Post on 15-Dec-2015
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Apellidos y Nombres / Razón Social:FRIDA MARIELA YATACO ARIAS
Relación con el contratante:
Tipo de DOI: DNI
Genero M F Fecha Nacimiento:03/03/1981
Teléfono fijo : 7927101 Celular:
Dirección:JAMAICA
Distrito: LA MOLINA Provincia: LIMA Departamentos: LIMA
Correo Electrónico : fmya0303@hotmail.com
1. CONTRATANTE DEL SEGURO
Nombre completo denominación o razón social, según
corresponda
Domicilio
AV. REPUBLICA DE PANAMA #4628, SURQUILLO
Tipo y N° del documento de identidad
RUC: 20478729791
Teléfono: 6307200 - 6194848
2. ASEGURADO
X
N° D.O.I:42613707
5. MATERIA ASEGURADA
Rodaje: E/T
Año: 2014
Clase:3.00Marca / Modelo: KIA/ PICANTO
Chasis N°: KNABX512BET750109
Motor N°: G4LAEP006402
Suma Asegurada: 13,990.00
Ocupantes: 5
Tipo de Uso: Particular
3. VIGENCIA DEL SEGURO
US$ 1,271.86
Monto de la prim
COBERTURA TODO RIESGO SUMA ASEGURADA US
US$ 13,990.00
US$ 150,000.00
US$ 50,000.00
US$ 25,000.00
US$ 10,000.00
US$ 10,000.00
US$ 2,000.00
US$ 2,000.00
US$ 13,990.00
US$ 13,990.00
US$ 13,990.00
US$ 50,000.00
Daño Propio (Valor Referencial)
Resp. Civil frente a terceros
Responsabilidad civil de ocupantes por vehículo
Muerte e invalidez permanente de 5 ocupantes c/u hasta
Gastos de curación de 5 ocupantes c/u hasta
Gastos de Cirugia Estetica c/u hasta
Gasto de Sepelio c/u hasta
Accesorios Musicales Hasta
HH. CC. DM. V. y Terrorismo
Riesgos de la naturaleza
Ausencia de Control
Responsabilidad civil por Ausencia de Control
SEGURO VEHICULAR SKBERGE - DOLARES
CERTIFICADO DE SEGURO N°:001122 CÓDIGO REGISTRO SBS: RG041212000
Correo electrónico:
4 PRIMA
6. DESCRIPCIÓN DEL INTERÉS ASEGURAD
Clientes de SK Bergé y/o de sus Concesionarios para vehículos 0km de uso Particular, Carga, Alquiler, Escolar, Turístico y
Transporte de Personal, de las marcas KIA - FIAT - CHERY - MG - MITSUBISHI, para Lima y Provincias (Norte y Sur)
7. RIESGOS CUBIERTOS 8. SUMAS ASEGURADA
Fecha de inicio de vigencia : 09/05/2014 12:00
Fecha de término de vigencia : 09/05/2016 12:00
La póliza otorga cobertura desde su fecha de emisión.
Póliza N°: 220004916Ar e q u i p a , Ca j a ma r c a , Cu z c o , Ch i c l a y o , Ch i mb o t e , J u l i a c a , Hu a n c a y o , Hu á n u c o , I c a , I l o , I q u i t o s , L i ma , Pi u r a , Pu c a l l p a , Pu n o , Ta c n a , Tr u j i l l o
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Por evento 15.00% del monto a indemnizar, mínimo US$ 250.00 en Taller Concesionario SK Bergé
Otros talleres 20.00% del monto a indemnizar, mínimo US$ 300.00
Ausencia de Control y Responsabilidad Civil por Ausencia de Control :
* Taller SK Bergé 20% del monto a indemnizar, mínimo US$ 300.00
* Talleres no preferenciales 20% del monto a indemnizar, mínimo US$ 500.00
Uso de vias no autorizadas
* Taller SK Bergé 15% del monto a indemnizar, mínimo US$ 250.00
* Talleres no preferenciales 20% del monto a indemnizar, mínimo US$ 500.00
Accesrios Musicales y Especiales: 10.00% del monto a indemnizar, mínimo US$ 150.00
Rotura de luna nacionales sin deducible
Rotura de luna original: 10.00% del monto a indemnizar, mínimo US$ 150.00
Vehículo de reemplazo, US$ 100.00
Uso Alquiler (no rent a car), Taxi no declarado como tal:
20% del monto indemnizable, mínimo US$ 1,000.00 en talleres afiliados.
Los deducibles se duplicarán para conductores menores a 26 años cuando el conductor sea responsable según los
resultados de las investigaciones.
9. DEDUCIBLES
10. LUGAR Y FORMA DE PAGO DE LA PRIM
1. Contado, (1 cupón pagado en el banco)
2. Tres cupones sin intereses (tres cupones pagados en el banco)
3. Doce cupones sin intereses con cargo en tarjeta de crédito.
11. EXCLUSIONES
La Positiva, conforme a las Condiciones Generales, Particulares, Especiales, endosos, anexos y/o cláusulas de la
presente póliza, no cubre los riesgos y/o circunstancias que a continuación se indican:
Riesgos y/o circunstancias excluidos y no cubiertos:
· Daños a/y de la carga transportada.
· Daños durante el servicio de reparación y/o mantenimiento del vehículo.
· Daños a parientes.
· Daños intencionales.
· Daños a propiedades e infraestructura.
· Responsabilidad penal.
· Personas no autorizadas.
· Desgaste natural y/o falta de mantenimiento, o descuido.
· Guerra.
· Contaminación radioactiva.
· Fenómenos de la naturaleza.
· Daños a terceros con vehículo robado.
· Robo o hurto parcial para vehículos de timón cambiado.
· Pérdida total generada por robo parcial solo para vehículos de timón cambiado.
· Remolques, furgones, carrocerías y aditamentos.
· Daños cuya causa no pueda ser determinada.
· Sobrecupo, uso distinto al estipulado en esta póliza, enseñanza de conducción y
· Alquiler.
· Embargo y/o confiscación.
· Demoras, lucro cesante y multas.
· Falta de licencia de conducir y/o infracción muy grave.
· Discapacidad física.
· Alcoholemia y drogas.
· Agravación del daño.
· Falta de denuncia.
· Exclusiones particulares
Accesorios Musicales para vehículos de timón cambiado.
Póliza N°: 220004916Ar e q u i p a , Ca j a ma r c a , Cu z c o , Ch i c l a y o , Ch i mb o t e , J u l i a c a , Hu a n c a y o , Hu á n u c o , I c a , I l o , I q u i t o s , L i ma , Pi u r a , Pu c a l l p a , Pu n o , Ta c n a , Tr u j i l l o
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• Cláusula de Responsabilidad Civil Frente a Ocupantes:
Queda entendido y convenido que la presente Cláusula está exclusivamente referida al reembolso o por pago de
indemnización que, por concepto de Responsabilidad Civil, el Asegurado se viere obligado a efectuar por sentencia judicial
ejecutoriada relacionada directamente con la muerte o lesiones corporales o daños materiales de los pasajeros que ocupen
el vehículo, con ocasión de un accidente de tránsito y hasta por el límite máximo señalado en esta póliza.
Se excluye de la presente Cláusula la responsabilidad civil del Asegurado frente a choferes y conductores y /o sus familiares
en primer grado de consanguinidad y afinidad.
Asimismo, queda expresamente convenido que si el número de ocupantes del vehículo siniestrado fuera mayor al número
de ocupantes asegurados, la responsabilidad máxima de La Positiva, respecto a cada pasajero, será el valor que resulte de
dividir el límite máximo asegurado entre el número de pasajeros existentes en el momento del accidente.
En todo tipo de vehículo, el Asegurado amparará únicamente a los ocupantes que viajan en el interior destinado para
pasajeros y/o dentro de la cabina o caseta y en el acto de subir o bajar de las mismas, mientras el vehículo se encuentre
detenido.
Todos los demás términos y condiciones de la póliza, a excepción de los expresamente variados por la presente Cláusula ,
quedan en pleno vigor.
• Cláusula De Rehabilitación Automática De La Suma Asegurada:
Cuando por efecto de una pérdida indemnizada por La Positiva queda reducida la suma asegurada del vehículo, ésta será
automáticamente rehabilitada comprometiéndose el Asegurado a pagar a La Positiva la prima correspondiente calculada a
prorrata del tiempo que falta para el vencimiento de la póliza, contado a partir de la fecha del siniestro.
• Cláusula De Riesgos De La Naturaleza:
Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza de Vehículos, ésta se extiende
a cubrir pérdidas y daños ocasionados a los vehículos asegurados, como consecuencia directa de la ocurrencia de riesgos
de la naturaleza y hasta por la suma asegurada expresamente indicada en la póliza para cada vehículo.
Para efectos de la presente póliza, se entiende por riesgo de la naturaleza los siguientes: terremoto, maremoto, huaico,
lluvia e inundación.
El deducible por todo y cada reclamo a cargo del asegurado que afecte la cobertura otorgada mediante ésta cláusula
será el establecido en las condiciones particulares, en caso de no haberse establecido el deducible será 20% del monto
indemnizable con un mínimo de:
• Tratándose de Vehículos livianos: Automóviles y Camionetas: US$ 500
• Tratándose de Vehículos pesados: Camiones, Remolcadores y Ómnibus: US$ 1,000
• Cláusula De Uso De Vías No Autorizadas:
Queda convenido y declarado que, no obstante lo prescrito en contrario en la presente póliza, ésta se extiende a cubrir
pérdidas y daños ocasionados a los vehículos asegurados, cuando se encuentren circulando por vías no autorizadas
oficialmente para el tránsito vehicular, con excepción de los siniestros ocurridos a orillas del mar, al cruzar ríos o riachuelos
y/o al transitar en socavón.
• Cláusula Para Pérdidas Parciales Para Vehículos De Timón Cambiado Y O De Procedencia China O India:
Queda entendido y convenido que, en caso de algún eventual siniestro cubierto por la presente póliza, La Positiva Seguros y
Reaseguros se reserva el derecho de indemnizar al Asegurado sobre la base del listado de precios que esté vigente en el
mercado local en la fecha del siniestro tomando como referencia los de las marcas Kia o Hyundai, el que resulte menor.
• Cláusula De Ausencia De Control Para Pólizas Endosadas A Entidades Financieras:
1. En virtud de esta Cláusula y en consideración al pago de la prima adicional correspondiente, queda entendido y
convenido que, no obstante lo prescrito en la presente póliza, ésta se extiende a cubrir la Responsabilidad Civil frente a
terceros así como las pérdidas que sufra el vehículo asegurado, cuando las infracciones y/o los daños hayan sido
ocasionados únicamente por las siguientes causas:
a) Que el conductor del vehículo asegurado se encuentre bajo los efectos de drogas y /o alcohol, siempre que el examen
de alcoholemia arroje un resultado igual o inferior a un (1) gramo de alcohol por litro de sangre al momento del accidente .
Para efectos de esta póliza se utiliza el ratio 0.15 gramos de alcohol por litro de sangre como promedio de metabolización
del alcohol por el organismo por hora. Este ratio se aplicará al lapso transcurrido entre la hora del accidente y la hora del
examen obligatorio de alcoholemia.
b) Que el vehículo asegurado esté prestando servicio público permanente o en forma eventual.
c) Que el vehículo asegurado se destine a la enseñanza y/o prácticas de conducción.
d) Que el vehículo asegurado sea entregado en alquiler así fuere temporal o eventualmente.
e) Que el vehículo asegurado se encuentre circulando en sentido contrario al tránsito autorizado siempre y cuando sea
en zona urbana y sólo por desconocimiento y/o falta de señalización.
Póliza N°: 220004916Ar e q u i p a , Ca j a ma r c a , Cu z c o , Ch i c l a y o , Ch i mb o t e , J u l i a c a , Hu a n c a y o , Hu á n u c o , I c a , I l o , I q u i t o s , L i ma , Pi u r a , Pu c a l l p a , Pu n o , Ta c n a , Tr u j i l l o
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f) Que el vehículo asegurado se encuentre cruzando una intersección o girando, estando el semáforo con luz roja y no
existiendo la indicación en contrario.
g) Que el vehículo asegurado no esté utilizando el carril derecho para recoger o dejar pasajeros o carga.
h) Que el vehículo asegurado no esté respetando los límites máximo y mínimo de velocidad establecidos.
En virtud de esta cláusula, este seguro se extiende a cubrir, para las pólizas endosadas a entidades financieras, en
caso de Pérdida Parcial hasta el 75% del valor comercial del vehículo asegurado y, en caso de Pérdida Total del vehículo, el
saldo insoluto de la deuda, hasta el límite del valor comercial del vehículo sin exceder la suma asegurada indicada en la
póliza.
2. Son requisitos indispensables para la aplicación de esta Cláusula:
a) Que el Asegurado haya contratado una póliza de vehículos contra los riesgos principales de accidentes, incendio y
responsabilidad civil.
b) Que el conductor del vehículo asegurado tenga la licencia de conducir vigente y autorizada para conducir el vehículo
asegurado de acuerdo a lo estipulado en las disposiciones legales actualmente vigentes.
c) Que el conductor del vehículo asegurado se someta oportunamente al examen de alcoholemia o al examen
toxicológico u otro que corresponda, caso contrario se presumirá que, al momento del accidente, este se encontraba en
estado de ebriedad y/o bajo los efectos o influencia de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos, con un resultado
superior a un (1) gramo de alcohol por litro de sangre al momento del accidente y consecuentemente, la extensión de
cobertura otorgada en virtud de esta cláusula quedará automáticamente nula y sin efecto
3. La extensión de cobertura otorgada por la presente Cláusula, para cada vehículo asegurado, finalizará en el momento
mismo en que la deuda respaldada específicamente por dicho vehículo asegurado sea cancelada o en la fecha de fin de
vigencia indicada en la póliza, lo que suceda primero.
4. La Positiva tendrá el derecho de repetir contra la o las personas que resulten responsables de cualquier accidente
ocurrido al amparo de esta Cláusula.
5. Se deja expresa constancia de que esta Cláusula no cubrirá la reincidencia del conductor del vehículo asegurado que
haya ocasionado anteriormente un siniestro amparado por esta cobertura.
6. Deducible: De no especificarse deducible alguno para esta cobertura en las Condiciones Particulares éste será el
resultado de aplicar un recargo del 100% al deducible correspondiente a la cobertura de Daño Propio, indicado en la
póliza.
7.Queda establecido que la responsabilidad de La Positiva para el riesgo de Responsabilidad Civil frente a Terceros bajo
el amparo de esta Cláusula está limitado a US$ 10,000 o al que expresamente se indique en las Condiciones Particulares
de la póliza.
8. En esta Cláusula no es de aplicación el Convenio “Golpe a Golpe”.
9. Todos los demás términos y condiciones de la póliza permanecen inalterables .
• Cláusula De Imprudencia Del Conductor Del Vehículo Asegurado
1. En virtud de esta Cláusula y en consideración al pago de la prima adicional correspondiente, queda entendido y
convenido que, no obstante lo prescrito en la presente póliza, ésta se extiende a cubrir la Responsabilidad Civil frente a
terceros así como los daños que sufra el vehículo asegurado, producidos como consecuencia de un accidente en el
cuál la policía nacional haya señalado como factor determinante la imprudencia del conductor del vehículo asegurado.
Se considera imprudencia, para los efectos de la presente cláusula, cuando el vehículo asegurado:
a) Sea conducido por una persona que se encuentre bajo los efectos del alcohol, siempre que el examen de
alcoholemia arroje un resultado igual o inferior a 0.5 gramos de alcohol por litro de sangre al momento del accidente, y/o
bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos los mismos que hayan sido comprobados mediante él o
los exámenes correspondientes. Para efectos de esta póliza se utiliza el ratio 0.15 gramos de alcohol por litro de sangre
como promedio de metabolización del alcohol por el organismo por hora. Este ratio se aplicará al lapso transcurrido entre la
hora del accidente y la hora del examen obligatorio de alcoholemia.
b) No utilice el carril derecho para recoger o dejar pasajeros o carga.
c) No respete los límites máximo y mínimo de velocidad establecidos.
d) Circule en sentido contrario al tránsito autorizado, siempre y cuando sea en zona urbana y sólo por desconocimiento
o falta de señalización.
e) Cruce una intersección o gire, estando el semáforo con luz roja y no existiendo indicación en contrario.
2. Es requisito indispensable para la aplicación de esta Cláusula que el conductor del vehículo asegurado se someta
oportunamente al examen de alcoholemia o al examen toxicológico u otro que corresponda, caso contrario se presumirá
que, al momento del accidente, éste se encontraba en estado de ebriedad por encima del límite aceptado en esta cláusula
y/o bajo los efectos o influencia de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos y consecuentemente, la extensión de
Póliza N°: 220004916Ar e q u i p a , Ca j a ma r c a , Cu z c o , Ch i c l a y o , Ch i mb o t e , J u l i a c a , Hu a n c a y o , Hu á n u c o , I c a , I l o , I q u i t o s , L i ma , Pi u r a , Pu c a l l p a , Pu n o , Ta c n a , Tr u j i l l o
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cobertura otorgada en virtud de esta cláusula quedará automáticamente nula y sin efecto.
3. Se deja expresa constancia de que esta Cláusula no cubrirá la reincidencia del chofer que haya ocasionado
anteriormente un siniestro amparado por esta cobertura.
4. Deducible: De no especificarse deducible alguno para esta cobertura en las Condiciones Particulares éste será el
resultado de aplicar un recargo del 100% al deducible correspondiente a la cobertura de Daño Propio, indicado en la
póliza.
5. Queda establecido que la responsabilidad de La Positiva para el riesgo de Responsabilidad Civil frente a Terceros
bajo el amparo de esta Cláusula está limitado a US$ 10,000 o al que expresamente se indique en las Condiciones
Particulares de la póliza.
6. En esta Cláusula no es de aplicación el Convenio “Golpe a Golpe”.
7. Todos los demás términos y condiciones de la póliza permanecen inalterables .
• Cláusula De Repuestos
Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza, la unidad asegurada no pudiera ser
reparada por no existir en el mercado local los accesorios, equipos o piezas indispensables para la reparación, La Positiva
quedará relevada de toda obligación o responsabilidad mediante el pago al Asegurado (con previa aceptación de La Positiva)
de una suma que comprenda, el precio de dichos accesorios, equipos o piezas, de acuerdo con la lista de precio vigente en
el mercado local en la fecha de ocurrido el siniestro, incluyendo el valor de mano de obra para la reparación, sujeto al
presupuesto que se realice por un taller afiliado a La Positiva o concesionario de la marca.
• Cláusula De Garantía GPS
Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza, la cobertura de Robo Total está
condicionada a que el vehículo asegurado tenga instalado y mantenga operativo para todos sus efectos el Dispositivo
Localizador de Vehículos (GPS o Radiofrecuencia), instalado por una empresa debidamente certificada y previamente
aceptada por La Positiva y a que se comunique el robo inmediatamente al proveedor del servicio GPS y a Línea Positiva en
Lima: 211-0211 y en Provincias: 0800-1-0800 ó 74-9000 en un plazo no mayor de (4) horas de ocurrido el siniestro.
• Cláusula De Vehículo de Reemplazo
Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y condiciones de la Póliza de Vehículos, y en virtud de la
presente cláusula La Positiva pondrá a disposición del Asegurado y a su solicitud un auto de reemplazo, por el periodo
indicado en las condiciones Particulares de la Póliza, únicamente en caso de siniestro cubierto por la mencionada Póliza.
Condiciones del Servicio
•Para vehículos livianos de uso particular con pólizas bajo la modalidad de daño propio, el servicio se otorga para
vehículos que hayan ingresado al taller y luego de que hayan transcurrido por lo menos 48 horas de ocurrido el
accidente o luego de que La Positiva haya aprobado el presupuesto del taller, lo que suceda primero.
•Este servicio será brindado en Lima Metropolitana y en Provincia en Arequipa, Cajamarca, Cusco, Juliaca, Piura y
Pucallpa.
•Se aplica un pago de garantía por parte del proveedor del servicio, el cual será solicitado en efectivo o mediante firma
de voucher y será devuelto cuando se entregue la unidad en iguales condiciones en que fue brindado.
•La entrega o devolución del vehículo será en el local del Proveedor, previa coordinación con línea Positiva.
•Sólo el asegurado está autorizado a conducir el Vehículo de Reemplazo .
•El Vehículo de Reemplazo será a elección de La Positiva.
•Este servicio estará sujeto a la disponibilidad de autos (sean mecánicos o automáticos) y horarios de entrega previa
coordinación con Línea Positiva.
DEDUCIBLE: El deducible y la cantidad de usos de este servicio se encuentra especificado en las condiciones
particulares de la Póliza.
Nota: Este servicio estará sujeto a la disponibilidad de Vehículos de los Proveedores, previa coordinación con Línea
Positiva.
Exclusiones:
13. CONDICIONES ESPECIALES
- Accidentes personales ocupantes: Camiones y paneles sólo 2 ocupantes
- Valor Asegurado: Los 2 primeros años de cobertura. Siempre y cuando el vehículo debe tener los mantenimientos
según la disposición por la marca en los concesionarios autorizados.
- El vehículo debe tener los mantenimientos según la disposición por la marca en los concesionarios autorizados
- Los deducibles se duplicarán para conductores menores a 26 años cuando el conductor sea responsable según los
resultados de las investigaciones. Se aplicará un descuento del 10% en las tasas
- Gastos de Búsqueda y rescate del vehículo hasta $5,000 (vía reembolso)
- Reembolso hasta $500 grúa y ambulancia en caso de siniestro fuera del radio de acción de la aseguradora
Póliza N°: 220004916Ar e q u i p a , Ca j a ma r c a , Cu z c o , Ch i c l a y o , Ch i mb o t e , J u l i a c a , Hu a n c a y o , Hu á n u c o , I c a , I l o , I q u i t o s , L i ma , Pi u r a , Pu c a l l p a , Pu n o , Ta c n a , Tr u j i l l o
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exista la denuncia policial debidamente efectuada en el mismo día de ocurrido el siniestro, se haya sometido al
dosaje etílico correspondiente y haya informado a la Aseguradora de la ocurrencia del siniestro
- La cobertura de vehículo de reemplazo se otorga para cualquier tipo de siniestro (no rotura de lunas)
- En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma póliza, se aplicará a
discreción del Asegurado la cobertura por la cual se realizará el reclamo
- Ausencia de Control según cláusula de la LP. En caso de siniestros amparados bajo la cobertura de Ausencia de
Control, los alcances de la cobertura se extienden a todas las demás coberturas afectadas por el siniestro, tales
como Accidentes de Ocupantes, Responsabilidad Civil, entre otras. caso de Ausencia de Control
- Se amparan siniestros cuando la licencia de conducir del chofer se encuentre vencida con una antigüedad no mayor
a 60 días, se atenderá por Ausencia de Control (no imprime en póliza, la define la Cía. y SK Berge)
- La indemnización de una pérdida total amparada bajo la póliza, para vehículos nuevos hasta en su segundo año de
cobertura, se realizará mediante la reposición de la unidad, con un vehículo igual o similar al anterior, para lo
cual la Cía. pagará a SK Bergé el 100% del valor (precio de lista). SK Bergé otorgará un precio especial de dealer
a LP.
- Se otorgara un Bono de Descuento de US$ 50 aplicables al primer siniestros, siempre y cuando se atienda en la
red de taller de SK BERGE
- La póliza se emitirá con Vigencia diferida de 1 mes, en caso de presentarse un siniestro en este periodo, el mismo
estará coberturado aplicando el deducible correspondiente.
- Vigencia 12 meses, más 1 mes de regalo según condición Especial. Renovaciones: Vigencia Anual 12 Meses
14. INFORMACION ADICIONAL
POLITICA DE SISTEMA DE RASTREO VEHICULAR
Unidades de Alto riesgo que requieren contar de forma Obligatoria con el Dispositivo localizador de vehículos
para contar con la cobertura de robo Total
Los siguientes modelos hasta con 3 años de antigüedad (Nuevos al 2010) están obligados a tener instalado y mantener
operativo para todos sus efectos un Dispositivo Localizador de Vehículos (GPS o Radiofrecuencia), instalado por una
empresa debidamente certificada y
previamente aceptada por La Positiva, de lo contrario no tendrán la cobertura de Robo Total .
Automóviles
Camionetas Rurales
Camionetas Pick Up
Todos los vehículos livianos con valor comercial mayor a US$ 50,000
• Chevrolet Aveo
• Mazda 3
• Nissan Sentra,
• Subaru Impreza
• Toyota :
Corolla,Yaris
• Honda: CRV
• Mitsubishi: Montero, Nativa,
Pajero
• Suzuki: Grand Nomade
• Toyota: FJ Cruiser, Fortuner, Land
Cruiser,
• Todas las marcas y modelos
- Medios y plazo establecidos para el aviso del siniestro: A través de Línea Positiva llamando al 211-0211 desde Lima o
al 74- 9000 desde
provincias, dentro de las 72 horas ocurrido el siniestro / 7 días calendarios de ocurrido el siniestro
- Lugares autorizados por la empresa para solicitar la cobertura del seguro: En las oficinas de La Positiva Seguros ,
cuyas direcciones
aparecen en www.lapositiva.com.pe
- Medios habilitados por la empresa para presentar reclamos: La Positiva recibirá los reclamos de los Asegurados en
su “Área de Servicio al
Cliente” llamando al 211-0-211 desde Lima o al 74-9000 desde provincias o en cualquiera de sus oficinas a nivel
nacional, ubicadas en las
direcciones que aparecen en nuestra página web: www.lapositiva.com.pe.
- Instancias habilitadas para presentar reclamos y/o denuncias: Defensoría del Asegurado, SBS, INDECOPI, entre
otros, según corresponda.
Póliza N°: 220004916Ar e q u i p a , Ca j a ma r c a , Cu z c o , Ch i c l a y o , Ch i mb o t e , J u l i a c a , Hu a n c a y o , Hu á n u c o , I c a , I l o , I q u i t o s , L i ma , Pi u r a , Pu c a l l p a , Pu n o , Ta c n a , Tr u j i l l o
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- El presente producto presenta obligaciones a cargo del usuario cuyo incumplimiento podría afectar el pago de la
indemnización o
prestaciones a las que se tendría derecho”.
15. BENEFICIOS ADICIONALES
LINEA POSITIVA
*Asistencia Personal de Procuradores (lugar de los hechos)
*Asesoria de Trámites en la Comisaría
*Exoneración de trámites de acuerdo al caso
*Traslado en grúa (en la zona urbana), solo para vehículos menores a 2 Tn y con cobertura de Todo Riesgo, por reembolso
fuera del rango
de acción de Cia, hasta US$ 500
*Emergencia médica asistida y ambulancia amparado por la póliza por reembolso fuera del rango de acción de
aseguradora, hasta US$ 500
16. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALE
El Contratante y el Asegurado autorizan de forma expresa a La Positiva Seguros y Reaseguros, el uso de los datos
personales proporcionados en la contratación del presente seguro, para fines comerciales, tales como el envío de publicidad
y promociones de diferentes productos o servicios; autorización que la extendemos en el marco de lo dispuesto en la Ley
Nº 29733 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2013, que regulan el tratamiento de datos personales, y
la posibilidad de que la Positiva Seguros y Reaseguros transfiera los mismos a sus empresas vinculadas.
Fecha de emisión, 09/04/2014
La Positiva Seguros y Reaseguros
El Asegurado declara que, antes de suscribir este certificado de seguro ha tomado conocimiento de todas y cada una de las
condiciones del presente documento, a cuyas estipulaciones queda sometido el presente contrato.
Firma del Asegurado
Póliza N°: 220004916Ar e q u i p a , Ca j a ma r c a , Cu z c o , Ch i c l a y o , Ch i mb o t e , J u l i a c a , Hu a n c a y o , Hu á n u c o , I c a , I l o , I q u i t o s , L i ma , Pi u r a , Pu c a l l p a , Pu n o , Ta c n a , Tr u j i l l o
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ENDOSO DE CESIÓN DE DERECHOS INDEMNIZATORIOS A FAVOR
BBVA BANCO CONTINENTAL
PÓLIZA N° 220004916
CONTRATANTE
ASEGURADO
CLASE
AÑO
VIGENCIA
MARCA
PLACA CHASIS
MODELO
MOTOR
:
:
:
:
:
:
:
:
: :
SKBERGE PERU S.A.C
YATACO ARIAS FRIDA MARIELA
(3.00) Autos Alto Riesgo
2014
G4LAEP006402
DESDE 09/05/2014 HASTA 09/05/2016
KIA
PICANTO
E/T KNABX512BET750109
CESIÓN DE DERECHOS:
Mediante el presente endoso el Asegurado deja constancia que los derechos de indemnización que corresponden a
cualquier siniestro amparado por la presente Póliza , que produzca únicamente la Pérdida Total del Vehículo Asegurado ,
quedan transferidos a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL, en su calidad de acreedor hasta donde sus intereses
aparezcan, sin exceder la suma asegurada de US$ 13,990.00.
CLÁUSULAS ADICIONALES Y MODIFICACIÓN DE COBERTURAS:
A solicitud del Asegurado, se incorporan a la presente Póliza, la Cláusula de Ausencia de Control y la Cláusula de Uso de
Vías No Autorizadas, cuyos textos se adjuntan al presente endoso, hasta el límite del valor comercial del vehículo sin
exceder la suma asegurada indicada en la póliza.
Asimismo, se incluye dentro de la Cláusula de Ausencia de Control, la cobertura de Responsabilidad Civil por Ausencia
de Control hasta por US$ 50,000.
Mediante el presente endoso, se deja sin efecto la cobertura Responsabilidad Civil frente a Terceros comprendida en la
presente Póliza y se sustituye la misma por una cobertura de Responsabilidad Civil frente a Terceros de hasta US $
150,000.00.
PAGO DE LA PRIMA:
Queda convenido, que en caso el asegurado dejara de cumplir sus obligaciones del pago de la prima de acuerdo a lo
establecido en la presente Póliza y en las disposiciones legales vigentes , la aseguradora se obliga a comunicar por escrito
a BBVA BANCO CONTINENTAL de dicha situación y a otorgar un plazo de 15 días calendario a partir de la notificación a
efecto de que éste pueda hacerse cargo del pago correspondiente . La omisión de esta obligación de la aseguradora no
generará obligación ni responsabilidad alguna a BBVA BANCO CONTINENTAL, debiendo en todo caso la aseguradora
informar al tomador original o asegurado por escrito del incumplimiento para que regularice el pago de las primas pendientes
de pago. En caso La aseguradora no remitiera a BBVA BANCO CONTINENTAL la comunicación antes mencionada y se
produjera un siniestro, La aseguradora sólo indemnizara a BBVA BANCO CONTINENTAL si el siniestro produjo la Pérdida
Total del vehículo asegurado.
Si a pesar del aviso por escrito al tomador o asegurado éste no cumpliese con el pago requerido , la aseguradora se
compromete a informar de este hecho a BBVA BANCO CONTINENTAL Queda claramente establecido que BBVA
BANCO CONTINENTAL no tiene la obligación de pagar la prima, siendo el pago de ésta potestativo .
Esta póliza no podrá dejarse sin efecto , sin previo aviso por escrito a BBVA BANCO CONTINENTAL quince días calendario
antes de tal hecho. En caso de renovación y/o prórroga y/o emisión de una nueva póliza, que deberá ser en las mismas
condiciones originales salvo respecto al mayor plazo de cobertura del seguro , se entenderá automáticamente inserta la
presente cláusula en la póliza renovada o prorrogada o nueva contratada , aun cuando no exista comunicación escrita que
así lo exprese, salvo que BBVA BANCO CONTINENTAL notifique de lo contrario a la aseguradora .
Póliza N°: 220004916Ar e q u i p a , Ca j a ma r c a , Cu z c o , Ch i c l a y o , Ch i mb o t e , J u l i a c a , Hu a n c a y o , Hu á n u c o , I c a , I l o , I q u i t o s , L i ma , Pi u r a , Pu c a l l p a , Pu n o , Ta c n a , Tr u j i l l o
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La aseguradora conviene específicamente en que la póliza no se invalidará por el hecho de que el asegurado omita
involuntariamente declarar cualquier circunstancia que deba considerarse de consecuencia para la estimación de la
gravedad del riesgo, cuando dicha circunstancia haya estado probadamente fuera del control y conocimiento del asegurado ,
salvo que haya existido dolo o culpa inexcusable de parte de este .
MODIFICACIONES A LA PÓLIZA:
Es entendido y convenido que ninguna modificación en las Condiciones Generales , Especiales y Particulares de la presente
Póliza, será introducida sin el previo consentimiento escrito de BBVA BANCO CONTINENTAL , en cuanto afecte sus
intereses, para cuyo efecto la aseguradora avisará oportunamente y por escrito de toda modificación que se solicite ,
consecuentemente se considerará como no insertada cualquier modificación que no haya sido autorizada por BBVA
BANCO CONTINENTAL, de igual manera se entenderá liberada de responsabilidad cuando habiendo sido notificado de la
modificación BBVA BANCO CONTINENTAL, no diera respuesta alguna dentro del plazo concedido quedando la aseguradora
en libertad de introducir la modificación en la póliza en los términos informados
Queda igualmente convenido que, en caso de pérdida indemnizable amparada por esta Póliza y donde quiera aparezcan los
intereses de BBVA BANCO CONTINENTAL, corresponden al asegurado probar de manera fehaciente la preexistencia del
(los) bien (es) asegurado(s).
La presente Cláusula será preeminente sobre cualquier Cláusula, Endoso, Condiciones Generales, Particulares que se
opongan a la misma, aún cuando sean de fecha posterior .
Es responsabilidad del tomador original o asegurado entregar este endoso a BBVA BANCO CONTINENTAL y
solicitar a esta última, la resolución de la póliza de seguros que se va a reemplazar si es que lo hubiese o
resolver cualquier contrato de seguro que el tomador original o asegurado tenga contratada en la aseguradora
para el mismo vehículo en mención. La Aseguradora no asumirá devoluciones de primas por la demora en la
resolución de la respectiva póliza derivada del dolo o culpa inexcusable del original tomador o asegurado.
Queda anotado en los registros de la Compañía.
Lima, 09/04/2014
La Positiva Asegurado
De acuerdo con el Art.341 de la Ley 26702, agradeceremos devolver una copia de la presente a la COMPAÑIA debidamente firmada
por el ASEGURADO.
Póliza N°: 220004916Ar e q u i p a , Ca j a ma r c a , Cu z c o , Ch i c l a y o , Ch i mb o t e , J u l i a c a , Hu a n c a y o , Hu á n u c o , I c a , I l o , I q u i t o s , L i ma , Pi u r a , Pu c a l l p a , Pu n o , Ta c n a , Tr u j i l l o
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09/04/2014
DATOS DEL ASEGURADO
Fecha:Código del Cliente
CARGO EN CUENTA - TARJETA DE CRÉDITO
Apellidos y Nombres / Razón Social
VISA X
02 18
AMEXMASTERCARD DINERS
FRIDA MARIELA YATACO ARIAS
DNI O RUC
Autorizo a la Positiva Seguros y Reaseguros, a efectuar el cargo de mi(s) pólizas de
seguros, según indico a continuación.
Ramo Póliza Contrato
Seguro Vehicular N°
N°
N°
N°
N°
N°
DATOS DEL TITULAR DE LA TARJETA DE CREDITO
Apellidos y Nombres / Razón Social
DNI O RUC
Dirección y Teléfonos
Correo Electrónico
OtraTarjeta
N° de Tarjeta
Fecha de Emisión Fecha de Vencimiento
Fecha de Cargo
/
1 9 16 23
Si desea colocar un monto máximo a cargar:
Cláusula Especial:
Por la presente cláusula, comprometo a cancelar inmediatamente y sin necesidad de requerimiento alguno de LA POSTIVA , conforme a las
condiciones generales de la póliza, la(s) cuota(s) que no hayan podido ser debitadas de mi Tarjeta declarada .
Dejando expresa constancia La Positiva de lo siguiente:
Por esta cláusula me comprometo expresamente a mantener a partir de la fecha los fondos suficientes para su débito automático.
Firma el titular
Mayor información en www.lapositiva.com.pe
42613707
7927101
jamaica
FRIDA MARIELA YATACO ARIAS
220004916
42613707
4110930610911866
Póliza N°: 220004916Ar e q u i p a , Ca j a ma r c a , Cu z c o , Ch i c l a y o , Ch i mb o t e , J u l i a c a , Hu a n c a y o , Hu á n u c o , I c a , I l o , I q u i t o s , L i ma , Pi u r a , Pu c a l l p a , Pu n o , Ta c n a , Tr u j i l l o
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DATOS DEL ASEGURADO
09/04/2014Fecha:Código del Cliente
CARGO EN CUENTA - TARJETA DE CRÉDITO
Apellidos y Nombres / Razón Social
VISA X
02 18
AMEXMASTERCARD DINERS
220004916
FRIDA MARIELA YATACO ARIAS
DNI O RUC 42613707
Autorizo a la Positiva Seguros y Reaseguros, a efectuar el cargo de mi(s) pólizas de
seguros, según indico a continuación.
Ramo Póliza Contrato
Seguro Vehicular N°
N°
N°
N°
N°
N°
DATOS DEL TITULAR DE LA TARJETA DE CREDITO
Apellidos y Nombres / Razón Social
DNI O RUC
Dirección y Teléfonos
Correo Electrónico
OtraTarjeta
N° de Tarjeta
Fecha de Emisión Fecha de Vencimiento
Fecha de Cargo
4110930610911866
/
1 9 16 23
Si desea colocar un monto máximo a cargar:
Cláusula Especial:
Por la presente cláusula, comprometo a cancelar inmediatamente y sin necesidad de requerimiento alguno de LA POSTIVA , conforme a las
condiciones generales de la póliza, la(s) cuota(s) que no hayan podido ser debitadas de mi Tarjeta declarada .
Dejando expresa constancia La Positiva de lo siguiente:
Por esta cláusula me comprometo expresamente a mantener a partir de la fecha los fondos suficientes para su débito automático.
Firma el titular
Mayor información en www.lapositiva.com.pe
FRIDA MARIELA YATACO ARIAS
42613707
jamaica
7927101
Póliza N°: 220004916Ar e q u i p a , Ca j a ma r c a , Cu z c o , Ch i c l a y o , Ch i mb o t e , J u l i a c a , Hu a n c a y o , Hu á n u c o , I c a , I l o , I q u i t o s , L i ma , Pi u r a , Pu c a l l p a , Pu n o , Ta c n a , Tr u j i l l o
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CONVENIO DE PAGO N° 001122
Datos de la Póliza
Ramo Prima US
Datos del Asegurado
Nombre o Razón Social:
Dirección:
Cronograma de Pagos
09/05/2014 09/05/2016VEHICULOS
Póliza N°: N° Documento Inicio Vigencia Fin Vigencia
42613707 1,271.85
PRIMA TOTAL 1,271.85
YATACO ARIAS FRIDA MARIELA
JAMAICA
220004916
0.00
24
1,271.85
1,271.85
001122 - 0
001122 - 1
001122 - 2
001122 - 3
001122 - 4
001122 - 5
001122 - 6
001122 - 7
001122 - 8
001122 - 9
001122 -10
001122 -11
001122 -12
001122 -13
001122 -14
001122 -15
001122 -16
001122 -17
001122 -18
001122 -19
001122 -20
001122 -21
001122 -22
001122 -23
10/03/2015
10/02/2015
10/01/2015
10/12/201410/11/201410/10/2014
10/09/2014
10/08/2014
10/07/2014
10/06/2014
10/05/2014
10/04/2014 52.99
52.99
52.99
52.99 52.99
52.99
52.99 52.99
52.99
52.99
52.99
52.99
N° Pagos:
Prima total US$:
G. Finan.:
Total a Pagar US$:
52.99
52.99
52.99 52.99
52.99
52.99
52.99
52.99
52.99
52.99
52.99
52.99
10/04/2015
10/05/2015
10/06/2015
10/07/2015
10/08/2015
10/09/2015
10/10/2015
10/11/2015
10/12/2015
10/01/2016
10/02/2016
10/03/2016
N° Cuponera Vencimiento Monto (US$) Resumen
Póliza N°: 220004916Ar e q u i p a , Ca j a ma r c a , Cu z c o , Ch i c l a y o , Ch i mb o t e , J u l i a c a , Hu a n c a y o , Hu á n u c o , I c a , I l o , I q u i t o s , L i ma , Pi u r a , Pu c a l l p a , Pu n o , Ta c n a , Tr u j i l l o
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Intermediario: 572 MARIATEGUI JLT CORREDORES DE SEGUROS S.A. J0387
La cobertura se inicia con la suscripción del convenio y el pago de la primera cuota dentro de los primero 30 días de vigencia ,
dejando expresa constancia de que la mora total o parcial en el pago de la prima origina la suspensión inmediata de la
cobertura del seguro.
El presente convenio forma parte íntegramente de la póliza de seguros, razón por la cual es obligación del contratante remitir
directamente a la compañía el presente documento debidamente firmado físicamente o por fax al 211 -0015 o al correo
electrónico: cobranzas_lima@lapositiva.com.pe o en su defecto, por intermedio del corredor de seguros.
El asegurado declara haber tomado conocimiento de los alcances del Reglamento de pago de Primas de Pólizas de
Lugares de Pago
Interbank (*)
Scotiabank (*)
Banco Continental (*)
BIF (*)
DNI
O
RUC
Banco Financiero (*)
Banco del Comercio
Wester Union
BCP (*)
DNI
O
RUC
N° Convenio:
Oficinas de la Positiva Seguros y Reaseguros a nivel nacional
* También a través de las páginas Web de estas entidades
CONTRATANTE Y/O ASEGURADO
Código de IdentificaciónEntidadCódigo de IdentificaciónEntidad
FUENTES GONZALES, VICTOR ESTEBAN
REPRESENTANTE
LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS
001122
CONVENIO DE PAGO N° 001122
Póliza N°: 220004916Ar e q u i p a , Ca j a ma r c a , Cu z c o , Ch i c l a y o , Ch i mb o t e , J u l i a c a , Hu a n c a y o , Hu á n u c o , I c a , I l o , I q u i t o s , L i ma , Pi u r a , Pu c a l l p a , Pu n o , Ta c n a , Tr u j i l l o
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001122A
09/05/201509/05/2014
Motor N°: G4LAEP006402
Placa N°: E/T
001122A
09/05/201610/05/2015
001122B
Motor N°: G4LAEP006402
Placa N°: E/T
Póliza N°: 220004916Ar e q u i p a , Ca j a ma r c a , Cu z c o , Ch i c l a y o , Ch i mb o t e , J u l i a c a , Hu a n c a y o , Hu á n u c o , I c a , I l o , I q u i t o s , L i ma , Pi u r a , Pu c a l l p a , Pu n o , Ta c n a , Tr u j i l l o
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