Post on 25-Jan-2016
RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO
RESOLUCIÓN N° 655/15AMPLIATORIA DE LA RESOLUCIÓN 1066/09
No es sólo una ampliación de la normativaEs una ampliación de los derechos de los y las estudiantes
ANTECEDENTES Resolución 1066/09 RAM para los
Institutos de gestión estatal y privada Se organizó y reorganizó el RAI
(Régimen Académico Institucional) Se enviaron aportes desde el año 2011
para la reformulación según lo trabajado en esta institución.
Se «integra los requerimiento del nivel en su conjunto con sus particularidades»
ANEXO I CAPÍTULO I - DEL INGRESO
Se accede al nivel superior sobre principios de ingreso: libre, directo, gratuito, irrestricto, la no discriminación y la igualdad.
Aprobación del nivel secundario (salvo para tecnicaturas)
Cada institución diseña y genera condiciones de posibilidad que garanticen la inclusión y el compromiso responsable de los estudiantes y formadores de ingreso, trayectoria y egreso
INSTANCIAS INTRODUCTORIASEl primer año es un proceso de
iniciaciónEjes: la biografía escolar,
generalidades de la propuesta formativa, participación estudiantil y democrática en la organización, en la cultura y dinámica institucional y el régimen académico
CON LAS FINALIDADES DE: Brindar información sobre la carrera, el
funcionamiento del nivel y la institución Difusión de las unidades curriculares,
modalidad de cursado, evaluación, correlatividades, acreditación, calendario académico, mesas y turnos.
Posibilitar el acercamiento a saberes significativos necesarios para la trayectoria formativa
Acompañar la integración en la vida democrática a través del involucramiento en los ámbitos de gobierno y participación estudiantil
Iniciar y/o profundizar el proceso de alfabetización académica, propios de la Educación Superior
Reflexionar y brindar orientación acerca de la inserción profesional ocupacional
CONSIDERACIONES Quienes hayan cursado otras carreras en la
misma institución no están obligados a participar excepto a los encuentros vinculados a la especificidad de la carrera elegida
Para los estudiantes que las han cursado en otra institución el Consejo Directivo arbitrará los medios para realizar el acompañamiento en los aspectos necesarios para garantizar el ingreso
REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN Certificación de la finalización de
estudios de la Educación Secundaria Planilla de solicitud de inscripción Fotocopia de DNI Constancia de CUIL Dos fotos para el legajo personal
LEGAJOS Se organiza un Legajo Personal y otro
Académico que se consideran de carácter reservado
Se inscriben como estudiantes condicionales en las carreras de Formación Docente los aspirantes que aún no posean estudios secundarios completos y deberán regularizar su situación hasta el inicio del segundo cuatrimestre. Pueden cursar pero no rendir finales
El ingreso de estudiantes fuera de los plazos estipulados será considerado por Consejo Directivo
Los estudiantes pueden solicitar equivalencias cuando hubieren aprobado en forma parcial o total estudios de Nivel Superior en los últimos 10 años
Se considera la dependencia de la institución, el campo de la formación y el tiempo de cursado
Para equivalencias DE LA MISMA CARRERA, CON IGUAL PLAN DE
ESTUDIOS: se acepta la totalidad de las unidades curriculares aprobadas, por lo que no se cumplimenta trámite de equivalencia
DE OTRAS CARRERAS: se otorga equivalencia total al campo de la Formación General (Pedagogía, Corporeidad, Oralidad, Didáctica, Psicología educacional, Filosofía, Hist. Soc y polít latinoamericana, Sociología, Hist. De la Educac. DDHH, Análisis y org de las Instituc, Ed. Sexual integral) y Unidades de Definición Institucional (ej. Ruralidad)
Documentación para solicitud de equivalencia Nota a Rectoría con documentación probatoria
debidamente autenticada Certificado analítico del plan de estudios
correspondiente a la carrera cursada y aprobada Copia autenticada de los proyectos de cátedra
de las/s unidades curriculares que se consideran equivalentes
Se remite a los docentes de las cátedra que corresponda la solicitud para consideración y elaboración de respectivos informes
Informe académico de los docentes Equivalencia total: coincidencia del 80% o
más de la propuesta curricular de contenidos y bibliografía. Se registra la misma nota con que aprobó en el plan de origen
Equivalencia parcial: coincidencia entre más del 50 % y se complementa con lo que defina la cátedra
No corresponde equivalencia cuando no existe coincidencia
Solicitudes En el mes de marzo por única vez para cada
año académico Se resolverán en un plazo de 30 días Para quienes ingresen posteriormente, se
considera un mes a partir de la fecha de ingreso
El informe solo tiene validez durante el año académico en el que fue solicitada la equivalencia
Mientras dura el trámite el estudiante cursará la unidades curriculares
.
Las UC del último año solo se solicitan parcialmente atendiendo la especificidad de la carrera
No se considera equivalencia por módulos o núcleos de Pos títulos o Posgrados
Art. 23 considera equivalencia por notas de otras provincias en escala diferente
CAPÍTULO II DE LA PERMANENCIA Cada institución posibilita las
condiciones organizacionales y académicas que aseguren la permanencia de los estudiantes durante su trayectoria formativa
La evaluación, promoción y aprobación en el marco de los Diseños Curriculares Provinciales estará en consonancia con los formatos de la unidades curriculares
ASIGNATURASPedagogíaDidácticaPsicología EducacionalFilosofíaHistoria Soc. Polít. Arg y LatinoamericanaSociología de la EducDidácticas específicas
Evaluación con instancias parciales, finales y/o por promoción
SEMINARIO TALLER Práctica Docente I,
II, III y IV Problemáticas
contemporáneas Educación sexual
integral
Todos tienen modalidad de promoción y pueden o no tener instancia final integradoraNo se recursan sino que se complementan trayectos en los tiempos que requieran el/la estudiante
SEMINARIO Análisis y
organización de las instituciones educativas
Unidades de definición institucional
Estudio en profundidad de problemas relevantes para la formación
Informes, ensayos, monografías que se evalúan en sus avances y se defiende oralmente en coloquios lo que constituye «parciales»
No es pertinente la mesa final
TALLER Lenguajes
artísticos I y II Juegos y
producción de materiales
Taller interdisciplinario de problemáticas transversales
Se propone la modalidad de evaluación con proyectos, expresiones artísticas, diseño de propuestas de enseñanza, recursos.
Todos se promocionan con o sin instancia final integradora
NO SE RECURSAN, se completan trayectos
En los casos de unidades curriculares que requieran la evaluación de dos o más docentes, se hace necesario promover la co evaluación, la meta evaluación y la autoevaluación y considerando la globalidad de la unidad curricular, promediar las notas obtenidas en cada tramo que comprenda la misma, derivando en una sola nota finalLAS CALIFICACIONES SE EXPRESAN SIN DECIMALES
Evaluaciones A fin de garantizar equilibrio entre las formas
de acreditación de cada año de cursado, se distribuyen en acuerdo entre los docentes para estipular evaluaciones por:
Promoción directa Promoción con coloquio final integrador Mesas evaluadoras finales No superando las dos instancias semanales
para cada año de cursado
Cada docente deberá Establecer en su proyecto de cátedra la
modalidad de evaluación para cada unidad curricular y Secretaría Académica velará por el cumplimiento y la coherencia entre las formas de evaluación y los formatos
Llevar registro del proceso de los estudiantes, la asistencia y toda información que considere relevante sobre el proceso y elevará las planilla de información en las fechas que se acuerden
CONDICION REGULAR Estar inscriptos y rendir al menos una unidad
curricular en ese período, cumplir con el 60% de asistencia (50% para los que trabajan, cumpliendo instancias formativas complementarias que podrán asumir diferentes modalidades). Deben presentar el 100% de los trabajos (escritos u orales) en todos los casos con posibilidad de recuperatorio. Nota: no inferior a 6 (seis).
Aprobar una instancia final integradora, escrita u oral en mesa evaluadora ordinaria, sin que sea excluyente de la otra.
La regularidad se conserva por el plazo de 3 (tres) años académicos, luego de cursada la unidad curricularEn los casos de carreras a término se conforman mesas evaluadoras extraordinarias para acompañar a los estudiantes respetando el plan de estudios y los proyectos de cátedra con que hubieren cursado.
CONDICION LIBRE
Haberse inscriptos como alumnos libres al inicio del año académico. Estos casos pueden autorizarse en el campo de la formación general con formato asignatura que cuenten con anuencia explícita de la cátedra.
Otro caso es el de alumnos inscriptos como regulares y que posteriormente quedan libres por nota y/o porcentaje de asistencia.
Los alumnos libres deben asistir a los encuentros tutoriales previstos por el proyecto de cátedra para garantizar el acompañamiento de las trayectorias.
CONDICION ESPECIAL Esta condición se considera en las carreras de
formación docente, a aquellos docentes en ejercicio, y/o quienes se desempeñen en la docencia sin el título docente, interesados en acreditar alguna unidad curricular.
Se evalúa por promoción o evaluación final según corresponda al formato de la unidad curricular en que se inserta
La promoción será válida para el año académico en que cursó la unidad curricular
ACREDITACIÓN PROMOCIÓN Acreditación por promoción (directa o con
coloquio final integrador). Nota: no inferior a 7 (siete), con
derecho a recuperatorio. Cumplir con el 70 % de asistencia (60%
para los que trabajan) Las calificaciones obtenidas por
promoción se registran en Actas de Mesas Evaluadoras como estudiantes Regulares.
PROMOCIÓN DIRECTA: promedia las notas obtenidas en la
instancias de evaluación parcial y se pierde la condición en caso de no aprobar los recuperatorios. Sin instancia final
PROMOCIÓN CON COLOQUIO FINAL INTEGRADOR: para quienes logren aprobación de parciales con nota 7 o más, con derecho a recuperatorio, 70 % de asistencia y 60 % quienes trabajan. Coloquios en noviembre o diciembre
Se registran en actas como regulares Si no aprueba el coloquio se mantiene el formato
de evaluación en las instancias sucesivas
CASOS PARTICULARES Por inasistencias considera Consejo
Directivo (Art. 39) Si adeudan correlativas (como regulares o
libres) pueden cursar y aprobar por promoción y la nota quedará registrada en planilla correspondiente (en Anexo III)
Mesas extraordinarias para acompañar las necesidades de las trayectorias a fin de generar las condiciones para la promoción
ACREDITACIÓN REGULAR Estar inscripto al año académico y cursar o
rendir al menos una unidad curricular Nota: no inferior a 7 (siete), con derecho a
recuperatorio. Cumplir con el 60 % de asistencia (50%
para los que trabajan) Cumplir con el 100% de las instancias
evaluativas propuestas. En todos los casos con recuperatorios.
Aprobación con 6 (seis)
ACREDITACIÓN LIBRES Cumplimentar los trabajos o requisitos que
se establezcan en los proyectos de cátedra que acepten esta condición
Aprobación de dos instancias evaluativas: una escrita y otra oral (excepto los talleres y seminarios) que mantienen la evaluación del formato
La calificación final es la de mayor valor En caso de no aprobar la instancia oral
corresponde la nota de mayor valor
MESAS EVALUADORAS De dos llamados por turno Integradas por terna de docentes Obligación de los docentes hacer
devoluciones a los estudiantes a efectos de contribuir a la mejora de los aprendizajes
Ante disparidad de criterios en el equipo o de los estudiantes procedimiento en Art. 48
TODAS las unidades curriculares pueden cursarse sin tener aprobada/s unidad/es correlativas excepto Residencia
ANEXO III FORMULARIOS
. De inscripción De evaluación de estudiantes Nota solicitud de equivalencias