Post on 08-Feb-2020
REGLAMENTO ESTUDIANTIL
CORPORACIÓN DE EEDUCIÓN DEL ORIENTE
CORPORIENTE
2017
ACCEDER A CORPORIENTE ES HACER
PARTE DE LA NUEVA GENERACIÓN
Reglamento Estudiantil 2
Himno de CORPORIENTE
Renovando mentes y hombre de labor
Corporiente es campo de acción
Con educción y participación
Conocer el saber, el hacer y el poder
CORO
Más allá del sol liderar con honor
Más acá del sudor Corporiente es pasión
Cada amanecer un canto de ilusión
Cada atardecer elevar mi corazón
Al cielo cantar con voluntad y furor
A mi tierra formar con orgullo y valor
CORO
Más allá del sol liderar con honor
Más acá del sudor nueva generación
Es la calidad técnica empresarial
Poder trabajar por un mundo mejor
En la vida hacer a mi pueblo crecer
Conocimiento y paz por la diversidad
Al cielo cantar nueva generación
Nuestra tierra formar y el futuro crear
Nuevos horizontes con todos lograr
Nuestra meta es proteger la humanidad
Eternos valores de tolerancia y paz
Nos harán levantar nuestra gran voluntad.
Más allá del sol liderar con honor
Más acá del sudor Corporiente es pasión
Reglamento Estudiantil 3
Contenido
• Reglamento Académico
• Manual de Convivencia
• Reglamento de Convenio de Práctica y
Contrato de Aprendizaje
• Reglamento de Prácticas Extraclase
• Reglamento de las Monitorías
• Protocolos de Seguridad Laboratorios
Escuela de Informática
• Protocolos de Seguridad Laboratorios
Escuela de Comunicación
• Reglamento Laboratorio de Cocina Normas de
Comportamiento y Seguridad
• Reglamento de las Monitorías Gastronomía
– Gestión de Bares y Restaurantes
• Reglamento de Biblioteca
Reglamento Estudiantil 4
Apreciado Estudiante:
Reciba la más cálida bienvenida a CORPORIENTE y los mejores
deseos porque este sea el lugar donde juntos construyamos un futuro
mejor y hagamos realidad los sueños e ilusiones que hoy animan
su decisión de estudiar.
Los programas
que posee
CORPORIENTE son
de todos, para
nuestro servicio
y comodidad
y es por ello
que queremos
extender una
invitación muy
especial para
que nos ayude a
cuidar y respetar
todos sus lugares y
Contenidos, para hacer de él un verdadero recinto de saber y de
progreso para cada uno, para lo cual le solicitamos tener presente
lo siguiente:
CORPORIENTE cuenta con Cafeterías en cada una de sus sedes. Estos
son los únicos lugares para consumir alimentos.
Lo invitamos a hacer un manejo adecuado del consumo de chicle, sus
residuos deben depositarse únicamente en las papeleras y de ninguna
manera en las sillas, en las mesas, en el piso, en los baños, en los
orinales o en las paredes.
Colaboremos todos con el aseo y organización de las sedes de
CORPORIENTE, depositando las basuras en las papeleras
correspondientes, recordemos: “Una persona culta jamás tira una
basura al piso”.
Al llegar a CORPORIENTE recuerde identificarse con el carné y paz y
salvo. En ningún caso debe ingresar a la Institución fumando ni
consumiendo alimentos, igualmente, al entrar y al salir de la Institución
Reglamento Estudiantil 5
facilite la labor de los porteros abriendo el bolso o paquetes que lleve
consigo.
Ayúdenos a cuidar todos los recursos que hemos dispuesto para su
servicio, recordemos que si se dañan o se pierden, muchos de sus
compañeros y usted mismo no podrán disfrutar de éstos. Denuncie a
quien vea actuando en forma incorrecta.
Si necesita enviar mensajes a otras personas o expresar sus sentimientos,
recuerde que no son las paredes, las puertas o los baños los lugares
para hacerlo y de nuevo: “Una persona culta jamás raya las paredes
o los baños”.
Transite siempre con cuidado, el piso puede estar liso y resbaladizo,
evitemos accidentes.
Si usted recibió crédito de diferentes entidades, favor pagar oportunamente
las cuotas y presentar en la oficina de la misma el recibo de pago, para
asentarlo en su paz y salvo. .
CORPORIENTE es de TODOS, también suyo, ayúdenos a cuidarlo. La
buena imagen de la Institución depende de usted y de cada uno de
nosotros.
Le recordamos que CORPORIENTE ofrece a todos sus estudiantes
la posibilidad de realizar dos programas simultáneamente o matricular
materias adicionales de otros programas, con el fin de mejorar sus
competencias laborales, en ambos casos el estudiante obtendrá un
descuento del 15%.
CORPORIENTE a través de reconocimiento de saberes con las IES, se
promueve la continuidad a los ciclos profesionales.
Esta es una gran oportunidad para su profesionalización, iniciando
con un programa técnico. BIENVENIDO
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Cordialmente,
JAIME L. PEREZ ESLAVA
Rector
Reglamento Estudiantil 7
MISION
Formar personas permanentemente en el campo de la técnica,
que actúen en la sociedad con valores de justicia, ética y
tolerancia paraqué promueva el liderazgo y el emprendimiento
económico, social y cultural de los colombianos.
VISION
En el 2020 la Corporación de Educación del Oriente, será reconocida por la formación técnica integral a nivel nacional, desarrollada en las diferentes áreas del conocimiento.
POLÍTICA DE CALIDAD
“Nuestro servicio educativo se da en un ambiente propicio para
el pleno desarrollo de las potencialidades. Y responde a las
expectativas de estudiantes, padres de familia y entorno, con un
equipo de trabajo idóneo y comprometido: Optimizamos los
recursos y procesos, respondiendo a las exigencias de la
legislación educativa; garantizando la calidad en el servicio con el
apoyo de otras instituciones educativas y empresas que favorecen
a los estudiantes, para hacer gestores de su futuro y de la
comunidad.
Aseguramos la calidad en el servicio, con la implementación de
planes de mejoramientos”.
PRINCIPIOS:
La Corporación de Educación del Oriente a sume los principios
planteados por la Constitución Política de Colombia y el Ministerio
de Educación Nacional, en coherencia con los fundamentos que
contribuyan al desarrollo del país a través de la formación de
técnicos laborales; los cuales son:
• Libertad de cátedra.
• Libre desarrollo de la personalidad.
• Equidad.
• Participación Ciudadana.
• Diversidad
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• Integralidad.
1. Libertad de Cátedra: La Corporación de Educación del Oriente admirará la libertad que tiene el docente en planear las actividades académicas para desarrollar las competencias propuestas por las NLC (Normas de Competencia Laboral).
2. Libre desarrollo de la personalidad: La Corporación de Educación del Oriente respetará la autonomía de las personas que hacen parte del proyecto educativo, expresados en el pensamiento personal, ideológico, colectivo, religioso y tradiciones culturales que no afecten la convivencia.
3. Equidad: Ofrecer servicios educativos con calidad para todos los estudiantes que se matriculen en la institución, teniendo igualdad en condiciones académicas, tecnológicas, evaluación y oportunidad de emplearse.
4. Participación ciudadana: Educar a los estudiantes para la participación ciudadana, organización de la sociedad civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de proyectos que beneficien a la comunidad.
5. Diversidad: La Corporación trabajará por la pluralidad étnica de la región y en procura del respeto de género, cultura y creencias.
6. Integralidad: La Corporación de Educación del Oriente establecerá en su proceso de formación: el saber ser, el saber hacer y saber conocer en torno a competencias que permitan desenvolverse socialmente, laboral mente y en el cuidado del ambiente, que propicie oportunidades de bienestar. PROPÓSITOS: La Corporación de Educación del Oriente “CORPORIENTE” desde sus principios propenderá por lo siguiente:
1. Educar en competencias, habilidades académicas y laborales en los estudiantes matriculados en los programas que oferte la institución en en el país.
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2. Ser oportunos con las exigencias laborales del sector productivo y de servicios en el país.
3. Cumplir con los objetivos propuestos por la Corporación de Educación del Oriente a nivel Nacional.
4. El desarrollar competencias para proponer proyectos productivos y generen fuentes de empleo y desarrollo económico, social y ambiental en el país.
5. Promover la diversidad cultural en nuestro país a través de actividades académicas que promueva los valores y costumbres. VALORES La Corporación de Educación del Oriente desde su objeto social en marcada en la educación y campo de acción de la Educación para el trabajo y desarrollo humano promueve los siguientes valores:
1. Honestidad. 2. Lealtad. 3. Responsabilidad. 4. Solidaridad. 5. Estéticos 6. Morales.
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CAPÍTULO I
ESTUDIANTE
1.1 CONCEPTO: estudiante es la persona cuya matrícula está vigente para
uno o varas asignaturas, durante el período académico en curso. Es decir, una
vez haya realizado su asiento y firma de matrícula, para ser admitido en los
programas técnicos d e CORPORIENTE, el aspirante debe presentar su
fotocopia del documento de identidad y diploma de bachiller o acta de
graduación, en aquellos casos donde todavía no lo haya culminado, firmará
un comprobante de compromiso, donde se estipula que no podrá obtener
el certificado de aptitud ocupacional como técnico laboral por competencias
hasta cumplir este requisito.
1.2 CARÁCTER DE ESTUDIANTE: quien se matricula en CORPORIENTE,
puede hacerlo con carácter de:
1.2.1 ESTUDIANTE REGULAR: el estudiante regular es aquel que ingresa
con la intención de cursar uno o varios de los programas técnicos ofrecidos
por la Institución y optar por el certificado de aptitud ocupacional como
técnico laboral por competencias.
Los estudiantes regulares están contemplados en las siguientes
categorías
a) Estudiante Nuevo: e s aquel que, cumplidos los requisitos de
admisión, ingresa por primera vez a un programa.
b) Estudiante de Reingreso: es aquel que, habiéndose retirado de la
Institución voluntariamente o por bajo rendimiento académico, recibe
asesoría de la Dirección de Escuela respectiva, para continuar un programa.
PARÁGRAFO: en el estudio de las solicitudes de reingreso, se harán las
convalidaciones respectivas al plan de estudio vigente, en el momento de
la solicitud. Estas convalidaciones serán
analizadas y aprobadas por la Dirección de la Escuela.
c) Estudiantede t r a n s f e r e n c i a interna: estudiante regular de la Institución
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que se cambia de programa.
d) Estudiante de transferencia externa: es aquel que proviene de una
institución educativa diferente a CORPORIENTE, reconocida por un ente
gubernamental (Secretarías Departamentales, Municipales, Distritales o el
Ministerio de Educación Nacional). La Institución podrá hacer
reconocimiento de saberes previos de hasta un cincuenta por ciento (50%)
de las asignaturas totales del programa correspondiente, previo análisis
por parte de la Dirección de Escuela y realización de pago.
PARÁGRAFO: el estudiante proveniente de otra institución educativa y que
desee continuar con un programa ofrecido por CORPORIENTE, podrá
presentar pruebas de suficiencia en aquellas a signaturas que él estudiante
considere necesarios, sin sobrepasar el 30% de su plan de formación y previa
pago, esto también aplica para el reconocimiento de asignaturas en cuyo
caso no podrá sobrepasar el 50%.
1.2.2 ESTUDIANTE EN CURSOS LIBRES: se define como aquel
estudiante que cursa durante uno o varios períodos, uno o varios
asignaturas, de uno o varios programas, teniendo en cuenta el sistema de
prerrequisitos, no tiene la pretensión de obtener el certificado de aptitud
ocupacional como técnico laboral por competencias. El estudiante en cursos
libres estará sometido al proceso evaluativo establecido por la Institución
y deberá comprometerse a asistir a un 80% de las clases. Cumplidos estos
requisitos podrá expedirse un certificado de asistencia o aprobación. 1.2.3 CURSO DIRIGIDO: en aquellos casos donde un curso no cumpla
con el punto de equilibrio para CORPORIENTE, la asignatura en cuestión se
programará con metodología de curso dirigido, lo que implica una relación
docente – estudiante diferente a los cursos regulares. La Dirección de la
Escuela establecerá las mediaciones a que haya lugar.
CAPÍTULO II
ESTRUCTURA CURRICULAR
2.1 El Proyecto Educativo Institucional y el Plan Estratégico son el
marco de referencia que orienta el proceso académico.
2.2 CORPORIENTE está dividido, a nivel académico
en Escuelas.
2.3 El plan de estudios es un conjunto de asignaturas,
distribuidos por períodos académicos que el estudiante debe
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aprobar.
2.4 Al iniciar cada curso el docente dará a conocer a los
estudiantes el
Plan respectivo de la
signatura.
PARÁGRAFO PRIMERO: entiéndase por asignatura, el
ordenamiento didáctico de manera integrada del
contenido, que en su conjunto conforma el sistema de
competencias obligatorias del programa de carácter
obligatorias institucionales o específico o general o electivas.
El conjunto de elementos pertenecientes a las competencias
mencionadas anteriormente conforman el plan de estudios.
PARÁGRAFO SEGUNDO: s e denomina prerrequisito,
aquellas asignaturas cuya aprobación es indispensable para
matricularse en la asignatura del período siguiente y sirven de
base para el desarrollo de las competencias de los elementos
subsiguientes.
2.5 PROMOCIÓN: para la obtención de la certificación en
CORPORIENTE, el estudiante debe haber desarrollado y
evidenciado las competencias del programa, definidas para
cada uno de los niveles, dentro del número de horas teóricas
y prácticas establecidas para el mismo.
CAPÍTULO III
LA MATRÍCULA
3.1 La matrícula es un contrato entre CORPORIENTE y el
estudiante, por medio del cual, la Institución se compromete
con todos los recursos a su alcance, a dar una formación
integral bajo el enfoque por competencias y el estudiante, a
tener un rendimiento académico suficiente y a cumplir todas
las obligaciones inherentes a su calidad de estudiante, de
acuerdo con los reglamentos de la Institución.
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3.2 El procedimiento administrativo y académico de la
matrícula, deberá efectuarse para cada período académico,
de acuerdo
con la
Reglamentación establecida para ello, y sólo aplica para ese
período.
3.3 TIPOS DE MATRÍCULA: C O R P O R I E N T E estipula
dos modalidades de matrícula: la ordinaria y la extemporánea,
las fechas para la realización de matrículas estarán establecidas
en el calendario académico Institucional.
a) Matrícula ordinaria: se refiere a la fecha límite definida por
la Institución, para que el estudiante pueda hacer su registro de
matrícula con la tarifa definida para el período académico o
proporcional de acuerdo con las asignaturas autorizadas.
b) Matrícula extemporánea: corresponde al registro de
matrícula que se realiza después de la fecha límite de la
matrícula ordinaria. La institución podrá cobrar un recargo por
extemporaneidad, cuyo valor será establecido por el Consejo
de Dirección, el cual no estará sujeto a devolución.
PARÁGRAFO PRIMERO: En cualquiera de los dos casos
(matrícula ordinaria o extemporánea) la Institución no
garantiza el cupo en el horario en el cual estaba
prematriculado el estudiante.
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3.4 Los estudiantes podrán matricularse en aquellas asignaturas
que figuren en su plan de estudios, respetando los prerrequisitos
establecidos para cada uno de ellos, teniendo en cuenta los cupos
disponibles.
3.5 El número máximo de asignaturas que ordinariamente puede
matricular un estudiante regular, corresponde al total de elementos
previstos para cada nivel, según la Escuela, el Programa y el horario.
PARÁGRAFO PRIMERO: el estudiante podrá adelantar asignaturas
de su programa, si cumple con los prerrequisitos, previo pago de los
derechos económicos establecidos por la Institución, además, podrá
adicionar asignaturas de otros programas teniendo en cuenta los
prerrequisitos, en este caso el estudiante tendrá un descuento.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Simultaneidad: el estudiante regular podrá
realizar simultáneamente dos o más programas técnicos y obtendrá
un descuento en el programa de menor valor, este descuento se hará
efectivo de manera posterior a la matrícula del primer programa.
Asimismo, podrá considerarse en Doble Titulación al estudiante que
al certificarse de un programa Técnico inicia otro, en cuyo caso tendrá
un descuento.
PARÁGRAFO TERCERO: un estudiante se considera matriculado en
aquel nivel académico en el cual tenga el mayor número de horas
registradas. En caso de existir igualdad de horas académicas de
varios niveles, el estudiante se considerará matriculado en el período
académico inferior.
PARÁGRAFO CUARTO: el estudiante no podrá matricular una asignatura
cuando éste presente incompatibilidad horaria con otro.
PARÁGRAFO QUINTO: CORPORIENTE garantiza la terminación del
programa, pero no necesariamente en el horario inicial, pues ello
depende de la cantidad de estudiantes que se matriculen.
PARÁGRAFO SEXTO: en el caso de que un estudiante reprobara un
módulo por segunda vez, después de la habilitación, y si a ello tiene
derecho, será declarado en período académico especial y por lo
tanto, en el período académico siguiente sólo podrá cursar esa
asignatura.
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3.6 PAZ Y SALVO: para efectos de una nueva matrícula, el estudiante
deberá estar a paz y salvo por todo concepto con CORPORIENTE y
con la entidad de financiación respectiva.
CAPÍTULO IV
ASISTENCIA
4.1 ASISTENCIA Y PARTICIPACIÓN: c u a n d o un estudiante se
matricula en un programa, se compromete a asistir y a participar en
todas las actividades programadas en él.
PARÁGRAFO PRIMERO: en CORPORIENTE son obligaciones
primarias la presencia, la participación y la disciplina, dentro de las
actividades académicas.
4.2 CANCELACIÓN POR INASISTENCIA: Un módulo se considera
perdido por inasistencia cuando un estudiante deja de asistir al 20%
o más de las actividades programadas, es decir, un módulo con una
intensidad semanal de 2 horas se cancela con 8 horas de inasistencia.
En este caso al no demostrar la competencia, la calificación será la
obtenida hasta el momento de la cancelación y las evidencias
restantes tendrán una calificación de cero, cero 0,0 o aún no es
competente y se pierde el derecho a realizar plan de mejoramiento.
PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de cancelación por inasistencia la
Institución no realizará ningún tipo de devolución y tampoco podrá
ser gestionada para su retiro ante la Oficina de Registro y Control
Académico.
PARÁGRAFO SEGUNDO: t res (3) retardos del estudiante a las clases
de una asignatura, sin una justificación válida, equivalen a una falta
de asistencia. Los retardos correspondientes a 15 minutos después de
iniciadas las clases o en su defecto los establecidos por el docente en
Pacto Pedagógico.
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PARÁGRAFO TERCERO: cuando al estudiante
se le cancela por inasistencia uno o varias asignaturas pierde el
derecho a ingresar a la(s) clase(s) siguiente(s) de la asignatura(s), y a
presentar habilitación en caso que dicha asignatura se preste para
ello.
PARÁGRAFO CUARTO: la Institución no permitirá la presencia de
estudiantes en calidad de asistentes, exceptuando aquellos casos en
que exista una autorización por escrito por parte de la Dirección de
Escuela.
PARÁGRAFO QUINTO: para la cancelación de asignaturas con
estrategia virtual el porcentaje de cancelación se tomará con base en
la intensidad horaria presencial, además, si el estudiante no participa
en la plataforma en el rango de tiempo establecido para la actividad,
se le asignará una falta, equivalente a dos horas de clase presencial.
4.3 JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIA: se consideran
justificaciones válidas para no asistir a uno o varios compromisos
académicos, las siguientes: Incapacidades médicas, causas laborales
y fallecimiento de un familiar en primer grado de consanguinidad.
El docente redimirá las faltas, estas seguirán apareciendo en el
informe académico de los estudiantes, no obstante, no darán lugar
a la cancelación del módulo, siempre y cuando se presente la
justificación adecuada en los ocho (8) días hábiles después de la
ausencia.
CAPÍTULO V
NOVEDADES ACADÉMICAS
5.1 DEFINICIÓN: se consideran novedades académicas todas
aquellas situaciones que se presenten luego de que el estudiante
asiente su matrícula académica, tales como: cancelación de un período
académico, adición de asignaturas, cancelación de asignaturas, traslado
de programa, cambio de horario y cierre de grupo.
PARÁGRAFO PRIMERO: en todos los casos de Novedades Académicas,
el estudiante debe cumplir el respectivo procedimiento en la Oficina
de Registro y Control de manera escrita.
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5.2: CANCELACIÓN DE UN PERÍODO ACADÉMICO: se presenta
en aquellos casos en los que un estudiante no puede continuar su
período académico. Las justificaciones que causan el retiro del
programa, deben ser canalizadas a través de la Oficina de Registro y
Control Académico, una vez el estudiante haya diligenciado el formato
respectivo donde indica los motivos por los cuales solicita el retiro.
CORPORIENTE realizará reconocimientos financieros por
novedades académicas, a través de saldos a favor, hasta la primera
semana de clases contadas a partir de la fecha de iniciación oficial.
Dichos porcentajes están definidos en un 30% , liquidados sobre el
valor pagado en el momento de matrícula (sin incluir
extemporaneidad, seguro estudiantil, intereses de financiación ni cuota
de manejo). La definición del porcentaje depende de la fecha en la
cual el estudiante oficialice la novedad y el motivo por el cual se
retira. Estas fechas y condiciones se publican cada período académico
y se le informan al estudiante en el momento de la asesoría académica,
asimismo, se publican en la página web institucional.
PARÁGRAFO PRIMERO: en caso de cancelación de un período
académico, el estudiante deberá comenzar nuevamente el nivel
académico en el siguiente período.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Los saldos a favor son transferibles, pero
no sujetos a devolución y tienen vigencia de un año para que sean
utilizados en servicios CORPORIENTE.
PARÁGRAFO TERCERO: el estudiante que cancele su período académico
entre la séptima y la décimo octava semana de clases, tendrá lugar
únicamente a reconocimiento académico.
5.3 RETIRO DE ASIGNATURAS: es el acto mediante el cual el
estudiante puede cancelar uno o varias asignaturas en la Oficina
de Registro y Control, siempre y cuando se cumplan las normas del
reglamento, en relación con los procedimientos.
PARÁGRAFO PRIMERO: De la séptima semana de clases en adelante
no se harán devoluciones ni se aplicarán saldos a favor. Para efectos
académicos el estudiante podrá retirar asignaturas siempre y cuando
no hayan sido cancelados por inasistencia.
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PARÁGRAFO SEGUNDO: en aquellos casos donde la Institución decida
cancelar uno o varias asignaturas, ofrecerá a los estudiantes la opción
de tomar esto(s) en otro horario o en su defecto realizará el reembolso
del 100%.
5.4 TRASLADO DE PROGRAMA: un estudiante podrá trasladarse
de programa, siempre y cuando realice la respectiva asesoría con
el Director de Escuela del programa al que se va a trasladar. Dicho
traslado de programa se podrá realizar únicamente hasta la fecha
oficial de cierre de matrículas establecida por la Institución.
PARÁGRAFO: si el programa al que pretende cambiarse el estudiante
tiene un costo mayor que aquel en el cual se había matriculado, el
estudiante deberá cancelar el excedente. Si por el contrario su costo
es inferior, dicho saldo se le reconocerá en la matrícula del período
siguiente. Se le abonará si su matrícula fue financiada. Así mismo, el
estudiante cancelará el valor que corresponda al carné del programa
al cual se trasladará.
5.5 CAMBIO DE HORARIO: un estudiante, tendrá derecho a realizar
dos (2) cambios de horarios durante el período académico, en uno o
varias asignaturas, siempre y cuando exista cupo.
5.6 ADICIÓN DE ASIGNATURAS: es el acto mediante el cual un
estudiante regular puede adicionar una o varias asignaturas, teniendo
en cuenta el mecanismo de prerrequisitos de su programa o adicionar
asignaturas de otro.
CAPÍTULO VI
SISTEMA DE EVALUACIÓN
6.1 DEFINICIÓN: la evaluación debe ser un proceso continuo, que
busque no sólo apreciar las aptitudes, actitudes, conocimientos,
habilidades y competencias del estudiante, sino también, lograr un
seguimiento permanente, que permita establecer el cumplimiento de
los objetivos educacionales que definen las políticas de
CORPORIENTE.
Además, debe establecer los conocimientos, habilidades y actitudes
Reglamento Estudiantil 18
que un estudiante posee al inicio en un proceso de formación y que
han sido adquiridos y/o desarrolladas en un proceso previo o de
manera autónoma, para dar continuidad al proceso formativo.
La evaluación debe ser sumativa y formativa, con el fin de dar
cumplimiento a los objetivos del proceso de enseñanza-aprendizaje.
Para lograr una evaluación sumativa se han establecido tres momentos
de recolección de evidencias en el periodo académico (de la semana
uno a la ocho, de la nueve a la catorce y de la quince a la diecinueve),
en los cuales a su vez se contemplan tres dimensiones: conocimiento,
desempeño y producto, de esta manera el docente puede identificar
en cuales dimensiones debe realizar un plan de mejoramiento
para garantizar el desarrollo de las competencias por parte de los
estudiantes.
El estudiante recibirá información de resultados parciales en cada una
de las dimensiones y al finalizar el período conocerá los resultados de
cada una de éstas (conocimiento, desempeño y producto), los cuales
se promedian para definir si el estudiante es competente o aún no es
competente en el módulo.
PARÁGRAFO PRIMERO: Cada sede donde opere Corporiente, autónomamente
establecerá los momentos de evaluación, si es por ciclos o semestral.
Reglamento Estudiantil 19
6.2 ESCALA DE EVALUACIÓN: el tipo de evaluación es por
competencias, asimiladas en las Normas de Competencia Laboral
Colombianas donde se evidencian tres aspectos de las mismas:
• Conocimiento: se evidencia la claridad frente a teorías, principios,
conceptos e información relevante que una persona aplica para lograr
los resultados esperados de su trabajo. Las pruebas de conocimiento
complementan las evidencias de desempeño y de producto.
• Desempeño: s o n las habilidades, las destrezas y el conocimiento
aplicados en la ejecución de una función productiva.
• Producto: es la demostración tangible, que resulta de realizar una
función productiva, su valoración se fundamenta en los resultados del
trabajo y en los conocimientos aplicados.
CORPORIENTE divide cada aspecto de la evaluación (desempeño,
conocimiento y producto) en una escala de cero, cero (0,0) a cinco,
cero (5,0). Se considera que un estudiante es competente cuando
aprueba el 70% del promedio de cada dimensión a evidenciar y su
nota definitiva de cada dimensión es igual o mayor a tres (3,0).
PARÁGRAFO PRIMERO: toda nota definitiva de cada dimensión se
aproximará a tres, cero (3,0) cuando su valor es de dos, noventa y
cinco (2,95).
PARÁGRAFO SEGUNDO: la anulación, por fraude, en la recolección de
evidencias en uno de los tres aspectos en los momentos especificados
en el numeral 6.3 de este reglamento, se calificará con cero, cero
(0,0).
PARÁGRAFO TERCERO: el plan de mejoramiento es el proceso
mediante el cual una vez se identifican las debilidades en cada
dimensión (conocimiento, desempeño y producto) en la recolección
de evidencias, se elabora un plan de trabajo que permita al estudiante
reforzar éstas. Dichas debilidades deben estar registradas en la planilla
correspondiente. Para tener derecho al plan de mejoramiento, el
estudiante debe tener una nota igual o mayor a 2.0 y la nota definitiva
no podrá ser mayor a 3.5.
6.3 TIPOS DE EVALUACIÓN: las evaluaciones en CORPORIENTE
buscan evidenciar conocimientos, desempeños y productos, se han
Reglamento Estudiantil 20
determinado los siguientes momentos de recolección de evidencias:
1. Primer momento.
2. Segundo momento.
3. Tercer momento.
4. Plan de Mejoramiento.
5. Supletoria.
6. Validación: por suficiencia o de último módulo.
7. Reconocimiento de saberes
8. O las que, en su defecto, definan el
Comité Curricular.
PARÁGRAFO PRIMERO: las actividades evaluativas las define cada
Escuela, en consonancia con la metodología adoptada en cada área
o asignatura. Éste incluye, en algunos casos, la acreditación de
prácticas extra clase.
PARÁGRAFO SEGUNDO: aquel l a s asignaturas que requieran
una forma de evaluación diferente deben estar autorizados por
la Escuela correspondiente y el docente respectivo. Por medio del
pacto pedagógico se acordará con el grupo el tipo y metodología de
recolección de evidencias a desarrollar.
PARÁGRAFO TERCERO: dependiendo del objeto de formación, las
notas de algunas asignaturas podrán ser ingresadas sólo al finalizar el
período académico, luego de un proceso sumativo y de constante
retroalimentación del docente con sus estudiantes. La definición de
estos elementos es responsabilidad de la Dirección de la Escuela y del
Colectivo del Programa.
PARÁGRAFO CUARTO: en el caso específico de la Escuela de
Comunicación Visual y Agropecuaria, algunos elementos serán
evaluados por un jurado que determinará de forma independiente
las notas de la recolección de evidencias, a partir de los productos
que para cada una de estas presente el estudiante. El jurado será
conformado por profesionales expertos en el tema y pueden
pertenecer laboralmente o no a CORPORIENTE.
6.4 SEGUIMIENTO: es el proceso de evaluación permanente, que
practica el docente, durante todo el período académico. El valor de
cada momento es:
Primer momento: 30%
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Segundo momento: 35%
Tercer momento: 35%
PARÁGRAFO PRIMERO: las evaluaciones y trabajos serán devueltos
a los estudiantes, máximo ocho (8) días calendario después de la
presentación de los mismos, atendiendo la hora y fecha anunciada
por el docente, en la jornada respectiva. Después de esta fecha
CORPORIENTE no se hace responsable de dichos trabajos.
PARÁGRAFO SEGUNDO: el estudiante que sin razón justificada deje de
presentar una evaluación, tendrá una calificación de cero, cero (0,0)
en tal evaluación.
PARÁGRAFO TERCERO: la calificación definitiva se obtendrá de sumar
las ponderaciones en cada momento.
6.5 PLAN DE MEJORAMIENTO: es aquella prueba que se practica
en forma individual y por una sola vez a quien, al terminar el curso,
obtuvo una nota inferior a tres, cero cero (3,0) e igual o superior a
dos, cero (2.0), siempre y cuando el módulo por sus contenidos,
habilidades y fundamentos teórico-prácticos pueda ser susceptible a
la realización de plan de mejoramiento por parte del estudiante. La
condición de si un módulo aplica para plan de mejoramiento o no, será
determinada por la Dirección de Escuela respectiva y el Colectivo
Docente durante cada período académico.
PARÁGRAFO PRIMERO: la máxima nota de un Plan de Mejoramiento
será de tres, cero (3,0), así la calificación de la recolección de evidencia
haya sido superior. En el Registro Académico del estudiante se dejará
constancia de que es una nota obtenida en el Plan de Mejoramiento.
Si la nota de esta prueba fuere reprobatoria, se registrará la calificación
más alta entre la nota final obtenida en el respectivo nivel académico
y la del Plan de Mejoramiento. Para los estudiantes con escala de
calificación a 3,5 (tres con cinco) su nota aprobatoria corresponderá
a 3,5 (tres con cinco).
PARÁGRAFO SEGUNDO: un estudiante podrá hacer Plan de
Mejoramiento máximo en dos asignaturas de los cursados en el
período académico, siempre y cuando dichas asignaturas sean
susceptibles a realizar Plan de Mejoramiento. Si un estudiante llegare
a perder tres o más asignaturas deberá repetirlos en el siguiente
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período académico.
Si un estudiante llegare a perder tres o más asignaturas deberá
repetirlos en el siguiente período académico., de igual manera deberá
repetir un módulo en el que haya perdido más de dos dimensiones.
PARÁGRAFO TERCERO: el módulo reprobado luego del Plan de
Mejoramiento, deberá repetirse, para poder optar por el Certificado
de Competencias Laborales.
PARÁGRAFO CUARTO: en el caso de que un estudiante reprobara un
módulo por segunda vez, después de la realización del Plan de
Mejoramiento, y si a ello tiene derecho, será declarado en período
académico especial y por lo tanto, en el período académico siguiente
sólo podrá cursar ese módulo y en caso de reprobarlo de nuevo,
quedará por fuera del programa por un período académico, después
del cual podrá solicitar el reingreso, en cuyo caso, le serán reconocidos
los elementos que hubiere aprobado con antelación, siempre y
cuando no se hayan presentado cambios significativos en su plan
de estudios o el programa se encuentre vigente. No obstante, el
estudiante podrá ingresar de inmediato a otro programa ofrecido por
CORPORIENTE.
PARÁGRAFO QUINTO: por el hecho de no reclamar los resultados
académicos en la fecha establecida, se presume la aceptación de la
calificación de la misma por parte del estudiante y éste perderá el
derecho a reclamar o a solicitar una revisión posterior. Esta norma
también aplica para el Informe de Resultados Académicos, en cuyo
caso tendrá un plazo máximo de ocho (8) días hábiles para solicitar
la revisión de su calificación a partir de la entrega de informes
académicos.
PARÁGRAFO SEXTO: si el estudiante que presente plan de mejoramiento
no hace ningún reclamo en el momento de la devolución de la
evidencia, se asume que aceptó la calificación y pierde el derecho de
poner algún tipo de objeción con respecto a la calificación obtenida.
PARÁGRAFO SÉPTIMO: en caso de no asistir a la recolección de
evidencias de plan de mejoramiento, la Dirección de Escuela aprobará
la presentación de esta, sólo en aquellos casos que por fuerza mayor y
justificada por escrito, se realicen a la Dirección de la Escuela.
Reglamento Estudiantil 23
6.6 PRUEBA SUPLETORIA: es aquella que se practica en reemplazo
de una actividad evaluativa. Este procedimiento lo autoriza el Director
de Escuela respectivo, a estudiantes que acrediten por escrito un
motivo justificable y oportunamente sustentado. La excusa debe
reportarse a la Escuela máximo en los ocho (8) días hábiles siguientes
a la presentación de las evidencias o al siguiente sábado o domingo
para los estudiantes de estas jornadas.
6.7 VALIDACIÓN POR SUFICIENCIA: el estudiante que ingrese
por primera vez o que de igual forma es estudiante regular de
CORPORIENTE y considere tener los conocimientos previos, en uno o
varios elementos, y pueda sustentarlos, se le realizarán las
pruebas de suficiencia respectivas, a través de las cuales pueda
evidenciar conocimiento, desempeño y producto, previa asesoría con
el Director de Escuela correspondiente.
En ningún caso se podrá validar un módulo que ya haya sido
perdido en cualquier período anterior o que sea prerrequisito.
PARÁGRAFO PRIMERO: cuando el módulo es aprobado por
suficiencia, el estudiante matriculado podrá matricular otro módulo en
reemplazo del aprobado, cumpliendo con los prerrequisitos del
pénsum, previo pago económico del mismo.
Las suficiencias serán programadas por la Dirección de Escuela, de
acuerdo con las fechas establecidas en el comunicado de novedades
académicas.
Son requisitos para estas pruebas:
a) Presentar la solicitud en el período determinado por la Institución
ante la Dirección de Escuela respectiva.
b) Cancelar el porcentaje estipulado por la Institución para presentar
la evaluación.
c) Presentar la validación en forma oral, escrita o práctica, según las
características de cada módulo, teniendo presente la recolección de
evidencias de conocimiento, desempeño y producto. Las evaluaciones
escritas deben anexarse al acta, en caso de evaluación práctica se
anexará la lista de chequeo utilizada por el docente.
d) La calificación aprobatoria de la suficiencia será igual o superior
a tres, cinco (3,5) y la nota definitiva de cada dimensión será la que
obtenga estudiante en la recolección de evidencias. Si la calificación es
inferior a tres, cinco (3,5) el estudiante deberá matricular y cancelar su
Reglamento Estudiantil 24
costo para cursarla regularmente. Quedará en su registro académico
como vista por segunda vez.
e) La nota que el estudiante obtenga en la evaluación se deberá
registrar en un acta.
f) Presentar validación por suficiencia equivale a haber cursado el
módulo por primera vez.
g) Los temas de la validación por suficiencia serán elaborados por un
comité de docentes del área, que también se hará responsable de su
calificación.
h) Un estudiante sólo podrá presentar las validaciones por suficiencia
correspondientes a un treinta por ciento (30%) del número de
elementos que conforman el programa.
PARÁGRAFO SEGUNDO: no son susceptibles de validación por
suficiencia los elementos que hacen parte de las competencias
obligatorias del programa de carácter específico.
6.8 SUFICIENCIA DE ÚLTIMO MÓDULO: es la solicitada por aquel
estudiante a quien sólo le falte, para optar por la certificación, un último
módulo, sobre todo en aquellos casos que es prerequisito de otro. Esta
validación debe solicitarla el estudiante desde el período académico
anterior, para lo cual se conformará un Comité Académico Adhoc, que
analice estos casos excepcionales de los estudiantes que tienen que
ver sólo un módulo en el último nivel. Este Comité, estará
conformado por el Director de Escuela, el Líder de Área y el (los)
docente(s) del módulo, y analizará la validación del módulo por parte
del estudiante o que éste la matricule en el siguiente período académico.
PARÁGRAFO PRIMERO: en ningún caso podrá presentarse suficiencia
de último módulo, si ha sido reprobado en cualquier período
anterior.
PARÁGRAFO SEGUNDO: cuando ha transcurrido más de dos años, a
partir de la terminación del último período matriculado, el interesado
debe cursarlo normalmente en el plan vigente para ese período.
PARÁGRAFO TERCERO: Las suficiencias de último módulo serán
programadas por la Dirección de Escuela, de acuerdo con las fechas
establecidas en el comunicado de novedades académicas.
6.9 RECONOCIMIENTO DE SABERES: en el caso de
reconocimiento de elementos, la Escuela establecerá cuales son
Reglamento Estudiantil 25
sujeto de reconocimiento, si han sido cursados y aprobados dentro
de los programas ofrecidos por CORPORIENTE o cursados en otra
Institución Educativa, siempre y cuando los objetivos, contenidos e
intensidad horaria de los elementos presentados para su
reconocimiento, no sean significativamente diferentes a los planes de
estudio vigentes y no vayan en contraposición al artículo 1,2 literal (d)
de este Reglamento.
PARÁGRAFO PRIMERO: los elementos cursados en una institución
educativa diferente, podrán ser reconocidos siempre y cuando sean
certificados con una calificación igual o superior a tres, cinco (3,5) en
la escala de cero, cero (0,0) a cinco, cero (5,0) o su equivalente en otra
escala de evaluación.
PARÁGRAFO SEGUNDO: los elementos cursados en otro programa de
CORPORIENTE, serán reconocidos con una calificación igual o superior
a tres, cinco (3,5) en la escala de cero, cero (0,0) a cinco, cero (5,0).
PARÁGRAFO TERCERO: el estudiante que no cumpla con los requisitos
del reconocimiento, tiene la posibilidad de presentar una validación
por suficiencia, previa matricula del módulo correspondiente.
PARÁGRAFO CUARTO: en el caso de reconocerse un módulo, la
nota corresponde a la obtenida en la otra institución educativa.
PARÁGRAFO QUINTO: la revisión de contenidos de estudio y su
vigencia y de la intensidad horaria del módulo a reconocer, será
realizada por el Director de Escuela, el Asistente o el líder de área en
caso de requerirse.
PARÁGRAFO SEXTO: el reconocimiento se formaliza institucionalmente
en la Oficina de Registro y Control Académico con la consignación de
la nota de reconocimiento en el sistema de información de
CORPORIENTE, la cual está respaldada por el certificado respectivo de
la otra institución educativa. En caso de presentarse alguna solicitud de
reconocimiento de manera extemporánea la Oficina de Registro y
Control Académico avalará el proceso y determinará el tipo de
reconocimiento que se realizará.
PARÁGRAFO SÉPTIMO: los reconocimientos se realizarán hasta el
cierre del proceso de matrícula.
Reglamento Estudiantil 26
PARÁGRAFO OCTAVO: un estudiante sólo podrá presentar
reconocimientos correspondientes a un cincuenta por ciento (50%)
del número de elementos que conforman el programa.
PARÁGRAFO NOVENO: cuando el módulo es aprobado por
reconocimiento, el estudiante matriculado podrá tomar otro módulo
en reemplazo del aprobado, cumpliendo con los prerrequisitos del
pénsum, previo pago económico del mismo.
PARÁGRAFO DECIMO: en ningún caso se podrá reconocer un
módulo que haya sido perdido en cualquier período académico
anterior, así este haya sido visto en otro programa y su nota sea
aprobatoria.
6.10 INASISTENCIA A ACTIVIDADES EVALUATIVAS: el estudiante
que sin una justificación válida, (Numeral 4.2) no se presente en la
fecha y hora definidas para una actividad de recolección de evidencias,
o que llegue después de que al menos un estudiante haya realizado
el proceso, pierde el derecho a presentarla y su valoración será como
aún no competente, que equivale cero, cero (0,0). El docente tiene
facultad para autorizar su posterior realización, cuando se trata de
las evidencias de seguimiento y el Director de la Escuela, cuando
se trate de evidencias de habilitaciones y suficiencias. En el caso de
que un estudiante ingrese al salón para presentar la evaluación y no
haga la devolución de la misma, con tal acto acepta que ésta no fue
presentada y se califica como aún no competente, que equivale a
cero, cero (0,0).
6.11 SOLICITUD DE SEGUNDO EVALUADOR: todo estudiante
tiene derecho a que el profesor del módulo en primera instancia y por
una sola vez, le revise cualquier tipo de evaluación y debe ser en el
momento mismo de la recolección de evidencias (conocimiento y
producto).
PARÁGRAFO PRIMERO: toda evaluación que deba ser revisada quedará
en poder del docente inmediatamente después de que el estudiante
conozca el resultado.
PARÁGRAFO SEGUNDO: si efectuada la revisión en primera instancia,
el estudiante considera que aún está incorrectamente evaluado,
podrá solicitar por escrito en los dos (2) días hábiles siguientes, al
conocimiento del resultado de la revisión, al Director de Escuela, la
Reglamento Estudiantil 27
designación de un segundo evaluador diferente a aquel que hizo
la primera. El juicio que emita el segundo evaluador en un plazo
máximo de dos (2) días hábiles, será el definitivo, cualquiera que sea
el resultado.
CAPÍTULO VII
PRÁCTICAS ACADÉMICAS,
EMPRESARIALES Y MONITORÍAS
Todos los estudiantes de CORPORIENTE se inscriben en un proceso de
formación, donde se logra aprendizaje significativo mediante el
desarrollo de prácticas académicas que se realizan con el
acompañamiento docente en los espacios de clase y prácticas
extraclase, donde de manera autónoma, acompañado por un monitor,
el estudiante dispone de los recursos institucionales (salas de cómputo,
laboratorios, talleres) para realizar actividades prácticas (ver
reglamento de Prácticas Extraclase).
De otro lado, se han establecido convenios de práctica, contratos de
aprendizaje o convenios docencia-servicio como una posibilidad que
CORPORIENTE ofrece a aquellos estudiantes que no se encuentran
vinculados laboralmente a una empresa y/o requieren experiencia
laboral en el área de su formación.
Para la Escuela de Salud, la práctica que realizará el estudiante en
el tercer nivel de formación es de carácter obligatorio, es por esto
que debe existir un acuerdo con el estudiante desde la matricula
del primer nivel, con relación a la disponibilidad de tiempo para la
práctica, independiente de su vinculación laboral con una empresa,
o se acepta su vinculación laboral como práctica si su ocupación en
el momento de práctica está relacionada con las establecidas en el
programa y la empresa contratante acepte firmar el convenio docente
asistencial en calidad de sitio de práctica.
Reglamento Estudiantil 28
En caso de que su ocupación en el momento de la práctica sea
diferente a las establecidas en el programa, el estudiante debe
acogerse al sitio de práctica asignado por CORPORIENTE y en los
horarios debidamente acordados entre las partes. El estudiante debe
solicitar por escrito al Director de la Escuela la autorización del
horario de práctica anexando un certificado laboral con el horario
respectivo, esta debe hacerse dos meses antes de concluirse el segundo
nivel, en caso de no hacerlo en este tiempo, el Director de Escuela
analizará el caso y dará su respuesta oportunamente.
En caso de que el estudiante consiga sitio de práctica debe solicitar
por escrito al Director de Escuela la autorización con dos meses de
anticipación a la finalización del segundo nivel, en este caso el Director
de Escuela debe iniciar proceso de visita al sitio para verificar que
cumple con los requisitos mínimos necesarios para autorizar la misma,
de ser posible, se le notificara al estudiante oportunamente y en caso
contrario CORPORIENTE le asignará la práctica en otro sitio.
7.1 CON RESPECTO A ESTUDIANTES PRACTICANTES: los
estudiantes durante su período de práctica deberán estar matriculados
en la institución y deberán acatar todas las normas académicas
y disciplinarias que establezca la Institución, especialmente lo
determinado en el Reglamento establecido para convenios de práctica
o contratos de aprendizaje o convenio docencia-servicio aprobado
por el Comité Curricular. Asimismo, los estudiantes de la Escuela
de la Salud desarrollarán el convenio docencia-servicio utilizando el
uniforme Institucional definido por la Dirección de Escuela.
7.2 CON RESPECTO A LOS MONITORES: la monitoría es un
estímulo que brinda CORPORIENTE a sus estudiantes destacados
para que orienten y asesoren a sus compañeros de niveles inferiores
en las prácticas extraclases. Los estudiantes que se encuentren en
la Institución prestando sus servicios como monitores, deben acatar
todas las normas académicas y disciplinarias que establezca la
Institución, especialmente lo determinado en el Reglamento de las
Monitorías.
7.3 CON RESPECTO A LAS PRÁCTICAS EXTRACLASES: para
hacer uso del servicio de prácticas extraclases, los estudiantes de los
programas técnicos deben acogerse al Reglamento establecido para
este fin.
Reglamento Estudiantil 29
CAPÍTULO VIII
MODIFICACIONES AL PLAN DE ESTUDIOS
8.1 MODIFICACIONES AL PLAN DE ESTUDIOS: en armonía con
las normas legales vigentes, el Consejo de Dirección, previo concepto
del Comité Curricular podrá introducir las modificaciones que
considere convenientes a los planes de estudio, con el fin de mejorar
el proceso docente-educativo.
PARÁGRAFO PRIMERO: cuando el Consejo de Dirección autorice la
modificación al plan de estudios correspondiente a un programa, el
Director del mismo deberá establecer estrategias académicas, de tal
manera que garantice el cumplimiento de los objetivos propuestos en
el Plan de Estudios en el cual se matriculó el estudiante.
PARÁGRAFO SEGUNDO: el análisis de los planes de estudio debe definir
la obligatoriedad o no de los cambios introducidos y las respectivas
equivalencias entre los elementos del plan de estudio anterior y el que
se pondrá en vigencia, si a ello diere lugar.
PARÁGRAFO TERCERO: si un estudiante reprueba por segunda vez
una asignatura correspondiente al plan antiguo, y queda en semestre
especial, y el módulo o asignatura ya no se ofrece, el estudiante deberá
acogerse al nuevo plan.
CAPÍTULO IX
SITUACIÓN ACADÉMICA
9.1 SITUACIÓN ACADÉMICA: al finalizar cada período, el docente
evaluará el desempeño del estudiante y registrará en el sistema, el
informe correspondiente a la situación académica del mismo, en el cual
se establece si el estudiante es competente o aún no es competente
y se determina los elementos del siguiente nivel que puede cursar
teniendo en cuenta los prerrequisitos.
PARÁGRAFO PRIMERO: el promedio de la nota única definitiva de
cada dimensión se dará con un entero y dos decimales.
Reglamento Estudiantil 32
PARÁGRAFO SEGUNDO: la situación académica del estudiante se
definirá por el número de elementos aprobados y reprobados en el
período académico respectivo.
PARÁGRAFO TERCERO: el promedio de la nota única definitiva
se determina después del plan de mejoramiento, para efectos de
postulación para becas o auxilios otorgados por la institución o por
las empresas.
CAPÍTULO X
CERTIFICACIÓN DEL TÉCNICO
LABORAL POR COMPETENCIAS
10.1 REQUISITOS: para optar por el certificado de aptitud
ocupacional, el estudiante debe haber cumplido todos los requisitos
curriculares previstos por el programa correspondiente, y encontrarse
a paz y salvo con todas las áreas de la Institución.
10.2 ASPECTOS LEGALES DE LA CERTIFICACIÓN: la Institución
expedirá los certificados en su nombre, de acuerdo con los artículos
42 y 90 de la Ley 115 de 1994, reglamentados en el capítulo III
Programas de formación, numeral 3.3 del decreto 4904 de 2009, a
quienes hayan cumplido con los requisitos allí establecidos.
10.3 CONSTANCIA DE CERTIFICACIÓN: de todo acto de
certificación quedará constancia en el acta respectiva, donde consta:
• El certificado otorgado del programa correspondiente.
• Nombres y apellidos completos de la persona que recibe el certificado.
• Documento de identidad.
• Autorización legal, en virtud de la cual, la Institución confiere el
certificado.
Reglamento Estudiantil 33
• Fecha y número del acta de certificación.
• Firmas del Rector, Jefe de Registro y Control y Director de Escuela.
10.4 EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS: los certificados que expida
la Institución cumplen con las normas legales establecidas y estarán
refrendadas por el Rector, Jefe de Registro y Control y el Director de
Escuela.
PARÁGRAFO PRIMERO: la Institución expedirá duplicado de
certificaciones únicamente en los siguientes casos:
• Por pérdida o destrucción del original, que se acreditará por parte
del interesado, con la presentación de la copia del acta de grado y la
certificación sobre la pérdida o destrucción del documento, expedida
por autoridad competente o a título personal.
• Por deterioro del original.
• Por error manifiesto en el original.
• Por cambio de nombre o reconocimiento de filiación natural.
PARÁGRAFO SEGUNDO: cuando se trata de deterioro o error manifiesto
en el original, el interesado debe devolverlo a la Oficina de Registro y
Control Académico.
PARÁGRAFO TERCERO: cuando se trate de cambio de nombre o de
reconocimiento de filiación natural, el interesado debe presentar a
la Oficina de Registro y Control Académico, tanto el original como el
registro civil y el Diploma de Bachiller o Acta de Grado, en que conste
el cambio de nombre o de filiación.
PARÁGRAFO CUARTO: en cada duplicado del certificado, se hará
constar, en forma destacada, el carácter de DUPLICADO, previa
cancelación de los derechos del mismo.
Reglamento Estudiantil 34
CAPÍTULO XI ESTÍMULOS
11.1 ESTÍMULOS: la Institución ofrece estímulos a los estudiantes
que se hayan distinguido por su rendimiento académico, por su
espíritu investigativo y por su participación activa en la cotidianidad
institucional.
11.2 TIPOS DE ESTÍMULOS: son estímulos al estudiante:
• La publicación de artículos.
• Postulación para becas.
• Monitorías.
• Recomendación para ofertas laborales.
CAPÍTULO XII DISPOSICIONES GENERALES
12.1 MODIFICACIONES: el presente reglamento sólo podrá ser
modificado por el Consejo de Dirección, previo concepto del Comité
Curricular.
12.2 VIGENCIA: el presente reglamento rige a partir de su expedición
y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
NOTA: el desconocimiento de este Reglamento no exime a ningún
integrante de la comunidad educativa CORPORIENTE de los efectos
de su aplicación y cumplimiento.
La comunidad educativa CORPORIENTE se acoge a las fechas
establecidas en el calendario académico institucional para el corriente
período académico.
12.3 DISPOSICIONES ADICIONALES: un estudiante de
CORPORIENTE tiene derecho a conocer además, de este Reglamento
Estudiantil, la información relacionada con las políticas financieras,
las cuales se encuentran en nuestra página web y toda aquella
información con la cual se regule en nuestra Institución los actos
administrativos y académicos.
Consejo de Dirección, Arauca, 10 de Junio de 2013.
Reglamento Estudiantil 35
MANUAL DE CONVIVENCIA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
DISCIPLINARIOS (DEBIDO PROCESO) En una institución educativa, especialmente cuando el servicio
va dirigido a la formación de jóvenes, todos los empleados son
educadores, porque sus actos y omisiones están siendo un constante
ejemplo para los estudiantes y, de una manera implícita o explícita, se
están autorizando o limitando actitudes y comportamientos en los
estudiantes.
Cuando existen dificultades de orden disciplinario o de conducta
es importante interrogarse qué facilita o propicia, al interior de la
institución, la presencia y expresión de determinados comportamientos
o actitudes no deseables y cuáles alternativas de regulación competen
en general a la institución y cuáles en particular a los docentes y demás
empleados.
Se habla de empleado, además de docente, porque es importante
que todas las personas que están vinculadas a CORPORIENTE se
muestren comprometidas con todo lo que en la institución acontezca
y que se sientan con el deber y el derecho de hacer alguna observación,
que enriquezca a la Institución o favorezca un adecuado
desenvolvimiento cotidiano. Pero es importante, también, resaltar que
los que tenemos el compromiso más directo e ineludible con los
estudiantes y con el ambiente estudiantil somos los docentes, es
decir todos los que trabajamos en la institución desde la instancia
académica.
Por lo tanto, se hace necesario hacer un análisis general y dar unas
pautas precisas para intervenir situaciones o comportamientos
inadecuados protagonizados por nuestros estudiantes: EN EL SALÓN DE CLASE:
• La administración del proceso enseñanza-aprendizaje en el salón
de clase le compete a cada uno de los docentes, m i e n t r a s orienta
su m ó d u l o y para ello cuenta con el respaldo del Pacto
Reglamento Estudiantil 36
Pedagógico.
•Cuando uno o varios estudiantes atentan, de alguna manera, contra
el adecuado desarrollo de la clase, el docente encargado
deberá hacer las observaciones respectivas e informar sobre el asunto
a la Dirección de Escuela quien abordará la situación en forma
general o particular, de acuerdo con los reglamentos estudiantiles. De
esta manera el grupo y/o los estudiantes implicados constatarán que
existe buena comunicación institucional y mucha coherencia en el
manejo de la norma.
• Cuando el Director de Escuela tiene que intervenir directamente una
situación que se presenta en el salón de clase y ésta tiene un carácter
de indisciplina o de mala conducta, deberá consignar en una acta de
seguimiento disciplinario la situación problemática del estudiante, a
manera de advertencia y el estudiante deberá firmar. La advertencia
debe darse en el sentido de que el estudiante se está exponiendo a
perder el derecho de matricularse nuevamente en la institución y hasta
a que se le suspenda la matrícula en el periodo académico vigente.
EN LOS ESPACIOS COMUNES:
• Una característica de los estudiantes que conforman grupos en
sus ratos libres, es precisamente el anonimato que el mismo
grupo les confiere y que los libera de asumir la
responsabilidad
individual de
sus actos.
Para intervenir
fuera del salón
de clase, a los e
s t u d i a n t e s que
están en grupo,
cuando realizan
actos
c a t a l o g a d o s
c o m o
restringidos en
los reglamentos
estudiantiles, se les debe solicitar el carné que lo acredita como
estudiante de la Institución.
Reglamento Estudiantil 37
• Las Direcciones de Escuela son la instancia institucional encargada
de analizar más detenidamente cada caso y tomar decisiones con
respecto al destino institucional de un estudiante, teniendo como
base lo establecido en el Manual de Convivencia de la Institución,
cuando éste comete infracciones o cuando atenta contra las normas
establecidas institucionalmente.
• Cualquier empleado y especialmente los docentes tienen el derecho
y deber de intervenir una conducta o manifestación estudiantil,
cuando ésta contradice los parámetros institucionales de convivencia
y debe buscar apoyo en la Dirección de Escuela a la cual pertenece el
estudiante.
• Cuando la situación amerita reconsiderar la permanencia del
estudiante en la institución, la Dirección de Escuela se apoyará en
un comité y dará a conocer la decisión al mismo, luego de que este
comité se reúna. El comité estará conformado por los docentes que
le dictan y han dictado clase al estudiante cuestionado y dependiendo
de su historia académica y antecedentes disciplinarios se tomará la
decisión sobre su situación.
• El o los estudiantes implicados, no deben conocer la identidad de
los miembros del comité que decide la situación.
La última instancia que intervendrá de forma directa en una situación
disciplinaria será el Comité Curricular.
CONDUCTO REGULAR
Entendemos el conducto regular como el proceso mediante el cuál las
diferentes instancias institucionales evalúan los comportamientos de
los estudiantes que vayan en contravía de lo establecido en el Manual
de Convivencia de la Institución.
Docente
Será quien ejercerá la acción formativa- disciplinaria teniendo en
cuenta el proceso definido por el Manual de Convivencia, e informará
a la Dirección de la Escuela respectiva sobre el acontecimiento.
Dirección de Escuela
Reglamento Estudiantil 38
Recibirá el caso si las conductas persisten y la falta afecta a otros
estudiantes
Comité Disciplinario
Estudiará los casos remitidos por la Dirección de la Escuela.
Comité Curricular Instancia que intervendrá de forma directa en una
situación disciplinaria, luego de haber sido revisada por la Dirección
de la Escuela.
Mis derechos
Como estudiante de CORPORIENTE tengo derecho a:
1. Ser informado acerca de la existencia y contenido del Manual
de Convivencia y de los Reglamentos Académicos.
2. Respeto a mi vida, a mi dignidad, a mi intimidad, a mi
integridad física, a mis diferencias étnicas, religiosas e ideológicas.
3. Recibir atención respetuosa, afable y efectiva por parte de
todos los empleados de la Institución.
4. La libre expresión, a la discrepancia y a corregir mis
equivocaciones asumiendo las consecuencias.
5. La posibilidad efectiva de acudir a instancias superiores, en
caso de no ser escuchado, siguiendo los conductos regulares (Profesor,
Dirección de Escuela y Rectoría).
6. Que los docentes, asesores o tutores que orienten mi proceso
educativo, cumplan a cabalidad con sus deberes profesionales
(puntualidad, preparación de clases, actividades educativas, trato
adecuado, entre otros).
7. Conocer los objetivos de los elementos, su intensidad
semanal, su trascendencia en mi formación integral y las consecuencias
que acarrea mi incumplimiento u obstaculización en este proceso.
8. Que los docentes sean ecuánimes, justos y respetuosos con
mi individualidad.
9. Conocer oportunamente el resultado de las evaluaciones y a
que se escuchen mis argumentos, cuando considere que hubo errores
en el proceso y a la corrección oportuna de los mismos en los casos
que lo ameriten.
10. Ser informado oportunamente sobre horarios y actividades
académicas y extra académicas.
11. Que tengan en cuenta mis excusas justificadas por retardos o
Reglamento Estudiantil 39
ausencias, cuando son presentadas oportunamente, en concordancia
con el numeral 4.3 del Reglamento Académico.
12. Que se me expida el carné de estudiante.
13. Que se me informe que uniforme debo adquirir.
14. Utilizar la biblioteca, espacios de práctica y demás espacios
comunes y servicios de la Institución.
15. Participar en todas las actividades deportivas y culturales
Organizadas por
CORPORIENTE.
16. Elegir y ser elegido como el Representante de los estudiantes
ante el Consejo de Dirección.
17. Conocer, previa inscripción, el valor de la matrícula que se
encuentra en el folleto de la Institución o en la circular informativa de
fin de período académico.
18. Disponer de un ambiente de aprendizaje sano, estético y
confortable.
19. Que cada docente en la primera clase, explicite el Pacto
Pedagógico que regulará las condiciones de su módulo.
20. Ser evaluado académica y disciplinariamente según las normas
establecidas oficialmente y de acuerdo con las reglas trazadas por
CORPORIENTE.
21. CORPORIENTE me garantiza la terminación del programa, pero
no necesariamente en el horario inicial, pues ello depende de la
cantidad de estudiantes que se matriculen, en concordancia con el
numeral. 3.5, Parágrafo quinto del Reglamento Académico.
22. Hacer aportes que ayuden a mejorar la calidad del servicio de
la Institución.
23. Manifestar quejas o sugerencias sobre el servicio recibido y
depositarlas en los buzones o enviarlos a través de la página web.
24. Recibir los resultados de las evaluaciones y trabajos máximo
ocho (8) días calendario después de haberlos presentado, atendiendo
la hora y fecha anunciada por el docente en la jornada respectiva,
después de esta fecha, CORPORIENTE no se hace responsable de
dichos trabajos.
Mis deberes Con la institución
Reglamento Estudiantil 40
1. Tener siempre un comportamiento acorde con las normas
contenidas en este manual.
2. No ingresar a la Institución consumiendo alimentos y/o
bebidas o en compañía de mascotas, asimismo no ingerir alimentos
dentro de las aulas de clases, salas, ascensores, auditorios, talleres y
laboratorios.
3. Ser conscientes de las disposiciones reglamentarias de
CORPORIENTE y la filosofía institucional y cumplirlas a cabalidad según
el compromiso adquirido en la matrícula.
4. Presentar siempre mi carné de estudiante y paz y salvo
financiero al ingresar a CORPORIENTE o cuando sea solicitado por
alguna de las instancias institucionales. El personal de portería tiene la
responsabilidad institucional de prohibir el ingreso de estudiantes que
no porten su carné y paz y salvo financiero para ingresar a la Institución.
5. No falsificar ni prestar el carné, los recibos de pago o los
certificados de estudio.
6. Facilitar la labor de los porteros cuando soliciten requisas de
bolsos o maletines al entrar o salir de
CORPORIENTE.
7. Evitar actitudes que perjudiquen el normal desarrollo de
las actividades académicas y extracadémicas programadas por la
Institución.
8. Abstenerme de copiar o hacer fraudes en actividades de
carácter evaluativo.
9. Hacer uso adecuado y racional de los equipos, instalaciones y
recursos logísticos de la Institución y responder económicamente si he
causado daños a los mismos.
10. Informar ante las directivas toda anomalía que se observe en
la marcha del proceso educativo dentro de CORPORIENTE y que
vayan en detrimento del logro de los objetivos y metas institucionales.
11. Utilizar el tiempo libre dentro de la Institución en actividades
recreativas, lúdicas, deportivas, artísticas y académicas, evitando el
ocio improductivo, los juegos de azar y la realización de todo tipo de
apuestas, consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas.
12. No hurtar elementos, recursos y, en general, bienes que
pertenezcan a la Institución o a cualquiera de los miembros de la
comunidad educativa.
13. Tomarse la foto para el carné y firmar la matricula durante el
proceso de asiento.
14. Portar obligatoria y adecuadamente el uniforme que fue
asignado de acuerdo al programa de formación.
Reglamento Estudiantil 41
Con los espacios comunes
1. Abstenerme de fumar como un propósito de preservación de
la salud y del medio ambiente.
2. No consumir licor o droga, así mismo abstenerme de portar,
distribuir, comprar o vender droga o alcohol dentro o fuera de la
Institución.
3. Permitir la libre circulación de todos los miembros de la
comunidad educativa especialmente en espacios como corredores,
escaleras, ascensores, accesos, etc.
4. Por ningún motivo portar, guardar, o utilizar armas corto
punzantes, de fuego o artefactos explosivos.
5. Hacer utilización adecuada de los servicios públicos, mantener
limpio todos los espacios institucionales incluyendo sus alrededores y
no fomentar el desaseo en las aulas de clase.
6. Está prohibido ingresar o hacer uso de los servicios sanitarios
que están destinados al género contrario del estudiante.
7. No arrojar objetos hacia el exterior de la Institución.
8. Hacer una utilización adecuada de los ascensores, respetando
el turno de ingreso y salida, esto permitirá una mayor eficiencia del
servicio, y no consumiendo alimentos o bebidas dentro de éste.
9. Hacer uso adecuado de los recipientes de reciclaje ubicados en
los diferentes espacios de la institución.
10. Hacer uso adecuado de los elementos de protección para
las prácticas internas y externas, esto en caso de ser estudiantes del
programa Auxiliar en Servicios Farmacéuticos. Con la comunidad educativa
1. Reconocer y respetar en los otros los mismos derechos que
exijo para mí.
2. Mantener en todo momento un comportamiento y una
conducta acordes con los principios y valores que fomenta
CORPORIENTE.
3. Contribuir a la práctica de una sana convivencia en mi
Institución y en los lugares donde la represente.
4. No amenazar o agredir verbal o físicamente a ningún miembro
de la comunidad educativa.
Reglamento Estudiantil 42
5. Respetar las pertenencias de todos los miembros de la
comunidad educativa.
6. Evitar comportamientos, actitudes y bromas que atenten
contra alguno de los integrantes de la Comunidad Educativa y/o
lesione sus pertenencias.
Se consideran faltas graves:
Con relación a Mis Deberes con la Institución, en caso de cometer una
falta contra los numerales:
1. No falsificar ni prestar el carné, los recibos de pago o los
certificados de estudio.
2. No hurtar elementos, recursos y, en general, bienes que
pertenezcan a la Institución o a cualquiera de los miembros de la
comunidad educativa. Con los espacios comunes de la Comunidad Educativa, los
numerales:
1. No amenazar o agredir verbal o físicamente a ningún miembro
de la comunidad educativa.
2. Respetar las pertenencias de todos los miembros de la
comunidad educativa.
3. Evitar comportamientos, actitudes y bromas que atenten
contra alguno de los integrantes de la Comunidad Educativa y/o
lesione sus pertenencias.
Sanciones Aplicables:
Por la gravedad de estas faltas, la Institución cancelará automáticamente
la matrícula del estudiante.
Todos los demás deberes del Manual de Convivencia son considerados
como faltas leves y su análisis será objeto de las diferentes instancias
establecidas en el conducto regular. Los integrantes de la comunidad
educativa, relacionados directamente con mi proceso formativo, tienen
el deber y el derecho de llamar la atención o indicar los correctivos
Reglamento Estudiantil 43
pertinentes.
Reglamento Estudiantil 44
REGLAMENTO
DE CONVENIO DE PRÁCTICA
O CONTRATO DE APRENDIZAJE
El convenio de práctica o contrato de aprendizaje es una posibilidad
que CORPORIENTE ofrece a aquellos estudiantes que no se
encuentran vinculados laboralmente a una empresa y/o requieren
experiencia laboral en el área de su formación.
Definición del convenio de práctica
Es la experiencia académica y técnica del estudiante en el mundo
del trabajo, en una organización pública o privada, en el área de
su especialidad, cuyo principal propósito es la integración y
aplicación en un contexto específico de los conocimientos teóricos
y prácticos adquiridos durante su programa, permitiéndole el
desarrollo de sus competencias (conocimientos, habilidades y
valores).
Definición del contrato de aprendizaje
Es una forma especial de
vinculación del estudiante
con una empresa del mundo
real, ajena al derecho laboral, de
tal forma que no existe
subordinación y no puede
realizarse por un término
mayor al que indica la ley
(789/2002), mediante el cual
una persona natural, aprendiz,
recibe formación teórica en una
entidad de formación
autorizada con el auspicio de
una empresa patrocinadora,
empleador, que suministra los
medios para que adquiera
formación profesional metódica
y completa. Con el beneficio de
una cuota de sostenimiento
Reglamento Estudiantil 45
que garantice el proceso de
aprendizaje.
47 Reglamento Estudiantil
Reglamento Estudiantil 48
Características del contrato de aprendizaje
• Cuota de sostenimiento: 75% del salario mínimo mensual legal
vigente.
• Intensidad horaria semanal: hasta 48 horas.
• El aprendiz estará afiliado, por parte de la empresa, al Sistema de
Seguridad en Salud (EPS) y a Riesgos Profesionales (ARP). Objetivos del convenio de práctica o contrato
de aprendizaje
Objetivo General
Proyectar a CORPORIENTE en el ámbito empresarial por medio
de los aprendices- practicantes, propiciando en ellos procesos de
formación integral, dando respuesta a las necesidades del mundo
del trabajo por medio de la retroalimentación permanentemente de
los planes de estudios.
Objetivos Específicos
Para el estudiante
• Permitir una primera aproximación al mundo del trabajo.
• Aplicar los conocimientos y habilidades adquiridas en el proceso
de formación a la cotidianidad empresarial o en las instituciones del
Sector Salud.
• Apropiar las técnicas empresariales o del sector salud, propiciando
que el estudiante visualice una perspectiva más profunda y cotidiana
de los entornos reales.
• Fomentar la responsabilidad, la seguridad en sí mismo, la madurez,
la creatividad y la capacidad crítica.
• Experimentar la dinámica de las organizaciones.
• Obtener una experiencia desde el mundo del trabajo que le brinde
mejores posibilidades a nivel laboral.
Para la institución
• Conectar directamente a la Institución con el entorno, propiciando
la retroalimentación académica y administrativa.
• Brindar a los estudiantes la oportunidad de aplicar los conceptos
Reglamento Estudiantil 49
teóricos y destrezas técnicas adquiridas durante su proceso de
formación.
• Verificar la aceptación de los estudiantes de la Institución en el
mundo del trabajo.
• Evidenciar fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas del
modelo pedagógico de los programas con el fin ofrecer mejores
alternativas de formación.
• Poner al servicio de la sociedad, los conocimientos teóricos y prácticos
recibidos a partir de la formación proporcionada a los estudiantes en
CORPORIENTE.
• Posicionar a la Institución en el medio por la calidad y pertinencia del
servicio de aprendices y/o practicantes, como una ventaja estratégica
sostenible en el tiempo.
Para la empresa
• Cumplir con la cuota de aprendices ante el SENA.
• Contribuir al proceso de desarrollo de personal idóneo y ajustado a
las necesidades empresariales actuales y futuras.
• Propiciar la confrontación de aspectos teóricos y prácticos en el
quehacer empresarial.
• Responder a los requerimientos de talento humano de la empresa a
través de la vinculación de un aprendiz y/o practicante.
Duración
El convenio de práctica, contrato de aprendizaje estará programada
dentro del tiempo establecido como período académico, con una
duración no superior a un (1) año ni inferior a 6 meses; se inicia y se
termina en las fechas establecidas por la Dirección de Extensión de
CORPORIENTE. Para el convenio de práctica o convenio docente
asistencial la duración puede ser inferior a 6 meses (previo acuerdo entre
la empresa y el estudiante) y deberá ser autorizado por la Dirección de
Extensión.
Los tiempos del contrato de aprendizajes están definidos como se
relacionan en la siguiente tabla:
Número de horas diarias Número de meses
4 12
6 8
8 6
Reglamento Estudiantil 50
Área de Desempeño
El estudiante deberá desarrollar su práctica, realizando funciones
correspondientes o afines a las áreas del conocimiento del programa
técnico en el que se encuentra matriculado.
Dirección del convenio de práctica o contrato de
aprendizaje
Con el fin de cumplir los objetivos planteados con el proceso
del convenio de práctica o Contrato de Aprendizaje, la labor de
coordinación y acompañamiento estará asignada a la Dirección de
Extensión, en el caso de la Escuela de Salud lo hará la Coordinación de
Prácticas, quienes cumplirán las siguientes funciones:
• Establecer relaciones con entidades cuyas actividades sean afines
a los programas técnicos o áreas del conocimiento ofertadas por
la Institución, con el fin de posibilitar la idónea ubicación de los
estudiantes.
• Mantener contacto permanente con las empresas o entidades
del sector salud y los estudiantes vinculados al proceso de práctica,
contrato de aprendizaje o convenio docente asistencial.
• Propender por la buena imagen de la Institución en el sector
empresarial.
• Velar por una práctica empresarial, Contrato de Aprendizaje
o convenio docente asistencial que sea formativo a nivel técnico y
personal, para cada estudiante.
• Participar activamente como canal en la resolución de las dificultades
que se susciten en el proceso de práctica.
Requisitos para iniciar con el convenio de práctica o contrato de
aprendizaje
• Estar finalizando el segundo periodo académico o a partir del tercer
periodo académico.
• Tener un promedio igual o superior a 3.5 en el periodo inmediatamente
anterior. Cuando dicho promedio se encuentre entre 3.0 y 3.49 el
estudiante tiene la posibilidad de firmar un compromiso académico e
iniciar con el proceso de la práctica.
Reglamento Estudiantil 51
• Diligenciar el formato de hoja de vida y asistir a seminario de
preparación para la práctica. El cuál consta de tres asignaturas.
• Asistir a las entrevistas programadas por la empresa.
• Iniciar el proceso en la empresa que reporte en primera instancia su
vinculación al contrato de aprendizaje o convenio de práctica.
• Matricular la Asignatura de Práctica Formativa, tan pronto sea
seleccionado por la empresa.
• Solicitar carta de presentación en la Dirección de Extensión.
Acerca de la vinculación a la empresa o instituciones del
sector salud
La vinculación de estudiantes a las empresas o instituciones del sector
salud, se protocolizará a través de los convenios preexistentes o de
los que se suscriban a través del convenio de práctica, contrato de
aprendizaje o convenio docente-asistencial según el caso, en los cuales
se especificarán los requisitos y condiciones que deban cumplirse. Tal
documento deberá celebrarse en un tiempo no superior a un mes (1)
una vez comenzada la práctica.
La empresa deberá ajustarse a las fechas de inicio y finalización del
Convenio de práctica, contrato de aprendizaje o convenio docente-
asistencial, establecidas por la Dirección de Extensión o Coordinación
de Prácticas en el caso de la Escuela de Salud.
Los estudiantes en convenio de práctica o contrato de aprendizaje
iniciarán la práctica en la primera empresa que les notifique de la
vinculación; independiente que participen en procesos de selección
simultáneos.
Obligaciones de la empresa
La entidad vinculada al proceso de práctica, contrato de aprendizaje o
convenio docente asistencial tendrá las siguientes obligaciones:
• Conocer y aceptar las políticas, normas, reglamentos y procedimientos
definidos por CORPORIENTE para el desarrollo, seguimiento y
evaluación de la práctica, contrato de aprendizaje o convenio docente
asistencial.
• Ser una entidad legítimamente constituida.
• Disponer de un plan de trabajo para que sea desarrollado por el
estudiante, que le garantice enriquecimiento laboral garantizando
pertinencia con su área de formación.
Reglamento Estudiantil 52
• Contar dentro de la organización con una persona que acompañe y
oriente el proceso de práctica del estudiante.
• Brindar los recursos y herramientas necesarias para garantizar un
buen desempeño del estudiante en práctica.
• Otorgarle oportunamente al practicante o aprendiz una cuota de
sostenimiento conforme a lo establecido a la ley (ley 789/02).
• La cuota de sostenimiento relacionada al convenio de práctica es
negociable de acuerdo a las necesidades del sector productivo.
• En el caso del contrato de aprendizaje afiliar al aprendiz al Régimen
de Salud a través de una Empresa Promotora de Salud (EPS) y a Riesgos
Profesionales por medio de una ARP, no deducibles de la respectiva
cuota de sostenimiento asignada al aprendiz.
• Cumplir con la reglamentación vigente de los contratos de
aprendizaje, establecidos por la ley 789/02 y los decretos 933, 2585 y
620 y los acuerdos 0015/03 y 023/05 del SENA.
• Reportar al asesor de práctica de la Dirección de Extensión o de
la Escuela de Salud en forma oportuna y periódica las evaluaciones,
dificultades y anomalías que se presenten durante el proceso de
práctica o contrato de aprendizaje.
• Contar con una filosofía organizacional basada en principios éticos
y morales que propicien un buen ambiente laboral.
• Cumplir con lo establecido en el acuerdo 190 del 25 de enero
de 1996, Por el cual se dictan normas que reglamentan la relación
Docente-Asistencial en el Sistema General de Seguridad Social en
Salud
Repercusiones Laborales
Los estudiantes inscritos en el proceso de práctica o aprendizaje, no
adquieren ningún vínculo laboral ni con CORPORIENTE, ni con la
empresa, ni éstas con los estudiantes, ya que se trata del cumplimiento
de un objetivo con fines netamente académicos.
Nota 1: Todo trabajo de producción intelectual realizado por el
estudiante, durante su período de práctica o aprendizaje, es propiedad
exclusiva de la entidad contratante.
Reglamento Estudiantil 53
Deberes y compromisos del aspirante, practicante o
aprendiz
• Para iniciar el proceso para ser aspirante aprendiz o practicante, el
estudiante deberá estar a paz y salvo con las cuotas correspondientes
a su crédito educativo.
• El aprendiz o practicante deberá encontrarse matriculado como
estudiante regular de la Institución, cursando los dos últimos niveles
del programa técnico o en caso de los programas del área de la salud
debe haber terminado la totalidad de los asignaturas hasta el segundo
nivel. En caso de que el estudiante interrumpa el vínculo académico
con la Institución, automáticamente se cancelará su contrato de
aprendizaje o convenio de práctica.
• El estudiante que adelanta contrato de aprendizaje, convenio de
práctica convenio o docente servicio estará inhabilitado para realizar
traslado de programa durante la vigencia de los mismos, ya que
la reglamentación (Decreto 933 de 2003, art 1), estipula que el
estudiante debe estar ejerciendo funciones pertinentes al programa
matriculado.
• Acogerse al Reglamento Académico y al Manual de Convivencia,
definidos por la Institución.
• Regirse por los trámites, documentación y fechas estipuladas por la
Dirección de Extensión o Coordinación de Prácticas de la Escuela de
Salud para iniciar y desarrollar el proceso de práctica o aprendizaje.
• Reconocer y acatar las normas de la organización donde realice
su práctica o aprendizaje, puesto que su condición de estudiante
de CORPORIENTE le exige compromiso institucional, el cual implica
un comportamiento intachable basado en principios éticos y morales.
En caso de incumplimiento, el estudiante quedará sometido a las
normas institucionales definidas en el reglamento académico y a las
cláusulas presentes en el convenio de práctica o contrato de
aprendizaje que establecen las causas de terminación de la práctica
(Decreto 933 de
2003, art 8, 9).
• Firmar el contrato de aprendizaje sólo una vez, puesto que la
reglamentación así lo establece.
• Respetar la relación de aprendizaje cumpliendo con los parámetros
fijados en el contrato o convenio, debido a que el incumplimiento
de las condiciones pactadas puede llevar a la finalización del mismo,
lo que impide la celebración de una nueva relación. En caso que el
Reglamento Estudiantil 54
estudiante desee renunciar a su condición de aprendiz o practicante
deberá tomar esta decisión con previa autorización del asesor de
práctica, en caso de incumplimiento el estudiante quedará inhabilitado
para otra opción de práctica.
• El estudiante deberá acogerse a las condiciones establecidas
por la empresa siempre y cuando estas no vayan en contra de la
reglamentación establecida (cuota de sostenimiento, afiliaciones a
EPS y ARP, intensidad horaria semanal y funciones).
• El estudiante deberá estar disponible para asistir a las entrevistas
o actividades citadas por la empresa receptora para efectos del
convenio de práctica, contrato de aprendizaje o convenio docente
servicio, salvo circunstancias de fuerza mayor justificadas por escrito,
que le imposibiliten la asistencia oportuna. El incumplimiento de esta
condición lo inhabilita para acceder a los beneficios de la práctica
empresarial ya que esta se constituye en un proceso que compromete
la imagen Institucional.
• El estudiante deberá tener una disponibilidad de 48 horas
semanales para la realización de su convenio de práctica, contrato de
aprendizaje o convenio docente servicio En caso de ser inferior podrá
ser autorizado por la Dirección de Extensión o por la Coordinación de
Prácticas de la Escuela de Salud.
• Atender las orientaciones de la Dirección de Extensión, que permitan
un buen desempeño de su práctica.
• Mantener comunicación permanente con el Asesor de Práctica,
para informar sobre la evolución de su desempeño y manifestar
oportunamente cualquier inquietud, cambio, dificultad u obstáculo
que pudiera presentarse en el desarrollo de su práctica.
• Asistir al seminario de preparación para la práctica establecido como
prerrequisito para ser aspirante a firmar contrato de aprendizaje,
convenio de práctica o convenio docente asistencial.
• Asistir a las asesorías grupales y a todas las actividades programadas
por la Dirección de Extensión o la Coordinación de Prácticas de la
Escuela de Salud como parte del compromiso que adquiere el
estudiante en calidad de aprendiz o practicante, las cuales podrán
ser certificadas por la Dirección de Extensión o la Coordinación de
Prácticas de la Escuela de Salud en caso de que la empresa lo requiera.
En caso que el estudiante tenga inconvenientes para cumplir con este
requerimiento deberá justificar su ausencia por escrito.
• Cumplir con las obligaciones y funciones establecidas en el convenio
de práctica, contrato de aprendizaje o convenio docente asistencial.
Reglamento Estudiantil 55
• Los estudiantes que inicien el proceso de práctica no deberán tener
procesos disciplinarios, de comportamiento o académicos durante
los períodos de estadía en la Institución y su rendimiento académico
deberá tener un promedio igual o superior a 3.5 durante el transcurso
de la práctica. En caso de ser inferior se realizará previo análisis por
parte de la Dirección de Extensión o la Coordinación de Prácticas de
la Escuela de Salud, quien determinará la viabilidad y continuidad del
contrato de aprendizaje del estudiante.
• Realizar todo trámite relacionado con el convenio de práctica,
contrato de aprendizaje o convenio docente asistencial, a través de
la Dirección de Extensión o la Coordinación de Prácticas de la Escuela
de Salud.
• Cuando la consecución del sitio de práctica se realice por un contacto
personal deberá:
- Informar inmediatamente a la Dirección de Extensión o la Coordinación
de Prácticas de la Escuela de Salud con el fin de formalizar la realización
del convenio de práctica, contrato de aprendizaje o convenio docente
servicio.
- Manejar con seriedad y lealtad la imagen de la Institución ante la
organización.
- La hoja de vida que lleve a la empresa deberá ser en formato definido
por la Institución para efectos del convenio de práctica, contrato de
aprendizaje o convenio docente servicio.
- Tramitar personalmente en la empresa donde va a realizar el convenio
de práctica, convenio docente servicio o contrato de aprendizaje toda
la documentación o exámenes necesarios para su respectivo ingreso.
• Para los estudiantes que cursen el plan de estudios B del programa
Técnico Laboral por Competencias en Servicio al Cliente, la aprobación
del módulo Práctica se realizará teniendo en cuenta el desarrollo del
Contrato de Aprendizaje, sin el cumplimiento de este requisito el
estudiante no podrá optar por su certificación.
Derechos de los practicantes o aprendices
• Recibir apoyo y asesoría individual o grupal por parte de la Dirección
de Extensión o la Coordinación de Prácticas de la Escuela de Salud,
para su ubicación, adaptación y desempeño durante el período de
práctica o contrato de aprendizaje.
• Acceder a orientación de la Dirección de Extensión o la Coordinación
de Prácticas de la Escuela de Salud en cuanto a sus expectativas,
Reglamento Estudiantil 56
necesidades, limitaciones, etc. para el desarrollo satisfactorio de su
proceso de práctica o contrato de aprendizaje.
• Estar amparado por un convenio interinstitucional que vela por el
cabal cumplimiento de los objetivos planteados con el convenio de
práctica, contrato de aprendizaje o convenio docente asistencia.
• Obtener certificación ya sea por parte de la Institución o la
empresa receptora, de la realización del período de práctica, que será
homologable a la experiencia laboral.
• Solicitar el cambio de horario de uno o varios elementos, con el fin
de cumplir con el horario establecido por la empresa y de acuerdo con
la reglamentación vigente en el contrato de aprendizaje (acuerdo
023 de octubre de 2005) o convenio de práctica.
Sanciones a los estudiantes en período de práctica
Son causales de suspensión del proceso de ubicación y desarrollo del
período de práctica las siguientes:
• Negarse a efectuar el período de práctica, una vez completados los
requisitos para su realización.
• No estar disponible para ser presentado como candidato a
determinada empresa o manifestar al entrevistador, verbal o
actitudinalmente, que no tiene interés en el puesto o en la empresa.
• Desacatar o rechazar sin justificación previa por escrito, la ubicación
definida por la Dirección de de Extensión o del Coordinador de
Prácticas de la Escuela de Salud.
• Dejar de informar a la Dirección de Extensión o al Coordinador de
Prácticas de la Escuela de Salud la cancelación o pérdida de elementos y
la posible inhabilidad para efectuar el período de práctica o contrato de
aprendizaje.
• Renunciar a la organización donde realiza su práctica sin autorización
previa de la Dirección de Extensión o el Coordinador de Prácticas de
la Escuela de Salud.
• Ser desvinculado de sus funciones por parte de la empresa receptora
por violación de sus normas o reglamentos, o por demostración de
incompetencia.
• No realizar la matrícula del módulo de Práctica Formativa, una
vez sean seleccionados en la empresa.
Reglamento Estudiantil 57
Nota 1: La presencia de alguna(s) de las situaciones enunciadas
anteriormente, inhabilitará inmediatamente al estudiante para acceder
a nuevas posibilidades de práctica, quedando ilustrada la situación
presentada, en el historial del estudiante.
Nota 2: Las faltas de tipo disciplinario, serán sancionadas según las
disposiciones del Reglamento Académico y del Manual de Convivencia
de CORPORIENTE.
Aplazamiento de Certificación
Es el acto mediante el cual un estudiante de último nivel que se
encuentre en contrato de aprendizaje, convenio de práctica o
docencia-servicio, manifiesta su intención de realizar aplazamiento
de su certificación, garantizando así su vínculo con la Institución.
(Resolución Rectoral 135 del 14 de febrero de 2012).
Práctica Formativa
El módulo de Práctica Formativa tiene como objetivo ofrecer
asesoría técnica del área específica de formación al estudiante que se
encuentre realizando Contrato de Aprendizaje, como un mecanismo
para facilitar el desempeño del estudiante en su proceso de práctica.
El módulo de Práctica Formativa debe ser matriculado de manera
obligatoria por aquellos estudiantes que vayan a iniciar su Contrato de
Aprendizaje ya sea por medio de la Institución o por gestión propia y
una vez hayan sido seleccionados en la empresa. La matrícula de este
módulo es opcional para quienes su vinculación se realice a través de
convenio de práctica.
El proceso de matrícula y pago del módulo deberá efectuarse de
manera previa a la vinculación con la Empresa y será un requisito
indispensable para solicitar la carta de autorización e iniciar el proceso
de práctica.
Vigencia
El presente Reglamento rige a partir de la iniciación del período
académico.
Reglamento Estudiantil 58
REGLAMENTO PRÁCTICA FORMATIVA ESCUELA DE
SALUD Este reglamento establece los procedimientos que direccionan el
proceso de práctica formativa obligatoria para los estudiantes de los
programas de la Escuela de Salud a través del Convenio Docencia-
Servicio y Convenio de Práctica.
CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1 PRÁCTICA FORMATIVA: Las prácticas formativas, son las
actividades realizadas por los estudiantes en empresas, instituciones
o entidades, esto es, en centros fuera de las dependencias de la
institución, que tienen como objetivo complementar la formación
técnico laboral por competencias del estudiante y acercar a éste a las
realidades del ámbito laboral donde ejercerá su actividad una vez se
haya certificado. El ámbito de aplicación de esta norma se extiende
a las prácticas externas reguladas por el convenio de práctica o el
convenio docencia-servicio.
1.2 PRÁCTICA FORMATIVA ESCUELA DE SALUD: Se define, del
artículo 2 del decreto 2376 del 1 de julio de 2010, como la “estrategia
Reglamento Estudiantil 59
pedagógica planificada y organizada desde una institución educativa
que busca integrar la formación académica con la prestación de servicios
de salud, con el propósito de fortalecer y generar competencias,
capacidades y nuevos conocimientos en los estudiantes y docentes de
los programas de formación en salud, en un marco que promueve la
calidad de la atención y el ejercicio profesional autónomo, responsable
y ético de la profesión”. Entendiéndose esto para los programas de
Auxiliar Administrativo en Salud y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos.
Para el Programa de Técnico en Atención Integral a la Primera Infancia,
se define, como la estrategia pedagógica planificada y organizada
por CORPORIENTE con el objetivo de integrar la formación
académica con la prestación de servicios de las entidades o
instituciones que atienden y cuidan a los niños y las niñas de cero a
seis años, con el propósito de fortalecer y generar competencias,
capacidades y nuevos conocimientos en los estudiantes y docentes
del programa, en un marco que promueve la calidad de la atención y
el ejercicio profesional autónomo, responsable y ético de la profesión.
1.3 PRINCIPIOS DE LA PRÁCTICA FORMATIVA: Los principios
de la práctica formativa se regirán, para los programas de Auxiliar
Administrativo en Salud y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos, según
lo establecido por los Ministerios de Educación y Protección Social
en el decreto 2376 del 1 de julio de 2010, artículo 3: Principios de la
relación docencia – servicio. La relación docencia-servicio se regirá por
los principios estipulados en la Constitución Política, en las normas de
educación y salud vigentes y por los siguientes:
a) Preeminencia del interés social: la formación del talento
humano en salud que se da en el marco de la relación docencia-servicio,
tiene un fin social que debe primar sobre otras consideraciones y servir
de limite y orientación para el diseño, ejecución y evaluación de las
prácticas formativas.
b) Autorregulación: Las instituciones que participan en la relación
docencia-servicio deben prever procesos, controles y mecanismos
idóneos para asegurar el cumplimiento de los objetivos, principios y
normas previstas en el presente decreto, en los convenios docencia-
servicio y en las demás normas que regulan las actividades de las
Reglamento Estudiantil 60
instituciones educativas y las instituciones donde se desarrolla la
práctica.
c) Respecto a los derechos de los usuarios: La relación
docencia-servicio se desarrollará asegurando el respecto de los
derechos de los usuarios de las instituciones y servicios involucrados
en dicha relación. En especial se debe asegurar que la calidad de los
servicios y la seguridad de los pacientes no se afecte negativamente
por el desarrollo de las prácticas formativas. Todas las actividades
asistenciales realizadas por los estudiantes en formación se realizarán
bajo estricta supervisión del personal docente y/o del responsable de
la prestación de los servicios, de conformidad con el Sistema General
de la Calidad del Sistema de Seguridad Social en Salud.
d) Calidad: La relación docencia-servicio se desarrollará asegurando
la calidad en las actividades que se realizan tanto en ámbito académico
como en el de la prestación de los servicios, siguiendo los principios y
normas del Sistema de Calidad de Salud y Educación.
e) Planificación: La relación docencia-servicio se construye a través
de planes concertados de largo plazo, que integren los objetivos
de formación, investigación, extensión y prestación de servicios,
con estrategias, acciones e instrumentos que permitan el logro de
los mismos, propiciando un monitoreo continuo de los avances y
resultados.
Para el programa de Atención Integral a la Primera Infancia los
principios de la Práctica Formativa serán establecidos teniendo en
cuenta los lineamientos del Ministerio de Educación Nacional para
atención, cuidado y educación de los niños y las niñas más pequeños
y en el Código de Infancia y Adolescencia. La relación de Convenio
de Práctica también se regirá por los principios estipulados en la
Constitución Política y en las normas educativas.
Estos principios regirán las relaciones entre las partes involucradas en la
relación convenio de práctica para el programa de Técnico en Atención
Integral a la Primera Infancia o convenio docencia-servicio para los
programas de Auxiliar Administrativo en Salud y Auxiliar en Servicios
Farmacéuticos y, cuando sea necesario, guiarán la interpretación de
las normas establecidas y la reglamentación complementaria.
Reglamento Estudiantil 61
1.4 ALCANCES DE LA PRÁCTICA FORMATIVA: Son los definidos
en el Proyecto Educativo Institucional dentro del marco de los Planes
de Estudio para cada programa de formación técnico laboral por
competencias y todos aquellos que sean acordados entre las empresas,
organizaciones o instituciones y CORPORIENTE, en la relación
convenio de práctica o convenio docencia-servicio y que permitan
el desarrollo de habilidades y destrezas de los practicantes en cada
una de las funciones asignadas con relación al programa de formación.
1.5 ÁREAS DE PRÁCTICA FORMATIVA: Son las dependencias o
áreas acordadas al inicio de cada período académico entre las empresas,
organizaciones o instituciones y CORPORIENTE, las cuales hacen parte
integral del convenio de práctica o el convenio docencia-servicio a
través de actas adicionales y que corresponden a los asignaturas de
formación definidos en el Proyecto Educativo Institucional y
desarrollados por los practicantes durante su período de práctica
formativa.
1.6 ACTIVIDADES A DESARROLLAR EN LA PRÁCTICA
FORMATIVA: Son todas aquellas definidas en el Plan de Prácticas
Formativas para los programas de la Escuela de Salud.
1.7 CRITERIOS PARA DEFINIR EL NUMERO DE ESTUDIANTES
POR PRÁCTICA FORMATIVA: Los criterios que definen el número
de estudiantes a admitir en la prácticas formativas son jurídicos,
administrativos, académicos y de infraestructura
a) Criterio Jurídico: Los consignados en el decreto N°4904 del 16
de diciembre del 2009 y para el área de la salud, el decreto 2376 del 1
de julio de 2010 que reglamenta la relación docencia-servicio para los
programas de formación de talento humano del área de salud.
b) Criterios Administrativos: Se derivan de la reglamentación
interna de la empresa, la organización o institución en calidad de sitio
de práctica, de CORPORIENTE, y las expresadas en los convenios de
práctica y convenio docencia-servicio, en el área operativa y de los
definidos por el Comité Docencia-Servicio para los programas de
Auxiliar Administrativo en Salud y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos.
c) Criterios Éticos: Se refieren a aquellos que garanticen una
práctica con calidad, enmarcada por el respecto a las empresas,
Reglamento Estudiantil 62
organizaciones o instituciones, a los otros y consigo mismo.
d) Criterios Académicos: Se refiere a los consignados en el Proyecto
Educativo Institucional reflejados en los ámbitos administrativos,
académicos de los
planes de estudio de
cada programa de
formación laboral por
competencias.
e) Criterios de
Infraestructura:
Se refieren a la
distribución y
ocupación de espacios
de acuerdo a normas
establecidas para el
diseño arquitectónico.
Se aplica en forma específica la normativa para instituciones prestadoras
de servicios de salud de cualquier nivel de atención, dentro del marco
del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad y para las entidades
que cuidan, atienden y educan a los niños y niñas de cero a seis años.
1.8 CONSIDERANDO:
a) Que CORPORIENTE para garantizar el fortalecimiento de las
competencias del ser, el saber y el saber hacer de los estudiantes de
los programas de la Escuela de Salud, realiza acuerdos de
voluntades, a través de convenio de práctica para el programa
Técnico en Atención Integral a la Primera Infancia y Convenio de
Docencia-Servicio para los programas de Auxiliar Administrativo en
Salud y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos, los cuales permiten el
desarrollo de prácticas formativas obligatorias en empresas, entidades
o instituciones afines a los programas, generando con este proceso el
mejoramiento de la calidad en la formación de la Educación para el
Trabajo y el Desarrollo Humano y dando cumplimiento a lo establecido
en la legislación que expidan los Ministerios de Salud y Protección
Social y Educación.
b) Que son parte integral de los convenios de práctica y convenios
docencia-servicio las actas adicionales que registran la información
de reuniones generales entre CORPORIENTE y el sitio de práctica y
Reglamento Estudiantil 63
las que correspondan a la presentación formal del practicante, las
cuales serán elaboradas y presentadas por el Coordinador de
Prácticas, de acuerdo a las necesidades de cada programa.
Estas actas hacen referencia a lo establecido en el decreto 2376 de
2010, en su artículo 12, funciones del comité docencia-servicio,
parágrafo 1
c) Que CORPORIENTE, a través de las áreas administrativas o
académicas, estudiará y aprobará los lineamientos para el desarrollo de
las prácticas formativas de los programas de la Escuela de Salud y los
formatos para presentar los convenios de práctica o docencia-servicio,
las actas y el procedimiento para su legalización, el procedimiento para
el manejo de riesgos biológicos y accidentes laborales de los estudiantes
en cada práctica. 1.9 CARACTERÍSTICAS DE LA PRÁCTICA FORMATIVA
1.10 OBJETIVO GENERAL DE LA PRÁCTICA FORMATIVA:
Formar técnicos labores en las áreas Salud y Primera Infancia, teniendo
como base para la práctica, la pedagogía y la didáctica, generando
oportunidades para el mejoramiento de la calidad y el nivel de vida
de los practicantes, haciendo de ellos profesionales cualificados e
idóneos, con alto sentido de responsabilidad social y ética, dotados
de condiciones personales, capaces de apropiarse de los elementos
científicos, tecnológicos, educativos y de gestión para propiciar el
desarrollo humano, la adquisición de competencias laborales y las
relaciones de trabajo colaborativo, innovador, creativo y propositivo.
1.11 OBJETIVO ESPECÍFICOS DE LA PRÁCTICA FORMATIVA
PARA EL DOCENTE Y LOS ESTUDIANTES:
a) Contextualizar los procesos de aprendizaje.
b) Desarrollar las competencias humanas y sociales.
c) Adquirir compromisos con el sector empresarial y la sociedad.
d) Aplicar habilidades y destrezas en el manejo de métodos y técnicas
propias de su profesión.
Reglamento Estudiantil 64
e) Emprender acciones de responsabilidad social con el entorno.
f) Desarrollar la autonomía y la responsabilidad que le permitan una
adecuada relación consigo mismo, los otros y con el entorno.
g) Desarrollar una actitud crítica, reflexiva y de búsqueda constante
que le conduzca a cuestionar, vislumbrar y proponer soluciones
problemáticas en su entorno laboral.
h) Desarrollar en el practicante habilidades que le permitan el
conocimiento y el manejo de tecnologías avanzadas, orientadas al
mejoramiento de su desempeño en el medio en el cual se encuentre
vinculado.
i) Para los programas de Auxiliar Administrativo en Salud y Auxiliar en
Servicios Farmacéuticos se acogen los establecidos en el artículo 4.
Objetivos de la relación docencia-servicio, del decreto 2376 del 1 de
julio de 2010:
• Asegurar alianzas y planes de largo plazo entre instituciones
educativas e instituciones prestadoras o aseguradoras de los servicios
de salud, instituciones de servicio, de investigación o espacios
comunitarios que intervienen en la atención integral en salud de
la población, para el desarrollo y fortalecimiento de escenarios de
práctica fundados en objetivos, principios y estrategias pedagógicas
compartidas.
• Asegurar la formación del talento humano en salud competente,
con alto sentido ético, de responsabilidad y compromiso social con la
salud de la población.
• Asegurar espacios adecuados para la docencia, la extensión, la
investigación, la generación de conocimientos y el desarrollo de
soluciones a los problemas de salud de la población.
j) Para el programa de Técnico en Atención Integral a la Primera
Infancia se acoge el establecido en el convenio de práctica de
CORPORIENTE:
Reglamento Estudiantil 65
Dentro de los principios de cooperación LA EMPRESA y EL CENTRO
EDUCATIVO, adoptan bases integrativas relativas al ejercicio práctico
que estudiantes del programa «Programa_técnico_Prácticante» del
CENTRO EDUCATIVO deben adelantar en la EMPRESA con el fin de
complementar la formación académica dentro del proceso enseñanza-
aprendizaje.
PARÁGRAFO: las partes entienden por ejercicio práctico del procesos
aprendizaje aquellas actividades que permiten la intervención
del estudiante en una realidad concreta donde podrá aplicarse e
implementarse elementos teóricos adquiridos en su período formativo.
PARA CORPORIENTE:
a) Cumplir con la misión.
b) Formar técnicos laborales por competencias, idóneos en el manejo
de cada una de las ocupaciones propias del programa en el cual el
estudiante se encuentre matriculado.
c) Desarrollar acciones que propicien el mejoramiento de las
condiciones para el sector productivo y la sociedad o comunidad.
d) Hacer evidente su presencia o participación en el desarrollo del
sector productivo, la sociedad o comunidad.
e) Presentar alternativas de solución a las empresas, organizaciones o
instituciones y a los grupos de personas que los requieran.
PARA LA EMPRESA:
• Contribuir al proceso de desarrollo de personal idóneo y ajustado a
las necesidades empresariales actuales y futuras.
• Propiciar la confrontación de aspectos teóricos y prácticos en el
quehacer empresarial.
• Responder a los requerimientos de talento humano de la empresa
a través de la vinculación de practicante bajo el modelo Docencia –
Servicio.
Reglamento Estudiantil 66
1.12 DURACIÓN
Las prácticas tendrán una duración comprendida entre veintiún (21)
semanas que contempla el calendario académico, dentro de las cuales
se realizarán las rotaciones de acuerdo con los objetivos de cada
asignatura y las competencias a desarrollar. Con una intensidad de 48
horas semanales.
1.13 ÁREA DE DESEMPEÑO
El estudiante deberá desarrollar su práctica, realizando funciones
correspondientes o afines a las áreas del conocimiento del programa
técnico en el que se encuentra matriculado.
1.14 DIRECCIÓN DEL CONVENIO DE PRÁCTICA O CONTRATO
DE APRENDIZAJE
Con el fin de cumplir los objetivos planteados con el proceso del
Convenio de Práctica o Convenio Docencia Servicio de coordinación
y acompañamiento estará asignada a la Coordinación de Prácticas,
quienes cumplirán las siguientes funciones:
Funciones:
• Brindar acompañamiento a los docentes y estudiantes durante la fase
lectiva, en los seminarios de preparación para la práctica formativa.
• Establecer el colectivo docente acompañante en los sitios de práctica.
• Establecer relaciones con entidades cuyas actividades sean afines
a los programas técnicos o áreas del conocimiento ofertadas por
la Institución, con el fin de posibilitar la idónea ubicación de los
estudiantes.
• Mantener contacto permanente con las empresas o entidades
del sector salud y los estudiantes vinculados al proceso de docencia
servicio o convenio de práctica.
• Propender por la buena imagen de la Institución en el sector
empresarial.
• Participar activamente como canal en la resolución de las dificultades
que se susciten en el proceso de práctica formativa.
• Acordar el Comité Docencia Servicio, una vez se inicie la etapa
productiva.
Reglamento Estudiantil 67
• Realizar seguimiento a los planes de rotación, evaluaciones y
retroalimentaciones de las instituciones, empresas o entidades,
conjuntamente con el colectivo de docentes.
1.15 ACERCA DE LA VINCULACIÓN A LA EMPRESA O
INSTITUCIONES DEL SECTOR SALUD
La vinculación de estudiantes a las empresas o instituciones del sector
salud, se protocolizará a través de los convenios preexistentes o de
los que se suscriban a través del convenio de práctica, contrato de
aprendizaje o convenio docencia servicio según el caso, en los cuales
se especificarán los requisitos y condiciones que deban cumplirse. Tal
documento deberá celebrarse en un tiempo no superior a un mes (1)
una vez comenzada la práctica.
La empresa deberá ajustarse a las fechas de inicio y finalización del
Convenio docencia servicio o al Convenio de práctica, establecidas por
la o Coordinación de Prácticas.
1.16 OBLIGACIONES DE LA EMPRESA
La entidad vinculada al proceso de práctica o al convenio docencia
servicio tendrá las siguientes obligaciones:
• Conocer y aceptar las políticas, normas, reglamentos y procedimientos
definidos por CORPORIENTE para el desarrollo, seguimiento y
evaluación de la práctica formativa.
• Ser una entidad legítimamente constituida.
• Dar cumplimento al plan de rotación aceptado y firmado en el
convenio docencia servicio en el caso de los programas Técnicos
Laborales como Auxiliares en Servicios Farmacéuticos y Administrativos
en salud de un plan de trabajo para que sea desarrollado y a funciones
• Contar dentro de la organización con una persona que acompañe y
oriente el proceso de práctica formativa del estudiante.
• Brindar los recursos y herramientas necesarias para garantizar un
buen desempeño del estudiante en práctica.
• Reportar al docente acompañante de práctica en forma oportuna y
periódica las evaluaciones, dificultades y anomalías que se presenten
durante el proceso de práctica formativa.
• Contar con una filosofía organizacional basada en principios éticos
y morales que propicien un buen ambiente laboral.
Reglamento Estudiantil 68
• Cumplir con lo establecido en el decreto 2376 del 1 de julio de
2012; al acuerdo 000003 del 12 de mayo de 2003 y a las demás
disposiciones legales vigente.
1.17 REPERCUSIONES LABORALES
Los estudiantes inscritos en el proceso de práctica formativa, no
adquieren ningún vínculo laboral ni con CORPORIENTE, ni con la
empresa, ni éstas con los estudiantes, ya que se trata del cumplimiento
de un objetivo con fines netamente académicos.
Nota 1: Todo trabajo de producción intelectual realizado por el
estudiante, durante su periodo de práctica o aprendizaje, es propiedad
exclusiva de la entidad contratante.
CAPÍTULO II
DEBERES Y COMPROMISOS DEL
ASPIRANTE Y EL PRACTICANTE
2.1 DEBERES DE LOS ASPIRANTES PARA LA PRÁCTICA
FORMATIVA:
Son deberes de los aspirantes para la Práctica Formativa, además de
los contemplados en el Manual de Convivencia, los siguientes:
• El aprendiz o practicante deberá encontrarse matriculado como
estudiante regular de la Institución
• Deberá estar a paz y salvo con las cuotas correspondientes a su
crédito educativo.
• Aprobar satisfactoriamente el plan de estudio de la fase lectiva.
• Cumplir con el manual de conveniencia
CORPORIENTE.
• Contar con el esquema de vacunación completo a la fecha de inicio
de la práctica formativa.
• Diligenciar el formato de hoja de vida
CORPORIENTE.
• Asistir a los seminarios de preparación para la práctica.
• El estudiante deberá estar disponible para asistir a las entrevistas o
actividades citadas por la empresa, salvo circunstancias de fuerza mayor
justificadas por escrito, que le imposibiliten la asistencia oportuna.
Reglamento Estudiantil 69
ión
lud
so,
os.
S
El incumplimiento de esta condición lo inhabilita para acceder a los
beneficios de la práctica empresarial ya que esta se constituye en un
proceso que compromete la imagen Institucional.
• Cuando la consecución del sitio de práctica se realice por un
contacto personal deberá Informar
inmediatamente a la Coordinac
de Prácticas de la Escuela de Sa
con el fin de formalizar el proce
según los parámetros establecid
2.2 DEBERES DE LO
ESTUDIANTES EN PRÁCTICA
FORMATIVA:
Son deberes de los estudiantes
en la Práctica Formativa,
además de los contemplados en
el Manual de Convivencia, los
siguientes:
• Cumplir los reglamentos
generales de
CORPORIENTE y de la
empresa, organización o
institución donde está haciendo la práctica
formativa.
• Respetar a CORPORIENTE y a la empresa, organización o institución
donde está haciendo la práctica.
• Cumplir con las actividades teórico-prácticas establecidas en
cada área de rotación, según lo establecido en el Plan de Prácticas
Formativas.
• Diligenciar y presentar oportunamente los informes y documentos
requeridos en su proceso de práctica formativa, que permitan su
evaluación y la relación convenio de práctica o convenio docencia-
servicio.
• Cumplir con los horarios y compromisos asignados dentro del
proceso de práctica.
• Mantener un vestuario acorde con los requerimientos de la empresa,
organización o institución utilizando el uniforme designado por
CORPORIENTE y portando el carné que lo identifica como estudiante
de CORPORIENTE.
Reglamento Estudiantil 70
• Preservar, cuidar y mantener en buen estado el material de enseñanza,
enseres, equipos y dotación general que le sean asignados en la
empresa, organización o institución donde está haciendo la práctica.
• Para los estudiantes de los programas de Auxiliar Administrativo en
Salud y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos, completar el esquema de
vacunación que lo proteja contra enfermedades infecto-contagiosas
antes de iniciar la práctica.
• Tener una disponibilidad de 48 horas semanales para el desempeño
de la práctica formativa.
2.3 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES EN PRÁCTICA
FORMATIVA:
Son derechos de los estudiantes en la práctica formativa, además de
lo contemplados en el Manual de Convivencia, los siguientes:
• Utilizar responsablemente los recursos de CORPORIENTE y de la
empresa, organización o institución donde está haciendo la práctica.
• Ser asesorados, orientados, aconsejados y escuchados por quienes
tienen la responsabilidad de desarrollar su práctica formativa: la
Dirección de Escuela, el Coordinador de Prácticas y el Docente de
Prácticas así como el profesional acompañante designado por la
empresa, organización o institución donde está haciendo la práctica.
• Disfrutar de los servicios de bienestar institucional.
• resentar por escrito peticiones respetuosas y justas ante el docente
de prácticas, el Coordinador de Práctica, el Director de la Escuela a la
que pertenece o en la empresa, organización o institución donde está
haciendo la práctica.
• Ser respetado y reconocido como persona, por toda la comunidad de
CORPORIENTE y la empresa, organización o institución donde está
haciendo la práctica.
• Acogerse en caso de sanciones disciplinarias al reglamento vigente
en el momento de cometer faltas.
• Asistir a los encuentros programados por el docente acompañante
para aclarar inquietudes sobre el proceso.
Reglamento Estudiantil 71
CAPÍTULO III
SANCIONES
3.1 A LOS ASPIRANTES PARA EL PROCESO DE PRÁCTICA
FORMATIVA:
Son causales de suspensión del proceso de ubicación y desarrollo del
período de práctica las siguientes:
• Negarse a efectuar el período de práctica, una vez completados los
requisitos para su realización.
• No estar disponible para ser presentado como candidato a
determinada empresa o manifestar al entrevistador, verbal o
actitudinalmente, que no tiene interés en el puesto o en la empresa.
• Desacatar o rechazar sin justificación previa por escrito, la ubicación
definida por la Coordinación de Prácticas de la Escuela de Salud.
3.2 A LOS PRACTICANTES
• Renunciar a la organización donde realiza su práctica sin autorización
previa de la Coordinación de Prácticas de la Escuela de Salud.
• Ser desvinculado de sus funciones por parte de la empresa receptora
por violación de sus normas o reglamentos, o por demostración de
incompetencia.
PARÁGRAFO PRIMERO: Cuando el estudiante renuncie a su sitio de
práctica sin el debido proceso y sin agotar los conductos regulares,
podrá tener una nueva posibilidad de realizar su práctica, con la
debida autorización de la Coordinación de Prácticas y la Dirección de
la Escuela de Salud; si el caso de retiro no representa un causa que
esté en contra de los valores de la empresa y los institucionales.
PARÁGRAFO SEGUNDO: La presencia de alguna(s) de las situaciones
enunciadas anteriormente, inhabilitará inmediatamente al estudiante
para acceder a nuevas posibilidades de práctica, quedando ilustrada
la situación presentada, en el historial del estudiante.
3.3 EVALUACIÓN: El proceso de evaluación corresponde al definido
Reglamento Estudiantil 72
por el Comité Curricular y también para los programas de Auxiliar
Administrativo en Salud y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos y los
definidos en el Acuerdo N°000003 del 12 de mayo de 2003.
3.4 FACTORES A TENER EN CUENTA EN LA EVALUACIÓN DE
LA PRÁCTICA FORMATIVA:
a) Objetivos generales del programa de formación.
b) Objetivos específicos de los asignaturas y submodulos de formación.
c) Las competencias a desarrollar.
d) Los criterios definidos en el plan de prácticas.
e) Cumplimiento de criterios de evaluación de
CORPORIENTE.
PARÁGRAFO: Para la obtención de la información se utilizarán los
instrumentos definidos por la Dirección de Escuela y la Coordinación
de Prácticas de Salud, la calificación se tomará de acuerdo a lo definido
en el CAPÍTULO VI del Reglamento Estudiantil.
CAPÍTULO IV
DE LOS CONVENIOS DE PRÁCTICA, CONVENIOS
DOCENCIA-SERVICIO Y ACTAS
4.1 DISPOSICIONES GENERALES: CORPORIENTE establece
para el desarrollo de las prácticas formativas de los estudiantes del
Programa de Atención Integral a la Primera Infancia el convenio de
práctica.
Para los estudiantes de los programas de Auxiliar Administrativo en
Salud y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos, se acoge el convenio
docencia-servicio según lo establecido en el Decreto N°2376 del 1
de julio de 2010 de los Ministerios de Educación Nacional y Salud y
Protección Social.
PARÁGRAFO: Los formatos del convenio de práctica y convenio
docencia-servicio serán puesto a consideración de la empresa,
organización o institución que disponen los espacios de práctica
y podrán ser modificados según lo que se acuerde ente las partes
(CORPORIENTE-empresa, organización o institución), sin incurrir en
omisiones de ley.
Reglamento Estudiantil 73
4.2 ACTAS ADICIONALES: Es el documento complementario de
los convenios de práctica o convenios docencia-servicio suscrito entre
CORPORIENTE y una empresa, organización o institución que
disponga el espacio para la práctica formativa de los estudiantes de
las Escuelas de Salud.
PARÁGRAFO: las actas adicionales requieren para su validez ser parte
integral del convenio de práctica o el convenio docencia-servicio
suscritos entre CORPORIENTE y la empresa, organización o institución
que facilite el espacio real de práctica. Tendrán vigencia por el
período que duren los planes y proyectos que se propongan, pero
nunca por más de la duración del convenio de práctica o el convenio
docencia- servicio.
CAPÍTULO V
DEL PROTOCOLO PARA EL MANEJO DE RIESGOS
BIOLÓGICOS Y ACCIDENTES LABORALES A
ESTUDIANTES EN PRÁCTICA FORMATIVA
5.1 DISPOSICIONES GENERALES: Adoptarse el siguiente
protocolo para el manejo de riesgos biológicos y accidentes laborales
a estudiantes en práctica formativa de CORPORIENTE:
a) El estudiante asegurado será atendido en el servicio de urgencias de
la red de servicio autorizada por la Aseguradora en caso de accidente
laboral.
b) Para los estudiantes de los programas de Auxiliar Administrativo en
Salud y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos, en riesgo biológico en el
laboratorio de la red de servicios autorizada por la Aseguradora, se le
tomarán los exámenes que sean necesarios.
c) Para los estudiantes de los programas de Auxiliar Administrativo
en Salud y Auxiliar en Servicios Farmacéuticos en caso de conocer el
paciente fuente, el estudiante asegurado deberá traer la muestra de
sangre del paciente fuente (o tomar al paciente fuente en persona),
con la autorización para realización de los exámenes médicos.
Reglamento Estudiantil 74
PARÁGRAFO PRIMERO: Entiéndase por Riesgo Biológico la posibilidad
de que ocurra un evento perjudicial para la salud de un estudiante
de los programas de Auxiliar Administrativo en Salud y Auxiliar en
Servicios Farmacéuticos, asegurado con cualquier microorganismo
(bacteria, virus, hongos, etc… con inclusión de los genéticamente
modificados), sus productos o derivados, cultivos celulares o
endoparásitos y cualquier otro tipo de origen biológico, capaz de
producir cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad en humanos.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Este protocolo podrá ser reajustado según
los avances que se den en cada tratamiento establecido y sus
modificaciones ser aprobadas por el Comité de Docencia- Servicio.
CAPÍTULO VI
DE LOS REGISTROS DE LAS ACTVIDADES EN LAS
PRÁCTICAS FORMATIVAS
6.1 DISPOSICIONES GENERALES: para el registro de las actividades
desarrolladas por los estudiantes durante las prácticas formativas,
deben diligenciarse los formatos establecidos por la Dirección de la
Escuela de Salud al considerarse parte integral de este reglamento. Esta
información deberá ser verificada por el Coordinador de Prácticas y los
Docentes de Práctica Formativa y será utilizada con fines evaluativos.
PARÁGRAFO: Los formatos para el registro de actividades podrán
ser ajustados según los resultados de las evaluaciones y dichas
modificaciones deberán ser aprobadas por la Dirección de la Escuela
de Salud.
CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES
7.1 MODIFICACIONES: el presente reglamento sólo podrá ser
modificado por la Dirección de La Escuela de La Salud y la Coordinación
de Prácticas.
7.2 VIGENCIA: el presente reglamento rige a partir de su expedición
y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Reglamento Estudiantil 75
REGLAMENTO
DE PRÁCTICAS EXTRACLASE
La Dirección de la Escuela de Informática, por medio del servicio que
presta la Oficina de Asignación de Prácticas Extra-clase a los estudiantes
de los programas técnicos de CORPORIENTE, ofrece en el siguiente
manual, una guía general para el desarrollo efectivo de las prácticas
extra-clase en los diferentes espacios de la institución.
Objetivos de las prácticas extra-clases
• Fortalecer las habilidades prácticas de los estudiantes en el manejo
de herramientas propias de los diferentes programas técnicos.
• Propiciar un espacio en el cual los estudiantes tengan la oportunidad
de realizar sus actividades académicas extra-clase.
• Complementar los aspectos teóricos dados en los elementos.
Procedimiento para la reservación de una práctica
extraclase
Este procedimiento se lleva a cabo a través de internet digitando www.
Reglamento Estudiantil 76
CORPORIENTE.edu.co; dando clic en el enlace servicios, en este
encontrará el acceso a prácticas Extra-clase.
Nota: Para que esta solicitud sea exitosa por la red, se debe desactivar
siempre las barras bloqueadoras de ventanas emergentes, tales como:
msm, navexcel, google, entre otras.
Los únicos estudiantes que están autorizados para reservar sus
prácticas extra-clase telefónicamente, son los estudiantes de los
sábados y domingos, porque muchos de ellos viven en municipios
diferentes a Medellín o su trabajo les impide desplazarse a
CORPORIENTE en semana.
Nota: Se considera estudiante de los sábados o domingos aquel que
ve la mayoría de sus elementos en estas jornadas.
El número mínimo de estudiantes para abrir un espacio de prácticas
extra-clase es de cinco (5) estudiantes, excepto en aquellos casos
donde un docente solicite a la Dirección de la Escuela de Informática
la apertura de una práctica extraclase con un número de estudiantes
inferior a éste.
Las prácticas se pueden reservar con siete (7) días de anticipación
y hasta para siete (7) días, incluyendo el día en el que se hizo la
reservación. El estudiante podrá reservar una práctica para el mismo
día, pero no se garantiza que se encuentre el recurso disponible. Es
recomendable lo haga con buena anticipación.
Nota: La programación de monitores para las prácticas se hace con
un día de anterioridad, por lo tanto, de la demanda de prácticas
solicitadas depende la asignación de monitores a las salas; es decir, si
no hay personal suficiente para abrir una sala, se cancelan las pocas
existentes.
Cualquier estudiante podrá practicar en semana desde las 7:45 a.m.
hasta las 9:30 p.m., los sábados desde las 7:30 a.m. hasta las 7:00
p.m. y los domingos de 8:00 a.m. hasta las 2:00 p.m. de manera
continua, siempre y cuando haga la reservación por el software de
prácticas, con anticipación y exista la disponibilidad de los recursos.
Reglamento Estudiantil 77
La duración mínima de una práctica extra-clase será de 45 minutos. Si
el estudiante necesita menos de este tiempo, puede pedir prestado un
equipo en la sala para evitar una inasistencia.
Si la práctica se realizara en parejas, uno de los dos estudiantes deberá
hacer la reservación, además deberán compartir en la sala el mismo
computador, y ambos presentarán el carné cuando el monitor lo
requiera.
Recomendaciones para la utilización adecuada de las
prácticas extraclase
• Los estudiantes de Redes deben hacer uso exclusivo de la sala y el
equipo que les fue asignado al iniciar el período académico.
• El carné debe ser entregado al monitor correspondiente en el
momento en el que éste lo solicite. Además, los estudiantes deben
permanecer como mínimo 40 minutos para que la práctica sea válida.
• El estudiante que llegue pasados quince (15) minutos de la iniciación
de la práctica extra-clase, pierde el cupo que había solicitado y le queda
la práctica como inasistida. En este caso, debe pedirle al monitor un
equipo prestado, si hay disponibilidad.
• Antes de comenzar la práctica el estudiante debe verificar que el
equipo asignado esté funcionando adecuadamente e informar al
monitor sobre cualquier anomalía.
• El estudiante que no esté realizando la actividad para la cual solicitó
su práctica, no se le reportará la asistencia a la misma.
Normas de comportamiento en espacios de práctica
• En las salas de sistemas y laboratorios se permite la utilización de
equipos de audio, incluyendo el equipo de multimedia del computador,
sólo con audífonos.
• En los espacios de práctica está prohibido consumir bebidas y
alimentos.
• Para la práctica no se admiten más de dos personas por cada
computador.
Reglamento Estudiantil 78
• Está prohibido navegar en páginas sociales que vayan en contra
de los valores éticos y morales que se fomentan en la Institución, tal
y como se encuentra reglamentado en el Manual de Convivencia
de CORPORIENTE. Este comportamiento será sancionado por la
Oficina de Prácticas Extraclases.
• Una vez terminada la práctica, por favor dejar organizado su sitio de
trabajo (sillas debajo de la mesa, teclado organizado y mouse sobre
la CPU).
• Está prohibido el ingreso a los espacios de práctica, de niños y personas
diferentes a los estudiantes activos. En el momento de encontrarse
alguna persona que no esté autorizada por la Institución, el monitor
tiene la obligación y el deber de hacerla retirar inmediatamente.
• Para solicitar el préstamo de componentes en los laboratorios de
Electrónica y Mantenimiento, el estudiante deberá entregar su carné
vigente al monitor.
• La Oficina de Prácticas Extra-clase recomienda a los estudiantes hacer
uso del sistema de copias. La Institución no se hará responsable de la
pérdida de archivos que se encuentren almacenados en los equipos
destinados para la realización de prácticas.
• Para que la práctica extraclase sea efectiva es recomendable que el
estudiante, haya repasado con anterioridad los temas a practicar.
Cancelación de la práctica y sistema de sancionados
• El estudiante podrá cancelar o eliminar su práctica personalmente
o por teléfono, siempre y cuando esta no haya empezado; si ya pasó
puede presentar en la Oficina de Prácticas Extra-clase, hasta 3 días
después de la hora de la práctica, una excusa médica o carta personal
o laboral, justificando las dificultades que haya tenido para asistir.
• Se considera falta de asistencia si el estudiante llega pasados 15
minutos de la hora acordada, o si por cualquier motivo, se retira
antes del tiempo establecido. Este turno puede ser utilizado por otro
estudiante, con la autorización previa del monitor encargado.
• La acumulación de 6 inasistencias de 45 minutos a las prácticas
extra-clase, amerita una sanción al estudiante, quien pierde el derecho
a reservar prácticas por un período de dos semanas. La falta a una
práctica el domingo equivale a dos faltas.
• Las faltas de asistencia serán redimidas con el cumplimiento de la
sanción y no serán acumulables de un semestre a otro.
Reglamento Estudiantil 79
Recomendaciones preventivas contra los virus
Para prevenir los desastres que los virus puedan ocasionar en los
equipos, debemos seguir las siguientes recomendaciones:
• Cerciórese de que cada equipo en CORPORIENTE esté
configurado de tal manera que detecte la presencia de virus en el
dispositivo de almacenamiento de información.
• Inserte el dispositivo que va a utilizar en su clase o práctica.
• Vacúnelo al ingresar al sistema, tal como lo indica el programa.
• No inserte dispositivos de dudosa procedencia en el equipo, primero
los debe revisar.
• Al terminar su clase o práctica, apague el computador correctamente.
NOTA: El software de prácticas extraclase permite a los estudiantes
consultar el historial completo de prácticas: asistidas, por asistir e
inasistidas.
Reglamento Estudiantil 80
REGLAMENTO
DE LAS MONITORÍAS El Reglamento de las
Monitorías pretende
definir los criterios que le
permitirán a la institución
la realización de una
evaluación permanente
del desempeño de
cada uno de los
monitores, apoyado en
las funciones que les
corresponden.
A través de éste
se busca fortalecer
especialmente cuatro aspectos: la presentación personal, las
relaciones interpersonales, la actitud de servicio y la responsabilidad
con el cargo.
Presentación Personal
• La presentación personal del monitor debe distinguirse siempre por
la limpieza, impecabilidad y organización.
• El monitor debe portar siempre la bata durante la prestación de sus
servicios. Es indispensable que ésta última se encuentre limpia y que
debajo siempre lleve una camiseta.
• Es fundamental que el monitor porte la escarapela de CORPORIENTE
durante las prácticas o mientras se encuentre en la institución
prestando sus servicios.
Relaciones Interpersonales
• Respetar a los monitores que conforman el equipo de trabajo y a los
demás empleados que hacen parte de la institución.
Reglamento Estudiantil 81
• Ser solidario y colaborador con el equipo de monitores, estudiantes
y demás empleados de la institución, en lo que corresponde a su área
de desempeño.
• Propiciar un ambiente ameno y tranquilo dentro de su equipo de
trabajo, relacionándose con respeto, honestidad y cordialidad.
• Cumplir a cabalidad con las normas contempladas en el manual de
convivencia y el reglamento académico.
• Ser monitor no significa tener más poder frente a los estudiantes,
sino tener un mayor respeto y responsabilidad hacia ellos.
Actitud de Servicio
• Es fundamental que el monitor demuestre alta tolerancia, paciencia
y respeto frente a los estudiantes, mientras éstos se encuentren
realizando la práctica extraclase.
• Es una responsabilidad del monitor dar una respuesta a las inquietudes
de los estudiantes. En el caso de no saber responder alguna inquietud,
el monitor debe buscar oportunamente la colaboración de un A.S.T.
(Asesor de Soporte Técnico) o de otro monitor o docente, ya que lo
más importante es responder satisfactoriamente a las necesidades del
estudiante.
• Por ninguna razón el monitor puede destinar el horario de su trabajo
en las salas de práctica, para realizar sus tareas o responsabilidades
personales, debido a que ese es su tiempo de labores y por lo tanto
su responsabilidad es atender a los estudiantes que están practicando
y desempeñarse de la mejor manera en sus funciones. Este tipo de
comportamiento demuestra falta de interés de parte del monitor
hacia los estudiantes.
• En el momento de necesitar comunicarse con alguno de sus
compañeros de trabajo o con alguien más dentro de la institución,
el monitor debe evitar los gritos en los pasillos, para no perturbar el
desarrollo de las clases.
Responsabilidad con el cargo
• El comportamiento del monitor, durante sus labores y fuera de ellas,
debe ser ejemplar.
• Mantenerse dentro del aula o laboratorio durante toda la práctica
o clase.
• Retener el carne del estudiante que cause algún daño de algún
Reglamento Estudiantil 82
elemento o recurso, para definir la forma de reposición del mismo.
• La calidad en el servicio de las monitorías depende sustancialmente
de la puntualidad del monitor para dar inicio y terminar la práctica
extraclase. Es indispensable que el monitor llegue cinco (5) minutos
antes de iniciar la práctica.
• Es necesario que el monitor asista a las reuniones planeadas por la
institución. En el caso de no poder asistir, debe justificar la ausencia.
• Los monitores de los laboratorios de Electrónica y Mantenimiento
deben cumplir con la entrega formal de un informe de estado del
laboratorio, por práctica o clase ante el responsable de los mismos.
Mecanismos de aplicación de este reglamento
La falta contra alguno de los ítems que aparecen a
continuación, sin una justificación válida, equivale a las
siguientes sanciones:
• Llegar tarde una vez a una práctica o una clase en los laboratorios
amerita un llamado de atención verbal.
• Llegar tarde dos veces, en el transcurso del semestre, amerita un
llamado de atención por escrito.
• Llegar tarde por tercera vez, en el transcurso del semestre, equivale
a la suspensión de las labores del monitor durante una semana, a
partir de ese momento.
• Llegar tarde por cuarta vez, en el transcurso del semestre, corresponde
a la desvinculación definitiva de la monitoría.
• La pérdida de una llave le acarreará al monitor el costo del total de
la elaboración de los duplicados de las llaves y el valor del cambio de
la clave de cada una de las puertas.
• Una vez el monitor comunica su disponibilidad horaria a la Oficina
de Asignación de Prácticas, se hace responsable de su cumplimiento
en el transcurso de todo el semestre. Cualquier modificación que
se vea obligado a hacer, debe comunicarla con anterioridad a esta
instancia y justificar las razones que sean del caso.
• Si el monitor falta a una práctica sin una justificación previa, la
institución la interpretará como una falta de asistencia. La falta de
asistencia a una práctica corresponde a una llamada de atención por
escrito o a una suspensión temporal del monitor. El carácter de la
suspensión, si es temporal o definitiva, se considerará en el caso de
volverse a presentar una falta de asistencia por parte del monitor.
Reglamento Estudiantil 83
• Es una responsabilidad ineludible del monitor hacer respetar y
respetar él mismo con su cumplimiento, el Manual de Procedimientos
para monitores.
• Si el monitor incumple con los informes de estado de laboratorio sin
una justificación previa, la institución la interpretará como una falta
de responsabilidad al cargo. Esta falta por primera vez se sanciona
con un llamado de atención verbal, por segunda vez con una llamada
de atención escrita y por tercera vez suspensión temporal o definitiva
del monitor.
Reglamento Estudiantil 84
PROTOCOLOS DE SEGURIDAD PARA LABORATORIOS DE
MANTENIMIENTO DE COMPUTADORES, LABORATORIOS DE
ELECTRÓNICA, LABORATORIOS DE MECATRÓNICA
Y SALAS DE CÓMPUTO
Introducción
Permanentemente colaboradores, docentes, estudiantes y monitores
de CORPORIENTE, se ven rodeados de diversas condiciones de riesgo al
utilizar los laboratorios de mantenimiento de computadores,
laboratorios de electrónica, laboratorios de mecatrónica y salas de
cómputo con las que cuenta la Institución, siendo los riesgos
mecánicos y físicos los más representativos; esto hace que en un
momento dado se afecten sus actividades diarias. El conocimiento
y la aplicación de normas específicas, generalmente sencillas,
permitirán la prevención y minimización de las condiciones de riesgo
mencionadas.
Objetivo general
Establecer protocolos y/o estándares de seguridad que garanticen
salud y bienestar para las personas que hacen uso de los laboratorios
de mantenimiento de computadores, laboratorios de electrónica,
laboratorios de mecatrónica y salas de cómputo de CORPORIENTE.
Objetivos específicos
• Conocer y aplicar los estándares y/o protocolo de seguridad.
• Capacitar al personal involucrado en el manejo de las normas de
Seguridad con el fin de que tomen conciencia sobre la responsabilidad
en su adecuado manejo.
• Disminuir significativamente la posibilidad de accidentes a nivel
general.
• Realizar inspecciones con el fin de verificar el grado de cumplimiento
de las normas contempladas en el presente manual.
Reglamento Estudiantil 85
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA USO DE LABORATORIOS
DE MANTENIMIENTO DE COMPUTADORES, LABORATORIOS
DE ELECTRÓNICA, LABORATORIOS DE MECATRÓNICA
Y SALAS DE CÓMPUTO
PRESENTACIÓN
Las salas de cómputo y los laboratorios de electrónica, mecatrónica
y mantenimiento de computadores de CORPORIENTE tienen como
función, apoyar las actividades académicas relacionadas con el
proceso de enseñanza – aprendizaje de aquellos programas técnicos
que ofrece la institución en cuyo plan de estudios se tienen elementos
que deben desarrollarse en estos espacios académicos. Así mismo,
son el lugar donde los estudiantes realizan prácticas extra-clase y los
docentes, monitores y otros colaboradores llevan a cabo procesos de
investigación formativa y realizan actividades relacionadas con su rol.
La seguridad en estos ambientes de aprendizaje es entonces
responsabilidad de todos, tanto de la Direcciones de la Escuela y de los
profesores, como de los estudiantes, monitores y todos aquellos que
por alguna razón los utilicen, por lo tanto se exige un
comportamiento adecuado y disciplina al respecto.
Descripción de usuarios
Son usuarios de las salas de cómputo y los laboratorios de electrónica,
mecatrónica y mantenimiento de computadores:
• Los estudiantes inscritos en el período académico vigente de los
programas técnicos que ofrecen CORPORIENTE y la Fundación
CORPORIENTE.
• Los asistentes a cursos especiales ofrecidos por el Centro de
Educación Continua de
CORPORIENTE.
• Los profesores y monitores adscritos a los programas técnicos de
CORPORIENTE y la Fundación
CORPORIENTE.
• Los profesores de CORPORIENTE y la Fundación CORPORIENTE
interesados en
actividades de investigación formativa.
• Personal externo previamente autorizado por la institución.
• Responsables de los laboratorios y salas de cómputo.
Reglamento Estudiantil 86
Horario
El horario de servicios es de lunes a viernes de las 6:00 A.M. a 9:30
P.M. y sábados de 7:30 A.M. a 7:00 P.M. según la programación de
clases definida para el periodo académico en curso, la programación
de prácticas extra-clase y las actividades programadas para los usuarios
definidos anteriormente.
Servicios que prestan las salas de cómputo y los
laboratorios de electrónica, mecatrónica y mantenimiento
de computadores.
• Son espacios acondicionados para realizar prácticas que involucren
áreas del conocimiento relacionadas con electrónica digital,
electrónica analógica, electrónica de potencia e instrumentación
inteligente, automatización de procesos, mantenimiento preventivo,
predictivo y correctivo de computadores y sus periféricos y la gestión
de información a través de herramientas informáticas.
• Acceso al software disponible en los laboratorios y salas de cómputo
• El préstamo de manuales, equipos y/o puestos de trabajo sin salir
del laboratorio o sala de cómputo, a cambio del carné vigente o previa
autorización del responsable de estos ambientes de aprendizaje.
• Préstamo de materiales, y equipo para uso en clases y prácticas
de los diversos elementos que requieren de estos espacios, previa
autorización del responsable de los laboratorios y salas de cómputo.
• La reservación de materiales y equipos para su utilización en días
posteriores, estará sujeta a:
- El tiempo de reserva, el cual se asignará de acuerdo con las horas
disponibles.
- Se podrán reservar un máximo de dos horas por usuario.
- La reservación de más horas será de acuerdo a la disponibilidad de
tiempo de los diversos equipos.
- Los estudiantes que hayan reservado equipo para práctica extra-clase
y no se presenten en los primeros 15 minutos de la hora asignada,
perderán el derecho a la utilización de los mismos. En caso de acumular
6 horas de llegadas tarde y/o inasistencias totales, será sancionado 15
días calendario
- En caso de no haber reservado equipos con anticipación, se asignarán
siempre y cuando estén disponibles.
• En casos de fuerza mayor, los responsables de los laboratorios y salas
de cómputo están facultados para suspender el servicio ordinario del
Reglamento Estudiantil 87
mismo, previo aviso a la Dirección de la Escuela.
Disposiciones Generales
• El uso de los laboratorios y salas de cómputo será solo para los fines
académicos señalados en los planes de estudio de los programas o
cursos y para la realización de investigación formativa por parte de
estudiantes y docentes, y estará restringido a los horarios autorizados
para cada módulo o actividad investigativa.
• Cada profesor será responsable del control del grupo, así como del
cuidado de los laboratorios y salas de cómputo dentro de su horario.
• El usuario deberá identificarse con carné vigente expedido por la
institución para poder hacer uso de cualquiera de los servicios que se
prestan. En el caso de los usuarios temporales, las áreas encargadas
deberán expedir un carné temporal o enviar a la coordinación de los
laboratorios una lista de asistentes autorizados para su ingreso.
• Los estudiantes podrán realizar solo las actividades que les indiquen
los profesores responsables de la clase, en los horarios establecidos y
bajo su vigilancia.
• El material y equipo de los laboratorios y salas de cómputo alterado,
deteriorado o extraviado por los estudiantes, deberá reponerse o
repararse sin excusa por el responsable directo o por el equipo de
trabajo que efectuó la práctica, o en su defecto por todo el grupo, a
juicio del profesor, el coordinador de los laboratorios y la Dirección de
la Escuela.
• El estudiante que adeude material, equipo o multa, no tendrá
acceso a los laboratorios o salas de cómputo para realizar prácticas
extra-clase.
• Al finalizar la práctica o clase en los laboratorios y salas de cómputo,
los lugares de trabajo deberán quedar perfectamente limpios.
• Ningún usuario podrá cambiarse del equipo o puesto de trabajo que
se le haya asignado sin autorización expresa del monitor o docente
encargado del laboratorio o sala de cómputo.
• Las sesiones de trabajo finalizan 10 minutos antes de terminar su hora
asignada. Si por alguna razón el usuario necesita seguir trabajando,
deberá solicitarlo a la oficina de prácticas extra-clase, quien verificará
si es posible asignarle más tiempo, en el mismo equipo o en otro.
• El usuario deberá dejar en orden y libre de basura el equipo y el
mobiliario utilizado.
• Es obligación y responsabilidad del estudiante conocer y tener
siempre presente las medidas de seguridad, precaución e higiene
de los laboratorios y salas de cómputo, consignadas en el presente
Reglamento Estudiantil 88
reglamento, para evitar accidentes. Así mismo respetar
sus lineamientos.
• En caso de algún accidente o fuerza mayor, se debe acudir al profesor
responsable del módulo y/o al monitor encargado del laboratorio o
sala de cómputo para tomar las medidas pertinentes
• Deberán ser acatados y respetados los símbolos y señalizaciones
de seguridad, precaución e higiene que se encuentran dentro del
laboratorio y salas de cómputo.
Recomendaciones para el desarrollo de clases y prácticas
en las salas de cómputo y los laboratorios de electrónica,
mecatrónica y mantenimiento de computadores.
• Cada sesión iniciará a la hora indicada, según la programación
realizada por la Dirección de la Escuela y la oficina de prácticas extra-
clase.
• Durante el desarrollo de la clase o práctica queda estrictamente
prohibida la entrada de personas ajenas al laboratorio o sala de
cómputo, así mismo, queda prohibido salir del laboratorio o sala de
cómputo durante la sesión de clase o práctica, salvo previa autorización
del profesor o monitor responsable de la actividad.
• El número de integrantes de cada puesto de trabajo será de máximo
2 personas. Los estudiantes deberán trabajar con el equipo y en la
mesa que les sea asignada.
• En el pacto pedagógico al inicio de cada periodo académico, el
docente responsable explicará a los usuarios los aspectos relacionados
con el uso de los laboratorios y salas de cómputo.
• Los docentes que no tengan asignadas horas prácticas, podrán
reservar eventualmente los laboratorios y salas de cómputo, con una
antelación de 1 día hábil.
• Todos los desechos sólidos deberán ser depositados estricta y
exclusivamente en los recipientes correspondientes.
• El material y equipo de los laboratorios usado en las prácticas deberá
devolverse en condiciones óptimas una vez terminada la misma. Una
vez devuelto el material a satisfacción, se le devolverá el carné al
estudiante.
Obligaciones para los Usuarios.
• No se permite introducir ninguna clase de alimentos o bebidas, ni
fumar en los laboratorios y salas de cómputo.
Reglamento Estudiantil 89
• Queda prohibido, sentarse en las mesas de trabajo, jugar o hacer uso
inadecuado de las instalaciones, computadores, equipos y materiales
de laboratorios y salas de cómputo.
• En todo momento el estudiante deberá guardar respeto para
sus profesores, compañeros, monitores y personal administrativo.
Cualquier acción de desacato, destrucción o vandalismo dentro de los
laboratorios o salas de cómputo será sancionada.
• Se permite sólo un usuario o grupo de usuarios de 2 integrantes
máximo por cada puesto de trabajo.
• El usuario es responsable del equipo que se le haya asignado, por
lo que se recomienda verificar las condiciones en que lo recibe, con el
propósito de reportar cualquier anomalía.
• No está permitido cambiar la ubicación de los equipos, ni realizar
algún tipo de modificación a las conexiones.
• Cualquier usuario que no acate las disposiciones establecidas en
este reglamento y/o que sea sorprendido haciendo uso incorrecto de
los equipos, será sancionado por la Dirección de la Escuela.
• Cualquier usuario que sea sorprendido sustrayendo cualquier material
y/o equipo de laboratorio sin autorización escrita de la Dirección
de la Escuela, será reportado a la misma, quedando considerada la
infracción como posible conducta sancionable.
• El acceso a la oficina de prácticas extra-clase está permitido solo
para personal autorizado.
PROTOCOLO DE SEGURIDAD PARA LAS SALAS DE CÓMPUTO
Y LOS LABORATORIO DE ELECTRONICA, MECATRÓNICA Y
MAMTENIMIENTO DE COMPUTADORES
Evite cometer errores y ocasionar lesiones a su persona
o a sus compañeros de trabajo. Para ello lea y siga
cuidadosamente las siguientes indicaciones:
• Reconozca su lugar de trabajo: dónde se localizan y cómo se
accionan los interruptores de energía y los extintores.
• Reconozca las salidas de evacuación de los laboratorios.
• Consulte los manuales antes de manejar cualquier equipo eléctrico.
• Sujete firmemente la clavija (no el cable) al desenchufar los
equipos eléctricos. Tirar del cable puede dañar el cable, la clavija o el
tomacorriente y resultar en choques eléctricos o incendios.
• Desenchufe los equipos y cables de extensión cuando no se
encuentren en uso, antes de inspeccionarlos, moverlos o arreglarlos.
Reglamento Estudiantil 90
• Reconozca los indicios de sobrecarga en los circuitos, incluyendo
el parpadeo u oscurecimiento de las luces, fusibles quemados,
tomacorrientes o cables de extensión calientes al tacto y disyuntores
que se disparan.
• Verifique la existencia de una puesta a tierra efectiva en su instalación.
• No trabaje en zonas húmedas ni con líquidos u accesorios metálicos
(anillos, cadenas)
• Nunca manipule dispositivos o circuitos energizados (verifique que
están abiertos o desconectados). Compruebe la desconexión (por
ejemplo empleando un voltímetro).
• Si necesita trabajar sobre circuitos energizados, siempre emplee
herramientas de mango aislado.
PRECAUCIONES EN EL MANEJO DE EQUIPOS DE LOS
LABORATORIOS DE ELECTRONICA Y MECATRÓNICA
Fuentes de poder:
• Utilizar el cable de poder adecuado para evitar incendios, el cable de
poder específico para la fuente que se está usando.
• Evitar sobrecargas eléctricas: para evitar descargas eléctricas y riesgo
de incendio, no demande de la terminal un voltaje o corriente que
esta fuera de sus especificaciones.
• Evitar corto circuitos.
• Aterrizar el equipo: por lo general con el cable de alimentación se
tiene aterrizado el equipo. Para evitar descargas eléctricas, la terminal
de tierra del cable debe estar aterrizada.
• Usar el fusible apropiado: para evitar riesgo de incendio, use solo los
fusibles especificados para la fuente determinada.
• No utilizar en condiciones mojadas o húmedas: para evitar descargas
eléctricas, no utilice la fuente de poder en lugares mojados o húmedos.
Osciloscopios:
• Utilizar el cable de poder adecuado: para evitar fuego, se debe
utilizar el cable de poder específico para el osciloscopio que se está
usando.
• Conecte y desconecte adecuadamente: no conecte ni desconecte
puntas o cables de prueba mientras estén conectados a un osciloscopio.
• Proporcione al osciloscopio una conexión a tierra o flotarlo: este
aparato se conecta a tierra mediante el cable de alimentación. Para
evitar descargas eléctricas, conecte siempre este conductor a una
conexión de tierra.
Reglamento Estudiantil 91
• Conecte la punta adecuadamente: el cable de tierra de la punta
tiene un potencial eléctrico de tierra. No conecte al cable de tierra a
un voltaje elevado.
• Use el fusible adecuado: use solo fusibles del tipo y especificación
para este aparato.
• Evite circuitos expuestos: evite tocar las conexiones y componentes
expuestos cuando haya alimentación presente.
• No haga funcionar el aparato si sospecha fallas
• Proporcione la ventilación necesaria
• No haga funcionar el aparato en entornos húmedos o mojados
• Mantenga limpias y secas las superficies del producto
Generadores:
• Utilizar el cable de poder adecuado: para evitar fuego, se debe
utilizar el cable de poder específico para el generador que se está
usando.
• Proporcione al generador una conexión a tierra: este aparato se
conecta a tierra mediante el cable de alimentación. Para evitar
descargas eléctricas, conecte siempre este conductor a una conexión
de tierra.
• Antes de realizar conexiones a los terminales de entrada o salida del
producto, asegúrese de que el producto tiene salida a tierra.
• Conecte la punta adecuadamente: el cable de tierra de la punta
tiene un potencial eléctrico de tierra. No conecte al cable de tierra a
un voltaje elevado.
• Use el fusible adecuado: use solo fusibles del tipo y especificación
para este aparato.
• Evite circuitos expuestos: evite tocar las conexiones y componentes
expuestos cuando haya alimentación presente.
• No haga funcionar el aparato si sospecha fallas
• Proporcione la ventilación necesaria
• No haga funcionar el aparato en entornos húmedos o mojados
• Mantenga limpias y secas las superficies del producto
Multímetros:
• Evitar sobrecargas eléctricas: para evitar descargas eléctricas y
riesgo de incendio, no sobrepase el rango de la terminal en voltaje o
corriente.
• Evitar corto circuitos.
• Usar el fusible apropiado: para evitar riesgo de incendio, use solo
los fusibles especificados
Reglamento Estudiantil 92
• No utilizar en condiciones mojadas o húmedas: para evitar descargas
eléctricas, no utilice el multímetro en lugares mojados o húmedos.
PRECAUCIONES EN EL MANEJO DE EQUIPOS DE LOS
LABORATORIOS DE MANTENIMIENTO DE COMPUTADORES
• Ubique el equipo en un área donde no exista mucho movimiento
de personal.
• No traslade los equipos sin la autorización y asesoría del docente o
en cargado del laboratorio.
• No conecte otros aparatos (radios, cargadores de celular, entre
otros.) en la toma de energía regulada.
• Cada usuario, al momento de terminar las labores diarias, deberá
apagar los equipos (computadores, impresoras, entre otros periféricos).
• Evite colocar encima o cerca del computador ganchos, clips, bebidas
y comidas que se pueden caer accidentalmente dentro del equipo.
• Mantenga libre de polvo las partes externas del computador y sus
periféricos. Utilice un paño suave y seco. Jamás use agua y jabón.
• Evitar corto circuitos.
• No utilizar en condiciones mojadas o húmedas: para evitar descargas
eléctricas, no utilice el multímetro en lugares mojados o húmedos.
• Elimine la energía estática antes de iniciar la manipulación de los
componentes electrónicos del computador y sus periféricos
• No energice los computadores, ni otros periféricos si sospecha fallas
o sin la revisión previa del docente o encargado del laboratorio.
• No manipule los kit (equipos desensamblados) de los laboratorios
sin el conocimiento previo y/o sin la autorización del docente o del
encargado del laboratorio.
PRECAUCIONES EN LA UTILIZACIÓN DE SALAS DE CÓMPUTO
• No traslade los computadores sin la autorización y asesoría del
docente o en cargado de la sala de cómputo.
• No conecte otros aparatos (radios, cargadores de celular, entre
otros.) en la toma de energía regulada.
• Cada usuario, al momento de terminar las labores diarias, deberá
apagar el equipo de cómputo (CPU y monitor).
• Evite colocar encima o cerca del computador ganchos, clips, bebidas
y comidas que se pueden caer accidentalmente dentro del equipo.
• Evitar corto circuitos.
Reglamento Estudiantil 93
• No utilizar los computadores en condiciones mojadas o húmedas.
• No encienda el computador si sospecha fallas.
• Está prohibido destapar y tratar de arreglar los equipos por su
cuenta. En todos los casos asesórese del departamento de soporte
técnico o informe al docente o monitor encargado.
Reglamento Estudiantil 94
PROTOCOLOS DE SEGURIDAD LABORATORIOS ESCUELA
DE COMUNICACIÓN VISUAL: PROTOTIPOS, FOTOGRAFÍA,
ESTAMPACIÓN, 3D
Y MULTIMEDIA Y CONFECCIÓN
Introducción
Permanentemente colaboradores, docentes, estudiantes de
CORPORIENTE, se ven rodeados de diversas condiciones al utilizar los
laboratorios propios de la Escuela de Comunicación Visual,
encontrando entre ellos, riesgos mecánicos y físicos. El conocimiento
y la aplicación de normas específicas, generalmente sencillas, permitirán
la prevención y minimización de las condiciones mencionadas.
Objetivo
Establecer protocolos y/o estándares de seguridad que garanticen
salud y bienestar de las personas que hacen uso de los laboratorios de
la Escuela de Comunicación Visual.
Objetivos específicos
• Conocer y aplicar los estándares y/o protocolo de seguridad.
• Capacitar a los involucrados en el manejo de las normas de seguridad
con el fin de que tomen conciencia sobre la responsabilidad en su
adecuado manejo.
• Disminuir significativamente la posibilidad de accidentes a nivel
general.
• Realizar inspecciones con el fin de verificar el grado de cumplimiento
de las normas contempladas en el presente manual.
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL USO DE LOS
LABORATORIOS DE LA ESCUELA DE COMUNICACIÓN VISUAL
PRESENTACIÓN
Los laboratorios de la Escuela de Comunicación Visual tienen como
propósito, apoyar las actividades académicas relacionadas con el
proceso de enseñanza – aprendizaje de aquellos programas técnicos
que requieren espacios físicos experimentales. De la misma manera,
son los escenarios en los cuales se desarrollan las prácticas extraclase.
Reglamento Estudiantil 97
La seguridad en estos ambientes de aprendizaje es entonces
responsabilidad de todos, tanto de la Direcciones de la Escuela y de los
profesores, como de los estudiantes y todos aquellos que los utilicen.
Descripción de usuarios
Son usuarios de los laboratorios de la Escuela de Comunicación Visual:
• Los estudiantes inscritos en el período académico vigente de los
programas técnicos que ofrecen CORPORIENTE y la Fundación
CORPORIENTE.
• Los profesores adscritos a los programas técnicos de la Escuela de
Comunicación CORPORIENTE y la Fundación
CORPORIENTE.
• Personal externo previamente autorizado por la Institución.
• Responsables de los laboratorios.
Horario de servicio
El horario de servicio en la Institución es de lunes a viernes de las
6:00 a.m. a 9:30 p.m. y sábados de 7:30 a.m. a 5:50 p.m., por ende
los laboratorios estarán abiertos de acuerdo con la programación de
clases definida para el periodo académico en curso, la programación
de prácticas extra-clase y las actividades programadas para los usuarios
definidos anteriormente.
SERVICIOS QUE PRESTAN LOS LABORATORIOS
• Son espacios acondicionados para realizar prácticas que involucren
áreas del conocimiento relacionadas con Moda, Diseño de Espacios
Comerciales, Producción de Video, Producción Fotográfica, Animación
3D.
• Ofrecen acceso al software, hardware y otras herramientas de
trabajo.
• El préstamo de manuales y equipos, previo acuerdo con el
responsable de estos ambientes de aprendizaje. La reservación de
materiales y equipos, estará sujeta a:
- El tiempo previo de reserva determinado por la Dirección. Los
estudiantes que hayan reservado equipo para práctica extra-clase y no
se presenten en los primeros 15 minutos de la hora asignada, perderán
el derecho a la utilización de los mismos. En caso de acumular 6 horas
Reglamento Estudiantil 98
de llegadas tarde y/o inasistencias totales, será sancionado 15 días
calendario.
- Se podrán reservar un máximo de dos horas por usuario. El tiempo
adicional está sujeto a la disponibilidad del recurso.
- En caso de no haber reservado equipos con anticipación, se asignarán
siempre y cuando estén disponibles.
• En casos de fuerza mayor, los responsables de los laboratorios y salas
de cómputo están facultados para suspender el servicio ordinario del
mismo, previo aviso a la Dirección de la Escuela.
DISPOSICIONES GENERALES PARA TODAS LAS
ACTIVIDADES ACADÉMICAS
• El uso de los laboratorios será solo para los fines académicos
señalados en los planes de estudio de los programas así como para
la realización de investigación formativa por parte de estudiantes y
docentes. El recurso no se usará para fines comerciales o personales.
• Cada profesor será responsable del control del grupo, así como del
cuidado de los laboratorios dentro de su espacio de clase o práctica.
• El usuario deberá identificarse con carné vigente expedido por la
institución para hacer uso de cualquiera de los servicios. En el caso
de los usuarios temporales, las áreas encargadas deberán expedir un
carné temporal o enviar a la coordinación de los laboratorios una lista
de asistentes autorizados para su ingreso.
• El material, equipo de los laboratorios y salas de cómputo alterado,
deteriorado o extraviado por los estudiantes, deberá reponerse o
repararse sin excusa por el responsable directo o por el equipo de
trabajo que efectuó la práctica. En su defecto por todo el grupo, a
juicio del profesor, el coordinador del laboratorio y la Dirección de la
Escuela.
• El estudiante que adeude material, equipo o multa, no tendrá acceso
a los laboratorios para realizar prácticas extra-clase.
• Al finalizar la práctica o clase en los laboratorios, los lugares de
trabajo deberán ser organizados y aseados por el grupo de trabajo
que los uso.
• Ningún usuario podrá cambiarse de equipo o puesto de trabajo que
se le haya asignado sin autorización expresa del monitor o docente
encargado del laboratorio o sala de cómputo.
• Las sesiones de trabajo finalizan 10 minutos antes de la hora
asignada. Si por alguna razón el usuario necesita seguir trabajando,
Reglamento Estudiantil 99
deberá solicitarlo al encargado.
• Es obligación y responsabilidad de todos los usuarios conocer y tener
siempre presente las medidas de seguridad, precaución e higiene de
los laboratorios, consignadas en el presente reglamento.
• En caso de algún accidente o fuerza mayor, se debe acudir
inmediatamente al docente o al encargado del laboratorio para tomar
las medidas pertinentes.
• Deberán ser acatados y respetados los símbolos y señalizaciones de
seguridad, precaución e higiene que se encuentran dentro y fuera del
laboratorio.
• Durante el desarrollo de la clase o práctica queda estrictamente
prohibida la entrada de personas ajenas al laboratorio.
• En el pacto pedagógico al inicio de cada periodo académico,
el docente responsable explicará a los estudiantes los aspectos
relacionados con el uso de los laboratorios, las medidas de protección
personal, el uso de los principales instrumentos y el control de la clase.
• Todos los desechos sólidos deberán ser depositados estricta y
exclusivamente en los recipientes correspondientes.
• El material y equipo de los laboratorios usado en las prácticas deberá
devolverse en condiciones óptimas una vez terminada la misma. Una
vez devuelto el material a satisfacción, se le devolverá el carné al
estudiante.
• No se permite introducir ninguna clase de alimentos o bebidas en
los laboratorios.
• No se permite sentarse en las mesas de trabajo, gritar, correr, jugar
o hacer uso inadecuado de las instalaciones y equipos de laboratorios.
• El usuario es responsable del equipo que se le haya asignado, por
lo que se recomienda verificar las condiciones en que lo recibe, con el
propósito de reportar cualquier anomalía.
• No está permitido cambiar la ubicación de los equipos, ni realizar
algún tipo de modificación a las conexiones.
• Cualquier usuario que sea sorprendido sustrayendo cualquier material
y/o equipo de laboratorio sin autorización escrita de la Dirección
de la Escuela, será reportado a la misma, quedando considerada la
infracción como posible conducta sancionable.
• Cualquier acción de desacato, destrucción o vandalismo dentro de
los laboratorios será sancionada.
Reglamento Estudiantil 100
PROTOCOLO DE SEGURIDAD
Evite cometer errores y ocasionar lesiones a su persona o a sus
compañeros de trabajo. Para ello, se dan las siguientes indicaciones:
• Reconozca su lugar de trabajo: dónde se localizan y cómo se
accionan los interruptores de energía y los extintores.
• Reconozca las salidas de evacuación de los laboratorios.
• Consulte los manuales antes de manejar cualquier equipo eléctrico.
• Sujete firmemente la clavija (no el cable) al desenchufar los
equipos eléctricos. Tirar del cable puede dañar el cable, la clavija o el
tomacorriente y resultar en choques eléctricos o incendios.
• Desenchufe los equipos y cables de extensión cuando no se
encuentren en uso, antes de inspeccionarlos, moverlos o arreglarlos.
• Reconozca los indicios de sobrecarga en los circuitos, incluyendo
el parpadeo u oscurecimiento de las luces, fusibles quemados,
tomacorrientes o cables de extensión calientes al tacto y disyuntores
que se disparan.
• Verifique la existencia de una puesta a tierra efectiva en su instalación.
• No trabaje en zonas húmedas ni con líquidos u accesorios metálicos
(anillos, cadenas)
• Nunca manipule dispositivos o circuitos energizados (verifique que
están abiertos o desconectados). Compruebe la desconexión.
• Determinar y liberar permanentemente las vías de tránsito en los
diferentes laboratorios.
• Los usuarios no usarán tacones, anillos, pulseras o audífonos en los
laboratorios.
• Los usuarios no ingresarán comidas o bebidas a estos espacios.
PRECAUCIONES DEL LABORATORIO DE FOTOGRAFÍA
• Todos los docentes deben enseñar a sus estudiantes a manejar las
luces y cámaras, antes de que entren en contacto con las mismas.
• Los equipos electrónicos deben retornarse al responsable de la
actividad, en las mismas condiciones en las cuales fueron entregadas.
No se deben entregar con opciones personalizadas.
• No pisar el sinfín con zapatos.
• No se deben conectar dos luces en el mismo toma, por la carga
eléctrica.
Reglamento Estudiantil 101
• No se deben dejar las luces encendidas de modelado, mientras no
se está usando.
• No se debe dejar encendida una antorcha sin utilizar más de 15
minutos.
• No se deben ubicar las cajas de luz hacia la cara del difusor.
• El cable de energía de la antorcha siempre debe estar en ubicado
dentro de las patas del trípode de la misma.
• No ubicar las cámaras en el suelo.
• Nunca dejar la antorcha de luz sin protección, usar una caja de luz,
reflector o protector.
• La antorcha siempre debe mirar hacia una de las patas.
• El cambio de cajas de luz en la antorcha debe estar supervisado por
el responsable de la práctica.
• Los cables deben enrollarse en un círculo de 40 centímetros.
• Los estudiantes no podrán manipular las antorchas en circuitos
especializados como frecuencia, grupos, entre otros, sin supervisión
del responsable.
• El estudiante puede hacer uso del espacio y la infraestructura de
iluminación.
• El estudiante debe traer su equipo fotográfico a la práctica.
• Utilizar el cable de poder adecuado para evitar incendios, el cable de
poder específico para la fuente que se está usando.
• Cinco minutos antes de finalizar la práctica, el estudiante debe
ordenar, limpiar y entregar al encargado, los equipos que usó en
condiciones adecuadas. PRECAUCIONES EN EL MANEJO DE EQUIPOS DEL
LABORATORIO DE PROTOTIPOS
• Todos los usuarios del espacio deben emplear los mecanismos de
protección, sin excepción.
• Los docentes realizarán una inducción al grupo sobre seguridad,
mecanismos de protección personal, uso y cuidado de los materiales
y funcionamiento de los equipos. Se realizará una visita guiada al
laboratorio en la cual se explicarán a profundidad las zonas en las
cuales está distribuido.
• El laboratorio de prototipos, solo puede ser usado con la presencia
permanente del docente del área.
Reglamento Estudiantil 102
• Se debe utilizar el cable de poder adecuado para evitar incendios, el
cable de poder específico para la fuente que se está usando.
• Se deben evitar sobrecargas eléctricas: no demande de la terminal
un voltaje o corriente que esta fuera de sus especificaciones.
• Evitar corto circuitos.
• No utilizar las máquinas en condiciones mojadas o húmedas: para
evitar descargas eléctricas, no utilice la fuente de poder en lugares
mojados o húmedos.
• Recoger y entregar al docente las herramientas empleadas durante
la clase.
• Emplear los equipos de corte, pintura y soldadura siempre con
supervisión del docente responsable del laboratorio.
• Antes de operar con la máquina, el docente debe asegurarse de que
todas las protecciones estén instaladas correctamente.
• El laboratorio está segmentado en tres zonas de trabajo: corte,
soldadura y pintura, los estudiantes no deben trasladarse hasta que
el docente se los permita, de este modo no obstruyen las vías de
circulación.
• Es importante proteger los ojos, particularmente susceptibles ante
el calor, las chispas y los materiales que salpiquen.
• Es obligatorio usar guantes ante proceso abrasión o corte.
• Ningún usuario debe anular los dispositivos de seguridad. Los
estudiantes no deben ingresar al laboratorio cuando lleven mangas
largas.
• Todos los estudiantes deben conocer el uso previsto de las
herramientas básicas: destornillador, una lima, una llave fija, o un
cincel, por citar algunos ejemplos. Sin embargo, los estudiantes solo
los usarán cuando el docente se lo indique.
• El docente verificará el estado de las máquinas antes y después de
su uso.
• Al finalizar la clase o la práctica, los usuarios en cabeza del docente,
deben asegurarse del reconteo de las piezas y equipos del laboratorio.
Verificar la desconexión de los aparatos eléctricos, la limpieza del área
y las condiciones de las cerraduras, es imprescindible.
Reglamento Estudiantil 103
PRECAUCIONES EN EL MANEJO DE EQUIPOS DE LOS
LABORATORIOS CONFECCIÓN
• Todos los docentes responsables deberán explicar en la primera
clase, las normas de protección personal que los estudiantes seguirán
en los laboratorios de confección.
• En el laboratorio se corren los riesgos propios del corte, el calor y
la costura, el docente explicará cómo pueden suceder estos hechos y
se debe asegurar que los estudiantes comprendan cada uno de ellos.
• Los docentes presentarán a los estudiantes las buenas prácticas en
manejo de herramientas como agujas, tijeras y demás herramientas
elementos peligrosos propios de las máquinas.
• Los estudiantes deben cortar alejándose del cuerpo y de los ojos,
de la misma manera deben confeccionar sus prendas protegiendo su
rostro y manos.
• Los estudiantes necesitan mantenerse alertas cuando trabajan con
objetos filosos y asegurarse de que las agujas tengan los resguardos
correspondientes.
• Los estudiantes deben usar ropa cómoda que les permita realizar
movimientos repetitivos.
• La confección puede generar lesiones ergonómicas, por ello los
estudiantes deben cuidar su postura.
• Las estaciones de trabajo deben contar con suficiente espacio e
iluminación para realizar los procesos propios de la confección, los
docentes deben verificar las condiciones del salón antes de iniciar las
prácticas.
• Los estudiantes deben mantener limpia el área de trabajo.
• Antes de emplear las máquinas deben verificar su estado.
PRECAUCIONES EN EL MANEJO DE EQUIPOS DEL
LABORATORIO DE ESTAMPACIÓN
• Todos los docentes responsables deberán explicar en la primera
clase, las normas de protección personal que los estudiantes seguirán
en el laboratorio de estampación.
• El docente explicará el uso de los elementos del laboratorio:
rasquetas, marcos, secador y termofijadora, paletas de pintura.
• Los estudiantes deben ingresar sin maletas, ni elementos diferentes
a sus enseres de trabajo al laboratorio.
Reglamento Estudiantil 104
• Los usuarios no deben conectar otros aparatos (radios, cargadores
de celular, entre otros.) en la toma de energía regulada.
• Cada usuario, al momento de terminar las labores, deberá apagar
y limpiar los equipos así como los espacios de trabajo. Igualmente
deberá devolver a su lugar, herramientas de trabajo.
• Los líquidos y químicos deben permanecer tapados y en la respectiva
estantería, mientras no se estén usando.
• Los estudiantes no desplazarán objetos o materiales por fuera del
laboratorio.
• Los estudiantes no prepararán las combinaciones de las pinturas
durante la clase, ésta labor la realizará el docente.
• Usar tapabocas y guantes.
• No encender fuego cerca de los productos inflamables (varsol y
plastisol).
• No inhalar los productos químicos del laboratorio.
• Al finalizar la clase o la práctica, la termofijadora y los secadores
quedarán desconectados.
PRECAUCIONES EN LA UTILIZACIÓN DEL LABORATORIO
DE 3D Y MULTIMEDIA
• La práctica se debe reservar con un día de anticipación a través de la
Secretaria de la Escuela de Comunicación.
• Los computadores no se deben trasladar sin la autorización y
asesoría del docente o el encargado de la sala.
• Los estudiantes no conectarán otros aparatos (radios, cargadores de
celular, entre otros) en la toma de energía regulada.
• Cada usuario, al momento de terminar las labores, deberá apagar el
equipo de cómputo (CPU y monitor) y entregarlo al encargado.
• Los usuarios deben evitar ubicar encima o cerca del computador
ganchos, clips, bebidas y comidas que se pueden caer accidentalmente
dentro del equipo.
• Si el usuario sospecha fallas, no debe encender el computador, debe
informar inmediatamente al responsable a la Secretaria de la Escuela.
• Está prohibido descargar software en los equipos.
• Está prohibido abrir y/o reparar los equipos por su cuenta.
Reglamento Estudiantil 105
REGLAMENTO LABORATORIO DE COCINA
NORMAS DE COMPORTAMIENTO Y SEGURIDAD Para el correcto desempeño de las labores dentro de la cocina y por su
seguridad, es necesario que tenga en cuenta el siguiente reglamento
para el ingreso a ella.
El laboratorio de cocina, por ser un centro de capacitación y
producción de alimentos, el docente, estudiantes y visitantes, deben
velar por la aplicación del decreto 3075 de 1997 “Buenas Prácticas de
Manufactura”.
1. Uniforme
a. Los estudiantes de los programas Técnico Laboral en Gastronomía
y Técnico en Gestión de Bares & Restaurantes deberán utilizar
el uniforme de la institución para estos programas, el cual está
compuesto por pañoleta, chaqueta, pantalón, delantal y que cumplen
con lo estipulado en literal b del artículo 15 del decreto 3075 de 1997,
Reglamento Estudiantil 106
ya que el acatamiento de dicho decreto hace parte fundamental de su
formación académica y profesional.
b. Los zapatos deben cumplir con lo indicado en el literal F del artículo
15 del decreto 3075 de 1997, “Usar calzado cerrado, de material
resistente e impermeable y de tacón bajo”, además deben tener suela
antideslizante; no están permitidos zapatos con cordones, además
deben usarse con medias, no media velada o media tobillera, con
el fin de prevenir accidentes en caso de que se riegue algún liquido
caliente.
c. Los estudiantes de los cursos de extensión y/o actualización, para
hacer uso del laboratorio de cocina, deberán hacerlo con delantal y/o
bata de laboratorio.
d. El uniforme debe estar limpio en todo momento, para esto, el
uniforme (bata) sólo
debe ser colocado
antes de ingresar a clase
para evitar agentes
contaminantes traídos
de la calle, así mismo
no debe ser utilizado
para transitar en la
calle, aún después de
finalizar las clases.
e. Al salir a descanso
deberá retirarse el
delantal y la pañoleta,
los cuales deberán ser
guardados en el casillero asignado.
2. Presentación personal
a. Se debe mantener una esmerada limpieza e higiene personal y
aplicar buenas prácticas profilácticas en todo momento, de manera
que se evite la contaminación de los alimentos y de las superficies de
contacto con éstos.
b. Las jóvenes deberán tener el cabello recogido y sujetados con una
red para evitar que los cabellos caigan y contaminen los alimentos.
c. Los jóvenes deben estar siempre afeitados, con el cabello corto o
bien peinado y sujetos, de manera que no sobresalgan de la pañoleta
o gorro y de la red.
Reglamento Estudiantil 107
d. Lavarse las manos con agua y jabón, antes de comenzar la clase,
cada vez que salga y entre al laboratorio de cocina y después de
manipular cualquier material u objeto que pudiese representar un
riesgo de contaminación para el alimento.
e. Mantener las uñas cortas, limpias y sin maquillaje.
f. No se debe utilizar ningún tipo de loción o perfume, con el fin de
evitar contaminación cruzada.
g. No se permite utilizar anillos, aretes, pulseras, relojes, piercings, ni
cualquier objeto de joyería, para evitar contaminar los alimentos.
h. No está permitido el uso de maquillaje.
3. Uso Laboratorio de Cocina - Clase
a. Para hacer uso del
laboratorio de cocina,
los estudiantes de los
programas regulares
(Gastronomía – Gestión
de Bares & Restaurantes)
deben tener vigente el
carné como
manipuladores de
alimentos.
b. Los estudiantes no
deben permanecer en
el laboratorio de cocina
sin la presencia del Chef
- Docente o del Monitor.
c. Las clases de cocina siempre deben comenzar a la hora indicada,
por esto si usted llega tarde a la clase práctica no podrá ingresar a
ella, el Chef - Docente no está autorizado para dejarlo ingresar, para
hacerlo se requiere autorización de la Dirección de Escuela.
d. El trabajo en clase se desarrollará en equipos de trabajo, cada
equipo estará conformado entre 4 y 5 estudiantes o como disponga el
Chef - Docente, de acuerdo con la actividad a desarrollar; cada equipo
de trabajo contará con los implementos y materia prima necesaria
para el desarrollo de la clase.
Reglamento Estudiantil 108
e. Del laboratorio de cocina no se puede salir sin el previo consentimiento
del Chef - Docente, si usted lo hace no puede volver a ingresar a la
clase.
f. Al laboratorio de cocina está prohibido ingresar bolsos, maletines y
objetos personales, únicamente se debe ingresar los implementos de
cocina y lo necesario para tomar nota.
g. A las clases o prácticas no se debe llevar acompañantes de otros
programas o personas que no pertenezcan a la Institución.
h. Está totalmente prohibido colocar los pies sobre los entrepaños de
las mesas de trabajo, este acto ameritará la expulsión de clase.
4. Materia Prima
a. La materia prima para su clase llegará directamente del almacén,
por lo que no se podrá solicitar material extra al Economato, puesto
que todo está costeado y pesado para el perfecto funcionamiento de
las labores dentro del área.
b. Si observa cualquier
problema con su materia
prima, favor avisar al Chef
- Docente, ya que es la
única persona autorizada
para poder realizar algún
cambio.
c. Si se extravía la materia
prima o ésta sufre algún
deterioro por mal manejo
de la misma por parte
de los estudiantes, la
Dirección de Escuela, el
Chef - Docente o el Monitor no asumen el daño y no se suministrará
nuevamente.
d. La materia prima se entregará en su totalidad y el Chef - Docente
se encargará de designar a una persona para porcionar las recetas del
día.
e. Los alimentos que se produzcan dentro de la cocina son para
consumo de la clase, en ningún momento se tiene permitido sacarlos
de la Institución; cada equipo de trabajo tendrá solamente derecho
a una porción; la demás producción la Institución dispondrá de ella.
Reglamento Estudiantil 109
5. Equipos y Utensilios
a. La entrega de implementos de cocina y materia prima, sólo la hará
el Chef - Docente o en su defecto el Monitor de la clase, quienes se
encargan de verificar que el equipo se devuelva corresponda al que
se entregó.
b. Para un mejor servicio y control, cada equipo de trabajo deberá
solicitar los implementos de cocina (cuchillos, tablas, ollas, sartenes,
entre otros) y la
materia prima
en los formatos
establecidos para
esto.
c. No se entrega
equipo extra
del que se haya
solicitado dentro
del pedido.
d. Los estudiantes
de Gastronomía
que no tengan su
juego de cuchillos,
chaira y tabla, para trabajar no podrán ingresar a clase.
e. Cada equipo de trabajo es responsable de tener entre sus elementos
los respectivos limpiones (toallas) para la limpieza y secado de los
implementos de trabajo.
f. El equipo que usted maneja es de la institución y como tal está a su
disposición para el buen desarrollo del aprendizaje, como estudiante
lo debe mantener en las mejores condiciones y como se lo entreguen,
usted lo deberá regresar.
g. Si observa que algún implemento del menaje de cocina no se
encuentra en condiciones óptimas, favor dar aviso al administrador
del Economato. 6. Limpieza – Aseo
a. Como parte integral del programa, está el aprendizaje del cuidado,
aseo y mantenimiento de los equipos y utensilios del área de cocina;
cuando la cocina se encuentre en uso es responsabilidad del grupo de
Reglamento Estudiantil 110
cocina, que esté trabajando, entregar dicha área higienizada bajo la
supervisión del Chef - Docente.
b. Los equipos de trabajo que laboran dentro de la cocina tienen la
responsabilidad de barrer correctamente, trapear con desinfectante;
según el día, el Chef - Docente designa el equipo que le corresponde
esta labor; los pisos deben quedar totalmente limpios y brillantes.
c. Las mesas y estufas de trabajo se deben limpiar con jabón y no
raspar con fibra metálica sino con una fibra de espuma, después se
deberá limpiar las estufas levantando perfectamente las hornillas para
retirar cualquier resto de comida o líquido derramado.
d. Las partes inferiores (entrepaños) de las mesas de trabajo deben
quedar completamente limpias y desocupadas al terminar el aseo.
e. La mesa del Chef - Docente, así como los implementos que él ocupe
para dictar la clase, los limpiará e higienizará el equipo que esté como
encargado de limpieza el día de la clase.
f. Los pozuelos deben quedar limpios, sin residuos de comida dentro
del sifón.
g. La basura se clasificará y depositara en los recipientes destinados
para este fin, de acuerdo al numeral 10, Conservación y Reciclaje.
7. Zona de Descanso - Casilleros
a. Esta zona es únicamente para descansar y guardar sus pertenencias
durante la clase, en ningún momento deberá ser utilizada como
vestier, el uniforme deberá ser cambiado en uno de los baños
ubicados en los otros pisos del edificio, de acuerdo con su género.
b. Los casilleros que se encuentran en la zona de descanso son de
uso exclusivo de los estudiantes que se encuentran en el laboratorio
de cocina y son prestados únicamente durante el tiempo que dure la
clase o práctica; una vez terminada, el casillero deberá desocuparse,
de lo contrario, se procederá a retirar el candado y el contenido del
casillero; la institución no se hará responsable por las cosas que allí
hubiera.
c. El estudiante deberá asegurar su casillero con un candado durante la
clase, CORPORIENTE provee el casillero para su comodidad como
estudiante, pero en ningún momento es responsable por lo que allí
se guarde o por pérdida alguna.
Reglamento Estudiantil 111
8. Daños y Pérdidas
Si se llegara a dañar cualquier equipo y/o utensilio que estaba bajo su
responsabilidad, se deberá pagar el valor del mismo, según el costo
actual del mercado para poder reponerlo, de igual forma deberá
procederse en caso de extravío, robo o cualquier otro motivo.
9. Conservación – Reciclaje
a. Cuando no se esté trabajando en la cocina o se salga a descanso,
se debe apagar la luz y cerrar las llaves de gas para evitar gastos
excesivos, además para evitar riesgos de accidente. b. En las áreas de
cocina encontrará recipientes debidamente marcados y clasificados
por colores, acordes a la legislación colombiana, para almacenar los
residuos que se produzcan en esta área, favor hacer uso adecuado de
ellos:
- Recipiente de color VERDE para depositar los residuos ordinarios,
como basura del piso y empaques que no sean reciclables; envolturas
de alimentos, papel higiénico, servilletas.
- Recipiente de color GRIS para depositar el material reciclable: papel,
cartón, entre otros.
- Recipiente de color BEIGE para depositar los residuos orgánicos,
como restos de alimentos, frutas, verduras, ripio de café, entre otros.
- Recipiente de color AZUL para depositar material reciclable, como
plástico, vidrio y latas.
10. Visitantes
Las personas que deseen ingresar en calidad de visitantes al área de
cocina, deberán estar acompañadas por un empleado de la institución
y al ingresar al laboratorio de cocina deberá cubrir su cabello con
gorro desechable, el cual será suministrado por el personal encargado
de la cocina.
11. Otros
a. No está permitido el ingreso de alimentos y bebidas diferentes a las
utilizadas en el área de producción.
b. Está prohibido el uso de celulares y reproductores de música.
c. Está totalmente prohibido fumar en toda el área de cocina y en
Reglamento Estudiantil 112
general en toda la Institución, ya que el olor a cigarrillo contamina los
alimentos al estos ser manipulados. En caso de que se observe aroma
a dicho producto, el Chef tiene la discreción de no permitir manipular
alimento alguno.
12. Sanciones
Se aplicarán de acuerdo con el Manual de Convivencia que se
encuentra en el Reglamento Estudiantil.
PROTOCOLO SE SEGURIDAD
CÓMO EVITAR Y ACTUAR EN CASO DE ACCIDENTES-
El trabajo de preparación de alimentos puede ser, la mayoría del
tiempo, libre de lesiones. Las lesiones que llegan a ocurrir usualmente
resultan del no seguir instrucciones, el descuido, la falta de
conocimientos, o una combinación de estos y factores parecidos. Una
persona puede controlar las lesiones al observar continuamente las
prácticas seguras de trabajo, y al alertar al docente y sus compañeros
sobre aquellas condiciones que podrían generar a un accidente.
¡Las cocinas son seguras! Quienes crean los problemas son las
personas trabajando en las cocinas. El calor, las máquinas, el
jabón, y los cáusticos todos se necesitan para la preparación
eficiente de alimentos. Todos pueden usarse sin peligro si
las personas quienes los usan lo hacen apropiadamente.
En todas las áreas de CORPORIENTE puede ocurrir un accidente,
ya sea un accidente en las escaleras, en las aulas de clase, en el
puesto de trabajo, en el transporte hacia la casa y de ahí al
trabajo, en fin; en todos los sitios la persona puede correr
riesgos de accidente si no se tiene presente las normas que rige en
cada lugar.
En la cocina generalmente se pueden originar muchos accidentes en
un día. Por ejemplo; las personas pueden cortarse mientras manipulan
un cuchillo, se puede quemar con las estufas, se les puede regar un
alimento caliente encima, se puede resbalar con agua en el piso y hasta
electrocutarse si no hace un debido manejo de los enchufes de energía.
Reglamento Estudiantil 113
Por estas razones todos los estudiantes, docentes y colaboradores
del área de gastronomía y quienes intervienen directamente o
indirectamente con las instalaciones de cocina deben tener suma
precaución en todos los movimientos que realizarán, y deben de
tener presente llevar todas las normas y directrices que rigen el área
en donde están; así prevenir posibles riesgos.
Objetivo General
Implementar un protocolo de seguridad que prevengan riesgos para
las personas que hacen uso del área de cocina en
CORPORIENTE.
Objetivos Específicos
• Dar a conocer las normas de los laboratorios de cocina, con su
respectivo manejo en utensilios y equipos.
• Realizar Procedimientos Operativos Estándar (POES) para todo
riesgo que se evidencie dentro de la cocina.
• Capacitar al personal involucrado en el manejo de las normas de
Seguridad con el fin de que tome conciencia sobre la responsabilidad
y un adecuado manejo.
• Vigilar para que todo el personal con relación a las áreas de cocina
cumplan adecuadamente los procedimientos de seguridad de los
laboratorios de cocina de CORPORIENTE
Protocolo para Evitar Accidentes.
Todo puede usarse sin peligro, si las personas quienes los usan lo
hacen apropiadamente.
Para evitar accidentes, los estudiantes deberán acatar las instrucciones
del docente y/o monitor sobre el uso y cuidado que debe seguirse al
utilizar los implementos y equipos de cocina.
a. Evitar Quemaduras.
• Tomar siempre las cacerolas, sartenes, tapas de cacerolas, charolas
del horno con trapos de cocina secos para evitar quemaduras. Solicite
ayuda con las cacerolas y ollas grandes.
• Mantenga las asas de las ollas orientadas en dirección contraria a los
quemadores y los pasillos.
• Apague los quemadores que no estén siendo usados.
• Evite ropa suelta y mantenga las mangas abrochadas al trabajar
alrededor de la estufa, horno, u otras máquinas.
Reglamento Estudiantil 114
• Evite salpicar agua a la freidora. Siempre use la canasta, y sumerja la
comida lentamente al usar la freidora.
• Al dejar el área, asegúrese que otros sepan lo que está caliente antes
de irse.
• Vigile a los compañeros, avisándoles cuando estén en un área de
peligro.
• Al limpiar con vapor, use la ropa protectora correcta, delantales de
hule, protección para las manos, los pies, y los ojos. b. Impidiendo Cortaduras con Cuchillos
• Cuando se estén manipulando objetos corto punzantes, se debe
prestar especial atención a las recomendaciones que le indique el Chef
- Docente.
• Recuerde que los cuchillos pueden ser mortales al usarse
indebidamente. Los cuchillos no son juguetes. Nunca practique la
esgrima o entre a duelo con ellos.
• Mantenga los cuchillos afilados y almacénelos debidamente.
• No permita que el mango u hoja de un cuchillo extienda a áreas de
caminar o trabajar, cuando los termine de usar.
• Mantenga los mangos en buenas condiciones. Apriete o reemplace
mangos sueltos.
• Asegúrese que su afilador (chaira) tenga guardamano. Si no lo tiene,
consiga un nuevo afilador con el guardamano correcto.
• Nunca sumerja un cuchillo en agua jabonosa. Siempre agarre bien
el mango del cuchillo al lavar la hoja.
• ¡Utilice el cuchillo correcto para el trabajo!
• Corte en una dirección opuesta al cuerpo y no hacia él. Al rebanar,
párese de lado, use un tenedor para tener pulso firme, y mantenga los
dedos fuera de peligro.
• Use una tabla para cortar al rebanar para prevenir resbalos y
desgaste, nunca corte sobre la mano.
c. Caídas y Torceduras
• Limpie los derrames de inmediato debido a que la comida, grasa,
aceite, y agua derramada pueden ser muy resbalosos.
• Limpie los pisos y rejillas, si existen, diariamente.
• Mantenga libres los pasillos y corredores a toda hora.
• Reportar huecos y lugares desiguales para ser reparados; proporcione
Reglamento Estudiantil 113
rampas sobre la tubería y otros obstáculos fijos en el piso. Quite
peligros de tropiezo tales como cordones y mangueras, y almacénelos
apropiadamente.
d. Levantamientos Seguros
• Mantenga la espalda derecha, agáchese con las rodillas, y permita
que los músculos fuertes de las piernas hagan el trabajo.
• Consiga ayuda al intentar levantar objetos pesados o voluminosos
• Almacene cajas o cartones pesados en los estantes de abajo,
preferiblemente a la altura de la cintura, y coloque los artículos menos
pesados en los estantes altos.
• Siempre use el tipo correcto de escalera para alcanzar objetos en lo
alto. Asegúrese que la escalera esté en buenas condiciones, que no
tenga peldaños rotos, laterales o travesaños defectuosos.
e. Equipo de Cocina
• Consulte las instrucciones si no sabe cómo funciona una máquina.
• Asegúrese que todos los aparatos tengan buena conexión eléctrica
a tierra. Si hay un “cosquilleo” o un choque pequeño al prender la
máquina, apague la máquina y repórtela inmediatamente. La máquina
tiene que ser bloqueada y etiquetada para prevenir usarse más.
• Mantenga las cubiertas en lugar cuando la máquina esté
funcionando. Reemplace todas las cubiertas que se hayan quitado
para limpieza, mantenimiento, o reparaciones.
• Mantenga las manos y dedos fuera de todas las máquinas.
• No intente reparar o ajustar ninguna máquina hasta que haya sido
apagada y la fuente de potencia haya sido desconectada.
• Utilice una escobilla para quitar migajas, retazos, y otros materiales
al limpiar cualquier máquina. Asegúrese que la máquina esté apagada
y que la fuente de potencia esté desconectada.
• Al usar una rebanadora, ponga la hoja en “cero” después de cada
uso. Al limpiar la hoja, haga movimientos del centro hacia afuera,
para prevenir lesiones de cortaduras del filo de la hoja.
• Al usar una batidora, asegúrese que las varillas de batir estén
correctamente conectadas, y el elevador de tazón esté trancado en
posición antes de encender el aparato. Siempre, sin excepción, apague
la máquina antes de intentar quitar algo del tazón.
• Al usar molinillos/mazas, use un palito para alimentar el molinillo.
Nunca ponga los dedos en las entradas y mantenga las cubiertas en
lugar en estas y todas las máquinas a toda hora cuando están en
funcionamiento.
Reglamento Estudiantil 114
f. Peligros de Incendio
• Conozca la ubicación de los extintores y su uso.
• Ventile los hornos y otros aparatos de gas antes de intentar
prenderlos.
• Reporte todas las fugas de gas inmediatamente y no intente hacer
reparaciones.
• Asegúrese que los pilotos en los hornos, calentadores de agua,
estufas, y otros aparatos estén correctamente ajustados, y que los
quemadores enciendan inmediatamente al abrir las válvulas.
• No fume en el área de almacenamiento. Deseche los cerillos y
materiales de fumar en recipientes apropiados. (además, por ley está
prohibido fumar al interior de la Institución)
• Evite el uso de líquidos inflamables en el área de la cocina, los
vapores pueden ser explosivos.
g. Cafeteras, Ollas a Presión
• Diariamente, revise las válvulas de seguridad para asegurar que
estén libres de obstáculos y en buenas condiciones.
• Asegúrese que nada esté obstruyendo la abertura del regulador de
presión, o la abertura de la válvula de seguridad.
• Asegúrese que entienda las instrucciones de operación de este, y
demás equipo. Para mayor seguridad de todo el personal, las válvulas
de funcionamiento deben ser identificados con etiquetas permanentes
para indicar su función.
El uso correcto de este tipo de equipo requiere capacitación eficaz
cuando un docente/estudiante nuevo comienza su proceso de
formación, además atención constante del docente para asegurar que
el estudiante siga las instrucciones tal como fue enseñado. El docente
de la cocina, a pesar de su cargo, tiene que poner el ejemplo al aplicar
métodos correctos de trabajo mientras avanza el trabajo en clase. No
podemos esperar que un estudiante siga las normas de trabajo en
clase, que se rompen por su docente, o compañeros de trabajo.
La capacitación y la supervisión constante ayudarán a hacer de la
cocina un lugar seguro donde trabajar. Recuerde poner en práctica la
seguridad. No la aprenda por accidente.
h. Medidas de prevención.
Es por estas razones y otras más que todas las personas deben de
Reglamento Estudiantil 115
tener suma precaución en todos los movimientos que realizará, y debe
de tener presente, así como también, llevar todas las reglas que rigen
el área en donde está. Son muchas las medidas de precauciones que
hoy en día se han dado a conocer en clase, las cuales protegen a las
personas de los posibles accidentes que podría correr. Por ejemplo,
algunas reglas y normas que se deben de poner suma atención cuando
se trabaja en la cocina son:
• Poner atención a la hora de preparar los alimentos.
• No dejar cosas al fuego cuando no esté en la cocina.
• Revisar todas las hornillas para evitar posibles escapes de gas.
• Tener suma precaución con los cuchillos, agua hirviendo y artículos
de limpieza.
• Utilizar un destapador para abrir las latas. No utilice cuchillos.
• Apague todos los electrodomésticos cuando no los utilice.
• Realice constantes revisiones de las instalaciones.
• Mantenga en cajones los productos de limpieza, los cuchillos y
objetos cortantes.
• Mantenga el área bien organizada y limpia.
• Saque todos los productos inflamables de esta área.
i. Riesgos
Los accidentes más frecuentes son:
• Las Heridas y Hemorragias
Las heridas son la rotura producida en la piel o en las mucosas por un
agente traumático (cuchillo, clavo, golpe fuerte).
Una hemorragia es la salida de sangre de un vaso sanguíneo (arterial,
venoso o capilar, grande o pequeño) hacia los tejidos, cavidades, o al
exterior de nuestro cuerpo.
Cómo debemos actuar frente a una herida con hemorragia externa.
Lo más importante es detener la hemorragia, poniendo en alto la
extremidad afectada y haciendo presión firme sobre la herida en
forma sostenida hasta que pare el sangrado. Si el sangrado persistiera
o fuera abundante se debería hacer presión digital sobre el vaso
sanguíneo lesionado o al hacer un torniquete en caso de que la lesión
fuera en uno de los miembros y la hemorragia fuera muy profusa
(un torniquete no debe durar más de 15 minutos, porque se corre
el riesgo de inutilizar el miembro y en vez de ayudar agravaríamos al
paciente).
Reglamento Estudiantil 116
Si llegara a cortarse, procure no gritar ni espantarse, sostenga la
herida sujetando con la mano, lavarla y avisarle al Chef - Docente o
encargado de cocina para que se le proporcione atención necesaria.
• Las Quemaduras
Es toda lesión accidental, fundamentalmente de la piel y tejidos
subepidérmicos, que puede ser producida por el calor, substancias
químicas, o electricidad.
Si usted transita con algún producto caliente, avisar a las personas
dando la voz de alerta (“voy atrás o caliente”).
Cómo actuar frente a una quemadura producida por calor.
Si usted se quema, tenga en cuenta que las quemaduras se deben tratar
según su clasificación, extensión y lugar del cuerpo. Las quemaduras
las hay de grado 1, 2 y 3. Es importante saber identificar cada tipo de
quemadura para poder determinar el cuidado que debemos tenerle:
- Quemadura de primer grado: Enrojecimiento de la piel y ardor leve.
- Quemadura de segundo grado: Aparición de ampollas, enrojecimiento
de la piel y ardor moderado.
- Quemadura de tercer grado: Destrucción de tejidos. La lesión llega
a capas profundas de piel, incluso puede llegar a verse la grasa o los
músculos y huesos.
Apartar al accidentado de la fuente de calor. Si su ropa estuviera en
llamas tratar de apagar el fuego con una manta o hacerle rodar en el
suelo.
Tratamiento
Quemaduras de Primer y Segundo grado:
- Remover toda la ropa de la zona afectada y dejarla libre.
- Poner la zona afectada bajo el chorro de agua fría, ya que ésta hará
que se contrarreste el calor intenso que está sufriendo la piel. Déjela
en el agua por unos 10 minutos.
- Si se forman ampollas, no reventarlas por ningún motivo, con el fin
de evitar que se pueda infectar.
- Dar aviso al Chef - Docente o encargado de cocina para que este
proporcione la atención necesaria. no aplicar pasta dental ni aceites
de ningún tipo, ya que empeorarán la situación. Tampoco se debe
tapar la lesión.
Reglamento Estudiantil 117
Quemaduras de Tercer grado o muy extensas (gran parte
del área del cuerpo):
- Si la ropa está adherida al cuerpo no removerla.
- Poner la zona afectada bajo el chorro de agua fría, ya que ésta hará
que se contrarreste el calor intenso que está sufriendo la piel.
- Avisarle al Chef - Docente o encargado de cocina para que se
le proporcione atención necesaria, no debe aplicarse ningún
medicamento.
No aplicar sobre las quemaduras:
- Pomadas, lociones, aceites, pasta de dientes, agua helada, etc.
- NO tampoco usar sobre ellas algodón, ni apósitos adhesivos.
Tampoco se debe reventar las ampollas producidas por la quemadura.
Estas pueden agravar las quemaduras.
Las quemaduras que necesitan hospitalización son:
- Las que tienen una gran extensión. Quemaduras en cara, manos,
pies o genitales
- Las quemaduras que son de segundo y tercer grado (profundas)
- Las quemaduras son en niños menores de 2 años, o en mayores de
70 años.
• Las Caídas y Golpes
- Una caída accidental puede ser causante de un gran hematoma, un
esguince, una luxación, o una fractura. Todos estos tipos de lesiones
pueden causar mucho dolor.
- Si observa que el piso está lleno de agua, seque el área con un
trapero completamente seco.
- Si usted se cae dentro de la cocina, se recomienda no moverse,
esperar cinco minutos y después incorporarse para que pueda ser
atendido.
Qué hacer frente a un gran hematoma.
- Usar hielo para calmar el dolor y reducir la inflamación
- Aplicar algún analgésico del botiquín de primeros auxilios
Qué hacer frente a una fractura; esguince o luxación.
- Primero verificar si tiene alguna hemorragia concomitante y
tratarla. Es muy raro que un accidente del hogar te cause hemorragia
abundante.
Reglamento Estudiantil 118
- Lo segundo que debo hacer es evitar que el paciente se mueva para
calmar su dolor, para ello inmovilizamos el miembro afectado con una
férula. Si no sabemos cómo actuar es preferible no hacer nada.
j. Otros.
- En caso de sentir mareo (descompresión de cocina por los cambios
térmicos) se debe avisar al Chef - Docente para que este permita
sentarse un momento.
- Si existe cualquier tipo de eventualidad (incendio, temblor etc.) se
recomienda conservar la calma, no utilizar el ascensor y caminar con
cuidado y no correr.
k. Póliza de Accidentes.
Los estudiantes, desde el momento de la matricula están cubiertos por
una póliza de accidentes, cuyo costo es asumido por la institución
buscando brindar una protección adicional al estudiante en caso de
accidente, está en ningún momento remplaza la cobertura que le brinda
el sistema de salud al estudiante, a través de la EPS o SISBEN al que
deben estar afiliados.
REGLAMENTO DE LAS MONITORÍAS Gastronomía
Gestión de Bares y Restaurantes
Reglamento Estudiantil 119
El Reglamento de las Monitorías pretende definir los criterios que le
permitirán a la institución la realización de una evaluación permanente
del desempeño de cada uno de los monitores, apoyado en las
funciones que les corresponden.
A través de éste se busca fortalecer especialmente cuatro aspectos:
la presentación personal, las relaciones interpersonales, la actitud de
servicio y la responsabilidad con el cargo.
Presentación Personal
• La presentación personal del monitor debe distinguirse siempre por
la limpieza, impecabilidad y organización.
• El monitor debe portar siempre la bata o el uniforme de cocina
durante la prestación de sus servicios. Es indispensable que ésta
última se encuentre limpia y que debajo siempre lleve una camiseta.
• Es fundamental que el monitor porte la escarapela de CORPORIENTE
durante las prácticas o mientras se encuentre en la institución
prestando sus servicios.
Relaciones Interpersonales
• Respetar a los monitores que conforman el equipo de trabajo y a los
demás empleados que hacen parte de la Institución.
• Ser solidario y colaborador con el equipo de monitores, estudiantes
y demás empleados de la Institución, en lo que corresponde a su área
de desempeño.
• Propiciar un ambiente ameno y tranquilo dentro de su equipo de
trabajo, relacionándose con respeto, honestidad y cordialidad.
• Cumplir a cabalidad con las normas contempladas en el reglamento
de cocina, el manual de convivencia, el reglamento académico
Reglamento Estudiantil 120
• Ser monitor no significa tener más poder frente a los estudiantes,
sino tener un mayor respeto y responsabilidad hacia ellos.
Actitud de Servicio
• Es fundamental que el monitor demuestre alta tolerancia, paciencia
y respeto frente a las solicitudes hechas por los docentes y estudiantes.
• Por ninguna razón el monitor puede destinar el horario de su
trabajo en el Economato, para realizar sus tareas o responsabilidades
personales, debido a que ese es su tiempo de labores y por lo tanto
su responsabilidad es velar por las actividades propias del Economato
y del Laboratorio de Cocina. Este tipo de comportamiento demuestra
falta de interés de parte del monitor hacia sus responsabilidades.
Responsabilidad con el cargo
• El comportamiento del monitor, durante sus labores y fuera de ellas,
debe ser ejemplar.
• La calidad en el servicio del Economato depende sustancialmente de
la puntualidad del personal encargado de esta área. Es indispensable
que el monitor llegue diez (10) minutos antes de iniciar su monitoria.
• Es necesario que el monitor asista a las reuniones planeadas por la
institución. En el caso de no poder asistir, debe justificar la ausencia.
• Los monitores bajo las directrices de la persona encargada del
Economato, son responsables por la custodia y buen manejo de los
utensilios, equipos e insumos para clase.
• Velar por el cumplimiento del reglamento de cocina
Mecanismos de aplicación de este reglamento
La falta contra alguno de los ítems que aparecen a continuación, sin
una justificación válida, equivale a las siguientes sanciones:
• Llegar tarde una vez a una práctica amerita un llamado de atención
verbal.
• Llegar tarde dos veces, en el transcurso del semestre, amerita un
llamado de atención por escrito.
• Llegar tarde por tercera vez, en el transcurso del semestre, equivale
a la suspensión de las labores del monitor durante una semana, a
partir de ese momento.
Reglamento Estudiantil 121
• Llegar tarde por cuarta vez, en el transcurso del semestre, corresponde
a la desvinculación definitiva de la monitoría.
• La pérdida de una llave le acarreará al monitor el costo del total de
la elaboración de los duplicados de las llaves y el valor del cambio de
la clave de cada una de las puertas.
• Una vez el monitor comunica su disponibilidad horaria a la persona
encargada del Economato, se hace responsable de su cumplimiento
en el transcurso de todo el semestre. Cualquier modificación que
se vea obligado a hacer, debe comunicarla con anterioridad a esta
instancia y justificar las razones que sean del caso.
• Si el monitor falta a una práctica sin una justificación previa, la
Institución la interpretará como una falta de asistencia. La falta de
asistencia a una práctica corresponde a una llamada de atención por
escrito o a una suspensión temporal del monitor. El carácter de la
suspensión, si es temporal o definitiva, se considerará en el caso de
volverse a presentar una falta de asistencia por parte del monitor.
PROTOCOLO SE SEGURIDAD
CÓMO EVITAR Y ACTUAR EN CASO DE ACCIDENTES-
El trabajo de preparación de alimentos puede ser, la mayoría del tiempo,
libre de lesiones. Las lesiones que llegan a ocurrir usualmente resultan
del no seguir instrucciones, el descuido, la falta de conocimientos, o
una combinación de estos y factores parecidos. Una persona puede
controlar las lesiones al observar continuamente las prácticas seguras
de trabajo, y al alertar al docente y sus compañeros sobre aquellas
condiciones que podrían generar a un accidente.
¡Las cocinas son seguras! Quienes crean los problemas son las
personas trabajando en las cocinas. El calor, las máquinas, el jabón,
y los cáusticos todos se necesitan para la preparación eficiente de
alimentos. Todos pueden usarse sin peligro si las personas quienes los
usan lo hacen apropiadamente.
En todas las áreas de CORPORIENTE puede ocurrir un accidente, ya
sea un accidente en las escaleras, en las aulas de clase, en el puesto
de trabajo, en el transporte hacia la casa y de ahí al trabajo, en fin;
en todos los sitios la persona puede correr riesgos de accidente si no
se tiene presente las normas que rige en cada lugar.
Reglamento Estudiantil 122
En la cocina generalmente se pueden originar muchos accidentes en
un día. Por ejemplo; las personas pueden cortarse mientras manipulan
un cuchillo, se puede quemar con las estufas, se les puede regar un
alimento caliente encima, se puede resbalar con agua en el piso y
hasta electrocutarse si no hace un debido manejo de los enchufes de
energía.
Por estas razones todos los estudiantes, docentes y colaboradores
del área de gastronomía y quienes intervienen directamente o
indirectamente con las instalaciones de cocina deben tener suma
precaución en todos los movimientos que realizarán, y deben de
tener presente llevar todas las normas y directrices que rigen el área
en donde están; así prevenir posibles riesgos.
Objetivo General
Implementar un protocolo de seguridad que prevengan riesgos para
las personas que hacen uso del área de cocina en
CORPORIENTE.
Objetivos Específicos
• Dar a conocer las normas de los laboratorios de cocina, con su
respectivo manejo en utensilios y equipos.
• Realizar Procedimientos Operativos Estándar (POES) para todo
riesgo que se evidencie dentro de la cocina.
• Capacitar al personal involucrado en el manejo de las normas de
Seguridad con el fin de que tome conciencia sobre la responsabilidad
y un adecuado manejo.
• Vigilar para que todo el personal con relación a las áreas de cocina
cumplan adecuadamente los procedimientos de seguridad de los
laboratorios de cocina de CORPORIENTE
Protocolo para Evitar Accidentes.
Todo puede usarse sin peligro, si las personas quienes los usan lo
hacen apropiadamente.
Para evitar accidentes, los estudiantes deberán acatar las instrucciones
del docente y/o monitor sobre el uso y cuidado que debe seguirse al
utilizar los implementos y equipos de cocina.
Reglamento Estudiantil 123
a. Evitar Quemaduras.
• Tomar siempre las cacerolas, sartenes, tapas de cacerolas, charolas
del horno con trapos de cocina secos para evitar quemaduras. Solicite
ayuda con las cacerolas y ollas grandes.
• Mantenga las asas de las ollas orientadas en dirección contraria a los
quemadores y los pasillos.
• Apague los quemadores que no estén siendo usados.
• Evite ropa suelta y mantenga las mangas abrochadas al trabajar
alrededor de la estufa, horno, u otras máquinas.
• Evite salpicar agua a la freidora. Siempre use la canasta, y sumerja la
comida lentamente al usar la freidora.
• Al dejar el área, asegúrese que otros sepan lo que está caliente antes
de irse.
• Vigile a los compañeros, avisándoles cuando estén en un área de
peligro.
• Al limpiar con vapor, use la ropa protectora correcta, delantales de
hule, protección para las manos, los pies, y los ojos.
b. Impidiendo Cortaduras con Cuchillos
• Cuando se estén manipulando objetos corto punzantes, se debe
prestar especial atención a las recomendaciones que le indique el Chef
- Docente.
• Recuerde que los cuchillos pueden ser mortales al usarse
indebidamente. Los cuchillos no son juguetes. Nunca practique la
esgrima o entre a duelo con ellos.
• Mantenga los cuchillos afilados y almacénelos debidamente.
• No permita que el mango u hoja de un cuchillo extienda a áreas de
caminar o trabajar, cuando los termine de usar.
• Mantenga los mangos en buenas condiciones. Apriete o reemplace
mangos sueltos.
• Asegúrese que su afilador (chaira) tenga guardamano. Si no lo tiene,
consiga un nuevo afilador con el guardamano correcto.
• Nunca sumerja un cuchillo en agua jabonosa. Siempre agarre bien
el mango del cuchillo al lavar la hoja.
• ¡Utilice el cuchillo correcto para el trabajo!
• Corte en una dirección opuesta al cuerpo y no hacia él. Al rebanar,
párese de lado, use un tenedor para tener pulso firme, y mantenga los
dedos fuera de peligro.
• Use una tabla para cortar al rebanar para prevenir resbalos y
desgaste, nunca corte sobre la mano.
Reglamento Estudiantil 124
c. Caídas y Torceduras
• Limpie los derrames de inmediato debido a que la comida, grasa,
aceite, y agua derramada pueden ser muy resbalosos.
• Limpie los pisos y rejillas, si existen, diariamente.
• Mantenga libres los pasillos y corredores a toda hora.
• Reportar huecos y lugares desiguales para ser reparados; proporcione
rampas sobre la tubería y otros obstáculos fijos en el piso. Quite
peligros de tropiezo tales como cordones y mangueras, y almacénelos
apropiadamente.
d. Levantamientos Seguros
• Mantenga la espalda derecha, agáchese con las rodillas, y permita
que los músculos fuertes de las piernas hagan el trabajo.
• Consiga ayuda al intentar levantar objetos pesados o voluminosos
• Almacene cajas o cartones pesados en los estantes de abajo,
preferiblemente a la altura de la cintura, y coloque los artículos menos
pesados en los estantes altos.
• Siempre use el tipo correcto de escalera para alcanzar objetos en lo
alto. Asegúrese que la escalera esté en buenas condiciones, que no
tenga peldaños rotos, laterales o travesaños defectuosos.
e. Equipo de Cocina
• Consulte las instrucciones si no sabe cómo funciona una máquina.
• Asegúrese que todos los aparatos tengan buena conexión eléctrica
a tierra. Si hay un “cosquilleo” o un choque pequeño al prender la
máquina, apague la máquina y repórtela inmediatamente. La máquina
tiene que ser bloqueada y etiquetada para prevenir usarse más.
• Mantenga las cubiertas en lugar cuando la máquina esté
funcionando. Reemplace todas las cubiertas que se hayan quitado
para limpieza, mantenimiento, o reparaciones.
• Mantenga las manos y dedos fuera de todas las máquinas.
• No intente reparar o ajustar ninguna máquina hasta que haya sido
apagada y la fuente de potencia haya sido desconectada.
• Utilice una escobilla para quitar migajas, retazos, y otros materiales
al limpiar cualquier máquina. Asegúrese que la máquina esté apagada
y que la fuente de potencia esté desconectada.
• Al usar una rebanadora, ponga la hoja en “cero” después de cada
uso. Al limpiar la hoja, haga movimientos del centro hacia afuera,
para prevenir lesiones de cortaduras del filo de la hoja.
Reglamento Estudiantil 126
• Al usar una batidora, asegúrese que las varillas de batir estén
correctamente conectadas, y el elevador de tazón esté trancado en
posición antes de encender el aparato. Siempre, sin excepción, apague
la máquina antes de intentar quitar algo del tazón.
• Al usar molinillos/mazas, use un palito para alimentar el molinillo.
Nunca ponga los dedos en las entradas y mantenga las cubiertas en
lugar en estas y todas las máquinas a toda hora cuando están en
funcionamiento.
f. Peligros de Incendio
• Conozca la ubicación de los extintores y su uso.
• Ventile los hornos y otros aparatos de gas antes de intentar
prenderlos.
• Reporte todas las fugas de gas inmediatamente y no intente hacer
reparaciones.
• Asegúrese que los pilotos en los hornos, calentadores de agua,
estufas, y otros aparatos estén correctamente ajustados, y que los
quemadores enciendan inmediatamente al abrir las válvulas.
• No fume en el área de almacenamiento. Deseche los cerillos y
materiales de fumar en recipientes apropiados. (además, por ley está
prohibido fumar al interior de la Institución)
• Evite el uso de líquidos inflamables en el área de la cocina, los
vapores pueden ser explosivos.
g. Cafeteras, Ollas a Presión
• Diariamente, revise las válvulas de seguridad para asegurar que
estén libres de obstáculos y en buenas condiciones.
• Asegúrese que nada esté obstruyendo la abertura del regulador de
presión, o la abertura de la válvula de seguridad.
• Asegúrese que entienda las instrucciones de operación de este, y
demás equipo. Para mayor seguridad de todo el personal, las válvulas
de funcionamiento deben ser identificados con etiquetas permanentes
para indicar su función.
El uso correcto de este tipo de equipo requiere capacitación eficaz
cuando un docente/estudiante nuevo comienza su proceso de
formación, además atención constante del docente para asegurar que
el estudiante siga las instrucciones tal como fue enseñado. El docente
de la cocina, a pesar de su cargo, tiene que poner el ejemplo al aplicar
métodos correctos de trabajo mientras avanza el trabajo en clase. No
podemos esperar que un estudiante siga las normas de trabajo en
clase, que se rompen por su docente, o compañeros de trabajo.
Reglamento Estudiantil 127
La capacitación y la supervisión constante ayudarán a hacer de la
cocina un lugar seguro donde trabajar. Recuerde poner en práctica la
seguridad. No la aprenda por accidente.
h. Medidas de prevención.
Es por estas razones y otras más que todas las personas deben de
tener suma precaución en todos los movimientos que realizará, y debe
de tener presente, así como también, llevar todas las reglas que rigen
el área en donde está. Son muchas las medidas de precauciones que
hoy en día se han dado a conocer en clase, las cuales protegen a las
personas de los posibles accidentes que podría correr. Por ejemplo,
algunas reglas y normas que se deben de poner suma atención cuando
se trabaja en la cocina son:
• Poner atención a la hora de preparar los alimentos.
• No dejar cosas al fuego cuando no esté en la cocina.
• Revisar todas las hornillas para evitar posibles escapes de gas.
• Tener suma precaución con los cuchillos, agua hirviendo y artículos
de limpieza.
• Utilizar un destapador para abrir las latas. No utilice cuchillos.
• Apague todos los electrodomésticos cuando no los utilice.
• Realice constantes revisiones de las instalaciones.
• Mantenga en cajones los productos de limpieza, los cuchillos y
objetos cortantes.
• Mantenga el área bien organizada y limpia.
• Saque todos los productos inflamables de esta área.
i. Riesgos
Los accidentes más frecuentes son:
• Las Heridas y Hemorragias
Las heridas son la rotura producida en la piel o en las mucosas por un
agente traumático (cuchillo, clavo, golpe fuerte).
Una hemorragia es la salida de sangre de un vaso sanguíneo (arterial,
venoso o capilar, grande o pequeño) hacia los tejidos, cavidades, o al
exterior de nuestro cuerpo.
Cómo debemos actuar frente a una herida con hemorragia
externa.
Lo más importante es detener la hemorragia, poniendo en alto la
extremidad afectada y haciendo presión firme sobre la herida en
forma sostenida hasta que pare el sangrado. Si el sangrado persistiera
Reglamento Estudiantil 128
o fuera abundante se debería hacer presión digital sobre el vaso
sanguíneo lesionado o al hacer un torniquete en caso de que la lesión
fuera en uno de los miembros y la hemorragia fuera muy profusa
(un torniquete no debe durar más de 15 minutos, porque se corre
el riesgo de inutilizar el miembro y en vez de ayudar agravaríamos al
paciente)
Si llegara a cortarse, procure no gritar ni espantarse, sostenga la
herida sujetando con la mano, lavarla y avisarle al Chef - Docente o
encargado de cocina para que se le proporcione atención necesaria.
• Las Quemaduras
Es toda lesión accidental, fundamentalmente de la piel y tejidos
subepidérmicos, que puede ser producida por el calor, substancias
químicas, o electricidad.
Si usted transita con algún producto caliente, avisar a las personas
dando la voz de alerta (“voy atrás o caliente”).
Cómo actuar frente a una quemadura producida por calor.
Si usted se quema, tenga en cuenta que las quemaduras se deben tratar
según su clasificación, extensión y lugar del cuerpo. Las quemaduras
las hay de grado 1, 2 y 3. Es importante saber identificar cada tipo de
quemadura para poder determinar el cuidado que debemos tenerle:
- Quemadura de primer grado: Enrojecimiento de la piel y ardor leve.
- Quemadura de segundo grado: Aparición de ampollas, enrojecimiento
de la piel y ardor moderado.
- Quemadura de tercer grado: Destrucción de tejidos. La lesión llega
a capas profundas de piel, incluso puede llegar a verse la grasa o los
músculos y huesos.
Apartar al accidentado de la fuente de calor. Si su ropa estuviera en
llamas tratar de apagar el fuego con una manta o hacerle rodar en el
suelo.
Tratamiento
Quemaduras de Primer y Segundo grado:
- Remover toda la ropa de la zona afectada y dejarla libre.
- Poner la zona afectada bajo el chorro de agua fría, ya que ésta hará
que se contrarreste el calor intenso que está sufriendo la piel. Déjela
en el agua por unos 10 minutos.
Reglamento Estudiantil 129
- Si se forman ampollas, no reventarlas por ningún motivo, con el fin
de evitar que se pueda infectar.
- Dar aviso al Chef - Docente o encargado de cocina para que este
proporcione la atención necesaria. no aplicar pasta dental ni aceites
de ningún tipo, ya que empeorarán la situación. Tampoco se debe
tapar la lesión.
Quemaduras de Tercer grado o muy extensas (gran parte
del área del cuerpo):
- Si la ropa está adherida al cuerpo no removerla.
- Poner la zona afectada bajo el chorro de agua fría, ya que ésta hará
que se contrarreste el calor intenso que está sufriendo la piel.
- Avisarle al Chef - Docente o encargado de cocina para que se
le proporcione atención necesaria, no debe aplicarse ningún
medicamento.
No aplicar sobre las quemaduras:
- Pomadas, lociones, aceites, pasta de dientes, agua helada, etc.
- NO tampoco usar sobre ellas algodón, ni apósitos adhesivos.
Tampoco se debe reventar las ampollas producidas por la quemadura.
Estas pueden agravar las quemaduras.
Las quemaduras que necesitan hospitalización son:
- Las que tienen una gran extensión. Quemaduras en cara, manos,
pies o genitales
- Las quemaduras que son de segundo y tercer grado (profundas)
- Las quemaduras son en niños menores de 2 años, o en mayores de
70 años.
• Las Caídas y Golpes
- Una caída accidental puede ser causante de un gran hematoma, un
esguince, una luxación, o una fractura. Todos estos tipos de lesiones
pueden causar mucho dolor.
- Si observa que el piso está lleno de agua, seque el área con un
trapero completamente seco.
- Si usted se cae dentro de la cocina, se recomienda no moverse,
esperar cinco minutos y después incorporarse para que pueda ser
atendido.
Reglamento Estudiantil 130
Qué hacer frente a un gran hematoma.
- Usar hielo para calmar el dolor y reducir la inflamación
- Aplicar algún analgésico del botiquín de primeros auxilios
Qué hacer frente a una fractura; esguince o luxación.
- Primero verificar si tiene alguna hemorragia concomitante y
tratarla. Es muy raro que un accidente del hogar te cause hemorragia
abundante.
- Lo segundo que debo hacer es evitar que el paciente se mueva para
calmar su dolor, para ello inmovilizamos el miembro afectado con una
férula. Si no sabemos cómo actuar es preferible no hacer nada. j. Otros.
- En caso de sentir mareo (descompresión de cocina por los cambios
térmicos) se debe avisar al Chef - Docente para que este permita
sentarse un momento.
- Si existe cualquier tipo de eventualidad (incendio, temblor etc.) se
recomienda conservar la calma, no utilizar el ascensor y caminar con
cuidado y no correr.
k. Póliza de Accidentes.
Los estudiantes, desde el momento de la matricula están cubiertos por
una póliza de accidentes, cuyo costo es asumido por la institución
buscando brindar una protección adicional al estudiante en caso de
accidente, está en ningún momento remplaza la cobertura que le brinda
el sistema de salud al estudiante, a través de la EPS o SISBEN al que
deben estar afiliados.
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA
Reglamento Estudiantil 131
CAPÍTULO I USUARIOS
Artículo 1. Es deber de los usuarios adoptar la presente reglamentación
para acceder a los servicios de la Biblioteca CORPORIENTE.
Artículo 2. Los usuarios de la Biblioteca CORPORIENTE, se
clasifican en: usuarios regulares, egresados, y usuarios de préstamo
externo. Usuarios de préstamo interbibliotecario: aquellas
personas que pertenezcan a cualquiera de las instituciones, tanto
públicas como privadas, con las cuales se establezcan convenios
y alianzas de préstamo interbibliotecario.
Reglamento Estudiantil 132
CAPÍTULO II
DE LAS COLECCIONES
El acervo bibliográfico se conforma de las siguientes colecciones:
Artículo 3. Colección general. Está conformada por diferentes ítems
que representan el mayor porcentaje de la colección.
Artículo 4. Colección de reserva. Constituida por materiales que se
consideran guía dentro de las diferentes áreas.
Artículo 5. Colección de referencia. Son ítems que posibilitan
la realización de consulta rápida, no se prestan fuera de la sala de
consulta, los más representativos son: diccionarios, enciclopedias,
directorios, guías, manuales y catálogos entre otros.
Artículo 6. Colección de hemeroteca. Ésta incluye los diferentes títulos
de publicaciones seriadas que llegan a nuestra unidad de información.
Artículo 7. Colección de audiovisuales. Se constituyen en fuente de
apoyo para las diferentes actividades programadas por los docentes
y son ellos: CDs y DVDs entre otros, que posee la institución o que
son software acompañante del material bibliográfico que posee la
Biblioteca.
CAPÍTULO III
SERVICIOS
Artículo 8. Préstamo externo. Mediante este servicio se les permite a
los usuarios llevar prestados 4 materiales que se alternaran según el
caso (libros, revistas y material en medios magnéticos).
Artículo 9. Sala de lectura. Este servicio se ofrece a los usuarios que
requieran consultar, leer y/o utilizar materiales que no puedan ser
retirados del recinto por largo tiempo como el material de referencia.
Artículo 10. Conmutación bibliográfica: Es la opción de obtener
en fotocopia: artículos de revistas y documentos existentes en otras
Unidades de Información nacionales e internacionales.
Artículo 11. Casilleros. Este servicio sólo se brinda a los usuarios
que se encuentren utilizando los servicios que ofrece la Unidad de
Información.
Parágrafo: La institución, no se responsabiliza por pérdida de objetos
o artículos personales.
Reglamento Estudiantil 133
Artículo 12. Alianzas, préstamos y convenios interbibliotecarios. Se
realiza acreditando ante la institución prestataria carta y carné vigentes
que lo identifique como miembro activo de la institución solicitante
del servicio; además deberá acogerse a las políticas de cada institución
y hacer buen uso del servicio.
Las instituciones con las que se tiene convenio son: Comfama,
Comfenalco, Secretaría del Medio Ambiente, Biblioteca Pública
Piloto, Fenalco, Academia Superior de Artes, Instituto de Artes, Bellas
Artes, Empresas Públicas de Medellín, Universidades Eafit, Medellín,
Autónoma de las Américas, Institución Universitaria Esumer, ATEC,
Corporación Universitaria Adventista, Institución Universitaria Colegio
Mayor de Antioquia e Instituciones que conforman la Mesa de
Bibliotecas Universitarias.
Parágrafo: este servicio no se ofrece a los egresados.
Artículo 13. Servicio de alerta. Permite mantener actualizados a los
usuarios, acerca de las diferentes monografías y publicaciones que
llegan a la unidad de información; éste se realiza mediante las tablas
de contenido que se divulgan en la página web de la institución.
Artículo 14. Reserva de material. El usuario selecciona el o los
materiales que requiere para préstamo, bien sea de manera personal
o telefónicamente.
Parágrafo: el material reservado se guarda sólo por dos días hábiles, si
pasado este tiempo, el usuario no retira los ítems, estos se incorporan
nuevamente a la colección.
Artículo 15. Servicio de internet. Este posibilita la búsqueda de
información en red, y es exclusivamente para uso del personal
vinculado a la Institución; el tiempo estimado para la realización de la
consulta es de una hora por usuario.
Artículo 16. Referencia. Orientación al usuario en cuanto a la manera
de realizar búsquedas de información y manejo de las herramientas
que se emplean para tal fin.
Artículo 17. Curso de formación de usuarios. Al inicio de cada
semestre y en coordinación con los Directores de Escuela y Docentes,
se programan cursos que orienten, ubiquen y capaciten al estudiante
en la búsqueda y manejo de fuentes de información y en la utilización
ágil y eficaz de los recursos y servicios que ofrece la Biblioteca.
Artículo 18. Elaboración de bibliografías. Es el suministro de
referencias bibliográficas sobre una temática específica que posee la
unidad de información, se elaborará a solicitud del usuario.
Reglamento Estudiantil 134
CAPÍTULO IV
DEBERES Y DERECHOS DE LOS USUARIOS
DE LOS DEBERES
Artículo 19. Al ingresar a la Biblioteca, el usuario deberá guardar en
los casilleros los objetos personales, y materiales que pertenezcan a
terceros, como: libros, revistas, y material audiovisual, entre otros.
Artículo 20. En caso de pérdida o daño, del ficho (llavero) debe dar
aviso inmediato, al personal de la Biblioteca y así evitar la pérdida de
las pertenencias y además cancelar el valor correspondiente, para su
reposición por valor ($3.000).
Parágrafo: la institución y la Biblioteca, no se hacen responsables
por pérdida de dinero, joyas u otros objetos de valor dejados en los
casilleros.
Artículo 21. Portar el carné vigente para solicitar los servicios que le
ofrece la institución y/o cualquier otra unidad de información.
Artículo 22. Conservar un tono de voz moderado cuando se encuentre
dentro de la Biblioteca.
Artículo 23. Manejar adecuadamente los equipos, muebles, enseres,
material bibliográfico y otros soportes que le sean facilitados para la
realización de sus trabajos.
Artículo 24. El usuario es responsable del material que utilice dentro
o fuera de la institución, y devolverlos en el mismo estado en que le
fueron prestados.
Artículo 25. No consumir alimentos y bebidas mientras se encuentra
haciendo uso de los servicios que le ofrece la Unidad de información.
Artículo 26. Sólo ingresar a la sala de consulta los elementos
necesarios para realizar su trabajo (lapiceros, carné, dinero, cuaderno,
calculadora, entre otros).
Artículo 27. El material se renovará exclusivamente en la fecha de
vencimiento y puede hacerlo de manera personal o telefónica.
Reglamento Estudiantil 136
Artículo 28. Evite ubicar en la estantería los materiales que utilizó
para la realización de su consulta, déjelos sobre las mesas.
Artículo 29. La utilización de Internet es sólo para fines académicos
y revisar correo electrónico; no se permite el acceso a chats, msn
(mensajes de texto), páginas calientes y juegos.
Parágrafo: evítese sanciones
Artículo 30. Los dispositivos que utilice el usuario al momento de
guardar la información deberán vacunarse.
Artículo 31. Ningún tipo de información deberá ser almacenada en el
disco duro del computador.
Artículo 32. Active su celular en modo silencio (vibración), al ingresar
a la sala de consultas, esto evitara interferencia y desconcentración de
los demás usuarios que se encuentren realizando alguna actividad de
tipo académico.
Artículo 33. Al finalizar el semestre académico, contrato de trabajo,
prestación de servicios y/o retiro de la institución, los usuarios deberán
encontrarse a paz y salvo por todo concepto.
DE LOS DERECHOS
Artículo 34. Disfrutar de los servicios en los horarios establecidos por
la Biblioteca.
Artículo 35. Recibir trato amable y atención oportuna por parte del
personal de la Biblioteca.
Artículo 36. Gozar de un ambiente propicio para la lectura y la
investigación.
CAPÍTULO V
DE LOS PRÉSTAMOS Y DEVOLUCIÓN DEL MATERIAL
Artículo 37. Colección general: Incluye libros y publicaciones
periódicas, se prestan hasta 4 materiales, por término de ocho días
calendario. Exceptuando el material audiovisual que se presta por dos
días calendario.
Reglamento Estudiantil 137
Artículo 38. Colección de Reserva: Se prestan de un día para otro (de
las 19:00 horas a las 9:00 horas del siguiente día hábil).
Artículo 39. Colección de referencia: El material de referencia es
exclusivamente de uso interno y sólo se presta para fotocopia (el
tiempo máximo es de 30 minutos).
DE LOS TURNOS
Artículo 40. Para el uso del internet el usuario debe reservar previamente
el equipo, pasados quince minutos de la hora asignada, perderá la
reserva automáticamente, para ser reasignada a otro usuario.
Artículo 41. Los turnos que no vayan a ser utilizados deberán
cancelarse mínimo con una hora de anticipación, el turno se asigna
por espacio de una hora (hora exacta 12:00, 13:00, 14:00) y se puede
renovar, siempre y cuando no hayan reservas para la siguiente hora.
CAPÍTULO VII
DE LAS SANCIONES
Artículo 42. La no devolución a tiempo de los materiales en préstamo
acarrea sanciones de tipo económico, (el dinero se cancelará en la
tesorería o en la Biblioteca de la institución).
Artículo 43. Cualquier daño causado a equipos, muebles y enseres
será causal de sanción disciplinaria y económica.
Artículo 44. Al usuario que sea sorprendido haciendo mal uso de
internet (ingresando a páginas pornográficas o de juegos); y/o
instalando software diferente al institucional, inicialmente será
amonestado verbalmente; si es sorprendido por segunda vez se le
suspenderá el servicio por quince días y en caso de reincidir se le
suspenderá por el resto del período académico.
Artículo 45. El incumplimiento injustificado por la no devolución de los
materiales que le son facilitados en préstamo por otras instituciones,
será causal suficiente para la suspensión del préstamo.
Reglamento Estudiantil 138
Artículo 46. Quien pierda o dañe algún material que le haya sido
facilitado para su utilización, deberá reponerlo con otro igual; en
caso de no encontrarse ya en el mercado, el Jefe de la Biblioteca,
le recomendará un título que reemplazará dicho material y además
pagar el costo correspondiente al proceso técnico.
Parágrafo: en caso tal de que el material no se consiga en original,
deberá pagarlo con una copia; cuando sean revistas deberá fotocopiarla
y encuadernarla en pasta dura.
Código de barras. Cuando un código de barras sufra algún tipo de
deterioro, el usuario deberá cancelar el valor correspondiente de
$2.000.
Artículo 47. Los valores numéricos de los costos generados por
daños causados a equipos, materiales bibliográficos, audiovisuales o
cualquier otro bien de la institución, se calcularán y evaluarán con el
aval de la Dirección Administrativa al inicio de cada año.
Artículo 48. El cobro por mora de los materiales bibliográficos que
son prestados, se calcula por cada material y por día de atraso. El
valor de la multa corresponde a los autorizados en la Resolución
de Costos Educativos emitida por la Secretaría de Educación del
Municipio de Medellín. Estos costos serán publicados en la Tesorería
de la Institución.
Artículo 49. Cuando un estudiante extravié el ficho del casillero deberá
cancelar el costo de éste y la llave respectiva, de acuerdo a los costos
establecidos para tal fin.
CAPÍTULO VIII
DISPOSICIONES ESPECIALES
Artículo 50. El presente reglamento deroga las demás disposiciones
que le sean contrarias y entra en vigencia a partir del período
académico.
COMINIQUESE Y CUMPLASE
Dado en la Republica de Colombia a los nueve (09) días del mes de
Julio del año 2017.
Reglamento Estudiantil 139
RECTOR