Post on 04-Nov-2018
COMANDO GENERAL DE LA FUERZA AEREA
DEPARTAMENTO III – OPERACIONES EMGFAB
BOLIVIA
REGLAMENTO DE EVALUACION
PARA EL ASCENSO DEL
PERSONAL DE OFICIALES DEL
ESCALAFON DE ARMAS DE LA
FUERZA AEREA BOLIVIANA
2015
RAA-5
i-v
ÍNDICE
I. FUNDAMENTOS Y BASES LEGALES ......................... 1-69
II. OBJETO ............................................................................. 1-69
III. FINALIDAD ....................................................................... 1-69
IV. PRINCIPIOS ...................................................................... 1-69
V. ALCANCE .......................................................................... 2-69
VI. JUSTIFICACIÓN .............................................................. 2-69
VII. VIGENCIA ......................................................................... 2-69
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º Ascenso.................................................................. 3-69
Artículo 2º Propiedad del Grado ........................................... 3-69
Artículo 3º Jerarquía .............................................................. 3-69
Artículo 4º Orden de Mérito .................................................. 3-69
Artículo 5º Ponderación de Calificación ............................... 3-69
Artículo 6º Clasificación en Grupos de Diplomados,
Auxiliares y No Diplomados ............................... 4-69
Artículo 7º Pérdida de Antigüedad ........................................ 4-69
Artículo 8º Ascenso en Segunda Instancia ............................ 4-69
ii-v
Artículo 9º Ascenso en Tiempo Establecido .......................... 4-69
Artículo 10º Cómputo del Puntaje de Méritos y Deméritos .. 4-69
Artículo 11º Convocatoria para Ascenso de Oficiales
Auxiliares y No Diplomados................................ 5-69
Artículo 12º Presencia del Personal Convocado
Durante el Proceso de Calificación..................... 5-69
Artículo 13º Ascenso Militar .................................................... 5-69
A. Ascenso Ordinario en Tiempo de Paz ...... 5-69
B. Ascensos Extraordinarios .......................... 5-69
Artículo 14º Orden de Mérito o Antigüedad........................... 6-69
Artículo 15º Escalafón del Personal ......................................... 6-69
Artículo 16º Categoría y Grado ............................................... 7-69
CAPÍTULO II
PROCEDIMIENTOS PARA ASCENSO
Artículo 17º Procedimiento General para Ascenso ................ 9-69
Artículo 18º Procedimiento de Calificación del Tribunal
Evaluador de Ascenso .......................................... 10-69
Artículo 19º Procedimiento de Calificación de la Apreciación
del Tribunal de Personal de la FAB ................... 11-69
Artículo 20º Documentos a Elevar al Tribunal Superior
de Personal de las FF.AA., para el Ascenso
a la Categoría de Oficiales Generales ................ 12-69
iii-v
CAPÍTULO III
TRIBUNALES
Artículo 21º Tribunales de Evaluación.................................... 13-69
A. Tribunal Evaluador de Ascenso (TEA) .... 13-69
B. Tribunal de Personal de la FAB................ 14-69
CAPÍTULO IV
REQUISITOS PARA EL ASCENSO
Artículo 22º Requisitos para el Ascenso .................................. 17-69
CAPÍTULO V
GRUPOS DE EVALUACIÓN
Artículo 23º Evaluación de Méritos y Deméritos ................... 21-69
A. Méritos......................................................... 21-69
B. Deméritos .................................................... 21-69
Artículo 24º Composición de los Grupos de Evaluación ....... 23-69
A. 1er. Grupo – Formación Profesional ........ 23-69
B. 2do. Grupo – Destino y Cargos ................. 23-69
C. 3er. Grupo – Desempeño Profesional ....... 23-69
D. 4to. Grupo – Fojas de Concepto ................ 24-69
iv-v
E. 5to- Grupo – Examen Físico Militar ......... 24-69
F. 6to. Grupo – Apreciación del TPFAB y
TEA .............................................................. 24-69
Artículo 25º Asignación de Puntaje ......................................... 24-69
A. 1er. Grupo – Formación Profesional ........ 24-69
B. 2do. Grupo – Destino y Cargos ................. 36-69
C. 3er. Grupo – Desempeño Profesional ....... 42-69
D. 4to. Grupo – Fojas de Concepto ................ 53-69
E. 5to- Grupo – Evaluación de Entrenamiento
Físico ............................................................ 53-69
F. 6to. Grupo – Apreciación del TPFAB y
TEA .............................................................. 53-69
CAPÍTULO VI
PROCEDIMIENTOS DE CÁLCULO PARA LA EVALUACIÓN
DE ASCENSO
Artículo 26º Procedimiento General de Cálculo ..................... 55-69
CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS EN LA
EVALUACIÓN PARA ASCENSO DE OFICIALES
Artículo 27º Suspensión Individual de la Evaluación por
Presentación de Documentación Dudosa o
Fraguada ............................................................... 67-69
v-v
Artículo 28º Denuncias Durante el Proceso de Evaluación ... 67-69
Artículo 29º Fechas de Validez en la Presentación de
Documentos para el Personal Convocado a
Ascenso.................................................................. 67-69
Artículo 30º Cómputo de Puntaje para la Calificación del
Personal Reprobado en Primera Instancia ....... 67-69
Artículo 31º Obligatoriedad en la Remisión de Fojas de
Concepto ............................................................... 67-69
Artículo 32º CECA del Grado de Teniente al Grado de
General.................................................................. 68-69
Artículo 33º Consideración del Puntaje de Deméritos ........... 68-69
Artículo 34º Personal en Tratamiento Médico en el País o el
Extranjero ............................................................ 68-69
Artículo 35º Personal que se encuentra en Condición de
Alumno en el Exterior ........................................ 68-69
Artículo 36º Restricción en la Homologación del Diploma
DIM ....................................................................... 68-69
Artículo 37º Puntaje no Evaluado en el Ascenso de
Oficial .................................................................... 68-69
Glosario de Términos .................................................................. 69-69
1 - 69
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN PARA EL
ASCENSO DEL PERSONAL DE OFICIALES
DEL ESCALAFÓN DE ARMAS
DE LA FUERZA AÉREA BOLIVIANA
I. FUNDAMENTOS Y BASES LEGALES.
El presente reglamento se emite en concordancia con los artículos
correspondientes al Capítulo VI, Título III de la Ley Orgánica de las
Fuerzas Armadas (LOFA LM–1405), del Reglamento de Servicio
Efectivo para el Personal de las FF.AA. CJ–RGA–208, Reglamento del
Tribunal Superior del Personal de las FF.AA. de la Nación
CJ–RGA–220 y Reglamento del Tribunal de Personal de las FF.AA.
CJ–RGA–205.
II. OBJETO.
Establecer un marco de normas, requisitos y procedimientos de
evaluación a los que se sujetará el personal de oficiales del Escalafón de
Armas de la Fuerza Aérea Boliviana convocado para ascenso al grado
inmediato superior, sobre la base de las leyes y reglamentos militares en
vigencia que son de cumplimiento obligatorio.
III. FINALIDAD.
Establecer el instrumento metodológico para la evaluación de méritos y
deméritos del personal de oficiales de la Fuerza Aérea Boliviana, la
asignación de puntaje que posibilite realizar una correcta calificación de
acuerdo al desempeño profesional, conocimientos, aptitudes, disciplina,
moral y espíritu militar para el ascenso al grado inmediato superior,
concediéndole el correspondiente orden de mérito en su Promoción.
IV. PRINCIPIOS.
El presente reglamento, responde a los principios universales de igualdad,
equidad de género, justicia y transparencia. Las acciones y decisiones
adoptadas en su elaboración se han orientado con la finalidad de otorgar a
cada oficial el orden de mérito que le corresponde en su promoción, de
acuerdo a su integridad, idoneidad y profesionalismo como resultado de la
calificación individual.
2 - 69
V. ALCANCE.
El presente reglamento se aplicará al personal de Oficiales del Escalafón
de Armas de la Fuerza Aérea Boliviana desde el egreso del Colegio
Militar de Aviación o similares en el exterior con el grado de Subteniente
hasta el ascenso al grado de General de Brigada Aérea.
VI. JUSTIFICACIÓN.
El presente Reglamento “RAA-5”, actualizado en la presente gestión
permitirá realizar una evaluación objetiva e imparcial del desempeño
profesional del Oficial, basado en principios y valores institucionales con
el propósito de orientar el proceso de selección y la asignación
homogénea de actividades y responsabilidades de cada uno de sus
integrantes, considerando la Misión y los objetivos institucionales de la
Fuerza Aérea.
VII. VIGENCIA.
El presente Reglamento, actualizado y aprobado mediante Resolución
Administrativa de la FAB. Nº 181/2015 entra en vigencia a partir del 15
de mayo de la presente gestión, quedando sin efecto los Reglamentos,
Directivas y Resoluciones emitidas anteriormente, referentes al ascenso
del personal de Oficiales del Escalafón de Armas de la FAB..
3 - 69
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º (Ascenso).
Ascenso, es el derecho que se confiere al Oficial del Escalafón de Armas de la
Fuerza Aérea Boliviana que cumple con todos los requisitos establecidos en la
LOFA LM-1405, los reglamentos: CJ–RGA–205, CJ–RGA–208, CJ–RGA–220,
en referencia a los años de permanencia para cada grado y la evaluación para
optar el orden de mérito.
Artículo 2º (Propiedad del Grado).
La propiedad del grado, asegura al Oficial del Escalafón de Armas la
permanencia en la Fuerza Aérea Boliviana con derechos y beneficios, pero
fundamentalmente impone cumplir las obligaciones establecidos en los
reglamentos militares. Se pierde la propiedad del grado sólo con la baja de la
institución.
Artículo 3º (Jerarquía).
La jerarquía que ostenta el personal de Oficiales del Escalafón de Armas, está
determinada por el grado, antigüedad y cargo que desempeña.
Artículo 4º (Orden de Mérito).
El orden de mérito en el grado, dentro de una misma promoción, está
determinado por el puntaje obtenido en el proceso de evaluación para el ascenso.
Artículo 5º (Ponderación de Calificación).
La ponderación de calificación establecida para los diferentes grupos de
evaluación del presente reglamento es porcentual (1 a 100%). Se tomarán en
cuenta hasta tres dígitos después de la coma (décimo, centésimo y milésimo)
que serán redondeados de la siguiente forma: valor inferior a cinco (5)
redondeado al inmediato inferior y valor igual o superior a cinco (5) redondeado
al inmediato superior, a excepción del grupo correspondiente a la apreciación
del TEA y el TPFAB.
4 - 69
Artículo 6º (Clasificación en Grupos de Diplomados y No Diplomados).
El personal de Oficiales del Escalafón de Armas, durante el proceso de
evaluación curricular para obtener el orden de mérito correspondiente, desde el
grado de Capitán hasta el grado de Coronel, en una misma promoción, será
clasificado en grupos de diplomados y no diplomados, de acuerdo al siguiente
orden:
- DEMA.
- DCEA
- No diplomados.
La clasificación precedente excluye al personal que no realizó el curso por
necesidades del servicio, situación que debe justificarse mediante Resolución
del Tribunal de Personal de la FAB.
En el caso de que en el último año del grado a calificar, el oficial se encuentre
cumpliendo un requisito necesario para ascender al grado inmediato superior,
deberá presentar el documento administrativo pertinente que justifique dicha
situación.
Artículo 7º (Pérdida de Antigüedad).
El oficial desde el grado de Subteniente hasta el grado de Coronel, que perdiese
antigüedad debido a sanción disciplinaria u otra causa hasta seis (6) meses,
pasará como último en orden de mérito de su promoción. Si la pérdida de
antigüedad fuese por más de seis (6) meses, pasará a la promoción siguiente
como último en orden de mérito.
Artículo 8º (Ascenso en Segunda Instancia)
El oficial convocado que no ascienda en primera instancia, pasará a la
promoción siguiente como último en orden de mérito. Si para el ascenso en la
segunda convocatoria no obtuviera el puntaje mínimo requerido, se aplicará lo
establecido en el Artículo 96º del Capítulo IV Título III de la LOFA LM –1405.
Artículo 9º (Ascenso en Tiempo Establecido)
El oficial General de Brigada o Coronel que no ascendiera al grado inmediato
superior en el tiempo máximo que señale la ley, se sujetará a lo establecido en el
artículo 96 del Capítulo IV, Título III de la LOFA LM-1405.
Artículo 10º (Cómputo del Puntaje de Méritos y Deméritos)
El puntaje en méritos y deméritos computables para el ascenso será por el
periodo comprendido entre el último año del anterior grado y cuatro años en el
5 - 69
grado actual o los que correspondiera de acuerdo al Reglamento CJ–RGA–208;
es decir, no se evaluará lo acumulado en el último año del actual grado.
La documentación acumulada en el último año del grado, que no fue calificada,
será considerada para el próximo ascenso.
Artículo 11º (Convocatoria para Ascenso de Oficiales Auxiliares y No
Diplomados)
Los oficiales no diplomados, podrán ser convocados para ascenso hasta el grado
de Coronel, de acuerdo a su antigüedad, vacancias existentes e institucionales y
necesidades del servicio.
Artículo 12º (Presencia del Personal Convocado Durante el Proceso de
Calificación)
La presencia del oficial durante el proceso de calificación de ascenso es de
carácter obligatorio, debiendo, para esta finalidad, estar provisto de su
documentación original.
Artículo 13º (Ascenso Militar)
El ascenso en la Fuerza Aérea será conferido en los siguientes casos:
A. ASCENSO ORDINARIO TIEMPO DE PAZ
El Oficial del Escalafón de Armas que cumpla con los requisitos
establecidos en la LOFA LM–1405, los reglamentos: CJ–RGA–208,
CJ–RGA–220 y el presente.
B. ASCENSOS EXTRAORDINARIOS
Se otorgará el ascenso al grado inmediato superior por única vez al
personal del servicio activo en los siguientes casos y de acuerdo a su
Reglamentación:
- Ascenso Póstumo.
- Ascenso por Movilización.
- Ascenso en Tiempo de Guerra.
- Ascenso por Actos Heroicos.
1. El Ascenso Póstumo, se otorga al personal militar del Escalafón de
Armas que fallezca en actos del servicio, incluyendo al personal de
Cadetes del COLMILAV o similares en el extranjero.
2. El Ascenso por Movilización, se confiere al personal militar en
caso de guerra o conflicto interno que amenace la seguridad del
6 - 69
Estado. En este sentido, los Cadetes de los dos últimos cursos del
Colegio Militar de Aviación, serán promovidos al grado de
Subteniente.
3. El Ascenso por Actos Heroicos, se confiere al personal militar de
oficiales en caso de guerra o de conflicto interno, previo Informe de
los Comandos de Grandes Unidades, Institutos, Unidades o
Reparticiones Militares, con verificación y aprobación del
Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana.
Artículo 14º (Orden de Mérito o Antigüedad)
El Oficial del Escalafón de Armas, obtendrá su antigüedad u orden de mérito en
el grado militar, en una misma promoción tomando en consideración los
siguientes factores de evaluación:
- Escalafón
- Categoría y Grado.
- Cumplimiento de los requisitos de ascenso al grado inmediato superior.
- Puntaje acumulado en la Hoja Individual de Calificación de Ascenso
(HICA) Anexo. “ALFA”
- Puntaje final del Cuadro de Evaluación Curricular de Ascenso (CECA)
Anexo “BRAVO”
Artículo 15º (Escalafón del Personal)
El personal de Oficiales de la Fuerza Aérea Boliviana, de acuerdo a lo
establecido por el artículo 97 de la LOFA LM-1405 pertenece al
escalafón de Armas, conformado por personal egresado de instituto
militar de formación profesional con título en provisión nacional.
7 - 69
Artículo 16º (Categoría y Grado)
Se clasifica de la siguiente forma:
CATEGORÍA GRADO
OFICIALES
GENERALES
Fuerza Aérea Gral. Fza. Aé.
División Aérea Gral. Div. Aé.
Brigada Aérea Gral. Brig. Aé.
OFICIALES
SUPERIORES
Coronel Cnl.
Teniente Coronel Tcnl.
Mayor My.
OFICIALES
SUBALTERNOS
Capitán Cap.
Teniente Tte.
Subteniente Sbtte.
8 - 69
**** Página intencionalmente en blanco ****
9 - 69
CAPÍTULO II
PROCEDIMIENTOS PARA ASCENSO
Artículo 17º (Procedimiento General para Ascenso)
A. El COMANGRALFAB. en cumplimiento de la LOFA LM–1405 y el
Reglamento de Servicio Efectivo para el Oficial del Escalafón de Armas,
convocará a ascenso mediante Directiva u Orden del Día de la Fuerza
Aérea.
B. El COMANGRALFAB. mediante Directiva u Orden del Día, conformará
los Tribunales Evaluadores de Ascenso, hasta el 31 de julio de cada año.
C. El Departamento I-Personal EMGFAB., con la finalidad de efectuar la
calificación, citará a los tribunales evaluadores de ascenso y a los
oficiales convocados, para el primer día hábil de la segunda quincena del
mes de septiembre.
D. El Departamento I-Personal EMGFAB., verificado el cumplimiento de
los requisitos para ascenso, entregará al TEA de acuerdo a inventario lo
siguiente: el Libro Notariado por grado, la documentación de cada oficial
debidamente foliada; además del Cuadro de Evaluación Curricular
(CECA) y la Hoja Individual de Calificación de Ascenso(HICA)
correspondientes al último ascenso.
E. El Departamento III-Operaciones EMGFAB, remitirá al TEA los
registros individuales de Horas de Vuelo, Examen Físico Militar y
Revistas Militares del personal convocado. La ECEMA remitirá las notas
del CCEMA (Curso de Comando y Estado Mayor Aéreo), CCEA (Curso
de Comando de Escuadrón Aéreo) y del PCD, asimismo, el
Departamento V-Educación EMGFAB, remitirá las horas de profesorado
militar. La Inspectoría General FAB remitirá el registro de Proyectos de
Ingeniería Militar aprobados en cumplimiento a normas TESA,
correspondientes a los años a ser evaluados.
F. El TEA se reunirá con los oficiales convocados a ascenso, a efectos de
explicar el proceso de evaluación e impartir las recomendaciones
pertinentes, procediéndose posteriormente a la evaluación curricular
individual en presencia del personal convocado, cuya asistencia tiene
carácter obligatorio.
G. Los Tribunales Evaluadores de Ascenso hasta el grado de Teniente
Coronel, calificarán los seis grupos de evaluación descritos en el presente
10 - 69
Reglamento.
H. Finalizado el proceso individual de evaluación y no existiendo
observación alguna, el oficial convocado, mostrará su conformidad
firmando y rubricando su Hoja Individual de Calificación (HICA) y el
Libro de Actas correspondiente.
I. De existir alguna observación sobre el resultado de la evaluación
individual, el oficial convocado para ascenso dispondrá de 72 horas, para
interponer y fundamentar cualquier reclamo mediante Oficio ante el
COMANGRALFAB.
J. Finalizado el proceso de evaluación, el Departamento I-Personal
EMGFAB., deberá remitir copia del CECA rubricada y firmada por los
miembros del Tribunal a cada oficial evaluado.
K. En caso de existir algún reclamo posterior a la emisión del CECA, el
oficial evaluado deberá sujetarse a lo establecido en el Artículo 111° de
la LOFA LM–1405.
Artículo 18º (Procedimiento de Calificación del Tribunal Evaluador de
Ascenso)
A. Para el ascenso al grado de Teniente hasta el grado de General de
Brigada, el TEA verificará los requisitos establecidos para el ascenso de
acuerdo al presente reglamento y registrará en el Libro de Actas
correspondiente las observaciones que se presenten.
B. Posteriormente, procederá a la recepción, revisión y verificación de la
autenticidad de la documentación presentada, asentando en la Hoja
Individual de Calificación de Ascenso los valores numéricos que
corresponden a los documentos inventariados, de acuerdo a lo
establecido en el presente Reglamento en presencia de los oficiales
convocados.
C. Finalizada la evaluación de la documentación, el TEA designado para
calificar el ascenso hasta el grado de Teniente Coronel, procederá a la
calificación del 6to. Grupo Apreciación del Tribunal en base a los
aspectos positivos y negativos del personal convocado, además de la
documentación existente en su legajo personal. Cada uno de los
miembros asignará una nota parcial, el promedio de las mismas será
registrado en la casilla correspondiente en la HICA.
D. Finalizado el proceso de evaluación el TEA recabará las firmas y rúbricas
en el Libro Actas Notariado y las Hojas Individuales de Calificación de
Ascenso calificadas, como señal de conformidad de los oficiales
11 - 69
convocados.
E. El TEA elaborará el Cuadro de Evaluación Curricular para el Ascenso
(CECA) para el grado respectivo, con la nota final y el correspondiente
orden de mérito de la promoción evaluada. Registrará en el Libro Actas
Notariado las observaciones y novedades presentadas durante el proceso.
Asimismo, elaborará un informe dirigido al Jefe del Departamento I
Personal EMGFAB., adjuntando las HICAs calificadas debidamente
foliadas y la documentación inventariada.
Artículo 19º (Procedimiento de Calificación de la Apreciación del
Tribunal de Personal de la FAB).
A. Para el ascenso al grado de Coronel y General de Brigada el TEA elevará
al TPFAB el CECA para la calificación del 10% correspondiente a la
apreciación del TPFAB, de acuerdo al Capítulo III, Artículo 13, inciso b
del Reglamento del Tribunal de Personal de las Fuerzas CJ–RGA–205.
B. Recibirá del TEA toda la documentación de acuerdo a inventario, con los
puntajes parciales obtenidos por cada oficial evaluado, asentados en las
casillas correspondientes a los grupos de evaluación: 1ro, 2do, 3ro, 4to y
5to.
C. Los miembros del TPFAB: Presidente, Vicepresidente y seis (6) Vocales,
asignarán un valor numérico porcentual (puntaje) en el rango de 1 a 100 a
cada oficial evaluado.
D. Posteriormente verificará y validará que las notas extremas (menor y
mayor), de las asignadas por los miembros del TPFAB sean eliminadas,
las restantes deberán ser promediadas y el resultado asentado en la casilla
PUNTAJE SUBTOTAL DEL 6to. GRUPO APRECIACIÓN DEL
TPFAB.
E. El Oficial Superior Secretario de Actas del TPFAB, deberá asentar en el
Libro de Actas de la gestión lo resuelto por el tribunal.
F. El Asesor Jurídico del TPFAB, deberá elaborar la Resolución
Administrativa pertinente.
G. El Comando General de la FAB, una vez aprobado y validado el proceso
de evaluación, mediante Resolución Administrativa, elevará a
conocimiento del Comando en Jefe de las FF.AA. la relación nominal de
los oficiales que hubiesen cumplido los requisitos de ascenso, con el
respectivo orden de mérito.
12 - 69
Artículo 20º (Documentos a Elevar al Tribunal Superior de Personal de
las FF.AA., para el Ascenso a la Categoría de Oficiales
Generales)
Efectuado el procedimiento de evaluación por el TPFAB, se deberá elevar al
Tribunal Superior de Personal de las FF.AA. los documentos de Comando y
Administrativos, de acuerdo a los incisos a) y b) del Artículo 25, Capítulo III,
Título II, del ReglamentoCJ-RGA-220.
El oficial convocado que tenga alguna observación a la evaluación del TPFAB
y que haya sido elevada al TSPFF.AA., podrá presentar su reclamo mediante
memorial en el plazo máximo de 72 horas a partir de su notificación. De no ser
atendido su reclamo, deberá sujetarse a lo establecido en el Artículo 111° de la
LOFA LM-1405.
13 - 69
CAPÍTULO III
TRIBUNALES
Artículo 21º (Tribunales de Evaluación)
A. TRIBUNAL EVALUADOR DE ASCENSO (TEA)
1. CONFORMACIÓN
Estará conformado por personal idóneo designado mediante
Directiva, Orden del Día o Memorándum del COMANGRALFAB,
deberá cumplir los siguientes requisitos:
a. No haber sido sobrepasado en el grado o tener antecedentes
negativos en su ascenso.
b. No haber sido sancionado por Resolución del TPFAB, por
actos de indisciplina, abuso de autoridad o vulneración a los
DD.HH.
c. El Tribunal Evaluador, será conformado de la siguiente
manera:
1) Para Evaluación de Oficiales Generales
- JEMGRALFAB: Presidente
- JEFE DPTO. EMGFAB: Primer Vocal
- JEFE DPTO. EMGFAB: Segundo Vocal
- JEFE DPTO. EMGFAB: Tercer Vocal
- JEFE DPTO. EMGFAB: Cuarto Vocal
2) Para Evaluación de Oficiales Superiores y
Subalternos
- Gral. Brig. o Cnl. DAEN: Presidente
- Cnl. DEMA. o Tcnl. DEMA: Primer Vocal
- Cnl. DEMA. o Tcnl. DEMA: Segundo Vocal
2. RESPONSABILIDADES
a. Recibir y administrar los archivos personales, el resumen de
la hoja de vida de cada oficial convocado, el Libro
Notariado, las HICAs y el CECA correspondientes al último
14 - 69
ascenso, de acuerdo a inventario foliado por el
Departamento I - Personal EMGFAB.
b. Aceptar o rechazar las observaciones o representaciones
fundamentadas y documentadas, del o los oficiales
evaluados durante el proceso de calificación.
c. Calificar el 6to grupo de evaluación Apreciación del
Tribunal, para los TEAs designados para calificar el ascenso
hasta el grado de Teniente Coronel.
d. Elaborar actas y asentar aspectos y casos sobresalientes en el
Libro Notariado del Departamento-I Personal EMGFAB., en
presencia de los Oficiales convocados a ascenso.
e. Elevar al Departamento I Personal EMGFAB. un informe de
los aspectos sobresalientes del proceso de evaluación, las
HICAs debidamente foliadas, el CECA calificado y el Libro
Notariado correspondiente.
B. TRIBUNAL DE PERSONAL DE LA FAB
1. CONFORMACIÓN
N° MIEMBROS COMPONENTES CARGO
1 Comandante General de la FAB. PRESIDENTE
2 Jefe de Estado Mayor General de la FAB. VICEPRESIDENTE
3 Inspector General de la FAB, Jefes de
Departamento II, III, IV y V EMGFAB. VOCALES
4 Jefe del Departamento I Personal
EMGFAB. VOCAL RELATOR
5 Oficial Superior Departamento I Personal
EMGFAB.
SECRETARIO DE
ACTAS
6 Asesor Jurídico del COMANGRALFAB. ASESOR
2. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES
a. Revisar y aprobar el CECA de Oficiales Superiores, para
ascenso a los grados de Coronel y General de Brigada.
15 - 69
b. Aceptar o rechazar las observaciones o representaciones
fundamentadas y documentadas, del o los oficiales
evaluados durante el proceso de calificación.
c. Calificar el 6to grupo de evaluación Apreciación del
Tribunal, para el ascenso al grado de Coronel y General de
Brigada.
d. Remitir al Tribunal Superior de Personal de las FF.AA.
(TSPFF.AA.) la documentación de acuerdo a los incisos a y
b del Artículo 25, Capítulo III, Título II del Reglamento
CJ-RGA-220.
16 - 69
**** Página intencionalmente en blanco ****
17 - 69
CAPÍTULO IV
REQUISITOS PARA EL ASCENSO
Artículo 22º (Requisitos para el Ascenso)
Los requisitos de ascenso para optar el grado inmediato superior, son los
siguientes:
A. Ser convocado a ascenso al grado inmediato superior por el
COMANGRALFAB.
B. Tener el grado académico de Licenciado en Ciencias y Artes Militares
Aeronáuticas otorgado por la UMFA.
C. No haber excedido treinta (30) puntos negativos de deméritos en el grado.
D. Tener un promedio de aprobación 70 % nota mínima en el grado, en las
Fojas de Concepto..
E. Para la convocatoria a ascenso en primera instancia NO haber sido
destinado en la Letra “B” de Disponibilidad en el grado a evaluarse.
F. En el momento de la convocatoria a ascenso, NO encontrarse destinado
en la “E” de Disponibilidad de acuerdo al artículo 85, inciso c, numeral 3,
sub-inciso e de la LOFA LM-1405.
G. No haber sobrepasado el tiempo máximo de permanencia en las Letras
“C, D y E” de Disponibilidad.
H. Presentar Certificación de los Tribunales Supremo y Permanente de
Justicia Militar, que acrediten no haber tenido sentencia ejecutoriada
condenatoria en su contra.
I. Calificación de años de Servicio emitido por el Departamento I-Personal
EMGFAB. de acuerdo al grado.
J. Presentar formulario de declaración jurada de bienes otorgada por la
Contraloría General del Estado.
K. Para el ascenso hasta el grado de Capitán, haber aprobado el Programa de
Capacitación a Distancia (PCD), 65 puntos nota mínima.
L. Para el ascenso al grado de Teniente Coronel y Coronel, presentar
Certificado de Solvencia de la DGAA del Ministerio de Defensa,
Inspectoría General y Dirección General de Asuntos Administrativos de
la FAB, válida hasta tres meses antes del proceso de evaluación.
18 - 69
M. Aprobar el Examen Físico Militar, certificado por la Dirección General
de Entrenamiento Físico Deportivo (DIGEFID) dependiente del
Departamento III-OPERACIONES EMGFAB.
N. Presentar Certificado Médico que acredite no tener ningún impedimento
físico, debiendo encontrarse el Oficial, en buen estado clínico de salud
“APTO”, otorgado por el Centro Médico Aeronáutico Nro. 1- La Paz.
O. Para el ascenso al grado de General de Brigada Aérea, haber aprobado
todos los cursos de perfeccionamiento (CCEA) o especialización
(CCEMA y DAEN), para el que fue seleccionado durante la carrera en
Instituto Militar nacional o del extranjero.
P. Para el ascenso al grado de General de Brigada Aérea, presentar
Calificación de Años de Servicio otorgado por el Tribunal Supremo de
Justicia Militar.
Q. Para el ascenso al grado de General de Brigada Aérea, haber cumplido los
años de servicios en forma continua e ininterrumpida en la carrera militar
conforme a la Ley Orgánica de las FF.AA. LM–1405 y el Reglamento
CJ–RGA–208.
R. Para el ascenso al grado de General de Brigada Aérea, no haber perdido
antigüedad respecto a la promoción de egreso.
S. Para el ascenso al grado de General de Brigada Aérea, haber cumplido
dos (2) años de destino en Unidades de fronteras (en cualquier grado).
NOTA.- Este requisito no será homologado por otro destino, por ningún motivo
o circunstancia.
T. Para el ascenso al grado de General de Brigada Aérea, haber ejercido el
cargo de Comandante de: GG.UU. (I, II, III, IV, V, VI Brigadas Aéreas),
II.MM. (ECEMA, EPTA, COLMILAV y POLMILAE), de Director
General TAM o Gerente General TAB.
U. Para el ascenso al grado de General de Brigada Aérea presentar
Certificado de Solvencia de la Contraloría General del Estado, DGAA del
Ministerio de Defensa, Inspectoría General y Dirección General de
Asuntos Administrativos de la FAB.
V. Para el ascenso al grado de General de Brigada Aérea, es requisito
indispensable obtener la nota mínima del 70% de la calificación del
TPFAB, asimismo haber obtenido la calificación final de 70 puntos en el
CECA.
19 - 69
W. Para el ascenso al grado de General de Brigada Aérea, presentar
certificación de no haber vulnerado los DDHH por cualquier motivo, con
Auto Final de Procesamiento. Este documento debe ser emitido por las
Direcciones Generales de Derechos Humanos dependientes del
Ministerio de Defensa, del Comando en Jefe de las FFAA y de la
Inspectoría General de la Fuerza Aérea.
X. Presentar certificado de solvencia de COSSMIL.
20 - 69
**** Página intencionalmente en blanco ****
21 - 69
CAPÍTULO V
GRUPOS DE EVALUACIÓN
Artículo 23º (Evaluación de Méritos y Deméritos)
La evaluación de méritos y deméritos, significa la asignación de puntos
positivos y negativos respectivamente, los que serán registrados en los
documentos de evaluación de ascenso, conformando los siguientes grupos y su
correspondiente porcentaje:
A. MÉRITOS
GRUPOS DE
EVALUACIÓN GRUPOS PORCENTAJE
1er. Grupo Formación Profesional 25 %
2do. Grupo Destinos y Cargos 25 %
3er. Grupo Desempeño Profesional 30 %
4to. Grupo Fojas de Concepto 5 %
5to. Grupo Examen Físico Militar 5 %
6to. Grupo Apreciación del TEA y TPFAB 10 %
TOTAL 100%
B. DEMÉRITOS
1. El puntaje total de deméritos afectará al 2do. Grupo Destinos y
Cargos y al 3er. Grupo Desempeño Profesional acumulado en el
grado.
2. El puntaje máximo de deméritos en primera instancia es de treinta
(30) puntos negativos para ascenso en el grado. El Oficial del
Escalafón de Armas que exceda este puntaje, reprobará el ascenso
en primera instancia.
3. El puntaje máximo de deméritos en segunda instancia es de 10
puntos negativos, sin tomar en cuenta el puntaje de deméritos
considerados en primera instancia. La pérdida mayor a 10 puntos
negativos, significará reprobación de ascenso en segunda instancia
y se aplicará el Artículo 96° de la LOFA LM–1405.
22 - 69
4. Para el ascenso respectivo, se calificarán los deméritos obtenidos
durante los años considerados para el ascenso al grado inmediato
superior.
Nº TIPIFICACIÓN PUNT
AJE
1
Suspensión Definitiva del ejercicio de sus funciones o Relevo de
Comando, Dirección, Gerencia o cargo asignado, por actos de
indisciplina, abuso de autoridad, inmoralidad, malos manejos
administrativos o vulneración a los DD.HH, previo Sumario
Informativo con Auto Final y Resolución del TPFAB.
- 25
2
Durante el proceso de evaluación de ascenso, presentar ante el
TEA denuncia (s) en contra del Oficial evaluado, sin adjuntar
pruebas de cargo.
- 15
3
Presentar durante la evaluación de ascenso, documentos sin
respaldo del original que avale su autenticidad. (Por cada
documento).
- 15
4 Suspensión definitiva de vuelo (art. 64 RAA-9,) impuesto por
Resolución del Consejo Superior de Vuelo. - 20
5 Incumplimiento de Destino o solicitar cambio de destino
injustificado. -5
6 Oficial Alumno separado de II.MM. por reprobar examen de
ingreso. -5
6 Suspensión del ejercicio de sus funciones, de uno a seis meses,
impuesta por Resolución del TPFAB, por cada mes. -3
7 Suspensión temporal de actividad de vuelo por cada mes,
impuesta por Resolución del Consejo Superior de Vuelo. -0,8
8 Arresto impuesto por el señor CMDTEGRALFAB, por cada día
- 1
9 Arresto impuesto por el señor JEMGRALFAB e INSPECTOR
GRALFAB, por cada día
10 Arresto impuesto por Oficiales Generales, Jefes Departamentos
EMGFAB y Cmdtes. de GG.UU. e II.MM. por cada día
11 Arresto impuesto por cualquier autoridad superior, por cada día.
12 Llamada de atención severa - 0.5
13 Llamada de atención simple - 0.5
23 - 69
5. No se dará curso a la presentación de documentos que anulen una sanción
impuesta; excepto, aquellas sanciones anuladas por el Tribunal de
Personal FAB.
Artículo 24º (Composición de los Grupos de Evaluación)
A. 1ER. GRUPO – FORMACIÓN PROFESIONAL.
- Institutos Militares.
- Cursos de Capacitación o Especialización.
B. 2DO. GRUPO – DESTINOS Y CARGOS.
- Destinos y Cargos.
- Destino en Frontera.
- Puntaje adicional por destino en IIMM.
- Puntaje adicional por destino en Unidad Operativa.
C. 3ER. GRUPO – DESEMPEÑO PROFESIONAL.
- Nota de defensa de trabajo de investigación.
- Nota del Programa de Capacitación a Distancia (PCD).
- Brevets y Categorías de Especialidad.
- Horas de vuelo.
- Revistas Militares.
- Proyectos de Ingeniería.
- Docencia Académica Militar.
- Plaqueta de Honor del COMANGRALFAB.
- Plaqueta al Graduado de Honor.
- Delegado revistante.
- Miembro Componente de Tribunal, Consejos, Juntas, Juzgados y
Comités.
- Componente del Centro de Investigación y Estudios Estratégicos
(CIEES) y Estado Mayor Especial (EME).
- Orden de mérito en ascenso de grado o egreso de IIMM (ECEMA,
COLMILAV, EMI).
- Distinciones y Reconocimientos.
24 - 69
D. 4TO. GRUPO- FOJAS DE CONCEPTO.
- La calificación de las Fojas de Concepto será una por año. Las
Fojas de Conceptos faltantes serán calificadas con un promedio de
30 puntos.
E. 5TO. GRUPO - EXAMEN FÍSICO MILITAR.
- Examen Físico Militar, certificado por la Dirección General de
Entrenamiento Físico Deportivo (DIGEFID) dependiente del Dpto.
III-OPS EMGFAB. De acuerdo a normativa vigente.
F. 6TO. GRUPO- APRECIACIÓN DEL TPFAB Y TEA.
- Calificación y clasificación final del TPFAB y TEA.
Artículo 25º (Asignación de Puntaje)
A. 1ER.GRUPO – FORMACIÓN PROFESIONAL.
Este grupo tiene un valor de 25 % de puntaje.
1. INSTITUTOS MILITARES.
a. Pregrado.
- COLMILAV o Similares en el país o en el exterior.
- Escuela Militar de Ingeniería.
b. Postgrado.
- EAEN.
- ECEMA.
- Similares en el país o en el exterior.
Los cursos de perfeccionamiento y especialización, constituyen requisitos de
ascenso:
- Altos Estudios Nacionales, Comando y Estado Mayor Aéreo, Comando
de Escuadrón Aéreo.
La asignación del puntaje correspondiente al Curso de Comando y Estado
Mayor Aéreo (CCEMA), Curso de Comando de Escuadrón Aéreo (CCE), será
ponderada en base a las calificaciones finales (orden de mérito de egreso)
obtenidas en el desarrollo de cada curso.
25 - 69
N° INSTITUTO GRADO ACADÉMICO PUNTAJE
1 COLMILAV Licenciado (UNIMIL) 15
2 ECEMA
CCEA Diplomado DCEA 15
CCEMA Diplomado DEMA 20
3 EAEN
Diplomado DAEN 20
Maestría en Seguridad,
Defensa y Desarrollo. 5
El Oficial Becario que realice el Curso de Comando de Escuadrón
Aéreo o el Curso de Comando y Estado Mayor Aéreo en el
exterior, deberá realizar obligatoriamente estos cursos en la
Escuela de Comando y Estado Mayor Aéreo.
2. CURSOS DE CAPACITACIÓN O ESPECIALIZACIÓN
Se otorga valor curricular a los cursos autorizados por el
COMANGRALFAB, que sean afines a la especialidad del Oficial.
Asimismo los Oficiales Superiores (hasta el grado de Teniente
Coronel) y Oficiales Subalternos calificaran:
Dos (2) Maestrías en II.MM. autorizados: EAEN y ECEMA.
(Requisito ser DEMA).
Dos (2) Cursos por año (OO.SS. y OO.SUB.)
26 - 69
3. CURSOS PARA OFICIALES:
a. Especialidad Aviador Militar.
1) Subteniente.
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
4
1°
- Curso Regimentario Requisito
- Curso de Inglés Nivel IV Requisito
- Programa de Capacitación a
Distancia (PCD)
Requisito
Ponderado
2°
- Curso Primario de Vuelo Requisito
- Curso de Ala Rotatoria Requisito
- PCD Requisito
Ponderado
3°
- Curso Básico de Vuelo Requisito
- Curso de Ala Rotatoria Requisito
- PCD Requisito
Ponderado
4°
- Tránsito Aéreo “CEA” 4
- Meteorología “CEA”
- Vuelo por Instrumentos “CEA” 4
- Fraseología Español-Inglés
“CEA-EIFAB” 4
- Curso Inicial C-206/210 “CEA” 4
- PCD Requisito
Ponderado
5°
- PREVAC “CEA” 4
- Sobrevivencia(DPTO III-
EMGFAB) 4
- Curso Aerotáctico (Sub. Esp.
Caza) 6
- PCD Requisito
Ponderado
N° ESPECIALIDAD PUNTAJE
1 Aviador militar 20
27 - 69
2) Teniente.
GRADO AÑO CAZA TRANSPORTE HELICÓPTERO EXPLORACIÓN Y
RECONOCIMIENTO PUNTAJE
TE
NIE
NT
E
1° a 3°
- Curso
Fraseología “CEA-EIFAB”
(INAC)
- Curso
Fraseología “CEA-EIFAB”
(INAC),
- Curso Fraseología “CEA-EIFAB” (INAC)
- Curso Fraseología “CEA-EIFAB” (INAC)
5
- Operativo de Caza
- Operativo de Transporte
- Operativo de Helicópteros - Operativo en Aerofotogrametría
5
- OCAA - Mercancías
Peligrosas
- Grúa de Rescate y Rapel,
Teórico Línea Corta y Larga
- Operativo en
Exploración y Reconocimiento
5
- SMS, ATP,
IFR, RVSM, RNAV- RNP
- SMS, ATP, IFR,
RVSM, RNAV- RNP
- SMS, ATP, IFR, RVSM,
RNAV- RNP
- SMS, ATP, IFR,
RVSM, RNAV- RNP 5
- Entrenamiento Fisiológico
- Entrenamiento Fisiológico
- Visores Nocturnos - Entrenamiento Fisiológico
5
- Cmdte. Misión - Cmdte. Misión - Cmdte. Misión - Cmdte. Misión 5
- IFOI-Inst.Vlo. - IFOI-Inst.Vlo. - IFOI-Inst.Vlo. - IFOI-Inst.Vlo. 5
PCD (ANUAL) Requisito Ponderado
4° Recurrent “CEA” 2
PCD Requisito
5°
Ley 1178 (CERTIFICADO CONTRALORIA/EGPP, POR MODULO) 0,5
- PCD Requisito Ponderado
28 - 69
3) Capitán.
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
CAPITÁN
1° y
2°
- IFOI-Instructor de Vuelo 5
- SIPOA 3
- Ética y Liderazgo (ECEMA) 3
- PCD (ANUAL) Requisito
Ponderado
3° - CCEA 15
4° y 5°
- Curso en Docencia Académica Militar– ECEMA
4
- Cursos Preparación y
Evaluación de proyectos 3
NOTA: Los Cursos deberán ser afines a la sub especialidad y cumplir la carga
horaria establecida por el Dpto. V-Educación EMGFAB.
4) Mayor.
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
MAYOR
1°
y
2°
- Curso en Docencia Académica
Militar– ECEMA 4
3° - CCEMA 20
4°
y
5°
- Maestría en Ciencias y Artes
Militares Aeronáuticas ECEMA 5
- Cursos Preparación y Evaluación
de proyectos 3
NOTA: Los Cursos deberán ser afines a la sub especialidad y cumplir la carga
horaria establecida por el Dpto. V - Educación EMGFAB.
29 - 69
5) Teniente Coronel.
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
TENIENTE
CORONEL
1°
y
2°
- Cursos Preparación y
Evaluación de proyectos 3
3°
al
5°
- Maestría en Ciencias y Artes
Militares Aeronáuticas ECEMA 5
- DAEN 20
- Maestría en Seguridad, Defensa
y Desarrollo (EAEN) 5
NOTA: Los Cursos deberán ser afines a la sub especialidad y cumplir la carga
horaria establecida por el Dpto. V-Educación EMGFAB.
6) Coronel.
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
CORONEL
1°
y
3°
- DAEN (Requisito Ascenso a
General) 20
- Maestría en Seguridad, Defensa
y Desarrollo (EAEN) 5
- Maestría en Ciencias y Artes
Militares Aeronáuticas ECEMA 5
4°
al
5°
NO SE EVALUARAN LOS CURSOS
REALIZADOS
b. Otros cursos para la Especialidad de Aviador Militar
N° CURSO PUNTAJE
1 Inglés Avanzado (nivel VI) - EIFAB. 5
2 Instructor de Ingles – EIFAB 4
N° CURSO EN SIMULADOR DE VUELO PUNTAJE
1 Inicial 4
2 Recurrent 2
30 - 69
Los Cursos en Simulador de Vuelo “Inicial” y Curso “Recurrent” para las
diferentes aeronaves, tendrán validez en los diferentes grados de acuerdo a
la siguiente ponderación (Se califica 1 curso inicial y 2 recurrent por grado):
c. Especialidad Defensa Aérea.
1) Subteniente.
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
SU
BT
EN
IEN
TE
1°
- Curso Regimentario Requisito
- Curso de Inglés Nivel IV Requisito
- Programa de Capacitación a
Distancia (PCD)
Requisito
Ponderado
2°
- Paracaidismo Requisito
- Policía Militar Requisito
- Tirador de Elite Requisito
- Operaciones de Selva Requisito
- PCD (ANUAL) Requisito
Ponderado
3°
al
5°
- Alumno Sistema de Armas
Antiaéreas 4
- Alumno Seguridad y Defensa de
Instalaciones Aéreas. 4
- Alumno VYCA 4
- Cóndor 4
- Satinador 4
- Curso Contra Actos de
Interferencia Ilícita 4
- PCD (ANUAL) Requisito
Ponderado
N° ESPECIALIDAD PUNTAJE
1 Defensa Aérea 20
31 - 69
2) Teniente
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
TENIENTE
1°
al
5°
- Seguridad Aeroportuaria 5
- Inteligencia Militar Aérea-
Inicial y Básica 4
- Búsqueda y Rescate “SAR” 2
- DD.HH 2
- Administración de RRHH 2
- Ley 1178 (CERTIFICADO
CONTRALORIA/EGPP, POR
MODULO)
0.5
- PCD (ANUAL) Requisito
Ponderado
3) Capitán
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
CAPITÁN
1°
y
2°
- Inteligencia Militar Aérea 4
- SIPOA 3
- Ética y Liderazgo (ECEMA) 3
- PCD (ANUAL) Requisito
Ponderado
3° - CCEA 15
4°
y
5°
- Curso en Docencia Académica
Militar– ECEMA 4
- Cursos Preparación y
Evaluación de proyectos 3
NOTA: Los Cursos deberán ser afines a la sub especialidad y cumplir la carga
horaria establecida por el Dpto. V-Educación EMGFAB.
32 - 69
4) Mayor
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
MAYOR
1°
y
2°
- Curso en Docencia Académica
Militar– ECEMA 4
3° - CCEMA 20
4°
y
5°
- Maestría en Ciencias y Artes
Militares Aeronáuticas 8
- Cursos Preparación y
Evaluación de proyectos 3
5) Teniente Coronel
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
TENIENTE
CORONEL
1°
y
2°
- Cursos Preparación y Evaluación
de proyectos 3
3°
al
5°
- Maestría en Ciencias y Artes
Militares Aeronáuticas ECEMA 5
- DAEN 20
- Maestría en Seguridad, Defensa y
Desarrollo (EAEN) 5
6) Coronel
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
CORONEL
1°
al
3°
- DAEN (Requisito Ascenso al
grado de General) 20
- Maestría en Seguridad, Defensa
y Desarrollo (EAEN) 5
- Maestría en Ciencias y Artes
Militares Aeronáuticas ECEMA 5
4°
y
5°
NO SE EVALUARAN LOS CURSOS
REALIZADOS
33 - 69
d. Otros cursos para la Especialidad de Defensa Aérea.
e. Especialidad Apoyo Operativo.
NOTA. El personal que realice estudios en la EMI u otras universidades, deberá
ser declarado en Comisión por el COMANGRALFAB de acuerdo a necesidades
Institucionales (Memorándum de Designación).
1) Subteniente
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
SU
BT
EN
IEN
TE
1°
- Curso Regimentario Requisito
- Curso de Inglés Nivel IV Requisito
- Programa de Capacitación a
Distancia (PCD) Requisito
2°
al
5°
- Alumno EMI Requisito
- Alumno otras carreras Universitarias Requisito
- Alumno Logística (Mantenimiento
o Abastecimiento) Requisito
- Alumno VYCA Requisito
- Especialista Logística, VYCA. 4
- PCD (ANUAL) Requisito
Ponderado
N° CURSO PUNTAJE
2 Inglés Avanzado (nivel VI) – EIFAB 5
3 Instructor de Ingles – EIFAB 4
N° SUB ESPECIALIDAD PUNTAJE
1 Licenciado EMI - otra Universidad 20
2 Oficial de Logística (Mantenimiento o
Abastecimiento) 20
34 - 69
2) Teniente
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
TENIENTE
1°
y
2°
- Alumno EMI Requisito
- Alumno otras carreras
Universitarias Requisito
- PCD (ANUAL) Requisito
Ponderado
3°
al
5°
- Administración de RRHH 4
- Ley 1178 (CERTIFICADO
CONTRALORIA/EGPP, POR
MODULO)
0.5
- Preparación y Evaluación de
Proyectos 3
- PCD (ANUAL) Requisito
Ponderado
3) Capitán
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
CAPITÁN
1°
y
2°
- SIPOA 3
- Ética y Liderazgo 3
- PCD (ANUAL) Requisito
Ponderado
3° - CCEA 15
4°
y
5°
- Curso en Docencia Académica
Militar– ECEMA 4
- Cursos Preparación y Evaluación
de proyectos 3
NOTA: Los Cursos deberán ser afines a la sub especialidad y cumplir la carga
horaria establecida por el Dpto. V - Educación EMGFAB.
35 - 69
4) Mayor
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
MAYOR
1°
y
2°
- Curso en Docencia Académica
Militar– ECEMA 4
3° - CCEMA 20
4°
y
5°
- Maestría en Ciencias y Artes
Militares Aeronáuticas
ECEMA
5
- Cursos Preparación y
Evaluación de proyectos 3
NOTA: Los Cursos deberán ser afines a la sub especialidad y cumplir la carga
horaria establecida por el Dpto. V - Educación EMGFAB.
5) Teniente Coronel
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
TENIENTE
CORONEL
1°
y
2°
- Cursos Preparación y
Evaluación de proyectos 3
3°
al
5°
- Maestría en Ciencias y Artes
Militares Aeronáuticas ECEMA 5
- DAEN 20
- Maestría en Seguridad, Defensa
y Desarrollo (EAEN) 5
NOTA: Los Cursos deberán ser afines a la sub especialidad y cumplir la carga
horaria establecida por el Dpto. V - Educación EMGFAB.
36 - 69
6) Coronel
GRADO AÑO CURSOS PUNTAJE
CORONEL
1°
y
3°
- DAEN (Requisito Ascenso al
grado de General) 20
- Maestría en Seguridad, Defensa
y Desarrollo (EAEN) 5
- Maestría en Ciencias y Artes
Militares Aeronáuticas ECEMA 5
4°
al
5°
NO SE EVALUARAN LOS CURSOS
REALIZADOS
f. Otros cursos para la Especialidad de Apoyo Operativo
4. CALCULO DEL 1ER. GRUPO FORMACION
PROFESIONAL
Para obtener el valor final del 1er. Grupo Formación Profesional,
se calculará la suma aritmética de los puntos positivos ponderados
(méritos). Ver Capítulo VI Procedimientos de cálculo para la
evaluación de ascenso.
B. 2DO. GRUPO – DESTINOS Y CARGOS
Este grupo tiene un valor de 25 % de puntaje.
1. DESTINOS Y CARGOS
Se tomará en consideración, los diferentes cargos y destinos
desempeñados por el Oficial del Escalafón de Armas, durante el
tiempo mínimo de permanencia en el cargo dispuesto por el
COMANGRALFAB.
Los destinos y cargos del oficial serán evaluados anualmente hasta
el grado de Coronel.
El oficial, que por necesidades del servicio desempeñe en una
gestión dos cargos a la vez, designado mediante Orden del Día o
N° CURSO PUNTAJE
1 Inglés Avanzado (nivel VI) – EIFAB 5
2 Instructor de Ingles – EIFAB 4
37 - 69
Memorándum, calificará el puntaje mayor y la mitad del puntaje
asignado al segundo cargo.
N° CARGO PUNTAJE
1 Jefe de Departamento EMGFAB. 20
2 Jefe de Departamento EMGFFAA. 18
3
Comandante de: GGUU, IIMM, COSDEA,
CCEEOO, ECEMC, Gerente General TAB y
Director General TAM
18
4 DGAAFAB, Director General MINDEFENSA 17
5 Director de la Escuela de Altos Estudios
Nacionales 17
6 Segundo Comandante o JEM de GGUU, IIMM
COSDEA, CCEEOO, ECEMC y FTC. 16
7 Subjefe de Departamento EMGFFAA,
EMGFAB, Subinspector. 16
8 Gerente General SNA, COSSMIL y
COFADENA. 16
9 SUB DIRECTOR TAM y SNA, SUB
GERENTE TAB 16
10 Ayudante General MINDEF, COMANJEFE
o COMANGRALFAB. 16
11 Agregado de Defensa o Aeronáutico. 16
12
Inspector GGUU, Jefe Departamento de:
GGUU, IIMM, CCEEOO, ECEMC, FTC,
EAEN y Región Militar.
15
13
Comandante de PUA, FTA, SMA, SAA,
Grupo Cadetes COLMILAV, Grupo Alumnos
POLMILAE, GCAII, SAR (DEMA 100% No
Diplomado 50%) y Jefe de
CUARTELGRALFAB.
15
38 - 69
N° CARGO PUNTAJE
14
Jefe de Estudios Instituto de Postgrado de
Oficiales, Comandantes Grupo Académico y
Servicios COLMILAV, POLMILAE.
15
15 Vicerrector UMFA 14
16 Director UEFAB, EIFAB, 14
17
Director Generales FAB (SEGURIDAD DE
VUELO, CEMEDAE, PRODUCCION),
(ASESORIA JURIDICA, DIGEDEBIS).
14
18
Directores FAB (DD.HH., PLANIFICACION,
INFORMATICA, BIENES Y PATRIMONIO,
ARCHIVO CENTRAL, DACADI,
ASUNTOS INTERNACIONALES,
COMUNICACIÓN, ENTRENAMIENTO
FISICO, INFRAESTRUCTURA, CEA
Directores Regionales TAM, TAB (DEMA
100% No Diplomado 50%).
13
19 Jefe de Gabinete o Departamento de COSDEP 13
20
Comisión del
Supremo Gobierno
(Letra "C" de
disponibilidad)
OO.SS. 12
OO.SUB 7
21 Vocal del TSJM y TPJM 12
22
Jefe de Departamento MINDEF, Jefe de
Unidad COFADENA, COSSMIL. Director o
Gerente de Área (DGAAFAB, DIGETAM,
TAB, SNA, COFADENA, COSSMlL o
similares).
12
39 - 69
N° CARGO PUNTAJE
23
Segundo Comandante, Subgerente,
Subdirector de: PUA, FTA, SMA, SAA,
UEFAB, EIFAB, CEMEDAE, GCAII Y SAR
(DEMA 100% No Diplomado 50%)
12
24 Jefe de Sección EMGFAB y COMANJEFE. 12
25 Jefe de Edecanes Presidencia del Estado
Plurinacional. 10
26 Directores Regionales DIRESA, Defensa
Civil, DDHH, COSSMIL y otros 10
27 Edecán de Presidencia o Vicepresidencia 10
28 Subjefe de Departamento GGUU, IIMM, FTC. 10
29 Jefe de Sección de GGUU, IIMM y FTC. 10
30 Comandante de Escuadrón PUA o Jefe de
Organismo de Plana Mayor. 9
31 Segundo Comandante SAR, GCAII (DEMA
100% No Diplomado 50%). 9
32 Agregado Aéreo Adjunto. 8
33
Alumno ECEMA (CEMA) o similar en el
exterior.
Oficial Superior en Comisión estudio en el
exterior (Mínimo 6 meses).
8
34 Ayudante de Órdenes COMANGRALFAB,
COMJEFE, MINDEFENSA. 7
35 Alumno ECEMA (CCEA). 7
36 Jefe de Sub-Sección de Departamento
EMGFAB, DGAA, Direcciones Generales. 6
37 Ayudante de Órdenes JEMGFAB. 6
40 - 69
N° CARGO PUNTAJE
38
Comandante de Compañía IIMM, PPUU.
Comandante de Destacamento, Jefe de
Campamento FTC.
6
39 Oficial de RRPP y DDHH en todas las RRMM. 6
40
Jefe de Sección PPUU, FTA, SMA, SAA, SAR,
UEFAB, EIFAB, CEMEDAE, Direcciones,
Gerencias FAB.
6
41 Ayudante de Órdenes de GGUU. 5
42 Aviador Militar, Oficial de Defensa Aérea y
Apoyo Operativo en PPUU o FTA. 5
43 Jefe de Sub-sección en GGUU, IIMM, FTC,
ECEMC. 4
44 Ayudante de Órdenes en PPUU. 4
45
Alumno Aviador en GAE o similar en el
exterior, Alumno de Defensa Aérea, Alumno
VYCDAA, Alumno Logístico, Alumno EMI
por año de estudio.
4
46 Oficial Subalterno en Comisión estudio en el
exterior (mínimo 6 meses). 4
47
Alumno EIFAB, Jefe de Sub-sección PPUU,
FTA, SMA, SAA, SAR, UEFAB, EIFAB,
CEMEDAE, Direcciones y Gerencias FAB,
Jefatura de Cuartel.
4
NOTA. El puntaje asignado para el personal que cumple cargo de
Comando de Escuadrón en PUA se calificara el 100% para los
DCEA y 50% para los No Diplomados.
El Comando de los Grupos “SAR” calificara el 100% para
Oficiales DEMA y 50% para los No Diplomados.
41 - 69
2. DESTINO EN FRONTERA.
DESTINO EN FRONTERA
Nº LUGAR PUNTAJE
1 Uyuni 10
2 Cobija 8
3 Riberalta 8
4 Roboré 8
5 Villamontes–Monteagudo 8
6 Puerto Suarez 8
7 Caranavi, Santa Ana de Huachi, Chimoré 6
8 Direcciones Regionales TAM (GY, YA,SB, RQ) 6
9 Nazareth 6
10 Tarija, Trinidad, Oruro, Sucre 4
NOTA 1: La presente clasificación de frontera es exclusiva para
efectos de asignación de puntaje.
NOTA 2: Se asignará el siguiente puntaje por permanencia en
unidades de frontera por grado:
- 100% primeros dos años continuos de permanencia.
- 50 % siguientes dos años de permanencia.
3. PUNTAJE ADICIONAL POR DESTINO EN INSTITUTO
MILITAR (EXCEPTO ALUMNOS).
Se asignará 30% de puntaje adicional al personal destinado en los
siguientes Institutos:
a. Escuela de Altos Estudios Nacionales (EAEN)
b. Universidad Militar. (UNIMIL)
c. Escuela de Comando de Estado Mayor Conjunto (ECEMC)
d. Escuela de Comando y Estado Mayor Aéreo (ECEMA)
e. Escuela de Perfeccionamiento Técnico Aeronáutico (EPTA)
42 - 69
f. Colegio Militar de Aviación (COLMILAV)
g. Politécnico Militar de Aeronáutica (POLMILAE)
h. Escuela Militar de Música
NOTA:
- 30 % primeros dos años de permanencia.
- 15 % siguientes dos años de permanencia.
4. PUNTAJE ADICIONAL POR DESTINO EN UNIDAD
OPERATIVA
Al oficial destinado en Unidad Operativa, se le otorgará puntaje
adicional consistente en el 30% del asignado. Se calificarán dos
años por grado. Las siguientes Unidades Operativas tienen
asignación de puntaje adicional:
a. Brigada Aérea.
b. Grupos Aéreos.
c. Fuerzas de Tarea Aérea.
d. GADA’s y GCAII.
5. CALCULO DEL 2DO. GRUPO DESTINOS Y CARGOS.
Para obtener el valor final del 2do. Grupo Destinos y Cargos, se
calculará la diferencia aritmética de los puntos positivos
ponderados (méritos), menos los puntos negativos sin ponderar
(deméritos). Ver Capítulo VI Procedimientos de cálculo para la
evaluación de ascenso.
C. 3ER.GRUPO – DESEMPEÑO PROFESIONAL
Este grupo tiene un valor de 30 % de puntaje.
1. NOTA DE TRABAJO DE INVESTIGACIÓN Y PCD.
El oficial convocado para ascenso a los grados de Teniente Coronel
y Coronel, deberá elaborar y aprobar trabajo de investigación u
otro dispuesto por el COMANGRALFAB.
Se promediarán las calificaciones obtenidas en la defensa de
trabajo de investigación (tesis, tesina, EEM, monografía, etc.),
asignándose el puntaje correspondiente.
La nota a calificar para el oficial subalterno que esté realizando
curso en el exterior y sea convocado para dar examen de PCD,
será convalidada con la obtenida en el correspondiente curso.
43 - 69
CALIFICACIÓN PUNTAJE
AprobadoporExcelencia (95a100%)
AprobadoconHonores (90a94.55%)
Aprobado Plenamente (80a89.55%)
CALIFICACIÓN PUNTAJE
AprobadoporExcelencia (95a100%)
AprobadoconHonores (90a94.55%)
Aprobado Plenamente (80a89.55%)
El oficial que se encuentre realizando curso de especialización o
capacitación en IIMM del extranjero, queda exento de elaborar y
defender trabajo de investigación u otro dispuesto por el
COMANGRALFAB, debiendo ser convalidadas las notas
obtenidas en el curso correspondiente.
La nota mínima de aprobación de PCD será de 65 puntos. Las
calificaciones de aprobación obtenidas en el PCD tendrán el
siguiente puntaje:
N° CALIFICACIÓN PCD PUNTAJE
1 Aprobado por Excelencia (95 a 100%) 8
2 Aprobado con Honores (90 a 94.99%) 6
3 Aprobado Plenamente (80 a 89.99%) 4
La nota mínima de aprobación de Trabajos de Investigación será de
70 puntos. Las calificaciones sobresalientes obtenidas en los
Trabajos de Investigación u otros dispuestos por el
COMANGRALFAB tendrán el siguiente puntaje:
N° CALIFICACIÓN TRABAJOS DE
INVESTIGACIÓN PUNTAJE
1 Aprobado por Excelencia (95 a 100%) 10
2 Aprobado con Honores (90 a 94.99%) 8
3 Aprobado Plenamente (80 a 89.99%) 6
2. ABANDERADOS Y ESCOLTAS
Los oficiales superiores o subalternos que sean distinguidos como
abanderados o escoltas, se les computará una designación por
gestión.
44 - 69
a. Abanderado del Estandarte Nacional
N° REPARTICIÓN MILITAR PUNTAJE
1 Fuerzas Armadas del Estado 10
2 Fuerza Aérea Boliviana 8
3 Instituto Militar (UNIMIL, ECEMA o EMI) 6
4 Brigada Aérea 6
5 Pequeña Unidad Operativa 4
b. Escoltas del Estandarte Nacional
Nº REPARTICIÓN MILITAR PUNTAJE
1 Fuerzas Armadas del Estado 10
2 Fuerza Aérea Boliviana 6
3 Instituto Militar (UNIMIL, ECEMA o EMI) 4
4 Brigada Aérea 4
5 Pequeña Unidad Operativa 2
c. Abanderado de la Bandera de Guerra
Nº REPARTICIÓN MILITAR PUNTAJE
1 Fuerza Aérea Boliviana 8
2 Instituto Militar (UNIMIL, ECEMA o EMI) 6
3 Brigada Aérea 6
4 Pequeña Unidad Operativa 4
45 - 69
PUNTAJE
Aviador
Aviador
Aviador
InstructorMilitar
Navegante Militar
Ingeniero Militar
Otras especialidades
Brevetextranjero,50%delpuntajeasignadoalnacional.
DEESPECIALIDAD PUNTAJE
Instructordevuelo (1ra. Categoría)
Instructordevuelo(2da. Categoría)
Instructordevuelo(3ra.Categoría)
Instructor Militar (1raCategoría)
InstructorMilitar(2da.Categoría)
InstructorMilitar(3ra.Categoría)
NaveganteMilitar (1ra. Categoría)
NaveganteMilitar (2da. Categoría)
NaveganteMilitar (3ra.Categoría)
Ingeniero Militar (1ra.Categoría)
Ingeniero Militar (2da.Categoría)
Ingeniero Militar (3ra.Categoría)
d. Escolta de la Bandera de Guerra
Nº REPARTICIÓNMILITAR PUNTAJE
1 Instituto Militar (UNIMIL, ECEMA o EMI) 3
No puntuarán la designación de abanderados y escoltas de:
Guarniciones Militares, Comandos Estratégicos Operacionales,
Comandos Conjuntos, Departamentos COMANGRALFAB,
Direcciones Generales y Direcciones FAB, Reparticiones Militares
no operativas, EAEN, COSSMIL, COFADENA.
Los Oficiales de Planta no podrán ser nombrados como
abanderados y escoltas de los II.MM.
3. BREVET Y CATEGORÍAS
Los Brevets en sus distintas categorías, tendrán valor curricular en
el grado y cuando sea otorgado por Orden del Día del
COMANGRALFAB.
a. Brevets
Nº BREVET PUNTAJE
1 Comandante Aviador 15
2 Señor Aviador 12
b. Categorías
Nº CATEGORÍAS DE ESPECIALIDAD PUNTAJE
1 Instructor de Vuelo (1era Categoría) 5
2 Instructor de Vuelo (2da Categoría) 4
3 Instructor de Vuelo (3ra. Categoría) 3
4 Instructor Defensa Aérea (1ra Categoría) 5
5 Instructor Defensa Aérea (2da. Categoría) 4
6 Instructor Defensa Aérea (3ra. Categoría) 3
46 - 69
4. HORAS DE VUELO
Se asignará puntaje considerando las horas de vuelo acumuladas
en el Grado de acuerdo al registro emitido por el Departamento
III-OPS EMGFAB, de acuerdo a Factor de Ponderación de
categorías de Brevet:
TIPO DE AERONAVE
(ALA FIJA)
PUNTAJE
AV.
AV. I.
CO- AV
AV- AL
AL-AV
MONOMOTOR
RECÍPROCOS
Cada 70 horas. 4 3
TURBOHÉLICES
Cada 40 horas. 4 3
REACTORES
T-33 Cada 20 horas.
K-8 Cada 50 horas
4 3
MULTIMOTOR
RECÍPROCOS
Cada 70 horas. 4 3
TURBO HÉLICES
Cada 100 horas. 4 3
REACTORES
Transporte. 200 horas
Ejecutivo. 100 horas
LJ-25 40.horas
4
3
TIPO DE AERONAVE
(ALA ROTATORIA)
PUNTAJE
AV.
AV. I.
CO- AV
AV- AL
AL-AV
MONOMOTOR
RECIPROCO
Cada 100 horas. 4 3
TURBINA
Cada 200 horas. 4 3
MULTIMOTOR BI-TURBINA
Cada 200 horas. 4 3
NOTA.- Se calificará máximo 25 puntos por grado.
47 - 69
5. REVISTAS MILITARES
Se otorgará puntaje al Oficial de cualquier especialidad que
presente Revista Militar máximo 2 por año. La documentación de
respaldo será el memorándum de designación emitido por el
Comandante de Unidad para el Comandante de Batallón,
Escuadrón, Compañía, Sección, conforme al registro emitido por el
Departamento III-OPS EMGFAB, de acuerdo al siguiente puntaje:
PUNTAJE POR REVISTA 1
6. DOCENCIA ACADÉMICA MILITAR
a. Diploma de Profesor Militar
Las categorías que sean otorgadas y de acuerdo a
disposiciones vigentes, tendrán el siguiente puntaje:
N° CATEGORÍA PUNTAJE
1 Primera 8
2 Segunda 6
3 Tercera 4
b. Horas de Docencia Militar
Se asignará el siguiente puntaje a las horas de docencia
militar dictadas en IIMM:
INSTITUTOS HORAS PUNTAJE
PRE GRADO
100 2
300 4
500 6
POST GRADO
100 4
200 6
300 8
EIFAB
300 2
500 4
700 6
48 - 69
La calificación de las horas dictadas, se realizará mediante
certificación emitida por el Departamento V-EDUCACION
EMGFAB.
7. PLAQUETA DE HONOR DEL COMANGRALFAB
Otorgada mediante Orden del Día del Comando General de la
Fuerza Aérea Boliviana, a los Señores Jefes de Departamento
EMGFAB, Comandantes GGUU, IIMM, PPUU, GERENTES Y
DIRECTORES en función al desempeño profesional del cargo (se
califica 2 plaquetas por grado).
PLAQUETA PUNTAJE
Plaqueta de Honor COMANGRALFAB 8
8. PLAQUETA AL GRADUADO DE HONOR
Otorgada mediante Orden del Día del Comando General de la
Fuerza Aérea Boliviana, al desempeño académico de los Oficiales
Estudiantes en los II.MM. nacionales o extranjeros:
PLAQUETA PUNTAJE
Plaqueta de Honor COMANGRALFAB 5
Plaqueta de Honor JEMGRALFAB 3
9. DELEGADO REVISTANTE
Se calificaran aquellas que se cumplan por delegación del
Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana. Debiendo ser el
Delegado de igual o mayor jerarquía del Comandante de la Unidad
revistada y de la especialidad de Defensa Aérea.
Para la asignación de puntaje tendrán valor curricular las conferidas
en el grado, mediante memorándum firmado por el Comandante
General de la FAB. Se considerara un máximo de tres (3)
delegaciones por grado, asignándose el siguiente puntaje:
DESIGNACIÓN PUNTAJE
Delegado Revistante del COMANGRALFAB 1
49 - 69
10. MIEMBROS COMPONENTES DE TRIBUNALES,
CONSEJOS, JUNTAS, JUZGADOS Y COMITÉS.
- Tribunal de Personal de la FAB.
- Consejo Superior de Vuelo.
- Consejo Superior Educativo de la FAB.
- Consejo Superior, Académico y Disciplinario de Instituto
Militar.
- Tribunal Evaluador de Perfil o Trabajo de Investigación.
- Tribunal Evaluador de Ascenso.
- Tribunal Evaluador Examen Oral de Estado Mayor I.
- Tribunal Evaluador Examen Oral de Estado Mayor II.
- Junta Investigadora de Accidentes Aeronáuticos.
- Juzgado Militar Sumariante designado para la gestión.
- Comité Técnico de Fiscalización o Supervisión.
- Comandante y Estado Mayor de Ejercicio Operativo
(Especifico, Conjunto, Combinado)
- Director de Desfile Aéreo de la FAB.
- Comité de Seguridad de Vuelo de la FAB.
- Comité Técnico Jurídico de la FAB.
Se calificará al oficial designado por Orden del Día o Memorándum
firmado por el señor Comandante General de la FAB y se considera
máximo tres (3) designaciones por año del total de este grupo.
DESIGNACIÓN PUNTAJE
Presidentes de: Consejos, Comités, Juntas o Tribunales.
Directores de: Ejercicio Operativo, Desfile Aéreo o
Juez Sumariante.
4
Vocales o miembros componentes de: Estado Mayor de
Ejercicio Operativo, Consejos, Tribunales, Comités,
Juntas o Juzgados Sumariantes.
3
50 - 69
11. COMPONENTES DE ESTADO MAYOR ESPECIAL Y
CIEES.
Se calificará al oficial designado por Orden del Día o
Memorándum del COMANGRALFAB, considerándose tres (3)
designaciones por grado.
DESIGNACIÓN PUNTAJE
Jefe del Estado Mayor Especial y CIEES, del
COMANGRALFAB. 10
Miembro componente del Estado Mayor
Especial y CIEES del COMANGRALFAB. 8
DESIGNACIÓN PUNTAJE
Jefe del Estado Mayor Especial Brigada. 6
Miembro componente del Estado Mayor
Especial Brigada. 4
12. ORDEN DE MÉRITO EN ASCENSO DE GRADO O
EGRESO DE IIMM (ECEMA, COLMILAV Y EMI).
Se otorgara puntaje a los Oficiales del Escalafón de Armas que
ocupen los cinco (5) primeros puestos calificados en el ascenso y
en la promoción de egreso de instituto militar cursado en el grado,
asignándole el siguiente puntaje:
Nº ORDEN DE MÉRITO DE
ASCENSO O GRADUACIÓN PUNTAJE
1 Primero 10
2 Segundo 8
3 Tercero 6
4 Cuarto 4
5 Quinto 2
Nº EGRESADOS DE INSTITUTO DE
FORMACIÓN EN EL EXTERIOR PUNTAJE
1 Egresado 6
51 - 69
13. DISTINCIONES Y RECONOCIMIENTOS
Este numeral calificara el 8% del total del 3er. Grupo Desempeño
Profesional.
a. Constancia Militar
Nº CONSTANCIA PUNTAJE
1 Primera Clase 12
2 Segunda Clase 10
3 Tercera Clase 8
b. Felicitaciones
Se calificaran doce (12) felicitaciones en el grado y una (1)
felicitación por año cuando provengan de la misma
autoridad, todas deberán ser otorgadas mediante: Orden del
Día o Memorándum. Asimismo las felicitaciones otorgadas
por autoridades interinas o accidentales (a.i. y ACC.) no
tienen validez.
Grupo A
Nº FELICITACIONES PUNTAJE
1 Comandante General FAB 1
2 Jefe de Estado Mayor e Inspector
General FAB.
1
4 Jefe de Departamento EMGFAB 1
Grupo B
Nº FELICITACIONES PUNTAJE
1 Comandante de GGUU e IIMM 1
2 JEM GGUU e IIMM 1
3 Directores o Gerentes Generales 1
4 Comandante de PUA 1
52 - 69
Las felicitaciones en este grupo sólo tendrán validez para el
personal orgánicamente dependiente de la autoridad que
otorga la misma (Máximo dos niveles superiores).
Ejemplo 1: Al Comandante de Escuadrón lo felicita el 2do.
Cmdte. y el Cmdte. de Unidad.
Ejemplo 2: Al Cmdte. de Unidad lo felicita el JEM y
Cmdte. de GGUU.
Grupo C
c. Diploma de Honor
Otorgado mediante Orden del Día, tendrán validez sólo
para el personal orgánicamente dependiente, se calificara
tres (3) diplomas en el grado:
Nº DIPLOMA PUNTAJE
1 Comando General de la FAB 5
2 Jefe de Departamentos EMGFAB 4
3 Comando de GGUU e IIMM 3
4 Direcciones FAB y Gerencias
Generales 2
5 Comando de PUA 2
Nº FELICITACIONES PUNTAJE
1 Capitán General de las FF.AA. 1
2 Ministro de Defensa 1
3 Comandante en Jefe FF.AA. 1
53 - 69
14. CALCULO DEL 3ER. GRUPO DESEMPEÑO
PROFESIONAL
Para obtener el valor final del 3er. Grupo Desempeño Profesional,
se calculará la diferencia aritmética de los puntos positivos
ponderados (méritos) menos los puntos negativos sin ponderar
(deméritos), ver capítulo VI Procedimiento de cálculo para la
evaluación de ascenso.
D. 4TO. GRUPO – FOJAS DE CONCEPTO
Este grupo tiene un valor de 5 % de puntaje.
La calificación de las fojas de concepto será una por año. Las Fojas de
Conceptos faltantes serán calificadas con un promedio de 30, el puntaje
final de fojas de conceptos se calculará de la siguiente manera:
- Pfg = Promedio de fojas en el grado
- Fc = Fojas de concepto
- Ag = Años del grado
- Nfc = Nota por fojas de concepto
- 5 = Coeficiente de conversión de calificación a puntos.
E. 5TO. GRUPO–EVALUACIÓN DE ENTRENAMIENTO FISICO.
Este grupo tiene un valor de 5 % de puntaje.
El proceso de evaluación del Examen Físico Militar del personal
convocado a ascenso, será planificado, desarrollado y evaluado por el
Departamento III-OPS.EMGFAB, en coordinación con la Dirección
General de Entrenamiento Físico Deportivo.
F. 6TO. GRUPO – APRECIACIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL
DE LA FAB Y TRIBUNAL EVALUADOR DE ASCENSO (TPFAB-
TEA).
Este grupo tiene un valor de 10% de puntaje.
54 - 69
1. TRIBUNAL DE PERSONAL DE LA FAB (TPFAB).
La calificación por parte del TPFAB para OO.SS. convocados a ascenso
al grado de Coronel y al de General de Brigada, seguirá el siguiente
procedimiento:
a. Los miembros del TPFAB: Presidente, Vicepresidente y los (6)
seis vocales, asignarán individualmente un puntaje numérico
entre 1 a 100 de cada oficial convocado, considerando los
siguientes parámetros:
1) Aspectos positivos y negativos del oficial calificado.
2) Apreciación personal del Tribunal, sobre el oficial
calificado.
b. Eliminar los puntajes extremos (máximo y mínimo) otorgados
por los miembros del TPFAB y de las calificaciones restantes,
obtener el promedio respectivo.
c. El promedio final ponderado (10%) será registrado por el
Tribunal en la casilla correspondiente de la HICA.
d. La calificación mínima de aprobación para este grupo (6to Grupo
APRECIACIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DE LA
FAB) será de 70%. Los Oficiales Superiores que no alcanzaran la
nota mínima, no serán promovidos al grado inmediato superior.
2. TRIBUNAL EVALUADOR DE ASCENSO (TEA)
La calificación del Tribunal Evaluador de Ascenso TEA, para Oficiales
Subalternos y Oficiales Superiores convocados a ascenso hasta el grado
de Teniente Coronel, seguirá el siguiente procedimiento:
a. Los miembros del TEA, Presidente y dos o más vocales,
asignarán individualmente un puntaje numérico entre 1 a 100,
considerando los siguientes parámetros:
1) Aspectos positivos y negativos del oficial calificado.
2) Apreciación personal del Tribunal, sobre el oficial
calificado.
b. El promedio final ponderado (10%), será registrado por el Tribunal
en la casilla correspondiente de la HICA.
55 - 69
CAPÍTULO VI
PROCEDIMIENTOS DE CÁLCULO PARA LA
EVALUACIÓN DE ASCENSO
Artículo 26º (Procedimiento General de Cálculo)
A. Los valores numéricos (puntaje) provenientes de las calificaciones
obtenidas por el oficial convocado en el proceso de evaluación, de
acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento, se asentarán en cada
una de las casillas de los SEIS (6) grupos de evaluación de la HICA,
obteniendo los puntajes subtotales.
B. Los puntajes obtenidos en la HICA, por el oficial en cada grupo de
evaluación son transcritos a la CECA.
C. El cálculo final del orden de Mérito de la CECA, se obtendrá con la
ponderación del HICA del grado, más el HICA acumulado de los grados
precedentes.
El procedimiento de evaluación a seguir en el CECA, para cada uno de
los grupos, es el siguiente:
1. GRUPO FORMACIÓN PROFESIONAL (25%)
Para determinar el puntaje Parcial del 1er. Grupo Formación
Profesional (RP1), se obtiene el factor de ponderación (F) mediante
la división de 25 (porcentaje de grupo) entre el Puntaje Máximo
obtenido (PMaxDC).
F = 25 / PMaxDC
El factor de ponderación (F) obtenido, multiplicado por el puntaje
individual de cada oficial evaluado (FPi), determinará el valor del
porcentaje final del grupo Formación Profesional (RP1).
RP1 = F x FPi
56 - 69
Ejemplo:
No
1ER. GRUPO FORMACION PROFESIONAL (25%)
PUNTAJE SUBTOTAL
DEL GRUPO FACTOR
PORCENTAJE
FINAL
1 3
5
0
,
6
1
0
21,341
2 3
3
0,610 20,122
3 3
6
0,610 21,951
4 2
9
0,610 17,683
5 4
1
0,610 25,000
6 3
7
0,610 22,561
7 3
2
0,610 19,512
8 3
1
0,610 18,902
El factor de ponderación del grupo se obtiene, considerando el
porcentaje de grupo (25%) 25 dividido entre el máximo puntaje
obtenido en la promoción (en el ejemplo el evaluado No. 5 con 41
puntos), obteniéndose el factor de grupo RP1es 0,610; donde 41
equivale al 100% de grupo que pondera al 25% del puntaje
calificado en RP1. Determinando el Resultado Parcial 1 (RP1) del
grupo Formación Profesional.
2. GRUPO DESTINOS Y CARGOS (25%)
Para obtener el valor final del 2do. Grupo Destinos y Cargos, se
calculará la diferencia aritmética de los puntos positivos
ponderados (méritos) menos los puntos negativos sin ponderar
(deméritos), de la siguiente manera:
a. Puntos Ponderados o Méritos (Mp).
Para obtener el puntaje de méritos ponderados (Mp), se
obtiene el factor de ponderación (F) mediante la división de
25 (porcentaje de grupo) entre el Puntaje Máximo de méritos
obtenidos (PMáxM).
F = 25 / PMáxM
57 - 69
El factor de ponderación (F) obtenido, multiplicado por el
puntaje de méritos de cada Oficial evaluado (PMi), determinará
los méritos individuales ponderados (Mp).
Mp = F x PMi
b. Puntos Negativos sin Ponderar o Deméritos (D).
Para obtener el puntaje de los deméritos, se realiza la
sumatoria aritmética del total de los puntos negativos o
Deméritos obtenidos por el evaluado en el grado (D).
c. Cálculo Final
Se aplicará la siguiente fórmula:
DC = Mp– D
Donde:
- DC = Destinos y Cargos
- Mp = Méritos ponderados
- D = Deméritos
Ejemplo:
No
2DO. GRUPO DESTINOS Y CARGOS (25 %)
PUNTAJE
SUBTOTAL FACTOR Mp -D
PORCENTAJE
FINAL
1 83 0,269 24,96 1 23,96
2 92 0,269 24,77 3 21,77
3 85 0,269 27,67 6 21,67
4 80 0,269 27,26 0 27,26
5 81 0,269 25,54 0 25,54
6 91 0,269 23,23 1 22,23
7 93 0,269 30,00 9 21,00
8 79 0,269 26,69 2 24,69
9 88 0,269 21,12 3 18,12
El factor de ponderación del grupo se obtiene, considerando el
porcentaje de grupo (25%) 25 dividido entre el máximo puntaje
58 - 69
obtenido en la promoción (en el ejemplo el evaluado No. 7 con 93
puntos), obteniéndose el factor de grupo RP2es 0,269; donde 93
equivale al 100% de grupo que pondera al 25% del puntaje
calificado en RP2. Luego se restan los deméritos obtenidos por
cada Oficial, determinando el Resultado Parcial 2 (RP2) del grupo
Destinos y Cargos.
3. GRUPO DESEMPEÑO PROFESIONAL (30%)
Para obtener el valor final del 3er. Grupo Desempeño Profesional,
se calculará la diferencia aritmética de los puntos positivos
ponderados (méritos) menos los puntos negativos sin ponderar
(deméritos), de la siguiente manera:
a. Puntos Positivos Ponderados o Méritos (Mp).
Para obtener el puntaje de méritos ponderados (Mp), se
obtiene el factor de ponderación (F) mediante la división de
30 (porcentaje de grupo) entre el Puntaje Máximo de méritos
obtenidos (PMáxM).
F = 30 / PMáxM
El factor de ponderación (F) obtenido, multiplicado por el
puntaje de méritos de cada Oficial evaluado (PMi),
determinará los méritos individuales ponderados (Mp).
Mp = F x PMi
b. Puntos Negativos sin Ponderar o Deméritos (D).
Para obtener el puntaje de los deméritos, se realiza la
sumatoria aritmética del total de los puntos negativos o
Deméritos obtenidos por el evaluado en el grado (D).
c. Cálculo Final
Se aplicará la siguiente fórmula:
DP = Mp– D
Donde:
- DP = Desempeño profesional
- Mp = Méritos ponderados
- D = Deméritos
59 - 69
Ejemplo:
No
3ER. GRUPO DESEMPEÑO PROFESIONAL (30 %)
PUNTAJE
SUBTOTAL FACTOR Mp -D
PORCENTAJE
FINAL
1 130 0,192 24,96 5 19,96
2 129 0,192 24,77 8 16,77
3 144 0,192 27,67 6 21,65
4 142 0,192 27,26 0 27,26
5 133 0,192 25,54 7 18,54
6 121 0,192 23,23 1 22,23
7 156 0,192 30,00 9 21,00
8 139 0,192 26,69 2 24,69
9 110 0,192 21,12 3 18,12
El factor de ponderación del grupo se obtiene, considerando el
porcentaje de grupo (30%) 30 dividido entre el máximo puntaje
obtenido en la promoción (en el ejemplo el evaluado No. 7 con 156
puntos), obteniéndose el factor de grupo RP3es 0,192; donde 156
equivale al 100% de grupo que pondera al 30% del puntaje
calificado en RP3. Luego se restan los deméritos obtenidos por
cada Oficial, determinando el Resultado Parcial 3 (RP3) del grupo
Desempeño Profesional.
4. GRUPO – FOJAS DE CONCEPTO (5%)
La calificación de las fojas de concepto será una por año. Las Fojas
de Conceptos faltantes serán calificadas con un promedio de 30, el
puntaje final de fojas de conceptos se calculará de la siguiente
manera:
∑
60 - 69
Donde:
- Pfg = Promedio de fojas en el grado
- Fc = Fojas de concepto
- Ag = Años del grado
- Nfc = Nota de fojas de concepto
- 5 = Coeficiente de conversión de calificación
a puntos
Para determinar el Puntaje Parcial del 4to. Grupo Fojas de
Concepto (RP4), se obtiene el factor de ponderación (F) mediante
la división de 5 (porcentaje de grupo) entre el Puntaje Máximo
obtenido (PMaxPfg).
F = 5 / PMaxPfg
El factor de ponderación (F) obtenido, multiplicado por el puntaje
individual de cada oficial evaluado (FPi), determinará el valor del
porcentaje final del grupo Fojas de Concepto (RP4).
RP4 =FxFPi
Ejemplo:
No
4TO. GRUPO FOJAS DE CONCEPTO (5%)
PUNTAJE SUBTOTAL
DELGRUPO FACTOR
PORCENTAJE
FINAL
1 80 0,053 4,21
2 88 0,053 4,63
3 90 0,053 4,74
4 92 0,053 4,84
5 88 0,053 4,63
6 90 0,053 4,74
7 95 0,053 5,00
8 83 0,053 4,37
9 93 0,053 4,89
El factor de ponderación del grupo se obtiene, considerando el
porcentaje de grupo (5%) 5 dividido entre el máximo puntaje
61 - 69
obtenido en la promoción (en el ejemplo el evaluado No. 7 con 95
puntos), obteniéndose el factor de grupo RP4 es 0,053; donde 95
equivale al 100% del grupo que pondera al 5 % del puntaje
calificado en RP4. Determinando el Resultado Parcial 4 (RP4) del
grupo Fojas de Concepto.
5. GRUPO EXAMEN FÍSICO MILITAR (5%)
Para determinar el Puntaje Parcial del 5to. Grupo Examen Físico
Militar (RP5), se obtiene el factor de ponderación (F) mediante la
división de 5 (porcentaje de grupo) entre el Puntaje Máximo
obtenido (PMaxEFM).
F = 5 / PMaxEFM
El factor de ponderación (F) obtenido, multiplicado por el puntaje
individual de cada oficial evaluado (FPi), determinará el valor del
porcentaje final del grupo Examen Físico Militar (RP5).
RP5=FxFPi
Ejemplo:
No
5TO. GRUPO EXAMEN FISICO MILITAR (5%)
PUNTAJE SUBTOTAL
DEL GRUPO FACTOR
PORCENTAJE
FINAL
1 29 0
,
1
7
2
5,00
2 27 0
,
1
7
2
4,64
3 22 0
,
1
7
2
3,78
4 23 0
,
1
7
2
3,96
5 21 0
,
1
7
2
3,61
6 24 0
,
1
7
2
4,13
7 26 0
,
1
7
2
4,47
8 27 0
,
1
7
2
4,64
9 18 0
,
1
7
2
3,10
El factor de ponderación del grupo se obtiene, considerando el
porcentaje de grupo (5%) 5 dividido entre el máximo puntaje
obtenido en la promoción (en el ejemplo el evaluado No. 1 con 29
puntos), obteniendo el factor de grupo RP5 es 0,172; donde 29
62 - 69
equivale al 100% del grupo que pondera al5 % del puntaje
calificado en RP5. Determinando el Resultado Parcial 5(RP5) del
grupo Examen Físico Militar.
6. GRUPO APRECIACIÓN DEL TEA Y TPFAB (10%)
a. En la casilla de este grupo, se procederá al registro del
puntaje asignado por el TEA y TPFAB.
b. Luego, se obtendrá el factor del 6to. Grupo, que consiste en
la división de 10 (10% valor del 6to. Grupo Apreciación del
TEA y TPFAB) entre el puntaje mayor obtenido de los
subtotales correspondientes a este grupo. El factor obtenido,
permite por simple multiplicación con las notas individual es
acumuladas, la obtención del porcentaje final.
Ejemplo:
No
6TO. GRUPO APRECIACIÓN DEL TEA Y TPFAB (10%)
PUNTAJE SUBTOTAL
DEL GRUPO FACTOR
PORCENTAJE
FINAL
1 8 1,111 8,88
2 7 1,111 7,77
3 6 1,111 6,66
4 9 1,111 10,00
5 7 1,111 7,77
6 4 1,111 4,44
7 8 1,111 8,88
8 7 1,111 7,77
9 7 1,111 7,77
El factor de ponderación del grupo se obtiene, considerando el
porcentaje de grupo (10%) 10 dividido entre el máximo puntaje
obtenido en la promoción (en el ejemplo el evaluado No. 4 con 9
puntos), obteniéndose el factor de grupo RP6 es 1,111; donde 9
equivale a l100% del grupo que pondera al 10% del puntaje
calificado en RP6. Determinando el Resultado Parcial 6 (RP6) del
grupo Apreciación del Tribunal.
63 - 69
7. TOTAL EN EL GRADO
Para obtener el valor total en el grado se realizara la suma
aritmética de la sumatoria de resultados parciales, de la siguiente
manera:
TOTAL GRADO = ƩRPs (RP1+ RP2 + RP3 + RP4 + RP5 + RP6)
8. CÁLCULO FINAL EN EL CECA
a. Cuadro Patrón Para Cálculo Final
Se obtendrá de la simple división de 100% entre el número
de grados de Subteniente a General de Brigada , que son
siete (7), lo que resultará en una constante de 14,285, es
decir, por ponderación será de 14% para cada grado; sin
embargo por la responsabilidad asumida en el grado y los
años de servicio acumulados, se adicionará un
valor acumulativo a cada grado, a partir del grado de Mayor,
obteniendo el porcentaje final del CECANP2, el valor de la
HICANP1 será el complemento para alcanzar la suma total
del 100%:
N° GRADO
PORCENTAJE
TOTAL ÚLTIMO CECA HICA
(NP1) PORCENTAJE RESTA NP2
1. Sub
Teniente --- --- COLMILAV 100 % 100 %
2. Teniente 14% --- 14% 82 % 100 %
3. Capitán 28 % --- 28% 72 % 100 %
4. Mayor 42 % - 2 40% 60 % 100 %
5. Teniente
Coronel 56 % - 4 52% 48 % 100 %
6. Coronel 70 % - 6 64% 36 % 100 %
7. General de
Brigada 84 % - 8 76% 24 % 100 %
64 - 69
b. Nota Parcial 1 (NP1)
1) Una vez obtenidos los resultados parciales: RP1, RP2,
RP3, RP4, RP5 y RP6, se procederá ala suma
aritmética de los mismos, para cada uno de los
convocados, obteniéndose la sumatoria de resultados
parciales (ΣRPs), asentando en la casilla
correspondiente del CECA.
2) La Nota Parcial 1, en el grado de Subteniente la
proporcionara el Instituto de Formación Profesional
nota de mérito del Colegio Militar de Aviación
(COLMILAV).
3) Del CUADRO PATRÓN, se obtendrá el porcentaje
que corresponda al grado que se está calificando y se
asienta en la casilla HICA DEL GRADO.
4) Por simple multiplicación del factor por cada ΣRPs, se
obtendrá las NP1 y asentará en la casilla
correspondiente.
Ejemplo:
N° ASCENSO DE TENIENTE AL GRADO DE CAPITÁN (72%)
ΣRPs COEFICIENTE NP1
1 79,99 0,72 57.59
2 75,31 0,72 54.22
3 80,19 0,72 57.74
4 82,97 0,72 59.74
5 83,99 0,72 60.47
6 81,87 0,72 58.95
7 77,61 0,72 55.88
8 96,15 0,72 69.23
9 69,28 0,72 49.88
65 - 69
El coeficiente se obtiene del porcentaje de 72 en el grado (72% valor
obtenido del CUADRO PATRÓN, casilla HICA DEL GRADO),
obteniéndose el factor de referencia 0,72; que por simple multiplicación
con las notas individuales, se obtiene las NP1.
c. Nota Parcial 2 (NP2)
1) Del último CECA proporcionado por el Departamento I- Personal
EMGFAB, se obtendrá la nota final de ascenso de cada uno de los
oficiales evaluados y asentará en la casilla ÚLTIMO CECA.
2) Del CUADRO PATRÓN, se obtendrá el porcentaje que
corresponda al grado que se está calificando y asentará en la casilla
CECA EVALUADO.
3) Por simple multiplicación del factor por cada ÚLTIMO CECA, se
obtendrán las NP2 y asentarán en la casilla correspondiente.
Ejemplo:
No ASCENSO DE TENIENTE AL GRADO DE CAPITÁN (28%)
CECA PARA TENIENTE COEFICIENTE NP2
1 98,00 0,28 27.44
2 97,45 0,28 27.29
3 95,77 0,28 26.82
4 95,44 0,28 26.72
5 93,77 0,28 26.26
6 92,23 0,28 25.82
7 90,24 0,28 25.27
8 88,12 0,28 24.67
9 84,00 0,28 23.52
El coeficiente se obtiene del porcentaje de 28 en el grado (28%
valor obtenido del CUADRO PATRÓN, casilla CECA
EVALUADO), obteniéndose 0,28; que por simple multiplicación
con las notas individuales, se obtendrá las NP2.
66 - 69
9. NOTA FINAL Y ORDEN DE MÉRITO
La nota final de ascenso al grado inmediato superior, se obtendrá
con una suma aritmética de la NP1 más la NP2, asentando en la
casilla NOTA DE ASCENSO, Sumatoria de Notas Parciales
(ΣNPs)
No
NOTA FINAL DE ASCENSO AL GRADO DE
CAPITÁN (28% + 72%)
NP2 NP1
NOTA DE
ASCENSO
ΣNPs
ORDEN DE
MÉRITO
1 27.44 57.59 85.03 04/09
2 27.29 54.22 81.51 07/09
3 26.82 57.74 84.56 06/09
4 26.72 59.74 86.46 03/09
5 26.26 60.47 86.73 02/09
6 25.82 58.95 84.77 05/09
7 25.27 55.88 81.15 08/09
8 24.67 69.23 93.90 01/09
9 23.52 49.88 73.40 09/09
El orden de mérito, se obtendrá por la clasificación con referencia
a la nota mayor y en forma descendente, registrando en el CECA
evaluado y asentando en la casilla ORDEN DE MÉRITO.
67 - 69
CAPÍTULO VII
DISPÓSICIONES COMPLEMENTARIAS ENLA
EVALUACIÓN PARA ASCENSO DE OFICIALES
Artículo 27º (Suspensión Individual de la Evaluación por Presentación de
Documentación Dudosa o Fraguada)
El oficial que presente documentación dudosa o fraguada, será suspendido de la
evaluación individual de ascenso y será sometido a Sumario Informativo previa
denuncia escrita del TEA correspondiente.
Artículo 28º (Denuncias Durante el Proceso de Evaluación)
Siendo el proceso de evaluación de ascenso de carácter individual y público,
cualquier denuncia efectuada por uno o varios oficiales convocados a ascenso
en contra de otro, deberá ser necesariamente formalizada por escrito, adjuntando
las pruebas de cargo, ante el Tribunal Evaluador de Ascenso (TEA).
Artículo 29º (Fechas de Validez en la Presentación de Documentos para el
Personal Convocado a Ascenso)
Para fines de ascenso, tendrá validez la documentación del último año del grado
anterior más los cuatro años de permanencia en el grado actual, la misma que
deberá encontrarse en el Departamento I Personal EMGFAB, legalizada hasta el
31 de agosto de cada año; excepto en el ascenso al grado de General de Brigada
en el que podrá presentar la documentación, hasta la fecha de evaluación.
Artículo 30º (Cómputo de Puntaje para la Calificación del Personal
Reprobado en Primera Instancia)
Al oficial reprobado en la calificación de ascenso en primera instancia, se le
tomará en cuenta el puntaje del año adicional y su puntaje tendrá carácter
acumulativo para la segunda y última instancia.
Artículo 31º (Obligatoriedad en la Remisión de Fojas de Concepto)
Será obligación de los Señores Comandantes, Directores, Gerentes, etc., remitir
al Departamento I Personal EMGFAB las fojas de concepto del personal
dependiente; asimismo el oficial calificado deberá contar con una copia
legalizada del mismo para su constancia en el momento de su evaluación.
68 - 69
Artículo 32º (CECA del Grado de Teniente al Grado de General)
En la evaluación de los oficiales convocados, desde el grado de Teniente hasta
el grado de General de Brigada, se tomará en cuenta el último CECA en original
con firmas del TPFAB, proporcionado por el Departamento I Personal
EMGFAB.
Artículo 33º (Consideración del Puntaje de Deméritos)
Los deméritos se tomarán en cuenta solamente para el grado militar en que
fueron impuestos.
Artículo 34º (Personal en Tratamiento Médico en el País o el Extranjero)
El oficial que se encuentre en tratamiento médico en el país o en el extranjero a
la fecha de su convocatoria, será evaluado de manera similar al resto de su
promoción, debiendo cumplir con los requisitos y remitir sus documentos en
originales al TEA.
Artículo 35º (Personal que se encuentra en Condición de Alumno en el
Exterior)
La nota obtenida por el oficial subalterno que se encuentre como alumno en
curso de capacitación o especialización en instituto militar del extranjero, será
convalidada para el PCD, por el Departamento V- Educación EMGFAB, de
acuerdo a normas vigentes.
Artículo 36º (Restricción en la Homologación del Diploma DIM)
El oficial de la especialidad de Ingeniería Militar, no podrá homologar su
diploma DIM por el DEMA, de acuerdo a la reglamentación vigente.
Artículo 37º (Puntaje no Evaluado en el Ascenso de Oficial)
Los cursos realizados durante la etapa de formación (COLMILAV o similares
en el exterior), así como las condecoraciones recibidas de las representaciones
extranjeras en el acto de egreso como oficial, no serán válidas para fines del
puntaje descrito en el presente Reglamento de Evaluación Curricular.
69 - 69
GLOSARIO DE TÉRMINOS
CECA: Cuadro de Evaluación Curricular de Ascenso
COMANGRALFAB: Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana
CPE: Constitución Política del Estado
PCD: Programa de Capacitación a Distancia
COLMILAV: Colegio Militar de Aviación
DCE: Diplomado de Comando de Escuadrón
DEMA: Diplomado de Estado Mayor Aéreo
DIM: Diplomado de Ingeniería Militar
EMGFAB: Estado Mayor General de la Fuerza Aérea
Boliviana
FAB: Fuerza Aérea Boliviana
FF.AA.: Fuerzas Armadas
HICA: Hoja Individual de Calificación de Ascenso
LOFA: Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas
TEA: Tribunal Evaluador de Ascenso
TPFAB: Tribunal de Personal de la Fuerza Aérea
Boliviana
TSPFF.AA: Tribunal Superior de Personal de las FF.AA.
VYCA: Vigilancia y Control Aéreo.