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FUENTES DELDERECHO DEL
TRABAJO
Defnición:• Son el origen de las normas
jurídicas e indican cual deestas ha de aplicarse en cadacaso concreto
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FUENTES DEL DERECHO DE TRABAJO
1.La Constitucion2.La Ley
3.l Con!enio Colecti!o.
".La Costum#re
$.l contrato indi!idual%.La &urisprudencia nacional
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JERARQUIA DE LAS FUENTES
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NIVELES Y SUBNIVELES
Existen2
criterios
n di!ersos ni!elesde mayor a menor
Jerar!"aSe ocupa en atri#uirrangos a cada una de
las normas yorgani'arlas!erticalmente
Co#$etencia
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Se%&n 'a Doctrina Ita'iana(istin%!e
•
Ha) *Ni+e'esConstit!cion
a'
E' ,ri#ario
E'
Sec!n(ario
E' Terciario
(ue corresponde a laconstitución
n el )ue esta la ley ysus e)ui!alente
l de reglamento y
sus e)ui!alente
(ue contiene lasnormas emanadas dela autonomía pri!ada
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LA DOCTRINA RECONOCE ALEMPLEADOR LO SIGUIENTE:
l *oder Directi!o + s para mandar. l *oder ,eglamentario + ,egular-
esta#lecer directi!as normas internas l poder Disciplinario + /monesta- llama la
atención- suspende y despide al tra#ajador.
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NOR-AS CON RAN.OCONSTITUCIONAL
Ha) 2ca#inos
DIRECTO
INDIRECTO
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DIRECT
O
• La norma otorga el rangosea de modo glo#al 0 comoocurre en su /rt $1 la
constitución pre!alece so#rela ley y el reglamentoconfgura los 3 ni!eles
DIRECTO
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• Sea de modo puntualnorma por norma 0 comoocurre al indicarse en el
/rt 11.1 )ue losdecretos de urgenciatienen rango la ley
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INDIRECTO
s de fjar un ni!el- sin
se4alarloe5presamente- al
determinarlo el medio
de control de !alide')ue corresponde a una
norma
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/sí tienen ni!el primario lasnormas )ue se impugnamediante la acción de
inconstitucional y ni!elsecundario- a)uellas cuya !íapara ello es la acción popular
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LA CONSTITUCION
La
Constit!ci/n +i%enteresa'ta 2
c!estiones0
6unción )ueotorga al tra#ajoen el conte5to
social
,egula los
derechos y*rincipiosLa#orales
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TRABAJO EN ELCONTE1TO
SOCIAL
/parece en la constitucióncomo un de#er y un
derecho y como #ase del#ienestar social y medio de
reali'ación
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Se4ala )ue es su 7#jeto deprotección por el estado y estas
e5presiones poseen la mayorrele!ancia por)ue muestra )ue nosencontramos ante un #ien superioren el ordenamiento- pueden ser!ircomo 8undamento del ejercicio de
derechos.
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RE.ULACIN DE LOSDERECHOS Y ,RINCI,IOS
LABORALESs una cla!e interpretati!apara el conjunto del articuladola#oral y del te5to
constitucional 0 #ase so#re lacual- puede sostener elreconocimiento de todos los
principios del derecho deltra#ajo- originados en elcar9cter protector de este-
aun)ue no estn
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• La Constitución hace "opciones re8erencia hacia
un derecho:
Lo reconoce y detalla sus característicacentrales
Lo reconoce- pero remite la precisión desus característica a la ley
;o lo reconoce
Lo *rohí#e
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E' ,ri#er Ti$o: La constitución adopta cuando
tiene el mayor inters en el respeto de un derecho-por)ue lo considera especialmente rele!ante
E' Se%!n(o Ti$o: Corresponde a los derechos deimportancia intermedia- el legislador tiene un
campo de acción mas amplio para regular elderechoE' tercero Ti$o: La li#ertad del legislador es totalpara decidir si reconoce o no el derecho y de )ue
manera.
EL C!arto Ti$o: Se emplea por e5cepción parae5cluir de un derecho a algunos sujetos o limitarloen ciertas circunstancia.
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• La ,egulación de losderechos lo re=D?/LS @
C7LCA=>7S
La Constitución no recogetodo el repertorio dederechos indi!iduales
!igentes- sino )ue mas
#ien es selecti!a. Comoconsecuencia )uedan a
8uera de mención algunasinstituciones tradicionales
en nuestro ordenamientola#oral comogratifcaciones- CAS.
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• La Constitución se ocupa de 3
temas de derecho indi!idual
Cuantía de la ,emuneración
Duración de la &ornada y de losDescansos
Duración de la ,elación La#oral
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• La ,emuneración
;o se a#andona- pese a la perspecti!aneoli#eral )ue preside el te5to- el
concepto de remuneración mínima-producto por e5celencia sociales.
/un)ue se suprime la re8erencia alreajuste periódico de a)uella.
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• La &ornada y La DuraciónLa#oral
Se fjan las horas diarias o " semanalescomo m95imo- permitiendo )ue se supereel primer tope si se respeta el segundo. l
tiempo de tra#ajo )ue e5ceda de esas#arreras de#e- por tanto- tratarse como
jornada e5traordinaria. Correlati!amentese reitera en el mismo precepto- el
derecho a los descansos remunerados-semanales y anuales .
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• sta#ilidad La#oral
Consiste en la prohi#ición del despidoinjustifcado- sino tam#in la entrada-
plasmada en la pre8erencia por la
contratación de duraciónindeterminada so#re la duracióntemporal- ha#r9 en el un 8uturo mas
difcultades para sustentar la
inconstitucionalidad de un e!entualhipótesis de generali'ación decontratación temporal.
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Sindicatos Buelgas
Como colecti!a deorgani'ación y de
acti!idad y suprotección- el derecho
de tra#ajadores aconstituir- afliarse y
participar en lasorgani'acionessindicales y el de estasa dotarse de estatutos.
jercerse en armoníacon el inters social-
pudiendo el legisladorse4alar sus
e5cepciones ylimitaciones- el te5to
proporciona una
relación de8uncionarios p
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• n Cuestión de ;egociaciónColecti!a:
En $ri#er '!%ar: Le encarga al estado el8omento de esta institución- al estilo de
los con!enios internacionales del tra#ajo-
adem9s lo )ue signifca no solo garanti'arel derecho sino promo!er su desarrollo.
En Se%!n(o '!%ar: Sustituye lare8erencia a la inter!ención del estado en
la solución de los conictos- por la#
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TRATADO DE DERECHOS HU-ANOS
Los tratados son acuerdos escritoscele#rados entre sujetos internacionales-
)ue crean derechos y o#ligaciones
regidos por el derecho internacional.*ueden cele#rase entre estados- las
organi'aciones internacionales de 8orma#ilateral o multilateral. Los primeros est9n
regidos por la con!ención de >iena y lodem9s por la del 1%.
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• Las Dec'aracioness!e'en $roc'a#arse0
Con poco detalle- simplementeenunci9ndolos- pero los pactos y
con!enciones si los a#ordan con masprecisión. l #lo)ue de los derechos
la#orales esta incorporado a losinstrumentos internacionales orientados a
los derechos económicos sociales yculturales- allí se halla el derecho altra#ajo y ala li#re elección del tra#ajo.
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• Trata(os (e 3#4ito-!n(ia'
(ue !ersan solamente so#re los derechosla#orales y seguridad social son los
con!enios internacionales del tra#ajo-
producidos por la organi'ación=nternacional del Ara#ajo. Desde 11 en)ue 8ue creada esta entidad es un órganom95imo compuesta por representantes de
estados y de organi'aciones detra#ajadores y empleadores !ienenela#orando estas normas so#re los
derechos.
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•,rote%e a' Tra4a5ar-i%ranten la conser!ación de sus #enefcios-
cuando se despla'ara a prestar ser!iciosentre un estado y otro- pero tam#in se
#usca#a la armoni'ar las legislacionesla#orales nacionales para e!itar lae5istencia de !entajas inde#idas de un
estado so#re los dem9s en el plano de lasrelaciones comerciales- deri!adas de un
tratamiento desigual de los derecho de lostra#ajadores estos se llaman clausulas
sociales.
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• Or%ani6aci/n -!n(ia' (e
Co#ercio7rganismo rector de estas operaciones- nose ha dado toda!ía el consenso necesariopara la adopción de una clausula social-
)ue esta#le'ca la relación de derechosla#orales de !igencia indispensa#le para eldesarrollo del li#re comercio mundial- perose ha asumido el compromiso de respetar
las normas la#orales internacionales deltra#ajo- la preocupación es la li#erali'acióndel comercio internacional
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• Re%!'aci/n (e 'os Trata(os $orn!estra Constit!ci/nCo#$etencia ) 'a Jerar!"a la primera
cuestión alude al organismo al )ue lecorresponde la apro#ación y ratifcación
denuncia de un tratado en nuestroordenamiento la recepción o e5pulsión de
esa norma internacional por nuestraderecho interno. La Constitución le reser!a
al congreso la atri#ución de apro#ar ydenunciar los tratados relati!os a ciertas
materias ta5ati!amente enumeradas.
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• -aterias en e'Con%resoDe#e apro#ar y denunciar los tratadosest9n las re8eridas a derechos humanos-
así como las )ue conlle!an modifcaciones
o derogaciones de leyes o re)uierandesarrollo legislati!o. Como los tratadosso#re derechos la#orales est9n en elprimer grupo por lo antes e5puesto y
e!entualmente tam#in en los siguientessu apro#ación o denuncia en nuestro
medio compete al congreso
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•So4re e' Ran%o (e 'osTrata(os
La actual Constitución no esprecisamente clara. /l ocuparse de ellos
en el capitulo correspondiente no se4aladirectamente cual es du u#icación en la
jerar)uía- pero si lo hace en !ía indirectaal mencionarlos entre las normas cuya
!alide' se controla mediante la acción deinconstitucionalidad.
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;7,/S C7; ,/;E7 D L@
• La ley
• Decreto de ley
• Decreto legislati!o
• Decreto de urgencia
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LA LEY
Conce$to0• Una 'e) es !na (is$osici/n
o4'i%atoria7 !e orienta )(iri%e 'a acti+i(a( (e 'os8!#anos en 'a +i(a socia'9
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DECRETO DE
LEY
Conce$to0• Nor#a (e car:cter
$ro+isiona'7 !e $oseeran%o (e 'e) (icta(a $or e'%o4ierno9
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DECRETO
LE.ISLATIVO
Conce$to0• Nor#a !e se (eri+a (e 'a
a!tori6aci/n ex$resa );ac!'ta( (e'e%a(a (e'Con%reso a' ,o(er e5ec!ti+oen 4ase a !na 'e) es$eci
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DECRETO DE
UR.ENCIA
Conce$to0• Nor#a con ran%o ) ;!er6a (e
'e) !e (icta e' ,resi(ente (e'a Re$!4'ica9
• Co#&n#ente !ti'i6a(os $or e'$o(er E5ec!ti+o9
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NORMAS SIN RANGO DE LEY
D,CB7S?*,7
;7,/S/D=;=SA,/A=>/S
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Decreto Supremo
Constituye el acto normati!otípico del *oder jecuti!o y porende- la norma característica
del derecho administrati!o- del
mismo modo como lo es elCon!enio Colecti!o de Ara#ajo
del Derecho La#oral.
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Normas Administrativas
Las normasadministrati!as
complementan las leyeselectorales- y de#endictarlas las autoridadeselectorales encargadas
de la cele#ración de laselecciones desde unpunto de !ista
ejecuti!o.
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L/ D7CA,=;/
La doctrina como investigación de losespecialistas en sus ramas.
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L/ D7CA,=;/
s el estudio de unoo !arios juristas no es
!inculante puesto)ue se #asa enree5iones )ue
tienen una #ase desustentación
#astante su#jeti!a0el
prestigio doctrinario.
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La jurisprudenciaLa jurisprudencia se
con8orma de lassucesi!as sentencias
judiciales )ue re
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La jurisprudenciaC/,/CA,FSA=C/S:
De#e tratarse depronunciamientosdel órganom95imo.
De#er ser unpronunciamientoreiterado.
De#en ser
pronunciamientosuni8ormes- esdecir- )ue le den lamisma solución almismo pro#lema.
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L/ &?,=S*,?D;C=/
Aipos de 8unciones:
=. 6unción depuradora ==. 6unción complementaria
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L/ &?,=S*,?D;C=/=. 6unción depuradora.G
sta 8unción es 8acultad e5clusi!a del tri#unalconstitucional. Se reali'a a tra!s de lae5pulsión de normas del ordenamiento jurídicopor ser consideradas inconstitucionales.
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L/ &?,=S*,?D;C=/==. 6unción complementaria.G
l tri#unal constitucional- tam#in cumplen una8unción complementaria cuando determina lainterpretación correcta de las normas legales ode las normas constitucionales.
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La Costum#re
La costum#re la#oral puede serdefnida como “aquél actorealizado de forma repetida yconstante por los sujetos delDerecho del Trabajo, con la
convicción de suobligatoriedad , siendo aceptada
por el Estado y demás entes
capaces de establecer normas
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Requisitos de la costumbre laboral
La cost!#4re 'a4ora' puede serdefnida como Ila norma creada eimpuesta por el uso socialJ.
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La costum#re se aplica en dos
supuestos: en de8ecto dedisposiciones legales- con!encionaleso contractualesK y en los casos deremisión e5presa o recepción0Icostum#re llamada
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LAS CONDICIONES ,ARA
EL DESCANSOVACACIONAL
TE-A =
ELDESCANSOSEMANALYENDIAS
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EL DESCANSO SEMANAL Y EN DIASFERIADOS
Los tra#ajadores- durante la !igencia de sucontrato la#oral- go'an de descansos-
remunerados o no- tales como el de mediodía-hasta tres horas y media hora- durante la jornada de tra#ajado- en horario partidoK el deun día cada semanaK los )ue corresponde a
8eriados no la#ora#lesK las !acacionesanualesK los )ue corresponden poren8ermedad 0accidentes- maternidad y otros.
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DSC/;S7 S/;/L Is la pausa o#ligatoria en el tra#ajo- acordada
luego de % días continuos de la#or- pausa )ue esde un día completoJ
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LOS DÍAS FERIADOS
sta#lecidos por *io - en spa4a- elM2 de julio de 111- como Dias defesta de Euardar- adem9s de los
Domingos- los siguientes 11 días8eriados: I;a!idad del Se4or-Circuncision- pi8anía- /scension-/suncion de ;uestra Se4ora-
=nmaculada Concepcion- San *edroy San *a#lo y Aodos los Santos- etc.J
PAGODELDESCANSOSEMANALYLOS
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PAGO DEL DESCANSO SEMANAL Y LOSDÍAS FERIADOS
La percepción del Salario Dominical esproporcional a los días tra#ajados.
Si se la#ora % días- la remuneración dominical esigual al !alor de un dia.Si en la semana se la#ora M3 días- se di!ide loganado en los 3 días entre M% de la semana y elresultado- es lo )ue corresponde por el salariodominical.
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DESCANSO VACACIONAL
*or la Ley ;N O$M$ 0132 >acaciones 1$ días al a4o
*or la Ley $%3 013O Derecho>acacional 5 3M días
Ley M"M 01"M /mpliacionderecho !acacional
Ley ;N 1M$%2 01"2 &e8es-7fciales- Euardia ci!il.
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Ley ;N 113OO 01$M statuto scala8ondel Ser!icio Ci!il
Ley ;N 13%3 01%1 Derecho a o#reroscon 2%M díasG
La 8alta de pago del descanso !acacional-origina el pago de la triple remuneración.
La constitución de 1O Derecho
descanso semanalConstitución 13 Descanso semanal y
anual
DESCANSOVACACIONALDELOS
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DESCANSO VACACIONAL DE LOSSERVIDORES PUBLICOS
L@ ;N 113OODecreto Legislati!o 2O%>acaciones anuales o#ligatorias e irrenuncia#lesn caso de 8allecimiento- la compensación seotorga a sus 8amiliares directos.
CONDICIONES PARA EL
DESCANSO VACACIONAL
a. Haber realizado labor efectiva por lo meo!
do!cieto! !e!eta d"a! e dic#o periodo
b. $ratado!e de traba%adore! c&'a %orada ordiaria
!ea cico d"a!. Haber realizado por lo meo!
do!cieto! diez ' oc#o
c. E lo! ca!o! e (&e el pla de traba%o de!arrolle e!olo c&atro o tre! d"a! a la !emaa.
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CONDICIONES PARA EL DESCANSO VACACIONAL
a. Ba#er reali'ado la#or e8ecti!a por lomenos doscientos sesenta días en
dicho periodo#. Aratandose de tra#ajadores cuya jornada ordinaria sea cinco días. Ba#erreali'ado por lo menos doscientos die'y ocho
c. n los casos en )ue el plan de tra#ajodesarrolle en solo cuatro o tres días a
la semana.
Díasefectivosquelaleyconsidera
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Días efectivos que la ley considerapara el descanso vacacional son:
La jornada ordinaria minima de cuatrohoras.
La jornada cumplina en dia de descanso-
cual)uier asea el numero de horasla#oradas.
Las horas de so#re tiempo en numero de
cuatro o mas Las inasistencias por en8ermedad com
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l descanso pre!io y posterior al parto l permiso sindical Las 8altas o inasistencias l periodo !acacional correspondiente al
a4o anterio Los días de hue!a- sal!o
improcendentes o ilegales
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LA O,ORTUNIDAD
FOR-AS Y ,A.O DELDESCANSO VACACIONAL
TE-A 2
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OPORTUNIDAD Y FORMAS DEOTORGAMIENTO DEL DESCANSO VACACIONAL
La oportunidad del descanso
!acacional ser9 fjada de com
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DC,A7 LE=SL/A=>7 ;PO13D.S. ;N M12G2GA,
0,EL/;A7 D.S. ;P 1OG1G*C,. ;P 1%G2G6GS?;/A
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El PAGO DEL DERECHO VACACIONAL
La remuneración !acacional ese)ui!alente a la )ue el tra#ajadorhu#iera perci#ido ha#itualmente encaso de continuar la#orando.
La remuneración !acacional ser9a#onada al tra#ajador antes del iniciodel descanso
Computa#le CAS.
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EL SALARIO Y SUS
-ODALIDADES
TE-A >
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DEFINICION DE SALARIO
Il termino remuneración es un concepto genrico-comprensi!o de sueldo- salario- jornalQnciclopedioa&urídica 7R/ 0tomo => *ag- %OM %1
s el ingreso contractual del tra#ajador su#ordinado. Bay salarios jurídicos )ue no implican pago directo de
contraprestación alguna- tales como el pago desalarios por licencias remuneradas por tra#ajo noprestado por culpa del empleador 0suspensiónlegitima.
Salario: Itimológicamente- esta pala#ra !iene de
salarium- de sal- por)ue era costum#re antigua dar alos domsticos un pago . Diccionario nciclopedia deDerecho ?sual de Euillermo Ca#anellas.
l salario es la compensación )ue reci#e el o#rero oempleado- a cam#io de ceder al patrono- todos sus
derechos so#re el tra#ajo reali'ado.
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REMUNERACION EN LAS LEYES Constitución de 133: Derecho so#re las remuneraciones Condiciones m95imas de tra#ajo *restar tra#ajo sin li#re consentimiento Salario como re)uisito del contrato de tra#ajo La retri#ución se paga luego del tra#ajo e8ectuado Código de Comercio. Constitución de 1O
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CLASES DE SALARIO O REMUNERACION
Salario a la parte Salario /ccesorio Salario /nual Salario R9sico Salario complementario Salario con primas Salario Diario Salario Di8erido Salario Directo Salario 8ecti!o Salario en dinero Salario en especie Salario )ui!alente Salario 6amiliar Salario Bora Salario =ndirecto Salario =ndi!idual Salario ínfmo Salario =nmediato Salario =n!isi#le Salario Legal Salario 95imo
Salario ínimo Salario ó!il Salario ;ominal Salario *olitico Salario por pie'a Salario por tarea Salario por tiempo Salario predominante Salario *ro8esional Salario *rogresi!o Salario ,eal Salario >ital Salario !ital mínimo mó!il
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SALARIO MINIMO
l salario como medio desu#sistencia- es o#jeto deespecial protección- por partede la legislación la#oral.
=nstrumentos tcnicos jurídicos l Salario inimo >ital Los salarios minimos pro8esionales *er< Ley 1"12 como
o#ligación del estado de fjarnosen todas las acti!idadeseconómicas.
Ley 1"222 Concepto ymtodos de la fjación de lossalarios minimos.
/rt. nico del D.L 212M pre!
remuneración in8eriores a lasmujeres por ra'ón de su
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SALARIO A DESTAJO
Sistema de remuneración la#oral )ue ajusta laretri#ución directa con el rendimiento del tra#ajador >entajas: enor Costo de 8a#ricación *roducti!idad *er8eccionamiento personal >igilancia empresaria ayores #enefcios para am#as partes.
=ncon!enientes: Desgaste Suplementario Disminucion del salario por competencia *rolongar jornadas de tra#ajo Contri#uye al paro o#rero. *roducir artículos de menor calidad.
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EL SALARIO A COMISION
s la )ue perci#en los tra#ajadores !endedores de#ienes- de un porcentaje de las !entas- de tal 8orma)ue a la semana o al mes- no pueden dejar dereci#ir menos de lo )ue se4ala el salario mínimo yde ser el caso- completaran la di8erencia de lo )ue
alcance en su ingreso a comisión- con lo )ue se4alaen la remuneración mínimo.
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LAS RE-UNERACIONES Y
SUS -ODALIDADES
TE-A *
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EMBARGO DE
REMUNERACIONES
,etención de los salarios dispuesta por orden
judicial. /rt. %"P A?7 C.*.C ,m M1MG3Q sta#lece en la
inem#arga#ilidad de las remuneraciones ypensiones- cuando no e5cenda de cinco unidades
de ,e8erencia *rocesal. l e5ceso es em#arga#le hasta una tercera parte y
cuando se trata de garanti'ar las o#ligacionesalimentarias- por esposa e hijos y padres- elem#argo procede hasta el sesenta por ciento deltotal de los ingresos- con la sola deducción de losdescuentos esta#lecidos por ley.
?nidad ,e8erencia *rocesal + 1MT ?=A anual
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REBAJA DE SALARIOS ILa disminución remuneratoria- aparece como
anormal- en principio- en el Contrato de Ara#ajoJ
La re#aja de los sueldos- salarios- comisioneso disminución de cual)uier !entaja )ue eltra#ajador o#tenga por su tra#ajo- cuando seaimpuesta unilateralmente por su tra#ajo.
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*uede producirse: n salariso fjos o estatales. So#re remuneración consistente en
comisiones )ue puede re8erise: / la re#aja del importe.
*or disminución de las operaciones
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=;A/;E=R=L=D/D D L/S ,?;,/C=7;S @ S?S *,6,;C=/ ; L */E7.
L7S DSC?;A7S @ DD?CC=7;S
*,=A=D/S ; L/S ,?;,/C=7;S.
R7LA/ D */E7- C7;A;=D7 @C/,/CA,=SA=C/S.
L7S L=R,7S D *L/;=LL/S @ R7LA/S D*/E7 *7, L *L/D7,.
DERECHO COMPARADO EN LAS
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REMUNERACIONES
/,E;A=;/ >;U?L/ /L/;=/ =A/L=/
&/*7; 6D,/C=7; ,?S/
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LA CO-,ENSACION ,ORTIE-,O DE SERVICIO?CTS@ Y LAS UTILIDADES
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CONCE,TO7 EVOLUCION Y
DE,OSITO DE LA CTS
TE-A =
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CONCEPTO Y NATURALEZA DE LA CTS
La indemni'ación por despido- es el resarcimientoprincipal y m9s 8recuente )ue origina la injustifcadaruptura del contrato de tra#ajo- por iniciati!a patronal- esla )ue se 8unda en la antigVedad o tiempo de ser!icios del
tra#ajador en la empresa )ue lo e5pulsa de su personal.EL NACI)IEN$O DE LA C$S EN EL PER*
De!de !& iicio e +,-/ co el Art. ,01 del C2di3o de Comercio. E +,4/ idemizaci2 por de!pido !e icremeta/ co la Le' 4,+0.
Co la! Le'e! N5 +-6, 7 +-6, E +,86 Le' N5 +++0 E Le' N5 96
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EVOLUCION Y ESTADO ACTUAL
La CAS ha tenido en los sindicatos de la,ep
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LA REMUNERACION COMPUTABLE
,emuneración Computa#le.G La #9sica y todas lasperci#idas regularmente.
,emuneración ;o Computa#le.G Las gratifcacionese5traordinarias perci#idas a título de li#eralidad del
empleador.
Los depósitos semestrales de laCTS, la entidad y el depositante
Semestral
.33T
ayo 2M1$ 7ctu#re 2M1$
TE-A 2
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CONTENIDO7
DETER-INACION7RETENCION7 EINTAN.IBILIDAD DE LA
CTS
TE-A 2
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CONTENIDOS DE LA CTS EN LA LEY
1Código de Comercio
2Ley ;N "1% del MOGM2G12"
Il empleado )ue se retira sin a!isar al patrón-
perder9 todos los derechos )ue la ley leacuerda y se le reducen a la mitad si el a!iso dedespedida del principal o#edeciera acompro#ado desmedro de los negocios de
sta.J
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3.,eglamento de la Ley ;N "1% del 22GM%G12
IConsidera empleados a los )ue prestanser!icios en ofcinas o escritoriosJ.
".Ley ;N 1M23 del 3M /gosto de 1"$
$.D.S. del 2M de ayo de 1$M
%.Ley ;N 12M1$ del 2 de Diciem#re de 1$3O.Ley ;N Ley ;N 13"2 01%2
.1"21 01%2
.Decreto Ley ;N 211% 01O$
1M.Ley ;N 2$223 01M11.Decreto Legisti!o ;N %$M 011
RETENCION DE LA CTS POR FALTA
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GRAVE
Si el tra#ajador es despedido por 8altagra!e )ue origine perjuicio económicoal empleador- este notifcar9 aldepositario para )ue se retenga a lasresultas del juicio )ue promue!a elempleador.
La acción por da4os de#er9 iniciarsedentro de los 3M días naturales deproducido el cese. Si !ence el pla'a- sinpromo!erse la acciones- caduca el
derecho del empleador.
LAINTANGIBILIDADDELACTS
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LA INTANGIBILIDAD DE LA CTS
Solamente por alimentos- puede retirar hastael %MT y MT para ad)uisición o construcción-reparación o ampliación de !i!ienda
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DERECHO COMPARADO Y LA CTS >;U?L/ Los tra#ajadores tienen derecho a una prestación de
antigVedad o prestación de fn de contrato- a ra'ón de $días de salario por mes- a partir del cuarto mes deser!icio y pagadero a la terminación del contrato.
Los tra#ajadores pueden reci#ir anticipos hasta de un
O$T para cumplimiento de o#ligación de inters 8amiliar. =A/L=/ /l cede- el tra#ajador reci#e el O.$T del salario anual
mas la re!aluación seg
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,ARTICI,ACION DE
UTILIDADES0 EVOLUCION Y ESTADO ACTUAL
TE-A >
PARTICIPACIONDEUTILIDADES
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PARTICIPACION DE UTILIDADES IAra#ajo y participación. Cuando la tarea se
reali'a junto con otros- lo )ue es usual para lamayor parte de los tra#ajadores en el mundomoderno- )ue la hacen en grandesconcentracionesQJ
Distintos tipos de participación en la empresa: n los Renefcios n los resultados económicos n la propiedad n las decisiones / Ser in8ormados y consultados.
LAPARTICIPACIONDELOS
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LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS LEYES
PERUANAS1.Segundo *arte del /rt. %P de la Ley ;N
"1% se4ala )ye en todo caso en )ue el
dependiente o empleado 8uera coGparticipe en las utilidades de losnegocios de su principal o patrón- no lealcan'an los #enefcios de esta ley.
2./rt. "$ de la Constitucion de 133:3.Decreto Ley ;N 1MM".l onto de las utilidades es de 3MT de
las utilidades netas
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7#reros:
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De 3 meses a % meses: 3 días de salario ordinarioDe % meses a 1M a4os: ?na )uincena de salarioDe 1M a4os a 1$ a4os: 1 semana mas 1MT de salarioDe 1$ a4os a 2M a4os: 1 semana m9s 2MT del salarioDe 2M a4os a 2$ a4os: 1 semana m9s 3MT del salarioDe 2$ a4os a 3M a4os: 1 semana m9s $MT de salario
De m9s de 3M a4os el monto de 2 semanas de salario.
Se crea la Cuenta Participación PatrimonialdlT bj
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del Trabajo:
a/cciones La#orales-#Ronos de Ara#ajo-cRonos de ,ein!ersión yd Aítulos de =nters Social
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S=SA/ ==
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S=SA/ ==a.l 1OT de la ,enta ;eta de la mpresa
)ue ser9 distri#uido entre los tra#ajadores)ue la#oran en la empresa en proporcióna los días la#orados.
#.*articipación en la gestión de la empresa.Los tra#ajadores eligen a sus
representantes en el Directorio en unproporción del 2MT de sus miem#ros.
c. ,educir las acciones la#orales en un pla'ode 1M a4os con un mínimo de reducción
de 1MT anual.d.,edención de acciones a los due4os de las
acciones la#orales y no las ad)uiridas portrans8erencia
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GRACIAS…