Post on 27-Dec-2015
Superintendencia de Educación Escolar
Unidad de Denuncias Educación Parvularia, Básica, Media, Adultos y Especial
Documento Elaborado por Unidad de Denuncias - VIII Región
FUNCIONES SUPERINTENDENCIA
Fiscalizar que los Establecimientos cumplan con la normativa.
Fiscalizar la legalidad del uso de los recursos en los Establecimientos que reciben subvención y aporte estatal.
Proporcionar información, en el ámbito de su competencia, a las comunidades educativas y otros usuarios e interesados
Atender las denuncias y reclamos aplicando las sanciones que en cada caso correspondan.
El objeto de la Superintendencia es:
(Art.48, ley 20.529)
WEB
Derivada
Presencial
I.- INGRESO DENUNCIAS
Denuncia: Acto escrito u oral por medio del cual una persona o grupo de personas
directamente interesadas y previamente individualizadas ponen en conocimiento de la SIEE
una eventual irregularidad, con el objeto que se investigue y adopte las medidas que
correspondan (Art. 58, ley 20.529)
Atribuciones SIEE (Art. 49)
• Absolver consultas
• Investigar
• Resolver
Formulada una denuncia o recibido un reclamo, la Superintendencia podrá abrir un período de información previo con el fin de conocer circunstancias concretas del caso y la conveniencia de iniciar un proceso sancionatorio o la respectiva mediación. Art. 59 de la Ley 20.529
II.- EVALUACIÓN
Evaluar Competencia SIEE
• Resolución exenta Nº 25
Si Corresponde
Derivación a Dpto. Competente No Corresponde
II.- EVALUACIÓN
TRAMITACIÓN
Si Corresponde DERIVACIÓN FISCALIZACIÓN
COMPETENCIAS. Res Exenta Nº 25
COMPETENCIAS TIPOS
Negación, cancelación y/o no renovación de matrícula Por disciplina escolar Por problemas con apoderados Por razones económicas Por rendimiento escolar
Retención de documentos Por deuda Por razones disciplinarias y/o académicas Por problemas con apoderadas/os
Maltrato Maltrato psicológico entre alumnos Maltrato físico entre alumnos Maltrato psicológico de adulto a alumno Maltrato físico de adulto a alumno
Agresiones Sexuales No constitutiva de delito Constitutiva de Delito
Medidas disciplinarias Devolución de alumnos a la casa Suspensión de clases Condicionalidad de la matrícula Suspensión de graduación
Acoso Escolar Bullying
Accidentes Escolares En el establecimiento De trayecto
COMPETENCIAS. Res. Exenta Nº25
COMPETENCIA TIPOS
Discriminación
Por embarazo y maternidad Por déficit atencional Por características físicas y apariencia personal Por discapacidad física y/o intelectual Por opción religiosa Por orientación sexual Por problemas o condición de salud Por ser inmigrante o de distinto origen racial
Incumplimiento de Planes y Programas
Ausencia prolongada de docentes Entrega incompleta de contenidos Incumplimiento de horas de clases
Participación CCAA, CCPA y Consejos Escolares
Centro de alumnos Centro de Padres y apoderados Consejos Escolares y Comités de Buena Convivencia Encargado de Buena convivencia
Proceso de admisión de Alumnos Incumplimiento de requisitos de información, objetividad y transparencia Cobro superior al monto máximo autorizado por MINEDUC
Profesores que se desempeñan en EE de educación parvularia, básica, media, adultos y especial que cuente con reconocimiento oficial del estado
Maltrato de alumno/a a profesor/a Maltrato de apoderado/a a profesor/a
Simple
Intermediación
Implica
Llamar a EE para
informar hechos
denunciados y dar
cuenta de la
Normativa Vigente
Compleja
Evaluación de Gestiones
realizadas por denunciante
Solicitud de
Antecedentes al
Denunciante (5 días
hábiles)
Si entrega antecedentes es posible:
Solicitar
Antecedentes al EE (5
días hábiles).
Solicitar
Antecedentes
otras Instituciones.
Entrevistar a partes
involucradas.
Si No entrega
antecedentes
EE SI responde
comprueba y cumple
con normativa
EE NO responde y/o NO
comprueba que cumple
con normativa
Reiterar
EE NO responde y/o NO
comprueba que cumple
con normativa
F I S C A L I Z A C I Ó N
Informar Resultados
a Denunciante
CIERRE CIERRE
III.- TRAMITACIÓN
III.- TRAMITACIÓN: PROCESO GENERAL DE ATENCIÓN
TRAMITACIÓN DE CASOS DE COMPETENCIA DE INVESTIGACIÓN DE UNIDAD DE DENUNCIAS (Rex.25)
ELEMENTOS ESENCIALES PARA EL MANEJO DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
Reglamento de
convivencia
Tipificación de Conductas:
•Leve
•Grave
•Gravísima
Medidas
•Formativas Disciplinarias
•Medidas Pedagógicas Consejo
Escolar Encargado de Convivencia
Plan de gestión de Convivencia Escolar
•Políticas Preventivas
•Estrategias de Promoción
Protocolos
•Maltrato Físico y Psicológico entre alumnos
•Maltrato Físico y Psicológico adulto a alumno
•Bullying
•Embarazadas
•Accidente Escolar
Obligatoriedad de Elaborar por todos los Establecimientos (Art 46 F. de la ley 20.370 )
Se refiere a las Normas de convivencia que forman parte del Reglamento Interno.
Las normas de convivencia deben estar de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley sobre Violencia Escolar y definidas por cada comunidad educativa.
Estas normas estarán de acuerdo con los valores expresados en su Proyecto Educativo. Se deben enmarcar en la ley y en las normas vigentes, teniendo como horizonte el desarrollo y la formación integral de los y las estudiantes.
Reglamento de Convivencia
REGLAMENTO DE
CONVIVENCIA
Descripción precisa de las acciones u
omisiones que son consideradas como
infracción del reglamento interno y/o de
convivencia y a las que se les asigna una
medida formativa o disciplinaria, con el
objeto que dicha acción u omisión se
elimine del repertorio conductual del
alumno o alumna.
Tipificación de Conductas
CONDUCTAS
Descripción precisa de las medidas
formativas y disciplinarias que serán
aplicadas al alumno con el objeto de
facilitar el cambio conductual de este y
guiarlo hacia el comportamiento
esperado, de acuerdo a los principios y
valores de la comunidad educativa
establecidos en su reglamento interno y/o
de convivencia.
MEDIDAS FORMATIVAS DISCIPLINARIAS
MEDIDAS
Art. 15, inciso 2º, LGE, señala que en cada establecimiento subvencionado o que recibe aportes del Estado deberá existir un Consejo Escolar. Dicha instancia tendrá como objetivo estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa en el proyecto educativo, promover la buena convivencia escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos, conforme a lo establecido en el Párrafo 3º de este Título, y en las demás áreas que estén dentro de la esfera de sus competencias
CONSEJO ESCOLAR
Consejo Escolar
Art. 15, inciso 3º, señala que …Todos los
establecimientos educacionales deberán
contar con un encargado de convivencia
escolar, que será responsable de la
implementación de las medidas que
determinen el Consejo Escolar o el
Comité de Buena Convivencia Escolar,
según corresponda, y que deberán
constar en un plan de gestión.
ENCARGADO DE CONVIVENCIA
Encargado de Convivencia
Para realizar las tareas que le competen, es fundamental que el Encargado de Convivencia Escolar cuente con el respaldo del equipo directivo y con un equipo de trabajo con el que pueda discutir y en quien delegar tareas; estas condiciones determinan, en gran medida, la consistencia y continuidad de las medidas implementadas.
Las horas de trabajo asignadas al Encargado de Convivencia Escolar son determinantes y, si bien esta decisión es atribución de sostenedores y equipos directivos, y responde a los recursos con los que cuenta el establecimiento, es también una decisión estratégica que debe ser analizada con responsabilidad.
GESTIÓN DE LA BUENA CONVIVENCIA: Orientaciones para el Encargado de Convivencia Escolar y equipos de liderazgo educativo
Recomendaciones EC
FUNDAMENTAL
Es fundamental cautelar que este actor no se constituya en un elemento meramente formal, sino que se le debe dotar de tiempo, recursos, atribuciones y respaldo institucional para que efectivamente lleve a cabo su labor.
Un Encargado de Convivencia Escolar que carece de apoyo de parte del equipo directivo del establecimiento, no podrá implementar iniciativas innovadoras y tendrá serias dificultades para convocar y promover la participación de los demás miembros de la comunidad educativa.
El fomento de la participación de los actores de la comunidad es una decisión institucional, que debe reflejarse en acciones concretas por parte de su equipo directivo.
GESTIÓN DE LA BUENA CONVIVENCIA: Orientaciones para el Encargado de Convivencia Escolar y equipos de liderazgo educativo
Recomendaciones EC
FUNDAMENTAL
El Encargado de Convivencia Escolar debe conocer y comprender el enfoque formativo de la convivencia escolar planteado en la Política Nacional de Convivencia Escolar, así como la normativa que la define y regula, y los instrumentos administrativos y de gestión que permiten su implementación
Es deseable que el encargado cuente con experiencia y/o formación en el ámbito pedagógico, el área de convivencia escolar y resolución pacífica de conflictos, y/o con experiencia en mediación escolar.
ENCARGADO DE CONVIVENCIA
FUNDAMENTAL
Plan de Gestión
Concepto Un Plan de Gestión es una planificación táctica para formalizar
determinadas acciones de una organización o institución, con la
finalidad de cumplir con una meta.
Se revisa El Plan de Gestión de la Convivencia Escolar debe contener las tareas
necesarias para promover la convivencia y prevenir la violencia escolar,
estableciendo responsables, prioridades, plazos de tiempo, recursos y
formas de evaluación, con el fin de alcanzar el o los objetivos que el
Consejo Escolar o el Comité de Buena Convivencia han definido como
relevantes.
Este Plan de Gestión debe establecerse por escrito y ser conocido por
todos los estamentos de la comunidad educativa.
Sus resultados contribuyen a la planificación del Plan de Gestión del año
siguiente
Norma Ley 20.370, Ley 20536, Ord. Nº476 SIEE, Circular Nº1, V.4
Plan de Gestión para la Convivencia Escolar
Estructuran.
Organizan.
Diferencian.
Delimita Responsabilidades y plazos de
respuesta.
Facilita el justo Proceso.
Facilita la comunicación, comprensión y
puesta en práctica.
¿Por qué protocolos?
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN
En el Reglamento de Convivencia Escolar se
debe diferenciar el “acoso escolar o Bullying”
de las situaciones de “violencia entre pares”,
y de las situaciones de “violencia cometidas
por un adulto hacia un alumno”, por
corresponder cada uno a actos que influyen
y afectan de manera radicalmente distinta
hacia y entre los involucrados. Deben existir
protocolos de acción por separado para
cada tipo.
¿Por qué protocolos diferentes?
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN
Protocolos de Actuación
Concepto Protocolo es un conjunto de acciones y métodos que constituyen un proceso planificado y estructurado destinado a estandarizar un procedimiento que garantice el justo proceso.
Se revisa El protocolo es un documento que debe definir los pasos a seguir y los responsables de implementar las acciones necesarias para actuar frente a una situación (conductas) de violencia escolar, garantizando la aplicación de medidas formativas, estrategias de intervención adecuada y medidas disciplinarias si corresponde.
Tipos Exigidos: 1. Protocolo de Acoso Escolar – Bullying (Ord. 476 SIEE, Circular Nº1, V.4, SIEE; Art 46 F,
ley 20.370) 2. Protocolo de maltrato psicológico y/o físico entre pares (Ord. 476 SIEE; Circular Nº1,
V.4, SIEE; Art 46 F, ley 20.370 ) 3. Protocolo de maltrato psicológico y/o físico de adulto a alumno (Ord. 476 SIEE;
Circular Nº1, V.4, SIEE; Art 46 F, ley 20.370) 4. Protocolo de retención de estudiantes embarazadas, madres y padres
adolescentes (Circular Nº1, V.4, Pág. 52. SIEE)
5. Protocolo de accidente escolar. (Rex. 963, SIEE; Circular Nº1, V.4, SIEE)
Sugeribles e independientes • Protocolo de Agresión sexual. • Protocolo de Maltrato Grave. • Protocolo de maltrato psicológico y/o físico de alumno a adulto. • Protocolo ante consumo de alcohol y/o drogas
Debe formar parte del Reglamento Interno. Debe ser conocido por todos los miembros de la comunidad educativa.
Norma Art. 16 B, Art 16 D, Art 46 F. de la ley 20.370 , Ord. Nº476, SIEE, Rex 963, Circ. Nº1 v.4
NORMATIVA
Ley Nº 20370: Ley General de Educación.
Ley Nº 20529: Sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización.
Ordinario Nº 476. Actualiza Instructivo para Establecimientos Educacionales sobre reglamento interno en lo referido a la convivencia escolar.
Ord N°4 Actualiza instrucciones sobre procedimiento de tramitación de denuncias
Circular Nº1, V4.