RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL

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RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL. CONFERENCISTA:. Mg . Edgar Augusto Arana Montoya Abogado. Tel. (096)3333138 Cel. 3113442184 Correo electrónico earanam4@gmail.com. OBJETIVO REFLEXIONAR Y FORTALECER LOS ASPECTOS RELATIVOS AL MESCANISMO DE TRANSPARENCIA EN LA CONTRATACION ESTATAL. - PowerPoint PPT Presentation

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CONFERENCISTA:

Mg . Edgar Augusto Arana MontoyaAbogado

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Tel. (096)3333138 Cel. 3113442184 Correo electrónicoearanam4@gmail.com

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OBJETIVO

• REFLEXIONAR Y FORTALECER LOS ASPECTOS RELATIVOS AL MESCANISMO DE TRANSPARENCIA EN LA CONTRATACION ESTATAL.

•CONOCER LAS REGLAS, PRINCIPIOS Y RECOMENDACIONES QUE RIGEN LOS CONTRATOS DE LAS ENTIDADES ESTATALES

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METODOLOGÍA

Se utilizará la metodología participativa, apoyado en : Dialogo de saberes, Transferencia de experiencias, casos y conferencia pregunta.

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EJES TEMÁTICOS

ANTECEDENTES HISTORICOSNORMAS APLICABLES A LOS CONTRATOS ESTATALES

AMBITO DE APLICACIÓN DE LAS NORMAS

LEY 1150 DE 2007

DECRETO 2170 DE 2002

ESTRUCTURA DE LA LEY 80 DE 1993

DERECHOS Y DEBERES DE LAS ENTIDADES ESTATALES Y CONTRATISTAS

PRINCIPIOS DE LA CONTRATACION ESTATAL

CONTROLES A LA CONTRATACION ESTATAL

ASPECTOS GENERALES EN LA CONTRATACION

FORMAS BASICAS DE CONTRATACION ESTATAL

ETAPAS DE LA CONTRATACION ESTATAL

RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATACION ESTATAL

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LA CONTRATACION DE LAS ENTIDADES ESTATALES

ANTECEDENTES HISTORICOS

o LEY 53 DE 1909

oLEY 110 de 1912

oLEY 61 DE 1921

oLEY 167 DE 1941

oACTO LEGISLATIVO 528 DE 1964

oDECRETO 3130 DE 1968

oDECRETO 1670 DE 1975

oDECRETO 150 DE 1976

oDECRETO 222 DE 1983

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NORMAS APLICABLES A LOS CONTRATOS ESTATALES

o CONSTITUCION POLITICAo LEY 80 DE 1993o LEY 11 DE 1986o NORMAS VIGENTES ANTERIORESo Ley 30 de 1992 (art 57 y 93 Universidades Oficiales)o REGIMEN DE CONTRATOS ENTIDADES ESTATALES

BANCARIAS ASEGURADORAS Y FIDUCIARIAo o REGIMEN DE CONCESION DE LOS SERVICIOS Y

ACTIVIDADES DE TELECOMUNICACIONESo OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO INTERNO

o REGIMEN DE CONTRATOS DE CIENCIA Y TECNOLOGIAo REGIMEN DE CONTRATOS QUE EXPLORACION Y

EXPLOTACION DE RECURSOS NATURALES

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AMBITO DE APLICACIÓN NORMAS ESPECIALES DE CONTRATACION

o NORMAS ANTERIORES VIGENTES POR EL MARCO CONSTITUCIONAL ESPECIAL:

* REGIMEN DEL BANCO DE LA REPUBLICA * REGIMEN DE CONTRATOS CON ENTIDADES SIN ANIMO

DE LUCRO Y RECONOCIDAD IDONEDAD *REGIMEN DE LOS MUNICIPIOS Y EL DISTRITO CAPITAL

o NORMAS POSTERIORES A LA LEY 80:

* REGIMEN DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS * REGIMEN PARA VENTAS DE PROPIEDAD ACCIONARIA O

DE BONOS * REGIMEN DE TRANSPORTE * REGIMEN DE EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO * REGIMEN PARA OPERACIONES DE RADIOAFICIONADOS * REGIMEN PARA LA EDICION E IMPRESIÓN DE TEXTOS

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AMBITO DE APLICACIÓN NORMAS ESPECIALES DE CONTRATACION

o Ley 361 de 1997. Personas con limitaciones físicas (art. 24)o Ley 527/99 Uso acceso de mensajes de datos, comercio

electrónico, firmas digitales y certificacióno Ley 590 de 2000. Desarrollo de las MIPYMES (art. 12)o Ley 598 de 2000:o SICE Sistema Información Vigilancia Contratación Estatal o CUBS Catálogo Único de Bienes y Servicioso RUPR Registro Único de Precios de Referenciao Resoluciones CGR 5313, 5314 y 5339 de 2002.o L 715/01 SGP recursos y competenciaso L 789/02 Normas Apoyar empleo y ampliar protección socialo L 828/03 Control de evasión del sistema de seguridad socialo Decreto 1436/02 Selección intermedia de seguroso Resolución CGR 5313-Organiza y crea el SICE, CUBS,,RUPRo Resolución 5314 CGR febrero 28/02, adopta el CUBSo Resolución 5339 CGRo Resolución 143 mayo 27/02 P.G.N (SIRI)- Reglamenta el sistema

de información y registro de sanciones disciplinarias

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o NORMAS SOBRE RESPONSABILIDAD:

o Leyes 599/00, Código Penal, 733, 747, 777, 788/02, 813/03, 882, 890 y 906/04.

o Capítulo de la Celebración Indebida de Contratos:

o Arts. 408 (Violación a régimen inhabilidades e incompatibilidades); 409 (Interés indebido para contratar), 410 (Suscripción de contratos sin requisitos legales)

o Leyes 42/93, 610/00. Procesos de responsabilidad fiscal. Boletines de responsables fiscales y Solicitud de caducidad

o Ley 678/01. Responsabilidad patrimonial de agentes del estado (Acción de repetición o Llamamiento en garantía)

o Ley 734 /02. Régimen Disciplinario. Especialmente Arts. 34, 35, 38, 48, 50 y 160.

AMBITO DE APLICACIÓN NORMAS ESPECIALES DE CONTRATACION

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PRINCIPALES NORMAS ESPECIALES DE CONTRATACIONo Normas y decretos que modifican la ley 80:o Decreto 2251 de 1.993 (por el cual se reglamenta parcialmente la ley 80)o Decreto 2681 de 1.993 ( por el cual se reglamentan las operaciones de crédito P)o Decreto 0094 de 1.994 (por el cual se delega la facultad de celebrar a nombre

de la Nacióno Decreto 0095 de 1.994 (por el cual se modifica el decreto 2681)o decreto 313 de 1.994 (por el cual se reglamenta la ley 80)o Decreto 620 de 1.994 (por el cual se aclara el articuló 7 del decreto 2681)o Decreto 679 de 1.994 (por el cual se reglamenta parcialmente la ley 80)o Decreto 855 de 1.994 (se reglamenta parcialmente la ley 80 en materia de

contratación directao Decreto 856 de 1.994 ( se reglamenta el funcionamiento del registro de P.)o decreto 1898 de 1.994 (se reglamenta parcialmente la ley 80 en materia de

intermediarios de seguros)o Decreto 457 de 1.995 (por el cual se fijan las tarifas relativas al R.P.)o Decreto 1477 de 1.995(por el cual se reglamenta la ley 190 en materia de

publicación de C.o Decreto 287 de 1.996 (se reglamenta parcialmente la ley 80 arts. 24, 25 ,29 y

30)o Decreto 92 de 1.998 (por el cual se reglamenta la clasificación y calificación en

el RUP)

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CONTRATOS QUE SE RIGEN POR DISPOSICIONES

ESPECIALESo Operaciones de créditoo Telecomunicacioneso Universidades publicaso Prestación de servicios de

saludo Aeronáutica civilo Electricidado Seguridad nacional

LEY 1150 DE 2007

• La ley 1150 de 2007 reforma la ley 80 de 1993, tiene una vigencia seis meses después de su publicación.

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PRINCIPALES MODIFICACIONES A LA LEY 80 DE 1993

1. Eficiencia y transparencia2. Disposiciones generales para la

contratación con recursos públicos.3. Disposiciones generales.

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I. BLOQUE DE LA REFORMA

1. Modalidades de Selección2. Contratación pública Electrónica3. Distribución de Riesgos en los Contratos Estatales4. Selección Objetiva5. Verificación de las Condiciones de los proponentes6. Calificación y Clasificación de los Inscritos7. Información sobre contratos, multas y sanciones a los

Inscritos8. Impugnación de la Calificación y Clasificación9. Garantías en la Contratación

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10. Publicación de Proyectos de Pliegos de Condiciones y Estudios Previos

11. Adjudicación de Procesos Contractuales.12. Tratamiento para las Cooperativas y Asociaciones de

Entidades Territoriales.13. Plazo Para la Liquidación de los Contratos Estatales

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II BLOQUE REFORMATORIO

1. Promoción del Desarrollo2. Principios Generales de la Actividad Contractual para

Entidades no sometidas al Estatuto General de Contratación.

3. Régimen contractual de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, Las Sociedades de Economía Mixta, sus filiales y Empresas con participación mayoritaria del Estado.

4. Régimen Contractual de las Entidades Financieras Estatales.

5. Las Entidades exceptuadas en el Sector Defensa17

III BLOQUE DE LA REFORMA

1. Derecho al Debido Proceso2. Inhabilidades Para Contratar3. Derecho de Turno4. Contratación con Organismos Internacionales5. Delegación y Desconcentración Para Contratar6. Recurso de Anulación Contra Laudos Arbitrales7. Aportes al Sistema de Seguridad Social8. Del Régimen Contractual de las Corporaciones Autónomas

Regionales

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9. Inversión en Fondos Comunes Ordinarios10. Prórroga de los Contratos de Concesión Para la Prestación

de servicios de Telecomunicaciones y Televisión11. Prórroga o Adición de Concesiones de Obra Pública12. Elementos que se deben Cumplir en los Contratos

Estatales de Alumbrado Público13. Compilación de Normas.14. Régimen de Transición15. Derogatoria16 .Vigencia

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EFICIENCIA Y TRANSPARENCIA

• Modifica el artículo 24 de la Ley 80/93, al disponer las vías negociales son :

a) Licitación Públicab) Selección Abreviada c) Concurso de Méritosd) Contratación Directae) Urgencia Manifiesta

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DISPOSICIONES GENERALES

1. Promoción del Desarrollo2. Principios Generales de la Actividad Contractual3. Régimen d elas Empresas Ind. y Comerciales afines4. Régimen Contractual Entidades Financieras Estatales5. Entidades Exceptuadas del Sector Defensa

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CAMBIOS BÁSICOS DE LA REFORMA

• Nuevas vías procedimentales contractuales contratación abreviada

• Contratación electrónica• Distribución de riesgos en los contratos• Reformula selección objetiva (Decreto 2170/02)• Nuevas reglas de verificación de condiciones de

proponentes (Cámaras de Comercio)• Reformula el concepto de calificación y clasificación

Registro Único de Proponentes• Las garantías en la contratación

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• La publicación de proyectos de pliegos de condiciones y estudios previos

• Establece como regla general la audiencia pública para la adjudicación de licitaciones

• Precisa el tratamiento a cooperativas y asociaciones de entidades territoriales

• Fija reglas para la liquidación de los contratos• En las disposiciones generales promocionas Mipymes y

grupos marginados que se asocien bajo esta modalidad• Fija el debido proceso, la delegación , desconcentración y

todo el marco de la contratación de estas entidades.• No cobro d epliegos de condicones

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• Actuación posterior a la declaratoria de desierta la liquidación

• Estandarización de pliegos para algunos eventos• Creación del sistema electrónico para la contratación

pública• Aplicación de los principios de la función administrativa• La revocatoria del acto de adjudicación• Reformula la exigencia de parafiscales ley 789• Unifica la reserva presupuestal como requisito de ejecución,

fija la ultraactividad en materia negocial estatal.

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CRITICAS A LA REFORMA

• Revive la conformación dinámica de la oferta• Elimina la prohibición del menor precio• No reformuló el concepto de sociedad constituida para

presentar propuesta, firmar un contrato y ejecutarlo, con duración por el término del contrato y un año más, ya que el estado sólo queda vinculado con la aseguradora más no con el contratista.

• No definió el concepto de inhabilidad e incompatibilidad.• Mantuvo la técnica del reenvío para efectos de integración

lo que dificulta la determinación exacta de las reglas negociales aplicables

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• No resolvió el problema de la declaratoria de nulidad de los numerales 1º., 2º. y 4 del art. 44 sobre las causales.

• No resolvió el problema del objeto y causa ilícita en materia de causales de anulabilidad , lo que resulta incompatible con el art. 3º., de la ley 80/93.

• No tiene definición clara sobre adición y prórroga.• No resolvió la teoría de los riesgos • No logró la unificación del Estatuto• Al adoptar el criterio de los riesgos previsibles, no establece

referentes objetivos para diferenciarlos de la teoría de la imprevisión y del hecho del príncipe.

• No definió el hecho del príncipe para efectos negociales estatales.

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• No definió el caso fortuito y la fuerza mayor en el contrato estatal dada la diferencia en materia civil y administrativa

• Marca un retroceso al estandarizar los pliegos de condiciones

• No hace un listado de requisitos de perfeccionamiento y ejecución , lo cual resulta de una gran utilidad práctica.

• Radica en sede administrativa la declaratoria de incumplimiento contractual. Considero ilegal dicha norma.

• No obliga la aplicación del Decreto 1214/00 sobre comités de conciliación.

• Rinde culto al reglamentarismo. 11 artículos deben reglamentarse

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ANTECEDENTES DEL DECRETO

Ley 80 de 1993•Decreto 855 de 1994•Ley 527 de 1999•Ley 598 de 2000•Resolución 5313 de 2002•Directiva Presidencial 12 de 2002

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OBJETIVO DEL DECRETO 2170

•PLANIFICACION PRESUPUESTAL EN MATERIA DE CONTRATACION (PAC)

•CONTRATACION JUSTA Y REAL

•PARTICIPACION CIUDADANA

•LIBRE COMPETENCIA Y OBJETIVIDAD

¿Cuál es ?

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ESTRUCTURA DEL DECRETO

o TRANSPARENCIA

o LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

o LA SELECCIÓN OBJETIVA

o LA CONTRATACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS

o OTRAS DISPOSICIONESo RESPONSABILIDAD DE LA PUBLICACIÓN EN LA WEB o DE LA SEGURIDAD SOCIAL o DE LOS CONTRATOS, PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS EN CURSO o VIGENCIA.

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CARACTERISTICAS DEL DECRETO 2170

oReglamentario Ley 80/93

oModifica el decreto 855/94 de Contratación Directa

oDesarrolla parcialmente la Ley 527/99

oEntro en vigencia a partir del 1o. De enero de 2003

oDerogatorio de los arts. 3,8,11,12 del Decreto 855/94

oDeroga art. 5o. Del decreto 587/99

oLas demás que le sean contrarias

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MODIFICACIONES EN LA CONTRATACIÓN (Decreto 2170 de

2002)

• 1. Modifica el anticipo

• 2. Modifica la Contratación con Cooperativas

• 3. Modifica la contratación con las Organizaciones Multinacionales

• 4. Consagra la Oferta Dinámica (subasta)

• 5. Regula lo concerniente con los Proyectos de pliegos y de términos de referencia

• 6. Regula la Contratación con asociaciones

• 7. Establece la Obligatoriedad de los estudios de oportunidad y conveniencia

• 8. Consagra los requisitos mínimos de todo pliego de condiciones y términos de referencia

• 9. Consagra la participación de veedurías

• 10. Establece el Registro de proponentes para las cooperativa

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NUEVO ESTATUTO LEY 80 DE 1993

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CAMPO DE APLICACIÓN DE LA LEY 80 DE 1.993

1- Se aplica de manera general en todo el territorio nacional

2-Para la nación sus dependencias y organismos.

3-Entidades adscritas y vinculadas 4-Entidades territoriales e institutos

descentralizados Principio de Unificación de la

legislación.

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ESTRUCTURA LEY 80 DE 1993

•Disposiciones generales

•Los principios (23-31)

•El contrato (32-43)

•La nulidad de los contratos (44-49)

•La responsabilidad contractual (50-59)

•La liquidación de los contratos (60-61)

•El control de la gestión contractual (62-67)

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ESTRUCTURA DE LA LEY 80 DE 1993

•La solución de las Controversias •contractuales (68-75)

•Las disposiciones varias (76-81)

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OBJETO

DE LA LEY

•Señala las reglas•Determina los principios

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FINES DE LA CONTRATACION

o Cumplir los cometidos del Estado

o Prestar continua y eficientemente los servicios públicos

o Garantizar la efectividad de los derechos e intereses de los administrados quienes deben colaborar

o Cumplir una función social

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CONCEPTO DE CONTRATO ESTATAL

Todo acto jurídico generador de obligaciones celebrado por las entidades autorizadas por el Estatuto de contratación

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ELEMENTOS ESENCIALES DE LOS CONTRATOS

CAPACIDADLa aptitud del particular que colabora con la administración

En el campo público Competencia o atribución del Estado para Celebrar el contrato

CONSENTIMIENTO: Es el acuerdo entre las partes en torno de un objeto jurídico

OBJETO LICITO:Es materia del Contrato

Consiste en todo aquello sobre lo cual recae el consentimiento

CAUSA LICITA: Es el motivo que induce al contrato (razón de ser)

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DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LAS ENTIDADES ESTATALES

o OBTENER LA INDEMNIZACIÓN DE LOS DAÑOS

o REPETIR CONTRA LOS RESPONSABLES

o MANTENER LAS CONDICIONES TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y FINANCIERAS

o GENERAR PROCEDIMIENTOS Y SOLUCIONAR EFICAZMENTE LAS DIFERENCIAS

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DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LAS ENTIDADES ESTATALES

o EXIGIR LA EJECUCIÓN IDÓNEA Y OPORTUNA DEL OBJETO CONTRACTUAL

o RECONOCER Y COBRAR LAS SANCIONES A QUE HUBIERE LUGAR.

o ACTUALIZAR Y REVISAR LOS PRECIOS

o REVISION PERIÓDICA DEL PROYECTO

o EXIGIR LA CALIDAD

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DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS CONTRATISTAS

o RECIBIR OPORTUNAMENTE LA REMUNERACIÓN PACTADA

o COLABORAR CON LAS ENTIDADES CONTRATANTES Y OBRAR CON LEALTAD Y BUENA FE

o OBTENER LA PROTECCIÓN DE SUS DERECHOS

o GARANTIZAR LA CALIDAD DE LOS BIENES Y SERVICIOS CONTRATADOS

o NO ACCEDER A PETICIONES O AMENAZAS DE QUIENES ACTÚEN POR FUERA DE LA LEY

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QUIENES SON CAPACES PARA CONTRATAR

Todas las personas naturales y jurídicas autorizadas por la ley, esto es que no estén incursas en el régimen de inhabilidades o incompatibilidades

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Personería Jurídica – Capacidad para contratar

o Personería Jurídica: Ficción legal otorgada a una entidad para que sea capaz = Adquirir derechos y contraer obligaciones por si misma

o Capacidad para Contratar: Es la facultad reconocida por ley para contraer una obligación.

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LAS PARTES DEL CONTRATO ESTATAL

o ENTIDADES ESTATALES

o ELCONTRATISTAo * PERSONAS NATURALESo * PERSONAS JURIDICASo * PRESENTACION CONJUNTA DE OFERTASY

CELEBRACION CONJUNTA DE CONTRATOS

o CAPACIDAD PARA CONTRATAR: Todas las personas

autorizadas legalmente

o Los consorcios: Dos o mas personas en forma conjunta

presentan una misma propuesta para la adjudicación,

celebración y ejecución de un mismo contrato = respondiendo

solidariamente

o Las uniones temporales: IDEM... Las sanciones por el

incumplimiento de obligaciones derivadas

o de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con

la participación en la ejecución de U,T.

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LA TIPOLOGIA CONTRACTUAL

o CONTRATO DE OBRA (Los que se celebran para la construcción, o mantenimiento, instalación o realización de cualquier trabajo

material sobre bienes inmuebles)

o CONTRATO DE CONSULTORIA: (se celebran para la realización de estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnostico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos así como las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión.

o CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS: (los relacionados con la administración o funcionamiento de la entidad

o CONTRATO DE SUMINISTRO: Compra de bienes y servicios

o CONTRATO DE CONCESION: (Se otorga al concesionario la prestación, operación, explotación, organización o gestión total o parcial de una obra o bien destinados al servicio o uso publico)

o ENCARGO FIDUCIARIO Y FIDUCIA PUBLICA: (los destinados a la administración o manejo de los recursos vinculados a los contratos, se celebran con objetos y plazos precisamente determinados)

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• CONTRATO DE COMPRAVENTA: Adquisición de bienes necesarios para el servicio (pupitres, computadores

• CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS :Desarrollados por entidades para atender actividades relacionadas con el funcionamiento de la entidad

•CONTRATO DE SUMINISTRO: Adquisición permanente, periódica y continua de bienes y continua de bienes (gasolina, papelería Art 968 y ss C. Co.

•SERVICIOS PROFESIONALES: Art. 24 Numeral 1o. Literal d., Decreto 2170/02, art. 13 Inc 1o.

•SERVICIOS NO PROFESIONALES: Art. 32.3o. Ley 80/93

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• DE APOYO A LA GESTION DE LA ENTIDAD: Art. 32.3 Ley 80/93, art 13 Inc. 2o. Decreto 2170/02

•ESPECIALIZADOS: ART. 4o. Num. 4o. Decreto 2170/02

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD

• PRESTACION DE SERVICIOS DOCENTES

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CONTRATOS INTERADMINISTRATIVOSArt. 2 Ley 80/93Art 14 Decreto 2170/02, Derogado porEl Art. 1o. Decreto 866, Abril 8 de 2003

• Cooperativas

• Asociaciones

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oSon Organismos multilateralesoAquellas personas extranjeras de derecho público u organismos de cooperación, asistencia o ayudas internacionales

CONTRATOS CON ORGANISMOS MULTILATERALESART. 13 Ley 80/93Art. 2170/02 art. 15

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CONTRATOS DE SEGUROS

Es el procedimiento utilizado para la contratación de seguros por regla general y sin consideración a la cuantía inicia con la contratación de los intermediarios o agentes de seguros.

Solo en casos excepcionales justificados por la entidad , podrá efectuarse esta selección de manera concomitante (Decreto 1496/98

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TIPOS

•Contratación de los intermediarios de seguros

•Contratación Directa de Intermediarios (Decreto 1436/98)

•Contratos de Seguros de Menor Cuantía•(Art. 18 Decreto 1436/98)

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CLASES DE CONTRATOSPOR PRINCIPIOS Y PROCEDIMIENTOS

o Lo primero que considera la Ley 80 de 1993 es el Estatuto Único de Principios de Contratación Pública

o En Colombia hay tres (3) regímenes de contratación

o 1.Ley 80 de 1993 que se aplica en cuanto a: Principios Procedimientos

o 2. Contratos a los que se le aplica la ley 80 en principios más no en procedimientos

o

o 3.Contratos a los que se les aplica la ley 80 en principios, en procedimientos y otros principios.

o La norma general es que a todos los contratos de la administración pública se les aplica la ley 80 de 1993.

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art,.2, 6,90,121,122,123ART 209, 339 Y 341 Art 83 Art. 273 C.P

MARCO CONSTITUCIONAL

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MARCO LEGAL

ART. Art 1618 a 1624 C.C.

Art. 23, 24, 25.6.7.11.14 DE LA Ley 80/93

Art.26.3 Ley 80/93

Art 30.1 y 2 Ley 80/93

Decreto 01/84

Decreto2170/02

Art. 3 C.C.A.

Decreto 111/96 E.O.P

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PRINCIPIOS DE LA LEY DE CONTRATACIÓN ESTATAL

oCONTRATANTE Y CONTRATANTE Y CONTRATISTACONTRATISTAoCONTRATOS DE DER. PÚB. CONTRATOS DE DER. PÚB. Y DE DERECHO PRIVADO DE Y DE DERECHO PRIVADO DE LA ADMÓN.LA ADMÓN.oFASES: PRECONTRACTUAL, FASES: PRECONTRACTUAL, CONTRACTUAL Y CONTRACTUAL Y POSTCONTRACTUALPOSTCONTRACTUAL..

oPROCEDIMIENTOS DE PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN: LICITACIÓN, SELECCIÓN: LICITACIÓN, CONCURSO, CONCURSO, CONTRATACIÓN DIRECTA, CONTRATACIÓN DIRECTA, SUBASTA.SUBASTA.

PRINCIPIOS

SE APLICAN A:

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1. PRINCIPIOS ESPECIFICOS

2. PRINCIPIOS SOBRE NORMAS QUE REGULAN LA CONDUCTA DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS

3. PRINCIPIOS SOBRE INTERPRETACION DE LOS CONTRATOS

4. PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO

5. PRINCIPIOS PARTICULARES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

PRINCIPIOS DE LA PRINCIPIOS DE LA CONTRATACION CONTRATACION

ESTATALESTATAL

CLASIFICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS

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PRINCIPIOS ESPECIFICOS

o Transparenciao Economíao Responsabilidado Planeacióno Selección objetiva de Contratistas

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-Ley 80 de 1993, art. 24

Es propio de los actos estatales.

“…Significa que algo debe ser visible, que puede verse, para evitar oscuridad, la opacidad lo turbio y lo nebuloso…”

TRANSPARENCIA

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EXPRESIONES DEL PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA

o Se adopta como norma general de la contratación la escogida de contratista mediante licitaciones y concurso público. La excepción es la contratación directa.

oLos ciudadanos podrán examinar los expedientes y las actuaciones de las autoridades, los cuales serán públicos.

oLa ciudadanía podrá consultar en forma gratuita en las paginas web de las entidades, o en los lugares que ellas dispongan para el efecto, los proyectos de pliegos de condiciones o términos de referencia y presentar sus observaciones a los mismos (art. 1 y 2, Decreto 2170 de 2002).

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EXPRESIONES DEL PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA

o Se podrá solicitar que la adjudicación se haga en audiencias públicas.

o La administración garantizará claridad en los procesos pre y contractual.

o Los Pliegos de condiciones deberán ser claros en cuanto a requisitos, costos, calidad y características del servicio.

o Los actos administrativos que soportan la realización de un contrato deben estar suficientemente motivados.

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PRINCIPIO DE ECONOMIA

Este Principio se recoge la voluntad política de reducir los costos de la contratación, adoptando mecanismos de administración que supriman trámites, aceleren, unifiquen y extiendan el deber del servidor público.

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EXPRESIONES DEL PRINCIPIO DE ECONOMIAArt 25 Ley 80/93

FORMAS DEL PROCESO

o Utilizar el tiempo reglamentarioo Aplicar solo los tramites que señala

la ley.o Establecer las etapas y

procedimientos estrictamente necesarios

o Los trámites se adelantarán con austeridad de tiempo, medios, gastos, evitando dilaciones y retardos

o Se adoptan procedimientos que garantizan la pronta solución de las diferencias y controversias.

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GARANTIA DESERIEDAD DELESTADO

•Abrir las licitaciones o concursos y suscripción de contratos, cuando existan las respectivas partidas presupuéstales.

•La entidad contratante deberá contar con :

•Apropiación Presupuestal

•Disponibilidad Presupuestal

•Reserva Presupuestal

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GARANTIA DE SERIEDAD DEL CONTRATISTA

•El contratista prestara garantía única que avale el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, la cual tendrá vigencia durante la vida y la liquidación se ajustará a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado

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GARANTIA DE LOS OFERENTES

Los proponentes prestarán garantía de seriedad de los ofrecimientos

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LOS SERVIDORES PUBLICOS APLICARAN EL PRINCIPIO DE ANTITRAMITES

• No existirán sellos

•No se pedirán autenticaciones

•No solicitarán documentos originales

•No solicitara documentos autenticados

•No exigirán reconocimiento de firmas

•No exigirán traducciones oficiales

•Tampoco solicitaran otra clase de formalidades o rituales, salvo la exigencia de las leyes especiales

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DECLARATORIA DESIERTADE LA LICITACION O CONCURSO

•Procede únicamente por motivos o casos que impidan la escogencias objetiva

•Se declara mediante acto administrativo, debidamente motivado, señalando en forma expresa y detallada las razones de decisión.

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DECLARATORIA DESIERTADE LA LICITACION O Art. 30 Ley 80/93

•Ausencia de propuestas

•No se ajustan a lo previsto en el pliegoDe condiciones o términos de referencia.

•Cuando se presenta una sola oferta

•No existe interés o voluntad de participar

•No existe pluralidad de oferentes

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•La convocatoria será pública•Los pliegos se deben publica•Los pliegos no se pueden cambiar•La audiencia de adjudicación será pública•La audiencia de adjudicación es obligatoria

DECLARATORIA DESIERTADE LA LICITACION O Art. 30 Ley 80/93

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LA BUENA FE DEL ESTADO IMPLICA Art. 83 del C.P.

•No iniciar procesos sin el respaldo de obligaciones

•Disponer de las autorizaciones y aprobaciones necesarias

•Hacer antes del proceso de selección, los estudios, diseños y recomendaciones para la optimización del contrato

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SILENCIO ADMINISTRATIVO ART. 41 C.C. A. y 25 .16 Ley 80/93

La Administración Pública, tiene la obligación de responder al contratista en el término de tres meses las solicitudes que este presente en le curso de la ejecución del contrato.

No se aplica para solicitudes de pago o cobros

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SINALAGMA CONTRACTUAL

Hace referencia a la igualdad o equilibrio entre derechos y obligaciones del contratista, surgidos en el momento de proponer o contratar

78

IMPLICA QUE LA ADMINISTRACIONPUBLICA O ESTADO ESTE OBLIGADO A RECONOCER

•Lo realizado en caso de nulidad del contrato•El mayor valor en caso de imprevisión•Mayor valor por modificación unilateral•El mayor valor por hecho general del Estado

DECLARATORIA DESIERTADE LA LICITACION O Art. 30 Ley 80/93

79

SINTESIS DEL PRINCIPIO DE ECONOMIA

• Forma de proceso•Garantía de seriedad del Estado•Garantía de seriedad de oferentes y contratista•Buena fe del Estado•Unificación de Garantías•Silencio Administrativo Positivo•Sinalagma contractual

80

TIPOS DE GARANTIAS

•Manejo del anticipo o pago anticipado

•Estabilidad de obra

•Pago de prestaciones laborales (los interventores, supervisores o vigilantes deben verificar que los trabajadores del contratista estén afiliados al sistema de seguridad social (Decreto 2170/02 art. 27).

•Cumplimiento del contrato

•Calidad del bien o servicio

•Correcto funcionamiento de los equipos

•Garantía única

1 81

¿QUIENES SONRESPONSABLES?

oContratistas

oConsultores

oAsesores

oInterventores

oServidores Públicos

oEntidades Estatales

oParticulares

RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL

Los servidores públicos y contratistas están obligados a buscar el cumplimiento de los fines de la contratación, a vigilar la correctaejecución del objeto contratado y a proteger susderechos, responderán por sus actuaciones y omisiones en la ejecución del contrato

82

QUIENES SON RESPONSABLES

•Responsabilidad del Estado (art 2, 50 Ley 80/93)

•Responsabilidad del servidor publico art 2 y 51 Ley 80/93, art 123 C.P. y 734 de 2002

•Del Interventor artb 32.2 Ley 80/93

•De los Particulares

•Disciplinaria (Excepcional•Fiscal: Encargo Fiduciario•Patrimonial Art 26.7.8 Ley 80/93Ley 678/•Penal Art 56

• Responsabilidad de los contratistas (art. 52 26.6.7.8 Ley 80/93

•Consultores art 53 Ley 80/93

•Asesores Ley 734/02

83

FORMAS DE RESPONSABILIDAD

EL PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD

Art.26

Es el vínculo ético del contrato y la guía de conducta de los servidores públicos

• Penal- (art. 408,409,410 c.p, Ley 599/2000)

•Disciplinaria (art. 76 C.C.A.,Ley 734/02)

•Economía o Pecuniaria (Ley 678/02)

•Fiscal (Ley 42/93,Ley 610/00 y 267 C.P.)

•Política (art. 184 C.P. Ley 617/00, art. 48)

•Personal (Ley 80/93, art 58)

•Institucional (ley 80/93, art 80

•Social.

84

QUIENES SON RESPONSABLES

SINTESIS

•LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y CONTRATISTAS ESTAN OBLIGADOS A BUSCAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES DE LA CONTRATACIÓN

•VIGILAR LA CORRECTA EJECUCION DEL OBJETO CONTRATADO.

•PROTEGER SUS DERECHOS

•RESPONDER POR SUS ACTUACIONES Y OMISIONES EN LA EJECUCION DEL CONTRATO.

85

PRINCIPIO DE PLANEACION

Este principio guarda relación directa e inmediata con los principios de interés general y la Legalidad, procurando que la celebración, Ejecución y liquidación de los contratos no sea producto de la improvisación.

86

MARCO CONSTITUCIONAL

ART. 209,339 y 341 C.P.

87

MARCO LEGAL

• ART. 25.6,7. 11 AL 14 DE LA Ley 80/93

• ART. 26.3 Ley 80/93

• Art 30.1 y 2 Ley 80/93

• Decreto 01/84

• Decreto 2170/02

88

EXPRESIONES DEL PRINCIPIO DE PLANEACION

o ETAPA PREVIA o

o Adecuación a:o Plan de compras (art 5, L 598/00, art 22,

Res 5313/02)o Planes de inversióno Programa de gobiernoo Planes de Desarrolloo Planes indicativoso Bancos de Proyectoso Presupuestoo Aspectos de planeación estratégica

89

CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL BANCO DE PROYECTOS.

AUTORIZACIÓN REQUERIDA PARA LA CONTRATACIÓN.

ESTUDIO Y ANÁLISIS DE CONVENIENCIA.

90

ETAPA PREPARATORIA

CERTIFICACIÓN DE PROYECTO OPORTUNO

ELABORACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL PROYECTO DE PLIEGOS de condiciones o términos de referencia (se efectuara en el mecanismo determinado por la autoridad) (10) y (5) AVISO PREVIO

91

ETAPA PREPARATORIA

CONVOCAR VEEDURÍAS CIUDADANAS para realizar control social (En desarrollo del inciso tercero del artículo 66 de la Ley 80 de 1993)

RECEPCIÓN DE OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS al proyecto de pliegos

AJUSTE Y ELABORACIÓN DEFINITIVA DE PLIEGO de condiciones o Términos de Referencia

92

CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Lo emite la Secretaría de Hacienda a solicitud de la Dependencia (Jefatura de presupuesto)

REPORTE DE APERTURA DE LICITACION PUBLICA a la cámara de comercio.

PUBLICACION DE TRES AVISOS dentro de los 10 y 20 días calendarios anteriores a la fecha de la apertura de la licitación

93

LOS ESTUDIOS PREVIOS

o Los estudios conveniencia y la oportunidad, tendrán lugar de manera

o previa a la apertura de los procesos de selección y deberán contener

o como mínimo la siguiente información:o  o 1. La definición de la necesidad

o  2. La definición técnica de satisfacer su necesidad Proyectoo Estudioo Prediseño o Diseñoo o 3. Las condiciones del contrato.  

o 4. El soporte técnico y económico del valor estimado del contrato.

o 5. El análisis de los riesgos que deben ser amparados por el contratista.

94

BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS

Es un sistema de información sobre programas y proyectos de inversión pública, viables técnica, financiera, económica, social, institucional y ambientalmente, financiados o susceptibles de ser financiados con recursos del presupuesto.

1 95

BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS

Ley 179 del 30 de diciembre de 1994 Modifica el art 31 de la ley 38/89, disponiendo que no se podrá ejecutar ningún programa o proyecto que haga parte del presupuesto hasta tanto no se encuentre evaluado por el órgano competente registrado en el Banco de Programas y Proyectos (art 23).

Ley 225 del 20 de diciembre de 1995 Establece la obligatoriedad de las entidades de organizar y poner en funcionamiento sus propios bancos de programas y proyectos de inversión pública (art 49).

96

CUMPLIMIENTO DE EXIGENCIAS TECNICAS PREVIASArt. 25.12, inc. 1o.

Para todo proceso de escogencia de contratistas por parte del Estado, el principio de planeación se aplica tanto a la licitación pública como contratación directa y a cualquier otro procedimiento de escogencia

97

CUMPLIMIENTO PREVIO DE LAS EXIGENCIAS DEL ESTATUTO ORGANICO

DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION

Todos los actos administrativos que afecten las apropiaciones presupuéstales deliberan deberán contar con certificados de disponibilidad previos que garanticen la existencia de apropiaciones suficientes para atender estos gastos.

Ninguna autoridad, podrá contraer obligaciones sobre apropiaciones inexistentes o en exceso del saldo disponibles, o sin la autorización previas del CONFIS o de quien este delegue, para comprometer vigencias futuras y la adquisición de compromisos con cargo a los recursos del crédito autorizado(….). Cualquier compromiso que se adquiera con violación de estos preceptos creará responsabilidad personal y pecuniaria a cargo de quien asuma estas obligaciones (art. 71 Decreto 111/96 y art 25.6 Ley 80/93)

98

CUMPLIMIENTO PREVIO DE ANALISIS DE OPORTUNIDAD PARA

LA CELEBRACION DEL CONTRATO

El cumplimiento previo del análisis de oportunidad, conveniencia o merito para iniciar el proceso de escogencia del contratista, es una exigencia que trae el artículo 25 num. 7 Ley 80/93

99

LEY 80/93, ART. 25, NUM 7

•Evaluar la conveniencia del contrato•Evaluar la oportunidad•Repercusiones de interés general

100

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS ART. 32.3 LEY 80/93

• Carencia de personal de planta

•Ausencia de personal especializado

•No disponibilidad física de tiempo del personal

•Imposibilidad de asumir determinadas responsabilidades

101

INCUMPLIMIENTO PREVIO DEL ANÁLISIS O ESTUDIO DE LOS MERCADOS

PARA LA DETERMINACIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO (ART. 29.3 LEY 80/93)

•Establecer el precio antes del inicio de los procesos de selección

•Definir precio real del mercado antes de la firma del contrato

102

SEGUN LAS REGLAS DEL MERCADO

• Determinar el costo de bienes

•Servicios

Suministros

103

BIENES Y/O SERVICIOSLEY 598/2000

• CALIDAD

CANTIDAD

•ESPECIFICIDAD

•LEY 598/2000

ART.6 SENTENCIA C-716 DE OCTUBRE 3 DE 2002

104

OBTENCION DE LICENCIAS, PERMISOS Y DEMÁS EXIGENCIASART. 2.5.7 LEY 80/93

•LEY 388/97

• LICENCIA PARA ADECUAR TERRENOS

• LICENCIAS PARA REALIZAR OBRAS

105

LEY 397/97PREVENCIÓN DE BIENES CULTURALES

• Bienes calificados de interés cultural

•Bienes públicos o privados no no pueden ser demolidos, desplazados o reiterados sin autorización

106

DECRETO 1504/98

• Manejo de Espacio Público

•Utilización del espacio Aéreo

•Uso de subsuelo de inmuebles públicos pertenecientes al espacio público para generar elementos de enlace urbano.

107

LEY 99/93

•Licencias ambientales (art.5o)

•Para proyectos•Obras•Actividades que puedan generar•Deterioro grave al:

•Medio ambiente•Recursos naturales renovables•Paisaje

108

LEY 142 DE 1994 ART 25

OBLIGA OBTENCÓN POR ANTICIPADO

•CONCESIONES

•PERMISOS AMBIENTALES

•PERMISOS SANITARIOS

109

AUTORIZACIONES PARA

CORPORACIONESPUBLICAS

Art. 300 C.P. ASAMBLEA DEPARTAMENTAL

Art. 313.3 C.P.

Art32 Ley 136/94

CONCEJOS

110

ELABORACIÓN DE PLIEGOS DE CONDICIONES

ELABORACIÓN PREVIA DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS RECTORAS DELCONTRATO

• ESCOGENCIA

•CELEBRACION

•EJECUCION

•LIQUIDACION

111

DISPOSICIONES

• TECNICAS

•FINANCIERAS

•ADMINISTRATIVAS

•JURIDICAS

112

FUNDAMENTO LEGAL LEY 80/93

ART. 24, Num 5 y 6Art. 25.1,2 y Art. 26.3,29Art.30.25

113

REQUISITOS PREVIO RELACIONADOS CON EL PROPONENTE

IMPLICA

• REGISTRO EN CAMARA DE COMERCIO

•CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIOS

114

FUNDAMENTO LEGAL

•ART. 22 Ley 80/93

•Art. 57 Ley 550/99 Declarado inconstitucional la Corte el parágrafo 3 y dejo sin vigencia: •Sent. C-1185 de

Sept 13 de 2000Magistrado PonenteVladimiro Naranjo

•Ley 617/2000-Revive la disposición:“…No podra contratar con ninguna entidad estatal quien aparezca como deudor en mora en la base de datos de la DIAN y en aquellas que las entidades territoriales establezcan a traves de sus organizaciones gremiales”.

115

PRINCIPIO DE LA SELECCIÓN OBJETIVA

La escogencia se hace el ofrecimiento mas favorable a la

entidad y a los intereses que ella busca, sin tener

consideración, factores de afecto o de interés que ella busca,

sin tener interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva.

116

FACTORES A CONSIDERAR EN LA ESCOJENCIA

Art. 29 Ley 80/93Conc Art 11, 24 y 25Decreto 2170/02, Art. 4O Suspendido porAuto C.E. Abr. 1o/2004

•Cumplimiento•Experiencia•Organización•Equipos•Plazo•Precio•Ponderación precisa, detallada y concreta en los pliegos o términos de referencia•Se debe dar mayor puntaje al factor que más favorece.•Realizar consultas de precios o condiciones del mercado, una vez se hayan presentado y estudiado las ofertas

117

FUENTE CONSTITUCIONAL

ART. 6,90,121,122,123,209 C.PArt 184 C.P.

LOS PRINCIPIOS SOBRE NORMAS QUE REGULAN LA CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS

118

FUENTE LEGAL

•Ley 559/2000, art. 408,409,410•Ley 734/2002•Ley 472/98, art. 40 Responsabilidad patrimonial solidaria•Ley 136/94•Ley 617/2002 art. 48•Ley 821/2003•Ley 80/93 art. 80•Art. 76 C.C.A•Ley 678/02

LOS PRINCIPIOS SOBRE NORMAS QUE REGULAN LA CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS

119

FACULTAD EXCEPCIONAL DE INTERPRETACION Art. 142 Ley 80793

•Cumplimiento de los fines del contrato

•Eficiente prestación de los servicios

•Efectividad de los intereses de los ciudadanos y vigencia de interés público.

•Cumplir una función social

LOS PRINCIPIOS SOBRE INTERPRETACION DE LOS CONTRATOS

120

CLASES DE INTERPRETACION

•LEGAL

•PRIVILEGIADA

•JUDICIAL

121

• Buena fe de las partes

• Enriquecimiento sin causa (art. 831 C.Co.)

• Error común

• Abuso del Derecho

LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO

Son las disposiciones primarias sobre las cuales se fundamentan los contratos; se aplican también los contratos civiles y comerciales

GENERALES

122

PRINCIPIOS DE LOS CONTRATOS

• Autonomía de la voluntad

•Consensualidad

•Objeto Licito

•Causa Licita

123

PRINCIPIOS PARTICULARES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

• LEGALIDAD (ART 3 C.C.A.)

•PREMACIA DEL INTERES PÚBLICO (ART 3 LEY 80/93)

•IMPARCIALIDAD

•CONTRADICCIÓN

•ECONOMIA

•CELERIDAD

•EFICIENCIA

•PUBLICIDAD

124

FILOSOFIA DE LOS CONTROLES EN LA CONTRATACIONESTATAL

•Cumplimiento de la norma

• Cumplir fines del Estado

• Garantizar la calidad en la presentación del servicio público

•Vigilar la inversión de los recursos públicos

• Garantizar la participación ciudadana

125

CONTROLES A LA CONTRATACION ESTATAL

o Control Fiscal- La C.G.R (267 C.P.)

oControl Contable – C.G.R (art.269 C.P-Ley 87/93)

o Control Disciplinario P.G.N (277 C.P.) Ley 734/02

o Estatuto de Contratación Estatal E.C E.(64 Ley 80/93)

oControl ciudadano (art. 270 C.P-art.66 ley 80/93)

oControl Social ( Art 9 Dct 2170 art 58, 71 Ley 190/95

oControl a los fines ( 248 Ley 80/93)

oControl Político•Congreso: art 114 C.P.

•Asamblea: Decreto 1222/86, art 62.10

•Concejo: Ley 136/94 art. 32.2

oControl Jurídico: •Legalidad

•Constitucionalidad

126

CONTROLES A LA CONTRATACION ESTATAL

•Congreso: art 114 C.P.

•Asamblea: Decreto 1222/86, art 62.10

•Concejo: Ley 136/94 art. 32.2

Control Jurídico:

•Legalidad

•Constitucionalidad

Control Político

Control Administrativo: Art. 4o. Num.4o. Ley 80/93

Control Jurisdiccional: Art. 64 Ley 80/93

127

RIESGOS EN LA CONTRATACION

o Algunos riesgos –Mapa de Riesgos:o Abuso de la Contratación Directa o Grupos exclusivos de contratistaso Convocatorias a la medida de contratistaso Contratos adicionales –Fraccionamiento-o Forma de pagoo Falta de idoneidad de contratistaso Sobreprecioso Direccionamiento en el pliego de condiciones y

términos de referenciao Exageradas aclaraciones, adiciones y adendoso Ausencia de estudios serios de factibilidad y

convenienciao Fraccionamiento técnico de los contratoso Monopolio de los contratistaso Ausencia de reglamentación para fijar precioso Abuso de figura de urgencia manifiesta

128

RIESGOSEN LA CONTRATACION

Abuso con los contratos Interadministrativos

Uso irregular del contrato de prestación de servicios

Contratación con compañías y empresas ficticias

Ineficaz e ineficiente supervisión y vigilancia de los contratos

Estudios de factibilidad de mala calidad

Contratos sin liquidar

Delegación de la función de contratación

El caos presupuestal

Ausencia del Banco de programas y proyectasNo se reporta a la cámara de comercio los procesos de contratación

129

Cuales Tenemos?

1-PENAL (Arts 144,145,146 C.P. y Ley 599/2000 art. 408,409 y 410)

2- Disciplinaria (art 76 C.C.A., Ley 734/02)

3-Económica o pecuniaria (Ley 678/02)

4- Fiscal (Ley 42/93, Ley 610/00 y 267 C.P.)

5- Política( art 184 C.P. Ley 617/00 art. 48)

6-Personal (Ley 80/93 art. 58)

7- Institucional (Ley 80/93, art. 80)

8- Social

FORMAS DE RESPONSABILIDAD

130

FORMAS BASICAS DE LA CONTRATACION PUBLICA

PROCESO DE SELECCIÓN

• LICITACION PUBLICA• SELECCIÓN ABREVIADA• CONCURSO DE MERITOS• CONTRATACION DIRECTA• URGENCIA MANIFIESTA

131

132

¿SABE USTED QUE ES LICITACION PUBLICA?

LICITACION PUBLICA

Es el procedimiento mediante el cual la entidad estatal formula públicamente Una convocatoria en condiciones de igualdad, para que los interesados presenten ofertas y se seleccione la más favorable

133

CONCURSO DE MERITOS

Consiste en estudios o trabajos técnicos, intelectuales o especializados

CONTRATACION DIRECTAProcedimiento por el cual se omite el proceso licitatorio sin desconocer las formalidades plenas

134

•PLIEGOS DE CONDICIONES : Cuando se trata de licitación pública.

•TERMINOS DE REFERENCIA: Para el caso del concurso, cuando la entidad pretende recibir ofertas para estudios o trabajos técnicos, intelectuales o especializados (Ley 80/93 art. 30, párrafo).

135

oPor la cuantíaoPor la Tipología ContractualoPor la naturaleza de bienes adquiriroEn razón de actividad a cumpliroDeclaratoria desiertaoEn razón a los condiciones del mercadooUrgencia manifiesta

DE LAS FORMAS DE LA

CONTRATACION

136

CATEGORIAS

• Menor Cuantía: Según el presupuesto de la entidad.

Casos Especiales: Independientemente de la cuantía del contrato, por la especialidad delObjeto, se seleccionará el contratista

137

CUANTIAS DE CONTRATACION

.

Presupuesto de la entidad en salarios mínimos

Menor cuantía en salarios mínimos legales mensuales;

Menor cuantía en pesos

superior o igual a 1'200.000 hasta 1.000 salarios

superior o igual a 1'000.000 e inferior a 1'200.000

hasta 800 salarios

superior o igual a 500.000 e inferior a 1'000.000

hasta 600 salarios

superior o igual a 250.000 e inferior a 500.000

hasta 400 salarios

superior o igual a 120.000 e inferior a 250.000

hasta 300 salarios

superior o igual a 12.000 e inferior a 120.000

hasta 250 salarios

inferior a 12.000 salarios hasta 150 salarios

138

CONTRATOS DIRECTOS SIN FORMALIDADES PLENAS

Mínima Cuantía

•Adoptan el nombre de ORDENES DE TRABAJO, ó DE SERVICIO ó DE OBRA, ó DE COMPRA según sea el objeto.

• Son realizados siempre directamente de acuerdo a la necesidad que se presenta.

•Inferior o igual a 15 salarios mínimos legales

139

MENOR CUANTIA

Son los valores determinados en función de los presupuestos anuales de las entidades a las que se aplica la Ley 80/93, expresados en salarios mínimos legales

140

CONTRATACIÓN DIRECTA

CASOS ESPECIALES

• Regulada en el art. 24 Num 1, ley 80/93 y Decreto 2170/02•Menor cuantía•Empréstitos•Interadministrativos•Servicios profesionales, artísticos científicos y tecnológicos•Arrendamiento o adquisición de inmuebles•Urgencia manifiesta•Declaratoria desierta•No se presenta propuesta, ninguna se ajusta a P.C., o falta voluntad•No hay pluralidad de oferentes•Productos agropecuarios que se ofrezcan en bolsas•Prestación de servicios de salud•Actividades Industriales y comerciales de las empresas ind. Y ciales y sociedades de economía mixta•Contratos con multinacionales•Por la calidad de personas del contratista

141

CONTRATACION DIRECTA POR CUANTIA

PROCESO DE SELECCIÓN INFERIOR AL 10% Menor CuantíaPero Inferior o Igual al 100X100 de esta

• Los prepliegos y los pliegos se ubican en pag web con cinco (5) días de antelación (art 1.2)

•Se pueden presentar dentro del mismo término observaciones (art. 1.3)

•Se deben publicar las convocatorias (art. 11.2)

•La entidad puede usar el sistema de oferta dinámica

•La entidad decide contratar con oferta fija (art. 11..3.1, 11.3.2, 11.5)

•Los términos de referencia deben precisar hasta que fecha se puede participar para elaborar lista de oferentes

142

CONTRATO POR DECLARATORIA DESIERTA DE LA LICITACIÓN O CONCURSO (Art. 16.1 y Parágrafo)

• La convocatoria, debe ser pública

•Los pliegos se deben publicar

•Los pliegos no se pueden cambiar

•No se contrata con oferentes cuyos precios sean artificialmente bajos

•La audiencia de adjudicación es obligatoria

143

CONTRATOS SIN PLURALIDAD DE OFERENTES

o Cuando el proveedor es exclusivo

oEsta amparado por patente

oTiene derecho de autor

oEs el único inscrito en el RUP (art. 17.1 y 2)

144

CONTRATOS CON IPS (SALUD)

•Solo se puede celebrar con entes inscritos

en el Ministerio de Salud•Siempre se deben presentar dos ofertas

145

CONTRATOS CON ORGANISMOSMULTILATERALES(ART. 15.1 y ART. 13 LEY 80/93

•Cuando se trata de contratos financiados con fondos de organismos multilaterales de crédito

• Celebrados con personas extranjeras de derecho público

•Con organismos de cooperación asistencia o ayuda internacional

146

CONTRATACION SIMPLE

Cuando el contrato a celebrar sea igual o inferior al 10% de la menor cuantía, se realiza tomando comoÚnica consideración los precios del mercado

CONTRATOS CON COOPERATIVAS

Art. 14 Ley 80/93

147

DE LOS REQUISITOS CONTRATOS SIN FORMALIDADES PLENAS

o Identificación de la necesidad.o Verificación de la inexistencia del funcionario o elementoo Solicitud motivada del jefe de dependencia interesado en la ordeno Presupuesto oficialo Análisis de viabilidad en el cual participan dos o mas cotizantes

estableciendo el mismo concepto a cotizar (en iguales condiciones)o Concepto de viabilidad del Jefe del área donde recomienda y

considera la más viable acorde con los parámetros de calidad, economía, oportunidad.

o Solicitud de disponibilidad presupuestal o Aprobación por el ordenador del gastoo Elaboración de la orden, firmada por el ordenador del gasto y el

contratista o Desarrollo del objeto en el tiempo y condiciones allí estipuladas .

148

REQUISITOS PREVIOS COMUNES A LOS DOS PROCESOS ANTERIORES

TRAMITE o Aprobación por el Banco de Proyectos a través de

certificación.o Presupuesto oficialo Disponibilidad presupuestalo Certificación de proyecto u obra no suntuosa por parte de la

secretaria correspondienteo Envió de las condiciones técnicas por parte de la secretaria

responsable.o Elaboración de términos de referencia por parte de la oficina

jurídicao Aprobación por parte del consejo de gobierno

149

CONTRATOS CON FORMALIDADES PLENAS

•Contratación de menor y mayor cuantía

•Licitación Pública o concurso público

150

ETAPAS DE LA CONTRATACION

ESTATALo ETAPA PREPARATORIA

o ETAPA PRECONTRACTUAL O SELECCIÓN DEL PROPONENTE

o ETAPA CONTRACTUAL

o ETAPA POSTCONTRACTUAL

151

ETAPA

PREPARATORIA

152

ETAPA PREPARATORIAo ETAPA PREVIA

o o Adecuación a:o Plan de compras (art 5, L 598/00, art 22,

Res 5313/02)o Planes de inversióno Programa de gobiernoo Planes de Desarrolloo Planes indicativoso Bancos de Proyectoso Presupuestoo Aspectos de planeación estratégica

153

ETAPA PREPARATORIA

• CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL BANCO DE PROYECTOS.

• AUTORIZACIÓN REQUERIDA PARA LA CONTRATACIÓN.

• ESTUDIO Y ANÁLISIS DE CONVENIENCIA.

154

ETAPA PREPARATORIA

• CERTIFICACIÓN DE PROYECTO OPORTUNO

• ELABORACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL PROYECTO DE PLIEGOS de condiciones o términos de referencia (se efectuara en el mecanismo determinado por la autoridad) (10) y (5) AVISO PREVIO

155

ETAPA PREPARATORIA• CONVOCAR VEEDURÍAS CIUDADANAS para realizar

control social (En desarrollo del inciso tercero del artículo 66 de la Ley 80 de 1993)

• RECEPCIÓN DE OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS al proyecto de pliegos

• AJUSTE Y ELABORACIÓN DEFINITIVA DE PLIEGO de condiciones o Términos de Referencia

156

ETAPA PREPARATORIA

• CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Lo emite la Secretaría de Hacienda a solicitud de la Dependencia (Jefatura de presupuesto)

• REPORTE DE APERTURA DE LICITACION PUBLICA a la cámara de comercio.

• PUBLICACION DE TRES AVISOS dentro de los 10 y 20 días calendarios anteriores a la fecha de la apertura de la licitación

157

LOS ESTUDIOS PREVIOS• Los estudios conveniencia y la oportunidad, tendrán lugar de

manera • previa a la apertura de los procesos de selección y deberán

contener• como mínimo la siguiente información:•  • 1. La definición de la necesidad

•  2. La definición técnica de satisfacer su necesidad Proyecto• Estudio•

Prediseño •

Diseño• 3. Las condiciones del contrato.  

• 4. El soporte técnico y económico del valor estimado del contrato.

• 5. El análisis de los riesgos que deben ser amparados por el contratista.

158

BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS

Es un sistema de información sobre programas y proyectos de inversión pública, viables técnica, financiera, económica, social, institucional y ambientalmente, financiados o susceptibles de ser financiados con recursos del presupuesto.

159

BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS

• Ley 179 del 30 de diciembre de 1994 Modifica el art 31 de la ley 38/89, disponiendo que no se podrá ejecutar ningún programa o proyecto que haga parte del presupuesto hasta tanto no se encuentre evaluado por el órgano competente registrado en el Banco de Programas y Proyectos (art 23).

• Ley 225 del 20 de diciembre de 1995 Establece la obligatoriedad de las entidades de organizar y poner en funcionamiento sus propios bancos de programas y proyectos de inversión pública (art 49).

160

AVISO PREVIO EL MUNICIPIO DE ---------

INFORMA: A todas las personas interesadas en:(objeto de la

invitación) Que a partir del día x del mes x de 2003 a las 8:00 am ,se

estará publicando en la pagina Web de La entidad (otro mecanismo) y por el termino de x días calendario el proyecto de la invitación publica No. X con sus respectivos términos de referencia, el cual podrá ser consultado en forma gratuita y las observaciones podrán ser presentadas dentro del mismo termino de publicación de la presente invitación.

Para garantizar la participación ciudadana y mediante este aviso se convoca a las veedurías ciudadanas que estén interesadas en participar en el proceso.

pag web : www.municipiox.gov.co

161

CONTROL CIUDADANO

• Derecho y deber, que tiene todo ciudadano, individual o colectivamente considerado, para vigilar, revisar ,y controlar la gestión publica y los resultados de la misma (Art.270 C.P.) (Ley 489/98).

• C.C. A. La gestión publica es una herramienta fundamental para generar espacios de concertación y encuentro entre el Estado y la sociedad civil, recuperando la legitimidad y haciendo mas eficaz su labor.

• Conformación del comité de vigilancia ciudadana ( acta)

• Informe del comité• Denuncias (Si hay lugar)

162

COMITÉ DE VIGILANCIA CIUDADANA

TIENEN CARÁCTER COMUNITARIO Y PARTICIPATIVO, TODOS LOS INTEGRANTES TIENEN IGUALES DERECHOS Y OBLIGACIONES.

SE CONFORMAN POR INTEGRANTES DE LAS UNIVERSIDADES, MEDIOS DE COMUNICACIÓN, GREMIOS ECONOMICOS, SOCIEDADES DE PROFESIONALES, ORGANIZACIONES CIVILES, SINDICATOS Y TODOS AQUELLOS SECTORES DE LA SOCIEDAD CIVIL QUE PUEDAN EMITIR CONCEPTOS Y GENERAR OPINION PUBLICA ALREDEDOR DE PROYECTOS DE INVERSION.

LA CONFORMACION DEPENDERA DEL TIPO DE PROYECTO SOBRE EL CUAL SE EJERCERA VIGILANCIA

163

VEEDURIA CIUDADANA

•Art. 103 Inc. 2 y Art 270 C.P

•Art 66 Ley 80/93

•Ley 142 de 1994

•Art. 100 Ley 134/94

•Art. 35 Ley 489/98

•Art 9 Dcto 2170/02

•Ley 850/03

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TERMINOS DE REFERENCIA O PLIEGO DE

CONDICIONES.• Las entidades publicarán los proyectos de pliegos de

condiciones o términos de referencia de los procesos de licitación o concurso público,

• Suministrar al público en general la información que le permita formular observaciones al contenido de los documentos antes mencionados.

• Licitación o concurso público(10)

• Contratación directa(5) días calendario.

CONTENIDO GENERAL DE TERMINOS DE REFERENCIA O PLIEGO DE CONDICIONES.

INFORMACION GENERAL MARCO LEGAL OBJETO DE LA INVITACION FUENTE DE FINANCIACIÓN LOCALIZACION DEL PROYECTO ITINERARIO DE LA INVITACIÓN VALOR DE LOS PLIEGOS ACLARACIONES Y PRECISIONES DE LAS CONDICIONES DEL CONCURSO PARTICIPANTES PRESUPUESTO OFICIAL Y PLAZO DE EJECUCION CONDICIONES TECNICAS (ESPECIFICACIONES) CALIFICACION DE LAS OFERTAS FORMA DE PAGO GARANTÍA Y SERIEDAD DE LA PROPUESTA PLAZO FECHA Y HORA LIMITE DE LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS FACTORES DE ESCOGENCIA DE LA OFERTA Y PONDERACION MATEMATICA, PRECISA,

DETALLADA Y CONCRETA DE LAS MISMAS TERMINO PARA EVALUACION DE LAS OFERTAS

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DIVULGACIÓN DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA

A partir de 1 de abril de 2002, y en cumplimiento a la Directiva Presidencial número 2 de 28 de agosto de 2002, las entidades públicas y los particulares o entidades privadas que administren bienes y recursos públicos, estarán obligadas a publicar en su página Web los pliegos de condiciones y términos de referencia, de las compras que pretenda realizar, e informar inmediatamente a la Web del SICE la inclusión de esta información, con el propósito que los usuarios del sistema puedan encontrar en la dirección Web los vínculos de las páginas web de dichas entidades, en los cuales se publican los mencionados pliegos de condiciones y términos de referencia.

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PAGINA WEB INFORMACIÓN CONTRACTUAL

 

• Para efectos de facilitar la comunicación interactiva entre los oferentes y las entidades estatales, se deberá crear para cada proceso de contratación una dirección de correo electrónico y un formulario electrónico en la página web de la entidad para el envío de consultas

• La entidad deberá desistir de realizar la audiencia electrónicamente y disponer su realización en forma presencial, u optar por facilitar al interesado tales elementos con el solo propósito de garantizar su acceso.

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ETAPA PRECONTRACTUAL • Resolución de apertura de la licitación o concurso.

• Invitación de acompañamiento al comité para el ejercicio del control social.

• Publicación, distribución y venta de pliegos MANIFESTARÁN SU INTERÉS HACIENDO USO DEL MEDIO QUE PARA EL EFECTO INDIQUE LA

ENTIDADAUDIENCIA PUBLICA PARA REALIZAR SORTEO MAS DE 10 PARTICIPANTES

• Audiencia de aclaración de los pliegos

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FECHA PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE COMPRAS

• Las entidades estatales, sin excepción alguna, desde el mes de marzo de cada año fiscal, iniciarán la construcción del Plan de Compras, cuyo proyecto deberá estar finalizado el 30 de Junio del año fiscal anterior al de su vigencia.

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PRIMER AVISO

• OBJETO: EL Municipio de xx a traves del presente proceso seleccionara en igualdad

de oportunidades al interesado que ofresca las mejores condiciones para contratar xxxxx.

• ACTO ADMINISTRATIVO QUE ORDENA LA APERTURA : Resolucion No. Xxxxx de fecha mes XX de 2003• PUBLICACION DEL PROYECTO DE PLIEGOS DEFINITIVO: Para garantizar la transparencia en la presente actividad contractual se

efectuara la publicacion del pliego de condiciones en la pagina web: www.municipiox.gov.co

• CONVOCATORIA A VEEDURIAS: Para garantizar la participacion ciudadana y mediante este aviso se convoca a

las veedurias ciudadanas que esten interesadas en participar en el proceso.• PRESUPUESTO OFICIAL: Xxxxxx($….)Valor este que comprende todos los gastos en que deba incurrrir el

proponente para el cumplimiento del objeto de la presente licitacion,pago de impuestos y descuentos de ley a que haya lugar.Sera pagado con cargo al rubro xxxxx del presupuesto de xxx vigencia fiscal xxxx.

• FECHA LUGAR CONSULTA Y COMPRA DE PLIEGOS171

LICITACION PUBLICA

No xx de 2003

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Los pliegos de condiciones podrán ser consultados en la oficina XXX piso XXX a partir del día xx del mes xxx de 2003 fecha de apertura desde las 8.00 am hasta las 5.00 pm del día xx del mes xx de 2003 ,fecha de cierre de la presente licitacion y por Internet en la pagina Web www.municipio .gov.co

VALOR DE LOS PLIEGOS : Asciende a la suma de ($ Valor fijado en el acuerdo No. )no reembolsable. Los cuales deberán ser consignados en efectivo a nombre de XXX en la cuenta de Ahorros xxxxx de XXXXX.

AUDIENCIA ACLARATORIA:(visita) Esta se realizara el dia xxx del mes xx de 2003 a las xxx en la oficina XXXXCRITERIOS DE SELECCIÓN Y ADJUDICACION: Se asignara un máximo de XXX puntos a :

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Aspectos jurídicos, económicos, técnicos, financieros, estos factores mencionados se sujetan a los criterios de ponderación que aparecen en el pliego de condiciones

PARTICIPANTES: Podrán participar las personas naturales o jurídicas, consorcios y uniones temporales previamente inscritas, calificadas y clasificadas en el registro de la cámara de comercio de su jurisdicción (domicilio) con capacidad residual de contratación exigida en los pliegos que no se encuentren incursos en ninguna de las causales de inhabilidades, incompatibilidades e impedimentos, establecidas en la ley.

FECHA DE APERTURA: día xx mes xx de 2003 a las 8:00 A.M FECHA DE CIERRE: día xx mes xx de 2003 a las 5:OO P.M.

CONTENIDO GENERAL DE LAS OFERTAS

IDIOMA

DOCUMENTOS INTEGRANTES DE LA OFERTA DOCUMENTOS JURIDICOS DOCUMENTOS TECNICOS DOCUMENTOS FINANCIEROS

PROPUESTA ECONOMICA  

ALCANCE ESPECIFICO Y METODOLOGIA

ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA 

PROFESIONAL VINCULADO

ADJUDICACION DEL CONTRATO FIRMA DEL CONTRATO

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CRITERIOS DE SELECCIÓN OBJETIVA

• La capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad

administrativa, operacional y financiera del oferente serán objeto de verificación de cumplimiento pero no de calificación. x

• La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación matemática precisa y detallada de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o términos de referencia, resulte ser la más ventajosa para la entidad.

175

CRITERIOS DE SELECCIÓN OBJETIVA

• La adquisición o suministro de bienes con características uniformes, las entidades estatales tendrán en cuenta como únicos factores de evaluación aquellos relacionados con el precio y la garantía de calidad de los bienes ofrecidos.

• La prestación de servicios especializados, se hará uso de

factores de calificación destinados a valorar primordialmente los aspectos técnicos de la oferta, así como la experiencia relevante del oferente en el campo de que se trate.

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SELECCIÓN OBJETIVA Art. 29 L. 80/93

Se escoge la oferta más favorable, teniendo en cuenta factores de evaluación como:

CumplimientoExperiencia

OrganizaciónPrecioPlazosEquipos

Otros aspectos a tener en cuenta:

Financieros, de calidad y forma de pago

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AUDIENCIA PUBLICA DE ADJUDICACION.

• Las entidades procurarán que la adjudicación de las licitaciones o concursos públicos tenga lugar en audiencia pública.

• La audiencia se celebrará en las condiciones establecidas en el

pliego de condiciones o términos de referencia

• En el acto de adjudicación se deberán resolver todas las observaciones formuladas en la oportunidad establecida

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AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN

El Decreto 2170 de 2002 recomienda que todos los contratos deben adjudicarse en Audiencia Pública, esta se decreta por Acto Administrativo cuando el contralor la ordena deberá celebrarse, mientras que la administración la puede hacer de oficio o a petición de parte. La Audiencia se divide en dos partes: PRIMERA PARTE: Se resolverán todas las observaciones que las personas formularon en tiempo SEGUNDA PARTE: Adjudicación

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SISTEMA DE CONFORMACION DINAMICA DE LA OFERTA

• La audiencia presencial o por medios electrónicos.

• Su tiempo y condiciones serán los señalados en los pliegos de condiciones o términos de referencia.

• Su duración NO pueda ser superior a un día. 

• Sobre variables dinámicas de conformidad con los pliegos

• Proyecto de oferta inicial.

• Mejorar por posturas sucesivas

• Ambiente público y concurrencial,

• Oferta definitiva, la última presentada dentro del lapso de la audiencia.

• La oferta inicial es definitiva para el oferente que no haya hecho uso de su derecho a presentar posturas.

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EL CONTENIDO DEL CONTRATO ESTATAL

• CLAUSULAS ESENCIALES:

OBJETO (DESCRIPCION DEL MISMO), VALOR, PLAZO, GARANTIAS, OBLIGACIONES, PENAL PECUNIARIA Y MULTAS

• CLAUSULAS EXCEPCIONALES:

*INTERPRETACION, MODIFICACION Y TERMINACION UNILATERAL *CADUCIDAD,REVERSION Y SOMETIMIENTO A LEYES NAL.

OBLIGATORIAS,FACULTATIVAS Y PROHIBITIVAS

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CADUCIDAD

• Se pacta en el contrato, es un acto contractual que genera efectos pos contractuales tales como: - El contratista queda inhabilitado- Registro sancionatorio- Es una sanción por incumplimiento voluntario, grave y que genere - paralización del contrato

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Cláusula compromisoria

• Es el acuerdo de las partes contratantes a fin de someter a decisión de árbitros las diferencias que puedan surgir por razón de la celebración del contrato y de su ejecución (desarrollo, terminación o liquidación).

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DE LOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, O PARA LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS ARTÍSTICOS QUE SÓLO PUEDAN ENCOMENDARSE A DETERMINADAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS O PARA EL DESARROLLO DIRECTO DE ACTIVIDADES CIENTÍFICAS O TECNOLÓGICAS.

• Para la celebración de los contratos a que se refiere el literal d) del numeral 1o. del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, la entidad estatal podrá contratar directamente con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato y que haya demostrado la idoneidad y experiencia directamente relacionada con el área de que se trate, sin que sea necesario que haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto deberá dejar constancia escrita.

185

DE LOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, O PARA LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS

ARTÍSTICOS QUE SÓLO PUEDAN ENCOMENDARSE A DETERMINADAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS O

PARA EL DESARROLLO DIRECTO DE ACTIVIDADES CIENTÍFICAS O TECNOLÓGICAS.

• De igual forma se procederá para la celebración de contratos de prestación de servicios de apoyo a la gestión de la entidad, los que sólo se realizarán cuando se trate de fines específicos o no hubiere personal de planta suficiente para prestar el servicio a contratar. El contrato que se suscriba, contendrá como mínimo la expresa constancia de la circunstancia anterior, las condiciones de cumplimiento del contrato incluyendo el detalle de los resultados esperados y la transferencia de tecnología a la entidad contratante en caso de ser procedente.

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PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

•Registro Presupuestal.

•Firma de las partes, numeración y fecha. •Publicación y obtención de pólizas.

•Entrega pólizas y constancia de publicación.• •Aprobación de Pólizas.

•Designación De Interventor

•Acta de iniciación. 187

REGIMEN DE LAS GARANTIAS

• GARANTIAS DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA• GARANTIA UNICA:

ANTICIPO O PAGO ANTICIPADO (100%)SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES (5%y 3años

+)ESTABILIDAD DE LA OBRA,CALIDAD DEL

SERVICIO,PROVISION DE REPUESTOS Y ACCESORIOS

CUMPLIMIENTO GENERAL DEL CONTRATO(10%)RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

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DEL ANTICIPO EN LA CONTRATACIÓN.

El manejo de los recursos entregados al contratista a título de anticipo en aquellas contrataciones cuyo monto sea superior al 50% de la menor cuantía a que se refiere el literal a) del numeral 1o. del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, deberá manejarse en cuenta separada a nombre del contratista y de la entidad estatal. Los rendimientos que llegaren a producir los recursos así entregados, pertenecerán al tesoro.

El decreto 2170/02, art. 7o.

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ETAPA POST-CONTRACTUAL

• PRORROGA DE POLIZAS: Esta situación se presenta cuando por diversas circunstancias de tiempo, naturales, suministro de materiales, etc no se puede dar cumplimiento al término del contrato en el tiempo estipulado inicialmente. Se acuerda y autoriza por el nominador, prorrogar ó hacer adicionales al contrato y por consiguiente se deben modificar las pólizas originalmente suscritas ampliando los tiempos que amparan las obligaciones allí estipuladas.

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ETAPA POST-CONTRACTUAL

• CERTIFICACIÓN DE RECIBO A SATISFACCIÓN. Liquidado el contrato la Dependencia ejecutora, expide certificado de recibo a satisfacción si es del caso en original y tres copias para los archivo en el contrato y pago final.

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ETAPA POST-CONTRACTUAL

• LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. Dentro De los 10 días siguientes a la fecha del acta final, la dependencia ejecutoria y el contratista de común acuerdo liquidan el contrato y dejan constancia de ello en un acta, que firma el Interventor y contratista, en original y 5 copias con destino, primero a Secretaría de Hacienda, la segunda copia para el Interventor, la tercera para el contratista, la cuarta para la Secretaría General y la quinta para la Secretaría ejecutora. Si el contratista no se presenta o no firma la liquidación, la dependencia ejecutora liquida unilateralmente el contrato y somete la liquidación a la consideración y firma del Alcalde.

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DISEÑO: Richard Soto. Universidad libre Seccional Pereira