Post on 13-Jul-2015
2014 American Tax Awards Winner
Deloitte fue reconocida como la Mejor
Firma de Impuestos del año 2014 en
Colombia, por la International Tax
Review.
Precios de transferencia
Perspectiva colombiana
Pedro Enrique Sarmiento Pérez
Socio Director – Deloitte Colombia
¿Qué es Precios de Transferencia?
“Es el precio pagado por compañías vinculadas por la
transferencia de bienes tangibles/intangibles, servicio o por
operaciones financieras / seguros / reaseguros”.
• Pueden ser operaciones recurrentes u
• Operaciones que se realizan una sola vez.
Adicionalmente, las operaciones pueden ser:
• Realizadas en el ámbito internacional o
• Efectuadas a nivel local.
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Aspectos Generales OCDE y Legislación Colombiana
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BEPS – Base Erosion and Profit Shifting
Significado del acrónimo
Erosión, disminución de la base
gravable y la transferencia de
beneficios o rentas fiscales a
jurisdicciones de baja
imposición
Objetivos
Creación de estándares de
tributación internacional
Eliminación de la doble no
imposición
Certeza y seguridad para los
contribuyentes
Objetivos del plan BEPS
Además de buscar cambios en principios de tributación internacional
la implementación de las BEPS busca recaudo
El plan tiene fortalezas tales como:
• Evitar la incertidumbre de los contribuyentes
• Privilegiar la sustancia económica sobre la forma
• Castigar la planeación fiscal abusiva
• Evitar abuso de los convenios de doble imposición
Tiene debilidades como:
• Cuando busca coherencia y simetría en los regímenes de todas las jurisdicciones
• La no diferencia entre la planeación fiscal agresiva y la planeación fiscal abusiva
Principio de Plena Competencia (Art. 260-2)
Ley 1607 (Art. 260 – 2)
Las operaciones con
vinculados deberán considerar
el principio de plena
competencia.
“Se entenderá que el Principio de
Plena Competencia es aquél en el
cual una operación entre vinculados
cumple con las condiciones que se
hubieren utilizado en operaciones
comparables con o entre partes
independientes.”
(Art. 260 -1)
Las operaciones con
vinculados económicos
deberán considerar los
precios y márgenes de
utilidad establecidos en
operaciones comparables
con o entre terceros
independientes.
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Legislación Colombiana
Obligados al Régimen de Precios de Transferencia
B
A
Zona Franca
Es el precio o monto de las contraprestaciones al que se transfieren bienes y servicios entre sociedades vinculadas
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Exterior
Caso 1
B
A
Caso 2
B
A
Caso 3
NUEVO
Territorio
Aduanero
Nacional
Contribuyente que debe soportar las operaciones (A)
PF
A
Caso 4
NUEVO
A
Zonas Francas en Colombia
Zonas Francas
Calificación
• Bienes
• Servicios
• Bienes y servicios
Operaciones
• Limita las operaciones que pueda desarrollar, incluso con compañías ubicadas en Territorio Nacional Aduanero o del exterior
• Coherente con la calificación de la compañía en zona franca
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Utilidad por tipo de actividad
Desde el punto de vista de Zona Franca
Manufactura
por contrato
Manufactura
Completa
Niv
el
de U
tili
dad
Actividad
Manufactura
por maquila
Realidad Económica
En relación con las funciones realizadas, riesgos asumidos
y activos disponibles, es posible que existan conceptos
posibles de ser facturados por parte del TAN (fuerza de
ventas, back office)
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Utilidad por tipo de actividadDesde el punto de vista del TAN
Comisionistas y Agencias
Distribuidor por consignación
Niv
el de U
tilidad
Actividad
Mayoristas y Comercializadores
Distribuidor Completo
Realidad Económica
En relación con las funciones realizadas, riesgos asumidos y
activos disponibles, es posible que el TAN este realizando
mayores funciones que no están siendo reconocidas por Zona
Franca
Precios de transferenciaDeberes formales
¿Tiene operaciones con
vinculados de zona franca
o del exterior?
No tiene obligaciones
formales de Precios de
Transferencia
Patrimonio Bruto
(≥ US$ 1.374.000)
ó Ingresos Brutos
(≥ US$ 830.000)
NO NO
SI∑Op. ≥ 61.000
UVT – US$
830.000
∑ Tipo Op. ≥ 32.000 UVT
– US$ 440.000
Obligación de
presentar Declaración
Informativa
Obligaciones de
Declaración Informativa
y Documentación
Comprobatoria
SI
NO
SI
NO
SI
Tener en cuenta en
caso de op. de
financiamiento el monto
del principal
El Decreto 3030 aumentó la
materialidad para las
operaciones objeto de
análisis.
(Art. 260-2)
• Contribuyentes al impuesto a la renta
• Tiene vinculados económicos
• Realizó operaciones en el año gravable con vinculados
económicos
• Paraísos Fiscales
Obligaciones
Sustanciales
Precios de transferenciaDeberes formales con paraísos fiscales
En operaciones con paraísos
fiscales la materialidad es
menor.
Las sanciones por omisión /
inconsistencias en
operaciones con paraísos
fiscales son superiores a las
sanciones por los mismos
hechos con vinculados
económicos.
Tiene operaciones con Paraísos Fiscales?
NO
No tiene obligación
SI ∑ Op. ≥ 10.000 UVT –US$ 136.000
SI
NO
Obligación de presentar Declaración Informativa
Obligaciones de presentar Documentación Comprobatoria y Declaración Informativa
Tener en cuenta en caso de op. de
financiamiento el monto del principal
Obligados al Régimen de Precios de Transferencia - Colombia
Operaciones con
Vinculados
Económicos del
Exterior
Contribuyentes
TAN con Zona
Franca
Art. 112
Establecimiento
Permanente
Art. 111 *
Aportes en
especie
Art. 319 - 2
Sucursales o EP
sin operaciones
con vinculados
Art. 20 - 2
Fusiones y
Escisiones
Art. 319 - 5
Operaciones con
paraísos fiscales
Art 260 -7**
NormasAntiabuso
Art. 869 y 869 - 1
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Causales de vinculación económica
Vinculación
Económica
Subordinación directa o indirecta Establecimientos
Permanentes
Grupo Empresarial50% de los ingresos brutos
provengan de socios
Sucursales
Cuando existan acuerdos de
colaboración empresarial
Agencias Operaciones a través de
terceros
Paraísos Fiscales (*) Franquicias
Capital Control Dirección Otras
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La Carga de la Prueba en Colombia
• “Carga de la Prueba” recae en el
contribuyente: La carga de la prueba es
“una noción procesal que consiste en una
regla de juicio, que le indica a las partes
la autorresponsabilidad que tienen para
que los hechos que sirven de sustento a
las normas jurídicas cuya aplicación
reclaman aparezcan demostrados y que,
además, le indica al juez cómo debe
fallar cuando no aparezcan probados
tales hechos”.
• Declaración Informativa
• Documentación Comprobatoria
Contribuyente
• Puede hacer uso de información
recopilada para:
- Establecer estadísticas de
contribuyentes;
- Calcular rentabilidades de
diferentes industrias
- Determinar algunos
comparables apropiados
- Cruzar información
proporcionada en medios
magnéticos
Autoridad
Tributaria
Desvirtuar la Prueba
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Puntos Principales de Discusión (Factores Críticos en materia de PT)
Selección del
Método
Segmentación
de Información
Financiera
Selección de
Comparables
Ajustes de
Comparabilidad
Años de
Comparabilidad
Filtros de
Selección de
Comparables
Experiencia Internacional
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Evolución de las tendencias de fiscalización de la DIAN
Operaciones fuera de rango
Con base en lo dispuesto en el art.
260-3 E.T. en caso de que la
operación quede por fuera del
rango intercuartil, la
administración solicitará que esta
se ajuste a la mediana del rango.
Ajustes Extraordinarios
La DIAN desconoce de plano los
ajustes hechos por los
contribuyentes en los estudios de
Precios de Transferencia.
Método Seleccionado
La DIAN cuestiona el método de
comparabilidad empleado por el
contribuyente en su estudio de
Precios de Transferencia y
argumenta las razones por las
cuales debió emplearse un método
diferente.
(Prelación de método – Ahora
prelación de comparables
internos).
Comparables seleccionados
La DIAN cuestiona los
comparables seleccionados por el
contribuyente en su estudio de
Precios de Transferencia y
argumenta las razones por las
cuales debió emplearse unos
comparables diferentes
Realidad Económica
La DIAN requiere a los
contribuyentes que estando dentro
del rango intercuartil demuestren
la realidad de las operaciones con
vinculados económicos y en
aquellos casos en los que no sean
demostradas desconoce el costo o
gasto asociado.
Casos Especiales
El contribuyente presenta una
prueba técnica tendiente a
demostrar que sus operaciones
cumplen con el principio de plena
competencia, previa solicitud de
ajuste por parte de la Autoridad, lo
cual cuestiona la DIAN por ser
distinto al estudio inicial.
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22© 2014. For information, contact Deloitte Touche Tohmatsu Limited.
Factores determinantes de la comparabilidad
• Características de los productos o servicios
• Análisis funcional – Hechos atípicos
• Cláusulas contractuales
• Circunstancias económicas
• Estrategias mercantiles
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FiscalizaciónAjustes de exactitud – Criterios de comparabilidad
Text
PARTE
ANALIZADACOMPARABLE
• Decreto 3030 Artículo 4.g: Prelación a los comparables internos sobre los externos
Criterios de Comparabilidad - Comparables internos
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Denominación Concepto
Reevaluación del
peso
Eliminar el efecto en los comparables asociado a las funciones adicionales que
desarrollan frente al contribuyente colombiano objeto de análisis
Intensidad de
funciones
Integrar el análisis de diferentes tipos de transacción cuando una subsidia a la
otra
Subsidios
cruzados
Diferencia en
activos fijos
Eliminar el margen adicional que se deriva por tener mayor capital invertido en
activos fijos
Eliminar el efecto de la apreciación del peso frente al dólar (Caso exportadores)
Ajustes de exactitud - Identificación y cuantificación”
Gastos
extraordinarios
Normalizar los gastos extraordinarios derivados de situaciones de mercado o de
estrategia de negocios no relacionadas con vinculados económicos
• Manufactura
• Distribución
• Servicios
• Objetividad
• Ventas como recurso
residual
• Realidad del negocio
• Soportes
• Análisis funcional de
las operaciones
• Consistencia
Análisis
Funcional
Criterios de
Asignación
Segmentación
de Información
Financiera
Decreto 3030, Artículo 4, Parágrafo 4: …“A los efectos del inciso 3 del artículo 260-5 del ET,
cuando sea necesaria la segmentación (…) se deberá preparar con los principios generalmente
aceptados en Colombia y deberá ser allegada a la correspondiente documentación comprobatoria
dictaminada y/o certificada por Revisor Fiscal”
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InformaciónInformación financiera segmentada – Realidad Económica
Naturaleza de la
transacción analizada
(análisis funcional)
Mejor
método
Confiabilidad de los
ajustes de
comparabilidad
Nivel de
Comparabilidad
Disponibilidad de
información confiable
para la aplicación
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Selección del método– Realidad Económica
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Selección del Método
Precio Comparable No Controlado - PC
Da mayor importancia a las características del producto o servicio que a las funciones
Mas exigente en su uso. Debe haber plena identidad de los productos comparables y
circunstancias de la transacción
Precio de Reventa - PR
Resulta aplicable en aquellas transacciones que involucran la compra a vinculados y
posterior reventa de bienes tangibles en las cuales el revendedor no añadió ningún
valor a dichos bienes, ya que no alteró físicamente dichos bienes antes de revenderlos.
Costo Adicionado - CA
Se parte del costo de producción y a este valor se le adiciona el margen bruto de
utilidad. (Compañías manufactureras o prestadoras de servicios)
Se utiliza con frecuencia para el análisis de operaciones de venta de producto manuf.
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Selección del Método
Partición de Utilidades - PU
Se analiza la contribución de las compañías involucradas en la transacción vinculada
frente a la utilidad operacional global de todas ellas.
Se utiliza normalmente en operaciones con alto nivel de integración.
Cuando la transacción involucra intangibles considerables, se asigna a cada empresa
un retorno apropiado conforme al principio de plena competencia.
Transaccional de Utilidad de Operación - TU
Analiza el margen de utilidad de operación
Se enfoca más en las funciones, activos y riesgos, que en el producto propiamente
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Métodos y Operaciones(Nuevo Art. 260-4)
• La operación debe estar a precios de mercado
• Normas de Subcapitalización
• Establece una relación de 1 a 3 para aceptar
deducción intereses-
• “Si los términos y condiciones de las
operaciones de financiamiento son tales que no
son propias o no concuerdan con las de las
prácticas de mercado, dichas operaciones no
serán consideradas como préstamos
ni intereses, sino como aportes de
capital y serán tratadas como
dividendos”
• Se considera el capital y no el rendimiento para
efectos del análisis de la operación
Operaciones de Financiamiento
• Eliminación como método de valoración el
“Valor Patrimonial” o “Valor Intrínseco”
• Únicas medidas aceptables:
- El valor bursátil;
- Valor presente de las utilidades, o;
- Flujos de efectivo proyectados.
Enajenación de acciones
“se tomarán en cuenta los siguientes atributos de las operaciones,
dependiendo del método de precios de transferencia seleccionado”
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Acuerd
os d
e C
osto
s
Com
part
idos
1. Describir y demostrar los costos o gastos anuales incurridos para el desarrollo de la actividad
del Acuerdo. Indicar si se realizó algún pago distinto a los aportes relacionados con el acuerdo.
2. Identificar los beneficiaros directos y/o indirectos del acuerdo, indicando nombre o razón
social, número de identificación tributaria y país.
3. Especificar la naturaleza e importancia del beneficio, el ámbito de las actividades y proyectos
cubiertos, la duración, las obligaciones y responsabilidades derivadas del mismo.
4. Detallar el método de atribución, criterios, circunstancias y ajustes, si los hubo, que reflejen
la cuota de participación y su cuantificación en los beneficios que se espera obtener del
Acuerdo, comparando lo esperado con lo real.
5. Detallar los procedimientos para la adhesión o retiro de un participante en el acuerdo.
Acuerdo de Costos CompartidosServicios Intragrupo –
¿Qué beneficio recibo?¿Mejora mi posición
Comercial?
¿Es necesario?¿Qué evidencia o
Soportes requiero?
“Se entiende como reestructuración empresarial la redistribución de
funciones, activos o riesgos que llevan a cabo las empresas nacionales a sus
vinculadas en el exterior. Para lo cual el contribuyente debe tener una
retribución en cumplimiento del principio de plena competencia.”
• Capítulo IX de las Directrices OCDE, se destaca lo siguiente:
- Razones y objetivo de la reestructuración
- Sinergias
- Análisis funcional previo y posterior a la reestructuración de cada una de las partes
intervinientes
- Evaluación de los términos contractuales (derechos, obligaciones) a transferir
- Evaluación de riesgos a transferir vs beneficios potenciales para cada una de las partes
- Compensación de plena competencia por la reestructuración
Reestructuraciones empresariales
Realidad sobre forma
Nuevo Régimen Sancionatorio(Art. 260-11)
Principales
cambios
Clasificación de contribuyentes a partir
del monto de sus operaciones (80.000
UVT equivalentes para el 2012 en
COP 2.080 millones
Sanción de extemporaneidad :
valor fijo por número de días de
extemporaneidad. Consistencia
conceptual con el tipo de infracción
cometida.
Documentación Comprobatoria cuenta con sanciones más onerosas
50% que la declaración informativa
Sanción por inconsistencias u
omisiones: Base para el cálculo de
la sanción, favorece la
proporcionalidad entre el error
que el contribuyente presente
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Régimen Sancionatorio
Nuevo Régimen Sancionatorio(Nuevo Art. 260-11)
Principios
Art. 197
• Legalidad • P. de economía
• Lesividad • Eficacia
• Favorabilidad
• Proporcionalidad • Imparcialidad
• Gradualidad
• Aplicación de
principios e
integridad económica
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