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CEIP COSTA OESTE
PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
CEIP “COSTA OESTE”
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PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
CEIP COSTA OESTE (Actualizado según Instrucciones 8 de marzo de 2017)
1.-ORGANIZACIÓN DE LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. MEDIDAS Y
RECURSOS DEL CENTRO.
1.1. INTRODUCCIÓN-MARCO LEGAL
1.2. ATENCIÓN EDUCATIVA ORDINARIA
1.2.1. MEDIDAS GENERALES DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD A NIVEL DE
CENTRO. 1.2.3. MEDIDAS GENERALES DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD A NIVEL DE
AULA.
1.3. CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE REFUERZO Y
RECUPERACIÓN.
2.-ATENCIÓN EDUCATIVA DIFERENTE A LA ORDINARIA.
2.1. PROCEDIMIENTO PARA DAR RESPUESTA A LAS NECESIDADES DEL
ALUMNADO CON NEAE.
2.1.1. DETECCIÓN ALUMNADO NEAE (NEE, DIFICULTADES DE
APRENDIZAJE, ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES, COMPENSATORIA).
2.1.2. PROCEDIMIENTO A SEGUIR CUANDO EXISTAN INDICIOS DE NEAE.
2.1.2.1. ¿Qué se entiende por indicios de NEAE? 2.1.2.2. Procedimiento a seguir una vez detectados los indicios de NEAE.
2.2. MEDIDAS ESPECÍFICAS DE CARÁCTER EDUCATIVO EN EL CENTRO. 2.3. RECURSOS PERSONALES DE ATENCIÓN AL ALUMNADO CON NEAE. 2.4. ATENCIÓN EDUCATIVA DIFERENTE A LA ORDINARIA A NIVEL DE CENTRO. 2.5. ATENCIÓN EDUCATIVA DIFERENTE A LA ORDINARIA A NIVEL DE AULA. 3.-SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.
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1.-ORGANIZACIÓN DE LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. MEDIDAS Y
RECURSOS DEL CENTRO.
1.1. INTRODUCCIÓN-MARCO LEGAL
La Ley Orgánica 2/2006 de Educación (Texto consolidado, 23-03-2018), de 3 de
mayo, en su título II establece que las Administraciones educativas dispondrán los medios
necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social
y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general.
Asimismo, la Ley 17/2007 de Educación de Andalucía, de 10 de diciembre, dispone
en su artículo 48.3 que la Administración educativa regulará el marco general de atención a la
diversidad del alumnado y las condiciones y recursos para la aplicación de las diferentes
medidas que serán desarrolladas por los centros docentes, de acuerdo con los principios
generales de la educación básica que se recogen en el artículo 46 de dicha Ley.
El Decreto 97/2015 de 3 de Marzo, que establece la ordenación y las enseñanzas
correspondientes a la educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía,
recoge que en esta etapa se hace necesario establecer una permanente atención a la diversidad
del alumnado, para lo cual los centros docentes y el profesorado deberán fijar en sus
correspondientes proyectos educativos medidas de adaptación del currículo a las características
y posibilidades personales, sociales y culturales del alumnado. Estas medidas serán tanto de tipo
organizativo como de tipo curricular y permitirán que el centro pueda acometer, en el ejercicio
de su autonomía, una organización flexible de las enseñanzas y una atención personalizada al
alumnado en función de sus necesidades. Las medidas de atención a la diversidad estarán
orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado y al desarrollo de
las competencias clave y de los objetivos de la Educación Primaria.
La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, en la Orden de 25 de julio
de 2008, establece los criterios que regula y desarrolla la atención a la diversidad del alumnado
que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de esta comunidad autónoma.
Y por último, las instrucciones de 8 de marzo de 2017, de la dirección general de
participación y equidad, por las que se establece y actualiza el protocolo de detección,
identificación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y organización de
la respuesta educativa, son la base legal de este documento.
De acuerdo con toda esta normativa, la respuesta educativa para atender a la diversidad
del alumnado se compone de medidas, generales y específicas, y recursos que también se
clasifican en generales y específicos. La combinación de dichas medidas y recursos dará lugar
a distintos tipos de atención educativa, distinguiéndose entre atención educativa ordinaria y
atención educativa diferente a la ordinaria.
1.2. ATENCIÓN EDUCATIVA ORDINARIA
Se considera atención educativa ordinaria la aplicación de medidas generales orientadas
a la promoción del aprendizaje y del éxito escolar de todo el alumnado a través de recursos
personales y materiales generales; estas medidas pueden ir dirigidas a la totalidad del centro, a
un grupo o grupos concretos y también a determinados alumnos/as.
Entre estas medidas se incluyen aquellas actuaciones y programas preventivos de
intervención generales dirigidos promocionar determinados aspectos del desarrollo personal
y/o relacional en los que los órganos docentes y directivos consideren oportuno intervenir. Así
mismo les compete también la definición de criterios para la organización flexible tanto de los
espacios y tiempos como de los recursos personales y materiales para dar respuesta a las
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necesidades educativas del alumnado y las adecuaciones de las programaciones didácticas a las
necesidades del alumnado.
Las referidas actuaciones o programas quedarán recogidas en las programaciones anuales
de centro y se reflejarán en la programación de las diferentes unidades didácticas.
El equipo de orientación de centro (EO) participará en la planificación, seguimiento y
evaluación del Plan de atención a la diversidad a través del asesoramiento a los órganos de
coordinación docente
1.2.1. MEDIDAS Y PRINCIPIOS GENERALES DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN
EL CENTRO
El uso de metodologías basadas en el trabajo cooperativo en grupos heterogéneos,
tutoría entre iguales, aprendizaje por proyectos y otras que promuevan el principio de
inclusión.
La realización de acciones personalizadas de seguimiento y acción tutorial, así como
aquellas de ámbito grupal que favorezcan la participación del alumnado en un entorno
seguro y acogedor.
Actividades de refuerzo educativo con objeto de mejorar las competencias clave del
alumnado.
Actividades de profundización de contenidos y estrategias específicas de enseñanza
aprendizaje que permitan al alumnado desarrollar al máximo su capacidad y
motivación.
Agrupamientos flexibles para la atención al alumnado en un grupo específico (cuando
se considere necesario y los recursos humanos lo posibiliten ).
Desdoblamiento de grupos en las áreas y materias instrumentales, con la finalidad de
reforzar su enseñanza (cuando se considere necesario y los recursos humanos lo
posibiliten).
Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor o profesora dentro del aula
para reforzar los aprendizajes instrumentales básicos del alumnado.
Actuaciones dirigidas a todo el alumnado o parte del mismo en el ámbito del aula o
grupo clase, entre otras, la aplicación de programas de carácter preventivo (como puede
ser el MACOFON).
Cursar refuerzo del área de Lengua Castellana y Literatura ( con carácter excepcional)
en lugar de la Segunda Lengua Extranjera, en el caso del alumnado que presente
dificultades en el aprendizaje en la adquisición de la competencia en comunicación
lingüística que le impidan seguir con aprovechamiento su proceso de aprendizaje, en la
etapa de educación primaria. Se estudiará individualmente cada uno de los casos y se
tendrá en cuenta la opinión del Equipo de Orientación.
La permanencia de un año más en el mismo curso, una vez agotadas el resto de medidas
generales.
Programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas.
Programas de refuerzo para la recuperación de aprendizajes no adquiridos.
Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso.
Cualquier otra medida general regulada por orden por la Consejería competente en
materia de educación.
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1.2.2. MEDIDAS GENERALES DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN EL AULA.
El desarrollo de la actividad docente del profesorado, de acuerdo con las programaciones
didácticas, incluirá metodologías y procedimientos e instrumentos de evaluación que presenten
mayores posibilidades de adaptación a los diferentes ritmos y estilos de aprendizaje del
alumnado.
Teniendo en cuenta lo anterior, la atención educativa ordinaria a nivel de aula se basará
en metodologías didácticas favorecedoras de la inclusión, organización de los espacios y los
tiempos, así como la diversificación de los procedimientos e instrumentos de evaluación.
Entre los distintos tipos de metodologías favorecedoras de la inclusión, destacamos el
aprendizaje basado en proyectos que se desarrolla en Educación Infantil y el aprendizaje
cooperativo que se contempla como metodología en Educación Primaria.
A nivel de aula, la organización de espacios y tiempos se tendrán en cuenta las posibles
necesidades educativas del alumnado en todo caso, como norma general, se procurará tener en
cuenta las siguientes: ubicación cercana al docente, espacios correctamente iluminados, espacios
de explicación que posibiliten una adecuada interacción con el grupo clase, distribución de
espacios que posibiliten la interacción entre iguales, ubicación del material accesible a todo el
alumnado, etc.
En relación con los tiempos, se tendrá en cuenta la necesaria flexibilidad horaria para
permitir que las actividades y tareas propuestas se realicen a distintos ritmos, es decir, alumnado
que necesitará más tiempo para realizar la misma actividad o tarea que los demás y otros que
requerirán tareas de profundización, al ser, previsiblemente, más rápidos en la realización de las
actividades o tareas propuestas para el todo el grupo.
En cuanto a la evaluación de los aprendizajes se podrán utilizar:
a. Instrumentos de evaluación alternativos a las pruebas escritas: pruebas orales, registro
de observación directa, diarios de clase, listas de control…
b. Adaptaciones en las pruebas escritas:
b.1.Adaptaciones de formato:
-Realización de la prueba haciendo uso de un ordenador.
-Presentación de las preguntas de forma secuenciada y separada.
-Presentación de los enunciados de forma gráfica o en imágenes además de a través
de un texto escrito.
-Selección de aspectos relevantes y esenciales del contenido que se pretende que el
alumno o la alumna aprendan.
-Lectura de las preguntas por parte del profesor o profesora.
-Supervisión del examen durante su realización
b.2.Adaptaciones de tiempo.
1.3. CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE REFUERZO Y
RECUPERACIÓN.
Los criterios generales y el procedimiento a seguir para la organización en el centro de las
actividades de refuerzo y recuperación son las siguientes:
1. Una vez asignados los grupos, en el mes de septiembre, los Equipos Docentes revisarán
el listado de alumnado con dificultades que fue elaborado durante el curso anterior por el
profesorado y aprobado en la Memoria de Autoevaluación.
2. De acuerdo con el calendario de reuniones elaborado por la Jefa de Estudios, se
realizará una reunión de los Equipos Docentes en sesión de evaluación inicial con asistencia de
un miembro del equipo de orientación. A las reuniones asistirá el tutor o tutora del curso
anterior. En esta sesión, de la que se levantará acta, el tutor o tutora actual será el encargado de
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transmitir al profesorado del grupo toda la información inicial que ha recopilado referida a
alumnado que:
Promociona con áreas suspensas o con un nivel de adquisición de las competencias
inferior al que le corresponde (Plan de recuperación de los aprendizajes no adquiridos).
No promociona y necesita plan específico de apoyo.
Alumnado propuesto para Refuerzo Educativo en este curso y en qué áreas lo precisa.
Alumnado NEAE y recursos que necesita.
3. Los Equipos Docentes, a la vista de los resultados de este proceso de evaluación inicial
y tras la observación del alumnado en el aula durante las primeras semanas, se reunirán de
nuevo con objeto de ratificar las medidas adoptadas en junio, adoptar nuevas medidas o
modificar aquellas que consideren oportunas para el alumnado que lo necesite. El tutor o tutora
levantará acta de la sesión y entregará copia a la jefatura de estudios, donde se recogerá una
síntesis de los acuerdos y/o decisiones tomadas con objeto de adoptar las medidas organizativas
que se sean necesarias.
Asimismo, el tutor o tutora informará a las familias del alumnado con el que el equipo
docente haya decidido adoptar alguna medida.
4. Cada coordinador o coordinadora de ciclo entregará a la Jefa de Estudios cada trimestre
el listado de alumnado revisado por su ciclo con las propuestas de cambio.
5. En los casos en los que se considere oportuno, a través de esta sesión de evaluación
inicial, podrá iniciarse el procedimiento a seguir para la detección de indicios de NEAE
contemplado en el apartado 2.1.2. del presente documento.
6. De acuerdo con el calendario de reuniones establecido por la jefatura de estudios, el
Equipo de Orientación, no más tarde de la primera quincena de octubre, determinará los cursos
o el ciclo en el que hay más necesidad de apoyo teniendo en cuenta los criterios generales de
organización de las actividades de refuerzo que se recogen a continuación, las propuestas de
mejora recogidas en las actas del equipo de orientación, así como las circunstancias específicas
del curso escolar en cuanto a los recursos disponibles para la atención del alumnado.
El profesor o profesora asignado al puesto de refuerzo pedagógico, se le asignarán los
cursos o el alumnado que se considere con mayor necesidad de apoyo. Asimismo se
encargará de posibles desdobles o agrupamientos flexibles que pudiesen organizarse.
Al horario asignado al 2º refuerzo pedagógico, si lo hubiera, y dado que deberá
encargarse de la primera sustitución del profesorado ausente, se le asignarán aquellos
grupos o alumnado que menor necesidad de refuerzo tenga, puesto que es el tutor o
tutora del curso el que se encargará del desarrollo del programa preparado para ellos.
En caso de que el 2º horario lectivo destinado para las tareas de apoyo y de refuerzo
pedagógico se tenga que distribuir necesariamente entre dos maestros, se procurará que
en las sesiones que uno de ellos esté impartiendo clase, el otro esté en tareas de refuerzo
y apoyo con objeto de configurar un horario completo de apoyo (30 sesiones). El resto
de horario disponible, si lo hubiera, se dedicará a la primera sustitución si fuese
necesario.
Se procurará acumular horas libres en, al menos otros dos o tres maestros-maestras,
para configurar otro horario de refuerzo y/o sustitución.
El profesorado que disponga de horario sin alumnos, al estar éstos atendidos por otros
maestros o maestras, se encargarán de la 2º sustitución y siguientes o, en su defecto, del
refuerzo del alumnado que la jefatura de estudios les asigne en función de las
necesidades detectadas en el centro y atendiendo a criterios de equidad e igualdad en la
asignación de las horas a los diferentes cursos.
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Las siguientes sustituciones serán atendidas de acuerdo con lo establecido en los
criterios generales establecidos en el plan de centro y, en todo caso, será la jefa de
Estudios quien analizará la situación del día y organizará las sustituciones procurando la
mejor atención posible al alumnado.
Con objeto de rentabilizar las horas del profesorado que puede dedicarlas a RE o
sustitución se valorará la posibilidad de agrupar al alumnado VALORES SOCIALES Y
CÍVICOS en una clase en los grupos que se crean nuevos, siempre que no contradigan
los criterios fijados para los agrupamientos en el plan de centro.
Los horarios de refuerzo tanto del profesorado como del alumnado deben considerarse
abiertos y flexibles. Serán revisados trimestralmente por la jefatura de estudios para
adaptarlos a las necesidades reales del alumnado.
De igual forma se consideran abiertos y flexibles los grupos de alumnado con necesidad
de apoyo, puesto que dependen de la evolución de cada uno de los niños y niñas.
Cualquier otra que el Claustro, al inicio de cada curso escolar, en virtud de sus
competencias a nivel pedagógico considere necesario incluir o eliminar de las
mencionadas anteriormente.
Cualquier otra que sea atribuida por Orden de la persona titular de la Consejería
competente en materia de educación. Los recursos personales de carácter general para la atención educativa al alumnado en
el centro son:
El director.
La jefa de estudios.
Los tutores y tutoras.
Profesorado encargado de impartir las áreas o materias correspondientes a las distintas
etapas educativas.
Profesorado de apoyo a las áreas o materias del currículo.
El orientador y otros profesionales del EOE.
2.-ATENCIÓN EDUCATIVA DIFERENTE A LA ORDINARIA.
Se considera atención educativa diferente a la ordinaria la aplicación de medidas
específicas (de carácter educativo y/o de carácter asistencial) que pueden o no implicar recursos
específicos (personales y/o materiales), destinadas al alumnado que presenta NEE, dificultades
del aprendizaje, altas capacidades intelectuales, así como el alumnado que precise de acciones
de carácter compensatorio.
2.1. PROCEDIMIENTO PARA DAR RESPUESTA A LAS NECESIDADES DEL
ALUMNADO CON NEAE.
2.1.1. DETECCIÓN ALUMNADO NEAE (NEE, DIFICULTADES DE APRENDIZAJE,
ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES, COMPENSATORIA).
La detección del alumnado puede efectuarse en diversos momentos: En el tránsito de
etapa, en los procesos de nueva escolarización, por informes externos (fuente de información
complementaria), en la evaluación inicial, en las evaluaciones trimestrales, en cualquier
momento del proceso de enseñanza-aprendizaje y/o en el contexto familiar.
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2.1.2. PROCEDIMIENTO A SEGUIR CUANDO EXISTAN INDICIOS DE NEAE.
2.1.2.1. ¿Qué se entiende por indicios de NEAE?
Rendimiento inferior o superior al esperado tomando como referencia su edad y/o nivel
educativo.
Diferencia significativa con respecto a la media de sus iguales en cualquiera de los
ámbitos del desarrollo y/o en el ritmo-estilo de aprendizaje
Indicios de la existencia de un contexto familiar poco favorecedor para la estimulación
y desarrollo del alumno/a.
Las circunstancias anteriores no se explican por factores coyunturales o transitorios.
2.1.2.2. Procedimiento a seguir una vez detectados los indicios de NEAE.
A. El tutor/a reunirá al Equipo Docente, a esta reunión deberá asistir al menos, una
persona en representación del Equipo de Orientación del centro. En el caso de indicios de
dificultades en lenguaje oral, asistirá el especialista de audición y lenguaje del centro.
B. En esta reunión se abordarán los siguientes aspectos:
Análisis de los indicios de NEAE detectados.
Valoración de las medidas que se vienen aplicando, si es que se estaban aplicando a
nivel individual por parte de algún profesor o profesora.
Toma de decisiones sobre las nuevas medidas o estrategias a aplicar.
Establecimiento de un cronograma con las reuniones que se consideren necesarias
(mínimo 3 meses) para el seguimiento y evaluación de las medidas adoptadas con unos
indicadores y criterios que permitan la valoración de su efectividad.
C. Las consideraciones del Equipo Docente serán recogidas en una acta por el tutor/a,
firmada por los asistentes y de cuyo contenido se dará traslado a la Jefatura de Estudios. El
profesorado del área que corresponda cumplimentará la plantilla de refuerzo definida por el
centro para cada uno de los alumnos o alumnas con los que en la reunión anterior se haya
decidido adoptar alguna medida y se la entregará a la Jefa de Estudios.
D. Posteriormente el tutor/a mantendrá una reunión con la familia, de la que se levantará
acta, para informar de las decisiones y acuerdos adoptados y para establecer los mecanismos y
actuaciones para la participación familiar.
E. Seguimiento de las medidas adoptadas. El Equipo Docente se reunirá de acuerdo con
el cronograma que hayan establecido en la primera reunión y valorarán la eficacia de las
medidas adoptadas. Al finalizar cada trimestre el tutor o tutora entregará a la familia, junto con
el boletín de notas, la plantilla de refuerzo con la evaluación de las medidas adoptadas para ese
trimestre. La familia firmará el recibí en una copia que guardará la Jefatura de Estudios.
F. Si tras la aplicación de las medidas, durante un período no inferior a tres meses, se
evidencia la ineficacia de las mismas o no se apreciase una mejora, se realizará el procedimiento
de solicitud para la evaluación psicopedagógica. Este procedimiento se podría llevar a cabo
antes de agotar el plazo de tres meses si:
Se evidencia un agravamiento de las circunstancias a juicio del equipo docente con el
asesoramiento del orientador/a
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Si se aprecia indicios evidentes de NEAES que requieran la aplicación de atención
específica y/o se encuentren apoyados por informes externos. Si la familia aporta un
informe externo, deberá entregarlo en secretaría para su registro y cumplimentará el
documento que se le facilitará en el momento.
G. El procedimiento para la solicitud de evaluación psicopedagógica del alumnado
constará de los siguientes pasos:
1. Reunión del Equipo Docente, con al menos una persona del Equipo de Orientación del
centro. En esta reunión el tutor/a recogerá los datos para la cumplimentación de la solicitud de
la realización de la Evaluación Psicopedagógica.
2. Entrega de la solicitud a la Jefatura de Estudios quién conjuntamente con el
orientador/a del EOE aplicará los criterios de priorización que se detallan:
Naturaleza y gravedad de las necesidades detectadas.
Nivel educativo en el que se encuentra el alumno/a (prioridad alumnado de segundo
ciclo de EI y alumnado de primero y segundo de EP)
Existencia de valoraciones previas, tanto educativas como de otras administraciones.
3. Una vez aplicado los criterios de priorización el orientador/a realizará un análisis:
-En el caso de que no se haya llevado a cabo el procedimiento anteriormente mencionado
lo pondrá en conocimiento de JE para que se tomen las medidas oportunas.
-Si el orientador /a concluye que el alumno/a no precisa la realización de evaluación
psicopedagógica , elaborará un informe de las actuaciones realizadas que justifiquen la no
procedencia de la evaluación psicopedagógica (EP), así como una propuesta de medidas
generales de atención a la diversidad que conformarán la respuesta educativa al alumno/a.
Dicho informe se entregará a la Jefa de Estudios y al tutor/a para que coordine, junto con
el equipo docente, la aplicación de dichas medidas. El tutor /a informará a la familia.
-Si se concluye que el alumno/a presenta indicios de NEAE se inicia la evaluación
psicopedagógica.
El tutor o tutora convocará una entrevista con el padre y la madre del alumno y les
informará de la necesidad de la realización de una evaluación psicopedagógica. La
familia firmará un documento en el que manifiestan que han sido informados.
En el caso de progenitores separados o divorciados se actuará de acuerdo con lo
establecido en el punto 3.4.1.e de las instrucciones de 22 de junio de 2015.
En el caso de que el padre, madre o tutor /a legal del alumno o alumna exprese su
desacuerdo con la realización de la evaluación psicopedagógica se actuará de acuerdo a lo
establecido en el punto3.4.1.c de las Instrucciones de 22 de junio de 2015.
-Una vez finalizado el informe de evaluación psicopedagógica, el orientador/a se
entrevistará con el equipo directivo, el equipo de orientación del centro y con el tutor/a
para informarles sobre los resultados, centrándose en la propuesta de atención educativa
más adecuada.
Asimismo se entrevistará con la familia del alumnado, en presencia de su tutor/a (en los
casos en los que sea posible), para informarles sobre la respuesta educativa en el centro y
darles orientaciones para su participación. Es muy importante que la información sobre
la respuesta educativa que va a dar el centro a las familias haya sido consensuada
previamente con el tutor o tutora.
-El tutor o tutora informará al Equipo Docente de las medidas propuestas.
-La familia puede solicitar una copia del informe psicopedagógico y/o dictamen de
escolarización, para ello deberá solicitarlo por escrito en secretaría rellenando un
documento que se le entregará allí. Asimismo deberán cumplimentar un recibí que se
registrará en secretaría.
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2.2. MEDIDAS ESPECÍFICAS DE CARÁCTER EDUCATIVO EN EL CENTRO.
Son todas aquellas medidas y actuaciones dirigidas a dar respuesta a las necesidades
educativas del alumnado con NEAE, que no haya obtenido una respuesta eficaz a través de las
medidas generales. Se consideran medidas específicas de atención a la diversidad las diferentes
propuestas y modificaciones en los elementos organizativos y curriculares de tratamiento
personalizado para que el alumnado con NEAE pueda alcanzar el máximo desarrollo de sus
capacidades. La propuesta de adopción de las medidas específicas de carácter educativo
vendrá determinada por las conclusiones obtenidas tras la realización de la evaluación
psicopedagógica y serán recogidas en el informe de evaluación psicopedagógica.
Las medidas de aplicación en el centro serán las siguientes:
a. En Educación Infantil:
-Adaptaciones de acceso (AAC).
-Adaptaciones curriculares NO significativas (ACNS).
-Programas Específicos (PE)
-Programas de enriquecimiento curricular para el alumnado con altas capacidades
(PECAI)
-Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades (ACAI)
-Permanencia extraordinaria (sólo NEE)
b. En Educación Primaria:
-Adaptaciones de acceso (AAC).
-Adaptaciones curriculares NO significativas (ACNS).
-Adaptaciones curriculares significativas (ACS). Sólo NEE.
-Programas Específicos (PE).
-Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades ( ACAI).
-Programas de enriquecimiento curricular para el alumnado con altas capacidades
(PECAI).
-Flexibilización del periodo de escolarización. (Alumnado NEAE con altas capacidades).
-Escolarización en un curso inferior al correspondiente por edad para el alumnado de
incorporación tardía en el sistema educativo (Sólo COM).
-Permanencia extraordinaria (sólo NEE).
CUADRO RESUMEN
Medida Destinata
rios
Etapa Responsable
elaboración
Responsable
aplicación
Desfase En Séneca
Adaptaciones de
acceso ACC
NEE EI EP Profesorado de las
áreas
Profesorado de
las áreas/ambitos Aparece en el censo
SÉNECA
Adaptaciones
curriculares no
significativas.
ACNS
NEAE EI EP Tutor/a .
Profesorado de
áreas/ámbitos
Tutor/a
.Profesorado de
áreas/ámbitos
Desfase en
ritmo en EI .
1 curso en EP.
Aparece en el censo
SÉNECA
ACS NEE EP PT.
Profesorado de
áreas.
Profesorado de
áreas.
2 cursos Aparece en el censo
SÉNECA
Progama
especifico
PE
NEAE EI EP PT y AL
PT y AL
No en todos
los casos
Aparece en censo
SÉNECA
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Permanencia
extraordinaria
NEE EI EP Turoría, dirección y
orientación
(autorización de
inspección en E.I.)
Flexibilización
de la duración
del periodo de
escolarización
AACCI EP Dirección del centro
realiza la solicitud.
(autorización
consejeía)
Aparece en censo
SÉNECA
Adaptaciones
curriculares para
alumnos con
altas
capacidades
intelectuales
ACAI
AACCI EI EP Tutor/a
Profesorado de
áreas.
Tutor
Profesorado de
áreas
Aparece en censo
SÉNECA
Programas de
enriquecimiento
curricular para
alumnado con
altas
capacidades
intelectuales
(PECAI)
AACCI y
alumnado
especialm
ente
motivado
por el
aprendiza
je.
EI EP Profesorado
ordinario con
disponibilidad
horaria que se
designe en el centro.
Profesorado
ordinario con
disponibilidad
horaria que se
designe en el
centro.
Aparece en censo
SÉNECA
2.3. RECURSOS PERSONALES DE ATENCIÓN AL ALUMNADO CON NEAE.
Los recursos personales y materiales específicos para la atención educativa al alumnado
con NEAE con los que cuenta el centro son los siguientes:
Profesorado especializado:
Profesorado especialista en Pedagogía Terapéutica (NEAE).
Profesorado especialista en Audición y Lenguaje (en la actualidad está compartido con
otro centro) (NEAE).
Profesorado del Equipo de apoyo alumnado con discapacidad visual (solo NEE) (en
convenio de colaboración de la Consejería de Educación con la ONCE).
Profesorado ATAL (NEAE-compensación).
Además de los recursos personales específicos anteriores, cabe mencionar el monitor/a
(Profesional técnico de integración social) que colabora en el desarrollo de programas de apoyo
y asistencia del alumnado con NEE , con objeto de garantizar que su inclusión sea lo más
efectiva posible durante todas las actividades que se llevan a cabo.
Recursos materiales específicos:
Además de los recursos materiales generales para todo el alumnado, se considerarán
recursos materiales específicos a las distintas ayudas técnicas y de acceso adecuados a las
necesidades educativas especiales del alumnado, de modo que su discapacidad no se convierta
en factor de discriminación y se garantice una atención inclusiva y universalmente accesible a
todos los alumnos y alumnas. Los recursos materiales específicos están dirigidos
exclusivamente al alumnado con NEE y vienen definidos y especificados en los
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correspondientes dictámenes de escolarización; la asignación de estos recursos no
necesariamente conlleva una medida educativa específica o profesorado especialista.
2.4. ATENCIÓN EDUCATIVA DIFERENTE A LA ORDINARIA A NIVEL DE CENTRO.
El Equipo Directivo:
Impulsará actuaciones para la sensibilización, formación e información destinadas al
profesorado y las familias, de modo que puedan contar con los conocimientos y
herramientas necesarias para la atención del alumnado con NEAE.
Establecerá líneas de actuación, mecanismos y cauces de participación en relación al
proceso de detección, identificación y valoración de las NEAE.
Contemplará en la planificación de reuniones de los diferentes órganos de coordinación
docente la atención a la diversidad como punto prioritario.
Fijará el papel que tienen los órganos de coordinación docente en la atención educativa
del alumnado con NEAE, con objeto de que dichos órganos lleven a cabo las funciones
establecidas en la normativa relacionadas con la respuesta educativa a este alumnado,
siendo una responsabilidad compartida por todo el profesorado del centro y no
solo del profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades
educativas especiales y de los y las profesionales de la orientación.
Fomentará la colaboración y cooperación de los recursos personales, el trabajo en
equipo, la participación en proyectos comunes y la formación permanente. Estos
aspectos constituyen la estrategia fundamental en la respuesta educativa de calidad para
el alumnado con NEAE.
Establecerá los cauces oportunos, procedimientos, espacios y tiempos adecuados para la
coordinación de los profesionales de la orientación, profesorado especializado para la
atención del alumnado con NEE y del personal no docente con los tutores y tutoras y los
equipos docentes en relación al asesoramiento para la intervención educativa del
alumnado con NEAE.
Contemplará entre los criterios de asignación de alumnado con NEAE por grupos una
distribución equilibrada de los mismos.
Velará por que el alumnado con NEAE participe, con carácter general, en el conjunto de
actividades del centro educativo y de su grupo de referencia. En este sentido, el centro
potenciará el sentido de permanencia al grupo y al centro de este alumnado y favorecerá
el conocimiento, la comprensión, la aceptación , la igualdad de trato y no
discriminación de las personas entre todo el alumnado del centro.
Procurará que este alumnado pueda utilizar los espacios comunes del centro, velando no
solo por la eliminación de posibles obstáculos o barreras arquitectónicas, sino también
por la eliminación de barreras cognitivas o para la comunicación.
Organizará los espacios y los horarios del centro teniendo en cuenta las NEAE del
alumnado, así como la atención educativa diferente a la ordinaria que reciben.
2.5. ATENCIÓN EDUCATIVA DIFERENTE A LA ORDINARIA A NIVEL DE AULA.
El equipo docente, coordinado por el tutor o tutora del grupo clase, será el encargado de
la atención educativa del alumnado con NEAE y de la aplicación de las medidas educativas
generales y específicas que conformen la respuesta educativa ajustada a sus necesidades. Para
ello:
El alumnado con NEAE será atendido en su grupo de referencia, de acuerdo con las
medidas generales y específicas y los recursos previstos en el plan de atención a la
diversidad, que hayan sido propuestas en su informe de evaluación psicopedagógica.
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Las programaciones didácticas y el ajuste que cada profesor o profesora realiza para su
grupo deben ser flexibles de modo que permitan concretar el currículum, diversificar
tareas, utilizar diferentes estrategias metodológicas... para responder a las NEAE del
alumnado.
Se adaptarán los procedimientos e instrumentos de evaluación, que puedan implicar una
adaptación de formato y/o tiempo en las actividades y tareas de evaluación.
El tutor o tutora será el encargado de coordinar la planificación, el desarrollo y la
evaluación de los procesos de enseñanza y aprendizaje del alumnado NEAE
perteneciente a su grupo.
Corresponde a cada profesor o profesora , en el ámbito de las áreas de conocimiento que
imparte y en colaboración con el tutor o tutora, la orientación, la dirección del
aprendizaje y el apoyo al proceso educativo del alumnado con NEAE. Contará con el
asesoramiento del EOE y la colaboración de las familias.
3.-SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.
Los procedimientos e instrumentos que utilizaremos para valorar el grado de
cumplimiento de este documento, así como la idoneidad de los objetivos, elementos y
actuaciones derivados del mismo son los siguientes:
1. Las reuniones de coordinación: constituyen una gran oportunidad para la reflexión, el
análisis y el debate, permitiéndonos detectar las dificultades que estén apareciendo a la hora de
implementar la concreción anual del Plan de Atención a la Diversidad, así como consensuar su
aplicación y desarrollo.
2. Las sesiones de evaluación y las revisiones trimestrales del Plan de Centro , que
detectarán nuevas necesidades e indicarán los cambios que es necesario implementar en cada
uno de los programas aplicados, analizando los posibles casos de alumnos/as que cambien su
estado de atención, bien porque ya no necesiten programas, o bien porque es necesario
iniciarlos.
3. Análisis de los resultados escolares y de las pruebas de diagnóstico realizadas en el
segundo ciclo de la Educación Primaria, que nos aportarán información sobre la idoneidad de
las medidas de atención a la diversidad implementadas, incidiendo especialmente en la
valoración de los resultados del alumnado al que se le aplican programas de refuerzo y apoyo, o
bien son objeto de adaptaciones curriculares significativas y no significativas
4. Las entrevistas con familias y alumnado, mantenidas por los profesionales del centro o
por el Equipo de Orientación Educativa de referencia, son otra fuente interesante de información
que nos permiten detectar el grado de satisfacción general de estos integrantes de la comunidad
educativa con respecto a este plan..
PAD
CEIP COSTA OESTE