento anterior, con la subvención recibida en 2005,
el nivel de recuperación de costes habría sido del 79%; sensiblemente inferior.
2010 2011 2012 2013 2014
952.659,08 698.891,29 387.818,08 355.222,09 341.795,34
Tabla 28: Evolución de las subvenciones a la producción de agua de mar desalada para el Sistema
Adeje-Arona. Fuente: CIATF.
EDAM de Adeje-Arona
Ingresos (2012) 6.704.488
Subvención a la producción de agua desalada (2012)
387.818
Costes de explotación, reposición, ampliación, etc. (2012)
6.704.488
Amortización primer establecimiento 769.603
Costes totales (2012) 7.861.909
Nivel de Recuperación de costes (2012)
85%
Tabla 29: Principales magnitudes para la estimación del porcentaje de recuperación de costes en el
Sistema de Adeje-Arona.
De acuerdo con el Informe de la Comisión Territorial de Precios de 2009, en Santa Cruz de
Tenerife el agua se tarificaba a 0,56 €/m3 (sin tener en cuenta la subvención). En estos
sistemas, las ampliaciones de la desaladora constituyen subvenciones a fondo perdido al
servicio, y en consecuencia el porcentaje de recuperación de costes es sensiblemente
inferior. Aunque no se conocen con detalle nos costes totales de las desaladoras
municipales, cuya gestión se encuentra íntimamente ligada a la gestión del sistema de
abastecimiento de agua potable a domicilio, sí se conocen los ingresos gracias a los
presupuestos municipales y los informes de la CTP, y es posible realizar una estimación
de los costes en base al coste unitario de Adeje-Arona. De esta forma, puede estimarse un
nivel de recuperación de costes del entorno del 66% para estas desaladoras, y un
porcentaje general del 76% para el servicio de desalación de agua de mar y puesta a
disposición en los depósitos municipales.
Desalada m3 Ingresos Gastos %
Recuperación
EDAM Municipales 9.249.726 5.286.623 8.061.208 66%
EDAM Supramunicipales 8.907.764 6.704.489 7.763.185 86%
Total 18.157.490 11.991.111 15.824.393 76%
Tabla 30: Extrapolación del estudio de recuperación de costes a las desaladoras municipales.
El PHT justifica en su memoria de ordenación la excepción a la recuperación de costes
en este tramo del servicio porque no sólo no compromete los objetivos ambientales de la
DMA, sino que es necesaria para reducir la sobreexplotación, ya que el alza de las tarifas
desplazaría la demanda hacia las aguas subterráneas.
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Figura 68: Excepciones al principio de recuperación de costes. Pág. 194 de la Memoria de Ordenación del
PHT correspondiente al Primer Ciclo de planificación.
No obstante, paulatinamente, el mercado de las aguas subterráneas ha ido internalizando
los costes de la sobreexplotación elevando el precio del agua como consecuencia de la
necesidad de llevar a cabo tareas de mantenimiento de caudales (por ejemplo,
reperforaciones), mayores alturas de bombeo, etc. Esto ha permitido elevar gradualmente
el nivel de recuperación de costes en la desalación de agua de mar, sin comprometer la
demanda de agua desalada.
En el futuro, el modelo a seguir en las desaladoras del Oeste y Granadilla será el
vigente en Adeje-Arona, aumentando progresivamente el nivel de recuperación de costes,
dotando el “Fondo de Inversión”, pero evitando comprometer la demanda de este tipo de
recursos, necesaria para combatir la sobreexplotación y sus efectos asociados (por
ejemplo, intrusión marina, suministro a la población con aguas de insuficiente calidad,
etc.). Particularmente, para estos sistemas se ha previsto que las infraestructuras de
primer establecimiento se integren en el Proyecto GESTA, de forma que sean gestionadas
por una empresa mixta constituida al efecto. De acuerdo con los modelos económico-
financieros realizados, se pretende repercutir vía tarifa tanto las reposiciones como las
ampliaciones, además de los costes de explotación.
Por último, se considera que las tarifas de desalación transmiten incentivos
adecuados para el uso eficiente de los recursos, al situarse en la banda 0,58-0,75
€/m3, superior al precio medio de las aguas subterráneas.
4.5.5.1.4 Desalinización de aguas salobres
Como consecuencia de la actividad volcánica, el agua subterránea incorpora dióxido de
carbono (CO2) y flúor (F-), en forma gaseosa. El primero de estos gases aumenta la
agresividad del agua, incrementando su capacidad para disolver silicatos, produciendo así
un agua bicarbonatada (HCO3-), y dominantemente sódica (Na+).
La concentración de fluoruro alcanza en algunas zonas valores de hasta 9 mg/L, muy por
encima del límite impuesto por el RD 140/2003: 1,5 mg/L.
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Figura 69: Mapas de concentración de Flúor y Sodio en mg/L en el Sistema Acuífero. Fuente: PHT
La implantación de Estaciones Desalinizadoras de Aguas Salobre (EDAS) ha permitido
resolver este problema para muchos de los núcleos afectados inicialmente; aunque, en el
momento de redacción de este Estudio, y de acuerdo con la Dirección General de Salud
Pública del Gobierno de canarias, continuaban existiendo restricciones de algún tipo
(para la población general, o únicamente para menores de 8 años) por Flúor en:
Buenavista del Norte,
El Sauzal,
El Tanque,
Icod de los Vinos,
La Matanza de Acentejo,
La Victoria de Acentejo,
Santa Úrsula,
San Cristóbal de La Laguna, y
San Juan de La Rambla.
El funcionamiento de este tramo del servicio consiste en que el Municipio adquiere agua
en el mercado, o dispone de agua propia, no apta para consumo humano que desea
desalinizar. Para ello, solicita a los proveedores que les sea entregada en la EDAS
correspondiente, donde el operador de la planta, concesionario del servicio gestionado por
el CIATF, desaliniza las aguas mediante Electrodiálisis Reversible (EDR). Este proceso
añade al agua subterránea dos nuevos costes. Por un lado, el coste económico de la
desalinización, repercutido por el gestor del servicio (CIATF), mediante nota de cargo, a
los Municipios usuarios. Por otro, el coste que supone tener que verter como salmuera un
porcentaje del agua adquirida en el mercado. El único coste financiero no repercutido lo
constituyen las inversiones reales a fondo perdido realizadas por las distintas
Administraciones Públicas.
En 2012 desalinizaron aguas urbanas en las plantas del CIATF un total de 7 Municipios:
Buenavista del Norte, Los Silos, Garachico, El Tanque, Icod de los Vinos, La Guancha y
San Juan de La Rambla. El volumen desalinizado ascendió a la cifra de 3,8 hm3, y el
coste medio repercutido 0,32 €/m3.
m3 € €/m3
3.782.065 1.192.207 0,32
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Tabla 31: Producción e ingresos de los sistemas de desalinización gestionados por el CIATF en 2012.
Fuente: CIATF.
Las subvenciones en forma de inversiones reales se analizan de forma conjunta al obtener
el porcentaje de recuperación global para el abastecimiento.
4.5.5.1.5 Abastecimiento de agua potable a domicilio
El servicio de abastecimiento de agua potable a domicilio es una competencia propia de
los Municipios, artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local (LBRL), que estos deben prestar en todo caso, con independencia de su
población. La gestión, sin embargo, puede ser directa o directa, tal y como establece el
artículo 85.2 de la LBRL:
A) Gestión directa:
a) Gestión por la propia Entidad Local.
b) Organismo autónomo local.
c) Entidad pública empresarial local.
d) Sociedad mercantil local, cuyo capital social sea de titularidad pública.
B) Gestión indirecta:
a) Concesión.
b) Gestión interesada.
c) Concierto.
d) Sociedad de economía mixta.
En Tenerife encontramos variedad de modalidades de gestión. Once Municipios prestan el
servicio de forma directa por la propia entidad; y de ellos sólo 3, como un servicio
diferenciado.
Figura 70: Distribución del número de Municipios por tipología de gestión. Elaboración Propia.
En catorce el servicio lo presta una empresa privada en concesión administrativa.
Empresa CIF Municipios
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Empresa CIF Municipios
AQUALIA Gestión Integral del agua, S.A.
A26019992
Candelaria
Güímar
Arafo
Arico
Puerto de la Cruz
Tegueste
ENTEMANSER, S.A.
A38070843
Granadilla
San Miguel de Abona
Adeje
Guía de Isora
Santiago del Teide
CANARAGUA, S.A. A79540274
Arona
La Orotava
El Sauzal
Tabla 32: Empresas concesionarias del servicio, CIF, y Municipios en los que operan. Elaboración
propia.
En dos Municipios el servicio los prestan sociedades mercantiles locales de capital social
público constituidas al efecto.
Empresa CIF Municipios
Empresa Municipal de Turismo y Servicios de Icod de los Vinos, S.A.
A38456323 Icod de los Vinos
Empresa Pública de Aguas del Ayuntamiento de Los Realejos, S.L. (AQUARE)
B38766309 Los Realejos
Tabla 33: Empresas públicas, CIF, y Municipios en los que operan. Elaboración propia.
Y en tres Municipios el servicio lo prestan empresas de capital mixto (público y privado).
Empresa CIF Municipios
Empresa Mixta de Aguas de Santa Cruz de Tenerife, S.A. (EMMASA)
A38002929 Santa Cruz de Tenerife
TEIDAGUA, S.A. A38285961
Tacoronte
San Cristóbal de La Laguna
Tabla 34: Empresas mixtas, CIF, y Municipios en los que operan. Elaboración propia.
Estas entidades gestionan aproximadamente 3.341 km de redes de distribución, y
depósitos por una capacidad total de 1.320.692 m3, para dar servicio a 487.535
abonados al servicio de abastecimiento urbano de agua potable.
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El coste del servicio público de abastecimiento en el ejercicio 2012 ascendió a 112,5
millones de euros para el conjunto de las Entidades de Abastecimiento y Saneamiento
(EAS) de la Isla, de acuerdo con la encuesta realizada a las mismas.
Gastos de Explotación 108.066.234 € 96,1%
Compra de agua y/o pago de cánones 50.633.507 45,0%
Productos químicos y reactivos 433.717 0,4%
Energía 4.855.264 4,3%
Personal 18.502.796 16,4%
Gastos en vehículos (combustibles, reparaciones,...) 914.775 0,8%
Gastos en conservación de obras e instalaciones 1.197.846 1,1%
Gastos en conservación de la red de distribución 4.445.749 4,0%
Gastos diversos (material oficina, comunicaciones,…) 1.089.483 1,0%
Tributos e impuestos 3.389.017 3,0%
Dotación amortización inmovilizado material 8.027.958 7,1%
Otros gastos de explotación 6.059.785 5,4%
Arrendamientos 2.075.328 1,8%
Suministros (oficinas y almacenes) 217.372 0,2%
Remuneraciones a agentes mediadores 8.248 0,0%
Primas de Seguros 238.420 0,3%
Control sanitario 997.368 0,9%
Contratación Servicios Técnicos 2.172.995 1,9%
Confección exterior de recibos 258.549 0,2%
Otros 2.548.057 2,3%
Gastos Financieros 3.338.042 € 3,0%
Gastos Extraordinarios 561.887 € 0,5%
Amortización Financiera 533.781 € 0,5%
TOTAL COSTES EAS ABASTECIMIENTO 112.499.944 € 100,0%
Tabla 35: Costes de las EAS para el servicio de abastecimiento. Datos de la Encuesta de la Audiencia
de Cuentas.
La partida más importante dentro de los costes son las compras de agua, un 45%, como
consecuencia del precio del agua en alta, tramo del servicio en el que el nivel de
recuperación de costes es también elevado a consecuencia de que el mercado del agua
repercute todos los costes, y de que las aguas desaladas presentan un nivel de
recuperación de costes que cubre todos los costes de explotación y parcialmente las
inversiones.
El hecho de que los costes de explotación supongan el 96% del total advierte de que no se
contabilizan como costes del servicio las inversiones que realizan los Ayuntamientos,
CIATF, Cabildo, Dirección General de Aguas, y MAGRAMA. El CAE equivalente de estas
inversiones deberá tenerse en cuenta por tanto para calcular el nivel de recuperación total
del servicio, tal y como se detalla en el apartado de Costes.
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Es en este tramo del servicio donde se factura al usuario el conjunto de los servicios
necesarios para su abastecimiento con agua potable, desde la captación o producción
industrial, hasta su entrega domiciliaria. El volumen de aguas no facturadas es del
21,5%, en base al análisis 77% volumen suministrado en alta.
El principal ingreso, el agua facturada, no se desglosa por tramos de servicio; sí se
diferencia, aunque de manera poco homogénea, en función de los usos. La tarifa a la que
se factura el agua a los abonados se establece en las distintas ordenanzas municipales.
TOTAL INGRESOS EAS ABASTECIMIENTO 98.739.859 €
Tabla 36: Ingresos de las EAS por agua facturada. Datos de la Encuesta de la Audiencia de Cuentas.
La facturación se realiza con periodicidad bimestral, salvo en los Municipios de Vilaflor,
El Tanque, San Juan de la Rambla y Tegueste, donde se factura trimestralmente.
Todos los Municipios facturan en función de los m3 usados por el abonado, con al menos 3
bloques tarifarios y hasta un máximo de 7.
Nº de bloques
Nº y % de Municipios
3 6 19%
4 13 42%
5 7 23%
6 3 10%
7 2 6%
31 100%
Tabla 37: Nº y porcentaje de municipios en función del nº de bloques tarifarios para el uso doméstico.
Elaboración propia.
Las tarifas aplicadas a cada bloque son crecientes con el consumo en m3; aunque no
existen homogeneidad en cuanto al número de bloques, ni los incrementos entre ellos.
En 21 de los Municipios se factura una cuota fija, además de la volumétrica, que varía
entre 1,35 €/mes y 14,50 €/mes para el uso doméstico. Para estimar estas cuantías se han
simulado el coste para el usuario de consumir 0 m3 en cada Municipio durante un mes, de
modo que incluye tanto cuota fija de servicio, como mantenimiento de contadores,
consumo mínimo, etc.
La imposición de una cuota fija hace que el coste unitario para el usuario sea decreciente
durante los primeros metros cúbicos consumidos, y este efecto puede predominar sobre el
incremento producido por la estructura de bloques si la cuota fija es muy elevada.
18 Municipios facturan un consumo mínimo, habitualmente 5 m3/mes. Esta práctica hace
que no existan incentivos para el uso eficiente del recurso dentro de este tramo de
consumo. El caso extremo se produce en el Municipio de Vilaflor de Chasna, donde el
intervalo mínimo alcanza los 80 m3/trimestre8.
8 Ver Boletín Oficial de la Provincia núm. 154 de 2003.
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Figura 71: Simulación de la tarifa de abastecimiento ponderada con la población de cada Municipio.
Elaboración propia.
La tarifa media ponderada del servicio en la Isla, para un consumo de 200L/hab./día y el
promedio insular de personas por vivienda 2,68, es decir, para un consumo tipo de 16,29
m3/mes, es de 1,17 €/m3. Este valor presenta un elevada desviación estándar, 0,29, lo
que advierte del desigual nivel de recuperación de costes existente en los Municipios de
la Isla.
4.5.5.2 Saneamiento
El servicio de evacuación y tratamiento de aguas residuales es una competencia propia de
los Municipios, conforme establece el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL).
De acuerdo con el artículo 26 de dicha Ley, los Municipios deben prestar en todo caso,
con independencia de su población, el servicio de alcantarillado.
El Plan Hidrológico Insular establece una dualidad de servicios, pudiendo declararse la
depuración de interés supramunicipal.
Se configura de este modo un mapa competencial en el que el alcantarillado siempre es
de responsabilidad municipal, pero donde la depuración puede ser declarada de interés
supramunicipal, como ocurre en los sistemas gestionados por el CIATF en:
Adeje-Arona,
Valle de La Orotava, y
Noreste.
El saneamiento presenta un nivel de desarrollo inferior al servicio de abastecimiento,
consecuencia, tal y como ya advertía el PHI de 1996, de que las deficiencias en este
servicio afectan en mucho menor medida a la vida cotidiana de los ciudadanos. De
hecho, las deficiencias en el saneamiento afectan principalmente al medio ambiente y, por
las condiciones hidrogeológicas de la Isla, apenas son percibidas por los usuarios.
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El Plan Hidrológico de Tenerife de primer ciclo, estimó el déficit respecto a los requisitos
de la Directiva 91/271/CEE en 255,6 millones de euros; y advirtió de que al menos 109,1
debían ser prorrogados ante el escenario financiero previsto por el Plan. Estas
infraestructuras se han acometido tradicionalmente mediante inversiones a fondo perdido,
realizadas por las distintas AA.PP., y en circunstancias de crisis económica, la inversión se
ha visto reducida notablemente.
Figura 72: Inversiones reales por Administración en materia de aguas
Por otro lado, el nivel de recuperación de costes es reducido, y tal y como muestra la
siguiente tabla, aún existe déficit de instrumentos para la recuperación de costes en
este servicio. Catorce municipios carecían de tasa de alcantarillado en el momento de
redacción de este trabajo; y entre los que sí tenían 3 no facturaban por el servicio de
depuración, sino únicamente por el alcantarillado.
IdMun Municipio
Denominación instrumentos de recuperación de
costes
Alcantarillado Depuración
1 Santa Cruz de Tenerife
Tasa por la prestación del servicio de alcantarillado Tasa por depuración o vertido de aguas negras, residuales y pluviales
SÍ SÍ
2 El Rosario
Tasa por prestación del servicio de alcantarillado (incluye depuración)
SÍ SÍ
3 Candelaria
NO NO
4 Arafo
NO NO
5 Güímar Tasa por la prestación del servicio de
SÍ NO
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 149 de 179
IdMun Municipio
Denominación instrumentos de recuperación de
costes
Alcantarillado Depuración
alcantarillado
6 Fasnia Tasa por la prestación del servicio público de alcantarillado
SÍ NO
7 Arico Tasa por la prestación del servicio de alcantarillado
SÍ NO
8 Granadilla de Abona Tasa de alcantarillado y depuración de aguas
SÍ SÍ
9 San Miguel de Abona
NO NO
10 Vilaflor
NO NO
11 Arona Tasa por el servicio de alcantarillado (incluye depuración)
SÍ SÍ
12 Adeje
Tasa de saneamiento y evacuación de aguas residuales y pluviales
SÍ SÍ
13 Guía de Isora
NO NO
14 Santiago del Teide Tasa por prestación del servicio de alcantarillado
SÍ NO
15 Buenavista del Norte
NO NO
16 Los Silos Taso por los servicios de saneamiento y alcantarillado
SÍ NO
17 Garachico
NO NO
18 El Tanque
NO NO
19 Icod de los Vinos
NO NO
20 La Guancha
NO NO
21 San Juan de la Rambla
NO NO
22 Los Realejos
Tasa por la prestación del servicio de alcantarillado (incluye depuración)
SÍ SÍ
23 Puerto de la Cruz
Tasa de alcantarillado Tasa por la prestación del servicio de depuración aguas residuales
SÍ SÍ
24 La Orotava Tasa de alcantarillado (incluye depuración
SÍ SÍ
25 Santa Úrsula
NO NO
26 La Victoria
NO NO
27 La Matanza de Acentejo
NO NO
28 El Sauzal Tasa por el servicio de alcantarillado
SÍ NO
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 150 de 179
IdMun Municipio
Denominación instrumentos de recuperación de
costes
Alcantarillado Depuración
29 Tacoronte
Precio público por el servicio de alcantarillado, evacuación de excretas y depuración de aguas residuales y sobre control y mantenimiento preventivo de otros vertidos (incluye depuración)
SÍ SÍ
30 Tegueste
Tasa por el servicio de alcantarillado, evacuación de excretas y depuración de aguas residuales y sobre el control y mantenimiento preventivo de otros vertidos (incluye depuración)
SÍ SÍ
31 San Cristóbal de La Laguna
Tarifa de saneamiento Tarifa de depuración
SÍ SÍ
Tabla 38: Instrumentos de recuperación de costes del servicio de saneamiento urbano
El orden geográfico en el que se ha ordenado la tabla anterior permite apreciar un patrón
en la recuperación de costes: el nivel de recuperación de costes es mayor en las
grandes ciudades, y los sistemas comarcales gestionados por el CIATF. Una
explicación para esta pauta la encontramos en el PHI, que advertía ya en 1996 que “El
pequeño tamaño de la mayoría de las depuradoras las hace de difícil mantenimiento,
complicando aún más una situación caracterizada por la incapacidad técnica y sobre todo
económica de los municipios. Las economías de escala brillan por su ausencia.” Hoy día,
las economías de escala ya no brillan por su ausencia gracias al desarrollo de algunos de
los sistemas previstos en el PHI; sin embargo, como consecuencia de la crisis económica,
se ha visto acentuada la incapacidad económica de los municipios, a la que debe
unirse el papel secundario que ha ocupado el saneamiento en las prioridades municipales.
La tipología tarifaria es variada:
Un único bloque tarifario variable (Tegueste, Tacoronte, Puerto de La Cruz)
Cuota fija más un bloque tarifario variable (Santa Cruz, El Rosario y La Laguna)
20% de la factura de abastecimiento (Arico y El Sauzal)
Cuota fija, consumo mínimo, y bloque tarifario variable único para consumos
superiores al mínimo (Güímar)
Consumo mínimo, y bloque tarifario variable único para consumos superiores al
mínimo (Fasnia, Granadilla, Arona, Adeje y La Orotava)
Consumo mínimo, cuota fija para consumos adicionales hasta un volumen
determinado, y variable a partir de éste (Los Silos).
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 151 de 179
Cuota fija (Santiago del Teide y Los Realejos)
La tasa media ponderada (con la población) del servicio en la Isla, para un consumo de
200L/hab./día y el promedio insular de personas por vivienda 2,68, es decir, para un
consumo tipo de 16,29 m3/mes, es de 0,35 €/m3. Como ocurre con el abastecimiento,
este valor presenta un elevada desviación estándar, al variar las tasas en el rango entre 0
y 0,62 €/m3, con lo que nivel de recuperación de costes es desigual entre los Municipios
de la Isla.
Para el análisis de los ingresos obtenidos con dichas tasas, no ha sido posible recurrir a la
Encuesta de la Audiencia de Cuentas porque, tal como se ha avanzado anteriormente, su
año base es 2013, y aún no se dispone de ella. Tampoco ha sido posible acercarse a
estos datos a través de las liquidaciones presupuestarias pues, por norma general, no se
encuentran separados los costes del servicio del de abastecimiento; como se detalló en el
apartado de distribución, 9 Ayuntamientos prestan el servicio directamente sin
diferenciación de servicios. Además, en algunos Municipios donde la gestión se ha
externalizado no existe reflejo en las cuentas municipales.
Por todo ello, el acercamiento realizado parte de los datos de facturación de la Encuesta
sobre el suministro de agua y el saneamiento a escala de la Comunidad Autónoma,
realizada por el Instituto Nacional de Estadística. A partir de esta información se obtienen
los ingresos unitarios (€/hab.), y con este datos se obtiene la parte correspondiente a la
D.H. de Tenerife. En total, se estima que los ingresos del servicio ascendieron a 24,7
millones de euros.
TOTAL INGRESOS EAS SANEAMIENTO 24.720.784 €
Conocidos los ingresos se calculan los costes suponiendo que existe un nivel de
recuperación de los mismos en este tramo igual a la que existen en el abastecimiento; esta
última obtenida de la Encuesta de la Audiencia de Cuentas. Esta hipótesis resulta
razonable, teniendo en cuenta de que el gestor del servicio es el mismo agente.
TOTAL COSTES EAS SANEAMIENTO 28.165.796 €
A los costes del servicio, calculados conforme al procedimiento descrito en el párrafo
anterior, se le añaden los Costes Anuales Equivalentes obtenidos a partir de las series
de inversiones reales obtenidas de los presupuestos liquidados de las distintas
Administraciones.
TOTAL CAE INVERSIONES SANEAMIENTO 32.123.617 €
Como ingresos percibidos por el saneamiento se han incluido también los obtenidos por el
Consejo Insular de Aguas de Tenerife como canon de control de vertidos. Este
instrumento está regulado en el Decreto 174/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de Control de Vertidos para la protección del Dominio Público Hidráulico.
INGRESOS CIATF CANON DE VERTIDOS 397.566 €
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 152 de 179
Este instrumento grava los vertidos autorizados y está destinado a la protección y mejora
del Dominio Público Hidráulico. Su importe se calcula como el producto de carga
contaminante, expresada en unidades de contaminación, por el valor asignado a la unidad
de contaminación.
4.5.5.3 Regadío
No se ha considerado necesario revisar completamente el estudio de recuperación de
costes anterior en lo referente a los servicios para uso agrícola, ya que las fuentes de
información disponibles no permiten un acercamiento metodológico distinto.
Sí se ha considerado conveniente revisar la parte correspondiente a las inversiones
realizadas por las distintas AA.PP. y los costes en que incurre la E.P.E.L. BALTEN, en
base a la información obtenida de los presupuestos de las AA.PP. para este estudio.
Como consecuencia de dicho análisis, el nivel de recuperación de costes es del 97%,
frente al 100% estimado en ciclo anterior.
Se han respetado costes de explotación e inversiones autofinanciadas estimados en el
estudio anterior.
En general, se trata de un servicio con un nivel de recuperación de costes elevado
debido a que los agricultores deben obtener la mayor parte de su agua en el mercado del
agua, e incluso en los casos de autoconsumo deben correr con los gastos del servicio.
Frente a esta pauta general, está el servicio público declarado por el Cabildo de Tenerife, y
prestado por la E.P.E.L BALTEN. Este servicio se subdivide a su vez en captación
mediante tomaderos, desalinización, regulación en balsas, y distribución mediante redes
de titularidad pública. Esta última parte es la que se ha revisado en el presente análisis,
prestando atención a las inversiones reales y los costes de BALTEN.
Se considera que el precio del agua en alta, promediado en 0,56 €/m3, transmite
incentivos suficientes a los agricultores de la Isla. En consecuencia, se han abandonado
prácticas antiguas como en riego a manta, en beneficio de otras menos consuntivas como
la aspersión, y más recientemente el goteo.
Es aplicable a este tramo del servicio lo dispuesto en el abastecimiento urbano para la
captación y el transporte de aguas subterráneas, donde comparten infraestructuras.
Para una descripción más detallada sobre el funcionamiento del servicio de regadío debe
remitirse al lector al Estudio de Recuperación de Costes anejo al PHT, en fase de
aprobación definitiva en el momento de redacción de este documento.
4.5.5.4 Otros instrumentos para la recuperación de costes
El Consejo Insular de Aguas gestiona otros instrumentos para la recuperación de costes y
la aplicación del principio de quien contamina paga, entre los que se encuentran:
Descripción Importe (€)
Tasas por expedición de documentos 9.562,25
Canon de utilización de bienes del Dominio Público
81.948,46
Ingresos Salto Hidroeléctrico de La Guancha 190.289,17
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 153 de 179
Descripción Importe (€)
Otras multas y sanciones
47.972,46
Recargo de apremio
23.116,55
Intereses de demora 9.816,23
Tabla 39: Otros ingresos del CIATF procedentes de los usuarios. Fuente: CIATF
El “canon de ocupación y utilización de terrenos de dominio público hidráulico”
grava la ocupación o utilización de terrenos que requiera autorización o concesión del
dominio público hidráulico, y está destinado a la protección y mejora del mismo. Se
encuentra regulado en la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas; y en el DECRETO
86/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público
Hidráulico.
4.5.6 Resumen del análisis de recuperación de costes
4.5.6.1 Abastecimiento
Ingresos totales
Costes totales
% Recuperación
TOTAL 98.739.859 140.902.650 70%
Tabla 40: Resumen del análisis de recuperación de costes: Abastecimiento
4.5.6.2 Saneamiento
Ingresos totales Costes totales
% Recuperación
TOTAL 25.118.350 68.110.494 37%
Tabla 41: Resumen del análisis de recuperación de costes: Saneamiento
4.5.6.3 Regadío
Ingresos totales Costes totales
% Recuperación
TOTAL 70.445.338 72.853.684 97%
Tabla 42: Resumen del análisis de recuperación de costes: Regadío
4.5.7 Costes ambientales y del recurso
4.5.7.1 Costes ambientales
De acuerdo con la Instrucción de la Planificación Hidrológica, los costes ambientales
deben valorarse como “el coste de las medidas establecidas para alcanzar los objetivos
ambientales, incluyendo las adoptadas tanto por las administraciones competentes como
por los usuarios.” Conforme a esta definición, y así se aclara en las Directrices del
Ministerio, no existe coste ambiental en un determinado servicio cuando las presiones que
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 154 de 179
éste ocasiona no deterioran el estado o potencial de la masa o masas a las que afecta. Sí
existe, sin embargo, si por el contrario, como consecuencia de las presiones, la masa no
alcanza los objetivos de la DMA.
En base a lo expuesto, para analizar el coste ambiental de los servicios el primer paso es
identificar las presiones asociadas a los mismos.
Tipo de servicio Presión
Servicios de
suministro
Servicios en alta
Servicios de agua superficial en alta
Alteración hidromorfológica
Servicios de agua subterránea en alta
Explotación excesiva
Servicios en baja
Distribución de agua para riego en baja
Contaminación difusa
Abastecimiento urbano Alteración hidromorfológica
Otros
Autoservicios
Alteración hidromorfológica.
Explotación excesiva
Reutilización No significativa
Desalación Contaminación puntual
Servicios de recogida
y tratamiento
Recogida y depuración fuera de redes públicas
Contaminación puntual
Recogida y depuración en redes públicas Contaminación puntual
Tabla 43: Vínculo entre servicios y presiones. Fuente: Directrices técnicas para el tratamiento de los
costes ambientales en los planes hidrológicos del segundo ciclo (2015-2021). MAGRAMA.
En el caso particular de los servicios descritos en este estudio:
La presión ejercida por el abastecimiento es la sobreexplotación del sistema
acuífero; al encontrarse el mismo, en sus cuatro masas, en mal estado
cuantitativo, existe coste ambiental significativo.
La presión ejercida por el saneamiento es del tipo contaminación puntual, y
difusa (en núcleos sin saneamiento); al incumplirse los preceptos de la Directiva
91/271/CEE, puede afirmarse que existe coste ambiental significativo.
La presión ejercida por el suministro de agua para riego es la sobreexplotación
de sistema acuífero y contaminación difusa; y al encontrarse la Masa Costera
del Valle de La Orotava en mal estado cualitativo por exceso de nitratos, existe
coste ambiental significativo además de por la sobreexplotación, por la
contaminación por nitratos de dicha masa.
En este primer acercamiento no se han considerado los costes ambientales por intrusión
marina, al no haberse declarado ninguna masa en mal estado por este fenómeno. No
obstante, las concentraciones de cloruros en determinadas zonas costeras de las masas
de agua subterráneas, sugieren que este fenómeno deberá considerarse en los sucesivos
análisis.
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 155 de 179
Figura 73: Mapa de concentración de cloruro en las aguas subterráneas. Fuente: PHT vigente.
4.5.7.1.1 Contaminación puntual y difusa por déficit de infraestructuras de
saneamiento
A efectos prácticos, se consideran costes ambientales del servicio los costes financieros
no internalizados. Por ejemplo, en el caso del saneamiento, el coste de las medidas que
de acuerdo con el PdM son necesarias para cumplir los objetivos de la DMA, en este caso
el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE, asciende a 216,06 millones de euros en el
capítulo de depuración y 39,55 millones en el de alcantarillado. El CAE de dichas
inversiones, con una vida útil de 25 años y una tasa de descuento del 2% asciende a
13,09 millones de euros.
Añadiendo el coste ambiental a los costes totales del saneamiento, el nivel de
recuperación de costes desciende hasta el 31%.
Ingresos totales
Costes totales
Costes ambientales
% Recuperación
EAS 25.118.350 68.110.494 13.092.917 31%
Tabla 44: Resumen de recuperación de costes en el servicio de saneamiento considerando costes
ambientales
4.5.7.1.2 Sobreexplotación
En el caso de la sobreexplotación no se puede proceder del mismo modo, debido a que el
PdM del primer ciclo no cuantifica todas las medidas necesarias para revertir el mal estado
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 156 de 179
cuantitativo en el que se encuentran las 4 masas subterráneas de la Isla. En su lugar, se
trabaja actualmente en una nueva metodología de cálculo para los costes de la
sobreexplotación.
Figura 74: Mapa de estado cuantitativo de las masas de agua subterráneas de Tenerife. Fuente: PHT
De acuerdo con las simulaciones realizadas con el Modelo de Flujo Subterráneo, el
sistema acuífero es más sensible a las variaciones en las hipótesis de recarga, previsiones
de los efectos del cambio climático, que a la modificación del régimen de extracciones. No
obstante, para verificar la conclusión respecto a la dificultad de estabilizar los niveles a
medio plazo, se realizaron simulaciones auxiliares en las que se supuso una recarga
constante y extracción nula. Estas simulaciones se prolongaron hasta el año 2200.
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 157 de 179
Figura 75: Simulaciones realizadas por el MFS para las hipótesis de extracción nula y recarga media mínima
y máxima. Fuente: CIATF.
En ninguna de las hipótesis de recarga analizadas, recarga media mínima y recarga media
máxima, se estabilizaron los niveles de todos los sectores hidrogeológicos. Sin embargo,
en el segundo caso los sectores que continuaban bajando eran 10, frente a los 20
obtenidos para la primera hipótesis de recarga.
En general, se observa que el sistema tiene gran inercia, debido a que las salidas al mar
tardan en reajustarse a las recargas, como consecuencia de la baja permeabilidad del
sistema. En el Balance Hidráulico Subterráneo realizado para el periodo 1925-2010 puede
observarse que el Flujo al mar (374 hm3/año) supera a la infiltración (337 hm3/año). Por
ello, en el horizonte de 2040, la influencia de la reducción de las extracciones sobre los
niveles es, en principio, escasa.
Tabla 45: Balance hídrico subterráneo. período 1928 – 2010 (Fuente PHT)
La consideración de los costes ambientales de sobreexplotación hará converger los
niveles de recuperación de costes del abastecimiento y el regadío, como consecuencia de
que el servicio de abastecimiento ha ido internalizando paulatinamente dichos costes,
transformándolos en financieros, conforme se ha ido desarrollando la desalación de agua
de mar, concebida para frenar la sobreexplotación.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 158 de 179
4.5.7.1.3 Contaminación por nitratos
La contaminación difusa ocasionada por la agricultura es la principal causa tras el
deterioro del estado químico de las aguas subterráneas en los principales valles agrícolas.
Particularmente, la Masa de Agua Costera del Valle de La Orotava ha sido declara en mal
estado cualitativo por el vigente PHT.
Figura 76: Mapa de estado químico de las masas de agua subterráneas de Tenerife, y Mapa de
concentración de nitrato en las aguas subterráneas. Fuente: PHT
De acuerdo con la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de Salud, en el
momento de redacción de este estudio existían restricciones de uso del agua de consumo
humano por parte de niños menores de 3 meses y mujeres embarazadas en las zonas de
abastecimiento AQC Pto. Cruz Guacimara Esquilón, y AQC Pto. Cruz La horca; entidades
de población: Puerto del a Cruz (parcialmente), Punta Brava y Guacimara.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 159 de 179
Figura 77: Restricciones de uso del agua de consumo humano por superación del valor paramétrico
establecido para el Nitrato en la C.A. de Canarias. Fuente: Dirección General de Salud Pública.
El Programa de Actuaciones del PHT del primer ciclo recoge como actuación para hacer
frente a este problema una EDAS en zona de La Vera en el término municipal de La
Orotava, y la conducción de vertido de salmuera necesaria.
Figura 78: Extracto del Programa de Actuaciones del PHT
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 160 de 179
Figura 79: Sistema Territorial de La Vera. Fuente: Planos de la Memoria de Ordenación del PHT.
El coste de construcción es de 14,40 millones de euros para la EDAS, y de 1,03 millones
de euros para la conducción de vertido de salmuera.
Además de esta actuación de mitigación, sería necesario estimar el coste de las medidas
necesarias para frenar el deterioro, como el Código de Buenas Prácticas Agrarias de la
Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por la Orden de 11 de febrero de 2000, de
la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
Al igual que en el caso de la sobreexplotación, la contaminación por nitratos requiere de la
elaboración de un nuevo PdM para la estimación de sus costes ambientales; o, en su
defecto, de una nueva metodología teórica.
4.5.7.2 Costes de recurso
La IPH establece que “los costes del recurso se valorarán como el coste de escasez,
entendido como el coste de las oportunidades a las que se renuncia cuando un recurso
escaso se asigna a un uso en lugar de a otro u otros”. Añade, asimismo, que “para
analizar el coste de escasez se describirán los instrumentos de mercado y cómo estos
permiten mejorar la asignación económica del recurso y los caudales ambientales.”
El caso de Tenerife es singular en este sentido. Tal y como se ha descrito en los apartados
específicos, el sistema de asignación predominante es el mercado del agua. En
consecuencia, aunque existen costes ocasionados por la escasez, éstos se internalizan
rápidamente en el precio del agua en alta.
Por su parte, la desalación de agua de mar se tarifica generalmente a su coste de
producción, por lo que tampoco resulta necesario contemplar costes de recurso en este
caso.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 161 de 179
5 Fórmulas de consulta y proyecto de participación
pública
El artículo 72 del Reglamento de la Planificación Hidrológica establece que el organismo
de cuenca formulará el proyecto de organización y procedimiento a seguir para hacer
efectiva la participación pública en el proceso de revisión del plan hidrológico, y que debe
incluir al menos los siguientes contenidos:
- Organización y cronogramas de los procedimientos de información pública,
consulta pública y participación activa.
- Coordinación del proceso del EAE del plan hidrológico y su relación con los
procedimientos anteriores.
- Descripción de los métodos y técnicas a emplear en las distintas fases del
proceso.
Fruto de la experiencia acumulada en las actividades participativas llevadas a cabo
durante la preparación del plan hidrológico que ahora se revisa, se ha considerado
oportuno realizar un proyecto de participación pública para el nuevo ciclo de planificación.
La DMA establece que se debe fomentar la participación activa de todas las partes
interesadas, en particular, en la elaboración, revisión y actualización de los planes
hidrológicos. Asimismo, requiere que se publiquen y se pongan a disposición del público el
programa de trabajo, el esquema de temas importantes y el proyecto de plan (artículo
14.1.). El TRLA y el RPH transponen estas exigencias y las amplían incluyendo el estudio
general sobre la demarcación (EGD) en el programa de trabajo.
Asimismo, el propio Plan Hidrológico se actualizará con un resumen de las nuevas
medidas de información pública y de consulta llevadas a cabo durante el segundo
ciclo de planificación y sus resultados (artículo 42, 1.i del TRLA).
En la legislación Canaria (Art. 7 de la Ley 14/2014: modificación del artículo 24.2) se
añade el siguiente párrafo en relación a la participación pública del los Planes territoriales:
“Reglamentariamente se establecerán las normas procedimentales para la
elaboración y tramitación de los planes territoriales, que establecerán, en todo
caso, garantías de participación ciudadana y de las administraciones sectoriales
afectadas por razón de la materia en su trámite, procurando la mayor simplificación
y agilidad en su tramitación.”
La participación pública, incorporada a partir de la Directiva Marco del Agua a los procesos
de gestión de recursos hídricos, es por tanto uno de los pilares de la nueva planificación
hidrológica.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 162 de 179
5.1 Principios de la participación pública
A lo largo del proceso de planificación 2009-2015, en la Demarcación Hidrográfica de
Tenerife se incluyeron los diferentes procedimientos de participación pública, permitiendo
mejorar el conocimiento de la ciudadanía e involucrándola activamente en los temas
relacionados con la gestión del agua. En dichos procedimientos participaron múltiples
agentes, influyendo en la elaboración del Plan Hidrológico 2009-2015 y modificando parte
de los contenidos iniciales que se presentaron en el Plan.
El presente documento pretende definir y establecer las actuaciones a seguir para mejorar
y hacer efectiva la participación pública tras la experiencia recibida del anterior ciclo de
planificación. Los objetivos a alcanzar son los siguientes:
Principios Participación
Pública
Transparencia de información y
establecimiento de canales de comunicación
Mejora del conocimiento sobre las necesidades,
puntos de vista y percepciones de las partes
interesadas y afectadas
Promoción de la gobernanza y la
corresponsabilidad en la definición de políticas de
agua
Alcanzar consensos y soluciones satisfactorias, resolviendo los posibles
conflictos
Educar y sensibilizar a la ciudadanía sobre los temas relacionados con la gestión
del agua
Figura 80: Principios de la participación pública
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 163 de 179
La participación pública en los planes hidrológicos permite que la ciudadanía influya en la
planificación y en los procesos de trabajo relativos a la gestión de las Demarcaciones
Hidrográficas y garantiza la presencia de las partes interesadas y afectadas en el proceso
de planificación. Para ello se definen tres niveles de implicación social y administrativa.
Participación activa
Consulta pública
Información pública
Figura 81: Niveles de participación pública.
Los niveles de información pública y consulta pública deben ser asegurados y la
participación activa tiene que ser fomentada.
Marco Legal de la Participación Pública:
El marco normativo para el desarrollo de la participación pública en la
elaboración y actualización de los Planes Hidrológicos de Cuenca viene definido
por la Directiva Marco del Agua (DMA), incorporada al ordenamiento jurídico
español mediante el Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA) y el
Reglamento de Planificación Hidrológica (RPH). Además la Instrucción de
Planificación Hidrológica (IPH) detalla los contenidos y define su ubicación
dentro de los Planes Hidrológicos de Cuenca (PHC).
Asimismo, resulta de aplicación la Ley 27/2006, por la que se regulan los
derechos en materia de acceso a la información, participación pública y de
acceso a la justicia en materia de medio ambiente; la Ley 21/2013, sobre
evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio y la
Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia
de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales en Canarias.
Requisitos normativos de participación pública:
Los artículos 72, 73, 74 y 75 del Reglamento de la Planificación Hidrológica
describen los procedimientos para hacer efectiva la participación pública y
desarrollan los tres niveles de participación pública en el proceso de planificación
hidrológica.
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 164 de 179
Los diferentes niveles de participación se complementan entre sí. La información pública
implica el suministro de información. La participación activa permite llegar a consensos a lo
largo del proceso de planificación, y proporciona a los agentes implicados un papel activo
en la toma de decisiones y en la elaboración de los documentos. Por último, la consulta
pública permite a toda la ciudadanía opinar e influir sobre los documentos a aprobar.
Tanto la Directiva Marco del Agua como la Legislación Nacional disponen que debe
garantizarse el suministro de información y la consulta pública; y que se debe fomentar la
participación activa. A continuación se presenta el esquema general de participación
pública del proceso de planificación hidrológica en la Demarcación Hidrográfica de
Tenerife.
Figura 82: Esquema general de participación pública del proceso de planificación
5.2 Organización y cronograma de los procedimientos de
participación pública
El presente título se redacta en cumplimiento de los artículos 72.2 a) y 77 del Reglamento
de la Planificación Hidrológica.
En las siguientes tablas se establecen los plazos y etapas de los distintos procesos de
consulta en la planificación hidrológica.
ELABORACIÓN DEL PLAN HIDROLÓGICO
Etapas del Proceso de Planificación
Consulta Pública
Inicio
Finalización
Documentos iniciales: Programa, Calendario y
Fórmulas de Consulta; Proyecto de Participación
Pública; y Estudio General sobre la Demarcación.
6 meses
Inicio: junio 2015 noviembre 2015
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 165 de 179
Esquema provisional de temas importantes en
materia de gestión de las aguas.
6 meses
Inicio: junio 2015 noviembre 2015
Propuesta de proyecto de Plan Hidrológico y su
Estudio Ambiental Estratégico.
6 meses
Inicio: dic 2015 mayo 2016
Tabla 46: Plazos y Etapas del proceso de revisión del Plan Hidrológico
PLANTEAMIENTO Y DESARROLLO DE PROGRAMA DE MEDIDAS
Etapas del Proceso de Planificación Finalización
Planteamiento de medidas octubre 2015
Análisis de ventajas e inconvenientes y de los efectos sobre las presiones e impactos de las medidas previstas
noviembre 2015
Análisis económicos de las medidas previstas noviembre201
5
Elaboración de la propuesta del programa de medidas junio de 2016
Propuesta definitiva de los objetivos medioambientales junio de 2016
Tabla 47: Plazos y Etapas del planteamiento y desarrollo del Programa de medidas
EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA
Etapas del Proceso de Planificación Finalización de
la Elaboración Consulta Pública
Elaboración del documento inicial y comunicación
inicial al órgano ambiental junio 2015
Consultas y elaboración del documento de
alcance para el estudio ambiental estratégico julio 2015
2 meses
Inicio: julio 2015
Fin: sept 2015
Estudio ambiental estratégico junto con la
propuesta del proyecto del Plan Hidrológico noviembre
2015
2 meses
Inicio: dic 2015
Fin: enero 2016
Declaración ambiental estratégica Agosto 2016
Tabla 48: Plazos y Etapas de la Evaluación Ambiental Estratégica
PARTICIPACIÓN PÚBLICA
Etapas del Proceso de Planificación Duración Participación
Activa
Consulta
Pública
Consulta pública de los documentos previos,
incluyendo el proyecto de participación pública 6 meses
6 meses
Inicio: junio 2015
Fin: nov 2015
Consulta pública del documento Esquema
provisional de temas importantes en materia de
gestión de las aguas
6 meses 6 meses
Inicio: junio 2015
Fin: nov 2015
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PARTICIPACIÓN PÚBLICA
Etapas del Proceso de Planificación Duración Participación
Activa
Consulta
Pública
Participación Activa de los documentos iniciales y
el Esquema provisional de temas importantes 1 mes Julio 2015
Consulta a las partes interesadas del Documento
inicial Estratégico de la evaluación ambiental
estratégica
2 meses Inicio: julio 2015
Fin: agosto 2015
Participación activa en la revisión del Plan
hidrológico y de su Programa de medidas 1 mes Febrero de 2016
Consulta pública de la Propuesta de
Proyecto/Avance del Plan Hidrológico 6 meses
Inicio: dic 2015
Fin: mayo 2016
Consulta pública del estudio ambiental estratégico 2 meses Inicio: dic 2015
Fin: enero 2015
Tabla 49: Plazos y Etapas de la Participación Pública
En el cronograma que aparece a continuación se muestra cuándo se van a llevar a cabo
cada uno de los procedimientos de la planificación.
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Figura 83: Cronograma de los procedimientos de planificación
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 168 de 179
En base al cronograma se identifican los momentos y las tareas sobre las que se van a
realizar acciones para asegurar la participación pública en el proceso de planificación.
La participación activa referente al Programa de Medidas y al establecimiento de los
objetivos medioambientales y excepciones se realizará de forma conjunta.
5.3 Coordinación del proceso de EAE y los propios del plan
hidrológico
En este apartado se da cumplimiento a los artículos 72.2.b) y 77.4. del Reglamento de
Planificación Hidrológica. La correspondencia entre los diversos documentos que deben
prepararse en el marco del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica y en el proceso
de planificación queda indicada en la figura 18.
El procedimiento de EAE se iniciará a la vez que se presentan a consulta pública los
documentos iniciales y el esquema provisional de temas importantes. Después se realizará
la fase de consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas
interesadas (45 días) y se elaborará el documento de alcance (3 meses) que servirá de
base para el estudio ambiental estratégico (EsAE), que deberá estar finalizado
simultáneamente a la Propuesta de proyecto/Avance del Plan hidrológico. Una vez
finalizados el EsAE y el Avance del Plan serán expuestos a consulta pública durante un
plazo mínimo de tres meses y máximo de seis (dependiendo de si se considera adecuado,
a tenor de las circunstancias, considerar el plazo más amplio de los dos para fomentar la
participación pública). Una vez integrada la participación pública, se elaborará un EsAE
modificado que, junto con el documento Proyecto de Plan / Documento de aprobación
inicial de la revisión del Plan Hidrológico de Tenerife será sometido a una nueva fase de
información pública, durante un plazo mínimo de un mes y máximo de dos. La declaración
ambiental estratégica resultante del proceso de EAE deberá ser tenida en cuenta en el
contenido definitivo del Plan Hidrológico de Tenerife.
5.4 Métodos y técnicas de participación
5.4.1 Información pública
El suministro de información es el nivel más básico e inicial de la participación pública en
el proceso de planificación hidrológica, a través del que se pretende lograr una opinión
pública mejor informada. Los objetivos que se busca lograr con la información pública son
los siguientes.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 169 de 179
Facilitar a las partes interesadas información
sobre el proceso de planificación.
Desarrollar un sistema de información sobre el proceso
de planificación.
Asegurar una comunicación fluida entre las diferentes
administraciones mediante la elaboración de informes.
Sensibilizar y capacitar la sociedad sobre la importancia de la protección y mejora de agua y de los ecosistemas a
través de la divulgación.
Objetivos de la información pública
Figura 84: Información pública
En relación a la información pública, se mantendrán y completarán las medidas tomadas
durante el primer ciclo para asegurar el cumplimiento de estos objetivos.
Por otra parte, de acuerdo con la Ley 27/2006, por la que se regulan los derechos de
acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de
medio ambiente, la información ambiental que obra en poder del Consejo Insular de Aguas
de Tenerife será puesta a disposición de los interesados y público en general.
Figura 85: Medidas para asegurar la información pública
5.4.2 Consulta pública
La consulta pública de los documentos de la planificación hidrológica es un proceso formal
obligatorio requerido tanto por la DMA como por el Texto Refundido de la Ley de Aguas, y
desarrollado en el artículo 74 del RPH. Además debe cumplir los requerimientos de la Ley
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 170 de 179
de Evaluación Ambiental Estratégica. Uno de los principales objetivos de la consulta es el
de dar al público la oportunidad de ser escuchado de manera previa a la toma de
decisiones promocionando así la gobernanza y la corresponsabilidad en la definición de
políticas de agua.
Figura 86: Documentos a consulta pública
La duración del proceso de consulta pública es, al menos, de 6 meses para cada uno de
los documentos, las aportaciones fruto de la consulta pública se reunirán en un informe
que formará parte del proyecto de plan hidrológico.
La consulta se completa con documentos de carácter divulgativo y encuestas con el objeto
de facilitar el proceso y la participación de los ciudadanos. Todos estos documentos serán
accesibles en formato digital en las páginas electrónicas del Consejo Insular de Aguas y
del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Se informará del inicio del periodo de consulta, de la duración y finalización del mismo, y
los mecanismos de presentación de alegaciones, tanto a los agentes interesados como al
público en general a través de los siguientes mecanismos:
Figura 87: Instrumentos para informar sobre la Consulta Pública
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 171 de 179
Además de la consulta al público general antes señalada se realiza en paralelo una
consulta institucional a las Autoridades Competentes relacionadas con el Plan.
5.4.3 Participación activa
La participación activa debe ser fomentada durante todas las fases del proceso de
planificación. En este nuevo ciclo de planificación se realizará un nuevo proceso de
participación activa, implicando a los agentes interesados y al público en general en el
proceso.
En concreto está prevista la participación activa de los documentos iniciales y esquema de
temas importantes en junio de 2015 y la relacionada con la revisión del Plan Hidrológico y
el Programa de Medidas para febrero de 2016.
PARTICIPACIÓN ACTIVA
Jornadas Territoriales
Participativas
Grupos de trabajo
temáticos
Objetivos
Procesos de Concertación
Reuniones Informativas
Intercambio de conocimientos y experiencias
Aproximación del PH a la realidad del territorio
Consenso y anticipación a posibles conflictos
Establecimiento de canales de comunicación
Fomento de la implicación de los agentes interesados en la Planificación Hidrológica
Mesas Sectoriales
Figura 88: Objetivos de la participación activa
Los procesos de participación activa representan una oportunidad para obtener el
compromiso de todos los agentes necesarios para su buen funcionamiento. Asimismo,
sirve para identificar los objetivos comunes y poder analizar y solventar las diferencias
entre las partes interesadas con suficiente antelación. Estos procesos contribuyen a
alcanzar el equilibrio óptimo desde el punto de vista de la sostenibilidad, considerando los
aspectos sociales, económicos y ambientales, y facilitando la continuidad a largo plazo de
la decisión tomada mediante consenso.
5.4.3.1 Instrumentos para facilitar y hacer efectiva la participación activa
Para obtener el mejor funcionamiento del proceso participativo y alcanzar el compromiso
de todos los agentes interesados se utilizarán los siguientes mecanismos:
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 172 de 179
Figura 89: Instrumentos para hacer efectiva la participación activa
Estos instrumentos permiten ampliar el conocimiento de los actores involucrados y recibir
sus aportaciones, comentarios y sensibilidades sobre las diferentes fases del proceso de
planificación. Se consultará también a expertos para que aporten sus conocimientos sobre
temáticas concretas.
5.4.3.2 Partes Interesadas y sectores clave
El objetivo ideal sería que todas las partes interesadas estuvieran representadas en todo
el proceso participativo.
Se consideran personas interesadas en la planificación hidrológica todas aquellas
personas físicas o jurídicas con derecho, interés o responsabilidad a participar en la toma
de decisiones por razones de tipo económico (existe pérdida o beneficio económico a raíz
de la decisión tomada), de uso (la decisión puede causar un cambio en el uso del recurso
o del ecosistema), de competencia (como la responsabilidad o tutela correspondientes a
las administraciones) o de proximidad (por ejemplo por impactos por contaminación, ruido,
etc.).
Además de las partes interesadas, se podrán incluir a personas de reconocido prestigio y
experiencia en materia de aguas cuyo asesoramiento enriquecerá el proceso de
elaboración de los planes hidrológicos.
Se presentan diferentes niveles de implicación en el proceso participativo:
• Participante activo: actores con intereses, que realizan recomendaciones que
son consideradas de una manera seria, si bien la decisión final no recae de
manera directa sobre ellos.
• Especialista: actores que aportan conocimiento técnico y científico a las
actividades a realizar, influyendo de manera directa en el proceso. Sin embargo,
su participación se limita a incorporar conocimiento cuando se les requiere.
• Observador: aquellos actores que están interesados en ser informados y seguir
el proceso. Participan incorporando su opinión al proceso en actos públicos o
mediante algún tipo de manifiesto escrito, si bien no participan de una manera
directa en el proceso.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 173 de 179
5.4.3.3 Comunicación con las Partes Interesadas
Una vez identificados los actores, se utilizará un sistema de comunicación efectivo y
equitativo con los participantes, el cual abarcará todas las actividades que deben ser
realizadas antes (reuniones previas, identificación de actores principales y convocatorias),
durante (información sobre las actividades realizadas en consultas, talleres o grupos de
trabajo) y después (publicación de los resultados) del proceso de participación. Los
canales de comunicación a emplear se darán a conocer previamente al inicio de las
técnicas participativas.
El primer paso será la preparación de una lista inicial de las partes interesadas y su grado
de participación y se comunicará a los inscritos para que puedan rechazar su inclusión.
Dicha lista se hará pública posteriormente de tal forma que se permita a los no incluidos
comunicar su inclusión en la misma y grado de participación. Sin perjuicio de lo dispuesto
en la ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, se deberá solicitar
permiso escrito para publicar los nombres de los representantes de las asociaciones o
particulares.
5.4.4 Puntos de contacto, documentación base e información requerida
En el presente punto se da cumplimiento a los artículos 72.2 c) y 77.3 del Reglamento de
Planificación Hidrológica.
5.4.4.1 Relación de documentación base
La documentación base que será puesta a disposición del público será la siguiente:
Documentos Iniciales Planificación
Programa, calendario y
fórmulas de consulta.
Estudio general de la
demarcación.
Proyecto para la participación
pública.
Respuesta a las alegaciones a
los documentos iniciales
Informes sobre las aportaciones de procesos de consulta
pública.
Esquema provisional de los temas importantes.
Documento inicial de Evaluación Ambiental Estratégica.
Documento de alcance para el EsAE.
Estudio ambiental estratégico.
Plan hidrológico en las distintas fases de aprobación.
Declaración ambiental estratégica.
Documentos divulgativos y de síntesis
Tabla 50: Relación de información básica para consulta
5.4.4.2 Puntos de contacto
Los procedimientos para obtener la información de base han sido descritos en los
apartados anteriores de métodos y técnicas de participación. Asimismo, los puntos de
acceso a la información sobre el proceso de planificación hidrológica son los que aparecen
a continuación.
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Oficina
Consejo Insular de Aguas de Tenerife
C/ Leoncio Rodríguez, nº 3.
Edificio El Cabo 2ª Planta
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 922 20 88 00
Tabla 51: Relación de oficinas para solicitar la documentación
5.4.4.3 Página web de acceso a la información
Los documentos informativos estarán accesibles en formato digital en la página electrónica
del Consejo Insular de Aguas de Tenerife:
http://aguastenerife.org/
Figura 90: Página web de la Demarcación Hidrográfica de Tenerife
Así como en la página web creada específicamente para la divulgación de la planificación
hidrológica de la Demarcación:
http://www.planhidrologicodetenerife.org/
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Figura 91: Página web del Plan Hidrológico de Tenerife
La página web es uno de los pilares principales del proceso de información.
5.4.4.4 Publicaciones divulgativas
Las publicaciones divulgativas que se editarán para el ciclo de planificación 2015-2021
serán como mínimo las siguientes:
Publicación divulgativa referida al esquema de temas importantes.
Publicación divulgativa referida a la propuesta/avance de plan hidrológico.
5.4.4.5 Jornadas de información pública
Se tratará de actos promovidos de forma institucional por parte del propio Consejo Insular
de Aguas, para la difusión específica y el debate de diferentes aspectos relacionados con
el plan hidrológico.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 176 de 179
Figura 92: Nota de prensa sobre la participación pública en Tenerife
Se prevén, al menos, jornadas de información para cada uno de los principales hitos del
proceso de planificación: esquema de temas importantes y propuesta/avance de plan
hidrológico de la Demarcación. El objetivo principal de estas jornadas será anunciar,
explicar, facilitar información y resolver dudas sobre dichas fases para poder alimentar los
procesos de consulta y participación activa.
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6 Marco normativo
Las principales disposiciones legales que rigen el proceso de revisión del Plan Hidrológico
de Tenerife para el periodo 2015 - 2021, sin perjuicio de la promulgación de otras nuevas o
de la modificación de las que se citan, son las siguientes:
Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de
2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la
política de aguas, conocida como Directiva Marco del Agua (DMA)
Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre tratamiento de las
aguas residuales urbanas.
Directiva 91/676/CE, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las
aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura.
Directiva 98/83/CE del Consejo de 3 de noviembre de 1998 relativa a la calidad de
las aguas destinadas al consumo humano.
Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001,
relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el
medio ambiente.
Directiva 2006/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2006,
relativa a la gestión de la calidad de aguas de baño.
Directiva 2006/118/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de
2006, relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y
el deterioro.
Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre,
relativa a la Evaluación y Gestión de los Riesgos de Inundación.
Directiva 2008/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008,
por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio
marino (Directiva marco sobre la estrategia marina).
Directiva 2008/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de
2008, relativa a las normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de
aguas, por la que se modifican y derogan ulteriormente las Directivas 82/176/CEE,
83/513/CEE, 84/156/CEE, 84/491/CEE y 86/280/CEE del Consejo, y por la que se
modifica la Directiva 2000/60/CE; a su vez modificada por la Directiva 2013/39/UE del
Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de agosto de 2013.
Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de diciembre de
2011 relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos
públicos y privados sobre el medio ambiente, modificada por la Directiva
2014/52/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.
Documentos iniciales de la planificación hidrológica de Tenerife 2015 - 2021
Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 178 de 179
Ley 22/1988, de 28 de Julio, de Costas, modificada por la Ley 2/2013, de 29 de mayo,
de protección y uso sostenible del litoral.
Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas (modificada por la Ley 10/2010, de 27 de
diciembre) (LAC).
Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional (y posteriores
modificaciones mediante el Real Decreto Ley 2/2004, de 18 de junio, y la Ley 11/2005,
de 22 de junio).
Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias.
Ley 19/2003, de 14 de abril, de Directrices de Ordenación General y las Directrices
de Ordenación del Turismo de Canarias.
Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la
información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de
medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE).
Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino
Ley 44/2010, de 30 de diciembre, de Aguas canarias.
Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental
Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de
Protección del Territorio y de los Recursos Naturales
Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Aguas (teniendo en cuenta especialmente las modificaciones
introducidas por la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales,
administrativas y del orden social).(TRLAE)
Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Real Decreto 849/1986, del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, de 11 de
abril (y modificaciones introducidas por el Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo y por
el Real Decreto 1290/2012, de 7 de septiembre). (REDPH)
Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, en desarrollo
de los títulos II y III de la Ley de Aguas.
Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la
contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.
Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, criterios sanitarios de la calidad de agua
de consumo humano.
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Programa, calendario, EGD y fórmulas de consulta Página 179 de 179
Real Decreto 907/2007, de 6 de Julio, que aprueba el Reglamento de la
Planificación Hidrológica (RPH).
Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, relativo a la gestión de la calidad de las
aguas de baño.
Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, que establece el régimen jurídico de la
reutilización de las aguas depuradas.
Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de
inundación.
Real Decreto 60/2011, de 21 de enero, sobre las normas de calidad ambiental en el
marco de la política de aguas.
Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento
General de Costas.
Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales
de Canarias (y modificaciones introducidas por la Ley 4/2006, de 22 de mayo).
(TRLOTENC)
Decreto 174/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Control de
Vertidos para la Protección del Dominio Público Hidráulico.
Decreto 86/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio
Público Hidráulico.
Decreto 150/2002, de 16 de octubre, que aprueba el Plan Insular de Ordenación de
Tenerife (PIOT)
Decreto 105/2004, de 29 de julio, por el que se inicia el procedimiento de
elaboración de las Directrices de Ordenación de Aguas.
Decreto 183/2004, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Gestión y Ejecución del Sistema de Planeamiento de Canarias.
Decreto 55/2006, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de
Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento
de Canarias.
Orden ARM/2656/2008, de 10 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción de
Planificación Hidrológica (modificada por la Orden ARM/1195/2011, de 10 de
septiembre) (IPH).
Orden de 13 de julio de 1993 por la que se aprueba la instrucción para el proyecto
de conducciones de vertidos desde tierra al mar.