Post on 07-Jul-2018
8/18/2019 Planteamiento de la Seccional ANEP-Policia Penitenciaria Ante Comision de Seguridad y Narcotráfico
1/7
ASocIACIoN NACIoNAL
DE
EMpLEADoS
púnucos
y pRrvADos
ANEP
Fundada
el
19
de
agosto
de
1958
San
José, Costa
Rica, Casa
Sindical
"Lic.
Mario
Alberto
Blanco
Vado"
Calle 20
(Norte),
300
N. Hospital
Nacional
de
Niños
"Dr,
Carlos
Sáenz Herrera"
Teléfonos 2257
8233
-
2257
99
24
.
2257 99 32
-
2257
99
51
.
2257
99 59
.
Fax
2257
88 59
Apartado Postal
5152.1000
San José
Correo electrónico
oficial:
info@anep.or.cr.
-
Sitio web
oficial: wvvw.anep.cr
LA
LEY
DE
LA
REFORMA PROCESAL
LABORAL:
Nuestra herencia
para
toda
la
clase trabaiadora
presente
y
futura
LA LIBERTAD
SINDICAL
ES
UN
DERECHO
HUMANO
FUNDAMENTAL
PTANTEAM
I ENTOS
DE LA:NÑIÉ
.
RESPECTO
DEt
SISTEMA
PEN
ITENCIARIO
NACIONAL
POCISIONES
Y
ARGUMENTOS
DE
SUS SECCIONATES EN
MATERIA
PENITENCIARIA
El
verdadero
triunfo
de
las
causas
democráticas
es
posible,
únicamente,
donde existe
espacio
para
la
diversidad
de
opiniones en
el
marco
del respeto
y
la
modesta
consideraqión. EI
diálogo
social sin exclusión
es imperante
en un
país que pretende
consolidar
una
cultura de
paz
y
eue,
además,
se
precia
de
ser
respetuoso
de los Derechos
Humanos.
En tal
sentido,
r"
"rpui"
quelos
siguientes
planteamientos
no sean recibidos
como una imposición
sesgada
de
Ia
razón sino,
como
la
sublime expresión
de hombres
y
mujeres
que
sueñan
con una Costa Rica
iusta,
inclusiva
y
solidaria,
-1-
8/18/2019 Planteamiento de la Seccional ANEP-Policia Penitenciaria Ante Comision de Seguridad y Narcotráfico
2/7
La crisis
del Sistema
Penitenciario
Nacional,
desde
nuestra
perspectiva, la de
la
ANEP, exige
la
participación dinámica
de
los
diversos
actores
sociales
y
demanda,
necesariamente,
la
búsqueda
de
nuevas
alternativas
que
reduzcan
significativamente
las
graves
consecuencias
de
un sistema
actualmente
inadaptado
e ineficaz.
ACCESO
AL
ESTUDIO,
FORMACIÓIV
Y CAPACITACIÓN
Consideramos
que
es determinante
que
los
miembros
de
la
Policía
Penitenciaria
puedan
tener
acceso
al estudio
(educación), como
una
manera
de contribuir
con el
mejoramiento
del
Sistema
Penitenciario
Nacional
y
de
garuntizarl,e
a
este
cue{po
de
seguridad
una
herramienta
que
les
permita
entender
el
medio
en
el
que
se
desenvuelven.
por
aspectos
prácticos
es
importante
señalar que
el cambio social
ha afectado
todos
los sectores
con
los
que
tiene
relación
y
que
el
Sistema
Penitenciario
Nacional
no es la excepción.
Los
perfiles
de
la
población
privada
de
libertad
han
sufrido
cambios
significativos
y,
hoy
más
que
nunca,
los
miembros
de la
Policía
Penitenciaria
deben
lidiar
con
personas en este
campo,
que
son
profesionales
o
con
un
nivel
de educación
que
supera
por
mucho
al
del cuerpo
de
seguridad,
lo
que
naturalmente
representa
una desventaja
parc
estos
compañeros
y para
estas
compañeras.
por
otra
parte, debemos
admitir
que
el
estudio
como
derecho
humano
fundamental
lleva al
individuo
a
tomar
decisiones
razonables
que
afectan
positiva
y
directamente
su
realización
personal. Por el
contrario,
un
sector
que
no logre una
adecuada
instrucción
-con
deficiencias
educativas-,
se
constituye
en
un
grupo vulnerable
ante
la
presencia
de ideas
y
mensajes
autoritarios.
La
falta de
una
buena
educación,
al decir
de
Castro
Cid,
"hace
que
se carezca
de
la
conciencia
crítica
necesaria
para
escrutar
el significado
despótico
de
las
propuestas de
poder." En la
misma
línea
de
pensamiento,
el
benemérito
de
las Américas,
Benito
Juárez
indicó,
"
...la educoción
es
fundamental
para
lafelicidad
socialI
es
el
principio
en
el
que
descansa
la líbertad
y
el engrandecimiento
de
los
pueblos."
Así
las cosas,
es
importante
indicar
que,
al respecto,
el comisionado
Pablo
Bertozzi
Calvo
en calidad
de Director
de
la
Policía
Penitenciariay
en atención
al
Oficio
número
MJP-283-09-20I5
del 07
de setiembre
de 2015,
que
le
enviaramos
desde
esta
representación
sindical
informa
que
comparte
el
criterio
de
la ANEP
"
sobre
la
importancia
que
tiene
el
estudio,
tanto
para
un crecimiento
profesional como
para
la
realízación
personal de
cada
uno de los
funcionarios
que
laboran
en
este
cuerpo
policial,
lo
cual,
o su
vez,
es
fomentado
y
apoyado
por
ésta
Dirección.
"
Como
respuesta al
mismo
oficio,
el máster
Alexis
Sánchez
Vega,
Jefe
Nacional
del
Área
Educativa
del
Sistema
Penitenciario
Nacional
argumenta
correctamente
que:
"para
el
añ,o
20l4,la
Dirección
de
la
Policía
Penitenciaria
solicita se
inicie con
la
posibilidad
de
abrir
grupos
de
estudiantes
policías
en
los diferentes
centros
penitenciarios
que
a
la fecha
no hubiesen
obtenido
los
grados
mínimos
escolares
exigidos
por
la
ley
o
que
se
facilitara
la
posibilidad
de
la obtención
del
título
de
Bachiller
en
Educación
Secundaria.
Sobre
esta
solicitud
se
realizaron
gestiones ante
la
Dirección de
Educación
de
Adultos
del
MEP para
reabrir
el Convenio
que
existía o
la redacción de
una carta
de
ampliación
para
el
Convenio
vigente
que
atiende
las necesidades
de
educación
de la
población
privada
de
libertad.
La
negociación
no dio
frutos
positivos
dado
que
la
Auditoría
Interna
del
Ministerio
de
Educación
había
recoméndado
no
firmar
más este convenio
por
problemas
de
ejecución
y
de alguna
manera de
supervisión
por
parte
del
MEP de
los
piocedimientos
y procesos
de acreditación
de
materias
aprobadas
por
parte
de
los
policías
mediante
el
sistema del
plan Modular
de
Educación para
Jóvenes
y
Adultos.
-2-
8/18/2019 Planteamiento de la Seccional ANEP-Policia Penitenciaria Ante Comision de Seguridad y Narcotráfico
3/7
Ante
tal situación
se
le elaboró una misiva
a
la Ministra Ramírez
Chavanía
dirigida a
la
Ministra de Educación
en
donde
se
le
planteaba
la necesidad
de abrir un
proyecto
de
educación
para
los
policías penitenciarios que
aún
no tenían los
requisitos
de
ley
y
que
en el caso de aquellos
que
tuviesen materias
ganadas pudiesen
mediante la
educación a distancia
lograr
el
Bachillerato.
La nota
se
envió
y
no
se
le
dio
trámite formal,
aunqu€
se
autorizó el nombramiento
de docentes
pata
atender los
policías del
sector
occidental del
sistema
penitenciario (La Reforma,
San
Rafael
y Dr.
Gerardo
Rodríguez),
este
proyecto
ha
tenido
problemas
de ejecución
importantes
dado
que
la
policía
no asiste
a lecciones
o
no
les
dan
permiso
porque
no existe
relevo
o
personal
en descanso
suficiente
para
cubrir
las
vacantes."
"Consideramos oportuno
este
momento
decir,
que
a
nivel institucional
se prepare
un Plan
de
Formación Policial
que
contenga como
propios
capítulos como:
1. Educación formal.
2.
Formación
Técnica
y
Policial
Formal.
3. Especialización
Policial
y
Formación Administrativa.
4.
Formalización
de
convenios
de
cooperación entre instituciones relacionadas
con
la
prevención
de1
delito,
formación
policial
nacional
e
internacional
y
formación técnica
y
profesional
a
nivel
de
la
policía
en
general.
Parte de
la problemática
de
la
gestión
policial
es
no
tener
un referente institucional que
desde su
organización
atienda
y
resuelva
sus
necesidades formación
y
capacitación más allá
de la formación
básica
policial y
de la
instrumentalizacíón
para
el uso de armas
o
dispositivos
de seguridad electrónicos. Temas
como el diagnóstico
de
las necesidades
de educación
(Educación
Básica
General,
Educación
Técnica
o universitaria.),
reglamentariamente
la
institución
aparece creada
con
el
nombre
de
"Escuela
Nacional
de
la
Policía
Penitenciaria",
quizá
sería
hora
de iniciar
una
implementación
formal
de esta
instancia."
Los
policías penitenciarios
sabemos
que
el
Contrato
de Estudio
para quienes
deseen continuar con
una
formación
superior,
está diseñado
para generar
ciertas complicaciones estratégicas,
papeleos
y
requisitos un tanto
difíciles
para
la realidad
de
los
servidores
penitenciarios, pese
a
ello,
hay
quienes
esforzadamente
1o
logran.
No obstante, las
dificultades a
partir
de
ese
momento toman otras direcciones.
La ANEP
comprende
que
la falta de
personal
en la Policía Penitenciaria
es
más
que
evidente,
que
el
interés
público
deberá
estar
por
encima del alegado
derecho a
la
educación. Sin embargo, la discusión
podría
tomar una orientación distinta si
se
observa
el
derecho
a la
educación
como un
derecho
humano
fundamental,
que
contribuye
imperiosamente
con
la
consecución efectiva de los fines de la seguridad.
También se reconoce
que
las importancias de
oportunidades educativas
para
los miembros
de
la
Policía Penitenciaria
son
acordes
con las
recomendaciones
de
la ONU, del úrstituto
Latinoamericano
de las Naciones
Unidas
para
la
atención
y
Tratamiento
del
delincuente
(ILANI-ID) y
la
propia
Reforma
Penal lnternacional, en cuanto
al
tema de capacitación
y
formación de los cuerpos de funcionarios
que
operan
en
las instituciones
penitenciarias.
En
esta lógica
el
acceso
al
estudio
jamás
debe
observarse únicamente como un
privilegio
-lo
que
filosóficamente
sería
incorrecto-
sino, como un derecho humano fundamental al
que
los cuerpos
de
policías como parte del grupo social
deberían
acceder sin limitaciones.
El
Estado debe velar
porque
los
derechos humanos
sean
garantizados
a
todas
las
personas
sin
distinción
alguna
y
cuando existan
casos
excepcionales,
coordinar
las
acciones
que
coffespondan
para que
el derecho en
mención
no
sea lesionado o entre en
conflicto
con
otro de
igual
o
superior
"importancia".
De igual
manera,
quienes
deseen
continuar
con estudios superiores no encuentren las serias dificultades
argumentativas, irracionales e históricas
del Sistema
Penitenciario
Nacional.
DEL
DERECHO
AL DISFRUTE
DE LAS
VACACIONES
-3-
8/18/2019 Planteamiento de la Seccional ANEP-Policia Penitenciaria Ante Comision de Seguridad y Narcotráfico
4/7
Nos
preocupa
el estado de
salud mental
y
emocional
de las compañeras y
los
compañeros
de la
Policía
Penitenciaria,
quienes
ss
ven
obligados a
acumular varios
períodos
de vacaciones
y
a
trabajar bajo
altos
niveles
de
estrés
y
en condiciones
muchas veces
infrahumanas. Reconocemos
la imperiosa
necesidad de
preservar
la
seguridad,
admitimos
que
la
función
policial
no
es
fácil,
pero
también,
debe atenderse
la
salud
y
la
dignidad de
estos servidores.
La
Sala Constitucional ha
reafirmado
en
su
jurisprudencia
el doble
propósito
que
se encuentra
inmerso dentro
del
disfrute al
derecho
de
vacaciones.
Voto
N' 5969-93
del
16
de
noviembre
de
1993:
"...e1
beneficio
de las vacaciones responde
a una doble necesidad,
tanto del trabajador como del
empleador:
a)
por
una
parte,
es
evidente el derecho
del cual debe
disfrutar
toda
persona,
de
tener
un
descanso
que
a
nivel constifucional
puede
inclusive
entenderse
como
derivado
del derecho
a
la
salud
(artículo
21 de
la
Constitución),
b)
por
la
otra, las vacaciones del
primero
benefician
también al
segundo,
ya que
el
descanso
de
aquél
por
un
período,
favorece
su
mayor
eficiencia, al encontrarse luego
de ese
lapso
ruzonable
de
reposo,
en
mejores
condiciones físicas y psíquicas para
el
desempeño de sus
labores."
Por
su
parte, la
Sala Segunda
retomando
las
consideraciones
dadas
por
el
Tribunal Constitucional
menciona
que:
"El
Instituto
de
las vacaciones,
como es ampliamente conocido,
constituye
uno de los derechos
de
mayor trascendencia
del trabajador,
y
nace
como consecuencia
de
la
prestación,
en
tiempo,
de su
fuerza
de
trabajo. Su razón
de ser
la constituye
el
necesario
descanso,
luego
de
un lapso
efectivo
de labores,
para
que
de
esta
foma
reponga
las
energías
gastadas
por
sus
esfuerzos
fisicos
y
mentales,
y
pueda
así continuar
laborando. De
ello se colige
que,
las
vacaciones, tienen un carácter
profiláctico,
dirigido
a
proteger
la
salud
del trabajador. Por
otra
parte,
garanlizavna
mayor
eficiencia
en
sub
prestaciones;
lo
cual
también
beneficia
directamente al
empleador."
Esta representación
sindical ha venido
planteando
el tema de las
vacacione-s
desde hace varios meses,
y
ha
solicitado
se tomen las medidas
corespondientes
para que
el
honorable
personal
de la seguridad carcelaria
de
nuestro país
tenga
acceso
a
las
vacaciones
en su tiempo debido
(acto
que
no debe
ser opacado
por
análisis
improcedentes
del régimen
estatutario
o de
los
ternas de
jornada
y
horarios
de
excepción). Por
eso
apelamos
a
la
imperiosa
necesidad
de contratación
de más
personal.
FALTA DE
EQUIPO REQUERIDO
PARA LA FUNCION
POLICIAL:
UNIFORMES,
ZAPATOS, CHALECOS,
ENTRE
OTROS
Históricamente,
las
compañeras
y
los
compañeros de la Policía Penitenciaria
han tenido
que
paliar
el sentimiento
de
la
exclusión
y
la
falta de reconocimiento
de
una serie de derechos
y
garantías
en
materia
laboral. Actualmente,
algunas
de
estas
anomalías
son
producto
de
un
pasado
vergonzoso,
pero
otras aún
persisten.
Lafalta
de
uniformes
es
un problema serio
en
la
Policía
Penitenciaria,
no
solo
es
el cuerpo
de
policía
más
mal
pagado
del
país
sino,
el
que
exhibe a
través de
sus
viejos
y
lullidos
uniformes,
la
crisis
de un
Sistema
Penitenciario
que
aún no
logra
dignificar
debidamente
la
función de
estos
servidores.
Ello
explica
el
porqué
vemos
policías
mal
presentados,
con
uniformes
desteñidos
y
remendados,
con
una
variedad
de zapatos que
marca
diferencia entre ellos
y que
necesariamente
deben
comprarlos,
pues
cuando el Ministerio logra
distribuirlos son
de
mala
calidad,
o
insuficientes.
Por
otra
parte,
una
gran
cantidad de chalecos
-los
que
son
requeridos por
la
policía
para protegerse
ante un
eventual
ataque con arrna
punzocortante-,
han
pasado
sobradamente la fecha de caducidad,
pese
a
ello se
siguen
utilizando
sin importar el
grado
de
peligro que
eso implica
para
la
integridad de los miembros de la Policía
Penitenciaria.
-4-
8/18/2019 Planteamiento de la Seccional ANEP-Policia Penitenciaria Ante Comision de Seguridad y Narcotráfico
5/7
Actualmente
en
el
seno
de
la
sociedad
costarricense
surge
un
debate
ideológico
por
la
fuerte
necesidad
que
tiene
l
Estado
de
sancionar
los
delitos,
por
la
aplicación
,u"iorrut
de
las
p"rru,
¡7por
lograr
los
fines
que
se
persigue
on
ella;
de
igual
manera,
la
responsabiti¿u¿
qu"
Áu"
sobre
el
paír"
d"
darle
solución
al problema
del
acinamiento
carcelario'
Estos
temas
y
el
desmed'ido
incremento
de
lá
criminalidad,
generan
a
lo
interno
de
la
ociedad
una
serie
de
discusiones,
algunas de
ellas con
sesgos
extremistas
y
notables orientaciones
inquisitivas.
El
desconocimiento
del
derecho
de
la
realidad
carcelaria
y
de
los
temas
criminológicos,
conducen
a
algunos
rofesionales
a
diwlgar
información
poco
precisa;
estos
datos
ll"g"";;;
ioutu.io'
desesperad
ay
afemonzad,a
or
los
niveles
de inseguridad
e indudablemente,
É;;;r
una
serie
de
reacciones.
Así
las
cosas'
no
es
de
extrañar
que
nos
encontremos
con
el
''populismo
punitivo,,
que
es
utilizado
por
algunosctores
políticos
como
estrategia
electoral,
se
aprovechan
del
i.áo.qu"
álu"uto
siente
hacia
la
inseguridad
y
icen
precisamente
lo
que
la gente
quiere
escuchar
plu
gunu,
aceptación,
aunque
estén
lejos
de
resolver
el
roblema'
Esta posici
ón
goza
Je
la
simpatía
de
cierto.
*"¿io,
¿"
"o-.rni"u"lo'
q.r"
consideian
que
de
manera
ensacionalista
les
resulta
más
flícil
lr"ná".
sus producto,
..i.rfo.-ativos,,.
'ru'
quc
conslderan
Por
otra parte'
el
"garantismo"
penal
bien
comprendido
responde
al
Estado
de
Derecho,
es
de
aceptación
en
el
eno
de
los
teórico.s
en
materia
penal
(no
de
to¿orl
v
¿"¡ende
el
uso
limitado
der
Derecho
penar,
es
decir,
que
la
ntervención
punitiva
sea
raciorial, justa
y
proporcional.
Esto
no
debe
confundirse
con
el
abolicionismo.
Por
otra parte'
se
debe
tener
cuidado
con
el
sentimie'to
popular
a
la
hora
de
definir
el
asunto
de
sanciones
y penas,
ues
es
inexcusable
que
un
ser
humano
dotado
a"
r*iny
conciencia
defina
la pena
de prisión
como
única
edida
existente,
como
si
lo
que
quisiera
es
destruir,
humillar
y
degradar
al
imputado,
como
si
no
existieran
otras
ormas
legales
de
sancion*
"t
d"iito
v
como
si
nosotros
mismos
éstuviéram"'¡";;;;il;;#;r
alguna
falta
ue
nos
pudieran
llevar
a
tener
conflictos
con
la
ley penal.
Es
importante
que
comprendamos
que
la
dignidad
humana debe anteponerse
a las
tendencias
del
Derecho
penal
Procesal
Penal
del
Enemigo'
Estas
tendencias
buscan
sancionar
p"nul*"nt"
las
conductas
aunque
la
afectación
l
bien
jurídico
sea
inexistente
o
mínima,
busca
"artigu.
a tas
personas
no
por
el
delito
o
la
gravedad
del
mismo
ino'
por
considerarlas
peligrosas.
Entonces,
quien
ie
robe
,1*
,pi.uriár;,
un
,oracimo
de
guineo,,
o
unas
alletas'
debe
ser
castigado
irrevocablemente
con pena
de prisión
óo-o
úniáa
posibilidad
y
considerado
una
ersona
sumamente
peligrosa
y
desestabi
lizadora
dé
b
paz
social.
En
todo
caso'
debe
tenerse
presente
que
costa
Rica
es
un
Estado
de
Derecho
que
ha
firmado
y
ratificado
todos
os
instrumentos
internacionales
""
-ut".iu
de
Derecho
Humanos,
pues
ha
apostado
por
la
vida,
la
libertad
y
la
gualdad'
El
respeto
a
la
dignidad
intrínseca
de
todas
la.
f"rronas
sin
importar
su
condición jurídica
no
es
una
lternativa,
nos
guste
o no,
es
la
única
opción
que
tenemo's.
Por
otra
parte,
es
preocupante
que
en
materia
penitenciaria
se
ignore
laparticipación
de
los
diversos
actores
de
a
sociedad
costarricense'
ya
que
en
su
lugar
y
a"prnái"nao
d1 quien
,"Á"
ü
dirección,
podrían
incorporarse
lgunas
ideologías
poco
convenientes.
etiespecto,
"r
ffirt"rte-señalar
que
existen
algunas
políticas
que
por
;:il::l:Í11i"'.,i:,1ffifi T:,JolXt"1?ila
Lnciencia
áit
-"."u¿o,
,on
álá.¿",
.o,,
*u,'
p.iJo
represivo
y
Se
busca
con
esas
políticas
debilitar
los
servicios
sociale,s
de
vivienda,
salud,
educación
y
responsabilizar
ndividualmente
al
delincuente
para
invisibilizar
la
cuota
de
responsabiliial
que
debe
asumir
la
sociedad.
Se
ponen
a
cualquier
medida
distinta
de
la privativa
de
libertad.
"rí,'
;;;;;;ii"'"r
Estado
llegue
al
límite
de
sus
osibilidades,
se
hará
presente
la tentativa propuesta
d,e
pivatizar
las cárceles.
-6-
8/18/2019 Planteamiento de la Seccional ANEP-Policia Penitenciaria Ante Comision de Seguridad y Narcotráfico
6/7
En
el mismo
sentido,
es sumamente
preocupante
que
los
inquilinos
de
nuestras
cárceles
sean
en su
mayoría
personas
que
provienen
de
comunidades
l.ulnerables,
acto
que
conduce
aIa estigmatización
de
las
personas
en
riesgo
social
y
que
se separa
del
concepto
socialmente
aceptado
de
justicia
y
de
igualdad.
CRISIS
Y
ATARMA
SOCIAL
1
Se
tenga
conocimiento
de
causa
o
no,
en
los
últimos
días
el hacinamiento
carcelario
parece
ser
uno
de
los
temas
más débatidos
por
la
población
costarricense,
con
respecto
a
la
crisis
que
atraviesa
el
Sistema
Penitenciario
Nacional.
Desearíamos
que semejante
alarrna
social
estuviera
motivada
por
razones
humanitarias,
en las
que
se
reconozca
que
la sobrepáblación
carcelaria
constituye
un
trato
cruel
y
degradante
en
contra
de las
personas
privadas
de
libertad;
que
la falta
de
personal técnico,
administrativo y profesional
en
los
centros
penitenciarios
les
gerera
a
dichos
funcionarios
un
inobjetable
recargo
de
funciones,
y
que
el
reducido
número de
policías
penitenciarios
expone
a
estos
servidores
a inminentes
peligros
y
a condiciones
laborales adversas.
Sorprende
que
las discusiones
respecto
del tema
carcelario
se concentren
más bien
en
una
ferrea
oposición
contra
la
medida
lágítima
que
ha tomado
el
Ministerio
de
JusticiayPaz
de trasladar
algunas
de
las
personas
privadas
de
libertad
de
un
régimen
institucional
a
uno semi-institucional.
Francamente,
es
más beneficioso
apostar
por
una
política
de
desinstitu
cionalización
que
por
la
preservación
de ideologías
absurdas
e
inquisitivas.
Lamentablemente,
el
desconocimiento
del
derecho,
de
la
realidad carcelana,.de
los
temas
criminológicos
y
el
análisis
social,
lleva
a
algunos
profesionales
a
divulgar
públicamente opiniones
desalentadoras;
estos datos
llegan
a
una
población atemoizadapor
el crimen
y
la inseguridad,
e indudablemente
producen
una serie
de
reacciones.
En
un intento
por
ser
admirados
y
ganar
aceptación,
algunos actores
políticos y
ciertos medios
de
comunicación,
estratégicamente
articulan
un discurso
populista
que
invisibllíza
la responsabilidad
del
Estado
y
se
la
atribuyen
enteramente
al delincuente,
para
quien
en
estas condiciones
no existe
otra
medida
más
que
el encierro.
Se
llega al extremo
de
afirmar
que
el sistema
de
justicia
busca
reconocerles
más
derechos a
los
dehncuentes
que
a
las víctimas,
o
que
se
debe
tener
"cero
tolerancia"
con
los "maleantes";
y
que,
además,
debe aplicárseles
"mano
dura"
al
mejor
estilo
de un
Estado
policial.
Lo
interesante
del
caso es
que
quienes
piensan
así
no
reconocen
los
gastos
millonarios
en
los
que
incurre
el
país
por
mantener
encerrados
y
ociosos
a un
grupo
de
personas
que,
en
su
gran
mayona, están
en
la cárcel
por
delitos
y
p"ttur
menores.
Estas
personas
que
quizá
estén en
\a cárcel
por
robarse
unas
"picaritas"
o
o'racimo
de
guineos",
en
la
sociedad
intramuros
corren el riesgo de convertirse en expertos
de
la
delincuencia
y
el crimen
organizado
(efecto
criminógeno),
y
a la
postre
ser un
inminente
peligro
parala
ciudadanía.
Volviendo
al
tema
medular
de
la
discusión,
es
importante
aclarar
que previo
a
concederles
un traslado
de
régimen
a
las
personas
privadas
de libertad,
éstas
son sometidas
a una
serie de
valoraciones
por parte
de
profesionales de
diverias
disciplinas,
se
observa
el tipo
de delito,
el
cómputo
de
la
pena,
las condiciones
familiares
y
laborales,
entre
otras.
l
Por
Benjamín Sevilla
García.
-7
-
8/18/2019 Planteamiento de la Seccional ANEP-Policia Penitenciaria Ante Comision de Seguridad y Narcotráfico
7/7
Por
otra
patte,
con
el
propósito
de
afirmar nuestra
conftanza
en
el
ordenamiento
jurídico
es importante
destacar
que
la Ley
Orgánica
del Ministerio
de
Justicia
y
Paz indica que
le
corresponde
a
este Ministerio
(no
a
otro u
otros),
"...ser
el
organismo
rector
de la
política
criminotógíca y
penológicq"
y
establece
como
parte
de
sus
competencias
"
...administrar
el
Sistema
Penitenciario
del
país y
ejecutar
las
medidas
privativas
de
libertad".
Quienes
insisten
en
oponerse
a la medida
del Ministerio
de
Justicia
y
Paz
deberían
tener
presente
que
Costa
Rica,
responsablemente,
ha
firmado
y
ratificado
casi todos los
instrumentos
internacionales
en materia
de Derechos
Humanos;
y
que
ha
optado
por
el respeto
a
la
dignidad intrínseca
de todas
las
personas
sin
importar
su condición
jurídica.
En la
misma
lógica
debe
reconocerse que
estamos
subordinados
al ordenamiento
jurídico,
que
la
propia
Sala
Constitucional
en reiteradas
ocasiones
ha
ordenado
la
adopción inmediata
de medidas
para
reducir
el
hacinamiento, y
que
varios
jueces
de
ejecución
de
la
pena
se han
pronunciado
al respecto, prohibiendo
el ingreso
de más
privados
de
libertad
a
los
centros.
Así
las
cosas,
los medios
de
comunicación
y
los
cuerpos de
policías
deberían abordar
el
tema de
la
seguridad
ciudadana
desde
una
perspectiva
integral,
de respeto
a los
derechos
humanos
y
evitar
por
todos los
medios
posibles,
dirimir
criterios
que
contribuyan
a
elevar los
niveles
de temor
en la
población.
ASOCIACIÓN
NACIONAL
DE EMPLEADOS
PÚBLICOS
Y PRIVADOS
Seccional
ANEP.PoI
icf,
Pr, ¡tert :E¡:
Seccional
ANEP-Sistema
Pen¡tenciario
Nacional
San
José,
jueves
14
de abril
de 2016
-B-